INTERPRETACIÓN JURÍDICA (1)

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INTERPRETACIÓN JURÍDICA

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INTERPRETACIÓN JURÍDICA

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INTERPRETACIÓN JURÍDICA

LA PALABRA INTERPRETACIÓN JURÍDICA PROVIENE DE LA VOZ

LATINA INTERPRETARI CUYO SIGNIFICADO ES VENIR EN AYUDA DE

ALGO O ALGUIEN. ESTA INTERPRETACIÓN FUE TOMANDO SU

PROPIO SENTIDO DE ACUERDO AL TIEMPO Y LA HISTORIA.

LA INTERPRETACIÓN SOBRE LA JURÍDICA PERMITE QUE LA

NORMA ASIMILE UN “INTUICIÓN JURÍDICA” REFERIDA A UNA

CONDUCTA E INTERFERENCIA INTER-SUBJETIVA, APREHENDIDA

DIRECTAMENTE MEDIANTE LA SIGNIFICACIÓN QUE EMANA DE LA

CIENCIA Y LA FILOSOFÍA

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PRESENTA TRES FACTORES:

ORDEN CATEGORIAL

ELABORACION LOGICA

ELABORACIONN AXIOLOGICA

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LOS HERMENEUTAS O INTERPRETES:

• Son los responsables de

comunicar las normas jurídicas.

• Se ejecuta por 5 agentes:

LOS CIUDADANOS

LOS ABOGADOS LITIGANTES

LOS JURISTAS

LOS MAGISTRADOS

LOS LEGISLADORES.

• LA DETERMINACION

HERMENEUTICA.

• DETERMINACON SUBJETIVA.

• DETERMINACION OBJETIVA.

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. FASES DEL PROCESO DE INTERPRETACIÓN

FASE DE APLICACIÓN METODOLOGICA

• Elige u opta por algún

criterio cualitativo que

enmarca orientación a

interpretación de la norma.

FASE DE APROXIMACION PRIORISTICA

• El intérprete elabora su propio marco

global de interpretación jurídica,

asumiendo uno o más criterios con

ponderaciones disimiles.

• se manifiesta de alguna de estas cuatro

maneras:

APROXIMACION APRIORISTICA

TECNICISTA

APROXIMACION APRIORISTICA

TEOLOGICA

APROXIMACION APRIORISTICA

SOCIOLOGICA

APROXIMACION APRIORISTICA

SOCIOLOGICA

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APROXIMACION APRIORISTICA TECNICISTA

Extraen nociones:

• La literalidad de la norma

• La ratio leguis

• Las fuentes históricas directas que sirven

para entender el contenido de la norma.

• Los sistemas jurídicos, es decir, el orden

y la distribución de la norma dentro de

un texto o dentro de un plexo jurídico.

• La dogmática jurídica, es decir, los

conceptos que subyacen en las normas,

armonizándolas y dándoles un sentido,

por ejemplo para el intérprete teccnicista

no cabe distinguir entre legalidad y

legitimidad

APROXIMACION APRIORISTICA TEOLOGICA

• El sentido de la norma surge del fin

perseguido (el mundo del derecho

obedece a la regla de la finalidad: “En

la norma no hay acción sin fin”. Con

esto se aspira a la realización de los

principios éticos-jurídicos que inspiran la

dación de la norma objeto de

interpretación.

• La medida para investigar una norma

no es uno absoluto de verdad sino uno

relativo de finalidad: la protección de

intereses individuales y sociales que

pudieran encontrarse en conflicto en un

momento dado.

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APROXIMACION APRIORISTICA SOCIOLOGICA

• considera las características

culturales del lugar donde ha de

aplicarse la norma. Este criterio

supone que el derecho no es un

fenómeno valido en sí mismo, sino

un instrumento normativo de la

sociedad de la que es un

subproducto, explicable a través

de ella y necesariamente

adaptable a sus características.

APROXIMACION APRIORISTICA PRACTICISTA

• Se parte de una postura

pragmática que considera que,

en realidad, ningún hermeneuta

elige o privilegia un solo

criterio en desmedro del resto.

• Es frecuente que el intérprete

combine varios de los criterios

señalados hasta aquí en una

postura adoptada consciente o

inconscientemente.

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FASE DE APLICACION METODOLOGICA

Sus principales métodos son:

• El método exegético

• El método de libre investigación científica

• El método de derecho libre

• El método histórico

• El método histórico evolutivo

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EL RESULTADO PRIMARIO DE LA INTERPRETACION

• El hermeneuta puede obtener el

resultado de una interpretación

declarativa, que se limita a

asignar un sentido normativo sin

restringir ni agregar nada a la

formula gramatical de la

norma, dado que guarda

concordancia con su letra. En

cambio, cuando existe

disonancia entre las

conclusiones del hermeneuta y

la formula gramatical, se debe

iniciar un proceso de renovación

interpretativa.

RECONERSION DE LA INTERPRETACION DECLARATIVA

• Implica transformar o mudar el

resultado primario alcanzado,

en razón de la contradicción

parcial entre la formula

gramatical y los aspectos

lógicos, teológicos y axiológicos

asignados a la norma

• Se manifiesta:

INTERPRETACION RESTRICTIVA

INTERPRETACION EXTENSIVA

INTERPRETACION MUTATIVA

INTERPRETACION ANALOGICA

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CONCLUSIONES

• Hay ordenamientos jurídicos que establecen el método de interpretación

que debe utilizarse: son ejemplos el código civil colombiano (método

exegético) y el código civil chileno (método histórico).

• En el Perú los jueces deben circunscribirse, en principio, a la legislación

no se les ha asignado el empleo de un método especifico de

interpretación.

• Se ha justificado esta omisión señalándose que los problemas que

derivan de la interpretación son muy variados y se hallan subordinados

por su naturaleza, a la práctica jurisprudencial: El arbitrio del juez es

indispensable en su momento pues un método preestablecido podría

conducir en algunos casos a una aplicación contraria a la justicia.

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