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LAS PERSONAS CON TMG EN EL ÁMBITO PENAL Y PENITENCIARIO.

SITUACIÓN ACTUAL Y PROPUESTAS DE INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL

Todas las personas con trastornos mentales tienen derecho a recibir atención y trata-

miento de calidad a través de unos servicios adecuados de salud mental. Estas perso-

nas deberían asimismo estar protegidas frente a cualquier tipo de discriminación o

tratamiento inhumano.©Organización Mundial de la Salud 2003

Autores: Fundación Manantial.

Miguel A. Castejón

Director de Recursos de Atención Social Javier Pallarés

Director de Tutela y Plan Ámbito PenitenciarioJosé María López

Coordinador del Plan de atención en Ámbito penitenciario

En los últimos años, se ha producido un incremento progresivo y la masificación dela población reclusa en España, siendo una de las tasas más altas por habitantes delos países europeos de nuestro entorno. El número de personas internados en losCentros Penitenciarios, del territorio español es de 75.874 personas en enero de2010, y en la Comunidad de Madrid están 10.475 personas. Los estudios existentesde prevalencia psiquiátrica, destacan la elevada tasa de patología mental dentro dela población reclusa1.

La situación actual de las personas con TMG en los centros penitenciarios o en losHospitales Psiquiátricos penitenciarios de Alicante o Sevilla, es considerada como elprincipal problema de la sanidad penitenciaria, por diferentes asociaciones de pro-fesionales sanitarios2, jurídicos3, penitenciarios4 y sociales5, también por asociacio-nes de defensa de los derechos humanos6, así como la propia Secretaría General deInstituciones Penitenciarias.

En España, se encuentra pendiente de publicación los primeros resultados epide-miológicos del mayor estudio multicéntrico basado en entrevistas individuales so-bre salud mental, en población penitenciaria española, denominado el estudioPreCa (Prevalencia de Trastornos Mentales en cárceles)7.

En diciembre de 2006 la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, elaboróel “Estudio sobre la salud mental en el medio penitenciario en España8”, en elque se llegaba a las siguientes conclusiones:

– El 25,6% de los internos (uno de cada cuatro) tienen recogido uno o variosdiagnósticos psiquiátricos en su historia clínica.

– En la actualidad se estima más de 18.000 personas con un diagnóstico psi-quiátrico del total de los ingresados en los centros penitenciarios.

1) Entre ellos, destacan tres:– J Gunn (Gunn J, Maden A, Swinton M. Treatment ne-

eds of prisoners with psychiatric disorders. BMJ 1991;303: 338-41), con una muestra de 1.769 presos

– El de Teplin (Teplin L.A. Abram K.M. McClelland G.Prevalence of psychiatric disorders among incarcera-ted women. Arch Gen Psychiatry 1996: 53: 505-513)con 1.272 mujeres encarceladas.

– Y el de Singleton (Singleton, N, Meltzer, H. GatwardR, Coid J, Deasy, D. Psychiatric morbidity among pri-soners in England and Wales. Office forn NationalStatistics, Government Statistical Service, London1998) en Inglaterra y País de Gales auspiciado por laOficina de Estadística Nacional Inglesa.

2) La atención a la salud mental en la población reclusa. M.Hernández. AEN. Asociación Española de Neurosico-logía. 2003

3) Servicios de Orientación y asesoramiento jurídico peni-tenciario, de los Colegios oficiales de Abogados. 2008

4) Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria (SESP)5) PSOE pide más acuerdos para ampliar la atención a en-

fermos mentales graves. 7 Dic 086) Asociación pro derechos humanos de Andalucía.

http://www.apdha.org/index.php 20077) Aproximación a la metodología para el estudio de los

Trastornos mentales en población penitenciaria. El estu-dio PreCa. – E Vicens-Pons, Grupo PRECA: José Manuel Arroyo,

Vicenç Tort y otros. – Revista Española de Sanidad Penitenciaria 2009; 11,

17-258) Estudio sobre la salud mental en el medio penitenciario.

Dirección General de Instituciones Penitenciarias.2006.

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– El 3 ,4 % de la población reclusa pade-ce un trastorno Psicótico, cifra supe-rior a la población en general. Se esti-ma que más de 3 000 personas conT M G permanecen ingresados enInstituciones Penitenciarias.

Así mismo, otros indicadores de Insti-tuciones penitenciarias y otras entida-des, estiman que el 67,7% de estas per-sonas, no han tenido una relación y se-guimiento con los servicios de saludmental comunitarios9, antes de su ingre-so en el Centro penitenciario.

A esta realidad numérica, debemos unirla situación de su calidad asistencial, yaque en un alto porcentaje las personascon TMG, son internados en un módulode enfermería durante los años de con-dena, aislados y en múltiples ocasiones,sin participar de la actividades comunesdel centro, ni existiendo actividades es-pecíficas de rehabilitación psicosocial, locual, puede producir efectos de cronici-dad y de institucionalización. El deterio-ro progresivo y la falta de apoyo socialen el exterior, puede llegar a impedirlesel disfrute de los mismos derechos delos ciudadanos y beneficios penitencia-rios que el resto de los internos, convir-tiéndose esta situación en una nuevaforma de institucionalización psiquiátri-ca en el Siglo X X I.

Es evidente que existe una importantenecesidad de atención psiquiátrica y psi-cosocial especializada y continuadamientras se encuentren bajo el régimenpenal y penitenciario. Desde la mismaConstitución Española y el ReglamentoPenitenciario10, el tratamiento debe con-templar actividades terapéuticas y de re-habilitación, dentro de un proceso de re-educación y formación integral, y deberápotenciar los contactos con el exteriorteniendo en cuenta los recursos de la co-munidad como instrumentos fundamen-

tales en las tareas de reinserción social.Las personas con TMG, necesitan unaatención singular y especializada en larehabilitación y reinserción social.

La U nión Europea en sus recomendacio-nes, afirma que la prisión no es el lugarideal de tratamiento y respuesta a las ne-cesidades de la persona con TMG. Se ha-ce necesario observar y aplicar la ley vi-gente y esto, es solo posible, utilizandola red sanitaria de salud mental de lasComunidades Autónomas y desarrollan-do recursos socio sanitarios en la comu-nidad, con una búsqueda de programasalternativos a la institucionalización psi-quiátrica penitenciaria.

Como cualquier otro interno y en confor-midad con uno de los principios básicosinspiradores del Reglamento penitencia-rio, –su consideración como ciudadanosde derechos, no excluidos de la socie-dad11– las personas con trastorno mental,tienen derecho a acceder y disfrutar de lasprestaciones públicas12 que pudieran co-rresponderles para la protección de su sa-lud, garantizando una atención medico sa-nitaria equivalente a la dispensada al con-junto de la población13, tanto en atenciónpsiquiátrica14 y así como la promoción deprogramas de Rehabilitación Psicosocial yPsicoterapia.

9) La Atención a la Salud Mental de la Población Reclusa.AEN. Asociación Española de Neurosicología. 2003

10)Real Decreto 190/199611)Art. 3 del Reglamento penitenciario12)El Art. 3.2 de la ley 16/2003 de 28 de mayo, de

Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, dis-pone que las administraciones públicas orientarán susacciones en materia de salud incorporando medidas ac-tivas que impidan la discriminación de cualquier colecti-vo de población que por razones culturales, lingü ísticas,religiosas o sociales tenga especial dificultad para el ac-ceso efectivo a las prestaciones sanitarias del SistemaNacional de Salud.

13)Art. 108 Reglamento penitenciario, en relación con el ar-tículo 20 de la Ley General de Sanidad.

14)Art. 209 Reglamento Penitenciario.

“la Unión Europea en sus

recomendaciones, afirma que

la prisión no es el lugar ideal

de tratamiento y respuesta a

las necesidades de la persona

con TMG”

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La identificación de un trastorno mentalgrave en un Centro penitenciario, deberíaprovocar, en aras de lo dispuesto en elArtículo 60 del Código Penal15, la inme-diata suspensión de la pena de prisiónimpuesta, garantizando su asistencia mé-dica y su atención integral en un centro, orecurso socio sanitario, fuera del Centropenitenciario, es decir, en la red de saludmental de cada Comunidad Autónoma.

El problema se agrava dadas las mínimasposibilidades para el internamiento psi-

quiátrico, o para el cumplimiento de me-didas de seguridad en la red de recursosde salud mental de las ComunidadesAutónomas, por la escasez de plazas y re-cursos existentes, sin embargo, la Cons-titución Española señala el derecho a laprotección de la salud, siendo derechosque no pueden verse limitados por unpronunciamiento judicial alguno ni porninguna pena, y debe estar garantizada atoda la población, la asistencia sanitariaen condiciones de igualdad efectiva16. Laspersonas con TMG, se ven avocadas a uncumplimiento en el Centro penitenciarioo sometidos a medidas de seguridad enlos dos Hospitales Psiquiátricos peniten-ciarios, lejanos de su Comunidad Autó-noma y de sus familiares.

Por otra parte, es de señalar la falta deaplicación de la Ley 16/2003 de Co-hesión y calidad del Sistema Nacional deSalud17, que establece en la disposiciónadicional sexta que: “ L os servicios sanita-

rios dependientes de Instituciones

Penitenciarias serán transferidos a las

G ráfica del nú mero de camas con caráter judicial en la U E por cada 100.000 habitantes

G ráfica del nú mero de camas con caráter judicial en la U E por cada 100.000 habitantes

“ley 1 6 /2 0 0 3 de C oh esión

y C alidad del S istema

N acional de S alud:

“L os serv icios sanitarios

dependientes de

Instituciones P enitenciarias

será n transferidos a las

C omunidades A utónomas

para su plena integración”

90

1990

DinAusAle IngHolEsp SuiItaIrl0

40

60

80

50

70

30

20

10

2002 2006

14

1990

DinAusAle IngHolEsp SuiItaIrl0

8

10

12

6

4

2

2002 2006

15)Art. 60 Código penal; 1. Cuando, después de pronuncia-da sentencia firme, se aprecie en el penado una situa-ción duradera de trastorno mental grave que le impidaconocer el sentido de la pena, el Juez de VigilanciaPenitenciaria suspenderá la ejecución de la pena privati-va de libertad que se le hubiera impuesto, garantizandoque reciba la asistencia médica precisa, para lo cual po-drá decretar la imposición de una medida de seguridadprivativa de libertad de las previstas en este Código queno podrá ser, en ningún caso, más gravosa que la penasustituida. Si se tratase de una pena de distinta naturale-za, el Juez de Vigilancia Penitenciaria apreciará si la si-tuación del penado le permite conocer el sentido de lapena y, en su caso, suspenderá la ejecución imponiendolas medidas de seguridad que estime necesarias.

16)Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad en suartículo 3.2.

17)BOE 29 Mayo de 2003.

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C omunidades A utónomas para su plena

integración en los correspondientes ser-

vicios autonómicos de salud. A tal efecto,

en el plazo de 1 8 meses desde la entrada

en vigor de esta L ey...” . Se encuentra envigor desde el 30 de mayo de 2003, y latransferencia hubo de hacerse efectivaantes del 1 de diciembre de 2004, sinhaberse realizado en la actualidad.

Así mismo, en el 2007 el Ministerio deSanidad y Consumo, inspirándose en laDeclaración Europea de Salud Mental18,o Declaración Helsink i, ha editado laEstrategia de S alud mental para todoel S istema N acional de S alud19 dondetambién ha participado InstitucionesPenitenciarias. Plantea entre los objeti-vos “ Promover la cooperación y la co-rresponsabilidad de todos los departa-mentos y agencias involucrados en lamejora de la salud mental” , a través deuna coordinación asistencial entre insti-tuciones penitenciarias y servicios de sa-lud mental para garantizar la atenciónintegral de estos ciudadanos

La Secretaría General de Institucionespenitenciarias, se hace eco de esta situa-ción, y considera prioritario hacer unplan de actuación con las personas contrastorno mental en prisión, no sólo porla distorsión que producen en un siste-ma no preparado para abordar esta reali-dad, sino también por el sufrimiento dequienes padecen estas patologías y no seencuentran en el medio socio sanitariomás adecuado para su atención20. De es-ta forma, la Secretaría General, ha elabo-rado el Protocolo de A tención Integrala enfermos mentales en los Centrospenitenciarios (PA IEM )21. Este protoco-lo demuestra una profunda conciencia-ción y sensibilidad por parte deInstituciones Penitenciarias, pero adole-ce de una falta de presupuesto, que haceprever ciertas dificultades para su aplica-ción en los Centro Penitenciarios. En la

fase de reincorporación social, se necesi-ta el acceso a los servicios y recursos dela red de salud mental, dependientes delas Comunidades Autónomas, en lascuales existe una falta de plazas de aten-ción, y se necesita también, nuevos me-canismos de coordinación interinstitu-cional.

Existen iniciativas de una atención psico-social en algunos centros Penitenciarios,como la experiencia de Cataluña, dondeel Departament de Salut, financia los pro-fesionales sociosanitarios que realizan laatención psiquiatrica y la rehabilitaciónpsicosocial de las personas con TMG en elÁ mbito penitenciario. También la expe-riencia de una entidad especializada, co-mo INTRESS22, y de algunas Asociaciones

“En la fase de

reincorporación social,

se necesita el acceso a

los serv icios y recursos

de la red de salud mental,

dependientes de las

C omunidades A utónomas,

en las cuales ex isten falta

de plaz as de atención,

y se necesita tamb ié n,

nuev os mecanismos

de coordinación

interinstitucional”

18)Conferencia Ministerial de la OMS para la salud mental.Declaración Europea de Salud Mental. Helsink i. 2005.

19)Estrategias de salud metal. Ministerio de Sanidad yConsumo. 2007.

20)Mercedes Gallizo. Jornadas de F undación Manantial.Nov 2009.

21)Plan para la Atención Integral a enfermos mentales enlos Centros penitenciarios (PAIEM).

22)“ Programa de Intervención Psicosocial con PersonasReclusas que padecen Enfermedad Mental Grave yCrónica” , que INTRESS realiza en el CentroPenitenciario Madrid IV de Navalcarnero.

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de F amiliares de F EAF ES, y la experien-cias de los profesionales de InstitucionesPenitenciaras23, que demuestran los bene-ficios de una intervención especializada.

A estas iniciativas, que desarrollan inter-venciones en el ámbito penitenciario, se

suma y se une la F undación Manantial,en aras del cumplimiento de sus fines deatención integral a las personas conTMG. Tras la observación y análisis de lasituación de las personas con TMG, quepor circunstancias derivadas en gran me-dida de su enfermedad, cumplen medi-das de seguridad o pena de prisión enlos diversos Centros Penitenciarios,F undación Manantial ha elaborado ypropone un “PL A N D E A T EN CIO N IN -T EG R A L A L A S PER S O N A S CO N T M GEN EL A M B I T O PEN A L Y PEN I T EN -CIA R IO ”. Es la misión de este Plan, evi-tar que las personas con TMG ingresenen prisión, promocionando medidas al-ternativas, y colaborando en la atenciónintegral de los que están, mediante eldesarrollo de actividades de apoyo, reha-bilitación psicosocial y de reinserción enla comunidad.

Para la elaboración del Plan, se parte delas diferentes situaciones jurídicas pena-les y penitenciarias en que se puede en-contrar la persona, y se unifican y simpli-fican las necesidades en cada situación ju-rídica, planteándose respuestas a las mis-mas a través de los programas de in-tervención que se reflejan en el siguientecuadro resumen.

“Ev itar que las personas

con TMG ingresen

en prisión, promocionando

medidas alternativ as,

y colab orando en la

atención integral de los

que está n, mediante el

desarrollo de activ idades

de apoyo, reh ab ilitación

psicosocial y de

reinserción en la comunidad”

23)Centro Penitenciario de Valdemoro y otros.

Cuadro resumen

C oord inac ió n y d irec c ió n

Sin m ed id asc autelares

O rd end e alejam iento

Antes de la sentenciaIm putad o

Después de la sentencia

P risió nprev entiv a

P riv ac ió nd e lib ertad

M ed io ab ierto

Ev aluar la enajenac ió n inad v ertid a

Asesoram iento y orientac ió n

Atenc ió n integral a su enferm ed ad

Alojam iento Alojam iento

Apoy o en la c om unid ad

Alojam iento superv isad o

Apoy o y superv isió n en la c om unid ad

F orm ac ió n a juec es y f isc ales

F orm ac ió n para ab ogad os y forenses

O rd enac ió n e inform ac ió n

R eh ab ilitac ió n psic osoc ial y lab oral

Apoy o soc ial y m ed iac ió n c om unitaria

C ond enad o Som etid o a m ed id as d e segurid ad

P riv ac ió n d e lib ertad N o priv ativ as d e lib ertad

T ratam ientoex terno

C entropsiq uiá tric o

InternaHP P

L ib ertadc ond ic ional

P erm isosSalid as

F orm ac ió n profes. C .P .

P reparac ió n V id a enlib ertad

L oc aliz ac ió nperm anente

Seguim ientoT .B .C .

Apoy o en lac om unid ad

3ergrad o

M ed id asalternativ as

Inte

rven

cion

esN

eces

idad

esS

itu

aci

ón

1

2

3

4

5

6

7

8

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SITUACIÓN JURÍDICA

Y NECESIDADES

Ante la mera imputación de la comisiónde un hecho que reviste los caracteres dedelito o falta, es necesario que sea valo-rada adecuadamente su imputabilidad afin de evitar la enajenación inadverti-da.

Así mismo, a lo largo del proceso penal,durante la ejecución de la sentencia omedida de seguridad y tras el cumpli-miento de ambas, las personas con TMG,sus familias, y los profesionales tienen lanecesidad de información y orientaciónjurídica y social, que les permita ubicarseen el propio proceso.

Durante su estancia en un Centro Peni-tenciario, es necesaria una atención inte-gral a su enfermedad en condiciones deigualdad efectiva con el resto de los ciu-dadanos con TMG, mediante programasde Rehabilitación Psicosocial y de Psico-terapia.

En todas aquellas situaciones en las quela persona no dispone del adecuado so-porte familiar y social para acceder a unpermiso de salida, acceder al tercer gradoy a la libertad condicional, así como lascondenas a medidas alternativas, las per-sonas con TMG necesitan un alojamien-to supervisado con apoy o.

Las personas con TMG, que residan en lacomunidad y estén en las siguientes situa-ciones: condenadas a medidas alternati-vas; o sometidas a medidas de seguridad;internados en un centro penitenciario enla fase de reinserción social, que puedanbeneficiarse en el medio abierto de untercer grado o de libertad condicional, ne-cesitan un apoy o y supervisión en la co-munidad y bú squeda de trabajos enbeneficio de la comunidad

2

PROPUESTAS

DE INTERVENCIONES

Y PROGRAMAS

Ante estas necesidades expuestas, la in-tervención que se diseña en este Plan,promueve la atención integral en la co-munidad a estas personas, centrada en lasnecesidades y a través de la red públicade salud mental a la que tienen derecho,como mecanismo básico de prevenciónde su ingreso en prisión, de rehabilita-ción, y de reinserción comunitaria. Estaspropuestas se contemplan en un marcode una igualdad efectiva de las personascon TMG con el resto de los ciudadanos,en relación con el régimen penal y peni-tenciario.

Así mismo, se pretende colaborar con laAdministración Pública y con la red públi-ca de salud mental, para la consecución

“P romuev e la atención

integral en la comunidad

a estas personas, centrada

en las necesidades y a

trav é s de la red pú b lica de

salud mental a la que tienen

derech o, como mecanismo

b á sico de prev ención de su

ingreso en prisión, de

reh ab ilitación, y de

reinserción comunitaria”

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del fin que legitima la imposición de pe-nas y medidas de seguridad de las perso-nas con TMG, conforme a la Constitu-ción: la reeducación y reinserción social.

Se proponen las intervenciones a travésde programas, que forman una continui-

dad de atención en cada situación penal ypenitenciaria.

En la siguiente tabla se recogen las líneasde intervención y los programas específi-cos que darán respuesta a las necesida-des descritas.

Ante la necesidad de evitar la enajena-

ción inadvertida es prioritario y de vitalimportancia facilitar una formación ac-tualizada y práctica, a los profesionalesde la Justicia, para favorecer la adopciónde medidas alternativas o medidas de se-guridad, propiciar la oportuna valora-ción de la imputabilidad penal, así comola derivación para su adecuada atenciónen recursos sanitarios y servicios socialesespecializados. Esta respuesta se concre-ta en los Programas de formación parajueces y fiscales; Programas de forma-ción para abogados y f orenses; yProgramas de formación para profe-sionales del centro penitenciarios,que faciliten un conocimiento de com-portamientos que puedan ser señales deun TMG y un entrenamiento en habili-dades, para el manejo de situacionescomplejas en los Centros Penitenciarios.

A lo largo del proceso penal y peniten-ciario, es necesario que tanto la personacon TMG como sus familias, como losprofesionales que les atienden, tengan elasesoramiento y orientación oportunosen materia jurídica y social, que les per-mita ubicarse en dicho proceso, mitigan-do la ansiedad y angustia que el mismoconlleva. Esta respuesta se concreta en elPrograma de O rientación e informa-ción (O IR te+ ), donde profesionales dela rama jurídica y social atenderán susdemandas respecto a dicho proceso.

Ante la importantísima necesidad deatención psicosocial especializada du-rante su permanencia bajo el régimenpenal y penitenciario, desde este Plan, searticula el Programa de R ehabilitaciónPsicosocial y L aboral, con la finalidadde colaborar en la implantación y des-

Cuadro resumen

3. P rogram a d e form ac ió n para profesionales d el C . P enitenc iario

2. P rogram a d e form ac ió n para ab ogad os y forenses

1. P rogram a d e form ac ió n a juec es y f isc ales

L íneas de inter v enció n y pr o g r am asN acesidades

6. P rogram a d e alojam iento transitorio

5. P rogram a d e reh ab ilitac ió n psic osoc ial y lab oral

8. P rogram a d e c oord inac ió n y d irec c ió n

7. P rogram a d e apoy o soc ial y m ed iac ió n c om unitaria

4. P rogram a d e orientac ió n, inform ac ió n ( O IR T e+ )

Ev itar la enajenac ió n inad v ertid a

Alojam iento superv isad o

Atenc ió n integral a su enferm ed ad

Apoy o en la c om unid ad

Asesoram iento y orientac ió n

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arrollo del Programa Marco (PAIEM) deInstituciones Penitenciarias, así comoofrecer una atención psicoterapia a laspersonas con diagnóstico psiquiátrico,en equivalencia con el conjunto de la po-blación libre24.

El Programa de alojamiento transito-rio, nace con un doble fin, por una par-te, colabora en el desarrollo del progra-ma de reincorporación social y tránsito ala comunidad del PAIEM para posibilitarlos permisos de salidas del Centro peni-tenciario, el tercer grado y la libertadcondicional, y por otro, favorece el trán-sito hacia los recursos socio sanitarios desalud mental o al domicilio familiar. Elalojamiento transitorio, se puede ubicaren una casa, piso o residencia, en unaciudad con accesibilidad a los recursosde salud mental.

Por último, es necesario un apoyo y su-pervisión en la comunidad, cuya línea deintervención se concreta en el Programade A poy o S ocial y M ediación Comu-nitaria, con el propósito de ofrecer unamediación y coordinación con los servi-cios de salud mental para el cumplimien-to de penas y medidas alternativas a la

privación de libertad. Así mismo, se facili-ta el tránsito a la comunidad desde elCentro Penitenciario, en colaboracióncon el PAIEM en su fase de reincorpora-

ción social. Se presta el apoyo y soportesocial a la persona con TMG, en el régi-men de medio abierto –tercer grado y li-bertad condicional–, incluso ingresada enel Centro de Inserción Social (C.I.S) deInstituciones Penitenciarias.

Estas líneas de intervención expuestas yconcretadas en sus respectivos progra-mas de intervención, necesitan, induda-blemente a su vez, de un Programa deCoordinación y D irección para asegu-rar la buena implantación y desarrollodel Plan. Y así mismo, la colaboración y

coordinación con todos los organismosy agentes implicados en su ejecución.

3

CARACTERÍSTICAS DE L AS

PROPUESTAS DE INTERVENCIÓN

Todas las intervenciones previstas con elusuario, están estructuradas en torno aun Plan individualiz ado de interven-ción, siempre consensuado con el mis-mo. Para ello, en el cumplimiento de lapena o medida de seguridad, es necesa-ria, tanto su activa participación, comola de todos los agentes implicados, pro-fesionales y familiares.

No se pretende crear una red paralela deatención socio sanitaria, sino ofrecer unaalternativa real que posibilite el cumpli-miento de la misión que justifica el pre-sente Plan, en una lógica de comple-mentariedad, en estrecha coordinacióncon los programas al efecto existentes enlas distintas Comunidades Autónomas ypromoviendo activamente su integra-ción en la red pública de salud mental.

Es igualmente indispensable una estrechacoordinación con los diferentes Centrospenitenciarios, Centros de Inserción Social(CIS) y Servicios Sociales penitenciariosexternos, así como con la red publica desalud mental, y todas la entidades públi-cas y privadas que participan de forma di-recta o indirecta en la atención a esta po-blación, y muy especialmente con el mo-vimiento asociativo.

Para su desarrollo, tratándose de un plande ámbito estatal, a fin de garantizar sucohesión se ha planificado la ejecuciónde los programas en las diferentes Co-munidades Autónomas, conforme a sussingularidades territoriales, así comolas derivadas de su legislación autonómi-ca y la red de de recursos socio sanita- 24)Art. 208.1 Reglamento Penitenciario.

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rios existente de atención a salud men-tal.

En íntima relación con ello, se llevarána cabo actividades de sensibilización ydivulgación del Plan para dar a conocera la sociedad la realidad y las necesida-des de las personas con TMG en el ám-bito penal y penitenciario, fomentandoasí un marco de corresponsabilidadcivil.

3

JORNADAS DE F UNDACIÓN

MANANTIAL . NOV. 20 0 9

Presentación y difusión. Conferencias depresentación.

– M ercedes G alliz o, Secretaria Gene-ral de Instituciones Penitenciarias.

– F rancisco S ardina. Presidente deF undación Manantial.

– M .ª L uis Cava de L lano. Adjuntaprimera del Defensor del Pueblo.

Con la implantación del Plan de A ten-ción Integral a las Personas con T M Gen el Á mbito Penal y Penitenciario, seprevén los siguientes beneficios:

1. Mejorar la atención integral a estapoblación más vulnerable, evitandosituaciones de marginalidad y exclu-sión social.

2. Prevenir la adopción de penas y me-didas privativas de libertad a travésdel apoyo comunitario y formaciónde profesionales.

3. Disminuir el tiempo internado enprisión, y el numero de personas conTMG, al favorecer cauces de apoyopara los beneficios penitenciarios, yuna reincorporación social progresi-va a través de la utilización del me-dio abierto.

4. Disminuir el sufrimiento de la perso-na y sus familiares, buscando elequilibrio entre la atención socio sa-nitaria y la respuesta penal

5. Reducir el doble estigma de estaspersonas, posibilitando una mejorintegración en la comunidad.

6. F avorecer la reinserción social, enconformidad con el artículo 25 de laConstitución.

7. Evitar la reincidencia delictiva.

F oto: Jornadas de F undación Manantial. Nov. 2009.

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8. Evitar el ingreso en prisión de laspersonas con trastorno mental, porel comisión de un hecho delictivo di-rectamente provocado por su enfer-medad, ante la inexistencia de recur-sos adecuados para su atención.

9. Promover el respeto a los principiosde culpabilidad e imputabilidad pe-nal.

10. F omentar la existencia de los meca-nismos de coordinación entre el sis-tema jurídico, el penitenciario, losrecursos de salud mental y los servi-cios sociales.

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