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    I. INTRODUCCIONCon el trabajo que presentaremos a continuación pasamos a explicar cuál es el origen, la baselegal y el proceso de como se ve lo que es REVOCAOR!A en nuestra sociedad con el "in deampliar el conocimiento# $a revocatoria para nosotros es un paso muy importante en la vida de

    una sociedad, nos permite participar tanto como en elección y en destitución de nuestras "iguraselegidas a representarnos#

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    II. ORIGENES

    $a revocación es una "igura constitucional que nace en el derec%o anglosajón y cuya regulación%a merecido un importante tratamiento debido a la necesidad de buscar un equilibrio entre el poder de los ciudadanos, el mismo que se expresa a trav&s de su respaldo o rec%a'o a la labor dela autoridad sometida a este proceso, la cual puede ser cesada de su cargo, y el deber del Estadode garanti'ar el orden y la continuidad en el desempe(o de la "unción de todas y cada una de lasautoridades p)blicas# As* por ejemplo, en el caso de los Estados +nidos, tenemos que larevocación procede en algunos Estados, y opera "rente a algunas autoridades como por ejemplogobernadores, alcaldes o concejales con ciertas limitaciones

    El t&rmino revocación proviene de un vocablo latino que %ace re"erencia a la acción y e"ecto de

    revocar verbo que signi"ica dejar sin e"ecto una resolución o mandato- apartar o disuadir aalguien de un designio- o %acer retroceder alguna cosa.#

    En el ámbito del derec%o, la revocación es la anulación, sustitución o enmienda de un "allo ouna orden# /ic%a decisión es tomada por una autoridad di"erente de la que %ab*a resuelto en una primera instancia#

    $a revocación, por lo tanto, supone un modo de extinción de una relación jur*dica# $a operatoriade la revocación es ex nunc tiene vigencia desde que se mani"iesta la voluntad de revocación.#

    /ependiendo del caso, la revocación de un acto jur*dico puede ser autori'ada por la ley o por lavoluntad expresada por las partes# En los contratos bilaterales, ambas partes tienen derec%o arevocar#

    En algunos pa*ses, la revocación es un procedimiento pol*tico que permite a los ciudadanosdeterminar el "inal de un cargo p)blico antes de la expiración del per*odo para el cual el"uncionario %ab*a sido elegido con anterioridad#

    El pedido del plebiscito revocatorio puede justi"icarse por la p&rdida de legitimidad, los actos decorrupción o la violación de los derec%os %umanos, entre otros motivos#

    III. ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES DE LA REVOCATORIA ENEL PERÚ

    0i bien la revocatoria, como otras "iguras constitucionales de similar naturale'a, "ueronincorporadas expresamente en la Constitución peruana reci&n con la promulgación de la Carta1ol*tica de 2334, no podemos dejar de mencionar el tenor del art*culo 56 de la Constitución de2373 que a la letra se(alaba lo siguiente8 9$os ciudadanos tienen el derec%o de participar en losasuntos p)blicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en comicios periódicos y de acuerdo con las condiciones determinadas por ley: En tal sentido, podemosa"irmar que la actual Constitución lo veremos a continuación. amplia el alcance de laregulación que la Constitución de 2373 estableció en materia de participación pol*ticaciudadana# ;Abogado por la 1onti"icia +niversidad Católica del 1er) 1+C1.# !nvestigador en

    temas de derec%o Constitucional# Estudiante de la maestr*a en Ciencia 1ol*tica en la 1+C1#Articulista en temas constitucionales y pol*ticos en diversos portales de actualidad#

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    IV. REVOCATORIA E0 $A REVOCAOR!A?

    $a revocación, como a"irma @rancisco iró =uesada Rada en su libro /emocracia /irecta, esla "acultad que tiene un determinado n)mero de ciudadanos, miembros del cuerpo electoral, para remover a la autoridad antes de que concluya el per*odo para el que "ue elegida# Cabeapuntar que de acuerdo a nuestra legislación vigente, se distingue revocación de remoción deautoridades, pues la primera ópera en contra de autoridades elegidas por voto popular, mientrasque la segunda se aplica )nicamente a "uncionarios p)blicos# Bo obstante ello, en un sentidoamplio, toda revocación implica una remoción del cargo# /ebemos reiterar que la revocatoria esun mecanismo de participación pol*tica directa como lo son8 la remoción de autoridades, elre"er&ndum, la iniciativa legislativa y la rendición de cuentas, todos ellos reconocidos en nuestraConstitución#

    $a revocatoria es uno de los derec%os pol*ticos reconocidos en la constitución pol*tica del 1er)#El art*culo D, inciso 27 se(ala que8

     9los ciudadanos tienen, con"orme a ley, los derec%os de elección, de remoción o revocación deautoridades, de iniciativa legislativa y de re"er&ndum:#

     A la ve', el art*culo 42D establece que 9los ciudadanos tienen derec%o a participar en los asuntos p)blicos mediante re"er&ndum, remoción y revocación de autoridades y demanda de rendiciónde cuentas:#

    Asimismo, la revocatoria está reglamentada por la ley nD 54 ley de los derec%os de participación y control ciudadanos# Este derec%o consiste en la capacidad que tenemos losFasciudadanosFas de, como su mismo nombre lo indica, revocar- es decir, retirar el mandato de lasautoridades que nosotros mismos %emos elegido en "orma democrática a trav&s de un procesoelectoral# Es una "orma de participación directa donde losFas ciudadanosFas, a trav&s de nuestrovoto, decidimos si nuestras autoridades contin)an o no en sus cargos#

    $a revocatoria se "undamenta en la p&rdida de con"ian'a en laFs autoridadFes elegidaFs y para

    ejercerla sólo se necesita que losFas ciudadanosFas lo soliciten, expresando en su demanda o petición los motivos que lo %an llevado a solicitarla, sin necesidad u obligación de demostrarlos#Es decir, se "undamenta pero no se sustenta# Están sujetos a revocatoria losFas alcaldesFas yForegidoresFas- presidentesFas, vicepresidentesFas y consejerosFas regionales- as* como magistradosque provengan de una elección popular# $a revocatoria procede cuando es solicitada durante elsegundo y tercer a(o de mandato#

    $a revocatoria consta de dos partes8 una primera solicitud. y la segunda proceso electoral.#Obviamente para llegar a la segunda parte es necesario %aber cumplido con los requisitosestablecidos en la solicitud# y se inicia en el mes de enero del 2 con la adquisición de los Git

    electorales en la onpe#

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    $a solicitud de revocatoria procede cuando elFla promotorFa o promotoresFas lo solicitanadjuntando las "irmas del HI de electoresFas de una región, provincia o distrito, con unmáximo de 6, "irmas en el caso de lima.# Estas "irmas deberán ser presentadas ante elregistro nacional de identi"icación y estado civil reniec. para su veri"icación y aprobación# Encaso de no alcan'ar la cantidad requerida, &ste lo %ace de conocimiento del promotor o promotores para su recti"icación dándole un pla'o, por lo general, de 4 d*as naturales#

    +na ve' que reniec veri"ica y aprueba que la cantidad de "irmas est& con"orme, %ace entrega al promotor o promotores del acta de veri"icación# el siguiente paso es presentarlo ante la o"icinanacional de procesos electorales onpe., quien lo deriva ante el jurado nacional de eleccionesjne., para que este organismo convoque a un proceso electoral llamado consulta popular derevocatoria del mandato de autoridades municipales y regionales dentro de los 3 d*assiguientes de solicitada "ormalmente# Esto es, despu&s que se %ayan cumplido con los requisitos

    establecidos# Aunque para la revocatoria del a(o 2, el jne ya "ijó la "ec%a8 4 de setiembre#

    teniendo en cuenta que el jurado nacional de elecciones ya de"inió la "ec%a de la consulta popular de revocatoria para el 4 de setiembre del próximo a(o, el pla'o para %acer llegar anteesta entidad, a trav&s de la onpe, la solicitud de revocatoria debidamente con"orme debe ser %asta la tercera semana de mayo, lo que quiere decir que el promotor o promotores deberán presentarlo a más tardar la primera o segunda quincena de abril ante el registro nacional deidenti"icación y estado civil reniec.# En caso de %aber alguna observación, %ay un pla'o de 4d*as para subsanarla y poder cumplir con los pla'os establecidos por el ente electoral#

    $a solicitud o pedido de revocatoria se re"iere a una o más autoridades en particular- esto quieredecir que se puede someter a consulta a unFa alcaldeFsa y sus regidoresFas juntos o sea al concejomunicipal completo- pero tambi&n puede ser en "orma individual y no en bloque# Exactamentelo mismo sucede con las autoridades regionales# 1ara revocar a una autoridad es necesario bastacon que en el proceso electoral denominado consulta popular, losFas ciudadanosFas de unaregión, provincia o distrito expresemos Ja trav&s de nuestro votoK si estamos o no de acuerdocon la destitución de laFs autoridadFes sometidaFs a consulta# 0u e"ecto inmediato es ladestitución de laFs autoridadFes demandadaFs o su rati"icación en el cargo, dependiendo de losresultados#

    $a revocatoria se %ace e"ectiva cuando la mitad más uno del total de votantes vota por el s*, esdecir a "avor de ella# En caso contrario, laFs autoridadFes sometidaFs a consulta se mantieneFn enel cargo sin posibilidad de que se admita una petición %asta despu&s de dos a(os de reali'ada laconsulta popular, esto es %asta que "inalice su mandato# Aqu* %ay que %acer una precisiónrespecto al tipo de revocatoria que se solicita#

    si la solicitud de revocatoria se %ace a la autoridad en "orma individual presidente regional,alcalde, regidor o consejero. y se %ace e"ectiva si., entonces laFs autoridadFes revocadaFs esFson

    reempla'adaFs por elFlos accesitarioFs, es decir quienes %ayan alcan'ado el siguiente lugar en eln)mero de votos de la misma agrupación pol*tica, a "in de que complete su mandato y es

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    acreditado por el jurado nacional de elecciones# $o que signi"ica que quienes asumen los cargosson autoridades del mismo partido o agrupación pol*tica#

     pero si la revocatoria se re"iere alFa alcaldeFsa y sus regidoresFas, as* como al presidenteFa

    regional y sus consejerosFas, y &sta se %ace e"ectiva a más de un tercio del concejo municipal o aun tercio del consejo regional, entonces el jurado nacional de elecciones convoca a nuevaselecciones en esa jurisdicción electoral# En tanto no se elijan a las nuevas autoridades en elcargo, asumen las "unciones son los accesitarios# =uienes resulten elegidosFas en el nuevo proceso electoral, reempla'an a losFas revocadosFas y completan el per*odo para el que "ueronelegidos &stos#

    $as elecciones complementarias se reali'arán el primer domingo de julio del 24, junto con larevocatoria de ese a(o, mientras tanto quienes asumen los cargos vacantes son los accesitariosdel partido o agrupación pol*tica que ganó las elecciones y en caso de no completar, asumen

    losFas accesitariosFas del que quedó segundo en el mismo proceso electoral# 1or ejemplo, si serevocara a más de un tercio del concejo municipal provincial de la santa, asumir*an en primer lugar los H candidatos a regidores restantes del movimiento cuenta conmigo# El noveno regidor ser*a el alcalde provincial, el d&cimo teniente alcalde y as* sucesivamente, completando elconcejo municipal con L regidores del movimiento rio santa caudaloso, pasando &ste a ser mayor*a en la nueva composición de la municipalidad provincial de la santa, %asta que serealicen las elecciones complementarias#

    1or otro lado, si una autoridad Jmunicipal o regionalK "uera revocada de su cargo, queda%abilitado para ser candidato al mismo cargo en las siguientes elecciones municipales yregionales octubre 26., pero no podrá %acerlo en las elecciones complementarias julio 24.que se convoquen por %aberse revocado a más de un tercio del concejo municipal o a un terciodel consejo regional# En el caso de losFas alcaldesFas y regidoresFas revocadosFas, &stosFas estánimpedidos de postular para los cargos de presidenteFa, vicepresidenteFa o consejeroFa regional#

    $a primera consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales se reali'óen el a(o 2337 en 5 distritos y una provincia# por una interpretación del jurado nacional deelecciones, en la revocatoria de ese a(o se consideró que la mitad más uno se contabili'abasobre el total de votantes, es decir los votos válidos# 0in embargo, en las consultas populares de

    los a(os 2 y 6 el mismo jurado nacional de elecciones determinó que para que larevocatoria se %aga e"ectiva, era necesario la aprobación de la mitad más uno del total deelectores %ábiles, es decir de quienes "iguran en el padrón electoral#

    omando como re"erencia el a(o 2337, si en un distrito de mil electoresFas %ábiles su"ragabanL ciudadanosFas, eran necesarios 62 votos para que se produ'ca la revocatoria, pero a partir del a(o 2 el jurado nacional de elecciones cambió las reglas para el conteo de los de losvotos, estableciendo que la mitad más uno se contabili'aba sobre el total de electores %ábiles#0iguiendo el mismo ejemplo, en los a(os 2 y 6 para revocar a una autoridad eranecesario la mitad más uno de los mil electores %ábiles, es decir H2 votos de los L votantes#

    Esto trajo como consecuencia que el porcentaje de autoridades revocadas se redujeraconsiderablemente en las consultas populares de esos a(os#

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    1or ejemplo, en la revocatoria del a(o 2337 de un total de 52 alcaldesFas sometidosFas a consulta popular, "ueron revocadosFas el 55#LHI de ellosFas, mientras que de los 23 regidoresFascuestionadosFas, se revocaron al 7#3I# En el a(o 2, por el contrario, sólo "ueronrevocados el 5#5I de alcaldesFas y el H#L6I de regidoresFas# En el a(o 6, se revocaron al26#6I de alcaldesFas y 2H#6I de regidoresFas#

    sin embargo, en diciembre del a(o 6, el congreso de la rep)blica, a trav&s de la ley nD L62,modi"icó la ley nD 54 ley de los derec%os de participación y control ciudadanos,estableciendo que una autoridad sometida a consulta popular de revocatoria es revocada cuandola mitad más uno de los votos válidos votantes. están a "avor de ella la opción del si., siemprey cuando %ayan asistido a votar como m*nimo el H por ciento de losFas electoresFas %ábiles del padrón electoral de la circunscripción electoral donde se lleva a cabo la consulta popular# %ayque %acer %incapi& que esta reglamentación es la que está vigente, por lo que es la que regirá los

    dos procesos de revocatoria de los a(os 2 y 24#

    @inalmente, %ay que mencionar que en cualquier proceso electoral elecciones generales,elecciones municipales y regionales, revocatorias y re"er&ndums. el jurado nacional deelecciones puede anular las elecciones, con"orme lo establece la ley nD 5LH3 ley orgánica deelecciones, en los siguientes casos8

    Art*culo 4568 el jurado nacional de elecciones puede declarar la nulidad de las eleccionesreali'adas en cualquier distrito o una provincia cuando los votos nulos o en blanco, sumados o

    separadamente, superan los dos tercios del n)mero de votos válidos#

    Art*culo 45H8 el jurado nacional de elecciones declara la nulidad total de las elecciones cuandolos votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del n)mero devotos válidos# Asimismo, si se anulan los procesos electorales de una o más circunscripcionesque en conjunto representen el tercio de la votación nacional válida#

    V. LA REVOCACIÓN EXPRESA Y TÁCITA

    Art# 2H2 del Código Civil8

    9$a designación de nuevo representante para el mismo acto o la ejecución de &ste por parte delrepresentado, importa la revocación del poder anterior# Esta produce e"ecto desde que se lecomunica al primer representante#:

    $a revocación puede ser expresa o tácita, la expresa puede %acerse de palabra o por escrito privado o p)blico, mientras que la tácita se re"iere a la conducta incompatible con la voluntad demantener el poder#

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    Esta revocación surte e"ecto desde el momento que se comunica al representante# Entoncesdeben concurrir los siguientes elementos8

    • $a designación de un nuevo representante• $a ejecución del acto por el mismo representado

    0iempre es necesaria la comunicación de estos %ec%os al representado# 0in embargo la regla queestable que la representación tacita se da cuando el mismo representado ejecuta el acto Art#2H2. tiene sus excepciones, ya que el Art# 7L del Código 1rocesal Civil dispone8 9$arepresentación judicial termina por las mismas ra'ones que causan el cese de la representación odel mandato# 0in embargo, la ejecución de un acto procesal por el representado, no supone larevocación del poder, salvo declaración expl*cita en tal sentido#:

    1ara que la revocación expresa o tácita surta e"ecto tiene que comunicársele al representante por cualquier medio de palabra, por escrito, cartas simples, cartas notariales, "ax, aviso en losdiarios, radio, televisión, correo electrónico, etc#.

     Bo obstante en el caso de la representación judicial el Código 1rocesal Civil en el Art# 73dispone8 9En todo caso de "inali'ación de representación que tenga su origen en la decisión delrepresentado capa' de actuar por s* mismo, cualquiera que "uera la causal de cese, &ste sólosurtirá e"ectos desde que la parte comparece al proceso por s* o por medio de nuevo apoderado,con independencia de la "ec%a o "orma en que el cese le %aya sido comunicado al anterior#: 1or lo que entendemos que la revocación producirá e"ecto desde que el representado se presenta enel proceso por si mismo o por medio de nuevo representado#

    En otras legislaciones, como en la italiana por ejemplo, el representado que revoca el poder tiene el derec%o de exigir al representante que le restituya todo instrumento que se le otorgó paraque realice el acto, esto se %ace con el "inalidad de %acer que el representante care'ca del titulonecesario para contratar con terceros#

    VI. RECONOCIMIENTO QUE LA REVOCATORIA EN LACONSTITUCIÓN DE 1993

    En la Constitución de 2334, la "igura de la revocatoria aparece expresamente recogida en dosart*culos constitucionales# El primero de ellos es el art*culo , inciso 27, cuyo tenor es elsiguiente8 9oda persona tiene derec%o a participar, en "orma individual o asociada, en la vida pol*tica, económica, social y cultural de la Bación# $os ciudadanos tienen, con"orme a ley, losderec%os de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y dere"er&ndum: las cursivas son nuestras.# 1ero este art*culo no puede ser le*do sin tomar encuenta el texto del art*culo 42 que establece lo siguiente8 9$os ciudadanos tienen derec%o a participar en los asuntos p)blicos mediante re"er&ndum- iniciativa legislativa- remoción orevocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas: las cursivas son nuestras.#

    ienen tambi&n el derec%o de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, deacuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica:

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    Como se puede apreciar, una interpretación sistemática de la Carta 1ol*tica, guiada por elprincipio de +nidad de la Constitución, debe tomar en cuenta siempre a ambos art*culos almomento de anali'ar el contenido y alcance de esta "igura# !ncluso, podr*amos decir que enmateria de participación pol*tica, la Constitución tambi&n nos obliga a considerar lo dispuesto por el art*culo 4H de la misma en el cual se %ace mención a las "ormas asociativas de participar 

    en pol*tica, tal y como en su momento lo se(aló el pro"esor Enrique Mernales Mallesteros, en suconocido libro $a Constitución de 2334

    VII. MECANISMO DE REVOCATORIA

    Existen muc%os grupos pol*ticos que proponen la implementación de un proyecto que permita

    un mecanismo de revocatoria en caso de que los gobernantes elegidos no cumplan con sus"unciones y aquellas promesas que %icieron durante la campa(a electoral# En torno a este tipo demedidas existen dos tendencias bien de"inidos de opiniones#

    Revocación 1or un lado, muc%os aseguran que este mecanismo tiene un e"ecto disciplinario%acia los representantes- obligándolos a mantener un comportamiento co%erente con lo que seespera de ellos y evitando que tomen decisiones que vayan en contra de los deseos y losderec%os de los ciudadanos#

    1ero %ay otro grupo tambi&n amplio que se encuentra en contra de este tipo de medidasa"irmando que la revocatoria puede provocar en los dirigentes un miedo constante a tomar decisiones que vayan en contra de lo que el pueblo desea y por esta ra'ón pierden todo tipo deautoridad- y, al "in de cuentas, su cargo ya no cumple el requisito de 9representativo:#

    /e todas "ormas es importante aclarar que a simple vista puede ser la mejor "orma en la que la población tenga una cierta seguridad de que sus representantes cumplen con sus "unciones de"orma e"iciente8 as* se aseguran no sólo que podrán votarlos cada cierta cantidad de a(os y,además de mantener un mayor control sobre las decisiones que se toman durante el tiempo quedure el cargo#

     Bo obstante existe un problema de compatibilidad entre la revocatoria y el sistema electoral,aunque la )ltima palabra siempre la tienen los ciudadanos, quienes mani"iestan sus expectativasa trav&s del voto#

    VIII. EL PROCESO DE REVOCATORIA EN EL PERÚEn el 1er), tan importante como las Elecciones Regionales y unicipales, son las Consultas1opulares de Revocatoria de Autoridades C1R.# $a experiencia reciente nos demuestra cómolos perdedores de un proceso electoral, muc%as veces se convierten en los impulsores de lasC1R de autoridades# 1or tal motivo, en esta oportunidad, anali'aremos el contenido del1royecto de $ey presentado por los organismos electorales NBE, OB1E y REB!EC. que buscamejorar el marco normativo de la C1R en nuestro pa*s#

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    As*, en abril del a(o pasado LFH., luego de un trabajo conjunto, los organismos electoralesKNBE, OB1E y REB!ECK, presentaron una iniciativa legislativa 1royecto de $ey B76F2. que tiene por objetivo "undamental incidir en los temas centrales re"eridos a laConsulta 1opular de Revocatoria C1R.#

    /el mismo modo, se advierte en la propuesta, que lo que se busca con este 1royecto es la"ormulación de una legislación que sea capa' de %acer compatibles dos valores "undamentalesdel sistema democrático8 el principio de participación pol*tica y el de gobernabilidaddemocrática#

    1ara ello, los organismos electorales %an llevado adelante un estudio minucioso acerca dele"ecto que el proceso de consulta popular de revocatoria de autoridades %a tenido en nuestrosistema pol*tico durante los )ltimos 25 a(os 2337K24.#

    IX. EN QUÉ CONSISTE UNA REVOCATORIA Y A QUIÉNES SE PUEDEREVOCAR 

    1or mandato constitucional expreso, la revocación en el 1er) puede reali'arse )nicamente encontra de alcaldes provinciales y distritales. y presidentes, vicepresidentes y consejeros

    regionales, seg)n %a sido establecido en los art*culos 232 y 236 de la Constitución vigente#ambi&n opera contra los jueces de pa' elegidos por voto popular# En cambio, y aunque muc%as propuestas se %an presentado en sentido inverso, no existen normas en la Constitución que permitan que el 1residente de la Rep)blica sea revocado en su mandato# ampoco es el caso delos congresistas, pues el art*culo 246 de la norma "undamental, pro%*be revocar el mandato parlamentario por otra v*a que nos sea la disolución del Congreso impulsada por el poder Ejecutivo en el supuesto %abilitado constitucionalmente#

    $a revocatoria consiste en un proceso de elecciones en el que el ciudadano participadirectamente, con su voto, para separar de sus cargos a las autoridades regionales, municipales provinciales o distritales que eligió#

    1ueden ser objeto de revocación las siguientes autoridades8

    • Alcaldes y regidores provinciales#

    • Alcaldes y regidores distritales#

    • 1residentes, vicepresidentes y consejeros regionales#

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    $os promotores o interesados pueden solicitar la revocatoria de uno o más miembros de unconcejo municipal o regional- y para que el pedido proceda, las autoridades de quienes se pidela revocatoria de sus cargos, se deben encontrar en el ejercicio de los mismos y no %ayan vacadoen sus cargos#

    El proceso de revocatoria es igual a cualquier proceso electoral, con la di"erencia de que lac&dula de su"ragio llevará dos recuadros con las opciones 0! para separar del cargo a laautoridad. y BO para que contin)e.#

    Bas L!a"#

    $a revocatoria, como derec%o de participación ciudadana, está amparada por la C$%s&'&()'*%P$"+&')a y se rige por la $ey de /erec%os de 1articipación y Control Ciudadanos J L, N-/300# Resolución B HLK7KNBE

    X. LA REVOCACIÓN ES UN DERECO O ES UN MECANISMO DEPARTICIPACIÓN POL2TICA DIRECTA

    0i bien la redacción de los art*culos antes se(alados es con"usa y puede prestarse a diversasinterpretaciones, nosotros creemos, más allá de la literalidad del art*culo , inciso 27, que larevocatoria de autoridades no es un derec%o "undamental de naturale'a pol*tica, sino )nicamenteun mecanismo que %ace posible el ejercicio concreto de un derec%o que s* es "undamental comoel derec%o a la participación pol*tica# +na de las ra'ones, qui'á la más evidente en este terreno,que justi"ica nuestra posición, es la denominada tesis de la irreversibilidad en materia dederec%os "undamentales# Esta tesis a"irma que cuando un derec%o %a sido reconocido como"undamental por el ordenamiento jur*dico de un pa*s, este no puede ser derogado o expulsadodel mismo en un momento posterior# 0iendo ello as*, basta con tomar como re"erencia la opiniónde destacados especialistas como V*ctor Parc*a oma, arcial Rubio, o la del propio ErnestoQlvare' iranda, ex presidente del ribunal Constitucional, que plantean la necesidad de

    repensar esta "igura, incluso re"ormar la Constitución para suprimirla, para darnos cuenta de quela revocatoria, como cualquier otro mecanismo de participación pol*tica, puede ser modi"icada oderogada sin mayor problema, siempre que se respete el procedimiento establecido por laConstitución y la legislación vigente# Ergo, la revocatoria no puede ser considerada como unaut&ntico derec%o "undamental#

    XI. CÓMO SE TRAMITA UN PEDIDO DE REVOCATORIA DEAUTORIDADES4

    /e acuerdo a la legislación vigente el proceso se inicia con la adquisición del it electoral en laO"icina Bacional de 1rocesos Electorales OB1E.# +na ve' completada la in"ormación

    http://srvmoss2/pregfrecuentes/pagweb/258-2007-JNE.pdfhttp://srvmoss2/pregfrecuentes/pagweb/258-2007-JNE.pdf

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    requerida en el it el promotor de la revocatoria debe presentar los planillones de "irmasad%erentes al Registro nacional de !denti"icación y Estado Civil REB!EC., para que estainstitución proceda a veri"icar la autenticidad de las mismas# $uego de ello, en casocorresponda, REB!EC remitirá a OB1E, la constancia de %aber alcan'ado el m*nimo requerido,otorgando al promotor el acta respectiva# En caso no se alcance el n)mero de ad%erentes

    su"iciente, se le comunica al promotor para que subsane este inconveniente presentando más"irmas#

    +na ve' cumplido este requisito, el promotor presentará la solicitud de convocatoria de consulta popular a la OB1E para su veri"icación "inal y cumplidos los demás requisitos de ley remitirá elexpediente al Nurado nacional de Elecciones NBE.# @inalmente, el NBE convoca a consulta popular de revocatoria de autoridades y "ija la "ec%a de la misma# /e ser el caso, el NBE puedeacumular las iniciativas de consulta y someterlas en "orma conjunta#

    XII. CUÁNTAS 5IRMAS DE ADERENTES SE REQUIEREN PARASOLICITAR LA REVOCATORIA DE UNA AUTORIDAD4

    Como regla general se requiere del HI de los electores que "iguren en el padrón electoral, conun máximo de 6 mil "irmas# Es decir, si el HI del total de electores como es el caso de$ima etropolitana. excede las 6 mil "irmas, solo se requerirá de este )ltimo n)mero# Enotras palabras, y aqu* radica uno de los cuestionamientos a la manera cómo se reguló esta "igura para $ima etropolitana, para el caso de la capital basta con que el HI del universo electoral6 mil "irmas. est& de acuerdo para que obligue al otro 3H I a acudir a las urnas para revocar a la autoridad edil# 0in lugar a dudas, una situación anormal que distorsiona las reglas básicas dela democracia#

    XIII.

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    XV. CUÁNTOS VOTOS SE REQUIEREN PARA REVOCAR A UNAAUTORIDAD4

     En nuestro pa*s el acto revocatorio se consuma si el HI o un n)mero mayor de electores%ábiles del padrón electoral concurre al acto de su"ragio# S luego, si la mitad más uno de losvotos válidamente emitidos respalda la opción revocatoria#

    XVI. O5ICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES 7ONPE8+n organismo electoral constitucional autónomo que "orma parte del Estado# Es la autoridadmáxima que se encarga de organi'ar y ejecutar distintos procesos electorales, de re"er&ndum yotros tipos de consulta popular# Buestro "in es velar porque se obtenga la "iel y libre expresiónde la voluntad popular, mani"estada a trav&s de los procesos electorales que se llevan a cabo#Con relación a las organi'aciones pol*ticas, nos encargamos de la veri"icación de "irmas dead%erentes de los partidos pol*ticos en proceso de inscripción- la veri"icación y control externosde la actividad económicoK"inanciera, as* como brindar asistencia t&cnicoKelectoral en los

     procesos de democracia interna#@unciones

    Actualmente el Nurado tiene las siguientes "unciones8

    • @iscali'a la legalidad del ejercicio del su"ragio, de los procesos electorales, delre"er&ndum y de otras consultas populares, garanti'ando as* el respeto a la voluntadciudadana, lo que en su momento le permite certi"icar los resultados electorales yotorgar las credenciales correspondientes al 1residente de la Rep)blica, congresistas yautoridades regionales y locales#

    • ambi&n brindamos asistencia t&cnica en la elección de autoridades de centros poblados, de universidades, de representantes de la sociedad civil a nivel nacional ylocal, en los consejos de coordinación regional y local y de autoridades y representantesde todas las organi'aciones de la sociedad y del Estado que requieran su apoyo durantelos procesos electorales#

    •  Buestra entidad promueve la cultura electoral democrática a trav&s de capacitaciones deeducación electoral y, como parte de ello, espec*"icamente, el respeto de los derec%os pol*ticos de la mujer en cumplimiento a la pol*tica de igualdad de oportunidades entre

    %ombres y mujeres y otras que las leyes se(alan#

    • /e igual modo, desarrollamos la investigación electoral mediante la producción dedocumentos de in"ormación sistemati'ada de los procesos electorales y de consultareali'ados, as* como la publicación y di"usión de investigaciones orientadas al tema#

    XVII. URADO NACIONAL DE ELECCIONES

    El Nurado Bacional de Elecciones NBE. es un organismo constitucional autónomo del Estado1eruano# iene como "inalidad "iscali'ar la legalidad del ejercicio del su"ragio, los procesos

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    XVIII. CONCLUSIÓN$os ciudadanos que acudamos a las urnas en un proceso revocatorio debemos de partir por reconocer que ninguna autoridad logrará colmar absolutamente todas nuestras expectativas#

     $os ciudadanos debemos reconocer que llevar adelante una gestión exitosa en un pa*s como elnuestro no es una tarea "ácil# $a escase' de recursos, la "alta de voluntad pol*tica de los actores,las miles de demandas sociales no atendidas a lo largo de la %istoria, la "alta deinstitucionalidad, la corrupción generali'ada y la ausencia de una cultura c*vica y democráticason "actores que entorpecen el que%acer diario de cualquier autoridad en los diversos niveles degobierno# 1or eso es importante re"lexionar y evaluar sin apasionamientos todos estos "actoresal momento de acudir a las urnas a decidir el "uturo de una autoridad democráticamente elegida#

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    XIX. BIBLIOGRA52A

    %ttps8FFlamula#peF26F3F2FelKprocesoKdeKrevocatoriaKenKelKperuFra"aelrodrigue'F

    %ttp8FFportal#jne#gob#peFpreg"recuentesFpagTebFRevocatorias#aspx

    %ttp8FFTTT#congreso#gob#peFsicrFcendocbibFcon6Uuibd#ns"FCAAEE/E575/3HH7CHMH/MAL6F@!$EFConociendoU@ormatoUCatalogacionUNunio3#pd" 

    https://lamula.pe/2014/09/12/el-proceso-de-revocatoria-en-el-peru/rafaelrodriguez/http://portal.jne.gob.pe/pregfrecuentes/pagweb/Revocatorias.aspxhttp://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/CAAE0EDE67262D9205257C5B005DBA84/$FILE/Conociendo_Formato_Catalogacion_Junio2009.pdfhttp://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/CAAE0EDE67262D9205257C5B005DBA84/$FILE/Conociendo_Formato_Catalogacion_Junio2009.pdfhttps://lamula.pe/2014/09/12/el-proceso-de-revocatoria-en-el-peru/rafaelrodriguez/http://portal.jne.gob.pe/pregfrecuentes/pagweb/Revocatorias.aspxhttp://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/CAAE0EDE67262D9205257C5B005DBA84/$FILE/Conociendo_Formato_Catalogacion_Junio2009.pdfhttp://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/CAAE0EDE67262D9205257C5B005DBA84/$FILE/Conociendo_Formato_Catalogacion_Junio2009.pdf

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    INDICE

    I. INTRODUCCION........................................................................................1II. ORIGENES................................................................................................2

    III. ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES DE LA REVOCATORIA EN EL PERÚ2

    IV. REVOCATORIA.......................................................................................3

    V. LA REVOCACIÓN EXPRESA Y TÁCITA.........................................................6

    VI. RECONOCIMIENTO QUE LA REVOCATORIA EN LA CONSTITUCIÓN DE1993 7

    VII. MECANISMO DE REVOCATORIA.............................................................8

    VIII. EL PROCESO DE REVOCATORIA EN EL PERÚ.........................................8

    IX. EN QU CONSISTE UNA REVOCATORIA Y A QUINES SE PUEDEREVOCAR........................................................................................................9

    X. LA REVOCACIÓN ES UN DEREC!O O ES UN MECANISMO DEPARTICIPACIÓN POL"TICA DIRECTA................................................................1#

    XI. $CÓMO SE TRAMITA UN PEDIDO DE REVOCATORIA DE AUTORIDADES%1#

    XII. $CUÁNTAS &IRMAS DE AD!ERENTES SE REQUIEREN PARA SOLICITARLA REVOCATORIA DE UNA AUTORIDAD%.......................................................11

    XIII. $CUÁNDO SE REALI'A LA CONSULTA REVOCATORIA%.........................11

    XIV. $EL PEDIDO DE REVOCATORIA DE AUTORIDADES REQUIERE SER&UNDAMENTADO%........................................................................................11

    XV. $CUÁNTOS VOTOS SE REQUIEREN PARA REVOCAR A UNA AUTORIDAD%11

    XVI. O&ICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE)..................11

    XVII. *URADO NACIONAL DE ELECCIONES....................................................12

    XVIII. CONCLUSIÓN...................................................................................1+

    XIX. ,I,LIOGRA&"A......................................................................................1-

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