La Carta de Los Derechos y Deberes Económicos de Los Estados.

8
LECTURA 4 APARTADO D LA CARTA DE DERECHOS Y DEBERES ECONÓMICOS DE LOS ESTADOS Hemos apuntado, en los incisos precedentes de este mismo capítulo, la necesida de que exista un hábeas comprensivo de normas que sea capaz de reducir la anarquía y la inseguridad n las relaciones económicas entre los países avanzad los de menor desarrollo, que propenda a suprimir las desigualdades actuales y provea al mismo tiempo instituciones bien orientadas para administrar esas relaciones, así como una maquinaria para el justo y pacifico arreglo de los co de orden económico, y que a la vez sea capaz de eliminar la presión y la viole n relación a ello debe mencionarse a la !arta de "erecho y "eberes conómicos de los stados, que el presidente de #$xico, %uis cheverría lanzaraa la consideración de la comunidad internacional. !omo se sabe, durante la reunión de la !onferencia de !omercio y "esarrollo de las &aciones '&()!", en *antiago de !hile, el + de abril de + - , el presidente cheverría expreso en un discurso la tesis de que debiera redactarse por la '&!()" una c en la que se definieran los derechos y las obligaciones de %os stados en mate económica, determinando con ello la vigilancia de un r$gimen legal, a fin de q intercambio comercial, y en general, las relaciones económicas entre industrializados y las naciones en desarrollo se desenvuelvan sobre bases just certeras y uniformes y de acuerdo con normas obligatorias de comportamien económico, con validez universal, y que propicie un mecanismo de cooperación p el desarrollo equitativo del mundo y para contribuir al quilibrio político de ello, propuso el funcionario mexicano, seria conveniente que un grupo de traba representantes dentro de la misma '&!()", o en otros organismos internacionale prepara un ante proyecto de carta sobre estos importantes puntos.

Transcript of La Carta de Los Derechos y Deberes Económicos de Los Estados.

LECTURA 4

LECTURA 4

APARTADO D

LA CARTA DE DERECHOS Y DEBERES ECONMICOS DE LOS ESTADOSHemos apuntado, en los incisos precedentes de este mismo captulo, la necesidad de que exista un hbeas comprensivo de normas que sea capaz de reducir la anarqua y la inseguridad n las relaciones econmicas entre los pases avanzados y los de menor desarrollo, que propenda a suprimir las desigualdades actuales y que provea al mismo tiempo instituciones bien orientadas para administrar esas relaciones, as como una maquinaria para el justo y pacifico arreglo de los conflictos de orden econmico, y que a la vez sea capaz de eliminar la presin y la violencia.

En relacin a ello debe mencionarse a la Carta de Derecho y Deberes Econmicos de los Estados, que el presidente de Mxico, Luis Echeverra lanzara a la consideracin de la comunidad internacional. Como se sabe, durante la tercera reunin de la Conferencia de Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas, UNTACD, en Santiago de Chile, el 19 de abril de 1972, el presidente Echeverra expreso en un discurso la tesis de que debiera redactarse por la UNCTAD una carta en la que se definieran los derechos y las obligaciones de Los Estados en materia econmica, determinando con ello la vigilancia de un rgimen legal, a fin de que el intercambio comercial, y en general, las relaciones econmicas entre los pases industrializados y las naciones en desarrollo se desenvuelvan sobre bases justas, certeras y uniformes y de acuerdo con normas obligatorias de comportamiento econmico, con validez universal, y que propicie un mecanismo de cooperacin para el desarrollo equitativo del mundo y para contribuir al Equilibrio poltico del orbe. Para ello, propuso el funcionario mexicano, seria conveniente que un grupo de trabajo de representantes dentro de la misma UNCTAD, o en otros organismos internacionales, prepara un ante proyecto de carta sobre estos importantes puntos.

La Conferencia de Comercio Desarrollo recogi la tesis del presidente mexicano, y por resolucin 45, III, de 18 de mayo de 1972 creo un grupo de trabajo integrado por representantes gubernamentales de treinta y un Estados miembros luego amplio a cuarenta. Los resultados de la labor de ese grupo deberan ser turnados a la Junta de Comercio y Desarrollo, uno de los rganos principales de la UNCTAD, par que lo examinara en su decimotercero periodo de secciones el ao de 1973, a fin de que el informe del referido grupo, con las observaciones y sugestiones que tuviera que hace, fuera sometido a la consideracin de la Asamblea General de Naciones Unidas en el XXVIII periodo de sesiones de este rgano, en el otoo de 1973.

Un anteproyecto esquemtico de la carta fue sometido a la Asamblea General de Naciones Unidas en el otoo de 1973, la cual recomend se prosiguiera el trabajo a fin de que la XXIX Asamblea General, en el otoo de 1974, tuviera ante s un proyecto final de carta, que pudiera ser examinado y votado en esa reunin.

En 1974, el grupo de los Cuarenta se reuni en Ginebra, en l a primavera, y ms tarde en Mxico, durante el verano, y se logr obtener un texto ms o menos satisfactorio. Por fin, el 12 de diciembre de 1974 la Carta de Derechos y Deberes Econmicos de los Estados, fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en forma de una Resolucin, la nmero 3281 XXIX, por ciento veinte votos a favor, seis en contra y diez abstenciones.

La Carta Econmica, que se reproduce en el apndice, es un instrumento heterogneo y complejo, bastante extenso, que comprende muchas y muy diversas materias, que rige tantos asuntos al mismo tiempo. Se trata de un documento muy ambicioso. Desde el punto de mira del internacionalista, la Carta de Derechos y Deberes Econmicos de los Estados constituye un documento ideal para estudio.

No solo recoge en modo razonable las corrientes de pensamiento de la mayor parte del mundo sobre cuestiones econmicas internacionales, sino que contiene numerosos principios, preceptos y reglas moderno derecho internacional, amen de no pocas normas in fieri, y disposiciones de lege ferenda, que propenden a convertirse en reglas generales. En otras palabras, existe ah una gran cantidad de material nuevo que hace el deleite del investigador.

La premura para asegurar la Carta y hacerla realidad provoco que n o saliera un texto todo lo satisfactorio que se quisiera, y que se perciban algunas pequeas inconsistencias y repeticiones, y quiz alguna falta de ordenacin.

La Carta, como es natural, tuvo que abarcar numerosas materias en los treinta y cuatro artculos que contiene. As puede observarse que encierra declaraciones de principios. Junto a ello se notan disposiciones sobre comercio, que forman la parte ms cuantiosa de ella. Trata asimismo sobre inversiones de extranjeros, en una forma que provoco dura reaccin de los pases fuertes.

Las empresas transnacionales encuentran referencia ah. Aspectos de organizacin internacional son tratados tambin en la Carta. Hay mencin as mismo a la ciencia y tecnologa. El desarme ocupa algn lugar en las prescripciones de la Carta. Es factible notar del mismo modo el colonialismo recibe atencin en el documento la cuestin de los fondos marinos es recogida ah tambin. El equilibrio ecolgico ha merecido ser incluido en la Carta. Por ultimo, la Carta contiene reglas sobre interpretacin y sobre procedimiento de revisin de la misma Carta econmica.

La circunstancia de que contengan tantas y tan profusas materias se debe a que, desde un principio, la III reunin de la UNCTAD La Conferencia de Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas en cuyo seno se gesto la Carta-, en abril de 1972, en Santiago de Chile, recogi los diez puntos que propuso el Presidente E3cheverria y dio el mandato al grupo de trabajo para que el documento contuviera esos diez lineamientos.

Pero, adems, esta lo que podramos llamar, Economa Parlamentaria, ya que habra una gora propicia y una confrontacin definida entre los pases industriales y los del tercer mundo. Era oportuno entonces dirimir una larga serie de cuestiones que interesaba a ambos grupos. Posponer algn o algunos de los temas equivala a dividir la contencin y a perder la oportunidad de ajustar todas estas diferencias de una vez y de consignar los puntos de acuerdo en solo instrumento.

La opinin corriente es que se trata de un documento que contiene temas enteramente nuevos. En realidad no es as ya que l merito de la Carta precisamente es reunir una serie de cosas viejas y nuevas, predominando las primeras, mas presentndolas en un conjunto bastante racional.. Podramos intentar la diseccin del contenido de la Carta en forma analtica, y ello ilustra grandemente sobre el todo.

Por ejemplo, puede encontrarse que la Carta de derechos y deberes econmicos de los estados contiene principios que se toman bsicamente de la Carta de la Naciones Unidas y de la Carta de Organizacin de los estados Americanos. Ellos aparecen en el prembulo denominado Principios fundamentales de las relaciones econmicas internacionales, y solo los marcados con las letras e), i), m) y o) son de nuevo cuo y no haban aparecido en documentos internacionales.

Por lo que respecta a la codificacin de normas consuetudinarias, o si quiere, expresadas de manera sugestiva y novedosa puede encontrarse, en l articulo 1, que se refiere al derecho que tienen los estados a elegir un sistema poltico, social y cultural de acuerdo con la voluntad a su pueblo, y que no es sin el derecho a la autodeterminacin manifestada de otro modo.

Debe mencionarse en esta conexin al articulo 30, relativo a la proteccin al medio ambiente, y que reproduce el espritu de la resolucin de la conferencia de Estocolmo, de 1976; o l articulo 32 que viene a ser reiteracin del actual articulo 19 de la Carta de la Organizacin de los estados americanos, reformada en Buenos Aires en 1967.

La Carta codifica reglas contenidas en otras resoluciones de la Naciones Unidas. Puede citarse, como ejemplo de esto, el controvertido articulo 2, cuyos incisos a y c aparecen en la resolucin relativa a la soberana permanente sobre los recursos naturales, No. 3171, XXVIII, de la Asamblea General, de Diciembre 17 de 1973. Otro ejemplo de ello es el articulo 29 que recoge las normas de la Resolucin 2749 (XXV) de Diciembre de 1970, que estableci los fondos marinos y ocenicos y sus subsuelos situados mas all de la jurisdiccin nacional son patrimonio comn de la humanidad.

La Carta econmica comprende as mismo, preceptos conocidos, pero anunciados de una manera novedosa. Tal es el caso, primero, del articulo 12, que amplia y da contenido al regionalismo que parece en la Carta de la Naciones Unidas, en donde esta muy malamente expresado y referido solo a cuestiones de defensa colectiva. En ese articulo 12 de la Carta econmica se indica que el fin del regionalismo es la cooperacin para el desarrollo econmico y social de sus miembros, y exhorta a las organizaciones regionales a seguir las disposiciones de dicha Carta Econmica.Otros preceptos de ella, que provienen de ordenamientos anteriores pero que estn debidamente aderezados aqu, son los artculos 16 y 17. El primero de ellos, que sigue la resolucin 1514 XV, en 1960, de la Asamblea General sobre Colonialismo, se completa con algunos predicados, ponindose nfasis como es natural en las consecuencias econmicas, particularmente en el prrafo 2, que seala con atingencia que no se deben promover o fomentar inversiones por los estados que puedan constituir un obstculo para la liberacin de un territorio ocupado por la fuerza.

La segunda de esas disposiciones, que extiende el concepto de cooperacin econmica de la Carta de la Naciones Unidas artculos 55 60, insiste en que hay el deber de prestar la asistencia econmica a los pases en desarrollo en as condiciones mas favorables posibles.

Hay algunos preceptos nuevos en la Carta y que responden a la necesidad de regir materias novedosas, que han surgido solo ltimamente.

En esta categora podramos colocar al articulo 2, b), que contempla la reglamentacin y el control de las empresas trasnacionales dentro de la jurisdiccin interna de los estados, y prescribiendo que otros estados no han de estorbar en este proceso.

Otras de las disposiciones nuevas en el artculo 6, que estructura al comercio mundial de los productos bsicos, especialmente, la posibilidad de acuerdo sobre ellos. Una mas es el articulo 14 sobre liberalizacin de comercio mundial, en beneficio de los pases en desarrollo.

Otra Nueva es el articulo 15 que prescribe el desarme, y adems que utilizan los recursos liberados para el desarrollo econmico y social de los pases, especialmente pases en desarrollo. Un precepto nuevo es el articulo 19, que reitera el sistema generalizado de preferencias en el comercio de los pases en desarrollo.

Digamos que la Carta econmica contiene una parte rotatoria, o sea recomendaciones e instancias a los organizamos internacionales y los estados. A esto se refieren los artculos 8, relativos a medidas para falicitarr4elaciones econmicas mas racionales; el 9 sobre cooperacin en las esferas econmica, social y cultural, cientfica y tecnolgica; el 17 relativo al reforzamiento de las organizaciones internacionales por los estados; el 13, sobre cooperacin en materia de ciencia y tecnologa; el 20 se refiere al comercio entre los pases socialistas y los pases en desarrollo; el 22 sobre financiamiento; el 23 relativo a cooperacin econmica; el 3, sobre expansin armoniosa de la economa mundial.

No se piensen que tales exhortaciones carecen de fuerza, de imperio; por el contrario, a virtud de que tales recomendaciones se acompaan de la conviccin de que atiendan en tanto que poseen fuerza legal, propenden a convertirse en normas por un procesos de evolucin natural.

Por ultimo, la Carta econmica hace proposiciones de lege ferenda, tal como ocurre con el articulo 29, sobre el rgimen internacional aplicable a la zona de los fondo marinos, y el articulo 30 que propone que los estados deben cooperar en la elaboracin de normas relativas a la proteccin del medio ambiente.

Desde otro punto de vista, puede descomponerse la Carta econmica en las diferentes, mltiples, materias que abarca, y que la presentan como un documento ambicioso, que pretende regir muchas cosas.

Por ejemplo, al comercio internacional se refieren por lo menos 10 artculos de este instrumento, o sea los artculos 6, 14, 18, 19, 20, 21, 23, 25, 27 y 28b lo que pone manifiesto la importancia de este elemento las relaciones internacionales actuales.

La cuestin del desarrollo de los pases aparece tratada en los artculos 7, 8, 9, 17 y 22.

Puede advertirse que hay intentos de normacin sobre los organismos internacionales en los articulo 11 y 12 de la Carta.

La ciencia y tecnologa son tratadas en el articulo 13.

Como ya vimos, el desarme encuentra referencia en el instrumento en el articulo 15.

La Carta se ocupa as misma del colonialismo en el articulo 16, como se ha expresado antes.

Tambin los fondos marinos situados mas all de la jurisdiccin nacional recibieron tratamiento y se encuentra referencia a ellos en el articulo 29.

Se trata pues de un instrumento muy amplio, que atiende los problemas capitales de la convivencia econmica, pero que adems se dirige a asuntos de gran calibre institucional. Pero adems determina prioridades, pone de cuerpo entero los problemas de las relaciones econmicas mundiales y ofrece un gama de soluciones para muchos de ellos. Eso los hace un documento histrico, asaz interesante, que habr de ocupar la atencin de los internacionalistas de los polticos y de los estudiosos durante mucho tiempo.

Son evidentes, en consecuencia, que los avances que la Carta econmica presenta respecto al insatisfactorio rgimen internacional que exista previamente. Por una parte ella constituye un acto repositorio de principios y de reglas de las cuales echar mano para incluirlos en tratados bilaterales, mas especficos y concretos, o como ya esta ocurriendo, en otras resoluciones de los organismos internacionales, universales, regionales y especializados.

Por otra parte; la Carta es un poderoso instrumento de negociacin, que puede oficiar como un punto de equilibrio poltico y jurdico entre el grupo de pases industrializados y las naciones en desarrollo. Por una parte mas, ella constituye un factor dinmico considerable, ya que de su amplio texto se desprenden numerosas corrientes, cada una de ellas capaz de integrar por si sola un cuerpo de normas. Por ultimo, la Carta econmica esta saturada de contenido poltico, capaz de influenciar la conducta de los pases, conducta que a su vez contribuye a la formacin de las normas generales. Es en este sentido, un agente dinmico de confortamiento y de cambio.