La exposición de cibercrimen especialmente sobre las consideraciones sobre bien jurídico tutelado...

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LA EXPOSICIÓN DE CIBERCRIMEN ESPECIALMENTE SOBRE LAS CONSIDERACIONES SOBRE BIEN JURÍDICO TUTELADO PENALMENTE.

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LA EXPOSICIÓN DE CIBERCRIMEN ESPECIALMENTE SOBRE LAS CONSIDERACIONES SOBRE BIEN JURÍDICO TUTELADO PENALMENTE.

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Su origen es la palabra griega kibernao, que significa pilotar una nave.” Y crimen se define como: Delito grave, acción indebida o

reprensible, acción o cosa que perjudica a alguien o algo. El cibercrimen es otra de nuestras realidades delictivas que ha

ocasionado un cambio de los comportamientos delictivos realizados por el hombre a través de la tecnología, las redes, las

telecomunicaciones, todo lo que ha sido un avance en los últimos tiempos.

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 DIFERENCIAS ENTRE : LOS DELITOS INFORMÁTICOS y COMPUTACIONALES EN LA LEGISLACIÓN PERUANA DELITO COMPUTACIONAL •         Viene a ser aquella conducta en que los medios informáticos,

utilizados en su propia función, constituyen una nueva forma de atacar bienes jurídicos cuya protección ya ha sido reconocida por el Derecho penal, el ejemplo más característico lo ubicamos en el delito de Hurto cometido mediante “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas”.

DELITO INFORMATICO •         Propiamente dicho es aquel que afecta un nuevo interés social, un

nuevo bien jurídico- penal que identificamos como: “la información (almacenada, tratada y transmitida mediante los sistemas de tratamiento automatizado de datos)”.

•         Para no limitar la presente ponencia a los delitos informáticos en sentido estricto, previstos en los arts. 207-A, 207-B y 207-C del Código penal peruano, estudiaremos además la figura computacional de mayor incidencia en el ordenamiento penal interno, nos referimos a la sustracción mediante “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas”.

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NUEVA EN EL PERÚ 30096 CON SU MODIFICATORIA LEY 30171.

En el Perú, por Ley 30171, publicada el 10 de Marzo de 2014, se ha modificado la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos.

FINALIDAD Y OBJETO DE LA LEY

Prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal Cometidos mediante la utilización de tecnologías de la información o de la comunicación con la finalidad de garantizar la lucha eficaz contra la ciberdelincuencia.

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QUÉ ES EL CONVENIO DE BUDAPEST?  

Conocido como el Convenio de Budapest sobre el CIBERCRIMEN o simplemente como Convenio Budapest, es el primer tratado internacional que busca hacer frente a los delitos informáticos y los delitos en Internet mediante la armonización de leyes nacionales, la mejora de las técnicas de investigación y el aumento de la cooperación entre las naciones.

Fue elaborado por el Consejo de Europa en Estrasburgo, con la participación activa de los estados observadores de Canadá, Japón y China.

El Convenio y su Informe Explicativo fueron aprobados por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su 109ª reunión, el 8 de noviembre de 2001. El 23 de noviembre de 2001 se abrió a la firma en Budapest y entró en vigor el 1 de julio de 2004. A partir del 28 de octubre de 2010, 30 estados firmaron, ratificaron y se adhirieron a la Convención, mientras que otros 16 estados firmaron la Convención, pero no la ratificaron.