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COMUNICACIÓN EXTERNA 460.07 Código: F-GD-07 Versión: 4 Fecha actualización: 2018-06-29 Caldas Antioquia. Señor: NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ C.C.: 1026134350 CARRERA 48 N 129 SUR 29 TELEFONO: 3128849520 CALDAS-ANTIOQUIA ,. J Asunto: Respuesta de Solicitud de petición, Radicado Nro. 004354 PQRS 19031248100771 del 11 de marzo de 2019. Respetado Sr. NORBEY ANTONIO, reciba un cordial saludo Por medio de la presente comunicación, se le remitirá copia de la Resolución 01439 del 21 de marzo de 2019 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN, la cual en su parte resolutiva, establece que: PRIMERO: DECLARAR PROBADA LA PRESCRIPCIÓN de los comparendos No. 51181, obligaciones contravencionales por valor de: DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 283350) a cargo del NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ, idcntificado(a) con ¡a cédula de ciudadanía No. 1026134350, derivada de los procesos de cobro 3310 del 03 de junio de 2015 y los intereses causados a la fecha. Cora raímente, JCSE Se So SE ALEJA reta rio de :retaría de }RO ZAPATA CORREA ransporte y Tránsito, 'ransporte y Tránsito. Ane<o: Un (1) folio. Proyecto: Daniel Arroyavo Ángf Revisó: Oficina Asesora Jurídica - Secretaria de Transporte y Tránsito. nc ''</*** JT1"1 /"Yh "~> *-» r i"-* f 11 \ i t* * > *** *- ^ " i - <>¿ L Alcaldin de Caidas Antioquia. Carrera S1 N" 127 Sur-11 Conmutador: 3788500. UHL hii[i7/(;nljnsaiiIio(i!i!iLüi!v,i:o/Facebook. alcaldiadeüiildas Twiltür; @caldasalcaldia SC5006-1

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COMUNICACIÓN EXTERNA

460.07

Código: F-GD-07

Versión: 4

Fecha actualización: 2018-06-29

Caldas Antioquia.

Señor:

NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZC.C.: 1026134350CARRERA 48 N 129 SUR 29TELEFONO: 3128849520CALDAS-ANTIOQUIA

A» , . J

Asunto: Respuesta de Solicitud de petición, Radicado Nro. 004354 PQRS19031248100771 del 11 de marzo de 2019.

Respetado Sr. NORBEY ANTONIO, reciba un cordial saludo

Por medio de la presente comunicación, se le remitirá copia de la Resolución 01439del 21 de marzo de 2019 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNASOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN, la cual en su parte resolutiva, establece que:

PRIMERO: DECLARAR PROBADA LA PRESCRIPCIÓN de los comparendos No.51181, obligaciones contravencionales por valor de: DOSCIENTOS OCHENTA YTRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 283350) a cargo del NORBEYANTONIO HERNÁNDEZ, idcntificado(a) con ¡a cédula de ciudadanía No.1026134350, derivada de los procesos de cobro 3310 del 03 de junio de 2015 y losintereses causados a la fecha.

Cora raímente,

JCSESeSo

SE ALEJAreta rio de

:retaría de

}RO ZAPATA CORREAransporte y Tránsito,

'ransporte y Tránsito.

Ane<o: Un (1) folio.

Proyecto: Daniel Arroyavo ÁngfRevisó: Oficina Asesora Jurídica - Secretaria de Transporte y Tránsito.

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Alcaldin de Caidas Antioquia. Carrera S1 N" 127 Sur-11 Conmutador: 3788500.UHL hii[i7/(;nljnsaiiIio(i!i!iLüi!v,i:o/Facebook. alcaldiadeüiildas Twiltür; @caldasalcaldia

SC5006-1

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CALDAS

MUNICIPIO DE CALDAS ANTIOQUIASECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO

OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO

RESOLUCIÓN N°

( 2 1 MR 2019 >POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN

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La Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, en uso de sus facultades legales, y enespecial las conferidas por la Ley 136 de 1994, el artículo 52 de la Ley 336 de 1996, los artículos 140y 159 de la Ley 769 de 2002, Ley 1383 de 2010, artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributarionacional, Ley 1437 de 2011, artículo 59 de la Ley 788 de 2002, Ley 1066 de 2006 y su Decretoreglamentario N° 4473 de 2006, Decreto municipal N° 029 de 2011, y demás normas concordantes ycomplementarias, y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el día 17 de noviembre de 2012 se le impuso al señor NORBEY ANTONIOHERNÁNDEZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 1026134350 la(s) orden(es) decomparendo No 51181 por contravención a la ley 769 de 2002 conforme está consignado en elcomparendo.

SEGUNDO: A consecuencia de lo anterior, la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio deCaldas, declaró al ciudadano en cuestión contraventor de la normaiividad de tránsito, tras expedir la(s)Resolución (es) 7782813 del 31 'de diciembre de 2012 respectivamente y sancionándolo por ambasinfracción con un valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTAPESOS ($283350).

TERCERO: Que el (los) día(s) 03 de junio do 2015 la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipiode Caldas, a través de la Oficina de Cobro Coactivo, con fundamento en el título ejecutivo debidamenteejecutoriado individualizado en el anterior aparte expidió ía(s) resolución(es) de mandamiento de pagoN° 3310 derivado de la orden de comparendo, en contra del señor NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ.

CUARTO: El señor NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ el día 11 de marzo de 2019, radicó con No.004354 PQRS 19031248100771 escrito dirigido a la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipiode Caldas, en el cual solicita la prescripción de la multa de tránsito vigente, conforme a lo establecidoen el artículo 159 de la ley 769 de 2002 y las demás normas concordantes y complementarias.

QUINTO: Que a pesar que la Administración se encuentra revestida de facultades exorbitantes para elrecaudo de créditos a su favor por motivos de interés general, como es el caso de la actuación de cobroejecutivo por jurisdicción coactiva, en la que asume los roles de juez y parte; dichas atribuciones nopueden considerarse absolutas. Es por ello, que los preceptos legales que regulan dichos procesos decobro establecen un término perentorio para llevar a cabo los actos necesarios para el pago de susacreencias, consagrado en el artículo 159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 26 de laLev 1383 de 2010. el cual reza:

"Artículo 159. Cumplimiento. La ejecución de las sanciones que so impongan por violación de lasnormas de tránsito, estará a cargo de las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió elhecho, quienes estarán investidas de jurisdicción coactiva para el Cobro, cuando ello fuere necesarioy prescribirán en tres años contados a partir do la ocurrencia del hecho y se interrumpiré con lapresentación de la demanda."

Alcaldía de Caldas Antioquia, Carrera 51 N" 127 Sur 41. Conmulador: 3788500: a lea Id ¡a de caldas Twitter: @caldasalcaUia

SC50DG-1

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2 1 MAR 2019CALDAS

P R O G R E S A

En tenor concordante con e! Estatuto Tributario, ARTICULO 818, INTERRUPCIÓN Y SUSPENSIÓNDEL TERMINO DE PRESCRIPCIÓN <aríiculo modificado por el artículo 81 de la ley 6 de 1992> Eltérmino de ¡a prescripción de la acción do cobro se interrumpe por la notificación del mandamiento dopago, por el otorgamiento do facilidades para el pago, por la admisión 'de la solicitud del concordato ypor la declaratoria oficial de la liquidación forzosa administrativa.

Interrumpida la prescripción en la forma aguí prevista, eMérm/m> empezarájí correr de nuevodesde el día sigttiente a la notificación de/ mandamiento de pació, desde la terminación delconcordato o_desde_la terminación de ,la liquidación forzosa administrativa.,_ (Negrilla fuera detexto). • , .

Así las cosas, y como quiera que en materia dé' rnutas.é,infracciones al tránsito existe norma especialla cual señala que estas prescriben en e! término de tres años (3) contados a partir de la ocurrencia delhecho y se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago, e! termino que se contaríanuevamente para la prescripción del cobro seria de tres años (3).

SEXTO: Que según los registros del proceso'de 'cobro coactivo ejecutado por la Secretaria deTransporte y Tránsito del municipio de Caldas en contra del NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ,identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 1026134350, trascurridos los términos legales no seencontró el medio de hacer exigióle la obligación.

En virtud de lo expuesto, la Secretaria de Transporte y Tránsito de! Municipio de Caldas, a través de laUnidad de Cobro Coactivo,

R E S U E L V E

PRIMERO: DECLARAR PROBADA LA PRESCRIPCIÓN de los comparendos No. 51181, obligacionescontravencionales por valor de: DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTAPESOS (S 283350) a cargo del NORBEY ANTONIO HERNÁNDEZ, identificado(a) con la cédula deciudadanía No. 1026134350, derivada de los procesos de cobro 3310 del 03 de junio de 2015 y iosintereses causados a la fecha.

SEGUNDO: REMITIR a los funcionarios competentes para realizar el respectivo descargue de laobligación prescrita, de los sistemas de información internos y externos que sean necesarios.

NOT FÍQUESE Y CÚMPLASE

iFALEJANDRC/ZAVATA CORREASecretario de Tratas sorte y Tránsito

Proyectó: Danici Arroyave Anj^^Revisó: Oficina Asesora Jurídica - Secretaria de Transporte y Tránsito. A"*1* *.

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2 1 MAR 2019

Alcaldía de Caldas Anlioquia, Carrera 51 N° 127 Sur 41. Conmulador: 3788500UíiL hUp;//£fiIi]|SflmÍi¡yflÍB1í!S «tff-acebook: alcaldiadecaldas Twittcr: @caldasalcaldia

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