La Negociación Colectiva - Los Convenios Colectivos

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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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LA NEGOCIACIÓN

• La realizan los representantes de los trabajadores y los empresarios.

• Es un proceso de diálogo, que culmina en acuerdo (convenio colectivo, acuerdo marco o acuerdo de empresa)

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LA NEGOCIACIÓN

• Convenio colectivo:– Ámbito de aplicación:

• Geográfico.• Funcional.• Personal.• Temporal.

– Partes legitimadas para negociar.– Contenido del convenio.– Procedimiento de negociación.

• Condiciones de trabajo:– Salarios, jornadas, excedencias, etc...

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LOS CONVENIOS COLECTIVOS

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Concepto

Es un pacto o acuerdo colectivo suscrito entre organizaciones sindicales de una parte y empresarios u organizaciones empresariales de otra.

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¿Cómo se crean los convenios colectivos?

Los convenios se crean a partir de un proceso de negociación.

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Pero, ¿quiénes son los encargados de negociar?

• Los empresarios u organizaciones empresariales.• Los representantes de los trabajadores: comité de

empresa, delegados de personal o delegados sindicales.

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¿En base a qué negocian?

Lo realizan en virtud del principio de Autonomía Colectiva:

“Es donde se fundamenta la negociación colectiva. Es el Derecho de trabajadores y empresarios a través de sus órganos de representación respectivos y mediante el procedimiento de negociación colectiva legalmente establecido, a regular las relaciones de trabajo”.

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¿Cómo se inicia la negociación colectiva?

Se tienen en cuenta:- Artículo 37.1 CE:

- La Ley garantizará la negociación colectiva.

-Artículos 82 y ss. E.T.

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La legitimación y unidad de negociación

Existen dos tipos de legitimación:1.- Legitimación directa: la tiene cada sindicato o

asociación empresarial para negociar colectivamente en nombre de sus miembros o afiliados. El convenio resultante tendrá eficacia limitada.

2.- Legitimación ampliada: sindicato, conjunto de sindicatos, asociación empresarial o conjunto de asociaciones empresariales que negocian en nombre de sus afiliados y de sus no afiliados. El convenio resultante tendrá eficacia general. Se obtiene de la propia norma estatal: “Los convenios colectivos regulados por esta Ley, obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación…” (art. 82.3, pár. 1º E.T.)

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Legitimación ampliada o plena- La ostentan los representantes de ambas

partes que ocupen a la mayoría de los trabajadores que conforman la unidad de negociación.

- No pueden exceder de 15 representantes de cada parte.

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PARTES LEGITIMADAS

TIPO DE CONVENIO PARTES LEGITIMADAS PARA NEGOCIAR

De nivel Superior a la empresa •Sindicatos más representativos: nivel estatal, CCAA y funcional y territorial.•Asociaciones empresariales que reúnan al 10% de empresarios a nivel funcional y geográfico y que tengan mismo porcentaje trabajadores.

De empresa •Delegados de personal, comité de empresa y delegados sindicales.•El empresario o sus representantes.

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Características del Convenio Colectivo

• Acuerdo libre de voluntades.

• Acuerdo sindical.

• Eficacia normativa.

• Escrito.

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Objetivos

• Participación de empresarios y trabajadores en la regulación de sus relaciones.

• Equilibrar las relaciones entre empresarios y trabajadores.

• Adaptación a necesidades de implicados y a cambios técnicos y económicos.

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Naturaleza jurídica de los Convenios Colectivos

Es contrato y norma:- Como pacto: genera obligaciones entre

las partes.- Como norma: se aplica a todos los

trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación.

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Fuerza vinculante de los convenios

• Su contenido se impone sobre todos los contratos individuales incluidos en su ámbito de aplicación.

• No se puede renunciar a los derechos reconocidos en los Convenios Colectivos.

• Incumplimiento-> sanción administrativa laboral.

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Ámbitos de los Convenios Colectivos

• Por ámbito geográfico o territorial:– Local.– Provincial.– Interprovincial.– Autonómico.– Nacional.

• Por actividad o sector (funcional):– Rama o sector de actividad (afecta a empresas de

ese sector).– Empresa o ámbito de trabajo (convenios de ámbito

empresarial).

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Ámbitos de los Convenios Colectivos

• Personal:– A trabajadores a los que resulta aplicable.

• Temporal:– Se refiere a la duración o periodo de vigencia.

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Duración de los Convenios Colectivos

Las partes fijan su período de vigencia así como entra en vigor.

Puede prorrogarse un año más si no hay denuncia expresa por cualquier parte.

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CONTENIDO MÍNIMO DEL CONVENIO

• Determinación de las partes que lo hacen y de los distintos ámbitos.

• Condiciones y procedimientos para la no aplicación salarial.

• Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como el plazo de preaviso.

• Designación de una comisión paritaria de las partes y determinación de los procedimientos para resolver las discrepancias de la comisión.