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La OMC y el sistema mundial de alimentación: un enfoque sindical impreso sobre papel reciclado Unión internacional de trabajadores de la alimentación, agrícolas, hoteles, restaurantes, tabaco y afines Ginebra, 2002

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La OMC y el sistema mundial de alimentación

un enfoque sindical

La OMC y el sistema mundial de alimentación:un enfoque sindical

impreso sobre papel reciclado

Unión internacional de trabajadores de la alimentación, agrícolas, hoteles,restaurantes, tabaco y afines

Ginebra, 2002

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La OMC y el sistema mundial de alimentación

un enfoque sindical

contenido

3 1. introducción: la OMC y la "agricultura global"

6 2. elaboración de una respuesta sindical: un enfoque de derechosintegrados

10 3. los acuerdos de la OMC y la desigualdad global

3.1 La caja de desarrollo

3.2 Consolidación del control empresarial

3.3 Armonización “hacia abajo”

3.4 El ataque al etiquetado de OGMs

17 4. el contexto mayor

4.1 La OMC como régimen

4.2 Globalización empresarial: derribando barreras

4.3 Dependencia de las exportaciones y deuda externa

21 5. regímenes de inversión global

5.1 Normas de inversión en la OMC

5.2 Capítulo 11 del TLCAN

5.3 El ALCA y regímenes de inversión bilateral

24 6. conclusión: consecuencias para la estrategia

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Comprender hoy el sistema mundial de alimenta-ción es fácil y complejo a la vez. Es fácil si consi-deramos la importancia de los alimentos para lasustentación de la vida humana. Todos necesitanalimentarse; acceder a alimentos adecuados, sa-nos y nutritivos es uno de los derechos humanosfundamentales. Casi 1.300 millones de personasparticipan activamente en la producción agrícola,empleando el sector agrícola más de la mitad dela mano de obra mundial. Esto incluye 450 millo-nes de trabajadores/as agrícolas asalariados. Enlos países en desarrollo los/as trabajadores/asagrícolas constituyen la mayoría de la fuerza labo-ral, alcanzando tanto como el 80 por ciento en al-gunos países. Las mujeres representan más de lamitad de la fuerza laboral agrícola asalariada delmundo y 70 por ciento de todo el trabajo infantilestá empleado en la agricultura.

La mayoría de los/as trabajadores/as dedicadosa la producción agrícola lo hacen en la produc-ción de alimentos. Según la Organización para laAlimentación y la Agricultura (FAO) de las Nacio-nes Unidas, las trabajadoras rurales son responsa-bles de la mitad de la producción de alimentos delmundo y entre 60 y 80 por ciento en la mayoríade los países en desarrollo. Todos los/as trabaja-dores/as agrícolas y pequeños/as agricultores/asson a la vez productores/as y consumidores/asde alimentos y su sustento está ligado al de aque-llos que consumen lo que ellos producen. Este esun vínculo sencillo pero fundamental en el sistemamundial alimentario.

Un enfoque basado en el sentido común paracomprender el sistema mundial alimentario planteaciertas interrogantes fundamentales. Si el acceso aalimentos sanos y nutritivos es tan importante, ¿porqué 820 millones de personas viven hoy con ham-bre? ¿Por qué viven con hambre personas de paí-ses exportadores de alimentos y por qué los/astrabajadores/as agrícolas están entre los desnutri-dos? Si el valor de las exportaciones mundialesanuales en productos agrícolas es de USD 545 milmillones, ¿por qué los/as trabajadores/as agríco-las asalariados y pequeños agricultores se regis-tran entre los niveles más altos de pobreza global?

Si más de la mitad de la fuerza laboral del mundose dedica a la producción agrícola, ¿por qué lascondiciones bajo las cuales se producen los ali-mentos son tan destructivas para la salud y bienes-tar de estas personas? De acuerdo con la OIT, al

menos 170.000 trabajadores agrícolas muerencada año como consecuencia de accidentes en loslugares de trabajo. Los/as trabajadores/as delsector agrícola tienen el doble de posibilidades demorir en su trabajo que en cualquier otro sector.Entre estas fatalidades hay 40.000 muertes anua-les debido a la exposición a plaguicidas. Se calcu-la que cada año de tres a cuatro millones de per-sonas dedicadas al trabajo agrícola sufren gravesintoxicaciones, incluidos males como cáncer rela-cionado con el trabajo y anomalías reproductoras,debido a los plaguicidas peligrosos que se venobligados a utilizar. Sólo el cinco por ciento de los1.300 millones de trabajadores/as del mundo tie-nen acceso a alguna clase de sistema de inspec-ción laboral o protección legal de su salud y segu-ridad. Sin embargo, la agenda de globalizaciónempresarial agresivamente promovida por orga-nismos como la Organización Mundial del Comer-cio (OMC) procura una mayor liberalización y me-nor protección social.

Luego de lo que la OMC llama la “derrota deSeattle” en 1999, la Cuarta Reunión Ministerial dela OMC en Doha (9-15 de noviembre del 2001)inauguró una nueva ronda de liberalización co-mercial. Las ganadoras de esta nueva ‘Ronda deDesarrollo Doha’ son evidentemente las compa-ñías transnacionales (CTNs) que dominan la eco-nomía mundial. Esto incluye las industrias de pro-cesamiento alimentario y agrícola, donde fusionesy adquisiciones han visto centralizarse el controlen manos de unas pocas compañías globales. Lasempresas que suministran semillas se fusionaroncon compañías agroquímicas y de biotecnología,remodelando efectivamente el sistema mundial dealimentación. El presidente de la división semillasde Monsanto, Robert Fraley, dice: “Esto no es sólola consolidación de compañías de semillas, sinoen realidad la consolidación de toda la cadenaalimentaria”.1

Es a través de este control de toda la cadena ali-mentaria que compañías como Du Pont puedenreivindicar – en su “lista para el planeta” – unasimple tarea: “alimentar al planeta”. Lo que estoen verdad significa es que las personas son menoscapaces de alimentarse a sí mismas sin gigantescorporativos como Du Pont, al volverse más depen-dientes de los productos y métodos de producciónde las CTNs. En este sentido, la cadena alimen-taria está cerrada y las CTNs poseen la llave. Esaes la dirección en que la globalización empresa-

1. introducción: la OMC yla ‘agricultura global’

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rial nos está llevando y, ¿la nueva ronda de con-versaciones comerciales de la OMC nos llevaráallí más rápidamente?

Estas no son preguntas o reflexiones filosóficas so-bre la moralidad de nuestros tiempos. Son algunasde las preguntas políticas más fundamentales quedeben hacerse acerca del sistema en que vivimos.Ellas a su vez plantean otra pregunta fundamental:Si estos son los problemas más graves que enfren-tan miles de millones de personas hoy en día, ¿porqué se esfuerza tanto la OMC para exacerbarlos?Hambre y desnutrición, seguridad alimentaria yagricultura sostenible fueron dejadas en segundoplano como “temas no comerciales” al final de laDeclaración Ministerial de la OMC. Las condicio-nes laborales en el sector agrícola fueron ignora-das por completo. En lugar de realizar serios es-fuerzos para tratar estos problemas, las conversa-ciones comerciales se centraron en cómo aumen-tar la presión sobre los/as trabajadores/as agríco-las y los/as pequeños/as agricultores/as paraque se vuelvan más competitivos y cómo exponer-los más completamente a un mercado volátil, fluc-tuante. Este es el mismo mercado que desplazó yempobreció a cientos de miles de pequeños/asagricultores/as y trabajadores/as agrícolas queenfrentaban los descendentes precios del café,azúcar y otros productos agrícolas. En tanto elhambre y la necesidad que tienen millones de per-sonas de lograr acceso a los alimentos es uno delos mayores desafíos que enfrentamos, la agendade la OMC otorga prioridad a la obtención del“acceso al mercado” por caminos que consolidanel poder y las ganancias empresariales en la in-dustria agroalimentaria.

En 1996, la Cumbre Mundial de la Alimentaciónanunció su plan de reducir a la mitad el índice dehambre mundial para el año 2015. Sin embargo,en las conversaciones comerciales de la OMC, seelaboraron plazos más urgentes para la expan-sión de la agroindustria mundial. Mientras que elplazo para reducir a la mitad el hambre mundialse encuentra a 15 años de distancia, el plazopara una más rápida liberalización comercial enla agricultura se debe alcanzar en 15 meses – connuevos compromisos planificados para la QuintaMinisterial OMC en México a mediados del año2003.

El hambre y la desnutrición sólo ingresan en elcuadro cuando el problema debe ser redefinidopara beneficiar a la agroindustria. En los mesesprevios a la reunión Ministerial OMC de Doha, elPresidente Bush de EE.UU. declaró: “Quiero queEstados Unidos alimente al mundo. Nos estamosperdiendo algunas grandes oportunidades, nosólo en nuestro hemisferio, sino en todo el mun-do”.2 De esta manera, una crisis humanitaria inter-nacional y la violación en gran escala del derecho

de las personas a acceder a adecuados, inocuos ynutritivos alimentos es redefinida como una opor-tunidad comercial. Entre aquellos a ser ‘alimenta-dos por los Estados Unidos’ (vale decir la agroin-dustria estadounidense) se encuentran los/as pe-queños/as agricultores/as y trabajadores/as agrí-colas de todo el mundo cuyo sustento fue destruidopor la competencia, el descenso de los precios delos productos básicos, deudas y desplazamientoresultante de la inundación del mercado con pro-ductos depreciados por parte de las empresasagroindustriales y, de la dependencia de fertilizan-tes y simientes excesivamente costosas. Más aún,los 30 millones de personas que sufren de hambreen los Estados Unidos – incluidas más de cuatromillones de personas desnutridas que viven enCalifornia, el estado exportador de alimentos, –saben que sólo cuando su propia hambre sea unaoportunidad comercial “Estados Unidos alimentaráa Estados Unidos”.

Para el gobierno estadounidense saciar el hambremundial y promover las exportaciones agrícolasde Estados Unidos son un solo y mismo asunto.Como declaró Bush, “Todo comienza por teneruna administración que se comprometa a derribarlas barreras al comercio y nosotros lo somos”.

¿Cuáles son esas “barreras”, cómo se “derriban”y cuáles son las consecuencias?

Poco después de la reunión de la OMC en Doha,la Secretaria de Agricultura de los Estados Unidos,Ann M. Veneman, declaró claramente que esas“barreras” incluían todos los esfuerzos que reali-cen los gobiernos para proteger la salud públicavelando para que los consumidores tengan el de-recho a elegir no consumir alimentos con OGM.En particular, Veneman criticó la medida de la UEde regular estrictamente los alimentos OGM e im-poner un etiquetado obligatorio de productosalimentarios OGM. Igual que otras formas de pro-tección social y ambiental, las restricciones a losOGM son consideradas “barreras” que deben serderribadas o evitar que se erijan en primer lugar.

En el mismo discurso Veneman reafirmó que “…nose puede permitir que asuntos no comerciales des-truyan disposiciones clave de la OMC o nos dis-traigan de nuestro objetivo principal”. Ese objetivono es velar por el derecho universal a alimentosadecuados, inocuos y nutritivos o promover laagricultura sostenible que provee el sustento de mi-llones, sino crear la “agricultura global”.3 Bajoesta visión global, “las futuras políticas agrícolasdeberán ser de orientación comercial … ellas de-berán integrar la agricultura en la economía glo-bal, no aislarnos de ella”. Es en este contexto queel Acuerdo de la OMC sobre Agricultura y losAcuerdos sobre Medidas Sanitarias y Fitosani-tarias (MSF) y Obstáculos Técnicos al Comercio

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(OTC) desempeñan un papel fundamental en laruptura de barreras y consolidación del dominioempresarial global del sistema mundial de alimen-tación.

Sin importar las diferencias de opiniones sobrecuándo y cómo liberalizar la agricultura y promo-ver los intereses de la agroindustria, la mayoría delos gobiernos representados en la reunión de laOMC en Doha tácitamente apoyan la opinión delgobierno de los Estados Unidos sobre una “agri-cultura global comercializada y orientada al mer-cado”. Con pocas excepciones, las principalesdisputas entre los negociadores comerciales se re-ferían a quién tendría cual parte de las gananciasprovenientes de la “agricultura global”, no a laviolación de los derechos de las personas que tra-bajan en el destructivo proceso de globalizar laagricultura.

Esta visión de “agricultura global” no reconoce lascrisis económicas y sociales que forman parte delactual sistema mundial de alimentación ni su enor-me costo en vidas humanas. Significativamente,los derechos y el sustento de millones de trabaja-dores/as de la agricultura y de la alimentación,campesinos y agricultores que sólo trabajan para

1 Citado en The Guardian, 15 de diciembre de1997

2 New York Times, 19 de junio del 2001.

3 Discurso de la Secretaria de Agricultura de losEE.UU. Ann M. Veneman, Oxford, RU, 3 de enero,2002.

subsistir, campesinos y agricultores marginales ypequeños agricultores (minifundistas) en los que seapoya todo este sistema, son completamente igno-rados.

Este es el motivo por el cual el movimiento laboraldebe enfrentar el desafío de construir una estrate-gia general, a largo plazo, para asegurar que elsistema mundial de alimentación esté principal-mente orientado a hacer cumplir el derecho a lainocuidad de los alimentos, seguridad alimentaria,soberanía alimentaria y los derechos y sustento delas personas que trabajan en la producción de losmismos.

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2. elaboración de una respuesta sindical:un enfoque de derechos integrados

Como sindicatos que organizan y representan losintereses de los/as trabajadores/as agrícolas y dela alimentación y apoyando los intereses de lospequeños agricultores y de los marginados, ¿cómorespondemos a estos desafíos?

No es suficiente agregar estos problemas como“temas” en la lista de asuntos a resolver por nues-tras organizaciones sindicales. Necesitamos un en-foque que elabore una comprensión crítica de laOMC, la globalización y la agricultura, uno queexplique lo que está sucediendo y eche los cimien-tos para respuestas sindicales. Esas respuestas im-plican estrategias y tácticas que deben tomar encuenta problemas complejos sin ser atrapados entecnicismos ni distraídos por debates menores.Como veremos más adelante, (en la sección 4),tratar los acuerdos de la OMC como textos jurídi-cos que requieren una comprensión técnica y un“ajuste” técnico es una estrategia autolimitanteque no toma en cuenta el poder y la política de laOMC.

A fin de que nuestra estrategia sea verdaderamen-te efectiva para nuestros miembros debe involucraruna perspectiva sobre la globalización de la agri-cultura y la OMC, que proporcione una serie decriterios para la comprensión de su impacto sobretrabajadores/as y pequeños/as agricultores/asde todo el mundo. Más aún, debe proporcionarun “mapa carretero” para que los sindicatos regis-tren sus respuestas locales. Necesitamos un pro-grama en común que refuerce la solidaridad inter-nacional y construya una respuesta coordinada anivel mundial, al mismo tiempo respetando y esti-mulando una diversidad de estrategias y tácticasen el ámbito nacional y local.

En la introducción indicamos que la OMC y laspolíticas neoliberales en general, perjudican lascondiciones laborales y el sustento de los/as tra-bajadores/as y les deniegan el acceso a alimen-tos adecuados, inocuos y nutritivos. Para expre-sarlo de otro modo, el derecho a alimentos ade-cuados, inocuos y nutritivos es denegado por laOMC y las políticas neoliberales.

Este documento no proporciona un análisis gene-ral de los acuerdos de la OMC y de su impactosobre los alimentos y la agricultura, pero en cam-bio intenta desarrollar un marco para la estrategiasindical. Este marco comienza con una serie deprincipios y metas – un compromiso con los dere-

chos – y los utiliza para evaluar el impacto de laOMC sobre el sistema mundial de alimentación ypara identificar los desafíos enfrentados por traba-jadores/as agrícolas y pequeños agricultores. Loque aquí se presenta es un enfoque basado en laintegración de los derechos para comprender elimpacto del Acuerdo sobre Agricultura de la OMC- particularmente, las implicaciones de la nuevaronda de negociaciones que culminará en la Quin-ta Reunión Ministerial de la OMC en México en2003 – y una estructura para educación y movili-zación de nuestros miembros.

Un método es convenir sobre un conjunto de dere-chos colectivos que abarquen tantos temas comosea posible, pero que sea claro y controlable. Es-tos derechos deben ser tratados como un paquete;inseparables no sólo en principio sino en la prácti-ca. Esto es importante porque un conjunto de dere-chos no puede verse realizado sin el otro. Comolos problemas que enfrentamos son multifacéticosy están ligados a una amplia gama de problemas,se requiere un enfoque integrado que sea capazde responder a una multiplicidad de temas.

Ciertamente, el principio de la interdependencia einseparabilidad de los derechos no es nuevo. LaDeclaración Universal de Derechos Humanos quedata de 1948, adelanta esta noción. Al reflexio-nar sobre la inseparabilidad de estos derechos laFAO ha declarado que:

Los derechos civiles, culturales, económicos, políti-cos y sociales proclamados en la DeclaraciónUniversal, son considerados interdependientes,inter-relacionados, indivisibles e iguales en impor-tancia. Para poder gozar plenamente del derechoa la alimentación, las personas deben tener acce-so a atención médica y educación, respeto por susvalores culturales, el derecho a poseer propieda-des y el derecho a organizarse por sí mismos, eco-nómica y políticamente.

Este argumento concerniente a la interdependen-cia e indivisibilidad de los derechos también esaplicable al Pacto Internacional de la ONU sobreDerechos Económicos, Sociales y Culturales(1966). Entre los derechos estipulados, el Artículo8 del Pacto garantiza el derecho a organizar, la li-bertad de sindicación y el derecho a la huelga yel Artículo 11 garantiza el derecho a una alimen-tación adecuada.

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Sin embargo, una respuesta sindical que ligue losderechos laborales y los sindicales con el derechoa la alimentación trasciende los meros principiosen la práctica sobre el terreno. Es necesario un en-foque integrado no sólo debido a la amplia gamade desafíos que nos presenta el sistema mundialde alimentación, sino también debido a la natura-leza de la cadena alimentaria, donde los interesesde trabajadores/as y consumidores/as se encuen-tran inextricablemente ligados.

Con demasiada frecuencia el derecho a una ali-mentación segura es tratado como un principioque debe ser entronizado en los acuerdos multila-terales como el Acuerdo sobre Agricultura de laOMC. Es un principio importante, pero toda consi-deración seria sobre su aplicación debe tomar encuenta el papel que desempeñan los/as trabaja-dores/as en el cultivo y procesamiento de estosalimentos. Ya sea en lo referente a plaguicidas pe-ligrosos o a la aceleración de las líneas de pro-ducción, la protección del derecho a alimentosinocuos comienza no en los anaqueles, sino en loscampos y las fábricas. Por ejemplo, el extendidoproblema de las lesiones por esfuerzo repetitivo yla alta incidencia de accidentes y muertes en elámbito laboral que sufren muchos trabajadores/asen la industria de procesamiento de alimentos es-

tán directamente relacionados con la alta veloci-dad de la producción y la intensidad del trabajo.La duplicación y triplicación de la velocidad de laslíneas de faena y procesamiento en las últimas dé-cadas, también ha sido el principal vector para ladifusión de patógenos causantes del aumento dela incidencia de intoxicaciones alimentarias rela-cionadas con la carne. El sistema de producciónque pone la salud y seguridad del trabajador enriesgo también contribuye a que los alimentossean peligrosos. Por lo tanto, el derecho a la ino-cuidad de los alimentos no se puede separar delderecho de los trabajadores del sector de procesa-miento de alimentos a organizar y negociar colec-tivamente para garantizar un ambiente laboral se-guro. Por otra parte, si una serie de derechos nopuede ser separada de la otra en la práctica, en-tonces estos no pueden ser separados en una es-trategia que procura aplicar el derecho a la ino-cuidad de los alimentos a nivel internacional. Esees precisamente el motivo por el cual el nuevoConvenio de la OIT sobre Seguridad y Salud en laAgricultura (aprobado en junio del 2001 y aúnpor ratificarse) debe ser tratado por los sindicatos,organizaciones de pequeños agricultores y deconsumidores, por igual, como una herramientapara promover no sólo los derechos de los/as tra-bajadores/as agrícolas, sino también el derecho

Cuadro 1: Convenios de la OIT concernientes a la agricultura

Convenio Nº 87: Libertad sindical y la protección del derecho de sindicaciónConvenio Nº 98: Derecho de sindicación y de negociación colectivaConvenio Nº 29: Trabajo forzosoConvenio Nº 105: Abolición del trabajo forzosoConvenio Nº 100: Igualdad de remuneraciónConvenio Nº 111: Discriminación (Empleo y Ocupación)Convenio Nº 138: Edad mínimaConvenio Nº 11: Derecho de asociación (Agricultura)Convenio Nº 141: Organizaciones de trabajadores ruralesConvenio Nº 129: Inspección del trabajo (Agricultura), 1969Convenio Nº 99: Métodos para la fijación de salarios mínimos (Agricultura)Convenio Nº 101: Vacaciones pagadas (Agricultura)Convenio Nº 25: Seguro de enfermedad (Agricultura)Convenio Nº 36: Seguro de vejez (Agricultura)Convenio Nº 38: Seguro de invalidez (Agricultura)Convenio Nº 40: Seguro de muerte (Agricultura)Convenio Nº 12: Indemnización por accidentes de trabajo (Agricultura)Convenio Nº 10: Edad Mínima (Agricultura)Convenio Nº 110: Plantaciones

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de todas las personas a alimentos buenos y salu-dables.

La lucha para combinar los derechos de los/as tra-bajadores/as de la alimentación y el derecho aalimentos buenos y saludables no es nueva. Duran-te mucho tiempo la UITA ha estado comprometidaen la defensa y promoción de una amplia serie dederechos relacionados con producción, distribu-ción y consumo alimentario. Esto incluye el dere-cho a alimentos adecuados, inocuos y nutritivos yaque la producción de alimentos está dirigida a sa-tisfacer las necesidades humanas. El Artículo 2,párrafo 6 de los Estatutos de la UITA dice:

Dentro de su esfera de actividad, la UITA alentaráactivamente la organización de los recursos ali-mentarios mundiales para el bien común de la po-blación mundial; intentará obtener una participa-ción suficiente de los trabajadores y de los consu-midores, en todos los lugares donde se decidenlas políticas nacionales e internacionales, en loque concierne a la producción, la preparación yla distribución de los productos alimentarios y losartículos similares.

El objetivo de procurar “participación suficiente delos/as trabajadores/as y de los/as consumidores/as, en todos los lugares donde se deciden las polí-ticas nacionales e internacionales” expresa un de-recho en particular – el derecho de las organiza-ciones de trabajadores, junto con el interés de losconsumidores, a elaborar políticas alimentarias na-cionales, subnacionales e internacionales. No obs-tante, en la siguiente discusión de la OMC y delsistema mundial de alimentación, veremos que laOMC sistemáticamente elimina ese derecho, redu-ciendo el espacio que tienen los intereses de tra-bajadores/as y consumidores/as para determinarla política alimentaria, con el fin de promover elpoder y los intereses de las compañías agroali-mentarias, químicas y de biotecnología. Además,en todos los lugares donde se deciden las políticasnacionales e internacionales la OMC está aplican-do un modelo de agricultura industrial orientada almercado, que otorga prioridad a la producción dealimentos para ganancia empresarial por encimadel beneficio común del total de la población.

Sólo el derecho a la seguridad alimentaria no essuficiente, si es interpretado estrechamente en tér-minos de la disponibilidad de los alimentos. Quiénlos produce, cómo se producen y la sustentabili-dad y capacidad a largo plazo para mantener unadecuado suministro de alimentos, son factores deimportancia. En la Decisión Ministerial de Marra-kech de la OMC, se incluyó el concepto de segu-ridad de los alimentos, pero fue redefinido comola disponibilidad de alimentos en el mercado, noen función de lo adecuado de los alimentos parala población o de la adecuación de la ingesta

nutricional. En la práctica, la Decisión de Marra-kech solamente permite a los países en desarrollo,que son importadores netos de alimentos, propor-cionar ayuda gubernamental y pago directo paraimportar productos alimenticios, en caso de esca-sez. En otras palabras, en los países en desarrollo,se permiten los subsidios gubernamentales para laimportación de productos alimenticios comercialesdel mercado mundial, pero no están permitidos lossubsidios para la producción local de alimentos.Esta contradicción ha llevado a algunos a argüirque la auténtica seguridad alimentaria sólo puedegarantizarse mediante la soberanía alimentaria.

El concepto de soberanía alimentaria es un con-cepto relativamente nuevo que data de 1996 y fueacuñado específicamente en respuesta a la ame-naza planteada por la OMC contra la capacidadde los países pobres a desarrollar y mantener unadecuado suministro de alimentos de primera ne-cesidad. En este contexto, la mera disponibilidadde alimentos (definida como seguridad alimen-taria) ya no es suficiente, ya que no reconoce elorigen de estos alimentos y los medios de vidaque dependen de su producción y utilización. Unaútil definición de soberanía alimentaria puede en-contrarse en la Declaración Final del Foro Mundialsobre Soberanía Alimentaria, La Habana, Cuba, 7de setiembre, 2001:

La soberanía alimentaria es el medio para la erra-dicación del hambre y la desnutrición y para ga-rantizar seguridad alimentaria perdurable y soste-nible para todos los pueblos. Definimos seguridadalimentaria como el derecho de los pueblos a defi-nir sus propias políticas y estrategias para la pro-ducción, distribución y consumo sostenibles de ali-mentos que garanticen el derecho a la alimenta-ción de toda la población, en base a la pequeñay mediana producción, respetando sus propias cul-turas y la diversidad de formas de producciónagrícola tradicional, nativa e piscícola, comercia-lización y administración de áreas rurales, en lascuales las mujeres desempeñan un papel funda-mental.

Si combinamos esta noción de soberanía alimen-taria con la de seguridad alimentaria e incorpora-mos un conjunto clave de derechos uniendo los in-tereses de las personas que trabajan como asala-riados, pequeños agricultores y de subsistencia yconsumidores, entonces el siguiente conjunto dederechos integrados puede formar la base parauna estrategia sindical:

√ El derecho a alimentos adecuados, nutritivos einocuos

√ El derecho a la seguridad y soberaníaalimentaria

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√ El derecho a organizar y negociar colectiva-mente y libertad sindical

√ El derecho a un medio ambiente laboral y devida saludable

√ El derecho a la protección de los medios desubsistencia

Al comenzar con estos derechos fundamentales in-tegrados, podemos determinar entonces si losacuerdos como el Acuerdo sobre Agricultura y laOMC en general, son compatibles con estos dere-chos. Debemos preguntar si estas normas interna-cionales para una "agricultura global" niegan orestringen alguno de estos derechos y si coexistencon estos derechos. Un enfoque basado en la inte-gración de derechos serviría para desarrollar unasensibilización crítica de aspectos clave del siste-ma mundial de alimentación de hoy en día y el im-pacto de la globalización empresarial. Requiereque nosotros consideremos detenidamente las con-tradicciones entre las demandas y las realidadesdel sistema mundial de alimentación y trabajemosprofundamente en estrategia y tácticas para alcan-zar nuestros objetivos.

No es el objetivo primario de esta estrategia deci-dir si buscar o no la inclusión de estos derechos enel Acuerdo sobre Agricultura o ser arrastrados aun infructuoso debate sobre ‘reforma vs. aboli-ción’. Por el contrario, intenta revelar cuán incom-patibles son estos derechos con el Acuerdo sobreAgricultura y el régimen global de comercio e in-versiones del cual forma parte. Aquí nuestro enfo-que estratégico no es cómo sortear los tecnicismosdel acuerdo o procurar expresarlo con otras pala-bras, sino afirmar agresivamente una serie deprioridades, objetivos y procesos basados en losderechos que – si fueran aceptados – tornarían in-útil el Acuerdo sobre la Agricultura para los intere-ses empresariales que lo pergeñaron.

Esto plantea la interrogante de cómo nuestro enfo-que puede hacer uso de los tratados internaciona-les existentes que se pretende garanticen estos de-rechos. Existe una base concreta para argumentarque estos tratados – como los Convenios de la OITque garantizan los derechos fundamentales labo-rales y sindicales y los derechos de los trabajado-res agrícolas (ver cuadro 1) – deben ser aplicadospor encima de los acuerdos de la OMC. El asuntomás crítico es el modo en que el enfoque de ase-gurar los derechos colectivos, enfatiza el papel delos gobiernos nacionales, porque en gran medidaes solamente a nivel nacional y subnacional queestos derechos pueden ser garantizados institucio-nalmente y exigidos.

Podemos resumir esta estrategia – y sus beneficios– de la siguiente manera:

• Se utiliza un enfoque basado en la integraciónde derechos para evaluar el impacto del comercioglobal y de los regímenes de inversión y definir lostipos de acción colectiva necesarios.

• La supresión de estos derechos pone de mani-fiesto la lógica política y económica subyacente alAcuerdo sobre Agricultura de la OMC y regíme-nes similares.

• Estos derechos no sólo están tratados comouna serie de principios sino también como los ob-jetivos que apuntalan una respuesta sindical.

• Estos derechos no son principios pasivos sinoherramientas para que los/as trabajadores/as sedefiendan y superen la pobreza, la vulnerabilidady la inseguridad que enfrentan hoy.

• Estos derechos son necesarios para aumentarel control democrático y desarrollar capacidadescolectivas.

• Es necesario un enfoque basado en los dere-chos para rectificar desigualdades y desequilibriosentre los países y dentro de los mismos.

• Al mismo tiempo un enfoque basado en los de-rechos nos ayuda a concentrarnos en las violacio-nes sistémicas y globales de los derechos de los/as trabajadores/as, evitando así un estrecho análi-sis nacional y una fácil dicotomía "norte/sur".

Finalmente, un enfoque en base a los derechosnos recuerda la urgencia con que debemos actuar.El hambre, la desnutrición, el impacto destructivodel actual sistema mundial de alimentación sobrela salud humana y el entorno, las graves lesiones ylas muertes que afectan a los/as trabajadores/asde la industria agroalimentaria, la sistemática vio-lación de los derechos de los trabajadores y traba-jadoras y el creciente sentido de vulnerabilidadque sufren las personas que trabajan en sus fábri-cas, plantaciones, establecimientos agrícolas y co-munidades no nos permite el lujo de una actitudde “sentarnos a esperar y ver que pasa”. Ni ha-rán ellos una pausa mientras nosotros cabildea-mos y afinamos políticas.

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3. los acuerdos de la OMC yla desigualdad global

En la introducción mirábamos cómo los problemasmás graves que enfrentamos – el hambre masiva yla desnutrición, la pobreza y las malas condicio-nes laborales – son ignoradas por la OMC. Estono es sólo un asunto de prioridades o la ausenciade temas laborales claves en el programa de laOMC. De hecho, las medidas sociales, políticas yeconómicas necesarias para aliviar el hambre y ladesnutrición, mejorar las condiciones laborales enla agricultura y proteger los intereses y el modo devida de los/as trabajadores/as agrícolas y delos/as pequeños/as agricultores/as expresan unaserie de derechos que requieren reglamentación yprotección social – la misma clase de regulación yprotección social tratada como ‘barreras’ por laOMC. El Acuerdo sobre Agricultura, por ejemplo,trata las medidas nacionales y subnacionales paraproteger el sustento de los/as pequeños/as agri-cultores/as y los subsidios para la producciónalimentaria local como barreras que deben ser re-tiradas. "La seguridad alimentaria" sólo puedeadquirirse mediante la compra en el mercado glo-bal y no patrocinando la capacidad de produc-ción interna de alimentos. El Acuerdo sobre Medi-das Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) considera lasmedidas de higiene y seguridad alimentaria dise-ñadas para evitar la importación de productos ali-menticios que acarrean enfermedades y plagas ola protección de la salud pública a través de rigu-rosos procedimientos de inspección de los alimen-tos, como ‘barreras’ que deben ser removidas ennombre del libre comercio.

Las normas y obligaciones de la OMC no sólo es-tán relacionadas con derribar barreras. Ellas tam-bién determinan la función de políticas relaciona-das con los alimentos y el propósito de la agricul-tura. El Acuerdo sobre Agricultura de la OMC pro-mueve un sistema de comercio e inversión en ali-mentos y agricultura basado en una producción in-dustrial en gran escala orientada a la exportación.Esta clase de agricultura enfatiza la ganancia em-presarial sobre las necesidades humanas y la com-pulsión a proveer al mercado mundial, por sobrela producción interna de alimentos.

El Acuerdo sobre Agricultura de la OMC y otrosacuerdos relacionados, inhiben la capacidad delos gobiernos de introducir aquellas reglamenta-ciones necesarias para la consideración de pro-blemas de escasez de alimentos, hambre y pobre-za rural, definiendo restringidamente una serie deopciones normativas en favor del mercado, a tra-

vés de las cuales los gobiernos deben responder aestos problemas. Como resultado, los problemasexistentes de pobreza, privación y desarraigo sonexacerbados y el derecho a la seguridad y a lasoberanía alimentaria se ven perjudicados.

La OMC permite la continuación de ciertas clasesde subsidios, particularmente subsidios a las ex-portaciones, mediante créditos para las mismas yuna directa provisión de ingresos para los/as agri-cultores/as. Estos subsidios son comunes en losprincipales países industrializados, pero los paísesen desarrollo tienden a depender de medidas me-nos onerosas como los aranceles. Las obligacionesde la OMC requieren la abolición de aranceles,pero permiten los subsidios a las exportacionescomo las transferencias de ingresos y el esquemade crédito a la exportación del gobierno de losEE.UU. El uso continuado de subsidios a la expor-tación y otras formas de apoyo interno a la granagroindustria en los EE.UU. y la UE permite lainundación del mercado (dumping) con productosagroalimentarios a bajos precios en los países endesarrollo.

Los gobiernos de los EE.UU. y de la UE evitaronagresivamente la inclusión del tema del “dumping”en las exportaciones en el orden del día de laOMC en Doha y aún estará fuera del programaen México el año próximo – a pesar del hecho deque el “dumping” en las exportaciones es uno delos principales problemas que amenaza la subsis-tencia de los pequeños agricultores y los trabaja-dores agrícolas en los países más pobres.

En respuesta a los problemas causados por lainundación de los mercados con productos de ex-portación a bajo precio, la Segunda ConferenciaMundial del Grupo Profesional de TrabajadoresAgrícolas de la UITA (Ciudad del Cabo, Sudáfrica5-6 de octubre de 1998) adoptó una resoluciónexhortando a poner fin a los subsidios a las expor-taciones en EE.UU. y la UE.

3.1 La caja de desarrollo

Uno de las críticas fundamentales al Acuerdo so-bre Agricultura es que exacerba la desigualdadglobal – desigualdad entre países desarrollados yen desarrollo – y desigualdad, dentro de los paí-

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CUADRO 2: Resolución de la UITA sobre el impacto de las exportacionesagrícolas subsidiadas en los países en desarrollo

Los EE.UU. y la Unión Europea (UE) procuran desarrollar una política de subsidio de lasexportaciones agrícolas a determinados países con el objetivo de reducir artificialmentelos precios. Esta política está conduciendo a la destrucción de establecimientos agrícolas,plantaciones y empleo rural en Africa Meridional, Oriental y Occidental y en otras regio-nes del mundo.Las exportaciones subsidiadas de la UE y de los EE.UU. están, por lo tanto, contribuyendoal crecimiento del hambre y la destrucción del potencial de consolidación de la producciónagrícola regional y local en muchas regiones del mundo.La 2ª Conferencia Mundial del GPTA de la UITA, por lo tanto, hace un llamado a:Los gobiernos y representantes de los EE.UU. y de la UE a• detener la exportación de bienes agrícolas subsidiados a regiones menos desarrolladasdel mundo;• controlar, junto con los productores rurales y sindicatos de trabajadores/as agrícolas, elimpacto de las exportaciones subsidiadas sobre la producción agrícola local y hacer públi-cos los resultados de este control;Al movimiento sindical, la sociedad civil democrática y todas las personas progresistas aactuar para lograr ponerle fin a esta política destructiva.

ses, entre las empresas agroindustriales en granescala y los pequeños agricultores. Mientras lospaíses en desarrollo se ven forzados a reducir losaranceles a las importaciones y abolir las restric-ciones no arancelarias a las importaciones, queno fueron convertidas a aranceles equivalentes du-rante las negociaciones del GATT, los principalespaíses industrializados como EE.UU., los de la UEy Japón mantienen niveles arancelarios signifi-cativamente más altos aún después de las reduc-ciones.

Es por esta razón que los gobiernos de varios paí-ses en desarrollo han exigido la inclusión de una“Caja de Desarrollo” en el Acuerdo sobre Agricul-tura. La propuesta de la Caja de Desarrollo reflejaun limitado intento de rectificar, a nivel de políticainternacional, los desequilibrios en las normas dela OMC brindando, a los gobiernos de los paísesen desarrollo, más flexibilidad para proteger “alos/as agricultores/as de bajos ingresos y pocosrecursos” de las importaciones más baratas y pro-porcionar apoyo a la producción interna de “culti-vos que brinden seguridad alimentaria”. Estos cul-tivos de seguridad alimentaria incluyen cultivosbásicos o alimentos de primera necesidad que sonla fuente principal de ingresos para las familiaspobres y de bajos ingresos. La Caja de Desarrolloeximiría a ciertos cultivos de seguridad alimentariade los compromisos de reducción arancelaria enel Acuerdo sobre Agricultura. La Caja de Desarro-llo incorpora una propuesta anterior de una “Cajade Alimentos” que excluye de las normas del

Acuerdo sobre Agricultura aquellas “medidas quese les puede permitir a los países para que garan-ticen la seguridad alimentaria interna”. Esto con-trasta con la seguridad alimentaria basada en laimportación de alimentos.

En la ministerial de la OMC en Doha, los repre-sentantes gubernamentales de Cuba, El Salvador,Haiti, Honduras, Kenia, Nicaragua, Nigeria,Pakistán, Perú, República Dominicana, Senegal,Sri Lanka, Uganda y Zimbabwe formaron el “Gru-po amigos de la caja de desarrollo” como un gru-po de negociación dentro de las conversacionesdel Acuerdo sobre Agricultura. En el comunicadode prensa emitido por los Amigos de la Caja deDesarrollo en Doha el 10 de noviembre de 2001,se destacaron las desigualdades del sistema:

Se supone que la OMC debe garantizar la equi-dad en el comercio, pero el presente sistema decomercio agrícola legitima en la práctica las des-igualdades, por ejemplo, permitiendo el dumpingcon productos agrícolas del norte. Los apoyos in-ternos de la OCDE han aumentado en un 50 porciento desde el tiempo de la Ronda Uruguay amás de US$ 370 mil millones hoy en día – una ci-fra de US$ 1.000 millones por día que es aproxi-madamente igual al ingreso diario de los 1.000millones de personas más pobres del mundo. Lossubsidios comprenden el 45 por ciento del valorde toda la producción. Los/as pequeños/as agri-cultores/as de los países en desarrollo simplemen-te no pueden competir en este medio injusto.

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En muchos países en desarrollo, hasta el 60-90por ciento de nuestra población son agricultores.La producción agrícola es crítica como fuentes cla-ves de empleo y seguridad alimentaria. Porque noexiste la garantía de fuentes alternativas de em-pleo para un número tan grande, las importacio-nes de alimentos en gran escala para muchos denuestros países son sinónimos de importación dedesempleo e inseguridad alimentaria.

A pesar de esas preocupaciones, la propuestapara una Caja de Desarrollo y otros pedidos de”trato especial y diferencial” (E&D) para los paísesen desarrollo fueron enérgicamente resistidos porEE.UU., la UE y el Grupo Cairns. La última decla-ración ministerial de Doha se negó a reconocerlos pedidos de una Caja de Desarrollo.

Del 4 al 6 de febrero del 2002, una sesión espe-cial sobre el Acuerdo sobre Agricultura nuevamen-te rechazó la propuesta de la Caja de Desarrollo.El gobierno de los EE.UU. argumentó que esta escontraria a la dirección establecida en la Declara-ción Ministerial de Doha y que cualquier clase detratamiento especial y diferencial debe estar subor-dinado a la lógica comercial general del Acuerdosobre Agricultura, promoviendo inversión y comer-cio orientados al mercado en la producción agrí-cola.

El gobierno de los EE.UU. verdaderamente tienerazón en argumentar que la búsqueda de políticasno comerciales más flexibles contradice la lógicadel Acuerdo sobre Agricultura. Bajo los términosdel acuerdo, los signatarios no tienen derecho adesarrollar políticas que protejan la seguridadalimentaria interna y la subsistencia de los/asagricultores pobres y de bajos ingresos, vale de-cir, políticas basadas en inquietudes sociales en lu-gar de lógica comercial. Ellos renunciaron a estederecho cuando firmaron el Acuerdo sobre Agri-cultura.

Las exclusiones de la Caja de Desarrollo no pue-den ser incorporadas en el Acuerdo sobre Agricul-tura porque están en conflicto con su propósitoreal, que es generar dependencia comercial. Estadependencia limita la capacidad de los gobiernosa buscar alternativas no comerciales para solucio-nar la escasez de alimentos y proteger los mediosde subsistencia de sus agricultores/as. La expan-sión de la agricultura comercial a gran escala diri-gida hacia las exportaciones necesita las desigual-dades que la Caja de Desarrollo intenta abordar.Las oportunidades comerciales para la agroindus-tria orientada a la exportación solamente existendebido a esas desigualdades y a la destrucción dela capacidad local para ser autosuficientes en laalimentación. La propuesta del grupo de Amigosde la Caja de Desarrollo es inherentemente imper-fecta porque toda la base del Acuerdo sobre Agri-

cultura no es promover el comercio justo y equitati-vo, sino reforzar esas desigualdades y la depen-dencia de los países en desarrollo de las importa-ciones, que son el mercado de más rápido creci-miento para la agroindustria de la UE y EE.UU.

Otro problema que enfrentan las propuestas deese tipo de exclusiones como la Caja de Desarro-llo, es el plazo impuesto por la Cláusula de Paz enel Acuerdo sobre Agricultura. Esta estipula que laexclusión de ciertas clases de subsidios ‘caja’ ex-pirarán cuando termine la Ronda Uruguay y seareemplazada por la Ronda de Desarrollo Doha –que será lanzada en la próxima ministerial de laOMC en México 2003. Aún cuando los países endesarrollo tuvieron éxito al lograr exclusiones de‘Caja de Desarrollo’ o ‘Caja de Alimentos’ delAcuerdo sobre Agricultura, es muy probable quela UE, EE.UU. y el Grupo de países Cairns liguenestas cajas al plazo de la Cláusula de Paz de2003.

Si bien debemos apoyar las inquietudes plantea-das en la propuesta de la Caja de Desarrollo so-bre la base del derecho a la seguridad alimenta-ria y soberanía alimentaria, debemos reconocer elhecho que la propuesta de la Caja de Desarrollono se pronuncia sobre el empleo, condiciones la-borales y protección de la subsistencia de los/astrabajadores/as agrícolas asalariados dedicadosa la producción de alimentos. De hecho, los go-biernos que se unieron para formar este grupo denegociación no hicieron cosa alguna para garanti-zar los derechos laborales y sindicales de los/astrabajadores/as agrícolas y les han negado el de-recho de trabajadores agrícolas y pequeños agri-cultores a la protección de su subsistencia.

Existen graves limitaciones incorporadas al abor-daje de “países en desarrollo”, que no hace nadapara combatir la definición prevaleciente de desa-rrollo nacional y sus divisiones en desarrollados,en vías de desarrollo y menos adelantados. Estooculta pobreza, desigualdad y subdesarrollo den-tro de los países, incluso en aquellos designadoscomo ‘desarrollados’. Dentro de los países desa-rrollados los pequeños agricultores y las cooperati-vas de agricultores han sufrido una competenciadestructiva, desarraigo y endeudamiento como re-sultado de la expansión de la agricultura a granescala y de la agroindustria. Las exportacionessubsidiadas en los EE.UU. por ejemplo, no benefi-ciaron a la gran mayoría de los/as agricultores/as. La creciente concentración y centralización dela producción agrícola condujo al aumento de laagricultura industrial y a la disminución de los es-tablecimientos agrícolas familiares. Más del 50por ciento de la producción de EE.UU. provienede sólo el 2 por ciento de los establecimientosagrícolas, mientras que el 9 por ciento de la pro-ducción proviene del 73 por ciento de los mismos.

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La escandalosa situación de los/as trabajadores/as agrícolas de EE.UU. es suficientemente bien co-nocida y no necesita mayor elaboración aquí.

El enfoque de "países en desarrollo" finalmentetermina apoyando a los tecnócratas comercialesdel ‘Sur’ (y a los intereses capitalistas internos querepresentan) como proponentes de una "opiniónalternativa". Como sindicalistas nuestro enfoqueno debería estar en proporcionar bienestar empre-sarial a los capitalistas locales. Sino que, debemosprocurar construir las capacidades para el controldemocrático y superar las restricciones a ese con-trol.

3.2 Consolidación del controlempresarial

El verdadero tema subyacente en la desigualdadglobal no es una dicotomía "Norte" vs. "Sur", sinoel poder de las CTNs con sedes en el Norte y elapoyo político que reciben de elites políticas ensus países y en el extranjero. La OMC institucio-naliza este apoyo y brinda a las CTNs mayor con-trol sobre las decisiones normativas en materia dealimentos y agricultura en todo el mundo.

Actualmente las 10 principales compañías agro-químicas controlan cerca del 80 por ciento de unmercado global de USD 32.000 millones, mien-tras que el 80 por ciento del grano mundial es dis-tribuido por sólo dos compañías, Cargill y ArcherDaniel Midland. Aproximadamente 75 por cientodel comercio del banano está controlado por sólocinco compañías, mientras tres empresas controlanel 83 por ciento del comercio de cacao y otrastres controlan el 85 por ciento del comercio del té.

Estos son sólo algunos ejemplos que ilustran lamagnitud del monopolio corporativo y el controldel sistema mundial de comercio.

Según la FAO, durante los últimos 30 años lospaíses en desarrollo han visto que su déficit en elcomercio de cereales aumentó de 17 millones detoneladas a 104 millones de toneladas. La FAO veesto como una 'tendencia precaria', ya que histó-ricamente tanto países desarrollados como en de-sarrollo, han logrado seguridad alimentaria a tra-vés de la introducción de mejoras en la produc-ción alimentaria interna. Sin embargo, esto no esmeramente resultado de normas injustas que de-ben ser rectificadas mediante medidas tempora-rias como una caja de desarrollo. Es, en verdad,el resultado de una estrategia deliberada de lasCTNs de la agroalimentación para expandir losmercados para su producción en los países endesarrollo y, al hacerlo, aumentar la dependenciade los países en desarrollo de la importación dealimentos. Esto involucra destruir la competencialocal y obtener el control de estos mercados encrecimiento. La conversión del uso de la tierra aproducciones agrícolas no tradicionales para ex-portación, crea una situación paradójica de cre-ciente dependencia en las CTNs para acceder alos mercados y distribución de insumos – incluidassemillas – mientras se importan productos agríco-las fuertemente subsidiados para sustituir los cul-tivos tradicionales originalmente desplazados.Desde la perspectiva de la agroindustria esto es loque significa ‘acceso al mercado’ garantizado enel Acuerdo sobre Agricultura.

Por ejemplo, en Filipinas, la promoción guberna-mental de las exportaciones de cultivos comercia-les para reemplazar el arroz y el maíz, implicabala conversión de 2,5 millones de hectáreas de tie-rra utilizada para producir arroz y 2,5 millones de

CUADRO 3: Cargill

Cargill es uno de los dos principales exportadores de frijoles de soja de EE.UU., Argentinay Brasil, quienes dominan el suministro mundial entre sí. Se calcula que Cargill exporta un40 por ciento del maíz que sale de EE.UU., que a su vez abastece cerca del 30 por cientodel mercado mundial. Cargill es un importante exportador e importador de maíz en todo elmundo, comprando, embarcando y moliendo grano en un número de países mayor que elde miembros de la OMC (alrededor de 160). Esta clase de poder comercial es un aspectodel comercio agrícola global que es enteramente ignorado por las actuales normas peroque exige más atención, para asegurar que se controlen las distorsiones comerciales. Nisiquiera se aplican todavía simples medidas de transparencia. Las normas comercialesdeben reflejar las verdaderas condiciones bajo las que operan los mercados, en lugar demodelos teóricos de mercados eficientes que tienen poca conexión con la realidad.

Extractado de “Food Security and the WTO”, por Sophia Murphy CIDSEDocumento de Posición (setiembre 2001)

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hectáreas de maíz para la producción pecuaria.Esto estaba vinculado al apoyo del Departamentode Agricultura de los Estados Unidos al plan deCargill de convertirse en un gran exportador demaíz a Filipinas, convirtiendo a Filipinas en un“importador habitual de maíz”.

No es accidental que el anterior primer vicepresi-dente elaborara la propuesta de EE.UU. sobreagricultura (que posteriormente se convirtió en elproyecto de Acuerdo sobre Agricultura) en la Ron-da Uruguay del GATT; propuesta que puso estasnormas en movimiento.

En esa época los subsidios a las exportaciones pa-gados a un productor de maíz estadounidense fue-ron 100 veces mayores que el ingreso promediode un productor de maíz de Mindanao. Es debidoa este fuerte subsidio que las exportaciones de tri-go estadounidenses reducen los precios del maízfilipino en más del 20 por ciento. Habiendo cam-biado para producción ganadera, ahora este sec-tor está siendo “liberalizado”. Fuertemente subsi-diados, los exportadores estadounidenses de car-ne de cerdo y aves han logrado mayor acceso aFilipinas, reduciendo la parte comercial de los pro-ductores filipinos del 82 al 45 por ciento para lacarne de cerdo y de 94 a 49 por ciento para elrubro aves. Una decisión de la OMC de 1998 enfavor del gobierno estadounidense contra los con-troles a la importación de cerdo y aves en Filipi-nas abrió este mercado, aún más, al dominio dela agroindustria estadounidense.

Las CTNs de la agroindustria también persiguensus intereses a través del uso del mecanismo de re-solución de disputas de la OMC – un sistema queamenaza con sanciones comerciales a aquellospaíses que mantienen “barreras” ante la expan-sión del control y las ganancias empresariales. Ladecisión de la OMC de setiembre de 1997 contrael esquema de la UE para la importación de ba-nanos de exportadores africanos, del Pacífico ydel Caribe revela la magnitud del dominio de lasCTNs. La querella contra la UE fue presentada porEcuador, Guatemala, Honduras, México y EstadosUnidos. El gobierno de EE.UU. presentó el caso ennombre de Chiquita, la CTN estadounidense, aúncuando los Estados Unidos no exportan ni un solobanano.

3.3 Armonización "hacia abajo"

Según la OMC, las leyes y normas nacionales ysubnacionales deben ser “armonizadas” con nor-mas internacionales. Aunque se supone que estasnormas internacionales son la base para las leyesy reglamentaciones locales, todas las normas que

excedan estas normas internacionales son etique-tadas como barreras injustas al comercio. Comola definición de nuevas normas internacionalesbajo la OMC la determina la industria privada,existe una inevitable armonización hacia abajo.

Un ejemplo de esta armonización descendente esel Acuerdo de la OMC sobre Medidas Sanitariasy Fitosanitarias (MSF) – un conjunto de normas yobligaciones que imponen la armonización inter-nacional de las inspecciones en salud e higiene delas importaciones. El mero hecho de que la inspec-ción de importaciones de alimentos y las medidasde seguridad fueran incluidas en los acuerdos dela OMC significa que ya fueron identificadoscomo barreras potenciales para los intereses de laagroindustria.

En la introducción se hizo referencia a que la Se-cretaria de Agricultura de Estados Unidos atacólos procedimientos de higiene y salud alimentariacomo barreras comerciales. El acuerdo MSF es laherramienta utilizada para derribar esas barreras.Por ejemplo, en octubre de 1998, la OMC deci-dió en favor de EE.UU. en un conflicto con Japónsobre la inspección de salud y procedimientos decuarentena de este último país para los productosagrícolas importados (particularmente frutas). Seconcluyó que estas medidas violaban el AcuerdoMSF, a pesar del hecho de que la protección delos cultivos frutales de los/as agricultores/as loca-les contra enfermedades y plagas importadas esun tema de importancia relacionado con los dere-chos de estos agricultores. El gobierno de EE.UU.presentó la queja ante la OMC y ganó en nombrede los intereses de la agroindustria de EE.UU. pro-curando obtener mayor acceso al mercado japo-nés. Las medidas de importación de frutas fueronentonces modificadas en forma descendente deacuerdo con la decisión de la OMC.

La sistemática armonización hacia abajo de lasmedidas de seguridad e higiene para la importa-ción de alimentos según el acuerdo MSF ocurre enmomentos de creciente crisis de seguridad alimen-taria. La difusión de la EEB ("enfermedad de lavaca loca"), el aumento de la incidencia de salmo-nella y e-coli y de contaminación tóxica de loshuevos son sólo algunas de las serias amenazas ala salud que enfrentan agricultores/as, trabajado-res/as agrícolas y de la alimentación y consumi-dores en años recientes. Estas crisis destacan la ur-gente necesidad de medidas de seguridad einspección agrícola y alimentaria más severas yefectivas. Son necesarias normas más elevadas yuna aplicación más estricta. Sin embargo, laOMC está llevándonos en la dirección opuesta alreducir las normas y declarar ilegales las medidasestrictas de seguridad e higiene. Al mismo tiempo,las CTNs han puesto las ganancias antes que lasalud pública durante estas crisis y, por lo tanto,

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no ha de confiarse en ellas en un ambiente no re-glamentado.

Las normas internacionales sobre las que la OMCimpone el Acuerdo MSF están basadas en las nor-mas elaboradas por la Comisión del Codex Ali-mentarius.

Este es un organismo internacional fijador de nor-mas creado por la Organización Mundial de laSalud (OMS) y por la Organización para la Ali-mentación y la Agricultura (FAO) y está compuestapor representantes gubernamentales y asesores ofi-ciales de la actividad privada. La Comisión estáfuertemente influenciada por representantes de im-portantes compañías químicas y de la alimenta-ción. Las CTNs agroalimentarias estadounidensesparticipan en las reuniones de la Comisión y deter-minan la posición tomada por los gobiernos.Monsanto, por ejemplo, es una de las CTNs queejerce una poderosa influencia en el Codex. LosEE.UU. ganaron su caso en la OMC contra la pro-hibición de la UE a la importación de carne vacu-na de animales alimentados con hormonas, a pe-sar de la amplia evidencia científica que mostrabalos efectos potencialmente peligrosos para la saludhumana de los residuos de la hormona del creci-miento en la carne. La razón es que la decisión dela OMC se basó en el Codex y la hormona de cre-cimiento referida es un producto de Monsanto.

Como resultado de la influencia directa de lasCTNs en la Comisión del Codex Alimentarius, lasnormas del Codex son extremadamente laxas, per-mitiendo la utilización de productos químicos peli-grosos que, sin embargo, están prohibidos en mu-chos países. Por ejemplo, el Codex permite resi-duos de DDT en la leche, carne y granos y permitela utilización de diversos plaguicidas peligrososque están prohibidos por muchos gobiernos y con-siderados altamente nocivos por la OMS. Nuevasnormas internacionales sobre agroquímicos en laOMC – que se encuentran por debajo de las pre-sentes normas nacionales en muchos países – es-tán basadas en las normas del Codex.

Este problema no está limitado a la inocuidad delos alimentos sino que concierne también a la sa-lud de los/as trabajadores/as que participan ensu producción. Las (sub-)normas Codex de inocui-dad de los alimentos están haciendo retroceder lasnormas nacionales que limitan o prohiben los pro-ductos químicos peligrosos. En este sentido la ar-monización no sólo ajusta la legislación y la regla-mentación a las normas comerciales multilaterales,sino que también las libera de las presiones demo-cráticas sobre los gobiernos nacionales, encerrán-dolos en una serie de obligaciones y reglas queestán constantemente redefiniendo normas segúnlos intereses de la industria privada especialmentelas CTNs.

3.4 El ataque al etiquetado deOGMs

Según el Acuerdo de la OMC sobre ObstáculosTécnicos al Comercio (OTC) "los procesos y méto-dos de producción" (PMPs) están excluidos de con-sideración. Esto significa que las condiciones so-ciales, de salud y seguridad, ambientales y políti-cas bajo las que se producen las mercaderías sonconsideradas irrelevantes: materias primas con lasmismas características deben ser tratados comoproductos “equivalentes” según las leyes y regla-mentaciones nacional y subnacional. Esto tambiénse aplica a las “normas”, incluidos mecanismos noobligatorios, voluntarios como el etiquetado volun-tario. Como consecuencia, hasta el etiquetado vo-luntario puede ser tratado como una discrimina-ción contra los productos de compañías que noparticipan en esquemas de etiquetado voluntario.

La separación del proceso de producción y el pro-ducto significa negar el derecho de conocer quées lo que contiene un producto y cómo fue produ-cido. La exclusión de los PMPs impuesta por elacuerdo OTC directamente desafía la lucha históri-ca del movimiento sindical para lograr el reconoci-miento al trabajo detrás del producto. Los sindica-tos siempre han luchado para que los productossean evaluados según las condiciones en que fue-ron producidos. Los sindicatos han movilizadoefectivamente la sensibilización de los/as consumi-dores/as para que presionen a los/as empleado-res/as a revelar las condiciones en que se elaboróun producto. Al insistir en la separación de bienescomerciables y servicios de sus procesos y méto-dos de producción, la OMC ha echado las basespara enfrentar la legislación nacional que intenteestablecer este vínculo.

La utilización de la OMC para atacar el etiqueta-do de OGMs, las prohibiciones de productos ali-mentarios OGM es un ejemplo de esto. Los EE.UU.consideran que los alimentos GM y los no GM sonperfectamente equivalentes: por lo tanto, no se re-quieren análisis, estudios o etiquetado de seguri-dad especial antes de ingresar al mercado. Estaposición está apoyada por la exclusión de los mé-todos de procesamiento y producción en el Acuer-do OTC. Como resultado, los pasos tomados porlos gobiernos de Sri Lanka y Bolivia para introdu-cir leyes que prohiban los OGMs fueron enfrenta-dos con amenazas de sanciones ante la OMC,por parte del gobierno de EE.UU., así como de losgobiernos de Argentina y Australia.

En enero del 2001, Bolivia introdujo una prohibi-ción de 12 meses de duración a todos los produc-tos agrícolas y alimenticios derivados de cultivosde OGMs, pero la presión del gobierno argentinoasí como de las compañía agroalimentarias y de

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biotecnología forzaron a retirar la legislación. Enrespuesta a la presión de grupos ambientalistas yde organizaciones de trabajadores/as agrícolas/pequeños/as agricultores/as, el gobierno bolivia-no anunció, en agosto del 2001, que la prohibi-ción se elevaría a la categoría de Decreto Supre-mo, convirtiéndolo en ley permanente. Sin embar-go, la amenaza de los gobiernos argentino y esta-dounidense de presentar el caso ante la OMCobligó al gobierno boliviano a terminar la prohibi-ción dos meses antes de que expirara. La misiónboliviana a la OMC en Ginebra había informadoa su gobierno que la amenaza de Argentina yEE.UU. era “válida bajo las normas de la OMC”.Argentina es el segundo mayor exportador desoja genéticamente modificada después de EE.UU.y el plaguicida RoundUp de Monsanto se utilizaextensivamente en Argentina.

En mayo 2001, el gobierno de Sri Lanka introdujouna prohibición a la importación de 21 categoríasde productos alimentarios GM, incluida la soja, le-che de soja, salsa de soja y harina de soja, toma-tes y productos en base a tomates y harina demaíz. Al mismo tiempo, el gobierno declaró queimpondría la prohibición según las enmiendas alActa de la Alimentación para que se aplicara ensetiembre de ese año. Durante la prohibición senecesitaba una certificación de "producto libre"de OGM para todos los productos importados. Enrespuesta, los gobiernos de EE.UU. y Australia ad-virtieron al gobierno de Sri Lanka que tomaríanmedidas contra la prohibición ante la OMC. El go-bierno de EE.UU. indicó que Sri Lanka podría en-frentar sanciones por USD 190 millones si proce-día con la nueva ley. Como consecuencia, la pro-hibición fue postergada. Mientras tanto, la OMCllamó al gobierno de Sri Lanka para que propor-cionara evidencia científica para apoyar su deci-

sión y advirtió que la prohibición sería tratadacomo una práctica comercial injusta.

Sólo seis semanas después de incorporarse a laOMC, China enfrentó la amenaza de un posibleconflicto por sus reglamentaciones de etiquetadosobre OGMs. El gobierno de EE.UU. amenazócon lanzar una queja formal ante la OMC contralas nuevas reglamentaciones chinas a la importa-ción de alimentos GM. El gobierno de EE.UU. des-cribió las nuevas reglamentaciones (diseñadaspara proteger la salud pública y el medio ambien-te) como "una práctica comercial injusta".

La necesidad de reglamentar los OGMs no es sóloun tema de inocuidad alimentaria porque la saludpública está involucrada, sino también concierneal derecho de las personas a decidir no consumiralimentos genéticamente modificados. Por lo tanto,es un tema crítico para pequeños agricultores, in-cluidos los/as agricultores/as de subsistencia,cuyo sustento es amenazado por la competenciade la agroindustria que utiliza los OGMs para re-ducir los precios y producir excedentes para inun-dar los mercados extranjeros. Su supervivencia seve más amenazada aún por la dependencia de lasemillas GM y los plaguicidas y fertilizantes reque-ridos para las semillas GM. Desde una perspecti-va de los derechos, los/as pequeños/as agriculto-res/as, agricultores/as de subsistencia debentener el derecho de elegir no producir cultivos conOGMs y deben tener derecho a estar libres de ladependencia de las CTNs y de la competenciadestructiva con CTNs que desplazan la produc-ción de los/as agricultores/as de los mercados lo-cales y los obliga a dejar la tierra. En este sentidodebemos hablar acerca del derecho a regular losOGMs como un medio de proteger otros dere-chos.

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4. el contextomayor

El impacto del Acuerdo de la OMC sobre Agricul-tura y los Acuerdos MSF y OTC no se limita a re-vertir o abandonar ciertas políticas y reglamenta-ciones en particular para cumplir con las normasde la OMC. A menudo estos cambios no son con-secuencias de disputas con la OMC o de la direc-ta aplicación de sus normas. Su impacto se sienteaun sin que exista conflicto con la OMC ni por ad-vertencias de que las normas están siendo viola-das. El mecanismo de la OMC sobre Revisión dePolítica Comercial, por ejemplo, desempeña un im-portante papel en la institucionalización de esasnormas. Como parte de este proceso, los respon-sables de la normativa a nivel nacional y subna-cional deben evaluar continuamente las políticas yleyes existentes o propuestas a la luz de una posi-ble impugnación según las normas de la OMC, in-cluida la posible amenaza de sanciones comercia-les sobre cualquier mercadería de exportación. Latoma de decisiones a nivel nacional y subnacionalestá limitada por la constante evaluación de ries-go, significando que las inquietudes y los interesespúblicos pueden ser ignorados ya que cualquierlegislación propuesta tiene el potencial de violarlas normas de la OMC. Esto aísla aún más a losgobiernos de la presión de los/as trabajadores/asy de los movimientos sociales.

Esto nos recuerda que las normas que gobiernanel comercio mundial, que rutinariamente se presen-ta como encarnando un acuerdo unánime sobre laracionalidad y el sentido común del comercio li-bre, están de hecho basadas en la amenaza desanciones de la OMC. Lo que aparece comoacuerdos voluntarios y abiertamente negociadosestán de hecho negociados a través de un procesode amenazas, coerción, concesiones y tratos co-merciales que son de exclusivo dominio de los tec-nócratas y el comercio privado. En la siguientesección examinaremos este poder coercitivo y laspolíticas que apuntalan el régimen de la OMC, asícomo el contexto mayor de la globalización em-presarial.

4.1 La OMC como régimen

Los estados miembros de la OMC están oficial-mente clasificados como "desarrollados", "en de-sarrollo" y "menos adelantados". La razón oficialpara esto es que los países en desarrollo y los me-nos adelantados necesitan más tiempo para cum-

plir las obligaciones expresadas en los acuerdosde la OMC. Esto se justifica por el hecho de quelas diferencias en el nivel de desarrollo producendiferencias en la capacidad de los países paracumplir con las normas y disciplinas de la OMC.Como consecuencia, los plazos establecidos parala remoción de ciertas clases de barreras son máslargos para los países menos adelantados. Sin em-bargo, la realidad es que en los últimos cincoaños "La Cuadrilateral" (los gobiernos de la UE,EE.UU., Japón y Canadá) han utilizado agresiva-mente los mecanismos de la OMC para la solu-ción de diferencias y revisión de políticas comer-ciales para imponer estrictamente las normas ydisciplinas de la OMC a los países pobres. En vezde hacer concesiones para las diferencias en elgrado de desarrollo, la OMC ha definido qué tipode desarrollo está permitido, obligando a los paí-ses en desarrollo a ajustarse a ese modelo con tre-mendos costos políticos, sociales y ecológicos.Más ampliamente, la armonización de leyes y re-glamentaciones nacionales y subnacionales paracumplir con las nuevas normas globales diseñadaspor la industria privada e impuestas por la OMCha resultado en la sistemática destrucción de losesfuerzos para proteger los derechos colectivos,salud y los medios de subsistencia de los/as traba-jadores/as y nuestra capacidad de ejercer contro-les democráticos sobre el capital.

Apoyando esto se encuentra el hecho de que laOMC funciona menos como una organización deestados miembro que como un régimen de imposi-ción coercitiva que preserva la desigualdad delsistema económico global, asegurando la conti-nuación del dominio de los países desarrollados –particularmente la UE, EE.UU. y Japón, donde másde 480 de las 500 mayores CTNs del mundo tie-nen sus oficinas centrales. La clase de desarrollopermitido e impuesto según el régimen de la OMCes aquel que promueve los intereses de esasCTNs, aumentando su poder y sus ganancias.

Al limitar a los estados miembro en desarrollo y alos menos adelantados a esta clase de modelo dedesarrollo, la posibilidad de tomar iniciativas de-mocráticas para reducir la pobreza y promover elcrecimiento de maneras más reactivas y perdura-bles se ve significativamente reducida. En particu-lar, los esfuerzos dirigidos a apoyar la localiza-ción y el desarrollo centrado en la comunidad sonperjudicados por las prohibiciones a los subsidiosy restricciones gubernamentales a cualquier clase

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de apoyo público que pueda limitar el dominio delas CTNs en los mercados locales. Según losacuerdos de la OMC los gobiernos de los paísesen desarrollo no pueden utilizar políticas laboralesque promuevan la industria local o impongan con-diciones de cumplimiento a los inversores extranje-ros para contribuir al desarrollo local (por ejem-plo, políticas de contenido nacional o condicionesde transferencia de tecnología), a pesar del hechode que los gobiernos de los países desarrolladosutilizaron en el pasado esas mismas políticas paraindustrializar. En cambio, la creciente dependen-cia de las CTNs se combina con una cada vezmayor inestabilidad financiera y mayor desigual-dad dentro de los países y entre ellos.

De este modo el régimen de la OMC toma la je-rarquía existente de naciones ricas y pobres y locongela, perpetuando la desigualdad de la econo-mía global y sus orígenes coloniales.

4.2 Globalización empresarial:Derribando barreras

Es en este contexto que debemos volver al tema dela globalización. Como proceso político la globali-zación involucra derribar barreras sociales y políti-cas a la expansión del capital, especialmente elcapital internacional representado por compañíastransnacionales y banca e instituciones financie-ras. Estas barreras no son arancelarias o de otrotipo para el flujo de bienes y servicios más allá defronteras. Son barreras políticas y sociales, cons-truidas durante décadas de lucha por los movi-mientos laboral y social para proteger los dere-chos sociales, políticos y económicos de los/astrabajadores/as, limitando el poder empresarial yla predominancia de las ganancias sobre las per-sonas. Estas incluyen diversas formas de regula-ción gubernamental de las actividades empresaria-les, como leyes sobre empleo, protección ambien-tal y salud pública. La nacionalización y la admi-nistración de servicios públicos también son ataca-das como barreras, ya que colocan la justicia ylas necesidades sociales antes que la más impor-tante necesidad de las compañías – las gananciasprivadas.

En procura de mayor libertad empresarial, lasCTNs presionan más a los gobiernos para liberali-zar y privatizar. Sólo en la última década, de los1.035 cambios realizados a las leyes de inversiónextranjera en todo el mundo, 94 por ciento deesos cambios otorgaron a las compañías mayor li-bertad y redujeron la facultad – y el derecho – delos gobiernos a regularlos. Sin embargo, esto aúnno era suficiente. Basado en su temor a que los

movimientos laboral y social cambien la marea yrestauren (o creen) controles democráticos al capi-tal, las CTNs exigieron que las modificacionesocurridas bajo el libre comercio queden inmovili-zadas y sean permanentes. Por lo tanto se creó unnuevo conjunto de normas globales para obligar acada uno y a todos los gobiernos a proteger ypreservar los derechos de las CTNs, con la ame-naza de sanciones comerciales y aislamiento eco-nómico para los países que no lo hicieran. Estasnormas no sólo colocaron al sistema global porencima del local, sino que le daban a las compa-ñías globales la categoría de gobiernos. La mayorde estas compañías ya tenía la riqueza de la ma-yoría de los gobiernos, por lo tanto, se considera-ba que el próximo paso lógico sería tener la mis-ma condición jurídica y política bajo la legislacióninternacional.

En este contexto, el propósito de los acuerdos dela OMC como componentes del régimen OMC esinmovilizar a los estados a nivel nacional y subna-cional, evitando la posibilidad de volver a erigiresas barreras. El régimen está expresamente dise-ñado para evitar la revocación de las políticasneoliberales y del poder empresarial que se conso-lida mediante las amenazas de sanciones contralos países cuyos gobiernos intenten volver a erigiresas barreras o crear nuevas formas de protecciónsocial y ecológica en respuesta a la presión de losmovimientos laboral y social.

Así como los programas de ajuste estructural im-puestos por el FMI, la armonización bajo la OMCataca la autosuficiencia alimentaria/seguridadalimentaria y la inocuidad de los alimentos comobarreras a la rentabilidad corporativa. La OMC seopone, fundamentalmente, a una agricultura soste-nible que garantiza la seguridad alimentaria, unaredistribución más justa y protección ecológicaprecisamente porque esas prácticas restringen lacampaña de maximización de las ganancias y ex-pansión de las CTNs de la agroalimentación.

4.3 Dependencia de lasexportaciones y deuda externa

La desigualdad perpetuada en el régimen de laOMC queda ilustrada por la prohibición a las me-didas de equilibrio comercial (donde los gobiernosimponen restricciones a la importación de insumospor parte de una compañía o limitan la importa-ción de insumos según su nivel de exportación) orequisitos de compensación cambiaria (cuando lasimportaciones permitidas a una compañía están li-gadas al valor de sus exportaciones de modo queexista una ganancia neta en divisas). Esta prohibi-

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ción ignora las realidades de un sistema económi-co global en el cual los países más pobres se en-cuentran atrapados en un modelo de industrializa-ción orientado a la exportación (IOE) y deuda ex-tranjera masiva. De hecho, gran parte de la pre-sión ejercida para imponer a la inversión extranje-ra requisitos de cumplimiento a las exportacionesa fin de garantizar una afluencia neta de divisas,se basa en la necesidad de cumplir con las obliga-ciones de reintegro de la deuda en moneda ex-tranjera. El incumplimiento de los plazos de pagode la deuda coloca literalmente a los gobiernos deesos países bajo mayor control de los bancostransnacionales y del FMI.

La deuda general global de todos los países endesarrollo, según las estadísticas de las ONU, fuede USD 567.000 millones en 1980 y USD 1.400billones en 1992. En ese mismo período de 12años, el total de los pagos de la deuda externa delos países del “Tercer Mundo” sumaba US$ 1.600billones. Esto significa que a pesar de haber paga-do ya tres veces más de los USD 567.000 millo-nes que habían pedido prestados, en 1992 de-bían 250 por ciento más de lo que debían en1980. De los USD 226.000 millones en serviciode la deuda que debían 93 países pobres en1998, USD 209.000 millones fueron ya pagados.Se calcula que se utilizaron en pagar el serviciode la deuda más de USD 70.000 millones que de-bían haberse gastado en salud, educación y desa-rrollo para satisfacer derechos y necesidades hu-manas fundamentales.1

La deuda de los países en desarrollo hoy excedelos USD 2.500 billones. Hasta ahora los gobier-nos de los países desarrollados han propuestoanular solamente alrededor de USD 100.000 mi-llones de esta deuda. Sin embargo, más de USD600.000 millones, adeudados por 71 países queno podrían pagar el servicio completo de la deu-da, deben ser anulados inmediatamente para quepuedan cumplir con derechos humanos fundamen-tales, incluido el derecho a una adecuada, seguray nutritiva alimentación y al derecho a la protec-ción de su subsistencia.

La promesa de reducción de la deuda anunciadaen la Cumbre del G8 en Okinawa en el año 2000no resuelve de manera alguna este problema. Entanto a países muy endeudados se les otorgaronreducciones inmediatas de hasta el 25 por cientode su deuda total, estas reducciones son condicio-nales al reembolso de la deuda pendiente en me-nor plazo y a la implementación de más políticaseconómicas neoliberales de largo alcance, particu-larmente la privatización de servicios y empresaspúblicas. Países como Mozambique, donde elreembolso anual de la deuda excede el gastoanual total en salud y educación, se encuentran te-niendo que recortar aún más las previsiones de sa-

lud y educación públicas (profundizando así la po-breza y la desigualdad) con el fin de beneficiarsede la reducción de la deuda.

La lógica destructiva que apuntala esta situaciónclaramente refuerza la necesidad del movimientosindical internacional a exigir la completa e incon-dicional anulación de la deuda de los países endesarrollo. Esto es esencial para abordar las des-igualdades perpetuadas por el régimen de laOMC, en tanto crea un espacio para construir mo-delos alternativos de desarrollo en que las necesi-dades sociales y la supervivencia de los/as traba-jadores/as son colocados antes que las gananciasprivadas.

Si esta deuda fuera anulada, ¿cuál sería el costopara los/as trabajadores/as de los países desa-rrollados? Según la Coalición del Jubileo 2000 elcosto de la anulación de la deuda de los paísesmás pobres sería insignificante. Para el RU, el cos-to por persona es probable que sea menor a doslibras por año o cuatro peniques por contribuyentepor semana. En Canadá el impacto de la anula-ción de la deuda que le deben los países pobreses equivalente a aproximadamente CAD 15 porcanadiense por año durante tres años.

La relación entre el circulo vicioso de la deuda yla dependencia de las exportaciones y el régimende la OMC es crucial. El poder de los estadosmiembros para imponer sanciones a cualquiera delos otros miembros que se considere violaron lasnormas, es el elemento clave de la autoridad coer-citiva del régimen. Pero las sanciones comercialeso la amenaza de invocarlas son sólo efectivas con-tra los países que dependen de las exportaciones.

El poder de las sanciones comerciales tiene comopremisa la dependencia de las exportaciones. Porcontraste los sistemas democráticos de autonomíaalimentaria y agricultura sostenible basados en elderecho a la seguridad y soberanía alimentaria,evitará que la amenaza de sanciones tenga plenoefecto y, por lo tanto, disminuirían la capacidadde la OMC a ejercer su influencia sobre los go-biernos nacionales para permitir una explotaciónirrestricta por parte de las CTNs.

Este análisis del poder coercitivo de la deuda tam-bién implica que el simple reemplazo del “libre co-mercio” con el comercio justo no es una soluciónen sí misma ni por sí misma. El comercio justo notiene sentido si un país ha sido obligado durantelos últimos cien años a cultivar y exportar café o silas personas están muriendo de hambre y se ex-porta arroz al mismo tiempo. En cambio necesita-mos volver a pensar fundamentalmente por qué co-merciamos, qué comerciamos y sobre la necesi-dad de alternativas locales.

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Sin embargo, para los países en desarrollo esasalternativas no pueden siquiera ser consideradasya que ellos se encuentran abrumados por la deu-da internacional. La presión del reembolso de ladeuda es una fuerza impulsora detrás de las ex-portaciones, inmovilizando a estos países en el ré-gimen de libre comercio e inversiones de la OMCy de las políticas de ajuste estructural del BancoMundial y del FMI. La total e inmediata anulaciónde la deuda de los países pobres y una mayor in-condicional asistencia social internacional son ne-cesarias antes que sistema alguno de comercio jus-to pueda ser verdaderamente efectivo. Al mismotiempo debe confrontarse el poder de las CTNs

1 Joseph Hanlon, “How much debt must be can-celled?”, Journal of International Development, 12,2000, pp.877-901.

mediante una acción sindical internacional másefectiva, incluida una negociación colectiva másagresiva. Esto debe combinarse con movimientossociales más amplios que aumenten la presiónpara regir en las CTNs, restringiendo – en lugarde expandiendo – sus derechos.

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5. regímenesde inversión global

Uno de los resultados más importantes de la reu-nión Ministerial de la OMC en Doha y de la resul-tante “Ronda de desarrollo de Doha” es la campa-ña para incluir normas de inversión en la OMC. Elpárrafo 20 de la Declaración Ministerial de Dohareconoce “… las razones a favor de un marcomultilateral destinado a asegurar condicionestransparentes, estables y previsibles para las inver-siones transfronterizas a largo plazo, en particularlas inversiones extranjeras directas, que contribui-rá a la expansión del comercio”.

Esto revive efectivamente el fallido intento de1998 de crear el AMI (Acuerdo Multilateral de In-versiones) en la OCDE, un conjunto de normasque establecen una carta global de derechos paralas CTNs. Declarando ilegales todos los tipos dereglamentaciones gubernamentales de las activi-dades de las CTNs y aumentando su alcance em-presarial en la salud, educación y el medio am-biente, el AMI enajenaba derechos humanos ydemocracia por derechos empresariales y ganan-cias. El AMI propuesto no sólo estaba diseñadopara proteger los derechos del capital industrial,sino también del capital financiero. Fondos mutuosy de pensiones, fondos de protección, bancos, em-presas de valores y compañías de seguros hubie-ran estado mucho más libres aún de las regulacio-nes y controles de los gobiernos, a pesar de queesas mismas compañías son una de las principalesfuentes de inestabilidad financiera global, provo-cando crisis financieras en Asia, Europa Oriental yAmérica Latina que han empobrecido a millonesde personas que trabajan.

Fue en este contexto que se logró una de las másimportantes victorias contra la globalización neoli-beral en 1998. Movilizaciones y protestas masi-vas obligaron a varios gobiernos a darse cuentaque los costos políticos internos del AMI eran de-masiado altos – al menos por el momento. Tanpronto fue derrotado el AMI, reapareció como elpropuesto AIM (Acuerdo de Inversión Multilateral)en la OMC y diversos otros disfraces. Ignorandoel rechazo popular al gobierno empresarial glo-bal, los representes comerciales pusieron nueva-mente el AMI en el orden del día, de manera nue-va y sigilosa.

5.1 Normas de Inversión en laOMC

Algunos de los derechos empresariales incluidosen el AMI están ya incluidos en la OMC. El Acuer-do en materia de Inversiones relacionadas con elcomercio (MIC) prohibe todas las leyes, políticas oreglamentaciones administrativas que favorezcanlos productos nacionales. Esto incluye incentivosgubernamentales para estimular a las compañíasa utilizar productos fabricados nacionales comouna manera de crear o proteger los empleos loca-les. Esto tiene graves ramificaciones para las políti-cas laborales diseñadas para apoyar el desarrollode la capacidad nacional, asegurar el flujo debeneficios proveniente de la inversión extranjera olimitar los efectos de la competencia extranjera.Tornando ilegales las políticas de contenido localy los requisitos de cumplimiento a las inversionesextranjeras, la capacidad del movimiento laboralorganizado de presionar a los gobiernos para queimplementen políticas laborales socialmente útiles,creadoras de empleo, se vió aún más disminuida.

El verdadero significado del Acuerdo MIC yace enlo que debería ser y no en lo que es. Originalmen-te se propuso que un acuerdo general a las inver-siones se incluyera en el régimen de la OMC. Estogarantizaría un tratamiento nacional a los inver-sores extranjeros y prohibiría toda clase de regula-ción gubernamental a la inversión extranjera talescomo requisitos de transferencia tecnológica, res-tricciones a la transferencia de ganancias al ex-tranjero, controles al flujo de divisas, revisiones gu-bernamentales del rendimiento de la inversiónextranjera, nacionalización, expropiación, etc. Losgobiernos de la UE, EE.UU., Japón y Canadá tra-taron de hacer pasar esta propuesta, pero enfren-taron fuerte resistencia de los gobiernos de paísesen desarrollo. El resultado fue un aguado AcuerdoMIC. Sin embargo, aún existe presión para unAcuerdo MIC ampliado, más poderoso que actua-ría como otra carta de derechos para las CTNs.Después de Doha, es más probable que un nuevoacuerdo de inversión en la OMC sea introducidopara suceder al actual Acuerdo MIC.

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5.2 Capítulo 11 del TLCAN

El proyecto de texto del AMI está basado en lasnormas de inversión del Capítulo 11 del Tratadode Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).El ataque a los derechos y al bienestar de los/astrabajadores/as bajo el Capítulo 11 del TLCANcontiene muy importantes lecciones para los movi-mientos sindicales del mundo.

El Capítulo 11 del TLCAN expresa en forma con-centrada la medida del capital global para liberar-se a sí mismo de todas las restricciones sobre tér-minos y condiciones de las inversiones más allá defronteras. El Capítulo 11 establece una serie de“derechos” y protecciones del inversor culminandoen el derecho de las corporaciones a desafiar di-rectamente las leyes, reglamentaciones y prácticasde un país signatario si estas chocan con la capa-cidad de los inversores de extraer el máximo deganancia. Bajo el capítulo 11, es ilegal imponercontenidos locales, transferencias de tecnología ocondiciones de repatriación de las ganancias alas inversiones. Las acciones judiciales inversor-es-tado pueden ser iniciadas por las corporacionesque exigen compensación por la futura pérdidapotencial de ingresos. La compañía en esos casoses considerada la víctima de un acto "equivalentea la expropiación". Las disputas son vistas en tri-bunales cerrados compuestos por "expertos" enarbitraje. Resulta innecesario decir, el tratado noproporciona derecho recíproco a los gobiernospara actuar en contra de las compañías en casode actuales o futuros perjuicios sociales, económi-cos y ambientales.

El derecho de las compañías extranjeras a deman-dar a los gobiernos de otros países por aprobarleyes que afectan sus actividades comerciales ac-tuales o futuras significa que los gobiernos ya nopueden proyectar e implementar legislación queproteja el medio ambiente, la salud o las normassociales sin arriesgar una acción judicial inversorvs estado. Más aún, el mecanismo de querella in-versor vs estado permite que varias CTNs presen-ten querellas individuales por el mismo tema, multi-plicando la presión – y el potencial pago por da-ños – sobre un gobierno. Estas reivindicaciones de"expropiación normativa" no sólo cambian el sig-nificado de expropiación, agregándolo a la listade derechos de los inversores extranjeros; tambiénredefinen el significado de regulación guberna-mental. Una amplia gama de políticas guberna-mentales, medidas administrativas y leyes que res-tringen, moderan, guían, adaptan o refrenan lasactividades de los inversores extranjeros son aho-ra tratadas como actos que "se apoderan" de lapropiedad de esas compañías.

El 6 de noviembre del 2001, Crompton Corpora-tion, una compañía estadounidense, notificó al go-

bierno de Canadá su intención de demandarlobajo el Capítulo 11 del TLCAN por USD 100 mi-llones en daños y perjuicios. Crompton Corpora-tion reclama que las medidas tomadas por el Or-ganismo Fiscalizador del Control de Plagas deCanadá para eliminar un dañino plaguicida – ellindano – son “equivalentes a la expropiación” se-gún las normas del TLCAN. El lindano, que es si-milar al DTT, es fabricado por la Crompton Corpo-ration y utilizado principalmente en la producciónde canola/semilla de colza. Se demostró que ellindano causa cáncer de mama y desórdenes ner-viosos y está consecuentemente prohibido en sietepaíses y severamente restringido en otros cuatro,incluyendo a EE.UU.

En 1997 el gigante estadounidense de productosquímicos, Ethyl Corp, utilizó el Capítulo 11 delTLCAN para demandar al gobierno canadiensepor una prohibición impuesta a MMT, un aditivopara la gasolina producido por Ethyl Corp. que estóxico y peligroso para la salud pública. Ethyl sos-tuvo que la prohibición “expropiaba” sus bienesen Canadá y que “el debate legislativo mismoconstituía una expropiación de sus propiedadesporque la crítica pública del MMT dañaba la repu-tación de la compañía”. Ethyl demandó al gobier-no canadiense por USD 250 millones. Un año des-pués, en junio de 1998, el gobierno canadienseretiró la legislación ambiental que prohibía elMMT y pagó a Ethyl Corp USD 13 millones paracerrar el caso.

Tres años después una compañía canadiense,Methanex, presentó una acción judicial contra elgobierno de EE.UU. por USD 970 millones encompensación por las leyes ambientales de Cali-fornia que prohiben un peligroso producto quími-co que produce la compañía. Methanex argumen-tó que la legislación que protege la salud públicaera “equivalente a la expropiación”.

Las mismas normas de inversión del TLCAN fueronutilizadas por Metalclad Corporation en su pleitojudicial contra el gobierno mexicano. En octubrede 1996, Metalclad Corporation, una compañíaestadounidense de eliminación de residuos, acusóal gobierno mexicano de violar el Capítulo 11 delTLCAN cuando el estado de San Luis Potosí lenegó permiso para reabrir una planta de elimi-nación de residuos. El Gobernador estatal ordenóla clausura del lugar luego de que una auditoríageológica demostrara que la planta contaminaríael suministro local de agua. El Gobernador de-claró entonces al lugar como parte de una zonaecológica de 600.000 acres. Metalclad reclamóque esto constituía un acto de expropiación ypidió USD 90 millones en compensación. Enagosto del 2000, el Tribunal del TLCAN para elcaso de Metalclad Corp vs. México dictaminó enfavor de Metalclad, ordenando al gobierno

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mexicano pagar USD 16,7 millones en compen-sación.

Los pleitos legales de Crompton y Ethyl contra elgobierno canadiense y el dictamen del TLCAN enfavor de Metalclad contra el gobierno mexicanono son sólo un ataque a la legislación que protegeel medio ambiente y la salud pública. Son ataquesa las luchas locales originales que provocaron elsurgimiento de esta legislación en primer lugar. Eneste sentido, desmantelar la legislación social yambiental bajo el libre comercio implica revertirlas pasadas victorias de los movimientos social ylaboral.

Los pleitos legales inversor vs estado del TLCANtambién demostraron que los gobiernos federalesfrecuentemente están dispuestos a perder estos ca-sos como manera de disciplinar a los gobiernosprovinciales, estatales o municipales que adopta-ron políticas ambientales. Cuando los gobiernosfederales no tienen el poder político o jurídicopara revertir esa legislación, se puede permitir laintervención externa del TLCAN (o de la OMC)para actuar en su nombre.

5.3 El ALCA y los regímenes deinversión bilateral

A pesar del rechazo público al TLCAN (Tratado deLibre Comercio de América del Norte), los gobier-nos de EE.UU. y Canadá ya incluyeron los elemen-tos esenciales de las normas de inversión delTLCAN en sus acuerdos bilaterales de inversióncon países en desarrollo. El gobierno canadienseya ha firmado 25 de esos acuerdos. Esto refleja elhecho que desde la firma del Tratado de Libre Co-mercio (TLCAN) con EE.UU. en 1988, el gobiernocanadiense ha seguido la estrategia estadouniden-se de construir capa tras capa de regímenes de li-bre comercio e inversión bilaterales y multilate-rales para fijar los derechos y poderes ampliadosde las CTNs.

La proliferación de acuerdos comerciales bilatera-les es importante por dos razones. Invalida una delas principales reivindicaciones ideológicas promo-vidas en nombre de la OMC que daría más podera las CTNs sosteniendo que las normas globalesfuertes (favorables a los inversores) son el únicoantídoto efectivo a una multiplicidad de acuerdosbilaterales. Y revela el contenido que hay detrásde la medida para concluir nuevos acuerdos co-merciales y de inversión y reforzar los existentes.

Un capítulo de inversión similar al Capítulo 11 delTLCAN también está siendo elaborado en la nue-va Área de Libre Comercio de las Américas

(ALCA). El ALCA es una extensión del TLCAN paraincluir a los 35 países del continente americano,excluida Cuba. En 1998 se formó un grupo de ne-gociación sobre inversión del ALCA para proyec-tar la nueva carta sobre derechos de las CTNs. Apesar de la oposición a su inclusión del Capítulo11 del TLCAN o de normas del tipo de las delAMI en el ALCA, existen fuertes indicaciones deque esto está saliendo adelante. Aunque se puedapresentar oposición exitosamente a un sistema decontroversias inversor vs estado, existe el riesgoreal de que se incluya la definición de expropia-ción ampliada. Apoyándose en el régimen de in-versiones del TLCAN, el ALCA procura circunscri-bir radicalmente nuestro espacio para actuar endefensa de nuestras normas de vida, nuestras con-diciones laborales, nuestro medio ambiente y nues-tros derechos como trabajadores/ras y ciudada-nos/as, quitándoles a los gobiernos su facultad detomar medidas reguladoras a favor del interés pú-blico.

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6. conclusión: consecuencias parala estrategia

El renacimiento del AMI y la difusión de las nor-mas de inversión del TLCAN en nuevas formas,son importantes lecciones para estrategias sindica-les a fin de responder a la globalización empresa-rial y a la OMC. Evidentemente, no podemos limi-tarnos a oponernos a determinados acuerdos deinversión y tratados de libre comercio. Cuando te-nemos éxito en detener un tratado de libre comer-cio, otro surgirá en una forma diferente para reem-plazarlo. Tampoco podemos volar de una reuniónglobal a la próxima, dejando a nuestros miembrossin otra función que la de observadores pasivosde un proceso de cumbres globales, aislados desus propias luchas. Esto sólo puede conducir aldesgaste de nuestro movimiento. En cambio, es ne-cesario combatir el régimen de libre comercio yde inversión como un todo, en lugar de combatircada una de sus partes aisladamente. Es necesa-ria la construcción de una estrategia que desafíefundamentalmente el régimen y los intereses em-presariales que yacen detrás del mismo. Esto nosignifica que los sindicatos deben abandonar larealización de campañas contra componentes nue-vos o ya existentes del régimen. Estas campañasson esenciales. Sin embargo, significan que lascampañas individuales deben ser reflexivamenteintegradas en una visión estratégica general.

Esto se aplica también a los intentos de incluir dis-posiciones o términos específicos en los textos delos acuerdos. A menudo se asume que el impactosocial de la OMC puede ser reorientado o mode-rado mediante la identificación de lo que falta enlos acuerdos de la OMC e insistiendo en su inclu-sión. Sin embargo, un examen más estrecho delpoder y la política del régimen de la OMC revelalos límites inherentes a las estrategias de inclusión(o sea, los intentos de incluir derechos o normassociales y ambientales en los acuerdos de laOMC).

La deliberada ambigüedad en los acuerdos de laOMC como el acuerdo MIC (ya referido en la sec-ción anterior) y las aparentes contradicciones en ellenguaje de algunos acuerdos de la OMC, sugie-ren que deben primero entenderse como herra-mientas políticas y sólo entonces leídos como tex-tos jurídicos. La experiencia de los últimos sieteaños ha demostrado que el poder y la política delrégimen de la OMC determina la interpretaciónde los acuerdos y su uso. La inclusión de "seguri-dad alimentaria" en la referencia de la Declara-ción Ministerial de Marrakech al Acuerdo sobre

Agricultura no condujo a cambio alguno en lasexigencias de productos agroalimentarios comer-cializados orientados a la exportación o al aliviodel hambre, sino en cambio produjo una mutaciónen el significado de seguridad alimentaria. En elrégimen de la OMC, hasta el hambre se convierteen una oportunidad comercial.

Las estrategias de inclusión son por lo tanto contra-dictorias por dos razones. Primero, porque nuestrabúsqueda de derechos colectivos debe atacar di-rectamente la desigualdad global y debilitar el po-der coercitivo de los regímenes comerciales y deinversiones como la OMC, cuyo poder en últimainstancia deriva de la propia desigualdad quequeremos disminuir. Segundo, porque el régimende la OMC, al encerrar a los estados en un pro-grama que garantiza la libertad y los derechos delas CTNs y un modelo de “desarrollo” que evitalas alternativas a la dependencia comercial, es in-compatible con el cumplimiento de estos derechosa largo plazo. El derecho a alimentos adecuados,inocuos y nutritivos no puede realizarse en unmundo donde las CTNs dominan los mercados lo-cales y destruyen la producción local, y en el cuallos derechos de estas compañías están garantiza-dos por la OMC. Tampoco se puede alcanzar elderecho a un medio ambiente laboral y de vidaseguro, mediante un régimen global comercial yde inversiones que impone la armonización nor-mativa hacia bajo y trata la protección de la saludy del medio ambiente como barreras a la expan-sión de los lucros empresariales.

Como el poder coercitivo de la OMC yace en ladesigualdad global, la deuda y la dependenciade las exportaciones, las normas y disciplinas dela OMC restringen la prosecución de alternativasque puedan reducir la efectividad de este podercoercitivo (por ejemplo, políticas nacionales quegaranticen la soberanía alimentaria). Pero este po-der requiere la aceptación de los gobiernos nacio-nales. Como hemos visto en el caso de la amena-za de imponer sanciones de la OMC a los paísesque introdujeron leyes de etiquetado OGM o res-tricciones a la importación, a menudo la amena-za de llevar el caso a la OMC es suficiente paraobligar a los gobiernos (especialmente en paísesdependientes de las exportaciones) a cambiar suspolíticas.

Sin embargo la resistencia es posible, y esto per-mite una entrada clave para el movimiento laboral

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y sus aliados. En circunstancias donde sean nece-sarias políticas o leyes nacionales para tratar pro-blemas sociales urgentes (como hambruna masivao una grave crisis de salud) el movimiento laboraldebe argumentar enérgicamente que resolver estosproblemas es más importante que ajustarse a lasnormas de la OMC. Ese fue de hecho la basepara la movilización global por los derechos delos enfermos de VIH/SIDA sobre los derechos (ga-rantizados por la OMC) de las transnacionales far-macéuticas, frente a la cual las compañías se ba-tieron en estratégica retirada.

En respuesta a ese incumplimiento, otros estadosmiembros de la OMC (usualmente países desarro-llados) pueden amenazar con presentar quejas enla OMC y buscar el derecho a imponer sancioneso exigir compensación. Que estas amenazas ten-gan éxito depende de si existe suficiente presiónde los movimientos laboral y social a nivel interna-cional y dentro de esos países para presentar elcaso de incumplimiento exitosamente. En el análi-sis final, el resultado estará determinado, no a tra-vés de la jurisprudencia y la interpretación de tex-tos, sino por el equilibrio de las fuerzas políticas ysociales.

No existe razón alguna por la que este incumpli-miento, tanto aquel de nivel inferior, como el in-cumplimiento considerado como desobediencia es-tatal dentro del régimen de la OMC, deba estar li-mitado en su aplicación a los países en desarrollo.Los sindicatos de todas partes pueden realizarcampañas para que los gobiernos, a todos los ni-veles (local, nacional, regional), revisen las nor-mas y tratados comerciales y de inversión existen-tes, a la luz de los derechos establecidos al co-mienzo de este documento, y rechacen todosaquellos acuerdos que entren en conflicto con talesderechos. Legitimar la falta de cumplimiento es unimportante medio de afirmar nuestras prioridades(expresadas en un conjunto integrado de dere-chos) por encima de las prioridades de las ganan-cias corporativas.

Los sindicatos deben y pueden movilizarse contrala inclusión en los acuerdos comerciales de nor-mas de inversión modeladas en base al capítulo11 del TLCAN o el AMI, simplemente en base aque esas normas son fundamentalmente incompati-bles con el cumplimiento de los derechos democrá-ticos fundamentales. La exitosa campaña llevada acabo para bloquear el AMI sugiere que la opiniónpública democrática es ya muy sensible a esos lla-mados.

No existe duda alguna de que un número de va-riadas tácticas será utilizado para combatir a laOMC y a la globalización empresarial. La diversi-dad de tácticas ha demostrado ser de utilidad enel pasado. Sin embargo, a menudo parece que

los sindicatos a nivel local, nacional e internacio-nal utilizan una diversidad de tácticas a falta deuna estrategia efectiva, coherente y sostenible.

Para que una estrategia sea efectiva, debe desa-fiar directamente los poderosos intereses políticosy empresariales que moldean el régimen de laOMC, en tanto reconocen su contexto más amplio.Claramente es necesario hacer más que identificarlo que falta o reordenar las prioridades reflejadasen las normas de la OMC. Debemos abordar elcontexto amplio del régimen de la OMC y evaluarhasta que punto los problemas del sistema mundialde alimentación son causados por el sistema mis-mo, en lugar de identificar solamente las políticasfuera de lugar. Al hacerlo debemos evitar desvin-cular estos problemas entre sí, justo como debe-mos evitar desvincular nuestro conjunto de dere-chos integrados. Como señalamos en la sección 2,los derechos que promovemos son interdependien-tes e inseparables. Esto no es meramente un asun-to de principios, sino una reflexión sobre el hechode que los problemas que enfrenta la gente quetrabaja son en sí mismos interdependientes e inse-parables.

Para que una estrategia sea coherente debe estarbasada en un conjunto común de objetivos queson perseguidos sin concesiones y que – indepen-dientemente de las tácticas utilizadas en las dife-rentes situaciones – deben ser expresadas en unlenguaje que tenga sentido para nuestros miem-bros. Por lo tanto, debe ser elaborado en un len-guaje de derechos y subsistencia y no en lenguajejurídico o tecnocrático. Y para que una estrategiasea sostenible, debe buscarse que tenga un senti-do de urgencia que reconozca la gravedad de losproblemas enfrentados y la importancia de los va-lores que perseguimos. Pero ese sentido de urgen-cia no debe traducirse en intentos de alcanzar un“arreglo” a corto plazo, sino, en cambio, formarla base de una estrategia a largo plazo que movi-lice a los/as trabajadores/as para que desarro-llen a través de sus sindicatos sus propias capaci-dades colectivas para ejercer control democráticosobre el capital e imponer nuestros derecho e inte-reses colectivos por encima del poder y las ganan-cias empresariales.

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