La comunidad

4

Click here to load reader

Transcript of La comunidad

Page 1: La comunidad

LA COMUNIDADDerecho Civil y bienes.

 Estudiante: Eliana Estefania Giménez Campos.Titular de la C.I. N°: V-24.393.5258

II año de Derecho

UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”.

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHOBARQUISIMETO ESTADO

LARA.

• Origen y nacimiento.• Formas de disolución de la

comunidad.• Derechos y deberes de los

comuneros

Page 2: La comunidad

ORIGEN Y NACIMIENTO: F. Violich la define como: “grupo de personas

que viven en un área geográfica específica y cuyos miembros comparten actividades e intereses comunes, donde pueden o no cooperar formal e informalmente para la solución de los problemas colectivos”.

En derecho civil, la comunidad tiene su origen en Roma, en el periodo del imperio. Podemos asociar su origen junto al nacimiento de la “propiedad”. Este consistía en bajo un mismo documento, otorgale los mismos derechos y deberes sobre la cosa a dos personas.

Page 3: La comunidad

FORMAS DE DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD:

 Disolución parcial: cuando un comunero cede sus cuotas hacia uno o hacía la comunidad entera, bien sea a través de la venta o de manera gratuita.

Disolución por consolidación: esta se refiere a que por alguno de los supuestos establecidos por la ley, todas las cuotas recaigan sobre una persona.

Por extinción de la cosa.

Page 4: La comunidad

DERECHOS Y DEBERES DE LOS COMUNEROS:

Derecho: cada comunero tiene el derecho de usar, disfrutar y disponer de la cosa común, conforme a lo acordado o establecido en contrato.

Deberes: la contribución es el principal deber de todo comunero, con respecto a los gastos denominados en tres grupos: gastos necesarios, gastos útiles y gastos suntuarios.