Instrumentos SICA 2010.pdf

1062
Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana Instrumentos Jurídicos del Sistema de la Integración Centroamericana Centroamérica, enero de 2010 Segunda edición

Transcript of Instrumentos SICA 2010.pdf

  • Secretara Generaldel Sistema de la Integracin

    Centroamericana

    Instrumentos Jurdicos delSistema de la Integracin Centroamericana

    Centroamrica, enero de 2010

    Segunda edicin

  • Segunda edicinEnero de 2010

    De la edicin:Secretara General del Sistema de la Integracin CentroamericanaJuan Daniel Alemn GurdinSecretario General

    Edgar Jos Chamorro MarnDirector Ejecutivo

    Direccin de Asuntos Jurdicos y PolticosErick VichezDirector de Asuntos Jurdicos y Polticos

    Boulevard Orden de Malta Nmero 470.www.sica.int

    Coordinador y compilador:Csar Ernesto Salazar GrandeColaborador:Mauricio Henrquez Mira

    ISBN: 978-99923-898-1-2

    Hecho el Depsito de Ley.

    La reproduccin de estos instrumentos jurdicos es bienvenida.Los instrumentos contenidos en este libro constituyenel patrimonio cvico de los pueblos centroamericanos.

    Por favor cite su fuente.

    Se prohbe su reproduccin con fines lucrativos.

  • lo largo de su historia, el Proceso de Integracin Centroamericanaha encontrado muchas dificultades, pero siempre ha salido airoso

    y fortalecido, contradiciendo los pronsticos de los ms iluminadosadivinos y agoreros de la poltica, que continuamente predicen la imposible

    fractura material de una regin, geogrficamente nica e indivisible, queposee una identidad comn, una misma historia y una voluntad inquebrantable

    de avanzar como nacin hacia el futuro.

    Esa identidad comn de los pueblos centroamericanos que se fortalece cada da msen nuestros campos y ciudades, a travs de un tejido social, familiar y econmico cadavez ms imbricado, es lo que permite que estn vigentes al igual que lo han estado ayerhoy y siempre, los principios y la razn de ser, que dio origen al Sistema de la IntegracinCentroamericana (SICA)

    Es claro, que en la Centroamrica de hoy donde todava conviven atraso y modernidad,globalizacin y pobreza, subsisten tambin graves problemas que estn en la raz de losconflictos que viven nuestros pases y que tanto ahora como en el pasado ha provocadoenfrentamientos.

    Por ello, en las actuales circunstancias y contra todo pronstico, es nuestra obligacinfortalecer al SICA como el Foro regional por excelencia, para la consolidacin de la paz,la seguridad y la cooperacin entre los pueblos centroamericanos, y para que la relacinentre nuestros estados, se rija en el marco de los instrumentos jurdicos y polticos queson el resultado del dialogo centroamericano.

    Nada ms propicio que la actual situacin de Centroamrica, la cual dista mucho de seralentadora, para reforzar el andamiaje jurdico y poltico y la cooperacin, como el nicoinstrumento a nuestra disposicin para consolidar la paz, la libertad, la democracia y eldesarrollo en nuestra regin.

    Es dentro de esa conviccin, que tengo el gusto de ofrecer a la comunidad centroamericana,gobiernos, instituciones y sociedad civil, nuestra segunda edicin del libro denominadoInstrumentos Jurdicos del Sistema de la Integracin Centroamericana compilacin querepresenta el esfuerzo vivo de los pases de la regin, en su bsqueda permanente parala construccin de una cultura de la legalidad y de una comunidad centroamericana devalores y principios centroamericanos.

    A nuestro juicio, este compendio constituye el reflejo de la integracin centroamericanay est inspirado en el ms alto espritu integracionista de los hombres y mujeres decentroamerica, cuyos objetivos y principios consisten en garantizar la libertad y la dignidaddel hombre, su bienestar y su seguridad, as como la paz y la justicia de nuestras naciones.Nadie que se considere centroamericano, podra oponerse ni se opondr nunca a estosobjetivos, porque se estara negando a s mismo, esa condicin humana.

    JUAN DANIEL ALEMN GURDIN

    SECRETARIO GENERAL

  • PARTE 1

    SISTEMA POLTICO

    1. SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA

    1. PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS (ODECA) (1) .........................17

    2. ENMIENDA AL PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERlCANOS (ODECA).......25

    3. REGLAMENTO DE LOS ACTOS NORMATIVOS DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA................................................27

    4. REGLAMENTO DE LA PRESIDENCIA PRO-TMPORE DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) .........................30

    5. REGLAMENTO RELATIVO A LA ELECCIN DE LOS TITULARES DE LOS RGANOS, SECRETARAS EINSTITUCIONES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)...................................................................................34

    6. ACUERDO DE CREACIN DEL ORGANISMO SUPERIOR DE CONTROL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA..........40

    7. CONSTITUCIN DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE ESTADSTICA (CENTROESTAD)DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) .............................................................................................................44

    8. REGLAMENTO PARA LA ADMISIN Y PARTICIPACIN DE ESTADOS ASOCIADOSDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.........................................................................................................................47

    9. ACUERDO DE ASOCIACIN ENTRE EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA Y LA REPBLICA DOMINICANA................51

    10 ACUERDO COMPLEMENTARIO SOBRE LA PARTICIPACIN DE LA REPBLICA DOMINICANAEN EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA......................................................................................................................55

    11. REGLAMENTO PARA LA ADMISIN Y PARTICIPACIN DE OBSERVADORES ANTEEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ...........................................................................................................................57

    12. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE LA REPBLICA DE CHINAAL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA BAJO LA CATEGORA DE OBSERVADOR EXTRAREGIONAL..............................60

    13. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSAL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL.............................................63

    14. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE ESPAAAL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR EXTRAREGIONAL .......................................65

    15. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA FEDERAL DE ALEMANIAY EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) SOBRE LA ADMISINDE LA REPBLICA FEDERAL DE ALEMANIA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR EXTRARREGIONAL....................................................67

    16. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE CHILEAL SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL..............................................69

    17. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE BRASILAL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL.............................................71

    18. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA ARGENTINA Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)SOBRE LA ADMISIN DE LA REPBLICA ARGENTINA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL.................................................73

    19. ACUERDO ENTRE EL PARLAMENTO CENTROAMERICANO, LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA Y LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ............................................75

    20. REGLAMENTO COMISIN PERMANENTE DE RGANOS COMUNITARIOS DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA:PARLAMENTO CENTROAMERICANO, SECRETARA GENERAL DEL SICA Y CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA............................76

    21. XIX CUMBRE DE PRESIDENTES CENTROAMERICANOS DECLARACIN DE PANAM II ............................................................................78

    21.1. LINEAMIENTOS PARA EL FORTALECIMIENTO Y RACIONALIZACIN DE LA INSTITUCIONALIDAD REGIONAL.Panam 12 de julio de 1997 ........................................................................................................................................................................80

    22. DECRETO No. 574 DA DE LA INTEGRACIN...........................................................................................................................................91

    ANEXO PARTE 1. CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS (ODECA) ..............................................................93

    2. SECRETARA GENERAL

    2.1 NORMATIVA INTERNA

    23. ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) ....................99

    24. REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIOS Y PRESTACIONES LABORALES DEL PERSONAL......................................................................105

    25. ACUERDO SEDE DE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANACON EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR........................................................................................................................109

    CONTENIDO

    5

  • 2.2 ACUERDOS ENTRE LA SECRETARA GENERAL Y OTRAS SECRETARIAS DEL SICA

    26. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE LA COMISIN CENTROAMERICANADE AMBIENTE Y DESARROLLO Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA......................115

    27. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA SECRETARA DE LA INTEGRACIN SOCIAL (SISCA)..........117

    28. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE EL CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMOY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................119

    29. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE LAS AUTORIDADES NACIONALES DE LA PESCAY LA ACUICULTURA DE LOS PASES CENTROAMERICANOS Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ..............................................................................................................................................121

    30. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y EL CENTRO PARA LA PROMOCINDE LA MICRO Y PEQUEA EMPRESA EN CENTROAMRICA (CENTROMYPE).........................................................................................124

    31. ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAY EL CONSEJO CENTROAMERICANO DE PROCURADORES DE LOS DERECHOS HUMANOS...................................................................126

    32. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE ELCONSEJO DE MINISTRAS DELA MUJER DE CENTRO AMRICA (COMMCA) Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)...................................................................................................................................128

    33. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA SECRETARA DEL CONSEJO DE MINISTROSDE SALUD DE CENTROAMRICA ..............................................................................................................................................................130

    34. ACUERDO MARCO DE COOPERACION FUNCIONAL ENTRE EL CONSEJO CENTROAMERICANODE PROTECCIN AL CONSUMIDOR Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA...............132

    2.3 ACUERDOS ENTRE LA SECRETARA GENERAL Y OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES DE INTEGRACIN

    35. ACUERDO DE COOPERACIN Y COORDINACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DELA ASOCIACIN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIN (ALADI) Y LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA).................................................................................................................134

    36. CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SICA, SIECAY LA DELEGACIN DE LA COMISIN EUROPEA EN NICARAGUA.............................................................................................................136

    37. PLAN DE ACCIN SICA-CARICOM ............................................................................................................................................................137

    38. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN ENTRE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR,GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAM Y LA COMUNIDAD ECONMICA EUROPEA ............................................................141

    39. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEAY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANASOBRE LAS ORIENTACIONES PLURIANUALES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA COOPERACIN COMUNITARIA. .........................155

    40. ACUERDO DE DILOGO POLTICO Y COOPERACIN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEAY SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LAS REPBLICAS DE COSTA RICA,EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAM, POR OTRA PARTE.........................................................................158

    41. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINAY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................164

    42. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN FUNCIONAL ENTRE LA COMISIN EJECUTIVA DEL PLAN PUEBLA-PANAMY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................167

    43. ACUERDO MARCO DE COMERCIO E INVERSIN......................................................................................................................................169

    44. CONVENIO MARCO ENTRE EL CENTROLATINOAMERICANO PARA LAS RELACIONES CON EUROPA (CELARE)Y LA SECRETARIA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA).............................................................172

    2.4 ACUERDOS ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SICA Y OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES

    45. COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DE LA ORGANIZACIN DE LOS ESTADOS AMERICANOSY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................174

    46. ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACIN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA......................................................................................................................175

    47 ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DE LA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE COMERCIOY DESARROLLO Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA .............................................178

    48. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAY LA ORGANIZACIN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES..........................................................................................................180

    49. ACUERDO DE COOPERACIN TCNICA, ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, SG-SICA, Y LA ORGANIZACIN INTERNACIONALPARA LAS MIGRACIONES, OIM, PARA EL USO DE LA RED DE SERVICIOS DE INFORMACIN DEL SICA, SICANet................................182

    50. ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACIN PANAMERICANA DE LA SALUD / ORGANIZACIN MUNDIAL DE LA SALUDY LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................184

    6

  • 51. CONVENIO MARCO DE COOPERACIN INTERINSTITUCIONAL SUSCRITO ENTRE LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA Y LAS NACIONES UNIDAS,POR MEDIO DE LA COMISIN ECONMICA PARA AMRICA LATINA Y EL CARIBE, SEDE SUBREGIONAL EN MXICO. ........................187

    52. CARTA DE ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)Y LA SEDE SUBREGIONAL EN MXICO DE LA COMISIN ECONMICA PARA AMRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL)........................191

    53. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA)Y EL ORGANISMO INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA (OIRSA)........................................................................192

    54. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOSY EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA......................................................................................................................195

    55. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA ORGANIZACIN LATINOAMERICANA DE ENERGA -OLADE-Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA -SG SICA- ............................................................200

    56. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO (ONUDD)Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA).......................................................203

    2.5 ACUERDOS ENTRE LA SECRETARA GENERAL Y ESTADOS, RGANOS DE ESTADO, MUNICIPALIDADES O AYUNTAMIENTOS

    57. ACUERDO MARCO DE COOPERACIN ENTRE LOS GOBIERNOS DE CENTROAMERICA, BELICE Y REPBLICA DOMINICANA...............207

    58. MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE ITALIA,A TRAVS DE LA DIRECCIN GENERAL DE LA COOPERACIN AL DESARROLLO (DGCS)Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA).......................................................212

    59. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA AGENCIA ESPAOLA DE COOPERACIN INTERNACIONAL (AECI)Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA).......................................................214

    60. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORESY DE COOPERACIN DE ESPAA Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)PARA ESTABLECER EL FONDO ESPAA-SICA ..........................................................................................................................................216

    61. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIN INTERNACIONAL (AACI) ...........220

    62. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIN INTERNACIONAL (AACI)PARA LA APROBACIN DEL PROGRAMA OPERATIVO DE COOPERACIN ..............................................................................................222

    ANEXO ......................................................................................................................................................................................................224

    63. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA FUNDACIN VALENCIAPORT..............................................229

    64. ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAY EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y COMERCIO DE LA REPBLICA DE COREA CONCERNIENTEAL ESTABLECIMIENTO DE UN FONDO DE COOPERACIN........................................................................................................................231

    65. MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DELSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE COREA..................................233

    66. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL MECANISMO DE DILOGO POLTICOY COOPERACIN ENTRE LOS PASES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)Y LA FEDERACIN DE RUSIA....................................................................................................................................................................235

    67. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA (SGSICA) Y LA FEDERACIN DE MUNICIPIOS DEL ISTMO CENTROAMERICANO (FEMICA).................................238

    68. CONVENIO MARCO DE COOPERACIN INSTITUCIONAL, ENTRE EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO LOCALDE CENTROAMRICA (IDELCA) Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA .....................241

    2.6 ACUERDOS DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SICA CON UNIVERSIDADES Y CENTROS ACADMICOS DE FORMACIN

    69. ACUERDO MARCO DE COLABORACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDVAR DE GUATEMALA..................................243

    70. ACUERDO MARCO DE COLABORACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA DE NICARAGUA (UCA).....................246

    71. ACUERDO MARCO DE COLABORACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA UNIVERSIDAD TECNOLGICA DE EL SALVADOR ......................................248

    72. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA Y YORK UNIVERSITY, CANAD............................................................................................250

    73. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA (SG-SICA) Y EL CENTRO AGRONMICO TROPICAL DE INVESTIGACIN Y ENSEANZA (CATIE).........................251

    74. ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) Y EL INSTITUTO ITALO-LATINOAMERICANO (IILA) .................................................253

    75. CONVENIO MARCO DE COOPERACIN SICA -UNIVAS .............................................................................................................................2557

  • 3. COMIT EJECUTIVO

    76. REGLAMENTO DEL COMIT EJECUTIVO DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ......................................................259

    4. COMIT CONSULTIVO

    77. ESTATUTO CONSULTIVO DEL COMIT CONSULTIVO DEL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA CC-SICA (1) ...................265

    78. ACUERDO MARCO DE COLABORACIN ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SG-SICA) Y LA FEDERACIN DE CMARASY ASOCIACIONES INDUSTRIALES CENTROAMERICANAS (FECAICA) ......................................................................................................277

    5. PARLAMENTO CENTROAMERICANO

    79. TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS................................................281

    80. PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS .....................289

    81. SEGUNDO PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS....293

    82. TERCER PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS.......295

    83. CUARTO PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS ......296

    84. PROTOCOLO DE REFORMAS AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANOY OTRAS INSTANCIAS POLTICAS* ..........................................................................................................................................................297

    85. REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO .........................................................................................................305

    6. CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA

    86. ESTATUTO DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ..................................................................................................................339

    87. ORDENANZA DE PROCEDIMIENTOS DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ..........................................................................348

    7. FORO DE VICEPRESIDENTES

    88. REGLAMENTO ORGNICO DE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOS A LA PRESIDENCIA DE LAS REPBLICASCENTROAMERICANAS ..............................................................................................................................................................................357

    89. REFORMA AL REGLAMENTO ORGNICO DE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOSA LA PRESIDENCIA DE LAS REPBLICAS CENTROAMERICANAS SOBRE EL PERIODOPARA OCUPAR EL CARGO DE COORDINADOR, VICE COORDINADOR Y SECRETARIO REGIONAL ..........................................................361

    90. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOSA LA PRESIDENCIA DE LAS REPBLICAS CENTROAMERICANAS Y LA SECRETARA GENERALDEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.......................................................................................................................362

    ....................................................................................................................................................................................................................................

    PARTE 2

    SUBSISTEMA DE SEGURIDAD REGIONAL

    91. TRATADO MARCO DE SEGURIDAD DEMOCRTICA EN CENTROAMRICA ..............................................................................................365

    92. REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN DE SEGURIDAD DE CENTROAMRICA.................................................................................378

    93. REUNIN DEL CONSEJO DE MINISTROS DE GOBERNACIN Y/O SEGURIDAD PBLICAY MINISTROS DE DEFENSA DE CENTROAMRICA, Managua 31 de agosto de 2005 ..............................................................................382

    94. ESTATUTOS DE LA CONFEDERACIN DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DEL ISTMO CENTROAMERICANO .........................................384

    95. TRATADO DE ASISTENCIA LEGAL MUTUA EN ASUNTOS PENALES ENTRELAS REPBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAM...............................................393

    96. TRATADO CENTROAMERICANO SOBRE RECUPERACIN Y DEVOLUCIN DE VEHCULOS HURTADOS,ROBADOS, APROPIADOS O RETENIDOS ILCITA O INDEBIDAMENTE......................................................................................................401

    97. PROTOCOLO AL TRATADO CENTROAMERICANO SOBRE RECUPERACIN Y DEVOLUCINDE VEHCULOS HURTADOS, ROBADOS, APROPIADOS O RETENIDOS ILCITA O INDEBIDAMENTE........................................................408

    98. CDIGO DE CONDUCTA DE LOS ESTADOS CENTROAMERICANOS EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE ARMAS,MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS ....................................................................................................410

    99. CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA ERRADICACINDE LA PRODUCCIN, TRFICO, CONSUMO Y USO ILCITOS DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRPICAS (CCP) ..............414

    100. CONVENIO CONSTITUTIVO DEL INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE POLICA.........................................422

    100.1.ACUERDO SEDE ENTRE EL INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE POLICAY EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR.............................................................................................................................427

    101. ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE NICARAGUA Y LA SECRETARA GENERAL DEL SICA,RELATIVO A LA SEDE DE LA UNIDAD EJECUTORA REGIONAL (UER) DEL PROYECTO CENTROAMERICANOPARA PREVENIR Y COMBATIR EL TRFICO ILCITO DE ARMAS PEQUEAS Y LIGERAS. .......................................................................431

    8

  • 102. ACUERDO DE COOPERACIN REGIONAL PARA LA ERRADICACIN DEL TRAFICO ILCITO DE DROGAS ...............................................435

    103. TRATADO CENTROAMERICANO RELATIVO A LA ORDEN DE DETENCIN Y EXTRADICIN SIMPLIFICADA ............................................438

    104. CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIN DE VCTIMAS, TESTIGOS, PERITOSY DEMAS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LA INVESTIGACIN Y EN EL PROCESO PENAL,PARTICULARMENTE EN LA NARCOACTIVIDAD Y DELINCUENCIA ORGANIZADA ....................................................................................443

    105. ACUERDO PRESIDENCIAL PARA LA CREACIN DE LA UNIDAD DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE PAZ (UOMP)...................447

    ....................................................................................................................................................................................................................................

    PARTE 3

    SUBSISTEMA DE INTEGRACIN ECONMICA

    1. SECTOR ECONMICO

    106. TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANO.............................................................................................453

    107. PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANA (PROTOCOLO DE GUATEMALA) ...............462

    108. ENMIENDA AL PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANA-PROTOCOLO DE GUATEMALA- ................................................................................................................................................................474

    109. REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS: DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONMICA,INTERSECTORIAL DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONMICA Y SECTORIAL DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONOMICA ......476

    110. CONVENIO SOBRE EL RGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO -EDICIN ACTUALIZADA- ...................................485

    111. TRATADO SOBRE INVERSIN Y COMERCIO DE SERVICIOS ENTRE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA,EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA. ......................................................................................................................495

    112. PROTOCOLO AL TRATADO SOBRE INVERSIN Y COMERCIO DE SERVICIOSENTRE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA ...................................................543

    113. SOLUCIN DE CONTROVERSIAS COMERCIALES RESOLUCIN No. 1062003 (COMIECO -XXVI)EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONMICA..................................................................................................................613

    114. CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA UNIN ADUANERA CENTROAMERICANA ........................................................630

    115. PROTOCOLO DE MODIFICACIN AL CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DEUNA UNIN ADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOS DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE GUATEMALA..............637

    2. SECTOR FINANZAS

    116. DECLARACIN DEL CONSEJO DE MINISTROS DE HACIENDA O FINANZAS DE CENTROAMRICA (COSEFIN) .......................................651

    3. SECTOR TRANSPORTE

    117. RESOLUCIN 4-97 (XVII COMITRAN) ORGANIZACIN REGIONAL DEL SECTOR TRANSPORTE EN CENTROAMRICA..........................655

    118. ESTATUTOS DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE TRANSPORTE MARTIMO, COCATRAM............................................................657

    119. CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA CORPORACIN CENTROAMERICANA DE SERVICIOS DE NAVEGACIN AREA................................671

    120. ESTATUTOS VIGENTES DE COCESNA .......................................................................................................................................................677

    121. ACUERDO DE COOPERACIN PARA LA FACILITACIN Y DESARROLLO DE LAS OPERACIONES AREASENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPBLICA DE GUATEMALA, LA REPBLICA DE HONDURAS,LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE NICARAGUA ......................................................................................................685

    4. SECTOR MONETARIO, CAMBIARIO Y FINANCIERO

    122. ACUERDO MONETARIO CENTROAMERICANO ..........................................................................................................................................697

    123. TRATADO SOBRE SISTEMAS DE PAGOS Y DE LIQUIDACIN DE VALORES DE CENTROAMRICA Y REPBLICA DOMINICANA............706

    124. CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIN ECONMICA,Modificado por Resolucin AG-1/98..........................................................................................................................................................712

    5. SECTOR TURISMO

    125. CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMO. ACTA FINAL.I CONFERENCIA EXTRAORDINARIA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE CENTROAMRICA............................................727

    126. REGLAMENTO INTERNO CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMO (CCT)........................................................................................729

    127. ACUERDO GENERAL DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA DE INTEGRACIN TURSTICACENTROAMERICANA Y LA SECRETARA GENERAL DE LA ASOCIACIN DE ESTADOS DEL CARIBE .......................................................740

    128. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO CREACIN DE LA AGENCIA DE PROMOCIN TURISTICA DE CENTROAMRICA (APTC) ...............743

    129. ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SICA Y EL REINO DE ESPAA RELATIVOAL ESTABLECIMIENTO DE LA AGENCIA DE PROMOCIN TURSTICA DE CENTROAMRICA EN ESPAA...............................................749

    9

  • 6. SECTOR PESCA Y ACUICULTURA

    130. FORMALIZACIN DE LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUERO Y ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO- ACTA DE SAN SALVADOR - EL SALVADOR, SAN SALVADOR 18 DE DICIEMBRE DE 1995 .....................................................................757

    131. REGLAMENTO OSP-0l-09 DEL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTRO PESQUERO Y ACUCOLA CENTROAMERICANO (SIRPAC) ...........759

    132. REGLAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO REGIONAL DE LA PESQUERA DE LA LANGOSTA DEL CARIBE (Panulirus argus).................767

    133. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUEROY ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO (OSPESCA) Y LA CONVENCIN INTERAMERICANA PARA LA PROTECCIN Y CONSERVACIN DE LAS TORTUGAS MARINAS (CIT) ....................................................................................770

    134. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO (CCAD)Y LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUERO Y ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO............................................................772

    135. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA FORTALECER LA ADMINISTRACIN INTEGRALY SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HDRICOS, MARINOS Y CONTINENTALES DEL ISTMO CENTROAMERICANO..............................774

    136. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL FONDO MUNDIAL PARA LA NATURALEZA INC. (WWF)Y LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUERO Y ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO (OSPESCA) PARALA PROMOCIN DEL MANEJO REGIONAL DE LOS RECURSOS PESQUEROS CENTROAMERICANOS BASADO EN ECOSISTEMAS........776

    137. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE OSPESCA Y CONFEPESCA ...................................................................................................779

    7. SECTOR PEQUEA Y MICRO EMPRESA

    138. CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO PARA LA PROMOCIN DE LA MICROY PEQUEA EMPRESA EN CENTROAMRICA (CENPROMYPE)................................................................................................................785

    OTROS SECTORES RELACIONADOS AL SUBSISTEMA ECONMICO

    8. SECTOR ELCTRICO

    139. TRATADO MARCO DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRAL...................................................................................................793

    140. PROTOCOLO AL TRATADO MARCO DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRAL........................................................................799

    9. SECTOR TELECOMUNICACIONES

    141. TRATADO SOBRE TELECOMUNICACIONES ENTRE LAS REPBLICAS DE NICARAGUA, EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS.....805

    142. PROTOCOLO AL TRATADO CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES ........................................................................................808

    10. SECTOR DEFENSORA AL CONSUMIDOR

    143. CONVENIO DE CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE PROTECCIN AL CONSUMIDOR (CONCADECO).....................815

    11. SECTOR INMOBILIARIO Y REGISTRAL

    144. CONSEJO REGISTRAL INMOBILIARIO DE CENTROAMRICA Y PANAM (CRICAP) ................................................................................821

    145. TRATADO PARA LA CREACIN E IMPLEMENTACIN DE LA HIPOTECA CENTROAMERICANAENTRE LAS REPBLICAS DE GUATEMALA, EL SALVADOR, HONDURAS, NICARAGUA, COSTA RICA,PANAM Y REPBLICA DOMINICANA. ....................................................................................................................................................825

    ....................................................................................................................................................................................................................................

    PARTE 4

    SUBSISTEMA DE INTEGRACIN SOCIAL

    1. SECTOR SOCIAL

    146. TRATADO DE LA INTEGRACIN SOCIAL CENTROAMERICANA.................................................................................................................841

    2. SECTOR SALUD

    147. REGLAMENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE SALUD DE CENTROAMRICA, COMISCA...................................................................849

    148. ACUERDO DE COOPERACIN TCNICA ENTRE EL CONSEJO DE LA INTEGRACIN SOCIAL DE CENTROAMRICA Y LAORGANIZACIN PANAMERICANA DE LA SALUD, OFICINA REGIONAL DE LA ORGANIZACIN MUNDIAL DE LA SALUD (OPS/OMS) ....856

    149. REGLAMENTO REUNIN DEL SECTOR SALUD DE CENTROAMRICA Y REPBLICA DOMINICANA RESSCAD*.....................................858

    3. SECTOR SEGURIDAD SOCIAL

    150. ACUERDO MULTILATERAL PARA LA PROTECCIN EN SALUD DE LOS ASEGURADOSEN TRNSITO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DE CENTROAMRICA .........................................................................863

    10

  • 4. SECTOR NUTRICIN

    151. CONVENIO BSICO DEL INSTITUTO DE NUTRICIN DE CENTRO AMRICA Y PANAM (INCAP) ...........................................................867

    5. SECTOR AGUA POTABLE

    152. FORO CENTROAMERICANO Y REPBLICA DOMINICANA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (FOCARD-APS).Boca Chica, Santo Domingo, 7 de julio del 2004 .......................................................................................................................................879

    153. XXVI REUNIN ORDINARIA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LOS PASES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) ..........................................................................................................881

    154. FORO CENTROAMERICANO Y REPBLICA DOMINICANA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO FOCARD-APS REGLAMENTO..............885

    6. SECTOR VIVIENDA

    155. Acta de San Salvador. FORMALIZACIN DE LA CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANODE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CCVAH) ...........................................................................................................................895

    7. SECTOR EDUCACIN

    156. CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COORDINACIN EDUCATIVA Y CULTURAL CENTROAMERICANA (CECC) .........................................899

    157. CONVENIO SOBRE EL EJERCICIO DE PROFESIONES UNIVERSITARIAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ...........903

    158. ACUERDO RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DE LA EDUCACIN SUPERIOR (CCA)COMO ORGANISMO REGIONAL ................................................................................................................................................................907

    159. COMISIN TCNICA PARA EL DESARROLLO CIENTFICO Y TECNOLGICO DE CENTROAMRICA Y PANAM.....................................909

    8. SECTOR CULTURA

    160. CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIN DEL PATRIMONIO CULTURAL....................................................................917

    161. CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA REALIZACIN DE EXPOSICIONES DE OBJETOS ARQUEOLGICOS,HISTRICOS Y ARTSTICOS .....................................................................................................................................................................922

    162. CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA RESTITUCIN Y EL RETORNO DE OBJETOS ARQUEOLGICOS,HISTRICOS Y ARTSTICOS .....................................................................................................................................................................924

    163. CONSTITUCIN Y ESTATUTOS DE LA ASOCIACIN POSTAL DE CENTRO AMRICA Y REPBLICA DOMINICANA, APCA-RD ................926

    9. SECTOR DE LA MUJER

    164. 1a. REUNIN DEL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE EL TEMA DE LA MUJER (COMMCA).San Salvador, 11 y 12 de agosto de 2005..................................................................................................................................................935

    165. CONVENIO DE CONSTITUCIN DEL CONSEJO REGIONAL PARA LA MUJER RURAL PROGRAMADE FORTALECIMIENTO PARA LA INTEGRACIN DE LA MUJER RURAL A LAS CADENAS PRODUCTIVO-EMPRESARIALESDEMOCRATIZACIN ECONMICO-SOCIAL ...............................................................................................................................................944

    ....................................................................................................................................................................................................................................

    PARTE 5

    SUBSISTEMA DE MEDIO AMBIENTE

    166. CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIN DEL AMBIENTE...............................................................................................949

    167. PROTOCOLO AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO (CCAD)..............954

    168. REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO (CCAD).............................................956

    169. CONVENIO PARA LA CONSERVACIN DE LA BIODIVERSIDAD Y PROTECCIN DE AREAS SILVESTRESPRIORITARIAS EN AMERICA CENTRAL ....................................................................................................................................................964

    170. CONVENIO REGIONAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIN DE LOS ECOSISTEMAS NATURALES FORESTALESY EL DESARROLLO DE PLANTACIONES FORESTALES .............................................................................................................................970

    171. ACUERDO REGIONAL SOBRE MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE DESECHOS PELIGROSOS ............................................................974

    172. CONVENIO REGIONAL SOBRE CAMBIOS CLIMTICOS ............................................................................................................................982

    173. ALIANZA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE CENTROAMERICA ....................................................................................................986

    174. DECLARACIN DE TEGUCIGALPA SOBRE LA PAZ Y DESARROLLO EN CENTROAMRICA......................................................................995

    175. CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE PAZ Y DESARROLLO DE CENTROAMRICA.............................................................................997

    176. DECLARACIN DE GUCIMO..................................................................................................................................................................1003

    177. COMPROMISOS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES VOLCN MASAYA, NICARAGUA...............................1005

    178. NUEVO CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO DE COORDINACIN PARALA PREVENCIN DE LOS DESASTRES NATURALES EN AMRICA CENTRAL (CEPREDENAC)...............................................................1008

    11

  • 179. TRATADO ENTRE LAS REPUBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS PARA LA EJECUCION DEL PLAN TRIFINIO.........1014

    180. Resolucin N TR 8-2000. APROBACION DEL REGLAMENTO DE LA SECRETARIA EJECUTIVA TRINACIONAL DEL PLAN TRIFINIO.....1020

    181. Resolucin N TR 9 -2000 APROBACIN DEL REGLAMENTO DEL COMIT CONSULTIVO DEL PLAN TRIFINIO....................................1025

    182. MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIN Y FUNCIONAMIENTO DEL NODO REGIONAL SIAM .........................1031

    183. CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN INTERPARLAMENTARIA CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO ............1033

    ....................................................................................................................................................................................................................................

    PARTE 6

    SECTOR MIGRACIN

    1. EN RELACIN A LOS PASES DEL CA-4

    184. DECLARACIN DE LOS PRESIDENTES DEL CA-4 ...................................................................................................................................1039

    185. CONVENIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS DE SEGURIDAD FRONTERIZAEN LAS FRONTERAS COMUNES DE LOS PASES MIEMBROS DEL CA-4................................................................................................1042

    186. NORMAS DE LA POLTICA DE LIBRE MOVILIDAD DE LOS PASES DEL CA-4........................................................................................1044

    187. GLOSARIO DE TRMINOS MIGRATORIOS CA-4. POLTICA DE LIBRE MOVILIDAD ...............................................................................1046

    2. ACUERDO BILATERAL EN MATERIA MIGRATORIA

    188. MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE NICARAGUAPARA IMPLEMENTAR EL MECANISMO MIGRATORIO TEMPORAL DE PROTECCIN Y REGULARIZACINPARA NICARAGENSES Y SALVADOREOS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIN IRREGULARY QUE DEMUESTREN SU ARRAIGO EN EL PAS DE DESTINO................................................................................................................1050

    3. INSTANCIAS REGIONALES

    189. REGLAMENTO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE MIGRACIN (OCAM) ..................................................................................1052

    190. ACUERDO DE ALIANZA REGIONAL ENTRE LOS PAISES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL MIGRANTE Y SUS FAMILIARES..................................1057

    4. OTROS TRATADOS RELACIONADOS A LA LIBRE MOVILIDAD

    191. CONVENIO DE CREACIN DE LA VISA UNICA CENTROAMERICANA PARA LA LIBRE MOVILIDADDE EXTRANJEROS ENTRE LAS REPBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA ........................................1062

    12

  • P A R T E 1

    Sistema Poltico

    1. Sistema de la Integracin Centroamericana2. Secretara General

    2.1 Normativa Interna2.2 Acuerdos entre la Secretara General y otras Secretarias del SICA2.3 Acuerdos entre la Secretara General y otras Organizaciones Internacionales de

    Integracin.2.4 Acuerdos entre la Secretara General del SICA y otros Organismos Internacionales2.5 Acuerdos entre la Secretara General y Estados, rganos de Estado, Municipalidades

    o Ayuntamientos.2.6 Acuerdos De Cooperacin entre la Secretara General del SICA con Universidades

    y Centros Acadmicos de Formacin.3. Comit Ejecutivo4. Comit Consultivo5. Parlamento Centroamericano6. Corte Centroamericana de Justicia7. Foro de Vicepresidentes

    13

  • 14

  • S E C C I N 1

    Sistema de la Integracin Centroamericana

    15

  • 16

  • Los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panam:

    CONSIDERANDO:Que es necesario actualizar el marco jurdico de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA),readecundolo a la realidad y necesidades actuales, para alcanzar efectivamente la integracincentroamericana; y

    Que dicha readecuacin debe orientarse al establecimiento y consolidacin del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA que dar seguimiento a todas las decisiones adoptadas en lasReuniones de Presidentes y coordinar su ejecucin;

    POR TANTO:Deciden reformar la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrita en laciudad de Panam, Repblica de Panam, el da 12 de diciembre de 1962, por medio del presenteProtocolo. Al efecto, los Presidentes Constitucionales de las mencionadas Repblicas, convienen en elsiguiente SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA:

    NATURALEZA, PROPSITOS, PRINCIPIOS Y FINESArtculo 1.- Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panam son una comunidadeconmico-poltica que aspira a la integracin de Centroamrica. Con tal propsito se constituye elSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, integrado por los Estados Miembros originalesde ODECA y por Panam, que se incorpora como Estado Miembro.

    Artculo 2.- EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA es el marco institucional de laIntegracin Regional de Centroamrica.

    Artculo 3.- EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA tiene por objetivo fundamentalla realizacin de la integracin de Centroamrica, para constituirla como Regin de Paz, Libertad,Democracia y Desarrollo.

    En ese sentido, se reafirman los siguientes propsitos:

    a) Consolidar la democracia y fortalecer sus instituciones sobre la base de la existencia de Gobiernoselectos por sufragio universal, libre y secreto, y del irrestricto respeto a los Derechos Humanos.

    b) Concretar un nuevo modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas,el fortalecimiento del poder civil, la superacin de la pobreza extrema, la promocin del desarrollosostenido, la proteccin del medio ambiente, la erradicacin de la violencia, la corrupcin, el terrorismo,el narcotrfico y el trfico de armas.

    c) Impulsar un rgimen amplio de libertad que asegure el desarrollo pleno y armonioso del individuo yde la sociedad en su conjunto.

    d) Lograr un sistema regional de bienestar y justicia econmica y social para los pueblos centroamericanos.

    e) Alcanzar una unin econmica y fortalecer el sistema financiero centroamericano.

    f) Fortalecer la regin como bloque econmico para insertarlo exitosamente en la economa internacional.

    g) Reafirmar y consolidar la autodeterminacin de Centroamrica en sus relaciones externas, mediante unaestrategia nica que fortalezca y ample la participacin de la regin, en su conjunto, en el mbito internacional.

    PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LAORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS(ODECA) (1)1

    (1) ANEXO PARTE 1 CARTA DE ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS ODECA. 17

  • h) Promover, en forma armnica y equilibrada, el desarrollo sostenido econmico, social, cultural y polticode los Estados miembros y de la regin en su conjunto.

    i) Establecer acciones concertadas dirigidas a la preservacin del medio ambiente por medio del respetoy armona con la naturaleza, asegurando el equilibrado desarrollo y explotacin racional de los recursosnaturales del rea, con miras al establecimiento de un Nuevo Orden Ecolgico en la regin.

    j) Conformar el SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA sustentado en un ordenamientoinstitucional y jurdico, y fundamentado asimismo en el respeto mutuo entre los Estados miembros.

    Artculo 4.- Para la realizacin de los propsitos citados el SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTRO-AMERICANA y sus Miembros procedern de acuerdo a los principios fundamentales siguientes:

    a) La tutela, respeto y promocin de los Derechos Humanos constituyen la base fundamental delSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;

    b) Paz, Democracia, Desarrollo y Libertad, son un todo armnico e indivisible que orientar las actuacionesde los pases miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;

    c) La identidad centroamericana como manifestacin activa de los intereses regionales y de la voluntadde participar en la consolidacin de la integracin de la Regin;

    d) La solidaridad centroamericana como expresin de su profunda interdependencia, origen y destinocomn;

    e) La gradualidad, especificidad y progresividad del proceso de integracin econmica, sustentado enel desarrollo regional armnico y equilibrado; y el tratamiento especial a pases miembros de menordesarrollo relativo; la equidad y reciprocidad; y la Clusula Centroamericana de Excepcin;

    f) La globalidad del proceso de integracin y la participacin democrtica, en el mismo, de todos lossectores sociales;

    g) La seguridad jurdica de las relaciones entre los Estados Miembros y la solucin Pacfica de suscontroversias;

    h) La buena fe de los Estados Miembros en el cumplimiento de sus obligaciones, abstenindose deestablecer, convenir o adoptar medida alguna que sea contraria a las disposiciones de este instrumentoo que obstaculice el cumplimiento de los principios fundamentales del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA o la consecucin de sus objetivos; y

    i) El respeto a los principios y normas de las Cartas de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU)y de la Organizacin de Estados Americanos (OEA), y las Declaraciones emitidas en las ReunionesPresidenciales centroamericanas desde mayo de 1986.

    MIEMBROSArtculo 5.- Son Miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, los Estadoscentroamericanos que acepten plenamente las obligaciones de esta Carta, mediante su aprobacin,ratificacin o adhesin, y que lo pongan en vigor de conformidad con las disposiciones contenidas enel Artculo 36 del presente Instrumento.

    Artculo 6.- Los Estados Miembros se obligan a abstenerse de adoptar medidas unilaterales que ponganen peligro la consecucin de los propsitos y el cumplimiento de los principios fundamentales del SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.

    Artculo 7.- Se establece el Procedimiento de Consulta Previa como sistema permanente entre losEstados Miembros para aquellos casos en que no hubiere lineamientos previos, en materia de relacioneseconmicas o de cooperacin centroamericana extrarregionales.

    ESTRUCTURA INSTITUCIONALArtculo 8.- El presente Protocolo modifica la estructura institucional de Centroamrica, reguladaanteriormente como ODECA, y a ella estarn vinculados los rganos e instituciones de integracin, losque gozarn de autonoma funcional en el marco de una necesaria y coherente coordinacin intersectorial

    18

  • que asegure la ejecucin eficiente y el seguimiento constante de las decisiones emanadas de las Reunionesde Presidentes.

    El funcionamiento de la estructura institucional deber garantizar el desarrollo, equilibrado y armnico,de los sectores econmico, social, cultural y poltico.

    Artculo 9.- Los rganos e instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA,debern guiarse por los propsitos y principios de este Protocolo e inspirarse en ellos tanto en susdecisiones, estudios y anlisis como en la preparacin de todas sus reuniones.

    Artculo 10.- Los rganos e Instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAdebern contribuir a la efectiva observancia y ejecucin de los propsitos y principios de este Protocolo.Esta obligacin es imperativa y primaria en sus ordenamientos complementarios o derivados, en loscuales debern garantizar siempre la publicidad de sus resoluciones y el procedimiento abierto al accesode las personas segn la naturaleza de cada rgano o Institucin y de los asuntos a tratar.

    Artculo 11.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA velar por la eficiencia y eficaciadel funcionamiento de sus rganos e instituciones asegurando la unidad y la coherencia de su accinintrarregional y ante terceros Estados, grupos de Estados u organizaciones internacionales.

    RGANOS

    Artculo 12.- Para la realizacin de los fines del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAse establecen los siguientes rganos:

    a) La Reunin de Presidentes;

    b) El Consejo de Ministros;

    c) El Comit Ejecutivo;

    d) La Secretara General.

    Forman Parte de este Sistema:

    La Reunin de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia de la Repblica, que ser un rgano deAsesora y Consulta. Dicha Reunin se realizar ordinariamente cada semestre y extraordinariamente,cuando los Vicepresidentes as lo deseen. Sus resoluciones sern adoptadas por consenso.

    Sin perjuicio de lo establecido en al Artculo 4 de las Disposiciones Transitorias, el Parlamento Centroamericano(PARLACEN) como rgano de Planteamiento, Anlisis y Recomendacin, cuyas funciones y atribucionesson las que establecen su Tratado Constitutivo y Protocolos vigentes.

    La Corte Centroamericana de Justicia, que garantizar el respeto del derecho, en la interpretacin yejecucin del presente Protocolo y sus instrumentos complementarios o actos derivados del mismo. Laintegracin, funcionamiento y atribuciones de la Corte Centroamericana de Justicia debern regularseen el Estatuto de la misma, el cual deber ser negociado y suscrito por los Estados Miembros dentrode los noventa das posteriores a la entrada en vigor del presente Protocolo.

    El Comit Consultivo estar integrado por los sectores empresariales, laboral, acadmico y otras principalesfuerzas vivas del Istmo Centroamericano representativas de los sectores econmicos, sociales y culturales,comprometidos con el esfuerzo de integracin stmica.

    Este Comit tendr como funcin asesorar a la Secretara General sobre la poltica de la organizacinen el desarrollo de los programas que lleva a cabo.

    REUNION DE PRESIDENTES

    Artculo 13.- La REUNION DE PRESIDENTES es el rgano Supremo del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA.

    Artculo 14.- La REUNION DE PRESIDENTES se integra por los Presidentes constitucionales de los EstadosMiembros, y se realizar ordinariamente cada semestre, y extraordinariamente cuando as lo decidan losPresidentes. Sus decisiones se adoptarn por consenso. El pas sede de la REUNION DE PRESIDENTESser el Vocero de Centroamrica, durante el semestre posterior a la realizacin de la misma.

    19

  • Artculo 15.- Le corresponde a la REUNIN DE PRESIDENTES conocer de los asuntos de la regin querequieran de sus decisiones, en materia de democracia, desarrollo, libertad, paz y seguridad.

    Corresponde particularmente a la REUNIN DE PRESIDENTES:

    a) Definir y dirigir la poltica centroamericana, estableciendo las directrices sobre la integracin de laregin, as como las disposiciones necesarias para garantizar la coordinacin y armonizacin de lasactividades de los rganos e instituciones del rea y la verificacin, control y seguimiento de susmandatos y decisiones.

    b) Armonizar las polticas exteriores de sus Estados.

    c) Fortalecer la identidad regional dentro de la dinmica de la consolidacin de una Centroamrica unida.

    d) Aprobar, en su caso, las reformas a este Instrumento que se planteen de conformidad con el Artculo37 del mismo.

    e) Asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Instrumento y en los demsAcuerdos, Convenios y Protocolos que constituyen el ordenamiento jurdico del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA.

    f) Decidir sobre la admisin de nuevos miembros al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.

    CONSEJO DE MINISTROS

    Artculo 16.- El Consejo de Ministros estar integrado por los Ministros del Ramo y, en caso extraordinario,por un Viceministro debidamente facultado. El Ministro del Ramo del Estado Miembro que sea el Vocerode Centroamrica, segn el Artculo 14 del presente Protocolo, presidir en ese mismo semestre elConsejo de Ministros respectivo.

    Corresponde al Consejo de Ministros dar el seguimiento que asegure la ejecucin eficiente de las decisionesadoptadas por la REUNION DE PRESIDENTES en lo que concierne a su ramo y preparar los temas quepueden ser objeto de la mencionada Reunin.

    Por la naturaleza de los temas a tratar, los Ministros podrn celebrar reuniones intersectoriales.

    El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores es el rgano Principal de Coordinacin.

    Artculo 17.- Es competencia del Consejo de los Ministros de Relaciones Exteriores lo relativo al procesode democratizacin, pacificacin, seguridad regional y otros temas polticos, as como la coordinaciny seguimiento de las decisiones y medidas polticas de carcter econmico, social y cultural que puedantener repercusiones internacionales. Le corresponde igualmente la aprobacin del presupuesto de laorganizacin central, la elaboracin de la agenda y preparacin de las Reuniones de Presidentes, larepresentacin de la regin ante la comunidad internacional, la ejecucin de las decisiones de losPresidentes en materia de poltica internacional regional, la recomendacin sobre el ingreso de nuevosmiembros al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, as como la decisin sobre laadmisin de observadores a la misma.

    El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores conocer de las propuestas de los distintos foros deMinistros, a efecto de elevarlas al conocimiento de la REUNIN DE PRESIDENTES con sus observacionesy recomendaciones.

    Artculo 18.- Es competencia del Consejo de los Ministros Responsables de la Integracin Econmicay Desarrollo Regional, ejecutar las decisiones de la REUNIN DE PRESIDENTES en materia de integracineconmica e impulsar la poltica econmica integracionista en la regin.

    Artculo 19.- Los Consejos de Ministros responsables de otros sectores tendrn la responsabilidad deltratamiento de los asuntos de su competencia.

    Artculo 20.- La Reunin intersectorial de los Ministros de Relaciones Exteriores y de los Responsablesde la Integracin Econmica y Desarrollo Regional tendr como atribucin analizar, discutir y proponera los Seores Presidentes la estrategia regional con respecto a la participacin activa de la regin en elsistema econmico internacional y ejecutarla concertadamente.

    20

  • Artculo 21.- El qurum del Consejo de Ministros se integra con la participacin de todos los Ministrosrespectivos y, en caso extraordinario, por un Viceministro debidamente facultado.

    En el Consejo de Ministros, cada Estado Miembro tendr slo un voto. Las decisiones sobre cuestionesde fondo debern ser adoptadas por consenso. Cuando haya duda sobre si una decisin es de fondoo de procedimiento, se resolver por mayora de votos.

    El Consejo de Ministros, en las diferentes reuniones ordinarias, sectoriales o intersectoriales, se realizarcon la frecuencia que fuere necesaria o a convocatoria de uno de sus miembros o de la REUNIN DEPRESIDENTES.

    Artculo 22.- Sin perjuicio de lo establecido en el Artculo 10, las decisiones de los Consejos sern deobligatorio cumplimiento en todos los Estados miembros y slo podrn oponerse a su ejecucindisposiciones de carcter legal. En tal caso, el Consejo, previo los estudios tcnicos pertinentes, analizarde nuevo el asunto y acomodar la decisin, en su caso, al respectivo ordenamiento legal.

    No obstante, tales decisiones podrn ser ejecutadas por los Estados miembros que no las hubierenobjetado.

    Artculo 23.- El Comit Ejecutivo y la Secretara General son los rganos Permanentes del SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.

    COMITE EJECUTlVO

    Artculo 24.- El Comit Ejecutivo se integra con un representante de cada uno de los Estados Miembros.Estos sern nombrados por sus Presidentes, por intermedio de los Ministros de Relaciones Exteriores.

    El Comit Ejecutivo ser presidido por el representante del Estado sede de la ltima Reunin Ordinariade Presidentes. El Comit se reunir ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuandosea convocado por su Presidente.

    El Comit Ejecutivo tendr las atribuciones siguientes:

    a) Asegurar la ejecucin eficiente, por intermedio de la Secretara General, de las decisiones adoptadasen las Reuniones de Presidentes;

    b) Velar por que se cumplan las disposiciones del presente Protocolo y de sus instrumentos complementarioso actos derivados;

    c) Establecer las polticas sectoriales y presentar por conducto de su Presidente, al Consejo de Ministrosde Relaciones Exteriores, las propuestas que sean necesarias en concordancia con las directricesgenerales emanadas de las Reuniones de Presidentes;

    d) Someter, por conducto de su Presidente, al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el Proyectode Presupuesto de la organizacin central del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;

    e) Proponer al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el establecimiento de las Secretarasrganos subsidiarios que estime convenientes para el efectivo cumplimiento de los objetivos elSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, especialmente para hacer posible la participacinde todos los sectores vinculados con el desarrollo integral de la regin y el proceso global de integracin;

    f) Aprobar los Reglamentos e Instrumentos que se elaboren por las Secretaras u otros rganos oSecretaras del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;

    g) Revisar los informes semestrales de actividades de la Secretara General y dems Secretaras ytrasladarlos, con las observaciones y recomendaciones de los Consejos de Ministros respectivos, alConsejo de Ministros de Relaciones Exteriores, por lo menos un mes antes de la celebracin de sultima reunin previa a la REUNIN DE PRESIDENTES, para que este ltimo las eleve a dicha Reunin;

    h) Las dems que seale el presente Protocolo y sus Instrumentos derivados o complementarios.21

  • SECRETARA GENERAL

    Artculo 25.- La Secretara General estar a cargo de un Secretario General, nombrado por la REUNINDE PRESIDENTES por un perodo de cuatro aos.

    Artculo 26.- El Secretario General es el ms alto funcionario administrativo del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA y tiene la representacin legal de la misma.

    El Secretario General deber ser nacional de cualquiera de los Estados Miembros, persona de reconocidavocacin integracionista, con alto grado de imparcialidad, independencia de criterio e integridad.

    El Secretario General tendr las atribuciones siguientes:

    a) Representar al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA en el mbito internacional deconformidad a lo establecido en el presente Protocolo y cuando le sea encomendado por el Consejode Ministros;

    b) Ejecutar o coordinar la ejecucin de los mandatos que deriven de las Reuniones de Presidentes,Consejos de Ministros v Comit Ejecutivo;

    c) Elaborar el Reglamento Administrativo y otros instrumentos de la Secretara General y someterlo ala consideracin del Comit Ejecutivo;

    d) Gestionar y suscribir, previa aprobacin del Consejo de Ministros competente, instrumentos internacionalesenmarcados en el mbito de sus competencias de conformidad a los principios y propsitos delpresente Instrumento;

    e) Gestionar ante Estados, grupos de Estados, organismos y otros entes internacionales, la cooperacinfinanciera y tcnica necesaria para el buen funcionamiento del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA y el logro de los objetivos centroamericanos, y en tal sentido, suscribir contratos,convenios y aceptar donaciones y otros aportes extraordinarios;

    f) Formular su programa de labores, elaborar su informe anual de actividades y el proyecto de presupuesto,los cuales presentar al Comit Ejecutivo;

    g) Participar con voz en todos los rganos del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA,actuar como la Secretara permanente de las Reuniones de Presidentes, asegurando tambin losservicios de Secretara y los servicios tcnicos y administrativos que fueran necesarios;

    h) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de este Protocolo y de sus instrumentos derivados ycomplementarios y por la ejecucin eficaz de las decisiones de las Reuniones de Presidentes y delConsejo de Ministros, por todos los organismos e instituciones de integracin. A este efecto, elSecretario General se podr reunir con dichos organismos e instituciones, cuando lo estime oportunoo por indicacin del Comit Ejecutivo;

    i) Gestionar ante los Estados Miembros el efectivo aporte correspondiente al Presupuesto Ordinario ylos extraordinarios si los hubiere;

    j) Nombrar y remover el personal tcnico y administrativo de la Secretara General de conformidad alReglamento respectivo y tomando debidamente en cuenta un criterio proporcional de representacinde las nacionalidades de los Estados Miembros;

    k) Llamar la atencin de los rganos del Sistema sobre cualquier situacin que, a su juicio, pueda afectarel cumplimiento de los propsitos o de los principios del Sistema o amenazar su ordenamientoinstitucional;

    l) Ejercer las dems atribuciones que le confiere el presente Protocolo o que le asignen los rganossuperiores y las que resulten de sus instrumentos complementarios o derivados.

    Artculo 27.- La Secretara General y el Personal de la Secretara actuarn tomando nicamente encuenta su servicio exclusivo al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA y no solicitarnni recibirn instrucciones de Gobierno alguno.

    Cada uno de los Estados Miembros se obliga a respetar el carcter centroamericanista del personal dela Secretara General y a no tratar de ejercer influencia alguna en el desempeo de sus funciones.

    22

  • Artculo 28.- La Secretara que se ocupar de los asuntos econmicos ser la Secretara Permanentedel Tratado General de Integracin Econmica Centroamericana (SIECA), la cual conservar la personerajurdica, atribuciones y funciones que le asigna dicho Tratado.

    La SIECA informar de sus actividades a la Secretara General, a fin de promover el desarrollo armnicoy equilibrado, de los aspectos econmicos, con los aspectos polticos, sociales y culturales, en laperspectiva de la integracin global de la regin centroamericana.

    DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 29.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA tendr personalidad jurdica ysu sede en San Salvador, Repblica de El Salvador, Estado con el cual concluir un Acuerdo de Sedepara la organizacin central del Sistema.

    Artculo 30.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA gozar internacionalmente y encada uno de los Estados Miembros de capacidad jurdica para el ejercicio de sus funciones y el cumplimientode sus propsitos. Podr, en particular, adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles, celebrar contratosy acuerdos, comparecer en juicio, conservar fondos en cualquier moneda y hacer transferencias.

    Artculo 31.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, podr, en el marco de suscompetencias, celebrar con terceros Estados u organismos, tratados o acuerdos de conformidad a lospropsitos y principios del presente Instrumento. Podr tambin concluir acuerdos de asociacin conterceros Estados, en donde se estipulen derechos y obligaciones recprocas y, en su caso, se tenga encuenta el carcter equitativo y complementario del trato que debe lograrse para el SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA en sus relaciones con organismos o Estados de mayor desarrollo.

    Las iniciativas o propuestas correspondientes las someter el Secretario General a la consideracin delComit Ejecutivo, que las elevar, con sus observaciones y recomendaciones, al Consejo de Ministrosde Relaciones Exteriores.

    Las comunicaciones telefnicas o electrnicas o de otra naturaleza y la correspondencia del SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, gozarn de franquicias en el territorio de los Estados Miembros.

    Artculo 32.- Los Estados Miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAcontribuirn a su sostenimiento, incluyendo al de sus organismos, con cuotas iguales.

    Artculo 33.- El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y Responsables de la IntegracinEconmica y el Desarrollo Regional organizar y pondr en funcionamiento un sistema de auditora yfiscalizacin financiera de los rganos e Instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA.

    Los resultados de la auditora y fiscalizacin financiera se publicarn anualmente en los Diarios Oficialesde los Estados Miembros.

    Artculo 34.- Los instrumentos complementarios o derivados que se suscriban de conformidad con lasdisposiciones del presente Protocolo podrn entrar en vigencia mediante acuerdos ejecutivos.

    Artculo 35.- Este protocolo y sus instrumentos complementarios y derivados prevalecern sobrecualquier Convenio, Acuerdo o Protocolo suscrito entre los Estados Miembros, bilateral o multilateralmente,sobre las materias relacionadas con la integracin centroamericana. No obstante, quedan vigentes entredichos Estados las disposiciones de aquellos Convenios, Acuerdos o Tratados siempre que las mismasno se opongan al presente instrumento u obstaculicen el logro de sus propsitos y objetivos.

    Toda controversia sobre la aplicacin o interpretacin de las disposiciones contenidas en el presenteProtocolo y dems instrumentos a que se refiere el prrafo anterior, deber someterse a la CorteCentroamericana de Justicia.

    Artculo 36.- El presente Protocolo ser aprobado o ratificado por los Estados de Centroamrica, deconformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales.

    El Ministerio de Relaciones Exteriores de la Repblica de El Salvador ser depositario inicial de losInstrumentos de Ratificacin y Adhesin del presente Instrumento, debiendo trasladarlos, para su depsitofinal, a la Secretara General cuando sta entre en funciones.

    23

  • Este Protocolo tendr duracin indefinida y entrar en vigencia para los Estados que lo hayan ratificado,ocho das despus de la fecha en que la mayora de los Estados signatarios de la Carta de la ODECAdepositen sus instrumentos de ratificacin.

    Una vez en vigencia se depositar copia certificada de las mismas en las Secretaras Generales de laONU y de la OEA.

    El presente Protocolo queda abierto a la adhesin de Belice, que tambin podr negociar un acuerdode asociacin o vinculacin.

    Artculo 37.- Los proyectos de reformas al Protocolo sern sometidos a consideracin de la REUNINDE PRESIDENTES, por intermedio del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores.

    Artculo 38 - Este Instrumento no admite reservas.

    DISPOSICIONES TRANSITORIASArtculo 1.- Los rganos e Instituciones creados en el marco del Procedimiento para Establecer la PazFirme y Duradera en Centroamrica y los originados en esfuerzos integracionistas precedentes a esteProtocolo sern parte del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA si fueren compatiblescon sus propsitos, principios y con la estructura orgnica, de acuerdo al estudio de los ordenamientosjurdicos institucionales.

    Artculo 2.- Mientras se integra el Comit Ejecutivo, sus atribuciones las asumir directamente el Consejode Ministros de Relaciones Exteriores.

    Artculo 3.- Para los efectos de lo establecido en el prrafo 2 del Artculo 35 y en tanto no est integradala Corte Centroamericana de Justicia, las controversias sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el presente Protocolo deber conocerlas el Consejo Judicial Centroamericano.

    Artculo 4.- Para los efectos de lo previsto en el Artculo 12 con respecto al Parlamento Centroamericano,tal disposicin se aplicar a los Estados que ya han efectuado la ratificacin del Tratado Constitutivo ysus Protocolos.

    EN FE DE LO CUAL, los Presidentes Constitucionales de las Repblicas Centroamericanas firman elpresente Protocolo en seis originales en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Repblicade Honduras, a los trece das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y uno.

    RAFAEL ANGEL CALDERN FOURNIER ALFREDO F. CRISTIANI BURKARDPresidente de la Repblica de Costa Rica Presidente de la Repblica de El Salvador

    JORGE SERRANO ELAS RAFAEL LEONARDO CALLEJAS ROMEROPresidente de la Repblica de Guatemala Presidente de la Repblica de Honduras

    VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO GUILLERMO ENDARA GALIMANYPresidente de la Repblica de Nicaragua Presidente de la Repblica de Panam

    24

  • Los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua

    CONSIDERANDO

    Que de conformidad con el artculo 35 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organizacin deEstados Centroamericanos (ODECA), toda controversia sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el referido Protocolo y dems instrumentos a que se refiere el primer prrafodel mismo artculo, deber someterse a la Corte Centroamericana de Justicia;

    Que es necesario extender la posibilidad de conocimiento de las controversias surgidas en el mbitocomercial del Mercado Comn Centroamericano a los mtodos alternos de solucin de controversias,para contar con mecanismos modernos, giles, efectivos, vinculantes y con niveles de calidad superiores,o al menos, iguales a los alcanzados en los tratados comerciales de tercera generacin suscritos porlos pases centroamericanos con terceros Estados;

    Que durante los aos 2000 y 2001 se hicieron gestiones para incorporar los mtodos alternos almecanismo de solucin de controversias establecido en los instrumentos jurdicos de la integracincentroamericana, con los resultados negativos derivados de la Resolucin emitida por la CorteCentroamericana de Justicia el 12 de noviembre de 2001 a las diez de la maana, en respuesta a lasolicitud de opinin que le present el Consejo Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores yMinistros de Integracin Econmica, por medio del Secretario General del Sistema de la IntegracinCentroamericana;

    Que el Consejo Intersectorial de Ministros Indicado en el considerando anterior, tanto en su reunin del27 de septiembre de 2000 como en la del 24 de mayo de 2001 convino dejar un tiempo prudencial parala respuesta de la Corte y, a falta de ella o, en caso negativo, proceda la reforma del Protocolo deTegucigalpa para incorporar el uso de mtodos alternos de solucin de controversias a las diferenciasque se presenten en el Intercambio comercial del Mercado Comn Centroamericano;

    Que de conformidad con el artculo 15 del Protocolo de Tegucigalpa, corresponde a la Reunin dePresidentes aprobar las reformas que se planteen al citado instrumento de conformidad con el artculo37 del mismo, segn el cual, los proyectos de reforma sern sometidos a la consideracin de la Reuninde Presidentes, por intermedio del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, y que, por esa va seha recibido la correspondiente propuesta,

    POR TANTO:

    Con base en las facultades que les confiere su artculo 15, deciden reformar el Protocolo de Tegucigalpaa la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrito el 13 de diciembre de1991, por medio del presente Protocolo, a cuyo efecto convienen:

    ARTCULO PRIMERO: Se modifica el artculo 35 el cual queda como sigue:

    Artculo 35. Este Protocolo y sus instrumentos complementarios y derivados prevalecern sobre cualquierConvenio, Acuerdo o Protocolo suscrito entre los Estados Miembros, bilateral o multilateralmente, sobrelas materias relacionadas con la integracin centroamericana. No obstante, quedan vigentes entre dichosEstados las disposiciones de aquellos Convenios, Acuerdos o Tratados, siempre que las mismas no seopongan al presente instrumento u obstaculicen el logro de sus propsitos y objetivos.

    Salvo lo dispuesto en el prrafo siguiente, las controversias sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el presente Protocolo y dems instrumentos a que se refiere el prrafoanterior, debern someterse a la Corte Centroamericana de Justicia.

    ENMIENDA AL PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DELA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERlCANOS(ODECA)

    2

    25

  • Las diferencias surgidas en el Subsistema de la Integracin Econmica como consecuencia de lasrelaciones comerciales intrarregionales, se sometern al mecanismo de solucin de controversias queestablezca el Consejo de Ministros de Integracin Econmica que contendr un mtodo de solucinalterno de controversias comerciales incluido el arbitraje, cuyas decisiones sern vinculantes para losEstados Miembros que intervengan en la respectiva diferencia. El incumplimiento de un laudo arbitraldar lugar a la suspensin de beneficios de efecto equivalente a los dejados de percibir, segn se decidaen el respectivo laudo.

    ARTCULO SEGUNDO: El presente Protocolo ser sometido a ratificacin en cada Estado contratante,de conformidad con su respectiva legislacin. Los instrumentos de ratificacin sern depositados en laSecretara General del Sistema de la Integracin Centroamericana (SG-SICA). El Protocolo entrar envigencia ocho das despus de la fecha en que se deposite el tercer Instrumento de ratificacin de losEstados Parte del Protocolo al Tratado General de Integracin Econmica Centroamericana -Protocolode Guatemala-.

    ARTCULO TERCERO: La duracin y denuncia de este instrumento quedan sujetas a la del Protocolode Tegucigalpa a la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA).

    ARTCULO CUARTO: El presente instrumento queda abierto a la adhesin de Belice y Panam.

    ARTCULO QUINTO: La Secretara General del Sistema de la Integracin Centroamericana (SG-SICA)enviar copias certificadas del presente Protocolo a las Cancilleras de cada Estado contratante y a laSecretara de Integracin Econmica Centroamericana. Asimismo les notificar inmediatamente deldepsito de cada uno de los instrumentos de ratificacin. Al entrar en vigencia el Protocolo, enviar copiacertificada del mismo a la Secretara General de la Organizacin de Naciones Unidas, para los fines deregistro sealados en el artculo 102 de la Carta de dicha Organizacin.

    En testimonio de lo cual, firmamos el presente Protocolo en la ciudad de Managua, Repblica deNicaragua, el veintisiete de febrero dos mil dos.

    MIGUEL NGEL RODRGUEZ FRANCISCO GUILLERMO FLORES PREZPresidente de la Repblica de Costa Rica Presidente de la Repblica de El Salvador

    ALFONSO PORTILLO CABRERA RICARDO MADURO JOESTPresidente de la Repblica de Guatemala Presidente de la Repblica de Honduras

    ENRIQUE BOLAOS GEYERPresidente de la Repblica de Nicaragua

    ACTA DE MANIFESTACIN DE APOYO Y CONSENSOEn el Balneario de Pochomil, San Rafael del Sur, Repblica de Nicaragua, a los doce das del mes demarzo de dos mil dos, en el marco de la Reunin Extraordinaria de Presidentes Centroamericanos, laPresidenta de Panam y el Ministro de Relaciones Exteriores de Belice, dejamos constancia de nuestroacuerdo con la Enmienda al artculo 35 del Protocolo de Tegucigalpa suscrita por los Presidentes deCosta Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua el 27 de febrero del ao en curso, abierta anuestra adhesin, en el entendimiento que no producir efecto alguno en las relaciones econmicas ycomerciales con los otros contratantes, en tanto nuestros Estados no sean Parte del Tratado Generalde Integracin Econmica Centroamericana y su Protocolo de 29 de octubre de 1993 (Protocolo deGuatemala).

    MIREYA MOSCOSO ASSAD SHOMANPresidente de la Repblica de Panam Ministro de Relaciones Exteriores de Belice

    26

  • El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Parte del Sistema de la IntegracinCentroamericana (SICA)

    VISTOS

    Los artculos 2, 4 literal g), 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 literales a) y e), 21, 24 literal f), 26 literales a), h), k)y 1), 34 y el artculo 2 de las disposiciones transitorias del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de laOrganizacin de Estados Centroamericanos (ODECA), en adelante Protocolo de Tegucigalpa; losnumerales 2, 6 y 9 de la Resolucin No. 2 de la XIII Reunin de Presidentes Centroamericanos, realizadaen la ciudad de Panam Repblica de Panam, el 11 de diciembre de 1992; y los numerales 3 y 4 dela Agenda de Guatemala adoptada en la XIV Reunin de Presidentes Centroamericanos, realizada en laciudad de Guatemala, Repblica de Guatemala, el 29 de octubre de 1993.

    CONSIDERANDO

    Que el Artculo 24 literal f) del Protocolo de Tegucigalpa faculta al Comit Ejecutivo a aprobar losReglamentos e Instrumentos que se elaboren por las Secretaras u otros rganos del SICA, en adelante"SICA" y que al no estar integrado este Comit, sus atribuciones son asumidas por el Consejo de Ministrosde Relaciones Exteriores, de conformidad con el artculo 2 transitorio del Protocolo de Tegucigalpa.

    Que la Reunin de Presidentes es el rgano Supremo del SICA y que el Consejo de Ministros deRelaciones Exteriores es el rgano Principal de Coordinacin del Sistema.

    Que corresponde al Consejo de Ministros dar el seguimiento que asegure la ejecucin eficiente de lasdecisiones emanadas de la Reunin de Presidentes.

    Que la seguridad jurdica y el orden que se expresa en el SICA requieren precisar la naturaleza de losactos normativos de sus rganos, para asegurar la debida preparacin, ejecucin y seguimiento de lasdecisiones adoptadas en el marco del Protocolo de Tegucigalpa y sus instrumentos complementarioso derivados.

    POR TANTODecide adoptar el siguienteREGLAMENTO SOBRE LOS ACTOS NORMATIVOS DEL SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)

    CAPTULO 1DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1. Reglas generales. El presente Reglamento desarrolla y regula los contenidos y alcances delos actos normativos de la Reunin de Presidentes y del Consejo de Ministros, en el marco del Sistemade la Integracin Centroamericana, de conformidad con lo establecido en el Protocolo de Tegucigalpae instrumentos complementarios o derivados al mismo.

    Artculo 2. Definiciones. Para efectos de este Reglamento las expresiones o siglas que se enumeran acontinuacin, tienen el siguiente significado:

    Protocolo de Tegucigalpa: Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organizacin de EstadosCentroamericanos (ODECA), instrumento de ms alta jerarqua jurdica en materia de integracincentroamericana.

    REGLAMENTO DE LOS ACTOS NORMATIVOS DEL SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA3

    27

  • Instrumentos complementarios o derivados: Todos los instrumentos jurdicos de la integracincentroamericana complementarios o derivados del Protocolo de Tegucigalpa, sean stos anterioreso posteriores al mismo.

    Acto Normativo: Acto voluntario que crea, regula, ordena, modifica o extingue relaciones de derecho.

    SICA: Sistema de la Integracin Centroamericana.

    Reunin de Presidentes: rgano supremo del Sistema de la Integracin Centroamericana a quese refieren los artculos 12, 13, 14 y 15 del Protocolo de Tegucigalpa.

    Consejo de Ministros: rgano del Sistema de la Integracin Centroamericana, a que se refiere elartculo 16 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos.

    Comit Ejecutivo: rgano permanente del Sistema de la Integracin Centroamericana que tienecomo principales atribuciones las establecidas en el artculo 24 del Protocolo de Tegucigalpa.

    SG-SICA: Secretara General del Sistema de la Integracin Centroamericana.

    Artculo 3. Interpretacin y Aplicacin. El presente Reglamento se interpretar y aplicar de conformidadcon los propsitos, objetivos, principios y enunciados bsicos del Protocolo de Tegucigalpa, y los demsinstrumentos complementarios o derivados anteriores y posteriores que apruebe la Reunin de Presidentesy, en su caso, el Consejo de Ministros por ramo.

    CAPTULO IIREUNION DE PRESIDENTES

    Artculo 4. Actos Normativos. Para el ejercicio de las funciones que le atribuye el artculo 15 del Protocolode Tegucigalpa, la Reunin de Presidentes emitir Declaraciones y adoptar Acuerdos, Decisiones yResoluciones.

    Artculo 5. Declaracin. Es el acto solemne mediante el cual la Reunin de Presidentes formula suvoluntad poltica sobre aspectos estratgicos que regirn la integracin centroamericana, fijando susorientaciones y lineamientos bsicos.

    Articulo 6. Acuerdo. Es el acto especfico e individual mediante el cual la Reunin de Presidentes instruye,faculta o designa a un rgano, organismo, autoridad o institucin del Sistema la realizacin de una misindeterminada, con carcter obligatorio para el destinatario.

    Artculo 7. Decisin. Es el acto debidamente razonado, de obligatorio cumplimiento en todos los Estadosque forman parte del SICA, mediante el cual la Reunin de Presidentes decide en materias de sucompetencia, definidas especialmente en el artculo 15 del Protocolo de Tegucigalpa.

    Articulo 8. Resoluciones. Son los actos obligatorios para los Estados mediante los cuales la Reuninde Presidentes resuelve asuntos relativos a la poltica e integracin regional.

    CAPTULO IIIDEL CONSEJO DE MINISTROS

    Artculo 9. Actos Normativos. Los actos normativos del Consejo de Ministros se expresan en Resoluciones,Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones.

    Artculo 10. Resoluciones. Las Resoluciones son los actos obligatorios para los Estados mediante loscuales el Consejo de Ministros resuelve asuntos internos de su respectivo ramo, tales como los relativosal funcionamiento de los rganos y el seguimiento de polticas institucionales de la integracin.

    Artculo 11. Reglamentos. Los Reglamentos tendrn carcter general, obligatoriedad en todos suselementos y sern directamente aplicables en todos los Estados que forman parte del SICA.

    Artculo 12. Acuerdos. Los Acuerdos tendrn carcter especfico o individual y sern obligatorios parasus destinatarios.

    28

  • Artculo 13. Recomendaciones. Las Recome