Juntas Supremas y Provinciales

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BELN LAPUENTE BLANCA ROS

Concepto. 1.JUNTAS PROVINCIALES Origen.

JUNTAS DE LA CONSTITUCIN DE CDIZ 2.JUNTA SUPREMA CENTRAL

Concepto. Antecedentes. Origen. Funciones. Organizacin de poder. Grupos ideolgicos

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CONCEPTO: Son rganos de gobierno surgidos tras los acontecimientos de mayo de1808, con los que se pretenda organizar la resistencia contra las tropas francesas y asumir la administracin en los territorios an controlados por los espaoles.

-ORIGEN: Las provincias sern el marco propicio para acoger el poder poltico, a travs de Juntas provinciales alzadas contra un Gobierno ilegtimo. Juntas revolucionarias, en cuanto que se sublevan a las autoridades establecidas, pero que se constituyen con el objeto de recuperar la legalidad fundamental, rota tras las abdicaciones de Bayona.

- CONCEPTO: Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino fue el rgano que acumul los poderes ejecutivo y legislativo espaoles durante la ocupacin napolenica de Espaa. Se constituy el 25 de septiembre de 1808 tras la victoria en la batalla de Bailn y despus de que el Consejo de Castilla declarase nulas las abdicaciones de Bayona. Estuvo vigente hasta el 30 de enero de 1810.

-ANTECEDENTES: En 1808 fueron erigindose distintas juntas, las Juntas Locales y las Supremas, que encabezaran el clamor popular contrario a la invasin de los franceses, declarando la guerra a Napolen, en la que el ejrcito espaol, comandado por el general Castaos, luchaba, hasta la victoria, contra las tropas napolenicas de Dupont en la batalla de Bailn.

FERNANDO VII

JOS BONAPARTE

-ORIGEN: Los lugares en los que fueron reunindose los diputados tras debatir y acordar los propsitos fueron Madrid y Aranjuez. Fue formada de las Juntas Provinciales, tuvo su sede en Aranjuez y estuvo presidida por el conde de Floridablanca, con 35 miembros en total.

La Junta Suprema Central asumi tres funciones: Organizacin de la resistencia:mando militar, organizacin del ejrcito, suministros y contactos con ingleses y portugueses. Reorganizacin poltica y administrativa del pas espaol central. Promocin de una convocatoria a Cortes que decidieran sobre reformas necesarias y dieran a Espaa una Constitucin.

-PODERES: La asuncin de poderes legislativos, ejecutivos y judiciales por las Juntas provinciales posibilit la organizacin de los distintos territorios, pero pronto, se sinti la necesidad de volver a concentrar el poder poltico para vencer a los franceses y reconstruir el Estado. As la convocatoria de unas Cortes, representaran al pueblo espaol, que haba reasumido la soberana. Finalmente, se opt por la formacin de un Gobierno o Junta Central que, ms adelante, nombrara una Regencia y decidira sobre la convocatoria de Cortes, propuesta que parti de la Junta Sevillana.

a) Los reformadores ilustrados, llamados absolutista, a cuya cabeza se sita Jovellanos, El sistema poltico absolutista basado en la soberana compartida entre el Rey y las Cortes. Jovellanos, tena como objetivo reunir todas las leyes constitucionales de Espaa. b) El liberalismo que apoyaba que se aprobase una nueva Constitucin racionalista . c) Los afrancesados, que llevaron a cabo las deseadas reformas en el sistema del Antiguo Rgimen. JOVELLANOS