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LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO

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LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO

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LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO

El Régimen de DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO, se asienta en la aso-ciación libre y voluntaria de los viticultores y vinicultores de vinos finos de la región, con la finalidad del aprovechamiento mutuo de las especiales características ecológicas y del encepado que distinguen el área geográfica LUJÁN DE CUYO, lo que permite la obtención de productos de calidad perfectamente diferenciables de similares produci-dos en condiciones naturales distintas.

Esta asociación libre y voluntaria para el uso y usufructo de las condiciones naturales de pro-ducción, que implica la utilización del nombre geográfico del área involucrada; como sello iden-tificatorio de los vinos de calidad en ella obtenidos, necesitaba el establecimiento de normas de común aceptación, cuya finalidad era la de asegurar los máximos niveles de calidad, derivados de la materia prima y los cuidadosos procesos de elaboración.

Es por ello que el 9 DE DICIEMBRE DE 1988 se establecen las BASES Y PAUTAS DE ACUERDO entre las principales empresas de Luján de Cuyo que efectúan su actividad económica en el sector de producción, elaboración, crianza, comercialización y exportación de vinos de Luján de Cuyo.

En consecución de los puntos establecidos en las bases o pautas de acuerdo, el 12 DE OCTUBRE DE 1989, se crea el CONSEJO DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO. Siendo su objetivo:

· Aprovechar todas las iniciativas y medidas tendientes a promover la calidad del vino de Luján de Cuyo, por estimar que en base a la calidad se podrá mantener y mejorar su imagen, contribuyendo en consecuencia al progreso de la vitivinicultura del Departa-mento.

· Otorgar certificado de la DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO a los vinos que cumplan con las condiciones del reglamento que oportunamente se apruebe.

· Trabajar para que se sancione una Ley Denominación de Origen sobre la base de su administración por entidades privadas.

· Conseguir la unidad de los empresarios vitivinícolas y productores del Departamento como valor positivo y sobre la base indispensable de la libertad de afiliación.

· Crear los instrumentos adecuados para la prestación de servicios y/o asumir la gestión de defensa de las aspiraciones empresariales de los asociados; ante el Estado, entes au-tónomos y cualquier otra institución.

· Estudiar las variedades de vid más adecuadas para la región.

· Colaborar con los organismos oficiales y otras entidades que estén relacionadas con la vitivinicultura y el comercio del vino.

ORGANIZACIÓN SOCIAL Y FUNCIONAL

Con la creación y formación de los órganos del Consejo y la Sanción de los Estatutos que regirán su funcionamiento como entidad civil sin fines de lucro. Se trabajó en las medidas tendientes a cumplir los objetivos establecidos en el ACTA FUNDACIONAL.

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A instancias del DIRECTORIO como órgano regente de su accionar y del DIRECTORIO EJE-CUTIVO como coordinador de las acciones de las COMISIONES DEL TRABAJO y de la CO-MISIÓN ASESORA; se crea el COMITÉ DE REDACCIÓN DEL REGLAMENTO DE LA DE-NOMINACIÓN DE ORIGEN “LUJÁN DE CUYO”. Reglamento cuyo texto se aprueba el 17 DE AGOSTO DE 1990.

Con la determinación de las áreas de responsabilidad de cada uno de los órganos creados por el Estatuto y el diseño de la labor a cumplir por las comisiones interdisciplinarias integradas por los miembros del Consejo y por los miembros de los organismos y entes que apoyan su labor FA-CULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS – INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGRO-PECUARIA (I.N.T.A. - LUJÁN DE CUYO) y MUNICIPALIDAD DE LUJÁN DE CUYO; se ma-terializa su organización funcional.

El 11 DE SETIEMBRE DE 1990 por resolución Nº 365/90 de la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza, obtiene la personería jurídica como asociación civil sin fines de lucro; y el 26 DE DICIEMBRE DE 1990 por decreto Nº 3086 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza se aprueba la DENOMINACIÓN DE ORIGEN “LUJÁN DE CUYO” constituyendo ésta la PRIMERA DENOMINACIÓN DE ORIGEN EN VINOS DE AMÉRICA DEL SUR, reco-nocida y reglamentada.

EL VINO CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN CONTROLADA

Consolidada jurídicamente la organización y reconocida la Denominación de Origen, el más cá-lido de los objetivos del Consejo fue, el de elaborar un vino, cada uno de sus miembros, que lleve el sello “LUJÁN DE CUYO”. Así el 30 DE DICIEMBRE DE 1990 y por RESOLUCIÓN Nº 1-90 de su órgano regente, se fijan las pautas que deberá cumplir el primer vino TINTO DE GUARDA con DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO.Para ello el Consejo abrió su REGISTRO DE VIÑEDOS CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN, en base a las verificaciones y dictámenes que preparó la COMISIÓN VINÍCOLA durante el pe-ríodo agrícola; revisando los viñedos dentro de la zona de producción delimitada. Sólo diez cum-plieron con todos los requisitos del reglamento aprobado y al inicio de la vendimia de 1991, esta misma comisión efectuó los asientos iniciales en el LIBRO DE MATERIA PRIMA Y ELABORA-CIÓN DE VINOS correspondientes a diez miembros fundadores del Consejo.

La COMISIÓN TÉCNICA ENOLÓGICA, por su parte, completó en los inicios de 1991 la re-visión de las bodegas para su elaboración. El Consejo abrió su REGISTRO DE BODEGA y esta misma comisión efectuó los asientos iniciales en el LIBRO DE MOVIMIENTOS Y EXISTEN-CIAS DEL VINO en base a los controles efectuados durante la vendimia de ese año a cada uno. Posteriormente siguió y verificó todo el proceso e identificó los vinos correspondientes en bodega antes de su añejamiento.

El 16 DE NOVIEMBRE DE 1991 en la Cava del MUSEO FADER, la COMISIÓN DE DEGUS-TACIÓN sometió a cata pública los vinos elaborados en el año y aspirantes a ser reconocidos en el futuro como de DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO; en la oportunidad de la visita y en la presencia del Dr. ROBERT TINLOT (OIV), el profesor EM. JEAN CRETTENAND de Suiza y el Prof. W. MARK KLIEWER de la Universidad de California, Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales responsables de la Facultad de Ciencias Agrarias (UNC) del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), enólogos mendocinos, periodistas especializa-dos y público en general.

La unánime aprobación se vio confirmada con las palabras finales de JEAN CRETTENAND y el padrinazgo de ROBERT TINLOT. Aun así se debió esperar dos años más para salir estos vinos al

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mercado; en virtud de los requisitos de guarda y añejamiento exigidos por el Reglamento y luego de una nueva evaluación aprobatoria por la COMISIÓN DE DEGUSTACIÓN.

LEY DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN CONTROLADA PROVINCIAL

Siempre estuvo en la conciencia de los integrantes del Consejo y de los entes y organismos que apoyan el régimen de la Denominación de Origen, que el trabajo fecundo, callado y sin prisa, pero sin pausa de Luján de Cuyo, era un ejemplar digno de ser imitado por otras regiones de la pro-vincia e inclusive del país. Al ser uno de los máximos objetivos el de que se contara como punto de partida, con una Ley Provincial de Denominación de Origen; el Consejo trabajó largo tiempo junto a la COMISIÓN DE AGRICULTURA de la CÁMARA DE DIPUTADOS DE MENDOZA en la preparación del proyecto del RÉGIMEN DE LAS DENOMINACIÓN DE ORIGEN CON-TROLADA, sancionada finalmente en forma sucesiva por ambas cámaras el 16 DE MARZO DE 1993 por la LEY Nº 5999. Esta ley es promulgada y aprobada por el DECRETO 438/93 del PO-DER EJECUTIVO PROVINCIAL el 5 DE ABRIL DE 1993.

PRIMERA LEY NACIONAL DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN

En base a la reglamentación particular preparada para su denominación de origen por los pro-ductores de Luján de Cuyo y en los principios básicos contenidos en la Ley Provincial y conscien-tes de la necesidad de contar con una Legislación Nacional que proteja y difunda los VINOS CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN; el CONSEJO DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN “LUJÁN DE CUYO”, a iniciativa de sus miembros, elabora un ANTEPROYECTO DE REGLAMENTA-CIÓN NACIONAL, el cual constituyó una propuesta concreta para un SISTEMA ARGENTINO PARA LA PROTECCIÓN Y REGISTRO DE VINOS CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN.

Estas futuras pautas nacionales fueron sometidas el 7 DE NOVIEMBRE DE 1994 a la considera-ción primaria de los Legisladores Nacionales que representaban a la Provincia de Mendoza en el Congreso Nacional. El proyecto no sólo recogía el pensamiento de Luján de Cuyo sino también el de un nutrido número de otros proyectos que en forma individual y/o agrupados habían pre-parado distintos representantes nacionales. De la profunda confrontación de las bases, con ideas propuestas y necesidades surge un proyecto único que el 30 DE OCTUBRE DE 1996 se transfor-ma en LEY NACIONAL Nº24726.

En espera de la reglamentación legal el 3 DE DICIEMBRE DE 1996 el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL veta por DECRETO Nº1395 la referida ley con escasos argumentos. Años de esfuerzos caen bajo la falta de entendimiento y comprensión. La DENOMINACIÓN LUJÁN DE CUYO hace público su descontento y emite su primer COMUNICADO NACIONAL el 10 DE DICIEMBRE DE 1997. “EL RECONOCIMIENTO DE UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN, NO ES UN ACTO DE CREACIÓN DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, SINO QUE ES UN ACTO DE CON-FIRMACIÓN O RATIFICACIÓN DE UN NOMBRE GEOGRÁFICO QUE YA CUENTA CON RECONOCIMIENTO SUFICIENTE EN EL MERCADO. ES DAR FORMA JURÍDICA A UNA SITUACIÓN QUE EXISTE DE HECHO Y CON EL OBJETO DE MANTENER O POTENCIAR LA CALIDAD Y PRESERVAR EL PRODUCTO DE COMPETENCIAS DESLEALES”.

PROYECTOS INTERMEDIOS DE LEGISLACIÓN NACIONAL

El año 1996 y parte de 1997 fueron apareciendo distintos proyectos por parte de legisladores nacio-nales y de organismos técnicos; pero recién en setiembre de este último año en una AUDIENCIA PÚBLICA convocada por la COMISIÓN DE COMERCIO, INDUSTRIA y de ECONOMÍAS RE-GIONALES del Senado de la Nación; estos se debaten públicamente. Se acuerda, al no conformar en forma completa ninguno de ellos, a continuar en permanente sesión hasta elaborar una única propuesta de Legislación Nacional.

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Para esta serie de reuniones la DENOMINACIÓN DE ORIGEN “LUJÁN DE CUYO”, presenta el 13 DE OCTUBRE DE 1997 un nuevo anteproyecto sobre Denominaciones de Origen cuyo trata-miento se dilató en el tiempo.

LEY NACIONAL DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS

A partir de la sanción de la Ley Nº24425 en la que la República Argentina aprueba e incorpora a su legislación el ACTA FINAL DE LA RONDA DE URUGUAY; LAS DECISIONES, DECLARA-CIONES Y ENTENDIMIENTOS MINISTERIALES y el ACUERDO DE MARRAKECH, por el que se establece la O.M.C., comenzó a aparecer en la conciencia vitivinícola nacional el tratamiento prioritario a las INDICACIONES GEOGRÁFICAS, ya que a nivel internacional “NO HAY PRO-TECCIÓN POSIBLE DE LAS INDICACIONES GEOGRÁFICAS NO PROTEGIDAS EN SU LU-GAR DE ORIGEN”.

Consecuente con su pensamiento y con un objetivo más amplio el 5 DE ABRIL DE 1998 LUJÁN DE CUYO presenta un nuevo anteproyecto de la ley sobre INDICACIONES DE PROCEDENCIA, INDICACIONES GEOGRÁFICAS y DENOMINACIONES DE ORIGEN, el cual trabajado por los SENADORES MENDOCINOS con el aporte del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINI-CULTURA es aprobado el 6 DE MAYO DE 1998 por el CONGRESO

NACIONAL bajo el nombre de LEY POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS GENERA-LES PARA LA DESIGNACIÓN Y PRESENTACIÓN DE VINOS Y BEBIDAS ESPIRITUOSAS DE ORIGEN VÍNICO DE LA ARGENTINA.

Recién a partir de la sanción por el Senado Nacional se genera un profundo y totalizador debate de los distintos sectores que componen la actividad vinícola; sobre la necesidad y las condiciones para el reconocimiento y aplicación de un SISTEMA DE IDENTIFICACIONES GEOGRÁFICAS PARA LOS VINOS ARGENTINOS.

Al proyecto original sancionado se lo fue enriqueciendo con el aporte de ENTES e INSTITUCIO-NES NACIONALES Y PROVINCIALES, con el de PERSONAS RELACIONADAS CON EL VINO Y LA UVA, fundamentalmente de la Provincia de Mendoza y con el constante aporte y debate del COMITÉ EJECUTIVO de la DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO, concluyendo tras largos meses de deliberaciones en un proyecto de modificación de ley que elevado a la Cámara de Diputados de la Nación se transforma el 15 DE SETIEMBRE DE 1999 en la LEY NACIONAL Nº 25163, en plena vigencia.

REFLECCIONES FINALES

Si bien cronológicamente lo actuado y realizado en la DENOMINACIÓN DE ORIGEN LUJÁN DE CUYO tiene su inicio el 9 de diciembre de 1998 con las bases y puntos de acuerdo entre empresas de la región. No debemos olvidar los estudios previos realizados por el Ing. C.A. ROMANELLA de la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS con el trabajo de los suelos de la región en 1953-1954 y su planteamiento de la individualización de las zonas de producción vitícolas, tan necesarios para la tipificación de los vinos y la certificación de sus orígenes. Así como tampoco lo realizado desde 1971 y que aún hoy continúa por el I.N.T.A. con su programa VID abarcando un completo estudio sobre las variedades de la región desde la correcta identificación ampelográfica del Ing. A. ALCAL-DE hasta la aptitud vitícola y enológica de los cepajes del Ing. CARLOS CATANIA y En. SILVIA A. DEL MONTE; también de muchos otros que si bien se omiten sus nombres, sus incesantes luchas, aportes ideológicos, trabajos e investigaciones son bien recordados y tomados en la investigación.Todo esto lleva a decir que la DENOMINACIÓN DE ORIGEN “LUJÁN DE CUYO”, CUMPLE 50 AÑOS DE CONSTANTE TRABAJO.