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1 LA NUEVA AGENCIA REGULADORA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO

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LA NUEVA AGENCIA REGULADORA DEL

TRANSPORTE FERROVIARIO

ANTECEDENTES

Contexto de esa época:

En la década de los 80´s, el Sistema

Ferroviario Mexicano tenía una imagen de

lentitud e incumplimiento, debido

principalmente al deterioro de su situación

financiera.

Entre los años 1986 y 1991, se presentó una

grave crisis operativa en el transporte por

ferrocarril, sufriendo la prestación del servicio

un gran deterioro, principalmente por la falta de

mantenimiento a las vías, estructuras y el

equipo ferroviario.

Se tenían Subsidios para la operación del

ferrocarril.

En 1992, inicia el proceso de reestructuración

del servicio, comenzando una participación de

capital privado en algunas actividades como la

construcción de terminales especializadas;

siendo el preámbulo del concesionamiento de

la prestación del servicio público de transporte

ferroviario.

El Gobierno Federal consideró la participación

de capital privado en el servicio, pero fue

necesario un largo proceso de maduración y el

esquema en que el capital privado participaría.

Se creó La Ley Reglamentaria del Servicio

Ferroviario, publicada en el DOF el 12 de

mayo de 1995.

La Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario

de 1995, básicamente estableció un esquema

de concesiones y permisos en el que el capital

social de las nuevas empresas ferroviarias

podría estar compuesto de hasta un 49 % de

capital extranjero, con un periodo hasta por 50

años, concesiones que pueden ser

prorrogadas, en una o varias ocasiones, hasta

por un plazo que en total no exceda de 50

años adicionales

El esquema de segmentación fue en tres

grandes regiones (Pacífico Norte, Noreste y

Sureste), una terminal en el Valle de México y

varias vías cortas.

A través de los lineamientos se posibilitó en su

momento la constitución de las empresas

como sociedades mercantiles con un

patrimonio integrado por los activos y el título

de concesión respectivo.

El concesionamiento incorporó factores para

promover la competencia entre ferrocarriles y

fortalecer su competencia con el transporte

carretero y marítimo, como parte de las

medidas para mejorar la eficiencia del sistema

de transporte

ANTECEDENTES

CONCESIONARIOS Y ASIGNATARIOS

CONCESIONARIOS Y ASIGNATARIOS

Gráfica de Volúmenes FNM 1980-1996

0

10000

20000

30000

40000

50000

60000

70000

Años 1980 1981 1982 1983 1984 1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996

Ton

elad

as

Años

Trafico de Carga Total Remitida

Toneladas (miles) Toneladas-Km (millones)

Gráfica de Volúmenes Concesionamiento 2000-2014

0

20,000

40,000

60,000

80,000

100,000

120,000

140,000

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

CARGA TRANSPORTADA EN EL SFM

Toneladas (miles) Toneladas -km (millones)

Comparativo FNM vs Concesionamiento hasta 2014

• FNM transportó carga por el sistema ferroviario en el año 1996 por un total de 58 mil

toneladas.

• A raíz del Concesionamiento se ha duplicado la carga trasportada por ferrocarril,

incrementando y mejorando el servicio a través de grandes inversiones, en el año 2014

se movilizaron 116,936 toneladas.

• Antes del Concesionamiento el Gobierno Federal destinaba una gran cantidad de

recursos para subsidiar la operación del servicio ferroviario.

• A raíz del Concesionamiento las empresas ferroviarias han invertido hasta el año 2014

$ 74 mil mdp

• Así mismo las empresas concesionarias pagan una contraprestación a la Federación

por el usufructo de la concesión.

Motivación de la Reforma

• Adecuar el sistema ferroviario a los nuevos requerimientos de Competitividad, Servicio,

Etc.

• Incrementar la inversión y mantenimiento en el ferrocarril, para el desarrollo de las

economías regionales

• Mejorar el transporte entre núcleos poblacionales y centros de producción en complemento

a las cadenas logísticas

• Fortalecimiento de las redes de transporte binacionales y en consecuencia impulsar la

competitividad y el crecimiento de la Nación

• Necesidad de rutas ferroviarias que adicionen y complementen a la red actual.

• Aprovechar las ventajas que representa el transporte ferroviario, como es el caso de sus

costos de uso

• Transparencia en el proceso de intercambios de tránsito (derechos de paso y de arrastre)

entre líneas ferroviarias,

• Establecer bases tarifarías en los casos donde no exista competencia efectiva.

• Buscar las condiciones de libre mercado y dejar la intervención de la autoridad para la

fijación de las tarifas de interconexión sólo en los casos en los que los concesionarios y

permisionarios no lleguen a un acuerdo.

REFORMA LEY REGLAMENTARIA DEL

SERVICIO FERROVIARIO

En 2015, ¿Cómo estamos?

El 26 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que

se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio

Ferroviario :

En ella se mantiene que el servicio ferroviario es una actividad económica prioritaria y

corresponde al Estado ser rector de su desarrollo.

El Estado protegerá en todo momento la seguridad y la soberanía de la Nación y

promoverá el desarrollo del servicio ferroviario en condiciones que garanticen la libre

competencia entre los diferentes modos de transporte y la eficiencia operativa en la

prestación del servicio público de transporte ferroviario.

La Ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional, y tiene por

objeto regular la construcción, operación, explotación, conservación, mantenimiento y

garantía de interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de

comunicación, así como procurar las condiciones de competencia en el servicio público

de transporte ferroviario que en ellas opera y los servicios auxiliares

•Art 6

• Planear, formular y conducir las políticasy programas, así como regular eldesarrollo del sistema ferroviario.

• Otorgar las concesiones

SCT

•Art. 6 BIS

• Determinar características ……….• Establecer bases de regulación ………..• Registro de concesiones y …….• Etc.………

•Adelante abundaré en este contexto.

Agencia

• Atribuciones correspondientes a la SCT que permanecieron con la reforma, y atribuciones que

se trasladaron a la figura de la Agencia.

REFORMA LEY REGLAMENTARIA DEL

SERVICIO FERROVIARIO

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Creación de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, órgano desconcentrado de la

Secretaría, esto permitirá la especialización en todos los temas relacionados con la

regulación, pero esto es un proceso que llevará su tiempo de maduración con el objetivo de

mejorar el transporte de mercancías con seguridad.

Interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación

Este tema tiene diversas vertientes ya que para que el sistema ferroviario funcione como

una ruta continua es necesario tomar en cuenta la capacidad operativa de los actuales

concesionarios, la infraestructura con que cuentan en los puntos que realizan el

intercambio de equipo ferroviario, así como las inversiones realizadas, siendo no solo

tema económico sino también de carácter operativo.

Condiciones y contraprestaciones cuando los concesionarios no lleguen a un acuerdo en los

casos de derechos de arrastre y de paso.

En este contexto, para determinar los criterios o principios para fijar las condiciones y

contraprestaciones la Agencia podrá solicitar la opinión de la COFECE, quién es la

autoridad competente en la Materia.

Bases de regulación tarifaria previa resolución de la Comisión Federal de Competencia

Económica.

Igualmente para que la Agencia pueda establecer bases de regulación tarifaria, por sí o a

petición de parte afectada, deberá tener Opinión de la COFECE en la que determine que

no existen condiciones de competencia efectiva.

PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA:

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La Secretaría se encuentra trabajando en la elaboración del Decreto de creación

correspondiente, así como en las demás disposiciones establecidas en los transitorios de

la Reforma, incluyendo la reforma del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Servicio

Ferroviario.

Creación del Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios

Este tema vendrá a coadyuvar a incrementar la seguridad de la población y de la

operación ferroviaria con el apoyo de las entidades federativas y sus municipios,

los concesionarios ferroviarios y en su caso, de otras entidades públicas o

privadas. Este será un trabajo muy arduo de coordinación y cooperación por

parte de todos los involucrados de manera institucional.

Lineamientos en materia de emisiones de ruido y otros contaminantes atribuibles al

tránsito ferroviario al interior de zonas urbanas o centros de población

En este tema que por el propio crecimiento de las ciudades así como el gran

numero de cruces a nivel existentes en las zonas urbanas implica la generación

de ruido por el uso obligatorio de lo ferrocarriles del silbato y campana de la

locomotora, la aplicación del frenado del tren y el propio transitar del mismo

genera molestias a la población, por lo que será necesario emitir lineamientos

acordes y en coordinación con la autoridad ambiental a fin de mejorar la

convivencia con los centros urbanos. Este tema deberá sujetarse a estudios

especializados que coadyuven para evitar accidentes.

PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA:

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Determinar las especificaciones técnicas de las vías y de la infraestructura física de interconexión

• Generar los lineamientos para garantizar la seguridad de la interconexión nueva.

Expedición y aplicación de las normas oficiales mexicanas

La DGTFM ha emitido, las NOMs para durmientes de madera, unión de rieles mediante

soldadura, señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas, así como en

materia de reglas de seguridad e inspecciones periódicas a los diversos sistemas que

constituyen el equipo tractivo ferroviario .

Hay mucho por hacer en este tema, el reto de la nueva agencia es realizar las Normas,

Especificaciones y demás lineamientos para mejorar la regulación del sistema ferroviario.

Verificar que las vías férreas, los servicios de transporte ferroviario y auxiliares cumplan con las

disposiciones aplicables

En este contexto, la Secretaría realiza mediante la planeación anual, un programa regular de

verificación técnica a equipo ferroviario, vías férreas, operación ferroviaria, terminales de

carga, programas de inversión, entre otras.

Registro de las concesiones y permisos

La Secretaría cuenta con el Registro Ferroviario Mexicano, el cual es un acervo informativo

relativo a los servicios, instalaciones y equipo ferroviarios, donde se encuentran registradas las

Concesiones, Permisos, la infraestructura ferroviaria, el equipo tractivo y de arrastre, entre

otros.

Emitir recomendaciones para promover medidas de Seguridad Pública

El robo y vandalismo en los ferrocarriles se ha incrementado en los últimos años, lo que

conllevó a promover reformas a los Códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales,

aunado a ello las empresas concesionarias han tenido que incrementar su personal de

vigilancia en estaciones y a bordo de tren.

Esta nueva actividad requiere de la participación de todos los sectores.

ATRIBUCIONES A CARGO DE LA NUEVA AGENCIA

REGULADORA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO:

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Promover la expansión y el uso de la red ferroviaria

Se requiere promover la coordinación con los distintos sectores de la industria, como la que

ustedes representan, para buscar el fortalecimiento del sector ferroviario con mayor uso de la

red existente, así como construcción necesaria para mejorar la prestación de los servicios y

que los ciclos del transporte de mercancías sea menor y más eficiente. (Acortamientos,

Libramientos, señalización, concientización y educación vías,etc.)

Cooperar con autoridades y concesionarios, para acciones en cuestiones de migración e

inseguridad que afecten el servicio ferroviario

A su entrada por la frontera sur los migrantes avanzan hacia el Norte y en el Valle de México

se diseminan principalmente entre KCSM y FERROMEX, así como en otros medios de

transporte; esto ha traído problemas como descarrilamientos, accidentes, Vandalismos a la

carga, Agresión a empleados, Asentamientos irregulares en el derecho de vía, demoras por

trenes vandalizados por lo que se requerirá de la cooperación en el ámbito de competencia

para dar mayor atención a esta grave problemática.

Registrar las tarifas máximas de flete, los servicios diversos, sus reglas de aplicación y sus tarifas

Es un tema que requiere un gran esfuerzo tanto para la nueva Agencia como para los

Concesionarios y Permisionarios ya que tan solo para un cliente de la industria cementera

existen cerca de 400 tarifas, por la diversidad de orígenes y destinos, además de que se

tienen diferentes tipos de carros, o servicios, y es que por cada una de las variables puede

cambiar la tarifa.

ATRIBUCIONES A CARGO DE LA NUEVA AGENCIA

REGULADORA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO:

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Valorar el uso de vías cortas o ramales que no sean explotadas o se encuentren en desuso y en

su caso, determinar su retorno al Estado para ser concesionadas

Esta es una de las acciones inmediatas encomendadas a la nueva Agencia quién requerirá a

los concesionarios para que, en un plazo no mayor a 180 días naturales, entreguen un

inventario de las vías cortas o ramales que no sean explotadas o se encuentren en desuso, se

verificará el inventario y se procederá a establecer y ejecutar el mecanismo para, en su caso,

reintegrarlas a la Nación, con la posibilidad de volver a licitar.

Dirimir controversias entre los usuarios y concesionarios como prestadores del servicio ferroviario

Es una tema nuevo en el Sector, para el cual la Agencia tendrá que buscar la forma más

expedita de conciliación entre los actores mencionados.

Solicitar a los concesionarios todo tipo de información que permita el ejercicio de sus atribuciones

Esta facultad de la Agencia le ayudará para mejorar los datos estadísticos del sector, los

indicadores referentes a los servicios, eficiencia operativa, administrativa y de atención

considerando los criterios o principios que sean reconocidos internacionalmente para tal

efecto.

Esta actividad nos permitirá poder mejorar la regulación del sistema ferroviario.

Imponer sanciones por infracciones a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas

Con ello se busca fortalecer la rectoría del estado y a la Agencia como autoridad regulatoria en

la Materia.

ATRIBUCIONES A CARGO DE LA NUEVA AGENCIA

REGULADORA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO:

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ACCIONES MEDIATAS A REALIZAR:

Creación de la Agencia: 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma

Modificaciones al Reglamento del Servicio Ferroviario: 180 días

Emisión de las Reglas de Operación del Fondo: 180 días a partir de su constitución

Emitir lineamientos en materia ambiental (60 días a partir de la creación de la Agencia).

La Agencia ya en funciones, requerirá a losconcesionarios el inventario de vías yramales en desuso, para valorar su uso yen su caso, reintegrarlos a la nación.

2015

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FONDO NACIONAL DE SEGURIDAD PARA CRUCES

VIALES FERROVIARIOS:

Elaboración de estudios y proyectos

Evaluación en el ámbito de

operación y señalización

Contratación de obras y/o servicios

necesarios

Realizar propuestas en

materia normativa y estandarización

Fines

del

Fondo

* Sujeto a la Ley Federal

de Presupuesto y

Responsabilidad

Hacendaria

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Se da a la Agencia que se creará, la facultad de imponer las sanciones, entre otras, por:

Prestar el servicio ferroviario sin la concesión respectiva.

Cuando el equipo ferroviario no cumpla con la normatividad.

No mantener las vías férreas en buen estado operativo,

Cuando el personal tripule en estado de ebriedad o bajo los efectos de enervantes, rebase los

máximos de velocidad o no respete las señales,

Conducir sin la licencia federal que exige la Ley

Aplicar tarifas superiores a los registrados

Incumplir con los lineamientos en materia de emisiones de ruido y otros contaminantes.

Ejecutar obras que invadan o perjudiquen una vía general de comunicación ferroviaria

Se mantienen causales de revocación y a solicitud de la Agencia, entre otras por:

No ejercer los derechos conferidos en las concesiones.

Ceder las concesiones o permisos

Cambio de nacionalidad

Interrumpir la operación de la vía férrea o la prestación del servicio sin autorización

Ejecutar u omitir acciones con resultado de impedir o limitar el uso de los servicios de

interconexión o de terminal, los derechos de paso o los derechos de arrastre. Siempre y

cuando las condiciones operativas y de seguridad lo permitan.

Realizar acción u omisión con efecto de impedir o limitar que el sistema ferroviario funcione

como una ruta continua de comunicación.

Incumplir con el pago de las indemnizaciones por daños

Aplicar tarifas de flete o de servicios diversos superiores a las registradas,

No mantener en vigor la garantía de cumplimiento o las pólizas de seguro

No mantener las vías férreas concesionadas de acuerdo con los reglamentos o normas

SANCIONES Y CAUSALES DE REVOCACIÓN