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La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental en la Región Fronteriza Estados Unidos-México Una Guía Comunitaria sobre la Aplicación y el Cumplimiento en Texas y Chihuahua

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La Aplicación y el Cumplimientode la Legislación Ambientalen la Región Fronteriza Estados Unidos-México

Una Guía Comunitaria sobre laAplicación y el Cumplimiento enTexas y Chihuahua

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La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental en la Región Fronteriza

de EE.UU. y México

Una Guía Comunitaria sobre la Aplicación y elCumplimiento en Texas y Chihuahua

Instituto de Derecho Ambiental(Environmental Law Institute)

La Red del Suroeste para la Justicia Ambiental y Económica(Southwest Network for Environmental and Economic Justice)

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RECONOCIMIENTOS

Este manual es producto de la Iniciativa de Derecho Ambiental Comunitaria, una colaboraciónentre la Red del Suroeste para la Justicia Ambiental y Económica (Southwest Network forEnvironmental and Economic Justice) y el Instituto de Derecho Ambiental (Environmental LawInstitute o ELI). La Red del Suroeste y ELI desean agradecer a los siguientes integrantes de la Redpor aportar generosamente su tiempo y experiencia para la elaboración de este manual: SusanaAlmanza (PODER/People Organized in Defense of Earth and her Resources); José Bravo (JustTransition Alliance); Diana Bustamante (Colonias Development Council); Helga Garza (KalpulliTlapalcalli); Cipriana Jurado Herrera (CISO/Centro de Investigación y Solidaridad Obrera);Carlos Loya López (FEDECO/Frente de Consumidores); y Rubén Solís (Southwest Workers’Union). La Red del Suroeste y ELI agradecen también a todas las demás personas que hicieronvaliosas aportaciones a este proyecto al expresar sus comentarios sobre los borradores anterioresdel manual, y a Rini Templeton, por contribuir los dibujos de la portada.

Para la elaboración y publicación de este manual se contó con el apoyo de la Región 6 de laAgencia de Protección Ambiental de los EE.UU. conforme al Convenio de Apoyo No. X4-96601501-0. Los puntos de vista expresados en este documento no deben atribuirse a la EPA, nise debe inferir que existe algún respaldo oficial por parte de la instancia.

COPYRIGHT/DERECHOS LIMITADOS DE REPRODUCCIÓN

Copyright © 2007 Environmental Law Institute® and Southwest Network for Environmentaland Economic Justice.

ISBN 978-1-58576-121-0 No. de proyecto (ELI) 052101

Organizaciones comunitarias y otras instituciones no-lucrativas pueden reproducer esta guía pormedio de foto-copiado y distribuirlo con propósitos no-comerciales. Este noticia de los derechosreservados debe aparecer en cada copia, y cada copia debe de estar completa. Todos los demásderechos están reservados.

Una copia de este manual en forma “PDF” está disponible sin costo en el sitio web del ELI(www.eli.org, vea “Publications”). [Nota: Las condiciones del uso se aplican y son disponibles enlinea.]

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CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN 1

CAPÍTULO 2: SEGUIMIENTO CIUDADANO DE LA APLICACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO 7DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN EE.UU.

Esquema General de la Legislación Ambiental en EE.UU. 8Solicitar Información al Gobierno 25Herramientas Jurídicas para la Aplicación y el Cumplimiento de las Leyes Ambientales 37

• Presentación de una Queja Ambiental• Participación Ciudadana en las Acciones de Aplicación y Cumplimiento

de la Legislación Emprendidas por el Gobierno• Presentación de una “Demanda Ciudadana”

CAPÍTULO 3: SEGUIMIENTO CIUDADANO DE LA APLICACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO 54DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO

Esquema General de la Legislación Ambiental en México 55Herramientas Jurídicas para Solicitar Información al Gobierno 72Herramientas Jurídicas para Solicitar al Gobierno Acciones para la Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación 84

• Presentación de una Denuncia Popular• Presentación de un Recurso de Revisión• Promoción de un Juicio de Amparo• Otros Mecanismos para la Aplicación y el Cumplimiento de la

Legislación Ambiental: Denuncias Penales y Denuncias sobre Violaciones de Derechos Humanos

CAPÍTULO 4: MECANISMOS BINACIONALES PARA EL SEGUIMIENTO CIUDADANO DE LA 99APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL

Petición Ciudadana ante la Comisión para la Cooperación Ambiental 99Participación Comunitaria en el Programa Ambiental Mexico-Estados Unidos Frontera 2012 104

Denuncias a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 111

APÉNDICES 1141: Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU

Índice

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2: Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU.3: Sitio Web de TCEQ—Página Principal y Formulario para Quejas Ambientales4: Ejemplos de Solicitud de Información—EE.UU.5: Otros Recursos—Demandas Ciudadanas en EE.UU.6: Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México7: Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México8: Formularios para Presentar una Solicitud en Línea para Acceso

a la Información en México/Chihuahua9: Formulario para Presentar una Denuncia Popular en Línea al Gobierno

Federal en México10: Formulario para Presentar una Denuncia Penal en Línea a la Procuraduría

General de la República en México

La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental en la Región Fronteriza de EE.UU. y México

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La frontera entre México y Estados Unidosalberga a casi 12 millones de habitantes, la

mayoría de los cuales vive en una de las 14ciudades hermanas, desde San Diego yTijuana en el poniente, hasta Brownsville yMatamoros en el oriente. A los habitantes dela región fronteriza no solamente los unen lahistoria, la cultura y la familia, sino tambiéncomparten diversos rasgos geográficos, el aire,el agua y los mantos acuíferos.

En los últimos 20 años, la población ha cre-cido aceleradamente en las regionesfronterizas, al igual que la actividad industri-al. Este crecimiento se debe en parte alprograma de maquiladoras y al Tratado deLibre Comercio de América del Norte(TLCAN). El rápido desarrollo urbano ha gen-erado muchos y graves problemasambientales y de salud pública. Según el pro-grama México-Estados Unidos Frontera 2012,parte de dichos problemas son

un desarrollo no planificado, mayordemanda de suelo y de energía, crecientecongestión de vialidades, incremento enla generación de residuos, infraestructurade tratamiento y disposición de residuossobresaturada o insuficiente, y mayor fre-cuencia de emergencias químicas. Losresidentes de áreas rurales padecen por laexposición al polvo, el uso de plaguicidas,el insuficiente suministro de agua y la

falta de infraestructura para el tratamien-to de residuos. Los habitantes de lafrontera padecen de manera significativade muchos problemas de salud ambien-tal, incluyendo enfermedadesocasionadas por la contaminación delagua y problemas respiratorios.

México-Estados Unidos Frontera 2012—Introducción, disponible en: http://w w w . e p a . g o v / u s m e x i c o b o r d e r /intro_esp.htm

Existen muchas leyes en los EstadosUnidos y México para garantizar que lasactividades productivas no puedan causardaños a la salud pública y el medio ambientey para, cuando estos daños ocurren, obligar alos responsables a repararlos y tomar medi-das de precaución en el futuro. En las leyes seestablecen normas mínimas que debenobservarse para prevenir los daños al medioambiente y la calidad de vida de las personas,límites máximos sobre cuánta contami-nación se puede descargar hacia el aire, elsuelo y el agua, así como requisitos para elmanejo y disposición de las sustanciasquímicas tóxicas. Sin embargo, incluso estasnormas mínimas que marca la ley frecuente-mente se incumplen. El impacto de esteincumplimiento sobre la salud y el medioambiente de las comunidades vecinas puedeser devastador.

Capítulo 1

Introducción

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El tema de este manual es la aplicación y elcumplimiento de la legislación ambiental, esdecir, las acciones que los gobiernos debenrealizar y que las comunidades puedenemprender para exigir que las leyes seapliquen eficazmente. La buena aplicación yel cabal cumplimiento de la legislación sonvitales para garantizar que se frenen las prác-ticas ilícitas y se solucionen los problemasambientales. También son importantes paraevitar que haya infracciones posteriores. Lasleyes que establecen los requisitos ambien-tales también le otorgan al gobiernoherramientas jurídicas que pueden usarse encaso de incumplimiento, tales como laimposición de multas, la revocación de per-misos, o la clausura de instalaciones. Pero lasinstancias del gobierno no cuentan con recur-sos para identificar todas las infracciones quese cometen. Además, el gobierno tiene discre-ción para establecer sus prioridades en aplicary hacer cumplir las leyes ambientales.Normalmente al gobierno no se le puedeforzar a sancionar a una compañía ni aaplicar algún tipo de sanción en particular.

Este manual se centra en el papel de lacomunidad en la aplicación y el cumplimientode la legislación ambiental. En él se abordanlas herramientas jurídicas que los habitantesde las comunidades pueden usar para per-suadir al gobierno de aplicar medidasdisciplinarias o, en algunos casos, emprenderdirectamente medidas para exigir elcumplimiento de la ley. Algunas de esas her-ramientas son solicitar informacióngubernamental, entablar una denuncia públi-ca, participar en la aplicación de medidasdisciplinarias por parte del gobierno, yentablar una demanda judicial para exigir elcumplimiento de la ley. [En el manual no seaborda un tipo de medida legal distinta: lademanda por daños económicos, que enalgunos casos se puede entablar contra los

establecimientos que contaminen el ambi-ente.]

Las leyes ambientales le dan a las comu-nidades algunas herramientas para participaren el proceso de aplicación de las leyes, perono siempre es fácil entender cómo funcionanestas leyes ya en la práctica. El manual ha sidodiseñado como un recurso para que los habi-tantes de las comunidades fronterizas puedanhacer uso de las herramientas y los procesosque establece la ley para combatir la contami-nación en sus colonias, lugares de trabajo, yen cualquier otro lugar en donde exista esetipo de problema.

El manual se centra principalmente en laaplicación y el cumplimiento en los ámbitosfederal y estatal, y en él se usan como ejem-plos los estados de Texas y Chihuahua. Enalgunos casos se mencionan también las leyese instancias municipales, y se incluyen comoejemplos las ciudades de El Paso y Juárez.Asimismo, se mencionan algunos de losinstrumentos y procesos binacionales quepueden resultar de utilidad para abordar losproblemas de aplicación y cumplimiento dela ley en la frontera. Aunque el enfoquegeográfico se limita a dos estados, las demáscomunidades fronterizas también puedenusar el manual para aprender más sobre lasherramientas nacionales y binacionales deaplicación y cumplimiento, y también comorecurso general para entender cómo sepueden usar las leyes de sus propios estados ymunicipios.

En el manual no se plantean todas las leyesambientales que existen, ya que hay muchasde ellas sobre una gran variedad de temas,sino que se abordan principalmente la conta-minación atmosférica, la contaminación delagua, y los residuos sólidos y peligrosos. Alleer este manual, es muy importante recordar

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que las herramientas jurídicas que en él sedescriben generalmente no son suficientespor sí mismas para resolver un problemaambiental. Tal como lo demuestra el siguienteestudio de caso, es primordial contar con unafuerte organización comunitaria para abordarlos graves problemas de justicia ambiental.Una comunidad organizada puede determi-nar si las herramientas jurídicas descritas enel presente documento serán efectivas y cuán-do podrán serlo.

Colonia Moreno y el Caso de Candados Presto1

Colonia Moreno es una comunidad obreraque se encuentra en el nororiente de CiudadJuárez, cerca del Puente Internacional deYsleta-Zaragoza. Un día de junio de 1993, unaniña estaba jugando cerca de su casa en laColonia, cuando pisó un charco en la calle einmediatamente sufrió graves quemaduras ensus pies.

Los habitantes de Colonia Moreno yahabían empezado una lucha contra la conta-minación generada por Candados Presto, unamaquiladora ubicada en su comunidad ypropiedad de una empresa matriz en NewJersey. Las lesiones que sufrió esta pequeñita aconsecuencia del manejo irresponsable deresiduos por parte de la empresa fueron lagota que derramó el vaso. Los habitantes dellugar decidieron emprender medidas másfuertes para oponerse a las condiciones en lasque estaban viviendo. Dirigidos por uncomité de vecinos y apoyados por otrosorganismos no gubernamentales, los habi-tantes iniciaron una campaña para presionara la empresa, a las autoridades gubernamen-tales y al público en general, a limpiar lacontaminación y reubicar las instalaciones.

Una de las primeras cosas que hizo lacomunidad fue presentar una denuncia a laJunta Municipal de Agua y Saneamientosobre las descargas de la empresa al sistema dedrenaje. La Junta Municipal era la instanciaresponsable de monitorear las descargas al sis-tema de drenaje de la ciudad, incluyendo lasdescargas industriales de las maquiladorascomo Candados Presto. La respuesta de laJunta Municipal resultó de importancia paraatender el problema. Los funcionarios lle-varon a cabo una investigación ydocumentaron el mal manejo de los residuospor parte de la maquiladora. Esto no soloatrajo la atención de los medios de comuni-cación, sino también hizo que la JuntaMunicipal analizara el caso a la PROFEPA(Procuraduría Federal de Protección alAmbiente), la instancia federal encargada devigilar la aplicación y el cumplimiento de lalegislación ambiental.

La PROFEPA realizó algunas inspeccionesiniciales y encontró graves infracciones a lasleyes ambientales mexicanas, incluyendo latira clandestina de sustancias químicas tóxi-cas como cianuro y el almacenamientoindebido de materiales con metales pesados,como níquel y cromo. Tanto dentro comofuera de la planta se encontraron grandescantidades de residuos peligrosos. La depen-dencia ordenó a la empresa cerrartemporalmente sus líneas de producción yexportar sus residuos, tal como lo exigía la leyfederal. Transcurrido algún tiempo, se le per-mitió a la planta reabrir algunas de sus líneasde producción y realizar una auditoría exter-na de tipo ambiental (pagada por CandadosPresto como parte de la sanción económicaimpuesta por el gobierno) para darseguimiento a las operaciones de la com-pañía.

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Introduccíon

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Durante los siguientes meses, el comité devecinos se abocó a exhortar al gobierno feder-al a clausurar la planta y sanear el sitio. A loshabitantes de la comunidad se les dificultóobtener información de la PROFEPA sobre elcaso, pero la información que lograron obten-er con otras instancias y con los obreros losconvenció de que la empresa seguía desobe-deciendo la ley. El comité de vecinos usó losmedios de comunicación de México y losEstados Unidos para mantener en la mira delpúblico los problemas con Candados Prestomientras el gobierno le dio a la empresa laoportunidad de enmendarlos. Los habitantessostuvieron una reunión con el Gobernadordel Estado de Chihuahua. Trabajando enestrecha colaboración con otros organismos ycolonias, la comunidad organizó protestas enla planta y en oficinas de gobierno. En dosmarchas binacionales que realizaron en elPuente Internacional de Zaragoza se contócon la participación de más de 200 personas ymás de 20 grupos distintos de México yEstados Unidos, incluyendo la Red delSuroeste para la Justicia Ambiental yEconómica.

Además, el Centro de Investigación ySolidaridad Obrera (CISO) levantó unaencuesta sobre salud en la Colonia y docu-mentó más de 80 casos –la mitad de ellos deniños menores de 18 años– de enfermedadesque se creían relacionadas con la contami-nación ambiental generada por CandadosPresto. Los problemas de salud más comunesque se documentaron fueron sangrado nasal,alergias y síntomas de asma, dolores decabeza, alta presión arterial, y erupciones.CISO presentó estos descubrimientos a fun-cionarios federales del sector salud. Elorganismo analizó muestras del suelo con lasque se confirmaron los altos niveles de conta-minación.

Finalmente, la PROFEPA determinó que laempresa seguía incumpliendo con las requisi-tos legales para el almacenamiento y ladisposición de sus residuos, y el gobiernoordenó la clausura permanente de CandadosPresto y el pago de una fuerte multa.Asimismo, se le ordenó a la empresa exportarel resto de sus residuos y resarcir el dañoambiental que había provocado.

La clausura permanente de CandadosPresto representó una victoria para los habi-tantes de Colonia Moreno, quienestrabajaron arduamente durante meses paragarantizar que el gobierno tomara las medi-das pertinentes para proteger a la comunidad.Pero la clausura no fue el final de la historia.De hecho, los casos de aplicación y cumplim-iento muchas veces no resuelvencompletamente los problemas ambientales.Desde que Candados Presto se fue de ColoniaMoreno, se han abierto otras empresas en elmismo lugar. La comunidad está conscientede que no ha habido una remediación exten-sa del sitio, y los habitantes no saben quétanta contaminación quede todavía.

Desde el caso de Candados Presto, hacemás de diez años, algunas de las leyes ambi-entales en México han cambiado. Se hancreado algunas nuevas herramientas legalesque pueden ayudar a las comunidades comoColonia Moreno. Por ejemplo, existen ahoranuevas leyes federales y estatales que estable-cen el derecho a obtener información de lasinstancias del gobierno. Hace algunos años seadoptó una nueva ley sobre la gestión de losresiduos que establece las facultades y lasobligaciones de los gobiernos federales,estatales y municipales para manejar losresiduos, y un reglamento federal sobre lagestión de los residuos. Asimismo, en las leyesy en la práctica se ha aclarado el proceso parala presentación de denuncias populares. En el

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ámbito de la justicia penal, ahora existen tresfiscalías especializadas para delitos ambien-tales dentro de la Procuraduría General de laRepública. Y en el ámbito binacional tambiénse han creado nuevas herramientas, como elproceso de peticiones ciudadanas de laComisión para la Cooperación Ambiental deAmérica del Norte. Estas herramientaslegales—y sus correspondientes herramientasen los EE.UU.—se describen detalladamenteen este manual.

Aún así, la experiencia de Colonia Morenopone de manifiesto un elemento importantesobre el seguimiento ciudadano para la apli-cación y el cumplimiento de la ley—ya sea enMéxico, en EE.UU., o en el ámbito bina-cional: La organización comunitaria fuertees la clave para el éxito en la aplicación y elcumplimiento de la ley.El trabajo de orga-nización y capacitación es importante porvarios motivos.

Primero, los casos de aplicación ycumplimiento de la legislación pueden tardarmucho tiempo en resolverse. Las comu-nidades que están bien organizadas puedenmantener el problema en la mira del públicodurante los meses o años que tarde en avan-zar un caso. Pueden hacer que el gobiernosiga activo hasta que la empresa cumpla conlas normas y pueden exigir legalmente que elgobierno tome decisiones legales y legítimas.En segundo lugar, es importante que los fun-cionarios gubernamentales encargados devigilar la aplicación y el cumplimiento de lasleyes entiendan el alcance total del problemay exijan que se tomen las medidas perti-nentes para proteger la salud pública. Realizarencuestas comunitarias sobre salud y trabajarcon grupos en ambos lados de la frontera, sonformas en que se puede ayudar para que lasautoridades estén enteradas de la gravedad delos problemas. Finalmente, la lucha para pro-

teger la salud y el medio ambiente de lacomunidad continuará aún después de resol-verse un caso en particular. Es necesariocontar con una comunidad organizada pararesponder a las nuevas amenazas que vansurgiendo contra la salud y el medio ambi-ente de las poblaciones. Una comunidadorganizada puede ser más efectiva para influ-enciar en un futuro las decisiones sobre eltipo de establecimientos a los que se les per-mita instalarse en zonas habitacionales.

Estructura del Manual

En este manual se describen herramientaspara la vigilancia del cumplimiento de la leg-islación que las comunidades pueden usarpara ayudar a complementar sus actividadesde organización y capacitación encaminadasa combatir las graves amenazas de tipo ambi-ental. El resto del manual se divide en trespartes. En el Capítulo 2 se plantean oportu-nidades para colaborar en la aplicación y elcumplimiento de la legislación en el estadode Texas. Se describe el papel de las instanciasfederales, estatales y municipales en la protec-ción ambiental, se presenta el esquemageneral de las leyes ambientales federales,estatales y municipales, y se explica cómousar importantes herramientas de aplicacióny cumplimiento. El Capítulo 3 se refiere aMéxico, y en él se presenta información sobrelas leyes e instancias federales, estatales ymunicipales que funcionan en el estado deChihuahua. Asimismo, se describe en detallecómo usar las principales herramientas deaplicación y cumplimiento de las que sedispone en México. En el Capítulo 4 seexaminan los mecanismos binacionales einternacionales para la aplicación y elcumplimiento de la legislación ambiental enla región fronteriza, incluyendo el ProgramaAmbiental México-Estados Unidos Frontera

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Introduccíon

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2012 y la Comisión para CooperaciónAmbiental creada conforme al TLCAN.

Al final del manual se encuentranApéndices que contienen distintos tipos deinformación, como los nombres y domiciliosde instancias importantes, un resumen de lasprincipales leyes y reglamentos, y algunosformularios para presentar solicitudes y que-jas al gobierno.

Notas

1. Esta información la facilitó el Centro deInvestigación y Solidaridad Obrera (CISO), un organ-ismo no gubernamental con sede en Ciudad Juárezque desempeño un importante papel en el caso.

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Los establecimientos industriales y comer-ciales utilizan y producen materiales que

pueden dañar el medio ambiente y la saludpública. Según las leyes ambientales esta-dounidenses y mexicanas, estosestablecimientos deben cumplir con las nor-mas jurídicas y técnicas establecidas paracontrolar la contaminación que el fun-cionamiento del establecimiento provoca enel aire, el agua y el suelo. Cuando un establec-imiento no obedece dichas normas, elgobierno tiene la responsabilidad de empren-der acciones para aplicar y hacer cumplir lasleyes. Esto puede significar que se le exija alestablecimiento cambiar sus prácticas, pagaruna multa, o corregir los problemas que haprovocado.

En este capítulo se describe la forma en quelas comunidades pueden usar herramientasjurídicas para ayudar a aplicar y hacercumplir las leyes ambientales estadounidens-es contra las empresas contaminadoras en losEstados Unidos. Cabe mencionar que en estemanual no se aborda el excepcional tema dela aplicación y el cumplimiento de la legis-lación ambiental en terrenos que sonpropiedad de las tribus indígenas. Las tribusrepresentan un nivel de gobierno distinto conprogramas ambientales propios, y la relaciónentre los gobiernos de las tribus y el gobiernofederal se rige por todo un cuerpo de leyesque está ajeno al alcance de este manual. El

capítulo se centra en la aplicación y elcumplimiento de la legislación ambiental enel estado de Texas, mencionando a la ciudadde El Paso como ejemplo de la aplicación y elcumplimiento de las leyes en el nivel munici-pal.

Ubicado en el sur de los Estados Unidos,aledaño a la frontera mexicana, el estado deTexas es el segundo en el país en tamaño ypoblación (más de 22 milliones de habitanteshasta el 2004). Numerosas ciudades de Texasestán asentadas en la frontera entre EstadosUnidos y México, siendo algunas de las másgrandes El Paso, Brownsville y McAllen. Estasciudades fronterizas se caracterizan por unafuerte actividad en los sectores de comercio,transportación y gobierno, así como por losíndices relativamente altos de pobreza. Estosfactores pueden combinarse para generargraves problemas ambientales en las comu-nidades fronterizas de Texas.

El capítulo se divide en tres secciones. En laSección I se presenta un esquema general dela protección ambiental en Texas, incluyendolas principales leyes federales y estatales enmateria de medio ambiente que se aplican enTexas y las instancias que vigilan su apli-cación y cumplimiento. En la Sección II seplantea la forma en que la ciudadanía puedeobtener del gobierno información sobre losestablecimientos que contaminan el medio

Capítulo 2

Seguimiento Ciudadano de la Aplicación y elCumplimiento de la Legislación Ambiental en losEstados Unidos

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ambiente. En la Sección III se mencionanalgunas de las herramientas y procesos jurídi-cos que los habitantes de la comunidadpueden usar para ayudar a garantizar que seapliquen y cumplan las leyes, desde presentarquejas y participar en acciones de aplicacióny cumplimiento de la ley por parte del gobier-no, hasta entablar en un juzgado unademanda para exigir la aplicación y elcumplimiento de la ley.

SECCIÓN I: ESQUEMA GENERAL DE LALEGISLACIÓN AMBIENTAL

EN ESTADOS UNIDOS

El marco de referencia de la protecciónambiental en los EE.UU. consta de muchasleyes y programas distintos que funcionan enlos ámbitos federal, estatal y municipal. Enesta sección se presenta un panorama generalde las principales leyes e instancias quetienen que ver con la protección del medioambiente en el estado de Texas y la forma enque dichas instancias aplican las leyes ambi-entales y vigilan que se cumplan. No se puededar en el manual información detallada sobretodas y cada una de las leyes y los programasambientales, pero sí se cita el marco de refer-encia jurídico general sobre los temas de aire,agua y residuos.

Papel de las Instancias Federales, Estatalesy Municipales en la Protección del Medio

Ambiente

En los Estados Unidos, el gobierno federal,los estados y las autoridades municipales(como las ciudades, los condados y los ayun-tamientos) desempeñan un papel en laprotección del medio ambiente. Según el sis-tema de federalismo establecido por laConstitución de los EE.UU., el gobierno fed-eral y los estados comparten la autoridad pararegular el medio ambiente. Con frecuencia elgobierno federal establece normas mínimas através de leyes federales, mientras que losestados determinan la forma de acatar esasnormas mediante sus propias leyes estatales.En algunos casos, los estados comparten susatribuciones con los municipios, que a su veztambién pueden promulgar sus propias leyes.

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La meta de esta división de la autoridad espermitir que cada nivel de gobierno reguledentro de su propia área de competencia.Para el gobierno federal esto significa regularaspectos de importancia nacional y garantizarla aplicación uniforme de las normas fed-erales. Los poderes del gobierno federal selimitan a los que le otorga la Constitución,aunque dichos poderes pueden interpretarseampliamente. La autoridad restante queda enmanos de los estados y de la población. Losestados y los municipios atienden los temascomprendidos dentro de sus fronteras. Estemodelo le brinda a los estados flexibilidadpara actuar sobre temas que las leyes federalesno contemplan y para decidir cómo van aacatar las normas federales –y en la mayoríade los casos, les permite ir más allá de lo queel gobierno federal exige.

Tanto el gobierno federal como los estadoshan aprobado varias leyes ambientales.Comenzando en 1970, el Congreso promulgóleyes en las que se establecieron requisitos ynormas sobre agua limpia, limpieza de residu-os y otros temas. Muchas de estas leyesfederales permitían que hubiera cierta partici-pación del estado, e incluso la exigían.Algunas de ellas le daban a la Agencia deProtección Ambiental (EPA, la principalinstancia federal en materia de medio ambi-ente) la facultad de delegar o transferir susprogramas de control de la contaminación alos estados calificados, siempre y cuandoéstos pudieran demostrar que eran capaces dehacerse cargo del programa. Por ejemplo,conforme a la Ley de Agua Limpia (CleanWater Act), la EPA puede permitirle a los esta-dos que asuman la responsabilidad delprograma en virtud del cual se exigen per-misos para realizar descargas de aguasresiduales a océanos, ríos, lagos, arroyos yotros cuerpos acuáticos.

De esta forma, la mayoría de los estados seconvierten en los principales ejecutores demuchas de las leyes ambientales federales. Notodos los estados buscan asumir este control,ya que puede representar una gran carga, yciertas leyes federales se pueden delegar másfácilmente que otras. Aún después de delegarun programa a un estado, la EPA continuarásupervisando la forma en que se implementael programa –por ejemplo, revisando (aunvetando) permisos ambientales que el estadopretenda expedir. Si un estado no está apli-cando y haciendo cumplir adecuadamente laley, la EPA puede incluso suprimir el progra-ma estatal, aunque esto muy raramentesucede.

Además de aplicar y hacer cumplir las nor-mas y los requisitos federales, los estadospueden aprobar sus propias leyes ambien-tales. Estas leyes pueden basarse en las leyesfederales o pueden promulgarse para llenarlos vacíos que existen en la legislación feder-al. También pueden abordar temasambientales sobre los cuales el gobierno fed-eral no tiene atribuciones para regular, comola limpieza de las zonas mineras o la protec-ción de las aguas subterráneas. Aún cuandoexista una ley federal, los estados general-mente pueden decidir establecer requisitosmás estrictos –pero no pueden exigir menosque lo que exige la ley federal. Dado que unmismo tema (como el agua limpia) puedeestar contemplado tanto en las leyes estatalescomo las federales, puede resultar difícilentender cuáles son los requisitos legales. Eneste manual se resumen algunos de los princi-pales requisitos legales sobre el aire limpio, elagua limpia y la disposición de residuos, y laforma en que los habitantes de las comu-nidades pueden ayudar a aplicar y hacer quese cumplan dichos requisitos.

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Instancias Ambientales—Federales, Estatales y Municipales

Cuando el gobierno federal quiere regularen un área como el medio ambiente, elCongreso aprueba una o más leyes paraestablecer requisitos y normas. Aunque elCongreso crea muchas leyes ambientales, esdifícil que las leyes aborden todos los comple-jos aspectos técnicos que implica el regulardistintos tipos de industrias y actividades. Poreste motivo, el Congreso con frecuenciarecurre a instancias administrativas que leayuden a ejercer control. Las instanciasadministrativas son las oficinas gubernamen-tales que llevan a cabo las leyes. Además delas instancias ambientales, hay instancias fed-erales en muchas areas, por ejemplo ServiciosInternos de Impuestos (Internal RevenueService, IRS), y el Departamento de Vivienda yDesarrollo Urbano (Department of Housing andUrban Development, HUD).

Las instancias administrativas puedenredactar reglamentación para precisar detallessobre cómo aplicar las leyes. Por ejemplo, lasinstancias pueden determinar cómo convertirlas amplias normas que el Congreso estableceen las leyes (como la norma que dicta la Leyde Aire Limpio de proteger la salud humana)en requisitos y limitaciones específicos quepueden imponerse a la industria y a otroscampos. Las instancias también puedensupervisar que se cumpla la ley, además de quese aplique en contra de aquellos que la desobe-dezcan. Por ejemplo, las instancias puedenmonitorear a quienes hayan recibido per-misos, con el fin de vigilar que esténcumpliendo las normas contra la contami-nación que marca la ley, y pueden emprenderacciones contra quienes desobedezcan lasleyes, para hacer que las cumplan.

A continuación se describen las principalesinstancias ambientales de los niveles federal,estatal y municipal. En el Apéndice 1 encon-trará información para comunicarse con estasinstancias, así como las direcciones de sussitios web.

Instancias Ambientales Federales

AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL(Environmental Protection Agency, EPA). La EPAes la principal instancia ambiental federal.Fue creada en 1970 en respuesta a la crecienteinquietud de la ciudadanía sobre el impactode la contaminación en la calidad del medioambiente en los EE.UU. Algunas de las fun-ciones principales de la EPA son lassiguientes:

• redactar reglamentación para ayudar aponer en práctica las leyes ambientales fed-erales;

• establecer y ejecutar el proceso de gestiónde diversos tipos de permisos ambientales(aire limpio, agua limpia, disposición deresiduos y otros);

• aplicar y hacer cumplir las leyes ambien-tales contra los contaminadores;

• supervisar la administración de programasambientales federales que se deleguen a lasinstancias ambientales estatales;

• dirigir y supervisar la limpieza de sitios quecontengan residuos peligrosos; y

• llevar a cabo investigaciones, monitoreos,y análisis de tipo ambiental.

El trabajo de la EPA se divide en varios pro-gramas que están organizados de formageneral en las siguientes áreas temáticas: Airey Radiación; Plaguicidas; Prevención de laContaminación; Sustancias Tóxicas yQuímicas; Agua; y Residuos y Reciclaje.Además, la Oficina de Seguimiento deImplementación y Cumplimiento de la Ley

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(Office of Enforcement and ComplianceAssurance, OECA) vigila el cumplimiento delas reglas y normas de la EPA y ayuda a lasindustrias, a los propietarios de negocios ydemás personas a cumplir con ellas. En estadependencia también se encuentra la Oficinade Justicia Ambiental de la EPA (Office ofEnvironmental Justice), la cual coordina esfuer-zos para integrar los principios de justiciaambiental a las políticas, los programas y lasactividades de la EPA.

La EPA tiene su sede en Washington, D.C.,y consta de diez oficinas regionales dis-tribuidas en todo el país. La Región 6, consede en Dallas, es la responsable de la protec-ción del medio ambiente en Texas, Louisiana,Arkansas, Oklahoma y Nuevo México.Además de ocuparse de aspectos relacionadoscon el aire, el agua y los residuos sólidos ypeligrosos, la Región 6 trabaja a lo largo de lafrontera entre México y Estados Unidos paraayudar a los estados a construir instalacionespara el manejo de las aguas residuales y lapotabilización en o cerca de las colonias yotras comunidades fronterizas.

OTRAS INSTANCIAS FEDERALES. Aunque la EPAes la instancia encargada de aplicar y hacercumplir casi todas las leyes federales refer-entes al control de la contaminación, muchasotras instancias federales también estáninvolucradas en la protección del medioambiente, entre ellas: el Departamento delInterior de los EE.UU. (U.S. Department of theInterior) y las instancias que lo integran, comoel Servicio de Pez y Vida Silvestre (Fish andWildlife Service, que se encarga de la conser-vación de peces, plantas y fauna silvestre), elServicio Nacional de Parques (National ParkService, administración de parquesnacionales), la Oficina de Minería deSuperficie (Office of Surface Minino,reglamentación sobre explotación de minas

de carbón) y la Oficina de Administraciónde Tierras (Bureau of Land Management,administración de terrenos públicos). Otrasde las instancias federales son el Cuerpo deIngenieros del Ejército de EE.UU. (U.S. ArmyCorps of Engineers, mantenimiento de víasacuáticas y permisos para colocar material enlas aguas nacionales), el Servicio Forestal(USDA Forest Service, protección de bosques yrecursos forestales federales) y laAdministración Nacional Oceánica yAtmosférica (National Oceanic andAtmospheric Administration, protección deambientes costeros y marinos). Es importanterecordar que todas las instancias federalestienen la obligación de cumplir con las leyesambientales federales, independientementede que se encarguen o no ellas mismas deaplicar y vigilar el cumplimiento de dichas leyes.

Instancias Ambientales Estatales

COMISIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL DE TEXAS(Texas Commission on Environmental Quality,TCEQ). La TCEQ, anteriormente conocidacomo la Comisión para la Conservación delos Recursos Naturales de Texas, es la princi-pal instancia ambiental del estado de Texas.La TCEQ tiene la responsabilidad de aplicar yhacer cumplir las leyes ambientales dentrodel estado, incluyendo las leyes que rigen elaire, el agua y los residuos sólidos y peli-grosos. La TCEQ administra varios programasfederales de gestión de permisos de acuerdocon la Ley de Agua Limpia, la Ley de AireLimpio, y la Ley de Conservación yRecuperación de Recursos, entre otras.

La TCEQ está presidida por tres comisiona-dos que reciben del gobernador unnombramiento de seis años de duración. Loscomisionados escogen un Director, quienadministra la instrumentación cotidiana de la

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instancia. Dentro de la TCEQ existen cincooficinas principales.

• La Oficina de Gestión de Permisos,Restauración y Registros. Esta oficina tiene lafunción de administrar los programas degestión de permisos sobre aire, agua yresiduos, de conformidad con la ley federaly estatal. También supervisa la investi-gación y limpieza de contaminantespeligrosos y maneja el proceso de pre-sentación de informes de ciertos tipos deinstalaciones o establecimientos.

• Oficina de Cumplimiento y Aplicación de laLegislación. Esta oficina se encarga deaplicar y hacer cumplir las leyes ambien-tales de Texas contra los contaminadores.Asimismo, se hace cargo de las quejas ciu-dadanas, investiga infracciones de tipoambiental, e interpone demandas para exi-gir el cumplimiento de la legislación. Laoficina también monitorea la calidadatmosférica y del agua, responde en casosde emergencia y desastres naturales, ysupervisa el funcionamiento de las oficinasregionales de la TCEQ en todo el estado.

• Oficina de Servicios Jurídicos. Esta oficina lebrinda a la dependencia apoyo jurídicosobre legislación ambiental, acciones deejecución forzosa de la ley, y operacionesde la dependencia en general. Asimismo,ayuda a garantizar que las reglas y deci-siones de la dependencia se apeguen a laley y se apliquen de manera consistente.

• Oficina de Servicios Administrativos. Estaoficina presta servicios administrativos nojurídicos y apoyo a TCEQ. Entre sus divi-siones se encuentran las de AdministraciónFinanciera, Recursos Humanos y Desarrollode Personal, Recursos Informáticos, yServicios de Apoyo.

• Oficina del Ingeniero Jefe. Esta oficina desar-rolla e implementa en los niveles estatal yregional planes, reglas, estrategias y

asesoría técnica para ayudar a garantizarque se cumplan en el estado las normassobre aire, aguas superficiales y aguas sub-terráneas. Entre otras cosas, se encarga deevaluar los riesgos a la salud humana rela-cionados con la contaminaciónatmosférica, la contaminación del agua y lalimpieza de sitios contaminados; imple-menta planes para proteger y restaurar lacalidad del aire y el agua; y analiza planes,permisos y reglamentación con el fin deverificar su precisión científica y la capaci-dad de que sean implementados.

La TCEQ tiene su sede en Austin. Tambiéncuenta con 16 oficinas regionales en todo elestado, teniendo una oficina sede en cadaregión. Por ejemplo, la zona de El Paso seubica en la Región 6 de la TCEQ. Para unmapa de estas regiones y contactos, consultea: http://www.tceq.state.tx.us/about/directo-ry/.

OTRAS INSTANCIAS ESTATALES. Además de laTCEQ, hay otras instancias en Texas que seocupan de temas ambientales. Por ejemplo, laComisión de Ferrocarriles de Texas (RailroadComission of Texas, RRC) comprende variasdivisiones que supervisan a las industriaspetroleras y gaseras del estado, a los organis-mos operadores del servicio de suministro degas, la seguridad de las tuberías, la seguridaden la industria del gas licuado de petróleo, yla mineria de carbón y uranio. La División dePetróleo y Gas de la RRC se encarga de larestauración de sitios abandonados y de pro-gramas de sellado de pozos abandonados. LaDivisión de Minería de Superficie yRecuperación rehabilita y restaura recursosagrarios e hidráulicos en zonas mineras aban-donadas a través del Programa deRecuperación de Terrenos de MinasAbandonadas.

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El Departamento Estatal de Servicios deSalud de Texas (Texas Department of StateHealth Services) también se ocupa de temasrelacionados con el medio ambiente. Una delas cuatro divisiones del Departamento es laDivisión de Servicios de Reglamentación, quesupervisa a la Sección de Seguridad MedioAmbiente y del Consumidor. Esta secciónestablece normas y políticas y proporcionaservicios de aseguramiento de calidad paraproteger la salud pública en lo que respecta ala radiación, la producción y el manejo de ali-mentos, los medicamentos y dispositivosmédicos, el asbesto, el plomo; el moho, cier-tas sustancias químicas volátiles y elsaneamiento en general.

Instancias Municipales

También hay instancias en Texas que seencargan de aspectos ambientales en elámbito municipal. En El Paso, el Distrito deSalud y Medio Ambiente de la Ciudad y elCondado de El Paso (El Paso City-CountyHealth and Environmental District) trabajasobre temas relacionados con la calidadatmosférica y el drenaje dentro de la regiónde El Paso. El Distrito tiene una División deCalidad Ambiental que comprende cinco pro-gramas —Control de Calidad Atmosférica,Reglamentación sobre Animales, elAmbiente/General, el Ambiente/Alimentos, eInstalaciones de Drenaje In Situ. El Programade Calidad Atmosférica del Distrito moni-torea la calidad del aire de El Paso. Tambiénaplica la reglamentación federal y estatal yvigila su cumplimiento, y participa en activi-dades intergubernamentales fronterizas.Además de la calidad atmosférica, el Distritotrabaja para proteger el medio ambiente delas descargas de aguas residuales. El Programade Instalaciones de Drenaje In Situ realizainspecciones, investiga quejas sobre la descar-ga clandestina de aguas residuales, y vigila el

cumplimiento de todas las reglas estatales ymunicipales relacionadas con las instala-ciones de drenaje in situ.

Principales Leyes Ambientales: Federales, Estatales y Municipales

En los EE.UU. las leyes ambientales gen-eralmente están organizadas de acuerdo altipo de contaminación que contemplan. Enesta sección se presentará un breve panoramade las principales leyes ambientales federalesy estatales que se aplican en Texas en lo querespecta a aire, agua y residuos. Existen variostipos más de leyes que se relacionan con laprotección ambiental, pero que no se men-cionan en este documento—por ejemplo,leyes que abordan los temas de protección delos recursos naturales, plaguicidas, y evalu-ación de impacto ambiental.

Aunque se centran en distintos temas, lamayoría de las leyes ambientales constan detres partes importantes: (1) normas para elcontrol de la contaminación (normalmenteplanteadas de forma muy general) para prote-ger la salud pública, la seguridad y el medioambiente; (2) un programa de gestión de per-misos que exige a los comercios y otrosestablecimientos cumplir con las normas decontrol de la contaminación; y (3) un sistemade aplicación y cumplimiento de la legis-lación para garantizar que las industrias, loscomercios, los gobiernos y otras entidadescumplan con las normas y requisitos perti-nentes. Además, cada ley tiene su propiareglamentación (redactada por instanciascomo la EPA y la TCEQ) en la que se exponencon más detalle los requisitos.

Como se mencionó anteriormente, la EPAha delegado varios de los programas ambien-tales federales a los estados, como Texas. Esto

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significa que Texas tiene la responsabilidadprincipal de aplicar y hacer cumplir ciertaspartes de las leyes principales incluidas eneste manual, incluyendo la Ley de AguaLimpia, la Ley de Aire Limpio, y la Ley deConservación y Recuperación de Recursos(residuos). En esta sección se presentarán esasimportantes leyes ambientales federales,junto con las leyes y los reglamentos estatalescon los que se implementan. En las SeccionesII y III de este Capítulo se plantea la forma enque la ciudadanía puede usar las leyes paraayudar a asegurar que se apliquen y se cum-plan los requisitos y las normas ambientalesen las comunidades de la frontera.

En el Apéndice 2 se presenta un cuadro conlas leyes y reglamentos federales, estatales ymunicipales y se describe cómo encontrarlos.

Contaminación Atmosférica

FEDERAL—LEY DE AIRE LIMPIO. La Ley de AireLimpio (Clean Air Act, CAA) es la ley federalque regula las emisiones (descargas) de diver-sas fuentes hacia la atmósfera, a fin deproteger la salud pública y reducir la contam-inación del aire. El Congreso aprobó la Ley deAire Limpio en 1970, reconociendo que lacontaminación atmosférica puede causar ocontribuir a la aparición de un gran númerode enfermedades graves, incluyendo las afec-ciones cardiacas y el cáncer de pulmón.

Normas. La Ley de Aire Limpio exige a laEPA que establezca niveles permisibles deciertos contaminantes en la atmósfera. Estosniveles se conocen como las normasnacionales sobre calidad del aire ambiente(national ambient air quality standards,NAAQS), y se basan en la cantidad de conta-minación que no perjudica ni siquiera a laspersonas que son especialmente sensibles alos contaminantes.1 Después de establecer las

NAAQS, la EPA determina cuáles áreas delpaís están acatando las normas y cuáles no.Las áreas en las que sí se acatan las normas sedenominan “áreas de cumplimiento,” mien-tras que las áreas en las que no se acatan lasnormas se denominan “áreas de incumplim-iento.” El estado de Texas se considera unárea de “cumplimiento” en el caso de algunoscontaminantes atmosféricos y de“incumplimiento” con respecto a otros. ElPaso actualmente es área de incumplimientoen cuanto a partículas y monóxido de car-bono. Para lograr que se cumpla lanormatividad en el caso de todos los contam-inantes pertinentes, cada estado debedesarrollar (y actualizar) un Plan Estatal deImplementación (State Implementation Plan,SIP) en el que se describa la forma en quemanejará sus emisiones.2 El SIP de Texas sepuede consultar en http://www.tceq.state.tx.us/nav/eq/sip.html.

Además de las NAAQS, la EPA estableceotras normas nacionales para la emisión decontaminantes atmosféricos por parte de losestablecimientos. Estas incluyen normas dedesempeño para fuentes de contaminaciónatmosférica nuevas o considerablementemodificadas (conocidas como normas dedesempeño para fuentes nuevas –new sourceperformance standards, NSPS).3 La EPA tam-bién tiene categorías para las fuentes deemisión de ciertos contaminantes atmosféri-cos peligrosos (hazardous air pollutants, HAPs)y establece para ellos normas nacionales deemisión (national emission standards,NESHAPs).4 Según el Programa de SustanciasTóxicas Atmosféricas Urbanas, la EPA tam-bién desarrolla estrategias para reducir lasemisiones de contaminantes atmosféricospeligrosos en zonas urbanas.

Todas las normas anteriormente descritasse relacionan con fuentes estacionarias (fijas),

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como las plantas generadoras y las fábricas.Según la Ley de Aire Limpio, la EPA tambiénregula las fuentes móviles, incluyendo losautomóviles, camiones, autobuses, aeron-aves, y artefactos de motor que no circulan envialidades.

Permisos. Las normas de la Ley de AireLimpio se aplican a los establecimientos quegeneran emisiones atmosféricas mediante unpermiso. Anteriormente se otorgaban distintospermisos de acuerdo con la Ley de AireLimpio, pero hoy en día se combinan todosen un solo permiso de operación (conocidocomo el “permiso del Título V”). Los establec-imientos que no cuenten aún con un permisode operación del Título V pueden operar conun permiso de revisión de fuente nueva (newsource review permit, NSR) o con un permiso deprevención de deterioro considerable (preven-tion of significant deterioration permit, PSD). Losestados pueden solicitar a la EPA autorizaciónpara administrar el programa de permisos delTítulo V dentro de su zona geográfica, y Texasha recibido permiso de la EPA para adminis-trar ese programa.

Monitoreo y Presentación de Informes. Segúnla Ley de Aire Limpio, el monitoreo lo realizala EPA, las instancias estatales y regionalesencargadas del control de la contaminación(como la TCEQ), y los propios establecimien-tos contaminadores. La Ley de Aire Limpioexige a los establecimientos que generan con-taminantes atmosféricos que monitoreen susemisiones, mantengan registros de las mis-mas, y reporten la información a la EPA o a lainstancia estatal que corresponda (en estecaso la TCEQ).5 Los informes de monitoreo leayudan a la EPA a dar seguimiento a losestablecimientos para verificar que cumplancon la Ley. La EPA también puede poner algu-na de esta información a disposición de losciudadanos que se interesen en consultarla.

También se han instalado en todo el país esta-ciones de monitoreo de la contaminaciónatmosférica para recabar información sobrelos distintos contaminantes.

ESTATAL—LEY DE AIRE LIMPIO DE TEXAS. La Leyde Aire Limpio de Texas existió antes de laLey de Aire Limpio federal. Hoy, la ley estatales formulada para cumplir con los requisitosde la ley federal, ya que la TCEQ ha sido fac-ultada por la EPA para implementar elprograma federal de aire limpio. La Ley deAire Limpio de Texas le da a la TCEQ laautoridad de expedir diversos permisos yotras autorizaciones para construir o modi-ficar instalaciones que puedan emitircontaminantes atmosféricos.6

AUTORIDAD MUNICIPAL. La Ley de AireLimpio de Texas le otorga a los municipios lafacultad de realizar inspecciones (incluyendoatribuciones para poder entrar a propiedadespúblicas y privadas) y emitir recomenda-ciones a la TCEQ sobre cómo aplicar y hacercumplir la Ley de Aire Limpio de Texas.7 Losmunicipios también pueden aplicar y hacercumplir sus propias leyes sobre aire limpio,siempre y cuando éstas no entren en conflictocon la Ley de Aire Limpio de Texas.8

Aunque El Paso no tiene leyes propiassobre aire limpio, sí cuenta con un Programade Calidad Atmosférica. Mediante este pro-grama, que funciona al amparo de la Ley deAire Limpio de Texas, se monitorea la calidaddel aire en el Condado de El Paso y se vigila elcumplimiento de las normas de aire limpio através de la TCEQ. El programa actualmentecuenta con doce estaciones de monitoreo enEl Paso y Ciudad Juárez. Estos sitios trans-miten diariamente información a lasautoridades encargadas del control de la con-taminación atmosférica en TCEQ y la Región6 de la EPA. Con base en esta información, las

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autoridades pueden llevar a cabo investiga-ciones y emprender acciones para exigir elcumplimiento de la legislación en caso dedetectarse infracciones sobre la calidadatmosférica en El Paso.

Contaminación del Agua9

FEDERAL—LEY DE AGUA LIMPIA. La Ley Federalpara el Control de la Contaminación delAgua, también conocida como Ley de AguaLimpia (Clean Water Act, CWA), proporcionaherramientas jurídicas que el gobierno feder-al, los estados y las tribus pueden usar parareducir la cantidad de contaminación en lasaguas superficiales de los Estados Unidos(como los ríos, lagos, arroyos y océanos). Paracontrolar y eliminar la contaminación en lasaguas de los EE.UU., la ley usa un sistema depermisos y normas nacionales establecidaspor la EPA.

Normas. En virtud de la Ley de AguaLimpia, la EPA ha adoptado normas querestringen la descarga de contaminanteshacia el agua. Existen algunas normas (nor-mas basadas en tecnología o technology-basedstandards) que se aplican a la emisión de con-taminantes de “fuentes puntuales” –comotuberías, zanjas, canales, túneles, depósitos yotras rutas mediante las cuales los contami-nantes entran a los cuerpos acuáticos. Enotras normas (normas de calidad del agua owater quality standards) se establecen los nive-les de contaminantes que pueden existir encuerpos acuáticos específicos. Estas normas decalidad del agua, que establecen los estados olas tribus, se aplican a cuerpos acuáticos,como lagos, ríos y arroyos. Cuando las nor-mas tecnológicas para las descargasprovenientes de fuentes puntuales no prote-gen adecuadamente a los cuerpos receptores,se usan las normas de calidad del agua paraaplicar restricciones adicionales a las descar-

gas. Existe un tercer tipo de norma, conocidacomo la norma de efluentes tóxicos, que seusa para establecer los niveles permisibles deciertos contaminantes tóxicos.

Conforme al Programa de Carga DiariaMáxima Total (Total Maximum Daily Load,TMDL), los estados deben identificar las aguasque no están apegándose a las normas de cal-idad del agua. En el caso de estas aguas, losestados deben calcular el nivel máximo decontaminantes que pueden entrar diaria-mente al agua, de manera que el agua cumplacon las normas de calidad correspondientes.Una vez que la EPA aprueba las TMDLs, losestados deben incorporarlas a su planeaciónen materia de calidad del agua.

Permisos. El trámite de permisos conformea la Ley de Agua Limpia se realiza a través delo que se conoce como el Sistema Nacional deEliminación de Descargas de Contaminantes(National Pollutant Discharge EliminationSystem, NPDES). Todos los establecimientosque descarguen a las aguas de los EE.UU con-taminantes provenientes de una fuentepuntual deben obtener un permiso delNPDES para poder operar.10 Según el marcode referencia del NPDES, la EPA (o los estadoso tribus en el caso de delegación) puedenexpedir permisos para la emisión de contami-nantes, siempre y cuando cumplan con lasnormas de la Ley de Agua Limpia anterior-mente descrita. Estos permisos sonobligatorios para todas las fuentes puntuales,incluyendo las plantas de tratamiento deaguas residuales, las operaciones de minería,las actividades industriales, los sistemas derecolección de aguas pluviales en zonasurbanizadas y los sitios con obras de con-strucción. Los permisos se usan para imponerlímites específicos sobre la descarga de conta-minantes de cada fuente puntual.

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El segundo tipo de permiso que contempla laLey de Agua Limpia es el permiso para draga-do y relleno señalado en la Sección 404, queexpide en la mayoría de los estados el Cuerpode Ingenieros del Ejército de los EE.UU. Estepermiso se usa para controlar las actividadesde dragado (excavación) y relleno (principal-mente derivadas de obras de construcción) enaguas estadounidenses y humedales queestán conectados a dichas aguas.

Para obtener un permiso federal como el dela Sección 404, los establecimientos tambiéndeben obtener lo que se conoce como la “cer-tificación estatal de calidad del agua”.11 Paraobtener esta certificación, el establecimientodebe demostrarle al estado que sus activi-dades no violan ninguna norma estatal nifederal sobre calidad del agua. Estas normasse usan para ayudar a proteger la calidad delas aguas superficiales (lagos, ríos, arroyos,etc.) dentro del estado de Texas.

Monitoreo y Presentación de Informes. Aligual que la Ley de Aire Limpio, la Ley deAgua Limpia impone requisitos sobre la pre-sentación de informes a los establecimientosque reciben un permiso para operar. Entreestos requisitos se encuentran el elaborarinformes de monitoreo de descargas (dis-charge monitoring reports, DMRs) diarios omensuales. Además, la EPA y la TCEQ puedenvisitar a los establecimientos para realizarinspecciones.12

ESTATAL—LEY DE CALIDAD DEL AGUA DE TEXAS.La Ley de Calidad del Agua de Texas (TexasWater Quality Act) establece procedimientospara la gestión de permisos, instituye normasde calidad del agua, dispone la emisión deórdenes de emergencia, y contiene variosrequisitos más para proteger la calidad delagua.

La EPA ha delegado al estado de Texas laautoridad para administrar su propio progra-ma de gestión de permisos de contaminación,el Sistema de Eliminación de DescargasContaminantes de Texas (Texas PollutantDischarge Elimination System, TPDES).Mediante este programa que administra laTCEQ se expiden permisos para la emisión detodos los contaminantes a las aguas de Texas,con excepción de las descargas relacionadascon el petróleo, el gas y las actividades deexploración y desarrollo geotérmico (que reg-ula la Comisión de Ferrocarriles de Texas).13

Texas tiene facultades para otorgar las certifi-caciones estatales sobre calidad del aguaanteriormente descritas, las cuales son obliga-torias para cualquiera que busque obtener unpermiso TPDES.14

Aunque este capítulo no se concentra en lacontaminación de las aguas subterráneas, elCódigo de Aguas de Texas (Texas Water Code)le otorga al estado la facultad de abordarproblemas relacionados con aguas subter-ráneas. El Código de Aguas de Texasencomienda a la Junta para el Desarrollo delas Aguas de Texas (Texas Water DevelopmentBoard) el desarrollo de un plan estatal y laadministración de diversos programas deapoyo y financiamiento dentro del estado.Mediante este código también se estableció elComité de Protección de Aguas Subterráneasde Texas (Texas Groundwater ProtectionComittee), el cual ha desarrollado la Estrategiapara la Protección de las Aguas Subterráneasde Texas.15

Otras instancias en Texas también imple-mentan programas para la protección de lasaguas subterráneas. Por ejemplo, TCEQ seconcentra en la prevención y remediación dela contaminación de las aguas subterráneas através de sus programas de residuos sólidos ypeligrosos, la emisión de permisos para aguas

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residuales y pluviales, y el control de Tanquesde Almacenamiento de Petróleo e inyecciónsubterránea, así como mediante la super-visión de los sistemas públicos de aguapotable. La Comisión de Ferrocarriles deTexas (Railroad Commission of Texas) aborda laprotección de las aguas subterráneas al emitirpermisos para la perforación de pozospetroleros y de gas, realizar la limpieza depropiedades contaminadas, y llevar a caboevaluaciones de impacto a las aguas subter-ráneas como parte de la emisión de permisospara la explotación de minas de carbón acielo abierto.

AUTORIDAD MUNICIPAL. La Ley de Calidaddel Agua de Texas autoriza a los gobiernosmunicipales a realizar inspecciones a lasdescargas de aguas residuales y a presentarrecomendaciones a la TCEQ. Los gobiernoslocales pueden celebrar acuerdos con la TCEQpara compartir la autoridad sobre las fun-ciones de gestión, inspección y aplicación ycumplimiento de la legislación en materia decalidad del agua. La Ley también le permite (yen algunos casos le exige) a los municipiosadoptar un programa de control y reducciónde la contaminación del agua para darrespuesta a la contaminación del agua genera-da por fuentes no puntuales (como losescurrimientos de aguas pluviales prove-nientes de los autos, los plaguicidas yfertilizantes que se usan en el cuidado de jar-dines, las prácticas agrícolas, forestales ymineras, y otras fuentes). El Paso ha adoptadoun programa de este tipo.

Residuos Peligrosos

FEDERAL—LEY DE CONSERVACIÓN YRECUPERACIÓN DE RECURSOS (RCRA). La Ley deConservación y Recuperación de Recursos(Resource Conservation and Recovery Act, RCRA)se aprobó en 1976 con el propósito de prote-

ger la salud humana y el medio ambiente dela disposición de residuos, reducir la gen-eración de residuos y garantizar que losresiduos se manejen de una forma favorablepara el medio ambiente. El Subinciso C de laRCRA contempla el tema de los residuos peli-grosos, mientras que el Subinciso D aborda elde los residuos no peligrosos.

Normas. Los residuos que coinciden con ladefinición de residuos peligrosos consignadaen la ley están sujetos a reglas de controldesde su generación hasta su transporte,tratamiento, almacenamiento y disposiciónfinal. Cualquier persona que genere residuospeligrosos (llamada “generador”) debe mane-jar y almacenar dichos residuos deconformidad con la normatividad establecidapor la EPA. Quienes generan y transportanresiduos también están sujetos a otros requisi-tos, como son el eliminar los residuospeligrosos solamente en instalaciones autor-izadas para recibir ese tipo de residuos. Losrequisitos más extensos de la RCRA se aplicana los centros que se encargan del tratamiento,almacenamiento y disposición de residuospeligrosos. En la RCRA también existen dis-posiciones sobre los tanques dealmacenamiento subterráneo que contienensustancias peligrosas y productos delpetróleo.

Gestión de Permisos. La mayoría de losestablecimientos que manejan residuos peli-grosos (ya sea porque los generan yalmacenan en un lugar por más de 90 días, opor ser centros de tratamiento, almace-namiento o disposición) deben contar con unpermiso otorgado de conformidad con la leyRCRA. Como parte del permiso de RCRA,cualquier establecimiento que tenga en susinstalaciones residuos peligrosos prove-nientes de operaciones anteriores(incluyendo derrames) debe evaluar el

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impacto ambiental de los residuos restantes yproponer “medidas correctivas” para sulimpieza, como parte del permiso.

ESTATAL—LEY DE DISPOSICIÓN DE RESIDUOSSÓLIDOS. El estado de Texas tiene autorizaciónpara administrar su propio Programa deGestión de Residuos Peligrosos conforme alSubinciso C de la ley RCRA.16 Texas tambiénha recibido autorización para implementar supropio programa de Tanques deAlmacenamiento Subterráneos (UndergroundStorage Tanks, UST) conforme al Subinciso I deRCRA. Sin embargo, la EPA conserva la facul-tad de llevar a cabo inspecciones yactividades de aplicación y cumplimiento dela legislación para el programa de UST.

Mientras que la TCEQ tiene competenciasobre la mayoría de los residuos sólidos y peli-grosos en Texas, la Comisión de Ferrocarrilesde Texas (RRC) tiene competencia sobre losresiduos de petroleo o de gas, como los resid-uos relacionados con la explotación,desarrollo y producción de petroleo, gas, yrecursos geotérmicos.

Limpieza de Sustancias Peligrosas

FEDERAL—LEY DE RESPONSABILIDAD,COMPENSACIÓN Y RECUPERACIÓN AMBIENTAL(CERCLA). CERCLA, también conocida como“Superfund”, es el programa federal para lalimpieza de sitios abandonados o desenfrena-dos en los que hay residuos peligrosos. La leyautoriza a la EPA a investigar cualquierdescarga (o amenaza de descarga) de sustan-cias peligrosas hacia el medio ambiente y aemprender acciones para la limpieza de ladescarga en cuestión. Para realizar las investi-gaciones y la limpieza de los sitios, la EPApuede usar dinero del Superfund federal yluego tratar de cobrarlo a las partes respons-ables de la descarga o amenaza de descarga de

las sustancias peligrosas. La EPA tambiénpuede celebrar convenios con las partesresponsables para que éstas lleven a cabo lainvestigación y realicen la limpieza por sucuenta, o pueden ordenarle a las partesresponsables que lleven a cabo una limpieza.

Aparte de sus disposiciones sobre lalimpieza de sitios, la legislación delSuperfund también señala que quienes derra-men más de una “cantidad notificable” desustancias peligrosas al medio ambientedeben presentar informes a las autoridadesfederales y estatales encargadas de la respues-ta a emergencias.

Lista de Prioridades Nacional. En virtud delSuperfund, la EPA lleva una lista de sitios quepueden necesitar de limpieza, conocida comola Lista de Prioridades Nacionales (NationalPriority List, NPL). La lista de sitios de la NPLse puede consultar en el sitio web de laRegión 6 de la EPA (http://www.epa.gov/earth1r6/6sf/6sf-tx.htm) y está organizadapor condados en el sitio principal de la EPA(http://www.epa.gov/superfund/sites/npl/tx.htm). Los sitios pueden ser nominados paraaparecer en la lista por algún habitante dellugar, un miembro de la TCEQ o de la Región6 de la EPA, o por cualquier otra persona.

Una vez que se descubre un sitio, se ingresaa una base de datos de la EPA conocida comoel Sistema de Información deResponsabilidad, Compensación yRecuperación Ambiental (ComprehensiveEnvironmental Response, Compensation, andLiability Information System, CERCLIS). Antesde recomendar un sitio para la NPL, la EPAgeneralmente sigue un proceso que consta devarios pasos: evaluación preliminar e investi-gación del sitio para determinar si existe unadescarga o amenaza de descarga considerable;investigación sobre reacondicionamiento y

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estudio de factibilidad para analizar el tipo ygrado de contaminación y para estudiardiversas opciones para la limpieza; la emisiónde un documento de decisión en el cual laEPA documenta la opción de limpieza que haseleccionado; diseño del reacondicionamien-to y medidas de reacondicionamiento,mediante lo cual la EPA diseña y lleva a caboel reacondicionamiento; y operación y man-tenimiento de la limpieza a largo plazo. LaEPA puede recurrir a sus atribuciones paraimplementar “acciones de emergencia” parahacer limpiezas más rápidas, pero en menorescala, en sitios que constituyan una amenazamás inmediata, independientemente de quese encuentren o no en la NPL.

Subvenciones de Asistencia Técnica (TechnicalAssistance Grants, TAGs). La ley del Superfundtambién pone a disposición de los gruposcomunitarios subvenciones para ayudarles aparticipar en el proceso de toma de decisionessobre la limpieza de ciertos sitios contempla-dos en el Superfund. Estos apoyoseconómicos o subvenciones, conocidos comoTAGs, se pueden usar para contratar asesorestécnicos independientes que le ayuden a lascomunidades a entender la compleja infor-mación técnica sobre algún sitio cercanoconsiderado en el Superfund. Para más infor-mación sobre estas subvenciones, consulte ladirección http://www.epa.gov/superfund/tools/tag/.

AUTORIDADES ESTATALES PARA LA LIMPIEZA DESITIOS CONTAMINADOS. Los estados general-mente se consideran como socioscolaboradores de la EPA en las limpiezas con-templadas en el Superfund. Un estado puedetomar el liderazgo en la administración delproceso del Superfund en algún sitio en par-ticular, pero la autoridad final paradeterminar las medidas de restauración ylimpieza la tiene la EPA. En Texas, el

Programa de Evaluación para la Detección deSitios del Superfund (Superfund Site DiscoveryAssessment Program, SSDAP) de la TCEQ traba-ja conjuntamente con la EPA para decidir siun sitio debe integrarse a la NPL. Noobstante, los sitios que no llegan a la NPLpueden incluirse en el Registro del Superfundde Texas, que es un listado estatal de sitioscontaminados. La TCEQ sigue un procesosimilar al de la NPL federal para evaluar lossitios que tienen posibilidades de tener quesometerse a limpieza conforme al programaestatal del Superfund. Los sitios que represen-tan una amenaza inmediata y considerablepara la salud pública y la seguridad del medioambiente se colocan en la lista de Texas parasu limpieza. Las limpiezas de estos sitiosincluidos en la lista estatal se pagan con fon-dos estatales o mediante convenios que secelebran con las partes responsables.

Residuos Sólidos no Peligrosos

FEDERAL—LEY DE CONSERVACIÓN YRECUPERACIÓN DE RECURSOS (RCRA). Los residu-os sólidos que no son peligrosos son tratadosde manera menos estricta en términos de unprograma que implementan principalmentelos estados. El Subinciso D de RCRA exige quese desarrollen planes estatales o regionalespara la gestión de los “residuos sólidos,” locual incluye desechos municipales, residuosindustriales no peligrosos, y residuos prove-nientes de obras de construcción odemolición. La EPA también ha desarrolladonormas técnicas de construcción para los“rellenos sanitarios”—centros de acopio enlos que se aceptan residuos sólidos para sutratamiento y disposición. Finalmente, elCongreso ha exigido que se clausuren o mod-ernicen los “tiraderos a cielo abierto” (lugaresen donde se colocan los desechos en el suelosin ninguna medida de protección al medioambiente).

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Para más información sobre residuos y laley RCRA, consulte la lista de temas relaciona-dos con residuos en http://www.epa.gov/epaoswer/osw/index.htm. También puedeintentar consultar RCRA Online (http://www.epa.gov/rcraonline/), una base de datos coninformación sobre RCRA.

ESTATAL—LEY DE DISPOSICIÓN DE RESIDUOSSÓLIDOS DE TEXAS. La TCEQ tiene competenciasobre los residuos sólidos municipales.17 Lainstancia impone a los operadores de centrosde disposición de residuos sólidos munici-pales requisitos sobre la conservación deregistros y la presentación de informes. Elestado cobra cuotas por la disposición deresiduos sólidos municipales. Algunos deestos fondos (“tipping fees”) se usan para losprogramas estatales de gestión de permisos,aplicación y cumplimiento de la legislación, ymanejo de residuos sólidos. La mitad de losfondos recabados se proveen a los 24 consejoslocales de gobierno (Councils of Governments,COGs) que existen dentro del estado; cadaciudad o condado puede solicitar fondos a supropio COG.18 La TCEQ también proporcionaasistencia técnica a los gobiernos municipalespara el manejo de los residuos sólidos.

AUTORIDAD MUNICIPAL. La ciudad de El Pasotambién regula la generación, el almace-namiento, la recolección, el transporte y ladisposición de los residuos sólidos no peli-grosos.19 La ciudad exige diversos permisospara el manejo de los residuos sólidos. Lasmedidas para la aplicación y el cumplimien-to de la legislación incluyen la expedición denotificaciones, órdenes para retirar basura oimplementar otras medidas necesarias,además de sanciones económicas. Ademas, elmunicipio ha empezado un programa dereciclaje para aluminio, acero, plástico ypapel, y está construyendo una instalacionde reciclaje.

Aplicación y Cumplimiento de laLegislación Ambiental por parte del

Gobierno

En las secciones anteriores se describió laforma en que se usan algunas de las leyesambientales para controlar las actividades delos establecimientos y otras fuentes quepueden emitir contaminación al medio ambi-ente. Estas leyes tienen la intención deproteger el medio ambiente estableciendonormas que limiten los tipos y cantidades decontaminación que se puede emitir. Las nor-mas se aplican a los establecimientos y demáscontaminadores mediante los permisos en losque se autorizan las actividades de losestablecimientos. Si un establecimiento estáemitiendo contaminación al medio ambientesin contar con permiso alguno o incumplien-do las condiciones de su permiso, lasinstancias tienen la responsabilidad aemprender medidas de aplicación y cumplim-iento de la ley para corregir la violación.

Como se mencionó anteriormente, laTCEQ regula muchas actividades de tipoambiental en Texas, aplicando leyes estatalesque se basan en gran parte en los programasfederales. La EPA es la instancia normativa enalgunas situaciones sobre las cuales Texas noha adoptado una contraparte estatal a lasleyes federales (como el programa de gestiónde permisos para humedales), o en casos enlos que las acciones para exigir el cumplim-iento a un establecimiento empezaron antesde que le fuera delegada autoridad a la TCEQ.Aún en los programas de control de la conta-minación que ha delegado a otras instancias,la EPA conserva la facultad de supervisarlos ygeneralmente trabaja en colaboración con laTCEQ en las actividades que promueven elcumplimiento de la legislación. El control delas actividades relacionadas con petróleo ygas y sus impactos sobre el medio ambiente

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son competencia de la Comisión deFerrocarriles de Texas.

¿Qué es el proceso de aplicación y cumplimien-to de la legislación en el estado? La TCEQ puedeenterarse de una infracción a las leyes ambi-entales a través de una inspección, una quejaambiental (que se explica más adelante), ouna revisión de los registros de alguna empre-sa. La EPA también puede dar aviso a la TCEQsobre algún problema de incumplimientocuando haya recibido alguna queja al respecto.

Una vez que la TCEQ descubre una posibleinfracción, lo primero que hará será llevar acabo una investigación, la cual puede incluiruna visita al sitio o establecimiento; entrevis-tas con el propietario, el gerente u otrostrabajadores; entrevistas con personas ajenasque puedan haber observado la contami-nación: y una revisión de los permisos que elestablecimiento haya recibido. Si la TCEQconcluye que sí se ha incurrido en algunafalta, puede emprender acciones en contra dela persona o empresa responsable de la mismapara garantizar la aplicación y el cumplimien-to de la ley. En el caso de posibles infraccionesa las normas de calidad atmosférica, la TCEQtambién puede compartir información sobrela queja con los funcionarios locales delPrograma de Calidad del Aire de El Paso,quienes podrían realizar su propia investi-gación y responder dentro de ciertaslimitaciones para promover la aplicación y elcumplimiento de la legislación.

Para emprender una acción de aplicación ycumplimiento de la ley, la TCEQ expediráuna Notificación de Infracción (Notice ofViolation, NOV) o una Notificación deAplicación y Cumplimiento de la Legislación(Notice of Enforcement, NOE) al negocio o a lapersona responsable de la infracción. En lanotificación se describe la infracción y se

solicita una respuesta, como por ejemplopruebas de que no ha habido tal infracción.La Notificación de Infracción se expide si sehan incumplido las reglas de TCEQ, pero lainfracción no se considera lo suficientementegrave como para que requiera de una ordende sanciones y se espera que se resuelva fácil-mente. Por otro lado, si la TCEQ detecta unainfracción importante a sus reglas, emitiráuna Notificación de Aplicación yCumplimiento de la Legislación, señalandoque va a emprender una acción en contra delinfractor.

Existen dos tipos de acciones de aplicacióny cumplimiento de la ley: civiles y penales.Las acciones civiles incluyen casos adminis-trativos (las que se tramitan mayormentedentro de la TCEQ) y casos judiciales (las quese abordan dentro de los juzgados). La may-oría de los casos de aplicación ycumplimiento se manejan en el nivel admin-istrativo. En ciertas ocasiones la TCEQ puedecanalizar un caso a la Procuraduría General(Attorney General) de Texas, la cual tambiénpuede ordenar a una persona o empresa queadopte medidas específicas para impedir quese cometa una infracción, o puede ayudar a laTCEQ a hacer cumplir las órdenes que hayaemitido contra un contaminador.

Si el infractor coopera con la TCEQdurante el procedimiento de aplicación ycumplimiento de la legislación, la TCEQ elab-orará una orden administrativa describiendo lainfracción, las medidas que se deben adoptarpara corregirla, y el monto de las sanciones,en caso de haberlas. En la orden general-mente se propone finiquitar el caso si lapersona o empresa cumple con la orden. Si elinfractor decide inconformarse con la medidade aplicación y cumplimiento, puede haberuna audiencia ante un juez de derechoadministrativo en la Oficina Estatal de

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Audiencias Administrativas (State Office ofAdministrative Hearings, SOAH). En ese caso, eljuez emitirá una recomendación a los comi-sionados de la TCEQ sobre la orden deaplicación y cumplimiento (el juez podríadecidir también que no se incurrió en reali-dad en ninguna falta). Los comisionados de laTCEQ decidirán si emiten, rechazan o modifi-can la decisión del juez. El proceso deaplicación y cumplimiento de la legislacióntermina cuando el infractor cumple con laorden de la TCEQ, incluyendo el pago de lassanciones que correspondan. La explicacióndetallada de este proceso se encuentra enhttp://www.tceq.state.tx.us/compliance/enforcement/process.html.

El procedimiento de aplicación y cumplim-iento de la legislación en el caso de delitosambientales es un poco distinto. La TCEQcuenta con investigadores especiales, conoci-dos como Oficiales de Paz (Peace Officers) quese encargan de atender delitos ambientales.Después de realizar una investigación, elOficial de Paz puede presentar una solicitudescrita a la TCEQ para que se estudie la posi-bilidad de que se haya cometido un delitoambiental.20 En un plazo de 45 días, la instan-cia debe decidir si emprende acciones de tipopenal para exigir la aplicación y el cumplim-iento y de la legislación ambiental. Ladecisión de la instancia se deberá basar en fac-tores como el tipo de infracción; su impactosobre la calidad atmosférica; la calidad delagua o la salud humana; la causa de la infrac-ción; y cualquier medida de respuesta porparte del infractor.

Si la TCEQ decide que es pertinente imple-mentar medidas de aplicación ycumplimiento de tipo penal, puede canalizarel caso a la autoridad apropriada. Al nivelestatal, es el Fiscal (District Attorney). En ElPaso, es la Unidad de Delitos Ambientales del

Fiscal del Condado de El Paso (CountyAttorney) para su procesamiento penal. ElFiscal del Condado persigue principalmenteinfracciones menores a las leyes municipalesy estatales en los Juzgados de Paz o delCondado de la localidad. Consultehttp://www.co.el-paso.tx.us/CA/ca_envi-ron.htm.

Desde 1991, la aplicación y el cumplimien-to de la legislación ambiental por la vía penalen Texas ha sido dirigida por el Equipo deTrabajo de Aplicación y Cumplimiento de laLegislación Ambiental de Texas, una iniciati-va de colaboración formada para mejorar lacooperación federal y estatal para el proce-samiento penal de infracciones a las leyesambientales. El Equipo de Trabajo está inte-grado por personal de diversas instanciasmunicipales, estatales y federales involu-cradas en el procesamiento penal de delitosambientales. Estas instancias cooperan entresí para realizar búsquedas, tomar y analizarmuestras, y realizar otras funciones necesariaspara apoyar las investigaciones de tipo penal.Muchos de los casos desarrollados por elEquipo de Trabajo son judicialmenteperseguidas por el Departamento de Justiciafederal.

Para más información sobre el proce-samiento de delitos ambientales por parte dela TCEQ, incluyendo enlaces a informes deactualización, consulte la dirección http://www.tceq.state.tx.us/legal/si/crime.html.

¿Qué papel desempeña la EPA en la aplicacióny el cumplimiento de la legislación ambiental?Dado que la TCEQ tiene las atribuciones prin-cipales para implementar los programasfederales sobre aire, agua y residuos peli-grosos, la mayoría de los casos en los que seexige la aplicación y el cumplimiento de lalegislación en Texas los entabla la TCEQ y no

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la EPA. Incluso en lugares donde la TCEQ es laprincipal autoridad encargada de la apli-cación y el cumplimiento de la legislación, laEPA puede trabajar de cerca con la TCEQ parainvestigar posibles infracciones y determinarsi se tienen que aplicar medidas para la apli-cación y cumplimiento de la ley. La TCEQ aveces canaliza casos a la EPA si el caso es espe-cialmente complicado o tiene implicacionesde tipo político. Además, la EPA sigue tenien-do la última palabra en la supervisión de losprogramas que ha delegado a la TCEQ, y laEPA puede emprender acciones para la apli-cación y el cumplimiento cuando la TCEQ noresponda en forma “oportuna y adecuada” aalguna inquietud importante. Finalmente, laEPA en ocasiones emprenderá una iniciativade aplicación y cumplimiento de la legis-lación en todo el país, enfocándose en algunaindustria en particular, por lo cual podríaadjudicarse casos estatales de aplicación ycumplimiento de la legislación que seencuentren en trámite.

Al igual que la TCEQ, la EPA puede realizarprocedimientos administrativos (para lo cualtiene sus propios juzgados y jueces adminis-trativos) o puede canalizar el caso a losjuzgados civiles o penales para su proce-samiento. Para más información sobre elproceso de aplicación y cumplimiento de lalegislación de la EPA, consulte la guía de laEPA, titulada “Aplicación y Cumplimiento dela Legislación Ambiental: Guía para elCiudadano” (“Environmental Enforcement: ACitizen’s Guide”) en http://www.epa.gov/region4/air/enforce/citizenf.htm. Para másinformación sobre el proceso de aplicación ycumplimiento de la legislación consulte tam-bién http://www.epa.gov/compliance/civil/index.html.

¿El Paso lleva a cabo alguna actividad para laaplicación y el cumplimiento de la legislación?

Las autoridades municipales de El Pasodesempeñan un papel activo en la aplicacióny el cumplimiento de la legislación en elcampo de la contaminación atmosférica. ElPrograma de Calidad del Aire de la ciudadcomparte la autoridad para la aplicación y elcumplimiento de la ley con la TCEQ en elcaso de ciertas infracciones en materia de cal-idad del aire. Por ejemplo, si un habitante dela ciudad nota un mal olor proveniente deuna planta de manufactura, puede presentaruna queja al Programa de Calidad del Aire. ElPrograma se encargará de investigar la queja ypuede emitir una Notificación de Infracción oNotificación de Aplicación y Cumplimientode la Legislación al operador del establec-imiento si se detecta alguna infracción. ElPrograma de Calidad del Aire sigue el mismoproceso administrativo para la aplicación y elcumplimiento de la legislación que la TCEQ,y puede imponer multas y otras sanciones aligual que la TCEQ.

¿Qué tipo de sanciones existen? Las leyesambientales disponen una amplia gama demedidas para la aplicación y el cumplimientode la legislación, dependiendo de la gravedadde la infracción. Se puede ordenar a las per-sonas o empresas que tomen medidasespecíficas para detener las actividades quecontaminan, o para que limpien la contami-nación que han provocado. Además, las leyesy los reglamentos ambientales disponen mul-tas económicas, la suspensión o revocaciónde permisos, e incluso penas de prisión (en elcaso de infracciones de tipo penal).

Es común que se impongan multaseconómicas. Según la ley de Texas, el gobier-no puede imponer una multa hasta unmáximo de $2,500 a $25,000 dólares por cadadía que se cometa una infracción de tipo civil,dependiendo de la infracción. El monto máx-imo por infracciones penales es de

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$1,500,000 dólares.21 Cada día que continúecometiéndose la falta cuenta como otrainfracción.

La TCEQ considera varios factores paradeterminar cuánto debe pagar un infractor,incluyendo la naturaleza, circunstancias,alcance, duración y gravedad de la infrac-ción.22 Se presta especial atención a si lainfracción perjudicó los derechos de uso deagua o generó un peligro para la salud públicao la seguridad. Otros factores incluyen elimpacto de la infracción sobre la calidad delaire, la calidad del agua, o sobre las personas;si ha habido anteriormente otras infraccionespor parte del mismo establecimiento; si elestablecimiento ha tomado medidas para cor-regir la causa de la infracción y para ayudar alos afectados por la misma; y si el establec-imiento ha recibido algún beneficioeconómico a consecuencia del incumplim-iento.23

SECCIÓN II: HERRAMIENTAS LEGALES PARA SOLICITAR

INFORMACIÓN AL GOBIERNO

El barrio de Lincoln Park, ubicado a lasafueras de la ciudad de El Camino, recientementeha experimentado un desarrollo acelerado, queincluye el establecimiento de varias plantas demanufactura y pequeños comercios, como talleresde carrocería y pintura, varias lavanderías, y unaplanta textil. Las tiendas y talleres han prolifera-do en la Avenida Principal del poblado, mientrasque la planta textil se ha instalado a las orillasdel barrio. Algunos vecinos del lugar han oído quetambién podría mudarse a la zona una planta demanufactura de sustancias químicas.

A la gente del barrio le preocupan los efectosque puedan provocar estas nuevas instalacionesen la comunidad. Se habla de sustancias quími-cas que se están tirando al suelo detrás del tallerde carrocería, y en ocasiones emanan oloresextraños de la planta textil. Los habitantes dellugar quieren saber más sobre las actividades delas empresas y qué tipo de contaminación pudier-an estar causando.

Si usted sospecha que en la zona dondevive se está realizando una actividad que con-tamina el medio ambiente, tal como lasactividades en este ejemplo hipotético, unade las primeras cosas que puede hacer esrecabar información sobre el problema. Lainformación que recabe le puede ayudar aentender los posibles riesgos que enfrentan lasalud y el medio ambiente de su comunidad.Una vez que sepa más sobre el problema,usted puede trabajar con otras personas de sucomunidad para decidir cómo responder. Enalgunos casos, se podría descubrir que unestablecimiento está violando la ley. En laSección III se mencionan las herramientas

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jurídicas que pueden usarse para ayudar agarantizar que se apliquen y hagan cumplirlas leyes cuando usted sospeche que se estáviolando la legislación ambiental.

Una forma de conseguir información sobrealguna actividad que contamina el medioambiente es recabando usted mismo esainformación. Por ejemplo, si usted nota queun taller de carrocería está tirando sustanciasal suelo, puede anotar lo que ha observado.Puede incluir la fecha, hora y lugar (domi-cilio) de la actividad; el nombre de la empresao persona que es propietaria del inmueble, yel tipo de sustancia que se tiró (de la mejormanera que pueda identificarla). Si saca fotos,es buena idea notar la hora, el tiempo, etc.

Aunque ciertos eventos (como cuandofluye líquido a una vía acuática, o cuando sevierten sustancias al suelo) podrían sugerirque se está infringiendo una ley ambiental,puede ser difícil saber con seguridad lo queestá sucediendo. Otra parte importante de lainformación que hay que recabar es revisar siel negocio o establecimiento en cuestión haobtenido un permiso del gobierno. La may-oría de los permisos son para autorizar que sehagan algunas emisiones de contaminantesdentro de ciertos límites específicos. Esimportante determinar si la actividad cumplecon lo dispuesto en el permiso. Por otro lado,si el negocio o establecimiento no haobtenido un permiso, hay bastantes posibili-dades de que esté realizando sus actividadesal margen de la ley.

Para cuestiones como esta, existen muchasfuentes de información de tipo ambiental enInternet, las bibliotecas públicas y las instan-cias estatales y federales. Estas fuentesincluyen bases de datos con informaciónambiental sobre alguna región, condado oestado en particular; información sobre emi-

siones y descargas conforme a leyes específi-cas, como la Ley de Aire Limpio o la Ley deAgua Limpia; e informes que las compañíassujetas a la normatividad deben presentarsobre sus actividades. La EPA y la TCEQ reca-ban muchísima de esta información y laponen a disposición de la ciudadanía en sussitios web.

Aunque mucha de esta información ya estápublicada, las comunidades quizá no siemprepuedan obtener la información que necesi-tan. En el ejemplo hipotético, los habitantesde Lincoln Park tal vez no puedan averiguar sila planta textil ha recibido un permiso con-forme a la Ley de Aire Limpio. Por estemotivo, existen leyes federales y estatales quele permiten a usted solicitar directamenteinformación al gobierno. A continuación semencionan los tipos de informacióndisponible y cómo obtenerla.

Información Ambiental que Publica el Gobierno

Si tiene acceso a Internet, puede obtenermucha información sobre la contaminaciónen su comunidad. Mucha información que seencuentra disponible en línea proviene de laEPA o la TCEQ, aunque algunas organiza-ciones no-gubernamentales han retomado lainformación para presentarla más clara-mente. Muchos de estos sitios web contienenel mismo tipo de información sobre aire, aguay emisiones de residuos tóxicos, pero la pre-sentan de distinta manera. Si usted estábuscando información sobre algún establec-imiento en particular, como el taller decarrocería hipotético de Lincoln Park, podríaresultarle útil visitar todos los distintos sitios.Aunque podría tardarse algún tiempo enaprender cómo usar los diferentes sitios webanteriormente descritos, éstos pueden apor-

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tarle valiosa información y pueden ayudarle arecopilar datos para que se aplique la ley y seexija su cumplimiento.

COMISIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL DE TEXAS(Texas Commission on Environmental Quality).Si desea información sobre un problemaambiental específico en alguna comunidad deTexas, un buen lugar para empezar es el sitioweb de la TCEQ: http://www.tceq.state.tx.us/.En el enlace llamado “Search TCEQ Data” quese encuentra en la esquina superior derechapodrá buscar muchos tipos distintos de infor-mación que tiene la TCEQ. Por ejemplo, loshabitantes de Lincoln Park pueden usar elsitio web para buscar información sobre laplanta textil de su barrio, incluyendo:

• permisos y solicitudes de permisos para laplanta;

• expedientes sobre licencias, capacitación yregistros de la planta; y

• actividades de aplicación y cumplimiento,incluyendo la situación que guardan lasquejas ciudadanas o las acciones guberna-mentales que estén pendientes contra laplanta.

El Apéndice 3 contiene una copia de lapágina web de la TCEQ, en la cual se mues-tran los distintos tipos de informacióndisponible. Aunque el sitio contiene muchainformación ambiental, no toda la informa-ción que posee la TCEQ se encuentra enlínea. En algunos casos, tal vez tenga quesolicitarla amparado por la ley de informa-ción pública . Esta ley se aborda con másdetalles a continuación.

ENVIROFACTS: http://www.epa.gov/enviro/.La EPA administra el sitio web Envirofacts,que contiene información sobre calidadatmosférica, emisiones tóxicas, el manejo deresiduos peligrosos, y descargas al agua. El

sitio se puede usar en dos formas distintas:ingresando a la sección de consulta rápida(“Quick Start”) para obtener informaciónbásica sobre su zona en particular (por ciu-dad, estado o código postal), o usando lasbúsquedas más detalladas “por tema” paraencontrar información sobre establecimien-tos en su zona.

HISTORIAL DE APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DELA LEGISLACIÓN EN LÍNEA (Enforcement andCompliance History Online, ECHO):http://www.epa.gov/echo/index.html. El sitioweb ECHO le permite a la gente consultar losregistros de cumplimiento de la legislaciónambiental de alguna comunidad en particular.Se puede buscar por código postal, ciudad, ocondado. El sitio ECHO contiene una opciónde consulta rápida llamada “Quick Search”, enla cual se muestra una lista de establecimien-tos que se encuentran dentro de un códigopostal específico y su historial de cumplimien-to de la legislación. Esta información puededemostrar si la EPA o algún gobierno estatal omunicipal han realizado inspecciones, si seencontraron infracciones a la ley, y si setomaron medidas para aplicación y cumplim-iento de la ley. Usted puede buscar todos losdatos, o específicamente aquellos relaciona-dos con aire, agua, o residuos peligrosos.

SCORECARD: www.scorecard.org. El sitio webScorecard es un buen recurso para obtenerinformación general sobre las condicionesambientales de alguna comunidad en particu-lar, incluyendo sus principales fuentes decontaminación. Este sitio lo administra unorganismo no lucrativo llamadoEnvironmental Defense. Su informaciónproviene de datos sobre contaminadores queha recabado la EPA. Aunque tal vez existanversiones más completas de esta informaciónen la EPA (por ejemplo, en los sitios webEnvirofacts o ECHO), Scorecards presenta la

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información de una manera más clara. Podríaser buena idea empezar con Scorecard y luegover otros sitios si es necesario.

La información de Scorecard se puede con-sultar de dos formas distintas. Primero,ingresando su código postal, se puede obtenerun informe de contaminación que abarca sus-tancias tóxicas, calidad atmosférica y calidaddel agua en su comunidad. En segundo lugar,puede averiguar las condiciones ambientalesgenerales de su comunidad con respecto a seistemas principales: Sustancias Tóxicas, Aire,Agua, Agricultura, Justicia Ambiental, yPeligros a la Salud derivados de sustanciasquímicas.

Aunque Scorecard no contiene la informa-ción que recaban los estados o municipios,existe otro sitio relacionado que sí la tiene. El

sitio Texas Environmental Profiles(http://www.texasep.org/index.html) admin-istra Environmental Defense junto con elCentro para el Estudio de Políticas en Texas(Texas Center for Policy Studies). Contieneresúmenes estatales e información específicasobre cada condado en materia de cantidadde agua, calidad del agua, suelos, vida sil-vestre y biodiversidad, calidad atmosférica,residuos, energía, y plaguicidas. Si visita estesitio podrá también crear e imprimir mapassobre datos ambientales y geográficos, agru-pados en tres temas: (1) cantidad y calidad delagua; (2) suelos, vida silvestre y biodiversidad;y (3) aire, energía y residuos.

INVENTARIO DE EMISIONES TÓXICAS (ToxicsRelease Inventory, TRI): http://www.epa.gov/tri/. El inventario TRI es una base de datos dele EPA que presenta información sobre las

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USO DE LA BASE DE DATOS ENVIROFACTS DE LA EPA

En la base de datos Envirofacts se pueden realizar búsquedas “por tema” para obtener lasiguiente información por ciudad/estado, condado/estado, o código postal:

RESIDUOS: una lista de sitios del Superfund, una lista de los establecimientos que han reportado actividades con residuos peligrosos

AGUA: una lista de las empresas que tienen permisos para descargar aguas residuales

TÓXICOS: una lista de los establecimientos con emisiones tóxicas

AIRE: una lista de establecimientos con emisiones atmosféricas

SUELOS: una lista de sitios industriales abandonados, una lista de establecimientos que hanreportado actividades con residuos peligrosos

CUMPLIMIENTO: registros de cumplimiento de establecimientos más grandes

CONSULTE http://www.epa.gov/enviro/

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sustancias químicas tóxicas que los establec-imientos descargan hacia el aire o el agua, oque transfieren fuera de sus terrenos. Esta esinformación que deben reportar anualmentelos establecimientos federales y ciertas indus-trias, como las de manufactura, minería demetales y carbón, los organismos operadoresde servicios de electricidad, y las plantas detratamiento de residuos peligrosos comer-ciales. Los requisitos sobre la presentación delinformes al TRI se establecieron en virtud dela Ley de Planificación de Emergencias y delDerecho a Saber de la Comunidad de 1986(Emergency Planning and Community Right-to-Know Act, EPCRA) y la Ley de Prevención dela Contaminación (Pollution Prevention Act) de1990.

En el sitio web del TRI se puede buscarinformación sobre emisiones de sustanciasquímicas seleccionando el enlace “TRIExplorer” que se encuentra debajo del botón“Search TRI Data” en el margen derecho de lapantalla, o dirigiéndose al sitio web:http://www.epa.gov/triexplorer/. Se puedebuscar información por código postal, conda-do o estado; por sustancias químicasemitidas, o por industria. Aunque la EPA reca-ba estos datos cada año, la información tardamás de un año en compilarse y publicarse.Además de los sitios de la EPA como TRIExplorer y Envirofacts, varios organismosponen a su disposición la información del TRIen sus propios sitios web, incluyendo el sitioScorecard antes mencionado. Si no tieneacceso a una computadora, puede obtener losreportes del TRI por escrito llamando alServicio de Atención a Usuarios del TRI alteléfono 202-566-0250.

LEY DE INFORMES SOBRE EMISIONES DESUSTANCIAS QUÍMICAS TÓXICAS EN TEXAS (TexasToxic Chemical Release Reporting Act). Texas haincorporado los requisitos del TRI federal a su

propia ley. Esta Ley exige a ciertos establec-imientos que presenten a la TCEQ unformulario sobre emisiones de sustanciasquímicas tóxicas. Los informes que presentanlos establecimientos están a disposición delpúblico para consulta.

INFORMACIÓN SOBRE PLANIFICACIÓN DEEMERGENCIAS. La Ley Federal de Planificaciónde Emergencias y del Derecho a Saber de laComunidad exige a los establecimientos quepresenten informes sobre tres tipos princi-pales de información relacionada con laplanificación de emergencias. Primero, losestablecimientos deben reportar a los comitésestatales y municipales de respuesta a emer-gencias la forma en que manejan yalmacenan ciertas sustancias químicas peli-grosas. En segundo lugar, los establecimientosdeben emitir notificaciones de emergencia encaso de que haya emisiones de ciertos materi-ales peligrosos designados hacia el medioambiente, junto con las medidas de respuestaque se hayan tomado. En tercer lugar, ciertosestablecimientos deben presentar informa-ción sobre las sustancias químicas peligrosasque almacenan o usan en su lugar de trabajo,incluyendo Hojas de Datos de Seguridad delos Materiales (Material Safety Data Sheet,MSDS). Esta información está a disposiciónde la ciudadanía, con ciertas excepciones lim-itada, tal como los secretos comerciales.24

EL SUPERFUND EN TEXAS: http://www.tceq.state.tx.us/remediation/superfund/index.html. Este sitio contiene índices de (1) sitios delSuperfund federal en Texas, y (2) un Registrodel Superfund en Texas en el que se enlistanlos sitios identificados para su limpieza con-forme a la ley del Superfund de Texas.También contiene enlaces a las leyes delSuperfund de Texas; información sobre cómocomunicarse con el Superfund para reportaremergencias y derrames, así como las líneas

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telefónicas directas del Superfund y unadescripción del Programa de Detección yEvaluación de Sitios del Superfund de TCEQ(Superfund Site Discovery and AssessmentProgram, SSDAP).

INFORMACIÓN SOBRE EL SUPERFUND DE LA EPA:http://www.epa.gov/superfund/sites/. Estesitio contiene la base de datos CERCLIS, quetiene información sobre sitios con residuospeligrosos, sitios con residuos potencialmentepeligrosos, y actividades de restauración entoda la nación. La base de datos CERCLISincluye sitios que se encuentran en la Lista dePrioridades Nacionales (NPL) para sulimpieza, o que se están considerando paraincluirse en la NPL. Se puede buscar por nom-bre del sitio, domicilio, estado, condado,código postal, y tipo de contaminante. Labase de datos también contiene documentossobre sitios específicos y registros comoDocumentos de Decisión, Revisiones de cadaCinco Años, y hojas informativas sobremuchos sitios. También se puede ingresar aCERCLIS directamente en http://cfpub.epa.gov/supercpad/cursites/srchsites.cfm.

Aunque no tenga acceso a una computado-ra, usted puede obtener información sobre elSuperfund y la Ley de Planificación deEmergencias y del Derecho a Saber de laComunidad llamando al Centro de AtenciónTelefónica del Superfund de la EPA y deEPCRA al 1-800-424-9346 [1-800-553-7672(TDD)].

OTRA INFORMACIÓN DE LA EPA EN LÍNEA. LaEPA también cuenta con una lista de distintaslíneas telefónicas directas y centros de acopiode información ambiental en la direcciónhttp://www.epa.gov/epahome/hotline.htm.

Cómo Solicitar Información Específica a lasDependencias Estatales y Federales

Los sitios de Internet antes mencionadoscontienen mucha información sobre la cont-aminación ambiental en Texas. Sin embargo,puede haber situaciones en las que se necesiteinformación más específica. En el casohipotético de Lincoln Park, los habitantespueden usar el sitio web de la TCEQ pararevisar qué tipo de permiso ha recibido laplanta textil y si alguna vez ha estado sujeta aalguna medida de aplicación y cumplimientode la ley. Sin embargo, tal vez no se encuentreen línea la información detallada sobre losrequisitos que contienen los permisos, ni lascopias de los informes de emisiones atmos-féricas que ha presentado la planta. En estoscasos, tal vez sea necesario solicitar la infor-mación directamente a la TCEQ o a la EPA.

Existen dos tipos de leyes que tienen que vercon el acceso a la información en Texas.Primero, algunas leyes ambientales estatalesexigen a la TCEQ que ponga cierta informa-ción a disposición del público. Por ejemplo,tanto la Ley de Calidad del Agua de Texas25

como la Ley de Aire Limpio de Texas26 per-miten a la ciudadanía ver toda lainformación, los documentos y los datosrecabados por la TCEQ en el desempeño desus funciones (con ciertas excepciones).Asimismo, los registros sobre residuos peli-grosos que entregan a la TCEQ lospropietarios de centros de acopio de residuossólidos también están disponibles para con-sulta pública en virtud de la Ley deDisposición de Residuos Sólidos de Texas.27

El segundo tipo se conoce como leyes de“derecho a la información.” Estas leyes exigena las instancias gubernamentales como laTCEQ que presenten información sobre su tra-bajo a la ciudadanía cuando así se les solicite.

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En Texas, esta ley se conoce como la Ley deInformación Pública (Public Information Act,PIA). En el nivel federal, la EPA y otras instan-cias están sujetas a una ley similar, conocidacomo la Ley de Derecho a la Información(Freedom of Information Act, FOIA). En algunoscasos, tal vez necesite hacer uso de estas leyespara obtener la información que busca. En elApéndice 4 se incluye ejemplos de solicitudesde información.

Cómo Obtener Información de la TCEQ

Si usted está tratando de obtener informa-ción sobre algún tema ambiental en Texas, esconveniente que empiece con la TCEQ. Enciertos casos, quizá necesite dirigirse a laEPA—por ejemplo, cuando la EPA sea el regu-lador principal (en el caso de instalacionesque sean propiedad del gobierno federal o deestablecimientos que tengan un historial deaplicación y cumplimiento de la normativi-dad de la EPA), o cuando la TCEQ no hayapodido proporcionarle la información queusted necesita. En ocasiones, simplementepor precaución, tal vez convenga pedir lamisma información tanto a la TCEQ como ala EPA. Sin embargo, en la práctica, la EPApuede canalizar a la TCEQ cualquier solicitudde información que reciba y que competa a laTCEQ.

Para obtener información sobre instala-ciones en su comunidad, usted puedepresentar una solicitud formal por escrito deacuerdo a la Ley de Información Pública deTexas (PIA).28 En la siguiente página sedescribe la forma en que puede hacer esto.

Otra alternativa, que muchas veces es másrápido, es llamar a la oficina regional de laTCEQ más cercana para pedir la informaciónque necesita (la información para comuni-carse con esta instancia se encuentra en el

Apéndice 1). Si llama a la TCEQ para solicitarinformación, deberá proporcionar el nombrey domicilio del establecimiento y explicarexactamente qué tipo de información estábuscando—por ejemplo, los permisos ambi-entales de la planta, los informes demonitoreo y los expedientes sobre accionesde aplicación y cumplimiento de la legis-lación emprendidas anteriormente contra laempresa. Cabe la posibilidad de que le pidanque presente su solicitud por escrito paraaclarar qué documentos busca. Pregunte a lapersona que le atienda cuándo puede esperarrecibir la información y déle seguimiento a supetición si no le llega nada dentro del plazoque le indiquen.

Otra alternativa para la gente que vivecerca de Austin es visitar el Archivo Centralde la TCEQ, el cual contiene la mayoría de lainformación que la TCEQ debe poner a dis-posición del público. Los documentos que seencuentran en el Archivo Central se puedenconsultar gratuitamente o fotocopiar a uncosto de diez centavos por página. Para másinformación consulte el sitio http://www.tceq.state.tx.us/admin/data/fileroom.html,en el que se mencionan los tipos de registrosque se encuentran en el Archivo Central.

Cómo Obtener Información de la EPA

Si está buscando información de la EPA, prob-ablemente sea mejor que empiecepresentando una solicitud de conformidadcon la Ley de Derecho a la Información(FOIA)29, que se aplica a todas las instanciasfederales. (Aunque se puede tratar de pedir lainformación por teléfono, especialmente siconoce personalmente a alguien de la EPA, ladependencia podría pedirle que presente unasolicitud más formal). La información sobrela oficina de FOIA en la Región 6 de la EPA sepuede encontrar en línea en http://

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www.epa.gov/earth1r6/6md/foia/index.html.El sitio contiene un enlace para presentarsolicitudes de FOIA en línea, aunque tambiénlas puede enviar a la dependencia por correoelectrónico, correo regular o fax (la informa-ción para comunicarse con esta instancia seencuentra en el Apéndice 1). Si presenta susolicitud en línea en el sitio web de la EPA,deberá asegurarse de grabar una copia de susolicitud o imprimirla antes de enviarla, yaque el sistema no le guardará ninguna copia.Si le interesa llevar un registro de lo que hasolicitado y en qué fecha, tal vez prefieraenviar su solicitud por correo.

Procedimientos para Presentar Solicitudes deInformación a la EPA y la TCEQ

A continuación se expone cómo presentarsolicitudes de información ambiental en vir-tud de la Ley de Información Pública de Texasy la Ley Federal de Derecho a la Información.

¿Qué debe incluir en su solicitud de informa-ción? Las solicitudes deben hacerse porescrito, incluyendo la siguiente información:

• Su nombre y un domicilio para recibir cor-respondencia;

• Un número telefónico que la dependenciapuede marcar para comunicarse directa-mente con usted si hay dudas acerca de susolicitud (a la TCEQ puede proporcionarlesu dirección de correo electrónico en lugarde su número telefónico);

• El nombre de la empresa o el establec-imiento que le interesa;

• El número de permiso u otro número deidentificación de la empresa o establec-imiento, si cuenta usted con esainformación;

• El domicilio del establecimiento;• Una lista o descripción de la información

específica que desea obtener (a contin-uación se presenta más información sobreesto); y

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PARA APRENDER MÁS ACERCA DE LAS LEYES FEDERALES Y ESTATALES SOBRE INFORMACIÓN

• Los datos sobre la Ley de Información Pública de Texas se pueden encontrar en línea enhttp://www.oag.state.tx.us/opinopen/opengovt.shtml#govlaws ("Open Government").

A través de ese sitio web también podrá obtener una copia de Manual de InformaciónPública 2006, en el cual se plantean con detalle los procedimientos de la Ley deInformación Pública. El sitio web de la TCEQ también contiene información detalladasobre cómo presentar una solicitud de información, lo cual se conoce como peticiónde "Registros Abiertos." Para más información consulte http://www.tceq.state.tx.us/admin/data/reqinfo.html.

• Los datos sobre la Ley de Derecho a la Información federal se pueden encontrar en elManual de FOIA de la EPA, que está disponible en línea en http://www.epa.gov/foia/. Enel manual se describe el proceso para responder a las solicitudes y la posibilidad de trami-tar una exención del pago de cuotas. Este sitio también contiene una Guía de Referenciaen la que se explica cómo presentar peticiones conforme a FOIA.

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• Información que indique si está solicitan-do una exención del pago de cuotas (estotambién se explica más adelante).

La dependencia podría tener bastanteinformación sobre el establecimiento que lepuede ser a usted de utilidad. Por ejemplo,bajo la Ley de Agua Limpia o la Ley deCalidad del Agua de Texas tal vez la depen-dencia tenga en sus archivos copias depermisos para descargar contaminantes a uncuerpo acuático. Pueden ser permisos dedescarga NPDES o permisos de dragado y rel-leno para proyectos en los que haya obras deconstrucción en algún humedal o cuerpoacuático. También, tal vez tenga Informes deMonitoreo de Descargas (DMRs) que elestablecimiento tiene la obligación de presen-tar. Estos informes mensuales indican lascantidades de contaminantes que ha descar-gado el establecimiento, lo cual le permite austed determinar si la empresa ha desobedeci-do las condiciones de su permiso.

Además, bajo la Ley de Aire Limpio o la Leyde Aire Limpio de Texas, tal vez la agenciatenga copias de los permisos conforme alTítulo V (o en algunos casos un Permiso deRevisión de Fuente Nueva o de Prevención deDeterioro Considerable), y los informesanuales de emisiones. Bajo RCRA o la Ley deDisposición de Residuos de Texas, tal veztenga permisos para tratar, almacenar o elim-inar residuos sólidos o peligrosos, tanto comoinformes anuales de generadores de residuospeligrosos y de centros de tratamiento, alma-cenamiento y disposición.

Es importante plantear su petición en tér-minos que sean lo suficientemente amplioscomo para que la dependencia identifiquetoda la información que pudiera ser trascen-dente para su pesquisa. Al mismo tiempo, lapetición debe estar suficientemente definida,

de manera que le ayude a la dependencia alimitar su búsqueda a un grupo específico dedocumentos. Por ejemplo, si lo que le interesaes saber más sobre las emisiones atmosféricasde la fábrica textil de Lincoln Park, podríapedir todos los documentos, la corresponden-cia, los correos electrónicos, faxes ymemorandos relacionados con la emisión decontaminantes de la planta (asegúrese de pro-porcionar el nombre y la ubicación de lamisma) de conformidad con la Ley de AireLimpio, incluyendo todos los permisos, solici-tudes de permisos, y documentos de decisión.

¿Cómo se le entregará la información? Ladependencia normalmente envía la informa-ción por correo regular. Sin embargo, si lasolicitud involucra muchos documentos, ouna revista detallada del archivo, la instanciapuede venir a sus oficinas para revisar los doc-umentos y fotocopiar los que necesita.

Si tiene acceso a una computadora, esbuena idea preguntar si puede recibir los doc-umentos por vía electrónica (por correoelectrónico o en un CD-ROM), especialmentesi ya están disponibles en formato electrónico.

¿Tendrá que pagar alguna cuota? Las depen-dencias normalmente cobran una cuota porconsultar sus archivos y fotocopiar los docu-mentos que le envíen. Las cuotas porconcepto de consulta varían de $15 a $41dólares por hora (TCEQ) y de $16 a $41dólares por hora (EPA), siendo el cobro por lascopias entre diez centavos (TCEQ) y quincecentavos (EPA) por página. Si el costo estima-do de la consulta y las copias excede ciertacantidad ($40 dólares en la TCEQ y $25 en laEPA), la dependencia se comunicará conusted antes de sacar los documentos de susexpedientes, para que usted le haga saber a ladependencia si pueden seguir adelante (siusted no contesta en un plazo de 10 días, la

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TCEQ dará de baja su petición; la EPA simple-mente no hará nada con respecto a supetición). Además, la TCEQ puede exigir elpago de un depósito antes de sacar las copiassi el monto total llegará a ser de más de $100dólares. Sin embargo, cabe mencionar que laEPA le proporciona en forma gratuita doshoras de consulta y 100 páginas. La TCEQgeneralmente proporciona en forma gratuita50 páginas.

Sin embargo, algunas dependenciaspueden exentarlo del pago de cuotas si se con-sidera que la solicitud de información es parael bienestar público porque beneficiará prin-cipalmente a la ciudadanía en general—esdecir, que la información no se usará parafines comerciales y ayudará a la ciudadanía aentender el trabajo del gobierno. La PIA deTexas manda a las instancias estatales,incluyendo la TCEQ, otorgar exenciones delpago de cuotas para solicitudes que, antetodo, beneficiarán principalmente a la ciu-dadanía.30 La EPA otorga exenciones si sedemuestra la existencia de ciertos factores. Siusted desea solicitar una exención del pagode cuotas a la EPA, es importante explicar porqué la información que está buscando le ayu-

dará a entender las operaciones o las activi-dades del gobierno federal.

Si solicita una exención del pago de cuotas,también deberá pedirle a la dependencia quese comunique con usted si resuelven no acep-tar su petición. De esa forma, usted podrádecidir si quiere o no que la dependencia sigaadelante con la consulta y le cobre el costo.Otra forma de reducir costos (y el tiempo quese tarda en responder la dependencia, comose señaló anteriormente) es pedir que le per-mitan ver los documentos en cuestión en lasoficinas de la dependencia, en lugar de que ladependencia copie todo lo que pudiera rela-cionarse con su petición. De esa forma, ustedpodrá ver por sí mismo cuáles documentosson trascendentes y podrá copiar únicamentelos que necesita.

¿A dónde se envía la solicitud? Si está buscan-do información sobre algún establecimientoen Texas al que se le haya concedido un per-miso federal (como alguna instalación quesea propiedad de la federación), deberá enviarsu solicitud a la oficina de la EPA en la Región6. Si está buscando información sobre algúnestablecimiento en Texas al que se le haya

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FOIA Y LAS EXENCIONES DE PAGO DE CUOTAS

Asegúrese de pedir una exención del pago de cuotas si está buscando información.

Bajo la ley federal FOIA, los factores que la EPA considerará son (1) el tema de la solicitud (sitiene que ver con “las operaciones o actividades del gobierno”); (2) el valor de la informa-ción que se está buscando (si es "probable que contribuya" a entender mejor las operacioneso las actividades del gobierno); (3) si la información contribuirá a que "el público entienda"(y no solamente una persona); y (4) si la información contribuirá "significativamente" a queel público entienda las operaciones o actividades del gobierno.

*En los modelos de carta sobre FOIA del Apéndice 4 se presentan unos ejemplos de cómopuede redactar su petición.

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otorgado un permiso estatal, deberá enviar susolicitud a la TCEQ. Si no está seguro si susolicitud tiene que ver con una ley estatal ofederal, sería buena idea enviarla tanto a laEPA como a la TCEQ, simplemente por pre-caución (en el Apéndice 1 encontraráinformación para comunicarse con estasdependencias).

¿Cuándo obtendrá una respuesta? Según laLey de Derecho a la Información, la EPA yotras instancias federales tienen 20 díashábiles (sin contar fines de semana y días fes-tivos) para responder a una solicitud deinformación, aunque se puede otorgar unaprórroga de 10 días más cuando haya “circun-stancias inusuales.” Sin embargo, esto nosignifica que usted recibirá toda la informa-ción que solicitó dentro de este plazo. Lainstancia podría responderle inicialmentepara avisarle que ya recibieron su solicitud ydecirle cuánto tiempo tardarán aproximada-mente para localizar los documentos. Si en unplazo de 3 a 4 semanas a partir de la fecha enque presentó su petición no se ha comunica-do con usted nadie de la dependencia, usteddebería comunicarse con el oficial FOIA de ladependencia para darle seguimiento a supetición. Tal vez también necesite darleseguimiento si no se le proporciona la infor-mación.

La Ley de Información Pública de Texas leindica a las dependencias que deben facilitar-le la información que solicita “conprontitud,” lo cual se define como “lo máspronto posible según las circunstancias, esdecir, en un tiempo razonable, sin demora.”Si alguna dependencia no puede entregarle lainformación que solicita en un plazo de 10días hábiles, deberá informarle a usted porescrito e indicarle la fecha y hora en la que losregistros estarán a su disposición.

La TCEQ ha establecido una política deresponder a las solicitudes de informaciónpública en un plazo de 10 días. Consultehttp://www.tceq.state.tx.us/admin/data/reqinfo.html (seleccione el enlace llamado TCEQPublic Information Act Request Procedures).Recuerde que la dependencia no le enviaráacuse de recibo de su solicitud.

¿Qué pasa si la dependencia se niega a entre-garle un documento que usted ha solicitado?Según la ley estatal y federal, las dependen-cias no tienen la obligación de compartir conusted toda la información que plantea susolicitud. Las dependencias pueden retener onegarse a entregar diversos tipos de informa-ción personal, como nombres, domicilios ynúmeros telefónicos; cierta informaciónusada en litigios o pláticas sobre finiquitos;información de tipo financiero, o otros docu-mentos que se considera de carácterconfidencial según la ley. A veces la depen-dencia puede simplemente tapar parte de lainformación de un documento, si es que noestá restringido todo el contenido de la página.

Si la TCEQ desea retener ciertos documen-tos, deberá pedir a la Procuraduría General deTexas una resolución en la que se indique si ladependencia puede o no retener la informa-ción solicitada. La TCEQ deberá tramitar estaresolución en un plazo de 10 días a partir dela fecha en que reciba su solicitud de informa-ción y notificarle a usted que se estárealizando este el trámite.

Si usted decide impugnar la decisión dealguna dependencia de no entregarle uno omás documentos, deberá seguir los proced-imientos internos de la dependencia parainterponer un recurso de apelación. Por ejem-plo, la EPA exige que usted envíe una carta deapelación a la oficina de FOIA de la depen-dencia dentro de un plazo de 30 días a partir

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de la fecha en que se entere que la dependen-cia pretende retener la información (tambiénpuede usar este mismo proceso para impug-nar la decisión si se niegan a exentarlo delpago de cuotas). Después de recibir su recursode apelación, la Oficina del Abogado Generalde la dependencia lo revisará y determinará sifue correcto retener los registros solicitados.Si la Oficina del Abogado General confirma ladecisión de la dependencia, su único recursoserá entablar una demanda contra la depen-dencia en los tribunales. Aunque sí hay genteque entabla demandas contra las dependen-cias, este recurso puede ser muy costoso ytardado.

Si usted cree que TCEQ u otra dependenciade Texas ha retenido indebidamente docu-mentos contemplados en la Ley deInformación Pública de Texas, puede inter-poner lo que se denomina un recurso judicialde “mandamus.” El caso se debe interponer enel juzgado de distrito del Condado de Travis,en donde se encuentra la sede de la TCEQ.Usted puede pedir un fallo del ProcuradorGeneral del Estado que indique que la TCEQestá obligada a entregarle los documentos, ouna resolución en la que se den instruccionesa la TCEQ de entregarle los documentos.

Como segunda opción, usted puede inter-poner una queja con el fiscal del distrito o delCondado de Travis. La queja deberá hacerlaconstar por escrito y firmarla, indicar el nom-bre de la dependencia que usted cree que hainfringido la Ley de Información Pública (porejemplo, la TCEQ), mencionar la hora y ellugar en los que se cometió la infracción, ydescribir la infracción a la ley. En un plazo de31 días a partir de que se reciba su queja, elfiscal de distrito o del condado decidirá si

efectivamente se cometió una infracción y lenotificará a usted la decisión por escrito. Si elfiscal decide no emprender ninguna acción yle regresa a usted su queja, todavía puedeinterponer la queja y solicitar un fallo delProcurador General dentro de un plazo de 31días.

Consideraciones Estratégicas para Presentar suSolicitud de Información

Dado que no siempre es posible que se le con-ceda la exención del pago de las cuotas,especialmente en Texas, usted deberá estarpreparado para pagar las cuotas que la depen-dencia pueda cobrarle si desea recibir lainformación en forma oportuna.

Aún cuando esté preparado para pagar lascuotas correspondientes, con frecuencia lasdependencias pueden tardarse en responder asu petición. Esto significa que tal vez tengaque esperar bastante tiempo para recibir lainformación. Como se mencionó anterior-mente, una forma de reducir este tiempo espidiendo que le permitan ver los documentosen las oficinas de la dependencia.

Es importante ser insistente cuando se tratade buscar información pública.Probablemente necesitará darle seguimiento asu solicitud con la dependencia si no le con-testan o si no recibe la información quenecesita. Probablemente sea más fácil darleseguimiento a su petición llamando a la per-sona encargada de las solicitudes deinformación en la dependencia en cuestión.Cuando llame a la dependencia, tenga a lamano una copia de su solicitud de informa-ción, así como de las cartas o correoselectrónicos que haya recibido de ellos.

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SECCIÓN III: HERRAMIENTAS JURÍDICASPARA LA APLICACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE LAS

LEYES AMBIENTALES

A los habitantes de la comunidad de TerraceView, cerca de la ciudad de El Camino, les gustapescar en el arroyo Silver Creek. Recientemente lagente ha notado que emanan olores desagrad-ables del arroyo, los cuales empeoran en los díasde lluvia. En las últimas semanas, varias per-sonas han visto peces muertos cerca de uno de loslugares más populares para pescar. Varias millascorriente arriba de Terrace View se encuentra unafábrica grande de muebles, y ahora a los habi-tantes del lugar les preocupa que la planta estécontaminando el arroyo.

La comunidad tiene motivos para estar pre-ocupada. Según la Ley Federal de AguaLimpia y la Ley de Calidad del Agua de Texas,las fábricas como esta planta productora demuebles deben tener un permiso para descar-gar cualquier material a un arroyo. Incluso sicuenta con un permiso, la planta podría estardescargando contaminantes en cantidadesmayores a las que le autoriza el permiso.Dado que se supone que el permiso de descar-ga es para cumplir con las normas de calidaddel agua de Texas, los malos olores y los pecesmuertos pueden ser señales de que la plantaha violado las condiciones de su permiso.

En la sección anterior se describió la formaen que usted puede recabar informaciónsobre posibles infracciones a las leyes ambien-tales, como un primer paso para responder aun problema. En esta sección se describecómo usar algunas de las herramientas jurídi-cas para exigir que se cumplan las leyes.Algunas de estas herramientas son interponeruna queja ambiental, participar en las

acciones de aplicación y cumplimientoemprendidas por el gobierno contra unestablecimiento, y entablar una “demandaciudadana” contra un establecimiento paraaplicar y hacer cumplir las leyes ambientales.

Las herramientas jurídicas descritas en estecapítulo no van a resolver todos los proble-mas ambientales. Pero, si se usanestratégicamente, estas herramientas lepueden ayudar a potenciar los esfuerzos orga-nizados de su comunidad para atenderproblemas ambientales específicos. Al mismotiempo, la organización ciudadana es primor-dial para que estas estrategias jurídicas tenganefectividad. En el ejemplo hipotético deTerrace View, el gobierno probablementeprestará mucha más atención a oloresdesagradables y a los peces muertos en SilverCreek si recibe quejas de muchos habitantes,en lugar de recibirlas de una sola persona.Una comunidad organizada podrá quedarsecon el caso incluso si la instancia guberna-mental tarda mucho en aplicar y hacercumplir la ley. Y una communidad fuertepodrá vigilar y asegurar que no se ocurrenproblemas ambientales nuevos.

La Figura abajo ilustra algunas herramien-tas claves disponibles a residentes de lacomunidad.

Presentación de una Queja Ambiental(Public Complaint)

Si usted ve o percibe algo sospechoso,como un olor desagradable o peces muertosen el arroyo a donde va a pescar, una de lasprimeras cosas que puede hacer es reportarloa alguna instancia estatal o federal. Presentarun reporte de este tipo, también conocidocomo queja ambiental, es una manera de

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informarle a la instancia sobre algún posibleproblema ambiental.

En la mayoría de los casos deberá presentarsu queja a la TCEQ, la principal autoridad enmateria de aplicación y cumplimiento de lalegislación ambiental en Texas. Por ejemplo,una queja sobre la fábrica de muebleshipotética en Terrace View, y sus efectos sobreSilver Creek, serían competencia de la TCEQ.Aunque la EPA también acepta quejas, gen-eralmente las canaliza a la TCEQ parainvestigación (excepto cuando se trata de unainstalación o programa federal). Sin embargo,si se trata de problemas de contaminaciónatmosférica en El Paso, su queja la debe pre-sentar al Programa de Calidad del Aire de ElPaso, que forma parte del Distrito de Salud yMedio Ambiente de la Ciudad y el Condadode El Paso. También puede presentar su queja

al Fiscal del Condado de El Paso para que seinvestiguen las posibles infracciones ambien-tales consideradas como delitos menoresconforme a las leyes de Texas, como la tiraclandestina de sustancias, la quema de mate-riales a cielo abierto, faltas a la leyrelacionadas con fosas sépticas, o alteracionesal orden público. Si no está seguro de dóndepresentar su queja, la puede enviar a los tresniveles de gobierno.

La TCEQ, la EPA, el Programa de Calidaddel Aire de El Paso, y el Fiscal del Condado deEl Paso tienen procedimientos para recibirquejas sobre problemas ambientales. A con-tinuación se detallan los procedimientos parapresentar quejas a la TCEQ, además de infor-mación adicional sobre cómo presentarquejas a la EPA o al municipio de El Paso.

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Herramientas Jurídicas paraComunidades

Presentar una QuejaAmbiental

Solicitar Subvenciones de Asistencia Técnica (TAG)

Presentar Comentarios sobre Acuerdos Conciliatorios

Recopilar Información

Presentar una “Demanda Ciudadana”

Intervenir enCasos ante los Tribunales

Con TCEQ, o otra instancia

estatal

ConEPA

Con el Fiscal del Condado

Aportada por: Ilan Levin and Stephanie Kodish, Environmental Integrity Project

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Cómo Presentar una Queja a la TCEQ

¿Qué tipos de cosas puede reportar? Haymuchas cosas distintas que pueden serseñales de una infracción a las leyes ambien-tales, incluyendo las siguientes:

• Olores a sustancias químicas fuertes,desagradables, o extraños

• Un gran número de animales muertos,incluyendo aves o peces

• Tuberías o válvulas que circunvalan los sis-temas de tratamiento de aguas residuales

• Camiones cisterna que descargan su con-tenido en drenes, pozos de visita o aguassuperficiales

• Manchas de aceite o petróleo en cuerposacuáticos, u otras señales de contami-nación del agua

• Contenedores de residuos con corrosión ofugas

• Barriles tirados a deshoras en lugaresapartados

• Problemas con el agua potable Estas no son las únicas señales que existe

un problema ambiental, pero le pueden daruna idea del tipo de cosas de las que hay queestar pendientes. La Región 6 de la EPA tienealgunos ejemplos adicionales de infraccionesespecíficamente a la Ley de Agua Limpia, enla dirección http://www.epa.gov/earth1r6/6en/w/cwacitz.htm.

Existen algunos problemas ambientalesque la TCEQ no le puede ayudar a resolverporque están fuera del ámbito de competen-cia de esa instancia, incluyendo aspectoscomo la contaminación del aire en interiores,la contaminación por ruido, la basura, la con-taminación de pozos petroleros, y otros. LaTCEQ tiene una lista de estos problemas y lasinstancias que deben contactarse en caso dedetectarlos, en la página http://www.tceq.

state.tx.us/compliance/complaints/type_complaint.html.

¿Quién puede presentar una queja ambiental?Cualquier persona o grupo puede presentaruna queja. Usted no tiene que ser ciudadanoo residente de los Estados Unidos para presen-tarla.

¿Qué debe incluir en su queja? Aunque puedepresentar su queja por teléfono, quizá seamejor que la presente por escrito (ya sea enlínea o por correo regular), para que conserveun comprobante de que la presentó. La quejadeberá incluir la siguiente información:

• Su nombre e información para comuni-carse con usted. No se le exigirá queproporcione su nombre, pero si omite estainformación, los funcionarios no podráncomunicarse con usted para darleseguimiento a la queja.

• La fecha, hora y lugar del problema ambi-ental. Si observó algo en un río, lago,arroyo u otro cuerpo acuático, trate deincluir el nombre del cuerpo acuático.

• Una descripción del problema ambiental–lo que usted observó (algún olor, residuos,contaminación del agua, etc.).

• Si la contaminación o el problema tuvieronalgún impacto sobre usted u otra persona(por ejemplo, si hicieron que se enfermara).

¿Cómo debe presentar su queja? Puede pre-sentar su queja de las siguientes formas:

• llamando sin costo a la TCEQ al teléfono 1-888-777-3186;

• entrando en línea al sitio web de la TCEQ:http://www5.tceq.state.tx.us/oce/com-plaints/; o

• enviando por correo regular su queja a ladependencia (consulte las direcciones en elApéndice 1).

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Para reportar una emergencia ambiental,descarga, derrame o emisión atmosférica debellamar a la línea directa de TCEQ para repor-tar derrames, al 1-800-832-8224 (Para másinformación consulte la página http://www.tceq.state.tx.us/response/spills.html.)

El sitio web de TCEQ (http://www.tceq.state.tx.us/compliance/complaints/index.html) contiene más información sobre el proce-so para presentar una queja, incluyendo unaexplicación de los tipos de quejas con las quela dependencia puede ayudarle, el proced-imiento para interponer una queja(incluyendo cómo presentar una queja coninformación o pruebas), cómo le responderála dependencia, y cómo consultar el avancede una queja o una acción emprendida paraexigir el cumplimiento de la legislación ambi-ental. Los procedimientos son los mismos, yasea que reporte una infracción de tipo civil oun delito ambiental. Si después de considerarla información que usted proporcione laTCEQ cree que se ha cometido un delito,remitirá el caso a investigadores penales espe-cializados.

¿Puedo presentar las pruebas que haya recopi-lado? La TCEQ tiene un programa, conocidocomo el Programa de Pruebas Recopiladas porCiudadanos (Citizen-Collected EvidenceProgram), que le permite a la ciudadanía pro-porcionar información (como fotografías omuestras de aire, agua o tierra) para que se useen los procedimientos de aplicación ycumplimiento de la legislación. Sin embargo,para poder presentar estas pruebas, usteddeberá apegarse a requisitos estrictos (“proto-colos”) que indican cómo reunirlas ymanejarlas. La información sobre estos requi-sitos se puede encontrar en http://www.tceq.state.tx.us/compliance/complaints/proto-cols/evi_proto.html.

¿Qué sucede después de que presente mi queja?Una vez que la TCEQ reciba su queja, uninvestigador se comunicará con usted parahablar sobre lo que observó. Si quiere seguircomunicándose con el investigador, no dejede anotar el nombre del investigador y elnúmero de la queja. La dependencia normal-mente realizará una investigación para ver sise ha infringido alguna ley o regla ambiental,y luego decidirá si se emprende alguna medi-da para exigir el cumplimiento de lalegislación, como expedir una Notificación deInfracción o un orden que propone unamulta, o entablar una demanda contra elinfractor.

La TCEQ le asignará una prioridad a suqueja según la amenaza relativa que el proble-ma quejado represente para la salud pública,la seguridad o el medio ambiente, y respon-derá dentro del plazo que corresponda. Estosignifica usted recibe una respuesta dentro deun período que corresponda a la prioridadasignada, desde una respuesta inmediatahasta una respuesta en un lapso de 60 días.31

La dependencia investigará su queja ydecidirá si amerita una acción para exigir elcumplimiento de la legislación ambiental. LaTCEQ podría emprender una acción, si ladependencia cree que su queja tiene “sufi-ciente valor y credibilidad.”32 Para evaluar suqueja, la dependencia considerará los sigu-ientes factores:33

• Si está usted dispuesto a presentar unadeclaración jurada atestiguando sobre loque observó, y a corroborar que losescritos, grabaciones o fotografías que pre-sentó son genuinos.

• Si esta usted dispuesto a testificar en algúnprocedimiento judicial sobre las presuntasinfracciones. Si usted proporciona informa-ción que la TCEQ use posteriormente para

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emprender medidas de aplicación ycumplimiento, se le podría citar a testificar.

• En caso de que haya proporcionado datosfísicos o de muestreos, la dependencia con-siderará si estos datos se recabaronconforme a los protocolos de la TCEQ (verabajo). La TCEQ no usará ninguna infor-mación que se haya recabado ilegalmente.

La TCEQ le notificará por escrito los resul-tados de la investigación y le dará informesperiódicos sobre cualquier acción que seemprenda para la aplicación y cumplimientode la ley, como alguna medida contra la fábri-ca de muebles hipotética por hacer descargasilícitamente al arroyo Silver Creek. En el casode las quejas que se presenten por escrito, laTCEQ deberá enviarle informes de avance porescrito cada tres meses.34 Si la TCEQ proponeemitir una orden para resolver el caso –porejemplo, indicándole a la fábrica que le de untratamiento más eficiente a sus residuos antesde descargarlos al arroyo—usted tendrá laoportunidad de revisar esta orden y hacercomentarios al respecto. También puede darleseguimiento a su queja en línea en la direc-ción http://www.tceq.state.tx.us/compliance/complaints/waci.html, o llamando al 1-800-687-4040 para obtener más información. Aúncuando la investigación termine y se resuelvala queja, usted deberá comunicarse con TCEQsi vuelve a surgir el problema.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la resolu-ción que la dependencia le de a mi queja?Aunque usted tiene el derecho de presentaruna queja ambiental a la TCEQ, la dependen-cia no tiene la obligación de tomar ningunamedida en respuesta a su queja. Existe unaexcepción a esta regla: la dependencia debellevar a cabo una audiencia para analizar si unestablecimiento ha cumplido con su permiso,si se demuestra que el establecimiento haincurrido en “incumplimiento considerable”

durante un periodo de por lo menos cuatromeses, o durante un periodo menor si existeuna emergencia.35 Si no está usted satisfechocon la forma en que la TCEQ ha resuelto suqueja, puede comunicarse con la dependen-cia para hablar sobre el problema, pero nopodrá forzar a la dependencia a hacer nada.

¿Qué es una Orden de Emergencia? Según lasleyes de Texas, usted también puede solicitaruna orden de emergencia a la TCEQ si obser-va algo que necesite atenderseinmediatamente. Estas órdenes pueden emi-tirse en situaciones que representen un riesgograve para la salud humana o el medio ambi-ente, incluyendo emergencias que impliquencontaminación atmosférica, contaminacióndel agua, y residuos peligrosos o no peli-grosos.36 Solicitar una orden de emergenciapuede resultar costoso. Usted deberá pagaruna cuota de $500 dólares por solicitud.También cabe la posibilidad de que tenga quepagar para dar aviso sobre cualquier audien-cia que tenga que llevarse a cabo en relacióncon la orden.

La TCEQ puede decidir notificar al públicoy realizar una audiencia antes de conceder laorden. Esto les daría a las personas quepuedan verse afectadas la oportunidad deintervenir para que se decida si se debe o noemitir la orden. Si la TCEQ emite la orden sinllevar a cabo una audiencia, lo más prontoposible después de emitirla, deberá realizaruna audiencia para afirmarla, modificarla oanularla. Las órdenes únicamente puedenexpedirse por un “tiempo razonable” y porun máximo de 180 días, aunque se puedenrenovar una sola vez si se recibe una nuevasolicitud.

En la práctica, no es frecuente que sesoliciten o expidan órdenes de emergenciapara responder a problemas atmosféricos, de

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agua, o de residuos peligrosos. Cuando senecesita una acción urgente, la TCEQ general-mente remite el caso a la ProcuraduríaGeneral de Texas, la cual puede entablar unademanda solicitando acciones inmediataspara que el infractor corrija el problema. Esoscasos típicamente son aquellos que generaninquietudes sobre la salud y seguridadhumanas, o que tienen que ver con que algu-na empresa haya incumplido una orden deaplicación y cumplimiento de la ley emitidapor la TCEQ.

Cómo Presentar una Queja al Programa deCalidad del Aire de El Paso

Para interponer una queja sobre contami-nación atmosférica en el área de El Paso,llame al Programa de Calidad del Aire de ElPaso al teléfono 915-771-5812. Si llamadespués de horas hábiles le contestará unagrabación que le invitará a dejar un mensaje.En el mensaje deberá incluir su nombre,número telefónico y una breve descripcióndel problema. Después de dejar el mensaje, sellamará a un investigador de CalidadAtmosférica para que le regrese la llamada. Si

el caso lo amerita, el investigador realizaráuna investigación y le informará los resulta-dos. En la mayoría de los casos su quejatambién se registrará en el sistema deseguimiento en línea de la TCEQ, que seexplica a continuación. Para más informa-ción sobre el Programa de Calidad del Aire,consulte http://www.elpasocitycountyhealth.com/environment/AirQuaility/AirQuality.asp.

Cómo Presentar una Queja al Fiscal del Condado de El Paso

La Unidad de Delitos Ambientales delFiscal del Condado de El Paso(http://www.epcounty.com/CA/ca_environ.htm), que persigue ciertas infracciones ambi-entales en virtud de las disposiciones de lasleyes municipales y estatales, también aceptaquejas de problemas como la tira clandestinade sustancias, la quema de materiales a cieloabierto, faltas a la ley relacionadas con fosassépticas, o alteraciones al orden público. Suqueja la puede presentar en línea en la páginahttp://www.epcounty.com/CA/form.htm, ollamando a la Línea Directa Ambiental al 1-888-6-ELPASO. También puede enviar su

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PROTECCIÓN PARA QUIENES DENUNCIAN IRREGULARIDADES

Los servidores públicos que “dan el pitazo” sobre conductas ilícitas en el trabajo están pro-tegidos contra represalias por las leyes federales y estatales.

En Texas se promulgó en 1983 la Ley sobre Denunciantes [Whistleblower Act (Capítulo 54del Código de Gobierno)] para proteger a los empleados y promover el cumplimiento de laley. Esta ley se aplica a los servidores públicos que trabajan para instancias estatales ymunicipales de gobierno y prohíbe a los patrones tomar represalias como la suspensión,baja, o discriminación, contra aquellos empleados que de buena fe denuncien actividadesilícitas a las autoridades. Una denuncia “de buena fe” significa que el empleado tienemotivos razonables para creer que la conducta que denunció constituye una infracción a laley, aún cuando finalmente resulte no ser ilegal.

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queja por escrito (consulte las direcciones enel Apéndice 1). Después de recibir su queja, elfiscal investigará y decidirá si emprende o nouna acción judicial. El fiscal también podríacanalizar su queja a la TCEQ o a otra instanciaestatal.

Cómo Presentar una Queja a la Agencia de Protección Ambiental

La Oficina de Aplicación y Cumplimientode la Ley de la EPA es la encargada de recibirinformes sobre infracciones ambientales, lascuales pueden reportarse en línea enhttp://www.epa.gov/compliance/com-plaints/index.html. Si usted no tiene acceso auna computadora, puede llamar a la oficinade la Región 6 de la EPA al (214) 665-2210 o al(800) 887-6063. Al igual que en la TCEQ, hayun número distinto para reportar emergen-cias ambientales, como derrames de aceite ysustancias químicas y descargas de materialesradioactivos. Estas deben reportarse inmedi-atamente llamando al Centro Nacional deRespuesta al 1-800-424-8802. La oficina de laRegión 6 de la EPA también tiene un proced-imiento para presentar quejas relacionadascon la Ley de Agua Limpia, el cual se encuen-tra en http://www.epa.gov/Region6/6en/w/cwacitz.htm.

Consideraciones Estratégicas para Presentar una Queja

Aunque presentar una queja es un primerpaso importante para tratar de atender unproblema ambiental, es posible que la depen-dencia en cuestión se tarde en responder. Laparticipación de la comunidad en el procesopuede ayudar a instar a la dependencia ainvestigar su caso y responder más rápida-mente. Esto ayudará a demostrarle a ladependencia que la comunidad toma en seriolas infracciones y espera una respuesta.

También es muy importante darleseguimiento a su queja. El personal de lasdependencias están muy ocupados, y tal vezno siempre se den tiempo para compartir conusted información sobre su caso. Mantenerseen contacto con la dependencia, a través dellamadas telefónicas o del correo electrónico,le puede ayudar a seguir al tanto de lo queestá sucediendo en su caso. También es unabuena manera de comunicar cualquier infor-mación adicional que pueda usted descubrirsobre el problema ambiental.

Finalmente, es importante recordar que ladependencia no tiene la obligación de darleseguimiento a su queja. Las dependenciasgeneralmente tienen discreción para decidirsi emprenden o no una acción para exigir elcumplimiento de la legislación. Aún cuandose emprendan acciones, podría suceder queno resuelvan el problema. No obstante, pre-sentar una queja es una forma bastante fácilde hacer que el gobierno ponga atención alproblema, y en algunos casos, puede dar lugara que se promuevan con éxito medidas deaplicación y cumplimiento de la legislación.

Participación Ciudadana en las Acciones deAplicación y Cumplimiento de la

Legislación Emprendidas por el Gobierno

Como se mencionó anteriormente, unaforma en la que usted puede usar las her-ramientas jurídicas para atender losproblemas ambientales es presentando unaqueja ambiental o, en situaciones drásticas,solicitando una orden de emergencia. Enalgunos casos, su queja u orden de emergen-cia puede servir para que la TCEQ o la EPApromueva alguna acción contra una empresapara exigirle que cumpla con la legislaciónambiental. Una vez que una dependencia hainiciado una acción para la aplicación y

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cumplimiento de la ley, las oportunidadespara que la ciudadanía participe son limi-tadas. Por un lado, muchos casos se resuelveninformalmente entre la dependencia y elinfractor, en un proceso que deja poco mar-gen para que la ciudadanía exprese susopiniones. Aún en los casos en los que se real-izan audiencias con la dependencia, la leydispone de pocos medios para que la ciu-dadanía participe. No obstante, hay algunascosas que usted puede hacer para involu-crarse. A continuación se plantean algunasformas en que usted puede tratar de afectar elresultado de los casos de aplicación ycumplimiento de la legislación que emprendeel gobierno.

Cómo Dar Seguimiento a las Acciones deAplicación y Cumplimiento de la Legislación

La TCEQ le permite dar seguimiento a loscasos de aplicación y cumplimiento pendi-entes, en la dirección http://www.tceq.state.tx.us/compliance/enforcement/penen-fac/. Este sitio web se puede consultar endistintas formas—por ejemplo, por Númerode Caso de TCEQ o por el nombre o númerode la Entidad Regulada. También se puedeconsultar por condado, región de TCEQ, oprograma de TCEQ (como Calidad del Aire,Calidad del Agua, o Residuos Industriales yPeligrosos). Puede usted descargar una lista detodas las acciones de aplicación y cumplim-iento pendientes. También puede intentarllamar a la TCEQ para averiguar si hay algúncaso de aplicación y cumplimiento pendientecontra algún establecimiento en particular ypreguntar sobre la situación del caso. Si lainformación disponible en línea o por telé-fono no es suficiente, tal vez necesitepresentar una petición de información conbase en la Ley de Información Pública deTexas.

Para indagar algún historial de cumplim-iento de la legislación a través de la EPA,consulte el sitio web Enforcement andCompliance History Online (http://www.epa.gov/echo/).

Cómo Presentar Comentarios sobre AcuerdosConciliatorios entre el Gobierno e Infractores enlos Casos de Aplicación y Cumplimiento de laLegislación

Como se mencionó anteriormente, muchasacciones de aplicación y cumplimiento de lalegislación pueden terminar llegando a unacuerdo conciliatorio (“settlement agreement”)entre el gobierno y el infractor. En estos casos,el gobierno accede a dar por terminado el pro-ceso de aplicación y cumplimiento a cambiode que el infractor se comprometa a pagarmultas y a implementar alguna otra medidaque el gobierno le exija (como la limpieza deun sitio contaminado). Antes de finalizarcualquier acuerdo conciliatorio, la TCEQ debepublicar una notificación sobre el acuerdo enel periódico oficial Texas Register (ver abjajo) einvitar a la ciudadanía a expresar sus opin-iones durante un periodo de 30 días.37

Asimismo, cuando la EPA llega a un acuerdoconciliatorio con un infractor, debe dar a laciudadanía 30 días para expresar sus comen-tarios sobre las condiciones del acuerdo.38 Estaoportunidad le permite a la gente comunicar-le a la dependencia lo que piensa sobre laorden que se propone, y si cree que es sufi-ciente para remediar la infracción cometida.

Cualquier comentario que presente un ciu-dadano se registrará con el juezadministrativo, y en ocasiones incluso puedeafectar los términos del acuerdo conciliatorio.Por ejemplo, la información sobre el perjuiciocausado a una comunidad por una infraccióna la normatividad puede tener un efecto sobre

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el cálculo que el gobierno haga de las san-ciones que el infractor debe pagar. Loscomentarios del público también puedencontener sugerencias sobre cómo se puedenusar los fondos recabados en virtud del acuer-do conciliatorio para mejorar el medioambiente del lugar en donde vive esa comu-nidad. Sin embargo, como los comentarios dela ciudadanía se reciben en una etapa tanavanzada del proceso (después de haber real-izado una investigación, de haber sostenidonegociaciones para la conciliación, y dehaberse redactado de común acuerdo un bor-rador de la orden), en muchos casos notienen un impacto significativo sobre laorden de aplicación y cumplimiento que sepropone.

Si el periodo de 30 días de consulta públicasobre un acuerdo conciliatorio o una ordende aplicación y cumplimiento de la legis-lación se ha cerrado, existe otra oportunidadpara que usted exprese sus puntos de vistasobre el borrador de la orden. Antes de que laorden se haga definitiva, debe ser aprobada yfirmada por la Comisión en una junta llama-da Reunión de Agenda. Cualquier ciudadanopuede asistir a las reuniones de agenda yexpresar en persona sus comentarios sobre lasordenes propuestas, aunque haya presentado

o no previamente comentarios por escrito. Elcalendario de las Agendas y Sesiones deTrabajo de la Comisión se puede consultar enhttp://www.tceq.state.tx.us/comm_exec/agendas/index.html.

Cómo Participar en la Limpieza de Residuos Peligrosos

Para la aplicación y el cumplimiento de lalegislación en casos de residuos peligrososcontemplados por la ley del Superfund (CER-CLA), la EPA puede proporcionarSubvenciones de Asistencia Técnica a gruposcomunitarios. Como se mencionó antes, losgrupos pueden usar estas subvenciones TAGpara contratar asesores técnicos independi-entes que les puedan ayudar a entender yexpresar sus opiniones sobre las decisionesrelacionadas con la limpieza de residuos peli-grosos que afectan directamente su salud, subienestar económico o sus intereses recre-ativos. El propósito del Programa TAG esayudar a las comunidades que viven cerca desitios en donde hay residuos peligrosos a par-ticipar en forma más efectiva en lasdecisiones sobre saneamiento que puedenafectarlos. Usted puede encontrar hojas infor-mativas de TAG sobre temas como la formade solicitar una subvención TAG, y cómo

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CÓMO USAR EL TEXAS REGISTER

Usted puede enterarse de las oportunidades que haya para expresar sus comentarios sobrevarias acciones administrativas de la TCEQ leyendo el periódico oficial Texas Register. Lasacciones de la dependencia incluyen notificaciones sobre acuerdos conciliatorios, ordenesde aplicación y cumplimiento de la legislación por incumplimiento, y audiencias públicassobre solicitudes de permisos, revisión de reglas, y otros temas. El periódico Texas Register sepublica semanalmente y se puede consultar en línea en http://www.sos.state.tx.us/texreg/issues.shtml. Las acciones propuestas por la TCEQ aparecen en la sección llamada"In Addition" que se encuentra hacia el final de la página.

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encontrar y seleccionar un asesor técnico, enhttp://www.epa.gov/superfund/tools/tag/resource.htm.

Cómo Intervenir en Casos de Aplicación yCumplimiento de la Legislación Promovidos porel Gobierno ante los Tribunales

Otra forma en la que la ciudadanía puedeparticipar en los casos de aplicación ycumplimiento promovidos por el gobierno es“interviniendo” cuando se emprende unaacción judicial en los tribunales para exigirque se aplique y cumpla la legislación. Estaopción es muy limitada, porque la mayoría delas compañías hacen acuerdos conciliatorioscon el gobierno en vez de aparecer ante el tri-bunal.

Cuando usted interviene en un caso, dehecho está integrándose a la demanda comouna de las partes del lado del gobierno. Parahacer esto, necesita contratar un abogado quellene los papeles y realice otras acciones pararepresentar sus intereses en el caso.

A los ciudadanos se les permite interveniren cualquier acción de aplicación y cumplim-iento de la legislación en virtud de la Ley deAgua Limpia y de la Ley de Aire Limpio. Laintervención contemplada en las leyes RCRAy CERCLA es más limitada. En ciertos casos,usted tiene que demostrar que tiene uninterés en el tema del procedimiento judicial,y que el gobierno o las demás partes que inte-gran el caso no están protegiendoadecuadamente sus intereses. Las leyes deTexas también permiten que se intervenga,aunque su intervención puede ser impugnadapor cualquiera de las partes.39 En todos estoscasos, usted debe demostrar que tiene legiti-mación procesal (“standing”) para integrarseal caso. La cuestión de la legitimación proce-sal se explica a continuación.

Cómo Solicitar Proyectos AmbientalesSuplementarios

Otra forma en que las comunidadespueden participar en una acción de apli-cación y cumplimiento de la legislación es através del uso de Proyectos AmbientalesSuplementarios (Supplemental EnvironmentalProjects, SEPs). La mayoría de los casos de apli-cación y cumplimiento de la ley se resuelvenmediante un acuerdo conciliatorio o conve-nio entre el gobierno federal o estatal y unaempresa. Como parte del acuerdo conciliato-rio, el gobierno generalmente impone unamulta económica a la empresa. En algunoscasos, la empresa puede evitar parte de lamulta si elige implementar un SEP.

Los SEPs son proyectos especialmente dis-eñados para generar un beneficio ambiental–como la limpieza de un tiradero clandestino,la restauración de un humedal, o la insta-lación de equipo para el monitoreo de lacalidad atmosférica– en una zona donde hayaocurrido una infracción a las leyes ambien-tales. Al implementar un SEP relacionado conla infracción cometida, por ejemplo, unaempresa podría abordar las consecuencias desu conducta indebida más directamente quesi simplemente paga una multa. Los SEPstambién pueden ayudar a generar un benefi-cio ambiental para las comunidades que hansufrido un perjuicio ambiental.

Según el procedimiento básico para losSEPs de la TCEQ, el infractor debe proponervoluntariamente instrumentar un SEP especí-fico.40 La TCEQ analiza el SEP propuesto yotorga su aprobación antes de que el SEP seincorpore a la orden de conciliación.Recuerde que los SEPs que se realicen dentrode los límites de la autoridad de la EPA seríanen respuesta a infracciones ambientales eninstalaciones federales, o por infracciones que

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no sean competencia de la TCEQ. La mayoríade los SEPs en su área probablemente seríansupervisados por la TCEQ.

TIPOS DE SEPS. La TCEQ administra dos tiposde SEPs—los proyectos pre-aprobados queestán diseñados completamente y listos paraimplementarse, y los proyectos a la medidaque se diseñan especialmente para algún casoespecífico. En el sitio web de la TCEQ(http://www.tceq.state.tx.us/legal/sep/find_sep.html) se encuentra una lista de SEPs pre-aprobados, desglosados en cinco áreastemáticas: proyectos de limpieza; proyectosde aire; aguas residuales; apoyos para aguapotable y proyectos de calidad del agua;proyectos de salud; y proyectos de restau-ración de hábitats. Los SEPs preaprobadospueden ser implementados por terceros(incluyendo organismos no lucrativos ygubernamentales) o por el infractor (tambiénllamado “la parte demandada”). Los SEPs a lamedida, que son diseñados, propuestos eimplementados por el infractor, son menoscomunes y la TCEQ los evalúa bajo criteriosmás estrictos.

Para implementar un SEP, el infractor debeproponer voluntariamente emprender elproyecto como parte de su acuerdo de concil-iación con la TCEQ. Si la TCEQ aprueba elSEP, éste se incorporará a la orden de concil-iación entre la TCEQ y el infractor.

CÓMO PARTICIPAR EN UN SEP. Aunque lascomunidades no tienen un papel formal en laelección de un SEP, sí pueden crear SEPs paraque se incluyan en la lista de proyectospreaprobados de la TCEQ. Luego estosproyectos pueden ser considerados por unaempresa o un establecimiento sujeto a unaorden de conciliación. Por ejemplo, en el sitioweb de la TCEQ actualmente aparece sólo unSEP específico para el Condado de El Paso. Al

agregar más SEPs a la base de datos, las comu-nidades pueden incrementar las posibilidadesde que un infractor elija un proyecto dentrode su zona. Para ver ideas sobre nuevos SEPs,consulte la lista de sugerencias en el sitio webde la EPA, en http://www.epa.gov/compli-ance/resources/policies/civil/seps/potentialproject-seps0607.pdf.

La ciudadanía también puede expresarcomentarios sobre los SEPs que se propongan,los cuales se publican en el periódico TexasRegister. Por lo tanto, hay dos oportunidadespara presentar comentarios sobre lo que laempresa proponga emprender como SEP—laprimera vez que la TCEQ desarrolla un SEP, ycuando se presenta ante la Comisión para suaprobación. Si alguna persona presenta unaobjeción a un SEP en particular, la TCEQtomará en cuenta la objeción al determinar sise debe o no solicitar la aprobación del SEP ala Comisión.

Algunos ejemplos de SEPs incluyen desdela remoción de especies exóticas invasivas deun hábitat afectado, hasta la instalación y elmantenimiento de monitores de calidad delaire o del agua, o la eliminación de tanquesde almacenamiento subterráneos abandona-dos y la limpieza de tierras contaminadas.Otros de los proyectos son la limpieza detiraderos clandestinos, adiestramiento a laciudadanía sobre los peligros de la tira clan-destina de desechos, y la recolección dedesechos domésticos peligrosos. En general,existe una gran variedad de SEPs disponiblesen las áreas de calidad atmosférica, calidaddel agua, y gestión de residuos sólidos y peli-grosos.

Sin embargo, es importante entender quelos SEPs representan una opción bastante lim-itada para que la comunidad participe en laaplicación y el cumplimiento de la legislación

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ambiental. Estos proyectos no afectan elresultado de ninguna acción específica para laejecución forzosa de la legislación (como elmonto que el contaminador debe pagar comomulta por una infracción) porque los proyec-tos se crean después de finalizar un acuerdoconciliatorio. No obstante, los ciudadanospueden usar los SEPs para ayudar a apoyarproyectos que generen beneficios ambien-tales para las zonas en donde viven.

Presentación de una Demanda Ciudadana(“Citizen Suit”)

Aunque las oportunidades de participar enlas acciones para la aplicación y cumplimien-to de la legislación emprendidas por elgobierno son algo limitadas, hay otra opciónque les permite de hecho a los habitantes delas comunidades promover ellos mismos unaacción de aplicación y cumplimiento en lostribunales. Dichas acciones se denominan“demandas ciudadanas.” Estas demandasfueron creadas para que la ciudadanía puedaayudar a aplicar y hacer cumplir las leyesambientales en contra de los contaminadorescuando el gobierno no pueda o no quierahacerlo por su propia iniciativa. Según las dis-posiciones sobre demandas ciudadanascontenidas en las leyes ambientales federales,los ciudadanos pueden promover en los juz-gados un caso para exigir la aplicación y

cumplimiento de la ley contra personas,empresas, e incluso al gobierno, en caso deincumplimiento. Para interponer una deman-da ciudadana, usted necesitará la ayuda de unabogado, ya que las demandas ciudadanasson casos judiciales que implican reglas y pro-cedimientos técnicos.

A continuación se presenta una brevedescripción de los requisitos para la mayoríade las demandas ciudadanas, para darle unamejor idea de si ésta podría ser una opciónpara abordar un problema ambiental en sucomunidad. El cuadro de la siguiente páginacontiene un ejemplo de cómo se pueden usarlas demandas ciudadanas, y en el Apéndice 5se mencionan otros recursos para aprendermás sobre las demandas ciudadanas.

Los Requisitos Básicos para Entablar unaDemanda Ciudadana

¿Qué leyes ambientales permiten que seentablen demandas ciudadanas? Las demandasciudadanas pueden entablarse de conformi-dad con la mayoría de las disposiciones de lasleyes para el control de la contaminación,incluyendo la Ley de Aire Limpio, la Ley deAgua Limpia, la Ley de Agua Potable Segura,la Ley de Conservación y Recuperación deRecursos (RCRA), y la de Responsabilidad,Compensación y Recuperación Ambiental(CERCLA/Superfund). Dado que la mayoría

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MÁS SOBRE PROYECTOS AMBIENTALES SUPLEMENTARIOS

Se puede encontrar información general sobre los SEPs de la TCEQ en http://www.tceq.state.tx.us/legal/sep/ y también enhttp://www.tceq.state.tx.us/comm_exec/forms_pubs/pubs/gi/gi-352_1501164.pdf.

Se puede encontrar información general sobre los SEPs de la EPA en:http://www.epa.gov/compliance/civil/seps/index.html.

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de las disposiciones sobre demandas ciu-dadanas son similares, se describirán juntoslas demandas y sus requisitos generales.Como el estado de Texas ha sido facultadopor la EPA para administrar muchas de estasleyes, tiene la obligación de dar la mismaoportunidad para la aplicación y el cumplim-iento de la legislación ambiental por parte dela ciudadanía.

¿Quién puede entablar una demanda ciu-dadana? En general, cualquier persona puedeentablar una demanda ciudadana, aunque laLey de Agua Limpia específicamente exigeque usted tenga un interés que se vea (opueda verse) afectado por la presunta infrac-ción.41 Aunque el requisito planteado en laLey de Agua Limpia no se menciona en lasdemás leyes ambientales federales, usted debetener legitimación procesal (“standing”) paraentablar una demanda amparado por todasestas leyes, tal como se señala a continuación.

No es necesario ser un ciudadano de losEE.UU. para entablar una demanda ciu-dadana. Usted puede presentar la demandapor sí solo o con un grupo de personas.También puede tener la oportunidad de par-ticipar en una demanda ciudadana si esmiembro de una organización ambiental queesté entablando una demanda por algunainfracción que le haya afectado a usted per-sonalmente. Conforme a las leyesambientales federales, el gobierno federal(por ejemplo, la EPA) puede decidir interveniren la mayoría de las demandas ciudadanas.

¿A quién puede usted demandar conforme alas disposiciones de las demandas ciudadanas?Usted puede demandar a personas físicas,como el propietario de una fábrica, así comoa instancias gubernamentales que no esténobedeciendo la ley. Esto incluye instancias delos ámbitos federal, estatal y municipal. Sin

embargo, es probable que las dependenciasestatales se acojan a la doctrina de la “inmu-nidad soberana,” que limita la capacidad delos ciudadanos de demandar a los estados enlos tribunales federales. Esto puede hacer difí-cil que se sostenga una demanda contra unadependencia ambiental estatal, aunque hayformas de sortear algunos de los obstáculosque impone el concepto de la inmunidadsoberana.

¿Cuáles son los requisitos para entablar unademanda? Antes de poder entablar unademanda ciudadana, usted debe seguir variospasos. Primero, tiene que notificar por escrito(enviando una carta) su intención de entablarla demanda. Esta notificación debe enviarlapor lo menos 60 días antes de entablar lademanda en el juzgado. Se le debe notificar alpresunto infractor, a la EPA y a la TCEQ. En lanotificación se deben describir en detalle lasinfracciones ambientales, incluyendo la ley (oleyes) que se hayan incumplido. El propósitodel requisito de la notificación es darle alinfractor una oportunidad de corregir el prob-lema sin tener que ir a los juzgados. Tambiénes para informarle a la TCEQ y a la EPA sobreel problema y darles la oportunidad deemprender medidas para aplicar y hacercumplir la legislación (si se emprenden dichasmedidas, es posible que a usted no se le per-mitirá entablar su demanda, tal como seexplica posteriormente).

En segundo lugar, usted debe poderdemostrar que las presuntas infracciones con-tinúan. Es decir, usted no puede entablar unademanda ciudadana para inconformarse poruna actividad (como el desagüe de un líquidopeligroso hacia un arroyo) que ya haya deja-do de realizarse. Si la actividad ya nocontinúa, pero ha dejado muchos dañosambientales, usted podría dirigirse a los juz-

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DEMANDAS CIUDADANAS EN ACCIÓN

En 1997, una coalición de grupos de interés social y organismos ambientalistas entabló unademanda ciudadana contra la empresa Crown Central Petroleum Corporation por infrac-ciones a la Ley Federal de Aire Limpio en la refinería de la empresa ubicada en Pasadena,Texas. Esta demanda ciudadana dio origen al primer finiquito en la historia de Texas contrauna empresa contaminadora, conforme a la Ley de Aire Limpio.

En la demanda se alegaba que Crown había emitido en repetidas ocasiones dióxido deazufre y sulfuro de hidrógeno (ácido sulfhídrico) en cantidades que infringían las normasfederales. Estos contaminantes habían causado una amplia gama de problemas de salud enlas comunidades aledañas, incluyendo dolores de cabeza, mareos, nauseas, dificultadespara respirar, sinusitis crónica, irritación de las vías respiratorias superiores y salpullido.

Los demandantes pedían al tribunal federal de distrito en Houston que le ordenara a Crownsuspender la emisión ilegal de contaminantes atmosféricos, cumplir con todos los límitesseñalados por las leyes estatales y federales en cuanto a emisiones, pagar sanciones civiles,instalar equipo de monitoreo para medir los niveles de dióxido de azufre en las zonasdonde habitaban los demandantes, y notificar a los demandantes sobre cualquier nivel deemisiones que pudiera representar un riesgo para la salud pública o el medio ambiente.

Después de que los demandantes entablaron su demanda ciudadana, TCEQ (en eseentonces llamada la Comisión de Conservación de los Recursos Naturales de Texas oTNRCC, por sus siglas en inglés) emprendió contra Crown medidas administrativas para laejecución forzosa de la ley. Un tribunal federal de apelaciones decidió que los demandantespodían de todas maneras promover su demanda contra Crown, concluyendo que las medi-das de ejecución de la ley emprendidas por de TCEQ no impedían que se volvieran acometer infracciones.

En el 2001 las partes negociaron un convenio de finiquito mediante el cual Crown accedióa pagar $1.6 millones de dólares en sanciones al gobierno. En el finiquito también se exigióa Crown presentar al Condado de Harris informes sobre cualquier exceso en las emisionesatmosféricas durante los siguientes dos años, de forma que el Condado pudiera continuarverificando que Crown cumpliera con las leyes contra la contaminación atmosférica.

Para obtener más información consulte el comunicado de prensa de los abogados de losdemandantes, Trial Lawyers for Public Justice, en http://www.tlpj.org/pr/crown_sett.htm.

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gados para tratar de que se limpie la contami-nación que la actividad dejó.

En tercer lugar, usted debe revisar para ver-ificar que el gobierno federal no estéemprendiendo por su cuenta acciones parapromover la aplicación y el cumplimiento dela legislación. Si la TCEQ y la EPA han inicia-do sus propias acciones, es posible que ustedno podrá entablar una demanda ciudadana.Según la ley, cualquier “ejercicio diligente dela acción jurídica” por parte de un gobiernoestatal o federal bloquea una demanda ciu-dadana. Lo anterior es para evitar que loscontaminadores queden sujetos a múltiplesprocedimientos para la aplicación y elcumplimiento de la legislación. Hay ciertodebate para definir si esta regla únicamente seaplica cuando la EPA o la TCEQ emprendenuna acción judicial en un juzgado para laaplicación y cumplimiento de la ley, o si tam-bién se aplica cuando una dependencia haimpuesto sanciones administrativas a un con-taminador.

En cuarto lugar, usted debe poderdemostrar que tiene “legitimación procesal”(standing) para entablar la demanda. Paratener legitimación procesal, usted debe poderdemostrar que tiene algún tipo de interés quehaya resultado perjudicado por una actividadde contaminación, y que la aplicación y elcumplimiento adecuados de la ley remedi-arían este daño. Para fines de la legitimaciónprocesal, su interés puede ser de tipo recreati-vo (caza, pesca, excursionismo), relacionadocon la salud, económico (una reducción en laplusvalía de su propiedad), o algo más que seaespecífico a usted. Por ejemplo, si una plantageneradora de energía está emitiendo conta-minantes hacia la atmósfera de la zona endonde usted vive, incumpliendo las condi-ciones de su permiso, esto podría representarun riesgo para su interés de respirar aire

limpio en su zona habitacional. Si muchagente se entera de que hay contaminación,esto podría también afectar el valor de supropiedad. O, si una planta de tratamiento deaguas residuales está descargando contami-nantes hacia un arroyo que se encuentrecorriente arriba de donde usted pesca, podríaafectar su interés de pescar y nadar en elarroyo. Es muy importante que sus interesesse vean afectados directamente por la infrac-ción ambiental que usted está impugnando.Por ejemplo, si usted vive en El Paso, nopodría gozar de legitimación procesal paraimpugnar una infracción ambiental en unaplanta generadora que se encuentre enBrownsville.

¿A qué tipos de recursos puede tener accesomediante una demanda ciudadana?Generalmente, si usted gana la demanda ciu-dadana, puede obtener una orden judicial enla que se exija al contaminador que deje decontaminar el ambiente. También podríaobtener una orden que restrinja a una empre-sa para que no vuelva a emprenderactividades perjudiciales en el futuro. A veces,en casos urgentes, se puede obtener unaorden temporal o preliminar antes de que seexponga el caso en el juzgado (pero tal veztenga que depositar una fianza si obtiene estetipo de orden).

Dado que las demandas ciudadanas tienencomo objetivo exigir el cumplimiento de losderechos ambientales de la ciudadanía, ustedno podrá recuperar ningún dinero por con-cepto de ninguna lesión que pudiera habersufrido. Sin embargo, si gana el caso, podríaconseguir que el juzgado le ordene a la parteopositora que le pague a usted los costos deabogado razonables. Conforme a la Ley deAire Limpio, el juzgado puede otorgarle acualquiera de las partes honorarios razon-ables para el pago de abogados y testigos

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peritos, cuando determine que es apropia-do.42 La Ley de Agua Limpia, RCRA y CERCLAúnicamente permiten que se otorguen estoscostos a una parte “vencedora” o “sustancial-mente vencedora”, a discreción del juzgado.43

En ciertos casos, usted puede solicitar aljuzgado que le ordene al infractor pagar mul-tas al gobierno.

¿Cuáles son los costos de una demanda ciu-dadana? Generalmente se tiene que pagar unacuota por entablar una demanda civil en losjuzgados ($350 dólares), aunque en algunoscasos se puede exentar del pago a la gente quedemuestre que no puede pagarla. Como semencionó anteriormente, las leyes puedenpermitirle que recupere de la parte opositoralos costos de abogado si usted gana el caso.Sin embargo, además de estos costos, quizátenga usted que pagar los costos de la contrat-ación de otros expertos técnicos que se

necesiten para ayudar a preparar su caso. Siusted gana el caso, el juzgado podría decidirotorgarle el reembolso de estos honorarios.

¿Dónde puede encontrar un abogado? Hayvarias organizaciones y clínicas jurídicas enTexas que podrían ayudarle a entablar unademanda ciudadana, incluyendo el Centro deLegislación y Justicia Ambiental(Environmental Law and Justice Center ) de laFacultad de Derecho Thurgood Marshall de laUniversidad del Sur de Texas (Texas SouthernUniversity) (http://www.tsu.edu/academics/law/programs/environmental.asp); y las orga-nizaciones Texas Rio Grande Legal Aid, Inc.(http://www.trla.org/teams/environmental.php); Public Citizen (http://www.citizen.org/texas); Environmental Integrity Project(http://www.environmentalintegrity.org); yEnvironmental Defense (http://environmen-taldefense.org/page.cfm?tagID=646&campaign=646).

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Notas

1. 42 United Status Code (U.S.C.) § 7409.2. 42 U.S.C. § 7410.3. 42 U.S.C. § 7411. 4. 42 U.S.C. § 7412. 5. 42 U.S.C. § 7661c(c). 6. Texas Health & Safety Code Chapter 3827. Texas Health & Safety Code Chapter 382.111-112.8. Chapter 382.113.9. Este Manual no trata al tema de los “derechos” alagua ni al “uso” del agua, aunque estos son asuntosimportantes en la región fronteriza. Estos temas sonregulados por una red compleja de leyes estatales,federales y internacionales. La TCEQ juega un papelen la aplicación del sistema de los derechos al agua,bajo el capítulo 11 del Texas Water Code. 10. 42 U.S.C. §§ 1311, 1342. 11. 42 U.S.C. § 1341.12. 42 U.S.C. § 1318.13. Texas Water Code, §§ 26.027 & 26.121.14. Texas Administrative Code (TAC), 279.4(a)15. Texas Water Code, §§ 6.012, 26.40316. Texas Health & Safety Code Chapter 36117. Texas Health and Safety Code § 361.011.18. Vea www.tceq.state.tx.us/permitting/ waste_per-mits/waste_planning/wp_grants.html19. Title 9, Chapter 9.04 (“Environmental Services”)del Código Municipal de El Paso, disponible enhttp://ordlink.com/codes/elpaso/ index.htm.20. 30 TAC §70.201-206. 21. Texas Water Code, Secs. 7.052; 7.102; 7.187.Observe que el Capítulo 7 del Código de Agua

(“Enforcement”) se aplica a las infracciones de la Leyde Calida del Agua de Texas, la Ley de Aire Limpio deTexas, y la Ley de Disposición de Residuos Sólidos deTexas. Consulte § 7.0002.22. 20 TAC §70.20623. Sec. 7.053.24. 42 U.S.C. §1104225. Section 5.175.26. Section 382.040.27. Sections 361.035 and 361.037.28. Texas Government Code ch. 55229. 5 U.S.C. 55230. Texas Government Code, §552.267(a)31. Consulte el Informe Bianual de la TCEQ a laOctogésima Legislatura del AF 2005-2006, pp. 50-51.32. Texas Water Code, Sec. 7.0025(a). 33. TAC §70.4.34. Texas Water Code, § 5.177(b).35. 30 TAC §70.51 (Mandatory EnforcementHearings).36. 30 TAC Ch. 35. 37. Texas Water Code, Sec. 7.110; 30 TAC §70.10(c).38. Clean Air Act § 7413(g), CERCLA § 9622(d)(2), 28C.F.R. § 50.7; Clean Water Act § 309(g)(4).39. Texas Rules of Civil Procedure, Rule 60.40. Texas Water Code §7.06741. Clean Water Act § 505(a), (g); Clean Air Act §304(a); RCRA § 7002(a); CERCLA § 310(a).42. Clean Air Act § 304(d). 43. Clean Water Act § 505(d); RCRA § 7002(e); CER-CLA § 310(f).

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Según las leyes ambientales mexicanas, losestablecimientos industriales y comerciales

deben cumplir con las normas jurídicas y téc-nicas establecidas para controlar lacontaminación que el funcionamiento delestablecimiento provoca en el aire, el agua yel suelo. Así como en los Estados Unidos,cuando un establecimiento no cumple condichas normas, el gobierno tiene la respons-abilidad de emprender acciones para aplicar yhacer cumplir las leyes.

En México, la aplicación y el cumplimientode las leyes ambientales es una labor que cor-responde principalmente a las instanciasgubernamentales. Los ciudadanos tienencapacidad jurídica limitada para exigir direc-tamente a las empresas que acaten lo queestablecen las leyes. Sin embargo, existen her-ramientas jurídicas que los ciudadanospueden usar para garantizar que el gobiernotome las medidas pertinentes para hacercumplir la ley—es decir, que el gobiernoresponda en forma efectiva cuando unestablecimiento incumpla las normas y requi-sitos legales.

En este capítulo se describe la forma en quelos ciudadanos pueden usar herramientasjurídicas para ayudar a asegurar que se

apliquen y hagan cumplir las leyes ambien-tales mexicanas contra las empresascontaminadoras. El capítulo se concentra enla aplicación y el cumplimiento de la legis-lación ambiental en el estado de Chihuahua,centrándose especialmente en Ciudad Juárez.El estado de Chihuahua es el más grande deMéxico, ya que abarca un área de más de247,000 km2 (más de 95,000 mi2). Chihuahuacolinda al oeste con el estado de Sonora y aleste con Coahuila. Hacia el norte los estadosvecinos son Nuevo México y Texas. La ciudadmás grande de Chihuahua es Ciudad Juárez,con una población de más de 1.1 millones dehabitantes. Juárez se encuentra en el noroestede Chihuahua, colindando con la ciudadestadounidense de El Paso, Texas. Otras de lasciudades hermanas de la frontera deChihuahua son Ojinaga (Presidio, Texas) yPalomas (Columbus, Nuevo México). La ciu-dad capital es Chihuahua, ubicada en la partecentral del estado.

En este capítulo, el estado de Chihuahua yCiudad Juárez se presentan como ejemplos dela forma en que pueden usarse las leyesestatales y municipales para garantizar que lasempresas cumplan con los requisitos legales.Mucha de la información que se presentaaquí también puede ayudar a las comu-

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Capítulo 3

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nidades de otros estados fronterizos a sabercómo aplicar y hacer cumplir las leyes ambi-entales federales, estatales y municipales.

El capítulo se divide en tres secciones. En laSección I se presenta un esquema general delas leyes e instancias ambientales mexicanas.En la Sección II se plantea la forma en que lascomunidades pueden solicitar al gobiernoinformación sobre los establecimientos quecontaminan el medio ambiente. En la SecciónIII se describen algunas de las herramientas yprocesos jurídicos más comunes que los ciu-dadanos pueden usar para ayudar a garantizarque el gobierno vigile que se cumplan lasleyes.

SECCIÓN I: ESQUEMA GENERAL DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL

EN MÉXICO

El sistema actual de protección ambientalen México se ha desarrollado principalmenteen los últimos 20 años. Las leyes y los progra-mas ambientales pertenecen a tres nivelesfundamentales: federal, estatal y municipal.Sería imposible abordar en este manual todoslos aspectos de estas leyes y programas. En lassiguientes páginas se explica el papel de losdistintos niveles de gobierno, las principalesleyes e instancias involucradas en la protec-ción del medio ambiente, y la forma en quelas instancias aplican estos requisitos legales yvigilan que se respeten.

Papel de las Instancias Federales, Estatales y Municipales en la Protección

del Medio Ambiente

El gobierno federal tiene la responsabilidadprincipal de atender a muchos problemasgraves de contaminación, como el mal mane-jo de los residuos peligrosos y las descargas decontaminantes hacia la atmósfera y el agua.Sin embargo, la gestión ambiental federaldepende en gran parte de las atribucionesambientales de los gobiernos estatales ymunicipales.

La forma en que se distribuye la autoridadsobre los aspectos ambientales en los distin-tos niveles de gobierno es compleja. LaConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos está por encima de cualquier otraley. La Constitución se divide en dos partes:en la primera contiene las garantías individ-uales que todas las autoridades debengarantizar, como el derecho de toda persona a

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la protección de la salud y a vivir en un medioambiente adecuado para su desarrollo y bien-estar.1 La segunda parte de la Constitucióndice cómo se organiza el gobierno federal, losestados y los municipios. La Constitución sele otorga al gobierno federal facultades sobrela mayoría de los aspectos relacionados con elmedio ambiente.2 La Constitución confiere alos gobiernos municipales responsabilidadsobre ciertos temas específicos, tales comoagua potable, drenaje, saneamiento, tránsito,ordenamiento urbano, y planeación para eluso de suelo.3 Pero la Constitución tambiénpermite que los gobiernos federal, estatal ymunicipal compartan las responsabilidades—un concepto que se conoce como“concurrencia.”

Después de la Constitución, en orden deimportancia vienen los tratados interna-cionales que firme México y que estén deacuerdo con la misma. Algunos ejemplos sonel Acuerdo de Cooperación entre los EstadosUnidos de América y los Estados UnidosMexicanos para la Protección y elMejoramiento del Ambiente en la ZonaFronteriza (Convenio de La Paz, 1983) y elTratado de Libre Comercio de América delNorte (TLCAN, 1993). Cuando los tratados seconvierten en ley dentro del país, las autori-dades federales, estatales y municipales estánobligadas a cumplirlos.

Asimismo, la Constitución Política dice quelas leyes del Congreso de la Unión son leysuprema en México. La ley principal en la cualse plantea qué temas ambientales son los quecontrolan los gobiernos federal, estatal ymunicipal es la Ley General del EquilibrioEcológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).El listado general de las responsabilidadesambientales de los gobiernos federal, estatal ymunicipal se encuentra en los Artículos 5 a 8de la LGEEPA. Los 31 estados de México (y el

Distrito Federal) tienen sus propias leyesambientales, en las que se describe como seimplementan las responsabilidades estatales ylocales. Otras leyes ambientales generales alnivel federal también distribuyen las compe-tencias sobre asuntos específicos (como losresiduos o los recursos forestales) entre los tresórdenes de gobierno.

En general, el gobierno federal tiene com-petencia sobre los temas ambientales dealcance e interés nacional –por ejemplo, lostemas que tienen que ver con los recursos,bienes, territorios o actividades nacionales.Los estados y municipios tienen facultadespara controlar otros aspectos. En algunoscasos, este principio es muy claro. Por ejemp-lo, en el área de la contaminación del agua, elgobierno federal regula la contaminación delas aguas que son de competencia federal. LaConstitución y la legislación federal citanestas “aguas nacionales,” que son la mayoríade las aguas superficiales y subterráneas delpaís.4 Los gobiernos estatales y municipalesson los que tienen principal responsabilidadsobre las aguas que el gobierno federal conce-siona a los estados o municipios, así comosobre las aguas que se descargan a los sistemaspúblicos de drenaje. Los municipios general-mente son los que administran los sistemasde drenaje.

La ley también es relativamente clara en loque se refiere a la división de responsabili-dades sobre los aspectos que tienen que vercon los residuos. La Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos(LGPGIR) otorga al gobierno federal facul-tades sobre los residuos peligrosos y delega laresponsabilidad sobre los residuos sólidos nopeligrosos a los gobiernos municipales.

Sobre el tema de la contaminación atmos-férica, el gobierno federal está autorizado para

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establecer normas sobre calidad del aire. Elgobierno federal tiene la función de controlarlas licencias que se otorgan a ciertos establec-imientos para verificar que cumplan con lasnormas nacionales. Los establecimientos decompetencia federal son los que se mencio-nan en la LGEEPA, establecimientos ubicadosen ciertas zonas y propiedades nacionales, yestablecimientos cuyas emisiones puedenafectar el medio ambiente de otro estado o deotro país. Los gobiernos estatales y munici-pales están facultados para regular y autorizarfuentes de contaminación atmosférica que nosean de competencia federal.

Al final de esta sección se aborda con másdetalle la forma en que se divide la respons-abilidad de la aplicación y el cumplimiento de laley entre los distintos niveles de gobierno.

Instancias Ambientales—Federales, Estatales y Municipales

El Apéndice 6 contiene información paracomunicarse con varias instancias federales,estatales y municipales para el Estado deChihuahua y para Ciudad Juárez. En los sigu-ientes párrafos se presenta una brevedescripción de estas instancias.

Instancias Federales

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOSNATURALES (SEMARNAT). La SEMARNAT es laprincipal instancia ambiental del nivel feder-al. Tiene a su cargo la ejecución de la LGEEPA,la Ley de Aguas Nacionales, y la LGPGIR, ytiene amplia competencia sobre temas decontaminación ambiental. Dentro de laSEMARNAT existen órganos desconcentradosque funcionan en forma un tanto independi-ente. Tres ejemplos importantes son:

• La Comisión Nacional del Agua(CNA). Este es el principal órgano encarga-do de los recursos hidráulicos, ya queejecuta las disposiciones correspondientesde la LGEEPA y la Ley de Aguas Nacionales.Entre sus funciones están emitir normassobre el agua; autorizar descargas de aguasresiduales a los cuerpos receptores de juris-dicción federal; otorgar concesiones,asignaciones, y permisos para el uso deaguas; y apoyar el desarrollo de sistemas deagua potable y saneamiento. La CNA tam-bién lleva a cabo la inspección y vigilanciade los cuerpos de aguas nacionales, y recau-da el pago de derechos de agua.

• La Procuraduría Federal de Protección alAmbiente (PROFEPA). La PROFEPA es elórgano encargado de aplicar y hacercumplir la ley ambiental federal. Estainstancia realiza inspecciones e imponesanciones administrativas. También es lacoadyuvante del Ministerio Público paraperseguir los delitos ambientales y es larepresentante de la sociedad para protegerel medio ambiente, el “OmbudsmanAmbiental.”

• El Instituto El Instituto Nacional deEcología (INE). INE es la instancia de inves-tigación nacional para temas ambientales.Tiene un programa de contaminaciónurbana y regional, asi como diversos datosmuy pertinentes y estadísticas sobre la cali-dad del aire, el suelo y la disposición decontaminantes en el país.

La SEMARNAT tiene su sede en el DistritoFederal, pero cuenta con delegaciones encada uno de los estados. Estas delegacionesson las que participan de manera más directaen la instrumentación cotidiana de laLGEEPA y otras leyes federales. EnChihuahua, las delegaciones de la SEMAR-NAT y la CNA se encuentran en la ciudad de

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Chihuahua. La delegación principal de laPROFEPA se localiza en Ciudad Juárez.

OTRAS INSTANCIAS. Además de la SEMAR-NAT y sus órganos desconcentrados ydelegaciones, existen otras instancias fed-erales que pueden estar involucradas entemas de justicia ambiental. Por ejemplo, laSecretaría de Salud emite ciertas normas téc-nicas relacionadas con la contaminaciónatmosférica y del agua, y puede participar eninvestigaciones u otras acciones relacionadascon los impactos de los problemas ambien-tales sobre la salud pública. La Secretaría deGobernación tiene a su cargo la protección

civil, incluyendo la prevención y mitigaciónde los impactos ambientales de los desastresnaturales y aquellos provocados por la inter-vención del ser humano. Otra dependencia,el Ministerio Público, es la instancia federalencargada de procesar penalmente los delitos,incluyendo los de tipo ambiental. La PRO-FEPA es la entidad que se encarga de canalizarlas cuestiones ambientales al MinisterioPúblico si existe la posibilidad de que se hayacometido un delito. La ProcuraduríaGeneral de la República (PGR), órgano delcual depende el Ministerio Público, cuentacon tres fiscalías especializadas para delitosambientales.

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LEYES AMBIENTALES EN INTERNET

La mayoría de las leyes ambientales mexicanas se pueden ver, descargar o imprimir delInternet. Puede consultar las leyes y normas federales, estatales y municipales en los sigu-ientes sitios web:

FEDERAL:

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm• http://www.ordenjuridico.gob.mx/• http://www.semarnat.gob.mx [únicamente leyes ambientales]

TODOS LOS ESTADOS:

• http://www.juridicas.unam.mx• http://www.ordenjuridico.gob.mx/

CHIHUAHUA:

• http://info4.juridicas.unam.mx/adprojus/leg/9/default.htm?s=

CIUDAD JUÁREZ:

• http://www.ordenjuridico.gob.mx/EnFe/CHIHUAHUA/m_juarez.php

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Dependencias Estatales

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO YECOLOGÍA (SEDUE). Esta es la principal instan-cia ambiental del estado de Chihuahua, y seocupa tanto de la protección del medio ambi-ente como del desarrollo urbano. Algunas desus principales funciones son regular y moni-torear las emisiones atmosféricas bajojurisdicción estatal, supervisar las actividadescon residuos no peligrosos, y evaluar elimpacto ambiental para actividades bajojurisdicción estatal.

JUNTA CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO(JCAS). La JCAS es un Organismo PúblicoDescentralizado que coordina las acciones delos gobiernos municipales en materia deobras de agua potable, saneamiento y alcan-tarillado. Dentro de cada municipio, puedehaber una Junta Municipal de Agua ySaneamiento (JMAS), lo cual depende de laJCAS. En Ciudad Juárez y en otras municipiosdel Estado, la JMAS es responsable de admin-istrar y operar los sistemas de agua potable yde alcantarillado sanitario. La JMAS se encar-ga de vigilar que al hacer descargas al sistemade drenaje se acaten las normas jurídicas yverifica el cumplimiento de los requisitosjurídicos relacionados con el agua ysaneamiento. Así, en Chihuahua, el Estadorealiza una función que normalmente com-pete al Municipio.

Dependencias Municipales

DIRECCIÓN GENERAL DE ECOLOGÍA YPROTECCIÓN CIVIL (en adelante, “DirecciónMunicipal de Ecología”). Esta es la principalinstancia ambiental en Ciudad Juárez, y tam-bién es el órgano al que se encomienda laplaneación y respuesta a emergencias. Dentrode esta dependencia, el Dirección deNormatividad Ambiental se encarga princi-

palmente de los aspectos relacionados con losresiduos municipales no peligrosos y de lacontaminación atmosférica generada por losautomóviles. También tiene a su cargo regularla construcción de nuevos establecimientosindustriales y comerciales.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO.Esta instancia es la encargada del desarrollourbano y el ordenamiento territorial a nivelmunicipal. Su función es desarrollar planes,emitir permisos y supervisar el cumplimientode las normas.

Principales Leyes Ambientales—Federales, Estatales y Municipales

El Apéndice 7 contiene cuadros sinópticoscon las principales leyes ambientales fed-erales, estatales y municipales, las cuales sedescriben brevemente aquí. A continuaciónse presenta una breve descripción de la formaen que las leyes abordan los temas del aire, elagua y los residuos.

Leyes Ambientales Federales

A diferencia de los EE.UU., en Méxicoexiste una sola ley integral que abarca la may-oría de los aspectos de la contaminaciónambiental. También existen otras dos leyesque abordan con más detalle los temas deaguas y residuos.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO YPROTECCIÓN AL AMBIENTE (LGEEPA). LaLGEEPA es la principal ley ambiental deMéxico. En ella se establece un marco de ref-erencia general para la protección ambiental.Comprende la contaminación del aire, elagua y el suelo, así como la protección de laflora, la fauna y demás recursos naturales. Laley también contiene el Registro de Emisiones

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y Transferencia de Contaminantes (RETC) enel cual las autoridades de los tres órdenes degobierno deben integrar información quedeben proporcionar las empresas y que espública sobre los contaminantes que se van alaire, el agua y el suelo. Asimismo, la LGEEPAcontiene los principales instrumentos depolítica ambiental como el ordenamientoecológico del territorio; la evaluación deimpacto ambiental de las obras y actividadesfederales; las medidas de seguridad quepueden imponerse para proteger el ambientey la salud de las personas; los procedimientosque las comunidades pueden iniciar para exi-gir que se cumpla la ley; y las sanciones que sepueden aplicar a los infractores de la legis-lación ambiental.

Al nivel supeditado a las leyes como laLGEEPA se encuentran los reglamentos quepromulga el Poder Ejecutivo (el Presidente)para precisar cómo se aplicarán a nivel federallas leyes federales. Mientras que la LGEEPAestablece lineamientos generales para la pro-tección del medio ambiente, los reglamentossubordinados a la LGEEPA plantean másdetalles sobre temas específicos. Por ejemplo,el gobierno federal ha emitido reglamentosen apoyo a la LGEEPA sobre temas como lacontaminación atmosférica y el impactoambiental de las obras y actividades fede-rales.

En otro nivel de las políticas ambientalesfederales se encuentran las Normas OficialesMexicanas (NOMs). Estas son normas técni-cas obligatorias que establecen requisitos,condiciones y límites específicos que la indus-tria y otras actividades reguladas debenseguir. Por ejemplo, una de las NOMs expedi-das por el gobierno federal establece losniveles máximos permisibles de emisión a laatmósfera de partículas sólidas provenientesde fuentes fijas.

LEY DE AGUAS NACIONALES. Esta ley estableceun marco de referencia más detallado paracontrolar la contaminación en todos losrecursos hidráulicos nacionales. En ella seestablecen lineamientos para las normas fed-erales de calidad del agua y los permisos dedescarga de aguas, así como las sanciones porcometer infracciones que afectan las aguasnacionales. También se aborda en ella el temadel consumo de agua y la prelación de usos deagua, y se establecen los requisitos paraobtener concesiones y pemisos. El gobiernoha promulgado un reglamento que planteamás detalles sobre los aspectos que abarcaesta ley.

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓNINTEGRAL DE RESIDUOS. Esta ley promulgada enel 2003 establece todo el marco jurídico de losresiduos en México, derogando cualquier otradisposición anterior que se le oponga.Establece requisitos para aquellos que gener-an o manejan residuos, incluyendo requisitosbásicos para la elaboración de planes demanejo de residuos. También se aborda enella la responsabilidad civil por el reme-diación de sitios contaminados. A fines de2006, el gobierno federal emitió un reglamen-to de esta ley, en la que se presentan con másdetalle los requisitos, incluyendo requisitospara casi todos los generadores de residuospeligrosos. La ley distribuye competencias delgobierno federal, los estados y los municipiossobre el manejo de los residuos; para aplicarlas nuevas atribuciones, el estado deChihuahua debe expedir y adecuar sus leyesde acuerdo con estas competencias.

OTRAS LEYES. Otra de las leyes federales es laLey General de Salud. Esta ley tiene que verprincipalmente con la prestación de serviciosde salud, pero también contiene una secciónsobre salud ambiental. En ella se le otorga a laSecretaría de Salud federal, así como a los

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gobiernos municipales, la facultad de investi-gar los riesgos y daños que provoca lacontaminación ambiental, además de moni-torear y certificar la calidad del agua potable.La dependencia puede imponer medidas deseguridad o sanciones si se infringe la ley.Asimismo, la ley autoriza a la Secretaría deSalud a emitir normas técnicas sobre la cali-dad del aire en interiores, las descargas deaguas residuales, y la potabilización del aguapara consumo humano. La Ley General deProtección Civil establece las responsabili-dades de los niveles federal, estatal ymunicipal en cuanto a la protección civil,incluyendo la protección contra los impactosambientales resultantes de emergencias natu-rales y aquellas provocadas por laintervención del ser humano. Otra ley impor-tante, el Código Penal Federal, se describeabajo.

Existen otras leyes que abordan aspectossobre recursos naturales específicos, pero queno se citan en este manual, como las leyessobre recursos forestales, vida silvestre, pescay minería.

Leyes Ambientales Estatales

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO YPROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DECHIHUAHUA (en adelante “Ley Estatal deEcología”). El estado de Chihuahua, al igualque los otros 30 estados del país y el DistritoFederal, ha adoptado una ley ambiental gen-eral basada en la LGEEPA federal. La LeyEstatal de Ecología está estructurada en granparte igual que la ley federal. En ella seplantea el marco de referencia general para laprotección del medio ambiente enChihuahua en temas que son de competenciaestatal. La Ley Estatal de Ecología contemplala contaminación atmosférica, del agua y delsuelo, así como la protección de los recursos

naturales, los principios para la planeaciónecológica, y la evaluación del impacto ambi-ental. Asimismo, en ella se describe la formaen que se distribuyen las responsabilidadesentre el estado y los gobiernos municipales.

OTRAS LEYES. La Ley Estatal de Saludestablece ciertas responsabilidades rela-cionadas con el medio ambiente, similares alas disposiciones que se encuentran en la LeyGeneral de Salud. Por ejemplo, el estado tienela obligación de promover la investigaciónsistemática y permanente de los riesgos que lacontaminación ambiental genera para lasalud pública. Además, tiene la función demonitorear la calidad del agua para consumohumano.

La Ley de Desarrollo Urbano del Estadode Chihuahua establece lineamientos y pro-cesos para adoptar los Planes de DesarrolloUrbano estatales y municipales. Estos planesabordan zonificación y la ubicación de lasplantas industriales. La ley establece lin-eamientos para que los municipios expidanpermisos de uso de suelo, y exige que losproyectos de gran magnitud, como los de tipoindustrial en los que se manejan residuos o sedescargan contaminantes, obtengan unaevaluación de impacto ambiental del Estado(si procede), así como las demás autoriza-ciones municipales pertinentes.

La Ley de Protección Civil del Estado deChihuahua aborda la planeación y larespuesta a emergencias. La ley establece lasfunciones de las diversas autoridades estatalesy municipales. Por ejemplo, en ella se exige alas dependencias estatales y municipales queidentifiquen los principales riesgos a lapoblación y la forma en que pueden pre-venirse. Asimismo, la ley designa almunicipio como el primer órgano respons-able de dar respuesta en casos de emergencia.

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Reglamentos y Otras Disposiciones Ambientales Municipales

REGLAMENTO MUNICIPAL DE ECOLOGÍA YPROTECCIÓN AMBIENTAL DE CIUDAD JUÁREZ (enadelante “Reglamento Municipal deEcología”). Muchos de los municipios tienensus propias disposiciones ambientales. Estereglamento fue promulgada por el municipiode Juárez y toca una amplia gama de temasambientales, incluyendo la calidad del aire(especialmente en lo que respecta a losvehículos), el uso del agua, la calidad del aguay los sistemas de drenaje, y los residuos sóli-dos. También aborda la protección de losrecursos naturales, los impactos ambientales,la planeación ecológica urbana, y la prohibi-ción de fumar en ciertas lugares.5

CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DECHIHUAHUA. Esta ley contiene las normas aque se sujetara la organización interior delayuntamiento y el funcionamiento de laadministración pública para todos losmunicipios en el estado, incluso Juárez. ElCódigo contiene, entre otras cosas, los pro-cedimientos de defensa jurídica de lasparticulares.

Resumen de la NormatividadGubernamental sobre Contaminación de

la Atmósfera, el Agua y el Suelo

A continuación se presentan breves descrip-ciones de la forma en que las leyes federales,estatales y municipales regulan la contami-nación atmosférica, la contaminación delagua y la gestión de los residuos. Estas descrip-ciones dan una idea del tipo de requisitos queel gobierno puede aplicar y hacer cumplir.Dado que son principalmente las leyes fed-erales que rigen estas áreas, la mayor parte delplanteamiento es sobre las leyes federales.

En las siguientes páginas usted verá que lasleyes federales exigen que se cuente conautorización para descargar contaminante alaire, el suelo o los cuerpos de aguasnacionales, ya que no pueden rebasarse loslímites máximos permitidos. La SEMARNATexpide las autorizaciones de impacto ambien-tal que requieren las empresas que realicenactividades de competencia federal y laslicencias de funcionamiento de las mismas.La CNA expide las concesiones para usaraguas nacionales y los permisos para descar-gar contaminantes en los cuerpos receptoresfederales. Para simplificar las cosas existe eltrámite de la Licencia Ambiental Única(LAU), la cual concentra todos los trámitesque las industrias federales deben realizarante la SEMARNAT. La LAU es única porestablecimiento industrial e integra lostrámites de impacto ambiental y riesgo, deemisiones a la atmósfera, generación de resid-uos peligrosos y de servicios hidráulicos. Esobligatoria para establecimientos de jurisdic-ción federal en materia de atmósfera denueva creación o que requieren regular-ización.6 Mientras que esta autorización laexpide la SEMARNAT, en Ciudad Juárez losgobiernos federal, estatal y municipal han fir-mado un convenio para coordinar el laexpedición de la LAU.

Los establecimientos regulados porSEMARNAT también deben presentar aSEMARNAT una Cédula de Operación Anual(COA). La COA describe sus emisiones a laatmósfera, descargas a aguas nacionales, ygeneración de residuos peligrosos.7

Contaminación Atmosférica

NORMAS. En general, las leyes federales,estatales y municipales exigen a los establec-imientos controlar sus emisiones a laatmósfera con el fin de garantizar que la cali-

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dad del aire sea satisfactoria para el bienestarhumano y el medio ambiente. Más específica-mente, estas leyes prohíben a losestablecimientos emitir contaminantesatmosféricos que excedan los “niveles máxi-mos permisibles” que establece el gobiernofederal. El gobierno federal ha establecidonormas oficiales mexicanas (NOMs) en lasque se definen estos niveles máximos permi-tidos de contaminación. Algunos ejemplos dedichas normas son los niveles máximos per-misibles de emisión de partículas de fuentesfijas, los límites de emisión de fuentes queconsumen combustibles fósiles, y los límitesde emisión para industrias específicas, comolas refinerías de petróleo y las fábricas devidrio. Los establecimientos que excedan lasnormas federales estarán incumpliendo la ley.

Cuando se realiza la evaluación de impactoambiental de las actividades de las industriasfederales contaminantes para decidir sipueden funcionar o no, la SEMARNAT debeconsiderar que se ajusten a los límites máxi-mos permitidos en las NOMS y, en su casoestablecer medidas de mitigación que garanti-cen que los impactos ambientales adversosserán minimizados. Si esto no pasa, debennegarse las autorizaciones o, si ya están otor-gadas, revocarse a solicitud de la PROFEPA ode los miembros de la comunidad que lo

soliciten a la SEMARNAT mediante un recursode revisión.

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Los establec-imientos de jurisdicción federal que generancontaminantes atmosféricos deben obteneruna licencia de funcionamiento para la real-ización de sus actividades. Estas licencias sonpor tiempo indefinido, sin embargo, losestablecimientos deben presentar informesanuales sobre sus operaciones y el gobiernopuede modificar las licencias con base en esainformación.8

Las licencias de funcionamiento contienenrequisitos específicos que los establecimientosdeben acatar para instalar equipos de controlde la contaminación, monitoreo y mediciónde la contaminación atmosférica, y paraemprender acciones en caso de alguna emer-gencia.9 Asimismo, la licencia puede incluirniveles de emisión específicos para elestablecimiento si éste no está contempladoen las normas existentes.

Todos los establecimientos que son decompetencia federal deben tramitar estalicencia con la SEMARNAT,10 incluyendo losestablecimientos federales y los siguientessectores industriales.11

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DECISIONES SOBRE LOS USOS DEL SUELO

Ya que este manual se enfoca en la aplicación y el cumplimiento de las leyes ambientalescontra instalaciones existentes, no discute los procedimientos de la planificación urbana.Sin embargo, cabe notar que el desarrollo urbano descontrolado ha producido consecuen-cias graves en el medio ambiente y la salud pública para las personas obligadas a vivir enzonas residenciales dentro de corredores industriales. La participación social en la creaciónde los planes de desarrollo urbano municipal es muy importante para asegurar que las deci-siones sobre los usos del suelo proteja la salud y seguridad de las comunidades.

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• químico• del asbesto• petroquímico• automotriz• pinturas y tintas• metalúrgico• cementero• del vidrio• de generación de energía eléctrica• papelero• cemento y cal• de tratamiento de residuos peligrosos

El gobierno federal también tiene autori-dad sobre aquellos establecimientos cuyasemisiones atmosféricas afecten (o puedanafectar) el medio ambiente de otro país.12 Estopodría incluir ciertas actividades en la regiónfronteriza que contaminan la atmósfera y quede otra forma no serían competencia delámbito federal.

Los establecimientos industriales que noson de jurisdicción federal son competenciadel estado. Según la ley estatal, la contami-nación atmosférica generada por losestablecimientos no industriales (mercantileso servicios) es de competencia municipal.13

Algunos ejemplos de establecimientospueden ser los talleres de carrocería auto-motriz o carpintería. La contaminacióngenerada por los vehículos (que no sean detránsito federal) también es de competenciadel municipio.

Por lo tanto, la mayor parte de las fuentesfijas de contaminación atmosférica en el esta-do de Chihuahua, y especialmente en CiudadJuárez, serían de competencia federal y sulicencia de funcionamiento tendría quetramitarse con la SEMARNAT.

Los establecimientos que contaminan laatmósfera deben medir sus emisiones, y la

SEMARNAT puede pedirles que presenten losdatos correspondientes. La mayoría de losestablecimientos también deben realizarmonitoreo atmosférico alrededor de sus insta-laciones.14 Los gobiernos federal, estatal ymunicipal tienen la responsabilidad de llevaruna bitácora de las fuentes fijas de contami-nación atmosférica, incluyendo la ubicaciónde la fuente y el tipo de equipo que se usa enel establecimiento. Los gobiernos tambiéntienen la función de monitorear la calidad delaire.

Contaminación del Agua

Las descargas de aguas residuales prove-nientes de la industria, la agricultura y losmunicipios están reguladas por la LGEEPA ypor la Ley de Aguas Nacionales. Estos abarcanuna amplia gama de actividades, incluyendola aplicación de plaguicidas y la explotaciónde recursos naturales, así como las descargasque afectan los acuíferos.15 El gobierno feder-al desempeña un importante papel en estaárea, ya que las aguas subterráneas y la may-oría de las aguas superficiales son decompetencia federal.

NORMAS. De conformidad con la LGEEPA,las descargas de aguas residuales no debencontaminar las aguas que las reciben, inter-ferir con los procesos de depuración de lasaguas, o entorpecer el funcionamiento de loscuerpos acuáticos.16 Más específicamente,todas las descargas de aguas residuales a loscuerpos acuáticos, acuíferos o suelos debencumplir con las condiciones de descarga queestablecen las autoridades federales o munici-pales.17 El gobierno federal ha emitidonormas técnicas (NOMs) que establecen losniveles máximos de contaminantes quepueden descargarse a aguas nacionales. Lasleyes federales, estatales y municipales tam-bién restringen las descargas hacia los

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sistemas de drenaje, y las Normas OficialesMexicanas establecen límites de contami-nantes para estas descargas.18

PERMISOS. Para poder descargar aguas resid-uales a cualquier cuerpo acuático, el suelo o elsubsuelo, la descarga debe recibir pre-tratamiento y se debe contar con un permisode la Comisión Nacional del Agua (CNA).19

La empresa debe presentar una solicitud coninformación sobre los procesos industriales,el tipo de tratamiento utilizado, y las carac-terísticas, volumen y ubicación de lasdescargas. El permiso de descarga que se otor-ga a la empresa incluye normas de calidad delagua para sus descargas, requisitos para moni-torear sus descargas, y la vigencia delpermiso. Los establecimientos deben moni-torear sus descargas y conservar los registroscorrespondientes por un mínimo de tresaños.20 La ley indica que la CNA deberá negarel permiso si la descarga afecta alguna fuentede agua potable o la salud pública.21

Las descargas hacia los sistemas de drenajetambién deben recibir pretratamiento y con-tar con un permiso.22 En Ciudad Juárez, alllenar la solicitud para obtener el permiso sedeben describir las características de la descar-ga y el tipo de tratamiento que habrá deusarse. Si la descarga cumple con las normaslegales y el sistema cuenta con capacidad paraaceptarla, la JMAS expide un permiso que esválido por un año. Los establecimientosdeben monitorear sus descargas para verificarque cumplan con las normas establecidas.23

Contaminación del Suelo—Residuos Peligrosos

En general, el gobierno federal es el respon-sable de regular las actividades que tienen quever con los residuos peligrosos. La LeyGeneral para la Prevención y Gestión Integralde Residuos le otorga a los estados la facultad

de suscribir convenios o acuerdos de coordi-nación con el gobierno federal para controlarlos residuos peligrosos que generan o mane-jan los “microgeneradores,” es decir, losestablecimientos que generan hasta 400 Kg.de residuos peligrosos al año.24

NORMAS. La LGEEPA y la LGPGIR incluyenmuchos requisitos generales que se aplican alas actividades que tienen que ver con residu-os peligrosos. Algunos ejemplos de losrequisitos de la LGPGIR son los siguientes:

• Los centros de disposición de residuos peli-grosos deben estar alejados por lo menos 5Km. de cualquier ciudad con unapoblación de 1,000 o más habitantes.25

• Los residuos peligrosos no se pueden alma-cenar por más de 6 meses.26

• Los generadores de residuos deben verificarque una vez que terminen sus operaciones,se notifique a la SEMARNAT, y que susinstalaciones no representen un riesgo parala salud o el medio ambiente.27

En el nuevo Reglamento de la LGPGIR y enlas NOMs federales se agregan normas técni-cas más detalladas que deben seguir lasempresas que generan o manejan residuospeligrosos. Estas normas abarcan temas comola clasificación de los residuos peligrosos,pruebas para determinar la toxicidad de losresiduos, y requisitos para los depósitos deresiduos peligrosos e incineradores. Losgrandes y pequeños generadores de residuospeligrosos deben registrarse con la SEMAR-NAT y presentar anualmente informaciónsobre el tipo y la cantidad de residuos quegeneran.28

PERMISOS. Se debe contar con autorizaciónfederal para poder generar, almacenar, tratar,gestionar, o transportar residuos, o para usarresiduos peligrosos como parte del proceso

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productivo de una instalación. El nuevoreglamento de la LGPGIR menciona muchostipos distintos de información que debeincluirse en la solicitud.29 En el permiso expe-dido por la SEMARNAT se debe señalar el tipode residuos, los procesos técnicos autorizados,la vigencia del permiso y la garantíafinanciera que se exige para las operaciones.30

REMEDIACIÓN DE SITIOS. Los responsables decontaminar un sitio deben reparar el dañoocasionado, incluyendo el daño a la saludpública.31 La LGPGIR exige a la SEMARNAT ya los gobiernos municipales elaborar uninventario nacional de depósitos de residuospeligrosos a fin de determinar si es necesarioinstrumentar medidas de remediación eincluir estos lugares en los registros munici-pales de la propiedad.32

El reglamento de la LGPGIR contienenuevos requisitos que las empresas debencumplir para elaborar sus Programas deRemediación.33 La SEMARNAT es el órganoencargado de evaluar y aprobar las propuestasde remediación de las empresas. Cuando lacontaminación afecte a seres humanos, laSEMARNAT debe consultar con la Secretaríade Salud.34 La SEMARNAT también está autor-izada para revisar la remediación final yordenar que el sitio se elimine del registronacional si cumple con los requisitos deremediación.

Quienes transfieran inmuebles contamina-dos deben obtener primero permiso de laSEMARNAT y notificar al comprador delinmueble sobre la contaminación.35

IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN. Los residuospeligrosos únicamente pueden importarse aMéxico para su reutilización o reciclaje, perono para su almacenamiento o disposiciónfinal. Los residuos que contengan com-

puestos orgánicos persistentes definitiva-mente no pueden importarse.36

Es necesario contar con un permiso de laSEMARNAT para cada envío de residuos peli-grosos que vaya a importarse o exportarse,aunque se pueden solicitar permisos para losdiversos envíos que vayan a hacerse duranteun mismo año. El reglamento de la LGPGIRcontiene una lista detallada de informaciónsobre los envíos que debe incluirse en la solic-itud del permiso.37 El remitente debe notificara la SEMARNAT una vez que se hayan impor-tado o exportado los residuos.38 La empresa esresponsable por cualquier daño que provoquea la salud o al medio ambiente, y deberá pre-sentar una fianza o garantía financiera quecubra sus actividades.39 La SEMARNAT tienela responsabilidad de establecer un registro delas importaciones y exportaciones de residuospeligrosos.40

Los residuos generados por las operacionesde maquiladoras deben regresarse a su país deorigen. Las maquiladoras tienen la obligaciónde entregar a la SEMARNAT una notificaciónde retorno de todos los residuos peligrososque se envíen al país de origen. En ciertoscases, también deben notificar a la Secretaríade Salud el volumen y las características delmaterial que importen.41

TRANSPORTE. Como se mencionó anterior-mente, para el transporte de residuospeligrosos es necesario contar con un permisode la SEMARNAT. El nuevo reglamento deLGPGIR incluye requisitos para quienes reco-gen y transportan residuos, ya que debenverificar que los residuos estén debidamenteetiquetados y envasados, contar con un plande emergencia, usar personal capacitado, yllenar la documentación correcta.42 LaSecretaría de Comunicaciones y Transportestambién ha promulgado un Reglamento para

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el Transporte Terrestre de Materiales yResiduos Peligrosos. Este reglamento federalincluye requisitos sobre el empaque y etique-tado de los materiales, la condición de losvehículos, prácticas generales de seguridad altransitar por centros de población, y docu-mentación que exige la Secretaría.43

PLANES DE GESTIÓN DE RESIDUOS. La LGPGIRestablece un nuevo requisito para la elabo-ración de planes de manejo de residuos. Losgeneradores de residuos peligrosos, así comolos productores y distribuidores de ciertosproductos, deberán elaborar este tipo deplanes. Algunos ejemplos de estos productosson: solventes orgánicos, baterías automotri-ces con plomo, lámparas fluorescentes,plaguicidas, BPCs, y residuos médicos. Losplanes deben incluir medidas para reducir losresiduos y para el reciclaje y reuso de los pro-ductos que se conviertan en residuos.44

ACTIVIDADES ALTAMENTE RIESGOSAS. Lasempresas que realizan actividades altamenteriesgosas (incluidos en dos listados publica-dos por el gobierno federal) deben desarrollary presentar al gobierno federal un estudio deriesgo ambiental, además de un programapara prevenir accidentes. También debencontar con una póliza de seguro que cubraestas actividades. La LGEEPA otorga al gobier-

no federal la facultad de establecer restric-ciones sobre el uso de suelo para instituir unazona intermedia de salvaguarda entre lasactividades altamente riesgosas y las vivien-das aledañas. En esos casos, la SEMARNATtiene la responsabilidad de promover cam-bios a los planes municipales de desarrollourbano.45 Hasta ahora, se ha decretado unazona intermedia de salvaguarda en el munici-pio de Matamoros, Tamaulipas, junto a unaempresa química.46

Contaminación del Suelo—Residuos no Peligrosos

Mientras que el gobierno federal rige lagestión de los residuos peligrosos, los gobier-nos estatales y municipales son los que tienenla responsabilidad de regular los residuos sóli-dos municipales.

NORMAS. En general, las empresas quemanejan residuos sólidos deben tratar de pre-venir la contaminación del suelo y los riesgosa la salud pública.47 El gobierno federal haestablecido normas técnicas para la ubi-cación, construcción y operación de loscentros de disposición de residuos sólidos.

La legislación estatal de Chihuahua pro-híbe la quema de desechos al aire libre, así

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REMEDIACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS

La nueva ley general sobre la gestión de residuos aborda el tema de los sitios abandonados.Según la ley, el gobierno federal está autorizado para desarrollar e instrumentar planes deremediación para estos sitios.

Cuando el gobierno federal está directamente involucrado en la remediación de un sitio,debe publicar información sobre la remediación en el Diario Oficial de la Federación (seme-jante al “Federal Register” en EE.UU.), incluyendo una descripción del sitio, el tipo decontaminación, el tipo de remediación, y el plazo para realizarla.

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como tirar residuos en lugares públicos,incluyendo el drenaje y los cuerpos acuáti-cos.48 Las leyes de Ciudad Juárez exigen quequienes vendan o distribuyan llantas usadas ygeneren desechos deben canalizarlas a cen-tros de acopio y pagar por su disposiciónfinal.49

PERMISOS. El estado de Chihuahua estáautorizado para otorgar permisos para la ubi-cación, construcción y operación de comerciosque manejan residuos no peligrosos, como sonlos rellenos sanitarios o los centros de reciclaje.Las operaciones comerciales o de servicios quegeneren residuos no peligrosos deben registrarsus residuos con la SEDUE y presentarinformes dos veces al año.50

La ley federal sobre la gestión de residuosha creado otra categoría de residuos llamadosde manejo especial, los cuales están entre losresiduos peligrosos y los residuos sólidosmunicipales. Los estados tienen la obligaciónde regular las actividades en las que segeneren estos residuos y verificar que cum-plan con las normas federales.51

Aplicación y Cumplimiento de laLegislación Ambiental por parte del

Gobierno

En la parte anterior se describieron algunosde los requisitos jurídicos que los establec-imientos contaminantes deben acatar segúnlas leyes federales, estatales y municipales.Aquí se describe la forma en que las leyesdisponen la aplicación y el cumplimiento delas leyes—es decir, las acciones que las instan-cias gubernamentales pueden emprender paragarantizar que los establecimientos cumplancon los requisitos legales, y qué sancionespueden imponer si incumplen con la ley.

México tiene un sistema jurídico civil quedepende más de la autoridad administrativa(las instancias) que de la autoridad judicial(los tribunales) para la aplicación de las leyes.La mayoría de las medidas de aplicación ycumplimiento de las leyes ambientales son detipo administrativo.

Como podrá ver en la siguiente informa-ción, los gobiernos federal, estatal ymunicipal pueden imponer distintos tipos decastigos y sanciones si una persona o empresaincumple las leyes y normas ambientales. Engeneral, a cada nivel de gobierno le corre-sponde vigilar el cumplimiento de la ley en elcaso de las actividades contaminantes queestán dentro de su jurisdicción. Por ejemplo,dado que el gobierno federal es el encargadode vigilar las actividades con los residuos peli-grosos, es el gobierno federal el que debetomar medidas para la aplicación y elcumplimiento de la ley si una empresadispone indebidamente de sus residuos peli-grosos. En Chihuahua, dado que la JMAS esórgano descentralizado del estado, es princi-palmente el estado que debe tomar medidaspara vigilar que el cumplimiento de la ley sialguna empresa descarga contaminantes alsistema de drenaje violando las normas técni-cas federales.

Las inspecciones son una de las principalesherramientas que las instancias ambientalestienen para garantizar que los establecimien-tos cumplan con la ley y para averiguar si laestán infringiendo. Las leyes de ecología fed-erales, estatales y municipales descritas eneste capítulo contienen requisitos similarespara la realización de estas inspecciones.52 Lostres niveles de gobierno también pueden cele-brar acuerdos de colaboración para larealización de inspecciones a los estableci-mientos.53

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Una vez que se ha llevado a cabo unainspección, la instancia que la realiza puedeordenar al establecimiento que aplique medi-das correctivas específicas dentro de un plazodeterminado. En caso de emergencias, lainstancia puede exigir que se emprendanacciones inmediatas, como se describe poste-riormente.54

A la hora de decidir qué tipo de sanciónimponer, la instancia que realiza la inspec-ción debe considerar la gravedad de lainfracción, las condiciones económicas delinfractor, el beneficio que el infractor hayaobtenido al desobedecer la ley, y si la infrac-ción fue intencional o derivada denegligencia.55 A continuación se señalan losprincipales tipos de sanciones que disponenlas leyes de ecología federales, estatales ymunicipales. Recuerde que también en otrasleyes puede haber otras herramientas de apli-cación y cumplimiento de la legislación. Porejemplo, en Chihuahua, la Ley Estatal deDesarrollo Urbano incluye diversas sancionesadministrativas que los gobiernos munici-pales pueden imponer si una persona oempresa incumple los planes de desarrollourbano o perjudica de alguna otra manera losecosistemas, la salud pública, o la seguridadde la ciudadanía.56

Medidas de Seguridad

En casos en los que exista un riesgoinmediato de dañar el medio ambiente o lasalud pública, la SEMARNAT puede ordenarciertas medidas de seguridad, incluyendo: (1)el aseguramiento o la neutralización de losmateriales o sustancias peligrosos; y (2) laclausura temporal, parcial o permanente delestablecimiento.57 La Ley Estatal de Ecologíaestablece medidas similares para actividadesde jurisdicción estatal.58

Sanciones Administrativas

Según la LGEEPA, la LGPGIR y la Ley deAguas Nacionales, así como la Ley Estatal deEcología y el Reglamento Municipal deEcología, las infracciones a la ley deben casti-garse con sanciones administrativas, lascuales se describen a continuación.

MULTAS ECONÓMICAS. La PROFEPA puedeimponer una multa de entre 20 y 5,000 vecesel salario mínimo diario vigente en el DistritoFederal59 (esto equivale actualmente a 50.58Pesos, o alrededor de $4.70 dólares esta-dounidenses). Las multas se pueden imponercada día que continúe la infracción, pero nopueden rebasar la cantidad máxima permiti-

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HERRAMIENTAS PARA LA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO

Las leyes federales, estatales y municipales otorgan a las instancias ambientales una var-iedad de herramientas para aplicar y hacer cumplir los requisitos legales. Dependiendo dela gravedad de la infracción, la instancia puede:

• imponer una multa,• clausurar el establecimiento, • exigir medidas de seguridad, o• revocar la licencia de funcionamiento.

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da. Cuando las empresas incumplan elmismo requisito legal dos veces, la multapuede duplicarse, pero sin rebasar nunca elmonto máximo permitido.60 De conformidadcon la Ley de Aguas Nacionales, la multa paralos establecimientos reincidentes puede ser detres veces la cantidad de la multa original yhasta tres veces el monto máximo permitido.61

Tanto la Ley Estatal de Ecología como elReglamento Municipal de Ecología establecencomo monto de la multa de 20 a 20,000 vecesel salario mínimo diario.62 El ReglamentoMunicipal de Ecología tiene un tabulador desanciones para las distintas infraccionesespecíficas.63

CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO. La PRO-FEPA puede clausurar un establecimiento si laempresa no obedece la orden de implementarmedidas de emergencia o emprender accionescorrectivas. La PROFEPA también puedeordenar la clausura en ciertos casos, cuando elestablecimiento haya infringido repetida-mente los requisitos legales. La clausura delestablecimiento puede ser total o parcial, ypuede ser temporal o permanente.64 LaLGEEPA también le permite a la PROFEPArecomendar a otras instancias federales omunicipales restringir o suspender algunaactividad si ésta perjudica (o puede perju-dicar) al medio ambiente.65

Otras leyes y reglamentos ambientales delorden federal también contienen medidassimilares para la aplicación y el cumplimientode la legislación. Por ejemplo, la Ley de AguasNacionales enumera las circunstancias queameritan la clausura de establecimientos, y sureglamento incluye procesos para ordenar lasuspensión de actividades.66 El reglamentosobre la contaminación de la atmósfera tam-bién dispone que la SEMARNAT debeexhortar a las instancias gubernamentales

estatales o municipales a reubicar losestablecimientos que representen riesgosinmediatos debido a la contaminaciónatmosférica, o a que se restrinjan o suspendanlas actividades de dichos establecimientos.67

La Ley Estatal de Ecología y el ReglamentoMunicipal de Ecología también disponen laclausura de establecimientos.68

REMEDIACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS. LaLGPGIR le permite a la SEMARNAT ordenar aun establecimiento la remediación de un sitiocontaminado con residuos peligrosos.69

(Como se mencionó anteriormente, la LGP-GIR también faculta a la SEMARNAT paraemprender por sí misma medidas de reme-diación). Otras de las leyes federales tambiénpueden exigir a las empresas que paguen pararesarcir el daño ambiental que hayan provo-cado. Por ejemplo, el reglamento sobre aguasnacionales exige a los establecimientos lalimpieza de las descargas no planeadas.70

La Ley Estatal de Ecología y el ReglamentoMunicipal de Ecología también contienendisposiciones similares. Por ejemplo, la LeyEstatal de Ecología señala que una empresa opersona que contamine un sitio y perjudiquela salud pública tiene la obligación de repararel daño causado.71 El Reglamento Municipalde Ecología exige que quienes descarguen sus-tancias altamente tóxicas al sistema dedrenaje transgrediendo la ley, deben pagar losdaños ocasionados a la planta de tratamiento.Asimismo, quien dañe o altere los ecosis-temas deberá hacerse cargo de pagar loscostos de restauración.72

ARRESTO ADMINISTRATIVO. Las autoridadesfederales, estatales y municipales puedenordenar el arresto administrativo hasta por 36horas.73

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SUSPENSIÓN O REVOCACIÓN DEL PERMISO. Enel caso de infracciones graves, la SEMARNATpuede buscar la suspensión, revocación ocancelación de un permiso, licencia u otraautorización que se haya otorgado al establec-imiento.74 Según la ley, la SEMARNAT deberánegar o suspender el permiso si existe algunadescarga que afecte el suministro de aguapotable, y deberá notificar a la Secretaría deSalud.75

Según la Ley Estatal de Ecología, el estadodebe solicitar la suspensión o cancelación depermisos o licencias cuando exista una infrac-ción grave a la ley.76 El Reglamento Municipalde Ecología dispone la suspensión de los per-misos de descarga de agua en ciertascircunstancias específicas.77

Sanciones Penales

En ciertos casos, una empresa tambiénpuede ser procesada penalmente. En general,si las autoridades ambientales tienenconocimiento de acciones que puedan consti-tuir un delito, tienen la obligación depresentar una denuncia penal.78 Estas denun-cias se presentan con el Ministerio Público,que es la dependencia federal encargada deentablar acciones judiciales cuando se cometeun delito. La SEMARNAT y otras instanciasfederales también tienen la obligación de pre-sentar al Ministerio Público los informestécnicos que sean necesarios.

Asimismo, cualquier persona puede inter-poner una denuncia penal directamente conel Ministerio Público.79

Los actos que se consideran delitos sedescriben en el Código Penal Federal.80

Quienes realicen ciertas conductas, deliber-adamente o de manera culposa, sinintención, pero por descuido o negligencia,

pueden ser sancionados penalmente, conmulta, prisión y obligación de reparar eldaño:81

• Realizar ilícitamente actividades que ten-gan que ver con sustancias peligrosas sinautorización o sin tomar las medidas deseguridad o prevención necesarias;

• Emitir o descargar en la atmósfera contam-inantes de fuentes fijas que ocasionendaños al ambiente o a los recursos natu-rales;

• Descargar ilícitamente contaminantes enlos suelos, subsuelos o corrientes de aguafederales;

• Trasportar residuos peligrosos a un lugarque no esté autorizado para recibirlos;

• Asiente datos falsos en los registros, bitáco-ras o demás documentos que exigen lasleyes ambientales federales, así comodestruir u ocultar información que serequiere mantener; y

• No realice o cumpla las medidas técnicas,correctivas, o de seguridad que la autoridadadministrativa o judicial le ordene.

Los últimos tres delitos únicamente se per-siguen por querella de PROFEPA.

Los castigos por la comisión de estos deli-tos pueden ser desde sanciones monetariashasta penas en prisión.82 El gobierno tambiénpuede exigir la aplicación de otras medidas,como la restauración de los ecosistemas, lasuspensión o modificación de las actividadesque causaron el daño, y el retorno de losmateriales peligrosos a su país de origen.83

En Chihuahua, la Ley Estatal de Ecologíaenumera las infracciones a la ley que se con-sideran delitos. Estos únicamente sepersiguen cuando existe de por medio unadenuncia de la SEDUE:

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• Realizar actividades riesgosas sin los per-misos correspondientes;

• Emitir contaminantes atmosféricos con-traviniendo la ley;

• Descargar contaminantes o desechos alsuelo o las aguas;

• Presentar información falsa o destruir reg-istros en violación a la ley; y

• No ejecutar o acatar las medidas correctivaso de seguridad ordenadas por las autori-dades correspondientes.84

SECCIÓN II: HERRAMIENTAS JURÍDICASPARA SOLICITAR INFORMACIÓN

AL GOBIERNO

La comunidad de San Rafael se encuentra enla periferia de Ciudad Grande, en la frontera conlos Estados Unidos. San Rafael es una zona may-ormente habitacional, pero también hay muchastiendas en las calles principales, así como dospequeñas fábricas a la orilla de la colonia: unafábrica de guantes y una planta que fabricapartes electrónicas. En los últimos años, los habi-tantes han empezado a sentir que su calidad devida se ha visto afectada debido a la presencia delas fábricas. Los padres de familia ya no quierenque sus hijos jueguen en las calles por miedo a loscamiones que pasan retumbando cuando van yvienen de las fábricas. Recientemente, algunasfamilias han dejado de usar el pequeño arroyoque corre cerca de las fábricas porque saben quehay una tubería de las fábricas que desemboca enel arroyo y les preocupa que el agua no sea segura.Los líderes cívicos han empezado a realizarreuniones para hablar de cómo mejorar la calidadde vida de la comunidad e impedir que se sigaindustrializando. En la última reunión, los habi-tantes hablaron sobre lo que pueden hacer paramejorar las condiciones en los alrededores de lasfábricas.

Un primer paso para una comunidad quese está organizando para afrontar un proble-ma ambiental es recabar información sobre elproblema. Existen muchos tipos de informa-ción que la comunidad puede recabar paraaveriguar el impacto ambiental que tiene unestablecimiento y si puede estar infringiendolos requisitos legales. Esta información lepuede ayudar a la comunidad a desarrollar suestrategia de organización.

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Una forma en que los habitantes puedenobtener esta información es recabando la infor-mación ellos mismos. Por ejemplo, loshabitantes de San Rafael pueden tomar mues-tras del agua del arroyo, o pueden tomarfotografías de las descargas de las fábricashacia el arroyo. También pueden registrar eltráfico de los camiones. La comunidad puedehacer una encuesta a los vecinos para indagarqué han observado y también si han experi-mentado algún problema extraño de salud.Tal vez haya obreros de la empresa que esténdispuestos a hablar sobre las condiciones dela planta y la forma en que se manejan lassustancias químicas.

Una segunda opción es conseguir informa-ción del gobierno. Esto puede resultarespecialmente útil cuando la comunidad notiene conocimiento de primera mano sobrelos procesos industriales de la empresa.Existen muchos tipos de información que lasinstancias gubernamentales pueden recabar.Los recientes cambios en las leyes mexicanashan hecho que la información esté másdisponible y le ofrecen a la ciudadanía nuevasformas para obtener dicha información. Enesta sección se menciona la forma en que losciudadanos pueden obtener información delgobierno cuando consideran que algunaempresa pudiera estar incumpliendo las leyesy normas ambientales, o cuando no estánseguros qué tipos de riesgos trae consigo unestablecimiento.

Información Ambiental que Publica el Gobierno

El gobierno recaba y publica distintos tiposde información sobre las condiciones ambi-entales generales y sobre establecimientosespecíficos. La mayor parte de esta informa-ción se puede obtener en el Internet, o se

puede solicitar a la instancia gubernamentalque la publica o la recaba. A continuación seenumeran algunas de las fuentes más impor-tantes de información publicada.

REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIAS DECONTAMINANTES (RETC). La ley y losreglamentos mexicanos exigen ahora a cier-tos establecimientos industriales quepresenten información sobre las sustanciasquímicas que desplazan a otros lugares o quearrojan hacia la atmósfera, el agua o el suelo.Esta información se debe presentar anual-mente al gobierno federal. En el 2006, elgobierno comenzó a publicar un registro coninformación sobre más de 1,000 establec-imientos y más de 100 sustancias químicas.

Hasta el momento, la base de datos única-mente cuenta con información hasta el año2004, y dicha información es limitada. Tal vezno pueda encontrar toda la información quese supone que está en el RETC, pero puedeintentar consultar la base de datos del RETCen distintas maneras:

• Para identificar establecimientos específi-cos. Puede consultar todos losestablecimientos que se ubiquen en algúnestado o ciudad en particular. Tambiénpuede consultar los establecimientos querealicen ciertos tipos de operaciones. Labase de datos incluye información básicasobre la ubicación y el tipo de negocio.

• Para identificar contaminantes específicosemitidos por los establecimientos. Puedeconsultar establecimientos específicos paraver qué sustancias químicas están emitien-do o desplazando. También puedeconsultar por estado para ver qué contami-nantes se están emitiendo en algún estadoo ciudad.

• Para indagar la cantidad total de emisionesen un estado y municipio. Puede consultar

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la cantidad total de emisiones entoneladas, o las emisiones totales por tipode industria.

El RETC se puede consultar en línea enforma gratuita en: http://app1.semarnat.gob.mx/retc/index.php. Para usar la base dedatos deberá registrarse proporcionando unadirección de correo electrónico. Como semenciona posteriormente, también puedeobtener esta información solicitándola direc-tamente al gobierno federal.

SISTEMA NACIONAL DE EMISIONES (SINE). ElSINE es una compilación de datos nacionalessobre emisiones atmosféricas, cuyo objetivoes presentar información sobre el total deemisiones de contaminantes específicos decada ciudad, estado, y de todo el país.Actualmente la información que se encuentraen el sitio web del SINE es limitada, pero elgobierno planea agregar más información.Consulte http://aplicaciones.semarnat.gob.mx/sine/bienvenida.asp.

BASE DE DATOS ESTADÍSTICOS DEL SISTEMANACIONAL DE INFORMACIÓN AMBIENTAL Y DERECURSOS NATURALES (SNIARN). El SNIARNcontiene estadísticas y datos ambientales,además de información general sobre las nor-mas ambientales y los efectos de loscontaminantes sobre la salud. Parte de lainformación que contiene esta base de datoses la siguiente:

• Agua: normas de calidad del agua; datosanuales sobre calidad del agua de los prin-cipales cuerpos acuáticos; estadísticas sobreagua potable.

• Aire: emisiones de las principales ciudadespor sector; número de estaciones de moni-toreo por ciudad; promedio anual deconcentraciones horarias de contami-nantes atmosféricos por ciudad; y niveles

máximos anuales de contaminantes atmos-féricos en las principales ciudades (CO,NO2, O3, PM10, y SO2).

• Residuos: cantidad de residuos sólidos gen-erados anualmente por tipo de áreageográfica; disposición de residuos sólidospor zona metropolitana y estado; númerode comercios generadores de residuos peli-grosos y volumen de residuos por estado(1999–2000); importaciones y exporta-ciones de residuos peligrosos (anualesdesde 1995); retorno de residuos peligrososde la industria maquiladora por estado(1996–2005); y número y capacidad de loscentros de acopio de residuos peligrososautorizados.

El SNIARN se encuentra en: http://www.semarnat.gob.mx/ (seleccione el apartadotitulado “Información Ambiental” en el ladoizquierdo y luego elija la sección del SNIARN).

LEYES, REGLAMENTOS Y OTRAS ACCIONESGUBERNAMENTALES. El Diario Oficial de laFederación es la publicación oficial del gobier-no federal. En él se anuncian las leyes,decretos, reglamentos, acuerdos, circulares,órdenes y acciones federales. Antes de de pub-licarse en el Diario Oficial de la Federación,las leyes , reglamentos y normas oficialesmexicanas que promueva el Ejecutivo Federalse publican en la página electrónica de laComisión Federal de Mejora Regulatoria(www.cofemer.gob.mx) por 20 días paracumplir con la Ley Federal de Transparencia yAcceso a la Información PúblicaGubernamental. Como se mencionó anterior-mente, el gobierno federal debe anunciarcuando esté directamente involucrado en laremediación de un sitio, publicando en elDiario Oficial información sobre la reme-diación, incluyendo una descripción del sitio,el tipo de contaminación, el tipo de reme-diación, y el plazo para realizarla.85

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El Diario Oficial se puede consultar enInternet. El gobierno da acceso gratuito enlínea a los ejemplares publicados en el últimoaño: http://diariooficial.segob.gob.mx/. En elsitio web de la SEMARNAT también se incluyela información ambiental que se publica en elDiario Oficial: http://www.semarnat.gob.mx/leyesynormas/Pages/lasemarnateneldiari-ooficialdelafederacion.aspx. La versiónimpresa del Diario Oficial también se puedeobtener mediante suscripción. Consulte http://diariooficial.segob.gob.mx/distribuidores.php.

En el nivel estatal, el gobierno deChihuahua publica el Periódico Oficial, en elcual se anuncian leyes, reglamentos, y otrasacciones oficiales del gobierno del estado. Lapublicación está disponible en el sitio web delgobierno estatal: www.chihuahua.gob.mx/.

Cómo Solicitar Información Específica a lasDependencias Gubernamentales Federales

Si está usted enfrentando algún problemaambiental en su comunidad, tal vez necesitesolicitar al gobierno información específicaque aún no está publicada. La ley mexicana leotorga el derecho de solicitar y recibir unagran variedad de información de las depen-dencias federales.

La Constitución Política de México garanti-za el derecho de la ciudadanía a recibirinformación y exige a los servidores públicosresponder a las peticiones que se les presen-ten por escrito.86 Además, la LGEEPAcontiene una disposición específica que otor-ga a toda persona el derecho de obtener delgobierno información ambiental.

Sin embargo, la principal ley federal quetiene que ver con el acceso a la informaciónse promulgó en el 2002, y es la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información PúblicaGubernamental (LFTAIPG). Esta ley permite atoda persona, incluyendo los ciudadanosextranjeros, obtener información de lasautoridades gubernamentales federales.

A continuación se presentan los proced-imientos que establece esta ley para solicitarinformación a las instancias federales.Recuerde que no es necesario que contrate unabogado o experto técnico para presentar susolicitud de información. Las reglas parasolicitar información no son complicadas, yla ley exige a las dependencias que le propor-cionen ayuda para preparar la solicitud siusted considera que la necesita.

¿Qué tipo de información puede obtener?Según la ley, usted tiene derecho a obtenertoda la información pública que posea unadependencia.87 Según la LFTAIPG, muchainformación—tal como los tramites o laslicencias que otorgue una instancia comoSEMARNAT—no puede clasificarse y debeestar siempre disponible al público a travésdel Internet.88

En el caso hipotético de San Rafael, porejemplo, la comunidad puede recurrir a lasleyes federales para obtener:

• Permisos o licencias que el gobierno hayaotorgado a las fábricas para sus emisionesatmosféricas, descargas al agua, y prácticasde gestión de residuos, así como las solici-tudes que presentaron las empresas paraobtener dichos permisos. La informaciónque se requiere para diversos permisos sepuede consultar en el sitio web de laSEMARNAT, en http://www.semarnat.gob.mx/tramitesyservicios/informacionde-tramites/Pages/inicio.aspx.

• Informes gubernamentales sobre las inspec-ciones a establecimientos que se hayan

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realizado anteriormente;• Medidas para la aplicación y el cumplimiento

de la legislación, incluyendo sanciones quese hayan emitido anteriormente contra losestablecimientos;

• Cualquier dato sobre monitoreo ambiental uotros datos reportados que las empresashayan presentado a la SEMARNAT. Segúnla ley federal, las empresas deben medir susemisiones atmosféricas y presentar losdatos a la SEMARNAT si se les solicitan, y lamayoría de los establecimientos tambiéndeben realizar monitoreo atmosféricoalrededor de sus instalaciones. Existeademás un requisito similar en el caso delas descargas de agua. Si la SEMARNATsolicitó esta información a un establec-imiento, constará en los expedientes de ladependencia y la ciudadanía puede consul-tarla. Asimismo, como se mencionó antes,los establecimientos industriales debenpresentar a la SEMARNAT una cédula deoperación anual (COA), en la cual describ-an sus emisiones y transferencias decontaminantes. Esta información se usapara integrar el RETC anteriormentedescrito.

La comunidad también puede obtenerinformación sobre los tipos de sustanciasquímicas que transportan los camiones por sucolonia y el riesgo que representan en caso deaccidentes o derrames en las calles. Si lasfábricas son maquiladoras, entonces debenregresar sus residuos a los EE.UU. y obteneruna autorización de exportación de laSEMARNAT para cada envío.89 En la solicitudpara obtener las autorizaciones se debe incluirinformación detallada sobre el tipo y la canti-dad de residuos que transportan, así como unplan de emergencia en caso de que hayaalgún accidente.90 Los habitantes de lascomunidades pueden solicitar que se lesmuestren las solicitudes de exportación que

hayan presentado las empresas, así como lasautorizaciones otorgadas por la SEMARNAT.

Aún si los residuos no se están enviandofuera de México, la ley federal exige que laempresa remitente obtenga autorización de laSEMARNAT y presente informes por lo menosdos veces al año indicando cuales son losresiduos que transporta.91 Las fábricas gener-adoras de residuos, el remitente y eldestinatario final deben llenar manifiestos deresiduos indicando qué residuos se trans-portaron. Todos deben conservar copias deestos manifiestos durante varios años, aunquela ley no exige que se presenten los mani-fiestos a SEMARNAT. Asimismo, las empresasque envían materiales peligrosos por vía ter-restre deben estar autorizadas por al Secretaríade Comunicaciones y Transportes. Estos per-misos federales se refieren a aspectos como elempaque y etiquetado, así como la condiciónde los vehículos, los cuales están regidos pornormas técnicas federales. Si los ciudadanostienen alguna inquietud sobre la seguridad delos camiones que transportan materiales peli-grosos a través de sus colonias, puedentambién solicitar a esta instancia informaciónsobre la empresa transportista.

Finalmente, es importante obtenercualquier autorización que la empresa hayarecibido como parte del proceso de análisis deimpacto ambiental. También se puede solici-tar una copia de la manifestación de impactoambiental de la empresa y cualquier otroinforme que la empresa haya presentado algobierno para demostrar que está cumplien-do con lo establecido en la autorización.

Usando la información sobre las prácticasde la empresa, combinada con las propiasobservaciones de los vecinos y demás infor-mación que hayan recabado, la comunidadpodrá tener una mejor idea de si las empresas

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pueden estar infringiendo la ley o las condi-ciones de sus permisos. Por ejemplo, elpermiso de emisiones atmosféricas o dedescargas de agua de una empresa puedeincluir límites específicos sobre el tipo y laubicación de las descargas del establecimien-to. La información sobre monitoreo o lainformación que recabe la comunidad,pueden indicar que el establecimiento estádescargando aguas residuales sin la autor-ización correspondiente, o que estáexcediendo los límites establecidos en su per-miso. Esta información puede ameritar que elgobierno aplique una medida disciplinaria encontra del establecimiento. Aún si el establec-imiento no está infringiendo la ley, lainformación puede ayudar a la comunidad aentender mejor los riesgos potenciales querepresentan las fábricas y a vigilar en el futuroel funcionamiento de los establecimientos.

¿Qué tipo de información puede retener el gob-ierno? A ninguna instancia se le puede exigirobtener ni generar información que no seencuentre en sus expedientes.

El gobierno puede negarse a propor-cionarle a usted la información que tiene, sidicha información se considera reservada oconfidencial. La información se puede clasi-ficar como “reservada” si compromete laseguridad nacional, interfiere con las rela-ciones internacionales, perjudica laestabilidad financiera del país, pone en riesgo

la vida de alguna persona, o impide que serealicen actividades pendientes sobre la apli-cación y el cumplimiento de la legislación.Como información reservada se consideranlos secretos comerciales o profesionales y losexpedientes abiertos de tipo judicial oadministrativo. También se considera infor-mación “confidencial” los datos personalessobre un particular, como su domicilio,número telefónico, historial médico, identifi-cación de su raza o etnia, u otra informaciónsimilar de carácter privado.92

En pocos casos se puede clasificar todo unexpediente. Si los documentos requeridostienen información pública y reservada, lasautoridades deben hacer y dar al solicitanteversiones públicas en las que se omitan losdatos reservados y se de todo lo demás.

¿Qué debe incluir en su solicitud de informa-ción? Según la ley, toda solicitud deinformación se debe elaborar por escrito. Nonecesita explicar por qué quiere la informa-ción. Sin embargo, la solicitud debe contenerlo siguiente:

• Su nombre;• Un domicilio (no tiene que ser su domi-

cilio particular) para recibir notificacionesdel gobierno, u otra forma de contacto,como el correo electrónico; y

• Una descripción clara y precisa de los docu-mentos que desea obtener.

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¿QUE SE PIDE?

En lugar de enumerar cada uno de los datos que quiera que el gobierno le proporcione,puede pedirle a la dependencia gubernamental todos los documentos que se hayanrecibido o elaborado sobre el establecimiento que a usted le preocupa en particular. Si haceesto, es buena idea especificar un periodo de tiempo—por ejemplo, los últimos cinco años.

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Puede incluir cualquier otra informaciónque le pueda ayudar a la dependencia aencontrar los documentos. Si la instanciaconsidera que no ha presentado suficienteinformación para identificar los documentosque desea, es posible que se le solicite infor-mación adicional. La instancia deberásolicitarle esta información adicional en unplazo de 10 días hábiles a partir de la fecha enque reciba su solicitud original.93

También puede indicar en su solicitudcómo quiere que el gobierno le entregue losdocumentos que solicita. Por ejemplo,pudiera ser más conveniente solicitar al gob-ierno que, de ser posible, le envíe eldocumento por correo electrónico. Tambiénpuede solicitar fotocopias o puede consultaren persona los documentos originales en lasoficinas de la dependencia.

¿Existe algún formulario especial para presen-tar la solicitud? Puede elaborar su solicitud sinnecesidad de llenar algún formulario especial,siempre y cuando incluya toda la informa-ción necesaria. O puede usar el formulariodesarrollado por el gobierno federal, el cual seincluye en el Apéndice 8. También puededescargarlo del sitio web: http://www.ifai.org.mx/transparencia/solinf.pdf. Sienvía la solicitud por correo regular, espreferible (aunque no obligatorio) enviarlapor correo certificado y conservar el recibo.

Es más rápido presentar su solicitud por víaelectrónica, y puede resultar menos costosoque enviarla por correo. (Si no tiene acceso alInternet, las oficinas locales de las dependen-cias federales generalmente pueden facilitarleel acceso a una computadora para enviar susolicitud al gobierno). Su solicitud la puedeenviar por vía electrónica usando un sitioweb que el gobierno tiene para este fin,www.informacionpublica.gob.mx/portal.html.

También se le conoce como SISI (Sistema deSolicitudes de Información).

En el sitio web del SISI hay un formularioespecial para elaborar y presentar su solicitud.Cuando entre a este sitio web, seleccione“solicitudes de información.” El siguientepaso es registrarse proporcionando su nom-bre y un domicilio para recibir información, yluego seleccionando un nombre de usuario ycontraseña. Después de registrarse, diríjase ala parte del sitio web titulada “captura desolicitudes” y llene su solicitud de informa-ción. Cuando haya terminado, tendrá laopción de imprimir la solicitud para conser-var una copia. Es buena idea leer el Manualdel Usuario antes del enviar su solicitud por elsistema SISI.94

¿A dónde se envía la solicitud? Su solicituddebe enviarla a la instancia federal que ustedcrea que tiene la información que necesita.Muchas de las solicitudes de informaciónambiental las tramita la SEMARNAT o la CNA(en el caso de aspectos relacionados con elagua). Sin embargo, las cuestiones que tienenque ver con la aplicación y el cumplimientode la legislación las atiende la PROFEPA.

En el ejemplo hipotético, si los habitantesde San Rafael quieren solicitar informaciónsobre los residuos o los permisos para lagestión de residuos peligrosos que se le hanexpedido a las fábricas de su colonia, debenenviar la solicitud a la SEMARNAT. Las solici-tudes de información sobre descargas de lasfábricas al agua se deben enviar a la CNA. Lassolicitudes sobre las inspecciones que sehayan realizado y las sanciones que se le hanimpuesto a las fábricas deben dirigirse a laPROFEPA. Si no está seguro a dónde debeenviar su solicitud, puede enviarla a todas lasinstancias que pudieran tener la información.Recuerde también que si comete un error y

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envía su solicitud a la instancia federal equiv-ocada, la instancia tiene la obligación deayudarle a canalizar la solicitud a la instanciaque corresponda.

Las solicitudes se pueden dirigir a laUnidad de Enlace de la sede de la dependen-cia. Los domicilios de todas las instanciasfederales se encuentran en: http://www.ifai.org.mx/ (“Directorio de Unidadesde Enlace”). Otra opción es enviar su solicituda la oficina de la dependencia que le quedemás cercana. Los domicilios de las delega-ciones de la SEMARNAT, la CNA, y laPROFEPA se incluyen en el Apéndice 6.

Si envía la solicitud por vía electrónica através del SISI, deberá indicar el nombre de lainstancia a la qué quiere enviar la solicitud,para que el formulario se transmita electróni-camente a la Unidad de Enlace de dichainstancia.

¿Cómo le proporcionará el gobierno la infor-mación? Usted puede obtener información dedistintas maneras. Puede consultar directa-mente los expedientes de la dependencia,puede solicitar que la dependencia le envíeuna fotocopia de la información, o puedesolicitar que le envíen un diskette o CD-ROMcon la información.

¿Cuál es el costo de la información? Usteddeberá hacerse responsable del pago de lasfotocopias, discos, o CD-ROMs. Actualmente,las fotocopias cuestan 0.50 Pesos, un diskettecuesta 5.00 Pesos, y un CD-ROM cuesta 10.00Pesos. Además de estos costos, deberá pagar elcosto del envío de la información. Los costosde envío dependerán del peso del paquete yde que solicite el correo regular o urgente.95

Cuando la dependencia responda a su solici-tud, deberá notificarle el costo e informarlecómo puede hacer el pago.

¿Cuánto tiempo se tarda en llegar la informa-ción? La dependencia debe enviarle unarespuesta lo más rápido posible, pero no másde 20 días hábiles después de que reciba susolicitud. Además, la dependencia deberádecirle cómo va a hacerle llegar la informa-ción, y el costo de la misma. La ley le permitea las dependencias tomarse 20 días más pararesponder si es necesario, pero la dependen-cia deberá notificarle si toma está prórroga.Una vez que la dependencia le haya notifica-do usted los costos y métodos de entrega de lainformación, tendrá 10 días más paraentregársela, suponiendo que usted hayahecho el pago correspondiente.96

Si no recibe una respuesta dentro de esteplazo, se entenderá resuelta en sentido positivo (amenos que se determine que la informaciónes reservada o confidencial) y el gobiernodeberá proporcionársela sin costo alguno.97

Para revisar la situación que guarda su solici-tud, puede consultar el sitio web del SISI ollamar al gobierno al 01-800-TELIFAI, men-cionando su número de expediente.

¿Qué pasa si no se le proporciona la informa-ción? Si su solicitud es rechazada total oparcialmente, o si no recibe una respuestadentro de un plazo requerido, entoncespuede interponer un recurso de revisión.También puede interponer un recurso derevisión si no está de acuerdo con la forma enque el gobierno le está entregando la infor-mación o con el costo de la misma.

Según la ley, su recurso de revisión deberáinterponerlo por escrito en un plazo de 15días hábiles a partir de la fecha en que recibala decisión sobre su solicitud. La solicitud delrecurso de revisión se puede enviar alInstituto Federal de Acceso a la InformaciónPública o a la misma dependencia que recibióinicialmente su solicitud de información.98 La

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solicitud del recurso de revisión debe con-tener la siguiente información: su nombre yun domicilio (u otro medio) para recibir unarespuesta del gobierno; el nombre de lainstancia a la que le solicitó la información; lafecha en la que recibió la respuesta con la quese está inconformando; el motivo por el cualsolicita la revisión; una copia de la decisióncon la que se está inconformando; ycualquier otra información relevante queconsidere que debe incluir.99 Existe un formu-lario que puede usar para interponer surecurso de revisión por Internet. Consultehttp://www.ifai.gob.mx/transparencia/recrev.pdf. La ley exige al IFAI ayudarle a corregir lasdeficiencias técnicas en su solicitud de unrecurso de revisión.100

El gobierno tiene un total de 50 días paradecidir sobre su recurso de revisión, aunqueéste plazo se puede duplicar si existe algúnmotivo justificado. La decisión que tome elInstituto será de cumplimiento obligatoriopara el gobierno. Si desea impugnar ladecisión del Instituto sobre su recurso derevisión, usted tiene el derecho de entablaruna demanda en los tribunales federales, perodebe consultar a un abogado antes deemprender acciones judiciales. Como se men-ciona en la siguiente sección, usted podríaobtener ayuda gratuita de un abogado comu-nicándose con el Instituto Federal de DefensoríaPública.

Cómo Solicitar Información Específica delas Dependencias Estatales y Municipales

Tal vez desee solicitar información tambiéna dependencias estatales y municipales. Lasempresas normalmente cuentan con per-misos estatales o municipales que abarcanaspectos sobre el uso del suelo, así como tam-bién aspectos ambientales que no son de

competencia federal. Por ejemplo, las autori-dades estatales y municipales podrían tenerinformación sobre descargas a los sistemas dedrenaje público y sobre planes de emergenciapara responder a accidentes químicos en elestablecimiento o en vialidades públicas. Elmunicipio también podría tener los permisosde uso del suelo que haya otorgado a las fábri-cas, así como los planes de ordenamientourbano que muestren los tipos de usos delsuelo que se permiten en la colonia.

En caso de que no esté seguro si la informa-ción que desea se encuentra en unadependencia federal, estatal o municipal,puede enviar su solicitud a los tres niveles.

La Ley Federal de Acceso a la Informaciónno se aplica a los gobiernos estatales y munic-ipales. La LGEEPA incluye algunos requisitospara que los gobiernos estatales y municipalesfaciliten el acceso a la información ambien-tal.101 Sin embargo, en el caso de Chihuahua,el estado ha promulgado su propia ley deacceso a la información, la cual se aplicatanto las autoridades del gobierno estatalcomo del municipal.

En el 2005, el estado promulgó la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de Chihuahua (LTAIPECH). Esta leyafirma el derecho de las personas a obtenerinformación pública y establece los proced-imientos para obtener información delgobierno.102 La ley también establece elInstituto de Transparencia y Acceso a laInformación Pública del Estado deChihuahua, que es una instancia públicaautónoma encargada de emitir políticas y vig-ilar el cumplimiento de la nueva ley.103

¿Qué tipo de información puede obtener? Laley estatal proporciona acceso a una ampliagama de información que poseen las instan-

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cias públicas, al igual que la ley federal. Estoincluye permisos, licencias, concesiones yautorizaciones estatales y municipales que sele hayan otorgado a las empresas, así comosus manifestaciones de impacto ambiental ymateriales relacionados.104

¿Qué tipo de información puede retener el gob-ierno? La ley le permite a las instanciasestatales y locales clasificar cierta informacióncomo “reservada” y retenerla. Según la ley, lainformación que puede considerarse reserva-da es aquella que: se relaciona con laseguridad nacional o estatal; puede poner enpeligro la salud o la vida de una persona; o seconsidera propiedad intelectual. Las instan-cias también pueden retener suscomunicaciones internas, así como la infor-mación que pueda obstaculizar elprocesamiento penal de delitos. Si el gobiernodecide clasificar alguna información comoreservada, debe plantear por escrito susmotivos.105

¿Qué debe incluir en su solicitud de informa-ción? La ley le permite presentar su solicitudverbalmente o por escrito. Normalmente esbuena idea plantear su solicitud por escrito yconservar una copia de la misma. El gobiernodel estado ha creado un formulario que usted

puede usar para presentar su solicitud, que esdisponible en el Internet: http://www.ichi-taip.org.mx/Contenido/plantilla5.asp?cve_canal=8840&Portal=ichitaip. Su solicituddeberá incluir lo siguiente:

• La dependencia a la cual está enviando susolicitud;

• Una descripción de la información quedesea obtener; y

• Un lugar y un método para recibir las noti-ficaciones y la información que le envíe elgobierno.

Si usted así lo desea, su identidad puedemantenerse en secreto.106

La ley exige al gobierno que le ayude consu solicitud. Si no presenta su solicitud enforma satisfactoria, el gobierno debe infor-márselo por escrito en un plazo de cinco díashábiles y darle otros cinco días hábiles paramodificar su solicitud.107

¿A dónde se envía la solicitud? Envíe su solic-itud a la Unidad de Información de lainstancia gubernamental que usted crea quetiene la información que desea. Puede enviar-la por cualquier medio, incluso por correoelectrónico.108 (Consulte en el Apéndice 6 los

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LEYES ESTATALES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

La Ley Federal de Acceso a la Información no se aplica a los gobiernos estatales y munici-pales, pero algunos estados están adoptando sus propias leyes.

El estado de Chihuahua tiene una nueva Ley de Acceso a la Información que afirma el dere-cho a obtener información gubernamental y establece procedimientos más claros parasolicitar esta información. Las solicitudes se pueden presentar por Internet.

Consulte http://www.ichitaip.org.mx/infomexchihuahua/

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domicilios de las dependencias estatales ymunicipales). El estado ha creado un sitioweb para presentar solicitudes por vía elec-trónica, similar al sistema establecido por elgobierno federal. Consulte la Solicitud deInformación en Específico en http://www.ichitaip.org.mx/infomexchihuahua/

Si la instancia no tiene la información queusted solicita, deberá informárselo y canalizarsu solicitud a la instancia que corresponda.109

¿Cuál es el costo de la información? La ley lepermite al gobierno recuperar ciertos costos,incluyendo el costo de los materiales y losenvíos. La ley también le exige al gobiernoprocurar reducir el costo de la entrega de lainformación.110

¿Cuánto tiempo se tarda en llegar la informa-ción? Si el gobierno rechaza su solicitud,deberá notificarle en un plazo de 5 díashábiles y explicarle los motivos de la negati-va. En general, el gobierno tiene 10 díashábiles para resolver las solicitudes de infor-mación, pero este plazo se puede ampliarotros 5 días si es necesario. Si el gobierno nocumple con este plazo, deberá proporcionarlea usted la información sin costo alguno,suponiendo que la tenga y que no esté clasifi-cada como información reservada.111

¿Qué pasa si usted no está satisfecho con larespuesta del gobierno a su solicitud? Si ladependencia no responde a su solicitud den-tro del plazo marcado, o si no le entrega lainformación que solicitó, usted puede impug-nar la decisión. También puede impugnar ladecisión del gobierno sobre el costo de lainformación. La ley establece dos formas parahacer esto.

Primero, puede presentar una solicitud deaclaración a la dependencia. Esta solicitud

deberá presentarla en un plazo de 10 díashábiles a partir de la fecha en que reciba ladecisión del gobierno (o 10 días después deque venza el plazo que tenía el gobierno pararesponder a su solicitud). La solicitud deberápresentarse por escrito y deberá contener: sunombre y domicilio para recibir notifica-ciones del gobierno; la decisión que estáimpugnando; la fecha en que recibió ladecisión, el nombre de la dependenciainvolucrada; y los motivos que usted tienepara impugnar la decisión.112 La Unidad deInformación de la dependencia tendrá 10 díashábiles para responder a su solicitud deaclaración.

Como segunda opción, puede interponerun recurso de revisión si el gobierno: noresuelve su solicitud de aclaración, noresponde a su solicitud de información en elplazo estipulado, clasifica la informacióncomo reservada, o le entrega información queno cumpla con los requisitos que marca la ley.Este recurso deberá presentarlo por escrito,incluyendo: su nombre, un domicilio pararecibir notificaciones, la fecha y la descrip-ción de la decisión que está impugnando, lainstancia que emitió la decisión, los razonespor los que está impugnando la decisión, ycualquier otro dato que desee incluir. Ustedtiene 15 días hábiles para interponer unrecurso de revisión, contados a partir de lafecha en que se emitió la decisión impugna-da. El recurso de revisión se puede presentar ala Unidad de Información de la instancia queemitió la decisión, o al Instituto deTransparencia y Acceso a la InformaciónPública del estado. El gobierno tendrá 30 díashábiles para decidir sobre el recurso derevisión y explicar por qué confirma, modifi-ca o revoca la decisión original. 113

La ley contempla sanciones contra losservidores públicos que no entreguen infor-

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mación en los términos que establece la ley.Estas sanciones pueden incluir multas y sus-pensiones.114

Si el gobierno no responde a su solicitud,usted podría entablar una demanda en los tri-bunales federales por violación de su derechoconstitucional a solicitar información al gob-ierno. También puede entablar una demandasi el gobierno rechaza su solicitud sin expon-erle los motivos. Como se señalóanteriormente, para entablar este tipo dedemanda tendrá que consultar un abogado.

Consideraciones Estratégicas paraPresentar su Solicitud de Información

Aunque las leyes federales y estatales leotorgan a usted el derecho a recibir informa-ción pública, es posible que tenga que haceresfuerzos considerables para obtener la infor-mación que necesita. Las siguientes sonalgunas de las cosas que debe considerar antesde presentar su solicitud de información.

• Identifique de la manera más clara posiblequé información es la que está buscando. Sisu solicitud es demasiado general –porejemplo, si simplemente pide informaciónsobre los establecimientos industriales ensu comunidad—el gobierno puede respon-derle que no sabe qué es lo que usted estábuscando. Por otro lado, si su solicitud esdemasiado específica –por ejemplo, si sola-mente pregunta qué sustancias químicas

usa un establecimiento,—tal vez no recibatoda la información que necesita paraentender las condiciones ambientales delestablecimiento.

• Si no está seguro qué dependencia tiene lainformación que desea, envíe su solicitud atodas las dependencias que usted crea quepuedan tenerla. Si no sabe si el problema esde competencia federal, estatal o munici-pal, puede enviar su solicitud a los tresniveles de gobierno. La ley exige al gobier-no que le ayude a localizar la instanciacorrecta que le pueda entregar la informa-ción que solicita.

• Tal vez necesite pagar por la información.En los Estados Unidos, la ley generalmentele permite a los grupos de interés socialobtener información pública sin cargoalguno, pero las leyes mexicanas no dispo-nen lo mismo. Puede pedirle a ladependencia que le entregue la informa-ción sin cargo porque el tema es de interéspopular, pero tendrá que estar preparadopara pagar por la información, a menosque consulte los expedientes en persona enlas oficinas de la dependencia.

• Mucha de la información que solicite algobierno será de carácter técnico. Una vezque reciba la información, tal vez necesitela ayuda de un experto técnico para enten-der lo que significa. Una posibilidad paraobtener apoyo técnico sin costo o a un bajocosto es acudir a las universidades cercanas,en donde puede haber investigadores tra-bajando en temas ambientales afines a losproblemas que usted está enfrentando.

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SECCIÓN III: HERRAMIENTAS JURÍDICAS PARA SOLICITAR AL GOBIERNO ACCIONES PARA LA

APLICACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DELA LEGISLACIÓN

Hace unos 5 años se abrió una nueva fábricade partes automotrices en el barrio de La Paz, enCiudad Grande. En los últimos meses, las condi-ciones en los alrededores de la fábrica han ido endeterioro. En los terrenos de la fábrica se almace-nan basura y recipientes, y a los padres de familiales preocupa que sus hijos vayan a tratar de jugarcon la basura que se escapa hacia las calles.Algunas personas se quejan de tener más doloresde cabeza que antes, y en ocasiones han experi-mentado una sensación de ardor en los ojos. Hacealgunas semanas, los habitantes empezaron apreocuparse aún más cuando algunas personasnotaron manchas de líquidos alrededor de unagran área exterior de la planta. En la junta men-sual de la asociación de vecinos, los habitantesdel lugar expresaron sus inquietudes y hablaronde la posibilidad de llamar al gobierno para queinvestigue.

Con base en lo que han observado, los ciu-dadanos tienen motivo para preocuparse deque la fábrica no esté manejando adecuada-mente sus residuos. Según las leyesmexicanas, las plantas que generen residuospeligrosos deben contar con autorización delgobierno. Las fábricas no pueden almacenarsus residuos peligrosos durante más de 6meses, y deben disponer de ellos de con-formidad con las normas técnicas federales.Las maquiladoras deben regresar los residuospeligrosos a su país de origen; en muchoscasos, esto significa retornar los residuos a losEE.UU. para su disposición. Si una empresacontamina el suelo con residuos peligrosos,

debe reparar el daño causado al medio ambi-ente y a la salud pública.

En esta sección se describen algunas de lasprincipales herramientas jurídicas de las quedispone la ciudadanía para garantizar que elgobierno aplique las leyes y los requisitosambientales y vigile su cumplimiento. Estasherramientas incluyen las denuncias popu-lares, los recursos de revisión, y las demandasen contra del gobierno por violar las garantíasindividuales. Existen circunstancias limitadasen las cuales una persona puede demandardirectamente a una empresa para exigir com-pensación si la persona ha resultadoperjudicada por las acciones de la empresa,pero ese tipo de demandas no se abordan eneste manual.

Presentación de una Denuncia Popular

La herramienta jurídica más común enMéxico para las comunidades que enfrentanalguna amenaza a su salud o a su entornoambiental es la denuncia popular. En el 2005,la PROFEPA recibió 8,865 denuncias, lamayor cantidad que se haya recibido en unsolo año. La gran mayoría de ellas tenía quever con los recursos forestales. El estado deChihuahua ocupó el séptimo lugar en el país,con 311 denuncias recibidas.115

De conformidad con la LGEEPA, el gobier-no tiene la obligación de realizar inspeccionesy supervisar el cumplimiento de la ley.116 Enuna denuncia popular se le pide al gobiernoque investigue y tome medidas para atenderalgún problema ambiental específico y veri-ficar que se respeten los requisitos legales. Ladenuncia se puede presentar en muchos tiposde situaciones, incluyendo casos en los queesté de por medio el otorgamiento de per-misos y la realización de evaluaciones de

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impacto ambiental para establecimientosnuevos. También se puede presentar si sesospecha que algún establecimiento estáinfringiendo la ley.

En el ejemplo hipotético del barrio de LaPaz, los habitantes del lugar pueden presentara la PROFEPA una denuncia popular, indican-do que creen que la fábrica de partesautomotrices está provocando graves dañosambientales y perjudicando la salud públicapor no almacenar adecuadamente sus materi-ales peligrosos en sus terrenos. En la denunciase le puede pedir a la PROFEPA que investigueplenamente las prácticas de manejo de resid-uos de la empresa, así como los posiblesefectos sobre el suelo, las aguas subterráneas ola salud pública. En la denuncia también sepuede solicitar a la PROFEPA que le exija a laempresa suspender cualquier práctica ilícita ylimpiar la contaminación que ha provocado.

Los procedimientos para presentar unadenuncia con las instancias federales,estatales o municipales se describen en laLGEEPA, la Ley de Ecología del Estado deChihuahua, y el Reglamento Municipal deEcología de Ciudad Juárez. En otras leyes tam-bién podría haber procedimientos parapresentar denuncias a otras instancias. Porejemplo, según la Ley General de Salud,cualquier persona puede presentar unadenuncia (conocida como acción popular) conla Secretaría de Salud sobre alguna situaciónque perjudique o ponga en peligro la saludpública.117

No es necesario tener un abogado, repre-sentante, ni ningún otro experto técnico parapresentar una denuncia popular. A contin-uación se presenta la descripción de las reglasque deben seguirse para presentar una denun-cia a las instancias federales, estatales ymunicipales en Chihuahua. Al final se men-

cionan algunas consideraciones para usar estaherramienta jurídica en forma efectiva.

Cómo Presentar una Denuncia Popular al Gobierno Federal

¿Qué tipos de problemas se pueden plantear enuna denuncia popular? Se puede presentar unadenuncia popular respecto a cualquier acto uomisión que provoque (o pueda provocar)desequilibrio ecológico o daño al medioambiente, o que contravenga la legislaciónambiental. La definición es amplia, y comotal, le permite presentar denuncias por unagran variedad de actividades que perjudiqueno amenacen el medio ambiente y la saludpública de su comunidad. Esto incluye la con-taminación del aire, el agua o el suelo, asícomo los daños a los recursos naturales.

¿Quién puede presentar una denuncia popular?Cualquier persona, grupo social u organi-zación puede presentar una denunciapopular. Usted no tiene que ser ciudadano oresidente de México para poder presentar unadenuncia. Si la denuncia es presentada poruna organización constituida, debe adjuntara su denuncia los documentos que acreditanla existencia de la sociedad y la repre-sentación de quien firma en nombre de esta.

¿Qué debe incluir en su denuncia popular? Ladenuncia popular deberá constar por escrito eincluir la siguiente información:

• Su nombre (aunque puede pedir a la PRO-FEPA que mantenga en secreto suidentidad118);

• Un domicilio para recibir notificaciones delgobierno;

• Una descripción del problema ambientalque está denunciando;

• Los hechos del caso, incluyendo la parteque usted considera que está provocando

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daños ambientales y la ubicación de losmismos; y

• Cualquier prueba o información que tengapara sustentar su denuncia.

Entre más información incluya en sudenuncia, mejor. Sin embargo, la falta deinformación no deberá ser un obstáculo parapresentar una denuncia popular. En el casohipotético de la comunidad de La Paz, porejemplo, los habitantes tal vez no quieranesperar a recabar más información antes depresentar la denuncia. En su lugar, puedenpresentar la denuncia popular con la infor-mación que ya tienen y al mismo tiempo,pueden presentar al gobierno una solicitudformal de información sobre las fábricas.Posteriormente, cuando reciban más infor-mación sobre las fábricas, pueden agregarla asu denuncia o pueden presentar una denun-cia nueva.

¿Dónde se presenta la denuncia popular? En lamayoría de los casos, la denuncia popular sepresenta en las oficinas de la PROFEPA máscercanas. En el caso de los habitantes deCiudad Juárez, éstos presentarían la denunciaen la oficina de la PROFEPA en esa localidad.

Algunos temas ambientales los atiendeninstancias distintas a la PROFEPA. Por ejemp-lo, los casos que tienen que ver con lacontaminación del agua podrían ser compe-tencia de la Comisión Nacional del Agua. Sipresenta una denuncia popular con la PRO-FEPA, pero el tema es competencia de unainstancia federal distinta o de una dependen-cia municipal, la PROFEPA deberá canalizarla denuncia a la dependencia que correspon-da. Si usted no está seguro cuál es la instanciaque tiene facultades para aplicar y hacercumplir las leyes relacionadas con su caso,puede presentar su denuncia a más de unainstancia.

La denuncia popular se puede entregar enpersona o enviarse por correo regular, fax, ocorreo electrónico. (Consulte los domiciliosde las agencias en el Apéndice 6). También sepuede enviar desde el sitio web de la PRO-FEPA: http://www.profepa.gob.mx/ Denuncias/default.aspx. En el sitio web se encuentra unformulario que deberá llenar y enviar por víaelectrónica. (El Apéndice 9 contiene unacopia del formulario). Según la LGEEPA, tam-bién existe la opción de presentar sudenuncia por teléfono. La PROFEPA pondrá ladenuncia por escrito y usted deberá firmarlapara que se pueda registrar.

¿Qué tiene que hacer la PROFEPA una vez quereciba su denuncia popular? Cuando la PRO-FEPA reciba su denuncia popular, le notificaráque la recibió, le asignará un número de expe-diente, y la registrará. En un plazo de 10 díasa partir de la fecha en que reciba la denuncia,la PROFEPA deberá decirle si ésta cumple conlos requisitos legales y explicarle cómo se va atramitar. En la práctica esto pueda tardar másde 10 días. Luego la PROFEPA le avisará a laparte sobre la cual se presenta la denuncia y ledará a ésta 15 días para presentar los docu-mentos y pruebas que a su derechoconvenga.119

La LGEEPA faculta a la PROFEPA paratomar las medidas necesarias para investigarlos hechos de una denuncia popular. Estopuede incluir la realización de inspecciones alestablecimiento. La ley le da a usted el dere-cho de ayudar a la PROFEPAproporcionándole cualquier información queconsidere importante para el caso.120

¿Cómo resolverá la PROFEPA su denuncia pop-ular? Una vez que la PROFEPA haya aceptadosu caso, podría determinar que no existeninfracciones a las leyes o normas ambientales,o podría concluir que sí hubo alguna infrac-

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ción, en cuyo caso sancionaría a la empresacon multas, medidas correctivas, o la clausuradel establecimiento.121 En su decisión final, laPROFEPA deberá indicar cómo se evaluó todala información que usted le proporcionó.122 Sila PROFEPA le notifica a usted que ya san-cionó a la empresa, tal vez necesite pedirle a laPROFEPA que le explique con más detalles enqué consisten las sanciones y si la empresa yacumplió con ellas.

¿Cuánto tiempo se tardará la PROFEPA enresolver su denuncia popular? La LGEEPA noestablece una fecha límite para resolver lasdenuncias. Según el Artículo 17 de laConstitución Mexicana, la PROFEPA debeatender y resolver con prontitud las denun-cias. En la práctica, es posible que la PROFEPApueda tardarse de seis meses a un año pararesolver una denuncia popular.

¿Qué pasa si usted no está de acuerdo con laresolución de la PROFEPA? La PROFEPA puededecidir no imponer sanciones contra laempresa. Aún cuando la PROFEPA le ordeneal establecimiento realizar ciertas acciones, esposible que usted considere que esa orden noes adecuada para resolver el problema. En talcaso, usted puede impugnar la decisión inter-poniendo un recurso de revisión. Esteproceso, así como el proceso para promoverun juicio de amparo en los tribunales, semenciona posteriormente en esta sección.

Cómo Presentar una Denuncia Popular al Gobierno Estatal

La Ley de Ecología del Estado de Chihuahuacontiene prácticamente las mismas disposi-ciones sobre denuncias populares que las quecontiene la LGEEPA. Por lo tanto, los proced-imientos federales anteriormente descritostambién sirven para presentar una denuncia alestado de Chihuahua. Las denuncias sobre

problemas ambientales que sean competenciade la jurisdicción estatal deberán presentarsecon la Secretaría de Ecología.123 Si una fábricaestá descargando desechos al sistema de drena-je público, la Junta Municipal de Agua ySaneamiento es la instancia responsable deinvestigar cualquier problema relacionado. (Lainformación para comunicarse con estasinstancias se encuentra en el Apéndice 6.) Sino está seguro si debe presentar su denuncia algobierno estatal o el federal, puede enviar ladenuncia a ambos niveles, pero deberá enviaruna denuncia original firmada a cada uno delos niveles de gobierno, no fotocopias.

Cómo Presentar una Denuncia Popular al Gobierno Municipal

Los siguientes procedimientos para presen-tar una denuncia popular en Ciudad Juárez sedescriben también en el ReglamentoMunicipal de Ecología.

Cualquier persona puede presentar unadenuncia sobre cualquier acto u omisión queprovoque o pueda provocar daños al medioambiente o desequilibrio ecológico.124 En elsitio web del municipio se encuentra elnúmero telefónico para presentar una denun-cia a la Dirección Municipal de Ecología: 207-8844. (Consulte los domicilios en el Apéndice6.)

El único requisito para la denuncia en sí esque contenga suficiente información que lespermita a las autoridades localizar la fuentecontaminante o identificar el problema.Después de recibir su denuncia, la Direcciónde Ecología deberá notificarle en un plazo de15 días hábiles cómo se le dará seguimiento ala denuncia. La Dirección tendrá 30 días adi-cionales para darle a usted aviso sobre losresultados de la investigación y las medidasque se hayan tomado. La ley indica que la

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Dirección de Ecología debe recomendar oinstrumentar las medidas que correspondanpara resolver la denuncia.125 Si el municipiodetermina que la denuncia es de competenciaestatal, deberá canalizarla al estado despuésde tomar las medidas necesarias para atenderlas amenazas inmediatas a la población.126 LaDirección de Ecología debe llevar un registrode las denuncias populares que reciba.

Asimismo, los ciudadanos pueden presen-tar una denuncia popular sobreestablecimientos que pudieran estarinfringiendo sus permisos de uso de suelo o elplan municipal de desarrollo urbano. Estasdenuncias deben constar por escrito con sunombre y domicilio; el nombre y domiciliodel inmueble afectado; el nombre y la ubi-cación del establecimiento que se denuncia; yel motivo de la denuncia. En un plazo de 15días hábiles a partir de la fecha en que se reci-ba su denuncia, la instancia deberáinformarle a usted cómo se tramitara sudenuncia. Luego la instancia tendrá otros 30días hábiles para darle aviso sobre los resulta-dos de su investigación.127

Consideraciones Estratégicas para Presentar una Denuncia Popular

La denuncia popular puede resultar demucha utilidad para las comunidades queestén haciendo frente a problemas ambientalesde gravedad. La ley otorga a los ciudadanos elderecho de presentar una denuncia y le exige algobierno que de una respuesta. El gobiernotiene que tomar medidas para que sea relativa-mente fácil que cualquier persona presente unadenuncia, y la instancia deberá registrar for-malmente la denuncia y responder a ella.

Aunque las denuncias populares son unaherramienta importante para las comu-nidades, existen algunas limitaciones

importantes que deberá recordar antes de pre-sentar una denuncia.

Primero, aunque las leyes federales ymunicipales disponen ciertos plazos, su casopodría tardarse meses, o incluso años, enresolverse. El contar con fuerte apoyo de lacomunidad puede ayudar a presionar a lasinstancias gubernamentales para que inves-tiguen su caso. También ayuda si muchas delas personas afectadas por el problema pre-sentan denuncias, en lugar de que se presenteuna sola. Si se presentan muchas denunciassobre el mismo problema, el gobierno puedejuntarlas todas en un mismo expediente.

En segundo lugar, podría resultar difícilobtener información sobre su caso mientrasel gobierno lo investiga. Es importante man-tenerse en comunicación con la instanciapara ver cómo va avanzando su caso y paraaportar a la instancia cualquier otra informa-ción que usted averigüe sobre lasinfracciones.

En tercer lugar, aunque la instancia debetomar medidas para verificar su denuncia, laley no le exige a la instancia que emprendaninguna acción en particular en su caso. Porlo tanto, su denuncia puede o no llevar algobierno a tomar medidas formales en contradel establecimiento para garantizar la apli-cación y el cumplimiento de la ley. Aúncuando el gobierno sancione al establec-imiento, cabe la posibilidad de que éste nocumpla, o podrían surgir otros problemas enel establecimiento incluso después de que seresuelva su denuncia.

Presentación de un Recurso de Revisión

Cuando alguien piensa que alguna orden odecisión del gobierno no está apegada a las

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leyes y normas ambientales, existen proced-imientos legales para impugnar esa decisión.En el ejemplo hipotético del barrio de La Paz,si la PROFEPA emite una orden de cumplim-iento contra la fábrica pero la comunidadconsidera que no se han resuelto los proble-mas ambientales y de salud pública, losciudadanos pueden impugnar la orden decumplimiento de la PROFEPA. Una her-ramienta jurídica para impugnar este tipo dedecisión administrativa es el recurso derevisión, el cual implica que la misma instan-cia que emitió la decisión realice unarevisión. Las leyes federales, estatales ymunicipales describen las reglas para inter-poner un recurso con el fin de impugnar unadecisión del gobierno.

Cómo Interponer un Recurso de Revisión ante las Autoridades Federales

¿Qué tipos de acciones pueden impugnarse? Elpropósito de un recurso de revisión es impug-nar una decisión del gobierno sobre un casopara que dicha decisión se anule o cambie. Ladecisión de tipo ambiental del gobierno sepuede impugnar si contraviene las leyes ynormas ambientales federales, y si la decisiónprovoca (o puede provocar) daños a los recur-sos naturales, la salud pública o la calidad devida.128 Esta impugnación es distinta a unadenuncia popular, ya que la denuncia popu-lar tiene que ver con las actividades de unparticular, como una fábrica. En el recurso derevisión se trata de una decisión u orden emi-tido por el gobierno.

Algunas situaciones comunes en las que seinterpone un recurso de revisión pueden sercuando la SEMARNAT emita una mani-festación de impacto ambiental u otorgueuna licencia de funcionamiento a un nuevoestablecimiento. En esos casos, en el recursose alegaría que la decisión escrita o la licen-

cia no cumplen con las leyes y normas ambi-entales.

En los casos en los que hay de por medioacciones de aplicación y cumplimiento de lalegislación por parte del gobierno, cabe laposibilidad de que los habitantes de la comu-nidad interpongan un recurso de revisiónpara impugnar alguna orden de cumplimien-to que la PROFEPA haya emitido contra algúnestablecimiento. En el recurso se puede alegarque la orden no cumple con las leyes y nor-mas ambientales, y que le permitirá alestablecimiento continuar perjudicando lasalud y el entorno ambiental de la comu-nidad. (También puede usted impugnar ladecisión del gobierno si éste se niega a pro-porcionarle información pública; elprocedimiento para interponer un recurso eneste tipo de casos se menciona en la Sección IIde este capítulo.)

¿Quién puede interponer un recurso derevisión? Una persona afectada por algún actoilícito o indebido del gobierno puede inter-poner un recurso de revisión. Esto puedeincluir a las personas que viven en una comu-nidad afectada por alguna acción emprendidapor el gobierno. En casos en los que haya depor medio un permiso o manifestación deimpacto ambiental, esto significaría la comu-nidad que habita en los alrededores delestablecimiento. En un caso de aplicación ycumplimiento de la legislación, la gente quevive cerca de una planta que esté incumplien-do su permiso de descarga o disponiendoilegalmente de los residuos en sus instala-ciones, puede interponer un recurso derevisión. Si la PROFEPA emite una orden decumplimiento por escrito en respuesta a unadenuncia popular presentada por la comu-nidad, la comunidad puede interponer unrecurso de revisión para impugnar la ordendel gobierno.

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¿Dónde se interpone un recurso de revisión? Elrecurso de revisión debe interponerlo ante lamisma instancia que emitió la decisión queestá usted impugnando. En el caso de deci-siones sobre aplicación y cumplimiento de lalegislación, la impugnación se presentaría a laPROFEPA, y la PROFEPA decidiría sobre lamisma. La decisión sobre la impugnación latoma un funcionario de la instancia que estéen un nivel superior al funcionario que tomóla decisión inicial.

¿Cuál es el proceso para interponer un recursode revisión? Los procedimientos para el recur-so de revisión se encuentran en la Ley Federalde Procedimientos Administrativos (LFPA).Esta ley contiene los requisitos para todostipos de procedimientos administrativos for-males que tienen que ver con las instanciasfederales, incluyendo los recursos de revisión.La ley abarca muchos aspectos del proceso,incluyendo cómo iniciar un caso, cómo envíael gobierno notificaciones durante el trámitedel caso, cómo se investiga el caso, y cómo sedeciden los casos.

¿Cuál es el plazo límite para interponer unrecurso de revisión? El recurso de revisión sedebe interponer en un plazo de 15 días

hábiles a partir de la fecha en que reciba noti-ficación de la acción del gobierno que estáusted impugnando.129

¿Se necesita un abogado para interponer unrecurso de revisión? Es importante que un abo-gado lo ayude con este proceso jurídico.Existen varios requisitos técnicos detalladospara interponer un recurso de revisión. Porejemplo, usted debe exponer los agravioscometidos por la instancia. Para hacer esto,necesita incluir motivos legalmente válidosen los que exponga por qué el gobiernoaplicó incorrectamente disposiciones específi-cas de la ley.

Si no puede encontrar un abogado que loayude o si decide presentar usted mismo unrecurso de revisión, deberá asegurarse decumplir con todos los requisitos jurídicos. Notiene que usar un formulario o formatoespecífico para elaborar su recurso derevisión, pero deberá incluir los siguienteselementos:

• el nombre de la instancia contra la cualinterpone el recurso de revisión;

• su nombre y domicilio para recibir notifi-caciones y comunicaciones de la instancia

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ASESORÍA JURÍDICA GRATUITA

En cuestiones federales y lo referente a actos u omisiones de las agencias publicas, se puedesolicitar asesoría legal gratuita al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP). Este es unórgano del Poder Judicial, y se regula por la Ley Federal de Defensoría Pública. Puedenrecibir esta asesoría gratuita las personas de escasos recursos y los despempleados, jubilados,y trabajadores eventuales. Para obtener esta asesoría se debe solicitar al IFDP, el cual tienedelegaciones en todos los estados.

Vea al Apéndice 6 para la dirección, o vea a la página web del IFDP:http://www.ifdp.cjf.gob.mx/Quees/mision.asp (“delegaciones”).

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sobre el recurso de revisión;• la decisión u orden que está impugnando;• la fecha en la cual se le notificó la decisión

u orden;• los agravios cometidos por la instancia;• si es pertinente, una copia de la decisión u

orden y la notificación que recibió sobredicha decisión; y

• cualquier comprobante de informaciónque pueda presentar para sustentar sureclamo de que la decisión u orden no seapega a la ley y debe cambiarse.130

¿Cómo responderá el gobierno a su recurso derevisión? El gobierno debe analizar todos losalegatos que contenga el recurso de revisión.El gobierno puede resolver su impugnación(1) confirmando la orden o decisión de lainstancia original; (2) revocando la orden odecisión original (en forma total o parcial); o(3) modificando la orden original. Si la resolu-ción de su recurso de revisión le ordena algobierno emprender alguna acción, el gobier-no deberá acatar dicha orden en un plazomáximo de cuatro meses.131 Si usted no estásatisfecho con la decisión sobre su recurso derevisión, puede considerar entablar unademanda contra la autoridad federal. Esterecurso se describe a continuación.

Cómo Interponer un Recurso de Inconformidad ante el Gobierno Estatal

La Ley de Ecología del Estado de Chihuahuaincluye procedimientos para impugnar unadecisión del gobierno. A esta impugnación sele llama recurso de inconformidad. Usted tiene15 días hábiles a partir de la fecha en que elgobierno le notifique su decisión para inter-poner el recurso. Deberá presentar su recursode inconformidad por escrito a la instanciaque emitió la decisión original (consulte eldomicilio en el Apéndice 6), pudiendo presen-tarlo personalmente o por correo certificado

con acuse de recibo.132 La ley exige que elrecurso de inconformidad escrito contenga elmismo tipo de información que se incluye enel recurso de revisión federal, así como unadescripción del daño que se deriva de ladecisión del gobierno.133 Una vez que se admi-ta el recurso de inconformidad, la instanciatiene 15 días hábiles para desahogar las prue-bas, y luego la persona que presenta el recursotiene 3 días para responder. Después de eselapso, la instancia resolverá el recurso deinconformidad confirmando, modificando orevocando la decisión original.134

Cómo Interponer un Recurso de Inconformidadante el Gobierno Municipal

En el ámbito municipal, el ReglamentoMunicipal de Ecología de Ciudad Juárez tam-bién contempla procedimientos parainterponer un recurso de inconformidad. Si elcaso tiene que ver con agua, el recurso secanaliza a la JMAS. Otros temas ambientalesse impugnan con la Dirección JurídicaMunicipal. (Consulte el domicilio en elApéndice 6.) La información que debeincluirse en el recurso de inconformidadescrito es prácticamente la misma que se debeincluir en las impugnaciones estatales. Elrecurso de inconformidad deberá interpon-erse en un plazo de 10 días a partir de la fechaen que se le notifique la decisión del gobier-no.135 La ley no establece ningún otro plazo oprocedimiento para que el gobierno tomeuna decisión sobre su recurso de inconformi-dad.

Consideraciones para Interponer un Recurso de Revisión

Uno de los aspectos principales que debeconsiderar antes de interponer un recurso deinconformidad es la naturaleza técnica delprocedimiento. Es mejor consultar con un

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abogado que pueda asesorarlo para decidir sisigue adelante con este tipo de impugnación yle ayude a plantear los argumentos legalesnecesarios. No obstante, si no puede conseguirasesoría jurídica, puede presentar el recursopor su cuenta si cree que hubo una equivo-cación en la decisión original. Esto le ayudaráa tener su caso abierto con el gobierno y poste-riormente puede consultar un abogado.

Otro de los factores para presentar unrecurso de inconformidad es el tiempo que setarda la instancia en decidir sobre la impu-gnación. Al igual que en los casos de otrasestrategias legales, es esencial que las comu-nidades sigan su trabajo de organización ycapacitación a fin de presionar a la ciu-dadanía y al gobierno para que emprendanlas acciones pertinentes con el objeto dedetener las actividades contaminantes.

Promoción de un Juicio de Amparo

El recurso de revisión implica la revisiónadministrativa de una decisión tomada poralguna instancia. También existe una her-ramienta jurídica que le permite a laspersonas acudir a los tribunales para impug-nar una decisión de alguna instancia—eljuicio de amparo. Este proceso jurídico seestablece en los Artículos 103 y 107 de laConstitución Mexicana, y se usa para impug-nar cualquier acción gubernamental queviole las garantías individuales consignadasen la Constitución.

El juicio de amparo es un procedimientolegal complejo, por lo cual la persona quedesee promoverlo debe contratar un abogadoque le ayude en el proceso. (Como se men-cionó anteriormente, en algunos casos, sepuede obtener asesoría jurídica gratuita en el

Instituto Federal de Defensoría Pública.) Acontinuación se presentan algunos de losaspectos generales del juicio de amparo quese deben contemplar si está usted consideran-do emprender esta acción jurídica. Losrequisitos para promover el juicio de amparose encuentran en dos leyes federales impor-tantes: la Ley de Amparo y el Código Federalde Procedimientos Civiles.

¿Cuándo se puede usar el proceso del juicio deamparo? Un juicio de amparo se puede usarpara impugnar una decisión o proceso de unaautoridad gubernamental que viole laConstitución Política.136 En el ejemplohipotético de La Paz, si los habitantes presen-taron una denuncia popular pero el gobiernono respondió a sus quejas en forma oportuna,pueden considerar promover un juicio deamparo. O si la PROFEPA sí emitió una ordencontra el establecimiento, pero la orden noabordó problemas ambientales graves, loshabitantes pueden considerar promover unjuicio de amparo. También se puede pro-mover un juicio de amparo si el gobierno noresponde a su solicitud de información o leniega la información. En general, antes depromover un juicio de amparo usted debeintentar agotar todos los procesos administra-tivos normales para resolver su caso, como elrecurso de revisión. Existen algunas excep-ciones a este principio, las cuales deberáconsiderar con su abogado.

Para promover un juicio de amparo, debeargumentar que las acciones del gobiernoviolan sus garantías individuales. Ciertosartículos de la Constitución Política se rela-cionan con los tipos de daños ocasionadospor problemas ambientales graves. Por ejem-plo, el Artículo 4 señala que toda personatiene el derecho a un medio ambiente ade-cuado para su desarrollo y bienestar. El

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Artículo 14 señala que nadie podrá ser priva-do de libertad o de sus propiedades,posesiones o derechos, sino mediante juicio.

Se puede promover un juicio de amparocontra cualquier nivel de la autoridad guber-namental—federal, estatal, o municipal—siempre que la acción del gobierno viole laconstitución federal.

¿Quién puede promover un juicio de amparo?El juicio de amparo únicamente puede serpromovido por una parte que tenga uninterés legalmente válido sobre el asunto –esdecir, alguien que haya sufrido algún daño aconsecuencia de la acción anticonstitucionaldel gobierno.137 Si algún habitante de unacomunidad promueve un juicio de amparoen un caso de contaminación generada poruna planta aledaña, podría alegar que supropiedad o su salud se han visto afectadaspor la acción del gobierno. No está claro siuna persona puede promover un juicio deamparo para reclamar por daños al medioambiente en general, y no por daños a suspropiedades o a su salud. Por este motivo, esmás difícil para una organización promoverun juicio de amparo para protestar si el gob-ierno no aplica y hace cumplir las leyesambientales. Una demanda de amparo puedeser promovida por más de una persona, sitodas han sufrido daños, con la únicasalvedad de que deberán designar un repre-sentante común.138

Cualquiera puede promover un juicio deamparo, independientemente de que sea o noresidente o ciudadano de México.

¿Qué puede ordenar un tribunal en un juicio deamparo? En un juicio de amparo, el tribunalpuede ordenar la suspensión inmediata de ladecisión que se está impugnando, mientras se

decide el amparo.139 En su decisión final, eltribunal puede negar el amparo, o puede con-cederlo y modificar la decisión del gobiernoque se está impugnando.

¿Cuánto tiempo tarda generalmente el procesolegal? La ley no establece un plazo específicopara que el tribunal decida sobre el juicio deamparo. El tiempo depende en parte de quétan complicado es el caso.

Consideraciones para Recurrir al Proceso de Amparo

Al igual que el recurso de revisión adminis-trativa, el proceso de amparo es un procesotécnico que requiere de asesoría jurídica. Siusted está considerando promover un juiciode amparo, le conviene consultar inmediata-mente a un abogado, ya que existen plazospara la presentación de una demanda. Otrofactor importante que debe tomar en cuentaal decidir si promueve un amparo es la lim-itación sobre quién puede promover este tipode recurso. Dado que el amparo se limita a laspersonas que hayan resultado perjudicadasdirectamente por una acción indebida delgobierno, cabe la posibilidad de que el tribu-nal no acepte su demanda si usted estátratando de remediar un problema ambientalque no afecte su salud o su propiedad.

Existen otros tipos de demandas que sepuede interponer, como la demanda de nuli-dad, si considera que el gobierno no harespondido adecuadamente a su denunciapopular. Estos recursos también implican req-uisitos legales complejos, y lo mejor esconsultar con un abogado que pueda orien-tarlo para decidir si estas herramientasjurídicas son adecuadas en su caso.

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Otros Mecanismos para la Aplicación y elCumplimiento de la Legislación Ambiental

Denuncias Penales

Las leyes federales y estatales establecensanciones penales para ciertas infracciones a lalegislación ambiental. Es importante recordarque el gobierno tiene discreción paraperseguir los delitos penales. El gobiernopuede decidir que las acciones no constituyenun delito, o que no hay suficientes pruebaspara entablar una acción penal contra laempresa. No obstante, hay medidas que ustedpuede tomar para ayudar a garantizar que elgobierno ejerza acción penal en los casos quecorresponda.

La prosecución del los delitos es materiaexclusiva del Ministerio Público. LaProcuraduría General de la República (PGR),órgano del cual depende el MinisterioPúblico, cuenta con tres fiscalías especialespara la atención de delitos ambientales.

Cualquier persona puede presentar unadenuncia sobre posibles infracciones penalesfederales directamente en las oficinas localesde la PGR.140 (La información para comuni-carse a esta dependencia se encuentra en elApéndice 6.) Aunque algunos delitos ambien-tales únicamente se persiguen si la PROFEPAinterpone una denuncia, usted puede ayudarproporcionándole al Ministerio Público prue-bas o información.

Además de enviar su denuncia por correo opresentarla en persona, también la puederemitir por Internet. El sitio web de la PGRcuenta con un formulario que se puedeenviar por vía electrónica. Consulte la direc-ción http://www.pgr.gob.mx/mail/denciudadana.htm. El formulario tiene espa-cio para que usted incluya información para

comunicarse con usted, información sobre laparte que presuntamente cometió el delito,los hechos relacionados con el delito, ycualquier prueba que tenga sobre el caso. (Enel Apéndice 10 se encuentra una copia delformulario.) No es necesario que use el for-mulario que se encuentra en el sitio web de ladependencia, y además, también puedeenviar su denuncia por correo regular.

El estado de Chihuahua, al igual que otrosestados, tiene su propia Procuraduría Generalencargada de perseguir los delitos que son decompetencia estatal. Según la Ley de Ecologíadel Estado de Chihuahua, los delitos penalesde tipo ambiental únicamente se perseguiránpor querella de la Secretaría de Ecología.141

Sin embargo, usted puede aportar informa-ción a la dependencia sobre posibles delitosambientales.

Denuncia de Violación a los Derechos Humanos

Las comunidades que resulten afectadaspor problemas graves pueden considerar pre-sentar una queja de violación a los derechoshumanos. En esta queja se señala que unainstancia o funcionario del gobierno esresponsable de haber violado los derechoshumanos básicos de una persona. Las denun-cias por violación de los derechos humanosgeneralmente implican un daño grave (o laamenaza de un daño grave) a una persona osu propiedad.

Los derechos humanos son derechos uni-versales de los que goza toda persona,independientemente de su origen, raza,religión, sexo o filiación política. Aunque noexiste una lista precisa de los derechoshumanos, estos derechos se mencionan en laConstitución Política Mexicana y en los trata-dos internacionales ratificados por México, eincluyen los derechos básicos a la vida y la

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libertad—como la libertad de expresión y deasociación, el derecho a no ser privado de lalibertad injustamente y a no sufrir maltratosfísicos. Algunos tratados que México ha ratifi-cado incluyen los derechos ambientales. Porejemplo, la Convención Americana sobreDerechos Humanos en Materia de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales (Protócolode San Salvador) señala que todas las per-sonas tienen el derecho de vivir en un medioambiente sano, y que los gobiernos que par-ticipan en la Convención deben proteger,preservar y mejorar el medio ambiente.142

Para consultar la lista de los acuerdos interna-cionales sobre derechos humanos que haratificado México, ingrese a http://www.cndh.org.mx/juridica/tratinter/traint.htm.

En México hay Comisiones de losDerechos Humanos federales y estatales quese han creado para atender quejas sobre vio-lación a los derechos humanos y emitirrecomendaciones en caso de sea adecuadoemprender alguna acción. Las leyes federalesy estatales establecen la forma en que setramitan estas quejias. El siguiente resúmendel proceso de presentación de quejas puedeayudarle a decidir si desea interponer estetipo de denuncia.

La Comisión Nacional de los DerechosHumanos (CNDH) es una entidad federalautónoma. Una de sus funciones es recibir einvestigar quejas en las que se señale que sehan violado los derechos humanos básicos dealguna persona por las acciones u omisionesde alguna instancia o autoridad federal (queno sean los tribunales). Si la Comisión con-cluye que ha habido una violación de losderechos humanos, emitirá una recomen-dación a la autoridad correspondiente. Estarecomendación es no vinculatorio, pero laautoridad debe informar si acepta larecomendación y (en caso de aceptarla)

demostrar en qué forma cumplirá conella.143

Cualquier persona puede presentar unaqueja con la Comisión, generalmente dentrodel plazo de un año a partir de la fecha en quese haya iniciado la presunta violación de losderechos humanos. La queja deberá presen-tarse por escrito (a menos que el caso seaurgente). No existe un formato específicopara presentar la queja, pero se debe incluirinformación básica sobre la persona que pre-senta la queja y los hechos en los que sebasa.144 No es necesario mencionar específica-mente qué derecho humano se está violando.El sitio web de la Comisión contiene másinformación sobre el proceso para presentar yresolver quejas, así como copias de recomen-daciones que la Comisión ha emitido en otroscasos. Consulte la dirección http://www.cndh.org.mx/index.htm. (La informa-ción para comunicarse con esta instancia seencuentra en el Apéndice 6.)

Cabe mencionar que el gobierno federal haadoptado un reglamento que podría limitar laposibilidad de que la CNDH acepte quejassobre derechos humanos relacionadas conproblemas ambientales. El ReglamentoInterno de la CNDH indica que la Comisiónno admitirá quejas si la presunta violación escompetencia de la PROFEPA. En su lugar, laComisión canalizará la queja a la PROFEPA.145

Sin embargo, hay otra parte del reglamentoque le permite a la Comisión aceptar casosque tengan que ver con presuntas violacionesde los derechos humanos cometidas porservidores públicos de organismos encarga-dos de atender las quejas.146 Por ejemplo, si laPROFEPA no responde a una denuncia popu-lar o no la investiga como es debido, el hechode que sus funcionarios no hayan atendido ladenuncia y la violación de los derechos

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humanos que se derive podrían ser motivopara presentar una queja a la CNDH.

Sin embargo, en la práctica, si usted pre-senta a la CNDH una queja que tenga que vercon un tema ambiental, es posible que laComisión la turne a la PROFEPA. Si estosucede, tal vez convenga que usted hable conun abogado para decidir si promueve unjuicio de amparo para impugnar la decisión.También es conveniente que consulte a unabogado antes de presentar una queja por vio-lación de los derechos humanos, para que looriente sobre la mejor manera de formular suqueja.

La CNDH también atiende otro tipo deasunto –quejas en las que se señale que unaagencia local haya sido omisa en investigardebidamente (o por su manifiesta inactividaden la atención a) una queja en que se describ-an actos presuntamente violatorios dederechos humanos. Este tipo de recurso debeinterponerse dentro del plazo de 30 días apartir de la falta de respuesta, o bien dentrode los 6 meses posteriores a la inactividad dela instancia.147

Las comisiones estatales atienden quejas dederechos humanos contra instancias y fun-cionarios públicos estatales o municipales.Por ejemplo, en Chihuahua, la ComisiónEstatal de Derechos Humanos tiene proced-imientos similares a los que se siguen para laatención de quejas en el nivel federal. Susrecomendaciones no son obligatorias, pero sítiene competencia para dar seguimiento a loscasos y verificar si la instancia gubernamentalestá cumpliendo con las recomendaciones dela Comisión. La Ley de la Comisión Estatal deDerechos Humanos establece la Comisión yel proceso para la atención de quejas. En elsitio web de la Comisión se puede consultarla ley y otra información sobre los proced-imientos para presentar una queja. Consulteel sitio http://www.cedhchihuahua.org/(“Cómo presentar una queja”). En este sitioweb también se publica una lista de las quejasrecibidas y las recomendaciones emitidas porla Comisión en los últimos años. Consulteh t t p : / / w w w. c e d h c h i h u a h u a . o r g /(“Estadísticas”). Las impugnaciones de lasdecisiones de las comisiones estatales lasatiende la Comisión Nacional de losDerechos Humanos.

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Notas

1. Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, Art. 42. Constitución, Art. 27, 733. Constitución, Art. 115III, V4. Ley de Aguas Nacionales, Art. 1135. Actualmente, el Municipio está modificando esteReglamento.6. Consulte http://www.cofemertramites.gob.mx/intranet/co_dialog_PublishedTramite.asp?coNodes=1329937&num_modalidad=07. Consulte http://www.cofemertramites.gob.mx/intranet/co_dialog_PublishedTramite.asp?coNodes=1329936&num_modalidad=08. Reglamento/Atmósfera, Art. 18, 21, 229. Reglamento/Atmósfera, Art. 2010. Reglamento/Atmósfera, Art. 1111. LGEEPA, Art. 111bis12. Reglamento/Atmósfera, Art. 1113. Ley Estatal de Ecología, Art. 914. Reglamento/Atmósfera, Art. 1715. LGEEPA, Art. 2016. LGEEPA, Art. 12217. LGEEPA, Art. 123; Ley Estatal de Ecología, Art.102; Reglamento Municipal de Ecología, Art. 5118. LGEEPA, Art. 122; Ley Estatal de Ecología, Arts.102-107; Reglamento Municipal de Ecología, Arts.45-9819. LGEEPA, Art. 121; Ley de Aguas Nacionales, Art.8820. Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, Art.138, 139, 13521. Ley de Aguas Nacionales, Art. 8922. LGEEPA, Art. 121; Ley Estatal de Ecología, Art.103, 105; Reglamento Municipal de Ecología, Art. 80,9023. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 90, 93,99–10924. Ley General para la Prevención y Gestión Integralde los Residuos, (LGPGIR) Art. 5XIX, 9V25. LGPGIR, Art. 6526. LGPGIR, Art. 5627. LGPGIR, Art. 4528. Reglamento de la Ley General para la Prevencióny Gestión Integral de los Residuos, Art. 46, 7529. Reglamento/Residuos, Art. 48-5130. Reglamento/Residuos, Art. 5631. LGPGIR , Art. 68; Reglamento/Residuos, Art. 129-13032. LGPGIR , Art. 75, 7633. Reglamento/Residuos, Art. 132-147

34. Reglamento/Residuos, Art. 144-14535. LGPGIR, Art. 7036. LGEEPA, Art. 142; LGPGIR, Art. 85-637. Reglamento/Residuos, Art. 108, 11138. Reglamento/Residuos, Art. 11439. LGPGIR, Art. 89, 9140. LGPGIR, Art. 88, 94; Reglamento/Residuos, Art.121-12541. LGEEPA, Art. 153(VI); LGPGIR, Art. 9342. LGPGIR, Art. 50, 80; Reglamento/Residuos, Art.8543. Reglamento para el Transporte Terrestre deMateriales y Residuos Peligrosos, Art. 58-10144. LGPGIR, Art. 27-34; Ley Estatal de Ecología, Art.152-345. LGEEPA, Art.147-14946. Para mayor referencia puede consultarse el“Decreto por el que se declara por causa de utilidadpública el establecimiento de la Zona Intermedia deSalvaguardia en torno de la Planta de la EmpresaQuímica Flúor, S.A. de C.V. Municipio de Matamoros,Tamps.”, publicado en el Diario Oficial de laFederación el día viernes 11 de enero de 1991.47. Ley Estatal de Ecología, Art. 144; ReglamentoMunicipal de Ecología, Art. 14548. Ley Estatal de Ecología, Art. 16149. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 13950. Ley Estatal de Ecología, Art. 139-14151. LGPGIR, Art. 95-10052. LGEEPA, Art. 162-166; Ley Estatal de Ecología,Art.199-207; Reglamento Municipal de Ecología, Art.218-22553. LGEEPA, Art. 11(IX); Ley Estatal de Ecología, Art.19954. LGEEPA, Art. 167; Ley Estatal de Ecología, Art.205; Reglamento Municipal de Ecología, Art. 22555. LGEEPA, Art. 173; Ley de Aguas Nacionales, Art.121; Ley Estatal de Ecología, Art. 21556. Ley Estatal de Desarrollo Urbano, Art. 203-21857. LGEEPA, Art. 170-171; LGPGIR, Art. 10458. Ley Estatal de Ecología Art 211.59. LGEEPA, Art. 171(I)60. LGEEPA, Art. 17161. Ley de Aguas Nacionales, Art. 12162. Ley Estatal de Ecología, Art. 212; ReglamentoMunicipal de Ecología, Art. 23163. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 231(I)64. LGEEPA, Art. 171(II)65. LGEEPA, Art. 17566. Ley de Aguas Nacionales, Art. 122; Reglamento dela Ley de Aguas Nacionales, Art. 15367. Reglamento/Atmósfera, Art. 14, 15

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68. Ley Estatal de Ecología, Art. 212; ReglamentoMunicipal de Ecología Art. 23169. LGPGIR, Art. 112(IV)70. Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, Art.149, 15071. Ley Estatal de Ecología, Art. 18372. Reglamento Municipal de Ecología Art.231(IV),12073. LGEEPA, Art. 171(III); Ley Estatal de Ecología, Art.212(III); Reglamento Municipal de Ecología, Art.231(III)74. LGEEPA, Art. 17275. LGEEPA, Art. 12476. Ley Estatal de Ecología, Art. 214,10677. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 50, 75,8978. LGEEPA, Art. 182, 169, 20279. LGEEPA, Art. 18280. Código Penal Federal, Art. 414-41681. Código Penal Federal, Art. 6082. Código Penal Federal, Art. 414-416, 42083. Código Penal Federal, Art. 42184. Ley Estatal de Ecología, Art. 225-23185. LGEEPA, Art. 7386. Constitución, Art. 6, 887. LFTAIPG, Art. 788. LFTAIPG, Art. 789. LGPGIR, Art. 89, 9390. Reglamento/Residuos, Art. 4591. LGPGIR, Art. 50(VI); Reglamento/Residuos, Art.2692. LFTAIPG, Art. 13-1993. LFTAIPG, Art. 4094. Consulte http://www.sisi.org.mx/Manual_ solici-tantes.pdf95. Consulte www.ifai.org.mx/test/new_portal/ cos-tos.htm96. LFTAIPG, Art. 4497. LFTAIPG, Art. 5398. LFTAIPG, Art. 4999. LFTAIPG, Art. 54100. LFTAIPG, Art. 52101. LGEEPA, Art. 159(Bis3)—159(Bis6)102. LTAIPECH, Art. 8103. LTAIPECH, Art. 50104. LTAIPECH, Art. 20105. LTAIPECH, Art. 29-32

106. LTAIPECH, Art. 10107. LTAIPECH, Art. 11108. LTAIPECH, Art. 9109. LTAIPECH, Art. 11110. LTAIPECH, Art. 12111. LTAIPECH, Art. 13-15112. LTAIPECH, Art. 62-64113. LTAIPECH, Art. 70, 72, 77-79114. LTAIPECH, Art. 56-61115. PROFEPA, “Justicia Ambiental y Atención deDenuncias, Quejas Ambientales y Participación Social”(2006) págs. 91- 92, disponible en: http://www.pro-fepa.gob.mx/Profepa/Conozcanos/Informes/InformesAnuales.htm116. LGEEPA, Art. 161117. Ley General de Salud, Art. 60118. LGEEPA, Art. 190119. LGEEPA, Art. 191,192120. LGEEPA, Art. 192,193121. LGEEPA, Art. 199122. LGEEPA, Art. 193123. Ley Estatal de Ecología, Art. 184124. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 226125. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 227-229126. Ley Estatal de Ecología, Art. 186; ReglamentoMunicipal de Ecología, Art. 228127. Ley Estatal de Desarrollo Urbano, Art. 194-197128. LGEEPA, Art. 176129. LGEEPA, Art. 176; LFPA, Art. 85130. LFPA, Art. 86131. LFPA, Art. 91, 92132. Ley Estatal de Ecología, Art. 219, 220133. Ley Estatal de Ecología, Art. 221134. Ley Estatal de Ecología, Art. 222, 224135. Reglamento Municipal de Ecología, Art. 238-239136. Ley de Amparo, Art. 1137. Ley de Amparo, Art. 4 138. Ley de Amparo, Art. 20139. Ley de Amparo, Art. 173140. LGEEPA, Art. 182141. Ley Estatal de Ecología, Art. 231142. Protocolo de San Salvador, Art. 11143. Ley de la CNDH, Art. 44-46144. Ley de la CNDH, Art. 25-29145. Reglamento Interno de la CNDH, Art. 12146. Reglamento Interno de la CNDH, Art. 11147. Reglamento Interno de la CNDH, Art. 149, 151

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En los dos capítulos anteriores se presen-taron las herramientas jurídicas

consignadas en las leyes de México y EstadosUnidos que la gente puede usar si cree quealgún establecimiento pudiera estarinfringiendo la ley y poniendo en peligro a lacomunidad. Es posible que en algunos casosde contaminación ambiental grave en la fron-tera estas herramientas jurídicas no sirvanpara abordar adecuadamente el problema. Siusted ha tratado de exigir el cumplimiento dela legislación ambiental de su país, o de hacerque su gobierno aplique las leyes, tal vezdesee plantear el asunto en un foro de carác-ter binacional. Existen varias formas dehacerlo. En este capítulo se describen dos pro-cesos formales que podrían ser opciones paraabordar problemas de tipo ambiental: elPrograma Ambiental México-Estados UnidosFrontera 2012 y el Proceso de PeticionesCiudadanas de la Comisión para laCooperación Ambiental de América delNorte. Dichos procesos tienen limitaciones,pero han sido utilizados anteriormente concierto éxito para atender algunos problemasde justicia ambiental en la frontera. Tambiénse describe brevemente la opción de presentardenuncias a la Comisión Interamericana deDerechos Humanos.

SECCION I: PETICIÓN CIUDADANAANTE LA COMISION PARA

LA COOPERACIÓN AMBIENTAL

Antecedentes

Cuando México, Estados Unidos y Canadácelebraron en 1993 el TLCAN (Tratado deLibre Comercio de América del Norte), tam-bién firmaron un convenio paralelo para laprotección del medio ambiente (el Acuerdode Cooperación Ambiental de América delNorte o ACAAN), el cual señala que cada paísmiembro tiene la responsabilidad de protegerel medio ambiente y aplicar de manera efecti-va sus leyes.1

En dicho convenio paralelo también secreó una organización trinacional –laComisión para la Cooperación Ambiental deAmérica del Norte (CCA), cuyo propósito es“ocuparse de los asuntos ambientales de pre-ocupación común, contribuir a prevenirposibles conflictos ambientales derivados dela relación comercial y promover la apli-cación efectiva de la legislación ambiental.”2

La CCA lleva a cabo investigaciones y otrosproyectos para impulsar los programas deprotección de sus países miembros. Otra de

Capítulo 4

Mecanismos Binacionales para el Seguimiento Ciudadano de la Aplicación de la Legislación Ambiental

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las funciones principales de la CCA es consid-erar las quejas referentes a que los gobiernosno están aplicando de manera efectiva su leg-islación ambiental. A este proceso se leconoce como el proceso de “PeticionesCiudadanas.”

El proceso de Peticiones Ciudadanas es unmecanismo abierto a los habitantes deMéxico, Estados Unidos o Canadá que con-sideren que su gobierno está incurriendo enomisiones en la aplicación efectiva de supropia legislación ambiental. Desde 1995 laCCA ha recibido 60 Peticiones Ciudadanas;la mayoría de ellas provienen de residentesen México, mientras que Estados Unidostiene el menor número de peticiones presen-tadas.3

Si usted ya ha hecho uso de las herramien-tas jurídicas descritas en el Capítulo Dos oTres del presente manual y aún así el gobier-no no ha aplicado de manera efectiva sulegislación para resolver el problema ambien-tal, podría considerar emplear el proceso dePeticiones Ciudadanas de la CCA. Por ejemp-lo, la COSYDDHAC (Comisión de Solidaridad yDefensa de los Derechos Humanos), organismono gubernamental mexicano, presentó unaPetición Ciudadana a nombre de los indíge-nas de la región Tarahumara del estado deChihuahua. Dicha petición se refiería a la talaclandestina y a otras actividades deexplotación de recursos. La PeticiónCiudadana señala que el gobierno mexicanole negó acceso a la justicia ambiental a lascomunidades debido a que omitió: consultara los indígenas antes de expedir permisospara la tala de árboles, tramitar las denunciaspopulares, ejercer acción judicial ante la exis-tencia de delitos ambientales, o dar acceso ala información de carácter ambiental. Estecaso y todos las Peticiones Ciudadanas pre-sentadas a la CCA se pueden consultar en la

página de internet de la CCA: http://www.cec.org/citizen/index.cfm?varlan=espanol.

La principal limitación del proceso dePeticiones Ciudadanas es que la CCA nopuede exigir a un país que ejerza acciones deaplicación y cumplimiento. El proceso estádiseñado principalmente para facilitar unaaplicación más efectiva de la legislación al“sacar a la luz” los problemas específicos. Si laCCA considera que la Petición expone uncuestionamiento válido sobre la aplicaciónefectiva de la legislación ambiental, proced-erá a elaborar un “Expediente de Hechos,” enel cual se describirá en detalle el problemaambiental y las medidas que ha tomado (o haomitido tomar) el gobierno para aplicar susleyes ambientales.

En el resto de esta parte se describe cómo sepuede presentar una Petición Ciudadana, eltrámite que da la CCA a las PeticionesCiudadanas, y algunas consideracionesestratégicas para usar este proceso. La mayorparte de la información que aquí se presentaproviene de las Directrices para laPresentación de Peticiones, las cuales seencuentran en la página de internet de dichoorganismo: http://www.cec.org/citizen/guide_submit/index.cfm?varlan=espanol.

Cómo Presentar una Petición Ciudadana

¿Quién puede presentar una PeticiónCiudadana? Cualquier persona u organizaciónno gubernamental que resida en México,Estados Unidos o Canadá puede presentaruna Petición Ciudadana a la CCA. No es nece-sario contratar un abogado para presentaruna Petición Ciudadana, pero es importanterecordar que se trata de un proceso cuasi-legalque puede llegar a convertirse en algo bas-tante técnico. Podría resultar conveniente

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contar con la ayuda de un abogado para pre-sentar la petición y dar seguimiento a lainformación que necesite presentar a la CCA.

¿Cómo se presenta una Petición Ciudadana?Las Peticiones Ciudadanas no se puedenenviar solamente por fax ni por correo elec-trónico. Es necesario enviar la petición escritapor correo postal al siguiente domicilio de laCCA:

Comisión para la Cooperación Ambiental393, rue St-Jacques Ouest, Bureau 200Montréal (Québec)Canada H2Y 1N9

La CCA prefiere que, de ser posible, juntocon la versión impresa se incluya un discopara computadora que contenga la petición oenvia una copia de la petición por correo elec-trónico.

¿Qué se debe incluir en la Petición Ciudadana?La Petición Ciudadana debe constar porescrito, y podrá presentarse en español,francés, o inglés. No existe un formato especí-fico a seguir, pero la CCA sí ha fijado unlímite de páginas. Las peticiones no deberánexceder 15 páginas mecanografiadas (enhojas tamaño carta), sin contar la docu-mentación de apoyo.

El proceso de la CCA está enfocado a lasomisiones de los gobiernos respecto a la apli-cación de su legislación ambiental. Por lo tanto,esta debe ser la alegación principal en unaPetición Ciudadana. La petición deberáincluir la siguiente información:

• El nombre y domicilio postal de la personau organización que presenta la PeticiónCiudadana;

• La ley ambiental específica—y las sec-ciones de dicha ley—de la cual el gobierno

no está aplicando en forma efectiva. Caberecordar que el artículo 45 del ACAANcontiene una definición de “ley ambien-tal,” y que la CCA no dirige sus acciones ala aplicación de leyes que no satisfacenesta definición, aún y cuando existanimpactos ambientales;

• Una descripción de los hechos de su caso;y

• Cualquier documentación para sustentarsu denuncia, incluyendo la corresponden-cia que haya intercambiado con instanciasgubernamentales.

Su resumen de los hechos debe incluir: (1)cómo usted (u otros) le comunicó el proble-ma a las autoridades gubernamentales de supaís (incluyendo cualquier remedio privadoque ha buscado); (2) qué acciones realizó queel gobierno para abordar el problema; (3) quédaño derivó de la falta de respuesta efectivapor parte del gobierno; y, (4) cómo ayudaría aresolver el problema que la CCA analizara elcaso.

En cada uno de los casos que pasen por elproceso de Petición Ciudadana, la CCA publi-cará la Petición Ciudadana, la respuesta delgobierno, así como las decisiones emitidaspor la CCA. Estos documentos pueden con-sultarse en la página: http://www.cec.org/citizen/index.cfm?varlan=espanol.

Cómo Responde la CCA a las Peticiones Ciudadanas

La CCA le notificará por escrito una vezque ha recibido su Petición Ciudadana. Si laCCA considera que el tema de su Petición nosatisface los requisitos básicos para la revisiónbajo el proceso de Peticiones Ciudadanas, laCCA le hará saber sus razones. Entonces ustedtendrá 30 días para presentar una petición

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modificada. Si la petición modificada todavíano satisface los requisitos de la CCA, la CCAdará por terminado su caso.

A continuación se describen los pasos quesigue la CCA para revisar las PeticionesCiudadanas que sí cumplieron con los requi-sitos básicos.

Solicitud de una Respuesta del Gobierno.Primero la CCA decidirá si solicitará unarespuesta por parte del gobierno a su PeticiónCiudadana. Una de las cosas que considerarála CCA al tomar esta decisión es si usted hahecho los esfuerzos razonables para lograr laaplicación y cumplimiento de la ley pararesolver el asunto antes de presentar la peti-ción. En el caso de que la CCA decida nosolicitar una respuesta del gobierno, le dará austed 30 días para presentar información adi-cional. Si la CCA después de esto no cambiarasu decisión, dará por cerrado su caso.

Si la CCA decide solicitar una respuesta delgobierno, el gobierno tendrá 30 días (en lamayoría de los casos hasta 60) para responder.Si su gobierno le informa a la CCA que hayun procedimiento legal corriente pararesolver el problema que se plantea en suPetición Cuidadana, la CCA podría cerrar elcaso. De otro modo, una vez que la CCA reci-ba la respuesta del gobierno, considerará sidebe preparar un Expediente de Hechos.

Decisión de Preparar un Expediente de Hechos.Dos órganos diferentes dentro de la CCAdeciden si preparar un Expediente de Hechoso no. El Secretariado de la CCA (la personalde la CCA) toma la primera decisión. Si elSecretariado decide que no se debe prepararun Expediente de Hechos, le notificará austed las razones por escrito y cerrará el caso.Si el Secretariado decide que se debe prepararun Expediente de Hechos, enviará esta

recomendación al Consejo completo (las tresnaciones miembros de la CCA).

El Consejo entonces tomará la decisiónfinal, mediante las dos terceras partes de losvotos. Si el Consejo decide en contra de unExpediente de Hechos, el caso se cerrará. Si elConsejo decide que se debe preparar unExpediente de Hechos, instruirá alSecretariado para hacerlo. Algunos de los fac-tores que se consideran en la decisión depreparar un Expediente de Hechos o no son:el tipo del daño que se alega; si se han o nobuscado remedios privados; si la CCA puede ono avanzar en cuanto a las metas del conve-nio ambiental paralelo al abordar el asunto; ysi la respuesta del gobierno deja abierta cues-tiones importantes sobre su aplicación de laley.

Recientemente, por ejemplo, la CCAdecidió prepara un Expediente de Hechospara una Petición Ciudadana que asevera queMexico está incurriendo en omisiones en laaplicación efectiva de la legislación ambientalen material de contaminación atmosférica enla ciudad de Hermosillo, Sonora. La peticiónafirma que el estado y el municipio han omi-tido la instrumentación de programasprevistos en la ley, inclusos el monitoreo de lacontaminación atmosférica y la verificaciónvehicular obligatoria.4

Preparación del Expediente de Hechos. ElExpediente de Hechos es el producto final enel proceso de revisión. Consiste en unresumen de la Petición Cuidadana y de larespuesta del gobierno; una descripción decualquier otra información obtenida por laCCA; y un análisis detallado de los hechos delcaso. Cuando la CCA está preparando elExpediente de Hechos, podría considerarinformación adicional más allá de lo que sepresentó en la petición. Esta información tal

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vez pueda provenir de las partes interesadas,de otros expertos, o de la propia investigaciónde la CCA.

El Secretariado de la CCA envía un bor-rador del Expediente de Hechos al Consejo, ylas partes interesadas tienen 45 días para pro-porcionar comentarios sobre la precisión delborrador. Entonces el Secretariado prepararáel Expediente de Hechos final para que elConsejo lo apruebe. Una vez que el Consejorecibe el Expediente de Hechos final, decide siquiere hacer público el Expediente, normal-mente dentro de 60 días. Sin embargo, nohay fechas límites estrictas para que la CCAemita un Expediente de Hechos final. La CCAse ha comprometido a “realizar sus mejoresesfuerzos . . . para asegurar que las peticionesse procesen de manera tan oportuna comosea posible en la práctica, de modo que el pro-ceso de una petición por lo general seconcluya no después de dos años. . . de recibi-da la petición por el Secretariado.” 5

Consideraciones Estratégicas paraPresentar una Petición Ciudadana

El proceso de Peticiones Ciudadanas de laCCA puede ayudar a enfocar la atenciónpública más marcadamente en un problemaambiental que no ha sido abordado ade-cuadamente por las autoridadesgubernamentales. Un ejemplo de un caso endonde ha sido usado el proceso de PeticionesCiudadanas de manera efectiva es el deMetales y Derivados, una fundidora de plomoabandonada en Tijuana. Después de muchosaños de abogar ante el gobierno por la reme-diación del sitio abandonado, los residentesde la Colonia Chilpancingo se unieron con laCoalición de Salud Ambiental (EnvironmentalHealth Coalition) de San Diego y presentaronuna Petición Ciudadana.

Después de considerar el asunto, la CCApreparó un Expediente de Hechos detalladoen el 2002 y analizó la contaminación ambi-ental en el sitio. El Expediente de Hechosconcluyó que “el sitio...es un caso de contam-inación del suelo por residuos peligrososrespecto del cual las medidas aplicadas a lafecha no han evitado la dispersión de los con-taminantes y el acceso al sitio. . . .” y que “nose han realizado acciones para restaurar elsuelo, de modo que se restablezcan las condi-ciones que permitan su uso. . . “6

El hecho de que una institución semi-independiente y trinacional reconozca lagravedad de un problema en su comunidad,puede ser una herramienta poderosa paraimpulsar la acción gubernamental. Como sedescribe en la siguiente sección de este capí-tulo, las instancias de los Estados Unidos yMéxico han estado trabajando con la comu-nidad durante los dos últimos años pararemediar el sitio de Metales.

El caso de Metales y otros destacan algunascosas importantes a considerar antes de pre-sentar una Petición Ciudadana a la CCA.

Primero, así como con otros procedimien-tos legales, es importante que usted use elproceso de Peticiones Ciudadanas como unaherramienta de ayuda a otras estrategias deorganización comunitarias. Presentar o nouna Petición dependerá de su estrategia orga-nizativa total.

Segundo, una manera de enfatizar lagravedad del problema ambiental al que seenfrenta y de llamar la atención del públicosobre el caso, es unirse con otros individuos yorganizaciones para la Petición Ciudadana.La CCA tal vez agrupe a dos o más peticionesque se relacionen a los mismos hechos y ale-gatos.

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Tercero, esté preparado para un procesolargo. Pasarán años desde el momento en quese presenta una Petición Ciudadana hasta quese publique el Expediente de Hechos. Por loque se requerirá que usted dedique tiempopara presentar su petición, haciendo llegar ala CCA otra información que sea necesaria, yen general, llevando un seguimiento del pro-ceso. Si usted contrata a un abogado, esoañadirá costos, a menos que pueda encontrarun abogado que donara sus servicios.

Finalmente, es importante no dependercompletamente del proceso de PeticionesCiudadanas de la CCA. La CCA no requiere alos gobiernos que lleven a cabo acciones deaplicación y cumplimiento, así es que el pro-ceso de peticiones no solucionará unproblema ambiental específico por sí solo. Lasiguiente sección analiza otro mecanismobinacional posible para avanzar respecto susactividades de organización y otras paraaplicar y hacer cumplir las leyes y normasambientales.

SECCIÓN II: PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN EL PROGRAMA

AMBIENTAL MÉXICO-ESTADOS UNIDOSFRONTERA 2012

Frontera 2012 es un programa de protec-ción ambiental que involucra a los oficialesgubernamentales de EE.UU. y México a nivelfederal, estatal y local. La estructura formaldel programa provee a los residentes de lacomunidad con un posible foro binacionalpara abordar los asuntos de injusticia ambien-tal local. La EPA tiene una página de internetpara el programa, disponible en inglés y enespañol: www.epa.gov/border2012.

Antecedentes

El Programa Frontera 2012 es un esfuerzoconjunto de 10 años entre Estados Unidos yMéxico para abordar problemas ambientalesy de salud pública en las comunidades fron-terizas. Es un seguimiento al programaFrontera XXI. La misión official de Frontera2012 es de: “Proteger el medio ambiente y lasalud pública en la región fronteriza México–Estados Unidos, de manera consistente conlos principios de desarrollo sustentable.” 7 ElPrograma tiene seis metas generales refer-entes a: (1) la contaminación del agua; (2) lacontaminación del aire; (3) la contaminacióndel suelo;

(4) la salud ambiental; (5) las descargas o acci-dentes químicos; y (6) la aplicación y elcumplimiento de la ley. Estas son las áreasprincipales del programa, y cada meta tienevarios objetivos específicos para medir el pro-greso.

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La base legal del Programa Frontera 2012 esel Acuerdo de La Paz, el cual fue firmado porlos dos países en 1983. Mediante esteAcuerdo, EE.UU. y México se compro-metieron a trabajar juntos para abordar losproblemas ambientales en la región fronteri-za—definida como el área dentro de las 62.5millas (100 km) del linde de EE.UU.-México.El Acuerdo autoriza proyectos de cooperacióny establece un marco para consulta bina-cional sobre problemas ambientales. ElArtículo Dos del Acuerdo declara que E.U. yMéxico “emprenderán, hasta el alcance prác-tico más completo, la adpoción de lasmedidas apropiadas para prevenir, reducir yeliminar fuentes de contaminación en su ter-ritorio respectivo que afecte el área fronterizadel otro.”8 También hay Anexos al Acuerdode la Paz que tratan asuntos específicos, talescomo la contaminación del aire, el tratamien-to de aguas residuales, movimientotransfronterizos de residuos, y la respuesta aemergencias.

Estructura

La EPA de EE.UU. y SEMARNAT de Méxicoson los Coordinadores Nacionales que super-visan el Programa Frontera 2012. La Reuniónde Coordinadores Nacionales se debe sosten-

er cada año para analizar el progreso del pro-grama e identificar actividades prioritarias.

El programa tiene varios “Grupos deTrabajo.” Estos son órganos coordinadoresque incluyen representantes de gobiernosfederales, estatales, locales e indígenas. LosGrupos de Trabajo también pueden incluirorganizaciones binacionales, organizacionescomunitarias, instituciones académicas, y elsector privado. Existen dos categorías princi-pales de Grupos de Trabajo—fronterizos oregionales.

Grupos de Trabajo Fronterizos. Estos sontres Grupos de Trabajo que cubren asuntosfronterizos amplios. Uno es el Grupo deTrabajo de Cooperación para la Aplicación yCumplimiento de la Ley. Los otros dos abor-dan los temas de salud ambiental, ypreparación y respuesta a emergencias.(También existen “foros de política” fronteri-zos para abordar asuntos de la política delaire, agua y residuos).

Grupos de Trabajo Regionales. Estos sonGrupos de Trabajo que revisan múltiplesasuntos ambientales en un área específica dela frontera:

• Texas, Nuevo Mexico y Chihuahua

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GRUPOS Y EQUIPOS DE TRABAJO DE FRONTERA 2012

Los residentes de las comunidades que quieren participar en actividades de aplicación ycumplimiento de la ley, estarán interesados principalmente en dos grupos: Grupo deTrabajo Fronterizo de Aplicación y Cumplimiento de la Ley, y el Equipo de Trabajo deAplicación y Cumplimiento de la Ley para la región donde viven (ej. Equipo de Trabajo deAplicación y Cumplimiento de la Ley de Texas-Nuevo México-Chihuahua).Adicionalmente, otros Equipos de Trabajo (como aquellos que tratan con residuos) tambiénpueden estar involucrados en asuntos como sitios contaminados o la transportación deresiduos peligrosos.

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• Texas, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas• California, Baja California • Arizona, Sonora

Cada uno de estos Grupos de TrabajoRegionales tiene “Equipos de Trabajo” queabordan asuntos y proyectos regionalesespecíficos prioritarios. Por ejemplo, algunosde los Equipos de Trabajo para la región Texas-Nuevo México-Chihuahua son el Equipo deTrabajo de Cooperación para la Aplicación yCumplimiento de la Ley, el Equipo de Trabajode Salud Ambiental, y el Equipo de Trabajo deContaminación de Suelos (Residuos).

Actividades de Aplicación y Cumplimientode la Ley bajo el Programa Frontera 2012

El Programa Frontera 2012 no es principal-mente un programa de aplicación ycumplimiento de la ley, pero tiene tres metasgenerales relacionadas con la aplicación y elcumplimiento: (1) incrementar el número deempresas en la frontera que instrumentanprogramas voluntarios de cumplimiento de laley o auto-auditorias; (2) determinar lasfuentes de contaminación en la frontera quepresentan alto riesgo para la salud humana yel ambiente, así como establecer prioridadespara realizar acciones que disminuyan el ries-go; e (3) incrementar la tasa de cumplimientoen estas áreas prioritarias de alto riesgo.9 ElPrograma también trata de fortalecer la coop-eración entre EE.UU. y México sobre asuntosde aplicación y cumplimiento. En el pasado,esto ha involucrado actividades de entre-namiento, asistencia técnica (o, en algunoscasos, financiera), y coordinación sobre casosespecíficos de aplicación y cumplimiento de laley.

No son comunes las acciones conjuntas deaplicación y cumplimiento de la ley que

involucran a ambos países, pero ha habidocasos que involucran inspecciones conjuntaso información compartida acerca de instala-ciones específicas. Los países también hanestado involucrados en el caso muy sonadode Metales y Derivados, la fundidora de plomoabandonada en Tijuana. Las actividades con-juntas en el caso de Metales y Derivados haninvolucrado la remediación del sitio, mas quela aplicación y cumplimiento de la ley encontra de la compañía. El caso es particular-mente importante como modelo de laparticipación comunitaria formal. (Verrecuadro abajo.)

Otro asunto relacionado con la aplicacióny cumplimiento de la ley bajo Frontera 2012es el envío transfronterizo de residuos peli-grosos. Actualmente, no hay un sistemaintegral para rastrear el movimiento de estosresiduos—desde que cruzan la frontera hastasu destino final—para asegurar que el manejofinal de los residuos cumpla con las normaslegales. El monitoreo de los envíos transfron-terizos de residuos es responsabilidad de lasautoridades ambientales y aduaneras de cadapaís. México y EE.UU. tienen sistemas distin-tos para rastrear envíos, y los sistemasdependen de que las compañías presentenformas de papel. Este sistema basado en papeldificulta que cada país se coordine entre suspropias agencias y comparta información conel otro país.10

La EPA recientemente mejoró su sistemabasado en papel al adoptar una nueva formade manifiesto estandarizado de residuos peli-grosos para reemplazar las distintas formasusadas por los gobiernos federales y estatales.Sin embargo, la agencia todavía no ha creadoun sistema electrónico para procesar las for-mas. Usted podrá encontrar el nuevoforumulario, así como también otra informa-ción acerca de los requisitos de EE.UU. y

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México para envíos trasnsfronterizos, en lapágina de internet del Centro de Asistenciapara la Conformidad[DJH2] Fronteriza de laEPA, http://www.bordercenter.org/spanish/index.htm. Como parte del ProgramaFrontera 2012, la EPA también está trabajan-do para desarrollar una nueva tecnología deidentificación de radiofrecuencia (RFID porsus siglas en inglés) para rastrear elmovimiento de residuos peligrosos. Según laagencia, la RFID podría notificar “en tiempocasi-real” a la EPA cuando residuos crucen lafrontera y lleguen a una planta de tratamien-to o disposición de residuos en EE.UU.11

Según un oficial de EE.UU., se espera que selleve a cabo un RFID piloto en el área del Pasodel Norte en 2007.

Otra prioridad del Programa Frontera 2012es el del fortalecimiento de la capacidad deinspección en los puertos de entrada y en lasinstalaciones industriales.12 Actualmente, lasinspecciones se hacen para solamente unafracción de los envíos de residuos peligrososque cruzan la frontera. Autoridades federalesde EE.UU. y México y de Arizona han llevadoa cabo ejercicios de entrenamiento conjuntopara mejorar las inspecciones en la frontera, yla EPA está desarrollando nuevas directricespara coordinar estas inspecciones a lo largode la región fronteriza.13

Participación Comunitaria en Actividadesde Aplicación y Cumplimiento del

Programa Frontera 2012

El Programa Frontera 2012 destaca un“enfoque local de fondo.” Es un posiblemecanismo para que residentes de la comu-nidad aborden sus preocupaciones referentesa la aplicación y el cumplimiento de la ley engeneral, o acerca de una planta contaminanteespecífica. Sin embargo, al igual que cualquier

otra de las estrategias discutidas en este man-ual, es importante considerar las limitacionesdel proceso. El Programa Frontera 2012 no seráun proceso efectivo para abordar cada proble-ma de injusticia ambiental. Los resultadospueden ser difícil de lograr debido a: (1) losrecursos limitados del Programa Frontera2012 para abordar una enorme serie de prob-lemas ambientales fronterizos; (2) el carácterconfidencial y políticamente delicado de lasacciones transfronterizas de aplicación ycumplimiento de la ley; y (3) la gran cantidadde tiempo y recursos que tal vez necesiteninvertir los residentes de la comunidad paralograr acción bajo Frontera 2012.

Sin embargo, los siguientes PrincipiosRectores del Programa Frontera 2012, funda-dos en el Acuerdo de La Paz, enfatizan laparticipación comunitaria:

• Mejora la participación de los interesadosy asegura una representación amplia de lossectores ambiental, de salud pública y deotros sectores relevantes.

• Fomenta la transparencia, la participaciónpública y el diálogo abierto a través de laentrega de información oportuna, accesi-ble y precisa.

• Fortalece la capacidad de los residentes delas comunidades locales y de otros interesa-dos para la gestión de temas ambientales yde salud pública relacionados con el medioambiente. 14

Como con todos los procesos descritos eneste manual, si la comunidad está bien orga-nizada, tiene mejor oportunidad de serefectivo. Como parte de su actividad organi-zativa total, los residentes de las comunidadestal vez quieran aprender más acerca de lasactividades corrientes de Frontera 2012, darsu aportación acerca de esas actividades, ysacar a la luz asuntos nuevos para que el pro-

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grama los aborde. Por ejemplo, si una comu-nidad está preocupada con respecto a unacompañía que tal vez esté violando la ley yponiendo en peligro la salud pública, los resi-dentes tal vez quieran plantear el asunto alEquipo de Trabajo Regional que trata con laaplicación y el cumplimiento de la ley en esaregión de la frontera. A continuación sedescriben algunas formas para involucrarseen el Programa Frontera 2012.

CONTACTO CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS DELPROGRAMA FRONTERA 2012. Una de las manerasmás directas para aprender más acerca de lasactividades de Frontera 2012 o para comuni-carse con los funcionarios públicos delPrograma en cuanto a los problemas localeses contactarlos directamente. Los residentesde la comunidad pueden contactar a los fun-cionarios gubernamentales que participan enGrupos de Trabajo Regionales o Equipos deTrabajo para la Aplicación y Cumplimientode la Ley para hablar informalmente o parasolicitar información acerca de las actividadesde Frontera 2012. El Programa ha preparadoun directorio de contactos, el cual estádisponible en: http://www.epa.gov/bor-der2012/directory_esp.htm.

PARTICIPACIÓN EN REUNIONES PÚBLICAS. LosGrupos de Trabajo y Equipos de Trabajo deFrontera 2012 llevan a cabo reuniones públi-cas. Estas reuniones son una oportunidadformal para que los residentes expresen suspreocupaciones o hagan sugerencias acercade actividades futuras del Programa. Lasreuniones que se relacionarían más directa-mente a los asuntos locales de aplicación ycumplimiento de la ley son las reuniones delGrupo de Trabajo Regional (por ejemplo, elGrupo de Trabajo Regional de Texas-NuevoMéxico-Chihuahua) o uno de los Equipos deTrabajo Regionales (por ejemplo, el Equipo de

Trabajo para la Aplicación y Cumplimientode la Ley Texas-Nuevo México-Chihuahua).

¿Con qué frecuencia se reúnen estos grupos?Según la “Guía de Operación” del ProgramaFrontera 2012, los Grupos de Trabajo debenreunirse por lo menos una vez al año. No hayrequisitos específicos para la frecuencia dereuniones de los Equipos de Trabajo.15

Algunos Equipos de Trabajo se han reunidovarias veces al año en los años recientes. ElEquipo de Trabajo para la Aplicación yCumplimiento de la Ley Texas-Nuevo-México-Chihuahua no se ha reunido desdeagosto de 2005, pero tal vez reanude susreuniones en el futuro.16

¿Cómo se consigue aviso de una reunión? Deacuerdo con la Guía de Operación delProgama, el aviso para las reuniones de losGrupos de Trabajo de Frontera 2012(incluyendo las agendas) se da por lo menos30 días antes de una reunión, en inglés yespañol. Estos avisos se anuncian en la páginade Internet de la EPA. También puedesuscribirse al sistema de correos de BECCNet,el cual publica los avisos. Vea http://udallcen-ter.arizona.edu/programs/usmex/beccnet/index.html. Y se puede solicitar al líder de unGrupo de Trabajo o de un Equipo de Trabajoque te considere para futuras notificacionesen su lista de envíos de correo.

¿Dónde y cuándo se sostienen las reuniones?Las reuniones se sostienen dentro de la regiónfronteriza, y se alternan las sedes entreMéxico y EE.UU. Por ejemplo, las reunionesdel Grupo de Trabajo para la Aplicación yCumplimiento de la Ley Texas-NuevoMéxico-Chihuahua generalmente se llevan acabo en El Paso o Ciudad Juárez. Lasreuniones típicamente se sostienen durantehoras hábiles, aunque la reunión del Grupode Trabajo Regional que se sostuvo en 2006 se

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FRONTERA 2012 Y LA REMEDIACIÓN DE METALES Y DERIVADOS*

Metales y Derivados era una fundidora secundaria de plomo ubicada en Tijuana. En 1994, el gob-ierno mexicano ordenó el cierre de la planta por violaciones ambientales. El dueño (ciudadano deEE.UU.) abandonó el sitio y huyó de regreso a Estados Unidos, dejando atrás miles de toneladas desuelos contaminados con plomo y otros metales pesados. Se ha reconocido ampliamente queestos residuos peligrosos abandonados representan una amenaza continua para la salud de losvecinos en la Colonia Chilpancingo. La CCA reconoció estos problemas en su Expediente deHechos de 2002, descrito en la sección anterior. Desde el tiempo en que se abandonó la insta-lación, los residentes de la Colonia y otros activistas han organizado y abogado para que losgobiernos lleven a cabo acciones para limpiar el sitio.

Finalmente, después de muchos años de presión de los residentes y de grupos comunitarios enambos lados de la frontera, y después de años de discusiones binacionales, ha habido progresosignificativo. En 2004, varias instancias gubernamentales mexicanas (federales, estatales ylocales) firmaron un Convenio de Coordinación para la remediación del sitio Metales. ElConvenio, que concuerda con la meta de Frontera 2012 de “Reducir la Contaminación delSuelo”, estableció un programa de remediación de cuatro fases: (1) reducción de riesgo; (2) car-acterización del sitio y evaluación del riesgo; (3) análisis alternativo y selección del remedio; y(4) llevar a cabo el remedio seleccionado.

Este convenio no fue el único firmado por el gobierno en 2004. Al mismo tiempo, las instanciasambientales federales y estatales firmaron un Convenio de Colaboración histórico con residentesde la comunidad. El Convenio estableció la participación de la comunidad en el proyecto delimpieza de Metales al crear un Grupo de Trabajo. Además de los funcionarios federales yestatales, el Grupo de Trabajo incluye la Coalición de Salud Ambiental (Environmental HealthCoalition) de San Diego y su afiliado de Tijuana, el Colectivo Chilpancingo Pro JusticiaAmbiental, cuyos miembros son residentes de la Colonia. Esta es la primera vez que una comu-nidad fronteriza mexicana ha sido formalmente incluida en un grupo de trabajo técnicoresponsable de supervisar la planificación y remediación de un sitio. Un aspecto importante delGrupo de Trabajo es que opera bajo consenso. El Grupo de Trabajo ha sostenido algunas de sussesiones formales en la Colonia misma.

El proyecto de remediación se va a completar en 2009. Hasta ahora, las Fases Uno y Dos estáncompletas, y aproximadamente 2,000 toneladas de residuos han sido removidos del sitio. Elgobierno Mexicano ha contribuido aproximadamente US$750,000 para el remedio. El gobiernode EE.UU. proveyó US$85,000 para las acciones iniciales de corto plazo para abordar los riesgosmás altos, así como con fondos adicionales para consultores técnicos. El Grupo de Trabajoactualmente está trabajando en la Fase Tres—seleccionando un remedio - antes de continuarcon el remedio de la Fase Cuatro.

*Fuentes: Coalición de Salud Ambiental: www.environmentalhealth.orgBoletín Informativo del Grupo de Trabajo Regional del Programa Frontera 2012: http://www.epa.gov/border2012/pdf/ca_baja_news2_eng.pdf

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llevó a cabo de las 3:00 p.m. a las 8:00 p.m.Los residentes se pueden comunicar con loscontactos del Grupo de Trabajo o Equipo deTrabajo para solicitar que las reuniones sesostengan después de las horas hábiles o enlos fines de semanas, y para sugerir otrasmaneras que faciliten la asistencia de los resi-dentes de la comunidad.

¿Pueden participar los residentes de la comu-nidad en todas las reuniones? En general, lasreuniones están abiertas al público. Sinembargo, los grupos de aplicación ycumplimiento de la ley tal vez lleven a cabosesiones adicionales que no están abiertas alpúblico, si el grupo necesita discutir informa-ción confidencial. Las reuniones públicastípicamente incluyen una sesión que se dedi-ca a los comentarios del público.

CONSEGUIR INFORMACIÓN PUBLICADA ACERCADE LAS ACTIVIDADES DEL PROGRAMA FRONTERA2012. La Guía de Operación de Frontera 2012declara que las Actas de las reuniones de los

Grupos de Trabajo estarán disponibles eninglés y español en la página de Internet delPrograma. Después de una revisión de 21días, las Actas se darán por finalizadas.17 Si lasActas no están publicadas en la página deinternet como se requiere, usted puede con-tactar a uno de los funcionariosgubernamentales del Grupo de Trabajo parasolicitar una copia.

El Programa Frontera 2012 hacen variosinformes. Al nivel más amplio, hay unComunicado Conjunto anual el cual describetodas las metas y actividades del Programa.Adicionalmente, los Grupos de Trabajo debenhacer Informes de Implementación cada dosaños, describiendo sus actividades actuales ylas planeadas. También hay otros informesque describen los logros anuales.18 A un nivelmás específico, algunos Grupos de TrabajoRegionales (por ejemplo, California-BajaCalifornia y Arizona-Sonora) han publicadoperiódicamente boletines informativos acercade sus actividades.19

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SECCIÓN III: DENUNCIAS A LA COMISIÓN INTERAMERICANA

DE DERECHOS HUMANOS

La relación entre la protección del medioambiente y los derechos humanos ha sidoreconocida cada vez más en los últimos años.Los defensores de los derechos humanos detodo el mundo se han avocado a reafirmar elderecho a un medio ambiente sano queincluya el acceso a información de tipo ambi-ental y la participación en las decisionesambientales, como un derecho fundamentaldel ser humano. Este nexo se puede remontaren parte a la Conferencia de las NacionesUnidas sobre el Medio Ambiente Humano de1972, el cual proclama que el medio ambi-ente es esencial para el bienestar del hombrey para el goce de los derechos humanos.Como consecuencia de la expansión delmovimiento en pro de los derechos humanosambientales, las comunidades que buscan undesagravio de sus reclamos ambientales hanrecurrido a las vías jurídicas para presentardenuncias por violaciones a los derechoshumanos. En los EE.UU. y en México se hanpresentado varias denuncias de este tipo antela Comisión Interamericana de DerechosHumanos (CIDH).

La Comisión Interamericana de DerechosHumanos es un órgano independiente de laOrganización de Estados Americanos (OEA),un grupo que sirve como foro a los países delHemisferio Occidental para trabajar fomen-tando la democracia, promoviendo losderechos humanos, y confrontando proble-mas compartidos como la pobreza, elterrorismo, las drogas[DJH5] y la corrupción.La CIDH se constituyó con el fin de promovery proteger los derechos humanos en todos losestados miembros de la OEA, incluyendo los

EE.UU. y México. Sus actividades incluyen eltrámite de peticiones individuales sobre vio-laciones a los derechos humanos; laobservación e investigación de situacionesrelacionadas con los derechos humanos encada país; la emisión de recomendaciones alos estados miembros sobre la forma de prote-ger mejor los derechos humanos; lapublicación de informes; y la realización decongresos, seminarios y reuniones para com-partir información sobre aspectosrelacionados con los derechos humanos en laregión interamericana.

La sociedad civil y las organizaciones nogubernamentales pueden hacer llegar peti-ciones que aleguen violaciones a los derechoshumanos a los que se refieren la ConvenciónAmericana de Derechos Humanos (adoptadaen 1969) y la Declaración de los Derechos yObligaciones del Hombre (adoptada en1948). La CIDH investigará dicha petición ypodrá elegir procesarla como un caso, en elcual cada una de las partes pueda presentarsus argumentos y sus pruebas. La peticióndeberá demostrar ya sea que la víctima haagotado todos los remedios que estén a sualcance dentro de su país, o que le fueronnegados a la víctima. Las peticiones general-mente deberán ser presentadas dentro de losseis meses posteriores a la decisión final den-tro del procedimiento local. La CIDH tienenormas que regulan qué información deberáser incluida en la petición. Existe tambiénuna forma electrónica para presentar la peti-ción mediante Internet. Los requisitos parahacer la petición y la forma electrónicapueden encontrarse en: https://www.cidh.oas.org/cidh_apps/instructions.asp?gc_lan-guage=E.

La CIDH preparará entonces un informeque incluya sus conclusiones y cualquierrecomendación que tenga para el país que sea

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Mecanismos Binacionales para el Seguimiento Ciudadano de la Aplicación de la Legislación Ambiental

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sujeto de la petición. La CIDH también puededecidir llevar el caso a la Corte Interamericanade Derechos Humanos en Costa Rica, la cualemite opiniones consultivas, decisiones y fal-los sobre casos que surjan en virtud de locontemplado en la Convención Americanasobre Derechos Humanos.

Hay gente que ha presentado peticiones ala CIDH argumentando que la falta de apli-cación y cumplimiento de las leyesambientales constituye una violación de losderechos humanos. Por ejemplo, en el 2005,algunos miembros de la comunidad deMossville, Louisiana presentaron una peti-ción quejándose de que los problemas de

salud causados por los residuos tóxicos deuna planta industrial cercana violaban susderechos humanos. También se han presenta-do otras peticiones para inconformarse por elimpacto del calentamiento global en lascomunidades Inuit de Alaska y el impacto delos proyectos de urbanización en los gruposindígenas de América Latina. El procesopuede ser bastante largo y, dependiendo delreclamo, puede resultar difícil demostrarexactamente cómo es que un daño ambientalconstituye una violación a los derechoshumanos. Sin embargo, algunas de estas peti-ciones han instado a los gobiernos aintervenir para proteger a las comunidades delos daños al medio ambiente.

La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental en la Región Fronteriza de EE.UU. y México

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Page 119: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Notas

1. Ver http://www.cec.org/ pubs_info_resources/law_treat_agree/naaec/index.cfm?varlan=espanol2. Ver http://www.cec.org/who_we_are/index.cfm?varlan=espanol3. Ver http://www.cec.org/citizen/status/index. cfm?varlan=espanol 4. Ver http://cec.org/citizen/index.cfm?varlan=espanol5. Res. de Consejo 01-06, disponible a: http://www.cec.org/files/PDF/COUNCIL/Res-06r4-s_ES.pdf6. Metales y Derivados—Expediente de Hechos Final(p. 62), disponible en: http://www.cec.org/files/pdf/sem/98-7-FFR-s.pdf7. Mexico-Estados Unidos Frontera 2012—Introducción, disponible en: http://epa.gov/border2012/intro_esp.htm8. Ver http://yosemite.epa.gov/oia/MexUSA.nsf/La+Paz+Agreement+-+Web?OpenView&ExpandView.9. Mexico-Estados Unidos Frontera 2012—Introducción, disponible a: http://epa.gov/border2012/intro_esp.htm

10. Ver Commission for Environmental Cooperation,Crossing the Border (Draft 2003), disponible en:http://www.cec.org/files/PDF/ LAWPOLICY-/Crossing-the-Border-Nov03_EN.pdf11. Ver http://epa.gov/nerl/news/forum2006/ varn-er.pdf12. Joint Communiqué, U.S.-Mexico Border 2012Program, disponible en: http://www.epa.gov/usmexi-coborder/ncm/ncm2006_com.pdf13. Ver http://www.epa.gov/region9/features/hazwaste/index.html14. Ver Mexico-Estados Unidos Frontera 2012—Introducción, disponible en: http://www.epa.gov/border2012/intro_esp.htm15 Guía de Operación para las InstanciasCoordinadoras y los Equipos de Trabajo de Frontera2012 (BORRADOR—04/04/2003), disponible en:http://epa.gov/border2012/pdf/og_spanish.pdf.16. Ver http://epa.gov/border2012/org.htm#taskforce17. Ver http://epa.gov/border2012/pdf/og_spanish.pdf18. Ver http//www.epa.gov/border2012/index_esp.htm19. Ver http://www.epa.gov/border2012/pdf/ca_baja_news2_esp.pdf

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Mecanismos Binacionales para el Seguimiento Ciudadano de la Aplicación de la Legislación Ambiental

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Apéndice 1

INSTANCIAS FEDERALES AMBIENTALES

AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL(Environmental Protection Agency o EPA)

SedeU.S. Environmental Protection AgencyAriel Rios Building1200 Pennsylvania Avenue, N.W.Washington, DC 20460http://www.epa.govListado de números de teléfono:http://www.epa.gov/epahome/hotline.htm

Oficina de Región 6 de la EPA 1445 Ross Avenue, Suite 1200 Dallas, Texas 75202 Tel: 1-800-887-6063http://www.epa.gov/region6/index.htm

INSTANCIAS AMBIENTALES ESTATALES

COMISIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL DE TEXAS(Texas Commission on EnvironmentalQuality o TCEQ)

SedeP.O. Box 13087 Austin, TX 78711-3087Tel: (512) [email protected]://www.tceq.state.tx.us

TCEQ Región 6 (El Paso)401 E. Franklin Ave., Ste. 560El Paso, TX 79901-1212Tel: (915) 834-4949

Cumplimiento Ambiental:Tel: 1-888-777-3186, correo elec:[email protected], o visita:http://www5.tceq.state.tx.us/oce/complaints.

Solicitudes de Información:fax: (512) 239-6736; correo elec:[email protected]; o TexasCommission on Environmental Quality,Public Information Officer, MC 197, P.O. Box13087, Austin, Texas 78711-3087.

DEPARTAMENTO ESTATAL DE SERVICIOS DE SALUDDE TEXAS(Texas Department of State Health Services)

Sede1100 West 49th StreetAustin, Texas 78756-3199Tel: (512) 458-7111 or [email protected]://www.dshs.state.tx.us/

Oficina de Seguridad y Ambiente: http://www.dshs.state.tx.us/orgchart/ecs.shtm

Apéndice 1

Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU.

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Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU

Región de Servicio 9/10—El PasoRegional Director401 East Franklin, Suite 210Mail Code 1903El Paso, Texas 79901 Tel: (915) 834-7675

LA COMISIÓN DE FERROCARRILES DE TEXAS(Railroad Commission of Texas) P.O. Box 12967Austin, Texas 78711-2967Tel: (512) 463-7288http://www.rrc.state.tx.us

PROCURADURÍA GENERAL DE TEXAS(Texas Attorney General)Office of the Attorney General PO Box 12548 Austin, TX 78711-2548Tel: 1-800-252-8011Correo elec:[email protected] http://www.oag.state.tx.us/index.shtml

INSTANCIAS AMBIENTALES MUNICIPALES

DISTRITO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE DE LACUIDAD Y EL CONDADO DE EL PASO (El Paso City-County Health andEnvironmental District)

Programa de Calidad del Aire222 S. CampbellEl Paso, Tx 79901Tel: (915) 543-3599Quejas sobre contaminación atmosférica:(915) 771-5812http://www.elpasocitycountyhealth.com/environment/AirQuaility/AirQuality.asp

EL FISCAL DEL CONDADO DE EL PASO(El Paso County Attorney)500 E. San Antonio5th Floor Ste. 503El Paso, Texas 79901

Unidad de Delitos Ambientales(Environmental Crime Unit)Correo elec: [email protected]://www.epcounty.com/CA/ca_environ.htm

Para presentar una queja: por internet:http://www.epcounty.com/CA/form.htm,por teléfono: Environmental Hotline at 1-888-6-ELPASO, o por correo a la direcciónarriba.

Apéndice 1

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Apéndice 2

LEYES AMBIENTALES FEDERALESSe puede encontrar leyes ambientales federales en la página web siguiente: www.law.cornell.edu/uscodeSe puede encontrar reglamentos ambientales federales en la página web siguiente: www.gpo.gov

Ley Tema Reglamentos

Ley de Aire Limpio Aire 40 Code of FederalClean Air Act (CAA) Regulations (CFR) 42 United States Code (U.S.C.) Parts 50-99§§ 7401-7671q

Ley de Agua Limpia Agua 40 CFR Parts 100-149Clean Water Act (CWA)33 U.S.C. §§ 1251-1387

Ley de Conservación y Recuperación de Recursos Residuos 40 CFR Parts 239-299Resource Conservation and Recovery Act (RCRA)42 U.S.C. §§ 6901-6922k

Ley de Responsabilidad, Compensación Remediación de sitios 40 CFR Parts 300-312y Recuperación Ambiental contaminadosComprehensive EnvironmentalResponse, Compensation,and Liability Act (CERLA)42 U.S.C. §§ 9601-9675

Ley de Planificación de Emergencias y Requisitos para reportar 40 C.F.R. Part 302, del Derecho a Saber del la Comunidad anualmente información 350, 355, 370, 372, Emergency Planning and Community sobre químicos tóxicos and 374Right-to-Know Act (EPCRA)42 U.S.C. §§ 11001-11050

Ley de Acceso a la Información Acceso a la InformaciónFreedom of Information Act (FOIA)5 U.S.C. §§ 552

Apéndice 2

Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU.

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LEYES AMBIENTALES ESTATALES DE TEXASSe puede encontrar leyes ambientales estatales en la página web siguiente: tlo2.tlc.state.tx.us/statutesSe puede encontrar reglamentos ambientales estatales en la página web siguiente:info.sos.state.tx.us/pls/pub/readtac$ext.ViewTAC?tac_view=3&ti=30&pt=1

Ley Tema Reglamentos

Ley de Aire Limpio de Texas Aire Texas Administrative Code, Title 30, Texas Clean Air Act Chapters 101-122Texas Health and Safety Code,Title 5, Chapter 382

Ley de Calidad del Agua de Texas Agua Texas Administrative Code, Title 30, Texas Water Quality Act Chapters 307-309, 314-315Texas Water Code, Title 2

Ley de Dispocisión de Residuos Sólidos de Texas Residuos Texas Administrative Code, Title 30, Solid Waste Disposal Act Sólidos Part 1, Chapters 330, 335Texas Health and Safety Code, Title 5, Chapters 361-364

LEYES AMBIENTALES MUNICIPALES DE EL PASOSe puede encontrar leyes ambientales municipales en la página web siguiente:http://ordlink.com/codes/elpaso/index.htm

Ley Tema Reglamento

El Paso Municipal Code, Solid wasteTitle 9, Chapter 9.04 (“Environmental Services”)

Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en EE.UU.

Apéndice 2

Page 124: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Apéndice 3

Apéndice 3

Página Web de TCEQ—Página Principal y Formulario de Queja

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Página Web de TCEQ—Página Principal y Formulario de Queja

Apéndice 3

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Apéndice 4

El siguiente ejemplo genérico de una carta solicitud conforme a la ley federal FOIA está adaptado de la Guía Ciudadanapara el Uso de la Ley de Derecho a la Información y la Ley de Privacidad de 1974 para Solicitar Registros Gubernamentales [ACitizen’s Guide on Using the Freedom of Information Act and the Privacy Act of 1974 to Request Government Records], ApéndiceA (2005) del Comité para la Reforma Gubernamental de la Cámara de Representantes de los EE.UU.

Asimismo, el Comité de Reporteros por la Libertad de Prensa [Reporters Committee for Freedom of the Press] tiene un sitioweb en donde pueden ayudarle a generar su propia carta FOIA insertando información específica sobre su situación.Consulte http://www.rcfp.org/foi_letter/generate.php

Jefe de la instancia [o funcionario encargado de información conforme a la ley FOIA]Nombre de la instanciaDomicilio de la instanciaCiudad, Estado, Código PostalAsunto: Solicitud conforme a la Ley de Derecho a la Información

Estimado(a) ________:

Por medio de la presente me dirijo a usted con el propósito de solicitar información de conformidad con la Leyde Derecho a la Información, 5 U.S.C. §552.

Estoy solicitando se me haga llegar una copia de los siguientes documentos [o de los documentos que contengan lasiguiente información]: [Identifique los documentos o la información de la manera más específica posible].

[Opcional] Asimismo, solicito se me exente del pago de las cuotas correspondientes por concepto de esta peti-ción, ya que la divulgación de la información que pido tiene el objeto de servir al interés social, dado que esprobable que contribuya considerablemente a ampliar el conocimiento que la ciudadanía tiene sobre las opera-ciones o actividades del gobierno, por lo que no repercute en ningún lucro de tipo comercial para quien lasolicita. [Incluya detalles específicos sobre la forma en que la persona que solicita la información la dará a conocer parafavorecer el bien común.]

[Opcional] Estoy en la mejor disposición de pagar las cuotas correspondientes, hasta un máximo de $[cantidad].En caso de considerar que las cuotas rebasan este límite, le ruego se me informe primero.

[Opcional] Solicito que la información que estoy pidiendo se me entregue en formato electrónico, por lo que leruego se me envíe en disco [o CD-ROM].

[Opcional] Incluyo a continuación mi número telefónico, en el que puede localizarme en horario de [horario],de ser necesario, para abordar cualquier duda con respecto a mi solicitud.

Sin otro particular por el momento, agradezco de antemano su amable consideración a mi petición. Atentamente, Nombre, DomicilioCiudad, Estado, Código Postal Número telefónico [Opcional]

Apéndice 4

Ejemplos de Solicitud de Información a lasInstancias Federales y Estatales en EE.UU.

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Su nombreDomicilio para recibir correspondencia Fecha

Nombre de la instancia gubernamentalDomicilio de la instancia gubernamental

Estimado Responsable de Registros Públicos:

La presente solicitud está amparada por el Capítulo 552 de la Ley de Información Pública de Texas en elReglamento de Gobierno de Texas, en el cual se garantiza el acceso de la ciudadanía a la información que seencuentre bajo custodia de las instancias gubernamentales. En virtud de lo cual, por medio de la presente solici-to respetuosamente [copias de, acceso a] la siguiente información:

[Anote aquí de la forma más específica posible, la información que está pidiendo: documentos, cartas, oficios, informes,etc. Si sabe las fechas, números de oficio, títulos, o incluso la subdivisión gubernamental que generó la información,inclúyala aquí.]

[Opcional, en caso de que haya limitaciones de tiempo.] Por razones de premura, y a fin de reducir al mínimo lacarga de trabajo que para el personal de su instancia pudiera representar la investigación o duplicación de expe-dientes, estoy en la mejor disposición de examinar personalmente los registros pertinentes si se me concedeacceso inmediato al material solicitado. Asimismo, en vista de las limitaciones de tiempo, le ruego que paracomunicarse conmigo lo haga por vía telefónica y no por correo, para lo cual incluyo a continuación minúmero de teléfono: [insertar número telefónico]

La divulgación de esta información tiene el propósito de servir al interés social, ya que beneficia principalmentea la ciudadanía en general. Por lo tanto, solicito se me exente del pago de las cuotas o cobros correspondientes,de conformidad con la Sección 552.267 de la ley.

Sin otro particular por el momento y agradeciendo de antemano su amable colaboración, quedo en espera desu pronta respuesta dentro del plazo que especifica la ley.

Atentamente,

[firma]

Ejemplos de Solicitud de Información—EE.UU.

El siguiente es un ejemplo genérico de una carta solicitud conforme a la Ley PIA de Texas, facilitado por la Fundaciónpor el Derecho a la Información de Texas [Freedom of Information Foundation of Texas], www.foift.org/pialetter.html.

Apéndice 4

Page 128: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

“Citizen Participation in U.S. Environmental Enforcement,” available athttp://www.inece.org/2ndvol1/vheuvele.htm

Environmental Law Institute, “The Role of the Citizen in Environmental Enforcement,” available athttp://www.inece.org/2ndvol1/roberts.htm.

“A Step-by-Step Guide to Filing a Civil Lawsuit in the United States District Court for the Western District ofTexas,” available at http://www.txwd.uscourts.gov/forms/files/prosemanual.pdf.

Apéndice 6

Apéndice 5

Otros Recursos—Demandas Ciudadanas en EE.UU.

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FEDERAL

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOSNATURALES O SEMARNAT

Sede:Blvd. Adolfo Ruiz Cortínes4209 Col. Jardines en la MontañaC.P. 14210 Delegación Tlalpan México D.F.Tel: (0155) [email protected]

Delegación:Calle Medicina No. 1118Colonia MagisterialC.P. 31203, Chihuahua, Chih.Tel: 01 (614) 442-1501/Red: 31501Fax: (614) 442-1536/RED 3155031552/[email protected]

PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN ALAMBIENTE O PROFEPASEDESede:Edificio AJUSCO Carretera Picacho-Ajusco 200Col. Jardines en la Montaña Del. TlalpanC.P. 14210 México D.F.Tel: 54-49-63-00 or toll-free: 01-800-77-033-72www.profepa.gob.mx

Delegación:C. Francisco Marquez #905Colonia El PapaloteC.P. 32599 Juarez, Chih.Tel: (656) 682-3990Fax: (656) 640-2815www.profepa.gob.mx/Profepa/DelegacionesPROFEPA/Chihuahua

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA OR CNASede:Insurgentes Sur 2416Col. Copilco el BajoC.P. 04340 Delegación CoyoacánMéxico D.F.www.cna.gob.mx

INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGÍASede:Periférico 5000Col. Insurgentes CuicuilcoC.P. 04530, Delegación CoyoacanMéxico D.Fwww.ine.gob.mx.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA OPGR/MINISTERIO PÚBLICOSede:Ave. Paseo de la Reforma #211-213Col. CuauhtémocDelegación CuauhtemocC.P. 06500, México D.F.Tel: [email protected]

Apéndice 6

Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México

Apéndice 5

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DelegaciónAbraham Lincon No. 890Col. Fraccionamiento La PlayaC.P. 32310Ciudad Juarez, Chih.Tel: 01 656-639-86-73 Ext. 8813-8613

INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA O IFDPSede:Bucareli 22 y 24Col. Centro Delegación CuauhtémocC.P. 06040, México [email protected]

Delegación:Palacio de Justicia FederalAvenida Mirador No. 6599, Ala Sur P.B.Col. Residencial Campestre WashingtonC.P. 31236 Chihuahua, Chih.Tel: (01614) 180-20-69 or toll-free: 01-800-20-18655www.ifdp.cjf.gob.mx/Delegaciones/default.asp

COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOSHUMANOS O CNDHSede:Periférico Sur 3469Col. San Jerónimo LidiceDelegación Magdalena ContrerasC.P. 10200, México D.F.Tel: (55) 56-81-81-25 or 54-90-74-00 o gratis: 01-800-715-2000www.cndh.org.mx

ESTATAL: CHIHUAHUA

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍAO SEDUEEdificio RussekAvenida Juárez 1108Cd. Chihuahua, Chih.Tel: 614-429-935http://www.chihuahua.gob.mx/sdue/

JUNTA CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO O JCASTel: (614) 439-3500. Ext. 2209 http://www.chihuahua.gob.mx/jcas

Junta Municipal de Agua y Saneamiento o JMAS—Cd. Juárezhttp://www.jmasjuarez.gob.mx

INSTITUTO CHIHUAHUENSE PARA LATRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓNPública Calle Ahuehuete No. 717Colonia UniversidadC.P. 31106, Chihuahua, Chih.Tel: 201-3300Fax: 201-3301 o gratis: [email protected]

COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCalle Décima y Mina No. 1000Colonia CentroApartado Postal 1354C.P. 31000, Chihuahua, Chih.Tel y Fax: (614) 410-08-28 or Gratis: [email protected]

Apéndice 6

Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México

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Instancias Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México

MUNICIPAL: CIUDAD JUÁREZ

DIRECCIÓN GENERAL DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓNCIVILFrancisco Villa 950 Nte.Cd. Juárez, Chih.Tel: (656) 207-8700, 207-8800, (Ex. 2401, 2403)[email protected]://www.juarez.gob.mx/dependencias/ecologia.php

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANOFrancisco Villa 950 Nte.Col. Centro – Planta Baja, Ala SurCd. Juárez, Chih.Tel: (656) 207-8800, Ext. 2410, 2409

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICACalle Valle del Cedro #578Col. Morelos IIIC.P. 32573Cd. Juárez, Chih.Tel: (656) 649-88-52 (respuesta a emergen-cias)http://www.juarez.gob.mx/dependencias/

Apéndice 6

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Apéndice 7

FEDERALSe pueden encontrar las leyes Mexicanas en las siguientes páginas web:

www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htmwww.rdenjuridico.gob.mx

Se pueden encontrar leyes y reglamentos ambientales federales en la página web de SEMARNAT:www.semarnat.gob.mx/leyesynormas/Pages/leyesdelsectorfederal.aspx

Ley Tema Reglamentos

Ley General del Equilibrio Contaminación del Agua, Reglamento – Ecológico y Protección al Aire, Suelo Contaminación AtmosféricaAmbiente Recursos Naturales

Impacto Ambiental

Ley de Aguas Nacionales Contaminación del Agua Reglamento – Aguas Nacionales

Ley General para la Residuos Reglamento – Prevención y Prevención y Gestión Gestión Integral de Integral de Residuos Residuos

Código Penal Federal Delitos Ambientales

Ley Federal de Acceso a la InformaciónTransparencia y Acceso a laInformación PúblicaGubernamental

Ley de Amparo Acceso a los tribunales para violaciones de derechos constitucionales

Ley de la Comisión Derechos Humanos Reglamento Interno Nacional de los Derechos de la NHRCHumanos

Apéndice 7

Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México

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Leyes Ambientales Federales, Estatales y Municipales en México

ESTATAL: CHIHUAHUASe pueden encontrar leyes estatales en la siguiente página web:

www.ordenjuridico.gob.mx

Se pueden encontrar leyes estatales para el estado de Chihihuahua en las siguientes páginas web:www.ordenjuridico.gob.mx/EnFe/CHIHUAHUA/leyes.phpwww.congresochihuahua.gob.mx

Ley Tema

Ley General del Equilibrio Ecológico y Contaminación del Agua, Aire, SueloProtección al Ambiente del Estado de Chihuahua Recursos Naturales

Impacto Ambiental

Ley de Desarrollo Urbano del Estado del Chihuahua ZonificaciónDesarrollo Económico

Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Derechos Humanos

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Acceso a la InformaciónPública del Estado de Chihuahua

Ley Estatal de Salud Salud Ambiental

MUNICIPAL: CIUDAD JUÁREZSe pueden encontrar reglamentos para el municipio de Juárez en la siguiente página web:

www.ordenjuridico.gob.mx/EnFe/CHIHUAHUA/m_juarez.php

Reglamento Tema

Reglamento Municipal del Ecología Contaminación del Agua, Aire, Sueloy Protección Ambiental Recursos Naturales

Planificación Urbano

Código Municipal para el Estado de Chihuahua Operación y funcionamiento de los gobiernos municipales

Apéndice 7

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Apéndice 8

SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACION GUBERNAMENTAL

Homoclave RFTS: IFAI-00-001

1. DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE Solicitante ____________________________________________________________________________

Apellido Paterno Apellido Materno (opcional) Nombre(s) En caso de Persona Moral ____________________________________________________________________________

Denominación o Razón Social Representante (en su caso) ____________________________________________________________________________

Apellido Paterno Apellido Materno (opcional) Nombre(s)

2. FORMA EN LA QUE DESEA RECIBIR NOTIFICACIONES Y DAR SEGUIMIENTO A SU SOLICITUD Elija con una “X” la opción deseada:

Personalmente o a través de representante � En el domicilio de la Unidad de Enlace de la dependencia o entidad-Sin costo.

Por correo certificado � Sin Costo

Por mensajería � Siempre y cuando el particular, al presentar su solicitud, haya cubierto o cubra, el pago delservicio de mensajería respectivo. Si usted no cubre este pago, la notificación se realizará porcorreo certificado.

Por medios electrónicos � A través del Sistema de Solicitudes de Información-SISI (http://informacionpublica.gob.mx o http://www.ifai.org.mx) - Sin costo.

x En caso de seleccionar la opción de correo certificado o mensajería, favor de proporcionar los siguientes datos: __________________ ______________________ _____________________ __________________ ______________

Calle No. Exterior / No. Interior Colonia o Fraccionamiento Delegación o Municipio Entidad federativa País _________________ Código Postal _______________

3. DEPENDENCIA O ENTIDAD A LA QUE SOLICITA LA INFORMACION

4. DESCRIPCION DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS Con el fin de brindar un mejor servicio, además de describir la información que solicita, se sugiere proporcionar todos los datosque considere facilitan la búsqueda de dicha información. Si el espacio no es suficiente, puede anexar hojas a esta solicitud.

5. FORMA EN QUE DESEA LE SEA ENTREGADA LA INFORMACION Elija con una “X” la opción deseada:

Verbalmente � Siempre y cuando sea para fines de orientación - Sin costo

Consulta Directa � Consulta física en la Unidad de Enlace de la dependencia o entidad - Sin costoConsulta por medioelectrónico � Consulta en un sitio de internet o envío de la información en vía electrónica - Sin costo

Copias Simples � - Con costo Disquete 3.5’’ o CD-ROM � - Con costo

Copias Certificadas � - Con costo Otro tipo de medio (especificar) ______________________

x Señale con una “X” el medio de envío de la información: Correo certificado (con costo) � Mensajería (con porte pagado) �

6. DOCUMENTOS ANEXOS Carta poder: � Sólo en caso de presentar la solicitud mediante representante.

Comprobante de porte pagado � Sólo en caso de solicitar la entrega de la información por mensajería.

Documentos anexos a la solicitud � Sólo en caso de no ser suficiente el espacio del numeral 4.

Apéndice 8

Formularios para Presentar una Solicitud en Líneapara Acceso a la Información a los GobiernosFederales y Estatales en México/ChihuahuaWWW.IFAI.ORG.MX/TRANSPARENCIA/SOLINF.PDF

Page 135: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Formularios para Presentar una Solicitud en Línea en México/Chihuahua

SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACION GUBERNAMENTAL 7. DATOS QUE EL SOLICITANTE PUEDE LLENAR DE MANERA OPCIONAL

CURP _______________________________________ Teléfono (Clave): ______ Número: _____________________________Correo electrónico: __________________________________ x La presente información será utilizada únicamente para efectos estadísticos: Sexo: M F Fecha de Nacimiento ___ /___ /___ (dd/mm/aa) Ocupación: __________________________¿Cómo se enteró usted de la existencia del procedimiento de acceso a la información? Radio � Prensa � Televisión � Cartel o Póster � Internet � Otro Medio (especifique) ________________

8. INSTRUCTIVO x Llenar a máquina o letra de molde legible. x La Unidad de Enlace le auxiliará en la elaboración de la presente solicitud.x En caso de requerir información diferente, deberá solicitarse cada una en un formato independiente. x En caso de presentar esta solicitud mediante un representante, se acreditará dicha representación mediante una carta

firmada ante dos testigos. En el caso de personas morales podrá hacerse por el representante legal, un apoderado o untercero autorizado en los términos citados.

x Cuando la información solicitada no sea competencia de la entidad o dependencia ante la cual se presente la solicitud, laUnidad de Enlace le indicará la dependencia o entidad competente dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentaciónde la solicitud.

x Usted podrá darle seguimiento al procedimiento de acceso a información de su solicitud con el número de folio de su acusede recibo, en la Unidad de Enlace donde realizó la solicitud o a través del SISI en el sitio de internethttp://informacionpublica.gob.mx.

x Mientras más clara y precisa sea su solicitud, y en la medida de lo posible identifique los documentos que puedan contener lainformación, será más fácil y rápido localizarlos.

9. INFORMACION GENERALx Usted puede obtener los formatos y acceder al SISI en: las Unidades de Enlace, las oficinas, representaciones y

delegaciones de las dependencias y entidades que cuenten con servidores públicos habilitados para tales efectos; y a través de los sitios de internet de dependencias, entidades y del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública(www.ifai.org.mx)

x Usted puede reproducir este formato en papel bond blanco. x La solicitud podrá enviarse por correo, mensajería o a través del Sistema de Solicitudes de Información (SISI). En caso de

que el solicitante acuda personalmente o a través de representante a las Unidades de Enlace de las dependencias oentidades, a sus oficinas, representaciones o delegaciones que cuenten con servidores públicos habilitados, podrá presentarsu solicitud mediante escrito libre, formato o a través del SISI. La Unidad de Enlace le entregará o enviará por correo, según corresponda, un acuse de recibo con fecha de presentación y un número de folio correspondiente.

x No podrán solicitarse más documentos que los señalados en este formato. x El acceso a datos personales es gratuito. Su envío por mensajería o reproducción en copias certificadas genera un costo.x No se requiere presentar identificación para solicitar o recibir la información solicitada. x La resolución a su solicitud debe emitirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la presentación de su solicitud. Este plazo

podrá ampliarse hasta por un periodo igual, cuando existan razones que lo motiven y siempre y cuando éstas le seannotificadas al solicitante.

x En caso de que la descripción proporcionada en la presente solicitud no sea suficiente para localizar la información requeridao si los datos contenidos son erróneos, la Unidad de Enlace podrá requerir al solicitante, por una vez y dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, que indique otros elementos o corrija los datos. Este requerimientointerrumpirá el plazo máximo de respuesta (20 días hábiles), el cual continuará en cuanto el particular de respuesta alrequerimiento.

x La información deberá entregarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación que se haga al particular sobre sudisponibilidad, pero si el particular solicitó que se le entregara la información en copias simples o certificadas o por mensajería, el plazo de 10 días hábiles comenzará a correr a partir del día hábil siguiente a aquel en que el particular cubralos costos correspondientes.

x El solicitante tendrá un plazo de 3 meses después de que se le notifique la resolución de acceso a la información para disponer de ella. Para ello deberá iniciar la consulta en el lugar donde se le indique o cubrir los costos vigentes para sureproducción y, en su caso, el costo de envío. Transcurrido el plazo referido, el particular deberá realizar una nueva solicitud de acceso a la información, sin responsabilidad alguna para la dependencia o entidad.

x La falta de respuesta a la solicitud de acceso a la información en el plazo de 20 días hábiles contados a partir de supresentación, se entenderá resuelta en sentido afirmativo y la dependencia o entidad quedará obligada a darle el acceso a lainformación requerida, en un plazo no mayor a los 10 días hábiles. Lo anterior no aplica cuando el Instituto Federal de Accesoa la Información Pública determine que los documentos en cuestión son reservados o confidenciales.

x En caso de negarse el acceso a la información por ser ésta de carácter reservado o confidencial, el Comité de Información dela dependencia o entidad deberá fundar y motivar las razones de dicha clasificación, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

x La Unidad de Enlace no estará obligada a dar trámite a solicitudes ofensivas, cuando la misma persona ya haya recibido exactamente la misma información como respuesta a una solicitud anterior, o cuando la información se encuentre disponiblepúblicamente. En este último caso la Unidad de Enlace le indicará dónde la puede localizar.

x En caso de que le sea notificada la negativa a su solicitud de acceso a la información o la inexistencia de los documentos solicitados, podrá interponer por sí mismo o a través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto Federal deAcceso a la Información Pública o ante la Unidad de Enlace que haya conocido el asunto, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la notificación.

x También procede el recurso de revisión cuando el solicitante no esté conforme con el tiempo, el costo o la modalidad deentrega y cuando el solicitante considere que la información entregada es incompleta o no corresponda a la requerida en lasolicitud.

x Para sugerencias, dudas o quejas, puede comunicarse al 01-800-835-4324 (TELIFAI) o bien remitirse a la página de internetwww.ifai.org.mx

Reverso

Apéndice 8

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Apéndice 8

INSTITUTO CHIHUAHUENSE PARA LA TRANSPARENCIAY ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

FORMATO DE SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA

1. Fecha de ela boración 2/ 2 / 2 7 (dd/mm/aa) Fecha de re gistro / / / (dd/mm/aa/hh:mm:ss)

DEPENDENCIA O ENTIDAD A LA QUE SOLICITA LA IN FORMACIÓN

2. DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE SOLICITA

Con el fin de brindar un mejor servicio, además de describir la información que solicita, se sugiere proporcionar todos los datos que considerefacilitan la búsqueda de dicha información. Si el espacio no es suficiente, puede anexar hojas a esta solicitud.

3. FORMA EN LA QUE DESEA RECIBIR NOTIFICACIONES Y DAR SEGUIMIENTO A SU SOLICITUD

Elija con una “X” la opción deseada:

Personalmente o a través de representante ( En el domicilio de la Unidad de Información de la dependencia o entidad – Sin costo ) M

Por correo registrado con acuse de recibo M Sin Costo

Por mensajería M Siempre y cuando el particular, al presentar su solicitud, haya cubierto o cubra, el pago del servicio de mensajería respectivo. Si usted no cubre este pago, la notificación se realizará por correo registrado con acuse de recibo.

x En caso de seleccionar la opción por correo registrado con acuse de recibo o mensajería, favor de proporcionar los siguientesdatos:

_________________________ ______________________ __________-________________ ________________________ ______________________ Calle No. Exterior / No. Interior Colonia o Fraccionamiento Delegación o Municipio Entidad Federativa

País ______________________ Código Postal _______________________

Por medios electrónicos M A través del Módulo Electrónico de Solicitudes de Información – (http://transparenciachihuahua.org.mx) - Sin costo.x Correo electrónico: ________________@___________________

4. FORMA EN QUE DESEA ACCEDER A LA INFORMACIÓN.

Elija con una “X” la opción deseada:

Consulta directa. M Consulta física en la Unidad de Información de la dependencia o entidad - sin costo

Consulta por medio Electrónico. M Consulta en el Módulo Electrónico de Solicitudes de Información o envío de la información vía electrónica - sin

costo

Copias simples. M - Con costo Disquete 3.5’’ o CD-ROM M - Con costo

Copias certificadas. M - Con costo Otro tipo de medio (especificar) _____________________________

x Señale con una “X” el medio de envío de la información: Correo registrado con acuse de recibo (con costo) M Mensajería (con porte pagado) M

Formularios para Presentar una Solicitud en Línea en México/Chihuahua

HTTP://PORTALADM.CHIHUAHUA.GOB.MX/ATACH2/ICHITAIP/UPLOADS/FORMATO%20DE%20SOLICITUD%20DE%20ACCESO%20A%20INF%20PUBLICA.PDF

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Formularios para Presentar una Solicitud en Línea en México/Chihuahua

INSTITUTO CHIHUAHUENSE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

FORMATO DE SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA

5. DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE (OPCIONALES)

Solicit ante________________________________________________________________________________________________________________________ Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)

En caso d e persona mor al ____________________________________________________________________________________________________Denominación o Razón Social

Represe ntante (en su caso) ____________________________________________________________________________________________________Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)

Presenta carta poder

x La presente información será utilizada únicamente para efectos estadísticos:

Sexo: M F Fecha de nacimiento _______ /_______ /_______ (dd/mm/aa) Ocupación: __________________________

¿Cómo se enteró usted de su derecho de acceso a la información?

Radio M Prensa M Televisión M Cartel o Póster M Internet M Otro medio (especifique) ________________________

6. INSTRUCTIVO

x En caso de requerir información que por sus características sea diferente entre sí, deberá solicitarla en formatos independientes.x Llenar a máquina o letra de molde legible. En medio electrónico en http//transparenciachihuahua.org.mx.x Mientras más clara y precisa sea su solicitud, mas nos ayudará a que sea fácil y rápida la respuesta.x Si usted lo desea, el personal de la Unidad de Información le auxiliará en la elaboración de la presente solicitud. x En caso de que la solicitud se formule a través de un representante legal, deberá acreditarse dicha representación en los términos de la legislación vigente.

Tratándose de personas morales, las mismas podrán hacer su solicitud por medio de quien legalmente las represente.x Para dar seguimiento a su solicitud, deberá contar con el número de folio del acuse de recibo de la misma, y podrá hacerlo en el sitio de internet

http//transparenciachihuahua.org.mx, o en cualquier Unidad de Información.

7. INFORMACIÓN GENERAL

x Recomendamos que verifique si la información que va a solicitar ya se encuentra disponible en medios electrónicos o en la Unidad de Información correspondiente.x Usted puede obtener gratuitamente este formato, en la cantidad que requiera, en las Unidades de Información y a través del sitio de internet del Instituto

Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública http//transparenciachihuahua.org.mx. En todo caso, deberá reproducirse este formato enpapel blanco.

x La solicitud podrá enviarse por correo registrado con acuse de recibo, mensajería o a través del Sistema de Solicitudes de Información (INFOMEX). En caso de que el solicitante acuda personalmente o a través de representante a las Unidades de Información de los Sujeto Obligados, podrá presentar su solicitud mediante escritolibre, este formato, o a través del Módulo Electrónico de Solicitudes de Información. La Unidad de Información le entregará o enviará por el medio señalado para recibir notificaciones, un acuse de recibo con fecha de presentación y el número de folio correspondiente.

x No se requiere identificación para pedir o recibir la información, ni manifestar el uso que se le dará a la misma.x En caso de que la descripción proporcionada en la presente solicitud no sea suficiente para localizar la información requerida o si los datos contenidos son

erróneos, la Unidad de Información podrá requerir al solicitante dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, que indique otros elementos o corrija los datos. Este requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta. En caso de no enviar respuesta la solicitud se tomará como no presentada.

x La resolución a su solicitud debe emitirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de esta solicitud. Este plazo podrá ampliarse hasta por un periodo de 5 días hábiles, cuando existan razones que lo motiven y siempre y cuando éstas le sean notificadas al solicitante dentro de los primeros 10 días hábiles.

x Cuando la reproducción de la información tenga algún costo o implique gastos de envío, el plazo para entregar la información será de hasta 10 días hábiles a partirde que el particular compruebe el pago de los costos correspondientes, salvo que por razones justificadas, debidamente fundadas y motivadas, la reproducción dela información solicitada requiera mayor plazo.En caso de negarse el acceso a la información por ser ésta de carácter reservado o confidencial, el Comité de Información de los sujetos obligados deberá fundar yx

xinformación entregada no es clara u oportuna, veraz, con perspectiva de género y suficiente; o se esté inconforme con el costo,

x

de acceso a

motivar las razones de dicha clasificación.x Las solicitudes de información deberán formularse de manera pacífica y respetuosa.

Podrá formular una solicitud de aclaración ante la Unidad de Información que conoció de su solicitud, cuando: venza el término para la entrega de la información oesta sea negada; se estime que laformato o modalidad de entrega.También podrá interponer el recurso de revisión ante el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública o ante la misma Unidad deInformación, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se le debería haber dado respuesta, o de la fecha de notificación de la resolución que en su caso se emita, cuando: se le manifieste al particular no contar con la información solicitada; se clasifique la información como reservada o confidencial y el particular no esté de acuerdo con dicha clasificación; se entregue información que no reúna los requisitos previstos en esta Ley; no se dé respuesta a la solicitudla información en los plazos establecidos en el presente ordenamiento; no se atienda la solicitud de aclaración; los demás casos que disponga la Ley.

Para cualquier comentario, escriba a ichitaip@t ranspar enciachihuahua.or g.mx, o marque a los siguientes númer os: en la ciudad de Chihuahua , Lada (614) 410-24-65, 416-61-46 y 415-63-94; del resto de l país, Lada sin costo 01-800-300-25-25.

Apéndice 8

Page 138: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Apéndice 9

Formulario para Presentar una Denuncia Popularen Líneaal Gobierno Federal en MéxicoHTTP://WWW.PROFEPA.GOB.MX/DENUNCIAS/DEFAULT.ASPX

Apéndice 9

Page 139: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Apéndice 10

Formulario para Presentar una Denuncia Penalen Línea a la Procuraduría General de laRepública en MéxicoHTTP://WWW.PGR.GOB.MX/SERVICIOS/MAIL/PLANTILLA.ASP?MAIL=2

Apéndice 10

Page 140: La Aplicación y el Cumplimiento de la Legislación Ambiental · parte de dichos problemas son un desarrollo no planificado, mayor demanda de suelo y de energía, creciente congestión

Apéndice 10

Formulario para Presentar una Denuncia Penal en Línea

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La Red del Suroeste para la Justicia

Ambiental y Económica se formó

para juntar a activistas y

organizaciones de base de los pueblos

de color del suroeste y oeste de los

Estados Unidos y del norte de México.

La Red del Suroeste promueve el

desarrollo de estrategias y perspectivas

regionales sobre la degradación ambiental y

otras injusticias sociales, raciales y económicas.

El Instituto de Derecho Ambiental (ELI, por sus siglas

en inglés) hace que la ley sea útil para las personas,

los lugares y el planeta. Durante ya casi cuatro

décadas, el ELI ha tenido un papel crucial en el

delineamiento de los campos del derecho, la política y el manejo

ambientales tanto a nivel doméstico como en el exterior.

Actualmente, el ELI es un centro de investigación y educación

independiente reconocido a nivel internacional como una

herramienta para solucionar problemas y diseñar acercamientos

justos, creativos y sustentables para la aplicación. El ELI hace las

veces de una fuente central de información, dándole un terreno

común al debate en temas ambientales importantes.

La Red del Suroeste para la JusticiaAmbiental y Económica

P.O. Box 7399Albuquerque, NM 87194(505) 242-0416(505) 242-5609 (fax)www.sneej.org

Environmental Law Institute

2000 L Street, NWSuite 620Washington, DC 20036(202) 939-3800(202) 939-3868 (fax)www.eli.org