La Descentralización en Ecuador
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La Descentralización
en Ecuador.
Constitución Política del Ecuador
Art. 1.- “El Ecuador es un estado social de derecho, soberano, independiente, democrático, pluricultural, multiétnico y unitario. Su gobierno es republicano, presidencial, electivo, representativo, responsable, alternativo, participativo y de administración descentralizada”
Art. 226.- Las competencias del gobierno central podrán descentralizarse, excepto la defensa y la seguridad nacional, la dirección de la política exterior, la política económica y tributaria, la gestión del endeudamiento externo y aquellas que la constitución y convenios internacionales expresamente excluyan.
Consejo Provincial: Promoverá y ejecutará obras de alcance provincial en viabilidad, medio ambiente, riego y manejo de cuencas hidrográficas de su jurisdicción. Ejecutará obras exclusivamente en áreas rurales.
Concejo Municipal: Planificación y ejecución de obras de infraestructura en el área urbana, dotación de alumbrado público, eliminación de basura, dotación de agua potable. En forma complementaria y en la medida que permitan sus recursos podrá cooperar con otros niveles gubernativos en el desarrollo de la cultura, educación y asistencia social.
Regímenes Especiales:
Provincia de Galápagos
Circunscripciones territoriales indígenas y afroecuatorianas
En virtud de la descentralización no podrá haber transferencia de competencias sin transferencias de recursos equivalentes, ni transferencias de recursos sin las competencias.
La descentralización será obligatoria cuando una entidad seccional la solicite y tenga capacidad operativa para asumirla
.El Art. 228 de la Constitución establece que: “Los gobiernos seccionales autónomos serán
ejercidos por los consejos provinciales, los concejos municipales, las juntas parroquiales y los organismos que determine la ley para la administración de las circunscripciones territoriales indígenas y afroecuatorianas.
Los gobiernos provincial y cantonal gozarán de plena autonomía y, en uso de su facultad legislativa podrán dictar ordenanzas, crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales de mejoras”.
Provincias:
Consejo Provincial, su repres. es el Prefecto elegido por voto popular y consejeros en relación directa con
población. Elegidos por voto popular (22 provincias)
Provincias:
Gobernación, su repres. es el Gobernador elegido por el
Presidente
Cantones: Municipio
Concejo Municipal, su repres. es el Alcalde elegido por voto popular,
concejales elegidos por voto popular (219 municipios)
Parroquias Rurales
Junta Parroquial, lo preside el presidente de elección popular (750)
1993- 1998
Ley de Presupuesto
Ley de Modernización del Estado
Ley de Distribución del 15% del presupuesto general del Estado (1997)
Ley de Descentralización y participación social
Constitución Política del Ecuador (1998)
2000- 2002
Juntas Parroquiales Rurales (2000)
Instrumentos para la descentralización:
Reglamento de la ley de descentralización y participación ciudadana
Plan Nacional de Descentralización: Convenios
Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal
Donación 25 % a la impuesto a la renta a Gob. Seccionales
2004Ley de Libre Acceso a la Información
Reforma a la Ley de Régimen Municipal (*)
Ley de Educación (En discusión)
Antes Leyes de Régimen Municipal (66), Provincial (69)Ley Orgánica de Administración Financiera
Esquema Jurídico
Ministerios
ODR’s
Gobiernos
Seccionales
AutónomosCONAM
AME
CONCOPE
CONAJUPARE
I N G R E S O S T R I B U T A R I O S
IMPUESTOS TASAS CONTRI BUCIONES
ESPECIALES DE MEJORAS
Sobre la Propiedad Urbana Aferición de Tasas y Medidas
Apertura, Pavimentación, Ensanche
y Construcción de Vías de toda
Clase
Sobre la Propiedad Rural Aprobación de Planos e
I nspección de Construcciones Repavimentación Urbana
De Alcabalas Rastro Aceras y Cercas
De Registro e I nscripción Agua Potable Obras de Alcantarillado
Sobre los Vehículos Luz y Fuerza Eléctrica Alumbrado Público
De Matrículas y Patentes Matrículas y Pensiones Escolares Construcción y Ampliación de Obras
y Sistemas de Agua Potable
A los Espectáculos Públicos Recolección de Basura y Aseo
Público Plazas, Parques y J ardines
A las Utilidades en la
Compraventa de Bienes
I nmuebles y Plusvalía de los
mismos
Control de Alimentos Otras Obras
Al J uego
Habilitación y Control de
Establecimientos Comerciales e
I ndustriales
Sobre los Activos Totales Alcantarillado y Canalización
Tasas de Timbres Municipales
I N G R E S O S N O T R I B U T A R I O S
Arrendamientos
Rentas de Inversión Financiera
Derechos por Inscripción y Registro
Multas, Intereses y Varios
Otros no Especificados
I N G R E S O S T R I B U T A R I O S
IMPUESTOS TASAS CONTRI BUCIONES ESPECIALES
DE MEJORAS
Adicional del uno por ciento al
I mpuesto a las Alcabalas
Emitidas mediante
Ordenanzas por servicios
facilitados
Construcción, rectificación, ensanche
o pavimentación de carreteras o
caminos
Adicional del uno por mil al
I mpuesto, Registro e I nscripción Agua Potable * Construcción de puentes
Servicios Técnicos
Administrativos * Pavimentación *
* tasas y contribuciones especiales de mejoras con recaudación.
I N G R E S O S N O T R I B U T A R I O S
Arrendamientos
Rentas de Inversión Financiera
Derechos por Inscripción y Registro
Multas, Intereses y Varios
Otros no Especificados
1991 1997 2001 var 91-01Ingresos Totales 1.31% 2.52% 3.62% 2.31% Ingresos Propios 0.33% 0.74% 0.76% 0.43% Tributarios 0.24% 0.38% 0.43% 0.19% No tributarios 0.09% 0.37% 0.33% 0.23% Transferencias 0.79% 1.32% 2.26% 1.47% T. Corrientes 0.27% 0.35% 0.57% 0.30% T. de Capital 0.52% 0.97% 1.69% 1.17% Venta de Activos 0.03% 0.01% 0.02% 0.00%
Gastos Totales 1.19% 1.80% 2.76% 1.57% Gasto Corriente 0.59% 0.81% 0.93% 0.33% Gasto De Capital 0.54% 0.86% 1.67% 1.13%
1991 1997 2001Ingresos Totales 100.00% 100.00% 100.00% Ingresos Propios 28.79% 35.83% 24.91% Tributarios 18.13% 15.02% 11.95% No tributarios 7.22% 14.57% 8.98% Transferencias 60.58% 52.54% 62.42% T. Corrientes 20.84% 13.84% 15.71% T. de Capital 39.74% 38.70% 46.71% Venta de Activos 2.13% 0.45% 0.66%
Gastos Totales 100.00% 100.00% 100.00% Gasto Corriente 52.47% 48.36% 35.75% Gasto De Capital 47.53% 51.64% 64.25%
1991-2001
SITUACION FINANCIERA DE LOS MUNICIPIOS% COMPOSICION
% PIB1991-2001
SITUACION FINANCIERA DE LOS MUNICIPIOS
Municipios: Ingresos
35.83%24.91%
2.13% 0.45% 0.66%
28.79%
60.58%52.54% 62.42%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
1991 1997 2001
Venta de Activos
Transferencias
Ingresos Propios
Los gobiernos seccionales tienen capacidad limitada de modificar Bases imponibles y alicuotas
1991 1997 2001 var 91-01Ingresos Totales 0.45% 0.60% 1.09% 0.64% Ingresos Propios 0.02% 0.05% 0.06% 0.04% Tributarios 0.01% 0.01% 0.00% 0.00% No tributarios 0.02% 0.05% 0.06% 0.04% Transferencias 0.26% 0.48% 0.90% 0.64% T. Corrientes 0.11% 0.11% 0.20% 0.09% T. de Capital 0.15% 0.37% 0.71% 0.55% Venta de Activos 0.00% 0.00% 0.00% 0.00%
Gastos Totales 0.35% 0.46% 0.85% 0.50% Gasto Corriente 0.16% 0.16% 0.21% 0.05% Gasto De Capital 0.16% 0.26% 0.54% 0.37%
1991 1997 2001 var 91-01Ingresos Totales 100.00% 100.00% 100.00% Ingresos Propios 5.46% 8.55% 5.77% 5.61% Tributarios 1.85% 0.97% 0.43% -76.67% No tributarios 3.62% 7.58% 5.34% 47.65% Transferencias 58.35% 78.66% 83.09% 42.39% T. Corrientes 23.60% 17.88% 18.10% -23.32% T. de Capital 34.75% 60.78% 64.99% 87.02% Venta de Activos 0.86% 0.01% 0.13% -85.44%
Gastos Totales 100% 100% 100% Gasto Corriente 48.98% 37.98% 28.19% -42.44% Gasto De Capital 51.02% 62.02% 71.81% 40.75%
1991-2001
SITUACION FINANCIERA DE LOS CONSEJOS PROVINCIALESCOMPOSICION
1991-2001
SITUACION FINANCIERA DE LOS CONSEJOS PROVINCIALES% PIB
Transferencias a provincias Condicionadas No condicionadas
Fondo de Desarrollo de la Provincia de Bolívar 50% FONDEPRO- Fondo de Desarrollo Provincial
Asignaciones para Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua por venta energía 70% FODESEC, Fondo de Desarrollo Provincial
FONDORO: Fondo de Saneamiento Ambiental, vialidad y riego de El Oro.
50% FONDEPRO- Fondo de Desarrollo Provincial
Programa de Vialidad Rural de la Prov. De Manabí
Fondo para sector agropecuario Prov. Chimborazo
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (1)
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (2)
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (3)
Fondo de desarrollo de la provincia de Pichincha
Fondo de desarrollo de la provincia del Carchi
Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central
Sustituva a la ley que crea el fondo de vialidad provincial de la Provincia de Loja FONDVIAL
30% FODESEC, Fondo de Desarrollo Provincial
Transferencias a municipios Condicionadas No condicionadas
Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural (FONSAL) 60% FODESEC, Fondo de Desarrollo Provincial
Fondo de Desarrollo de la Provincia de Bolívar Asignaciones para Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua por venta energía
FONDORO: Fondo de Saneamiento Ambiental, vialidad y riego de El Oro.
Fondo para sector agropecuario Prov. Chimborazo
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (1)
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (2)
Fondo de Desarrollo de las Provincias de la región amazónica (3)
Fondo de desarrollo de la provincia de Pichincha
Fondo de desarrollo de la provincia del Carchi
Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central
Sustituva a la ley que crea el fondo de vialidad provincial de la Provincia de Loja FONDVIAL
40% FODESEC, Fondo de Desarrollo Provincial
Ley de distribución del 15% a gobiernos seccionales
Fondo de descentralización: Para invertir en proyectos de
desarrollo económicos, social y cultural.
30% Consejos Provinciales
50% PNBI prov. / PNBI país
10% superf. prov. / superf. país
40% pobl. prov. / pobl. país
70% Municipios
10% en partes iguales
40% pobl. cantón / pobl. país
50% PNBI cantón / PNBI país
Ingresos propios: imp. Prediales, tasas, contrib. espec. por mejoras.
Cooperación internacional, créditos (Ley de transparencia, responsabilidad y estabilidad fiscal).
50% PNBI
50% población
0.0%
5.0%
10.0%
15.0%
20.0%
1990 1993 1996 1999 2002
Transferencias Gob. Seccionales (% Gasto GC)
Trans. Capital a GSA (% del Gasto GC)
Transf. Corrientes a GSA (% del Gasto GC)
1991 1997 2002Total Transferencias a GSA (% del Gasto GC) 7.5% 11.4% 14.5%Transf. Corrientes a GSA (% del Gasto GC) 2.7% 2.9% 0.9%Municipios (% del Gasto GC) 2.0% 2.2% 0.7%Consejos Provinciales (% del Gasto GC) 0.7% 0.7% 0.2%Trans. Capital a GSA (% del Gasto GC) 4.8% 8.5% 13.6%Municipios (% del Gasto GC) 3.7% 6.2% 10.1%Consejos Provinciales (% del Gasto GC) 1.1% 2.3% 3.5%
Total Transferencias a GSA (% del PIB) 1.0% 1.8% 2.8%Transf. Corrientes a GSA (% del PIB) 0.4% 0.5% 0.2%Municipios (% del PIB) 0.3% 0.4% 0.1%Consejos Provinciales (% del PIB) 0.1% 0.1% 0.0%Trans. Capital a GSA (% del PIB) 0.6% 1.3% 2.7%Municipios (% del PIB) 0.5% 1.0% 2.0%Consejos Provinciales (% del PIB) 0.1% 0.4% 0.7%
Impacto de las transferencias en el Gobierno Central
0.0%
1.0%
2.0%
3.0%
4.0%
1990 1993 1996 1999 2002
Transferencias a Gob. Seccionales (%PIB)
Trans. Capital a GSA (% del PIB)
Transf. Corrientes a GSA (% del PIB)
EQUIDAD TRANSFERENCIA 15% POR POBRE 2002
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
120.0
140.0
160.0
20.0% 30.0% 40.0% 50.0% 60.0% 70.0% 80.0% 90.0% 100.0%
% NBI
TRA
NSF
EREN
CIA
PO
R P
OB
RE
Gestión Gasto Público Objetivos macrofiscales los define
anualmente el Gob. Central. Metas de resultado fiscal bianual, y de endeudamiento quinquenales
No existe institución de coordinación macrofiscales entre niveles de gobierno.
Existen algunos programas nacionales focalizados con gestión por resultados (Bono de Desarrollo Humano).
Endeudamiento subnacionalLa ley de responsabilidad fiscal (reglas macrofiscales):1. Límite a la deuda pública total:
40% del PIB (reducción de 16 puntos porcentuales durante 4 años hasta llegar a la meta).
2. Límite de endeudamiento a los gobiernos seccionales:
Relación porcentual entre pasivos totales y los ingresos totales máximo 100%.
El servicio anual de la deuda con respecto a los ingresos totales no podrá ser superior al 40%.
LIMITE AL STOCK DE LA DEUDA(pasivo total/ingreso total)
0%
100%
200%
300%
400%
500%
600%
700%
800%
900%
1000%
1100%
1200%
1300%
0 50 100 150 200 250Gobiernos Seccionales
rela
ción
por
cent
ual
Plan de reducción deuda
Autonomía
LIMITE AL FLUJO DE DEUDA(servicio / ingresos totales)
0.0%
10.0%
20.0%
30.0%
40.0%
50.0%
60.0%
0 50 100 150 200 250
Gobiernos Seccionales
rela
ción
por
cent
ual
Autonomía
Plan de Reducción
RESTRICCIONES AL ENDEUDAMIENTO PUBLICO
Restricciones y requisitos de la deuda pública:
El endeudamiento del sector público será exclusivamente para financiar proyectos de inversión.
El gobierno central no podrá: subrogar, contratar créditos directos a favor de terceros.
Garantías exclusivamente para créditos externos de infraestructura básica de los Gobiernos Seccionales, con fideicomiso del Banco Central.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Sanciones a funcionarios públicos:
Sanciones a funcionarios (US$ 200 a 2.500).
Sanciones a máximas autoridades (20 A 30 veces su remuneración mensual).
Sanciones a Ministros de Estado (US$ 200 a 2.500).
Sanciones a funcionarios Contraloría General (US$ 500 a 5.000).
Revocatoria de mandato.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Sanciones por incumplimiento deuda pública
Sanciones a la banca pública y privada.
Prohibiciones de acceso al crédito
Sanciones por negligencia en el envío de información al MEF (suspensión de transferencias a Gobiernos Seccionales)