LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522) 1547 CAPÍTULO OCTAVO: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522) La situación de Toledo tras la muerte de Fernando el Católico en enero de 1516 es muy preocupante. Los aliados políticos de este monarca, el conde de Cifuentes y sus acólitos, están confiados por entonces en que en el futuro inmediato nada va a cambiar, en que ellos como en años anteriores van a ser quienes cuenten con el apoyo de la realeza. El conde de Fuensalida y los suyos habían apoyado a los perdedores, primero a Juana “la Beltraneja”, y luego a Felipe “el Hermoso”; por eso estuvieron en segundo plano durante el reinado de Isabel y Fernando. A la altura de 1516 el conde de Cifuentes desea que esto continúe. El conde de Fuensalida, muy al contrario, cree que ha llegado el momento de mejorar las cosas. Hasta que se acuerde quien ha de ocuparse del trono de Castilla la regencia de la Corona va a poseerla el cardenal Cisneros, un amigo íntimo de este conde. Si buscaba una oportunidad para hacerse con parte del poder perdido la oportunidad ha llegado. No obstante, pronto se daría cuenta de que sus deseos no se iban a cumplir. En efecto, el reinado extenso de los Reyes Católicos (1475-1516) acaba de algún modo como empezó: en un ambiente de inseguridad política y económica, pero también social. Para los historiadores la confusión es lo que caracteriza a estos años. Así lo advierte María Asenjo González 1 : “Predominaba un panorama de confusión motivado por el resurgimiento de viejas rencillas que se hacían más violentas ante la incapacidad de las autoridades para detenerlas. A pesar de la aparente rivalidad política, el afán de acumular fuentes de riqueza, rentas, tierras o mercados se deja entrever en los conflictos. Así, en algunas ciudades como en 1 ASENJO GONZÁLEZ, Mª., “Las ciudades castellanas al inicio del reinado de Carlos V”, S.H.H. Moderna, 21 (1999), pp. 49-115, en concreto pp. 105-106.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

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CAPÍTULO OCTAVO:

LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

La situación de Toledo tras la muerte de Fernando el Católico en enero de 1516 es muy

preocupante. Los aliados políticos de este monarca, el conde de Cifuentes y sus acólitos, están

confiados por entonces en que en el futuro inmediato nada va a cambiar, en que ellos como en

años anteriores van a ser quienes cuenten con el apoyo de la realeza. El conde de Fuensalida y

los suyos habían apoyado a los perdedores, primero a Juana “la Beltraneja”, y luego a Felipe

“el Hermoso”; por eso estuvieron en segundo plano durante el reinado de Isabel y Fernando.

A la altura de 1516 el conde de Cifuentes desea que esto continúe. El conde de Fuensalida,

muy al contrario, cree que ha llegado el momento de mejorar las cosas. Hasta que se acuerde

quien ha de ocuparse del trono de Castilla la regencia de la Corona va a poseerla el cardenal

Cisneros, un amigo íntimo de este conde. Si buscaba una oportunidad para hacerse con parte

del poder perdido la oportunidad ha llegado. No obstante, pronto se daría cuenta de que sus

deseos no se iban a cumplir.

En efecto, el reinado extenso de los Reyes Católicos (1475-1516) acaba de algún modo

como empezó: en un ambiente de inseguridad política y económica, pero también social. Para

los historiadores la confusión es lo que caracteriza a estos años. Así lo advierte María Asenjo

González1:

“Predominaba un panorama de confusión motivado por el resurgimiento de viejas

rencillas que se hacían más violentas ante la incapacidad de las autoridades para detenerlas. A pesar de la aparente rivalidad política, el afán de acumular fuentes de riqueza, rentas, tierras o mercados se deja entrever en los conflictos. Así, en algunas ciudades como en

1 ASENJO GONZÁLEZ, Mª., “Las ciudades castellanas al inicio del reinado de Carlos V”, S.H.H. Moderna, 21 (1999), pp. 49-115, en concreto pp. 105-106.

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Toledo, la situación de desconcierto estaba siendo aprovechada por algunos regidores para tomar unos términos y asentarse en las tierras de la dicha ciudad...”

Ahondando en la misma idea, Pablo Sánchez León señala2:

“A la altura de 1516, la situación política en el interior de muchas ciudades principales

de Castilla era bastante confusa. Las relaciones entre la sociedad política y las instituciones locales se habían ido deteriorando en torno de conflictos por la representación en los procesos de toma de decisiones. Sin embargo, el desenlace de los enfrentamientos entre los bandos o las corporaciones urbanas y los gobernantes dependía muy principalmente de la evolución de las relaciones entre las ciudades y el poder central pues, a pesar de sus crecientes vaivenes, éste constituía un principal factor de estabilidad general del reino, contribuyendo significativamente con su actuación a mantener la autoridad de los regimientos y corregimientos y a conservar la influencia de la aristocracia en los señoríos colectivos de la Corona. En unos pocos años, sin embargo, este escenario viró drásticamente y vino a colocar el poder central de la monarquía en el punto de mira de amplios descontentos sociales originariamente circunscritos a marcos urbanos...”

Cuando el cardenal Cisneros fue marginado políticamente por Carlos I, falleciendo poco

después, el conde de Fuensalida y los suyos se dieron cuenta de que no iban a recuperar con el

nuevo monarca el poder perdido. Algo que se haría evidente con el envío a Toledo de Antonio

de Córdoba como corregidor, a causa de la presión de algunas personas vinculadas a los Silva.

Aún así, el nuevo rey no da pasos destacables en apoyo de éstos. La frustración de unos y de

otros, por lo tanto, es fundamental para entender la quiebra de la paz regia que se produce en

el año 1520 de un modo nunca antes visto.

Las Comunidades acabaron, aunque fuera de forma coyuntural, con la paz regia que los

Reyes Católicos habían intentado establecer a lo largo de cuatro décadas. Más allá de que no

triunfasen, lo que los comuneros desarrollaron puso en cuestión los cimientos de la paz que

Isabel y Fernando defendieron como necesaria tanto para sí mismos como para la realeza en

general, y para el progreso de las ciudades. En este sentido, señala Joseph Pérez3: “la crisis

abierta por la muerte de Isabel la Católica alcanzó en mayo de 1520 su punto culminante [...]

La revolución comenzó triunfando en Toledo, desde donde iba a extenderse sobre una gran

parte del país”.

En los orígenes de las Comunidades se hallan problemas de diversa índole, tal y como

se ha venido señalando en las páginas precedentes. Hay problemas que son producto de cierta

coyuntura que se vive desde 1517, cuando Carlos I viene a Castilla: recelo frente al séquito de

flamencos del rey; rechazo al establecimiento de nuevas imposiciones para pagar la corona de

emperador que codiciaba el nuevo monarca de Castilla; recelo, también, ante la actitud de éste

2 SÁNCHEZ LEÓN, P., Absolutismo y comunidad. Los orígenes sociales de la guerra de los comuneros de Castilla, Madrid, 1998, p. 198. 3 PÉREZ, J., La revolución de las comunidades..., p. 158.

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tras décadas de gobierno de unos reyes cuya política, aunque no gustase, era conocida... Otros

problemas, más importantes, son claramente estructurales: quiebra de las solidaridades intra-

oligárquicas; falta de representatividad popular en las instituciones de gobierno, incluyendo al

Cabildo de jurados; las fluctuaciones y desequilibrios de tipo económico crean miedo ante el

futuro inmediato; el desorden público, la violencia y el delito favorecen una atmósfera de

inseguridad generalizada... Y lo peor es que nadie parece capaz de solucionar estos asuntos.

En tiempos pasados podía contarse con los reyes. Cierto que no los pudieron resolver, y que

incluso acabaron agravándolos con sus medidas en alguna ocasión; pero se trata de un factor

psicológico. Los Reyes Católicos habían sido unos “buenos padres”. Carlos I, un pimpollo

que no llegaba a los veinte años, y que ni conocía la lengua castellana, no podía ser un buen

“padre”. Para muchos Castilla a la altura de 1520 “está huérfana”.

Los comuneros intentaron establecer una paz regia distinta. Frente a esa paz regia de los

Reyes Católicos que había acabado favoreciendo la elitización de las instituciones públicas de

gobierno en las urbes, que había favorecido la marginación del pueblo respecto a ellas, y que

había alejado de manera irreversible los intereses del común y los de los oligarcas, se propuso

una paz regia en la que las comunidades sociales de cada urbe, villa o lugar tuviesen un papel

activo en la gestión de los problemas políticos y socio-económicos, y en la que fuera la reina

Juana, no su hijo Carlos I, quien tuviese la última palabra. Sin embargo, los comuneros no

pudieron hacer lo que deseaban; no lograron gestionar esa paz que ellos pretendían, porque el

contexto de guerra creado por sus iniciativas lo impidió. La “paz comunera”, contraposición a

la paz regia tan sólo en parte -pues los comuneros no deseaban establecer una república, sino

reformar la monarquía-, no pudo establecerse porque se desarrolló en un contexto excepcional

de conflicto bélico.

Si Carlos I no toleró lo que los comuneros perseguían era porque limitaba seriamente su

poder soberano como rey de Castilla. Para la realeza era imposible aceptar la existencia de las

instituciones de gobierno urbano -la Congregación en el caso de Toledo- y central -la Junta de

Ávila, luego trasladada a Tordesillas- definidas por los comuneros, pues de hacerlo habilitaría

al común para “remover” el sistema institucional vigente de considerarlo oportuno. Dentro de

este sistema se hallaba la propia figura del monarca. Por eso las Comunidades se combatieron

por las fuerzas realistas con tanto vigor. Ellas venían a cuestionar el poder absoluto que el rey

de Castilla ostentaba a inicios del siglo XVI, manifestado en su actividad intervencionista en

todos los asuntos, fuese de forma directa o a través de su Consejo Real.

Entre 1520 y 1521 el concepto “Comunidad” se convirtió en un antónimo del concepto

“Absolutismo”; puso en serias dudas esa idea de que el poder del monarca venía directamente

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de Dios, y de que era tan sólo ante Él ante quien estaba obligado a dar cuenta de sus errores.

Ahora el pueblo quería tener un control sobre su rey, y que el poderío de éste fuese limitado, y

no le diera la impunidad suficiente como para comportarse sólo “mirando al cielo”.

En fin, el tema de las Comunidades es tan espinoso que daría para un trabajo completo.

Como es lógico, en las páginas que siguen no va poderse realizar un estudio detallado. Vamos

a insistir tan sólo en los elementos más destacables del movimiento comunero, en aquello que

constituye su origen, y en sus claves -ya se han señalado algunas en capítulos anteriores-, pero

no va a hacerse una narración más o menos detallada de los acontecimientos, entre otras cosas

porque resultan bastante conocidos.

Mirándola con perspectiva histórica, la revuelta comunera se venía anunciando desde no

pocos años antes de que comenzara, pero los acontecimientos que la desencadenan se suceden

a partir de 1516. La realeza de Castilla por entonces vive una situación complicada. Más allá

de quien ocupe el trono, es incapaz de enfrentarse al desorden público que existe en el seno de

algunas de sus urbes principales (Segovia, Burgos, Sevilla, Salamanca...), entre ellas Toledo,

cuando dichas urbes ostentaban un peso político reconocido, y expresado, en las asambleas de

Cortes, donde, junto a las villas con más importancia (sobre todo Valladolid y Madrid), tenían

la prerrogativa de enumerar sus descontentos ante todos los problemas existentes, y proponer

las soluciones oportunas para los mismos. Esas ciudades y villas con voto en Cortes, que en la

documentación regia suelen ser calificadas de “muy leales”, o de una forma parecida, eran a la

altura de 1516 un reflejo de la situación que se vivía en la mayor parte de las poblaciones de

toda Castilla: delincuencia, hambre, dificultades económicas, abusos de poder... La diferencia

era que, frente a estas últimas poblaciones, las primeras, las ciudades y villas que votaban en

las Cortes, gracias a su participación en las mismas, estaban muy bien posicionadas a la hora

de pedir remedios a la realeza, y de hacer lo que consideraran oportuno en caso de que tales

remedios no llegasen. Así, los problemas comenzaron de verdad en el momento en que, una

vez fallecido el rey Fernando el Católico, en el año 1516, la realeza pasó de una situación de

impotencia ante las problemáticas que desolaban algunas regiones (siendo la más evidente, tal

vez, la que se refería a la defensa de los términos jurisdiccionales de las urbes en contra de los

caballeros) a una situación de desinterés, y de descrédito, ante las dificultades existentes. Algo

que empezó a darse, sobre todo, a partir del momento en que el nuevo rey castellano, Carlos I,

vino a Castilla, y comenzaron a ser conocidos tanto sus planes políticos como los personajes

que pululaban por su entorno.

Ante una economía muy débil, cuya más grave repercusión eran las subidas de precios

de productos básicos que llevaban produciéndose desde hacía años, ante unas instituciones de

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gobierno y justicia que funcionaban de forma pésima a menudo, y frente a unos delitos y unos

crímenes que ya no podían ocultarse, los reyes se mostraban impotentes desde al menos una

década antes a la altura de 1516, pero el pueblo les respetaba y había esperanza en ellos,

aunque cada vez fuese menor. Todo iba a cambiar con Carlos I.

Una vez muerto el rey Fernando, en enero de 1516, existían no pocas dudas sobre quien

iba a ser el futuro soberano de Castilla. Juana, la hija del monarca fallecido, la viuda de Felipe

“el Hermoso”, llevaba siendo la reina junto a su padre de manera oficial desde que falleció su

madre, Isabel la Católica. Pero sólo de manera oficial. Desde 1509 Juana vivía alejada de toda

actividad política en un convento de Tordesillas. Algunos afirmaban que tal alejamiento de las

tareas políticas estaba bien justificado, pues por sus circunstancias mentales y su inestabilidad

psicológica era lo mejor tanto para ella como para toda Castilla. Otros, al contrario, hablaban

de cautiverio; defendían que Juana era víctima de los intereses políticos, primero de su esposo

y luego de su padre. Por orden de este último estaba “cautiva” en Tordesillas, tan sólo porque

él quería reinar sin obstáculos, una vez muerta su esposa Isabel.

Cuando murió Fernando el Católico la reina continuaba siendo Juana, pero había dudas

sobre el papel que ella iba a jugar en la nueva fase que comenzaba para la realeza de Castilla.

El heredero del trono castellano, también de forma oficial, era el hijo mayor de Juana, Carlos,

pero éste nunca había residido en la Península Ibérica, y su abuelo, el rey Fernando, siempre

fue partícipe de que las coronas castellana y aragonesa fuesen para otro hijo de Juana, llamado

como él, Fernando, que, siendo de menor edad, se había educado junto a su abuelo gran parte

de su vida... Así estaban las cosas cuando falleció Fernando el Católico. Desde entonces el

regente de Castilla, hasta que se solucionase el tema de la sucesión, era el cardenal Cisneros,

arzobispo de Toledo, como lo había sido tras morir la reina Isabel. Sin embargo, Carlos (de

Gante) hizo algo insólito. El 14 de marzo de 1516 se proclamó rey de Castilla y Aragón desde

Bruselas, sin esperar a oír las opiniones sobre esta proclamación que debían exponer en los

foros políticos oportunos las principales ciudades, los nobles y los potentados eclesiásticos,

tanto de las tierras castellanas como de las aragonesas. Para algunos fue un auténtico golpe de

Estado. No faltó quien lo calificase de “hurto”, de usurpación de los tronos de Castilla y de

Aragón. Aunque fue inútil. Sería el primer acontecimiento de una serie que iba a desembocar

en la mayor revuelta vivida por la realeza castellana en varios siglos.

Hasta septiembre del año 1517 Carlos no vino a la Península Ibérica. Apenas llegado, lo

primero que hizo fue deshacerse del cardenal Cisneros, dejándolo en la marginalidad política,

sin apenas agradecer lo que había hecho por el gobierno de Castilla. Algunos afirmaron que la

frustración que esto produjo en el arzobispo fue tal, que le causó la muerte, sólo unos meses

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más tarde, el 8 de noviembre de 1517. Por si fuera poco, Carlos I siempre estaba rodeado de

una cohorte de flamencos que producían desconfianza, a los que se acusaba, en ocasiones no

sin razón, de intentar aprovecharse de las riquezas y de los oficios públicos de Castilla en su

propio beneficio, lo que hizo surgir todo tipo de especulaciones y de falsos rumores, según los

cuáles el nuevo rey parecía dispuesto a cometer todo tipo de abusos en materia fiscal (pensaba

cobrar impuestos hasta por las tejas de los tejados, según algunos), con el objetivo de resarcir

las ansias de riquezas de “su gente”. De este modo, y a medida que fueron sucediéndose los

acontecimientos, la realeza fue ganando en descrédito.

Centrándonos en el caso de Toledo, en un ambiente cada vez más crítico fueron dos los

acontecimientos que tuvieron una mayor repercusión: el primero la actitud de la realeza frente

a la muerte del arzobispo Francisco Jiménez de Cisneros. El nuevo rey de Castilla, ya antes de

que muriera, había designado al que iba a ser su sustituto: un flamenco de su corte, Guillermo

de Croy. Esto causó una enorme indignación. El segundo suceso con graves repercusiones fue

la marcha forzada de Carlos I a sus territorios del norte de Europa, en mayo 1520, para recibir

la corona imperial, una vez solicitado un préstamo a las ciudades y villas castellanas para

hacerlo. Es entonces cuando se inicia la revuelta (la revolución para la mayoría de los autores)

que estaba gestándose desde años atrás. Es entonces cuando se origina un colapso del sistema

propiciado por las tensiones políticas, por las dificultades económicas, y por la delincuencia

que se sufría desde demasiado tiempo antes.

La paz regia desapareció en Toledo en 1520. El corregidor tuvo que huir de la ciudad, y

la población estableció un nuevo órgano de gobierno de base popular, la Congregación, sin un

permiso de la monarquía para ello. En pocos meses la Congregación “acorraló” al otro órgano

gubernativo en Toledo, al Regimiento, haciendo que dejara de reunirse. En cuando al Cabildo

de jurados, antiguo representante de los intereses del pueblo, quedó obsoleto. De esta manera,

el común toledano (y el de otras urbes) hizo algo insólito: arrebató a los principales oligarcas

su capacidad de gobierno, mediante el establecimiento de una institución gubernativa propia.

Como no podía ser de otro modo, los oligarcas se opusieron, y aunque en un principio muchos

de ellos, casi siempre miembros de la caballería de clase baja, se sumaron a las reclamaciones

del común -buscando ganar poder frente a otros caballeros, movidos por los enfrentamientos

políticos, por las disputas personales, hartos del nuevo rey de Castilla, etc.-, pronto se dieron

cuenta de que lo que el común reclamaba nunca les convendría. De modo que comenzaron las

traiciones a los objetivos comuneros. Para evitarlas el común recurrió a la fuerza, llevando al

plano de la violencia colectiva un ambiente que hasta entonces se había caracterizado por una

violencia cotidiana, de naturaleza privada.

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8.1. DEL “CAOS” PRECOMUNERO A LA COMUNIDAD: 1516-15 20

Cuando Fernando el Católico fallece en Madrigalejo, el 23 de enero de 1516, no puede

impedirse que surjan enfrentamientos en ciudades como Toledo. Nada más llegar a la urbe la

noticia de su muerte, muchísimas personas empezaron a llevarse de sus viviendas arcones con

sus bienes para ponerlos bajo el amparo de los monasterios4. El desorden público era notable,

y la gente tenía miedo a que, una vez muerto el rey, la falta de una autoridad clara sembrase el

caos. Tal angustia la albergaban muchos por entonces debido a los actos del conde de

Fuensalida, quien no dudó en aprovecharse del fallecimiento del monarca para intentar, otra

vez, hacerse con parte de su antigua influencia.

El 25 de enero de 1516, apenas dos días después de producirse la muerte de Fernando el

Católico, en el alcázar se escucharon altas voces: “ ¡Castilla, Castilla, Castilla por el prínçipe

nuestro señor, y por la reyna nuestra señora!”; y “¡ Byva la Santa Ynquisiçión!”5. Si bien no

se trataba de palabras subversivas, aparentemente: ¿a qué príncipe se referían?; ¿al que iba a

proclamarse rey de Castilla en el extranjero, a Carlos, o a Fernando, a su hermano, al que

Fernando el Católico consideraba más idóneo para encabezar la realeza castellana?. Por otra

parte, en ningún caso se había ordenado hacer una proclamación de este tipo. Tras la muerte

del esposo de la difunta reina Isabel aún había ciertas cosas que negociar sobre el futuro rey

de Castilla, y ni siquiera había venido alguna carta a Toledo estableciendo que hasta que todo

estuviese negociado fray Francisco Jiménez de Cisneros, el arzobispo toledano, desempeñara

la regencia. Se trata, por lo tanto, de “palabras escandalosas”, pero hay tres cuestiones que no

están claras: en primer lugar, quién las dijo o por orden de quién; en segundo, por qué las dijo;

y en tercero, qué significaba esa proclama a favor de la Inquisición.

Empecemos por este último asunto. La proclama se produjo el 25 de enero de 1516. Por

entonces muchas voces estaban en contra del Santo Oficio, al que acusaban, siempre de forma

anónima y con enorme cautela, de utilizar métodos muy poco ortodoxos a la hora de hacer su

trabajo. No pocas personas, de hecho, estaban a favor de su desaparición. Aún así, tras la

muerte del monarca que, junto a su esposa, había traído la Inquisición a Castilla, se hace

pública una proclama favorable a los inquisidores. Una cosa está clara: quienes la hicieron no

eran judeo-conversos. La realizaban cristianos viejos; muy posiblemente por orden del conde

de Fuensalida. Su objetivo era sublevar la ciudad para hacerse con su control.

Si el conde fracasó, otra vez -es la enésima-, fue por tres circunstancias. La primera, y la

fundamental, porque no contaba con los apoyos suficientes. Muy al contrario de cómo a veces

4 ASENJO GONZÁLEZ, Mª., “Las ciudades castellanas...”, p. 96. 5 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., tomo I, p. 67.

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se ha dicho, a la altura de 1516 no había bandos políticos en el sentido más tradicional del

término, sino parcialidades, agrupaciones coyunturales para amparar un interés concreto. Por

lo visto, la parcialidad del conde de Fuensalida en esos momentos albergaba poca fuerza. Otra

circunstancia a señalarse es el hecho de que este conde fuera amigo de Cisneros, y se mostrara

dispuesto a cumplir sus decisiones. Por último, también fue importante el papel del licenciado

Francisco de Herrera, vicario general y capellán mayor, quien se encargó de pacificar la

situación. Habló con los inquisidores, habló con el conde de Fuensalida y habló con otras

personas. Para él las voces que se dieron la mañana del 25 de enero de 1516, a la ora del alva,

eran de mucho escándalo, pues quienes las habían gritado lo hicieron syn consultarlo con la

çibdad (con el Ayuntamiento) ny [con la] justiçia.

De este modo se dirigía a Cisneros Herrera, en una carta escrita el mismo 25 de enero,

tras haber narrado lo ocurrido:

...como fue oy, viernes, dýa de ayuntamiento, yo vy mucho aparejo para mucho

escándalo y ronpimiento sy se hiziera ayuntamiento, y hize [venir] a esta casa de vuestra señoría (palacios arzobispales) al alcalde mayor, y justiçia, y algunos regidores y jurados, y procuré que no se fiziese ayuntamiento. Y asý se fizo, y se sosegó todo; ¡bendito Nuestro Señor!. Y el conde lo fizo muy bien, porque muchos regidores y cavalleros de su parte estavan muy escandalizados, y quesyeran ayuntamiento. Nuestro señor lo enpieça a encaminar bien, en la buena dicha y santa yntençión de vuestra señoría. Lo que ahora se debe hacer es que vuestra alteza escriba generalmente a la justiçia y ayuntamiento de esta ciudad, como ayer escribí a vuestra señoría...

Sería bueno, continuaba diciendo el licenciado Herrera, que Cisneros escribiese a los

caballeros para que mantuvieran la paz6; sobre todo dos cartas, una para Fernando Dávalos y

otra para Juan Carrillo, quienes, estando en parcialidades enfrentadas en muchas ocasiones,

tenían mano en todos los negocios, y se conformaban muy bien. Gracias a ellos se mantenía la

concordia en la urbe, por lo que en las cartas Cisneros iba a tener que agradecerles su labor.

En otra tercera misiva para el conde de Fuensalida también le debía agradecer su actitud ante

las palabras del alcázar, y advertirle que no realizase lo que algunas voces señalaban. Según

ellas, el conde, como en noviembre del año 1506, pensaba realizar una mudanza de varas.

Además, ciertas personas decían que el marqués de Villena y Álvaro Téllez, su hermano,

junto al conde de Fuensalida y otros, realizaban alardes en sus señoríos7 sin que nadie supiese

para qué. Unos decían que era para ir contra el conde de Valencia debido al apresamiento de

un corregidor, otros que era para ir a Segovia a un negocio, y otros que, en realidad, era para

6 En una carta Jaime Ferrer decía a Cisneros: “...tengo tal confyança del conde de Fuensalida y sus paryentes que con sólo escrevirles vuestra reverendísima señoría harán lo que les mandare, y los otros cavalleros de Silva lo mismo...”: CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., doc. XVIII, pp. 28-30. 7 ASENJO GONZÁLEZ, Mª., “Las ciudades castellanas...”, p. 102.

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plantarse con una muchedumbre de individuos armados en Toledo. Esto último es lo que

pensaba el licenciado Herrera; porque he visto estos días señales, aseguraba en una carta, por

donde lo debo temer... Por si fuera poco, no faltavan muchas personas, asý de una parte (los

Silva), como de la otra (los Ayala), afirmaba el corregidor8, representándome hartos miedos y

escándalos que se esperavan, y ansý no faltó gente de una parte y de otra con armas secretas.

Ante este peligro, el Consejo, bajo la tutela de Cisneros, ordenó a los vecinos de la urbe

que se uniesen a sus jurados en pro de la justicia contra un posible ataque de los oligarcas. Era

“una llamada a la formación de un frente popular de defensa para detener a unos nobles

armados”9, que, no obstante, no se veía con buenos ojos. Así lo afirmaba más de una persona:

aunque ellos -los del común, los “comunes”- se ofrezcan al tiempo del menester, cada uno

acude a la parte donde piensa ganar dineros, asý que d´esto se puede tener poca confiança10.

Este argumento no es baladí. Todo lo contrario; tendrá una repercusión enorme en estos

años, porque terminó deslegitimando el establecimiento de las “gentes de ordenanza”, un

ejército de carácter civil que había de encargarse del orden público. La puesta en práctica de

esta medida inédita en el año 1516 se justifica, perfectamente, si nos atenemos a la situación

que por entonces vive Castilla, y más en concreto Toledo.

La ciudad del Tajo nunca ha sido tan peligrosa como en el ocaso del reinado de los

Reyes Católicos, según los documentos que se conservan. Mientras que la violencia y el delito

fueran abundantes la paz regia estaría cuestionada. Había que amparar la pas e sosyego; el

problema era que, una vez muerto el rey Fernando, no existe un monarca dispuesto a hacerlo.

Carlos I, que se proclama rey de Castilla y Aragón en marzo de 1516 desde Bruselas, aparte

de ser un desconocido para los castellanos, y de contar con el rechazo del pueblo (entre otras

cosas por ser extranjero), habita lejos de la Península Ibérica, y no parece que le preocupen

los problemas de los súbditos que ha recibido, a través de la herencia de sus padres -Juana “la

Loca” y Felipe “el Hermoso”-, de los Reyes Católicos. La situación es extraordinaria, pues, y

en la corte del regente de Castilla, de Cisneros, se pensó que la mejor manera de enfrentarse a

ella era utilizando medidas también extraordinarias. Esto explica el establecimiento de las

“gentes de ordenanza”. El fin que Cisneros perseguía con su establecimiento era sencillo:

mantener la paz regia heredada de Fernando el Católico, hasta que su nieto Carlos I se hiciese

con el control de su herencia.

8 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., doc. XL, pp. 64-65; A.G.S., S.E., leg. 3, fol. 220. 9 ASENJO GONZÁLEZ, Mª., “La ciudades castellanas al inicio...”, p. 102. 10 A.G.S., Estado, leg. 2, fol. 48.

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Según el cronista Alonso de Santa Cruz, las “gentes de ordenanza” estarían constituidas

por personas “que estuviesen siempre aparejadas para a favor de la justicia, cada y cuando se

ofreciese, en que entrasen todos los oficiales y otras personas que fuesen dispuestas para las

armas, dándoles cierta orden que habían de tener, haciéndoles ciertas exenciones y pagándoles

el capitán, y pífano y atambor, para que de continuo se ejercitasen en las armas11”. La medida

buscaba instituir en el interior de las ciudades un sistema policial parecido al de la Hermandad

que operaba en los campos, pero, más que en 1476 -cuando los Reyes Católicos establecieron

la Hermandad general-, la medida levantó un enorme rechazo. Había dos razones para que la

medida fuese rechazada: la población rehusaba sustentar este “cuerpo policial”; y “los señores

y caballeros no querían ver los pueblos armados ni ejercitados, porque les parecía que se hacía

contra ellos”. Los oligarcas afirmaban que esto iba a perjudicar su dominio, que en las urbes

se producirían más escándalos que en tiempos pasados, y que los oficiales no iban a hacer sus

“oficios mecánicos con tanta solicitud como solían, y que a esta causa se habían de criar en

los pueblos muchos ladrones y vagabundos”12.

Como vimos anteriormente, el establecimiento de la Hermandad en Toledo produjo un

alboroto en 1476. Lo mismo sucede ahora, en 1516. A la ciudad del Tajo llegaban noticias de

la resistencia de villas como Valladolid a aceptar a las “gentes de ordenanza”, al tiempo que

los jurados de la urbe respondían a una solicitud realizada desde la corte para que ellos diesen

al entonces juez pesquisidor (luego nos referiremos a éste), Gonzalo de Gallegos, personas de

sus parroquias con que, a modo de un pequeño ejército, pudiera mantener el orden público; en

peligro tras un escándalo ocurrido en abril de 1516. En su misiva los jurados señalaban que

Toledo tenía un privilegio para que entre sus vecinos no se pudiera realizar un “repartimiento

de gente” con fines militares. Los jueces (corregidor, alcaldes, alguaciles, fieles...) eran los

encargados de traer consigo a sus hombres para que trabajasen en la defensa del orden

público. De ir contra esto, advertían, toda la universidad de la ciudad se iba a oponer a ello.

Se trataba de un aviso muy claro: el establecimiento de una milicia con carácter permanente,

integrada por personas del común, iba a levantar gran oposición13.

El aviso no sirvió de mucho. Decidido el establecimiento de las “gentes de ordenanza”,

a Toledo le correspondió aportar a dicho ejército hasta 3.500 hombres, una cifra elevada que

hizo surgir un enorme escándalo, como el que se produjo en Valladolid, Burgos, Segovia,

Ávila, León o Salamanca.

11 SANTA CRUZ, A. de, Crónica del emperador Carlos V, Madrid, 1920, tomo I, parte 1ª, cap. XXX, p. 119. 12 Idem, p. 20. 13 A.M.T., “Este libro es de traslados...”, Sección B, nº. 120, fol. 316 r-v.

Page 11: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1557

Según fray Prudencio de Sandoval, el cardenal Cisneros buscaba “echar un freno” a los

desordenes públicos14, “armando la gente común; y, con voz de que para la defensa del reino

convenía que en él hubiese gente ejercitada en armas, ordenó que en cada ciudad, y en las

villas y lugares de Castilla, hubiese cierto número de infantería y caballos, según la calidad y

caudal de los lugares. Y porque los tales tuviesen las armas necesarias, concedióles ciertas

exenciones de pechos y servicios y otras preeminencias”. Muchos se opusieron a la medida,

“así porque los tales exentos no tenían las armas que eran obligados y se hacían holgazanes y

escandalosos, dejando sus oficios y trabajos por andar armados, y salir a los alardes y

ejercicios de las armas, y revolviendo pendencias y haciendo delitos, como -y esto era grave-

porque los pechos y derramas que habían de pagar [se] cargaban sobre los otros pobres, de

que se tenían por muy agraviados y quejosos”.

Si aceptamos lo que fray Prudencio de Sandoval señala, Salamanca, Ávila, Segovia y la

ciudad del Toledo en principio no opusieron mucha resistencia a lo solicitado por Cisneros.

Al contrario, nombraron a unos capitanes de las “gentes de ordenanza” de manera pacífica.

No obstante, cuando se supo que Valladolid se había opuesto a ello por la fuerza “deshicieron

la gente y echaron los capitanes fuera, mal de su grado, y enviaron al cardenal diciendo que

ellos se querían conformar con Valladolid; que lo que Valladolid hiciese, que ellos también lo

harían”. De esta manera, Cisneros dio por nulo su intento -más sensato de lo que muchísimos

pensaban y de lo que parecían dispuestos a aceptar- de establecer una milicia permanente para

la defensa del orden en las ciudades. Los desórdenes públicos habrían de seguirse reprimiendo

como siempre, aunque cada vez fuesen mayores.

Para fray Prudencio, sin embargo, Castilla en su conjunto estaba obligada a dar gracias a

Dios por no permitir que el proyecto del cardenal Cisneros siguiera adelante. De haberse

instruido a la gente del común en las artes de la guerra nadie habría parado el levantamiento

de las Comunidades15:

“...ayudaban muchos caballeros a las Comunidades para no consentir la ordenanza:

sólo Valladolid tenía alistados treinta mil hombres de guerra, los más de ellos bien armados. [...] no hay duda, y no lo diré una vez, sino muchas, que si la ordenanza fuera delante, y los oficiales supiesen qué cosa era la pica, el arcabuz, el atambor, la vela, y todas las demás cosas de la disciplina militar, que el reino se hiciera inexpugnable, y que en los levantamientos con las armas de las Comunidades no sé si hubiera fuerzas para los vencer y allanar. Quísolo Dios así para bien de España, y aún de toda la cristiandad...”

14 SANDOVAL, fray P. de, Historia de la vida y hechos del emperador..., libro II (1516), cap. XVIII, p. 90 a-b. 15 Idem, libro II (1516), cap. XX, pp. 92 b-93 a.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1558

Al igual que hicimos en los capítulos precedentes, señalaremos, de forma esquemática,

en un cronograma, los hechos más destacables que ocurren a partir de 1516, para hacer más

sencilla su comprensión. Sobre la guerra de las Comunidades, como tal, en su día ya hizo un

cronograma muy útil Fernando Martínez Gil16, por lo que a él remitimos para profundizar más

sobre algunos de los asuntos que se presentarán aquí. En todo caso, nótense en el siguiente

esquema tres rasgos estructurales -llamémoslos de este modo- que acabaron quebrando la paz

regia: primero, la violencia está por todas partes, y el número de escándalos que se produce, y

sobre todo la repercusión de cada uno de ellos, es notable; segundo, nunca antes, desde 1475,

había habido una inestabilidad institucional como la que existe en el lustro que antecede a la

revuelta comunera; y tercero, como efecto de lo anterior ocurrirán dos cosas, a partir de 1520:

por un lado, intentará establecerse una nueva institucionalización política, y con ella una paz

regia distinta, en la que el común tuviese más peso en la gestión de sus problemas; y, por otro,

debido a las dificultades a la hora de establecer esta institucionalización, la violencia llegará a

la política -como en la década de 1470, e incluso más-, lo que hará que no pueda establecerse

ningún tipo de paz regia, al margen de Carlos I.

EL PROCESO DE DESTRUCCIÓN DE LA PAZ: HECHOS CLAVE, 1516-1522

FECHA

HECHO

23 de enero de

1516

Fernando el Católico fallece en Madrigalejo. El Cardenal Cisneros pasará a ser el regente de Castilla hasta que se solucionen los problemas con la herencia del trono

25 de enero de 1516

Se hace una proclama “escandalosa” a favor de la Inquisición y del sucesor al trono en el alcázar de Toledo. Corren rumores sobre posibles enfrentamientos. Algunas personas, asustadas, empiezan a guardar sus bienes en monasterios y conventos, buscando que no se los saqueen

14 de febrero de 1516

El príncipe Carlos comunica a los dirigentes toledanos su dolor por la muerte de su abuelo, y les ordena que obedezcan en todo al cardenal Cisneros, prometiendo mercedes a cambio de obediencia

14 de marzo de 1516

El príncipe Carlos se proclama rey de Castilla y Aragón en Bruselas. Algunos lo consideran un golpe de Estado, porque la verdadera reina era su madre Juana (la “loca”), que por entonces permanece recluida en un convento de Tordesillas

31 de marzo de

Ante los rumores que hablan sobre el envío de un juez de residencia a Toledo que fiscalice la tarea del corregidor mosén Jaime Ferrer, éste mismo, junto a un grupo de jurados y de

16 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 301 y ss.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1559

1516

regidores, se opone, advirtiendo que no debía venir a la urbe hasta que Carlos I no estuviese en Castilla

3 de abril de 1516

Carlos I promete, ante las protestas que ha despertado su proclamación como rey, que pondrá a su madre delante de él en todas sus cartas, y que la tendrá como la verdadera reina

4 de abril de 1516

Los gobernantes de Toledo aceptan el modo de actuar de Carlos I. Se realiza el acto de proclamación del nuevo rey, llevando el pendón real al alcázar toledano. Desde entonces las solicitudes de los dirigentes de la urbe al rey para que venga a Castilla son constantes. Carlos I responde con evasivas

17 de abril de 1516

Hay un escándalo en Toledo debido al desarrollo de unas peleas, y al intento de asesinato de un fiscal del regente Cisneros. Cada vez resulta más difícil controlar el orden público. La violencia y el delito están por todos lados.

22 de abril de 1516

Se envía al licenciado Gonzalo de Gallegos (o Gonzalo García de Gallegos) como juez pesquisidor para que resuelva el caso del 17 de abril. Encuentra muchas dificultades para actuar. Parecía que tras lo ocurrido iba a haber serios altercados, y no los hubo. Algunos dicen que el alcázar se ha convertido en una “cueva de malhechores”. Muchas personas viven bajo amenaza de muerte. La situación para muchos es desesperante

13 de mayo de 1516

Se nombra juez de residencia de mosén Jaime Ferrer al licenciado Gonzalo Fernández Gallego. No se nombra a Gallegos porque le acusan de connivencia con nobles como el marqués de Villena

19 de mayo de 1516

Empiezan a ponerse demandas contra mosén Ferrer y sus hombres. Les acusan de excederse a la hora de hacer justicia, siendo muy rigurosos, de realizar abusos, y de ser muy estrictos a la hora de prohibir la circulación de armamento por las calles. Con ello intentaron amparar la paz regia -pues ésta se les iba de las manos-. Tras la residencia algunos de los hombres de mosén Ferrer consiguen que no se ejecuten las sentencias en su contra; otros huyen de la justicia; y otros son castigados

1516 (primavera)

El Consejo Real ordena a la población toledana que se una a los jurados y a la justicia para mantener el orden público. La medida no es bien aceptada. Más tarde, a instancias del cardenal Cisneros, se crearán las “gentes de ordenanza”, un ejército de carácter civil, que tendría que encargarse de mantener la paz. En principio Toledo acepta crear este ejército, pero luego da un paso atrás y lo rechaza

19 de agosto de

1516

Surge un grave escándalo. Unos criados de Pedro López de Padilla y de su hijo Juan de Padilla atacan a unos alguaciles por quitar un arma a uno de sus compañeros

20 de agosto de

1516

Surge otro escándalo. Los criados de los Padilla quitan a un preso, por la fuerza, al alcalde mayor de la urbe. Éste acusa a los Padilla y a sus hombres de ser traidores al rey

8 de noviembre de 1516

Se nombra corregidor de Toledo a Luis Puertocarrero, conde de Palma. Por entonces las quejas contra Gonzalo Fernández Gallego son generalizadas. Los problemas de Puertocarrero a la hora de actuar serán siempre enormes. Siempre tendrá enemigos en la urbe, y nunca cesarán las críticas en su contra

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1560

17 de noviembre de 1516

Este día se presenta en el Ayuntamiento el que va a ser el nuevo corregidor: Luis Puertocarrero. Tal hombre levanta un enorme rechazo, y algunos se niegan a aceptarlo. Él hace que le acepten a la fuerza

18 de noviembre de

1516

En contra de la oposición de la mayoría del Regimiento, Gonzalo Fernández Gallego otorga las varas de justicia de la ciudad a Luis Puertocarrero

Desde 1516

La violencia cada vez es más incontrolable. La paz regia está en horas bajas

Desde 1516

La política de la realeza continúa siendo errática. Ante su incapacidad para hacer frente al crimen y al delito, concede un buen número de licencias de armas, lo que provoca más hechos delictivos y violentos

Desde 1516

Cada vez vienen menos disposiciones del Consejo Real que gestionen la institución del Regimiento

Desde 1516

Los enfrentamientos entre los artesanos y los regidores son continuos, debido, sobre todo, al control de los oficios de veedor de los diferentes sectores artesanos

Desde 1516

Un número enorme de personas se alza con sus bienes para no pagar lo que debe. El intervencionismo del Consejo Real para evitar este problema es notable, pero insuficiente. Los problemas económicos empiezan a acorralar a la población

Desde 1516

Los conflictos jurisdiccionales entre los jueces laicos y los de la Iglesia son continuos. Por culpa de la regencia de Cisneros, algunos jueces eclesiásticos se creen legitimados para actuar en causas mere profanas

Desde 1516

Existen algunos problemas enquistados en el término de Toledo. La labor de los jueces de términos no ha servido para nada en muchas ocasiones. Además, la situación en que se hallan las hermandades, tanto la general como la Vieja, deja mucho que desear

1 de abril de 1517

El papa León X nombra como futuro arzobispo de Toledo a Guillermo de Croy. Los canónigos no se enteran

1 de mayo de 1517

Surge un grave escándalo. Los hombres del deán, según algunos con la connivencia de éste, quitan a un preso a unos alguaciles, haciendo uso de una violencia desmedida. Desde aquí las relaciones del corregidor con el Cabildo catedralicio empeoran por momentos

19 de septiembre de

1517

Carlos I llega a Castilla; desembarca en Villaviciosa. Sin otorgar ningún reconocimiento a Cisneros, éste es marginado del gobierno. El clérigo morirá al poco tiempo

8 de noviembre de

1517

Muere Cisneros. El arzobispado de Toledo queda vacante

11 de noviembre de

Se comunica al Cabildo catedralicio de Toledo la muerte de su arzobispo. Surge un escándalo en torno al control de la torre de la catedral. Todos desconfían de las intenciones

Page 15: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1561

1517

del rey

1517 (finales)

Se nombra al conde de Fuensalida gobernador general del reino de Navarra. Se pretende “descabezar” a la parcialidad de los Ayala para que se mantenga la paz en Toledo

14 de enero de

1518

Se envía un juez pesquisidor para que resuelva algunos problemas entre Toledo y Segovia por culpa de los términos de ambas ciudades

2 de febrero de

1518

Se inician las Cortes de Valladolid

3 de marzo de 1518

León X comunica al Cabildo de la catedral de Toledo que su futuro arzobispo va a ser Guillermo de Croy, y que se va a dividir el arzobispado. Los canónigos se oponen a ambas cosas. Se inicia un arduo conflicto

20 de abril de 1518

El Cabildo catedralicio acepta a Guillermo de Croy como arzobispo a cambio de que se dé por nula la desmembración de su arzobispado. Esto último es lo que se dispone en una bula del 23 de julio de 1518

Mayo de 1518

Surge un escándalo con los alguaciles. Unos mançevos traviesos les atacan cuando les iban a capturar por haber cometido un delito. La violencia cada vez es más insoportable. Algunos dicen que no hay justicia; los malhechores actúan con más osadía que nunca

18 de agosto de

1518

Hay un escándalo en la zona norte de la tierra de Toledo. Unos guardas de Segovia agreden a unos vasallos de la ciudad del Tajo

18 de septiembre de 1518

Segovia y Toledo se comprometen a que no haya enfrentamientos entre ellas por culpa de los términos. La concordia se ratifica el 20 de febrero de 1520. Mientras, el pleito entre Toledo y el conde de Belalcázar sigue sin resolverse, y es un motivo de frustración para los gobernantes toledanos

12 de enero de

1519

Muere el emperador Maximiliano

12 de mayo de

1519

Llega a Toledo una bula que autoriza a la realeza a recaudar la décima. Surgen alborotos auspiciados por los clérigos

28 de junio de 1519

Carlos I es postulado como emperador. A estas alturas las críticas sobre su modo de hacerse con el trono de Castilla, y sobre su forma de gobernar, rodeado de flamencos, son una constante

4 de agosto de 1519

Surge un enorme escándalo por el control del hospital del nuncio. Están implicados tanto los gobernantes de la urbe como el Cabildo catedralicio. El corregidor se enfrenta e éste. Desde entonces tiene los días contados como máximo dirigente de la urbe

Agosto de 1519

Escándalos en Olías. Algunos, apoyados por la población y sus autoridades, agreden y asesinan a unos guardas. Los problemas en algunos pueblos de alrededor de Toledo

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1562

(Ajofrín, Ocaña, Villamiel, Sonseca, Casalgordo, etc.) son evidentes

7 de noviembre de

1519

Carta de Toledo a las demás ciudades de Castilla con voto en Cortes convocándolas a una reunión para tratar los problemas que existen, y proceder en consecuencia

13 de diciembre de 1519

Ante las enormes quejas que hay en contra de Luis Puertocarrero, expresadas muy particularmente a estas alturas por personas cercanas a los Silva, se nombra corregidor a Antonio de Córdoba, quien será incapaz de frenar la situación desde el primer momento

Desde 1519

Los sermones en contra del rey se oyen por todos lados, en un ambiente en el que el delito, los crímenes, los apuros económicos, el odio a los extranjeros, el rechazo al monarca, el desprecio al absolutismo, y la desesperanza, crean una mezcla explosiva

Enero de 1520

Se reúne el Ayuntamiento de Toledo para preparar una rebelión. En las calles los predicadores ensalzan lo que están haciendo los gobernantes urbanos, claman contra Carlos I y sus acólitos, y arengan a la población para que subleve contra las circunstancias de penuria económica, de marginación política y de falta de justicia que padece

12 de febrero de

1520

Se convoca la celebración de unas Cortes en Santiago de Compostela, pidiendo dinero

25 de febrero de 1520

El Ayuntamiento decide enviar a Pedro Laso de la Vega y a Alonso Suárez de Toledo, regidores, junto a dos jurados, como mensajeros para comunicar algunos asuntos al rey, al margen de los procuradores de Cortes. Los procuradores de Cortes son elegidos a través de la suerte. Ésta cae en dos leales al rey: Juan de Ribera y Alonso de Aguirre. El Regimiento impide que vayan ellos como procuradores

Marzo de 1520

Desde la corte de Carlos I se destierra de Toledo a Pedro Laso de la Vega y a Alonso Suárez de Toledo. Se llama para que acudan ante el rey a algunos regidores rebeldes, entre ellos Juan de Padilla o Fernando Dávalos

31 de marzo de

1520

Se inician las Cortes de Santiago. No se han presentado procuradores de Toledo

3 de abril de 1520

La cofradía del Corpus Christi se reúne en el Hospital del rey. Se conoce ya que Carlos I llama a algunos regidores rebeldes a su presencia. Se planea hacer algo al respecto

16 de abril de 1520

Una muchedumbre de personas corta el paso a Juan de Padilla y Fernando Dávalos cuando se disponían a salir de Toledo, para marchar a la corte. Hay un enorme escándalo. El corregidor no puede impedirlo. La población toma las fortalezas de la urbe. Tan sólo queda a favor del rey el alcázar, donde Juan de Ribera resiste como puede

20 de abril de 1520

Las parroquias empiezan a elegir diputados para que formen parte de la Congregación, un organismo institucional que va a representar al común a partir de ahora, y que procederá en todos los problemas al lado del Regimiento. El Cabildo de jurados queda sin funciones

21 de abril de 1520

Cercado por los rebeldes, Juan de Ribera decide abandonar el alcázar. Toledo queda en manos de los sublevados. Por estas fechas entra en la urbe, como si de un héroe se tratara,

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1563

Pedro Laso de la Vega, incumpliendo así su orden de destierro

20 de mayo de

1520

Carlos I embarca en La Coruña; se marcha a recibir la corona imperial, una vez obtenida licencia para cobrar un servicio

31 de mayo de

1520

El corregidor Antonio de Córdoba tiene que huir de Toledo. La Comunidad triunfa. Se empieza a disponer la elección de los encargados de controlar la urbe en nombre de los rebeldes

8 de junio de 1520

Toledo propone crear una Junta que represente a todas las ciudades. La medida es mal aceptada

14 de junio de 1520

Se jura solemnemente la Comunidad en Toledo

1 de agosto de 1520

Se reúne la Junta en Ávila, compuesta por cuatro ciudades: Segovia, Toledo, Salamanca y Toro

21 de agosto de 1520

Medina del Campo arde por culpa del ejército de Carlos I que había ido a castigar un alboroto ocurrido en Segovia, en el que mataron al procurador segoviano en las Cortes de Santiago, acusándole de connivencia con el rey. Juan de Padilla se había presentado con algunos toledanos en Segovia para defender a los rebeldes. Muchas ciudades y villas, como reacción a tal acto, se unen a la Junta

29 de agosto de

1520

Padilla y los suyos entran en Tordesillas, buscando el apoyo de la reina Juana a su iniciativa

19 de septiembre de

1520

La Junta se traslada a Tordesillas

2 de diciembre de

1520

Los realistas recuperan Tordesillas. La Junta tendrá que trasladarse a Valladolid

6 de enero de 1521

El prior de San Juan es nombrado jefe del ejército realista en el reino de Toledo

7 de enero de 1521

Muere Guillermo de Croy, arzobispo de Toledo

23 de enero de

1521

Día de San Ildefonso. Hay un escándalo debido a la predicación de un fraile alborotador. Varios canónigos tienen que marcharse de la ciudad del Tajo desterrados

25 de enero de

1521

Padilla ocupa Torrelobatón a las fuerzas realistas

29 de marzo de

1521

Entrada en Toledo del obispo de Zamora, Lope de Acuña, uno de los principales líderes comuneros. Por estas fechas son continuos los enfrentamientos entre los comuneros y los realistas en los alrededores de la ciudad del Tajo

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1564

30 de marzo de

1521

Se eligen diputados de guerra en Toledo. A falta de Padilla, el obispo de Zamora es nombrado capitán general. Desde ese momento Acuña presionará para que le nombren a él nuevo arzobispo, en contra de la mujer de Padilla, María Pacheco, también una líder destacada de la Comunidad, que quiere que el cargo sea para su hermano Francisco de Mendoza

Abril de 1521

Durante un enfrentamiento en Mora, los realistas prenden fuego a una iglesia, estando dentro muchas mujeres y niños, aparte de algunos comuneros

23 de abril de 1521

El principal ejército comunero es derrotado en Villalar. De forma inmediata serán decapitados sus capitanes, entre ellos Juan de Padilla. Cuando la noticia llega a Toledo crea enorme conmoción. María Pacheco, dispuesta a mantener la memoria de su marido, se convierte en líder indiscutible de la Comunidad toledana. El obispo de Zamora empieza a perder popularidad, y no es capaz de conseguir apoyos para que le nombren arzobispo

25 de mayo de

1521

El obispo de Zamora abandona Toledo

7 de junio de 1521

El Regimiento deja de reunirse. Los jurados prácticamente no tienen ya ningún papel en el gobierno de la urbe. Éste está en manos de la Congregación

26 de junio de 1521

Día de Santa Ana. Hay un escándalo. La Comunidad se radicaliza bajo el control de María Pacheco. Mientras, el prior de San Juan cada vez somete a un cerco más estrecho a los rebeldes. Poco a poco la situación será insostenible y habrá que negociar

25 de octubre de

1521

Toledo capitula con unas condiciones favorables a los rebeldes

28 de octubre de

1521

Los gobernadores de Castilla ratifican la capitulación de Toledo

19 de diciembre de

1521

Los gobernadores dan un paso atrás, y anulan los acuerdos de capitulación

21 de diciembre de

1521

El arzobispo de Bari es nombrado gobernador de Toledo hasta que se elija un nuevo corregidor

2 de febrero de

1522

Hay un escándalo por la noche. Algunos intentan sublevar al pueblo contra el arzobispo de Bari y sus hombres

3 de febrero de 1522

Día de San Blas. Hay un escándalo entre el arzobispo de Bari y sus hombres, por una parte, y los comuneros, por otra. Los comuneros son derrotados, y tienen que huir. Entre los que huyen se encuentra María Pacheco, la esposa de Juan de Padilla. La represión contra los rebeldes es feroz

18 de febrero de

1522

Martín de Córdoba es elegido nuevo corregidor. Comienza una nueva etapa para la paz regia, ahora bajo el control de Carlos I

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1565

8.1.1. UNA ETAPA DE CONMOCIONES: LA VIOLENCIA PRECO MUNERA

Posteriormente realizaremos un análisis pormenorizado del sentido de la violencia en la

guerra de las Comunidades. Nos interesa señalar aquí, no obstante, algo que parece evidente:

la revuelta de los comuneros fue el culmen de un recrudecimiento de la conflictividad urbana

que en la vida diaria de Toledo, y de Castilla, se veía reflejado en forma de escándalos de una

enorme repercusión social, y también política. Dicho de otro modo, el comportamiento de los

“comunes” a favor de las Comunidades puede explicarse atendiendo a sus circunstancias en la

década de 1510; unas circunstancias de desamparo en todos los sentidos.

Las diatribas en contra del rey y de sus hombres acusándoles de todos los males no

hicieron sino angustiar a muchos más de lo que pudieran estarlo. En la sociedad de entonces,

“acorralada” en lo económico por subidas de precios irrefrenables, ante dichas acusaciones se

reaccionó de forma tan violenta como lógica para la mentalidad popular. El contexto no podía

cambiarse de ninguna manera; sólo la violencia albergaba un potencial dinamizador. La

violencia era el único medio de acción de los débiles. Un medio que, por otra parte, siempre

habían utilizado sin el menor reparo los más poderosos.

Tal “utilización” de la violencia con unos fines a corto y medio plazo se produjo en un

contexto de revuelta, entre 1520 y 1522. Hasta entonces, la violencia no sirve para alcanzar

unas metas políticas -o de otro tipo- que sean beneficiosas para la comunidad; tan sólo busca

obtener un objetivo concreto, que acaba cuestionando la paz regia de un modo evidente. Esta

violencia, la privada, la no política, la particular, a partir del año 1520 llevará a la otra, a la

comunitaria, a la política, a la general.

Entre 1516 y 1519 (en realidad desde antes) hay un número de escándalos en Toledo y

sus alrededores muy notable, escándalos que acarrean muchas consecuencias, pero sobre todo

una: la quiebra de la paz regia. Esto se manifiesta de múltiples formas: los encargados de

mantener el orden público se ven impotentes; la osadía de los “alborotadores” es desafiante; la

población tiene miedo, el miedo genera angustia, y ésta recelo, desprecio y resentimiento...

Tales factores aclaran, en el fondo, mucho de lo que sucede durante la revuelta comunera. Lo

que ocurre entre 1516 y 1519 son los prolegómenos de algo mucho más grave.

8.1.1.1. ENTRE LA CONFLICTIVIDAD Y LA VIOLENCIA

Los grandes escándalos surgen en un ambiente de violencia que enturbia las relaciones

sociales tanto dentro como fuera de Toledo. En los alrededores de la urbe antes del inicio de

la guerra de las Comunidades se observa un recrudecimiento de algunos conflictos, como el

que Segovia mantiene con la ciudad del Tajo. Como en años anteriores, guardas segovianos se

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1566

atreven a ocupar las jurisdicciones ajenas, esta vez realizando prendas en la dehesa llamada de

San Andrés, posesión de Pedro de Ayala17. Desde la corte se envió un juez pesquisidor, quien

dispuso que de una manera inmediata se devolviesen tales prendas. Así se hizo, aunque poco

después los guardas actuaron de nuevo. Vinieron a la dehesa con mano armada y un tropel de

hombres, y robaron una mula y una yegua. Lo peor de estas acciones era que cuestionaban la

tregua impuesta durante el pleito que Toledo mantenía con Segovia en torno a unos términos

jurisdiccionales del norte de la tierra toledana, que consideraban suyos los segovianos. El 14

de enero de 1518 volvió a enviarse a otro juez pesquisidor para que él se encargase de

resolver el asunto. Fue inútil.

El 9 de marzo desde la corte se ordenaba tanto a los gobernantes de Segovia como a los

de Toledo que evitaran los escándalos por todos los medios. Entre las dos ciudades había

resurgido el debate ya antiguo en torno a la propiedad de los términos de El Visillo y El prado

de la Magdalena. Ambas partes estaban comprometidas para que tres jueces establecidos por

ellas y la corte resolviesen el conflicto: los licenciados Villena y Contreras por las ciudades, y

el licenciado Polanco por el Consejo. Aún así alcanzar un acuerdo era difícil18, y aunque tanto

los toledanos como los segovianos se comprometieron en la primavera de 1518 a resolver sus

debates por vía judicial y sin alborotos, en agosto de dicho año los escándalos volvieron a ser

inevitables.

Sucedió el 18 de agosto. Francisco de Fuentidueñas, Bartolomé Sánchez de Riba y otros

vecinos de Móstoles se encontraban en el término de El Visillo cogiendo romero y leña. Unos

diez o doce de a caballo liderados por Morales, Castañeda y Mameco, y cien peones, llegaron

allí. Habían salido de Navalcarnero (un pueblo de la tierra de Segovia, como ya se dijo) a

campana repicada. Los de a caballo portaban lanzas y adaragas, e iban acorazados; los peones

tenían ballestas, lanzas, espadas... Según los vecinos de Móstoles, nada más llegar iniciaron el

ataque. Las saetas volaban y, a golpes de lanza, los mostoleños fueron reducidos. Francisco de

Fuentidueñas recibió un saetazo; y también Bartolomé Sánchez. Por lo menos cinco o seis

hombres resultaron heridos de diversa gravedad. A todos, con sus mulas, carretas y demás

animales y pertenencias, les hicieron partir hacia Navalcarnero, donde les encarcelaron, no

permitiendo a sus parientes que les visitasen, y no dando permiso a nadie para que fuera a

curarles las heridas19. Hecho esto, los de Navalcarnero se marcharon otra vez a El Visillo.

17 A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 14 de enero de 1518. 18 A.G.S., R.G.S., 1518-III (1), Valladolid, 9 de marzo de 1518. 19 A.G.S., R.G.S., 1518-IX, Segovia, 4 de septiembre de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1567

Habían quedado en ese lugar azadones, gabanes, alforjas y otras cosas que eran de los

asaltadores por derecho, afirmaban.

Cuando se denunció el caso ante el Consejo Real Segovia aseguró que los de su pueblo

habían procedido de manera adecuada. Sus procuradores dijeron que los de Móstoles entraban

en El Visillo y en otros términos contra lo determinado en los pactos con Toledo, para talar el

monte, y lo hacían de forma escandalosa. Los guardas de Segovia procuraban que no hubiese

alborotos, pero los mostoleños les perseguían lanzándoles saetas y piedras, o dando golpes de

lanza, bajo gritos de “¡ladrones!”, “ ¡robadores!” u otros insultos semejantes. Según Segovia

esto es lo que sucedió el día 18 de agosto de 1518: los de Móstoles intentaron defenderse de

los guardas segovianos que querían impedirles que talaran el monte, y los guardas no tuvieron

más remedio que actuar.

Las explicaciones de los gobernantes de Segovia podrían tener cierta lógica si no fuera

porque sus propios guardas se empeñaban en quitarles la razón con sus actos. El 20 de agosto,

dos días después de lo anterior, éstos quitaron a algunos vecinos de Móstoles dos animales, e

hicieron otras prendas. El 4 de septiembre el Consejo diputó a Pedro de Arenillas para que se

informara del caso e hiciese justicia, si bien fue diputado Andrés Pérez de Monasterio20 más

tarde. El 18 se llegó a un acuerdo: Segovia se comprometía a no hacer prendas en el término

de El Visillo, y los de Móstoles a no usurpar la jurisdicción segoviana. Los mostoleños,

además, podrían aprovecharse del término siempre que no cortaran de raíz o a ras de tierra las

encinas, y siempre que no fuesen armados a la zona21. Dicha concordia se ratificó el 20 de

febrero de 152022.

Así estaba la situación cuando comenzaron las Comunidades. Aunque las disputas entre

la ciudad de Toledo y la de Segovia podrían retrotraerse como mínimo a la década de 1470, y

a pesar de que tales disputas se hacen mucho más continuas y crudas desde 1512, cuando se

inicia la sublevación frente a Carlos I existe una concordia coyuntural, a esperas de que el

Consejo resuelva el caso.

La lentitud de los consejeros, por otra parte, era abrumadora, y sólo daba pie a alborotos

como los vividos en épocas anteriores. Lo peor era que no parecía que el asunto fuera a

revolverse en un futuro inmediato, viendo cual es la situación de la realeza en esos años que

preceden a las Comunidades. De este modo, Toledo y Segovia decidieron que lo mejor para

ambas era dejar de lado sus diferencias, y enfrentarse juntas al nuevo rey de Castilla. No en

20 A.G.S., R.G.S., 1518-IX, Segovia, 21 de septiembre de 1518 (hay dos documentos). 21 A.G.S., R.G.S., 1518-IX, Segovia, 18 de septiembre de 1518. 22 A.G.S., R.G.S., 1520-II, Valladolid, 1 de febrero de 1520.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1568

vano, de ellas salieron dos de los principales líderes de la Comunidad: Juan de Padilla, en el

caso de Toledo, y Juan Bravo, en lo que a Segovia se refiere.

Dicha lentitud e incapacidad generaban hastío en los toledanos, entre otras cosas porque

aparecían mezcladas con acciones de una prepotencia difícil de soportar. El caso del conde de

Belalcázar es el más evidente. Aunque en principio todo apuntaba que Carlos I iba a resolver

la situación de una vez, ya que dispuso (a ruego del Ayuntamiento de Toledo) que se reabriera

el proceso23, los regidores toledanos pronto se dieron cuenta que era una farsa. El individuo al

que se encargó que viese el caso dijo que no podía hacerlo porque estaba muy ocupado24, y no

se hizo nada. De nuevo la incapacidad...

Río Tajo

RíoAlgodor

TOLEDO

RíoGuadarrama

Puebla de Alcocer

Siruela

Herrera

Helechosa

Alcolea de los Montes

Cuerva

AzañaEsquivias

Yeles

Novés

PortilloFuensalida

Orgaz

Illescas

El Viso de San Juan

Arcicollar

Chozas de Canales

Camarena

La Torrede EstebanHambrán

Maqueda

Gálvez

N

NavalcarneroArroyomolinos

Casarrubios

Valmojado

Móstoles

MONTESDE

TOLEDO

Almonacid

Sonseca

Casalgordo Arisgotas

Olías

(Área del condado deBelalcázar)

(Frontera con la Tierra deSegovia)

Escalonilla

Villamiel

Ajofrín

Zonas problemáticas de la comarca toledana a fines del Medievo.

23 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 15 de agosto de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-XII, Ávila, 12 de diciembre de 1518. 24 A.G.S, R.G.S., 1520-II, Valladolid, 29 de febrero de 1520.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1569

En la corte de Carlos I no sabían lo que tradicionalmente había supuesto para Toledo el

caso del conde de Belalcázar. Siempre que los dirigentes toledanos se sintieron frustrados a la

hora de resolverlo hubo graves escándalos, si las circunstancias los favorecían. Sucedió en

1465, en 1468 y en 1506, y volverá a ocurrir en 1520. El asunto venía de la década de 1440, y

siempre desestabilizó la paz regia. Poco antes del inicio de las Comunidades, el 29 de febrero

de 1520, el Consejo del monarca se mostraba dispuesto a que el problema se resolviese, pero

era tarde. Nadie confiaba en él. Casos de la complejidad de éste, el del conde de Belalcázar,

difícilmente iban a poder solucionarse por personas con un interés y un conocimiento sobre

ellos tan escasos como los que poseían los de la corte de Carlos I.

8.1.1.1.1. Términos, hermandades y violencia campesina

La situación de la tierra de Toledo en estos años apenas ha variado con respecto a lo que

en 1505 decía de ella el juez de términos Lorenzo Zomeño. Muchas sentencias establecidas

por éste, de hecho, aún están por cumplirse más de una década después, y seguirán estándolo

una vez fracasen las Comunidades. Los dirigentes de Almonacid, por ejemplo, afirmaban que

Zomeño les había concedido el término de Campo Rey (o Camporey) en contra de la villa de

La Guardia, y a pesar de ello los de esta villa prendaban a sus vecinos para que no pudieran

aprovecharse del terreno25. Más grave era el enfrentamiento que mantenían Casalgordo y

Sonseca; pueblos que, además, estaban enfrentados con Juan Gaitán (luego líder comunero),

un hombre que no dudó en requerir la ayuda de fray Francisco de Eván -el referido juez

eclesiástico culpable de múltiples conflictos jurisdiccionales- para defender sus derechos. El

25 de junio de 1517 el Consejo ordenó a Eván que no se entrometiese en el asunto26; algo que,

como en muchísimas otras ocasiones, el juez eclesiástico se negó a hacer, por lo que tuvo que

darse otra misiva en la que se ordenaba lo mismo, el 19 de enero de 151827.

Como se vio, Juan Gaitán demandaba del mismo modo a Casalgordo y Sonseca el pago

de algunos tributos28, y ambos pueblos tuvieron que requerir al Consejo unas licencias para

recaudar dinero entre sus vecinos29, y así poder defenderse. Al tiempo que esto ocurría lugares

como Novés solicitaban a los consejeros la confirmación de unas ordenanzas creadas para

amparar su término concejil30, puesto que el nuevo rey no tenía muchos apoyos y despertaba

25 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 11 de noviembre de 1516. 26 A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 25 de junio de 1517. 27 A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 19 de enero de 1518. 28 A.G.S., R.G.S., 1517-VIII, Madrid, 8 de agosto de 1517. 29 A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 30 de junio de 1517, y 1518-I, Valladolid, 25 de enero de 1518. 30 A.G.S., R.G.S., 1518-III (2), Valladolid, 25 de marzo de 1518.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1570

desconfianza, lo que había sido en épocas pasadas sinónimo de abusos por parte de los

poderosos, y de conflictos.

Tal y como se refirió en capítulos anteriores, las zonas más problemáticas eran aquellas

que hacían de frontera entre los lugares de señorío y la tierra toledana. El área de Orgaz fue en

todo momento un territorio conflictivo debido a la proximidad de Arisgotas, un pueblo de una

adjudicación a Toledo muy reciente, que estaba siendo repoblado no sin dificultades, y que en

buena medida por ambas razones era un foco continuo de enfrentamientos. Sin ir más lejos, el

Ayuntamiento de Orgaz tuvo que quejarse a los consejeros reales a fines de 1518, advirtiendo

que, si bien sus vecinos tenían derecho a pacer con sus animales en las tierras de Arisgotas y

en la dehesa de Escalicas, gracias a la sentencia de un juez de términos, los habitantes del

lugar de Arisgotas realizaban lo siguiente31:

...con mucho escándalo e alboroto diz que se an puesto en prendar de los ganados de

los vesinos de la dicha villa, e a otras personas que han entrado en los dichos términos a paçer e roçar en ellos. E que no solamente diz que les han prendado los dichos ganados, pero que han prendido a las personas que los metían e roçaban. E que los han llevado presos e atados del dicho lugar de Arias Gotas...

En la zona de Camarena también era Juan Gaitán culpable de ciertos abusos. Obligaba a

los vecinos del pueblo a aceptar que algunos de sus vasallos paciesen en el término con sus

animales32. Algo así sucedía en torno a Alcubillete, donde el canónigo Pedro Suárez y su

hermano Ramiro de Guzmán estaban dispuestos a impedir que los vecinos de este pueblo

pacieran con sus ganados, recurriendo al vicario general de Toledo33. Con respecto a los

Montes de esta urbe, el máximo problema, como en décadas pasadas, era el fiel del juzgado.

Según dijeron ante el Consejo Real los jurados en la primavera de 1519, el juez de los

Montes tenía bajo su jurisdicción unos doce pueblos, y el cargo se echaba a suertes cada uno

de marzo entre los regidores. Ese año la fortuna había recaído en el regidor Alonso de Silva,

quien, al recibir el corregimiento de Badajoz, dispuso que fuera su lugarteniente en el oficio

Luis Hurtado. Tal disposición fue rechazada de forma inmediata por los jurados, ya que el

escribano de la audiencia del juez de los Montes era hermano de Luis, y, por lo tanto, iba a

resultar fácil que ambos colaboraran a la hora de cometer todo tipo de abusos. Los regidores

afirmaban que tales críticas eran absurdas, que debía recibirse a Luis Hurtado en el oficio sin

más. Los consejeros reales estaban en la obligación de optar por la postura de los regidores o

por la de los jurados. No obstante, conscientes de que cualquiera de las opciones dejaría

31 A.G.S., R.G.S., 1519-XI, Valladolid, 16 de noviembre de 1519. 32 A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Ávila, 14 de julio de 1519. 33 A.G.S., R.G.S., 1519-I, Ávila, 27 de enero de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-IV, Ávila, 1 de abril de 1519.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1571

insatisfecha a una de las partes, acordaron que se pusiese en práctica la tercera opción:

permitir a Luis Hurtado disfrutar del puesto de fiel del juzgado, y hacer que su hermano -de

nombre Diego de la Fuente- abandonase su escribanía, una vez hecho su preceptivo juicio de

residencia34.

Esta manera de proceder del Consejo Real es muy común, aunque no dejaba satisfecha a

ninguna de las partes. En este caso los jurados no querían ver a Luis Hurtado al frente de la

audiencia de los Montes y no lo consiguieron. En cuanto al Regimiento, recordemos cómo ya

en abril de 1506 se alzaban quejas en su contra, señalando que hacía todo lo que consideraba

oportuno para que la Hermandad Vieja no conociese de ciertos delitos que se cometían en los

Montes, diciendo que no eran casos de Hermandad y que se realizaban en lugares poblados.

Entonces los regidores llegaron a mandar a los vecinos de los Montes que no acudiesen a los

llamamientos de los cuadrilleros para perseguir a los malhechores, si no contaban con una

autorización, expedida por los alcaldes de su pueblo. Los cuadrilleros, de igual forma, decían

que por culpa de su trabajo les amenazaban y prendían, a veces a solicitud de los gobernantes

de la ciudad del Tajo, y que se realizaba así gracias a la mediación del fiel del juzgado35.

Los mismos problemas pueden detectarse una década después. Los enfrentamientos

entre la Hermandad Vieja y el fiel del juzgado por asuntos jurisdiccionales son comunes. Por

ejemplo, en diciembre de 1515 un hombre robó en Yébenes a otro un capuz y una camisa. El

caso se denunció ante la Hermandad, pero quién cogió al ladrón fue el fiel del juzgado.

Cuando la primera solicitó a éste que le diera el preso se negó a hacerlo, y no hubo más

remedio que recurrir a la mediación del Consejo Real36.

Por otra parte, y siguiendo en los Montes de Toledo, la Hermandad Vieja continuaba en

la época anterior a las Comunidades con los obstáculos que se habían suscitado en la década

precedente: los referidos enfrentamientos con el fiel del juzgado y los gobernantes de la urbe;

dificultades a la hora de conseguir el “socorro popular” para la captura de los malhechores;

impedimentos a la hora de sostenerse desde el punto de vista económico, a causa de las trabas

para recoger los ingresos en concepto de derecho de asadura37; y, como no, la ya cotidiana

conflictividad interna, la conflictividad entre los propios miembros de la institución.

34 A.G.S., R.G.S., 1519-IV, Ávila, 14 de abril de 1519. 35 A.G.S., R.G.S., 1506-IV, Valladolid, 2 de abril de 1506. 36 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 15 de marzo de 1516. Un caso ejemplifica, por otra parte, el tipo de abusos del juez de los Montes: Juan de Tobar, un vecino de El Molinillo, fue encarcelado en 1517 y le expropiaron unos bienes debido a una pelea que tuvo con unos vecinos diez años atrás, por la que él aseguraba que ya había sido castigado: A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 3 de mayo de 1517. 37 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 20 de marzo de 1517; A.G.S., R.G.S., 1517-IV, Madrid, 24 de abril de 1517.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1572

Se indicó en el capítulo séptimo. Al igual que en el resto de las instituciones toledanas,

también en la Hermandad Vieja van a surgir serios enfrentamientos entre sus integrantes, lo

que hizo que la esencia del sentido de “hermandad” se quebrara, produciendo una crisis. En la

primavera de 1517 los ”hermanos” solicitaron en el Consejo Real que, por evitar enojos, el

escribano de la Hermandad, Pedro Fernández de Oseguera, les diese copia de las ordenanzas

que establecían el modo de elegir a los oficiales de su institución. Aparte de lo que dicha

solicitud significa, que los conflictos por causa de las elecciones, como en épocas pasadas,

estaban a la orden del día, merece la pena destacar dos aspectos. En primer lugar, como puede

verse, los Oseguera acaparaban las escribanías de las instituciones públicas de Toledo en la

década de 1510. En segundo, no deja de ser llamativo el hecho de que se dé al referido Pedro

de Oseguera este título38: escrivano del Cabildo de la Fermandad Vieja de la çibdad de

Toledo. Es algo que se enmarca dentro del proceso de acabildamiento que se produce antes de

las Comunidades (lo vimos en el capítulo anterior al hablar de los tejedores y los escribanos).

Los miembros de la Hermandad Vieja crearon unas ordenanzas en el año1517 para que

no hubiese problemas a la hora de elegir a las personas encargadas de desempeñar sus oficios,

algo que a tenor de lo visto en años anteriores parecía muy difícil. Dichas ordenanzas fueron

confirmadas por el Consejo el 24 de julio de 151739, pero en 1519 surgieron los problemas de

siempre40, a pesar de ellas.

Las dificultades de la Hermandad general son aún mayores. Antes de las Comunidades

la institución se ve inmersa en un agotador ambiente de conflictividad. Sus miembros tienen

problemas en múltiples zonas de la tierra: en torno a Torrejón de Velasco41o en Escalonilla42

por ejemplo. Un vecino de este último pueblo, Lope de Molina, pidió ante el Consejo que los

miembros de la Hermandad de su villa se sometiesen a una residencia, puesto que sus abusos

cada vez resultaban más difíciles de soportar. Así se ordenó que lo hicieran en mayo de 1516

-les tomó residencia Gonzalo Fernández Gallego, juez de residencia de mosén Jaime Ferrer43-.

También en Móstoles la Hermandad causó problemas. A finales de este año, de 1516, dieron

queja en el Consejo Pedro Marcos, Juan Colomo, Juan Malmajo y un hijo de éste, vecinos de

Móstoles, advirtiendo que los alcaldes hermandinos les habían metido en prisión sin culpa,

sólo porque Francisco y Alonso de Villalobos quebraron un colmenar. Lo peor era cómo

38 A.G.S., R.G.S.,1517-IV, Madrid, 20 de abril de 1517. 39 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 24 de julio de 1517. 40 A.G.S., R.G.S., 1519-VIII, Valladolid, 30 de agosto de 1519. 41 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 17 de marzo de 1516. 42 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 22 de mayo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 10 de mayo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-VI, Madrid, 2 de junio de 1516. . 43 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, (blanco) mayo de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1573

procedió un cuadrillero: los avía desnudado los sayos, de manera que estavan desnudos, e

que, como son pastores e pobres, que morían de fanbre44.

Las formas de proceder de los miembros de la Hermandad, en efecto, en ocasiones son

rigurosas y/o fraudulentas45. También eran así vistas muchas de las sentencias establecidas

por los alcaldes de esta institución, por lo que no era infrecuente que se apelasen. Esto no es

nuevo; venía produciéndose desde años atrás.

Hay, sin embargo, algo que debe destacarse. A medida que avanza la década de 1510

los actos de los campesinos se radicalizan en algunas poblaciones. La violencia cobra tintes

nunca antes vistos, y esto va a poner en serios apuros a los cuadrilleros de la Hermandad.

Hasta tal punto llegó la situación en pueblos como Olías, separado sólo por unos kilómetros

de Toledo, que podemos hablar sin miedo a equivocarnos de la existencia en el verano de

1519 de ese germen de radicalismo que exhibirán las clases bajas durante las Comunidades, y

que en urbes como la ciudad del Tajo adquiriría una enorme importancia.

Lo que sucedió en Olías en el verano de 1519 es llamativo no por los hechos en sí, sino

por lo que rodeó a tales hechos. Fueron denunciados por Diego López, Francisco Ramírez de

Sosa y Francisco de Valladolid, unos vecinos de Toledo con tierras en ese pueblo. Éstos, tal y

como establecían un mandato de su Ayuntamiento y algunas sentencias, nombraron a Juan de

Villa Real como guarda de sus terrenos, para que no entrasen los ganados de los habitantes de

la localidad en ellos -eran viñas, siembras de cereal, huertas...-. Cuando lo supieron los del

pueblo, tanto sus alcaldes y regidores como muchos labradores46:

...se juntaron en la plaça e començaron a alborotar diziendo que no avían de aver

guarda, e que sy se pusyese que le matasen a palos, que non los avían de ahorcar por ello. E otros diziendo que no, que juravan a Dios que si tomasen a dicha guarda en el dicho lugar e prendasee (sic), que ellos le harían que no fuese más guarda, e que no duraría tres meses. E que con este alboroto y palabras, diz que luego, la noche siguiente, andando la guarda usando su ofiçio, salieron al canpo çiertos labradores del dicho lugar porque avía prendado çierto ganado, dexándolo [en] el corral para venirlo a notificar a la nuestra justiçia. Diz que le dieron muchas cuchilladas, palos y pedradas. Y diz que d´ello allegó a punto de muerte, lo qual diz que denunçió a la justiçia d´esa dicha çibdad.

E que la dicha guarda, aviendo convalecido e estando ya bueno, aunque manco de un braço e de una mano, tornó a usar el dicho su ofiçio. Y que estando en el dicho lugar çiertos labradores que estavan en asechança, yendo a guardar las viñas, salieron a él e le mataron a cuchilladas, e le despojaron e rrobaron las harmas e dineros que traýa. E que se metieron en la yglesia del dicho lugar.

44 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 21 de octubre de 1516; A.G.S., R.G.S., 1517-I, Madrid, 26 de enero de 1517. 45 En 1517 se dio queja de Francisco Ramírez de Sosa, quien en los seis o siete años que estuvo como alcalde de la Hermandad cometió muchos abusos: A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 12 de febrero de 1517; A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 18 de febrero de 1517. Bartolomé de Aguilera, por su lado, era un vecino de Recas que se quejó en el Consejo Real diciendo que tras robarle unos animales en su propia casa y haberle agredido, los alcaldes de la Hermandad dieron por libres a los agresores: A.G.S., R.G.S., 1518-II, Valladolid, 14 de febrero de 15168. 46 A.G.S., R.G.S., 1519-VIII, Valladolid, 31 de agosto de 1519.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1574

E que los herederos tornaron a poner otra guarda para que usase su ofiçio. Diz que otros labradores, favoresçiéndolos los del dicho lugar, le dieron estando en la plaça seguro muchos palos, viéndolo el alcalde e regidores del dicho lugar. E que pudiéndolos prender no lo avían prendido. Que un jurado de la dicha çibdad que allí se halló prendieron (sic: prendió) a uno de los dichos delinquentes, e lo entregó al alguazil e regidores del dicho lugar, diziendo que se fuese. E que asymismo los que mataron al dicho Villa Real e le hirieron los vesinos del dicho lugar los favoresçieron, teniéndolos en la yglesia y dando dineros y de comer, y lo que avían menester.

Lo qual todo fue dicho e denunçiado al alcalde mayor de la dicha çibdad e a los alcaldes de la Hermandad. E se les dio ynformaçión bastante, y prendieron a un Alonso Conexo e a otras personas. E que´l dicho alcalde diz que por ruegos le dio en fiado e a disymulado en ello. Y porque los alcaldes de la Hermandad los prendieron y proçedían en la cabsa, por ser en el canpo e sobre asechanças, el dicho alcalde mayor los tornó a soltar. E que asymismo sobre los palos dados a la segunda guarda no ha querido proçeder ni haser justiçia aviéndole dado ynformaçión. A cuya cabsa diz que los labradores están favoresçidos y destruyen (roto) las viñas y olivares, cortándolos [con las] hachas [...] Asymismo hazen lo que quieren, viendo que no se haze justiçia ni se punen ni castigan los dichos delinquentes...

La forma de proceder tan radical de los labradores no es nueva, pero pocos documentos

nos la muestran con tal claridad. Asambleas en las plazas como la que aquí aparece, en las que

determinar estrategias de actuación conjunta frente a “enemigos comunes”, y la violencia con

que se desarrolla todo, van a convertirse en habituales durante las Comunidades. Por ahora se

trata sólo de actos violentos similares a los desarrollados por otras causas. Eso sí, lo que

diferencia lo que sucede en Olías en 1519 es el sentido de “comunidad” con que se produce.

Antes de hacer algo los labradores del pueblo se reunieron con sus dirigentes, labradores

al igual que ellos -aunque tal vez más acomodados-, en la plaza. Allí se definió la estrategia a

seguir: los del pueblo podrían actuar con libertad frente a los guardas; la justicia local no iba a

entrometerse. Esto daba vía libre a la violencia, hasta tal punto que puede hablarse de una

sublevación de los labradores de Olías frente a los herederos (a los que tenían heredades) de

Toledo en su pueblo. No estamos, además, ante un caso excepcional. También Luis Hurtado,

un vecino de Toledo, se quejó ya en 1517 en el Consejo, advirtiendo que en el pueblo de

Velayos le habían ocupado sus tierras los vecinos, metiendo en ellas los ganados a voz de

concejo47.

Lo ocurrido en Olías ha de relacionarse con dos aspectos: las demandas continuas de los

dirigentes de los pueblos que en esta época se dejan oír por toda la tierra, y los problemas que

existen en torno a las propiedades de terrenos agrícolas sobre los que pacer con animales, o

sobre los que cultivar, en unos años -los últimos de la década de 1510- de recesión económica

generalizada, en los que los precios se están disparando con una contundencia preocupante.

47 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 29 de julio de 1517.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1575

Empecemos por el primer asunto. Las demandas de los dirigentes de los pueblos son de

lo más variadas, y desde el año 1515 han de enmarcase en el referido ambiente de problemas

económicos. Un ejemplo paradigmático lo tenemos en el caso de Villamiel. Sus gobernantes

demandaron a comienzos de 1517 ante el Consejo Real un problema que afectaba a su pueblo

y a otras poblaciones próximas, situadas en caminos más o menos transitados. Villamiel era

por entonces una localidad de unos setenta vecinos -no más de cuatrocientos habitantes-, pero

tenía problemas de abastecimiento; hasta tal punto que no encontraba a ninguna persona que

quisiese desempeñar el oficio de panadero en el pueblo. Los motivos tenían mucho que ver

con los precios de los alimentos. Panaderos, tenderos y mesoneros ofrecían sus productos a

los caminantes que pasaban por la localidad a cambio de una suma elevada de maravedíes, y

pretendían vendérselos por la misma cantidad a sus vecinos. Éstos se negaron, y pidieron a los

dirigentes de Toledo ayuda. Los regidores urbanos ordenaron que se vendieran los productos

al precio correcto. Así, por culpa de la existencia de una tasa, muchas personas dejaron de

interesarse por el abastecimiento de Villamiel48.

Los problemas de Ajofrín también eran muy graves, aunque son más comunes que los

de Villamiel. Sus gobernantes se quejaban de que en 1519 las sentencias dadas en 1502 por

Juan de Cuellar, para que no cobrasen unos tributos ilegales el deán y el Cabildo catedralicio,

se estaban incumpliendo. Los clérigos pretendían cobrar impuestos suspendidos años atrás49.

Además, estaban empeñados en reformar las instituciones de gobierno del pueblo. Hasta 1519

los gobernantes de Ajofrín eran elegidos por la población reunida con la justicia, los regidores

y los hombres buenos. Se nombraban a catorce personas entre alcaldes, regidores y jurados, y

a doce seises. Luego el Cabildo de la catedral ponía a seis seises y a siete oficiales (entre

alcaldes, regidores y jurados). Siempre a uno de los oficiales se le denominaba el “procurador

de la comunidad”, y tenía la misión de velar por los intereses de ésta.

A comienzos de 1519 el deán y los canónigos toledanos estaban empeñados en eliminar

el cuerpo de seises de Ajofrín, y en que la intrusión de la “comunidad” en el nombramiento de

los oficiales del pueblo fuese más reducida. Los habitantes del mismo se opusieron, y Diego

de Tornera, uno de los seises, hablando en nombre de la villa e comunidad de Ajofrín -vemos

de nuevo este concepto con carácter reivindicativo- pidió ayuda al Consejo Real, que le dio la

razón el 10 de febrero de ese año, de 151950. No sirvió de nada. El Cabildo se negó a cumplir

lo establecido por mandado por los monarcas, y tuvo que ordenarse al corregidor de Toledo

48 A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 10 de febrero de 1517. 49 A.G.S., R.G.S., 1519-II, Ávila, 8 de febrero de 1519 (hay dos documentos sobre el tema con la misma fecha). 50 A.G.S., R.G.S., 1519-II, Ávila, 10 de febrero de 1519.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1576

que viera el caso e hiciese justicia51. Ajofrín, por cierto, se encontraba (se encuentra), como

Olías, próximo a la ciudad del Tajo. Las noticias sobre lo ocurrido en tales pueblos tardaban

muy poco en llegar a la urbe; más en el verano, cuando se producen la mayoría de los abusos,

o ocurren escándalos como el de más arriba, con Juan de Villa Real52. Los crímenes causaban

estupor en el núcleo urbano, contribuyendo a oscurecer una realidad de por sí ya oscura...

Se conserva bastante información para esta época sobre delitos de carácter criminal que

se desarrollan en los alrededores de Toledo, sea en lugares poblados o en yermos, en caminos,

o en medio del campo. Fernando Ortiz venía de Torrijos a la urbe cuando tuvo una discusión

con Quevedo, y acabaron a golpes. El primero dio a éste una lanzada en una pierna53. En

Ocaña Diego de Meneses mató a Antonio López tan sólo por un problema relacionado con

una tierra54. Alonso Pérez, vecino de Toledo, fue asesinado en una plaza de Talavera en 1516

a manos del talaverano Arias Gómez, quien huyó de la justicia sin que pudieran castigarle55.

María de Oseguera, por su parte, demandaba haber sido víctima de uno de los robos más

notables que tenemos documentados, si bien no lo demandó hasta diez años después de que se

produjera -ocurrió en 1506 y lo demandó en 1517-56:

...teniendo ella un heredamiento en Santa María de Pexines, término e juridiçión de la

dicha çibdad, que los susodichos e cada uno d´ellos [Juan Garrido, Bartolomé Garrido, Miguel y Juan de Ávila] por fuerça e contra su voluntad, dándose favor e ayuda los unos a los otros, un domingo en la noche, que se contaron treze días del mes de jullio del año que pasó de mill e quinientos e seys años, et fueron et entraron en las casas del dicho su heredamiento, e desataparon un sotorrano de vino, e abrieron çiertas tinajas siguientes de las que allí tenía. Et non hasýan sy (sic: sino) enbyar cueros de vino d´ellas. E que tenían allí un costal lleno de cueros vasýos e carretadas de las (sic). E no hasýan syno cargar en una carreta del dicho Bartolomé Garrido, e llevaron quatro carretadas llenas, e lo llevaron a donde quisieron, en que llevaron çinquenta e siete cueros llenos del dicho vino, en los quales llevaron dozientas e çinquenta arrobas, e hizieron de daño más de otras çinquenta, por lo qual dixo que avía cometido fuerça, e robo e hurto, por ser en el canpo e yermo despoblado...

Bastantes escándalos y abusos deben relacionarse con la posesión de tierras y su disfrute

económico, sea a través de su arrendamiento a ganaderos, sea a través de un tipo de

explotación agrícola más o menos rentable. Si se analizan todas las demandas puestas ante el

51 A.G.S., R.G.S., 1519-III, Ávila, 5 de marzo de 1519. 52 En Yébenes también se producían escándalos con cierta frecuencia ya que el pueblo estaba dividido en dos barrios: uno bajo la jurisdicción de Toledo y otro bajo el control de la orden de San Juan: A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 11 de marzo de 1516. 53 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 2 de agosto de 1516 (sic). 54 A.G.S., R.G.S., 1517-IX, Aranda, 1 de septiembre de 1517; A.G.S., R.G.S., 1518-I, 25 de enero de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-XII, Ávila, 23 de diciembre de 1518 (hay dos documentos) 55 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 19 de mayo de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-VI, Medina del Campo, 4 de junio de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-VI, Medina del Campo, 15 de junio de 1518. 56 A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 4 de mayo de 1517.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1577

Consejo Real por este motivo, en el período 1475-1520, puede observarse cómo las épocas en

que se ponen más coinciden aproximadamente con los períodos de presencia de los jueces de

términos en la urbe. No obstante, en 1515 también existe una buena cantidad de demandas al

respecto, a pesar de no haber jueces de este tipo actuando en la tierra de Toledo. Por entonces

los viejos problemas con los términos del pasado están sin solucionarse, no porque no se haya

puesto una solución, sino por la imposibilidad de llevarla a la práctica ante las actuaciones

judiciales y extrajudiciales (aquí ha de incluirse la violencia) de las personas perjudicadas por

ellas, caballeros en su mayoría.

DEMANDAS RELACIONADAS CON ASUNTOS DE TIERRAS (1475-1520)

0123456789

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20AÑOS

Nº.

DE

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En los años que anteceden a la guerra de las Comunidades continúan las ocupaciones de

territorios de forma ilegal, sobre todo por parte de oligarcas. La disputa entre Pedro de Ayala

y Juan Gaitán por el término de Cien Costilla aún sigue vigente en 151757, y la intromisión de

jueces eclesiásticos como el vicario de la catedral cada vez resulta más insoportable. Aquellos

que la sufren hablan de la notoria fuerça e violençia que éste les hacía con sus actuaciones58,

o de la manifiesta fuerça e agravio que su modo de actuación mostraba59. En 1517 también se

puso ante los consejeros reales una demanda en nombre de ciertos vecinos de Toledo sobre el

asunto de la legua. Según éstos, desde que se instituyó la ordenanza de la legua (en reiteradas

ocasiones nos hemos referido a ella) nunca se había guardado. Dos años antes, sin embargo,

en 1515, los dirigentes de la urbe establecieron que se guardase.

57 A.G.S., R.G.S., 1517-IV, Madrid, 6 de abril de 1517. 58 A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 7 de mayo de 1517. 59 A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 17 de junio de 1517.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1578

Este establecimiento, lejos de ser beneficioso para alguien, perjudicaba a todos. Hubiera

sido positivo si se hubiese guardado como era debido, pero los regidores desde el principio se

mostraron dispuestos a otorgar licencias a ciertas personas e instituciones -lo mismo que en el

pasado, caballeros y monasterios en su mayor parte-, tanto de forma pública como en secreto,

para que ellas sí pudiesen pacer en la legua. Por si esto fuera poco, los fraudes de los guardas

que estaban obligados a guardar la legua (valga la redundancia) eran flagrantes. Como ciertas

personas podían pacer con sus ganados en el entorno de Toledo y otras no, tan sólo porque lo

estipulaban así los regidores de la urbe, o a veces el Consejo Real, dichos guardas encontraron

una fuente de ingresos seductora: ellos permitían pastar a todo el que lo deseaba a cambio de

una notable suma de maravedíes. De este modo, se quejaban los demandantes ante el Consejo,

los guardas vivían con sus hazyendas, llevando dádybas d´ellos e de sus herbajeros, mientras

buena cantidad de caballeros e instituciones pastaba gratis en la legua. Procedían syn ninguna

forden, castigando e penando a unos e desando la mayor parte syn punición ni castigo...60

Esta última idea lo resume todo. La tierra de Toledo en la época que precede a la guerra

de los comuneros se caracteriza por el desorden. Por un desorden acumulativo cuyos orígenes,

en lo que a la propiedad de los terrenos se refiere, pueden remontarse al siglo XIII -recuérdese

lo dicho respecto a los abusos de los caballeros en época de Sancho IV61-, que se exhibe en

forma de cobros de impuestos ilegales; ocupaciones de términos concejiles; disputas entre los

oligarcas; abusos de poderío de éstos; prendas de ganado y otros bienes en contra de las leyes;

violencia en su más puro sentido; conflictos jurisdiccionales; hambre incluso, debido a la falta

de terrenos para cultivar; repartos desequilibrados de la riqueza generada por la agricultura, en

buena medida por culpa de la desequilibrada división de la tierra; etc. La paz regia de Isabel y

Fernando, de los Reyes Católicos, no ha tenido éxito en estos asuntos. Se trata de algo que nos

lleva irremisiblemente a las Comunidades, visto con perspectiva histórica.

******

8.1.1.1.2. El desorden público en una comunidad armada

El desorden en comunidades sociales pequeñas y disgregadas, como las de los pueblos,

no era excesivamente peligroso para la realeza. Todo era distinto en la gran ciudad. Aquí el

desorden no sólo se vive en las calles cuando se produce algún altercado, también se sienten

los problemas de la tierra, se sufren incluso, ya que a la urbe llegan noticias de los pueblos de

60 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 12 de marzo de 1517. 61 Esto ratifica algunas teorías de Pablo SÁNCHEZ LEÓN en su obra Absolutismo y comunidad....

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1579

alrededor, traídas por los campesinos que vienen al mercado semanal a vender sus productos,

por las personas que salen de Toledo a trabajar el campo o a adquirir materias primas, por los

correos que dan buena cuenta de lo que les hablan en los lugares a los que viajan.

El desorden se percibe más en la ciudad, y también la penuria económica. Alimentar a

una comunidad social de unas 25.000 personas es muchísimo más difícil que establecer unas

garantías mínimas de abastecimiento para poblaciones como las de las aldeas, que apenas sí

llegaban a los 500 habitantes, o las de las villas, que difícilmente superarían los 3.000. Frente

a las malas cosechas, como las que hay antes de las Comunidades, se incrementan los precios

de los cereales; la gente comienza a ahorrar y se reduce la demanda de alimentos que no son

parte de la dieta diaria de muchas personas -la carne por ejemplo-, y de otros productos, como

los vestidos y el calzado. Es seguro que la manufactura textil sufría de una forma directa el

impacto económico producido por las malas cosechas. En tanto que los artesanos con algún

tipo de vínculo con la producción de telas eran los más numerosos, muchos, en un principio

los aprendices y peones y luego los oficiales, quedaban sin trabajo. Iban tras ellos los

mercaderes menos importantes, y así se producía una caída económica en cadena, en cuyo

final se hallaba la existencia de una considerable cantidad de población sin trabajo, sin las

mínimas esperanzas de conseguirlo, hambrienta y desesperada.

Muy posiblemente éstas fueran las condiciones de vida de muchas personas a fines de la

década de 1510 en Toledo, lo que explica la participación masiva de ciertos grupos sociales

desfavorecidos en la revuelta de las Comunidades. Para ellos la Comunidad era su esperanza,

la única salida frente a la miseria. Por fin alguien contaba con ellos.

Antes de que la revuelta comenzara, en todo caso, los documentos del Consejo Real nos

hablan de una ciudad peligrosa en términos generales. Nunca antes, desde 1475, desde que los

Reyes Católicos llegaron al trono, los datos del máximo tribunal de justicia en Castilla habían

sido tan contundentes a la hora de referirse a Toledo como a una urbe en la que la violencia no

es ya un problema, sino el problema. Aún así, todo indica que en la corte esto no se percibía

de este modo. Para los monarcas y sus hombres el problema era la debilidad de paz regia, de

aquel orden afín a sus intereses. Temían la desobediencia.

Los datos que nos han llegado evidencian dos cosas: que el corregidor mosén Ferrer se

dio cuenta de lo que la violencia significaba e intentó atajar el problema, aunque lo hizo tarde;

y que el corregidor que le sustituyó, Luis Puertocarrero, el conde de Palma, por el motivo que

fuese, no pudo o no supo enfrentarse a esa misma violencia. De este modo, a partir de 1513 la

documentación es clara a la hora de hablar de los delitos criminales. Su incremento desde este

año hasta 1518 es tan evidente que apenas necesita una explicación. Por el contrario, si alguna

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1580

duda pudiese surgir sobre el porqué de la menor cantidad de delitos documentados de este

tipo (no debe olvidarse en ningún momento que estamos analizando delincuencia reprimida,

no delincuencia real) en 1519 y 1520, las causas también son claras: Toledo se está rebelando

frente al rey, y su contacto con el Consejo Real se reduce de manera palmaria. No en vano, la

intervención de los consejeros reales en los asuntos de la ciudad del Tajo entre 1520 y 1522 es

prácticamente nula.

EVOLUCIÓN DE LA DELINCUENCIA (1475-1520)

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20AÑOS

Nº.

DE

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Delitos contra la propiedad Delitos contra la persona

Deberíamos preguntarnos por qué aumenta el intervencionismo de los consejeros reales

en los hechos violentos que se producen en Toledo, si desde que Cisneros deja la regencia de

Castilla se reduce la intervención del Consejo Real en otros asuntos, como luego veremos. Un

intervencionismo que a la hora de reprimir el crimen y el delito se manifiesta, por otra parte, a

través de concesiones de licencias de armas.

Está claro que mientras los delegados y los consejeros del rey en Castilla intervienen en

algunos problemas urbanos poco desde 1517, como podrá observarse más tarde, en lo relativo

a la violencia su trabajo se incrementa; lo que sólo puede deberse a una cosa: como entre 1504

y 1506, ahora, en torno a 1517, la realidad camina más rápido que el intervencionismo regio.

La monarquía se ve desbordada ante la violencia que la comunidad de Toledo padece. Resulta

incontrolable, y los reyes no saben como combatirla, aunque procuren que el asunto no se les

escape de las manos. Ellos, y sus acólitos, no dudan que la paz regia es incompatible con unas

altas cuotas de violencia, mas no pueden evitarlas. Se conceden muchas -excesivas- licencias

de armas buscando que cada cual se ampare como pueda, porque la realeza ya no puede dar

amparo a todos sus súbditos. La población se armará, en consecuencia; lo llevaba haciendo

con la aceptación de la monarquía desde fines del siglo XV...

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1581

En lo que respecta a los delitos de carácter económico, su evolución es muy oscilante, y,

desde luego, no resulta fácil de interpretar. Hay algo evidente en todo caso: el que se reduzca

la intervención regia en los problemas económicos a partir de 1516, cuando éstos se acumulan

y no paran de crecer, es clarificador. O bien la corte no es capaz de dar respuesta a la situación

económica que se la presenta, tal y como lo había hecho en épocas pasadas; o bien no quiere.

Es esto último lo que pensaron los comuneros. Ni Carlos I tenía interés en Castilla, afirmaban,

ni Castilla estaba hecha para ser regida por un hombre como él.

Analicemos un instante el cuadro que arriba se presenta. En él se muestra la evolución

global del intervencionismo de los consejeros reales en los delitos de carácter económico, por

una parte, y en los delitos contra las personas, por otra. Más allá de los números, al menos hay

dos hechos que chocan bastante. Como puede observarse, el intervencionismo del Consejo en

los delitos contra la propiedad y en los delitos contra los individuos evoluciona de una manera

similar. Normalmente cuando más se interviene en los problemas frente a las propiedades hay

una intervención también mayor en los problemas frente a las personas en sí. Tal tónica se

rompe de forma llamativa en 1515: el intervencionismo en los delitos contra las personas

sigue su curso ascendente, mientras que la intervención regia en los delitos contra la

propiedad se reduce mucho. En el período de regencia del cardenal Cisneros, en 1516 más en

concreto, el Consejo vuelve a intervenir de manera activa en los asuntos económicos, sin dejar

por ello de mantener el intervencionismo en los delitos contra las personas en unos niveles

estimables. A medida que Carlos I se asienta en el trono, sin embargo, esto se va al traste.

Si 1517, cuando Carlos I llegó a Castilla, fue un “año fatal” porque desde entonces la

sublevación de las Comunidades no tendría vuelta de hoja, el año verdaderamente crítico para

la Toledo precomunera es 1518, según los escritos del Consejo. La violencia documentada

entonces no tiene parangón. Los consejeros reales se van a ver obligados a intervenir ante una

violencia que parece imparable, aunque van a hacerlo, como se verá en las páginas siguientes,

de manera peligrosa: concediendo licencias de armas para que cada uno se garantizase su

defensa. Al tiempo, el intervencionismo regio en los problemas económicos se reduce. Surge

así una dicotomía: la intervención del Consejo en los delitos contra las personas es necesaria y

los consejeros responden a la necesidad; también lo es su intervención en los asuntos

económicos, pero, sea por desidia o porque simplemente no se demandan, el intervencionismo

del Consejo al respecto es mucho más reducido.

Lo difícil es determinar el porqué de la menor intervención en los asuntos económicos.

Tal vez haya que achacarlo al menor número de demandas, debido a la desconfianza que la

corte de Carlos I despertaba, pero no debe olvidarse que los costes que producía el socorro del

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1582

monarca eran altos, y los años que anteceden a las Comunidades son de una clara penuria

económica. En todo caso, estamos ante una urbe, la Toledo de entre 1517 y 1520, que soporta

buen número de problemas económicos en los que la realeza no interviene, y que tiene que

sufrir cada día muchos delitos y crímenes sobre los que los reyes sí actúan, aunque muy mal.

Vayamos a los casos concretos. Alonso Galván se quejaba de que Juan de la Montaña le

había amenazado porque iba con la justicia en su contra, ya que éste asesinó a un hermano

suyo62. Pedro Juárez fue asesinado por unos hombres que acordaron acabar con su vida en el

momento más oportuno. Le estuvieron esperando, y cuando pasó junto a ellos le acuchillaron

hasta dejarle sin vida. Sucedió en abril de 151663. Antonio de Madrid se quejaba diciendo que

Alonso Carrillo había pedido a sus criados que le mataran. Así quisieron hacerlo, pero algunas

personas no lo toleraron. Desde entonces, también desde abril de 1516, las amenazas, decía

Antonio, eran constantes64. La misma suerte corrió Alonso Pérez. Estaba salvo e seguro en

Toledo cuando uno quiso darle de cuchilladas; algo que habría hecho sin problemas de no ser

porque se lo impidieron algunos65. Juan Gómez, en fin, peleó con Juan de Torres, y ambos

acabaron heridos. Éste último iba publicando desde la pelea que el primero tenía sus días

contados66. Tal vez sea este mismo Juan de Torres, mayordomo de la reina, el que en octubre

(de 1516) fue llamado a la corte para que respondiera a algunas preguntas67.

Esto último no es extraordinario. En 1516, durante la residencia que Gonzalo Fernández

Gallego hace a mosén Ferrer, el Consejo Real dicta varias disposiciones para que se presenten

a responder ante él individuos acusados por algún delito, cuando no se dispone su inmediato

encarcelamiento. Por ejemplo, a Diego de Merlo le ordenaron presentarse en la corte porque

así lo requería la paz y sosiego de la ciudad del Tajo68. A Alonso de Cervantes no le dieron la

oportunidad de defenderse. El 9 de octubre de 1516 se ordenó que fuera encarcelado, y una

vez preso le trajesen a la corte69. Todas estas medidas iban encaminadas a amparar un orden

público que a diario se veía puesto en cuestión por culpa de sucesos que, si de manera aislada

eran poco importantes, vistos en su conjunto evidencian el contexto de peligrosidad que en el

interior de Toledo se vive ya en 151670.

62 A.G.S., R.G.S., 1516-I, Madrid, 20 de enero de 1516. 63 A.G.S., R.G.S., 1516-VI, Madrid, 24 de junio de 1516. 64 A.G.S., R.G.S., 1516-VI, Madrid, 6 de junio de 1516. 65 A.G.S., R.G.S., 1516-VIII, Madrid, 4 de agosto de 1516. 66 A.G.S., R.G.S., 1516-VIII, Madrid, 7 de agosto de 1516. 67 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 22 de octubre de 1516. 68 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 5 de noviembre de 1516. 69 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 9 de octubre de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 30 de mayo de 1516. 70 Otro ejemplo: Diego López tuvo una discusión con Juan de Rojas. De las palabras pasaron a las armas y ambos salieron heridos. Luego el segundo amenazó al primero diciendo que le mataría: A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 24 de octubre de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1583

Rumores iban de un sitio a otro amplificando la realidad de la violencia, estableciendo

una atmósfera de temor que tenía una base real. Lo más difícil es comprender hasta qué punto

“impactaban” en la “comunidad” las muertes, los robos o las amenazas; sucesos como el que

relataba Martín de Bargas, quien decía que estando seguro en una plaza junto a la iglesia de

San Salvador aparecieron por allí cinco sujetos armados con espadas y le acuchillaron, si bien

no pudieron matarle71. O denuncias como la que se puso contra un hijo de Pedro Díaz, que

mató de una pedrada a un pescador tan sólo porque estaba pescando en el río Tajo cuando lo

habían prohibido72. Lo que parece claro es que no hemos de pensar en hechos sin repercusión

social, sino todo lo contrario. Puesto que no hay mecanismos de comunicación comparables a

los de las sociedades contemporáneas, el único modo de que las noticias vuelen de un lado a

otro es la vox populi, algo que tenía dos consecuencias al menos: por una parte, el número de

personas a las que van a llegar las noticias dependerá siempre de su gravedad -un robo de una

importancia escasa no tendrá las mismas repercusiones que un intento de asesinato en plena

calle-; por otra, y esto es más importante, la vox populi no es objetiva, y si lo es deja de serlo a

medida que se extiende. Aún siendo mínimamente objetivos en su inicio, los rumores pronto

se ven deformados, y los hechos adquieren mayor dramatismo73.

Catalina Álvarez, por ejemplo, se quejaba en el Consejo Real diciendo que poseía en la

ciudad del Tajo unas casas junto a las de un oligarca: Diego de Mendoza. Éste suplicó en su

momento a la mujer que se las vendiera y no quiso porque ofrecía una suma de maravedíes de

lo más ridícula. Los objetivos de Diego desde entonces fueron destruir las casas y hacer todo

el mal posible a Catalina. Así, el oligarca, aprovechando que iba a realizar ciertas reformas en

su vivienda, echó junto a las paredes de la casa de Catalina enormes montones de tierra. Llegó

la humedad de las paredes a tal situación que hubieron de derribarse y hacer otras nuevas. Las

estaban reconstruyendo los albañiles cuando llegaron cuatro o cinco pajes de Diego. Con furia

inusitada, se pusieron a lanzar piedras contra los trabajadores y los tabiques que reconstruían,

hasta tal punto que algunos tapiales acabaron por los suelos. Si no hubieran huido, certificaba

Catalina, les habrían matado allí mismo. Dicho suceso dejó a los albañiles bastante clara una

idea: su trabajo estaba concluido. Una cosa era ganarse la vida, y otra exponerse a perderla.

Los trabajadores no volvieron a la obra. Catalina dio queja del caso ante el alcalde mayor de

71 A.G.S., R.G.S., 1516-XII, Madrid, 2 de diciembre de 1516. Un caso parecido es el de Juan de Córdoba, un vecino de Toledo que yendo salvo y seguro por una calle una noche se encontró con dos personas, desconocidas para él, que le persiguieron con espadas en la mano dándole cuchilladas: A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 28 de marzo de 1517. 72 A.G.S., R.G.S., 1517-I, Madrid, 22 de enero de 1517. 73 Muchos rumores eran falsos, como por ejemplo esos que acusaban a los hermanos Francisco y Juan López de haber matado a Bernardino de Salazar: A.G.S., R.G.S., 1518-II, Valladolid, 4 de febrero de 1518.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1584

la urbe, y éste dispuso que los albañiles volviesen a sus labores, asegurándoles que podían ir

seguros. Fue inútil74.

Los alguaciles, luego vamos a comprobarlo de manera muy minuciosa, eran las víctimas

“públicas” de la violencia más habituales. Los obstáculos que les ponían a la hora de prender

a un delincuente, o cuando estaban en la obligación de ejecutar un contrato de deuda, eran

notables. Sirva como ejemplo, por ahora, el siguiente suceso75:

...un Françisco Ramíres, e Tapia e Juan de la Xara, todos tres mançevos traviesos e

rrevoltosos, por çierto delito que comentieron (sic) los mandaron prender. E que porque dos alguaziles d´esta dicha çibdad los seguían para los prender, los agoardaron junto con la yglesia mayor, e yendo seguros [los alguaciles, los mancebos] echaron mano a las espadas contra ellos e les dieron muchas cochilladas (sic), e cortaron la vara [de justicia] al uno, e los maltrataran sy non se defendieran. E porque entonçes non se pudieron prender, porque se metieron en la dicha yglesia mayor e se subieron en lo alto d´ella, e por no haser mucho escándalos (sic) e alboroto, no se sacaron...

El mantenimiento de la paz regia, del orden público, hizo que en este hecho se respetase

el asilo eclesiástico para no generar un grave escándalo. Las repercusiones inmediatas de esto,

no obstante, eran negativas, ya que visto lo realizado por la justicia un delincuente podría

pensar que no era imposible ampararse frente a un delito, si se contaba con el auxilio de una

iglesia u otro recinto sacro. Cuando se produjo el incidente, aún así, los conflictos entre los

jueces eclesiásticos y los laicos eran habituales, y había que proceder con cuidado.

Como se señaló, en 1518 el número de delitos contra las personas que se documentan es

enorme: más de noventa, incluyendo homicidios, agresiones, amenazas, injurias, etc. Pedro de

Zamora defendía que por culpa de unas palabras que pasaron entre él y Rodrigo de Cevallos y

Francisco Ramírez, éstos le dieron de cuchilladas, y después le amenazaron, advirtiéndole que

la próxima vez perdería la vida76. García de Madrid y Sancho Pimentel, tras asesinar a uno

que era primo de Juan de Córdoba, dirigieron a éste sus amenazas77. En un ruido trabado Juan

Trujillo hirió a Francisco Sánchez. La justicia hizo que encarcelaran a Juan, y le soltaron poco

después, diciendo que él no tenía la culpa de nada. Francisco no lo aceptaba y envió a algunos

a amenazarle78.

Más casos. Juan de Ávila defendía que Bartolomé de Valencia le intentó matar, y como

tan sólo logró herirle, le amenazaba con quitarle la vida79. Alonso Álvarez tuvo una pelea con

74 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 17 de julio de 1517; A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 7 de mayo de 1519. 75 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 29 de mayo de 1518. 76 A.G.S., R.G.S., 1518-VI, Medina del Campo, 8 de junio de 1518; A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Ávila, 30 de junio de 1519. 77 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Segovia, 28 de julio de 1518. 78 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 6 de julio de 1518. 79 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 3 de julio de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1585

un tal Ferrer, quién le hirió en una mano. Los jueces de la urbe procedieron criminalmente en

contra de Ferrer y le condenaron. Sin embargo, él, tras escapar de la justicia, solicitó a Alonso

que le perdonara si no quería morir80. Este tipo de amenazas iba muy en serio. Bartolomé de

Valencia, tal vez el mismo del ejemplo anterior, un zapatero, se concertó con Miguel de Jerez

para que matasse una noche al liçençiado Peñalver, vesino de la dicha çibdad [de Toledo]. E

que sabido d´esto por el conde de Palma, nuestro corregidor d´essa dicha çibdad, e por su

alcalde mayor en el dicho ofiçio, prendieron al dicho Bartolomé de Valencia. Francisco de

Eván, el juez eclesiástico, no obstante, procedió contra los gobernantes, diciendo que no había

derecho a capturarle, pues era de la orden de Santiago, y estaba bajo su tutela81. Según parece

Miguel de Jerez acordó que mataría a su víctima por ruego de Diego López, escrivano que fue

del crimen d´esa dicha çibdad; lo qual [...] quedó de hazer por seys ducados82. Estamos ante

un auténtico “matón a sueldo”, y no puede decirse que fuera el único que por aquellas fechas

pululaba por las calles de Toledo.

Entre los delincuentes profesionales podemos destacar a Juan de la Parra (o Juan de la

Parrilla), al que metieron en la cárcel real de la ciudad del Tajo83:

...sobre razón que diz que dio una cuchillada por la cara a María Ortiz, vesina d´esa dicha çibdad, e çiertos espaldarazos, sin cabsa alguna. E asimismo diz que avía nueve o diez años que mató a un Diego Vázques, vesino d´esa dicha çibdad, e sobre otros desacatos que ha fecho e cometido contra la nuestra justiçia. E sobre rasón que diz que estando preso en la cárçel pública d´esa dicha çibdad por dos vezes la quebrantó e se fue e absentó d´ella, e la postera vez diz que sacó un ganapán que estava preso por muerte de un onbre, e sobre otros delitos...

La mayor parte de la violencia, empero, estaba protagonizada por hombres del común, y

no por profesionales del delito. Eran peleas que surgían en las calles, que a veces acababan en

un tumulto, y que siempre que corría la sangre ocasionaban problemas. Alonso Martínez de la

Fuente, por ejemplo, acusó al herrero Juan García y a su criado Andrés diciendo que un día de

septiembre de 1518 quisieron matarle. Juan dio la orden y Andrés la puso en ejecución, dando

de palos a su víctima84. Por las mismas fechas unas personas desconocidas acuchillaron nada

menos que a Juan de Acre, miembro destacado de una familia de la “preburguesía”85. Parece

indudable que a estas alturas Toledo es una ciudad peligrosa.

80 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 10 de julio de 1518. 81 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 28 de agosto de 1518. 82 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 29 de agosto de 1518. 83 A.G.S., R.G.S., 1518-IX, Segovia, 6 de septiembre de 1518. 84 A.G.S., R.G.S., 1518-XI, Ávila, 30 de noviembre de 1518. 85 A.G.S., R.G.S., 1519-II, (blanco), 24 de febrero de 1519.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1586

La llegada del nuevo año, de 1519, no trajo una mejora en el contexto de la urbe. Existe

un buen número de denuncias sobre homicidios y agresiones también por entonces, algunas

de ellas tremendas. A Nicolás Polo, sin ir más lejos, le dieron dos cuchilladas a la puerta de su

casa un día de enero, anocheciendo, de las que quedó manco de la mano izquierda86. Manco,

de igual manera, quedó el espadero Álvaro de Morales tras habérselas visto con unos criados

de Fernando de Silva, comendador de Otos (un hijo del señor de Montemayor), que intentaron

agredirle87. Peor suerte corrió Alonso de Osorio, muerto a manos de Pedro de Torres y otras

personas. Como Pedro de Torres dijo ser clérigo de corona sólo establecieron que en pena

saliese al destierro, algo que hizo, aunque luego volvió a Toledo, quebrantando su condena.

Por si fuera poco, hizo algunos escándalos en la urbe. Por ejemplo, quiso matar a un hombre

en una iglesia. Lo peor de todo es que se tuvo que pedir ayuda al Consejo para que le

castigasen, porque parecía imposible hacerlo mientras se definiese a sí mismo como clérigo88.

María de Medina, esposa de un tal Leguineche, ya difunto, relató ante el Consejo Real

el modo en que asesinaron a un hermano suyo en Toledo, en abril de 151989:

...en un día del mes de abril próximo pasado, estando de noche Juan de Medina, su

hermano, de hedad de diez e siete años, vesino de la dicha çibdad, en una calle junto al arquillo que dizen de Barrio Nuevo, Herrando Cornejo, vesino de la dicha çibdad, a trayçión e alevosamente le hirió con una espada e le dio dos cuchilladas, una en la cara e otra en la cabeça, de que murió, la qual muerte fue alevosa, porque diz que le sacó con palabras de una casa para le dar las dichas cuchilladas de que murió...

Al mercader Juan Arias quiso asesinarle uno de sus criados, al que acusaba de haberle

querido robar. El criado fue hecho preso y cuando salió de la cárcel propinó a su jefe una

cuchillada en la cabeza que a punto estuvo de costarle la vida. Por si fuera poco, se quejaba

Juan Arias, cada día soportaba todo tipo de amenazas por parte de su antiguo sirviente90.

Un individuo de una familia destacada de Toledo, Cristóbal Cota, su mujer mejor dicho,

padeció un delito de enorme gravedad si nos atenemos a que quien lo hizo era hijo de un

regidor, y a que a la hora de hacerlo contó con la ayuda de sus hombres91:

...un día del mes de março del año pasado de quinientos e diez y ocho años un Sancho de la Peña, hijo del regidor Antonio de la Peña, llevando consigo a Diego Garçía, su cuñado, con otros tres honbres armados de todas armas, diz que fueron a su cassa [a la casa de Cristóbal Cota], estando él fuera d´ella entendiendo en su hazienda, e, dexando quatro honbres a la puerta, diz que subió por fuerça a buscar su muger, e hallándola puso las

86 A.G.S., R.G.S., 1519-II, Ávila, 8 de febrero de 1519. 87 A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 21 de mayo de 1519. 88 A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 24 de mayo de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Ávila, 26 de junio de 1519. 89 A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 23 de mayo de 1519. 90 A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 3 de mayo de 1519. 91 A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 6 de mayo de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Ávila, 7 de junio de 1519.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1587

manos en ella, hasiéndola por los cabellos, e la rasgó las tocas que tenía tocadas; e trayéndola arrastrando por la dicha su casa. E no contento de lo hecho, puso mano a un puñal que traýa en la çinta, con el qual diz que la dio una cuchillada en la cabeça de que llegó a punto de muerte...

Más brutal fue el asesinato de Alonso Flores, esposo de Úrsula Pérez y padre de Ginesa,

cuya muerte evidencia un estado de inseguridad en Toledo cuanto menos apabullante. Así es

como su hija y su mujer denunciaron el caso ante el Consejo en 151992:

...puede aver çinco meses que estando el dicho su marydo travajando en su casa, reparando una pared que se querýa caer, en un día del mes de henero d´este pressente año, entraron en la dicha casa Lucas de Toledo e Baltasar de Ponte, vezinos de la dicha çibdad, armados de diversas armas, e dieron çiertas cuchilladas al dicho su marydo, e mancaron a la dicha su hija de anvos brazos porque ayudava a defender al dicho su padre, el qual diz que uyó entretanto a la yglesia de Sant Christóbal que estava allí çerca. E los dichos Lucas de Toledo e Baltasar de Ponte lo siguieron e dieron otra herydas dentro de la dicha yglesia, de las quales el dicho su marydo diz que murió...

Este suceso es esclarecedor. Luego se insistirá en el asunto, pero hemos de señalar aquí

la importancia que tenía el que en Toledo una persona no pudiese sentirse segura ni en su

casa, y el que, de igual modo, ni siquiera se respetase el asilo eclesiástico. No en vano, uno de

esos crímenes que tuvieron notable repercusión incluso en la propia corte, sucedió en la casa

de un hombre, aunque en un pueblo de las afueras de la ciudad del Tajo: en Villamiel. Hubo

que enviar a un juez pesquisidor para que lo resolviese. Los hechos ocurrieron así, el 5 de

abril de 151993:

...Hernando de Arenas, e Catalina de Pyña e Alonso de Montallo, e otros vezinos de Villa Miel, a trayçión e alevosamente, e syn cabsa, mataron a Françisco Romero [...] criado del dicho marqués [del marqués de Villena], estando salvo e seguro durmiendo en la cama en la dicha Villa Miel, aviéndole enbiado a llamar cabtelosamente para effeto de lo matar. Y los dichos delinquentes se acogieron a la villa de Torrijos, donde diz que doña Teresa Enrríquez y el adelantado (el adelantado mayor de León), su hijo, los tienen reçebtados e los favoresçen e defienden a los alcaldes de la Hermandad que diz que fueron en seguimiento...

Los ejemplos que se podrían poner, en fin, son muy numerosos. Homicidios, asesinatos,

robos, amenazas, agresiones en plena calle. ¿Por qué tanta violencia?. ¿Cuál es la causa por la

que ésta parece haberse desatado en los años que anteceden a las Comunidades?. ¿Hasta qué

punto pudo influir en lo “necesario” de la revuelta?. Son cuestiones difíciles de contestar. Los

motivos por los que se producen los delitos contra las personas parecen los de siempre: celos,

envidia, odio, ansias de venganza, disputas por el honor, la respetabilidad, maravedíes, tierras,

inmuebles... Aún así, hay una cosa clara: el contexto de la justicia y del orden público juega

un papel que no puede olvidarse. 92 A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Ávila, 22 de junio de 1519. 93 A.G.S., R.G.S., 1519-IV, Ávila, 13 de abril de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-V, Ávila, 20 de mayo de 1520.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1588

En efecto, es muy difícil dar una respuesta concreta a los motivos por los que el crimen

parece ser abundante en los años 1516-1519. Podría achacarse a problemas de fondo, es decir:

a la existencia de importantes colectivos marginados de reciente creación en las ciudades,

fruto de la crisis económica; a lo calientes que están los ánimos de todos los sectores sociales,

en el caso de los situados en los escalones medio y bajo de la sociedad por la crisis señalada

-que se exhibe en forma de subidas de precios, incrementos de la mano de obra sin trabajo,

descensos de la demanda interna de la urbe, etc.-, y en el caso del sector oligárquico por las

incertidumbres políticas que el nuevo monarca genera; o a la brecha cada vez más grande que

va dividiendo la sociedad política y la oligarquía del resto de los grupos sociales. Todos éstos

son factores que se encuentran en el fondo de la tensión urbana.

Hay, no obstante, un motivo mucho más fácil de identificar, y que explica de una forma

indudable el porqué de la violencia; aunque sea en parte, eso sí. La justicia en Toledo antes de

las Comunidades no funciona. Esto está fuera de toda duda. Los motivos son muchos: abusos

de poder de los oligarcas; enfrentamientos de todo tipo entre las personas; la circulación de

armas por las calles; la gente “anda muy suelta” -expresión que los jurados usan para referirse

al despecho y la osadía de algunos a la hora de actuar en contra de la justicia-; los encargados

de mantener el orden público no saben, no pueden o no quieren hacerlo; como se ha visto, ni

se respeta el derecho de asilo de los recintos sacros ni la privacidad de las casas; tampoco los

alguaciles son bienquistos en la urbe ni por el oligarca ni por los “comunes”, sino que, por

contra, se convierten en víctimas de los delitos que quieren solucionar; etc. Desorden público,

en resumen, en boca de los que se encargaban del gobierno local, o quiebra de la paz regia,

desde el punto de vista de la realeza.

Dos sucesos (podrían traerse a colación muchos más) nos servirán como ejemplificación

de todo esto. Uno lo denunció en el verano de 1518 el cerrajero Juan de Osorio. Según dijo en

el Consejo, unos hombres mataron a cuchilladas a su hermano Antonio Osorio, sin el menor

motivo. Los parientes del muerto pusieron una demanda contra los agresores, y éstos, lejos de

amedrentarse, se armaron, y andaban por las calles de Toledo en busca de los familiares de su

víctima. Eran individuos de mal vivir, decía Juan Osorio, que amenazaban a su familia94. Lo

peor, de todas formas, es la impotencia de los encargados de castigar a tales malhechores. Tal

era su ineficacia que Osorio, temeroso de correr la misma suerte que su hermano, no tuvo más

remedio que solicitar una licencia de armas a los consejeros reales, con la que garantizarse su

94 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 18 de agosto de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1589

propio amparo. La tarea de defensa del orden desempeñada por el corregidor Puertocarrero y

sus hombres, en este caso, como en otros, no sirvió para mucho.

En torno a 1515 Francisco Cortés agredió gravemente a Alonso de Escobar. Una vez se

hubo denunciado el delito, los jueces de la urbe condenaron a Cortés a las penas establecidas.

Él, no obstante, buscando evadirse de ellas, se fue de Toledo. En 1519 volvió por dos causas:

porque no parecía una temeridad, ateniéndose a la pésima situación en que se encontraba la

justicia; y porque llevaba tiempo con deseos de vengarse de aquellos que le delataron. De este

modo, apenas llegó a Toledo y pudo encontrarse frente a frente con quienes dieron testimonio

en su contra, les asestó unas cuchilladas en la cara, y más tarde les amenazó de muerte. Cortés

permanecía en Toledo en 1519, la sentencia que le condenaba debía cumplirse, y, aún así, él

no albergaba miedo ninguno a los jueces, seguro de que tenían otros asuntos más importantes

que tratar. Es por ello que, como en el caso de Juan Osorio, a Alonso de Escobar no le quedó

más remedio que requerir una licencia de armas con la que poder defenderse, de vérselas con

su antiguo enemigo95...

He aquí otra causa indiscutible de la quiebra del orden público, y, por tanto, del porqué

de las Comunidades: las armas. Apenas hemos de insistir, puesto que se señaló en el capítulo

precedente. Desde finales del siglo XV, y sobre todo desde 1502, la política pacificadora de la

realeza cambia, y empieza a darse mayor protagonismo a los amenazados por la violencia y el

delito, concediéndoles el derecho a defenderse con las armas (a través de un permiso de su

Ayuntamiento, del Consejo, o, incluso, del propio monarca). La mayor parte de delitos contra

las personas que se documentan para las dos primeras décadas del siglo XVI aparecen en

licencias de armas. Si la mejor manera de conocer el delito de sangre durante los últimos años

del siglo XV, siempre en lo que respecta a la documentación regia, es analizando los

perdones, éstos carecen de importancia en el XVI; una importancia de la que se apropian las

licencias de armas, amplificándola en enorme medida.

Los ejemplos que (de nuevo) pueden traerse a colación son muchos. Gutierre de Madrid

aseguraba en febrero de 1518 que Alonso Carrillo, por mala voluntad que le tiene, puede aver

dos meses poco más o menos qu´él y un criado suyo salieron a él e le acuchillaron; e le

mataran sino fuera por algunas personas que se metieron en medio. E después acá le an

hamenazado que le an de ferir et matar. De ahí que solicitase una licencia de armas96. Pedro

de Zamora discutió con Francisco Sanz, y, tras ser amenazado, éste último tuvo que armarse,

95 A.G.S., R.G.S., 1519-IV, Ávila, (blanco), 1519. 96 A.G.S., R.G.S., 1518-II, Valladolid, 12 de febrero de 1518.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1590

para lo que solicitó el permiso del Consejo Real el 19 de marzo de 151897. En una pelea en la

urbe murió un hombre de Pedro y Fernando de Alcocer. Ambos acusaron a Diego Ponce y los

jueces le dieron por libre. Aún así, tuvo que requerir una licencia de armas para defenderse de

un posible ataque98.

Martín de Santa Cruz aseguraba que se peleó con un hombre -del que no da el nombre-

al que tuvo que maltratar en defensa propia. Este hombre, afirmaba, es persona que no tiene

qué perder; por eso temía que le hiciera algún mal. El 28 de julio de 1519 le concedieron una

licencia de armas para defenderse99. El caso de Alonso del Castillo es aún más clarificador, al

evidenciar la impotencia de la corte para hacer frente a los delitos. Alonso era el arrendador

de la renta de la alcabala de las heredades en Toledo y su comarca. Se trataba una fuente de

ingresos para la monarquía de primer orden. En época de los Reyes Católicos los del Consejo

de los monarcas no hubiesen dudado a la hora de amparar al arrendador, con el objetivo de

que él pudiese servir a la realeza de manera óptima. A finales de 1519, por contra, ante las

quejas del referido Alonso del Castillo el Consejo Real sólo le concedió una licencia de

armas. Si bien Alonso aseguraba sentirse amenazado por muchos de los individuos a los que

requería el pago de la renta, los consejeros, conscientes de su incapacidad para defenderle, se

limitaron a darle un permiso para que pudiese ir armado100. Escaso auxilio para su ardua tarea.

Como se dijo en el capítulo séptimo, Toledo en los años que anteceden al conflicto de

las Comunidades es una urbe armada. El “pueblo” está armado: porque la realeza otorga cada

vez más licencias de armas para que los individuos porten armamento de forma legal -aunque

contraviniendo las ordenanzas urbanas-, y porque la mayor parte de los individuos obvia tanto

a la realeza como a las ordenanzas, y lleva armas encima allá donde se encuentra; algo lógico,

por otra parte, si nos atenemos a la inseguridad que se vivía. Sea como fuere, parece innegable

que desde 1513, sobre todo, hasta el inicio de las Comunidades la política pacificadora de los

monarcas es cuanto menos discutible, por no decir errónea. En vez de hacer todo lo posible en

contra de la circulación de armamento por las calles -como en su día hará el corregidor Jaime

Ferrer y sus hombres- otorga licencias de armas como nunca se había visto; más de treinta en

1518. Y en vez de impedir la violencia verbal, causa originaria de buen número de conflictos,

continúa con la política de aceptación de dicha violencia iniciada pocos años atrás.

Desde 1515, aproximadamente, la realeza insiste, basándose en una ley de Cortes, en

que los jueces locales de Toledo no gestionen los asuntos relacionados con palabras livianas si

97 A.G.S., R.G.S., 1518-III, Valladolid, 19 de marzo de 1518. 98 A.G.S., R.G.S., 1518-VI, Medina del Campo, 16 de junio de 1518. 99 A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Hontíveros, 28 de julio de 1519. 100 A.G.S., R.G.S., 1519-XI, Valladolid, 16 de noviembre de 1519.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1591

alguna reticencia fuera presentada por las partes que estuviesen implicadas en el asunto, una

vez éste hubiese sido denunciado. Tal disposición, que daba vía libre a algunas negligencias

judiciales (ya se advirtió) fue confirmada el 24 de enero de 1518, sólo un día antes de que se

ordenase que también fuera cumplida en Sonseca101.

Mientras esto sucede, la concesión de perdones regios, medida pacificadora que goza de

una importancia enorme en la década de 1470, y tras la guerra de Granada -gracias a su uso

propagandístico-, sencillamente ha desaparecido. Apenas se otorgan perdones. Los reyes ya

no indultan de forma comparable al pasado. En cuanto a los amparos, e seguros, e guardas e

defendimientos reales, tampoco pueden compararse con el número de licencias de armas que

el Consejo expide en los años que preceden a las Comunidades. Cierto que muchas personas

consiguen amparos de este tipo, Gonzalo Pantoja102, Fernando Díaz de Toledo103, Francisco

Caballero104, Francisco Ruano105, todos los vecinos de Manzaneque106, Alonso de Salazar107,

Bernardino de Bozmediano108, Diego López de Carrión109 , Diego Fernández de Aguilera110,

Juan de la Parra111, Diego de Castañeda112, etc., pero no es un número comparable al de los

que adquieren una licencia de armas para ampararse.

LICENCIAS DE ARMAS (1475-1520)

02468

10121416182022242628303234

14

75

14

76

14

77

14

78

14

79

14

80

14

81

14

82

14

83

14

84

14

85

14

86

14

87

14

88

14

89

14

90

14

91

14

92

14

93

14

94

14

95

14

96

14

97

14

98

14

99

15

00

15

01

15

02

15

03

15

04

15

05

15

06

15

07

15

08

15

09

15

10

15

11

15

12

15

13

15

14

15

15

15

16

15

17

15

18

15

19

15

20AÑOS

Nº.

DE

CA

SO

S

101 A.G.S., R.G.S., 1518-III (1), Valladolid, 24 de marzo de 1518; y, Valladolid, 25 de marzo de 1518. 102 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 9 de mayo de 1516. 103 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 11 de julio de 1516. 104 A.G.S., R.G.S., 1516-IX, Madrid, 25 de septiembre de 1516. 105 A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 21 De febrero de 1517. 106 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 2 de julio de 1517. 107 A.G.S., R.G.S., 1517-VIII, Madrid, 3 de agosto de 1517. 108 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 22 de mayo de 1518. 109 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 10 de julio de 1518. 110 A.G.S., R.G.S., 1518-X, Ávila, 1 de octubre de 1518. 111 A.G.S., R.G.S., 1518-VI, Ávila, 8 de junio de 1519 (hay dos documentos sobre el tema con la misma fecha). 112 A.G.S., R.G.S., 1520-I, Valladolid, 21 de enero de 1520.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1592

En resumen, los años 1516-1520 son años de crisis, de una crisis que afecta a la realeza

y a las instituciones del gobierno local de Toledo, además de a la economía, y que va a

repercutir de forma trágica en la paz regia, llevando a ésta a una situación crítica que intentará

saldarse con iniciativas de gobierno novedosas y muy aceptables para el común (no para los

oligarcas), durante las Comunidades. Esto es lo que quiso hacerse con las nuevas instituciones

públicas de gobierno creadas por los comuneros: solucionar los problemas que existían. Lo

malo es que el modo de llevarlas a la práctica no contó con la aceptación que las instituciones

en sí podrían tener, puesto que, para salvar los obstáculos, el recurso a la violencia fue cuanto

menos necesario. Los grandes escándalos, los grandes alborotos surgidos en las Comunidades,

durante los años 1520-1522, no en vano, tienen su prefiguración en las reyertas urbanas que

se producen entre 1516 y 1519. Antes de que la revuelta se iniciase la violencia era evidente.

La violencia desembocó en una rebelión.

8.1.1.2. LOS ESCÁNDALOS DE 1516: LOS PADILLA CONTRA LA JUSTICIA

Como hemos visto en el capítulo anterior, y en el precedente, desde que muere Isabel la

Católica los escándalos e alborotos, de mayor o menor gravedad, son constantes en Toledo y

en sus inmediaciones. Son sucesos que anuncian la guerra de las Comunidades, no porque el

común participe en ellos, sino porque evidencian la situación, crítica sin duda, en que se halla

el orden público en la ciudad del Tajo. Tales escándalos generan inseguridad y un temor -a

veces irracional- a represalias de todo tipo.

Una vez fallecido el rey Fernando el Católico, los gobernantes de Toledo solicitaron al

nuevo monarca una y otra vez que viniese a Castilla. Mientras no lo hiciera el reino estaría en

el mayor de los desamparos, en un desamparo más psicológico que real, pero, en todo caso, lo

suficientemente grave como para perpetuar la inestabilidad, cuando no para agravarla. Carlos

I, no consciente de tal situación, daba largas a los dirigentes toledanos. Algunos de sus actos,

además, exhibían el gran desconocimiento y desinterés del rey por los problemas de Castilla,

y en concreto por los asuntos de Toledo. Por ejemplo, decidió apoyarse en un noble odiado (y

no sin razón) en la ciudad del Tajo, como el marqués de Villena, para llevar adelante ciertas

metas políticas, como la de conceder a Guillermo de Croy la mitra arzobispal, una vez muerto

Cisneros, a fines de 1517. Esto causó un enorme rechazo: frente a Carlos I, que así traicionaba

la política de los Reyes Católicos, y particularmente la del rey Fernando, opuesta a conceder

cargos de la Iglesia de Castilla a extranjeros; y frente al propio marqués, un hombre que desde

el fallecimiento de Isabel la Católica siempre se encontraba en el contexto político de Toledo,

proyectando una sombra de incertidumbre y de desasosiego. Muchos no pudieron comprender

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1593

que Carlos I se mostrase próximo al marqués de Villena, y no a su tradicional aliado: el conde

de Fuensalida.

Frente a la posible entrada del marqués en Toledo en 1516, Diego de Mendoza advertía

lo siguiente al señor de Chièvres en una carta113: ...la çiudad está alborotada con su venida,

porque el rey don Hernando sienpre le estorvó su entrada aquí como a persona que huelga de

innovar las cosas do quiera que está -opinión compartida por muchos regidores toledanos-, y

non para otro efeto de usar de su acostunbrada condiçión. Paréçeme, como servidor de su

alteza que deseo la paz e sosiego d´estos reynos, que vuestra señoría, para hevitar lo que

puede suçeder, debe enviar a mandar al marqués por çédula de su alteza que sy está aquí que

se vaya, y sy non que no entre, porque non se podría estorvar un grand escándalo. Y non me

maravillaría que suçediendo al humo de tan gran cosa se ençendiesen otras muchas cosas de

tal calidad... Ante dicha advertencia, no hubo reparo alguno en ordenar al marqués de Villena

que se mantuviese fuera de la urbe114. Al fin y al cabo, cuando se informó de esto a Chièvres

Carlos I aún no tenía definidos unos apoyos firmes en Toledo. Estaba tanteando el terreno. El

problema es que antes de las Comunidades no fue capaz de definir tales apoyos.

Si nos atenemos al ambiente que vive la ciudad del Tajo tras la muerte del rey Fernando

parece claro que los temores de Diego de Mendoza eran fundados. Al primer escándalo grave

y violento que se produjo, en la primavera de 1516, nos referiremos luego; es el que hará que

el Consejo envíe a Gonzalo de Gallegos como pesquisidor115:

...el jueves que agora pasó, que se contaron dies e siete días d´este presente mes de

abril en que estamos, yendo Vasco de Gusmán, fiscal del reverendísimo cardenal d´España, arçobispo de Toledo, por la plaça de Çocodober, topó con un Angulo Navarro, que traýa espiado para lo prender. E que como lo quiso prender el dicho Angulo se puso en fuyr fasta el alcáçar, donde dis que se acogió. E dis que fueron en pos d´él çiertos onbres del dicho fiscal. E que´l dicho Angulo se puso en defenderse con ayuda de otros de su condiçión que tanbién se acogen en el dicho alcáçar. E que´l dicho fiscal trabajó por asosegar el dicho ruydo, disymulando e publicando que no le yvan a prender, e que asý el dicho Angulo Navarro se entró en el dicho alcáçar, donde dis que fue reçebtado e defendido, como dis que fasta aquí se han acogido e reçebtado otros muchos delinquentes e malfechores.

E dis que luego, otro día siguiente, sobre çierta diferençia que avía entre un Salamanca, carniçero, vesino de la dicha çibdad, e un Pero Fuerte, sobre çiertos carneros que le pedía, dis que començaron a debatyr sobre los dichos carneros. E que, sobre las palabras que pasaron, el dicho Pero Fuerte echó en la yglesia mayor mano a un puñal que traýa, e que, como a la sasón avía en la dicha yglesia algunos cavalleros, de una opinión e de otra, y otra mucha gente, el fiscal del dicho cardenal, con su vara, y un su teniente, syn ella, con çiertos criados suyos, porque algunos echaron mano a las espadas dentro de la dicha yglesia, y entre ellos uno que se dise Juan de Agreda, llegó a él el dicho teniente del fiscal, syn vara, a tomarle las armas. E que´l dicho Juan de Agreda non ge las quiso dar. E

113 A.G.S., Estado, leg. 6, doc. 108. 114 A.G.S., Estado, leg. 6, doc. 109. 115 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 14 de abril de 1516.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1594

que algunas personas de los que se fallaron en la dicha rebuelta fisieron al dicho teniente de fiscal que se desistiese d´ello, e que asý se apaçiguó la dicha quistión.

E dis que después, el dicho día, en la tarde, después de comer, a las dos oras, fueron a la dicha yglesia el dicho Juan de Agreda, armado, e con él un Juan del Arrabal, y el dicho Pero Fuerte e un Diego Moro, con sus armas. E dis que toparon con el dicho teniente de fiscal a la puerta nueva de la dicha yglesia mayor. E dis que allí el dicho Juan de Agreda echó mano a la espada contra el dicho teniente de fiscal. E que tanvién hisieron lo mismo los otros que yvan con él. E que´l teniente puso mano a su espada e broquel, e con su vara que llevava en la mano se començó a retraher por una calle abaxo. E dis que asý [le] llevaron a cuchilladas e espaldaraços fasta la yglesia de Sant Lorenço, donde se metyó, e çerró las puertas de la dicha yglesia.

E dis que después, el sábado que agora pasó, a cabsa que´l alguasil mayor de la dicha çibdad prendió a los dichos Rabanal (sic) e Diego Moro, e porque´l alcalde mayor de la dicha çibdad fasía contra ellos çiertas diligençias en la carçel pública, e porque´l dicho fiscal andava por la dicha çibdad con alguna gente armada, dis que en la dicha çibdad ovo un grand alboroto, e se armó mucha gente. E que sy no fuere por la buena diligençia que se puso, asý por el nuestro corregidor de la dicha çibdad como por otras personas que en ello entendieron para lo apaçiguar, oviera algúnd grand escándalo...

Luego analizaremos este suceso más detenidamente. Tan sólo señalar aquí dos cosas.

Primero, si se tiene en cuenta que tanto el fiscal como su teniente, protagonistas del referido

suceso, sirven a Cisneros, y que Cisneros se halla cerca del conde de Fuensalida, no resulta en

absoluto extraño que Diego de Angulo Navarro se esconda en el alcázar, cuya tutela estaba en

manos de los Silva. Por eso el hecho tuvo tales consecuencias que no sólo se determinó enviar

a un juez pesquisidor, sino que, además, vino a conferir la razón a quienes querían que mosén

Jaime Ferrer abandonase el corregimiento toledano. En segundo lugar, el delito se enmarca en

una serie de enfrentamientos entre la población común y las fuerzas del orden público, cuyas

víctimas son casi siempre los alguaciles116, que vienen propiciados por culpa de la circulación

de forma alegal con armas, y que se producen con cierta frecuencia desde fines del siglo XV.

Es dentro de esta tónica conflictiva donde ha de encuadrarse otro escándalo de gran gravedad,

ocurrido unos meses después de éste. Lo provocaron los criados de Juan de Padilla, el futuro

líder comunero, y de su padre, Pedro López de Padilla.

En las páginas que siguen vamos a realizar un análisis pormenorizado de algunos de los

mayores escándalos producidos en Toledo en los años anteriores al comienzo de la guerra de

las Comunidades. Puesto que no se trata de sucesos en los que se puedan diferenciar malos y

buenos, sino que cada parte actúa en virtud de unos intereses, y puesto que se pretende que la

descripción de los hechos sea lo más detallada y fiel a la realidad posible, se va a permitir a

116 No sólo en Toledo son habituales los enfrentamientos entre la población común y los alguaciles. Juan de Montoya, vecino de Úbeda, desempeñó el cargo de alguacil en la villa de Talavera (hoy Talavera de la Reina). Diego Girón, un regidor de la misma, y Gabriel Juárez, ambos hijos de Pedro Juárez, alcalde talaverano, con otra mucha gente armada, quisieron matarle, y le cortaron la vara de justiçia que llebaba, e le dieron una lanzada en el brazo, que diz que le feryeron muy malamente; e una cuchillada sobre la cabeza, diçiendo “¡muera, muera!”, a grandes voces, con mucho alboroto: A.G.S., R.G.S., 1518-II, Valladolid, 12 de febrero de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1595

los propios protagonistas de los escándalos que se expresen. Como si se tratara de un debate

en el que cada una de las partes expone sus argumentos, el papel del historiador va a quedar

reducido aquí al de simple “director” de las argumentaciones. Quede bien claro, eso sí, lo que

significan los sucesos que se irán señalando: la quiebra de la paz regia. Se trata de los peores

escándalos que sufre Toledo en mucho tiempo.

8.1.1.2.1. ¿Un simple ataque a los alguaciles?

Sucedió el 19 de agosto de 1516, causó un enorme escándalo, y tuvo como protagonista

a un hombre destinado a cumplir un papel muy importante en los tiempos venideros: Juan de

Padilla. La función de éste, sin embargo, fue secundaria. No estamos ante un altercado que en

algún modo preludie la revuelta de las Comunidades más que otros que se producen por estas

fechas, a los que enseguida nos referiremos. Se trata de una evidencia más de que en la ciudad

del Tajo, antes de que estalle la revuelta de los comuneros, se está viviendo una “guerra fría”

entre los “menores” y los “medianos”, por una parte, muchos de los cuales servían a oligarcas,

y los alguaciles encargados de mantener el orden y cumplir los veredictos de los alcaldes, por

otra. Para la “comunidad” la forma de actuar de los alguaciles es odiosa: reciben más

maravedíes de los debidos por su trabajo; ejecutan tan sólo las sentencias que les interesan; a

unos les permiten ir con armamento de todo tipo por la calle -con razón a veces, al poseer una

licencia de armas de los monarcas- y a otros no les toleran ni que lleven un simple puñal. En

definitiva, en tanto que ejecutores de una justicia no siempre justa, los alguaciles aparecen a

los ojos del común como un símbolo de la opresión.

El 20 de agosto de 1516, el entonces máximo dirigente de la justicia en Toledo, el juez

de residencia Gonzalo Fernández Gallego -sustituto de Gonzalo de Gallegos, como se verá-, y

un escribano del crimen, Rodrigo de Haro, fueron a casa de Pedro López de Padilla, donde

encontraron a éste junto a Gómez Carrillo y a otros caballeros117. El juez preguntó a Pedro si

no conocía lo hecho por sus hombres delante de las puertas de su casa con Juan Collado,

alguazil mayor, y con los otros alguasiles y gente que consygo traýa rondando. Se trataba de

un alboroto muy grave, por lo que requirió a Pedro López que nombrase a dos testigos para

tomarles declaración, aunque fuesen sus criados y hubieran intervenido en el escándalo, que

juraba que no se aprovecharía de la toma del testimonio para encarcelarles. Pedro López dijo

que estaba de acuerdo.

Las preguntas que debían contestar los testigos eran las siguientes118:

117 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 221, fol. 1 r. 118 Idem, fols. 1 r-2 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

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1. Si conocían al alguacil mayor de Toledo, Juan Collado.

2. Si sabían que el alguacil mayor y otros alguaciles, junto con algunos hombres,

muchas noches rondaban por las calles de la ciudad para la paçificar e escusar

quistyones, e ruydos e otros ynsultos que suelen faserse de noche.

3. Si conocían que el martes 19 de agosto la justicia fue informada de unos problemas

que por la noche se esperavan aver entre algunas personas, y que por eso el

alguacil mayor decidió rondar por la urbe.

4. Si sabían que andando asý rondando el dicho alguasil mayor con la dicha gente

pasó por baxo de las casas del dicho Pero Lópes de Padilla, donde están çiertas

mugeres rameras que ganan dineros; donde falló un criado del dicho Iohan de

Padilla con una espada, e un broquel e un guante, e ge lo tomó por lo aver

hallado en el lugar que lo halló.

5. Si conocían que después que le fueron tomadas las dichas armas al dicho onbre,

luego yn contynente, como el dicho alguazil mayor supo que era criado del dicho

Juan de Padilla, estando en la plaça de la casa de Pero Lópes de Padilla, el dicho

alguasil mayor enbió las dichas armas al dicho Juan de Padilla con Gonçalo Ruiz,

alguazil. E sy yendo (sic) con ellas el dicho alguazil en la dicha plaça salieron a él

el dicho onbre a quien las dichas armas fueron tomadas con otra mucha gente,

criados de los dichos Pero Lópes de Padilla y Juan de Padilla, su fijo, con picas, y

lanças y otras muchas armas. Y por fuerça le quitaron al dicho alguasil las dichas

armas, y sobre ello apellidaron, a cuya causa se recreçió mucho ruydo, y

escándalo y alboroto, y dieron muchos golpes de picas, y lanças, y cuchilladas y

pedradas al dicho alguazil mayor, y a los otros alguaziles y onbres que consigo

llevava. Que turó (sic) el ruydo bien un quarto de ora, y firieron un alguazil y

otros onbres de los que el dicho alguasil mayor llevava en su compañía, todo ello

viéndolo y sabiéndolo los dichos Pero Lópes y Juan de Padilla...

Nos hallamos ante un suceso similar al de 1508, cuando el alguacil Pedro Mata quitó las

armas a un mozo del receptor de la Inquisición. Sin embargo, las consecuencias esta vez

fueron más graves.

Uno de los primeros testigos en declarar ante el juez de residencia y la pareja de jurados

que le acompañó en sus pesquisas -Luis de Aguirre y Juan Sánchez de San Pedro- fue el

propio Juan Collado, el alguacil mayor que fue víctima del suceso. Dijo que los ciudadanos

conocían su oficio, y que rondaba de noche la dicha çibdad con alguaziles y otras gentes,

para escusar ruydos e escándalos. El martes 19 de agosto, entre dies e fonse oras de la noche,

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

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por mandado del dicho señor pesquisidor este testigo fue a rondar la dicha çibdad, porque se

avía dicho e publicado que algunas personas andavan armadas por aver ruydo e quistyón. E

que andando asý rondando, pasó este testigo con çiertos alguaziles e otros onbres que

consygo llevava por donde están unas mugeres rameras que ganan dineros públicamente,

çerca de la casa de Pero Lópes de Padilla119 [...] pasando por la dicha calle donde las dichas

mugeres rameras estavan, este testigo tomó una espada, e un broquel e un guante a un onbre

que después dixo que era de Juan de Padilla, fijo del dicho Pero Lópes de Padilla.

Estamos ante un suceso que se repite con frecuencia: de nuevo, una expropiación de

armamento que se considera ilícita por la persona expropiada. Recordemos que las demandas

contra los alguaciles por culpa de las acciones de este tipo eran frecuentes. Basta con observar

los casos demandados ante Gonzalo Fernández Gallego en la residencia que hizo a los

alguaciles de mosén Jaime Ferrer. Aún así, en la noche del 19 de agosto de 1516 los hechos se

complicaron más de lo que se esperaba. Según el alguacil Juan Collado120:

...que´l dicho Juan de Padilla enbió a rogar a este testigo que diese las dichas armas

a aquél a quien las avía tomado. E que estonçes este testigo llamó a Ruyz, alguasil, que tenía las dichas armas, y este testigo le dixo al dicho alguasil que llevase las dichas armas al dicho Iohan de Padilla y ge las diese. E que´l dicho alguazil yendo a ge las llevar, salió de casa del dicho Pero Lópes de Padilla, que era allí junto, el dicho onbre a quien las dichas armas se avían quitado y otros con él, y ge las tomaron por fuerça al dicho alguasil. E que allí los dichos onbres se rebolvieron con el dicho alguasil. E que como quiera que este testigo se metyó en medio y trabajó de los escusar de quistyón no pudo, porque luego yn contynente vido este testigo que salieron de casa del dicho Pero Lópes de Padilla más de treynta o quarenta onbres con picas, e lanças e otras armas. E enpeçaron de pelear (sic) con este testigo y con los otros onbres que consygo traýa.

E que este testigo como quiera que trabajó y recojó (sic) la dicha su gente a una callejuela de don Enrique que allí junto está, no pudo escusar que no travasen quistyón con los dichos criados del dicho Pero Lópes, porque los dichos criados del dicho Pero Lópes los seguían mucho. Y allí los criados de Pero Lópes les tyraron muchos botes de picas y lanças, y piedras. E que ya al cabo de la dicha quityón vido este testigo que de casa del dicho Pero Lópes salió un onbre con una hacha ençendida, y después oyó este testigo dezir que era el dicho Pero Lópes, y recojó la dicha gente y la metyó en su casa. Y vido este testigo que de otra casa que está en la misma esquina de Pero Lópes, fasya la casa de don Enrique, les tyraron muchas pedradas e esquinazos...

Según Juan Collado, en el alboroto hubo heridos de parte de los Padilla, aunque él no

sabía cuántos. De sus hombres sólo lesionaron al alguacil Ruiz de una pedrada que le dieron

en la cabeça, y un onbre de pie de Escobar, alguasil, pero que fue poco [...] la quistyón

podría turar (sic) un momento de ora (sic).

119 Idem, fol. 2 r. 120 Idem, fols. 2 v-3 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

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El alguacil Gonzalo Ruiz, por su parte, testificó que rondando esta çibdad [...] llegaron

[...] donde están las dichas mugeres enamoradas -las prostitutas- que ganan dineros baxo de

la casa del dicho Pero Lópes de Padilla [...] este testigo vido quitar en el dicho lugar la

espada a un onbre que este testigo no conosçe, más de saber que es moço de espuelas del

dicho Iohan de Padilla121. Y este testigo rogó al dicho alguazil mayor que le bolviese la dicha

espada y lo que le avía tomado. Y a ynterçesyón de este testigo el dicho alguasil mayor dio a

este testigo las dichas armas para que las llevase al dicho Juan de Padilla.

La situación en la urbe estaba tensa, por lo que se ve, y Gonzalo Ruiz era consciente

de que quitar las armas a un hombre de Padilla sólo iba a traer problemas. De este modo122:

...llevando este testigo al dicho Juan de Padilla la dicha espada, y guante y broquel

que se avía tomado al dicho onbre, en medio de la plaça del dicho Pero Lópes de Padilla salieron a este testigo fasta diez onbres, y le dixeron a este testigo: “¡No pese a Dios!, que no a vos, de meter las armas al Juan de Padilla, que aquí las avés de dexar”; y ge las quitaron por fuerça. Y en acabándogelas de quitar echaron mano a las espadas para este testigo, y anduvieron allí a cuchilladas y pedradas con este testigo fasta que lo echaron de la plaçuela fasta el canto de don Enrique, donde este testigo y Escobar, alguasil, y otro su onbre estovieron peleando con ellos fasta un quarto de ora. Y todavía saliendo gente de casa del dicho Pero Lópes con picas e lanças, e otras armas, y a botes, y cuchilladas y pedradas pelearon al dicho canto con este testigo, y con el dicho Escobar y [su] onbre, y con el dicho alguasil mayor y su gente, que estavan junto con ellos. Y de una açutea que está allí junto dieron a este testigo una pedrada que dieron con él en el suelo, y otras muchas que le dieron en la rodela...

Gonzalo Ruiz dijo que le rodearon unos diez hombres en la plazuela, si bien a la pelea

se sumaron aún más; serían fasta quarenta onbres con lanças e otras diversas armas. E que

asý pelearon fasta que salieron de la dicha casa del dicho Pero Lópes un hacha ençendida

con un paje. En cuanto a los heridos, este alguacil advirtió que no pudo ver a ninguna persona

herida de la otra parte, pero le dijeron que un maestrescuela de Pedro López de Padilla había

salido mal parado. De la parte de los alguaciles sólo fue herido este testigo de una pedrada, y

el hombre del alguacil de Escobar que le acompañaba, también por culpa de una piedra.

Jerónimo de Saldaña, otro testigo, dijo que él pudo presenciar lo ocurrido123; estava [...]

a la puertas (sic) de su posada, que es cabe las casas de Pero Lópes de Padilla, e vido venir

al dicho alguasil mayor con otros alguaziles y onbres, venir de fazia donde estavan las dichas

mugeres enamoradas rameras. Era verano, hacía calor y algunos vecinos tomaban el fresco a

las puertas de sus viviendas. Uno de estos vecinos era Jerónimo. Según él124:

121 Idem, fol. 3 r. 122 Idem, fol. 3 v. 123 Idem, fol. 4 r. 124 Idem, fol. 4 r-v.

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...a la sazón que el dicho alguazil mayor pasó por allí, que un criado de Juan de Padilla que trae un sayo bigarrado, que no sabe su nombre, le venía pidiendo al dicho alguazil mayor una espada e un broquel. Y el dicho alguasil mayor le dixo al dicho onbre: “Yd mañana a mi posada, que sy soys de Juan de Padilla yo os la daré”. Y luego vido, en llegando en medio de la plaçuela que está delante de las casas del dicho Pero Lópes, que el dicho onbre, a quien se avía tomado la dicha espada e broquel, que dixo al dicho alguasil mayor: “¡Pese a Dios!, pues me la avés de dar mañana, dádmela luego”. Y el dicho alguasil mayor dixo al dicho onbre: “¿Con que venís fuera de vos?”. Y el dicho alguasil mayor llamó al alguasil Ruyz y le dixo: “Toma estas armas y llévaldas a los señores Pero Lópes y Juan de Padilla, y desildes que a un criado suyo ge las tomé en lugar desonesto, que las tomen y que su merçed lo mande castigar”.

E que, en desviándose de allí el dicho alguasil, vido este testigo que en medio de la dicha plaça mucha gente, criados y onbres de los dichos Pero Lópes y Juan de Padilla, que este testigo no conosçió, echaron mano del dicho Ruyz, alguazil, y enpeçaron de dar (sic) cuchilladas y pedradas en él fasta que lo retraxeron al canto de la casa de don Enrique, y allí andovo mucho ruydo de cuchilladas y pedradas contra el dicho alguazil mayor y los otros alguasiles y onbres que con él venían, y que esto turó un buen rato, fasta que vido que salieron de su casa Pero Lópes de Padilla y Juan de Padilla con un hacha ençendida, con un paje, y los despartyeron y retruxeron a los suyos a su casa, a cuchilladas que el dicho Juan de Padilla les tirava...

El testimonio del tejedor de terciopelo Fernando Pérez Gibraleón también resulta muy

interesante. Al igual que Jerónimo de Salazar, estaba tomando el fresco a la puerta de su casa

cuando pasó todo. Desde su punto de vista, sería a las nueve oras de la noche [...] vido que´l

dicho alguasil mayor con otros alguasiles e onbres venía la calle arriba, de fasia donde están

las mugeres rameras, rondando la çibdad. No vio, al contrario, cómo tomaron la espada y el

broquel al dicho [pone dos veces “al dicho”] criado de Juan de Padilla, que no sabe su

nombre, salvo que es valençiano. Anoche, después de pasada la quistyón, el dicho mançebo

ge lo contó a este testigo, de cómo le avía tomado el dicho alguasil mayor la espada y el

broquel, y cómo ge la avía pedido. Y que´l dicho alguasil mayor le avía dicho que fuese

mañana a su posada, qu´él ge la daría. Y como vido que´l dicho alguasil mayor llegava a la

plaçuela de Pero Lópes de Padilla, que avía dicho al dicho alguazil mayor: “¡Malgrado aya

Dios!, pues mañana me la avés de dar, dádmela agora”. E qu´el dicho alguasil mayor la avía

dado a Ruys, alguasil, que llevase las dichas armas a Juan de Padilla. E que cómo el dicho

alguasil yva con la dicha espada, qu´él ge la avía quitado de las manos. E que sobre aquello

se avían rebuelto con los alguasiles... Hasta aquí lo que le había dicho a Fernando Pérez el

mozo de Padilla125. Lo que él vio fue lo siguiente126:

...el dicho alguasil mayor pasó por la puerta de este testigo con la gente que consygo

llevava, ya que estavan en la dicha plaça del dicho Pero Lópes de Padilla, vido mucha quistyón e ruydo, y mucha gente de la casa del dicho Pero Lópes de Padilla con picas y lanças, y otras armas, contra el dicho alguasil mayor y la otra gente que consygo traýa, y

125 Idem, fols. 4 v-5 r. 126 Idem, fol. 5 r-v.

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1600

muchas pedradas de la gente, y de los tejados y ventanas. Que turaría la dicha quistyón fasta un quarto de ora, fasta que salieron Pero López de Padilla y Juan de Padilla con hachas y con las espadas sacadas, dando de espaldarazos y golpes a los suyos fasta que los metyó (sic) en su casa [...] vido a un negro descalabrado, e oyó que avía otros dos feridos. E que de la parte del dicho alguazil mayor no supo ni vido que fuese ninguno ferido...

La única mujer que testificó en la pesquisa del juez Gonzalo Fernández Gallego, Inés de

Grando, esposa de Alonso de Grando, dijo que ya estaba acostada en su casa; oyó al canto de

la casa de Pero Lópes de Padilla mucho ruydo e gente. Y vido que de casa de Pero Lópes de

Padilla salieron a la dicha quistyón fasta treynta omes con lanças, y oyó desir que era contra

la justiçia. E que con ellos avía salido Juan de Padilla, e luego vido salir de la dicha casa al

dicho Pero Lópes de Padilla, ya pasada la quistyón, con dos pajes con un facha ençendida, y

cojó la gente y les desía: “¡Entra, entra!”. Y los vido entrar en casa del dicho Pero Lópes. Y

oyó desir que avía sydo lo susodicho porque avían quitado una espada a un criado de Juan

de Padilla. E vido muchas espadas reluzir e saltar çentellas.

El pesquisidor, suspicaz ante la idea de que Juan de Padilla se encontrara en medio del

alboroto, preguntó a Inés si oyó que la dicha gente apellidase e dixese “¡Aý los de Padilla!”,

e dixesen “¡Mueran, mueran!”. La mujer dijo que no escuchó nada de esto, pero que la pelea

al menos duró un cuarto de hora127. Esto vino a confirmar a Gallego su suposición. Como en

otros muchos casos, se había tratado de un simple enfrentamiento con los alguaciles por culpa

de las armas. Era otro de esos altercados que evidenciaban lo inestable del orden público y las

dificultades de la justicia para ejercer su labor. No obstante, tal vez Gallego se equivocara. Un

nuevo suceso vino a advertirle que detrás de lo ocurrido el martes 19 de agosto de 1516 podía

hallarse más de lo que un principio había pensado. De hecho, así es como lo pensó siempre el

bachiller Francisco Quiralte, alcalde mayor de la urbe.

El mismo día 19 de agosto el alcalde Quiralte solicitó a Pedro López de Padilla que le

entregase a algunos de sus hombres para hacer justicia. En su opinión, todos sus criados (de

Padilla), e muchos allegados, salieron de su casa armados de muchas armas para ofender a

Juan Collado, alguazil mayor d´esta çibdad, e otros alguaziles que con él andavan rondando

[...] sacaron al dicho ruydo e alboroto quinze o veynte picas e lanças, e otras muchas armas,

con las quales tiraron muchos botes e piedras contra el dicho alguazil mayor et los otros

alguaziles. E ovo algunos heridos e descalabrados. E desde la dicha quistión e ruydo todos

los dichos delinquentes se entraron con sus armas en casa del dicho señor Pero López de

Padilla, y en su presençia128.

127 Idem, fol. 5 v. 128 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 192.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1601

Para Quiralte tal desacato a la autoridad era intolerable. Primero habían atacado tanto al

alguacil mayor como a otros alguaciles sin motivo alguno, creando una auténtica reyerta, y

luego Pedro López de Padilla y su hijo Juan de Padilla ampararon a sus hombres en sus casas,

como si nada hubiese ocurrido. En consecuencia, el alcalde mayor realizó un requerimiento a

Pedro López: estaba en la obligación de entregarle los hombres que intervinieron en el

alboroto para hacer justicia, al igual que todas las armas que al dicho alboroto o ruydo

sacaron [...] quinze o veynte picas e lanças, e otras tantas espadas e broqueles, e otras

muchas armas. Si lo hiciera, advirtió Quiralte, haría lo que es obligado como cavallero e

servidor de sus altezas. En otra manera caerá en la pena en que caen los que reçebtan en sus

casas malfechores. E protesto de me quexar, decía el alcalde mayor, e dexir su ynobidiençia,

para que çerca d´ello sus altezas manden lo que sea a su serviçio.

La forma de actuar del alcalde mayor es lógica. Había que proceder con dureza frente a

los sucesos de este tipo. No en vano, desde que el juez de residencia, el ya referido Gonzalo

Fernández Gallego, estaba en la urbe nunca se produjo un acontecimiento de la gravedad de

éste. Por otra parte, en las fechas en que se produce, en agosto de 1516, en Toledo empiezan a

oírse voces en contra de Carlos I. Unos meses antes se había proclamado rey de Castilla y, sin

embargo, aún no llegaban noticias ciertas que asegurasen que iba a venir a tierras castellanas,

y que de hacerlo se mostraría dispuesto a resolver los problemas económicos existentes, por

no hablar de la delincuencia. A mediados de 1516, por tanto, muchos acusan al nuevo rey de

no querer venir a Castilla, de usurpar el trono de su madre, de no corresponder como era justo

a las comisiones que le enviaban las ciudades castellanas, para informarle de los problemas de

su reino... Juan de Padilla era un claro defensor de estas ideas. Había que actuar con cuidado y

mucha cautela, entonces. Más después de lo que ocurrió sólo una jornada más tarde del delito

señalado, el 20 de agosto de 1516129.

8.1.1.2.2. “¡Traidores!”: el ataque al alcalde mayor

La gravedad del suceso del 20 de agosto de 1516 hizo que tuviera que desarrollarse una

nueva pesquisa. Esta vez la hizo Quiralte, víctima del acontecimiento. Los hechos, según los

relató un tal Juan Gómez, un hombre que moraba junto al adarve del Sordo, sucedieron así130:

...llegando este testigo çerca de La Madre de Dios, vido que venía el señor alcalde

mayor, y con él Diego de la Xara y Escobar, alguaziles. E llevavan preso a la cárçel a uno que no sabe su nonbre. E vido que vinieron por la callejuela de La Madre de Dios quinze o

129 A.G.S., Cámara de Castilla, Pueblos, legajo 20, fol. 191. 130 Idem, fol. 1 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1602

veynte personas, con espadas, e broqueles, e guantes e caxquetes, y echaron mano a las espadas e las sacaron de las vaynas, e tiraron muchas cuchilladas e pedradas contra el dicho señor alcalde mayor et contra los dichos alguaziles. E dieron una gran pedrada al dicho Diego de la Xara, alguazil, en el broquel, que sy le açertaran le mataran.

E les tomaron por fuerça el dicho preso y lo metieron dentro de la dicha yglesia de La Madre de Dios. A todo lo qual estovo presente el dicho señor alcalde mayor con su vara de justiçia en la mano, diziendo: “¡A la justiçia, traydores!”. Y le hizieron al dicho señor alcalde mayor retraer hasta la posada de don Diego de Mendoça, todavía demandando a voz el dicho señor alcalde mayor. Y mientras más favor pedía más pedradas tiravan...

La aparición del concepto traidores en las palabras del alcalde mayor Francisco Quiralte

es llamativa. Está claro que llamaba traidores a los hombres de los Padillas, y, por lo tanto, a

éstos, tanto a Juan de Padilla como a su padre, pero ¿por qué?. ¿Por el hecho en sí, o por lo

que el hecho significaba?. ¿Qué había de traición en quitar un preso a unos alguaciles?. Era un

delito muy grave, y por desgracia bastante común; nada más. Detrás del suceso, sin embargo,

están las sospechas de Quiralte. Él piensa, tal vez con razón, que los Padilla habían ordenado

a sus hombres enfrentarse a los alguaciles el 19 de agosto -de no ser así, ¿por qué consintieron

la pelea hasta que lo consideraron oportuno?-, que también los Padilla estaban detrás de este

nuevo ataque a los alguaciles para robarles un preso, y que todo lo hacían, en el fondo, por un

rechazo de la situación que vive Castilla aún no bien focalizado en la figura de Carlos I.

El propio Juan Gómez señaló que afirmaban, públicamente, que quienes habían atacado

a los alguaciles eran los hombres de Pedro López de Padilla. Esto es lo que ratificó Gonzalo

de Moncada. Estando a las puertas de las casas de Pedro de Acuña, vido que salieron de casa

de Pero López de Padilla más de veynte personas, todos criados suyos e de los de su casa,

con pajes e moços d´espuelas, e moços d´escuderos. De los quales, los diez d´ellos llevavan

espadas e broqueles. E los que llevavan armas yvan diziendo a los que no las llevavan: “Tira

piedras”, y “Quitémos selo (sic)” . Lo que ocurrió, según Gonzalo de Moncada, fue esto131:

...como este testigo los vido yr por la calle abaxo hasta la cárçel se fue tras ellos a ver

qué hera. Y en llegando junto con la yglesia de La Madre de Dios, vido que venía el dicho señor alcalde mayor, y Diego de la Xara e Escobar, alguasiles, con sus varas de justiçia en las manos. Y llevavan a uno preso, que no sabe su nonbre, que es criado del dicho Pero López de Padilla. E luego vido que los susodichos criados de Pero Lópes de Padilla echaron mano a sus espadas e las sacaron de las vaynas, e tiraron muchas cuchilladas e pedradas contra el dicho alcalde mayor, e contra los dichos alguaziles. E dieron una gran pedrada al dicho Diego de la Xara, alguazil, en el broquel. E si le açertara le matara.

E por fuerça, e contra voluntad de la justiçia, tomaron el dicho preso los dichos criados del dicho Pero López de Padilla, e le metieron dentro de la dicha yglesia de la Madre de Dios. A todo lo qual estovo presente el dicho señor alcalde mayor, e diziendo: “¡Aquí del rey, aquí del rey!”.

E acabado el dicho ruydo, vino allí Hernán Carrillo, e dixo el dicho Hernán Carrillo al dicho señor alcalde mayor: “¿Qué quiere desir “aquí del rey”?, que todos somos del

131 Idem, fols. 1 v-2 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

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rey”. Y el dicho señor alcalde mayor dixo: “El que non favoresçe al rey non es del rey. Que aquí todos son contra mí, que estoy por el rey”.

E vido que en lo susodicho ovo mucho escándalo e alboroto. E vido que aunque el señor alcalde mayor pidió favor e ayuda a los de la casa de don Diego de Mendoça, que está junto, no salieron, porque ovieron miedo que no los prendiesen, porque estavan retraýdos por el ruydo que ovieron en Santo Tomé. Pero que vido que un criado del dicho don Diego de Mendoça que se halló fuera de su casa, çerca del dicho ruydo, que se llama Canpo, favoresçió a la justiçia de su alteza y al dicho señor alcalde mayor...

Lo que afirma Francisco Quiralte es tremendo. Nadie, al menos eso es lo que él afirma,

está dispuesto en la ciudad del Tajo a obedecer a la justicia que trabaja en nombre del rey para

salvaguardar la paz regia. Ir en contra ésta era como ir en contra del monarca. Lo hicieran a

propósito o no, si bien es posible que Quiralte pensase que se trataba de actos intencionados,

delitos como los de los hombres de los Padilla eran un desacato a Carlos I. Reconocemos en

las palabras del alcalde mayor -por Gonzalo Fernández Gallego-, en consecuencia, una

dinámica que venía de atrás, pero que en 1516 ya parece imparable. Los abusos de poder, el

rechazo a la justicia y las quiebras del orden público dinamitan las bases de la paz regia, y con

ello exhiben un comportamiento desleal para con el rey. Los que llevasen a cabo tales

prácticas, por tanto, y en opinión de Quiralte, debían ser tachados de traidores.

Otro de los testigos que participó en la pesquisa sobre lo ocurrido el 20 de agosto fue el

alguacil Diego de la Jara. Éste es su testimonio132:

...este testigo y Escobar, alguaziles, yvan con el señor alcalde mayor a hazer una

pesquisa contra los criados de Pero López de Padilla que avían querido matar la noche pasada al señor Juan Collado, alguazil mayor, e a los otros alguaziles que con él yvan, porque avíe tomado una espada e un broquel a un criado de Juan de Padilla, hijo de Pero López de Padilla. Y llegando a Las Tendillas de Sancho Minaya vido este testigo en una taverna a un criado de Pero López de Padilla, que avía sydo en esa dicha quistión contra el dicho alguazil mayor. Et por esto, por mandado del señor alcalde mayor, lo prendió. Y llevándolo preso, y llegando junto con la yglesia de La Madre de Dios, vido venir por la calle abaxo que viene junto con la dicha yglesia veynte personas, pocas más o menos, con sus espadas e broqueles, e otras sin armas. E tiraron muchas cuchilladas e pedradas contra el señor alcalde mayor e contra este testigo, e contra los onbres que con ellos yvan, diziendo: “¡Mueran, mueran!”. E por fuerça, e contra voluntad de la justiçia, les tomaron el dicho preso, e le metieron dentro de la dicha yglesia de La Madre de Dios.

Y el dicho señor alcalde mayor dezía: “¡Contra la justiçia!, ¡Traydores!”. E demandando favor e ayuda. E mientras más la demandava más cuchilladas e pedradas tiravan contra la justiçia, de manera que´l dicho señor alcalde mayor se retraxo hasta la casa de don Diego de Mendoça. Y a este testigo le dieron una pedrada en los pechos, e más de siete [u] ocho por los onbros. E que sobre ello se recresçió mucho escándalo e alboroto, en mucho desacatamiento de la justiçia de su alteza...

Ante estos hechos se envió un informe a la corte. La opinión de los dirigentes toledanos

fue aceptada punto por punto. Los gobernadores de Castilla tenían miedo a que actos así

132 Idem, fol. 2 r-v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1604

acabasen por desestabilizar el reino antes de que Carlos I pudiera hacerse con su control. El

orden público se cuestionaba de un modo excesivo con estos delitos, en los que la justicia no

sólo se veía en la mayor de las impotencias, sino que acababa convirtiéndose en víctima de

los abusos de poder de ciertas personas. Había que castigar tales sucesos con crudeza.

Con este objetivo, para que castigase a los hombres de Pedro López de Padilla y su hijo,

el 26 de agosto de 1516 se diputó al licenciado Fernando Cano133, dándole una orden clara: a

las personas que por ella -por la información recabada- fallaredes culpantes prendeldes (sic)

los cuerpos, e presos, llamadas e oýdas las partes a quien atapne, proçedáys contra ellos, e

contra los ausentes culpados que no pudieredes aver para los prender, como fallaredes por

justiçia, como sobre delito acaesçido en nuestra corte.

Tal y como se señaló en los capítulos introductorios, la paz regia, en su antigua versión

de pax regis, de paz del rey, se hacía especialmente visible en el entorno de éste, de manera

que el delito cometido en unas cinco leguas alrededor suyo debía castigarse con mayor dureza

que si se desarrollara en otro sitio. Buscando que el castigo de los hombres de los Padilla

fuese lo más duro posible, se dictaminó que fueran castigados como si hubiesen cometido el

delito en presencia del monarca -quien ni siquiera se encontraba en la Península Ibérica-. Algo

que, por otra parte, no iba a resultar fácil, y en la corte castellana lo sabían. Por eso, primero

se dispuso que Fernando Cano llevase consigo a Toledo a Juan de Gavilanes y a Salcedo, dos

alguaciles de la misma corte, y se mandó a los alcaides de las fortalezas y casas fuertes que no

ampararan en ellas a los malhechores. Y luego, temerosos de que Cano y sus acompañantes

fueran víctimas de alguna agresión, se dio orden para que les acompañasen tres hombres, con

el único papel de defenderles134.

No parece que Fernando Cano encontrara grandes complicaciones a la hora de trabajar.

Lo que parece evidente es que su trabajo no sirvió de nada. Según un documento, después de

partydo de la dicha çibdad el dicho [...] juez pesquisydor, algunos de los dichos delinquentes

e fechores que ansý fueron sentençiados e condenados, e otros que fueron qulpantes (sic) en

los dichos delitos, se andan por la dicha çibdad públycamente syn temor de la [...] justiçia. Al

haberse desinhibido de la gestión del asunto Gonzalo Fernández Gallego, el juez de residencia

que está en la urbe en 1516, una vez mosén Jaime Ferrer dejó el cargo de corregidor (como se

verá luego), al darlo en comisión a Fernando Cano, cuando éste se marchó no se ejecutaron

las penas establecidas. El 5 de noviembre se ordenó a Gallego que las ejecutase, y que acabara

los procesos que aún estuviesen abiertos, para que todos los malhechores recibieran su

133 A.G.S, R.G.S., 1516-VIII, Madrid, 26 de agosto de 1516. 134 A.G.S, R.G.S., 1516-VIII, Madrid, 28 de agosto de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1605

castigo135. Sin embargo, a los pocos días Gallego se fue de Toledo, abandonando su oficio de

juez de residencia ante la llegada del conde de Palma como corregidor.

El día 22 de enero de 1517 se ordenó al conde de Palma, Luis Puertocarrero, corregidor

sustituto de mosén Ferrer (al que luego también nos referiremos), lo mismo que antes se había

ordenado a Gallego136. A partir de entonces estaba en la obligación de dar su merecido a los

criados de Pedro López de Padilla y de su hijo. Si lo hizo en verdad o no es algo que los

documentos no señalan. Parece claro que Luis Puertocarrero tenía que elegir entre dos

opciones igualmente malas: de no ser castigados los hombres de Padilla la labor de la justicia

quedaría en entredicho, dando pie a nuevas afrentas al orden público; de castigarles, es seguro

que nos encontramos ante otro de esos motivos de descontento que llevaron a Juan de Padilla

a liderar a la Comunidad toledana frente al rey Carlos I137.

Ubicación de los sucesos del 19 y 20 de agosto de 1516. 1. Casas de Pedro López y Juan de Padilla

(en el plano de El Greco se aprecia la plaza que quedó donde estaba la casa de Juan de Padilla, destruida, y sembrada de sal, por orden de Carlos I tras las Comunidades). 2. Convento de la Madre de Dios.

135 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 5 de noviembre de 1516. 136 A.G.S., R.G.S., 1517-I, Madrid, 22 de enero de 1517. 137 Uno de los acusados de hallarse en el escándalo del 19 de agosto de 1516 en la plazuela de Pedro López de Padilla fue Pedro de Poróztegui, vecino de la villa de Santiesteban. El licenciado Fernando Cano le condenó a pena de destierro y a otras penas, pero reclamó justicia ante el Consejo. El 8 de enero de 1517 los consejeros reales ordenaron al corregidor, Luis Puertocarrero, que viera el caso y que hiciese lo que fuera justicia: A.G.S., R.G.S., 1516-II, Madrid, 8 de enero de 1516 (sic: la fecha está mal).

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1606

8.1.1.3. EL ESCÁNDALO DE 1517: EL DEÁN CONTRA LOS ALGUACILES

De todos los escándalos analizados, de éste es del que existe más información. Como ya

parece habitual, lo protagonizaron ciertos alguaciles del Ayuntamiento de Toledo y los

criados de un oligarca, aunque en este caso el oligarca era, además, el religioso que dirigía el

Cabildo catedralicio, el deán Carlos de Mendoza. El motivo, también frecuente, fue el robo de

un preso que llevaban los alguaciles a la cárcel, aunque todo se complicaría -del mismo modo,

algo ya cotidiano- más de la cuenta. Todo acaeció el 1 de mayo de 1517. Esta misma jornada,

viernes, en la tarde, después de mediodía, determina un documento, el alcalde mayor por Luis

Puertocarrero, el licenciado Salvatierra, fue informado de lo ocurrido. Cieza de León hizo la

pesquisa.

Si conocemos lo que pasó es porque el caso vino a parar al Consejo de los reyes. Como

sucede en otros muchos temas, de nada valdría que intentásemos informarnos del suceso en

las actas de la catedral, aunque el escándalo estuvo protagonizado por uno de los hombres

más notables del Cabildo catedralicio. En dichas actas sólo se apunta sobre el hecho acaecido,

con la oscuridad de siempre, que el 5 de mayo se estableció un entredicho sobre lo que se

produjo en la vivienda del deán, de la que sacaron unos presos. Es lo único que se dice; no

aparece ni un mínimo detalle138. Unos días más tarde, el 11 de mayo, se diputó a Rodrigo de

Acebedo y a otros para que hablaran con los procuradores del Ayuntamiento sobre el negocio

del entredicho, para ver si se quitaba o no139.

A pesar de la poca importancia que conceden al suceso las actas de la catedral, si lo

acontecido se enmarca en el contexto de conflictividad en que se produce no cabe duda que

sus repercusiones tuvieron que ser notables. En la primavera de 1517 aún coleaba el robo del

preso que los criados de los Padilla desarrollaron meses atrás. Los problemas para resolver

este caso habían sido, y continuaban siendo, enormes. Luis Puertocarrero, el corregidor, tenía

que actuar con cautela, pues en virtud de los oligarcas implicados se trataba de un caso muy

espinoso. Ahora la complejidad era aún mayor. Tras lo acaecido por culpa de los hombres del

deán se encontraba éste; tras éste el Cabildo catedralicio; detrás del Cabildo toda la Iglesia

toledana; tras la Iglesia el arzobispo Cisneros, por entonces el regente de Castilla; y tras

Cisneros un rey al que ciertas voces acusaban de despotismo y de no interesarse por los

problemas de Castilla. Si el alcalde Quiralte había visto en los alborotos de los criados de

Padilla la evidencia de una traición -la traición a la paz regia-, las lecturas sobre el sentido de

lo hecho por los hombres del deán son igual de preocupantes.

138 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º..., reunión del 5 de mayo de 1517, fol. 127 v. 139 Idem, reunión del 11 de mayo de 1517, fol. 128 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1607

8.1.1.3.1. Los testigos del 1 de mayo

Uno de los primeros testigos en declarar fue el boticario Fernando de Rojas. Según él,

testigo presencial de los hechos, dos alguaciles tenían a un preso para llevarle a la cárcel, y se

encontraban junto a la casa del deán. Los hombres de éste salieron de la vivienda con armas y

se lanzaron contra los alguaciles, quienes tuvieron que salir huyendo140. El alcalde Francisco

Verdugo dio un testimonio más pormenorizado141:

...oyó un ruydo a la puerta del deán, e fue a ver qué hera. E vido que muchos con espadas e broqueles, e otro con una pica, yr tras Escobar e Martel, alguaziles, a les quitar un preso. E a cuchilladas los retraxeron en casa del arçediano de Medina. E este testigo se entró con los dichos alguaziles en la casa. E que salieron otra gente de casa del deán, e subieron por los tejados [...] los criados del deán, diziendo: “¡Aparta, aparta!. ¡Dexad el preso!”. E les tiraron muchos ladrillos. E entonçes vino el deán por la puerta de la calle, e este testigo le hizo abrir. E rogó a este testigo e a los alguaziles que le diesen el preso, con que juró por el ábito de San Pedro de le poner en la cárçel. E este testigo, por quitar el alboroto e escándalo que avía, ge lo dio, con que le posyese en la cárçel. E que no conosçió ninguno de los que yban contra la justiçia, salvo que todos desýan que heran criados del deán, e que los que favoresçían la justiçia [eran] el jurado Morales, e su fijo del alcaide Solano, e Juan de Córdova, e otros que no conosçió...

El 1 de mayo debía hacer buen tiempo. Mucha gente estaba en las calles, y, al igual que

el alcalde Verdugo, bastantes personas se acercaron a las casas del deán para ver qué pasaba.

Juan de Córdoba, por ejemplo, señaló que había acudido a ellas porque oyó ruydo. Escobar y

Martel, alguaciles, tenían asydo un obre que se dize de Guadalajara, que anda retraýdo, que

se llega a la casa del deán. E vido mucha gente de los del deán con picas, e lanças, e espadas

e broqueles contra la justiçia, diziéndoles: “¡Dexad el preso!, ¡dexad el preso!” [...] hasta

que a cuchilladas los metieron en casa del arçediano de Medina. E estando dentro los

alguasiles e el alcalde Verdugo con el dicho preso, en casa del dicho arçediano de Medina,

vinieron por los tejados çiertos onbres que desían que heran del deán, diziendo: “¡Muera,

muera!”. E tirando muchos tejazos e ladrillos a la justiçia. E estando en esto vino el deán

don Carlos por la puerta de la calle, e rogó al dicho alcalde e alguasiles que le diesen el

preso, que él dava su fee como cavallero de dalle al señor corregidor preso en la cárçel, por

quitar el alboroto. E los dichos alguasiles le dieron el dicho preso; el señor arçediano [...] le

tenía en un palaçio -en una habitación-142.

Diego Ruiz (contador de la casa de doña Sancha dice un documento) salía de la catedral

cuando oyó mormulla de quistión. Pudo verlo todo. Según él, entre los criados del deán iba un

clérigo con una lanza y un pavés. Fue el deán el que ordenó a sus hombres que volvieran a su

140 Se va a seguir la foliación que aparece en el documento: A.G.S., D.C., leg. 40, doc. 5, fol. 103 r-v. 141 Idem, fols. 103 v-104 r. 142 Idem, fols. 104 r-105 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

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casa. A este testigo, se quejaba Diego, le paresçió muy mal salir el dicho clérigo con lança e

pavés, e ge lo dixo al deán143. Juan, por su parte, criado del maestrescuela de 17 años de edad,

dijo que todo había ocurrido porque el alguacil Pedro de Escobar intentaba meter en prisión a

un hermano de Guadalajara, hombre del deán144:

...este testigo vido que´l dicho Guadalajara estava sentado a un cabo de la viga que

está çerca de la puerta de la casa del deán, e que llegó Pedro d´Escobar e Martel, alguasiles, e el dicho Escobar le asyó [...] del espada e Martel le asyó de los pechos, e le llevavan asydo. E que luego vido que un pintor que está herido en la mano, de una capa azul (sic: con una capa azul), hechó mano a la espada contra los dichos alguasiles. E yba con la dicha espada sacada para dar al dicho Escobar, alguazil, e que vido que un moço desbarbado, que tenía una gorra colorada, que este testigo no conosçió, tiró a un moço del alguazil una pedrada e le dio en los pechos. E que vido muchas espadas, unos en favor de la justiçia e otros contra ella. E que no conosçió a ninguno d´ellos. E que vido que el dicho moço de la gorra colorada, que se allega en la casa del deán, sacó una pica contra los dichos alguasyles, e un paje del deán, que trae un sayo negro e una gorra colorada, sacó una porquera (una lanza porquera) contra los dichos alguasyles. E que vido cómo llevavan el dicho preso hazia casa del arçediano de Medina. E que oyó desyr que le avían metido en ella. E después oyó desyr públicamente que unos criados del deán avían quitado al dicho preso...

Cada uno de los testigos da su versión, e indica lo que estaba haciendo justo cuando se

produce el alboroto. Esto, unido a los detalles sobre las vestimentas de quienes participaron en

él, su edad, su oficio, etc., nos permite recrear lo sucedido con precisión meridiana. Además,

sabemos el lugar y el momento exactos en que sucedió el escándalo. Fue junto a la Puerta del

Perdón de la catedral, en la plaza del Ayuntamiento. Allí, haciendo esquina, se encontraba la

vivienda del deán145. En cuanto al momento en que se produjo, fue por la tarde, posiblemente

después de comer. Hacía buen tiempo y muchas personas iban por las calles; otras se hallaban

en el interior de la catedral rezando, haciendo algún negocio, charlando simplemente.

El mercader Alonso Álvarez, de más de 30 años, decía que cuando sucedió todo estaba

en la iglesia con Juan de Córdoba (el testigo de arriba) y Francisco del Páramo. Escucharon

voces y salieron a ver qué era. Los alguaciles Escobar y Martel traían un preso. Mientras, de

la casa del deán muchos hombres sacaban armas146. Huyendo, los de la justicia se ampararon

en la vivienda del arcediano de Medina. El propio deán vino a ésta y sacó de ella al preso.

Rafael de la Peña dio un testimonio más interesante. Criado de Diego de la Fuente de 18

años de edad, venía por la calle y a la altura de la Puerta Nueva de la catedral pudo ver cómo

los alguaciles Martel y Escobar -algunos testigos hablan de Escobar “el menor”- iban con uno

143 Idem, fol. 105 r. 144 Idem, fols. 105 r-106 v. 145 Sobre esta vivienda y su entorno véase: PASSINI, J. y MOLÈNAT, J.P., Toledo a finales de la Edad Media. El barrio de los canónigos, Madrid, 1995. 146 A.G.S., D.C., leg. 40, doc. 5, fols. 106 v-107 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1609

preso, y le metían en la casa del arcediano de Medina. Tras ellos se hallaba un tropel de

hombres con armas que había salido de la vivienda del deán. Algunos lanzaron tejas a los de

la justicia. Luego el deán pidió a los alguaciles que le entregasen el preso, y así lo hicieron.

Éste, aseguraba Rafael, pasó de la casa del dicho arçediano a la casa del deán por los

tejados147. El clérigo prometió que entregaría su hombre al alcalde cuando se lo pidiera.

CATEDRALPuerta Nueva

CASA DELDEÁN CÁRCEL

DELVICARIO

CASA DELARCEDIANODE TOLEDO

CASA DELARCEDIANO DE TALAVERA

CASA DELARCEDIANODE MEDINA

0 5 10 mts

N

”Barrio de los canónigos” a fines de la Edad Media. Se desconoce cuáles eran las casas del arcediano de Medina a la altura de 1517, pero parece que se encontraban donde se señala en el plano (cfr. Jean Passini).

Uno de los testigos más directos de los hechos fue Diego Pérez de Mora, de 23 años de

edad. Él era el escribano del crimen que acompañaba a los alguaciles Pedro de Escobar, Pedro

Martel y Juan de Salazar (otros testigos no nombran a éste); yvan a haser una pesquisa contra

çiertos onbres que se avían acuchillado a la puerta de la yglesia mayor, çerca de la casa del

deán. Todo ocurrió así148:

...llegaron a la puerta de la dicha casa del deán para tomar por testigos algunos de

los que a la puerta del deán estavan, que podieron muy bien ver la quistión. E que estando este testigo, que querían tomar su dicho a un onbre que trae un sayo de Londres azul, el qual tenía la mano atada con un paño, e puesta con un cabestro, que paresçía estar herido, que

147 Idem, fols. 107 r-108 r. 148 Idem, fols. 108 r-110 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1610

diz que se llama Lorenzo Gómes, pintor. Vido cómo el dicho Pedro d´Escobar e Martel llevavan preso a uno que se dize Guadalajara, el qual este testigo vido asentado en una viga o poyo que está pegado a la pared çerca de la puerta del deán. E que vido cómo los dichos alguaziles [le] llevaban preso [...] el dicho pintor se levantó [...] e hechó mano a la espada, e vido que yba contra los alguaziles con la dicha espada desenvaynada. E que yba por dar al dicho Escobar con la dicha espada. E que un onbre que este testigo no conosçió con una espada desenvaynada se metió entre los dichos alguaziles e el dicho pintor. E que sy no fuera por el dicho onbre el dicho pintor hiriere a los dichos alguaziles, porque yba para dar al dicho Escobar muy çerca d´él.

E que vido que de casa del deán salieron çinco o seys onbres legos, e otro clérigo que este testigo no conosçió, ni sabe sus nombres de ninguno d´ellos, con lanças, e espadas e otras armas; e uno salió con una pica. E yban en pos de los dichos alguaziles con mucho alboroto e escándalo por les quitar el dicho preso. E que vido cómo los dichos alguasiles Escobar, e Martel e Salazar llevavan al dicho preso, e yban los dichos criados del deán e el dicho pintor en pos d´ellos por se le quitar, y hasta que los dichos alguaziles con el dicho preso se entraron en casa del arçediano de Medina e çerraron las puertas, e se quedaron dentro con el dicho preso. E que no vido cómo los dichos criados del deán e el dicho pintor se bolvieron a la casa del dicho deán. E que oyó que desýan dende la casa del dicho deán: “Andad, yd, que llevan el preso; no le lleven” [...] E cómo este testigo vido que andava tan alborotado e roto, fue a desillo al señor alcalde mayor, el qual luego fue allá. E que quando allegó el dicho señor alcalde mayor ya avían quitado a los dichos alguaziles el dicho preso...

Según Diego Pérez, entre quienes favorecieron a la justicia apenas pudo conocer a Juan

de Córdoba y al alcalde Verdugo. Jerónimo de Morales, por su parte, se dirigía hacia su casa y

vio cómo los alguaciles iban corriendo con un criado del deán preso, mientras que de la casa

de éste muchos hombres sacaban armas y corrían tras los alguaciles. A los de la justicia no les

quedó más remedio que ampararse en la casa del arcediano, en la que también se amparó este

testigo. Estando dentro, aseguraba Jerónimo, vinieron por ençima de los tejados dos ombres,

que´l uno dezían que fera sobrino suyo del deán, e el otro no conoce, salvo que dicen que es

del deán, e tyraron dos tejados (sic), e el sobrino del deán traýa una rodela, e no dieron con

ellas a ninguna persona, salvo que las tyraron a los dichos alguaziles diziendo que dexasen el

preso. Luego se oyó al deán llamar a la puerta, y dijeron que abrieran. El propio Jerónimo fue

el que la abrió. Tras prometer a los de la justicia que si le diesen al preso él lo entregaría en la

cárcel pública, se lo llevó. Según éste testigo, al deán le pesaba todo lo ocurrido, y decía que

se estaba haciendo a sus espaldas, sin que él se enterase. Era obra de diez o doce criados

suyos, dijo Jerónimo de Morales. En medio del alboroto, uno de éstos llegó a vociferar en

forma de apellido: “¡Santyago!, ¡Santyago!”149 -el grito de los cristianos de Castilla durante el

combate con los musulmanes-. Jerónimo de Morales, por cierto, era jurado, y por ello auxilió

a los alguaciles, aunque no lo indica en su testimonio.

Francisco del Páramo, tejedor de terciopelo, estaba en la catedral con Juan de Córdoba y

el mercader Alonso Álvarez. En la iglesia entró çierto mormullo. Cuando él y otros salieron a

149 Idem, fol. 125 r-v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1611

la calle vio que los alguaciles llevaban preso a uno que era tundidor, cuyo nombre desconocía,

que estaba huido de la justicia, acusado porque sacó una hija de un mercader (¿la violó?) que

se dize Falano de Úbeda. Los de la casa del deán iban armados tras los alguaciles, gritando

que les diesen el preso. Éstos también gritaban; pedían a todos los presentes auxilio. Algunos

de los que allí estaban, entre ellos este testigo, les auxiliaron. Francisco también vio a tres

hombres lanzando piedras a la justicia desde lo alto de la casa del arcediano de Medina, y que

fue el deán el que sacó al preso de la casa, el cual se fue por los tejados150

En una puerta de la catedral se hallaba Pedro Vázquez Solano. Según él, vido rebuelta,

que dezían que venía gente con armas para quitar un preso a tres alguaciles que allí estaban, y

por eso se metió en la vivienda del arcediano con los de la justicia. Por lo demás su testimonio

no dice nada nuevo151.

Tomados estos testimonios, el alcalde mayor fue a la casa del deán. Había prometido en

el nombre de San Pedro que daría el preso al corregidor o a su alcalde, pero no era suficiente.

En vista del escándalo, también estaba obligado a entregar a la justicia a todos los hombres de

su servicio que tuvieran alguna culpa. Ya en la casa, el alcalde mayor advirtió al clérigo que si

no lo hiciese se quejaría d´él ante sus altesas, como de persona que fase fuerça a su justiçia

rreal152. El deán, sin embargo, dio una respuesta imprevista. Le pesaba todo lo ocurrido, dijo,

pero, por las órdenes que resçibyó -los votos religiosos-, que no ha visto más al dicho onbre

preso de cómo los dichos alguasiles se lo dieron de su voluntad, e qu´él no está en su casa. Si

el alcalde mayor deseaba comprobarlo, le dio permiso para buscar por la vivienda. Además, el

deán defendió que todo se había hecho sin su consentimiento.

El alcalde mayor, el alguacil mayor y el deán anduvieron por la casa buscando tanto al

reo como a otros hombres, e no se falló persona d´ellos. Los criados del deán no perdieron el

tiempo. Nada más ocurrir el escándalo se dispersaron en lugares donde ampararse. Tengamos

en cuenta que todos los testimonios referidos y esta visita del alcalde mayor a la vivienda del

clérigo se producen poco después del alboroto, el mismo 1 de mayo. Sin la posibilidad de

hacer justicia, en consecuencia, el deán se comprometió a buscar a los delincuentes y a

entregarlos a los jueces. Así acabaron las gestiones durante la jornada, si bien la pesquisa no

había hecho más que comenzar.

150 Idem, fols. 125 v-126 v. 151 Idem, fol. 127 r. 152 Idem, fol. 127 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1612

8.1.1.3.2. Nuevos testimonios: la ruptura con el corregidor

Los alguaciles testificaron el 2 de mayo. El primero en hacerlo fue Pedro de Escobar, un

hombre de unos 30 años de edad. Iba con los alguaciles Martel y Salazar a hacer una pesquisa

sobre çierto ruydo, acompañado por un escribano del crimen153:

...estando haziendo la pesquisa a la puerta del deán, en unas vigas que allí estavan estava asentado Guadalajara, tundidor, el qual estava mandado prender sobre çierto delito. E que este testigo dixo a Martel, alguasil, que se llegase çerca. E el dicho Martel le preguntó sy traýa armas, e se descubrió, e paresçió una espada que tenía. E este testigo le hechó mano a la mançana del espada (al mango), e dixo al dicho Martel: “Asyd éste para llevase (sic) preso”. E el dicho Martel le asyó, e tanbién este testigo... Le llevaban preso cuando el pintor Lorenzo Gómez hechó mano a una espada, diciendo

que liberaran al detenido. Al instante salieron de casa del deán un acemilero de éste y algunos

de sus criados con armas. En medio de un enorme alboroto, se lanzaron contra los alguaciles

gritando “¡Dexad al preso!” y “ ¡Mueran, mueran!”. Con temor, los alguaciles se metieron en

la vivienda del arcediano de Medina junto al alcalde Verdugo y al jurado Jerónimo de

Morales. En este inmueble encerraron al reo, en una habitación, advirtiendo que debía

permanecer allí hasta informarse de todo al alcalde mayor. Mientras, dos del deán lanzaban

piedras desde los tejados, y a las puertas de la casa parecía aglomerarse una muchedumbre de

sirvientes del clérigo, dispuesta a rescatar a Guadalajara. La situación era angustiosa. El deán

llegó entonces, acompañado del secretario del Cabildo catedralicio y de dos capellanes. Pedro

de Escobar afirmaba no saber lo que hablaron los religiosos con Martel y las otras personas.

Él estaba guardando una escalera para que no bajasen a la casa los de los tejados.

El testimonio del alguacil Juan de Salazar, hombre de unos 55 años, fue parecido. Ni se

enteró de cómo Escobar y Martel prendieron a Guadalajara. Él estaba tomando testimonio a

uno sobre un ruido cuando volvió la cabeza y vio que le llevaban preso. También pudo ver al

pintor que, con una espada desenvainada y gritando que liberasen al detenido, se dirigía con

gesto amenazante hacia los alguaciles. Salazar fue quien le cortó el paso para que no agrediera

a los de la justicia. Según este testigo, entonces comenzó el escándalo. Un tropel de hombres

del deán salió de casa del clérigo. “¡Dexad el preso, dexad el preso!, ¡dexadle, dexallo tenés,

o aquí avés de morir!” gritaban. Escobar y Martel se metieron en la vivienda del arcediano de

Medina. Salazar no. Él quedó fuera haziendo rostro a los dichos criados del deán, porque no

entrasen a quitar el dicho preso. Fue Salazar, además, quien, viendo que yva todo tan roto, no

dudo en pedir al deán que hiciese algo.

153 Idem, fols. 110 r-112 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1613

Cuando el deán vino con otros clérigos Salazar entró con él en la casa. Ante la solicitud

que el clérigo hizo a Martel para que le entregase el preso, el alguacil se negó. Luego, tras dar

su promesa de que le entregaría a la justicia, el preso fue liberado. En medio del alboroto, los

de la justicia recibieron ayuda de tejedores de seda como Juan de Córdoba y Alonso Álvarez,

del jurado Jerónimo de Morales, y del alcalde Verdugo154.

El alguacil Gonzalo Ruiz, de 35 años, no estaba presente cuando ocurrieron los hechos.

Iba hacia la catedral cuando le dijeron que había un ruydo travado en la puerta de la misma, y

que era contra los alguaciles. Gonzalo salió corriendo hacia allí, y155:

...vido cómo la gente, toda de casa del deán, e con ellos Lorenço Gómez, pintor, venía

de hasia la casa del arçediano de Medina con espadas, e rodelas e lanças, e una pica. E que preguntó que qué hera, e le dixeron que lo avían con los alguasiles, que le querían (sic) quitar un preso, e los avían ençerrado en casa del arçediano de Medina. E que este testigo quiso prender al dicho Lorenço Gómez, pintor, e uno que se desía que hera sobrino del deán e los otros criados del deán, que con él yvan, le çercaron a la redonda con las dichas armas. E que cómo vido que hera tanta gente e todos con armas, e contra la justiçia, se entró en casa del dicho arçediano de Medina, donde estavan Escobar e Martel, alguaziles, con el preso, e que teniéndole ençerrado al dicho preso en un palaçio, e estando el dicho Martel e este testigo a la puerta del palaçio porque no entrase nadie, vido que se puso sobre el tejado de la casa del dicho arçediano el que desía que hera su sobrino del deán [...] e un moço d´espuelas del deán que conosçe de vista, e no de nonbre, e les tiravan muchas tejas e ladrillos a la puerta del palaçio donde estavan, e hasta que los hizieron meter en el palaçio...

Así estaban las cosas cuando llamaron a la puerta. Entró el deán, y se juntó con ellos en

el palacio donde tenían al preso. Dando su palabra de que iba a meter a Guadalajara en prisión

en el momento que el corregidor se lo pidiese, solicitó a Martel y a este testigo que le dieran

el preso. Gonzalo Ruiz dijo que no, que nombrase una persona seglar que fuera abonada para

poner a Guadalajara bajo su tutela. No obstante, el jurado Jerónimo de Morales y el alcalde

Fernando Verdugo requirieron a este testigo e al dicho Martel que se le diese el dicho preso

al dicho deán, por el peligro que allí avía. Así, dando su fe y palabra de poner al preso en

manos del corregidor, el deán se llevó a Guadalajara, y todos se marcharon de la casa del

arcediano... Tras este testimonio el alcalde mayor dio una orden de búsqueda y captura en

contra del sobrino del deán, de los criados de éste, y del pintor Lorenzo Gómez.

Baltasar de Árnica, un bonetero de unos 20 años que trabajaba como criado de un tal

Merchán Bonetero, vio todo desde el principio. Escobar y Martel realizaban una pesquisa con

un escribano del crimen. Habían empezado a tomar testimonio a un hombre con un sayo azul

y una mano atada con un cabestrillo, que al parecer estaba herido. Escobar permanecía junto a

154 Idem, fols. 112 v-115 r. 155 Idem, fols. 115 r-117 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1614

una pared de la casa del deán; un hombre estaba cerca, sentado en una viga. Escobar preguntó

a este hombre si traía armas y le dijo que sí. Le ordenó entonces que se las diera, y no quiso.

Escobar requirió de forma inmediata a su compañero Martel que le ayudara a prenderle. El del

sayo azul sacó su espada gritando: “¡Escobar dexad el preso!, ¡dexad el preso!”. El resto del

testimonio de Baltasar ratifica lo dicho. Eso sí, advirtió que uno de los que salieron de la casa

del deán con armas era un abad, y que en el alboroto dieron una pedrada en los pechos a un

criado de un alguacil.

La noticia que empezó a difundirse por la ciudad era que los del deán habían quitado un

preso a los alguaciles156. Uno de los testigos más ancianos, Alonso Álvarez de Villaviciosa,

pintor de unos 60 años de edad, vivía en la calle junto a la catedral en la que pasó todo, y

según él el alboroto tuvo lugar por la tarde, a la hora de vísperas -en torno a las cuatro y

media-. Los alguaciles en las manos llevaban las varas de justicia, y sin embargo, casi en tono

burlesco, los del deán iban tras ellos diciendo: “¿Quién son los que llevan el preso?” 157.

El alcalde mayor volvió a ir a la casa del deán el 2 de mayo de 1517. Le dijo de nuevo

que estaba en la obligación de entregar a sus hombres a la justicia. El clérigo contestó que ya

lo sabía, y que estaba dispuesto a hacerlo158. Así acabó el trabajo por esta jornada. El día 3 fue

el cambiador Marcos Díaz el primero en ofrecer testimonio. Era un hombre del deán, que, no

obstante, afirmaba que no había participado en el suceso. Según él159:

...estando este testigo en casa del dicho deán, el dicho día, jugando al axedres con

Diego de León, hermano de Alonso de León, raçionero, oyó dar bozes en la calle, e dexó el axedres, e se pasó a la ventana con el deán; el dicho Diego de León baxó abaxo. E vido que un capellán del dicho deán que se dize Ortys abrió un palaçio donde estavan armas, dentro de las casas del dicho deán, e allí entraron çierta gente que no sabe sus nonbres ni cuyos criados son, que serían fasta siete u ocho. E uno d´ellos se diz Zorita, paje del dicho deán. E sacaron lançones e paveses; e una pica un moço que no lo conosçió. E entre ellos yba un clérigo que se dize Françisco Díaz, capellán que dize misa en la capilla de Sant Ilifonso, e salió con un pavés e un lançón. E salieron a la calle, e el deán desde la ventana a bozes les dezía que estuviesen quedos, e se tornasen todos [...] baxó el deán abaxo, a la calle, e este testigo con él, e des que supo lo que hera mandava a sus criados que lo dexasen, e no curasen más d´ello. E el dicho Françisco Díaz, clérigo, lo ynçitaba más, e dezía que no hera rasón que consyntiese el deán que de casa de su merçed se atreviesen a llevar el preso. E estando en esto llegó Alonso Álvares, texedor de terçiopelo, e dixo al deán que llegase su merçed a casa del arçediano de Medina, e que a su merçed le darían el preso. E que este testigo llegó con él fasta la puerta del arçediano, e el dicho deán rogó a todos los que con él yban que hera gente paçífica, syn armas, que no se acuerda quién feran, que se volviesen, e le dexasen a él...

156 Idem, fols. 117 v-120 v. 157 Idem, fols. 123 r-125 r. 158 Idem, fols. 128 r-129 r. 159 Idem, fols. 129 r-130 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1615

Según Marcos, el mismo Ruy Díaz, sobrino del arcediano, le dijo que había favorecido

al preso. El cerero Pedro Gascón, por su parte, estaba en casa del deán, viendo cómo jugaban

al ajedrez Marcos y Diego de León, cuando pasó todo. También estaba allí Francisco Núñez,

un criado del cardenal. Un hombre vino y dijo al deán: “¡Señor, una grand quistyón está aquí

a la puerta, que se matan!”. No dijo de qué se trataba. Gascón salió a la calle y se encontró a

Francisco de Tamayo, el alcaide de la torre de la catedral, quien le dijo lo que ocurría160.

Parece claro que los testigos callan mucho de lo que saben, y lo que dicen no es siempre

cierto. Afirman no conocer los nombres de compañeros de trabajo con los que viven a diario,

y en ningún momento inculpan al deán. Por contra, centran sus acusaciones a veces en sujetos

determinados, con los que, tal vez, guardaban algún tipo de enemistad. El suceso parece claro

en términos generales, aunque no están tan claros los motivos. Todo indica que el alboroto era

la simple consecuencia de un apresamiento, y que se produjo como resultado de la solidaridad

de los hombres del deán con un compañero. El alcalde mayor, aún así, quería asegurarse de

que el deán no se hallaba detrás, ya que desacatos a la justicia como éste, ahora más que en

épocas pasadas, eran un elemento absolutamente desequilibrador del orden público. De ahí la

minuciosa pesquisa que se realizó, buscando depurar las responsabilidades.

Los testimonios de los testigos contribuían a sembrar la duda en no pocas ocasiones. Por

ejemplo, Juan de Villaizán dijo que estaba en casa del deán cuando oyó voces. Fue a ver qué

era, y de dicha casa salió un abad que decía misa en la capilla de San Pedro con una lanza y

un pavés, y tras él otras personas armadas; hasta una docena de hombres. En medio de la calle

el alguasil de la Ynquisiçión se metió en medio d´ellos diçiendo: “¡Señores, contra la justyçia

buélvanse, que paresçe mal!”. Los criados del deán tuvieron en nada tales exhortaciones. El

propio deán salió gritando: “¡Tornad acá, tornad acá!”. Tampoco sirvió de mucho. Un tropel

de hombres iba hacia la casa del arcediano de Medina, con el abad al frente161, y el intentar

frenarles parecía imposible. El zapatero Pedro de Zamora lo intentó. Pasaba por allí el mismo

instante en que esto sucedía. Se metió en medio: “!Paz, paz!”, gritaba. Nada pudo hacer. Sus

gritos se confundieron con los de quienes desde lo alto de los tejados decían a los alguaciles:

“ ¡Muera, muera!”162.

Se mire desde el punto de vista que se mire, esta impotencia para sosegar los ánimos de

los hombres armados es un mal preludio. Suponiendo que actuasen por órdenes del deán, algo

que sin duda sospechaban los dirigentes de Toledo, parecía un desacato a la justicia y al orden

160 Idem, fols. 130 v-131 r. 161 Idem, fols. 131 r-132 r. 162 Idem, fols. 132 v-133 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1616

público flagrante, que sólo iba a contribuir a la creación de un ambiente de inseguridad urbana

cada vez más palpable. Sucesos como éste se sumaban a otros -asesinatos, robos, amenazas...-

para generar una sensación de desconfianza, de miedo incluso, que persuadía a los miembros

de la “comunidad” a tomarse la justicia por su mano, buscando cualquier medio de amparo; lo

que, además de invalidar la acción de los jueces (el corregidor y sus hombres), era un germen

para nuevos delitos. La paz regia era cuestionada porque se cuestionaba la legitimidad de la

justicia para mantenerla.

Suponiendo, como dicen los testigos, que el deán no se encontrase detrás de lo realizado

por sus hombres la conclusión que puede obtenerse resulta aún más alarmante. Apelaciones al

mismísimo apóstol Santiago para atacar a unos alguaciles, como si fuesen musulmanes, gritos

de “¡muera, muera!”, un asalto al depósito de armas de la casa del deán sin el consentimiento

de éste, el intento de asesinato del alguacil Gonzalo Ruiz, los alguaciles acorralados en la casa

del arcediano de Medina... y todo hecho por individuos de una extracción social media-baja,

capitaneados por algunos clérigos de bajo estatus. Y, por si no fuera poco, sólo para liberar a

un delincuente. Nadie había podido frenarles: ni las personas laicas que lo intentaron, ni un

alguacil de la Inquisición, ni el propio deán. Lo peor de todo es que actos como éste ya no son

extraordinarios en la época que se produce.

Los señores exhiben una clara impotencia frente a sus hombres. Esto permite que en

concreto las personas del común que trabajan para los oligarcas empiecen a tomar conciencia

sobre sus posibilidades de acción, actuando cohesionadas. Para el conjunto del común, muy al

contrario, los alborotos de tales personas patentizan la falta de justicia existente en la ciudad,

y favorecen el desarrollo de tomas de posiciones en torno a dicho problema. El pensamiento

de muchos durante las Comunidades será consecuencia de esa situación. Puesto que los jueces

de la urbe no les amparaban, y puesto que si procedían de modo cohesionado prescindir de los

jueces que no actuasen de manera adecuada era posible, tal vez lo mejor era, pensaron algunos

en torno a 1520, que el gobierno fuese ejercido por el “pueblo”, y que éste se encargase de la

vigilancia de la labor de los jueces, con el fin de que el orden público estuviera asegurado. En

otras palabras: cualquier acción en contra de la justicia llevada a cabo por personas del común

tenía una enorme carga subversiva cuando ni los oligarcas eran capaces de evitarla.

Ahora bien, hay que insistir en ello, el corregidor y sus hombres pensaban que el delito

de los sirvientes del deán no era obra de éstos. Los testimonios de los testigos demostraban

que había demasiados clérigos pululando en medio del alboroto -un alguacil de la Inquisición,

varios capellanes, algún abad...-, como para pensar que actuaban de manera casi instintiva, tan

sólo para defender a Guadalajara. El desacato a los encargados de amparar el orden era claro,

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1617

más allá de los motivos para hacerlo. Era un hecho intolerable. Se trata del primer escándalo

grave desde que Luis Puertocarrero ejercía el corregimiento de Toledo, y, acaso como en los

peores tiempos pasados, la Iglesia estaba implicada, por mucho que algunos intentasen que las

culpas no recayeran sobre del deán catedralicio.

El 4 de mayo el corregidor salió del Ayuntamiento acompañado por los regidores Pedro

Laso de la Vega y de Guzmán, Juan Carrillo, Martín Vázquez de Rojas, Pedro de Marañón,

Gonzalo Gaitán, Pedro Zapata y Antonio de la Peña, y por los jurados Francisco Francés, Juan

Solano, Alonso Romero, Bernardino de la Higuera y Juan Sánchez de San Pedro. Todos, junto

al alcalde mayor, el licenciado Alonso de Salvatierra, fueron a la casa del deán. Se requirió a

éste en ella, diciéndole que entregase al preso, como había dado su palabra, y que no osara en

momento alguno acoger a sus hombres implicados en el delito en ningún lugar. El deán señaló

que seguía dispuesto a cumplir su palabra, pero que, como el caso fue açidental, él -el preso-

se fue e nunca más lo fa visto ni sabido d´él, aunque lo fa procurado. Así lo juró. Además,

dijo al corregidor, a los regidores y a los jurados que le hacían fuerça e agravyo en venir a su

casa con tanta gente e ýnpetu, syendo clérigo e protonotario, e esento de la jurisdiçión real, e

su casa previllejada163.

Tal respuesta no servía. Independientemente de lo que el deán dijera, lo cierto es que un

preso legítimamente capturado ahora estaba en libertad por culpa suya y de sus hombres, y en

paradero desconocido. Por eso, el corregidor fue categórico164:

...dixo que´l caso a sydo muy feo e escandaloso, fecho contra la justiçia, en deserviçio de sus altesas e del yllustrísymo e reverendýsymo señor cardenal de España, governador de estos reynos e señoríos, e en desasosiego de esta çibdad. E él en persona con la dicha çibdad (el Ayuntamiento) le viene a rrequerir que entregue el dicho preso como dio la palabra, e entregue los dichos malfechores, e no los reçiba ni tenga en su casa, porque asý cunple a servyçio de sus altesas e a la buena governaçión de esta çibdad...

Al tiempo que se hacían estos requerimientos la labor judicial iba dando frutos. Algunos

de los participantes en el suceso fueron capturados, y se les pudo tomar testimonio para seguir

con la pesquisa. Uno de los primeros en ser presa de la justicia fue Juan de Zorita, un paje del

deán. El 4 de mayo se le tomó testimonio, estando en la cárcel real. Dijo que estaba en la casa

de su señor descuidado, oyó rumor de gente y salió a la calle sin armas. Le dijeron que ciertos

alguaciles habían prendido a Guadalajara, y que estaban con él en la vivienda del arcediano de

Medina. Entonces volvió a la casa y tomó una lanza; un abad cogió otra lanza y un pavés; el

pintor Lorenzo Gómez se armó con una espada y una rodela; Ruy Díaz de Mendoza, por

163 Idem, fols. 133 v-135 r. 164 Idem, fol. 135 r-v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1618

último, el sobrino del deán, cogió una espada y una capa. Cuando llegaron a donde decían que

estaba el preso les dijeron que ya le habían liberado. Unos hombres gritaban: “Paz, paz”. Así,

se volvieron a la casa del deán. Según este testigo, nadie dijo absolutamente nada en contra de

la justicia. Eso sí, de Diego de León decían que llevaba una espada, Francisco de Lara traía en

las manos una lanza, el clérigo Francisco Díaz una lanza y un pavés, un tal García, criado de

Ruy Díaz, una pica, y el despensero del deán, Alonso de Toledo, una espada.

La pregunta era obvia: si nadie gritaba contra la justicia, y nadie iba contra ella, ¿para

qué tantas armas?. Juan de Zorita señaló que quando salieron no pocos, éste que declara no

hera contra justiçia, syno que se acuchillavan. Según él, si decidió armarse fue porque

pensaba que había un escándalo por el motivo que fuese, no que los alguaciles eran víctimas

de un delito. Tan sólo quería poner paz. De hecho, no oyó que alguien dijese “¡Mueran,

mueran!”, como ciertos testigos habían dicho.

La contradicción en su testimonio era evidente. Le preguntaron que ¿cómo no supo que

hera contra la justiçia, pues qu´él dize que llegó fasta [la] casa del arçediano, e le dixieron

primero cómo llevavan al dicho Guadalaxara?. Su respuesta fue la siguiente165:

...dixo que no lo supo hasta que llegó çerca de casa del arçediano de Medina. E allí le

dixieron cómo los alguasiles llevavan preso al dicho Guadalajaxa. E de que supo que hera la justiçia se bolvió a casa del deán, e no salió más...

Para Juan de Zorita, los que lanzaron piedras desde los tejados fueron el sobrino del

deán, Ruy Díaz, y Diego Ortiz. Pero lo más interesante es lo que dijo al final de su testimonio.

El deán había engañado al alcalde mayor, al alguacil mayor, al corregidor y a los regidores. Al

parecer el preso sí estuvo en su casa. Sin embargo, incumpliendo su palabra, no le entregó a la

justicia. Zorita señaló que:

...Guadalaxara estovo después que lo quitaron a los alguasiles en casa del dicho

deán. Dixo que lo vido en casa del dicho deán fasta çerca de la noche, e [...] ayer domingo de mañana le vido en casa del deán, e cree que durmió allí, e que está en la yglesia mayor. E que´l dicho pintor a estado después de la dicha quistión en casa del dicho deán a la contyna (sic: a la continua), e que agora no sabe donde está. E que´l de Ruy Díaz, e Françisco de Lara e Diego de León an estado a la contyna en casa del dicho deán fasta oy, e que´l azemilero no lo vydo en el dicho ruydo, e que está en casa del deán, e se anda por aý...

Según Zorita, el deán tenía tres mozos de espuelas, Juan de Busto, Gonzalo de Soto y

Juan del Espejo, quienes no participaron en el escándalo porque estaban dando de comer a las

mulas en la Huerta de San Pablo. También poseía dos pajes, el confesante, Juan de Zorita, y

uno al que llamaban Salinas, de unos quince años. Del mismo modo, tenía un acemilero,

165 Idem, fols. 135 v-137 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1619

conocido por Sancho, y un esclavo llamado Pedro, de dieciséis años. El esclavo tampoco

participó en el ruido; estaba con las mulas. Para lavar y barrer tenía dos muchachos, Alberto y

Antonio. Ellos, aseguraba Zorita, ni salieron a la reyerta con armas ni eran de edad para

empuñarlas.

García, criado de Ruy Díaz, aseguró, por su parte, que se hallaba en la puerta de la casa

con Guadalajara, el pintor Lorenzo Gómez y un paje del deán llamado Salinas. Entonces tres

alguaciles se le acercaron, y le dijeron si sabía algo de cierta cuestión acaecida por allí poco

antes. Los alguaciles apartaron al pintor para realizarle unas preguntas. Guadalajara estaba en

el umbral de la puerta del deán; permanecía sentado como si nada. El alguacil Escobar llegó a

donde estaba Guadalajara y le dijo: “Vos fallaste en esta quistión; ¿sabéys algo?”. Entonces

Escobar hizo que le apresaran. Lo demás es conocido. Todos entraron en la casa del deán a

por armas. García fue el que lanzó una piedra a un hombre de los alguaciles, que le impactó

en el pecho, y uno de quienes se subieron por los tejados, aunque juraba que no tiró nunca una

teja o algo por el estilo, y que no vio que su amo, Ruy Díaz, lo hiciese. Se bajaron porque dijo

el deán: “¡Abaxo, abaxo!”. También se encaramaron en el tejado Zorita, Diego Ortiz y luego

el preso, Guadalajara, que venía de la casa del arcediano de Medina.

Según García, Guadalajara estuvo en la casa del deán desde el viernes hasta el domingo;

en concreto estaba en el aposento de Francisco de Lara, donde comía, cenaba y dormía. Fue el

domingo, después de misa, cuando se pasó a la catedral. El lunes 4 de mayo, cuando se recibe

este testimonio, el propio García lo había visto en la iglesia mayor. Lorenzo Gómez, por otro

lado, estuvo con Guadalaja, pero ahora se encontraba en la casa del deán. Otros malhechores

se habían amparado, y se amparaban aún, en la vivienda del clérigo166. Lo mismo dijo Alonso

de Arévalo, el despensero del deán, hombre de unos 25 años. Aparte de aclarar sus peripecias

durante el alboroto, quiénes participaron en él y con qué armas, señaló que el domingo el

preso estaba en casa de su amo, y se fue a la catedral. Él mismo, Alonso de Arévalo, tenía que

enviar la comida a Guadalajara, por mandato del deán, al aposento de la vivienda en donde se

hallaba escondido. Otros se escondían en la casa del clérigo o en ciertos lugares167.

El testimonio de Francisco Díaz de Carrión es llamativo. Criado del maestro Guildalaso

Mantero (o García de Aragón, mantero), cuando pasó el escándalo estaba jugando al ajedrez

en la vivienda de su amo con su compañero Jerónimo Alonso. La vivienda estaba junto a la

del deán, justo a su espalda. Oyeron ruido y se acercaron a ver qué pasaba. Les dijeron que los

alguaciles tenían a un preso en la casa del arcediano de Medina, y que los de la casa del deán

166 Idem, fols. 137 v-140 v. 167 Idem, fols. 140 v-142 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1620

iban a quitarles el reo. Al oírlo Francisco se acercó a la esquina de la vivienda del arcediano.

Algunos hombres del deán sacaban armamento de la casa de éste y había alboroto. Entonces

él se volvió a la casa de su jefe, y dijo a su compañero, medio burlando: “Anda acá, vamos

allá nosotros”. E tomaron çiertos paveses viejos e sendas lanças de hierro mohosas, e

salieron. Lo señaló varias veces; había salido burlando, diciendo a su compañero “Vamos a

poner pas”. No estaba implicado en los hechos, decía, aunque le hubieran prendido por

ello168.

Juan de Zorita, García -un hombre de Ruy Díaz-, Alonso de Arévalo, Francisco Díaz de

Carrión y Jerónimo Alonso, en efecto, fueron encarcelados por sus implicaciones en el ruido.

El caso de Francisco Díaz de Carrión es curioso. Si estaba preso era por su ingenuidad, por

tomarse a broma algo tan serio como un ataque a la justicia de Toledo. Al menos eso es lo que

decía; que participó en la pelea como si de una broma se tratase. El problema es que su

compañero Jerónimo Alonso, al que dijo, se supone en tono de burla, que saliesen a la pelea,

en ningún momento habló de bromas cuando le pidieron que diese su testimonio. Señaló que

él lo hizo todo para poner paz en el conflicto169.

A pesar de las acusaciones contra el deán, como mínimo dos, que no había cumplido su

palabra y amparaba a los malhechores, éste se defendía criticando la forma de proceder de los

encargados del orden público en la urbe. Tachaba de pura coacción los requerimientos que le

habían hecho, y de desmedidas las acciones de los dirigentes toledanos. Así, el 4 de mayo de

1517 Francisco Núñez, criado del cardenal Cisneros, presentó ante los gobernantes de Toledo

un requerimiento del deán, Carlos de Mendoza, en oposición al corregidor, a sus alcaldes y a

los regidores170. Con ello el clérigo se defendía de cualquier acusación. Aseveraba que todo lo

solicitado por los dirigentes de la ciudad ese mismo día, 4 de mayo, era inviable, entre otras

cosas porque no se había hecho con los testigos ni en la forma adecuada:

...antes escandalosamente, porque [...] venían con muchos alguaziles e muchos onbres

armados, e con todo el regimiento de la çibdad, e teniendo todas las calles a la redonda de mi casa tomadas e çercada para me haser fuerça e quebrantar mi casa, libertades e exenciones [...] el dicho señor conde e corregidor, de que paresçe vino a mi casa para me faser fuerça [...] fize mi casa llana e entraron, e anduvieron por ella [...] de manera que no avía nesçesidad del dicho ýnpetu e escándalo para [...] paçificaçión de la çibdad...

El deán insistía en que los dirigentes de Toledo le hicieron fuerza, en que lo que le vino

a requerir el corregidor y otros a su casa ya estaba requerido, y en que, sin embargo, se acordó

168 Idem, fols. 142 r-144 r. 169 Idem, fols. 144 r-145 v. 170 Idem, fols. 145 v-147 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1621

hacerlo otra vez, utilizando medios coactivos. Además, defendía el clérigo, los alguaziles le

dexaron [al preso, a Guadalajara], e dexado se fue donde quiso, e sy alguna palabra yo disera

[...] fue por poner pas e evitar como avía muchos daños, e escándalo que se podría recresçer.

El deán alegaba que habían sacado de su vivienda a su paje Juan de Zorita y a otros, y los

llevaron a la cárcel, sin que se procediese para ello de un modo adecuado. Finalmente, con un

tono muy crítico, advertía a los gobernantes de Toledo que en virtud de la fuerza realizada en

su contra, y en virtud de que él nunca amparó a los que llamaban malhechores en su casa, él

no parecía obligado a entregarles a ningún malhechor.

Lo que el deán alegaba era una cortina de humo para ocultar el verdadero problema. Por

su culpa los alguaciles habían perdido un preso. Es cierto que el corregidor desplegó un grupo

de hombres en torno a su vivienda cuando fue a hacerle el requerimiento del 4 de mayo (de

1517), pero fue porque le habían dicho que algunos malhechores se amparaban allí y esperaba

capturarles en plena huída de la casa, cuando él se presentase en ella.

El Cabildo catedralicio dio todo su apoyo al deán. El día 5 de mayo de 1517 se puso un

entredicho sobre la ciudad, tras excomulgar a prácticamente el Ayuntamiento al completo171.

El corregidor Luis Puertocarrero, por su parte, envió una carta a los consejeros quejándose de

la forma de proceder del deán, y de las censuras eclesiásticas que se habían puesto172. El

entredicho estaría vigente veinticuatro jornadas.

Tal vez si hubiera que referirse a un hito a partir del cual las disputas entre el corregidor

Luis Puertocarrero y el Cabildo catedralicio se hicieron más cotidianas, la fecha tendría que

ser ésta: las primeras jornadas de mayo de 1517. El comportamiento del conde de Palma, en

opinión de los canónigos brusco, alarmó a la clerecía. Por el momento, sin embargo, el clero

de la urbe contaba con el apoyo del cardenal Cisneros, arzobispo de Toledo y regente de

Castilla por entonces. Cuando éste fallezca las cosas cambiarán rápido. La distancia entre el

Cabildo de la catedral y el corregidor de la urbe y sus hombres no hará más que crecer, debido

a Carlos I y a sus delegados en tierras castellanas.

Luis Puertocarrero iba a convertirse en uno de los principales responsables de la defensa

de los intereses del rey frente a los canónigos de Toledo, tras la muerte de su arzobispo. Esto

trajo dos graves consecuencias: por una parte, la desconfianza frente al corregidor se mezcló

con el recelo frente al rey, lo que hizo que las ansias de autonomía del Cabildo catedralicio

frente a ambos creciesen hasta límites no vistos desde mucho tiempo atrás; por otra parte, tal

171 A.C.T., B.C.T., Mss. 42.19, “Libro de Arcayos”, fol. 181 v; A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 5 de mayo de 1517, fol. 127 v. 172 A.G.S., D.C., leg. 40, doc. 5, fol. 149 r-v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1622

desconfianza respecto a Luis Puertocarrero y respecto a sus hombres favoreció la aparición de

solidaridades entre los canónigos, y entre los canónigos y algunos regidores y jurados que se

mostraban opuestos al corregidor. Queda así explicado el porqué de la unión entre el Cabildo

de la catedral de Toledo y los comuneros del Ayuntamiento toledano al principio de la guerra

de las Comunidades. Estamos ante una causa más, que debería sumarse al tema que se verá de

la actitud de Carlos I frente a la Iglesia después de la muerte de Cisneros. Por entonces, según

veremos, en noviembre de 1517, hubo un nuevo alboroto, cuando un canónigo intentó hacerse

con la torre de la catedral, arrebatándosela al alcaide que legítimamente la poseía, en nombre

del rey. Fue éste último el segundo escándalo protagonizado por un miembro del Cabildo

catedralicio en 1517. Si el de los alguaciles, en mayo, sembró recelo entre los canónigos y el

corregidor, éste, el del alcaide de la catedral, en noviembre, hizo sonar todas las alarmas

frente a la actitud de Carlos I.

Por estas fechas hay quien se cuestiona si existe o no la paz regia. La pas e sosyego de

los monarcas requería una seguridad para sus súbditos en todos los sentidos. Tal seguridad la

amparaba el rey en última instancia, pero eran las autoridades establecidas, encabezadas por el

corregidor de cada urbe, villa o lugar, las que tenían la misión de sostener la paz, garantizando

unas buenas condiciones de vida. Tales condiciones han desaparecido para muchos ya en la

segunda mitad de la década de 1510. Y lo peor es que si algo cuestiona la paz regia son los

hechos violentos. Cuando las instituciones, y aquí ha de enmarcarse a la propia monarquía, no

eran capaces de salvaguardar la seguridad física de las personas que tutelaban aparecían a los

ojos de la población esencialmente cuestionadas. Esto es lo que sucede ahora. La comunidad

urbana quiere justicia, que no haya tanta violencia, que no suban los precios, que los jurados

se comporten como los representantes de los intereses del “pueblo”, que los regidores nunca

abusen de su poder, que tampoco abuse de su poderío la Inquisición, que no se cobren tributos

excesivos, que el castigo de los delitos sea de acuerdo a su gravedad y no en función de quien

fuera el delincuente... Nada de esto supieron ofrecerla las autoridades establecidas. Carlos I no

sólo era incapaz de hacer algo bueno para su pueblo, sino que suponía para éste una amenaza

en tanto que era un extranjero no dispuesto a solucionar, pensaban muchos, problemáticas que

desconocía, y que en caso de conocerlas no le interesaban lo más mínimo. Mientras el recelo

frente al monarca crece de manera inexorable, mientras los debates en torno a Carlos I cobran

una mayor intensidad, y mientras que las ideas de la población con respecto a su nuevo rey se

van aclarando gracias a los sermones de los predicadores, la violencia continúa en Toledo.

******

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1623

8.1.1.4. EL ESCÁNDALO DE 1519: LA CATEDRAL Y EL HOSPITAL DEL NUNCIO

El mayor escándalo que se produce en las fechas cercanas al inicio de las Comunidades

en Toledo también iba a tener como protagonistas a los canónigos catedralicios. Lo causó en

realidad la herencia de un hombre excepcional, el nuncio Francisco Ortiz; excepcional porque

fue uno de los clérigos que más activamente luchó en defensa de los derechos del papa frente

a los monarcas de Castilla, porque por tal motivo se enfrentó a Isabel y Fernando a principios

de su reinado de forma abierta, porque tuvo una vida llena de peripecias, y porque logró tener

un puesto destacado en la jerarquía de la Iglesia, gracias a su inteligencia, a pesar de su origen

humilde. Por si fuera poco, fue el promotor de lo que hoy consideraríamos un manicomio,

cuando a fines del siglo XV y comienzos del XVI tales instituciones eran casi desconocidas

en tierras castellanas, y escribió una breve autobiografía, cuando este tipo de escritos no era

muy habitual en la Castilla de entonces173.

Ya nos referimos en el capítulo tercero al nuncio Francisco Ortiz. Su terca postura en

contra de cualquier intervención de los monarcas frente a los derechos del papa, como se vio,

forzó a los Reyes Católicos a ordenar su búsqueda y captura, a embargarle sus bienes, y a

recurrir a la Santa Sede para que lo controlase. Más tarde llegó la reconciliación, y Ortiz no

produjo mayores problemas hasta el nombramiento de Cisneros como arzobispo de Toledo,

con el que se enfrentó alguna vez. Siendo ya un anciano, en los primeros años del siglo XVI -

en 1503 exactamente-, le vemos encabezando una protesta de su Cabildo contra Cisneros, por

una visita que iba hacer a los canónigos174. Moriría con unos setenta años de edad, en 1508,

dejando como herencia un hospital que iba a conocerse como el “Hospital del Nuncio” o “de

la Visitación”. Esta institución era novedosa tanto en Toledo como en toda Castilla, al estar

especializada en el tratamiento de enfermos mentales. Tan sólo existían algunas similares en

Valencia, establecida en 1410, en Zaragoza, que se fundó en 1425, y en Sevilla, creada en el

año 1436. La de Toledo se fundaría en 1483175.

Dejaremos de lado los avatares vitales del nuncio Francisco Ortiz, para centrarnos en lo

que suponía la fundación del manicomio que creó. Según el propio Francisco afirmaba, sólo

se decidió a fundarlo tras haber sido visitado por la Virgen. Desde entonces buscó el modo de

ayudar a los más débiles, dándose cuenta que “los más pobres eran los que carescían de seso,

aunque adultos, y los niños expósitos que las madres desanparavan”. Así lo escribe en su

autobiografía:

173 SAN ROMÁN, F. de B., “Autobiografía de Francisco Ortiz y constituciones del Hospital del Nuncio de Toledo”, B.R.A.B.A.C.H.T., XIII (1931), pp. 71-102. 174 LOP OTÍN, Mª.J., El Cabildo catedralicio de Toledo..., p. 448. 175 SAN ROMÁN, F. de B., “Autobiografía de Francisco Ortiz y constituciones del hospital...”, p. 71.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1624

“...púsome Nuestro Señor en pensamiento que el patrimonio avido de mis abuelos y padres que no diminuý, antes aumenté, diese en casamiento a parientes y a parientas que tenían más necesidad d´ello que yo, y de los que por industria avía adquirido. Y comprado e rehedificado las casas donde agora es el ospital so la invocación de la Visitación, vulgarmente llamado de los ynoçentes, y porque me avía parescido bien la administración de las repúblicas de las çibdades por donde avía andado, que de los propios d´ellas tenían ospitales para sustentar los tales pobres, deliberé las dichas casas hazer ospital como están fechas, y de la otra parte mantener mi persona y familia segúnd la decencia de mi estado, y del resto dotar el dicho ospital, porque se pudiese perpetuar, y puse a mi voluntad que fuesen los pobres adultos que en él se reçibiesen treinta y tres, en memoria y reverencia de los treynta y tres años que Nuestro Redentor peregrinó en este mísero mundo, por nos llevar a su gloria, y treze niños expósitos, en memoria y reverencia de su gloriosa compañía con los doze bienaventurados apóstoles...”

Conseguida la licencia del papa, el nuncio creó el hospital, poniéndolo bajo el patronato

de la Visitación, y fundó en él una capilla con dos capellanes para que dijesen misa a diario en

ella. Como puede verse, el nuncio pretendía dividir su herencia en dos partes: de una de ellas

iban a aprovecharse sus familiares para mantener su estatus, y de otra los enfermos que fueran

recibidos en el hospital.

El problema era determinar quién iba a encargarse de la administración del mismo una

vez que muriera Francisco Ortiz. Éste quiso dejarlo claro en las constituciones con que creó la

institución. En ellas podía leerse: “el patronadgo supremo y libre administración del hospital y

de todas sus personas y bienes pertenesçe a los reverendos señores deán e Cabildo de la Santa

Iglesia de Toledo, solos, sin aver de dar cuenta a otros salvo a Dios...”. Así fue aceptado por

los canónigos toledanos el 11 de enero de 1507. No obstante, también se puso el hospital bajo

el patronato de otros dos patrones: el Ayuntamiento de Toledo, si bien sólo para “la protectión

e defensión de las rentas y bienes del dicho ospital, para que cuando fueren requeridos por

parte de los reverendos señores deán y Cabildo, y no en otra manera, con braço seglar les

ayuden a conservar y defender las rentas y bienes del dicho ospital”; y un pariente del propio

nuncio. Esto es lo que trajo problemas.

Francisco Ortiz quería que la administración del hospital quedase bajo la tutela del deán

y los canónigos toledanos, que de la defensa de su patrimonio se encargara el Ayuntamiento

de Toledo, y que un familiar suyo fuera el encargado de velar por el correcto y adecuado uso

de dichas facultades. En concreto las constituciones por las que se fundó el hospital decían176:

“...el tercero patrón, un pariente mío más cercano o propinco, esté quieto. Que sea

elegido por los dichos reverendos señores deán e Cabildo ut moris est en su cabildo llamados para ello por cédula de ante día, pero no quiero que sean constreñidos ni obligados a elegir pariente más cercano, salvo aquella propinquidad sea en virtud y bondad, porque aquello conviene para su oficio, sobre lo qual encargo las conciencias a sus mercedes. Y quiero y es

176 Idem, pp. 93-94.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1625

mi voluntad que éste no entienda en oír a cosa tocante al dicho ospital, salvo en mirar cómo son tratados y mantenidos los pobres d´él y cómo se guardan estas constituciones, y diga al mayordomo que remedie lo que paresçiere que no se haze segúnd lo que aquí escripto, y si no se corrigere lo diga a los visitadores para que lo manden remediar, y si sus merçedes no lo remediaren supliquen a los dichos señores deán e Cabildo que lo mande remediar [...] quiero que este tal patrón no tenga otro poder ni mando en el dicho ospital ni sobre las personas d´él [...] los dichos reverendos señores deán e Cabildo, que cada que vieren que deva ser amovido del tal patronadgo que le puedan amover y poner otro, sin darle causa ni provecho del dicho ospital...”

Francisco Ortiz dispuso que tras su fallecimiento el primer patrón de su familia fuera la

mujer de Pedro Carrillo, su sobrino, María Ortiz, para que fuese mantenida con los bienes del

hospital durante toda su vida. María Ortiz debería tener consigo a María Ortiz de Escobedo, la

sobrina del nuncio, y a Martina de Sotomayor, una niña expósita criada por éste, hasta que se

casasen. Estas mujeres iban a vivir en una casa propiedad del hospital. Una vez que María

Ortiz (o María Ortiz Carrillo) se quedara sola, no podría dar alojamiento a nadie. Cuando

muriera sería el pariente del nuncio elegido como patrón el que viviría en esa casa, situada

junto al hospital, si bien no en toda ella; iba a ser el Cabildo catedralicio el encargado de

determinar si el patrón del hospital, el pariente de Francisco Ortiz, podía vivir en toda la casa,

o si en parte debía usarse para los enfermos177.

En las constituciones del hospital el nuncio dio un poder enorme al deán y los canónigos

de Toledo. Hasta el punto que les dio licencia para “quitar y poner, e emendar y declarar estas

constituçiones, y hazer otras de nuevo si vieren ser neçesario”178. Los familiares de Francisco

Ortiz no lo aceptaron de buen gusto, y ya tras su muerte hubo problemas. Es posible que se

cumpliera su disposición, y que María Ortiz quedara como patrona del hospital. Antes de que

muriese esta mujer, aún así, empezaron a surgir las dificultades.

El patrón pariente del nuncio en los momentos anteriores a las Comunidades se llamaba

como éste: Francisco Ortiz. Posiblemente el modo en que se hizo con el patronazgo no era el

que se establecía en las constituciones, sino que, al contrario, procedió a espaldas del Cabildo

catedralicio, buscando beneficiarse de la institución fundada por su familiar. No es extraño el

que Francisco Ortiz se decidiera a proceder de este modo. Desde el inicio su familia se sentía

mal por el poderío otorgado a la Iglesia.

La reacción de los canónigos fue desproporcionada, de todas maneras. El mismo Ortiz

tuvo que quejarse de ello ante el Consejo. En la primavera de 1518 se encontraba viviendo en

la casa ubicada junto al hospital desde hacía cuatro años o más, cuando, siempre según su

versión, en un día del mes de abril [...] Pero Xuárez de Guzmán e el liçençiado don Françisco

177 Idem, pp. 94-95. 178 Idem, p. 98.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1626

de Herrera, canónigos, e otros canónigos e clérigos de la yglesia mayor de la dicha çibdad, e

otras personas legos, armados de diversas armas, conbatieron las dichas casas con mano

armada, de fecho, y por fuerça ronpieron una pared y entraron dentro en ellas. Y hecharon

de las dichas casas al dicho su hijo e a las otras personas que allí tenía puestas, y tienen

encastillada la dicha casa y aposento por fuerça179...

La ocupación de las casas del hospital del nuncio no gustó en la corte; más teniendo en

cuenta que quienes dirigieron el ataque al inmueble eran clérigos, los cuales estaban obligados

a mantener un comportamiento pacífico. Se mandó hacer una pesquisa al respecto en mayo de

1518, si bien no se tomaron las medidas oportunas, lo que hizo que los conflictos continuaran.

Según Francisco Ortiz dijo al Consejo, al final los canónigos fueron echados de la casa,

pero seguían sin conformarse. Afirmaban que era Ortiz quien había ocupado de manera ilícita

el inmueble, porque ellos no estaban de acuerdo con que él fuera el patrón, y en virtud de las

constituciones del hospital podían impedirle que lo fuese. Francisco Ortiz, por su parte,

alegaba que dichas constituciones habían sido matizadas por algunas bulas del papa que los

canónigos se negaban a aceptar. En una de ellas se decía que el hospital tras la muerte del

nuncio iba a ser administrado por tres personas: una puesta por el Cabildo catedralicio, otra

puesta por el Ayuntamiento, y un pariente suyo que tendría la misión de controlar todo.

Cuando murió el nuncio, siempre según Francisco Ortiz, el Cabildo catedralicio estuvo

dispuesto a cumplir las constituciones del hospital, pero no la bula que puntualizaba el modo

de administrarlo. En virtud de ello, Ortiz pidió al prior del monasterio de Nuestra Señora de

Santa María del Monte que obligase al Ayuntamiento y al Cabildo de Toledo a que cada uno

pusiese una persona, para gestionar la institución junto con él. El Ayuntamiento de Toledo lo

aceptó, concediendo el cargo a Pedro Laso de la Vega (futuro comunero). Como se analizará,

Pedro Laso era pariente del corregidor Puertocarrero. Es seguro que éste hizo todo lo posible

por que le concediesen el oficio. El deán y los canónigos, sin embargo, rechazaron que se

llevara a cabo lo solicitado por Ortiz. Se les rogó varias veces que lo hicieran, diciéndoles que

de negarse a hacerlo perderían su derecho a que una persona por ellos gestionase el hospital,

junto al pariente del nuncio y a alguien del Ayuntamiento. Aún así, siguieron negándose.

Ante esta postura, el prior referido no tuvo más remedio que ejecutar las bulas del papa

que sobre esto disponían, para lo cual solicitó que se requiriera a los vicarios de Toledo que

concediesen la administración del hospital a Francisco Ortiz y Pedro Laso, y que de negarse el

brazo secular fuera el encargado de hacerlo. De acuerdo con esto, primero se pidió al vicario

179 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 29 de mayo de 1518.

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1627

general que lo hiciese, y se negó. Luego se puso una demanda ante el Consejo Real (en virtud

de lo establecido por el prior de Nuestra Señora de Santa María del Monte) para que hicieran

lo oportuno los consejeros, quienes, en efecto, ordenaron el 4 de febrero de 1519 que tanto el

corregidor como sus hombres diesen toda la ayuda necesaria al prior180. Así es como lo iban a

hacer. Luego los canónigos se quejarían en el Consejo, advirtiendo que el corregidor había

puesto la administración del hospital bajo el control de Ortiz y Pedro Laso de la Vega.

El prior, no obstante, y también Luis Puertocarrero, el corregidor, tenían que actuar con

mucho cuidado. La tensión que se vivía en la urbe aconsejaba proceder con cautela. Un nuevo

escándalo -otro más- sería intolerable, en una urbe en la que muchas personas manifestaban

ya una actitud de hostilidad abierta hacia el rey y sus delegados, criticando el pésimo contexto

del orden público. Por eso se decidió negociar con los canónigos todo lo posible, por mucho

que se hubiesen cumplido las disposiciones del Consejo. El 7 de abril de 1519 el Cabildo

nombró al vicario general, y capellán mayor de la Capilla de los Reyes, Francisco de Herrera,

para que en su nombre mediase en todos los debates. Debía ver la concordia alcanzada entre

Francisco Ortiz, el regidor Fernando Dávalos y el jurado Juan Solano por parte de la ciudad, y

Pedro Suárez de Guzmán y Luis Dávalos por el deán y los canónigos, para determinar que se

cumpliese, o hacer las modificaciones oportunas181. Por un momento pudo pensarse, incluso,

que los debates iban a concluir, al menos coyunturalmente, pero se trataba de un espejismo. El

Cabildo catedralicio quería toda la administración del hospital, y Francisco Ortiz sólo estaba

dispuesto a cederle una parte.

Pronto volvieron los desacuerdos. Los canónigos continuaban empeñados en que lo que

tenía validez a la hora de fijar la administración del hospital eran las constituciones iniciales,

y nada más. Francisco Ortiz, al contrario, defendía que era la bula papal concedida más tarde

la que regulaba cómo debía administrarse. El Ayuntamiento de Toledo se hallaba en medio de

los debates. Sin embargo, tenía interés en que se cumpliese lo dictaminado por el papa, ya que

sus bulas le daban la posibilidad de intervenir en la administración.

Se decidió dejar el asunto en manos de dos jueces árbitros: el capellán mayor y vicario

general, Francisco de Herrera (al que luego nos referiremos más detenidamente), y el alcalde

mayor, Alonso de Salvatierra182. Además se pusieron dos condiciones: Francisco Ortiz debía

abandonar la casa que estaba junto al hospital, y debía levantarse un entredicho que por culpa

180 A.G.S., R.G.S., 1519-II, Ávila, 4 de febrero de 1519. 181 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 7 de abril de 1519, fol. 191 r. 182 Idem, reunión del 27 de junio de 1519, fol. 198 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1628

de estos debates estaba puesto. Si los jueces árbitros no llegasen a una concordia Ortiz iba a

volver a la vivienda y el entredicho quedaría vigente.

Ante la imposibilidad del alcanzar un acuerdo definitivo los debates fueron subiendo de

tono. Francisco Ortiz volvió a la casa y se mantuvo el entredicho. Los ánimos estaban muy

calientes mientras que, en una atmósfera de inmovilismo por ambas partes, los reproches iban

de un lado al otro. En medio de los debates y de una tensión notable la violencia apareció de

nuevo para provocar un gran escándalo. Ocurrió el 4 de julio de 1519.

8.1.1.4.1. Los sucesos del 4 de julio

Conocemos lo que pasó gracias al Cabildo catedralicio. Según sus actas, el 12 de julio

de 1519 los canónigos diputaban a Francisco de Ervás, rector de hospital del nuncio, para que

fuese ante el Consejo Real a pedir un juez pesquisidor que resolviese la injuria realizada por

Ortiz al propio Ervás, y, por extensión, al Cabildo183. Con las insuficiencias y el oscurantismo

habituales, las actas sólo hablan de eso, de una injuria, sin decir en qué consistió, por qué se

hizo o cuáles fueron sus consecuencias. Estamos, sin embargo, ante el escándalo más notable

que se produce en la ciudad del Tajo antes del inicio de las Comunidades.

La comisión enviada por los canónigos obtuvo respuesta el día 21 de julio de 1519. En

la villa de Hontíveros, donde estaba el Consejo Real, Francisco de Ervás consiguió una carta

de comisión para que el licenciado Pedro de Mercado solucionase los sucesos acaecidos sólo

días antes en Toledo; en concreto el 4 de julio. Francisco de Ervás expresó a los consejeros su

versión de lo que había pasado. Según él, el nuncio Francisco Ortiz dejó en su testamento que

la administración de un hospital por él establecido, el Hospital de la Visitación, quedase bajo

la tutela del Cabildo de la catedral; algo que se cumplió durante más de veinte años.

El bachiller Francisco Ortiz, no obstante, un vecino de la ciudad, queriendo él que dicha

administración quedase en sus manos junto con el Cabildo y con un regidor de Toledo, porque

el nuncio así lo había establecido luego, consiguió, sin mencionar que el nuncio había anulado

esto en su testamento -dando validez a las constituciones primeras del hospital-, que un prior

de Santa María del Monte, juez apostólico que dijo ser, le diese la razón, lo que se hizo sin

citar siquiera al deán y al Cabildo. Lógicamente apelaron, pero no sirvió de nada. Aunque

todo se había apelado, Ortiz pidió ayuda al brazo seglar, y a través del Consejo se dio orden al

corregidor de Toledo de cumplir todas las disposiciones del prior. Así se hizo. El corregidor

Puertocarrero, sin llamar a los canónigos para ello, puso la administración del hospital bajo el

183 Idem, reunión del 12 de julio de 1519, fol. 199 r

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1629

control de Francisco Ortiz y de Pedro Laso de la Vega, marginando a los canónigos. Sucedió

a finales de junio de 1519.

Como los debates continuaron, se situó el asunto en manos de dos jueces árbitros que no

fueron capaces de llegar a un acuerdo. Se había establecido que durante el tiempo que dichos

jueces trabajaran Ortiz abandonase la casa del hospital en la que estaba, y que se levantara un

entredicho que el Cabildo catedralicio había puesto, disponiendo que si no se llegase a una

concordia Ortiz volviera a la vivienda y el entredicho siguiese vigente. Es así como sucedió:

no hubo acuerdo. El entredicho fue mantenido y Francisco Ortiz volvió a la casa del hospital,

si bien, según dijo en el Consejo Francisco de Ervás, Ortiz no estaba satisfecho, y quería tener

el control del hospital, echando a los clérigos. Por eso hizo lo siguiente, el lunes 4 de julio de

1519184:

...fueron al dicho fospital el dicho bachiller Francisco Ortiz y el jurado Diego

Fernándes e Juan Ortys, sus hijos, y Garçilaso de la Vega [el famoso poeta], e el jurado Bernaldino de la Yguera, e Françisco de Vera, e otros criados de doña Sancha e de (blanco) de Arjona, e muchas personas con ellos que protestava declarar, todos con armas públicas e secretas; e algunos con vallestas.

E que después de muchas palabras que dixeron al bachiller Françisco de Ervás, rector del dicho fospital, e a los capellanes de la casa, para que saliesen de allí, porque no se salieron, estando el dicho rector retraydo en la capilla e asydo a las rejas d´ella le dieron muchos golpes de espada en las manos, estando todos contra él con las espadas sacadas, fasta que finalmente le sacaron, ronpida la loba e el sayo. E dándole enpellones e tratándole muy malamante, e que syendo como es letrado e predicador, e persona de mucha fonrra, le echaron fuera afrontosa e hinjuriosamente a él e a los capellanes del dicho fospital.

E que los que tenían vallestas las armaron contra ellos, e el dicho Diego Fernándes desýa: “Toma esa vallesta e mata a uno d´esos clérigos”, e otras palabras feas. E que como lo supo el nuestro corregidor de la dicha çibdad, viendo el desconçierto que se avía hecho, fizo buscar al dicho rector aquella noche e le tornó a meter en la dicha casa luego, otro día syguiente...

Francisco de Ervás solicitó a los consejeros que enviaran a un juez pesquisidor para que

hiciese justicia, y el Cabildo catedralicio pudiera disfrutar de la administración del hospital. El

21 de julio se comisionó a Pedro de Mercado para que viese el caso durante cincuenta días, y

se le dio licencia para que de ser necesario se juntasen con él poderosamente los hombres que

creyera oportunos185.

El 27 de julio Mercado ya estaba en Toledo, aunque sus pesquisas no comenzaron hasta

el día siguiente, una vez que mostró a los gobernantes de la urbe lo que venía a hacer186. Uno

de los primeros testigos fue Martín Fernández. Esta es su versión de los hechos187:

184 A.R.Ch.V., Pleitos civiles. Pérez Alonso (F), caj. 641, exp. 1, fol. 2 r-v. Se da una versión muy parecida en la provisión del Consejo Real: A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Hontíveros, 21 de julio de 1519. 185 Idem, fols. 1 r-3 v. 186 Idem, fol. 4 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1630

...un lunes, cree que heran quatro o çinco días d´este presente mes, vinieron a este dicho fospital, el dicho lunes por la mañana, el bachiller Françisco Fortys y el jurado de la Higuera, yerno suyo. E hablaron con el bachiller Hervás, rector del dicho fospital, e le pidieron las llaves del dicho fospital. Y el dicho rector se las dio, e luego, el mysmo día en la tarde, estando la casa segura y en paz vinieron Diego Fernándes, jurado, fijo del dicho bachiller Françisco Ortys, e Juan Ortyz, fermano del dicho jurado e fijo del dicho bachiller Françisco Ortyz, e uno que desýan que se llamava Argona, criado del conde de Palma, corregidor d´esta çibdad, e Bernaldino de la Higuera, e otros muchos que no conosçió, eçebto que conosçió al alguasyl Escobar e a Garçilaso de la Vega, los quales todos venían con sus armas de espadas e broqueles, e a uno vido con una vallesta armada que no le conosçió, entre los quales vido asymismo al dicho bachiller Françisco Ortyz, eçebto que no le vido armas, los quales, todos, como dicho es, arrimetyeron al dicho bachiller Hervás, rector, e le asyeron de los cabeçones188 con muchas espadas sobre él sacadas...

Según Martín, ordenaron a Ervás que saliese del hospital, y como se resistía le echaron

deshonestamente, dándole de enpellones. También echaron a los capellanes que estaban en la

capilla.

Actual edificio del antiguo Hospital del Nuncio. El edificio del siglo XV, en otro lugar, no se conserva

El testimonio de Alonso Dávila es más interesante. Él vio cómo el lunes por la mañana

Francisco Ortiz solicitaba las llaves del hospital a Ervás. Éste se las dio, y le dijo que después

las dejase en el edificio para que nadie tuviera motivos para enfadarse. Ortiz dijo que lo haría

187 Idem, fols. 11 v-12 r. 188 Puede referirse a los cabellos, o a algunas partes de los ropajes.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1631

así y se marchó. Pasada una media hora vino al hospital el jurado Diego Fernández, un hijo de

Francisco Ortiz, y le dijeron que Ervás no se encontraba allí. Diego se fue, aunque más tarde

pudo charlar con Ervás. El jurado le dijo que quitase la plata que tenía en el altar de la capilla

del hospital. El rector preguntó que por qué; que estaba puesta allí porque los visitadores iban

a realizar una visita por la tarde (los visitadores eran personas designadas para asegurarse de

que la administración del hospital era correcta, más allá de las disputas), y ellos decidirían si

la plata estaba en ese lugar bien o no. En tono misterioso Diego advirtió, entonces: “Quitaldo,

que no sabéys lo que aconteçerá de aquí a la tarde...” El rector le replicó: “Aquí, señor, no

avemos de aver enojo ninguno”.

Según Alonso Dávila esto es lo que había ocurrido la tarde del 4 de julio189:

...andovieron a la redonda del dicho fospital mucha gente del conde de Palma,

corregidor d´esta çibdad, e de doña Sancha, e de don Pero Laso, e andavan todos armados. E vido cómo el dicho jurado Diego Fernándes y Escobar, el alguasyl, estando en el dicho fospital, pidió el dicho jurado al rector que le diese unas armas que tenía en el dicho forpital. E el dicho rector le dixo que le plasía de gelas dar. E qu´él gelas daría syn enojo ni quistyón. E que dicho esto, syn faser ni desyr el dicho rector cosa alguna a el dicho jurado Diego Fernándes, arremetyó con el retor (sic), e le asyó de los pechos por le sacar de un palaçio donde estava. Y el dicho Escobar, alguasyl, asymysmo arremetyó con el dicho retor (sic) [...] para le echar fuera del dicho fospital.

Y estonçes, a las bozes que dentro se davan, entraron todos los que andavan alrrededor del dicho fospital, que paresçía que estavan aperçebidos todos con sus armas d´espadas e broqueles, e uno con una vallesta, e asý como entraron echaron mano a las espadas todos juntos e arremetyeron al dicho rector, e le sacaron de un palaçio donde estava, asyéndole de los pechos, e maltratándole e dándole de puñadas e golpes. E el dicho retor se retraxo a la capilla del dicho fospital, e estonçes el dicho Diego Fernándes, jurado, e todos los otros con él, arremetyeron al dicho retor, e arrastrando le sacaron, dándole puñadas en las manos...

Echar al rector del hospital no fue sencillo. Se agarró a unas rejas que había en la capilla

y se mostró dispuesto a no soltarse. En vista de esto, le amenazaron dixiendo que sy de allí no

se apartava que le matarían, e el dicho Escobar, alguasyl, hizo como que le quería echar una

estocada. E estonçes el dicho jurado Diego Fernándes pidió que le diesen una vallesta para

tyrar a unos clérigos que estavan arriba, a una ventana. E diósela e armóla un criado suyo

que se llama Morán. E el dicho jurado Diego Fernándes la tomó e asestó a la ventana, [...]

desyendo a unos clérigos que estavan arriba que se saliesen fuera, sy no que les tyraría.

Dávila también afirmó que en el alboroto participó Juan Ortiz, hijo del bachiller Ortiz,

con una espada y un broquel. Éste último, Francisco Ortiz, no llevaba armas. Morán, el criado

de Diego Fernández, sí; una espada. Garcilaso de la Vega, por su parte, poseía una espada, del

mismo modo, pero Alonso Dávila no recordaba que la hubiese utilizado. Eso sí, Garcilaso, las

189 A.R.Ch.V., Pleitos civiles. Pérez Alonso (F), caj. 641, exp. 1, fols. 12 r-13 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1632

más horas del día, estuvo en el hospital. Incluso le vieron en él después del alboroto, cuando

no acostumbraba venir a visitarlo. Arjona, un criado del conde de Palma, tenía una espada y

un broquel. Al lado de éstos se hallaban otros hombres, al parecer según Alonso Dávila fieros,

e renegando, e diziendo que avían de cortar la corona a uno de los dichos clérigos, e azelle

beber el agua con el caxco.

Aterrados, los clérigos, capellanes de la capilla del hospital, solicitaron a Garcilaso de la

Vega que por clemencia, pues no tenían donde dormir, les dejase que estuviesen en la casa. El

jurado Diego Fernández y el alguacil Escobar dijeron que no, que se salieran fuera. Muchos

se quedaron allí aquella noche con las armas.

García González era uno de los moradores del hospital. Dijo que había visto cómo Ortiz

y dos alguaciles, uno de ellos Escobar, junto a un escribano, solicitaban la presencia del rector

para conceder la posesión del hospital al referido Ortiz. Les dijeron que no estaba y ellos se

marcharon a buscarle. Una vez le hubieron encontrado Francisco Ortiz le pidió las llaves de la

institución, y Ervás se las dio, diciéndole que tuviese cuidado, porque las diferencias con los

canónigos aún estaban por saldarse. Ortiz prometió que así lo haría, y quedó paseando por el

hospital. El rector se fue a su apartamento, y al rato llegaron Diego Fernández y Garcilaso de

la Vega con mozos de espuelas y peones, armados con espadas y broqueles. También vino

Juan Ortiz con una espada y un broquel. Diego Fernández solicitó al alguacil Escobar (que del

mismo modo se encontraba allí) que entrase en el aposento de Ervás y sacara las armas que

allí tuviese, porque, según decía, eran del conde de Palma, del corregidor. Francisco de Ervás,

que estaba con ellos, dijo entonces: “Señor Diego Fernándes, no pongáys en nada d´eso, que

aquí no queremos enojo ninguno. E que las armas e todo lo que vos ovierdes menester d´esta

casa se os dará, e no fos pongáys en esto d´estas armas que no son menester, porque yo tengo

dada la palabra al señor bachiller e él a mý de no aver enojo” 190.

Diego Fernández hizo oídos sordos, y volvió a insistir a Escobar: “Señor alguasyl, entra

allá dentro e saca las armas”. Pedro de Escobar se marchó hacia arriba del edificio, donde se

encontraba el aposento del rector, y éste se fue a una sala del hospital. Estando allí, afirmaba

García González, arremetyó el dicho jurado Diego Hernándes al dicho rector, e le asyó de

los pechos. E estonçes llegaron todos los honbres que avían venido con él, e con el dicho

Garçilaso, e le echaron mano al dicho rector e le sacaron fuera de la dicha sala a enpuxones,

tratándole mal. E que entonçes el dicho bachiller Francisco Ortiz, des que vido que tan mal

le tratavan, dio bozes al dicho jurado Diego Hernándes, su hijo, disyendo que lo dexasen, e

190 Idem, fols. 13 v-15 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1633

que estoviesen quedos. Y el dicho bachiller le echó mano al dicho rector, e le llevó a la

capilla del dicho fospital, donde se dize la misa, y el dicho Diego Fernándes y Garçilaso de

la Vega se quedaron fuera de la dicha capilla. E que estavan falando juntos, que este testigo

non sabe que se desýan...

Cuando acabó la charla Diego Fernández se fue hacia la capilla donde estaba el rector y

le agarró, ayudado por sus acompañantes, hasta que arrastras le sacaron del hospital en medio

de un enorme escándalo. Entonces Diego, Garcilaso y Pedro de Escobar volvieron al interior,

y ordenaron a los clérigos que estaban en el aposento de Ervás que se saliesen a la calle. Ellos

les contestaron que no. Diego Fernández de manera inmediata dijo a bozes que le dieran una

ballesta para disparar a los clérigos. Al parecer la amenaza iba en serio. Los “asaltantes” del

hospital parecían furiosos.

Dicho esto, y antes de seguir con los testimonios, han de aclararse algunas cosas. Lo que

más llama la atención del suceso tal vez sea la presencia del alguacil Pedro de Escobar en él,

actuando bajo las órdenes del jurado Diego Fernández. También es interesante que participen

en el suceso unos criados del corregidor Luis Puertocarrero -al menos dos-, y que se intenten

sacar las armas del aposento de Francisco de Ervás diciendo que eran de éste. Hombres del

corregidor, además, tenían rodeado el edificio en el momento en que todo se produjo. Esta

implicación de Puertocarrero indica que el Ayuntamiento de la urbe tenía por entonces una

postura firme en el asunto, y estaba de parte de Francisco Ortiz; pero indica sobre todo que las

opiniones en contra de Luis Puertocarrero que le acusaban de favorecer a sus familiares (a las

que nos referiremos después) eran muy ciertas. Pedro Laso de la Vega era un pariente de Luis

Puertocarrero, al que éste apoyaba en lo que podía. Más tarde se verá lo que hizo el corregidor

para que el representante de Toledo en las Cortes de 1518 fuese Pedro Laso, un hombre lleno

de ambición, y hambriento de poder. Como veremos, esto explica su actitud durante la guerra

de las Comunidades.

Los vínculos de parentesco del corregidor con los Laso de la Vega también explican la

presencia de Garcilaso de la Vega en el alboroto, o de hombres de Sancha de Guzmán, suegra

de Luis Puertocarrero. En fin, no hay duda que el escándalo de 1519 se hacía con el

beneplácito del corregidor.

Este suceso también viene a dar constancia, una vez más, de la mala relación que existe

entre el conde de Palma y la Iglesia toledana. Es posible que el primero se mostrase alerta a la

hora de defender los intereses del Ayuntamiento, y que por eso decidiera emplear la fuerza en

beneficio de Francisco Ortiz -si triunfara su postura el Ayuntamiento iba a tener el mismo

control sobre el hospital del nuncio que el Cabildo catedralicio-, si bien para los canónigos,

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1634

recelosos frente a Puertocarrero, lo que hizo era una más de sus arbitrariedades, otro abuso,

otra negligencia, en definitiva, otro motivo para que de una vez dejase el corregimiento. Para

el Cabildo de la catedral la actitud de su corregidor cada vez era más intolerable. Lo malo es

que no tan sólo los canónigos pensaban así a mediados de 1519.

Independientemente de los gobernantes y de sus opciones políticas a favor o en contra

de Puertocarrero, lo único que éste podía conseguir con su implicación en alborotos como el

del 4 de julio era que la “comunidad” se pusiese en su contra. Es cierto que en la Toledo de

por entonces el dejar contentos a los canónigos, a los regidores, a los jurados y al “pueblo” era

prácticamente imposible, y que había que elegir siempre entre la opción menos mala. En

realidad la política en la urbe fue siempre así, aunque ahora todo pareciese mucho más difícil.

Lo indiscutible, en todo caso, es que si algo debía evitarse, viendo cómo estaban las cosas (la

gente está harta de las subidas de precios, la Iglesia está harta del rey, y muchos regidores se

hartarán de él cada vez más, muchos hablan de que no hay justicia...), era la violencia y los

escándalos. Por lo que se ve, Puertocarrero no siempre fue consciente del contexto que vivía.

Pero sigamos con los testimonios de los testigos. Según uno de éstos eran las cinco o las

seis de la tarde cuando tuvo lugar el escándalo. Vasurto y Arjona, hombres de Puertocarrero,

se vieron implicados en el alboroto. El primero con muchas bramuras empujó a este testigo,

que dio con él en el suelo, e después de levantado le dixo que se fuese e apartase de allí, sy no

que le daría d´estocadas. E le puso dos veses el espada a la barriga. Una vez sacaron al

rector del hospital, Diego Fernández volvió al interior, al aposento de Ervás, y, como los

capellanes no querían salir de donde estaban, ordenó que le dieran una ballesta, diciendo a un

mozo: “¡Arma, arma esa ballesta!”. Luego encaró la dicha vallesta a los dichos clérigos para

les tirar, e entonçes Garçilaso de la Vega, que estava allí a la sazón con una espada en la

çinta y en cuerpo, subió a los dichos clérigos e habló con ellos, los quales se abaxaron con él

e los hecharon fuera de la casa más por fuerça que non por su voluntad191.

Según indican algunos testigos, el poeta Garcilaso de la Vega era un hombre razonable.

Por eso fue a él, y no a otros, al que los clérigos requirieron que les dejase estar en el hospital,

porque no tenían donde ir. Haciendo gala de ese talante, y demostrando que no dejaba llevarse

por las pasiones como sus compañeros, Garcilaso subió a por los clérigos y les sacó de allí, al

advertirles que no podía hacer nada, y que lo mejor era que se fuesen, dándoles su palabra de

que si se iban con él nadie iba a agredirles.

191 Idem, fols. 15 r-16 r.

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1635

El testimonio del bachiller Francisco Ortiz es de los más interesantes. El nuncio de igual

nombre que él, defendía, instituyó el Hospital de la Visitación para acoger a los locos, a los

furiosos y a los niños expósitos. Se fundó en el hospital una capilla con dos capellanes y un

cementerio. El papa Sixto IV lo permitió, dando una bula para que los encargados de regir y

administrar la institución fueran un pariente próximo al nuncio, un hombre elegido por el

Cabildo catedralicio, y otro hombre elegido por el Ayuntamiento. Esta bula modificaba las

constituciones con que se había creado el hospital, las cuáles otorgaban su administración a

los canónigos toledanos. No obstante, no hubo problemas mientras el nuncio vivió, porque él

era el encargado de gestionar el centro hospitalario. Fue tras su muerte cuando empezaron los

problemas, ya que entonces no se conocía bien ni la bula de Sixto IV ni otra bula ejecutoria

para que ésta se cumpliese.

No fue hasta años después de la muerte del nuncio cuando este testigo, Francisco Ortiz,

se enteró de la existencia de tales documentos. Cuando lo supo, intentó que se ejecutase lo

que en ellos se disponía, algo que jamás aceptaron los del Cabildo catedralicio, quienes por

entonces, apelando a las constituciones de fundación del hospital, lo administraban de manera

individualizada. El deán y los canónigos defendían que el nuncio en su última voluntad y en

su testamento reformó las bulas, y que por eso no estaban obligados a cumplir su contenido.

Según Ortiz, era cierto que se habían reformado, pero no en lo relativo al modo de administrar

la institución.

Por ello él requirió con los documentos a fray Rodrigo Álvarez de Valderrábano, prior

del monasterio de Santa María del Carmen de la ciudad de Toledo, de la orden de San Juan, y

le solicitó que hiciese justicia. El prior aceptó la comisión y quiso proceder contra el deán y el

conjunto de los canónigos para que cumplieran lo establecido. El Ayuntamiento dijo que, por

su parte, estaba dispuesto a hacerlo, y nombró como administrador del hospital a Pedro Laso

de la Vega. En vista de que el Cabildo catedralicio se negó a nombrar a una persona, el prior

(cumpliendo lo contenido en las bulas) decidió conceder a Francisco Ortiz y a Pedro Laso la

administración del hospital. Estos dos requirieron a Francisco de Mendoza, el gobernador del

arzobispado de Toledo, para que cumpliese las bulas, del mismo modo que se requirió a uno

de los alcaldes ordinarios de la urbe, Fernando Verdugo, con una carta de los reyes, para que

él lo hiciera. En virtud de esto, el alcalde ordenó a sus alguaciles que así lo cumpliesen. Ellos,

de acuerdo con la misiva regia, debían quitar a los administradores del hospital, poner a Ortiz

y a Laso de la Vega, y defenderles para que pudieran administrar la institución sin obstáculos.

Siempre según Francisco Ortiz, los alguaciles cumplieron el mandamiento. Este testigo

fue con Pedro Laso al hospital, acompañado por los alguaciles y algunas otras personas. El

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1636

que en nombre del Cabildo catedralicio lo administraba, Francisco de Ervás, procuró que no

le quitasen la administración, creando un grave escándalo192:

...entró por un tejado donde estava una ventana que sale a la cama del dicho fospital,

e vino con una lança a un corredor del dicho fospital. E enpeçó a pelear con el jurado Diego Fernándes, su hijo d´este declarante, el qual dicho jurado puso mano a una espada e una capa que traýa para se defender, y este declarante se metyó entre ellos, e luego vinieron los alguaxyles que le avían puesto en la dicha tenencia e posesyón del dicho fospital para quitar las armas al dicho bachiller. E este declarante puso paz entre ellos, dándose fee al dicho bachiller de no le echar del dicho fospital. Y asý quedó él con los capellanes del dicho fospital, e con otros ofiçiales de la dicha casa, todos retraýdos con armas, a un quarto del dicho fospital. Pero este declarante no dio lugar a que oviese más riesgo con armas.

E los señores del Cabildo hisieron poner entredicho en esta çibdad por que este declarante se saliese del dicho ospital. E estando dentro el señor conde de Palma, corregidor d´esta çibdad, e otros señores d´ella, con los dichos señores deán e Cabildo, para que se viese por jueses árbitros de justiçia esta diferençia, [...] se fizo conpromiso en manos del capellán mayor d´esta çibdad, e vicario de la abdiençia arçobispal, e el alcalde mayor d´esta çibdad, con asyento que se dio, que sy los árbitros no determinasen esta diferençia, que este declarante se bolbiese a la tenençia del dicho ospital por el dicho don Pero Laso e por él como pariente mas propinco...

Esto sucedió a finales de junio de 1519. Puesto que los árbitros no pudieron llegar a una

concordia, Francisco Ortiz obtuvo de nuevo la tenencia del dicho hospital, entregándosela uno

de los alguaciles: Pedro de Escobar, quien le amparó en ella. Estando presente el propio Ervás

le entregaron las llaves, y los capellanes del hospital y otras personas fueron testigos. Ocurrió

el 4 de julio por la mañana. Este mismo día Ortiz estaba citado ante el prior del monasterio de

Santa María del Carmen, debido a una apelación puesta por el Cabildo catedralicio en contra

de la entrega de las llaves. El deán y los canónigos iban a quejarse de ello al papa.

Francisco Ortiz fue al monasterio de Santa María del Carmen y dejó en el hospital a su

hijo, el jurado Diego Fernández, a algún alguacil y a varios individuos. Aún se encontraba en

el monasterio cuando supo que un clérigo avía subido por una ventana del dicho ospital con

una escalla (sic: una escala), e que se avía dicho al dicho jurado, su hijo, cómo subían

ombres por la ventana del dicho hospital. Entonces Diego Fernández, sólo para que no le

perturbasen la dicha tenencia del dicho hospital, [...] quiso tomar çiertas armas que avían

quedado en el dicho ospital, qu´él avía allí traýdo al tyenpo que primeramente se tomó la

dicha tenençia. Y que las pidió al dicho bachiller Ervás, disyéndole que no fera bien meter

fonbres por las ventanas del ospital. E que sobr´esto se metyeron en palabras...193

Con el objetivo de no darle las armas, certificaba Francisco Ortiz, uno de los capellanes,

mosén Luis, echó mano a una espada, y avía arrojado golpes con ella al dicho alguasyl. El

192 Idem, fol. 19 v. 193 Idem, fols. 18 r-19 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1637

propio Ervás y otro capellán cogieron una alabarda para atacar a los que allí se hallaban. Fue

entonces cuando comenzó la rebuelta de armas. Con el objetivo de calmarlo todo, el jurado

Diego Fernández dispuso que Ervás saliese del edificio.

Francisco Ortiz al saber esto se fue corriendo al hospital, aunque cuando llegó Ervás ya

estaba fuera. De todas formas, dijo Ortiz, Francisco de Ervás iba a verse obligado a salir del

hospital, porque así se había dispuesto, e si alguna violençia se le hizo cree este declarante

que´l dicho bachiller dio causa a ella194.

Francisco Ortiz se quedó por la noche en el hospital con otras personas, por temor que

oviese algúnd escándalo con la salida del dicho bachiller Ervás. Le envió a rrogar que se

bolbiese al dicho ospital aquella noche e que no lo quiso haser, pero oyó desyr que los dichos

señores deán e Cabildo se avían aquella noche juntado en casa del deán, y avían ablado en

venir al dicho ospital con proçesiones de cruses cubiertas de belos negros. E que´l conde,

corregidor d´esta çibdad, supo esto por la mañana e habló con los dichos deán e Cabildo

para que se pacificase, e no curasen de salir de aquella manera. E que vydo cómo el dicho

conde después de aber hablado con el dicho Cabildo enbió por este declarante, e habló del

dicho ospital con el dicho conde, e le dixeron cómo abían abido otra vez enojo de palabras el

dicho jurado, fijo d´este declarante, y el dicho bachiller Ervás, e que allí el dicho conde los

hizo amigos e mandó a este declarante que se bolbiesen al dicho ospital tanto los capellanes

como Francisco de Ervás, y que estuviesen en paz, sin que entraran en el edificio ni el jurado

Diego Fernández ni ningún alguacil. Además se dispuso que las llaves del hospital quedasen

en manos de Francisco Ortiz, e que non diese la paz a ningúnd enojo ni turbaçión195. Todo se

sosegó de esta manera.

Otro de los testimonios interesantes es el de mosén Luis, el clérigo al que acusaba Ortiz

de haber comenzado los disturbios. Según él, estaba hablando con Juan Ortiz y observó cómo

un hermano de éste, el jurado Diego Fernández, también charlaba con Francisco de Ervás. El

propio Juan Ortiz le dijo que no sería extraño que por la tarde les echasen del hospital.

Poco después un capellán se marchó a hacer unas cosas y cuando vino Diego Fernández

no le dejó entrar en el edificio. Además advirtieron a mosén Luis que si salía fuera él también

iba a quedarse en la calle. Así, viendo este testigo cómo no querían dexar entrar al dicho

capellán, su compañero, tobo manera cómo entrase dentro en la casa. E después de aver

entrado en la casa el dicho capellán, fue avisado el dicho jurado Diego Fernándes cómo

entrava gente dentro en la dicha casa, e no fablaron que era otra persona salvo el dicho

194 Idem, fol. 19 v. 195 Idem, fol. 20 r-v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1638

capellán. De forma inmediata el jurado subió junto al alguacil Escobar y a Arjona, un hombre

del conde de Palma, al lugar por donde se había metido el capellán. El jurado iba diciendo que

si el capellán no se bajaba por donde había subido iba a tirarle por la ventana. La amenaza era

en serio. El capellán se negó a salir del edificio; estaba acorralado en una habitación. Diego

Fernández entró en el aposento y dijo a Arjona que se pusyese en una puerta de en medio, e

que onbre o muger qualquiera que pasase que le pusyese la espada por el cuerpo. E el dicho

Arjona se quedó en la dicha puerta por mandado del dicho Diego Fernándes. E después

d´esto pasado [se] abaxó el dicho jurado Diego Fernándes, e rogó al dicho rector de la casa

que hisyese que aquel clérigo saliese de la casa como entró, e el dicho rector le prometyó

qu´él lo faría salir.

Entonces el alguacil Escobar y el jurado pidieron a Ervás que les entregase las armas del

hospital. Ervás dijo que se encontraban a buen recaudo y prometió que no serían atacados con

ellas. En ningún modo fue aceptada esta respuesta. Al contrario; con gran ýnpetu intentaron

coger el armamento. Entonces Ervás y este testigo, el capellán mosén Luis, decidieron

impedir que entrasen en la habitación donde permanecían las armas, porque en ésta también

se almacenaba oro, plata, brocados y sedas pertenecientes a la hacienda del hospital. Con este

fin mosén Luis echó mano a la espada; el rector no poseía armas. La reacción fue inmediata.

El jurado, el alguacil y los otros se lanzaron contra Ervás y le asieron por el pecho; le

rrasgaron la camisa tirando d´él e dándole de enpuxones e golpes en la pared, porfiando196.

Según el alguacil Pedro de Escobar -recordemos el protagonismo de éste en el alboroto

con el deán del 1 de mayo de 1517-, el lunes 4 de julio de 1519 todo comenzó por la mañana.

Él vino al hospital de la Visitación con el bachiller Francisco Ortiz y su hijo, el jurado Diego

Fernández, con el objetivo de ejecutar un mandamiento del alcalde Verdugo para que se diese

a Ortiz el control de dicho hospital. También vino otro alguacil al que llamaban Jara. Nadie lo

contradijo entonces; dieron la posesión del edificio a Ortiz sin problemas, y se marcharon a

comer. Después este testigo vio al jurado Diego Fernández, quien le comentó que su padre se

hallaba en el hospital, que fuese allá porque el rector y los capellanes también permanecían en

él, y era posible que hubiese algún escándalo.

Escobar se marchó al hospital. Allí estuvo casi toda la tarde. Ya llevaba un buen rato

cuando alguien gritó que entravan por las ventanas con escaleras. El alguacil corrió a toda

prisa hacia arriba del edificio y vio que un capellán ascendía por una escalera a una ventana, y

otro capellán compañero suyo le daba la mano. Nada más entrar en el inmueble el que subía,

196 Idem, fols. 24 r-26 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1639

el alguacil llegó donde estaban, y les dijo que habían hecho muy mal entrando por la ventana

et en los escandalizar, e que pues que avýan entrado por la ventana que abíen de salir por la

ventana. Una mujer pariente de Diego Fernández, sin embargo, la cual se hallaba allí, pidió al

alguacil que dejase al capellán quedarse en el edificio, y así se hizo. El alguacil bajó al patio.

Diego Fernández le dijo entonces que el rector tenía algunas armas, que se las pidiese.

Escobar se las pidió y Ervás le contestó que no sabía nada de ellas, y que aunque lo supiese no

se lo iba a decir, porque no deseaba escándalos. Entonces señaló Diego Fernández al alguacil:

“Señor, suba por ellas, que allí están, en aquella cámara”. Escobar pretendía coger las armas,

pero el rector no lo toleraba. Ante lo cual, el alguacil dijo a sus compañeros que retuviesen a

Ervás, para ir él a por el armamento. Ya iba subiendo hacia arriba del edificio, a la habitación

donde decían que estaban las armas, cuando se abalanzó sobre él mosén Luis con su espada

en la mano. Lanzó al alguacil un golpe que frenó el broquel del golpeado. Al instante Escobar

echó mano a su espada. Mosén Luis se encerró entonces en una habitación. El alguacil subió a

lo alto del edificio, cogió una lanza y por una ventana apuntó a su agresor -al capellán mosén

Luis-, diciendo: “¿A Escobar, que bien os podría matar?”. El capellán suplicó que non lo

matase, que non diría misa. Apiadándose el alguacil decidió irse, dejando al capellán en paz.

Bajó a la planta baja del edificio. El rector no estaba allí; le dijeron que le habían sacado

a la calle. Al menos Garcilaso de la Vega, el jurado Diego Fernández, Francisco de Biezma,

maestresala del conde de Palma, Arjona, criado éste, y un hombre de Pedro Laso, poseían

espadas, aunque Escobar no recordaba que las tuviesen fuera de las vainas. Ellos decían que

tras echar al rector estaban dispuestos a hacer lo propio con los capellanes, quienes advirtieron

que querían salir del edificio, siempre que lo hiciesen escoltados por Garcilaso de la Vega197.

También éste dio testimonio en el proceso que se hizo para resolver el asunto. Cuando

se produjo el escándalo Garcilaso de la Vega era un joven que no llegaba a los veinte años de

edad. Aún no había escrito los versos que iban a convertirle en uno de los grandes poetas del

siglo XVI; versos plenamente enmarcables dentro de las corrientes humanistas, en los que ese

hombre que participó el 4 de julio de 1519 en uno de los graves alborotos que se producen por

entonces en Toledo, hablaba, con genial maestría, del amor y la esperanza, del sufrimiento y

la angustia, y de la mitología y la realidad. Si cuando se analizó en capítulos anteriores la

figura del corregidor Gómez Manrique se dijo que era necesario comprender su producción

poética, porque explicaba bien su ideología debido a su carga política, en lo que a Garcilaso

de la Vega respecta, objetivamente mucho mejor poeta que Manrique, su poesía sólo sirve

197 Idem, fols. 26 r-27 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1640

para comprender sus sentimientos, ya que carece de contenido político casi en su práctica

totalidad. No podemos dejar de traer a colación, sin embargo, alguna de las obras poéticas de

Garcilaso más famosas, como el siguiente soneto198:

“Un rato se levanta mi esperanza, mas, cansada de haberse levantado, torna a caer, que deja, a mal mi grado, libre el lugar a la desconfianza. ¿Quién sufrirá tan áspera mudanza del bien al mal?. ¡Oh corazón cansado, esfuerza en la miseria de tu estado, que tras tortura suele haber bonanza!. Yo mesmo emprenderé a fuerza de brazos romper un monte que otro no rompiera, de mil inconvenientes muy espeso; muerte, prisión no pueden, ni embarazos, quitarme de ir a veros como quiera, desnudo espíritu o hombre en carne y hueso” La misma persona que era capaz de escribir éstos y otros muchos versos participó de un

modo activo en el alboroto de julio de 1519, y dio su testimonio de los hechos. Fue una suerte

que participará, además, para los capellanes de la capilla del Hospital de la Visitación, porque

de no ser por él tal vez hubiesen salido peor parados de lo que salieron.

Garcilaso dijo que él fue al hospital a visitar a Diego Fernández, con quien estuvo algún

tiempo esa mañana, la mañana del 4 de julio. Luego se salió fuera. Estaba paseando, ya por la

tarde, cuando a la altura del hospital vio al bachiller Francisco de Ervás, quien se quejó a este

testigo, diciendo que Diego Fernández le había echado del edificio. Ervás le pidió que entrase

en el hospital y pusiera a buen recaudo algunas cosas que allí se hallaban. Para ello le dio las

llaves de un aposento, para que lo cerrara.

Garcilaso fue a hacerlo. Entró en el edificio y halló a dos capellanes y al jurado Diego

Fernández riñendo. Éste último le dijo que pidiera a los clérigos que se marcharan del

hospital, porque a él no le obedecían. Los capellanes estaban subidos en la parte más alta del

inmueble, y Diego permanecía abajo. Garcilaso les dijo que deseaba subir a hablar con ellos,

y los capellanes respondieron que lo hiciese dándoles fe de que no iba a obligarles a salir de

allí a la fuerza. Así lo hizo Garcilaso. Con estas precauciones subió y estuvo hablando con los

capellanes. Permanecían a la puerta del aposento del rector con las espadas en las manos. Les

dijo que por excusar escándalos lo correcto era que saliesen del hospital. Los clérigos sólo le

198 VEGA, G. De la, Poesía castellana completa, PÉREZ LÓPEZ, J.L., (Edit.), Madrid, 1997, p. 70.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1641

contestaron que no tenían donde ir. Garcilaso les replicó diciendo que su propia casa estaba a

su disposición hasta que encontrasen donde hospedarse. Esto convenció a los capellanes. Tras

acordar que permanecerían en su casa durante unas jornadas, y que él iba a sacarles de allí sin

recibir daño alguno, los clérigos bajaron con Garcilaso abajo del edifico, y él les sacó a la

calle199.

En la versión de los hechos que señaló este testigo no aparecía violencia apenas. Incluso

él dijo que no observó a nadie con las espadas en la mano, excepto a los capellanes. Dichos

argumentos contrastan con los de otros testigos. El jurado Bernardino de la Higuera señaló,

por ejemplo, que iba a ver a Diego Fernández y se encontró el hospital rebuelto e muchas

bozes en él, porque un clérigo había entrado por una ventana. El rector, por su parte, se aferró

a las rejas de la capilla o a la puerta de la misma. Con notable violencia Diego Fernández, el

alguacil Escobar y los hombres del conde de Palma le asieron y le sacaron arrastras. Echado el

rector, volvieron dentro y rogaron a los clérigos que se saliesen del hospital. Éstos dijeron que

no lo harían en ninguna manera, que no saldrían de allí sy non fechos pedaços. Fue entonces

cuando Diego Fernández dijo a un criado del corregidor que le diese una ballesta para matar a

los clérigos200.

Diego Fernández procuró defenderse de esas acusaciones en su testimonio. Advirtió que

Ervás se había metido en el hospital con una lanza, a través de los tejados de ciertos edificios

colindantes. Le dijeron que no hiciese escándalo, y le tomaron la lanza. Luego, teniendo este

testigo bajo su tutela el hospital, saltó la alarma: algunos certificaban que el dicho bachiller

Ervás quería meter en el dicho ospital escondidamente, quebrando una pared, çiertos onbres

para que al dicho confesante e a los que con él estavan los echasen d´allí, del dicho ospital,

por fuerça, sy pudieren. Diego, siempre según su versión, rogó a Francisco de Ervás que no

hiciera una locura. De este modo, cuando vio a un clérigo entrar en el hospital por una de las

ventanas, creyó que otros clérigos e personas farían lo mismo syn ser vistos, para favoreçer

al dicho bachiller Ervás, espeçialmente porque el dicho bachiller Ervás lo avía querido

yntentar la otra bez201. El resto del testimonio de Diego calca lo ya dicho por otras personas

en el interrogatorio.

En fin, como puede verse, cada persona da su propia versión de los hechos, procurando

en todo momento dejar clara su inocencia. Los testigos de la parte del rector Ervás insisten

una y otra vez en las vejaciones a las que les sometieron; los de la parte de Diego Fernández

199 A.R.Ch.V., Pleitos civiles. Pérez Alonso (F), caj. 641, exp. 1, fols. 34 v-35 v. 200 Idem, fols. 27 v-29 r. 201 Idem, fols. 29 r-33 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1642

tanto en lo lícito del modo de actuar de éste como en la agresividad justa que se empleó.

Resulta, de hecho, muy llamativo, el que algunos testigos señalen que ellos “pasaban por allí”

cuando todo se produjo, que no observaron hechos violentos en los que, sin embargo,

enfatizan quienes los padecieron, y que si había armas ellos no se percataron de que alguien

las usara. Unos, los del grupo de Ervás, insisten en que se trató de un alboroto de una

violencia intolerable, producido por el jurado Diego Fernández; otros, los de la parte de éste,

en que fue un escándalo producto de las acciones de Francisco de Ervás y sus hombres, en el

que se utilizó la violencia justa.

El juez pesquisidor que trató el caso, por su parte, Pedro de Mercado, decidió apartar en

un principio la cuestión de la violencia para centrarse en determinar los derechos de Ortiz y de

los canónigos a la hora de regir el hospital202. Mientras no se resolviese este tema existiría un

elemento de tensión en la urbe muy perjudicial para la paz regia. Si consiguió resolverlo o no

Pedro de Mercado es algo que tendrán que aclarar los modernistas. En todo caso, el escándalo

de 1519 fue muy grave la para pas e sosyego. Es un suceso que entronca con los ya vistos, y

que puede tenerse como un prolegómeno de la guerra de las Comunidades. Lo que ocurre en

el verano de 1519 viene a demostrar que Puertocarrero no podía seguir como corregidor en la

ciudad del Tajo. En un contexto en el que la violencia es el peor enemigo del orden público, el

posicionamiento de Toledo bajo el mando de un hombre dispuesto a favorecer a sus familiares

en todo, enfrentado a la Iglesia, y que mantenía una relación poco cordial con algunos de los

más insignes regidores, era muy peligroso. Tendremos ocasión de profundizar en estas ideas

más tarde.

8.1.1.4.2. Las condenas

Mientras que desarrollaba el proceso, Pedro de Mercado llamó públicamente a todos los

que estaban implicados de alguna manera en el asunto, y dispuso que no saliesen de sus casas;

o que estuvieran siempre localizables. Garcilaso de la Vega, como era menor de veinticinco

años, nombró a Juan Gaitán para que litigase en su nombre203. Así, las gestiones de Mercado

se alargaron durante dos meses, hasta que el 7 de septiembre de 1519 hizo públicas sus

sentencias. La primera fue contra el alguacil Pedro de Escobar204:

Visto este proçeso criminal, de la una parte el deán y Cabildo de la Santa Yglesia d´esta çibdad como abtor demandante, e de la otra Pero d´Escobar, alguasyl vesyno d´esta çibdad, reo defendiente, y visto lo que cada una de las dichas partes quiso dezir e alegar

202 Idem, fols. 36 r-38 v. 203 Idem, fol. 114 r. 204 A.D.P.T., Hospital del Nuncio, leg. 15, doc. 43, fol. 1 r-v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1643

fasta la final conclusyón, e como yo concluý con ellos, e visto todo lo demás que verse pudo e devió para dar sentençia difinitiva en esta cabsa, fallo, atenta la culpa que de lo proçesado resulta contra el dicho Pedro d´Escobar, que lo devo de condenar e condeno en destierro d´esta çibdad e sus arravales por tres meses, e que non lo quebrante so pena que por la primera vez sea el destierro doblado e pague çinco mill maravedís para la cámara e fisco de sus altezas. E mando que salga a conplir el dicho destierro dentro de tres días que saliere de la cárçel e prysión donde está. E más, le condeno en perdimiento de las armas que sacó en el dicho roydo, y las aplicó a quien de derecho las aya de aver. E más, le condeno en el salario e costas d´este proçeso de lo que por mí le fuere repartido, que le será mostrado y noteficado. E asý lo pronunçio e mando por esta mi sentençia definitiva, juzgando pro tribunali sedendo en estos escritos, e por ello. El liçençiado Mercado. Pedro de Escobar presentó un escrito de apelación del veredicto el 9 de septiembre y lo

aceptaron, aunque se dispuso que de todas formas pagase el sueldo del pesquisidor. La misma

sentencia se puso a Garcilaso de la Vega. Tendría que exiliarse de Toledo y sus arrabales por

tres meses; la primera vez que lo incumpliera iba a tener que pagar 20.000 maravedíes para la

cámara regia, y el destierro sería de un año. También le condenaron a perder el armamento del

que hizo uso en el escándalo, y al pago de las costas del proceso. El día en que se pronunció el

veredicto, el 7 de septiembre, se lo notificaron a Juan Gaitán, quien lo apeló del mismo modo

que Escobar el día 9, acordándose exactamente lo mismo que el caso anterior205.

A Diego Fernández, el hijo del bachiller Francisco Ortiz (Diego Fernández Ortiz pone

en algún documento), le condenaron a la misma pena, aunque en su caso el destierro iba a ser

de seis meses y tendría que pagar 10.000 maravedíes de incumplirlo, además de doblarse el

período de exilio. El mismo día 7 de septiembre apeló la sentencia206. Peor suerte tuvo el

grupo de criados que participaron en el conflicto, personas sin ningún poder que ni siquiera se

atrevieron a presentarse ante Pedro de Mercado. En concreto se condenó a tres de ellos. Al del

conde de Palma, Arjona, le condenaron a que fuese traído por las calles sobre un asno con una

soga al cuello y las manos atadas a la garganta. Los pies también debían ir atados por debajo

del animal. Mientras, un pregonero delante del asno iba a publicar su delito, al tiempo que

uno de los verdugos de la urbe le daba hasta cien azotes. Luego sería desterrado por un año,

bajo la pena de perder un pie si lo incumpliera.

Más graves fueron las condenas de Francisco de Vera, un criado de Sancha de Guzmán,

y de Morán, un hombre de Diego Fernández. Debían llevarles de manera similar a Arjona por

las calles hasta la horca, y una vez allí debían cortarles una mano. Además se condenó a todos

los criados a que perdiesen las armas que sacaron al alboroto, aunque debido a su pobreza no

205 Idem, fols. 5 r-6 v. 206 Idem, fols. 7 r-8 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1644

se dispuso que pagaran las costas del proceso207. Otro hombre del conde de Palma, Francisco

de Biezma, no recibió una condena tan dura; sólo le condenaron a un mes de destierro208.

Se ponía fin así a uno de los alborotos que de forma clara conmovió el orden público en

Toledo durante 1519. Cuando Pedro de Mercado terminó su trabajo los días de Puertocarrero

como corregidor en la ciudad del Tajo ya estaban contados, y la distancia entre la opinión de

no pocos regidores y clérigos con respecto al monarca parecía insalvable. Lo que sucedió con

el escándalo de julio 1519, como lo que pasó con los alborotos de agosto de 1516 y mayo de

1517, sólo puede entenderse si lo situamos en un contexto de quiebra de la paz regia, es decir,

de ruptura de ese orden público a favor de los monarcas que se alentaba desde la corte. Sería

incorrecto, no obstante, considerar estos escándalos como sucesos aislados y extraordinarios

en la vida de la ciudad. Cierto que fueron extraordinarios por su repercusión o por las metas y

personas en ellos implícitas, pero si los situásemos en el contexto de conflictividad social que

existía cuando se desarrollaron, fueron más comunes de lo que en principio se pudiese pensar.

Los grandes escándalos se caracterizan sobre todo por tres elementos: hay en juego unos

intereses importantes, intervienen los hombres de individuos poderosos, y, por ambas razones,

la repercusión de los mismos es mayor que la de otros sucesos. Si ya de por sí los rumores

sobre homicidios, robos, personas alzadas para no pagar sus deudas, nuevos tributos que iban

a asolar Castilla, etc. no eran suficientes, el hecho de ver por las calles de Toledo a un grupo

de hombres armados dispuestos a realizar aquello que les mandasen, sin que nadie fuese capaz

de impedírselo, generaba miedo entre la gente del común, entre los débiles. Y a su vez era un

elemento adoctrinador. La oposición y la violencia presentadas por los oligarcas frente a los

encargados de mantener el orden deslegitimaban la tarea de éstos, y advertían al pueblo sobre

el poder de los hombres poderosos, y sobre la debilidad de los gobernantes del rey. Esto

entrañaba peligro, pero en el momento del escándalo, cuando las armas iban por las calles y se

producía la agresión, la furia lo ocultaba todo.

En los primeros meses de 1520, pues, la paz regia está herida de muerte. La experiencia

demostraba que siempre que en Toledo se vivía un aumento notable de los delitos y el crimen

el resultado era una quiebra de la pas e sosyego, es decir, un terrible alboroto. El ejemplo más

próximo a estas fechas lo tenemos en 1505 y 1506. Ahora todo será más grave. Por entonces

la violencia no se veía acompañada de una inestabilidad institucional como la que se padece

entre 1516 y 1520. La conjunción de estos dos elementos, la violencia y la inestabilidad de las

instituciones, destruirá, literalmente, la paz regia. Si ésta se había basado en dos elementos -al

207 Idem, fols. 9 r-10 r. 208 Idem, fols. 11r-12 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1645

menos desde que los Reyes Católicos llegaron al trono-, la institucionalización política y la

despolitización de la violencia, ambos elementos terminan de quebrarse (vienen quebrándose

desde hace años) en 1520; en concreto a fines del mes de mayo, cuando huye el corregidor de

Toledo, una figura clave en el mantenimiento de la paz regia.

Sobre todo el delito y la violencia contribuyeron a “demoler” el equilibrio institucional,

en tanto que sobrepasaron la capacidad práctica de la justicia para enfrentarse a una y a otro.

Surgió así el círculo vicioso de siempre. La violencia generaba inestabilidad institucional, y la

inestabilidad institucional provocaba más violencia. Lo que empeoró todo fue la figura de

Carlos I, porque politizó dicho círculo, de tal forma que la violencia acabaría politizándose, y

la política abandonaría las instituciones de gobierno establecidas: el Regimiento y el Cabildo

de jurados. Es por eso por lo se “quiebra” la paz regia. La antítesis de ésta era el ejercicio del

gobierno fuera de las instituciones oficiales -lejos del control de la realeza-, usando métodos

violentos de ser necesario... En definitiva, ese proceso que llevaba a la destrucción de la pas e

sosyego se venía dando desde mucho tiempo atrás, y nadie supo verlo. En 1520 la situación es

imparable.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1646

8.1.2. TRES CLAVES PARA LA QUIEBRA DE LA PAZ

Como ha podido verse, en urbes como Toledo las dificultades para amparar la paz cada

vez son más notables. Todo lo que se dirá a partir de aquí debe enmarcarse en el ambiente de

violencia expuesto. Ya en una misiva del 2 de enero de 1516, el licenciado Herrera escribía

que en la ciudad del Tajo estaba la gente común de mercaderes y personas de su calidad tan

amedrentada que la noche anterior, la del 1 de enero, no habían hecho otra cosa syno passar

fardeles y arcas a monasterios. Como esto fera causa de escándalo, aseguraba Herrera, pidió

al alcalde mayor que pregonase que cesara tal práctica, y que nadie hiciese ningún alboroto.

Estamos en el comienzo de 1516, y aún está en la urbe mosén Jaime Ferrer como corregidor.

Sin embargo, no parece ni que las autoridades gubernativas sean capaces de amparar el orden

público ni que, y esto era más grave, se confíe lo más mínimo en ellas.

Desde Bruselas, y en nombre del príncipe Carlos, el 14 de febrero de 1516 se escribió

una carta a los dirigentes de Toledo, en la que se les hacía partícipes del grandísimo dolor del

príncipe ante la defunción de su abuelo, el rey Fernando (el día 23 de enero), y de los deseos

del mismo de venir cuanto antes a Castilla para gobernarla y regirla lo mejor posible209. Se les

solicitaba, también, que en tanto Carlos no llegase obedecieran en todo al arzobispo Cisneros,

regente del reino, y a sus ayudantes, utilizando este argumento:

...pues esa çibdad es tan prinçipal y de tanta nobleza y lealtad, y a donde tantos

cavalleros y señores tienen su asyento, tanto mayor obligación tienen vuestras merçedes a myrar con todo cuidado y diligençia por el serviçio de su alteza. Y por siempre todos estéys en mucha paz y sosiego, y conformidad, que en ninguna cosa pueden hazer vuestras merçedes mayor serviçio a su alteza que en esto; y más en tal tiempo, estando su alteza absente. Y el que más la procurare por su parte, se muestra más servidor del prínçipe [...] y le echamos cargo que viniendo su alteza, placiendo a Dios, lo agradezca y pague con muchas merçedes...

Finalmente, el 14 de marzo de 1516, en Santa Gúdula de Bruselas, Carlos de Gante se

proclamaba rey de las Coronas de Castilla y de Aragón. El 29 llegaron a Madrid unas cédulas

firmadas por él que pedían al regente, al Consejo Real, a los nobles y a las ciudades que se le

proclamase monarca. Nieto de los Reyes Católicos -era hijo de Felipe “el hermoso”-, algunos

historiadores no dudan en definir este acto como un auténtico golpe de Estado, ya que la reina

legítima, su madre Juana (”la loca”), vivía, y estaba por verse quien iba a reinar en Castilla

una vez muerto el que hasta entonces había sido su gobernador: Fernando el Católico. El

papel de las Cortes en esta cuestión era importante, pensaban los dirigentes de las villas y

ciudades. Aún así, se les marginó, dando la elección del rey de Castilla por consumada.

209 A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 6º, nº. único, piezas 62 b, 62 c y 62 d.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1647

Antes de hacerlo, no obstante, desde Bruselas intentaron crear un contexto favorable al

que iba a ser el nuevo monarca castellano. Por ejemplo, en febrero se enviaron algunas cartas

a ciudades como Toledo, en las que se pedía que dieran un pregón comunicando al pueblo la

paz perpetua alcanzada entre Carlos de Gante y el rey de Francia, bajo el arbitraje de la Santa

Sede de Roma, del emperador y de los reyes de Inglaterra y Portugal. El mensaje era claro: el

nuevo rey de Castilla y de Aragón iba a acabar con esas interminables guerras exteriores de su

abuelo Fernando. Sin embargo, en la carta enviada a Toledo hubo algo que gustó poco. En el

título de los monarcas ponía lo siguiente210: Doña Juana e don Carlos, su hijo, por la graçia

de Dios reyna e rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Siçilias, de Iherusalem, de

Navarra, de Granada, de Toledo, de Valençia... Toledo quedaba recluida al octavo puesto en

el título. Los éxitos de los reyes habían repercutido de manera negativa en su preeminencia.

Era frustrante, pero los monarcas venían haciéndolo desde la conquista de Granada, y no era

el momento de emprender un proceso para que el nuevo rey cambiase la intitulación.

Para comunicar el nombramiento de Carlos como monarca a los dirigentes de la ciudad

del Tajo se realizaron dos cartas. En la primera, datada el 21 de marzo de 1516, se aseguraba

que si Carlos de Gante se había proclamado rey de Castilla era sólo para defender la Corona,

y persuadido por el papa, el emperador -los dos principales poderes de Occidente- y por otras

personas sabias211. Como no podía ser de otro modo, tal decisión levantó protestas, y esto hizo

que tuviera que escribirse otra misiva, el 3 de abril de 1516, en la que se comunicaba a los

dirigentes de Toledo que Carlos se había proclamado rey de Castilla por el bien de la Corona;

y que pensaba actuar en todo momento al lado de su madre, a la que iba a poner por delante

en sus títulos212, porque así lo creía conveniente dada su legitimidad como reina.

Ambas cartas se presentaron al Ayuntamiento de Toledo el 4 de abril de 1516. Estaban

presentes en él tanto el corregidor mosén Ferrer como el conde de Fuensalida, por entonces ya

alguacil mayor, al igual que los regidores Alonso de Silva, Fernando de Silva (el hijo del

señor de Montemayor), Juan Niño, Pedro de Herrera, Antonio Álvarez, Fernando Dávalos,

Gonzalo Gaitán, Juan Carrillo, Alonso Suárez de Toledo y Pedro de Ayala. Los jurados eran

17: Francisco Ramírez de Sosa, Alfonso de Sosa, Alonso Álvarez, Pedro de Villayos, Luis

Zapata, Ruy Pérez de la Fuente, “De Vel”, Francisco Ortiz, Diego Sánchez de San Pedro,

Álvaro de Toledo, Miguel de Hita, Bernardino de la Higuera, García de León, Alonso

210 A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 4º, nº. único, pieza 62 h. 211 A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 4º, nº. único, pieza 62 c. 212 A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 4º, nº. único, pieza 62 f.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1648

Fernández de Oseguera, Francisco Francés, Nicolás de Párraga y Jerónimo de Ávila213. No

hubo obstáculo alguno. Como era costumbre, pusieron ambas cartas sobre sus cabezas en

señal de obediencia, y afirmaron que estaban dispuestos a cumplirlas. Luego:

...yncontinenti, todos los dichos señores corregidor e Toledo salieron juntos con el

pendón real, que llevava en sus manos el dicho señor corregidor, e le sacó a los corredores del dicho ayuntamiento. Et sacado, el dicho bachiller Francisco Ortyz, jurado, e como mayordomo del Cabilldo de los jurados, asido del dicho pendón dixo a altas bozes tres vezes: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la muy alta e muy poderosa, la reyna doña Juana, nuestra señora, e por el muy alto e muy poderoso rey don Carlos, su hijo, nuestro señor!”. Y asý fecho el dicho acto, dexaron el dicho pendón en el corredor del dicho ayuntamiento hasta la tarde, a las tres oras después de medio día, para acabar de haser el dicho acto, segúnd costumbre, para que fue mandado convidar. E bueltos a la sala del dicho ayuntamiento dixeron que nonbravan e nonbraron a Álvaro de Toledo, e a Nicolás de Párraga, e a Bernaldino de la Higuera, e al bachiller García de León e a Gerónimo de Ávila, jurados, para que conbidasen a todos los cavalleros e a otros çibdadanos de la dicha çibdad, para que viniesen e estuviesen en el acto que se devía haser...

A las tres de la tarde, estando reunidos en el Ayuntamiento, se leyeron de nuevo las dos

cartas referidas. Realizado esto, así señaló el escribano mayor, Juan Fernández de Oseguera,

el acto de proclamación de Carlos de Gante como rey de Castilla que tuvo lugar en Toledo214:

...los dichos señores corregidor y Regimiento, e caballeros, e los otros estados de

gentes de la dicha çibdad, se salieron del dicho ayuntamiento con el dicho señor corregidor, e a las puertas del dicho ayuntamiento el dicho señor corregidor cavalgó en un caballo a la brida. Et todos los dichos señores Regimiento, a pie, delante e alderredor d´él. Et algunos señores regidores asidos a las riendas del cavallo, que heran los señores Alonso de Sylva e Juan Niño, regidores de la çibdad; uno de la mano derecha e otro de la ysquierda, que heran los más amygos regidores que ende se hallaron. E todos llevavan a su merçed en medio, e todos los otros cavalleros e estados de gentes con ellos. Y el dicho señor corregidor con todos los dichos señores se pusieron debaxo de los dichos corredores del dicho ayuntamiento. Et en los dichos corredores estavan el bachiller Françisco Ortyz, jurado e mayordomo del Cabilldo de los señores jurados, con el dicho pendón real en las manos, e otros muchos jurados con él. E asý estando los dichos señores abaxo, el dicho bachiller Françisco Ortyz, jurado, tornó a decir a altas bozes tres vezes, una en pos de otra: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la muy alta e muy poderosa, la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el muy alto e muy poderoso rey don Carlos, su hijo, nuestro señor!”. E así dicho, luego el dicho bachiller Françisco Ortyz, jurado, tomó el dicho pendón e sacóle por los corredores del dicho ayuntamiento. Et dixo que le dava e dio al dicho señor corregidor, que ende estava, como dicho es, para que´l dicho señor corregidor le llevase por las calles públicas de la dicha çibdad, haziendo en ellas los actos e solepnidades hasta le entregar al alcaide de los alcáçares de la dicha çibdad, para que le pongan en la torre del omenaje del dicho alcáçar con las solepnidades que se requerían...

El modo en que se realizaron estos actos evidencia toda la escenografía y la teatralidad

que se desarrollaba en los hechos solemnes relativos a la realeza, muy conocidas gracias a una

obra realizada en 1636 por el entonces escribano mayor del Ayuntamiento, Juan Sánchez de 213 A.G.S., P.R., leg. 7, doc. 207. 214 Idem, fol. 2 r-v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1649

Soria, bajo el título: Libro de lo que contiene el prudente govierno de la imperial Toledo y las

corteses ceremonias con que le exerçe. Al contrario que para el Medievo215, se conocen bien

los ritos solemnes y ceremoniales para la Edad Moderna, según ha estudiado José Francisco

Aranda Pérez216, y evidencian lo complejo de una ritualidad que pretendía crear un consenso

con la realeza, aunque en el fondo no existiese. Para ello los detalles eran importantes: las

proclamas siempre se realizaban de tres en tres; el pendón real, en el caso de las coronaciones

de un nuevo monarca, debía ir más alto que el público asistente a la ceremonia, de modo que

era el corregidor el encargado de llevarlo encima de un caballo, mientras las demás personas

iban a pie; dicho pendón se situaba, concluidos todos los ceremoniales, en la torre más alta del

alcázar, dominando toda la urbe, donde permanecía hasta pudrirse... Así se hizo el 4 de abril

de 1516217.

...el dicho señor corregidor tomó en sus manos el dicho pendón real, e todos los

dichos señores regidores con él, e alderredor, a pie, con otros muchos jurados e cavalleros que ende yvan, se fueron hasta las puertas del perdón de la santa yglesia de la dicha çibdad, donde hallaron la cruz + [pone este signo] de la dicha santa yglesia con toda la clerezía, vestidos con sus capas de seda e brocados, muy solepnemente cantando. Et llegando el dicho señor corregidor et Regimiento, dixo el señor corregidor a altas bozes tres vezes, una en pos de otra: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el rey don Carlos, nuestro señor, su hijo!”. Et esto dicho por el dicho señor corregidor, luego el dicho señor corregidor hizo el acatamiento, con el dicho pendón real en sus manos, a la cruz devido. Et luego se apeó del cavallo con el dicho pendón en sus manos. Et todo el Regimiento e cavalleros que venían con él alderredor, e el dicho señor corregidor, junto con el preste, fueron en proçesión hasta el altar mayor, donde por la clerezía e preste fue dicha una solepne e devota oraçión a Nuestro Señor, con rogativa por los dichos reyna e rey, nuestros señores. E bendixeron el dicho pendón real, e fecha la oraçión e rogativa, luego el dicho señor corregidor, con el dicho pendón real en las manos, e todo el Regimiento, e cavalleros e otros estados de gente de la dicha çibdad con él, salieron de la dicha yglesia mayor a la puerta del perdón, donde el dicho señor corregidor se avía apeado, e tornó a cavalgar.

E con el pendón en las manos, e todo el Regimiento e cavalleros de la dicha çibdad con él, a pie, fueron por las quatro calles hasta los canbios de la dicha çibdad, donde el dicho señor corregidor tornó a desyr, e digo (sic) a altas bozes tres vezes, una en pos de otra: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el rey don Carlos, nuestro señor, su hijo!”.

Et desde allí el dicho señor corregidor e todos los otros señores fueron la calle adelante hasta allegar a la plaza mayor de Çocodover, donde estava mucha gente. Y el dicho señor corregidor tornó a desir a altas bozes: “¡Castilla, Castilla, Castilla!”, tres vezes, una en pos de otra,”¡por la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el rey don Carlos, su hijo, nuestro señor!”. Et dicho, luego el dicho señor corregidor con todo el Regimiento e con toda la otra gente fueron fasta las puertas de los alcáçares de la dicha

215 LÓPEZ GÓMEZ, O., “Fiesta y ceremonia del poder regio en Toledo a fines de la Edad Media”, en MARTÍNEZ-BURGOS GARCÍA, P. y RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, A. (Coords.), La Fiesta en el mundo hispánico, Cuenca, 2004, pp. 245-279. 216 ARANDA PÉREZ, F.J., Poder y poderes en la ciudad de Toledo. Gobierno, sociedad y oligarquías en la España moderna, Cuenca, 1999, pp. 372-378. 217 A.G.S., P.R., leg. 7, doc. 207, fols. 2 v-3 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1650

çibdad, los quales hallaron çerrados. Et el dicho señor corregidor dixo a altas bozes, tres vezes: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el rey don Carlos, su hijo, nuestro señor!”. Et asý dicho, dixo: “¡Alcaide, alcaide, alcaide!”. Et a la terçera vez respondió el dicho alcaide: “¿Quién está ay?”. Et el dicho señor corregidor dixo: “¿Sabéys cómo el rey don Carlos, nuestro señor, se yntitula rey, juntamente con la muy alta e muy poderosa reyna nuestra señora, doña Juana, su madre?”; lo cual dixo tres vezes. E a la terçera dixo el dicho alcaide: “Por de dentro sý sé”. Et luego el dicho señor corregidor dixo tres vezes: “¡Abrí, abrí, abrí!”. Et a la terçera dixo el dicho alcaide: “Que me plaze”. Et luego abrió el dicho alcaide el postigo de las dichas puertas. E se puso en él, armado en blanco, con una adaraga e una espada. E con él, detrás d´él, muchos onbres armados. Et luego el dicho señor corregidor dixo que le entregava e entregó el dicho pendón real, para que le alçase por la reyna nuestra señora e por el nuestro señor rey don Carlos, su hijo, en la torre más alta, donde es uso e costumbre de se poner los pendones reales. Et luego el dicho señor corregidor se lo entregó [...] el dicho alcaide tomó el dicho pendón en sus manos, e para meter el dicho pendón real abrió la una de las puertas del dicho alcáçar. Et metió el dicho pendón dentro de los dichos alcáçares, e çerró las dichas puertas. [...] se puso el dicho pendón en la torre del atambor del dicho alcáçar por el dicho alcaide, e diziendo tres vezes, una en pos de otra: “¡Lealtad, lealtad, lealtad. Castilla, Castilla, Castilla por la reyna doña Juana, nuestra señora, et por el rey don Carlos, nuestro señor, su hijo!”. E quedó el dicho pendón real puesto en la dicha torre, segúnd que fue visto por todas las gentes que ende estavan...

Lealtad. Lealtad al rey Carlos I; una idea que iba a olvidarse por culpa de las acciones

de éste muy pronto. De momento, no obstante, los dirigentes toledanos están encantados con

el título que adopta el nieto de los Reyes Católicos (a pesar de no gustarles que esté tan detrás

de otros reinos el de Toledo) para ser monarca junto a su madre. Así se lo comunicaron a

Carlos en una misiva, en la que además le rogaban que cuanto antes viniese a Castilla. El rey

contestó el 25 de julio de 1516, dándoles las gracias, y advirtiéndoles que su venida a tierras

castellanas sería pronta218. Algo que, por cierto, era falso. En todo caso, desde el 4 de abril de

1516, por la tarde, Toledo tiene un nuevo monarca. Por primera vez un extranjero, una

persona educada lejos de los territorios castellanos, es rey de éstos. Ello causó cambios que

pronto van a dejarse notar, particularmente en las ciudades.

218 A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 4º, nº. único, pieza 62 g.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1651

8.1.2.1. HACIA LA DESAPARICIÓN DEL CORREGIMIENTO

Como vimos en el capítulo precedente, el corregidor que llegó a la urbe tras la “caída”

de Pedro de Castilla, mosén Jaime Ferrer, desde el comienzo estuvo bastante solo en su tarea

política. Aunque en verdad apoyado por el rey Fernando en los primeros años de su gestión al

frente del corregimiento toledano, con el trascurso del tiempo sus relaciones con el monarca

se fueron haciendo más frías, y su soledad como máximo gobernante de Toledo más notable;

algo que -como también se vio- empieza a detectarse, sobre todo, desde 1510. Con los Ayala

siempre en su contra, frente a unos regidores cada vez más rigurosos a la hora de defender sus

intereses personales, ante unos jurados con los que colaborar en ocasiones es una odisea, y en

una urbe en la que las armas comienzan a verse por las calles más de lo necesario, mosén

Jaime Ferrer y sus hombres optaron por actuar con dureza frente a los delitos y las armas, y

con la máxima diplomacia posible ante las no disimuladas ansias de poderío político, social y

económico de los oligarcas en su conjunto.

El problema es que se erró tanto en lo uno como en lo otro. A la hora de reprimir ciertos

delitos la rigurosidad del corregidor fue tal que pronto surgieron voces que le tachaban de

desalmado. Decían que actuaba por motivos personales, que era excesivamente parcial, que

procedía con demasiada “pasión” y, en fin, de manera poco acorde con lo establecido por las

leyes. En cuanto a sus relaciones con los oligarcas, una idea es suficiente para explicarlo todo:

a mosén Jaime Ferrer la oligarquía no le concedió una tregua. Cuando Gómez Manrique llegó

a Toledo los principales oligarcas de la urbe estaban de acuerdo; aceptaron el corregimiento

como algo necesario para impedir que siguiesen enfrentándose como lo habían hecho hasta

entonces. Gracias a su buena herencia, y gracias a la época de auge de la realeza por entonces,

cuando Manrique falleció su sustituto, Pedro de Castilla, fue bien recibido. No obstante, los

quince largos años que Castilla estuvo como corregidor no sólo le desgastaron a él, como

dirigente urbano, sino que sumieron al corregimiento en una grave crisis; crisis que no iba a

poder superarse con un simple cambio de titular al frente del mismo.

Ya hemos señalado cómo mosén Jaime Ferrer “sufrió” una primera residencia en el año

1512219, y cómo a pesar de las numerosas demandas que se pusieron en su contra, y contra sus

hombres (alcaldes, alguaciles y escribanos), le prorrogaron su oficio. Desde entonces todo fue

empeorando: su relación con la Iglesia, con los regidores, con los jurados, la resistencia a su

trabajo y al de sus jueces... El corregidor y sus hombres cada vez se hallaban más solos, y sus

tareas cada día eran más difíciles de llevar a cabo. Si bien, acaso porque lo consideraban lo

219 A.G.S., R.G.S., 1512-IV, Burgos, 23 de abril de 1512.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1652

más común por sus oficios, o porque tenían el apoyo (cada vez más etéreo) de los reyes, ellos

no flaqueaban a la hora de cumplir con sus cometidos. Al menos así pretendían que lo creyese

el “pueblo”.

Tras la muerte del rey Fernando el Católico a inicios de 1516, en todo caso, las horas de

mosén Ferrer al frente del corregimiento toledano están contadas. Para muchos, no para todos,

los motivos son innegables: era incapaz de mantener el orden público tanto en Toledo como

en sus cercanías; se enfrentaba a diario con los jueces eclesiásticos; y sus roces y forcejeos

con los regidores y los jurados eran frecuentes. Cierto que Jaime Ferrer recibía el apoyo de

algunos del Regimiento, y de unos cuantos jurados, pero era un apoyo minoritario frente a la

enorme cantidad de voces que instaban a quitarle el oficio de corregidor. Por ello, cuando

falleció Fernando el Católico inmediatamente se dispuso la celebración de un nuevo juicio de

residencia (el segundo) contra mosén Ferrer. No faltaron regidores y jurados que, apoyando a

éste, pidieron que no se celebrase hasta la venida de Carlos I a territorio castellano220, aunque

no sirvió de nada; entre otras cosas porque muchos más regidores y jurados solicitaron que se

realizara el juicio de residencia de forma inmediata, ya que los delitos, los crímenes y la falta

de justicia así lo requerían221.

8.1.2.1.1. El “desengaño” de Jaime Ferrer

Algunos regidores y jurados, con mosén Ferrer al frente, solicitaron el 31 de marzo de

1516 que no viniese ningún juez de residencia hasta que el rey, Carlos I, no llegara a Castilla.

Otros, entre ellos jurados como Francisco Ortiz y Luis Ramírez de Sosa, pidieron, mediante

una solicitud que el también jurado Diego Serrano presentó en la corte, que se realizase la

residencia, porque en nueve años sólo se había hecho una, y fue muy liviana222. La situación

llegó a tal extremo que a punto estuvo de surgir un conflicto como el de comienzos de 1507,

ya que Fernando de Silva, comendador de Otos, reunió a sus hombres con armas y lo mismo

hicieron caballeros próximos al conde de Fuensalida. Algunas voces aseguraban que todo se

hacía en beneficio del orden público, si bien no eran pocos los que, al contrario, afirmaban

que los Ayala -otra vez, como en enero de 1516- querían hacerse con el control de Toledo, y

algunos de los Silva iban impedírselo.

220 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros, gobernador del reino, Madrid, 1928, tomo II, doc. LXIII, pp. 123-124; A.G.S., S.E., leg. 1 (2), fol. 426. 221 A.G.S., S.E., leg. 1 (2), fol. 441. 222 A.G.S., S.E., leg. 1 (2), fols. 441-444.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1653

Los hechos ocurrieron de esta forma. El 17 de abril de 1516 un fiscal intentó capturar a

Diego de Angulo Navarro por ciertos delitos que había cometido; delitos por los que estaba

excomulgado. Cuando iba a atraparle, se quejaban Francisco Ortiz y Luis Ramírez de Sosa223:

...él se puso en defensa, poniendo mano a armas, y fue luego socorrido por çiertas personas, las quales, todos juntamente con él, se acogieron al alcáçar d´esta çibdad, por donde se escusó la prisión. Y otro día siguiente, dentro de la yglesia mayor, sobre palabras de enojo que ovieron çiertas personas, pusieron mano a armas, y el theniente de fiscal de vuestra señoría (del arzobispo de Toledo) que se halló en la yglesia fue a prover que no oviese allí ruydo, y quiso tomar las espadas a los que las tenían. Y sobre esto sacaron armas muchas personas que estavan en la yglesia, y asý se estorvó al dicho theniente de fiscal que no fisiese lo que quería prover justamente. Y esto acaeçió en la mañana y se sosegó. Y luego, a la tarde, saliendo el dicho theniente de fiscal de la yglesia mayor con su vara, salieron de la dicha yglesia quatro ombres que se suelen acoger al alcáçar, y acometieron al dicho theniente, e le llevaron acuchillándole, y él defendiéndose, desde la dicha yglesia mayor fasta la yglesia de Sant Lorenço, donde el dicho fiscal se acojió. Y aún allí procuraron de entrarle en la yglesia, pero el fiscal se defendió y quedó syn ferida, como quiera que le dieron muchas cuchilladas. Sobre esto la justiçia seglar fue rrequerida que proçediese y castigase los culpantes. Y el sábado syguiente el alguazil mayor juntamente con vuestro fiscal procuraron de prover los dichos malhechores, e fueron presos dos d´ellos, y están en la cárçel rreal d´esta çibdad. Todos pensávamos que luego brevemente se executara en ellos la justiçia, pero no se hizo execuçión ninguna. Y como ese día ovo mucha gente armada en la çibdad, non sabemos sy la execuçión de la justiçia çesó por floxedad de los ofiçiales d´ella o por themor que no fuesen embaraçados por la gente armada. Como quier que aya seydo, es cosa de mal exemplo no averse castigado cosas semejantes [...] la çibdad está asaz alterada, por donde se esperan escándalos sy no se provee... Para resolver este grave suceso se dispuso que viniese a Toledo como juez pesquisidor

un viejo conocido: el licenciado Gonzalo de Gallegos, el mismo que había tenido este oficio a

principios de 1507. Ahora, igual que entonces, tuvo enormes dificultades a la hora de ejecutar

la justicia. La mayor parte de los culpables en el ataque al teniente del fiscal huyeron; tan sólo

pudo hacerse justicia a dos, acusados de agredir al alguacil y de realizar otros delitos. A uno

se le cortó una mano por orden de mosén Ferrer (se trata de una de sus últimas acciones como

corregidor), y otro continuaba preso con el objetivo de hacer justicia en su contra. Surgieron

entonces rumores sobre que Fernando de Silva reunía y armaba a sus hombres para robar el

preso, y Fernando Dávalos, que en esos momentos era de la parçialidad de los Ayala, advirtió

sobre el asunto a seis o siete caballeros próximos al conde de Fuensalida, quienes, temerosos

de recibir una afrenta del conde de Cifuentes y los suyos, se mostraron dispuestos a armarse

también; y así lo hicieron. Muchos broqueles, espadas y capas se llevaron a las viviendas del

marqués de Villena, del conde de Fuensalida, del mariscal Payo Barroso de Ribera, de Pedro

de Ayala y de Pedro Vélez, donde se reunieron bastantes hombres. 223 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., doc. LXXXVI, pp. 162-164; A.G.S., S.E., leg. 1, fol. 444. Un documento del Consejo Real da una versión parecida: A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 22 de abril de 1516.

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Gonzalo de Gallegos tuvo serias dificultades a la hora de actuar; sobre todo a la hora de

hacerse con pruebas que acusaran a Fernando de Silva y a otros de reunir a personas armadas.

Según sus pesquisas, y debido a las dificultades para obtener la más mínima información, de

los Silva no se había armado nadie. Desde el punto de vista de Gallegos esto era tan verdad

como que sí hubo gente armada en la catedral o en la casa del arzobispo, cuyas parcialidades

eran desconocidas. Unos afirmaban que quienes agredieron al fiscal y a su lugarteniente el 17

de abril de 1516 se ocultaron en el alcázar, y otros que no. Frente a los que decían que sí, unos

certificaban que Fernando de Silva (responsable del alcázar junto a su hermano Alonso Suárez

de Toledo, ambos hijos del señor de Montemayor) echó de la fortaleza a los malhechores, ya

que el alcaide, Juan Solano, no permanecía en Toledo, y otros afirmaban lo contrario. Juan

Solano defendía que en el alcázar jamás entró delincuente alguno. No faltaban rumores que

asegurasen que todavía los malhechores estaban en Toledo, pero cuando se hacía a alguien

una pregunta sobre el suceso rogaba por Dios que no le preguntaran sobre el mismo, porque si

no iban a matarle. Algunos decían tener miedo a los hombres de Fernando de Silva; otros a

los caballeros partidarios de los Ayala; y muchos a los oligarcas, en general, sin dar nombres.

Al parecer, algunas personas cercanas al conde de Fuensalida y al marqués de Villena

(siempre “socios”) se habían armado para enfrentarse a los Silva, si bien éstos no se armaron,

y si lo hicieron tan sólo fue un grupo del comendador de Otos, uno de los que controlaban el

alcázar, para garantizar el orden público-según algunas hablillas-. Unas voces defendían que

Fernando de Silva estaba dispuesto a impedir que Gallegos hiciese justicia en unos presos, y

otras que eran los Ayala los que querían echar de Toledo a mosén Jaime Ferrer, por la fuerza

si era necesario, contando con el beneplácito de Cisneros. En fin, todo eran rumores, falsos en

su mayoría, sobre conspiraciones secretas, sobre fines ocultos, sobre falsas alianzas políticas...

No deja de ser llamativa la actitud del corregidor Jaime Ferrer ante todo esto. Tras casi

una década al frente del corregimiento toledano, seguro de que la muerte del rey Fernando iba

a perjudicarle, y seguro, también, de que los Ayala, Cisneros y el marqués de Villena, y otros,

querían verle fuera de Toledo, mostró una actitud de hastío, de aburrimiento, de cansancio. Ya

estaba harto de que siempre fuera igual: los falsos rumores sobre las trifulcas entre los Ayala

y los Silva siempre habían existido desde que llegó a Toledo, sin que nunca se produjese un

conflicto en serio entre dos bandos enfrentados. Según mosén Ferrer, éstas heran las cosas de

Toledo, y no había que darlas demasiada importancia224.

224 A.G.S., Secretaría de Estado, leg. 1 (2), doc. 443.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1655

En la corte del regente, del arzobispo de Toledo, se habían oído voces que aseguraban

que algunas personas estaban armadas. Según el propio Gallegos afirma en una carta del 2 de

mayo de 1516225: en lo del escándalo de las gentes que desýan que se avían armado en casas

de cavalleros, no es tanto como allá se dijo, con muchos quilates. Y es el mayor trabajo del

mundo alcançar a saber verdad, porque públicamente no se armó nadie. Y aunque algunos

fueron a las casas de los cavalleros, ençerráronse de tal manera que no se puede saber quién

fueron, ni ay onbre d´ellos que quiera nombrar a otro.

La causa del silencio no sólo era la complicidad; el miedo también cumplía un papel.

Los culpables de la existencia de tal miedo eran los hombres reçeptados en el alcázar, quienes

amenazaban a los ciudadanos con quitarles la vida en caso de que testificaran en su contra. En

lo que toca a los excesos del alcáçar, decía Gallegos en una carta a Cisneros:

...crea vuestra señoría que les tyenen cogido tanto miedo que no ay quien ose desyr

cosa contra ellos, en tanto que tomando un testigo, un vezyno mesonero, y preguntado de las cosas del alcáçar, me rrogó que por la pasyón de Dios no le hisyese desyr con qué lo matasen aquéllos del alcáçar, que lo matarían de noche, o se avía de perjurar. Y pareçióme que tenía rrazón, y no le quise apretar más...

Más duras son las palabras que escribe el propio Cisneros en una misiva a Diego López

de Ayala, su delegado en la corte de Carlos I226:

...otrosý, es menester que allá hagáys rrelación cómo en el alcázar de Toledo se

acogen todos quantos malhechores y homicidas hay, y está hecha aquella fortaleza una cueva de ladrones, por donde la justicia no puede ser ejecutada como es menester, y se hazen muchos ynsultos y excesos en deservicio de Dios y de sus altezas. Y cómo el rrey, nuestro señor, aya enviado a mandar que no se haga ynovación ninguna, y que todas las cosas estén en el estado que estavan en vida de la Cathólica Majestad, no hemos curado de hacer mudanza ninguna. Y porque esto conviene tanto al servicio de su alteza y a la paz de aquella çibdad, será bien que hagáys dello allá relación para que su alteza lo mande proveer, y aquel alcázar y puertas se diessen a alguna persona que lo toviesse como convenía al servicio de sus altezas, y al bien y paz de aquella cibdad...

Frente a esta acusación, el alcaide del alcázar, el jurado Juan Solano, decía que todo era

falso, que en el alcázar no estaba acogido ningún malhechor, y que si habían denunciado que

estaban acogidos era con enemistad y maliçia, porque la verdad era, decía Solano, que en el

dicho alcáçar no se acogen syno personas de buen vevir, y todos son servidores de vuestra

alteza, y nunca se les dio favor ni ayuda para delito que cometiesen. Antes sabrá vuestra

alteza, y ansý yo lo denunçio, que en la dicha çibdad de Toledo ay muchas cassas de

cavalleros, y prinçipalmente en la yglesia mayor, a donde hasta aquí, y agora, se acogen y an

225 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., doc. XCVII, pp. 185-186; A.G.S., S.E., leg. 1 (2), fol. 442. 226 Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros, dirigidas a don Diego López de Ayala, Madrid, 1867, carta LXIV, pp. 112-113.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

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acogido malhechores de mal trato y vida, los quales toman por fuerça mugeres cassadas, y

las tienen en las dichas cassas de los cavalleros que los favorecen, y hazen otros delitos más

feos...227

Estas acusaciones de Juan Solano muestran bien a las claras cuál era el nivel de tensión

que existía en Toledo en esos momentos. Pero sus críticas no acababan ahí. Además, para él

el licenciado Gallegos era muy odioso y sospechoso, por muchas y justas caussas que son

públicas y notorias, especialmente porque es allegado y servidor del marqués de Villena, y

llevaba acostamiento del duque d´Arcos, su yerno. Y siempre come en cassa del dicho

marqués, y está en su casa, decía Solano228. Y el dicho marqués le fio al tienpo que por

mandado de vuestra alteza fue presso, y se le dio esta corte por cárçel. Y no es justa cossa nin

razonable que estando el dicho liçençiado acussado y presso por delito que meresçía gran

pena (desconocemos el delito que realizó) fuese proveýdo por juez pesquisidor ni de ofiçio de

justiçia, ni podiese castigar de delito primero que fuese castigado del que él avía cometido.

En esta crítica está la clave que explica por qué decidieron no nombrar a Gallegos como

juez de residencia de mosén Jaime Ferrer, sustituyéndole por Gonzalo Fernández Gallego.

Sobre todo en las últimas palabras de la demanda de Solano: mande proveher de otro juez

pesquisydor, pedía al arzobispo de Toledo, para que conozca de todo lo sobredicho, y de lo

que yo he denunçiado, o a lo menos ynbíe [...] otra persona de letras y de buena fama para

que conozca juntamente de todo con el dicho pesquisydor, porque en quynientos maravedís

de salario [al día] harto ay para enbranbos, según la ley y premática que sobresto dispone.

Estas palabras tuvieron mucho eco en la corte de Cisneros; hasta tal punto que se acordó

que, viendo la relación de Gonzalo Gallegos con el marqués de Villena, quien llevaba años

intentando hacerse con el control de Toledo, lo aconsejable era que Gallegos abandonase la

ciudad del Tajo lo antes posible. Gallegos sabía que muchos pensaban esto. De hecho, se

había enterado de algo con lo que afirmaba no estar de acuerdo en lo más mínimo. Al parecer,

Cisneros había dispuesto que viniera a Toledo como juez de residencia Gonzalo Fernández

Gallego. Se repite así lo acontecido en el año 1507, y, otra vez, los documentos confunden, en

alguna ocasión, a ambos personajes. Primero se nombró como juez pesquisidor al licenciado

Gonzalo de Gallegos, y luego como juez de residencia, y también como juez pesquisidor, al

licenciado Gonzalo Fernández Gallego229.

227 A.G.S., C.C., Personas, leg.. 27, s.f., Solano (Juan). 228 Idem. 229 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 13 de mayo de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1657

La sensación de abatimiento de mosén Ferrer ante los sucesos de abril de 1516 concedió

legitimidad a los que deseaban que se fuera de la ciudad del Tajo. Parecía claro que las horas

de Jaime Ferrer como corregidor estaban contadas, y Gonzalo de Gallegos creía que él iba a

encargarse de realizar su juicio de residencia. No fue así; algunos criticaron a éste, acusándole

de exhibir cierto “amiguismo” con el marqués de Villena.

Gallegos estaba enojado. Según él, aviendo [...] redimido con la ayuda de Dios [...] esta

çibdad (Toledo) en tiempo tan deshecho, con continuos sudores de sangre, y en tiempo de

hanbre, era justo que le nombraran a él juez de residencia, en compensación por sus continuos

desvelos. De no ser así lo tendría como un agravio. No sirvieron de mucho sus quejas. El 10

de mayo de 1516 Gonzalo Fernández Gallego tomó posesión de su cargo como juez de

residencia230, si bien las demandas empezaron a ponerse sobre todo a partir del 19 de ese mes.

De esta forma, lo solicitado por Juan Solano hizo efecto, y Gonzalo de Gallegos tuvo que irse

de Toledo; en su opinión de manera deshonrosa.

Muchas de las demandas puestas ante Gallego se proyectaron contra uno de los alcaldes

mayores de Jaime Ferrer, el licenciado Gaspar Calderón. En concreto se pusieron entre el 19

de mayo y los primeros días de junio. Aparte de las de carácter más particular, el Cabildo de

jurados designó a Martín Husillo y a Cristóbal Cota para que demandaran algunos agravios

hechos tanto a la comunidad urbana, en general, como a sujetos particulares231. Se le acusaba

de haber pretendido cobrar un préstamo de 3.000 ducados de oro que el rey Fernando había

solicitado a la urbe, a pesar de que más tarde ordenó que no se cobrase232; de no ejercer la

justicia de un modo correcto233; y de actuar en ocasiones de forma altanera, prepotente y

abusiva. Había agredido a ciertas personas sólo por atreverse a solicitar justicia ante él; e hizo

que se ejecutaran condenas excesivas, sin oír a quienes suplicaban misericordia y clemencia.

En total se pusieron 32 demandas en su contra.

DEMANDAS PUESTAS EN CONTRA DEL ALCALDE GASPAR CALDE RÓN

EN LA RESIDENCIA DE GONZALO FERNÁNDEZ GALLEGO (1516 )

DEMANDANTE DEMANDA FECHA RESPUESTA DEL ALCALDE CALDERÓN

Alonso Pérez de Toledo Le hizo sacar prendas a la fuerza por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

19 de mayo Se hizo por servicio del rey. De otra forma no hubiera prestado

230 A.M.T., A.C.J., D.O., nº. 1 y 2; A.G.S., E.M.R., Quitaciones de corte, leg. 35, fol. 581. 231 A.G.S., C.C., Personas, leg. 5, fol. 172. 232 A.G.S., C.C., Personas, leg. 5, fol. 173. 233 Por ejemplo, a la hora de cobrar el préstamo solicitado, a pesar de que se ordenó que no lo cobrase, trató e afrontó muy ásperamente a los que debían pagarlo, hasta tanto que ellos por redemir su vexaçión e continua molestaçión deposytaron tres mill ducados en un cambio: A.G.S., C.C., Pueblos, Leg. 20, fol. 223.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1658

Juan Pérez de Toledo Le hizo sacar prendas a la fuerza por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

19 de mayo Se hizo por servicio del rey. De otra forma no hubiera prestado

¿? Álvarez “el rico” Le hizo sacar prendas a la fuerza por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

19 de mayo Se hizo por servicio del rey. De otra forma no hubiera prestado

Juan de Vera, escribano público

Yendo a notificar una provisión del rey le deshonró

19 de mayo No dice la verdad

Diego Fernández de Aguilera, hermano de Juan de Vera

Yendo a hacer un auto como notario le deshonró de palabra

19 de mayo No dice la verdad

Alonso Álvarez “el rico” Le hizo sacar prendas a la fuerza por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

19 de mayo Se hizo por servicio del rey. De otra forma no hubiera prestado

Alonso Pérez Le agravió en cierto pleito 19 de mayo Hizo justicia

Marcos de Escalona, criador de ciertos menores

Le agravió por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

20 de mayo Se hizo por servicio del rey. De otra forma no hubiera prestado

Diego Franco, en nombre de un sobrino

Siendo su sobrino ladrón le ahorcó 23 de mayo Que fiso justiçia, syendo público ladrón, e un pecador de noche e de día

Diego de Torrejón, sombrerero

Apresó a un ladrón que le había hecho ciertos hurtos y le dio por libre sin ser él contento

23 de mayo No es verdad. Hizo justicia

Pedro de Ayala Soltó a muchos presos por jugar sin haberle pagado los derechos que tenía como diputado de los juegos

23 de mayo No es verdad

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Los escribanos de sus audiencias llevaban demasiados derechos

23 de mayo No es verdad

Martín Husillo, procurador del Cabildo de jurados

Dijo ciertas palabras injuriosas a Juan de Illescas, escribiente de un escribano público

23 de mayo No es verdad. Y la parte, el escribiente, no lo solicita

Martín Husillo, procurador del Cabildo de jurados

Dijo a Fernando de Villa Real que sy fera confeso

23 de mayo No es verdad. Y la parte no lo solicita

Martín Husillo, procurador del Cabildo de jurados

Por cierto desacato que Juan Tello, procurador, hizo ante él lo envió a la cárcel

23 de mayo No es verdad. Y la parte no lo solicita

Francisco de Gálvez Le agravió en una calzada que tiene la calle donde vive

24 de mayo Hay pleito pendiente e hizo justicia

Martín Husillo, procurador del Cabildo de jurados

Yendo a pedir justicia Francisco Álvarez le dio de puñadas

26 de mayo No es verdad. Y la parte no lo pide

Cristóbal Cota, procurador Habiendo traído provisión del rey 26 de mayo Hizo justicia. Se remite a

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1659

del Cabildo de jurados

Fernando para que no se pidiese el préstamo, lo hizo

algunas cartas del monarca

Martín Husillo, procurador del Cabildo de jurados

Mandó llevar preso a la cárçel, arrastrando, syn lo pedir la parte, a Martín Alonso Sorje

27 de mayo No es verdad. Y la parte no lo pide

Fernando de San Martín Le agravió en una sentencia que apeló 27 de mayo Hay pleito pendiente e hizo justicia

Antonio Núñez Le hizo sacar prendas a la fuerza por un préstamo que el rey Fernando solicitó a la urbe

27 de mayo (no hay respuesta)

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Teniendo provisión del rey que le ordenaba que se sentase a hacer justicia, ponía un lugarteniente

28 de mayo Lo hizo porque podía y siempre se ha hecho así

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Consentía que los mozos de los escribanos examinasen los testigos sin estar ellos presentes

28 de mayo No es verdad

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Deshonró a un ganapán, al que llamaban “Pie de gallo”, que es de los vellacos del barrio del rey que llevan cargos en esta çibdad, porque fue a pedir justicia

28 de mayo No es verdad. Y la parte no lo pide

Juan de los Santos, en nombre de su hijo

Porque su hijo dio de cuchilladas a un Juan de Benavente, correo, le cortó la mano derecha

29 de mayo Se hizo justicia y se remite al proceso

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Estando mandado por provisión del rey que hubiese en la cárcel real una arca con todas las escrituras que pasasen ante los escribanos del crimen, no se cumplió. Los escribanos tenían las escrituras y no estaban en la cárcel

29 de mayo Las escrituras no estuvieron nunca en la cárcel

Alonso Álvarez, jurado Le condenó a 300 maravedíes y otras cosas de forma injusta

2 de junio Hizo justicia

Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

A uno que cometió cierto delito en Cuenca le enclavó la mano en Toledo

6 de junio Hizo justicia. Y la parte no lo pide

Alonso Álvarez, jurado Su hijo jugaba. El licenciado tomó el juego y le castigó

6 de junio Hizo justicia

Mazón Pellejero Le llevó unos derechos de forma injusta 9 de junio Los llevó de forma justa

Alonso de Madrid y Juan de Herrera, pellejero

Les llevó unos derechos de forma injusta

9 de junio Los llevó de forma justa

Diego del Castillo, vecino de Toledo y morador en Argés

Le tuvo preso en la cárcel porque tomó en fiado a un muchacho que mató de una pedrada a otro

10 de junio Hizo justicia

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1660

Durante los días que se pusieron las demandas en contra del alcalde Gaspar Calderón,

entre el 19 de mayo y el 10 de junio, también se demandaron los serios abusos cometidos por

los alguaciles del corregidor234: Gómez de Trigueros, Alonso de Ribera, “Bonifacio”, Juan de

Murga, Lope Alegría, Lorenzo Figueredo, “Frexneda”, Pedro Mata y “Machuca”. Entre todas

las acusaciones hay una que destaca de manera muy evidente: casi todos se habían excedido a

la hora de prohibir la circulación de armas por las calles. Los problemas de orden público les

obligaron, según parece, a cometer ciertos abusos.

DEMANDAS PUESTAS EN CONTRA DE LOS ALGUACILES DEL CO RREGIDOR

EN LA RESIDENCIA DE GONZALO FERNÁNDEZ GALLEGO (1516 ) ALGUACIL DEMANDADO

DEMANDANTE DEMANDA FECHA

Gómez de Trigueros Andrés Cabrero, vecino de Peromoro

Siendo cuadrillero le llevó por costas una saya

19 de mayo

Alonso de Ribera Pedro Álvarez Pezciruelo

Le tomó un puñal 19 de mayo

Juan de Murga Pedro Marcos

Le tomó una espada 23 de mayo

Bonifacio Juan Díaz, armero Llevó sin mandamiento de alcalde a la cárcel a su mujer y a una criada

23 de mayo

Juan de Murga Juan de Piña Le quitó una espada como cobro por cierto asunto

26 de mayo

Lorenzo Figueredo Antonio Hurtado Le tomó un puñal 26 de mayo

Gómez de Trigueros Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Le sacó un capuz como cobro y no tiene contenta a la parte

27 de mayo

Lorenzo Figueredo Diego Mateos, vecino de Mocejón

Le sacó unas prendas y se las devolvió perdidas

27 de mayo

Lorenzo Figueredo Vicente de Ribera

Le sacó una prenda 27 de mayo

Juan de Murga Andrés Fernández Leonero

Le tomó un puñal 27 de mayo

Lorenzo Figueredo Jerónimo Pregonero Le tomó un puñal y una espada

27 de mayo

Frexneda Andrés Tornero y Pedro Franco

Les tomó ciertas armas 27 de mayo

Pedro Mata Francisco de Medina Le tomó un broquel 28 de mayo

Frexneda Cristóbal Cota, procurador del Cabildo de jurados

Andaba por las casas donde jugaban y no prendía a los que hallaba jugando. Se concertaba con ellos por un dinero [al margen se dice que la acusación es falsa]

30 de mayo

Machuca y Gómez de Fernando Núñez, Le deben ciertos maravedíes y 30 de mayo

234 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 195.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1661

Trigueros mercader mercancías que les ha fiado [al margen se dice que esto no es cosa de residencia]

Machuca Fernando Núñez, mercader

Le debe ciertas doblas [al margen se dice que esto no es cosa de residencia]

2 de junio

Machuca Gonzalo de Talavera Le tomó una espada

2 de junio

Lope Alegría Alonso Álvarez, jurado Indujo a un hijo suyo a jugar y le ganó un ducado [al margen se dice que no es verdad]

6 de junio

Lope Alegría Nicolás de Lilia Le tomó una espada 6 de junio

Machuca Pedro de Salazar Le tomó una espada y un puñal 7 de junio

Machuca Eugenio de Pantoja Le tomó un puñal 7 de junio

Alonso de Ribera Gonzalo Ortiz de Espinosa Le tomó en ejecución unas prendas muy valiosas

7 de junio

Gómez de Trigueros Martín Carrillo

Le tomó una espada 7 de junio

Pedro Mata Andrés de Torres, criado de Pedro de Ayala

Le tomó una espada 9 de junio

Frexneda Alonso de Villaquirán Le tomó una espada y un puñal 9 de junio

Lorenzo Figueredo El licenciado Hamusco Le dio un mandamiento para hacer una ejecución y lo ha perdido

9 de junio

Gómez de Trigueros Juan Pérez Vizcaíno, cubero

Le tomó una espada 10 de junio

Machuca Francisco Serrano Le dio de puñadas, le asió de los cabellos y le quitó 30 reales

10 de junio

También se demandaron, entre los días 17 de mayo y 9 de junio de 1516, los abusos

cometidos por el bachiller Gil Costilla, alcalde de alzadas235 del corregidor Jaime Ferrer.

DEMANDAS PUESTAS EN CONTRA DEL ALCALDE DE ALZADAS G IL COSTILLA

EN LA RESIDENCIA DE GONZALO FERNÁNDEZ GALLEGO (1516 )

DEMANDANTE DEMANDA FECHA RESPUESTA DEL ALCALDE COSTILLA

Gonzalo Muñoz, espadero Trayendo un pleito ante el bachiller Costilla le agravió

17 de mayo Se hizo justicia

Cristóbal Cota, como promotor de la justicia real

Siendo alcalde, y yendo contra los capítulos de los corregidores, tenía ganado ovejuno en el término de la urbe

19 de mayo No es verdad. Si lo tuvo fue pastando en una dehesa a cambio de un dinero

Pedro de Ayala Yendo a visitar la tierra Costilla, condenó a muchos por jugar, y no le dio cuenta a él de las penas, como debía

19 de mayo Sí que dio cuenta

235 A.M.T., “Siglo XV”, caja 2.529, documentos sueltos.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1662

María de San Andrés Trayendo un pleito ante el bachiller

Costilla la agravió

19 de mayo Hizo justicia

Alonso Pérez de Toledo Pleiteando con García Álvarez, éste pagó 4 ducados a Costilla para que sentenciase a su favor

19 de mayo No dice la verdad. Está gestionando el asunto aún

Cristóbal Cota, como promotor de la justicia real

Yendo a visitar la tierra de la urbe, y a castigar a los jugadores, Costilla jugaba a los naipes y no ponía penas a los que jugaban con él

23 de mayo No es verdad

Cristóbal Cota, como procurador del conde de Fuensalida

Trayendo el conde un pleito con Francisca, mujer de Tello de Guzmán, sobre una pared, Costilla se mostró favorable a la mujer

26 de mayo El pleito está en la Chancillería de Valladolid

Alonso de Burgos, procurador de Tomás de Frías

Trayendo un pleito en apelación ante el bachiller Costilla, le perdió los papeles del pleito

28 de mayo Nunca recibió los papeles, y ya aparecieron

Cristóbal cota, como procurador del licenciado Pedro de Herrera, relator

Trayendo un pleito Pedro de Herrera con Alonso de la Torre, Costilla dio una sentencia a favor de éste último, por ser su amigo

29 de mayo Hizo justicia

Fernando Pérez de Aguilera, escribano público

Trayendo un pleito ante Costilla, le condenó. Apeló la sentencia ante la Chancillería de Valladolid, y ésta la revocó. Pidió el pago de las costas

9 de junio Hizo justicia

Mosén Ferrer se quejaba de que muchas personas, a manera de bando y parçialidad,

seguían públicamente la residencia, y de que Gallego le mostraba mucho odio. Hubo quien

pidió que se prorrogase el trabajo de éste para seguir enjuiciando a Ferrer. El Ayuntamiento se

negó, pero, aún así, lo solicitaron unos jurados “de la parcialidad”, que se manifestaban muy

próximos al juez de residencia. Según Ferrer, dicho juez pretendía conseguir la prórroga fuera

como fuese. Afirmaba conocer bien sus intenciones, pues en 30 jornadas podían ponerse más

de mil demandas236. Entre otras irregularidades, Gallego estaba dispuesto a recibir demandas

de sucesos ocurridos antes de la primera residencia que se tomó a mosén Ferrer (realizada por

Rodrigo Vela Núñez de Ávila, como se vio); abría pleitos para complacer a Pedro de Ayala;

para complacerle, de igual modo, quitaba sus oficios de escribanos públicos a hombres como

Andrés de Ortega, Antonio Gómez de Gómara, Villalta y Pedro García (se quejaron de ello en

el Consejo237), que habían trabajado con el corregidor y sus alcaldes, diciendo que estaban en

la obligación de someterse también a una residencia, cuando según Ferrer su obligación era la

236 A.G.S., Consejo y Juntas de Hacienda, leg. 2, doc. 101. 237 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 324.

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1663

misma que la que tenían los otros 26 escribanos públicos, todos los regidores y todos los

jurados238. Además, Gallego tan sólo tomaba residençia secreta a los acólitos del conde de

Fuensalida, cuando éstos eran los que, pública y secretamente, decían buscar personas que

testificaran contra el corregidor. No sólo eso: el juez de residencia no aceptaba a los testigos

favorables a Ferrer y sus oficiales.

El referido Pedro de Ayala, por su parte, junto a Fadrique de Zúñiga, por todas las vías

procuraba que los ciudadanos fuesen a poner demandas contra el corregidor, mientras que las

personas que iban a testificar en apoyo de éste eran maltratadas tanto por el juez de residencia

como por los dichos Ayala y Zúñiga, siempre presentes en las audiencias de Gallego; es decir,

cuando hacía justicia. Un domingo, incluso, el conde de Fuensalida juntó en su casa muchos

jurados e letrados, e otras personas particulares de la dicha çibdad, e diz que procuran de

buscar quexas e demandas por todas las partes e calles d´esa dicha çibdad, afirmaba Ferrer,

e que dan capítulos contra él e sus ofiçiales. De manera inaudita, Gallego consentía que se

reuniesen a diario los jurados con el fin de elegir a algunos de ellos para andar por las calles

procurando lo mismo. Y lo que es peor: el juez de residencia realizaba reuniones a puerta

çerrada con el dicho conde de Fuensalida y sus debdos.

Ante estas quejas hubo de pedirse a Gonzalo Fernández Gallego que actuara de forma

correcta, y que procurase que no se hicieran ayuntamientos algunos a manera de bandos para

seguir en la dicha resydençia. Sirviese de algo o no, Gallego fue prorrogado en su oficio el 30

de mayo de 1516 por 30 días239, en un escrito presentado en el ayuntamiento de Toledo el 6

de junio240.

La residencia estaba dejando en muy mal lugar tanto al corregidor como a sus oficiales.

Según una pesquisa secreta, Jaime Ferrer, además de mostrarse remiso en la gobernación de la

ciudad, había disimulado muchos hechos delictivos de sus hombres. En lo que respectaba al

principal de éstos, el licenciado Gaspar Calderón, alcalde mayor que fue de Toledo241:

...tobo las manos limpias de cohechos y de derechos demasiados, no llevándolos ni

consintiéndolos llevar a los ofiçiales de la justiçia mayor [...] pero [...] ha eçedido -asegura Gallego- en el proçecer exarutamente (sic: exabruptamente) en las causas cryminales, y en aver ynjuriado de palabra e hecho a los litigantes y personas honradas y nobles d´esta çibdad, maltratándolas en público y secreto...

238 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 276. 239 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 30 de mayo de 1516. 240 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 320. 241 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 205.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1664

Al igual que los alguaciles, que se habían excedido al impedir la circulación de armas

por las calles, con la finalidad de salvaguardar el orden público, la tarea de Calderón también

parece excesiva en este mismo aspecto: a la hora de imponer castigos muy severos frente a los

crímenes, buscando atemorizar a la población para que nadie se atreviese a seguir la conducta

criminal de los condenados. Todo era por el bien de la paz pública.

La residencia también presentó un balance negativo del trabajo del alguacil Alonso de

Ribera242. Entre otras cosas, le condenaron a que pagase 6 reales a Diego López de las Dueñas

por habérselos cohechado, además de las respectivas condenas económicas a la cámara real.

Ribera apeló la sentencia y ésta fue revocada. Del mismo modo, Dueñas le prestó una yegua

durante 15 días a cambio de que le permitiese jugar. Por esto el juez de residencia condenó a

Ribera a una pena de 375 maravedíes, más las respectivas multas para la cámara de los

monarcas, pero también apeló la sentencia, y el Consejo estableció que tan sólo pagase 100.

Otros veredictos que condenaban a Ribera al pago de 6 reales por robar un puñal a Dueñas, y

de 8 por recibir unos derechos excesivos en la ejecución de una deuda, igualmente fueron

revocados tras apelarse. De esta forma, la residencia contra el alguacil Alonso de Ribera no

tuvo el éxito esperado.

Lo mismo sucedió con los otros alguaciles. Al alguacil Alonso Francés, Gallego le puso

tres condenas: una de 7 reales de plata por llevar demasiados derechos por su labor; otra de 2

castellanos de oro por permitir a un tal Juan de Vargas jugar; y una tercera de 7 ducados de

oro también por unos derechos demasiados243. Apeló las tres, y las tres fueron revocadas.

También se dio por ninguno un veredicto en contra de otro de los alguaciles: Melchor de

Saavedra244. De igual modo, el alguacil mayor Juan Folleda245 y los alguaciles Pedro Mata246,

Lope Alegría, Francisco de Morales247, Rodrigo de Bolaños248 y Pedro de Frexneda249

apelaron las sentencias que Gallego dio en su contra. Incluso consiguieron que se diera una

disposición que les aseguraba que Gallego les otorgaría las apelaciones que solicitasen, y que

iba a proceder de forma legal a la hora de expropiarles algún bien por culpa de las condenas

que les impusiesen250.

242 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 87. 243 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 1 de octubre de 1516. 244 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 31 de julio de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 11 de octubre de 1516. 245 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 12 de julio de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-IX, Madrid, 6 de septiembre de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 14 de noviembre de 1516. 246 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 11 de octubre de 1516. 247 A.G.S., Co.Re., leg. 663, exp. 7. 248 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 30 de julio de 1516. Ciertos nombres aparecidos en el escrito son erróneos. 249 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 11 de octubre de 1516. 250 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 17 de mayo de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1665

Otro de los que se mostraron contrarios a lo dispuesto por el juez de residencia fue el

arriba referido alcaide del alcázar, el jurado Juan Solano. Si se había quejado en la corte ante

la actuación de Gallegos, Gonzalo Fernández Gallego le llegó a encarcelar en la Puerta de

Bisagra desde el 22 de mayo de 1516, jueves251. El motivo del encarcelamiento fueron unas

palabras que Solano tuvo con él, por las que primero le mandó que se presentase ante el

Consejo a dar cuenta de ellas, para luego establecer una orden de arresto. Pedro de Villayos,

otro jurado, fue hecho preso252, de igual forma, y le llevaron a la corte, donde le metieron en

prisión.

Algunos vecinos también se quejaban de la labor del juez de residencia253. El bachiller

Costilla, el alcalde de alzadas, puso una demanda contra Francisco de Torres, y más tarde,

hablando de forma distendida con unos vecinos, dijo que Torres era un ladrón. Éste, en

respuesta al insulto, le demandó ante el juez de residencia, quien, tras realizar una pesquisa, le

metió en la cárcel. Luego sentenció que se desdijese en público de esas palabras, pero Costilla

apeló la sentencia ante la Chancillería de Valladolid. A pesar de ello, Gallego dispuso que no

le dejaran salir de la cárcel254. Alvar Pérez de Villoldo, por su parte, decía que por culpa del

juicio de residencia no se sentenciaba un pleito que mantenía con Antonio Gentil, mercader

genovés estante en Toledo, del que se encargaba antes mosén Ferrer255. Eso mismo decía Juan

de Luna. Jaime Ferrer estaba tratando un pleito que él tenía con Diego Pérez de Ribadeneira

sobre unas tierras, y no se sentenciaba por culpa de la residencia256. Tampoco parecía que se

fuera a sentenciar pronto el proceso entre Juan Gaitán y Alonso Suárez de Toledo257. Otras

personas consiguieron que Gallego realizase una residencia a los alcaldes de la Hermandad258.

En la corte de Cisneros empezaron a ponerse nerviosos. Sólo llegaban apelaciones de

las sentencias de Gallego, y quejas de su labor. Sin embargo, él no enviaba el resultado de su

residencia, a pesar de que a fines de julio de 1516 el plazo para realizarla ya había finalizado.

El día 30 de ese mes se le ordenó que en 3 jornadas enviase la información de la residencia

ante el Consejo259.

251 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, fol. 322. 252 A.G.S., C.C., Personas, leg. 30, s.f., Velayos, (Pedro) 253 El bachiller Alonso de Carvajal apeló las sentencias que dio en un pleito que trataba contra Gonzalo de Dueñas y Cristóbal Cota: A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 17 de julio de 1516. 254 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 31 de julio de 1516. El bachiller Costilla también tuvo problemas con el conde de Fuensalida, porque éste le demandó debido a un mandamiento por él dado, para que derribasen cierto edifico que había hecho Francisca de Zúñiga: A.G.S., R.G.S., 1516-VIII, Madrid, 12 de agosto de 1516. 255 A.G.S., R.G.S., 1516-V (blando) 20 de mayo de 1516. 256 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 29 de mayo de 1516. 257 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 30 de julio de 1516. 258 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, (blanco) mayo de 1516. 259 A.G.S., R.G.S., 1516-VII, Madrid, 30 de julio de 1516.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1666

En este ambiente de tensión y enfrentamiento, se decidió que el balance de la residencia

de Gonzalo Fernández Gallego era lo suficientemente negativo como para despojar del oficio

de corregidor de Toledo a mosén Ferrer. En esto coincidían casi todos; en lo que no se estaba

tan de acuerdo era en el modo en que habían de arrebatarle del cargo. Carlos I, el sucesor a la

corona castellana tras la defunción de Fernando el Católico, aseveraba una y otra vez en sus

cartas que su voluntad era que Ferrer permaneciese en el corregimiento hasta que él llegase a

Castilla260. No obstante, acabó claudicando ante esas voces que requerían la pronta llegada de

un nuevo corregidor a la ciudad del Tajo para solucionar los problemas existentes, por mucho

que algunos asegurasen a mediados de 1516: todos estos rreynos (de las Coronas de Aragón y

Castilla) [...] están en la mayor paz que jamás estovieron261.

El cardenal Cisneros, entonces regente de Castilla, fue uno de los que más procuró que

mosén Ferrer fuera sustituido en el oficio de corregidor toledano. En una misiva, a uno de sus

hombres en la corte del rey, decía262: os escrevimos en lo de los corregimientos de Toledo y

Valladolid, y de los otros, para que dixessedes a su alteza [Carlos I] de nuestra parte que en

ninguna manera conviene que queden allí los que los solían tener, porque sería destruyr

aquellos lugares; y que una de las principales cosas porque murmuravan de la cathólica

majestad (del rey Fernando) hera por aver puesto allí tales personas.

De igual modo, una vez despojado mosén Ferrer de su corregimiento, Cisneros escribía

lo siguiente en otra carta263:

...diréys a su alteza que no se pudo hazer mayor serviçio a su majestad que quitar de

aquella çiudad de Toledo a mosén Ferrer, que con sus ofiçiales la tenía toda destruyda e rrobada, y agora por la rresydençia parecen mil rrobos y maldades que allí se hazían; y por esto los más de los ofiçiales han huydo, y muchos d´ellos han sydo condenados a açotes y a otras penas por el juez de rresydençia. Y la çiudad por estas cosas está tan mal con mosén Ferrer, que antes se dexarían destruyr que consentir que él bolviese allí por corregidor, y todos los cavalleros naturales de allí antes se yrían del rreyno que consentir que bolviese allí...

Jaime Ferrer siguió con la vaga esperanza de continuar en el corregimiento de Toledo

hasta finales del verano de 1516. A mediados de septiembre de este año unas palabras de

Cisneros acabaron por desesperanzarle. En una carta de Varacaldo, uno de los secretarios del

clérigo -fechada el día 28 de septiembre de 1516-, puede leerse en cifrado: mosén Ferrer no

quedará en Toledo, y oy le desengañó el cardenal a la clara, que no curare de trabajar en

260 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., tomo I, p. 95. 261 Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros..., doc. LXXIII, pp. 129-130. 262 Epistolario español..., doc. LXXVII, p. 255 a. 263 Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros..., doc. LXXIII, pp. 129-130.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1667

valde264. Poco importaba ya el resultado de la residencia de Gallego. El resultado fue

negativo, y por eso despojaron de su corregimiento a Jaime Ferrer, pero por muy positivo que

hubiera sido es seguro que hubiese pasado lo mismo. Muerto Fernando el Católico, Ferrer

contaba con muchos enemigos en la corte del arzobispo Francisco Jiménez de Cisneros, que

querían verle lejos de la ciudad del Tajo. Incluso el arzobispo estaba en su contra, debido a

sus continuos enfrentamientos con los jueces eclesiásticos265. Ante tal situación, Jaime Ferrer

se convenció de que, tras casi una década al frente del corregimiento toledano, había llegado

el momento de marcharse de Toledo. Recogió sus cosas y se puso de camino, dirección a su

tierra. Había servido durante apenas ocho años como corregidor. Gómez Manrique lo hizo

durante trece, y Pedro de Castilla a lo largo de una década y media.

******

8.1.2.1.2. Un corregidor mal avenido: el conde de Palma

Elegir a una persona idónea para ejercer como corregidor en Toledo era problemático;

lo había sido desde el mismo nombramiento de Gómez Manrique. Ahora, a la altura de 1516,

por culpa de la crisis que sufría la institución, las complicaciones eran mucho mayores. Aún

así, sin discutirlo demasiado, se decidió que el mejor sustituto de mosén Ferrer era el conde de

Palma, Luis Puertocarrero; un corregidor “de capa y espada”, un noble, no un hombre con

preparación académica perteneciente a estratos sociales medios, o medios-altos. En la corte de

Cisneros se creía que tan sólo una persona de este tipo, con cierto rango de dignidad por su

origen, iba a poder imponerse a los díscolos gobernantes toledanos. No fue así.

El 17 de noviembre de 1516 se presentó en el ayuntamiento el que iba a ser el nuevo

corregidor. Era una reunión extraordinaria, a la que estaban convidados los gobernantes para

discutir si decidían aceptar en el corregimiento al conde de Palma o no. Acudieron el entonces

juez de residencia, Gonzalo Fernández Gallego, el conde de Fuensalida (alguacil mayor), Juan

Niño, Martín Vázquez de Rojas, Pedro de Herrera, Juan Carrillo, Pedro de Ayala, Antonio de

la Peña y Pedro Zapata266. De los jurados se presentaron Francisco Ramírez de Sosa, Juan

Ramírez de Bargas, Francisco Francés, Diego Serrano, Alfonso Romero, Diego de Argame,

Diego de San Martín, Bernardino de la Higuera, Pedro de Villayos, Alfonso Ortiz, Juan

Zapata, Juan Solano, Alonso de Sosa, Francisco de Bargas, Diego Sánchez, Diego de Rojas,

264 Cartas de los secretarios del cardenal don Francisco Jiménez de Cisneros..., carta VIII, p. 33. 265 Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros..., doc. LXXIII, pp. 129-130. 266 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 229, fol. 1 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1668

Jerónimo de Morales, Diego de Santamaría y Alonso de la Torre. Delante de todos estos el

conde de Palma presentó una provisión del Consejo Real, fechada el 8 de noviembre de

1516267, por la que se le entregaba el corregimiento de Toledo; se pedía a los gobernantes

urbanos que colaborasen con él en todo por la paz y sosiego de la ciudad del Tajo; y se

ordenaba a dicho conde que hiciese una residencia a Gonzalo Fernández Gallego, para ver

cuál había sido su actuación como juez de residencia de mosén Ferrer y como encargado de

gestionar el corregimiento en la urbe, a falta de un corregidor, porque habían venido a la corte

muchas quejas en su contra268.

Luis Puertocarrero solicitó que obedecieran la carta y que la cumpliesen; y, siguiendo la

costumbre establecida, se salió de la sala del ayuntamiento para permitir a los regidores

platicar sobre lo que debía hacerse. Todos acordaron que se viera el caso en la próxima

reunión del Ayuntamiento, y así se lo hicieron saber al conde de Palma cuando entró de nuevo

en la sala. Éste no estuvo de acuerdo, por lo que solicitó al juez de residencia que le entregase

las varas de justicia para poder cumplir con su tarea de corregidor. Los regidores se negaron:

el asunto debía tratarse en la próxima junta que celebrasen. Luis de Puertocarrero preguntó al

escribano mayor si estaba hecha una cédula de convite para esa junta, y contestó que sí.

Viendo que no era posible que le diesen las varas de justicia, pidió al escribano testimonio de

su solicitud.

Gonzalo Fernández Gallego, por su parte, dijo que había recibido las varas de los reyes

y de Cisneros, y estaba dispuesto a dárselas cuando se hicieran las solemnidades oportunas.

Es más, él tenía ya por entregadas las varas. Ahora bien, del mismo modo, advirtió al conde

de Palma: para que en toda concordia se haga el rresçebymiento del corregimiento, que su

señoría aya por bien, pues que´l término es breve, que se guarde la costunbre de la çibdad.

El conde de Palma volvió a insistir en que se cumpliera la misiva que había mostrado, y

en que se le entregasen las varas. Los regidores pidieron al juez de residencia que no lo

hiciese, que de hacerlo se quebrantarían los privilegios de la ciudad, porque ya estaba votado

lo que había de hacerse al respecto. La discusión se fue acalorando. El conde solicitaba una y

otra vez que quería que le entregasen el oficio ya; el juez de residencia aseguraba estar

dispuesto a entregárselo; y los regidores advertían que de hacerlo los privilegios urbanos iban

a quebrarse. Los pareceres estaban tan enfrentados que al final Gonzalo Fernández Gallego

pidió al escribano mayor que tomase juramento a Luis Puertocarrero para recibirlo en el

oficio. Como era lógico, los regidores se opusieron, y votaron por unanimidad que tal

267 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 8 de noviembre de 1516. 268 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 229, fols. 1 v-5 v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1669

juramento no se hiciese hasta que el Regimiento no hubiera aceptado al conde de Palma como

corregidor.

Ahora el conde de Palma se dirigió al escribano mayor, a Juan Fernández de Oseguera,

al que dijo que le tomase el juramento oportuno, aunque fuese en contra de los regidores. El

escribano no quiso. Él no iba a ir en contra de los privilegios y de la costumbre establecida269.

Como nadie le tomaba juramento, Luis Puertocarrero, el conde de Palma, decidió que

los poderes que le habían otorgado los reyes eran suficientes para hacer el juramento por su

cuenta. Y así, solicitó a Juan Fernández de Oseguera que tomase testimonio de las siguientes

palabras270: pues le consta por la provisyón de sus altezas que, en defecto de no rresçibille los

señores del Ayuntamiento, sus altesas le an por rresçibido, que pues no están por él de hazer

el juramento e solenidad que sus altesas mandan, que pide e requiere al señor pesquisydor -al

juez de residencia, a Gallego- lo que tyene pedido e requerido, e por mayor abondamiento él

jura a Dios e a Santa María, e a las palabras de los quatro santos evangelios e la señal de la

cruz, en que puso su mano diestra, en la cruz de la encomienda que tenía en sus pechos, como

bueno e fiel christiano, de guardar e conplir todo lo que sus altesas mandan por su provisyón

e los capítulos de los corregidores, e todos los buenos usos, e costumbres e previllegios

d´esta çibdad, de haser justiçia ygualmente a las partes, e de mirar el bien e pro común

d´esta çibdad, e el serviçio de sus altesas. E que pues, su señoría, fecho el juramento e

solenidad, que requiere al señor pesquisydor, e la çibdad, que le mande entregar las varas.

Ante tal solicitud, Gonzalo Fernández Gallego tan sólo pudo decir que él ya no tenía la

posesión de las varas, y que tampoco estaba autorizado para dárselas sin el consentimiento de

los regidores; que se las iba a dar el día siguiente, martes 18 de noviembre de 1516, en una

junta del Ayuntamiento a las nueve de la mañana271.

De estos sucesos deben destacarse varias ideas. Por un lado, todo lo que realiza el conde

de Palma entra dentro de la legalidad más absoluta. Muchas de las cartas por las que se daba a

una persona un corregimiento permitían a ésta “ocuparlo”, aun yendo contra las opiniones de

los regidores. En virtud de su poderío absoluto, los reyes tenían la facultad de imponer a “sus

hombres”, por mucha oposición que existiese. Ahora bien, nunca había ocurrido algo así en

Toledo. Los corregidores precedentes, incluso mosén Ferrer, que también se encontró con

cierta oposición, fueron al final mejor o peor aceptados. Según parece, en la reunión del 17 de

noviembre de 1516 el Regimiento jamás dice que no vaya a aceptar al conde de Palma, tan

269 Idem, fols. 5 v-8 v. 270 Idem, fol. 8 v. 271 Idem, fols. 8 v-9 r. A principios de 1517 se ordenó a Luis de Puertocarrero que enviase la información sobre la residencia de Gonzalo Fernández Gallego: A.G.S., R.G.S., 1517-I, Madrid, 10 de enero de 1517.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1670

sólo señala que quiere discutirlo. Pero él se muestra terco, e insiste una y otra vez en que le

reciban como corregidor de forma inmediata, llegando a usar un procedimiento que, aunque

legal, era extraordinario, y desde luego inédito. ¿A qué se debe esta testarudez?. El conde de

Palma conocía bien la situación. Era consciente de que muchos regidores no le aceptaban, y

pretendían ganar tiempo para no recibirle en el cargo.

A la reunión del martes 18 de noviembre vinieron Gonzalo Fernández Gallego, el conde

de Fuensalida, Martín Vázquez de Rojas, Pedro Marañón, Pedro de Herrera, Juan Niño, Juan

Carrillo, Pedro de Ayala, Antonio de la Peña y Pedro Zapata, además de los jurados Francisco

Ramírez de Sosa, Diego de Argame, Francisco Francés, Juan Ramírez de Bargas, Bernardino

de la Higuera, Alfonso Romero, Francisco de Bargas, Luis de Ávila, García de León, Nicolás

de Párraga, Pedro de Villayos, Luis Zapata, Alfonso de Sosa, Juan Solano, Miguel de Hita,

Juan Sánchez de San Pedro, Alonso de la Torre, Jerónimo de Morales, Jerónimo de Ávila,

Juan Zapata, Diego Sánchez de San Pedro, Diego de Santamaría, Luis de Aguirre y Gonzalo

Hurtado. El altísimo número de jurados presentes evidencia la importancia de la asamblea.

El conde de Palma, también presente, dijo que cumplieran la provisión de los reyes. Los

regidores, por su parte, decidieron votarlo. El conde de Fuensalida señaló que no la aceptaba,

y que debía suplicarse de ella para que Cisneros cambiase de opinión. A su postura se fueron

sumando Martín Vázquez de Rojas, Juan Niño, Juan Carrillo y Pedro Zapata. Pedro Marañón

-el famoso caballerizo de Fernando el Católico que llevaba décadas opuesto a los escribanos

públicos por culpa de la escribanía del crimen- dijo que la votación pasase adelante. En contra

de ello, Pedro de Herrera dijo que señalasen que Pedro Marañón no deseaba votar. Puesto que

no veían con buenos ojos su postura, Marañón se sumó a lo dicho por el conde de Fuensalida,

al igual que lo hizo Herrera.

Pedro de Ayala pidió tiempo para deliberar sobre su voto, y sólo decidió sumarse a lo

requerido por el conde cuando lo hubieron hecho otros, y él hubo sopesado bien los pros y los

contras. Como vemos, éste no sigue al conde de Fuensalida “de forma ciega”; no existe una

parcialidad muy definida. Francisco Ramírez de Sosa, por su parte, mayordomo del Cabildo

de jurados, dijo en nombre de éste que apoyaba la suplicación de la merced hecha a Luis de

Puertocarrero (o Luis Puertocarrero) que el Ayuntamiento había decidido.

Ante dicha situación, Puertocarrero solicitó a los presentes que le tomasen el juramento

necesario. El escribano mayor dijo que, en virtud de lo concertado por el Ayuntamiento, no lo

podía hacer. No obstante, Gonzalo Fernández Gallego advirtió que él siempre quiso trabajar y

servir a los reyes y al cardenal Cisneros mejor de lo que lo había hecho; y para él estaba claro

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1671

que la obediencia era mejor que el sacrificio, por lo que no podía desobedecer el mandato de

los monarcas y de su regente. De este modo, dio las varas de justicia a Luis Puertocarrero272.

El conde de Fuensalida lo rechazó de forma inmediata. Dijo que para el Ayuntamiento

eso era un agravio; que se trataba de algo perjudicial, nunca visto, y, por tanto, intolerable273.

Puertocarrero hizo oídos sordos a esta queja, y nombró como su alcalde mayor al licenciado

Alonso Sánchez de León, y por su alguacil mayor a Gaspar de Córdoba. Horas más tarde, ya

el 20 de noviembre, el conde de Fuensalida, Martín Vázquez de Rojas, Pedro de Marañón,

Pedro de Herrera, Juan Niño, Juan Carrillo, Pedro de Ayala, Antonio de la Peña y Pedro

Zapata escribieron una carta en la que exponían por qué no era aceptable que el conde de

Palma fuera el corregidor de Toledo274:

1. Luis Puertocarrero, conde de Palma, estaba casado con una hija de Garcilaso de

la Vega y de Sancha de Guzmán, vecinos de Toledo, y poseía parientes en la

urbe. Era vecino de Toledo, y un vecino no podía ser corregidor en su ciudad.

2. Si fuera corregidor la justicia no podría ejecutarse como era debido, pues iba a

ser favorable a sus amigos y familiares. El resultado de ello, y se trataba de una

amenaza clarísima, iban a ser desasosyego e alteraçiones.

3. Un vecino de Toledo no podía ser corregidor de su urbe, porque sería malo para

la paz regia, cuando la ciudad del Tajo -y esto también era una clara amenaza-

siempre había dado enxemplo de toda lealtad, e pas e sosiego en estos reynos.

4. Por último, cuando se supo que iba a darse el corregimiento al conde de Palma

los regidores que ahora escribían este documento rogaron a Cisneros que no se

lo diesen a esa persona. El conde se enteró, y estaba bien informado de quienes

eran sus oponentes, por lo que siempre iba a exhibirse contrario a ellos.

A partir de estas ideas queda explicado el porqué de la insistencia del conde de Palma

en que le aceptasen como corregidor el mismo 17 de noviembre de 1516. Pero más importante

es la amenaza que se realiza. De ser recibido como corregidor Luis Puertocarrero, nadie les

podría achacar nada a los firmantes de ese escrito si se produjesen desasosiegos y alteraciones

en Toledo. En la corte estaban avisados; el conde de Palma no era el corregidor que la ciudad

de Tajo requería para resolver los múltiples problemas existentes.

Puede pensarse que esta opinión sólo era de un sector de los regidores, de aquéllos más

cercanos a las posturas del conde de Fuensalida. Sin embargo, no es así. Es cierto que durante

272 Idem, fols. 9 r-10 v. 273 Idem, fol. 10 v. 274 Idem, fols. 10 v-12 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1672

los primeros momentos fueron personas cercanas a este conde las que más se opusieron a Luis

Puertocarrero, pero pronto se empezaron a levantar muchas voces en su contra. Algo que, por

otra parte, es lógico. Hasta el momento nadie había recibido el oficio de corregidor de Toledo

de una manera tan comprometida. Y es que, por mucho que se reclamó en la corte frente a su

modo de hacerse con el corregimiento, el 23 de noviembre se ordenó a todos los regidores que

aceptasen al conde de Palma como el corregidor de su urbe sin poner obstáculos275.

Se trataba de una imposición; mas, pasado un tiempo, algunos llegaron a pensar que por

fin el conde de Palma había sido aceptado. El vicario Francisco de Herrera, en una carta que

envió a Cisneros el 12 de diciembre de 1516, afirmaba: por ser la persona que es [el conde de

Palma], y porque aquel officio esté con autoridad, [...] aunque al principio algunas personas

de aquella cibdad se pusieron en lo contradecir, luego se pacificó y vinieron todos con mucha

conformidad en ello, y la cibdad está muy contenta y muy alegre por la yda del conde276...

Nada más lejos de la realidad; aunque este optimismo no parece nuevo. El propio día 18 de

noviembre, cuando entregaron las varas a Puertocarrero, uno de los hombres del cardenal

Cisneros afirmaba en una carta dirigida a éste que, a pesar de todos los problemas para que el

conde de Palma fuera recibido en el corregimiento277: la comunydad de la çibdad fa mostrado

plazer por ser la persona del señor conde tan escogida...

Si se acabó aceptando a Luis Puertocarrero en el corregimiento toledano fue gracias a

los incómodos pactos que hubo de firmar con ciertas personas para que le aceptasen, a cambio

de la entrega de distintos oficios de alcaldes y alguaciles. Los compromisos fueron tantos que

al final no hubo forma de cumplirlos278, y esto creó serios problemas. Problemas que, en todo

caso, no eran nada en comparación con los que crearon aquellos que fueron excluidos de la

concordia para recibirle en el corregimiento. Además, no pocos regidores manifestaron una

postura neutral al principio. Sin tener intereses, en apariencia, por que el oficio fuera para una

u otra persona, se mantuvieron al margen. Pero en vista del influjo que en poco tiempo, y

gracias a sus buenas relaciones con Cisneros, el conde de Fuensalida logró sobre el corregidor

las posturas empezaron a cambiar, como veremos inmediatamente.

Luis Puertocarrero fue prorrogado en su corregimiento de una manera continua: el 20 de

octubre de 1517279, el 19 de octubre de 1518280 y 20 de noviembre de 1519281. No tanto desde

275 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 23 de noviembre de 1516; A.M.T., A.S., caj. 1º, leg. 8º, nº. 24. 276 Cartas del cardenal don fray Francisco Jiménez de Cisneros..., doc. LXXXIX, pp. 190-191. 277 CONDE DE CEDILLO, El cardenal Cisneros..., doc. CCLIX, pp. 434-435; A.G.S., Secretaría de Estado, leg. 1 (2), do. 291. 278 Cartas de los secretarios del cardenal don Francisco Jiménez de Cisneros, Madrid, 1975, carta de Baracaldo a Diego López de Ayala, Madrid, 11 de diciembre de 1516. 279 A.G.S., R.G.S., 1517-X / XI, Tordesillas, 20 de octubre de 1517.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1673

la corte de Carlos I, como desde la del cardenal Cisneros, se tenía confianza en él; al menos

cierta confianza. Algunos afirmaban, allá por marzo de 1517, que era una persona “de mucho

seso”, y que en Toledo procedía en todas las cosas tocantes a los reyes con suma prudencia282.

En verdad era así. La prudencia es lo que llevó a Luis Puertocarrero a elegir muy bien a

sus aliados en la urbe. Desde que llegó a Toledo tuvo dos cosas claras: contaba con un apoyo

explícito del cardenal Cisneros, y el conde de Fuensalida era amigo del cardenal; y si quería

trabajar como corregidor sin demasiados obstáculos estaba claro que tenía que buscarse algún

aliado, ya que desde el comienzo quedó bien patente que estaba sólo; acaso como poco antes

había tenido que estarlo mosén Jaime Ferrer. Las alianzas que buscó, en consecuencia, fueron

las lógicas. Decidió que lo más idóneo era buscar la colaboración del conde de Fuensalida y

sus acólitos, es decir, de su parcialidad, aunque en principio se opusiesen a él. Como no podía

ser de otra manera, esto le situó de modo innegable en un contexto de conflicto con una serie

de oligarcas, no porque integrasen una parçialidad distinta, sino porque, por alguna razón, no

congeniaban -muchos no lo habían hecho jamás- con el conde de Fuensalida y los suyos.

Esta idea es importante. Como se advirtió, no estamos tratando con bandos en el sentido

clásico del término. No son bandos-linaje. Tampoco lo eran los del siglo XV; eran bandos-

parcialidad283. Aún así, durante esta centuria el linaje tenía un peso notorio. Al contrario, en

los inicios del siglo XVI prima más el término parcialidad que el de bando propiamente dicho.

Ahora las parcialidades no aglutinan a los regidores en dos bandos opuestos. Se trata más bien

de asociaciones (denominémoslas de este modo) de tipo coyuntural, que vinculan a individuos

en la búsqueda de unos objetivos comunes, y que dependen en cierta medida de las relaciones

de amistad con las personas que las integran. Tal vez esto también fuera de igual forma en el

siglo XV, pero a alturas de 1510 tales características se llevan al extremo, hasta tal punto que

corrompen la verdadera esencia del “bando-parcialidad”. Los “bandos clásicos”, escribe algún

autor, se han “desnaturalizado” ya a principios del siglo XVI en Toledo.

Que exista una parcialidad no quiere decir que tenga que haber una opuesta, al igual que

el que existan dos parcialidades que integren a los regidores no quiere decir que todos los

regidores tengan que formar parte de ellas. Es más, en algunos casos unos regidores podían

formar parte de una parcialidad y en otros casos de otra. Es lo que sucedió al comienzo de las

280 A.G.S., R.G.S., 1518-X, Zaragoza, 19 de octubre de 1518. 281 A.G.S., R.G.S., 1519-XI, Molina del Rey, 20 de noviembre de 1519. 282 Cartas del cardenal don fray Francisco..., doc. CIII, p. 209. 283 Sobre estos conceptos véase: GERBERT, M.C., La nobleza en la Corona de Castilla. Sus estructuras sociales en Extremadura (1454-1516), Cáceres, 1989, pp. 202 y ss.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1674

Comunidades; antiguos “socios” se situaron en distintas posturas: unos en la comunera y otros

en la anti-comunera.

Según muchos historiadores, las Comunidades supusieron si no el fin de los bandos, en

el sentido más clásico de éste concepto, sí, cuanto menos, un paréntesis en su larga historia de

conflictos. Joseph Pérez, por ejemplo, criticando las ideas de Eloy Benito Ruano, para quien

las Comunidades habría que enmarcarlas en la dinámica de los enfrentamientos entre Silvas y

Ayalas, dice que en Toledo “la Comunidad dislocó antiguas perspectivas y colocó a los Silva

y a los Ayala ante problemas nuevos”, que “nos encontramos miembros de ambos grupos en

las filas de la Comunidad”, y que, “sin duda, los odios antiguos no desaparecieron de la noche

a la mañana; muchos enfrentamientos personales en el seno de la Comunidad tienen su origen

en una antigua enemistad. Pero en general podemos afirmar que estas rivalidades pasaron a un

segundo plano...”284 Esta idea es exactamente así. Los recelos -tal vez el concepto odio sea un

tanto excesivo- no dejaron de existir nunca; ni siquiera durante las Comunidades. Ahora bien,

la rivalidad que dividía a los oligarcas de Toledo entre Silvas y Ayalas cada vez estaba más en

un segundo plano desde 1507, e incluso desde antes. Entre otras cosas porque mientras que el

conde de Fuensalida logra mantenerse como líder de un grupo más o menos cohesionado, en

el caso de los Silva esta cohesión en torno al conde de Cifuentes es mucho más efímera.

No pocos regidores se mantienen muy al margen, sin integrarse en parcialidad alguna, y

cuando lo hacen es por oposición a los planteamientos de una parcialidad definida. Eso sí, hay

algo indudable: la mayor parte de los regidores, por no decir todos, proceden en defensa de

intereses personales que confrontan, o pueden confrontar en ocasiones, con metas de grupo.

Son dichos intereses los que acaban instituyendo una parcialidad, y no viceversa. En otras

palabras: no es la parcialidad la que determina unos objetivos políticos, económicos o

sociales, si no que son tales objetivos los que determinan una parcialidad. Esto no quiere decir

que en la década de 1510 los Silva y los Ayala no sigan siendo un referente, pero tiene que

explicarse bien el porqué.

Partiendo del hecho de que las antiguas rivalidades entre ambos linajes eran conocidas

por todos los oligarcas toledanos, el conde de Fuensalida -mejor dicho, los sucesivos condes

de Fuensalida-, cabeza de los Ayala, desde que los Reyes Católicos subieron al trono nunca se

sintió cómodo. Primero, allá por la década de 1460, se alió (junto a los Silva) con Alfonso, el

hermanastro de Enrique IV, y al final le abandonó. Su opción política tras la muerte de éste

fue Juana la “beltraneja”, la supuesta hija de Enrique IV, frente a Isabel, aunque ésta acabaría

284 PÉREZ, J., La revolución de las Comunidades de Castila (1520-1521), Madrid, 1985 (3ª. Edic.), p. 421.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1675

siendo reina de Castilla. Tras la muerte de Isabel se vinculó al archiduque de Austria frente al

rey Fernando el Católico, y también su opción iba a ser la perdedora. Si durante el reinado

conjunto de los Reyes Católicos el conde de Fuensalida y los suyos nunca dejaron de mirarse

con recelo desde la corte, este recelo se hizo mucho más palpable entre 1506 y 1516, durante

los años de gobernación de Fernando el Católico en tierras castellanas.

Cuando en 1516 se nombró a Cisneros regente de Castilla el conde de Fuensalida se

sintió mucho más cómodo, debido a la amistad que le unía al prelado. Es por eso que durante

su gobierno el conde intentó obtener ciertas rentas políticas, y lo consiguió. Si fue nombrado

alguacil de mayor de Toledo, por ejemplo, recuperando un oficio tradicionalmente en manos

de los Ayala, fue gracias a una disposición de Cisneros.

Los Silva, por su parte, siempre se posicionaron del lado de los vencedores. Primero

junto a la reina Isabel frente a Juana “la beltraneja”, y más tarde junto a Fernando el Católico

frente a Felipe “el hermoso”. No en vano, la complicidad con los Reyes Católicos desde 1475

(año en que los Silva levantaron el pendón en nombre de la reina Isabel en el alcázar de

Toledo) hasta 1516 fue constante, lo que tal vez explica la menor fuerza de los vínculos que

cohesionaban a los Silva si los comparamos con las solidaridades que mantenían los Ayala.

Como contaban con el apoyo explícito de los monarcas, lo que se traducía en una presencia

más grande en los cargos de gobierno de Toledo285, no necesitaban estar a la defensiva; muy

al contrario que los Ayala. Su posición era mucho más cómoda, y tal comodidad hizo que

viejas alianzas del pasado acabaran quebrándose.

Esto no quiere decir que los Silva no contasen con apoyos en la urbe gracias a las

solidaridades, pero a inicios del siglo XVI, desde 1507 sobre todo, sólo existe una parcialidad

como tal en Toledo: la parcialidad de los Ayala. Mejor dicho: la parcialidad del conde de

Fuensalida. No se trata de un bando propiamente. Por una parte, no se sustenta sobre una base

de parentesco; y, por otra, quienes forman parte del grupo se hallan mediatizados no tan sólo

por la influencia del conde de Fuensalida, sino, también, por los intereses del marqués de

Villena, siempre ávido, como el mismo conde, por hacerse con el control de Toledo. Además,

se basa sobre solidaridades poco definidas, que, por ello, no cohesionan al grupo tanto como

sería necesario para dotarle de una capacidad de actuación suficiente, a la hora de enfrentarse

a cualquier problema. De hecho, hay individuos que unas veces están más cerca del conde de

Fuensalida, y pueden considerarse sus acólitos, y otras se hallan lejos de sus planteamientos, y

casi podrían tenerse como sus enemigos. De igual modo, a la hora de resolver ciertos

285 En Toledo los Silva “ocupaban mayor número de cargos en la administración municipal antes de que estallara la sublevación” de las Comunidades: Idem, p. 421.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1676

problemas sujetos que se podrían considerar como integrantes de la parcialidad del conde de

Fuensalida no reciben ayuda alguna de la misma. Es como si ésta existiera sólo de forma

coyuntural. Más incluso: a veces se realizan acusaciones de dudosa verosimilitud contra

ciertas personas, acusándoles de pertenecer a la parçialidad del conde de Fuensalida, sólo

para impedir su actuación ante la justicia286.

Los Silva, al contrario, no conforman una parcialidad como tal. Eran los tradicionales

enemigos de los Ayala, eso sí, y por eso eran un referente a la hora de acaparar solidaridades

en contra del conde de Fuensalida, y también del marqués de Villena. De este modo, pudieron

conseguir un buen número de apoyos coyunturales a la hora de emprender una acción de

resistencia ante los intentos de la parçialidad del conde de hacerse con el dominio de Toledo.

Era el rechazo frente a los referidos conde y marqués lo que cohesionaba -lo hizo desde la

época de Enrique IV- los intereses de muchos sujetos con los del conde de Cifuentes. Así, tal

vez lo correcto al referirse a los Silva no es hablar de parcialidades (en los documentos que se

han analizado no aparecen referencias sobre una parçialidad del conde de Cifuentes), sino de

un grupo de resistencia frente al conde de Fuensalida y los suyos; un grupo en el que se

integran unas u otras personas, dependiendo de las coyunturas, con objetivos distintos, mas

con una misma meta: oponerse en un momento dado al conde de Fuensalida y a sus acólitos,

por la razón que fuese. Quedémonos, entonces, con esta idea: poco antes de las Comunidades

en Toledo hay una sola parcialidad, encabezada por el conde de Fuensalida, frente a la que se

halla un buen número de oligarcas que, de forma coyuntural -cuando piensan que puede ir en

contra de sus intereses personales-, se unen al conde de Cifuentes para oponerse a ella.

En este sentido, lo que señala el cronista Alonso de Santa Cruz es muy exacto. Según él,

en Toledo a comienzos del siglo XVI había dos linajes principales: los Ayala y los Ribera. No

habla de los Silva, porque este apellido ya no encabezaba una parcialidad definida; como los

Ribera tampoco lo hacían. El conde de Fuensalida era el cabecilla de una parcialidad que

integraba como a principales valedores a los Dávalos, y concretamente a Fernando Dávalos,

un hombre “astuto en su plática y bien quisto en su república”, escribe el cronista287. Santa

Cruz utiliza en alguna ocasión el concepto bando para referirse a aquellos que apoyaban a los

Ribera, pero no en su sentido tradicional del siglo XV. En su opinión, los Ribera estaban

liderados por Juan de Ribera, alcaide del alcázar y señor de Montemayor, y poseían como

principales apoyos a los Silva, cuya cabeza visible era el conde de Cifuentes. Cuando murió

286 Recordemos, por ejemplo, las acusaciones de Juan Gaitán contra el jurado Diego Serrano; en este caso muy fundadas. 287 SANTA CRUZ, A., Crónica del emperador Carlos V, Madrid, 1920, tomo I, parte II, cap. XIII, p. 217.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1677

Isabel la Católica los Ayala y los Dávalos prevalecieron mientras reinaba el archiduque

Felipe. Fallecido éste, los Ribera y los Silva siempre contaron con el apoyo del rey Fernando.

El cronista Alonso de Santa Cruz da su propia opinión sobre el porqué buena parte de la

parcialidad del conde de Fuensalida se posicionó en 1520 del lado de los comuneros. Al morir

la reina Católica, mientras su esposo estuvo como gobernador de Castilla, los Ribera fueron

por él favorecidos. Cuando Felipe “el hermoso” consiguió el control del reino lo primero que

hizo fue buscar apoyos. En Toledo los recibió de los Ayala y de los Dávalos. A uno de éstos,

Fernando Dávalos, le nombró corregidor de Jerez de la Frontera, cargo que perdió una vez

muerto Felipe. La parcialidad del conde de Fuensalida desde entonces estuvo marginada,

viendo cómo los Silva y los Ribera gozaban del aprecio del rey Fernando.

Después de morir Fernando el Católico comenzó una nueva etapa para la “parcialidad”.

La regencia del cardenal Cisneros sirvió a los del conde de Fuensalida para hacerse con parte

del influjo anhelado. Fernando Dávalos, no en vano, consiguió que le nombraran corregidor

de Jerez de la Frontera de nuevo. Fue un espejismo.

En 1517 era reconocido el liderazgo de Fernando Dávalos entre los Ayala. Así, cuando

Carlos I llegó a Castilla fue a comunicarle que él y sus hombres habían servido a su padre, al

archiduque Felipe, y que deseaban servirle a él. La respuesta que obtuvo fue desoladora. A

decir de Alonso de Santa Cruz, “ni su persona fue bien tratada, ni su parcialidad favorecida, y

por más lastimarle le quitaron el corregimiento [de Jerez]”288. Lo que sucedió fue lo siguiente.

Dávalos estuvo varios días en la corte mientras se hallaba en Zaragoza. Antes de marcharse

decidió despedirse del señor de Chièvres, y no le dejaron: “queriendo entrar do él estava”,

escribe el cronista referido, “como el portero fuese desgraciado y no le quisiese dejar entrar, y

él porfiase sobre ello, le dio con la puerta en los pechos y en la cabeza, lo cual tomó Hernando

de Ávalos por gran injuria...”289 Por ello se convertiría luego en uno de los líderes de la “secta

comunera”, diciendo que Chièvres era un tirano y un robador público, que los flamencos eran

codiciosos, que la reina Juana estaba loca, que vendían la justicia por maravedíes, que el rey

Carlos I iba a marcharse de Castilla para no volver, y otras muchas cosas. En “aquella secta”,

escribe Santa Cruz, en “aquella cofradía”, se integraron pronto Pedro Laso de la Vega,

descontento porque deseaba que le pagasen un sueldo por la tenencia de la fortaleza de Vera,

aunque no pudiese ejercerla -un terremoto destruyó la fortaleza y tuvo que reconstruirse-,

Juan de Padilla, enojado porque después de la muerte del comendador de Calatrava, su tío, no

le habían concedido unos oficios, y Francisco Ruiz, el obispo de Ávila, que luego dejó a los

288 Idem, libro I, parte II, cap. XIII, p. 218. 289 Idem, libro I, parte II, cap. XIII, p. 219.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1678

comuneros para marcharse a su obispado290. Claro está que nos hallamos ante un cronista de

Carlos I, por lo que, si bien tales circunstancias personales pudieron influir en el

posicionamiento político de estos hombres, desde luego no lo explican todo ni mucho menos.

ALIADOS DE LOS CONDES

DE FUENSALIDA Y DE CIFUENTES. 1506 / 1516

ALIADOS DEL CONDE DE FUENSALIDA ALIADOS DEL CONDE D E CIFUENTES En torno a 1506 En torno a 1516 En torno a 1506 En torno a 1516

Juan Niño Juan Niño Fernando Pérez de Guzmán Fernando Pérez de Guzmán Pedro de Ayala Pedro de Ayala Juan Carrillo (regidor) Juan Carrillo (regidor) Juan Carrillo Juan Carrillo Pedro de Silva Juan de Silva Enrique Manrique Antonio de la Peña Tello de Guzmán Lope de Guzmán Vasco de Guzmán Pedro Marañón Carlos de Guevara Gutierre de Guevara Vasco Suárez Martín Vázquez de Rojas Pedro López de Padilla Juan Solano Perafán de Ribera Pedro de Herrera Francisco Suárez Diego López de Tamayo Luis de Guzmán Pedro Zapata Diego de Merlo García Pérez de Rojas Fernando Chacón Diego Serrano Per Álvarez de Ayllón Miguel Ruiz Pedro de Acuña Diego Pérez de Rivadeneira Fernando de Zúñiga Alvar García de Toledo Vasco de Contreras Fernando Dávalos Gonzalo Gaitán Diego de Rojas Martín de Rojas Fadrique de Zúñiga Alonso de Escobar Gonzalo Pantoja Pedro Vélez Fernando Díaz de Rivadeneira Diego García de Cisneros Bernardino de Horozco Antonio Álvarez Juan Osorio Tomás Sánchez Vasco Ramírez de Guzmán Juan de Guzmán Luis de Ávila Rodrigo Niño Tello Palomeque Fernando Díaz de

Rivadeneira

Diego Pérez de Rivadeneira Diego de Cárdenas Juan de Ayala

El que los grupos de poder -llamémoslos así- experimentan una constante remodelación,

con continuos ingresos y abandonos de personas que se unen a ellos sólo en busca de intereses

personales, es evidente. Por ejemplo, cuando en 1512 se hizo merced de la voz y el voto en el

Ayuntamiento de Toledo a Fernando de Silva, al conde de Cifuentes, para que los ejerciese

como los regidores, uno de los que se opuso primero fue Diego de Cárdenas, el adelantado de

Granada, alcalde mayor en la urbe, y principal apoyo del dicho conde de Cifuentes (de Pedro

de Silva, más bien) en los altercados de inicios de 1507 frente a los Ayala. También se opuso

el mariscal Fernando Díaz de Ribadeneira, que, aún estando en torno a este año, 1507, con los

Silva, pronto iba a ser un hombre destacado entre los que apoyaban al conde de Fuensalida.

Los demás que se opusieron a la merced de 1512 en 1507 estaban con los Ayala: Fernando

Dávalos -que se mostraría partidario de los Ayala antes de las Comunidades-, Alonso de Silva

290 Idem, libro I, parte II, cap. XIII, pp. 219-220.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1679

(a pesar de su apellido del linaje de los Ayala), Martín Vázquez de Rojas, Antonio Álvarez,

Pedro de Ayala, Juan Niño y Pedro Zapata.

Apoyaron a Fernando de Silva los regidores Juan Rodríguez Puertocarrero, Fernando de

Silva (el hijo del señor de Montemayor), Pedro de Herrera (de los Ayala en torno a 1516)

Juan Carrillo, Fernando Álvarez de Toledo, Gonzalo Gaitán y Antonio de la Peña -también

partidario del conde de Fuensalida en los prolegómenos de las Comunidades-. Como puede

observarse, las vinculaciones de unos u otros varían. Hay que tener mucho cuidado a la hora

de adscribir a un sujeto a los Ayala o a los Silva. En todo caso, la parcialidad del conde de

Fuensalida parece contar con “miembros fijos” en 1516: Alonso de Silva, Juan Niño, Antonio

Álvarez, Fernando Dávalos, Fernando Díaz de Ribadeneira, Pedro Zapata, y Martín Vázquez

de Rojas. Otros que también se pueden integrar en esta parcialidad a veces no siguen al conde

de manera tan fija como éstos.

Ante una entrada del marqués de Villena en Toledo en 1509, a la que nos referimos en

el capítulo anterior, ciertos oligarcas se quejaron; entre ellos, aparte de miembros de los Silva

como Fernando Álvarez de Toledo, Gonzalo Gaitán, Pedro de Silva o Juan Carrillo, hombres

más cercanos a los Ayala como Fernando Dávalos y Antonio de la Peña. El marqués, como se

dijo, era una persona próxima al conde de Fuensalida.

Más ejemplos. Cuando se presentó Pedro Marañón en el Ayuntamiento de Toledo con

una merced de un oficio de regidor muchos regidores se opusieron a ella. Por lo que los

documentos indican, Pedro Marañón luego se mostraría cercano a la parcialidad del conde de

Fuensalida, pero en principio se opusieron a que fuera regidor tanto miembros de los Ayala,

Pedro de Herrera, Pedro Zapata, Pedro de Ayala o Antonio de la Peña, como de los Silva:

Juan Carrillo, Fernando de Silva (el comendador), Alfonso de Silva, Gutierre de Guevara o

Gonzalo Gaitán. Del mismo modo, cuando en 1514 se produjo el enfrentamiento entre Tello

de Guzmán y el maestrescuela catedralicio se mostraron contrarias a Tello personas del bando

de los Ayala, Fernando Dávalos, Pedro de Ayala, Fernando Díaz de Rivadeneira o Juan Niño,

pero también de los Silva (Juan de Silva, por ejemplo).

Es evidente, aún así, que quienes actúan de manera más cohesionada son los individuos

de la parçialidad, quienes están cerca del conde de Fuensalida. Es por esto por lo que Luis

Puertocarrero, el corregidor que viene a la ciudad del Tajo de la mano de Cisneros en 1516,

decide apoyarse en dicha parcialidad para ejercer su trabajo, a pesar de que precisamente fue

ésta la que le había rechazado en principio, al no considerarle un corregidor idóneo.

Esto puso a Puertocarrero en contra de los individuos cercanos a los Silva. Ahora bien,

lo que le causó más enemigos fueron las disposiciones que venían desde la corte de Bruselas,

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1680

sobre los asuntos más variados. Las cosas empezaron a ir mal en 1517. Ante la tardanza de

Carlos I en venir a Castilla ciertas ciudades, sobre todo Burgos, empezaron a impacientarse no

sin razón. Fue esta urbe la que hizo un llamamiento a las demás con voto en Cortes, pidiendo

que celebraran una asamblea para remediar los problemas de Castilla por su cuenta, al margen

del rey, pues el monarca no estaba interesado en venir a sus tierras castellanas a resolverlos, al

parecer. Toledo había enviado varias cartas a Carlos I reclamando su pronta presencia en la

Península Ibérica, aunque hasta ahora no parece muy molesta con el retraso del rey, por lo que

contestó a Burgos que no era conveniente reunirse sin que el monarca estuviese delante. Eso

sí, los dirigentes toledanos pronto cambiarán de postura, convirtiéndose en los principales

impulsores de las ideas que reclamaban actuar al margen de Carlos I, en vista de su invalidez

para regir Castilla. Así es como ellos actuarán desde 1519. Por ahora, sin embargo, Toledo no

admite la solicitud de Burgos, aunque reconozca que la paz regia está en peligro mientras no

haya un “rey cercano”. Se trataba más bien de un efecto psicológico, y por ello importante.

Aunque no pudieran resolverse, era necesario que existiese un monarca próximo con el que

gestionar todos los asuntos. Mientras permaneciera en otras tierras Castilla estaba sola.

Finalmente, Carlos I desembarca en Villaviciosa el 19 de septiembre de 1517, si bien,

lejos de calmar los ánimos, su actitud crea mucha más tensión. Era un joven que ni siquiera

hablaba castellano, y que venía rodeado de un séquito de flamencos dispuestos a enriquecerse

a costa de Castilla. Si ya de por sí esto no fuese poco indignante, la actitud del nuevo monarca

frente al cardenal Cisneros hizo crecer mucho más el rechazo. Se trataba de un hombre leal a

los Reyes Católicos y a su memoria que había hecho mucho en beneficio de los castellanos,

de una persona que gozaba de buena fama en toda la Corona, y que era respetada incluso por

lo que no poseían sus mismos pensamientos. Era la persona más insigne de Castilla, siempre

por debajo de los monarcas, desde que adquiriese la mitra arzobispal de Toledo en 1495

gracias a la intermediación de Isabel la Católica. De nada sirvió todo esto. Sin respetarlo, y

prácticamente sin agradecer su tarea, Carlos I prescindió de sus servicios nada más pisar

tierras castellanas. Esto afectó de tal manera al clérigo que hubo quien señaló que había sido

la causa de su muerte, a finales de 1517.

La defunción de Cisneros trajo la incertidumbre a Toledo, sobre todo para aquellos que

debían algo al prelado; básicamente la parcialidad del conde de Fuensalida y el propio conde

de Palma, Luis Puertocarrero, el corregidor. Todo eran dudas sobre cómo iba a proceder el rey

ante los problemas que tenía Castilla, aunque una cosa estaba clara: las primeras impresiones

no eran buenas.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1681

El corregidor de Toledo, visto el contexto, decidió seguir apoyándose en los Ayala, pero

presentando su mejor predisposición a la hora de acatar las instrucciones que le llegaran desde

la corte de Carlos I. Una de las primeras órdenes que vinieron desde ésta fue una convocatoria

a Cortes que había dispuesto el cardenal Cisneros antes de su muerte, siendo consciente de la

tensa situación que vivía Castilla debido a la poca premura del rey por visitarla. Burgos había

intentado juntar a las urbes con voto en Cortes en Segovia. No obstante, algunas, entre ellas

Toledo, se opusieron diciendo que debían convocarse las Cortes con el rey presente -Toledo

luego cambiaría de parecer-. Con el objetivo de adelantarse a tales iniciativas, por orden de

Cisneros el obispo de Ávila, su secretario, redactó el 3 de septiembre de 1517 una carta en la

que se advertía que sólo unas Cortes iban a poder pacificar Castilla, y que era bueno que se

celebrasen en Toledo, “porque [por] la grandeza y autoridad del lugar [era] más aparejado [...]

que otro ninguno...”291

Al final sí se celebraron unas Cortes, ya en 1518, pero fueron en Valladolid. Allí Carlos

I pudo escuchar algunas reivindicaciones que más tarde serían las de los comuneros. De igual

modo, hasta la villa del Pisuerga llegaron los ecos de las disputas entre el conde de Fuensalida

y algunos oligarcas de Toledo liderados por el regidor Fernando de Silva (hijo del señor de

Montemayor, comendador de Otos). Éste, con los regidores Gutierre de Guevara, Juan de

Silva, Fernando Pérez de Guzmán y Lope de Guzmán, y los jurados Juan Solano -mayordomo

del Cabildo-, Diego López de Tamayo, García Pérez de Rojas, Miguel Ruiz, Bernardino de

Horozco, Diego de Rojas, Luis de Ávila, Gonzalo Pantoja, Tomás Sánchez y Alvar García de

Toledo, expuso los siguientes argumentos en la corte en contra del conde de Fuensalida y del

corregidor de la ciudad del Tajo292:

1. Luis Puertocarrero era vecino de Toledo. Estaba casado con Leonor de la Vega,

hija de Garcilaso de la Vega y Sancha de Guzmán, y tenía muchos parientes y

amigos en la urbe, por lo que, siendo corregidor, se iba en contra de las leyes y

la comunidad recibía agravio. La aparición del concepto “comunidad” aquí,

con un carácter reivindicativo, no deja de ser interesante. Cada vez son más los

regidores que apelan a ésta para quejarse sobre lo que creen una injusticia. Luis

Puertocarrero era una persona de la alta nobleza y era un vecino de Toledo, dos

requisitos que, de acuerdo con las leyes establecidas por los Reyes Católicos, le

desautorizaban para ser corregidor. Que lo fuese era injusto.

291 CARRETERO ZAMORA, J.M., Cortes, monarquía, ciudades..., pp. 244-245. 292 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 317.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1682

2. Por ser de la ciudad, Puertocarrero actuaba de una manera parcial y negligente,

y muchos vecinos no podían obtener justicia y eran maltratados por los jueces.

No pocos delitos quedaban sin castigo, y otros eran castigados con rigurosidad

excesiva. La justicia, por tanto, se administraba de manera afiçionada, en grave

perjuicio de la comunidad. De nuevo aparece este concepto, y lo sigue haciendo

de forma continua a lo largo del escrito.

3. Los contadores mayores, por el bien de la comunidad, ofrecieron las rentas de

Toledo en encabezamiento a los gobernantes de la urbe, sin puja, para que los

arrendadores no presionaran a la población a la hora de cobrar los impuestos. El

conde de Palma se opuso, y entregó a los arrendadores el cobro de dichas rentas

para tres años, por 900.000 maravedíes. Lo contradijeron muchos regidores y

jurados, ya que era en agravio del pueblo generalmente, pero no sirvió de nada.

4. Cuando a Toledo llegó la carta de la convocatoria para las Cortes de Valladolid,

el corregidor hizo lo posible para que su cuñado Pedro Laso de la Vega fuese

un procurador. Con esta intención guardó la misiva que vino estableciendo que

eligieran procuradores, y hasta el 29 de diciembre de 1517 no la presentó en el

Ayuntamiento. Presentada, decidió posponer la elección de los procuradores al

menos ocho días, para negociar con ciertos regidores, y elegir como procurador

a Pedro Laso, a cambio de lo cual ofreció ciertas gratificaciones (recordemos el

apoyo a Pedro Laso para que administrase el Hospital del Nuncio). No obtuvo

fruto su estratagema. El Regimiento decidió echar a suertes las procuradurías y

la fortuna recayó en el regidor Lope de Guzmán, en el conde de Fuensalida -el

alguacil mayor-, y en el jurado Pedro de Villayos. Como el conde de Palma vio

que Pedro Laso de la Vega no podía ser procurador, no contento con obligar a

los regidores a que entrase en la suerte el conde de Fuensalida, algo prohibido

porque no era regidor, intentó (como si la vida le fuera) que el dicho conde de

Fuensalida llevara el poder de Toledo a las Cortes, cuando tan sólo un regidor

podía llevarlo.

5. Para hacer los capítulos sobre los problemas que debían tratarse en las Cortes el

propio corregidor nombró a cuatro regidores, tres amigos suyos y Pedro Laso,

su cuñado, para que en su casa y en su presencia hiciesen los capítulos que los

procuradores iban a llevar; para que no se pusiera en ellos lo que solía ponerse

en dichos capítulos: por ejemplo, peticiones de justicia frente a los agravios que

los corregidores realizaban. Así, se hicieron algunos capítulos que Fernando

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1683

Pérez de Guzmán y Juan Carrillo (ambos de los Silva) dijeron que no podían

aceptarse. Al hacerles caso omiso, se marcharon de la vivienda del corregidor,

y, finalmente, los capítulos se presentaron ante el Ayuntamiento. En éste se

volvieron a rechazar, y, ahora sí, se decidió que no se presentasen en las Cortes.

Cuando vio que los capítulos no iban a ponerse, según era su voluntad, y que él

no podría dar el poder al conde de Fuensalida, su amigo, Luis Puertocarrero

otorgó el poder de los procuradores de la urbe a Pedro de Villayos, un jurado

que vivía con el marqués de Villena y que era un hombre próximo al conde de

Fuensalida, para que lo presentase en las Cortes.

6. Por último, la desygualdad es tanta de la justiçia, certificaban Fernando de

Silva y sus acólitos, y [es tanto] el poco enpacho para las cosas que tocan [a]

aquéllos sus amygos (a los amigos del corregidor), que ny basta hordenança de

çibdad antigua ny nueva, que aya seydo en azella, que nynguna cosa guarda

[el corregidor] ny lleva por los términos que la çibdad acostunbra.

Tras exponer esto, Fernando de Silva y los otros dirigentes urbanos acababan con una

solicitud de un juez de residencia, que se encargara de castigar los excesos de Puertocarrero.

Dicha solicitud fue bastante debatida. Antes de que llegase a la corte del rey se presentó en el

Ayuntamiento, el 12 de marzo de 1518. Algunos regidores, afines al conde de Fuensalida, no

sólo la rechazaron, sino que, además, decidieron enviar una carta a Carlos I comunicándole

que Toledo estaba bien regida y gobernada, y en toda paz y justiçia293.

Si es que esta última solicitud llegó a la corte, lo cierto es que se hizo más caso a lo que

se decía en el memorial de Fernando de Silva y los otros, y el monarca y/o sus consejeros

decidieron tomar una decisión que, aún siendo inteligente, era sumamente peligrosa. Ante los

rumores sobre los conflictos entre la parcialidad de los Ayala y los Silva, acordaron que sólo

había una forma de poner fin a las disputas: “descabezar” a los del conde de Fuensalida. Para

ello decidieron que éste marchase hacia Galicia, a ejercer el oficio de gobernador general294.

Se trataba, qué duda cabe, de una auténtica merced, pero tras la muerte de Cisneros, y una vez

sin el conde de Fuensalida, Luis Puertocarrero estaba más sólo que nunca.

En dicho contexto, los mayores problemas del corregidor en la urbe tenían que ver con

el Cabildo catedralicio. Tras la muerte de Cisneros -8 de noviembre de 1517-, se encomendó a

Puertocarrero que con toda diligencia se encargase de comprobar lo que habían hecho los

canónigos, y que procurara que la jurisdicción regia no fuese menoscabada. Del mismo modo,

293 A.G.S., C.C., Personas, leg. 22, s.f., Portocarrero, Luis, conde de Palma (Toledo) 294 FRANCO SILVA, A., El condado de Fuensalida en la baja Edad Media, Cádiz, 1994, p. 99.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1684

iba a encargarse de poner todas las fortalezas del arzobispado bajo la tutela de unos alcaides

del monarca, y de advertir al Cabildo catedralicio que no hiciera nada que fuese en contra de

la legalidad mientras la sede estuviera vacante295. Incluso el propio rey escribió una misiva al

Cabildo, advirtiéndole que no postulara a ninguna persona para que fuese arzobispo296. El

licenciado Herrera, alcalde del rey, acompañaría al conde de Palma en su trabajo297.

Pronto llegaron a la corte de Carlos I rumores sobre la actitud del Cabildo de la catedral.

La existencia de una sede vacante siempre era problemática. Lo había sido en épocas de una

relativa estabilidad política, en 1495, cuando murió Pedro González de Mendoza, y ahora las

incertidumbres frente al nuevo monarca lo empeoraban todo. Un rumor parecía especialmente

escandaloso: algunos afirmaban que el nuevo arzobispo de Toledo iba a ser un extranjero, una

posibilidad que jamás habría sido ni tan siquiera barajada en tiempos de los Reyes Católicos.

Como luego veremos, el detonante de la guerra de las Comunidades en Toledo fue la actitud

del Cabildo catedralicio, desde 1517, ante lo que pensaba hacer con su arzobispado Carlos I.

Este asunto enfrentó, cada vez más, a los clérigos de la urbe con el corregidor.

Mientras, la situación política en toda Castilla empeoraba por momentos. El nuevo rey y

sus hombres, entre quienes destacaba Guillermo de Croy, señor de Chièvres, no parecían los

más idóneos para gestionar la crisis abierta en la realeza castellano-aragonesa tras la muerte

de Fernando el Católico. En Toledo Luis de Puertocarrero lidiaba lo mejor posible con todos

los oligarcas, aunque por fin en algo parecían coincidir las personas cercanas a los Ayala o a

los Silva: en los recelos frente a Carlos I. Recelos que se hicieron más que evidentes a inicios

de 1519.

En enero de 1519 murió el emperador Maximiliano de Austria. Desde entonces el único

objetivo de Carlos I fue conseguir riquezas en Castilla para marcharse a Alemania, y poseer la

corona imperial. Decidió embarcarse en La Coruña, celebrando antes unas Cortes en Santiago

de Compostela para recaudar dinero, a través de la solicitud de un servicio a las ciudades. Iba

a dirigirse directamente hasta Santiago con una parada en Burgos.

Esto indignó a los dirigentes de Toledo. Cuando el rey pisó el suelo peninsular enviaron

varias comitivas a besarle las manos, en señal de obediencia298; incluso su llegada se celebró

en la ciudad con un festejo299. Con la esperanza de que Carlos I viniese a la urbe, en un gesto

solidario con él, tras la muerte del emperador también se declararon unos días de luto oficial

295 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 217 v-219 v. 296 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r. 297 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r. 298 A.M.T., “Propios y arbitrios. Cuentas de cargo y data del mayordomo”, caja. 2.120, data de 1517, libramientos del 3 de octubre de 1517, del 20 de enero de 1517, del 12 de enero de 1517, etc. 299 Idem, data de 1518, libramiento del 4 de noviembre de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1685

en Toledo300. Cuando se supo que el nuevo monarca de Castilla además iba a ser emperador,

algo que a muchos no gustaba -decían que no iba a atender los asuntos castellanos como era

debido-, también se hizo una fiesta301, y se enviaron unos mensajeros a Barcelona para darle

la enhorabuena302. Carlos I, sin embargo, no se dignó venir a Toledo. Esto fue frustrante...

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Toledo envió una carta a las ciudades con voto

en Cortes, en la que pedía que se reunieran para debatir sobre tres asuntos: suplicar al rey que

no se fuese tan pronto de Castilla; requerirle que no permitiese sacar dinero del reino; y hacer

que se comprometiera a no situar los oficios públicos bajo el control de personas extranjeras.

De las dieciocho ciudades con voto en Cortes contestaron diez. Sólo Murcia, Cuenca, Soria y

Segovia dijeron que lo requerido por Toledo era correcto. Las otras afirmaron, también, que

lo era, pero que debía tratarse en una reunión de Cortes, no en una asamblea de ciudades sin la

presencia del rey.

Esta respuesta sólo consiguió caldear los ánimos entre los gobernantes toledanos. “En el

regimiento de la ciudad del Tajo -ya casi en rebeldía- comenzaron a resonar en adelante las

voces de los futuros comuneros“, escribe Fernando Martínez Gil, “Juan de Padilla, Fernando

Dávalos, Pedro Laso de la Vega, Pedro de Ayala, Juan Carrillo, Gonzalo Gaitán... [se trata de

hombres cercanos a los Ayala, pero también a los Silva] El corregidor trataba sin demasiada

convicción de acallar estas voces leyendo las cartas procedentes de la corte303”; cartas que

decían que el monarca estaba en Aragón, que pensaba pasar por Castilla y reunir a las Cortes

para resolver todos los problemas del reino. No obstante, afirmaciones así cada vez merecían

menos crédito. Por si fuera poco, Carlos I dispuso que no le enviasen mensajeros, porque

estaba ocupado en asuntos que no tenían que ver con Castilla.

En fin, en medio de una tensión creciente, y viendo que Luis Puertocarrero cada vez era

más incapaz de mantener el orden en la ciudad del Tajo, se decidió que había llegado la hora

de que entregara el oficio de corregidor a otro. Con ello se buscaba un doble objetivo. Por una

parte, los corregidores iban a encargarse de presionar a los vecinos de sus ciudades para que

pagasen el servicio que tendría que pedirse en las Cortes de Santiago de Compostela; servicio

con el que Carlos I buscaba tener el dinero suficiente como para poderse intitular emperador.

Se necesitaba a alguien adecuado para cumplir esta compleja misión en Toledo. Por otra, el

nombramiento de un nuevo corregidor respondía a las críticas de Fernando de Silva y sus

acólitos en contra de Luis Puertocarrero, en un momento en el que el conde de Fuensalida ya

300 Idem, data de 1520, libramiento del 9 de enero de 1520. 301 Idem, data de 1519, libramiento del 19 de octubre de 1519. 302 Idem, data de 1519, libramiento del 31 de octubre de 1519 y del 6 de enero de 1520. 303 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 47.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1686

se encontraba en Galicia. Con la puesta al frente del corregimiento toledano de otro hombre,

en consecuencia, se deseaba que la paz regia volviese a reinar en la ciudad del Tajo; una paz

regia que, como en años anteriores, pretendía aprovecharse de la complicidad de Fernando de

Silva (el comendador ávido de poder, no el conde), en concreto, y de los Silva, en general.

8.1.2.1.3. El último corregidor: Antonio de Córdoba

El relevo del conde de Palma por otra persona se enmarca en una serie de sustituciones

de corregidores que se proyectó a mediados de 1519 en la corte de Carlos I304, si bien tuvieron

que ver mucho en ello los rumores que acusaban a dicho conde de mostrarse débil a la hora de

frenar las intenciones de los regidores de Toledo305. Había que traer a esta urbe a alguien que

fuera capaz de controlar a sus gobernantes, y se pensó en Antonio de Córdoba. La decisión,

de todas formas, no fue nada sencilla. Al contrario, fue un poco precipitada. El 11 de octubre

de 1519 el rey afirmaba en una de sus cartas que el corregimiento en Toledo debía ser ejercido

durante un año más por Luis Puertocarrero; eso sí, de forma interina, y hasta nueva orden306.

Sin embargo, pronto cambió de opinión, tal vez porque se trataba de un hombre de Cisneros.

En nada aprovecharon los ruegos de algunos regidores y jurados, e incluso de algún canónigo,

que pidieron al rey la prórroga del conde de Palma como corregidor, porque había mantenido

la urbe en paz307.

Antonio de Córdoba recibió el oficio de corregidor de Toledo el día 13 de diciembre de

1519308, con el objetivo, además, de hacer un juicio de residencia al conde de Palma309, a

quien releva en el corregimiento el 17 de diciembre310. No existen datos que señalen que

Córdoba tuviese problemas para hacerse con el cargo de corregidor. De hecho, lo más seguro

es que no los tuviera, ya que, por un lado, eran los dirigentes cercanos a los Silva quienes

habían pedido un nuevo corregidor, y en esas fechas éstos tienen mucha fuerza, y, por otro, el

corregimiento cada vez tenía menos importancia en una urbe en la que los ánimos estaban

caldeados. Hasta tal punto que Antonio de Córdoba sólo estuvo como corregidor apenas cinco

meses y medio. El 31 de mayo de 1520 tuvo que marcharse de Toledo con miedo de perder la

vida. Fernando Martínez Gil considera este día la fecha en que triunfan las Comunidades311.

304 A.G.S., Estado, leg. 6, fol. 44. 305 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 48. 306 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 44, fol. 134 r. 307 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fols. 39 y 361 r. 308 A.G.S., R.G.S., 1519-XII, Molina del Rey, 13 de diciembre de 1519. 309 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 49, fols. 146 v-147 r. 310 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 48. 311 Idem, p. 303.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1687

Los sucesos ocurrieron muy rápido. Con la carta que convocaba a una reunión de Cortes

en Santiago de Compostela para dar dinero al rey -con el que marcharse de Castilla- venía

otra en la que se mandaba a Antonio de Córdoba que uno de los procuradores de Toledo fuese

un hombre cercano a los Silva, y también a Carlos I: Gutierre de Guevara. El regidor Pedro

Laso, de los Ayala, fue uno de los que primero se opuso, criticando tanto a los extranjeros

como al rey. Sus palabras fueron aplaudidas por todos los gobernantes, tanto por los más

cercanos a la parçialidad de los Ayala como por los que abogaban por los Silva. Todos cada

vez tenían más claro que ahora estaban en la obligación a combatir a un enemigo común; a

Carlos I y los flamencos.

Con tales planteamientos, Antonio de Córdoba sólo pudo recabar el apoyo de dos o tres

regidores y de unos cinco jurados a la hora de cumplir lo que el rey pedía. Los comuneros -no

es absurdo llamarles así ya- incluso, señala algún cronista, llegaron a preparar una emboscada

en contra de los que dieron su apoyo al corregidor, situando a unos hombres armados fuera de

la sala de juntas del Ayuntamiento, para que cuando salieran de ella fuesen agredidos. La paz

regia no existe por entonces.

El 25 de febrero de 1520 se decidió que, al margen de los procuradores de Cortes, fuera

una embajada a hablar con el monarca, compuesta por dos regidores, Pedro Laso de la Vega y

Alonso Suárez de Toledo, y dos jurados, Alonso Ortiz y Miguel de Hita. Le deberían decir, en

nombre de Toledo, que no se fuese “a lo del Imperio”, que no sacara moneda de Castilla, que

los extranjeros no recibieran oficios en esta Corona, y que se solucionasen ciertos agravios;

sobre todo los que realizaba la Inquisición.

Respecto a los procuradores de Cortes, la suerte recayó en dos leales al rey312: Juan de

Ribera y Alonso de Aguirre. Casi todos los regidores se opusieron, y se negaron a otorgarles

los poderes que debían llevar. De este modo, las Cortes de Santiago iban a iniciarse sin una

representación de la ciudad del Tajo. Se trata de una prueba clara de la quiebra de la paz regia.

Tenemos que remontarnos a las Cortes de Ocaña de 1469 para encontrar una asamblea de los

procuradores urbanos a la que no se presentaran los representantes de Toledo, por culpa de las

desavenencias con el monarca (en el año 1469 con el rey Enrique IV).

Al contrario, sí fueron a La Coruña Pedro Laso de la Vega y los demás mensajeros. Los

regidores toledanos llegaron a recibir el apoyo explícito de los gobernantes de Madrid y de la

Iglesia de su urbe para que lo hiciesen. Los clérigos aplaudían la iniciativa de los regidores

desde los púlpitos de las parroquias. Mientras tanto, Antonio de Córdoba estaba aislado. Se

312 Antonio de Córdoba mantuvo una intensa relación diplomática con la corte sobre el asunto de los mensajeros y procuradores: A.G.S., P.R., leg. 1, doc. 77, fols. 289-295.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1688

sentía impotente frente a las decisiones de los regidores. Según un escrito, él, al igual que lo

fuese el conde de Palma, era débil: continuaba siempre a su silencio acostumbrado, y cuando

de necesidad havía de votar en algo que se tratava pedía deliveración, no votando sí ni no, y

d´esta manera no sólo [no] contradecía ni prohivía, pero aprobava tácitamente quanto se

hacía...313 En las cartas que enviaba a la corte se observa perfectamente su impotencia. En una

escribía: convyene con toda presteza se me mande lo que tengo de hazer, porque lo de aquý, a

mi ver, rrequyere ya rezyo castigo, según se va desvergonçando la cosa... En otra señalaba314:

quan poco se tiene lo que les mando, pues con dezir que apelan d´ello, como es la mayor

parte de la cibdad, pasan por cibdad conforme a sus hordenanças...

Ante esta situación, Antonio de Córdoba solicitó que se le concediera poder para anular

todos los acuerdos que fuesen contra el rey, que se castigara a los regidores rebeldes, y que él

pudiese tener a veinticinco hombres para su defensa, al igual que los habían tenido mosén

Jaime Ferrer y Luis Puertocarrero315. El corregidor tenía prácticamente a todo el Regimiento

en contra suya. Tan sólo algunos caballeros le apoyaban; entre ellos Fernando de Silva (el hijo

del señor de Montemayor), quien, en parte, le había traído a la urbe.

Los mensajeros enviados por Toledo a hablar con el rey fueron desterrados de la corte y

de su urbe. Pedro Laso tendría que irse a sus posesiones de Gibraltar, y el otro regidor, Alonso

Suárez, a servir como capitán en el ejército. Además, se dio una orden para que se presentasen

ante el monarca Fernando Dávalos, Juan de Padilla, Pedro de Ayala, Gonzalo Gaitán, Juan

Carrillo y Pedro de Herrera, regidores de quienes se había dado queja; y se dispuso que los

regidores toledanos que estaban en la corte afines al rey, Lope de Guzmán, Martín de Ayala y

Rodrigo Niño, volviesen a la ciudad del Tajo. El objetivo era que en Toledo tan sólo hubiese

regidores adictos a Carlos I, para que Antonio de Córdoba pudiera mantener la paz regia. Un

objetivo cada vez más complicado.

Poco a poco el espíritu de sublevación fue llegando al común. Se vio avivado por falsos

rumores que hablaban del cobro de increíbles tributos. Andaban de noche con linternillas,

disfrazados, por las calles, dice una relación de los sucesos [...] persuadiéndoles a la libertad,

y aún de los males, y opresiones y pechos intolerables que decían que havía de haver. Y

decían no haver otro remedio sino hechar de Toledo las justicias y los que sentían en

contrario d´ellos, por qualquier vía que fuese posible. Y de día hacían juntar corrillos de sus

313 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 52. 314 Idem, p. 53. 315 Mientras esto se producía Carlos I afirmaba sentirse maravillado con la actitud de Toledo, siendo como era la ciudad que más había defendido la lealtad a la realeza en tiempos pasados: A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 357 r-v; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 49, fol. 138 r-v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1689

criados que hablasen y dijesen cosas perjudiciales y de amenazas contra algunas personas

principales316. Tales rumores eran alimentados desde los púlpitos por las prédicas de los

clérigos, quienes vociferaban contra los flamencos, contra Carlos I y contra cualesquiera que

fuesen sus intenciones.

La revuelta empezó con un primer escándalo. De forma anual la cofradía de la Caridad

celebraba una procesión. Era una de las instituciones de carácter popular más importantes de

la urbe, y sus actos siempre eran multitudinarios. Algunas voces decían que la procesión de

1520 iba a convertirse en un acto en contra del rey. Ante tal amenaza, Fernando de Silva (el

comendador de Otos) se mostró dispuesto a hacer todo lo que fuera necesario para que no se

celebrase, e hizo reunir ciertos hombres con armas. Antonio de Córdoba tampoco deseaba que

se celebrara, si bien, seguro de las trágicas repercusiones que podría traer el derramamiento de

sangre, se mostró más prudente, y logró convencer -no sin esfuerzo- a Fernando de Silva para

que permitiera que se celebrase la procesión. Finalmente se celebró, se realizaron algunas

cosas demasiadas (esto se interpretó como una victoria popular), y Fernando de Silva se fue a

la corte. En Toledo tan sólo se quedaron su hermano Juan de Ribera y Antonio de Córdoba a

favor de Carlos I.

Mucho más graves fueron los hechos acaecidos el 16 de abril de 1520. Por orden del rey

se había ordenado, como vimos, que Juan de Padilla, Fernando Dávalos y otros se presentasen

en la corte. En principio se negaron, aduciendo algunas ocupaciones, pero el monarca insistió

en ello, poniéndoles graves penas. Ante esta coacción, cuando se disponían a marcharse de la

urbe una multitud de personas salió de la catedral, les cortó el paso, y hizo que se metieran en

el templo. Muchos dijeron que todo era una farsa, que quienes iban a la corte prepararon todo

para no tener que vérselas con el monarca...

La multitud, además, obligó al corregidor Antonio de Córdoba a que prohibiera la salida

de los caballeros. Éste andava tan turbado y sin consejo que, no pudiendo proveer cosa

alguna buena, le hicieron hacer todo lo que querían, y por auto se puso la notificación de las

cédulas. Y hizo, no pudiendo más, todo quanto le mandaron, en tal manera que poco a poco

fue perdiendo la authoridad, y comenzó a ser menospreciado317. Ya nadie respeta a la persona

que se encargaba de mantener la paz regia en Toledo.

Los rebeldes al rey decidieron que había llegado el momento de ocupar las fortalezas. El

20 de abril de 1520 tomaron todas excepto el alcázar, situado bajo la tutela de Juan de Ribera,

el hermano de Fernando de Silva. Sin embargo, se rindió rápido. Al ver a toda la población en

316 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 55. 317 Idem, p. 61.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1690

su contra, Ribera decidió marcharse de Toledo el 21 de abril. A las pocas jornadas llegó a la

urbe el que entonces los rebeldes tenían por un héroe: Pedro Laso de la Vega. Iba camino de

Gibraltar, para permanecer allí recluido por orden del monarca. Por orden de éste, del mismo

modo, le habían ordenado que no entrase en la ciudad del Tajo, pero lo hizo.

La indignación de Carlos I llegó a tal extremo que decidió ir en persona a Toledo para

calmar la revuelta. Guillermo de Croy le dijo que no lo hiciese, que lo de Toledo no era nada,

que lo mejor era que marchase hacia Alemania lo antes posible para ser nombrado emperador.

De este modo, el 20 de mayo el rey de Castilla partía hacia el extranjero. Como gobernador de

las tierras castellanas dejó a Andriano de Utrech, cardenal de Tortosa. Las instrucciones que

el monarca le dio fueron muy claras318: No avéys de perdonar ninguna pena de los de Toledo

[...] syn consulta mía.

Las noticias sobre la ida de Carlos I a Alemania no tardaron en llegar a la ciudad del

Tajo, y cuando lo hicieron la soberbia de los rebeldes llegó al culmen. Nadie respetaba ni al

corregidor ni a sus hombres, y los comuneros decidieron que había llegado el momento de

hacer algo. Antonio de Córdoba, “medroso, tuvo que sufrir pacientemente que la multitud le

sacase de su posada y le quitase la vara símbolo de su cargo. La finalidad del acto no ofrecía

dudas: el corregidor debía recibir la vara nuevamente de la Comunidad y no del rey que había

abandonado Castilla a su suerte. Don Antonio hubo de jurar que en adelante tendría la vara

por la Comunidad de Toledo antes de serle devuelta. Ante la presión popular tuvo que inclinar

la cabeza y callar”319. Este hecho evidencia que la paz regia ha desaparecido, y que desde aquí

existirá una paz distinta, la “paz de la Comunidad”, instituida sobre un esquema institucional

diferente, más cercano al pueblo. Ahora bien, para que la nueva paz triunfe ha de imponerse,

superando los impedimentos presentados por las fuerzas del rey.

En contra de la opinión del corregidor, se fortificaron las murallas, y dispusieron que

con la hacienda municipal se compraran salitre y pertrechos para hacer pólvora. Aun siendo

ahora corregidor por parte de la Comunidad, Antonio de Córdoba seguía sin tener ningún

poderío en la urbe. Una de las últimas cosas que hizo fue mandar que se diese un pregón,

ordenando que nadie llevase armas por las calles. Fue inútil. Ante un nuevo escándalo tanto él

como sus colaboradores se vieron obligados a buscar refugio en las viviendas de Pedro Laso

de la Vega. Impotente, y temeroso de perder la vida, Antonio de Córdoba abandonó Toledo

junto a sus hombres el 31 de mayo de 1520. Finalizaba así una etapa del corregimiento en la

ciudad del Tajo que había comenzado en 1477, cuando Gómez Manrique llegó como primer

318 Idem, p. 64. 319 Idem.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1691

corregidor de los Reyes Católicos. Si el corregidor había sido básico para el mantenimiento de

la paz regia, su desaparición el mes de mayo de 1520 era una evidencia de que en Toledo

dicha paz había desaparecido. Por el momento la Comunidad triunfaba. Aunque fuera de

forma coyuntural, lo que crearon Isabel y Fernando, toda su herencia, había dejado de existir.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1692

8.1.2.2. LA SUSTITUCIÓN DE LOS GOBERNANTES

Tal y como señalamos en el capítulo anterior, durante los primeros años del siglo XVI

en Toledo se produce un paulatino alejamiento entre los gobernantes y los “dirigidos”. No tan

sólo puede observarse en los regidores, sino también, lo que es más grave, en los jurados, en

los teóricos representantes de los intereses de todos los vecinos de la urbe frente al corregidor

y sus hombres, y frente al Regimiento. Las instituciones del gobierno local cada vez se hallan

más oligarquizadas. Son caballeros, sobre todo, los que ocupan los puestos de regidores; hasta

el punto que si, de acuerdo a lo establecido por Juan II, la mitad de los regidores debían ser de

los caballeros y la otra mitad de los ciudadanos, en torno a 1520 únicamente cinco regidores

de un total de veinticuatro son de los ciudadanos320: Juan Zapata, Pedro Marañón, Antonio de

Baeza, Antonio Álvarez de Toledo y Lope Conchillos.

En lo que a sus afinidades políticas respecta, la mayor parte de los regidores se hallaban

cercanos al conde de Fuensalida, alguacil mayor por entonces, aunque no siempre formaban

parte de su parcialidad. Por contra, el mayor número de “dignidades”, de oficios de justicia,

estaba en manos de los Silva, que además tenían el apoyo, también, de no pocos regidores. El

conde de Cifuentes era el alcalde de alzadas, y Juan de Silva el alcalde mayor de la Mesta. El

alcalde mayor, como tal, de Antonio de Córdoba era el marqués de Elche, quien sustituyó en

el cargo al adelantado de Granada.

Desde sus cargos de alcaldes mayores los Silva, y también el conde de Fuensalida en

virtud de su alguacilazgo mayor, hacían lo posible porque las veedurías y los otros oficios del

Ayuntamiento fueran a parar a personas a ellos afines. Esto hizo que en torno a 1518 tanto el

regidor Pedro de Ayala como el jurado Nicolás de Párraga se quejaran en la corte, y gracias a

su queja se dio orden de que no se entrometiesen en las elecciones de los oficios subalternos

de la corporación municipal321.

REGIDORES DE TOLEDO EN TORNO A 1520

REGIDOR

CATEGORÍA

INGRESO EN EL

REGIMIENTO 322

AFINIDADES EN LA

POLÍTICA

POSTURA EN LAS

COMUNIDADES Antonio de Baeza Ciudadano 1517* ------ ------ Antonio Álvarez de Toledo Ciudadano 1504 ------ Comunero Lope de Conchillos Ciudadano 1508 ------ Leal al rey Martín Álvarez de Toledo Caballero 1517 Ayala ------ Juan Niño Caballero 1481* Ayala ------

320 Idem, pp. 28-29. 321 A.G.S., R.G.S., 1518-XII, Zaragoza, 17 de diciembre de 1518. 322 Cuando la fecha aparece con un asterisco es porque no se sabe cuándo entró el regidor en el Regimiento. Es la primera vez que aparece documentado como regidor.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1693

Fernando Díaz de Rivadeneira Caballero 1502 Ayala Comunero Antonio de la Peña Caballero 1485* Ayala Comunero Pedro de Herrera Caballero 1514 Ayala Comunero Juan de Padilla Caballero 1513 Ayala Comunero Fernando Dávalos Caballero 1489* Ayala Comunero Pedro de Ayala Caballero 1511 Ayala Comunero Pedro Laso de la Vega Caballero 1508 Ayala Comunero Juan Carrillo Caballero 1489* Ayala Comunero Juan Zapata Ciudadano 1518 Ayala Comunero Martín de Ayala Caballero 1517 Ayala Leal al rey Pedro Marañón Ciudadano 1511 Ayala Leal al rey Pedro de Lago Caballero 1519 Silva ------ Fernando Pérez de Guzmán Caballero 1502 Silva Comunero Gonzalo Gaitán Caballero 1505* Silva Comunero Alonso de Silva Caballero 1511 Silva Leal al rey Juan de Silva y Ribera Caballero 1507* Silva Leal al rey Lope de Guzmán Caballero 1517 Silva Leal al rey Gutierre de Guevara Caballero 1509 Silva Leal al rey Alonso Suárez de Toledo Caballero 1511 Silva Leal al rey

De los veinticuatro regidores tan sólo cuatro habían entrado en el Regimiento antes del

año 1500. Entre 1500 y 1510 lo hicieron ocho (33,33 %), y desde 1510 a 1519 doce; la mitad.

La mayor parte de los regidores, por tanto, tenía poca experiencia, o al menos una experiencia

no muy larga, en la administración de los problemas de gobierno. Es más, hasta un cuarto de

los mismos, seis, Martín Álvarez de Toledo, Juan Zapata, Martín de Ayala, Pedro de Lago,

Lope de Guzmán y Antonio de Baeza, ingresaron en el Regimiento después de la muerte de

Fernando el Católico. Tres de ellos tenían unas posturas políticas cercanas a las del conde de

Fuensalida: Martín Álvarez de Toledo, Juan Zapata y Martín de Ayala. Dos estaban mucho

más próximos a los Silva: Pedro de Lago y Lope de Guzmán. Y de uno, Antonio de Baeza,

nada se sabe sobre sus preferencias.

Del mismo modo, tampoco se conoce qué actitud tomaron tres de estos regidores en las

Comunidades: Martín Álvarez de Toledo, Pedro de Lago y Antonio de Baeza. Dos, uno

cercano a los Silva -Lope de Guzmán- y otro a los Ayala -Martín de Ayala-, se mantuvieron

leales al monarca, mientras que uno, el regidor Juan Zapata, de los Ayala, fue comunero.

Al menos trece regidores eran afines al conde de Fuensalida. Los Silva contaban con el

apoyo de ocho como mínimo, pero tenían un control mayor sobre los oficios de justicia. Esta

división del Regimiento explica, entre otras cosas, por qué muchos regidores se posicionaron

en contra del rey Carlos I. De los más cercanos a los Ayala, al menos siete serían comuneros,

dos, Pedro Marañón y Martín de Ayala, se mostraron partidarios del monarca, y de cuatro no

conocemos su posicionamiento. Como puede verse, una mayoría de los más cercanos al conde

de Fuensalida se posicionan frente al rey. ¿A qué se debe?. Tal y como han señalado muchos

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1694

historiadores, con razón, las Comunidades fueron mucho más que un enfrentamiento banderil;

individuos de los Silva y de los Ayala iban a luchar juntos, olvidando sus antiguas rencillas.

Es cierto. Ahora bien, hay una causa que explica la reacción de muchos Ayala frente a Carlos

I: el aparente apoyo de este monarca a los Silva. Un apoyo que, por otra parte, al no ser

explícito, iba a resultar desconcertante.

8.1.2.2.1. Los regidores y el “rey lejano”

Dos acciones de Carlos I pusieron en alerta a los regidores que estaban más próximos al

conde de Fuensalida. La primera en 1518: dicho conde tuvo que partir hacia Galicia para tener

allí el cargo de gobernador general, lo que, además de alejarle de Toledo, le impedía trabajar

en sus labores de alguacil mayor personalmente. El segundo suceso que causó alarma fue el

nombramiento de Antonio de Córdoba como corregidor a finales de 1519, no por culpa de

éste, del sujeto que iba a desarrollar el cargo, sino por el motivo que llevó al rey a sustituir a

Luis Puertocarrero: una queja de Fernando de Silva y otros regidores a él afines en la corte.

Carlos I había obedecido su demanda sin poner ningún obstáculo. Esto hizo que los Ayala se

temiesen lo peor.

Una vez con el conde de Fuensalida en Galicia, Antonio de Córdoba puso a alguien

cercano a él como alguacil mayor: a Gaspar de Córdoba. Si los Ayala llevaban años en una

posición de recelo frente a la realeza -primero frente a Isabel y Fernando por haber apoyado a

Juana “la beltraneja”, y luego frente a Fernando, tras la muerte de Isabel, por su apoyo a

Felipe “el hermoso”-, parecía que las perspectivas con Carlos I eran poco halagüeñas. Así,

casi todos los Ayala se posicionaron contra el monarca, y con ellos la mayoría del

Regimiento, liderado en principio por tres individuos: Fernando Dávalos, Juan de Padilla y

Pedro Laso de la Vega.

Al contrario, de los ocho regidores que podemos situar en la facción de los Silva al

menos cinco se exhibieron como leales al monarca desde el inicio del conflicto. Al parecer,

ellos no albergaban motivos para pensar que Carlos I cambiaría esa tendencia a su favor que

la realeza manifestaba desde cuatro décadas atrás. Eso sí; la cohorte de flamencos era vista

con suspicacia, por lo cual, por muchos gestos que el rey hiciese a su favor, no pudo impedir

que ciertos Silva se posicionaran en su contra. Recuérdese, además, lo referido en varias

ocasiones: no es posible hablar de grupos claramente diferenciados y en una oposición

permanente e inmóvil. Por ejemplo, Fernando de Silva, uno de los más leales a Carlos I, y

Gonzalo Gaitán, uno de los comuneros, ambos de los Silva, en más de una ocasión aparecen

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1695

votando al lado de los Ayala. Así lo hicieron, sin ir más allá, cuando se recibió como regidor a

Juan Zapata323, a finales de 1518.

Por otra parte, desde que muriera Fernando el Católico, y sobre todo tras la muerte de

Cisneros, el contacto entre el Regimiento y el Consejo Real se reduce. Apenas llegan unas

cuantas provisiones regias, por las que se conceden cargos de la institución a ciertas personas.

En 1516 se dio licencia al regidor Pedro Zapata para que renunciase su oficio en su hijo Juan

Zapata324, algo que realizó en 1518. A mediados de 1517 Juan Rodríguez Puertocarrero dio su

cargo de regidor a Lope de Guzmán325. Lo mismo hizo por entonces Martín Vázquez de

Rojas, que renunciaría su oficio en Martín de Ayala326. A fines del año 1517 fue Fernando

Álvarez de Toledo el que renunció su cargo en su hijo Martín Álvarez de Toledo327. Ya en

1519, Pedro de Lago recibió por renuncia el regimiento de Fernando de Silva328, comendador

de Otos, uno de los más firmes colaboradores del corregidor Antonio de Córdoba.

A poco más que a estas concesiones de oficios se reduce la actividad de los consejeros

reales los años que preceden a las Comunidades de Castilla. Existe una lejanía palpable entre

la corte de Carlos I y la ciudad del Tajo. Una lejanía física, de carácter administrativo, de tipo

cultural incluso, que en poco tiempo va a convertirse en un obstáculo insalvable en el vínculo

entre la urbe y la administración regia. La falta de comunicación realeza-Regimiento, unida a

las problemáticas que afectan a éste último (se halla oligarquizado, y sus miembros actúan de

forma individualista), hizo que el gobierno urbano fuera sumiéndose en una crisis irreversible.

Hasta el punto que los comuneros acabaron con el Regimiento, prácticamente, en la etapa más

radical de su revuelta, allá por el verano de 1521. Lo mismo le ocurrió al Cabildo de jurados,

sólo que la situación de éste fue aún mucho peor.

******

8.1.2.2.2. La Congregación y el ocaso de los jurados

Aunque no se aboliera, la guerra de las Comunidades dio al traste con el Cabildo de los

jurados de Toledo. Si bien continuó existiendo, fue sustituido por otra institución con sus

mismas funciones, pero cercana al pueblo y de carácter popular: la Congregación. Esto se

323 A.G.S., R.G.S., 1519-I, Ávila, 23 de enero de 1519. 324 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Bruselas, 3 de octubre de 1516. 325 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 2 de julio de 1517. 326 A.G.S., R.G.S., 1517-VIII, Madrid, 6 de agosto de 1517 (hay otra carta igual fechada en Aranda de Duero, el 16 de agosto de 1517). 327 A.G.S., R.G.S., 1517-XII, Valladolid, 17 de diciembre de 1517. 328 A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Barcelona, 7 de junio de 1519.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1696

produjo en 1520. Hasta entonces los jurados tuvieron que hacer frente a un contexto político y

social cada vez más complejo, en el que aparecían siempre en una posición incómoda, o

cuanto menos en un segundo plano. Las causas de ello eran dos: la progresiva oligarquización

-más y más notable cada vez- de su Cabildo, auspiciada por la realeza, que ordenó que sólo

pudiesen formar parte de él los hidalgos, no las personas pecheras; y las enormes dificultades

a la hora de hacer cumplir sus privilegios, sobre todo los de carácter económico y los relativos

al modo de elección de los nuevos jurados por las parroquias.

En cuanto a los privilegios económicos el problema más grave, siempre lo había sido, es

el relacionado con la impunidad que amparaba a los dueños de una juraduría, mercaderes en

su mayor parte, para que no pudiesen ser recluidos en la cárcel por motivos de deudas, algo

que les daba ciertas libertades a la hora de negociar, e iba en contra de los comerciantes que

no tenían un oficio público. Por dicha causa, las presiones eran constantes sobre los jurados a

la hora de firmarse cualquier contrato con dinero de por medio; hasta tal punto que su

impunidad no era respetada en muchísimas ocasiones. Así es como sucedió en un pleito entre

el jurado Diego de Santamaría y el monasterio de Santa Catalina de la Merced de Toledo, que

llegó al Consejo Real porque los clérigos demandaban al primero el pago de unos maravedíes,

e hicieron una serie de gestiones para que le metieran en la cárcel, cuestionando seriamente

los privilegios a su oficio anejos.

El proceso entre Diego de Santamaría y el monasterio de Santa Catalina fue seguido de

cerca por todos los jurados, y al final se dio la razón a éstos, estableciendo que se respetasen

sus privilegios329; entre ellos el que ordenaba a los regidores, al escribano del Ayuntamiento y

al corregidor que no les pusiesen obstáculos a la hora de desarrollar su labor330. Corría por

entonces el año 1518.

Mucho más graves eran los problemas relativos al modo de nombrar a los jurados. Tal y

como se ha visto, si cada vez el papel de la población queda más reducido, limitándose a

corroborar las elecciones hechas por el mismo Cabildo de jurados para que entrasen en él sólo

quienes sus miembros deseaban, desde comienzos del siglo XVI la presión de los corregidores

y de la corte a la hora de elegir a los nuevos dueños de una juraduría aumenta notablemente.

De igual forma, cada vez son más los regidores y caballeros interesados en que un puesto del

Cabildo quede en manos de alguno de sus hombres o acólitos. De este modo, era en verdad un

problema el que una juraduría quedase vacante, por la muerte de su titular o por haberla dado

en renuncia a otra persona. Los enfrentamientos entre los oligarcas eran continuos, y quienes

329 A.G.S., C.C., Diversos, leg. 41, doc. 36. 330 A.M.T., “Siglo XV”, caja 2530, documento suelto.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1697

más se perjudicaban de ello eran los miembros del común, que veían cómo sus únicos medios

de intervenir en el gobierno ciudadano quedaban obsoletos frente a las ansias de poder de los

omes poderosos.

Por ejemplo, en 1517 un jurado de la parroquia de San Román, Alonso Romero, otorgó

su juraduría a Diego de Montoya. Su Cabildo lo aceptó sin problemas, y los parroquianos de

San Román también, pero algunos se quejaron diciendo que tras hacer la renuncia Alonso no

había servido en su oficio durante 20 días, tal y como estipulaba la ley331. Tales personas sólo

buscaban hacerse con el oficio de jurado vacante, y el alcalde mayor, en principio, dando

oídos a sus reclamaciones, impidió que Diego de Montoya ocupase la juraduría332. El caso

llegó hasta la corte, y el monarca, diciendo que lo realizaba para evitar problemas, dispuso

que se diera el cargo a Diego como si de una merced se tratara333. Inmediatamente el Cabildo

se opuso334. Era muy mal presagio el que Carlos I se creyese en derecho de conceder oficios

de jurados a quien considerase oportuno. El rey tuvo que dar explicaciones: dijo que su

intención ni era ni jamás sería perjudicar en nada los privilegios de los jurados, sino todo lo

contrario. Afirmó que si estaba dispuesto a que se entregase a Diego de Montoya la juraduría

que en él renunció Alonso Romero, sólo era porque pensaba que con ello se guardarían los

derechos del Cabildo y de los parroquianos, por quienes estaba elegido ya Diego como jurado.

De este modo, el caso de Diego de Montoya acabó bien tanto para el monarca como

para los jurados. Los problemas a la hora de proveer las juradurías, aún así, continuaron.

Pedro Cherino, por ejemplo, se quejó a los consejeros en nombre de su padre -del mismo

nombre-, afirmando que Alonso de Sosa había renunciado en éste último su oficio de jurado

de la parroquia de San Justo335, y otro Alonso de Sosa, hijo del anterior, procuraba hacerse

con el cargo. En la parroquia de San Isidro también hubo algunos problemas ante una

juraduría vacante a la que aspiraba Alonso de San Martín336.

Siempre era lo mismo: por culpa de la vacación del oficio algunos caballeros y otras

personas acudían a sobornar a unos y a otros vecinos, o les amenazaban, para que diesen sus

votos a favor de su candidato. Una vez habían votado el hombre elegido para representar a su

parroquia actuaba en beneficio propio casi siempre, olvidándose de los parroquianos. Era

frustrante. Los jurados cada día representaban menos a los vecinos y moradores de Toledo, y

parecían no preocuparse lo más mínimo por sus problemas.

331 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 40, fols. 77 v-78 r. 332 A.M.T., “Este libro es de traslados...”, Sección B, nº. 120, fols. 149 r y 167 r-v. 333 Idem, fol. 145 r. 334 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 168 v-169 r. 335 A.G.S., R.G.S., 1518-VII; Medina del Campo, 7 de julio de 1518. 336 A.G.S., R.G.S., 1519-XI, Valladolid, 15 de noviembre de 1519.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1698

HOMBRES QUE SE DOCUMENTAN COMO JURADOS EN LA ÉPOCA DE LAS COMUNIDADES

Luis de Aguirre Diego de Montoya Alonso Álvarez Alonso de Morales Alfonso Álvarez de las Cuentas Jerónimo de Morales Diego de Argame Alonso Ortiz Gaspar de Ávila Gonzalo Pantoja Jerónimo de Ávila Nicolás de Párraga Luis de Ávila Ruy Pérez de la Fuente Pedro de Ávila García Pérez de Rojas Juan Ramírez de Bargas Diego de Rojas Francisco Ramírez de Sosa Miguel Ruiz Pedro Ruiz de Bargas Tomás (o Tomé) Sánchez Juan Bautista Diego Sánchez de San Pedro Diego Fernández Juan Sánchez de San Pedro Alonso Fernández de Oseguera Diego de Santamaría Diego Fernández de Oseguera Diego Serrano Francisco Francés Juan Solano Bernardino de la Higuera Alonso de Sosa Diego de Hita Alonso de la Torre Miguel de Hita Fernando Vázquez Bernardino de Horozco Pedro de Villayos Gonzalo Hurtado Francisco Zapata Diego López de Tamayo Luis Zapata Alfonso Martínez de Mora

Lo ocurrido al inicio de las Comunidades guarda, según lo dicho hasta el momento, una

lógica absoluta. El común, harto de no estar representado en las instituciones urbanas, decidió

establecer una institución que le representase, actuando de manera alternativa a los jurados. El

Cabildo de éstos no desapareció, pero quedó obsoleto. Los parroquianos, de una manera

admirablemente organizada, establecieron un organismo institucional al que llamaron

Congregación, que era un reflejo exacto del Cabildo de jurados, pero quitando de éste todo lo

que impedía que representase verdaderamente los intereses del común: podían ser miembros

de la Congregación todos los vecinos de la urbe; cada parroquia (al igual que en el caso de los

jurados) aportaba uno o dos “diputados”, nomenclatura que se puso a los representantes del

común en la Congregación para diferenciarles de los jurados; al contrario que éstos, tales

diputados serían elegidos cada año por los votos de todos los parroquianos, sin que nadie

pudiera mediar para que se votase a una u otra persona; por último, las opiniones de la gente

de las parroquias iban a tener un papel fundamental en la toma de posturas de los diputados,

por lo que los asuntos importantes siempre habría que debatirlos con los parroquianos337.

Las mayores diferencias con el Cabildo de jurados, no obstante, eran operacionales. Si

los jurados sólo podían dar su voto en todos los problemas de la urbe, mientras que tan sólo el

337 MARTINEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 152 y ss.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1699

Regimiento albergaba el poder ejecutivo, la Congregación tiene un poderío idéntico al del

Regimiento, aunque el origen del mismo fuese bien distinto. Mientras que el poder de los

regidores descendía del monarca, convirtiéndoles en unos delegados de la realeza, el poder de

los diputados de la Congregación ascendía de la Comunidad, lo que les transformaba en los

representantes del pueblo en su conjunto.

Por esa causa, precisamente, el Cabildo de los jurados no servía. ¿Con qué derecho se

consideraban los representantes del pueblo esos jurados que tan sólo acudían a sus

parroquianos a la hora de conseguir votos para que alguien a ellos adicto ingresase en su

Cabildo?. ¿Cómo osaban decirse los defensores del común esos que ni siquiera permitían a

los medianos y a los menores elegir a sus candidatos a la hora de nombrar a un nuevo jurado?.

¿Cómo era posible que una misma institución pudiese defender tanto los intereses de los

monarcas como los del pueblo frente a los regidores?. Con el paso de los años se había hecho

patente que el Cabildo de jurados representaba a la realeza, ya que a ella era a la que acudía

siempre ante cualquier problema, marginando al “pueblo”; o como mucho a cierta parte de la

oligarquía. En fin, el cálculo que hicieron los comuneros, los comuneros de las clases media y

baja para ser más exactos, fue éste: si el Regimiento era el órgano del gobierno en Toledo, y

representaba los intereses de la oligarquía sobre todo, y si el Cabildo de jurados era el que se

encargaba de representar los intereses de la realeza y de algunos oligarcas frente a los

regidores, había unas necesidades indiscutibles de instituir un organismo que representase los

intereses del pueblo frente a los regidores y frente a la Corona -frente a los jurados, por tanto-.

De este modo, a lo largo de las Comunidades, entre 1520 y 1522, junto al Regimiento,

la institución de los regidores comuneros, se estableció un organismo institucional novedoso

que, tomando como base el distrito parroquial, de la misma manera que el Cabildo de jurados,

vino a sustituir a éste sin destruirlo, estableciéndose como un órgano representativo de la

Comunidad en su esencia; es decir, del común.

La Congregación estaba formada por unas cuatro decenas de diputados (número similar

al de jurados) que eran elegidos por votos. Aunque ante la falta de documentos desconocemos

los pormenores de las votaciones -si había algún requisito para votar, por ejemplo-, es seguro

que se seguiría el mismo procedimiento que en el caso de los jurados; procedimiento al que

nos referimos arriba. Las parroquias de Santo Tomé, San Nicolás, San Justo y Santiago del

Arrabal, entre otras, contaban con dos diputados, mientras que San Salvador, San Román, La

Magdalena, San Isidro, San Bartolomé, San Juan Bautista, San Cristóbal, San Cebrián o San

Vicente poseían uno.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1700

La organización militar de la Comunidad también se basaba en las parroquias (no se

olvide que las Comunidades fueron no sólo una revuelta, sino además una guerra). Cada una

de ellas tenía un capitán. Por debajo de él estaban los cuadrilleros, que eran los que dirigían a

las cuadrillas, grupos de quince o veinte vecinos que se encargaban de velar por la “paz de la

Comunidad” -que sustituyó a la paz regia-, persiguiendo a los traidores y amparando el orden

público; un orden público favorable a los rebeldes338. El mismo objetivo se perseguía con la

entrega a personas afines a la Comunidad de las fortalezas urbanas. De este modo actuaban

los capitanes339:

...cuando los dichos alborotadores querían salir a hacer algunas cabalgadas, lo

hacían saber a las parroquias, para que fuesen con su capitán a donde les mandase, y otros para poner recaudo en la dicha ciudad, diciendo que había muchos traidores en ella, por que no la vendiesen o entregasen [a] algunos caballeros que deseaban entrar en ella. Y que para esto mandaban repicar las campanas y se juntaban en las iglesias para dar orden cómo habían de salir y lo que querían hacer... La aparente sencillez de este “sistema de defensa”, que recuerda a la organización de la

Hermandad de 1476, pero también a ese proyecto de las “gentes de ordenanza” defendido en

su día por Cisneros, contrastaba con lo complejo de las instituciones políticas establecidas por

los rebeldes. Esto es, sin duda, lo que permite calificar de revolucionario lo que sucede en la

revuelta de los comuneros. Independientemente de otros factores, resulta novedoso el que los

parroquianos se organicen para establecer una nueva institucionalización política, y, por tanto,

una pas e sosyego distinta a la que hasta ahora existía. Nunca, durante el siglo XV, sucedió

algo así; jamás la osadía de los “comunes” -ahora comuneros- llegó hasta el extremo al que

ahora llega. Establecer una nueva institucionalización política, en la que el pueblo tuviese un

peso mayor, era, sencillamente, destruir la paz regia que existía para establecer algo distinto,

una paz regia (recordemos que los comuneros no buscaban establecer una república) en la que

la voz del común, y no sólo de los oligarcas, se dejase oír. Frente al corregidor, a los regidores

y a los jurados, se crea un sistema integrado sólo por regidores y “diputados”, en el que si se

acepta la existencia de un corregidor es con la condición de que éste no sea establecido por la

monarquía, sino por los dirigentes locales.

338 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán, Toledo, 2002, p. 361. 339 Idem, p. 366.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1701

EL AYUNTAMIENTO TOLEDANO ANTES Y DURANTE LAS COMUNI DADES

De forma anual, en el mes de abril, la Congregación de diputados tenía que elegir a tres

“procuradores generales del pueblo”, uno por cada estado -caballeros, ciudadanos y oficiales-,

y a un “escribano de la Congregación”. Probablemente éstos fueran quienes se encargaban de

las relaciones con el Regimiento, con el Cabildo de jurados, con el Cabildo catedralicio y con

los otros organismos institucionales. Los diputados, por su parte, se reunían en la que pasó a

denominarse como “casa de la Congregación”, o bien en la casa de la Hermandad. Decretaban

allí sus autos y disposiciones, y cuando tenían que tomar una decisión importante llamaban a

campana repicada a los parroquianos. Las personas de cada parroquia se reunían en su iglesia;

desde simples trabajadores hasta caballeros. Los debates sobre los temas más diversos a veces

llegaban a ser acalorados. Las posturas de los caballeros solían influir en la toma de

decisiones, pero también “la presión popular y las amenazas de los alborotadores”. De todo

esto tomaban nota dos escribanos, “ante los cuáles”, señala fray Prudencio de Sandoval, “cada

uno, por bajo que fuese, daba su parecer”. Una vez establecido un acuerdo, los diputados se

encargaban de comunicarlo en las asambleas de la Congregación, la cual tenía la última

palabra.

Como es lógico, este sistema de “gobierno popular” albergaba enormes dificultades a la

hora de poder llevarse a cabo. Por un lado, para los caballeros era indignante que el voto de la

persona de menos estatus social que pudieran imaginarse, un peón de albañil por ejemplo, o

un simple mozo, valiese lo mismo que el suyo en las votaciones que se hacían en las juntas de

los parroquianos. Era indignante, también, para los “oligarcas de sangre”, que una persona sin

rango alguno comparable al suyo -un tejedor, un herrero, un pelaire, un correo...- pudiese

convertirse en un diputado de la Congregación, y adquirir poder sobre ellos, sobre quienes, de

acuerdo a su preheminençia, debían gobernar sobre el resto de los hombres.

AYUNTAMIENTO Corregidor regio, y dignidades Regimiento

Cabildo de jurados

Organización militar, política, institucional y económica de la urbe

AYUNTAMIENTO COMUNERO

Corregidor de la Comunidad , y dignidades Regimiento afín a la Comunidad

Congregación

Organización política, institucional y económica de la urbe

Organización militar, y para la guerra, en cuadrillas Controla Jurados

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1702

El segundo problema grave de la Congregación, relacionado con éste, era que se trataba,

sin duda, de un “pseudo-Regimiento” de carácter popular que más pronto que tarde tenía que

toparse con el propio Regimiento. Estaba clarísimo que los regidores iban a oponerse a la

Congregación ante la más mínima dificultad a la hora de hacer su trabajo, por mucho que los

“procuradores generales del pueblo” mediaran en el asunto. Los comuneros de las clases más

bajas lo sabían bien, y estaban seguros de que los caballeros, de tener que decantarse por un

organismo institucional, lo harían por el Regimiento. Esto causó recelos en la Comunidad

desde el momento en que se instauró la Congregación. Sin embargo, el problema más grave

no era éste. Lo que obstaculizaba todo eran las dificultades a la hora de tomar decisiones.

La forma de decidir sobre las problemáticas urbanas en que se basaba la Congregación,

la consulta popular, un sistema bastante democrático en teoría, era sencillamente inviable. Las

pruebas que lo demostraban eran cuantiosas. Remontándonos al pasado de Toledo, cuando las

Comunidades tocaron a su fin, en 1522, hacía justo un siglo que en la urbe estaba funcionando

el Regimiento cerrado, una institución que se creó, precisamente, porque el modo de gobierno

de tipo medieval que había hasta 1422 se mostraba obsoleto. Hasta entonces el Ayuntamiento

de la urbe estaba abierto a los vecinos, para que en las tomas de decisiones todos ofrecieran su

opinión. En la práctica esto no era así; las relaciones de poder entre los oligarcas hacían que

sólo ellos gobernaran, quedando el resto de la población marginado.

Las relaciones de poder, fuera cual fuese su carácter, tenían plena vigencia en 1520. Los

que pensasen que ellas no iban a pervertir todo intento de tomar decisiones estaban bastante

equivocados. Es posible que en principio los debates en las parroquias fuesen democráticos, y

que incluso se alcanzaran ciertas posturas por consenso, pero con el paso de no mucho tiempo

la situación se vería alterada. Muchas personas pensaban que los caballeros por rango tenían

cierta preeminencia a la hora de tomar decisiones, por lo que la opinión de éstos arrastraba a

buena parte de los parroquianos. Por el contrario, las personas con criterios más radicales

sobre lo que la Comunidad tenía que ser “alborotaban” las “juntas comunitarias” para que sus

posturas se impusiesen.

Por unas causas o por otras, bien por sumisión a los planteamientos de unos caballeros

con criterios cada vez más moderados, o bien por las coacciones de los sujetos más radicales,

las asambleas de parroquianos rápidamente se convirtieron en un problema. Al que no acudía

a ellas se le tachaba de traidor; al que sí lo hacía también, en caso de mostrar una opinión que

fuera discordante con la mayoritaria, o con la defendida por los más radicales. Esto hizo que

no pocas personas empezasen a tener miedo ante el hecho de que sus posturas pudiesen no ser

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1703

aceptadas como lo suficientemente comprometidas con la Comunidad. Los testimonios que lo

señalan así son múltiples.

Pedro de Teba, por ejemplo, una vez concluida la revuelta dijo en el proceso contra Juan

Gaitán que a las asambleas de la parroquia donde vivía, Santo Tomé, iban otras personas que

no eran de la parroquia y contradecían todas las cosas que se decían en servicio de Dios y de

Sus Majestades. A él le quisieron matar por contradecir a algunos, y que si no fuera por Dios

y el cura de la dicha parroquia, y algunos buenos que allí estaban, le mataran340. Un tal fray

Rodrigo de Fuente de Campos, por su parte, señaló341:

...no había persona que osase hablar a favor de ninguno bueno [...] había personas

malsines por la dicha ciudad de Toledo para oír lo que se decía, y que no osaba ninguno hablar cosa que fuese en disfavor de la Comunidad, porque, si lo hablara, le costara la vida. Y que oyó este testigo decir que porque un hombre había dicho que había rey, y que había de venir, unos bellacos le dieron de cuchilladas...

Más interesante es el testimonio de Alonso Ortiz. Según él, vio muchas veces que,

estando algunos concilios de los dichos alborotadores y otra gente menuda que con ellos se

llegaban, que si algún caballero y hombre de bien que tuviese buen deseo del servicio del rey

y de pacificación de la dicha ciudad, si no hablaba y callaba, le levantaban que andaba a

oler y escuchar; y si hablaba en favor del bien y pacificación, decían que era almagrado (una

palabra que se utiliza para referirse a los traidores). Y luego andaban tras él diciendo que era

traidor enalmagrado. Y les convenía huir luego de la ciudad, o le[s] convenía temporizar con

ellos, porque no le[s] viniese peligro en su persona y hacienda. De la misma manera, defendía

Alonso, vio muchas veces [a] algunos de los dichos alborotadores y [a] amigos de ellos andar

escuchando y llegándose a donde estaban algunos caballeros y gente de bien, a escuchar y

sentir lo que hablaban. Y que si hablaban en pacificación de la ciudad cuando no miraban ni

se cataban, andaba la grita por la dicha ciudad: "¡Muera fulano, muera fulano!, porque es

enalmagrado y habla en paz" [...] aunque hablasen muy secreto en el bien y paz, parecía que

el diablo se la hacía saber a los dichos alborotadores342.

Otros afirmaban que cada y cuando algunos que procuraban el servicio de Su Majestad

y la pacificación del pueblo se juntaban a hablar alguna cosa, primero miraban a la redonda

quién los oía por temor de las personas malsines que andaban escuchando a ver cuáles eran

de su opinión contrarios. Y que por esto era sano consejo, y cada uno por tal lo tenía, callar

[...] [a] cualquier caballero le mataran y le robaran si lo sintieran fuera de su opinión. Y aún

340 Idem, p. 324. 341 Idem, p. 327. 342 Idem, pp. 349-350.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1704

sin sentir cosa de ellos, los tenían por sospechosos y odiosos, que no se fiaban de ellos...343

Los comuneros traían unos muchachuelos en hábitos de pobres para que anduviesen entre

las personas principales para ver lo que decían, o si decían alguna palabra que no fuese útil

y provechosa a la dicha Comunidad...344

El testimonio de Alonso Ortiz es especialmente interesante porque era jurado, y, como

tal, estaba en contra de la Congregación, por mucho que lo disimulase durante la revuelta para

no sufrir represalias.

Viéndose sustituidos en sus funciones por los diputados parroquiales, los jurados dieron

poder a su compañero Nicolás de Párraga, el 19 de mayo de 1521, para que les representase

en todas sus demandas, y para que pidiese la “anulación de las prerrogativas” de los

diputados, a quienes consideraban “los causantes de los desasosiegos”345. No en vano, ciertos

jurados intentaron oponerse en principio a los comuneros, uniéndose al corregidor Antonio de

Córdoba. Así lo decía el jurado Francisco Ramírez de Sosa346:

...como vio que la maldad en que andaban crecía, importunó [a] algunos jurados para que se juntasen en su Cabildo para ir a favorecer a la Justicia. Y que se juntaron los jurados de la dicha ciudad en su cabildo, y de allí salieron con acuerdo de ir a favorecer al corregidor de la dicha ciudad. Y siendo que iban, oyeron la grita de la gente cómo ya se levantaba la dicha ciudad, y que todavía fueron a casa del dicho corregidor y se ofrecieron a él. Y que luego, desde a poco, este testigo se paró a una ventana, que está de cara a la iglesia mayor desde las casas del dicho corregidor, y vio cómo traían al alcalde mayor a trompicones por le librar de la gente. Y luego dijeron que habían prendido al alguacil mayor, Pedro del Castillo, y lo metieron en la iglesia mayor y lo quisieron matar. Y que cargó la gente de la Comunidad hacia la puerta del corregidor debajo de las ventanas de su casa y comenzaron a dar voces, y gritos y alaridos, diciendo: “¡Comunidad, Comunidad!, ¡Libertad, libertad!”. Y que esto decían los cardadores y zapateros [...] se salieron juntos por una puerta falsa del dicho corregidor. Y que después se supo cómo el dicho corregidor fue muy maltratado, y le quitaron la vara y se la tornaron a dar por la Comunidad...

Los acontecimientos sobrepasaron la capacidad de actuación de los jurados. Aunque un

grupo de ellos intentara resistir a los alborotadores, pronto se dieron cuenta que no iba a ser

posible actuar como lo habían hecho en sucesos precedentes, como el de finales del año 1506,

cuando su labor fue fundamental para que Toledo se mantuviese en una calma relativa. Otro

de los jurados, Juan Sánchez de San Pedro, se lamentaba diciendo347:

...en todas las parroquias de la dicha ciudad hicieron diputados para sus propósitos,

sin tomar parecer de ninguno de los jurados que son en esta dicha ciudad, sino antes contra ellos y contra sus oficios [...] en todas las parroquias se hicieron los diputados sin dar parte a jurados ni a otras personas [...] de esta manera hicieron su Congregación, y tenían su

343 Idem, p. 354. 344 Idem, pp. 345-348. 345 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 153-154. 346 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 186-187. 347 Idem p. 342.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1705

escribano y gobernaban la dicha ciudad sin que ningún regidor, ni jurado, ni caballero ni otra persona de buena intención entendiese entre ellos. Y que de allí mandaban hacer fieles ejecutores y otros oficios de la dicha ciudad. Y que lo que ellos mandaban se hacía y ponía por obra. Y que mandaban en sus parroquias que no hiciesen jurados conforme a los privilegios, y uso y costumbre, salvo que hubiese diputados como los había y jurados añales, y no de otra manera...

Este testimonio evidencia la complicada situación de los jurados. Los comuneros pedían

o bien que desapareciese su Cabildo, siendo sustituido por la Congregación, o bien que los

jurados actuasen como ésta última -representando de verdad a sus parroquianos-, y fueran

elegidos de forma anual. Esto es algo revolucionario. La existencia del Cabildo de jurados no

se había puesto en cuestión jamás desde que se creará allá por 1422. Ahora no sólo se reclama

que se disuelva en caso de no reformarse, sino que es muy posible que los jurados ni siquiera

se reuniesen durante buena parte de la revuelta. Además, las solicitudes que requieren que los

regidores se acoplen a unas medidas similares a las de los jurados tal vez fueran constantes, lo

que explicaría por qué el Regimiento dejó de reunirse desde junio de 1521348.

Frente a quienes deseaban terminar con las juradurías se encontraban las personas más

moderadas, que requerían que en cada parroquia hubiese diputados y jurados, y que ambos se

encargaran de manera conjunta de defender los intereses del pueblo. Algo que, por otra parte,

en ningún modo era consentido por los jurados, quienes consideraban a la Congregación una

“farsa institucional” que tan sólo buscaba suplantar sus funciones, sin poseer una estructura

organizativa válida para ello. Las reuniones en las parroquias, defendían, eran la más clara

evidencia de ello. Según Alonso Ortiz349:

...cuando alguna cosa se había de hacer en la dicha ciudad que toca al bien de la paz, que entraban una gran copetada de alborotadores con otras gentes civiles, con espadas sacadas y escopetas con mechas encendidas, [...] en el Ayuntamiento, con mucho escándalo, [... a...] estorbar la plática y hacer por fuerza lo que ellos querían; y no solamente hablando en la paz, pero en otras cosas que a ellos se les antojaban hacer de hecho. Y que así se hacía en las parroquias, porque este testigo lo veía como jurado de la dicha ciudad...

Es posible que las reuniones en las parroquias, al menos en los primeros momentos del

levantamiento, a mediados de 1520, y para tratar temas importantes, fuesen multitudinarias. A

pesar de que los documentos que se conservan al respecto son escasos, existe un escrito sobre

una reunión que los parroquianos de San Román hicieron el 20 de abril para suministrar a sus

diputados poder para representarles350. Por suerte, de la parroquia de San Román se conserva

una considerable cantidad de datos sobre las asambleas que sus parroquianos hacían a finales

del siglo XV, cuando estaban en la obligación de votar para elegir a un jurado. Es innegable

348 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 306. 349 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., p. 351. 350 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., doc. 7, pp. 279-281.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1706

que estas asambleas (a las que nos referimos de forma detenida en el capítulo tercero) fueron

básicas a la hora de constituir una base institucional para la Congregación. De hecho, son el

más claro precedente de las reuniones de parroquianos que los diputados de las parroquias

hacían durante las Comunidades. En unas y en otras quienes votaban eran los parroquianos, y

las amenazas y los sobornos acabarían corrompiendo su carácter potencialmente democrático.

El testimonio de Alonso Granizo es esclarecedor351:

...un día, estando en la parroquia de Santo Tomé, llamada por los diputados de ella a campana tañida, sobre cierto auto que querían hacer que, según parecía, era contra los dichos alborotadores; y que, estando juntos, unos decían que se hiciese, que era bien, y otros no; y que sobre esto había gran discordia. Y que entre ellos estaban unos siete u ocho, y se tomaron por las manos y dijeron a voces: "¡Andad acá, pese a tal!. Apártense aquí con nosotros todos los que sois leales, y quédense los enalmagrados; y sabremos los que son enalmagrados o no, y aquí haremos lo que hemos de hacer". Y muchos se apartaron con ellos. Y que algunos de ellos iban más por fuerza que por grado, a lo que cree, porque [a] algunos conocía entre ellos que tenían buena voluntad. Y aún este testigo fue con ellos a la una parte de la iglesia, y se fue a su casa, pero que no vio en lo que paró. Pero que así se hacía [...] a la sazón, porque un diputado que se llama Francisco Álvarez se iba, fueron tras él y le trajeron diciendo que juraban a Dios que si no volvía que le había de costar la vida. y que, de miedo, el dicho Francisco Álvarez volvió...

A la reunión del 20 de abril de 1520 en la parroquia de San Román acudieron hasta 108

hombres. Se trata de un número elevado si lo comparamos con los que acudían a las juntas de

parroquianos que los jurados celebraban a finales del siglo XV, cuando había que votar para

que una nueva persona entrase en su Cabildo. Como se dijo, durante 1483 se celebraron en

San Román dos reuniones para elegir a un jurado. Hasta 148 personas fueron convidadas a la

primera, y 96 a la segunda. Sin embargo, sólo se presentaron primero 50, y luego 38 -sólo 14

de ellas ya habían acudido a la asamblea anterior352-. Teniendo en cuenta que la parroquia de

San Román era una de las más populosas, no deja de ser llamativa esta asistencia tan escasa.

Los parroquianos, por lo que se ve, no tenían mucho interés en elegir a uno u otro sujeto

como jurado. Al fin y al cabo, su papel era nimio. Se limitaban a otorgar su voto en contra o a

favor del candidato elegido por el Cabildo de jurados, pero no podían mantener una postura

propia, ya que las coacciones para que votasen a la persona ya elegida eran constantes. En la

reunión de la parroquia de San Román de 1483, sin embargo, los parroquianos se opusieron a

que Juan Ruiz fuese su jurado, y por eso tuvo que celebrarse una segunda reunión. Aunque no

lograron su propósito -finalmente Juan Ruiz acabó siendo su representante-, tal rechazo era un

hecho extraordinario en la época en que se produjo. Posteriormente, desde principios del siglo

351 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 362-363. 352 A.M.T., A.C.J., D.O. “Actas capitulares (1470-11487). Cuentas, cartas, varios”, caja. 23, reunión del 28 de diciembre de 1483, fols. 198 r-s.f. v.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1707

XVI, va a ser más frecuente que se produzcan complicaciones de este tipo a la hora de elegir a

un jurado, aunque no vienen provocadas por la oposición de los parroquianos, sino por los

sobornos y las amenazas a las que les sometían ciertas personas para que diesen sus votos a

favor de alguien concreto (el criado de algún caballero en muchas ocasiones).

Es muy posible que en las asambleas parroquiales que se celebraron durante la revuelta

de las Comunidades no se convidase a los parroquianos. Serían reuniones abiertas a todos los

hombres mayores de edad -tal vez no sólo a los vecinos, al contrario de las que se realizaban

para elegir a un jurado-, convocadas mediante el tañido de las campanas. Por eso las iglesias

se llenaban; es seguro que en los primeros momentos de la revuelta gracias al fervor que

existía entre la población. Durante el ocaso de la misma, por contra, fue el miedo a verse en el

punto de mira de las críticas lo que hizo que muchos acudieran a las juntas parroquiales. En

todo caso, parece lógico que las reuniones en las iglesias fuesen más multitudinarias que las

celebradas a la hora de poner a un jurado.

Según se dijo, de 15 reuniones que se celebraron entre 1479 y 1486 para nombrar a un

nuevo jurado, el número más alto de hombres que se convidan se da, precisamente, en la junta

que se celebró primero en la parroquia de San Román en 1483, cuando fueron invitados un

total de 148 parroquianos. Sólo se presentaron 50; y 15 de ellos, casi todos conversos, no eran

de los invitados. Normalmente el número de parroquianos que se convidaban iba, en función

del tamaño de la parroquia debería suponerse, de los 50 a los 100 -varía en unos 20 sujetos

por arriba o por abajo como mucho-, pero el número de asistentes, al menos en las reuniones

de las que se conserva información, nunca llegaba a la mitad. En 1484 se convidó a 92

hombres en la parroquia de San Andrés y sólo acudieron 23. En 1486 en San Antolín se

presentaron 12 de 39 convidados; en San Cebrián, en 1482, de 59 tan sólo 20; en San Justo,

en 1480, de 112 sólo vinieron 55; etc. Qué duda cabe, entonces, que los 108 hombres que

asisten en abril de 1520 a la iglesia de San Román señalan una asistencia notable a las

asambleas parroquiales.

Es muy interesante observar, por otra parte, cuáles son las profesiones de los sujetos a

quienes se convida o que acuden tanto a un tipo de asambleas como a otras. De 201 hombres

que asisten o que son convidados a las reuniones de la parroquia de San Román, en 1483, para

elegir jurado a Juan Ruiz, tan sólo conocemos los oficios de 75, el 37,31 %. El conocimiento

es mayor en lo relativo a los 108 asistentes a la reunión de 1520; se conocen las profesiones

de 70 personas, el 64,81 %353.

353 Estos porcentajes no son exactamente los mismos que ofrece Fernando Martínez Gil (La ciudad inquieta..., p. 216), ya que él considera, por ejemplo, que la palabra “Golondrinos” que aparece detrás de algunos nombres

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1708

OFICIOS DE ASISTENTES A LAS ASAMBLEAS PARROQUIALES EN LA IGLESIA DE SAN ROMÁN: 1483 / 1520

CLÉRIGOS Y OFICIALES DEL GOBIERNO URBANO

Oficio Reuniones de 1483 Reunión de 1520 Total

Religioso 3 5 8

Jurado 5 1 6

Regidor 4 0 4

Alguacil 0 1 1

TOTAL 12 7 19

OFICIOS TEXTILES

Oficio Reuniones de 1483 Reunión de 1520 Total

Toquero 5 14 19

Tejedor 2 8 10

Sastre 0 7 7

Sedero 3 0 3

Bonetero 0 2 2

Colchero 0 2 2

Lanero 2 0 2

Trapero 2 0 2

Agujetero 0 1 1

Botero 0 1 1

Calcetero 0 1 1

Pelaire 0 1 1

Rascador 1 0 1

Torcedor de seda 0 1 1

TOTAL 15 38 53

OFICIOS DEL METAL

Oficio Reuniones de 1483 Reunión de 1520 Total

Platero 14 3 17

Joyero 5 0 5

Herrero 1 0 1

Ensayador 1 0 1

TOTAL 21 3 24

OFICIOS RELACIONADOS CON EL COMERCIO

Oficio Reuniones de 1483 Reunión de 1520 Total

Mercader 9 1 10

Escribano 3 2 5

designa un oficio, cuando más bien ha de considerarse como un apellido bastante común entre los pobladores de Toledo. Del mismo modo, una lectura detenida del documento al que él se refiere da cifras un tanto diferentes a las que él señala.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1709

Cambiador 3 0 3

Notario 0 1 1

Corredor 0 1 1

TOTAL 15 5 20

OTROS OFICIOS

Oficio Reuniones de 1483 Reunión de 1520 Total

Albañil 1 4 5

Pintor 3 0 3

Procurador 3 0 3

Barbero 2 0 2

Trabajador 1 1 2

Pedrero 0 2 2

Portero 0 2 2

Anzolero 1 0 1

Carnicero 0 1 1

Carpintero 0 1 1

Casero 0 1 1

Criado 0 1 1

Despensero 0 1 1

Físico 1 0 1

Médico 0 1 1

Panadero 0 1 1

Vaquero de carros 0 1 1

TOTAL 12 17 29

Han de destacarse varias ideas que resaltan de manera evidente en la comparación de las

asambleas de parroquianos de finales del siglo XV con la que hubo en 1520. En primer lugar,

ésta última, la del 20 de abril de 1520, se realizó para que las personas de la parroquia de San

Román diesen poder a sus diputados, Alonso Pérez de la Fuente y Pedro Álvarez de Toledo, y

que así pudieran desempeñar su labor. Era muy importante que asistiese a la reunión una gran

cantidad de individuos, para que el poder concedido se viera lo suficientemente legitimado

como para gozar de validez. No acudir a esta asamblea tal vez se hubiese entendido como una

falta de compromiso con la Comunidad. Por lo tanto, es posible que quienes se reunieron en la

iglesia de San Román en 1520 fueran una representación muy significativa del conjunto de

personas que integraban la parroquia.

Teniendo esto en cuenta, ha de destacarse, en segundo lugar, el hecho de que frente a las

reuniones de 1483, en la “reunión comunera” de 1520 apenas estén presentes los “gobernantes

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1710

oficiales de la urbe”, es decir, los jurados o los regidores. Sólo hay un jurado y un alguacil.

Sin embargo, asisten hasta cinco clérigos; un dato interesante, si tenemos en cuenta que el

clero fue, en buena medida, el promotor de la revuelta. El Cabildo catedralicio, en principio,

hizo que los ánimos se caldearan (como veremos) con sus continuas acciones en contra tanto

de la realeza como de su jurisdicción. Más tarde fueron los clérigos regulares -franciscanos,

dominicos y agustinos-, en concreto sus predicadores, los que procuraron de forma activa que

la llama de la revuelta continuase encendida.

Más del 80 % de las personas que se reúnen en la iglesia de San Román tienen un oficio

de tipo manual. Al contrario que a la altura de 1483, cuando los presentes en el templo para el

nombramiento de un jurado en su mayoría eran mercaderes o plateros, personas relacionadas

con el trabajo refinado del metal -que, como se dijo, tenían una clientela selecta y estaban en

contacto continuo con los oligarcas-, a la altura del mes de abril de 1520 la mayoría de los que

acuden a la iglesia son trabajadores del sector textil, sobre todo toqueros, seguidos de cerca

por los tejedores y los sastres. Los hombres dedicados al trabajo textil en total suman 38, más

del 54 % de los asistentes a la junta. Parece confirmar esto la idea referida por Michael Mollat

y Philippe Wolff al estudiar la agitación social de finales de la Edad Media, y de comienzos

de la Moderna, cuando decían que la misma “comenzó naturalmente allí donde la expansión

económica había sido más precoz [...] en los focos urbanos de la industria textil”354.

Es en relación con esto con lo que hay que poner otro dato realmente significativo. En el

indulto que Carlos I dio a los toledanos, acabada la revuelta, se exceptuaron algunas personas.

Tal y como dice Fernando Martínez Gil, “no hay un solo comerciante mencionado en la lista

de exceptuados. Ello puede dar idea de la citada debilidad de la burguesía o, por el contrario,

de que los que pudiéramos encuadrar bajo este concepto, como, por ejemplo, los mercaderes,

no se identificaron con los objetivos comuneros”. Según dicho autor, no obstante, hay que

tener cuidado a la hora de referirse a este asunto, puesto que desconocemos las profesiones de

la mayoría de las personas exceptuadas en el perdón que se concedió a los comuneros. Así es,

sin duda. Ahora bien, las fuentes conservadas -las listas de personas que se convidan para la

elección de jurados, el alarde de 1503, y el repertorio de los judaizantes reconciliados con la

Inquisición- indican que en Toledo es posible hallar, ya fines del siglo XV, un grupo social al

que algunos autores vienen calificando (así se ha calificado a lo largo de este estudio) con

denominaciones del tipo de “protoburguesía”, o “preburguesía”, que contaba con un notable

peso económico, político, cultural y, también, demográfico. No en vano, ya se ha visto, la

354 MOLLAT, M. y WOLFF, P., Uñas azules..., p. 79.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1711

profesión de mercader es la que aparece señalada con más frecuencia en los documentos.

Sería un error, por tanto, buscar en la sociedad de inicios del siglo XVI a unos burgueses

como los del XIX, sin reconocer el hecho de que la configuración social de Toledo entonces

era de las más “aburguesadas” -hasta donde era posible serlo- de toda Castilla.

De acuerdo con esto, no parece factible achacar a la supuesta debilidad de la burguesía

en la ciudad del Tajo la inexistencia de oficios de mercaderes entre las personas que no fueron

castigadas por sus actos frente a Carlos I. La causa debe ser otra, aparte del desconocimiento

que tenemos sobre las profesiones de muchos exceptuados, claro está... En este sentido, no

debería chocarnos la idea de que los mercaderes toledanos no se implicaran, en buena medida,

en la revuelta comunera. Aunque la documentación aún tiene mucho que decir, posiblemente

estemos ante una revuelta secundada fundamentalmente por trabajadores textiles; los más

numerosos en Toledo al menos desde inicios del siglo XV.

Resulta llamativo que a la reunión de la parroquia de San Román en 1520 sólo acuda un

mercader, y que sea, precisamente, un mercader de seda. A las juntas de 1483, aún acudiendo

un número mucho más reducido de personas, el número de mercaderes que acudían era cuanto

menos notable. Esto viene a confirmar las tesis sostenidas por Joseph Pérez cuando dice que

durante las Comunidades en Toledo (en todo el centro de Castilla) los productores “ganaron el

partido” a los mercaderes.

En fin, la comparación entre las reuniones que se celebraban en las parroquias en torno

a 1485, para nombrar a los jurados, y aquellas que se desarrollan durante las Comunidades,

para dirigir la Congregación, señalan dos cosas; siempre ateniéndonos a los documentos que

al día de hoy tenemos. Primero, que los trabajadores más acomodados (los plateros de San

Román, por ejemplo) quedaron en un segundo plano, al menos en algunas parroquias, frente a

las reivindicaciones de los trabajadores de menor rango: toqueros, tejedores, sastres, albañiles,

etc. Según indica Fernando Martínez Gil, algunos indicios “permiten pensar que una de las

parroquias más activas y radicales fue la de Santiago del Arrabal, la más habitada y con

menor porcentaje de personas acaudaladas”355. Ya lo hemos señalado. La mayoría de la gente

que llegaba a Toledo en busca de trabajo se asentaba en esta parroquia. En ella vivía un buen

número de mozos, criados, peones, aprendices y oficiales, pero también vagabundos, rufianes

y prostitutas. Era el “barrio marginal”, donde habitaban aquellas personas que por sus

circunstancias -muchos de los que allí vivían eran recién llegados a la urbe, y en ella no

contaban con ningún familiar- se sentían más necesitadas de un cambio en su situación.

355 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 213-214.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1712

El segundo aspecto que se desprende de la comparación de las distintas reuniones es el

que se ha referido arriba: los artesanos textiles adquirieron un protagonismo notable frente al

conjunto de los mercaderes. En realidad esto no es extraño. Según pudo verse en el capítulo

anterior, ya en 1512 los tejedores creaban un cabildo para defender sus intereses de manera lo

más eficiente posible, aunque para ello tuvieran que enfrentarse con los regidores. Sin duda,

el origen inmediato de ese organismo institucional “del pueblo” que se constituyó durante las

Comunidades, la Congregación, ha de buscarse en la importancia que desde comienzos de la

década de 1510 adquirieron las cofradías y cabildos existentes y, en especial, los de nueva

creación.

No obstante, si hubiéramos de preguntarnos por qué estas reuniones parroquiales al final

fueron un fracaso, la respuesta tendría que relacionarse con la paz regia. Ciertos parroquianos,

los de clase alta o media-alta sobre todo, pronto empezaron a percibir que la paz que ofrecía la

Comunidad, esa Comunidad radicalizada que existe en Toledo a mediados de 1521, lejos de

ser beneficiosa para ellos, beneficiaba fundamentalmente a las clases bajas o medias-bajas. El

resultado de esto fue una traición; así puede definirse. Una traición a esa “paz comunitaria”

que, por culpa de las circunstancias de guerra que se vivían, no pudo ponerse en práctica, ya

que se vio obligada a estar a la defensiva frente a los traidores, frente a aquellos que apoyaban

la paz regia -de Carlos I-. La institucionalización política que el común apoyaba no tuvo éxito

porque hubo de recurrirse a la violencia una y otra vez. Los obstáculos que se la opusieron

son formidables. Sin embargo, los “comunes” venían organizándose de manera pacífica desde

mucho tiempo atrás, por mucho que sus organizaciones (cofradías, cabildos) nunca plantearan

órganos institucionales de gobierno como los que ahora proponían, al quedarse al margen de

las estructuras de gobierno, normalmente.

******

8.1.2.2.3. Artesanos, lygas e monipodios

Desde que se promulgaran las ordenanzas de paños, en 1511, la conflictividad entre los

artesanos textiles y los regidores no cesó de crecer. El principal motivo eran las veedurías. Tal

y como se vio en el capítulo precedente, los regidores no estaban dispuestos a que los oficios

de veedor de las distintas manufacturas fuesen gestionados por los artesanos, por dos razones:

una teórica, la defensa de un privilegio de la urbe que otorgaba al Regimiento la facultad de

nombrar a los veedores; y otra práctica, pues el control de las veedurías generaba unos

beneficios nada despreciables. Frente a estos intereses los artesanos defendían sus derechos a

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1713

acabildarse, a proceder de una manera autónoma en la defensa de sus metas económicas, y a

acudir a la realeza siendo necesario para salvaguardar sus beneficios y, por extensión, los

beneficios de toda su ciudad. El problema es que tras la muerte de Fernando el Católico, y

sobre todo tras la defunción del cardenal Cisneros, la monarquía, al contrario de cómo estaba

actuando hasta entonces, dejó de apoyar al artesanado.

El Regimiento siguió con sus prácticas contra los artesanos y éstos se vieron solos, sin

recibir ningún apoyo de la corte del nuevo monarca de Castilla; un rey que, para muchos, tan

sólo iba a traer problemas, no sólo políticos sino también económicos. Estaba claro que antes

o después por culpa suya, pues era soberano de otros lugares de la Cristiandad, tendrían que

salir hacia el extranjero riquezas de las tierras castellanas. Los habitantes de éstas, sin ningún

remedio, estaban condenados a empobrecerse.

Cuando murió Fernando el Católico a principios de 1516 los debates entre los regidores

y los artesanos textiles eran continuos. Pasados unos meses, a fines del verano, algunos de los

del Regimiento, junto con ciertos caballeros, acordaron aprovecharse de la estancia en la urbe

de un juez de residencia, Gonzalo Fernández Gallego, para demandar a los tintoreros en su

conjunto. Las acusaciones puestas contra ellos en su demanda fueron de una gravedad

indiscutible. Les acusaban de incumplir lo que se contenía en las leyes de 1511. Al parecer,

afirmaban los demandantes, los tintoreros de la ciudad del Tajo hacían sus tintas con

materiales prohibidos por la ley, con el único objetivo de ahorrar gastos. Por eso las calidades

de las tinturas eran mediocres, y los compradores en más de una ocasión resultaban estafados.

Ante tales acusaciones, se presentaron en la corte dos tintoreros -Luis González y Luis

de Córdoba-, que decían hablar en nombre de todos los de su oficio, defendiendo que no sólo

la acusación vertida en su contra era falsa, sino que los motivos por los que se había realizado

eran despreciables. Los regidores deseaban poner a los veedores de la tintorería y los

tintoreros no lo toleraban, amparándose en lo establecido en las leyes; ésta era la verdadera

causa de la demanda. Sólo la habían puesto para vengarse de los tintoreros. Era mentira lo que

demandaban. Las tinturas eran de buena calidad y no se hacían con materiales prohibidos,

sino de acuerdo a la legislación establecida.

Los regidores, no obstante, aprovechando que el juez de residencia no estaba al tanto de

sus disputas con los tintoreros, advertían éstos, le persuadieron para que hiciese una pesquisa

contra ellos, cuya finalidad sólo era crearles mala fama, y perjudicar sus negocios. Lo malo

era que el juez de residencia les había creído, y, tras recibir cierta información, puso a algunos

tintoreros en la cárcel, y a otros les embargó sus bienes. A tal punto llegó la coacción que

hubo artesanos que se largaron de la urbe con lo que pudieron, temerosos de verse en el

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1714

calabozo. De esta forma, sólo por unas falsas acusaciones, muchos negocios quedaron en el

abandono más absoluto. Los tintoreros reclamaban justicia, y la corte ordenó al juez de

residencia que la hiciera. Corrían entonces las últimas jornadas de septiembre de 1516356.

Poco después los tintoreros volvieron a quejarse ante el Consejo. Habían elegido como

sus veedores, de acuerdo a las leyes, a tres hombres de su profesión: Pedro Ruano, Pedro de

Almodóvar y Juan Terciado. Cuando les presentaron en el Ayuntamiento para que jurasen el

cargo y fueran recibidos por la justicia y los regidores, éstos se opusieron. También se negó el

juez de residencia, a pesar de que todo se había realizado según la ley.

El 2 de octubre de 1516, en nombre de la reina, se ordenó a los gobernantes de Toledo

que dejasen a los tintoreros elegir a sus veedores libremente, siempre que siguieran lo

establecido en las leyes357. No sirvió de nada. El 20 de octubre volvía a escribirse otra carta

ordenando lo mismo358.

Conocedor del apoyo de la realeza, el 22 de octubre Nicolás de Dueñas presentó las

cartas que otorgaban a los tintoreros el derecho de poner a sus veedores en el Ayuntamiento,

afirmando que dichos tintoreros se habían reunido el 16 de octubre en el claustro de la

catedral, donde juraron otorgar los oficios de veedores a quienes creyesen convenientes, y así

lo hicieron. Los tintoreros reunidos en el claustro en concreto eran diez: Luis de Córdoba,

Juan de Cuellar, Fernando Pérez, Luis González, Diego de Alcocer, Pedro de Córdoba, Pedro

de Almodóvar, Juan Terciado, Juan Álvarez y Nicolás de Dueñas. Todos ellos votaron sobre

el asunto, y quienes obtuvieron más votos fueron Pedro de Almodóvar y Juan Terciado359.

Si los tintoreros acordaron celebrar esta nueva reunión con el objetivo de elegir a unos

veedores que fuesen aceptados por el Regimiento, había dos obstáculos indudables a la hora

de aceptarse su forma de proceder: por una parte, frente a los tres veedores elegidos antes

ahora se eligen sólo dos, ambos de los que estaban votados, y de los que, por tanto, no eran

bien vistos por los regidores; por otra parte, no cabe duda que difícilmente el Regimiento iba

a considerar como representativas de las posturas de todos los tintoreros las decisiones

tomadas por diez de ellos. En consecuencia, como no podía ser de otro modo, tanto los

regidores como Gonzalo Fernández Gallego se negaron a aceptar los actos de los tintoreros.

El 30 de octubre de 1516 volvió a ordenarse desde la corte que les permitiesen elegir a

sus veedores360. Dicha orden la presentó el tintorero Nicolás de Dueñas ante el Ayuntamiento

356 A.G.S., R.G.S., 1516-IX, Madrid, 30 de septiembre de 1516. 357 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 2 de octubre de 1516; A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, docs. 301-304. 358 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 20 de octubre de 1516. 359 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 299. 360 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 30 de octubre de 1516; A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 232.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1715

el 5 de noviembre, aunque no fue debatida hasta el día 12. En tal debate participaron Gonzalo

Fernández Gallego, juez de residencia, y su alguacil mayor Juan Collado, además de Antonio

de la Peña, Pedro Zapata, Juan Niño, Pedro de Herrera, Pedro Marañón, Martín Vázquez de

Rojas y Juan Carrillo, todos regidores, y los jurados Alfonso Romero, Francisco Francés, Juan

Ramírez de Bargas, Alfonso Álvarez, Diego de San Martín, Diego de Santamaría, Bernardino

de la Higuera, García de Rojas, Diego Sánchez de San Pedro, Juan Sánchez de San Pedro y

Diego Serrano. Todos decidieron que debía suplicarse la orden, y mandaron a Diego Sánchez

de San Pedro, jurado, y a los regidores Pedro de Herrera y Juan Niño que realizasen un escrito

de respuesta a lo requerido por los tintoreros361; algo que se realizó de forma inmediata.

El 13 de noviembre se hizo pública la contestación del Regimiento a lo que pedían los

artesanos. Según los regidores tres causas desautorizaban a los tintoreros para proceder como

lo habían hecho362:

1. Los dichos tintoreros, afirmaban Juan Niño, Pedro de Herrera y Diego Sánchez

de San Pedro, no fueron ayuntados todos, ni se dio poder por todos ni por la

mayor parte, ni se nonbraron los que dizen veedores por los dichos tintoreros

en conformidad ni por la mayor parte; antes les fue mandado e executado que

mostrasen e presentasen poder ante la justiçia e çibdad bastante, e non lo fan

fecho ni quisieron faser.

2. Según los regidores, las órdenes regias presentadas en el Ayuntamiento sólo se

obtuvieron callando la verdad, porque precisamente los tintoreros que deseaban

poner veedores habían comedido muchas falsedades en sus ofiçios, haziendo

tintas falsas e en todo eçediendo de la premática fecha en rasón del obraje de

los paños, e haziendo entre sý liga e monipodio para poder tener encubiertas

las dichas falsedades. E como vieron que se descubrían e d´ello estava tomada

ynformaçión bastante por la su justiçia d´esta çibdad, e [que] muchos de los

tintoreros avían sydo presos e estavan, como están, acusados, procuraron e

ynventaron los criminosos e culpantes, pensando de se librar e de permaneçer

con sus falsedades, de haser nuevos veedores, no seyendo para ello todos los

tintoreros presentes...

3. Por último, los regidores de Toledo tenían por uso y costumbre inmemoriales el

elegir y nombrar a los veedores de los tintoreros a comienzos del mes de marzo

de cada año. Hasta que no llegara marzo no podía hacerse nada en lo relativo a

361 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, doc. 232, fols. 2 v-3 r. 362 Idem, fols. 3 r-4 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1716

la elección de los veedores, pero ciertos tintoreros criminosos y culpantes, y no

otros, deseaban quitar a los veedores que había, porque en más de una ocasión

les acusaban de no proceder en sus oficios como era debido.

A pesar de esta respuesta de los regidores, el juez de residencia dijo que él, por su parte,

estaba dispuesto a cumplir las cartas de la reina. Los regidores estaban indignados. Con razón

más de uno pensaría que tras el cambio de actitud de Gonzalo Fernández Gallego, quien hasta

ahora estaba con el Regimiento, se escondía alguna orden secreta llegada de la corte en forma

de cédula real. En realidad, la actitud del juez de residencia siempre había sido muy vacilante.

Cuando vinieron las primeras misivas desde la corte ordenando que los tintoreros se pudiesen

reunir y nombrar a sus veedores según las leyes, él lo aceptó, disponiendo esto:

Mando a todos los tintoreros d´esta çibdad, de los paños, que se junten en San

Çebrián luego que este mandamiento les fuere notyficado, en San Çebrián, a nonbrar veedores en el dicho ofiçio conforme a la carta de sus altezas, con aperçibimiento que los absentes serán avidos por presentes, e los que se juntaren los puedan nombrar. Fecho en Toledo, diez e seys de otubre de mill e quinientos e diez et seys años.

Si Gallego luego se echó atrás y se puso del lado del Regimiento sólo fue por la presión

de éste. Más tarde decidió cambiar de postura, y ordenó que lo solicitado desde la corte fuera

cumplido, dejándose mover por nuevas presiones.

Como puede verse, el común aspira a mejorar su situación, lo hace de una manera

organizada, y se muestra terco cuando se topa con algún obstáculo. A veces recibe el apoyo

de los monarcas o de su corregidor frente a los regidores; otras veces no. En todo caso, está

claro que la institucionalización política de los Reyes Católicos no parece estar en peligro, en

un principio al menos, por mucho que el común se organice. Al contrario, tal vez su

organización fuese buena para la paz regia, al permitir que se “canalizara institucionalmente”

el descontento de un número de personas significativo. Nadie pensaba a la altura de 1516, en

definitiva, que organizaciones del tipo del Cabildo de los tejedores, creadas por gente del

común, iban a ser la base de otro tipo de estructura institucional bastante más compleja, la

Congregación, en la que se pasara de la defensa de los intereses económicos del artesanado,

en concreto, a la defensa del derecho del “pueblo” a intervenir en cualquier asunto. Lo que se

percibe hasta 1520 es un artesanado tenaz que, amparándose en las leyes, no duda en hacer lo

posible en defensa de sus derechos, frente a unos regidores ávidos de riquezas.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1717

Así, a mediados del mes de noviembre de 1516 los tintoreros volvieron a reunirse, y

para impedir que hubiese los problemas del pasado congregaron a bastantes personas363; no

sólo a tintoreros, sino también a sus esposas e hijos. No sirvió de mucho. Lo que hicieron fue

ratificar a Pedro de Almodóvar y a Juan Terciado como sus veedores, y el Regimiento volvió

a negarse a tener a tales personas como ocupantes de dichos oficios.

De nuevo vino una misiva de la corte, con fecha 19 de noviembre de 1516, ordenando a

los regidores que aceptasen las elecciones realizadas por los tintoreros si se hicieron conforme

a las leyes364... La presión de los monarcas era tal que los regidores no pudieron resistir.

Conscientes de que tenían todo en contra, acordaron aceptar a los veedores elegidos por los

tintoreros. Sin duda influyó en su decisión el que un nuevo corregidor llegase a la urbe por

esas fechas, el conde de Palma, para sustituir al juez de residencia. Se trataba de un sujeto al

que muchos regidores no veían con buenos ojos. Ahora, por tanto, un problema mucho más

grave amenazaba los intereses del Regimiento. Eso hizo que la disputa con los tintoreros

quedara en un segundo plano. Si bien, por poco tiempo.

Aunque tenía en contra a no pocos regidores -próximos a los Ayala en su mayor parte,

como se vio-, no pudo impedirse que el conde de Palma ocupase el corregimiento. Perdida la

batalla, algunos regidores reabrieron el debate con los tintoreros. Cuando llegó marzo de 1517

y los veedores empezaron a ejercer su trabajo, algunos gobernantes requirieron al corregidor

la instauración de algunos sobreveedores, nombrados por ellos, que vigilaran a los veedores.

Estaba prohibido que se hiciese eso en Toledo y los regidores lo sabían, alegaba el procurador

de los tintoreros, pero el conde de Palma aceptó la propuesta. Finalmente, el 20 de marzo

Juana y su hijo Carlos ordenaron que se cumpliesen las leyes, y que los tintoreros no fueran

perjudicados365.

Apenas vinieron más disposiciones al respecto desde la corte carolina. Una vez fallecido

el cardenal Cisneros, los regidores continuaron con sus prácticas abusivas y los tintoreros con

sus quejas, sin que la realeza mediara en los conflictos. Por si fuera poco, cada vez más todos

los artesanos se mostraban dispuestos a realizar lygas e monipodios, cuando no constituían un

cabildo -el de los tejedores es paradigmático-, para defender sus intereses, no sólo frente a los

363 Los tintoreros que acudieron a ella fueron: Pedro de Olivares, Fernando Pérez de Carmona, Juan de Cuellar, Diego de Cuellar, Alonso de Córdoba, Fernando de Moyano, Juan Terciado, Pedro de Córdoba, Luis González, Juan Álvarez, Luis de Córdoba, Pedro de Almodóvar, Diego de Alcocer, Bartolomé Delgado, Cristóbal de Toledo y Nicolás de Dueñas. 364 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 19 de noviembre de 1516. 365 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 20 de marzo de 1517.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1718

gobernantes urbanos, sino además en contra de los mercaderes, ya que éstos demandaban que

los veedores procedían de forma alegal366.

Se conserva un número muy significativo de demandas de artesanos contra los regidores

en los años que preceden a las Comunidades de Castilla. Los sombrereros, por ejemplo,

acusan al corregidor de Toledo a finales del verano de 1517, en boca de uno de ellos -Alonso

Pérez-, de embargarles ciertos sombreros alegando que no estaban hechos según las leyes,

cuando no debía hacerlo367. A comienzos de 1518 fueron los mercaderes y lenceros toledanos

los que se quejaron, diciendo que el Ayuntamiento les demandaba un tributo ilegal, y no se

atrevían a oponerse a pagarlo porque les encarcelaban368. Ya a mediados de 1519, Fernando

Vázquez advirtió en el Consejo sobre çierta liga e monipodio que diz que hizieron los

tintoreros d´esa dicha çibdad, en que diz que se conçertaron entre sý, que ninguno pudiese

teñir paños e otras tintas que oviesen de hazer sy no a çierto preçio... Esto hacía que los

precios subiesen mucho, afirmaba Fernando, lo que repercutía en perjuicio de la comunidad

de la dicha çibdad369.

Del mismo modo, desde 1516, al menos, se escuchaban voces en la corte que advertían

sobre la existencia en Toledo de un comercio subterráneo e ilegal de productos caros, para no

pagar alcabala; desde sedas370 hasta productos de América (como el palo brasil371). Los

embargos de mercancías en la urbe, en consecuencia, eran habituales, sobre todo tratándose

de paños372, aunque demasiadas veces no se hacían por motivos justificados, lo que además de

causar indignación a los artesanos les cohesionaba, aún más, en la defensa de sus intereses.

La situación de los artesanos y de los mercaderes de Toledo en el período anterior a las

Comunidades, en resumen, es comprometida. Sin embargo, hay una clara diferencia: mientras

que los primeros pueden achacar sus circunstancias negativas, aunque tan sólo sea en parte, al

odioso intervencionismo de los gobernantes urbanos en sus asuntos, los mercaderes solamente

podían quejarse de la impotencia de los regidores a la hora de hacer frente a los fraudes que se

realizaban en las actividades comerciales. En todo caso, el contexto económico de la ciudad y

su entorno parece agravarse por momentos; algo que se magnifica por culpa de los rumores

que empiezan a oírse desde comienzos de 1517. A las ciudades de Castilla vinieron falsas

366 A.G.S., C.C., Pueblos, leg. 20, docs. 237 y238. 367 A.G.S., R.G.S., 1517-IX, Aranda, 18 de septiembre de 1517. 368 A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 25 de enero de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 1 de julio de 1518.. 369 A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Hontíveros, 14 de julio de 1519. 370 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 9 de mayo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 10 de julio de 1518 (hay dos copias de este documento). 371 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 19 de marzo de 1517. 372 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 14 de abril de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1719

noticias sobre desproporcionados tributos que el nuevo monarca pretendía imponer. Según

ellas373:

“...andaban secutores y comisarios en tal y tal parte a catar y mirar los ganados, y los

perros y los otros animales si tenían señales, y que el que hallaban sin señalar llebaban cierta pena: afirmaban que se mandava poner cierta imposición, que la muger que pariese hijo pagase ciertos derechos, y la que pariese hijos los pagase doblados, y que sobre cada pila de baptismo se echase tanto tributo...”

373 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 55.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1720

8.1.2.3. LOS INTERESES ECONÓMICOS Y LA IGLESIA

Las Comunidades de Castilla pueden ser explicadas ateniéndonos a dos tipos de causas:

las políticas y las socio-económicas. Ambas pueden ubicarse en un tiempo corto, poco más de

dos décadas, o pueden retrotraerse (las segundas sobre todo) hasta más allá del siglo XIV,

como Pablo Sánchez León defiende, si nos atenemos al desarrollo que experimenta Castilla.

Según dicho autor -que sigue una metodología de corte sociológico en sus análisis-, desde el

momento en que comienza el proceso de repoblación del territorio sustraído a los musulmanes

de Al-Andalus, la realeza propone unos planteamientos económicos que benefician a una

minoría social, la nobleza, frente a la gran mayoría. De aquí ha de partirse para entender las

Comunidades. Si éstas triunfaron en principio es porque fueron resultado de una alianza: la de

la clase baja de los caballeros, que aspiraba a alcanzar el rango de la alta nobleza, con los

artesanos. Así, dice Pablo Sánchez León, “los descontentos de los artesanos debían agregarse

en alguna medida con las demandas de los caballeros para colocar una ciudad al borde de la

crisis comunera374”. Esto parece evidente; lo difícil es explicar el porqué de la “agregación”

de dichos intereses. El sector bajo de la caballería a lo largo de los últimos siglos medievales

-en Toledo bien representado por los Padilla o los Laso de la Vega- mantuvo un conflicto con

otros sectores que le disputaban su estatus social: los hombres buenos, por una parte, y los

miembros del común con una posición económica acomodada, entre ellos muchos artesanos

(la “pre”o “proto” burguesía), por otra.

Ha de referirse aquí un doble error que se comete con cierta frecuencia. Muchas veces

se exaltan las repercusiones que tuvo la actitud de Carlos I al llegar a la Península Ibérica,

como si con ellas pudiera explicarse todo. En realidad el comportamiento despechado del rey

y su séquito en Castilla tan sólo aceleró un proceso de crisis monárquica que, de igual modo,

a veces se magnifica. Este proceso fue, más que la excusa, la consecuencia. La consecuencia

tanto de la política exterior de los Reyes Católicos, que hizo que tras la muerte de la reina

Isabel los reinos castellanos quedasen en poder de “extranjeros” -así consideraban a su esposo

Fernando-, como de su política interior, que dejó insatisfechos en las urbes a la ricahombría,

porque perdió mucho poderío político; a la media y baja caballería, al perder algunos de sus

mecanismos de enriquecimiento (mercedes regias y ocupación de términos concejiles, o de

otro tipo de tierras, sobre todo); a la “preburguesía emergente”, debido al intervencionismo de

los monarcas en el mercado y a la creación del Santo Oficio, cuando muchos de sus miembros

eran judeo-conversos; y, por último, a la población común, que pudo ver cómo con el paso de

374 SÁNCHEZ LEÓN, P., Absolutismo y comunidad..., p. 229.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1721

los años los reyes dejaban de cumplir sus promesas de justicia y de defensa de los débiles, al

tiempo que los precios ascendían mucho más rápido que los salarios, que los jueces urbanos

se involucraban en todo tipo de abusos, y que los gobernantes procedían de forma negligente,

sin que nadie fuese capaz de impedirlo.

En otras ocasiones, y esto también es un error, la posible alianza entre la baja caballería

y los sectores más destacados del común que se produce en las Comunidades se explica de un

modo superficial. En realidad, ambos grupos sociales no convergieron en sus intereses jamás.

Los caballeros buscaban expulsar de los puestos del gobierno urbano a los ricoshombres para

así mantener una relación directa con la realeza de la que beneficiarse, una vez que la revuelta

hubiese tocado a su fin. Es posible, incluso, que ciertos individuos pensaran en colaborar con

el rey una vez se produjo la revuelta, para así obtener beneficios. Si tenemos en cuenta que los

que más apoyaron a los comuneros en principio fueron oligarcas próximos a los Ayala: ¿acaso

no es esto lo que el conde de Fuensalida había hecho durante los reinados de Juan II y Enrique

IV?. Primero sublevó Toledo y luego la sometió al monarca. Con ello obtuvo el señorío sobre

Huecas, Peromoro o Guadamur de Juan II, después de una revuelta en 1440 -el Ayuntamiento

de Toledo, sin embargo, perdió el dominio sobre La Puebla de Alcocer y Herrera, que quedó

en manos del conde de Belalcázar-, y consiguió el título de conde de Fuensalida, tras la

sublevación del núcleo urbano en contra de Enrique IV en la década de 1460.

Durante las Comunidades, las clases medias y bajas, en general, y los artesanos, en

concreto, no veían con malos ojos que los antiguos dirigentes fueran sustituidos por otros, con

tal que el común pudiese tener capacidad decisoria en el gobierno de la urbe. Esto último es lo

que no gustaba a la baja caballería; como tampoco le gustaba que tal capacidad pudiera

emplearse para proceder de manera autónoma en las cuestiones relativas a la producción

económica. Por eso, si en principio se alcanzó una alianza, ésta empezó a romperse pronto,

pues los caballeros se dieron cuenta que los que más tenían que ganar en un enfrentamiento

contra el rey eran los “comunes”.

8.1.2.3.1. Una época de alzamientos de bienes...

Apenas hay datos que permitan concluir que la situación económica de Toledo era en la

época anterior al inicio de las Comunidades más crítica que en los años anteriores. Aún ha de

investigarse sobre este tema. No obstante, todos los indicios apuntan a que así era. Entonces

se produjo una “desbandada” por parte de los deudores. Como en épocas precedentes, pero si

cabe de forma más notable, un buen número de morosos huirá con sus bienes al interior de

espacios sacros o a lugares de señorío, buscando librarse de pagar sus deudas. Se trata de un

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1722

problema que va a afectar a todos los sectores sociales, y en el que se encuentran implícitos,

sobre todo, los hombres importantes del común; la naciente “clase burguesa”.

El jurado Diego de Santamaría, por ejemplo, se alçó con sus bienes para no pagar 75

fanegas de trigo375. Se trata de un caso más en una problemática que va a acabar generando el

caos en las actividades de compraventa, al menos en la ciudad de Toledo. La inquietud sobre

el futuro próximo es mayor en una urbe en la que, aparte de la violencia, cada día se escuchan

los nombres de personas que abandonan el recinto urbano buscando no caer en la miseria más

absoluta. Enormes préstamos sin pagar, ridículas deudas que no pueden pagarse, desorbitados

tributos que amenazan con destruir a la población, y el hambre, siempre detrás de la esquina,

acorralan a la “comunidad” para hacerla perder la confianza en la paz regia. Nadie la ampara,

ni física ni económicamente. Esta idea explica mucho de lo que sucederá durante la revuelta

de las Comunidades.

Alberto Castillón certificaba que Alonso de Carrión y su hijo Rodrigo se habían alzado,

junto a Fernando Gómez, para no pagarle los 80.000 maravedíes que le debían376. Lo mismo

hicieron Juana Díaz, mujer tratante -una excepción en un oficio, como la mayoría, reservado a

los hombres-, y su criado Francisco Fernández, para no pagar 200.000 maravedíes a García

López, un mercader toledano. Al parecer, los alçados se habían escondido en un monasterio y

en otros espacios sacros377. Las prácticas para evadirse de las deudas eran variopintas, aunque

el posicionamiento bajo algún tipo de amparo físico o jurídico era lo más seguro. El mercader

Alonso Abad, en este sentido, se hizo fraile de la orden de San Juan estando casado, para no

enfrentarse a sus acreedores378.

El jurado Juan Zapata, por su parte, defendía que Diego Sánchez Mayoral, un vecino de

Diezma, se fue a vivir a Layos, pueblo de señorío, sólo para no pagarle unas deudas379. Un tal

Gonzalo de Mejía, del mismo modo, afirmaba que salió como fiador de Fernando Gutiérrez al

arrendar una renta de Toledo. Cuando éste hubo recogido los maravedíes de la renta huyó con

el recaudo, y Gonzalo tuvo que pagarlo380. Diego de la Fuente y otras personas se alzaron con

más de 270.000 maravedíes, y se tuvo que pedir a los jueces eclesiásticos de los arzobispados

de Toledo, Santiago, Sevilla y Granada, de los obispados de Burgos, Palencia, Ciudad Real,

Salamanca, Ávila, Badajoz, Segovia, Sigüenza, Osma, Calahorra, Cuenca, Córdoba, Málaga, 375 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 12 de marzo de 1516. 376 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 13 de marzo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 12 de marzo de 1516. 377 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 13 de marzo de 1516. 378 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 11 de marzo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 5 de noviembre de 1516. 379 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 24 de abril de 1516. 380 A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 7 de mayo de 1516.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1723

Jaén, León, Coria y Cádiz, y de las abadías de Valladolid y Medina del Campo, que jamás les

acogieran en los recintos sagrados, y que si quisiesen entrar les entregasen a los jueces laicos,

para que ellos hicieran justicia381. Como se vio en el capítulo anterior, Diego de la Fuente ya a

comienzos de la década de 1510 tenía serios problemas con las deudas. Por tal motivo llegó a

estar encarcelado, si bien, gracias a una orden de la corte que causó indignación entre algunos

de sus acreedores -como el cambiador Francisco Sánchez, y Lope Sánchez, su hermano-, salió

en libertad382.

También se solicitó la colaboración de los jueces eclesiásticos frente al alzamiento que

hicieron el cambiador Fernando Álvarez de Toledo y el mercader García del Castillo, dejando

a varios acreedores sin cobrar383. Otros mercaderes toledanos que se alzaron fueron Juan de

Acre, Pedro Díaz384, Fernando Álvarez385, Alonso de Toledo386, Alonso de la Torre -en quien

un buen número de mercaderes confiaron sus riquezas, al poseer un cambio importante387-, el

jubetero Juan de Valladolid, Pedro Sombrerero388, Alonso López Jarada389, Fernando de la

Torre, Juan Pérez de Villa Real, Juan de Écija, Pedro Sánchez Cota390, y un largo etcétera. No

hay duda alguna, por tanto, que el contexto económico de Toledo antes de las Comunidades al

menos es muy incierto: contratos laborales que se incumplen; bienes que no se entregan, aún

habiendo sido pagados; cambistas, mercaderes y otras muchas personas que huyendo de sus

deudas desaparecen, sin que nadie sepa donde se esconden; necesidad de dinero para vivir; las

ansias de riquezas de siempre; miedo al préstamo tanto por parte de los acreedores -temen las

posibles repercusiones de una pérdida del capital prestado- como de los deudores -conscientes

de los compromisos adquiridos con el empréstito-... Inseguridad económica, en dos palabras,

una inseguridad avivada por las subidas continuas de precios, y por las alarmantes noticias en

torno al nuevo rey y a su séquito.

Se llegó a tal extremo que los procuradores toledanos en las Cortes de 1518 advirtieron

que muchas personas de su urbe se alzaban con las mercancías ajenas, sin pagar sus deudas391.

No sirvió de nada. En nombre de los monarcas se ordenó que cumpliesen la pragmática

realizada en Toledo el 9 de junio de 1502, en contra de los que se alzaban para no resarcir sus

381 A.G.S., R.G.S., 1516-XII, Madrid, 13 de diciembre de 1516, y 1517-I, Madrid, 10 de enero de 1517. 382 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 3 de marzo de 1517. 383 A.G.S., R.G.S., 1516-XII, Madrid, 10 de diciembre de 1516. 384 A.G.S., R.G.S., 1516-XII, Madrid, 15 de diciembre de 1516, y 1517-I, Madrid, 31 de enero de 1517. 385 A.G.S., R.G.S., 1517-III, Madrid, 3 de marzo de 1517. 386 A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 15 de mayo de 1517. 387 A.G.S., R.G.S., 1517-VII, Madrid, 9 de julio de 1517. 388 A.G.S., R.G.S., 1517-XII, Valladolid, 23 de diciembre de 1517. 389 A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 16 de enero de 1518. 390 A.G.S., R.G.S., 1518-III (1), Valladolid, 16 de marzo de 1518. 391 A.G.S., R.G.S., 1518-III (1), Valladolid, 20 de marzo de 1518.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1724

préstamos, pero no pudo evitarse que el problema siguiera tal cuál. Es más, a raíz de algunas

disposiciones de Cortes, desde la muerte del rey Fernando el Católico se vio agravado por el

desarrollo de nuevos planteamientos para evadirse del pago de las deudas.

En efecto, desde mediados de 1516, sobre todo, algunas personas empiezan a apelar a su

condición hidalga para impedir que sus bienes se expropien por culpa de su endeudamiento.

Según las leyes, señalaban algunos, a los hidalgos no les podían encarcelar por deudas -sólo

los jurados disfrutaban de este privilegio hasta ahora, y solían apelar a él-, y sus viviendas, su

caballo (o caballos), sus armas y otros bienes eran inalienables, salvo en ciertos casos. Fue en

apelación a esto cómo se defendieron de sus deudas muchísimas personas, entre ellas Nicolás

Sánchez392, Juan Pérez de Salcedo, bonetero393, Juan y Sebastián de Lizaranzo394, Francisco

de Páramo “el viejo” y Francisco de Páramo “el mozo”395, Diego Guzón396, Diego de Corral y

Álvaro Melgarejo397, Diego Gutiérrez del Páramo y Fernando del Páramo398, su hijo, Alonso

Tofiño399... Muchos reclamaron su condición hidalga, cuando en épocas pasadas habían

renegado de ella, en no pocos casos, para librarse de algunas de las obligaciones militares que

los monarcas reclamaban a los hombres de dicha condición.

DEUDAS: 1475-1520

0102030405060708090

100110120130140

1475147614771478147914801481148214831484148514861487148814891490149114921493149414951496149714981499150015011502150315041505150615071508150915101511151215131514151515161517151815191520AÑOS

Nº.

DE

CA

SO

S

392 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 15 de marzo de 1516. 393 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 24 de abril de 1516. 394 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 11 de octubre de 1516. 395 A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 18 de noviembre de 1516. 396 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 31 de octubre de 1516. 397 A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 26 de febrero de 1517. 398 A.G.S., R.G.S., 1517-II, Madrid, 12 de febrero de 1517. 399 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 22 de mayo de 1518.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1725

Si hacemos un análisis del intervencionismo del Consejo Real en los asuntos relativos al

endeudamiento, tomando como punto de partida el comienzo del reinado de Isabel y Fernando

y como punto de llegada el año 1520, cuando triunfó la Comunidad, llama la atención, si nos

centramos en los años que anteceden a las Comunidades, el incremento constante del trabajo

de los consejeros entre 1517 y 1519; justo cuando se producen más alzamientos de bienes. Al

parecer, éstos generaban una seria problemática, y los consejeros reales lo sabían. A solicitud

de los que estaban obligados a sufrirla intentaron dar una respuesta coherente, pidiendo una y

otra vez que se cumpliera la pragmática en contra de los alzados de junio de 1502, pero fue

insuficiente. Tal incapacidad para enfrentarse a ciertos asuntos que sembraban el caos en las

relaciones económicas generó enormes descontentos; en realidad, los venía generando desde

finales del siglo XV. En cualquier caso, en 1520, a medida que Toledo se desvincula de la

corte, la actividad del Consejo Real disminuye. Mientras, el problema sigue vigente.

Podría pensarse que, pues las Comunidades acabaron de hecho con el intervencionismo

del Consejo Real en los asuntos económicos, la acción de los comuneros favoreció a no pocos

mercaderes que en los años anteriores a la revuelta habían huido con sus bienes. Tal vez fuese

así en algún caso específico, pero las Comunidades generaron desasosiego, y los mercaderes

tenían claro que esto era peligroso para sus intereses. Además, si muchos mercaderes estaban

alzados por sus deudas, al igual que otras personas, también había muchos que actuaban como

prestamistas, y que vieron cómo sus negocios se iban al traste por culpa de la sublevación.

Por si fuera poco, antes de las Comunidades quienes se alzaban podían hacerlo con unas

mínimas garantías de ser amparados en espacios sacros o de señorío. Durante la revuelta, al

contrario, muchos vieron cómo los alborotadores entraban en los lugares donde tenían alzados

sus bienes y se los robaban, apelando al bien de la Comunidad. En un documento de finales

del mes de septiembre de un año que no se determina, aunque tal vez sea 1521, por ejemplo,

se señala lo siguiente400:

...las nuevas de acá son que está peor Toledo que nunca. Que en esta semana han entrado en los monesterios, ansí de frailes como de monjas, y han hecho cala de todas las haziendas que están en ellos. Y quiebran arcas y cofres, y sacan todo lo que ay en ellos. Y si hallan plata y oro tómanlo todo, y las otras cosas déxanlo depositado en los monesterios por memorial. Ha avido tantos llantos en los monesterios, y han seido tan mal tratadas las monjas, que debajo de las sayas les quitan algunas ropas et joyas que ellas guardavan porque no las allasen. Y quiebran los tabiques donde tenían guardadas las haziendas, y ay grandes burlerías, que dizen muchas palabras a las monjas. Que de sólo ver esto la abadesa de la Conçebçión murió súpitamente. Otras tres o quatro monjas han muerto de miedo de se ver quebrantar los monesterios y entrar con tanto atrebimiento. Todos tienen por mui çierto que todas las haziendas se an de rrobar al cabo...

400 A.G.S., Estado, leg. 9, doc. 88.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1726

Antes de que se llegase a dicho contexto, grupos de mercaderes y cambiadores, y otros

sujetos, se habían quejado en el Consejo Real, exigiendo el pago de las deudas que con ellos

estaban contraídas. Así lo hicieron en marzo de 1516 Fernando Franco, Alonso Garcilópez de

San Pedro, Juan y Gonzalo Sánchez de San Pedro, Pedro Álvarez, Fernando Álvarez, Alonso

de Villa Real, Juan López, los herederos de Gutierre García, y García de Segura401. A inicios

del verano de 1518 fueron Pedro de Castañeda, Francisco de Toledo, Diego de Castañeda,

Francisco de la Puente, Gonzalo de San Pedro y Pedro de Segura402 los que reclamaron algo

similar. El Consejo llevaba ejecutando deudas mucho tiempo, pero era insuficiente.

PRÓRROGAS Y EJECUCIONES (1475-1520)

0102030405060708090

100110

1475147614771478147914801481148214831484148514861487148814891490149114921493149414951496149714981499150015011502150315041505150615071508150915101511151215131514151515161517151815191520AÑOS

Nº.

DE

CA

SO

S

Prórroga Ejecución

Algunos morosos, incluso, llegaron a alzarse dentro de la propia ciudad de Toledo no en

espacios eclesiásticos, sino en las viviendas de los oligarcas. Pedro Jorge, por ejemplo, se alzó

en la casa de doña Sancha, mujer de Garcilaso de la Vega, donde escondió la mayor parte de

sus bienes. Gonzalo de Toledo lo hizo en la vivienda del marqués de Villena, lo que causó

especial indignación403... Si buscar el amparo de un señorío ante una deuda estaba mal visto,

ampararse en la casa de un oligarca en la propia urbe era peor, sobre todo si el oligarca era el

marqués de Villena, una persona que levantaba pocas simpatías.

En fin, pueden ponerse decenas de ejemplos, y todos señalarán lo mismo. Antes de las

Comunidades, dos décadas antes para ser exactos, la estructura económica de la urbe sobre la

que se sustentaban las actividades comerciales empezó a tener fallos, por culpa de la osadía de

las personas que manejaban el dinero. El temor al impago de los bienes o de los préstamos

401 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 9 de marzo de 1516. 402 A.G.S., R.G.S., 1518-VII, Medina del Campo, 8 de julio de 1518. 403 A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 9 de junio de 1517.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1727

adquiridos empezó a hacer mella en una sociedad que cada vez requería mayor dinamismo en

la circulación de capitales, para poderse desarrollar. El endeudamiento se convirtió en un serio

problema debido a las problemáticas que arrastraba consigo, básicamente tres: conflictos entre

los acreedores y los deudores, pérdidas económicas debido a los impagos, y enfrentamientos

jurisdiccionales.

8.1.2.3.2. ...de conflictos jurisdiccionales...

Al igual que los alzamientos de bienes, los conflictos jurisdiccionales son frecuentes en

Toledo desde el comienzo del siglo XVI, y se hacen más intensos en los años que preceden a

las Comunidades, teniendo como protagonistas, casi siempre, a los jueces eclesiásticos. Tal y

como se señaló en capítulos anteriores, en la ciudad del Tajo los conflictos entre los jueces

laicos y los de la Iglesia eran habituales, sobre todo debido a los contratos fraudulentos que no

pocas personas hacían a la hora de vender el grano404. A la altura del año 1516, no obstante,

no parece que haya demasiados problemas con la compra-venta de trigo o cebada (más allá de

los típicos: cobros usurarios de empréstitos405, vetos a la circulación del cereal de unas zonas

a otras406, etc.), sino que son las deudas las que crean mayor tensión. Eso sí, difícilmente se

podrían entender las consecuencias que alcanzaron las deudas que afectaban a una buena parte

de la sociedad si no tuviéramos en cuenta el papel de la Iglesia; del mismo modo que jamás

nos haríamos una idea del porqué de los conflictos jurisdiccionales con los jueces religiosos,

si no los enmarcásemos en un contexto de crisis, notable, en las relaciones Iglesia-monarquía.

Las disputas jurisdiccionales entre los hombres de la Iglesia y los de la Corona siempre

se produjeron en Toledo debido a la fuerza de ambas instituciones, aunque en los inicios del

siglo XVI hubo dos momentos de especial conflictividad, coincidiendo con los dos períodos

en que el cardenal Cisneros desempeñó la regencia en Castilla: uno tras la muerte de Isabel la

Católica, y otro tras el fallecimiento de su esposo.

La mayor crudeza en los conflictos jurisdiccionales, con diferencia, se produjo después

que murió el rey Fernando. Tal vez porque existían muchas dudas sobre el futuro de la realeza

castellana, o tal vez porque la situación política y socio-económica así lo reclamaba, desde el

mes de marzo de 1516 dos hombres de la Iglesia adquirieron un protagonismo muy notable en

la ciudad del Tajo: el vicario general del arzobispado de Toledo, Francisco de Herrera, y fray

404 Aunque la participación de la Iglesia en tales contratos estaba prohibida aún seguía participando a finales de la década de 1510, según testifican muchos documentos: A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, 7 de mayo de 1516; A.G.S., R.G.S., 1516-V, Madrid, (blanco) de mayo de 1516. 405 A.G.S., R.G.S., 1518-III (1), Valladolid, 17 de marzo de 1518. 406 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 12 de abril de 1516.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1728

Francisco de Eván, comendador del monasterio de Santa Catalina -de la orden de la Merced-.

Ambos, sintiéndose fuertes gracias al control del trono de Castilla por el arzobispo toledano,

no dudaron en entrometerse en cualquier asunto que reclamase su ayuda; sobre todo si había

un clérigo de por medio. Francisco de Herrera intervino especialmente en casos relacionados

con el clero secular, mientras que el clero regular quedó bajo el amparo de Francisco de Eván.

Los dos, no obstante, vieron causas de todo tipo de clérigos, e incluso de laicos.

Los conflictos jurisdiccionales no dejaron de crecer desde el año 1513. Como se dijo en

el capítulo anterior, 1513 parece marcar un punto de inflexión. Desde entonces las cosas van a

empeorar en Toledo. Se observa también en las relaciones entre los jueces eclesiásticos y los

laicos. Los enfrentamientos de unos con otros aumentan de manera imparable hasta 1519. En

este año la situación es enormemente tensa, con más disputas que nunca. Jamás, desde que el

trono fue ocupado por los Reyes Católicos, hubo tal cantidad de conflictos. Durante 1520 los

conflictos jurisdiccionales se redujeron, pero fue a costa de una revuelta en contra del rey.

CASOS REGISTRADOS DE CONFRONTACIÓN DE JURISDICCIONES: 1510-1520

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5

10

15

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1520AÑOS

Nº.

DE

CA

SO

S

Como en lo relativo a las deudas, se pueden traer a colación decenas de ejemplos para

ejemplificar lo que supusieron los conflictos jurisdiccionales. Casi siempre éstos estaban muy

relacionados con el impago de un préstamo, o con dificultades a la hora de repartir los bienes

de una herencia. Fernando Álvarez, de este modo, demandó ante el Consejo Real a Francisco

de Herrera, diciendo que como vicario se entrometía en resolver una demanda puesta en su

contra por el canónigo Juan López de León sobre unas propiedades. Según Fernando Álvarez

el caso era “profano”, y el vicario no estaba autorizado para gestionarlo. Los consejeros

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1729

ordenaron a éste que enviase el asunto ante ellos el 10 de marzo de 1516407, si bien hizo oídos

sordos. Se volvió a estipular lo mismo el 12 de abril, y el resultado fue idéntico408. El 10 de

octubre, otra vez más, se ordenó que enviase el caso al Consejo409.

En ningún caso ha de entenderse la terquedad del vicario como extraordinaria. Todo lo

contrario; los jueces eclesiásticos insisten una y otra vez en gestionar las causas que les

solicitan, por mucho que les lleguen misivas de la corte para que no lo hagan. De todos los

casos que podrían traerse a colación tal vez el más “escandaloso” sea el del corregidor mosén

Ferrer y sus hombres.

Si mosén Ferrer tuvo que dejar Toledo se debió, en gran medida, a sus disputas con los

jueces eclesiásticos, en general, y en concreto con el vicario Herrera y con Francisco de Eván.

En el mes de septiembre de 1515 el corregidor y su alcalde mayor fueron excomulgados por

Eván, por culpa de un delito cometido contra un fiel ejecutor por algunos criados de Pedro de

Ayala, hermano del conde de Fuensalida -hombre próximo a Cisneros-, que ellos mandaron

castigar. La excomunión fue continuamente criticada por los gobernantes toledanos, quienes

requerían que se levantase de una forma inmediata; y nadie les escuchó. A inicios de marzo de

1516 llevaban seis meses excomulgados.

Pedro de Ayala era caballero de la orden de Santiago, y Francisco de Eván aseguraba

que él era el conservador de esta orden. Por este motivo, no vaciló en intervenir en el asunto

por más que en nombre de los monarcas le ordenaron que no lo hiciera410. Como no obedecía

ninguna orden que llegase desde la corte al respecto, el 12 de abril de 1516 le advirtieron lo

siguiente: de continuar actuando así no habría más remedio que acusarle de ir en contra de los

jueces de Toledo por aver ellos fecho e administrado justicia, para tenerles fatygados y

maltratados411. Actuaba de forma rebelde contra los hombres del rey; iba contra la paz regia.

En la medida en que la Iglesia interfiriera en la labor de los jueces urbanos la paz de la realeza

estaba siendo cuestionada, estableciéndose una “paz eclesiástica” alternativa a ella. Ni mejor

ni peor, simplemente alternativa. Dicho de otro modo, cuando la Iglesia actuaba en contra de

los jueces establecidos procedía, de manera inaceptable, como un Estado dentro del Estado, y,

por ello, con unas metas propias, y con una concepción muy personal de la paz. Los reyes no

podían tolerarlo.

407 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 10 de marzo de 1516. 408 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 12 de abril de 1516. 409 A.G.S., R.G.S., 1516-X, Madrid, 10 de octubre de 1516. 410 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 6 de marzo de 1516. 411 A.G.S., R.G.S., 1516-IV, Madrid, 12 de abril de 1516.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1730

Desconocemos el delito exacto de los criados de Pedro de Ayala, aunque hay una cosa

que es evidente: aún siendo menor que en los delitos civiles, el intervencionismo de la justicia

de la Iglesia en casos criminales generaba enorme indignación entre los jueces laicos, además

de desconcierto en la “comunidad”. No en vano, la actuación de algunos jueces eclesiásticos

en dichos problemas no sólo produjo conflictos entre mosén Ferrer y la Iglesia, sino que

acabó enfrentando a ésta también con el corregidor que le sustituyó; con Luis Puertocarrero,

el conde de Palma. Es más, los enfrentamientos con éste se produjeron desde el momento en

que tomó posesión del cargo, ya que entonces Cisneros regía Castilla, y no pocos dirigentes

del arzobispado toledano pensaban que esto les concedía una cierta legitimidad al hacer lo que

creyesen oportuno, según sus conciencias, por el bien de los súbditos de los monarcas y -en su

ausencia- del arzobispo de Toledo. Entre aquellos dirigentes del arzobispado que procedieron

así podríamos señalar al propio vicario general, Francisco de Herrera, o a Francisco de Eván,

pero también al canónigo toledano Rodrigo de Acebedo, que estuvo como vicario algún

tiempo (al igual que lo estuvo Alonso López de Torres), o a fray Guillén, juez conservador del

Cabildo catedralicio de Toledo en 1518.

Todos estos hombres mantuvieron una intensa actividad judicial en asuntos relativos a

los clérigos, y también actuaron en causas mere profanas; de ahí que sus disputas tanto con el

corregidor toledano y sus hombres como con otros jueces laicos fueran continuas. Hay que

tener en cuenta, en este sentido, cinco aspectos. Primero: a pesar de ser bastantes los jueces de

la Iglesia que se enfrentaron con los laicos, por encima de todos destaca Francisco de Eván, el

más combativo sin duda. De hecho, en marzo de 1518 se dio una orden para que se presentara

en la corte a dar cuenta de sus actos412, lo que también se pidió al deán de la catedral toledana,

a Carlos de Mendoza413. Segundo, y a esto ya nos hemos referido, los años que preceden a la

revuelta de las Comunidades, 1519 sobre todo, se caracterizan por la existencia de una notable

cantidad de enfrentamientos jurisdiccionales entre los jueces eclesiásticos y los jueces laicos,

o si se quiere entre la Iglesia y el Estado.

Un tercer aspecto a tener en cuenta, sin duda interesante, es el relativo a quienes se van

a ver implicados en esos conflictos jurisdiccionales. Curiosamente, en muchos casos no son ni

mucho menos clérigos seculares414, sino frailes, monjes, conventos o monasterios. Debemos

412 A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 11 de mayo de 1517. 413 A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 10 de mayo de 1517. 414 Por ejemplo, el cura de Casalgodo causó un conflicto entre algunos vecinos de su pueblo y los de Sonseca por cierto grano que compró. El vicario Francisco de Herrera comenzó a gestionar el pleito y los de Casalgordo se quejaron en el Consejo Real, diciendo que la causa era profana, y que el juez eclesiástico les hacía manifiesta fuerça e agravio. Tuvieron que darse varias órdenes para que Herrera dejara de inmiscuirse en el asunto: A.G.S.,

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1731

tener esto en cuenta porque explica, de algún modo, el porqué del apoyo de ciertos frailes y de

otros clérigos regulares a la causa comunera. No sólo apoyaron a la Comunidad por el

conflicto entre el Cabildo catedralicio y Carlos I. Los frailes y los monjes poseían motivos

propios para posicionarse del lado de los comuneros. Para entender tales motivos habría que

partir de las consecuencias que tuvo la reforma de las órdenes religiosas desarrollada en

tiempos de Isabel la Católica, sin el beneplácito de un buen número de clérigos regulares. Aún

a mediados de la década de 1510 existían serios problemas en la reforma del monasterio de

Santa Úrsula, de la orden de San Agustín415, por ejemplo. Se trata, en todo caso, de un tema

sin analizar; al menos en lo relativo a Toledo.

Sí está claro, por contra, que algunas instituciones eclesiásticas ya a principios del siglo

XVI padecen dificultades económicas que intentan paliar como pueden -recordemos las

apropiaciones del quinto de las herencias de los abintestatos que realizaba algún monasterio,

basándose en privilegios y derechos muy cuestionados-, y esto crea problemas que pretenden

resolverse con el apoyo no siempre legal de los jueces eclesiásticos. Las causas de dichos

problemas eran de lo más variadas; desde impagos de diezmos416 hasta asuntos de tierras o de

otros bienes417, pasando por las habituales problemáticas surgidas a raíz de las deudas.

Son estas problemáticas, por otra parte, las relativas al grave endeudamiento, el cuarto

aspecto a destacar. Se trata, sin duda, del asunto que genera mayores dificultades; incluso más

que los asuntos relativos a la posesión de terrenos, a la realización de contratos fraudulentos

de compra-venta de pan en nombre de la Iglesia, y a otros temas con un carácter económico

en que suelen entrometerse los jueces eclesiásticos, a solicitud de una de las partes. Como se

ha dicho, antes de las Comunidades muchas personas endeudadas, al borde de la miseria,

buscan un amparo frente a sus deudas, y la Iglesia se lo proporcionará.

Las acusaciones contra los jueces eclesiásticos con relación a los morosos podían ser de

dos tipos: unas veces les acusaban de intervenir en un pleito a favor del deudor, tratándose de

un asunto que no concernía a sus competencias, y otras de defender el derecho de amparo

eclesiástico cuando quienes se amparaban en las iglesias, monasterios, conventos o catedrales

R.G.S., 1517-VI, Madrid, 17 de junio de 1517; A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 30 de junio de 1517; A.G.S., R.G.S., 1517-VI, Madrid, 25 de junio de 1517; A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 19 de enero de 1518. 415 A.G.S., R.G.S., 1515-X, Madrid, 20 de octubre de 1515; A.G.S., R.G.S., 1515-X, Madrid, 24 de octubre de 1515; A.G.S., R.G.S., 1515-XI, Madrid, 3 de noviembre de 1515 (hay dos cartas sobre el tema con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1515-XI, Madrid, 6 de noviembre de 1515; A.G.S., R.G.S., 1515-XI, Madrid, 8 de noviembre de 1515; A.G.S., R.G.S., 1516-XI, Madrid, 5 de marzo de 1516 (sic). 416 A.G.S., R.G.S., 1516-III, Madrid, 12 de marzo de 1516. 417 Véase, en este sentido, las disputas entre Andrés Cornejo y el monasterio de Santa Catalina: A.G.S., R.G.S., 1517-V, Madrid, 3 de mayo de 1517.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1732

eran los deudores. La ley prohibía dar asilo a éstos en los espacios sacros. Sin embargo, pocos

jueces se mostraban dispuestos a cumplir la legalidad.

El conde de Palma, por ejemplo, siendo corregidor de Toledo, ordenó que sacaran del

monasterio de Santa Catalina y de la catedral a algunos mercaderes que se habían alzado allí

con sus bienes, para no pagar sus deudas. Les sacaron, y de manera inmediata tanto el vicario

general como otros jueces de la Iglesia procedieron contra los gobernantes urbanos, a

solicitud del Cabildo catedralicio418. Se les excomulgó y se puso un entredicho. Acusaron a

los dirigentes de la urbe no sólo por lo que habían hecho, sino por el modo en que lo hicieron.

Se presentaron en la catedral con gente armada, decían, y syn requerir al vicario y juez

eclesyástico, ni le notificar cosa alguna, sacaron de la dicha santa yglesia quatro çibdadanos

que estavan allí retraídos por debdas que devían. Según los eclesiásticos, en el sacar de los

dichos presos de la dicha santa yglesia no se guardó la tenplança e manera que se devía

tener en sacar los dichos alçados. Antes, con mucho escándalo y alboroto, e ynjurias de

muchas personas, lo hizieron, no myrando lo que heran obligados419.

Por culpa de esto Luis Puertocarrero -como Jaime Ferrer años antes- estuvo larguísimos

meses excomulgado, mientras que desde la corte venían misivas regias para que se levantase

la excomunión que eran sistemáticamente incumplidas420. Sucedió en el verano de 1519. Poco

después el conde de Palma tuvo que abandonar el corregimiento. Lo mismo sucede en el año

1516 con mosén Jaime Ferrer. La Iglesia en la década de 1510 se exhibe como una institución

muy poderosa, y con un peso innegable en la vida de la urbe. Esto se debe, sin duda alguna, al

rol que jugó en Castilla durante -y después de- la primera regencia del cardenal Cisneros, una

vez muerta la reina Isabel, y, también, a lo largo -y a continuación- de la segunda regencia del

clérigo, tras el fallecimiento de Fernando el Católico. El cardenal fray Francisco Jiménez de

Cisneros, arzobispo de Toledo, era el hombre más poderoso de Castilla a comienzos del siglo

XVI, detrás de los propios reyes, y su poder, y el prestigio que conllevaba, imbuyó, de alguna

forma, a la Iglesia toledana. De esta manera, cuando entre los años 1510 y 1520 un corregidor

de la ciudad del Tajo tuvo problemas con la iglesia, su permanencia al frente del cargo tuvo

siempre las horas contadas.

Los enfrentamientos entre la Iglesia y el conde de Palma llegaron a tal punto que en una

acción sin precedentes los canónigos catedralicios, furiosos, decidieron romper un acuerdo al

418 A.G.S., R.G.S., 1519-VI, Hontíveros, 13 de junio de 1519.; A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Ávila, 13 de julio de 1519. 419 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 270 r-v. 420 A.G.S., R.G.S., 1519-VII, Hontíveros, de junio de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-VIII, Hontíveros, 9 de agosto de 1519; A.G.S., R.G.S., 1519-VIII, Valladolid, 13 de septiembre de 1519 (sic).

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1733

que habían llegado con el Ayuntamiento, para que éste derrocara los saledizos y balcones de

la urbe que ensombrecían sus calles, aunque los derribos afectasen a las casas de la catedral.

Para hacer pública esta decisión, los canónigos, con mucho escándalo y alboroto, mandaron

repicar las campanas de la yglesia mayor e de las otras yglesias perrochales de nueva

manera, que nunca se avía visto en otros tienpos. Además se pusieron censuras eclesiásticas

en contra de los gobernantes. Cuando esto se produjo, en el verano de 1518, las relaciones del

corregidor con el Cabildo catedralicio eran malas; desde entonces empeoraron más421...

Dejando lo relativo a estos asuntos, en quinto y último lugar deben señalarse los efectos

que trajo consigo la intervención de los jueces eclesiásticos en problemas no de carácter civil,

sino en delitos criminales. Por mucho que este intervencionismo fuese menor, aquellos casos

en los que había sangre de por medio alarmaban bastante más que otro tipo de cuestiones a la

comunidad urbana, sobre todo cuando los delincuentes no eran castigados como debían por la

labor judicial, y de obstrucción pensarían algunos, de la Iglesia. No faltan casos que lo indican

así.

Diego de Meneses, vecino de Ocaña, asesinó a traición a Antonio López, sólo porque su

víctima demandaba justicia frente a él por una tierra. Se trataba de un caso criminal como otro

cualquiera; la Iglesia debía mantenerse al margen. Aún así, Diego reclamó la ayuda de un juez

eclesiástico diciendo que era clérigo de corona, y el juez se la dio422. También fue muy grave

la demanda que se puso contra el vicario Alonso López de Torres. Según defendía el conde de

Palma423:

...un Françisco Ramírez, e Tapia, e Juan de la Xara, todos tres mançebos traviesos e

rrevoltosos, por çierto delito que comentieron (sic) los mandaron prender. E que porque dos alguaziles d´esta dicha çibdad los seguían para los prender, los agoardaron junto con la yglesia mayor. E yendo seguros [los alguaciles, los mancebos] echaron mano a las espadas contra ellos e les dieron muchas cochilladas (sic), e cortaron la vara [de justicia] al uno, e los maltrataron sy non se defendieran. E porque non se pudieron prender, porque se metieron en la dicha yglesia mayor, e se subieron en lo alto d´ella, e por no haser mucho escándalos (sic) e alboroto, no se sacaron. E dis que estando allá retraídos, [los mancebos] se presentaron ante vos [el vicario Alonso López], e que a su pedimento proçedistes contra el dicho corregidor e su alcalde mayor... El hecho de que un vicario defendiese a unas personas acusadas de agredir a alguaciles

de la urbe era alarmante. Era algo que concedía legitimidad a aquellos que osaran no cumplir

las disposiciones de la justicia. Y por si fuera poco, no se trata de un suceso aislado. El mismo

421 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 28 de agosto de 1518; A.G.S., R.G.S., 1518-X, Ávila, 16 de octubre de 1518. 422 A.G.S., R.G.S., 1517-XII, Valladolid, 23 de diciembre de 1517; A.G.S., R.G.S., 1518-I, Valladolid, 25 de enero de 1518. 423 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Medina del Campo, 29 de mayo de 1518.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1734

vicario amparaba a Francisco de Yepes, un hombre que había cometido muchos delitos. De la

misma forma, Francisco de Eván se mostró dispuesto a dar amparo a Bartolomé de Valencia,

quien se concertó con Miguel de Jerez para que matasse una noche al liçençiado Peñalver,

vecino de Toledo. Cuando lo supo el conde de Palma ordenó que encarcelaran a Bartolomé.

Eván, afirmando que el reo era miembro de la orden de Santiago -argumento que utilizaba con

frecuencia-, procedió mediante censuras eclesiásticas contra el corregidor y sus hombres424.

Otro ejemplo. Una noche del mes de abril de 1519, Juan de Medina, hermano de María

de Medina, de hedad de diez e siete años, estaba en una calle junto al arquillo que dizen de

Barrio Nuevo. Hernando Cornejo, vesino de la dicha çibdad, a trayçión e alevosamente le

hirió con una espada, e le dio dos cuchilladas, una en la cara e otra en la cabeça, de que

murió. La qual muerte fue alevosa, porque diz que le sacó con palabras de una casa para le

dar las dichas cuchilladas de que murió425. Cuando iban a proceder contra el agresor dijo que

era clérigo de corona, y el vicario actuó contra el corregidor de la urbe, ordenándole que

sacase al preso de la prisión pública de forma inmediata.

Como se ve, en resumen, en los años 1516, 1517, 1518 y 1519 abundan los conflictos de

carácter jurisdiccional entre los jueces eclesiásticos y los laicos. Los primeros se muestran una

y otra vez dispuestos a intervenir en el tratamiento de las causas que solicitan su colaboración.

No hemos de pensar, sin embargo, en un intervencionismo no fundado y delictivo, sino todo

lo contrario. Cuando los jueces de la Iglesia intervienen es porque creen que hay razones

legales que lo permiten: porque quienes les piden ayuda son religiosos, o porque el asunto

tiene que ver con las instituciones eclesiásticas -sobre todo con su sustento económico-. Sea

como fuere, los jueces eclesiásticos nunca “se llevaron bien” con los jueces laicos antes de las

Comunidades.

Tal vez habría que considerar este tema como otro de esos que evidencian el fracaso del

proyecto de los Reyes Católicos. Su paz nunca triunfó en aquello que respecta a los problemas

jurisdiccionales entre los jueces laicos y los eclesiásticos. Tampoco lo hizo, como dijimos, en

lo que se refiere a la recuperación del término jurisdiccional de Toledo. No obstante, mientras

que en este asunto fue por impotencia (y por necesidad), pues era aconsejable no enfrentarse a

los oligarcas, en lo relativo a la Iglesia la monarquía se muestra enormemente cautelosa. Si en

lo que se refiere a los términos la realeza buscará con una mayor o menor eficacia, con más o

menos entusiasmo, una solución, en lo relativo a la Iglesia no hay un plan definido, y tampoco

hay una implicación cierta.

424 A.G.S., R.G.S., 1518-VIII, Segovia, 28 de agosto de 1518. 425 A.G.S., R.G.S., 1518-V, Ávila, 23 de mayo de 1519.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1735

8.1.2.3.3. ...y de disputas con la Iglesia

Los enfrentamientos jurisdiccionales entre los jueces eclesiásticos y los laicos, y más en

general entre los gobernantes toledanos y la Iglesia (como ya hemos visto, algunos conflictos

llegaron a ser en verdad violentos), sólo pueden entenderse si los situamos dentro del contexto

que el clero vive en Castilla, primero tras la muerte de Fernando el Católico, y después tras el

fallecimiento del cardenal fray Francisco Jiménez de Cisneros.

Se trata de un contexto que se contrapone a sí mismo. Si durante la regencia de Cisneros

el clero castellano, y el de Toledo en concreto, vive momentos de esplendor -con su máximo

dirigente como “rey” de Castilla no hay nada que temer-, cuando Carlos I llega a la Península

y corren los rumores sobre sus objetivos todo empieza a oscurecerse. Cisneros muere el 8 de

noviembre de 1517. Desde entonces los hechos se precipitan. El 11 de noviembre se hace

pública ante el Cabildo catedralicio la noticia del fallecimiento426; el 13 se acuerda que las

honras fúnebres por el cardenal sean como las que se hacían a los monarcas427. Mientras, el

rey ordenaba a Luis Puertocarrero, al corregidor toledano, que con diligencia comprobara qué

hacían los canónigos, y procurase que la jurisdicción regia no fuese menoscabada. Esto es lo

que le ordena el 10 de noviembre. Además, el conde de Palma iba a encargarse de poner las

fortificaciones del arzobispado bajo la tutela de unos alcaides del monarca, advirtiendo al

Cabildo catedralicio que no hiciera nada en contra de la legalidad durante los meses de la sede

vacante428. Incluso el rey escribió unas misivas a los canónigos ordenando que no postularan a

ninguna persona como arzobispo429. El licenciado Herrera, alcalde de la corte, acompañaría al

conde de Palma en su trabajo430.

El mismo 11 de noviembre de 1517, cuando se hizo pública la muerte de Cisneros, ya se

produjo un primer escándalo. Nada más comunicar a los canónigos la noticia se les presentó

una carta del rey, en la que se les ordenaba que ellos mantuviesen como alcaide de la torre de

la catedral a Francisco de Tamayo, el hombre que hasta ahora ejercía el oficio. Los canónigos

no lo aceptaron. Es cierto que cuando la mitra arzobispal quedaba vacante las fortalezas de la

misma -entre las que se encontraba la torre de la catedral- debían quedar bajo tutela de los

reyes, pero no había que precipitarse.

El 11 de noviembre el Cabildo estuvo reunido hasta bien tarde. Ya estaba anocheciendo

cuando levantaron la sesión. No sabemos lo que discutieron entonces, pero todo indica que los

426 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 11 de noviembre de 1517, fol. 142 r. 427 Idem, reunión del 13 de noviembre de 1517, fol. 143 r. 428 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 153 r. 429 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 153 r; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r. 430 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1736

canónigos acordaron oponerse a la orden del rey. Ellos, sin embargo, siempre negaron esto.

Los canónigos decían que sólo estuvieron gestionando el modo de celebrar el funeral de

Cisneros, y que lo que hizo su compañero Pedro de Mendoza fue una iniciativa privada. Las

actas de la reunión, tan reservadas como siempre, aclaran poco431:

En honze días del mes de novienbre de mill e quinientos e diez e syete años, estando

los señores deán e Cabildo ayuntados en el cabildo, a la hora de las çinco, después del mediodía, [el] alcalde mayor presentó a los dichos señores deán e Cabildo una letra de la reyna e del rey, nuestros señores, por la qual escrivía su alteza, e parescía por ella ser fal[l] esçido el cardenal don fray Françisco Ximénes de Cisneros. E por los dichos señores vista la dicha letra, dixeron que pronunciavan e pronunciaron por vaco el dicho arçobispado de Toledo, por fin y muerte del dicho cardenal don fray Françisco Ximénes.

Ytem; ordenaron que se fagan las onrras luego por el cardenal a costa suya, e que el señor deán dé los dineros para ello. El Cabildo quedó de sacalle a paz e a salvo, e que sean en ello los mayordomos...

Nada más salir de donde se habían congregado, el canónigo Pedro de Mendoza -tal vez

a solicitud de sus compañeros- dijo a Diego Gómez, un alcalde de la urbe que paseaba por las

inmediaciones de la catedral: “Andad acá. Vamos al alcaide, a decille la manera que ha de

tener en el tañer por el cardenal”432. Según Diego, que dio su testimonio en la pesquisa que el

licenciado Alonso de Salvatierra, alcalde mayor del conde de Palma, hizo sobre el asunto, él y

Mendoza se marcharon hacia la torre catedralicia. Al llegar el canónigo llamó a la puerta, y el

alcaide bajó a abrir. Cuando la puerta se abrió Mendoza dijo a Diego Gómez: “Asentad, como

escribano de la obra, que requiero al alcaide que está presente que me entregue luego las

llaves de la torre, e la torre, en nonbre del Cabildo”.

El alcaide, Francisco de Tamayo, respondió que no podía hacerlo, y que deseaba ir en

persona a hablar con el Cabildo. Dicho esto, se retrajo para cerrar la puerta de la torre. Pedro

de Mendoza, no obstante, no se lo permitió. “¡Non!, que essa ruindad bien os entiendo; que

non cerraréys la puerta”, le dijo, ante de insistirle: “Vos me daréys las llaves”. Sin hacer caso,

el alcaide se metió dentro de la fortaleza y cerró la puerta, al tiempo que el canónigo Pedro de

Mendoza salía corriendo, dando voces. “¡Las llaves!, ¡las llaves!”, gritaba. Cuando estuvo al

lado de Diego le dijo, jadeante: “¿Qué os paresçe Diego Gómez?; que ha echado mano a la

espada para mí”.

Según el testimonio que Diego Gómez dio al alcalde mayor, él nunca vio que el alcaide

sacase la espada. También aseguró que nadie dio ayuda a Mendoza, y que mientras sucedía la

discusión entre el canónigo y el alcaide estaba presente Alonso Núñez de Mora.

431 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 11 de noviembre de 1517, fol. 142 r. 432 A.G.S., D.C., leg. 40, doc. 4.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1737

Éste, Alonso Núñez, tampoco sabía lo que Pedro de Mendoza iba a hacer, como no lo

sabía Diego. Cuando se acercaban a la torre se toparon con el capiscol, y preguntó al canónigo

que dónde iba. Le respondió que a decir al alcaide cómo debía tañer las campanas por la

muerte del cardenal Cisneros. El capiscol -el socapiscol pone a veces- le replicó que ya se lo

había explicado él, que se volviese. Pedro de Mendoza, aún así, dijo que no, que deseaba

decirle algunas cosas. Al parecer, decía Diego Gómez, nadie estaba al tanto de las intenciones

de Mendoza, aunque en las cercanías de la fortaleza se encontraban el doctor Núñez y Pedro

Jiménez, entre otros.

Salvatierra interrogó también al doctor Núñez. Aseguró que el 11 de noviembre, por la

tarde, había hablado con el alcaide de la torre de la catedral y con un clérigo al que llamaban

Ruano. El alcaide le dijo que le habían traído una cédula del monarca para que tuviese la torre

Torre de la catedral de Toledo vista desde la base

Torre de la catedral de Toledo vista desde la entrada a la plaza denominada del Ayuntamiento y de la catedral, donde está la puerta del Perdón del templo catedralicio, su puerta principal

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1738

en su nombre. El doctor Núñez, aseguraba él mismo, le advirtió que debía comunicárselo a los

canónigos para que la cumpliesen. Le contestó entonces el alcaide que antes de que el alcalde

mayor le notificase la cédula el capiscol había venido a llamarle para que se presentase ante el

Cabildo. Reafirmándose en su postura, el doctor le dijo que hiciera partícipes a los canónigos

de la carta del rey. Estaban en esta conversación cuando llegaron el canónigo Pedro de

Mendoza, Diego Gómez, alcalde ordinario de la urbe que venía como escribano de la obra de

la catedral, Pedro Jiménez, el clérigo Pedro Pérez y otros.

El canónigo dijo al alcaide que, en presencia de Diego Gómez -quien estaba más atrás, y

no hizo ni dijo nada-, le entregase la torre. El alcaide dijo que quería hablar con los canónigos

primero. Se metió un poco dentro de la torre, disponiéndose a cerrar la puerta. Mendoza entró

tras él, agarró al alcaide y le dijo que no lo hiciera. Entonces el alcaide volvió la cabeza, y vio

a los acompañantes del canónigo y a éste mismo marcharse. Según el doctor Núñez, Mendoza

dijo algo así como: “¡Bien, basta!”, o “¡Bien está!”. Luego se acercó a donde estaba el alcaide

y le encontró envainando una espada. Decía que no hallaba la llave de la torre en ningún sitio,

que creía que Pedro de Mendoza la había robado. Por lo demás, no parece ni que los

acompañantes del canónigo le favorecieran en algún momento, ni que llevasen armas.

Pedro Jiménez también se encontró presente. Según él, el canónigo Mendoza ordenó al

alcaide que le diese las llaves de la fortaleza, ya que el Cabildo así lo mandaba. El alcaide dijo

que no, que él mismo se las llevaría a los canónigos. Mendoza insistió; dijo que primero se las

diera, y que luego juntos se las darían al Cabildo. De nuevo, el alcaide, Francisco de Tamayo,

se negó, y entró en la torre. El canónigo fue detrás de él. Pedro Jiménez no pudo ver lo que

pasó dentro de la torre, pero tal vez se pelearon -debieron andar asidos, dice-, porque vio

cómo Mendoza se quejaba, diciendo que el alcaide había sacado la espada. Entonces, el

alcaide cerró la puerta de la fortaleza, diciendo que la tenía en nombre del rey.

Este testigo también refirió algo interesante: uno de los que acompañaban a Pedro de

Mendoza era Juan de Ayala, un clérigo. ¿Se trata de un hombre de los Ayala, de ese linaje que

había estado cerca de Cisneros, y que iba a oponerse a Carlos I, en su inmensa mayoría?. ¿Su

presencia al lado del canónigo ratifica su acción?; una acción, en el fondo, en contra de Carlos

I. Que estamos ante uno de los primeros actos de desobediencia del Cabildo catedralicio a su

futuro rey es evidente. ¿Podemos hablar también de uno de los primeros posicionamientos de

alguien de los Ayala en contra del monarca?. Cualquier respuesta no sería más que producto

de la especulación. Aún así, la presencia de Juan de Ayala es muy sugestiva.

El alcaide también declaró ante Salvatierra. Dijo que primero le notificaron una cédula

del monarca para que tuviese la torre de la catedral como alcaide, y luego le dijeron que se

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1739

presentase ante el Cabildo catedralicio. Se disponía a presentarse ante los canónigos cuando él

vio a mucha gente con uno de ellos: Pedro de Mendoza. Éste le asió por un dedo pulgar, y le

dijo que le entregara la torre con sus llaves. Francisco de Tamayo le contestó que antes debía

ir a exponer algo a los canónigos. Mendoza dijo que no era necesario, que estaba ahí de su

parte. Mientras, le seguía sujetando por el pulgar. Viendo esto, el alcaide dijo al canónigo que

iba a entregarle las llaves. Le soltó el dedo y él intentó meterse en la torre, cerrando las

puertas. Mendoza no se lo permitió. Entró en la fortaleza -solo tres o cuatro pasos- tras él, y el

alcaide, para defenderse, echó mano a la espada. El canónigo se fue huyendo inmediatamente,

y Francisco gritó entonces que tenía la fortaleza en nombre del rey.

Por lo que indican todos los alegatos, ningún testigo sabía si Pedro de Mendoza actuaba

por orden del Cabildo. Las actas de éste del 11 de noviembre tampoco advierten que los

canónigos ordenasen a su compañero ocupar la torre de la catedral. Es más, en ellas no se dice

que se presentara la carta del rey para que Tamayo la tuviese. Al parecer, los canónigos no

conocían el asunto. Sin embargo, las actas no son fiables. Hay datos que en ellas no se señalan

a propósito, tal y cómo se ha dicho en varias ocasiones.

Resulta muy extraño que en nombre del monarca el alcalde mayor comunicase a los

canónigos que el cardenal Cisneros había muerto, y que no les diese unas órdenes mínimas

sobre lo que el rey esperaba de ellos; más si tenemos en cuenta que el mismo alcalde ordenó

al alcaide de la fortaleza catedralicia, también de parte del monarca, que tuviese esa fortaleza

en tanto que delegado del rey. ¿Por qué el alcalde mayor no iba a decir ante el Cabildo que el

alcaide de la torre de su iglesia debía ser Francisco de Tamayo?. No hacerlo sólo podía traer

problemas, y en verdad los trajo. ¿Estamos, pues, ante una negligencia del alcalde mayor, o es

más correcto pensar que los canónigos lo conocían todo, y actuaron contra Carlos I, aunque

las actas de sus juntas no lo señalen?. ¿Qué buscaba Pedro de Mendoza?. Es fácil responder a

estas cuestiones: el Cabildo catedralicio desobedeció al rey.

El monarca había escrito varias cartas en nombre suyo y de su madre, la reina Juana, el

9 de noviembre de 1517. Unas doce iban dirigidas a los alcaides de las fortificaciones. Dos de

las mismas a los alcaides, en general, para que ejerciesen sus labores en nombre del rey433, y

hasta diez, con este objetivo, a cada uno de los alcaides de una manera individualizada: a los

de las torres de la catedral434 y de Puente del Arzobispo, y también a los de las fortalezas de

Talavera, Illescas, Uceda, Brihuega, Alcalá la Vieja, Santoraz, Almonacid y La Casería de

Alcalá. Otra carta era para el deán y los canónigos de Toledo; para que no hiciesen nada

433 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 150 v y 152 r. 434 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 153 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1740

contra el patronato real en la sede vacante435. Desde luego entregar la torre catedralicia a un

canónigo era algo en contra de dicho patronato. A los monarcas les correspondía la tutela de

las fortalezas del arzobispado cuando no hubiese un arzobispo para controlarlas.

También se enviaron misivas a los consejeros reales, y en concreto a los hombres más

importantes del Consejo: Guillermo de Croy, señor de Chièvres, al que se ordenó que viniese

a Toledo lo antes posible436; el arzobispo de Granada; y el obispo de Ávila437. A todos los

mayordomos, contadores, camareros, secretarios y demás oficiales del arzobispo Cisneros se

les ordenó que mantuviesen los bienes de éste bajo secuestro, hasta que se determinara lo que

debía hacerse con ellos438. Incluso se dispuso que el corregidor de Toledo y otras autoridades

del arzobispado pregonasen que las propiedades de Cisneros quedaran embargadas hasta una

nueva orden439. Todas las precauciones eran pocas. Había que hacer lo necesario para amparar

la hacienda del hombre más poderoso de Castilla; entre otras cosas porque desde meses atrás

contaba con heredero. Algo que los canónigos toledanos no sabían. Apenas murió Cisneros,

desde la corte de Carlos I empezaron las gestiones para poner en práctica un plan diseñado al

menos desde abril de 1517440...

El 12 de noviembre de este año los canónigos comenzaron las gestiones en torno al

gobierno de la sede vacante. Ni una mención a lo ocurrido el día 11 en sus actas; es como si

Pedro de Mendoza jamás hubiera hecho nada respecto a la posesión de la torre de la catedral.

Los cargos del arzobispado fueron repartidos por consenso entre los canónigos y el deán, y se

puso en cada oficio a quien se consideró oportuno441. Mientras, en nombre del rey se escribían

dos cartas: una para el Cabildo catedralicio, ordenándole -tal vez porque hasta la corte llegó la

noticia de lo acontecido el 11 de noviembre- que no se entrometiera en ningún tema relativo a

la torre de la catedral ni a las otras fortalezas442; y otra advirtiendo sobre el envío de Fernando

Gómez de Herrera, alcalde de la corte, a la ciudad del Tajo, para gestionar los problemas de la

sede vacante443. Estaba previsto que viniera a Toledo Guillermo de Croy. Sin embargo, hubo

personas que lo desaconsejaron. En la urbe los ánimos estaban calientes, y tener a un

435 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 151 v. 436 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 151 r. 437 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 151 r. 438 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 151 v. 439 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 153 v-154 r. 440 El 10 de diciembre de 1517 también se escribieron cédulas para el conde de Palma y el Cabildo catedralicio ordenando lo que habían de hacer durante el tiempo de la sede vacante: A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 153 v; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 153 r. 441 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reuniones del 12 y del 13 de noviembre de 1517, fols. 142 r-143 r. 442 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 156 v-157 r. 443 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 157 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1741

extranjero gestionando el arzobispado sólo podía empeorar la situación. Más si tenemos en

cuenta que en la corte carolina estaba dispuesto que un familiar de Croy, de idéntico nombre,

fuera el sustituto de Cisneros.

La principal misión de Fernando Gómez de Herrera era secuestrar los bienes que tuviese

Cisneros, para que nadie los derrochara de forma indebida444. Se enviaron cédulas reales a las

personas que controlaban el arzobispado informando de la llegada de Herrera y de su labor445.

Iba a ir acompañado por dos alguaciles de la corte, Diego Negral y Blas Vallejo, y llevaría el

poder suficiente como para actuar libre de coacciones446.

El 3 de diciembre se pidió al conde de Palma, al corregidor de Toledo, que diera la

ayuda necesaria a Fernando Gómez de Herrera para poder cumplir su trabajo, consistente, en

términos generales, en tres cosas: colocar todas las fortalezas del arzobispado toledano bajo la

tutela de Carlos I; impedir que el Cabildo de la catedral hiciese algo en contra del derecho del

rey a poner a alguien de su conveniencia como arzobispo; y amparar la riqueza del prelado de

Toledo, para que fuese heredada por su sucesor de forma íntegra447. De todo esto se informó a

Herrera448, al Cabildo449, a los dirigentes toledanos450 y a los alcaides del arzobispado451.

El 8 de diciembre de 1517 Luis Puertocarrero mostró a los canónigos la carta de Carlos

I, en la que les pedía que no postulasen a nadie como titular a la mitra arzobispal de Toledo452.

Sólo dos días después Herrera presentaba una carta en el Cabildo catedralicio para poner bajo

secuestro todos los bienes de Cisneros453. Al tiempo que esto se produce, dos rumores

empiezan a cundir entre los canónigos: unos dicen que el monarca va a situar como arzobispo

a un extranjero; otros, basándose en informaciones muy fundadas, advierten que en la corte se

proyecta una división del arzobispado de Toledo en dos partes. De ser verdad dicha

advertencia, demostraba que Carlos I pretendía realizar eso que los Reyes Católicos no fueron

capaces de poner en práctica nunca, aunque lo desearan siempre. El arzobispado toledano era

444 A.G.S., R.G.S., 1517-X / XI, Tordesillas, 12 de noviembre de 1517 (hay dos documentos iguales) 445 Al secretario Baracaldo (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 157 r), al corregidor de Toledo (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 157 r), a los contadores, mayordomos, camareros, etc. de Cisneros (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 157 v), al deán y a los canónigos de la catedral de Toledo (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 157 v), a los testamentarios de Cisneros (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 157 v-158 r), al obispo de Ávila (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fols. 158 v-159 r), al Regimiento de Toledo (A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 159 r-v), etc. 446 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 159 r; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 159 v. 447 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 217 v-218 v; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 40, fols. 84 r-v y 90 r. 448 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r. 449 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r. 450 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 v. 451 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 219 r-v. 452 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 8 de diciembre de 1517, fol. 147 r. 453 Idem, reunión del 11 de diciembre de 1517, fol. 147 v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1742

enorme, y su arzobispo demasiado poderoso. Cuando falleció Pedro González de Mendoza los

rumores sobre una posible división del arzobispado fueron constantes, pero Isabel y Fernando

se encontraron con el rechazo más firme de los canónigos. Ahora sucederá lo mismo.

Los canónigos dijeron a Luis Puertocarrero que estaban en contra del modo de tramitar

el asunto de la sede vacante que proponía Carlos I, y que estaban dispuestos a seguir haciendo

lo que habían hecho hasta ahora. Alarmado, Puertocarrero envió una carta a la corte. El 13 de

diciembre se contentó al corregidor toledano, diciéndole que insistiese en lo dispuesto en

nombre del rey, y que advirtiera a todos los canónigos que quienes se opusiesen a las órdenes

regias serían castigados454.

Los primeros a castigar iban a ser los canónigos que más se enfrentaron al monarca:

Juan Ruiz de Ocaña455 y Pedro de Mendoza, el que se había peleado con Francisco de

Tamayo por culpa de la torre de la catedral456. Por contra, se prometieron mercedes por sus

servicios a Carlos I tanto al conde de Palma457 como al deán catedralicio458, a los dirigentes

toledanos459, y, en concreto, al regidor Juan Carrillo460. No sirvió para nada. Pronto llegaron a

la corte noticias sobre la actitud rebelde del Cabildo de la catedral. Algunas personas hicieron

derribar parte de los aposentos que el arzobispo Cisneros poseía en el claustro de la iglesia

mayor, echando a dos capellanes que habitaban allí. Además se llevaron las armas que había

en ellos, y cerraron las puertas del templo. La catedral quedó aparentemente fortificada. Se

trataba de un suceso de mucho escándalo, y de una advertencia: los ánimos del clero en la

ciudad del Tajo estaban muy calientes.

El 9 de enero de 1518 hubo una reunión del Cabildo catedralicio para discutir en torno a

las posturas a tomar ante los potenciales deseos de “deshacer” el arzobispado461. Se acordó -lo

contrario sería impensable- que los canónigos se mantuviesen unidos frente a las iniciativas

de este tipo. Este dicho día, señalan las actas de la institución, cometieron a los señores deán,

e maestrescuela, e Luis Dávalos e Diego López, o la mayor parte d´ellos, que platiquen en lo

que se dize de la división del arçobispado, e çerca d´ello provean lo que vieren que conviene.

Los canónigos diputaron a éstos para que definiesen una estrategia a seguir462. Los clérigos de

454 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 222 v-224 v. 455 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 226 v. 456 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 39, fol. 170 v. 457 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fol. 248 r. 458 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 226 v-227 r. 459 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 248 r. 460 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 37, fols. 219 v. 461 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 9 de enero de 1518, fol. 149 r. 462 Idem, reunión del 9 de enero de 1518, fol. 149 r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1743

la catedral estaban a la defensiva, por lo tanto, en el momento en que llegó a su conocimiento

algo que estaban temiéndose.

En marzo de 1518 vino la comunicación oficial del papa: Guillermo de Croy, sobrino

del señor de Chièvres, iba a ser el nuevo arzobispo de Toledo463. Lo más indignante era que se

preparaba tal nombramiento desde abril de 1517, sin que los canónigos de Toledo tuviesen la

menor noticia. Incluso se nacionalizó al cardenal de Croy para hacerle arzobispo toledano, al

igual que a otros flamencos y borgoñones que ocuparon oficios destacados en Castilla464. Sólo

era un joven de veinte años de edad, y, por si fuera poco, con el beneplácito del papa, de León

X, se llegó a una concordia para que cuando Croy falleciese el arzobispado fuera dividido.

Nada iba a frenar ya las críticas de los canónigos. El 31 de marzo se comunicó al conde

de Palma la llegada a Toledo de Francisco de Mendoza, arcediano de Pedroche, y de Juan de

Carondelet, deán de Besançon, para tomar la posesión del arzobispado en nombre de

Guillermo de Croy. El conde de Palma debía hacer lo que fuese necesario para que pudieran

realizar su trabajo; sy para ello conveniere hazer salir de la çibdad a algúnd canónigo o otra

persona, se le advirtió en nombre de Carlos I, os envío mis cartas en blanco como veréys.

D´éstas avéys de husar quando se pusieren en no cumplir luego lo que les enbío, y no en otra

manera465. Las cartas en blanco decían así466:

El Rey. (blanco), porque conviene a nuestro serviçio, nos vos mandamos que luego,

vista ésta, os vengáys a do quiera que nos estuviéramos para que allí os mandemos lo que avéys de hazer. Y porque el conde de Palma, corregidor d´esa dicha çibdad, vos hablará, a él me remyto. Fecha en Aranda, a XXXI de março de DXVIII. Yo el rey. Refrendada del secretario Covos. Señalada del obispo y don Garçía.

También el 31 de marzo se enviaron misivas ordenando que se aceptase como arzobispo

a Guillermo de Croy al Ayuntamiento y al corregidor toledanos467, al Cabildo catedralicio468,

al maestrescuela de la catedral469, y al canónigo Luis Dávalos470. Incluso se despacharon unas

ocho cédulas sin poner el nombre de la persona a la que iban dirigidas, pidiendo que aceptase

el nombramiento de Guillermo de Croy como arzobispo de Toledo, y que obedeciese tanto al

deán de Besançon como al arcediano de Pedroche471.

463 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 45. 464 PÉREZ, J., La revolución de las Comunidades..., p. 122. 465 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 59 r. 466 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 59 r-v. 467 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 59 r-v. 468 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 59 v (hay dos cartas). 469 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 59 v. 470 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 60 r. 471 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 59 r-v.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1744

El 13 de abril de 1518 el corregidor Luis Puertocarrero y otros solicitaron al Cabildo la

mitra arzobispal para dársela a Guillermo de Croy472. Los canónigos dijeron que no era

posible mientras estuviese en juego la integridad de su arzobispado. Desde entonces hubo

arduos debates entre el Cabildo catedralicio y los “delegados” de Croy (el propio corregidor,

el marqués de Villena y los dos procuradores arzobispales, Francisco de Mendoza y Juan de

Carondelet). Fue imposible someter a los canónigos. No iban a aceptar a Guillermo de Croy

como arzobispo hasta que no estuviesen seguros de que el arzobispado no se dividiría.

El rey ya había enviado al Cabildo unas misivas poco antes, en las que aseguraba que si

él había decidido dividir el arzobispado era porque lo consideraba bueno. A pesar de ello, por

culpa de los imprevistos, había conseguido ciertos breves papales por los que se daba por nula

cualquier división. Los canónigos sabían esto cuando el 13 de abril les pidieron que dieran la

mitra arzobispal a Croy; sabían que aunque aceptasen a Guillermo de Croy como arzobispo su

arzobispado no iba a dividirse473. Y, sin embargo, se negaron a hacerlo474.

El monarca estaba furioso. En un tono amenazante escribió dos cédulas. Una fechada el

17 de abril, dirigida al Cabildo catedralicio, en la que decía sentirse maravillado por la actitud

de los canónigos. Según su contenido, Carlos I esperaba que antes de que éstos pudieran

leerla hubiesen aceptado como arzobispo a Croy, porque de lo contrario se trataría de un

desacato grave a su rey475. En la cédula fechada el 18 de abril el tono era aún más bronco. El

monarca amenazaba a los canónigos diciéndoles que: o recibían a Guillermo de Croy como

arzobispo de Toledo; o iban a ser desterrados de Castilla, tras perder todos sus bienes476.

También se escribió una tercera carta, en un tono no tan duro, recordando a los canónigos que

se había dado un breve para que el arzobispado no se dividiera477.

Se encargó al conde de Palma que gestionase el asunto con estos documentos. Primero

debía mostrar a los canónigos los escritos menos amenazadores. De no conseguir su propósito

estaba autorizado para amenazar a los clérigos con el destierro de Castilla y la pérdida de sus

bienes478. Seguramente esto no fue necesario. Es muy posible que tales cartas amenazadoras

ni siquiera hubiesen llegado a la ciudad del Tajo cuando el Cabildo catedralicio se rindió. Fue

472 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 13 de abril de 1518, fol. 156 r. 473 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 75 r-v. 474 Se han conservado las alegaciones que pusieron los canónigos a favor de la unidad del arzobispado: A.C.T., Secretaría del Cabido, caja 6, documento suelto. 475 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 74 r-v. 476 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 74 v. 477 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 75 r-v. 478 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 74 v-r.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1745

el 20 de abril, y tuvo mucho que ver en ello el conde de Palma, quien manejó con una cierta

maestría, junto con otros hombres, un tema en verdad complejo479:

...los mui reverendos señores don Juan de Carondelet, deán de Bisançon, e don

Françisco de Mendoza, arçediano de Pedroche e canónigo de Córdoba, por sý e en nonbre del reverendísimo señor cardenal de Croy, arçobispo de Toledo, y el magnífico señor don Luis Puertocarrero, conde de Palma, corregidor de la dicha çibdad de Toledo, por sý e en nonbre del rey nuestro señor, y por virtud de la carta de creençia que truxo de su alteza, e la presentó en el Cabilldo, e cada uno d´ellos por sý [...] otorgaron, e prometieron e se obligaron a la Santa Yglesia de Toledo e a los reverendos señores deán e Cabilldo d´ella, en su nonbre, que dentro de seys días primeros syguientes traerán e entregarán a los dichos señores deán e Cabilldo una carta patente, sellada con el sello real del rey, nuestro señor, por la qual promete e da su fe e palabra real a la dicha Santa Yglesia, e a los dichos señores deán e Cabilldo, que dentro de quatro, o a lo último dentro de seis, meses primeros syguientes, y antes sy antes pudiere, traerá e entregará a los dichos señores deán e Cabilldo bulla apostólica plomada ad perpetuam rei memoriam, por la qual [...] nuestro señor el papa derogue, e revoque, e casse e annulle la dismenbraçión e división que su Santidad fizo del arçobispado de Toledo...

Gracias a esta promesa se aceptó a Guillermo de Croy como arzobispo. Desde la corte

se enviaron cédulas al Cabildo catedralicio480, al corregidor y al Ayuntamiento toledanos481, al

marqués de Villena482 y a Diego de Mendoza483 agradeciendo su colaboración; y también a las

personas que en principio más se opusieron a la Corona484, y que, sin embargo, luego dieron

un paso atrás, a solicitud del monarca: Fernando de Silva485 (comendador de Otos que luego

fue un destacado anti-comunero) y Pedro López de Padilla486.

El 25 de octubre Francisco de Mendoza, entonces vicario general, trajo la bula en la que

el papa se comprometía a no desmembrar el arzobispado. Esto no quiere decir que los

conflictos entre los canónigos y la corte desapareciesen, ni que se alcanzara un ambiente de

concordia entre los clérigos y el corregidor toledano. Los conflictos jurisdiccionales entre los

jueces de la Iglesia y los laicos no hacían más que crecer, y constantes disputas con la corte se

encargaban de recordar a los canónigos que eran objeto de recelo. Primero fue la obrería de la

catedral. Los delegados de Croy se la entregaron a Fernando de Fonseca y el Cabildo a Diego

López de Ayala, aunque éste tuvo que claudicar487. Luego fue una merced que se hizo al rey.

El 28 de abril de 1519 se presentó ante el Cabildo catedralicio de Toledo una bula de León X

479 A.C.T., Actas capitulares, libro 4º, desde el 7 de enero de 1511 al 29 de julio de 1527, reunión del 20 de abril de 1518, fols. 157 v-158 r. 480 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 17 r-v. 481 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 17 r y 17 v. 482 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 17 v. 483 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fols. 17 v-18 r. 484 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 45. 485 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 18 r. 486 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fol. 18 r. 487 A.G.S., C.C., Cédulas, libro 43, fols. 47 r-48 v; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 45, fol. 65 r y 88 r-89 r..

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1746

por la que cedía la décima parte de los frutos eclesiásticos de Castilla a Carlos I488. De manera

inmediata se rechazó la bula, y cesaron de decir las horas. A la ciudad del Tajo vinieron cartas

amenazando a los canónigos489, pero no pudo impedirse que la protesta creciese, liderada por

Pedro de Campo, el obispo de Útica, uno de los canónigos más prestigiosos, y un ardiente

defensor -como el nuncio Francisco Ortiz en tiempos pasados- de la libertad eclesiástica, y de

la buena gobernación de Castilla y de Toledo.

Al tiempo que se ponía un entredicho sobre la ciudad del Tajo, clérigos como Pedro de

Campo y otros muchos, frailes en buena parte, empezaban a clamar desde los púlpitos no sólo

contra las desgracias de la Iglesia, sino además contra los flamencos, contra el rey, contra el

egoísmo de los grandes nobles... Eran los mismos temas que se podían escuchar en algunas de

las reuniones de los regidores. Pedro de Mendoza, por ejemplo, el canónigo que se enfrenta a

Francisco de Tamayo para que no tenga la torre de la catedral en nombre de Carlos I, también

es uno de los clérigos que más claramente se posiciona a favor de los regidores de Toledo,

cuando éstos deciden enviar unos mensajeros al monarca de forma paralela a los procuradores

de Cortes.

Al tiempo que se producían los enfrentamientos entre el rey (el corregidor) y buena

parte de los regidores en torno al envío de personas a la corte para informar sobre la situación

de su ciudad, al tiempo que se ahondaban las diferencias entre el monarca y la Iglesia, ya en

1520, Antonio de Córdoba escribía a Carlos I490:

...algunos predicadores an hablado en los púlpitos muy sueltamente, aprovando lo que

estos regidores hazen y pidiéndoles que estén en ello, y diziendo el gran daño que al reyno viene de la yda de su magestad con otras muchas cosas, para alterar el pueblo. Éstos son el prior de San Pero Mártir, y un frayle de San Juan de los Reyes y el obispo Campo, canónigo d´esta yglesia. No les he hablado porque creo que lo harían peor sy viesen que hago caso. Escrívame vuestra señoría lo que en esto manda que haga, porque me dicen que se alargan en esta plática más de lo que devrían...

El 7 de octubre de 1519 se ordenó al conde de Palma que hiciese una pesquisa secreta,

informándose de la identidad de los predicadores, del contenido de sus alarmantes sermones,

de las iglesias y conventos donde los pronunciaban, y de las personas que asistían a oírlos491.

Se intentaba frenar una situación que se iba de las manos sin que nadie pudiese evitarlo. Si es

que Luis Puertocarrero hizo la pesquisa, no sirvió para nada. El “pueblo” parecía hastiado con

488 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 45. 489 A.C.T., B.C.T., Mss. 42.29, Libro de Arcayos, fol. 182 r-v; A.G.S., C.C., Cédulas, libro 42, fol. 216 v. 490 A.G.S., P.R., leg. 1, nº. 77, docs. 292-294. 491 PÉREZ, J., “Moines frondeurs et sermons subversifs en Castille pendant le premier séjour de Charles-Quint en Espagne”, Bulletin Hispanique, 67 (1965), pp. 5-24.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1747

la situación política, económica y social de Castilla, y las prédicas de los clérigos no sólo

conectaban con sus ideas, sino que las definían aún más, radicalizándolas con frecuencia.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1748

8.2. LA BREVE HISTORIA DE LA COMUNIDAD TOLEDANA (15 20-

1522)

La historia de la Comunidad toledana es perfectamente conocida gracias a las obras de

Joseph Pérez y de Fernando Martínez Gil. Poco más puede referirse de lo que dichos estudios

señalan. La obra de Pérez es fundamental -la más fundamental- para comprender la guerra de

las Comunidades de Castilla; la de Martínez Gil lo es para vislumbrar cómo se desarrolló ésta

en la ciudad de Toledo y sus alrededores. Éste último autor, tomando el planteamiento teórico

del primero, asumiendo su análisis del conflicto, ha definido los hechos que se produjeron por

entonces, en 1520, 1521 y 1522. En las siguientes páginas, por tanto, va a hacerse un análisis

breve de tales acontecimientos basado en los dos estudios referidos, y en concreto en la obra

de Fernando Martínez Gil. A esta obra y al trabajo de Joseph Pérez habrá de acudirse para

profundizar en algún aspecto.

8.2.1. 1520: EL TRIUNFO DE LAS COMUNIDADES

Absolutamente nada de las Comunidades podría entenderse si no acudiésemos a lo que

en Toledo -y en toda Castilla- viene sucediendo desde década y media antes. Los dirigentes de

la ciudad del Tajo cada vez se preocupan más por defender sus objetivos personales, un rasgo

que afecta incluso a los jurados, a los representantes del “pueblo” frente al Regimiento. Los

intereses del común, pues, se encuentran a años luz de los intereses del grupo gobernante. Lo

que separa a unos y a otros lleva años creciendo sin remedio.

La violencia a la altura del año 1520, además, ya no es un problema, sino el problema;

una violencia que se ve alentada por la penuria económica, por la incapacidad de la justicia,

por los abusos de poder, y, sobre todo, por las prédicas de los frailes y monjes, que desde los

púlpitos arengan contra “la causa de los males”: Carlos I. Muchas personas viven angustiadas

por la situación que padecen, y tienen miedo a ese futuro del que les hablan quienes, en teoría,

estaban mejor informados. Aunque sólo fuera por motivos así, por la angustia ante el presente

y por el miedo al futuro, la revuelta, la mayor de la historia de Toledo hasta el momento, fue

imparable. Lo confesaba de este modo uno de los comuneros toledanos492:

...fui uno de los que gritaron y no me arrepiento mucho de ello: otros muchos más

avisados que yo se engañaron también. Pero ¿quién se hubiera atrevido entonces a obrar de otra manera, o por mejor decir, quiénes no tendrían por una maldad el no hacerlo?. Los teólogos, los párrocos, los ancianos y muchos de los nobles que se retiraron a buen tiempo,

492 MALDONADO, J., La revolución comunera. El movimiento de España, o sea historia de la revolución conocida con el nombre de las Comunidades de Castilla, FERNÁNDEZ VARGAS, V. (Edit.), Madrid, 1975, libro II, p. 72.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1749

esto mismo persuadían, esto recomendaban extraordinariamente, y cuando a nosotros miserables nos hicieron caer en la red se retiraron y volvieron la espalda mudada la casaca. ¡Maldición a tales aconsejadores!. La mayor parte pagamos ahora lo que jamás imaginamos: siempre quisimos que el rey fuese salvo y feliz, y hemos sido condenados como sediciosos y perturbadores de la paz: ¿mas, por quién?. Por los mismos que pelearon con nosotros...”

8.2.1.1. ABRIL

En el mes de abril de 1520 el común comenzó a organizarse. Hasta ahora había creado

cabildos para defender sus intereses económicos. Ahora va a instaurar una nueva institución

de gobierno. Había que establecer unas instituciones gubernativas distintas a las ya existentes,

que defendieran sus intereses en verdad, y que, en consecuencia, ni estuviesen manejadas por

oligarcas de la urbe ni se hallaran corruptas por los objetivos de éstos. Se obvió al Cabildo de

jurados. Nadie tuvo en cuenta su teórica misión de amparar al pueblo; se trataba de una falacia

inadmisible para los “comunes”. Si se instauró en 1422 para que representase los intereses del

común -lo cual por el modo en que se hizo puede ponerse en duda, como se señaló-, sus otras

misiones con el paso del tiempo habían conseguido que ésta quedara en un segundo plano,

oculta bajo el interés oligárquico de los miembros del Cabildo. Así, algunos jurados, Juan

Bautista Olivero entre ellos, marcharon al destierro493.

Las parroquias establecieron sus diputados para que formasen parte de la Congregación.

También intentaron hacerlo ciertas cofradías o monasterios. La revuelta en contra del orden

institucional era alentada por los frailes e, incluso, por los regidores y por algunos jurados que

pasarían a liderar las protestas. Aprovechándose del sistema de elección de los aspirantes a

ocupar una juraduría, los “comunes” se reunieron en sus parroquias y votaron, ahora sí de un

modo democrático se supone -no bajo coacción, sobornos, chantajes, etc., tal y como sucedía

a la hora de votar a un jurado-, a sus representantes.

Al tiempo que esto se realizaba, Juan de Ribera fue acorralado en el alcázar y tuvo que

huir. Se tomaron todas las fortalezas de la urbe y se puso en ellas a alcaides de confianza para

los rebeldes. El corregidor Antonio de Córdoba se quedó sólo en la urbe frente a éstos, cada

vez más organizados. Así estaban las cosas cuando vino Pedro Laso de la Vega a Toledo. Iba

a exiliarse en Gibraltar por disposición del rey, ya que, desobedeciéndole, había acudido a la

corte como mensajero de la ciudad del Tajo. Le ordenaron que no se le ocurriera entrar en la

urbe al pasar cerca de ella, pero no hizo caso. Los toledanos rebeldes le recibieron como a un

héroe.

493 A.G.S., R.G.S., 1520-V, La Coruña, 16 de mayo de 1520.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1750

8.2.1.2. MAYO Y JUNIO

La revuelta adoptaba entonces un cariz más radical, alentada, por otra parte, por la

marcha del monarca de tierras castellanas, el 20 de mayo. El corregidor Antonio de Córdoba

(ya se señaló) tuvo que conceder la vara de justicia a la Comunidad, que se la devolvió para

que la tuviese en su nombre. Así se establecía una nueva paz: “la paz comunera”. La paz regia

había desparecido. En un primer momento Antonio de Córdoba lo aceptó, tal vez para salvar

su vida, pero cuando pudo se fue de Toledo, como habían hecho los demás, dejando todo en

manos de los rebeldes. Esta huída se produjo el 31 de mayo. Las Comunidades triunfaban.

En manos de unos cuantos regidores rebeldes y de la Congregación, la urbe comienza a

principios de junio de 1520 a prepararse para la guerra: se retiran las barcas del río, las

murallas son fortificadas y se compra pólvora. Además se jura la Comunidad. Hasta ese

momento entre los rebeldes había existido una concordia notable; si deseaban triunfar debían

mantenerla. Por eso, todos los vecinos de la urbe, o al menos una buena parte de ellos, juraron

lealtad a la causa comunera.

La Comunidad se juró el 14 de junio. Los más aclamados eran los regidores Pedro Laso

de la Vega y Juan de Padilla, aunque entre el común ya empezaban a despuntar los nombres

de personas que contaban con importantes apoyos sociales y un liderazgo creciente: Jara, el

maestro Quiles, Antonio Moyano, el latonero Diego López, María Pacheco incluso, la mujer

de Juan de Padilla. Eso sí, desde el inicio quedaron instituidas dos posturas en el Regimiento

que se iban a mantener. La postura más radical a favor de los rebeldes, liderada por los dichos

Juan de Padilla, Pedro Laso de la Vega o Fernando Dávalos, y otra más moderada, defendida

por Antonio Álvarez de Toledo o el antiguo corregidor, Luis Puertocarrero494. El mismo 14 de

junio desde el Consejo Real se expedía una provisión dirigida a los gobernantes toledanos, en

la que se les ordenaba que, pues estaba prohibido por ley, no permitieran que se realizasen ni

en la ciudad del Tajo ni en su comarca juntamientos de gente, pues habría escándalos495.

Una vez triunfaron las Comunidades en su urbe, los “gobernantes rebeldes” se pusieron

manos a una obra aún más compleja: extender la revuelta por toda Castilla. Para eso enviaron

misivas a diversas partes del reino, sobre todo a los pueblos más importantes de su propia

comarca, y a las ciudades con voto en Cortes. En las misivas se hablaba de no pagar al rey el

servicio solicitado para conseguir la corona imperial, de tener el sistema de encabezamiento

como medio de financiación de la realeza, de no permitir que salieran las riquezas de Castilla,

ni que los oficios públicos fuesen para extranjeros, y de la necesidad de que las ciudades con

494 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 62-75. 495 A.G.S., R.G.S., 1520-VI, Valladolid, 14 de junio de 1520.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1751

voto en Cortes se reuniesen con carácter urgente para hablar de estos temas. Fue con estos

objetivos con los que se constituyó la llamada Santa Junta de Ávila, una institución novedosa

compuesta por las urbes rebeldes al rey, que pretendía defender los intereses de éstas frente al

monarca, a sus secretarios, a su Consejo Real y a todos sus acólitos.

A las solicitudes de Toledo se unieron Salamanca, Segovia, Toro, Burgos y Zamora. La

Comunidad toledana era la protagonista en esos momentos; algo que se hizo más patente aún

en los primeros días del verano. El antiguo alcalde mayor de Toledo, Rodrigo Ronquillo, fue

designado por el Consejo Real para que castigase el asesinato de uno de los procuradores que

en nombre de Segovia participó en las Cortes de Santiago de Compostela de 1520, en las que

se otorgó un servicio a Carlos I para marcharse de Castilla a recibir el título imperial. Cuando

el procurador vino a su urbe los comuneros acabaron con su vida. Se le acusó de connivencia

con el rey y de no respetar el interés del pueblo. Cuando la noticia sobre el inminente castigo

de los rebeldes llegó a Toledo se decidió enviar a una tropa liderada por Juan de Padilla para

enfrentarse a Ronquillo. Para ello se dispuso, el 4 de julio de 1520, que la hacienda concejil

quedase al servicio de la causa.

8.2.1.3. DE JULIO A SEPTIEMBRE

Con más de mil hombres, Juan de Padilla consiguió impedir que el alcalde Ronquillo

entrase en Segovia. Decidido a hacerlo, seguro de que de aplastar en este punto a los rebeldes

su acción no seguiría adelante, Ronquillo, ayudado por parte del ejercito real bajo el mando

de Antonio de Fonseca, intentó apoderarse de la artillería propiedad del monarca que se

guardaba en Medina del Campo. Los de Medina se negaron a entregársela, hubo un combate,

y, el 21 de agosto, en medio del fragor de la lucha, la villa acabó en llamas. Este hecho fue

decisivo, ya que Medina del Campo era un núcleo económico de primer orden en el centro de

Castilla gracias a sus ferias. Muchas ciudades y villas se sumaron entonces a la Junta de

Ávila. Contingentes de soldados enviados por las urbes de casi todas las regiones -del sur

pocos, pues la región andaluza estaba en manos de grandes nobles que por ahora exhibían una

pasividad exasperante frente a los acontecimientos- se unieron pronto a Padilla, quien recibió,

del mismo modo, la artillería que Ronquillo había ido a buscar.

Alzado como líder indiscutible de la sublevación frente al rey Carlos I, provisto de unos

medios con los que es seguro que ni soñaba cuando salió de Toledo para defender a Segovia,

Juan de Padilla decidió que, haciendo tres meses que el monarca se había ido de Castilla, era

el momento de realizar algo que podía ser un espaldarazo definitivo para la causa comunera:

restaurar en el trono a la reina Juana, que estaba en Tordesillas desde que unos diez años atrás

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1752

su padre la recluyese en un convento, alejándola de la vida política. Muchos decían que el rey

Católico lo hizo porque estaba “loca”; otros porque le interesaba para gobernar Castilla de

acuerdo al testamento de su esposa Isabel. Juan de Padilla, de esta última opinión, pretendía

demostrar que Juana “estaba cuerda”, que había sido víctima de un golpe de Estado que la

alejó del trono. Un golpe de Estado del que era cómplice, para desgracia de Castilla, su hijo

Carlos y esa cohorte de flamencos que le seguía.

Con tales objetivos, Padilla consiguió apoderarse de Tordesillas con facilidad el 29 de

agosto de 1520. La Junta se trasladó desde Ávila allí, a donde llegó el día 29 de septiembre.

El triunfo de las Comunidades parece entonces seguro, más cuando se sabe que los consejeros

reales que había en Castilla se han dispersado, por miedo a ser víctimas de las iras del pueblo.

8.2.2. RADICALES, MODERADORES Y TRAIDORES: LOS INIC IOS DE 1521

En Toledo la auténtica Comunidad estaba constituida por el común. Las tesis moderadas

pronto hicieron que los caballeros fueran desviándose de los intereses rebeldes. La inmediata

consecuencia fue la aparición de traidores entre los comuneros, casi siempre miembros de la

caballería, lo que hizo que todos los de este sector social empezaran a verse como potenciales

conspiradores -almagrados o enalmagrados era el apelativo que les daban-. Por esta causa, se

empezaron a desobedecer muchos de los mandatos del Regimiento, y poco a poco se va a

exhibir una postura radical por parte de algunos de los diputados de la Congregación. Así, el 7

de septiembre se pidió a los regidores que mostrasen a los diputados los privilegios de la urbe,

porque según ellos un privilegio que Enrique IV había concedido a la ciudad en el año 1468

dispensaba a ésta de pagar alcabalas.

Hubo una vez un privilegio que, en efecto, eximía a Toledo de este tributo. El rey lo

firmó a solicitud del común, y ordenaba que no se pagase alcabala de productos como el vino,

el mosto o el vinagre, pero dicha merced no llegó a cumplirse nunca. El propio Enrique IV la

derogó, y en la época de los Reyes Católicos ni se tuvo en cuenta. Aún así, basándose en ella,

a finales de octubre de 1520 ya no se pagaban alcabalas en Toledo de ningún producto. Para

hacerlo se tuvo que recurrir a la fuerza... Algunos regidores advertían que era una auténtica

locura quitar las alcabalas; una locura que, antes o después, iba a pagarse cara. Frente a esta

postura, el 31 de septiembre los del común incendiaron los despachos de los encargados de

cobrarlas496.

496 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 70-100.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1753

8.2.2.1. EL INVIERNO DE 1520-1521

Las divergencias entre el común, radicalizado, y unos dirigentes en los que las posturas

moderadas parecían calar cada vez con más fuerza empezaban a ser innegables. Los primeros

que dieron la espalda a los rebeldes fueron los canónigos de la catedral, antes los instigadores

principales del conflicto. Pedro Laso de la Vega, incluso, que en su momento disputó con

Juan de Padilla el liderazgo de la revuelta toledana, y que era un miembro destacado de la

Junta primero en Ávila y luego en Tordesillas, acabó convirtiéndose en líder de la sección

moderada dentro de la propia Junta, opuesta al sector más radical, encabezado por Padilla; y

en concreto por su esposa María Pacheco en la ciudad del Tajo.

La tensión entre radicales y moderados aumentó aún más cuando a Toledo llegaron las

noticias del desastre de Tordesillas. El ejército comunero tuvo que abandonar la plaza frente a

la ofensiva del ejército del rey, el 5 de diciembre de 1520. La Junta se trasladó entonces a

Valladolid, si bien doce de sus miembros, entre ellos el toledano Diego de Montoya, cayeron

en manos del monarca. En la ciudad del Tajo tuvo que volverse a formar una tropa, y de

nuevo se dispuso que Padilla fuese su capitán, no sin levantar recelo entre algunos regidores

moderados -Pedro Laso entre ellos-, quienes no pudieron impedirlo. Juan de Padilla era uno

de los máximos líderes de la rebelión en toda Castilla y en Toledo, sobre todo para las clases

bajas. Era un héroe.

Con un ejército de más de 1.500 hombres, no sólo toledanos, Padilla consiguió hacerse

con uno de los puntos estratégicos más importantes en Castilla, la fortaleza de Torrelobatón,

situada en las proximidades de Medina de Rioseco (por entonces base de operaciones de las

tropas monárquicas) y de Tordesillas, villa donde estaba la reina Juana, y cuyo control seguía

siendo un objetivo básico. La toma de Torrelobatón se produjo el 25 de febrero de 1521. En

esos momentos las posturas entre los radicales y los moderados dentro de la Junta estaban

más enfrentadas que nunca, si bien estos últimos eran mayoría.

El enfrentamiento entre radicales y moderados en Toledo era mucho más grave, sobre

todo tras conocerse que Fernando de Silva (el comendador) y otros pretendían someter la urbe

usando los medios que fueran necesarios. Además, algunas voces aseguraban que Pedro Laso

quería la paz para Toledo, y estaba negociando desde la Junta para que la urbe se rindiese sin

que por su actitud recibiera graves represalias: Pedro Laso sería el corregidor; los antiguos

jurados y los antiguos regidores iban a continuar como tales; y se estudiaría el tema de las

alcabalas. Dichas artimañas contrastaban, y contrastaron, con el éxito militar conseguido por

Padilla y los más radicales con la toma de Torrelobatón. Mientras éstos parecían no tener

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1754

dudas sobre su meta, llegar al final con la revuelta, los de Pedro Laso empezaban a exhibir

debilidad y dudas, por lo que no tardarían en ser considerados como traidores.

Pedro Laso tuvo que irse de Valladolid y acabó en Tordesillas con los leales al rey. El

común vallisoletano reaccionó con ira saqueando sus bienes, proclamándole como uno de los

traidores más despreciables, y advirtiendo a Toledo que era posible que Pedro Laso hubiera

ido a refugiarse al convento de San Juan de los Reyes. Más de doce mil personas, según dicen

los cronistas, se presentaron en las puertas de este convento cuando se supo lo de Pedro Laso.

Los comuneros hicieron que les abrieran las puertas de la institución eclesiástica, y buscaron

al que ya era conocido como “el traidor” hasta debajo de las camas. Demostraciones de fuerza

tales amedrentaban a todos los que empezaban a arrepentirse de haber apoyado la rebelión;

algo que iba a manifestarse con más fuerza a raíz de la llegada a Toledo del obispo Acuña.

8.2.2.2. UNA COMUNIDAD RADICALIZADA

Según Martínez Gil, dos motivos influyeron en la radicalización de la “comunidad”

toledana y en el envío del obispo Acuña: el nombramiento del prior de San Juan como jefe de

las fuerzas realistas en el reino de Toledo, el 6 de enero de 1521; y la defunción del arzobispo

toledano, Guillermo de Croy, el día 7. Por aquellas fechas la desconfianza hacia algunos de

los canónigos era manifiesta. Francisco Álvarez Zapata y Rodrigo de Acevedo seguían siendo

los miembros del Cabildo catedralicio más cercanos a las posturas comuneras, mientras que

otros empezaban a apartarse de ellas. En cuanto al clero regular, un monje de la orden de San

Agustín, fray Juan de Santamarina (o Santa Marina), era uno de los más famosos instigadores

de los sentimientos comuneros radicales. Sus prédicas incendiarias pudieron oírse en la época

de mayor radicalidad, la que tiene lugar a partir de febrero de 1521.

El primer alboroto grave se produjo el día 1 de febrero. Los regidores Antonio Álvarez

y Juan Carrillo se presentaron ante el Cabildo catedralicio con algunos jurados y diputados.

Pidieron a los canónigos que, a solicitud del Ayuntamiento y de la muchedumbre de personas

que estaba a la puerta de la catedral, diesen una jornada para elegir al arzobispo de Toledo, en

sustitución de Guillermo de Croy. Por el momento se contestó con evasivas, si bien estaba

claro que los canónigos se dirigían a un callejón sin salida. María Pacheco presionaba todo lo

posible, con la colaboración del pueblo, para que se eligiera arzobispo a su hermano Francisco

de Mendoza.

En la jornada de San Ildefonso el escándalo lo produjo fray Santamarina. En esta fecha

la cofradía de Nuestra Señora de la Antigua celebraba una misa en la catedral. Tras pedir las

oportunas licencias al deán y los canónigos para hacerlo, éstos se mostraron listos a conceder

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1755

su beneplácito, pero con una condición: fray Santamarina no debía predicar. Las opiniones en

torno a ese monje estaban divididas. Por ejemplo, Pedro de Herrera afirmaba, cuando testificó

en el pleito que tras las Comunidades se hizo contra Juan Gaitán, que era un maldito fraile

alborotador, y que por ello nunca le oyó ni quiso oír. Quien le acompañaba, decía Herrera,

era gente bellaca y perdida497. Para Francisco de Palma se trataba del mayor escandaloso y

alborotador que andaba en toda la dicha ciudad498. Otros defendían que era un rrebolbedor

de pueblos [...] e todas las vezes que predicava ponía la lengua fea e deshonesta en la

persona real. Una buena parte de la población común, sin embargo, consideraba a

Santamarina, en palabras de algunos de los testigos en el proceso de Gaitán, como un santo.

El día de San Ildefonso una muchedumbre de personas fue a por el monje al monasterio

de San Agustín, y tras traerlo hasta la catedral, contradiciendo las opiniones de los canónigos

y del deán, le subieron al púlpito del templo. Según afirmaba Francisco de Palma, con el

monje se juntaron aquel día la mayor parte del pueblo, porque le favorecían la dicha doña

María Pacheco y Hernando de Ávalos, y le hicieron entrar con mucha gente armada en la

dicha santa iglesia, y le ayudaron y favorecieron contra la mayor parte de los canónigos para

que no predicase otro que habían ordenado. El discurso de Santamarina fue provocador;

hasta tal punto que a nueve o diez canónigos, entre ellos Pedro de Mendoza o Diego de

Cabrera, no les quedó más remedio que marcharse de la urbe. Predicó ynduciendo al pueblo

para que saliese con mano armada contra los serbidores de sus majestades, ofreçiéndose el

dicho frayle a salir con ellos. Según Hernando de Villavalter, el monje advirtió que el rey,

nuestro señor, quería llevar los dineros de Castilla y dar los oficios a los extranjeros, y que

era cosa que no se podía sufrir; y que los prelados y las personas que algo valían habían de

reclamar de ello para que se remediase499.

En palabras de Juan Ruiz, el día de San Ildefonso, cuando hicieron que Santamarina

predicase a la fuerza, hubo tanta confusión a voces y escándalo que en el infierno no pudiera

haber más. En el momento de las ofrendas el fraile se subió al púlpito y dijo mil bellaquerías.

Durante la prédica la tensión fue creciendo, y el número de personas armadas también. Sólo

fue necesario que un caballo se soltase para que los congregados, temiendo una traición,

empezaran a gritar, disparando hacia las bóvedas de la catedral. Según dijo el jurado Nicolás

de Párraga más tarde, en el pleito contra Gaitán, en aquel tiempo había pocos predicadores

que predicasen la verdad en esta ciudad; había tantos que escarneciesen de la Iglesia y que

497 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 123-127. 498 Idem, p. 203. 499 Idem, pp. 299-300.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1756

la persiguiesen [...] este testigo tenía muy seca la devoción de oír estos sermones ni de venir a

la dicha iglesia mayor500.

Juan Gaitán, atestiguaba Fernando de Madrid, dijo en público al monje501: “Padre, por

reverencia de la Pasión de Dios, el sermón sea para toda pacificación y quiedad, y no con

rigor, porque ya veis en qué estamos...” Santamarina abajó la cabeza y tiró hacia delante. No

sirvió de nada el ruego. Gaitán era de los que no veían con buenos ojos a Santamarina. Una

vez llegó a decirle, según Pedro de Saravia502: “Vos, ¿en qué andáis?. Que mereciéseis que os

pusiesen una mitra ardiendo encima de la cabeza”. El mismo Gaitán advirtió a otra persona

que el dicho fraile Santamarina merecía estar quemado, y puesto un capacete de hierro

ardiendo en la cabeza.

Según Francisco Ramírez de Sosa, era cierto que algunos prepararon para el día de San

Ildefonso una especie de conspiración contra los comuneros. La jornada anterior por la tarde

se habían concertado muchos servidores de Su Majestad de se juntar en la iglesia mayor con

la clerecía de ella, y con algunos caballeros, para estorbar el sermón que decían que había

de venir [a] hacer Santamarina en favor de la Comunidad [...] que era persona hecha por

mano del diablo.

Terminado el sermón el fraile se volvió a su monasterio, rodeado, de nuevo, por una

muchedumbre. Hasta cinco mil personas le acompañaban según algunas fuentes. Cuando los

canónigos que tenían que salir de la urbe iban a hacerlo sufrieron un intento de asesinato cerca

del hospital de Santa Cruz503. Juan Gaitán, por otra parte, estaba cada vez más en el punto de

mira de las críticas debido a su enfrentamiento con fray Santamarina. Antonio Sánchez Mejía

dijo en el proceso contra él lo siguiente, demostrando su inocencia504:

...los dichos comuneros le dijeron al dicho Juan Gaitán muchas palabras injuriosas y

feas, y peligrosas, que parecía que querían poner las manos en él, diciendo que había hablado muchas palabras injuriosas al dicho fraile de Santamarina, que era un santo. Y el dicho Juan Gaitán no se osaba desviar de ello porque no le matasen. Y este testigo le dijo que le llamaba Antonio Álvarez, y así el dicho Juan Gaitán se descabulló de ellos, y se fue a su casa. Y que la dicha gente desordenada quisieron poner las manos en él. Y que, en público y en secreto, el dicho Juan Gaitán les decía que siguiesen el servicio de Sus Majestades, y que muchas veces pensó este testigo que le costara por ello la vida al dicho Juan Gaitán...

500 Idem, p. 205. 501 Idem, p. 146. 502 Idem, p. 307. 503 Idem, p. 500. 504 Idem, pp. 163-165.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1757

8.2.3. LA GUERRA EN LA URBE: EL FINAL DE 1521

El prior de San Juan, Antonio de Zúñiga, llegó a la comarca toledana al tiempo que eso

que hasta el momento había sido una disputa entre comuneros radicales y moderados pasaba a

ser un conflicto entre los comuneros, tal cual, y los no comuneros. La clara radicalización de

la revuelta hizo que pasase a estar en manos de los sectores más pobres de la población, de los

que menos tenían qué perder. La revuelta era para ellos el único sistema que les quedaba para

mejorar sus condiciones de vida. Al contrario, para una minoría acomodada de la clase media,

y para los oligarcas sobre todo, la revuelta era un mecanismo para conseguir ciertos objetivos

tal vez inalcanzables de otra forma (tener más poderío político en Toledo, controlar la justicia,

reconducir la economía de la urbe), pero entrañaba peligros, porque ellos sí tenían qué perder.

Por esto, cuando la revuelta comenzó a alejarse de los objetivos más moderados, y se acercó

excesivamente a los planteamientos de los más humildes, no pocas personas de las que en un

principio defendieron la Comunidad la abandonaron -oligarcas en su mayor parte-, seguros de

que alguien, el prior de San Juan, les ampararía. En consecuencia, a comienzos del año 1521

los rebeldes convencidos de Toledo, más que nunca, se dispusieron para la guerra.

8.2.3.1. ENTRE LA EUFORIA Y LA TRAGEDIA

La llegada de Acuña, por entonces, el obispo de Zamora, fue un bálsamo para calmar la

tensión que se vivía, devolviendo la esperanza a unos comuneros que empezaban a perderla.

Acuña vino a la ciudad del Tajo porque había sido nombrado administrador de los territorios

del arzobispo toledano tras el fallecimiento de Guillermo de Croy, y hasta la investidura de un

nuevo arzobispo. Eso sí, antes de entrar en la urbe se pasó por Madrid, Illescas, Yepes y

Ocaña reavivando en todos los pueblos la revuelta.

Tras algunas batallas con el prior de San Juan en las que no salió bien parado, el obispo,

que se refugiaba en algunos pueblos cercanos a Toledo, decidió que había llegado el momento

de solicitar la intervención decidida de esta urbe en la guerra si pensaba ganarla. El 29 de

marzo de 1521, de este modo, Viernes Santo, se presentó en la plaza de Zocodover. Aclamado

por la población, y entre vítores, le llevaron hasta la catedral. Allí se sentó en la cátedra del

arzobispo, mientras gritaban que nadie como él podría ocupar este puesto. En ausencia de

Padilla, el Ayuntamiento se vio obligado a nombrarle capitán general y gobernador del

arzobispado. María Pacheco y la gente a ella más cercana, aún así, no veía con buenos ojos a

Acuña, a quien consideraban un peligro para alcanzar algunas de sus metas, como la de poner

como arzobispo a Francisco de Mendoza. Fue Santamarina quien se encargó de comunicar al

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1758

obispo de Zamora las intenciones de María Pacheco sobre la mitra arzobispal505... La

“Comunidad es un monstruo de dos cabezas” entonces, escribe algún autor506: Acuña y María

Pacheco.

El obispo de Zamora tuvo serios problemas con los canónigos para que éstos le tuviesen

como gobernador de su arzobispado. Se negaban a hacerlo, pero debido a la gran popularidad

del clérigo, que tenía a cientos de seguidores en las calles, no pudieron impedirlo. Todo se

hacía en medio de escándalos.

Mientras tanto, las deserciones en el bando comunero continuaban. Por estas fechas va a

producirse una de las más importantes, la de Fernando Dávalos, quien fuera líder indiscutido

de la revuelta poco antes. También continuaban los enfrentamientos en las tierras de alrededor

de la urbe con los realistas. El episodio más trágico se produjo en Mora. Viéndose derrotados

los del bando comunero, quisieron refugiarse en la iglesia del lugar, donde estaban amparadas

muchas mujeres con sus hijos. Los comuneros se encastillaron en el templo, y se dispusieron

a defenderse desde allí de sus enemigos. Llegaron incluso a abatir a un caporal de realistas, lo

que hizo que éstos se indignaran, y que algunos soldados, según las crónicas sin orden ni un

mandato de sus superiores, pusieran fuego a las puertas de la iglesia, pensando en entrar en su

interior. Las llamas se extendieron tan rápido que no sólo no lograron entrar dentro, sino que

murieron las personas que se encontraban allí; en su mayor parte “pobre gente”.

Los comuneros reaccionaron de manera inmediata. En la ciudad fueron derribadas las

casas de Fernando de Silva (comendador de Otos), de su hermano Juan de Ribera, de algunos

servidores del marqués de Villena, y de ciertos individuos tachados de traidores. En Yepes

también se derribaron las viviendas de los traidores a la Comunidad. Villaluenga y Villaseca,

pueblos de Juan de Ribera, fueron incendiados...

No sirvió de mucho. Las tropas del prior de San Juan se acercaban a Toledo sin que

nadie pudiese impedirlo. Por si fuera poco, el día 26 de abril comenzaron a llegar a la urbe

noticias desalentadoras: el ejército comunero había sido desbaratado por las fuerzas realistas

en Villalar, y sus líderes, entre ellos el toledano Juan de Padilla, habían sido decapitados507.

Toledo quedó conmocionada, al igual que todos los núcleos urbanos que hasta entonces

habían favorecido la sublevación. Desde ese momento ésta fue perdiendo apoyos de manera

rápida, de modo que ya en mayo de 1521 sólo Madrid y Toledo la mantenían; amenazada, eso

sí, por las fuerzas realistas, que ahora se dirigían hacia estas poblaciones sin ningún obstáculo.

505 GUILARTE, A.M., El obispo Acuña. Historia de un comunero, Valladolid, 1979, pp. 150 y ss. 506 Idem, p. 152. 507 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 110-122.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1759

8.2.3.2. ENTRE LA RESISTENCIA Y LA ESPERANZA

María Pacheco decidió ocupar el puesto que un día tuviera su marido, y se trasladó al

alcázar, desde donde dispuso la defensa de su urbe frente al prior. Toledo quedaba bajo el

control de “la Padilla”, reconocida como líder indiscutible de los comuneros toledanos. El

obispo Acuña rápidamente perdió la influencia que tenía. Sus presiones a los canónigos para

que le nombrasen arzobispo chocaban una y otra vez con las negativas de los clérigos, y

también con la oposición de los acólitos de María Pacheco. Por si fuera poco, algunos de los

que le habían apoyado, Fernando Dávalos por ejemplo, empezaron a criticar sus ideas, y

acabaron abandonándole. Hubo, incluso, un enfrentamiento en las calles entre los comuneros

partidarios de Acuña y los que apoyaban a María Pacheco.

Nada más enterarse de la muerte de Padilla el obispo de Zamora fue a consolar a María

Pacheco, y obligó al Cabildo catedralicio a que le adjudicase el control de la torre de la

catedral. El día 28 de abril de 1521 se presentó en ésta con los que aún le apoyaban, Fernando

Dávalos, el latonero Diego López o Rodrigo de Acebedo, y reclamó a los canónigos y al deán

que le diesen la llave del sagrario, protegido en esos momentos con bancos y arcones para que

nadie lo abriera. El arcediano de Medina le dio la llave, pero al abrirlo pudo descubrir que no

había nada de valor en él. El canónigo Acebedo hizo que sus compañeros jurasen que la

catedral no tenía dinero, oro, plata, u objetos valiosos, ya que cualquier riqueza era necesaria

para continuar con las acciones bélicas. De nuevo hubo un alboroto. El capitán del arrabal,

Villacorta, introdujo en el templo catedralicio a 300 hombres mientras los canónigos rezaban

las completas en el coro. Cerraron las puertas del mismo con los canónigos dentro, y se fueron

a buscar a los que no se hallaban allí. Al arcediano de Medina le sorprendieron saliendo del

sagrario.

Ya anochecido, subieron a los canónigos al claustro de la catedral a empujones. Acuña

les solicitó 30.000 ducados para financiar la guerra. Según él, bien debían pagarse de las

riquezas catedralicias, porque su empleo estaba justificado. Además mandó que le ratificasen

como gobernador del arzobispado de Toledo. El Cabildo, no obstante, se negó a ceder a tales

presiones. Los canónigos advirtieron que ni le podían dar los bienes que reclamaba, ni querían

ratificarle como gobernador, ni estaba en su mente que pudiera ser él el futuro arzobispo de

Toledo... La noticia sobre lo que Acuña hacía causó indignación. Hasta el punto que éste tuvo

que liberar a los canónigos esa misma noche.

Ya el 30 de abril, el obispo de Zamora volvió a reunir al Cabildo catedralicio buscando

los mismos objetivos que antes, si bien otra vez fue inútil. Los canónigos eran irreductibles.

Acuña tuvo que llamar a las parroquias y apelotonó en el claustro de la catedral a más de mil

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1760

hombres, como medio de presión; hombres, por cierto, que, según un cronista anónimo, “las

haciendas y capas de todos ellos no valían mil maravedís”508. El obispo propuso que como la

Congregación tenía un serio problema operativo para dirigir una guerra, debido a las

dificultades para alcanzar los acuerdos necesarios entre cuarenta y dos diputados, lo mejor era

que sólo cinco actuasen con el poder de los demás. Esta propuesta se aceptó bastante bien, no

así los nombres de quienes Acuña eligió como candidatos para estos cinco oficios: Talavera,

Esquivias, Cháscales y otros dos. Se oyeron voces que advertían: “¡Cuidado, cuidado!”. De

elegirse a traidores las consecuencias iban a ser fatales.

Los partidarios de María Pacheco, y ella misma, recelaban de las propuestas de Acuña

de forma pública. Le veían más cómo un rival que como un cómplice. De esta manera, a fines

del mes de abril, conocida por todos la derrota de Villalar, se pusieron barricadas en las calles

bajo los gritos de unos, “¡Viva Juan de Padilla y su honra!”, y de otros, “¡Viva el señor obispo

de Zamora!”. Los enfrentamientos entre los seguidores de Acuña y “la Padilla” eran notables,

y todo indicaba que iban a ir a más. Juan de Ayala pedía en público que se echase al obispo de

Zamora de Toledo cuanto antes. Sin embargo, no hizo falta. Muy consciente de su pérdida de

apoyos, Acuña abandonó Toledo en secreto el 25 de mayo.

María Pacheco pasaba a ser la dueña indiscutible de la Comunidad toledana, una

Comunidad mucho más radical que al inicio de los acontecimientos, en la que las voces de

quienes pedían una solución pacífica al conflicto fueron acalladas -de manera cruel a veces-,

temiendo que tras ellas se encontrasen posibles conspiraciones para entregar Toledo al rey, sin

haber conseguido nada para los más humildes, excepto deshonra, infamia, y la amenaza de un

severo castigo. Los más radicales -los más pobres, a menudo-, quienes a mediados de 1521

continuaban creyendo en la revuelta como a principios de 1520 (más allá de la derrota de

Villalar, y aunque hubiese muerto Padilla), veían en todas las iniciativas para someter su urbe

a Carlos I un peligro, siempre que no viniesen de personas comprometidas con la Comunidad.

Para ellos era evidencias de una traición a lo que los comuneros habían defendido. Por eso,

para impedir futuras traiciones, se castigó a los supuestos conspiradores con enorme crudeza.

El caso más significativo tal vez sea el de los hermanos Aguirre.

Los dos hermanos Aguirre juntaron a su parroquia de Santa Leocadia para ver si se

haría la paz. Cuando fueron a informar de lo acordado en la reunión a María Pacheco, que se

encontraba en el alcázar, lo ocurrido, según Juan Sánchez de San Pedro, fue esto509:

508 GUILARTE, A.M., El obispo Acuña..., p. 154. 509 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 341-345.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1761

...vio a los Aguirres [...] arrastrarlos por la dicha ciudad de Toledo, y que los llevaban los muchachos por las calles dando voces, y que oyó decir que los habían sacado a la Vega a quemar [...] vio que un día Juan de Aguirre y Pedro de Aguirre, que moraban en la parroquia de Santa Leocadia, y los parroquianos y ellos se juntaron en la dicha iglesia para entender si se demandaría o procuraria la paz o no. Y que oyó decir y fue público que hicieron decir una misa al Espíritu Santo para que encaminase aquello que fuese servicio de Dios. Y que salieron todos conformes para que se procurase la paz. Y que los dichos Aguirres, como hombres honrados, tomaron comisión de la dicha parroquia para lo ir a decir a doña María Pacheco al alcázar, donde a la sazón estaba. Y que fueron con la embajada, y que estaban dentro en el alcázar infinitos alborotadores. Y que, oyendo los dichos alborotadores que decían los dichos Aguirres que hubiese paz, los tomaron y echaron al uno de la torre abajo, donde murió, y al otro arrastraron. Y los llevaron arrastrando y acuchillando por todas las calles de la ciudad, y los sacaron a la Vega y los quemaron...

Los muchachos llevaban los cadáveres arrastras, tirando de unas sogas que tenían atadas

a los pies510. Los cuerpos acabaron destrozados. Según Jerónimo de la Cuadra, uno de ellos

iba sin cara ninguna511. Una vez en la Vega, Alonso Granizo solicitó recoger los restos de los

Aguirre, pues era su padrino, para llevarlos a enterrar al monasterio de San Agustín, algo que

hizo cuando le dieron licencia para ello -de lo contrario afirmaba que no se hubiera atrevido a

hacerlo-512.

La crueldad del castigo era muy necesaria en esos momentos para evitar traiciones, en

opinión de quienes dirigían la revuelta. Fue tan cruel la condena, aseguraba Martín de Ayala,

que los habían pasado [los cadáveres] por donde moraban, por que los viesen sus mujeres y

madre e hijos, lo cual puso tanto temor en la dicha ciudad que no osaba ninguno hablar con

otro a causa que no le hiciesen otro tanto513. En medio de tal contexto, grupos incontrolados

de alborotadores -según Fernando Martínez Gil- procuraron demoler las casas de caballeros

que eran partidarios de la paz, a los que se acusaba abiertamente de traición514: Pedro Laso de

la Vega e, incluso, Juan Gaitán. Éste siempre fue mirado con recelo, una vez que su hermano,

el regidor Gonzalo Gaitán, abandonó a los rebeldes. De hecho, terminó escondiéndose en un

monasterio, tras haber intentado sublevar la urbe en contra de María Pacheco, como se verá

posteriormente515:

Y que por tenerlo por servidor del rey, vinieron la gente bellaca y desordenada a su

casa una noche, y aún túvose por cierto que iba allí el obispo de Zamora. Y vio este testigo cómo entraron en su casa del dicho Juan Gaitán, y le saquearon muchas cosas de su casa; y aún anduvieron toda la casa a buscar al dicho Juan Gaitán y a su hermano para los matar.

510 Idem, pp. 365-368. 511 Idem, pp. 390-394. 512 Idem, pp. 359-364. 513 Idem, pp. 378-382. 514 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 104. 515 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 40-43.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1762

Y el dicho Juan Gaitán se echó por una ventana hacia la Trinidad (es decir, el monasterio de la Trinidad)...

El mismo día que mataron a los Aguirres, certificaba fray Lázaro de Toledo, sucedió lo

siguiente516:

...yendo este testigo por una calle de la dicha ciudad, topó a muchos comuneros, las

espadas sacadas, que venían de hacer aquella crueldad (el asesinato de los Aguirre). Y venían diciendo entre sí ciertas razones, entre las cuales, yendo este testigo y un padre que se llamaba fray Cristóbal de Escalona, dijeron: "No, no, que no ha de quedar así. Que al bellaco de Juan Gaitán, por traidor a la Comunidad, le hemos de hacer lo semejante que a estos mismos". Y que, cuando llegó este testigo cabo ellos, dijeron: "¡Ea, bellacos irregulares, que vosotros tenéis ahí al bellaco de Juan Gaitán, y allá vamos a sacarlo y a derribaros el monasterio". Y que este testigo, de que oyó lo susodicho, dejó a su compañero, por que no matasen al dicho Juan Gaitán, y fue corriendo hacia el dicho monasterio y tomó otra calle, y vino a dar aviso al dicho Juan Gaitán, y le dijo que se pusiese en cobro porque le hacía saber que ciertos comuneros habían dicho que le habían de matar. Y que, por presto que él vino, ya ellos estaban en la portería de la dicha casa, y les dijo este testigo que qué mandaban. Y, en diciendo esto, vinieron muchos muchachos dando voces y traían a uno de los dichos Aguirres arrastrando con una soga.

Y que, desque vio este testigo esto, tornó a interrogar que qué es lo que querían, y los dichos alborotadores, que serían más de ciento, dijeron que pesase a tal, que abriese las puertas, que querían sacar al bellaco de Juan Gaitán para que tuviese compañía a los Aguirres. Y que este testigo, cuando vio esto, abrió las puertas de par en par, porque, si aquello no hiciera, tenía pensamiento que le derribaran el monasterio. Y que, abiertas las dichas puertas, fue al dicho Juan Gaitán y le dijo: "Señor, pienso que nos han de derribar el monasterio por vuestra causa; por eso ved qué os parece que se haga". Y que el dicho Juan Gaitán dijo que no le penaba nada. Que allí estaba. Que si le matasen, que a servicio del rey moría [...]

Y que este testigo le dijo: "Poneos en cobro". Y el dicho Juan Gaitán respondió: "No quiero. Que si yo muero en servicio del rey, otros mejores que yo han muerto en su servicio". Y que a este testigo le dijo entonces: "Decid, padre, ¿qué mayor corona queréis que lleve y deje a mis hijos y deudos que digan que morí por servicio del rey?. No me digáis que me esconda, que no me tengo de esconder". Y que este testigo volvió a ver la dicha gente si era ida o no. Y estaban ocho o diez diciendo que no creían en tal, si a él y a su casa, hijos y mujer, y aún al dicho monasterio, porque tenían por cierto que le tenían en el dicho monasterio, que lo habían de derribar por el pie y quemarlo y abrasarlo al dicho Juan Gaitán, hijos y mujer. Y que vio que al dicho Juan Gaitán le saquearon su casa y le llevaron muchas joyas, y le llevaran más si no fuera que derribaron un tabique por donde metieron mucha ropa y arcas suyas en el dicho monasterio de la Trinidad. Y que sabe que a otros robaron sin que se pudiese ninguno valer con ellos...

Las reprimendas frente a los traidores también se producían en el campo de batalla. Los

comuneros se mostraban especialmente ofensivos cuando habían de luchar contra personas de

su propia urbe que se habían pasado al bando contrario. “Contra ninguno estos alborotadores

mostraban mayor ira que contra los vecinos de su ciudad”, dice Pedro de Alcocer517.

516 Idem, pp. 345-348. 517 ALCOCER, P. de, Relación de algunas cosas que pasaron en estos reinos..., p. 65.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1763

En los días posteriores a la muerte de Padilla y a la derrota de Villalar nadie deseaba la

paz, al menos en público. La paz con el rey requería una negociación, y muchos pensaban que

al final los que más se habían arriesgado iban a ser los más perdedores, recibiendo los

beneficios los caballeros, como siempre. Poco a poco, no obstante, la necesidad de alcanzar

una concordia se fue asumiendo. El ejército rebelde se desvaneció tras Villalar y la causa

comunera apenas era ya sostenida por Toledo a finales del año 1521. Había que asumirlo: las

Comunidades estaban derrotadas. Intentar sostener la revuelta en la ciudad del Tajo era pura

obstinación, más si para hacerlo había que emplear la violencia contra los propios ciudadanos,

con la meta de impedir las deserciones.

En tales circunstancias empezaron a aparecer iniciativas para alcanzar la paz. Una de

ellas fue la que planteó Fernando Dávalos, quien, curiosamente, eligió como intermediador

entre los comuneros y los realistas al marqués de Villena. Recordemos que Dávalos antes del

inicio de las Comunidades era partidario de los Ayala, que éstos siempre habían mantenido

una colaboración más o menos estrecha con el marqués de Villena, y que éste jamás renunció

a su deseo de controlar Toledo. Con “el marqués” mediando Dávalos se aseguraba que iban a

defenderse los intereses de ese antiguo sector de regidores más cercano a los Ayala, y que, por

tanto, el dominio de los Silva (desde el primer momento fieles a Carlos I) tras el sometimiento

de la urbe no iba a resultar aplastante.

Tal mediador se encontró, en todo caso, con una postura irreconciliable entre las partes,

y con unos actos de saqueo de la tierra toledana por parte del prior de San Juan que impedían

todo viso de pacificación. Por si fuera poco, María Pacheco no estaba dispuesta a aceptar una

paz en la que no se reconociese algún éxito de la revuelta. Pedía una amnistía total para los

rebeldes; que no hubiese contrapartidas económicas; que la Congregación siguiera existiendo

como lo había hecho hasta el momento... Peticiones que se consideraron desorbitadas. Viendo

lo infructuoso de su tarea, el marqués de Villena decidió dejar de intervenir.

Al tiempo que esto ocurría, y que se realizaban nuevas gestiones para la paz, la postura

de María Pacheco iba afianzándose, gracias a la invasión francesa de Navarra, el 10 de mayo

de 1521. Si la resistencia hasta el momento había sido férrea, ahora iba a ser feroz. El ejército

del rey estaba obligado a marchar al norte y Toledo podría mantener su postura sin presiones.

Tal postura cada vez gustaba menos no sólo a los caballeros, sino a parroquias enteras, como

las de San Román, Santo Tomé y San Salvador, las más ricas de la urbe, que empezaban a ser

partidarias de una solución pacífica y definitiva al conflicto. El “grupo pacifista” contaba con

algunas personas importantes, también: Juan Gaitán, el licenciado Francisco López de Úbeda,

Juan de Ayala -hijo de Pedro de Ayala-, Alonso, un hijo de Gómez Carrillo, Pedro de Herrera,

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1764

etc. Éstos planearon una conspiración para el 26 de junio, día de Santa Ana. Primero dos de

los líderes populares, Valbuena y el maestro Quiles, serían detenidos, y luego las parroquias

señaladas (Santo Tomé, San Román y San Salvador) elegirían a unos diputados de la paz para

oponerlos a los diputados de la guerra.

Según Juan Bravo, Juan Gaitán preparó la conspiración de este modo518:

...Juan Gaitán trabajó mucho, en la parroquia de San Salvador y con otras de la dicha

ciudad, cómo hubiese diputados de paz y que se jurase la paz por las dichas parroquias, las cuales se hicieron. Y asimismo trabajó que los dichos diputados de paz con las parroquias se juntasen con la Justicia para resistir a los malos y hacer el bien y paz con la ayuda de Dios. Y que los buenos se animaron y se hizo el concierto de la paz, lo cual procuró el dicho Juan Gaitán de esta manera: que él ordenó que la víspera de Santa Ana se dijesen unas vísperas solemnes, y se dio colación por su mano a todos los que la quisieron recibir. Y luego, otro día de Santa Ana siguiente, mandó que, en la dicha iglesia de San Salvador, donde este testigo es clérigo, se dijese una misa muy solemne de paz y concordia, con diácono y subdiácono, y lo pagó de su bolsa a los clérigos. Y que hubiese sermón. Y que por mandado del dicho Juan Gaitán fueron a llamar al ministro de la Trinidad, para que predicase la paz estando en misa. Y le fueron a llamar para predicar, y no osó venir, porque dijo que le habían avisado que, si predicase, le afrentarían en el púlpito.

Y, estando en misa, supieron cómo el pueblo se alborotaba, por donde el dicho Juan Gaitán fue con los que pudo llevar de su parroquia, hombres deseosos de paz, a poner la paz que pudiesen. Y supo este testigo cómo los alborotadores andaban a buscar al dicho Juan Gaitán, y a este testigo preguntaron por él, y este testigo salió de la iglesia y fue a avisar al dicho Juan Gaitán para que se escondiese. Y en la calle topó con un mozo suyo, que traía un caballo, y vio cómo los alborotadores dijeron: "Ved allí el caballo del traidor". Y que después supo cómo, de que no había quien favoreciese al dicho Juan Gaitán para la paz, se retrajo lo mejor que pudo en su casa.

Y oyó decir que dentro de su casa le habían de matar y derribarle la casa, lo cual oyó a los alborotadores. Y que después se retrajo el dicho Juan Gaitán a San Salvador, donde este testigo es beneficiado, y que hacía decir muchas misas por la paz y por que Dios, Nuestro Señor, trajese con bien al rey, nuestro señor, para que castigase [a] los alborotadores y los buenos fuesen estimados como quienes eran. Y que dormía el dicho Juan Gaitán con este testigo, y que comían juntos, y que hacía limosnas espiritualmente y rogativas por la paz, él y doña María [de Oviedo], su mujer...

Los de Juan Gaitán y otros recorrieron armados las calles de la ciudad del Tajo durante

la jornada de Santa Ana, pidiendo a gritos la paz. Pretendían levantar al pueblo contra María

Pacheco. Sin embargo, los de ésta reaccionaron a tiempo, y, para resistir a los conjurados,

pidieron ayuda a la parroquia de Santiago del Arrabal, la más pobre de la urbe. Este dato no

deja de ser sugestivo, pues las conjuradas eran, por contra, las parroquias más ricas.

Lo que había comenzado siendo una revuelta con un evidente carácter político se había

convertido, a medida que los comuneros “de clase alta” abandonaban la lucha, en un conflicto

social entre las personas más pobres -las clases medias y bajas- y el grupo oligárquico que aún

seguía en la revuelta, y que aspiraba a acabar con ella para obtener beneficios del rey. Luego

518 V.V.A.A., El proceso contra Juan Gaitán..., pp. 159-163.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1765

los cronistas regios y demás escritores afines a Carlos I cargarían las tintas contra esos que,

con María Pacheco a la cabeza, resistieron hasta el final, oponiéndose a los intentos de lograr

la paz.

Dos cosas han de destacarse en este punto. Por una parte, la radicalidad y la violencia de

los comuneros “de clase baja” estaban justificadas en tanto que eran conscientes de lo que

perseguían sus “cómplices” oligarcas: una salida al enfrentamiento beneficiosa para ellos; no

una solución que garantizara una mejora en las condiciones de vida de los más pobres, que

evidenciase que la revuelta había servido para algo. Esos a quienes la documentación insiste

en llamar de forma peyorativa “los alborotadores” pensaban que los oligarcas les querían

vender otra vez, como lo hicieron en épocas pasadas (recuérdese lo que decía Manrique en el

discurso “anti-revuelta”). Sólo podían defenderse a través de la violencia, imponiendo tal

miedo a los poderosos que se vieran coartados, mientras se buscaba una paz digna por parte

de quien se tenía la seguridad de que iba a buscarla: María Pacheco.

Por otra parte, y esto es más difícil de explicar que lo primero, no deja de ser interesante

que María Pacheco se ponga al frente de los más desfavorecidos, y esté dispuesta a perseguir

a los del grupo social oligárquico del que ella formaba parte. En su actitud, es algo innegable,

pesan esos ideales utópicos que en un primer momento llevaron a la guerra contra Carlos I, y

que nunca fueron abandonados por algunos de los principales líderes de las Comunidades; su

esposo, Juan de Padilla, entre ellos. El influjo de éste hizo que María Pacheco en poco tiempo

llegara a ser lo que fue. Aunque pudo negarse a liderar la Comunidad, no lo hizo. Ella decidió

mantener viva la memoria de su marido y luchar, exhibiendo un carisma que por aquellas

fechas se consideraba propio de los hombres más valientes, según la opinión del pueblo, o de

los más despreciables, para los ideólogos de los reyes.

La manera de actuar de María Pacheco recuerda a la de Pedro Sarmiento en la revuelta

del año 1449, con dos diferencias como mínimo: primero, Sarmiento era un hombre de Juan II

que traicionó a éste, mientras que “la Padilla” jamás mostró obediencia alguna a Carlos I;

segundo, mientras que por lo que luchaba María Pacheco tenía una buena justificación y era

lógico, incluso encomiable, para nuestras ideas actuales, más allá de los medios que utilizara,

lo que hizo el antiguo repostero de Juan II, Sarmiento, perseguir a muchas personas sólo por

su origen judío, hoy no puede justificarse, por mucho que se justificase en su día -no por todo

el mundo-. Aunque de la revuelta de 1449 apenas hay datos, todo indica que el ambiente que

se vivió entonces en la urbe era similar al que se vive en 1521. Los sublevados también

utilizaron la violencia para defenderse de los traidores, y lo que comenzó como un conflicto

justificado por causas políticas y socio-religiosas terminó siendo un enfrentamiento entre

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1766

ricos y pobres. Durante las Comunidades, además, y esto no puede olvidarse, aún continuaba

la ideología antisemita que inspirara revueltas como la de Sarmiento; una ideología que se usó

contra los que buscaban aquella paz que María Pacheco y sus acólitos rechazaban. “¡Ah,

judíos de la capilla de San Pedro, que vosotros ordenasteis la paz...!”, decía Juan de Toledo

que “los alborotadores” gritaban tras lo ocurrido el día de Santa Ana de 1521. Quienes se

enfrentaron a los conjurados iban gritando: “¡Mueran los judíos traidores que piden paz!”519.

Se conoció a Juan Gaitán desde por entonces, en tono de burla, como Juan Gaitero, y decían

de él que era un malsín, es decir, un judío520.

El día de Santa Ana Gaitán intentaba salir a por la artillería que los de “la Padilla”

llevaran a Olías la jornada antes para luchar contra el prior de San Juan, y deseaba hacer

justicia contra Valvuena y Quiles. Los de la parroquia de Santiago, no obstante, salieron con

la gente del alcázar para impedirlo, lanzándose sobre los conspiradores a la altura de la plaza

de Zocodover, gritando lo referido: “¡Mueran los judíos traidores que piden paz!”. Lograron

no sólo que Valvuena y Quiles no fuesen ajusticiados, sino que el intento de conspiración se

desbaratara de un plumazo. La represión fue feroz. Se demolieron las casas de quienes en esos

momentos eran considerados traidores o sospechosos de moderación. La vivienda de Juan

Gaitán, cómo no, fue derruida. Fue entonces cuando se ocultó en el monasterio de la Trinidad.

8.2.4. 1522: LA DERROTA DE LOS COMUNEROS

Durante el verano de 1521 el prior de San Juan fue poniendo cerco a Toledo, mientras la

Comunidad veía cómo sus actos bélicos cada vez quedaban más limitados a rápidas acciones

de avituallamiento: salían a la tierra, se aprovisionaban con todo el botín posible, y volvían a

la ciudad cuanto antes521. En otoño llegó un momento en el que, con el prior a las puertas de

la urbe, cuyo asedio ya empezaba a dejarse notar en las carestías de productos básicos, lo más

aconsejable era establecer una capitulación; lo que se hizo el 25 de octubre.

Las condiciones del acuerdo fueron favorables a los comuneros. Éstos quedaban bien

parados, y el 28 de octubre el Consejo Real lo ratificó, de modo que parecía que una paz

digna era posible522. Es cierto que la urbe debía quedar en manos de los realistas, algo que no

gustaba a los rebeldes, pero el compromiso era que se respetasen las condiciones de paz. Los

519 Idem, pp. 375-378. 520 Idem, pp. 378-382. 521 Los que tenían propiedades en la tierra se vieron acosados por dos frentes, el de los comuneros y el de los hombres del prior de San Juan. Martín de Portillo, por ejemplo, afirmaba que los comuneros le saquearon sus molinos, y luego los realistas les pusieron fuego: A.R.Ch.V., Pleitos civiles. Fernando Alonso (F), caja. 1.576, exp. 4. 522 A.G.S., R.G.S., 1521-X, Vitoria, 28 de octubre de 1521.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1767

realistas eran conscientes de que con la capitulación establecida los comuneros no tan sólo no

perdían nada, sino que lograban que algunas de sus reivindicaciones tuviesen que negociarse.

Aún así, era necesario pacificar Toledo debido a la guerra contra Francia.

8.2.4.1. LA COMPLICADA RENDICIÓN

Una vez que las acciones bélicas contra los franceses se equilibraron a favor de Carlos I,

llegó a los que en nombre del rey administraban la paz un mensaje secreto: debían hacer lo

posible por “adelgazar la negociación” para que la paz fuese más favorable al monarca. Los

intentos de realizarlo, unido a la represión que realistas como el doctor Juan de Zumel

desarrollaron en contra de los “comuneros de clase baja”, hizo que pronto surgiesen dudas

sobre las verdaderas intenciones del rey. Corrieron rumores que afirmaban que éste no quería

cumplir lo capitulado el 25 de octubre. Algunas voces aseguraban, incluso, que Carlos I había

muerto y jamás iba a volver a Castilla. Tales chismes circulaban entre la población junto a las

amenazas a los hombres del monarca, para que no osasen incumplir lo pactado.

El nerviosismo desembocó en los sucesos del 3 de febrero de 1522, día de San Blas. La

noche víspera de esta jornada unas personas salieron de casa de María Pacheco, y exhibiendo

una culebrina pasearon por las calles de la urbe bajo los gritos de “¡Comunidad, Comunidad!”

y “¡Padilla, Padilla!”. “¡Levantaos, levantaos, que hay traición!”, se desgañitaba un zapatero

que iba con los alborotadores. Mientras, Antonio Moyano, uno de los líderes populares de la

revuelta comunera, reunía a hombres junto a la vivienda de Juan de Padilla. Era una actuación

espontánea, no controlada por María Pacheco. Ésta y un hermano de su esposo, Gutierre

López de Padilla, trataban inútilmente de impedir el escándalo. Aún así, tras arduas

negociaciones los alborotadores se dispersaron, siendo capturados algunos de ellos.

María Pacheco advirtió sobre los peligros de ajusticiar a los presos. El realista que por

entonces dirigía la urbe, sin embargo, el arzobispo de Bari, estaba dispuesto a hacer justicia y

a impedir, mediante la represión, otro acto de ese tipo. Eso, unido a la propuesta del arzobispo

de reformar las capitulaciones del 25 de octubre, hizo que el 3 de febrero los enfrentamientos

fuesen inevitables.

Ahora María Pacheco sí se puso del lado de los comuneros. Éstos marcharon desde su

casa para robar un preso a los realistas. De nuevo, como antes de la revuelta, el mismo asunto:

el robo de un preso -recordemos los alborotos de 1516 o 1517-. Tras varias horas de lucha los

del arzobispo de Bari se impusieron sin paliativos, y muchos rebeldes se exiliaron de la urbe

de forma inmediata. También lo hizo María Pacheco, quien, tras salir en secreto de Toledo, se

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1768

fue a La Puebla de Montalbán, y desde allí a Portugal. Así acababan las Comunidades en la

ciudad del Tajo, y, por extensión, en toda Castilla.

8.2.4.2. LA HORA DEL CASTIGO

La paz negociada de meses antes se tornó en una paz impuesta sin contemplaciones por

el poder regio. Ninguna reivindicación comunera fue tenida en cuenta, y la represión fue tal

vez más dura de lo que los documentos indican, sobre todo entre las clases populares523. Tras

los sucesos del 3 de febrero de 1522 los principales líderes comuneros de “clase baja” fueron

apresados, y de manera expeditiva les quitaron la vida en la horca. No hubo miramientos. Los

del monarca lo habían advertido: el 4 de octubre de 1521 se expidió una carta por la que se

daba a todos los que permanecían en Toledo tres jornadas para abandonar la urbe y unirse al

prior de San Juan. Si lo hicieran se les perdonaría su rebelión; si no serían condenados a pena

de muerte524. De haberse llevado a la práctica esta amenaza los realistas habrían tenido que

realizar una carnicería para someter Toledo, por lo que en los pactos de paz del 25 de octubre

se matizó esta orden. La amenaza de una represión feroz, no obstante, continuaba en pie. De

hecho, ya en lo dispuesto el 4 de octubre se advertía que algunos estaban exceptuados, entre

ellos líderes populares de la revuelta: Pedro de Ulloa; Fernando Dávalos; el doctor Martínez;

el jurado Pedro Ortega; Valvuena; dos capitanes de la gente de la Comunidad, uno de ellos

Juan de la Torre; el jurado García de León; Juan Carrillo; un hombre apellidado “de Galte” y

su hijo, cuyos nombres no se señalan; Juan Fernández; Gonzalo Gaitán; y algunas otras

personas... Estos iban a morir hicieran lo que hiciesen.

Más tarde, del perdón general que el rey concedió a la urbe quedaron excluidas veinte

personas: Pedro de Ayala y Pedro Laso de la Vega, ambos procuradores de la Junta; Juan de

Padilla, ajusticiado; su mujer María Pacheco; los regidores Fernando Dávalos, Gonzalo

Gaitán y Juan Carrillo; Juan Gaitán, comendador de la orden de Santiago; Francisco y

Fernando de Rojas; Fernando de Ayala; el jurado Pedro Ortega; Diego de Montoya, jurado y

procurador de la Junta; el doctor Martínez; el bachiller Zambrano; el bachiller García de

León; los licenciados Bravo y Úbeda, ambos alcaldes de la Junta; el doctor Francisco Álvarez

Zapata, maestrescuela de la catedral; y, por último, el canónigo Rodrigo de Acebedo.

A todos se les condenó a pena de muerte, pero no sabemos cuántos murieron por culpa

de la revuelta al final. Fernando Martínez Gil escribe que ninguno de los exceptuados en el

523 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 123 y ss. 524 A.G.S., R.G.S., 1521-X, Burgos, 4 de octubre de 1521.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1769

perdón de 1522 murió “en el patíbulo, a no ser Padilla, que ya había sido ajusticiado”525. Esto

debe matizarse, ya que al menos en uno sí se ejecutó la condena a muerte que pesaba sobre él:

el jurado Diego de Montoya. Otros se marcharon al exilio y allí fallecerán, caso de María

Pacheco. Algunos murieron en la cárcel, y no faltan casos en que el reo fue perdonado y pudo

recuperar sus antiguos cargos públicos.

Se conservan las sentencias de algunos de los que no recibieron el indulto. Al jurado

Pedro Ortega, habiendo sido en épocas pasadas uno de los políticos toledanos más brillantes,

habiendo desempeñado puestos de una influencia enorme -recordemos que fue el fiscal que

demandó ante Lorenzo Zomeño los problemas con los términos-, y habiéndose exhibido, sin

duda, como el jurado más influyente de Toledo en la corte de los Reyes Católicos poco antes

de morir la reina Isabel, los delitos que le imputaron en diciembre de 1522 fueron éstos526:

...el dicho Pero Fortega avía hecho e cometido muchos crímynes, e exçesos e delitos

de ynfidelidad, revelión, crimen lese magestatis, nunca vistos nin pensados en estos nuestros reynos [de Carlos I y su madre Juana] contra nos, asý en la primera cabeça del dicho crimen como en todas las maneras e espeçies d´él, cometiendo trayçión a nos como desleal vasallo e enemigo de su propia patria.

E por dar color a los dichos delitos, al prinçipio de su levantamiento e sedeçiones, e de las dichas Universydades e Comunidades, avía sydo en ynbiar, e avía ynbiado, por las çibdades, villas e lugares d´estos nuestros reinos e señoríos frayles e otras personas, eclesiásticas e seglares, que falsamente por escripto e por palabra persuadiesen a los ofiçiales, e labradores [e] a otras personas de los dichos pueblos que nos avíamos puesto e echado nuevas ynpusiçiones a estos nuestros reinos, para que cada uno pagase por su persona, e de su muger e hijos un real; e por cada teja del tejado un maravedí; e por cada cabeça de ganado, e mulas, e caballos, e otros animales çierto tributo. Y asý en todas las otras cosas de vestyr e mantenimientos, syendo, como todo ello avía sydo, maldad, e trayçión e falsedad, porque non nos tal cosa avíamos fecho, nin pensado nin comentado con los del nuestro Consejo.

E que por más ynduzir las dichas personas e pueblos avía sydo en lo haser escrivir e ynprimir de molde, por que yndinados nuestros leales vasallos se alborotasen e levantasen contra la obediençia e fidelidad a nos devida, e se juntasen con los destruydores a tiranizar estos nuestros reinos, según que luego lo avían començado a poner por obra, tomando, como de hecho con fuerça de armas avía sydo en tomar en muchas de las çibdades, villas e lugares d´estos reinos, las varas de la justiçia, a nuestros corregidores e a otros ofiçiales de nuestra justiçia, conbatiendo nuestras fortalezas e tomándolas a nuestros alcaides, derribando casas, quemándolas, saqueándolas a los que estavan en nuestro serviçio e obediençia, e teniendo los pueblos comovidos e levantados.

Avía sydo en juntar mucha gente de pie e de caballo, y procurado de seer nonbrado y elegido por procurador de las dichas Universydades e Comunidades, dándoles a entender que se quería juntar para nos suplicar mandásemos remediar algunos agravios que dezía ver en estos nuestros reinos. E que asý juntó con otros procuradores de la dicha Comunidad con la dicha gente de guerra, y con la nuestra artillería que estava en la villa de Medina del Canpo se avía apoderado de la villa de Tordesyllas e de mí, la reyna, y de la ylustrísima ynfanta nuestra fija y hermana.

525 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 125. 526 A.G.S., R.G.S., 1522-XII, Valladolid, 23 de diciembre de 1522.

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1770

E avía sydo en suspender e prender a los de nuestro Consejo e [...] de nuestra corte, e a otros ofiçiales de nuestra casa real; e en detener e prender en Valladolid al reverendísimo cardenal de Tortosa, nuestro visorrey, governador d´estos nuestros reinos; e en tomar nuestro sello e registro; e en usurpar nuestro çetro e juridiçión real.

E qu´él juntamente con algunos de los que seguían su opinión, e revelión e mal propósito se avía nonbrado e yntitulado del nuestro Consejo, despachado e librado cartas patentes en nuestro nonbre, e avía sydo con ellos en proveer corregidores, e alcaldes, e alguaziles e alcaides de fortalezas en nuestras çibdades, villas e lugares d´estos nuestros reinos. E por su propia autoridad avía sydo en echar grandes sysas e repartimientos sin nuestra liçençia e mandato por todos los dichos pueblos, e avía robado las faziendas de algunos de nuestro Consejo e otras muchas personas particulares que estavan en nuestro serviçio.

E él juntamente con los otros que seguían su opinión e consejo avía saqueado, e mandó saquear, muchos monasterios, e yglesia e fornarios (sic: honsarios) d´ellas con la gente de guerra que consygo traýa, e avía entrado en muchas villas e lugares de grandes e caballeros, nuestros vasallos, e los avía saqueado e hecho componer en grandes sumas de maravedís con la fuerça e violençia armada; e derribado algunas fortalezas de ellas... En el Consejo se hizo un proceso contra Pedro Ortega, y, como ni siquiera se presentó a

defenderse de las acusaciones, se pasó a dar sentencia. El veredicto en su contra se dio el día 1

de diciembre de 1522, en la cárcel real de Valladolid, por los del Consejo del rey:

...condenamos a pena de muerte natural en esta manera: que do quier e en

qualquier çibdad, villa e lugar d´estos reynos e señoríos, de sus majestades, donde fuere fallado sea preso e llevado a la cárçel pública. E de allí sea sacado metido en un serón con un par de mulas que le lleven arrastrando. E con público pregón que vaya pregonando la cabsa de su delito, sea llevado por las calles acostunbradas fasta la horca o rollo, e allí sea aforcado, altos los pies del suelo, fasta que muera, su muerte natural (sic), e dé el espíritu vital, y fecho quartos, los quales sean puestos en sendos palos por los caminos públicos, porque a él sea castigo e a otros enxenplo de no faser ni cometer semejantes delitos. E más, le condenamos en perdimiento de todos sus bienes desde el día que cometió e perpetró el dicho delito, e los aplicamos a la cámara e fisco de sus majestades...

Por delitos muy similares a los de Pedro Ortega fue condenado su compañero Diego de

Montoya, también un jurado comunero al que se exceptuó del perdón; aunque él sí que mostró

en la corte sus alegaciones en contra de las denuncias que le imputaban (le hicieron preso los

realistas cuando quitaron Tordesillas a los comuneros). De nada iba a servir. Tras un breve

proceso los consejeros reales dijeron que el fiscal de la corte demostraba con sus pruebas y

argumentos lo que decía, mientras que lo referido por Montoya definiéndose como un hombre

siempre leal a su rey no gozaba de credibilidad. Fue condenado a muerte, en consecuencia -el

23 de agosto de 1522-, por un veredicto dictado por los del Consejo estando en Palencia. Eso

sí, se dispuso que su condena a muerte no fuera tan infamante y angustiosa como la de Pedro

Ortega. Él no iba a morir ahorcado:

...condenamos al dicho Diego de Montoya en pena de los delitos y trayçiones por él

cometidos contra su majestad a pena de muerte natural, la qual sea dada en esta manera:

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1771

que sea sacado de la cárçel donde está preso en la villa de Medina del Campo, cavallero en un asno, atado los pies y las manos con una soga d´esparto, e sea traýdo por las calles acostunbradas de la dicha villa con boz de pregoneros que publiquen sus delitos. E sea llevado a la picota de la dicha villa, e allí le sea cortada la cabeça con un cuchillo de hyerro por manera que muera naturalmente, e le salga el ánima de las carnes, porque a él sea castigo y a los que lo vieren e oyeren enxenplo, que non se atrevan a cometer semejantes delitos. E más, le condenamos en perdimiento de todos sus bienes e ofiçios para la cámara e fisco de su majestad...

Sabemos que la condena a muerte de Diego de Montoya sí se ejecutó. Las penas fueron

executadas en quanto a lo criminal en la persona del dicho Diego de Montoya, señala un

documento527. En cuanto a las penas civiles -la pérdida de los bienes y los oficios-, el 14 de

octubre se ordenó a todos los dirigentes de Castilla que las ejecutaran. Por contra, a lo largo

de los años siguientes el resto de los exceptuados en el perdón de 1522 se iría reconciliando

con la realeza, si bien no todos. Carlos I jamás perdonó ni a Juan de Padilla ni a su esposa.

En cuanto a las indemnizaciones por la guerra, los mayores problemas no vinieron a raíz

de los asesinatos y los heridos, sino por culpa de las campañas de saqueo realizadas por los

realistas y, sobre todo, por los comuneros para poder sostener el conflicto bélico. Los bienes

robados eran siempre de carácter mueble, plata, oro, joyas, dinero, vestidos... o semoviente,

mulas, ovejas, vacas. Incluso llegó a expropiarse algún esclavo para ser revendido528. Todos

los robos, eso sí, se producían en un ambiente de escándalo y alboroto, en medio de la

violencia, y en no pocas ocasiones además de robar esas propiedades también se destruían los

bienes inmuebles. No pocas tierras ardieron, y las casas de muchos comuneros y leales al rey

acabaron siendo arrasadas. El caso paradigmático es el de la vivienda de Padilla, que tras

derribarse y arar sus terrenos, éstos fueron sembrados de sal, para que ni la hierba creciese529.

8.4.2.3. LA “PLAGA COMUNERA”: PARA UNA IMAGEN DE LAS COMUNIDADES

EN LA DOCUMENTACIÓN DEL CONSEJO REAL

Los comuneros saquearon las casas que poseían los realistas en la urbe y en su entorno.

Gutierre Laso, por ejemplo, demandó en la primavera de 1522 que Villarta, capitán del arrabal

en la revuelta, junto con otros, con grande alboroto e escándalo, le saquearon e robaron su

casa, en que le llevaron doziendas arrobas de aseyte, e doziendas arrobas de almendras, e

çiento e treynta fanegas de trigo. E le quebraron unas tinajas e le malvarataron la casa, e le

tomaron todo el mueble que en ella avía...530 Juan de Écija, por su parte, aseguraba que los de

527 A.G.S., R.G.S., 1522-X, Valladolid, 14 de octubre de 1522. 528 A.G.S., R.G.S., 1522-III, Palencia, 7 de marzo de 1522. 529 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., p. 125. 530 A.G.S., R.G.S., 1522-IV, Palencia, 5 de abril de 1522.

Page 226: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1772

la Comunidad de Toledo le avían derribado unas casas por ser nuestro servidor (de Carlos I),

y no querer tener su parçialidad. E que le robaron e tomaron todo quanto tenía dentro de las

dichas casas. E que le avían fecho de daño más de dos mill ducados531.

Tras el fin de las Comunidades en la ciudad del Tajo, se pusieron decenas de demandas

como éstas. Un tal Nuño de Tapia aseguraba que vinieron una noche mucha gente d´esa dicha

çibdad, espeçialmente un Godínez, que hera capitán, e otro capitán que se dezía Juan de

Altán, e otros muchos, e fueron a la dicha su casa e le pusieron fuego, e que le robaron e

saquearon toda la hazienda que en ella tenía, que valía todo más de doziendos ducados532. En

el tienpo de las alteraçiones pasadas, decía Juan de Écija, por ser él nuestro servidor e tener

nuestra boz e apellido real en esa dicha çibdad, que a esta cabsa por los que seguían la

comunidad dis que le fue robado e saqueado de todo quanto tenía, que no le quedó cosa

alguna. E dis que le derroxaron unas casas de venta que dis que tenía junto con esa dicha

çibdad, e le vino de daño más de mill ducados533. Se trata simplemente de unos ejemplos. Las

fuentes conservadas indican que si en algún momento durante el tránsito entre los siglos XV y

XVI se cometieron robos de este tipo, fue durante las Comunidades. Una vez éstas se dieron

por concluidas, los afectados por los robos demandaron durante 1522 y 1523 a los comuneros,

solicitando una compensación económica.

ROBOS Y SAQUEOS DE CASAS: 1475-1522

05

10

15202530

35404550

5560

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75

14

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15

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15

18

15

19

15

20

15

21

15

22AÑOS

Nº.

DE

CA

SO

S

Robo Saqueo de casa

531 A.G.S., R.G.S., 1522-V, Palencia, 7 de mayo de 1522. 532 A.G.S., R.G.S., 1522-VI, Palencia, 17 de junio de 1522. 533 A.G.S., R.G.S., 1522-IX, Valladolid, 27 de septiembre de 1522.

Page 227: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1773

Lo peor no era la enorme cantidad de robos, sino la calidad de los mismos. Por su culpa

un buen número de personas que se decían siempre leales al monarca estaba en una situación

económica mucho peor en 1522, cuando acabó la revuelta, que en 1520, antes de su inicio. Y

todo, afirmaban, era por culpa de los comuneros. Juan Niño decía que muchas personas de la

dicha çibdad e su tierra con alboroto y escándalo, y con mano armada, a boz de comunidad,

dándose favor los unos a los otros, robaron y saquearon muchos bienes e hazienda del dicho

Juan Niño que tenía en sus casas en la dicha çibdad de Toledo, y le hizieron mucho daño en

ellas. Y que, asimismo, le robaron y saquearon en el lugar de Mazaranbroz mucho trigo e

çevada, y vino, y ropa y preseas de su casa, y otras cosas534.

Llegaron a ponerse demandas de colectivos de vecinos de Toledo, y/o de pueblos de la

comarca toledana, pidiendo una reparación por los destrozos causados. Gracias a eso se puede

conocer cuál fue el impacto económico que tuvo la revuelta para algunas personas que, si no

al inicio de la misma, al final acabaron uniéndose a los realistas. Sirvan a modo de ejemplo

los datos del siguiente cuadro, aunque el listado podría ser interminable535:

534 A.G.S., R.G.S., 1522-XII (2), Valladolid, 14 de diciembre de 1522. 535 A.G.S., R.G.S., 1522-III, Palencia, 7 de marzo de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-IV, Palencia, 5 de abril de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-V, Palencia, 29 de mayo de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-V, Palencia, 7 de mayo de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-V, Palencia, 28 de mayo de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-VI, Palencia, 17 de junio de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-IX, Valladolid, 27 de septiembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-IX, Valladolid, 12 de septiembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-IX, Valladolid, 13 de septiembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-IX, Valladolid, 26 de septiembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-X (2), Valladolid, 4 de octubre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-XI, Valladolid, 28 de noviembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1522-XII (2), Valladolid, 14 de diciembre de 1522; A.G.S., R.G.S., 1523-I (1), Valladolid, 1 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 9 de enero de 1523 (hay dos documentos distintos); A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 12 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 16 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 23 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 24 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-I (2), Valladolid, 28 de enero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (2), Valladolid, 4 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (2), Valladolid, 5 de febrero de 1523 (hay tres documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 7 de febrero de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 8 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (2), Valladolid, 13 de febrero de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 14 de febrero de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 19 de febrero de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 23 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (2), Valladolid, 24 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (1), Valladolid, 26 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-II (2), Valladolid, 26 de febrero de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 4 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (2), Valladolid, 4 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 5 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (2), Valladolid, 5 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 10 de marzo de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 13 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 14 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 15 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 17 de marzo de 1523 (hay cinco documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-III (2), Valladolid, 17 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 18 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 22 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 24 de marzo de 1523 (hay dos documentos con esta fecha); A.G.S., R.G.S., 1523-III (2), Valladolid, 24 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 28 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, 29 de marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-III (1), Valladolid, (blanco) marzo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-IV, Valladolid, 14 de abril de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-V, Valladolid, 7 de mayo de 1523; A.G.S., R.G.S., 1523-VI (2), Valladolid, 14 de junio de 1523.

Page 228: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1774

ROBOS REALIZADOS POR LOS COMUNEROS TOLEDANOS QUE SE DEMANDARON ANTE EL CONSEJO REAL ENTRE 1522 Y 1523

DEMANDANTES

OBJETOS ROBADOS AÑO DE

INTERPOSICIÓN DE DEMANDA

Conde de Cifuentes Le saquearon sus lugares de Barcience, Villaluenga, Villaseca y Ciruelos, y los heredamientos de Velilla y Vergonza, además de otras cosas

1522

Cristóbal de Escalona Le robaron la madera que traía por el río Tajo 1522

Diego de Carvajal (soldado realista) Le robaron todo lo que llevaba encima 1522

Gutierre Laso Le saquearon su casa de Toledo 1522

Juan de Écija Le saquearon su casa de Toledo y se la derruyeron 1522

Juan Niño Le saquearon una casa en Toledo y otra en Mazarambroz

1522

Juan Quesada (soldado realista) Le robaron todo lo que llevaba encima 1522

Julián García Le robaron 60.000 maravedíes 1522

Licenciado Falcón, jurado Le saquearon su casa de Toledo

1522

Luis de Mendoza (soldado realista) Le robaron todo lo que llevaba encima 1522

Luis de Belmonte Le robaron más de 240.000 maravedíes 1522

Luis Suárez (soldado realista) Le robaron un caballo y un vestido 1522

Nuño de Tapia Le saquearon su casa de Toledo, y la pusieron fuego

1522

Pedro de Nicuesa (soldado realista) Le robaron todo lo que llevaba encima 1522

Pedro del Castillo Le robaron muchos bienes

1522

Alonso de Carvajal (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Alonso de Mendoza (soldado realista)

Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Alonso de Ogaya (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Alonso de Valenzuela (soldado realista)

Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Alonso Díaz Le saquearon una casa de Toledo 1523

Alonso González del Águila Le robaron animales y cereal 1523

Alonso Suárez de Toledo Le saquearon sus pueblos de Gálvez y Jumela 1523

Andrés de la Carrera (soldado Le robaron el caballo, las armas, la ropa y todo lo 1523

Page 229: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1775

realista) que llevaba encima

Andrés Fernández del Rincón Le saquearon una casa de Toledo 1523

Antón Egas Les robaron muchos bienes muebles 1523

Antón Mancebo Le saquearon una casa 1523

Antonio de Cepeda Le robaron unas telas que tenía para comerciar 1523

Antonio de Niños Le saquearon una casa de Toledo 1523

Antonio Gómez de Gómara, escribano público

Le saquearon dos pares de casas que tenía en Toledo y en la villa de Ajofrín

1523

Antonio Ruiz de Contreras, contador mayor de la despensa regia

Le saquearon una casa de Illescas 1523

Bartolomé Ruano Le saquearon una casa en Burujón 1523

Catalina Gaitana Le saquearon una casa de Toledo 1523

Centeno (soldado realista) Tras matarle un caballo, le quitaron sus armas y todo lo que tenía en Toledo

1523

Cepeda (soldado realista) Le saquearon una casa de Toledo, y le robaron un caballo, armas, ropas y una espada

1523

Diego de Angulo Le robaron ganado 1523

Diego de Barrasa Le saquearon una casa en Toledo 1523

Diego de Contreras, capellán del coro de la catedral

Le saquearon su casa de Toledo 1523

Diego de Guadalupe Le saquearon una casa de Toledo 1523

Diego López Dávalos Le saquearon un heredamiento y una casa de Mora 1523

Diego Pérez Les robaron muchos bienes muebles 1523

El canónigo Fernando de Fonseca Le saquearon una casa en Toledo 1523

El cura de la iglesia de San Lucas de Toledo

Robaron la campana de la iglesia para hacer un cañón

1523

El cura de Santa Olalla Robaron la campana de la iglesia para hacer un cañón

1523

El doctor Juan de Yepes, canónigo de la catedral

Le robaron un hato de carneros de la villa de Yepes 1523

El monasterio de la Sisla, extramuros de Toledo

Le quemaron molinos, le destruyeron tierras cultivadas, y le robaron bienes

1523

Encinas Le saquearon una casa de Toledo 1523

Esteban de Contreras Le robaron o destruyeron todos sus bienes 1523

Fernando Alonso de Tovar, capellán Le robaron sus bienes 1523

Page 230: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1776

de la capilla real de la catedral Fernando Álvarez de Toledo Le quemaron unos molinos y las casas que tenía

junto a ellos, dejándolos inutilizables

1523

Fernando de Silva, comendador de Otos

Saquearon sus casas de Toledo y Borox

1523

Francisca de Silva Le saquearon una casa de Toledo 1523

Francisco de Carvajal (soldado realista)

Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Francisco de Castro (soldado realista) Le robaron lo que llevaba encima 1523

Francisco de Lozoya Le saquearon una casa de Toledo 1523

Francisco de Ribadeneira Le saquearon una casa de Toledo 1523

Francisco Francés, jurado Le expropiaron su oficio público 1523

Francisco Fernández del Rincón Le saquearon una casa de Toledo 1523

García de Cáceres Le robaron o destruyeron todos sus bienes 1523

Gutierre de Guevara Le saquearon su casa de Toledo

1523

Gutierre Fernández Le saquearon una casa de Mascaraque 1523

Hernando de Castro Le saquearon una casa de Toledo 1523

Inés Álvarez Le robaron animales y cereal 1523

Iñigo de Toro Le robaron unas telas que tenía para comerciar 1523

Juan Correa Le robaron una mula 1523

Juan de Acija Le robaron todo lo que tenía, que no le quedó cosa alguna

1523

Juan de Agreda Le saquearon una casa de Toledo 1523

Juan de Escalona Le robaron o destruyeron todos sus bienes 1523

Juan de Torres Le robaron mucho dinero 1523

Juan de Vel “el mozo” Le robaron ganado 1523

Juan de Vel ”el viejo” Le robaron ganado 1523

Juan Fernández del Rincón Le saquearon una casa de Toledo 1523

Juan Martín del Pulgar Le saquearon una casa de Toledo 1523

Juan Romero Le robaron todo lo que tenía en Toledo y su jurisdicción

1523

Juan Ruiz Puertocarrero

Le saquearon una casa de Toledo, que fue derribada. En Pantoja, tras saquearle otra casa, la pusieron fuego

1523

Page 231: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1777

Juan Sánchez Les robaron muchos bienes muebles 1523

Juan Sánchez Le robaron 247 cabezas de ganado 1523

Juan Sánchez Seco Le robaron mucha parte de su hacienda 1523

Lucas Hernández Le saquearon una casa de Toledo 1523

Luis de Mendoza (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Marcos García Le robaron ganado 1523

Mari Díez Le robaron mucha parte de su hacienda 1523

María de Orgaz Le robaron mucha parte de su hacienda 1523

María González Le robaron animales y cereal 1523

María Suárez Le robaron o destruyeron todos sus bienes 1523

Martín Cabello Le saquearon una casa de Toledo 1523

Martín de Castro Le saquearon una casa de Toledo 1523

Martín López, capellán de la capilla real

Le tomaron dinero y ciertos bienes 1523

Miguel del Rincón Le robaron muchos bienes muebles (joyas, vestidos, dinero, trigo, cebada)

1523

Miguel Díaz, jurado Le robaron muchos bienes de su casa de Toledo, y un heredamiento en Bargas

1523

Morales “el izquierdo” Le robaron una casa de Toledo y algunos bienes muebles que tenía en Olías (plata, joyas, vestidos, etc.)

1523

Pedro Alonso Le robaron animales y cereal 1523

Pedro Álvarez Le saquearon una casa de Mascaraque 1523

Pedro Álvarez de Toledo Le robaron 1.300 arrobas de vino y una casa de Burguillos

1523

Pedro Cortador Le saquearon una casa de Toledo 1523

Pedro de Cepeda Le robaron unas telas que tenía para comerciar 1523

Pedro de Guzmán Le saquearon un mesón 1523

Pedro de Lorita (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Pedro de Mendona (sic, soldado realista)

Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Pedro de Ninesa (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Page 232: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1778

Pedro de Pimena (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Pedro de Sahagún Le saquearon una casa de Yunclillos 1523

Pedro de Tordesillas, racionero de la catedral

Le robaron dinero y cereales 1523

Pedro de Tordesillas, racionero de la catedral

Robaron la campana de la iglesia de Santa Leocadia para hacer un cañón

1523

Pedro de Valdivieso Le robaron una mula, un caballo y otras cosas 1523

Pedro de Villena Le robaron lo que llevaba encima 1523

Pedro Díez Le saquearon unos silos que tenía en Mazarambroz 1523

Pedro Fernández del Rincón Le saquearon una casa de Toledo 1523

Ramiro Núñez de Guzmán Le saquearon una casa de Alcubillete 1523

Rodrigo de Logroño Le saquearon una casa de Toledo 1523

Ruy López del Arroyo, escribano público

Le robaron muchos bienes de su casa 1523

San Pedro (soldado realista) Le robaron su caballo, armas, vestidos, dinero y todo lo que llevaba encima

1523

Sancho del Castillo Le robaron mucho trigo 1523

Un criado de Andrés de la Carrera (soldado realista)

Le robaron el caballo, las armas, la ropa y todo lo que llevaba encima

1523

Vasco de Guzmán

Le saquearon su casa de Toledo 1523

El enorme cúmulo de demandas y lo necesario de reparar los daños económicos sufridos

obligaron a la corte a traer a Toledo al licenciado Pedro de Adurza, quien en noviembre de

1522 ya estaba trabajando para resarcir económicamente a los fieles al rey. Algo, por otro

lado, que no deja de ser llamativo, y sobre lo que conviene reflexionar.

La mayor parte de las demandas por robos y saqueos que se pusieron ante el Consejo de

Carlos I fueron encomendadas a Adurza para que las resolviese. Los demandantes se cuentan

por decenas, y da la impresión, leídos los documentos de los consejeros, que durante la guerra

de las Comunidades sólo un bando fue el culpable de los robos de ganado, dinero o joyas, y

de los saqueos de casas, tierras o heredades: los comuneros. No existe demanda alguna de los

que siguieron la Comunidad. Es como si los comuneros no hubiesen sufrido robos y saqueos

en sus casas, realizados por el prior de San Juan y sus soldados. Como en otros muchísimos

asuntos, la documentación del Consejo de los reyes es parcial; no muestra la realidad, sino el

modo de enfrentarse a ella de la monarquía.

Page 233: LA DESTRUCCIÓN DE LA PAZ REGIA (1516-1522)

8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1779

Las demandas que se pusieron ante el Consejo pidiendo reparaciones económicas por

los daños sufridos son de dos tipos, y se caracterizan por dos rasgos. Ciertas demandas las

presentaron soldados del prior de San Juan a quienes los comuneros cogieron in fraganti sin

que pudiesen huir, y les despojaron de todos sus bienes: armas, caballos, dineros, ropas, etc.

Algún soldado acabó en la cárcel de Toledo, pero no encarcelaban a todos. El otro tipo de

demandas son las que ponen personas que habían rechazado participar en la revuelta y

huyeron de Toledo, cuando no acabaron alistándose en el ejército del rey. Como represalia

por su “traición al pueblo” los comuneros les saquearon sus viviendas, sus tierras y todos los

bienes que les pudieron hallar. Ahora bien: ¿el prior de San Juan no desarrolló actuaciones de

castigo contra las propiedades de los rebeldes?. Es seguro que sí, aunque no se ha encontrado

la documentación que lo confirma, si es que existe.

El ejército del monarca estaba mejor organizado que el comunero y no tenía las mismas

necesidades de avituallamiento que la población toledana. Sus dirigentes no necesitaron poner

en marcha “acciones relámpago” como las de los comuneros, quienes atacaban rápidamente y

volvían a toda prisa al amparo de los muros de su urbe. Los del rey fueron estableciéndose

poco a poco en la comarca, ocupando plazas, asegurándose su control, y, así, sometiendo a la

Comunidad hasta que se vio encerrada en Toledo. Aún sin existir escritos que lo ratifiquen,

parece lógico que los soldados del prior cometieran bastantes abusos en los lugares donde

estuviesen asentados, más en un período de guerra -¿cómo no?, si incluso se realizaban

cuando los milicianos permanecían en la tierra en épocas de paz-, mientras que el propio prior

definía los objetivos a atacar, entre ellos las propiedades de los principales líderes de la

revuelta: pueblos completos que siguiendo a su señor se sublevasen, arsenales de armas,

tierras de cultivo y ganados (para impedir el abastecimiento de la urbe rebelde), fortalezas,

etc. Muy poco, sin embargo, se sabe de las acciones del prior de San Juan más allá de aquéllas

que relatan los cronistas, en las que éste suele aparecer como un gran estratega.

Esto nos lleva a la otra cuestión, la de los dos rasgos que caracterizan las demandas que

en 1522 y 1523 -y posiblemente en años posteriores- se pusieron ante el Consejo Real. A uno

de los rasgos ya nos hemos referido: los demandantes son siempre personas fieles al rey, o eso

afirman al menos, que achacan a los comuneros su penuria económica y los destrozos que han

sufrido en sus bienes. Ningún antiguo miembro de la Comunidad demanda a los realistas por

sus delitos, entre otras cosas porque hacerlo resultaba una verdadera osadía que tan sólo iba a

traer problemas al que lo hiciese.

Hay otro rasgo muy llamativo en buena parte de las demandas: quienes las ponen son

personas que cuando estalló la revuelta gozaban de un potencial económico envidiable. Sus

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III. Hacia las Comunidades (1507-1522)

1780

mujeres poseían joyas y vestidos lujosos, contaban con casas tanto en Toledo como en algún

pueblo de los alrededores, tenían pósitos de grano, bodegas de vino, caballos, ovejas, en

definitiva, una riqueza superior a la media. Por eso, precisamente, son blanco de las iras de los

comuneros más pobres.

Esto no quiere decir que los saqueos y robos sólo los sufrieran individuos con solvencia

económica, sino que fueron ellos quienes, acabadas las Comunidades, continuaron poseyendo

la suficiente riqueza como para demandar ante el Consejo a los rebeldes por las pérdidas

económicas que les habían ocasionado. Otras muchas personas también sufrieron las mismas

pérdidas que ellos; tal vez menos cuantiosas porque eran más pobres, pero mucho más graves

precisamente por esto. De las pérdidas de tales personas -y de las pérdidas de los comuneros

más pobres- nunca sabremos nada. La única información que se conserva se refiere a los

“anti-comuneros de clase alta”. Cuando no es así, cuando quienes demandan ante el Consejo

Real los actos delictivos de los comuneros son individuos con una capacidad económica más

reducida, las demandas son colectivas, se ponen en nombre de un número considerable -a

veces muy considerable- de sujetos. Sujetos que, de todos modos, ostentaban un potencial

económico a tener en cuenta. Sí sabemos, aún así, que a la hora de llevar a la práctica las

reparaciones por los destrozos cometidos por la Comunidad se cometieron muchos fraudes536.

En resumen, no podemos dejarnos llevar por esa imagen de la “delincuencia comunera”

que ofrece la documentación del Consejo Real. En ésta se desprestigia a los comuneros, cuya

voz reivindicativa sencillamente no existe, otorgando todo el protagonismo a los que -siempre

según sus testimonios- habían permanecido junto al rey. A los perdedores, a quienes al menos

en principio la realeza no perdonó su actitud rebelde, se les expropiaron los oficios públicos e

innumerables bienes, cayendo sobre ellos como una losa el peso de la disfamia. Linajes

pujantes hasta la época de las Comunidades, los Padilla sobre todo, van a ver frenado de golpe

su ascenso en la urbe. El buen nombre de otros quedará manchado, y tendrán que transcurrir

años para que recupere su antigua honra. Así sucede con los Gaitán, los Dávalos, los Laso de

la Vega...

Los Silva, al contrario, son los grandes beneficiados de la derrota de las Comunidades.

Vuelve a repetirse la historia. Lo mismo que ocurre en 1475, cuando se posicionan al lado de

Isabel la Católica frente a Juana “la beltraneja”, o tal y como sucede en 1504, cuando

permanecen fieles a Fernando el Católico frente al archiduque de Austria, ahora, entre 1520 y

536 MARTÍNEZ GIL, F., La ciudad inquieta..., pp. 130 y ss.

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8. La destrucción de la paz regia (1516-1522)

1781

1522, los Silva también van a beneficiarse de su obediencia a los monarcas establecidos. Eso

sí, en 1522 se benefician como linaje, no como cabeza de un bando.

En febrero de 1522 Juan de Silva ya era alcalde mayor de Toledo, y al menos dos de sus

parientes eran regidores: Alonso de Silva y Juan de Ribera. Como en etapas pasadas, la época

de Carlos I se iniciaba con los Silva bien posicionados. Si perdieron este posicionamiento o

no, y cómo iban a reaccionar los distintos linajes urbanos al mismo, es una cuestión que

tendrán que responder los modernistas. Para responderla, en todo caso, tendrán que partir de

algo indudable: ya que el sistema de solidaridades existente entre los oligarcas experimenta

una metamorfosis paulatina durante la época de los Reyes Católicos, y sobre todo tras la

muerte de la reina Isabel, es más que posible que el movimiento comunero alterase las

alianzas entre los oligarcas. Hasta dónde llegó tal alteración es otro tema que habrá de

resolverse, aunque personalmente pienso que las Comunidades fueron, más que un punto y

final en el sistema de relaciones oligárquicas vigente, un punto y aparte. Al comienzo de las

Comunidades la oligarquía quedó fracturada entre esos que apoyaban al rey, una minoría, y

los que le eran contrarios, si bien, puesto que tal fractura no se apoyaba sobre una base

ideológica de peso -la limpieza de sangre por ejemplo- sino coyuntural, se fue reparando poco

a poco a medida que la revuelta transcurría. Así, cuando el movimiento comunero concluyó la

oligarquía continuaba siendo una, y el livor de las viejas heridas apenas era visible, aunque no

se hubiese limpiado aún a fondo...

Limpiar la mancha que en la fama de los oligarcas dejaron las Comunidades no fue

fácil, aunque los linajes oligárquicos de la urbe hicieran lo posible por conseguirlo. Tampoco

lo fue devolver el prestigio a la comunidad urbana en su conjunto, a esa comunidad que había

demostrado el mismo “carácter anti-regio” que durante el siglo XV, por mucho que los Reyes

Católicos hubiesen querido pacificarla. Como en los años más trágicos del cuatrocientos,

como en 1449 y en 1467, incluso peor que entonces, entre 1520 y 1522 quienes habitaban

Toledo habían descargado su furia contra el rey y sus hombres, destruyendo la paz regia.