Las Fuentes Del Derecho
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2 FUENTES DEL DERECHO
LAS FUENTES DEL DERECHO, SON TODO TIPO DE NORMA, ESCRITA O NO, QUE DETERMINA QUE TAN VINCULADO SE ENCUENTRA EL COMPORTAMIENTO DE LOS CIUDADANOS Y DE LOS PODERES DE UN ESTADO O COMUNIDAD, ESTABLECIENDO REGLAS PARA LA ORGANIZACIÓN SOCIAL Y PARTICULAR Y LAS PRESCRIPCIONES PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
EL TÉRMINO FUENTES DEL DERECHO DESIGNA TODO LO QUE CONTRIBUYE A CREAR EL CONJUNTO DE REGLAS JURÍDICAS APLICABLES DENTRO DE UN ESTADO EN EL MOMENTO DADO (DERECHO POSITIVO)
2.1 FUENTES MATERIALES O REALES
Son todos aquellos hechos, acontecimientos, circunstancias
de tipo social, político, cultural, económico que tiene como
consecuencia la creación de una norma jurídica .
Por ejemplo: la revolución mexicana que dio
origen a los artículos 27 (propiedad y
repartición de tierras) y 123 (protección al
trabajador) constitucionales.
2.2 FUENTES HISTÓRICAS
Son todos los acontecimientos, documentos, vestigios que en
su momento encerraron una norma o ley jurídica y que le
sirve al legislador para crear nuevas leyes.
Por ejemplo: las leyes de indias, el código
de Hammurabi, la declaración de los
derechos del hombre y el ciudadano de
1789, etc.
2.3 FUENTES FORMALES
Son los actos o hechos pasados de los que se deriva la creación, modificación o extinción de normas jurídicas
A veces también, se entiende a por tales a los órganos de los cuales emanan de la leyes que componen el ordenamiento jurídico (conocidos como órganos normativos o con facultades normativas), y los factores históricos que inciden en la creación del derecho
Son los procesos de creación de las normas jurídicas. Cada
fuente formal esta constituida por diversas etapas que se suceden
en cierto orden y deben realizar determinados supuestos.
Son dos los poderes que en
nuestro país intervienen en la elaboración de las leyes
federales: legislativo y ejecutivo. En este proceso
existen seis diversas etapas:
•Iniciativa.- acto por el cual determinados órganos del estado someten a
consideración del congreso un proyecto de ley, que compete a:
*el Presidente de la República
*los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión
*las Legislaturas de los Estados
• Publicación.- acto por el cual la ley ya aprobada y
sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla;
la publicación se hace en el Diario Oficial de la Nación.
• Iniciación de la vigencia.- existen dos sistemas de
iniciación de la vigencia:
*Sucesiva.- 40km/cada día, por carretera para ser
publicada.
*Sincrónica.- a un tiempo determinado.
2.4 FUENTES DEL DERECHO LABORAL
2.5 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Los principios generales del Derecho son los principios más generales de ética social, derecho natural o axiología jurídica, descubiertos por la razón humana, fundados en la naturaleza racional y libre del hombre, los cuales constituyen el fundamento de todo sistema jurídico posible o actual.
Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar derechos legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.
CARACTERÍSTICAS• Son enunciados normativos que expresan un juicio acerca de la conducta a seguir en cierta situación o
sobre otras normas del ordenamiento jurídico. Cada uno de estos principios generales del Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos, el principio o un estándar para el resto de las normas.
• Su fuente deriva de generalizaciones sucesivas a partir de los preceptos del sistema en vigor
• Son validas no por ser verdades supremas, sino por ser de máxima (mas no absoluta) generalidad y aceptación
• Son lógicos
• Son éticos
• Son racionales
• Se usan para solucionar las deficiencias de la ley (lagunas)
• Son fuente inagotable del Derecho
• Son también puntos de partida para el juzgador al momento de cumplir con su obligación de dar resolución a un caso en particular
• Son normas derivadas de factores culturales
• No deben de estar recogidas en ninguna disposición escrita, pues de lo contrario equivaldría a aplicar la norma y debemos recordar que están reservados para situaciones donde no exista legislación aplicable al caso.
• No deben ir en contra de los preceptos positivos vigentes
• No son particulares de cada pueblo o nación, si no perderían su calidad de generales
• Pueden llegar a tener una función constructiva, ya que permiten la sistematización de la materia jurídica
FUNCIONES
• Los principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la función creativa, la función interpretativa, y la función integradora.
• La función creativa establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivarlos.
• La función interpretativa implica que al interpretar las normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.
• La función integradora significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético.
• Estas funciones no actúan independientemente, sino que en la aplicación del Derecho operan auxiliándose una a otra, así cada interpretación de una norma, basada en los principios, es una nueva creación.
2.6 PRINCIPIOS GENERALES DE LA JUSTICIA SOCIAL
La justicia es virtud fundamental de la que no puede prescindir el Orden social. En cambio, la justicia social como clase de justicia no es una virtud, sino un valor, dado que se impone coactivamente, sin que pueda admitir actuaciones contrarias manifestadas bajo otros valores.
La justicia social implica el compromiso del Estado para compensar las desigualdades que surgen en el mercado y en otros mecanismos propios de la sociedad.
• El concepto de justicia social surgió a mediados del siglo XIX para referirse a la necesidad de lograr un reparto equitativo de los bienes sociales. En una sociedad con justicia social, los derechos humanos son respetados y las clases sociales más desfavorecidas cuentan con oportunidades de desarrollo.
Para muchos expertos en la materia se considera que el origen de la justicia social se encuentra en lo que fue la justicia distributiva que estableció en su momento el filósofo griego Aristóteles. La misma venía a dejar patente que era aquella que se encargaba de que todas las personas pudieran disfrutar y acceder a una serie de bienes imprescindibles como podía ser la educación o la alimentación.
• El 20 de febrero es cuando se celebra el Día Internacional de la Justicia Social pues así fue como lo estableció en el año 2007 la ONU (Organización de las Naciones Unidas). Una jornada esta que dicha entidad mundial aboga porque se celebre mediante actividades que lo que hagan sea fomentar la dignidad humana, el desarrollo, el pleno empleo, la igualdad entre géneros y el bienestar social.