La calidad de las elecciones y los institutos electorales ...

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1 PONENCIA La calidad de las elecciones y los institutos electorales estatales: las elecciones a gobernadores en 2010 en México Presenta Dra. Irma Méndez de Hoyos Profesor Investigador FLACSO México En proceso de publicación (No citar sin autorización)

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PONENCIA

La calidad de las elecciones y los institutos electorales estatales: las

elecciones a gobernadores en 2010 en México

Presenta Dra. Irma Méndez de Hoyos

Profesor Investigador FLACSO México

En proceso de publicación (No citar sin autorización)

2

La calidad de las elecciones y los institutos electorales estatales: las

elecciones a gobernadores en 2010 en México1

Irma Méndez de Hoyos2

Introducción

Los estudios de la calidad de la democracia reivindican que ésta es más que elecciones pero

reconocen que no puede ser menos. Una de las dimensiones de la calidad de la democracia

tiene que ver con la competencia política, que consiste, ante todo, en la celebración de

elecciones libres, limpias, transparentes, justas y competitivas.

El punto de partida en estos estudios son las condiciones mínimas básicas de una

democracia como son: a) el sufragio universal, libre y secreto; b) la celebración de

elecciones periódicas, libres, competitivas, justas y transparentes; c) la existencia de más de

un partido político (serio) con posibilidades reales de ganar; y d) la existencia de fuentes

alternativas de información.3 A partir de ello, es posible realizar un análisis empírico de qué

1 Agradezco a Claudia Wittig su invaluable apoyo como asistente de investigación. Sin su trabajo de alta

calidad, dedicación y compromiso este artículo no hubiera sido posible. 2 Profesor-Investigador de tiempo completo, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales sede México.

Doctor en Gobierno por la Universidad de Essex, Reino Unido. Líneas de investigación: democracia en

México y América Latina, partidos políticos, elecciones, conducta electoral y políticas públicas. Miembro del

Sistema Nacional de Investigadores Nivel 1. Publicaciones recientes: Libro: TRANSICIÓN A LA

DEMOCRACIA EN MÉXICO: COMPETENCIA PARTIDISTA Y REFORMAS ELECTORALES, 1977-

2003. Ed. Fontamara, Flacso, México. Capítulos de libros: 1) “Desafíos de la Democracia Electoral en

México y competencia partidista 2006”, en Los desafíos de la democracia y elecciones en América Latina.

Carlos Santander. Edit. LGE, Brasil; 2) “El sistema de partidos en las elecciones presidenciales del 2006:

competencia y polarización” en Nueva Política y Calidad Democrática en México. Juan José Russo y Jorge

Alberto Sánchez Ortega. Edit. FUNDAP, México. Artículos de investigación en materia electoral: Transición

y consolidación democrática en México ¿es posible una regresión?, en Revista de la Facultad de Derecho de

México, Tomo LVII, Núm. 247, Enero-Junio 2007, México. Pp 63-79; El Sistema de Partidos en México:

Fragmentación y consolidación, en Perfiles Latinoamericanos Revista de la Facultad Latinoamericana de

Ciencias Sociales, Sede México., Núm. 29, Enero-Junio 2007. Correo electrónico: [email protected] 3 Diamond, Larry y Leonardo Morlino. “The quality of Democracy: an overview.” Journal of Democracy 15

(2004): 20-31. Revisado en Septiembre 27, 2010,

http://muse.jhu.edu/login?uri=/journals/journal_of_democracy/v015/15.4diamod.html

3

tan bien, o con qué calidad, se cumplen dichas condiciones básicas a nivel local, así como

valorar, en perspectiva comparada, la calidad de la democracia política a nivel nacional o

local. Esto implica, sin duda, cuestionar el alcance formal y real de las metas efectivas de

cualquier democracia: la libertad política y civil, (y por tanto los derechos y obligaciones

que conllevan dichas libertades); la soberanía popular (o control de los gobernados sobre

las políticas públicas y los encargados de elaborarlas y aplicarlas) y la equidad política; así

como estándares amplios de transparencia, legalidad y efectividad gubernamental.

Según Diamond y Morlino el término calidad puede tener tres significados, entenderse

como procedimiento, contenido o resultado. De acuerdo con estos autores, una democracia

buena, o de calidad, brinda a sus ciudadanos amplia libertad, equidad política y control

sobre las políticas públicas y los hacedores de políticas, a través del funcionamiento legal y

legítimo de las instituciones establecidas. Este régimen debería satisfacer las expectativas

de los ciudadanos en términos de gobernanza, o calidad de los resultados; permitiría a los

ciudadanos, asociaciones y comunidades disfrutar amplia libertad y equidad política o

calidad de contenido; y proveería de un contexto en el que la ciudadanía pudiera juzgar el

desempeño a través de mecanismos como las elecciones, mientras que las instituciones

gubernamentales y los funcionarios públicos permanecerían legal y constitucionalmente

responsables (calidad de procedimiento).4

Estas tres categorías de calidad aplicadas a las elecciones en México implican analizar los

mecanismos o canales institucionales a través de los cuales los ciudadanos pueden ejercer

control sobre las políticas públicas y los hacedores de políticas, a través del funcionamiento

legal y legítimo de las instituciones establecidas, como las elecciones. Por otro lado, los

contenidos llevarían a verificar una parte sustantiva de la democracia, esto es, la protección

4 Ibid. pp. 21-22.

4

y garantías que debe brindar la democracia para que los ciudadanos disfruten amplia

libertad y equidad política. Finalmente, los resultados implican poner el acento en la

satisfacción de los ciudadanos, o de sus expectativas respecto de la “entrega” (o delivery)

de los gobiernos y representantes.

Analizar el proceso completo que describe la calidad de las elecciones en México a nivel

nacional y local en sus tres dimensiones –procedimientos, contenido y resultados- es aún

una tarea pendiente. Por lo pronto, el presente texto se propone analizar únicamente la

calidad de las elecciones relacionada con los procedimientos, y más específicamente con el

proceso de organización de las elecciones que llevan a cabo los órganos de administración

electoral.

En México la transición a la democracia significó pasar de elecciones federales no

competitivas, a comicios libres, transparentes, competitivos y justos en una década. Esto

fue así gracias, entre otras cosas, al cambio sustantivo en la política electoral mexicana, que

se tradujo en nuevas reglas electorales federales, la construcción de instituciones autónomas

para organizar las elecciones y la pluralización del sistema de partidos. Pese a los grandes

avances, el proceso de democratización electoral se ha caracterizado por su heterogeneidad,

sobre todo a nivel de elecciones estatales, con entidades federativas que se han distinguido

por su capacidad de innovación, mientras otras han mantenido espacios de competencia

limitada y escasa transparencia5.

Con el propósito de analizar la calidad de las elecciones locales a gobernador en 2010 a

partir del papel de los institutos electorales locales, este ensayo se divide en tres secciones:

en la primera se aborda brevemente la transición a la democracia a nivel local, enfatizando

el papel de las reformas electorales en los estados; en la segunda se evalúa la imparcialidad

5 Ver Méndez de Hoyos, Irma (2006).

5

de los órganos electorales, aplicando tres métodos alternativos; finalmente, en la tercera

parte, se analiza la evolución de la competitividad y otros factores políticos relevantes para

la calidad de las elecciones en 2010.

Se considera como hipótesis general el que la calidad de la democracia electoral –en tanto

procedimiento- en las entidades que celebraron elecciones de gobernador en 2010 estuvo

fuertemente impactada por: a) el diseño institucional de los institutos electorales locales,

que influye directamente en la imparcialidad de su máximo órgano de toma de decisiones

(Consejos Generales); b) las reformas electorales locales, en particular, la modificación de

algunas de las condiciones de la competencia política, a raíz de la reforma electoral federal

2007-2008; y c) algunos factores contextuales relevantes: la violencia política, la

competitividad electoral y la formación de alianzas, y la intervención política directa e

indirecta de los gobiernos –federal, estatal y municipal- en los procesos electorales. La

escasa evidencia disponible sobre estos factores, y el espacio limitado en el presente texto,

obligan por el momento a concentrar el análisis sobre todo en el primer apartado, aunque se

brindan algunos elementos contextuales al final de la tercera sección.

1. Transición a la democracia local: reformas electorales y competencia partidista

Por décadas los procesos electorales en los estados estuvieron regidos por reglas electorales

locales que constituían casi una copia fiel de las reglas a nivel federal. Sin embargo, el

proceso de democratización iniciado en los años 90 impulsó la búsqueda de diseños

institucionales propios.

Desde 1996 el artículo constitucional 116 señaló los estándares o principios rectores que

debían cumplir las normas electorales locales, entre los que destacan la legalidad,

6

imparcialidad, objetividad, certeza e independencia, sin menoscabo de su autonomía6. Así

pues, las entidades federativas han incorporado de manera regular estos principios rectores,

aunque al mismo tiempo, al cobijo de la autonomía constitucional del estado, los códigos

electorales y los propios institutos electorales locales han incorporado normas con acento

local.

Desde 1990, año en que se aprueba la reforma electoral federal fundacional de la

democracia política en México que crea el Instituto Federal Electoral, los estados han

aprobado numerosos reformas a partir de las cuales se crean los institutos electorales

locales o consejos electorales locales que se encargan de organizar las elecciones locales –

de gobernador, diputados locales y presidentes municipales.

En términos generales, se puede afirmar que la transición a la democracia a nivel local fue

el resultado de la modificación paulatina de las leyes electorales, que movieron al sistema

electoral y de partidos hacia elecciones transparentes, justas y libres, así como de la

elevación de la competitividad electoral, y su resultado más visible, la alternancia política a

varios niveles de gobierno, tanto municipal como estatal. Estos dos procesos –reformas

electorales y competitividad- permitieron que entre 1993 y 1996 la mayoría de las entidades

del país transitaran de elecciones manipuladas desde el gobierno y con la influencia directa

del partido en el poder, a elecciones locales democráticas, al menos en la ley.7 La

evidencia disponible muestra pues que las reformas electorales locales de ese periodo

sentaron las bases de los órganos de administración electoral autónomos, profesionales,

6 El numeral IV del artículo 116 de la Constitución Mexicana en su inciso b establece que en el ejercicio de la

función electoral, a cargo de las autoridades electorales, sean principios rectores los de certeza, imparcialidad,

independencia, legalidad y objetividad. En su inciso c establece que las autoridades que tengan a su cargo la

organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de

autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. 7 Para ahondar en la transición a la democracia a nivel local véase Méndez, Irma, Transición a la

democracia en México: reformas electorales y competencia partidista , 1977-2003, Ed. Fontamara y

Flacso México, 2006, México.

7

integrados por ciudadanos distinguidos, expertos en materia electoral, propuestos y

aprobados por las fracciones partidistas de las Cámaras de Diputados.

Más adelante, entre 1996 y 1997 casi todos los estados renuevan su ley electoral, siguiendo

algunos de los cambios fundamentales de la reforma federal de ese año, calificada como

“definitiva”. El activismo reformista parece haber disminuido ligeramente entre 1998 y

2007, aunque en muchos estados se siguieron aprobando cambios parciales que en algunos

casos representaron auténticos retrocesos mientras en los menos avances. En este sentido,

destaca que algunos estados han optado por abrir espacios de opacidad y de influencia

directa o indirecta de los órganos ejecutivos de gobierno, lo que de cualquier manera pone

en duda la imparcialidad de los órganos electorales. Además, en alguna medida, el

constante cambio en las reglas electorales no sólo genera inestabilidad política, sino que

permite también advertir que las reglas del “juego” se han convertido en un ámbito en el

que se expresa la distribución del poder a nivel local entre las fuerzas políticas y partidistas,

y otros actores influyentes en la vida pública. Lo anterior conlleva costos en la credibilidad

y confianza en las instituciones, particularmente en aquellas encargadas de organizar las

elecciones y contar los votos.

Posteriormente, la reforma electoral federal de 2007-2008 ocasionó el reajuste general de

todas las leyes electorales en los estados, que fueron aprobando las nuevas reglas

paulatinamente. Dicha reforma representó un cambio fundamental en varias materias:

partidos, órganos electorales, propaganda, campañas, etc. Pese a los grandes avances en

varios ámbitos, debe reconocerse que lejos de contribuir al fortalecimiento del federalismo

electoral, y con ello, la autonomía e independencia de los institutos electorales en las

entidades federativas, se estableció un mayor centralismo en los procesos electorales, así

como serías limitaciones en las condiciones de la competencia que dificultan la

8

responsividad, esto es la “conexión” entre la oferta partidista y la demanda ciudadana.8

Según las reglas electorales vigentes aprobadas en 2007-2008, el IFE es autoridad única en

materia de radio y televisión tanto en elecciones locales como federales. Además se le

añadió un número importante de nuevas funciones como los monitoreos a medios y

conducta de participantes; y la obligación de sancionar lo que denigra o no a los partidos

durante las contiendas. Estas nuevas “reglas del juego” fueron incorporadas a las leyes ó

códigos electorales de los estados. Su aplicación, sin embargo, parece haber tenido muy

variados resultados, que han sido objeto de escasos análisis.

2. Imparcialidad de los órganos de administración electoral locales

De acuerdo al calendario electoral, las elecciones locales de 2010 revisten particular

importancia pues se renuevan 12 gubernaturas y, en algunos casos, éstas coinciden con

elecciones de diputados locales y presidentes municipales (Véase Tabla 1).

Tabla 1. Calendario de elecciones 2010

ESTADO FECHA GOBERNADOR DIPUTADOS

MR Y RP AYUNTAMIENTOS

Aguascalientes 4 de julio SI SI SI

Baja California 4 de julio NO SI SI

Chiapas 4 de julio NO SI SI

Chihuahua 4 de julio SI SI SI

Durango 4 de julio SI SI SI

Hidalgo 4 de julio SI SI NO

Oaxaca 4 de julio SI SI SI

Puebla 4 de julio SI SI SI

Quintana Roo 4 de julio SI SI SI

Sinaloa 4 de julio SI SI SI

Tamaulipas 4 de julio SI SI SI

Tlaxcala 4 de julio SI SI SI

Veracruz 4 de julio SI SI SI

Yucatán 16 de mayo NO SI SI

Zacatecas 4 de julio SI SI SI

Fuente: Elaboración propia con datos de los Institutos Estatales Electorales.

Todos los estados con elecciones de gobernador en 2010 tienen órganos de administración

8 Para ahondar en la responsividad y las condiciones de la competencia véase Méndez, Irma, “Los nuevos

límites a la competencia política 2009”, en Gustavo López coord., Los estados en el 2009: lucha política y

competencia electoral. IEEM-UNAM, 2009, México.

9

electoral creados en la década de los años 90, lo que sugeriría, en principio, que existen

instituciones electorales consolidadas o en vías de consolidación, que se han ido acercando

al estándar internacional de independencia y profesionalismo. En la Tabla 2 se muestra el

año de fundación de los órganos de administración local y la composición del máximo

órgano de decisiones –comúnmente llamado Consejo General.

Tabla 2. Composición máximo órgano elección

Fuente: Elaboración propia con datos de los Institutos Estatales y los Códigos Electorales Estatales.

[a] En esta columna se indica el año en que se creó el órgano electoral estatal autónomo en su funcionamiento e

independiente en sus decisiones.

Como se observa en la Tabla 2, la mayoría de los institutos electorales estatales cuenta con

amplia experiencia pues tiene al menos una década de existencia organizando elecciones

bajo el modelo del IFE, esto es, una institución autónoma en su funcionamiento y respecto

Estado Fundación

IEE[a]

Composición máximo órgano elección

Consejero

Presidente

Consejeros

Electorales

Secretario

Técnico/Ejecutivo

Representantes

Partidos

Políticos

Representantes

Grupos

Parlamentarios

o Congreso

Local

Vocal

Estatal

Registro

Federal

de

Electores

Director

General

del

Instituto

Aguascalientes 1995 1 6 1 1 por cada

partido

Chihuahua 1995 1 6 1 1 por cada

partido

Durango 1994 1 6 1 1 por cada

partido

1 por cada

grupo

parlamentario

Hidalgo 1995 5 1 1

Oaxaca 1995 1 6 1 1 por cada

partido

2 del Congreso

Local 1 1

Puebla 1995 1 8 1 1 por cada

partido

1 por cada

grupo

parlamentario

1 1

Quintana Roo 1995 1 6

Sinaloa 1995 1 8 1 1 por cada

partido

Del Congreso

Local 1

Tamaulipas 1995 7 1 1 por cada

partido

Tlaxcala 1995 1 6

Veracruz 1991 5 1 por cada

partido

Zacatecas 1995 1 6 1 1 por cada

partido

Del Congreso

Local

10

al gobierno en turno y profesional e independencia en sus decisiones. También destaca la

heterogeneidad en la composición vigente de los órganos electorales pues, mientras que en

Sinaloa y Puebla los consejos generales de los respectivos institutos están integrados por un

número elevado de representantes (8 consejeros electorales, un consejero presidente, un

secretario técnico/ejecutivo, un representante por partido, un representante por cada grupo

parlamentario en el Congreso local, el vocal estatal del Registro Federal de Electores y, el

Director General del Instituto, en el caso específico de Puebla) en Hidalgo y Tlaxcala

parece dominar el minimalismo, con sólo 7 integrantes, básicamente consejeros electorales.

Es importante destacar que los órganos de administración electoral han jugado un papel

fundamental en los procesos de transición a la democracia de las últimas décadas.

Constituyen, según López-Pintor, instituciones importantes para la construcción de la

democracia, en la medida en que se encargan directamente de la organización de elecciones

e indirectamente de la gobernanza y el estado de derecho.9 Además, para algunos autores,

la calidad de las elecciones depende sobre todo de la autonomía, o independencia de los

órganos electorales.10

En el texto “La importancia de la gobernanza electoral y la calidad

de las elecciones en la América Latina Contemporánea” Hartlyn, McCoy y Mustillo

concluyen que las comisiones electorales independientes y profesionales desempeñan un

papel positivo e importante en la calidad de los procesos electorales en América Latina,

aunque reconocen que la independencia institucional formal-legal debe estar asociada al

respeto por las reglas del juego y al contexto sociopolítico, que debe ser tomado en

9 López-Pintor, Rafael. Electoral Management Bodies as Institutions of Governance.Bureau Development

Policy, United Nations Development Programme, 2000. p. 13. 10

Hartlyn, Jonathan, et. al. “La importancia de la gobernanza electoral y la calidad de las elecciones en la

América Latina contemporánea.” Comparative Political Studies (2008). Revisado en Septiembre 27, 2010,

http://www.cartercenter.org/documents/Gobernanza_Electoral_Seminario_May_2007.pdf

11

cuenta.11

De acuerdo a los estudios comparados, el proceso de reclutamiento constituye el eje

sustantivo de la independencia de los órganos electorales respecto del Poder Ejecutivo.12

La

pauta a seguir ha sido destacar la importancia de seleccionar personas independientes

respecto del gobierno en turno y, en algunos casos, de los partidos políticos, de manera que

se garantice la imparcialidad en la toma de decisiones.

Hartlyn, McCoy y Mustillo reconocen que “es un verdadero reto medir la autonomía y

profesionalismo” de los órganos de gestión electoral (OGE).13

Proponen dos métodos para

medir la independencia del control partidario. Al primero lo llaman “Grado de Partidismo”

de un órgano electoral, lo que se hace con base en un “examen de la naturaleza de las

instituciones que nombran a los integrantes del OGE y la independencia que se percibe en

las personas nombradas al momento de su designación”. Aquí se mide directamente el

grado hasta el cual un OGE está partidizado en cualquier elección.14

Además señalan cuatro

tipos de OGE. El segundo método, es el “Índice de independencia” de los OGE basado en

el proceso de nombramiento y en la duración de los periodos que fungirán tanto los que

nombran como los que son nombrados a los OGE (…). Los OGE menos autónomos son

aquellos que son nombrados sólo por una cámara de la Legislatura; la autonomía va en

aumento en la medida en que los miembros del organismo son nombrados a través de

procesos en los que participan varios poderes, pasando por aquellos que son dirigidos por el

poder judicial hasta llegar a procesos dominados por la sociedad civil”.15

A estos dos métodos se añade uno más, elaborado en conjunto por la autora de este texto y

11

Ibid. p. 18. 12

López-Pintor, Rafael. Op. cit. y Foro, 2006: 25. 13

Hartlyn, Jonathan, et. al. Op. cit. p. 22. 14

Ibidem. 15

Ibid. p. 23.

12

el Mtro. Javier Santiago, en el marco del proyecto sobre calidad de las elecciones

encabezado por la Red Nacional de Investigación de la Calidad de la Democracia en

México. Esta tercera propuesta, que podemos denominar eficiencia de los OGE o institutos

electorales locales, pretende recoger lo bien o mal que realizaron su función primordial que

es organizar los procesos electorales basados en los principios de legalidad, imparcialidad,

objetividad, certeza, independencia y profesionalismo. Para ello, se considera la existencia

y operación del servicio profesional electoral; así como la anulación de casillas y la

impugnación de resultados.

En las siguientes tablas se intentó aplicar los tres métodos para evaluar el grado de

partidismo, la independencia y la eficiencia de los órganos electorales de los estados con

elecciones a gobernador en el 2010.

Como se observa en la Tabla 3, el grado de partidismo de los institutos electorales locales

es elevado en la medida en que los órganos encargados del nombramiento de los miembros

del máximo órgano de toma de decisiones de los OGE –que son los partidos políticos y el

Congreso Local- tienen una naturaleza política. Además, constituyen, según la clasificación

de órganos electorales de Hartlyn, órganos electorales independientes mixtos partidizados.

Respecto a la percepción sobre su partidismo es importante señalar que la reconstrucción

del proceso de nombramiento y sus posibles vínculos con los partidos se obtuvo de los

medios de comunicación impresos (periódicos) tanto locales como nacionales. En este caso,

destaca sobre todo el presunto nexo de los consejeros electorales con el Gobernador de la

entidad en 5 entidades federativas: Durango, Oaxaca, Puebla, Sinaloa y Veracruz, todos

gobernados por el PRI.

Estos OGE locales también pueden ser considerados como ejemplos de organismos

13

electorales híbridos,16

a diferencia de los órganos partidistas o totalmente independientes.

Mientras en los partidistas los partidos políticos son miembros del máximo órgano electoral

o tienen representantes directos, en los híbridos los miembros del órgano son

personalidades independientes que pasan por un proceso de elección donde hay

componentes políticos, como el Congreso. En el caso de los órganos electorales

independientes sus miembros son estrictamente independientes, “no sólo en la selección de

las personalidades, sino en el proceso y mecanismos de elección”.17

Tabla 3. Grado de partidismo de los institutos electorales estatales

Estado Proceso designación

consejeros electorales

Naturale

za

órganos

Partidismo

(Nexos

políticos-

partidistas)

Tipos OGE

Dominado

por un

partido

Mixto

partidariz

ado

Independi

ente/Mixto

partidariz

ado

Independi

ente

Aguascalientes

Electos por mayoría

calificada del Congreso

Estatal. Candidatos a

propuesta de los miembros

del Congreso.

Política/

Política X

Chihuahua

Dos terceras partes de los

diputados presentes;

aspirantes propuestos por

grupos parlamentarios,

previa realización de una

consulta a la sociedad.

Política/

Política/

Cívica

X

Durango

Designados por cada uno de

los grupos parlamentarios

representados en el

Congreso, por mayoría

calificada. El Congreso

emitirá oportunamente la

convocatoria

correspondiente dirigida a

los ciudadanos residentes en

la Entidad.

Política/

Política/

Cívica

Consejeros

con nexos

Gobernador

y PRI

X

Hidalgo

Cada partido político con

registro tendrá derecho a

presentar una lista de diez

candidatos. Aquellos

candidatos consensuados por

todos los partidos políticos,

serán nombrados consejeros

electorales.

Política/

Política

Consejeros

con nexos

PRI y PAN

X

16

Foro, 2006: 25. 17

Foro Internacional, 2006: 25.x

14

Oaxaca

Elegidos por el voto de las

dos terceras partes de los

miembros presentes del

Congreso Local, de entre las

propuestas que formulen los

grupos parlamentarios.

Política/

Política

Consejeros

con nexos

Gobernador

y PRI

X

Puebla

Responsabilidad exclusiva

del Congreso del Estado por

mayoría calificada. Emitirá

convocatoria pública, con el

objeto de allegarse de

propuestas ciudadanas.

Política/

Política/

Cívica

Consejeros

con nexos

Gobernador

y PRI

X

Quintana Roo

Elegidos por el voto de las

dos terceras partes de los

miembros de la Legislatura

del Estado, de entre las

propuestas que formulen los

grupos parlamentarios.

Política/

Política X

Sinaloa

Electos por el Congreso del

Estado por el voto de las dos

terceras partes de sus

integrantes. A propuesta de

los partidos políticos,

organizaciones de la

sociedad, instituciones

académicas y organismos

intermedios reconocidos por

la Ley.

Política/

Política/

Cívica

Consejeros

con nexos

candidato a

Gobernador,

PRI y PAN

X

Tamaulipas

Electos por el voto de las

dos terceras partes de los

miembros presentes del

Congreso. Emitirá una

convocatoria pública a

efecto para los ciudadanos

que cumplan con los

requisitos constitucionales y

legales.

Política/

Política/

Cívica

X

Tlaxcala

Voto aprobatorio de por lo

menos las dos terceras partes

de los integrantes del

Congreso del Estado.

Nombrados por el Congreso

del Estado por las dos

terceras partes de la totalidad

de sus integrantes.

Política/

Política X

Veracruz

Elegidos por el Congreso del

Estado, por el voto de las

dos terceras partes de sus

miembros presentes, a

propuesta de los partidos

políticos en él representados,

previa realización de una

amplia consulta a la

sociedad.

Política/

Política/

Cívica

Consejeros

con nexos

Gobernador

y PRI

X

Zacatecas Designados por la

Legislatura del Estado con el

Política/

Política X

15

voto de las dos terceras

partes de sus miembros

presentes, a propuesta de los

grupos parlamentarios.

Fuente: Elaboración propia con datos de los Códigos o Leyes Estatales Electorales, las Constituciones

Locales; Hartlyn, Jonathan “La importancia de la gobernanza electoral y la calidad de las elecciones en la

América Latina contemporánea;” y Periódico Reforma martes 29 de junio de 2010. Nacional, p.7.

Respecto al Grado de Independencia de los OGE, destaca que en siete entidades se incluye

la consulta a la sociedad como parte del proceso de nominación de candidatos a consejeros

electorales (origen de la propuesta), lo que representa, sin duda, un avance. Pese a ello,

dicho mecanismo incluyente no garantiza su imparcialidad en todos los casos, pues la

consulta a la sociedad no está necesariamente vinculada con el resultado de la consulta, y al

final son los partidos los que nominan a los candidatos, y es el Congreso, como segunda

instancia, quien realiza la selección final. Adicionalmente, un elemento a favor de la

independencia es el hecho de que el nombramiento de consejeros es, en la mayoría de los

casos, por periodos que trascienden el cargo de los que los nombran (diputados).

Tabla 4. Grado de Independencia de los Institutos Electorales Estatales

Estado Proceso designación consejeros

electorales

Número de

órganos que

intervienen

Duración

cargo de los

que nombran

Duración

cargo

consejeros

Aguascalientes

Electos por mayoría calificada del

Congreso Estatal. Candidatos a

propuesta de los miembros del

Congreso.

2 3 3

Chihuahua

Dos terceras partes de los diputados

presentes; aspirantes propuestos por

grupos parlamentarios, previa

realización de una consulta a la

sociedad.

3 3 6

Durango

Designados por cada uno de los

grupos parlamentarios representados

en el Congreso, por mayoría

calificada. El Congreso emitirá

oportunamente la convocatoria

correspondiente dirigida a los

ciudadanos residentes en la Entidad.

3 3 9

Hidalgo

Cada partido político con registro

tendrá derecho a presentar una lista de

diez candidatos. Aquellos candidatos

consensuados por todos los partidos

políticos, serán nombrados consejeros

electorales.

2 3 6

16

Oaxaca

Elegidos por el voto de las dos terceras

partes de los miembros presentes del

Congreso Local, de entre las

propuestas que formulen los grupos

parlamentarios.

2 3 3

Puebla

Responsabilidad exclusiva del

Congreso del Estado por mayoría

calificada. Emitirá convocatoria

pública, con el objeto de allegarse de

propuestas ciudadanas.

3 3 6

Quintana Roo

Elegidos por el voto de las dos terceras

partes de los miembros de la

Legislatura del Estado, de entre las

propuestas que formulen los grupos

parlamentarios.

2 3 6

Sinaloa

Electos por el Congreso del Estado por

el voto de las dos terceras partes de

sus integrantes. A propuesta de los

partidos políticos, organizaciones de la

sociedad, instituciones académicas y

organismos intermedios reconocidos

por la Ley

3 3 6

Tamaulipas

Electos por el voto de las dos terceras

partes de los miembros presentes del

Congreso. Emitirá una convocatoria

pública a efecto para los ciudadanos

que cumplan con los requisitos

constitucionales y legales.

3 3 3

Tlaxcala

Voto aprobatorio de por lo menos las

dos terceras partes de los integrantes

del Congreso del Estado. Nombrados

por el Congreso del Estado por las dos

terceras partes de la totalidad de sus

integrantes.

2 3 3

Veracruz

Elegidos por el Congreso del Estado,

por el voto de las dos terceras partes

de sus miembros presentes, a

propuesta de los partidos políticos en

él representados, previa realización de

una amplia consulta a la sociedad.

3 3 9

Zacatecas

Designados por la Legislatura del

Estado con el voto de las dos terceras

partes de sus miembros presentes, a

propuesta de los grupos

parlamentarios.

2 3 4

Fuente: Elaboración propia con datos de los Códigos o Leyes Estatales Electorales y las Constituciones

Locales.

Finalmente destaca la eficiencia de los órganos electorales locales. En este caso destaca la

existencia en la ley en casi todos los estados del Servicio Profesional Electoral (SPE), lo

que evidencia al menos la intención de profesionalizar a los OGE. El problema radica en el

17

funcionamiento real y efectivo de dicho mecanismo, pues hasta el 2000 en la mayoría de las

entidades el SPE funcionaba sólo parcialmente o de plano existía pero sólo en la ley

electoral.

La Tabla 5 muestra que salvo en Sinaloa, el resto de las entidades federativas tienen

órganos electorales que contemplan la profesionalización en sus leyes electorales. Sin

embargo, sólo en cuatro casos, Aguascalientes, Puebla, Veracruz y Zacatecas, los órganos

electorales cuentan con reglamentos o estatutos del Servicio Profesional Electoral, lo que

marca o indica el funcionamiento real del Servicio de Carrera. A lo anterior, se añade que

en seis entidades –Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz y Zacatecas- los

resultados de la elección fueron impugnados ante los órganos jurisdiccionales en materia

electoral en el estado, esto es, los tribunales electorales locales y, en algunos casos, llegaron

hasta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como en el caso de Durango

y Veracruz. Las impugnaciones a los resultados de la jornada electoral podrían representar

un indicador de un desempeño deficiente en el cumplimiento de una de las tareas

sustantivas de los OGE que es garantizar la integridad del proceso de conteo de votos. A

ellos se añade la presencia de violencia el día de la jornada electoral, información obtenida

por los medios impresos de circulación local y nacional. En este caso destaca Chihuahua,

Durango, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

Tabla 5. Desempeño de los Institutos Electorales Estatales

Estado

Órgano

administración

electoral

Profesionalización

Estatuto o

reglamento

aprobado del SPE

Link

SPE en

página

web

Impugnación

resultados

2010

Violencia

elecciones

2010

Aguascalientes

Instituto Estatal

Electoral de

Aguascalientes

Sí en la ley

Reglamento del

Servicio Profesional

Estatal Electoral

No X

Chihuahua Instituto Estatal

Electoral Chihuahua Sí en la ley No No X

Durango Instituto Electoral y

de Participación Sí en la ley No No X X

18

Ciudadana Durango

Hidalgo

Instituto Estatal

Electoral de

Hidalgo

Sí en la ley No Sí X

Oaxaca Instituto Estatal

Electoral de Oaxaca Sí en la ley No No X X

Puebla

Instituto Electoral

del Estado de

Puebla

Sí en la ley

Estatuto del

Servicio Electoral

Profesional del

Instituto Electoral

del Estado de

Puebla

Quintana Roo Instituto Electoral

de Quintana Roo Sí en la ley No No

Sinaloa Consejo Estatal

Electoral de Sinaloa No No No X

Tamaulipas Instituto Electoral

de Tamaulipas Sí en la ley No No X

Tlaxcala Instituto Electoral

de Tlaxcala Sí en la ley No No X

Veracruz Instituto Electoral

Veracruzano Sí en la ley

Estatuto del

Servicio Profesional

Electoral del

Instituto Electoral

Veracruzano

No X X

Zacatecas

Instituto Electoral

del Estado de

Zacatecas

Sí en la ley

Estatuto del

Servicio Profesional

Electoral y del

Personal

Administrativo

Sí X

Fuente: Elaboración propia con datos de los Códigos o Leyes Estatales Electorales, las Constituciones Locales

y el periódico El Universal.

En conjunto, es posible observar una muy baja profesionalización de los órganos

electorales estatales en aquellas entidades con comicios de gobernador en el 2010.

3. Factores contextuales: competitividad y alternancia

Los factores que contextualizan la actuación de los órganos electorales son sin duda

importantes. En este sentido destacan dos: la competitividad electoral, entendida la

intensidad de la contienda entre partidos18

y una de sus consecuencias, la alternancia en el

18

La competitividad electoral es pues una dimensión cuantitativa de la competencia. La noción refleja y mide

la intensidad de la contienda entre partidos y, de manera más precisa, la distribución de fuerza electoral entre

éstos en una elección determinada. En otras palabras, la competitividad electoral revela qué tan fuertes son los

19

poder. Esto es, ¿en qué medida en los contextos de contiendas muy cerradas, la actuación

de los OGE es crucial? En elecciones cerradas hay etapas y factores del proceso electoral

que se vuelven más delicadas en la medida en que los actores involucrados tienen mucho

interés en evitar decisiones que puedan afectarlos.

Las Gráficas 1 y 2 muestran la evolución del margen de victoria en las últimas tres

elecciones de gobernador en los estados.

Como se observa en las gráficas con datos de elecciones de gobernador, los estados del

norte han tenido elecciones menos competidas desde 1998, donde 3 de los 6 estados tenían

un margen de victoria por arriba del 10%. Esto se recrudeció en 2004, donde en las 6

entidades se registraron elecciones con un MV de arriba del 13%. Sólo 2 estados del norte

bajaron su MV en el 2010: Aguascalientes y Durango, mientras que la alternancia en el

Poder Ejecutivo local se dio en 3 estados: Aguascalientes, Sinaloa y Zacatecas.

Gráfica 1. Margen de victoria elecciones, gobernador 1998-2010. Estados norte

Margen de victoria elecciones gobernador 1998-2010

estados norte

0.00

5.00

10.00

15.00

20.00

25.00

30.00

35.00

MV 1998 MV 2004 MV 2010

Aguascalientes

Chihuahua

Durango

Sinaloa

Tamaulipas

Zacatecas

Fuente: Elaboración propia con datos de los Institutos Estatales

Electorales y del Sistema Electoral Mexicano del IMO

http://www.imocorp.com.mx/

partidos en relación unos con otros de acuerdo a su proporción de votos, número de curules obtenidos, etc., y

en conjunto permite valorar si una elección es competida o no (Méndez, Irma, Transición a la democracia

en México: reformas electorales y competencia partidista, 1977-2003, Ed. Fontamara y Flacso México,

2006, México. p. 107).

20

En los estados del centro sur, el único estado del grupo que experimenta una baja en el MV

es Hidalgo, aunque la alternancia se da en 3 estados: Oaxaca, Puebla y Tlaxcala, pese a los

fuertes señalamientos de la presencia o influencia del gobernador en los órganos electorales

estatales.

Gráfica 2. Margen de victoria elecciones, gobernador 1998-2010. Estados centro-sur Margen de victoria elecciones gobernador 1998-2010 estados centro-sur

0.00

5.00

10.00

15.00

20.00

25.00

30.00

MV 1998 MV 2004 MV 2010

Hidalgo

Oaxaca

Puebla

Quintana Roo

Tlaxcala

Veracruz

Fuente: Elaboración propia con datos de los Institutos Estatales

Electorales y del Sistema Electoral Mexicano del IMO

http://www.imocorp.com.mx/

En suma, las continúas reformas electorales, la creación de órganos electorales estatales

autónomos –aunque partidizados y poco profesionales- y la elevada competitividad de las

contiendas locales parecen haber constituido condiciones propicias para la alternancia a

nivel de los ejecutivos estatales.

4. Conclusiones: la calidad de las elecciones y los órganos de administración electoral

Según Hartlyn, McCoy y Mustillo hay dos perspectivas importantes desde las cuales se

pueden juzgar unas elecciones: una perspectiva de legitimidad y otra de calidad.19

Estos

autores señalan que “una medida de la legitimidad de una elección se centra en las

opiniones de los actores políticos clave y determina que una elección puede ser considerada

19

Hartlyn, Jonathan, et al., 2008.

21

libre y justa si todos los partidos principales aceptan el proceso y respetan el resultado”.20

Desde una perspectiva orientada a la calidad, “la atención se centra en juicios y

valoraciones emitidas por observadores electorales informados que se guían por un

conjunto de normas (…). Las normas clave son que las elecciones democráticas deben

aplicar procedimientos justos y ser técnicamente sólidas. Deben, asimismo, favorecer la

participación en términos de la elegibilidad de los votantes, ser abiertas y competitivas en

lo que concierne a la participación de los partidos y candidatos”.21

Desde la primera perspectiva, las elecciones de gobernador en 12 entidades federativas

fueron legítimas, pues los principales contendientes respetaron el resultado. Sin embargo, el

que muchos hayan recurrido a las protestas y las quejas ante las instancias jurisdiccionales,

demandando la anulación de la elección y cuestionando el proceso electoral mismo,

provoca que dicha legitimidad sea frágil, o al menos, no tenga la fuerza que se necesita para

respaldar gobiernos democráticamente electos.

A este respecto, las elecciones locales de 2010 se calificaron en diversos medios de

comunicación como un retroceso. En un reportaje titulado “de la Alternancia al lodazal”,

Ernesto Núñez señalaba que a 10 años de una fecha histórica por la derrota de un régimen

que gobernó México durante 71 años el estado de la democracia mexicana podía evaluarse

en función de los síntomas que manifestó en las elecciones locales del 4 de julio de 2010.

En este sentido, Núñez afirmó que las campañas se caracterizaron por la guerra sucia, el

espionaje, la guerra de encuestas, la denostación entre candidatos y dirigentes de partidos y

la ausencia de propuestas.

20

Pastor, Robert A. “Mediating elections.” Journal of Democracy 9 (1998). Revisado en Septiembre 27,

2010, http://muse.jhu.edu/login?uri=/journals/journal_of_democracy/v009/9.1pastor.ml. p. 159. Citado por

Hartlyn, Jonathan, et. al. Op. cit. p. 19. 21

Hartlyn, Jonathan, et. al. Op. cit. p. 19.

22

Ahora bien, por el lado de la calidad, esto es, en términos de procedimientos justos y

técnicamente sólidos, las elecciones locales en las 12 entidades federativas para elegir

gobernador dejaron mucho que desear. En primer lugar, el punto de partida fueron órganos

de administración electoral, u OGE locales, caracterizados por ser órganos

independientes/mixtos partidizados cuya integración se decidió en instituciones de

naturaleza política: los partidos y el Congreso. En segundo lugar, fueron órganos cuyo

proceso de integración y funcionamiento estuvo influido por la intervención directa o

indirecta de los gobiernos de los estados, a juzgar por las grabaciones que fueron

transmitidas por la prensa y los medios de comunicación.22

En este sentido, los órganos de

administración electoral se caracterizaron, en general, por un alto grado de partidismo,

destacadamente en Veracruz, Puebla, Sinaloa y Oaxaca. En tercer lugar, respecto a su grado

de independencia, destaca positivamente que, en numerosos casos se considera la consulta a

la sociedad como obligatoria en el proceso de nominación, y en todos los casos, los años

para los que son nombrados los consejeros rebasaron la duración del cargo de quienes los

eligen. Esto funge como contrapeso sobre el marcado partidismo que caracteriza a los OGE

locales bajo estudio.

Pese a lo anterior, la alternancia en 3 estados emblemáticos como bastiones del PRI –

Oaxaca, Puebla y Sinaloa- mostraron la fortaleza aún existente en los OGE locales, donde

aún con consejeros vinculados a partidos y gobernantes y una escasa profesionalización, los

votos se cuentan y se cuentan bien.

La conclusión más importante de este estudio preliminar es que los institutos electorales en

las elecciones de 2010 demostraron ser instituciones sólidas, que han institucionalizado la

vía electoral como la ÚNICA VÍA LEGÍTIMA de acceso al poder. Hay mucho que hacer

22

Periódico Reforma, martes 29 de junio de 2010. Nacional, p.7.

23

en términos de su partidismo y desempeño, pero ello no debe opacar el hecho de que pese a

todo, los votos se contaron y permitieron la alternancia.

Fuentes de consulta

Diamond, Larry y Leonardo Morlino. “The quality of Democracy: an overview.” Journal of

Democracy 15 (2004): 20-31. Revisado en Septiembre 27, 2010,

http://muse.jhu.edu/login?uri=/journals/journal_of_democracy/v015/15.4diamod.h

ml

Foro Internacional OEC. La organización en América Latina. Situación, perspectivas y

comparación con otras experiencias. Foro internacional organizado por la

Organización Electoral Colombiana y el Centro de Asesoría y Promoción Electoral

(Capel). Bogotá, Mayo 25 de 2006.

Hartlyn, Jonathan, et. al. “La importancia de la gobernanza electoral y la calidad de las

elecciones en la América Latina contemporánea.” Comparative Political Studies

(2008). Revisado en Septiembre 27, 2010,

http://www.cartercenter.org/documents/Gobernanza_Electoral_Seminario_May_2

07.pdf

López-Pintor, Rafael. Electoral Management Bodies as Institutions of Governance.Bureau

Development Policy, United Nations Development Programme, 2000.

Méndez, Irma, Transición a la democracia en México: reformas electorales y

competencia partidista, 1977-2003, ed. Fontamara y Flacso México, 2006,

México.

Núñez, Ernesto. “De la alternancia al lodazal.” Última palabra, Julio 4, 2010,

http://www.ultimapalabra.mx/2010/07/04/de-la-alternancia-al-lodazal/

24

Pastor, Robert A. “Mediating elections.” Journal of Democracy 9 (1998): 154-163.

Revisado en Septiembre 27, 2010,

ttp://muse.jhu.edu/login?uri=/journals/journal_of_democracy/v009/9.1pastor.ml.

Periódico Reforma, Martes 29 de junio de 2010.