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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Departamento de Desarrollo Social Div. Políticas Sociales BASES CONVOCATORIA Depto. Desarrollo Social Div.Políticas Sociales Llamado Público a ONGs y/o Cooperativas de Trabajo interesadas en suscribir un convenio de gestión y seguimiento de la Pensión Social de la Intendencia de Montevideo para la atención a personas en situación de calle . Retiro de bases: entre los días 2 y 10 de Diciembre de 2013 en la Div. Políticas Sociales, 2ºPiso, Puerta 2054 Recepción de Propuestas: hasta el día viernes 20 de Diciembre de 2013, desde las 10:15 hrs. hasta las 15:30 hrs. En la División Políticas Sociales (Diciembre de 2013) 1

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEODepartamento de Desarrollo SocialDiv. Políticas Sociales

BASES CONVOCATORIADepto. Desarrollo Social

Div.Políticas Sociales

Llamado Público a ONGs y/o Cooperativas de Trabajo interesadas en suscribir un convenio de gestión y seguimiento de la Pensión Social de la Intendencia de Montevideo para la atención a personas en situación de calle .

Retiro de bases: entre los días 2 y 10 de Diciembre de 2013 en la Div. Políticas Sociales, 2ºPiso, Puerta 2054

Recepción de Propuestas: hasta el día viernes 20 de Diciembre de 2013, desde las 10:15 hrs. hasta las 15:30 hrs. En la División Políticas Sociales

(Diciembre de 2013)

OBJETO: Realización de tareas de gestión y acompañamiento a las personas seleccionadas para participar en la Pensión Social.

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CAPITULO I: - DE LA CONVOCATORIA

1. ANTECEDENTES

A- De la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle

Atendiendo al importante número de personas en situación de calle ,que

deambulan, duermen en espacios públicos, afectando a los mismos y a la seguridad

en la ciudad de Montevideo y generando problemas cotidianos de convivencia, de

seguridad e higiene, que involucran a toda la población, por Resolución 34/09 del

12 de enero de 2009 se creó la Comisión de Atención a Personas en Situación de

Calle. con el cometido de abordar la temática relacionada con las personas en esa

situación.

La creación de este grupo de trabajo parte del reconocimiento de los

esfuerzos que desde el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Desarrollo

Social, se realizan para intentar soluciones a esta problemática y de la

preocupación de esta Administración Departamental al respecto. En ese contexto

se estima conveniente aunar esfuerzos para proponer e implementar diversas

alternativas para esta población y continuar con la política de articulación con otros

organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil, a los efectos de abordar

la temática.

B- De la Pensión Social

En cumplimiento de los referidos cometidos de la Comisión de Atención a

Personas en Situación de Calle, la misma efectúa un estudio de la población

objetivo con el equipo móvil de calle, y constata que un número significativo de esta

población no acepta participar del modelo de respuestas que estén identificadas con

los refugios nocturnos planteados desde el Ministerio de Desarrollo Social.

En virtud de ello, la Comisión elabora estrategias alternativas y propone

implementar "pensiones sociales", como estrategia de abordaje a la Población en

Situación de Calle muy diferente a la propuesta de los “refugios”, dirigidas a

personas en situación de calle no referenciadas a los refugios existentes.

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Objetivos:

La propuesta de la Pensión Social de la Intendencia se orienta a:

-Restablecer las condiciones para que las Personas en Situación de Calle

puedan desarrollarse como sujetos con todos los derechos (vivienda, trabajo,

salud, etc.).

-Brindar oportunidades a las personas en esta situación con la finalidad de

evitar la ocupación de espacios públicos.

-Promover herramientas alternativas que apoyen y articulen los activos

personales que favorecen su inclusión social de forma menos dependiente

del aparato estatal.

Población objetivo, requisitos y condiciones previstos en la propuesta:

Los beneficiarios son personas en situación de calle que ocupan espacios

públicos y personas que pernoctan en refugios nocturnos que cumplan con las

condiciones que se establecen para la población de la pensión social

.1 que generen con relativa estabilidad un ingreso económico.

.2 Adultos sin niños a cargo (en una primera etapa)

3. con entrevistas previas que permitan valorar la capacidad de elaborar

estrategias de egreso.

La selección de las personas a quienes se da la oportunidad de participar se

realiza exclusivamente por la Comisión de la Intendencia, teniendo en cuenta los

vínculos generados por los funcionarios de la Intendencia en sus periódicas

recorridas por el centro de la ciudad.

Quienes resultan seleccionados tienen una estadía en la pensión social de 6

meses, con posibles prórrogas de 3 meses y deben cumplir con los siguientes

requisitos o condiciones:

deben realizar un aporte económico diario que conformará un fondo común. Al

comienzo del convenio se estipulará el monto inicial del aporte diario del usuario.

que se estipula con aumento progresivo en el tiempo de permanencia en la pensión.

(desde principios de este año se acordó un aporte básico inicial de $ 50 por día,

aporte que varía incrementándose en $ 10 cada cuatro meses). Además, comparten

los gastos por el uso del supergas.

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en caso de estar vinculado a problemáticas de salud física y/ó mental, se exige

el compromiso de participación en las instancias de tratamiento que se acuerden

participación obligatoria en las reuniones o entrevistas a las que sea convocado

cumplimiento del reglamento de la pensión (algunas normas básicas y otras que

surgirán de la convivencia) en lo relativo a:

1. higiene a) personal, b) de la habitación, c) de los espacios comunes.

a) el usuario debe mantener condiciones de higiene personal diarias,

así como el aseo en su vestimenta y aspecto general.

b) No se permite el consumo de sustancias (alcohol, cigarrillos y

otros) dentro de la vivienda

c) el usuario debe mantener el aseo y limpieza tanto de los

dormitorios como de los espacios comunes (cocina, baños, etc.)

2. Alimentación: a) individual

b) compartida

(opcional a cargo de los interesados)

* gastos adicionales:

Los gastos de UTE, OSE, Impuestos y otros que se acuerden conjuntamente

con la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle, serán

cubiertos con el fondo común señalado precedentemente.

Concretando la propuesta descripta se instaló en el año 2009 La Pensión

Social “Entre Todos” y, en marco de la política de articulación con organizaciones de

la sociedad civil para el abordaje de la temática, se convocó a participar en este

proyecto a ONGs y Cooperativas de Trabajo del medio que incluían dentro de su

objeto el trabajo con esta población y que tenían interés en gestionar la pensión

social. En esa oportunidad resultó seleccionada la Cooperativa de Producción

Educativo Laboral (COOPEL), a través de la cual se implementó la primer

experiencia del emprendimiento social dirigida a un número de 24 (veinticuatro)

personas de sexo masculino que cuenten con algún ingreso relativamente estable

que le permitan hacer frente a los gastos mínimos en su permanencia en la pensión

social y se realizó un seguimiento psicosocial de cada uno de los beneficiarios por

parte de un equipo integrado psicólogo y asistente social, con el propósito de

insertarlos de diferente manera a la sociedad y de que no vuelvan a la calle.

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En el año 2011 se efectuó un nuevo llamado públlico a organizaciones para la

gestión de la Pensión Social en la que pese a que un número significativo de

organizaciones retiró los pliegos, finalmente COOPEL fue la única que se presentó y

el Tribunal estimó conveniente sugerir su continuidad.

La pensión Social continúa funcionando en la actualidad, con una evaluación

muy favorable por parte de la Comisión de Atención a Personas en Situación de

Calle, por lo que se propone continuar con esta estrategia de intervención que

permite trabajar rutas de salida autosustentables que se suman a las asumidas

desde el MIDES.

2. NATURALEZA

El presente llamado tiene como objetivo continuar una línea de política social

desarrollada por la Intendencia a efectos de brindar a personas en situación de calle

que ocupan espacios públicos y a quienes pernoctan en refugios nocturnos, una

experiencia que les permita desarrollarse como sujetos de derecho y obtener

herramientas que favorezcan su inclusión social. Se llevará a cabo a través de un

convenio de donación modal con ONGs y/o Cooperativas de Trabajo, para realizar

tareas de gestión y administración de la Pensión Social de la Intendencia y de

acompañamiento de los beneficiarios.

Además de los principios generales que regulan la contratación se tendrá

especialmente en cuenta como marco normativo, lo dispuesto por el art. 149 del

Decreto de la Junta Departamental Nº 26.949, el que establece:

“Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo a celebrar convenios o

contrataciones con Asociaciones, Instituciones Sociales u otras Organizaciones No

Gubernamentales, sin fines de lucro, a través de regímenes y procedimientos

especiales, cuando las características del mercado o de los bienes o servicios

requeridos lo hagan conveniente para la Administración.

En dichos casos, serán aplicables los principios de apertura de la selección,

igualdad de los oferentes, publicidad y transparencia en las negociaciones.

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En el presente llamado se convoca a las ONGs y Cooperativas de Trabajo que sean

proveedores de la Intendencia y que tengan experiencia en trabajo con la población

objetivo.

3- RESULTADOS ESPERADOS:

Dar oportunidades de procesos hacia rutas de salida positivas en pos de la autonomía y autogestión de todos los beneficiarios.

La organización que gestione la pensión social deberá mantener un espacio de diálogo y vínculo con todos los beneficiarios que egresen o no puedan sostener el espacio por su problemática específica

La organización deberá tender a la revinculación familiar y social en los casos en que sea posible, siendo ésta considerada aceptable si se lograre en un mínimo del 35 % de los participantes.

La organización deberá favorecer la Inserción laboral y mejoramiento laboral en camino a la formalidad de cada uno de los participantes, siendo un resultado aceptable cuando esto se logre como mínimo en un 30 %.

Todas las personas que participan de esta experiencia tendrán acceso a la salud, control, tratamiento en los casos que corresponda, y documentación que habilite la atención cuando sea necesario. La organización deberá coadyuvar en el sentido de que sean utilizados los medios a su alcance.

La organización brinda orientación a todos los beneficiarios para que tengan acceso a la documentación: cédula de identidad, carné de salud laboral, carné de cuidacoche (si corresponde), etc. Se considerará en este sentido un 100% de cumplimiento.

4. REQUISITOS DE PRESENTACIÓN

Podrán participar de la presente convocatoria las ONGs y/o Cooperativas que cuenten con los siguientes requisitos:

- Estar inscriptas en el Registro de Proveedores de la Intendencia. Tener experiencia comprobada en el trabajo con personas en Situación

de calle. Contar con un equipo de profesionales integrado por Asistente Social,

Psicólogo/a y Educador/a, que cubrirá la atención de la Pensión durante 24 horas los 365 días del año, por lo cual debe asegurarse la presencia de al menos una persona dependiente de la ONG en forma permanente.

Contar con un/a profesional que oficiará de coordinador y deberá tener experiencia comprobada en el trabajo con la población objetivo y que oficiará de nexo entre la ONG o Cooperativa y la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle respecto de la ejecución del convenio en cuestión.

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Presentar una propuesta metodológica de intervención, para la gestión y administración de la Pensión Social, que atenderá una población de 20 hombres, a quienes se acompañará en los procesos de generación de rutas de salida viables y sostenidas. (No se requiere personal doméstico (cocineros o limpiadores)).

Presentar una propuesta económica de la transferencia mensual a realizar a la Organización incluyendo detalles de los aportes que necesariamente explicite montos de: salarios y beneficios, seguro, área protegida, gastos administrativos, Informe de Revisión Limitada, gastos de mantenimiento, gastos de artículos de limpieza.

El costo del arriendo del inmueble destinado a la Pensión Social, será cubierto con las partidas mensuales que la intendencia transferirá a esos efectos.

Las Organizaciones y Cooperativas de Producción deberán presentarse exclusivamente en forma individual.

5- INFORMACIÓN REQUERIDA:

La ONG o Cooperativa de Trabajo interesada deberá presentar la propuesta de intervención,en 1 original impreso y 4 copias, letra Arial tamaño 12 interlineado 1,5 y en sobre cerrado, identificando el nombre del llamado y la ONG o Cooperativa de trabajo oferente, dirigido a la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle de la División Políticas Sociales.

La propuesta deberá tener índice ordenado de acuerdo a los ítems a evaluar y contar con páginas numeradas.

Será requisito imprescindible la presentación de una Porpuesta de Intervención que contenga:

Antecedentes de la Organización. Deberá señalarse el objeto de la Organización o Cooperativa de Trabajo, la experiencia en convenios de trabajo con esta población objetivo, antecedentes en la celebración de convenios con la Intendencia, si los tuviere.

Propuesta formativa en competencias transversales y específicas, que deberá ser elaborada especialmente para el presente llamado

Propuesta Operativa. Metodología de Acompañamiento individual y colectivo. Equipo técnico asignado al convenio, especificando el rol que desempeñará

cada uno en la propuesta y adjuntando curriculum abreviado de cada uno, en el que se detallará la formación y experiencia de cada uno en el trabajo con personas en situación de calle.

No se tendrán en cuenta aquellas propuestas que no cumplan en su totalidad con los requisitos detallados precedentemente.

6. APORTES DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

La Intendencia de Montevideo, a través del Departamento de Desarrollo Social, transferirá 12 cuotas mensuales iguales, que se destinarán a cubrir:

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*los costos salariales, aguinaldo, beneficios sociales, seguro, área protegida, gastos en artículos de limpieza, gastos de mantenimiento de la vivienda, gastos de administración, alquiler de la vivienda.

Los aportes mensuales se transferirán según los siguientes parámetros:

CONCEPTO

- Salarios propuestos por la ONG o Cooperativa en su propuesta para el personal involucrado, determinados por la categoría y carga horaria que corresponda a cada uno de ellos. *

- Las partidas que correspondan por concepto del pago de alícuotas correspondientes a licencias, aguinaldos y salario vacacional del personal involucrado. (18.49% del total de salarios)

- Partida de gastos de administración (que incluye el Informe de Revisión Limitada).

-Gastos de Seguro correspondiente. (5% del total de salario)

- Gastos de Área Protegida.

- Gastos de mantenimiento (que incluye los gastos en artículos de limpieza y gastos asignados al mantenimiento de la vivienda en arriendo).

- Alquiler del inmueble destinado a la pensión social. (Al presente el inmueble ya existe, eventualmente el mismo podría variar pero el monto del alquiler siempre es asumido por la I. de M. que se lo transfiere a la ONG que resulte adjudicataria).

*Los salarios propuestos para el personal involucrado se deberá adecuar y se ajustará

(semestralmente) de acuerdo al grupo y subgrupo del Consejo de Salarios correspondiente a la categoría de cada uno en función de su actividad y carga horaria.

7. OBLIGACIONES DE LAS ONGs. y/o Cooperativas de Producción

En el marco del convenio a suscribir, la ONG o Cooperativa de producción

seleccionada deberá cumplir con lo siguiente:

Asegurar la permanencia del equipo técnico en el convenio durante el

transcurso del mismo. Si hubiera cambios en la composición del Equipo de

Trabajo es preciso fundamentar con antelación los motivos y anexar

curriculum vitae correspondiente de los nuevos integrantes propuestos.

Desarrollar la gestión cotidiana de la Pensión Social, lo que incluirá:

Control de entrada/salida, el que se realizará a través de un registro

que deberá llevar a esos efectos

Registro de aportes de los sujetos al Fondo Común

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Controlar de cumplimiento del Reglamento de la Pensión por parte

de los usuarios.

Registro diario de las observaciones correspondientes a cada

usuario por situaciones constatadas de actuación irregular.

Informe permanente al Equipo de la Intendencia de las novedades y

sucesos de relevancia.

Observación de conductas y de relacionamiento de los usuarios que

ameriten intervenciones personalizadas con el usuario que puedan

constituir insumos para el Equipo Técnico de la pensión social.

Contratar y asegurar la permanencia del equipo de profesionales propuesto,

durante la vigencia del convenio, el que atenderá la Pensión durante 24 horas

los 365 días del año, previendo las eventuales suplencias. El referido equipo

de profesionales se encargará de:

trabajar con cada uno de los usuarios el reglamento de convivencia,

brindando un encuadre del que cada uno de los usuarios deberá

hacerse responsable, firmándolo

elaborar junto con cada uno de los usuarios el plan de metas a

cumplir en función de su problemática específica.

realizar el seguimiento de los procesos evolutivos

llevar a cabo intervenciones grupales en aquellos aspectos de

convivencia que lo ameriten (no necesariamente como rutina) o

aquellas situaciones de riesgo o dificultad, que si bien puedan ser

individuales son comunes a varios usuarios

realizar Informes mensuales de avance en el proceso personal y

acuerdos con los participantes, así como de las instancias colectivas y

de talleres.

notificar a la Comisión de Atención a Personas en Situación de

Calle,de la Intendencia cualquier cambio eventual en la integración del

equipo técnico, recabando su conformidad al respecto

Presentar en tiempo y forma la información referida en el Literal B del

Capitulo III, referente al cumplimiento de las obligaciones laborales y de

seguridad social.

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Presentar las rendiciones de cuentas con la periodicidad que determine la

Unidad Central de Auditoría Interna, y en concordancia con la modalidad de

transferencia de las partidas pactadas en cada convenio y deberán

presentarse en duplicado, original y en forma magnética y bajo la forma que

indicará la I. de M. a través de Auditoría Interna. Los originales de los

comprobantes de gastos deben ser presentados con informe de Revisión

Limitada efectuada por Contador Público de acuerdo a lo establecido por

Resolución Nº 4401/13 de la Intendenta de Montevideo de fecha 30 de

setiembre de 2013 la que regirá a partir del 1º de enero de 2014. La misma

establece la obligatoriedad del Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de

Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay para todas las

Rendiciones de Cuentas que se presenten ante esta Intendencia por las

organizaciones que vayan a realizar convenios o a recibir donaciones

modales. En cada oportunidad que se efectúe rendición de cuentas la ONG.

conveniante deberá adjuntar declaración jurada respecto de la veracidad del

contenido del informe presentado por el Contador.

Presentar informes mensuales de evaluación de la situación general de la

pensión que debe incluir avances en los procesos personales de cada uno de

los participantes, de acuerdo a las pautas que determine la Comisión de

Atención a Personas en Situación de Calle

Presentar informes semestrales de actuación para evaluación del proceso

en forma proyectada a efectos de poder corregir el sistema aplicado.

El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones asumidas en el

convenio a suscribir dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los

trámites tendientes a la rescisión del mismo por parte de la Intendencia, quedando

ésta facultada a suspender en forma inmediata las transferencias de dinero

correspondientes.

ACOSO SEXUAL LABORAL

Las ONGs que resulten adjudicatarias en el presente llamado deberán declarar conocer las normas sobre acoso sexual establecidas en el marco de la Ley Nº 18561, así como las establecidas en el Protocolo de Actuación en Acoso Sexual

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Laboral aprobado mediante Resolución Nº 3419/12 del 3 de agosto de 2012 de la Intendenta de Montevideo. La constatación de su falta de actuación ante denuncias de Acoso Sexual Laboral de todos aquellos que mantengan con la organización una relación laboral directa, significará causal de rescisión del convenio que ésta mantuviere con la I. de M. de acuerdo a lo previsto en el Punto 3 inciso 3 (ámbito de aplicación) del Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral .

Sobre el Procedimiento en caso de acoso las ONGs. deberán cumplir con el régimen general establecido en el art. 6º de la ley Nº 18561 que se transcribe a continuación:

Artículo 6º.(Obligaciones del empleador).- Todo empleador o jerarca estará obligado a:

A) Adoptar las medidas que prevengan, desalienten y sancionen las conductas de acoso sexual.

B) Proteger la intimidad de las personas denunciantes o víctimas, debiendo mantener en reserva las actuaciones que se cumplan así como la identidad del o la víctima y de quienes sean convocados a prestar testimonio en las investigaciones.

C) Instrumentar las medidas que protejan la integridad psico-física del o la víctima, y su contención desde la denuncia, durante las investigaciones y una vez que éstas culminen adoptar acciones acordes a la decisión emitida.

D) Comunicar y difundir a los supervisores, representantes, trabajadores/as, clientes y proveedores, así como al personal docente y no docente y a los alumnos/as la existencia de una política institucional consecuente contra el acoso sexual Se transcriben asimismo los incisos 4º y 6º del artículo 7º de la ley 18561 respecto de las actitudes que puede asumir el empleador:

inciso cuatro: “El empleador o jerarca, de considerar que dentro de la empresa u organismo

estatal no están dadas las condiciones para asumir las obligaciones que le impone esta ley, deberá remitir las mismas a la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social en un plazo no mayor de los 5 (cinco) días de recibida la denuncia.”

inciso seis:“En caso que el empleador sea del ámbito privado y asumiera la realización de

investigación interna, deberá cumplir con las obligaciones impuestas por esta ley; la investigación deberá constar por escrito, ser llevada en reserva, garantizando a ambas partes ser oídas y fundamentar sus dichos y su resolución deberá emitirse en un plazo no mayor de treinta días.”

En cuanto al procedimiento que deben llevar a cabo las ONGs. conveniantes con la Intendencia en caso de acoso sexual en los que intervengan funcionarios de esta última y/o de los Municipios, deberá comunicar el hecho a la I. de M. o al Municipio correspondiente por medio fehaciente, para que ésta/e aplique lo establecido en el Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado mediante Resolución Nº 3419/12 del 3 de agosto de 2012 de la Intendenta de Montevideo, respecto de las/los funcionarias/os involucradas/os. 8- RETIRO DE LAS BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

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Se publicará la convocatoria en 2 (dos) diarios de Montevideo y en la Página Web de la Intendencia.Además, las bases del presente llamado público, se podrán retirar entre los días 2 y 10 de diciembre de 2013 en la División Políticas Sociales, 2do. Piso, de la I. de M. (Sector Santiago de Chile y Soriano) Puerta 2054 dentro del horario comprendido entre las 10:15 y las 15:30 hs.

La recepción de propuestas :

Hasta el día 20 de diciembre de 2013, desde las 10:15 hs. hasta las 15:30 hs., en la División Políticas Sociales. Vencido el plazo no se recibirán propuestas dando lugar a la desestimación a este llamado. La aceptación de las propuestas estará sujeta a verificación del cumplimiento de las condiciones de presentación de los numerales 3 y 4 de este Capitulo.

9- Plazo de vigencia del convenio

El plazo de vigencia del convenio será de 1 (un) año. Se podrá renovar por un plazo igual, mediando evaluación favorable del Equipo designado para la supervisión y seguimiento: a tal efecto se efectuará seguimiento y evaluación de las actividades por parte del mismo, a fin de verificar el cumplimiento de la propuesta.

CAPITULO II - CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

1- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROPUESTAS

El Departamento de Desarrollo Social, a través de la División Políticas Sociales será la responsable de la recepción de las propuestas y su análisis y evaluación será realizada por una Comisión Asesora designado a sus efectos, el cual tendrá facultad para aceptar sólo aquellas propuestas que cumplan con el formato establecido en este pliego pudiendo rechazar aquellas propuestas que no presenten toda la documentación solicitada (esto es importante cuando no traen curriculums o certificados) y/o no cumplan los requisitos establecidos de la presente convocatoria.

La referida Comisión será convocada a los 5 días hábiles de recepción de las propuestas y será integrada por: 1 (un) representante de la División Políticas Sociales. 1 (un) representante de la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle, creada por Resolución 34/09 del 12 de enero de 2009 y reestructurada por Resolución 349/11del 24 de enero de 2011. 1 (un) representante de ANONG 1 (un) representante del Municipio B 1 (un) representante del Departamento de Desarrollo Social

Por último, la División Políticas Sociales realiza la adjudicación a la Organización que resulte seleccionada.

2- Criterios de evaluación:

ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN O COOPERATIVA EN CONVENIOS DE TRABAJO

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CON ESTA POBLACIÓN CON LA INTENDENCIA U OTRA INSTITUCIÒN PÚBLICA O PRIVADA.-Resultados obtenidos

Explicitar los resultados, las fortalezas y debilidades identificadas en los años de experiencia acumulada en los convenios con la I de M Explicitar los resultados y la experiencia acumulada en convenios con distintos organismos del estado trabajando con esta Población.Experiencia en actividades de inserción comunitaria e inserción social Experiencia con personas en situación de calle y/o vulnerabilidad social.Experiencia en coordinación interinstitucional con organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil Experiencia en proyectos que vinculen capacitación, empleo y procesos de acompañamiento personalizado Experiencia en procesos de inserción laboral, experiencia comprobable de vinculación con el mundo empresarial.

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PROPUESTA DE INTERVENCIÓN

Propuesta formativa en competencias trasversales y específicas:Pertinencia de los contenidos generales, estrategias realizables para acompañar los procesos de egreso de la situación de calle, capacitación específica (explicitar contenidos posibles). 10

45

Propuesta Operativa: La importancia de los reglamentos y de la flexibilidad de los mismos; los horarios especificados para el seguimiento; el mantenimiento de la limpieza; el cuidado del inmueble y del equipamiento; el clima general entre los protagonistas; la estructura y diseño de la atención cotidiana del espacio. 15

Acompañamiento: Metodología del acompañamiento individual y colectivo. Asambleas.Integralidad de la intervención en los aspectos formativos, operativos y de acompañamiento. Documentación, Atención de Salud. Estrategia para el encare de las situaciones de violencia, conflicto y consumo problemático de drogas legales e ilegales. Propuestas de vinculación de las personas participantes de este convenio con el mercado de trabajo formal.

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EQUIPO TÉCNICO PROPUESTO*/METODOLOGÍA/PROPUESTA ECONÓ-MICAExplicitar la conformación del equipo humano necesario y las funciones que cumplirá cada uno, además de sus remuneraciones salariales y carga horaria, según la función que desempeñe. Pertinencia del perfil del equipo.Formación y experiencia específica en la población en situación de calle. Curriculum Vitae de los integrantes del equipo

1530

Propuesta Económica: Los montos a transferir para realizar la propuesta. 15* Se deben anexar los curriculums abreviados de los integrantes del equipo, incluyendo sólo aquellos méritos relativos al rol asignado a los mismos, en el proyecto presentado, con comprobantes.

LOS NÚMEROS SEÑALADOS EN EL CUADRO PRECEDENTE SON LOS PUNTAJES MÁXIMOS A ADJUDICAR EN CADA CRITERIO.

EL PUNTAJE MÍNIMO TOTAL ACEPTABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA ES DE 65 PUNTOS

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EL PUNTAJE MÁXIMO TOTAL PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA ES DE 100 PUNTOS.

CAPITULO III - ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

Una vez adjudicada la propuesta, la Organización que resulten seleccionada deberá presentar la siguiente documentación:

A)- Actualización de los Requisitos formales:

La ONG o Cooperativa de trabajo seleccionada, además de estar inscripta en el Registro de Proveedores de la Intendencia de Montevideo. deberá cumplir con los siguientes Requisitos formales referidos a la persona jurídica:Presentar en el Servicio de Escribanía de la Intendencia

1- Estatutos y sus modificaciones, si las hubiere2- Libro de Actas3- Poder o Carta-poder (cuando no concurren a firmar los representantes legales)4- Declaración jurada de las autoridades de la ONG para la cual se comprometen a comunicar a la I. de M. cualquier modificación en los estatutos o en la representación.5- Certificado notarial que acredite la vigencia de la Asociación o Cooperativa y de las autoridades en sus respectivos cargos, así como de los poderes, si eventualmente existieren apoderados.

En caso de actuar por poder o carta-poder, cada vez que se firme un convenio se deberá acreditar su vigencia con certificado notarial, o testimonio vigente del mismo, expedido por el Escribano autorizante.

B) Una vez dictada la Resolución de Intendente se procederá a la firma del Convenio con la Organización seleccionada.

C) Las tareas comenzarán a realizarse una vez que el convenio se encuentre debidamente firmado por ambas partes. Se fijará fecha de inicio de la tarea a los efectos del comienzo de las transferencias de fondos y del control y supervisión de la Organización.

D) Información sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, a presentar ante el Departamento involucrado. La Organización adjudicataria a partir de la suscripción del contrato, deberá exhibir los siguientes documentos:

Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo provisional.

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Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda (articulo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990)

Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Planilla de Control de Trabajo , recibos de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable.

Datos personales de los trabajadores comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la Intendencia de Montevideo.

Carné de Salud de los trabajadores

E) Presentación de la factura o solicitud de pago de las partidas que se transfieran por la I. de M. en Contaduría General de la misma, incluyendo Nº de Proveedor, y Nº de Contrato. Para hacer efectivo el pago de las transferencias mensuales deberá presentarse en tiempo y forma las facturas o solicitudes de pago de las partidas que se transfieran por la I. de M. en contaduría General de la misma, incluyendo Nº de proveedor y contrato.

CAPITULO IV - CRITERIOS DE SEGUIMIENTO y EVALUACION DEL CONVENIO

La Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle, dependiente de la División Políticas Sociales, establecerá las pautas necesarias para el seguimiento y evaluación del convenio.

Dicha Comisión tendrá la responsabilidad de realizar el supervisión, seguimiento y evaluación periódica de la implementación de la Propuesta de Intervención para este convenio, tanto en sus aspectos formativo, operativo y de acompañamiento. A tales efectos, dispondrán la realización de controles a efectos de notificar todo eventual incumplimiento o inobservancia de los trabajos acordados en el convenio a suscribir. El informe de los controles será remitido al coordinador de la ONG. o Cooperativa a efectos de que tome conocimiento y subsane todos aquellos extremos que son pasibles de corrección. La inobservancia de este extremo hará pasible a la ONG o Cooperativa de generar un aspecto negativo a considerar en su evaluación.

En ese sentido, la ONG o Cooperativa deberá, además, presentar informes semestrales de evaluación y uno final a la Comisión, incluyendo los aspectos formativos, operativos y de acompañamiento implementados, además de otros que podrán solicitarse por la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle a esos efectos.

Asimismo, la Comisión controlará la permanencia del equipo técnico propuesto por el período del Convenio.

Se realizarán además, visitas a la Pensión y a los lugares de trabajo y se mantendrá contacto asiduo con el coordinador de la ONG y/o Cooperativa y el equipo de trabajo.

Por otro lado, se realizarán evaluaciones periódicas por parte de los beneficiarios, de acuerdo a las pautas que establezca la Comisión de de Atención a Personas en Situación de Calle.

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Page 16: INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO€¦  · Web viewAl comienzo del convenio se estipulará el monto inicial del aporte diario del usuario. que se estipula con aumento progresivo

La Intendencia de Montevideo, se reservará el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos se ajuste a lo indicado en la propuesta.

El incumplimiento de los términos que se acordaron en el Convenio, habilitará a la Intendencia a la revocación del mismo, la que será propiciada por la Comisión de Atención a Personas en Situación de Calle .

3. ASPECTOS A SER EVALUADOS:

ASPECTOS QUE SERAN OBJETO DE EVALUACIÓN:

a) Adecuación a los objetivos de la propuesta de la Pensión Social y adecuación a las condiciones previstas en el literal A del Numeral 1ro. de la Clausula Primera de la presente convocatoria.

b) Continuidad del equipo técnico propuesto durante el transcurso del convenio

c) Adecuación de las tareas realizadas a la propuesta de intervención presentada (en sus diferentes aspectos: formativo, operativo y de acompañamiento)

d) Cumplimiento y la eficiencia de las tareas descriptas en el pliego de condiciones y el cumplimiento de los resultados esperados (Pág. 6).

e) Presentación en tiempo y forma de:

1. Rendiciones de cuentas mensuales2. Informes mensuales de evaluación de la situación general de la pensión que debe incluir avances en los procesos personales de cada uno de los participantes y aspectos que hacen al clima general de la experiencia, las asambleas periódicas con la población participante y otros elementos que consideren relevantes. 3. Informes semestrales de actuación4. Listado mensual de participación de la experiencia.

f) Consideración General de las evaluaciones efectuadas por los propios participantes de la Pensión Social.

La evaluación resultante de los literales anteriores será considerada a efectos de la eventual renovación y será tenida en cuenta en caso de de que la ONG o Cooperativa se presentarse a una nueva convocatoria propiciada desde la División Políticas Sociales.

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