La privación de libertad

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Quién y en qué circunstancias puede o debe detener a una persona La estancia en las dependencias de la policía El procedimiento de “hábeas corpus” Los trámites en el Juzgado El ingreso en el Centro Carcelario Glosario CONSEJO GENERAL PODER JUDICIAL DEL ATENCIÓN CIUDADANO AL D.L.: M. 49.123-2001. LERKO PRINT, S.A. CONSEJO ERAL DEL PODER UDICIAL GEN J AL Marqués de la Ensenada A C TENCIÓN IUDADANO , 8 - 28071 - Madrid Teléfono: 91 700 61 00 www.cgpj.es L P L A RIVACIÓN DE IBERTAD Estamos a su disposición para informarle y atenderle. Estamos a su disposición para informarle y atenderle. Este folleto tiene carácter orientativo e informativo. No prejuzga las decisiones que en el curso de los procesos puedan adoptar los Juzgados y Tribunales en su función de interpretación y aplicación de la Ley de acuerdo con el principio constitucional de indepen- dencia judicial.

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• Quién y en qué circunstanciaspuede o debe detener a unapersonaLa estancia en lasdependencias de la policíaEl procedimiento de “hábeascorpus”Los trámites en el JuzgadoEl ingreso en el CentroCarcelarioGlosario

CONSEJO GENERAL PODER JUDICIALDEL

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Marqués de la Ensenada

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Este folleto tiene carácter orientativo e informativo.No prejuzga las decisiones que en el curso de losprocesos puedan adoptar los Juzgados y Tribunales ensu función de interpretación y aplicación de la Ley deacuerdo con el principio constitucional de indepen-dencia judicial.

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L PL

A RIVACIÓN

IBERTADDE

El artículo 17 de lagarantiza la libertad individual de los ciudada-nos y establece los derechos que deben respe-tarse cuando, en los supuestos autorizados porla ley, se detiene a una persona.

El presente folleto trata de difundir de modoabreviado los requisitos y los trámites que esta-blecen las leyes respecto de la detención de laspersonas y de los derechos que en tal situaciónles corresponden, hasta tanto el juez disponga supuesta en libertad o su ingreso en prisión.

a) La ley establece que

Al que intentare cometer un delito.

Al delincuente , es decir,al que ya lo estuviere cometiendo.

Al que se fugare del establecimientocarcelario donde estuviere cumpliendocondena o en situación de detención odurante un traslado.

Al procesado o condenado que estu-viere en situación de rebeldía, esto es,el que estando en libertad, no hubierecomparecido ante el Juez o Tribunal enel término que se le fijara o que se

Constitución Española

cualquier personapuede detener por sí misma:

“in fraganti”

hubiere ausentado de su domicilio,permaneciendo en ignorado paradero.

b) Además,

A la persona o personas de las que, engeneral, los funcionarios policiales ten-gan motivos racionales para suponerque han participado en un hecho quepresente los caracteres de delito.

A las personas sobre las que un juz-gado o tribunal haya dictado una ordende detención, o de busca y captura.

La persona detenida tiene desde el pri-mer momento de los motivos dela detención y de sus derechos como detenido.

, por lo que debelimitarse al tiempo estrictamente necesario parael esclarecimiento de los hechos y la recogida delos datos esenciales que permitan al juez valorarlos sucesos producidos y la participación que enellos haya podido tener el detenido, con el finde decidir sobre su situación. Por ello, estasituación de detención en las dependencias dela policía no puede exceder con carácter general

para las personas adultas ypara los menores de 18 años, salvo lo

dispuesto para casos especiales, como ocurrecuando se solicita y se obtiene la prórroga judi-cial de la detención.

Además, a toda persona detenida en las depen-dencias policiales se le informará de los derechosque le asisten y, especialmente, los siguientes:

la autoridad y los agentes depolicía están obligados a detener:

derechoa ser informada

La situación de privación de libertad esabsolutamente excepcional

de 72 horas de 24horas

Quién y en qué circunstanciaspuede o debe detener a unapersona

La estancia en lasdependencias de la Policía

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Porque se ha hecholegales.

Por que se ha superadode duración de la detención.

Por no haberse respetado losdel detenido.

La inicial delprocedimiento puede efectuarse por:

El detenido.

Sus padres, hijos, hermanos, cónyuge opersona unida a él por similares vínculos deafectividad.

El Defensor del Pueblo.

El fiscal.

El juez de oficio.

La petición de “ ” debe presen-tarse

, sin que seanecesario servirse para ello de abogado ni deprocurador.

El para todo ello es el de, o el que se encuentre de guardia, si

hubiere varios, delprivada de libertad; si no constare, el

dely si tampoco éste se conociera el del

sobre el paradero del detenido.

Admitida la petición, el juez ordenará a laautoridad a cuya disposición esté la personadetenida sinpretexto ni demora alguna. También podrá el

sin cumplir con lasformalidades o requisitos

el plazo máximo

derechosfundamentales

presentación de la solicitud

hábeas corpuspor escrito o simplemente mediante

una comparecencia ante el juez

juez competenteInstrucción

lugar donde se encuentrela persona

lugar en que se haya producido ladetenciónlugar donde se hayan tenido las últimasnoticias

que la traiga a su presencia

Modo de presentación

Trámites

A , no declarando si no lodesea, así como a no contestar a alguna oalgunas de las preguntas que se le formulen,o a manifestar que sólo declarará ante el juez.

A no declarar contra sí mismo y a.

A de su elecciónpara que asista a los actos policiales y judi-ciales de declaración e intervenga en losreconocimientos de identidad del detenido.Es de destacar que si el detenido no designaabogado se le designará en el turno de oficio.

A que de su detención y del lu-gar en que está custodiado

.

A ser reconocido por el uotro médico oficial.

A que se informe de su detención a lade su país si se tratare de

.

A ser asistido por un en sudeclaración. Este derecho corresponde alos ciudadanos extranjeros que no com-prendan o no hablen el idioma español,pero lo tienen también aquellos ciudadanosespañoles que se encuentren en la mismasituación respecto del idioma.

Mediante este procedimiento se puede reaccio-nar contra toda detención ilegal por distintosmotivos:

Por que la autoridad, funcionario o particu-lar que la ha realizado carece de la

para ello.

guardar silencio

no con-fesarse culpable

designar un abogado

se informea un familiar o

a otra persona que el detenido indique

médico forense

oficina consularciudadanos extranjeros

intérprete

compe-tencia o aptitud necesaria

El procedimientode “hábeas corpus”

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Tras la declaración y el estudio de lo expuestopor la policía en su atestado o diligencias, de losrestantes antecedentes, si los hubiera, y de lasalegaciones del fiscal, del abogado de la acusa-ción y del abogado del propio detenido, el juez—salvo que decrete la libertad sin imputacióndel detenido, con archivo de las diligenciasincoadas, si estimase que no existe delito o noha quedado suficientemente acreditada su parti-cipación en los hechos— acordará con relación asu situación personal:

a) Cuando no hay indicios claros de la.

b) Cuando, habiéndolos, no constan datos oelementos de juicio bastantes para pensarque

.

c) Cuando, aún apareciendo síntomas suficien-tes de la comisión de un delito y existiendotambién razones para suponer que el dete-nido ha podido participar en él, se trata, sinembargo, de una

.

No obstante, el juez puede acordar la prisiónaunque tenga señalada pena inferior o disponerla libertad con fianza del detenido, aunque setrate de una pena superior, según las peculiarescircunstancias que concurran en cada caso,entre las que cabe referirse a factores tales como

,

la existencia o no de elementos de juicioque permitan pensar con fundamento que

,

I. Libertad provisional del detenido

exis-tencia de un delito

el detenido haya participado en sucomisión

infracción castigadacon pena inferior a seis años de priva-ción de libertad

los antecedentes del imputado

el detenido tratará de sustraerse a laacción de la justicia

juez constituirse en el lugar en que se halle eldetenido.

Oída la persona detenida, su abogado si exis-tiere, el ministerio fiscal, la autoridad o los fun-cionarios que hayan realizado la detención yaquellos que le tengan bajo su custodia y practi-cadas de inmediato las pruebas que procedan,el juez dictará la resolución que estime adecua-da en eldesde que comenzó el procedimiento.

Mediante esta resolución se podrá acordar unade las siguientes medidas:

a. El , si entiendeque no han existido en la detención lasirregularidades que se denuncian.

b. La , si sudetención hubiera sido ilegal.

c. Que continúe la detención, pero en

.

d. Que, si hubiere trans-

currido ya el plazo legal máximo para sudetención.

Finalizadas las actuaciones de la policía, llevadasa cabo para aclarar los hechos que han motivadola detención, y necesariamente antes de quetranscurran 72 horas, se pondrá a la personadetenida a disposición del

o del juez que esté conociendo del.

Una vez conducido al juzgado, el detenido

.

plazo máximo de veinticuatro horas

archivo de las actuaciones

puesta en libertad del detenido

esta-blecimiento distinto o bajo la custodiade personas diferentes

el detenido sea puesto de inmedia-to a disposición judicial

juez de instrucciónde guardiaproceso que haya motivado la detención

declarará ante el juez en presencia de suabogado

Los trámites en el juzgado

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las ,

la que su comisión hayaproducido, o

la .

Salvo en los casos en que el Juez disponga lalibertad provisional sin fianza del detenido queacaba de ser puesto a su disposición, en losdemás supuestos alministerio fiscal, al detenido, asistido delAbogado que hubiere designado o del que, enotro caso, le sea designado de oficio, y al acu-sador particular,

para resolver sobre la situaciónpersonal en que habrá de quedar el detenido.

En esta audiencia, que habrá de celebrarse

, ésteoirá las alegaciones de todas las partes y decidi-rá lo que en su criterio proceda.

Si ninguna de las partes solicitase alguna me-dida de limitación de la libertad del detenido, eljuez habrá de acordar suinmediata puesta en libertad.

En otro caso, el juez, valorando las característicasdel hecho, las circunstancias que concurren enel detenido y los criterios legales a que ante-riormente se ha hecho mención, podrá disponer:

del detenido,

que se le señale,

.

Si decreta su , el detenidodeberá obligarse por escrito, —o, lo que es lo

circunstancias del hecho

alarma social

frecuencia de su perpetración

el juez habrá de convocar

a una audiencia o pequeñojuicio oral

dentro de las 72 horas siguientes a que eldetenido fuera presentado ante el juez

necesariamente

la libertad provisional

su ingreso en prisión si no presta lafianza

su prisión incondicional

libertad provisional

II. Prisión provisional

mismo, constituir una obligación —,a comparecer ante el juzgado en los días en quese le señale en la resolución en que se acuerdesu libertad y, además, en cualquier otra ocasiónen que fuere llamado.

Si decreta su ,la propia resolución en que ello se decida fijarála clase y la cuantía de la fianza. Ésta puede ser

o .

La primera consiste en la designación deuna persona que responde del comporta-miento del inculpado y de su presentaciónante el juzgado cuando sea llamado.

La segunda, que es la habitual, consiste enla puesta a disposición del juzgado de lasuma de dinero que se indique, o de laentrega en prenda de valores o bienes mue-bles, o de la constitución de una hipotecasobre bienes inmuebles, como viviendas oparcelas de terreno.

Finalmente, si se decreta su, el detenido será puesto a disposición de las

fuerzas policiales que correspondan para suingreso en un centro carcelario, teniendo encuenta que:

La prisión provisional deberá llevarse aefecto en la forma que menos perjudique aldetenido en su persona, reputación y patri-monio y que, en todo caso,

solo durará mientras subsistan los motivosque la hayan ocasionado.

Tiene queoscilan entre los y los

, según la gravedad del delito imputa-do, aunque en determinadas ocasiones y siconcurren razones justificadas para ello,

.

“apud acta”

prisión provisional bajo fianza

personal material

prisión provisio-nal

límites temporales máximostres meses dos

años

tales plazos pueden ampliarse

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Al ingresar en prisión

al ca-cheo de su persona registro de susefectos

Es importante que se mantenga el contactocon el abogado designado para la defensadel detenido con el fin de preparar la de-fensa en el juicio.

, los funcionarios delcentro penitenciario verificarán la identidad per-sonal del detenido mediante su nombre y ape-llidos, sus demás circunstancias personales, sushuellas dactilares y su fotografía. Tomarán notasuficiente en el libro de ingresos y abrirán unexpediente personal relativo a su situación pro-cesal y penitenciaria de la que tendrá derecho aser informado. Igualmente procederán

y al, retirándole los enseres y los objetos no

autorizados.

También se informará al interno de sus dere-chos y de sus obligaciones. Concretamente, se leinformará de las normas internas del centro, delas normas generales penitenciarias y de losmedios para presentar peticiones, quejas y re-cursos. Le facilitarán ropa si carece de vestimen-ta apropiada. Y, tras una entrevista con eltrabajador social y el educador, se le asignaráun módulo y las actividades que se considerenadecuadas durante la estancia en el centro.

Durante el tiempo de internamiento en un cen-tro carcelario, se tiene derecho a la comunica-ción oral, escrita, telefónica, íntima, familiar ode convivencia, en las condiciones y con lafrecuencia que establece la legislación peniten-ciaria.

Auto:

Busca y Captura:

Fiscal:

Indicio:

Infracción penal:

Obligación de comparecer:

Poner a disposición del Juez:

Resolución motivada a través de lacual el Juez resuelve respecto de cuestionesdel procedimiento que no requierensentencia.

Aviso a las fuerzaspoliciales para que procedan a la búsquedade una persona que se encuentra en para-dero desconocido y la trasladen como dete-nida a presencia del Juez que la ha recla-mado en una causa penal.

Funcionario público que tiene pormisión promover la acción de la justicia endefensa de la legalidad, de los derechos delos ciudadanos y del interés público tute-lado por la ley, de oficio o a petición de losinteresados, así como velar por la indepen-dencia de los Tribunales y procurar anteéstos la satisfacción del interés social.

Dato cierto del que se puede obte-ner una conclusión, por deducción, sobreun hecho desconocido y que se pretendeesclarecer.

Acción u omisión ilícita,sancionada en el Código Penal. Por sugravedad, puede ser un delito o una falta.El delito a su vez puede ser grave o menosgrave. Las faltas son infracciones leves.

Deber que se impone al detenido al firmarel acta de libertad, mediante el que éstedeclara el lugar donde podrá ser localizadoy se le hace saber las fechas y el lugar enque habrá de personarse con la periodici-dad que se le indique.

Trasladoal Juez del detenido, de las pruebas y lasactuaciones realizadas por la policía.

apud acta

El ingreso en el CentroCarcelario

Glosario