La devolución de cuotas para autónomos pluriactivos - 2014 - IFRA ASESORES

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Hasta el 30 de abril es posible solicitar a la TGSS la devolución al trabajador del exceso de cotización para los trabajadores pluriactivos durante 2013 (trabajadores en alta simultánea en 2 regímenes de la Seguridad Social; autónomos y régimen general). http://www.ifra-asesores.com

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Devolución de cuotas para autónomos en  régimen de  pluriactividad 

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Devolución de cuotas para autónomos en situación de pluriactividad

Hasta el 30 de abril de 2014 los trabajadores autónomos que durante el año 2013 hayan cotizado en 2 regímenes de la Seguridad social simultáneamente (régimen de autónomos y régimen general) por una cuantía igual o superior a 11.633,68 € tienen derecho a solicitar la devolución del 50% del importe que exceda de esta cantidad. (Conforme a lo establecido en el apartado 10 del artículo 15 de la Orden ESS/106/2014).

Ejemplo práctico

- En el supuesto hipotético de un trabajador que durante 2013 ha trabajado en situación de pluriactividad, cotizando por el régimen de autónomos y que también ha trabajado como asalariado por cuenta ajena en el régimen general.

- Como autónomo ha cotizado por la base mínima de 2013 (858,60 € mensuales). - Como trabajador en el régimen general ha cotizado por una base de cotización por

contingencias comunes de 2.900 € mensuales. - En el régimen de autónomos habrá cotizado por contingencias comunes un tipo del

29,80%. - En el régimen general habrá cotizado por contingencias comunes un tipo del

28,30%.

Por tanto: - 12 x 858,60 = 10.303,20 € x 29,80% = 3070,35 € - 12 x 2.900 = 38.400 € x 28,30% = 9848,40 €

- En este caso, la cotización ingresada en total por contingencias comunes durante 2013 es de 12.918,75 €, por lo que al haber superado el límite de 11.633, 68 €, tendrá derecho a la devolución del 50% de esa diferencia; en este caso 642,54 €.

- La cuantía máxima de esta devolución está limitada al importe del 50% de las cuotas ingresadas al régimen de autónomos.

Solicitud de devolución:

- En caso de reunir estos requisitos, la devolución será solicitada por el interesado ante la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 30 de abril. Le rogamos se ponga en contacto con este despacho en caso de que durante 2013 ud. hubiera cotizado simultáneamente en 2 regímenes de la Seguridad Social.

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Lo cual ponemos en su conocimiento por considerarlo de su interés.

José Ruiz Sánchez Graduado Social,

Javier Ruiz La Rosa Graduado Social,

Asesores Asociados IFRA s.l. Oficinas centrales en Murcia, Avenida General Primo de Rivera, 10. 30008. Edificio Deportes, entresuelo. Tlf 968 233 925, Fax 968 233 562. [email protected] – http://www.ifra-asesores.com