La Constitución Alemana de Weimar

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TEORÍA ECONOMICA VÍCTOR HUGO URDAPILLETA MUÑIZ 2° CUATRIMESTRE LICENCIATURA EN DERECHO LA CONSTITUCIÓN ALEMANA DE WEIMAR. (CONSTITUCIÓN DEL REICH ALEMÁN) Las características del Estado de Derecho han permitido definir al sistema constitucional, habiendo cuatro grandes tendencias: la liberal, la social, la democrática y la cultural . En el siglo XX dominaba el constitucionalismo liberal fraguado a todo lo largo de la centuria precedente. Las constituciones se estructuraban a partir de los derechos de libertad, propiedad, seguridad jurídica e igualdad. Algunos de sus corolarios eran los derechos de asociación, petición, sufragio y libertad de conciencia. El constitucionalismo social apareció en la carta de Querétaro de 1917 recibió mayor difusión en América Latina y, en la Constitución alemana de Weimar de 1919, quién tuvo mayor influencia tuvo en Europa. Las tesis sociales de Weimar tuvieron resonancia en las sociedades industriales, sobre todo porque permitían hacer frente a las presiones obreras que encontraban inspiración en la revolución soviética. Las tesis mexicanas fueron más atractivas para quienes tenían que paliar la inquietud de las sociedades rurales. Hacia 1919, Alemania sufría las consecuencias de la Primera Guerra Mundial y, ante la situación laboral, se produjeron revoluciones, movilizaciones y huelgas obreras que motivaron, entre otras razones que, tras una Asamblea Nacional, se

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TEORÍA ECONOMICAVÍCTOR HUGO URDAPILLETA MUÑIZ

2° CUATRIMESTRELICENCIATURA EN DERECHO

LA CONSTITUCIÓN ALEMANA DE WEIMAR. (CONSTITUCIÓN DEL REICH ALEMÁN)

Las características del Estado de Derecho han permitido definir al sistema constitucional, habiendo cuatro grandes tendencias: la liberal, la social, la democrática y la cultural.

En el siglo XX dominaba el constitucionalismo liberal fraguado a todo lo largo de la centuria precedente.

Las constituciones se estructuraban a partir de los derechos de libertad, propiedad, seguridad jurídica e igualdad. Algunos de sus corolarios eran los derechos de asociación, petición, sufragio y libertad de conciencia.

El constitucionalismo social apareció en la carta de Querétaro de 1917 recibió mayor difusión en América Latina y, en la Constitución alemana de Weimar de 1919, quién tuvo mayor influencia tuvo en Europa.

Las tesis sociales de Weimar tuvieron resonancia en las sociedades industriales, sobre todo porque permitían hacer frente a las presiones obreras que encontraban inspiración en la revolución soviética.

Las tesis mexicanas fueron más atractivas para quienes tenían que paliar la inquietud de las sociedades rurales.

Hacia 1919, Alemania sufría las consecuencias de la Primera Guerra Mundial y, ante la situación laboral, se produjeron revoluciones, movilizaciones y huelgas obreras que motivaron, entre otras razones que, tras una Asamblea Nacional, se promulgara la Constitución de 1919, conocida como la Constitución de Weimar.

Su nombre oficial no es el de “CONSTITUCIÓN DE WEIMAR”, como ha pasado a la historia en virtud de la ciudad donde se celebró la Asamblea Nacional constituyente, sino el de “CONSTITUCIÓN DEL REICH ALEMÁN” (“Verfassung des Deutschen Reiches”), llevando la fecha de 11 de agosto de 1919.

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LA CONSTITUCIÓN ALEMANA DE WEIMAR SE PUEDE ENCONTRAR LOS SIGUIENTES RASGOS FUNDAMENTALES:

Principio de sistema parlamentario. Cuando el mayor peso del poder reside en el Parlamento.

Principio del sistema partitocrático. Cuando el mayor peso del poder reside en el partido mayoritario en el Parlamento, a través de la figura de su líder, que se convierte en Canciller.

Principio del sistema colegiado. Cuando el mayor peso del poder reside en el Gobierno o Consejo de Ministros colegiado.

Principio del sistema presidencialista. Cuando el mayor peso del poder político radica en la figura del Presidente, del Jefe del Estado.

SI BIEN LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR NO TIENE EL CONTENIDO ESPECÍFICO DE LA CONSTITUCIÓN DE QUERÉTARO, CONSAGRA VARIOS PRINCIPIOS SIMILARES: Estableció una república federal. Como el principio protector, principio base del Derecho del Trabajo. La disposición sobre el trabajo adecuado. Los derechos concretos como la libertad sindical, el derecho de huelga y la negociación

colectiva. Reconocimiento de los derechos a la organización profesional. La elección de un presidente por votación popular. Principios de equidad en las relaciones jurídicas y económicas. Sistema de seguro social.

Fue la segunda Constitución en el mundo y la primera europea en incorporar derechos y principios laborales en la más alta jerarquía de la normativa estatal.

Sin duda, LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR influyó entre los constituyentes de 1919 para elaborar la Constitución, especialmente en la consagración de los principios que, por ser tales, fueron recogidos por la misma.

LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR junto a LA CONSTITUCIÓN DE MÉXICO sancionada dos años antes, dieron origen al constitucionalismo social, que estableció el Estado de bienestar y reconoció los derechos de los trabajadores.

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