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JULIO CノSAR GARCヘA VチSQUEZ CIUDADANO VEEDOR (REVISADO EN SEPT.8-2005) Calle 106A Nコ 22A-10 Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 5 -22 5830Bogotá D.C. E-Mail: [email protected] - [email protected] 1 Bogotá D.C. 1 de Septiembre de 2005 DERECHO DE PETICIÓN: PARTE AL MINISTRO FOLIO B DEL INTERIOR Y JUSTICIA 11 C DE PROTECCIÓN SOCIAL 15 Señores MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA Atn.: Dr. SABAS PRETELT DE LA VEGA MINISTRO DE PROTECCI ÓN SOCIAL Atn.: Dr. Diego Palacio Betancourt FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN Atn.: Dr. MARIO IGUARÁN ARANA PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN Atn.: Dr. EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN MINISTRA DE EDUCACIÓN Atn.: Dra. CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE PRESIDENTE CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIEROS ELECTRICISTAS, MECÁNICOS Y PROFESIONES AFINES Y COAUTOR DEL RETIE, ANTES DELEGADO ANTE EL CONTE Atn.: Ing. DAVID APONTE GUTIÉRREZ PRESIDENTE CONTE Atn.: Sr. HÉCTOR PEÑA BERMÚDEZ Ciudad. REF.: A- YA EL MINMINAS TÁCITAMENTE RECONOCIÓ, QUE S I EL FUNDAMENTO DE OBLIGAR A LA APLICACIÓN DE EL RETIE EN LA RED INTERNA, LO RESPALDARÁN EN LA COMPETENCIA QUE TIENEN EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA: ERA VÁLIDA LA DENUNCIA PRESENTADA POR ABUSO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y EL MINIS TRO DE MINAS Y ENERGÍA, CON ALGUNOS COLABORADORES SE PODRÍA IR PARA LA CÁRCEL. B- DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA PARA ACLARAR SI “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE”, COMO QUIEREN HACER CREER EN MINMINAS. C- DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DE PROTECCIÓN SOCAL PARA QUE AYUDE A DETENER UN ATROPELLO QUE CODENSA HA DESATADO CONTRA LOS PROFESIONALES TÉCNICOS ELECTRICISTAS. Respetados Señores Se entregará copia de este oficio a: MINISTRO DE MINAS YENERGÍA Dr. Luis Ernesto Mejía Castro CODENSA S.A. ESP. Dr. José Alejandro Inostroza López CODENSA S.A. ESP. Dra. Margarita Olano Olano SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS Dr. Jairo Londoño CORTE SUPREMA DE JUSTICIA –SALA DE CASACIÓN PENAL Dr. Herman Galán Castellanos Dra. Marina Pulido de Barón Dr. Mauro Solarte Portilla Dr. Edgar Lombana Trujillo Dr. Alfredo Gómez Quintero Dr. Jorge Quintero Milanes Dr. Jorge Aníbal Gómez Gallego Dr. Yesid Ramírez Bastidas Dr. Álvaro Orlando Pérez Pinzón DIRECTIVAS DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA: Dr. Jorge Sierra Dra. Ruth Stella Jiménez Dra. Gilda Magaly Rueda de Higuera Dra. Clara Stella Ramos Sarmiento Dra. Doris Mahecha Barrios Dra. Haydee Daisy Cerquera Lozada Dr. Carlos Guillermo Valencia Vergara Dra. Beatríz Duque Dra. Ana Beatríz Vargas Hernández Dr. Luis Eduardo Villamizar Caicedo Dr. Juan Carlos Arce Dr. Julio César Vera Díaz Dra. Gloria Elena Gómez Piza Dra. María Clemencia Díaz López Dra. Gilma Sampayo Franco Dr. Manuel Fernando Maiguashca Olano Dr. Roberto Leal Sarmiento DIRECTIVAS DE LA CREG Dra. Ana María Briceño Morales Dr. Jaime Alberto Blandón Díaz Dr. Camilo Quintero Dr. Ricardo Humberto Ramírez Carrero Dr. Javier Díaz

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  • JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZCIUDADANO VEEDOR

    (REVISADO EN SEPT.8-2005)

    Calle 106A Nº 22A-10 Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 5-22 5830Bogotá D.C.E-Mail: [email protected] - [email protected]

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    Bogotá D.C. 1 de Septiembre de 2005 DERECHO DE PETICIÓN:PARTE AL MINISTRO FOLIO

    B DEL INTERIOR Y JUSTICIA 11C DE PROTECCIÓN SOCIAL 15

    SeñoresMINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIAAtn.: Dr. SABAS PRETELT DE LA VEGAMINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIALAtn.: Dr. Diego Palacio BetancourtFISCAL GENERAL DE LA NACIÓNAtn.: Dr. MARIO IGUARÁN ARANAPROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓNAtn.: Dr. EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓNMINISTRA DE EDUCACIÓNAtn.: Dra. CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITEPRESIDENTE CONSEJO PROFESIONAL NACIONALDE INGENIEROS ELECTRICISTAS, MECÁNICOSY PROFESIONES AFINES Y COAUTOR DEL RETIE,ANTES DELEGADO ANTE EL CONTEAtn.: Ing. DAVID APONTE GUTIÉRREZPRESIDENTE CONTEAtn.: Sr. HÉCTOR PEÑA BERMÚDEZCiudad.

    REF.: A- YA EL MINMINAS TÁCITAMENTE RECONOCIÓ, QUE S I EL FUNDAMENTO DE OBLIGARA LA APLICACIÓN DE EL RETIE EN LA RED INTERNA, LO RESPALDARÁN EN LACOMPETENCIA QUE TIENEN EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DEENERGÍA ELÉCTRICA: ERA VÁLIDA LA DENUNCIA PRESENTADA POR ABUSO DE LAFUNCIÓN PÚBLICA Y EL MINIS TRO DE MINAS Y ENERGÍA, CON ALGUNOSCOLABORADORES SE PODRÍA IR PARA LA CÁRCEL.

    B- DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA PARA ACLARAR SI“LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NORENOVABLE”, COMO QUIEREN HACER CREER EN MINMINAS.

    C- DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DE PROTECCIÓN SOCAL PARA QUE AYUDE ADETENER UN ATROPELLO QUE CODENSA HA DESATADO CONTRA LOSPROFESIONALES TÉCNICOS ELECTRICISTAS.

    Respetados Señores

    Se entregará copia de este oficio a:MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA Dr. Luis Ernesto Mejía CastroCODENSA S.A. ESP. Dr. José Alejandro Inostroza LópezCODENSA S.A. ESP. Dra. Margarita Olano OlanoSOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS Dr. Jairo Londoño

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – SALA DE CASACIÓN PENALDr. Herman Galán Castellanos Dra. Marina Pulido de BarónDr. Mauro Solarte Portilla Dr. Edgar Lombana TrujilloDr. Alfredo Gómez Quintero Dr. Jorge Quintero MilanesDr. Jorge Aníbal Gómez Gallego Dr. Yesid Ramírez BastidasDr. Álvaro Orlando Pérez Pinzón

    DIRECTIVAS DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA:Dr. Jorge Sierra Dra. Ruth Stella JiménezDra. Gilda Magaly Rueda de Higuera Dra. Clara Stella Ramos SarmientoDra. Doris Mahecha Barrios Dra. Haydee Daisy Cerquera LozadaDr. Carlos Guillermo Valencia Vergara Dra. Beatríz DuqueDra. Ana Beatríz Vargas Hernández Dr. Luis Eduardo Villamizar CaicedoDr. Juan Carlos Arce Dr. Julio César Vera DíazDra. Gloria Elena Gómez Piza Dra. María Clemencia Díaz LópezDra. Gilma Sampayo Franco Dr. Manuel Fernando Maiguashca OlanoDr. Roberto Leal Sarmiento

    DIRECTIVAS DE LA CREGDra. Ana María Briceño Morales Dr. Jaime Alberto Blandón DíazDr. Camilo Quintero Dr. Ricardo Humberto Ramírez CarreroDr. Javier Díaz

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    DIRECTIVAS DE LA SSPDDra. Adriana Pérez B. Dr. Gustavo Adolfo Gómez UribeDra. Denis López Camacho Dr. César A gusto Piñeros R.Dr. Omar Urrea Dra. Blanca Doris García GiraldoDra. Sofía Margarita Montes Dra. Martha Ligia AlbornozDr. Juan Antonio Roa Sánchez Dr. David RiañoDra. Blanca Lilia Ramírez Dra. Magda LorrealDra. Mónica Hilarion Dra. Rosangela CalleDr. Javier Orlando Moreno Dra. María del Pilar CuellarDra. Ángela Patricia Rojas Dr. Juan Felipe Ospina OrquijoDr. Jorge Salinas Dra. Nubia AngaritaDra. Claudia Patricia Mora Pineda

    DIRECTIVAS DE LA SICDr. Jairo Rubio Escobar Dra. Blanca Zoraida FonsecaDr. Javier Ricardo Niño Vicentes Dra. Teresita MoralesDra. Alba Luz Quintero Dra. Cielo Ángela PeñaDr. Germán Yair García González Dra. Clara Cecilia Castellanos de JaimesDr. Carlos Eduardo Porras P. Dra. Alexis Céspedes de VergelDr. Carlos Arturo Rueda Daza Dr. Giancarlo MarcenaroDra. Claudia Rizo Illera Dra. Claudia Nina ZuluagaDra. Diana Vivas Francisconi Dr. Julio CastañedaDr. Antonio José Cabarcas Mejia Dra. Luz Ángela Guerrero DíazDr. Miguel Orlando Peña Torres Dr. Jhonatan Lenis RamírezDr. Santiago Muñoz Medina Dr. Jorge Bernardo Jaeckel KovaesDr. Jairo Alberto Suárez Vargas Dr. Carlos Enrique Polania FallaDra. Nelly Matallana Carvajal Dra. Flor Mariela Torres MurilloDra. Constanza María del Socorro Gómez B. Dra. Nicolle Rojas TamayoDr. Samuel Díaz Escandón Dra. Gloria Stella Infante RodríguezDra. María Consuelo Casij Rey Dra. Ana María Escobar Fernández

    DIRECTIVAS DE ICONTEC:Dr. Fabio Tobón Londoño Dr. Ricardo MunarDr. Álvaro Perdomo Dr. Santiago GamezDra. Constanza Cornejo Gamez Dr. Juvenal Espitia VillamilDr. Germán Nava Dra. Liliana TamayoDr. Darío Carreño Dr. José Luis SaenzDra. Maribel Leal Dr. Carlos PulidoDr. Juan Carlos Martínez Dr. José Edilberto Pinzón

    DEMÁS MIEMBROS DEL CONTE:Delegado de FENALTEC Sr. Oscar ValenciaDelegado del Ministerio de Minas y Energía: Sr. Miguel Antonio SantacruzDelegado de ACIEM y antiguo dirigente de laInspectoría Externa de la EEB y/o Codensa

    Ing. Rafael Amiro Gutiérrez

    Delegado del Ministerio de Educación Sra. Blanca Stella Méndez

    DEMÁS MIEMBROS DEL CPNIEMPA:Delegado Min –educación Ing. Héctor Hernández RamírezDelegado Min –comercio Ing. Ricardo LozanoDecano Ingeniería Universidad Nacional Ing. Julio ColmenaresRepresentante Universidades Privadas Ing. Germán Oliveros VillamizarRepresentante Universidades Oficiales Ing. Segundo Oliverio García PalenciaRepresentante de ACIEM Ing. Julián Cardona CastroSecretario Ejecutivo Ing. Marco Antonio Gómez Albornoz

    GENERALIDADES

    En este intenso proceso epistolar que he venido desarrollando, para desenmascarar algunos actosperversos que se esconden detrás de EL RETIE, he percibido entre otros: Que ya en el Minminas, tácitamente han reconocido, que si el fundamento de obligar a la aplicación

    de EL RETIE en la red interna, lo respaldaran en la competencia que el Decreto 70 de 2001 l es da enel artículo 3, numeral 4:

    “4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias ...y las normastécnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica..., en los términosprevistos en las normas legales vigentes.”

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    Claramente quedaba probado el Abuso de la Función Pública, que el Ministro cometió en el momentode dar aprobación a EL RETIE, con lo cual el Ministro y quienes en concierto le colaboraron paracometer el abuso de la Función Públ ica, se podrían ir para la cárcel.

    Que el concierto para cometer los actos perversos en EL RETIE, principalmente esta liderado dentrodel Ministerio de Minas y Energía por: David Aponte Gutiérrez Coautor de EL RETIE

    Presidente del CPNIEMPAAntes Delegado ante el CONTE

    Luis Eduardo Villamizar Caicedo Director de Energía de Minminas Clara Stella Ramos Sarmiento Jefe Oficina Asesoría Jurídica

    Que son COMPETENTES para cometer cualquier clase de actos, por ejemplo: La denuncia que presente en 31 folios a la Fiscalía, la cual estaba acompañada de un CD sin

    proteger, y ayudados con la radicación y el CD, presuntamente realizar un cambiazo de un oficiode 31 folios a otro de 19 folios, donde es muy fácil: Utilizar igual el folio 1, el último folio dondeestaba la firma cambiar un 3 por un 9, numerando 19 en lugar de 31 y de los folios 2 a 18 haceraparecer otro texto diferente. Para realizar cambiazos son COMPETENTES.

    Elaborar una carta firmada por Luis Eduardo Villamizar con pie de firma de David AponteGutiérrez, donde me informa que el Ministro le traslado la denuncia a la Fiscalía y cuando seobservaba el oficio que el Ministro le enviaba al Fiscal, lo que le traslada era el Derecho dePetición que los funcionarios del Ministerio de Minas y Energía debe rían responder. Paraengañar son COMPETENTES.

    El CONTE no tenía competencia fundamentada en la Ley 19 de 90 ni en el Decreto 991 de 1991para aprobar las matrículas, esta función recaía en el Ministro de Minas y Energía. El CONTEsimplemente le colaboraba al Minminas en esta delegación. Desde el Ministerio erancompetentes para corromper al CONTE, poniéndolo a actuar en la venta de matrículas deProfesional Técnico Electricista a personas que no cumplían los requisitos de la Ley 842 de 2003.Para corromper al CONTE si son COMPETENTES.

    Conociendo que el libro “NTC 2050 Primera Actualización” es un plagio maquillado del libroCovenin 200, surgido de un delito penal surgido y manejado desde ICONTEC: Convertido enobligatorio en EL RETIE. Para legalizar y v olver obligatoria la aplicación de lo establecido en unlibro plagiado si son COMPETENTES..

    Utilizar el libro plagiado para fundamentar el mandato, que en los espacios llámese cafetería,salón comunal, capilla, inspección de policía, consultorios, paradero de transmilenio, donde sereúnan cien o más personas, deben tener planta eléctrica de emergencia con opción de bateríasestacionarias, de las que el Ministro es el principal fabricante. Esto es conflicto de intereses ypara esto si son COMPETENTES.

    Cometer abuso de la función pública desbordando el artículo 3, numeral 4 del Decreto 70 de2001, actuación abiertamente delictiva para la cual si son COMPETENTES.

    etc., etc.

    Que con la pulcritud de un santo, se declaran INCOMPETENTES para contestar cualquier p reguntade los Derechos de Petición que les he hecho llegar, donde evidentemente están comprometidos ycontestan que no tiene COMPETENCIA para responder.

    Se adjunta un CD sin proteger, donde el archivo No.16 “Lavado de Activos de Distribución”, secompendían los oficios con denuncias y Derechos de Petición que se han estado enviando despuésdel 29 de abril de 2005.

    PARTE A:

    Buscando desenmascarar la falsedad y engaño que se encuentra en la frase del oficio MinminasNo.515514 del 05-08-2005:

    “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UNRECURSO NATURAL NO RENOVABLE

    En la Resolución No.180398 del 7 de abril de 2004, fundamentan la autoridad y legalidad del acto parapoder expedir y aprobar esta Resolución (que compendio los requisitos de EL RETIE). Allí expresanantes del considerando:

    “El Ministro de Minas y Energía en ejercicio de sus facultades legales y en especial de los que le confiereel numeral 4, artículo 3, capítulo 3, capítulo 2 del Decreto Presidencial 070 del 17 de enero de 2001.”

    Si nos remitiéramos al Decreto 70 de 2001, encontramos que e n el Decreto Nacional 070 del 17 de enerode 2001, figura:

    “Capítulo II

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    Objetivos y Funciones Generales del Ministerio de Minas y EnergíaArtículo 2º. Objetivos. El Ministerio de Minas y Energía tie ne como objetivos primordiales la formulación yadopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector Administrativo de Minas yEnergía.Artículo 3º. Funciones. El Ministerio de Minas y Energía tendrá, además de las funciones que de terminael artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:(…)

    4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentariasrelacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, p rocesamiento,beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y las normas técnicasrelativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, en los términosprevistos en las normas legales vigen tes.”

    En lo que respecta a los RECURSOS NATURALES RENOVABLES, es obvio que el Ministro no tienecompetencia y por eso es especifico el Decreto 70 de 2001 en los RECURSOS NATURALES NORENOVABLES.

    En el Decreto No.2811 de 1974 están discriminados los RECUR SOS NATURALES RENOVABLES, conesto se puede precisar y entender el alcance del adverbio “NO”, en el término “RECURSOS NATURALESNO RENOVABLES” del artículo 332 de la Constitución Política de Colombia.

    “Artículo 332.- El Estado es propietario ...de los recursos naturales No Renovables.”Constitución Política de Colombia

    NO: Que denota negación.Diccionario de la Lengua Española – Aristos

    Es útil hacer total claridad de qué son los RECURSOS NATURALES RENOVABLES, para evitarconfusiones que se presten a artificios y engaños por parte de los autores y defensores de EL RETIE.

    Figura en el Decreto Nº2811 del 28 de diciembre de 1974:

    “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos NaturalesRenovables y de Protección al Medio Ambiente”(…)

    “ARTICULO 1o. El ambiente es patrimonio común.”(…)

    “La preservación y manejo de los recursos naturales renovables también son de utilidad pública e interéssocial.”

    “ARTICULO 2o. Fundado en el principio de que el ambiente es patrimonio común de la humanidad ynecesario para la supervivencia y el desarrollo económico y social de los pueblos, este Código tiene porobjeto:1o. Lograr la preservación y restauración del ambiente y la conservación, mejoramiento y utilizaciónracional de los recursos naturales renova bles,”(…)

    “2o. Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovablessobre los demás recursos.

    3o. Regular la conducta humana, individual o colectiva y la actividad de la Administración Pública,respecto del ambiente y de los recursos naturales renovables”(…)

    “ARTICULO 3o. De acuerdo con los objetivos enunciados, el presente Código regula:

    a). El manejo de los recursos naturales renovables a saber:1o. La atmósfera y el espacio aéreo nacional.2o. Las aguas en cualquiera de sus estados.3o. la tierra, el suelo y el subsuelo.4o. La flora5o. La fauna6o. Las fuentes primarias de energía no agotables.7o. Las pendientes topográficas con potencial energético.8o. Los recursos geotérmicos.

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    9o. Los recursos biológicos de las aguas y del suelo y el subsuelo del mar territorial y de la zonaeconómica de dominio continental e insular de la República.

    10. Los recursos del paisaje.”

    Por ejemplo el Servicio Público Domiciliario de Energía Eléctrica, en el proceso de generación utilizaRecursos Naturales Renovables, como:

    NUMERAL DELARTÍCULO 3 LITERAL A

    DECRETO 2811-74:

    RECURSO NATURALRENOVABLE:

    Para Generar Energía Eléctrica por Efectode Aprovechar:

    1-2 y 7 Atmósfera, espacio aéreo, aguay pendientes topográficas

    Energía potencial originada en las pendientestopográficas y el agua.

    1 Aire Energía eólica8 Recursos Geotérmicos Energía geotérmica2 y 9 Agua del mar Energía mareomotríz originada por la

    diferencia entre la marea alta y baja.

    Pero el Ministerio de Minas y Energía, que conoce por ejemplo, que la gran mayoría de los KWH que seutilizan en el Servicio Público Domiciliario de la Energía Eléctrica, en el proceso de generación en elinterior del país, se logran aprovechando el Recurso Natural Renovable: Agua Pendiente topográfica con potencial energético La atmósfera

    También sabe y conoce, que es incompetente para elaborar Reglamentos Técnicos para el manejo deestos Recursos Naturales Renovables, simplemente porque en el Decreto 70 de 2001, en ninguna partele otorgaron esas funciones.

    En el oficio MinMinas Nº515514 del 05 -08-2005, suscrito por el Director de Energía Luis EduardoVillamizar Caicedo y con pie de firma “DAG”, que corresponde a David Aponte Gutiérrez, presidente delCPNIEMPA, antes Delegado ante el CONTE y también coautor de EL RETIE, figura en el folio 4 de 6:

    “Como quiera que el numeral 4 del Artículo 3º del Decreto 70 de 2001 le fija al Ministerio la función de: “4.Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las dispo siciones constitucionales, legales yreglamentarias relacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución,procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables , ylas normas técnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible,en los términos previstos en las normas legales vigentes;” resaltado fuera del texto. Y como se aclaró, LAENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE,por lo tanto corresponde al Ministerio adoptar ese Reglamento, en consecuencia no existeextralimitaciones de funciones que usted denuncia .”

    La parte que esta en negrilla con la explicación “resaltado fuera del texto”, está así en el oficio deMinminas, invitando con este resaltado, a destacar esta parte del párrafo, que es donde ahora pretendenfundamentar el artificio de inducirnos a caer en el error.

    La frase que se encuentra en MAYÚSCULA Y NEGRILLA , en el texto original está en minúsculas y se haresaltado para precisar exactamente donde radica el ARTIFICIO Y ENGAÑO .

    Para el Ministerio de Minas, ya es claro que:

    En lo que hace referencia a “las normas técnicas relativas a los Servicios Públicos Domiciliarios deEnergía Eléctrica” está establecido:

    Ley de Servicios Públicos Domiciliarios El RETIE “14.25 Servicios Públicos Domiciliarios de

    Energía Eléctrica.“Resolución Número 180398 de 2004 (abril 7)

    Es el transporte de energía eléctrica desdelas redes regionales de transmisión.

    Por el cual se expide el Reglamento Técnico deInstalaciones Eléctricas –RETIE,

    HASTA el domicilio del usuario final, que fija las condiciones técnicas que Incluida su conexión y medición. garanticen la seguridad de los procesos de: También se aplicará esta l ey a las

    actividades complementarias de generación, Generación de comercialización Transmisión de transformación Transformación interconexión y Distribución transmisión

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    Y utilización

    De la energía eléctrica en la República deColombia y se dictan otras disposiciones.”

    La UTILIZACIÓN de energía eléctrica no es parte del Servicio Público Domiciliarios de EnergíaEléctrica definido en la Ley 142 de 1994.

    La Distribución y Acometida de energía eléctrica se termina en: “ HASTA el domicilio del usuario finalincluida su conexión y medición”

    “HASTA. Preposición que expresa el término, fin o límite de lugares, acciones o cantidades .”Diccionario de la Lengua Española Aristos

    Cuando la Ley 142 de 1994 en forma natural, obvia, clara y expresa, es tablece el límite o la terminacióndel Servicio Público Domiciliario de Energía Eléctrica y por consiguiente la Competencia del Ministerio deMinas y Energía y la de Luis Ernesto Mejía Castro como Ministro de Minas y Energía, figura que estacompetencia termina:

    “HASTA el domicilio del usuario final incluida su conexión y medición.”

    También conocemos en forma natural, obvia, clara y expresa, que no es competencia del Ministro deMinas y Energía Luis Ernesto Mejía Castro, lo que suceda:

    EN EL INTERIOR DEL DOMICILIO DEL USUARIO FINAL DESPUÉS DE SU CONEXIÓN Y MEDICIÓN

    La Ley 142 de 1994 es precisa al establecer este límite HASTA, la cual establece el limite a laDistribución, que es operada por el AGENTE DISTRIBUIDOR DEL SISTEMA INTERCONECTADONACIONAL (incluye la Red Local y la Acometida).

    Probado lo anterior, era claro que si el fundamento de EL RETIE, lo quisieran amparar en la parte delnumeral 4, artículo 3 del Decreto 70 de 2001, que establece:

    “4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposi ciones legales y reglamentarias ...y las normastécnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica..., en los términosprevistos en las normas legales vigentes.”

    Claramente quedaba probado el Abuso de la Función Pública que el Ministro cometió en el momento dedar aprobación a EL RETIE y por consiguiente:

    “Artículo 428.- Abuso de Función Pública. El servidor público que abusando de su cargo realicefunciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan, incurrirá en prisión de uno (1) a dos(2) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años.”

    Código Penal de Colombia

    Pero en EL RETIE, el Ministro no actuaba solo y tuvo la prudencia de incluir a pie de firma los coautores ,que igualmente deben responder por el ABUSO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, porque entre todosactuaban en concierto:

    Pie de Firma:Resolución Año Iniciales:

    Creemos que esas Iniciales Correspondenal Servidor Público:

    180398Anexo General

    2004 DAGWUV

    David Aponte Gutiérrez. . . . . ? . . . . . .

    180498 2005 LEVCDAGCESRSPZG

    Luis Eduardo Villamizar CaicedoDavid Aponte GutiérrezClara Stella Ramos Sarmiento. . . . . ? . . . . . .

    “Artículo 340.- Concierto. ...Cuando varias personas se concierten c on el fin de cometer delitos, cadauna de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de tres (3) a seis (6) años.”

    Código Penal de Colombia

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    Si no cometieron ABUSO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA los anteriores funcionarios, nos lo ayudará aaclarar el Ministro del Interior y Justicia, desatando las dudas que se le presentan en la Parte B de esteoficio, para lo cual hemos hecho uso del Derecho Constitucional Fundamental de la Petición.

    En estas frases especificas de los “Servicios Públicos Domiciliarios de Energía Eléctrica” del artículo 3,numeral 4 del Decreto 70 de 2001, el Minminas ha sido evasivo en tratar de probar la no existencia deABUSO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA y ahora se quieren concentrar, dando la argumentación en la partedel numeral 4, artículo 3 del Decreto 70 de 2001, que establece:

    “Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias relacionadascon la: Exploración Explotación Transporte 0Refinación Procesamiento Beneficio Comercialización y Exportación de RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES ...”

    “Artículo 332.- El Estado es propietario ...de los Recursos Naturales No Renovables.”Constitución Política de Colombia

    El Estado a través del Minminas reglamenta el uso de los Recursos Naturales No Renovables HASTA la: Comercialización: Si es para consumo en el interior de Colombia. Exportación: Si es para llevar fuera del país.

    COMERCIALIZACIÓN

    Como un ejemplo veamos como la competencia del Ministro llega HASTA la comercialización, cuando elRecurso Natural No Renovable, es para consumo en el interior de Colombia.

    Si a una fabrica que se encarga de vender VARSOL al detal, realizándole una purificación, empaque(en recipientes de PVC derivados del petróleo), distribución y comercialización, una vez que estafabrica compra la materia prima para el VARSOL, el ESTADO ya no es propietario de ese materialque se obtuvo del RECURSO NATURAL NO RENOVABLE: PETRÓLEO.

    Si esa fabrica le vende el VARSOL a un supermercado, el ESTADO ya no es propietario de esematerial que se obtuvo del RECURSO NATURAL NO RENOVABLE: PETRÓLEO.

    Si llevo a mi domicilio una botellita de VARSOL comprada en el Supermercado, el ESTADO ya no espropietario de ese material que se obtuvo del RECURSO NATURAL NO RENOVABLE: PETRÓLEO.

    Si con la botellita de VARSOL en el interior del domicilio, alimento un mechero con el cual voy alograr iluminación artificial en el sitio que habito, el ESTADO ya no es propietario de ese material quese obtuvo del RECURSO NATURAL NO RENOVABLE: PETRÓLEO.

    El Decreto 70 de 2001 es claro que la competencia del Ministerio de Minas y Energía:

    “Para adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias relacionadascon la ...COMERCIALIZACIÓN y exportación de RECURSOS NATURALES NO R ENOVABLES.”

    Decreto 70 de 2001 – Artículo 3 – Numeral 4

    Luego el Ministro de Minas y Energía, no es competente para reglamentar la utilización dentro deldomicilio, de productos que han surgido de un Recurso Natural No Renovable.

    EXPORTACIÓN

    EXPORTAR: Enviar géneros del propio país a otro.Diccionario de la Lengua Española – Aristos

    Cuando el Recurso Natural No Renovable es enviado de Colombia a otro país, ya no se puede afirmarque el ESTADO continúe siendo propietario de ese RECURSO NATURAL NO RE NOVABLE.

    De esta forma el Decreto 70 de 2001 le da función al Ministerio de Minas y Energía:

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  • JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZCIUDADANO VEEDOR

    Calle 106A Nº 22A-10 Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 5-22 5830Bogotá D.C.E-Mail: [email protected] - [email protected]

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    “Para adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias relacionadascon la ...EXPORTACIÓN DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES.”

    Decreto 70 de 2001 – Artículo 3 – Numeral 4

    Si el Ministro de Minas pretendiera adoptar reglamentos sobre un Recurso Natural No Renovabledespués de Comercializado o Exportado, simplemente comete abuso de la función pública.

    “Artículo 428.- Abuso de Función Pública. El servidor público que abusando de su cargo realicefunciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan, incurrirá en prisión de uno (1) a dos(2) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ci nco (5) años.”

    Código Penal de Colombia

    EL NUEVO ARGUMENTO DE MINMINAS

    Ahora el argumento que creen, autoriza al Ministro de Minas y Energía a expedir y aprobar EL RETIE, lofundamentan en la frase:

    “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACI ÓN DE UN RECURSO NATURAL NORENOVABLE”

    Recurso Natural

    Renovables

    No Renovables

    Recurso Bienes, medios de vida

    Natural Perteneciente o relativo a la naturaleza de las cosas o conforme a su calidad opropiedad.Nativo.Que se produce por las solas fuerzas de la naturaleza.

    NoRenovable

    Que denota negación.Que se puede renovar.

    Diccionario de la Lengua Española – Aristos

    Vamos a demostrar el artificio y engaño que existe en la frase:

    “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NORENOVABLE”

    Pero antes de demostrar la falsedad, supongamos que la afirmación fuera verdadera y en realidadexistiera el RECURSO NATURAL NO RENOVABLE denominado ENERGÍA ELÉCTRICA, este recursonatural no renovable que se ha de comercializar en Colombia se somete a todos l os pasos de: Exploración Explotación Transporte Refinación Procesamiento Beneficio COMERCIALIZACION

    Como la ENERGÍA ELÉCTRICA se comercializa en KWH, una vez pasa por el medidor del usuario finalque acumula los KWH consumidos, se ha cumplido la COMERCIA LIZACIÓN y el Ministro de Minas yEnergía tiene competencia solamente HASTA la comercialización si es para consumo en el interior delpaís:

    “Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la...COMERCIALIZACIÓN ...de recursos naturales no renovables.”

    Decreto 70 de 2001 – Artículo 3 – Numeral 4

    Luego si después de la COMERCIALIZACIÓN del así llamado por el Minminas “RECURSO NATURALNO RENOVABLE ENERGÍA ELÉCTRICA”, determinará adoptar reglamentos técn icos para la utilización:Cometía abuso de la función pública.

    Aclarado lo anterior, entremos a demostrar el total engaño que existe en la frase del Minminas:

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    “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NORENOVABLE”

    Es el oficio Minminas No.515514 del 05-08-2005 suscrito por Luis Eduardo Villamizar Caicedo y con piede firma de David Aponte Gutiérrez, quienes actuaron en concierto con Luis Ernesto Mejía Castro, ClaraStella Ramos Sarmiento, WUC, SPZG, para aprobar las Resoluciones de EL RETIE. Buscan inducir aerror valiéndose de artificios y engaños, con el fin de demostrar la legalidad de imponer EL RETIE, en laRed Interna de Energía Eléctrica, dentro del domicilio del usuario final y de inmediato se evidencia elartificio y el engaño.

    “Artículo 246.- ...El que obtenga provecho ilícito para sí o para un tercero, ...induciendo o manteniendo aotro en error por medio de artificios y engaños, incurrirá en prisión de dos (2) a ocho (8) años...”

    Código Penal de Colombia

    Observemos primero, que el Decreto 70 de 2001 en el artículo 3, numeral 4, no utiliza la palabraTRANSFORMACIÓN.

    En los diccionarios de sinónimos, tampoco figura que “transformación” sea sinónimo de: Exploración,explotación, transporte, refinación, procesamiento , beneficio, comercialización o explotación, con lo cualse pone en evidencia otro artificio que quieren realizar tratando de confundir.

    En la Ley 685 del 15 de agosto de 2001,Codigo de Minas, refiriéndose a recursos naturales norenovables, en obras de la industria minera, establece:

    “Artículo 2.- ...El presente Código regula ...trabajos y obras de la industria minera en sus fases deprospección, exploración, construcción, montaje, explotación, beneficio, TRANSFORMACIÓN, transportey promoción de los minerales.”

    Código de Minas

    Con lo cual, queda en evidencia que TRANSFORMACIÓN es diferente a los demás términos enunciadospara los recursos naturales no renovables en el artículo 3, numeral 4 del Decreto 70 de 2001.

    OFICIO MINMINAS515514 del 05-08-2005

    Decreto 70 de 2001Artículo 3 Numeral 4

    - - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?

    Transformación - - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?- - - - - - - - - - - - - ?

    Exploración Explotación Transporte Refinación Procesamiento Beneficio Comercialización y Exportación

    Evidentemente la ENERGÍA ELÉCTRICA NO ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL: NO RENOVABLE NI RENOVABLE

    Por ejemplo: Con petróleo (competencia de Luis Ernesto Mejía Castro) Una vez procesado y beneficiario (también competencia de Luis Ernesto Mejía Castro) Se obtiene gasolina y Con la gasolina Se puede refinar la pasta de coca para convertirla en cocaína

    Creemos que la competencia de Luis Ernesto Mejía Castro con el RECURSO NATURAL NORENOVABLE PETRÓLEO, sometido al PROCESAMIENTO Y BENEFICIO, se obtiene gasolina ycontinúa siendo competencia de Luis Ernesto Mejía Castro como Ministro de Minas y Energía, ha sta laCOMERCIALIZACIÓN, si la gasolina es para el consumo en Colombia, no se incluye el paso final de laEXPORTACIÓN.

    Una vez un narcotraficante compra la gasolina, para utilizarla como precursor, en el proceso de refinaciónde la pasta de coca, para convertirla en cocaína, creemos que Luis Ernesto Mejía Castro y quienes lecolaboran en el Ministerio de Minas y Energía, no tienen competencia para:

    ADOPTAR LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS Y HACER CUMPLIR LAS DISPOSICIONESRELACIONADAS CON EL RECURSO NATURAL NO RE NOVABLE, PROCESADO Y BENEFICIADO

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    PARA CONVERTIRLO EN GASOLINA, QUE UNA VEZ COMERCIALIZADO, SEA UTILIZADO PARAREFINAR COCAÍNA.

    La utilización de los recursos naturales no renovables, después de ser comercializados, no escompetencia del Ministerio de Mina s y Energía.

    GiraldoMillón

    ...Millón Cantillo

    Juan BautistaFernando

    Millón Palacios

    ...Palacios

    ?Informacióntomada del

    libro “Los Jinetesde la Cocaina”

    escrito porFabio Castillo

    AntesDavid Aponte

    Gutiérrez y ahoraMiguel Antonio

    Santacruz

    DavidAponte

    Gutiérrez

    CPNIEMPACONTE

    ACIEMPresidido por Julián

    Cardona Castro

    Rafael AmiroGutiérrez Ex Directivo

    Consejo deExterna

    EEB -ACIEM

    deInspectoría

    JuliánCardonaCastro

    Ministro deMinas y Energía

    Luis Ernesto Mejía Castro

    Uni

    dade

    sM

    inis

    teria

    les

    El RETIE losinvolucra a todos

    Ernesto MejíaMaya y

    Baterías MAC

    CARTEL DE LA COSTA

    ICONTEC

    Figura en el folio 5 del oficio Minminas Nº515514 del 05 de agosto de 2005firmado por Luis Eduardo VillamizarCaicedo y con pie de firma de DavidAponte Gutiérrez:

    “Sobre la afirmación que el CONTE y elCPNIEMPA, son unidadesadministrativas del Ministerio,revisando la estructura de éste no seencuentra que su afirmación seaverídica, el hecho que se tengaparticipación como miembro de uncuerpo colegiado, no le da la condiciónde entidad adscrita o vinculad a alMinisterio de Minas, porque igualsituación se tendría con las demásentidades representadas en esosconsejos, al menos que la Ley que loscreó expresamente manifesté a queorganismos pertenece y ese no es elcaso de los dos consejos.”

    He referido que el CONTE y elCPNIEMPA son UNIDADESMINISTERIALES del Ministerio de Minasy Energía.

    Figura en el oficio Minminas Nº511311 del 14 -06-2005, firmado por Clara Stella Ramos Sarmiento y conpie de firma de David Aponte Gutiérrez y SPZ (iniciales que no sa bemos a quien correspondan, pero queigualmente figuran a pie de firma como SPZG en la Resolución No.180498 -2005):

    Folio 2: “Es de anotar que según concepto del 23 de enero de 1997, con radicación número 622, elHonorable Consejo de Estado expresó:“De manera que, desde la expedición por el legislador extraordinario de las normas que dieronorigen a la llamada “Reforma administrativa de 1968”, los Consejos organizados dentro de laestructura de los Ministerios, para cumplir funciones de asesoría y coordina ción con laparticipación de personas ajenas al Ministerio, son “unidades ministeriales”. La consideración dela Sala en el sentido de que el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas, debe ser tenidocomo una unidad del Ministerio de Minas y Energía, obe dece a las siguientes razones: Su creación legal; Su conformación con un representante del Ministerio de Minas y Energía y con personas ajenas a

    este Ministerio. Sus funciones de asesoría en relación con el ejercicio de la profesión de técnico electricista y de

    coordinación con el Ministerio de Minas y Energía para la expedición de la respectiva matrícula.”

    Folio 3: “En lo que respecta al interrogante: 3.6 ¿Por qué considera el Dr. Luis Ernesto Mejía Castro quela exigencia en EL RETIE de plantas de energí a eléctrica de suplencia con opción de BATERÍASESTACIONARIAS no es un conflicto de interés?

    Respecto a su cuestionario cabe precisarle, que en el momento de la expedición de Reglamento Técnicode Instalaciones Eléctricas –RETIE (Resoluciones 180398 de 20 04 y 180498 de 2005) el señor Ministrode Minas y Energía ni consideró ni considera que haya estado incurso en un conflicto de intereses; todavez que el Decreto 070 de 2001 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Minas y Energía”,dispone en el numeral 4 del artículo 3º y numeral 4 del artículo 5º que el Ministerio y Ministro de Minas yEnergía tendrán, además de las funciones que determina los artículos 59 y 61 de la Ley 489 de 1998, lassiguientes:”

    Folio 4: “Por todo lo anterior, no se observa la existencia de conflicto de intereses, ni privilegio alguno, yaque el RETIE no favorece ni ha pretendido favorecer a algún miembro de la familia del Ministro o a

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    alguien en particular. De aceptar su afirmación, se podría pensar que por el hech o de tener el Ministro deMinas y Energía y miembros de su familia un vehículo automotor debería declararse impedido para fijarlos precios de la gasolina motor.”(…)“Respecto de la consulta contenida en el numeral 3.5, le informamos que se remitió a la e mpresaBaterías MAC, a fin que le sea resuelta su inquietud.”

    Figura en el libro “Los Jinetes de la Cocaína ”, escrito por Fabio Castillo, el cual aparece en Internet enWWW.derechos.org/nizkor/colombia/libros/jinetes/index.html

    Capítulo III “Nacen las familias” numeral 6 “La organización en la Costa Atlántica ”, donde también citan aJuan Carlos Vives Menotti, Primer Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios y ahora DirectorNacional de Estupefacientes:

    “El Golfo de Urabá y Acandí son los puerto s de embarque de la cocaína en esta zona. Desde laCompañía Nacional de Inversiones Ltda., los hermanos Juan Bautista y Fernando Millón Palacio fueroninvolucrados en el transporte de un cargamento de cocaína hacia los Estados Unidos. Comocopropietarios de dos aerolíneas de la Costa, utilizan las aeronaves con ese objeto, según los archivosoficiales.

    No obstante, y como consecuencia del legalismo que impera en Colombia, se le otorgó licencia a MillónCantillo, padre de Fernando y Juan Bautista, para la compra del avión HK1127, por carecer él deantecedentes de narcotráfico. En similar situación se encuentra la compañía Viarco Ltda., cuyos sociosson Gilberto Gálvez y Giraldo Millón, por lo que se les negó el certificado de carencia de antecedentes denarcotráfico, Gilberto Gálvez, su gerente, era propietario de una avioneta que cayo en el municipio deVilla Garzón, Huila, en septiembre de 1979, en actividades relacionadas con el narcotráfico.

    Como miembros de su organización son señalados Luis Carlos Qu intero, Hernando Buitrago, MarioSalazar y ERNESTO MEJÍA MAYA, PROPIETARIO DE LA FÁBRICA DE BATERÍAS MAC.

    También solicitó autorización para montar su propia compañía aérea Francisco de Parías Carbó, cuyohermano. Julio, fue capturado en La Florida el 22 de noviembre de 1980 cuando intentaba comercializar310 libras de cocaína.”

    TRANSFORMAR: Hacer cambiar de formaConvertir una cosa en otra.

    PROCESAR: Formar autos y procesos.

    BENEFICIAR: Mejorar una cosa para que fructifique.Diccionario de la Lengua Española – Aristos

    PARTE B:DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA

    Veamos algunos ejemplos, que ayudan a entender el artificio y engaño que quiere utilizar el Minminas enel texto transcrito del oficio No.515514 del 05 -08-2005, con la frase: “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LATRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE”

    No se puede confundir LA CAUSA CON EL EFECTO y en esto radica el artificio y engaño de Minminas.

    No.Si transformando elrecurso natural no-

    renovable:

    El recurso natural no-renovable se

    transforma en:

    El efecto que selogra con la

    utilización del recursonatural no-renovable,

    sirve para:

    ¿El efecto selogró con la

    transformacióndel recursonatural no-renovable?

    ¿Corresponde alMinistro de Minas yEnergía adoptar losreglamentos para …

    1 Gas Natural Llama y calor a altatemperatura

    Cremar un cuerpohumano en uncementerio

    Si …la cremación decadáveres?

    2 Gas Natural Llama y calor a altatemperatura

    Asar carne de res Si … asar carne de res?

    3 Petróleo en forma decombustible paramotores de explosión

    Explosión delcombustible en unpistón del motor deexplosión

    Producir fuerzamotriz en el eje delmotor que mueveuna bomba hidráulicade riego

    Si … las bombashidráulicas de riego?

    4 Diamantes Discos y piedras condiamante para elpulido de vidrios

    Cortar y conformar lasuperficie de algunosvidrios

    Si ... las técnicas paracortar y conformar lasuperficie de algunosvidrios?

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    No.Si transformando elrecurso natural no-

    renovable:

    El recurso natural no-renovable se

    transforma en:

    El efecto que selogra con la

    utilización del recursonatural no-renovable,

    sirve para:

    ¿El efecto selogró con la

    transformacióndel recursonatural no-renovable?

    ¿Corresponde alMinistro de Minas yEnergía adoptar losreglamentos para …

    5 Oro Metal para calzasdentales

    Reparar las piezasdentales que tuvierancaries

    Si … la reparación de lospiezas dentales?

    6 Gas Natural Gases venenosospara una cámara degas

    Darle muerte a loscondenados en lacámara de Gas

    Si … las cámaras degas?

    7 Plomo Balas Matar a personas yanimales

    Si …matar seres vivosutilizando balas conplomo?

    8 Plomo Placas de baterías Almacenar cargaeléctrica

    Si … la técnica dealmacenar cargaeléctrica en las placasde las baterías?

    9 Oro Sales de oromedicinales

    Mejorar al paciente Si … para lostratamientos con salesde oro medicinales?

    10 Cobre Figuras, esculturas Fabricar una estatua Si … la elaboración deestatuas?

    11 Cobre Monedas Comprar y vender Si …el intercambiocomercial conmonedas?

    12 Marmol Enchapes paraedificios

    Embellecer lasconstrucciones

    Si … embellecer lasconstrucciones?

    13 Azufre Abonos artificiales Mejorar las cosechasagrícolas

    Si … la mejora de lascosechas utilizandoabonos artificiales?

    14 Hierro Máquinas,herramientas

    Industrializar laproducción

    Si … elaboración demáquinas,herramientas paraindustrializar laproducción?

    15 Carbón Llama y calor a altatemperatura en unaturbina

    Producir fuerzamotriz en el eje de laturbina

    Si ... producir fuerzamotriz en el eje de laturbina?

    16 Carbón Llama y calor a altatemperatura

    Cocinar los alimentos Si ... cocinar losalimentos?

    17 Sal gema Sal para engorde deganado

    Engordar el ganado Si ... engordar elganado?

    18 Petróleo Champú de petróleo Mejorar el cabello Si ... fabricar champú depetróleo que beneficiael cabello?

    19 Petróleo Remedio para matarlos piojos

    Liberar de piojos alas personas

    Si ... liberar de piojos alas personas?

    20 Petróleo Llama Hacer el actocircense, de lapersona que por suboca vota llamas

    Si ... hacer el actocircense de votarllamas por la boca?

    21 Carbón Filtros de carbónactivado

    Detener laspartículas olorosasque se desprendende la cocción dealimentos y se hacenpasar por el extractorde olores.

    Si ... fabricar los filtros decarbón activado paradetener olores?

    22 Petróleo procesado ybeneficiado convertidoen gasolina

    Precursor paraprocesar la pasta decoca

    Transformar la pastade coca en cocaina

    Si ... precursores paratransformar pasta decoca en cocaina?

    23 Carbón Carbón pulverizadopara formar cajas debaterías

    Contener elelectrolito de dondese desprenden lascargas eléctricas

    Si ... contener elelectrolito en las cajasde baterías?

    Siendo un hecho conocido que la ENERGÍA ELÉCTRICA: NO ES UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE NO SE EXPLORA NO SE EXPLOTA NO SE REFINA NO SE BENEFICIA No se puede confundir el recurso natural no renovable con el EFECTO que se puede lograr.

    [email protected]@yahoo.es

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    EFECTO: - Lo producido para una causa- Fin para que se hace una cosa

    Diccionario de la Lengua Española – Aristos

    DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DE INTERIOR Y JUSTICIA

    1. ¿Existirá alguna forma de ENERGÍA ELÉCTRICA (diferente a la energía magnética del mineralmagnético de los imanes), en un estado VIRGEN ó NATURAL EN LA NATURALEZA?

    2. ¿A la ENERGÍA ELÉCTRICA EN ESTADO VIR GEN, será necesario aplicarle antes de serutilizada en los SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA:

    2.1 ¿EXPLORACIÓN?2.2 ¿EXPLOTACIÓN?2.3 ¿REFINACIÓN?2.4 ¿BENEFICIO?

    No obstante que la respuesta natural y obvia a las preguntas anteriores, las esperamos del Ministro delInterior y Justicia; los RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES, si se transforman, pero latransformación y el efecto que con esta transformación se logra, creemos que: NO SON COMPETENCIADEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA.

    Preguntas que debe contestar el Ministro de Interior y Justicia Dr. Sabas Pretelt de la Vega, comocontinuación de esta parte de este Derecho de Petición, donde cada pregunta corresponde exactamenteal numeral de los ejemplos que se han analizado:

    3.1 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para la cremación decadáveres?

    3.2 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para asar carne de res?3.3 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para las bombas

    hidráulicas de riego?3.4 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para las técnicas para

    cortar y conformar la superficie de algunos vidrios?3.5 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para la reparación de los

    piezas dentales?3.6 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para las cámaras de gas?3.7 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para la elaboración de las

    balas?3.8 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía ad optar los reglamentos para la técnica de

    almacenar carga eléctrica en las placas de las baterías?3.9 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para los tratamientos con

    sales de oro medicinales?3.10 ¿Corresponde al Ministro de Minas y E nergía adoptar los reglamentos para la elaboración de

    estatuas?3.11 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para el intercambio

    comercial con monedas?3.12 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para embellecer las

    construcciones?3.13 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar la mejora de las cosechas utilizando

    abonos artificiales?3.14 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar elaboración de máquinas, herramientas

    para industrializar la producción?3.15 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para producir fuerza motriz

    en el eje de la turbina?3.16 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para cocinar los alimentos?3.17 ¿Corresponde al Ministro de Minas y E nergía adoptar los reglamentos para engordar el ganado?3.18 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para fabricar champú de

    petróleo que beneficia el cabello?3.19 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para liberar de piojos a las

    personas?3.20 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para hacer el acto circense

    de votar llamas por la boca?3.21 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para fabricar los filtros de

    carbón activado para detener olores?3.22 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para precursores para

    transformar pasta de coca en cocaina?3.23 ¿Corresponde al Ministro de Minas y Energía adoptar los reglamentos para contener el electrolito

    en las cajas de baterías?

    4.0 De la frase del oficio Minminas No.515514 del 05 -08-2005:

    [email protected]@yahoo.es

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    “LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE”

    Teniendo en cuenta que los KWH que se comercializan en Colombia, en los Servicios PúblicosDomiciliarios de Energía Eléctrica:

    Son con corriente y tensión alterna Son a 60 Hz La gran mayoría de los que se producen en el interior del país, aprovecha el recurso natural

    renovable AGUA Que no existe un procedimiento para transformar AGUA en ENERGÍA ELÉCTRICA Que se aprovecha la energía potencial surgida de las pendientes topográficas. Que transformar es según el diccionario “convertir una cosa en otra”.

    PREGUNTAS DEL DERECHO DE PETICIÓN AL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA

    4.1 La energía eléctrica alterna: ¿Qué recurso natural no renovable era antes de la transformación?4.2 La energía eléctrica a 60 Hz: ¿Qué recurso natural no renovable era antes de la transformación?4.3 Si aprovechando que el sol evapora el recurso natural renovable agua, de la s zonas bajas y lo

    eleva hasta las nubes: ¿Será el efecto de este recurso natural renovable el que en Minminasquiere hacer creer que se TRANSFORMA EN ENERGÍA ELÉCTRICA?

    4.4 Si aprovechando el movimiento de la tierra, las nubes que en un momento dado estaban encimade las partes bajas, pueden después estar encima de las altas montañas, ¿Será el efecto de esterecurso natural renovable del desplazamiento de la tierra, el que en Minminas quieren hacer creerque se TRANSFORMA EN ENERGÍA ELÉCTRICA?

    4.5 Si aprovechando la precipitación de las lluvias, el agua en forma de nube ubicada encima de lasaltas montañas, nos ayuda a lograr tener recursos hidráulicos en las zonas altas: ¿Será el efectode este recurso natural renovable de “las pendientes topográficas con potenc ial energético “el queen Minminas quieren hacer creer que se TRANSFORMA EN ENERGÍA ELÉCTRICA?

    4.6 Si aprovechado los recursos naturales renovables enunciados en el artículo 3 literal a del Decreto2811 de 1974:

    “1. La atmósfera y el espacio aéreo nacional”“2. Las aguas en cualquiera de sus estados”“7. Las pendientes topográficas con potencial energético”

    Se logra mover una rueda hidráulica tipo Pelton y con esto se produce fuerza mecánica en el ejede la rueda: ¿Son los 3 recursos naturales renovables ant es enunciados, los que en Minminasargumentar que se TRANSFORMAN EN ENERGÍA ELÉCTRICA?

    4.7.0 Si la respuesta 4.6 llegara a ser positiva, explique el proceso para transformar los recursosnaturales renovables enumerados en la pregunta 4.6:

    4.7.1 ¿Cómo la atmósfera y e l espacio aéreo se transforman en Energía Eléctrica?4.7.2 ¿Cómo las pendientes topográficas con potencial energético se transforma en Energía Eléctrica?

    4.7.3 ¿Cómo el agua se transforma en Energía Eléctrica?4.8.0 Teniendo en cuenta que transformar es convertir una cosa e n otra y si la respuesta 4.6 llegara a

    ser positiva, se pregunta:

    4.8.1 Después de transformada la Energía Eléctrica a partir de la atmósfera ¿queda menos atmósfera?4.8.2 Después de transformada en Energía Eléctrica a partir del espacio aéreo nacional: ¿Queda

    menos espacio aéreo nacional?4.8.3 Después de transformada en Energía Eléctrica a partir del agua: ¿Queda menos agua?

    4.8.4 Después de transformada en Energía Eléctrica a partir de las pendientes topográficas conpotencial energético: ¿Queda menos pendientes topográficas co n potencial energético?

    5. Creemos que el MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, NO ES COMPETENTE para adoptar losreglamentos y hacer cumplir las disposiciones constituciones legales y reglamentariasrelacionadas con el EFECTO que se produce por la transformación d e los recursos naturales norenovables, ni tampoco por el recurso natural no renovable sobre el cual se le han cumplido todoslos pasos de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio,incluyendo la COMERCIALIZACION, si es par a consumo en Colombia o EXPORTACIÓN si espara sacarlo fuera de Colombia.

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    15

    “Artículo 332.- El Estado es propietario del subsuelo y de los RECURSOS NATURALES NORENOVABLES, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyespreexistentes.”

    Constitución Política de Colombia

    “En la sentencia C-216 de 1993, el Magistrado José Gregorio Hernández Galindo, dijo: «Que el Códigode Minas regule, entre otras, las relaciones de los particulares entre sí en lo referente a los distintosaspectos de la industria minera resulta apenas natural, ya que, como lo ha reiterado la jurisprudencia, unCódigo es un conjunto armónico, ordenado y coherente de disposiciones relativas a una materia, en estecaso la minería, que cubre una amplísima gama de situaciones jurídicas susceptibles de regulación legal.Estas no necesariamente involucran de manera exclusiva a los entes públicos o a los particularesrespecto de ellos sino que pueden trascender al campo del derecho privado cuando implican relacion esde esa índole que tocan con la materia principalmente regulada. Tal es el caso de las que surgen, porejemplo, a propósito de subcontratos pactados entre particulares concesionarios y terceras personas.

    El artículo 332 de la Constitución declara sin r odeos que el Estado es propietario de los RECURSOSNATURALES NO RENOVABLES , sin distinguir entre aquellos que se encuentran en el suelo y los queprovienen del subsuelo y sin discriminar tampoco entre los que se hallan en el suelo de propiedad privadarespecto de los que se localicen en terrenos públicos. El Estado no es propietario del suelo, salvo el casode los bienes fiscales, no es acertado afirmar que a la luz de la Constitución estén excluidos del dominioestatal todos los RECURSOS NATURALES que se encuentren en el suelo por esa sola circunstancia,pues los NO RENOVABLES son de propiedad pública. Lo propio ocurre con los materiales quecomporten el suelo o elementos que de ellos se extraen y con los que se encuentren en terrenos depropiedad privada. En este último caso, la Constitución garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra,pero ello no implica que el Estado renuncie a favor del propietario el derecho público que se tiene sobreLOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES . Distinción similar debe hacerse, al considerar loscargos contra los artículos 3, 4 y 27, en lo atinente a los RECURSOS NATURALES NO RENOVABLESque se encuentren en bienes de uso público, pues aunque tales bienes, de conformidad con el artículo 63de la Constitución, son inal ienables, imprescriptibles e inembargables, ello no quiere decir que estéprohibido al Estado ejercer la propiedad que le corresponde sobre los RECURSOS NATURALES NORENOVABLES que allí se encuentran.»”

    Con las explicaciones anteriores le preguntamos en este Derecho de Petición al Ministro de Interior yJusticia:5.0 Si un ciudadano compra una batería MAC o VARTA, fabricada en la empresa de la familia del

    Ministro de Minas y Energía Luis Ernesto Mejía Castro, por un efecto físico -químico se produceENERGÍA ELÉCTRICA que nunca antes estuvo en estado natural en la naturaleza y porconsiguiente NUNCA ANTES FUE UN RECURSO NATURAL NO RENOVABLE . ¿SERÁ QUE:

    5.1 Esa energía eléctrica que se tiene almacenada en la batería “es la transformación de un recursonatural no renovable?

    5.2 Que el Estado es propietario de la Energía Eléctrica ya comercializada, en el interior del domiciliodel usuario final?

    Hechas las anteriores aclaraciones, nuevamente queda en evidencia: El artificio y engaño del Ministerio de Minas y Energía en el oficio No.515514 del 05 -08-2005 en lo

    referente a:“LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES LA TRANSFORMACIÓN DE UN RECURSO NATURAL NORENOVABLE.”

    El Abuso de la Función Pública del Ministerio de Minas y Energía en las Resoluciones No.180398 -2004 y No.180498-2005.

    PARTE C: DERECHOS DE PETICIÓN AL MINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL

    El oficio Codensa Mucho Más Que Energía de fecha 16 de agosto de 2005, firmado por el GerenteGeneral de esta firma José Alejandro Inostroza López y dirigido al CONTE, concluye:

    “…máxime cuando expresamente dispone que los Operadores de Red no deben darservicio “a instalaciones eléctricas diseñadas, construidas o supervisadas porpersonas que según la legislación vigente no tienen competencia legal para elejercicio profesional de dichas a ctividades”.

    La anterior afirmación es falsa, totalmente falsa, vulnera totalmente sus derechos y atropella la dignidadde los PROFESIONALES TÉCNICOS ELECTRICISTAS, como vamos a explicar y tratar de enriquecer laargumentación, con las respuestas que nos ha de aportar el Ministro de Protección Social.

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    “Artículo 198.- Violación a la libertad de trabajo. El que mediante ...maniobra engañosa ...impida ellibre ejercicio de la actividad de cualquier persona, incurrirá en multa.”

    Código Penal de Colombia

    C-1 ALGUNOS ANTECEDENT ES

    Esta información está ampliada en el CD adjunto archivo 19.

    MiguelGavíria Mazo

    RafaelGavíria Ochoa

    María NecostrataGavíria Castro

    FelicianaEcheverri Gavíria

    EduardoSierra Echeverri

    CeciliaSierra Velásquez

    AlbertoUribe Sierra

    ÁlvaroUribe Vélez

    94

    ...Gavíria

    JoséHermilda

    Gavíria Berrío

    Pablo EscobarGavíria

    José ObdulioGavíria Vélez

    La tatarabuela del Presidente Álvaro UribeVélez, María Necostrata Gaviria Castro, veníaa ser pariente (sin terminar de precisar), de s uasistente José Obdulio Gaviria Vélez y en elmismo grado de Pablo Escobar Gaviria.

    Figura en: WWW.historicaltextarchive.com

    MILIAN RODRIGUEZ, Ramón.Cartel accountant and money launderer; associated with both JORGE LUIS OCHOA VASQUEZ and PabloESCOBAR. As a part of his testimony in exchange for immunity from prosecution, he laimed to have shippedvast quantities of money to Manuel NORIEGA and that the Medellin Cartel funded Sandanista revolutionaries inNicaragua.MILLON PALACIOS, Juan Bautista and Fernando.Capos in the Gulf of Uraba and Acandi region. Co -owners of two coastal airlines. Works with GilbertoGALVEZ, a trafficker, and with Luis Carlos QUINTERO, Hernando BUITRAGO, Mario SALAZAR a ndERNESTO MEJÍA MAYA . May also work with the PARIAS CARBO brothers, Francisco and Julio, the latterpicked up in Florida in November 1980 while trying to sell 310 kilos of HCL.

    RobertoLuis Carlos

    Camacho Leiva

    GuillermoAnibal

    Fernández deSoto Valderrama

    ConsueloCamacho Quintero

    MelbaFernando

    Londoño Hoyos

    Guillermo Fernández de Soto Valderrama vie ne a ser:

    Sobrino político del narcotraficante Roberto Camacho Leivadetenido por transportar cocaína en un avión de Satena quevenía de Leticia, donde él era el único pasajero.

    Concuñado del defensor de Fernando Botero Zea y Ex ministrodel Interior y Justicia Fernando Londoño Hoyos.

    David BoteroMejía

    FernandoBotero Angulo

    FernandoBotero Zea

    ÁlvaroUribe Vélez

    94

    LucasBaltazar

    Ochoa Posada

    JasonOchoa Posada

    VespacianoOchoa González

    AbelaradoLaura

    Ochoa Restrepo

    RobertoMartín EmilioVélez Ochoa

    LauraVélez Uribe

    PantaleónOchoa Arango

    María UbaldinaOchoa Vélez

    ClementinaMejía Ochoa

    NormaFabio

    Ochoa Restrepo

    Jorge LuisOchoa Vásquez

    Tulio Ochoa

    Impuso lasConvivir

    Dio inicio alMAS

    Legalizó lasConvivir

    La interconexión de Jorge Luis Ochoa Vásquez y ÁlvaroUribe Vélez hasta Vespaciano Ochoa González,bisabuelo del primero y tris –abuelo del segundo, estomada del libro “Mi vida en el mundo de los caballos”,escrito por Fabio Ochoa Restrepo y dedicado a GonzaloRodríguez Gacha.

    Roberto Vélez Ochoa viene a ser: Tío político y primo tercero de Jorge Luis Ochoa

    Vásquez, quien se inició en el narcotráfico en laciudad de Cali.

    Tío abuelo del presidente Álvaro Uribe Vélez. Primo noveno de Fernando Botero Zea, con

    estrechos vínculos hacia el Cartel de Cali, dandoorigen a su detención en la Escuela de Caballería,donde fue defendido por Fernando Londoño Hoyosquien sería luego Ministro del Interior y de Justicia.

    En la Escuela de Caballería fue visitado en nueveoportunidades por José Antonio Vargas Lleras, GerenteGeneral de la EEB S.A. ESP.

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    17

    Figuró en lanota.com del 27 de marzo de 2002.

    “MAC compró línea de Vartalanota.com –Baterías MAC adquirió a la alemana de pilas Varta una línea de ensamble para bateríasindustriales. ESTA INCLUYÓ BATERÍA S ESTACIONARIAS Y DE TRACCIÓN. MAC es controlada porinversionistas colombianos y Varta por Deutsche Bank. De otra parte, MAC dijo que tiene buenasexpectativas para este año, tanto en el mercado nacional como internacional. Prevé consolidar y buscarnuevos clientes en Puerto Rico, Bolivia, Paraguay y Estados Unidos. Igualmente, EN MAYO, PONDRÁEN FUNCIONAMIENTO LA NUEVA LÍNEA DE ENSAMBLE DE BATERÍAS INDUSTRIAL ES queadquirió a Varta. Para junio espera tener en funcionamiento la nueva línea automática de ensamble. Así,espera elevar su productividad. Para 2002 MAC también planea trasladar su planta de peletizado de Calia MAC del Pacífico (Cauca). Ya posee la am pliación de la licencia y MAC le venderá los equipos paradesarrollar el proceso. Por su lado, Baterías MAC de Panamá, que importa las baterías que produce elGrupo en Colombia, tiene un potencial de 168.000 baterías anuales. El año pasado la empresa vendi ó enesos países $1.002 millones en producto. El incremento en volumen de unidades exportadas al Istmo fuede 29% en el año 2001. De otro lado, la asamblea de accionistas de MAC ratificó a LUIS ERNESTOMEJÍA CASTRO COMO PRESIDENTE DE LA COMPAÑÍA . Este año MAC también prevé lanzar bonosordinarios por $20.000 millones. Ya obtuvo el permiso de la Superintendencia de Valores. Las gananciasnetas de MAC se elevaron el año pasado de $487 millones a $3.492 millones.”

    Cuando ERNESTO MEJÍA MAYA realizó su casa de campo en Prado, no podía dejar, que esta fuera deun nivel inferior a la de otros reconocidos multimillonarios de la época, contaba con múltiples antenasparabólicas y como curiosidad los muros de contención eran hechos con cajas de baterías, sin tenerninguna prudencia con la contaminación que los residuos ácidos le causaran a las aguas y lacontaminación que perpetuamente continuarían aportando estas cajas de baterías. En su casa en Prado,era visitado frecuentemente por Juvenal Betancur Cuartas, el herm ano del Presidente Belisario BetancurCuartas. Inclusive allí paseando en bote y estando baja la represa, sufrió Juvenal un accidente.

    DomitilaFernández Uribe

    Benicio UribeFernández

    Luis EliasUribe González

    AlbertoUribe Sierra

    RafaelTomás

    Uribe Uribe

    María LuisaWhite Uribe

    ... Uribe White

    BárbaraTomás

    Uribe Toro

    Vélez Ochoa

    ÁlvaroMaría IsabelMaría Teresa

    SantiagoJaime

    Uribe Vélez

    Ochoa RestrepoMarinaMejía Mejía

    DaríoMoreno Restrepo

    LinaCarlos Erique

    Moreno Mejía

    Olga LucíaRestrepo Vélez

    JerónimoTomás

    Uribe Moreno

    94

    LauraVélez Uribe

    Recibió laCruz de Boyacá

    Fabio

    Restrepo Ochoa

    AndrésRoberto LuisVélez Ochoa

    DanielaJulietaOchoa

    Abelardo

    Tulio Ochoa

    FabioNorma

    Ochoa Restrepo

    Ángela MaríaMartha Nieves

    FabioJorge LuisJuan David

    Ochoa Vásquez

    GuillermoNoemí

    Posada Saldarriaga

    NoemíSanin Posada

    Margoth Vásquez

    Gloria InésGuillermo

    Londoño Morales

    Posada EcheverriMaría del PilarOchoa Posada

    2

    12

    Ángela María

    José GabrielRodrigo

    Juan Emilio

    ... Vélez Gómez

    María Elía

    Presidente deAces y Avianca

    Laura

    12Roberto

    Martín Emilio

    María ElenaUribe Soto

    CamiloUribe Uribe

    Alberto

    AmaliaMaría José

    MauricioMoreno Restrepo

    Figura en el libro “Los Jinetes de la Cocaína ”, escrito por Fabio Castillo, Capítulo III “ Nacen las Familias”,numeral 3 Literal A “La Guerra del 78”:“El hermano del expresidente, Juvenal Betancur Cuartas, resulto involucrado en la Operación PezEspada, adelantada por la Dea en La Florida para identificar las cuentas de narcotraficantes colomb ianosen Miami. Su familia explicaría luego que se trataba de un préstamo de US$12.000 que le hizo algúnamigo para atender los gastos clínicos de su hijo, a quien le habían pasado las llantas de un camiónsobre sus piernas. El dinero provenía de una de la s cuentas congeladas a Háder Álvarez.”

    Figura en el libro “Los Jinetes de la Cocaína ”, escrito por Fabio Castillo, capítulo I “El destello Verde”,numeral 3 “La Mafia en Macondo”:

    “Otro personaje típico entre los marimberos es Julio Calderón, quien en so ciedad con los hermanosAlfonso y Lucky Cotes, compró la empresa de aviación Aerocóndor. Esta empresa era controlada porMelvin Millón, padre de Juan Bautista y Fernando Millón Palacio, a quienes el Consejo Nacional deEstupefacientes señala como vinculado s con el narcotráfico. El representante internacional de estacompañía fue JORGE BARCO VARGAS , exdirector de la Aerocivil y hermano del actual presidente de laRepública, quien reniega de su parentesco desde entonces.”

    Recordemos que para los hermanos Mil lon también trabajaba Ernesto Mejía Maya el papá del Ministro deMinas Energía y quien aprobó EL RETIE, Luis Ernesto Mejía Castro.

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    JorgeVirgilio

    Barco Vargas

    CarolinaBarco Isakson

    Cartel dela Costa

    Ministra deRelaciones Exteriores

    En febrero de 1976 Jorge Barco Vargas (tío de laCanciller), utilizando dinero del fondo deColombianización, le ofreció a Panam US$3 paraquedarse con las acciones que tenían en Avianca, de talforma que el Cartel de la Costa por su intermedio,manejaría y dominaría Avianca.

    Es de público conocimiento, que Álvaro Uribe Vélez también fue director de la Aerocivil entre marzo de1980 y agosto de 1982 y en ese período del florecimiento del narcotráfico se autorizaron muchaslicencias para pilotos y permisos para construir pistas, los nombres de estos titulares favorecidosresultaron ser narcotrafican tes. El director de planeación de la Aerocivil cuando estuvo Álvaro UribeVélez era Cesar Villegas, muy vinculado al Cartel de Cali, asesinado en el año 2002 cuando manifestó suinterés de contar lo que sabía.

    ErnestoMejía Maya

    DiegoLuis ErnestoMejía Castro

    “No le costo trabajo, sin embargo al Presidente, encontrar otro vallecaucano. Aunqueno lo conocía, sabia sí de su trayectoria habida cuenta el Viceministro de Minas queejerció con prudencia y acierto en el actual Gobierno y la gestión que, comoPresidente de MAC, llevó a esta empresa a consolidarse como la multinacional másimportante de Latinoamérica en fabricación de baterías con 32 marcas y laproducción de un millón de unidades al año.

    Por otra parte,, el papá del nombrado Ministerio, Ernesto Mejía Maya, FUE UN GRAN APOYO PARAURIBE EN SU CAMPAÑA y con el nombramiento de su hijo, Uribe despejó cualquier duda que pudierahaber sobre la trayectoria de este empresario que partió de cero y que es un ejemplo de superación ytenacidad.

    Luis Ernesto Mejía Castro es pues el ministro vallecaucano, nombramiento que no tiene contentos amuchos que querían de nuevo a los mismos con las mismas o a los figurones de siempre a quienes lesllaman ‘pan viejo’ porque están en vitrina por días y nadie se los lleva.

    Discreto, sereno y nada-de-pantalla, este caleño de 39 años no va a manejar ninguna tienda de mecato.Bachiller del San Luis, abogado de las San Buenaventura, especializado en la Universidad de Icesi,trabajó 17 años en MAC. Allí empezó de Jefe de Personal no sin antes –y en vacaciones- HABERREPARADO MOTORES DE ARRANQUE .”

    NicolásJuan Manuel

    Ochoa Zapata

    María JosefaOchoa Londoño

    RafaelGavíria Ochoa

    María NecostrataGavíria Castro

    FelicianaEcheverri Gavíria

    EduardoSierra Echeverri

    CeciliaSierra Velásquez

    AlbertoUribe Sierra

    ÁlvaroUribe Vélez

    Lucas JavierOchoa Tirado

    LucasOchoa Posada

    JasónOchoa Posada

    VespacianoOchoa González

    Ochoa Restrepo

    Tulio Ochoa

    NormaFabio

    Ochoa Restrepo

    RobertoMartín EmilioVélez Ochoa

    LauraVélez Uribe

    Jorge LuisOchoa Vásquez

    LauraAbelardo

    Esta información es tomada de: “Mi Vida en el Mundo de los Caballos ” escrito por

    Fabio Ochoa Restrepo y dedicado a GonzaloRodríguez Gacha.

    Estudio genealógico de Álvaro Uribe Vélez, LinaMoreno, Tomás y Jerónimo, escrito por IvánRestrepo Jaramillo.

    Martín Emilio Vélez Ochoa viene a ser: Abuelo del presidente Álvaro Uribe Vélez. Concuñado y primo segundo de Fabio Ochoa

    Restrepo. Primo tercero de Jorge Luis Ochoa Vásquez.

    Fueron hermanos Nicolás y Juan Manuel OchoaZapata 7º abuelos de Jorge Luis Ochoa Vásquez yÁlvaro Uribe Vélez interconectándolo por su apellidoUribe.

    El Ing. David Aponte Gutiérrez planteó en el proyecto de resolución, que después se convirtió en laResolución 180398 del 7 de abril de 2004 hoja Nº106 del anexo general:

    “Las instalaciones ya construidas a la entrada en vigencia del presente Reglamento, se deberáninspeccionar al menos una vez en los primeros cinco años de vigencia del mismo …”

    Para lograr esto, obviamente se requerían ejércitos de Inspectores y para lo cual, lo más útil y rentableera olvidarse de la existencia de la Ley 842 del 9 de octubre de 2003 y vender por un (1) SMMLVmatrículas de “Profesional Técnico Electricista ” a simples operarios, de esa forma, no sólo el ilícito devender falsas matrículas por un (1) SMMLV alcanzó cifras importantes, sino que cuentan hoy conmultitudes de simples operarios matriculados, con los cuales hubieran podido realizarle inspectoría atodos los inmuebles existentes en Colombia.

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    Esta iniciativa era totalmente inconstitucional y David Aponte Gutiérrez que fue el delegado en el CONTEdel Ministerio de Minas y Energía, posiblemente cuando dieron origen al ilícito, así como es el coautor delRETIE y presidente del CPNIEMPA; ha venido trabajando con candela, entre muchos otros ilícitos, alincluir la obligatoriedad de realizarle inspectoría a todos los inmuebles existentes en Colombia.

    “ARTICULO 428. ABUSO DE FUNCIÓN PUBLICA. El servidor público que abusando de su cargo realicefunciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan, incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2)años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años.”

    Código Penal de Colombia

    No obstante el Ingeniero Electricista David Aponte Gutiérrez, obstinadamente, calculadoramente, enforma alevosa y con una pobreza de argumentos de un “ no porque no”, manifestó que ese mandato lomantendrían.

    Prueba de esa alevosía, fue la inclusió n citada de la hoja Nº106 del anexo general de EL RETIE.(Resolución Minminas Nº180398 de 2004)

    Esa alevosía no la comete alguien “ transparente” y más grave cometerla después de estar advertido delilícito.

    Realmente no era fácil para el Ing. David Apont e Gutiérrez, aceptar, no continuar haciéndole la fuerza aese otro asunto de “Abuso de la Función Pública ”, donde alguien se beneficiaría con el 2% del valor detodos los inmuebles existentes en Colombia y de pasadita se desprendería de otro negocio que pe nsabanperpetuar, que era la repetición de esa inspectoría, como lo dejó plasmado el Ing. David Aponte Gutiérrezen la hoja Nº106 del Anexo General de la Resolución Nº180398 de 2004:

    “PARA LA SEGUNDA Y POSTERIORES REVISIONES TODAS LAS INSTALACIONES DEBERÁ N SERSOMETIDAS A UNA INSPECCIÓN EN PERÍODOS NO MAYORES A DIEZ AÑOS.”

    De tal forma el negocio se volvería perpetuo. Es incalculable la cifra, es posible que el Ing. David AponteGutiérrez desde antes de incluirla, ya la hubiera precalculado: ¿De cuantos b illones era la inspectoría atodas las instalaciones eléctricas existentes en Colombia?, ¿Anualmente cuanto calculaban que seguiríanfacturando por inspectoría?

    El ingeniero David Aponte Gutiérrez, ha pretendido llevar en el negocio que se desprende de la aplicaciónen EL RETIE en la red interna, a una fábrica que es especialista en la fabricación de tomacorrientes. ElPresidente de la Junta Directiva de esa fábrica de tomacorrientes, era Fernando Londoño Hoyos antescitado por su interconexión hacia el na rcotraficante Roberto Camacho Leiva y también hacia FernandoBotero Zea que negoció con el Cartel de Cali en la campaña Samper Presidente.

    Beatriz

    Rivera Concha

    María Inés

    Ramón EduardoMadriñan Rivera

    Álvaro

    Londoño Hoyos

    Fernando

    Álvaro el hermano de Fernando Londoño Hoyos, es tío político deRamón Eduardo Madriñan Rivera el Director de Regulación delMinisterio de Comercio y quien ha apoyado a David Aponte Gutiérrezen este propósito de ayudar a la fabrica de tomacorrientes.David Aponte Gutiérrez visita esa fábrica de tomacorrientes,presuntamente para conocer como van los preparativos para cuando

    llegue la total aplicación de EL RETIE. Hacen fiestas porque gracias a que David Aponte Gutiérrez y lasque le colaboran en EL RETIE, lograron volver obligatorio el uso de un libro plagiado del “Covenin 200”,luego maquillado y ahora vendido como “ NTC 2050 primera actualización ”, el cual manda, que en unavivienda no puede existir una pared de 0.60 m o más sin tomacorriente, o una distancia no mayor de 1.8m, desde cualquier punto a lo largo de la pared hasta un tomaco rriente.

    Luis Ernesto Mejía Castro, autor de El RETIE, fue Viceministro de Minas y Energía durante el gobierno deAndrés Pastrana.Durante la campaña para el Senado de Andrés Pastrana en 1991, para cubrir una deuda de $20 millonescon Caracol, Luis Alberto Moreno Mejía negoció pagar la deuda con un vehículo Mercedes Benz blindadopropiedad de Jacky Bibliowicz.De la versión maquillada y plagiada del libro “Covenin 200” la fabrica de tomacorrientes, le compro aICONTEC los derechos para reimpresión de 5.000 ejemplares.

    Hoy el presidente de la Junta Directiva de esa fábrica de tomacorrientes es Jacky Bibliowicz cuñado deHarry Beda Malca.

    EstherJacobo (Jacky)

    Bibliowicz Valovitz

    HarryBeda Malca

    En la revista Semana Nº736 del 11 de junio de 1996 pág. 32 a 38figuró el artículo “El caso Harry Beda ¿Cómo acabó un p restigiosoempresario de la Colonia hebrea involucrado en la operaciónDiamante”, del cual transcribimos algunas partes:

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    20

    “Bienvenido al FuturoSiguiendo una milenaria tradición judía, cada uno de los suegros acogió al yerno bajo su égida. Así, estosdos jóvenes barranquilleros iniciaron sus carreras empresariales. Al lado de Don Elías Bibliowicz, HarryBeda participó activamente en los negocios de la familia durante muchos años. Después de la muerte desu suegro y por la juventud de su cuñado. Beda asumió el manejo del grupo familiar. Poco tiempodespués decidió lanzarse en su primera aventura empresarial propia y compró la planta de bombillos dela General Electric cuando esa multinacional tomó la decisión de retirarse del país. Así nació laCorporación de Luz S.A. Corluz.(…)“Beda va a argumentar que en la última etapa de su vida de negocios, tenía importantes conexionescomerciales en Panamá como consecuencia del matrimonio de su hija Margie con Salomón Betesh,heredero de una conocida familia de comerc iantes de ese país. El vínculo con Panamá lo llevó aconvertirse en el representante de una firma comercializadora de electrodomésticos, cuya principal líneaes la marca Sanyo.

    La defensa de Harry Beda se centrará en el hecho de que en el pasado, los dueño s de los sanandresitosse surtían de esa distribución. Con la apertura económica en Colombia esto cambió y Beda se convirtióen su representante institucional. Por este trabajo recibía 8.000 dólares mensuales y logró llevar a caboalgunas transacciones con reconocidas cadenas como Makro, Éxito y Corbeta, Beda afirma que susrepresentados le informaron que tenían unas viejas acreencias en Colombia con comerciantes de lossanandresitos y que le solicitaron el favor de servir de intermediario para cobrarlas. C omo se trataba dedinero en efectivo era necesario convertirlo en cheques, y por ello acudió a la casa de cambio de BrigitteKaplan, una conocida cambista acusada hoy de lavado de dólares. Entre febrero 22 y junio 3, Harry Bedahizo transacciones de conversión de efectivo en cheques con la señora Kaplan por valor de 550.000dólares. Esos cheques eran enviados posteriormente por él a Panamá. Estas negociaciones, según losabogados de Beda, son las que hoy lo tienen en la cárcel.”

    A Jacky Bibliowicz lo volveremos a ver muy vinculado a Fernando Londoño Hoyos, no sólo por la juntadirectiva de la fábrica de tomacorrientes que presuntamente el Ing. David Aponte Gutiérrez estáayudando a que incremente la venta de tomacorrientes, sino en la junta Directiva del B anco del Pacífico,donde uno de los mayores deudores fue Mauricio Botero Caicedo, casado con Carolina Barco Isakson,canciller de Colombia y sobrina de Jorge Barco Vargas, vinculado al Cartel de la Costa al igual queErnesto Mejía Maya a quien ya nos refer imos.

    El 5 de agosto de 1994 de la fabrica de tomacorrientes dirigieron una carta a Juan Carlos BernalRomano, en la cual manifiestan que Jacky Bibliowicz acepta la designación como miembro suplentepersonal de Fernando Londoño Hoyos en la Junta Directiva del Banco del Pacifico.

    Es muy claro que el Ministro de Minas y Energía, no tenía competencia para reglamentar en EL RETIE, laUTILIZACIÓN de la Energía Eléctrica una vez es utilizada en forma de KwH dentro de los sitios quehabitamos y utilizamos; de la misma forma, que los Recursos Naturales No -renovables, una vez que soncomercializados al usuario final, tampoco puede el Ministerio de Minas y Energía reglamentar suUTILIZACIÓN. No obstante, abusando de la función pública y con miras de beneficiar a “ alguien”,determinaron incluirla.

    El 29 de abril de 2005, el mismo día que el Ministro de Minas y los que le colaboraban en EL RETIE,entre estos el Ing. David Aponte Gutiérrez, expidieron la Resolución Nº180498 que ponía en vigencia ELRETIE, el Presidente de ACIEM y miembro del Consejo Profesional de Ingenieros Electricistas(CPNIEMPA) que es presidido por David Aponte Gutiérrez, salió en un noticiero de TV, anunciando quelos inmuebles se encarecerían en un 2% para cancelar la inspectoría que exigía EL RE TIE.

    Pero al mismo tiempo, el CONTE ha venido expidiendo por un (1) SMMLV la matrícula de “ ProfesionalTécnico Electricista”, a simples operarios que saben desempeñar su oficio (prolongar tubería, regatear,halar conductores, etc), pero que carecen de la “ RECONOCIDA IDONEIDAD ” para ejercer comoprofesionales a nivel medio en el estudio y la aplicación de la electricidad, tal como específicamente lodefine el artículo 1 de la Ley 19 de 1990 y lo delimita a Nivel Medio el artículo 1 del decreto 991 de 1991.

    De esta forma, las firmas que logren su acreditación ante la SIC, como firma de certificación de EL RETIEy de algunos de los cuales se cree, que serán presuntamente testaferros de los mismos operadores deredes; encontrarán un semillero de muchísimos opera rios, que sin la “reconocida idoneidad” lograron porun (1) SMMLV una matrícula que falsamente los acredita como “ Profesional Técnico Electricista ” y lespermitirá actuar al servicio de estas firmas, que gestionan ante la SIC esta acreditación.

    Por un lado el Presidente de ACIEM, miembro del CPNIEMPA y compañero en este Consejo del Ing.David Aponte Gutiérrez, revestido de un falso ropaje de legalidad y de AUTORIDAD, sale por TVanunciando que hay que pagar un 2% del valor de los inmuebles por la Inspector ía del RETIE y conesto, cuando los acreditadores autorizados por la SIC, empiecen a cobrar sumas exorbitantes poresta inspectoría, el inconsciente colectivo recordará que ya una “ AUTORIDAD” salió por TVanunciando que eso cobrarían (el televidente no tie ne por qué saber que se trataba de una falsaAUTORIDAD, inclusive que presuntamente podía ser parte del negociado que los autores de ELRETIE han venido preparando) y se resignarán a pagar, lo que les cobre este posible testaferro del

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  • JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZCIUDADANO VEEDOR

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    operador de redes. Recordemos que el certificador de EL RETIE, estará amparado en un acto ilegaldel Ministerio de Minas y Energía, que abusando de la función pública se ha inmiscuido con ELRETIE dentro de la domiciliaridad, careciendo de la competencia para ello.

    Por otro lado, al lograr que muchos simples operarios, falsamente amparados por el CONTE conmatrículas de “Profesional Técnico Electricista ”, sean los que realicen esa inspectoría, el costo deeste insumo en la inspectoría se les rebajará enormemente, a estos acredi tados ante la SIC.Operarios electricistas con matrícula de “ Profesional Técnico Electricista ” por la ley de oferta ydemanda, les trabajarán por lo que les paguen.

    Adicionalmente con el atropello que recientemente Codensa, ha venido realizando contra losProfesionales Técnicos Electricistas, tal como se analiza en esta parte C del Derecho de Petición alMinistro de Protección Social, la moral y la situación económica de los Técnicos Electricistas cada vezestará más baja y en esas condiciones, cuando los quieran negociar para utilizarlos como inspectoresdel RETIE, les podrán apretar y restringir mucho más la paga.

    Es útil recordar que el Consejo de Estado nunca dijo que los Técnicos Electricistas previamentematriculados en cumplimiento de lo establecido en la Ley 19 de 1990, no pudieran ser Inspectores delRETIE.Codensa no les permite utilizar la matrícula para firmar por las obras que ejecuten, pero con la doblemoral que lo caracteriza no es descartable que, les ha de contratar como inspectores de EL R ETIE,así ahora digan que no.

    Las instalaciones eléctricas en la mayoría de las actividades del proceso de una red interna norequieran conocimientos de electricidad, son más obras civiles, trabajos que no implican riesgo social.

    Cobrar caro (el 2% del valor del inmueble según el Presidente de ACIEM y miembro del CPNIEMPA)y utilizar una mano de obra muy barata y con abundantísima oferta, representa enormes utilidades,para quienes logren ser acreditados ante la SIC como certificadores de EL RETIE.

    El negocio: Ya se les está derrumbando y es posible que no lo alcancen a poner a funcionar.

    El Consejo de Estado, a través de la Sala de Consulta y Servicio Civil, siendo el Consejero Ponente LuisFernando Álvarez Jaramillo, con la radicación Nº1638 del 9 de junio de 2005 presentó su ponencia,estableciendo entre otros:

    “Con respecto al Consejo Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica y afines, y al ConsejoNacional de Técnicos Electricistas, la Sala encuentra QUE NO SE JUSTIFICA SU EXISTENCIA toda vez queen general sus funciones fueron asignadas por la ley 842 de 2003 al Consejo Nacional de Ingeniería yArquitectura - COPNIA, razón por la cual SE RECOMIENDA AL GOBIERNO NACIONAL SU SUPRESIÓN.”(…)“5. A partir de la vigencia de la ley 842 de 2003 a los Técnicos Electricistas SÓLO se les puede expedircertificado de inscripción profesional y la respectiva tarjeta una vez acrediten el correspondiente TÍTULOACADÉMICO.”

    Con esto queda claro, que desde la publicación en el Diario Oficial Nº45340 de la Ley 842 del 9 deoctubre de 2003, claramente el MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA ya no podía dar aplicación alartículo 3 de la ley 19 de 1990:

    “Artículo 3. Para ejercer la profesión de técnico electricista en el territorio nacional, debería obtenerse larespectiva matrícula, expedida por el Ministerio de Minas y Energía, mediante el cumplimiento de lossiguientes requisitos: …”

    Ley 19 de 1990

    Con lo cual igualmente queda claro, que después de aprobada la ley 842 de 2003, quienes en el fondoeran responsables primarios de la extorsión, buscar el enriquecimiento ilícito de un tercero (CONTE),estafar a los operarios de la Industri