JEFATURA DE FRACCIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA …

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA JEFATURA DE FRACCIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA Ref PAC-JF-118-21/22 San José, 17 de enero de 2022 Señor WARNER MOLINA RUÍZ FISCAL GENERAL de la REPÚBLICA a.i. Ministerio Público Poder Judicial República de Costa Rica S. D. Estimado señor Fiscal General interino: Reciba un respetuoso saludo. Quienes suscribimos, diputaciones de la fracción legislativa del Partido Acción Ciudadana, en nuestra condición constitucional de diputaciones a la Asamblea Legislativa, por este medio nos permitimos alertarle sobre un hecho irregular recientemente acaecido en el seno de la Asamblea Legislativa, inicialmente constitutivo del delito de falso testimonio, y eventualmente cometido por una persona compareciente durante una sesión formal de la denominada Comisión Especial Investigadora de la Penetración del Narcotráfico en las Municipalidades de la Zona Sur (expediente parlamentario N°22.479). Materialmente hablando, ese delito pudo haber sido cometido por el alcalde del cantón de Corredores, Sr. Carlos Viales Fallas, luego de ser juramentado en virtud de la comparecencia para la cual fue convocado ante dicha comisión, el pasado 21 de septiembre del 2021, de conformidad con el articulo 112 del vigente Reglamento Legislativo. En concreto, y según se desprende de la documentación remitida al Ministerio Público por la Administración de la Asamblea Legislativa mediante oficio AL-DALE-OFI-0004-2022 del 12 de enero del 2022, el señor Alcalde habría faltado a la verdad bajo la fe de juramento. En ese sentido, es de relevancia señalar que la prueba de descargo que aportó en su momento, amén de sus afirmaciones expuestas en audiencia de comisión N° 22.479, potencialmente constituye un asunto plenamente desmentido, esto tras la reciente publicación en la prensa nacional de nuevas revelaciones contenidas en videos. mensajes de texto o audio, y otros documentos inéditos: todo lo cual apunta en dirección de que el jerarca eventualmente se relacionó de manera indebida con una persona sospechosa de narcotráfico, al gestionar en beneficio de este último la construcción de obra pública con fondos municipales en una finca particular ubicada en la zona sur. Es decir. al menos es probable que se haya cometido un delito de falso testimonio ante el Parlamento, al contrastarse los expedientes legislativo y judicial pertinentes, en relación con los referidos hechos públicos y notorios, todo en perjuicio del interés público, de modo que por lo mismo considero amerita este asunto ser examinado por el Ministerio Público, al menos en el sentido de que valoren abrir de oficio el expediente de investigación preliminar que corresponda, sin perjuicio de cualquier otra causa penal en trámite por motivos conexos. = ACCIÓN•• • =CIUDADANA = FRACCION LEMEL AMA

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA JEFATURA DE FRACCIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA

Ref PAC-JF-118-21/22 San José, 17 de enero de 2022

Señor WARNER MOLINA RUÍZ FISCAL GENERAL de la REPÚBLICA a.i. Ministerio Público Poder Judicial República de Costa Rica S. D.

Estimado señor Fiscal General interino:

Reciba un respetuoso saludo. Quienes suscribimos, diputaciones de la fracción legislativa del Partido Acción Ciudadana, en nuestra condición constitucional de diputaciones a la Asamblea Legislativa, por este medio nos permitimos alertarle sobre un hecho irregular recientemente acaecido en el seno de la Asamblea Legislativa, inicialmente constitutivo del delito de falso testimonio, y eventualmente cometido por una persona compareciente durante una sesión formal de la denominada Comisión Especial Investigadora de la Penetración del Narcotráfico en las Municipalidades de la Zona Sur (expediente parlamentario N°22.479).

Materialmente hablando, ese delito pudo haber sido cometido por el alcalde del cantón de Corredores, Sr. Carlos Viales Fallas, luego de ser juramentado en virtud de la comparecencia para la cual fue convocado ante dicha comisión, el pasado 21 de septiembre del 2021, de conformidad con el articulo 112 del vigente Reglamento Legislativo.

En concreto, y según se desprende de la documentación remitida al Ministerio Público por la Administración de la Asamblea Legislativa mediante oficio AL-DALE-OFI-0004-2022 del 12 de enero del 2022, el señor Alcalde habría faltado a la verdad bajo la fe de juramento. En ese sentido, es de relevancia señalar que la prueba de descargo que aportó en su momento, amén de sus afirmaciones expuestas en audiencia de comisión N° 22.479, potencialmente constituye un asunto plenamente desmentido, esto tras la reciente publicación en la prensa nacional de nuevas revelaciones contenidas en videos. mensajes de texto o audio, y otros documentos inéditos: todo lo cual apunta en dirección de que el jerarca eventualmente se relacionó de manera indebida con una persona sospechosa de narcotráfico, al gestionar en beneficio de este último la construcción de obra pública con fondos municipales en una finca particular ubicada en la zona sur.

Es decir. al menos es probable que se haya cometido un delito de falso testimonio ante el Parlamento, al contrastarse los expedientes legislativo y judicial pertinentes, en relación con los referidos hechos públicos y notorios, todo en perjuicio del interés público, de modo que por lo mismo considero amerita este asunto ser examinado por el Ministerio Público, al menos en el sentido de que valoren abrir de oficio el expediente de investigación preliminar que corresponda, sin perjuicio de cualquier otra causa penal en trámite por motivos conexos.

= ACCIÓN•• • =CIUDADANA = FRACCION LEMEL AMA

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Luis amón arranza Cascante

Carolina Hidalgo Herrera Catalina MonteW ez Victor Morales Mora

re Guido érez

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA JEFATURA DE FRACCIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA

Cabe aclarar que no existe intención de entrometernos con otros poderes de la República, o con el secreto del sumario penal respectivo. Empero. quedamos a la orden para cooperar con el Ministerio Público en lo que esté legítimamente a nuestro alcance. tanto en este como en cualquier otro asunto de interés público.

La presente gestión inicialmente encuentra como fundamento jurídico el articulo 323 del Código Penal, en relación con el artículo 112, párrafo último, del vigente Reglamento Legislativo, cuyo texto respectivo se transcribe de seguido: «(...) El Presidente de la Comisión tomará juramento a las personas que asistieren, conforme con el Código de Procedimientos Penales. En caso de que faltaren a la verdad, se aplicarán las sanciones previstas en el Código Penal, de acuerdo con las disposiciones generales del Código de Procedimientos Penales.»

Como lugar o medio idóneo para recibir comunicaciones formales, se indica la Jefatura de la Fracción Legislativa del PAC, sito en el Nuevo Edificio Principal de la Asamblea Legislativa (piso N° 6): o el siguiente email: secretariafraccion.pacGgmail.com.

Sin otro particular, y agradeciendo de antemano su pronta y prioritaria atención, nos suscribimos,

atentamente.

sPri

Enriq es;nch Carballo Welmer Ramos González

Diputadas y diputados a la Asamblea Legislativa por el Partido Acción Ciudadana

, - ESC/ljg/egm C: Archivo Parlide MCI • i• 11* adata

Asamblea islativa

==ACCIÓN••• =CIUDADANA = ntAcciós twisunvx