INVITACION A CUANDO MENOS 3 PERSONAS

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1 GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11.- 2ª PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES, SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA Y SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES. RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN REQ. No. PUNTO DE LAS BASES DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO 1 I. A) y B) Escrito para acreditar la existencia y personalidad del licitante, así como del Representante Legal que cuenta con facultades para celebrar actos de administración suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente, acompañado de identificación (Elector, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional) (ANEXO 2). 2 II. b) Declaración por escrito de no encontrarse dentro de las restricciones establecidas en los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público ( ANEXO 3). 3 II. c) Copia y original o copia certificada del Registro Federal de Contribuyentes 4 II. d) Escrito de declaración de integridad (abstenerse de adoptar conductas por sí o por interpósitas personas para que los servidores públicos de IEPSA induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento y otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (ANEXO 4). 5 II. e) Escrito de no rescisión o mora en contratos o pedidos con la Administración Pública Federal (ANEXO 5) 6 II. f) Copia y original o copia certificada ante Notario Público de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar el tipo de operaciones de seguros que se requieren. 7 II. g) Directorio de oficinas de atención al público y su cobertura geográfica en el área metropolitana y estados de México y Puebla. 8 II. h) Manifestar bajo protesta de decir verdad que cuenta con antecedentes idóneos para la prestación de los servicios licitados, tales como especialidad en el tipo de riesgos a contratar e infraestructura. 9 II. i) Indicar bajo protesta de decir verdad que cuenta con esquemas de reaseguro adecuados, incluyendo reaseguradores de primer orden, registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, al efecto, sustenten los seguros de que se trata. 10 II. j) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará presentar escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. (ANEXO 6) 11 II K) Escrito bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (ANEXO 7). 12 6.7 Propuesta Técnica (ANEXO 1). En este anexo, la empresa deberá especificar las partidas que cotiza. Este anexo deberá ser firmado por el representante legal de la empresa proponente. 13 6.7 Propuesta Económica debidamente firmada por el representante legal con facultad para comprometerse y contratar a nombre de su representada. Nota: Esta guía servirá como acuse de recibo de la documentación y deberá entregarse durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, la omisión de la entrega de este formato no será motivo de descalificación, sin embargo, la falta de alguno de los requisitos señalados en el mismo, sí es motivo de descalificación.

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GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN NACIONAL A

CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11.- 2ª PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES, SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA Y SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES.

RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN

REQ. No.

PUNTO DE LAS BASES

DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO

1 I. A) y B)

Escrito para acreditar la existencia y personalidad del licitante, así como del Representante Legal que cuenta con facultades para celebrar actos de administración suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente, acompañado de identificación (Elector, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional) (ANEXO 2).

2 II. b) Declaración por escrito de no encontrarse dentro de las restricciones establecidas en los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (ANEXO 3).

3 II. c) Copia y original o copia certificada del Registro Federal de Contribuyentes

4 II. d)

Escrito de declaración de integridad (abstenerse de adoptar conductas por sí o por interpósitas personas para que los servidores públicos de IEPSA induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento y otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (ANEXO 4).

5 II. e) Escrito de no rescisión o mora en contratos o pedidos con la Administración Pública Federal (ANEXO 5)

6 II. f) Copia y original o copia certificada ante Notario Público de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar el tipo de operaciones de seguros que se requieren.

7 II. g) Directorio de oficinas de atención al público y su cobertura geográfica en el área metropolitana y estados de México y Puebla.

8 II. h) Manifestar bajo protesta de decir verdad que cuenta con antecedentes idóneos para la prestación de los servicios licitados, tales como especialidad en el tipo de riesgos a contratar e infraestructura.

9 II. i) Indicar bajo protesta de decir verdad que cuenta con esquemas de reaseguro adecuados, incluyendo reaseguradores de primer orden, registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, al efecto, sustenten los seguros de que se trata.

10 II. j) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará presentar escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. (ANEXO 6)

11 II K) Escrito bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (ANEXO 7).

12 6.7 Propuesta Técnica (ANEXO 1). En este anexo, la empresa deberá especificar las partidas que cotiza.

Este anexo deberá ser firmado por el representante legal de la empresa proponente.

13 6.7 Propuesta Económica debidamente firmada por el representante legal con facultad para comprometerse y contratar a nombre de su representada.

Nota:

Esta guía servirá como acuse de recibo de la documentación y deberá entregarse durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, la omisión de la entrega de este formato no será motivo de descalificación, sin

embargo, la falta de alguno de los requisitos señalados en el mismo, sí es motivo de descalificación.

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INVITACION NACIONAL A CUANDO MENOS 3 PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª

Gerencia de Administración y Finanzas

México, D.F., 09 de febrero del 2011

CONVOCATORIA

ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS MEXICO, S.A. DE C.V.

BLVD. ADOLFO LOPEZ MATEOS No. 2448, COL. ALTAVISTA C.P. 01060 MEXICO, D.F. P R E S E N T E: AT’N.: Sr. Miguel Angel Castrejón Allieri

Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V. (IEPSA), con base en el artículo 3 fracción V, 26 fracción II y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, y los Lineamientos para la contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales, Seguro Institucional de vida y Seguro de Gastos Médicos Mayores, a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Publica Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2003 y demás normatividad aplicable, le hace una invitación de carácter nacional para el aseguramiento de nuestros Bienes Patrimoniales, Seguro Institucional de Vida y Seguro de Gastos Médicos Mayores conforme a las presentes bases: 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

a).- PARTIDA 1.- Asegurar los bienes patrimoniales de la convocante, mediante el resarcimiento del daño o el pago de

una suma de dinero al verificarse el riesgo cubierto.

Se requiere que los bienes patrimoniales con que cuenta IEPSA, de acuerdo al ANEXO 1, queden debidamente

asegurados contra los riesgos cubiertos, mediante póliza: Múltiple empresarial Transporte de Mercancías Vehículos

b).- PARTIDA 2.- Contratación de Seguro Institucional de vida a razón de 40 veces el salario integrado, en los términos

del ANEXO 1 de estas bases, considerando el Seguro adicional Opcional equivalente a una suma de 40 meses de

percepción integrada bajo las mismas condiciones de Seguro Institucional, por lo que la Aseguradora efectuará el pago de la suma asegurada, según corresponda, al realizarse el riesgo cubierto.

c).- PARTIDA 3.- Contratación del Seguro Colectivo de Gastos Médicos Mayores a favor de los Servidores Públicos de

confianza incluyendo Mandos medios y Superiores de IEPSA, así como sus cónyuges e hijos dependientes económicos, en los términos del ANEXO 1

1.1 DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO.

Esta información se proporciona de forma detallada en el ANEXO No. 1 de estas bases, debiendo las compañías

apegarse estrictamente a lo establecido en dicho anexo.

2.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LICITANTES:

I.- Para acreditar la existencia y personalidad jurídica el licitante deberá presentar un escrito con los datos

siguientes:

A) Del licitante: clave del registro federal de contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su

apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus

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reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas.

B) Del representante del licitante: número y fecha de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las

facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó. (ANEXO 2)

Una vez que se haya determinado el licitante ganador, y en caso de que éste haya participado a través de su representante legal, este último deberá presentar previo a la firma del contrato y/o pedido original o copia debidamente certificada, copia simple de todos y cada uno de los documentos precisados en el escrito a que se hace referencia en los incisos A) y B), para cotejo de la documentación. En caso de que se descubra que el representante falseó la información con que participó, IEPSA procederá a notificar tal situación a la Secretaría de la Función Pública para los efectos del artículo 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

II.- Para acreditar la capacidad legal y administrativa, el licitante deberá de presentar la siguiente

documentación:

a) Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal que firme las propuestas.

b) Carta en la que se indique bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos que señalan los

artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (ANEXO 3)

c) Copia y original o copia certificada de su Registro Federal de Contribuyentes. Una vez cotejado, el original será

devuelto.

d) Escrito en el que el licitante declare que se conducirá en forma íntegra y no inducirá o tratará de alterar el resultado del procedimiento. (ANEXO 4)

e) Escrito de no mora o rescisión de contrato o pedido con la Administración Pública Federal. (ANEXO 5)

f) Copia y original o copia certificada ante Notario Público de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar el tipo de operaciones de seguros que se requieren.

g) Directorio de oficinas de atención al público y su cobertura geográfica en el área metropolitana y estados de México y Puebla.

h) Manifestar bajo protesta de decir verdad que cuenta con antecedentes idóneos para la prestación de los

servicios licitados, tales como especialidad en el tipo de riesgos a contratar e infraestructura.

i) Indicar bajo protesta de decir verdad que cuenta con esquemas de reaseguro adecuados, incluyendo reaseguradores de primer orden, registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, al efecto, sustenten los seguros de que se trata.

j) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará presentar escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. (ANEXO 6)

k) Escrito bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 35 del

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (ANEXO 7).

III Obligaciones Fiscales

A fin de dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, los participantes que resulten ganadores deberán presentar el documento en el que conste el acuse de recepción de solicitud de opinión ante la autoridad fiscal competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales. (Art. 39 fracción VI, j) del Reglamento de la Ley)

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Por lo anterior, cada persona física o moral, que resulte adjudicada con un contrato o pedido cuyo monto sea superior a $300,000.00 sin incluir el I.V.A., deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

Asimismo, en la solicitud de consulta de opinión, deberá incluir el correo electrónico de IEPSA ([email protected]; [email protected]); para que el SAT envíe el “acuse de respuesta” emitido en atención a dicha solicitud

IEPSA en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública, con los contribuyentes que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con las disposiciones de este Código y las leyes tributarias, salvo que dichos contribuyentes celebren convenio con las autoridades fiscales para cubrir a plazos, ya sea con pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo, con los recursos que obtengan por la enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretendan contratar. Para estos efectos, en el convenio se establecerá que la dependencia antes citada retenga una parte de la contraprestación para ser enterada al fisco federal para el pago de los adeudos correspondientes. Recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se deberán considerar vigentes dentro del procedimiento de esta Invitación hasta su conclusión. Si la oferta es presentada conjuntamente, por dos o más empresarios o entidades morales, deberán observar lo siguiente: I- Deberán celebrar y presentar un convenio que contendrá:

a) Nombre y domicilio de los integrantes, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas que acrediten su existencia legal como personas morales.

b) Nombre de los representantes de cada uno de los integrantes, señalando las escrituras públicas que acrediten sus facultades de representación.

c) Designación de representante común con poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento.

d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada uno de ellos, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de obligaciones.

Estipular expresamente que cada uno quedará obligado en forma conjunta y solidaria de los demás integrantes para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. 3.- VISITA A LA PLANTA Y JUNTA DE ACLARACIONES.

La visita a las instalaciones de la convocante, que tiene por objetivo que los licitantes tengan un panorama real de las necesidades de la entidad, tendrá verificativo en el domicilio de la empresa: San Lorenzo No. 244, col. Paraje San Juan, Delegación Iztapalapa, México, D.F. CP 09830, el día 14 de febrero de 2011 a las 11:00 hrs., y la junta de aclaraciones se efectuará el mismo día a las 12:00 hrs. en la Sala de Juntas ubicada en el primer piso, para lo cual

deberán enviar sus preguntas con 24 horas de anticipación, vía correo electrónico a la dirección [email protected], o [email protected] 4.- VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS.

La vigencia de las pólizas de seguro será: - Para Bienes patrimoniales: de las 24:00 hrs. del 01 de marzo de 2011 a las 24:00 hrs. del 31 de

diciembre de 2011. - Para Seguro Institucional de Vida: de las 24:00 hrs. del 01 de marzo de 2011 a las 24:00 hrs. del 31 de

diciembre de 2011. - Para Seguro de Gastos Médicos Mayores: de las 24:00 hrs. del 01 de marzo de 2011 a las 24:00 hrs. del

31 de diciembre de 2011.

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5.- INFORMACIÓN DE LA INVITACIÓN

5.1 La Adjudicación será POR PARTIDA

5.2 Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la invitación en calidad de observador.

5.3 No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la

Función Pública. 6. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES

6.1 Por escrito y venir debidamente foliadas, sin ser motivo de descalificación esto último.

La oferta técnica deberá detallar las características de los servicios ofertados. La oferta económica deberá contener: costo unitario (para la póliza de vida corresponde a la cuota porcentual aplicable sobre el salario mensual integrado y para la póliza de gastos médicos mayores a la tarifa de primas por rango de edad y sexo), costo total e importe con descuentos e I.V.A. desglosado, en moneda nacional, condiciones de pago y vigencia de la cotización, así como reducciones o descuentos aplicados.

6.2 Se deberán presentar sin tachaduras ni enmendaduras.

6.3 Se deberán presentar exclusivamente en el idioma español.

6.4 El participante deberá presentar sus propuestas de acuerdo a lo indicado en estas bases.

6.5 Las propuestas deben ser firmadas por personas que tengan poder notarial para ello, conforme a lo indicado

en el punto I.B de estas bases. Para acreditar lo señalado anteriormente, deberá requisitar íntegramente el ANEXO 2

6.6 Referente al requisito del “objeto social” del ANEXO 2, se deberá precisar que la sociedad tiene en su objeto

el giro y la capacidad para proporcionar los bienes o servicios materia de esta Invitación.

6.7 Las ofertas técnica y económica deberán presentarse en un sobre cerrado, debidamente identificado con el nombre de la empresa participante.

6.8 Los participantes deberán presentar la documentación que se solicita, como requisito para participar en la

Invitación, el día 17 de febrero de 2011 a las 11:00 horas en Av. San Lorenzo No. 244 Colonia Paraje San

Juan, Delegación Iztapalapa, C.P. 09830, México, D.F.

7. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA INVITACIÓN.

En caso de modificaciones a las bases, se informará por escrito a los interesados a fin de que concurran a la Sub-Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios de Impresora y Encuadernadora Progreso S.A. de C.V., para conocer de manera específica la o las modificaciones respectivas. Las modificaciones a las bases, no podrán consistir en sustitución o variación sustancial de los bienes solicitados originalmente o bien en la adición de otros distintos. 8 EVENTOS 8.1 Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas

El acto de presentación y apertura de Propuestas Técnicas y Económicas será el día 17 de febrero de 2011 a las 11:00 Hrs. en la sala de juntas ubicada en Av. San Lorenzo No. 244, 1er. Piso, Colonia Paraje San Juan, Delegación

Iztapalapa, C.P. 09830, México, D.F. para lo cual invariablemente deberán entregar un sobre cerrado que contendrá las Propuestas Técnica y Económica conforme a lo solicitado y la documentación complementaria, la cual podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre. Es importante aclarar que para este acto es requisito

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indispensable la asistencia puntual, ya que después de la hora señalada, no se permitirá el acceso a ningún participante, ni se recibirá ninguna propuesta. En el acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo la apertura de los sobres, a fin de revisar cuantitativamente la documentación que conforma tanto la Propuesta Técnica como la Económica; en el caso de que

se hubiere omitido alguno de los requisitos exigidos se desechará la propuesta correspondiente. Por lo menos un participante si asistiera alguno y el servidor público facultado para presidir el acto, rubricarán todas las Propuestas, dándose lectura al importe total de cada una de ellas. Nota Importante: La aceptación de los documentos de índole administrativo presentados en este acto, no implica el

cumplimiento del participante, ya que el Fallo se fundará precisamente en la evaluación cualitativa detallada de toda la documentación y su contenido contra lo solicitado en estas bases.

Se levantará el acta correspondiente, a fin de hacer constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron. El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. 8.2 Fallo

El Acto de Fallo se llevará a cabo el día 21 de febrero de 2011 a las 11:00 horas, en la sala de juntas ubicada en Av.

San Lorenzo No. 244, 1er. Piso, Colonia Paraje San Juan, Delegación Iztapalapa, C.P. 09830, México, D.F, en este acto se dará a conocer el nombre del participante o participantes que resulten con adjudicación favorable, informándose a los demás participantes las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora. Finalmente se elaborará el acta de Fallo entregándose copia de la misma a los participantes. En el caso del participante ganador, esta Acta será el documento competente para el aseguramiento de los bienes, contratado.

9 CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme a la guía de presentación de requisitos la cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de la Ley.

9.1 Evaluación

9.1.1 Técnica

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley, se procederá a evaluar técnicamente al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo, de no resultar éstas solventes, se procederá a la evaluación de las que le sigan en precio. Para efectos de la evaluación se verificará el cumplimiento de los requisitos solicitados en las presentes bases, comprobando y analizando la información y documentos entregados.

Derivado del resultado que arroje el análisis de la información presentada, se determinará las propuestas que cumplen y las que no cumplen.

9.1.2 Económica

Se elaborará el cuadro comparativo de las propuestas económicas de los participantes que cumplieron con el párrafo anterior. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará de entre los participantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que presente la oferta solvente económica mas baja.

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Por ningún motivo se utilizarán mecanismos de puntos o asignación de porcentajes a los requisitos legales y administrativos solicitados, para realizar la evaluación.

10. CRITERIOS DE DESEMPATE

En caso de que dos o más propuestas empaten en precio, la adjudicación se efectuará en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la mediana empresa. Si subsiste el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación, el cual consistirá en depositar en una urna, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, enseguida se extraerá la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. 11 CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Se desecharán las propuestas de los participantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:

11.1 Durante la Fase de Apertura de Proposiciones

11.1.1 No presentar cualquiera de los requisitos solicitados en los términos del punto 2 de estas bases.

11.1.2 No presentar en sobre cerrado los documentos que como requisitos son solicitados en estas bases para

poder participar.

Para estos casos, se asentarán las observaciones que correspondan en el acta respectiva al acto de apertura de propuestas.

11.2 Durante la Fase de Evaluación

11.2.1 No ajustarse la propuesta a cualquiera de los requisitos y condiciones establecidas en estas bases. Para

estos casos se asentarán las observaciones que correspondan en las actas respectivas de los Actos de Fallo Técnico y Económico.

11.2.2 Si del análisis al formato del anexo 4, se desprende que no cumple con la capacidad jurídica para realizar

la operación, objeto de esta Invitación.

11.2.3 Las propuestas que no se puedan evaluar por falta de algún requisito, quedarán automáticamente

desechadas.

11.2.4 Se desecharán aquellas propuestas en las que no se desglose el Impuesto al Valor Agregado.

11.2.5 Las propuestas que por cualquier motivo omitan algún requisito de los solicitados en estas bases, serán

desechadas y podrán devolverse cuando sea solicitado por los licitantes, o bien podrán ser destruidas.

11.2.6 Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes o

servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

12 ADJUDICACIÓN

Con base en el análisis de las propuestas aceptadas, la Institución adjudicará por partida los bienes o servicios solicitados en función de sus recursos presupuestales. El participante renuncia a cualquier reembolso que le pudiera corresponder por las erogaciones hechas con motivo de este evento, asimismo, no podrá invocar algún derecho para que se adjudique el contrato motivo de la presente Invitación, cuando no satisfaga los requisitos de las presentes bases. Aplicando los criterios establecidos en el punto 9 de estas bases, como resultado de esta Invitación, quedará como

ganador el participante que habiendo cumplido con todos los requisitos presente la propuesta económica solvente mas baja por partida.

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13 DESIERTA

Se podrá declarar desierta la Invitación en los siguientes casos:

13.1 Si no se reciben cuando menos tres propuestas en el Acto de Apertura de Proposiciones

13.2 Si al abrir las propuestas no se cuenta cuando menos con tres de ellas susceptibles de ser evaluadas

técnicamente.

13.3 Si después de efectuada la evaluación no fuese posible adjudicar el Contrato a ningún participante por

proponer condiciones que no sean aceptables para IEPSA.

13.4 Por caso fortuito o fuerza mayor.

Cuando la Invitación se declare desierta, Impresora y Encuadernadora Progreso S.A. de C.V., observará los procedimientos legales que correspondan. 14 SUSPENSIÓN TEMPORAL O CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN

Se podrá suspender temporalmente o cancelar la Invitación por los siguientes supuestos:

14.1 Por caso fortuito o fuerza mayor.

14.2 Por orden de la autoridad.

14.3 Existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar

los servicios de la presente Invitación y que de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Institución.

15 ASPECTOS ECONÓMICOS

15.1 Condiciones de Precio y de Pago que se Aplicarán

15.1.1 Precios

Los precios deberán cotizarse en moneda nacional, en firme durante la vigencia de las pólizas y hasta su terminación (precios fijos) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ya que éste deberá estar desglosado.

Las compañías manifestarán en sus propuestas el costo que IEPSA tenga que pagar por la contratación del programa de seguros correspondiente, el cual se cotizará por tipo de póliza o ramo de seguros.

Impresora y Encuadernadora Progreso S.A. de C.V., no pagará importes adicionales a los consignados en la propuesta económica adjudicada.

15.1.2 Condiciones de Pago que se Aplicarán

15.1.2.1 La prima de las pólizas que cubren los bienes patrimoniales, se pagará de contado. Para las pólizas

de vida y gastos médicos mayores, el pago se efectuará en forma mensual sin recargo por pago fraccionado, a más tardar a los 20 días posteriores a la entrega de la factura correspondiente, y a solicitud del Licitante podrá realizarse mediante transferencia electrónica.

Si las facturas entregadas presentan errores o deficiencias, IEPSA dentro de los 3 días naturales siguientes a su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir para presentarlas nuevamente. A partir de esta segunda presentación correrá el término de 20 días indicado para el pago. En ningún caso se otorgará anticipo.

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15.2 Impuestos

Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el participante ganador, con excepción del Impuesto al Valor Agregado.

16. CARTA COBERTURA Y PÓLIZAS

El representante legal del participante ganador, deberá presentar carta cobertura dentro de las 72 horas contadas a partir de la fecha de notificación del fallo, en la Subgerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios, ubicada en Av. San Lorenzo No. 244 Colonia Paraje San Juan, Delegación Iztapalapa, C.P. 09830, México, D.F., y en un término de 10 días hábiles a partir de la fecha del fallo, deberá presentar las pólizas correspondientes. En el supuesto que el participante ganador no presente la carta cobertura y las pólizas correspondientes en la fecha estipulada por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de esta Ley y se procederá a adjudicar el contrato correspondiente a la segunda mejor propuesta presentada en la Invitación y así sucesivamente en el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10%. 17 PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

De conformidad con los artículos 14 y 62, fracción VIII, de la Ley General de Instituciones y de Sociedades Mutualistas de Seguros, las compañías aseguradoras no están obligados a presentar cauciones, por su acreditada solvencia.

18 SANCIONES

Se aplicarán las sanciones establecidas en los artículos 59 y 60 de la Ley. 19 PENAS CONVENCIONALES Y RESCISIÓN.

19.1 Penas Convencionales

En caso de que el proveedor se retrase en la entrega de las pólizas, se aplicará una pena convencional del 0.5% sobre el monto total de pólizas pendientes de entregar por cada día de retraso hasta computar 10 días naturales, transcurridos los cuales, IEPSA podrá optar por el cumplimiento forzoso o la rescisión del contrato de acuerdo al Art. 53 de la LAASSP.

19.2 Rescisión

En caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del adjudicado se iniciará el procedimiento dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley de Adquisiciones, a partir del momento en el cual tenga verificativo el incumplimiento. Aplicando la garantía de cumplimiento en forma proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, o en su caso en la totalidad de la misma.

Asimismo, la convocante podrá dar por terminado anticipadamente el contrato por razones de interés general o por causas justificadas conforme al artículo referido en el párrafo anterior.

20 INCONFORMIDADES

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública, con domicilio en Av. Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., de conformidad con el artículo 66 de la Ley, por los actos motivo de esta Invitación que contravengan las disposiciones de la Ley ó de su Reglamento, dentro de los seis días hábiles siguientes a la fecha en que estos hechos ocurran o que el inconforme tenga conocimiento de los mismos. Transcurrido el plazo antes mencionado, precluye para los interesados el derecho a inconformarse.

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21 CONTROVERSIAS

Las controversias que se susciten con motivo de esta invitación se resolverán con apego a lo previsto en la Ley, su reglamento y en las disposiciones de carácter federal aplicables. 22 ACLARACIONES FINALES

No se negociará ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, así como de las propuestas que presenten los participantes, ni se considerarán las observaciones y/o modificaciones que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 2º de la Ley General de Instituciones y Sociedades mutualistas de seguros.

A t e n t a m e n t e

LIC. SERVANDO RODRIGUEZ MEDRANO

GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

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ANEXO 1

PARTIDA 1.- PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL, ASPECTOS E INFORMACIÓN SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ASEGURARAN BAJO LAS PÓLIZAS RESPECTIVAS.

BIENES ASEGURABLES

RIESGOS A CUBRIR

VIGENCIA 2010

SUMA ASEGURADA VALOR REAL

SECCIÓN I.- EDIFICIOS E INSTALACIONES SECCIÓN II-A CONTENIDOS EN GENERAL MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCIÓN MAQUINARIA SUJETA A PRESIÓN EQUIPO ELECTRÓNICO MOBILIARIO Y EQUIPO GENERAL OFICINAS. (ROTATIVA M600 , PÓLIZA ESPECIFICA ANEXO “ B”) II -B EXISTENCIAS MATERIAS PRIMAS, PROCESO Y PRUEBAS, PRODUCTOS TERMINADO Y DE TERCEROS. II-C GANANCIAS BRUTAS COBERTURA AUTOMÁTICA INCISOS CONOCIDOS $ 5´000,000.00 INCISOS NO CONOCIDOS $ 5´000,000.000

INCENDIO Y/O RAYO

COBERTURA MÚLTIPLE TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA AL 80%.

RIESGOS. HIDROMETEREOLÓGICOS REMOCIÓN DE ESCOMBROS

IDEM

IDEM

IDEM

PORCENTAJE DE INDEMNIZACIÓN 60%

IDEM

$ 30´450,000.00

$ 163´219,350.00

( 54´600,000.00 )

$ 31´500,000.00

$ 630,000.00

SECCIÓN III.- EQUIPO ELECTRÓNICO MÓVIL SECCIÓN IV.- RESP. CIVIL GENERAL

NO APLICA

ACTIVIDADES E INMUEBLES

MAS 50% DE GASTOS DE DEFENSA

$ 0

$ 2´000,000.00 SECCIÓN V.- CRISTALES

ROTURA ACCIDENTAL

$ 20,000.00

SECCIÓN VI.- ROBO CONTENIDOS EN GENERAL - 1ER. RIESGO

ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO

$ 1´500,000.00

SECCIÓN VII.- DINERO EFECTIVO Y VALORES DENTRO Y FUERA 1ER. RIESGO

ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO

De enero a Diciembre nomina semanal 210,000.00

Diciembre 1 sola vez 260,000.00

Dinero en tránsito fuera de oficinas 20,000.00

SECCIÓN VIII .- ROTURA MAQUINARIA MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCIÓN MAQUINARIA SUJETA A PRESIÓN EQUIPO ELECTRÓNICO (ROTATIVA M600, PÓLIZA ESPECIFICA ANEXO “B”) SECCIÓN IX.- EQUIPO DE CONTRATISTAS UN MONTACARGAS GASOLINA AC. ALLIS CHALMERS MODELO ACP40M. UN MONTACARGAS DE GAS LP MARCA MITSUBISHI MODELO FG30N. UN MONTACARGAS GAS LP/GASOLINA MARCA TOYOTA MODELO 8FGU30

COBERTURA BÁSICA - VALOR DE REPOSICIÓN

COBERTURA BÁSICA – VALOR DE REPOSICIÓN

COBERTURA BÁSICA – VALOR DE REPOSICIÓN Y POR CONVENIO EXPRESO PERDIDAS O DAÑOS FÍSICOS OCURRIDOS A LOS BIENES ASEGURADOS

POR CAUSAS EXTERNAS. RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL USO DE LA

MAQUINA L.U.C. HASTA POR $2’000,000.00

$ 163’219,350.00

($ 52’000,000.00)

$ 363,094.00

$ 462,014.00

846,800.00

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EN EL CASO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES EL ASEGURADO DEBE SER IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.V. Y/O FONDO DE CULTURA ECONÓMICA.

NOTA:

1. ESPECIFICAR EN CONTRATO DE SEGURO QUE LA ASEGURADORA NO APLICARÁ LA CLÁUSULA DE “SUBROGACIÓN DE DERECHOS” EN CONTRA DE COMPAÑÍAS FILIALES, SUBSIDIARIAS Y/O REPRESENTANTES DEL ASEGURADO.

“B”

BIENES ASEGURABLES RIESGOS ASEGURABLES SUMA

ASEGURADA

SECCIÓN II-A CONTENIDOS UNA ROTATIVA HEIDELBERG M 600.

INCENDIO Y/O RAYO COBERTURA MULTIPLE REMOCION DE ESCOMBROS DERRAME DE EQUIPO PROTECCIONES CONTRA INCENDIO . TERREMOTO Y ERUPCION VOLCANICA AL 80% RIESGOS HIDROMETEOROLOGICOS INFLACION 5%

$ 52’000,000

($ 41’600,000) ($ 46,800,000)

SECC. III RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA PÓLIZA PRINCIPAL SE HACE EXTENSIVA HASTA POR LA MISMA SUMA

DAÑOS A TERCEROS ($ 2’000,000)

NOTA:

1. SE EXPIDE PÓLIZA ESPECIFICA EN TRIPLICADO ASEGURANDO LA ROTATIVA MENCIONADA, CONSIDERANDO LOS RIESGOS DESCRITOS, SE INSERTA CLAUSULA DE BENEFICIARIO PREFERENTE A FAVOR DE ARRENDADORA BANOBRAS, S.A. DE C.V. QUE SE APLICARA EN CASO DE SINIESTRO.

“C”

PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO ASPECTOS E INFORMACION SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ASEGURARAN BAJO LAS POLIZAS RESPECTIVAS

RIESGOS A CUBRIR DEDUCIBLES Y COASEGUROS

INCENDIO Y/O RAYO NO APLICA

TERREMOTO COASEGURO

2% SOBRE LA SUMA DE TERREMOTO 20%

INUNDACIÓN Y DAÑOS POR AGUA 10% SOBRE LA PÉRDIDA

RESPONSABILIDAD CIVIL NO APLICA

ROTURA CRISTALES

5% SOBRE VALOR DEL CRISTAL CON MÍNIMO DE 5 D.S.M.G.V.D.F.

ROBO CONTENIDOS 10% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 50 D.S.M.G.V.D.F.

EFECTIVO Y VALORES 10% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 50 D.S.M.G.V.D.F.

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“D”

PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO ASPECTOS E INFORMACIÓN SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES QUE

SE ASEGURARAN BAJO LAS POLIZAS RESPECTIVAS

SE AMPARAN BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO, DE ACUERDO AL TEXTO SIGUIENTE: BIENES Y RIESGOS CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO.

SECCIÓN INCENDIO.- I EDIFICIO Y II CONTENIDOS

A. PLANOS, MOLDES Y MODELOS, QUEDANDO ENTENDIDO QUE LA RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA,

EN CASO DE PÉRDIDA, SE LIMITARÍA AL VALOR INTRÍNSECO DE LOS MATERIALES Y DE LAS SUMAS GASTADAS EN LA CONFECCIÓN DE CADA DIBUJO, MODELO O PLANO, SIN TOMAR EN CUENTA EL VALOR EN QUE EL ASEGURADO LO ESTIME POR EL USO QUE DE ELLOS SE PUDIERA HACER.

B. MOLINOS DE VIENTO, BOMBAS DE VIENTO, TORRES, ANTENAS, EMISORAS DE RADIO O TELEVISIÓN, TOLDOS, CORTINAS, RÓTULOS, CHIMENEAS METÁLICAS, ASÍ COMO INSTALACIONES INDUSTRIALES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBAN ESTA A LA INTEMPERIE.

PARA LA SECCIÓN V CRISTALES

a) LOS DAÑOS O PÉRDIDAS MATERIALES CAUSADOS A LOS CRISTALES ASEGURADOS CUANDO DICHOS

DAÑOS SE ORIGINEN POR LA REALIZACIÓN DE REPARACIONES, ALTERACIONES, MEJORAS Y/O PINTURA DEL INMUEBLE AQUÍ DESCRITO Y/O DEL CRISTAL O CRISTALES ASEGURADOS YA SEA QUE ESTÉN REMOVIDOS O DEBIDAMENTE COLOCADOS.

b) DECORADO Y ACABADOS ESPECIALES (TALES COMO PLATEADO, DORADO, TEÑIDO, PINTADO, GRABADO, CORTE RÓTULOS, REALCE Y ANÁLOGOS) O A SUS MARCOS.

SECCIÓN VII DINERO Y VALORES

a) DINERO Y VALORES EN PODER DE COBRADORES O VENDEDORES, QUE UTILICEN VEHÍCULOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN O REPARTO DE MERCANCÍAS, YA SEA QUE SE ENCUENTREN, O NO, A BORDO DE DICHOS V VEHÍCULOS.

DINERO Y VALORES QUE SE ENCUENTREN BAJO CUSTODIA DEL ASEGURADO.

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“E”

PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO ASPECTOS E INFORMACION SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ASEGURARAN BAJO LAS POLIZAS RESPECTIVAS

SEGURO DE TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE ANUAL

BIENES ASEGURABLES

RIESGOS ASEGURABLES

RESPONSABILIDAD MÁXIMA

1.- MERCANCÍAS RELACIONADAS CON

LAS ARTES GRÁFICAS, INCLUSO MATERIAS PRIMAS, PRODUCTOS EN PROCESO DE ELABORACION Y PRODUCTOS TERMINADOS

TODO RIESGO RIESGOS ORDINARIOS DE TRÁNSITO ROBO TOTAL Y ROBO PARCIAL (PROPORCIONAR CUOTAS DESGLOSADAS)

$ 600,000.00

CAMIONETAS 1 VIAJE POR DÍA CAMIÓN $ 2’000,000.00 1 VIAJE SEMANAL

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL SEGURO DE TRANSPORTES DE CARGA – PÓLIZA ANUAL DE PRONOSTICO DE EMBARQUE. MEDIDO DE TRANSPORTE – TERRESTRE DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE LA COMPAÑÍA POR EMBARQUE CAMIÓN KODIAK $ 4’000,000.00 CAMIONETAS: PICK- UP y EXPRESS CARGO $ 400,000.00 TOTAL PRONOSTICO DE EMBARQUES $ 127’000,000.00 – VENTAS NACIONALES RIESGOS AMPARADOS DEDUCIBLES

RIESGOS ORDINARIOS DE TRANSITO 3% VOLCADURA 1% DEMÁS RIESGOS ORDINARIOS DE TRANSITO 5% ROBO DE BULTO POR ENTERO 3% ROBO PARCIAL 5% DEMÁS RIESGOS ADICIONALES 1% SE APLICARAN SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE, CON MÍNIMO DE 50 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL.

DEDUCIBLES COASEGURO

ROBO TOTAL 5% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE ROBO PARCIAL 2% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE DEMÁS RIESGOS 1% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE

NO APLICA NO APLICA NO APLICA

“F”

PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO ASPECTOS E INFORMACION SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ASEGURARAN BAJO LAS PÓLIZAS RESPECTIVAS

SEGURO DE VEHÍCULOS

DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD MODELO COBERTURA

MOTOCICLETA SUZUKI C.C. 250 1999 AMPLIA

MOTOCICLETA SUZUKI C.C. 250 2006 AMPLIA

YAMAHA 250 C.C. 2010 AMPLIA

SEGURO DE AUTOMÓVILES

DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD MODELO COBERTURA

ASTRA 2006 2006 AMPLIA

TSURU SEDAN 4 PTAS. 2007 AMPLIA

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TSURU SEDAN 4 PTAS. 2009 AMPLIA

HONDA FIT 5 PUERTAS 2009 AMPLIA

HONDA FIT 5 PUERTAS 2010 AMPLIA

HONDA FIT 5 PUERTAS 2010 AMPLIA

HONDA FIT 5 PUERTAS 2010 AMPLIA

HONDA FIT 5 PUERTAS 2011 AMPLIA

TOYOTA AVANZA 2010 AMPLIA

SEGURO DE UNIDADES DE CARGA

DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD MODELO COBERTURA

CHEVROLET CAB C-35 "G" 1995 AMPLIA

FORD F-450 4X2 2003 AMPLIA

CHEVROLET KODIAK "K" 2005 AMPLIA

CHEVROLET CARGO VAN 2006 AMPLIA

CHEVROLET CARGO VAN 2007 AMPLIA

CHEVROLET EXPRESS VAN 2008 AMPLIA

CHEVROLET CARGO VAN 2010 AMPLIA

CHEVROLET CARGO VAN 2010 AMPLIA

CONSIDERAR PARA INDEMNIZACIONES POR PÉRDIDA TOTAL 110% DEL VALOR COMERCIAL.

RIESGOS ASEGURABLES SUMAS ASEGURABLES DEDUCIBLES

DAÑOS MATERIALES

MOTOCICLETAS, AUTOS Y CAMIONES VALOR COMERCIAL

3%

ROBO TOTAL MOTOCICLETAS, AUTOS Y CAMIONES VALOR COMERCIAL

5%

RESPONSABILIDAD CIVIL TERCEROS L.U.C. Y SERVICIOS DE ASISTENCIA

MOTOS / AUTOS CAMIONES $ 750,000.00 $ 1´000,000.00

SIN DEDUCIBLE

DEFENSA LEGAL VEHICULAR

MOTOS / AUTOS CAMIONES $ 750,000.00 $ 1´000,000.00

SIN DEDUCIBLE

GASTOS MEDICOS A OCUPANTES

MOTOS / AUTOS / CAMIONES $ 80,000.00 / $ 300,000.00 / $ 150,000.00

POR EVENTO

SIN DEDUCIBLE

EN CASO DE QUE EL ASEGURADO REALICE ADQUISICIONES DE VEHICULOS DE MODELO RECIENTE, ESTOS QUEDARAN ASEGURADOS A VALOR FACTURA.

IEPSA proporcionara relación actualizada de las unidades y sus características para su aseguramiento.

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PARTIDA 2.- SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA CONCEPTO Colectividad Asegurada: Todo el personal Administrativo de IEPSA de mando, así como de confianza en activo. (Se anexa disquete que contiene información detallada). No incluye personal jubilado o pensionado. La colectividad asegurada realiza actividades administrativas.

Riesgos Cubiertos: Fallecimiento o Incapacidad Total y Permanente, incluir exención de pago de primas por incapacidad total y permanente, excepto si es debida al síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA). Quedando exento de pago de primas al determinarse la incapacidad total y permanente y se haya realizado la indemnización correspondiente.

1) Suma Asegurada Básica: Es la cantidad máxima de responsabilidad que tiene la Aseguradora por cada asegurado a

consecuencia de la incapacidad total y permanente o el fallecimiento del mismo y cuya suma corresponde a 40 meses de salario integrado. Conformado por el salario base más la compensación garantizada.

2) Suma Asegurada Adicional Opcional: Es la suma que corresponde al Seguro adicional cuya suma equivale a 40 meses de

Percepción Integrada, conformado por el salario base más la compensación garantizada, considerando los mismos riesgos cubiertos en el Seguro Institucional.

La Aseguradora pagará por concepto de suma asegurada, con motivo del fallecimiento o de la incapacidad total y permanente del asegurado, durante la vigencia de la póliza, el monto equivalente a 40 veces la percepción mensual que reciba el servidor público asegurado, al momento de ocurrir el siniestro, y en su caso también pagará la Aseguradora, la suma adicional de 40 meses de salario integrado, como antes se indica.

La percepción mensual mencionada en el párrafo anterior se integra por la suma de: sueldo base mensual más la compensación garantizada.

El pago del importe total de la mencionada suma asegurada, se llevará a cabo, a elección del asegurado, de acuerdo a lo siguiente:

a) En una sola exhibición directamente a los beneficiarios designados por el asegurado para el caso de su fallecimiento; tratándose de incapacidad total y permanente, al propio asegurado o a su representante legal, según corresponda.

El pago de la suma asegurada de la cobertura de vida excluye el de la de incapacidad total y permanente y, el de esta última, al primero.

Incapacidad Total y Permanente: Para los efectos de este seguro, se entenderá por incapacidad total y permanente:

a) La incapacidad que sufra el asegurado de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que esté expuesto en el ejercicio o con motivo de su trabajo, o,

b) La incapacidad total y permanente, que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo o por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo.

Se determina que la cobertura de incapacidad total y permanente no comprende aquélla que derive de lesiones provocadas intencionalmente por el asegurado; la que resulte de lesiones sufridas por el uso o estado bajo los efectos de alguna droga, enervante, estimulante o similares no prescritos por un médico.

En todo caso, el dictamen de incapacidad total y permanente deberá ser expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, haciéndose constar expresamente que la Aseguradora se reserva el derecho de practicar, a costa de ella misma, un examen médico al asegurado que permita determinar si la incapacidad le impide o no el desempeño de su trabajo u ocupación habitual o de cualquier otro compatible con sus conocimientos, aptitudes y posición social, a fin de resolver sobre la posible procedencia del pago de la correspondiente suma asegurada. Para lo anterior, se tomará la fecha del dictamen emitido por el IMSS.

Prima: El importe de la prima del seguro de los integrantes de la colectividad inicialmente asegurada, se pagará en

forma mensual con recursos de la convocante haciéndose los ajustes por altas, bajas de personal y modificaciones de sueldo en su caso. Estas modificaciones se calcularán a prorrata considerando la suma asegurada y los días de vigencia por transcurrir, para este efecto la aseguradora proporcionará el factor que se deberá aplicar en estas modificaciones. En la presentación de costos favor indicar la prima que corresponde al Seguro Institucional y al Seguro adicional Opcional, bajo la modalidad sin dividendos.

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IEPSA presentará a la Aseguradora los reportes de altas y bajas de la colectividad asegurada, así como las modificaciones al sueldo (en su caso) dentro de los diez primeros días hábiles posteriores a cada mes transcurrido; el ajuste del importe mensual de la prima a pagar se efectuará en el recibo de la siguiente mensualidad. Para la inclusión de nuevo personal a la colectividad asegurada se remitirá a la Aseguradora el formato Consentimiento para ser Asegurado debidamente requisitado y firmado por el asegurado adjuntando copia de la

credencial de elector conforme se vayan presentando los movimientos.

Carencia de restricciones: El seguro no estará sujeto a restricciones por razones de residencia, ocupación, viajes o

género de vida de los asegurados.

Registro de Asegurados y Auto administración: Debido a que los asegurados aparecen en la nómina de personal en

activo, dicha nómina será la base de datos, que se proporcionará a la Aseguradora tanto en forma impresa como en formato Excel, para hacer el cálculo inicial de la colectividad y posteriormente se presentará cada mes con la siguiente información. Nombre completo del asegurado Fecha de Nacimiento Registro Federal de Contribuyentes Monto de la percepción integrada mensual del asegurado. La falta de envío dentro de los diez días hábiles después del vencimiento de cada período, la Aseguradora expedirá recibo estimado con base al importe anterior, emitiendo a más tardar al siguiente ciclo de entrega de dicha base de datos, un recibo complementario de ajuste mensual. IEPSA archivará copia del consentimiento para ser asegurado firmado por el propio asegurado y su designación de beneficiarios, acompañada de la copia fotostática de la credencial de elector, para su remisión a la Aseguradora junto con la documentación correspondiente, en cada solicitud de pago de siniestros, este consentimiento, para los fines de este seguro se aplicarán los formatos de consentimiento y designación de beneficiarios que proporcionó Seguros MetLife México, S.A., ya que todos los asegurados cuentan con este formato debidamente requisitado a excepción de los asegurados de nuevo ingreso que se considerará el consentimiento respectivo. IEPSA se responsabilizará de la custodia y manejo de los documentos de los beneficiarios, y en caso de que ocurra el siniestro se presentará el formato de consentimiento y designación de beneficiarios como parte de la formal reclamación. Designación de Beneficiarios: Cualquier miembro de la colectividad asegurada podrá hacer designación de

beneficiarios, mediante notificación por escrito junto con la fotocopia de la Credencial de Elector del mismo, para tales efectos se utilizarán los formatos de consentimiento y designación de beneficiarios que proporcione la Aseguradora. En cualquier momento los asegurados pueden ejercer el derecho que tienen de cambiar de beneficiarios, salvo por lo que hace al que hubieren designado con carácter de irrevocable. Para que dicho cambio surta sus efectos, deberá hacerse constar necesariamente en el certificado respectivo. Cuando no exista beneficiario designado o si sólo se hubiere nombrado uno y éste fallece antes o al mismo tiempo que el asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe del seguro se pagará a la sucesión del asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación de beneficiarios. Cuando existan varios beneficiarios, la parte del que fallezca antes o al mismo tiempo que el asegurado, acrecentará por partes iguales la de los demás, salvo estipulación en contrario. Baja del Servicio: Al separarse el asegurado del servicio activo en favor de IEPSA, automáticamente causará baja de

este seguro, independientemente de la causa de la separación. Separación de la Colectividad: En caso de separación definitiva de la colectividad asegurada, la persona de que se

trate, sin examen médico y por una sola vez, podrá continuar protegida pasando a formar parte de la cartera de seguro de vida Individual de la Aseguradora. Para ejercer este derecho, la persona separada de la colectividad deberá presentar su solicitud a la Aseguradora dentro de los treinta días naturales siguientes a su separación.

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Pago de Suma Asegurada: Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará a los beneficiarlos

designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, el beneficiario deberá entregar la documentación siguiente:

a) Copia certificada del acta de defunción del asegurado; b) Si se trata de solicitud de pago de incapacidad total y permanente, el dictamen expedido por el IMSS. c) Comprobante del último pago de salario del asegurado. d) Solicitud de pago del beneficiario o asegurado; e, e) Identificación del beneficiario y asegurado f) Documentación original que permita comprobar parentesco del beneficiario con el asegurado g) Comprobante de Domicilio h) Aviso de baja i) Formato designación de beneficiarios. j) Acta de nacimiento certificada.

En caso de ser necesario, la Aseguradora podrá solicitar los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada. Interés Moratorio: En caso de que la Aseguradora no obstante haber recibido los documentos e información que le

permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la suma asegurada en los términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar al asegurado o al beneficiario, un interés moratorio calculado, a una tasa anual igual al promedio del costo porcentual promedio de captación que publica mensualmente el Banco de México, durante el lapso de mora. Dicho interés se computará a partir del día siguiente a aquél en que venza el plazo de treinta días señalados en el citado precepto. Prescripción: Todas las acciones que se deriven de esta póliza de seguro prescribirán en dos años, contados en lo

términos del artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma Ley, para las personas que ya vienen siendo asegurados a través de Compañías de Seguros Disputabilidad: Dentro de los primeros 30 días de vigencia, será disputable por omisión o inexacta declaración de los

hechos necesarios proporcionados por los miembros de la colectividad para la apreciación del riesgo, tratándose de miembros de nuevo ingreso a la colectividad asegurada, no aplicará el término de espera para hacer uso del derecho, este se contará a partir de la fecha en quedo asegurado. Suicidio: En caso de muerte por suicidio sólo es aplicable para el personal de nuevo ingreso en la póliza, ocurrido

dentro del primer año contado a partir de la fecha de vigencia de este contrato, cualquiera que haya sido su causa y el estado mental o físico del asegurado, el pago único y total que hará la aseguradora, será el importe de la reserva matemática que corresponda. Errores y Omisiones: Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la descripción de la

colectividad asegurada, no perjudicará los intereses del asegurado, ya que es intención de este documento dar protección en todo tiempo, sin exceder de los límites establecidos en el seguro y sin considerar cobertura o ubicación adicional alguna, por lo tanto cualquier error u omisión accidental, será corregido al ser descubierto y en caso de que el error u omisión lo amerite, se hará el ajuste correspondiente de la prima. Competencia: En caso de controversia, el quejoso deberá ocurrir a la Comisión Nacional para la Protección de los

Usuarios de Servicios Financieros, en sus oficinas centrales o en las de sus delegaciones, en los términos del artículo 136 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y, si dicho Organismo no es designado árbitro, podrá concurrir a los tribunales competentes del domicilio de la Aseguradora.

Art. 25.- Ley sobre el contrato de seguro: Si el contenido de la póliza no concuerda con la oferta, el asegurado podrá

pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 días que sigan al día en que reciba la póliza: transcurrido este plazo, se consideran aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.

19

PARTIDA 3.- SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES

SINIESTRALIDAD: UNA CESAREA Y RECLAMACION DE DOS ACCIDENTES POR UN MONTO APROXIMADO DE $2,000.00 CADA UNO.

A) DESCRIPCIÓN DE LAS COBERTURAS:

1. Prima:

La prima del seguro será pagada con recursos de la convocante y no es un seguro contributivo o voluntario. El Titular pagará la prima que corresponda por la suma adicional que contrate (potenciación), así como el costo por la inclusión de sus dependientes económicos en este seguro.

2. Cobertura Básica:

La Aseguradora protege a cada Asegurado durante la vigencia de este contrato y de acuerdo con las

condiciones generales, cláusulas especiales y endosos del mismo, si a consecuencia directa de una enfermedad o accidente cubierto, el Asegurado incurriera en los gastos que se cubren mediante este contrato, a través del pago directo de la Aseguradora a la red medica, o a través de reembolso directamente al Asegurado, así mismo se solicita cotización opcional, para seguro de cónyuges e hijos dependientes económicos según listado

adjunto.

3. Colectividad Asegurada:

Titulares- Personal de Mandos, medios y superiores, se consideraran su Cónyuges e hijos dependientes económicos, quedaran asegurados desde el nacimiento y hasta los 24 años de edad, cancelándose automáticamente al cumplir los 25 años y siempre y cuando no tenga remuneración por trabajo personal. Sin embargo, aquel Asegurado que desee continuar con los beneficios de la póliza, en los mismos términos y condiciones, podrá cubrir el monto de la póliza de manera personal.

B) PARÁMETRO DE LA COBERTURA:

1. Plan: Seguro de Gastos Médicos Mayores – Titulares, cónyuges e hijos dependientes económicos.

2. Suma Asegurada: De 74 a 333 SMGMVDF, dependiendo del nivel jerárquico siguiente:

Grupo Puesto nivel jerárquico Suma asegurada básica SMGM a cargo de IEPSA

Suma asegurada adicional SMGM a cargo de asegurado

No. personas

1 Director Gral. 333 667

2 Gerente 250 750

3 Subgerente 200 800

4 Coordinador 170 830

5 Jefe Depto. 150 850

TOTAL

DEPENDIENTES ECONÓMICOS (ESPOSA (O) E HIJOS)

Grupo Puesto nivel jerárquico Suma asegurada básica SMGM a cargo del titular

suma asegurada adicional SMGM a cargo de asegurado

No. personas

1 Director Gral. 333 667

2 Gerente 250 750

3 Subgerente 200 800

4 Coordinador 170 830

5 Jefe Depto. 150 850

TOTAL

3. Deducible 1.0 SMGMVDF

4. COASEGURO 10%

20

EXTRANJERO – NO APLICA

5. Tipo de Plan: Gasto usual y Acostumbrado (GUA) 6. CONCEPTOS A CONSIDERAR EN LA COBERTURA SOLICITADA

Cobertura Básica.

Cobertura de Padecimientos Preexistentes y complementos de siniestro.

Cobertura de Emergencia en el Extranjero con Suma Asegurada de 50,000 Dólares y deducible de 50 Dólares, sin Coaseguro.

Cobertura de Parto Normal y Cesárea con suma asegurada de y hasta 30 SMGMVDF para aseguradas titulares y en su caso, cónyuges, (con periodo de espera de 10 meses para nuevos ingresos).

Cobertura de Enfermedades Catastróficas en el Extranjero.

Cobertura de Deportes Peligrosos.

Cobertura de Padecimientos Congénitos.

Reconocimiento de antigüedad incluido para eliminar periodos de espera (De acuerdo al listado proporcionado por la convocante en la junta de aclaraciones).

Nivel de Hospitalización alto convenio de hospitales como Ángeles del Pedregal, Medica Sur, ABC, Hospital Español entre otros.

Cobertura de accidentes, sin deducible y Coaseguro.

Límites para cada enfermedad o accidente.

HONORARIOS QUIRÚRGICOS HONORARIOS DE ANESTESISTA HONORARIOS DE AYUDANTES HONORARIOS DE ENFERMERA CUARTO Y ALIMENTACIÓN CAMA EXTRA VISITAS O CONSULTAS MÉDICAS PARTO O CESAREA

60 SMGM 30% DE HONORARIOS QUIRÚRGICOS 35% DE HONORARIOS QUIRÚRGICOS (SEGÚN DETALLE ) MÁXIMO TRES TURNOS, DURANTE 30 DÍAS PRIVADO ESTÁNDAR UNA DIARIA POR ASEGURADO O MÁS, SIEMPRE QUE HAYA SIDO AUTORIZADO POR EL MÓDULO DE LA ASEGURADORA. 30 SMGMVDF

En caso de que la póliza se cancele, se limitará la obligación de la compañía, el pago de las reclamaciones iniciales o complementarias correspondientes a erogaciones por concepto de gastos médicos cubiertos, efectuadas por el asegurado con anterioridad a la fecha de cancelación de la póliza quedando en este caso excluidas las erogaciones realizadas con fecha posterior a dicha fecha, se cubrirán las reclamaciones que se tengan presentadas antes de la cancelación. En propuesta económica proporcionar costo considerando cobertura de cesárea y opcional parto. Se elimina el deducible y coaseguro en hospitales y médicos en convenio (a través de pago directo).

C) GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS

Se entenderá por Gastos Médicos Cubiertos, aquellos en los que incurra el Asegurado dentro de la Republica Mexicana, por servicios, materiales y /o tratamientos medico/quirúrgicos, requeridos para la atención en cualquier enfermedad o accidente cubiertos, prescritos por un profesional de la medicina, legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión, necesarios para el diagnostico y/o tratamiento acordes con el Tabulador de Honorarios Quirúrgicos en el lugar donde se proporcionen y de acuerdo, a lo establecido en las Bases objeto de esta Licitación.

Los Gastos Médicos que deberá cubrir el servicio, objeto de esta Invitación son los siguientes:

1. Gastos de hospital, representados por el costo de habitación en un cuarto privado estándar y alimentos.

2. Costo de la cama extra para un acompañante, durante el tiempo que el Asegurado se encuentre internado en el

hospital.

3. Medicamentos adquiridos para el Asegurado dentro o fuera del hospital siempre que los que se adquieran afuera, sean prescritos por los médicos tratantes y se anexe la factura de la farmacia con la receta. Dicha factura deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables.

21

4. Honorarios Médicos por Intervención Quirúrgica, se cubrirán de acuerdo al Tabulador de Gasto Usual

Acostumbrado, en base a 60 SMGMVDF.

Los Honorarios por consultas o visitas medicas, 1 diaria por Asegurado o más siempre que sea autorizado por el médico del módulo de la Aseguradora. Las consultas médicas post-operatorias, quedaran comprendidas, en los Honorarios médicos por intervención Quirúrgica.

Los Honorarios de ayudantes e instrumentistas (ayudantía-quirúrgica): primer ayudante 20%, segundo ayudante 10% de los Honorarios del cirujano principal, e instrumentista 5% de Honorarios quirúrgicos.

5. Queda cubierto el pago de honorarios de enfermeras independientes legalmente autorizadas para ejercer su

profesión, siempre que sus servicios hayan sido prescritos por el medico tratante y hasta un periodo máximo de 30 días por enfermedad o accidente. El pago de honorarios estará sujeto a lo estipulado en el gasto usual acostumbrado

6. Sala de operaciones, recuperación y de curaciones e insumos en los mismos.

7. Equipo de Anestesia

8. Transfusiones, incluyendo gastos por estudios del donador, aplicación de plasma, paquetes globulares y

fracciones, sueros y otras sustancias semejantes

9. Gastos originados por la estancia del Asegurado en terapia intensiva, intermedia y/o unidad de cuidados coronarios

10. Análisis de laboratorio, estudios radiológicos, isótopos radioactivos, electrocardiografía, electroencefalografía, potenciales evocados, electro miografías, tomografías, imagen de resonancia magnética y cualquier otro estudio indispensable para el diagnostico y tratamiento de una enfermedad o accidente cubierto

11. Compra o renta de aparatos ortopédicos y/o prótesis, necesarios a consecuencia de accidentes o enfermedades,

serán cubiertos hasta un limite de 10% de la suma asegurada contratada.

Pulmón artificial y/o dispositivo mecánico cardiaco artificial (marcapasos), que se requieran a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto, incluyendo la reposición en casos de accidente.

12. Gastos de transporte de ambulancia, terrestre o aérea cuando el Asegurado presente, una emergencia medica originada por una enfermedad o accidente cubierto y que por prescripción medica, se considera estrictamente necesario por no poder ser atendido en el lugar en que ocurrió esta.

Para el caso de ambulancia aérea se cubren los gastos que resulten, si a consecuencia de una urgencia médica, el asegurado requiere atención hospitalaria y la localidad no cuenta con recursos médicos hospitalarios necesarios para su atención y el médico tratante recomiende el traslado del asegurado. Para que esta cobertura proceda deberá ser autorizada previamente por el módulo de atención de LA ASEGURADORA. Toda

reclamación que se origine por este concepto se cubrirá hasta, $ 50,000 aplicando sobre el gasto incurrido un coaseguro de 20%, no importando que la causa sea por enfermedad o accidente. No se cubrirá este concepto cuando sea impedido el traslado del paciente, por cualquier circunstancia, por la autoridad competente con motivo de sus funciones legalmente reconocidas y cuando los horarios y/o las condiciones meteorológicas no permitan la operación segura en el aeropuerto.

13. Tratamiento de radioterapia, inhaloterapia, fisioterapia y quimioterapia, derivados de una enfermedad o accidente cubierto.

14. Tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter reconstructivo, que resulten indispensables a consecuencia de un

accidente o enfermedad cubierta en este contrato.

15. Tratamientos médicos realizados por quiroprácticos y de acupuntura, serán aceptados solo que cuenten con Cedula Profesional.

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16. Tratamientos dentales, alveolares o gingivales, que sean indispensables a consecuencia de un accidente cubierto,

siempre y cuando, se presenten radiografías donde se haga constar el daño sufrido a consecuencia del mismo.

17. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos, por padecimientos congénitos del hijo nacido dentro de la vigencia de la póliza y del correspondiente certificado individual de la asegurada, siempre y cuando, se hayan notificado a la Aseguradora sobre el nacimiento, dentro de los 30 días naturales siguientes a su acontecimiento. Dichos gastos,

quedarán cubiertos a partir del nacimiento del nuevo Asegurado.

18. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos por padecimientos congénitos del asegurado, que se dé de alta durante la vigencia de la póliza. Dichos gastos quedarán a partir del alta en la Aseguradora a través de IEPSA.

19. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos, por las siguientes complicaciones del embarazo, parto y puerperio:

Embarazo extrauterino

“Legrados uterinos por abortos involuntarios o accidentales”, se considerará como aborto involuntario, la interrupción de la gestación que ocurra antes de que se logre la viabilidad del producto. Solo se cubrirá si su acontecimiento es involuntario para la asegurada y su realización se acredita mediante los correspondientes estudios de laboratorio y/o gabinete.

Toxicosis Gravídica y Eclampsia

Mola Hidatiforme (Embarazo Molar)

Fiebre Puerperal Enfermedad Hipertensiva inducida por el embarazo

Placenta Previa, Placenta Acreta

Óbito Cualquier otra complicación del embarazo no mencionada en estos incisos no quedará cubierta.

20. Gastos originados por la atención de parto y la operación cesárea, entendiéndose como tales, los honorarios de médicos que participaron en la intervención quirúrgica y los gastos de hospitalización, los cuales, deberán estar cubiertos hasta por un monto máximo de 30 Salarios Mínimos Generales Mensuales Vigentes del Distrito Federal.

Sin aplicación de deducible y coaseguro. Se cubre el parto, bajo los términos siguientes: a) Gastos correspondientes únicamente a hospitalización y honorarios médicos inherentes al evento.

b) Solo se cubrirá a la Asegurada Titular o Cónyuge del asegurado titular

c) Los gastos originados quedarán cubiertos siempre y cuando el periodo de gestación se inicie dentro de la

vigencia del correspondiente certificado individual de la póliza anterior, con respecto a cada Asegurada. (aclarando que el periodo de espera de 10 meses aplica solo para nuevos ingresos en la póliza)

21. La cobertura de Cesárea quedará amparada bajo las siguientes condiciones: Gastos originados por la operación

cesárea, entendiéndose como tales, los honorarios de médicos que participaron en la intervención quirúrgica y los gastos de hospitalización, los cuales quedaran cubiertos hasta por un monto máximo de 30 SMGMVDF, sin la aplicación de coaseguro y deducible de la cobertura básica. Como operación cesárea, se considerará aquella que sea prescrita por un médico legalmente autorizado para ejercer su profesión y que sea necesaria para resolver un embarazo que ponga en peligro la vida del niño o de la madre. Esta cobertura tendrá un periodo de espera de 10 meses para nuevos ingresos. Se elimina el deducible y coaseguro en hospitales y médicos en convenio.

22. Lesiones que el Asegurado sufra a consecuencia de la práctica amateur u ocasional, de los deportes que implique

un riesgo mayor al normal, anotándose los siguientes con carácter enunciativo más no limitativo:

a) alpinismo b) artes marciales c) box d) buceo e) ciclismo

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f) charrería g) deportes aéreos y similares h) equitación i) espeleología j) jockey k) lucha libre o grecorromana l) montañismo m) motociclismo terrestre o acuático n) rapel o) tauromaquia p) cacería q) esquí acuático o de nieve

23. A Enfermedades preexistentes.

Son aquellas enfermedades o accidentes por las cuales el paciente haya presentado signos y síntomas antes del inicio de la vigencia de la póliza o aquellos que hayan sido determinadas por un médico mediante el diagnóstico o tratamiento y que por su historia clínica o evolución natural del padecimiento un perito médico lo determine o mediante un arbitraje médico. Dicho padecimiento se cubrirá independientemente de que el primer gasto se origine antes del inicio de la póliza o durante la vigencia, siempre y cuando no se considere como complemento de siniestro cubierto por otra aseguradora. Los padecimientos preexistentes se cubrirán únicamente dentro de la república mexicana.

23. B Pago de complementos de siniestro sin periodo de espera.

Quedarán cubiertos los gastos médicos que se eroguen durante la vigencia de la póliza, por enfermedades y/o accidentes iniciados en las vigencias anteriores en la(s) póliza(s) contratada(s) del seguro de gastos médicos mayores por la convocante con otra(s) aseguradora(s), bajo las siguientes condiciones:

a) Los gastos médicos que se eroguen, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y/o

enfermedad amparada y tratada, en las pólizas de las vigencias anteriores. b) Los gastos médicos que se eroguen quedaran cubiertos bajo las condiciones vigentes en la fecha en

que se efectúe el primer gasto y hasta agotar el remanente de la suma asegurada, lo que ocurra primero.

c) Para los efectos de este beneficio será necesario que la vigencia del seguro no haya sido interrumpida ni en la(s) aseguradora(s) anterior(es), ni en el cambio con “la Institución”.

24. Reconocimiento de antigüedad se reconoce la antigüedad de cada Asegurado a partir de la fecha de alta a la

Colectividad Asegurada, siendo la fecha de vigor el inicio de vigencia de la primera expedición de una póliza de Gastos Médicos Mayores en una Institución autorizada de Seguros, con periodos continuos de cobertura y siempre que no haya tenido periodos al descubierto mayores a 30 días. El reconocimiento se otorga para reducir o eliminar el periodo de espera para aquellos padecimientos sujetos a dicho procedimiento. La Aseguradora reconocerá en caso de reclamación, la antigüedad de todos y cada uno de los integrantes de la colectividad asegurada con la simple presentación de las pruebas de antigüedad en pólizas de aseguramiento anteriores.

25. Cobertura de emergencia en el extranjero, cubre a los Asegurados por alguna enfermedad o accidente que

pueda ser considerado como emergencia médica fuera del territorio nacional, cuando estén realizando un viaje de placer o de negocios, por un periodo no mayor de a noventa días. Considerándose como urgencia médica, la aparición repentina de una alteración en la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos. “LA ASEGURADORA” cubrirá el costo del mismo hasta por 50,000 dólares

americanos y aplicando un deducible de 50 dólares americanos, sin coaseguro para cada evento. La compañía pagara la reclamación en moneda nacional, de acuerdo al tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la Republica Mexicana estipulado por el Banco de México y publicado en el Diario Oficial de la Federación vigente en la fecha de erogación de los mismos.

26. Se cubrirán los gastos en que incurra el Asegurado a consecuencia de tratamientos oftalmológicos originados por

miopía, presbiopía, hipermetropía y astigmatismo, cirugía correctiva por defecto de refracción de cornea, ceratotomía radiada, queratomileusis, epiqueratofaquía y similares, siempre y cuando el asegurado tenga cinco o mas dioptrías en cada ojo. Esta cobertura solo aplica en Territorio Nacional. Exclusiones. Gastos derivados a la

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atención de los siguientes padecimientos del ojo y sus anexos: Queratocono, Afaquía, Astigmatismos irregulares, Estrabismo paralítico, Glaucoma, Catarata, Conjuntivitis, trastornos del aparato lagrimal, otros trastornos de movilidad binocular, ceguera y disminución de la agudeza visual a consecuencia de una enfermedad o accidente no cubierto en la póliza.

C. BIS) ENFERMEDADES Y TRATAMIENTOS CUBIERTOS CON UN PERIODO DE ESPERA

1. Circuncisión, a partir del segundo año de vigencia continua del respectivo certificado individual de la póliza

para cada Asegurado.

2. Tratamientos médicos o quirúrgicos de nariz, senos paranasales, amígdalas, hernias, tumoraciones mamarias, padecimientos anorectales, prostáticos, ginecológicos, insuficiencia de piso perineal, colecistitis litiasicas, cataratas, litiasis renal y en vías urinarias, insuficiencia venosa periférica a partir del segundo año de vigencia continua, del correspondiente certificado individual de la póliza para cada Asegurado.

3. A partir del quinto año de vigencia continua del seguro con la Aseguradora, se cubren los gastos realizados

por tratamientos médicos y/o quirúrgicos que requiera el Asegurado afectado, por el síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), o cualquier padecimiento relacionado con él, siempre que el virus del SIDA, no haya sido detectado antes o durante los cuatro años anteriores. Asimismo, no se cubrirán durante el mismo lapso, los estudios de diagnóstico para la detección de este padecimiento.

D) ALTAS Y BAJAS

La Aseguradora acepta bajo la póliza de seguro, cubrir todas aquellas altas y efectuar las bajas dentro de los 30

días siguientes a la fecha en que el participante se hizo elegible al plan que le sean solicitadas por la Entidad, bajo las condiciones y precio pactados dentro de la vigencia de la póliza cubriendo el importe correspondiente a prorrata. A si mismo, acepta su ajuste al vencimiento del seguro.

DEFINICIONES

1. Asegurado:

Es la persona física que formando parte de la colectividad amparada mediante este seguro, tendrá el carácter de Titular y en cuyo nombre se expide el correspondiente certificado individual de la póliza o incluyendo en su caso a sus Dependientes Económicos como su cónyuge e hijos solteros menores de 25 años que no tengan remuneración por trabajo personal que cumplan con los requisitos de aceptación y que este determine proteger, a los que se denominará como Asegurado.

2. Aseguradora:

Licitante que resulte con la asignación favorable en la presente invitación

3. Contratante:

Es el representante legal para efectos de la póliza y endosos responsable, ante la Aseguradora, del pago de las primas del seguro Básico, quedando a cargo del Titular las primas por la contratación de suma asegurada adicional, así como el aseguramiento del cónyuge e hijos dependientes económicos.

4. Accidente:

Acontecimiento proveniente de una causa externa, súbita, fortuita y violenta, que produce lesiones corporales en la persona del Asegurado, y cuando se origine durante la vigencia de la póliza y requiera atención medica dentro de los noventa días naturales siguientes al accidente. No se considera accidente cualquier lesión corporal provocada intencionalmente por el Asegurado

5. Enfermedad Cubierta:

Es toda alteración en la salud del Asegurado debida a causas anormales, internas o externas, por las cuales amerite tratamiento médico o quirúrgico, siempre y cuando se origine dentro del periodo de vigencia de la póliza.

6. Enfermedad Congénita:

Es aquella que esta presente desde el nacimiento y siempre se cumpla con lo siguiente:

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a) Se haya notificado a La Aseguradora sobre el nacimiento dentro de los 30 días naturales siguientes a su acontecimiento

b) La madre tenga diez meses de cobertura continua al momento del nacimiento solo para las de nuevo ingreso.

7. Gasto Usual Acostumbrado:

Se entenderá como tal, aquel cuyo monto o valor ha sido convencionalmente pactado entre los prestadores de servicios médicos y hospitalarios y la Aseguradora, en consideración a la naturaleza, calidad técnica de los

servicio, características de las instituciones y equipos hospitalarios respectivos, así como a las circunstancias de tiempo y costo de la utilización.

El monto máximo de Gastos Médicos cubiertos por esta póliza, no podrá exceder, para médicos, hospitales, laboratorios clínicos y de gabinete con los que la Aseguradora no tenga convenio de Pago Directo, del que

corresponda para servicios de la misma especialidad o categoría con los que exista dicho convenio.

8. Cuarto Privado Estándar:

Para efectos de esta póliza se refiere a un cuarto de hospital, con teléfono, televisión y baño privado.

9. Deducible:

Cantidad indicada en la carátula y/o endosos de la póliza, a cargo del Asegurado, de que se debe pagar en cada evento de enfermedad o accidente cubierto. En caso de pago directo operará bajo las condiciones estipuladas en “Pago Directo”.

10. Coaseguro:

Porcentaje especificado en la carátula y endosos de esta póliza, a cargo del Asegurado, que se aplica al monto total de gastos cubiertos por enfermedad en cada reclamación, una vez descontado el deducible. En caso de pago directo operara bajo las condiciones estipuladas en “Pago Directo”

11. Emergencia Médica:

Se considera emergencia médica, cuando una enfermedad o accidente, pone en peligro la vida o viabilidad de alguno de los órganos del Asegurado, por lo cual requiere atención médica inmediata.

12. Endoso:

Documento que modifica, previo acuerdo entre las partes, las condiciones generales y/o Cláusulas especiales del contrato y forma parte de este.

13. Errores y Omisiones:

Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la alta y/o baja, descripción, inclusión o ubicación, no perjudicaran los intereses del Asegurado. Por lo tanto, será corregido al ser observado y en caso de que dicha corrección lo amerite, se efectuará el ajuste de prima.

14. Honorarios Médicos:

Es aquella remuneración que obtiene el profesionista médico legalmente autorizado para ejercer su profesión, por los servicios que presta al Asegurado.

15. Hospital:

Institución legalmente autorizada para la atención médica y/o quirúrgica de enfermos o accidentados.

16. Hospitalización:

Para efectos de esta póliza, es la estancia continua en un hospital, siempre y cuando ésta sea justificada y comprobable para la enfermedad o accidente, a partir del momento en que el Asegurado ingrese como paciente interno.

17. Nivel de la Tabla I.Q.

Es la suma asegurada máxima contratada, especificada en la carátula y/o endosos de la póliza, así como el correspondiente certificado individual, para Intervenciones Quirúrgicas.

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18. Padecimientos Preexistentes:

Son aquellos síntomas o signos que se manifestaron antes del inicio de la cobertura para cada Asegurado. También se consideran padecimientos preexistentes, aquellos por los cuales se hayan erogado gastos o realizado un diagnostico que señale que estos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación original de la póliza o certificado para cada Asegurado o aquellos cuyos síntomas no pueden pasar desapercibidos o aquellos que son notorios a la vista.

19. Pago Directo:

Sistema mediante el cual la Aseguradora liquidará directamente al prestador de servicios los gastos erogados por el Asegurado, como consecuencia de algún accidente o enfermedad cubierto por la póliza. Para efecto del Pago Directo, se requiere ser atendido en la Red Médica; los servicios respectivos serán coordinados a través de la Aseguradora. Para cirugías programadas se llevará a cabo mediante carta pase, en el que se autoriza el

trámite correspondiente, siempre y cuando este proceda. En caso de Hospitalización de Emergencia se atenderá con la tarjeta de identificación de la Aseguradora.

20. Periodo al Descubierto:

Es el lapso en el cual la prima del seguro no esta pagada. Inicia a partir de la hora en que finaliza el periodo de gracia y termina cuando la Aseguradora recibe el pago completo de la prima o fracción pactada.

21. Periodo de espera:

Es el tiempo que debe transcurrir de vigencia continua para cada Asegurado mediante la póliza respectiva, para que se puedan cubrir ciertas enfermedades.

22. Periodo de gracia:

Es el lapso de treinta días naturales, contando a partir del inicio de vigencia de la póliza o del recibo, con que cuenta el Contratante, para pagar la prima o cada un a de las fracciones pactadas en el contrato.

23. Prelación:

Cualquier contenido dentro de los textos estipulados en los contratos-póliza, tendrá preferencia sobre las condiciones generales de la Aseguradora y en caso de que las generales contravengan o modifiquen los pactados en las condiciones particulares solicitadas, estas condiciones generales quedaran sin efecto.

24. Red Medica:

Se integra por los médicos, hospitales, farmacias, laboratorios clínicos y gabinetes que prestan servicios bajo convenio con la Aseguradora y coordinados por ella.

25. Reembolso:

Sistema de pago que consiste en que los gastos realizados como consecuencia de algún accidente o enfermedad cubierto por este seguro, liquidados por el Asegurado directamente al prestador de servicios con quien la Aseguradora no tenga convenio de pago directo y que posteriormente esta reintegrara los que

procedan en los términos de la presente póliza al propio Asegurado, descontando el deducible y coaseguro correspondientes.

26. Suma Asegurada:

Es la cantidad máxima de responsabilidad que tiene la Aseguradora por cada Asegurado a consecuencia de

cada enfermedad o accidente cubierto.

Dicho monto se determinara, multiplicando, el numero de salarios indicado en la carátula o endoso de la póliza, por el Salario Mínimo General Mensual vigente en el Distrito Federal (SMGMVDF) al momento en que es

efectuado el primer gasto de cada enfermedad o accidente con limite en la suma asegurada, que ira disminuyendo conforme con los pagos que efectúe la Aseguradora.

27. Tabla de Intervenciones Quirúrgicas (TABLA DE I.Q.):

Relación de intervenciones quirúrgicas que indica el porcentaje que se aplicara al nivel de tabla contratado, para determinar el importe máximo cubierto para cada una de ellas. El Licitante ganador presentara un Tabulador de Honorarios Quirúrgicos, el cual se elaborara considerando el Gasto Usual Acostumbrado de los diferentes

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procedimientos quirúrgicos, para brindar la certeza del alcance de la cobertura y que el asegurado conozca el costo por la atención medica quirúrgica con médicos que no pertenezcan al plan contratado, dicho tabulador estará dentro del Gasto Usual Acostumbrado que se establece en el Anexo1 numeral 7 Definiciones.

28. Tarjeta de Identificación:

Tarjeta de cada Asegurado (Titular y Dependientes Económicos), expedida por la Aseguradora, en la fecha de

alta al seguro para tener acceso al servicio de Pago Directo, así como para hospitalización en caso de emergencia.

29. Pagos Complementarios:

Se consideran solo aquellas reclamaciones que hayan sido reportadas en la vigencia anterior de la póliza y se aplicaran las condiciones vigentes a la fecha del primer gasto erogado comprobado hasta el agotamiento de la suma asegurada contratada, fijándose la responsabilidad únicamente en el remanente de la suma asegurada en base a las condiciones contratadas de la póliza anterior.

30. Periodo de Beneficio:

Si el asegurado esta recibiendo algún tipo de atención medica al momento de finalizar la vigencia o cancelación de la póliza o, de haber sido separado de la colectividad asegurada, se le pagaran los gastos de esa atención medica por un plazo máximo de 730 días naturales contando a partir de la fecha de terminación de vigencia o cancelación o, separación de la colectividad asegurada, o, el agotamiento de la suma asegurada, lo que ocurra primero.

31. Cambio de Plan:

En caso de que el Asegurado tuviera contratado algún otro seguro de Gastos Médicos Mayores con la Aseguradora a la fecha de alta a esta póliza o, realizara un cambio de plan a un seguro individual de Gastos Médicos Mayores, su antigüedad será reconocida siempre y cuando no pierda continuidad en el cambio, es decir, se realice dentro de los treinta días naturales siguientes a la baja del seguro anterior. En el primer supuesto, los nuevos padecimientos que se presenten a partir de la fecha en que se dio de alta en la póliza, quedaran cubiertos bajo los limites y condiciones establecidos en ella, en el segundo, o sea, cuando se cambie a seguro individual de gastos médicos mayores, dichos padecimientos quedaran cubiertos bajo los limites y condiciones establecidos en la nueva póliza. Para los padecimientos originados dentro de la vigencia de la póliza anterior, se aplicaran lo limites, deducible y coaseguro especificados en las Condiciones Generales y endosos de la póliza en la cual se acepto el siniestro y se iniciaron los gastos para su tratamiento medico y/o quirúrgico.

32. Privilegio de Conversión:

Cualquier Asegurado que haya sido excluido de la póliza tendrá derecho a continuar asegurado mediante una póliza individual pagando la prima correspondiente, siempre que esto lo solicite dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que fue dado de baja, sin requerirse para ello pruebas de asegurabilidad.

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ANEXO 2

ESCRITO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL PARTICIPANTE

(Nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Invitación, a nombre y representación de: (persona física o moral). No. de Invitación: GAF-I3P-CS-01-11 2ª

Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No: de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma: Relación de accionistas.- Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s) Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva:

Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se otorgó:

(Lugar y fecha)

Protesto lo necesario.

(firma)

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ANEXO 3

INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª

CARTA DE NO INHABILITACION México, D.F., a

LIC. SERVANDO RODRIGUEZ MEDRANO GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO S.A. DE C.V. P R E S E N T E . A FIN DE PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN NACIONAL No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª, NOS PERMITIMOS MANIFESTAR

QUE CONOCEMOS LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y ACEPTAMOS PARTICIPAR EN ESTA INVITACIÓN CON ESTRICTO APEGO A SUS PRECEPTOS Y ESPECÍFICAMENTE DECLARAMOS BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, NO ENCONTRARNOS DENTRO DE LOS SUPUESTOS QUE ESTABLECEN LOS ARTICULOS 50 Y 60 PENULTIMO PARRAFO DE DICHA LEY.

A t e n t a m e n t e. (Lugar y fecha de elaboración)

_____________________ (Nombre, cargo y firma)

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ANEXO 4

INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD México, D.F., a LIC. SERVANDO RODRIGUEZ MEDRANO GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.V. P R E S E N T E Declaro que el suscrito, o cualquier persona relacionada conmigo o con la empresa que represento se

abstendrá de adoptar conductas encaminadas a que los servidores públicos de la entidad convocante

induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento o cualquier otro

aspecto que pudiera redundar en la obtención de condiciones más ventajosas con relación a los demás

licitantes.

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes.

A t e n t a m e n t e (Lugar y fecha de elaboración)

___________________________________________________________ (Nombre, cargo y firma)

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ANEXO 5

INVITACION NACIONAL A CUANDO MENOS 3 PERSONAS No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª

CARTA DE NO RESCISION DE CONTRATO O PEDIDO

México, D.F., a LIC. SERVANDO RODRIGUEZ MEDRANO GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO S.A. DE C.V. P R E S E N T E Manifiesto, bajo protesta de decir verdad que no se nos ha rescindido contrato o cancelado pedido alguno,

así como que no nos encontramos en mora para la prestación de este tipo de servicios en ninguna

dependencia o entidad de la Administración Pública Federal.

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes.

A t e n t a m e n t e. (Lugar y fecha de elaboración)

_____________________ (Nombre, cargo y firma)

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ANEXO 6

MÉXICO, D.F., A DE DEL 2011. IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO S.A. DE C.V.

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS SAN LORENZO NO. 244, COL. PARAJE SAN JUAN C I U D A D A FIN DE PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN NACIONAL No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERME POR MI MISMO O POR MI REPRESENTADA PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE LA INVITACIÓN MENCIONADA.

A T E N T A M E N T E ________________________________________ NOMBRE Y FIRMA

(Representante Legal)

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ANEXO 7

MÉXICO, D.F., A DE DEL 2011. IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO S.A. DE C.V.

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS SAN LORENZO NO. 244, COL. PARAJE SAN JUAN C I U D A D A FIN DE PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN NACIONAL No. GAF-I3P-CS-01-11 2ª, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA EMPRESA QUE REPRESENTO, ES DE NACIONALIDAD MEXICANA.

A T E N T A M E N T E ________________________________________ NOMBRE Y FIRMA

(Representante Legal)