La Protección de Datos en las Escuelas de Idiomas

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La ProtecciLa Proteccióón de Datos en las Escuelas de n de Datos en las Escuelas de IdiomasIdiomas

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ÍNDICE

Índice

> Principio fundamental

>Conceptos básicos

>Ámbito de aplicación y exclusiones

>Principales obligaciones

>Derechos de los titulares de los datos de carácter personal

>Particularidades

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Constitución española. Cap. II Art. 18.4 - De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

1993, Aprobación del Estatuto APD

1994 – Correción LORTAD

1995 – Directiva 46 UE, Protección del tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos

11/06/1999 RD 994 Reglamento de Medidas de Seguridad

13/12/1999 – LOPD 15

26/03/2000 - Nivel básico

26/06/2000 – Nivel Medio

26/06/2002 – Nivel Alto

12/07/2002 – Directiva 58, Tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad

1992 - LORTAD

“La ley limitará el uso de la informática para

garantizar el honor y la intimidad personal y

familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio

de sus derechos.”

PRINCIPIO FUNDAMENTAL

19/04/2008 – RLOPD

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CONCEPTOS BÁSICOS

DEFINICIONES

AFECTADO O INTERESADO.- Toda persona física titular de los datos

que serán objeto de tratamiento.

DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- Información numérica, alfabética,

gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a

personas físicas identificables.

TRATAMIENTO DE DATOS.- Operación o procedimiento técnico,

automatizado o no, que a su vez permita le recogida, grabación,

conservación, elaboración, modificación, consulta, utilización,

cancelación, bloqueo o supresión, así como las cesiones de datos que

resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y

transferencias.

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CONCEPTOS BÁSICOS

DEFINICIONES

RESPONSABLE DEL FICHERO O DEL TRATAMIENTO.- Persona física o

jurídica, que sólo o conjuntamente con otros decida sobre la finalidad,

contenido y uso del tratamiento de los datos.

ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.- Persona física o jurídica, pública o

privada, que sólo o conjuntamente con otros trate datos personales

por cuenta del responsable del tratamiento o del fichero.

CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS.- Tratamiento de datos que

supone su revelación a una persona distinta del interesado.

CONSENTIMIENTO.- Manifestación de voluntad, libre, inequívoca,

específica e informada, mediante la que el interesado consiente el

tratamiento de los datos personales que le conciernen.

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ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

La LOPD no será de aplicación

A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.

A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada.

La LOPD es de aplicación a todos los datos de carácter personal que los haga susceptible de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado

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ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

POR TANTO:

La LOPD afecta a cualquier empresa o institución que tenga, mantenga, utilice o trate datos de carácter personal en soporte informático o papel.

EN LA PRÁCTICA

A TODAS LAS ORGANIZACIONES PÚBLICAS O PRIVADAS

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ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

POR TANTO:

La LOPD fija una serie de obligaciones que deberán ser cubiertas por las organizaciones que realizan tratamiento de datos de carácter personal durante todo el proceso de vida del dato:

⟩ RECOGIDA

⟩ TRATAMIENTO

⟩ COMUNICACIONES

La adaptación a la LOPD no se lleva a cabo en un instante concreto, sino que se trata de una labor continua.

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CENTRO DE ESTUDIOS

ALUMNOS

FORMADORES

PERSONAL

CURRICULUMS

COLABORADORESASESORIAS

SERVICIOPRL

MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO

ADMINISTRACIONES PUBLICAS, AEAT, INSS,

SAE

PRINCIPALES OBLIGACIONES

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FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

CLIENTES, PROVEEDORES,

GESTIÓN COMERCIAL

PERSONAL DOCENTE

EMPLEADOS

ALUMNOS

FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

- GESTIÓN INTERNA

- ALUMNOS

- PERSONAL DOCENTE

- EMPLEADOS

PRINCIPALES OBLIGACIONES

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RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

PRINCIPALES OBLIGACIONES

Información previa, precisa e inequívoca de la recogida.

• Finalidad y destinatarios de la información.

• Consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa.

• Identidad del Responsable del Fichero.

• Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Calidad de los datos• El tratamiento no puede ser arbitrario.

• Adecuados, pertinentes y no excesivos.

• En relación con la finalidad legítima para la que se obtengan.

• Exactos y puestos al día.

• Cancelados cuando ya no sean necesarios para la finalidad para la que se

recogieron.

• Nunca deberán recogerse por medios fraudulentos, desleales o lícitos.

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RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

PRINCIPALES OBLIGACIONES

Consentimiento del afectado

• Consentimiento de la persona de la que se recaban los datos.

• Consentimiento específico para el tratamiento de datos e informado del

mismo.

• No será necesario consentimiento

- Administración Pública en ejercicio de sus funciones.

- Entre las partes en un contrato comercial, laboral o administrativo.

- Para proteger un interés vital del interesado.

- Cuando los datos se encuentren en fuentes accesibles al público y

haya un interés legítimo del responsable del fichero o del destinatario

de los datos.

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Elaboración de documentos personalizados:

> Cláusulas legales

> Contratos por encargo de tratamientos

> Contratos por cesión de datos

> Acuerdos de confidencialidad

PRINCIPALES OBLIGACIONES

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• Infracción

administrativa o penal

• Hacienda Pública

• Servicios financieros,

crédito

• Solvencia patrimonial

• Evaluación de la

personalidad

• Datos tráfico Telecos

Básico

• Ideología u opciones

políticas

• Afiliación sindical

• Religión

• Creencias

• Origen racial

• Salud y vida sexual

• Violencia de Género

Niveles de seguridad: Niveles de protección aplicables.

Alto Medio

• El resto de datos

de carácter personal

MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD

PRINCIPALES OBLIGACIONES

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Se deberán implantar las modificaciones técnicas, organizativas y jurídicas necesarias

para garantizar el cumplimiento legislativo.

PRINCIPALES OBLIGACIONES

MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD

La adopción por parte de la entidad de estas medidas correctoras se

deberá realizar de acuerdo a sus necesidades específicas.

Elaboración del Documento de SeguridadEl objetivo de este documento es recopilar la normativa de seguridad en

materia de protección de datos.Documento de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los

datos automatizados de carácter personal y a los sistemas de información.

Contendrá la identificación del Responsable/s de Seguridad, los controles

periódicos para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el propio

documento y las medidas a adoptar cuando un soporte sea desechado o

reutilizado.

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> Responsable de Fichero

> Administradores y Responsable/s de Seguridad

> Usuarios con acceso a Datos

PRINCIPALES OBLIGACIONES

FORMACIÓN Y AUDITORÍA

Formación

Siempre que se tengan datos de nivel medio o alto deberán realizarse auditorias para

verificar el correcto cumplimento de la normativa de protección de datos.

Se plasmarán en el Informe de Auditoría todas las salvaguardas implementadas por

la entidad.

Auditoría

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CARÁCTER PERSONALÍSIMO

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son

personalísimos y serán ejercidos por el afectado.

DERECHOS DE LOS TITULARES DCP

DERECHOS INDEPENDIENTES

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos

independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de

ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro.

Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el

ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

El ejercicio por el afectado de sus derechos de acceso, rectificación,

cancelación y oposición será gratuito y en ningún caso podrá suponer un

ingreso adicional para el responsable del tratamiento ante el que se

ejercitan.

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DERECHO DE ACCESO

DERECHOS DE LOS TITULARES DCP

El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente

información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el

origen de sus datos así como las comunicaciones realizadas o que se prevén

hacer de los mismos.

El responsable del fichero resolverá sobre la solicitud de acceso en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud. Transcurrido el plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de acceso, el interesado podrá interponer una reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos.

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DERECHO DE RECTIFICACIÓN

DERECHOS DE LOS TITULARES DCP

El derecho de rectificación es el derecho del afectado a que se modifiquen

los datos que resulten ser inexactos o incompletos.

La solicitud de rectificación deberá indicar a qué datos se refiere y la

corrección que haya de realizarse y deberá ir acompañada de la

documentación justificativa de lo solicitado.

El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho

de rectificación en el plazo de diez días.

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DERECHO DE CANCELACIÓN

DERECHOS DE LOS TITULARES DCP

El ejercicio del derecho de cancelación dará lugar a que se supriman los

datos que resulten ser inadecuados o excesivos, sin perjuicio del deber de

bloqueo.

El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho

de cancelación en el plazo de diez días.

Podrá denegarse el derecho de cancelación en los supuestos en que así lo

prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o

cuando éstas impidan al responsable del tratamiento revelar a los afectados

el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso.

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DERECHO DE OPOSICIÓN

DERECHOS DE LOS TITULARES DCP

El derecho de oposición es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo

el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo en

los siguientes supuestos:

a) Cuando no sea necesario su consentimiento para el tratamiento, siempre

que una Ley no disponga lo contrario.

b) Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización de

actividades de publicidad y prospección comercial.

c) Cuando el tratamiento tenga por finalidad la adopción de una decisión

referida al afectado y basada únicamente en un tratamiento automatizado

de sus datos de carácter personal.

El Responsable del Fichero deberá resolver sobre la solicitud de oposición en

el plazo de diez días.

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> No atender la solicitud de rectificación o cancelación

> No proporcionar a la APD información en relación con aspectos no sustantivos de

la protección de datos.

> No solicitar la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el Registro

General de Protección de Datos, cuando no sea constitutivo de infracción grave

> Proceder a la recogida de datos sin informar de ello

> Incumplir el deber de secreto, salvo que constituya infracción grave

Sanción:

Infracción:

Prescripción:

LEVE

601,01 € a 60.101,21 € 1 año

Motivos:

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

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GRAVE

60.101,21 € a 300.506,05 € 2 añosSanción:

Infracción:

Prescripción:

Motivos:

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

> Creación de ficheros o recogida de datos con finalidades distintas de las constituidas

> Recogida de datos sin recabar el consentimiento expreso de las personas afectadas.

> Tratar los datos o usarlos vulnerando la legislación, cuando no constituya infracción muy grave.

> Impedir u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso y oposición .

> Mantener datos de carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones.

> La vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal clasificados como nivel

medio..

> Mantener los ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos sin medidas de seguridad.

> No remitir a la Agencia de Protección de Datos las notificaciones requeridas.

> La obstrucción al ejercicio de la función inspectora.

> No inscribir el fichero cuando haya sido requerido para ello por el Director de la AEPD.

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> Recogida de datos en forma engañosa y fraudulenta.

> Comunicación o cesión de datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas.

> Recabar y tratar datos de carácter personal de nivel alto sin consentimiento expreso del afectado.

> No cesar en el uso ilegítimo de los tratamientos de datos cuando sea requerido para ello por el Director de

la APD.

> La transferencia temporal o definitiva a países sin un nivel de protección equiparable

> Tratar los datos de carácter personal de forma que se atente contra el ejercicio de los derechos

fundamentales

> Vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal de nivel alto.

> No atender, u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

> No atender de forma sistemática el deber de notificación de un fichero.

MUY GRAVE

300.506,05 € a 601.012,10 € 3 añosSanción:

Infracción:

Prescripción:

Motivos:

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

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PARTICULARIDADES EN EL TRATAMIENTO DE DATOS EN LAS ESCUALAS DE IDIOMAS

Tipos de datos manejados: especial atención a los datos de menores.

Transferencias internacionales de datos.

Datos de salud.

Imágenes y videos.

Internet y redes sociales.

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Gracias por su atención.

¿Alguna pregunta?

Elisa Santolaya DomínguezConsultor Senior

[email protected]