JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

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Boletín Oficial PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 80 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS S U M A R I O AÑO 2012 SUSCRIPCIÓN: GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS: Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-Cáceres Teléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793 E - mail: [email protected] E - mail: [email protected] Página Web: www.dip-caceres.es JUEVES 26 ABRIL ANUNCIOS POR PALABRAS: Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente: Su importe será el doble de inserciones ordinarias. ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: - Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Cáceres: Resolución de concesión de ayudas econó- micas. Págs. 2-11. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: - Juzgado de lo Social - 1: Cáceres: Ordinario 236/2011. Págs. 11-12. - Juzgado de lo Social - 2: Cáceres: Ejecución 140/2011. Págs. 12-15. Cáceres: Ejecución 35/2011. Págs. 15-16. Cáceres: Ejecución 64/2012. Págs. 16-18. Cáceres: Ejecución 37/2011. Págs. 18-19. Cáceres: Ejecución 94/2011. Págs. 20-21. Cáceres: Ejecución 86/2010. Págs. 21-22. - Juzgados de 1.ª Instancia e instrucción: Cáceres n.º 5: Juicio de faltas 181/2011. Pág. 22. Cáceres n.º 3: Expte. de dominio 180/2012. Pág. 22. Cáceres n.º 5: Expte. de declaración de ausencia. Págs. 22-23. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: - Junta de Extremadura.- Consejería de Empleo, Em- presa e Innovación: Cáceres: instalación eléctrica. Pág. 23. ADMINISTRACIÓN LOCAL: - Diputación Provincial: Cáceres: Modificación bases proceso selectivo del Proyecto Isla 2013. Modificación ordenanza. Págs. 23-31. - Ayuntamientos: Cáceres: Exptes. de compesación. Modificación del Plan General Municipal. Bases convocatorias Con- curso Oposición de la Universidad Popular. Págs. 32-50. Piedras Albas: Presupuesto General 2012 y Plantilla de Personal. Págs. 50-51. Almaraz: Presupuesto General 2012 y Plantilla de Per- sonal. Págs. 51-52. Morcillo: Presupuesto General 2012 y Plantilla de Per- sonal. Págs. 52-53. Aldeanueva del Camino: Procedimiento abierto. Pre- supuesto General 2012 y Plantilla de Personal. Págs. 53-54. San Gil (E.L.M.): Ordenanza. Págs. 54-56. Plasencia: Padrones municipales. Pág. 56. Ladrillar: Cuenta General 2011. Expte. modificación de créditos. Págs. 56-57. Navezuelas: Modificación ordenanzas. Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de Documen- tos. Págs. 57-73. Torrequemada: Cuenta General 2011. Pág. 73. Valdeíñigos (E.L.M.): Exptes. modificación del saldo. Págs. 74-75. Navatrasierra (E.L.M.): Modificación ordenanza. Págs. 75-76. ANUNCIOS EN GENERAL: - Comunidad de Regantes de la Margen Izquierda del Río Alagón: Plasencia: Corrección de error. Pág. 76.

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Boletín OficialPROVINCIA DE CÁCERESD. L. CC-1-1958 N.º 80

SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

S U M A R I O

AÑO

2012

SUSCRIPCIÓN:GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es

PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS:

Administración del B.O.P.:Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-CáceresTeléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793E - mail: [email protected] - mail: [email protected]ágina Web: www.dip-caceres.es

J U E V E S

26

A B R I L

ANUNCIOS POR PALABRAS:

Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, númeroo grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitaciónurgente: Su importe será el doble de inserciones ordinarias.

ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan caráctergratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de latasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios oedictos, las cantidades que les sean liquidadas.

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:- Ministerio de Empleo y Seguridad Social:Cáceres: Resolución de concesión de ayudas econó-

micas. Págs. 2-11.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:- Juzgado de lo Social - 1:Cáceres: Ordinario 236/2011. Págs. 11-12.- Juzgado de lo Social - 2:Cáceres: Ejecución 140/2011. Págs. 12-15.Cáceres: Ejecución 35/2011. Págs. 15-16.Cáceres: Ejecución 64/2012. Págs. 16-18.Cáceres: Ejecución 37/2011. Págs. 18-19.Cáceres: Ejecución 94/2011. Págs. 20-21.Cáceres: Ejecución 86/2010. Págs. 21-22.- Juzgados de 1.ª Instancia e instrucción:Cáceres n.º 5: Juicio de faltas 181/2011. Pág. 22.Cáceres n.º 3: Expte. de dominio 180/2012. Pág. 22.Cáceres n.º 5: Expte. de declaración de ausencia.

Págs. 22-23.

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:- Junta de Extremadura.- Consejería de Empleo, Em-

presa e Innovación:Cáceres: instalación eléctrica. Pág. 23.

ADMINISTRACIÓN LOCAL:- Diputación Provincial:Cáceres: Modificación bases proceso selectivo del

Proyecto Isla 2013. Modificación ordenanza.Págs. 23-31.

- Ayuntamientos:Cáceres: Exptes. de compesación. Modificación del

Plan General Municipal. Bases convocatorias Con-curso Oposición de la Universidad Popular. Págs.32-50.

Piedras Albas: Presupuesto General 2012 y Plantilla dePersonal. Págs. 50-51.

Almaraz: Presupuesto General 2012 y Plantilla de Per-sonal. Págs. 51-52.

Morcillo: Presupuesto General 2012 y Plantilla de Per-sonal. Págs. 52-53.

Aldeanueva del Camino: Procedimiento abierto. Pre-supuesto General 2012 y Plantilla de Personal.Págs. 53-54.

San Gil (E.L.M.): Ordenanza. Págs. 54-56.Plasencia: Padrones municipales. Pág. 56.Ladrillar: Cuenta General 2011. Expte. modificación de

créditos. Págs. 56-57.Navezuelas: Modificación ordenanzas. Reglamento del

Registro General de Entrada y Salida de Documen-tos. Págs. 57-73.

Torrequemada: Cuenta General 2011. Pág. 73.Valdeíñigos (E.L.M.): Exptes. modificación del saldo.

Págs. 74-75.Navatrasierra (E.L.M.): Modificación ordenanza.

Págs. 75-76.

ANUNCIOS EN GENERAL: - Comunidad de Regantes de la Margen Izquierda del

Río Alagón:Plasencia: Corrección de error. Pág. 76.

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B.O. DE CÁCERESPágina 2 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DERECUALIFICACIÓNPROFESIONAL

Por Resolución de 15 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, que determina la forma y plazosde presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas económicas de acompañamiento porla participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación pordesempleo, establecidas en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover latransición al empleo estable y la recualificación de las personas desempleadas.

Por Resolución de 30 de agosto de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormente reseñadas.

Y mediante Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal, que desarrolla el RealDecreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, que prorroga las ayudas económicas de acompañamiento anteriormentereseñadas.

Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado elcumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo

Estatal por delegación de la Directora General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículooctavo de las citadas Resoluciones.

Asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegadacompetente.ACUERDA conceder a los solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución, lasayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe totalde las ayudas a 1.411.408,92 euros.Las actividades a desarrollar por los beneficiarios serán las que establezcan losrespectivos Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas dentro de los itinerarios personalizadosde inserción diseñados al respecto.

La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios de estas ayudas será la establecida en el artículo quinto de lasResoluciones de 15 de febrero y 30 de agosto antes mencionadas.El pago de la ayuda reconocida a cada beneficiario,queda condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo cuarto, en relación con el artículonoveno de ambas Resoluciones, percibiéndose la misma por cada beneficiario por un período máximo de seis mesesdesde que se hubiera presentado la solicitud.

Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de las citadas Resoluciones, estas ayudas pueden ser objetode justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos estable-cidos por la normativa nacional y comunitaria.Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 delpresupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenidopor el mismo importe antes mencionado.Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términosestablecidos en los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cáceres 17 de abril de 2012.- EL DIRECTOR PROVINCIAL, Art. 8.2 de la Resolución de 15-02-11 modificada porResolución de 04-02-11, Andrés Eleno Eleno.

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B.O. DE CÁCERES Página 3Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ANEXO I

Resolución de Concesión de Marzo de 2012Beneficiario Importe

ABDELGHANI NO DIO, BOUCHANE 2.396,28ABREU MONTEIRO, CESAR HUGO 2.396,28ACEITUNO BERMEJO, MARIA ANTONIA 2.396,28ADAMEZ VILLAR, JOSE RAFAEL 2.396,28AGUILAR ESPINOSA, ROSALIA 2.396,28AHMED , YAALA 2.396,28ALEGRE FERNANDEZ, CARLOS 2.396,28ALLAI , AMAL 2.396,28ALLIOUI , SOUFYAANE 2.396,28ALONSO MATEO, M CRISTINA 2.396,28ALONSO MUÑOZ, JESSICA MARIA 2.396,28ALVAREZ ALVAREZ, MARIA TERESA 2.396,28ALVAREZ GARCIA, MARIA JOSE 2.396,28ALVAREZ IGLESIAS, AMANDA 2.396,28ALVARO VERDEJO, HECTOR MARIA 2.396,28AMARO MENDES VASCONCELOS SANTOS, SUSANA MARIA 2.396,28AMAYA ALCON, TAMARA 2.396,28AMORES MANJON, JULIO IGNACIO 2.396,28ANTUNEZ MONTERO, MIGUEL ANGEL 2.396,28APARICIO SANTAMARIA, LUCIA 2.396,28ARIAS MORENO, CRISTIAN 2.396,28ARIAS REQUEJO, FRANCISCO 2.396,28ARJONA PANCHO, RAUL 2.396,28ASENSIO FERNANDEZ, MOISES 2.396,28ASENSIO RIO-MIRANDA, VICTOR 2.396,28AVILA GIL, FRANCISCO 2.396,28AVILA JIMÉNEZ, ALONSO 2.396,28AVILA MACIAS, LUISA 2.396,28AYALA ARRIBAS, ITXASO 2.396,28AYALA GARCIA, SEBASTIAN 2.396,28AZABAL ALONSO, MARIA LUZ 2.396,28AZABAL MARTIN, ELENA 2.396,28BARBA MENDOZA, UBALDO 2.396,28BARBERO MARTIL, LUIS PASTOR 2.396,28BARCO FONDON, RAQUEL 2.396,28BARQUERO LORENZO, ROCIO 2.396,28BARRANCO MONTERO, ESPERANZA 2.396,28BARRERA CORTES, DOMINGO JESUS 2.396,28BARROSO GONZALEZ, DAVINIA 2.396,28BATUECAS OLAYA, ALBERTO 2.396,28BEA LOPE, IKERNE 2.396,28BEATO JORGE, MARIA VERONICA 2.396,28BECEDAS SANCHEZ, PATRICIA 2.396,28BELCAIDA , MINA 2.396,28BELTRAN GALAN, SHEILA 2.396,28BENABBOU , MOHAMMED 2.396,28BENITO ESTEVEZ, FELIX 2.396,28BERMEJO PULIDO, JUAN CARLOS 2.396,28BESSY BOKESA, ALFONSINA 2.396,28BLANCO COLOMBO, MARCOS 2.396,28BLANCO NICOLAS, OSCAR 2.396,28BLANCO PANIAGUA, PABLO 2.396,28BLANCO SANCHEZ, JONATHAN 2.396,28BLAZQUEZ CASTANO, JULIA MARIA 2.396,28BLAZQUEZ REBOLLO, SARA 2.396,28BOLARIN CAMPILLO, FELIX 2.396,28BONILLA GALÁN, CRISTINA 2.396,28BORREGO RODRIGUEZ, FRANCISCO 2.396,28BOUCHERKA ZAILACHI, ABDELKADER 2.396,28BOUDA Z, MOHAMMED 2.396,28BOULILA ELMOUSSAOUI, BOUCHRA 2.396,28BOYO FERNANDEZ, CANDELA 2.396,28BRAVO BARCO, IVAN 2.396,28BRAVO BUENDIA, JOSE DAVID 2.396,28BRAVO IGLESIAS, LAURA 2.396,28

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B.O. DE CÁCERESPágina 4 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

BRAVO MARISCAL, LUISA GUADALUPE 2.396,28BRAVO PALOMINO, JOSE ANTONIO 2.396,28BURDALLO JIMENEZ, RAUL 2.396,28BURDALLO JIMENEZ, VICENTE 2.396,28CABALLERO MANZANO, JOSE MARIA 2.396,28CABALLERO SERRANO, BLASA 2.396,28CABANILLAS GARCIA, ALBA MARIA 2.396,28CABELLERO BARRERO, JOSE LUIS 2.396,28CALDEIRA CLAUDINO, VERA LUCIA 2.396,28CALETRIO BARROSO, FERNANDO 2.396,28CALLE PEÑA, MARIA 2.396,28CALVO CALVO, ADELAIDA 2.396,28CALVO VICENTE, LUCIA 2.396,28CAMPO BARRADO, IÑAKI 2.396,28CAMPOS CORTES, ANTONIO 2.396,28CANALES PORTILLO, JONAS 2.396,28CANCHADO TORRADO, FERNANDO 2.396,28CANDIL MOLERO, DAVID 2.396,28CANELO DEL AMO, DOMINGO 2.396,28CANTERO PEÑA, RAUL 2.396,28CARAVACA BLANCO, JESUS 2.396,28CARRASCO NUEVO, ANA ISABEL 2.396,28CARRASCO SANCHEZ, ANA 2.396,28CARRASCO TALAVERA, MARIA LUZ 2.396,28CARRETERO BERNAL, DAVID 2.396,28CARVAJAL CALLE, MARIA ANGELES 2.396,28CASARES PEREIRA, JUAN CARLOS 2.396,28CASCO FLORES, RICHAR 2.396,28CASELLES FERNANDEZ, SEGUNDA 2.396,28CASERO FERNANDEZ, JESUS MANUEL 2.396,28CASERO SILVESTRE, RAFAEL 2.396,28CASTANO VIZCAINO, ROBERTO 2.396,28CASTELLON GALEANO, MARIA NATALIA 2.396,28CASTRO CLEMENTE, LUZ MARIA 2.396,28CASTRO MARTIN, MARIA ISABEL 2.396,28CASTRO SANTANO, INES MARIA 2.396,28CAYETANO PEREZ, JULIAN 2.396,28CEPEDA SANCHEZ, JOSE 2.396,28CERRO GINES, MARIA DEL PILAR 2.396,28CERRO VAZQUEZ, FELIPE 2.396,28CERVIGON TOMAS, CARLOS 2.396,28CHAPARRO ESCOBERO, JAVIER 2.396,28CHILLON DEL VALLE, RITA ISABE 2.396,28CHORRO VIDAL, RICARDO 2.396,28CLAVERO MARQUEZ, MARIA PILAR 2.396,28CLEMENTE PEREZ, SONIA 2.396,28COLLADO MALDONADO, MARIA MONTANA 2.396,28CORCOBADO ESCUDERO, MATILDE 2.396,28CORRALES LOPEZ, ROSA MARIA 2.396,28CORREA MANZANO, GONZALO 2.396,28CORTES BERMEJO, SILVIA 2.396,28COTRINA COTRINA, PEDRO MELITON 2.396,28CRESPO IGLESIAS, OLEGARIO 2.396,28CRUZ MARTIN, JESSICA 2.396,28CUADRADO ESPACIO, SILVIA 2.396,28CUADRADO JARAIZ, MARIA GEMA 2.396,28CUADRADO PEREZ, JUAN ANTONIO 2.396,28CUADRADO VALERO, HANNA 2.396,28DE LA MONTAÑA GOMEZ, MARIA VICTORIA 2.396,28DEL OLMO ARAGON, SERGIO 2.396,28DEL SILVA GONZALEZ, ELSA 2.396,28DELGADO BERROCAL, JUAN PEDRO 2.396,28DIACOSTA TATO, SERGIO 2.396,28DIAZ GOMEZ, ALFONSO 2.396,28DIAZ MELERO, FRANCISCO 2.396,28DIAZ RINCON, CARLOS 2.396,28DIAZ SANCHEZ, CRISTIAN 2.396,28DIAZ TRUJILLO, ANA ISABEL 2.396,28DILLANA PORRAS, SARA 2.396,28DIONISIO LOPEZ, CHRISTIAN 2.396,28

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B.O. DE CÁCERES Página 5Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

DOMINGUEZ AVELLANEDA, DANIEL 2.396,28DOMINGUEZ BARRIGA, MONTSERRAT 2.396,28DOMINGUEZ GARCIA, CRISTINO 2.396,28DOMINGUEZ HERNANDEZ, LOURDES 2.396,28DOMINGUEZ LUMBRERAS, CARLOS 2.396,28DOMINGUEZ MORENO, MARCELA 2.396,28DONATE PERERA, HARIDIAN CANDEL 2.396,28DUARTE PAJARES, JOSE MANUEL 2.396,28DURAN FRANCO, JUAN ALFONSO 2.396,28DURAN PELOCHE, FRANCISCO 2.396,28ESCOBERO DIAZ, LIDIA MONTANA 2.396,28ESCOLA DIAZ, GUADALUPE 2.396,28ESTEBAN GONZALEZ, LUZ MARIA 2.396,28ESTEBAN VILLAMARIN, JOSE LUIS 2.396,28ESTEVEZ GARCIA, NAIARA 2.396,28EXPOSITO LOPEZ, ISAAC 2.396,28FAGUNDEZ FAGUNDEZ, JESUS M 2.396,28FDEZ VIGIL QUINONES ROCHA, TITO MARIO 2.396,28FERNANDEZ BLANCO, LOURDES 2.396,28FERNANDEZ CORTIJO, MARIA JOSE 2.396,28FERNANDEZ CRUZ, ANTONIO 2.396,28FERNANDEZ DELGADO, FRANCISCO 2.396,28FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, ESTER 2.396,28FERNANDEZ GARCIA, SERAFIN 2.396,28FERNANDEZ GARCIA, VERONICA 2.396,28FERNANDEZ JIMENEZ, VICTORIA 2.396,28FERNANDEZ MARTIN, JUAN JOSE 2.396,28FERNANDEZ MARTINEZ, FRANCISCO 2.396,28FERNANDEZ MARTINEZ, ROSA 2.396,28FERNANDEZ MUÑOZ, MARIA CONCEPCIO 2.396,28FERNANDEZ PACHECO, VICTOR MANUEL 2.396,28FERNANDEZ SANCHEZ, ALICIA 2.396,28FERRAQ , YOUNESS 2.396,28FLORES LADERO, NOELIA 2.396,28FLORES MARTIN, NICOLAS 2.396,28FRAILE GIL, FRANCISCA 2.396,28FRATTINI FRATTINI, JESICA MARIANA 2.396,28FRIAS MUNOZ, JAIME 2.396,28FRUCTUOSO TRIGO, ISAAC 2.396,28FRUTOS GALLEGO, INMACULADA 2.396,28GAGO CUSTODIO, FLORENTINO 2.396,28GALAN GOMEZ, MARIA LORENZA 2.396,28GALEANO ACEITUNO, BEATRIZ 2.396,28GALINDO IGLESIAS, ALICIA 2.396,28GALLARDO CORRALES, BELEN 2.396,28GAMINO DIAZ, MARIA TERESA 2.396,28GARAY SANCHEZ, AMELIA 2.396,28GARCIA ALCON, SARA 2.396,28GARCIA CALLE, VERONICA 2.396,28GARCIA CHAVES, JOSE MARIA 2.396,28GARCIA COLLADO, NEREA MARIA 2.396,28GARCIA DELGADO, LUIS MIGUEL 2.396,28GARCIA FERNANDEZ, MERCEDES 2.396,28GARCIA GIL, MARIA ANGELES 2.396,28GARCIA GONZALEZ, PATRICIA 2.396,28GARCIA JARA, SANTIAGO 2.396,28GARCIA JULIAN, ANA ISABEL 2.396,28GARCIA MONTERO, MONICA 2.396,28GARCIA NOVILLO, ADOLFO 2.396,28GARCIA PAZ, CELIA 2.396,28GARCIA PEDRAZA, ANA 2.396,28GARCÍA RODRÍGUEZ, LIDIA 2.396,28GARCIA SANCHEZ, BEATRIZ 2.396,28GARCIA SANCHEZ, JUAN ANTONIO 2.396,28GARCIA TEJADA, MIGUEL ANG 2.396,28GARCIA TORES, ZAHARA 2.396,28GARCIA VILLA, PEDRO 2.396,28GARRIDO LEON, M ANGELES 2.396,28GARRIDO MORENO, MANUELA 2.396,28GARZON BAUTISTA, ROBERTO 2.396,28

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GAVIRO REY, EDUARDO 2.396,28GHARRABI , ABDELHAMID 2.396,28GIL DELGADO, FRANCISCO 2.396,28GINES CLEMENTE, MARIA ISABEL 2.396,28GIRALDO CARRASCO, ISABEL 2.396,28GODOY GODOY, JONATHAN 2.396,28GOMEZ ALEGRE, ALICIA 2.396,28GOMEZ BORRERO, RAQUEL 2.396,28GOMEZ DIAZ, MARIA DEL PILAR 2.396,28GOMEZ GOMEZ, RUBEN 2.396,28GOMEZ MARTIN, SHIDARTA 2.396,28GONÇALVES VIANA, JOSE SILVANO 2.396,28GONZALEZ ARIAS, JOSE MARIA 2.396,28GONZÁLEZ CARDENAS, ALBA PIEDAD 2.396,28GONZALEZ CORRALES, MARIA 2.396,28GONZALEZ GARCIA, MONTSERRAT 2.396,28GONZALEZ GOMEZ, JOSE JUNIOR 2.396,28GONZALEZ GUTIERREZ, JESUS 2.396,28GONZALEZ HOLGUIN, AGUSTIN 2.396,28GONZALEZ JACINTO, JOSE MARIA 2.396,28GONZALEZ JIMENEZ, NOELIA MARIA 2.396,28GONZALEZ LOPEZ, M AMPARO 2.396,28GONZALEZ MIGUEL, PEDRO 2.396,28GONZALEZ MORENO, VICTORINA 2.396,28GONZALEZ PEÑA, JAVIER 2.396,28GONZALEZ PEREZ, CARLOS 2.396,28GONZALEZ PINAS, MANUEL JESUS 2.396,28GONZALEZ PIÑAS, ROSA MARIA 2.396,28GONZALEZ QUIJADA, RODRIGO 2.396,28GONZALEZ RUBIO, SORAYA 2.396,28GONZALEZ VADILLO, ISRAEL 2.396,28GRAJERA SANCHEZ, JOSE ALBERTO 2.396,28GRANADO HERNANDEZ, ALVARO 2.396,28GRANDE ALVAREZ, ELENA MARIA 2.396,28GUERRAB , MOHAMMED 2.396,28GUIBERTEAU VICENTE, ENRIQUE 2.396,28GUTIÉRREZ ARROYO, YOLANDA 2.396,28GUTIERREZ CALZADO, ALFONSO 2.396,28GUTIERREZ DOMINGUEZ, SILVIA 2.396,28GUTIERREZ HERNANDEZ, YOANA 2.396,28GUTIERREZ MACIAS, MAXIMO 2.396,28GUTIERREZ MORENO, ALEJANDRO 2.396,28GUTIERRO GOMEZ, VICTOR 2.396,28HAMDACH , EL MILOUD 2.396,28HERAS GARCIA, TOMAS CARLOS 2.396,28HERNANDEZ CARRICA, ANTONIO 2.396,28HERNANDEZ DELGADO, ALVARO 2.396,28HERNANDEZ DURAN, EVA 2.396,28HERNANDEZ GALAN, SONIA 2.396,28HERNANDEZ GONZALEZ, ANGEL JONAS 2.396,28HERNANDEZ GUERRERO, MIRIAN 2.396,28HERNANDEZ HERNANDEZ, JULIA 2.396,28HERNANDEZ MARTIN, JUAN ANTONIO 2.396,28HERNANDEZ MARTIN, LUIS MIGUE 2.396,28HERNANDEZ RODRIGUEZ, RUBEN DAVID 2.396,28HERNANDEZ SANCHEZ, RICARDO 2.396,28HERNANDEZ SARRIA, MIGUEL ANGEL 2.396,28HERRERO HERNANDEZ, BENIGNO 2.396,28HERRERO VICENTE, MARTA 2.396,28HIGUERO VALLE, TAMARA 2.396,28HINOJAL SANCHEZ, JOSE IGNAC 2.396,28HISADO ARROYO, PEDRO 2.396,28HISADO MATEOS, EMILIO 2.396,28HORNERO JIMENEZ, CELIA 2.396,28HOYAS HOYAS, JUAN MANUEL 2.396,28HOYAS LOPEZ, JENIFER 2.396,28HUERTAS RODRIGUEZ, VICTOR MANUEL 2.396,28HURTADO DURAN, ISABEL 2.396,28HURTADO GARLITO, MARIA ISABEL 2.396,28IGLESIAS ARIAS, GREGORIO JOSE 2.396,28

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IGLESIAS DOMINGUEZ, MARIA DEL MAR 2.396,28IGLESIAS FRANCO, FRANCISCO 2.396,28IGLESIAS FUENTES, ALBERTO 2.396,28IGLESIAS TALAVAN, JOSE MARIA 2.396,28INIGO PIVIDAL, JUAN 2.396,28INIGO VALLE, JOSE PEDRO 2.396,28IÑIGO GARCIA, SONIA 2.396,28IZQUIERDO AMOR, PEDRO ANTONIO 2.396,28JARAIZ ZAMORA, SENADOR ANTONIO 2.396,28JIMENEZ BURDALO, MARIA ROSARIO 2.396,28JIMENEZ FERNANDEZ, DOLORES 2.396,28JIMENEZ GORDO, SELENE 2.396,28JIMENEZ HURTADO, AURORA 2.396,28JIMENEZ MARQUEZ, SONIA 2.396,28JIMENEZ MOLANO, MARIA PILAR 2.396,28JIMÉNEZ SANTOS, CLARA 2.396,28JIMENEZ VIZCAINO, JAVIER 2.396,28LAJAS BORRELLA, SILVIA MARIA 2.396,28LANCHAZO COBOS, RUBEN JESUS 2.396,28LANCHO PARRA, FRANCISCO 2.396,28LANCHO TEJADO, LUIS 2.396,28LATRACHE , FARID 2.396,28LEAL AMADO, IRENE 2.396,28LEON MARTIN, MARI TERESA 2.396,28LIBERAL FRANCO, SANDRA 2.396,28LINDIO SANCHEZ, MIGUEL ANGEL 2.396,28LLORENTE MUÑOZ, SARAY 2.396,28LOPEZ ALVAREZ, JORGE 2.396,28LOPEZ ALVAREZ, SERGIO 2.396,28LOPEZ DAMASO, FELICITAS 2.396,28LOPEZ GARCIA, FCO JAVIER 2.396,28LOPEZ JULIAN, GABRIEL 2.396,28LOPEZ PLATA, ANA ISABEL 2.396,28LOPEZ RODRIGUEZ, JOSE MARIA 2.396,28LOPEZ SIMON, JORGE SAMUEL 2.396,28LOPEZ SIMON, LUIS MIGUEL 2.396,28LORENZO GIL, JUDIT 2.396,28LOSADA SANCHEZ, RUBEN 2.396,28LUCAS IGLESIAS, LORENA 2.396,28LUCERO ALONSO, DAVID 2.396,28LUQUE MATEOS, M ANGELES 2.396,28MACARRILLA IGLESIAS, ANA MARIA 2.396,28MACARRILLA MENDEZ, LUIS ROBERTO 2.396,28MACIAS MIRON, ALICIA 2.396,28MACIAS MUNOZ, MARIA YOLANDA 2.396,28MAESTRE IGLESIAS, ANA 2.396,28MAGHRAOUI , MOUNIR 2.396,28MANZANO BURCIO, RAUL 2.396,28MANZANO PARIENTE, ISMAEL 2.396,28MARCOS MARCOS, ALVARO 2.396,28MARGALLO SANCHEZ, SANDRA 2.396,28MARIN ESCUDERO, LORENA 2.396,28MARQUEZ MORATO, MARIA MERCEDES 2.396,28MARTIN BORREGUERO, JUAN CARLOS 2.396,28MARTIN CACERES, VERONICA 2.396,28MARTIN CRUZ, ELISABET 2.396,28MARTIN DOMINGUEZ, M JESSICA 2.396,28MARTIN DURAN, NOELIA 2.396,28MARTIN GARRIDO, JOAN 2.396,28MARTIN GIL, FERNANDO 2.396,28MARTIN GONZALEZ, MOISES 2.396,28MARTIN GRANDE, MARIA TERESA 2.396,28MARTIN GUTIERREZ, M INMACULADA 2.396,28MARTIN HERNANDEZ, AITOR 2.396,28MARTIN IGLESIAS, RAMON 2.396,28MARTIN JIMENEZ, JOSE 2.396,28MARTIN MALAGA, ALICIA 2.396,28MARTIN REAL, TANIA 2.396,28MARTIN RODRIGUEZ, ANA 2.396,28MARTIN TRANCON, LAURA 2.396,28

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MARTINEZ CAÑIBANO, ALEJANDRO 2.396,28MARTINEZ COLLADO, JESUS MARIA 2.396,28MARTINEZ GARCIA, ALBA 2.396,28MARTIN-JAVATO TROYANO, MARIA PILAR 2.396,28MASA CASTUERA, JOSE MARIA 2.396,28MATEOS FERNANDEZ, JOSE DAVID 2.396,28MATEOS FERNANDEZ, OCTAVIO 2.396,28MAYA MONJE, JESUS 2.396,28MEDINA JIMENEZ, JULIAN 2.396,28MELO ALONSO, FLORENCIO 2.396,28MENA BARRIOS, SANDRA 2.396,28MENDEZ MORENO, MARIA MAR 2.396,28MENDEZ ORTIZ, FCO. JAVIER 2.396,28MENDEZ RENA, JOSE MANUEL 2.396,28MENDO RIVERO, JOSE LUIS 2.396,28MENDOZA GONZALEZ, JESUS 2.396,28MERCHAN PEREZ, GUILLERMO 2.396,28MERIDENO NEVADO, MARIA 2.396,28MIÑA LOPEZ, ILIA 2.396,28MIRANDA GOZALO, OSCAR 2.396,28MIRON CLEMENTE, DEMETRIO 2.396,28MKASRI , RKIA 2.396,28MOGEDANO RIVERO, MARIA TEODORA 2.396,28MOGEDANO ROMERO, MARIA 2.396,28MONAGO IGLESIAS, MARIA CARMEN 2.396,28MONTERO CARO, MARIA SEQUERO 2.396,28MONTERO GARCIA, ELISABETH 2.396,28MONTERO MONTERO, JAVIER 2.396,28MONTERO RODRIGUEZ, GREGORIO 2.396,28MONTES COLLAZOS, ESTELA MARIA 2.396,28MONTES GARCIA, ANTONIA 2.396,28MONTES GONZALEZ, DAVID 2.396,28MORAN ROMAN, ISRAEL 2.396,28MORENO GOMEZ, YESSICA ESMERAL 2.396,28MORENO POLO, ESTHER 2.396,28MORIANO SANCHEZ, CRISPIN 2.396,28MOSTAZO LOPEZ, JOSE LUIS 2.396,28MOYANO BARRADAS, ANTONIO 2.396,28MOZO GOMEZ, OLGA 2.396,28MUNOZ FERNANDEZ, M CARMEN 2.396,28MUNOZ MARTIN, CRISTINA 2.396,28MUNOZ PERIANEZ, MARIA JESUS 2.396,28MUNOZ RAMOS, PEDRO 2.396,28MUÑOZ ELIZO, SANDRA 2.396,28MUÑOZ GARCIA, JESUS 2.396,28MUÑOZ IGLESIAS, RICARDO 2.396,28MUÑOZ PERONA, CARLOS 2.396,28MUVILLA GARCIA, JULIAN JOSE 2.396,28NAJAS MARTIN, ADRIAN 2.396,28NARANJO GARCIA, OSCAR 2.396,28NAVAIS GOMEZ, MARIA LOURDES 2.396,28NAVAS NAVARRETE, VIRGINIA 2.396,28NEVADO GOMEZ, MARIA PILAR 2.396,28NEVADO REY, ISABEL 2.396,28NIETO FRANCO, FRANCISCA 2.396,28NIETO HERNANDEZ, ELOISA 2.396,28NIETO SANCHEZ, MARIA PILAR 2.396,28NIEVES PRESUMIDO, VANESSA 2.396,28NISO DE LA CRUZ, JUAN MANUEL 2.396,28NISO PAJARES, RAFAEL 2.396,28NUEVO GOMEZ, MARIA JESUS 2.396,28NUNEZ APARICIO, MIGUEL 2.396,28NUNEZ BARROSO, JUAN MIGUEL 2.396,28NUNEZ ROPERO, LAURA 2.396,28NUÑEZ GIL, FRANCISCO FELIX 2.396,28NUÑEZ HURTADO, DIEGO 2.396,28NUÑEZ MESAS, CARLOS 2.396,28OIZ GALEANO, JOAQUIN 2.396,28OJIDO NUEVO, ANDRES 2.396,28PALACIN SANGUINO, ALBERTO 2.396,28

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PALACIOS COBOS, ALEJANDRO 2.396,28PANIAGUA ROSA, SONIA 2.396,28PANIAGUA SANTAENGRACIA, JOSE DAVID 2.396,28PAREDES GONZALEZ, ANA TERESA 2.396,28PAREDES RONCERO, DEBORA 2.396,28PARRA FERNANDEZ, ANA CRISTINA 2.396,28PARRA GARCIA, ANA ISABEL 2.396,28PARRALES MATEOS, VICTOR 2.396,28PARRAS CARO, JENIFER 2.396,28PARRAS TOSTADO, RUBEN 2.396,28PARRON MARTIN, MARIA VICTORIA 2.396,28PAULE MAYORDOMO, ALEJANDRO 2.396,28PAVON CLEMENTE, BENITO 2.396,28PAZ ALEGRE, CARMEN 2.396,28PAZ CASTRO, FELIPE 2.396,28PAZ DOMINGUEZ, MARIA NAZARET 2.396,28PEINADO MORENO, ANA ISABEL 2.396,28PENASCO ALMEIDA, NATANAEL 2.396,28PEÑA PARRA, CARMEN 2.396,28PEREZ CASTELLANO, BEATRIZ 2.396,28PEREZ COLLADO, SAMUEL 2.396,28PEREZ CORTES, JUAN CARLOS 2.396,28PEREZ CRIADO, MARIA VICTORIA 2.396,28PEREZ FERNANDEZ, MARIVI 2.396,28PEREZ PALOMINO, VIRGINIA 2.396,28PEREZ RODRIGUEZ, JORGE 2.396,28PEREZ VICHO, MARCOS ANTONIO 2.396,28PESADO ORTIZ, ESTEFANIA 2.396,28PETROSANU , CIPRIAN 2.396,28PINERO RIVAS, JAVIER 2.396,28PIRIS FLORIANO, ALICIA 2.396,28PIZARRO BURCIO, JAVIER 2.396,28PIZARRO PACHECO, SONIA ESTEFANIA 2.396,28PIZARRO SANCHEZ, MARIA ANGELES 2.396,28PIZARRO SANTOS, MARIA DOLORES 2.396,28PLATA MUNOZ DE LA ESPADA, FCO JAVIER 2.396,28PLAZA RETORTILLO, LEONOR 2.396,28POLO COLLADO, MARIA 2.396,28POLO MENDEZ, ISMAEL VICENTE 2.396,28POLO YAGUE, JESUS AMADO 2.396,28PONCE DE LEON RODRIGUEZ, MARIA VICTORIA 2.396,28PORTILLO FERNANDEZ, JHENIFER 2.396,28POZAS MACIAS, DOMINGO 2.396,28PRIETO GALAPERO, MARIA DOLORES 2.396,28PRIETO GONZALEZ, M JOSEFA 2.396,28PULIDO CLEMENTE, ANA BELEN 2.396,28PULIDO LOPEZ, MARIA ANGELES 2.396,28PULIDO RONCERO, M ROSA 2.396,28PULIDO VALIENTE, JOSE ANTONIO 2.396,28QARBAA , NAWAL 2.396,28RAMIREZ DE COS, GEMA 2.396,28RAMOS BAILE, ANGEL 2.396,28RAMOS PEREZ, MILAGROS TANIA 2.396,28RAMOS PITEL, MARIA JESUS 2.396,28RAMOS RIVERO, JESUS 2.396,28RAMOS SANCHEZ, FIDEL 2.396,28REBOLLO MARTIN, CRISTOBAL 2.396,28RECIO BAZAGA, SOLEDAD 2.396,28REDONDO CALERO, ENCARNACION 2.396,28REDONDO LIBERAL, ANTONIO ALBERTO 2.396,28REDREJO GOMEZ, LOURDES 2.396,28REGODON VINAGRE, SANDRA MARIA 2.396,28REY VIVAS, MARIA DEL MAR 2.396,28RICO MENDEZ, CINTIA 2.396,28RINA ANTON, SILVIA 2.396,28RIVEIRINO FERNANDEZ, JOSE CARLOS 2.396,28RIVERA ARROYO, ANA BELEN 2.396,28RIVERO GIL, MACARIO 2.396,28RIVEROS JIMENEZ, DANNY CRISTIAN 2.396,28ROBLEDO NEILA, MONICA 2.396,28

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B.O. DE CÁCERESPágina 10 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ROBLEDO NEILA, ROBERTO MIGUEL 2.396,28RODRIGO VALLE, MARIA JOSE 2.396,28RODRIGUEZ DIAZ, ANGELA 2.396,28RODRIGUEZ GARCIA, MARIA CARMEN 2.396,28RODRIGUEZ GONZALEZ, MARIA MERCEDES 2.396,28RODRIGUEZ IZQUIERDO, VICTOR MANUEL 2.396,28RODRIGUEZ JIMENEZ, RICARDO 2.396,28RODRIGUEZ MARQUEZ, ANA 2.396,28RODRIGUEZ MORENO, LUCIA 2.396,28RODRIGUEZ PASCUA, DIEGO 2.396,28RODRIGUEZ PEREZ, ANA BELLA 2.396,28RODRIGUEZ RAMOS, LIDIA 2.396,28RODRIGUEZ ROMERO, MERCEDES 2.396,28RODRIGUEZ SANCHEZ, JOSE PEDRO 2.396,28RODRIGUEZ VIZCAINO, PEDRO MANUEL 2.396,28ROMAN TORRES, MARIA JOSE 2.396,28ROMERO ANEGO, JUANA 2.396,28ROMERO BEJAR, REBECA 2.396,28ROMERO SERRADILLA, JOSE MANUEL 2.396,28ROMO CALDERA, DANIEL 2.396,28RONCERO CASTAÑO, JOSE ANTONIO 2.396,28RONCERO GONZALEZ, PAMELA 2.396,28ROSA DURAN, MARIA JOSEFA 2.396,28ROSADO ALVAREZ, JUAN JOSE 2.396,28ROSADO REGUEIRO, MARIA CARMEN 2.396,28ROSCO BAYON, AGUSTIN 2.396,28ROYO MARTIN, JESUS 2.396,28RUEDA SAIZ, DAVID 2.396,28RUIZ GOMEZ, MARIA REYES 2.396,28SAADI , CHEIKH 2.396,28SALAS CANTERO, ESTHER 2.396,28SALAS PEREZ, JUNIOR ISMAEL 2.396,28SALOR AMBROSIO, ESTEFANIA 2.396,28SAMPERIO SAINZ-AJA, EVA MARIA 2.396,28SAN JUAN USALLAN, MARIA JOSE 2.396,28SANCHEZ ALVEZ, EDUARDO 2.396,28SANCHEZ DOMINGUEZ, FATIMA 2.396,28SANCHEZ DUQUE, JOSE LUIS 2.396,28SANCHEZ FERNANDEZ, DANIEL 2.396,28SANCHEZ FERNANDEZ, JAVIER 2.396,28SANCHEZ GARCIA, OLGA TAMARA 2.396,28SANCHEZ GARCIA, SUSANA 2.396,28SANCHEZ MARTIN, CESAR 2.396,28SANCHEZ MORALES, JOSE CARLOS 2.396,28SANCHEZ PALOMERO, JOSE LUIS 2.396,28SANCHEZ PEREZ, MARIA REYES 2.396,28SANCHEZ PLACERES, JESUS JAVIER 2.396,28SANCHEZ PRIETO, VERONICA 2.396,28SANCHEZ REY, SAMANTA 2.396,28SANCHEZ ROMO, FRANCISCO 2.396,28SANCHEZ SALGADO, MARIA DEL MAR 2.396,28SANCHEZ SANCHEZ, JOSE MARIA 2.396,28SANSON PEDRERO, MANUEL 2.396,28SANTOS GARRIDO, ELIA 2.396,28SANTOS MARTIN, SARA MARIA 2.396,28SANTOS PEREZ, JESUS 2.396,28SANTOS VASCO, ESTHER 2.396,28SECO GONZALEZ, PABLO 2.396,28SERGIO MATEOS, TOMAS 2.396,28SERRANO ARIAS, M ELISABET 2.396,28SERRANO BELMONTE, RAUL 2.396,28SERRANO DURAN, NADIA 2.396,28SERRANO VIVAS, CLARA MARIA 2.396,28SEVILLANO VELIZ, YOLANDA 2.396,28SIERRA CIUDAD, JAVIER 2.396,28SIERRA GARCIA, LEANDRO 2.396,28SILGADO DOMINGUEZ, VICTOR MANUEL 2.396,28SILVESTRE LANCHO, RAFAEL 2.396,28SIMON GONZALEZ, JUAN JOSE 2.396,28SIMON RETORTILLO, ALICIA 2.396,28

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SOJO MORENO, JOSE 2.396,28SOLANA GALEANO, VICENTE 2.396,28SOLIS FERNANDEZ, AZAHARA PILAR 2.396,28SOLIS RIQUELME, JUAN MANUEL 2.396,28SUAREZ CORRAL, TAMARA 2.396,28SUAREZ MORENO, MANUEL 2.396,28TALAVERA AVILA, LUZ BELEN 2.396,28TAPIA MARTIN, JOSE DAVID 2.396,28TEJEDA GARCIA, ANA MARIA 2.396,28TENRERO GONZALEZ, FRANCISCO ALBER 2.396,28TERRON PAJARES, OLGA 2.396,28TESORO NIEVES, CATALINA 2.396,28TIRADO MUNOZ, ANA BELEN 2.396,28TOME PEREZ, ALEXANDER 2.396,28TORREÑO SANGUINO, ADORACION 2.396,28TORRES SANCHEZ, LOURDES 2.396,28TOSTADO CRUZ, JUAN MANUEL 2.396,28TOVAR FERNANDEZ, JUAN 2.396,28TRANCON ZABALA, MARIA JOSE 2.396,28TREJO CANELADA, MIGUEL 2.396,28TRIGO CALVO, ALBA MARIA 2.396,28VALDERRAMA MIRALLES, JORGE 2.396,28VALDUVIECO PINTO, GEMA 2.396,28VALHONDO NIÑO, ENCARNACIO 2.396,28VALVERDE BERMEJO, MATIAS 2.396,28VAREZ GONZALEZ, ANA MARIA 2.396,28VAZQUEZ GOMEZ, CARLOS 2.396,28VAZQUEZ PEREZ, EVA 2.396,28VAZQUEZ VILLA, RAQUEL 2.396,28VIDAL FERNANDEZ, ALICIA 2.396,28VILLA GARCIA, JUAN JESUS 2.396,28VILLAFAINA VAZQUIANEZ, MANUEL 2.396,28VINAGRE NEVADO, DIEGO 2.396,28VIVAS MURIEL, LIDIA MARIA 2.396,28

TOTAL BENEFICIARIOS: 589 TOTAL: 1.411.408,922361

JUZGADO DE LO SOCIAL - 1

CÁCERES

SERV. COMÚN ORDENACIÓNDEL PROCEDIMIENTO

D.ª MARÍA CATALINA CORTÉS PAREDES, SECRETA-RIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º001 DE CÁCERES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento PROCEDI-MIENTO ORDINARIO 0000236 /2011 de este Juzgadode lo Social, seguido a instancia de D.ª EVA MARÍA DELOS RÍOS FRONTELA, contra la empresa COMPLEJOEL SAUCEJO, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictadola siguiente resolución:

SENTENCIA: 00186/2011

En la ciudad de Cáceres a 20 de julio de 2011.

SU SEÑORÍA ILUSTRÍSIMA DON MARIANOMECERREYES JIMÉNEZ, Magistrado del Juzgado delo Social n.º 1 de Cáceres y de su Provincia, ha visto yoído los autos registrados con el número 236/2011 yque se siguen sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD,

en los cuales figuran como partes de un lado comodemandante EVA MARÍA DE LOS RÍOS FRONTELA y deotra como demandado COMPLEJO EL SAUCEJO, S.L.,de los cuales comparece sólo la parte actora y no elcontrario pese a su citación en legal forma y lo haceasistido el primero del abogado Sr. Merino Merino.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO: Con fecha que consta se presentó deman-da, en la cual tras referir los hechos que constan, seterminaba interesando que se dictara sentencia conarreglo al suplico que incorpora. Luego de evacuarseel trámite legal que consta documentado en la causa,dio lugar al señalamiento para la vista del juicio el cualtuvo lugar el día de la fecha. Tras actuarse lo oportunosin que asista el demandado citado en legal forma, laparte actora hizo las alegaciones oportunas de suerteque luego de practicada la prueba pertinente consis-tente en la documental y la que consta y de formuladaslas conclusiones, quedaron los autos vistos para dic-tar sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO: La parte actora en el presente procedi-miento EVA MARÍA DE LOS RÍOS FRONTELA vieneprestando sus servicios profesionales para el deman-

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dado COMPLEJO EL SAUCEJO SL con el salario,categoría y antigüedad que constan en la demanda yaquí se tienen por reproducidos

SEGUNDO: La parte actora no ha percibido deldemandado las sumas que detalla en el punto segun-do de su demanda y que aquí se tiene por reproducido.

TERCERO: Presentada demanda de conciliaciónante el UMAC esta resulta intentada sin efecto

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Los hechos declarados probados deri-van de la prueba documental incorporada a los autosque no ha resultado impugnada por la contraparte yresulta de entidad suficiente como para acreditar se-gún se anticipa tanto la existencia misma de la relaciónlaboral ex art. 1. 1 LET y, con sus circunstanciasesenciales, cuanto la de la parte del débito que no hasido satisfecho y a cuyo pago viene obligado el contra-rio ex art. 4. f LET, toda vez que la carga de la prueba delhecho extintivo, cuyo paradigma es el pago, pesa sobreel que en su caso lo alegue, ex art. 217. 3 LEC.

SEGUNDO: Por lo que se refiere a la suma haya desatisfacer el demandado se estará a la autoliquidaciónpracticada . En cuanto al recargo por mora que seinteresa, ha de partirse de que si lo reclamado comoprincipal no es problemático ni controvertido, procedela mora en que podrían encontrar causa dichos intere-ses (SS 7 junio y 21 diciembre 1984, 14 octubre 1985,28 septiembre 1989 y 28 octubre 1992 y 1 de Abril de1. 996 ) circunstancia que se da en el caso de autos.Finalmente y comoquiera que lo reclamado por el actoren todo tiempo es aquello que ahora se le reconoce,sin que en ningún caso haya justificado la contrapartela inasistencia al acto conciliatorio previo, ex art. 66. 3y 97. 3, debe, por imperativo legal, imponerse la multapertinente.

Vistos los artículos citados y demás de generalaplicación, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY YPOR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE EL PUEBLOESPAÑOL,

FALLO

ESTIMANDO la demanda interpuesta por EVA MA-RÍA DE LOS RÍOS FRONTELA contra COMPLEJO ELSAUCEJO SL y en virtud de lo que antecede, condenoal demandado a que pague al actor la suma de 1. 370,59 EUROS por el concepto principal así como la del 10% por el concepto de mora.

Impongo al condenado una SANCIÓN POR TEME-RIDAD de CINCUENTA EUROS, debiendo pagar ade-más los honorarios del abogado del actor.

Notifíquese esta sentencia a las partes con instruc-ción de que es FIRME

Quede el original en el libro de sentencias y llévesetestimonio del presente a los autos para su constanciay efectos.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamenteen la instancia la pronuncio mando y firmo

PUBLICACIÓN . En el mismo día, en la Sala devistas se dio lectura íntegra en Audiencia pública dela sentencia que antecede de lo cual como Secretariodoy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma aCOMPLEJO EL SAUCEJO, S.L., expido y firmo la pre-sente en Cáceres a 17 de abril de dos mil doce.- LaSecretaria Judicial, María Catalina Cortés Paredes.

2342

JUZGADO DE LO SOCIAL - 2

CÁCERES

EDICTO

D.ª DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIA JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE CÁCERES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES N.º 140/2011 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de VANESARUÍZ ARTIGA, FRANCISCA IGLESIAS SALGADO, ANABELÉN MÁRQUEZ SÁNCHEZ, MOTSERRT RAMIROGONZALEZ, NORA GRETA A BRICEÑO DELGADO,MARÍA DOLORES MARTÍNEZ MÁRQUEZ, LAURAMONTERO CARVAJAL, VERÓNICA GUERRERO SÁN-CHEZ, ALFREDO MORENO CEBRIÁN, SALOBRARBARCO DE MIGUEL, ROSA MARÍA MARTÍN GARCÍA,JOSEFA CASERO GIL, FRANCISCA GIL PÉREZ, ROSAMARÍA MARTÍN GONZÁLEZ, AURORA GARCÍAGUTIÉRREZ, ELADIA TIRADOS ESTEBANEZ, MARÍAESTHER MORENO CEBRIAN, ROMAN MARTIN RO-BLEDO, SOLEDAD GARCIA GIRALDEZ, MERCEDESMOLANO ROBLEDO, SOLEDAD SOLÍS GARCÍA YCARMEN ARTIAGA MONTAÑES, contra la empresaGESTIONES HOSTELERAS RURALES SLU, VICEN-TE ELICES MARCOS, FRANCISCO VILA BOTELLA YFOGASA, sobre ORDINARIO, se han dictado las si-guientes resoluciones, cuyos tenores literales son:

A U T O

Magistrado/a-JuezSr/Sra D/Dª JOSE MARIA CABEZAS VADILLO

En CÁCERES, a veintisiete de diciembre de dos milonce.

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B.O. DE CÁCERES Página 13Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- VANESA RUIZ ARTIGA, FRANCISCA IGLE-SIAS SALGADO , ANA BELEN MARQUEZ SANCHEZ ,MOTSERRT RAMIRO GONZALEZ , NORA GRETA ABRICEÑO DELGADO , MARIA DOLORES MARTINEZMARQUEZ , LAURA MONTERO CARVAJAL , VERONICAGUERRERO SANCHEZ , ALFREDO MORENOCEBRIAN , SALOBRAR BARCO DE MIGUEL , ROSAMARIA MARTIN GARCIA , JOSEFA CASERO GIL , FRAN-CISCA GIL PEREZ , ROSA MARIA MARTIN GONZALEZ, AURORA GARCIA GUTIERREZ , ELADIA TIRADOSESTEBANEZ , MARIA ESTHER MORENO CEBRIAN ,ROMAN MARTIN ROBLEDO , SOLEDAD GARCIAGIRALDEZ , MERCEDES MOLANO ROBLEDO , SOLE-DAD SOLIS GARCIA , CARMEN ARTIAGA MONTAÑESha presentado demanda de ejecución de la Sentencianúm.- 111/2.011 de fecha 3 de Junio de 2.011 frente aGESTIONES HOSTELERAS RURALES SLU, FRAN-CISCO VILA BOTELLA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 haexaminado su jurisdicción, competencia objetiva yterritorial, y entiende que en la demanda de ejecuciónde referida Sentencia concurren los presupuestos yrequisitos procesales exigidos por la Ley, debe despa-charse la misma de conformidad a lo dispuesto en elart. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.- La cantidad por la que se despachaejecución es de CUARENTA Y OCHO MIL CUATROEUROS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS(48.004,74.- €) y de SIETE MIL SEISCIENTOS OCHEN-TA EUROS (7.680,00.- €) en concepto provisional deintereses de demora y costas calculadas según elcriterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para losprimeros, del importe de los que se devengarían du-rante un año y, para las costas, del 10 por 100 de lacantidad objeto de apremio en concepto de principal.

TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJSque, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 dela LEC, subsidiariamente aplicable, transcurridos tresmeses del despacho de la ejecución sin que el ejecu-tado cumpliere en su integridad la obligación, si seapreciase falta de diligencia en el cumplimiento de laejecutoria, se hubiere incumplido la obligación demanifestar bienes o se hubieren ocultado elementospatrimoniales trascendentes en dicha manifestación,podrá incrementarse el interés legal a abonar en dospuntos.

CUARTO.- Si la parte ejecutada cumpliera en suintegridad la obligación exigida contenida en el título,incluido en el caso de ejecución dineraria el abono delos intereses pocesales, si procedieran, dentro delplazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmezade la sentencia o resolución judicial ejecutable o des-de que el título haya quedado constituído o, en su caso,desde que la obligación declarada en el título ejecutivo

fuese exigible, no se le impondrán las costas de laejecución que se hubiere instado, en aplicación de loprevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de laLEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secreta-rio judicial responsable de la ejecución, en el mismodía o en el día siguiente hábil, dictará decreto con loscontenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecuciónla Sentencia núm.- 111/2.011 de fecha 3 de Junio de2.011 a favor de la parte ejecutante, VANESA RUIZARTIGA, FRANCISCA IGLESIAS SALGADO , ANA BE-LEN MARQUEZ SANCHEZ , MOTSERRT RAMIROGONZALEZ , NORA GRETA A BRICEÑO DELGADO ,MARIA DOLORES MARTINEZ MARQUEZ , LAURAMONTERO CARVAJAL , VERONICA GUERRERO SAN-CHEZ , ALFREDO MORENO CEBRIAN , SALOBRARBARCO DE MIGUEL , ROSA MARIA MARTIN GARCIA ,JOSEFA CASERO GIL , FRANCISCA GIL PEREZ , ROSAMARIA MARTIN GONZALEZ , AURORA GARCIAGUTIERREZ , ELADIA TIRADOS ESTEBANEZ , MARIAESTHER MORENO CEBRIAN , ROMAN MARTIN RO-BLEDO , SOLEDAD GARCIA GIRALDEZ , MERCEDESMOLANO ROBLEDO , SOLEDAD SOLIS GARCIA , CAR-MEN ARTIAGA MONTAÑES , frente a GESTIONESHOSTELERAS RURALES SLU, FRANCISCO VILABOTELLA , parte ejecutada, en forma solidaria, porimporte de CUARENTA Y OCHO MIL CUATRO EUROSCON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (48.004,74.-euros) en concepto de principal, más otros SIETE MILSEISCIENTOS OCHENTA EUROS (7.680,00.- euros)que se fijan provisionalmente en concepto de intere-ses que, en su caso, puedan devengarse durante laejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de suposterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretaro/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva,serán notificados simultánemanete a la parte ejecuta-da, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC,quedando la ejecutada apercibida a los efectos men-cionados en los razonamientos jurídicos tercero ycuarto de esta resolución, y conforme disponen losartículos 251.2 y 239.3 de la LJS y a los representantesde los trabajadores de la empresa deudora de confor-midad a lo ordenado por el art. 252 LJS

Contra este auto podrá interponerse recurso dereposición, a interponer ante este órgano judicial, en elplazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su noti-ficación, en el que además de alegar ls posiblesinfracciones en que hubiera de incurrir la resolución yel cumplimiento o incumplimiento de los presupues-tos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirsela oposición a la ejecución despachada, aduciendo

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pago o cumplimiento documentalmente justificado ,prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabi-lidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubierenacaecido con posterioridad a su constitución del título,no siendo la compensación e deudas admisible comocausa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajadoro beneficiario del régimen público de seguridad socialdeberá consignar la cantidad de 25 euros, en conceptode depósito para recurrir, en la Cuenta de Consigna-ciones de esteJDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta enESPAÑOL DE CRÉDITO, cuenta nº 1143 0000 debien-do indicar en el campo concepto, «Recurso» seguidadel código «30 Social-Reposición». Si el ingreso sehace mediante transferencia bancaria deberá incluirtras la cuenta referida, separados por un espacio, el«código 30 Social- Reposición». Si efectuare diversospagos en la misma cuenta deberá especificar uningreso por cada concepto, incluso si obedecen a otrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedanexentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal,el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entida-des locales y los Organismos Autónomos dependien-tes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZEL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

D E C R E T O

Secretaria Judicial Dª ANA MARÍA MAQUEDA PÉ-REZ DE ACEVEDO.

En Cáceres, a tres de enero de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dicta-do auto despachando ejecución a favor de VANESARUIZ ARTIGA, FRANCISCA IGLESIAS SALGADO , ANABELEN MARQUEZ SANCHEZ , MOTSERRT RAMIROGONZALEZ , NORA GRETA A BRICEÑO DELGADO ,MARIA DOLORES MARTINEZ MARQUEZ , LAURAMONTERO CARVAJAL , VERONICA GUERRERO SAN-CHEZ , ALFREDO MORENO CEBRIAN , SALOBRARBARCO DE MIGUEL , ROSA MARIA MARTIN GARCIA ,JOSEFA CASERO GIL , FRANCISCA GIL PEREZ , ROSAMARIA MARTIN GONZALEZ , AURORA GARCIAGUTIERREZ , ELADIA TIRADOS ESTEBANEZ , MARIAESTHER MORENO CEBRIAN , ROMAN MARTIN RO-BLEDO , SOLEDAD GARCIA GIRALDEZ , MERCEDESMOLANO ROBLEDO , SOLEDAD SOLIS GARCIA , CAR-MEN ARTIAGA MONTAÑES frente a GESTIONESHOSTELERAS RURALES SLU, FRANCISCO VILABOTELLA por la cantidad de CUARENTA Y OCHO MILCUATRO EUROS CON SETENTA Y CUATRO CENTI-

MOS (48.004,74.- Euros) de principal, más otros SIETEMIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS (7.680,00.-Euros), que se calculan provisionalmente para intere-ses, gastos y costas, sin perjuicio de posterior liquida-ción y tasación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, quedictado el auto que contiene la orden general de ejecu-ción, el/la Secretario/a judicial responsable de la mis-ma, dictará decreto en el que se contendrán las medi-das ejecutivas concretas que resulten procedentes,incluyendo el embargo de bienes, y las medidas delocalización y averiguación de los bienes del ejecutadoque procedan, conforme a lo previsto en los artículos589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pagoque deba hacerse al deudor en casos que lo establez-ca la ley; dictándose de oficio las resoluciones perti-nentes conforme al art. 237 LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretassolicitadas, acuerdo:

- Proceder al embargo de bienes y a las medidasde localización y averiguación de los bienes del ejecu-tado que procedan, conforme a lo previsto en los arts.589 y 590 LEC, previo requerimiento a GESTIONESHOSTELERAS RURALES SLU y a FRANCISCO VILABOTELLA, a fin de que manifiesten relacionadamentebienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía dela ejecución, con expresión, en su caso, de las cargasy gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, siestán ocupados, por qué personas y con qué título,bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo,podrá ser sancionado, cuando menos, por desobe-diencia grave, en caso de que no presente la relaciónde sus bienes, incluya en ella bienes que no seansuyos, excluya bienes propios susceptibles de embar-go o no desvele las cargas y gravámenes que sobreellos pesaren, y podrán imponérsele también multascoercitivas periódicas, a tal efecto líbrense sendosexhorto al Juzgado de Paz de Plasenzuela y al Juzgadode Primera Instancia Decano de Mérida (BADAJOZ).

- Consultar las aplicaciones informáticas del Ór-gano judicial para la averiguación de bienes delejecutado.

- Se decreta el embargo de las subvencioneseconómicas que por la Consejería de Salud y Depen-dencia de la Junta de Extremadura, se concedan oestén para concederse a la empresa GESTIONESHOSTELERAS RURALES, S.L.U. con C.I.F. B-06469118,como consecuencia de la explotación por la misma dela Residencia de la Tercera Edad Padre Damián en lalocalidad de Plasenzuela Cáceres, para asegurar la

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B.O. DE CÁCERES Página 15Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

responsabilidad de GESTIONES HOSTELERAS RU-RALES SLU y FRANCISCO VILA BOTELLA hasta cubrirlas cantidades arriba mencionadas, librándose al efec-to los despachos necesarios para su efectividad.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberáinterponerse ante el presente órgano judicial en elplazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notifica-ción de la misma con expresión de la infracción come-tida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador obeneficiario de régimen público de la Seguridad Socialdeberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta nº 1143-0000-64-0140-11 abierta en ESPA-ÑOL DE CRÉDITO, debiendo indicar en el campoconcepto, la indicación recurso seguida del código «31Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuentareferida, separados por un espacio con la indicación«recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión».Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta debe-rá especificar un ingreso por cada concepto, incluso siobedecen a otros recursos de la misma o distinta claseindicando en el campo de observaciones la fecha dela resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autóno-mas, las Entidades locales y los Organismos Autóno-mos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aFRANCISCO VILA BOTELLA, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el BoletínOficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a dieciocho de abril de dos mil doce.-El Secretaria Judicial, David Méndez Calvo.

2368

CÁCERES

EDICTO

D.ª DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIA JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 002 DE CÁCE-RES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES N.º 35/2011 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de MARIA

DEL PILAR PARDO BERNAL, contra la empresaGAUDITAPAS, FONDO DE GARANTIA SALARIAL, so-bre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,que es del tenor literal siguiente:

D E C R E T O N.º 74/12

Secretario/a Judicial D.ª DAVID MÉNDEZ CALVO.

En Cáceres, a nueve de marzo de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que en el presente procedimiento se-guido entre las partes, de una como ejecutante MARÍADEL PILAR PARDO BERNAL y de otra como ejecutadoGAUDITAPAS, se dictó resolución judicial despachan-do ejecución para cubrir la cantidad de 195 euros enconcepto de principal, más otros 31,20 euros que sefijan provisionalmente en concepto de intereses que,en su caso, puedan devengarse durante la ejecucióny las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevosbienes susceptibles de traba.

TERCERO.- Se ha dado traslado a la parte actoray al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en sucaso designasen bienes o derechos susceptibles deembargo, sin que se haya hecho manifestación algunaen el plazo dado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en elart. 274.3 de la LPL, la declaración judicial de insolven-cia de una empresa constituirá base suficiente paraestimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin nece-sidad de reiterar los trámites de averiguación de bie-nes establecidos en el art. 248 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido eltrámite de audiencia a la parte actora y al Fondo deGarantía Salarial, sin que por los mismos se hayaseñalado la existencia de nuevos bienes procede, sinmás trámites, declarar la insolvencia de la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar al ejecutado GAUDITAPAS, en situaciónde INSOLVENCIA TOTAL, que se entenderá, a todoslos efectos, como provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutan-te para que surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial, una vez sea firme la presente resolución.

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c) Archivar las actuaciones previa anotación en elLibro correspondiente, y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienesdel ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que enaplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 dela LJS, en el primer escrito o comparecencia ante elórgano judicial, las partes o interesados, y en su casolos profesionales designados, señalarán un domicilioy datos completos para la práctica de actos de comu-nicación. El domicilio y los datos de localización facili-tados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notifica-ciones en ellos intentadas sin efecto serán válidashasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus represen-tantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberáncomunicar los cambios relativos a su número deteléfono, fax, dirección electrónica o similares, siem-pre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberáinterponerse ante quien dicta la resolución en el plazode DÍAS hábiles siguientes a la notificación de lamisma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LPL. El recurren-te que no tenga la condición de trabajador o beneficia-rio de régimen público de la Seguridad Social deberáhacer un depósito para recurrir de 25 euros, en lacuenta nº en el ESPAÑOL DE CRÉDITO debiendoindicar en el campo concepto, «recurso» seguida delcódigo «31 Social-Revisión de resoluciones Secreta-rio Judicial». Si el ingreso se hace mediante transfe-rencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,separados por un espacio con la indicación «recurso»seguida del «31 Social-Revisión de resoluciones Se-cretario Judicial». Si efectuare diversos pagos en lamisma cuenta deberá especificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida uti-lizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aGAUDITAPAS, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a dieciocho de abril de dos mil doce.-La Secretaria Judicial, David Méndez Calvo.

2367

CÁCERES

EDICTO

D.ª DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIA JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 002 DE CÁCE-RES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES N.º 64/2012 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de MARIAGUADALUPE REINOSO MORANO, contra la empresaDYA SERVICIOS SOCIALES DE EXTREMADURA, so-bre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,que es del tenor literal siguiente:

A U T O

Magistrado-JuezSr. D. JOSÉ MARÍA CABEZAS VADILLO

En CÁCERES, a cinco de marzo de dos mil doce.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- MARIA GUADALUPE REINOSO MORANOha presentado demanda de ejecución de frente a DYASERVICIOS SOCIALES DE EXTREMADURA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 haexaminado su jurisdicción, competencia objetiva yterritorial, y entiende que en la demanda de ejecuciónde sentencia nº 52/11 concurren los presupuestos yrequisitos procesales exigidos por la Ley, debe despa-charse la misma de conformidad a lo dispuesto en elart. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.- La cantidad por la que se despachaejecución es de 1.235,16 euros de principal y de197,62 euros en concepto provisional de intereses dedemora y costas calculadas según el criterio del 251.1LJS, por lo que no excede, para los primeros, delimporte de los que se devengarían durante un año y,para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto deapremio en concepto de principal.

TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJS que,sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la LEC,subsidiariamente aplicable, transcurridos tres mesesdel despacho de la ejecución sin que el ejecutadocumpliere en su integridad la obligación, si se apreciasefalta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, sehubiere incumplido la obligación de manifestar bieneso se hubieren ocultado elementos patrimoniales tras-cendentes en dicha manifestación, podrá incrementarseel interés legal a abonar en dos puntos.

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B.O. DE CÁCERES Página 17Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

CUARTO.- Si la parte ejecutada cumpliera en suintegridad la obligación exigida contenida en el título,incluido en el caso de ejecución dineraria el abono delos intereses pocesales, si procedieran, dentro delplazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmezade la sentencia o resolución judicial ejecutable o des-de que el título haya quedado constituído o, en su caso,desde que la obligación declarada en el título ejecutivofuese exigible, no se le impondrán las costas de laejecución que se hubiere instado, en aplicación de loprevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

QUINTO.- En virtud del artículo 252 de la LJS,procede notificar la presente resolución a los repre-sentantes de los trabajadores de la empresa deudora,a efectos de que puedan comparecer en el proceso. .

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de laLEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secreta-rio judicial responsable de la ejecución, en el mismodía o en el día siguiente hábil, dictará decreto con loscontenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecuciónde sentencia nº 52/11 a favor de la parte ejecutante,MARIA GUADALUPE REINOSO MORANO, frente a DYASERVICIOS SOCIALES DE EXTREMADURA, parte eje-cutada, por importe de 1.235,16 euros en concepto deprincipal, más otros 197,62 euros que se fijan provisio-nalmente en concepto de intereses que, en su caso,puedan devengarse durante la ejecución y las costasde ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecuti-va, serán notificados simultáneamente a la parte eje-cutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC,quedando la ejecutada apercibida a los efectos men-cionados en los razonamientos jurídicos tercero ycuarto de esta resolución, y conforme disponen losartículos 251.2 y 239.3 de la LJS y a los representantesde los trabajadores de la empresa deudora de confor-midad a lo ordenado por el art. 252 LJS y a los repre-sentantes de los trabajadores de la empresa deuda deconformidad a lo ordenado por el art. 250 LJS

Contra este auto podrá interponerse recurso dereposición, a interponer ante este órgano judicial, en elplazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su noti-ficación, en el que además de alegar las posiblesinfracciones en que hubiera de incurrir la resolución yel cumplimiento o incumplimiento de los presupues-tos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirsela oposición a la ejecución despachada, aduciendopago o cumplimiento documentalmente justificado ,prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsa-

bilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubierenacaecido con posterioridad a su constitución del título,no siendo la compensación e deudas admisible comocausa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajadoro beneficiario del régimen público de seguridad socialdeberá consignar la cantidad de 25 euros, en conceptode depósito para recurrir, en la Cuenta de Consigna-ciones de esteJDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta enESPAÑOL DE CRÉDITO, cuenta nº 1143 0000 debien-do indicar en el campo concepto, «Recurso» seguidadel código «30 Social-Reposición». Si el ingreso sehace mediante transferencia bancaria deberá incluirtras la cuenta referida, separados por un espacio, el«código 30 Social- Reposición». Si efectuare diversospagos en la misma cuenta deberá especificar uningreso por cada concepto, incluso si obedecen a otrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedanexentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal,el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entida-des locales y los Organismos Autónomos dependien-tes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ LA SECRETARIA JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª DAVID MÉNDEZ CALVO.

En CACERES, a veintitrés de Marzo de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dicta-do auto despachando ejecución a favor de MARIAGUADALUPE REINOSO MORANO, frente a DYA SER-VICIOS SOCIALES DE EXTREMADURA por la cantidadde 1.235,16 euros en concepto de principal, más otros197,62 euros que se fijan provisionalmente en concep-to de intereses que, en su caso, puedan devengarsedurante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuiciode su posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, quedictado el auto que contiene la orden general de ejecu-ción, el/la Secretario/a judicial responsable de la mis-ma, dictará decreto en el que se contendrán las medi-das ejecutivas concretas que resulten procedentes,incluyendo el embargo de bienes, y las medidas delocalización y averiguación de los bienes del ejecutadoque procedan, conforme a lo previsto en los artículos589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pagoque deba hacerse al deudor en casos que lo establez-ca la ley; dictándose de oficio las resoluciones perti-nentes conforme al art. 237 LJS.

Page 18: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 18 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretassolicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas delocalización y averiguación de los bienes del ejecutadoque procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589y 590 LEC.

Requerir a DYA SERVICIOS SOCIALES DE EXTRE-MADURA, a fin de que en el plazo de cinco días,manifieste relacionadamente bienes y derechos sufi-cientes para cubrir la cuantía de la ejecución, conexpresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, asícomo, en el caso de inmuebles, si están ocupados, porqué personas y con qué título, bajo apercibimiento deque, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado,cuando menos, por desobediencia grave, en caso deque no presente la relación de sus bienes, incluya enella bienes que no sean suyos, excluya bienes propiossusceptibles de embargo o no desvele las cargas ygravámenes que sobre ellos pesaren, y podránimponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se acuerda el embargo de los saldos acreedoresque tuvieren los ejecutados en todas las entidadesbancarias con convenio, para lo cual llévese a efecto através del Punto Neutro Judicial.

E, igualmente, se acuerda el embargo de las devo-luciones que por todos los conceptos pudiere percibirde la Agencia Tributaria, remitiéndose al efecto comu-nicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la sumade las cantidades reclamadas, a saber, 1.235,16 € deprincipal, más 197,62 €, que se calculanprudencialmente para intereses y costas de ejecución,sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que enaplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 dela LJS, en el primer escrito o comparecencia ante elórgano judicial, las partes o interesados, y en su casolos profesionales designados, señalarán un domicilioy datos completos para la práctica de actos de comu-nicación. El domicilio y los datos de localización facili-tados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notifica-ciones en ellos intentadas sin efecto serán válidashasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus represen-tantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberáncomunicar los cambios relativos a su número deteléfono, fax, dirección electrónica o similares, siem-pre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberá

interponerse ante el presente órgano judicial en elplazo de DÍAS hábiles siguientes a la notificación dela misma con expresión de la infracción cometida enla misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador obeneficiario de régimen público de la Seguridad Socialdeberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta nº abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, de-biendo indicar en el campo concepto, la indicaciónrecurso seguida del código «31 Social- Revisión». Siel ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio con la indicación «recurso» seguida del «có-digo 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagosen la misma cuenta deberá especificar un ingreso porcada concepto, incluso si obedecen a otros recursosde la misma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida uti-lizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a DYASERVICIOS SOCIALES DE EXTREMADURA, en igno-rado paradero, expido la presente para su inserción enel Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a dieciséis de abril de dos mil doce.-El Secretaria Judicial, David Méndez Calvo.

2357

CÁCERES

EDICTO

D. DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIO JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE CÁCERES,

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CION DE TITULOS JUDICIALES Nº 37/2011 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de ERNES-TO CORREA DIAZ, contra la empresa PROYECTOSCERRAMIENTOS Y PLANTACIONES EXTREMEÑASSL, F.O.G.A.S.A., sobre ORDINARIO, se ha dictado lasiguiente resolución, cuya tenor literal es el siguiente:

D E C R E T O Nº 32/12

Secretario/a Judicial D/Dª DAVID MÉNDEZ CALVO.

En Cáceres, a seis de febrero de dos mil doce.

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B.O. DE CÁCERES Página 19Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que en el presente procedimiento se-guido entre las partes, de una como ejecutante ER-NESTO CORREA DIAZ y de otra como ejecutado PRO-YECTOS CERRAMIENTOS Y PLANTACIONES EXTRE-MEÑAS SL, se dictó resolución judicial despachandoejecución para cubrir la cantidad de 11.706,02 eurosen concepto de principal, más otros 1872,96 euros quese fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecu-ción y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevosbienes susceptibles de traba.

TERCERO.- En el procedimiento nº 114/10 seguidoen el Juzgado de lo Social nº 1 de CÁCERES se hadictado Auto de insolvencia de la ejecutada.

CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y alFondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su casodesignasen bienes o derechos susceptibles de em-bargo, sin que se haya hecho manifestación alguna enel plazo dado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en elart. 274.3 de la LPL, la declaración judicial de insolven-cia de una empresa constituirá base suficiente paraestimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin nece-sidad de reiterar los trámites de averiguación de bie-nes establecidos en el art. 248 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido eltrámite de audiencia a la parte actora y al Fondo deGarantía Salarial, sin que por los mismos se hayaseñalado la existencia de nuevos bienes procede, sinmás trámites, declarar la insolvencia total de la ejecu-tada.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar al ejecutado PROYECTOSCERRAMIENTOS Y PLANTACIONES EXTREMEÑASSL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL, insolvenciaque se entenderá, a todos los efectos, como provisio-nal.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutan-te para que surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en elLibro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la

ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienesdel ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que enaplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 dela LJS, en el primer escrito o comparecencia ante elórgano judicial, las partes o interesados, y en su casolos profesionales designados, señalarán un domicilioy datos completos para la práctica de actos de comu-nicación. El domicilio y los datos de localización facili-tados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notifica-ciones en ellos intentadas sin efecto serán válidashasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus represen-tantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberáncomunicar los cambios relativos a su número deteléfono, fax, dirección electrónica o similares, siem-pre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberáinterponerse ante quien dicta la resolución en el plazode TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación dela misma con expresión de la infracción cometida enla misma a juicio del recurrente, art. 188 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador obeneficiario de régimen público de la Seguridad Socialdeberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta nº en el ESPAÑOL DE CRÉDITO debiendoindicar en el campo concepto, «recurso» seguida delcódigo «31 Social-Revisión de resoluciones Secreta-rio Judicial». Si el ingreso se hace mediante transfe-rencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,separados por un espacio con la indicación «recurso»seguida del «31 Social-Revisión de resoluciones Se-cretario Judicial». Si efectuare diversos pagos en lamisma cuenta deberá especificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida uti-lizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aPROYECTOS CERRAMIENTOS Y PLANTACIONESEXTREMEÑAS, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a seis de febrero de dos mil doce.- ElSecretario Judicial, David Méndez Calvo.

2358

Page 20: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 20 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

CÁCERES

EDICTO

D. DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIO/A JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 002 DE CACE-RES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES N.º 94/2011 deeste Juzgado de lo Social, seguidos a instancia deÁLVARO RUBIO DELGADO, contra la empresa MURIELEXPRESS, S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolu-ción, que es del tenor literal siguiente:

A U T O

Magistrado/a-JuezSr D JOSE MARIA CABEZAS VADILLO

En CÁCERES, a cuatro de noviembre de 2011.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- ALVARO RUBIO DELGADO ha presentadodemanda de ejecución de acto de conciliación frente aMURIEL EXPRESS SL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 haexaminado su jurisdicción, competencia objetiva yterritorial, y entiende que en la demanda de ejecuciónde acto de conciliación concurren los presupuestos yrequisitos procesales exigidos por la Ley, debe despa-charse la misma de conformidad a lo dispuesto en elart. 235 LPL y concordantes.

SEGUNDO.- La cantidad por la que se despachaejecución es de 3.428,95 euros y de 548,63 euros enconcepto provisional de intereses de demora y costascalculadas según el criterio del 249 LPL, por lo que noexcede, para los primeros, del importe de los que sedevengarían durante un año y, para las costas, del 10por 100 de la cantidad objeto de apremio en conceptode principal.

TERCERO.- En virtud del artículo 250 de la LPL,atendida la cantidad objeto de apremio, los autos enque se despache la ejecución y las resoluciones enque se decreten embargos, se notificarán a los repre-sentantes de los trabajadores de la empresa deudo-ra, a efectos de que puedan comparecer en el proce-so.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de laLEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el/la Secre-tario/a Judicial responsable de la ejecución, en elmismo día o en el día siguiente hábil, dictará decretocon los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecucióndel acto de conciliación a favor de la parte ejecutante,ALVARO RUBIO DELGADO, frente a MURIEL EXPRESSSL, parte ejecutada, por importe de 3.428,95 euros enconcepto de principal, más otros 548,63 euros que sefijan provisionalmente en concepto de intereses que,en su caso, puedan devengarse durante la ejecucióny las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin per-juicio de que la parte ejecutada pueda oponerse aldespacho de ejecución en los términos previstos en elartículo 556 de la LEC y en el plazo de DIEZ DÍAS acontar desde el siguiente a la notificación del presenteauto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZLA SECRETARIA JUDICIAL

D E C R E T O

Secretaria Judicial D.ª BEGOÑA PALACÍNFÁBREGAS

En CÁCERES, a nueve de noviembre de 2011

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En esta EJECUCION DE TITULOS NOJUDICIALES 0000094 /2011 se ha dictado auto despa-chando ejecución a favor de ALVARO RUBIO DELGA-DO frente a MURIEL EXPRESS SL por la cantidad de

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, quedictado el auto que contiene la orden general de ejecu-ción, el/la Secretario/a Judicial responsable de la mis-ma, dictará decreto en el que se contendrán las medi-das ejecutivas concretas que resulten procedentes,incluyendo el embargo de bienes, y las medidas delocalización y averiguación de los bienes del ejecutadoque procedan, conforme a lo previsto en los artículos589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pagoque deba hacerse al deudor en casos que lo establez-ca la ley; dictándose de oficio las resoluciones perti-nentes conforme al art. 237 LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demásde general y pertinente aplicación,

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B.O. DE CÁCERES Página 21Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretassolicitadas, acuerdo:

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órga-no judicial para la averiguación de bienes del ejecuta-do.

- Requerir de pago a MURIEL EXPRESS, S.L., porla cantidad reclamada en concepto de principal eintereses devengados, en su caso, hasta la fecha dela demanda, y, si no pagase en el acto, procédase alembargo de sus bienes en la medida suficiente pararesponder por la cantidad por la que se ha despachadoejecución más las costas de ésta, librándose al efecto.

- Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberáinterponerse ante el presente órgano judicial en elplazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notifica-ción de la misma con expresión de la infracción come-tida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador obeneficiario de régimen público de la Seguridad Socialdeberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta nº abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, de-biendo indicar en el campo concepto, la indicaciónrecurso seguida del código «31 Social- Revisión». Siel ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio con la indicación «recurso» seguida del «có-digo 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagosen la misma cuenta deberá especificar un ingreso porcada concepto, incluso si obedecen a otros recursosde la misma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida uti-lizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aMURIEL EXPRESS, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a dieciséis de abril de dos mil doce.-La Secretaria Judicial, David Méndez Calvo.

2346

CÁCERES

EDICTO

D.ª DAVID MÉNDEZ CALVO, SECRETARIO JUDICIALDEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 002 DE CÁCE-RES.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES N.º 86/2010 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de ALEJAN-DRO CABRERA CAVA, contra la empresa CANAVEIRASSL, DEMOLICIONES XUNCAL, S.L., UTE GEVORAEXTRACO Y FOGASA, sobre ORDINARIO, se ha dicta-do la siguiente resolución, que es del tenor literalsiguiente.

D E C R E T O Nº 124/12

Secretario/a Judicial D/Dª DAVID MÉNDEZ CALVO.

En CÁCERES, a diecisiete de Abril de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por ALEJANDRO CABRERA CAVA sepresentó demanda de ejecución de la Sentencia nº127/10, en reclamación de la cantidad de por importede 2.937,35 euros en concepto de principal, más otros469,95 euros que se fijan provisionalmente en concep-to de intereses que, en su caso, puedan devengarsedurante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuiciode su posterior liquidación, frente a CANAVEIRAS SL,DEMOLICIONES XUNCAL SL. Y UTE GEVORAEXTRACO.

SEGUNDO.- Del examen de las actuaciones seobserva la completa satisfacción del ejecutante en elimporte de la condena fijada en sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En virtud de lo establecido en el art. 570 dela LEC la ejecución forzosa sólo terminará con lacompleta satisfacción del ejecutante.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Tener por terminado el presente proce-dimiento de ejecución seguido a instancia de ALEJAN-DRO CABRERA CAVA y archivar la presente ejecución,dándose de baja en el registro informático de esteServicio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse re-curso de revisión ante quien dicta esta resoluciónmediante escrito que deberá expresar la infracción

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B.O. DE CÁCERESPágina 22 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

cometida a juicio del recurrente, en el plazo de CINCODÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condiciónde trabajador o beneficiario de régimen público de laSeguridad Social deberá hacer un depósito para recu-rrir de 25 euros en la del ESPAÑOL DE CRÉDITO,debiendo indicar en el campo concepto, la indicaciónrecurso seguida del código «31 Social- Revisión». Siel ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio con la indicación «recurso» seguida del «có-digo 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagosen la misma cuenta deberá especificar un ingreso porcada concepto, incluso si obedecen a otros recursosde la misma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida uti-lizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aCANAVEIRAS S.L. Y UTE GEVORA-EXTRACO, en igno-rado paradero, expido la presente para su inserción enel Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a diecisiete de abril de dos mil doce.-El Secretario Judicial, David Méndez Calvo.

2359

JUZGADOS

CÁCERES

JUICIO DE FALTAS N.º 181/2011 del Juzgado dePrimera Instancia n.º 5.

Edicto

Que en virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamien-to Civil, por el presente se notifica a IGNACIO HERNAN-DEZ MAQUIRRIAIN, MARIA EULALIA GARCÍA ROME-RO la sentencia cuyo fallo dice literalmente: «Que deboAbsolver Libremente a MARIA EULALIA GARCÍA RO-MERO E IGNACIO HERNANDEZ MAQUIRRIAIN de lafalta de HURTO por la que habían sido denunciados,con declaración de las costas de oficio. Notifíquese lapresente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal,indicando que contra ella cabe recurso de APELACIONante la Audiencia Provincial de Cáceres en el plazo de

CINCO días a partir del siguiente a su notificación quedeberá formalizarse en este Juzgado mediante escritoen el que se expondrán, ordenadamente, las alegacio-nes sobre quebrantamiento de las formas y garantíasprocesales, error en la apreciación de las pruebas oinfracción de precepto constitucional o legal en el quese base la impugnación.

En CACERES a 11 de Abril de 2012.- EL/LA SECRE-TARIO/A JUDICIAL.

2348

CÁCERES

Edicto

DONA MARIA CATALINA CORTES PAREDES SE-CRETARIA DEL SERVICIO COMUN DE ORDENACIONDEL PROCEDIMIENTO CIVIL DE CACERES.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de 1.ª Instanciae Instrucción n.º 3 de Cáceres se sigue el procedimien-to EXPEDIENTE DE DOMINIO. DE INMATRICULACIONN.º 180/12 a instancias de CATALINA POLO BAZAGA YDÑA. ANA MARIA GARCÍA POLO, representados por ELPROCURADOR DON PABLO GUTIÉRREZ FER-NÁNDEZ, expediente de dominio para la inmatriculaciónde la siguiente finca:

«URBANA: Finca sita en la calle Horno, número 13,en término de Torrequemada, que ocupa una superfi-cie solar de ochenta y siete metros cuadrados y cons-truida en dos plantas de ciento seis metros cuadrados;que linda: con la finca en calle Horno número 15,propiedad de Doña Isidra Bazaga Fernández; con lafinca en calle Horno número 11, propiedad de DonFrancisco Jiménez Rodrigo; y con la finca en calleCuesta número 20, propiedad de Doña FranciscaBlázquez Barras; con referencia catastral: 9512819QD369150002QB.

Por el presente y en virtud de lo acordado enresolución de esta fecha se convoca IGNORADOSHEREDEROS DE D. ALFONSO MATEOS NEVADO YD.ª FRANCISCA NEVADO PULIDO como personas dequien procede la finca; Y a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada,para que en el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan comparecer en elexpediente alegando lo que a su derecho convenga.

En CACERES a diez de Abril de dos mil doce.- LASECRETARIA JUDICIAL.

2303

CÁCERES

Edicto

D.ª MARIA CATALINA COMÚN DE ORDENACIÓNDEL PROCEDIMIENTO CIVIL EN CACERES

Page 23: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERES Página 23Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

HAGO SABER:

Que en este Juzgado de Primera Instancia e Ins-trucción n.º 5 de Cáceres y con el n.º 81 /2012 se siguea instancias de D. JOSE MARIA RUFO ROMERO, expe-diente para la declaración de ausencia de D. ANDRESRUFO ROMERO natural de CACERES con último do-micilio conocido en C/. Caleros n.º 51 de Cáceres,nacido el día 26 de Agosto de 1946, hijo de JUAN RUFOFERNÁNDEZ y de MARIA ROMERO ROMERO, de es-tado civil soltero y de profesión no conocida, quien seausentó de su último domicilio no teniéndose noticiasde él desde hace alrededor de 37 años, ignorándosesu paradero. Lo que se hace público para que los quetengan noticias del desaparecido puedan ponerlas enconocimiento en el Juzgado.

Dado en Cáceres a dieciséis de marzo de dos mildoce.- LA SECRETARIA.

2370

JUNTA DE EXTREMADURA

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESAE INNOVACIÓN

SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIALDE CÁCERES

ANUNCIO

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial deCáceres, de la Consejería de Empleo, Empresa eInnovación, sobre Autorización Administrativa de insta-lación eléctrica, AT-0047-1.

Visto el expediente iniciado en este Servicio deOrdenación Industrial de Cáceres a petición de IBER-DROLA DIST. ELÉCTR., S.A., con domicilio C/ PERIO-DISTAS SÁNCHEZ ASENSIO, 1, CÁCERES, solicitan-do autorización administrativa para el establecimiento

LÍNEA ELÉCTRICA:ORIGEN: APOYO NÚM. 15 DE LA LÍNEA AÉREA DE

M.T. 13,2 KV JERTE.FINAL: TERMINALES PROYECTADOS EN CT AL-

DEHUELA.TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS: ALDE-

HUELA DEL JERTE.TIPO LÍNEA: SUBTERRÁNEA.TENSIÓN DE SERVICIO EN KV: 20.LONGITUD TOTAL EN KMS: 0,242.EMPLAZAMIENTO DE LA LÍNEA: CAMINO CUESTA

DEL RÍO (ALDEHUELA DEL JERTE).

ESTACIÓN TRANSFORMADORA:TIPO: CASETA EXISTENTE.NÚM. TRANSFORMADORES: 1.POTENCIA PARCIAL: 630.POTENCIA TOTAL en kvas: 630.EMPLAZAMIENTO: CAMINO CUESTA DEL RÍO.TÉRMINO MUNICIPAL: Aldehuela del Jerte.

CALLE O PARAJE: C/ HORNO (PROXIMIDADES).FINALIDAD: MEJORA DE LA CALIDAD DEL SUMI-

NISTRO ELÉCTRICO.

Referencia del expediente: 10/AT-0047-1

A los efectos prevenidos en el Ley 54/1997, de 27de noviembre del Sector Eléctrico y artículo 125 delReal Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el quese regulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de au-torización de instalaciones de energía eléctrica, sesomete al trámite de información pública la petición deautorización administrativa, para que pueda ser exami-nado el expediente en este Servicio sito en Avda. Primode Rivera, 2 ( Edificio Múltiple, 3ra. planta) en Cáceres,y formularse las reclamaciones oportunas en el plazode VEINTE DÍAS contados a partir del siguiente al de lapublicación de este anuncio.

Cáceres, 6 de marzo de 2012.- El Jefe de Serviciode Ordenación Industrial de Cáceres, Fernando MijaresÁlvarez.

1510

DIPUTACIÓN PROVINCIAL

ÁREA DE RECURSOS HUMANOS

A N U N C I O

El Ilmo. Sr. Presidente de esta Excma. DiputaciónProvincial D. Laureano león Rodríguez con fecha 20/04/12, ha resuelto se lleve a efecto la siguiente

R E S O L U C I Ó N

Publicada en el B.O.P. de fecha 14-03-2012 laconvocatoria para la provisión de puestos para laejecución del Proyecto Isla 2013.

Visto el escrito de 27 de marzo del presente añoremitido por el Director del Área de Desarrollo Local yFormación, por el que solicita modificar las Bases dedicho procedimiento selectivo, al haberse detectadoalgunos errores, solicitando asimismo una amplia-ción del plazo de presentación de solicitudes en diezdías hábiles.

Negociadas las modificaciones de dichas Basesen la Mesa de Negociación de Empleados Públicos, ensesión de 2 de abril del presente año.

De conformidad con el informe de la AsesoríaJurídica de fecha 19 de enero de 2009, y teniendo encuenta lo dispuesto en los artículos 63 y siguientes dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Considerando la doctrina del Tribunal Supremo,establecida entre otras en Sentencia de 16-07-82 (RJ1982/5442), para que en un proceso selectivo laAdministración no pueda volver sobre sus propios

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B.O. DE CÁCERESPágina 24 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

actos es preciso que los mismos hayan originado, nouna expectativa de derecho, sino un auténtico derecho,que sólo surge cuando la Corporación Local ha apro-bado la lista provisional de admitidos. En el presentecaso no ha sido aprobada ni publicada la relación deadmitidos y excluidos, ni se ha nombrado a los miem-bros del Tribunal de Selección. Por lo tanto, con unamodificación parcial de la convocatoria no se restringi-ría ni vulneraría ningún derecho ya adquirido por losaspirantes, de modo que la Administración puedeefectuarla sin sujetarse a los procedimientos de revi-sión de actos declarativos de derechos previstos enlos artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26de noviembre.

Por las consideraciones expuestas, y vista lapropuesta de la Dirección del Área de Recursos Huma-nos, esta Presidencia resuelve:

1.-Modificar parcialmente las Bases de la convoca-toria mencionada, sin que ello suponga retroacción delprocedimiento selectivo y conservándose todos losactos y trámites de la misma ya efectuados, de confor-midad con lo dispuesto en los artículos 64.2 y 66 de laLey 30/1992.

2.-Será publicada en el B.O.P. la nueva redacciónde las Bases, que se adjuntan como anexo a estaResolución, con apertura de un nuevo plazo de presen-tación de instancias (diez días hábiles a partir delsiguiente al de su publicación), si bien los aspirantesque presentaron su solicitud en el plazo anterior, po-drán durante el nuevo plazo aportar otros méritos ydocumentación susceptible de valoración por el Tribu-nal, manteniéndose en cualquier caso la validez de lassolicitudes ya presentadas en tiempo y forma.

El presente acto es definitivo en vía administrativay frente al mismo cabe interponer, en el plazo de dosmeses a partir de su publicación o recepción de sucomunicación, recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de laciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en lostérminos comprendidos en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recurso de reposición anteesta Presidencia, en el plazo de un mes a partir de sunotificación; todo ello sin perjuicio de la interposiciónde cualquier otro que se estime oportuno.

ANEXO. BASES DE LA CONVOCATORIA

BASES PARA LA PROVISIÓN DE VARIOS PUES-TOS DE TRABAJO PARA LA EJECUCIÓN DEL PRO-YECTO INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL 2013 (ISLA2013)

Base 1ª.- Objeto de la convocatoria:Es objeto de la presente convocatoria la provisión,

mediante el sistema de concurso-oposición libre, devarios puestos de trabajo para el proyecto ISLA 2013,cofinanciado al 80% por el Fondo Social Europeo.

a.- Los puestos de trabajo que se ofertan tienen ladenominación de:

1 Técnico/a en Gestión y Administración4 Técnicos/as Superiores en Formación

1 Técnico/a de Inclusión4 Técnicos/as Superiores en Orientación1 Técnico/a Superior en Dinamización Empresa-

rial.1 Técnico/a Superior en Informática.3 Auxiliares de Apoyo a Proyectos.

b.- Las características son las siguientes:

Puesto (Código):Técnico/a en Gestión y Adminis-tración

Titulación requerida para el acceso al puesto:Diplomatura en Ciencias Empresariales, Gestión

y Administración Pública o primer ciclo de Licenciaturaen Derecho, Economía, Administración y Dirección deEmpresas, o equivalente.

Otros méritos valorables: Experiencia en gestiónde proyectos.

Formación en procedimiento administrativo, ges-tión de proyectos, contratación administrativa.

Conocimientos, planificación y ejecución de pro-yectos en el ámbito local.

Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo).Retribuciones: 1.745 eurosFunciones y Tareas: Será la persona encargada de

la gestión administrativa del proyecto. Se encargará delos procedimientos administrativos para la adquisi-ción de bienes y equipos que faciliten el desarrollo delas actuaciones del proyecto. Realizará las gestionesadministrativa, el contacto con proveedores, el controlpresupuestario del proyecto y las certificaciones eco-nómicas.

Puesto (Código):Técnicos/as Superiores en For-mación

Titulación requerida para el acceso al puesto: Li-cenciatura o Grado en Pedagogía, en Psicología,Psicopedagogía, Grado en Educación Social o Gradoen Magisterio.

Otros Méritos valorables: Experiencia en diseño deprogramas y proyectos formativos.

Experiencia en gestión de planes, programas yacciones formativas.

Conocimientos, planificación y ejecución de pro-yectos en el ámbito local.

Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo)Retribuciones: 1.850 eurosFunciones y Tareas: Estos técnicos/as se encarga-

rán de desarrollar, supervisar y realizar todas aquellasacciones que formen parte del proceso formativo apo-yando y asesorando metodológica y didácticamente alos/as formadores/as. Funciones: Planificar y coordi-nar el conjunto de las acciones formativas, coordinarel equipo de formadores/as, mantener contactos conlos agentes sociales relacionados con la formación,diseño de herramientas que faciliten el control de la

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B.O. DE CÁCERES Página 25Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

formación, diseño de los instrumentos de evaluaciónde la formación.

Puesto (Código) Técnico/a de inclusiónTitulación requerida para el acceso al puesto: Di-

plomatura o Grado en Educación Social o TrabajoSocial

Otros Méritos valorables: Experiencia en proyectoscontra la exclusión social.

Formación en Entrenamiento de Habilidades so-ciales.

Formación en trabajo en equipos.Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo)Retribuciones: 1.745 eurosFunciones y Tareas: Este técnico/a se coordinará

con el equipo de orientación, formación para la deriva-ción de usuarios a servicios especializados eimpartición de formación complementaria en habilida-des sociales y de inclusión social.Funciones: Diseñode estrategias de promoción personal y de interven-ción grupal. Diagnostico, valoración y acompañamien-to social.

Puesto (Código):Técnicos/as Superiores enOrientación

Titulación requerida para el acceso al puesto: Li-cenciatura o Grado en Psicología, en Pedagogía,Psicopedagogía o Grado en Educación Social.

Otros Méritos valorables: Experiencia y/o formaciónen orientación laboral, intermediación laboral.

Experiencia en proyectos de asesoramiento y crea-ción de empresasFormación y experiencia en Desa-rrollo Local.

Experiencia en programas de formación para elempleo

Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato: 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo)Retribuciones: 1.850 eurosFunciones y Tareas: Serán los encargados/as de

difundir el proyecto entre las personas beneficiarias,así como de la captación y derivación de las mismashacia las acciones de formación del proyecto. A lo largode la etapa de formación, se encargarán de realizaracciones de tutoría para facilitar la inserción profesio-nal de las personas beneficiarias. Asimismo, su pues-to de trabajo irá destinado a motivar a las personasdesempleadas en la creación de iniciativas de empleopor cuenta propia y en la formación dirigida alautoempleo y habilidades laborales. Funciones: Di-fundir y dar a conocer el Servicio de Orientación, poneren marcha este servicio y realizar entrevistas, realizarlas tareas de orientación con los/as usuarios/as.Impartición de los contenidos de la formación comple-mentaria en autoempleo. Motivación, información yorientación en la creación de empresa. Asesoramien-to técnico personalizado

Puesto (Código):Técnico/a Superior enDinamización Empresarial.

Titulación requerida para el acceso al puesto. Li-cenciatura o Grado en Sociología o Grado en Educa-ción Social.

Otros Méritos valorables: Experiencia en Desarro-llo Local o Desarrollo Comunitario.

Formación en Gestión Empresarial y Autoempleo.Conocimientos, planificación y ejecución de pro-

yectos en el ámbito local.Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato: 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo)Retribuciones: 1.850 eurosFunciones y Tareas: Trabajará en la promoción de

la cooperación territorial utilizando técnicas de partici-pación, sensibilización y dinamización.Funciones: Iden-tificación de empresas para la práctica profesional yrealización de convenios para las mismas. Identifica-ción de las entidades y colectivos implicados en laformación y el empleo, organización de jornadas, se-minarios y otras herramientas de participación.Dinamizar el territorio y el tejido empresarial de la zona.

Puesto (Código):Técnico/a Superior en informá-tica

Titulación requerida para el acceso al puesto: Inge-niero/a Superior en Informática o Grado en IngenieríaInformática.

Otros Méritos valorables:Experiencia en gestión deredes de comunicaciones de proyectos.

Experiencia en gestión de plataformas de e-learning.Experiencia como docente online.Destino: CáceresDuración: Hasta la terminación del Proyecto.Tipo de contrato: 100 - contrato de trabajo indefini-

do (no fijo)Retribuciones: 1.850 eurosFunciones y Tareas: Es responsable de las herra-

mientas de gestión, de la instalación y mantenimientode los soportes tecnológicos y de las redes de comu-nicaciones del proyecto. Diseñará las actividadesformativas de alfabetización tecnológica para los be-neficiarios y las beneficiarias. Coordinará las herra-mientas de gestión y la participación social y empresa-rial del proyecto en las redes comarcales.Funciones:Diseño y tutorización de acciones formativas on-line,actualización y promoción de la web, de las accionesy de las redes de participación del proyecto; manteni-miento de la LAN y de las herramientas de gestión.Realización de productos multimedia; diseño y progra-mación de la plataforma de e-learning. Coordinaciónde redes de participación.

Puesto (Código):Auxiliar de apoyo al proyecto.Requisitos de acceso: Formación profesional en la

rama de administración o Graduado en ESO o equiva-lente.

Otros Méritos valorables: Apoyo a la gestión econó-mico-financiera del proyecto. Actualización de archivosy registros. Control de material. Realización de expe-dientes de procedimiento de compra.

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Tipo de contrato: 100 - contrato de trabajo indefini-do (no fijo).

Retribuciones: 995,90 euros.Destino: Cáceres.Duración: Hasta la terminación del Proyecto.Funciones y Tareas: Se encargarán de apoyar al

personal técnico del proyecto en el desarrollo de sustareas.

Funciones: Registro de personal. Responsabledel procedimiento de compras, apoyo a la gestióneconómico-administrativa del proyecto tramitación yregistro de solicitudes, registro de la certificación de laformación.

c.- Regulación jurídica:La Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado

Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases delRégimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundidode las Disposiciones Legales Vigentes en materia deRégimen Local y demás normativa de general aplica-ción, el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey del Estatuto de los Trabajadores, El Real Decreto2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarro-lla el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores en materiade contratos de duración determinada, el ConvenioColectivo por el que se regulan las relaciones detrabajo entre los trabajadores de la Excma. Diputaciónde Cáceres y la misma, el Decreto Legislativo 1/1990,de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley de la Función Pública de Extremadura, elDecreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del perso-nal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extrema-dura y, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, porel que se aprueba el Reglamento General de Ingresodel personal al servicio de la Administración del Estadoy Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profe-sional de los Funcionarios Civiles de la Administracióndel Estado.

Base 2ª.- Condiciones de los aspirantesPara tomar parte en la convocatoria será necesario

reunir los siguientes requisitos:a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier

otro Estado miembro de la Unión Europea, o nacionalde algún Estado en el que en virtud de los Tratadosinternacionales celebrados por la Unión Europea yratificados por España sea de aplicación la libre circu-lación de trabajadores/as.

También podrán participar, cualquiera que sea sunacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as yde los/las nacionales de otros Estados Miembros dela Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyu-ge siempre que no estén separados/as de derecho,sean menores de 21 años o mayores de dicha edaddependientes.

Y los/las extranjeros/as extracomunitarios que re-siden legalmente en España.

b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del titulo exigido para elacceso en la Base 1ª.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas.

e) No haber sido separado/a mediante expedientedisciplinario del servicio de cualquiera de las Adminis-traciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para elejercicio de empleos o cargos públicos mediantesentencia firme.

Estos requisitos habrán de acreditarse una vezrealizada la selección.

Base 3ª.- Instancias y AdmisiónEn las instancias solicitando tomar parte en la

convocatorias los/las candidatos/as deberán hacerconstar nombres y apellidos, domicilio y número deldocumento nacional de identidad. Asimismo, deberánmanifestar expresamente que reúnen todas y cadauna de las condiciones exigidas en la Base 2ª, en lafecha que termine el plazo de presentación de instan-cias.

Las instancias, a las que se adjuntará fotocopia deltítulo exigido y de los méritos que concurran en losaspirantes, se dirigirán a la Presidencia de la Excma.Diputación de Cáceres y se presentarán en el RegistroGeneral de ésta, en horario de 9.00 a 14.00, sin perjui-cio de lo dispuesto en el artículo treinta y ocho de la Ley30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en el plazo de 10 días hábilesa partir del día siguiente al de la publicación en elBoletín Oficial de la Provincia (BOP), en la página weby en el tablón de anuncios de la Diputación.

No será necesaria la compulsa de los documentosque se presenten fotocopiados, bastando la declara-ción jurada del interesado sobre la autenticidad de losmismos, así como de los datos que figuran en lainstancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento,el Tribunal Calificador o los órganos competentes dela Excma. Diputación Provincial puedan requerir a losaspirantes que acrediten la veracidad de las circuns-tancias y documentos aportados y que hayan sidoobjeto de valoración.

Además de la documentación exigida deberá pre-sentarse, en la misma fecha:

- Curriculum vitae, según modelo.- Documentación acreditativa de los méritos que

se aleguen para su baremación.- Informe de vida laboral emitido por el INSS o

certificado de haberlo solicitado.Los méritos alegados por los solicitantes deberán

referirse siempre a fechas anteriores a la fecha definalización del plazo de presentación de instancia ydeberán acreditarse mediante la presentación de do-cumentos originales o copias y que estén unidas a lasolicitud. En ningún caso se valorarán méritos noalegados en la solicitud o no acreditadosdocumentalmente en plazo.

Expirado el plazo de presentación de instancias, elPresidente de la Excma. Diputación de Cáceres dictaráresolución, declarando aprobada la lista provisionalde aspirantes admitidos y excluidos. dicha resolución,

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que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia(BOP), la página web y en el Tablón de Edictos, se harápública la lista, concediéndose un plazo de diez díashábiles contados a partir de la publicación, a efectos desubsanación y reclamaciones que, de haberlas, seránaceptadas o rechazadas en la Resolución por la quese apruebe la lista definitiva que será hecha pública dela forma anteriormente expuesta.

Se presentará una instancia por cada puesto detrabajo al que se opte.

Base 4ª.- Tribunal CalificadorSe formarán 4 Tribunales calificadores, con res-

pecto a los principios del art. 60 de la Ley 7/2007 deEstatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal A se encargará del puesto de Técnico/a en Gestión y Administración.

El B será responsable del puesto de trabajo de«Técnico Superior en Informática.

El C se encargará de los puestos de trabajo de«Auxiliares de Apoyo a Proyectos».

El resto de los puestos serán calificados por elTribunal D.

La composición de todos los Tribunales será lasiguiente, concretándose por Resolución Presiden-cial las personas integrantes de cada uno de ellos:

- Presidente/a: Un/una empleado/a público/adesignado por la Presidencia de la Corporación.

- Vocales:- Un Empleado/a de la Junta de Extremadura.- Dos Empleados/as públicos/as de la Excma.

Diputación Provincial- Secretario/a: La Dirección del Área de RR.HH. o

funcionario/a en quien delegue.A la selección podrán asistir en calidad de obser-

vadores un representante de cada una de las Organi-zaciones Sindicales representativas de la DiputaciónProvincial de Cáceres.

Asimismo, se establece que el Tribunal Calificadorencargado de la selección podrá requerir la presenciade un Técnico asesor para que informe a la misma, quetendrá la consideración de Vocal.

Los/as vocales, el presidente/a, así como el secre-tario/a habrán de estar en posesión de titulación igualo superior a la exigida a los candidatos/as para parti-cipar en el procedimiento.

Para la válida constitución del Tribunal Calificadoren cada una de sus sesiones, bastará la asistencia demás de la mitad de sus miembros, titulares o suplen-tes, indistintamente, siendo indispensable la presen-cia del/la Presidente/a y Secretario/a del mismo.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudasque puedan presentarse y para adoptar las resolucio-nes, criterios o medidas necesarias para el buenorden del proceso selectivo, en aquellos aspectos noprevistos en estas bases.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse deformar parte del mismo, cuando concurran las circuns-tancias previstas en el artículo 28 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. También deberán

abstenerse los miembros del Tribunal que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes a prue-bas selectivas de acceso a plazas de la especialidadque se convoca de esta Diputación, en los cinco añosanteriores a la publicación de esta convocatoria. Los/las aspirantes podrán recusarlos cuando concurranestas circunstancias.

El día de la constitución del Tribunal, cada uno/a delos miembros del mismo, declarará formalmente si sehalla o no incurso en alguna de las circunstanciasacabadas de señalar.

Base 5º.- Actuación de los aspirantes y comienzo delos ejercicios

El orden de actuación de los/las aspirantes en losejercicios que no se puedan realizar conjuntamente,será por orden alfabético de apellidos y figurará en elanuncio por el que se haga pública la resoluciónaprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as yexcluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo de losejercicios. Dicha publicación se efectuará, con unaantelación de al menos cinco días hábiles de dichocomienzo en el B.O.P., en el Tablón de Anuncios de laDiputación y a través del portal web de la Excma.Diputación.

Una vez comenzados los ejercicios, los sucesivosanuncios de la celebración de los restantes y lascalificaciones obtenidas por los/las que hubieran su-perado los ejercicios ya realizados, se harán públicosen los locales donde se hayan celebrado las pruebasanteriores, y, en todo caso, en el Tablón de Anunciosde la Corporación, con veinticuatro horas de antelaciónal menos al comienzo de las mismas, si se trata delmismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas, si se tratade uno nuevo.

Desde la terminación de un ejercicio o pruebahasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir unplazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo decuarenta y cinco días.

Base 6ª.- Procedimiento de selecciónEl procedimiento selectivo consistirá en la realiza-

ción de dos fases:1. Fase de oposición. Constará de dos pruebas,

con un valor total de 20 puntos:A.1. Primera PruebaEscrita (máximo 12 puntos):Consistirá en un ejercicio tipo test relacionado con

las funciones a desarrollar. Este test tendrá unascincuenta cuestiones de respuesta múltiple que ver-sarán sobre el temario que aparece en el anexo.

La valoración de la prueba se hará según la fórmulaPuntuación Total: Aciertos-[Errores/(número de al-

ternativas de respuesta-1)]*0,24Cada 6 preguntas blancas se restará un punto a la

puntuación total.Está prueba tendrá carácter eliminatorio, de tal

forma que, pasarán a la siguiente prueba las 15 prime-ras puntuaciones por puesto de trabajo, siempre quehayan obtenido una puntuación mínima de 6 puntos.

A.2. Segunda PruebaPráctica (máximo 8 puntos):Se distingue según puestos de trabajo:

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1.- Personal de apoyo a proyectos: Consistirá en larealización, en el tiempo que el tribunal señale, de unoo varios ejercicios elegidos por el mismo tribunal, yrelacionados con los temas que se recogen en elanexo para dichos puestos.

2.- Resto de puestos de trabajo: Consistirá en unaprueba práctica de tipo oral, donde se desarrollaránuno o más supuestos prácticos elegidos por el tribunaly relacionados con los temas del puesto de trabajo,que se presentan en el anexo. La persona aspirantetendrá un tiempo de preparación previo de 40 minutos,y un tiempo máximo de exposición oral de 20 minutospara su desarrollo, sin perjuicio de que, por los miem-bros del tribunal puedan realizarse cuantas preguntasse estimen oportunas.

Está prueba tendrá carácter eliminatorio y se supe-rará con una puntuación mínima de 4 puntos.

2. Fase de concurso. El baremo que se aplicaráserá el siguiente:

Titulación:- Por estar en posesión de otro título universitario

distinto al exigido en las bases, y relacionado con elpuesto de trabajo a la que se presenta: 1 punto.

Valoración de servicios prestados:- Por servicios prestados en la Excma. Diputación

Provincial de Cáceres o en sus Organismos Autóno-mos, en otras Administraciones Públicas en puestoigual al que se convoca o en puestos con funcionessustancialmente coincidentes o análogas en su con-tenido profesional y en su nivel técnico, aunque tengandistinta denominación: 0,10 puntos por mes completo,hasta un máximo de 4 puntos.

- Por servicios prestados en la empresa privada enpuesto igual al que se convoca o en puestos confunciones sustancialmente coincidentes o análogasen su contenido profesional y en su nivel técnico,aunque tengan distinta denominación: 0,03 puntos pormes completo, hasta un máximo de 1 punto.

Este extremo se acreditará mediante la correspon-diente certificación de cotizaciones efectuadas a laSeguridad Social más aquellos documentos, contra-tos, certificaciones de empresa o Administración Pú-blica, nóminas, etc., en que se especifiquen la catego-ría del puesto desempeñado. No se podrán valorarservicios simultáneos. En el caso de que este hechosuceda, se valorarán los servicios que más beneficiena los interesados

Cursos:- Por impartir o asistir a cursos organizados por

centros de carácter público o cursos que estén finan-ciados con fondos públicos o cursos realizados encentros privados para lo cual el interesado haya sidoautorizado, por cualquier Administración Pública y re-lacionados con el puesto de trabajo que se provee, asícomo cursos que potencien las habilidades socialesy recursos humanos, hasta un máximo de 4 puntos:

• Por asistencia:A cursos realizados de hasta 10 horas: 0,02 puntos

por curso.Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada

uno de los demás cursos presentados por los aspiran-

tes., estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con10 horas.

Aquellos cursos que no especifiquen número dehoras se valorarán con 0,02 puntos.

a. Por impartición:Cursos de hasta 10 horas: 0,03 puntos por curso.Se valorarán con 0,05 puntos cada crédito de cada

uno de los demás cursos impartidos por los aspiran-tes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con10 horas.

Aquellos cursos que no especifiquen número dehoras se valorarán con 0,03 puntos.

A estos efectos se considerarán cursos los congre-sos, jornadas y otras acciones formativas similares.

Base 7ª.- Calificación Definitiva, Relaciones deaprobados y Presentación de documentos.

Terminada la calificación de los/as aspirantes, elTribunal publicará en el lugar de celebración del últimoejercicio y en todo caso en el Tablón de Anuncios de laCorporación, relación de opositores/as con la califica-ción final, sumadas las fases de oposición y concurso.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que hansuperado las pruebas un número mayor de aspirantesque los puestos de trabajo convocados.

En el supuesto de producirse empates se atenderáprimero a la mayor puntuación obtenida en la fase deoposición y si persiste algún empate se resolveráatendiendo a la mayor antigüedad en la prestación deservicios en la Diputación Provincial de Cáceres, ensus Organismos Autónomos, en otras Administracio-nes Públicas y a la mayor edad del/de la aspirante;observándose el orden de preferencia de la enumera-ción que antecede.

Si se produce renuncia del/de la aspirante selec-cionado/a antes de su contratación, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección,relación complementaria del/de la aspirante que sigaal propuesto/a para su posible contratación.

Se propondrá al Presidente de la Excma. Diputa-ción de Cáceres la formalización del contrato del/de loscandidato/s o candidata/s aprobados por el Tribunal.

Tras la publicación del resultado de este procesode selección las personas seleccionadas dispondránde un plazo de 5 días hábiles a partir del siguiente alde la publicación de la propuesta de contratación, parapresentar en el Registro de Entrada de la DiputaciónProvincial los documentos justificativos que, para to-mar parte en el proceso selectivo se exigen en la basesegunda de la convocatoria así como todos los méritosvalorados por el Tribunal. Todos los documentos sepresentarán debidamente compulsados.

Si dentro del plazo indicado, salvo en los casos defuerza mayor, no presentase la documentación, nopodrá ser contratado/a quedando anuladas todas susactuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad enque hubiera podido incurrir por falsedad en la instanciaen que solicitó tomar parte en la convocatoria.

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Concluido el proceso selectivo quien/nes lo hubie-ra/n superado será/n contratado/a/s como personallaboral.

Base 8ª.- Formalización y vigencia del contrato.Una vez formalizado el contrato y efectuada el alta

en la Seguridad Social , el personal que se contratedesempeñará su trabajo mientras se consideren ne-cesarias las funciones para las que hayan sido contra-tados y, además , exista crédito dentro del Proyecto alque sea asignado.

Base 9ª.- Protección de datos.Por el solo hecho de su participación en el proceso

selectivo, los/las aspirantes prestan su consentimien-to para que los datos de carácter personal facilitadospor ellos/as sean incorporados al fichero automatiza-do «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo» (descritoen la Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOPn° 110 de 8 de junio de 2007), una de cuyas finalidadeses la gestión de los procesos de selección de los/lascandidatos/as que pretendan acceder a puestos detrabajo vacantes, pudiendo ser utilizados asimismodichos datos por el Área de Recursos Humanos paragestionar y publicar la Bolsa de Trabajo Temporal queen su caso genere la convocatoria, salvo que los/lasaspirantes indiquen expresamente no querer que di-cha información se utilice a tales efectos.

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, comoresponsable del fichero mencionado, garantiza el ple-no cumplimiento de la normativa de protección dedatos de carácter personal, y así, de acuerdo con la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el/la aspiranteen el presente procedimiento de selección quedainformado/a y presta su consentimiento para el trata-miento de los datos de carácter personal facilitados. El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos decarácter personal los derechos de acceso, rectifica-ción, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgá-nica citada, mediante escrito dirigido al Área de Recur-sos Humanos de esta Institución Provincial, sita enPlaza de Santa María, s/n. 10071-Cáceres. Asimismo,a efectos de gestión del proceso de selección para elque el/la aspirante ha autorizado la utilización de susdatos, éstos podrán ser comunicados a terceros, conla única finalidad del desarrollo del proceso selectivocorrespondiente.

Base 10ª.- Incidencias.En el supuesto de producirse vacantes de estas

plazas, se cubrirán temporalmente teniendo en cuentael orden de puntuación obtenido en la presente convo-catoria.

La bolsa de trabajo que se constituya, anulará lasanteriores de esta categoría y tendrá vigencia hastaque se produzca una nueva convocatoria, la cual, unavez finalizada, dará lugar a una nueva bolsa. Todo elloconforme a lo establecido en el párrafo anterior, y deacuerdo con las normas aprobadas al respecto (Acuer-do Regulador de las Bolsas de Trabajo Temporalsuscrito con fecha 5 de octubre de 2005, entre esta

Diputación Provincial y las Organizaciones Sindicalesrepresentativas así como acuerdos de desarrollo delmismo o bien normas que sustituyan a las anteriores).

La presente convocatoria, en sus bases y cuantosactos administrativos se deriven de la misma y de lasactuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por losinteresados en los casos y en la forma establecidos enla Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudasque puedan presentarse, y adoptar resoluciones, cri-terios o medidas necesarias para el buen orden delconcurso-oposición en aquellos aspectos no previs-tos en estas bases.

Para lo no previsto en la presente convocatoria seráde aplicación: la Ley 7/2007, la Ley 7/1.985, de 2 de Abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local; el RealDecreto Legislativo 781/1.986, de 18 de Abril, por el quese aprueba el texto refundido de las disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local; el RealDecreto 896/1.991, de 7 de Junio, por el que se estable-cen las reglas básicas y los programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección de losfuncionarios de Administración Local; el Decreto 201/1.995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba elReglamento General de ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración de la Comunidad Autónoma deExtremadura; el Real Decreto 364/1.995, de 10 de mar-zo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Traba-jo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado; y demásnormas concordantes de general aplicación.

ANEXO

Temario orientativo para el puesto de trabajo de

1. Técnico/a en Gestión y Administración

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

2. La Contratación Pública. II. Procedimientos decontratación y adjudicación. III. Garantías y Responsa-bilidad en la contratación. IV. Ejecución, modificacióny suspensión. V. Revisión de Precios. VI. Invalidez yExtinción.

3. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

4. El Presupuesto de las Entidades Locales: prin-cipios, integración y documentos de que consta. II.Fases de gestión de presupuesto de gastos. III. Obli-gaciones de Facturación.

5. La contabilidad pública. Concepto y clases. Ideageneral de las principales cuentas: documentos de gas-to, documentos de ingresos, documentos de tesorería.

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B.O. DE CÁCERESPágina 30 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

6. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al Fondo Social Europeo.

7. La Estrategia Europa 2020: objetivos principa-les y directrices.

8. La planificación estratégica en las Administra-ciones Públicas: Planes, Programas y Proyectos. II.Diseño y gestión de Proyectos. III. Ejecución de proyec-tos. IV. Fase de Evaluación.

9. La Formación para el Empleo en Extremadura.10. Proyecto de Inserción Social y Laboral 2013.

1. Técnico/a Superior en Formación

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

2. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

3. Contratación Pública: Procedimientos de con-tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión. III. Invalidez y Extinción.

4. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales. III. La Estrate-gia Europa 2020: objetivos principales y directrices.

5. La planificación estratégica en las Administra-ciones Públicas: Planes, Programas y Proyectos. II.Diseño y gestión de Proyectos. III. Ejecución de proyec-tos. IV. Fase de Evaluación.

6. La ley de Cualificaciones y de la FormaciónProfesional. II.El Sistema Nacional de Cualificacionesy de la Formación Profesional. III. El Catálogo Nacionalde Cualificaciones Profesionales. IV. Los Certificadosde Profesionalidad. V. El reconocimiento, evaluación yacreditación de competencias. VI. La Formación parael Empleo en Extremadura.

7. La programación de los procesos de forma-ción. II. La programación por competencias

8. Modalidades de formación: Presencial, b-learnigy e-learning. II.

9. La evaluación de acciones y programas deformación. La detección de necesidades de formación

10. Proyecto de Inserción Social y Laboral 2013.

A) Técnico/a de Inclusión

- El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

- Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

- .Contratación Pública: Procedimientos de con-tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión. III. Invalidez y Extinción.

- La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al Fondo Social Europeo. III. La Estrategia Europa2020: objetivos principales y directrices.

- La exclusión social y marginación: causas yfactores relacionados. II. Programas de actuación con-

tra la exclusión.- Los procesos de mediación. Conceptos, fases

y características. II. Conceptos básicos relacionadoscon el conflicto y la violencia. III. Entrenamiento dehabilidades sociales. IV. Los programas de pensa-miento prosocial

- Igualdad de género: marco jurídico de la Igual-dad de Género. II. Políticas de igualdad estatales yautonómicas.

- Salud Comunitaria. II. Prevención. III. Diseño yEvaluación de programas de intervención. IV. LaDrogodependencia: concepto y factores que influyenen las drogodependencias. V. Programas de preven-ción.

- La Formación para el Empleo en Extremadura.- Proyecto de Inserción Social y Laboral 2013.

1. Técnico/a Superior en Orientación

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

2. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

3. Contratación Pública: Procedimientos de con-tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión. III. Invalidez y Extinción.

4. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al Fondo Social Europeo. III. La Estrategia Europa2020: objetivos principales y directrices.

5. Mejora de la calidad de vida, creación de empleoy cohesión económica y social en el ámbito local:preferentemente en el ámbito de las personas depen-dientes.

6. Normativa actual en materia de Dependencia7. La ley de Cualificaciones y de la Formación

Profesional. II. El Sistema Nacional de Cualificacionesy de la Formación Profesional. III. El Catálogo Nacionalde Cualificaciones Profesionales. IV. Los Certificadosde Profesionalidad. V. El reconocimiento, evaluación yacreditación de competencias.

8. La entrevista: objetivo de la entrevista. II. Tiposde entrevistas. III. Técnicas para realizar la entrevista.IV. El informe escrito como instrumento de recogida deinformación. V. Características, estructura y objetivos.

9. Normativa, legislación y ayudas al empleo y elautoempleo en Extremadura. II. La Formación para elEmpleo en Extremadura

10. Proyecto de Inserción Social y Laboral 2013

- Técnico Superior en Dinamización Empresa-rial.

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

2. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

3. Contratación Pública: Procedimientos de con-

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B.O. DE CÁCERES Página 31Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión. III. Invalidez y Extinción.

4. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al Fondo Social Europeo. III. La Estrategia Europa2020: objetivos principales y directrices.

5. Normativa actual en materia de Dependencia. II.Mejora de la calidad de vida, creación de empleo ycohesión económica y social en el ámbito local, prefe-rentemente en el ámbito de las personas dependien-tes.

6. Normativa, legislación y ayudas al empleo y elautoempleo en Extremadura

7. La planificación estratégica en las Administra-ciones Públicas: Planes, Programas y Proyectos. II.Diseño y gestión de Proyectos: enfoque de marcológico y otras tecnologías sociales. III. Ejecución deproyectos. IV. Fase de Evaluación. V. La InvestigaciónEvaluativa

8. Modelos, métodos y técnicas de la investiga-ción social

9. La Animación Sociocultural: concepto de Ani-mación Sociocultural, objetivos y funciones. II Técnicasparticipativas de dinamización social. III. Concepto degrupo. IV. Técnicas de grupo. V. Técnicas dedinamización grupal para el trabajo cooperativo.

10. Proyecto de Inserción Social y Laboral 2013

1. Técnico/a Superior en informática.

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Fases del Procedimiento Administra-tivo. III. El silencio administrativo.

2. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

3. Contratación Pública: Procedimientos de con-tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión. III. Invalidez y Extinción.

4. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al Fondo Social Europeo.

5. Programación y gestión de Bases de datos:Bases PostgreSQL y MySQL. II. Lenguaje de definicióny manipulación de datos. III. Administración de BasesDatos (copias de seguridad, permisos, recuperación).

6. Desarrollo de aplicaciones web. II. PHP 5. III.Servicios Web: PHP (elaboración y consumo). IV. HTML,CSS, XML y JavasScritp.

7. Administración de sistemas Linux: Apache, SMB,FTP, LDAP, automatización de servicios.

8. Administración de sistemas Windows: ActiveDirectory, Usuarios, Grupos y Permisos y GPO, Servi-dores de impresión y actualización.

9. Administración y Gestión de Redes: Redes LAN.II. Arquitecturas distribuidas: Protocolo TCP/IP. III:Direccionamiento Internet y direccionamiento IP.

10. Plataformas de formación online: moodle. II.Diseño y tutorización de acciones formativas online. III.Actualización y Promoción Web.

7. Auxiliares de Apoyo a Proyectos.

1. El Procedimiento Administrativo Común: con-cepto y clases. II. Idea general sobre las Fases delProcedimiento Administrativo.

2. Contratación Pública: Procedimientos de con-tratación y adjudicación. II. Ejecución, modificación ysuspensión.

3. Personal Laboral al Servicio de las Administra-ciones Públicas. II. Derechos y Deberes de los Em-pleados Públicos.

4. El Presupuesto de las Entidades Locales: prin-cipios, integración y documentos de que consta. II.Fases de gestión del presupuesto de gastos.

5. Subvenciones: concepto, ámbito de aplicación,régimen jurídico, procedimientos de concesión, justi-ficación y pago.

6. Registro General de Entrada y Salida de docu-mentos. II. Requisitos en la Presentación deDocumentos.III. Clases de documentos administrati-vos. IV. Archivo de expedientes y documentación

7. Ofimática: OpenOffice Writer, Calc y Base. II.Internet. III. El correo electrónico.

8. La Unión Europea: objetivos de la UE y funcio-namiento. II. Los Fondos Estructurales: especial aten-ción al FSE y al FEDER.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres, 20 de abril de 2012.- El Secretario, Augus-to Cordero Ceballos.

2449

ANUNCIO

Aprobada inicialmente por el Pleno de esta Excma.Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebradael día 29 de marzo de 2012, la modificación de laordenanza fiscal reguladora de la Tasa por enseñan-za en las Escuelas de Danza de Cáceres y Plasencia,Escuelas de Bellas Artes «Eulogio Blasco y «RodrigoAlemán» y Conservatorio de Música «García Matos»,dependientes de esta Excma. Diputación Provincial,en el Negociado de Rentas y Exacciones de estaDiputación y a efectos de lo dispuesto en los artículos111 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local y 17 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de Marzo, se expone a infor-mación pública y audiencia a los interesados, duranteun periodo de TREINTA días a partir de la fecha de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia, para la presentación de reclamacio-nes y sugerencias.

En el caso de que en dicho plazo no hubieseninguna reclamación o sugerencia, se entenderá apro-bada definitivamente dicha ordenanza.

Cáceres, 16 de Abril de 2012.- EL SECRETARIO,Augusto Cordero Ceballos.

2407

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B.O. DE CÁCERESPágina 32 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ALCALDÍASCÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 dela Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributa-ria, y habiéndose intentado la notificación en los términosestablecidos en la citada disposición, se requiere a D.MARÍA F. MANZANERO QUELART (N.I.F.: 09183287P), orepresentantes legales, a efectos de notificar la Resolu-ción del Expediente de Compensación número TSR-CTR-0019-2012. Dicho expediente se encuentra en lasdependencias de la Tesorería Municipal. Si transcurridos15 días naturales a contar desde el siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia no compareciese el interesado o su repre-sentante en el expediente, éste se entenderá notificadoa todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2384

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, serequiere a NUEVO MILENIO (C.I.F.: B10280121), orepresentantes legales, a efectos de notificar la Reso-lución del Expediente de Compensación número TSR-CTR-0028-2012. Dicho expediente se encuentra enlas dependencias de la Tesorería Municipal. Si trans-curridos 15 días naturales a contar desde el siguienteal de la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia no compareciese el interesadoo su representante en el expediente, éste se entenderánotificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2385

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, se re-quiere a D. JULIO GARCÍA FRADES (N.I.F.: 72442344A),o representantes legales, a efectos de notificar la Reso-lución del Expediente de Compensación número TSR-CTR-0035-2012. Dicho expediente se encuentra en lasdependencias de la Tesorería Municipal. Si transcurri-dos 15 días naturales a contar desde el siguiente al dela publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial

de la Provincia no compareciese el interesado o surepresentante en el expediente, éste se entenderá no-tificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2386

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 dela Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributa-ria, y habiéndose intentado la notificación en los términosestablecidos en la citada disposición, se requiere a D.FRANCISCA SÁNCHEZ SANTOS (N.I.F.: 16268153T), orepresentantes legales, a efectos de notificar la Resolu-ción del Expediente de Compensación número TSR-CTR-0036-2012. Dicho expediente se encuentra en lasdependencias de la Tesorería Municipal. Si transcurridos15 días naturales a contar desde el siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia no compareciese el interesado o su repre-sentante en el expediente, éste se entenderá notificadoa todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2387

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, serequiere a ARCO-DUPLO, S.A. (C.I.F.: A60937752), orepresentantes legales, a efectos de notificar la Reso-lución del Expediente de Compensación número TSR-CTR-0052-2012. Dicho expediente se encuentra enlas dependencias de la Tesorería Municipal. Si trans-curridos 15 días naturales a contar desde el siguienteal de la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia no compareciese el interesadoo su representante en el expediente, éste se entenderánotificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2388

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, serequiere a DURÁN LASSO, S.L., (C.I.F.: B10226892), orepresentantes legales, a efectos de notificar la Reso-lución del Expediente de Compensación número TSR-

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B.O. DE CÁCERES Página 33Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

CTR-0057-2012. Dicho expediente se encuentra enlas dependencias de la Tesorería Municipal. Si trans-curridos 15 días naturales a contar desde el siguienteal de la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia no compareciese el interesadoo su representante en el expediente, éste se entenderánotificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2389

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 dela Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributa-ria, y habiéndose intentado la notificación en los términosestablecidos en la citada disposición, se requiere aGESTIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS (G.S.I.) (N.I.F.:28963116K), o representantes legales, a efectos denotificar la Resolución del Expediente de Compensaciónnúmero TSR-CTR-0067-2012. Dicho expediente se en-cuentra en las dependencias de la Tesorería Municipal.Si transcurridos 15 días naturales a contar desde elsiguiente al de la publicación del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia no compareciese el intere-sado o su representante en el expediente, éste se enten-derá notificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2390

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, serequiere a RECLAMOS PUBLICITARIOS RUIZ, S.L.(C.I.F.: B10195535), o representantes legales, a efec-tos de notificar la Resolución del Expediente de Com-pensación número TSR-CTR-0070-2012. Dicho expe-diente se encuentra en las dependencias de la Teso-rería Municipal. Si transcurridos 15 días naturales acontar desde el siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nocompareciese el interesado o su representante en elexpediente, éste se entenderá notificado a todos losefectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2391

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General

Tributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos en la citada disposición, serequiere a MANUEL CORDERO ÁLVAREZ, S.L. (C.I.F.:B06191399), o representantes legales, a efectos denotificar la Resolución del Expediente de Compensa-ción número TSR-CTR-0074-2012. Dicho expedientese encuentra en las dependencias de la TesoreríaMunicipal. Si transcurridos 15 días naturales a contardesde el siguiente al de la publicación del presenteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia no compa-reciese el interesado o su representante en el expe-diente, éste se entenderá notificado a todos los efectoslegales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2392

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos la citada disposición, se re-quiere a D.ª LUCIANA PORTILLO CAMPOS (N.I.F.06967052F), o representantes legales, a efectos denotificar el inicio del Expediente de Compensaciónnúmero TSR-CTR-0080-2012. Dicho expediente seencuentra en las dependencias de la Tesorería Muni-cipal. Si transcurridos 15 días naturales a contar desdeel siguiente al de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia no compareciese elinteresado o su representante en el expediente, éstese entenderá notificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2383

CÁCERES

Anuncio de Expte. de Compensación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley GeneralTributaria, y habiéndose intentado la notificación en lostérminos establecidos la citada disposición, se re-quiere a D. DIEGO MATÍAS CHAVES MANZANO (N.I.F.07018167Q), o representantes legales, a efectos denotificar el inicio del Expediente de Compensaciónnúmero TSR-CTR-0077-2012. Dicho expediente seencuentra en las dependencias de la Tesorería Muni-cipal. Si transcurridos 15 días naturales a contar desdeel siguiente al de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia no compareciese elinteresado o su representante en el expediente, éstese entenderá notificado a todos los efectos legales.

En Cáceres, a 19 de abril de 2012.2382

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B.O. DE CÁCERESPágina 34 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

CÁCERES

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de esta capital,en sesión mensual ordinaria celebrada en primeraconvocatoria el día quince de marzo de dos mil doce,acordó aprobar definitivamente la Modificación delPlan General Municipal relativa a sustitución de Viariode acceso a Cáceres el Viejo, tramitada a instancias deeste Ayuntamiento, cuyo ámbito de aplicación se ciñeexclusivamente al viario de acceso a la urbanizaciónCáceres el Viejo por el oeste, alterando la disposicióninicial situada en la parte posterior de la zona verde,sustituyéndola por un nuevo trazado situado más alsur. Dicho cambio provoca la alteración de la forma quepresenta la parcela de uso docente, si bien dichaparcela no se ve afectada en superficie.

Lo que se hace público para general conocimiento,una vez que se ha procedido a la inscripción de citadoPlan especial en el Registro de Instrumentos de Pla-neamiento Urbanístico de la Consejería de Fomentode la Junta de Extremadura con fecha 2 de abril de2012, y con el numero CC/014/2012.

La modificación aprobada definitivamente no su-pone la alteración de ninguno de los Tomos de lasNormas Urbanísticas del Plan General Municipal.Solamente se ve afectada la ficha correspondiente a laacción aislada en suelo urbano correspondiente alviario que se pretende reubicar, acción en sistemalocal de viario denominada VL.07-0 1, cuyo contenido,ya modificado, es el siguiente:

FICHA MODIFICADA:

Cáceres, 17 de abril de 2012.- El Secretario General, Manuel aunión Segador.2401

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CÁCERES

UNIVERSIDAD POPULAR

Edicto

La Presidencia del Organismo Autónomo «Universidad Popular» del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, convocapruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para la contratación laboral temporal, por obrao servicio determinado, de una plaza de administrativo para la ejecución del proyecto PRISMA CREATIVA de laUniversidad Popular de este Excmo. Ayuntamiento de Cáceres

El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir del siguiente al dela publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Cáceres o en el de la UniversidadPopular, así como en la forma que determina el artículo 38,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El texto íntegro de las Bases de la convocatoria es el siguiente:

En Cáceres a 11 de abril de 2012.- EL PRESIDENTE, Valentín Pacheco Polo.

B A S E S DE LA CONVOCATORIA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICION, PARA LA CONTRATA-CION LABORAL TEMPORAL, POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO, DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DELPROYECTO PRISMA CREATIVA DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CACERES.

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.- Comprende esta convocatoria la contratación laboral por obra o serviciodeterminado una plaza de Administrativo, para la ejecución del proyecto PRISMA CREATIVA que finalizará cuandoterminen las funciones propias en el proyecto y no antes del 28 de febrero de 2014. En todo caso, la duración máximade estos contratos no podrá exceder de tres años.

SEGUNDA. Característica de la plaza/puesto.- El puesto de trabajo que se oferta tiene autonomía y sustantividadpropia dentro de la actividad normal del Organismo Autónomo Universidad Popular y su finalidad es la ejecución delas funciones previstas en el proyecto PRISMA CREATIVA financiado por la Administración General del Estado. Lajornada de trabajo será a tiempo completo según lo establecido en el Convenio del Personal Laboral por el que seregulan las condiciones de trabajo entre los trabajadores/as del Ayuntamiento y la Corporación Municipal. Lasretribuciones serán las establecidas en el presupuesto del Organismo Autónomo Universidad Popular y con cargoa las subvención del proyecto Prisma Creativa. Las demás condiciones laborales serán las establecidas en lanormativa de aplicación que estará integrada por el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto2720/1998, de 18 de diciembre y por el vigente Acuerdo - Convenio del Personal Laboral por el que se regulan lascondiciones de trabajo entre los trabajadores/as del Ayuntamiento y la Corporación Municipal.

Las funciones de los puestos de trabajo serán las propias de su categoría profesional dentro del O. A. UniversidadPopular, y las establecidas en el proyecto Prisma Creativa. El proyecto PRISMA CREATIVA puede visualizarse en laweb del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres: http://up.caceres.es/convocatorias/proyecto-prisma-creativa

TERCERA.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en dicho concurso- oposición libre, será necesarioreunir en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:

a).-Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de laRepública de Islandia o extranjero con residencia legal en España. También podrán participar el cónyuge, descen-diente del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, de Noruegao de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edaddependientes.

También podrán participar aquellas personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

b).-Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder de edad máxima de jubilación forzosa.c).- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Bachillerato, FP II en la rama de administración

o equivalente.· Todo lo anteriormente especificado deberá estar expedido y justificado con arreglo a la legislación vigente.· En caso de titulaciones expedidas en el extranjero deberá acreditarse en plazo su homologación oficial.d).-Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.e).-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial, para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escalacorrespondiente en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no deberáhallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, queimpida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

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B.O. DE CÁCERESPágina 36 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

CUARTA.- Instancias y admisión.- Las instancias solicitando tomar parte en este concurso-oposición libre, seharán en el modelo especificado en el Anxo I de esta convocatoria y manifestar que reúnen todas y cada una de lascondiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo más abajo señaladopara la presentación de instancias, y que en caso de ser contratado se comprometen a prestar juramento o promesade cumplir fielmente las obligaciones del cargo, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución comonorma fundamental del Estado-, se dirigirán a la Ilmª Srª. Presidenta del Organismo Autónomo Universidad Populardel Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y se presentarán en el Registro General, en horas de oficina y durante el plazode VEINTE DÍAS naturales, a contar del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del laProvincia. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Los aspirantes deberán abonar en el momento de la presentación de su instancia para participar en este procesoselectivo, la cantidad prevista de la Ordenanza fiscal en concepto de derecho de examen que asciende a 29 euros.

Dicha cantidad deberá ingresarse en la cuenta corriente, cuyo titular es el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, abiertaen BANCO CAIXA GENERAL num, de cuenta 0130-8875-78-0101841838 en concepto de derechos de examen.

El resguardo que justifique haber satisfecho los derechos de examen deberá acompañarse junto con el modelode solicitud anexo I.

Beneficios fiscales:Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en situación de desempleo,

debidamente inscritas en el Centro de Empleo correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentaciónde instancias tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota prevista en el epígrafe anterior.

Beneficios a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan reconocida por la AdministraciónPública competente un grado de discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en las pruebasselectivas, la cantidad de 1 euro, acompañando junto con el modelo de solicitud anexo I la certificación correspondientea dicha discapacidad.

Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado para que en el plazo de diez díassubsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivarásu instancia sin más trámites y será excluido de la lista de aspirantes. Los errores de hecho podrán subsanarse encualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Expirado el plazo para la presentación de instancias, la Ilma. Sra. Presidenta dictará Resolución en el plazo máximode quince días, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablónde anuncios del Organismo Autónomo y Tablón de Edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de diez díashábiles contados a partir de dicha publicación, a efectos de subsanación de defectos y reclamaciones que, dehaberlas, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hechapública, asimismo en la forma indicada anteriormente.

QUINTA.- Tribunal calificador.- El Tribunal Calificador, de conformidad al art. 60 de la Ley 7/2007, del estatuto Básicodel Empleado Público, y de conformidad a su pertenencia en la categoría 2ª del art. 30 y Anexo IV del Real Decreto462/2002, de 24 de mayo de indemnización por razón de servicio, estará constituido de la siguiente forma:

· Presidente: El Sr. Director del Organismo Autónomo de la Universidad Municipal Popular.· Vocales: La Coordinadora General del Área de Formación para el Empleo del Organismo Autónomo

Universidad Popular, o empleado público. Un Técnico de Formación y Empleo. Un representante de la Junta deExtremadura nombrado por la Consejería de Administración Publica.

· Secretario: Sr. Secretario del O. A. Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.· También estará presente en el Tribunal un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales más

representativas del Ayuntamiento de Cáceres.La composición del tribunal tenderá a reunir el criterio de paridad entre mujeres y hombres.El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que simultáneamente con los titulares

habrán de designarse.El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o

suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones seadoptarán por mayoría. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de acuerdo conlo previsto en el art. 13 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y art. 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El Presidente exigirá de los miembros del Tribunaldeclaración formal de no hallarse incursos en dichas circunstancias.

La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.

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B.O. DE CÁCERES Página 37Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

SEXTA.- Actuación de aspirantes.- El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no se puedanrealizar conjuntamente, se determinará previamente al comienzo del procedimiento selectivo, mediante sorteopúblico, cuyo resultado figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitivade admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador y la fecha, hora y lugar del comienzo de los ejercicios.Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos quince días hábiles a dicho comienzo, en el BoletínOficial de la Provincia y Tablón de Edictos de la Corporación y del Organismo Autónomo Universidad Popular deCáceres. Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta transcurridos un mes desde la fecha de publicación delanuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Provincia» y no podrá exceder de 4 meses el tiempo comprendidoentre dicha publicación y el comienzo de los ejercicios. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguientedeberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días.

Una vez comenzados los ejercicios, no será obligatoria la publicación en los Boletines Oficiales de los sucesivosanuncios de la celebración de los restantes, haciéndose públicos únicamente en los locales donde se hayancelebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, del OrganismoAutónomo Universidad Popular de Cáceres y en su página web.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor,invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinaráautomáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, ensu consecuencia, del procedimiento selectivo.

SÉPTIMA.- Procedimiento de selección.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de las siguientes fases:

1ª FASE: OPOSICIÓN (comprende dos ejercicios)Primer ejercicio.- Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un tiempo de una hora un cuestionario de

50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, basadas en el Temario especificadoen el anexo II. La puntuación se realizará de la siguiente manera: cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cadarespuesta incorrecta restará 0,1 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas. El cuestionariocontará con cinco preguntas más de reserva que actuarán en el supuesto de que se anule alguna de las que conformanel cuestionario.

Segundo ejercicio.- Escrito. Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un periodo máximo de una hora y media, unsupuesto práctico propuesto por el tribunal de entre los temas comprendidos en el temario determinado en el anexo II.

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita,la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis, el conocimiento del tema elegido por el opositor yla adecuada interpretación aplicación de la normativa vigente aplicable, en su caso.

Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y su calificación sedeterminará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menosuna puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio.

El candidato que no supere esta fase completa quedará eliminado del proceso no pudiendo pasar a la 2ª fase«Concurso de Méritos».

Solo los candidatos que superen todos los ejercicios de la 1ª fase de oposición pasarán a la fase de concurso.

2ª FASE. CONCURSO DE MÉRITOS (VALORACIÓN DE MÉRITOS CONFORME AL ANEXO III)La puntuación de esta fase será de 0 a 10 puntos. La valoración de los méritos se realizará conforme a los

criterios establecidos en el anexo III.Esos méritos deberán presentarse compulsados en el plazo de 5 días hábiles a partir de la publicación de

los resultados de la fase de oposición (1ª fase), por aquellos candidatos que hayan superado dicha fase de oposición.Será imprescindible, como documento complementario a los contratos de trabajo y para realizar una correctapuntuación, aportar la vida laboral actualizada.

OCTAVA.- Calificación.- Todos los ejercicios comprendidos en la base anterior, obligatorios para los aspirantes,serán calificados de la siguiente forma:

1ª Fase:-Primer ejercicio: tipo test: Con un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen un

mínimo de 5 puntos. La forma de puntuación es la expresada en el apartado 1ª fase: oposición. Primer ejercicio.- Segundo ejercicio: Con un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo

de 5 puntos.Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal,

y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva. Las calificacionesde cada ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el lugar en que se hayancelebrado, en el Tablón de Edictos de la Corporación, en los Tablones del Organismo Autónomo Universidad Popularde Cáceres y en su página Web.

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B.O. DE CÁCERESPágina 38 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

2ª Fase:

Solo se sumará la puntuación obtenida en esta fase: «Valoración de Méritos» en el caso de que el aspirante superelos dos ejercicios que comprenden la 1ª fase del proceso.

NOVENA.- Calificación definitiva, relación de aprobados y presentación de documentos.- La suma de laspuntuaciones alcanzadas por cada concursante en la fase de oposición y en la fase de concurso no podrá sumar másde 30 puntos. Esta puntuación determinará el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, éste se dirimirápor aquél aspirante que haya alcanzado mejor puntuación en el segundo ejercicio de la 1ª fase, luego en el primerejercicio de la 1ª fase, y por último en el aspirante que haya conseguido más puntuación en la fase de concurso. Depersistir el empate se resolverá por orden alfabético del primer apellido.

Efectuada dicha clasificación definitiva, el Tribunal, teniendo en cuenta que, según la normativa vigente, el númerode aprobados no podrá superar el de plazas convocadas, publicará en el lugar de celebración del último ejercicio,en el Tablón de Edictos de la Corporación, en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo Universidad Popularde Cáceres y en su página web, anuncio en que aparezcan los resultados finales del concurso-oposición y el nombrey apellidos y puntuación total obtenida por los aspirantes que resulten aprobados; y elevará el Acta de la última sesióncelebrada a la Ilm.ª Sr.ª Presidenta del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmº Ayuntamiento deCáceres, formulando la correspondiente Propuesta de contratación. Los aspirantes propuestos para contrataciónpresentarán en la Secretaría del Organismo Autónomo Universidad Popular de Cáceres, dentro del plazo de cincodías naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de resultado final del concurso-oposición, losdocumentos acreditativos de los requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base segunda de laconvocatoria. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaransu documentación o no reuniera algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser contratados y quedarán anuladastodas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instanciasolicitando tomar parte en la oposición. En este caso la Ilmª. Srª. Presidenta efectuará contratación a favor del quehabiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden de clasificacióndefinitiva al propuesto en primer lugar.

Concluido el proceso selectivo, el aspirante que lo hubiera superado y reúna las condiciones exigidas, serácontratado como laboral temporal por obra o servicio determinado (con un periodo de prueba de un mes). En relacióna la constitución de la lista de espera, esta Corporación, quedará sometida a lo que disponga en el art. 29 del Decreto201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio dela Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, -así normativa vigente, aplicable reguladora de estamateria-.

DÉCIMA.- Formalización de contrato.- El aspirante propuesto para ser contratado, deberá iniciar la prestación desus servicios profesionales en el plazo máximo de TREINTA DÍAS hábiles siguientes a la notificación de sucontratación, quedando en la situación de cesantes si así no lo hiciera, sin causa justificada.

DÉCIMA PRIMERA.- Incidencias.- Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismasy de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la formaestablecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios omedidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos aspectos no contemplados en estasbases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria; el Decreto 201/ 1995, de 26de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado;la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de RégimenLocal; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimosa que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás normasconcordantes de general aplicación. Igualmente, se estará a lo que disponga la Ley 7/ 2007, de 12 de abril del EstatutoBásico del Empleado Público.

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A N E X O I S O L IC IT U D

S O L IC IT U D P A R A F O R M A R P A R T E D E L P R O C E S O S E L E C T IV O D E T É C N IC O S

P A R A L A E J E C U C IÓ N D E L P R O Y E C T O P R IM A C R E A T IV A .

D a t o s d e l S o l ic it a n t e D . /D ª . D N I . D o m ic i l io e n : C / C .P . T e l f . M ó v i l :

S e ñ a le la P la z a q u e s o l ic i t a : A d m in is t r a t iv o A d ju n t a d o c u m e n t a c ió n c o m p u ls a d a A d ju n to r e s g u a r d o b a n c a r io d e in g r e s o d e d e r e c h o s d e e x a m e n . A d ju n to c e r t if ic a d o d e r e c o n o c im ie n to d e d is c a p a c id a d s u p e r io r a l 3 3 %

M a n if ie s t o s q u e : ( s e ñ a la r la s c a s i l la s ) M a n if ie s to q u e r e ú n o to d a s y c a d a u n a d e la s c o n d ic io n e s e x ig id a s e n la b a s e

s e g u n d a d e e s ta c o n v o c a to r ia c o n c u r s o o p o s ic ió n . E n c a s o d e s e r c o n t r a ta d o s e c o m p r o m e te n a p r e s ta r ju r a m e n to o p r o m e s a d e

c u m p lir f ie lm e n te la s o b lig a c io n e s d e l p u e s to d e t r a b a jo .

E n a , d e d e 2 0

F d o . :

A / A . S r a . P r e s id e n t e d e l O r g a n is m o A u t ó n o m o U n iv e r s id a d P o p u la r d e l E x c m o . A y u n t a m ie n t o d e C á c e r e s

ANEXO II

TEMARIO PARA LA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DEL PRISMA CREATIVA

1.- La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos fundamentales y libertades públicas. LaCorona.

2.- La Constitución española de 1978: Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El TribunalConstitucional.

3.- Las Instituciones de las Comunidades Europeas: Composición y funciones del Consejo, la Comisión y elParlamento.

4.- El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. Las competencias de la ComunidadAutónoma. La Asamblea de Extremadura.

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5.- Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. ElPresidente de la Junta de Extremadura. Estatuto personal y atribuciones. Cese y sustitución. La Junta de Extremaduray sus miembros: los Consejeros.

6.- El Régimen Local español: Clases de Entidades Locales. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:convocatoria, orden del día, sesiones, votaciones, actas y certificados de acuerdos.

7.- La Provincia. Organización Provincial. Competencias.8.- La Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común (I): Ámbito de aplicación y principios generales. De los órganos de las Administraciones públicas: Principiosgenerales y competencia. Órganos colegiados. La abstención y la recusación.

9.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (II): Los interesados. La Actividad de las Administraciones Públicas: normasgenerales, términos y plazos. Las disposiciones y actos administrativos: disposiciones administrativas, actosadministrativos, eficacia de los actos, nulidad y anulabilidad.

10.-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (III): Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos:iniciación, ordenación, instrucción, terminación y ejecución. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión deoficio.

11.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (IV): Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejerciciode las acciones civiles y laborales: disposiciones generales, reclamación previa a la vía judicial civil, reclamaciónprevia a la vía judicial laboral.

12.- El personal del Ayuntamiento de Cáceres (I): Conceptos generales. Clases de personal. Adquisición y pérdidade la condición de funcionario. Planificación, estructuración y ordenación de los recursos humanos. Grupos deClasificación del personal funcionario. Provisión de puestos. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales:régimen jurídico.

13.- El personal del Ayuntamiento de Cáceres (II): Derechos y deberes. Régimen retributivo. Carrera Administrativay promoción profesional. Condiciones de trabajo. Régimen de jornada, permisos y licencias.

14.- El personal del Ayuntamiento de Cáceres (III): Situaciones administrativas. Régimen de incompatibilidades.Régimen disciplinario.

15.- Los recursos de las Haciendas Locales: clases y definición.16.- Ingresos de carácter tributario de los municipios y las provincias: diferenciación.17.- Los bienes de las Entidades Locales: clases. Adquisición y enajenación.18.- Los presupuestos locales: concepto, contenido, anexos, estructura, formación y aprobación. El Presupuesto

del Ayuntamiento de Cáceres: Estructura y contenido.19.- La contratación administrativa. La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público: Objeto y

ámbito de aplicación. Tipos de contratos. Las partes: capacidad para contratar. Los pliegos de cláusulas adminis-trativas y de prescripciones técnicas.

20- El ciudadano como cliente y como usuario de los servicios públicos. La atención al público. Acogida einformación. Los Servicios de Información y Reclamación Administrativa.

21.- El Registro de documentos. Concepto. El Registro de entrada y Salida. Su funcionamiento. La presentaciónde instancias y documentos en las oficinas públicas. La informatización de los registros. Comunicaciones ynotificaciones.

22.- El Archivo. Clases y funcionamiento. Principales criterios de ordenación. Especial referencia al Archivo deGestión. El Derecho de los ciudadanos al acceso a Archivos y Registros.

23.- La estructura orgánica del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.24.- La Informática: Hardware: componentes básicos de un ordenador. Software: sistemas operativos, programas

y archivos.25.- Telemática: Definición y conceptos básicos; transmisión de datos; tipos de conexión; red internet y mensajería

electrónica.

ANEXO III

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE MÉRITOS

Baremo para la Valoración de MéritosA: Experiencia Profesional (Máximo puntuable: 6 Puntos )A1 Experiencia en la ocupación de administrativo. 0,009 ptos/mesB: Formación (Máximo: puntuable 2 puntos)B1 Formación relacionada con la ocupación de administrativo.

Cursos de, al menos, 30 horas de duración. 0,0030 ptos/horaB2 Formación complementaria a la ocupación de administrativo.

Cursos de, al menos, 50 horas de duración. 0,002 ptos/hora2321

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CÁCERES

UNIVERSIDAD POPULAR

Edicto

La Presidencia del Organismo Autónomo «Universidad Popular» del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, convocapruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para la contratación laboral temporal, por obrao servicio determinado, de cuatro plazas de Técnicos Medios Tutores Socio-Laborales, una plaza de Técnico Mediode Formación y Empleo, una plaza de Técnico Medio de Orientación e Inserción y una plaza de Técnico Medio Informativopara la ejecución del proyecto PRISMA CREATIVA de la Universidad Popular de este Excmo. Ayuntamiento de Cáceres

El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir del siguiente al dela publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Cáceres o en el de la UniversidadPopular, así como en la forma que determina el artículo 38,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El texto íntegro de las Bases de la convocatoria es el siguiente:

En Cáceres, a 11 de abril de 2012.- EL PRESIDENTE, Valentín Pacheco Polo.

B A S E S DE LA CONVOCATORIA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION PARA LA CONTRATA-CION LABORAL TEMPORAL, POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO, DE CUATRO PLAZAS DE TECNICOS MEDIOSTUTORES SOCIO-LABORALES, UNA PLAZA DE TECNICO MEDIO DE FORMACION Y EMPLEO, UNA PLAZA DETECNICO MEDIO DE ORIENTACION E INSERCION Y UNA PLAZA DE TECNICO MEDIO INFORMATIVO DENTRO DELPROYECTO PRISMA CREATIVA DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CACERES.

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.- Comprende esta convocatoria la contratación laboral por obra o serviciodeterminado de 4 plazas de Técnicos Medios Tutores Socio-laborales, 1 plaza de Técnico Medio de Formación yEmpleo, 1 plaza de Técnico Medio en Orientación e Inserción y 1 plaza de Técnico Medio Informático, para la ejecucióndel proyecto PRISMA CREATIVA que finalizará cuando terminen las funciones propias en el proyecto y no antes del28 de febrero de 2014. En todo caso, la duración máxima de estos contratos no podrá exceder de tres años.

SEGUNDA. Características de las plazas/puestos.- Los puestos de trabajos que se ofertan tienen autonomía ysustantividad propia dentro de la actividad normal del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmo.Ayuntamiento de Cáceres, y su finalidad es la ejecución de las funciones previstas en el proyecto PRISMA CREATIVAfinanciado por la Administración General del Estado. La jornada de trabajo será a tiempo completo según loestablecido en el Convenio por el que se regulan las relaciones de trabajo entre los trabajadores del Excmo.Ayuntamiento de Cáceres y la Corporación Municipal. Las retribuciones serán las establecidas en el presupuesto delOrganismo Autónomo Universidad Popular y con cargo a la subvención del proyecto Prisma Creativa. Las demáscondiciones laborales serán las establecidas en la normativa de aplicación que estará integrada por el TextoRefundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre y por el vigente Conveniode Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres por el que se regulan las condiciones de trabajo entre lostrabajadores/as del Ayuntamiento y la Corporación Municipal. Las funciones de los puestos de trabajo serán laspropias de su categoría profesional dentro del O. A. Universidad Popular, y las establecidas en el proyecto PrismaCreativa. El proyecto PRISMA CREATIVA puede visualizarse en la web del Organismo Autónomo Universidad Populardel Excmo. Ayuntamiento de Cáceres: http://up.caceres.es/convocatorias/proyecto-prisma-creativa

TERCERA.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en dicho concurso- oposición libre, será necesarioreunir en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:

a).-Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de laRepública de Islandia o extranjero con residencia legal en España. También podrán participar el cónyuge, descen-diente del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, de Noruegao de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edaddependientes.

También podrán participar aquellas personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores

b).-Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder de edad máxima de jubilación forzosa.c).- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones en función de la plaza a la que se opte:

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· Para las plazas de Técnicos Medios Tutores Socio-laborales: Diplomado en Trabajo Social, Graduado Socialo Educador Social.

· Para la plaza de Técnico Medio de Formación y Empleo: Diplomado en Magisterio o licenciado en Psicología,Sociología o Pedagogía.

· Para la Plaza de Técnico Medio en Orientación e Inserción: Diplomado en Trabajado Social o Educación Social,o ser licenciado en Psicología, Sociología o Derecho.

· Para la Plaza de Técnico Medio en Informática: Estar en posesión del título de Diplomado en informática, o estaren posesión del título de ingeniero en informática.

· Todo lo anteriormente especificado deberá estar expedido y justificado con arreglo a la legislación vigente.· En caso de titulaciones expedidas en el extranjero deberá acreditarse en plazo su homologación oficial.d).-Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.e).-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial, para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escalacorrespondiente en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no deberáhallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, queimpida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

CUARTA.- Instancias y admisión.- Las instancias solicitando tomar parte en este concurso-oposición libre, -enlas que los aspirantes deberán consignar nombres y apellidos, domicilio y número del Documento Nacional deIdentidad y manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siemprea la fecha de expiración del plazo más abajo señalado para la presentación de instancias, y que en caso de sercontratado se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo, conlealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado-, se dirigirán a la IlmªSrª. Presidenta del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y se presentaránen el Registro General, en horas de oficina y durante el plazo de VEINTE DÍAS naturales, a contar del siguiente a lapublicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del la Provincia. Las instancias también podrán presentarse enla forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Los aspirantes deberán abonar en el momento de la presentación de su instancia para participar en este procesoselectivo, la cantidad prevista de la Ordenanza fiscal en concepto de derecho de examen que asciende a 29 euros.

Dicha cantidad deberá ingresarse en la cuenta corriente, cuyo titular es el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, abiertaen BANCO CAIXA GENERAL num, de cuenta 0130-8875-78-0101841838 en concepto de derechos de examen.

El resguardo que justifique haber satisfecho los derechos de examen deberá acompañarse junto con el modelode solicitud anexo I.

Beneficios fiscales:Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en situación de desempleo,

debidamente inscritas en el Centro de Empleo correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentaciónde instancias tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota prevista en el epígrafe anterior.

Beneficios a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan reconocida por la Administración Públicacompetente un grado de discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en las pruebas selectivas,la cantidad de 1 euro, acompañando junto con el modelo de solicitud anexo I la certificación correspondiente a dichadiscapacidad.

Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado para que en el plazo de diez díassubsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivarásu instancia sin más trámites y será excluido de la lista de aspirantes. Los errores de hecho podrán subsanarse encualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Expirado el plazo para la presentación de instancias, la Ilma. Sra. Presidenta dictará Resolución en el plazo máximode quince días, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablónde anuncios del Organismo Autónomo y Tablón de Edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de diez díashábiles contados a partir de dicha publicación, a efectos de subsanación de defectos y reclamaciones que, dehaberlas, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hechapública, asimismo en la forma indicada anteriormente.

QUINTA.- Tribunal calificador.- El Tribunal Calificador, de conformidad al art. 60 de la Ley 7/2007, del estatuto Básicodel Empleado Público, y de conformidad a su pertenencia en la categoría 1ª del art. 30 y Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo de indemnización por razón de servicio, estará constituido de la siguiente forma:

· Presidente: El Sr. Director del Organismo Autónomo de la Universidad Municipal Popular.· Vocales: La Coordinadora General del Área de Formación para el Empleo del Organismo Autónomo

Universidad Popular. Un técnico de Formación y Empleo. Un representante de la Junta de Extremadura nombradopor la Consejería de Administración Publica.

· Secretario: Sr. Secretario del O. A. Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

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· También estará presente en el Tribunal un representante por cada una de las Organizaciones Sindicales másrepresentativas del Ayuntamiento de Cáceres.

La composición del tribunal tenderá a reunir el criterio de paridad entre mujeres y hombres.El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que simultáneamente con los titulares

habrán de designarse.El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o

suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones seadoptarán por mayoría. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de acuerdo conlo previsto en el art. 13 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo yPromoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y art. 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El Presidente exigirá de los miembros del Tribunaldeclaración formal de no hallarse incursos en dichas circunstancias.

La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.

SEXTA.- Actuación de aspirantes.- El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no se puedanrealizar conjuntamente, se determinará previamente al comienzo del procedimiento selectivo, mediante sorteopúblico, cuyo resultado figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitivade admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador y la fecha, hora y lugar del comienzo de los ejercicios.Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos quince días hábiles a dicho comienzo, en el BoletínOficial de la Provincia y Tablón de Edictos de la Corporación y del Organismo Autónomo Universidad Popular deCáceres. Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta transcurridos un mes desde la fecha de publicación delanuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Provincia» y no podrá exceder de 4 meses el tiempo comprendidoentre dicha publicación y el comienzo de los ejercicios. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguientedeberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días.

Una vez comenzados los ejercicios, no será obligatoria la publicación en los Boletines Oficiales de los sucesivosanuncios de la celebración de los restantes, haciéndose públicos únicamente en los locales donde se hayancelebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, del OrganismoAutónomo Universidad Popular de Cáceres y en su página web.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor,invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinaráautomáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, ensu consecuencia, del procedimiento selectivo.

SÉPTIMA.- Procedimiento de selección.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de las siguientes fases:

1ª FASE: OPOSICIÓN (comprende dos ejercicios)Primer ejercicio.- Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un tiempo máximo de una hora un

cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, basadas en eltemario, común y específico para cada grupo de plazas determinado en el anexo II. La puntuación se realizará de lasiguiente manera: cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,1 puntos, nopuntuando ni penalizando las preguntas no contestadas. El cuestionario contará con cinco preguntas más de reservaque actuarán en el supuesto de que se anule alguna de las que conforman el cuestionario.

Segundo ejercicio.- (Defensa oral de un tema y entrevista). Consistirá en la exposición oral de un tema ante eltribunal, durante un periodo máximo de media hora, de entre los comprendidos en el temario específico determinadoen el anexo II para cada grupo de plazas. El opositor, sacará ante el tribunal y al azar tres bolas de dicho temarioespecífico y elegirá uno para la exposición oral. Anteriormente, contará con un tiempo máximo de una hora para lapreparación de la exposición del tema elegido ante el tribunal.

Los miembros del tribunal podrán realizar cuantas preguntas estimen oportunas, efectuándose así la fase deentrevista.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento,el conocimiento de las realizaciones profesionales y la adecuada interpretación de la normativa aplicable, en su caso.También se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición oral, la aportaciónpersonal del aspirante, su capacidad de síntesis, el conocimiento del tema elegido relacionando con las funcionesdel puesto y la formulación de conclusiones.

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Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y su calificación sedeterminará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos unapuntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio.

El candidato que no supere esta fase completa quedará eliminado del proceso no pudiendo pasar a la 2ª fase«Concurso de Méritos».

Solo los candidatos que superen todos los ejercicios de la 1ª fase de oposición pasarán a la fase de concurso.2ª FASE. CONCURSO DE MÉRITOS (VALORACIÓN DE MÉRITOS CONFORME AL ANEXO III)La puntuación de esta fase será de 0 a 10 puntos. La valoración de los méritos se realizará conforme a los criterios

establecidos en el anexo III.Esos méritos deberán presentarse compulsados en el plazo de 5 días hábiles a partir de la publicación de los

resultados de la fase de oposición (1ª fase), por aquellos candidatos que hayan superado dicha fase de oposición.Será imprescindible, como documento complementario a los contratos de trabajo y para realizar una correctapuntuación, aportar la vida laboral actualizada.

OCTAVA.- Calificación.- Todos los ejercicios comprendidos en la base anterior, obligatorios para los aspirantes,serán calificados de la siguiente forma:

1ª Fase:-Primer ejercicio: tipo test: Con un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen un

mínimo de 5 puntos. La forma de puntuación es la expresada en el apartado 1ª fase: oposición. Primer ejercicio.- Segundo ejercicio: Con un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo

de 5 puntos.Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal,

y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva. Las calificacionesde cada ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el lugar en que se hayancelebrado, en el Tablón de Edictos de la Corporación, en los Tablones del Organismo Autónomo Universidad Popularde Cáceres y en su página Web.

2ª Fase:Solo se sumará la puntuación obtenida en esta fase: «Valoración de Méritos» en el caso de que el aspirante supere

los dos ejercicios que comprenden la 1ª fase del proceso.

NOVENA.- Calificación definitiva, relación de aprobados y presentación de documentos.- La suma de laspuntuaciones alcanzadas por cada concursante en la fase de oposición y en la fase de concurso no podrá sumar másde 30 puntos. Esta puntuación determinará el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, éste se dirimirápor aquél aspirante que haya alcanzado mejor puntuación en el segundo ejercicio de la 1ª fase, luego en el primerejercicio de la 1ª fase, y por último en el aspirante que haya conseguido más puntuación en la fase de concurso. Depersistir el empate se resolverá por orden alfabético del primer apellido.

Efectuada dicha clasificación definitiva, el Tribunal, teniendo en cuenta que, según la normativa vigente, el númerode aprobados no podrá superar el de plazas convocadas, publicará en el lugar de celebración del último ejercicio, enel Tablón de Edictos de la Corporación, en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo Universidad Popular deCáceres y en su página web, anuncio en que aparezcan los resultados finales del concurso-oposición y el nombrey apellidos y puntuación total obtenida por los aspirantes que resulten aprobados; y elevará el Acta de la última sesióncelebrada a la Ilm.ª Sr.ª Presidenta del Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmº Ayuntamiento de Cáceres,formulando la correspondiente Propuesta de contratación. Los aspirantes propuestos para contratación presentaránen la Secretaría del Organismo Autónomo Universidad Popular de Cáceres, dentro del plazo de cinco días naturalescontados a partir del siguiente al de la publicación de resultado final del concurso-oposición, los documentosacreditativos de los requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria.Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran sudocumentación o no reuniera algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser contratados y quedarán anuladas todassus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instanciasolicitando tomar parte en la oposición. En este caso la Ilmª. Srª. Presidenta efectuará contratación a favor del quehabiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden de clasificacióndefinitiva al propuesto en primer lugar.

Concluido el proceso selectivo, el aspirante que lo hubiera superado y reúna las condiciones exigidas, serácontratado como laboral temporal por obra o servicio determinado (con un periodo de prueba de un mes ). En relacióna la constitución de la lista de espera, esta Corporación, quedará sometida a lo que disponga en el art. 29 del Decreto201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al serviciode la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, -así normativa vigente, aplicable reguladora deesta materia-.

DÉCIMA.- Formalización de contrato.- Los aspirantes propuestos para ser contratados, deberá iniciar la prestaciónde sus servicios profesionales en el plazo máximo de TREINTA DÍAS hábiles siguientes a la notificación de sucontratación, quedando en la situación de cesantes si así no lo hiciera, sin causa justificada.

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B.O. DE CÁCERES Página 45Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

DÉCIMA PRIMERA.- Incidencias.- Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismasy de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la formaestablecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios omedidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos aspectos no contemplados en estasbases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria; el Decreto 201/ 1995, de 26de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado;la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de RégimenLocal; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimosa que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás normasconcordantes de general aplicación. Igualmente, se estará a lo que disponga la Ley 7/ 2007, de 12 de abril del EstatutoBásico del Empleado Público.

A N E X O I S O L IC IT U D

S O L IC IT U D P A R A F O R M A R P A R T E D E L P R O C E S O S E L E C T IV O D E T É C N IC O S

P A R A L A E J E C U C IÓ N D E L P R O Y E C T O P R IM A C R E A T IV A .

D a to s d e l S o lic ita n te D ./D ª . D N I. D o m ic il io e n : C / C .P . T e lf . M ó v il:

S e ñ a le la P la z a q u e s o lic ita : (E n c a d a s o lic itu d s o lo p u e d e a p a re c e r u n a e le c c ió n . E n e l c a s o d e s o lic ita r m á s d e u n a p la z a d e b e rá p re s e n ta r ta n ta s s o lic itu d e s c o m o p la z a s ) T é c n ic o M e d io T u to r s o c io -la b o ra l T é c n ic o M e d io d e F o rm a c ió n y E m p le o T é c n ic o M e d io d e O rie n ta c ió n e In s e rc ió n T é c n ic o M e d io In fo rm á tic o A d ju n ta d o c u m e n ta c ió n c o m p u ls a d a (s e ñ a la r la c a s illa c o rre s p o n d ie n te ) (E n e l c a s o d e p re s e n ta r m á s d e u n a s o lic itu d a c o m p a ñ e s o lo la d o c u m e n ta c ió n c o m p u ls a d a e n u n a d e e lla s , s e ñ a la n d o a d e m á s la c a s illa d e : “s o lic ito v a r ia s p la z a s ”) . A d ju n to re s g u a rd o b a n c a r io d e in g re s o d e d e re c h o s d e e x a m e n . A d ju n to c e rt if ic a d o d e re c o n o c im ie n to d e d is c a p a c id a d s u p e r io r a l 3 3 % S o lic ito v a r ia s p la z a s (s e ñ a le e s ta c a s illa s o lo s i e s e l c a s o )

M a n if ie s to s q u e : (s e ñ a la r la s c a s illa s ) M a n if ie s to q u e re ú n o to d a s y c a d a u n a d e la s c o n d ic io n e s e x ig id a s e n la b a s e

s e g u n d a d e e s ta c o n v o c a to r ia c o n c u rs o o p o s ic ió n . E n c a s o d e s e r c o n tra ta d o s e c o m p ro m e te n a p re s ta r ju ra m e n to o p ro m e s a d e

c u m p lir f ie lm e n te la s o b lig a c io n e s d e l p u e s to d e tra b a jo .

E n a , d e d e 2 0

F d o .:

A /A . S ra . P re s id e n ta d e l O rg a n is m o A u tó n o m o U n iv e rs id a d P o p u la r d e l E x c m o . A y u n ta m ie n to d e C á c e re s

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B.O. DE CÁCERESPágina 46 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ANEXO II

TEMARIOS PARA LAS DISTINTAS PLAZAS

TEMARIO COMÚN PARA TODAS LAS PLAZAS

TEMA 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Título preliminar.

TEMA 2. La Constitución Española de 1978: Título Los derechos y deberes fundamentales de los españoles.

TEMA 3. La Constitución Española de 1978: Título II: La Corona.

TEMA 4. La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado: las Cortes Generales. El Gobierno. El PoderJudicial. El Tribunal Constitucional.

TEMA 5. La Constitución Española de 1978: De las relaciones entre el Gobierno entre las relaciones entre elgobierno y las corte generales.

TEMA 6. La Junta de Extremadura: instituciones: la Asamblea. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior deJusticia de Extremadura. Competencias de la Junta de Extremadura.

TEMA 7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Objeto de la Ley. Principios generales. Estructura.

TEMA 8. El procedimiento administrativo. Fases del procedimiento: iniciación. Ordenación. Instrucción. Termina-ción del procedimiento administrativo. Obligación de resolver. Terminación convencional: desistimiento. Renuncia.Caducidad.

TEMA 9. El FSE. La Unidad Administrativa del Fondo Social Europeo. Gastos financiables. Objetivos y finalidadesdel FSE.

TEMA 10. La organización municipal: el alcalde y los tenientes de alcalde.

TEMA 11. La organización municipal: el Pleno y la Junta de Gobierno Local.

TEMA 12. Función Pública Local. El personal al servicio de la Administración Local: adquisición y pérdida de lacondición de funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.

TEMA 13. Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: ingresos de derecho público e ingresos de derechoprivado. Especial referencia a las tasas, contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales:concepto y clasificación.

TEMA 14. Historia de las Universidad Populares (UU.PP) y la Federación Española de Universidades Populares(FEUP).

TEMA. 14. El proyecto de la Universidad Popular: Objetivos generales de programación. Movimiento social,educativo, formativo y cultural. Itinerarios formativos que ofrecen, núcleos temáticos y grupos colectivos de atención.

TEMA 15. LA UNIVERSIDAD POPULAR DE CÁCERES: Historia, objetivos, fines y Estatutos del OrganismoAutónomo Municipal Universidad Popular de Cáceres.

TEMARIO ESPECÍFICO PARA LAS PLAZAS DE TÉCNICOS MEDIOS TUTORES SOCIOLABORALES.

TEMA 1. LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS: Antecedentes y evolución histórica. Situación actual. Laperspectiva local. Las estrategias metodológicas de formación de personas adultas. Tipos de estrategiasmetodológicas. Métodos y técnicas.

TEMA 2. LAS UNIVERSIDADES POPULARES: Objetivos, historia, situación actual. La Universidad Popular comoinstrumento de asistencia para la inserción social y laboral de las personas.

TEMA 3. ANIMACIÓN SOCIOLABORAL: Animación Sociocultural. Participación. Animación Sociolaboral. Perfil delanimador sociolaboral. las funciones del Animador Sociolaboral, su perfil, dónde se ubica profesionalmente y dóndepuede desempeñar su labor profesional, planteando un análisis de los recursos con los que cuentan estos técnicos.Proyecto Prisma Creativa.

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TEMA 4. DISEÑO DE PROYECTOS. Niveles de planificación: plan, programa, proyecto. Niveles de los proyectos.Fases de un proyecto. Elementos de un proyecto. Calidad de los proyectos. Guía para la acción

TEMA 5. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL. Herramientas y metodología que facilitan el análisis de larealidad en la investigación-acción.

TEMA 6. GESTIÓN DE GRUPOS. Contextualización y conceptualización. Influencia del grupo sobre sus miembros.

TEMA 7. MERCADO DE TRABAJO. Políticas de Empleo y Formación. Las características del mundo laboral ennuestro país a finales del Siglo XX y principios del XXI, en relación con las Nuevas Tecnologías y los NuevosYacimientos de Empleo.

TEMA 8. PSICOLOGÍA DEL DESEMPLEO. Teorías Psicológicas que relacionan Empleo y Salud Mental. Losenfoques que deben tener los programas de intervención psicosociales que amortiguan el impacto del desempleo.

TEMA 9. ORIENTACIÓN LABORAL. Definición de lo que se entiende por Orientación Laboral, cómo organizar dichoproceso, qué metodología utilizar, qué tipología de clientes atienden los servicios de Orientación y análisis de lascaracterísticas de dichos colectivos para hacer más eficaz y eficiente.

TEMA 10. INSERCIÓN LABORAL. Fases de las que consta el proceso de inserción sociolaboral. Políticas activasde empleo, dirigidas tanto a la creación de empresas como a favorecer, desde la formación profesional ocupacionalla inserción laboral.

TEMA 11. EDUCACIÓN PARA LA IGUALDAD. Educación no discriminativa. Eliminación de perjuicios sexistas yracistas.

TEMA 12. LA EXCLUSIÓN SOCIAL: Causas y factores relacionados. Programas de intervención destinados a laintegración educativa de estos colectivos. Interculturalismo y educación no formal. La educación no formal y laspersonas con discapacidad.

TEMA 13. CARACTERÍSTICAS Y NECESIDADES DE LAS PERSONAS INMIGRANTES. Diseño de programas deintervención destinados a la integración socio-laboral de este colectivo.

TEMA 14. LA LEY ORGÁNICA DE CUALIFICACIONES DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL. El Sistemas Nacionalde Cualificaciones Profesionales en España. El INCUAL.

TEMA 15. FORMACIÓN PERSONALIZADA. Construcción de itinerarios de formación adecuados a las necesidadesde las personas participantes. Evaluación y perfeccionamiento de los itinerarios de formación: Calidad e innovación.

TEMARIO ESPECÍFICO PARA LA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE FORMACIÓN Y EMPLEO.

TEMA 1. ESTRUCTURA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEOSistema Nacional de Cualificaciones Profesionales. El subsistema de formación para el empleo en España. Real

Decreto 395/2007. Formación Profesional para el Empleo: características y destinatarios. Formación de demanda:Acciones Formativas de las empresas y permisos individuales de formación.

TEMA 2. REAL DECRETO 1538/2006, DE 15 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓNGENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO.

TEMA 3. LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEOPlanteamientos previos y conceptos generales. ¿Qué es y para qué sirve la programación didáctica? La persona

adulta en situación de formarse. Formación y trabajo: una relación necesaria. El diagnóstico inicial: análisis del grupode aprendizaje

Elementos del Programa de Formación.

TEMA 4. LA PLANIFICACIÓN TEMPORALIZADA EN LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO.El proyecto Prisma Creativa como herramienta en la programación de la formación para el empleo: objetivos y

finalidades.

TEMA 5. MATERIALES, MEDIOS Y RECURSOS DIDÁCTICOSFunciones de los medios y recursos didácticos. Clasificación de los medios y recursos didácticos. Criterios de

selección de medios y recursos didácticos.

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TEMA 6. ELABORACIÓN Y ADAPTACIÓN DE MATERIALES, MEDIOS Y RECURSOS DIDÁCTICOSPropiedad Intelectual y diseño de recursos didácticos. Elaboración de materiales en diferentes soportes.

TEMA 7. APLICACIÓN DE MATERIALES, MEDIOS Y RECURSOS DIDÁCTICOSClaves para realizar una presentación eficaz. Presentaciones multimedia.

TEMA 8. ASPECTOS PSICOPEDAGÓGICOS DEL APRENDIZAJEEl aprendizaje. El proceso formativo. El docente y el alumno. La comunicación y el proceso de enseñanza-

aprendizaje. Elementos que intervienen en el proceso de comunicación. Interferencias y barreras en la comunicación.La dinámica del aprendizaje en grupo. La dirección del grupo. Áreas de aplicación de las técnicas grupales .Técnicasde dinámica de grupos.

TEMA 9. ESTRATEGIAS METODOLÓGICASMétodos de enseñanza. Métodos didácticos. Tipos de estrategias metodológicas. Las habilidades docentes.

TEMA 10. MODALIDADES DE FORMACIÓNTipos de formación. Modelos de aprendizaje. Técnicas y estrategias de enseñanza-aprendizaje. La figura del tutor.

Las acciones tutoriales. Seguimiento formativo. Intervenciones pedagógicas. Introducción al e-learning. La formaciónon-line. Las comunidades de aprendizaje. El reto de la nueva educación a distancia: enseñar a los alumnos a aprenderen red.

TEMA 11. EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJEConceptualización. Dimensiones de evaluación. La evaluación de aprendizajes. Funciones de la evaluación.

Norma y criterio. Características técnicas de la evaluación. Instrumentos y técnicas de evaluación según los objetivosy tipos de aprendizaje.

TEMA 12. EVALUACIÓN DEL PROCESO FORMATIVO PARA EL EMPLEO. Evaluación de procesos. Niveles deevaluación. Evaluación de las acciones formativas. Evaluación de procesos formativos. Evaluación del seguimientoformativo. Evaluación de la transferencia de la formación en el puesto de trabajo.

TEMA 13. LA ORIENTACIÓN LABORAL Y PROMOCIÓN DE LA CALIDAD DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARAEL EMPLEO

El mercado laboral y su evolución. La empresa como principal generadora de empleo.Vías de acceso al mercado laboral. Intermediarios y otros mediadores. Cambios en la organización del trabajo.

El impacto de las nuevas tecnologías en los procesos productivos.

TEMA 14. CALIDAD EN FORMACIÓN PARA EL EMPLEO: DEFINICIÓN Y ÁMBITOSEvolución y tendencia de la formación en el mercado laboral. Las nuevas competencias profesionales de los/as

formadores/as. La formación profesional en el contexto Europeo: programas y redes transnacionales. Institucionesimplicadas en la formación: niveles de actuación y de competencias.

TEMA 15. LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. ESTRUCTURA Y NORMATIVA REGULADORA.¿Qué son los certificados de profesionalidad? Estructura de los mismos. El Referente Competencial. El Referente

Formativo. El catálogo modular de cualificaciones profesionales. Fines, funciones y estructura.

TEMARIO PARA LA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE ORIENTACIÓN E INSERCIÓN.

TEMA 1. MERCADO DE TRABAJO Y POLITICAS DE EMPLEO. Conceptos básicos relacionados con el mercadode trabajo. Teorías sobre el mercado de trabajo. Las políticas activas de empleo.

TEMA 2. LAS POLÍTICAS DE EMPLEO. Objetivos de la política de empleo. Instrumentos de la política de empleo.La intermediación laboral. Las políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura. El Proyecto Prisma Red comomecanismo de política activa de empleo: Objetivos. Orientación, intermediación y práctica laboral.

TEMA 3. EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO. Órganos del Sistema Nacional de Empleo. Funciones del SistemaNacional de Empleo. Las competencias del Gobierno y las CC.AA. en materia de empleo. El Servicio Público de EmpleoEstatal. Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.

TEMA 4. LAS POLÍTICAS DE EMPLEO EN LA UNIÓN EUROPEA. Antecedentes. Planteamientos generales. Evoluciónde las iniciativas sobre políticas de empleo dentro de la U.E. Situación actual de las políticas de empleo en la U.E.

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TEMA 5. LA ORIENTACION PROFESIONAL I. Evolución de la orientación profesional. Factores que contribuyen ala formalización de la orientación profesional.

TEMA 6. LA ORIENTACIÓN PROFESIONAL II. Estudio de las diferencias individuales. Movimientos de renovaciónPedagógica. Psicometría. Movimiento como el psicoanálisis o el counseling. Psicología evolutiva.

TEMA 7. MODELOS BÁSICOS DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL. Introducción a la Formación Profesional.Clasificación de los modelos. Los ejes de la intervención orientadora. Modelo cíclico o de counseling. Modelo deconsulta. Modelo de programas. Modelos de servicios. Modelos mixtos.

TEMA 8. PRINCIPALES RASGOS DE LA ORIENTACIÓN PROFESIONAL Y CONCEPTUALIZACIÓN ACTUAL. Laconfusión del término. Principios de la acción orientadora. Definición de la Orientación y ámbitos de actuación.

TEMA 9. LA ORIENTACION LABORAL PARA LA BUSQUEDA DE EMPLEO. Identificación del perfil profesional.Fuentes y herramientas de búsqueda de empleo. El proceso de selección. Introducción al proceso de selección. Laentrevista de selección

TEMA 10. LA FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. ANTECEDENTES. Evaluación de la formación parael empleo. El subsistema de Formación para el Empleo.

TEMA 11. LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. El Acuerdo de FormaciónProfesional para el Empleo. Nuevo marco jurídico de la Formación Profesional para el Empleo.

TEMA 12. INICIATIVAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. La formación de demanda. Laformación de oferta. La formación en alternancia con empleo. Las acciones de apoyo y acompañamiento a laformación.

TEMA 13. LOS CERTICADOS DE PROFESIONALIDAD. Los Certificados de Profesionalidad. Situación actual delrepertorio de certificados de profesionalidad. Acceso a la formación de los certificados de profesionalidad. Loscentros. Módulo de prácticas profesionales no laborales. Contratos para la formación. La formación a distancia.

TEMA 14. EL CATÁLOGO MODULAR DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES. Fines, funciones y estructura.

TEMA 15. LA CREACION DE EMPRESAS. EL AUTOEMPLEO: Definición. Autoempleo como opción personal hacia elempleo. Ventajas y desventajas. Nuevas tendencias en materia de autoempleo. El emprendedor/a. La idea. Fuentesde ideas. Evaluación inicial de la idea. Plan de empresa: Definición.

TEMARIO PARA LA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO EN INFORMÁTICA.

TEMA 1. Ingeniería del «software». Procesos de «software». Modelos de procesos. Herramientas CASE.

TEMA 2. Gestión de proyectos de «software». Actividades de gestión. Planificación y realización del calendario deun proyecto. Gestión de riesgos.

TEMA 3. Técnicas de control de proyectos. Planificación de un proyecto. Técnicas de ayuda: GANT y PERT.Evaluación de retrasos. Técnicas de corrección.

TEMA 4. Requerimientos del «software». Tipos. Estudios de viabilidad. Obtención y análisis de requerimientos.Validación y gestión.

TEMA 5. Redes locales. Técnicas y soportes de transmisión. Topologías y arquitecturas. Normalizaciones yestándares.

TEMA 6. Redes locales. Seguridad en la red. IPSec. Protocolos de seguridad. Funcionamiento. Redes privadasvirtuales.

TEMA 7. Internet. Estructura y funcionamiento. Organización. Modos de acceso. Aplicaciones (navegares).Protocolos. Servicios Internet (correo electrónico, servicios web, ftp, telnet), configuración y estándares utilizados.Lenguajes html y lenguajes script.

TEMA 8. Usabilidad de sitios web. Diseño de páginas, contenidos y sitios.

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TEMA 9. Diseño de la estructura de información web. Navegación, estructura y personalización de contenidos.

TEMA 10. Programación modular. Programación estructurada. Recursos abstractos. Diseño descendente («top-down»). Estructuras básicas.

TEMA 11. El papel del Diseñador Instruccional en el diseño de cursos en línea. Diseño instruccional y objetos deaprendizaje; hacia un modelo para el diseño de actividades de evaluación del aprendizaje on-line.

TEMA 12. Objetos y Diseños para el Aprendizaje Reutilizables. El proyecto Prisma Creativa como herramienta parala creación de redes de aprendizaje y repositorios de objetos de aprendizajes.

TEMA 13. Introducción a los estándares, especificaciones y perfiles de aplicación para entornos e-learning.

TEMA 14. Arquitectura y funcionamiento de Base de datos Oracle 9i. Estructura de la base de datos y control delespacio. Instancia. SGA.PGA. Procesos. Ficheros en disco.

TEMA 15. Creación de una base de datos Oracle 9i. Consideraciones previas. Crear una base de datos.Consideraciones posteriores. Ajustes. Seguridad de una base de datos Oracle 9i. Creación y gestión de usuarios.Control de privilegios. Roles. Control de recursos de la base de datos Perfiles. Manejo de claves.

ANEXO III

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE MÉRITOS

Baremo para la Valoración de Méritos

A: Experiencia Profesional (Máximo puntuable: 6 Puntos )A1 Experiencia en programas del FSE y en la misma ocupación técnica. 0,09 ptos/mesA2 Experiencia en programas del FSE y en diferente ocupación técnica 0,03 ptos/mesA3 Experiencia fuera de programas FSE y en la misma ocupación técnica 0,045 ptos/mesB: Formación (Máximo: puntuable 2 puntos)B1 Formación relacionada con la ocupación técnica solicitada.

Cursos de, al menos, 30 horas de duración. 0,0030ptos/horaB2 Formación complementaria a la ocupación técnica solicitada.

Cursos de, al menos, 50 horas de duración. 0,002 ptos/hora2323

PIEDRAS ALBAS

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Aprobado definitivamente el Presupuesto Generaldel Ayuntamiento para el 2012, y comprensivo aqueldel Presupuesto General de este Ayuntamiento, Ba-ses de Ejecución, plantilla de Personal funcionario ylaboral, de conformidad con el artículo 169 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de Haciendas Loca-les, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990,de 20 de abril, se publica el resumen del mismo porcapítulos:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

GASTOS

CAPÍTULOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA1) OPERACIONES CORRIENTES1 Gastos de personal 57.011,03

2 Gastos en bienes corrientesy servicios 77.699,90

3 Gastos financieros 360,004 Transferencias corrientes 13.125,00A2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones reales 20.300,007 Transferencias de capital8 Activos Financieros9 Pasivos financierosTOTAL GASTOS 168.495,93

INGRESOS

CAPÍTULOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA1) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos Directos 22.021,282 Impuestos Indirectos 2.600,003 Tasas y otros ingresos 54.383,374 Transferencias corrientes 62.071,285 Ingresos patrimoniales 15.720,00A2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de inversiones reales7 Transferencias de capital 11.700,00

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B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros9 Pasivos FinancierosTOTAL INGRESOS 168.495,93

PLANTILLA DE PERSONAL

A) FUNCIONARIOS DE CARRERA

1.- Con Habilitación Nacional:-1 Secretario-lnterventor, plaza en acumulación.

Grupo A1/A2.

2.- AdministraciÓn General-1 Auxiliares Administrativo, propiedad. Grupo C2.

B) PERSONAL LABORAL

1.- Temporal-1 Técnico de Contabilidad, contrato obra-servi-

cio.

-2 socorristas, contrato temporada estival.-2 Peones de Servicios Múltiples, contrato temporal

para satisfacer necesidades puntuales.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante laJurisdicción Contencioso-Administrativa, con los re-quisitos, forrnalidadesy causas en el artículo 170 y 171del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Hacien-das Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos queestablecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Piedras Albas a 18 de Abril de 2012.- La Alcal-desa, Francisca Prieto Cano.

2353

ALMARAZ

Anuncio

Aprobado definitivamente el Presupuesto Generaldel Ayuntamiento para el 2012, y comprensivo aqueldel Presupuesto General de este Ayuntamiento, Ba-ses de Ejecución, plantilla de Personal funcionario ylaboral, de conformidad con el artículo 169 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de Haciendas Loca-les aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990,de 20 de abril, se publica el resumen del mismo porcapítulos:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

GASTOS

CAPÍTULOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS: 13.775.845’10A.1. OPERACIONES CORRIENTES: 7.410.908’221: Gastos de Personal: 3.348.749’00

2: Gastos Corrientesen Bienes y Servicios: 3.308.159,22

3: Gastos Financieros: 3.000’00 4: Transferencias Corrientes: 751.000

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL: 6.364.936’88 6: Inversiones Reales: 6.364.936’88 7: Transferencias de Capital: 0’00B) OPERACIONES FINANCIERAS: 0’008: Activos Financieros: 0’009: Pasivos Financieros: 0’00

TOTAL: 13.775.845’10INGRESOS

CAPÍTULOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA1) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos Directos 22.021,282 Impuestos Indirectos 2.600,003 Tasas y otros ingresos 54.383,374 Transferencias corrientes 62.071,285 Ingresos patrimoniales 15.720,00A2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de inversiones reales7 Transferencias de capital 11.700,00B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros9 Pasivos FinancierosTOTAL INGRESOS 168.495,93

PLANTILLA DE PERSONAL

· FUNCIONARIOSI. Con habilitación de carácter estatal:1 Secretario-Interventor en propiedadII. Escala de Administración General:Subescala Administrativa:Subescala Subalternos:III. Escala de Administración Especial:4 Auxiliares de Policía Local (4 en propiedad).

· PERSONAL LABORAL FIJON.º 4815 Peones Servicios Varios11 Oficial primera1 Oficial segunda7 Auxiliares Administrativos1 Administrativo2 Locutor de radio1 Ayudante1 Encargado2 Auxiliares de Guardería1 Responsable de Guardería1 AEDL1 Técnico Recursos Humanos1 Arquitecto Técnico Municipal.1 Técnico Medio Servicio Social Municipal1 Conductor1 Responsable ETAP

Page 52: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 52 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

· PERSONAL LABORAL EVENTUALN.º 44 32 Peones Servicios Múltiples4 Auxiliares Administrativos1 Técnico de Prevención Riesgos Laborales1 Conductor1 Cuidador de Autobús1 Oficial 1º1 Informático1 Auxiliar Guardería1 Ingeniero Técnico Obra Públicas1 Asesor Laboral

· PERSONAL LABORAL CASA DE CULTURAN.º:52 Auxiliar Administrativo1 Administrativo1 Técnico Informático1 Ayudante de Biblioteca

· PERSONAL LABORAL PROGRAMA APOYO ALEMPLEO LOCAL

N.º :102 Oficiales Primera8 Peones Servicios Varios

· PERSONAL LABORAL RESIDENCIA DE AN-CIANOS

N.º: 372 DUE2 Fisioterapeutas1 Podóloga2 Auxiliar Administrativo2 Supervisoras1 Directora1 Ordenanza3 Limpieza2 Personal no cualificado4 Pinche Cocina17 Gerocultoras

· PERSONAL LABORAL CELADORESN.º: 44 Celadoras

· PERSONAL LABORAL CONSERJEN.º: 11 Conserje

· PERSONAL LABORAL AYUDA A DOMICILION.º: 1111 Auxiliares Ayuda a Domicilio

· PERSONAL LABORAL PROFESORES ADUL-TO

N.º:22 Profesores de Adultos

· PERSONAL LABORAL EMPLEO EXPERIENCIAN.º : 66 Peones de Servicios Múltiples

· PERSONAL LABORAL SUBVENCION CNAN.º: 1616 Peones Servicios Múltiples

· PERSONAL LABORAL AEPSAN.º:33 Peones Agrarios

· PERSONAL LABORAL FOMENTO AL EMPLEOLOCAL

N.º 2020 Peones Servicios Múltiples

· PERSONAL LABORAL SOCORRISTAN.º : 44 Socorristas

· PERSONAL LABORAL RESTON.º 4339 Peones servicios múltiplesJóvenes entre 18 y 25 años durante 1 mes realizado

tareas de peón de servicios múltiples con un contratoa media jornada.

4 Monitores para Campamento Escolar

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante laJurisdicción Contencioso-Administrativa, con los re-quisitos, formalidades y causas señaladas en el artí-culo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de Haciendas Locales aprobado por Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma yplazos que establecen las normas de dicha Jurisdic-ción.

En Almaraz a 20 de abril de 2012.- La Alcaldesa, M.ªSabina Hernández Fernández.

2437

MORCILLO

Anuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 delReal Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se hace públi-co el Presupuesto General definitivo de este Ayunta-miento, para el ejercicio de 2012, conforme al siguien-te:

RESUMEN POR CAPITULOS

CAPITULOS INGRESOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS.A.1) OPERACIONES CORRIENTES.1 Impuestos Directos. 52.300,002 Impuestos Indirectos. 500,003 Tasas y Otros Ingresos. 40.125,554 Transferencias Corrientes. 97.194,265 Ingresos Patrimoniales. 32.970,06A.2) OPERACIONES DE CAPITAL

Page 53: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERES Página 53Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

6 Enajenación de Inversiones Reales. 2.000,007 Transferencias de Capital. 0,00B) OPERACIONES FINANCIERAS

8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTAL INGRESOS 225.089,87

CAPITULOS GASTOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal. 61.290,842 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios.

124.422,723 Gastos Financieros. 10,004 Transferencias Corrientes. 30.679,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL

6 Inversiones Reales. 1.187,317 Transferencias de Capital. 7.500,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS

8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00TOTAL GASTOS. 225.089,87

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 delR.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo sepublica, la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento:

Altos cargos:1 Alcaldesa. Dedicación parcial.

Personal Funcionario:1 Secretario-Interventor. Grupo A1-A2. Nivel 26.

Agrupado con el Ayuntamiento de Calzadilla. Propie-dad.

1 Auxiliar Administrativo. Grupo C2. Vacante.

Personal laboral fijo:1 Alguacil Municipal.

Personal laboral eventual:5 Operarios Programa Fomento Empleo de Expe-

riencia. Decreto 153/2010.1 Socorrista Piscinas.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto,podrá interponerse recurso Contencioso-Administra-tivo ante el Tribunal correspondiente de la ComunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio decualquier otro recurso.

Morcillo a 17 de abril de 2012.- La Alcaldesa, Fdo.:María del Prado Sanchez Sanchez.

2326

ALDEANUEVA DEL CAMINO

Edicto

El Ayuntamiento en Pleno, en Sesión Ordinaria defecha 16 de Abril de 2012, aprobó el Pliego de Cláusu-las Administrativas Particulares que regirán la conce-sión de EXPLOTACION DE LA PISCINA MUNICIPAL YDEPENDENCIAS ANEXAS DE ALDEANUEVA DELCAMINO, el cual se expone al público por plazo de 8días contados a partir del siguiente al de su publica-ción en el B.O.P. de Cáceres.

Simultáneamente se convoca concurso, si bien lalicitación se aplazará, cuando resulte necesario, en elcaso de presentación de reclamaciones contra elPliego de Cláusulas.

1.- ENTIDAD ADJUDICADORA:Excmo. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino.

Número de Expediente 1/2012.

2.- OBJETO DEL CONTRATO:Explotación de la Piscina Municipal y dependencias

anexas de Aldeanueva del Camino hasta final del año2012

3.- TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACION:

Tramitación: Urgente.Procedimiento: AbiertoForma: Concurso.

4.- PRESUPUESTO DE LICITACION:3000,00 € por temporada.

5.- GARANTIAS:Definitiva: 120 €.

6.-OBTENCION DE DOCUMENTACION E INFOR-MACION:

Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Aldeanueva delCamino

Horario: de 9 a 14 horas.Domicilio: C/. Severiano Masides, 18Localidad: Aldeanueva del CaminoTeléfono: 927 484048Fax: 927 479136e.mail: [email protected]

7.- PRESENTACION DE LAS OFERTAS O SOLICI-TUDES:

8 días naturales siguientes al de su publicación enel B.O.P. en el Ayuntamiento de Aldeanueva del Cami-no.

En el Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino a las13,00 horas del día hábil posterior a aquel en quetermine el plazo de presentación de proposiciones, noconsiderándose hábil a estos efectos los sábados.

Page 54: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 54 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

9.- MODELO DE PROPOSICION:

D. _____________________________________,mayor de edad, vecino de______________________________, con domicilioen la C/_______________________, nº _______, ennombre propio (o en representación de______________________ conforme acredito conpoder notarial declarado bastante) con D.N.I. nº________________, enterado del Pliego de Condicio-nes y demás documentos obrantes en el Expediente,así como del anuncio del Concurso, se compromete ala EXPLOTACION DE LA PISCINA MUNICIPAL Y DE-PENDENCIAS ANEXAS propiedad del Ayuntamientode Aldeanueva del Camino, para el año 2012 por lacantidad de _______________ €, con sujeción alPliego de Cláusulas Administrativas y acompañandoPliego de Mejoras a realizar.

En Aldeanueva del Camino a ___ de______________de 2012.-

EL ALCALDE, DIONISIO CASTILLEJOS RODRI-GUEZ.

2328

ALDEANUEVA DEL CAMINO

Anuncio

En cumplimiento de Io dispuesto en el art. 169.3 de!Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, se hace público elPresupuesto General definitivo de este Ayuntamiento,para el ejercicio de 2012, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

CAPÍTULOS INGRESOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos Directos. 146.860,022 Impuestos Indirectos. 12.000,003 Tasas y Otros Ingresos. 100.250,004 Transferencias Corrientes. 224.904,985 Ingresos Patrimoniales. 8.585,00A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de Invers. Reales. 100,007 Transferencias de Capital. 300,00B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00TOTAL INGRESOS... 493.000.00

CAPÍTULOS GASTOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES1 Gastos de Personal. 216.457,642 Gastos en Bienes Ctes. y Servicios. 169.115,36

3 Gastos Financieros. 4.800,004 Transferencias Corrientes. 32.600,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales. 62.027,007 Transferencias de Capital. 8.000,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00TOTAL GASTOS. . . 493.000,00

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 delR.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo sepublica, la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento:

Personal Funcionario:- 1 secretario Interventor, propiedad.- 1 auxiliar administrativo, propiedad.

Personal Laboral:- 1 operario servicios múltiples.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto,podrá interponerse recurso Contencioso-administra-tivo ante el Tribunal correspondiente de la ComunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio decualquier otro recurso.

Aldeanueva del Camino a 19 de abril de 2012.- ElAlcalde, Dionisio Castillejo Rodríguez.

2366

SAN GIL (E.L.M.)

Anuncio

Habiendo transcurrido el plazo de exposición públi-ca del acuerdo provisional de modificación d e Orde-nanzas Fiscales aprobado en sesión celebrada por laJunta Vecinal de ´San Gil el día 5 de Marzo de 2012,publicado en el B.O.P. del día 9 de marzo de 2.012, y nohabiéndose presentado reclamaciones sobre dichoacuerdo, éste se eleva a definitivo de conformidad conlo fijado en el Art. 17 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales aprobado porR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo , por lo que se publica sutexto íntegro.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRE-CIO PUBLICO POR SERVICIO DE BÁSCULA MUNICI-PAL , FOTOCOPIAS Y FAX

Artículo 1.- Fundamento y naturaleza.-Al amparo de lo establecido en los artículos 41 y

ss. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales y elartículo 6 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas yPrecios Públicos, esta Entidad establece el PrecioPúblico por servicio de pesaje realizado por las bás-culas municipales, así como usar la fotocopiadora yel fax de la Entidad Local Menor .

Page 55: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERES Página 55Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Artículo 2.-Hecho Imponible.-Constituye el hecho imponible la prestación del

servicio de las Básculas Municipales de Ganado y deCamiones, así como el uso de la fotocopiadora y faxmunicipal

Artículo 3.-Sujeto pasivo.-Son sujetos pasivos del Precio Público, en concep-

to de contribuyente, las personas físicas y jurídicas yentidades a que se refiere el artículo 33 de la LeyGeneral Tributaria, que soliciten o resulten beneficia-das o afectadas por los servicios que constituyen elhecho imponible del Precio Público.

Artículo 4.-Responsables. .-1.-Responderán solidariamente de las obligacio-

nes tributarias del sujeto pasivo todas las personasque sean causantes o colaboren en la realización deuna infracción tributaria

2.-La responsabilidad se exigirá, en todo caso, enlos términos y con arreglo a los procedimientos previs-tos en la Ley General Tributaria.

Artículo 5.-Beneficios fiscales.No se aplicarán exenciones, bonificaciones ni re-

ducciones para la determinación de la deuda que lossujetos pasivos deban satisfacer por esta tasa.

Artículo 6.-Cuota.A).- BASCULA DE GANADOLa cuantía del Precio Público se determinará apli-

cando las tarifas siguientes:a).Cooperativas Agrícolas o Agrupaciones de Agri-

cultores legalmente constituidas /al año………….240€b). Usuarios no socios de Cooperativas ni Agrupa-

ciones/al año….. 12€c). Por cada peso no comprendido en los apartados

anteriores…. 2€B).- BASCULA DE CAMIONESEl importe del Precio Público será de …. 1,50 €/por

pesoC).- FOTOCOPIA Y FAXa) Por cada fotocopia en folio A4......... 0,10€Por cada fotocopia en folio A3......... 0,20€b)Por cada hoja enviada por el fax de la Entidad

…0,25 €

Artículo 7.-Devengo y período impositivo.El devengo del Precio Público se producirá en el

momento que se solicite el servicio.

Artículo 8.-Régimen de declaración e ingreso.El Precio Público correspondiente a la Báscula de

Ganado se abonará de forma inmediata a la prestacióndel servicio público en las instalaciones de la propiabáscula municipal al responsable de ésta, que habráde emitir en justificante de pago determinado por lapropia Entidad.

El Precio Público correspondiente a la Báscula deCamiones se hará efectivo en el Monedero de lamisma.

El Precio Público por fotocopia y fax en el momentoque se solicite el servicio.

Artículo 9.-Infracciones y sanciones.Las infracciones y sanciones en materia tributaria

se regirán por lo dispuesto por la Ley General Tributariay su normativa de desarrollo.

Disposición final.El presente Precio Público será de aplicación des-

de el día siguiente al de su publicación en el B.O.P. deCáceres y continuará vigente mientras no se acuerdesu derogación o modificación.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA PORDOCUMENTOS QUE EXPIDA O DE QUE ENTIENDA LAADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPA-LES

FUNDAMENTO Y RÉGIMENArtículo 1.Esta Entidad, conforme a lo autorizado por el artícu-

lo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local y de acuerdo con lo previstoen el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales establece latasa por Expedición de Documentos, que se regularápor la presente Ordenanza, redactada conforme a lodispuesto en los artículos 20 a 27 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de Marzo citado.

HECHO IMPONIBLEArtículo 2.Constituye el hecho imponible la actividad munici-

pal desarrollada como consecuencia de:1. La tramitación a instancia de parte de toda clase

de documentos que expida o de que entienda la Admi-nistración Municipal.

2. La expedición de los documentos a que se hahecho referencia en el apartado anterior, que aunqueexpedidos sin petición de parte, haya sido provocadao resulte en beneficio de la parte interesada.

SUJETOS PASIVOSArtículo 3.Son sujetos pasivos de esta Tasa, en concepto de

contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, asícomo las herencias yacentes, comunidades de bie-nes y demás entidades que, carentes de personalidadjurídica, constituyan una unidad económica o un patri-monio separado, susceptible de imposición, que so-liciten, provoquen o resulten beneficiadas por la trami-tación o expedición de los documentos a que se refiereel artículo 2.

DEVENGOArtículo 4.La obligación de contribuir nace con la presenta-

ción del escrito, petición o documento de que haya deentender la Administración, o en su caso, en el mo-mento de expedir el documento cuando se efectúe deoficio.

Page 56: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 56 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

RESPONSABLESArtículo 5.1.- Serán responsables solidariamente de las obli-

gaciones tributarias establecidas en esta Ordenanzatoda persona causante o colaboradora en la realiza-ción de una infracción tributaria. En los supuestos dedeclaración consolidada, todas las sociedades inte-grantes del grupo serán responsables solidarias delas infracciones cometidas en este régimen de tribu-tación.

BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLEArtículo 6.Estará constituida por la clase o naturaleza del

documento tramitado o expedido por la AdministraciónMunicipal, y los derechos aplicables se ajustarán a lasiguiente tarifa.

TARIFAS1.- Expedición de certificaciones de acuerdos mu-

nicipales y documentos existentes, etc. 3,00€2.- Compulsas y legalización de documentos (por

cada página compulsada) ..........................0,25 €3.- Bastanteo de poderes …….. 21,00 €4.- Expedientes que requieren publicación en Bole-

tines.................................................................22,00 €5.- Reconocimiento de firma (excepto pensionistas

y parados que justifiquen su situación......12,00 €

NORMAS DE GESTIÓN

EXENCIONES, REDUCCIONES Y DEMÁS BENEFI-CIOS LEGALMENTE APLICABLES

Artículo 7.De conformidad con el artículo 18 de la Ley 8/89, de

13 de abril, no se reconoce beneficio tributario alguno,salvo al Estado, Comunidad Autónoma y Provincia aque pertenece este Ayuntamiento, y los que seanconsecuencia de lo establecido en los Tratados oAcuerdos Internacionales.

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIA

Artículo 8.En todo lo relativo a la calificación de infracciones

tributarias y sanciones, además de lo previsto en estaOrdenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 77y siguientes de la Ley General Tributaria y demásnormas aplicables.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigor elmismo día de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia, permaneciendo en vigor hasta su modifica-ción o derogación expresa.

Contra el presente acuerdo, que resulta definitivoen vía administrativa puede interponerse recurso con-tencioso-administrativo en el plazo de dos meses anteel Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáce-

res, sin perjuicio de cualquier otro que se estimeprocedente en derecho.

San Gil, 16 de abril de 2012.- LA ALCALDESA, AnaM.ª González Ramos.

2307

PLASENCIA

Edicto

Aprobado por esta Alcaldía los Padrones Municipa-les que a continuación se relacionan, se exponen alpúblico por término de QUINCE DÍAS, en las depen-dencias de la Administración de Rentas y Exacciones,para la notificación colectiva de las liquidaciones in-cluidas en los mismos.

MES DE ABRIL DE 2012

TASAS POR EL SERVICIO DE MERCADO DE ABAS-TOS.

TASAS POR AYUDA A DOMICILIO YTELEASISTENCIATASAS POR SERVICIO DE GUARDERÍATASAS POR ESCUELA MUNICIPAL DE COCINA

Los interesados podrán interponer en el plazo deUN MES, contado a partir de la fecha de publicación deeste Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, recursode reposición previo al contencioso-administrativo, deconformidad con el art. 14 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales.

Plasencia a 18 de marzo de 2012.- El Alcalde(ilegible).

2395

LADRILLAR

Edicto

Rendidas las Cuentas Generales del Presupuestoy de Administración del Patrimonio, correspondientesal ejercicio de 2011, e informadas debidamente por laComisión Especial de Cuentas de esta Entidad, encumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en losartículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, quedan expuestas al públicoen la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quincedías hábiles, para que durante el mismo y ocho díasmás, puedan los interesados presentar por escrito losreparos, observaciones y reclamaciones que estimenpertinentes.

Ladrillar a 17 de abril de 2012.- El Alcalde Presiden-te, Miguel Angulo Pino.

2330

Page 57: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERES Página 57Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

LADRILLAR

Anuncio

El Pleno del Ayuntamiento de Casares de las Hurdes, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2012acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.° 1/2011 del Presupuesto en vigor en lamodalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo [a nuevos y/o mayores ingresos] con el siguiente resumenpor capítulos:

Presupuesto de Gastos

CAPITULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN INICIAL CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

1 Gastos de personal 95.093,00 106.768,004 Transferencias corrientes 6.700,00 8.550,006 Inversiones reales 14.542,77 52.867,537 Transferencias de capital 6.100,00 6.900,00

Presupuesto de Ingresos

CAPITULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN INICIAL CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

4 Transferencias corrientes 106.750,00 109.675,005 Ingresos patrimoniales 65.080,00 90.230,007 Transferencias de capital 3.500,00 28.074,76

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete elexpediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamentedicho Acuerdo.

Ladrillar, 17 de abril de 2012.- El Alcalde, Miguel Angulo Pino.2329

NAVEZUELAS

Edicto

Transcurrido el plazo de exposición al público delacuerdo provisional, adoptado por el Pleno en sesiónextraordinaria del día 23 de febrero de 2012, de modifica-ción de las siguientes Tasas y de sus correspondientesOrdenanzas Fiscales Reguladoras, sin que se hayanpresentado reclamaciones, dicho acuerdo se eleva adefinitivo de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 delR. D. L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,publicándose a continuación sus textos íntegros:

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA PORPRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA A DOMICILIO

Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza Fiscalreguladora, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 3.- Cuantía.Las cuantías de la tasa reguladora de esta orde-

nanza será la fijada en las tarifas contenidas en elaportado siguiente.

TARIFA:SUMINISTRO DE AGUA: CONSUMOS.

· Los 25 primeros metros cúbicos consumidoscada tres meses, 3.00 euros.

· De 25 a 50 metros cúbicos consumidos cadatres meses, 0.48 euros/m3.

· De 50 metros cúbicos en adelante, 0.60 euros/m3.

Se hace constar igualmente, que estos precios nollevan incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, porlo que en cada caso dichas tarifas se veránincrementadas por el tipo vigente en cada momento.

DERECHOS DE ENGANCHE Y ACOMETIDA.

· Al iniciarse el servicio o cada vez que se resta-blezca en todo el término municipal 50.00 euros.»

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAPRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADOY DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.

Page 58: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERESPágina 58 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Se modifica el artículo 4 de la Ordenanza Fiscalreguladora, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 4.- Cuota tributaria.

1. La cuota correspondiente a la concesión de lalicencia o autorización de acometida a la red de alcan-tarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en lacantidad fija de CINCUENTA (50.00) euros.

2. La cuota tributaria a exigir por la prestación delos servicios de alcantarillado es la siguiente:

- DOMESTICOS: 3 euros/trimestre.- INDUSTRIALES: 3 euros/trimestre.

Estas cuotas serán irreducibles y su cobro seefectuará mediante recibos trimestrales.»

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POROTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICASEXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y OR-DENACIÓN URBANA.

Se modifica el artículo 6 de la Ordenanza Fiscalreguladora, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 6.- Cuota tributaria.

- Por Obras, instalaciones y construcciones engeneral, incluidas las demoliciones, y los movimien-tos de tierras y desmonte, como consecuencia delrelleno, vaciado o explanación de solares, el 2% delpresupuesto de ejecución material de la obra o insta-lación, con un mínimo de 20.00 euros.

- Por señalamiento de alineaciones y rasantes,por cada metro lineal de fachada o fachadas de inmue-bles, 5.00 euros/ml, con un mínimo de 30.00 euros.

- Parcelaciones y segregaciones

1. Las parcelaciones, reparcelaciones y segrega-ciones en suelo urbano, 30.00 euros por cada nuevaparcela resultante.

2. Las segregaciones en terreno no urbanizable,30.00 euros por cada nueva finca resultante.

- Por obras menores: 2% sobre el presupuestode la obra, con un mínimo de 20.00 euros.

- Por expedición de licencia de primera ocupa-ción:

· Edificios destinados a viviendas: 50.00 euros.

· Edificios destinados a uso comercial, indus-trial, y de servicios: 80.00 euros.

- Por expedición de cédulas de Habitabilidad:120.00 euros.»

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POREXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOSO AUTORIDADES LOCALES A INSTANCIA DE PARTE.

Se modifica el artículo 6 de la Ordenanza Fiscalreguladora, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 6.- Tarifa.· Certificaciones en general, informes de la Alcal-

día, Autorizaciones, etc.: 1.00 €.

· Certificaciones literales de acuerdos (de Pleno,Comisión de Gobierno, etc.): 3.00 €

· Certificados e Informes del Ayuntamiento, quesea posible facilitar, y reúnan las siguientes circuns-tancias:

- Antigüedad superior a cinco años: 5.00 €

- Especial dificultad para la recabación de datos:5.00 €

· Compulsas, por unidad, a: 0,60 €.

· Por iniciación de cualquier clase de expediente,a instancia de parte: 3.00 €.

· Por Licencias o permisos otorgados por elPleno, la Comisión de Gobierno o la Alcaldía, será laque figure en la respectiva Ordenanza, pero en sudefecto, regirá la tarifa de: 5.00 €.

· Por documentos urbanísticos (certificación deservicios urbanísticos, informes urbanísticos no exigi-dos en expediente, etc.): 5.00 €.»

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓNDE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS,PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROSSERVICIOS ANÁLOGOS.

Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza reguladora,que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 3.- CUANTIA.1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenan-

za será fijada en la tarifa contenida en el apartadosiguiente, para cada uno de los distintos servicios oactividades.

2. La tarifa de esta tasa por persona será la si-guiente:

ENTRADAS.Días laborables Domingos

y festivos

Niños menores de 4 años Exentos ExentosNiños (de 4 a 14 años) 1.50 € 1.50 €Adultos 2.00 € 2.00 €Mayores de 65 años empadronados

en Navezuelas Exentos Exentos

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B.O. DE CÁCERES Página 59Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

ABONO INDIVIDUAL TEMPORADA:

Niños menores de 4 años ExentosNiños (de 4 a 14 años) 20.00 €Adultos 40.00 €Mayores de 65 años empadronadosen Navezuelas Exentos

Ordenanza de la tasa por la prestación del serviciode fotocopiadora y telefax.

Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza reguladora,que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 3.- CUANTÍA.

1. La cuantía de la tasa público regulada en estaordenanza será fijada contenida en el apartado si-guiente, para cada uno de los distintos servicios oactividades.

2. La tarifa de esta tasa, será la siguiente:

a) Por el servicio de fotocopiadora.- Cada copia de DIN A-4: 0.15 euros.- Cada copia de DIN A-3: 0.15 euros

b) Por el servicio de telefax.- Envíos:Provincial: 0.60 euros, a partir del segundo folio

0.30 €/folio.Interprovincial: 0.60 euros, a partir del segundo folio

0.30 €/folio.Internacionales: 1.00 euro/folio.

- Recepción:Por cada folio 0.15 euros.»

Ordenanza Reguladora de la tasa por la prestacióndel servicio de Ayuda a Domicilio.

Se modifica el artículo 5 de la Ordenanza reguladora,que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 5.- La cuota tributaria será calculada deconformidad con el baremo establecido en la siguientetarifa:

RENTA.- MENSUAL / PERSONA(COSTE DEL SERVICIO CON UN MINIMO DE 20

HORAS / MES

· Hasta 250.00 euros: EXENTOS.· De 251.00 a 450.00 euros: 45.00 euros / mes.· De 451.00 a 600.00 euros: 50.00 euros / mes.· De 601.00 a 900.00 euros: 55.00 euros / mes.· De 901.00 euros en adelante: 60.00 euros / mes.»

ORDENANZA REGULADORA DE LA tasa por insta-lación de puestos, barracas, casetas de venta, espec-táculos, atracciones o recreo, situados en terreno deuso público local así como industrias callejeras yambulantes y rodaje cinematográfico.

Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza reguladora,que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 3.- Cuantía.

1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenan-za será la fijada en las tarifas contenidas en el apartadosiguiente.

2. Las tarifas de la tasa serán las siguientes:

· Tarifa primera. Mercado semanal:- Hasta 10 metros lineales 2.50 euros por puesto.- Exceso: 0.50 euros metro lineal y día

· Tarifa segunda. Puestos de Ferias, Fiestas,Navidad y Semana Santa, Parques de atracciones,Rodaje cinematográfico y otras instalaciones: 15.00euros por atracción o instalación y día.»

DISPOSICION FINAL: Las presentes modificacio-nes, que fueron aprobadas por el Ayuntamiento Plenoen sesión extraordinaria celebrada el día 23 de febrerode 2012, entrarán en vigor el mismo día de su publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán deaplicación a partir de esa misma fecha, permanecien-do en vigor hasta su modificación o derogación expre-sa.

Contra este Acuerdo, conforme al artículo 19 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se podrá inter-poner por los interesados recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Tribunal Superior de Extremadura, enel plazo de dos meses contados a partir del día siguien-te al de la publicación de este edicto en el «BoletínOficial de la Provincia».

En Navezuelas, a 17 de abril de 2012.- El Alcalde-Presidente, Carlos Javier Ríos Peromingo.

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NAVEZUELAS

Edicto

Al no haberse presentado reclamaciones duranteel plazo de exposición al público, quedaautomáticamente elevado a definitivo el Acuerdo ple-nario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipalreguladora de la tasa por tramitación de documentosa través dela oficina integrada de recepción y registro(ventanilla única), cuyo texto íntegro se hace público,para su general conocimiento y en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ordenanza Reguladora de la tasa por tramitaciónde documentos a través de la oficina integrada derecepción y registro (Ventanilla Única).

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B.O. DE CÁCERESPágina 60 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Artículo 1. – Fundamento y Naturaleza.

En uso de las facultades concedidas por los artícu-los 133.2 y 142 de las Constitución y por el artículo 106de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de la Bases deRégimen Local, y de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayunta-miento establece la Tasa por tramitación de documen-tos a través de la ventanilla única oficina integrada derecepción y registro (ventanilla única) del Ayuntamientode Navezuelas, que se regirá por la presente Ordenan-za Fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en elarticulo 20 y siguientes del citado Real Decreto Legis-lativo.

Artículo 2.– Hecho imponible.

1. Constituye el hecho imponible de la Tasa de laactividad administrativa desarrollada con motivo de latramitación, a instancia de parte, de la documentaciónque se presente ante la oficina integrada de recepcióny registro del Ayuntamiento de Navezuelas (ventanillaúnica), incluida mediante protocolo de adhesión alConvenio Marco entre la Administración General delEstado y la Comunidad Autónoma de Extremadurapara la implantación de una red de oficinas de atenciónpersonalizada al ciudadano en el ámbito territorial deExtremadura.

2. A estos efectos, se entenderá tramitada a instan-cia de parte cualquier documentación administrativaque haya sido provocada por el particular o redunde ensu beneficio, aunque no haya mediado solicitud expre-sa del interesado.

Artículo 3.- Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos contribuyentes las personasfísicas y jurídicas y las entidades a que se refiere elartículo 33 de la Ley General Tributaria que soliciten,provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación deldocumento o expediente de que se trate.

Artículo 4.– Responsables.

Responderán solidariamente de las obligacionestributarias del sujeto pasivo las personas físicas yjurídicas a que se refieren los artículos 38.1 y 39 de laLey General Tributaria.

Artículo 5.– Cuota tributaria.

La cuota tributaria se determinará por una cantidadfija señalada según las características de los docu-mentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con laTarifa que contiene el artículo siguiente.

Artículo 6.- Tarifas.

Las tarifas de la tasa se estructuran en los aparta-dos siguientes:

Documento EurosPara sobre normal 3.00Para sobre tamaño cuartilla 3.50Para sobre tamaño folio 4.00

Artículo 7.– Devengo.

Se devenga la Tasa y nace la obligación de contri-buir cuando se presente el documento o documentosde que se trate para su tramitación ante la oficinaintegrada de recepción y registro del Ayuntamiento deNavezuelas (ventanilla única).

Artículo 8.– Declaración e ingreso.

1. La exacción de la tasa podrá realizarse ante elServicio de recaudación del Ayuntamiento o medianteingreso en alguna cuenta corriente de cualquiera delas entidades existentes en el municipio de Navezuelasde la que sea titular el Ayuntamiento.

2. La tramitación del documento o documentospresentados para su tramitación ante la oficina inte-grada de recepción y registro del Ayuntamiento deNavezuelas (ventanilla única), sólo serán tramitadosprevia acreditación del pago de la tasa correspondien-te.

Artículo 9.– Infracciones y sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infraccionestributarias, así como de las sanciones que a las mis-mas correspondan a cada caso, se estará a lo dis-puesto en los artículos 77 y siguientes de la LeyGeneral Tributaria.»

DISPOSICION FINAL: La presente ordenanza, quefue aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesiónextraordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2012,entrará en vigor el mismo día de su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, y serán de aplicación apartir de esa misma fecha, permaneciendo en vigorhasta su modificación o derogación expresa.

Contra este Acuerdo, conforme al artículo 19 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se podrá inter-poner por los interesados recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Tribunal Superior de Extremadura, enel plazo de dos meses contados a partir del día siguien-te al de la publicación de este edicto en el «BoletínOficial de la Provincia».

En Navezuelas, a 17 de abril de 2012.- El Alcalde-Presidente, Carlos Javier Ríos Peromingo.

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B.O. DE CÁCERES Página 61Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

NAVEZUELAS

Edicto

Al no haberse presentado reclamaciones duranteel plazo de exposición al público, quedaautomáticamente elevado a definitivo el Acuerdo ple-nario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipalreguladora de la tasa por la prestación del servicio deCementerio Municipal, cuyo texto íntegro se hace públi-co, para su general conocimiento y en cumplimiento delo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

« ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOMUNICIPAL.

Artículo 1. Fundamento Legal y Naturaleza.

En uso de las facultades contenidas en los artícu-los 133.2 y 142 de la Constitución Española, de acuer-do con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local, y de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 15 a 27, y 57 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, esta Ordenanza regula la tasa por la utiliza-ción del servicio de cementerio municipal.

Artículo 2. Hecho Imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la presta-ción de los servicios de Cementerio municipal, y laasignación de espacios para enterramientos; permi-sos de construcción de nichos, panteones o sepultu-ras; ocupación de los mismos; movimiento y coloca-ción de lapidas, cruces, verjas y adornos; conservaciónde los espacios destinados al descanso de los difun-tos, transmisión de licencias, autorización y cuales-quiera otros que, de conformidad con lo establecidopor el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, seanprocedentes o se autoricen a instancia de parte.

Artículo 3. Sujeto Pasivo.

Son sujetos pasivos los solicitantes de la autoriza-ción, o de la prestación del servicio o los titulares delderecho funerario, las herencias yacentes y los obliga-dos a prestarse alimentos.

Hecha la partición hereditaria, será responsablesubsidiario cualquiera de los herederos.

Artículo 4. Responsables.

Responderán de la deuda tributaria los deudoresprincipales junto a otras personas o entidades. A estosefectos se considerarán deudores principales los obli-gados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Salvo precepto legal expreso en contrario, la res-ponsabilidad será siempre subsidiaria.

En relación a la responsabilidad solidaria y subsi-diaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido,respectivamente, en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 5. Exacciones Subjetivas y Bonificaciones.

Estarán exentos del pago de la tasa:

· Los enterramientos de los cadáveres de po-bres de solemnidad.

· Las inhumaciones que son ordenadas por laAutoridad judicial o administrativa.

Artículo 6. Cuota.

La cuota tributaria se determinará por aplicación dela siguiente tarifa:

· Nichos de propiedad municipal para vecinosempadronados, para todas las filas de nichos y altu-ras: 500.00 €.

· Nichos de propiedad municipal para vecinos noempadronados que soliciten enterramiento enNavezuelas, para todas las filas de nichos y alturas:700.00 €.

· Por reapertura de nichos: 250.00 €

Artículo 7. Devengo.

La tasa se devengará desde el mismo momento enque se solicite la autorización o el servicio pretendido,naciendo por tanto la obligación de contribuir.

La tasa se devenga cuando se presente la solicitudque inicie la actuación, que no se realizará sin que sehaya efectuado el pago correspondiente.

Artículo 8. Derecho Funerario.

Cualquier clase de sepultura o nicho que, porcualquier causa, quede vacante, revertirá a favor delAyuntamiento.

El derecho que se adquiere mediante el pago de latarifa correspondiente a sepulturas o nichos de losllamados perpetuos, no es el de la propiedad física delterreno, sino el de conservación a perpetuidad de losrestos inhumados en dichos espacios.

Las transmisiones del derecho de propiedad detoda clase de sepulturas o nichos, podrán hacersedentro del cuarto grado de parentesco, directo y cola-teral. En ningún caso, el derecho que transfiere elAyuntamiento a los particulares podrá ser objeto decomercio.

Las permutas de los derechos de un sepulcro por otro,se podrán realizar, previa autorización del Ayuntamiento.

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B.O. DE CÁCERESPágina 62 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Artículo 9. Impago de Recibos.

Para aquellas cuotas y recibos que no puedan sercobrados, se aplicará lo establecido en el ReglamentoGeneral de Recaudación.

Artículo 10. Infracciones y Sanciones

La falta de pago de las tasas establecidas en estaOrdenanza determinará la caducidad de todos losderechos que el titular tenga sobre la sepultura decualquier denominación pudiendo ser exhumados losrestos mortales que contengan los enterramientos decualquier clase.

En todo lo referente a infracciones y sanciones,será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, en concreto los artículos 181 ysiguientes, y las disposiciones que la desarrollen.»

DISPOSICION FINAL: La presente ordenanza, quefue aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesiónextraordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2012,entrará en vigor el mismo día de su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, y serán de aplicación apartir de esa misma fecha, permaneciendo en vigorhasta su modificación o derogación expresa.

Contra este Acuerdo, conforme al artículo 19 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se podrá inter-poner por los interesados recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Tribunal Superior de Extremadura, enel plazo de dos meses contados a partir del día siguien-te al de la publicación de este edicto en el «BoletínOficial de la Provincia».

En Navezuelas, a 17 de abril de 2012.- El Alcalde-Presidente, Carlos Javier Ríos Peromingo.

2336

NAVEZUELAS

Anuncio

Al no haberse presentado reclamaciones duranteel plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicialaprobatorio del Reglamento del Registro General deEntrada y Salida de Documentos y de la creación yfuncionamiento de los Registros Auxiliares, cuyo textoíntegro se hace público, para su general conocimientoy en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local.

REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DEENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS Y DE LA CREA-CIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS REGISTROSAUXILIARES DEL MISMO

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES DE CARÁCTERGENERAL

Artículo 1.- Objeto

CAPÍTULO II.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES,ESCRITOS Y COMUNICACIONES

Artículo 2.- Lugares de presentaciónArtículo 3.- Medios de presentaciónArtículo 4.- Efectos de la presentaciónArtículo 5.- Modelos y sistemas normalizados de

solicitudArtículo 6.- Aceptación y registro de documentosArtículo 7.- Recibos de presentaciónArtículo 8.- Presentación irregular de documentos

CAPITULO III.- EXPEDICIÓN DE COPIAS DE DO-CUMENTOS

Artículo 9.- Aportación de documentos originales alprocedimiento

Artículo 10.- Aportación de copias compulsadas alprocedimiento

CAPÍTULO IV.- OFICINAS DE REGISTRO.Artículo 11.- Consideración como órganos admi-

nistrativosArtículo 12.- Oficinas de Registro generales y auxi-

liaresArtículo 13.- Funciones de las oficinas de registroArtículo 14.- AsientosArtículo 15.- Prioridad temporalArtículo 16.- Días y horarios de apertura de las

oficinas de registroArtículo 17.- Garantía del registro

CAPÍTULO V.- REGISTRO ELECTRÓNICOArtículo 18.- Sede electrónica del Ayuntamiento de

NavezuelasArtículo 19.- Publicación electrónica de anuncios o

edictosArtículo 20.- Registro electrónico del Ayuntamiento

de NavezuelasArtículo 21.- Requisitos técnicos necesarios para la

utilización del registro.Artículo 22.- Ámbito de aplicación del Registro Elec-

trónicoArtículo 23.- Acreditación de la identidad.Artículo 24.- Voluntariedad de la presentación elec-

trónica.Artículo 25.- Modelos normalizados de solicitudes,

escritos y comunicaciones y acceso al Registros Elec-trónico.

Artículo 26.- Días y horario de apertura del RegistroElectrónico

Artículo 27.- Uso de la firma electrónica y certifica-dos admitidos.

Artículo 28.- Anotaciones en el Registro Electrónico.Artículo 29.- Acuse de reciboArtículo 30.- Presentación de documentación com-

plementaria.Artículo 31.- Notificaciones electrónicasArtículo 32.- Gestión de documentos electrónicos.Artículo 33.- Conservación de los documentos elec-

trónicos en los archivos de oficina.

Page 63: JUEVES AÑO 26 Boletín Oficial 2012 ABRIL

B.O. DE CÁCERES Página 63Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Artículo 34.- Archivo definitivoArtículo 35.- Responsabilidad

Disposición adicional primera.- Entrada en funcio-namiento del Registro Electrónico.

Disposición adicional segunda.- Habilitación dedesarrollo.

Disposición adicional tercera.- Registro de usua-rios

Disposición adicional cuarta.- Garantías generales.

Disposición adicional quinta.- Compulsa electróni-ca de documentos y expedición de copias auténticas.

Disposición final.- Entrada en vigor.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria segunda.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los registros de documentos prestan un serviciofundamental en el desenvolvimiento normal de la ac-tuación administrativa, tanto en el ámbito de su funcio-namiento interno como en su relación con los adminis-trados.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (modificado por la Ley4/1999, de 13 de enero), garantiza, en su artículo 35,letras c), e), f), g) y h), el derecho de los ciudadanos ala presentación de documentos estableciendo en suartículo 38 las líneas fundamentales a las que debenacomodarse los registros de los órganos administra-tivos. Este último precepto atiende a dos objetivosfundamentales: en primer lugar, ofrecer una constan-cia a los ciudadanos de sus relaciones documentalescon la Administración y, con ello, la garantía de susderechos y, en segundo lugar, satisfacer las necesida-des de toda organización pública en lo que a ordena-ción de sus entradas y salidas se refiere.

Dicha norma instó a las Administraciones Públicasa que promovieran la incorporación de técnicas elec-trónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo desu actividad y el ejercicio de sus competencias. Asi-mismo, el artículo 38.9 de esta ley habilitó para lacreación de registros Electrónicos que facilitaran eimpulsaran las comunicaciones entre las Administra-ciones Públicas y los ciudadanos, y, de igual modo, elartículo 59.3 de la reiterada ley contempló los requisi-tos para la práctica de las notificaciones telemáticas.

Por su parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio, deacceso electrónico de los ciudadanos a los ServiciosPúblicos, modificando en parte las previsiones de laLey 30/1992, ha reconocido a los ciudadanos el dere-

cho a relacionarse con las Administraciones Públicaspor medios electrónicos regulando a su vez los aspec-tos básicos de la utilización de las tecnologías de lainformación en la actividad administrativa, tanto en lasrelaciones entre administraciones públicas como enlas relaciones de los ciudadanos con las mismas.Esta nueva Ley ha derogado los preceptos que sobreregistro electrónico contenía la Ley 30/1992, amplian-do los derechos de los ciudadanos.

No obstante, la plena efectividad de los derechosrecogidos en la citada Ley 11/2007 tienen demoradasu plena eficacia, para el ámbito local, a 31 de diciem-bre de 2009 y siempre que lo permitan sus disponibi-lidades presupuestarias (disposición final tercera,apartado 4.º) En tanto estas condiciones se producen,es necesario avanzar en la implantación de un registroelectrónico, que, aun sin reconocer plenamente losderechos de la citada Ley, sea un paso previo quepermita el reconocimiento de los derechos del ciuda-dano en los plazos que la Ley prevé.

La Ley 11/2007, como ya lo hizo la Ley 30/1992obliga en su artículo 25 a que la creación de losregistros electrónicos se haga mediante disposicio-nes normativas, lo que implica la necesidad de apro-bar un reglamento conforme a los trámites previstos enla legislación de régimen local. Incluso la Ley en suartículo 24.3 establece la obligación para todas lasadministraciones públicas de que exista un registroelectrónico en cada Administración Pública, obliga-ción que este Ayuntamiento pretende cumplir con lacreación del registro electrónico y la aprobación delpresente reglamento.

Así, la presentación por vía telemática de solicitu-des, escritos, comunicaciones y notificaciones requie-re como premisa indispensable la previa creación deun Registro Electrónico que se ocupe de la recepcióny remisión de los mismos.

Por su parte, el artículo 146 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régi-men Jurídico de la Administración Local establece queel procedimiento administrativo de las Entidades Lo-cales, se rige, entre otras normas, por los reglamentossobre procedimiento administrativo que aprueban lasentidades locales, en atención a la organización pecu-liar que hayan adoptado, formando parte del mismo losactos administrativos relacionados con la fase deiniciación del procedimiento y en particular los relativosa la presentación de documentos e instancias en losRegistros Municipales.

Por lo tanto, en cumplimiento de la normativa legal,se pretende la descentralización del Registro Generalmediante la creación de oficinas de registro auxiliares,asumir el compromiso de publicar y mantener actua-lizada una relación de oficinas de registro propias oconcertadas, así como sus sistemas de acceso ycomunicación y los horarios de funcionamiento. Asi-mismo, se pretende la creación de un marco jurídico

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B.O. DE CÁCERESPágina 64 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

que facilite la extensión y utilización de las nuevastecnologías junto con la consecución de las finalida-des propias de todo Registro, estableciendo la regu-lación del Registro General, de la sede electrónica y lacreación del Registro electrónico y su regulación conarreglo a las prescripciones de la Ley 11/2007.

En este sentido, se aborda la creación de un Regis-tro Electrónico en el ámbito del Ayuntamiento de Nave-zuelas, configurándolo como un registro auxiliar delregistro general del Ayuntamiento, acometiendo laregulación de los criterios generales para la presenta-ción telemática de formularios, escritos, solicitudes ycomunicaciones y la determinación de los procedi-mientos y actuaciones a los que resulta de aplicación.

La presentación de formularios, solicitudes, escri-tos y comunicaciones por vía telemática se estableceen esta norma como una vía voluntaria para el intere-sado.

Asimismo, el reglamento se enmarca en el conve-nio de colaboración con la Diputación Provincial deCáceres, por el cual se ha puesto a disposición de estaentidad local la herramienta informática precisa parala implantación del Registro Electrónico.

En cuanto al fechado electrónico en las presenta-ciones de documentos en el registro electrónico,tanto en el momento de puesta a disposición delinteresado como en su recepción, se realizará através del servidor de Diputación de Cáceres que seencontrará sincronizado con el Real Observatorio deSan Fernando.

El Registro cumplirá los criterios de disponibilidad,autenticidad, integridad, confidencialidad y conserva-ción de la información.

De esta forma, el sistema de registro diseñadoresulta coherente con una administración pública localmoderna, eficaz y racional, cuyas normas de funciona-miento se inspiran en los principios de legalidad,celeridad y seguridad jurídica.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL.

Artículo 1.- Objeto.1. Es objeto del presente Reglamento la regula-

ción, en el ámbito del Ayuntamiento de Navezuelas, de:a) La presentación por los ciudadanos de solicitu-

des, escritos, comunicaciones así como de los docu-mentos que las acompañen, dirigidas al Ayuntamien-to, o a aquellas Administraciones con las que el Ayun-tamiento tenga suscrito el convenio al que se refiere elartículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

b) El ejercicio por los ciudadanos de sus derechosa la obtención de un recibo de las solicitudes, escritosy comunicaciones que dirijan al Ayuntamiento; a laexpedición por ésta Administración de copias selladasde los documentos originales que aporten y debanobrar en el procedimiento; así como a la devolución de

los documentos originales previa compulsa de suscopias cuando aquellos no deban obrar en el procedi-miento.

c) El régimen de las oficinas de registro municipales.d) La creación y regulación del funcionamiento del

Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como elestablecimiento de los requisitos y condiciones quehabrán de observarse en la presentación, recepciónde solicitudes, escritos, y comunicaciones que setransmitan por medios telemáticos.

2. El presente Reglamento se dicta en desarrollode los artículos 35 c), 38, 46 y 70.3 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común así como del artículo 53 de la Ley 7/1985,de 2 de abril reguladora de las Bases de RégimenLocal y artículo 151 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régi-men Jurídico de la Administración Local Y Ley 11/2007,de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudada-nos a los Servicios Públicos.

3. El Registro General de Entrada y Salida de esteAyuntamiento depende directamente de la SecretaríaGeneral del mismo.

CAPÍTULO IIPRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, ESCRITOS

Y COMUNICACIONES.

Artículo 2.- Lugares de presentación.1. Sin perjuicio de los lugares en que, de confor-

midad con lo establecido en el artículo 38 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, los ciudadanos tienenderecho a presentar las solicitudes, escritos y comu-nicaciones dirigidos a este Ayuntamiento, éstos po-drán presentar los mismos tanto en las oficinas muni-cipales del Registro General y registros descentraliza-dos como a través del Registro Electrónico en lostérminos recogidos en este Reglamento.

2. Igualmente, en los términos señalados en elapartado anterior, los ciudadanos podrán presentar enel Registro General y en los registros auxiliares cuantosescritos y comunicaciones sean dirigidos a las Admi-nistraciones Públicas con las que este Ayuntamientotenga suscrito el convenio a que se refiere el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Todo ello envirtud de los Acuerdos de Pleno de 29 de enero de 2001,de adhesión al Convenio Marco entre la AdministraciónGeneral del Estado y la Comunidad Autónoma de Extre-madura y Resolución de 20 de junio de 2006, de adhe-sión al Convenio Marco entre la Diputación Provincial deCáceres y las Entidades Locales de la Provincia para laColaboración en la Progresiva Implantación de un Sis-tema Intercomunicado de Registros entre la DiputaciónProvincial y las Entidades Locales del Ámbito Territorialde la Provincia de Cáceres, recogidos ambos comoAnexo de este Reglamento.

Artículo 3.- Medios de presentación.1. La presentación de solicitudes, escritos, comu-

nicaciones y documentos en cualquiera de los lugares

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B.O. DE CÁCERES Página 65Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

previstos en el apartado 1 del artículo anterior se podráefectuar tanto en soporte papel (incluido el Fax) comoen formato electrónico.

Artículo 4.- Efectos de la presentación.1. La fecha de entrada de las solicitudes, escritos

y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento en loslugares previstos en el artículo 2 de este Reglamentoproducirá efectos en cuanto al cumplimiento de losplazos de los ciudadanos, tanto en lo que se refiere asus relaciones con el Ayuntamiento como a las Admi-nistraciones con las que este Ayuntamiento tengasuscrito el Convenio a que se refiere el artículo 38.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La fecha depresentación en cualquier oficina del Registro de En-trada tendrá igualmente el carácter de fecha de iniciodel plazo para resolver en el caso de los escritos ycomunicaciones dirigidos al Ayuntamiento.

2. En el caso de las Administraciones que hansuscrito con el Ayuntamiento el convenio a que serefiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, la fecha de entrada de las solicitudes,escritos y comunicaciones a las que se refiere elapartado anterior en las oficinas de registro del órganocompetente para su tramitación producirá como efectoel inicio del cómputo de los plazos que haya de cumplirla Administración, y en particular del plazo máximo paranotificar la resolución expresa.

Artículo 5.- Modelos y sistemas normalizados desolicitud.

1. El Ayuntamiento establecerá modelos norma-lizados de solicitudes para uso por los vecinos einteresados en los procedimientos en los que esteAyuntamiento sea parte. Los citados modelos seencontrarán a disposición de los interesados en lasOficinas del Registro, tanto general como auxiliares,efectuándose su más amplia difusión a través de losmedios telemáticos e informáticos de los que dispon-ga el Ayuntamiento.

2. La aprobación de los modelos y sistemas nor-malizados de solicitud, sellos, recibos de presenta-ción y cualesquiera otros documentos normalizadosrecogidos en el presente Reglamento se efectuará porel Alcalde mediante resolución y a propuesta de laSecretaría General, salvo que éstos se contengan enlas Ordenanzas reguladoras de los procedimientoscuya titularidad corresponda a esta Corporación.

Artículo 6.- Aceptación y registro de documentos.1. Las oficinas de registro, tanto la general como

las auxiliares, deben aceptar todas las solicitudes,escritos y comunicaciones que se les presenten o quereciban, siempre que se identifique el emisor deldocumento y que se dirijan a cualquier órgano, servicioo unidad administrativa del Ayuntamiento. Asimismo,se registrarán en el libro de registro de salida todas lassolicitudes, escritos y comunicaciones oficiales, ema-nados de los correspondientes órganos, servicios ounidades administrativas y dirigidos a otras adminis-traciones públicas o particulares, registro que podránhacer todos los órganos, servicios o unidades ad-ministrativas del Ayuntamiento.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, también sedeberán aceptar los documentos dirigidos a cualquierotra Administración Pública con la que el Ayuntamientohaya suscrito un convenio a este efecto, para lo cualdeberá cumplimentarse el modelo de instancia esta-blecido al efecto.

3. Los documentos que no cumplan las citadascaracterísticas se deben rechazar.

4. En ningún caso se registrarán los siguientesdocumentos:

a) La publicidad, información comercial o análo-gos.

b) Los escritos o comunicaciones internas delAyuntamiento.

c) Los documentos anónimos.d) Los escritos que manifiestamente versen so-

bre cuestiones ajenas a los órganos o competenciasdel Ayuntamiento, salvo que vayan dirigidos a otrasAdministraciones Públicas.

e) La documentación dirigida nominalmente acualquier persona que forme parte del Ayuntamiento,aunque se indique el cargo que ocupa. Esta documen-tación será enviada a la persona correspondiente,quien deberá verificar si es un documento registrable.En caso afirmativo, se entregará al Registro para quese proceda a efectuar el correspondiente asiento.Todo ello sin perjuicio de la constancia plena de laexistencia de autorización personal de forma escrita yformal para la apertura de la documentación.

f) La documentación complementaria que seacompañe al documento que es objeto de registro.

g) Los paquetes u objetos que se adjunten a susdocumentos de remisión.

5. Los documentos debidamente registrados seremitirán al Departamento al que corresponda sutramitación, si dicho Departamento considera que esedocumento no debe ser tramitado por él, lo remitirá alDepartamento que considere competente sin tenerque pasar de nuevo por el Registro. Únicamente comu-nicará al Registro, de la forma más ágil posible, laremisión del documento a otro Departamento.

Artículo 7.- Recibos de presentación.1. La expedición de los recibos acreditativos de la

fecha de presentación de cualquier solicitud, escrito ocomunicación, a los que se refiere el artículo 70.3 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, en los lugares seña-lados en el artículo 2 de este Reglamento, se efectuaráen el mismo momento de la presentación de la solici-tud, escrito o comunicación.

2. Cuando la solicitud, escrito o comunicaciónesté en soporte papel y la presentación se efectúe porel ciudadano o su representante acompañando unacopia, el recibo consistirá en la mencionada copia enla que se insertará, en la primera página, el sello delRegistro general del municipio, así como la fecha depresentación, previa verificación de la exacta concor-

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dancia entre el contenido de la solicitud, escrito ocomunicación original y el de su copia.

3. No se pondrá el sello del registro a los docu-mentos, proyectos o copias unidos a la solicitud, salvoen los casos de que sea obligatoria la aportación deoriginales o copias en los términos recogidos en esteReglamento.

4. Si el ciudadano o su representante no la apor-tase, el Encargado del Registro podrá optar por realizaruna copia de la solicitud, escrito o comunicación coniguales requisitos que los señalados en el párrafoanterior o por la expedición de un recibo en el queademás conste el remitente, el órgano destinatario yun extracto del contenido de la solicitud, escrito ocomunicación.

Artículo 8.- Presentación irregular de documentos.1. En los casos en que, por entrega personal, se

pretenda presentar una solicitud, escrito o comunica-ción carente de alguna de las menciones legalmenteexigibles, el Encargado del Registro que advierta laomisión, deberá indicar verbalmente al interesado lanecesidad de subsanarlo. En todo caso, si las defi-ciencias no son sustanciales, se procederá a su regis-tro e impulso.

2. Cuando el interesado pretenda la presentacióndirecta de una solicitud, escrito o comunicación dirigidoa la Administración General del Estado, a las Adminis-traciones Autonómicas, a otras Administraciones Loca-les, a los organismos autónomos y entidades de dere-cho público dependientes de cualquiera de ellas, conlas que el Ayuntamiento no haya suscrito convenio alefecto, el Encargado del Registro advertirá tal deficien-cia, indicará los registros idóneos y se negará a surecepción y constancia en el Registro del Ayuntamiento.

CAPÍTULO IIIEXPEDICIÓN DE COPIAS DE DOCUMENTOS.

Artículo 9.- Aportación de documentos originales alprocedimiento.

1. Cuando las normas reguladoras del corres-pondiente procedimiento o actuación administrativarequieran la aportación de documentos originales porlos ciudadanos, éstos tendrán derecho a la expediciónpor la oficina de registro de una copia sellada deldocumento original en el momento de su presenta-ción. La oficina del Registro General no expedirá co-pias selladas de documentos originales que no acom-pañen a las solicitudes, escritos o comunicacionespresentadas por el ciudadano.

2. Para el ejercicio de este derecho el ciudadanoaportará, junto con el documento original, una copia delmismo. La oficina de registro, previo pago de la tasacorrespondiente, cotejará la copia con el documentooriginal, comprobando la identidad de sus contenidos,unirá el documento original a la solicitud, escrito ocomunicación al que se acompañe para su remisiónal órgano destinatario y entregará la copia al ciudada-no, una vez diligenciada con un sello en el que cons-tarán los siguientes datos:

a) Fecha de entrega del documento original y lugarde presentación.

b) Órgano destinatario del documento original yextracto del objeto, del procedimiento o actuación paracuya tramitación se aporta.

La oficina de registro llevará un registro expresivode las copias selladas que expida, en el que anotarálos datos señalados en el párrafo anterior.

3. La copia sellada acreditará que el documentooriginal se encuentra en poder de la Administracióncorrespondiente, siendo válida a los efectos del ejer-cicio por el ciudadano del derecho reconocido en elartículo 35 f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, así comopara solicitar, en su caso, la devolución del documentooriginal una vez finalizado el procedimiento o actuaciónde acuerdo con lo que disponga la normativa de apli-cación.

La copia sellada será entregada al Ayuntamientoen el momento en el que el documento original seadevuelto al interesado. Si se produjera la pérdida odestrucción accidental de la copia, su entrega sesustituirá por una declaración aportada por el interesa-do en la que exponga por escrito la circunstanciaproducida.

4. En el caso de que los registros municipalesactúen en ejercicio de los convenios suscritos con lasAdministraciones Públicas al amparo del artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la documenta-ción presentada será remitida al órgano al que sedirige por el interesado quedando en poder de laAdministración municipal exclusivamente copia de laprimera hoja del escrito o solicitud en la que se recojael sello del Registro de Entrada.

Artículo 10.- Aportación de copias compulsadas alprocedimiento.

1. Cuando las normas reguladoras de un proce-dimiento o actividad administrativa requieran la apor-tación de copias compulsadas o cotejadas de docu-mentos originales, el ciudadano podrá ejercer su de-recho a la inmediata devolución de estos últimos porlas oficinas de registro en las que se presente lasolicitud, escrito o comunicación a la que deba acom-pañar la copia compulsada, con independencia delórgano, entidad o Administración destinataria. Lasoficinas de registro no compulsarán copias de docu-mentos originales cuando dichas copias no se acom-pañen a solicitudes, escritos o comunicaciones pre-sentadas por el ciudadano.

2. Para el ejercicio de este derecho el ciudadano,previo pago, en su caso, de la tasa correspondiente,aportará, junto con el documento original, una copia delmismo. La oficina de registro municipal realizará elcotejo de los documentos y copias, comprobando laidentidad de sus contenidos, devolverá el documentooriginal al ciudadano y unirá la copia, una vez diligen-ciada con un sello o acreditación de compulsa, a lasolicitud, escrito o comunicación a la que se acompa-ñe para su remisión al destinatario.

El sello o acreditación de compulsa expresará lafecha en que se practicó así como la identificación delórgano que expide la copia compulsada.

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3. La copia compulsada tendrá la misma validezque el original en el procedimiento concreto de que setrate, sin que en ningún caso acredite la autenticidaddel documento original.

4. Fuera de los casos indicados sólo se compul-sarán documentos administrativos por la SecretaríaMunicipal, lo que se efectuará exclusivamente en aque-llos casos en que no sea posible la presentación de lassolicitudes a través de los Registros Municipales y seaprecisa dicha compulsa para la presentación de escri-tos y solicitudes a Administraciones Públicas, previoabono de la tasa correspondiente y justificación deldestino de la documentación.

CAPÍTULO IVOFICINAS DE REGISTRO.

Artículo 11.- Consideración como órganos admi-nistrativos.

1. Las oficinas descentralizadas del registro delAyuntamiento son unidades administrativas cuya crea-ción, modificación o supresión se efectuará medianteacuerdo del Pleno de la Corporación.

2. Corresponde a la Alcaldía, a propuesta de laSecretaría General, la aprobación de la modificaciónde los lugares de ubicación de las oficinas del registro,tanto general como auxiliares, de acuerdo con la orde-nación de los servicios municipales que tienen esta-blecidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril.

La Alcaldía será igualmente competente para laaprobación de la puesta efectiva en funcionamiento delos Registros Auxiliares, de la suspensión temporaldel funcionamiento de los mismos por causa justifica-da, así como de la limitación de la actividad del RegistroAuxiliar a la presentación o registro de salida de docu-mentos dirigidos o expedidos por un exclusivo depar-tamento o servicio.

Artículo 12.- Oficinas de Registro generales y auxi-liares.

1. Tiene la consideración de oficina de registrogeneral la situada en las dependencias de la CasaConsistorial sita en la Avda. de Extremadura, nº 50. Elregistro general ejercerá las funciones de recepcióny remisión de solicitudes, escritos y comunicacionespara todos los servicios del Ayuntamiento de Nave-zuelas.

2. Las oficinas de registro general serán las queejerzan las funciones de constancia y certificación enlos supuestos de litigios, discrepancias o dudas acer-ca de la recepción o remisión de solicitudes, escritosy comunicaciones.

3. La instalación en soporte informático de lasoficinas de registro garantizará la plena interconexióne integración de la de carácter general y las respectivasoficinas de carácter auxiliar; estableciendo una únicanumeración correlativa de los asientos en función delorden temporal de recepción o salida.

Artículo 13.- Funciones de las oficinas de registro.Las oficinas de registro municipales, tanto de ca-

rácter general como las de carácter auxiliar, desarro-

llan las funciones recogidas en este Reglamento,aplicando de forma subsidiaria el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presenta-ción de escritos y solicitudes ante la AdministraciónGeneral del Estado, expedición de copias y devoluciónde documentos.

Artículo 14.- Asientos.1. Cada asiento correspondiente a la recepción o

salida de un documento debe contener, como mínimo,los datos siguientes:

a) Número de Registro (número correlativo asig-nado automáticamente por el sistema).

b) Fecha y hora de registro que corresponderá a lafecha y hora de la Sede Electrónica de acuerdo con elartículo 21 párrafo 7 del presente Reglamento.

c) Fecha del documento.d) Tema: Epígrafe expresivo del tema del docu-

mento.e) Extracto: Resumen explicativo del contenido del

documento que permita entender fácilmente en quéconsiste.

f) Interesado: Identificación de la persona física ojurídica interesada, de acuerdo con la legislación vi-gente, en el expediente (de entre los recogidos en labase de datos de este Ayuntamiento. Si no aparecieraen esa base de datos el interesado se creará exclusi-vamente por el Negociado de Información y Atención alCiudadano).

g) Grupo: Identificación de la unidad administrati-va responsable de la gestión del documento.

h) Procedencia del documento, con indicación dela autoridad, Corporación o persona que lo suscribe.

i) Resolución del asunto, fecha y autoridad que lahaya dictado, y

j) Observaciones para cualquier anotación queen caso determinado pudiera convenir.

2. Cada asiento relativo a la salida de un docu-mento deberá contener los mismos datos señaladosen el apartado anterior.

3. La numeración del registro se iniciará el primerdía de cada año natural.

El registro de documentos se ha de materializar enun Libro de Registro de entrada y salida, mantenido ensoporte electrónico.

4. En la validación mecánica de entrada o salida,que se imprimirá en la primera página del documentoregistrado, constará la identificación del registro co-rrespondiente, el número, que será correlativo en suserie respetando el orden de presentación, y la fechay hora de entrada o salida del documento.

Artículo 15.- Prioridad temporal.1. Los asientos se anotarán respetando el orden

temporal de recepción o salida de solicitudes, escritosy comunicaciones.

2. Si existiese un documento que por su naturale-za o términos merezca la calificación de urgente, elEncargado del Registro realizará con la mayor breve-dad una fotocopia del mismo y se remitirá directamen-te al órgano, servicio o unidad administrativa destina-

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tario del mismo, sin perjuicio del registro y tramitaciónordinaria del escrito original.

Artículo 16.- Días y horarios de apertura de lasoficinas de registro.

El régimen de días y horarios de apertura de lasoficinas del Registro se establecerá mediante resolu-ción de la Alcaldía, siendo en la actualidad los siguien-tes:

- De Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 horas.

Artículo 17.- Garantía del registro.Los Registros deben cerrarse cada día y los asien-

tos deben quedar ordenados cronológicamente deacuerdo con la presentación o la salida de documen-tos. En todo caso debe garantizarse la certeza de losdatos registrados. La garantía del registro le corres-ponde a la Secretaría General del Ayuntamiento.

CAPÍTULO VREGISTRO ELECTRÓNICO.

Artículo 18.- Sede Electrónica del Ayuntamiento deNavezuelas.

La sede electrónica del Ayuntamiento de Navezue-las será accesible a través de la direcciónwww.____________________, que se correspondecon el sitio web oficial del Ayuntamiento. Dicha sedeestará disponible mediante redes de telecomunica-ciones cuya titularidad, gestión y administración co-rresponde a la Diputación Provincial de Cáceres ydispondrá de sistemas que permitan el estableci-miento de comunicaciones seguras.

Artículo 19.- Publicación electrónica de anuncios oedictos.

Los actos y comunicaciones que por disposiciónlegal deban publicarse en tablón de anuncios o poredictos se realizarán simultáneamente en el TablónOficial de Anuncios ubicado en las dependencias de laCasa Consistorial y en la sede electrónica del Ayunta-miento.

Artículo 20.- Registro Electrónico del Ayuntamiento1. Se crea el Registro Electrónico del Ayuntamien-

to de Navezuelas, para la recepción y remisión desolicitudes, escritos y comunicaciones, en la formaprevista en el artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 dejunio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a losServicios Públicos.

El Registro Electrónico se configura como un regis-tro auxiliar del Registro General y por tanto, integradoen el mismo, como servicio de acceso electrónico almismo. Las solicitudes, escritos y comunicacionesrealizados por medios electrónicos se asientan en elRegistro General con mención expresa de que laentrada o salida ha sido realizada por medios electró-nicos.

2. La utilización del Registro Electrónico será obli-gatoria para la Administración en las relaciones elec-trónicas con los ciudadanos en las que, conforme a las

normas generales, deba llevarse a cabo su anotaciónregistral, de acuerdo con lo establecido en el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común y disposicio-nes de desarrollo, no pudiendo ser sustituida estaanotación por otras en registros no electrónicos o enlos registros de las aplicaciones gestoras de losprocedimientos.

3. El acceso al Registro Electrónico se realizará através de la sede electrónica del Ayuntamiento me-diante la conexión a la dirección: http://www.______. ElRegistro Electrónico del Ayuntamiento cumplirá conlos principios de disponibilidad, confidencialidad, con-servación y no repudio de la información.

4. La instalación en soporte informático de la ofi-cina de Registro Electrónico garantizará la plena inter-conexión e integración de ésta con el Registro General.

5. El funcionamiento del Registro Electrónico delAyuntamiento se rige por lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de losciudadanos a los Servicios Públicos y, en lo no previstoen el presente Reglamento, por lo dispuesto en lanormativa de derecho administrativo que le sea deaplicación.

6. El Registro Electrónico conservará la documen-tación electrónica que haya sido admitida, junto consus firmas y copia de los certificados que las respaldeny los datos de registro, todos ellos debidamente orga-nizados. La información quedará grabada en los ser-vidores habilitados al efecto. El Ayuntamiento realizarácopias de seguridad de la misma en soportes adecua-dos a tal fin con periodicidad diaria y mensual.

7. El libro de asientos de entrada del RegistroElectrónico deberá ser remitido al Archivo, al objeto desu conservación conforme a los criterios e instruccio-nes que se establezcan por la Alcaldía, previo informedel Responsable del Archivo respecto del procedi-miento, periodicidad y medio o soporte.

8. Cada área o servicio de la Corporación Munici-pal garantizará la integridad, protección y conserva-ción, conforme a las instrucciones de la Alcaldía, res-pecto de todos los documentos electrónicos admiti-dos, junto con sus firmas y copia de los certificados quelas respalden, así como cualquier otro documentoelectrónico que generen, incluida aquella documenta-ción que se digitalice en el Registro General.

Artículo 21.- Requisitos técnicos necesarios para lautilización del registro.

1. El acceso de los ciudadanos a través de Internetal Registro Electrónico del Ayuntamiento se realizarámediante de un navegador web cuyas especificacio-nes y protocolos de comunicación estarán disponiblesen la sede electrónica del mismo.

2. El acceso a través de Internet al registro electró-nico del Ayuntamiento deberá ser posible al menosmediante la utilización de un cliente de protocolo HTTP1.0 o superior que visualice correctamente documen-tos conformes a la especificación W3C HTML 4.01 osuperior.

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Artículo 22.- Ámbito de aplicación.1. El Registro Electrónico del Ayuntamiento única-

mente estará habilitado para la recepción de los formu-larios, solicitudes, escritos y comunicaciones relativosa procedimientos y trámites previstos en el anexo I, enlos que sean competentes para resolver los órganosdel Ayuntamiento, cuya relación figurará asimismo enla página web del Registro Electrónico y sin perjuiciode lo dispuesto en la disposición transitoria única deeste Reglamento. En particular las siguientes:

a) La recepción de formularios, escritos, solicitu-des, comunicaciones, así como la práctica de notifica-ciones telemáticas.

b) Cualquier solicitud, escrito o comunicación dis-tintos de los mencionados en el apartado anterior,dirigidos al Ayuntamiento.

c) Cualesquiera otras que se le atribuyan legal oreglamentariamente.

2. Cuando el interesado presente ante el RegistroElectrónico del Ayuntamiento solicitudes, escritos ycomunicaciones no incluidos en el ámbito de aplica-ción de este Reglamento y en el Anexo I del mismo, oque no cumplan con los requisitos exigidos o sedetecten anomalías técnicas en la transmisión tele-mática de los documentos, tal presentación no produ-cirá efecto alguno, y se tendrá por no realizada. En talcaso, se comunicará al interesado tal circunstancia,indicándosele los registros y lugares habilitados parala presentación conforme a las normas en vigor.

3. Lo dispuesto en los apartados anteriores seentiende sin perjuicio del derecho del interesado apresentar sus solicitudes, escritos y comunicacionesen cualquiera de los registros a los que se refiere elapartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún.

4. La presentación de documentos por parte de supersonal y la realización de notificaciones a dichopersonal se realizarán a través del Registro Electróni-co en los procedimientos específicos que por Resolu-ción de la Alcaldía así se disponga, todo ello en arasde la consecución de una mayor agilidad en la termi-nación de este tipo de procedimientos.

Artículo 23.- Acreditación de la identidad1. Los documentos electrónicos podrán ser pre-

sentados ante el Registro Electrónico por los interesa-dos o sus representantes, en los términos definidosen los artículos 30 y siguientes de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Cuando la representación no quede acreditada ono pueda presumirse, se requerirá dicha acreditaciónpor la vía que corresponda.

2. La identificación del firmante del documentoante el Registro Electrónico podrá realizarse por losmedios a que se refiere el artículo 27.

Artículo 24.- Voluntariedad de la presentación elec-trónica.

La presentación de solicitudes, escritos o comuni-caciones por medio del Registro Electrónico tendrácarácter voluntario de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 27.6 de la Ley 11/2007, siendo alternativa a suutilización la prevista y en los lugares señalados en elartículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, salvo lo in-dicado en el apartado 4 del artículo 22.

Artículo 25.- Modelos normalizados de solicitudes,escritos y comunicaciones y acceso al Registro Elec-trónico.

1. La presentación de solicitudes, escritos y co-municaciones ante el Ayuntamiento de Navezuelas,mediante el Registro Electrónico deberá llevarse acabo utilizando los modelos normalizados a los que seaccederá a través de la sede electrónica.

En los modelos normalizados se indicarán loscampos que deben ser completados obligatoriamen-te para que las solicitudes, escritos y comunicacionessean aceptados en el Registro Electrónico.

La sede electrónica del Ayuntamiento, incluirá deforma sistemática y ordenada la relación actualizadade los procedimientos y trámites que se especifican enel Anexo I.

Los procedimientos y trámites a que se refiere esteapartado, así como los formularios normalizados ofre-cidos para los mismos, podrán ser modificados porResolución de la Alcaldía que será publicado en susede electrónica. Dicha Resolución podrá especificardatos cuya cumplimentación resulte obligatoria a losefectos de lo previsto en el artículo 24.2. a) de la Ley 11/2007.

2. Los documentos adjuntos a los formula-rios, solicitudes, escritos y comunicaciones presenta-dos en dicho Registro Electrónico deberán ser legiblesy no defectuosos, pudiendo utilizarse los formatos .pdf,.jpg, .tif o cualquier otro que cumpla los requisitos deaccesibilidad comúnmente aceptados. En caso con-trario, tal documentación se entenderá por no presen-tada, sin perjuicio de la subsanación posterior, en sucaso, por los interesados.

Artículo 26.- Días y horario de apertura del RegistroElectrónico.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 dela Ley 11/2007, el Registro Electrónico del Ayuntamien-to, permitirá la presentación de escritos, solicitudes ycomunicaciones todos los días del año, durante lasveinticuatro horas del día.

2. Sólo cuando concurran razones justificadas demantenimiento técnico u operativo podrá interrumpir-se, por el tiempo imprescindible, la recepción de soli-citudes, escritos y comunicaciones. La interrupcióndeberá anunciarse a los potenciales usuarios delregistro, en la página de acceso al Registro Electróni-co, con la antelación que, en su caso, resulte posible.En supuestos de interrupción no planificada en elfuncionamiento del registro electrónico, y siempre que

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sea factible, el usuario visualizará un mensaje en quese comunique tal circunstancia.

3. Al efecto del cómputo de los plazos, la sedeelectrónica a la que hace referencia el artículo 10 de laLey 11/2007, mostrará en lugar fácilmente visible lafecha y hora oficial de la sede, que será la que constecomo fecha y hora de la transacción, adoptando lasmedidas precisas para asegurar su integridad. Losinteresados podrán manifestar su discrepancia res-pecto a dichas fecha y hora en el acto mismo depresentación de los correspondientes formularios. Lapresentación en un día inhábil se entenderá realizadaen la primera hora del primer día hábil siguiente.

A estos efectos, en el asiento de entrada, se inscri-birán como fecha y hora de presentación aquellas enlas que se produjo efectivamente la recepción cons-tando como fecha y hora de entrada las cero horas y unsegundo del primer día hábil siguiente.

4. A los efectos del cómputo de los plazos previs-tos, el calendario de días inhábiles será el fijado encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.7 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, correspondiendo enconsecuencia a los fijados por el Estado para todo elterritorio nacional y la Comunidad Autónoma de Extre-madura para todo el ámbito autonómico y los propiosdel municipio.

En la sede electrónica se especificarán los díasque se consideren inhábiles para cada año, a losefectos de los apartados anteriores.

No será de aplicación a los Registros Electrónicolo dispuesto en el artículo 48.5 de la Ley 30/1992.

5. No se podrán efectuar notificacionestelemáticas en día inhábil.

Artículo 27.- Uso de la firma electrónica y certifica-dos admitidos.

1. El Ayuntamiento de Navezuelas solo admitirá lapresentación de escritos, solicitudes y comunicacio-nes en el Registro Electrónico, con sistemas de firmaelectrónica que sean conformes a lo establecido en laLey 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica,y resulten adecuados para garantizar la identificaciónde los interesados y, en su caso, la autenticidad eintegridad de los documentos electrónicos. Dichoscertificados deberán ser conformes con la recomen-dación de la UIT X.509 versión 3 o superior y con lasnormas adicionales a las que se refiere el artículo 4 dela citada Ley.

2. Las personas físicas o jurídicas que quieranrelacionarse con el Ayuntamiento, a través de su Re-gistro Electrónico podrán utilizar los siguientes siste-mas de firma electrónica:

a) Sistemas de firma electrónica incorporados alD.N.I.

b) Firma electrónica avanzada emitida por los cer-tificadores que se incluyan en alguna de las Platafor-mas de Firma Electrónica de la Administración Gene-ral del Estado. En todo caso, se considerarán válidoslos certificados que se expidan por la Fábrica Nacionalde Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, segúnla normativa que en cada momento resulte de aplica-ción a la actividad desarrollada por la misma.

c) Otros sistemas de identificación, con arreglo alas especificaciones que el Ayuntamiento determineen supuestos específicos.

3. Las Administraciones públicas podrán utilizarpara su identificación electrónica y para la autentica-ción de los documentos electrónicos que produzcan,los siguientes sistemas:

a) Sistemas de firma electrónica basados en lautilización de certificados de dispositivo seguro o medioequivalente, que permita identificar la sede electrónicay el establecimiento de comunicaciones seguras.

c) Sistemas de firma electrónica para la actuaciónadministrativa automatizada.

d) Firma electrónica del personal al servicio de lasAdministraciones Públicas.

e) Intercambio electrónico de datos en entornoscerrados de comunicación, conforme lo específica-mente recogido en la Intranet Administrativa SARA delCatálogo de Servicios Comunes del Ministerio deAdministraciones Públicas.

4. En la dirección electrónica de acceso a registroestará disponible la información sobre la relación deprestadores de servicios de certificación y tipos decertificados electrónicos que amparen las firmas elec-trónicas con las que es admisible la presentación deformularios, solicitudes, escritos y comunicaciones.

5. El Registro Electrónico emitirá un recibo con-sistente en una copia autenticada del escrito, solicitudo comunicación de que se trate, incluyendo la fecha yhora de presentación.

6. En el caso de presentación de documentoselectrónicos que contengan código malicioso, se con-siderará sin más que los mismos no han sido presen-tados, suspendiéndose de inmediato cualquier ope-ración que requiera su proceso o utilización, hecho queserá comunicado al remitente

Artículo 28.- Anotaciones en el Registro Electrónico.1. La presentación de solicitudes, escritos y co-

municaciones relativos a procedimientos y trámitesincluidos en el presente Reglamento dará lugar a losasientos correspondientes en el Registro Electrónico,utilizándose medios telemáticos seguros para la rea-lización de los asientos y la recuperación de los datosde inscripción.

2. El sistema de información que soporte el Re-gistro Electrónico garantizará la constancia de cadaasiento que se practique y de su contenido, estable-ciéndose un registro por asiento en el que se identifi-que la documentación presentada, que se asociará alnúmero de asiento correspondiente.

3. La anotación de asientos de entrada y salida desolicitudes, escritos y comunicaciones anteriormentemencionados implicará necesariamente el asiento enel Registro General con mecanismos de identificaciónque permitan diferenciar los asientos generados porel Registro Electrónico.

4. Cada presentación en el Registro Electrónicose identificará con los siguientes datos:

a) Un número o código de registro individualizado.b) En el caso de personas físicas, la identidad y

datos de localización del interesado. El Registro Elec-

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trónico recogerá su nombre y apellidos, documentonacional de identidad, NIF, NIE, pasaporte o equivalen-te, dirección postal y electrónica, así como su direccióna efectos de notificaciones.

c) En el caso de personas jurídicas, denomina-ción social, NIF, domicilio social y dirección electróni-ca.

d) Fecha y hora de presentación del documento enel Registro Electrónico.

e) Procedimiento y trámite al que se refiere lasolicitud, así como el órgano al que se dirige.

f) Naturaleza y contenido de la solicitud registradag) Cualquier otra información que se estime nece-

saria5. La presentación de solicitudes, escritos y co-

municaciones en el Registro Electrónico del Ayunta-miento, tendrá idénticos efectos que la efectuada porlos demás medios admitidos en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

6. Cuando se intente una presentación que nocumpla con los requisitos exigidos o se detectenanomalías técnicas en la transmisión telemática delos documentos, el sistema no practicará asientoalguno en el registro de entrada, y pondrá en conoci-miento del presentador dicha circunstancia mediantelos correspondientes mensajes de error.

Artículo 29. Acuse de recibo1. El acuse de recibo de los escritos que deban

motivar anotación en el Registro Electrónico se reali-zará de forma tal que garantice plenamente la auten-ticidad, la integridad y el no repudio por la Administra-ción del contenido de los formularios presentados asícomo de los documentos anejos a los mismos, pro-porcionando a los ciudadanos los elementos probato-rios plenos del hecho de la presentación y del conte-nido de la documentación presentada, susceptiblesde utilización posterior independiente, sin el concursode la Administración o del propio Registro y que equi-valdrá a la copia sellada según lo dispuesto en losartículos 35.c) y 38.5 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre.

2. El acuse de recibo incluirá, al menos, el siguien-te contenido:

a) El órgano receptor del escrito.b) La fecha y hora de presentación.c) El número de registro individualizado.d) La reproducción literal de los datos introduci-

dos en el formulario proporcionado por la aplicación.e) El tipo y número de los ficheros adjuntos al

formulario de presentación, seguida de la huella digitalde cada uno de ellos.

f) La información que permita a los interesados lautilización, validación y conservación correctas de losficheros entregados, como son, entre otras, la men-ción del algoritmo utilizado para la creación de lashuellas digitales, y el estándar de firma utilizado. Dichainformación podrá sustituirse por la mención de ladirección electrónica en la que se contenga la mencio-nada información.

En el caso de que se hubieran presentado ficheroscon código malicioso, el acuse de recibo contendrá laindicación de que dicho fichero contiene código mali-cioso y se da por no presentado, y no contendrá lahuella de dichos ficheros.

3. A los efectos de lo establecido anteriormente,se entiende por huella digital el resumen que seobtiene como resultado de aplicar un algoritmo mate-mático de compresión «hash» a la información de quese trate.

4. El usuario será advertido de la falta de recepciónde la solicitud, escrito o comunicación enviada me-diante un mensaje de error, que indicará si la norecepción se debe a una anomalía técnica del Registroo a la cumplimentación incorrecta del modelo norma-lizado.

5. El Ayuntamiento conservará una copia de losficheros remitidos al presentador asociados al trámiterealizado a los efectos de resolver cualquier incidenciaque pudiera suscitarse en relación con la presenta-ción.

Artículo 30.- Presentación de documentación com-plementaria.

1. Si por iniciativa de los interesados o por razónde un previo requerimiento, hubiera de aportarse do-cumentación complementaria a una comunicación,escrito o solicitud previamente presentada, los intere-sados podrán realizar dicha aportación por alguno delos siguientes sistemas:

a) A través del sistema previsto en el artículo 22.1.a)22 del presente Reglamento, siempre que dicho trámi-te esté expresamente contemplado en el Anexo I de lamisma.

b) A través del sistema previsto en el artículo 22.1.b)del presente Reglamento, cuando el trámite no figureentre los relacionados en el Anexo I de este Reglamen-to y se trate de documentos susceptibles de presenta-ción telemática.

c) A través de cualquiera de los medios previstosen el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, cuando el intere-sado opte por alguno de los mismos o se trate dedocumentos no susceptibles de presentación pormedios electrónicos.

2. La documentación complementaria que hayade presentarse por vía telemática deberá cumplir losestándares de formato y requisitos de seguridad quese determinen en los Esquemas Nacionales deInteroperabilidad y de Seguridad.

3. Cuando el sistema de presentación electrónicano permita determinar de forma automática la comu-nicación, escrito o solicitud del que sea complemen-taria la documentación aportada o el procedimiento oexpediente con el que se relaciona, el interesadodeberá mencionar el número o código de registroindividualizado al que se refiere el artículo 28.2 delpresente Reglamento, o la información que permitaidentificar el expediente en el que haya de surtir efectos.

Artículo 31. Notificaciones electrónicas1. Los interesados podrán consentir expresamen-

te el envío de comunicaciones y notificaciones de toda

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B.O. DE CÁCERESPágina 72 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

índole por parte del Ayuntamiento a través del sistemaregulado en este artículo, señalándolo como mediopreferente en la solicitud de cada procedimiento. ElAyuntamiento canalizará las notificaciones a través delRegistro Electrónico, mediante los correspondientessistemas de cifrado de datos.

2. El envío de notificaciones por vía telemáticatendrá lugar mediante la puesta a disposición de loscorrespondientes documentos en formato .pdf, .jpg, .tifo cualquier otro que cumpla los requisitos de accesi-bilidad comúnmente aceptados, con la firma electróni-ca en la dirección electrónica del interesado, que serárevisada con frecuencia diaria.

4. La notificación se entenderá practicada a todoslos efectos en el momento e que se produzca el accesoal documento en la dirección electrónica. Se entenderáque la notificación ha sido rechazada y que el trámiteha sido debidamente efectuado una vez transcurridosdiez días naturales desde la puesta a disposición deldocumento en la dirección electrónica sin que seacceda a su contenido, salvo que de oficio o a instanciadel destinatario se compruebe la imposibilidad técni-ca o material del acceso a la dirección electrónica o aldocumento.

3. Tanto la fecha de puesta a disposición de lanotificación en la dirección electrónica como la derechazo de la misma según lo dispuesto en el apartadoprecedente, así como cualesquiera otras circunstan-cias relativas al intento de notificación, deberán cons-tar en el Registro de salida.

Artículo 32.- Dirección electrónica1. A los efectos del artículo 59.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, la el Ayuntamiento, podrá poner adisposición de los interesados una dirección electró-nica única.

2. La dirección electrónica única tendrá vigenciaindefinida, excepto en los supuestos en que se solicitesu revocación por el titular, por fallecimiento de lapersona física o extinción de la personalidad jurídica,que una resolución judicial o administrativa así loordene o por el transcurso de tres años sin que seutilice la práctica de notificaciones, supuesto en el cualse inhabilitará la dirección electrónica única comuni-cándoselo así al interesado.

Artículo 33.- Gestión de documentos electrónicos.1. Los documentos electrónicos originales recibi-

dos, junto con sus documentos adjuntos, por lasdistintas oficinas del Ayuntamiento, deberán ser incor-porados al expediente al que correspondan.

2. Los documentos electrónicos originales queproduzca el Ayuntamiento en soporte informático confirma electrónica tendrán la consideración de docu-mentos originales, deberán incluir la identificación delexpediente al que corresponden y se registrarán en losprogramas y aplicaciones en formato electrónico.

Artículo 34. Conservación de los documentos elec-trónicos en los archivos de oficina.

1. Los documentos electrónicos que se reciban ytransmitan mediante el registro electrónico se archiva-

rán en medios o soportes electrónicos por cada oficinareceptora o trasmisora.

2. Para su archivo podrá emplearse el mismoformato o soporte en el que se originó el documentoelectrónico originario o en cualquier otro que garanticela seguridad, integridad, autenticidad y conservaciónde la información comprendida en el documento, y enparticular, la identificación de los usuarios y el controlde acceso a los mismos.

3. La Alcaldía definirá los formatos válidos derecepción, gestión y preservación de los documentoselectrónicos, así como los formatos de los códigos dereferencia, su gestión y preservación.

Artículo 35.- Archivo definitivo.1. El Ayuntamiento, como responsable de los sis-

temas de almacenamiento, determinará las políticasde preservación y creación del archivo digital, así comolos criterios que afecten a la migración de los datos yel refresco de los soportes, las actualizaciones de losprogramas y las estrategias para garantizar la capaci-dad de lectura de los documentos en el transcurso deltiempo.

Dicha función, podrá ejercerla por si mismo, omediante convenio de delegación con la Excma. Dipu-tación de Cáceres, u otras administraciones públicas,o incluso contratarlas con empresas especializadas.

2. Para posibilitar la conservación de los docu-mentos electrónicos, se podrá recurrir al cambio deformato informático cuando sea necesario y siempreque el proceso garantice la exactitud de su contenido,su autenticidad y su integridad. En todo caso, el docu-mento resultante de esta transformación será firmadoelectrónicamente o validado por el dispositivo que sedetermine por el órgano competente.

3. Si se considera necesario para garantizar laconservación de la documentación administrativa, seprocederá a la reproducción de los documentos elec-trónicos en soporte papel, dejando constancia de estacircunstancia mediante diligencia del funcionario com-petente que así lo acredite.

Artículo 36. ResponsabilidadEl Ayuntamiento no responderá del uso fraudulento

que los administrados puedan llevar a cabo de losservicios prestados mediante administración electró-nica. A estos efectos, dichos administrados/usuariosasumen con carácter exclusivo la responsabilidad dela custodia de los elementos necesarios para suautenticación en el acceso a estos servicios de admi-nistración electrónica, el establecimiento de la co-nexión precisa y la utilización de la firma electrónica, asícomo de las consecuencias que pudieran derivarsedel uso indebido, incorrecto o negligente de los mis-mos. Igualmente será responsabilidad del usuario/administrado la adecuada custodia y manejo de losficheros que le sean devueltos por el Registro Electró-nico como acuse de recibo.

Disposición adicional primera.– Entrada en funcio-namiento del Registro Electrónico.

El Registro Electrónico entrará en funcionamientoa las cero horas y un segundo del día siguiente a aquel

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B.O. DE CÁCERES Página 73Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

en que se cumpla el plazo establecido en la Disposi-ción Final.

Disposición adicional segunda.- Adaptaciones téc-nicas.

Se faculta a la Alcaldía de la Corporación paraadoptar las medidas organizativas necesarias paradesarrollar las previsiones del presente reglamento ymodificar los aspectos técnicos que sean convenien-tes por motivos de normalización, interoperabilidad o,en general, adaptación al desarrollo tecnológico.

Disposición adicional tercera.- Garantías generales.La prestación de los servicios y las relaciones

jurídicas a través de redes de telecomunicación sedesarrollarán de conformidad con lo establecido en laLey 15/1999, Orgánica de Protección de Datos deCarácter Personal y las disposiciones específicas queregulan el tratamiento automatizado de la información,la propiedad intelectual y los servicios de la sociedadde la información.

Disposición adicional cuarta.- Compulsa electróni-ca de documentos y expedición de copias auténticas.

Se faculta a la Alcaldía para dictar las oportunasinstrucciones respecto del procedimiento de compul-sa electrónica de documentos y la expedición de co-pias auténticas, a propuesta de la Secretaría.

Disposición final.- Entrada en vigor.El presente reglamento se aprobará por el pleno

con carácter definitivo y entrará en vigor a partir del messiguiente a su publicación en el B. O. P. de Cáceres, encumplimiento y a los efectos de lo dispuesto en elartículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local.

Disposición transitoria primera.1. Los procedimientos relacionados en el presen-

te reglamento, para que tengan plena eficacia y sepermita su utilización, requerirán de previa resoluciónde la Alcaldía, quedando por tanto demorada su efec-tividad a que se dicte la oportuna resolución.

2. Igualmente por resolución de la Alcaldía y apropuesta de Diputación de Cáceres, se procederá ala adopción de los modelos de documentos electróni-cos para cada expediente.

4. La incorporación de nuevos procedimientos ytrámites al Anexo I se realizará de acuerdo con lodispuesto en el apartado 1 de la presente disposicióntransitoria.

3. Las resoluciones que a efectos de lo dispuestoen esta disposición transitoria se dicten por la Alcaldía,deberán publicarse, para su eficacia jurídica, en elBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres, sin perjuiciode la que corresponda dentro de la sede electrónica.

5. El presente reglamento no será aplicable a losprocedimientos ya iniciados con anterioridad a la en-trada en funcionamiento del Registro Electrónico.

Disposición transitoria segunda.Los derechos reconocidos en el artículo 6 de la Ley

11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de losciudadanos a los servicios públicos podrán ser ejerci-

dos en relación con la totalidad de los procedimientosy actuaciones de su competencia a partir del 31 dediciembre de 2009 siempre que lo permitan sus dis-ponibilidades presupuestarias.

ANEXO I

Procedimientos y trámites incluidos en el ámbito deaplicación del Reglamento

PadrónSolicitud de alta en el padrónSolicitud de Cambio de DomicilioObtención del volante de empadronamientoHoja PadronalGestión TributariaDomicilio de notificaciónDomiciliación bancariaCertificado de pagoAutoliquidacionesUrbanismoCalificación UrbanísticaSolicitud de Cédula de HabitabilidadComunicación previa de actos no sometidos a

licencia de obraSolicitud de Obra MayorSolicitud de licencia de obra menorOtrosSolicitud de enganches a la red de abastecimientoSolicitud de quemaQuejas y sugerencias.

Contra la aprobación definitiva de este Reglamentose podrá interponer por los interesados recurso con-tencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencio-so- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia dela Comunidad Autónoma de Extremadura, en el plazode dos meses contados a partir del día siguiente al dela publicación de este anuncio, de conformidad con elartículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Navezuelas a 17 de abril de 2012.- Carlos JavierRíos Peromingo, Alcalde-Presidente.

2338

TORREQUEMADA

Anuncio

Examinada por la Comisión Especial de CuentaGeneral del Presupuesto Municipal del año 2011, seexpone al público junto con sus justificantes el informede la citada comisión, por el plazo de quince díasdesde la publicación del presente anuncio, durante loscuales y ocho más podrán los interesados presentarlas alegaciones y reclamaciones que estimen proce-dentes.

Torrequemada a 18 de abril de 2012.- La AlcaldesaPresidenta, Fdo: Paquita Cruz Nevado.

2352

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VALDEÍÑIGOS

Edicto

Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad Local Menor, expediente de modificación delsaldo y/o declaración de prescripción de las obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores que se detallan en elanexo que figura al pie del presente anuncio, se convoca, por plazo de veinte días, trámite de información pública, afin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan compadecer y formular cuantasalegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

Relación de titulares de créditos que figuran en el expediente y que pueden verse afectados por el mismo:

Tercero Año Aplicac.Presup Causa Importe

Proyectos

integrales

limpieza S.A

1999 1 227 Error. 111,36 €

Iberdrola S.A 2001 3 221 Error. 917,87€

Acreedores Varios 1997 1 60 Error 170,44€

Rutavera S.L 2003 1 221 Error 99,76€

Electricidad Roan

S.L

2002 3 62 Error 0,28€

Diputación

Provincial

Cáceres

2006 1 761 Error 3.565,87€

Seguridad Social 2008 9 160 00 Error 49,00€

Urbano García

García e hijos S.L

2001 1 60 Prescripción.

69,72€

Ayuntam. de

Tejeda de Tiétar

2005 9 462 Prescripción.

557,97€

Antonio Holguín

Suárez

2005 1 21 Prescripción.

100,05€

Valentin Linio

Hernández

2001 3 221 Prescripción.

30,92€

Materiales y

suministros S.A

2001 3 221 Prescripción.

258,36€

Alejandro Martín

Martín

1999 9 23 Prescripción.

30,05€

Maquinaria de

Plasencia S.L

2002 1 62 Prescripción. 2.717,49€

El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación

personal del otorgamiento del trámite de audiencia.

En Valdeiñigos a 18 de abril de 2012.- EL ALCALDE, Emiliano Martín Álvarez.2372

VALDEÍÑIGOS

Edicto

Esta Entidad Local Menor, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pone de manifiesto el expedienteinstruido para la modificación del saldo inicial y /o anulación de derechos reconocidas en ejercicios anteriores, al objetode que en un plazo de quince días, se pueda examinar el mismo por los interesados, formulando las alegacionesy presentando los documentos y justificaciones que consideren pertinentes.

La relación de titulares que, figurando en el expediente, pudieran verse afectados por el mismo, es la que sigue:

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Tercero Año Aplic.Pres. Causa Importe

Ayuntamiento Tejeda de

Tiétar

P1018500G

2005 462 Error 4.984,90€

Enrique Pérez Rodríguez 2002 60 Renuncia 405,81€

Eusebio Javier Sánchez 2002 60 Renuncia 405,81€

ESTADO 2002 720 Error 163,17€

José Luis Campos Javier 1999 609 Resolución por

incumplimiento.

2.380,01€

Junta de Extremadura 2006 750 Baja en la oferta 7.638,57€

Junta de Extremadura 2006 450 Error 4.290,00€

Junta de Extremadura 2006 450 Error 1.502,29€

Comunidad de Regantes de

Valdeiñigos

2006 55 Prescripción. 1.175,64€

En Valdeiñigos a 18 de abril de 2012.- EL ALCALDE, Emiliano Martín Álvarez.

2373

ENTIDAD LOCAL MENORDE NAVATRASIERRA

Edicto

Resueltas las reclamaciones formuladas y apro-bada definitivamente por la Junta Vecinal de estaEntidad local menor, en sesión celebrada el día 30 demarzo de 2012, la modificación de las tarifas de laOrdenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la presta-ción del servicio de agua a domicilio, esta Alcaldía,dando cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 4.ºdel articulo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, hacepublico su texto íntegro que es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAPRESTACION DEL SERVICIO DE AGUA A DOMICILIO

FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURIDICO.-

Artículo 1.- Concepto.1.- En uso de las facultades concedidas por los

artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local, y de conformidad con loprevisto en el artículo 20.4 t) del Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba eltexto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, esta Entidad Local menor establece la TASAPOR EL SUMINISTRO DE AGUA que se regirá por lapresente Ordenanza.

2. A tenor de lo preceptuado en el art. 20 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, se declara que esta actividad

administrativa es de competencia municipal, segúnviene establecido en el artículo 25 de la Ley 7/85, de 2de abril.

3. El ejercicio de esta actividad es de recepciónobligatoria de acuerdo con lo establecido en el artículo34 del Reglamento de Servicios de las CorporacionesLocales de 17 de junio de 1955 a fin de garantizar lasalubridad ciudadana.

4. Procede igualmente la imposición de esta tasapor tratarse de servicio público que cuenta con lareserva a favor de las Entidades Locales que estableceel artículo 86 de la Ley 7/85, de 2 de abril.

Artículo 2.- Derecho a prestación del Servicio.Tendrán derecho a prestación del servicio los si-

guientes:1. Las Viviendas familiares.2. Los Establecimientos comerciales e industria-

les.3. Las explotaciones ganaderas.4. Los corrales edificados en todo o en parte.

Artículo 3.- Usos no permitidos.No se autorizarán enganches o acometidas a la

Red Municipal de Abastecimiento de Agua Potable adomicilio a aquellas propiedades que, aunque seencuentren ubicadas dentro del casco urbano, nodispongan de ningún tipo de construcción, y esténdedicadas preferentemente a actividad agrícola o huer-tos familiares susceptibles de riego.

Artículo 4.- Sujetos pasivos.Son sujetos pasivos de esta tasa, las personas

físicas y jurídicas y las Entidades usuarias del servicio. Serán responsables subsidiarios y solidarios de

las obligaciones establecidas en esta Ordenanza, losocupantes de las viviendas o locales, y los propietariosde los mismos.

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B.O. DE CÁCERESPágina 76 Jueves 26 Abril 2012 N.º 80

Articulo 5.- Cuantía1. La cuantía de la tasa reguladora de esta Orde-

nanza será la fijada en las tarifas contenidas en elapartado siguiente.

2. Las tarifas de estas tasas son las siguientes:TARIFA: SUMINISTRO DE AGUA

A). TASA POR CONTADOR.- Se establece una tasa fija por contador

de 1,00 € al trimestre.B). 1º, 2º 3º Y 4º TRIMESTRES DEL AÑO.CONSUMOS EUROSLos 30 primeros metros cúbicos consumidos cada trimes-

tre, para cualquier clase de suministro.....................0,25 €/M3De 31 a 100 metros cúbicos consumidos en elTrimestre,

para cualquier clase de suministro..........................0,50 €/M3Más de 100 metros cúbicos consumidosen el trimestre.....................................................3,00 €/M3

Se hace constar igualmente, que estos precios nollevan incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, porlo que en cada caso dichas tarifas se veránincrementadas por el tipo vigente en cada momento.

DERECHOS DE ENGANCHE Y ACOMETIDA:Al iniciarse el servicio o cada vez que se restablezca

en todo el término municipal……......................60,00 €.

Artículo 6.- Administración y cobranza.El percibo de esta tasa, se efectuará mediante

recibo talonario. La lectura del contador, facturación ycobro del recibo se efectuará trimestralmente.

Las cuotas liquidadas y no satisfechas en su debi-do tiempo, serán hechas efectivas por el procedimien-to de apremio con arreglo a las normas del Reglamen-to General de Recaudación.

El Ayuntamiento podrá establecer convenios decolaboración con entidad, instituciones, y organizacio-nes representativas de los sujetos pasivos de la tasa,con el fin de simplificar el cumplimiento de las obliga-ciones formales y materiales derivadas de aquellas olos procedimientos de liquidación o recaudación.

Artículo 7.- Infracciones y sanciones.En todo lo relativo a la calificación de infracciones

tributarias, así como de las sanciones que a las mismacorresponda en cada caso, se estará a lo dispuesto enel artículo 77 y siguientes de la Ley General Tributaria,conforme se ordena en el art. 12 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

APROBACIÓN:La presente Ordenanza que consta de siete artícu-

los, fue aprobada inicialmente por la Junta Vecinal deesta Entidad local menor en sesión ordinaria celebra-da el día quince de Octubre de 1.998, y modificada porprimera vez en sesión ordinaria celebrada el día nuevede octubre de 2001. Fue objeto de nueva modificaciónen sesión ordinaria celebrada por la Junta Vecinal eldía doce de junio de dos mil nueve. Fue objeto de nuevamodificación en sesión ordinaria celebrada el día

veintiséis de marzo de dos mil diez. Fue objeto denueva modificación en sesión ordinaria celebrada eldía treinta de marzo de dos mil doce.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza, actualizada, entrará vigorel día de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia y comenzará a aplicarse a partir del díasiguiente a su publicación, permaneciendo en vigorhasta su modificación o derogación expresa.»

Asimismo se hace constar que contra la aproba-ción definitiva no se admite otro recurso que no sea elcontencioso-administrativo, que se podrá interponer apartir de esta publicación en el B.O.P., ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos meses.

Navatrasierra, 18 de abril de 2012.- El Alcalde, JoséAntonio Díaz Fernández.

2371

COMUNIDAD DE REGANTES MARGENIZQUIERDA RÍO ALAGÓN

PLASENCIA

Corrección de error

Se pone en conocimiento de los regantes de estaComunidad y demás interesados que desde el día 21de marzo hasta el 21 de mayo de 2012, ambos inclu-sive, tendrá lugar la cobranza en PERIODO VOLUNTA-RIO de los recibos de CUOTA ORDINARIA Y CUOTA DEINTERESES Y OBRAS DE LA COMUNIDAD DE RE-GANTES DE LA MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO ALA-GÓN, correspondiente a la campaña de 2012.

De acuerdo con los artículos 86 y 88 del Reglamen-to General de Recaudación podrán hacer efectivos susingresos en cualquiera de las siguientes entidadesbancarias colaboradoras: CAJA EXTREMADURA, cta.número 2099.0001.51.0070001860, y CAJA DUERO,cta. número 2104.0450.06.3030001175.

Se advierte que, transcurrido el plazo de INGRESOVOLUNTARIO, las deudas serán exigidas por el proce-dimiento administrativo de apremio y devengarán elrecargo de apremio del VEINTE POR CIENTO, intere-ses de demora y, en su caso, las costas que seproduzcan, conforme a lo dispuesto en el articulo 127de la Ley General Tributaria y los artículos 88, 91 ysiguientes del mencionado Reglamento, aprobadopor Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, modi-ficado por Real Decreto 448/95, de 24 de marzo.

Plasencia, 20 de marzo de 2012.- El Presidente dela Junta de Gobierno, Antonio Delgado Paredes.

2397

IMprenta Provincial - Cáceres