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1. INTRODUCCION
Las diferentes iniciativas emprendidas en relación con la Biodiversidad, tanto a nivel mundial como nacional, en general no han sido consideradas adecuadamente por la industria minera.
En este tema nos encontramos frente a un doble escenario: por una parte, existen iniciativas, principalmente internacionales, referidas específi camente a la minería y a su relación con la biodiversidad y la protección de los ecosistemas, y por otra, existen iniciativas generales de protección y conservación de la biodiversidad que pueden incidir, de manera directa o indirecta, en el desarrollo actual y futuro de la industria minera.
Este trabajo intenta explicar, en términos generales, el desarrollo de las políticas nacionales e internacionales sobre la biodiversidad y sus posibles implicancias para la minería en general, y la chilena en particular.
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2. LA BIODIVERSIDAD
2.1 CONCEPTO DE BIODIVERSIDAD
Una aproximación general a la problemática asociada a la biodiversidad o diversidad biológica y su relación con un campo específi co de la industria extractiva, la minería, requiere en primer término delimitar qué entendemos por biodiversidad. En este contexto, el concepto más aceptado es aquél que señala que la biodiversidad es la variabilidad de los organismos presentes en un sitio y los complejos ecológicos en los cuales estos organismos viven.
Según el Convenio sobre Diversidad Biológica, la diversidad biológica o biodiversidad debe entenderse como la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas1.
La diversidad es una propiedad de los sistemas vivientes que resulta de dos procesos biológicos generales. El primero, está basado en la formación de nuevos genotipos, producto de mutaciones y recombinaciones, que pueden llevar a la especiación y a cambios en la estructura de comunidades y ecosistemas. Y, el segundo, está basado en la eliminación de los genotipos o extinción de especies, por vía de la selección natural. La diversidad biológica puede ser enfocada desde tres puntos de vista:
- Diversidad de genes: es la sumatoria de la totalidad de la información genética, depositada en los genes de la totalidad de las plantas y animales que habitan la tierra.
- Diversidad de especies: es la variedad de organismos vivientes en el planeta que surgen como expresión de la variabilidad genética, donde la especiación es el proceso que separa las variaciones genéticas en diferentes unidades o especies.
- Diversidad de ecosistemas: es la variedad de hábitat, comunidades y procesos biogeoquímicos en la biosfera. Se refi ere también a la diversidad que existe dentro de los ecosistemas, diversidad trófi ca y complejidad del ecosistema, interacción por energía, interacción por espacio físico, y eventos aleatorios2.
2.2 EL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
El Convenio entró en vigor el año 1993 y fue ratifi cado por Chile en 19943. Los objetivos de este Convenio son los siguientes:
- La conservación de la diversidad biológica.
1 Artículo 2° del Convenio sobre Diversidad Biológica.2 Primer Informe Nacional a la Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biológica, Comisión Nacional de Medio Ambiente, Gobierno de Chile, diciembre 2003. 3 D.S. N°1.963/94 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Ofi cial del 6 de mayo de 1995.
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- La utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica.
- La participación justa y equitativa en los benefi cios derivados de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes.
Entre sus disposiciones más relevantes se pueden mencionar:
- Las Partes deben cooperar para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad.
- Deben desarrollar estrategias nacionales, planes y programas para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad.
- Deben identifi car aquellos sectores más importantes en términos de biodiversidad, monitorear aquellos más vulnerables, e identifi car y monitorear los efectos de procesos y categorías de actividades que pudieran tener efectos signifi cativos en la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad.
- Participación del público, especialmente en las evaluaciones ambientales de proyectos que amenacen la biodiversidad.
- Respeto, preservación y mantenimiento de los conocimientos tradicionales, de la utilización sostenible de la diversidad biológica, con participación de las poblaciones indígenas y las comunidades locales.
- Presentación de informes sobre la manera en que cada país cumple sus metas en materia de diversidad biológica.
- Con el objeto de abordar los riesgos potenciales que plantea el comercio transfronterizo y la dispersión accidental de organismos vivos modifi cados, se adoptó en el año 2000 el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, el que aún no ha entrado en vigor.
Específi camente, en relación con las áreas protegidas, el Convenio es el instrumento legal más importante en orden a la protección y conservación de áreas protegidas. Se refi ere a ellas en varios artículos y establece que las Partes deben:
- Establecer un sistema de áreas protegidas o áreas en las cuales se tomen medidas específi cas de conservación de la biodiversidad.
- Desarrollar lineamientos para la selección, establecimiento y manejo de áreas protegidas.
- Regular y manejar los recursos biológicos importantes para la conservación de la biodiversidad existente dentro y fuera de las áreas protegidas.
- Promover un desarrollo ambientalmente sustentable en las áreas adyacentes a las áreas protegidas con la intención de otorgar protección a las mismas en el futuro.
Actualmente los temas centrales del Convenio se centran en los siguientes puntos:
- el enfoque de ecosistemas, con especial atención a la biodiversidad forestal y la detención de la pérdida de ésta;
- los ecosistemas acuáticos del interior, lo que se relaciona con la Convención Ramsar;
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- biodiversidad marítima y costera, con relación al blanqueo de los corales, y la degradación física y destrucción de las barreras de coral; y,
- biodiversidad de tierras desérticas y sub-húmedas, con énfasis en la relación entre biodiversidad, desertifi cación y cambio climático.
El debate en el Convenio está centrado en el plan estratégico de éste con respecto a los próximos 10 años. Algunos países prefi eren que se enfatice en la implementación adecuada del Convenio y sus obligaciones, mientras que otros buscan incorporar nuevos temas. En todo caso, la idea de buscar una coordinación más estratégica con otras convenciones, como las de Cambio Climático, CITES4 y Ramsar es cada vez más aceptada. Se reconoció especialmente el hecho que los temas de biodiversidad cruzan todos los sectores relacionados con el desarrollo de los países. Por ello, son importantes las evaluaciones ambientales. También, se espera priorizar el enfoque de ecosistema, el principio precautorio y un reconocimiento mayor a los Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente en el sistema de la Organización Mundial de Comercio.
Temas como las especies exóticas, los recursos genéticos y los bosques se encuentran en el centro del debate actual y futuro del Convenio. De hecho, existen guías para estos tres temas en el Convenio, y ahora dependerá de los países implementar estas guías, que en todo caso son voluntarias y, por tanto, no exigibles.
2.3 CONVENIO SOBRE HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL COMO HÁBITAT DE AVES ACUÁTICAS (RAMSAR).
Este Convenio entró en vigor en 1975 y fue ratifi cado por Chile el 27 de noviembre de 1981.
El Convenio defi ne como “humedales” las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superfi cies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artifi cial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros; y como “aves acuáticas” las que dependen ecológicamente de los humedales.
Los objetivos que busca lograr este Convenio, son los siguientes: - Conservar y mejorar los humedales.
- Asegurar el uso racional y la conservación de los humedales, debido a la abundante riqueza de biodiversidad que poseen en cuanto a la fl ora y fauna, sus funciones y valores económicamente importantes, así como por sus efectos transfronterizos.
Dentro de sus disposiciones más relevantes se pueden mencionar las siguientes:
- Cada país debe incluir al menos un humedal en la “Lista de Humedales de Importancia Internacional”, y conservar sus características ecológicas.
- Deben crear áreas protegidas para la conservación de humedales, dentro de los planes nacionales de uso de suelo.
4 Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (1973).
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- Deben establecer medidas estrictas de protección para los sitios Ramsar que sean de pequeñas dimensiones o especialmente sensibles.
- Las Partes deben consultarse mutuamente respecto de políticas que se apliquen a humedales, especialmente aquellos transfronterizos, sistemas hidrológicos compartidos, especies compartidas, y apoyar las políticas y regulaciones en los humedales.
Actualmente, RAMSAR ha sido ratifi cada por 147 países y cuenta con 129,2 millones de hectáreas de sitios designados en más de 1.524 sitios alrededor del mundo.
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3. INICIATIVAS INTERNACIONALES EN RELACION CON LA MINERÍA
3.1 INICIATIVA DE LA UNIÓN MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA (IUCN).
La Comisión Mundial de Áreas Protegidas (WCPA), perteneciente a la IUCN, ha adoptado una posición en relación con la minería y las áreas protegidas. El principio central que defi ne su posición frente al tema se refi ere a que cualquier actividad a desarrollar dentro de un área protegida debe ser compatible con los objetivos de protección y conservación de la biodiversidad y los valores culturales y naturales asociados a ellas, basándose para ello en las Categorías de Manejo de Áreas Protegidas establecidas por la WCPA.
La WCPA defi ne área protegida como “área de tierra o mar especialmente dedicada a la protección y mantención de la diversidad biológica, y de los recursos naturales y culturales asociados a ella, y que es manejada a través de medios legales o de otras maneras efectivas”. Asimismo, establece seis categorías de áreas protegidas, que se pueden defi nir tal como a continuación se establece:
- Categoría 1a: Reserva de Naturaleza Estricta / Área de Protección Silvestre. Es una área de tierra y/o mar que posee algún ecosistema, características geológicas o fi siológicas y/o especies representativas o destacadas, disponible ante todo para investigación científi ca y/o monitoreo ambiental.
- Categoría 1b: Área Silvestre. Área protegida principalmente para protección silvestre. Es una gran área de tierra y/o mar no modifi cada o ligeramente modifi cada, que conserva sus características naturales e infl uencia, sin estar habitada permanente o signifi cativamente, que es protegida y manejada para preservar su condición natural.
- Categoría 2: Parque Nacional. Área protegida principalmente para la protección del ecosistema y la recreación. Es un área natural de tierra y/o mar designada para a) proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas para las generaciones presentes y futuras; b) excluir la ocupación o explotación contrarios a los propósitos de designación de un área; y, c) proveer el fundamento de oportunidades espirituales, científi cas, educacionales, recreacionales y de turismo, las que deben ser compatibles ambiental y culturalmente.
- Categoría 3: Monumento Natural. Área protegida principalmente para la conservación de características naturales específi cas. Es un área que contiene características naturales específi cas o naturales / culturales de valor destacado o único, debido a sus cualidades estéticas, inherente rareza o representatividad o a su signifi cado cultural.
- Categoría 4: Área de Manejo de Hábitat / Especies. Área protegida principalmente para su conservación a través de intervención manejada. Es un área de tierra y/o mar sujeta a intervención activa para propósitos de manejo, de manera de asegurar la mantención de los hábitats necesarios para satisfacer los requerimientos de especies específi cas.
- Categoría 5: Paisajes Terrestres y Marinos Protegidos. Área protegida principalmente para la conservación de paisajes terrestres y marinos, y para la recreación. Es un área de tierra, con costa o mar, donde la interacción entre la población y la naturaleza
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a través del tiempo ha generado un área de distinto carácter con signifi cativo valor estético, ecológico y cultural, y que a menudo presenta una alta diversidad biológica. Para salvaguardar la integridad de esta interacción es vital la protección, mantención y evolución de esta área como tal.
- Categoría 6: Área Protegida de Recursos Manejados. Área protegida principalmente para el uso sustentable de los recursos naturales. Es un área que contiene predominantemente sistemas naturales no modifi cados, manejados para asegurar largos períodos de protección y mantención de la diversidad biológica. También, provee de fl ujos sustentables de productos naturales y servicios para satisfacer las necesidades de la comunidad.
A juicio de la UICN, estas categorías y el sistema internacional de Áreas Protegidas es el único “lenguaje” internacional y compartido del que se dispone para la estimación, monitoreo, reporte e intercambio de experiencias y tecnologías entre países. Es un marco fl exible, que puede ser usado de acuerdo a los contextos locales y nacionales y que, a su vez, es adaptable a los cambios y nuevas condiciones.
En el contexto del Congreso Mundial de Parques, celebrado en Durban, Sudáfrica, en el año 2003, la UICN adoptó las siguientes recomendaciones en relación con la biodiversidad y la minería:
- Se reconoce que la minería tiene a menudo una repercusión nociva en la diversidad biológica y en otros valores naturales y culturales que las áreas protegidas tratan de salvaguardar.
- Se reitera el apoyo a la recomendación 2.82, sobre “Protección y Conservación de la Diversidad Biológica de las Áreas Protegidas de cara a los Efectos Negativos de la Exploración y Extracción Minera”, aprobada en el Congreso Mundial de la Naturaleza de la IUCN (Amman, 2000), en la que:
- se solicita a los Estados miembros que prohíban la exploración y extracción de minerales en las áreas protegidas de las Categorías I a IV.
- se recomienda la adopción de controles rigurosos sobre esas actividades en las áreas protegidas de las Categorías V y VI.
- se insta a la adopción de normas estrictas que regulen los cambios en los límites de las áreas protegidas para permitir las actividades mineras; y
- se recomienda la evaluación del impacto ambiental, para velar porque las actividades mineras que se desarrollan fuera de las áreas protegidas no repercutan negativamente en ellas.
Desde el Congreso de Amman, los miembros de las comunidades de conservación, las industrias extractivas y las instituciones fi nancieras han participado en la búsqueda de un entendimiento común en torno a la minería y las áreas protegidas, como parte de diálogos más amplios sobre la repercusión de las industrias extractivas en el medio ambiente.
Esta cuestión fue objeto de debate y discusión en el Congreso de Durban. Se reconoció que en todo diálogo referido a dichas materias es preciso abordar todos los puntos fundamentales relativos a la conservación de la biodiversidad, así como el impacto
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pasado, presente y futuro en los pueblos y comunidades locales y en su medio ambiente. Sin embargo, a pesar de esos debates, existieron discrepancias con respecto a asuntos importantes y en dicho congreso no fue posible lograr un acuerdo defi nitivo sobre vías concretas para progresar en esta materia, salvo la reiteración del apoyo a las recomendaciones logradas en el congreso anterior.
3.2 INICIATIVA DEL CONSEJO INTERNACIONAL DE MINERÍA Y METALES (ICMM).
El ICMM adoptó en mayo del 2003 una Política Marco sobre Desarrollo Sustentable, que contempló una serie de principios que sus miembros se obligan a respetar en el desarrollo de sus actividades. Entre ellos, destaca el Principio N° 7 referido a la Biodiversidad, en virtud del cual se comprometen a contribuir a la conservación de la misma y al establecimiento de enfoques integrados en la planifi cación del uso de la tierra. Dicho principio incluye, respetar las áreas designadas legalmente como protegidas; promover la información científi ca, las prácticas y experiencias en evaluación y manejo de biodiversidad; y, apoyar el desarrollo y la implementación de enfoques integrados y transparentes que consideren la planifi cación del uso de la tierra, la conservación de la biodiversidad y la minería.
De acuerdo con los principios del ICMM y su compromiso de evaluar y monitorear su cumplimiento, éste ha impulsado la adopción de compromisos específi cos en relación con la minería y las áreas protegidas5. De dicha iniciativa es importante destacar:
- El reconocimiento de la importancia para las estrategias de conservación de la biodiversidad de la afectación y manejo de determinadas áreas como “áreas protegidas”.
- El reconocimiento que la exploración y extracción minera puede ser, en algunos casos, incompatible con los objetivos por los cuales dichas áreas son designadas bajo protección.
- El reconocimiento de los sitios declarados como Patrimonio de la Humanidad como “no-go zones”, es decir, se comprometen a no explorar ni extraer minerales de dichos sitios y a tomar todas las medidas posibles para asegurar que sus operaciones no pongan en riesgo la integridad de los mismos, ni que sean incompatibles con los valores universales de conservación y preservación que fundamentaron tal declaración.
- El compromiso del ICMM de trabajar con la Unión Mundial de Conservación de la Naturaleza (IUCN) para fortalecer el sistema de categorización de áreas protegidas, a través de la elaboración de una guía que oriente las prácticas empresariales, con el fi n de aumentar la contribución de la industria a la conservación de la biodiversidad y de desarrollar herramientas de evaluación y de toma de decisiones transparentes, informadas y equitativas que integren la conservación de la biodiversidad, las áreas protegidas, la planifi cación y las estrategias de uso de suelo en la minería.
5 Las empresas miembros del ICMM que han asumido los compromisos adoptados en virtud de esta iniciativa son: Alcoa, Anglo American, AngloGold, BHP Billiton, Freeport-McMoRan Koper & Gold, Mitsubishi Materials, Newmont, Nipón Mining & Metals, Noranda, Pasminco, Placer Dome, Rio Tinto, Sumitomo Metal Mining, Umicore y WMC Resources.
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Para llevar a la práctica este compromiso, en julio de 2003 se realizó en Suiza un taller conjunto entre el ICMM y la IUCN, donde representantes de la industria y expertos en biodiversidad debatieron temas relacionados con las prácticas de la industria y las contribuciones a la conservación de la biodiversidad. En dicho taller se acordó preparar guías de buenas prácticas en las siguientes materias:
- Integración de estudios y evaluaciones de biodiversidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA);
- Integración de la biodiversidad en los sistemas de gestión ambiental y los planes de desarrollo comunitario;
- Remediación de sitios mineros y reconstrucción de ecosistemas.
A fi nes de junio de 2005 el ICMM circuló para comentarios un borrador de “Guía de Buenas Prácticas para Minería y Biodiversidad”6. Una vez aprobado el documento fi nal, éste será publicado por el ICMM como una guía para sus miembros o cualquier otro que desee utilizarlo.
Esta iniciativa y el compromiso adoptado por un grupo de importantes empresas transnacionales mineras refl eja la importancia que ha adquirido para el sector el desarrollo de estrategias y parámetros claros en la relación de la industria con la conservación de la biodiversidad. Ello, por cuanto se ha reconocido mundialmente que la conservación de la biodiversidad es un elemento indispensable para el desarrollo sustentable de los pueblos, lo que sin duda alguna signifi cará tarde o temprano un incremento de las áreas protegidas, y por consiguiente, de las limitaciones legales y prácticas para el desarrollo minero en dichas áreas. Por tanto, una preocupación creciente del sector es apoyar el desarrollo de sistemas de evaluación y de toma de decisiones en relación con la designación de áreas protegidas, que tengan una base científi ca sólida y que permitan dar cabida a los distintos actores involucrados en la protección de la biodiversidad, la realización de actividades productivas y el desarrollo sustentable.
Un debate interesante se ha producido entre la UICN y el ICMM en cuanto a la categorización de las áreas protegidas impulsadas por la UICN y las recomendaciones de Amman, especialmente las que se señalan más arriba. Ello surgió debido a la preocupación por los efectos de la minería en las áreas protegidas, lo que impulsó a los miembros de la UICN a proponer, entre otras cosas, que los gobiernos prohibieran la minería en las áreas protegidas correspondientes a las Categorías I a IV. Esta recomendación fue bastante controvertida, existiendo una fuerte oposición de los intereses mineros y del gobierno de los Estados Unidos, siendo mirada con indiferencia por algunas ONG’s, mientras que otros criticaron la seriedad con que los gobiernos implementaban las áreas protegidas.
Este debate no ha sido resuelto, y en este sentido, instituciones como el ICMM han manifestado sus críticas al sistema de categorización de áreas protegidas, ello por cuanto se plantea si la metodología actual para asignar una categoría particular de área protegida es lo sufi cientemente sistemática, transparente, verifi cable de manera independiente, efectiva y capaz de ser cuestionada. Asimismo, tanto la recomendación ya señalada, como la categorización de áreas protegidas, encuentran una fuerte oposición, por cuanto implican que signifi caría eliminar alrededor de 6% de los terrenos globales
6 http://www.icmm.com/news/632gpgbio_draft.pdf
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aptos para la minería. Además, la industria argumenta que, mientras en la mayoría de los casos las compañías mineras podrían no extraer en áreas protegidas, una prohibición general sólo produciría el efecto de crear restricciones innecesarias.
En defi nitiva, los cuestionamientos que han surgido de los debates entre la UICN y el ICMM, y entre éstos y otras organizaciones, en relación con la minería y las áreas protegidas, son los siguientes:
- Hay dudas en cuanto a la extensión de las áreas protegidas y las limitaciones que ello en defi nitiva pueden signifi car para la industria minera.
- No hay consistencia en el manejo y categorización de las áreas protegidas por los distintos gobiernos.
- Se cuestiona la transparencia del procedimiento de asignación de categorías y si las categorías son inmodifi cables, así como quién o quiénes verifi can que dichas categorías son aplicadas correctamente.
- Se ha cuestionado que las áreas protegidas no se han manejado efectivamente e incluso están siendo degradadas como resultado de la realización de actividades ilegales.
- Se ha expresado preocupación porque la recomendación de Amman ha dejado fuera de las áreas protegidas a la minería mientras que a otros sectores, como el hidroeléctrico, forestal y turismo, les permitirá un mayor acceso.
- El establecimiento de áreas protegidas en cooperación con la comunidad local puede ser usado como una táctica para impedir las actividades mineras.
- Se ha planteado la preocupación de algunas organizaciones conservacionistas en cuanto a que la rigidez de la recomendación de Amman puede volverse en su contra y dar a los gobiernos una excusa para establecer menos áreas protegidas o de menor extensión, si es que existen derechos minerales valorables en ellas o en sus límites.
3.3 INICIATIVA DEL GRUPO DEL BANCO MUNDIAL (GBM).
Las políticas operacionales del GBM guían todas sus actividades y operaciones. Con respecto a la biodiversidad se ha establecido la política OP 4.04, de junio de 2001, denominada de Hábitats Naturales.
Para el GBM la conservación de los hábitats naturales, al igual que otras medidas de protección y mejoramiento del medio ambiente, son esenciales para el desarrollo sostenible a largo plazo. Por consiguiente, en sus estudios económicos y sectoriales, en el fi nanciamiento de proyectos y en el diálogo sobre sus políticas, el GBM respalda la protección, el mantenimiento y la rehabilitación de los hábitats naturales y sus funciones.
En la formulación y ejecución de proyectos de cualquier tipo, en lo que dice relación con los hábitats naturales, el GBM sigue los criterios que se mencionan a continuación:
- Promueve y apoya la conservación de los hábitats naturales y el mejor aprovechamiento del suelo.
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- Fomenta la rehabilitación de los hábitats naturales degradados y no presta apoyo a proyectos que impliquen una conversión o degradación importante de hábitats naturales críticos.
- Financia proyectos que se localicen en tierras ya convertidas, salvo que hayan sido convertidas en previsión de la ejecución del proyecto.
- No fi nancia proyectos que signifi quen un grado considerable de conversión de hábitats naturales, a menos que no existan otras alternativas viables y el lugar donde éste ha de ejecutarse y un análisis integral demuestren que los benefi cios del proyecto superan con creces los costos ambientales.
- Si la evaluación ambiental revela que un proyecto convertiría o degradaría signifi cativamente los hábitats naturales, el proyecto debe incluir medidas de mitigación.
- Las medidas de mitigación deben contemplar la reducción al mínimo de la pérdida de hábitat y el establecimiento y mantenimiento de una zona protegida ecológicamente similar.
- Para apoyar un proyecto con posibles repercusiones adversas en los hábitats naturales, el Banco tiene en cuenta la capacidad del prestatario para llevar adelante las medidas de conservación y mitigación apropiadas.
En cuanto a la aplicación de la Política de Hábitats Naturales, en relación con los proyectos mineros, el GBM en julio de 2001 emprendió el Examen de las Industrias Extractivas (EIR). Una vez fi nalizado éste, se concluyó que el GBM debe tener un papel importante en las industrias extractivas, pero sólo si sus intervenciones permiten a estas industrias contribuir a la mitigación de la pobreza a través del desarrollo sostenible.
Lo anterior, sólo puede ocurrir si existen ciertas condiciones habilitantes, dentro de las cuales se encuentra el fortalecimiento de los componentes ambientales y sociales. En relación con los hábitats naturales, se concluyó que el Banco no debe fi nanciar ningún proyecto relativo a petróleo, gas o minería que pueda afectar las áreas que, en la actualidad, se encuentran ofi cialmente protegidas, ni aquellos hábitats naturales que son críticos, ni aquellas áreas que se piense designar como protegidas en el futuro. Asimismo, todo proyecto extractivo que se fi nancie dentro de un “área biológicamente candente” o “hotspot” debe sujetarse a estudios de desarrollo alternativos, debiéndose adoptar “áreas intangibles” claras para proyectos de gas, petróleo o minería.
Por su parte, la Internacional Finance Corporation (IFC) del GBM, que tiene por fi nalidad el fi nanciamiento de proyectos privados en países en desarrollo, exige como uno de los requisitos para postular a dicho fi nanciamiento el que los proyectos cumplan con los estándares y criterios ambientales y sociales que ha establecido, dentro de los cuales se encuentra el manejo adecuado de áreas silvestres. En términos generales, ello signifi ca que el GBM no podrá apoyar proyectos que puedan signifi car:
- desintegración de un hábitat que no se encuentra sufi cientemente representado en el país de que se trate o que no se encuentra bajo una protección adecuada;
- conversión de áreas silvestres de especial importancia y preocupación, incluyendo sitios que presentan especies raras o en peligro de extinción o áreas importantes para la reproducción y alimentación de la vida silvestre.
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En esta misma dirección está avanzando un grupo de bancos de importancia a nivel mundial, que mediante la adopción de la iniciativa denominada “Equator Principles”, han acordado adherir a las reglas sobre manejo responsable de riesgos sociales y ambientales para seguir en el fi nanciamiento de proyectos. Estos principios consisten en una serie de pautas basadas en los estándares ambientales y sociales usados por la IFC, a los que ya se hizo referencia.
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4. INICIATIVAS A NIVEL NACIONAL
4.1 IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA
En cuanto a su implementación en Chile, la autoridad competente es la CONAMA. Desde la ratifi cación del Convenio en 1994 Chile realizó pocas acciones para implementar los compromisos adquiridos. En un comienzo, bajo la anterior administración de CONAMA, se trabajó en una política de recursos naturales. Con las nuevas autoridades, sin embargo, ésta quedó suspendida, y en diciembre de 2003 el Consejo de Ministros de CONAMA aprobó una Estrategia Nacional de Biodiversidad.
ESTRATEGIA NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (ENBD).
La ENBD tiene por objetivo crear un marco orientador que permita elaborar un Plan de Acción Nacional con acciones específi cas relativas a la conservación del patrimonio natural nacional.
Esta estrategia encuentra su fundamento en las obligaciones contraídas por nuestro país en virtud del Convenio Internacional sobre Diversidad Biológica y tiene por objetivo general conservar la biodiversidad del país promoviendo su gestión sustentable, a fi n de resguardar su capacidad vital y garantizar el acceso a los benefi cios para el bienestar de las generaciones actuales y futuras.
Considera como una de sus prioridades fundamentales prevenir el deterioro del patrimonio natural, asegurando la conservación de la biodiversidad.
Sus objetivos específi cos son:
- Mantener y restaurar, en la medida de lo posible los hábitats y ecosistemas naturales.
- Proteger al menos el 10% de la superfi cie de los ecosistemas relevantes antes del 2010.
- Asegurar la conservación de la fl ora y fauna tanto en sus entornos naturales como fuera de ellos.
- Promover métodos de extracción sustentables y los usos alternativos no extractivos.
- Fortalecer y mejorar la coordinación del actual sistema de gestión pública sobre la biodiversidad, en particular la creación de un Sistema Nacional de Áreas Protegidas, tanto públicas como privadas.
- Reforzar la investigación acerca de la biodiversidad, mejorando los sistemas de información y programas de educación.
- Fortalecer la relación y contacto de la ciudadanía con la biodiversidad.
Dentro de las líneas estratégicas y de acción contempladas para lograr cada uno de los objetivos propuestos, se menciona en relación con la promoción de prácticas productivas sustentables que aseguren la conservación de la biodiversidad, parámetros generales
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relativos a la minería. Para lograr el desarrollo de una minería sustentable que contribuya de manera efectiva a la conservación de la biodiversidad, la estrategia impulsa como línea de acción el reforzamiento del cumplimiento de la normativa ambiental vigente, a fi n de promover una operación minera responsable y respetuosa del medio ambiente. Asímismo, se propone incentivar el óptimo desempeño ambiental de todas las faenas mineras existentes y futuras.
Aún cuando esta estrategia no establece criterios específi cos a seguir en relación con la minería, se establece como principio básico el desarrollo de una minería sustentable, lo que implica la adopción de medidas tendientes a lograr una mayor contribución y respeto a la conservación de la biodiversidad.
PLAN DE ACCIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE BIODIVERSIDAD7
Al aprobar la ENBD el Consejo de Ministros de CONAMA instruyó la elaboración de un Plan de Acción. Durante el primer semestre del 2004 las instituciones públicas con ingerencia en materia de biodiversidad elaboraron un Plan de Acción de Corto Plazo (2004-2006), que recopila las actividades más relevantes del sector público en esta materia. Este Plan de Acción de Corto Plazo del Sector Público fue aprobado por el Consejo de Ministros de la CONAMA en agosto de 2004.
El Plan de Acción se elaboró considerando 4 ejes temáticos:
- Ecosistemas (terrestre y acuáticos);
- Especies y Patrimonio Genético;
- Prácticas Productivas Sustentables; y
- Acciones Transversales (Investigación, Financiamiento, Educación).
En el tercer eje temático del Plan de Acción, que corresponde a la promoción de las prácticas productivas sustentables que aseguren la mantención de la biodiversidad, la Acción Genérica 4 se orienta a fortalecer la Política Nacional de Minería, mediante la incorporación de criterios de conservación de la Biodiversidad, estimulando la autorregulación y promoviendo mejoras en la productividad, competitividad y prevención de la contaminación. Para el logro de lo anterior, el Plan de Acción de Corto Plazo considera las siguientes acciones específi cas:
- Potenciar la coordinación y fomentar la cooperación entre las instancias gubernamentales, el sector privado, las comunidades locales y el ámbito académico, en pos de la aplicación de criterios de conservación de la biodiversidad en las actividades mineras;
- Fomentar la capacitación e incentivar la inserción de comunidades al trabajo de las actividades mineras vinculadas a la protección de la biodiversidad; y
- Promover el diseño e implementación de Directrices Corporativas en minería en materia de recursos hídricos, residuos líquidos y residuos sólidos, con el fi n de controlar los impactos sobre la biodiversidad.
7 Para mayor detalle ver http://www.conama.cl/portal/1255/article-33717.htm (bajar documentos)
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Junto con el Plan de Acción se construyó una matriz en la que se detallan todas las acciones de corto plazo que está desarrollando el sector público. En dicha matriz para cada acción se indican los resultados esperados, los organismos responsables de su ejecución, el fi nanciamiento involucrado, y los indicadores de logro. En el Anexo 1 se detallan las acciones del sector minero público (organismos públicos y empresas del Estado) que están incluidas en dicha matriz. En el Anexo 2 se detallan las acciones ya ejecutadas en esta materia por las empresas mineras del Estado y aquellas realizadas por algunas empresas privadas para las cuales se dispuso de la información.
A contar de septiembre de 2004 se inició un proceso de consulta pública con los diferentes actores de la sociedad, para elaborar un Plan de Acción País, que por una parte incorpora las acciones de corto plazo que están ejecutando el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, y por otra, permitió la construcción colectiva de acciones de mediano y largo plazo, como así mismo la propuesta de arreglos institucionales y mecanismos de seguimiento y actualización de la ENBD. Este Plan de Acción País fue aprobado por el Consejo Directivo de CONAMA el 21 de abril de 2005.
En el marco del Plan de Acción de Corto Plazo de la ENBD se comprometió la elaboración de 4 Políticas, a saber: Areas Protegidas, Protección de Especies Amenazadas, Gestión Ambiental del Territorio, y Paisaje. Para su elaboración se han conformado Directorios Públicos, integrados por representantes de los organismos del Estado con competencia en la materia que se está normando. Estos directorios son el equipo técnico que elabora la propuesta de política. Las dos políticas fueron aprobadas por el Consejo de Ministros de CONAMA en diciembre de 2005.
ESTRATEGIAS REGIONALES
A partir de mayo de 2002 se llevó a cabo en cada una de las regiones del país un proceso para elaborar Estrategias Regionales para la conservación y uso sustentable de la biodiversidad. Esto incluyó un diagnóstico del estado de conservación de la biodiversidad regional, la identifi cación de actividades antrópicas que afectan (positiva o negativamente) la biodiversidad regional, y acuerdos respecto de lineamientos estratégicos y prioridades de acción.
El proceso fue altamente participativo y diseñado de manera de incorporar a los actores relevantes e interesados tempranamente en el proceso, de manera que las propuestas de acción fueran acordadas. El objetivo del proceso fue diseñar un conjunto estructurado de objetivos, prioridades, acuerdos y acciones para la conservación y uso sustentable de la biodiversidad, estableciendo el rol que le cabe a cada actor relevante en la ejecución de las acciones comprometidas.
Se desarrolló en las trece regiones del país una discusión sobre las mejores estrategias de protección de nuestra biodiversidad, que en el caso de los ecosistemas se visualiza la necesidad de incrementar los ecosistemas bajo protección. Con este propósito, el proceso regional apuntó a identifi car sitios prioritarios para la conservación con oportunidad de emprender acciones de protección en el corto plazo. Aunque esta priorización dejó una gran cantidad de sitios importantes para una segunda etapa de implementación, sí destacó aquellos que reúnen características ecosistémicas relevantes, junto con consideraciones importantes para los habitantes de la región. Posteriormente, se procedió a elaborar un
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plan de acción para lograr la protección efectiva de la biodiversidad en cada uno de estos sitios. Estos sitios abarcan ambientes terrestres, marinos, de aguas dulces y de islas.Con el fi n de cumplir las metas que la autoridad ambiental se ha fi jado en orden a proteger el 10% de la superfi cie de los ecosistemas más relevantes, la CONAMA elaboró un catastro con 68 sitios de biodiversidad prioritarios de resguardar. La importancia de estos lugares radica en que en ellos se encuentran representados ecosistemas valiosos y únicos, y también especies relevantes de fl ora y fauna. El objetivo es que cada una de las regiones ponga bajo protección al menos dos sitios por año.
Lo anterior, sin duda puede afectar los proyectos mineros a desarrollarse en el futuro, e incluso aquellos proyectos que están en funcionamiento y que se ubican en áreas declaradas como sitios prioritarios o bien están en sitios aledaños a éstos. Ello, por cuanto puede signifi car para las empresas mineras la sujeción a normas adicionales para la implementación y desarrollo de un proyecto, y sobretodo, exigencias más estrictas para el cierre y abandono de los mismos.
4.2 IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO SOBRE HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL COMO HÁBITAT DE AVES ACUÁTICAS (RAMSAR).
Chile ha implementado el Convenio Ramsar, especialmente a través de la designación de 9 sitios a lo largo del país, con una superfi cie superior a las 150.000 hectáreas8.
Una serie de instituciones están encargadas de su implementación, entre las que destacan el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Comisión Nacional del Medio Ambiente y la Corporación Nacional Forestal (CONAF), siendo esta última el punto focal del Convenio en Chile.
A pesar que desde el año 1998 existe una estrategia para la implementación nacional del Convenio, la que básicamente se orienta a proteger y trabajar humedales en términos muy generales, ésta aún no ha sido aprobada por las autoridades respectivas. En la actualidad, se encuentra terminado un documento que contiene una propuesta de Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Racional de los Humedales en Chile, el que fue aprobado por el Consejo de Ministros de CONAMA en diciembre de 2005.
Los humedales que se trabajan están básicamente en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE), y la mayoría se ubican en el norte del país y se manejan con presupuesto de CONAF.
La incorporación de nuevos humedales por parte de proyectos públicos y privados, sumado a la conservación del agua como fuente de vida de los humedales y sus ecosistemas, podría acarrear confl ictos con la actividad minera, dependiendo de la amplitud de esas políticas.
La conservación del agua relacionada con los ecosistemas está en la agenda del Convenio. El Convenio también ha solicitado la mayor participación de las comunidades y las autoridades en la elaboración de políticas relacionadas con su implementación nacional.
8 Mayor información en http://www.wetlands.org/rsdb/
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En el Anexo 3 se presenta una tabla con los humedales existentes en el país que se han incorporado a la Lista de los Sitios Ramsar.
4.3 AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO (SNASPE)
El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), creado mediante la Ley Nº 18.362 de 1984, corresponde a aquellos ambientes naturales, terrestres o acuáticos que el Estado protege y maneja para lograr su conservación. Estas áreas protegidas son administradas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
El sistema está formado por las siguientes categorías de manejo:
- Parques Nacionales
- Reservas Nacionales
- Monumentos Naturales
Actualmente Chile cuenta con 94 unidades, distribuidas en 31 Parques Nacionales, 48 Reservas Nacionales y 15 Monumentos Naturales, las que en total cubren una superfi cie aproximada de 14 millones de hectáreas, equivalentes al 19% del territorio nacional. De este total, las regiones XI de Aysén y XII de Magallanes, concentran el 85% del total.
Los Parques Nacionales se distinguen porque todos los recursos naturales que existen en ellos, fl ora, fauna, recursos hídricos, etc. no pueden ser utilizados con fi nes económicos, más bien deben ser protegidos. En cambio los recursos existentes en las Reservas Nacionales pueden ser utilizados en forma sustentable
Se defi ne como Parque Nacional un área generalmente extensa, donde existen diversos ambientes únicos o representativos de la diversidad biológica natural del país, no alterada signifi cativamente por la acción humana, capaces de autoperpetuarse y en que las especies de fl ora y fauna o las formaciones geológicas, son de especial interés educativo, científi co o recreativo. Los objetivos que se pretende son la preservación de muestras de ambientes naturales, de rasgos culturales y escénicos asociados a ellos; la continuidad de los procesos evolutivos, y en la medida compatible con lo anterior, la realización de actividades de educación, investigación y recreación.
Se llama Reserva Nacional al área cuyos recursos naturales es necesario conservar y utilizar con especial cuidado, por la susceptibilidad de éstos a sufrir degradación o por su importancia en el resguardo del bienestar de la comunidad. Tiene como objetivo la conservación y protección del recurso suelo y de aquellas especies amenazadas de fl ora y fauna silvestre, a la mantención de o mejoramiento de la producción hídrica y la aplicación de tecnologías de aprovechamiento racional de éstas.
Monumento Natural es un área generalmente reducida, caracterizada por la presencia de especies nativas de fl ora y fauna o por la existencia de sitios geológicos relevantes desde el punto de vista escénico, cultural o científi cos. Su objetivo es preservar el ambiente
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natural, cultural y escénico, y en la medida que sea compatible con ello, desarrollar actividades educativas, recreacionales o de investigación.
ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS PRIVADAS (ASPP)
Con el objeto de impulsar efectivamente una mayor protección de la biodiversidad existente en nuestro país, en el año 2003 el Gobierno defi nió un reglamento para Áreas Silvestres Protegidas de Propiedad Privada (ASPP), el que fue aprobado por el Comité de Ministros de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).
Podrán ser afectadas como ASPP áreas que contribuyan signifi cativamente a asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza y conservar el patrimonio natural (en particular áreas cuya conservación sea prioritaria en la Estrategia Nacional o Estrategias Regionales para la Conservación y Uso Sustentable de la Diversidad Biológica); áreas que contengan ecosistemas únicos, escasos o representativos, y áreas que sean relevantes para la conservación de fl ora y fauna, (especialmente aquella que se encuentre en categorías de conservación, o representen humedales de importancia internacional).
La afectación de estas áreas sería voluntaria y podrían afectarse uno o más predios o parte de una propiedad. La solicitud de afectación deberá expresar la voluntad de mantener esa condición por al menos 25 años.
En términos prácticos, el reglamento apunta a la participación de agentes privados que tengan un interés estratégico y cuyos benefi cios superen los costos de crear el ASPP, como es el caso de las grandes empresas. También se pretende, que participen personas y entidades que tengan la capacidad fi nanciera y recursos disponibles para el altruismo.
El reglamento plantea cuatro categorías de manejo, las que se basan en las categorías propuestas por la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América (Convención de Washington), las que establecen distintas restricciones.
Estas son:
- Área Privada de Preservación Estricta: el objetivo de manejo de esta área es la preservación estricta, por lo que se debe mantener inviolable, en tanto sea factible, excepto para la investigación científi ca autorizada.
- Parque Natural Privado: el objetivo de manejo de esta área es la preservación de muestras de ambientes naturales y la continuidad de los procesos evolutivos, por lo que se excluye cualquier tipo de uso consuntivo incompatible con la preservación del patrimonio natural presente en ella. En los parques está vedada la extracción, para fi nes comerciales, de las riquezas existentes, la caza o captura de especímenes de fauna nativa, así como también la destrucción y recolección de ejemplares de la fl ora nativa, salvo las autorizadas para fi nes científi cos. Sin perjuicio de lo anterior, estas áreas admitirán la realización de determinadas actividades recreativas, educativas y científi cas que sean compatibles con los objetivos de preservación. En caso de acreditarse que el área protegida no será signifi cativamente impactada, se podrá autorizar a sus propietarios para desarrollar proyectos de naturaleza ecoturística e inmobiliaria, siempre que su área de infl uencia directa no ocupe un porcentaje superior
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al 1% de la superfi cie total del predio, o una superfi cie mayor si estuviera plenamente justifi cada a través del plan de manejo de conservación, de manera tal de asegurar que no se distorsionen las características por las que fue afectada. La infraestructura y actividades deberán emplazarse en lugares que causen el menor impacto posible.
- Monumento Natural Privado: el objetivo de manejo es la preservación del área y, en la medida que sea compatible con esto, la realización de actividades de uso no consuntivo, tales como educación, investigación no experimental, recreación o ecoturismo.
- Reserva Natural Privada: el objetivo de esta área es la conservación, por lo que se pueden realizar actividades que proporcionen un fl ujo sostenible de productos naturales y servicios que garanticen su conservación en el largo plazo. En las reservas se podrá autorizar la realización de proyectos eco-turísticos e inmobiliarios cuya área de infl uencia directa no ocupe un porcentaje superior al 10% de la superfi cie total del predio, o una superfi cie mayor si estuviese plenamente justifi cada a través del plan de manejo de conservación, de manera tal que se asegure que no se distorsionan las características por las que fue afectada. La infraestructura y actividades deberán emplazarse en lugares que causen el menor impacto posible en el área.
4.4 PROTECCIÓN DE LA BIODIVERSIDAD A TRAVÉS DE INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
Es preciso hacer mención a la intención del Gobierno de declarar bajo protección ambiental al menos 2.890.000 hectáreas de terrenos de alto valor ambiental, a través de instrumentos de planifi cación territorial. Lo anterior, en la senda de dar cumplimiento a la meta de proteger para el año 2006 el 10% de la superfi cie de los ecosistemas relevantes. Para ello, se incluirá la variable ambiental en los instrumentos de planifi cación territorial.
En este sentido, el Gobierno ha impulsado un proyecto de ley que modifi ca la Ley General de Urbanismo y Construcción, estableciendo los Planes Regionales de Desarrollo Urbano (PRDU), los que podrán contemplar áreas de protección y conservación de recursos naturales, e incluirán todas aquellas áreas protegidas en razón de alguno de los mecanismos existentes, ya sea que pertenezcan al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE), al Sistema de Humedales de Importancia Internacional o a las unidades de conservación creadas en virtud del artículo 35 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Áreas Silvestres Protegidas Privadas).
De esta manera, existe la intención y la voluntad política por parte de las autoridades ambientales y de gobierno de afectar áreas de importancia para la protección y conservación de la biodiversidad y de otorgarles protección bajo el amparo de instrumentos de planifi cación territorial.
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5. IMPLICANCIAS DE LA ADOPCIÓN DE INICIATIVAS SOBRE BIODIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD MINERA
Las iniciativas sobre biodiversidad emprendidas tanto a nivel internacional como nacional refl ejan la creciente preocupación de los gobiernos, los organismos internacionales, las ONG’s y la ciudadanía en general, de establecer bases claras para la conservación y preservación de la biodiversidad, lo que se pretende lograr a través de diversos mecanismos, que van desde la dictación de normativas específi cas, tanto nacionales como internacionales, hasta asumir compromisos sectoriales de carácter voluntario y la adopción de prácticas de desarrollo de la actividad minera amigables con el medio ambiente y con la biodiversidad.
En cuanto a las implicancias que estas iniciativas pueden tener para la industria minera local, éstas pueden analizarse desde variados puntos de vista:
a. Normativo. Las iniciativas normativas emprendidas a nivel mundial sin duda repercuten en la normativa interna, puesto que nuestro país al ratifi car convenios internacionales sobre protección de la biodiversidad, además de asumir compromisos específi cos, incorpora a la legislación interna dichos acuerdos y, por tanto, son imperativos y se entienden conocidos por todos. Asimismo, su adopción signifi cará en el futuro la implementación de políticas cada vez más estrictas en relación con la conservación de la biodiversidad, con la consiguiente elaboración de normas en el mismo sentido.
b. Financiamiento. La adopción de estándares y de principios básicos para el fi nanciamiento de proyectos, que contemplan criterios relativos al manejo adecuado de áreas silvestres y evaluación de los impactos ambientales que un proyecto minero puede signifi car para la biodiversidad y su conservación, por parte de organismos internacionales de la importancia del GBM y la IFC, sin duda alguna puede repercutir en el desarrollo de la actividad en nuestro país.
Ello, debido a que el otorgamiento de préstamos para el fi nanciamiento de proyectos incluye etapas de evaluación, no sólo de los riesgos fi nancieros y operacionales de un proyecto, sino que también, y cada vez con una mayor importancia, de aquellos riesgos ambientales involucrados en el mismo. Por tanto, una inadecuada consideración de los principios, criterios y prácticas que dichos organismos siguen para el fi nanciamiento de proyectos puede signifi car que un proyecto minero no pueda ser desarrollado por falta de fi nanciamiento.
Esta situación adquiere una relevancia mayor si consideramos que un grupo de bancos líderes a nivel mundial ha adoptado como propios los estándares y criterios que la IFC utiliza para el fi nanciamiento de proyectos. Por tanto, un proyecto no sólo puede ver impedido su acceso al fi nanciamiento por parte de organismos internacionales, sino que también al fi nanciamiento que la banca privada puede otorgarle.
Aunque en nuestro país los bancos no cuentan con políticas que evalúen los riesgos ambientales que asumen en el fi nanciamiento de proyectos, la tendencia del mercado va en ese sentido, ya que la omisión de la evaluación de dichos riesgos no sólo implica un eventual daño a la biodiversidad y en general al medio ambiente, sino que también puede signifi carles el incumplimiento de normas propias del sistema de bancario y fi nanciero.
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c. Localización. El establecimiento de áreas protegidas, ya sea a través de su incorporación al SNASPE, o al Sistema de Áreas Silvestres Protegidas Privadas (aún no implementado), o consideradas como tales en los instrumentos de planifi cación territorial, así como el eventual aumento de las superfi cies afectadas bajo tal denominación, puede signifi car que un proyecto no pueda emplazarse en determinados lugares o que en defi nitiva, pueda hacerlo, pero bajo estrictos controles en su operación, implementación o abandono. O bien, que deban tomarse medidas adicionales de resguardo si es que se designa como área protegida un sitio que se encuentra en el área de infl uencia de un proyecto.
d. Imagen Pública. La consolidación de una conciencia ambiental en la opinión pública respecto a la conservación de la biodiversidad, impulsada por el trabajo emprendido por diversos organismos y ONG’s, tanto nacionales como internacionales, puede signifi car, y de hecho signifi ca, un juzgamiento por parte de la comunidad de las empresas mineras y de los proyectos que éstas emprenden. Sin duda alguna, las empresas mineras estarían en una mejor posición frente a la comunidad en general, y a la afectada directa o indirectamente por un proyecto, si en la elaboración del mismo siguieran estándares de conservación y preocupación por la biodiversidad que pueda verse afectada por éste.
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