La lucha contra el secretismo en la administración pública

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Ley de Transparencia en Chile: Según expertos la normativa 20.285, que entró en vigencia el pasado 20 de abril, no va a derrotar la tradición del secreto que impera en los organismos y servicios estatales. Para ello se requiere voluntad, tiempo y educación. Un rol importante tiene en esta tarea el nuevo Consejo para la Transparencia, el cual debe difundir la existencia del derecho fundamental de acceso a la información pública, consagrado en la Constitución Política del Estado, y aplicar la norma legal de manera rígida, ya que advierten que, si esto no ocurre la nueva legislación podría convertirse en letra muerta. La lucha contra el secretismo en la administración pública Nº DE MATRÍCULA: 200411300S012

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Ley de Transparencia. Según expertos la normativa 20.285, que entró en vigencia el pasado 20 deabril, no va a derrotar la tradición del secreto que impera en los organismosy servicios estatales. Para ello se requiere voluntad, tiempo y educación. Unrol importante tiene en esta tarea el nuevo Consejo para la Transparencia,el cual debe difundir la existencia del derecho fundamental de acceso a lainformación pública, consagrado en la Constitución Política del Estado, yaplicar la norma legal de manera rígida, ya que advierten que, si esto noocurre la nueva legislación podría convertirse en letra muerta.

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Ley de Transparencia en Chile:

Según expertos la normativa 20.285, que entró en vigencia el pasado 20 de abril, no va a derrotar la tradición del secreto que impera en los organismos y servicios estatales. Para ello se requiere voluntad, tiempo y educación. Un rol importante tiene en esta tarea el nuevo Consejo para la Transparencia, el cual debe difundir la existencia del derecho fundamental de acceso a la información pública, consagrado en la Constitución Política del Estado, y aplicar la norma legal de manera rígida, ya que advierten que, si esto no ocurre la nueva legislación podría convertirse en letra muerta.

La lucha contra el secretismo en la

administración pública

Nº de matrícula: 200411300S012

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Marcel Claude,

economista y ex director de la Fundación

Terram que demandó al

Estado de Chile por

no recibir la información

solicitada.

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E l 10 de octubre de 2003, el economista y ex director de la Fundación Terram,

Marcel Claude, le dio un giro al derecho de acceso a la información en Chile, luego que demandara al Estado por haberle negado la entrega de información sobre el proyecto Río Cóndor de la empresa Forestal Trillium.

En 1998, Claude junto con el representante de la entidad Formación Jurídica para la Acción (Forja), Sebastián Cox, y el ex diputado de Renovación Nacional (RN), Arturo Longton, solicitaron al Comité de Inversiones Extranjeras, órgano dependiente del Ministerio de Economía, información sobre los beneficios económicos y ambientales del proyecto, el que tenía carácter público.

Sin embargo, dicho antecedente no fue entregado por el Estado, por lo que Claude decidió interponer un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago y posteriormente a la Suprema. Pero los resultados fueron negativos. Ambos órganos lo rechazaron, declarándolo “inadmisible” y sin fundamento.

Sin darse por vencido, Claude decidió llegar a la Corte Interamericana, frustrado ante la impotencia propia y de la ciudadanía en general para acceder a la información administrada por los organismos públicos, y sobre la cual no hay razones para clasificarla como secreta o reservada.

“Me dio tanta rabia que en Chile no se respetara un derecho fundamental a nivel internacional, que le pedimos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que interviniera en el caso”, sostiene Claude.

Después de varios años de espera y con informes favorables emitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la denuncia fue admitida el 10 de octubre de 2003. Ese fue el momento en que Claude formalizó su demanda al Estado de Chile.

Finalmente, el 19 de septiembre de 2006, la Corte Interamericana dictó sentencia a favor de Claude. “Por fin se hizo justicia en este país, porque en Chile no existe Estado de Derecho”, denuncia el economista. El fallo ordenó a Chile la entrega de los antecedentes requeridos, la publicación del fallo en algún medio de prensa y la adopción de una

ley de acceso a la información pública.

Y no sólo este caso dejó al descubierto la falencia que tenía Chile en esta materia. El 7 de mayo de 2001 el Ministerio Secretaría General de la Presidencia dictó un estatuto por el cual los distintos servicios y organismos adquirieron la facultad de decidir qué actos y documentos de la administración del Estado sería secretos. Esa medida sólo hizo más difícil la obtención de información por parte de los ciudadanos.

Además, algunas investigaciones realizadas por diversas instituciones en los últimos años también han demostrado la dificultad por acceder a información pública. En 2006 un estudio realizado por la Corporación Participa, arrojó que un 61 por ciento de los servicios y organismos del Estado no entregaban antecedentes solicitados por la ciudadanía.

Dos años después, el “V Barómetro de Acceso a la Información 2008”, realizado por la Fundación de la Prensa junto a la Universidad Diego Portales y la empresa Adimark, dio a conocer que el aspecto que más dificulta o inhibe el acceso a la información en Chile es la poca voluntad por parte de las autoridades e instituciones públicas de proveerla (ver gráfico).

El panorama que vivía Chile, desde finales de los años 90 hasta 2005, provocó que se fomentara aún más

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el secretismo en el aparato público, convirtiéndose en una costumbre en la administración. Una realidad que demuestra que en Chile existe una fuerte tendencia por parte de los servicios y los organismos públicos a no entregar los antecedentes y documentos que solicitan los ciudadanos.

Por ello, la promulgación de la Ley de Transparencia, y su posterior entrada en vigencia el 20 de abril de este año, constituye un paso fundamental para revertir este problema y así avanzar en la modernización del Estado y del sistema democrático. Pero la duda que surge es si esta normativa será suficiente para cambiar una cultura secretista tan arraigada en nuestro aparato estatal.

Jaime Gazmuri, senador PS.

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Los primeros indicadores muestran que pese a que se está logrando un avance paulatino, será un proceso muy lento que tomará años antes de poder hablar de un Estado verdaderamente transparente.

Carceleros de la información pública

El secretismo en la administración del Estado es una característica que proviene del centralismo monárquico español, donde el autoritarismo predominaba y la toma de decisiones estaba a cargo de grupos elitistas.

El director del área jurídica de la Fundación Jaime Guzmán, Jorge Jaraquemada, concuerda con lo anterior y considera que Chile, desde hace más de 200 años,

Jorge Jaraquemada, director del área jurídica de la Fundación Jaime Guzmán.

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tiene rasgos de la cultura monárquica española. “Las decisiones son tomadas por grupos más bien ligados al Estado, y la participación ciudadana es muy baja”, declara.

Según el senador del Partido Socialista (PS), Jaime Gazmuri, esto se debe a

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que Chile es un país muy sensible a la prepotencia administrativa, ya que los funcionarios públicos creen que son dueños de la información y se respeta poco a los ciudadanos. “Aún predomina una cultura autoritaria”, afirma.

El senador de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Hernán Larraín, concuerda con Gazmuri y sostiene que los verdaderos dueños de la información pública son los ciudadanos, y los funcionarios tienen el deber de servir a la comunidad, proporcionándoles todos aquellos documentos que necesiten.

La duda que surge frente a esto es por qué los empleados fiscales tienden a no entregar documentos y les es indiferente atender bien o mal al público que los solicita. Según el abogado y autor del libro “El derecho a la

Jorge Consales, secretario general de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

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información en Chile”, Pedro Anguita, los funcionarios no son servidores, porque carecen de preparación adecuada para serlo.

Además, explica que la información es una herramienta muy valiosa, porque genera poder y los organismos públicos son los que la administran, por lo que se sienten dueños de ésta, y pasan a llevar a los ciudadanos, quienes dependen de los servicios o entidades del Estado para obtenerla.

Quien discrepa de Anguita es el secretario general de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Jorge Consales, ya que atribuye este desempeño y actitud a la falta de incentivos, puesto que la demanda de información significa un esfuerzo adicional para los empleados, porque además

de hacer su labor pública tienen que responder a estos requerimientos sin obtener algo a cambio. “Eso es injusto”, comenta.

Según Consales, los ciudadanos tampoco ejercen su derecho de solicitar la información, ya que los chilenos “son malos para preguntar. La gente es bastante floja y pasiva”, sostiene.

Desde la perspectiva opuesta, la presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas, Danae Mlynarz, señala que los ciudadanos prefieren no pedir documentos ni hacer preguntas, porque saben que los organismos tampoco van a responder y si lo hacen, se demorarán mucho tiempo. “Es algo muy engorroso”, denuncia.

Danae Mlynarz, presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas.

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Hernán Larraín, senador UDI.

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Información reservada1 La Ley de Transparencia establece las causales de reserva o la información que es secreta, esto significa que es de ámbito privado y no público, por lo que la administración del Estado no puede entregárselas a la ciudadanía. De acuerdo a la LAIP, las razones por las que se puede denegar el acceso a la información es cuando haya documentos que contengan antecedentes que pueden afectar los derechos de terceros o cuando se distraiga indebidamente a un funcionario de su trabajo. También es reservada cuando la información perjudique los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter económico; o también si afecta la seguridad de la nación; el interés nacional, salud pública, las relaciones internacionales y los intereses económicos del país. Finalmente también es reservada la que tenga ese carácter a través de una ley de quórum calificado. Además, el carácter de secreto será indefinido tratándose de los actos y documentos que, en el ámbito de la defensa nacional, establezcan la planificación militar o estratégica, y aquéllos que puedan afectar la integridad territorial de Chile, la interpretación o el cumplimiento de un tratado internacional suscrito por Chile en materia de límites, la defensa internacional de los derechos de Chile y la política exterior del país de manera grave.

Fuente: Artículo 10º del título IV de la Ley 20.285

Aunque esta cultura secretista siempre ha existido en nuestro país, se produjeron en los últimos años dos hechos relevantes que hicieron al Estado de Chile reaccionar: el fallo de la Corte Interamericana antes mencionado, que ordenó a Chile dictar una ley de acceso a la información pública, y el revuelo que generó el caso de Chiledeportes en noviembre de 2006, en donde algunos funcionarios de este organismo cometieron irregularidades en la asignación de fondos públicos.

Ambos hechos llevaron a la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, ese mismo año a presentar una Agenda de Probidad, iniciativa del Gobierno que tiene un conjunto de medidas administrativas con el objetivo de combatir las irregularidades y las malas prácticas, dando con ello

Diario Oficial la Ley 20.285, sobre “Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado”, la que fue implementada el 20 de abril de 2009.

Reglas del juego La Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública (LAIP) emana de un derecho universal, inalienable, fundamental y considerado dentro de las garantías constitucionales, en el artículo 8º de la Constitución Política del Estado, que fue incorporado tras la reforma de ésta en agosto de 2005.

Tiene como objetivo regular el principio de transparencia, y el derecho de acceso de todo chileno a la información de los órganos de la administración del Estado. Asimismo, establece que cualquier documento, acta, entre otros, elaborado con presupuesto fiscal debe ser público, salvo excepciones que justifiquen su reserva (ver recuadro1).

La Ley 20.285 exige que todos los organismos y servicios públicos que tengan que cumplir con esta normativa deben publicar de manera permanente en sus sitios web una gran cantidad de información referente a su funcionamiento (transparencia activa). Además, consagra el derecho de todo ciudadano a solicitar cualquier tipo de información pública. El requisito es que ésta exista y esté contenida en un acta, documento u otro tipo de

un impulso al proyecto de ley de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado que estaba hace un año en el Congreso.

Esta iniciativa fue originada por la moción del parlamentario de la Unión Demócrata Independiente (UDI) Hernán Larraín y del senador del Partido Socialista (PS) Jaime Gazmuri en enero de 2005.

Larraín y Gazmuri coinciden en que el proyecto se hacía cada vez más necesario en el país, ya que era una tarea pendiente mejorar la calidad del servicio público y la democracia en Chile, para así derrotar el secretismo que está arraigado en la administración del Estado.

Finalmente, tras un acuerdo unánime en el Congreso, el 20 de agosto de 2008 fue publicada en el

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soporte (ver recuadro2).Para el senador Gazmuri, la

LAIP constituye un elemento fundamental para alcanzar un alto grado de transparencia en el ejercicio de las funciones públicas, permitiendo mayor participación ciudadana. En su opinión, esta normativa sirve, porque inhibe y disuade malas prácticas, motiva desempeños probos y eficientes en la administración pública y mejora la imagen país.

El senador Larraín concuerda con Gazmuri y agrega que la Ley de Transparencia es un valor esencial para el desarrollo de la democracia y una

Transparencia activa y derecho a acceso a la información2

Transparencia activa La LAIP tiene dos regimenes, uno es el de transparencia activa que está estipulado en el artículo 7º de la ley que establece el deber de los órganos del Estado de mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, los siguientes antecedentes actualizados, al menos, una vez al mes: Su estructura orgánica; el marco normativo; las remuneraciones del personal; compras y adquisiciones que haya realizado el organismo público; transferencias de fondos públicos; actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros; información del presupuesto anual; auditorías que realiza el servicio; trámites del organismo; mecanismo de participación ciudadana; subsidios y beneficios y vínculos institucionales.

Derecho a acceso a la información El otro régimen que está dentro de la Ley 20.285 es el de derecho de acceso a la información pública, que consiste en que cualquier persona puede solicitar y recibir información de cualquier órgano del Estado, salvo excepciones legales como las causales de reserva o secreto. El ciudadano deberá consultar cualquier requerimiento a las Oficinas de Información Reclamos y Sugerencias (OIRS), las oficinas de parte o a través de la página web de cada organismo o servicio público.

Fuente: Artículo 10º del título IV de la Ley 20.285Ministerio Secretaría General de la Presidencia

herramienta para mejorar la probidad en la gestión, ya que los ciudadanos al ejercer el derecho de acceso a la información pública están fiscalizando al Gobierno.

La LAIP se considera uno de los cuerpos legales de este tipo más exigentes en el mundo, porque crea un organismo especializado para fiscalizar su buen funcionamiento. Este es el Consejo para la Transparencia, un ente autónomo con facultad para aplicar sanciones en los casos de incumplimiento de esta normativa (ver recuadro3).

De acuerdo a la LAIP, las instituciones y organismos a las que se aplican estas disposiciones son los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Todos ellos deben cumplir con el régimen de transparencia activa y derecho de acceso a la información y están bajo la tutela del Consejo.

La LAIP exige que todos los organismos y servicios públicos, que tengan

que cumplir con esta ley, publiquen mensualmente información en su página

web respecto a su funcionamiento (transparencia activa) y también deben

entregar información pública a los ciudadanos que la solicitan.

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Fuente: Centro De InveStIgaCIón e InForMaCIón PerIoDíStICa

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Consejo para la Transparencia3 La Ley de Transparencia creó un Consejo para la Transparencia que es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, esta entidad también comenzó a funcionar el 20 de abril del 2009. Su labor es fiscalizar el cumplimiento de la nueva normativa legal y aplicar sanciones en caso de no cumplir a ellas, promover políticas de transparencia y el derecho de acceso a la información. Además realizar actividades para promover la LAIP a la ciudadanía y por último resolver fundadamente los reclamos. Dicha corporación está integrada por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, que tienen la función de dirigir, administrar y velar por el buen cumplimiento de dicha ley. Los integrantes del Consejo son los abogados Alejandro Ferreiro, Roberto Guerrero, Raúl Urrutia y Juan Pablo Olmedo, este último es el presidente del órgano.

¿Cómo reclamar en caso de rechazo de acceso a la información?De acuerdo a la ley toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano del Estado. La autoridad debe dar respuesta a todas las solicitudes dentro de

un plazo de 20 días hábiles, el plazo puede ser prorrogado una sola vez por otros 10 días más. Si el organismo público no responde en el plazo legal o niega la entrega de la solicitud, la persona podrá reclamar ante el Consejo para la Transparencia. El individuo tiene 15 días para recurrir a dicho órgano, contando desde la respuesta negativa o desde que venció el plazo legal sin haber recibido respuesta.Si el Consejo tampoco accede a la petición de información y la persona cree que tiene derecho a ella, puede realizar un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones como última instancia.

Sanciones Los órganos del Estado que están afectos a la tutela del Consejo para la Transparencia y no cumplan con la transparencia activa o denieguen infundadamente el acceso a la información. Será sancionado el jefe superior del servicio del Estado con una multa de 20% a 50% de su sueldo y en caso que la actitud persista se le aplica el doble de la multa indicada y se le suspende el cargo por un periodo de cinco días.

Fuentes: Consejo para la Transparencia Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Esta ley también incluye a la Contraloría General de la República, Banco Central de Chile, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Justicia Electoral y Congreso Nacional, entidades a las que se les aplican los mismos principios de transparencia con la única diferencia que no están bajo la tutela del Consejo, lo que lleva a que el ciudadano deba recurrir a la Corte de Apelaciones en caso que le denieguen la información.

Las empresas públicas del Estado y las sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50 por ciento o mayoría en el directorio también deben cumplir con la LAIP, pero sólo una parte de ella, ya que tienen un régimen especial de transparencia activa que dispone que deben publicar

las remuneraciones de la administración superior, estados financieros y memorias anuales, entre otras. También están obligadas al derecho a acceso a la información, pero en este aspecto no están sujetos al Consejo.

Y así lo hizo notar el Consejo para la Transparencia en una de sus primeras resoluciones, ante un amparo presentado por un particular por la denegación de una solicitud de acceso a información interpuesta contra la Empresa de Ferrocarriles de Estado (EFE).

En dicho fallo, el Consejo dictaminó que la ley sólo pone a las empresas públicas bajo su jurisdicción en lo que se refiere a la transparencia activa, esto es las obligaciones que les señala la ley en cuanto a la publicación de ciertos

antecedentes en su página web.

En esto y todo otro caso en que el ciudadano no quede satisfecho tiene la opción de apelar ante la Corte de Apelaciones.

Aunque para algunos las obligaciones de transparencia activa son limitadas, la realidad es que muy pocas entidades habían dado a conocer esa información antes del 20 de abril de 2009.

Este es un hito que fue destacado por los medios de comunicación en especial en lo relativo a remuneraciones y contrataciones de parientes, y que abrió un camino sin vuelta atrás.

En efecto, todas estas entidades deben dar a conocer información pública, que antes era desconocida para la ciudadanía. Por lo tanto,

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la administración del Estado debe cambiar su manera habitual de trabajar siendo fundamental tener la voluntad de cumplir la ley.

Una implementación con excusas

El 20 de agosto de 2008 fue promulgada la LAIP, estableciendo un plazo de ocho meses para su entrada en vigencia. Un período extremadamente corto para que todos los organismos y servicios públicos pudieran prepararse.

La Comisión de Probidad y Transparencia del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres) fue la entidad encargada de apoyar al gobierno central en la implementación de la Ley de Transparencia.

Dicha entidad instruyó a través de capacitaciones antes de la entrada en vigencia de la ley a todos los ministerios, subsecretarías, gobernaciones, intendencias, fuerzas armadas, hospitales y distintos tipos de organismos y servicios de la administración de Gobierno. Esfuerzo que unido al resto de las tareas de implementación le significó una inversión del orden de mil millones de pesos.

Los adiestramientos consistieron en enseñar sobre la ley, y también a cómo ordenar y mantener en buenas condiciones los archivos, para que los organismos afectos pudieran responder de manera “rápida y oportuna” a todas las solicitudes.

Cabe destacar que la

normativa no impuso un plazo respecto a la antigüedad de los documentos que pueden ser solicitados, por lo que el buen manejo de los archivos se convierte en una herramienta esencial para poder responder a las peticiones ciudadanas.

Sin embargo, a pesar de que los organismos y servicios públicos dispusieron de ocho meses para prepararse, la mayoría de estas entidades comenzaron a adoptar las medidas al final de dicho plazo, dando cuenta con ello de la improvisación con la cual asumieron su compromiso ante la ley.

Además, su reacción ante el inminente incumplimiento ha sido acogerse a pretextos para justificar porqué no cumplir con esta normativa al cien por ciento.

Los organismos del Estado se excusan diciendo que Chile se puso un plazo muy corto para implementar la

ley, argumento que comparte el secretario ejecutivo de la Comisión de Probidad y Transparencia de la Segpres, Felipe del Solar, quien admite que el tiempo fue muy breve.

Del Solar reconoce que durante los meses de capacitación las diversas entidades públicas sólo alcanzaron a recopilar todo lo que pedía el régimen de transparencia activa, pero no a ordenar los archivos. “Ese es un proceso de años, porque en Chile hay un gran problema en la documentación”, expresa.

La Comisión de Probidad y Transparencia de la Segpres solamente instruyó a los 274 servicios y organismos públicos durante enero, febrero y marzo de 2009, y no en ocho meses como estaba estipulado, capacitando en tres meses a cinco mil 300 personas.

Esto indica que el Gobierno realizó un gran esfuerzo de capacitación, pero en un plazo muy breve, ya que el resto del tiempo se ocupó en preparar el material para realizar las charlas a las entidades sobre transparencia activa, política de manejo de archivos y también crear sistemas computacionales de gestión de solicitudes e implementarlos en 140 servicios que no tenían uno.

La poca preparación por parte de los organismos públicos para cumplir con la LAIP se vio reflejada en un estudio del Consejo para la Transparencia publicado el 24 de abril de 2009, que

Felipe Del Solar, secretario ejecutivo de la Comisión de Probidad y Transparencia.

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de transparencia activa que exige la ley, ya que no habían publicado las remuneraciones de su personal.

Respecto a las 53 gobernaciones y 15 intendencias todas cumplieron con el régimen de

Francisco Atenas, jefe de planificación de la subsecretaría del Ministerio del Interior.

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transparencia activa, gracias al apoyo del Ministerio del Interior que está encargado de subir mensualmente a la página web la información de dichas entidades, ya que desde el año 1927 este gabinete está a cargo de los gobiernos regionales.

Sin embargo, a pesar de haber cumplido una parte de la LAIP, las gobernaciones e intendencias tienen problemas en los archivos, porque en ocho meses no alcanzaron a ordenar toda la información, sólo a identificar los documentos que hay y los que no.

“Ese es un problema que nos podría impedir responder a todas las solicitudes que lleguen”, sostiene el jefe de planificación de la subsecretaría del Ministerio del Interior, Francisco Atenas.

En cuanto al acceso a la información, el Instituto de la Comunicación e Imagen (ICEI) de la Universidad de Chile, realizó un estudio entre febrero y la primera quincena de abril de 2009, enviando 53 solicitudes a 22 ministerios y 31 subsecretarías del Gobierno.

Según el diagnóstico, sólo seis gabinetes y siete subsecretarías lograron entregar lo requerido dentro del plazo legal de 20 días que establece la LAIP, cifras que confirman que muchas entidades públicas no tienen aún la voluntad para contestar (ver tabla2).

Comparte este diagnóstico el director ejecutivo de la Fundación Pro Acceso, Moisés

Instituciones con bajo cumplimiento formal1

Corporación Nacional de Desarrollo indígena (Conadi) ��%Subsecretaría de Aviación ��%Dirección General de Movilización Nacional ��%Servicio Médico Legal ��%Instituto Geográfico Militar ��%Casa de Moneda de Chile ��%Servicio de Gobierno Interior ��%Consejo de Calificación de Cinematografía ��%Consejo Nacional de Televisión �0%Consejos de Rectores ��%Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA ��%Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores �0%Centro de Información de Recursos Naturales (Ciren) ��%Comisión Económica Nacional ��%Servicio de Impuestos Internos ��%Servicio Registro Civil e Identificación 1�%7 instituciones estuvieron bajo el 50% de cumplimiento formal

concluyó que sólo el 23 por ciento de las entidades de la administración central del Gobierno cumplían en un cien por ciento con el régimen de transparencia activa de la LAIP.

La Secretaría General de la Presidencia fue el único ministerio que cumplió con el cien por ciento. El ministerio de Educación, en tanto, lo hizo en un 70 por ciento. Según el estudio del Consejo, el 87 por ciento de las entidades lograron un desempeño mínimo y siete estaban bajo el 50 por ciento del cumplimiento de la normativa, como fue el caso del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) y el Servicio de Impuestos Internos (SII) (ver tabla1).

El Consejo para la Transparencia comunicó además el 3 de junio de 2009 que las 16 universidades estatales tampoco habían cumplido con el régimen

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Sánchez, quien sostiene que aún no hay disposición por parte de los servicios para entregar documentos y antecedentes solicitados por el ciudadano. “Entró en vigencia la ley y el Gobierno central busca justificaciones, es una vergüenza”, concluye.

Más pretextos para no cumplir

Otros organismos públicos que también tienen que cumplir con la ley son las municipalidades y fueron las entidades que más se excusaron para no hacerlo, a pesar de que tuvieron el apoyo de la Asociación Chilena de Municipalidades (Munitel) y de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).

Los pretextos provienen tanto de municipios grandes como de pequeños, que sólo se preocuparon de ordenar sus archivos para

preparación por parte de algunos municipios, el 1 de abril de 2009 Munitel y la Pontificia Universidad Católica (UC) realizaron en el Centro de Extensión de la UC un seminario llamado “Avances y puesta en marcha de la Ley de Transparencia”, con el objetivo de difundir la LAIP, ya que incluso habían alcaldes que no sabían de la existencia de esta normativa.

En dicho seminario, el primer vicepresidente de Munitel y alcalde de la Granja, Claudio Arriagada, pidió al Consejo para la Transparencia “gradualidad para aplicar la ley”.

Esto debido a que la mayoría de los municipios no tienen ordenados los archivos, tienen dificultades en la conectividad con internet, otros cuentan con poco personal, escaners y computadores para responder a las solicitudes de los ciudadanos, e incluso 34 municipalidades aún carecían de página web.

La constatación de la dificultad que tienen los gobiernos locales para cumplir con la Ley de Transparencia llevó a la Subdere a gastar 854 millones de pesos para entregar dos computadores y escaners a los 250 municipios más pobres y junto a Munitel, invertir otros 88 millones de pesos para capacitar durante el mes de marzo de 2009 a mil 300 funcionarios de los 345 municipios.

No obstante, para la alcaldesa de San Vicente

Ministerios y subsecretarios que no respondieron dentro del plazo de 20 días hábiles2

Ministerios que NO respondieron dentro del plazo de 20 días hábiles. Ministerio de AgriculturaMinisterio de Defensa NacionalMinisterio de Economía, Fomento y ReconstrucciónMinisterio de HaciendaMinisterio de MineríaMinisterio de Obras PúblicasMinisterio de Transportes y TelecomunicacionesMinisterio Secretaría General de la PresidenciaServicio Nacional de la Mujer

SUBSECRETARÍAS que NO respondieron dentro del plazo de 20 días hábiles Subsecretaría de AgriculturaSubsecretaría de Bienes NacionalesSubsecretaría de AviaciónSubsecretaría de CarabinerosSubsecretaría de GuerraSubsecretaría de EconomíaSubsecretaría de EducaciónSubsecretaría de HaciendaSubsecretaría de JusticiaSubsecretaría de PlanificaciónSubsecretaría de Relaciones ExterioresSubsecretaría de Redes AsistencialesSubsecretaría de Salud PúblicaSubsecretaría de TransporteSubsecretaría de Previsión SocialSubsecretaría General de GobiernoSubsecretaría General de la PresidenciaSubdirectora del Servicio Nacional de la Mujer

Moisés Sánchez, director ejecutivo de la Fundación Pro Acceso.

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responder las solicitudes y recopilar la información que exige la transparencia activa un mes antes de la entrada en vigencia de la ley. Según el secretario ejecutivo de Munitel, Diego Iglesias, esto se debe a la falta de prioridad que se le otorga a la LAIP.

A raíz de la poca

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de Tagua Tagua, Virginia Troncoso (UDI) el apoyo del Gobierno no es suficiente. “Necesitamos que nos den más recursos económicos para cumplir con esta ley”, enfatiza la edil.

La falta de preparación por parte de algunos municipios se demostró en un estudio de Libertad y Desarrollo elaborado por la investigadora Bettyna Horst durante abril de 2009, que arrojó que sólo un 38 por ciento de los 63 municipios de la Región Metropolitana lograron cumplir con la transparencia activa que exige la normativa.

La municipalidad de Codegua estuvo entre los municipios que dio excusas para no cumplir. “Tengo poco personal, la conectividad con internet es pésima, sólo hay cuatro computadores y dos escaners, no nos han capacitado y nuestro archivo se quemó”, comenta la alcaldesa de la comuna, Ana María Silva (DC).

En el otro extremo, Peñalolén fue una de las municipalidades que cumplió esta normativa antes del plazo previsto. Según su alcalde, Claudio Orrego (DC), cualquier municipio pequeño como el de Codegua lo puede hacer, lo único que necesita es tener “buena disposición”.

Providencia, fue también una de las primeras municipalidades en cumplir con esta normativa y la mejor evaluada, según el estudio “Cumplimiento de normas de transparencia de 34 municipios de Santiago”

elaborado por la investigadora Bettyna Horst del instituto Libertad y Desarrollo (LyD) en marzo de 2008.

El alcalde de esa comuna, Cristián Labbé (UDI), señala que no se requiere tecnología ni recursos económicos, sino sólo una actitud transparente, porque “el resto son sólo excusas”, afirma.

Otras de las entidades del Estado a las que también se les aplica la LAIP son las 48 empresas públicas y ninguna de ellas tuvo la necesidad de invertir dinero en recursos materiales o humanos para implementar la ley.

Si bien, estos organismos se prepararon de manera independiente, igualmente todas cumplen según señala la presidenta del Servicio Empresas Públicas (SEP), Mónica Singer.

Sin embargo, el diario La Nación, firma periodística de propiedad estatal, fue la única de estas empresas que no publicó ningunos de los ítems del régimen especial de transparencia activa que exige la ley.

Situación que motivó a que el Consejo para la Transparencia ordenara a esta empresa a cumplir con la normativa. Pero el diario La Nación respondió el viernes 26 de junio que no lo hará, porque todo lo que exige esta ley se encuentra en la memoria anual en su página web. Presumiblemente ésta será la primera entidad sancionada o el primer dictamen que llegue a la Corte de Apelaciones.

Mientras, el resto de estas

entidades cumplen, pero lo hacen a regañadientes y expresan diversos reparos, porque gran parte de las empresas públicas manifiesta que la información que exige esta normativa puede afectar su competitividad.

Por ejemplo, publicar el sueldo de la administración superior generó disgusto en las empresas públicas, porque es un dato privado que puede ser mal utilizado por la competencia, y puede provocar que se “lleven nuestros gerentes generales al sector privado, porque son más baratos”, afirma el director jurídico del Sistema de Empresas Públicas (SEP), Alejandro Reyes.

Para el abogado de la fiscalía del Banco del Estado, Cristóbal Larraín, las objeciones o excusas que dan las entidades públicas para no cumplir se deben a que no tienen incentivos para ser transparentes, por lo que sugiere que a las empresas privadas también se les exija la Ley 20.285, para que así compitan bajo las mismas condiciones.

Respecto a la disposición de entregar información por estas instituciones, el V barómetro de Acceso a la Información 2008 arrojó que la empresa pública con mayor voluntad es el Banco del Estado y la entidad con menos es la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) (ver gráfico).

Por otro lado, los organismos autónomos como la Contraloría General de la República, el Banco

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Central, Ministerio Público, el Poder Judicial y el Congreso se prepararon de manera independiente, y ninguno de éstos tuvo problemas en cumplir con la LAIP y al igual que a las empresas públicas tampoco necesitaron invertir dinero en recursos materiales o humanos para implementar esta normativa.

Según el V Barómetro de Acceso a la Información 2008, el organismo autónomo con mayor voluntad de entregar información es el Ministerio Público y las entidades con menor son las dependientes del Poder Judicial (ver gráfico).

Sin embargo, durante este año se ha observado que el Congreso ha tenido más disposición que el Ministerio Público, ya que el Senado fue la primera entidad en cumplir con la Ley de Transparencia y además, ambas Cámaras han propuesto medidas adicionales para transparentar aún más su gestión (ver recuadro4).

A pesar que estos organismos autónomos cumplieron con la ley, algunos tuvieron reparos. El ítem de la transparencia activa que más les afectó fue la publicación de las remuneraciones, ya que aseguran que es un dato privado y no público.

Quien concuerda con lo anterior es el secretario general de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Jorge Consales, porque sostiene que es una exageración el

tener que publicar el sueldo de cada funcionario, ya que es un dato personal que puede ser mal utilizado por cualquier persona y entidad.

Por otro lado, en el poder judicial también provocó molestia el tener

que publicar los sueldos. Según el ministro de la Corte Suprema y presidente del Tribunal Calificador de Elecciones, Sergio Muñoz, las excepciones de esta ley son muy escuetas, y “no se incluyó dentro de ellas el no

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violar la intimidad”.Este mismo aspecto es

reparado por el gerente general del Banco Central, Alejandro Zurbuchen, quien afirma que dar a conocer el sueldo del personal significa un costo muy alto para el sector público, porque “si yo el día de mañana me quisiera cambiar de trabajo y pido un 20 por ciento más, parece un poco injusto en las condiciones en que voy a negociar con la empresa que me está empleando”, enfatiza.

Todas estas actitudes por parte de los diversos organismos y servicios públicos durante la implementación de la ley dejan en evidencia que hubo falta de voluntad, ya que algunas entidades del Estado buscaron pretextos para no cumplir con la LAIP, mientras que otras lo hicieron a regañadientes. Sin embargo, esto no ha sido la única dificultad.

La gran piedra de topeDurante los primeros

40 días desde que entró en vigencia la ley, los 274 organismos y servicios de la administración del Estado obligados a cumplir con esta normativa recibieron tres mil 711 solicitudes.

Por su parte, el Consejo

Juan Pablo Olmedo, presidente del Consejo para la Transparencia.

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Ocho medidas contempla primera etapa de plan de modernización del Congreso4

El jueves 25 de junio de 2009, el Congreso dio a conocer ocho medidas destinadas a profundizar la transparencia en su gestión, como parte de un plan de modernización integral que se espera que se lleve a cabo antes del 10 de marzo de 2010. Para ello se requiere que durante la primera semana de julio del 2009, la comisión mixta apruebe las medidas, y las incluya en la ley orgánica constitucional del Congreso. La primera medida, será la creación de un consejo resolutivo de asignaciones parlamentarias, común para el Senado y la Cámara de Diputados. Esta entidad estará encargada de determinar el monto, contenido y alcance de las asignaciones de los parlamentarios. Como medida complementaria, las determinaciones del consejo resolutivo deberán ser publicadas en los sitios web de ambas Cámaras, al igual que el detalle de cada una de las asignaciones.Además, se creará un comité de auditoría parlamentaria, de carácter independiente, encargado de fiscalizar los gastos de los

legisladores y de los comités. Esta norma también incluye que los informes de las auditorías sean puestos a disposición de la ciudadanía en las páginas web de ambas corporaciones.La cuarta medida apunta a perfeccionar las declaraciones de intereses y de patrimonio de los parlamentarios. Como una quinta medida, la ley orgánica consagrará la existencia de un procedimiento de derecho de acceso a la información, que estará a cargo de las comisiones de ética de cada Cámara.La sexta medida apunta a la obligatoriedad de una existencia de una comisión de conducta parlamentaria y transparencia, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados. La Ley orgánica del Congreso también deberá incluir la existencia de comités parlamentarios con personalidad jurídica, lo que los faculta para contratar personal y adquirir bienes y servicios.

Fuente: El Mercurio Online

para la Transparencia ya ha ingresado más de 180 amparos por denegaciones de solicitudes de información, de los cuales más de 90 ingresaron en junio.

Según el presidente del Consejo para la Transparencia, Juan Pablo Olmedo, aún no se ha podido establecer la tasa de rechazo de peticiones, ya que eso es un proceso paulatino. Pero a nivel internacional, por ejemplo, según la experiencia mexicana, lo normal es una tasa de denegación del 5 por ciento, y en Chile, los primeros resultados comienzan a predecir que el porcentaje será mayor.

Sin embargo, el secretario ejecutivo de la Comisión de Probidad y Transparencia de la Segpres, Felipe Del Solar, sostiene que por ahora sólo se ha logrado vislumbrar que algunos organismos públicos han tenido dificultades en responder a todas las

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solicitudes, porque tienen problemas en sus archivos.

Esto provoca que no todas las entidades del Estado puedan cumplir con el régimen de derecho de acceso a la información que exige la LAIP.

Según el estudio “Censo Guía de Archivos de Chile”, de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), elaborado en julio del 2008, un 96 por ciento de los organismos públicos no conservan sus documentos históricos, demostrando que existe poca preocupación por los registros.

“La situación de los archivos en Chile es crítica. La entidades públicas no se preocupan de los documentos, porque creen que son basura y no un patrimonio del Estado”, afirma la coordinadora del Sistema Nacional de Archivos del DIBAM, Patricia Huenuqueo.

De hecho, el secretismo que impera en la administración pública se origina en gran medida porque las instituciones no guardan los archivos, o si los tienen están desordenados, destruidos por los años o simplemente arruinados por causa de alguna catástrofe natural.

Ante la desesperación por cumplir con la LAIP, varias entidades quisieron mandar sus documentos al Archivo Nacional, institución que reúne los registros oficiales de organismos o servicios del Estado para su preservación y consulta, suponiendo que la mejor solución era desligarse de ellos.

El informe “Incremento de demanda de servicios al Archivo Nacional en el contexto de la Ley 20.285”, elaborado por DIBAM en abril de 2009, arrojó que durante los ocho meses anteriores a esa fecha, las solicitudes de transferencia documental por

parte de los entidades fiscales aumentaron en un 141 por ciento respecto del periodo equivalente 2007 y 2008.

Asimismo, el estudio establece que esto sólo ocurrió por la publicación de la Ley 20.285, ya que durante los años 2007 y 2008 solamente 37 instituciones públicas ingresaron sus documentos de un total de mil 920 servicios (ver tabla3).

Sin embargo, esta demanda de solicitudes de transferencias no fue acogida por el Archivo Nacional. Según Huenuqueo, si todos los organismos públicos mandaran sus documentos, dicha entidad colapsaría, porque carecen de infraestructura y personal.

La coordinadora explica que para evitar que se produzca el atochamiento, el Archivo Nacional rechaza documentos que no cumplen sus reglas. Por ejemplo, una de ellas es que todos los registros deben ser entregados

Patricia Huenuqueo, coordinadora del Sistema Nacional de Archivos del DIBAM.

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En Chile no existe una cultura de archivos, ya que un 96 por ciento de los organismos públicos no conservan sus documentos históricos, por lo que es difícil que puedan contestar a todas las solicitudes.

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de manera ordenada y clasificados por año y materia, por lo que las instituciones desisten de enviarlos debido a la demanda de tiempo que estos requisitos implican.

Por lo tanto, la responsabilidad del cuidado de los documentos no está en el Archivo Nacional, sino en cada organismo y servicio público.

Según Huenuqueo, el problema de los registros se debe a que las entidades del Estado carecen de una unidad especializada para administrar los archivos. Algo que ocurre no por falta de recursos, sino de preocupación, y si las instituciones no tienen la voluntad para crearla, esta ley se podría convertir en letra muerta. Es decir, en una normativa que no funcione y tampoco sirva.

Ley muerta La cultura secretista

que impera en Chile está tan arraigada que si no existe voluntad por parte

de los organismos públicos por cumplir la ley, de los ciudadanos de ejercer el derecho de acceso a la información y del Consejo para la Transparencia de aplicarla de manera rígida, esta normativa se podría convertir en un proyecto inoficioso.

El director del programa legislativo del instituto

Libertad y Desarrollo (LyD), Sebastián Soto, advierte que las causales de reserva de esta normativa, que establecen qué información es secreta, son amplias, y si no se aplican restrictivamente, la LAIP se puede transformar en letra muerta. “El rol del Consejo para la Transparencia va ser muy importante, porque va a tener que definir la línea entre lo público y privado”, sostiene.

Soto explica que una de las causales de reserva para rechazar la solicitud es cuando al funcionario lo están distrayendo indebidamente de su labor pública, porque no lo están dejando trabajar. Según el abogado ésta podría ser la gran excusa de las entidades del Estado para denegar lo requerido por el ciudadano.

El presidente del Consejo para la Transparencia, Juan Pablo Olmedo, advierte que este es un proceso complejo, porque los ciudadanos también deben aprender a acotar mejor sus consultas, ya que hay casos en que las solicitudes son muy amplias y pueden causar una excesiva distracción del funcionario.

Asimismo, señala que se debe respetar las causales de reserva que establecen que cierta información es secreta, aunque reconoce que este órgano evaluará cada caso, y siempre va a primar la presunción de lo público.

Por otro lado, para la presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas, Danae Mlynarz,

Sebastián Soto, director del programa legislativo del instituto Libertad y Desarrollo.

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Instituciones públicas que ingresaron sus archivos durante los años 2007 y 20083

Instituciones N° de ingresos Total Porcentaje Periodo Ncional de actual de 2007-2008 Instituciones ingresosMinisterios 9 22 40%Secretarias reg. ministeriales 2 164 1,2%Servicios públicos 9 557 1.6%Intendencias regionales 1 15 6,6%Gobernaciones 2 51 4%Municipalidades 0 345 0%Notarios y conservadores 12 391 3%Tribunales de justicia 2 375 0,5%Total �� 1��0 1,�%

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la Ley de Transparencia se ha difundido bastante poco en la ciudadanía y si no se da a conocer se puede transformar en letra muerta. Aunque advierte que no sirve fomentar que los ciudadanos hagan consultas, sin que los funcionarios de las entidades del Estado estén en condiciones y tengan la disposición de responder a éstas.

Tanto Olmedo como el secretario ejecutivo de la Comisión de Probidad y Transparencia de la Segpres, Felipe Del Solar, concuerdan en que se podría transformar en un proyecto inútil si los ciudadanos no ejercen su derecho de acceso a la información o si, como refuerza este último, en las instituciones hubiera un colapso permanente de solicitudes que obstaculice el funcionamiento normal de las entidades públicas y del Consejo para la Transparencia.

Sin embargo, a pesar que Del Solar reconoce que esta ley sí puede transformarse en letra muerta, asegura que es muy difícil que ocurra, porque “en ningún lugar del mundo ha pasado y no creo que pase aquí”.

El director del área jurídica de la Fundación Jaime Guzmán, Jorge Jaraquemada, discrepa de Felipe Del Solar, y señala que es muy probable que esta normativa pudiera no surtir el efecto previsto, ya que “Chile no es un país proclive a la transparencia, porque tiene una cultura secretista en la administración

pública”. Además, advierte que si el

Consejo para la Transparencia aplica sanciones de manera gradual y “nos pasamos un año de marcha blanca con exigencias paupérrimas, lo más probable que esta ley se transforme en letra muerta”.

Según el presidente del Consejo para la Transparencia no hay marcha blanca, y la ley se aplica de la misma manera para todos, aunque este órgano entiende que hay organismos que tienen mayor dificultad para cumplir con esta normativa, como han argumentado las municipalidades, y en esos casos “estamos abiertos a escucharlos”.

Para que esta ley no se transforme en un proyecto inoficioso y logre su objetivo -que la administración del Estado sea más transparente- los expertos proponen diversas soluciones.

Cristóbal Tello, director ejecutivo de la Fundación Chile Transparente.

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Andrea Sanhueza, directora ejecutiva de la Corporación Participa.

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Cómo cambiar la cultura secretista

Muchas propuestas abundan en torno a cómo derrotar el secretismo imperante en el país. Por un lado, el Gobierno está seguro que la LAIP va a ayudar a cesar las malas prácticas en la administración pública para que el Estado sea más transparente y moderno.

En el seminario “Desafíos de la Ley de Acceso a la Información Pública”, realizado el 20 de abril de 2009 en la Cancillería, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo, afirmó que esta normativa terminaría con la cultura secretista.

En cambio, el sociólogo de la Universidad Católica, Emilio Moya, explica que esta ley no va a terminar con el secretismo que impera en la administración pública, ya

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que “se inició a principios del nacimiento del Estado chileno, ha perdurado hasta la actualidad, y nuestra sociedad tiene vínculos cerrados, es bien italiana y mafiosa, entonces es imposible de cambiar”, afirma.

En esa misma línea, diversos expertos de Organizaciones No Gubernamentales (ONG), que buscan promover el derecho a acceso a la información pública, coinciden con Moya y creen que esta ley no va a generar el cambio.

La directora ejecutiva de la Corporación Participa, Andrea Sanhueza, aclara que lo que se necesita para que la sociedad sea más transparente es “educar a los funcionarios públicos a través de capacitaciones para que cambien sus hábitos”.

Para ello sugiere realizar cursos que instruyan a los organismos públicos sobre cómo mantener en buenas condiciones los archivos, y que cada servicio cree una unidad especializada para administrar los documentos.

El director ejecutivo de la Fundación Chile Transparente, Cristóbal Tello, coincide con Sanhueza, y además propone que el Consejo para la Transparencia les enseñe a los ciudadanos a ejercer el derecho de acceso a la información a través de campañas publicitarias, seminarios y charlas de difusión.

Refuerza estos argumentos, el director ejecutivo de la Fundación Pro Acceso, Moisés

Países con leyes de transparencia5 Durante el año 2005, 65 países en el mundo adoptaron leyes nacionales de acceso a la información. Sin embargo, durante los últimos años esta cifra ha aumentado, ya que el informe “Perspectiva general de todos los países con leyes de transparencia” realizado por el cientista político e investigador sueco Roger Vleugels, el 22 de septiembre del 2008, arrojó que actualmente 86 países tienen este tipo de normativas. El aumento se debe a que los países garantizan la existencia de mecanismos que aseguren el derecho de la gente a tener acceso a documentos públicos, ya que es fundamental en sociedades democráticas, porque informa a los ciudadanos de lo que está haciendo el Estado, mejora la rendición de cuentas y disminuye el secretismo en la administración. Suecia fue el primer país en reconocer la libertad de prensa, incluyendo el acceso a los registros públicos en 1776. Después de aproximadamente 200 años, Estados Unidos promulgó en 1966 la Ley sobre acceso a la Información Pública y en la década de los 70 Francia, Canadá e Italia crean normas similares a la estadounidense. Asimismo, las constituciones de Grecia (1975), Portugal (1976) y España (1978) son las primeras en incorporar este derecho. Según un estudio realizado en abril del 2009 por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) de México que en Latinoamérica 16 países tienen este tipo de ley y dos cuentan con decretos del poder ejecutivo en la materia promulgados el 2003, Argentina y Bolivia. Estados Unidos, Canadá (1983), Colombia (1984) fueron los primeros países latinoamericanos en tener leyes de transparencia. Sin embargo, a principio del siglo XXI se produjo un auge en esta materia, ya que diversas naciones en América Latina promulgaron este tipo de normativa durante esta década como Panamá (2002), México (2002), Perú (2002), Honduras (2006), Nicaragua (2007), Guatemala (2008) y Uruguay (2008). Fuente: El libro de Hernán Larraín: “Transparencia y acceso

a la información pública en Chile: La modernización que faltaba”.

que el Consejo para la Transparencia aplique la ley de manera rigurosa y una ciudadanía más vigilante que sólo se logra a través de educación.

En la medida que todo lo dicho anteriormente ocurra, la LAIP podrá funcionar bien. Respecto a cuánto tiempo se va a demorar Chile en lograr que los organismos y servicios del Estado entreguen toda la información pública a los ciudadanos, Jorge Jaraquemada sostiene que eso va a ser un trabajo de años e incluso de décadas.

La comisionada del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública de México (IFAI), María Marván, reconoció, en el seminario “Desafíos de la Ley de Acceso a la Información Pública”, que según la experiencia internacional el secretismo en las entidades del Estado nunca se derrota y siempre hay que estar luchando por superarlo (ver recuadro5).

La futura labor del Consejo y del Gobierno

La Comisión de Probidad y Transparencia de la Segpres, fue la entidad encargada de apoyar al gobierno central en la implementación de la Ley de Transparencia. Pero esa labor no ha concluido. Felipe Del Solar afirma que el Gobierno seguirá capacitando durante un año a los organismos públicos para que mejoren sus archivos, porque reconoce que hay problemas en ese aspecto.

Dicha labor quedará

Sánchez, quien explica que para cambiar de cultura se necesita; voluntad por parte de los organismos públicos para cumplir con la LAIP,

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en manos de la Dirección Nacional del Servicio Civil, entidad encargada de asesorar y prestar apoyo técnico a la administración del Estado.

Pero la Comisión tendrá un rol activo durante todo este año, ya que está trabajando permanentemente con el gobierno y el Consejo para la Transparencia.

Olmedo reconoce que es este organismo el que le informa todas las semanas de las solicitudes de acceso a la información que recibe la administración central del Gobierno. Pero en un futuro no será así, ya que el Consejo va a realizar esta labor.

Aún no hay una fecha determinada, pero paulatinamente esta entidad creará un portal de transparencia, a través del cual se canalizarán todas las solicitudes de información pública, un modelo que replica el utilizado en México con el portal Infomex.

Por otro lado, comenta que el Consejo ha tenido diversas reuniones con el gobierno interior y que están iniciando el desarrollo de varios proyectos para capacitar al personal y mejorar los archivos en los organismos y servicios públicos. “Estamos abiertos a todos los procesos de colaboración”, sostiene.

Además, el 3 de julio de 2009, el Consejo firmó un convenio de cooperación con la Contraloría General de la República, órgano superior de fiscalización, que tiene facultades de efectuar auditorías con el objeto de

velar por el cumplimiento de las normas jurídicas, el resguardo del patrimonio y la transparencia de la gestión pública.

Dicho acuerdo consiste en que la Contraloría le prestará apoyo al Consejo, ya que incorporó en sus programas de auditorías el cumplimiento de la Ley 20.285.

También esta entidad va a ayudar en los sumarios administrativos, es decir, el Consejo podrá solicitar a la Contraloría que investigue los hechos y aplique sanciones en caso que un organismo público infrinja la ley.

El convenio también establece un apoyo entre ambas instituciones en las labores de capacitación respecto a la Ley de Transparencia.

Por otro lado, a pesar de que el Consejo esté colaborando para que la administración pública cambie sus hábitos, la tarea pendiente que les queda es la de difundir aún más esta normativa a la ciudadanía, según comenta Olmedo.

Además, explica que se necesita a ciudadanos activos, ya que esta ley es para que ellos la usen, puesto que al ejercer su derecho de acceso a la información pública se está fiscalizando al Gobierno, ayudando así a que esta normativa no se convierta en letra muerta.

Queda en evidencia que la Ley de Transparencia no es suficiente para derrotar el secretismo que durante años ha imperado en la

administración pública. Para que realmente haya un cambio se requiere de tiempo, educación y voluntad por parte de los ciudadanos y funcionarios.

Por ello, el Consejo para la Transparencia debe difundir aún más la LAIP a la ciudadanía, para que cada persona sepa que solicitar información pública es un derecho fundamental y un deber por parte del Estado, entregarla. En efecto, los funcionarios deben entender que todo documento, elaborado con presupuesto fiscal le pertenece a todos los ciudadanos.

Asimismo, el Estado debe instaurar unidades especializadas en los organismos públicos para administrar los archivos, que hasta ahora no existen en nuestro país, lo que resulta indispensable, porque de esa manera permite a las entidades responder con facilidad las solicitudes.

Y sin duda que, la labor que tiene el Consejo para la Transparencia, es grande. Este organismo deberá aplicar la normativa con rigidez, sin flexibilidad e interpretando de manera restrictiva las causales de reserva, para que todo lo demás tenga validez.

Trabajo de años, quizás décadas, pero sí el objetivo es siempre terminar con la cultura secretista arraigada en el país, el cambio se va a producir y “cuando se genere va haber un Estado más transparente y moderno”, afirma el senador y autor de la ley, Hernán Larraín.