La Pesca Artesanal

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  • 8/17/2019 La Pesca Artesanal

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    LA PESCA ARTESANAL

    La pesca artesanal se destaca por tener esquemas y relaciones socialesparticulares, signadas por la tensión entre la explotación de un recursonatural para la subsistencia y las lógicas de apropiación vinculadas aldesarrollo del capital; ésta diversidad hace que en la denominación de PAconvivan una cantidad de prácticas y situaciones heterogéneas. o obstanteuna de las caracter!sticas más notorias del sector es la predominancia depoblación pobre y empobrecida que se dedica a esta actividad encondiciones de "uerte precari#ación laboral.

    $n su interrelación con el entorno la pesca artesanal como toda actividadextractiva genera impactos en el ambiente a la ve# que es "uertementevulnerable y dependiente de él, en estrecha relación con el grado deespeciali#ación relativo al desarrollo de la actividad. Las condicionesclimáticas extremas o la contaminación son amena#as para los traba%adoresy sus "amilias, principalmente en los sectores más pobres, quienes están

    más expuestos y tienen menos condiciones de en"rentar este tipo desituaciones.La desigualdad social obliga a los sectores más pobres a pagar lasconsecuencias de la degradación ambiental, más a&n en poblaciones quedependen de la explotación de recursos naturales para sobrevivir.

    Impacto ambiental en el Perú

    $l vertimiento de los e'uentes resultantes de la producción industrial delsector pesquero es la principal "uente de impacto sobre bah!as donde seubican las plantas. Por ley, estos e'uentes deben ser tratados antes de servertidos al mar, pero la e(ciencia de los procesos de tratamiento de las

    aguas de bombeo es todav!a muy ba%a y los e'uentes aun presentan nivelesmuy altos de cargas orgánicas, pudiendo ocasionar vara#ones catastró(casy pérdidas valoradas en millones de dólares. $n el Per& no existen L)Pspara la industria pesquera de consumo humano directo *L!mites )áximosPermisibles+ a di"erencia de la industria reductora que s! los tiene. in estosvalores de re"erencia, la legislación ambiental del sector no tiene capacidadde sanción. La de(nición de estos l!mites ser!a un primer paso positivo quepermitir!a la implementación de sanciones y que podr!an incentivar laaplicación de tecnolog!as de recuperación más e"ectivas.

    Los Desembarcaderos pesqueros artesanales y las embarcaciones son

    fuente de contaminación, no solo para el producto hidrobiológico, sino parala bahía circundante. Es urgente realizar inversiones en su infraestructura para evitar que se siga usando agua contaminada para el proceso de lavadodel pescado y para puricar las aguas que se vierten a la bahía comoresultante de dicho proceso.

    La aplicación de una tasa a la producción y la extracción destinada acorregir este impacto ambiental no hace sino establecer un acción de lógicay %usta reparación. Podrá parecer alta e inconveniente para las empresasa"ectadas; pero es el &nico curso de acción posible ante tantos a-os deexplotación de recursos pesqueros sin consideración por el medio ambientey el océano.

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    La preocupación por la protección del medio marino, data incluso detiempos anteriores a la primera guerra mundial y debido a que en principiosdel presente siglo se dio un gran crecimiento del comercio mar!timointernacional se empe#aron a celebrar las primeras reuniones y convenioscon el propósito de crear una conciencia internacional de protección de losrecursos vivos del mar, es as! como posteriormente nace la )/*rgani#ación )ar!tima /nternacional+, la cual en materia de contaminacióntiene las siguientes "unciones0

    1 Promover la reducción de descargas de hidrocarburos.

    1 )inimi#ar las posibilidades de accidentes mar!timos y derrames, y sillegaren a ocurrir, minimi#ar su magnitud.

    1 $stimular a los pa!ses ribere-os su capacidad de respuesta ante lasposibles emergencias.

    1 2esarrollar convenios sobre el tema y promover su aplicación.

    $l primer logro en la protección contra la contaminación del medio marino"ue el establecimiento de las llamadas #onas prohibidas las cuales nopermit!an reali#ar descargas con un contenido de hidrocarburos de 344 omás partes por millón a menos de 54 millas de la costa más cercana, luegoen 3676 se enmienda lo anterior, posteriormente con el incremento deltransporte mar!timo el /LPL es reempla#ado por el )A8PL por verse elprimero insu(ciente, más adelante, luego de accidentes de buques mayoresse adoptó el Protocolo de 369: que "ormar!a parte del )A8PL 9, luego en36:< en el )$P= *=omité de protección del medio marino+ se adoptaronenmiendas al Anexo /.

    La 2irección >eneral de =apitan!as exige a las embarcaciones pesqueras yde todo tipo que den cumplimiento a la norma de tener tanques de aguassucias e hidrocarburos para su evacuación, pero olvidan exigir la creación delas plantas receptoras en puerto que deben recibir estos residuos. Por lotanto resulta incongruente que se persiga a las embarcaciones para quecumplan una norma la cual, en la práctica, no tiene aplicación &til por "altade un receptor de estos residuos. in embargo no de%a de constituir unproblema de contaminación del mar que se suma a la contaminación queproducen las plantas pesqueras.La 'ota pesquera contribuye al deterioro de la salud del mar mediante el

    vertimiento directo de residuos oleosos, de hidrocarburos, aguas sucias,sangua#a y basura en general. ?ien sea cerca a la costa o le%os de ella, esun "actor de contaminación del cual poco se habla y poco se hace paracontrolarlo.

    Los responsables de las instalaciones de recepción autori#adas estaránobligados a expedir a los buques que utilicen sus servicios un certi(cado)arpol de recepción de residuos de los buques. Pero si esta instalaciónterrestre no existe, @qué lógica tiene la exigencia de 2icapi de pasarinspecciones de hidrocarburos y aguas sucias La ausencia de plantasreceptoras, obliga, en la práctica, a seguir arro%ando estos desechos al mar.Bueda establecida la necesidad de la existencia de instalaciones para la

    recepción de residuos de hidrocarburos, mencionadas más arriba, comocondición previa o simultánea a las exigencias sobre las embarcaciones.

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    e hace necesario determinar con precisión las condiciones que debenreunir las instalaciones receptoras, las obligaciones al e"ecto de losnavieros, capitanes de los buques y responsables de aquellas instalaciones,as! como regular la expedición y caracter!sticas del certi(cado acreditativode la recepción de residuos, del Libro 8egistro de Cidrocarburos que debencumplimentar las instalaciones de recepción, la medidas cautelares aadoptar en caso de posible contravención.

    $s imperativo, por tanto que el $stado asuma la obligación de garanti#ar elmonta%e de los servicios e instalaciones necesarios para la recepción deresiduos y me#clas oleosas procedentes de los buques de "orma que éstosno tengan que su"rir demoras innecesarias.Dno de los mayores obstáculos en la aplicación del )A8PL es la "alta deconocimiento de su contenido por parte de administradores mar!timos,armadores, o(ciales mercantes, o(ciales navales, y en general de lamayor!a de las gentes de mar. La aplicación del )A8PL envuelve la

    participación de di"erentes sectores y es necesario que cada uno tengaconocimiento de sus responsabilidades y deberes.

    Las autoridades no pueden ni debe limitarse al control de las plantas entierra y de los desembarcaderos, sino también de las embarcaciones. inembargo, se debe tener en cuenta que el cumplimiento de la norma llevaimpl!cita la necesaria existencia de lugares de descarga de residuos en lospuertos.