La libertad honor

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LA LIBERTAD Y EL HONOR ALUMNOS: 1. VENTURA CRUZ, Patricia. 2. CERNA GONZALEZ. Elizabeth. 3. BARRERA ARTEAGA, Elizabeth. 4. CAMPOS PABLO, Hernán. 5. VILLACORTA, Eduardo.

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LA LIBERTAD Y EL HONORALUMNOS:

1. VENTURA CRUZ, Patricia.

2. CERNA GONZALEZ. Elizabeth.

3. BARRERA ARTEAGA, Elizabeth.

4. CAMPOS PABLO, Hernán.

5. VILLACORTA, Eduardo.

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INTRODUCCIÓN

Los derechos de la libertad y el honor constituyen derechos fundamentales, relacionados con la dignidad de las personas en su relación con los demás, siendo estos últimos precisamente los que atentan contra estos derechos.

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REGULACION CONSTITUCIONAL DEL

DERECHO A LA LIBERTADArtículo  2.- Toda persona tiene derecho:Inc. 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:

Literal a. “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.”

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REGULACION CONSTITUCIONAL DEL DERECHO AL HONOR

Artículo  2.- Toda persona tiene derecho:Inciso 7.- Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias.Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.

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DEFINICIONESSegún la Real Academia Española:

Libertad: Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.

Honor: Cualidad moral que lleva al cumplimiento de los propios deberes respecto del prójimo y de uno mismo.

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LA LIBERTADLa libertad no constituye el arbitrio o capricho momentáneo del individuo, sino que tiene sus raíces en la estructura más intima de la existencia, o sea es la existencia misma. La libertad, entonces consiste en hacer lo que se puede y se debe hacer.

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Marcelo VALDIVIESO GARCÍA: después de la vida la libertad es el don mas apreciado que tiene la persona humana.

Fernández SESSAREGO: La posibilidad de todo ser humano de decidirse plenamente como hombre, o en otros términos de poder hacer todo aquello que esta jurídicamente permitido, que no esté expresamente prohibido, siempre que no se atente con el Derecho ajeno, el interés social y no signifique un abuso del Derecho.

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MANIFESTACIONES DE LA LIBERTAD

La Libertad Personal: También denominada libertad individual o seguridad personal, bajo este nombre se comprende una serie de derechos del individuo reivindicados frente a todo ataque del Estado, cuya protección así mismo se reclama. Además del derecho a la vida y a la integridad física y moral, el núcleo esencial de la libertad personal consiste en el derecho a no ser detenido sino con arreglo a la ley.

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La Libertad de Tránsito y de Residencia: La libertad de transitar dentro del Estado, así como de entrar y salir de el, es un derecho específico de libertad que se complementa con el de establecer, fija o transitoriamente, residencia en el territorio nacional.

La Libertad de Pensamiento: La libertad de pensamiento forma parte del concepto de libertad y se refiere a la capacidad de manifestar y disfrutar de cualquier idea, opinión o pensamiento sin limitaciones externas.

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La Libertad de Expresión: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, difundirlas, sin límites de fronteras, por cualquier medio de expresión.

La Libertad de Conciencia y Religión: La libertad de conciencia, todos somos libres de formarnos según nuestras convicciones, creencias y decisiones. La libertad de religión, cada quien es libre de elegir a sus dioses para rendirle pleitesía..

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La Libertad de Reunión: Toda persona tiene derecho a reunirse en cualquier lugar, siempre y cuando no altere el orden público.

La Libertad de Asociación: Toda persona es libre de asociarse con quien desea y formar alguna una agrupación jurídica.

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EL HONOREl Derecho al honor es otro de los Derechos fundamentales de la persona humana. El Derecho al honor está relacionado con la autoestima, protege a la persona contra las ofensas que puede recibir por juicios valorativos críticos inexactos, falsos de su real comportamiento.

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Fernández Sessarego: el honor es un bien que socialmente se traduce en el respeto y consideración que se merecen los demás, es la estima y aprecio, buena reputación adquiridos por la virtud y el trabajo, un inestimable bien susceptible de respeto y protección.

Marcelo Valdivieso: es otro de los derechos fundamentales de la persona humana. Está relacionada con la autoestima, protege a la persona humana contra las ofensa que puede recibir por juicios valorativos o críticos inexactos, falsos de su real comportamiento.

Según Bernales Ballesteros: en su libro señala que El derecho al Honor se relaciona con el derecho a la reputación .La reputación significa que la persona se ha edificado una imagen aceptable, positiva ante la sociedad. “La reputación es la idea que los demás tienen o presuponen de una persona.

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DELITOS CONTRA EL HONORInjuria: La injuria es la ofensa al honor de una

persona que esta presente y que se puede hacer en privado.

Calumnia: La calumnia es un modo específico de desacreditar: Imputar falsamente a otra persona la comisión de un delito.Calumnia: La difamación es la ofensa al honor de una persona que puede estar ausente, hecha ante otras o la publicación de hechos de menosprecio y rebajamiento ante laopinión pública que son falsos. Lo relevante en la difamación es la divulgación y publicidad que se hace de un hecho a un tercero.

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CONCLUSIONES1. La conceptualización del bien jurídico honor depende

de las condiciones específicas de una sociedad en un momento determinado, pues se trata de un concepto eminentemente funcional.

2. El honor implica la tutela de la capacidad de relacionarse de un ser humano en la sociedad en cualquier ámbito (laboral, familiar, vecinal, amical, entre otros), pero no debe ser confundido con dignidad humana. Tampoco puede implicar la tutela de la buena reputación, pues eso permitiría que existan desigualdades.

3. En los delitos contra el honor (injuria, calumnia y difamación), no se exige un elemento subjetivo distinto al dolo, pues toda intencionalidad especial o específica se encuentra plenamente abarcada por el dolo.

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CONCLUSIONES4. El derecho a la libertad está limitado por principios y

normas, constitucionales y extra constitucionales, absolutamente necesarios para el desarrollo de la convivencia social, entre ellos el orden público y la seguridad ciudadana de un Estado democrático. Los poderes públicos han de garantizar en todo momento una situación de respeto hacia la ley. Las actitudes del sujeto al disponer de su propio destino se insertan en un marco de convivencia donde su autodeterminación personal se ha de combinar con el sistema normativo de respeto al conjunto de derechos individuales del prójimo, considerado aislada o socialmente. El Estado, a través del poder ejecutivo responsable de la política criminal y de seguridad intrafronteriza, será el encargado de prevenir o en su caso perseguir, toda extralimitación del derecho a la libertad.

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