Percepción Comunidad Internacional frente a la Comunidad Andina
La comunidad
Click here to load reader
-
Upload
eliana-gimenez -
Category
Law
-
view
24 -
download
0
Transcript of La comunidad
LA COMUNIDADDerecho Civil y bienes.
Estudiante: Eliana Estefania Giménez Campos.Titular de la C.I. N°: V-24.393.5258
II año de Derecho
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHOBARQUISIMETO ESTADO
LARA.
• Origen y nacimiento.• Formas de disolución de la
comunidad.• Derechos y deberes de los
comuneros
ORIGEN Y NACIMIENTO: F. Violich la define como: “grupo de personas
que viven en un área geográfica específica y cuyos miembros comparten actividades e intereses comunes, donde pueden o no cooperar formal e informalmente para la solución de los problemas colectivos”.
En derecho civil, la comunidad tiene su origen en Roma, en el periodo del imperio. Podemos asociar su origen junto al nacimiento de la “propiedad”. Este consistía en bajo un mismo documento, otorgale los mismos derechos y deberes sobre la cosa a dos personas.
FORMAS DE DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD:
Disolución parcial: cuando un comunero cede sus cuotas hacia uno o hacía la comunidad entera, bien sea a través de la venta o de manera gratuita.
Disolución por consolidación: esta se refiere a que por alguno de los supuestos establecidos por la ley, todas las cuotas recaigan sobre una persona.
Por extinción de la cosa.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS COMUNEROS:
Derecho: cada comunero tiene el derecho de usar, disfrutar y disponer de la cosa común, conforme a lo acordado o establecido en contrato.
Deberes: la contribución es el principal deber de todo comunero, con respecto a los gastos denominados en tres grupos: gastos necesarios, gastos útiles y gastos suntuarios.