La Propiedad Intelectual

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LA PROPIEDAD INTELECTUAL La propiedad intelectual es un área del derecho que se ocupa de los derechos de propiedad sobre cosas intangibles. Proporciona un medio para fomentar el progreso mediante la protección de los derechos sobre nuevas creaciones de la mente, recompensa el comercio honesto y promueve la satisfacción del consumidor mediante la reglamentación de determinados aspectos de la conducta comercial. La propiedad intelectual se utiliza principalmente como herramienta y reconoce asimismo ciertos valores no económicos de las obras creativas. Propiedad intelectual Propiedad industrial Invenciones, Signos distintivos y Represión de la competencia desleal Derecho de autor En general, la propiedad intelectual se divide en dos ramas principales: la propiedad industrial y el derecho de autor. La propiedad industrial incluye las invenciones o, en general, las nuevas creaciones, los signos distintivos y, según algunas clasificaciones, abarca una rama del derecho denominada represión de la competencia desleal 1 . Una 1 La disciplina de la competencia desleal fue clasificada originalmente dentro del concepto general de la “propiedad industrial” merced a lo dispuesto por el artículo 1 inciso 2 del Convenio de París. Sin embargo, en la actualidad la

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LA PROPIEDAD INTELECTUALLa propiedad intelectual es un rea del derecho que se ocupa de los derechos de propiedad sobre cosas intangibles. Proporciona un medio para fomentar el progreso mediante la proteccin de los derechos sobre nuevas creaciones de la mente, recompensa el comercio honesto y promueve la satisfaccin del consumidor mediante la reglamentacin de determinados aspectos de la conducta comercial. La propiedad intelectual se utiliza principalmente como herramienta y reconoce asimismo ciertos valores no econmicos de las obras creativas.Propiedad intelectualPropiedad industrialInvenciones,Signos distintivos yepresin de la competencia desleal!erecho de autor"n general, la propiedad intelectual se divide en dos ramas principales# la propiedad industrial y el derecho de autor. La propiedad industrial incluye las invenciones o, en general, las nuevas creaciones, los signos distintivos y, seg$n algunas clasificaciones, abarca una rama del derecho denominada represin de la competencia desleal%. &na invencin es todo nuevo desarrollo en cualquier campode traba'o. &n signo distintivo es todo signo o combinacin de signos capaces de distinguir los bienes, servicios o actividades econmicas de una empresa de los deotra, as( como tambi)n publicitarlos.La competencia desleal incluye todo acto contrario a las prcticas comerciales honestas*.&n inventor puede mantener secreta una invencin o solicitar su proteccin legalmediante una patente. "s posible proteger otros tipos de innovaciones en cuanto1 La disciplina de la competencia desleal fue clasifcada originalmente dentro del concepto general de la propiedad industrial merced a lo dispuesto por el artculo 1 inciso 2 del Convenio de Pars. Sin embargo, en la actualidad la tendencia es a separar dica disciplina de la propiedad industrial, abord!ndola de manera independiente, pero sin negar "ue e#isten ciertos la$os comunes con la propiedad industrial.dise+os industriales, variedades vegetales, modelos de utilidad o de conformidadcon un r)gimen sui g)neris, de proteccin. -ay determinadas formas de propiedadindustrial relacionadasconlarotulacinopromocindebienesyservicios, as(comoconlaidentificacindeunagenteenel mercadoenel e'erciciodesuactividad econmica que tambi)n forman parte del r)gimen de la propiedadindustrial. "sasformasincluyenlasmarcas, lasdenominacionesdeorigen, loslemas comerciales y los nombres comerciales, seg$n corresponda.Lasleyesqueproh(benlacompetenciadesleal.abordanunae/tensaseriedetemas. "lderecho de competencia deslealconstituye en algunos casos la base'ur(dica de la proteccin de los secretos empresariales y previene, por e'emplo, ladilucin o el descr)dito 0denigracin1 de los signos distintivos, reprimiendo tambi)nconductas il(citas que involucran actos de confusin o de enga+o que implican lapropalacin de informacin errnea sobre el origen empresarial o falsa sobre lascaracter(sticas o propiedades de determinado producto o servicio,respectivamente."l derecho de autor se relaciona con la creacin y titularidad de las obras art(sticaso literarias.2 La %ecisi&n '() de la Comunidad *ndina, +,gimen Com-n sobre Propiedad .ndustrial, dedica un ttulo especial /0tulo 12.3 a la competencia desleal vinculada a la propiedad industrial. * partir de ello, podemos observar, a-n en la actualidad, los la$os comunes "ue e#isten entre ambas disciplinas. Sin embargo, en el Per- e#iste una legislaci&n especial /%ecreto Legislativo 4o. 15''3 6 totalmente independiente a la legislaci&n sobre propiedad industrial "ue aborda todolo relativo a la competencia desleal. 7n el Captulo 1... de este documento se incidir! sobre esta cuesti&n.8 Sui gneris signifca singular, e#cepcional o e#tra9o en su g,nero, esto es, "ue no concuerdacon otro r,gimen de protecci&n.' 7n materia de competencia desleal en el Per-, rige el %ecreto Legislativo 4o. 15'', Le6 de +epresi&n de la Competencia %esleal, a partir de la cual se reprimen las diversas conductas desonestas "ue atentan contra la buena fe comercial. %ica normativa sobre competencia desleal rige en armona con las disposiciones "ue sobre competencia desleal se encuentran plasmadas en la legislaci&n sobre propiedad industrial.&na obra es la e/presin de ideas de forma original y susceptible de reproduccin.Las obras amparadas por el derecho de autor abarcan una e/tensa variedad deformasquevandesdelapoes(ahastalosprogramasdeordenador,desdelosdibu'ost)cnicoshastalaspinturasyesculturas, ydesdelam$sicahastalosplanos arquitectnicos.elacionada con el derecho de autor se encuentra la rama del derechodenominada derechos afines o derechos cone/os,que protegen los derechos deartistasint)rpretesoe'ecutantes, productoresdefonogramasyorganismosderadiodifusin.ANTECEDENTES HISTORICOSSi bienamenudosedescribeel campodelapropiedadintelectual comounanueva rama del derecho, sus ra(ces son, de hecho, muy antiguas, pues en )pocasremotas algunas veces los gobernantes recompensaban alas personas quedesarrollabancosasnuevas.2unquelaposibilidaddeunarecompensadeesanaturaleza constituye un incentivo, ofrece poca certeza de que un gobernante sefi'arenuninventor espec(ficoodequeel inventor resultarsuficientementefavorecido como para obtener una recompensa.Loanterior aplicaespecialmentealasinvencionesquebeneficianalagentecom$n3 por e'emplo, las me'oras de las herramientas que se utilizan en un oficio ode los implementos dom)sticos, incluso si suponen un enorme beneficio social.2pro/imadamenteafinalesdel sigloIII a.4., el granhistoriador griego5ilarcoescribi que los gobernantes de la ciudad griega de Sibaris e/ped(an patentes pornuevos alimentos6."l m)todo ms com$n de fomentar la innovacin y el progreso consist(a en ofrecerpremios. Los antiguos griegos organizaban concursos para reconocer y premiarlos logros destacados en muchos campos. Los 7uegos 8l(mpicos representaronuno de ellos, pero los griegos tambi)n celebraban concursos de interpretaciones0tocar la flauta, actuar, hablaren p$blico, recitar a -omero y bailar1, de escritura de: Lipscomb;s , 1?(', en lo sucesivo, Lipscomb.tragedias y comedias, de pintura, poes(a, escultura y alfarer(a, de produccin deproductosagr(colassuperiores, einclusodelashabilidadesenel campodelamedicina y la cirug(a9."n)pocasmsrecientesel derechodepatentessedesarrollapartir delaprctica de ad'udicar monopolios. !urante mucho tiempo los monopolios han sidoimpopulares, pero se perpetuaron informalmente desde que los avances delconocimiento se comunicaron por medio del comercio. "n la "dad :edia a vecesse conced(an a los gremios derechos de monopolio con el fin de que un gremio seestableciera en una ciudad o regin determinada y, por consiguiente, para permitirque dicha regin adquiriera la tecnolog(a representada por tal gremio."nel siglo;, los cuales seotorgabanparaart(culosdeprimeranecesidadtalescomolasal, el hierro, losnaipes, el vinagre, el acero, los cepillos, el aceite y el papel, entre otrasmercanc(as, y para el transporte de algunos otros art(culos?. "sos monopolios se) Lipscomb, op. cit. p. >.> 7li$abet . no fue la primera en ad@udicar monopolios. Los monopolios del ierro 6 la sal ad@udicados por el 7stado se establecieron en Cina en el siglo .. a.C. 2,ase, ."n los a+os siguientes los estatutos y los 'uicios establecieron una distincin entrelos monopolios il(citos y las cartas de patente de nuevos inventos. Los monopolioscayeron en desgracia y se volvieron ilegales porque privaban al p$blico de algo delo que )ste ya hab(a gozado anteriormente. "n contraste, la patente de una nuevainvencin no priva a la gente de nada, puesto que el contenido 0la invencin1 noe/ist(a anteriormente.Por tanto, unainvencin confiere un beneficio p$blicopuesto quealientaalinventor adivulgar una nueva invencinacambio del derechoe/clusivodee/plotar esa invencin durante un per(odo limitado de tiempo. "sas trescaracter(sticas, %1 la concesin de derechos e/clusivos por parte del gobierno, *1por una cosa novedosa, y ,1 durante un per(odo limitado de tiempo, constituyenlos elementos bsicos del r)gimen moderno de patentes.!e forma similar, el desarrollo delderecho de marcas y de competencia deslealtieneunorigenremoto. Lasleyesantiguasreglamentabanlaconductadeloscomerciantes, particularmente en lo relacionado con contratos y pesos ymedidas%@. Los dibu'os de las tumbas egipcias muestran a traba'adores marcandoganadoysehanencontradomarcasdecanterasenestructurasegipciasquedatandel a+o.@@@a.4.%%!urantemilesdea+oslasempresashanutilizadosignosparaidentificar susserviciosylosartesanoshanusadomarcasparaidentificar sus mercanc(as. ? Lipscomb, op. cit. p. 18.15 2er recuadro. Seg-n AradsaC, +obert .., Deuteronomy, http://www.robibrad.demon.co.uk/deut.htm, 1??(, el libro de Deuteronomio fue escrito alrededor del a9o >55 a.C. Dtros autores adoptan fecas "ue oscilan apro#imadamente entre 1':5 6 ?:5 a.C.11 2er recuadro. Seg-n AradsaC, +obert .., Deuteronomy, http://www.robibrad.demon.co.uk/deut.htm, 1??(, el libro de Deuteronomio fue escritoalrededor del a9o >55 a.C. Dtros autores adoptan fecas "ue oscilan apro#imadamente entre 1':5 6 ?:5 a.C."n la antigua Arecia los alfareros firmaban sus obras, inicialmente con la marca desusclanesyposteriormenteconsuspropiosnombres. Laprcticadefabricarmercanc(as se traslad a "uropa por intermedio de los gremios. "stos se reg(anpornormas de calidady reglamentaban la conducta de sus miembros,muchasveces en detrimento dela comunidad. Losreglamentos gremiales prohib(anlosactos desleales, principios refle'ados 0aunque de forma ligeramente distinta1 en lasleyes modernas queproh(ben el descr)dito falsodelos bienes a'enos olainduccin alincumplimiento de contrato. 2 fin de conservar su monopolio en unmercado espec(fico, los gremios tomaban medidas encaminadas a garantizar lacalidad de sus mercanc(as y a prevenir el comercio deshonesto para lo cualenalgunos casos establec(an un r)gimen de inspecciones%*."nel siglo;I; losreg(menesmodernosdepropiedadintelectual adoptaronengran medida su estructura bsica, aunque el proceso de introduccin de me'orascontin$a en la actualidad. Los dos principales tratados en materia de propiedadintelectual se adoptaron durante ese per(odo# el 4onvenio de Par(s para laProteccin de la Propiedad Industrial, del *@ de marzo de %??, y el 4onvenio deBerna para la Proteccin de 8bras Literarias y 2rt(sticas, del > de septiembre de%??9. Laadopcindereg(menesdepropiedadintelectual enmuchospa(sesyespecialmente la presin del aumento del comercio internacional dieron origen a lanecesidad de cooperacin internacional en el campo de la propiedad intelectual. 2comienzosdel siglo;;muchospa(seshab(anadoptadoleyesmodernasdepatentes, marcas y derechos de autor.MARCO CONCEPTUAL&na forma de abordar eltema de la propiedad intelectualconsiste en tomar enconsideracinel tipodemateriaquesepretendeproteger.Cradicionalmentelapropiedad industrial se consideraba relacionada con los negocios y la industria y el12 EariCala, 4i=il, Fedieval Professions, ttpGHHCCC1.enloe.Ca=e.=12.nc.usHenloeHCandCHsoCmeHcareers.tml, 1??(.derecho de autor con la cultura. "n cierta medida, esa divisin contin$a vigente."n su mayor(a, las invencin es pertenecen al mbito de la ciencia, la ingenier(a,la agricultura y la industria.La proteccin de los signos distintivos y la represin de la competencia deslealsirven principalmente de mecanismo comercial. La m$sica, elarte y la literaturaestn protegidos por el derecho de autor y son de inter)s para artistas yacad)micos.Losavancestecnolgicosrecienteshandesgastadolautilidaddeesadivisintradicional. "l derecho de autor a$n protege las obras literarias, pero ahora estasincluyen los programas de ordenador, las bases de datos y los manuales t)cnicos,as( comoloslibrosdete/to, lasnovelasylapoes(a. Lasobrasdeartevisualincluyenlosdibu'ost)cnicosylasobrasdebellasartes.2l mismotiempo, losartistasquesededicanacreardise+osoriginalesdestinadosalacreacindeob'etos$tilespuedencontar conlaproteccindelosdise+osindustriales, unaformadeproteccinquesesit$adirectamenteenel campodelapropiedadindustrial.8tra manera de abordar el rea de la propiedad intelectual es analizar las pol(ticasque asisten cada forma de proteccin. Las ra(ces de la propiedad intelectual estnconstituidas en torno de dos pol(ticas fundamentales que promueven ladivulgacin de nuevos desarrollos y garantizan el comercio honesto.Las leyes en materia de propiedad industrial y derecho de autor sirven al inter)sp$blico, puesto que promueven la divulgacin de cosas novedosas 0invenciones uobras art(sticas o literarias1, le permiten al p$blico acceder a ellas y promueven elprogreso porque admiten que otros desarrollen lo divulgado. Lo anterior seconsigue mediante el ofrecimiento de la posibilidad de recibir una recompensa.Las leyes relativas a los signos distintivos y la represin de la competencia deslealsirven al inter)s p$blico, puesto que disuaden de incurrir en prcticas comercialesdeshonestas, con lo cual se protege a las partes involucradas en las operacionescomercialesdelostratosinescrupulososypermitenqueloscomerciantesyelp$blico se f(en de las aseveraciones de las entidades comerciales."n el presente anlisis la ley de patentes se aseme'a ms al derecho de autor yderechos cone/os que a los signos distintivos o a la represin de la competenciadesleal. 2mbas tienen por ob'eto alentar a quienes son capaces de crear cosasnovedosas0invencionesu obras1,a invertir eltiempoy los recursos necesariospara transformar sus creaciones, de una e/istencia estrictamente mental en unaforma tangible y a compartir con el p$blico esas creaciones. 2 efectos de alcanzaresos fines, los gobiernos hacen un trato con el creador# si )ste hace la inversinnecesaria para crear una invencin o una obra, podr impedir que otros la copieny la e/ploten sin su permiso durante un per(odo de tiempo especificado por ley,incluso si la invencin se ha divulgado o la obra se ha publicado.Las leyes relativas a los signos distintivos y la represin de la competencia deslealsirvenasimismoalaspol(ticascone/as. Lossignosdistintivospromuevenlasprcticas comerciales honestas, puesto que identifican la fuente de lasmercanc(as, esto es, el fabricante o el comerciante que suministra los bienes. Losnombres comerciales cumplen una funcin similar de identificacin de unaactividad comercial. Las prcticas comerciales que generan error 0confusin1 enlos consumidores en cuanto al origen de las mercanc(as son un e'emplo clsico decompetencia desleal, al igual que otras prcticas desleales, por e'emplo, eldescr)dito falso 0denigracin1 de los bienes o los servicios de un competidor, eletiquetado o la publicidad comercial enga+osa, o el plagio de la imagen comercial0el empaque distintivo1 de un competidor con el fin de enga+ar a los consumidoreso aprovecharse indebidamente de su reputacin.Las leyes de propiedad industrial y la competencia desleal protegen asimismo los secretos empresariales e impiden que se divulguen por medio de m)todos l(citos oil(citos%,. Canto los consumidores como los comerciantes tienen inter)s en las prcticas comerciales honestas. Si bien el campo del derecho relativo a la competencia desleal se desarroll inicialmente con el fin de reglamentar las relaciones entre comerciantes 0modelo corporativo1, la mayor parte de las mismas consideraciones afecta a los consumidores y actualmente esa rama del derecho se implanta con frecuencia como ley de proteccin del consumidor 0modelo social de mercado1.DERECHOS MORALES O NO ECONOMICOSSi bien la propiedad intelectual se e/plota principalmente como herramientacomercial, reconoceasimismodeterminadosderechosmorales0droit moral1. "lconcepto de los derechos morales se pone en prctica principalmente en el readel derecho de autor, en el que los autores tienen derecho a e'ercer ciertos tiposde control sobre sus obras para prevenir acciones que pudieren resultarper'udiciales para su honor o reputacin."sos derechos no econmicos incluyen el derecho de ser conocido como el autor,impedir falsas atribuciones de autor(a y prevenir modificaciones de determinadostipos de obrassusceptiblesde per'udicar la reputacindel autor.Por loqueserefierealasinvenciones, el principal derechonoeconmicoesel derechodelinventor a que se le nombre como talen toda patente de invencin que puedapresentarse. La doctrina de derechos morales no est tan plenamentedesarrollada en cuanto a las formas ms nuevas de propiedad intelectual, aunquees posible que las leyes contra la competencia desleal proporcionen alg$n gradode proteccin.18 7n efecto, en el Per- las conductas "ue infringen secretos empresariales se regulan 6 reprimen no s&lo a trav,s de la legislaci&n sobre propiedadindustrial /%ecisi&n '() de la Comunidad *ndina3, sino tambi,n a trav,s de la regulaci&n especial sobre competencia desleal, esto es, el %ecretoLegislativo 4o. 15'', Le6 de +epresi&n de la Competencia %esleal.LA PROTECCION INTELECTUAL Y EL DESARROLLO ECONOMICO-istricamente la propiedad intelectual se ha utilizado para fomentar el desarrolloeconmico. 2 escala microeconmica, las patentes, el derecho de autor y demsformas de propiedad intelectual proporcionan un medio por el cual los innovadoresy los inversionistas pueden recuperar la inversin del tiempo y del dineronecesarios para lanzar un nuevo producto al mercado. Se proporciona proteccinlegal para crear un incentivo econmico para la divulgacin y la inversin.2efectos de obtener una patente, es preciso que el inventor realice unadivulgacin t)cnica que permita que personas capacitadas en el rea tecnolgicapertinente fabriquen y utilicen la invencin. Lo anterior garantiza que al finalizar lavigencia de la patente, cualquier persona que posea las aptitudes t)cnicaspertinentes pueda utilizar la invencin.Cambi)n pone ese conocimiento a disposicin de otros que lo puedan desarrollar."se es un elemento importante porque los economistas han descubierto que elcrecimientoeconmicoalargoplazosedebeengranmedidaaloscambiostecnolgicos%.. "l profesor obert SoloD, galardonadoconel premioEobel ydocente delInstituto Cecnolgico de :assachusetts, concluy que elgrueso delincremento de la produccin econmica de los "stados &nidos era consecuenciade los avances tecnolgicos%6."l otro tema principal relacionado con la propiedad intelectual es la garant(a de lostratos honestos entrecomerciantes y entrecomerciantes y consumidores. "l4onvenio de Par(s se refiere a ese aspecto de la propiedad intelectual como Flarepresin de la competencia deslealG. La prevencin de prcticas deshonestas yenga+osasylaprestacinderecursoseficacescuandosepresentendichas1' Fansfeld, 7dCin, .ntellectual propert6 rigts, tecnological cange, and economic groCt, en Carls 7. .Cododebatesobrepol(ticasdepropiedadintelectual quedar(aincompletosi noreconocieralosargumentoscontralaproteccinrigurosa. &navertientedelascr(ticas est dirigida contra la propiedad intelectual en cuanto propiedad privada ysu funcin enlageneracinde riqueza."n unr)gimen comunista en el quelatitularidad privada de la propiedad no era vista con buenos o'os, la antigua &ninSovi)tica e/periment con un sistema alterno de recompensas denominadocertificados de inventor, en virtud del cual el gobierno recompensaba a losinnovadoressincrearderechosdepropiedadpersonalessobreunainvencin.Irnicamente, ese sistema respaldaba el principio econmico consistente enofrecer un incentivo al desarrollo de nuevas creaciones, pero sin el motoreconmico de una econom(a de mercado y el sistema fue incapaz de fomentar eldesarrollo al mismo ritmo en que )ste se produc(a en los pa(ses que se apoyabanen una econom(a de mercado para ofrecer recompensas.La mayor(a de las naciones del mundo no adopt ese m)todo y actualmente usiay los dems pa(ses de la antigua &nin Sovi)tica propenden por establecer unaeconom(a de mercado y desarrollar un r)gimen fuerte de propiedad intelectual quepromueva su desarrollo econmico."l otro tema principal ob'eto de debate se relaciona con la funcin de la propiedadintelectual en la distribucin de la riqueza entre las naciones ricas y las pobres. Si1? (ase, por e@emplo, Jnion des Mabricants, Counterfeiting and Drgani$ed Crime, Pars, 2558,disponible en el sitio Ceb de la .407+PDL, en acceso el primero de mar$o de 255?.bien todos los bandos estn de acuerdo en que un r)gimen fuerte de propiedadintelectual promuevelainnovacininterna, algunosopositoresdelaproteccinestricta de la propiedad intelectual sostienen que en los pa(ses en desarrollo esaventa'atienemenos pesoqueel valor del conocimiento disponibledeotrasfuentes, como son los pa(ses desarrollados. Los cr(ticos argumentan que en unmundodesigual laadopcindenormasuniformesdeproteccinperpetuar(aladistribucin desigual de los recursos de informacin*@."n un entorno esttico sellado contra el flu'o de informacin, un argumento de esanaturaleza podr(a tener alg$n m)rito. Sin embargo, la informacin se transmite atrav)s de las fronteras nacionales por diversos m)todos. &n medio importante detransferenciadetecnolog(aconsisteenladivulgacindepatentes, lascualesconstituyen una valiosa fuente de informacin t)cnica, gran parte de la cual no seencuentra en ninguna otra parte*%.8tromedioloconstituyelainversine/tran'eradirecta# el establecimientodepuntos de venta, centros de fabricacin e incluso establecimientos deinvestigacin y desarrollo."sos tipos de inversin generan empleos, aumentan la base delconocimiento eimpulsaneldesarrollodeotrasempresas. La inversin e/tran'era directaesunfactor importante puesto que la mayor parte de la tecnolog(a es de propiedad delsectorprivado. Cal comoseindicanteriormente, lasdecisionesenmateriadeinversin dependen en granmedidadel gradodeproteccinque cadapa(sproporciona a la propiedad intelectual.&n m)todo especial de transferencia de conocimiento es el contrato de franquicia.&na franquicia es un comple'o contrato de licencia que autoriza al concesionario o25 Cortes Costa, Fauricio 7duardo, * vieC from Ara$il, %.>=1. "lpago es facultativo en tanto el solicitante pretenda hacer valer dicho derecho.2'uste por retraso irrazonableLasolicituddebepresentarsedentrodel plazodetreintad(ashbilescontadodesde que queda consentida la resolucin que concede la patente."l costo por a'use equivale al %%.,6H de la &IC 0SL..@?.=%1. "l pago est su'eto ala presentacin del pedido por parte del solicitante.Ingreso en 5ase Eacional de acuerdo con el Cratado P4C%. Presentar formato de ingreso 5ase Eacional.*. Lesernaplicableslastasasyplazosdelosprocedimientosderegistrodepatente de invencin.Para solicitud de restablecimiento de derechos para el ingreso a fase nacional deacuerdo con el Cratado P4C#"n caso el solicitante no haya cumplido los actos mencionados en el 2rt(culo **del Cratadode4ooperacinenmateriadePatentes 0P4C1 dentrodel plazoprescrito. "l costo es de %%.,6H 0SL. .@?.=% nuevos soles18tros trmites relacionados#%. "l costo por reivindicacin adicional0ms de %@1 equivale al @,96H de la &IC0SL.*,.., nuevossoles1. "l pagoesfacultativoentantoel solicitantepretendahacer valer dicho derecho.*. "l costo de la solicitud de un e/amen adicional equivale al %,,69H de la &IC 0SL..??,%, nuevos soles1 y debe cancelarse en las oficinas del IE!"48PI. Larealizacin del informe est su'eta a los casos en que se reestructura el pliego dereivindicaciones y constituye un pago $nico.,. Lasmodificacionespor pginaMconunm/imode%@@Malosdocumentost)cnicos inicialmente presentados 0:emoria !escriptiva, eivindicaciones,esumen y 5iguras o !ibu'os C)cnicos1 tienen un costo equivalente al %,,@H de la&IC 0SL. .9,? nuevos soles1. "l pago es facultativo en tanto el solicitante pretendahacer valer dichos beneficios.Eota#Seg$n las disposiciones legales, el plazo m/imo para concluir la tramitacin de lasolicitud es de 9@ meses contados a partir de la fecha de presentacin.Si despu)s de notificada la resolucin, el solicitante deseara presentar un recursode reconsideracin o un recurso de apelacin o adhesin, tiene un plazo m/imode %6 d(as hbiles desde la fecha en que se le comunic dicha resolucin.N equisitos para la entrega de poderes#Podrnconstar eninstrumentoprivadoydeberncumplir conlassiguientesformalidades, en el caso de#Personas'ur(dicas# el documentodebercontener lasfacultadesotorgadasalrepresentante y la representacin con la que act$a el poderdante.