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INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN CÓDIGO Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. HOJA: 1 DE: 30 ÍNDICE INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 2 OBJETIVO ....................................................................................................................................... 3 ÁMBITO DE APLICACIÓN............................................................................................................... 3 MARCO JURÍDICO. ......................................................................................................................... 4 GLOSARIO DE TÉRMINOS ............................................................................................................. 5 POLÍTICAS....................................................................................................................................... 7 BASES ........................................................................................................................................... 20 LINEAMIENTOS............................................................................................................................. 20 TRANSITORIOS............................................................................................................................. 29

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ZUBIRÁNCÓDIGO

Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios.

HOJA: 1

DE: 30

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................. 2

OBJETIVO ....................................................................................................................................... 3

ÁMBITO DE APLICACIÓN............................................................................................................... 3

MARCO JURÍDICO. ......................................................................................................................... 4

GLOSARIO DE TÉRMINOS............................................................................................................. 5

POLÍTICAS....................................................................................................................................... 7

BASES ........................................................................................................................................... 20

LINEAMIENTOS............................................................................................................................. 20

TRANSITORIOS............................................................................................................................. 29

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

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Introducción

Dentro del proceso de actualización normativa que viven permanente las dependencias e instituciones de la Administración Pública Federal, y en cumplimiento de las reformas a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, en particular al artículo Primero último párrafo con actualización publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2009 y del artículo Segundo de su Reglamento, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de noviembre de 2006 el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán ha elaborado las Políticas, Bases y Lineamientos que ordenan los preceptos enunciados, con el objeto de contar con mayores y mejores elementos de juicio en los procesos de planeación, programación, ejecución, control y evaluación de los recursos destinados a la adquisición y arrendamiento de los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos del Instituto, así como los programas que permitan que estos recursos se traduzcan en acciones de calidad y calidez en la prestación de los servicios de atención de problemas de salud a la población y redefinan la orientación de los indicadores enfocados a resultados cuantificables en atención y mejora de la salud de la comunidad.

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

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Objetivo

Definir y Establecer a través de las presentes Políticas, Bases y Lineamientos los criterios y procedimientos normativos complementarios a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico y su reglamento que deberán observar los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador Zubirán” y los participantes en la celebración de actos y procedimientos relativos a la adquisición, contratación y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y en la prestación de servicios de cualquier naturaleza, con excepción de los servicios relacionados con la obra pública, a fin de prever aquellas situaciones no contempladas en la normatividad vigente, que pudieran ocasionar divergencias, vacíos, omisiones y errores en la interpretación y aplicación de la legislación en la materia y como consecuencia perdidas o desviaciones en los recursos financieros, materiales y humanos asignados al Instituto para el cumplimiento de los programas y objetivos que impactan directamente en la atención de los problemas de salud de la población.

Ámbito de Aplicación.

Las presentes Políticas, Bases y Lineamientos, son de observancia obligatoria para los servidores públicos en general del Instituto, y en particular para los que realicen funciones en las áreas de las Subdirecciones de Recursos Materiales, Financieros e Informática y con especial atención de las áreas de adquisiciones y servicios.

La observancia de las presentes, no exime a los Servidores Públicos del Instituto de la obligatoriedad de apegarse a otras Leyes, Reglamentos y en general a la normatividad vigente en la materia.

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Marco Jurídico.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.D.O.F. 5- II- 1917 y sus reformas

LEYES

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.D.O.F. 28-05-2009 y sus reformas.

Ley del Servicio de Tesorería de la Federación D.O.F. 31-XII-1985 y sus reformas.

Ley Federal de Instituciones de Fianzas D.O.F. 29-XII-1950 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos D.O.F. 13-III-2002 y sus reformas.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.D.O.F. 30-III-2006 y sus reformas.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.D.O.F. 06- VI- 2006 y sus reformas.

REGLAMENTOS.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 28-VII-2010 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.D.O.F. 28-VI-2006 y sus reformas.

Reglamento de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación D.O.F.15-III-1999 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.D.O.F. 11-VI-2003 y sus reformas.

OTRAS DISPOSICIONES.

Código Fiscal de la Federación D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas.

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda.

Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Normas Presupuestarias para el ejercicio del Gasto de la Administración Pública Federal.D.O.F. 31-XII-2004 y sus reformas.

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Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los Tratados de Libre Comercio.D.O.F. 28-II-03 y sus reformas.

Lineamientos para las adquisiciones de papel para uso de oficina por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.D.O.F. 02-X-09 y sus reformas.

Lineamientos Generales para la expedición de Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.D.O.F. 09-IX-2010 y sus reformas.

Glosario de Términos

Políticas.- Se entenderá por política, al conjunto de criterios y directrices que se establecen para el cumplimiento por parte de los servidores públicos y los participantes en cualquier acto de las actividades establecidas en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; que constituirán el instrumento normativo interno de más alta jerarquía en el Instituto y servirá como sustento para la emisión de bases y lineamientos derivadas de las mismas políticas.

Su aprobación y emisión estará a cargo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto; y su autorización por la junta de gobierno del Instituto.

Lineamientos.- Se entenderá por lineamientos al conjunto de acciones específicas que determinan la forma, lugar y modo para llevar a cabo una política en materia de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Instituto y su Reglamento, dentro del Instituto teniendo como marco de referencia la normatividad y políticas emitidas en la materia.

Área Convocante.La que de acuerdo a sus atribuciones es responsable de convocar a cualquiera de los procedimientos de adjudicación contemplados en la Ley y su Reglamento, así como de supervisar y verificar que en los términos contratados sean entregados los bienes y servicios al Instituto, y que la recepción en el área solicitante se realice con oportunidad y transparencia a efecto de solventar las necesidades de bienes y servicios previamente justificados, documentados y solicitados por el titular del área requirente del Instituto, para efectos de este documento el área convocante será la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, en tanto el Director de Administración ó el Comité no determinen otra área.

Área Técnica.- Es el área ó persona con los conocimientos técnicos, operativos y en su caso científicos; con capacidad técnica normativa para analizar y evaluar asuntos sobre las especificaciones, normas características y condiciones entre otros materia de su especialidad que se ponen a su consideración para emitir un dictamen, juicio u opinión profesional a fin de avalar ó rechazar la adquisición de un bien o servicio.

Área Usuaria o Requirente del Servicio.- La que de acuerdo a sus necesidades y funciones requiere de la adquisición y/o arrendamiento de bienes y servicios para el cumplimiento de sus programas a través del área facultada para convocar a cualquiera de los procedimientos de adjudicación contemplados en la Ley y su Reglamento en este caso la Responsable de Administrar el Contrato.

Adjudicación Directa.- Procedimiento de contratación previsto por los artículos 26 fracción III, 40, 41, 42 y 43 último párrafo de la Ley, así como el 54 del Reglamento que se realiza sin mediar procedimiento de licitación publica

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Convocatoria de Licitación.- Documento interno con procedimientos normativos que contiene los requisitos y especificaciones técnicas que reflejan de manera fiel las características proporcionadas por el área requirente del bien o servicio; y que deberán observarse de manera obligatoria en los procedimientos de contratación que establece la Ley y su Reglamento. Bienes.- Los bienes muebles en los términos que con esa naturaleza define el Código Civil Federal.

Comité o CAAS.- Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto de acuerdo al Artículo 22 de la Ley y del 14 al19 del Reglamento.

PAAS: Programa Anual de Adquisiciones y Servicios. Contrato/Pedido.- Documento suscrito por el que se formaliza un acuerdo de voluntades de tipo comercial que crea derechos y obligaciones entre el Instituto y el Proveedor y /o Prestador de Servicios en términos de la Ley y su Reglamento a fin de proporcionarle al Instituto los bienes y servicios necesario para el funcionamiento de sus áreas acorde a los programas y presupuestos autorizados por las áreas de nivel Dirección facultadas para tal fin.

Instituto.- El Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Salvador Zubirán”

Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Invitación a cuando menos tres Proveedores.- Procedimiento de contratación a que se refieren los artículos 26 fracción II, 40, 41, 42 y 43 de la Ley y 53 del Reglamento

Licitación Pública.- Procedimiento de contratación previsto por los artículos 26 fracción I 26 bis, del 28 al 39 de la Ley y del 22 al 48 del Reglamento.

Licitación Pública Internacional.- Procedimiento de contratación a que se refiere el artículo 28 fracción II de la Ley, así como el 23 del Reglamento.

Licitación Pública Nacional.- Procedimiento de contratación a que se refiere el artículo 26 fracción I y 28 fracciones I de la Ley, así como el 24 del Reglamento.

Licitante (s).- La persona física o moral que participa en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.

Proyecto de Convocatoria a la Licitación Pública.- Documento interno con requisitos y precisiones técnicas para instrumentar los procedimientos para la adquisición de bienes y servicios contemplados en la Ley y su Reglamento.

Proposiciones.- Documento que contiene las propuestas técnicas y económicas de los licitantes señaladas en la Ley y su Reglamento.

Proveedores (es).- Las personas físicas o morales que celebren contrato ó pedido de adquisiciones, arrendamientos yservicios con el Instituto, regulados por la Ley y su Reglamento.

Reglamento.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Servicios.- Conjunto de actividades realizadas por el Instituto para el su funcionamiento y el cumplimiento de sus metas y programas en términos de la Ley, su Reglamento y el presupuesto autorizado

TESOFE.- Tesorería de la Federación.

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

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POLÍTICAS.

Del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

Las sesiones del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios solo podrán ser dirigidas por el presidente del comité ó su suplente en los términos de su manual de integración y funcionamiento.

Será función y responsabilidad del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios dictaminar los proyectos de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios que le presenten, así como someterlas a la consideración del titular del Órgano Interno de Control.

Las situaciones no contempladas en elaboración de los POBALINES que a consideración de alguno de los miembros del Comité ameriten clasificarse en el rango de política, base ó lineamiento se registrarán como compromiso de revisión de los mismos, y será votada para su inclusión en la siguiente sesión del Comité.

El Comité acorde a las modificaciones, reformas administrativas y las necesidades propias de Instituto revisara y en su caso actualizara su Manual de Integración y Funcionamiento por lo menos una vez al año, o cuando así se requiera,siendo en el último trimestre el periodo obligado para su revisión, en ambos casos informara de estas acciones al Órgano Interno de Control.

Será atribución y obligación del Comité establecer en la primera sesión que se celebre, los aspectos de sustentabilidad ambiental.

En el texto de la Convocatoria quedará establecido que el proveedor encargado de abastecer al Instituto de mobiliario y papel deberá demostrar el uso de tecnologías que permitan la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero y la eficiencia energética, además en sus productos deberá estar especificada la información sobre los atributos en ola materia que ofrecen.

Lo anterior será evaluado por el Coordinador de Adquisiciones encargado del procedimiento, y cuando se requiera podrá solicitar el apoyo de personal experto en la materia.

El Titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales presentara, en la primera sesión del Comité, la Propuesta del Programa Anual de Adquisiciones con el previo conocimiento y acuerdo del Director de Administración del Instituto a fin de que sea analizado y evaluado, y se realicen y presenten las modificaciones que haga el Comité en la siguiente sesión a través del mismo titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. El Programa Anual Autorizado se presentará en la primera sesión del año siguiente.

El Comité solo podrá autorizar la creación de Subcomités de Evaluación, cuando existan causas que justifiquen que no cuenta con la capacidad técnica y operativa para atender los asuntos que se delegarán al Subcomité de nueva creación ó cuando con motivo del asunto que se trate, sea necesario tener criterios diferentes e independientes que den mayor equidad y transparencia a los procesos de adquisiciones de que se trate. Los integrantes de Subcomité no podrán ser los mismos que integran el Comité.

El Director de Administración propondrá al Comité al servidor público que presidirá los actos del Subcomité, el funcionamiento de este y los otros miembros serán propuestos y consensuados por los miembros del Comité de acuerdo a la justificación que haya dado lugar a su origen.

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

El Titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales coordinará y supervisará con la participación de los Departamentos de Adquisiciones, de Almacén y de Farmacia la integración de los requerimientos y necesidades de bienes, insumos y servicios del ejercicio fiscal siguiente, que le harán

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

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llegar, previa solicitud de información de las Áreas que integran al Instituto los requerimientos de bienes necesariospara su operación, para que a su vez soliciten e integren la información que sus áreas adscritas les envíen sobre los requerimientos de insumos y materiales; en los que deberán considerar dos apartados: uno de necesidades mínimas ynuevas necesidades de acuerdo a sus programas institucionales, con esta información el titular del Departamento de Adquisiciones elaborará el Proyecto del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que deberá ser presentado el 30 de agosto del año inmediato anterior al que vaya a aplicarse el programa ante el Comité de Adquisiciones, una vez autorizado el programa deberá ser presentado en la primera sesión ordinaria que celebre el comité el año en el que aplique el programa.

Para la programación y celebración de los procedimientos de adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios deberá realizarse un programa anual al que deberán apegarse las áreas usuarias.

Previo a la presentación del programa anual ante el Comité de Adquisiciones éste deberá enviarse al Director de Administración para su Autorización.

Consolidación para la Adquisición de Bienes Muebles, Arrendamientos y Servicios con otras Dependencias y Entidades.

El representante ante el Comité de consolidación y de apoyo técnico a este procedimiento de contratación será el Director de Administración del Instituto y será su facultad nombrar a su suplente el cual hará un informe pormenorizado de las circunstancias bajo las que se dieron los procedimientos de adjudicación y contratación.

Los responsables de llevar a cabo la Consolidación de Bienes serán el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y con el apoyo de los titulares de los almacenes: General, de Víveres y de Medicamentos; para el caso de equipo médico el titular del Departamento de Ingeniería Biomédica, para el equipo informático el Subdirector de Informática y para el material didáctico el titular de la Biblioteca.

El titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales coordinará y supervisará a través del Departamento de Adquisiciones, la integración del expediente y elaboración del contrato de la parte que le corresponda de la compra consolidada y que se refiera a la adquisición de los bienes solicitados por el Instituto en este procedimiento, así mismo verificara el cumplimiento de cada uno de los términos del contrato por parte del adjudicado así como del personal que intervenga en el proceso, informando por escrito en cada caso al Director de Administración.

En el caso de convenir los participantes en la compra consolidada por la celebración de un solo contrato, la aplicación de recursos presupuestales se efectuará de forma independiente por cada Entidad, lo que deberá ser informado por escrito a las áreas respectivas para su autorización.

Para el caso que el Instituto fuera el mayor contratante en monto, la Convocatoria será elaborada por la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, con el apoyo del Departamento de Adquisiciones y la participación el área Técnica para integrar y consolidar las adquisiciones, arrendamientos y servicios, la información y los requerimientos de las otras entidades, ajustándose a los criterios y especificaciones que proporcionen la mejor opción para todos los integrantes de la compra consolidada y para el Instituto, lo cual deberá ser documentado en los análisisy definición de criterios con el nivel de detalle que acredite la especificación de características solicitadas.

La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales será la responsable de difundir con el apoyo del Departamento de Adquisiciones, proyecto de Convocatoria a través de su pagina de Internet.

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Procedimientos Licitatorios.

Los actos de: Junta de Aclaraciones, deberá presidirlos el titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Jefe del Departamento de Adquisiciones, y por excepción un Coordinador del Departamento de Adquisiciones.

En caso de la inasistencia del área técnica o usuaria se cancelará el evento de la junta de aclaraciones y se establecerá una nueva hora y fecha para llevar a cabo el evento. Dicha situación se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control.

Los actos de Presentación, Apertura y Fallo, de las proposiciones técnicas y económicas deberá presidirlos el titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Jefe del Departamento de Adquisiciones, y por excepción un Coordinador del Departamento de Adquisiciones.

En todos los actos deberá invitarse por escrito a un representante del Órgano Interno de Control por lo menos con 24 horas de anticipación, para lo cual se anexará el calendario inherente al acto correspondiente.

Una vez iniciadas las sesiones de la presentación y apertura de proposiciones, a la hora en que se hayan programado, no se permitirá el ingreso de ningún participante.

Los criterios para evaluar las proposiciones a los que se refieren los artículos 36 de la Ley y 51 del reglamento deberán determinarse con anterioridad al procedimiento de contratación o en su caso en la junta de revisión de la convocatoria a la licitación pública formulados por escrito por parte del área técnica o usuaria que solicita los bienes, arrendamientos o servicios.

En caso de que el bien que se pretenda adquirir requiera muestra física, ésta será entregada al almacén que corresponda el cuál la hará llegar al subcomité de evaluación respectivo, quien devolverá la muestra al almacén una vez hecha la evaluación correspondiente.

El Servidor Público que presida los actos de presentación y apertura de proposiciones, solicitará a los licitantes sus manifestaciones con respecto al acto quedando constancia en actas.

El Departamento de Adquisiciones será el encargado de emitir el fallo.

Los titulares de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Departamento de Adquisiciones no darán trámite a la solicitud de adquisición, contratación de servicios y/o de arrendamientos o la requisición de compra cuando la documentación e información adjunta, no cumpla con los siguientes requisitos: presentar constancia de no existencia en el Inventario de los bienes requisitados así como la exigencia del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Internacionales o Normas de Referencia, en caso de que la información se encuentre incompleta, estos documentos serán devueltos al área usuaria responsable para su modificación.

Servidores Públicos Autorizados para Presidir los Actos de los Procedimientos de Contratación por Licitación Pública e Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

En caso de que el titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales no presida el evento de fallo, éste será presidido por el Jefe de Departamento Adscrito a la misma Subdirección, al que le corresponda de acuerdo a sus atribuciones y por excepción un Coordinador del Departamento de Adquisiciones.

En los actos correspondientes a Invitación a cuando menos tres personas además del servidor público que lo presida se deberá contar invariablemente con la presencia de un representante del Órgano Interno de Control.

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Servicios.

HOJA: 10

DE: 30

Servidores Públicos autorizados para suscribir Pedidos.

La elaboración de pedidos para la formalización de la adquisición de bienes y/o servicios estará a cargo del Departamento de Adquisiciones.

Las únicas firmas acreditadas para formalizar pedidos serán las siguientes:

El Director General ó el Director de Administración firmarán los pedidos con montos superiores a $100,000.00 (cien mil pesos).

El Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales; deberá firmar los pedidos con montos superiores a$20,000.00 (veinte mil pesos).

El Titular del Departamento de Adquisiciones, como responsable de la adquisición y supervisión firmara pedidos hasta de $20,000.00 (veinte mil pesos).

Para los casos de firma de los pedidos por un concepto diferente al de autorización, tales como de elaboración, revisión, visto bueno, suficiencia presupuestal podrán firmar los siguientes servidores públicos:

I.- El Subdirector de Recursos Materiales quién firmará la autorización de la adquisición por los montos señalados o el visto bueno del pedido cuando firme de autorización el Director de Administración.

II.- El Jefe del Departamento de Control Presupuestal quién firmará para la suficiencia presupuestal.

III.- El Jefe del Departamento de Adquisiciones firmará por la autorización del pedido en los montos señalados, ó de visto bueno cuando el Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales firme de autorización el pedido y en todos los casos su firma implicara también la supervisión y validación del procedimiento de adjudicación, de la integración de requisitos y la documentación soporte solicitados en la Convocatoria y las juntas de aclaraciones que avala el cumplimiento de la normatividad para la formalización del pedido.

IV.- Jefe del Departamento de Servicios Generales firmara solamente por la revisión del contrato de servicios.

V.- El Coordinador adscrito al Departamento de Adquisiciones que haya sido designado, firmará por la elaboración del pedido, por la integración de la documentación que cumple con los requisitos solicitados en la Convocatoria, las juntas de aclaraciones y la normatividad que avala la realización del procedimiento de adjudicación que se haya determinado y la formalización del pedido.

Servidores Públicos autorizados para suscribir Contratos.

La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través de la Coordinación de Contratos remitirá a la Sección de Cuentas por Pagar, a las áreas usuarias del servicio y al proveedor una copia de los contratos elaborados y formalizados.

Los servidores públicos que intervienen en el proceso de formalización de los contratos son:

El Representante Legal y/o el Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica revisan y validan el contenido del Contrato.

Rubricados por el Subdirector de Recursos Financieros de suficiencia presupuestal. Firmados por la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y el Área Requeriente

como evidencia de Supervisión y Conformidad.

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HOJA: 11

DE: 30

Firmado por el Director General representando la parte de responsabilidad contractual del Instituto

Firmará también de conformidad el Representante Legal de la empresa que prestará sus servicios al Instituto.

Los contratos deben ser redactados en idioma Español.

Responsabilidad de las Áreas Usuarias en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

El área usuaria o requirente de las adquisiciones y los servicios será la responsable de elaborar y firmar el anexo técnico de la convocatoria a la licitación pública e invitación a cuando menos tres personas de acuerdo a sus necesidades, incluyendo la descripción completa y alcances de los servicios.

La evaluación técnica hecha por el área usuaria deberá ser entregada al Titular del Departamento de Adquisiciones cuando menos cinco días hábiles previos al fallo cuando se trate de licitación y en caso de invitación a cuando menos tres personas el plazo para la entrega será de tres días hábiles previos al fallo. En caso de ser necesario se presentará la información ante el subcomité de evaluación de convocatorias que deberá emitir sus consideraciones al respecto de las especificaciones técnicas que deberán ser evaluadas.

Una vez formalizado el contrato ó pedido el área usuaria será responsable de administrar y supervisar que se cumpla en tiempo y forma cada uno de los términos convenidos en la Convocatoria, el Contrato ó el Pedido adjudicado, y en caso de incumplimiento, dará aviso dentro de los tiempos que permitan la oportuna aplicación de sanciones a la SRMYSG a través de un comunicado escrito al Departamento de Adquisiciones y este a su vez remita el expediente correspondiente al Departamento de Asesoría jurídica, para que aplique las medidas pactadas en el caso de incumplimientos.

Para efectos de la aplicación de Penas Convencionales y/o Deductivas, el área usuaria será la única responsable de calcular y notificar al Departamento de Asesoría Jurídica cuando se presente algún incumplimiento por parte de los proveedores a las condiciones establecidas en el contrato esto en un plazo de cinco días posteriores al incumplimiento.

En caso de que se presente una inconformidad con motivo de la evaluación técnica realizada por el área usuaria o requirente de los bienes y/o servicios será esta última la responsable de elaborar el informe circunstanciado en su parte técnica, con la finalidad de dar respuesta a todos y cada uno de los argumentos que exponga el inconforme.

En el caso de la convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas, las áreas usuarias deberán establecer en el anexo técnico, las normas aplicables conforme a la Ley sobre Metrología y Normalización, o a falta de estas las normas internacionales; para el caso del escrito de acreditamiento y sus criterios deberá incluir la justificación basada en las normas correspondientes.

Si se realiza la adquisición por medio del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas el área usuaria será la responsable de proporcionar los Nombres y datos de cuando menos cinco personas (empresas o personas físicas) que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios objeto del contrato a celebrarse.

Los datos de las personas a invitar deberán contener cuando menos:

1. Nombre completo de la empresa o persona física.2. Dirección actual (Calle y Número, Colonia, Código Postal, teléfono(s), correo electrónico).3. Nombre del representante legal.

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HOJA: 12

DE: 30

En los procedimientos de Licitación e Invitación a cuando menos tres personas cuando se adquieran bienes y servicios relacionados con los Almacenes de Medicamentos, Alimentos o Almacén General, el Departamento de Adquisiciones se encargará de realizar la Investigación de Mercado que se debe anexar a la solicitud de compra, en caso de que la solicitud sea de un área distinta, será ésta quien se encargue de dicho procedimiento.

En caso de Adjudicación Directa el Área Usuaria deberá enviar la justificación mediante la cual acredite las razones en las que se sustenta el ejercicio de la opción de adquisición elegida, la cual deberá estar firmada por el titular de área solicitante y presentar además la cotización del proveedor propuesto, mismo que servirá como precio de referencia para la adjudicación, los Coordinadores de Adquisiciones deberán revisar y rubricar el formato de justificación.

En caso de elegir la opción de adjudicación directa por monto correspondiente al artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, el Área Usuaria, deberá proporcionar a los Coordinadores de Adquisicioneslos datos de los proveedores que pueden presentar las tres ofertas necesarias así como la justificación que sustente la elección de la opción, la cual deberá estar debidamente fundado y motivado; una vez obtenida ésta información el Coordinador encargado del procedimiento elegirá al proveedor al que le serán adjudicados los bienes; verificando la capacidad técnica y funciones del proveedor elegido así como asegurando las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos y protección al medio ambiente.

Anticipos

Por regla general de acuerdo con el artículo 13 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público no se otorgarán anticipos y sólo en los casos en que se requiera la adquisición de bienes de fabricación especial que no se encuentren en oferta en el mercado y servicios que por su naturaleza existiera la necesidad de realizar su contratación en condiciones especiales.

Exceptuando los casos señalados por la Ley, todo Proveedor al que se le haya otorgado un anticipo deberá garantizarlo mediante póliza de fianza otorgada por compañía autorizada en los términos de La Ley Federal de Instituciones de Fianzas, cheque certificado o cheque de caja a nombre del Instituto.

Los anticipos podrán concederse bajo autorización del Director de Administración, atendiendo al calendario aprobado para el ejercicio de la partida presupuestal, condicionado a que el porcentaje otorgado como anticipo no sea mayor al 50% del monto total del contrato y deberá considerarse el valor total del contrato sin IVA y del ejercicio fiscal en curso.

De igual manera será el Director de Administración quien autorice el pago de seguros cuando no pueda cubrirse el pago de los servicios después de su realización.

Garantías de Cumplimiento

Exceptuando los casos señalados por la Ley, todo Proveedor al que se le haya adjudicado un Contrato/Pedido deberá garantizar el cumplimiento de los mismos mediante póliza de fianza otorgada por compañía autorizada en los términos de La Ley Federal de Instituciones de Fianzas, cheque certificado o cheque de caja a nombre del Instituto.

De otorgarse anticipos para la adquisición de Bienes o Servicios, el mismo deberá estar garantizado a través de una póliza de fianza que cubra el 100% del anticipo y se amortizará proporcionalmente en cada uno de los pagos que se realicen al Proveedor, de tal manera que concluida la entrega de los Bienes o la prestación del Servicio, el área solicitante de los mismos, previo a solicitar la liberación de la garantía deberá cerciorarse si el anticipo otorgado quedó amortizado al 100%. Lo anterior aplicará también para el caso de celebrar contratos abiertos.

Para un monto de adjudicación menor a $50,000.00 pesos antes de I.V.A. los proveedores adjudicados mediante licitación pública deberán entregar un cheque certificado o de caja a nombre del Instituto por el 10% del monto total

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HOJA: 13

DE: 30

adjudicado y para el caso de adjudicaciones directas podrán entregar un cheque cruzado a nombre del Instituto por el 10% del monto adjudicado.

Excepciones de Garantía.

Sólo el Director General del Instituto, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al proveedor con quién se suscriba el contrato, de presentar la garantía de cumplimiento del contrato respectivo en los casos señalados en los artículos 41 fracción IV, XI, XIV y 42 de la Ley.

Tratándose de contratos de Seguros deberá observarse lo establecido en los Artículos 14 y 62 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros en el sentido de que no es obligatorio presentar fianza.

Liberación de las Garantías.

Para el procedimiento de liberación de garantías deberá establecerse un supervisor que vigile el cumplimiento del contrato, que deberá ser titular de los almacenes de Víveres, Farmacia o General según el bien del que se trate en conjunto con el Área Usuaria.

En la Fianza de Cumplimiento se establecerá que ésta tiene vigencia hasta que el Instituto otorgue por escrito su liberación, el procedimiento para liberación de garantías será el siguiente:

El Proveedor deberá solicitar por escrito al supervisor del contrato la liberación de la garantía presentada para avalar el monto del contrato y/o pedido adjudicado previamente.

El Supervisor del Contrato, en conjunto con el almacén correspondiente emitirá el documento donde haga constar que los bienes y servicios fueron recibidos a su entera satisfacción, el que será enviado a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales para que previa supervisión proceda a la liberación de la garantía.

En caso de servicios éste documento será emitido solamente por el área requirente.

El Titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales autorizará por escrito la liberación de la póliza de garantía.

En los contratos pedidos y convocatorias de licitación se establecerá el o los Servidores Públicos adscritos a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y al área usuaria responsable de supervisar y vigilar el cumplimiento detallado de cada instrumento jurídico con el que se haya formalizado la adjudicación, así mismo se establecerán los términos y formas en que se efectuaran las verificaciones de las especificaciones y el conocimiento del proveedor de que la recepción de los bienes es diferente a su aceptación, término que acreditará la validez de larecepción, y hasta entonces la entrega no se considerara como aceptada.

Los titulares de las Áreas Usuarias según sea el ámbito de competencia y según las funciones que tengan como supervisores y administradores de los contratos verificaran el cumplimiento, de los términos del contrato, pedido y convocatoria de licitación por parte del proveedor, así como de las situaciones que en su caso haya que considerar para la aplicación de los criterios de liberación de garantías, informándolo por escrito al titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, manifestando que no existe en su área de responsabilidad u obligación alguna pendiente de cumplir por parte del proveedor.

En el caso de pedidos se realiza la liberación de la fianza de garantía después de un año de que se firmó el pedido previa solicitud de liberación por parte del proveedor al titular del Departamento de Asesoría Jurídica.

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HOJA: 14

DE: 30

De los Contratos y sus Modificaciones

Las modificaciones a los contratos serán autorizadas exclusivamente por el Director General.

El titular del Departamento de Adquisiciones solicitará al proveedor la modificación de la garantía de cumplimiento equivalente a la modificación que se haya efectuado en el contrato ó pedido.

Tratándose de contratos en los que se incluyan dos o más partidas, cada una de ellas no podrá rebasar el porcentaje de aumento, estipulado en la ley, con relación a la cantidad de bienes a entregar pactados en un inicio.

Cualquier modificación a los contratos deberá formalizarse por escrito, los instrumentos legales respectivos serán elaborados por el Coordinador de Contratos.

Entre las causas principales de modificación de contratos están las siguientes:

Alta o baja de equipos Cambio de Razón Social de los proveedores.

Las causas anteriores son enunciativas más no limitativas, ya que pudieran observarse causas distintas a las mencionadas.

Requisitos que deben cumplir los Bienes Muebles y/o Servicios

Las áreas usuarias definirán de acuerdo a sus necesidades las características y especificaciones técnicas de los bienes y servicios que soliciten, mismas que serán indicadas en la Convocatoria de Licitación o Invitación a cuando menos tres proveedores, y en las solicitudes de cotización para el caso de las Adjudicaciones Directas, siendo también responsabilidad de dichas áreas, verificar el cumplimiento de estas condiciones en cada etapa del procedimiento y en particular cuando sean recibidos en el Instituto.

Tratándose de bienes recibidos por los almacenes serán estos quienes se encarguen de verificar el cumplimiento de las especificaciones.

El área usuaria o requirente deberá efectuar una investigación de mercado previa misma que deberá ser integrada al anexo técnico en el caso de licitación pública o en el formato de justificación en el caso de invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa. Los costos incluidos en el estudio de mercado servirán de referencia para el Departamento de Adquisiciones.

Tratándose de madera, muebles y suministros de oficina de esta material el Instituto requerirá a los proveedores certificados expedidos por terceros registrados ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene el material adquirido, lo que deberá quedar asentado en la Convocatoria.

Cuando por alguna consideración especial se requiera utilizar materiales distintos a los suministrados comúnmente, es decir con características especiales que solo se obtengan con un proveedor en específico el área solicitante deberá enviar el documento firmado a la Dirección de Administración donde exponga los argumentos y justificaciones que acrediten la real necesidad de adquirir el bien solicitado.

Es responsabilidad del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios establecer los aspectos de sustentabilidad ambiental, en la toma de decisiones de adquisiciones, arrendamientos y servicios, al respecto, se deberán aplicar los criterios de uso eficiente y racional del agua y energía; prevención de la contaminación de agua, suelo y atmósfera, así como los programas gubernamentales que contengan estrategias y objetivos relacionados con el tema de

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HOJA: 15

DE: 30

sustentabilidad ambiental tomando en cuenta los lineamientos que al respecto emita la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tratándose de procesos de licitación, será motivo de rechazo de la oferta correspondiente si la muestra o equivalente no cumple íntegramente con las normas solicitadas en la convocatoria de licitación. En el caso de entregas parciales de bienes y servicios adjudicados con anterioridad, si estos no cumplen con las normas requeridas, será motivo de rescisión del contrato o pedido.

Penas Convencionales y Deducciones por Adquisición de Bienes.

Las Penas Convencionales y Deducciones por Adquisición de Bienes serán calculadas por el Área Usuaria quien remitirá por oficio al Departamento de Asesoría Jurídica la solicitud de aplicación de las mismas y su notificación al proveedor.

El tiempo para la aplicación de la pena convencional, se contará a partir de que haya vencido el plazo de la prestación del servicio o la entrega del bien y hasta que el proveedor lo proporcione o el Instituto mediante el área de Asesoría Jurídica comuniquen la rescisión del contrato.

El Instituto informará, a través del Departamento de Asesoría Jurídica, por escrito al proveedor el cálculo de la pena correspondiente, indicando el número de días de atraso, así como la base que se utilizó para su cálculo y el monto de la pena a que se hizo acreedor, teniendo éste de plazo cinco días a partir de la fecha de la notificación para mostrar su conformidad o rechazo, demostrando esto último con documentos que acrediten su improcedencia; en caso contrario, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la aceptación, deberá realizar el pago correspondiente en la tesorería del Instituto turnando una copia del recibo de pago al Departamento de Asesoría Jurídica para su acreditación.

En la convocatoria de licitación se detallaran las causas y montos de las penas convencionales a aplicar en el caso de atraso en la entrega de bienes y servicios.

Las entregas posteriores a lo pactado serán objeto de penas convencionales a cargo del proveedor a razón del 3% por día calendario de atraso respecto a los bienes no entregados o servicios no prestados, hasta por un importe máximo equivalente al de la garantía de cumplimiento o, de no existir ésta, al 10% del valor del contrato.

En caso de que un proveedor tenga sanciones por penas convencionales por atrasos en la entregas y al mismo tiempo tuviera pagos pendientes de cobrar, el Instituto descontará de esos pagos en una cantidad proporcional al monto del adeudo de dichas penas.

El área usuaria o requirente en el momento que detecten incumplimientos de las obligaciones pactadas, sin mediar modificación autorizada al plazo de entrega, notificara al Departamento de Adquisiciones, quién dará seguimiento, solicitando en su caso al proveedor la entrega del bien o servicio, y en su defecto dará aviso al área de Asesoría Jurídica para dar inicio a los trámites de penalización y en su caso, llevar a cabo la rescisión del contrato o pedido.

El Área de Asesoría Jurídica efectuará los trámites de descuento del importe de la factura que presente el proveedor en la cantidad que corresponda a los bienes que no se entregaron o que hayan resultado deficientes en su entrega. Si éstos rebasan el 10 % de las cantidades programadas, se cancelara el total del pedido y/o contrato. El contrato será rescindido si esto no afecta el abasto del producto y la operación del Instituto.

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HOJA: 16

DE: 30

Penas convencionales y deducciones porPrestación de Servicios.

Penas Convencionales.

Si el Proveedor no presta los servicios en las condiciones establecidas en el contrato, pagará al Instituto el 5% (cinco por ciento) por día de atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de prestación del servicio, las que no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, y serán determinadas en función de los servicios no entregados o prestados oportunamente.

Las penas convencionales se calcularán antes del I.V.A. por el área usuaria o requirente del servicio según la siguiente fórmula, y a la resultante se le aplicará el I.V.A. correspondiente.

MPC= (MTA / NDV) (PSI x NDA)

En donde:

MPC= monto de penas convencionalesMTA= monto total del anual por servicio (sin I.V.A.)NDV= número de días de vigenciaPSI=porcentaje de sanción de incumplimiento NDA= número de días de atraso (el área usuaria o requirente del servicio será quien reporte los días naturales de atraso).

Ejemplo hipotético:

MPC= ($50,000.00 / 365) (.05 x 5) (136.99) (.25)MPC= $34.25

El plazo computable para la aplicación de la pena convencional, será a partir de que haya vencido el plazo de prestación del servicio y/o entrega original y hasta que el Proveedor realice los servicios y/o entregas, o el Departamento de Asesoría Jurídica comunique la rescisión del contrato.

Para efectuar este pago, el Proveedor contará con un plazo que no excederá de tres días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación o para que demuestre con documentos probatorios que la sanción impuesta es improcedente, terminado el plazo se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer, en caso de procedencia de la sanción el pago se realizará en los términos señalados en el párrafo anterior.

En el supuesto de que el cálculo de la penalización contenga centavos, el monto se ajustará a pesos, de tal modo que las que contengan cantidades que incluyan cantidades inferiores a 50 centavos, el importe de la penalización se ajustará a pesos a la unidad inmediata anterior y las que contengan cantidades mayores a centavos, el importe de la penalización se ajustarán a pesos a la unidad inmediata superior.

El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

Además de la procedencia de la pérdida de las garantías en favor del Instituto podrán ser aplicables las distintas sanciones que establecen las disposiciones legales vigentes en la materia.

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HOJA: 17

DE: 30

Aquellas obligaciones que no tengan establecido en el contrato que se adjudique plazo determinado de cumplimiento, no serán objeto de penalización alguna, pero su incumplimiento parcial o deficiente dará lugar a que El Institutodeduzca su costo del importe correspondiente.

Para efectos de notificación en caso de la aplicación de penas convencionales o deducciones será responsabilidad del Proveedor informar al Departamento de Asesoría Jurídica de cualquier modificación relativa a los datos de identificación del proveedor, ya que servirán para notificar vía telefónica (emitiendo número de reporte), fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita obtener un acuse de recibo, los cuales individualmente tendrán validez probatorio de dicha notificación.

Deducciones.

Las deducciones que se estipulen por el cumplimiento parcial o prestación deficiente de los servicios establecidos en los respectivos contratos, en forma general, el Proveedor pagará al Instituto el 2.5% (dos punto cinco por ciento), las deducciones se calcularán antes del I.V.A. por el área usuaria o requirente del servicio y a la resultante se le aplicará el I.V.A. correspondiente, esto se calculará mediante la siguiente fórmula:

MAD= (MTA / NDV) (PSI x NDA)

En donde:

MAD= monto de aplicación de deduccionesMTA= monto total anual por servicio (sin I.V.A.)NDV= número de días de vigenciaPSI=porcentaje de sanción de incumplimiento NDA= número de días de atraso (el área usuaria o requirente del servicio será quien reporte los días naturales de atraso)Ejemplo hipotético:

MAD= ($50,000.00 / 365) (.025 x 5) (136.99) (.125)MAD= $17.12

Se aplicarán las deducciones en el mes de ocurrencia y el plazo computable para su aplicación, será a partir del día en que se prestó el servicio y/o entrega en forma parcial o deficiente y hasta que el proveedor realice los servicios y/o entregas en forma total o satisfactoria a juicio del Instituto, o este comunique la rescisión del contrato, la deducción no podrá ser mayor al monto de la fianza de cumplimiento.

El área usuaria o requirente de los servicios notificará al Departamento de Asesoría Jurídica del cumplimiento parcial o prestación deficiente en la prestación de los servicios, para su deducción en las facturas correspondientes.

Una vez calculada la deducción por parte del área usuaria o requirente del servicio, la remitirá al Titular del Departamento de Asesoría Jurídica, y este notificará al Proveedor de la deducción impuesta indicando la base para su cálculo y la cantidad a descontar y le dará cinco días hábiles para que pague o para que demuestre con documentos probatorios que dicha deducción es improcedente, terminado el plazo se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer, en caso de procedencia de la sanción el Titular del Departamento de Asesoría Jurídica enviará un oficio a la Sección de Cuentas por Pagar para que se haga la deducción de pagos pendientes que el Instituto tenga con el proveedor de que se trate.

De la entrega-recepción de los Bienes.

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HOJA: 18

DE: 30

Los bienes adquiridos serán entregados en el Almacén que especifique la Convocatoria de Licitación, de acuerdo al área y tipo de bien solicitado, y con la verificación de un representante del Área Responsable de la Adquisición del bien, el Almacén que recibió los bienes, deberá revisar que las características y especificaciones sean las mismas y coincidan con las contenidas en la factura que ampara la compra, así como al pedido y/o contrato, especificaciones y requerimientos establecidos en la Convocaría de Licitación.

A los insumos médicos adquiridos, se les realizará la inspección física por atributos durante la entrega-recepción en los Almacenes correspondientes, conforme a los criterios y normas establecidos por las áreas usuarias solicitantes así como a lo señalado en el Contrato/Pedido.

Sólo si se tratase de equipo o bienes que por su naturaleza requieren de un manejo y tratamiento especial, serán entregados en el área requirente con la participación del personal del almacén para efectos de registro y en las condiciones que el área solicitante determine en la convocatoria de licitación, debiendo formularse un acta de entrega-recepción donde el área requirente manifieste que los bienes y servicios cumplieron con todas y cada una de las especificaciones solicitadas en los documentos legales con que se formalizo el compromiso, entendiéndose que este documento representa el aval para la liberación de garantías; el acta deberá estar firmada por un servidor público adscrito al área requirente con un nivel mínimo de Subdirector.

Pago a Proveedores

Las facturas que se presenten para pago al área de Tesorería deberán contener todas las firmas y sellos de recepción del titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, el titular del almacén correspondiente, el titular del área usuaria o requirente y cualquier otra que intervenga en el procedimiento, las que serán cotejadas por quien las reciba en Tesorería contra el catalogo de firmas y sellos que previamente se haya recabado de los servidores públicos facultados para autorización a efecto de garantizar la autenticidad de las firmas de los responsables de cada área, estas facturas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 29- A del Código Fiscal de la Federación.

Los pagos únicamente procederán por Bienes efectivamente entregados y servicios totalmente recibidos, con excepción de los casos en los que se haya pactado el otorgamiento de anticipos.

Solamente si derivado de licitaciones internacionales, o de compras directas de esta misma naturaleza, el pago se hubiera pactado fuera del territorio nacional, dicho pago se hará en la misma moneda determinada en la convocatoriade licitación o contrato respectivos, en caso de que el pago se realice en territorio nacional deberá hacerse en moneda nacional y al tipo de cambio vigente en la fecha en que se haga dicho pago.

En caso de realizarse el pago en el extranjero, se llevará a cabo mediante carta de crédito irrevocable o a través de transferencia bancaria; en el entendido de que el Contrato/Pedido se realizó con una empresa extranjera.

En licitaciones públicas nacionales correspondientes a la adquisición de boletos de avión y aseguramiento de bienes patrimoniales, en que el Instituto haya determinado solicitar a los Proveedores presentar sus propuestas en moneda diversa a la nacional, y si el pago correspondiente se efectuara en territorio nacional, éste se realizará en moneda nacional al tipo de cambio vigente en la fecha establecida al efecto.

Por regla general los pagos de adquisiciones de bienes y servicios derivados de la suscripción de pedidos o contratos, serán a través de transferencia electrónica de fondos a la cuenta bancaria del beneficiario, por medio del Sistema Integral de Administración Financiera Federal que opera la Tesorería de la Federación, y se harán dentro de los 20 hábiles posteriores a la recepción de la factura o bien, con el consentimiento del proveedor, se realizará a través del programa de cadenas productivas.

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HOJA: 19

DE: 30

En la Convocatoria de Licitación y en los contratos se solicitará a los proveedores que proporcionen la clave bancaria estandarizada (CLABE) y su Registro Federal de Contribuyentes, dicho trámite deberá realizarlo el proveedor directamente en la Sección de Cuentas por Pagar.

El Instituto efectuará el pago de facturas, reservándose el tipo de medio de acuerdo a lo establecido por el Banco de México, con el propósito de pagar de forma oportuna de conformidad con las fechas compromiso estipuladas.

El titular de la Subdirección de Recursos Financieros deberá asegurarse que en el soporte documental para realizar la validación y tramite de pago se encuentren todas las constancias a que se refiere este documento referente a que se trate de bienes ó servicios efectivamente devengados, que se hubieran presentado las garantías para anticipos ó para cumplimiento de acuerdo a las condiciones establecidas en los contratos, pedidos o convocatoria de licitación.

Será requisito indispensable para realizar cualquier pago que la factura y otros documentos que amparen el pago cuenten con la firma autógrafa del titular del área del bien ó servicio contratado la cual será también la total aceptación y conformidad de recepción del bien ó servicio por parte del titular del área ó en su caso de quien delegara por escrito esta atribución.

En caso de que el proveedor presente su factura con errores o deficiencias esta será devuelta al proveedor para su corrección, el plazo de pago iniciara con la presentación de la factura correcta.

Los pagos de contratos de servicios se efectuarán en Moneda Nacional o Extranjera según sea el caso en mensualidades vencidas el décimo día hábil del mes siguiente al que se devengo el servicio presentando en el área de Cuentas por Pagar del Instituto, la siguiente documentación:

a) Factura original y copia sellada y firmada por el departamento correspondiente.

El proveedor ganador deberá facturar conforme a la información contenida en el contrato, especificando número de contrato, número de licitación e indicar el mes que corresponda a la facturación en turno.

b) Copia del reporte de servicio, con firma y sello del área usuaria del servicio.

c) Copia de la carátula del contrato.

La documentación será presentada dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente a la realización del servicio.

Adquisición de Bienes y/o Servicios Informáticos y de Telecomunicación.

El trámite de la adquisición de bienes y servicios de telecomunicaciones, se hará con la presentación de especificaciones técnicas por parte del titular de la Subdirección de Informática y el procedimiento de adjudicación por parte de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del titular del Departamento de Adquisiciones.

Para la Adquisición de este tipo de bienes y/o servicios deberá establecerse en la propuesta hecha por el proveedor losestándares de Medición, Monitoreo, Pago y Vigencia del Servicio así como la descripción y el alcance del mismo.

Equipamiento Médico y Equipo de Telemedicina.

Toda Adquisición en materia de equipamiento médico y equipo de telemedicina, se llevará a cabo con la participación técnica del titular Departamento de Ingeniería Biomédica quién se encarga de establecer los equipos médicos de alta especialidad que requieran de opinión previa o certificado de necesidades anticipada a su adquisición, a fin de que en los proyectos que impliquen tecnología en salud, se determinen las especificaciones y características técnicas de

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Servicios.

HOJA: 20

DE: 30

seguridad, calidad y funcionalidad genérica, de tal manera que permita realizar el procedimiento de contratación respectivo, basado en las recomendaciones y dictamen que al efecto haya emitido el titular de este Departamento. El escrito deberá acompañarse con la demás documentación requerida en la solicitud de los Bienes.

BASES

Planeación.

La planeación de adquisiciones, arrendamiento de bienes y contratación de servicios deberá ajustarse a los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo vigente así como a los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que correspondan, así como a las previsiones contenidas en el Programa Anual de Adquisiciones y deberán tomarse en cuenta los recursos asignados para este fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación así como las existencias en Inventarios.

Programación.

El Titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales será el responsable de la integración y elaboración del El Programa Anual de Adquisiciones del Instituto que realizara con la colaboración del Departamento de Adquisiciones considerando ,el Inventario de Bienes de Consumo, Bienes de Activo Fijo, el análisis de los requerimientos de las de la áreas del Instituto, el Presupuesto de Egresos de la Federación, los consumos promedio en almacenes, los máximos y mínimos y los que le permitan integrar elementos veraces para la realización del programa, los que deberán ajustarse a los objetivos y programas del Plan Nacional de Desarrollo; determinando para tal efecto sus metas a corto, mediano y largo plazo, así como la calendarización físico- financiera, y los plazos de suministros.

El Programa Anual de Adquisiciones se integrará mediante la información proporcionada por las Áreas Médicas, de Investigación, de Enseñanza, de Planeación y Administración considerando los programas de apoyo e inversiones para el suministro necesario de las herramientas de trabajo requeridas para el desempeño de las actividades propias del Instituto cumpliendo con las necesidades de bienes de consumo, mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles.

Presupuestación.

Una vez que el presupuesto sea aprobado por la DGPOP el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales en su carácter de Secretario General del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios dará a conocer en sesión ordinaria el presupuesto aprobado para someterlo a su consideración.

El titular de la Subdirección de Recursos Financieros informará trimestralmente al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios las modificaciones que se hayan efectuado al presupuesto atendiendo a lo solicitado en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, para que éste proponga recomendaciones y ajustes al Programa Anual de Necesidades respecto del Presupuesto autorizado.

LINEAMIENTOS.

De la Contratación de Servicios, Adquisición o arrendamiento de bienes.

Cuando se requiera la Contratación de un servicio el titular del Área Usuaria, que deberá tener un nivel jerárquico mínimo de Jefe de Departamento, deberá solicitar la realización de este procedimiento.

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios.

HOJA: 21

DE: 30

Para la adquisición de bienes muebles usados o reconstruidos, el titular del Área Usuaria llevará a cabo el Estudio de Costo- Beneficio en el que se explique la conveniencia de adquirir este tipo de bienes. Quien firme el citado documento deberá tener un nivel jerárquico mínimo de Jefe de Departamento.

Cuando el Área Usuaria considere necesario el arrendamiento con opción a compra de algún bien será indispensable manifestarlo en la convocatoria; para el caso de procedimientos de licitación y en el formato de justificación en los casos de excepción de Licitación para que se lleve a cabo el Estudio de Factibilidad de la celebración de este tipo de contrato por parte del Comité de Adquisiciones, para lo anterior deberá tomarse en cuenta lo siguiente:

Se deberá realizar un análisis minucioso de la propuesta presentada por el proveedor, y considerar dentro de los costos inherentes del contrato el desgaste y reparaciones del bien o en todo caso reposición del mismo.

De la Licitación Pública.

Proyecto de Convocatoria.

Las Áreas del Instituto que requieran realizar adquisiciones ó contratar servicios a través de cualquiera de los procedimientos de adjudicación indicados en la Ley el siguiente ejercicio fiscal al que se encuentre en desarrollo; deberán enviar al titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales durante el primer semestre del año en curso su solicitud de necesidades, indicando en los calendarios las fechas máximas de recepción para no obstaculizar la prestación de servicios, los estudios de mercado previos, los montos aproximados sin impuesto al valor agregado derivado del mercadeo, aquellos que requieran contratos plurianuales; asimismo el área técnica ó requirente elaborará el anexo técnico y lo entregará en el Departamento de Adquisiciones, firmado por el titular del área que deberá tener un nivel jerárquico de Jefe de Departamento, con 25 días de anticipación a la publicación de la convocatoria, los documentos serán turnados a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales para su revisión y análisis, derivado de esto la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del titular del Departamento de Adquisiciones enviará informe a la Dirección de Administración para que con su autorización sea publicada la convocatoria.

El titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales podrá a su juicio invitar a integrantes de cámaras, asociaciones ó cualquier otro tipo de agrupación así como a profesionistas independientes especializados en el tema para solicitar su intervención en el análisis, revisión y opinión del Proyecto de Convocatoria para la Licitación Pública.

El Proyecto de Convocatoria deberá contener lo siguiente:

El anexo técnico firmado por el titular del área usuaria el cual debe contener la descripción detallada de los bienes, arrendamientos y/o servicios a contratar, debiendo contar como mínimo con:

a) La descripción pormenorizada del bien a adquirir, incluyendo la unidad de medida, modelo, forma, textura, composición, Normas Mexicanas, Normas Oficiales Mexicanas o Internacionales que requiera y cualquier otra especificación para la satisfacción de requerimientos que sean necesarios.

b) En caso de que el anexo técnico se refiera a arrendamientos o servicios se deberá tomar en cuenta en lo aplicable la descripción del tipo de servicio y características del mismo, duración, lugar de prestación del mismo, perfil profesional requerido, membresías, certificaciones oficiales con los que se acredite la formación profesional o trayectoria, así como la descripción de artículos, materiales y/o herramientas necesarias para la prestación del servicio cuando así se requiera y datos necesarios para el adecuado funcionamiento o utilización del bien.

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Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios.

HOJA: 22

DE: 30

La elaboración del Proyecto de Convocatoria estará a cargo del Coordinador de Contratos en el caso de Servicios y de la Jefa del Departamento de Adquisiciones en el caso de bienes, una vez elaborado, la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del titular del Departamento de Adquisiciones será responsable de someterlas a los procesos de revisión y difusión por una sola ocasión, bajo los siguientes términos:

El titular del Departamento de Adquisiciones convocará al subcomité encargado de revisión de convocatorias,cuando haya sido debidamente autorizada su creación por el CAAS, en caso de no contar en ese momento con dicho subcomité se convocará solamente a una revisión de convocatoria para que se analicen los términos y condiciones de las mismas y en su caso, hacer las modificaciones pertinentes.

Convocatoria.

Una vez que el Director de Administración revise y apruebe el Proyecto de Convocatoria se procederá a publicarla en los medios existentes para ello.

La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del Departamento de Adquisiciones pondrá a disposición de los licitantes que así lo requieran el documento de la convocatoria de Licitación para su consulta a partir de la fecha en que se publique, tanto en el Departamento de Adquisiciones, como en la página electrónica de CompraNET, este documento será proporcionado sin costo alguno a todas aquellas personas que quieran participar en la Licitación.

Junta de Aclaraciones

Una vez enterados de los requisitos solicitados para participar en la Licitación, los interesados podrán externar sus dudas por medios electrónicos para que esta información sea enviada al área usuaria quien responderá las preguntas hechas por los licitantes.

Cuando el área usuaria tenga resueltas cada una de las preguntas deberá comunicárselo al Coordinador de Adquisiciones encargado de la Licitación para que se lleve a cabo una reunión entre las dos partes antes de que se celebre la Junta de Aclaraciones, esto con la finalidad de que las respuestas proporcionadas a los licitantes estén de acuerdo al contexto de la convocatoria, dichas respuestas se darán en forma presencial.

Invariablemente en cada una de las juntas a realizar, y desde su inicio deberá estar presente un representante del área usuaria o requirente con capacidad y facultad técnica suficiente para responder a los cuestionamientos que realicen los participantes sobre los aspectos técnicos que presenten dudas, y que bajo su responsabilidad deberán ser contestadas en forma clara y precisa.

Al servidor público que presida el acto, corresponderá responder a las dudas sobre cuestiones administrativas y legales, que tengan los participantes, requiriéndose que tenga la capacidad técnica y facultad suficiente para poder responder a los cuestionamientos que se presenten, mismos que junto con las aclaraciones técnicas, se harán constar en el acta que al efecto se levante.

Las aclaraciones de las dudas de los participantes serán en torno a cuestionamientos que sobre los conceptos técnicos, modificación de cantidades por errores de trascripción y dudas sobres aspectos legales y administrativos se tengan, por lo que en ningún caso tratarán de cancelación de partidas completas o de modificación de cantidades sustanciales (incrementos o decrementos).

Presentación y Apertura de Proposiciones

En este acto, el servidor público que preside el evento, que será indistintamente el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Jefe de Departamento de Adquisiciones o un Coordinador de Adquisiciones, verificará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, haciendo constar la documentación presentada, sin que ello

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HOJA: 23

DE: 30

implique la evaluación de su contenido, la cual quedará en custodia de la convocante y se dará lectura al importe total de cada una de las propuestas. No se desecharán proposiciones que presenten falta de documentos ó documentos incompletos.

Evaluación de Propuestas

Los criterios de evaluación para las propuestas presentadas deberán estar plasmados en la convocatoria de los procedimientos de compra que se publiquen, para que los licitantes que participan cumplan con los requisitos necesarios y obtengan una evaluación positiva de sus propuestas.

Una vez concluida la presentación y apertura de proposiciones el Coordinador de Adquisiciones responsable del proceso llevado a cabo entregará al Titular del Área Usuaria las propuestas hechas por los licitantes para que se realice la evaluación de las mismas, dicha evaluación deberá quedar asentada en el formato de evaluación de proposiciones especificando las partidas que no cumplen con las especificaciones mencionadas en la convocatoria, señalando las causas del incumplimiento y en su caso la justificación del mismo, además estarán sustentadas con la firma del Titular del Área Usuaria.

La evaluación se llevará a cabo mediante el criterio binario, tomando en cuenta las variables de cumple o no cumple según sea el caso.

Evaluación Técnica

Una vez realizada la apertura de propuestas técnicas y económicas, el titular del Departamento de Adquisiciones remitirá la documentación relacionada con la propuesta técnica al Subcomité de evaluación correspondiente y en caso de no existir éste al área usuaria, para que se proceda a efectuar un análisis exhaustivo del mismo.

El Subcomité de evaluación o el Área Usuaria que corresponda, analizará los documentos técnicos verificando:

1. Que la descripción pormenorizada del bien propuesto por el licitante, incluyendo la unidad de medida, modelo, forma, textura, composición, Normas Mexicanas, Normas Oficiales Mexicanas o Internacionales que se requieran, esté de acuerdo con las especificaciones requeridas en el anexo técnico de la convocatoria.

2. Tratándose de servicios, que la descripción del tipo de servicio y características del mismo, duración, lugar de prestación del mismo, perfil profesional requerido, membresías, documentos oficiales con los que se acredite la formación profesional o técnica, así como la descripción de artículos, materiales y/o herramientas necesarias para la prestación del servicio cuando así se requiera y datos necesarios para el adecuado funcionamiento o utilización del bien, cumplan con las especificaciones requeridas en el anexo técnico solicitado en la convocatoria.

3. Una vez que el subcomité de evaluación y/o el Área Usuaria hayan concluido el análisis exhaustivo de las propuestas participantes en los términos arriba señalados, requisitará el formato de evaluación técnica, el cual contendrá los resultados obtenidos de dicho análisis, manifestando en él por cada uno de los bienes o servicios evaluados las razones que les llevó a determinar su aceptación o rechazo. Este documento será firmado por el Presidente del Subcomité de evaluación o el titular del área usuaria o requirente al que corresponda y remitido en un plazo no menor de cinco días previos a la celebración del acto del fallo, al Departamento de Adquisiciones.

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HOJA: 24

DE: 30

Evaluación Económica y Fallo

En el momento en que se termine la Evaluación Técnica, el titular del Departamento de Adquisiciones y el área usuaria,con los resultados de la Evaluación Técnica del Comité o del área usuaria, harán un examen minucioso de todas aquellas propuestas consideradas como solventes, ya que cumplen los requisitos solicitados en la convocatoria, esto deberá realizarse dentro de los veinte días naturales siguientes al acto de presentación y apertura.

Para llevar a cabo la evaluación económica será necesario contar con la referencia de un precio conveniente por medio del cual se determine si la propuesta presentada es adecuada para las necesidades del Instituto, para determinar este precio es necesario contar con el siguiente índice de cálculo:

esconvenientnopreciosde.....ppnpp2pp1

eConvenientPrecio %40

Cn

En donde:

Pp1…..ppn: Precios preponderantes.Cn: Número de ofertas presentadas% de precios que no resultan convenientes: el 40% de las ofertas, las cuales no serán aceptadas.

Ejemplo:

45.5125120110100

eConvenientPrecio

4

45.5eConvenientPrecio 75.113

25.68eConvenientPrecio

Con lo anterior se determina el precio conveniente para la adjudicación de un contrato o pedido. Sin embargo hay que tomar en cuenta lo que menciona la Ley en el artículo 36 bis fracción II.

Excepciones a la Licitación Pública

En la contratación de bienes, arrendamientos y servicios; fundamentados en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez se podrá optar por exceptuar el procedimiento de licitación pública, utilizando en su caso los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, debiendo contar en su caso con el dictamen del órgano colegiado del CAAS al que se someterá el caso.

Antes de presentar el Dictamen ante el Comité de Adquisiciones el titular del Área Usuaria, quien deberá tener como mínimo nivel de Jefe de Departamento, enviará a la Titular del Departamento de Adquisiciones el Formato de Justificación para la adquisición de bienes y servicios por los procedimientos de Invitación a cuando menos tres personas o Adjudicación Directa.

Cuando dos procedimientos de invitación a cuando menos tres personas hayan sido declarados desiertos, se podrá adjudicar directamente el contrato o pedido que corresponda, esto constará por escrito especificando los hechos por los que se procede a la adjudicación y el importe del bien, lo anterior quedará soportado con el dictamen que emita el área técnica.

Tratándose de adquisiciones efectuadas por invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, el área usuaria o requirente por medio de un estudio de mercado y análisis de información, se cerciora, de que no existen bienes o servicios alternativos o sustitutos técnicamente razonables, o bien, que en el mercado solo existe un posible oferente. Dicho análisis deberá formularse por escrito y, cuando sea posible la existencia de alternativas o sustitutos,

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HOJA: 25

DE: 30

deberán incluirse las constancias de difusión o invitación a las cámaras o asociaciones industriales, o bien a los proveedores potenciales para proponer sustitutos o alternativas razonables así como el resultado de ello.

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios por Monto.

En el caso de que no sea posible obtener tres cotizaciones por ser un bien ó servicio de características poco comunes en el mercado se deberá elaborar un acta en donde consten las condiciones para el incumplimiento de este requisito yjunto con el soporte documental deberán ser resguardados en el expediente con los nombres y firmas del servidor público que haya realizado el estudio.

Será el titular de la Subdirección de Recursos Financieros el responsable de informar al Comité de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios dentro de los tres primeros meses de cada año, los montos de actuación que se podrán contratar mediante Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres personas y Adjudicación Directa.

Si el monto de la operación corresponde a una invitación a cuando menos tres personas, la procedencia de la adjudicación directa que sea superior a 1 000,000.00 (Un Millón de pesos /MN) sólo podrá ser autorizada por el Director General.

Prórrogas

El Director General en el caso de los contratos y el Director de de Administración en el de los Pedidos, serán los servidores públicos facultados para autorizar modificaciones y/o prórrogas en cuanto a los plazos y montos pactados originalmente

El proveedor dirigirá su solicitud de modificación y/o prórroga al Director de Administración, quien a su vez la turnará a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales para su análisis de acuerdo a criterios normativos y no de tipo conceptual, presentando el documento de conclusiones dentro de los tres días siguientes a su recepción al Director de Administración para su autorización ó negativa.

Recepción de Bienes.

En el Almacén General se podrán recibir los Bienes hasta inclusive dentro del plazo que permite el porcentaje de la aplicación de penas convencionales.

Las áreas solicitantes avalarán la aceptación o rechazo de los Bienes durante la entrega-recepción de los mismos y deberán cotejar los datos del contrato y/o requisición, factura y documentación complementaria, y firmaran, en caso deaceptación de estos.

Los bienes con características y especificaciones especiales, serán entregados al Área Usuaria para instalación y puesta en marcha del equipo así como capacitación del personal que utilizará el bien.

Para la entrega directa de los bienes en el Área Usuaria el Almacén deberá comisionar a una persona que acompañará al proveedor hasta el Área de entrega para verificar la recepción del insumo por parte del área solicitante.

Devoluciones

Se podrá realizar la devolución de los bienes al proveedor durante el período de garantía, en el supuesto de que se detecten vicios ocultos y/o defectos de fabricación, así mismo reponerlos en un plazo no mayor a veinte días naturales contados a partir de que se le devuelvan estos por el personal de Almacén General, los gastos originados por las devoluciones serán por cuenta del proveedor.

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HOJA: 26

DE: 30

En caso de que las causas que originen la devolución sean trascendentales a juicio de las áreas usuarias o bien se incurra por segunda vez en algún motivo de devolución será potestativo para el Instituto y se procederá a la rescisión del pedido correspondiente y a hacer efectiva la fianza de garantía.

Rescisión Administrativa, Terminación Anticipada y Suspensión de Pedidos ó Contratos.

Los instrumentos jurídicos que formalicen la suspensión, recisión administrativa ó terminación anticipada de los contratos a que se refieren los artículos 54 y 54 bis de la Ley deberán ser suscritos por los servidores públicos que firmaron los contratos ó pedidos ó quienes en su caso los hayan sustituido en el cargo, los trámites necesarios para llevar a cabo dichos procedimientos los realizará el Departamento de Asesoría Jurídica a solicitud de las áreas usuarias siempre y cuando existan causas debidamente fundadas y motivadas

En el caso que el proveedor que se encuentre en incumplimiento, hiciera entrega de los bienes o prestara los servicios contratados previamente a la rescisión del contrato, el Área Usuaria autorizará que el procedimiento iniciado quede sin efecto, debiendo notificarse al Órgano Interno de Control.

La notificación de la Rescisión Administrativa del Contrato, tratándose de Personas Morales, necesariamente deberá realizarse al Representante Legal de la empresa en cuestión, y en el caso de Personas Físicas, deberá realizarse directamente al interesado.

De no ser posible llevar a cabo la notificación de la Rescisión Administrativa de manera personal como se describe en el párrafo precedente, ya sea porque con quien deba entenderse la diligencia no se encuentra en el domicilio, se niega a darse por enterado, por encontrarse cerrado el domicilio del interesado o porque se desconoce el nuevo domicilio, eltitular del Departamento de Asesoría Jurídica se sujetará al procedimiento previsto en el Artículo 36 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

Así mismo, cuando por motivo de atraso en la entrega de los bienes o de la prestación de los servicios, o cuando el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el contrato/pedido, el área usuaria informará por escrito al Departamento de Asesoría Jurídica, sobre la aceptación para la recepción de los bienes o la prestación de los servicios. Considerando, que continúa vigente la necesidad de los mismos y que cuenta con la partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, situación que motivará la modificación de la vigencia del contrato ó pedido con los precios originalmente pactados.

En los casos que se advierta que se puede generar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas el área usuaria, al rescindir el contrato/pedido, el titular de dicha área deberá emitir un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían serían mayores a la determinación de rescindir el contrato/pedido, estableciéndose con el proveedor otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión, atendiéndose al respecto lo indicado en los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley, para el convenio modificatorio que al efecto se celebre, aplicando las penalidades correspondientes.

La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y el titular del área usuaria serán los responsables de cuantificar el impacto de los daños ocasionados con motivo del incumplimiento y rescisión del contrato, elaborando un proyecto de finiquito, donde se consignen los pagos que deberá realizar el Instituto al Proveedor, determinados por los compromisos que se encuentren pendientes de liquidarle contra aquellos que este adeude al Instituto. El cálculo se deberá realizar dentro de los siguientes 30 días naturales a la fecha de la rescisión y enviarlo al Departamento de Asesoría Jurídica para su revisión y hacerlo del conocimiento a la Subdirección de Recursos Financieros para la validación y aprobación de cifras, autorizando su finiquito.

De llevarse a cabo la rescisión del contrato/pedido, el titular del Departamento de Asesoría Jurídica solicitará al área usuaria que elabore el finiquito correspondiente dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, a efecto de que se hagan constar los pagos que debe efectuar el Instituto al proveedor, por

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HOJA: 27

DE: 30

concepto de los bienes muebles recibidos o los servicios prestados hasta el momento de la rescisión o aquellos pagos que el proveedor tenga pendientes con el Instituto.

Plazos para el impedimento en la presentación de Propuestas y la celebración de Contratos y Pedidos.

El plazo a que se hace referencia en la fracción III del Artículo 50 de la Ley, será de dos años contado a partir de la fecha de notificación de la segunda rescisión.

Será responsabilidad de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del Departamento de Adquisiciones; y del Departamento de Asesoría Jurídica en el ámbito de sus competencias llevar el registro, control y difusión de las personas físicas y morales que se encuentren impedidas para presentar propuestas o celebrar contratos

Devolución o destrucción de las propuestas desechadas de la Licitación Pública e Invitación a cuando menos tres personas.

Una vez terminados los procedimientos de Licitación Pública e Invitación a cuando menos tres personas el Coordinador de Adquisiciones encargado de llevar los procedimientos esperará sesenta días naturales después de los cuales y sin que hubiera una inconformidad por parte de los involucrados podrá devolver la propuesta al licitante o bien destruir los documentos entregados.

Asesorías, Consultorías, Estudios e Investigaciones

Las erogaciones derivadas del ejercicio del concepto de gasto 3300 relacionado con la contratación de servicios de asesorías, consultorías, estudios e investigaciones que se efectúen por parte del Instituto, deberá cumplir con lo siguiente:

Los servicios que se pretendan contratar deberán ser indispensables para el cumplimiento de los programas y justificar que no se cuenta con los recursos humanos disponibles para satisfacer los requerimientos técnicos de los servicios externos que se demandan, dicha justificación deberá ser desarrollada por el área usuaria.

El área usuaria o requirente deberá elaborar un Dictamen en el que se especifique que no se cuenta con personal capacitado o disponible para llevar a cabo los servicios solicitados.

Además se deberá cumplir con lo siguiente:

1) Las áreas usuarias que requieran contratar los servicios señalados previamente solicitaran en la Subdirección de Recursos Financieros información sobre registros de trabajos anteriores sobre la materia, enviando una explicación sucinta de la contratación y los productos comprometidos. En el supuesto de que se advierta su existencia y se compruebe que los mismos satisfacen los requerimientos no procederá la contratación, con excepción de aquellos trabajos que sean necesarios para su adecuación, actualización o complemento.

2) Toda contratación, se sujetará invariablemente a lo dispuesto en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, la ley y demás disposiciones aplicables.

3) En caso de que alguna contratación sea cancelada por algún motivo antes o durante su ejecución, se deberá notificar al titular de la Dirección de Administración en los siguientes 10 días naturales.

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HOJA: 28

DE: 30

Para la contratación de estos servicios es necesario que se cuente con el Acuerdo de Autorización del Director General

Concluida la prestación del servicio, el titular del área usuaria deberá emitir un informe al Titular del Instituto y al Director de Administración sobre los productos entregables pactados y los logros obtenidos.

Celebración de Contratos Plurianuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

El Instituto podrá celebrar contratos plurianuales cuando el Área que pretenda celebrarlos justifique lo siguiente:

Que su celebración presenta ventajas económicas o que sus términos y condiciones son más favorables. Justificar el plazo de la contratación y que el mismo no afectará negativamente la competencia económica. Identificar el gasto corriente o de inversión correspondiente. Desglosar el gasto a precios del año, tanto del ejercicio fiscal vigente como de los subsecuentes.

Será el Director General del Instituto quién autorice las contrataciones en forma plurianual, cumpliendo con lo que establecen los Artículos 50 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y 148 de su Reglamento.

En las contrataciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios plurianuales se establecerá en la convocatoria y/o contrato respectivo el ajuste de precios de conformidad con lo siguiente:

El factor de ajuste se calculará sobre el Índice Nacional de Precios al Consumidor que publique el Banco de México en el Diario Oficial del Federación, del año anterior, según la fórmula siguiente:

anteriorINPC

vigenteINPCFA

El monto ajustado se calculará aplicando la siguiente fórmula:

MMV= (MMA x FA)

Donde:

MMV= monto mensual vigenteMMA= monto mensual anterior (sin I.V.A.)FA= Factor de ajuste

En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor está obligado a notificarlo y deberá bonificar en la presentación de la siguiente factura las cantidades que resulten aplicando el mecanismo aquí presentado, y aún cuando el Proveedor no lo hubiere notificado, si el Instituto lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

El ajuste de precios aplicará a partir del segundo año de vigencia del contrato, previa solicitud por escrito del Proveedoral Departamento de Asesoría Jurídica, quien verificará la correcta aplicación del ajuste, a partir de las fechas en que este aplique en los términos pactados en la cláusula aplicable y deberá adjuntar copia del documento oficial correspondiente; El Departamento de Asesoría Jurídica, notificará al Proveedor la resolución dentro de un plazo de cinco días hábiles.

Además de un ajuste de precios en el contrato también deberá ajustarse la garantía presentada al inicio del contrato.

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HOJA: 29

DE: 30

Celebración de Contratos Abiertos.

En caso de que el Área Usuaria requiera celebrar contratos abiertos con algún proveedor deberá solicitar autorización de los miembros del Comité de Adquisiciones para que se determine el monto y porcentaje máximo para la celebración de este tipo de Contratos, además después de la autorización de esta modalidad el Área Úsuaria supervisará el cumplimiento de los documentos firmados bajo los lineamientos establecidos en el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

Para la celebración de contratos abiertos deberá tomarse en cuenta lo siguiente:

Se podrán contratar a partir de 10 servicios hasta los que requiera el área solicitante.Se podrán adquirir a partir de 20 bienes hasta los que requiera el área solicitante.

Teniendo en cuenta que no se podrá rebasar el monto establecido en el presupuesto anual designado para Contratos Abiertos.Antes de realizar el procedimiento para la celebración de contratos abiertos se deberá verificar existencias de los bienes en los almacenes.

Cuando un producto sea surtido bajo el amparo de un contrato abierto no será necesario verificar existencias en los almacenes para generar la orden de surtimiento.

Si existieran controversias respecto de la interpretación de las cláusulas de los contratos respecto de la ejecución de los mismos entre las partes se podrá firmar un convenio posterior a la firma del contrato en el que se establezca la existencia de un árbitro que solucione las controversias existentes, lo anterior será determinado por el Director General del Instituto.

Transitorios

PRIMERO.- Estas disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de la dictaminación por parte del Comité de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios y de su autorización por la Junta de Gobierno.

SEGUNDO.- Las disposiciones administrativas expedidas en la materia objeto de las presentes Políticas, Bases y Lineamientos vigentes al momento de la emisión de este Acuerdo, se seguirán aplicando en todo lo que no se oponga a las presentes, en tanto no se expidan las que deban sustituirlas.

TERCERO.- Los procedimientos de contratación, aplicación de sanciones y de inconformidades, así como los demás asuntos que se encuentren en trámite o pendientes de resolución se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones vigentes al momento en que se celebraron.

Los contratos y pedidos de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se encuentren vigentes al autorizarse las presentes Políticas, Bases y Lineamientos, continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes en el momento en que se celebraron.

Las rescisiones administrativas que por causas imputables al proveedor se hayan determinado de acuerdo a la ley, se continuarán considerando para los efectos de los artículos 50 fracción III y 60 de la ley.

CUARTO.- Todo lo no previsto en las presentes POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS, podrá ser sometido a dictaminación del CAAS y del Director de Administración ajustándose a lo que éste dictamine.

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HOJA: 30

DE: 30

Aprobado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los 10 días del mes de octubre de 2010 por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán en la primera sesión ordinaria.