Ius romanum

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IUS ROMANUM UNIVERSIDAD YACAMBÚ TJR-0243 SECCION ED02D0V SLIDESHARE INTEGRANTES : Angel Rivas AR V- 15307623 Carol Delgado CD V- 12230184 Scarlett Piñerua SP V- 10280197

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IUS ROMANUMUNIVERSIDAD YACAMBÚTJR-0243SECCION ED02D0VSLIDESHARE

INTEGRANTES:Angel Rivas AR V-15307623Carol Delgado CD V-12230184Scarlett Piñerua SP V-10280197Víctor Carrero VC V-12235517

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CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS REALES EN ROMA

ANGEL RIVAS

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CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS REALES EN ROMA

DERECHOS REALES

Sobre COSA PROPIA

Sobre COSA AJENA

DERECHO A LA PROPIEDAD

SERVIDUMBRE“Servitutes”

USUFRUCTO“Ususfructus”

USO“Usus”

DERECHO DE GARANTÍA

Prenda ó Hipoteca“Pegnius Datum”ENFITEUSIS

SUPERFICIE

FUENTE: Bernad Mainar, Rafael, CURSO DE DERECHO ROMANO PRIVADO, Caracas 2013

ANGEL RIVAS

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DIFERENCIAS ENTRE CADA UNO DE LOS DERECHOS REALES Y LAS

SERVIDUMBRESSERVIDUMBRES

• Es sobre cosa ajena• Es sobre bienes incorporales• Limita la propiedad en su uso

y/o disfrute

DERECHO DE PROPIEDAD• Es sobre una cosa propia• Generalmente sobre bienes

corporales• Permite el uso, disfrute y

disposición sobre la cosa

FUENTE: Bernad Mainar, Rafael, CURSO DE DERECHO ROMANO PRIVADO, Caracas 2013

Ejemplo: Servidumbre de acueducto

AR

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DIFERENCIAS ENTRE CADA UNO DE LOS DERECHOS REALES Y LAS

SERVIDUMBRESSERVIDUMBRES

• Se da en relación entre fundos• Para facilitar el uso de un fundo

dominante

Servidumbre de paso

• No se perdía propiedad ni se podía modificar

• Con carácter más permanente(aunque podía terminar)

Fiducia, Pignus, Hypotheca

• Son derechos de garantía• Entre personas con propiedad

de una de ellas como garantía• Se podía perder la propiedad

FUENTE: Bernad Mainar, Rafael, CURSO DE DERECHO ROMANO PRIVADO, Caracas 2013

AR

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DIFERENCIAS ENTRE CADA UNO DE LOS DERECHOS REALES Y LAS

SERVIDUMBRESSERVIDUMBRES

Para facilitar el uso de un fundo dominante, Ejemplo: Derecho

de paso, de acueducto, de tomar el agua de un fundo

sirviente

USO Y USUFRUCTOCon la intensión del disfrute de la

propiedad ajena y percibir frutos del mismo

Uso tierra ajena por un provecho

FUENTE: Bernad Mainar, Rafael, CURSO DE DERECHO ROMANO PRIVADO, Caracas 2013

AR

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DIFERENCIAS ENTRE CADA UNO DE LOS DERECHOS REALES Y LAS

SERVIDUMBRESSERVIDUMBRES

• Para facilitar el uso de un fundo dominante, Ejemplo: Derecho de paso, de acueducto, de tomar el agua de un fundo sirviente

ENFITEUSIS•Disfrute y usufructo de un fundo ajeno pagando un canon

SUPERFICIE•Derecho de construir sobre terreno ajeno, pagando un canon

FUENTE: http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledf/abaid_k_o/capitulo5.pdf

AR

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RELACION ENTRE LOS DIFERENTES TIPOS DE DERECHOS REALES:

CAROL DELGADO

REFERENCIAS CONSULTADAS:Derecho Civil 23ª.blogspot.com/derechoswww.ic-abogados.com/derechosreales

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RELACION ENTRE LOS DIFERENTES TIPOS DE DERECHOS REALES:

• Son derechos absolutos• Son de contenido patrimonial: solo importa aquello que sea susceptible de valoración

económica. Los derechos reales conjuntamente con los derechos de créditos e intelectuales constituyen los derechos patrimoniales en nuestra legislación.

• Establecen un vínculo entre una persona y una cosa, y sólo a nivel subsidiario es un vínculo entre dos personas.

VINCULO VINCULO ENTRE ENTRE UNA PERSONA UNA PERSONA

Y UNA COSAY UNA COSA

CAROL DELGADO

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• Es una relación inmediata, pues el uso y goce de las cosas es de manera directa sin necesidad de ningún acto de terceros.• Son erga omnes: oponible a terceros• Se rigen por el principio de legalidad, pues solo existen aquellos derechos reales creados por la ley.

RELACION RELACION INMEDIATAINMEDIATA

PRINCIPIO DEPRINCIPIO DE LEGALIDADLEGALIDAD

CD

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Definición e importancia de las servidumbres en el derecho venezolano

SCARLETT PIÑERUA

REFERENCIAS CONSULTADAS:Código Civil de VenezuelaGuías de la Universidad Yacambu, Romano

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Definición de servidumbre

Podemos definir servidumbre como el derecho real sobre la cosa ajena en virtud del cual el titular de un fundo ve limitado su derecho de propiedad a favor del titular de otro fundo.Artículo 709 del Código Civil Por el hecho del hombre puede establecerse la servidumbre predial que consiste en cualquier gravamen impuesto sobre un predio para uso y utilidad de otro perteneciente a distinto dueño, y que no sea en manera alguna contraria al orden público...

SP

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Para complementar la definición podemos ver los siguientes artículos del Código Civil

Articulo 710Las servidumbres son continuas o discontinuas.Son continuas aquellas cuyo ejercicio es o puede ser continuo, sin que haya necesidad del hecho actual del hombre para tal ejercicio; tales son los acueductos, los desagües de los techos, las vistas y otras semejantesSon descontinuas las que tienen necesidad del hecho actual del hombre para su ejercicio; tales son las de paso, las de tomar agua, las de pasto y otras semejantes

SP

Descontinuas

Continuas

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Para complementar la definición podemos ver los siguientes artículos del código civil

Articulo 711Las servidumbres son aparentes o no aparentesSon aparentes las que se muestran por señales visibles; como una puerta, una ventana o un acueductoSon no aparentes aquellas cuya existencia no se indica por ninguna señal visible, como la de no edificar un predio o no edificar hasta una altura determinada

SP

Aparentes

No aparentes

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Importancia de la servidumbre en el Derecho Venezolano

la Servidumbre, etimológicamente hablando proviene del latin "Servus" que significa servir, en la materia que nos ocupa, la servidumbre se ve conceptualizada en nuestra legislación como una limitación del ejercicio del derecho de propiedad, siendo al mismo tiempo un derecho real, esto genera una innovadora posición, que es la de someter un derecho real a limitación por parte del ejercicio de otro de la misma índole, significa servir y en este caso se sirve un predio llamado dominante de uno llamado sirviente, que se ve limitado, estableciéndose en principio de manera perpetua.

SP

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Observando aquí la intención del legislador de hacer de la servidumbre algo que no se extingue de forma rápida, todo esto nos deja como conclusión la importancia que el mismo le da a la servidumbre mas allá de establecerla como una limitación, su indudable importancia radica en la convivencia social y vecinal, ya que en cualquier posición, podrían existir predios privilegiados en cuanto a sus vecinos de tal manera que sin la existencia de la servidumbre seria totalmente inviable la habitación de los predios aledaño.

Importancia de la servidumbre en el Derecho Venezolano

SP

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Como ejemplo podemos establecer, que si un predio tiene un manantial de agua potable y es el único existente en la región, y no existiera el derecho real de servidumbre,? como podrían habitarse los predios vecinos sin poder tener acceso al agua? no podrían ser habitados, por tanto la servidumbre viene a establecer un régimen de comunidad de las cosas necesarias, esta es realmente la naturaleza humana, además de jurídica de la servidumbre; el hecho de poder vivir en comunidad y bienestar, debe ir acompañado de ella, ya que sin la misma seria imposible en muchos casos vivir en comunidad.

Importancia de la servidumbre en el Derecho Venezolano

SP

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Reflexiones sobre la Tutela y la Curatela en el Derecho Romano y el Derecho actual en Venezuela

VICTOR CARRERO

REFERENCIAS CONSULTADAS: http://temasdederecho.com/2012/04/04/la-tutela-y-curatela-en-el-derecho-romano-comparacion-con-el-derecho-venezolano/ Código Civil de Venezuela Guías de Derecho Romano , UNY aula virtual

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TUTELA Y CURATELA

La Tutela: Autoridad y Poder que el Derecho Civil da y confiere sobre un individuo libre, con el fin de protegerlo en la impotencia en que se encuentra de hacerlo el mismo a causa de sus edad

La Curatela: Se trata de una guarda que a diferencia de la tutela el curador administra los bienes de su pupilo , pero no da la auctoritas, es decir no completa la personalidad en ciertos casos

VC

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La Tutela y la Curatela vienen a suplir las deficiencias de los menores de edad sobre quien nadie ejerza la Patria Potestad; así como aquellos declarados incapaces

Articulo 301:Código Civil Venezolano: Todo menor

de edad que no tenga representante legal , será

provisto de tutor y protutor y suplente de este

ROMA

OBJETIVOS DE LA TUTELA Y LA CURATELA

VC

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EL TUTOR EN ROMA

No tiene la potestad, porque

el pupilo sometido no

queda menos sui iuris.

Su poder cesa cuando el menor

llega a la pubertad.

La tutela era considerada una

carga pública. (munus publicum).

No tiene derecho de corrección, ni autoridad sobre

su persona.

El límite de la impubertad en las mujeres era a los

12 años y el de los hombres a los 14

Estaban sometidos a este poder los

impúberes de ambos sexos

El impúber bajo tutela, era

llamado pupilo y al titular de la tutela tutor.

VC

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Articulo 2 Lopnna. Definición del Niño niña y adolescente Se

entiende por niño o niña toda persona con menos de doce años

de edad, se entiende por adolescente toda persona con

doce años o mas y menos de dieciocho años de edad

Articulo 304 CC. La Tutela es un cargo que nadie puede excusarse

sino en los casos determinados por la ley

Articulo 347CC. El tutor tiene la guarda

de la persona del menor , es su

representante legal y administra sus bienes

Articulo 349 CC . El menor obedecerá al tutor y este podrá

corregirlo moderadamente

Articulo 376 .CC .Todo tutor

esta obligado a rendir cuentas terminada su

administración

El Tutor en Venezuela

VC

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Son considerados Incapaces en el

Derecho Romano y por ende debían de ser asistidos por un

tutor

En el Derecho Antiguo las mujeres

estaban en tutela perpetua

El Impúber

LA TUTELA

VC

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LA CURATELA

El Loco Los Pródigos

La curatela es una institución de derecho civil, que permite representar y asistir a aquellas personas que por una causa particular o accidental, se encontraran incapacitadas para administrar su patrimonio.

VC

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Incapacidad y Excusa para el Desempeño de la Tutela en Roma

Las Mujeres Los sordos

Los MudosLos Esclavos

Impúberos

Los Peregrinos

VC

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1)Los que no tengan libre administración de

sus bienes 3) Los que hayan sido removidos de una tutela o

privados de la Patria Potestad sobre sus hijos

4) Los que hayan sido condenado a alguna pena

que lleve consigo inhabilitación o interdicción

5) Los que no tengan oficio o modo de vivir conocido, o sean notoriamente de

mala conducta2) Los que carecen de domicilio y no tiene

residencia fija

Personas Inhábiles Para ser Tutores ,Protutores, Curadores, Art

339 Código Civil Venezolano

VC

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6) Los que tengan o se hallen en circunstancias de temer, o

cuyo padre, madre o descendientes, o cónyuge ,

tengan o se hallen en circunstancias de tener con el

menor un pleito en que se ponga en peligro el estado civil

del menor o una parte de sus bienes

VC

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Son Causas de Excusas para el desempeño de la tutela en

Roma

La Enfermedad

El Desempeño de un cargo

publicoMayor de 70

años

La Extrema Pobreza

El numero de hijos

El Analfabetismo

Enemistad manifiesta

entre el tutor y el padre del

nombrado

Por estar ya desempeñando

tres tutelas o tres curatelas

VC

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DE LAS EXCUSAS. Articulo 342 Código Civil

Venezolano , podrán excusarse de la Tutela y de la Pro tutela

Los militares en servicio activo y los

ministros de cualquier culto

Los que por mal estado habitual de salud no pudieran

El tutor o curador de otra

persona

Los que tenga bajo su potestad tres o mas hijos

Los que fueran tan pobres que no

puedan atender la tutela

Los que no sepan leer ni

escribir

Los Impedidos

VC

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Funciones del Tutor en Roma

La Auctoritatis Interpositio : Era la asistencia y cooperación del

tutor a un acto jurídico realizado por el pupilo.

La Gestio Negotiorum: La gestión de negocios

Conservar y Acrecentar el

patrimonio del pupilo

Hacer un inventario de los bienes del

pupiloRecobrar los

créditos del pupilo

Responder de la insolvencia de los

deudores , sobrevenida por no haberlos

perseguido oportunamente

VC

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Del ejercicio de la Tutela . Código Civil Venezolano

Articulo 347 CC. El tutor tiene la guarda de la

persona del menor, es su representante legal y administra sus bienes

Articulo 349 CC. El menor obedecerá al

tutor y este podrá corregirlo

moderadamente .

Articulo 350 CC .Si el tutor abusare de su autoridad o

faltare a sus obligaciones, el menor podrá presentar sus quejas al protutor y también participarlo al tribunal , a fin que se proceda a averiguar

la verdad y a dictar las medidas legales

conducentes

VC

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Articulo 375 CC El tribunal fijara la remuneración del

tutor por la administración de la tutela, no pudiendo

exceder esta remuneración del quince porciento de la

renta liquida

VC

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IUS ROMANUMUNIVERSIDAD YACAMBÚTJR-0243SECCION ED02D0VSLIDESHARE

INTEGRANTES:Angel Rivas AR V-15307623Carol Delgado CD V-12230184Scarlett Piñerua SP V-10280197Víctor Carrero VC V-12235517

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