Instalación de Sistemas de Norma para la Protección contra ...

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NFPA ® 780 Norma para la Instalación de Sistemas de Protección contra Rayos NFPA, 1 Batterymarch Park, Quincy, MA 02169-7471 Edición 201 4 Una organización internacional de códigos y normas

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NFPA® 780

Norma para laInstalación de Sistemas de

Protección contra Rayos

NFPA, 1 Batterymarch Park, Quincy, MA 02169-7471

Edición 244440144444

Una organización internacional de códigos y normas

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NFPA Headquarters Attn: Secretary, Standards Council1 Batterymarch Park P.O. Box 9101 Quincy, MA 02269-9101 [email protected]

Título del documento original:NFPA 780

Standard for theInstallation of Lightning Protection Systems 2014 Edition

Título en español:NFPA 780

Norma para la Instalación de Sistemas de Protección contra RayosEdición 2014

Traducción por:Languages Worldwide (Traducción técnica)

Revisión Técnica:Ing. Lizardo A. Lopez Ingunza

Pro Lightning Protection, Inc.

NFPA no se hace responsable por la exactitud y veracidad de esta traducción al español. En el caso de algún conflicto entre las ediciones en idioma inglés y español, el idioma inglés prevalecerá.

780-1

®

NFPA®780

Norma para la

Instalación de Sistemas de Protección contra Rayos

La presente edición de NFPA 780, Norma para la instalación de sistemas de protección contra rayos, fueelaborada por el Comité Técnico de Protección contra rayos. Fue emitida por el Consejo de Normasel 28 de mayo de 2013, con fecha de entrada en vigor 17 de junio de 2013 y reemplaza a todas lasediciones anteriores.

Esta edición de NFPA 780 se aprobó como Norma Nacional de los Estados Unidos el 17 de juniode 2013.

Origen y desarrollo de NFPA 780

La NFPA primero adoptó las Especificaciones para la protección de edificios contra rayos 1904. Lasnormas modificadas se adoptaron en 1905, 1906, 1925, 1932 y 1937. En 1945, el Comité de la NFPA yel paralelo Comité de Protección contra Rayos de la ASA (American Standards Association –Asociación Estadounidense de Normas) fueron reorganizados y combinados bajo el patrocinio de laNFPA, del National Bureau of Standards (Oficina Nacional de Normas) y el American Institute ofElectrical Engineers (Instituto Estadounidense de Ingenieros Eléctricos) [actualmente el IEEE,Institute of Electrical and Electronic Engineers, (Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos)].En 1946, la NFPA implementó acciones para la adopción del Apartado III y en 1947 publicó unaedición modificada en la que se incorporaba dicho apartado. Nuevas modificaciones recomendadaspor el Comité fueron adoptadas por la NFPA en 1949, 1950, 1951, 1952, 1957, 1959, 1963, 1965,1968, 1975, 1977, 1980, 1983, 1986, 1989 y 1992.

A partir de la edición 1992 del Código de Protección contra Rayos, la asignación numérica de la NFPApara el documento fue cambiada de NFPA 78 a NFPA 780.

Con la emisión de la edición 1995, el nombre del documento fue modificado de Código deProtección contra Rayos a Norma para la instalación de sistemas de protección contra rayos. Dicho cambio fueindicado por el Consejo de Normas, a fin de hacer que el título de la norma reflejara con mayorexactitud el contenido del documento. Además, el Consejo indicó determinados cambios en elalcance del documento, a fin de dejar en claro que el documento no abarcaba los requisitos deinstalación de la protección contra rayos para sistemas de captadores por emisión temprana (ESE) osistemas para disipación de rayos (DSA)

La edición 1997 de NFPA 780 incluía cambios editoriales con el fin de facilitar la aplicación deldocumento.

En la emisión del presente documento, el Consejo de Normas han tomado en cuenta que losrayos son un proceso natural, caprichoso, estocástico, e impredecible. Su comportamiento aún no secomprende totalmente. La presente norma tiene el propósito de incluir los requisitos, dentro de loslímites del estado de conocimientos actuales, para la instalación de aquellos sistemas de proteccióncontra rayos contemplados en la norma.

La edición 2000 de NFPA 780 fue enmendada con el fin de incluir los requisitos para estructurasabiertas, tales como aquellas que se encuentran en canchas de golf. El cuadro de densidad dedescargas atmosféricas de 1998 reemplazó al cuadro isoceráunico de frecuencia de rayos de 1972.

La edición 2004 de NFPA 780 reflejaba una extensa revisión editorial de la norma, a fin decumplir con la edición concurrente del Manual de estilo para los documentos de los comités técnicos de laNFPA. Dichas modificaciones incluyeron el agregado de tres capítulos administrativos en elcomienzo de la norma: “Administración”, “Publicaciones de referencia” y “Definiciones”. Cincocapítulos técnicos seguían a los capítulos administrativos en la misma secuencia que la de la edición2000. Otras revisiones editoriales incluyeron la división de párrafos con requisitos múltiples en un

Derechos de autor © 2013 National Fire Protection Association . Todos los derechos reservados.

Edición 2014

NFPA y National Fire Protection Association son marcas registradas de National Fire Protection Association, Quincy, Massachusetts 02169.

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-2

párrafo enumerado de manera individual para cada uno de los requisitos, la minimización del uso de excepciones, el uso detítulos coherentes en las secciones y subdivisiones de secciones, y la reorganización, con el fin de limitar la numeración de lospárrafos a seis dígitos. El Sistema Internacional de Medidas, habitualmente conocido como SI o Sistema métrico Internacional,se utilizó en todo el documento. Se cambió el nombre de apéndices por el de anexos y fueron reordenados en una secuenciamás lógica.

La edición 2004 también incluía una gran cantidad de modificaciones técnicas en toda la norma. Entre ellas se incluían lassiguientes: se agregó el llamado conductor principal solido en los requisitos para materiales de Clase II para estructurasordinarias que excedan de 75 pies de altura; podría utilizarse el pasamanos como sustituto para conductores bajantes; serequería una separación adicional entre las varillas de puesta a tierra cuando se utilicen varillas múltiples a tierra; se incluíanlineamientos adicionales para aquellos casos en que es necesario instalar el conductor a tierra directamente sobre la caparocosa; la sección titulada Supresor de sobretensiones fue completamente reescrita; se permitía el uso de aéreos de titanio y enel Anexo K la frase jaula de Faraday se reemplazó por jaula metálica.

La edición 2008 incluía los requisitos para que los de protección contra sobretensión se instalen en todas las entradas delservicio de energía eléctrica, en la entrada de los sistemas de comunicación y antenas, y donde el conductor de un sistemaeléctrico o electrónico sale de la estructura.

La nueva definición de sistema de protección contra rayos incluía la frase miembros conductores estructurales. Se incluye unaaclaración sobre el uso de partes metálicas complementarias que no deben sustituir al conductor principal. Como mecanismosde interceptación se incluyeron terminales áreos, mástiles metálicos, determinadas partes metálicas permanentes deestructuras y conductores elevados. En las modificaciones se aclaraba que los mástiles metálicos y los cables de guarda seincluían en los requisitos del Capítulo 4.

Se hicieron cambios significativos en los requisitos para el uso de grapas bimetálicas y aluminio en las proximidades con elterreno. Durante largo tiempo, la norma ha requerido que los electrodos de puesta a tierra estén ubicados cerca del perímetroexterno de la estructura, y en la edición 2008 se incluían lineamientos adicionales para colaborar con el diseñador del sistema.También se hicieron cambios con el fin de abordar de mejor manera los requisitos para electrodos de puesta a tierra enaplicaciones en la capa superficial del suelo.

Se modificaron los requisitos sobre el uso de varillas múltiples y varillas de puesta a tierra. También se hicieronmodificaciones en diversas áreas de la norma para una mayor claridad y con el fin de mejorar su aplicación. Se hicieronmodificaciones en los gráficos y fórmulas del método de la esfera rodante, con el fin de facilitar su uso en unidades métricas.

Se agregaron requisitos para hacer referencia a la adecuada instalación de protección contra rayos en grandes unidadesmecánicas de azoteas. Se cuantificaron y detallaron la instalación de terminales aéreos y los conductores principales. Sehicieron modificaciones con el fin de reforzar y clarificar los requisitos para unir todos los sistemas puestos a tierra y lastuberías metálicas subterráneas. La intención era proveer una ecualización del potencial y no utilizar las tuberías metálicascomo un electrodo de puesta a tierra de los sistemas de protección contra rayos. Todos los sistemas de puesta a tierra y losconductores metálicos enterrados que pudieran contribuir a proveer una vía para las corrientes de rayos en o sobre unaestructura deben ser interconectados con el fin de proveer un potencial de puesta a tierra común. Se incluían los lineamientossobre el uso de “apaga chispas” (spark gaps).

Se hicieron cambios significativos en los requisitos correspondientes a los conductores y otra ferretería de los sistemas deprotección contra rayos que se utilicen cerca de la parte superior de una chimenea para uso industrial.

Otros cambios significativos incluían una reescritura completa del Capítulo 8, Protección para naves acuáticas, que abarcauna gran cantidad de modificaciones técnicas; mayor información para el lector se ha agregado en el Anexo B, Principios de laprotección contra rayos y se ha modificado el Anexo F, Protección para árboles.

Además de los cambios técnicos significativos, la edición 2011 incluía texto nuevo y texto modificado.

Con el agregado de dos capítulos nuevos, la edición 2011 de la norma presentaba un gran cambio en el alcance deldocumento. El primero de los capítulos nuevos describía la protección de estructuras que almacenen municiones y materialesexplosivos. El segundo de los capítulos nuevos incluía los requisitos para brindar protección contra rayos a turbinas de viento,específicamente estructuras de turbinas de viento que comprendan álabes giratorios externos, una carcasa y una torre desoporte. La edición 2011 fue sustancialmente reorganizada para incluir a estos nuevos capítulos en un orden lógico.

Las secciones correspondientes a terminales de interceptación de descargas, zonas de protección y el método de la esferarodante fueron completamente reorganizadas para una mejor aplicación. El texto claramente establecía que los terminales deinterceptación de descargas incluyeran terminales aéreos, mástiles metálicos, piezas de estructuras metálicas permanentes ycables De guarda. El texto calificaba cuándo se permitiría que un mástil metálico se use como conductor bajante. Losrequisitos para cables de guarda y mástiles fueron reubicados.

La edición 2011 aclaraba los requisitos para terminales de interceptación de descargas en los aleros de un techo inclinado yse agregó una figura para ilustrar gráficamente esa condición.

Edición 2014

ORIGEN Y DESARROLLO 780-3

Una nueva sección sobre helipuertos en azoteas incluía los requisitos para garantizar que se brinde un adecuado nivel deprotección a aquellas áreas que se encuentren dentro de lo establecido en los criterios de altura y seguridad por la FederalAviation Administration (FAA), Administración Federal de Aviación u otras autoridades competentes.

El Capítulo 7 describía los requisitos para la protección de estructuras que contengan vapores inflamables, gasesinflamables o líquidos que generen vapores inflamables. La sección sobre tanques con techo flotante fue modificada en sutotalidad como resultado de las recientes pruebas e investigaciones llevadas a cabo para tanques de almacenamiento situadossobre la superficie del terreno.

La metodología de evaluación del riesgo de rayos descripta en el Anexo L fue completamente reescrita. La metodología dela evaluación del riesgo de rayos se incluye con el fin de colaborar con el propietario, el profesional en seguridad o elarquitecto/ingeniero de un edificio en la determinación del riesgo de daños o lesiones debidos a rayos. El anexo incluía tantouna evaluación simplificada, a simple vista y una evaluación más pormenorizada para aquellos que requirieran un análisis másdetallado. Una vez determinado el nivel de riesgo, puede comenzarse con la elaboración de medidas de protección contrarayos apropiadas.

La edición 2014 incluye la reorganización de las secciones 4.7 y 4.8, para una mejor armonización de los requisitos paraterminales de interceptación de descargas. La reorganización de estas secciones en un orden más lógico aclara los requisitos yaplicación de la norma. Anteriormente, estos requisitos estaban entremezclados, lo que provocaba confusión y posiblementeuna aplicación incorrecta. La sección 4.8 también ha sido modificada con el fin de aclarar los requisitos para la proteccióncuando hay objetos pequeños sobre los techos.

La sección 4.14 ha sido modificada y reorganizada para incluir partes de la sección 4.20 y se incluyó un texto explicatoriopara garantizar la claridad, armonización y coordinación con las interconexiones de unión establecidas en NFPA 70, CódigoEléctrico Nacional.

Las secciones 4.15 a 4.21 han sido totalmente reestructuradas y modificadas para que los requisitos de interconexiónsimilares sean puestos juntos, a fin de mejorar el flujo del documento para el usuario. Los requisitos similares o repetitivos hansido combinados o reestructurados, para los fines de su aclaración.

Una nueva subsección, la 4.7.13, de la edición 2014 describe el uso sobre edificios de objetos metálicos fijos que tengancomponentes metálicos movibles o giratorios, por ejemplo, grúas de plumas giratorias, mangas de viento, observatorios/telescopios, techos corredizos (generalmente sobre piscinas de natación), pescantes/carros para limpieza de ventanas (dejadospermanentemente sobre techos, en general sobre una guía), grúas de construcción, cámaras de seguridad panorámicas,cámaras de transmisión de televisión, cámaras de tránsito, platos de radares, veletas, ventiladores de gravedad,aerogeneradores montados en techos, escotillas para humo/escotillas para explosiones, claraboyas de apertura y panelesfotovoltaicos (paneles motorizados que se inclinan para seguir el trayecto del sol mientras este se desplaza por el cielo).

NFPA 780 ha sido modificada para dar un nuevo formato al uso de las unidades del sistema de uso habitual en los EstadosUnidos (pulgada-libra) y del sistema métrico (SI). Las unidades del sistema de uso habitual en los Estados Unidos son seguidaspor las unidades del SI entre paréntesis. Diversas fórmulas y tablas fueron actualizadas para incluir tanto las unidades delsistema de uso habitual de los Estados Unidos (pulgada-libra) como las unidades del sistema métrico (SI). Además, una nuevasección, la sección 1.4 aborda el tema de la retroactividad en la NFPA 80.

Se ha agregado un nuevo capítulo, el Capítulo 11, con el fin de describir los requisitos de los criterios de la proteccióncontra rayos y los lineamientos para circuitos de iluminación de aeródromos. El desarrollo de este capítulo comenzó antes dela edición 2011, pero fue demorado por el Comité antes de recibirse el nuevo material y para permitir una mejorarmonización con los requisitos de la aviación federal. El Capítulo 11 incluye una pormenorizada descripción del diseño y lainstalación de los sistemas de protección contra rayos, con el fin de brindar protección a esas áreas abiertas. Diversas figurasincluyen una amplia explicación y lineamientos para el usuario.

Dado que continúa la demanda de fuentes de energía renovable y alternativa, se incluye la rápida implementación desistemas y paneles solares. Debido a que generalmente se instalan sobre azoteas, existe el riesgo de una mayor exposición. Losedificios provistos de sistemas de protección contra rayos actualmente cuentan con una enorme cantidad de equipos montadosen azoteas y el sistema de protección contra rayos podría no estar diseñado para adaptarse a los nuevos equipos. Podría sernecesario que los edificios no provistos de sistemas de protección contra rayos contemplen el agregado de estructuras yequipos mecánicos. El nuevo Capítulo 12 describe los sistemas de protección contra rayos para paneles solares.

Los requisitos correspondientes a los sistemas con cable de guarda han sido modificados para contemplar el uso de postesmetálicos o de madera.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-4

Comité Técnico para Protección contra Rayos

John M. Tobias, PresidenteU.S. Department of the Army (Departamento del Ejército de los Estados Unidos), MD [U]

Christopher Batchelor, U.S. Department of the Navy(Departamento de la Marina de los Estados Unidos, MD [E]Gerard M. Berger, CNRS - Supelec, France [SE]Matthew Caie, ERICO, Inc., OH [M]Joanie A. Campbell, U.S. Department of the Air Force(Departamento de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos), FL[E]Josephine Covino, U.S. Department of Defense (Departamento deDefensa de los Estados Unidos), VA [E]Ignacio T. Cruz, Cruz Associates, Inc., VA [SE]Robert F. Daley, Los Alamos National Laboratory, NM [U]Joseph P. DeGregoria, UL LLC, NY [RT]Douglas J. Franklin, Thompson Lightning Protection Inc., MN[M]Mitchell Guthrie, Ingeniero Consultor, NC [SE]Thomas R. Harger, Harger Lightning Protection Inc., IL [M]William E. Heary, Heary Brothers Lightning Protection, NY [IM]Paul Jacques, Nuclear Service Organization (Organización delServicio Nuclear), DE [I]Carl S. Johnson II, AVCON, Inc., FL [U]Bruce A. Kaiser, Lightning Master Corporation, FL [M]Eduardo Mariani, CIMA Ingeniería SRL, Argentina [SE]

David E. McAfee, Babcock & Wilcox Y-12, LLC, TN [SE]Robley B. Melton, Jr., CSI Telecommunications, GA [U]

Representante de Alliance for Telecommunications IndustrySolutions (Alianza para la implementación de soluciones en laindustria de las telecomunicaciones)Victor Minak, ExxonMobil Research & Engineering Company, VA[U]

Representante del American Petroleum Institute (InstitutoEstadounidense del Petróleo)Mark P. Morgan, East Coast Lightning Equipment, Inc., CT [M]Luke Pettross, Lightning Eliminators & Consultants Inc., CO [M]Christine T. Porter, Intertek Testing Services, WA [RT]Terrance K. Portfleet, Michigan Lightning Protection Inc., MI[IM]

Representante de la United Lightning Protection Association,Inc. (Asociación de Protección contra Rayos)Robert W. Rapp, National Lightning Protection Corporation, CO[M]Lon D. Santis, Institute of Makers of Explosives (Instituto deFabricantes de Explosivos), DC [U]Russell Stubbs, Qwest Communications, CO [U]Harold VanSickle, III, Lightning Protection Institute (Instituto deProtección contra Rayos), MO [IM]

Suplentes

Charles H. Ackerman, East Coast Lightning Equipment, Inc.(equipos contra rayos), CT [M]

(Suplente de M. P. Morgan)Samuel Barrack, Babcock & Wilcox Y-12, LLC, TN [U]

(Suplente de D. E. McAfee)Richard W. Bouchard, UL LLC, CO [RT]

(Suplente de J. P. DeGregoria)Peter A. Carpenter, Lightning Eliminators & Consultants Inc., CO[M]

(Suplente de L. Pettross)Mark S. Harger, Harger Lightning Protection Inc. (proteccióncontra rayos), IL [M]

(Suplente de T. R. Harger)Kenneth P. Heary, Heary Brothers Lightning Protection(protección contra rayos), NY [IM]

(Suplente de W. E. Heary)Stephen Humeniuk, Warren Lightning Rod Company (varillaspararrayos), NJ [IM]

(Suplente de T. K. Portfleet)

Morris Kline, HMT Inc., TX [U](Suplente de V. Minak)

David John Leidel, Halliburton Energy Services, TX [U](Suplente de L. D. Santis)

Brian Liederbach, ERICO, Inc., OH [M](Suplente de M. Caie)

Allan P. Steffes, Thompson Lightning Protection Inc. (proteccióncontra rayos), MN [M]

(Suplente de D. J. Franklin)Paul R. Svendsen, National Lightning Protection Corporation(protección contra rayos), CO [M]

(Suplente de R. W. Rapp)Philip E. Youtsey, Guardian Equipment Company, MI, [IM]

(Suplente de H. Van Sickle III)

Edición 2014

780-5

Richard J. Roux, Personal de Enlace de la NFPA

Esta lista incluye los miembros participantes al momento en que el Comité votó el texto final de lapresente edición. Desde entonces, se pueden haber generado cambios en la membresía. Al final de estedocumento se incluye una guía para la clasificación.

NOTA: El carácter de miembro de un comité no debe constituir en o por sí mismo ningúntipo de aprobación de la Asociación ni de ningún documento desarrollado por el comité alcual pertenece el miembro.

Alcance del Comité: Este Comité tendrá como principal responsabilidad los documentossobre protección contra rayos en edificios y estructuras, áreas de recreación y deportivas, ytoda otra situación que pusiera en peligro a personas o propiedades por causa de los rayos,con excepción de aquellas aplicaciones que utilicen terminales aéreos de captadores poremisión temprana (ESE). La protección en sistemas de generación, transmisión ydistribución eléctrica no se encuentra dentro del alcance de este Comité.

Edición 2014

PERSONAL DE COMITÉ

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-6

Administración ............................................ 780– 81.1 Alcance. ................................................................ 780– 81.2 Propósito. ............................................................. 780– 81.3 Componentes listados, etiquetados o

aprobados. ............................................................ 780– 81.4 Retroactividad. ..................................................... 780– 81.5 Ejecución del trabajo. .......................................... 780– 81.6 Mantenimiento. ................................................... 780– 81.7 Unidades de medida. .......................................... 780– 8

Publicaciones de referencia ....................... 780– 82.1 Generalidades. ..................................................... 780– 82.2 Publicaciones de la NFPA. .................................. 780– 82.3 Otras publicaciones. ............................................ 780– 92.4 Referencias de extractos incluidos en las

secciones obligatorias. ......................................... 780– 9

Definiciones ................................................ 780– 93.1 Generalidades. ..................................................... 780– 93.2 Definiciones oficiales de la NFPA. ...................... 780– 93.3 Definiciones generales. ....................................... 780– 9

Requisitos generales ................................... 780– 124.1 Generalidades. ..................................................... 780– 124.2 Materiales ............................................................. 780– 124.3 Protección contra la corrosión. .......................... 780– 134.4 Desplazamiento o daños mecánicos. .................. 780– 134.5 Utilización del aluminio. ..................................... 780– 134.6 Dispositivos de interceptación de descargas. ..... 780– 134.7 Dispositivos terminales de interceptación de

descargas en techos. ............................................ 780– 154.8 Zonas de protección. ........................................... 780– 194.9 Conductores. ........................................................ 780– 204.10 Sujetadores de ductos. ........................................ 780– 224.11 Anclajes de la mampostería. ............................... 780– 234.12 Accesorios de conexión. ...................................... 780– 234.13 Electrodos de puesta a tierra. ............................. 780– 234.14 Interconexión de los sistemas puestos a tierra. . 780– 244.15 Ecualización de potencial. .................................. 780– 254.16 Interconexión de objetos metálicos. .................. 780– 254.17 Mástiles y soportes de metal para antenas. ........ 780– 274.18 Sistemas ocultos. .................................................. 780– 274.19 Sistemas estructurales metálicos. ........................ 780– 274.20 Protección contra sobretensiones. ..................... 780– 28

Chapter 5 Protección para estructuras varias yocupaciones especiales ............................... 780– 29

5.1 Generalidades. ..................................................... 780– 295.2 Mástiles, chapiteles, astas de banderas. .............. 780– 295.3 Estructuras de manipulación y procesamiento

de granos, carbón y coque. ................................. 780– 295.4 Torres y tanques de metal. .................................. 780– 295.5 Estructuras inflables. ........................................... 780– 295.6 Tanques y silos de concreto. ............................... 780– 295.7 Estructuras arriostradas con cables tensores. .... 780– 295.8 Helipuertos de azotea. ........................................ 780– 30

Chapter 6 Protección de chimeneas para usoindustrial ...................................................... 780– 30

6.1 Generalidades. ..................................................... 780– 306.2 Materiales. ............................................................ 780– 306.3 Dispositivos terminales de interceptación de

descargas. ............................................................. 780– 316.4 Conductores. ........................................................ 780– 316.5 Sujetadores. .......................................................... 780– 316.6 Empalmes. ............................................................ 780– 31

6.7 Chimeneas de concreto armado. ....................... 780– 316.8 Interconexión de cuerpos metálicos. ................. 780– 326.9 Puesta a tierra. ..................................................... 780– 326.10 Chimeneas metálicas. .......................................... 780– 326.11 Cables y alambres tensores metálicos. ................ 780– 32

Protección de estructuras que contenganvapores y gases inflamables o líquidos quepuedan generar vapores inflamables ......... 780– 32

7.1 Reducción de daños. ........................................... 780– 327.2 Principios fundamentales de protección. .......... 780– 327.3 Medidas de protección. ....................................... 780– 337.4 Protección para estructuras especiales ............... 780– 34

Protección de estructuras que almacenanmateriales explosivos .................................. 780– 36

8.1 Aplicación. ........................................................... 780– 368.2 Generalidades. ..................................................... 780– 368.3 Tipos de protección contra rayos. ...................... 780– 368.4 Puesta a tierra. ..................................................... 780– 378.5 Interconexión. ..................................................... 780– 378.6 Protección contra sobretensión. ......................... 780– 388.7 Protección para instalaciones específicas. ......... 780– 388.8 Cercos metálicos. ................................................. 780– 398.9 Mantenimiento e inspección. ............................. 780– 398.10 Inspección, pruebas y mantenimiento. .............. 780– 39

Protección para turbinas de viento ............ 780– 409.1 Generalidades. ..................................................... 780– 409.2 Principios fundamentales de protección. .......... 780– 409.3 Protección de sistemas de control eléctrico y

mecánico. ............................................................. 780– 409.4 Puesta a tierra. ..................................................... 780– 40

Protección de naves acuáticas .................... 780– 4110.1 Generalidades. ..................................................... 780– 4110.2 Materiales. ............................................................ 780– 4110.3 Terminales de Interceptación. ............................ 780– 4110.4 Conductores. ........................................................ 780– 4210.5 Puesta a tierra. ..................................................... 780– 44

Protección para circuitos de iluminaciónde aeródromos ............................................ 780– 44

11.1 Generalidades. ..................................................... 780– 4411.2 Aplicación. ........................................................... 780– 4411.3 Propósito. ............................................................. 780– 4511.4 Instalación del conductor de apantallamiento

de anillo de puesta a tierra para la iluminaciónde un aeródromo. ................................................ 780– 45

Protección para paneles solares ................. 780– 4812.1 Generalidades. ..................................................... 780– 4812.2 Principios fundamentales de protección. .......... 780– 4812.3 Terminales de interceptación de descargas. ...... 780– 4812.4 Protección de sistemas eléctricos y mecánicos. . 780– 4812.5 Puesta a tierra. ..................................................... 780– 49

Anexo A Material explicativo .................................... 780– 49

Anexo B Principios de la protección contra rayos ... 780– 65

Anexo C Explicación de los principios deinterconexión .............................................. 780– 69

Anexo D Inspección y mantenimiento de lossistemas de protección contra rayos .......... 780– 71

Contenidos

Capítulo 1

Capítulo 2

Capítulo 3

Capítulo 4

Capítulo 7

Capítulo 8

Capítulo 9

Capítulo 10

Capítulo 11

Capítulo 12

Edición 2014

CONTENIDOS 780-7

Anexo E Técnicas para la medición de descargas atierra ............................................................ 780– 72

Anexo F Protección para árboles .............................. 780– 73

Anexo G Protección de áreas para picnics, áreas dejuegos, estadios y otros espacios abiertos . 780– 74

Anexo H Protección de ganado ................................. 780– 75

Anexo I Protección de aeronaves estacionadas ...... 780– 75

Anexo J Reservado .................................................... 780– 76

Anexo K Reservado .................................................... 780– 76

Anexo L Evaluación de riesgo contra rayos ............. 780– 76

Anexo M Guía para la seguridad personal ante lapresencia de rayos ....................................... 780– 90

Anexo N Reservado .................................................... 780– 91

Anexo O Referencias informativas ........................... 780– 91

..................................................................... 780– 94Índice

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-8

NFPA 780

Norma para la

Instalación de Sistemas de Protección contraRayos

NOTA IMPORTANTE: El presente documento de la NFPA estádisponible para su aplicación, sujeto a notificaciones importantes ylimitaciones de responsabilidad amparadas por ley. Dichas notifica‐ciones y limitaciones se incluyen en todas las publicaciones quecontengan el presente documento y pueden ser halladas bajo el título“Notificaciones Importantes y Limitaciones de Responsabilidad Rela‐cionadas con Documentos de la NFPA”. Podrán también ser solicita‐das a la NFPA o consultadas en el sitio: www.nfpa.org/disclaimers.

NOTA: Un asterisco (*) a continuación del número o letraque designe un párrafo indica que se podrá encontrar materialexplicativo sobre dicho párrafo en el Anexo A.

Toda referencia entre corchetes [ ] a continuación de unasección o párrafo indica que el material ha sido extraído deotro documento de la NFPA Con el objeto de asistir al lector, eltítulo completo y la edición de los documentos fuente dondese ha extraído las secciones obligatorias del documento seincluyen en el Capítulo 2 y los correspondientes a extractos delas secciones informativas se han incluido en el Anexo O. Eltexto extraído puede ser editado por razones de coherencia yestilo y puede incluir la modificación de referencias a párrafosinternos y otras referencias, según fuera apropiado. Todopedido de interpretación o de modificaciones al texto extraídodebe ser enviado al comité técnico responsable del documentofuente.

La información relacionada con las publicaciones de refe‐rencia puede obtenerse en el Capítulo 2 y en el Anexo O.

1.1 Alcance.

1.1.1 El presente documento debe abarcar los requisitos deinstalación de los sistemas tradicionales de protección contrarayos para:

(1) Estructuras ordinarias(2) Estructuras varias y ocupaciones especiales(3) Chimeneas para uso industrial(4) Estructuras que contengan vapores y gases inflamables o

líquidos que generen vapores inflamables(5) Estructuras que almacenen materiales explosivos(6) Turbinas de viento(7) Naves acuáticas(8) Circuitos de iluminación de aeródromos(9) Paneles solares

1.1.2* El presente documento debe referirse a la proteccióncontra rayos de la estructura, pero no a los equipos ni a losrequisitos de instalación de los sistemas de generación, transmi‐sión y distribución, excepto según se describe en el Capítulo 9y en el Capítulo 12.

1.1.3 El presente documento no debe abarcar los requisitos deinstalación de los sistemas de protección contra rayos parasistemas de captadores por emisión temprana (ESE) o sistemasde disipación de cargas (DAS).

1.2 Propósito. El propósito de la presente norma debe ser elde brindar los medios de protección para personas y propie‐dades contra los riesgos que surgen de la exposición a los rayos.

1.3 Componentes listados, etiquetados o aprobados. Cuandose disponga de accesorios, u otros componentes requeridos porla presente norma listados o etiquetados, deben utilizarsedichos componentes.

1.4 Retroactividad. Las disposiciones de la presente normareflejan un consenso de lo que se necesita para brindar ungrado de protección aceptable contra los riesgos a los que sehace referencia en esta norma al momento en que fue emitida.

1.4.1 Excepto cuando se especifique lo contrario, las disposi‐ciones de la presente norma no deben aplicarse a estableci‐mientos, equipos, estructuras o instalaciones existentes o quefueron aprobados para su construcción o instalación antes dela fecha de entrada en vigor de la norma. Cuando esté especifi‐cado en la presente norma, las disposiciones de la presentenorma deben ser retroactivas.

1.4.2 En aquellos casos en los que la autoridad competentedetermine que la situación existente presenta un grado deriesgo inaceptable, debe permitirse a dicha autoridad aplicaren forma retroactiva cualquiera de los párrafos de la presentenorma que se considerasen apropiados.

1.4.3 Debe permitirse modificar los requisitos retroactivos dela presente norma si su aplicación fuera claramente impractica‐ble a criterio de la autoridad competente y solo cuandohubiera una clara evidencia de que se provee un grado deseguridad razonable.

1.5 Ejecución del trabajo.

1.5.1 Los sistemas de protección contra rayos deben ser instala‐dos de manera prolija y profesional.

1.5.2* La/s persona/s responsable/s de la instalación debenser certificadas por la autoridad competente como idóneas enla aplicación de los requisitos de la presente norma.

1.6* Mantenimiento. Los lineamientos recomendados para elmantenimiento del sistema de protección contra rayos debenser entregados al propietario al momento de finalizar la instala‐ción.

1.7 Unidades de medida.

1.7.1 Las medidas deben expresarse en unidades de pulgada-libra seguidas por el valor equivalente expresado en unidadesSI entre paréntesis.

1.7.2 El valor equivalente suministrado debe ser aproximado.

2.1 Generalidades. En la presente norma se hace referencia alos documentos, o a partes de los mismos, enumerados en estecapítulo y deben ser considerados parte de los requisitos esta‐blecidos en este documento.

2.2 Publicaciones de la NFPA. National Fire Protection Associ‐ation, 1 Batterymarch Park, Quincy, MA 02169-7471.

NFPA 70®, Código Eléctrico Nacional, edición 2014.

Edición 2014

Capítulo 1 Administración

Capítulo 2 Publicaciones de referencia

Edición 2014

DEFINICIONES 780-9

2.3 Otras publicaciones.

2.3.1 Publicaciones de la ISO. International Organization forStandardization (Organización Internacional para la Normali‐zación), Secretaría Central ISO, 1, ch. de la Voie-Creuse, CP 56,CH-1211 Ginebra 20, Suiza.

ISO 1496, Contenedores de carga Serie 1 - Especificación y prueba -Apartado 1: Contenedores de cargas generales para fines generales,1990

2.3.2 Publicaciones de UL. Underwriters Laboratories Inc.,333 Pfingsten Road, Northbrook, IL 60062-2096.

ANSI/UL 1449, Norma de seguridad para los dispositivos deprotección contra sobretensión, 3°edición, 29 de septiembre de2006, con modificaciones introducidas hasta el 11 de julio de2012.

2.3.3 Otras publicaciones.

Diccionario de la Lengua Española, Vigésima Segunda Edición,publicado por la Real Academia Española (2003).

2.4 Referencias de extractos incluidos en las secciones obliga‐torias.

NFPA 70®, Código Eléctrico Nacional, edición 2014.

NFPA 115, Norma para protección contra incendios por uso deláser, edición 2012.

3.1 Generalidades. Las definiciones contenidas en el presentecapítulo deben aplicarse a los términos utilizados en estanorma. Cuando los términos no estén definidos en el presentecapítulo ni en ningún otro capítulo, deben definirse aplicandolos significados regularmente aceptados para el contexto en elque se utilizan. El Diccionario de la Lengua Española, VigésimaSegunda Edición, publicado por la Real Academia Española(2003), debe ser tomado como fuente del significado regular‐mente aceptado.

3.2 Definiciones oficiales de la NFPA.

3.2.1* Aprobado (Approved). Aceptable para la autoridadcompetente.

3.2.2* Autoridad competente (AC) [Authority Having Jurisdic‐tion (AHJ)]. Es la organización, oficina, o individuo responsa‐ble de hacer cumplir los requisitos de un código o norma; o deaprobar equipos, materiales, instalaciones o procedimientos.

3.2.3 Etiquetado (Labeled). Equipos o materiales a los cualesse les adosó una etiqueta, símbolo u otra marca de identifica‐ción de una organización aceptada por la autoridad compe‐tente e involucrada con la evaluación del producto, que lleva acabo inspecciones periódicas de la producción de los equipos omateriales etiquetados y mediante el cual el fabricante indica elcumplimiento con las normas o el desempeño apropiados deuna manera especificada.

3.2.4* Listado (Listed). Equipos, materiales o servicios inclui‐dos en una lista publicada por una organización aceptada porla autoridad competente y que se dedica a la evaluación deproductos o servicios, que lleva a cabo inspecciones periódicasde la producción de los equipos o materiales listados, o unaevaluación periódica de servicios y que cuyo listado estableceque el equipo, material o servicio cumple con las normas desig‐

nadas apropiadas o que ha sido probado y se lo encontró aptopara un propósito específico.

3.2.5 Debe (Shall). Indica que se trata de un requisito obliga‐torio.

3.2.6 Debería (Should). Indica una recomendación o aquelloque es aconsejable, pero no requerido.

3.2.7 Norma (Standard). Documento, cuyo texto principalcontiene únicamente disposiciones obligatorias que emplean lapalabra “debe” para indicar los requisitos y que está diseñadode una manera generalmente adecuada para ser utilizadocomo referencia obligatoria por otra norma o código o para suadopción como ley. Las disposiciones no obligatorias no se vana considerar parte de los requisitos de una norma y deben estarincluidas en un apéndice, anexo, pie de página, nota informa‐tiva o en otros medios, según lo permitido en el Manual de estilopara los documentos de los comités técnicos de la NFPA.

3.3 Definiciones generales.

3.3.1* Terminal aéreo (Air Terminal). Dispositivo terminal deinterceptación de descargas que actúa como receptor para laimpacto de los rayos o del sistema de protección contra rayos yque se encuentra listado para dicho propósito.

3.3.2 Interconexión (Bonding). Conexión eléctrica entre unobjeto conductor de electricidad y un componente de unsistema de protección contra rayos, cuyo fin es reducir signifi‐cativamente las diferencias de potencial generadas por lascorrientes de rayos.

3.3.3* Cable (Cable). Conductor formado por alambres tren‐zados entre sí.

3.3.4 Sistema catenario de protección contra rayos (CatenaryLightning Protection System). Sistema de protección contra rayosque consta de uno o más cables de guarda.

3.3.5 Chimenea (Chimney). Construcción que incluye uno omás ductos de humo que no cumple con los criterios definidospara una chimenea para uso industrial.

3.3.6* Generador de onda (Combination Waveform Generator).Generador de sobretensión con una impedancia interna de2 ohmios que produce una tensión a circuito abierto de 1.2/50μs y una forma de onda de corriente de cortocircuito de 2/20μs.

3.3.7 Conductor (Conductor).

3.3.7.1 Conductor de interconexión (Bonding Conductor).Conductor utilizado para la ecualización del potencial entreobjetos metálicos puestos a tierra u objetos conductores deelectricidad y un sistema de protección contra rayos.

3.3.7.2 Conductor de apantallamiento (Counterpoise Conduc‐tor). Conductor eléctrico subterráneo desnudo que proveeun área de protección contra los efectos de los rayos a uno omás bandejas o conductores subterráneos.

3.3.7.3 Conductor bajante (Down Conductor). Conductorprincipal que se usa para conectar los conductores del techocon los electrodos de puesta a tierra.

3.3.7.4 Anillo conductor (Loop Conductor). Conductor querodea una estructura que se utiliza para interconectar elec‐trodos de puesta a tierra, conductores principales u otrosobjetos conductores de electricidad.

Capítulo 3 Definiciones

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-10

3.3.7.5* Conductor principal (Main Conductor). Conductorprevisto para transportar corrientes de rayos entre de inter‐ceptación de descargas y bajantes.

3.3.7.6 Conductor de techo (Roof Conductor). Conductor prin‐cipal que se utiliza para interconectar de interceptación dedescargas.

3.3.8 Acero revestido de cobre (Copper-Clad Steel). Acero conun recubrimiento de cobre adherido.

3.3.9 Corriente de descarga (Discharge Current).

3.3.9.1 Corriente máxima de descarga (Imax) [MaximumDischarge Current (Imax)]. Valor máximo de la corrienteinstantánea a través del dispositivo de protección contrasobretensión (SPD, por sus siglas en inglés) con una formade onda de 8/20 μs.

3.3.9.2 Corriente nominal de descarga (In) [Nominal DischargeCurrent (In)]. Valor pico de forma de onda de corriente de8/20 μs, seleccionado por el fabricante, para el cual un SPDse mantiene funcional luego de 15 sobretensiones.

3.3.10 Sujetador (Fastener). Dispositivo de fijación que seutiliza para asegurar el conductor a la estructura.

3.3.11 Protección contra llamas (Flame Protection). Escotillasauto-cerrantes para medición manométrica, sellos paravapores, válvulas de aireación de presión y vacío, apaga chispasu otros sistemas efectivos para minimizar la posibilidad de quelas llamas ingresen en el espacio de vapor de un tanque.

3.3.12* Mezclas inflamables de aire-vapor (Flammable Air-VaporMixtures). Vapores inflamables mezclados con aire en propor‐ciones que provocarán que la mezcla se queme rápidamente alser encendida.

3.3.13 Vapores inflamables (Flammable Vapors). Concentraciónde componentes en el aire que excede el 10 por ciento de sulímite de inflamabilidad inferior (LFL, por sus siglas en inglés).[115, 2012]

3.3.14 Punto de inflamación momentánea (Flash Point).Temperatura mínima a la que un líquido o un sólido emitenun vapor suficiente como para formar una mezcla inflamablecon el aire que se encuentra cerca de la superficie del líquido odel sólido.

3.3.15 Hermético al gas (Gastight). Describe una estructuraconstruida de manera que ni el aire ni el gas puedan ingresar osalir de la estructura, excepto a través de ventilaciones o tube‐rías provistas para tal fin.

3.3.16 Puesta a Tierra [Grounded (Grounding)]. Conectado(conexión) a tierra o a un objeto conductor que extienda laconexión a tierra. [70, 2014]

3.3.17 Electrodo de puesta a tierra (Grounding Electrode). Partede un sistema de protección contra rayos, como una varilla depuesta a tierra, un electrodo tipo plato de puesta a tierra o unconductor a tierra, instalados con el fin de proveer un contactoeléctrico con el terreno.

3.3.18 División de riesgo 1.4 (Hazard Division 1.4). Muni‐ciones y explosivos que producen un incendio moderado sinriesgos significativos de voladura ni fragmentación.

3.3.19 Muro de cabeza (Headwall). Muro de contenciónsituado en la salida de un polvorín cubierto con tierra.

3.3.20 Chimenea para uso industrial (Heavy-Duty Stack).Chimenea de humo o ventilación con un ducto de humo queposee una superficie transversal de ventilación de humo mayorde 500 pulg.2 (0.3 m2) y una altura de más de 75 pies (23 m).

3.3.21 Contenedor ISO (ISO Container). Contenedor intermo‐dal diseñado para transportar cargas por embarcaciones,camiones o trenes, construido de acuerdo con lo establecidoen ISO 1496, Contenedores de carga Serie 1 - Especificación y prueba -Apartado 1: Contenedores de cargas generales para fines generales.

3.3.22* Base de artefacto de luz. Cerramiento utilizado comouna base de montaje para artefactos y conjuntos de montaje deiluminación de aeropuertos. La unidad sirve como carcasa deun transformador de aislamiento y como caja de conexioneseléctricas o como ambas. La base del artefacto de luz tiene unformato cilíndrico con un fondo cerrado, accesos para entraday salida de cables o ductos, accesos para puestas a tierra y estáprovista de una brida superior para acoplarse con el artefacto ola cubierta.

3.3.23 Impulso electromagnético de un rayo (LEMP, por sussiglas en inglés) [(Lightning Electromagnetic Impulse (LEMP)].Efectos electromagnéticos de la corriente de un rayo, queincluye la conducción de sobretensiones, así como los efectosdel campo electromagnético del impulso radiado.

3.3.24* Sistema de protección contra rayos (Lightning ProtectionSystem). Sistema completo de terminales de interceptación dedescargas, conductores (que pueden incluir miembros estruc‐turales conductores), electrodos de puesta a tierra, conduc‐tores de interconexión, dispositivos de protección contrasobretensión y otros conectores y accesorios requeridos paracompletar el sistema.

3.3.25 Líquido (Líquido).

3.3.25.1 Líquido inflamable de Clase I (Class I FlammableLiquid). Todo líquido con un punto de inflamaciónmomentánea en vaso cerrado por debajo de 100 °F (37.8ºC) y una presión de vapor Reid que no excede una presiónabsoluta de 40 psi (276 kPa) a 100 °F (37.8 ºC).

3.3.25.2 Líquido combustible (Combustible Liquid). Todolíquido con un punto de inflamación momentánea en vasocerrado a o por encima de 100 ºF (37.8 °C).

3.3.26 Polvorín (Magazine). Estructura específicamente dise‐ñada para almacenar municiones y explosivos.

3.3.26.1 Polvorín cubierto por tierra (ECM, por sus siglas eninglés) [Earth-Covered Magazine (ECM)]. Estructura subterrá‐nea, cubierta por tierra, con una profundidad mínima decobertura del suelo de 2 pies (0.6 m) y una pendiente de 2horizontal y de 1 vertical.

3.3.26.2 Polvorín portátil (Portable Magazine). Polvorín quepuede ser trasladado de un lugar a otro.

3.3.27 Blindaje magnético (Magnetically Shielded). Queencierra la totalidad o parte de un objeto en una reja metálicao una pantalla continua con el fin de reducir las fallas de loscomponentes de sistemas eléctricos o electrónicos.

3.3.28 Materiales (Materials).

3.3.28.1* Materiales de Clase I (Class I Materials). Conduc‐tores, terminales aéreos, electrodos de puesta a tierra, yaccesorios relacionados, requeridos para la protección deestructuras que no excedan de 75 pies (23 m) de altura.

Edición 2014

DEFINICIONES 780-11

3.3.28.2* Materiales de Clase II (Class II Materials). Conduc‐tores, terminales aéreos, electrodos de puesta a tierra, yaccesorios relacionados, requeridos para la protección deestructuras que excedan de 75 pies (23 m) de altura.

3.3.28.3 Materiales explosivos (Explosive Materials). Materia‐les, entre los que se incluyen explosivos, agentes para vola‐duras y detonadores que estén autorizados para sutransporte como materiales explosivos por el Departamentode Transporte o el Departamento de Defensa.

3.3.29* Estaca de montaje (Mounting Stake). Angular de aceroque se inserta verticalmente en el terreno, con todos los mate‐riales necesarios para el montaje de un artefacto de ilumina‐ción elevado en un aeródromo.

3.3.30 Pavimento (Pavement). Superficie dura, en capas,construida para dar soporte a las cargas impuestas por losaviones y cuyo fin es proporcionar una superficie firme, esta‐ble, lisa, resistente a todos los climas, durante todo el año ylibre de escombros u otras partículas acarreadas o levantadaspor el chorro de las hélices o de los motores a reacción.

3.3.30.1 Pavimento de máxima resistencia (Full Strength Pave‐ment). Pavimento diseñado para dar soporte a una naveaérea para las operaciones continuas de la nave.

3.3.30.2 Pavimento de reborde (Shoulder Pavement). Pavi‐mento diseñado para dar soporte a una nave aérea para lasoperaciones no intencionales o de emergencia de la nave.

3.3.31* Bandejas (charolas) (Raceway). Bandeja (charola)cubierta de materiales metálicos o no metálicos, diseñadoexpresamente para contener alambres, cables o barras colecto‐ras, con funciones adicionales, según lo permitido en lapresente [norma]. Entre las bandejas se incluyen, aunque node manera limitada, los ductos metálicos rígidos, ductos nometálicos rígidos, ductos metálicos intermedios, ductos flexi‐bles herméticos a los líquidos, tuberías metálicas flexibles,ductos metálicos flexibles, tuberías no metálicas eléctricas,tuberías metálicas eléctricas, bandejas debajo de pisos, bande‐jas para pisos de hormigón celular, bandejas de metal celularpara pisos, bandejas de superficie, ductos para cables y ductospara barras colectoras.

3.3.32 Descarga lateral (Sideflash). Descarga eléctrica, causadapor diferencias de potencial, que se produce entre objetosmetálicos conductores o entre objetos metálicos conductores yun componente de un sistema de protección contra rayos otierra.

3.3.33 Distancia disruptiva (Spark Gap). Cualquier espaciocorto de aire entro dos conductores que están eléctricamenteaislados o eléctricamente conectados de manera remota entresí.

3.3.34 Dispositivo terminal de interceptación de descargas(Strike Termination Device). Componente conductor del sistemade protección contra rayos, capaz de recibir el impacto de unrayo y de proporcionar una conexión con una trayectoria atierra. Los terminales de interceptación de descargas incluyenterminales aéreos, mástiles metálicos, partes metálicas perma‐nentes de estructuras, según se describe en la sección 4.6.1.4, ycables de guarda, instalados en sistemas catenarios de protec‐ción contra rayos.

3.3.35 Distancia de impacto (Striking Distance). Distancia a laque se produce la descomposición final del impacto inicial deun rayo a tierra o en un objeto puesto a tierra.

3.3.36 Estructura (Structure).

3.3.36.1 Estructura revestida de metal (Metal-Clad Structure).Estructura con sus lados, techo, o ambos, cubiertos conmetal.

3.3.36.2 Estructura de armazón de metal (Metal-Framed Struc‐ture). Estructura con miembros estructurales con continui‐dad eléctrica de un tamaño suficiente como paraproporcionar un recorrido eléctrico equivalente a unconductor para rayos.

3.3.37 Sobretensión (Surge). Onda transitoria de corriente,potencial o energía en un circuito eléctrico. Las sobretensionesno incluyen sobretensiones temporales de mayor duración(TOV, por sus siglas en inglés) que consisten en un aumentode tensión de la frecuencia de energía eléctrica durante variosciclos.

3.3.38 Dispositivo de protección contra sobretensión (SPD,por sus siglas en inglés) [Surge Protective Device (SPD)]. Disposi‐tivo previsto para limitar sobretensiones en equipos, medianteel desvío o la limitación de la corriente de sobretensión quecomprenda, al menos, un componente no lineal.

3.3.39 Transitorios (Transient). Alteración en la forma de ondade la corriente alterna de un sub-ciclo que se evidencia pormedio de una discontinuidad aguda y breve de la forma deonda. Puede ser de cualquier polaridad y puede ser agregada a,o sustraída de, la forma de onda nominal.

3.3.40 Césped (Turf). Pasto, suelo estabilizado, asfalto o cual‐quier otra superficie dura no prevista como reborde pavimen‐tado, colocados desde el extremo del pavimento de una pistade aterrizaje o de rodaje hasta justo fuera de los circuitos deiluminación de un aeródromo.

3.3.41 Abertura para vapores (Vapor Opening). Abertura através de la envoltura o techo de un tanque que se encuentrasobre la superficie del líquido almacenado y que se incluyepara la aireación del tanque, la medición del nivel del tanque,el combate de incendios u otros fines operativos.

3.3.42 Tensión (Voltage).

3.3.42.1 Tensión máximo de operación continua (MCOV, por sussiglas en inglés) [Maximum Continuous Operating Voltage(MCOV)]. Valor cuadrático medio (rms, por sus siglas eninglés) máximo valor asignado de tensión de frecuencia deenergía eléctrica que puede ser continuamente aplicado aldispositivo de protección contra sobretensiones (SPD).

3.3.42.2 Limite de la medida de tensión (MLV, por sus siglas eninglés) [Measured Limiting Voltage (MLV)]. Magnitud máximade la tensión que se mide a través de las terminales deldispositivo de protección contra sobretensión (SPD)durante la aplicación de impulsos de forma de onda yamplitud específicas.

3.3.42.3 Tensión nominal del sistema (Nominal System Voltage).Tensión nominal (cuadrático medio - rms) del suministrode frecuencia de energía eléctrica.

3.3.42.4 Tensión de operación normal (Normal Operating Volt‐age). Tensión de operación normal al rango de frecuenciaespecificada por el fabricante, a la cual puede conectarse elSPD.

3.3.43* Rango de tensión de protección (VPR, por sus siglasen inglés) [Voltage Protection Rating (VPR)]. rango de tensión

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-12

seleccionada por el fabricante, en función de la tensión límitemedido, determinado cuando el SPD está sujeto a una formade onda combinada con una tensión a circuito abierto de 6kV yuna corriente de cortocircuito de 3 kA.

3.3.44 Nave acuática (Watercraft). Todo tipo de botes y embar‐caciones de hasta 300 toneladas brutas (272 toneladas métri‐cas) que se use con fines recreativos o comerciales, pero queno incluye a hidroaviones, aerodeslizadores, embarcacionescon carga de líquidos inflamables ni embarcaciones sumergi‐bles.

3.3.45 Zona de protección (Zone of Protection). Espacio adya‐cente a un sistema de protección contra rayos que es sustancial‐mente inmune a los impactos directos del rayo.

4.1 Generalidades. El presente capítulo describe los requisitosgenerales establecidos para la protección contra rayos deestructuras.

4.1.1 Requisitos de clases de materiales.

4.1.1.1* Las estructuras deben protegerse de acuerdo con loestablecido en 4.1.1.1.1 o 4.1.1.1.2.

4.1.1.1.1 Las estructuras que no excedan de 75 pies (23 m) dealtura deben ser protegidas con materiales de Clase I, como semuestra en la Tabla 4.1.1.1.1.

4.1.1.1.2 Las estructuras que excedan de 75 pies (23 m) dealtura deben ser protegidas con materiales de Clase II, como semuestra en la Tabla 4.1.1.1.2.

4.1.1.2 Si parte de una estructura excede los 75 pies (23 m) dealtura (por ejemplo, un campanario) y las partes restantes noexcedan los 75 pies (23 m) de altura, el requisito sobre conduc‐tores y terminales aéreos de Clase II debe aplicarse solo aaquella parte que exceda los 75 pies (23 m) de altura.

4.1.1.3 Los conductores de Clase II provenientes de la porciónmás alta deben extenderse hasta el terreno y deben estar inter‐conectados con el resto del sistema.

4.2 Materiales Los sistemas de protección deben estar hechosde materiales que sean resistentes a la corrosión o estar protegi‐dos contra la corrosión.

4.2.1 No deben usarse combinaciones de materiales queformen pares galvánicos de una naturaleza tal que, en presen‐cia de la humedad, se acelere la corrosión.

4.2.2 Deben usarse uno o más de los materiales mencionadosen las secciones 4.2.2.1 a 4.2.2.3.

4.2.2.1 Cobre. El cobre debe ser de grado comercial para usoeléctrico y debe tener una conductividad del 95 por cientocuando esté recocido.

4.2.2.2 Aleaciones de cobre. La aleación de cobre debe ser tanresistente a la corrosión como el cobre.

4.2.2.3 Aluminio.

4.2.2.3.1 No debe usarse aluminio cuando hubiera posibilidadde contacto con el terreno o cuando fuera posible un rápidodeterioro.

4.2.2.3.2 Los conductores deben ser de aluminio de gradoeléctrico.

4.2.3 Los materiales de cobre para protección contra rayos nodeben ser instalados ni estar en contacto con techos de alumi‐nio, con revestimientos exteriores de aluminio ni con otrassuperficies de aluminio.

4.2.4 Los materiales de aluminio para protección contra rayosno deben ser instalados ni estar en contacto con superficies decobre.

Tabla 4.1.1.1.1 Requisitos mínimos de los materiales de Clase I

De cobre De aluminio

Tipo de conductor Parámetro

En unidades delsistema

estadounidense(U.S.)

En unidadesdel sistema

internacional(SI)

En unidades delsistema

estadounidense (U.S.)

En unidadesdel sistema

internacional(SI)

Terminal aéreo, sólido Diámetro 3∕8 pulg. 9.5 mm 1∕2 pulg. 12.7 mmTerminal aéreo, tubular Diámetro 5∕8 pulg. 15.9 mm 5∕8 pulg. 15.9 mm

Espesor 0.033 pulg. 0.8 mm 0.064 pulg. 1.63 mmConductor principal, cable Tamaño de cada

filamento17 AWG 1.04 mm2 14 AWG 2.08 mm2

Peso por unidad de longitud

187 lb/1000 pies 278 g/m 95 lb/1000 pies 141 g/m

Sección transversal 57,400 cir. mils 29 mm2 98,600 cir. mils 50 mm2

Conductor de interconexión, cable (sólido o trenzado)

Tamaño de cada alambre

17 AWG 1.04 mm2 14 AWG 2.08 mm2

Sección transversal 26,240 cir. mils 13.3 mm2 41,100 cir. mils 20.8 mm2

Conductor de interconexión, tipo cinta

Espesor 0.051 pulg. 1.30 mm 0.064 pulg. 1.63 mm

Ancho 1∕2 pulg. 12.7 mm 1∕2 pulg. 12.7 mm Conductor principal, tira sólida Espesor 0.051 pulg. 1.30 mm 0.064 pulg. 1.63 mm

Sección transversal 57,400 cir. mils 29 mm2 98,600 cir. mils 50 mm2

4 Requisitos generalesCapítulo

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-13

4.3 Protección contra la corrosión.

4.3.1 Debe proveerse protección contra el deterioro, debido alas condiciones locales, de los componentes de proteccióncontra rayos.

4.3.2 Los componentes de cobre instalados dentro de las 24pulg. (600 mm) de la parte superior de una chimenea o venti‐lación que emitan gases corrosivos deben ser protegidos conun recubrimiento por inmersión en caliente de plomo oestaño.

4.3.3 Conectores y accesorios.

4.3.3.1 Los conectores y accesorios deben ser compatibles paraser utilizados con el conductor y con las superficies sobre lasque se instalen.

4.3.3.2 Los conectores y accesorios bimetálicos deben serusados para empalmar o interconectar metales disímiles.

4.4 Desplazamiento o daños mecánicos.

4.4.1 Cualquier parte de un sistema de protección contra rayosque esté sujeto a desplazamiento o daños mecánicos debe serprotegida con una cubierta o moldura protectora.

4.4.2 Cuando se utilicen tuberías o cañerías metálicas alrede‐dor del conductor, este debe ser interconectado a la tubería ocañería en ambos extremos.

4.5 Utilización del aluminio. Los sistemas de aluminio debenser instalados de acuerdo con lo establecido en otras seccionesaplicables y en las secciones 4.5.1 a 4.5.3.

4.5.1 Los equipos de aluminio para protección contra rayos nodeben ser instalados en, ni en contacto directo con techos decobre, ni donde estuvieran expuestos al lavado de superficiesde cobre.

4.5.2 No deben usarse materiales de aluminio dentro de las 18pulg. (460 mm) del punto en el que el conductor del sistemade protección contra rayos toma contacto con el terreno.

4.5.2.1 Los accesorios que se utilicen para la conexión de losconductores bajantes de aluminio a los equipos de puesta atierra de cobre o revestidos de cobre deben ser de tipo bimetá‐licos.

4.5.2.2 Los conectores bimetálicos deben ser instalados a nomenos de 18 pulg. (460 mm) por encima del nivel del terreno.

4.5.3 No debe adosarse un conductor de aluminio a una super‐ficie recubierta con pintura de base alcalina, empotrada enconcreto o mampostería, o instalada en un lugar sujeto ahumedad excesiva.

4.6 Dispositivos de interceptación de descargas.

4.6.1 Generalidades.

4.6.1.1 Los terminales de interceptación de descargas debenincluir terminales aéreos, mástiles metálicos, partes metálicaspermanentes de estructuras, según se describe en la sección4.6.1.4, y cables de guarda

4.6.1.2 Debe permitirse la combinación de estos terminales deinterceptación de descargas.

4.6.1.3 Deben proveerse terminales de interceptación dedescargas cuando sea requerido en otras secciones de lapresente norma.

4.6.1.4 Las partes metálicas de una estructura que esténexpuestas a descargas directas y que tengan un espesor en elmetal de 3∕16 pulg. (4.8 mm) o mayor, deben requerir solamenteconexión con el sistema de protección contra rayos, deacuerdo con lo establecido en la sección 4.8.

Tabla 4.1.1.1.2 Requisitos mínimos de los materiales de Clase II

De cobre De aluminio

Tipo de conductor Parámetro

En unidades delsistema

estadounidense(U.S.)

En unidades delsistema

internacional(SI)

En unidades delsistema

estadounidense(U.S.)

En unidades delsistema

internacional(SI)

Terminal aéreo, sólido Diámetro 1∕2 pulg. 12.7 mm 5∕8 pulg. 15.9 mmConductor principal, cable Tamaño de cada

alambre15 AWG 1.05 mm2 13 AWG 2.62 mm2

Peso por longitud 375 lb/1000 pies 558 g/m 190 lb/1000 pies 283 g/mSección

transversal115,000 cir. mils 58 mm2 192,000 cir. mils 97 mm2

Conductor de interconexión, cable (sólido o trenzado)

Tamaño de cada alambre

17 AWG 1.04 mm2 14 AWG 2.08 mm2

Sección transversal

26,240 cir. mils 13.2 mm2 41,100 cir. mils 20.8 mm2

Conductor de interconexión, tira sólida

Espesor 0.051 pulg. 1.30 mm 0.064 pulg. 1.63 mm

Ancho 1∕2 pulg. 12.7 mm 1∕2 pulg. 12.7 mm Conductor principal, tira sólida Espesor 0.064 pulg. 1.63 mm 0.1026 pulg. 2.61 mm

Sección transversal

115,000 cir. mils 58 mm2 192,000 cir. mils 97 mm2

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-14

4.6.1.5 No deben requerirse terminales de interceptación dedescargas para aquellas partes de una estructura que esténubicadas dentro de una zona de protección.

4.6.2 Terminales aéreos.

4.6.2.1* La punta de un aéreo no debe estar a una distanciamenor de 10 pulg. (254 mm) por encima del objeto o área queprotege, como se muestra en la Figura 4.6.2.1.

4.6.2.2 Soporte de los terminales aéreos.

4.6.2.2.1 Los terminales aéreos deben estar asegurados contravuelcos o desplazamientos, mediante uno de los siguientesmétodos:

(1) Fijación al objeto a ser protegido(2) Riostras o trípodes fijadas de manera permanente y rígida

a la estructura

4.6.2.2.2 Los terminales aéreos que excedan de 24 pulg.(600 mm) de altura deben tener un soporte en un puntomenor de la mitad de su altura, como se muestra en la Figura4.6.2.2.2.

4.6.2.3 Ornamentos.

4.6.2.3.1 Los ornamentos o decoraciones situados sobre unterminal aéreo auto portante, no arriostrada, no debe presen‐tar, en ninguno de sus planos, un área de resistencia al vientoque exceda de 20 pulg.2 (0.01 m2).

4.6.2.3.2 El requisito descripto en la sección 4.6.2.3.1 debepermitir el uso de una esfera ornamental de 5 pulg. (127 mm)o menos de diámetro.

4.6.3 Mástiles de protección contra rayos.

4.6.3.1 Deben permitirse mástiles de protección contra rayosque provean una zona de protección.

4.6.3.2 Los mástiles metálicos deben cumplir con lo estable‐cido en 4.6.1.4 o deben estar protegidos con un terminal deinterceptación de descargas.

4.6.3.3 Los mástiles no metálicos deben ser provistos con almenos un terminal de interceptación de descargas.

A

A

A: 10 pulg. (254 mm)Nota: Las configuraciones de puntas de terminales aéreas pueden ser afiladas o romas.

FIGURA 4.6.2.1 Altura de una aéreo.

4.6.3.4 La parte superior del mástil metálico debe tener unespesor de metal de 3∕16 pulg. (4.8 mm) o mayor o debe estarprovisto de al menos un terminal de interceptación de descar‐gas.

4.6.3.5 Debe permitirse que el mástil se use como conductorbajante, siempre que tenga una continuidad eléctrica y unespesor mínimo de 0.064 pulg. (1.63 mm).

4.6.4 Cables de guarda.

4.6.4.1 Deben permitirse cables de guarda que provean unazona de protección.

4.6.4.2 El material del cable de guarda debe ser de aluminio,cobre, acero inoxidable, acero galvanizado o acero protegido,tal como con un revestimiento de cobre, de aluminio o unconductor aluminio con refuerzo de acero (ACSR, por sussiglas en inglés).

4.6.4.3 Para el cable de guarda, deben elegirse materiales queminimicen la corrosión provocada por las condiciones existen‐tes en el sitio.

4.6.4.4 El cable de guarda seleccionado debe ser de un tamañoque tenga la misma área transversal que la de un conductorprincipal y debe ser auto portante con una caída mínima paracualquier condición.

4.6.5* Cables de guarda y mástiles aislados. A fin de evitardescargas laterales, debe calcularse la distancia mínima entreun mástil o cable de guarda y la estructura que va a ser prote‐gida.

A: Terminales aéreas de más de 24 pulg. (600 mm) de altura con soportes.B: Los soportes de las terminales aéreas están ubicados en un punto situado a una distancia no menor que la mitad de la altura de la terminal aérea.

B

A

B

Nota: las configuraciones de las puntas de las terminales aéreas pueden ser afiladas o romas.

A

FIGURA 4.6.2.2.2 Soporte de un terminal aéreo.

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-15

4.6.5.1 La distancia de la descarga lateral desde un punto deun mástil debe calcularse mediante la siguiente fórmula:

Dh

=

6

D = distancia de la descarga lateral desde un mástilh = altura de la estructura (u objeto que se calcula)

4.6.5.2* La distancia de la descarga lateral desde un punto deun cable de guarda debe calcularse de la siguiente manera:

Dl

n=

6

D = distancia de la descarga lateral desde un mástil al cable deguarda

l = longitud del conductor de protección contra rayos entre elpunto a tierra más cercano y el punto que se esté calcu‐lando (en el cálculo del espaciamiento desde un cable deguarda sostenido por un mástil metálico, debe permitirseconsiderar que el punto a tierra es el punto de fijaciónsituado sobre el mástil metálico, donde el cable de guardaestá eléctricamente conectado. Para el cálculo de ladescarga lateral desde un mástil y el cálculo de los cablesde guarda sostenidos por mástiles no metálicos, el punto atierra debe ser considerado la conexión del sistema depuesta a tierra.)

n = 1 cuando haya un único cable de guarda que exceda de100 pies (30 m) de longitud horizontal

n = 1.5 cuando haya uno o dos conductores bajantes conecta‐dos al cable de guarda espaciados a más de 25 pies (7.6 m)y a menos de 100 pies (30 m) de distancia a lo largo de lalongitud del cable de guarda

n = 2.25 cuando haya más de dos conductores bajantes conec‐tados a los cables de guarda espaciados a más de 25 pies(7.6 m) y a menos de 100 pies (30 m) de distancia a lolargo de la longitud del cable de guarda

4.7 Dispositivos terminales de interceptación de descargas entechos.

4.7.1 Tipos de techos. La zona de protección para lossiguientes tipos de techos debe incluir al techo y a los accesor‐ios, cuando estén protegidos conforme a lo establecido en lasección 4.7:

(1) Techos inclinados(2) Techos planos o levemente inclinados(3) Buhardillas(4) Techos abovedados(5) Techos con cumbreras, huecos, chimeneas o ventila‐

ciones

4.7.1.1 Los techos inclinados deben definirse como techos conun vano de 40 pies (12 m) o menos y una pendiente de 1∕8 omayor, y techos con un vano de más de 40 pies (12 m) y unapendiente de 1∕4 o mayor.

4.7.1.2 Un techo plano o levemente inclinado se define comoun techo con una pendiente menor que la de un techo incli‐nado.

4.7.1.3 A los fines de la presente norma, las pendientes de lostechos deben cumplir con lo que se muestra en la Figura4.7.1.3.

4.7.1.4 La protección para los tipos característicos de techosdebe cumplir con lo ilustrado en la Figura 4.7.1.4.

4.7.1.5 Las crucetas de un techo a cuatro aguas no deben serconsideradas cumbreras para la protección de estos tipos detechos.

Vano

Tendido12 pies

1/8 de inclinación

1/4 de inclinación

1/2 de inclinación

3/4 de inclinación

12 pies

9 pies

6 pies

3 pies

18 pulg.

Inclinación:Subida

Tendido

Ejemplo: Subida = 3 pies Tendido = 12 pies

Subida

Inclinación completa

Inclinación:3 pies

12 pies(1/4 de inclinación)

Para unidades SI, 1 pulg. = 25.4 mm; 1 pie = 0.3 m.

FIGURA 4.7.1.3 Pendiente de un techo.

Plano

A dos aguas Con pend. a un agua A dos aguas, partido

Abuhardillado

Mansarda A cuatro aguas

Terminal aérea

Conductor

Electrodo a tierra

FIGURA 4.7.1.4 Medidas de protección para diversos tiposde techos. (Los dibujos muestran la parte superior y el extremode cada tipo de techo.)

Edición 2014

donde:

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-16

4.7.2* Ubicación de los terminales de interceptación.

4.7.2.1 Como se muestra en la Figura 4.7.2.1, la distancia entrelos terminales de interceptación de descargas y los extremos delas cumbreras en techos inclinados o los bordes y esquinas exte‐riores de techos planos o levemente inclinados no debe sermayor de 2 pies (0.6 m).

4.7.2.2 Los terminales de interceptación de descargas debenser colocados sobre las cumbreras de los techos inclinados yalrededor del perímetro de los techos planos o levemente incli‐nados, a intervalos que no excedan de 20 pies (6 m).

4.7.2.3 Debe permitirse que los terminales de interceptaciónde descargas situados a 2 pies (0.6 m) o más por encima delobjeto o área que protegen sean colocados a intervalos que noexcedan de 25 pies (7.6 m).

4.7.3 Sección de techos inclinados.

4.7.3.1 No deben requerirse terminales de interceptación dedescargas alrededor de los perímetros de los techos inclinados,con alturas de aleros menores o iguales a 50 pies (15 m) porencima del nivel del terreno.

4.7.3.2 Para techos inclinados con un vano de 100 pies (30 m)o menor y alturas de aleros mayores o iguales a 50 pies (15 m),aunque menores de 150 pies (46 m) por encima del nivel delterreno, debe permitirse omitir los terminales de intercepta‐ción de descargas en los aleros si la pendiente de ese techo esigual o más pronunciada que la tangente del arco que forma laelevación del alero de una esfera rodante con un radio de150 pies (46 m). (Ver Figura 4.7.3.2.)

4.7.3.2.1 A excepción de la canaleta, cualquier parte del edifi‐cio que se extienda más allá de la tangente debe estar prote‐gida.

4.7.3.2.2 Los aleros de más de 150 pies (46 m) por encima delnivel del terreno deben estar protegidos de acuerdo con loestablecido en la sección 4.7.2.

A: espaciamiento máximo de 20 pies (6.0 m) o 25

pies (7.6 m)

B: Terminales aéreas ubicadas dentro de los 2 pies

(0.6 m) de los extremos de las cumbreras.

B

A

FIGURA 4.7.2.1 Terminales aéreos sobre un techoinclinado.

4.7.3.2.3* La tangente del arco de la esfera rodante debeconsiderarse como una línea vertical de más de 150 pies (46 m)por encima del nivel del terreno, excepto según lo permitidoen la sección 4.8.2.4.

4.7.3.3 Los techos inclinados que no cumplan con los criteriosde las secciones 4.7.3.1 y 4.7.3.2 deben ser tratados de la mismamanera que los techos planos o levemente inclinados.

4.7.4 Techos con cumbreras intermedias. Los terminales deinterceptación de descargas deben estar ubicados a lo largo delas cumbreras más distantes de los edificios que tengan unaserie de cumbreras intermedias a los mismos intervalos que losrequeridos en la sección 4.7.2.

4.7.4.1 Los terminales de interceptación de descargas debenestar ubicados sobre las cumbreras intermedias, de acuerdocon los requisitos para espaciamiento de terminales de inter‐ceptación de descargas en techos planos o levemente inclina‐dos.

4.7.4.2 Si alguna de las cumbreras intermedias fuera más altaque las cumbreras más distantes, debe ser tratada como unacumbrera principal y protegida conforme a lo establecido en lasección 4.7.2.

4.7.5 Sección del techo plano o levemente inclinado. Lostechos planos o levemente inclinados que excedan de 50 pies(15 m) de ancho o longitud deben tener terminales de inter‐ceptación de descargas adicionales, colocados a intervalos queno excedan de 50 pies (15 m) sobre las áreas planas o leve‐mente inclinadas, como se muestra en la Figura 4.7.5(a) y en laFigura 4.7.5(b); debe permitirse que dicha área esté protegidamediante el uso de terminales de interceptación de descargasque creen zonas de protección aplicando el método de laesfera rodante, de modo que la esfera no tome contacto con elárea del techo plano o levemente inclinado.

4.7.6 Techos planos o levemente inclinados con perímetrosirregulares. Las estructuras que tengan diseños de muros exte‐riores que formen perímetros irregulares en los techos debenser tratadas individualmente.

150 pies (46 m)

Altura de alero ≥ 150 pies (46 m):

colocar los disp. terminales de interceptación de descargas

conforme a lo establecido en el método de la esfera rodante

150 pies (46 m)

125 pies (37 m)

100 pies (30 m)

75 pies (23 m)

50 pies (15 m)

25 pies (7.6 m)

Altura de alero > 50 pies (15 m)

y < 150 pies (46 m):

inclinación ≥ tangente de la esfera rodante

FIGURA 4.7.3.2 Ilustración de la tangente del método de laesfera rodante.

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-17

A: espaciamiento máximo de 50 pies (15 m) entre terminales aéreas

B: longitud máxima de 150 pies (46 m) de conductor de tramo transversal permitida sin una conexión desde el conductor de tramo transversal hasta el conductor bajante o el perímetro principal

C: espaciamientos máximos de 20 pies (6 m) o 25 pies (7.6 m) entre las terminales aéreas situadas a lo largo del borde

AB

C

A

A

FIGURA 4.7.5(a) Terminales aéreos sobre un techo plano.

A: espaciamiento máximo de 50 pies (15 m)

B: espaciamiento máximo de 20 pies (6 m) o de

25 pies (7.6 m)

B A

A

FIGURA 4.7.5(b) Terminales aéreos sobre un techolevemente inclinado.

4.7.6.1 El borde de un techo imaginario formado por lasproyecciones más distantes debe ser usado para colocar losterminales de interceptación de descargas, conforme a lo esta‐blecido en la sección 4.7.2.

4.7.6.2 En todos los casos, los terminales de interceptación dedescargas deben ser ubicados de acuerdo con lo establecido enla sección 4.7, según se muestra en la Figura 4.7.6.2.

4.7.7* Buhardillas.

4.7.7.1 Las buhardillas de una altura equivalente o mayor quela de la cumbrera principal del techo deben estar protegidascon terminales de interceptación de descargas, conductores ypuestas a tierra.

4.7.7.2 Las buhardillas y proyecciones situadas debajo de lacumbrera principal deben requerir protección solamente enaquellas áreas que se extiendan fuera de una zona de protec‐ción.

4.7.8 Dispositivos terminales de interceptación de descargassobre miembros verticales de techos. Debe permitirse que losterminales de interceptación de descargas instalados en miem‐bros verticales de techos utilicen un único cable del tamañoprincipal para conectarse con un conductor principal deltecho.

4.7.8.1 El conductor principal del techo deben extenderse demanera adyacente a los miembros verticales del techo, demodo que el cable único proveniente del dispositivo terminalde interceptación de descargas sea lo más corto posible y enningún caso de una longitud mayor de 16 pies (4.9 m).

A

AA: Terminales aéreas dentro de los 2 pies (0.6 m) de la proyección más distante del borde del techo

Máximo de 20 pies

(6 m

) o 25 pies (7

.6 m)

Máximo de 20 pies

(6 m) o

25 pies (7.6 m

)

A

A

A

FIGURA 4.7.6.2 Techo plano o levemente inclinado con unperímetro irregular.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-18

4.7.8.2 La conexión del cable único con el conductor bajantedebe hacerse con un empalme en T u otro accesorio listadopara tal fin, como se muestra en la Figura 4.7.8.2.

4.7.9 Sección s abiertas en techos planos. El perímetro de lasáreas abiertas, tales como huecos para iluminación o para equi‐pos mecánicos, debe estar protegido si el perímetro del áreaabierta excede de 300 pies (92 m), siempre que ambas dimen‐siones rectangulares sean mayores de 50 pies (15 m).

4.7.10 Techos abovedados o redondeados. Los terminales deinterceptación de descargas deben estar ubicados de maneraque ninguna parte de la estructura se encuentre fuera de unazona de protección, como se establece en la sección 4.8.

4.7.11* Chimeneas, ventiladores y otros objetos situados sobretechos, ubicados fuera de la zona de protección. Debenrequerirse terminales de interceptación de descargas sobretodos los objetos que no estén ubicados dentro de una zona deprotección, entre ellos objetos metálicos con un espesor delmetal de menos de 3∕16 pulg. (4.8 mm), excepto según lo permi‐tido en las secciones 4.7.11.1 a 4.7.11.4.

4.7.11.1 Los objetos metálicos con un espesor del metal de 3⁄16pulg. (4.8 mm) o mayor y que no estén ubicados en una zonade protección deben requerir la conexión con el sistema deprotección contra rayos mediante el uso de un pararrayos detamaño principal y un conector de tamaño principal, deacuerdo con lo establecido a continuación:

(1) Debe tener un área de contacto de no menos de 3 pulg.2(1940 mm2) o un mínimo de 1½ pulg. (38 mm) decontacto a lo largo del eje de una superficie redondeada.

(2) Debe preverse dos o más trayectorias a tierra, ubicadassegún la ubicación de los terminales de interceptación dedescargas.

Nota: las configuraciones de las puntas de las terminalesaéreas pueden ser afiladas o romas.

FIGURA 4.7.8.2 Terminales de interceptación de descargasinstalados sobre miembros verticales de techos.

4.7.11.2* Los terminales de interceptación de descargasrequeridos deben ser instalados sobre objetos, como se muestraen la Figura 4.7.11.2, de manera que la distancia desde unterminal de interceptación de descargas hasta una esquinaexterior o la distancia perpendicular hasta un borde externono sea mayor de 2 pies (0.6 m).

4.7.11.3 Cuando se requiera solamente un terminal de inter‐ceptación de descargas sobre un objeto, al menos uno de losconductores de tamaño principal debe conectar el terminal deinterceptación de descargas a un conductor principal en ellugar en el que el objeto se une a la superficie del techo yprovee dos o más trayectorias a tierra desde dicha ubicación,conforme a lo establecido en la sección 4.9 y 4.9.2.

4.7.11.4 Los objetos situados sobre techos que estén a menosde 10 pulg. (254 mm) por encima de la superficie del techo norequieren de terminales de interceptación de descargas,excepto que estén ubicados dentro de los 3 pies (0.9 m) de lacumbrera o borde del techo.

4.7.12 Equipos metálicos de techo. Requieren de intercepta‐ción de descargas, de acuerdo con lo establecido en lassecciones 4.7.12.1 a 4.7.12.3.2, sobre todas las unidades mecáni‐cas situadas en la parte superior de los techos, con carcasas demetal continuo de menos de 3∕16 pulg. (4.8 mm) de espesor,tales como unidades de aire acondicionado/calefacción, carca‐sas metálicas para entrada/escape de aire y torres de enfria‐miento, que no estén ubicadas dentro de la zona deprotección.

4.7.12.1 Los terminales aéreos deben ser instaladas de acuerdocon lo establecido en las secciones 4.7.2 a 4.7.5.

4.7.12.2 Los terminales aéreos deben estar montadas sobrebases con un área mínima de contacto de 3 pulg.2 (1940 mm2)cada una, aseguradas al metal libre de pintura de la carcasa omontadas mediante perforación y roscado al armazón de launidad, según se indica en las secciones 4.19.3.2 y 4.19.3.3.

A

A: Máximo de 2 pies (0.6 m)

Nota: las configuraciones de las puntas de las terminales aéreaspueden ser afiladas o romas.

FIGURA 4.7.11.2 Terminales aéreos sobre una chimenea.

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-19

4.7.12.3 Deben instalarse al menos dos conductores de tamañoprincipal para conectar las unidades de techo al sistema deprotección contra rayos.

4.7.12.3.1 La conexión debe hacerse con el metal libre depintura, en la base o los bordes inferiores de la unidad,mediante el uso del conductor principal y dispositivos de inter‐conexión que tengan un área de contacto no menor de3 pulg.2 (1040 mm2) y deben proveer dos o más trayectorias atierra, según lo requerido para terminales de interceptación dedescargas.

4.7.12.3.2 Las dos placas principales de interconexión debenestar ubicadas tan distantes como sea factible, en la base o losbordes inferiores de la carcasa metal de la unidad y conectadaseléctricamente al sistema de protección contra rayos.

4.7.13* Objetos movibles o giratorios situados sobre techos.Los objetos movibles o giratorios situados sobre techos debenestar protegidos de acuerdo con lo establecido en las secciones4.7.13.1 o 4.7.13.2.

4.7.13.1 Cuando sea factible, los objetos movibles o rotatoriossituados sobre techos deben estar colocados dentro de la zonade protección, como por ejemplo mediante el uso de mástilescontra rayos o terminales aéreos de longitud apropiada.

4.7.13.2 Los objetos de metal movibles o rotatorios situadosafuera de una zona de protección deben estar conectados de lasiguiente manera:

(1) La parte fija de los objetos movibles o rotatorios situadossobre techos debe estar conectada al sistema de protec‐ción contra rayos, conforme a lo establecido en 4.7.11.1.

(2) Debe permitirse un puente de interconexión que conectela parte metálica movible o rotatoria con la parte fija.

4.8 Zonas de protección. La geometría de la estructura debedeterminar la zona de protección.

4.8.1 Deben aplicarse uno o más de los siguientes métodospara determinar la zona de protección general:

(1) Colocación de terminales aéreos, según se describe en lasección 4.7

(2) El método del ángulo, según se describe en 4.8.2(3) El método de la esfera rodante, según se describe en 4.8.3

4.8.2 Techos de niveles múltiples.

4.8.2.1 Para estructuras con techos de niveles múltiples de unaaltura menor de 50 pies (15 m), la zona de protección debeincluir áreas tales como las identificadas en las secciones 4.8.2.3y 4.8.2.4.

4.8.2.2 Debe permitirse que la zona de protección esté deli‐neada como un cono, con el vértice ubicado en el punto másalto del terminal de interceptación de descargas y su superficieformada por un ángulo de 45 grados o de 63 grados desde lavertical, basándose en la altura del terminal de interceptaciónde descargas por encima del nivel del terreno, según se defineen las secciones 4.8.2.3 y 4.8.2.4.

4.8.2.3 Deben tomarse en consideración las estructuras que noexcedan de 25 pies (7.6 m) por encima del terreno paraproteger los sectores más bajos de una estructura situadadentro de una zona de protección con una relación de uno ados, como se muestra en la Figura 4.8.2.3(a) y en la Figura4.8.2.3(b).

4.8.2.4 Para estructuras que no excedan de 50 pies (15 m) porencima del terreno para proteger los sectores más bajos de unaestructura se utiliza la relación de uno a uno como zona deprotección, así como para techos inferiores, como se muestraen la Figura 4.8.2.4(a) y en la Figura 4.8.2.4(b).

1

2

25 pies (7.6 m)

FIGURA 4.8.2.3(a) Protección del techo más bajo paraedificios con techos planos de 25 pies (7.6 m) o menos dealtura.

2

1

≤25 pies (7.6 m)

FIGURA 4.8.2.3(b) Protección del techo más bajo provistapor edificios con techos inclinados de 25 pies (7.6 m) o menosde altura.

1

1

≤50 pies (15 m)

FIGURA 4.8.2.4(a) Protección del techo más bajo paraedificios de 50 pies (15 m) o menos de altura.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-20

4.8.3 Método de la esfera rodante.

4.8.3.1* La zona de protección debe incluir el espacio noincluido por una esfera rodante con un radio de la distancia deimpacto determinada para el tipo de estructura que se estáprotegiendo, como se muestra en la Figura 4.8.3.1.

4.8.3.1.1 Cuando la esfera sea tangente al terreno y descansecontra un terminal de interceptación de descargas, debeconsiderarse que todo el espacio del plano vertical entre losdos puntos de contacto y bajo la esfera se encuentra en la zonade protección.

4.8.3.1.2 También debe formarse una zona de proteccióncuando dicha esfera descanse sobre dos o más terminales deinterceptación de descargas y debe incluir el espacio del planovertical bajo la esfera y entre dichos dispositivos, como se mues‐tra en la Figura 4.8.3.1.

4.8.3.1.3 Deben considerarse todas las posibles ubicaciones dela esfera cuando se determine la zona de protección generalaplicando el método de la esfera rodante.

4.8.3.1.4 La distancia de impacto no debe exceder de 150 pies(46 m).

4.8.3.2* Para alturas de estructuras que excedan la distancia deimpacto por encima del terreno o por encima de un terminalde interceptación de descargas inferior, la zona de protección

1

1

≤50 pies(15 m)

FIGURA 4.8.2.4(b) Protección del techo más bajo provistapor edificios con techos inclinados de 50 pies (15 m) o menosde altura.

150 pies

(46 m) R

FIGURA 4.8.3.1 Zona de protección en la que se muestra laaplicación del método de la esfera rodante.

debe ser el espacio del plano vertical entre los puntos decontacto y también debajo de la esfera cuando la esferadescanse contra una superficie vertical de la estructura y el/losterminal/es de interceptación de descargas inferior/es o elterreno.

4.8.3.3 Bajo el método de la esfera rodante, debe tambiénpermitirse que la distancia horizontal protegida encontradageométricamente en la Figura A.4.8.3.1 se calcule aplicando lasiguiente fórmula (las unidades deben ser consistentes, en pieso en m):

d h R h h R h= ( ) ( )1 1 2 22 2− − −

d = distancia horizontal protegida (pies o m)h 1 = altura del techo más alto (pies o m)R = radio de la distancia de impacto de la esfera rodante

(pies o m)h 2 = altura del techo más bajo (parte superior del objeto)

(pies o m)

4.8.3.3.1 Para que la fórmula sea válida, la esfera debe ser obien tangente al techo más bajo o estar en contacto con elterreno y en contacto con el lado vertical de la porción más altade la estructura.

4.8.3.3.2 Además, la diferencia de las alturas entre el techomás alto y el más bajo o el terreno debe ser la distancia deimpacto o menor.

4.9 Conductores. Los conductores principales deben interco‐nectar todos los terminales de interceptación de descargas ydeben formar dos o más trayectorias desde cada uno de losterminales de interceptación de descargas hacia abajo, horizon‐talmente o de manera ascendente con una pendiente de nomás de ¼ hasta el punto de conexión con electrodos de puestaa tierra, excepto según se permita en las secciones 4.9.1 y 4.9.2.

4.9.1 Trayectoria unidireccional. Los terminales de intercepta‐ción de descargas situados en un nivel del techo inferior y queestén interconectados por un tramo del conductor desde elnivel del techo más alto deben requerir solamente una trayec‐toria a tierra horizontal o descendente, siempre que el tramodel conductor del techo de nivel inferior no exceda de 40 pies(12 m).

4.9.2 Puntas muertas. Debe permitirse “puntas muertas” entreun conductor principal de “ ” y entre un único dispositivoterminal de interceptación de descargas o accesorio del conec‐tor y un tramo del conductor principal, en las siguientes condi‐ciones:

(1) Cuando un tramo del conductor principal al que estéconectado tenga una trayectoria bidireccional a tierra

(2) En un nivel de techo principal protegido, cuando la partehorizontal del conductor con punta muerta no tenga unalongitud total de más de 8 pies (2.4 m)

(3) En un techo situado debajo del nivel inferior protegido,cuando el conductor con punta muerta no tenga unalongitud total de más de 16 pies (4.9 m), como se mues‐tra en la Figura 4.9.2

(4) Cuando todos los tramos del conductor con puntamuerta mantenga un curso horizontal o descendentedesde el terminal de interceptación de descargas hasta elpunto de conexión con el tramo del conductor principal

Edición 2014

donde:

REQUISITOS GENERALES 780-21

4.9.3 Sustitución del conductor principal.

4.9.3.1 Las partes metálicas complementarias de una estruc‐tura, como canales de aleros, bajantes pluviales, escaleras,vertederos u otras partes de metal, excepto según lo permitidoen la sección 4.19.1, no deben sustituir al conductor principal.

4.9.3.2 Debe permitirse que los pasamanos y escaleras de metalexterior y permanente, que estén sujetos a impactos directos derayos (por ejemplo, sobre techos o entre techos) y que tengancontinuidad eléctrica, sean utilizados como conductores princi‐pales cuando el espesor mínimo sea de 0.064 pulg. (1.63 mm).

4.9.3.3 Los techos o revestimientos metálicos de un espesormenor de 3∕16 pulg. (4.8 mm) no deben sustituir a los conduc‐tores principales.

4.9.4 Dobleces en “U” o en “V”.

4.9.4.1 Los conductores deben mantener un curso horizontalo descendente, libre de dobleces en “U” o en “V” (abajo yarriba).

4.9.4.2 Dichos dobleces, generalmente formados en chime‐neas ubicadas en lugares bajos, buhardillas u otras proyec‐ciones sobre techos inclinados o en muros de parapetos, debenestar provistos de un conductor bajante desde la base deldoblez hasta el suelo o hasta un conductor de bajada adya‐cente, como se muestra en la Figura 4.9.4.2.

4.9.5 Curvaturas del conductor. Ninguno de los codos de unconductor debe formar un ángulo interior de menos de 90grados, ni debe tener un radio de curvatura menor de 8 pulg.(203 mm), como se muestra en la Figura 4.9.5.

A: Longitud total permitida del conductor con punta muerta de no más de 16 pies (4.9 m)

A

FIGURA 4.9.2 Punta muerta.

4.9.6 Soportes de conductores.

4.9.6.1 Debe permitirse que los conductores sean colgados enel aire, sin soportes, por una distancia de 3 pies (0.9 m) omenos.

4.9.6.2 Los conductores que deban ser colgados en el aire pordistancias superiores a aquellas permitidas en la sección 4.9.6.1deben estar provistos de un medio de soporte mecánico queevite el daño o el desplazamiento del conductor.

4.9.7 Conductores de techos.

4.9.7.1 Los conductores de techos deben ser colgados a lolargo de las cumbreras de techos a dos aguas, abuhardillados ya cuatro aguas; alrededor del perímetro de techos planos;detrás o encima de parapetos y a través de las áreas de techosplanos o levemente inclinados, según lo requerido para inter‐conectar todos los terminales de interceptación de descargas.

4.9.7.2 Los conductores deben tenderse a través o alrededorde las obstrucciones (como cúpulas y ventiladores), en unplano horizontal con el conductor principal.

4.9.8 Conductores de tramo transversal. Deben requerirseconductores de tramo transversal (conductores principales)para interconectar los terminales de interceptación de descar‐gas situados sobre techos planos o levemente inclinados queexcedan de 50 pies (15 m) de ancho.

4.9.8.1 Por ejemplo, los techos de 50 pies a 100 pies (15 m a30 m) de ancho deben requerir un conductor de tramo trans‐versal; los techos de 100 pies a 150 pies (30 m a 46 m) de ancho

Incorrecto Correcto

Dobleces en “U” y en “V”

FIGURA 4.9.4.2 Dobleces.

Radio de curvatura de no menos de 8 pulg. (203 mm)

R

CL

CL

90 grados mín.

Nota: ángulo de curvatura de no menos de 90 grados

FIGURA 4.9.5 Curvatura del conductor.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-22

deben requerir dos conductores de tramo transversal, y asísucesivamente.

4.9.8.2 Los conductores de tramo transversal deben ser conec‐tados al cable del perímetro principal a intervalos que no exce‐dan de 150 pies (46 m), como se muestra en la Figura 4.7.5(a).

4.9.9 Conductores bajantes.

4.9.9.1 Los conductores bajantes deben estar separados por elmayor espacio posible.

4.9.9.2 La ubicación de los conductores bajantes debedepender de las consideraciones siguientes:

(1) Ubicación de terminales de interceptación de descargas(2) Ubicación más directa de los conductores(3) Condiciones del terreno(4) Seguridad contra desplazamientos(5) Ubicación de objetos metálicos de gran tamaño(6) Ubicación de los sistemas de tuberías metálicas subterrá‐

neas

4.9.10 Cantidad de conductores bajantes. Deben proveerse almenos dos conductores bajantes en cualquier tipo de estruc‐tura, incluidos los campanarios.

4.9.10.1 Las estructuras con un perímetro de más de 250 pies(76 m) deben tener un conductor bajante para cada tramo de100 pies adicionales (30 m) de perímetro o fracción de este.

4.9.10.2 La cantidad total de conductores bajantes de estructu‐ras con techos planos o levemente inclinados debe ser tal quela distancia promedio entre todos los conductores bajantes noexceda de 100 pies (30 m).

4.9.10.3 Las estructuras de forma irregular deben tenerconductores bajantes adicionales, según fuera necesario paraproveer una trayectoria bidireccional desde cada terminal deinterceptación de descargas.

4.9.10.4 Para una estructura de techo plano o levemente incli‐nado, debe medirse solamente el perímetro de las áreas detechos que requieren protección.

4.9.10.5 Al determinar el perímetro de una estructura detecho inclinado, la proyección horizontal (superficie proyec‐tada) del techo protegido debe medirse como se muestra en laFigura 4.9.10.5.

4.9.10.6 No debe requerirse que los techos o proyecciones másbajos que estén ubicados dentro de una zona de protecciónsean incluidos en la medición del perímetro.

4.9.11 Protección de los conductores bajantes. Los conduc‐tores bajantes ubicados en pistas, vías de acceso peatonales,áreas de recreación, corrales para ganado, vías públicas u otroslugares sujetos a daños físico o desplazamiento deben estarprotegidos por guarda cables.

4.9.11.1 Los guarda cables y tuberías metálicas deben estarinterconectadas en ambos extremos.

4.9.11.2 El conductor bajante debe estar protegido en unadistancia mínima de 6 pies (1.8 m) por encima del nivel delterreno.

4.9.12 Conductores bajantes que ingresan en suelos corrosi‐vos. Los conductores bajantes que ingresen en suelos corrosi‐vos deben estar protegidos contra la corrosión por medio deuna cubierta protectora que parta en un punto situado a 3 pies

(0.9 m) por encima del nivel del terreno y se extienda en todasu longitud por debajo del nivel del terreno.

4.9.13 Conductores bajantes y columnas estructurales. Losconductores bajantes próximas a columnas de concretoarmado o sobre columnas de acero estructural deben ser inter‐conectados al acero de refuerzo o miembro de acero estruc‐tural en sus extremidades superior e inferior.

4.9.13.1 En el caso de miembros verticales largos, debe hacerseuna conexión adicional a intervalos que no excedan de 200pies (60 m).

4.9.13.2 Las conexiones descriptas en la sección 4.9.13.1deben hacerse utilizando grapas o placas de interconexiónlistadas, o mediante soldadura.

4.9.13.3 Cuando no se cumplan los requisitos de interconex‐ión mencionados en las secciones 4.9.13.1 y 4.9.13.2 debentomarse las previsiones adecuadas para garantizar la interco‐nexión requerida de estas trayectorias verticales paralelas.

4.9.14 Conductores bajantes en ductos no metálicos. El uso detuberías de PVC u otros ductos no metálicos no debe eludir lanecesidad de satisfacer los requisitos de interconexión estable‐cidos en las secciones 4.15 y 4.16.

4.10 Sujetadores de ductos. Los conductores deben ser sujeta‐dos a la estructura sobre la que están colocados a intervalosque no excedan de 3 pies (0.9 m).

4.10.1 El conductor se puede fijar con clavos, tornillos, pernoso sujetadores adhesivos, según fuera necesario.

4.10.2 Los sujetadores deben ser del mismo material que elconductor o de un material igualmente resistente a la corro‐sión como el del conductor.

4.10.3 No deben usarse combinaciones de materiales queformen pares galvánicos de una naturaleza tal que, en presen‐cia de la humedad, se acelere la corrosión.

4

(Nota: sistema de techo requerido omitido en la ilustración)

3

2

5

12

34

5

1

Perímetro total: 470 pies (144 m)Conductores bajantes requeridos: 5

Espaciamientos:1–2: 130 pies (40 m)2–3: 85 pies (26 m)3–4: 85 pies (26 m)4–5: 85 pies (26 m)5–1: 85 pies (26 m)

FIGURA 4.9.10.5 Cantidad de conductores bajantes.

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-23

4.11 Anclajes de la mampostería. Los anclajes de la mamposte‐ría utilizados para fijar los materiales de protección contrarayos deben tener un diámetro externo mínimo de 1∕4 pulg.(6.4 mm).

4.11.1 Los huecos hechos para recibir objetos mecanismos deanclaje deben ser del tamaño correcto, ser hechos en elladrillo, piedra u otro bloque de mampostería, en lugar de enlas uniones de argamasa.

4.11.2 Cuando se instalen los anclajes, el ajuste debe serhermético a la humedad, reduciendo así la posibilidad dedaños debidos al congelamiento.

4.12 Accesorios de conexión. Los accesorios de conexióndeben ser usados en todos los empalmes “extremo a extremo”,“en T” o en “Y” de los conductores.

4.12.1 Los accesorios deben ser fijados de manera que resistanuna prueba de tracción de 200 lb (890 N).

4.12.2 Los accesorios que se utilicen para las conexionesrequeridas a los objetos metálicos que se encuentren en osobre una estructura deben estar asegurados al objeto metálicomediante pernos, soldadura, atornillado o mediante el uso deconectores de alta compresión listados para tal fin.

4.12.3 Las conexiones del conductor deben hacerse mediantepernos, soldadura, alta compresión o engaste.

4.12.4 Las conexiones de tipo engaste no deben utilizarse conconductores de Clase II.

4.13 Electrodos de puesta a tierra.

4.13.1 Generalidades.

4.13.1.1 Cada conductor bajante debe terminar en un elec‐trodo de puesta a tierra, exclusivo para el sistema de protec‐ción contra rayos o a un sistema de electrodos de puesta atierra en el caso de un edificio, estructura o instalaciones quetengan múltiples electrodos de puesta a tierra que estén inter‐conectados juntos con un electrodo de puesta a tierra tipoanillo, de un tamaño que cumpla con lo establecido en lasección 4.13.4.2, para formar el sistema de electrodos de puestaa tierra.

4.13.1.2 El diseño, tamaño y profundidad de los electrodos depuesta a tierra deben cumplir con lo establecido en lassecciones 4.13.2 a 4.13.8.

4.13.1.3 No deben utilizarse electrodos de puesta a tierra detipo varilla ni tuberías metálicas pertenecientes a los sistemaseléctricos, de comunicaciones u otros sistemas de proteccióncontra rayos.

4.13.1.4 El/los conductor/es bajante/s debe/n estar perma‐nentemente fijados al sistema de electrodos de puesta a tierramediante pernos, soldadura y de conectores de alta compre‐sión listados para tal fin.

4.13.1.5 Los electrodos de puesta a tierra deben ser instaladosdebajo de la línea de congelamiento, cuando sea posible(excluyéndose la capa superficial del suelo).

4.13.1.6* Para terrenos corrosivos, debe permitirse el uso deelectrodos de puesta a tierra de acero inoxidable.

4.13.2* Varillas de puesta a tierra.

4.13.2.1 Las varillas de puesta a tierra no deben ser de undiámetro menor de 1∕2 pulg. (12.7 mm) y deben tener unalongitud de 8 pies (2.4 m).

4.13.2.2 Las varillas deben estar libres de pintura u otros recu‐brimientos no conductores.

4.13.2.3 Profundidad de las varillas de puesta a tierra.

4.13.2.3.1 Las varillas de puesta a tierra deben extenderse demanera vertical a una profundidad no menor de 10 pies (3 m)dentro del terreno.

4.13.2.3.2 La varilla debe estar en contacto (compactada) conel terreno a lo largo de toda su longitud, como se ilustra en laFigura 4.13.2.3.2

4.13.2.4* Varillas de puesta a tierra múltiples. Cuando se utili‐cen varillas múltiples de puesta a tierra conectadas, la separa‐ción entre cualesquiera dos de las varillas de puesta a tierra nodebe ser menor que la suma de sus longitudes.

4.13.2.5 Las varillas de puesta a tierra deben ser de acerorevestido de cobre, de cobre sólido o de acero inoxidable.

4.13.3 Electrodos de puesta a tierra en concreto (UFER). Loselectrodos de puesta a tierra empotrados en concreto debenser usados solamente en construcciones nuevas.

4.13.3.1 El electrodo debe estar ubicado cerca del fondo de lazapata o cimiento de concreto que estén en contacto directocon el terreno y debe estar empotrado en una capa no menorde 2 pulg. (50 mm) de concreto.

10 pies (3 m)

FIGURA 4.13.2.3.2 Instalación típica de una varilla depuesta a tierra.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-24

4.13.3.2 El electrodo de puesta a tierra en concreto debe estarcompuesto por uno de los siguientes elementos:

(1) Conductor de cobre desnudo del tamaño principal, deno menos de 20 pies (6 m)

(2) Al menos 20 pies (6 m) de una o más varillas o barras derefuerzo de acero de un diámetro no menor de 1∕2 pulg.(12.7 mm) que hayan sido efectivamente unidasmediante soldadura o entrelazados con alambre de unióncon una área de contacto no menor a 20 diámetros dedicho alambre.

4.13.4 Electrodo de puesta a tierra tipo anillo. El electrodo depuesta a tierra tipo anillo que rodea una estructura debecumplir con lo que se muestra en la Figura 4.13.4.

4.13.4.1 El electrodo de puesta a tierra tipo anillo debe estaren contacto directo con el terreno a una profundidad nomenor de 18 pulg. (460 mm) o empotrado en una zapata deconcreto, de acuerdo con lo establecido en la sección 4.13.3.

4.13.4.2 El electrodo de puesta a tierra tipo anillo debe tenerun conductor del tamaño principal o de una sección transver‐sal equivalente o mayor.

4.13.5* Electrodos radiales.

4.13.5.1 Un sistema de electrodos radiales debe estarcompuesto por uno o más conductores de tamaño principal,cada uno situado en un canal separado que se extienda haciaafuera desde el lugar en que se encuentra cada conductorbajante.

4.13.5.2 Cada electrodo radial debe ser de una longitud nomenor de 12 pies (3.6 m).

4.13.5.3 El electrodo radial debe estar enterrado a no menosde 18 pulg. (460 mm) por debajo del nivel del terreno.

4.13.6* Electrodo de puesta a tierra de placa.

4.13.6.1 Un electrodo de puesta a tierra de placa debe tenerun espesor mínimo de 0.032 pulg. (0.8 mm) y un área desuperficie mínima de 2 pies2 (0.18 m2).

4.13.6.2 El electrodo de puesta a tierra de placa debe estarenterrado a no menos de 18 pulg. (460 mm) por debajo delnivel del terreno.

Electrodos de puesta a tierra opcionales

Conductor en lazo

FIGURA 4.13.4 Instalación de un electrodo de puesta atierra tipo anillo

4.13.7 Combinaciones. Deben permitirse combinaciones delos electrodos de puesta a tierra mencionados en la sección4.13

4.13.8 Criterios de selección de electrodos de puesta a tierra.Las limitaciones del sitio y las condiciones del suelo debendeterminar la selección del tipo de electrodos que se utilicenen terrenos de poca profundidad.

4.13.8.1* Los métodos establecidos en las secciones 4.13.3 a4.13.7 deben ser usados para terrenos con poca profundidadde suelo.

4.13.8.1.1 Cuando se determine que los métodos descriptos enlas secciones 4.13.3 a 4.13.6 no son factibles debido a que laprofundidad del terreno es menor de 18 pulg. (460 mm), debepermitirse electrodos de puesta a tierra enterrados a la máximaprofundidad..

4.13.8.1.2* Para terrenos de poca profundidad de suelo debeutilizarse como electrodo de puesta a tierra un anillo, quecumpla con lo establecido en la sección 4.13.4, a una distanciamínima de 2 pies (0.6 m) desde los cimientos o la zapataexterna o electrodo/s radial/es que cumplan con lo descritoen la sección 4.13.5; o un electrodo de placa que cumpla con loestablecido en la sección 4.13.6, una distancia mínima de 2 pies(0.6 m) desde los cimientos o la zapata externa. El electrodo depuesta a tierra tipo anillo, el/los electrodo/s radial/es o elelectrodo de placa debe estar enterrado a la máxima profundi‐dad de la capa superficial del suelo disponible.

4.13.8.1.3 Cuando uno de los métodos descriptos en la sección4.13.8.1.2 fuera imposible, debe permitirse que el/los elec‐trodo/s radial/es se coloque/n directamente sobre la caparocosa, a una distancia mínima de 12 pies (3.6 m) desde loscimientos o la zapata externa. Debe permitirse que un elec‐trodo de puesta a tierra, tipo anillo que rodee a la estructura ysea colocado directamente sobre la capa rocosa, a una distanciamínima de 2 pies (0.6 m) desde los cimientos o la zapataexterna.

4.13.8.1.4 En aquellos casos en que el conductor a tierra seacolocado directamente sobre la capa rocosa, el conductor debeestar asegurado la capa rocosa cada 3 pies (0.9 m) medianteclavos, cemento conductor o un adhesivo conductor, a fin degarantizar el contacto eléctrico y brindar protección contradesplazamientos del cable.

4.13.8.2 Terreno arenoso. Debido a que las condiciones delsuelo arenoso o con grava se caracterizan por la alta resistividaddel suelo, deben utilizarse múltiples electrodos de puesta atierra para mejorar la puesta a tierra del sistema.

4.14 Interconexión de los sistemas puestos a tierra.

4.14.1 Generalidades. Todos los sistemas puestos a tierra y losconductores enterrados que puedan contribuir para proporcio‐nar una trayectoria para las corrientes de rayos en o sobre unaestructura deber estar interconectados con el sistema deprotección contra rayos dentro de los 12 pies en direcciónvertical (3.6 m en dirección vertical) de la base de la estructura,para obtenerse un potencial a tierra común.

4.14.2* Para estructuras de una altura mayor de 60 pies(18 m)), la interconexión de los electrodos de puesta a tierradel sistema de protección contra rayos y otros sistemas puestosa tierra deben interconectarse en la forma de un conductor enlazo.

Edición 2014

REQUISITOS GENERALES 780-25

4.14.3* Esta interconexión debe incluir a todos los sistemas deelectrodos de puesta a tierra del edificio, entre ellos los electro‐dos de puesta a tierra de los sistemas de protección contrarayos, de servicios eléctricos, de comunicaciones y de antenas.

4.14.4 La interconexión de los sistemas de tuberías metálicassubterráneas deben incluir el servicio de agua, el entubado depozos situados dentro de los 25 pies (7.6 m) de la estructura,tuberías de gas, ductos subterráneos, sistemas de tuberías degas licuado de petróleo y otros. Si la tubería de agua no tuvieracontinuidad eléctrica debido al uso de secciones de plástico enla tubería u otros motivos, debe efectuarse un puente entre lassecciones no conductoras utilizando un conductor de tamañoprincipal que garantice la continuidad eléctrica.

4.14.5* Cuando los sistemas de puesta a tierra del edificiomencionados en 4.14.1 estén interconectados a un punto acce‐sible común en o sobre la estructura, el sistema de proteccióncontra rayos debe tener solamente un conductor del tamañoprincipal conectado al punto de interconexión común. Debepermitirse que este punto de interconexión común incluya unabarra de puesta a tierra, una sección de la tubería de agua o elarmazón estructural metálico, de acuerdo con lo establecido enNFPA 70, Código Eléctrico Nacional.

4.14.6 Cuando la interconexión de a puesta a tierra del sistemaprotección contra rayos, de los sistemas puestos a tierra y de losconductores metálicos enterrados no haya sido lograda en unpunto común, la interconexión debe efectuarse de acuerdocon lo establecido a continuación:

(1) Los sistemas puestos a tierra y los conductores metálicosenterrados deben estar interconectados con el sistema depuesta a tierra de protección contra rayos debajo de unaaltura de 12 pies (3.6 m) en dirección vertical, porencima de la base de la estructura.

(2) Los sistemas puestos a tierra y los conductores metálicosenterrados inherentemente interconectados a través de laestructura con el sistema de puesta a tierra de proteccióncontra rayos no requieren de otra interconexión adicio‐nal

(3) El armazón metálico de una edificación, si es eléctrica‐mente continua debe estar conectado con el sistema deprotección contra rayos (ver sección 4.9.13 y sección 4.19).

(4) Debe utilizarse un conductor principal para la interco‐nexión de los sistemas puestos a tierra y de los conduc‐tores enterrados del sistema de protección contra rayos.

(5) La barra de puesta de todos los sistemas de la edificacióndeberá a tierra diseñada para la interconexión de lossistemas de puesta a tierra del edificio debe tener unaconexión con el sistema de protección contra rayos.

(6) El sistema de tuberías metálicas de agua continuo, que seutiliza para poner a tierra otros sistemas de la edificacióndebe estar conectado con el sistema de protección contrarayos.

(7)* La interconexión del sistema de gas debe hacerse en ellado del medidor del usuario.

(8)* Cuando la corrosión galvánica sea una preocupación ocuando el código local prohíba una interconexióndirecta, debe permitirse el uso de apaga chispas (sparkgaps).

4.15 Ecualización de potencial.

4.15.1 Ecualización de potencial a nivel del terreno. Deberequerirse la ecualización de potencial a nivel del terreno, deacuerdo con lo establecido en la sección 4.14.

4.15.2* Ecualización de potencial a nivel del techo. Paraestructuras de una altura mayor de 60 pies (18 m), todos lossistemas puestos a tierra en o sobre la estructura deben estarinterconectados dentro de los 12 pies (3.6 m) del nivel princi‐pal del techo.

4.15.3 Ecualización de potencial a nivel intermedio. La ecuali‐zación de potencial a nivel intermedio debe hacerse mediantela interconexión de los conductores bajantes del sistema deprotección contra rayos y otros sistemas puestos a tierra en losniveles inter-sistemas entre el techo y la base de la estructura,de acuerdo con lo establecido en las secciones 4.15.3.1 a4.15.3.3.

4.15.3.1 Estructuras con armazón de acero. No deben requer‐irse conductores en lazo intermedio para estructuras con arma‐zón de acero si este es eléctricamente continuo.

4.15.3.2 Estructuras de concreto armado en las que el refuerzoestá interconectado y puesto a tierra conforme a lo establecidoen la sección 4.18.3. Los conductores bajantes y otros sistemaspuestos a tierra deben estar interconectados con un conductoren lazo en los niveles intermedios que no excedan de 200 pies(60 m).

4.15.3.3 Otras estructuras. Los conductores bajantes y otrossistemas puestos a tierra deben estar interconectados a unconductor en lazo en los niveles intermedios que no excedande 60 pies (18 m).

4.15.4 Materiales. Los conductores en lazo utilizados para lainterconexión de los conductores bajantes del sistema deprotección contra rayos, de los electrodos de puesta a tierra ode otros sistemas puestos a tierra, deben ser de un tamaño nomenor al requerido para el conductor principal, según seenumera en la Tabla 4.1.1.1.1 y en la Tabla 4.1.1.1.2.

4.16* Interconexión de objetos metálicos. Los objetos metáli‐cos no contemplados en otras secciones de la presente norma,ubicados fuera o dentro de una estructura que contribuyencon los riesgos de rayos debido a que están puestos a tierra oayudan a proveer una trayectoria a tierra para las corrientes derayos deben estar interconectados al sistema de proteccióncontra rayos, de acuerdo con lo establecido en la sección 4.16.

4.16.1 Objetos metálicos verticales. Los objetos metálicos delongitudes considerable deberán estar interconectadosconforme a lo establecido en las secciones 4.16.1.1 a 4.16.1.3.

4.16.1.1 Estructuras con armazón de acero. Los objetos metá‐licos con y sin puesta a tierra que excedan de 60 pies (18 m) delongitud vertical deben estar interconectados a los miembrosde acero estructural tan cerca a sus extremidades como seafactible, excepto cuando estuvieran inherentemente interco‐nectados durante la etapa de construcción.

4.16.1.2 Estructuras de concreto armado en las que el refuerzoestá interconectado y puesto a tierra conforme a lo establecidoen la sección 4.18.3. Los objetos metálicos con y sin puesta atierra que excedan de 60 pies (18 m) de altura vertical debenestar interconectados al sistema de protección contra rayos tancerca a sus extremidades como sea factible, excepto cuandoestuvieran inherentemente interconectados durante la etapade construcción.

4.16.1.3 Otras estructuras. La interconexión de los objetosverticales de longitud considerable, y sin puesta a tierra, debeefectuarse conforme a lo establecido en las secciones 4.16.2 o4.16.3, respectivamente.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-26

4.16.2 Objetos metálicos puestos a tierra. Esta subseccióndebe contemplar la interconexión de los objetos metálicospuestos a tierra no contemplados en la sección 4.16.1.

4.16.2.1 Cuando los objetos metálicos puestos a tierra hayansido conectados al sistema de protección contra rayos en unade sus extremidades, debe aplicarse la fórmula que se muestraen la sección 4.16.2.4 o en la sección 4.16.2.5 para determinarsi se requiere alguna interconexión adicional.

4.16.2.2 Las ramificaciones de los objetos metálicos puestos atierra conectados al sistema de protección contra rayos en unpunto deben requerir la interconexión con el sistema deprotección contra rayos, de acuerdo con la fórmula que semuestra en la sección 4.16.2.4 o en la sección 4.16.2.5 sicambian la dirección vertical en más de 12 pies (3.6 m).

4.16.2.3 Cuando dicha interconexión se haya logrado durantela etapa de la construcción o mediante el contacto metálico yeléctrico, no debe requerirse ninguna interconexión adicional.

4.16.2.4 Estructuras de más de 40 pies (12 m) de altura.

4.16.2.4.1 Los objetos metálicos puestos a tierra deben estarinterconectados al sistema de protección contra rayos cuandoestén ubicados dentro de una distancia de interconexión, D,que se calcula mediante la siguiente fórmula:

Dh

nK

m= ×

6

D = distancia de interconexiónh = distancia vertical entre la interconexión que se está

considerando y la interconexión más cercana al sistemade protección contra rayos o a la tierra

n = valor relacionado con la cantidad de conductoresbajantes espaciados por una distancia no menor de 25pies (7.6 m), ubicados dentro de una zona de 100 pies(30 m) desde la conexión en cuestión y cuando serequiera la interconexión dentro de los 60 pies (18 m)desde la parte superior de cualquier estructura

Km = 1 si la descarga se transmite a través del aire; 0.50 si setransmite a través de un material denso, como concreto,ladrillo, madera, etc.

4.16.2.4.2 El valor n debe calcularse de la siguiente manera: n= 1 cuando haya solamente un conductor bajante en esa zona,n = 1.5 cuando haya solamente dos conductores bajantes en esazona; n = 2.25 cuando haya tres o más conductores bajantes enesta zona.

4.16.2.4.3 Cuando se requiera la interconexión debajo de unnivel de 60 pies (18 m) desde la parte superior de una estruc‐tura, n debe ser la cantidad total de conductores bajantes delsistema de protección contra rayos.

4.16.2.5 Estructuras de 40 pies (12 m) y menos de altura.

4.16.2.5.1 Los objetos metálicos puestos a tierra deben estarinterconectados al sistema de protección contra rayos cuandoestén ubicados dentro de una distancia de interconexión, D,según se determine mediante la siguiente fórmula:

Dh

nK

m= ×

6

D = distancia de interconexiónh = la altura del edificio o la distancia vertical desde la inter‐

conexión más cercana desde el objeto metálico puesto atierra con el sistema de protección contra rayos y el puntosobre el conductor bajante en donde se esté conside‐rando la interconexión

n = valor relacionado con la cantidad de conductoresbajantes espaciados por una distancia no menor de 25pies (7.6 m) y ubicados dentro de una zona de 100 pies(30 m) desde la interconexión en cuestión

Km = 1 si la descarga se transmite a través del aire; 0.50 si setransmite a través de un material denso, como concreto,ladrillo, madera, etc.

4.16.2.5.2 El valor n debe calcularse de la siguiente manera: n= 1 cuando haya un conductor bajante en esta zona, n = 1.5cuando hayan dos conductores bajantes en esta zona; n = 2.25cuando haya tres o más conductores bajantes en esta zona.

4.16.3* Objetos metálicos aislados (sin puesta a tierra).

4.16.3.1 El efecto debido a los objetos metálicos aislados (sinpuesta a tierra) debe determinarse aplicando lo que se muestraen la Figura 4.16.3.1, de acuerdo con lo establecido en lasección 4.16.3.1.1 o en la sección 4.16.3.1.2.

4.16.3.1.1 Si a + b es menor que la distancia de interconexión,A debe estar interconectada con B directamente.

4.16.3.1.2 Si a + b es mayor que la distancia de interconexión,no deben requerirse interconexiones.

Marco de ventana

G

A

a b

B

F Objeto puesto a tierra(tubería de agua, etc.)

FIGURA 4.16.3.1 Efecto de los objetos metálicos aislados(sin puesta a tierra), como un marco de ventana, en medios noconductores.

Edición 2014

donde:

donde:

REQUISITOS GENERALES 780-27

4.16.3.2 Debe requerirse una interconexión cuando el total dela distancia más corta entre el conductor del sistema de para‐rrayos y el objeto metálico aislado y la distancia más corta entreel objeto de metal aislado y el objeto metálico puesto a tierrasea igual o menor que la distancia de interconexión conformea lo establecido en la sección 4.16.2.

4.16.3.3 Deben hacerse interconexiones entre el sistema deprotección contra rayos y el objeto metálico puesto a tierra.

4.16.3.3.1 Debe permitirse que la interconexión se haga direc‐tamente con el objeto metálico puesto a tierra.

4.16.3.3.2 Debe permitirse que la interconexión se haga direc‐tamente desde el sistema de protección contra rayos y el objetometálico aislado y desde el objeto metálico aislado al objetometálico puesto a tierra.

4.16.4 Materiales. Los conductores que se utilicen para lainterconexión de los objetos metálicos puestos a tierra o de losobjetos metálicos aislados que requieran conexión con elsistema de protección contra rayos deben ser de un tamañoque cumpla con los requisitos para conductores de intercone‐xión especificados en la Tabla 4.1.1.1.1 y en la Tabla 4.1.1.1.2.

4.17 Mástiles y soportes de metal para antenas. Los mástiles osoportes de metal para antenas ubicados sobre una estructuraprotegida deben estar conectados al sistema de proteccióncontra rayos, mediante el uso de conductores principales yaccesorios listados, excepto cuando se encuentren dentro de lazona de protección.

4.18 Sistemas ocultos.

4.18.1 Generalidades.

4.18.1.1 Los requisitos que contemplan los sistemas expuestostambién deben aplicarse a los sistemas ocultos, excepto quedebe permitirse que el recorrido de los conductores seextienda debajo de los materiales de techos, debajo de arma‐zones de techos, detrás de revestimientos de muros externos yentre muros, en ductos o empotrados directamente dentro delconcreto o mampostería.

4.18.1.2 Cuando el conductor se instale dentro de un ductometálico, debe estar interconectado al ducto en los puntos deentrada y salida y en los lugares donde no se tenga continuidadeléctrica.

4.18.2 Chimeneas de mampostería. Debe permitirse que losterminales de interceptación de descargas y los conductoresestén ocultos en el interior de chimeneas de mampostería ofijados en su exterior y encaminados a través de la estructurahasta los conductores principales ocultos.

4.18.3 Sistema oculto en concreto armado. Los conductores uotros componentes del sistema de protección contra rayos ocul‐tos en bloques de concreto armado deben estar conectados alfierro de refuerzo.

4.18.3.1 Los conductores bajantes ocultos deben estar conecta‐dos al fierro de refuerzo vertical, de acuerdo con lo descriptoen la sección 4.9.13.

4.18.3.2 Los conductores de techos u otros tramos de conduc‐tores horizontales ocultos deben estar conectados al fierro derefuerzo a intervalos que no excedan de 100 pies (30 m).

4.18.4 Electrodos de puesta a tierra. Los electrodos de puestaa tierra para sistemas ocultos deben cumplir con lo establecidoen la sección 4.13.

4.18.4.1* Los electrodos de puesta a tierra ubicados debajo delas losas de sótanos o en espacios debajo de pisos deben estarinstalados tan cerca como sea posible del perímetro externo dela estructura.

4.18.4.2 Cuando se utilicen de varillas o cables como electro‐dos de puesta a tierra, deben estar en contacto con el terrenopor un mínimo de 10 pies (3 m).

4.19 Sistemas estructurales metálicos.

4.19.1 Generalidades. Debe permitirse que el armazón demetal de una estructura se utilice como conductor principal deun sistema de protección contra rayos si es de un espesor igualo mayor de 3∕16 pulg. (4.8 mm) y eléctricamente continuo, o sise hace eléctricamente continuo mediante los métodos especi‐ficados en la sección 4.19.3.

4.19.2 Dispositivos terminales de interceptación de descargas.

4.19.2.1 Los terminales de interceptación de descargas debenestar conectados directamente al armazón de la estructura,mediante el uso de conductores individuales encaminados através del techo o los muros del parapeto hasta el armazón deacero o mediante el uso de un conductor externo que interco‐necte todos los terminales de interceptación de descargas y queluego se conectan al armazón de acero.

4.19.2.2 Cuando se utilice un conductor externo en lugar depenetraciones pasantes a través del techo para la interconexiónde los terminales de interceptación de descargas, dichoconductor debe estar conectado al armazón de metal de laestructura de la siguiente manera:

(1) Los conductores situados a lo largo de una cumbrera, aintervalos que no excedan una distancia promedio de 100pies (30 m), espaciados a la mayor distancia factible y encada uno de los extremos, de acuerdo con lo establecidoen la sección 4.9

(2) Los conductores perimetrales de techos, a intervalos queno excedan una distancia promedio de 100 pies (30 m),espaciados a la mayor distancia factible y en los extremos,de acuerdo con lo establecido en la sección 4.9

(3) Los conductores transversales, a intervalos que no exce‐dan una distancia de 150 pies (46 m), en lugar de lo esta‐blecido en los requisitos de la sección 4.9.8

4.19.3 Conexiones con el armazón de la estructura. Losconductores deben estar conectados al armazón de la estruc‐tura que haya sido limpiada hasta su metal de base, mediante eluso de placas de interconexión con un área de contacto nomenor de 8 pulg.2 (5200 mm2) mediante soldadura o de otrotipo.

4.19.3.1 Debe permitirse también la perforación roscada conla columna de metal para la admisión de un conector roscado.

4.19.3.2 El dispositivo roscado debe ser instalado con unarosca mínima de cinco vueltas completas y asegurada con almenos una contratuerca o equivalente.

4.19.3.3 La parte roscada del conector no debe ser de undiámetro menor de 1∕2 pulg. (12.7 mm).

4.19.3.4 Las placas de conexión deben tener conectores decables con pernos de presión y deben estar empernadas o

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-28

soldadas al armazón estructural, a fin de mantener la continui‐dad eléctrica.

4.19.3.5* Cuando se retiren los recubrimientos o la pintura deprotección contra la corrosión, para efecto de la conexión eléc‐trica se debe reponer la protección contra la corrosión a sucondición original.

4.19.4 Electrodos de puesta a tierra.

4.19.4.1 Los electrodos de puesta a tierra deben estar conecta‐dos a las columnas de acero alrededor del perímetro de laestructura, a intervalos promedio no mayor de 60 pies (18 m).

4.19.4.2 Las conexiones deben hacerse cerca de la base de lacolumna, de acuerdo con los requisitos establecidos en lasección 4.19.3.

4.19.5 Interconexiones. Cuando los objetos metálicos ubica‐dos dentro de una estructura de armazón de acero estén inhe‐rentemente conectados a la estructura a través de elementosestructurales, no requiriéndose interconexiones adicionales.

4.20 Protección contra sobretensiones.

4.20.1* Generalidades. Los requisitos para los sistemas deprotección contra sobretensión instalados para los sistemaseléctricos, de comunicaciones (incluidos, aunque no taxativa‐mente, los sistemas CATV, de alarma y de datos) o de antenas,u otro componente eléctrico deben instalarse permanente‐mente dispositivos de protección contra sobretensión (SPD).

4.20.2* Requisitos para protección contra sobretensiones.

4.20.2.1 Los SPD deben ser instalados en todas las entradas delservicio de energía eléctrica.

4.20.2.2* Los SPD deben ser instalados en las entradas de lossistemas de comunicación y antenas. (incluidos, aunque notaxativamente, los sistemas CATV, de alarma). y de datos) y lossistemas de antenas.

4.20.2.3 Los SPD deben ser instalados en todos los puntos enlos que un conductor de un sistema eléctrico o electrónico salede una estructura para alimentar a otra estructura, si losconductores o cables tienen un recorrido mayor de más de 100pies (30 m).

4.20.2.4* Debe permitirse la protección contra sobretensiónen paneles secundarios y en los puntos de utilización (tomacor‐rientes y otros puntos de utilización).

4.20.2.5* No deben requerirse SPD cuando, exista supervisiónprofesional que determine que la amenaza de sobretensión esinsignificante o que las redes cuentan con una protecciónequivalente o cuando su instalación comprometa la seguridad.

4.20.3 Rango de los dispositivos de protección contra sobre‐tensiones.

4.20.3.1* Circuitos de energía eléctrica.

4.20.3.1.1 El SPD debe proteger contra las sobretensionesmínimas con valores producidas por un generador de onda de1.2/50 µs, 8/20 µs de tensión y corriente

4.20.3.1.2 Los SPD instalados en la entrada del servicio debentener una certificación de corriente nominal de descarga (In)de al menos 20 kA 8/20 μs por fase.

4.20.3.2 Protección de señales, datos y comunicaciones.

4.20.3.2.1 Los SPD deben estar listados para la protección desistemas de señales, datos y comunicaciones.

4.20.3.2.2 Los SPD para señales, datos y comunicacionesdeben tener una corriente máxima de descarga (Imax) de almenos 10 kA 8/20 μs cuando estén instalados en la entrada.

4.20.4* Tensión límite de un SPD. El rango de protección detensión (VPR, por sus siglas en inglés) requerida para cadamodo de protección debe seleccionarse de modo que no seamayor que aquellas especificadas en la Tabla 4.20.4 para losdistintos sistemas de distribución de energía eléctrica a los quepueden estar conectados.

4.20.5* Protección contra sobretensión de corriente alterna eninstalaciones.

4.20.5.1 El rango de corriente de cortocircuito del SPD debeser coordinado con la corriente de falla del panel de suminis‐tro al que está conectado, de acuerdo con lo establecido enNFPA 70, Código Eléctrico Nacional.

4.20.5.2 La tensión máxima de operación continua (MCOV)del SPD debe ser seleccionado, a fin de garantizar que esmayor que el valor de tensión del sistema del servicio públicode energía eléctrica al que está conectado.

4.20.5.3 La protección de las entradas del servicio deben usarSPD de Tipo 1 o de Tipo 2, en cumplimiento con lo estable‐

Tabla 4.20.4 Maximum Allowed Voltage Protection Rating per Mode of Protection Provided for Different Power DistributionSystems to Which the SPD Can Be Connected

Power Distribution SystemLine-to-Neutral

Line-to-Ground

Neutral-to-Ground

Line-to-Line

120 2W + ground 600 700 600 —240 2W + ground 1000 1000 1000 —120/240 3W + ground 600 700 600 1200120/208 WYE 4W + ground 600 700 600 1200277/480 WYE 4W + ground 1200 1200 1200 1800277/480 WYE 4W + HRG (high resistance ground) 1200 1200 1200 1800347/600 WYE 4W + ground 1800 1800 1800 4000240 DELTA 3W + ground (corner grounded) — 1000 — 1000240 DELTA 3W (ungrounded) — 1000 — 1000480 DELTA 3W + ground (corner grounded) — 1800 — 1800480 DELTA 3W (ungrounded) — 1800 — 1800

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PROTECCIÓN PARA ESTRUCTURAS VARIAS Y OCUPACIONES ESPECIALES 780-29

cido en las normas tales como ANSI/UL 1449, Norma para laseguridad de los dispositivos de protección contra sobretensiones.

4.20.5.4 Los SPD ubicados en las entradas del servicio puestasa tierra deben estar cableados en una configuración línea atierra (L-T) o línea a neutro (L-N).

4.20.5.4.1 Deben permitirse los modos adicionales, línea alínea (L-L) o neutro a tierra (N-T) en la entrada del servicio.

4.20.5.4.2 Para servicios sin neutro, los elementos del SPDdeben ser conectados en una configuración línea a tierra (L-T). También deben permitirse conexiones adicionales línea alínea (L-L).

4.20.6 Protección contra sobretensión en sistemas de comuni‐caciones.

4.20.6.1* Deben proveerse SPD en las entradas a las instala‐ciones de todos los sistemas de comunicación (incluidos,aunque no taxativamente, los sistemas CATV, de alarma y dedatos) y antenas.

4.20.6.2 La selección de los SPD debe considerar aspectos talescomo la frecuencia, el ancho de banda y la tensión.

4.20.6.3 Las pérdidas (como pérdida de retorno, pérdida deinserción, diferencia de impedancia u otra atenuación) quepresenten el/los SPD deben estar dentro de los límites acepta‐bles de operación

4.20.6.4 Los SPD que protejan sistemas de comunicacióndeben estar puestos a tierra.

4.20.6.4.1* Los SPD que protejan sistemas de comunicacióndeben estar puestos a tierra, de acuerdo con lo establecido enNFPA 70, Código Eléctrico Nacional, Capítulo 8.

4.20.6.4.2 Si el punto de puesta a tierra descripto en 4.20.6.4.1se encuentra a una distancia de más de 20 pies (6 m), debeinstalarse un punto de puesta a tierra de referencia suplemen‐tario en el lugar del SPD. Debe permitirse que los puntos depuesta a tierra suplementarios sean los siguientes:

(1) Barra de puesta a tierra equipotencial(2) La estructura de acero estructural de un edificio con

armazones de acero.(3) La puesta a tierra de un panel de distribución de energía

eléctrica secundario

4.20.6.4.3 Los SPD no deben conectarse al conductor bajantedel sistema de protección contra rayos.

4.20.6.4.4* Los SPD para protección de señales y de datosdeben proveer una protección de modo común.

4.20.6.5 Equipos de comunicación de propiedad de la empresade servicios.

4.20.6.5.1 El proveedor de servicios de comunicación o arren‐datario debe proveer SPD en todos los equipos de la propie‐dad.

4.20.6.5.2 No deben requerirse SPD si el proveedor del servi‐cio ha tomado otras previsiones para afrontar las amenazas desobretensiones por rayos.

4.20.7 Instalación.

4.20.7.1 Los componentes de un supresor de sobretensionesdeben cumplir con los requisitos establecidos en NFPA 70,Código Eléctrico Nacional.

4.20.7.2* Los SPD deben ser ubicados e instalados de maneraque se minimice la longitud de los cables. Los cables de inter‐conexión deben ser encaminados de modo que se eviten curvaspronunciadas o retorcimientos.

4.20.7.3 El conductor a tierra del SPD debe ser instalado deacuerdo con lo establecido en las instrucciones del fabricante.

4.20.7.4* Todos los componentes del SPD deben ser accesiblespara su inspección y mantenimiento.

4.20.8* Electrodo de puesta a tierra. La resistencia del sistemade electrodos de tierra utilizados en la puesta a tierra de losSPD debe cumplir con lo establecido en NFPA 70, Código Eléc‐trico Nacional.

4.20.9 Características físicas.

4.20.9.1 Los SPD deben ser protegidos tomando en considera‐ción el entorno operativo y de acuerdo con lo establecido enlas instrucciones del fabricante.

4.20.9.2 Las cubiertas y otros accesorios complementariosdeben estar listados para el fin previsto.

5.1 Generalidades. Deben aplicarse todos los requisitosmencionados en el Capítulo 4, excepto lo establecido en lasmodificaciones descriptas descritas en el presente capítulo.

5.2 Mástiles, chapiteles, astas de banderas.

5.2.1 Estas estructuras delgadas deben requerir un dispositivoterminal de interceptación de descargas, un conductor bajantey un electrodo de puesta a tierra.

5.2.2 Las estructuras metálicas eléctricamente continuas debenrequerir solamente de interconexión con el/los electrodo/s depuesta a tierra.

5.3 Estructuras de manipulación y procesamiento de granos,carbón y coque. Deben tomarse las previsiones adecuadas parala manipulación de carga y descarga de granos, carbón ycoque, cuando se utilzen accesorios de madera.

5.4 Torres y tanques de metal. Las torres y tanques metálicosconstruidos de manera que puedan recibir el impacto de unrayo sin sufrir daños deben requerir solamente interconexióncon electrodos de puesta a tierra, según lo requerido en elCapítulo 4, y con las excepciones previstas en el Capítulo 7.

5.5 Estructuras inflables. Las estructuras inflables deben estarprotegidas con terminales de interceptación de descargas,montados directamente sobre la estructura, o protegidos conmástiles tipo catenario, conforme a lo establecido en el Capí‐tulo 4.

5.6 Tanques y silos de concreto. Los sistemas de proteccióncontra rayos para tanques de concreto (incluido concretopretensado) que contengan vapores y gases inflamables ylíquidos que generen vapores inflamables y para silos deconcreto que contengan materiales susceptibles a explosionesde polvo deben estar provistos de, ya sea conductores externoso conductores empotrados en concreto, conforme a lo estable‐cido en el Capítulo 4 o el Capítulo 7.

5.7 Estructuras arriostradas con cables tensores. Cada cabletensor de metal debe estar interconectado en su extremo infe‐

5 Protección para estructuras varias y ocupacionesespeciales

Capítulo

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-30

rior con un conductor del tamaño principal a todos los cablestensores restantes que compartan un punto de anclaje común ypuestos a tierra en el punto de anclaje.

5.7.1 Las placas de anclaje deben estar interconectadas alpunto de puesta a tierra del anclaje.

5.7.2 Debe permitirse que múltiples cables tensores seanconectados a un punto común con un único conductorcontinuo hasta el suelo y el conductor de interconexión de laplaca de anclaje adosado a ese conductor principal.

5.7.3 Cada cable tensor de metal debe estar interconectado ensu extremo superior con la estructura que sostiene si esta estáconstruida con un material conductor y con el conductor enlazo del sistema de protección contra rayos o los conductoresbajantes.

5.8 Helipuertos de azotea. Los helipuertos de azotea ubicadossobre una estructura protegida deben protegerse de acuerdocon lo establecido en el Capítulo 4, excepto lo permitido en lassecciones 5.8.1 a 5.8.7.

5.8.1* Debe permitirse que el armazón de metal de la estruc‐tura o el armazón de metal de la red de seguridad situado en elperímetro de la plataforma se usen como terminal de intercep‐tación de descargas.

5.8.2 Si las secciones adyacentes del armazón de metal delperímetro o del armazón de metal de la red de seguridad noson eléctricamente continuas en sus sistemas de montaje,deben interconectarse mediante uniones en un conductorprincipal.

5.8.3 Cuando se instalen luces en el perímetro de la plata‐forma y estas se extiendan por encima del borde del heli‐puerto, todas las terminales deben ser instaladas adyacentes alartefacto.

5.8.4 El armazón de metal estructural del helipuerto debeestar conectado al sistema de protección contra rayos en unmínimo de dos lugares, de acuerdo con lo establecido en lasección 4.19.3.

5.8.4.1 Las conexiones deben instalarse a intervalos que noexcedan un promedio de 100 pies (30 m), alrededor del perí‐metro de la plataforma, espaciadas a la mayor distancia factible.

5.8.4.2 Las grapas y conductores deben instalarse en o debajodel nivel de la red de seguridad.

5.8.4.3 Las grapas y conductores deben estar debidamenteasegurados contra vibraciones y contra las turbulencias delrotor.

5.8.5 Todos los componentes expuestos deben ser no reflec‐tantes o estar tratados con un acabado no reflectante.

5.8.6* Los helipuertos que se usen para estacionamientodeben tener designado un punto para la conexión del helicóp‐tero al sistema de protección contra rayos mientras se encuen‐tre estacionado.

5.8.7 Todos los componentes de los sistemas de proteccióncontra rayos y de puesta a tierra deben estar ubicados demanera que no interfieran en las operaciones del helicóptero.

6.1 Generalidades. Una chimenea de humo o ventilación,como la que se muestra en la Figura 6.1, deben ser clasificadascomo para uso industrial si el área transversal del ducto dehumo es mayor de 500 pulg.2 (0.3 m2) y la altura es de más de75 pies (23 m).

6.2 Materiales.

6.2.1 Generalidades. Los materiales deben ser de Clase II,como se muestra en la Tabla 4.1.1.1.2 y según se describe en elpresente capítulo.

6.2.2 Protección contra la corrosión. Los materiales de cobre ybronce que se utilicen en el tramo superior de 25 pies (7.6 m)de una chimenea deben tener un recubrimiento continuo deplomo, de un espesor mínimo de 0.064 pulg. (1.63 mm) pararesistir la corrosión provocada por los gases de combustión.

A

B

Interconectar a brecha de interrupción

Interconectar conductores bajantes y conectar a sistema a tierra aprobado

Conectar a servicio de agua, si se halla dentro de los 25 pies (7.6 m)

Terminal aérea —ver requisitos de materiales, tamaño y montaje

Enderezar disp. de empalme según sea requerido

Soporte de cable desnudo — ver requisitos de materiales y espaciamiento

Poner a tierra baranda para proteger al cable bajante contra riesgos mecánicos

A: espaciamiento máximo de 8 pies (2.4 m) de las terminales aéreas

B: Todos los materiales de protección contra rayos colocados sobre los 25 pies (7.6 m) de la parte superior de la chimenea deben ser de cobre cubierto con plomo, de acero inoxidable o de un material resistente a la corrosión aprobado

Interconectar cada conductor bajante al acero de refuerzo, en la parte superior, en la parte inferior y a intervalos iguales que no deben exceder de 200 pies (60 m)

Interconectar a escaleras, horquillas, etc.,en los extremos superior e inferior ; interconectar las secciones de la escalera juntas

Conductores en lazo intermedios, a intervalos iguales que no excedan de 200 pies (60 m)

Interconectar a plataformas

FIGURA 6.1 Chimenea para uso industrial.

6 Protección de chimeneas para uso industrialCapítulo

Edición 2014

PROTECCIÓN DE CHIMENEAS PARA USO INDUSTRIAL 780-31

6.2.2.1 Dichos materiales deben incluir a los conductores,terminales de interceptación de descargas, conectores, disposi‐tivos de empalme y soportes para cables.

6.2.2.2 Las chimeneas que sobresalgan a través de un techo nomenor de 25 pies (7.6 m) deben tener un recubrimiento deplomo solamente sobre aquellos materiales que estén porencima del nivel del techo.

6.3 Dispositivos terminales de interceptación de descargas.Los terminales de interceptación de descargas deben estarhechos de cobre sólido, acero inoxidable, titanio o metalMonel®.

6.3.1 Deben estar ubicados de manera uniforme alrededor dela parte superior de las chimeneas circulares, a intervalos queno excedan de 8 pies (2.4 m).

6.3.2 En chimeneas cuadradas o rectangulares, los terminalesde interceptación de descargas deben estar ubicados a no másde 24 pulg. (600 mm) de las esquinas y deben estar espaciadosa no más de 8 pies (2.4 m) alrededor del perímetro.

6.3.3 Altura de los terminales aéreos. La longitud de los termi‐nales aéreos que estén encima de las chimeneas no debe sermenor de 18 pulg. (460 mm) ni mayor de 30 pulg. (760 mm).

6.3.3.1 Deben tener un diámetro no menor de 5∕8 pulg.(15 mm), excluyendo la protección contra la corrosión.

6.3.3.2 Las terminales aéreos montados en la parte superior nodeben extenderse más de 18 pulg. (460 mm) por encima de lachimenea.

6.3.4 Montaje de los terminales aéreos.

6.3.4.1 Los terminales aéreos sobre la chimenea deben estarasegurados y conectados a uniones en su extremo inferior conun conductor, que forme un lazo cerrado alrededor de lachimenea.

6.3.4.2 Las terminales aéreos montados a los lados deben estarasegurados a la chimenea en no menos de dos lugares.

6.3.4.3 La base de conexión debe ser considerado como unode los puntos de anclaje.

6.3.5 Cubiertas de fierro.

6.3.5.1 Debe permitirse que un cobertor de fierro eléctrica‐mente continua que sirve de revestimiento y cubra la columnade la chimenea, de un espesor en el metal no menor de 3∕16

pulg. (4.8 mm) actúe como terminal de interceptación dedescargas.

6.3.5.2 La cubierta actúa como un conductor de lazo superiory debe estar conectada a cada uno de los conductores bajantesmediante el uso de una placa de conexión de no menos de 8pulg. (5200 mm2) empernada o soldada al cobertor metálico.

6.4 Conductores.

6.4.1 Generalidades.

6.4.1.1 Los conductores deben ser de cobre, de un peso nomenor de 375 lb por cada 1000 pies (558 g por cada m) sinconsiderar el recubrimiento de plomo o el material u otrosmateriales que lo hacen resistentes a la corrosión.

6.4.1.2 El tamaño de cualquiera de los cables del conductor nodebe ser menor de 15 AWG.

6.4.2 Conductores bajantes.

6.4.2.1 Deben proveerse no menos de dos conductoresbajantes.

6.4.2.2 Los conductores bajantes deben estar espaciados comosea factible, alrededor de la chimenea.

6.4.2.3 Los conductores bajantes deben extenderse desde elconductor en lazo situado en la parte superior hasta los electro‐dos de puesta a tierra.

6.4.2.4 Los conductores bajantes deben estar interconectadosdentro de los 12 pies (3.6 m) de la base por medio de unconductor en lazo, preferentemente debajo del nivel delterreno.

6.4.2.5 El conductor bajante debe también estar interconec‐tado al conductor en lazo, a intervalos que no excedan de200 pies (60 m).

6.4.2.6 Los conductores bajantes deben estar protegidoscontra daños mecánicos o desplazamientos a una altura nomenor de 8 pies (2.4 m) por encima del nivel del terreno.

6.5 Sujetadores.

6.5.1 Los sujetadores deberán ser de cobre, bronce o aceroinoxidable.

6.5.2 Los sujetadores deben estar anclados a la chimeneamediante anclajes de mampostería o accesorios para empotrar.

6.5.3 El vástago roscado de sujeción debe tener un diámetrono menor de 1∕2 pulg. (12.7 mm) para los terminales aéreos yde 3∕8 pulg. (10 mm) para los conductores.

6.5.4 Los conductores verticales deben estar sujetados a inter‐valos que no excedan de 4 pies (1.2 m).

6.5.5 Los conductores horizontales deben estar sujetados aintervalos que no excedan de 2 pies (0.6 m).

6.6 Empalmes.

6.6.1 Debe haber la menor cantidad de empalmes que seafactible.

6.6.2 Los empalmes para conductores deben ser fijados demanera que resistan una prueba de tracción de 200 lb (890 N).

6.6.3 Todas las conexiones y empalmes deben hacerseutilizando accesorios empernados, soldadura y otro tipo deconectores de compresión listados para tal fin.

6.6.4 Todos los conectores y dispositivos de empalme debenestar en contacto con el conductor en una distancia no menorde 11∕2 pulg. (38 mm), medida en paralelo al eje del conductor.

6.7 Chimeneas de concreto armado.

6.7.1 La totalidad del acero de refuerzo debe hacerse eléctrica‐mente continuo y debe estar interconectado a cada uno de losconductores bajantes dentro de los 12 pies (3.6 m) de la partesuperior y de la base de la chimenea y a intervalos que no exce‐dan de 200 pies (60 m).

6.7.2 El amarre o recorte del acero de refuerzo debe ser unmétodo permitido para garantizar la continuidad.

6.7.3 Deben usarse grapas o soldadura para todas las interco‐nexión del fierro de refuerzo con los conductores bajantes.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-32

6.8 Interconexión de cuerpos metálicos. La interconexión decuerpos metálicos en una chimenea para uso industrial debecumplir con los requisitos establecidos en las secciones 4.15 y4.16 y según se describe en la presente sección.

6.8.1 Ecualización del potencial. La ecualización del potencialdebe efectuarse según lo establecido en las secciones 6.8.1.1 a6.8.1.3.

6.8.1.1 Nivel inferior de la chimenea.

6.8.1.1.1 Todos los componentes internos y externos puestos atierra deben estar interconectados mediante un conductor enlazo dentro de los 12 pies (3.6 m) de la base de la chimenea.

6.8.1.1.2 Esta interconexión debe incluir, aunque no demanera limitada, a conductores bajantes del sistema de protec‐ción contra rayos, ductos metálicos, tuberías, ascensores, escale‐ras de mano, acero estructural y fierro de refuerzo.

6.8.1.2 Nivel superior de la chimenea. Todos los componentesinternos y externos puestos a tierra deben estar interconecta‐dos dentro de los 12 pies (3.6 m) de la parte superior de lachimenea.

6.8.1.3 Niveles intermedios de la chimenea. Todos los compo‐nentes verticales internos y externos puestos a tierra debenestar interconectados a intervalos que no excedan de 200 pies(60 m).

6.8.2 Cuerpos metálicos prominentes aislados (sin puesta atierra). Los cuerpos metálicos prominentes aislados (sin puestaa tierra) deben estar interconectados de acuerdo con lo esta‐blecido en las secciones 6.8.2.1 a 6.8.2.2.

6.8.2.1 Exterior.

6.8.2.1.1 Los cuerpos metálicos prominentes aislados que seencuentren a 150 pies (46 m) o más por encima de la base y enel exterior de una chimenea que estén sujetos a un impactodirecto de rayo deben estar interconectados al sistema deprotección contra rayos.

6.8.2.1.2 Los cuerpos metálicos prominentes aislados debenincluir, aunque no taxativamente, plataformas de descanso,grúas de brazo horizontal y otros objetos metálicos que sobre‐salgan 18 pulg. (460 mm) o más de la pared de la columna.

6.8.2.2 Interior. No se requiere que los cuerpos metálicosaislados que se encuentren en el interior de una chimenea deacero reforzado que estén dentro de la zona de protecciónestén conectados con el sistema de protección contra rayos.

6.9* Puesta a tierra.

6.9.1 Para cada uno de los conductores bajantes, debeproveerse un electrodo de puesta a tierra adecuado para lascondiciones del suelo existentes.

6.9.2 Los electrodos de puesta a tierra deben cumplir con loestablecido en la sección 4.13, excepto que la varilla de puestaa tierra debe sea una varilla revestida de cobre o de acero ino‐xidable con un diámetro no menor de 5∕8 pulg. (15 mm) y debetener una longitud de al menos 10 pies (3 m).

6.10 Chimeneas metálicas.

6.10.1 Las chimeneas metálicas para uso industrial y con unespesor de 3∕16 pulg. (4.8 mm) o mayor no requieren terminalesaéreos ni conductores bajantes.

6.10.2 Las chimeneas metálicas mencionadas en la sección6.10.1 deben ser puestas a tierra mediante dos electrodos depuesta a tierra, como mínimo y separadas lo más practico posi‐ble, alrededor de la chimenea.

6.10.3 Si la chimenea es parte de un edificio o está ubicadadentro de la distancia de descarga lateral, según se determinaen las secciones 4.15 y 4.16, esta debe estar interconectada alsistema de protección contra rayos del edificio.

6.10.4 Si la chimenea está ubicada dentro del perímetro de unedificio protegido, deben efectuarse dos conexiones entre losconductores de la chimenea y los conductores principales delsistema de protección contra rayos de la edificación en o sobreel nivel del techo.

6.11 Cables y alambres tensores metálicos. Los cables y alam‐bres tensores de metálicos que se utilicen para sostener laschimeneas deben ser puestos a tierra en sus extremos inferi‐ores.

7.1 Reducción de daños.

7.1.1* Aplicación.

7.1.1.1 El presente capítulo debe aplicarse a la protección deestructuras que contengan vapores y gases inflamables olíquidos que generen vapores inflamables.

7.1.1.2 A los fines del presente capítulo, el término estructuradebe aplicarse a todo recipiente, tanque u otros contenedoresexternos que contengan dichos materiales.

7.1.2 Determinados tipos de estructuras que se utilizan para elalmacenamiento de líquidos que generan vapores inflamableso que se utilizan para almacenar gases inflamables esencial‐mente cuentan con una autoprotección contra los dañosprovocados por impactos de rayos y no deben requerir ningunaprotección adicional.

7.1.2.1 Las estructuras metálicas que son eléctricamentecontinuas; herméticamente selladas que evitan el escape delíquidos, vapores o gases y de un espesor de 3∕16 pulg. (4.8 mm)o mayor que resista los impactos directos, conforme a lo esta‐blecido en la sección 7.3.2, deben ser consideradas comoinherentemente auto protectoras.

7.1.2.2 Para la protección de otros tipos de estructuras serequiere del uso de terminales de interceptación de descargas.

7.1.3 Debido a la naturaleza de los contenidos de las estructu‐ras contempladas en el presente capítulo, deben tomarseprecauciones adicionales.

7.2 Principios fundamentales de protección. La protección deestas estructuras y sus contenidos contra los daños provocadospor rayos debe considerarse los principios establecidos en lassecciones 7.2.1 a 7.2.5.

7.2.1 Los líquidos que generen vapores inflamables deben seralmacenados en estructuras esencialmente estancas al gas.

7 Protección de estructuras que contengan vapores ygases inflamables o líquidos que puedan generar vapores

inflamables

Capítulo

Edición 2014

PROTECCIÓN DE ESTRUCTURAS QUE CONTENGAN VAPORES, GASES, O LÍQUIDOS INFLAMABLES 780-33

7.2.2 Las aberturas desde las que las concentraciones inflama‐bles de vapor o gas se liberen hacia la atmósfera deben sercerradas o estar protegidas de alguna otra manera contra elingreso de las llamas.

7.2.3 Las estructuras y todos los accesorios (como bocas paramedición manométrica, válvulas de ventilación) deben mante‐nerse en condiciones operativas.

7.2.4 Debe evitarse, en la mayor medida posible, que lasmezclas inflamables de aire-vapor se acumulen fuera de dichasestructuras.

7.2.5 No deben permitirse aberturas potencialmente disrupti‐vas entre superficies conductoras o puntos donde se liberen oacumulen vapores inflamables.

7.3 Medidas de protección.

7.3.1 Materiales e instalación. Los conductores, terminales deinterceptación de descargas, supresores de sobretensión yconexiones de puesta a tierra deben ser seleccionados e instala‐dos conforme a los requisitos establecidos en el Capítulo 4. ysegún se describe en el presente capítulo.

7.3.2 Zona de protección para mástiles y cables de guarda.

7.3.2.1 La zona de protección de un mástil de proteccióncontra rayos debe basarse en la distancia de impacto de ladescarga del rayo.

7.3.2.2 Dado que la descarga del rayo puede impactar sobrecualquier objeto puesto a tierra ubicado dentro de la distanciadel punto de impacto final a tierra, la zona de protección sedefine mediante un arco circular, cóncavo hacia arriba, segúnse muestra en el apartado (a) de la Figura 7.3.2.2.

7.3.2.3 El radio del arco es la distancia de impacto y debepasar a través de la punta del mástil y ser tangente al terreno.

7.3.2.4* Cuando se use más de un mástil, el arco debe pasar através de las puntas de los mástiles adyacentes, como se mues‐tra en el apartado (b) de la Figura 7.3.2.2 y en la Figura 7.3.2.4.La distancia puede determinarse analíticamente para una

distancia de impacto de 100 pies (30 m) mediante la siguienteecuación (debe haber coherencia en las unidades, pies o m):

d h R h h R h= ( ) ( )1 1 2 22 2− − −

d = distancia horizontal de protecciónh 1 = altura del mástil más altoR = radio de la esfera rodante [100 pies (30 m)]h2 = altura del mástil más bajo

7.3.2.5 La zona de protección debe basarse en una distanciade impacto de 100 pies (30 m) o menos.

7.3.2.6 Cable de guarda.

7.3.2.6.1 La zona de protección de un cable de guarda debebasarse en una distancia de impacto de 100 pies (30 m) y defi‐nida por arcos de un radio de 100 pies (30 m) cóncavo haciaarriba. [Ver apartado (b) de la Figura 7.3.2.2.]

7.3.2.6.2 Los mástiles de soporte deben disponer de un espa‐cio libre desde la estructura protegida, conforme a lo estable‐cido en la sección 4.6.5.

7.3.2.6.3 Los mástiles o cables de guarda deben ser puestos atierra e interconectados al sistema de puesta a tierra de laestructura que va a ser protegida.

7.3.2.6.4 Deben aplicarse los requisitos de puesta a tierra esta‐blecidos en el Capítulo 4.

7.3.2.7 Métodos de puesta a tierra alternativos.

7.3.2.7.1 Los mástiles de madera, que se utilicen ya sea indivi‐dualmente o con cables a tierra, deben tener una terminalaéreo que se extienda al menos 2 pies (0.6 m) por encima de laparte superior del poste, fijada al poste como se muestra en laFigura 7.3.2.7.1, y conectada con el sistema de puesta a tierra.

7.3.2.7.2 Como alternativa, debe permitirse que el cable deguarda o el conductor bajante, se extiendan por encima delposte.

Mástil

100 pies (30 m)

H

(a) Mástil únicoZona de protección definida por líneas discontinuas

Superficie a tierra

(b) Cables a tierra en alturaZona de protección definida por uno o más cables a tierra y líneas

discontinuas

H

H

Radio de 100 pies (30 m)(distancia de impacto) Cables en altura

Mástil de sostén

Radio de 100 pies (30 m)(distancia de impacto)

FIGURA 7.3.2.2 Zona de protección de un mástil (a) y zona de protección de cables de guarda (b).

Edición 2014

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-34

Terminal aérea Terminal aérea

Estructura protegida

Estructura protegida

Interconexión del sistema de puesta a tierra

FIGURA 7.3.2.7.1 Métodos de puesta a tierra alternativospara protección de cables de guarda.

7.3.2.7.3 En el caso de un sistema de cables de guarda, debepermitirse que el cable tensor del poste se utilice comoconductor bajante, siempre que cumpla con los requisitos de lasección 7.3.1.

7.3.2.7.4 Para mástiles metálicos puestos a tierra, no deberequerirse el terminal aéreo ni el conductor bajante.

7.4 Protección para estructuras especiales

7.4.1 Tanques ubicados sobre la superficie del terreno, apresión atmosférica, que contienen vapores inflamables olíquidos que generan vapores inflamables.

7.4.1.1* Tanques con techo fijo (metálico) y tanques con techoflotante interno. No deben ser obligatorios resistores paralelos(shunts) ni conductores de derivación para la protección contrarayos de los tanques con techo fijo y con techo flotante interno.

25

50

75

100

Centro para50 pies (15 m) de altura

Centro para75 pies (23 m) de altura

Centro para100 pies (30 m) de altura

Altu

ra p

rote

gid

a (

pie

s)

7.6

15

23

30

Altu

ra p

rote

gid

a (

m)

7.6 15 23 30

25 50 75 100

Distancia horizontal protegida (pies)

Distancia horizontal protegida (m)

100 pies (30 m)

75 pies(23 m)

50 pies (15 m)

25 pies (7.6 m)

Centro para25 pies (7.6 m) de altura

100 pies (30 m)

FIGURA 7.3.2.4 Zona de protección — 100 pies (30 m) mediante la aplicación del método de laesfera rodante.

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PROTECCIÓN DE ESTRUCTURAS QUE CONTENGAN VAPORES, GASES, O LÍQUIDOS INFLAMABLES 780-35

7.4.1.2* Tanques con techo flotante externo.

7.4.1.2.1 Colocación de los resistores paralelos.

7.4.1.2.1.1 El punto de contacto entre el resistor paralelo y eltanque debe estar sumergido a al menos 1 pie (0.3 m) pordebajo de la superficie del líquido.

7.4.1.2.1.2 El resistor paralelo debe tener una trayectoria tancorta y directa como sea posible desde el techo flotanteconductor hasta la envoltura del tanque.

7.4.1.2.1.3 Los resistores paralelos deben estar espaciados aintervalos no mayores de 10 pies (3 m) alrededor del períme‐tro del techo flotante.

7.4.1.2.1.4 Los resistores paralelos sobre cubierta deben serquitados cuando se reacondicionen tanques existentes conresistores paralelos sumergidos.

7.4.1.2.2 Descripción de los resistores paralelos.

7.4.1.2.2.1 Los resistores paralelos deben consistir en unconductor de acero inoxidable flexible de al menos0.031 pulg.2 (20 m2) de área transversal o de conductores deotros materiales con una capacidad de conducción decorriente equivalente y resistente a la corrosión.

7.4.1.2.2.2 El ancho mínimo del resistor paralelo debe ser de2 pulg. (50 mm).

7.4.1.2.2.3 Los resistores paralelos deben tener una longitudmínima necesaria, para permitir el funcionamiento del techoflotante.

7.4.1.2.2.4 Los resistores paralelos deben tener una longitudmínima necesaria, como para mantenerse el contacto entre lacarcasa durante el movimiento horizontal y vertical del techoflotante.

7.4.1.2.2.5* Los resistores paralelos y las terminaciones debentener suficiente flexibilidad, área transversal y resistencia a lacorrosión, a fin de maximizar su vida útil.

7.4.1.3* Conductores de derivación.

7.4.1.3.1 El techo flotante del tanque debe estar eléctrica‐mente interconectado con la envoltura del tanque.

7.4.1.3.2 Cada conductor, incluidas sus conexiones, debe teneruna resistencia eléctrica extremo a extremo máxima de0.03 ohm.

7.4.1.3.3 El conductor de derivación debe tener la longitudmínima necesaria para permitir el movimiento completo deltecho flotante.

7.4.1.3.4 Debe haber un mínimo de dos conductores de deri‐vación espaciados de manera uniforme a una distancia nomayor de cada 100 pies (30 m) alrededor de la circunferenciadel tanque.

7.4.1.3.5* Los conductores de derivación y las terminacionesdeben estar posicionadas y tener suficiente flexibilidad, seccióntransversal y resistencia a la corrosión, a fin de maximizar suvida útil.

7.4.1.4 Vías de conducción paralelas (conjunto de montaje desellos del tanque con techo flotante).

7.4.1.4.1 Cualquiera de los componentes de un conjunto demontaje de sellos conductores que no esté totalmente sumer‐

gido, incluidos resortes, conjuntos de montaje tipo tijera ymembranas de sellos, deben estar eléctricamente aislados deltecho del tanque.

7.4.1.4.2 El nivel de aislamiento debe tener un valor de 1 kV omayor.

7.4.1.5 Aislamiento del indicador o de los postes guía.

7.4.1.5.1 Cualquiera de los conjuntos de montaje o compo‐nentes del indicador o de los postes guías que penetren en eltecho flotante del tanque deben estar eléctricamente aislados.

7.4.1.5.2 El nivel de aislamiento debe tener un valor de 1 kV omayor.

7.4.1.6 Tanques metálicos con techos no metálicos. Lostanques metálicos con techos de madera u otros techos nometálicos no deben considerarse auto protegidos, aun cuandoel techo sea esencialmente estanco al gas y estuviera forradocon un metal delgado y con todas las aberturas para gasesprovistas de protección contra llamas.

7.4.1.6.1 Dichos tanques deben estar provistos de terminalesde interceptación de descargas.

7.4.1.6.2 Dichos terminales de interceptación de descargasdeben estar interconectados entre sí, con el revestimientometálico, si hubiera, y con la envoltura del tanque.

7.4.1.6.3 Las partes de metal aisladas deben estar interconecta‐das, según lo requerido en la sección 4.16.

7.4.1.6.4 Debe permitirse el uso de cualquiera de los siguientesterminales de interceptación de descargas:

(1) Mástiles conductores(2) Cables de guarda.(3) Combinación de mástiles y cables de guarda

7.4.1.7 Tanques de puesta a tierra.

7.4.1.7.1 Los tanques deben ser puestos a tierra con el fin deconducir la corriente de los impactos directos y el potencialque provocan tensiones inducidas a tierra.

7.4.1.7.2 Un tanque de metal debe ser puesto a tierramediante uno de los siguientes métodos:

(1) El tanque debe estar conectado sin uniones aisladas a unsistema de tuberías metálicas puesto a tierra.

(2) Un tanque cilíndrico vertical debe estar apoyado sobre elterreno o sobre concreto y debe tener un diámetro nomenor de 20 pies (6 m), o debe estar apoyado sobre unpavimento bituminoso y debe tener un diámetro de nomenos de 50 pies (15 m).

(3) El tanque debe estar interconectado al terreno a través deun mínimo de dos electrodos de puesta a tierra, según seha descripto en la sección 4.13, a intervalos máximos de100 pies (30 m) alrededor del perímetro del tanque.

(4) Un tanque instalado con una membrana de aislamientoen su base por razones ambientales u otros motivos debeser puesta a tierra conforme a lo establecido en 7.4.1.7.2(3).

7.4.2 Contenedores de tierra, a presión atmosférica enterra‐dos, que contienen vapores inflamables o líquidos que generanvapores inflamables.

7.4.2.1 Los contenedores enterrados y revestidos o no y contechos combustibles, que contengan vapores inflamables o

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-36

líquidos que puedan generar vapores inflamables deben serprotegidos por terminales aéreos, mástiles individuales, cablesde guarda o una combinación de estos dispositivos.

7.4.2.2 Los tanques no metálicos ubicados sobre la superficiedel terreno deben ser protegidos según se describe en lasección 7.3.2.

8.1 Aplicación. El presente capítulo incluye los requisitosmínimos para la protección contra rayos de estructuras quealmacenan materiales explosivos.

8.1.1* No deber requerirse la aplicación de las disposicionesdel presente capítulo para estructuras que almacenen materia‐les de División de riesgo 1.4, para estructuras que almacenenun peso neto de explosivos (NEW, por sus siglas en inglés) de25 lb (11.3 kg) o menos, o cuando se excluya por un análisis deevaluación de riesgos.

8.1.2 El presente capítulo no debe aplicarse a estructuras enlas que la protección sea contraria a las operaciones en aeró‐dromo o de líneas de vuelo, según lo determinado por la auto‐ridad competente.

8.1.3 Cuando se cumplan las siguientes condiciones, puedenomitirse los sistemas de protección contra rayos.

(1)* Si las instalaciones utilizan un sistema de advertenciacontra rayos local aprobado, por la autoridad compe‐tente, y el sistema de advertencia contra rayos permitaque las operaciones con explosivos finalicen antes de quese aproxime una tormenta eléctrica que esté dentro delas 10 mi (16 km) de la instalación.

(2) Todo el personal sea evacuado a un refugio que brinde laprotección adecuada.

(3)* Las pérdidas y daños ocasionados por el impacto de unrayo sean aceptables para la autoridad competente.

(4) Las instalaciones contengan solamente materiales explosi‐vos que no puedan ser encendidos por un rayo y dondeno haya un riesgo de incendio, según lo determinado porlos análisis y pruebas documentadas y lo aprobado por laautoridad competente.

(5) Que no se prevea que el personal sufrirá lesiones; querepresenta una pérdida económica mínima para la estruc‐tura, sus contenidos o las instalaciones de los alrededores;las pérdidas y daños resultantes del impacto de un rayosean aceptables para la autoridad competente.

8.1.4 En aquellos lugares en los que no se instalen terminalesde interceptación de descargas, la interconexión y los SPDdeben ser instalados según se describe en las secciones 4.20, 8.5y 8.7.

8.2 Generalidades.

8.2.1 Distancia de impacto. Los sistemas de protección contrarayos diseñados para proteger estructuras que almacenanexplosivos deben basarse en una distancia de impacto de 100pies (30 m), según lo descrito en la sección 7.3.2.

8.2.2 Acoplamiento electromagnético. Cuando los efectos delacoplamiento electromagnético sean un tema de preocupa‐ción, debe instalarse un mástil o un sistema de cables deguarda (catenario).

8.3 Tipos de protección contra rayos. Excepto la exclusiónmencionada en la sección 8.1.3, las estructuras que contenganexplosivos deben contar con una protección contra rayos deuno o más de los tipos mencionados en las secciones 8.3.1 a8.3.4.

8.3.1* Jaula metálica (similar a la de Faraday). Cuando serequiera una protección óptima para estructuras que almace‐nen explosivos (según lo determinado por la autoridad compe‐tente), debe utilizarse una jaula de puesta a tierra,eléctricamente continua, según se muestra en la Figura 8.3.1.

8.3.2 Mástiles únicos o múltiples. Los sistemas de tipo mástilesdeben estar diseñados según lo especificado en la sección 4.6.5,aplicando una distancia de impacto de 100 pies (30 m) deradio.

8.3.2.1* Sistema de protección contra rayos tipo mástil. Debepermitirse que un sistema de protección contra rayos de tipomástil sea próximo a la estructura con el fin de brindar unpunto de impacto para la descarga del rayo.

8.3.2.1.1 Los mástiles metálicos deben tener un diámetromínimo de 5∕8 pulg. (15 mm).

8.3.2.1.2 Los mástiles no metálicos deben tener un terminal deinterceptación de descargas o una tapa metálica superior de unespesor mínimo de 3∕16 pulg. (4.8 mm) conectada a tierra por almenos un conductor bajante.

8.3.2.1.3 En mástiles no metálicos que utilicen un cable tensorcomo conductor bajante, dicho cable tensor debe ser metálicoy continuo sin ninguna sección que utilice aislantes cerámicos.

8.3.2.1.4 Cada cable tensor metálico debe estar interconec‐tado, en su extremo inferior, con el/los electrodo/s de puestaa tierra.

8.3.2.2 Puesta a tierra de mástiles.

8.3.2.2.1 La puesta a tierra de los mástiles debe cumplir conlos requisitos establecidos en la sección 4.13.

8.3.2.2.2 Los mástiles metálicos deben estar puestos a tierra,según se muestra en la Figura 8.3.2.2.2.

8.3.3 Sistemas (catenarios) de cables de guarda. Los sistemascatenarios o con cable de guarda deben estar diseñados según

Interconectado

FIGURA 8.3.1 Jaula metálica (similar a la de Faraday).

Protección de estructuras que almacenanmateriales explosivos

Capítulo 8

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PROTECCIÓN DE ESTRUCTURAS QUE ALMACENAN MATERIALES EXPLOSIVOS 780-37

lo especificado en la sección 4.6.4, aplicando una distancia deimpacto de 100 pies (30 m) de radio.

8.3.4* Sistemas de protección contra rayos integrales. Losterminales de interceptación de descargas fijados de maneradirecta a la estructura deben ser instalados de acuerdo con loespecificado en el Capítulo 4.

8.3.5 Las interconexiones y empalmes de conductores nodeben estar pintados.

8.4 Puesta a tierra.

8.4.1 Generalidades. Debe requerirse un conductor a tierratipo anillo para todos los sistemas de protección contra rayosde estructuras que contengan explosivos, con todos los conduc‐tores bajantes, acero estructural, varillas de puesta a tierra yotros sistemas de puesta a tierra conectados al conductor atierra tipo anillo.

Exception nro. 1: No debe requerirse un electrodo de puesta a tierra tipoanillo para estructuras con superficies de 500 pies2 (46.5 m2) ni paraaquellas que puedan ser protegidas por un solo mástil o terminal aéreo.

Exception nro. 2: No debe requerirse un electrodo de puesta a tierra tipoanillo para estructuras portátiles que cumplan con las disposiciones dela sección 8.7.5.

8.4.2 Electrodos empotrados en concreto. Los electrodosempotrados en concreto deben cumplir con lo establecido en4.13.3.

8.4.3 Anillos de puesta a tierra. Los anillos de puesta a tierradeben ser conductores no aislados que cumplan o superen loestablecido para conductores de Clase II.

8.4.3.1 Los electrodos de puesta a tierra tipo anillo debenaumentarse con un mínimo de dos varillas de puesta a tierraque cumplan con los requisitos de la sección 4.13.2.4.

8.4.3.2 El electrodo de puesta a tierra tipo anillo debe insta‐larse a no menos de 3 pies (0.9 m) de la zapata o los cimientosde la estructura.

8.4.4 Electrodos radiales. Los electrodos radiales debencumplir con los requisitos establecidos en la sección 4.13.5.

8.4.5 Placas de puesta a tierra. Las placas de puesta a tierradeben cumplir con lo establecido en la sección 4.13.6.

8.4.6 Mejoramiento de la puesta a tierra. Deben permitirse laspuestas a tierra con soluciones químicas instaladas para elpropósito de mejorar el contacto eléctrico con el terreno o unconductor sumergido en agua salada.

8.5 Interconexión.

8.5.1 Generalidades. Los requisitos de interconexión para laprotección de estructuras que almacenan materiales explosivosdeben cumplir con lo establecido en la sección 4.16.

8.5.2 Distancia de descarga lateral. Las distancias de descargaslaterales deben calcularse aplicando el método descripto en lasección 4.16.

8.5.3 Masas metálicas aisladas. Todas las masas metálicas aisla‐das que estén dentro de la distancia de descarga lateral debenestar interconectadas con el sistema de protección contrarayos.

Exception: No debe requerirse que las masas metálicas con una superfi‐cie de menos de 400 pulg.2 (0.26 m2) o un volumen de menos de1000 pulg.3 (1.64 × 104 cm3) estén interconectadas.

8.5.4 Técnicas de interconexión directa. Entre las técnicas deinterconexión directa deben incluirse las siguientes:

(1) Soldadura(2) Soldadura(3) Empernado(4) Remachado

8.5.4.1 No debe permitirse la soldadura blanda.

8.5.4.2 No deben usarse tornillos auto roscantes para fines deinterconexión.

8.5.4.3 Una vez completado el proceso de unión, el área deinterconexión debe estar sellada con agentes protectores apro‐piados, a fin de evitar el deterioro de la interconexión porcorrosión de las superficies de acoplamiento.

Cimientos

Placa de base

Mástil

2 pies (0.6 m)mín.

2 pies (0.6 m)mín.

Varilla a tierra8 pulg.(0.2 m)

8 pulg.(0.2 m)

4 pies(1.2 m)

4 pies(1.2 m)

4 pies(1.2 m)

4 pies(1.2 m)

Conductor principal (típ.)

NOTA: aumentar dimensiones,según lo requerido para mantenerun espaciamiento de 1 pie (0.3 m)entre los cimientos y la varilla a tierra.

Electrodoa tierra, enterrado,continuo

PLANO(CONFIGURACIÓN DE LATERAL)

PLANO(CONFIGURACIÓN DE RINCÓN)

FIGURA 8.3.2.2.2 Conexión de los mástiles metálicos con un electrodo de puesta a tierra tipo anillo.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-38

8.5.5 Puertas de acceso.

8.5.5.1 Todas las puertas metálicas que permitan el acceso a laestructura deben estar interconectadas con el electrodo depuesta a tierra tipo anillo.

8.5.5.2 Los marcos de puertas enrollables o de listones debenestar interconectados con el electrodo de puesta a tierra tipoanillo.

8.5.6 Barricadas o bolardos metálicos. Las barricadas o bolar‐dos metálicos que estén dentro de la distancia de descargalateral, según el cálculo descripto en la sección 4.16 debenestar interconectados con el electrodo de puesta a tierra tipoanillo mediante el uso de un conductor enterrado.

8.5.7 Vías férreas. Todas las vías férreas que estén situadasdentro de los 6 pies (1.8 m) de instalaciones que almacenanexplosivos deben estar interconectadas con el electrodo depuesta a tierra tipo anillo del sistema de protección contrarayos.

8.5.8 Cuando las vías férreas cuenten con señalización eléc‐trica, deben proporcionarse uniones aisladas para aislar las víasférreas de apartaderos de la vía férrea principal.

8.5.8.1 Las vías de apartaderos deben contar con conexionesexternas para la interconexión con el electrodo de puesta atierra tipo anillo de las instalaciones.

8.5.8.2 Cuando las vías férreas ingresan a instalaciones,también deben estar interconectadas al armazón de la estruc‐tura o de las instalaciones.

8.6 Protección contra sobretensión. Debe requerirse protec‐ción contra sobretensión, según se describe en la sección 4.20,para todos los conductores de energía eléctrica, comunica‐ciones o datos que ingresen o salgan de una estructura en laque se almacenan explosivos.

8.6.1 Las líneas de energía eléctrica y de comunicacionesmetálicas (incluidas las líneas de detección de intrusiones)deben ingresar en las instalaciones en cables blindados oductos metálicos de tendido subterráneo a al menos 50 pies(15 m) de la estructura.

8.6.2 Los ductos deben estar interconectados con el electrodode puesta a tierra tipo anillo en el lugar en que se cruzan.

8.6.3 Debe permitirse el uso de filtros de paso bajo comoprotección adicional para las cargas electrónicas críticas, segúnlo determine la autoridad competente.

8.7 Protección para instalaciones específicas.

8.7.1 Polvorines bajo tierra. La protección contra rayos sobrepolvorines bajo tierra debe instalarse según lo especificado enel Capítulo 4, excepto lo establecido en las modificacionesdescriptas más abajo.

8.7.1.1 Deben colocarse terminales aéreos sobre el muro decontención, el ventilador posterior (si hubiera) y en el períme‐tro del techo del polvorín, según lo requerido para obteneruna zona de protección de 100 pies (30 m) de radio.

8.7.1.2 Deben permitirse terminales aéreos altos en el centrodel muro de contención y el techo del polvorín, en lugar de losterminales aéreos del perímetro solamente si brindan unaadecuada protección, conforme a lo establecido en la sección8.2.1.

8.7.1.3 Las puertas de acero, marcos de puertas y refuerzos deacero deben estar interconectados al sistema de puesta a tierra.

8.7.1.4 Los sistemas de energía eléctrica, de datos y de comuni‐caciones deben estar protegidos con SPD, de acuerdo con loestablecido en la sección 4.20.

8.7.2* Muelles y embarcaderos. Deben requerirse sistemas deprotección contra rayos en muelles y embarcaderos cuando losmateriales explosivos no puedan ser trasladados hacia un áreaprotegida ante la aproximación de una tormenta eléctrica.

8.7.2.1 La parte del muelle o embarcadero que se use para elalmacenamiento temporal de materiales explosivos debe estarprovista de un mástil o sistema catenario.

8.7.2.2 El mástil o sistema catenario deben estar interconecta‐dos con un electrodo de puesta a tierra tipo anillo.

8.7.2.3 Debe instalarse un conductor adicional a lo largo delmuelle o embarcadero para la interconexión de todos los obje‐tos metálicos de manera permanente sobre el muelle.

8.7.2.4 Todos los conductores de puesta a tierra tipo anillo deun muelle o embarcadero deben estar interconectados.

8.7.2.5 Debe permitirse una trayectoria a tierra que conste deuna placa de metal interconectada al conductor de puesta atierra tipo anillo adicional con el fin de crear una trayectoriade baja resistencia por la sumersión en agua.

8.7.3 Grúas. Todas las grúas deben estar provistas de conduc‐tores de puesta a tierra tipo anillo interiores y exteriores inter‐conectados entre sí.

8.7.3.1 Las grúas deben estar interconectadas al conductor depuesta a tierra tipo anillo interior.

8.7.3.2 Las grúas deben ser reubicadas dentro de la zona deprotección del sistema de protección contra rayos ante laaproximación de una tormenta eléctrica.

8.7.3.3 El brazo mecánico y el sistema de elevación del cabledeben estar interconectados al conductor de puesta a tierratipo anillo exterior.

Exception: No debe requerirse que los ganchos de elevación metálicos degrúas equipadas con eslabones de aislamiento de ganchos estén interco‐nectados a alguno de los conductores de puesta a tierra tipo anillo.

8.7.4 Plataformas de almacenamiento abiertas.

8.7.4.1 Las plataformas de almacenamiento abiertas debenestar provistas de un mástil o sistema catenario.

8.7.4.2 Debe instalarse un conductor de puesta a tierra tipoanillo adicional cuando existan las siguientes condiciones:

(1) Los materiales explosivos estén dentro de la distancia dedescarga lateral de cables o mástiles.

(2) Haya gases inflamables o líquidos inflamables expuestossobre la plataforma.

8.7.5* Polvorines de metal portátiles. Los polvorines portátilesque brinden una protección equivalente a la de una jaulametálica, según se describe en 8.3.1, deben ser puestos a tierramediante el uso de un conductor principal.

8.7.5.1 Los polvorines de metal portátiles tipo caja con3∕16 pulg. (4.8 mm) de acero o material equivalente, en que lasparedes, piso y techo estén soldados entre si deben requerir la

Edición 2014

PROTECCIÓN DE ESTRUCTURAS QUE ALMACENAN MATERIALES EXPLOSIVOS 780-39

interconexión de las puertas a través de cada una de las bisa‐gras.

8.7.5.2 Los sistemas de energía eléctrica, de datos y de comuni‐caciones deben estar protegidos con SPD, de acuerdo con loestablecido en la sección 4.20.

8.7.5.3 Polvorines portátiles individuales.

8.7.5.3.1 Los polvorines portátiles individuales de menos de25 pies2 (2.3 m2) (aplicando las dimensiones exteriores) debenrequerir de dos varillas de puesta a tierra.

8.7.5.3.2 Los polvorines portátiles individuales de una superfi‐cie igual o mayor de 25 pies2 (2.3 m2) deben ser puestos atierra mediante el uso de como mínimo dos varillas de puesta atierra separadas, cada una colocada en una esquina distinta,preferentemente ubicadas en esquinas opuestas.

8.7.5.3.3 Deben permitirse las conexiones con un electrodo depuesta a tierra tipo anillo existente, en lugar de varillas depuesta a tierra.

8.7.5.4 Grupos de polvorines portátiles.

8.7.5.4.1 Cada grupo debe contar con un mínimo de dosconexiones a tierra.

8.7.5.4.2 Los grupos cuyo perímetro exceda de 250 pies(76 m) deben tener una conexión a tierra por cada 100 pies(30 m) del perímetro o fracción de este, de modo que ladistancia promedio entre todas las conexiones a tierra noexceda de 100 pies (30 m).

8.7.5.4.3 Para grupos pequeños que requieran solamente dosconexiones a tierra, las conexiones deben estar situadas en losextremos opuestos del grupo y tan alejadas como sea factible.

8.7.5.4.4 Deben permitirse las conexiones con un electrodo depuesta a tierra tipo anillo existente, en lugar de varillas depuesta a tierra.

8.7.5.4.5 Todas las conexiones a tierra deben tener una resis‐tencia de tierra tan baja como sea factible.

8.8 Cercos metálicos.

8.8.1 Puesta a tierra.

8.8.1.1 Los cercos deben ser puestos a tierra cuando esténubicados dentro de los 6 pies (1.8 m) de una estructura quealmacena explosivos mediante la interconexión con el sistemade puesta a tierra de la estructura.

8.8.1.2 Los cercos que cumplan con los criterios de la sección8.8.1.1 también deben ser puestos a tierra dentro de los100 pies (30 m), a ambos lados del sitio en el que las líneasaéreas de energía eléctrica en altura que cruzan el cerco.

8.8.1.3 Los postes de portones a través de los cuales pasenmateriales explosivos o personas deben ser puestos a tierra deacuerdo con lo descripto en la sección 8.8.3.

8.8.1.4 Los cercos metálicos construidos de alambre con postesno conductores que requieran ser puestos a tierra de acuerdocon lo establecido en la sección 8.8.1 deben utilizar un conduc‐tor del tamaño principal que se extienda a lo largo del poste.

8.8.1.5 El conductor del tamaño principal mencionado en lasección 8.8.1.4 debe estar interconectado a cada uno de losalambres para formar una trayectoria continua a tierra.

8.8.2 Interconexión.

8.8.2.1 Los cercos deben estar interconectados incluso a travésde portones y otras discontinuidades, de acuerdo con los requi‐sitos de la sección 8.8.3.

8.8.2.2 La malla de alambre de cercos cubierta con materialesno conductores debe estar interconectada a los postes querequieran ser puestos a tierra, según se describe en 8.8.1.

8.8.3 Portones y postes de portones.

8.8.3.1 Todos los postes de portones deben estar provistos deun electrodo de puesta a tierra que cumpla con los requisitosestablecidos en la sección 4.13, mediante el uso de un conduc‐tor del tamaño principal.

8.8.3.2 Los conductores de los tamaños principales de Clase Ienterrados a no menos de 18 pulg. (460 mm) de profundidaddeben interconectar los postes situados en los lados opuestosde un portón.

8.8.3.3 Los portones deben estar interconectados a sus postesde soporte puestos a tierra mediante el uso de puente flexiblede tamaño secundario.

8.9* Mantenimiento e inspección. Debe elaborarse un plan demantenimiento e inspección para todos los sistemas de protec‐ción que se utilicen para proteger estructuras que almacenanexplosivos.

8.10 Inspección, pruebas y mantenimiento. La instalacióninicial debe ser inspeccionada por la autoridad competente ydebe volver a ser inspeccionada y certificada después de cadatrabajo adicional se efectúe en la estructura.

8.10.1 Deben entregarse los lineamientos para el manteni‐miento del sistema de protección contra rayos al momento definalizarse la instalación.

8.10.2 El personal de mantenimiento debe garantizar que lasreparaciones de todas las anomalías detectadas durante lasinspecciones se efectúen antes de que se reanuden las opera‐ciones con explosivos.

8.10.3 Cualquier indicio de daños producidos por el impactode un rayo en una estructura o en su sistema de proteccióncontra rayos debe ser inmediatamente documentada e infor‐mada a la autoridad correspondiente.

8.10.4 Cuando esté permitido por la autoridad competente,deben obtenerse los registros fotográficos de los daños presun‐tamente provocados por el impacto de un rayo antes de llevar acabo las reparaciones.

8.10.5 A fin de evitar que el personal se vea afectado pordescargas, las tareas de mantenimiento, inspección y prueba nodeben ser llevadas a cabo durante una amenaza de tormentaeléctrica.

8.10.6 Los sistemas de protección contra rayos de instalacionespara explosivos deben ser visualmente inspeccionados con unafrecuencia de al menos 7 meses, a fin de detectar evidencia decorrosión o cables o conexiones rotos.

8.10.6.1 Todas las reparaciones necesarias deben hacerseinmediatamente.

8.10.6.2 Todos los daños detectados en el sistema deben seranotados en los registros de las pruebas.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-40

8.10.6.3 Los SPD deben ser inspeccionados de acuerdo con loestablecido en las instrucciones del fabricante, a intervalos queno excedan de 7 meses o cuando se lleve a cabo una inspecciónvisual.

8.10.7* La electricidad del sistema de protección contra rayosdebe someterse a prueba cada 14 meses.

8.10.7.1 La resistencia a la CC de cualquier objeto interconec‐tado al sistema de protección contra rayos no debe exceder de1 ohm.

8.10.7.2 La prueba debe llevarse a cabo de acuerdo con lo esta‐blecido en las instrucciones del fabricante de los correspon‐dientes equipos para pruebas.

8.10.7.3 La prueba debe ser llevada a cabo por personal queesté familiarizado con las operaciones de prueba de los siste‐mas de protección contra rayos.

8.10.7.4 Debe permitirse que para esta aplicación se utilicensolamente aquellos instrumentos específicamente diseñadospara las pruebas de resistencia a tierra.

8.10.7.5 Los instrumentos que se utilicen para las pruebasdeben estar apropiadamente mantenidos y calibrados, deacuerdo con lo establecido en las instrucciones del fabricante.

8.10.7.6 Debe utilizarse el método de prueba de caída depotencial de tres puntos cuando se mida la resistencia a tierrade los sistemas de puesta a tierra de instalaciones para explosi‐vos.

8.10.7.7* Debe verificarse el funcionamiento de los SPD cada12 meses o después de todo presunto impacto de un rayo.

8.10.7.8 Los registros y datos de la resistencia de tierra de lasmediciones de las pruebas y las pruebas de interconexióndeben ser documentados y deben estar disponibles durante unplazo aceptable para la autoridad competente.

8.10.7.9* Debe permitirse que solamente el personal calificadoque tenga el debido entrenamiento y la experiencia requeridalleve a cabo las actividades de mantenimiento, inspección yprueba de instalaciones para explosivos.

9.1* Generalidades. La intención del presente capítulo debeser la de describir los requisitos de protección contra rayospara estructuras de turbinas de viento que comprendan álabesgiratorios externos, una góndola y una torre de soporte.

9.1.1 Los sistemas de protección contra rayos instalados enturbinas de viento deben ser instalados conforme a las disposi‐ciones del presente capítulo.

9.1.2* El presente capítulo no debe incluir la proteccióncontra rayos de los álabes de turbinas de viento ni de los equi‐pos de generación eléctrica.

9.2 Principios fundamentales de protección.

9.2.1 La colocación de terminales aéreos para la góndola debedeterminarse según se describe en la sección 4.8, asumiendoque los álabes están orientados de manera que proporcionen lazona de protección más pequeña para la estructura.

9.2.2 La góndola, el buje y otros componentes estructurales dela turbina de viento deben sustituir a los terminales aéreos y

conductores, cuando sea posible, de acuerdo con lo estable‐cido en la sección 4.6.1.4 y en la sección 4.19.

9.2.3 Los terminales aéreos, conductores bajantes y la interco‐nexión para la protección de instrumentos meteorológicos yluces de advertencia para aeronaves ubicadas en la góndoladeben ser provistas de acuerdo con lo establecido en el Capí‐tulo 4.

9.2.4 El conductor que atraviesa desde el álabe al buje debe serde un tamaño que cumpla con lo especificado en la Tabla4.1.1.1.2 para conductores principales y debe estar provisto deuna diferencia dimensional mínima requerida y de flexibilidad,a fin de permitir el adecuado movimiento del álabe.

9.2.5 La cubierta del buje, denominada cono giratorio, debeestar protegida con un terminal de interceptación de descar‐gas, según lo requerido en la sección 4.6.

9.2.6 Debe haber al menos dos conductores bajantes para latorre de la turbina de viento. Los requisitos del conductorbajante que se extiende desde la góndola hasta el terrenodeben cumplir con lo requerido en la sección 4.9.9.

9.2.7 Los objetos metálicos ubicados fuera o dentro de laestructura de una turbina de viento, que contribuyen con losriesgos de rayos debido a que están puestos a tierra o ayudan aproveer una trayectoria a tierra para las corrientes de rayosdeben estar interconectados al sistema de protección contrarayos general, de acuerdo con lo establecido en las secciones4.15 y 4.16.

9.3 Protección de sistemas de control eléctrico y mecánico.

9.3.1 Debido a que la góndola, el buje, la torre y las seccionesde la base de la estructura de la turbina de viento general‐mente almacenan sistemas de control eléctrico y mecánico,debe considerarse la protección de estos sistemas con interco‐nexiones, blindajes y protección contra sobretensión, deacuerdo con lo establecido a continuación:

(1) Distancia de separación y técnicas de interconexiónpreservadas de acuerdo con lo establecido en lassecciones 4.15 y 4.16

(2) Minimizar la distancia entre los conductores de protec‐ción contra rayos y los componentes del sistema eléctricoy el cableado del sistema eléctrico ubicado sobre o cercade un plano de tierra

(3) Cableado del sistema eléctrico con blindaje magnético, yasea mediante fundas de alambre trenzado o mallas deapantallamiento o la interconexión de ductos metálicos,bandejas porta cables o canaletas para cables

(4) Equipos eléctricos expuestos a impulsos electromagnéti‐cos del rayo (LEMP, por sus siglas en inglés), ubicadosdentro de ambientes metálicos

(5) Evitar lazos prominentes dentro de cableados eléctricos.(6) Instalar los SPD lo más próximo posible a los equipos que

van a ser protegidos.

9.3.2 Los SPD deben cumplir con lo establecido en la sección4.20.

9.4 Puesta a tierra. Cada estructura de una turbina de vientodebe estar equipada con un sistema de puesta a tierra comúnque cumpla con lo establecido en la sección 4.14 y debe estarinterconectada al sistema de puesta a tierra del sitio, si hubiera.

9 Protección para turbinas de vientoCapítulo

Edición 2014

PROTECCIÓN DE NAVES ACUÁTICAS 780-41

9.4.1* El sistema de puesta a tierra de protección contra rayosdebe cumplir con lo establecido en las secciones 4.13.1 a4.13.8.

9.4.2* El sistema de puesta a tierra debe incluir un electrodode puesta a tierra tipo anillo, externo a los cimientos, encontacto con el terreno e interconectado al acero de refuerzode los cimientos que utilice accesorios listados para ese fin.

9.4.3 El acero de refuerzo debe tener continuidad eléctrica entoda su extensión, mediante la interconexión de barras verti‐cales y horizontales.

9.4.4 Los conductores bajantes que se extiendan sobre o enconcreto armado deben estar conectados al acero de refuerzoen sus extremidades superior e inferior.

9.4.5 Otros sistemas puestos a tierra ubicados en las proximi‐dades de la base de la turbina de viento deben estar interconec‐tados al sistema de electrodos de puesta a tierra de laestructura principal, de acuerdo con lo establecido en lasección 4.14.6 (4).

10.1 Generalidades.

10.1.1 El propósito del presente capítulo debe ser el de esta‐blecer los requisitos de protección contra rayos para navesacuáticas mientras están en el agua.

10.1.2* Los sistemas de protección contra rayos colocados ennaves acuáticas deben ser instalados conforme a lo establecidoen las disposiciones del presente capítulo.

10.2 Materiales.

10.2.1 Corrosión.

10.2.1.1 Los materiales utilizados en el sistema de proteccióncontra rayos deben ser resistentes a la corrosión de un entornomarítimo.

10.2.1.2 Debe prohibirse el uso de combinaciones de metalesque formen pares galvánicos perjudiciales cuando exista laprobabilidad de que estén en contacto con el agua.

10.2.2 Materiales permitidos.

10.2.2.1 Los conductores de cobre deben tener una cubiertade estaño.

10.2.2.2 Los conductores de cobre deben ser del grado reque‐rido para trabajos eléctricos comerciales y deben tener almenos el 95 por ciento de la conductividad del cobre puro.

10.2.2.3 Debe permitirse el uso de materiales conductores,aparte de cobre, como aluminio, acero inoxidable y bronce,siempre que cumplan con la totalidad de los requisitos estable‐cidos en el presente capítulo.

10.2.2.4* No debe utilizarse un compuesto de fibra decarbono (CFC) como conductor en un sistema de proteccióncontra rayos.

10.3 Terminales de Interceptación.

10.3.1* Zona de protección.

10.3.1.1 La zona de protección para naves acuáticas debebasarse en una distancia de impacto de 100 pies (30 m).

10.3.1.2 La zona de protección obtenida mediante cualquierconfiguración de mástiles u otros objetos conductores elevadosdebe determinarse gráficamente o matemáticamente, según semuestra en la Figura 7.3.2.4 y en la Figura 10.3.1.2. La distanciapuede determinarse analíticamente para una distancia deimpacto de 100 pies (30 m) mediante la siguiente ecuación(debe haber coherencia en las unidades, pies o m):

d h R h h R h= ( ) ( )1 1 2 22 2− − −

d = distancia horizontal protegidah 1 = altura del terminal de interceptación de descargasR = radio de la esfera rodante [100 pies (30 m)]

h 2 = altura del objeto que se va a proteger

100 p

ies

(30 m

) 100 p

ies

(30 m

)

Mástiles de más de 50 pies (15 m)

Zona protegida dentro del área definida por líneas discontinuas

FIGURA 10.3.1.2 Diagrama de una embarcación con mástiles de más de 50 pies (15 m) porencima del nivel del agua. [Protección basada en una distancia de impacto del rayo de 100 pies(30 m).]

Protección de naves acuáticasCapítulo 10

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donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-42

10.3.2 Terminales de interceptación de descargas.

10.3.2.1* Los terminales de interceptación de descargas debencumplir los requisitos establecidos en la sección 4.6 y en laTabla 4.1.1.1.1 y deben estar ubicados de manera que seobtenga una zona de protección que cubra la totalidad de lanave acuática.

10.3.2.2 Los dispositivos deben ser mecánicamente firmescomo para soportar la acción de balanceo e inclinación delcasco, así como las tempestades.

10.3.2.3 Deben permitirse accesorios metálicos como mástiles,pasamanos, montantes, toldos bikini, estabilizadores, cabinasabiertas y pescantes para balsas como terminales de intercepta‐ción de descargas, siempre que cumplan con los requisitos esta‐blecidos en la sección 10.3.2.1.

10.3.3 Mástiles no metálicos. Un mástil no metálico que noesté dentro de la zona de protección de un terminal de inter‐ceptación de descargas deber estar provisto de al menos unterminal aéreo que cumpla con los requisitos de un terminalde interceptación de descargas.

10.3.3.1 El terminal aéreo debe extenderse un mínimo de 10pulg. (254 mm) por encima del mástil.

10.3.3.2 La parte superior de un terminal aéreo debe ser losuficientemente alto como para que todos los accesorios de lacabeza del mástil se encuentren debajo de la superficie de uncono invertido a 90 grados con su vértice en la parte superiordel terminal aéreo.

10.3.3.3 Deben permitirse múltiples terminales aéreos paraobtener la zona de protección requerida que comprenda laszonas de protección superpuestas, según se describe en lasección 10.3.3.2.

10.3.3.4 El terminal aéreo debe estar sujeto de manera seguraal mástil y conectado a un conductor principal, según sedescribe en la sección 10.4.1.

10.4 Conductores.

10.4.1 Conductor principal.

10.4.1.1* Un conductor principal hecho de cobre debe tenerun área transversal de al menos 0.033 pulg. (21 mm ).2 2

10.4.1.2 Un conductor principal hecho de aluminio debetener un área transversal de al menos 0.062 pulg. (40 mm ).2 2

10.4.1.3* Debe permitirse que un accesorio conductor hechode un metal que no sea cobre ni aluminio, que no contengacableado eléctrico ni conecte conductores que incluyan cable‐ado eléctrico se utilice como un conductor principal si tienecomo mínimo el área transversal que se obtiene mediante unade las siguientes fórmulas:

AMP

= 10 in.2

3 42

. ×( )

ρ

C DP

A = área transversal (pulg.2)ρ = resistividad (Ω pulg.)

Cp = capacidad calórica específica (BTU/lbm°F)D = densidad (lbm/pulg.2)

MP = punto de fusión (°F)

AC D MP

p

= 9.7 10 mm9 2

×−( )

ρ

298

A = área transversal (mm2)ρ = resistividad (Ω m)

Cp = capacidad calórica específica (J kg−1 K−1)D = densidad (kg m−3)

MP = punto de fusión (K)

10.4.1.4* Debe permitirse que un accesorio conductor hechode un metal que no sea cobre ni aluminio, que incluya cablea‐do eléctrico o conecte conductores que incluyan cableado eléc‐trico se utilice como un conductor principal si posee la mismao menor resistencia a la corriente continua por unidad delongitud que un conductor de cobre con un área transversal de0.033 pulg. (21 mm ).2 2

10.4.1.5 Debe permitirse que accesorios metálicos, incluidosmástiles, pasamanos, regalas, montantes, pernos pasantes,toldos bimini, estabilizadores, cabinas abiertas y pescantes parabalsas se utilicen como conductores principales, siempre quecumplan con los requisitos establecidos en la sección 10.4.1.

10.4.1.6* Cada conductor principal debe ser encaminado yasea directamente hacia un electrodo de puesta a tierra, segúnse describe en la sección 10.5 o hacia afuera de las áreas de latripulación, cableados y sistemas electrónicos.

10.4.1.7* Ningún conductor principal debe pasar dentro delas 6 pulg. (150 mm) de la línea de flotación sin escora,excepto cuando termine en un electrodo de puesta a tierra (versección 10.5.4) dentro de las 24 pulg. (600 mm).

10.4.1.8 Debe permitirse que un entrehierro interrumpa elrecorrido de un conductor principal, si está sujeto a las condi‐ciones establecidas en la sección 10.5.5.

10.4.2 Conductor de interconexión.

10.4.2.1 Un conductor de interconexión hecho de cobre debetener un área transversal de al menos 0.013 pulg. (8.3 mm ).2 2

10.4.2.2 Un conductor de interconexión hecho de aluminiodebe tener un área transversal de al menos 0.025 pulg.2

(16 mm2).

10.4.2.3* Debe permitirse que un accesorio conductor hechode un metal que no sea cobre ni aluminio, que no incluyacableado eléctrico ni conecte conductores que incluyan cablea‐do eléctrico se utilice como un conductor de interconexión sicumple con el área transversal mínima que se obtienemediante una de las siguientes fórmulas:

AMP

= 1.3 10 in.2

×( )

ρ

C Dp

2

A = área transversal (pulg.2)ρ = resistividad (Ω pulg.)

Cp = capacidad calórica específica (BTU/lbm°F)D = densidad (lbm/pulg.2)

MP = punto de fusión (°F)

Edición 2014

donde:

donde:

donde:

PROTECCIÓN DE NAVES ACUÁTICAS 780-43

AC D MP

p

= ×−( )

3 8298

. 10 mm9 2ρ

A = área transversal (mm2)ρ = resistividad (Ω m)

Cp = capacidad calórica específica (J kg−1 K−1)D = densidad (kg m−3)

MP = punto de fusión (K)

10.4.2.4* Debe permitirse que un accesorio conductor hechode un metal que no sea cobre ni aluminio, que incluya cablea‐do eléctrico o conecte conductores que incluyan cableado eléc‐trico se utilice como un conductor de interconexión si posee lamisma o menor resistencia a la corriente continua por unidadde longitud que un conductor de cobre con un área transversalde 0.013 pulg.2 (8.3 mm2).

10.4.2.5 Debe permitirse que accesorios metálicos, incluidosmástiles, pasamanos, regalas, montantes, pernos pasantes,toldos bimini, estabilizadores, cabinas abiertas y pescantes parabalsas se utilicen como conductores principales, siempre quecumplan con los requisitos establecidos en la sección 10.4.2.

10.4.2.6 Ningún conductor de interconexión debe pasardentro de las 6 pulg. (150 mm) de la línea de flotación sinescora, excepto que esté dentro de las 24 pulg. (600 mm) deun electrodo de puesta a tierra (ver sección 10.5.4).

10.4.2.7* Las grandes masas metálicas deben estar conectadasal conductor en lazo, a un conductor de interconexión o a unconductor principal con al menos un conductor de intercone‐xión.

10.4.2.8 El extremo inferior de cada obenque o “estay” metá‐lico debe estar interconectado horizontalmente al conductoren lazo.

10.4.2.9 Debe permitirse que la conexión con el obenque o sucadenote se haga cerca del nivel de la cubierta.

10.4.3 Conductor en lazo.

10.4.3.1 Un conductor en lazo del tamaño principal debe serencaminado horizontalmente ya sea en el nivel de la cubierta oen la parte superior de la cabina o a al menos 6 pies (1.8 m)sobre la línea de flotación, a fin de formar un lazo conductorcontinuo hacia afuera de las áreas de la tripulación, cableados ysistemas electrónicos.

10.4.3.2 El conductor en lazo debe estar conectado al menos aun conductor principal.

10.4.4 Conductores del Sistema.

10.4.4.1* Todos los conductores principales, de interconexióny en lazo deben estar interconectados para formar el sistema depararrayos.

10.4.4.2 Cada interconexión debe realizarse con un conductorno menor al conductor de interconexión, según se describe enla sección 10.4.2 o de un accesorio de conexión que satisfagalos requisitos establecidos en la sección 10.4.6.

10.4.4.3 Cada una de las uniones entre conductores debe satis‐facer los requisitos establecidos en la sección 10.4.5.

10.4.4.4 La trayectoria entre cada terminal de interceptaciónde descargas y cada electrodo de puesta a tierra (ver sección10.5.4) debe ser conectada mediante un conductor principal.

10.4.4.5 El espesor de cualquier conductor de cobre tipobanda, plano o hueco no debe ser de menor de 0.052 pulg.(1.3 mm).

10.4.4.6 El espesor de cualquier conductor de aluminio tipobanda, plano o hueco. no debe ser de menos de 0.064 pulg.(1.63 mm).

10.4.4.7 El sistema de pararrayos debe estar conectado a lossistemas de puesta a tierra de corriente continua como decorriente alterna mediante el uso de un conector de interco‐nexión.

10.4.5 Uniones.

10.4.5.1 Las uniones deben ser mecánicamente firmes y capa‐ces de soportar toda torsión, fuerza o tensión previstas durantelas operaciones habituales.

10.4.5.2 Cuando la union se efectúe entre conductores delmismo material, el área de contacto debe ser al menos tanextensa como el área transversal del conductor.

10.4.5.2.1 Según el material que se utilice, el área de contactomínima para una unión de un conductor principal debe serdeterminada según se establece en las secciones 10.4.1.1 (paracobre), 10.4.1.2 (para aluminio) o 10.4.1.3 (para otrosmetales).

10.4.5.2.2 Para una unión de un conductor de interconexión oentre un conductor de interconexión y un conductor princi‐pal, el área de contacto mínima debe ser determinada según seestablece en las secciones 10.4.2.1 (para cobre), 10.4.2.2 (paraaluminio) o 10.4.2.3 (para otros metales).

10.4.5.3 Cuando la unión se efectúe entre dos metales dife‐rentes, el área de contacto mínima debe ser aquella requeridaen la sección 10.4.1.3 para un conductor principal y en lasección 10.4.2.3 para un conductor de interconexión.

10.4.5.4 Excepto para los conectores bimetálicos, no debepermitirse el contacto directo entre metales cuyo potencialgalvánico difiera en más de 0.5 V.

10.4.5.5 Para metales enchapados, el potencial galvánico debeser el del enchapado.

10.4.5.6 No debe permitirse ninguna unión entre metales cuyopotencial galvánico difiera en más de 0.5 V en lugares dondesea probable la inmersión, como la sentina, excepto que launión sea encapsulada en un cerramiento hermético y aprueba de agua.

10.4.5.7 En aquellos casos en los que no fuera factible evitaruna unión de metales disímiles, el efecto de la corrosión debereducirse mediante el uso de conectores enchapados o espe‐ciales, como los conectores de acero inoxidable que se utilizanentre aluminio y cobre o aleaciones de cobre.

10.4.6 Accesorios de conexión.

10.4.6.1 Deben permitirse accesorios de cualquier longitudque estén hechos de aluminio para unir dos conductores, si elárea transversal mínima cumple con los requisitos establecidosen la sección 10.4.1 para conductores principales o en lasección 10.4.2 para conductores de interconexión.

Edición 2014

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-44

10.4.6.2* Los accesorios de conexión hechos de metales queno sean ni aluminio ni cobre deben cumplir cualquiera de lossiguientes criterios:

(1) Tener la misma resistencia por unidad de longitud que ladel correspondiente conductor (es decir, principal o deinterconexión)

(2) Tener un área transversal mínima como la que se deter‐mina en la sección 10.4.1.3 para un conductor principal oen la sección 10.4.2.3 para un conductor de intercone‐xión, y tener una resistencia que no sea mayor que laresistencia de 2 pies (0.6 m) del conductor de cobrecorrespondiente.

10.5 Puesta a tierra.

10.5.1 Naves acuáticas con cascos de metal. Cuando exista unaconexión eléctrica entre un casco metálico y un terminal aéreopara rayos u otra superestructura metálica de una altura sufi‐ciente como para obtener la zona de protección especificadaen la sección 10.3, no debe ser necesaria ninguna otra protec‐ción.

10.5.2 Naves acuáticas con cascos no metálicos.

10.5.2.1* Los electrodos de puesta a tierra deben estar instala‐dos sobre el casco no metálico de una nave acuática con el finde proveer múltiples trayectorias para que la corriente del rayose neutralice en el agua.

10.5.2.2 Cada electrodo de puesta a tierra debe estar conec‐tado ya sea directamente a un conductor principal o a unconductor principal a través de un entrehierro que satisfagatodas las condiciones establecidas en la sección 10.5.5.

10.5.2.3* Debe permitirse que los timones, puntales, válvulasdel casco y accesorios pasantes del casco o cualquier otro acce‐sorio metálico que cumpla con los requisitos de las secciones10.5.4.1 o 10.5.4.2 se utilicen como electrodos de puesta atierra.

10.5.2.4 Los conectores pasantes del casco dirigidos hacia unelectrodo de puesta a tierra deben ser metálicos y tener un áreatransversal equivalente a la de un conductor principal.

10.5.3 Electrodo de puesta a tierra principal.

10.5.3.1 Al menos uno de los electrodos de puesta a tierradebe estar compuesto por un conductor sólido sumergido conun área de contacto con el agua de al menos 1 pie2 (0.09 m2),un espesor no menor de 3∕16 pulg. (4.8 mm) y un ancho decomo mínimo 3∕4 pulg. (19 mm).

10.5.3.2 El área de un electrodo principal de puesta a tierradebe determinarse como el área orientada hacia el exterior dela superficie que está en contacto con el agua.

10.5.3.3 Un electrodo principal de puesta a tierra debe estarsumergido durante todos los modos normales de operación dela nave.

10.5.3.4 Debe permitirse que un electrodo de puesta a tierraprincipal esté compuesto por múltiples conductores sólidossumergidos que estén interconectados mediante un conductorprincipal cuando cada uno de los conductores cumpla con loestablecido en la sección 10.5.3.3 y el área de contacto, segúnlo determinado en 10.5.3 sea de al menos 1 pie2 (0.09 m2).

10.5.4 Electrodo de puesta a tierra complementario.

10.5.4.1* Debe permitirse el uso de un electrodo de puesta atierra complementario que tenga al menos 1 pie2 (0.09 m2) desu área en contacto con el agua.

10.5.4.2 La superficie fuera de borda del electrodo de puesta atierra debe ser menor de 0.04 pulg. (1 mm) dentro de la super‐ficie externa terminada del casco, incluidos recubrimientos ypintura.

10.5.5* Protección contra la corrosión galvánica.

10.5.5.1 Debe permitirse que un entrehierro o un dispositivoSPD (como un tubo de descarga de gas) interrumpa el recorri‐do de un conductor principal dentro de las 8 pulg. (203 mm)de un electrodo de puesta a tierra.

10.5.5.2 La tensión de ruptura de un entrehierro o de undispositivo SPD (como un tubo de descarga de gas) no debe sermenor de 600 V ni mayor de 15 kV.

10.5.5.3 A excepción del entrehierro en sí mismo, todos suscomponentes y las conexiones con un dispositivo del entre‐hierro deben tener un área transversal que cumpla con losrequisitos especificados para un conductor principal.

11.1 Generalidades.

11.1.1* El presente capítulo debe incluir los requisitos míni‐mos para la instalación contra rayos para un y sistema de ilumi‐nación de aeródromos y sus componente.

11.1.2* Los sistemas de protección contra rayos para la ilumi‐nación de aeródromos deben ser instalados de manera subte‐rránea en su totalidad, conforme a las disposiciones delpresente capítulo.

11.2 Aplicación.

11.2.1* El conductor de apantallamiento o anillo de puesta atierra para la iluminación de un aeródromo debe ser unsistema de protección contra rayos separado y específicamenteadaptado para uso de los circuitos en serie de iluminación deaeródromos.

11.2.2* El conductor de apantallamiento o anillo de puesta atierra para la iluminación de un aeródromo debe también brin‐dar protección contra rayos para los circuitos paralelos (accio‐nados por tensión, circuitos de control y circuitos demonitoreo).

11.2.3 A fin de reducir el potencial de una descarga eléctricaanormal y cualquier acoplamiento inductivo o capacitivo quesurja del impacto de un rayo, el conductor de apantallamientodebe ser un conductor separado y no debe estar situada dentrode ningún canal que se utilice para conductores de energíaeléctrica, de comunicaciones, de control o de señales.

11.2.4 Deben aplicarse todos los requisitos de la sección 4.2,4.3, 4.4, 4.9.5, 4.13 y 4.14, excepto las modificaciones descriptasen el presente capítulo.

11.2.5* Debe permitirse que la autoridad competente omita elsistema de protección contra rayos para la iluminación de aeró‐dromos cuando la densidad promedio de los rayos sea de dos omenos destellos por kilómetro cuadrado por año.

11 Protección para circuitos de iluminación deaeródromos

Capítulo

Edición 2014

PROTECCIÓN PARA CIRCUITOS DE ILUMINACIÓN DE AERÓDROMOS 780-45

11.3 Propósito.

11.3.1 El conductor de apantallamiento o anillo de puesta atierra debe brindar protección para los sistemas de iluminaciónde aeródromos contra la energía que emanan de los impactosde los rayos.

11.3.2* El conductor de apantallamiento anillo de puesta atierra para la iluminación de un aeródromo debe proporcionaruna vía de disipación de la energía de descarga a tierra delrayo, minimizando los daños en los equipos, bandejas (charo‐las) o cables y de descargas eléctricas al personal.

11.4 Instalación del conductor de apantallamiento de anillo depuesta a tierra para la iluminación de un aeródromo.

11.4.1* Conductor de apantallamiento. Debe ser un conduc‐tor de cobre sólido, desnudo, recocido o blando de no menosde 6 AWG.

11.4.1.1 Si los conductores de cobre de apantallamiento,desnudos se ven adversamente afectados por el entorno dondeestá instalado, deben utilizarse materiales eléctricamenteconductores (por ejemplo, cobre estañado), según lo permi‐tido por la autoridad competente.

11.4.1.2 Los materiales eléctricamente conductores debentener el mismo desempeño, las mismas cualidades y caracterís‐ticas que el conductor de cobre de apantallamiento.

11.4.2 Ubicación del conductor de apantallamiento. Elconductor de apantallamiento debe instalarse de acuerdo conlo establecido en las secciones 11.4.2.1 a 11.4.2.7.

11.4.2.1 El conductor de apantallamiento debe estar interco‐nectada a los electrodos de puesta a tierra, a intervalos que noexcedan de 500 pies (150 m).

11.4.2.2 El conductor de apantallamiento debe estar interco‐nectada a los electrodos de puesta a tierra ubicados en cadauno de los lados de un canal que cruce por debajo del pavi‐mento del aeródromo.

11.4.2.3 El conductor de apantallamiento de la iluminación deun aeródromo debe conectarse con las bóvedas que alojan loscircuitos de iluminación u otros sistemas de electrodos depuesta a tierra de la fuente de energía de los circuitos de ilumi‐nación del aeródromo.

11.4.2.4* Debe permitirse que los supresores de sobretensiónse instalen en el circuito de iluminación del aeródromo.

11.4.2.5 El acero de refuerzo, cuando se utilice como parte dela instalación de las bases de los artefactos de luz, debe estarinterconectado a la base metálica de las luces mediante el usode un conductor de cobre sólido, desnudo, de 6 AWG.

11.4.2.6 Para artefactos de iluminación de bordes, instaladosen césped (suelos estabilizados) y para bandejas o cables adya‐centes al borde del pavimento de máxima resistencia, elconductor de apantallamiento debe instalarse ya sea en lamitad de la distancia entre el borde del pavimento y la base delartefacto de iluminación, la estaca de montaje, la bandeja oconductor, como se muestra en la Figura 11.4.2.6, o de acuerdocon lo establecido en la sección 11.4.2.7.

11.4.2.6.1 El conductor de apantallamiento debe ser instaladoa 8 pulg. (203 mm), como mínimo, por debajo del nivel delterreno.

11.4.2.6.2* Cada base de un artefacto de luz o estaca demontaje debe estar provista de un electrodo de puesta a tierra.

11.4.2.6.2.1 Cuando se use una base metálica para el artefactode luz, el electrodo de puesta a tierra debe estar interconec‐tado a la base metálica del artefacto o a la estaca de montaje,con un conductor de cobre sólido, desnudo, recocido oblando, de 6 AWG.

11.4.2.6.2.2 Cuando se use una base no metálica para el arte‐facto de luz, el electrodo de puesta a tierra debe estar interco‐nectado al artefacto de iluminación metálico o a la placa de labase metálica con un conductor de cobre sólido, desnudo,recocido o blando, de 6 AWG.

d/2

Nivel del terreno

terminado

Conj. de montaje de la iluminación

del aeródromo

Profundidad hasta parte superior

de varilla a tierra 6 pulg. (152 mm)

mínimo (típico)

Profundidad hastacontraantena

8 pulg. (203 mm)mínimo

Cable de la iluminación del aeródromo

Borde del pavimento de máxima resistencia

Contraantena

Electrodo de puesta a tierra instalado aintervalos máximos de 500 pies (150 m),

se muestra varilla a tierraElectrodo de puesta a tierra de

la base del artefacto en cada unade las bases de art. de luz, se muestra varilla a tierra

Nota: La varilla de puesta a tierra de la base del artefacto de luz puede ser instalada ya sea a través de la parte inferior de labase del artefacto de luz o en el exterior de la base del artefacto de luz.

d

FIGURA 11.4.2.6 Para los artefactos de iluminación en bordes, instalados en césped (suelosestabilizados) y para bandejas o cables adyacentes al borde del pavimento de máxima resistencia.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-46

11.4.2.7 Para bandejas (charolas) instaladas debajo del pavi‐mento; para bandejas y cables no adyacentes al borde del pavi‐mento de máxima resistencia; para artefactos instalados en elpavimento de máxima resistencia y en el borde del pavimento ypara los artefactos de luces de bordes instalados en césped(suelos estabilizados); y para bandejas o cables adyacentes alborde del pavimento de máxima resistencia, el conductor deapantallamiento debe estar centrado sobre la bandeja o cableque va a ser protegido, según se describen en las secciones11.4.2.7.1 a 11.4.2.7.8 y según se muestra en la Figura 11.4.2.7.

11.4.2.7.1 El conductor de apantallamiento debe instalarse ano menos de 8 pulg. (203 mm) por encima de la bandeja ocable que va a ser protegido, excepto según lo permitido en lassecciones 11.4.2.7.2 y 11.4.2.7.3.

11.4.2.7.2* Debe permitirse que la distancia mínima delconductor de apantallamiento sea instalado sobre la bandeja ocable que se va a proteger y se modifique de acuerdo a lascondiciones de diseño del pavimento y la luces de iluminacióndel aeródromo.

11.4.2.7.3* Cuando la bandeja se instale según el método dedesviación dirigida, de encastre y horadación u otro método deperforación, debe permitirse que el conductor de apantalla‐miento se instale de manera concurrente con el canal delmétodo de desviación dirigida, de encastre y horadación u otrométodo de perforación, externa al canal o manga.

11.4.2.7.4 El conductor de apantallamiento debe instalarse ano más de 12 pulg. (305 mm) por encima del canal o cable queva a ser protegido.

11.4.2.7.5 La altura del conductor de apantallamiento porencima del/las bandejas que se van a proteger debe calcularsede manera que se garantice que la bandeja o cable esté dentrode un área de protección de 45 grados.

Base del art. de luz (típica)

Distancia que varía

Circuitoprimario

Electrodo de puesta a tierra instaladoa intervalos máximos de 500 pies (150 m),se muestra varilla a tierra

Contraantena centrada sobre el canal y conectada a la cinta atierra de la base del artefacto de luzcon grapa a tierra (típica)

FIGURA 11.4.2.7 Bandejas instaladas debajo del pavimento;bandejas y cables no instalados adyacentes al borde delpavimento de máxima resistencia; artefactos instalados enpavimento de máxima resistencia y al borde del pavimentopara artefactos de luces de bordes instaladas en césped (suelosestabilizados); y bandejas y cables adyacentes al borde delpavimento de máxima resistencia.

11.4.2.7.6* El área de protección debe ser determinada sola‐mente por el método del área de protección del prisma trian‐gular de 45 grados.

11.4.2.7.7 El conductor de apantallamiento debe estar interco‐nectado a cada base metálica del artefacto de luz, estaca demontaje y componente metálico de la iluminación del aeró‐dromo.

11.4.2.7.8* Todos los componentes metálicos de la ilumina‐ción del aeródromo que estén en el circuito de campo, sobre ellado de la salida del regulador de corriente constante (CCR,por sus siglas en inglés) u otra fuente de energía deben estarinterconectados al conductor de apantallamiento del circuitode iluminación del aeródromo.

11.4.3 Cables o bandejas múltiples de instalación común.

11.4.3.1* Los cables o bandejas múltiples de un conjunto demontaje o formación común más anchos que el área de protec‐ción provista por un solo apantallamiento deben estar provistosde múltiples conductores de apantallamiento.

11.4.3.2* Como se muestra en la Figura 11.4.3.2, la cantidadde conductores de apantallamiento requerida debe ser deter‐minada por la altura del conductor de apantallamiento situadosobre las bandejas o cables que se están protegiendo mientrasse mantiene el área de protección de 45 grados.

11.4.3.3 Cuando se utilicen múltiples conductores de apanta‐llamiento, deben estar interconectados longitudinalmente, aintervalos que no excedan los 300 pies (90 m), como se mues‐tra en la Figura 11.4.3.3.

Canal o cable que se va a proteger

Nivel del terreno terminado

Espaciamientomáximo

= 2H

Espaciamiento máximo

= 2H 3 contraantenaspara cada uno

CL

Áreasprotegidas

A8 pulg. a 12 pulg.

(203 mm a 305 mm)

FIGURA 11.4.3.2 Cables o bandejas múltiples de lailuminación de aeródromos de una instalación común.

Contraantenas

FIGURA 11.4.3.3 Vista de planta de la interconexión de lainstalación de conductores de apantallamiento múltiples.

Edición 2014

PROTECCIÓN PARA CIRCUITOS DE ILUMINACIÓN DE AERÓDROMOS 780-47

11.4.4 Interconexiones de conductores de apantallamiento.

11.4.4.1 Cuando las bandejas o los cables se crucen, losconductores de apantallamiento, estos deben estar interconec‐tados.

11.4.4.2* Cuando un sistema existente de iluminación de aeró‐dromos esté siendo extendido o modificado, los conductoresde apantallamiento nuevos deben estar interconectadas a losconductores de apantallamiento existentes, en cada una de lasintersecciones de los sistemas nuevos y existentes de losconductores de apantallamiento de la iluminación del aeró‐dromo.

11.4.5 Electrodos de puesta a tierra.

11.4.5.1* Los conductores de apantallamiento deben estarinterconectados a los electrodos de puesta a tierra, de acuerdocon lo establecido en 11.4.2.1.

11.4.5.2* Los electrodos de puesta a tierra deben cumplir contodos los requisitos establecidos en las secciones 4.13.2, 4.13.5,4.13.6, 4.13.7 y 4.13.8, excepto según las modificacionesdescriptas en este capítulo.

11.4.5.3 Las varillas de puesta a tierra deben ser de no menosde 5∕8 pulg. (15.9 mm) de diámetro ni de menos de 8 pies(2.4 m) de largo.

11.4.5.4 La parte superior de la varilla de puesta a tierra insta‐lada debe estar a 6 pulg. (152 mm), como mínimo, por debajodel nivel del terreno.

11.4.6 Puentes de interconexión. Debe instalarse un puentede interconexión utilizando un conductor trenzado de cobrecalibre 6AWG con aislamiento color verde entre los siguienteselementos:

(1) Artefacto de iluminación para aeródromos en pavimentoy la base metálica del artefacto de luz

(2) Placa de la base del artefacto elevado y la base metálicadel artefacto de luz

(3) Supresores de sobretensión y la base metálica del arte‐facto de luz

11.4.6.1 Debe instalarse un puente de interconexión entre elmarco metálico del/los cartel/es de iluminación del aeró‐dromo u otros componentes del sistema no enumerados en lasección 11.4.6 y su respectiva base metálica del artefacto de luz.

11.4.6.2 La longitud del puente de interconexión debe permi‐tir el retiro y el mantenimiento del componente de ilumina‐ción del aeródromo sin provocar daños ni la desconexión delpuente de interconexión y sin interferir en la operaciónprevista de un acoplamiento frangible.

11.4.6.3 Deben permitirse conductores de cobre trenzados conuna capacidad equivalente de transmisión de corriente comométodo alternativo del puente de interconexión de 6 AWG,según lo permitido por la autoridad competente.

11.4.6.4 Los acoplamientos frangibles deben ser conductores.

11.4.6.5* Todos los materiales eléctricamente conductores queno transmitan corriente, con el que puedan ser energizadospor la sobretensión inducida por un rayo deben estar interco‐nectados entre sí e interconectados al sistema de conductoresde apantallamiento de la iluminación del aeródromo.

11.4.7* Puesta a tierra de la base metálica de un artefacto deluz.

11.4.7.1 Las bases metálicas nuevas de artefactos de luz debenestar provistas de puntos de conexión a tierra tanto internacomo externa.

11.4.7.2 Para las bases metálicas de artefactos de luz existentessin conexiones a tierra, la instalación de las conexiones a tierrano deben interferir en la integridad estructural de la base delartefacto de luz.

11.4.8 Requisitos de las conexiones.

11.4.8.1* Todos los conectores de conductores de apantalla‐miento, de puesta a tierra y de interconexión deben estar lista‐dos según lo establecido en las normas correspondientes.

11.4.8.2 Los conectores de conductores de apantallamientodeben estar listados para ser enterrados y con recubrimientode concreto.

11.4.8.3* Los accesorios y conectores galvánicamente compati‐bles deben cumplir con lo establecido en las secciones11.4.8.3.1 a 11.4.8.3.4.

11.4.8.3.1 Los accesorios y conectores galvánicamente compa‐tibles deben ser usados para empalmar o interconectar metalesdisímiles.

11.4.8.3.2 Los inhibidores de corrosión deben estar diseñadospara la aplicación específica y para los metales que se utilicenen las conexiones.

11.4.8.3.3 Los inhibidores de corrosión deben aplicarse a lassuperficies de acoplamiento de todas las conexiones queincluyan metales disímiles.

11.4.8.3.4 Cuando se quite un recubrimiento o una pinturaprotectora contra la corrosión, la conexión eléctrica debecontar con una protección contra la corrosión que sea equiva‐lente al recubrimiento original.

11.4.8.4 Los equipos listados deben instalarse y utilizarse deacuerdo con lo establecido en las instrucciones de instalacióndel fabricante.

11.4.8.5* El punto de conexión de la base metálica del arte‐facto de luz con grapa a tierra debe utilizarse para la conexióndel conductor de apantallamiento con la base del artefacto deluz.

11.4.8.6* La puesta a tierra, la interconexión y las conexionesdel conductor de apantallamiento no incluidas en las secciones11.4.8.1 a 11.4.8.5 deben hacerse mediante soldadura exotér‐mica o el método de engarce.

11.4.9 Radio de curvatura. El radio de curvatura del conduc‐tor de apantallamiento no debe ser menor de 8 pulg. (203mm) ni formar un ángulo incluido (interior) de menos de90 grados, como se muestra en la Figura 4.9.5.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-48

12.1 Generalidades. La intención del presente capítulo debeser la de describir los requisitos de la protección contra rayospara paneles solares montados en techos o al nivel del terreno(fotovoltaico y térmico).

12.2 Principios fundamentales de protección.

12.2.1 Los paneles solares montados en techos o al nivel delterreno, sujetos al impacto directo de un rayo, deben prote‐gerse de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 4 y según loestablecido como complemento en el presente capítulo.

12.2.2 La protección debe ser provista por uno o más de lossiguientes métodos:

(1) Montaje directo de los terminales de interceptación dedescargas en el panel solar

(2) Montaje directo de los terminales de interceptación dedescargas en el marco del panel solar

(3) Ubicación de los terminales de interceptación de descar‐gas (entre ellos aéreos, mástiles y cables de guarda) adya‐centes a los paneles solares, de manera tal que los panelessolares estén ubicados dentro de la zona de protección,según lo definido en la sección 4.8

12.3 Terminales de interceptación de descargas.

12.3.1 Los terminales de interceptación de descargas debenextenderse verticalmente a un mínimo de 10 pulg. (254 mm)por encima del vértice del panel solar.

12.3.2 Los terminales de interceptación de descargas debenestar ubicados en los extremos del borde más alto o en el sopo‐rte más cercano de los paneles o en paneles solares inclinadosque no excedan más de 2 pies (0.6 m) desde el extremo delpanel o arreglo, a menos que el borde más alto o el soportemás cercano esté dentro de la zona de protección.

12.3.3 Los terminales de interceptación de descargas debenestar ubicados a lo largo del borde más alto de los panelessolares o a intervalos que no excedan de 20 pies (6 m), amenos que los paneles estén dentro de una zona de protec‐ción.

12.3.4 Los paneles solares con una inclinación menor de 1∕8deben tener terminales de interceptación de descargas ubica‐dos dentro de los 2 pies (0.6 m) de las esquinas más distantes ya intervalos que no excedan de 20 pies (6 m), a lo largo detodos los bordes, a menos que las esquinas o bordes esténdentro de una zona de protección.

12.3.4.1 Los paneles solares que excedan de 50 pies (15 m) deancho o de longitud deben cumplir con lo establecido en unode los siguientes ítems:

(1) Los terminales de interceptación de descargas, ubicados aintervalos que no excedan de 50 pies (15 m), dentro delos paneles solares, de manera similar a lo que se muestraen la Figuras 4.7.5(a) y Figura 4.7.5(b)

(2) Los terminales de interceptación de descargas que creanzonas de protección mediante la aplicación del métodode la esfera redonda, de modo que la esfera no tomecontacto con los paneles solares

12.3.5 Los paneles solares con una pendiente de menos de 1∕4 yuna distancia desde el borde más alto hasta el borde más bajo,

a lo largo del frente del panel que exceda los 20 pies (6 m)deben tener los terminales de interceptación de descargasubicados dentro de los 2 pies (0.6 m) de las esquinas másdistantes y a intervalos que no excedan de 20 pies (6 m), a lolargo de todos los bordes, a menos que las esquinas o bordesestén dentro de la zona de protección.

12.3.6 Los terminales de interceptación de descargas no debenestar fijados directamente a los paneles ni a los marcos de lospaneles fotovoltaicos.

12.3.7 Cuando sea factible, la ubicación de los terminales deinterceptación de descargas deben minimizar los efectos desombra sobre los paneles solares.

12.4 Protección de sistemas eléctricos y mecánicos.

12.4.1 Cuando sea factible, los sistemas de control eléctricos oelectromecánicos deben ser protegidos mediante intercone‐xiones, blindaje, aislamiento y protección contra sobretensión,de acuerdo con lo establecido a continuación:

(1) Distancia de separación y técnicas de interconexión reali‐zadas de acuerdo con lo establecido en las secciones 4.15y 4.16

(2) Maximizar la distancia entre terminales de proteccióncontra rayos y los paneles solares, los sistemas de controleléctricos y el cableado

(3) Instalar SPD tan cerca como sea posible de los panelessolares y sistemas eléctricos (inversores) y de los sistemasde control de rastreo de los paneles

(4) El cableado de corriente continua de los paneles solaresdeben estar blindados por fundas de cable trenzado opantallas de malla de alambre o instalados dentro deductos metálicos eléctricamente interconectados, bande‐jas porta cables o canaletas.

(5) Los conductores del sistema de protección contra rayosdeben de estar tendidos, separados y fuera de la trayecto‐ria del cableado de corriente continua.

12.4.2 Protección contra sobretensión.

12.4.2.1 La protección contra sobretensión que cumpla con loestablecido en la sección 4.20 debe ser provista sobre la salidade la corriente continua del panel solar, de positivo a tierra yde negativo a tierra, en la caja de combinación y recombina‐ción de interruptores para paneles solares múltiples y en lasalida de la corriente alterna del inversor.

12.4.2.2 Los dispositivos de protección de sobretensión debentener una corriente de descarga nominal (In) que cumpla conlo especificado en la sección 4.20.3.1.2.

12.4.2.3 Si el inversor del sistema está a más de 100 pies (30 m)de la caja de combinación o recombinación debe requerirseSPD adicionales en la entrada de la corriente continua delinversor.

12.4.2.4 Tensión máxima de operación continua (MCOV, porsus siglas en inglés).

12.4.2.4.1 El SPD provisto en la salida de la corriente continuadebe tener un MCOV de corriente continua equivalente omayor que la tensión máxima del sistema fotovoltaico, según loespecificado en el Artículo 690 de NFPA 70.

12.4.2.4.2 El SPD provisto en la salida de la corriente alternadebe tener un MCOV de corriente alterna equivalente o mayorque la tensión de la salida del inversor.

12 Protección para paneles solaresCapítulo

Edición 2014

ANEXO A 780-49

12.4.2.5 Rango de corriente de cortocircuito.

12.4.2.5.1 El rango de la corriente de cortocircuito del SPD encorriente continua debe estar coordinada con la corriente defalla del/los panel/es solar/es.

12.4.2.5.2 El rango de la corriente de cortocircuito del SPD encorriente alterna debe estar coordinada con la corriente defalla disponible del inversor.

12.4.2.6 Rango de protección contra tensión (VPR, por sussiglas en inglés).

12.4.2.6.1 La VPR del SPD de corriente continua debe ser deun máximo de 3 veces la tensión máxima del sistema fotovol‐taico del panel.

12.4.2.6.2 La VPR del SPD de corriente alterna debe basarseen lo especificado en la Tabla 4.20.4.

12.4.2.6.3 Para tensiones que excedan los valores especificadosen la Tabla 4.20.4, debe permitirse que la VPR sea de 3 veces latensión de salida del inversor.

12.5 Puesta a tierra.

12.5.1 Sistemas al nivel del terreno.

12.5.1.1 Los sistemas que incluyan una estructura metálicadeben ser puestos a tierra de acuerdo con lo establecido en lasección 4.13.4, mediante el uso de un electrodo de puesta atierra tipo anillo que abarque el perímetro de cada uno de lospaneles.

12.5.1.1.1 Deben permitirse las combinaciones de otros elec‐trodos de puesta a tierra, según lo mencionado en la sección4.13.

12.5.1.1.2 Los electrodos de puesta a tierra tipo anillo de lossistemas adyacentes de puesta a tierra, que estén dentro de los25 pies (7.6 m) deben estar interconectados.

12.5.1.2 Los sistemas que dependan de la estructura metálicapara formar parte del sistema de protección contra rayosdeben hacerse eléctricamente continuos mediante la aplica‐ción de los métodos especificados en la sección 4.19.3.

12.5.1.3 Para paneles solares que no dependan de la estructurametálica para formar parte del sistema de protección contrarayos, cada estructura o hilera separada debe estar interconec‐tada por lo menos en un punto directamente al electrodo depuesta a tierra tipo anillo.

12.5.1.4* Los paneles solares que no dependan de la estruc‐tura metálica para formar parte del sistema de proteccióncontra rayos deben ser eléctricamente continuos.

12.5.2 Sistemas montados en techos.

12.5.2.1 Los paneles solares deben estar interconectadosconforme a lo establecido en la sección 4.15.

12.5.2.2* Los paneles solares deben ser eléctricamente conti‐nuos.

12.5.2.3 Si la estructura forma parte o está situada dentro de ladistancia de separación requerida desde el sistema de protec‐ción contra rayos, la estructura metálica del sistema debehacerse eléctricamente continua, de acuerdo con lo estable‐cido en el Capítulo 4.

12.5.2.4 Los conductores de techos que interconecten termi‐nales de interceptación de descargas que protejan panelessolares montados en techos deben estar provistos de conduc‐tores bajantes y electrodos de puesta a tierra, de acuerdo con loestablecido en el Capítulo 4.

12.5.2.5 Los conductores de techos que interconecten termi‐nales de interceptación de descargas que protejan panelessolares montados en techos deben estar conectados al sistemade protección contra rayos de la estructura, de acuerdo con loestablecido en el Capítulo 4.

Anexo A Material explicativo

El Anexo A no forma parte de los requisitos del presente documentode la NFPA, aunque ha sido incluido para fines informativos sola‐mente. El presente anexo contiene material explicativo, enumerado demanera que coincida con los párrafos del texto aplicables.

A.1.1.2 Las instalaciones de generación eléctrica cuyo princi‐pal propósito sea generar energía eléctrica están excluidas delalcance de la presente norma respecto de la generación, trans‐misión y distribución de energía. La mayoría de las empresasde servicios públicos de electricidad poseen normas que abar‐can la protección de sus instalaciones y equipos. Las instala‐ciones que no están directamente relacionados con dichasáreas y las estructuras que almacenan dichas instalacionespueden ser protegidas contra rayos mediante las disposicionesincluidas en la presente norma.

A.1.5.2 La instalación de un sistema de protección contrarayos requiere de habilidades especiales; si el sistema no seinstala correctamente, podría ser contraproducente. La certifi‐cación de aptitud podría incluir la revisión de la experiencia yacreditación de los instaladores.

A.1.6 Los lineamientos sobre un efectivo programa de mante‐nimiento se incluyen en el Anexo D.

A.3.2.1 Aprobaciones. La National Fire Protection Associationno aprueba, ni inspecciona ni certifica instalaciones, procedi‐mientos, equipos o materiales; ni tampoco aprueba ni evalúalaboratorios de pruebas. Al Para determinar la aceptación deinstalaciones, procedimientos, equipos o materiales, la autori‐dad competente podría basar su aceptación en el cumpli‐miento de las normas de la NFPA u otras normas apropiadas.En caso de ausencia de dichas normas, la autoridad podríasolicitar evidencia de la instalación, procedimiento o uso apro‐piados. La autoridad competente puede, asimismo, tomarcomo referencia las prácticas de listado o etiquetado de unaorganización involucrada en evaluaciones de productos y que,por lo tanto, esté en condiciones de determinar el cumpli‐miento de las normas apropiadas para la producción de losítems listados.

A.3.2.2 Autoridad competente (AC). La frase “autoridadcompetente”, o su acrónimo AC, se utiliza ampliamente en losdocumentos de la NFPA, dado que las jurisdicciones y agenciasde aprobación varían, así como sus responsabilidades. Cuandola seguridad personal sea un aspecto de consideraciónprimario, la autoridad competente puede ser un departamentofederal, estatal, local o regional o un individuo, como un jefe uoficial del cuerpo de bomberos; el jefe de una oficina deprevención de incendios, de un departamento laboral o de undepartamento de salud; un funcionario de la construcción; uninspector de electricidad u otras personas con autoridad legal.Para propósitos de seguros, la autoridad competente puede ser

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-50

un departamento de inspección de seguros, una oficina decertificaciones o un representante de otra compañía deseguros. En muchos casos, el dueño de la propiedad o suagente designado asumen el rol de autoridad competente; y eninstalaciones gubernamentales, el comandante o funcionariodepartamental pueden ser la autoridad competente.

A.3.2.4 Listado. Los métodos para identificar equipos listadospueden variar para cada organización involucrada en la evalua‐ción del producto; algunas organizaciones no reconocen equi‐pos como listados si no se encuentran además etiquetados. Laautoridad competente debería utilizar el sistema empleado porla organización de listado para identificar un producto listado.

A.3.3.1 Terminal aéreo. Los terminales aéreos típicos estáncompuestos por un tubo o varilla sólida. En algunos casos, losterminales aéreos son denominados varillas pararrayos.

A.3.3.3 Cable. Ver Tabla 4.1.1.1.1 y Tabla 4.1.1.1.2.

A.3.3.6 Generador combinado de forma de onda. Para laforma de onda de circuito abierto, el tiempo de frente = 1.67(t90 − t30), donde t90 y t30 son tiempos al 90 por ciento y del30 por ciento de la amplitud de onda de frente escarpado. Laduración de esta forma de onda será el tiempo entre el origenvirtual y hasta un punto del 50 por ciento de la cola. (El origenvirtual es la intersección de la línea que conecta t90 y t30, conV = 0.)

Para la forma de onda de cortocircuito, el tiempo defrente = 1.25 (t90 – t10), donde t90 y t10 son tiempos hasta lospuntos de amplitud del 90 por ciento y del 10 por ciento delfrente de onda escarpado. La duración será el tiempo entre elorigen virtual y el tiempo hasta el punto del 50 por ciento de lacola. (El origen virtual es la intersección de la línea queconecta t90 y t10, con I = 0.)

A.3.3.7.5 Conductor principal. El conductor principal sirvetambién como un dispositivo terminal de interceptación dedescargas para sistemas catenarios de protección contra rayos.

A.3.3.12 Mezclas inflamables de aire-vapor. El rango decombustión para productos derivados de petróleo, como gaso‐lina, va desde aproximadamente 11∕2 por ciento a 71∕2 por cientode vapor por volumen, siendo el resto aire.

A.3.3.22 Base del artefacto de luz. Las bases de artefactos deluz de Tipo L-867 y sus extensiones se usan para aplicacionessujetas a cargas vehiculares livianas y ocasionales, pero no paranaves aéreas ni otras cargas vehiculares pesadas. Las bases deartefactos de luz de Tipo L-868 y sus extensiones se usan paraaplicaciones sujetas a naves aéreas y otras cargas vehicularespesadas. Las bases de los artefactos de luz, que pueden estarfabricadas con materiales metálicos o no metálicos, sirvencomo un punto de conexión para la bandeja y como carcasa demontaje del artefacto de luz. Las bases de los artefactos de luzpueden ser enterradas directamente o instalarse dentro delrelleno de concreto. La base del artefacto de luz tiene disponi‐bles conexiones con drenajes, anillos de carga y otras opciones.

Se puede obtener información adicional en la Circular deAsesoramiento 150/5345-42F de la FAA, Especificación para basesde artefactos de luz de aeropuertos, carcasas de transformadores, cajasde conexiones y accesorios.

A.3.3.24 Sistema de protección contra rayos. El término serefiere a los sistemas según se describen y detallan en lapresente norma. En el Capítulo 4 se describe un sistema deprotección contra rayos tradicional para estructuras.

A.3.3.28.1 Materiales de Clase I. Ver Tabla 4.1.1.1.1.

A.3.3.28.2 Materiales de Clase II. Ver Tabla 4.1.1.1.2.

A.3.3.29 Estaca de montaje. Cuando no esté instalado sobreuna base de artefacto de luz, un artefacto de luz elevado seinstala sobre una estaca de montaje. La estaca de montaje estáhecha con un perfil angular de acero de 2 × 2 × 3∕16 pulg. (50.8× 50.8 × 4.8 mm) o equivalente. La estaca de montaje estáprovista de un accesorio fijado a la parte superior en el querecibe al artefacto de luz y al acoplamiento frangible. La longi‐tud de la estaca y del accesorio no exceden de 30 pulg.(762 mm).

A.3.3.31 Bandeja (Charola) para cables y conductores. Lostérminos conducto, ducto o bancos de ductos, que tienen seccióntransversal circular deberían ser considerados bandejas, deárea transversal circular nominal, diseñada para brindarprotección física y tendido para conductores. Cuando un requi‐sito de la presente norma sea aplicable a una bandeja paracables y ductos, debería ser considerado aplicable a todas lascombinaciones de bandejas incluidas en este ítem. La expre‐sión ductos eléctricos, según se emplea en NFPA 70, Código Eléc‐trico Nacional, Artículo 310, incluye a los ductos eléctricos y aotras bandejas que son de sección transversal cilíndrica y queson adecuados para uso subterráneo o para ser empotrados enconcreto.

A.3.3.43 Rango de protección contra tensión (VPR). El VPR esel rango (o rangos) seleccionados por el fabricante en funciónde la tensión límite medido determinado durante la prueba desupresión de sobretensiones de tensiones transitorias, especifi‐cada en ANSI/UL 1449, Norma para dispositivos de proteccióncontra sobretensión. Este rango es la tensión máxima desarrolladacuando se expone al SPD a una forma de onda limitada por lacorriente de 3 kA, 8/20 µs a través del dispositivo. Es un rangode tensión límite medido específico, asignado a un SPDmediante pruebas llevadas a cabo conforme a lo establecido enANSI/UL 1449, Norma para dispositivos de protección contra sobre‐tensión. Los valores VPR nominales incluyen 330 V, 400 V,500 V, 600 V, 700 V, etc.

A.4.1.1.1 Los conductores principales para los sistemas deprotección contra rayos no se fabrican con las medidas de cali‐bre de cables estadounidenses (AWG, por sus siglas en inglés)estándar. Los conductores AWG desnudos no están habitual‐mente “listados para ese fin” para la protección contra rayospor ninguna autoridad. La Tabla A.4.1.1.1 incluye las compara‐ciones entre conductores de protección contra rayos y las medi‐das AWG más próximas se obtienen de la Norma NFPA 70,Código Eléctrico Nacional, edición 2014, Capítulo 9, Tabla 8.

A.4.6.2.1 Recientes experimentos descriptos por Moore y otrosen el Journal of Applied Meteorology (Publicación sobre meteorologíaaplicada) sugieren que el radio óptimo de la punta de un termi‐nal aéreo para interceptación de los impactos de rayos sea deun mínimo de 3∕16 pulg. (4.8 mm) a un máximo de 1∕2 pulg.(12.7 mm).

A.4.6.5 Las fórmulas de descarga lateral se basan en la impe‐dancia de los conductores de cobre de tamaño principal. Otrosmateriales de los cables a tierra pueden requerir una distanciade separación adicional.

A.4.6.5.2 El aflojamiento permitido de la longitud, l, hasta lalongitud del cable de guarda para aquellos casos en los que elcable de guarda esté sostenido por un mástil metálico se aplicasolamente a esos casos en los que el cable de guarda esté eléc‐

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ANEXO A 780-51

tricamente conectado al mástil metálico. Este aflojamiento sejustifica por la impedancia relativa del mástil metálico, encomparación con la del cable de guarda. No es la intenciónque ello se aplique a cualquier otro material de mástiles o enaquellos casos en los que el cable de guarda no esté eléctrica‐mente conectado a un mástil metálico.

Los valores de n son coeficientes relacionados con la divisiónde la corriente de los rayos entre los conductores bajantesprovistos por los mástiles que sostienen los cables de guarda.Para conductores bajantes (mástiles) espaciados a una distanciamayor de 25 pies (7.6 m), se considera que la corriente de losrayos se divide entre aquellos mástiles ubicados dentro de los100 pies (30 m) del punto de consideración cuando se calculael espaciamiento requerido desde el/los cable/s de guarda.Debido a que los coeficientes n están relacionados con la divi‐sión de la corriente, la longitud del conductor que se considerapara la determinación del valor de n es el tendido horizontaldel cable de guarda. Ello no debería confundirse con la deter‐minación de la longitud, l, del conductor de protección contrarayos entre el punto a tierra más cercano y el punto que se estácalculando.

En la Figura A.4.6.5.2(a) se muestra un ejemplo de unaestructura protegida por un sistema de protección contra rayosde un solo cable de guarda. Para aquellos casos en los que lalongitud del cable de guarda exceda de 100 pies (30 m), seaplica el valor de n = 1. Si la longitud del cable de guarda esmenor de 100 pies (30 m), se aplica el valor de n = 1.5 debido aque habría dos conductores bajantes (mástiles) separados poruna distancia de más de 25 pies (7.6 m), aunque menor de 100pies (30 m). Para obtener un valor de n = 2.25, se requeriríanal menos dos cables de guarda con un mínimo de tres mástiles.En la Figura A.4.6.5.2(b) se muestra un ejemplo de un diseñoen el que dos cables de guarda están tendidos perpendiculares

Tabla A.4.1.1.1 Conductores de protección contra rayos

Conductores Sección

A. Conductor principal de cobre de Clase I

57,400 cir. mils

AWG núm. 2 66,360 cir. mils AWG núm. 3 52,620 cir. mils

B. Conductor principal de aluminio de Clase I

98,600 cir. mils

AWG núm. 1 83,690 cir. mils AWG núm. 1/0 105,600 cir. mils

C. Conductor principal de cobre de Clase II

115,000 cir. mils

AWG núm. 1/0 105,600 cir. mils AWG núm. 2/0 133,100 cir. mils

D. Conductor principal de aluminio de Clase II

192,000 cir. mils

AWG núm. 3/0 167,800 cir. mils AWG núm. 4/0 211,600 cir. mils

Conductor de interconexión De cobre 26,240 cir. mils AWG núm. 6 26,240 cir. mils Conductor de interconexión De aluminio 41,100 cir. mils AWG núm. 4 41,740 cir. mils

entre sí e interconectados en su punto medio. El resultado daun total de cuatro conductores bajantes ubicados dentro de los100 pies (30 m) del punto de interconexión, lo que arroja unvalor de n = 2.25 en ese punto. Al alejarse del punto medio dela interconexión, el valor de n podría cambiar. En este ejemplo,el valor de n = 2.25 es válido a lo largo del cable de guarda de150 pies (46 m) de largo hasta los 60 pies (18 m) desde elpunto de interconexión, aunque se revertirá a un valor de n = 1en el punto situado dentro de los 15 pies (4.5 m) de losmástiles. Para el cable de guarda de 80 pies (24 m) de largo, elvalor de n = 2.25 es válido para distancias de hasta 25 pies(7.6 m) desde el punto de interconexión. El valor de ncambiará a n = 1.5 para los cálculos de descargas lateralesdentro de los 15 pies (4.5 m) de los mástiles de soporte paraeste cable de guarda.

El valor de l se basa en la longitud del conductor desde elpunto de la descarga lateral hasta el punto de puesta a tierramás cercano. Cuando se utilicen mástiles metálicos, los mástilespodrían ser considerados como la referencia del punto a tierra;por consiguiente, la longitud l podría ser la longitud del cablede guarda desde el punto de consideración hasta el mástil máscercano. Cuando se utilicen mástiles no metálicos, el valor de lincluye la longitud del cable hasta la conexión del sistema depuesta a tierra más cercana (generalmente la altura del mástilmás cercano a la que se le suma la longitud del cable de guardahasta el punto de consideración).

A.4.7.2 Los terminales de interceptación de descargas debe‐rían estar colocados tan cerca como sea factible de los bordesde techos y esquinas exteriores.

A.4.7.3.2.3 Los estudios de investigación indican que la proba‐bilidad de impacto de un rayo de baja amplitud en el lado verti‐cal de una estructura de menos de 200 pies (60 m) de altura eslo suficientemente baja, de modo que no necesitan ser consi‐derados (ver IEC 62305-3, Protección contra rayos, sección 5.2.3.1).Se sugiere que una pared o superficie con un declive caracteri‐zado por un ángulo desde la vertical de no más de 15 gradossea considerado esencialmente vertical, ya que se relaciona conla gradiente del campo eléctrico que podría resultar en lageneración de trazadores ascendentes Ver Figura A.4.7.3.2.3.De la Norma IEC 62305-3, la sección 5.2.3.2, reconoce que lasreglas establecidas para la colocación de terminales de inter‐ceptación de descargas pueden flexibilizarse para ser equiva‐lentes con lo establecido por la IEC para la Protección contrarayos de Clase IV para las partes superiores de estructuras altas,cuando la protección esté considerada para la parte superiorde la estructura. En la Figura A.4.7.3.2.3 se identifican losvalores máximos del ángulo de protección versus la clase desistema de protección contra rayos basándose en lo establecidoen la Norma IEC 62305-3. El ángulo de 15 grados desde lavertical queda correctamente dentro de los límites especifica‐dos para un sistema de protección contra rayos de Clase IVsituado a una altura de 200 pies (60 m).

A.4.7.7 La Figura A.4.7.7 ilustra la protección de buhardillas.

A.4.7.11 Se deberían tomar en cuenta cuando se utilice unobjeto metálico movible como un terminal de interceptaciónde descargas. Si el rayo va a impactar contra un objeto metálicocon piezas móviles, existe la posibilidad de que se genere unarco en el punto de articulación entre las piezas componentes,que podría provocar la fusión de todas las piezas entre sí.

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-52

A.4.7.11.2 Los terminales de interceptación de descargasdeberían estar colocados tan cerca como sea factible de unaesquina exterior.

A.4.7.13 Entre los ejemplos se incluyen mangas de viento,grúas, pescantes para limpieza de ventanas y veletas, en los quela conexión de los encajes o mástiles de soporte con el sistemade protección contra rayos cumple con los requisitos del Capí‐tulo 4 y la generación de arcos dentro del objeto de metal noprovocará daños en la estructura protegida. Si el rayo va aimpactar contra objetos metálicos con piezas móviles, existe laposibilidad de que se genere un arco en el punto de articula‐ción entre las piezas componentes, que podría provocar lafusión de todas las piezas entre sí.

A.4.8.3.1 La Figura A.4.8.3.1 muestra el método de la esferarodante de 150 pies (46 m) para estructuras con una altura dehasta 150 pies (46 m). En función de la altura del terminal deinterceptación de descargas para una estructura protegida de25 pies (7.6 m), 50 pies (15 m), 75 pies (23 m), 100 pies (30 m)o 150 pies (46 m) por encima del terreno, la referencia a la

Poste

Estructura protegida

Cable en altura

FIGURA A.4.6.5.2(a) Sistema de protección contra rayos deun solo cable de guarda.

40 pies(12 m)

75 pies(23 m)

75 pies(23 m)

40 pies(12 m)

Nota: cuatro conductores bajantes dentro de los 100 pies (30 m) de la intersección de

cables a tierra en altura; n = 2.25 en esa ubicación.

FIGURA A.4.6.5.2(b) Sistema de protección contra rayoscon cables de guarda que utilizan múltiples cables de guardainterconectados por encima de la estructura.

curva apropiada muestra la zona de protección prevista paraobjetos y techos a elevaciones más bajas.

A.4.8.3.2 Se reconoce que los lados de las estructuras altasestán sujetos a los impactos directos de los rayos. Debido albajo riesgo de impactos en los lados de estructuras altas y almínimo daño que causan estas descargas de niveles decorriente generalmente bajos, el costo de protección de loslados de estructuras altas normalmente no se justifica.

A.4.13.1.6 Es necesario considerar el entorno corrosivo en laselección de una aleación de acero inoxidable apropiada comomaterial.

A.4.13.2 Se han presentado investigaciones que advierten queel acero inoxidable es muy susceptible a la corrosión en diver‐sas condiciones del suelo. Deberían tomarse precaucionesmediante análisis apropiados del suelo cuando se utilice estetipo de varillas. Para obtener mayor información, consulte

80

70

60

50

40

30

20

10

0

α°

0 2(6.5)

10(32.8)

20(65.8)

30(100)

40(131.2)

50(164)

60(200)

A m (pies)

I II IIIIV

Notas:1. A es la altura de la terminación del aire por encima del plano de referencia del área que se va a proteger.2. El ángulo no se modificará con valores de A por debajo de 1.8 m (6 pies).3. La cifra se basa en los datos tomados de IEC 62305–3, que aplica valores métricos como normativa.

FIGURA A.4.7.3.2.3 Valores máximos del ángulo deprotección correspondiente a la clase de sistema de proteccióncontra rayos (Fuente: IEC 62305-3, Protección contra rayos —Apartado 3: Daños físicos en estructuras y riesgo de vida,sección 5.2.2.)

Zona de protección en el exterior

(terminal aérea requerida)

Zona de protección en elinterior

(terminal aérea no requerida)

FIGURA A.4.7.7 Protección de buhardillas.

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ANEXO A 780-53

NFPA 70, Código Eléctrico Nacional, que incluye informacióndetallada sobre la puesta a tierra de sistemas eléctricos.

A.4.13.2.4 Se obtiene un beneficio mínimo de la segundavarilla de puesta a tierra si se la coloca más cerca que la sumade la profundidad de clavado de ambas varillas.

A.4.13.5 Se recomienda la mejora del sistema de puesta atierra especificado en las secciones 4.13.5 y 4.13.8.2 medianteel uso de uno o más conductores radiales. Los conductoresradiales deberían ser de un tamaño que cumpla con los requisi‐tos establecidos para conductores principales y deberían serinstalados conforme a lo especificado en la sección 4.13.8.1.

A.4.13.6 El requisito que establece un área de superficie de2 pies2 (0.18 m2) puede lograrse mediante el uso de una placade 1 pie2 (0.09 m2) con ambos lados en contacto con elterreno.

A.4.13.8.1 En aquellos casos en los que fuera necesario instalarel conductor a tierra directamente sobre la capa rocosa, serecomienda que se utilicen cables planos sólidos en el conduc‐tor principal. Si hubiera lugares a lo largo de la longitud delconductor radial en los que hubiera suficiente suelo disponiblepara la instalación de un electrodo de tierra, se recomienda la

instalación de un electrodo de tierra adicional. Cuando seutilice un electrodo de puesta a tierra tipo anillo en una aplica‐ción con una cobertura del suelo insuficiente, debería consid‐erarse el uso de uno o más radiales para complementar alelectrodo de puesta a tierra tipo anillo para dirigir los rayoshacia afuera del área protegida en todos los lugares en los quelos límites de la propiedad permitan que sean incorporados.

A.4.13.8.1.2 Para aplicaciones que en la capa superficial delsuelo poco profunda o en las que no se involucre la capa super‐ficial del suelo, la resistividad general del terreno puede seralta, lo que derivará en una resistencia del sistema de puesta atierra correspondientemente alta. En dichas aplicaciones, sepromueve el uso de radiales que se extiendan desde la estruc‐tura. Cuando la resistividad del terreno encontrada sea alta, serecomienda una longitud de los radiales mayor que la especifi‐cada en la sección 4.13.5. También se recomienda que la longi‐tud de los radiales que se utilicen en estas aplicaciones cumplacon los criterios establecidos para sistemas de proteccióncontra rayos de Tipo II (según se define en IEC 62305-3, Protec‐ción contra rayos - Apartado 3:Daños físicos en estructuras y riesgo devida), según se muestra en la Figura A.4.13.8.1.2.

A.4.14.2 Para estructuras de 60 pies (18 m) o menos de altura,debería proveerse un conductor en lazo para la interconexión

Centro para 150 pies (46 m) de altura

Centro para100 pies (30 m) de altura

Centro para75 pies (23 m) de altura

Centro para50 pies (15 m) de altura

Centro para25 pies (7.6 m) de altura

150

125

100

75

50

25

46

37

30

23

15

7.6

Altu

ra p

rote

gid

a (

pie

s)

Altu

ra p

rote

gid

a (

m)

25 50 75 100 125 150

Distancia horizontal protegida (pies)

7.6 15 23 30 37 46

150 pies (46 m)

75 pies (23 m)

50 pies (15 m)

25 pies (7.6 m)

100 pies (30 m)

150 pies (46 m) Método de la esfera rodante

Distancia horizontal protegida (m)

FIGURA A.4.8.3.1 Zona de protección mediante la aplicación del método de la esfera rodante.

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-54

de todos los electrodos de puesta a tierra y otros sistemas pues‐tos a tierra. Sin tomar en consideración la altura del edificio,los conductores en lazo de puesta a tierra deberían ser instala‐dos de manera subterránea, en contacto con el terreno. Laecualización del potencial a nivel del terreno permite el uso deun electrodo de puesta a tierra tipo anillo como un conductoren lazo de puesta a tierra. Un electrodo de puesta a tierra tipoanillo que cumpla con lo establecido en la sección 4.13.4puede ser utilizado para el conductor en lazo de puesta atierra.

A.4.14.3 Las definiciones incluidas en NFPA 70, Código EléctricoNacional (NEC, por sus siglas en inglés) y en la presente normapara interconexión, puesto a tierra, puesta a tierra y del electrodo depuesta a tierra son similares. Las secciones vigentes del NEC y dela presente norma son las que definen las diferencias de estepunto basados en su aplicación, equipamiento y requisitos.

La sección 250.50 del NEC requiere que todos los electrodosexistentes en cada edificio o estructura estén interconectadospara conformar el sistema de electrodos de puesta a tierra, loque cumple con los requisitos de la sección 4.14. Las diferen‐cias se observan en la sección 250.52 del NEC, que describe loselectrodos de puesta a tierra que no se muestran en la sección4.13. Entre los electrodos de puesta a tierra descriptos en lasección 250.52 del NEC, pero a los que no se hace referencia enel presente documento, se incluyen los siguientes:

(1) 250.52(A) (1): 10 pies de tubería metálica de agua subte‐rránea que se extienda desde la estructura que está encontacto con el terreno.

(2) 250.52(A) (2) (1): El armazón de metal de la estructuraque está en contacto con el terreno.

(3) 250.52(A) (3) (2): Sería necesario que el electrodo empo‐trado en concreto sea un # 4 AWG del tamaño principal,según se establece en 4.13.3.2.

(4) 250.52(A) (4): El electrodo de puesta a tierra tipo anillono menor de 2 AWG aceptable para Clase I, pero no seríaaceptable para Clase II (ver Tabla 4.1.1.1.2).

(5) 250.52(A) (5): No se incluyen los electrodos de tuberíasdescriptos en el ítem (a). No incluye a los electrodos devarillas descriptos en el ítem (b) como de acero recu‐bierto con zinc (4.13.2.5).

(6) 250.52(A) (6): Sería necesario que los otros electrodoslistados cumplan con las distintas secciones mencionadasen la sección 4.13.

(7) 250.52(A) (7): Sería necesario que los electrodos de placacumplan con lo establecido en 4.13.6.

(8) 250.52(A) (8): En la presente norma, no se hace referen‐cia a “otras estructuras o sistemas locales de metal subter‐ráneos” como electrodos de puesta a tierra.

El diseñador del sistema de protección contra rayos debeestar familiarizado con estas diferencias, a fin de poder coordi‐nar la interconexión con otros electrodos de puesta a tierra ocon el sistema estructural de electrodos de puesta a tierra deledificio, según lo requerido en la sección 4.14.3.

Cuando edificios tengan instalaciones separadas, aunqueadyacentes y estén directamente interconectados (no a travésde un servicio público) por cableado eléctrico, CATV, CCTV,de datos o de comunicaciones, los sistemas de puesta a tierrade dichos edificios deberían estar directamente interconecta‐dos entre sí con un conductor del tamaño principal. La necesi‐dad de esta interconexión puede eliminarse mediante el uso decables de fibra óptica, cables blindados, tendido de cables enductos metálicos puestos a tierra o dispositivos de proteccióncontra sobretensión (SPD instalados en la/s entrada/s y la/ssalida/s de ambos edificios o instalaciones).

A.4.14.5 La sección 250.68 del NEC identifica los lugaresdonde los sistemas derivados independientes y con puentes deinterconexión pueden estar ubicados y requieren una interco‐nexión de puesta a tierra común. La sección 250.104 del NECincluye información detallada sobre la interconexión de lastuberías metálicas, el armazón estructural y todos los sistemasde puesta a tierra derivados independientes. La Subsección4.14.5 requiere un punto de conexión con los otros sistemaspuestos a tierra del edificio.

3000250020001500100050000

33 pies (10 m)

66 pies (20 m)

100 pies (30 m)

130 pies (40 m)

166 pies (50 m)

200 pies (60 m)

233 pies (70 m)

266 pies (80 m)

300 pies (90 m)

330 pies (100 m)

Tipo I

Tipo II

Tipo III

Lon

gitu

d m

ínim

a d

el e

lectr

od

o h

ori

zo

nta

l

Nota: la longitud mínima del electrodo horizontal denota la longitud total combinada de todos los conductores

que abarca cada electrodo.

ρ(Ωm)

l₁

FIGURA A.4.13.8.1.2 Longitud mínima de cada uno de los electrodos de puesta a tierra, basadaen la resistividad del terreno. (Fuente: IEC 62305-3, Edición 2, Figura 3.)

Edición 2014

ANEXO A 780-55

Muy similar a una barra colectora a tierra, el punto depuesta a tierra común para el sistema de protección contrarayos hacia otros sistemas puestos a tierra del edificio puededistinguirse como el que está ubicado en los primeros 5 pies(1.52 m) de la tubería de agua, aunque puede incluir a todo elsistema de tuberías de agua. Un punto de conexión común conel armazón metálico estructural podría ser aparente, o podríaser la extensión de la estructura del edificio. No hay un califica‐dor (tamaño de tubería o metal estructural en el NEC, que seadiferente al de esta norma. NFPA 780 califica al armazón metá‐lico estructural como una pieza de conducción de corriente delsistema si cumple o excede el requisito de un espesor de3∕16 pulg. (4.8 mm) (ver sección 4.19.1).

Cuando la instalación del sistema eléctrico de puesta a tierrase efectúa cumpliendo con todo lo establecido en el NEC, seríanecesario conectar el sistema a tierra de protección contrarayos solamente una vez, a fin de cumplir con lo establecido enla sección 4.14.5. La ubicación debe estar identificada por elmétodo utilizado en el NEC. En los casos en los que el armazónmetálico estructural del edificio sea utilizado como parte delsistema de protección contra rayos o esté interconectado segúnlo requerido en la sección 4.9.13, se concluye, en general, queno se requeriría que ninguna interconexión adicional seextienda a nivel del terreno entre los sistemas.

El diseñador del sistema de protección contra rayos podríaconsiderar la simplificación del requisito de interconexión delsistema especificando una conexión con el sistema de tuberíasmetálicas de agua, aunque en determinados casos el uso desecciones de tuberías de plástico hace que esto no sea parte delsistema de puesta a tierra del edificio. En otros casos, el arma‐zón estructural del edificio puede no estar expuesto para laconexión de sistemas derivados, de modo que este podría noser el método para la interconexión de los sistemas puestos atierra o podría no haber una estructura metálica. El diseñadorpodría también especificar la conexión del sistema a tierra deprotección contra rayos con el electrodo de puesta a tierra,aunque en el caso de edificios en los que se utilizan alimenta‐dores de circuitos ramificados [250.104 (A) (3)], no hay unelectrodo de puesta a tierra.

Es necesario conocer los requisitos o las concesiones acepta‐bles del NEC para determinar la interconexión común delsistema de protección contra rayos con otros sistemas puestos atierra del edificio en un único punto. Si los sistemas puestos atierra instalados del edificio no cumplen con los requisitosvigentes del NEC, la interconexión a tierra común debe incluirla interconexión de todos los sistemas puestos a tierra del edifi‐cio con el sistema de puesta a tierra de protección contra rayos.Si no hay inconvenientes con las múltiples interconexionesentre diversos sistemas o lazos, las conexiones múltiples desdeel sistema de protección contra rayos simplemente mejoraránla calidad general del sistema de puesta a tierra para la estruc‐tura.

A.4.14.6(7) Podría haber instalaciones en las que existan múlti‐ples secciones de las tuberías y las correspondientes unionesentre el regulador/medidor de gas y la entrada de la línea a laestructura. Dichas uniones pueden generar un aumento de lasimpedancia a frecuencia que estén asociadas con sobreten‐siones. Cuando haya tuberías internas que pudieran ser suscep‐tibles a sobretensiones, deberían tomarse las debidasprecauciones para garantizar que la interconexión del sistemade puesta a tierra de protección contra rayos se efectúe con lassecciones de las tuberías que no aumentarán la impedancia

entre la tubería y la sección de la puesta a tierra. Ello se podríalograr mediante la conexión con la última sección de la tuberíaque ingresa en la estructura. Esta interconexión podría hacersede manera externa o interna con la estructura.

A.4.14.6(8) Los aislamientos tipo entrehierro pueden utilizarsepara proveer la interconexión requerida en aquellos casos enlos que la corrosión galvánica sea un aspecto de preocupacióno cuando una interconexión directa no estuviera permitida porel código local. El uso de aislamiento tipo entrehierro no serecomienda para aquellas aplicaciones en las que pueda fluiruna corriente residual significativa. Se aconseja que los aisla‐mientos tipo entrehierro utilizados en esta aplicación se insta‐len de acuerdo con lo establecido en las instrucciones delfabricante y estén certificadas para el entorno en el que van aser instaladas (lugares clasificados como peligrosos, enterra‐miento directo, etc., según corresponda). Los dispositivosutilizados en estas aplicaciones deberían estar certificados auna corriente de descarga máxima no menor de 100 kA,8/20 µs [sobretensión de tensión de contorneo de 2.5 kV(Up)], tener una resistencia de aislamiento no menor de 108

ohms y un tensión máximo de tensión de contorneo decorriente directa de 500 V.

A.4.15.2 En el caso de techos planos o levemente inclinados,los conductores de techos requeridos en la sección 4.9.7pueden utilizarse para lograr la ecualización del potencial en elnivel del techo. En el caso de techos inclinados, la intercone‐xión debería ser un lazo colocado en el nivel del alero.

A.4.16 Ver Anexo C para un mejor entendimiento técnico delo que es el concepto de potencial-ecualización en un sistemade protección contra rayos.

Además de la interconexión de los cuerpos metálicos, lasupresión de sobretensiones debería ser provista para protegerlas líneas eléctricas, de comunicación y de datos contra sobre‐tensiones perjudiciales y chispas provocadas por los impactosde los rayos.

A.4.16.3 Un cuerpo metálico aislado, como el marco de metalde una ventana en un medio no conductor, que esté ubicadocerca de un conductor de protección contra rayos y de uncuerpo metálico puesto a tierra influirá en los requisitos deinterconexión solamente si el total de las distancias aisladasentre el conductor del sistema y el cuerpo metálico aislado yentre el cuerpo metálico aislado y el cuerpo metálico puesto atierra es igual o menor que la distancia de interconexión calcu‐lada.

A.4.18.4.1 Es preferible que los electrodos de puesta a tierraestén ubicados a una distancia no menor de 2 pies (0.6 m)desde los muros de los cimientos, a fin de minimizar la proba‐bilidad de daños en los cimientos, aunque ello no siempre esfactible para todas las aplicaciones. Como referencia, IEC62305-3, Protección contra rayos, requiere que los electrodos detierra tipo anillo estén enterrados a una profundidad de almenos 18 pulg. (0.5 m) y a una distancia de aproximadamente3 pies (1 m) alrededor de los muros externos.

A.4.19.3.5 Puede protegerse el metal de la base con unconductor, con un recubrimiento inhibidor de la corrosión o elrecubrimiento de la totalidad de la interconexión con uninhibidor de la corrosión o mediante la aplicación de otrosmétodos equivalentes.

A.4.20.1 La protección contra sobretensión solamente notiene como fin evitar o limitar los daños físicos provocados por

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-56

el impacto directo de un rayo en instalaciones o estructuras. Encambio, su propósito es defender contra los efectos indirectosde los rayos impuestos en los servicios eléctricos a un estructuracomo parte de un sistema de protección contra rayos coordi‐nado, instalado de acuerdo con los requisitos establecidos en lapresente norma.

Los picos de corrientes y sus correspondientes transitoriosde sobretensión pueden acoplarse sobre los alimentadores delos servicios públicos de electricidad de diversas maneras. Estosmecanismos incluyen el acoplamiento magnético o capacitivopor un impacto directo o el más drástico, aunque muchomenos frecuente, acoplamiento conductivo de una descargadirecta nube a tierra. Dichos transitorios de sobretensión plan‐tean una considerable amenaza a los equipos eléctricos y elec‐trónicos modernos.

A.4.20.2 El dispositivo SPD responde a las sobretensionesreduciendo su impedancia interna, de modo que desvía lacorriente de sobretensión para limitar la tensión a su nivelprotector – de tensión límite medido. Luego de producirse lassobretensiones, el SPD se recupera hasta un estado de altaimpedancia y extingue la corriente hacia tierra a través deldispositivo cuando la tensión de línea vuelve a la normalidad.El dispositivo SPD cumple con estas funciones en condicionesnormales del servicio, que están especificadas por la frecuenciadel sistema, la tensión, la corriente de carga, la altitud (es decir,la presión del aire), la humedad y la temperatura del medioambiente.

A.4.20.2.2 Las antenas se consideran parte de los serviciosconductores de señal, datos y comunicaciones.

A.4.20.2.4 Se deberían considerar los SPD de los paneles dedistribución secundarios que estén a 100 pies (30 m) o más dela entrada principal del servicio cuando los equipos eléctricosalimentados por el panel sean susceptibles a sobretensiones yse determine que sean sistemas críticos para la operación ofundamentales para la seguridad humana. El acoplamientoinductivo de los campos eléctricos y magnéticos puede derivaren sobretensiones suficientes para provocar daños en los equi‐pos eléctricos susceptibles. La falla permanente de los sistemaseléctricos o electrónicos debida al pulso electromagnético deun rayo (LEMP) puede ser causada por sobretensiones condu‐cidas e inducidas que se transmitan a los aparatos a través de laconexión del cableado, así como a los efectos de radiación elec‐tromagnética que afecten directamente sobre los aparatosmismos. La protección en paneles primarios y secundarios(coordinación de SPD) es una técnica recomendada parareducir dichos efectos. IEC 62305-4, Protección contra rayos —Apartado 4: Sistemas eléctricos y electrónicos dentro de estructuras,sugiere que la impedancia resultante de 30 pies (10 m) decableado desde un SPD puede ser suficiente para permitirsobretensiones de magnitudes que puedan derivar en la fallade equipos eléctricos susceptibles. Con el fin de reducir laprobabilidad de fallas en los equipos críticos o en equipos quesean fundamentales para la seguridad humana, se deberíaconsiderar la protección contra sobretensiones cuando ladistancia entre el SPD situado en la entrada del servicio dealimentación no exceda de 100 pies (30 m).

A.4.20.2.5 La mayoría de los servicios para instalacionesrequerirán dispositivos de supresión de sobretensiones discre‐tos, instalados con el fin de proteger contra sobretensionesperjudiciales. Ocasionalmente, los servicios estarán ubicados enun área o de manera que la amenaza planteada por sobreten‐siones y transitorios de sobretensiones inducidas por rayos

pueda ser insignificantes. Por ejemplo, los requisitos descriptosen la sección 4.20.2.3(ver también sección A.4.20.6.1) eximen aservicios de menos de 100 pies (30 m) de largo cuyo tendido seextienda en un conducto de metal puesto a tierra entre edifi‐cios que requieran protección contra sobretensión. Otros ejem‐plos en los que podría no requerirse la instalación dedispositivos SPD en cada una de las entradas del servicio sonaquellas aplicaciones en las que se utilicen líneas de transmi‐sión de fibra óptica (sin miembros conductores). La normareconoce que puede haber excepciones aceptables y por consi‐guiente permite dichas excepciones en los requisitos para lasupresión de sobretensiones en líneas eléctricas de serviciospúblicos, datos y otras señales, siempre que una autoridadcompetente en ingeniería haya determinado que la amenaza esinsignificante o que el sistema está protegido de un modoequivalente al de la supresión de sobretensiones.

La tolerancia incluida en esta norma para suprimir los supre‐sores de sobretensión en lugares específicos no ha sido previstacomo un medio para otorgar una excepción amplia debidasimplemente a que podría considerarse no conveniente instalarun sistema de supresión de sobretensiones. En cambio, dichatolerancia admite que todas las circunstancias y configura‐ciones posibles, particularmente aquellas presentes en indus‐trias especializadas, pueden no estar contempladas en lapresente norma.

Las determinaciones tomadas por una autoridad en ingenie‐ría para eximir de la instalación de dispositivos SPD deberíancentrarse en la probabilidad de actividad de rayos en la región,el nivel de daños que podrían producirse y el potencial depérdidas de vidas humanas o servicios esenciales debidos a unainadecuada protección contra sobretensiones.

Generalmente se aplican cuatro métodos de análisis paradicha determinación, aunque pueden llevarse a cabo otrosanálisis equivalentes. Los cuatro métodos son los siguientes:

(1) Puede llevarse a cabo una evaluación del riesgo, de acuerdocon lo establecido en IEC 62305-2, Protección contra rayos -Apartado 2: Manejo de riesgos, y los requisitos de proteccióncontra sobretensiones pueden ser suprimidos si lo justi‐fica la evaluación.

(2) El análisis de densidad de descarga/análisis de riesgo es unanálisis que se lleva a cabo para determinar la frecuenciade la actividad eléctrica en el área geográfica de las insta‐laciones. Como regla general, si la densidad de los rayosexcede de un rayo por kilómetro cuadrado por año,debería considerarse la supresión de sobretensión u otraprotección física. La energía de los rayos puede asociarsede manera indirecta con servicios en rangos mayores de0.6 mi (1 km) para generar sobretensiones potencial‐mente perjudiciales.

(3) Los registros estadísticos o de mantenimiento de las plantas/instalaciones también pueden ser utilizados como un análi‐sis del riesgo. Si dichos registros pueden demostrar laausencia de daños debidos a sobretensiones en un servi‐cio, ello puede aplicarse para justificar el bajo riesgo dedaños por sobretensión en un sistema en particular o enlas instalaciones.

(4) El análisis de los efectos electromagnéticos de los rayos se iniciacon la amenaza de un campo electromagnético provo‐cada por el impacto de un rayo cercano y calcula lamagnitud y las características del tiempo de subida detransitorio asociados con los servicios que alimentan unaestructura o las instalaciones. En función de la amenaza

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ANEXO A 780-57

calculada, los SPD pueden ser dimensionados apropiada‐mente u omitidos, según se justifique. Este análisis gene‐ralmente se lleva a cabo para instalaciones en las que lascomunicaciones son esenciales y en aplicaciones mili‐tares. Puede accederse a los efectos electromagnéticospara dicho análisis en MIL-STD-464C, Norma de interfaz,Requisitos de los efectos electromagnéticos ambientales para siste‐mas, y en IEC 62305-4, Protección contra rayos - Apartado 4:Sistemas eléctricos y electrónicos dentro de estructuras.

En todos los casos, la importancia de continuidad para laoperación continua, el potencial riesgo de vida para personas,los servicios esenciales, y la consecuencia de daños en las insta‐laciones o el cierre de servicios deberían ser factores que seincluyan en el análisis. Si una condición peligrosa derivada deuna sobretensión q provoca el cierre temporal sin dañospermanentes (por ejemplo, la imposibilidad de utilizar unacomputadora o un sistema de comunicaciones), entonces losrequisitos para supresores de sobretensión, debe realizarsesegún se ha expresado claramente en la sección 4.20, no debe‐rían ser suprimidos.

A.4.20.3.1 Los SPD son normalmente especificados de mayorvalor que el nivel esperado. En las entradas del servicio, gener‐almente se acuerda que una corriente de descarga nominal (In)de 20 kA brindará una adecuada protección. Sin embargo,especificaciones mayores que protejan contra los menos proba‐bles pero más poderosas descargas de rayos generalmente brin‐darán una mayor capacidad para el manejo de impactosmúltiples y normalmente permitirán una vida útil más larga.

El rango In para los SPD mayor a los valores mínimos se reco‐mienda en el presente documento en áreas en las que los rayosson más frecuentes.

En caso de ser instalados, los SPD en paneles o panelessecundarios deben tener un rango In de 10 kA 8/20 µs o mayorpor fase.

Si se instalasen, los SPD para protección complementaria(también llamada sección de utilización) deberían tener un rangoIn de 5 kA 8/20 µs o mayor por fase.

A.4.20.4 Las tensiones límite medidos del SPD deberían serseleccionados para limitar los daños al servicio o equipo prote‐gido.

Los dispositivos especificados de acuerdo con lo establecidoen la 3ra. edición de ANSI/UL 1449, Norma para dispositivos deprotección contra sobretensión, indican que la prueba de certifica‐ción de tensión utiliza una corriente pico de 3 kA, en lugar delnivel de corriente de 500 A previamente utilizado en la pruebaSVR de la 2da. edición de UL 1449, Norma para la seguridad desupresores de sobretensiones. transitorias.

A.4.20.5 Las sobretensiones pueden ser inducidas en cual‐quiera de las líneas que ingresa a una estructura.

Si se instalasen, paneles secundarios a más de 100 pies(30 m) desde la entrada del servicio deberían contar conmodos de protección L-T, L-N, o N-T. Además, también sepermite una protección L-L (aunque ello generalmente selogra con los modos L-N a través de dos fases). La protecciónL-L se logra mediante los modos L-N a través de dos fases.

Los siguientes modos de protección son posibles para mini‐mizar las diferencias de tensión entre los conductores indivi‐duales:

(1) La protección línea a línea (L-L) coloca el SPD entre losconductores que transportan la corriente en un sistemade energía eléctrica.

(2) La protección línea a neutro (L-N) coloca el SPD entrelos conductores que transportan la corriente y el conduc‐tor puesto a tierra (neutro) en un sistema de energíaeléctrica.

(3) La protección línea a tierra (L-T) coloca el SPD entre losconductores que transportan la corriente y el conductorde puesta a tierra en un sistema de energía eléctrica.

(4) La protección neutro a tierra (N-T) coloca el SPD entreel conductor puesto a tierra (neutro) y el conductor depuesta a tierra en un sistema de energía eléctrica. No serequiere este modo de protección en la entrada del servi‐cio (tablero principal del servicio) si la interconexiónneutro a tierra se implementa en este lugar o en las inme‐diaciones de este punto de instalación. Por consiguiente,podría requerirse un dispositivo SPD solamente conmodos de protección L-L y L-N en la entrada del servicio.

(5) Modo común es un término que se utiliza en telecomunica‐ciones, de datos, etc. Este modo de protección ubica alSPD entre las líneas de señales y tierra. Es análogo almodo L-T en sistemas de energía eléctrica.

(6) Modo diferencial es termino que se utiliza en telecomunica‐ciones, líneas de datos, y similares. En este modo, el SPDse coloca entre las líneas de señales individuales, análogoal modo de protección L-L en sistemas de energía eléc‐trica.

A.4.20.6.1 Los dispositivos SPD deberían ser colocados enambos extremos de las líneas externas de señal, datos y comu‐nicaciones, de más de 100 pies (30 m) que conecten piezas deequipos o instalaciones, a fin de proteger contra sobreten‐siones acopladas al cableado o provocadas por diferencias delpotencial a tierra.

A.4.20.6.4.1 El propósito del SPD es ecualizar los potencialesL-L, L-N, L-T y N-T. Si bien una correcta descarga a tierra esimportante, una interconexión adecuada es obligatoria paraminimizar los daños debidos a los rayos y por contacto o induc‐ción de energía eléctrica.

A.4.20.6.4.4 El modo de protección diferencial deberíatambién ser provisto cuando sea factible.

A.4.20.7.2 La línea del SPD y los conductores a tierra máslargos, o en lazo, aumentan la impedancia del circuito depuesta a tierra del SPD. El aumento de la longitud del cablesirve para aumentar la tensión pasante en el punto en el que elSPD se conecta mediante cables con el equipos del servicio ocon un tablero secundario. Por consiguiente, es esencial mini‐mizar la impedancia de la longitud del cable en este circuito.

A.4.20.7.4 Algunas unidades SPD se proveen con un indicadorde fallas. Se recomienda esta característica, dado que facilita elmantenimiento o los procedimientos de prueba. Cuando seutilice, el indicador debería estar visible. En el mantenimientode edificios debería considerarse la inspección o prueba pe‐riódica de los SPD. (VerNFPA 70B, Práctica recomendada para elmantenimiento de equipos eléctricos.)

A.4.20.8 La eficacia del SPD se basa en la impedancia de latrayectoria a tierra. Una resistencia de tierra menor minimizalas diferencias de tensión de los conductores conectados a los

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-58

SPD cerca de la entrada del servicio y reduce la posibilidad dearcos eléctricos o de ruptura del aislamiento. Por consiguiente,es esencial minimizar la impedancia en este circuito.

A.5.8.1 El espesor del metal puede ser de dimensionesmenores que las requeridas en el Capítulo 4. En un helipuertoque no sea de metal, debería permitirse que una placa demetal plana se utilice como terminal de interceptación dedescargas en el área de aterrizaje si el área de aterrizaje excedede 50 pies (15 m) en ambas dimensiones. El área mínimaexpuesta de la placa debería ser de 3 pulg.2 (1959 mm2). Elespesor mínimo de la placa debería ser de 3∕16 pulg. (4.8 mm).La placa debería instalarse formando un plano continuo con lasuperficie del helipuerto y expuesta al aire. La placa deberíaestar conectada al sistema de protección contra rayos del techocon una trayectoria de dos vías horizontal o descendente. Losconductores que conectan la placa con el sistema de protec‐ción contra rayos deberían instalarse formando un planocontinuo con la superficie del helipuerto o debajo de dichasuperficie. Consultar sección 4.18.3.2 para conocer los requisi‐tos de interconexión.

A.5.8.6 La conexión no brinda protección contra rayos a lasaeronaves estacionadas. Se debería considerar la reubicacióndel helicóptero en un lugar más seguro.

A.6.9 Una malla de puesta a tierra ubicada dentro de los50 pies (15 m) de los cimientos de una chimenea y construidade alambres que cumplan con los requisitos establecidos en lapresente norma para conductores principales es un electrodode puesta a tierra permitido. Si la chimenea está ubicadadentro de los 50 pies (15 m) de la malla, en todas las direc‐ciones, la malla también puede servir como el conductor enlazo de base requerido en la sección 6.4.2.

A.7.1.1 En las estructuras contempladas en el Capítulo 7, unachispa, que en otras circunstancias provocaría daños leves oningún daño, podría encender los contenidos inflamables yderivar en un incendio o una explosión.

Los vapores inflamables pueden emanar de un líquidoinflamable [punto de inflamación por debajo de 100 °F (37.8ºC)] o de un líquido combustible [punto de inflamación a opor encima de 100 °F (37.8 ºC)] cuando la temperatura dellíquido se encuentra en o por encima de su punto de inflama‐ción. El Capítulo 7 se aplica a estos líquidos cuando están alma‐cenados a la presión atmosférica y a temperatura ambiente.Siempre que la temperatura del líquido se mantenga debajodel punto de inflamación, los líquidos combustibles almacena‐dos en estas condiciones generalmente no liberarán vaporessignificativos, dado que su punto de inflamación se definecomo que está a o por encima de 100 °F (37.8 ºC).

Los tanques metálicos, recipientes y equipos de proceso yque contengan líquidos inflamables o combustibles o gasesinflamables bajo presión generalmente no requieren de protec‐ción contra rayos, dado que estos equipos están adecuada‐mente resguardados de los impactos de los rayos. Losrecipientes de este tipo en general están correctamente puestosa tierra y tienen un espesor suficiente como para que no seanperforados por un impacto directo.

Este capítulo se aplica a líquidos inflamables como gasolina,combustibles diésel, combustibles para reactores, fueloil opetróleo crudo almacenados a la presión atmosférica. No seaplica a líquidos o gases almacenados bajo presión, como gasesnaturales licuados o gases licuados de petróleo.

A.7.1.3 Los Capítulos 4, 5 y 6 de la presente norma incluyenlos requisitos para la protección de edificios y propiedadesvarias contra los daños provocados por los rayos.

A.7.3.2.4 La distancia de impacto está relacionada con lacorriente pico del impacto y por consiguiente con la severidaddel impacto del rayo; cuanto mayor sea la severidad delimpacto, mayor será la distancia de impacto. En la granmayoría de los casos, la distancia de impacto excede de100 pies (30 m).

A.7.4.1.1 En tanques con techo fijo (domo o cono metálico) yen tanques con techo flotante internos, existe la posibilidad deque haya vapores inflamables en las ventilaciones atmosféricas.Si estuvieran presentes, los vapores inflamables pueden serencendidos por un rayo. Las técnicas de interconexión paraevitar la descarga entre el techo flotante y la envoltura sedescriben en API 650, Tanques de acero soldados para almacena‐miento de combustibles, Anexo H.

Es probable que los tanques en los que se manipulan mate‐riales con una presión de vapor baja o que los tanques queestén en servicio, con techos flotantes adecuadamente mante‐nidos con sellos de ajuste hermético no tengan vapores inflam‐ables en las ventilaciones atmosféricas, a menos que esténsiendo rellenados estando vacíos. En estos casos, no se requiereotra protección contra rayos.

A.7.4.1.2 Consultar API RP 545, Práctica recomendada para laprotección contra rayos de tanques de almacenamiento ubicados sobre lasuperficie del terreno, para líquidos inflamables o combustibles. Seutilizan derivaciones para la conducción de los componentesde duración rápida o intermedia de la corriente del impacto deun rayo.

A.7.4.1.2.2.5 API RP 545, Práctica recomendada para la proteccióncontra rayos de tanques de almacenamiento ubicados sobre la superficiedel terreno, para líquidos inflamables o combustibles, recomiendauna vida útil de servicio mínima de 30 años.

A.7.4.1.3 Se utilizan conductores de derivación para la conduc‐ción de los componentes inter medios y de larga duración de lacorriente del impacto de un rayo.

A.7.4.1.3.5 API RP 545, Práctica recomendada para la proteccióncontra rayos de tanques de almacenamiento ubicados sobre la superficiedel terreno, para líquidos inflamables o combustibles, recomiendauna vida útil de servicio mínima de 30 años.

A.8.1.1 La evaluación de riesgos descrito en el Anexo L puedeser utilizado en instalaciones, siempre que esté apropiada‐mente documentado.

A.8.1.3(1) Los datos suministrados por López y Holle en suartículo “Lightning Casualties and Damages in the UnitedStates from 1959 to 1994” (Daños y heridos por causa de rayosen los Estados Unidos, desde 1959 hasta 1994) indican que serequiere una distancia de advertencia mínima no menor de6 millas a 8 millas (9.6 km a 12.8 km) para garantizar que no seproduzcan daños significativos por el impacto de un rayo.

A.8.1.3(3) El Anexo L incluye los lineamientos para llevar acabo una evaluación del riesgo en las instalaciones.

A.8.3.1 El mejor método para proteger las operacionesextremadamente sensibles de todas las fuentes de radiaciónelectromagnética es encerrar las operaciones o las instalacionesdentro de una jaula metálica “similar a la de Faraday”. Unajaula metálica, similar a la de Faraday, es una cubierta que

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ANEXO A 780-59

comprende un entramado continuo de conductores, de modoque el tensión entre cualesquiera de los puntos situados dentrodel cerramiento es cero cuando la jaula está inmersa en uncampo electrostático. Una jaula metálica o un sistema deprotección contra rayos con blindaje de Faraday es un sistemaen el que el volumen protegido se encuentra cubierto por unapesada malla de metal (es decir, similar a la jaula de un ave) opor una estructura de metal continuo con todas sus penetra‐ciones metálicas interconectadas. La corriente del rayo fluye enel exterior de la estructura, no en su interior. Un blindaje simi‐lar al de Faraday, que no es una jaula de Faraday ideal, estáformado por una matriz conductora continua que esté apropia‐damente interconectada y puesta a tierra.

Una estructura aislada que la autoridad competente deter‐mina que es una jaula metálica o un blindaje similar al de Fara‐day podría no requerir sistemas de puestas a tierra niterminales de interceptación de descargas. El uso de un sistemade terminales de interceptación de descargas en estas estructu‐ras provee un punto de impacto preferencial para los rayos ypodría evitar daños estructurales, tales como la fragmentacióndel concreto, por el impacto directo de un rayo.

La intención de este tipo de estructura es evitar la penetra‐ción de la corriente de un rayo y del campo electromagnéticorelacionado dentro del objeto que se va a proteger y evitar losefectos térmicos y electrodinámicos peligrosos de la corriente,así como el peligro de chispas y sobretensiones en los sistemaseléctricos y electrónicos. Una efectiva protección contra rayostambién se provee de manera similar mediante estructurasmetálicas, como aquellas formadas por la estructura de acero oel acero de refuerzo de paredes y pisos de polvorines cubiertospor tierra (también denominados búnkeres, huts or igloos) siel refuerzo de acero está interconectado entre sí y cumple conla resistencia a la interconexión descripta en la sección8.10.7.1.

A.8.3.2.1 El aislamiento de los conductores bajantes de laestructura reducirá la fuerza del campo magnético en la estruc‐tura y la probabilidad de una descarga lateral desde un conduc‐tor bajante.

A.8.3.4 La separación de los terminales de interceptación dedescargas basadas en los 100 pies (30 m) del método de laesfera rodante (RSM, por sus siglas en inglés), con terminalesde 12 pulg. (0.3 m) de alto, son de 25 pies (7.6 m) en el centrodel techo, de 20 pies (6.1 m) alrededor del perímetro del techoy de 2 pies (0.6 m) como máximo desde el extremo exterior enambos extremos de las cumbreras del techo. Para terminales de24 pulg. (0.6 m) de alto, las dimensiones aumentan a 35 pies(12 m) en el centro del techo, 20 pies (6.1 m) alrededor delperímetro del techo y a 24 pulg. (0.6) como máximo desde elextremo exterior en ambos extremos de las cumbreras deltecho.

A.8.7.2 El propósito del sistema de protección contra rayos enmuelles o embarcaderos es proteger los explosivos ubicados enestas estructuras contra la ignición provocada por los impactosdirectos de los rayos. Una embarcación situada en un muelle oembarcadero tiene la capacidad de brindar una zona deprotección para un sector del muelle o embarcadero. El sectordel muelle o embarcadero que se utilice para el almacena‐miento temporal de explosivos requerirá de protección contrarayos mediante un mástil o sistema catenario.

A.8.7.5 En ocasiones, se utilizan contenedores ISO para elalmacenamiento temporal de diversos materiales explosivos,

tales como armas pequeñas en cajas para municiones, diversasconfiguraciones de armamentos en contenedores para envío,explosivos de uso comercial, fuegos artificiales, etc. Dado queel armazón de metal de un contenedor ISO apropiadamentemantenido no cumple con el requisito del espesor del metalestablecido para terminales de interceptación de descargas,podría haber perforaciones por combustión provocadas poralgunos impactos. El armazón de metal proporcionará algúntipo de blindaje contra los efectos electromagnéticos de losrayos y el contacto del área de la superficie de la superestruc‐tura sobre el terreno local proveerá alguna impedancia a tierra.Estos brindan protección contra los efectos de los rayos paraalgunas configuraciones y sensibilidad de los contenidos,aunque no para todos. En algunos casos, podría ser necesariocolocar terminales de interceptación de descargas, intercone‐xiones adicionales y la puesta a tierra del contenedor ISO. Si elcontenedor ISO va a estar complementariamente provisto deprotección contra rayos es una decisión que debe tomar laautoridad competente, basándose en una evaluación del riesgode la sensibilidad de los contenidos de acuerdo al contenidosensible de los contenedores.

A.8.9 La efectividad de cualquier sistema de protección contrarayos depende de su instalación, su mantenimiento y los méto‐dos de prueba aplicados. Por consiguiente, todos los sistemasde protección contra rayos deberían ser mantenidos apropiada‐mente. Deberían llevarse registros apropiados del manteni‐miento y de las inspecciones en cada una de las instalaciones, afin de garantizar una seguridad adecuada. Estos registrosforman parte de los requisitos de la protección contra rayos ydeberían ser conservados.

A.8.10.7 El instrumento utilizado para las pruebas de la resis‐tencia de tierra debería ser apto para una medición de 0 ohmsa 50 ohms, ± 10 por ciento. El instrumento utilizado paramedir la resistencia de las interconexiones debería ser aptopara una medición de 0 ohms a 10 ohms, ± 10 por ciento.

A.8.10.7.7 Para conocer los métodos para verificar la opera‐ción del dispositivo SPD, ver NFPA 70B, Práctica recomendadapara el mantenimiento de equipos eléctricos

A.8.10.7.9 Para determinar si una persona está calificadaadecuadamente se puede recurrir a la norma NFPA 70E, Normapara la seguridad eléctrica en lugares de trabajo.

A.9.1 Los álabes de las turbinas modernas están generalmentefabricados con materiales compuestos como fibra de carbón oplástico reforzado con vidrio. Algunas piezas y componentesdiscretos como bridas de montaje, pesas de equilibrado, bisa‐gras, cojinetes, cables, cableado eléctrico y resortes estánhechos de metal. Los rayos impactan en álabes que tienencomponentes metálicos y no metálicos. El desafío técnico en eldiseño de la protección contra rayos de los álabes de las turbi‐nas de viento es conducir la corriente de los rayos de manerasegura desde el punto del impacto hasta el eje, de manera talque se evite la formación del arco de un rayo dentro del álabe.Ello puede lograrse desviando la corriente del rayo desde elpunto de del impacto a lo largo de la superficie hasta la raíz delálabe, mediante el uso de conductores metálicos, ya sea fijadosa la superficie del álabe o dentro de este.

Generalmente, para álabes de hasta 60 pies (18 m) de largo,son adecuados los receptores situados en la punta del álabe.Sin embargo, para álabes más largos podría ser necesariocontar con más de un terminal para obtener la eficienciadeseada en la interceptación. La protección de los álabes es

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-60

provista por el fabricante del álabe y generalmente es una parteintegral de este.

Todo el cableado para los sensores colocados sobre o en elinterior de los álabes debería estar protegido mediante la inter‐conexión al sistema de conducción descendente. El cableadodebería estar compuesto por cables blindados o bien ser colo‐cado en tubos de metal. El blindaje del cable o el tubo demetal deberían ser colocados tan cerca como sea posible delconductor bajante e interconectados a este.

A.9.1.2 Se hace referencia a esta protección en las normasespecíficas de aprobación de los productos del fabricante.

A.9.4.1 Se deberían considerar los requisitos del diseño para lapuesta a tierra de las instalaciones de generación de energíaeléctrica, incluido el dimensionamiento de los conductorespara corrientes de falla y los requisitos para las tensiones decontacto y de paso.

A.9.4.2 Podrían utilizarse electrodos adicionales de puesta atierra tipo anillo vertical y horizontal, combinado con el elec‐trodo tipo anillo.

A.10.1.2 Un sistema de protección contra rayos no brindaprotección si cualquiera de las partes de la nave acuática estáen contacto con una línea de energía eléctrica u otra fuente detensión mientras se encuentra en el agua o en la costa. Unsistema de protección contra rayos reduce, pero no elimina, elriesgo para las naves acuáticas y sus ocupantes.

A.10.2.2.4 Los accesorios de fibras de carbón, incluidos losmástiles, deberían estar aislados eléctricamente del sistema depararrayos. Dado que la fibra de carbón es un material conduc‐tor, se aumenta el riesgo de descarga lateral en las inmedia‐ciones de las estructuras de compuestos de fibra de carbón(CFC, por sus siglas en inglés), especialmente cerca del agua.Debe evitarse el uso del refuerzo de CFC en áreas tales comocadenotes.

A.10.3.1 Las técnicas descriptas en el Capítulo 10 deberíantambién aplicarse a naves acuáticas para la colocación de termi‐nales de interceptación de descargas y para determinar la zonade protección.

A.10.3.2.1 Cuando una persona está de pie y no esté ubicadadentro de la zona de protección, debería incluirse una adver‐tencia sobre este efecto en el manual del propietario.

Para aplicaciones de retroalimentación y aquellas aplica‐ciones en las que no pueda proveerse una zona de protecciónsuficiente, la zona de protección del sistema de proteccióncontra rayos debería ser identificada y proveerse al usuario dela nave acuática.

A.10.4.1.1 Ver Tabla 9.12.5(a) de NFPA 302, Norma para protec‐ción contra incendios en lanchas a motor recreativas y comerciales,para ubicar los tamaños mínimos de conductores para navesacuáticas. Los conductores principales con un área transversalmás grande, según se ha especificado en la sección 4.9, brindanun mayor grado de seguridad.

A.10.4.1.3 Si un metal con el área obtenida mediante la ecua‐ción descripta en la sección 10.4.1.3 se somete al efectotérmico de los rayos requerido para elevar la temperatura deun conductor de cobre con 0.033 pulg.2 (21 mm2) desde unatemperatura nominal de 77 °F (298 K) hasta el punto de fusióndel cobre, entonces su temperatura se elevaría hasta el puntode fusión del metal. Los valores para el bronce al silicio y el

acero inoxidable se especifican en la Tabla A.10.4.1.3(a) o en laTabla A.10.4.1.3(b).

A.10.4.1.4 El área de un conductor de sección transversaluniforme que tenga la misma resistencia que un conductor decobre de área ACu se obtiene mediante la siguiente ecuación:

A = ρ

ρCu

CuA

A = Sección transversalρ = resistividad del metal alternativo (Ω m)

ρCu = resistividad del cobre (1.7 × 10−8 Ω m)ACu = 21 mm2 para un conductor principal

Aplicando los parámetros de la Tabla A.10.4.1.3(a) y de laTabla A.10.4.1.3(b), las áreas son de 0.49 pulg.2 (315 mm2)para bronce al silicio y de 1.8 pulg.2 (1200 mm2) para aceroinoxidable.

A.10.4.1.6 El tendido de los conductores del sistema de protec‐ción cerca de la superficie externa del casco reduce el riesgo dedescargas laterales internas que se forman entre los conduc‐tores del sistema de protección y otros accesorios conductores yde las descargas laterales externas que se forman entre los acce‐sorios conductores y el agua. El tendido externo de los conduc‐tores es también más compatible con la disposiciónrecomendada para edificios en los que los terminales aéreos,los conductores bajantes y los electrodos de puesta a tierra secolocan en el exterior del edificio. Sin embargo, en el caso delos accesorios conductores internos situados muy cerca delagua, como un mástil con su base en la quilla, deberíaproveerse de un electrodo de puesta a tierra tan cerca comofuera factible de la parte del accesorio que se encuentre máspróxima al agua.

A.10.4.1.7 Todos los conductores deberían estar tendidos a lamayor distancia posible del agua y especialmente de la línea deflotación, a fin de minimizar el riesgo de una descarga lateralexterna que se forme entre el conductor del sistema y el agua.De manera similar, los accesorios conductores, equipos electró‐

Tabla A.10.4.1.3(a) Sección para el conductor principal que nocontienen cableado eléctrico (unidades en -libras-pulgadas)

Cp

(BTU/lb m °F)D

(lbm/in.2)ρ

(Ω in.)MP(°F)

Sección(pulg.2)

Bronce al silicio 0.086 0.32

9.95 × 10-6 1981 0.13

Acero inoxidable 0.122 0.29

3.74 × 10-5 2781 0.19

Tabla A.10.4.1.3(b) Sección para el conductor principal que nocontienen cableado eléctrico (unidades métricas)

MetalCp

(J kg-1 K-1)D

(kg m-3)ρ

(Ω m)MP(K)

Sección(mm2)

Bronce al silicio

360 8800 2.55 × 10-7

1356 85

Acero inoxidable

510 7930 9.6 × 10-7

1800 125

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donde:

ANEXO A 780-61

nicos y cableados eléctricos deberían estar ubicados tan lejoscomo fuera factible del agua.

A.10.4.2.3 Aplicando los parámetros de la Tabla A.10.4.1.3(a) yde la Tabla A.10.4.1.3(b), las áreas requeridas son de0.052 pulg.2 (33 mm2) para bronce al silicio y de 0.075 pulg.2

(48 mm2) para acero inoxidable.

A.10.4.2.4 Aplicando la misma ecuación que la de la secciónA.10.4.1.4, con 0.013 pulg.2 (ACu = 8.3 mm2) como el área paraun conductor de interconexión de cobre, las áreas requeridasson de 0.19 pulg.2 (125 mm2) para bronce al silicio y de 0.73pulg.2 (470 mm2) para acero inoxidable.

A.10.4.2.7 Las grandes masas metálicas incluyen gabinetesmetálicos que contienen equipos electrónicos, tanques, pasa‐manos, montantes de seguridad, motores, generadores, cablesde direccionamiento, volantes o cañas del timón, control demotores, arcos metálicos y barandas de seguridad de proa ypopa.

A.10.4.4.1 Un conductor principal está diseñado para condu‐cir una considerable fracción de la corriente de un rayo, gene‐ralmente en una dirección vertical. En las cercanías del agua, yespecialmente dentro del casco debajo de la línea de flotación,la dirección óptima para un conductor principal es aquellaperpendicular al casco, directamente hacia el interior de lanave desde el electrodo de puesta a tierra que esté en contactocon el agua. Un conductor de interconexión tiene comopropósito conducir las corrientes relativamente pequeñasrequeridas para ecualizar los potenciales entre los accesoriosconductores y el sistema de protección contra rayos. La orienta‐ción óptima para los conductores de interconexión es aquellaparalela a la superficie del agua y el mejor lugar es aquél queesté lo más alejado posible de la superficie del agua.

A.10.4.6.2 El área de un conductor de sección transversaluniforme que tenga la misma resistencia por unidad de longi‐tud que la de un conductor principal se obtiene mediante laecuación que se muestra en la sección A.10.4.1.4. Para laconexión de un conductor principal, las áreas son de0.49 pulg.2 (315 mm2) para bronce al silicio y de 1.8 pulg.2

(1200 mm2) para acero inoxidable. Para la conexión de unconductor de interconexión, las áreas requeridas son de 0.19pulg.2 (125 mm2) para bronce al silicio y de 0.73 pulg.2

(470 mm2) para acero inoxidable.

Al equiparar las resistencias para un conductor de cobre deárea ACu, resistividadCu y longitud LCu, y un conector de metaldel área A, resistividad ρ y longitud L, se obtiene la longitudmáxima permitida para el conector de metal, de la siguientemanera:

L LA

A=

Cu

Cu

Cuρ

ρ

L = longitud del conector de metalLCu = longitud del conductor de cobre

A = área del conector de metalACu = área del conductor de cobreρCu = resistividad del conductor de cobre

ρ = resistividad del conector de metal

La longitud es la misma tanto para conductores principalescomo de interconexión y es de 6.5 pulg. (165 mm) para bronce

al silicio y de 2.5 pulg. (63.5 mm) para acero inoxidablecuando LCu = 2 pies (0.6 m).

A.10.5.2.1 A fin de permitir que los conductores principalessean tendidos de manera externa hacia áreas vulnerables(según se ha descripto en la sección 10.4.1.6) y para reducir elriesgo de descargas laterales externas desde los conductores delsistema, los electrodos de puesta a tierra deberían ser ubicadostan cerca a la línea de flotación como sea factible. Cuandoalguno de los accesorios a bordo se encuentre debajo de lalínea de flotación y próximo al agua, es aconsejable incluir unelectrodo de puesta a tierra complementario adicional en lasinmediaciones de los accesorios.

A.10.5.2.3 Las válvulas del casco son particularmente suscepti‐bles a daños y fugas luego de un impacto y deberían ser inspec‐cionadas luego de cualquier presumible impacto.

A.10.5.4.1 Un electrodo de puesta a tierra alternativo puedeestar pintado o cubierto con un recubrimiento de poco espesor[<0.04 pulg. (<1 mm), aunque no debería estar encapsulado enfibra de vidrio.

A.10.5.5 Un entrehierro o dispositivo SPD (del tipo tubo dedescarga de gas) podría ser aconsejable para reducir la corro‐sión en presencia de corrientes de fugas en el agua y podríareducir la corrosión galvánica. Sin embargo, el uso de un entre‐hierro para aislar un conductor sumergido del agua puedeaumentar el riesgo de una corriente de falla a tierra que omitacualquiera de los dispositivos de protección contra fallas atierra. De esa manera, una corriente peligrosa puede introdu‐cirse de manera inadvertida dentro del agua. Por esta razón,deberían tomarse medidas para garantizar que las conexioneseléctricas sueltas no puedan tomar contacto con ninguna de laspartes de un electrodo de puesta a tierra aislado. No deberíainstalarse entre hierros donde exista la posibilidad de vaporesinflamables o riesgos para las personas.

A.11.1.1 El Capítulo 11 hace referencia a la protección contrarayos de los sistemas de iluminación en aeródromos. Estos siste‐mas se instalan de manera subterráneo tanto en áreas pavimen‐tadas (pavimento de máxima resistencia y pavimento dereborde) como en áreas no pavimentadas. Entre los compo‐nentes protegidos se incluyen artefactos en el pavimento, arte‐factos elevados, carteles del autódromo, cables de energíaeléctrica subterráneos, sistemas de comunicación, circuitos decontrol y de señales, y componentes de los sistemas de ilumina‐ción de pistas de aterrizaje, pistas de rodaje y de plataformas.Estos sistemas se instalan en los sectores de un aeropuerto queincluyen las áreas de aproximación, salida, aterrizaje, despe‐gue, maniobras y de estacionamiento para aeronaves y abarcana las pistas de aterrizaje, pistas de maniobra y otros sectores deun aeropuerto que se utilicen para maniobras, despegue y ater‐rizaje de aeronaves, rampas de carga y áreas de estaciona‐miento exclusivas de helipuertos montados en edificios,estructuras de luces de aproximación y antenas. El presentecapítulo también puede aplicarse a otras áreas con sistemas deiluminación de aeródromos.

Hay dos métodos aceptables para la protección contra rayosde los circuitos de iluminación de aeródromos: aislándolo yequipotencializándolo. El método de aislamiento, que sedescriben en 11.4.2.6, se muestra en la Figura A.11.1.1(a). Elmétodo equipotencial, que se describen en 11.4.2.7, se muestraen la Figura A.11.1.1(b). Los dos métodos no deben emplearseen un mismo circuito. El diseñador debería seleccionar elmétodo de instalación basándose en sólidas prácticas de inge‐

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donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-62

niería y en el éxito del método seleccionado en instalacionesprevias.

A.11.1.2 Artículos situados sobre la superficie del terreno, talescomo mástiles de luces de aproximación, pueden ser protegi‐dos de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 4.

A.11.2.1 Un circuito típico en serie de iluminación de aeródro‐mos (accionada por corriente) es alimentado por un reguladorde corriente constante (CCR, por sus siglas en inglés) o unsuministro de energía equivalente. La corriente es la misma entodos los puntos del circuito de la serie. La tensión de salida esdirectamente proporcional a la carga y a la corriente de salida.La salida del CCR (circuito primario) es normalmente subte‐rránea. La protección contra sobre corriente interna del CCR ode un suministro de energía equivalente monitorea lacorriente de salida real. La protección contra sobre corrientede los circuitos de iluminación de aeródromos en serie nodepende de una trayectoria de retorno de baja impedancia nide una conexión a tierra para una operación normal.

La instalación de un sistema equipotencial con conductoresde apantallamiento de la iluminación de un aeródromo en uncircuito en serie que también provee una interconexión equi‐potencial entre todos los elementos de un sistema de ilumina‐ción de aeródromos. El conductor de apantallamiento de lailuminación de un aeródromo mantiene todos los compo‐nentes interconectados con el potencial a tierra y protege alpersonal contra el posible contacto con las bases de artefactosde luz metálicas, estacas de montaje o artefactos energizados.

Los rayos generalmente impactan sobre el pavimento y elconductor de apantallamiento provee un método de disipaciónde la energía, a medida que se traslada desde la superficie delpavimento hasta la tierra.

A.11.2.2 El circuito paralelo (energizado) es similar al sistemade corriente alterno típico que se utiliza en los hogares y en laindustria. El tensión es nominalmente el mismo en todos lospuntos del circuito paralelo. La corriente del circuito paralelovaría según la carga.

Los circuitos paralelos deben instalarse de acuerdo con loestablecido en NFPA 70, Código Eléctrico Nacional. El conductorde puesta a tierra de los equipos requerido debe ser de untamaño que cumpla con lo establecido en el Artículo 250 deNFPA 70. Los conductores de puesta a tierra de los equipos decircuitos paralelos deberían estar tendidos dentro del mismocanal o cable con los conductores del circuito paralelo o enestrecha proximidad con los cables y conductores enterradosdirectamente, a fin de reducir la impedancia general delcircuito, lo que permite la operación expeditiva del dispositivocontra sobre corriente.

El conductor de puesta a tierra de los equipos debe estarinterconectado a cada uno de los componentes metálicos delcircuito de iluminación del aeródromo y al sistema a tierra deledificio del túnel de iluminación del aeródromo, de acuerdocon lo establecido en NFPA 70. Todos los componentes metáli‐cos del circuito de iluminación del aeródromo deben estarinterconectados al conductor de puesta a tierra de equipos.

Electrodo de puesta a tierrade la base del art. de luz

Cable de energía eléctrica

Cable de energía eléctrica

Cada una de las bases del art. de luzconectada al electrodo

de puesta a tierra

Base del art. de luzdel borde

Base del art. de luzde la línea central

d/2 d

Contraantena

Contraantena

Línea central de pista de aterrizaje/de rodaje

Borde del pavimentode máxima resistencia

Electrodo de puesta a tierrainstalado a intervalos máximosde 500 pies (150 m)

Electrodo de puesta a tierrainstalado a intervalos máximosde 500 pies (150 m)

Cable de energía eléctrica y contraantenaubicados en la misma zanja,

contraantena en la parte superior

Notas:1. Se provee una segunda zanja para la contraantena del art. de luz del borde. Generalmente, la contraantena del art. de luz del borde se direcciona alrededor de la base del art. de luz, a un mínimo de 12 pulg. (305 mm) hacia el pavimento de máxima resistencia.2. La contraantena del art. de luz de la línea central se muestra paralela al canal o cable que se está protegiendo con el fin de simplificarel gráfico. La contraantena del art. de luz de la línea central está realmente instalada por encima y en en centro del canal o cable que se van a proteger de acuerdo con lo establecido en 11.4.2.7. (Ver Figura 11.4.2.7.)3. Los electrodos de puesta a tierra pueden ser de cualquiera de los tipos descriptos en 11.4.5.2. Generalmente se utilizan varillas a tierra para estaaplicación.

FIGURA A.11.1.1(a) Método aislado para luces de bordes instaladas en césped (sueloestabilizado).

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ANEXO A 780-63

El sistema de protección contra rayos de un circuito paralelo(energizado) del circuito de iluminación del aeródromo debe‐ría ser instalado de la misma manera que un sistema de protec‐ción contra rayos de un circuito de la iluminación delaeródromo en serie (accionado por corriente).

A.11.2.5 Podría, de cualquier manera, requerirse un sistemade protección contra rayos para los circuitos de iluminación deun aeródromo para las condiciones descriptas en la sección11.2.5, a fin de cumplir con los requisitos de los organismos definanciación. La autoridad competente también podríarequerir que se cumpla con lo establecido en la presentenorma para las condiciones descriptas en la sección 11.2.5.

A.11.3.2 La función del conductor de apantallamiento delsistema de iluminación de un aeródromo es proporcionar unatrayectoria de baja impedancia, preferencial para la energía deun rayo hacia tierra.

A.11.4.1 El tamaño del conductor de cobre de apantalla‐miento debería ser determinado por el ingeniero a cargo,basándose en sólidas prácticas de ingeniería. Se recomienda unconductor desnudo, solido de cobre calibre 2 AWG, para elapantallamiento. Deberían evaluarse los siguientes factorescuando se considere utilizar un conductor de apantallamientode un tamaño mayor:

(1) La capacidad del aeropuerto de continuar con sus opera‐ciones después de que se produzca una falla en el sistemao circuito de la iluminación del aeródromo

(2) La accesibilidad del conductor de cobre de apantalla‐miento para reparaciones, en caso de que el conductorde apantallamiento esté instalado debajo del pavimento

(3) La disponibilidad de las personas calificadas para efectuarlas reparaciones del sistema de iluminación de un aeró‐dromo

(4) El costo del ciclo de vida del conductor de la conductorde apantallamiento de mayor tamaño, incluida la consi‐deración del reemplazo del conductor antes del final deuna vida útil prevista de 20 años.

(5) Los resultados de una evaluación del riesgo de rayos,llevada a cabo de acuerdo con lo establecido en el AnexoL

(6) Desempeño anterior del sistema del conductor de apan‐tallamiento de la iluminación del aeródromo en el aero‐puerto o área geográfica

La autoridad competente puede determinar y aprobar eltamaño del conductor de cobre de apantallamiento.

A.11.4.2.4 Podrían instalarse SPD y un sistema de proteccióncontra rayos que cumpla con lo establecido en el Capítulo 4, enlos ductos de circuitos de iluminación del aeródromo o en otrafuente de energía del circuito de la iluminación del aeró‐dromo.

La necesidad de un sistema de protección contra rayos deledificio en el ducto de iluminación de un aeródromo, los SPDo supresores de sobretensión debería ser determinada por elingeniero a cargo, basándose en sólidas prácticas de ingeniería.Se recomiendan sistemas de protección contra rayos, los SPD ysupresores de sobretensión para los sistemas de iluminación deun aeródromo de alta prioridad y en áreas con una densidadde descargas mayores a dos descargas por kilómetro cuadradopor año.

Borde del pavimentode máxima resistencia

Notas:1. Las contraantenas se muestran paralelas a los canales o cables que se están protegiendo por razones de simplicidad gráfica.En realidad, las contraantenas están instaladas por encima y centradas sobre los canales o cables que se van a protegerde acuerdo con lo establecido en 11.4.2.7. (Ver Figura 11.4.2.7.)2. Los electrodos de puesta a tierra pueden ser cualesquiera de los descriptos en la sección 11.4.5.2. Generalmente, se utilizan varillas a tierra para esta aplicación.

Cable de energíaeléctrica

Base de art. de luzde la línea central

Contraantena

Contraantena

Línea central de pista de aterrizaje/de rodaje

Electrodo de puesta a tierrainstalado a intervalosmáximos de 500 pies (150 m)

Electrodo de puesta a tierra instalado a intervalos máximos de 500 pies (150 m)

Cable de energía eléctrica y contraantenaubicados en la misma zanja,

contraantena en la parte superior

Cable de energía eléctrica y contraantena ubicadosen la misma zanja, contraantena en la parte superior

Cable de energíaeléctrica

Base de art. de luzdel borde

Extremo del reborde

FIGURA A.11.1.1(b) Método equipotencial.

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-64

Pueden aplicarse los criterios de la sección A.11.4.1 paradeterminar si los circuitos de campo de la iluminación delaeródromo deberían ser provistos de supresores de sobreten‐sión.

Puede aplicarse una evaluación del riesgo de rayos llevada acabo de acuerdo con lo establecido en el Anexo L para deter‐minar si el edificio del ducto de la iluminación del aeródromoo una estructura equivalente de protección de equipos eléctri‐cos deberían ser provistos de un sistema de protección contrarayos y de SPD, conforme a lo descripto en el Capítulo 4.

La autoridad competente puede determinar y aprobar lanecesidad de un sistema de protección contra rayos para eledificio del ducto de la iluminación del aeródromo o la estruc‐tura de protección de equipos eléctricos, los SPD y supresoresde sobretensión para los circuitos de iluminación del aeró‐dromo.

A.11.4.2.6 El párrafo 11.4.2.6 hace referencia a los ítems insta‐lados en el césped adyacente al borde del pavimento demáxima resistencia. Los ítems situados dentro de los 15 pies(4.6 m) del borde del pavimento de máxima resistenciapueden ser considerados adyacentes al borde del pavimento demáxima resistencia, a los fines del presente párrafo. El tendidoexacto del conductor del conductor de apantallamiento podríaestar sujeto a las condiciones de campo, tales como rocas uotras obstrucciones. El conductor de apantallamiento deberíaser tendido tan próximo como sea factible al punto mediosituado entre el borde del pavimento de máxima resistencia yel ítem que está siendo protegido.

A.11.4.2.6.2 El electrodo de puesta a tierra de la base del arte‐facto de luz puede ser instalado en la misma excavación que lade la base del artefacto de luz o que la de la estaca de montaje.Si una varilla de puesta a tierra se usa como el electrodo depuesta a tierra de la base del artefacto de luz, la varilla depuesta a tierra puede ser instalada en el exterior de la base delartefacto de luz o puede ser instalada dentro de la base delartefacto de luz, a través de un orificio provisto por el fabri‐cante en la parte inferior de la base del artefacto de luz.

A.11.4.2.7.2 El diseño de los sistemas del pavimento del aeró‐dromo es una intrincada solución de ingeniería que involucrauna gran cantidad de variables complejas. Los sistemas de ope‐ración de las aeronaves y del pavimento interactúan entre sí, loque debe ser abordado en el proceso de diseño del pavimento.Los diseños estructurales de los sistemas de pavimentos deaeródromos incluyen la determinación del espesor del pavi‐mento, a fin de lograr los objetivos de diseño finales. Los siste‐mas de pavimentos de aeródromos generalmente se construyenpor niveles o capas.

Son muchos los factores que influyen en el espesor de lascapas del sistema del pavimento requerido para proveer undiseño satisfactorio del pavimento. Entre ellos: el tipo de pavi‐mento y la capacidad de soporte de carga de los materiales desostén, componentes clave que afectan el diseño estructural delsistema del pavimento.

Un diseño típico del sistema del pavimento podría constarde las siguientes capas:

(1) Relleno de tierra acondicionada y compactada y sub-capadebajo del sistema del pavimento (generalmente serequiere un 100 por ciento de compactación)

(2) Material del nivel de sub-capa mejorado, incluidas capasadicionales o mejora de la sub-capa existente

(3) Nivel de base del pavimento (materiales flexibles o semi‐rrígidos para soporte de los materiales de la superficie delpavimento)

(4) Superficie final del pavimento, mezcla de asfalto caliente(HMA, por sus siglas en inglés), un pavimento flexiblegeneralmente instalado en capas múltiples u hormigónde cemento Portland (PCC, por sus siglas en inglés), unpavimento rígido generalmente instalado en una solacapa

El espesor de cada una de las capas del pavimento engeneral se determina según los requisitos estructurales delsistema del pavimento, basándose en las condiciones existentes,tamaño y peso de las aeronaves, cantidad de repeticiones,factores ambientales y otras características.

El sistema de iluminación del aeródromo está incorporadoal sistema del pavimento del aeródromo. El diseño de laprofundidad y la altura de los diversos componentes delsistema de iluminación de un aeródromo, incluidas las bases delos artefactos de luz, y sus accesorios de la base del artefacto deluz, ductos, conductores de apantallamiento y similares, debeser ajustado con el fin de integrar los componentes en el espe‐sor variable de las capas del sistema del pavimento. Si biendebería hacerse un razonable esfuerzo para cumplir con elrequisito de las 8 pulg. (203 mm) descripto en la sección11.4.2.7.1, es por estos motivos que es necesaria la variacióndescripta en la sección 11.4.2.7.2.

A.11.4.2.7.3 Cuando el pavimento existente no pueda sercortado, el ducto generalmente se instala debajo del pavimentomediante el método de perforación direccional, de encastre uotro método de perforación. Cuando se instale un ductomediante un método de perforación, se permite instalar elconductor de apantallamiento de manera concurrente con elducto del método de perforación, y de manera externa alducto o manga. Ello podría provocar que el conductor deapantallamiento quede envuelto alrededor del ducto en unaposición desconocida en relación con el ducto o cable que seestá protegiendo. Se requiere la instalación del conductor deapantallamiento para mantener la interconexión equipotencialde todo el sistema de protección contra rayos. La proteccióncontra rayos que se logra mediante este proceso se reduce; sinembargo, este modo de instalación es más efectivo que laomisión del conductor de apantallamiento. No se recomiendaeste método para proyectos en los que se superpone o reem‐plaza el pavimento. El conductor de apantallamiento deberíaser colocado antes de llevar a cabo cualquier pavimentación, deacuerdo con lo establecido en los requisitos del Capítulo 11.

A.11.4.2.7.6 Se considera que el área de protección es un áreatransversal triangular equilátera (prisma triangular) con elvértice situado en el centro del conductor de apantallamiento,con sus dos laterales formados por un ángulo de 45 gradosdesde la vertical. El ancho del área protegida es de dos veces laaltura del conductor de apantallamiento encima del ducto ocable que está siendo protegido. Ver Figura A.11.4.2.7.6, en laque se ilustra un área típica de aplicación de la protección.

A.11.4.2.7.8 La intención de la sección 11.4.2.7.8 es que todaslas bases metálicas de artefactos de luz, artefactos metálicos,marcos/tapas de bocas de acceso de metal y similares seaninterconectadas al conductor de apantallamiento. La frase“lado de salida del regulador de corriente constante (CCR) ofuente de energía” hace referencia al circuito de campo. Laenergía de entrada al CCR o la fuente de energía de la ilumina‐

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ANEXO B 780-65

ción del aeródromo se conectan a tierra de acuerdo con loestablecido en NFPA 70, Código Eléctrico Nacional.

A.11.4.3.1 Ductos múltiples en un conjunto de montajecomún también se conocen como bancos de ductos. El párrafo11.4.3.1 se refiere a los cables o ductos individuales instaladosen una excavación común, aunque separados por una distanciamayor que la normal. Por ejemplo, un circuito de control y uncircuito en serie para la iluminación de un aeródromo podríaninstalarse en una zanja común, aunque separados por unadistancia de 12 pulg. (305 mm) o más, a fin de evitar interfe‐rencias en el circuito de control.

A.11.4.3.2 Pueden aplicarse las funciones trigonométricasestándar para calcular el ancho del área de protección con elconductor de apantallamiento situado a una altura especifi‐cada, por encima del ducto o cable que se está protegiendo. Elancho máximo del área de protección es de dos veces la alturadel conductor de apantallamiento por encima del ducto ocable protegido. Un diseño conservador presentaba una super‐posición de áreas de protección adyacentes.

A.11.4.4.2 Uno de los propósitos de un sistema equipotencialde conductor de apantallamiento de la iluminación de un aeró‐dromo es proveer una interconexión equipotencial entre todoslos elementos del sistema de iluminación del aeródromo. Paracumplir con este objetivo, los conductores de apantallamientoexistentes deberían estar ubicados e interconectados con losconductores de apantallamiento nuevos. Deberían utilizarsetodos los medios razonables y prudentes para localizar a losconductores de apantallamiento existentes.

A.11.4.5.1 El electrodo de puesta a tierra puede instalarse enla misma excavación que la del conductor de apantallamiento.

A.11.4.5.2 El valor generalmente aceptado de la resistencia detierra de 25 ohms no debería interpretarse como satisfactoriopara todas las instalaciones. (Consultar punto B.4.4.) Podrían sernecesarios valores de resistencia de tierra reducidos para brin‐dar una efectiva protección contra rayos cuando la evaluacióndetermine un riesgo de rayos elevado. La necesidad de unaresistencia de tierra reducida para la protección del sistema deiluminación de un aeródromo podría ser determinada según loestablecido en la sección A.11.4.1. La autoridad competentepodría definir el valor requerido de la resistencia de tierra delelectrodo de puesta a tierra.

Uno de los medios más utilizado para reducir la resistenciade tierra de una varilla a tierra consiste en agregar la longitud ala varilla a tierra. Una manera sencilla de agregar la longitud ala varilla a tierra es mediante el uso de varillas a tierra divididas

Área deprotección

Área deprotección

Canal o cable quese va a proteger

Nivel del terreno terminadoContraantena

CL

2H =16 pulg. a 24 pulg.

(406 mm to 610 mm)

H

8 pulg. a 12 pulg.(203 mm to

305 mm)

FIGURA A.11.4.2.7.6 Área de protección.

en secciones. Las secciones adicionales de la varilla a tierra seagregan a la varilla a tierra original y se clavan en la tierra a unamayor profundidad para disminuir la resistencia de tierra. Unaalternativa consiste en colocar varillas horizontalmente e inter‐conectarlas juntas, formando un entramado debajo del niveldel terreno. Otros medios para obtener una resistencia detierra satisfactoria se describen en la sección 4.13.8.

A.11.4.6.5 Los artefactos con piezas de metal expuestas quepodrían presentar un riesgo de descarga eléctrica deberían serinterconectados al sistema de conductor de apantallamiento dela iluminación del aeródromo.

A.11.4.7 Una cinta a tierra con una grapa a tierra (ground strapwith a ground clamp) es la terminología que generalmenteutilizan los fabricantes de bases de artefactos de luz para unaconexión a tierra de la base del artefacto de luz. Las basesmetálicas de artefactos de luz deberían estar provistas de cintasa tierra internas y externas, cada una de ellas provista de unagrapa a tierra. Las extensiones/accesorios de las bases metáli‐cas de artefactos de luz deberían estar provistas de una cinta atierra y de una grapa a tierra interna.

A.11.4.8.1 Podrían ser normas relevantes ANSI/UL 467, Equi‐pos de puesta a tierra e interconexión, ANSI/UL 96, Norma paracomponentes de sistemas de protección contra rayos y otras normasvigentes para esta aplicación.

A.11.4.8.3 La conexión de metales disímiles requiere especialconsideración del uso de los accesorios galvánicamentecompatibles. Ver NFPA 70, Código Eléctrico Nacional, Artículo110.

A.11.4.8.5 Una cinta a tierra con una grapa a tierra provistasen la base por el fabricante del artefacto de luz es un medioaceptable de interconexión del conductor de apantallamientocon la base metálica del artefacto de luz. Cada grapa a tierraprovista por el fabricante es aceptable para la conexión de unsolo conductor de apantallamiento.

A.11.4.8.6 La soldadura exotérmica no es el método recomen‐dado de conexión del conductor de apantallamiento con unabase de artefacto de luz de acero galvanizado. Consultar FAACircular de asesoramiento 150/5340-30F, Detalles de diseño einstalación para medios instructivos visuales de aeropuertos, Apar‐tado 12.5.

A.12.5.1.4 La interconexión efectuada conforme a lo estable‐cido en el Artículo 690, Apartado V, de NFPA 70, Código EléctricoNacional, hace que la estructura metálica sea eléctricamentecontinua.

A.12.5.2.2 La interconexión efectuada conforme a lo estable‐cido en el Artículo 690, Apartado V, de NFPA 70, Código EléctricoNacional, hace que la estructura metálica sea eléctricamentecontinua.

Anexo B Principios de la protección contra rayos

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

B.1 Principios fundamentales de la protección contra rayos.

B.1.1 El principio fundamental en la protección de vidas ypropiedades contra los rayos es brindar un medio a través delcual la descarga de un rayo pueda ingresar o salir de la tierrasin ocasionar daños o pérdidas. Debería ofrecerse una trayecto‐

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-66

ria de baja impedancia que la corriente de descarga seguirácon preferencia a todas las otras trayectorias de alta impedan‐cia alternativas ofrecidas por los materiales de construccióncomo madera, ladrillo, losa, piedra o concreto. Cuando losrayos sigan las trayectorias de impedancia más alta, puedenprovocarse daños por el calor y las fuerzas mecánicas generadasdurante el paso de la descarga. La mayoría de los metales, alser buenos conductores de la electricidad, no se ven virtual‐mente afectados por el calor o las fuerzas mecánicas si son deun tamaño suficiente como para transportar la corriente quepueda preverse. La trayectoria metálica debería ser continuadesde el electrodo de puesta a tierra hasta el dispositivo deinterceptación de descargas. Deberían tomarse precaucionesen la selección de los conductores metálicos, a fin de garantizarla integridad de los conductores del sistema de proteccióncontra rayos por un período prolongado. Un metal no ferrosocomo el cobre o el aluminio brindarán, en la mayoría de lascondiciones atmosféricas, un conductor duradero, libre deefectos de la oxidación o la corrosión.

B.1.2 Las partes de estructuras con mayor probabilidad de serimpactadas por rayos son aquellas que se proyectan por encimade las partes circundantes, como chimeneas, ventiladores, astasde banderas, torres, tanques de agua, chapiteles, campanarios,barandas, estructuras para maquinarias y equipos de minas,techos a dos aguas, claraboyas, buhardillas, cumbreras detechos y parapetos. Los bordes y esquinas del techo son laspartes con mayor probabilidad de ser impactadas en edificioscon techos planos o levemente inclinados.

B.2 Sistemas de protección contra rayos.

B.2.1 Los sistemas de protección contra rayos están compues‐tos por las siguientes tres partes básicas que proveen la trayecto‐ria metálicas de baja impedancia requerida:

(1) Un sistema de terminales de interceptación de descargascolocados sobre el techo y otros lugares elevados

(2) Un sistema de electrodos de puesta a tierra(3) Un sistema conductor que conecta los terminales de

interceptación de descargas con los electrodos de puestaa tierra

Debidamente ubicados e instalados, estos componentes bási‐cos mejoran la probabilidad de que la descarga de los rayos seaconducida sin provocar daños entre los terminales de intercep‐tación de descargas y los electrodos de puesta a tierra.

B.2.2 Si bien interceptan, conducen y disipan la descarga prin‐cipal, los tres componentes básicos del sistema de protecciónno garantizan la seguridad frente a los posibles efectos secun‐darios del impacto de un rayo. Por consiguiente, se proveenconductores secundarios para interconectar los cuerpos metáli‐cos, a fin de garantizar que dichos cuerpos metálicos semantengan al mismo potencial eléctrico con el propósito deevitar descargas laterales o tensión de contorneo (sparkover).Los dispositivos de supresión de sobretensión también seproveen con el fin de proteger las líneas de energía eléctrica ylos equipos relacionados contra tanto las descargas directascomo las corrientes inducidas.

B.2.3 Las partes metálicas de una estructura pueden ser utiliza‐das como parte del sistema de protección contra rayos endeterminados casos. Por ejemplo, el armazón estructural metá‐lico, con un área transversal suficiente para igualar la conducti‐vidad de los conductores principales y que sea eléctricamentecontinuo puede ser usado en lugar de conductores bajantesseparados. En dichos casos, los terminales aéreos pueden ser

interconectadas al armazón en la parte superior y los electro‐dos de puesta a tierra pueden ser provistos en la base, según sedescribe en algún otro punto de la presente norma. Las estruc‐turas con carcasas o recubrimientos de metal de 3∕16 pulg.(4.8 mm) de espesor, o de un espesor mayor, que sean eléctri‐camente continuas podrían no requerir un sistema de termi‐nales aéreos y conductores bajantes.

B.2.4 La estructura debería ser examinada y debería planifi‐carse la instalación de terminales aéreos para todas las áreas opartes con probabilidad de recibir la descarga de un rayo. Elpropósito es interceptar la descarga inmediatamente encimade las partes que puedan ser impactadas y proveer una trayec‐toria a tierra directa, en lugar de intentar desviar la descarga enuna dirección que probablemente no seguiría. Los terminalesaéreos deberían ser colocados a una altura suficiente porencima de la estructura, a fin de evitar el peligro de un incen‐dio provocado por el arco.

B.3 Ubicación de terminales aéreos. La ubicación de losterminales aéreos depende del modelo matemático que seutilice para describir el comportamiento de los rayos. El desa‐rrollo de estos modelos ha estado vigente durante 250 años ylos modelos tienen su base en las observaciones físicas de losrayos. Si bien los modelos tienden a ser simplificaciones, encomparación con los detalles reales del desarrollo del compor‐tamiento de los rayos y su propagación, observaciones empíri‐cas durante cientos de años han demostrado su efectividad.

Las terminales aéreos tienen como fin interceptar los rayosal brindar un punto de impacto preferencial para la descargaeléctrica de los rayos. Funcionan mediante la propagación deun trazador ascendente del aire ionizado para interceptar ungradiente escalonado descendente del rayo. Dado que dichostrazadores están compuestos por aire ionizado de cargaopuesta, se atraen y proveen el canal eléctrico a tierra para losrayos cuando se conectan. Los terminales aéreos colocadossobre una estructura no aumentan sustancialmente la probabi‐lidad de que la estructura sea impactada por los rayos. Si elgradiente escalonado descendente del rayo está cerca de laestructura, probablemente se encaminara a dicha estructura detodas maneras. Por ello, las terminales aéreos se diseñan con elfin de proveer un punto de impacto preferencial sobre estruc‐turas que ya incluyen un probable punto de impacto para losrayos. Una vez que los rayos se conectan con el terminal aéreo,es más sencillo controlar la corriente del rayo y dirigirla haciala tierra, al contrario de lo que sucede si toma una trayectoriaaleatoria e incontrolable, (y generalmente perjudicial) a travésde la estructura, de alguna otra manera.

B.3.1 Principios físicos de los rayos. El primer impacto de unrayo a tierra generalmente está precedido de la descarga de ungradiente de baja corriente, de progresión descendente que seinicia en la región con carga negativa de la nube y avanza haciala tierra, depositando las cargas negativas en el aire que rodeaal canal de descarga del gradiente. (Ocasionalmente, elgradiente descendente puede ser de carga positiva, aunque ellono afecta su comportamiento con respecto al acoplamiento deltrazador ascendente) Cuando el extremo inferior del conductodescendente esta entre los 330 pies a 1000 pies (100 m a300 m) de tierra o los objetos ubicados sobre el terreno, esprobable que los trazadores ascendentes se inicien desdepuntos prominentes de los objetos puestos a tierra y se propa‐guen hacia el gradiente descendente. Algunos trazadoresascendentes, se inician tempranamente aunque generalmentesolo uno logra alcanzar el gradiente descendente.

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ANEXO B 780-67

La fase de corriente alta (impacto de retorno) se inicia en elmomento en que el trazador ascendente se conecta con elgradiente descendente. La posición en el espacio de la porcióninferior del canal de descarga de los rayos está, por lo tanto,determinada por la trayectoria del trazador exitoso (es deciraquél que logra alcanzar el gradiente descendente). La tareaprincipal en la protección de una estructura es garantizar unaalta probabilidad de que el trazador exitoso se origine desdelos terminales aéreos y no desde una parte de la estructura quepudiera verse negativamente afectada por la corriente del rayoque fluye posteriormente.

Como la trayectoria del trazador exitoso puede tener ungran componente horizontal, así como también un compo‐nente vertical, un terminal aéreo elevado brindará protección alos objetos esparcidos debajo de esta. Es por lo tanto posiblebrindar protección para un gran volumen con terminalesaéreos correctamente ubicados. Esta es la base para elconcepto de la “zona de protección” e incluye el principiobásico que subyace bajo la protección contra rayos.

Por lo tanto, la función de un terminal aéreo en un sistemade protección contra rayos es desviar hacia sí mismo ladescarga del rayo que podría de otra manera impactar en unaparte vulnerable del objeto que se va a proteger. Generalmentese acepta que el rango sobre el cual un terminal aéreo puedeinterceptar la descarga de un rayo no es constante, sino queaumenta según la severidad de la descarga.

Las esquinas y bordes superiores externos de edificios oestructuras, y especialmente las partes prominentes, tengancampos eléctricos locales más altos que en otros sectores, y sonpor consiguiente lugares en los que pueden iniciarse los traza‐dores ascendentes. En consecuencia, el punto de impacto másprobable para el impacto en un edificio son los bordes, lasesquinas u otras partes prominente próxima al gradientedescendente. Por ello, si los terminales aéreos se colocan entodos los lugares en los que sean altos los campos eléctricos ytambién favorables a la iniciación de los trazadores ascen‐dentes, habrá una alta probabilidad de que la descarga seainterceptada satisfactoriamente. Estos campos no son tanpotentes en superficies planas como en bordes y esquinas y, porconsiguiente, tienen menor probabilidad de ser impactados.

B.3.2 Descripción general de los métodos. Un “método dediseño” se usa para identificar los lugares más adecuados parala ubicación de los terminales de interceptación de descargas,en función del área de protección que cubre cada uno de ellos.Las siguientes son las dos categorías de “métodos de ubica‐ción”, según se emplean en NFPA 780:

(1) Construcciones puramente geométricas, como los méto‐dos del “cono de protección” o “ángulo de protección”.

(2) Modelo electro geométrico (EGM, por sus siglas eninglés), en los cuales se recurre a relaciones empíricaspara determinar la distancia de impacto y la corrientepico del rayo. El ejemplo más común es el “método de laesfera rodante”, que es también parcialmente un métodogeométrico.

B.3.2.1 Métodos del cono de protección/ángulo de protec‐ción. Este método se basa en la presunción de que un terminalaéreo o un objeto elevado, puesto a tierra crean un espacioadyacente, cónico que es esencialmente inmune a los rayos. Elconcepto de un cono de un ángulo suficiente para definir lazona protegida tiene sus raíces mismas en el comienzo de losestudios de protección contra rayos. Si bien Franklin reconoció

un límite respecto al rango de protección de sus terminalesaéreos a fines del siglo XVIII, el concepto fue primero formal‐mente propuesto por la French Academy of Sciences(Academia de Ciencias Francesa) en 1823 que inicialmenteutilizaba una base del doble de la altura (es decir, un ángulo de63 grados). Alrededor de 1855, este ángulo fue modificado a45 grados debido a los informes de campo sobre las fallas quepresentaba el método. En general, dicho ángulo se mantuvo enlas normas durante más de 100 años. En algunas normasactuales, se aplica un ángulo variable según la altura de laestructura. Además, este ángulo protector puede ser aumen‐tado cuando se toma en consideración el lugar de los termi‐nales aéreos ubicados en el interior de grandes superficiesplanas, debido a la fuerza reducida del campo eléctrico.

La aplicación del cono de protección está limitada; ello seexpresa claramente en los requisitos descriptos en el Capí‐tulo 4.

B.3.2.2 Método de la esfera redonda. El método de la esferaredonda se incorporó en NFPA 780 en la edición 1980. Seoriginó en la industria de transmisión de la energía eléctrica(impacto de rayos en una línea de fase y cables de guarda) y sebasa en el modelo electro geométrico simple. Para aplicar elmétodo, se hace rodar una esfera imaginaria sobre la estruc‐tura. Se considera que todos los puntos de contacto con laestructura requieren protección, mientras que las áreas y volú‐menes no en contacto se consideran protegidos, como se mues‐tra en la Figura B.3.2.2.

El principio físico en que se basa la esfera rodante es elmodelo electro geométrico. Considere una corriente pico delrayo en particular Ip (kA) y la correspondiente distancia deimpacto ds (m), donde ds = 10 Ip

0.65. Para una corriente picotípica de 10 kA, la distancia de impacto es de aproximada‐mente 150 pies (45 m). Esta es la distancia a la que ungradiente descendente inicia, un trazador ascendente desde laestructura.

Tome en cuenta que una menor distancia de impacto (queimplica una corriente pico más baja del rayo) implica unaesfera más pequeña que puede influenciar en la zona deprotección estándar de 150 pies (45 m). Así, un diseño másconservador consiste en dimensionar la esfera aplicando unacorriente pico del rayo más baja. Las corrientes pico de losrayos por debajo de 5 kA a 7 kA no son comunes. Unacorriente pico de 10 kA representa el 91 por ciento de la totali‐dad de las descargas de rayos.

La ventaja del método de la esfera rodante es que es relativa‐mente sencillo de aplicar, aún en edificios con perfiles irregu‐lares. Sin embargo, dado que se trata de una simplificación delproceso físico de impacto de los rayos en una estructura,presenta algunas limitaciones. La principal limitación es queasigna un valor igual al gradiente inicial a todos los puntos decontacto sobre la estructura; no toma en cuenta la influenciade los campos eléctricos en el inicio de la descarga de retorno,de modo que no distingue entre los puntos probables y noprobables de impacto de los rayos. En otras palabras, para unacorriente prospectiva pico del impacto determinada, la distan‐cia de impacto ds es un valor constante. Dicha simplificaciónsurge de los orígenes del método RSM en la industria de trans‐misión de la energía eléctrica, donde existe una considerableuniformidad en los parámetros de las líneas de transmisión(diámetros, alturas, etc.). En realidad, los rayos podrían prefe‐rentemente impactar en la esquina de un edificio, en lugar deen la superficie plana vertical que se encuentra a mitad de

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-68

camino por debajo del lateral del edificio. Los mismos alegatosse aplican al techo plano de una estructura.

Alguna de las indicaciones cualitativas de la probabilidad deimpacto hacia cualquier punto en particular puede obtenersesi se supone que la esfera se hace rodar sobre el edificio demanera tal que su centro se mueve a una velocidad constante.Entonces, mientras la esfera se mantiene en cualquiera de lospuntos del edificio da una indicación cualitativa de la probabi‐lidad de que ese punto sea impactado. Así, para un edificiorectangular simple con un techo plano, el tiempo de perma‐nencia será largo en las esquinas y bordes y breve en cualquierade los puntos de la parte plana del techo, lo que indica correc‐tamente una mayor probabilidad de las esquinas o bordes deser impactadas y una baja probabilidad de que un puntosituado en la parte plana del techo sea impactado.

Cuando el método RSM se aplica a un edificio de una alturamayor que el radio seleccionado de la esfera, la esfera toca losbordes verticales, lados del edificio en todos los puntos situadospor encima de una altura equivalente al radio de la esfera. Elloindica la posibilidad de impactos en los lados del edificio yplantea el interrogante sobre la necesidad de una red de termi‐nales aéreos en estos lugares. Los estudios muestran que losimpactos en los bordes verticales lados de edificios altos efecti‐vamente ocurren, aunque no son muy frecuentes. Existenrazones teóricas para creer que sólo los rayos con baja Ip y porconsiguiente bajos valores ds tienen la probabilidad de poderpenetrar por debajo del nivel del techo de un edificio e impac‐tar en los lados. Por eso, las consecuencias de un impacto enlos lados de un edificio podrían derivar en daños de una natu‐raleza menor. Excepto cuando existan razones específicas parala protección de los lados, como en el caso de una estructuraque contenga explosivos, se considera que el costo de la protec‐ción de los lados no estaría, en general, justificado.

B.4 Ítems a considerar en la planificación de la protección.

B.4.1 El mejor momento para diseñar un sistema de protec‐ción contra rayos para una estructura es durante la fase dediseño de la estructura y el mejor momento para instalar elsistema puede ser durante la construcción. Los componentesdel sistema pueden estar empotrados, de modo que quedenprotegidos contra el desplazamiento mecánico y los efectosambientales. Además, al estar ocultos pueden obtenerse venta‐jas estéticas. Generalmente, es menos costoso cumplir con los

Radio

150 pies (45 m

)

Zona protegida

FIGURA B.3.2.2 Diseño de protección contra rayosmediante la aplicación del método de la esfera redonda.

requisitos de protección contra rayos durante la fase deconstrucción.

B.4.2 Los conductores deberían ser instalados de manera quese obtenga la menor impedancia en el paso de la corriente delimpacto entre los terminales de interceptación de descargas ytierra. La trayectoria más directa, sin curvas pronunciadas nilazos angostos, es mejor. La impedancia de un conductor esinversamente proporcional a la cantidad de trayectorias separa‐das por espacios amplios. De acuerdo con ello, debería haberal menos dos trayectorias a tierra y más, si fuera factible, desdecada terminal de interceptación de descargas. La cantidad detrayectorias se aumenta y la impedancia se reduce conectandolos conductores para formar una jaula que encierre al edificio.

B.4.3 Las conexiones a tierra correctamente hechas son esen‐ciales para el funcionamiento efectivo de un sistema de protec‐ción contra rayos y deberían implementarse todas las accionesnecesarias para proveer un amplio contacto con el terreno.Ello no necesariamente significa que la resistencia de la cone‐xión a tierra debería ser baja, sino que la distribución del metalen el terreno o sobre su superficie en casos extremos deberíaser tal que permita la disipación del impacto de un rayo sinprovocar daños.

B.4.4 La resistencia baja es aconsejable, aunque no esencial,como se muestra en el caso extremo de, por un lado, un edifi‐cio asentado sobre suelo de arcilla húmeda y, por otro lado, deun edificio que esté asentado sobre roca sólida.

B.4.4.1 En el primer caso, si el suelo tiene una resistividad de4000 ohm-centímetros a 50,000 ohm-centímetros, la resistenciade una conexión a tierra hecha mediante la extendiendo unconductor a 10 pies (3 m) dentro del terreno será desde aprox‐imadamente 15 ohms a 200 ohms por lo que dos de dichasconexiones a tierra en un pequeño edificio rectangular handemostrado, a través de la experiencia, que son suficientes.Bajo estas condiciones favorables, se provee los medios adecua‐dos para absorber y disipar la energía de un rayo sin seriasconsecuencias de daños de manera simple y comparativamentede bajo costo.

B.4.4.2 En el segundo caso, sería imposible hacer una cone‐xión a tierra en el sentido habitual de la expresión debido aque la mayoría de los tipos de rocas son aislantes o, al menos,de alta resistividad y para obtener una efectiva puesta a tierra serequieren otros medios más elaborados. Los medios más efecti‐vos serían una extensa red de cables tendida sobre la superficiede la roca que rodea al edificio, a la que podrían conectarse losconductores bajantes. La resistencia a tierra en algún puntodistante de un arreglo de ese tipo sería alta, aunque al mismotiempo la distribución del potencial en las cercanías del edifi‐cio sería sustancialmente la misma, como si el edificio estuvieraasentado sobre un suelo conductor y el efecto protector resul‐tante también sería sustancialmente el mismo.

B.4.5 En general, la extensión de los arreglos de puesta a tierradepende de las características del suelo, en un rango que vadesde un conductor extendido dentro del terreno cuando elsuelo es profundo y de alta conductividad hasta una red enter‐rada elaborada cuando el suelo es muy seco o de muy bajaconductividad. Cuando se requiera una red, esta debería estarenterrada si hay un suelo suficiente que permita el enterra‐miento, dado que ello contribuye a su efectividad. Su extensiónserá determinada, en gran medida, por el criterio de la personaque planifica la instalación, tomando debidamente en cuenta

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ANEXO C 780-69

la siguiente regla: Cuanto más extenso sea el metal subterráneodisponible, más efectiva será la protección.

B.4.6 Cuando sea factible, cada conexión de los electrodos depuesta a tierra debería extenderse o tener un ramal que seextienda debajo y a una distancia de al menos 2 pies (0.6 m)desde los muros de los cimientos del edificio, a fin de minimi‐zar la probabilidad de daños en los muros de los cimientos,zapatas y sobre cimientos.

B.4.7 Cuando se coloque un sistema de pararrayos sobre unedificio, en cuyo interior o cercanías haya objetos de metal deun tamaño considerable dentro de unos pocos pies de unconductor, se observará una tendencia a que las chispas odescargas laterales salten entre el objeto de metal y el conduc‐tor. A fin de evitar daños, deberían proveerse conductores deinterconexión en todos los lugares en los que exista la probabi‐lidad de descargas laterales.

B.4.8 Las corrientes de rayos que ingresan en edificios protegi‐dos, a través de líneas de energía eléctrica aéreas o subterrá‐neas, conductores telefónicos o antenas de televisión o radio,no se limitan necesariamente a los sistemas de cableado y arte‐factos relacionados. Por lo tanto, dichos sistemas deberían estarequipados con dispositivos protectores adecuados e interconec‐tados, a fin de garantizar un potencial común.

B.4.9 Dado que se espera que un sistema de protección contrarayos se mantenga en condiciones operativas durante largosperíodos, con cuidados mínimos, la construcción mecánicadebería ser firme y los materiales utilizados deberían ser resis‐tentes a la corrosión y a daños mecánicos.

B.5 Inspección y mantenimiento de los sistemas de proteccióncontra rayos. Se ha observado que, en los casos en que se hanproducido daños en una estructura protegida, estos sedebieron a adiciones o reparaciones en el edificio o al dete‐rioro o daño mecánico que se mantuvo sin ser detectado nireparado o ambos. Por consiguiente, se recomienda llevar acabo una inspección visual anual y que el sistema sea inspeccio‐nado en su totalidad cada cinco años.

B.6 Pérdidas indirectas. Además de las pérdidas directas,como la destrucción de edificios, incendios provocados porrayos y la muerte de ganado, en algunos casos también seproducen pérdidas indirectas con la destrucción o daño de losedificios y sus contenidos. Una interrupción de los negocios ode las operaciones agrícolas, especialmente en determinadasépocas del año, podría conllevar pérdidas considerablementedistintas, y sumadas, a las pérdidas que surgen de la destruc‐ción directa de bienes materiales. Existen casos en que comuni‐dades enteras dependen de la integridad de una únicaestructura para su seguridad y confort. Por ejemplo, una comu‐nidad podría depender de una planta de bombeo de agua, deuna estación de relés telefónicos, un departamento de policía ouna estación de bomberos. El impacto de un rayo en la chime‐nea no protegida de una planta de bombeo podría tener gravesconsecuencias, como la falta de agua potable, agua para riego oagua para protección contra incendios. Información adicionalsobre este tema se encuentra disponible en los documentosidentificados en el Anexo O.

Anexo C Explicación de los principios de interconexión

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

C.1 Generalidades. Los impactos de los rayos pueden generardiferencias de potencial perjudiciales en y sobre un edificio. Elmayor aspecto de preocupación en la protección de un edificioes que se produzcan diferencias de potencial entre los conduc‐tores del sistema de protección contra rayos y otros cuerposmetálicos y cables puestos a tierra que pertenezcan al edificio.Estas diferencias de potencial son provocadas por los efectosresistivos e inductivos y pueden ser de una magnitud tal queprovoquen la generación de chispas peligrosas. A fin dereducir la posibilidad de chispas, es necesario ecualizar lospotenciales mediante la interconexión de los cuerpos metálicospuestos a tierra con el sistema de protección contra rayos.

Cuando se instalen (o modifiquen) los sistemas de protec‐ción contra rayos en estructuras existentes, la interconexión dedeterminados cuerpos metálicos puestos a tierra puede presen‐tar problemas complejos de instalación debido a la imposibili‐dad de acceder a los sistemas del edificio. La ubicación deconductores para evitar los cuerpos metálicos puestos a tierra oel aumento de la cantidad de conductores bajantes para acor‐tar las distancias de interconexión requeridas son posiblesopciones para la resolución de dichos problemas.

C.2 Diferencias de potencial. La Figura C.2 ilustra la genera‐ción de diferencias de potencial entre los conductores delsistema de protección contra rayos y otros objetos metálicos ycables puestos a tierra.

C.2.1 Efecto resistivo. En la situación en la que el conductor Cse conecta sólo a un electrodo de puesta a tierra y la tubería deagua está puesta a tierra de manera independiente, puede

A

i

B F E

Tubería de agua

C D

Campo magnético

FIGURA C.2 Campo magnético alrededor de un conductor.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-70

existir un gran potencial entre B y F. Si se presume una resis‐tencia de 20 ohms entre C y la tierra y la corriente de un rayode 100,000 A, entonces aplicando la ley de Ohm (= corriente xresistencia) indica que un potencial de 2 millones de voltiosexiste en el conductor ABC. Debido a que ninguna corrienteestá inicialmente pasando a través de la tubería de agua, supotencial es cero voltios. La diferencia de potencial de 2 millo‐nes de voltios entre B y F es suficiente para una descarga lateralde más 6 pies (1.8 m). A fin de reducir este potencial a cero, lapresente norma requiere la ecualización de los potenciales anivel del terreno, de acuerdo con lo establecido en la sección4.15.1. Dicha interconexión se muestra como CD en la FiguraC.2.

Con la interconexión CD en la posición correcta, la resisten‐cia entre B y F es esencialmente cero; por consiguiente duranteel impacto de un rayo el potencial en B debido al efecto resis‐tivo es similar a aquel de F. Por lo tanto, el efecto resistivopuede ser ignorado para fines de la interconexión.

C.2.2 Efecto inductivo. Cuando una gran corriente desciendepor el conductor del pararrayos ABC, se genera un campomagnético en movimiento circular alrededor del conductor,como se muestra en la Figura C.2. Cuanta más alta sea lacorriente del rayo, más alto será el campo magnético. Estaslíneas del campo magnético pueden ser denominadas flujomagnético.

El lazo BCDEF es interceptado por estas líneas de flujomagnético. La tasa de variación del flujo que pasa a través deeste lazo induce un tensión en el lazo, generando una diferen‐cia de potencial entre B y F.

Esta diferencia de potencial puede estar en el orden de unospocos millones de voltios, lo que nuevamente provoca unadescarga lateral.

Las técnicas de interconexión descriptas en la presentenorma requieren la interconexión de las brechas sobre las queexistan potenciales altos, como BF, a fin de eliminar las chispasy proveer una trayectoria a tierra segura para la corriente. Lasfórmulas de la distancia de interconexión se calculan a partirde las leyes de física, mediante presunciones sobre las caracte‐rísticas relevantes de los rayos que influyen en la tensión indu‐cida. Las presunciones para la presente norma se basan en unacorriente de rayos extremadamente severa, por lo que seotorga una distancia de interconexión que es protectora encasi su totalidad.

La tensión a través de la brecha BF está relacionado con eltamaño del lazo BCDEF, aunque mayormente a la altura BC enlugar de la medición horizontal CD; por consiguiente eltérmino de altura h se aplica en las fórmulas descriptas en lasección 4.16.2. La ecualización de los potenciales a alturasfrecuentes conforme a lo establecido en la sección 4.15también reduce el tamaño del lazo BCDEF, manteniendo así latensión de brecha en un valor controlable que puede ser elimi‐nado mediante interconexión simple.

C.2.3 Servicios de energía eléctrica y comunicaciones. Unfactor difícil de controlar es el problema relacionado con loscables de energía eléctrica y servicios de comunicación queingresan al edificio. Para todos los fines prácticos, dichos cablesse hallan en un potencial a tierra en relación con las tensionesinducidas extremadamente altas. Si la línea DEF fuera una dedichas líneas eléctricas, de telefonía, energía o datos no inter‐conectada a tierra, la tensión a través del lazo se vería aumen‐tado por el efecto resistivo que se describe en la ley de Ohm,así como por el efecto inductivo. Por consiguiente, BF podríaen un corto plazo aproximarse al nivel de ruptura, lo que lleva‐ría a la generación de chispas que provocarían un incendio,además de los obvios inconvenientes eléctricos, electrónicos ypara la seguridad humana. Todos esos cables que ingresen aledificio deberían contar con una interconexión eléctricamediante la protección de sobretensión, como se ha especifi‐cado en la sección 4.20, reduciendo así el componente resistivoy controlando el peligro de la generación de chispas y daños.Sin embargo, si sólo un cable no cuenta con dichos dispositivosde supresión, los peligros descriptos aún existen para el edifi‐cio protegido y los equipos eléctricos. La Tabla C.2.3 muestralos modelos de cálculos.

C.2.4 Reducción de la diferencia de potencial. A fin de reducirla tensión a través de la brecha BF con el fin de hacer menosnecesaria la interconexión, es posible incluir más conductoresbajantes. La presente norma requiere de conductores bajantescada 100 pies (30 m) (ver sección 4.9.10), aunque la cantidad deconductores bajantes, n, requerida en las fórmulas de interco‐nexión descriptas en la sección 4.16.2 está limitada. Teórica‐mente puede observarse, para estructuras de menos de 60 pies(18 m) de altura, que para una serie de conductores bajantesespaciados por una distancia de 50 pies (15 m), n no puede sermayor de 1.5, y para una situación tridimensional similar, n nopuede ser mayor de 2.25. Estos valores de n también se aplicana los 60 pies (18 m) superiores de una estructura alta. Como lacorriente de los rayos pasa dentro de la porción inferior de una

Tabla C.2.3 Modelos de cálculos de las distancias de interconexión

Km

D

h n = 1.0 n = 1.5 n = 2.25

En pies En m En pies En m En pies En m En pies En m

10 3.05 1 1 pie 8 pulg. 0.50 1 pie 13∕8 pulg. 0.33 9 pulg. 0.220.5 10 pulg. 0.25 63∕4 pulg. 0.17 41∕2 pulg. 0.11

20 6.10 1 3 pies 4 pulg. 1.01 2 pies 23∕4 pulg. 0.67 1 pie 6 pulg. 0.450.5 1 pie 8 pulg. 0.50 1 pie 13∕8 pulg. 0.33 9 pulg. 0.22

30 9.15 1 5 pies 0 pulg. 1.52 3 pies 4 pulg. 1.01 2 pies 23∕4 pulg. 0.670.5 2 pies 6 pulg. 0.76 1 pie 8 pulg. 0.50 1 pie 13∕8 pulg. 0.33

40 12.2 1 6 pies 8 pulg. 2.03 4 pies 6 pulg. 1.37 3 pies 0.910.5 3 pies 4 pulg. 1.01 2 pies 3 pulg. 0.68 1 pie 6 pulg. 0.45

Edición 2014

ANEXO D 780-71

estructura alta, sin embargo, el valor de n debe calcularse apartir de la presunción de que el flujo de corriente quedesciende por la estructura es mucho más simétrico a través delos conductores bajantes. Al aplicar dicha presunción, en latotalidad aunque con excepción de los 60 pies (18 m) superio‐res de una estructura, la distancia de interconexión puedecalcularse con una fórmula que incluya un valor mayor de n,como se muestra en la sección 4.16.2.

C.2.5 Descarga lateral. Las descargas laterales pueden fácil‐mente producirse hacia objetos puestos a tierra que se encuen‐tren dentro del edificio. La intensidad del campo eléctrico enaire es mayor a la que se observa en concreto, por aproximada‐mente un factor de 2, lo que permite una reducción de ladistancia de descarga lateral a través de la cavidad de unapared.

Si una persona toca una conexión correctamente interco‐nectada dentro del edificio, no debería sufrir ningún daño.Este escenario es similar a aquel de un ave que se posa sobreun cable de alto tensión, sin saber que el potencial del avecambia de más de mil voltios positivos a más de mil voltiosnegativos varias veces en un segundo.

Anexo D Inspección y mantenimiento de los sistemas deprotección contra rayos

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

D.1 Inspección de los sistemas de protección contra rayos.

D.1.1 Frecuencia de las inspecciones. Se sabe que todos lossistemas nuevos de protección contra rayos deben ser inspec‐cionados una vez finalizada su instalación. Los lineamientosrecomendados para el mantenimiento del sistema de protec‐ción contra rayos deberían ser provistos al propietario almomento de finalizar la instalación.

Es importante llevar a cabo inspecciones periódicas de lossistemas existentes. El intervalo entre las inspecciones deberíadeterminarse en función de factores tales como los siguientes:

(1) Clasificación de la estructura o área protegidas(2) Nivel del protección que brinda el sistema(3) Entorno inmediato (atmósferas corrosivas)(4) Materiales con los que están hechos los componentes del

sistema(5) Tipo de superficie a la que están fijados los componentes

de protección contra rayos(6) Reporte de fallas y observaciones.

D.1.1.1 Además de las inspecciones regulares periódicas, unsistema de protección contra rayos debería ser inspeccionadotoda vez que se efectúen algunas modificaciones o reparaciónen una estructura protegida, así como luego de conocerse quese ha producido el impacto de un rayo en el sistema.

D.1.1.2 Se recomienda que los sistemas de protección contrarayos se inspeccionen visualmente con una frecuencia mínimaanual. En aquellas áreas en las que se producen cambios climá‐ticos severos, sería aconsejable inspeccionar visualmente lossistemas con una frecuencia semestral o luego de producirsecambios extremos en las temperaturas ambientales. Deberíanllevarse a cabo inspecciones completas y exhaustivas de todoslos sistemas cada 3 a 5 años. Se recomienda que los sistemascríticos sean inspeccionados cada 1 a 3 años, según su conte‐

nido o el entorno en el que está ubicada la estructura prote‐gida.

D.1.1.3 En la mayoría de las áreas geográficas, y especialmenteen las áreas que se ven afectadas por cambios estacionalesextremos de temperatura y lluvias, es aconsejable que lasinspecciones se lleven a cabo a intervalos escalonados, demodo que las mediciones de la resistencia a tierra, por ejem‐plo, se efectúen en los meses cálidos y secos, y también en losmeses fríos y húmedos. Dicha planificación en etapas de lasinspecciones y pruebas es importante para evaluar la efectivi‐dad del sistema de protección contra rayos durante las distintasestaciones del año.

D.1.2 Inspección visual. Las inspecciones visuales se llevan acabo para determinar lo siguiente:

(1) El sistema está en buenas condiciones.(2) No hay conexiones sueltas que puedan derivar en juntas

de alta impedancia.(3) Ninguna parte del sistema ha sido debilitada por corro‐

sión o vibración.(4) Todos los conductores bajantes y electrodos de puesta a

tierra están intactos (no cortados).(5) Todos los conductores y componentes del sistema están

sujetos de manera segura a las superficies de sus montajesy están protegidos contra desplazamiento mecánico acci‐dental, según lo requerido.

(6) No ha habido modificaciones ni reparaciones en laestructura protegida que pudieran requerir una protec‐ción adicional.

(7) No hay ninguna indicación visual de daños en los disposi‐tivos de supresión de sobretensión (sobretensión).

(8) El sistema cumple en todos sus aspectos con lo estable‐cido en la edición vigente de la presente norma.

D.1.3 Prueba e inspecciones. La prueba e inspección incluyelas inspecciones visuales descriptas en la sección D.1.2 y losiguiente:

(1) Pruebas para verificar la continuidad de aquellas partesdel sistema que fueron ocultadas (empotradas) durantela instalación inicial y que ahora están disponibles para suinspección visual.

(2) Pruebas de resistencia de tierra del sistema terminal deelectrodos de puesta a tierra y sus electrodos individuales,si se han provisto los medios de desconexión adecuados.Los resultados de dichas pruebas deberían ser compara‐dos con los resultados previos u originales o con losvalores aceptados en la actualidad, o con ambos, paradeterminar las condiciones del suelo involucradas. Si sedetecta que los valores de las pruebas difieren sustancial‐mente de los valores previos obtenidos bajo los mismosprocedimientos de prueba, deberían llevarse a cabo inves‐tigaciones adicionales con el fin de determinar el motivode la diferencia.

(3) Pruebas de continuidad para determinar si se ha estable‐cido una interconexión equipotencial adecuada paratodo nuevo servicio o construcción que se haya agregadoen el interior de la estructura desde la última inspección.

D.1.4 Lineamientos y registros de las inspecciones. Deberíanelaborarse lineamientos o formularios para las inspecciones, losque deberían ponerse a disposición de la autoridad responsa‐ble de llevar a cabo las inspecciones de los sistemas de protec‐ción contra rayos. Dichos formularios deberían incluirsuficiente información que sirva como guía para el inspector

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-72

durante el proceso de inspección, de modo que pueda docu‐mentar todos los aspectos de importancia relacionados con losmétodos de instalación, el tipo y condición de los componentesdel sistema, los métodos de prueba y el correcto registro de losdatos obtenidos en las pruebas.

D.1.5 Registros y datos de las pruebas. El inspector o la auto‐ridad responsable de la inspección deberían recopilar ymantener registros sobre:

(1) Condición general de los terminales aéreos, conductoresy otros componentes

(2) Condición general de las medidas de protección contra lacorrosión

(3) Condición de los mecanismos de fijación de conductoresy componentes

(4) Medidas de resistencia de las diversas partes del sistemade electrodos de puesta a tierra

(5) Cualquier variante de los requisitos incluidos en lapresente norma

D.2 Mantenimiento de los sistemas de protección contra rayos.

D.2.1 Generalidades. El mantenimiento de un sistema deprotección contra rayos es extremadamente importante, auncuando el ingeniero responsable del diseño de la proteccióncontra rayos haya tomado las precauciones necesarias paraproveer protección contra la corrosión y haya dimensionadolos componentes conforme a su particular exposición a losdaños provocados por los rayos. Muchos componentes delsistema tienden a perder su efectividad con el transcurso de losaños debido a factores relacionados con la corrosión, dañosrelacionados con las condiciones climáticas y daños por impac‐tos. Las características físicas y eléctricas del sistema de protec‐ción contra rayos deben preservarse, a fin de mantener sucumplimiento con los requisitos del diseño.

D.2.2 Procedimientos de mantenimiento.

D.2.2.1 Deberían establecerse programas de mantenimientoperiódico para todos los sistemas de protección contra rayos.La frecuencia de los procedimientos de mantenimientodepende de lo siguiente:

(1) Degradación relacionada con las condiciones climáticas(2) Frecuencia de los daños por impactos(3) Nivel de protección requerido(4) Exposición a daños provocados por impactos

D.2.2.2 Deberían establecerse procedimientos de manteni‐miento del sistema de protección contra rayos para cada unode los sistemas y deberían ser incluidos como parte delprograma de mantenimiento general para la estructura queprotege.

Un programa de mantenimiento debería incluir una lista deítems relativamente de rutina que puedan servir como una listade verificación y permitan establecer un procedimiento demantenimiento definitivo que pueda ser cumplido regular‐mente. Es la repetitividad de los procedimientos lo querefuerza la efectividad de un buen programa de manteni‐miento.

Un buen programa de mantenimiento debería incluir dispo‐siciones sobre:

(1) Inspección de todos los conductores y componentes delsistema

(2) Ajuste de todas las grapas y dispositivos de empalme

(3) Medición de la resistencia del sistema de proteccióncontra rayos

(4) Medición de la resistencia de los electrodos de puesta atierra

(5) Inspección, prueba, o ambas, de los dispositivos de supre‐sión de sobretensión a fin de determinar su efectividad,en comparación con nuevos dispositivos similares

(6) Reajuste y sujeción de componentes y conductores, segúnfuera requerido

(7) Inspección y prueba, según lo requerido, a fin de deter‐minar si la efectividad del sistema de protección contrarayos ha sido alterado por modificaciones o cambios en laestructura.

D.2.3 Registros de mantenimiento. Deberían llevarse registroscompletos de todos los procedimientos de mantenimiento yrutinas y de las acciones correctivas implementadas o que seimplementarán. Dichos registros constituyen un medio paraevaluar los componentes del sistema y su instalación. Tambiénsirven como base para la revisión de los procedimientos demantenimiento, así como para la actualización de los progra‐mas de mantenimiento preventivo.

Anexo E Técnicas para la medición de descargas a tierra

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

E.1 Generalidades.

E.1.1 A fin de determinar la resistencia a tierra de un sistemade protección contra rayos, es necesario desconectarlo de cual‐quier otra conexión a tierra. Ello puede ser una tarea virtual‐mente imposible, que necesita determinadas presunciones. Enrealidad, los equipos de medición de la resistencia a tierratrabajan con frecuencias bajas, en relación con la descarga delos rayos. La resistencia que calculan, por lo tanto, se vefrecuentemente afectada por la resistencia de los electrodos depuesta a tierra del sistema de energía eléctrica o por un mediosimilar de puesta a tierra que puede estar a varios miles de piesde la estructura que se está protegiendo. La resistencia a tierraque se va a usar para calcular los potenciales del sistema depararrayos cuando la descarga de un rayo de alta frecuenciaimpacta en un edificio debe medirse en las descargas a tierrasituadas en el área inmediata del edificio, no en aquellas remo‐tas que los equipos de medición de la puesta a tierra probable‐mente monitoreen.

E.1.2 Si el edificio es pequeño y el sistema de proteccióncontra rayos puede ser totalmente desconectado de cualquierotra red de puesta a tierra, la resistencia del sistema puedemedirse mediante la técnica de los tres puntos que se describeen la sección E.1.3. Si el edificio es grande o no puede ser total‐mente desconectado de cualquier otra red de puesta a tierra, laresistencia de tierra de las varillas a tierra individuales aisladaspara protección contra rayos debería medirse mediante la téc‐nica de los tres puntos que se describe en la sección E.1.3 ydicha resistencia multiplicarse por un factor que depende de lacantidad de varillas a tierra.

E.1.3 El principio de medición de la resistencia a tierra semuestra en la Figura E.1.3. L es la varilla del sistema de para‐rrayos a tierra o el sistema de varillas a tierra, P es una varilla deprueba y A es una varilla auxiliar de corriente. M es el equipoestándar de medición de la corriente alterna para las medi‐ciones de resistencia de tierra con la técnica de los tres puntos.

Edición 2014

ANEXO F 780-73

Las distancias convenientes para LP y LA son de 75 pies (23 m)y 120 pies (36 m), respectivamente. En general, P debería estaral 62 por ciento de la distancia desde L hasta A. Si una distan‐cia de 120 pies (36 m) no es conveniente, podría aumentarsesignificativamente [o reducirse hasta no menos 50 pies(15 m)], siempre que LP se aumente proporcionalmente.

Se hace pasar una corriente, I, a través del electrodo o de loselectrodos que se van a someter a prueba, L, y a través de unavarilla auxiliar, A. La distancia, LA, es larga, en comparacióncon la longitud del electrodo. La tensión, V, entre L y P esmedido por el equipo de pruebas, que también monitorea a I ycalcula la resistencia a tierra, R, como V/I. La corriente alternase usa para evitar errores debidos a factores galvánicos delsuelo y para eliminar los efectos debidos a corrientes parasitas.

Los equipos de medición de la resistencia a tierra de trespuntos que aplican estos principios son relativamente económi‐cos y permiten la lectura directa de R.

NOTA: Deberían aplicarse los procedimientos operativosrecomendados por el fabricante de cada uno de los equipos.

E.1.4 Las variantes en la resistividad del suelo debidas a lasfluctuaciones de temperatura y humedad pueden afectar laresistencia a tierra medida. Un buen diseñador medirá la resis‐tencia a tierra bajo condiciones promedio o de alta resistividad,a fin de diseñar un sistema de protección contra rayos quefuncione adecuadamente.

Si la puesta a tierra del edificio es de naturaleza compleja,puede medirse la resistencia de las varillas a tierra individualesy pueden establecerse determinadas presunciones. La resisten‐cia promedio de la varilla a tierra individual, Rm, debe multipli‐carse por un factor que depende de la cantidad de varillas atierra para la protección contra rayos, n, espaciadas por unadistancia no menor de 35 pies (10.7 m).

La resistencia total de la puesta a tierra del sistema, R, puedecalcularse mediante la siguiente fórmula:

RR

n

m= 1 1.

R = resistencia a tierra total del sistemaRm = resistencia promedio de la varilla a tierra únican = cantidad de varillas a tierra para la protección contra

rayos

V

M

L P A

I

FIGURA E.1.3 Medición de la resistencia a tierra.

Anexo F Protección para árboles

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

F.1 Generalidades. Los árboles con troncos que se encuentrendentro de los 10 pies (3 m) de una estructura o con ramas quese extiendan hasta una altura que esté por encima de la estruc‐tura deberían estar equipados con un sistema de proteccióncontra rayos, debido al peligro de descargas laterales, incendioso sobrecalentamiento de la humedad presente en el árbol, loque podría derivar en el astillado del árbol. Podría ser aconse‐jable equipar otros árboles con un sistema de proteccióncontra rayos debido al valor que algún árbol en particulartenga para su dueño. La Figura F.1 ilustra dicha protección.

Tome en cuenta que no debería inferirse que colocar protec‐ción en un árbol garantizará la seguridad de las personas quebusquen resguardarse debajo del árbol durante una tormentaeléctrica. Las posibles descargas laterales, el potencial de paso ylos potenciales de contacto podrían amenazar la seguridad delas personas que buscan resguardarse debajo de los árboles,aun cuando los árboles estuvieran protegidos.

F.2 Métodos y materiales.

F.2.1 Conductores. Los conductores deberían acatar los requi‐sitos establecidos en el Capítulo 4 para conductores de interco‐nexión.

F.2.2 Tendido de los conductores. Un único conductor debe‐ría extenderse desde la parte más alta del árbol, a lo largo deltronco, hasta una conexión a tierra. Si el árbol tiene bifurca‐ciones, los conductores de las ramas deberían extenderse hastalas partes más altas de las ramas principales.

F.2.3 Terminales aéreos. Los conductores deberían exten‐derse hasta la parte más alta del árbol y finalizar en una termi‐nal área.

F.2.4 Fijación de los conductores. Los conductores deberíanestar fijados al árbol de manera segura, de modo que permitanel ladeo provocado por el viento y el crecimiento sin peligro deruptura.

F.2.5 Electrodos de puesta a tierra. Los electrodos de puesta atierra para los conductores deberían cumplir con lo siguiente:

(1) Ser conectados a todos los conductores que desciendanpor el tronco del árbol, extenderse en uno o más conduc‐tores radiales en canales de 8 pulg. (0.2 m) de profundi‐dad y estar espaciados a intervalos iguales cerca de labase, a una distancia no menor de 3 m (10 pies) o a unaúnica varilla clavada, instalada a una distancia no menorde 12 pies (3.6 m) desde el tronco del árbol (ver FiguraF.1.).

(2) Tener conductores radiales que se extiendan no menosde 12 pies (3.6 m)

(3) Estar interconectados a una tubería de agua metálica,subterránea, cuando estuviera disponible dentro de los25 pies (7.6 m) de la línea de las ramas

Edición 2014

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-74

Anexo G Protección de áreas para picnics, áreas de juegos,estadios y otros espacios abiertos

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

G.1 Áreas para picnics y áreas de juegos. La protección contrarayos puede ser provista mediante los métodos indicados en lassecciones G.1.1 o G.1.2.

G.1.1 Los aspectos de diseño para sistemas de proteccióncontra rayos situados en refugios abiertos incluyen:

(1) Potencial de paso(2) Potencial de contacto

34

1 2

6

5 Nota 1

7

Notas: 1. Colocar el electrodo de puesta a tierra a al menos 12 pies (3.6 m) del tronco, a fin de evitar daños en las raíces.2. Las configuraciones de las puntas de las terminales aéreas pueden ser afiladas o romas.

8 pulg. (0.2 m) mín.

Disp. de empalme

12 pies (3.6 m) mín.

Método de puesta a tierra alternativo

1. Terminal aérea en tronco principal2. Conductor de interconexión de Clase I o Clase II3. Terminal aérea en ramal4. Conductor en rama (conductor del tamaño de interconexión, mínimo)

7

5

6

4

3

Protección para árboles

2

1

5. Horquilla de cable de tipo de inserción de no más de 6 pies (2 m) circ. abierto.6. Disp. de empalme7. Grapa y varilla a tierra

FIGURA F.1 Protección para árboles.

(3) Descarga lateral hacia personas y animales

Los sistemas de protección contra rayos para refugios abier‐tos deberían cumplir con los requisitos establecidos en elCapítulo 4 y con los lineamientos que se describen en lassecciones G.1.1.1 a G.1.1.3.

G.1.1.1 Reducción del potencial de paso. El establecimientode un plano eléctricamente equipotencial es aconsejable parareducir el potencial de paso dentro del perímetro del refugio.Ello puede lograrse mediante la instalación de una malla depuesta a tierra u otro método equivalente, entre los que seincluyen los siguientes:

(1) Los refugios de pisos de concreto podrían no requerirninguna mejora adicional. Sin embargo, para construc‐ciones nuevas, es aconsejable colocar una malla debajo dela superficie de concreto, que debería ser interconectadaal sistema de conductores bajantes y el sistema de puestaa tierra.

(2) Los pisos de madera, u otros materiales para pisos esen‐cialmente aislantes, también deberían tener una mallainstalada según se describe en la sección G.1.1.3.

(3) Los refugios con pisos de tierra también deberían teneruna malla instalada según se describe en la secciónG.1.1.3.

G.1.1.2 Reducción de descarga lateral y potencial de contacto.Las medidas adicionales para reducir la posibilidad de descargalateral y el potencial de contacto dentro de la estructuraincluyen:

(1) La instalación de conductores bajantes en cada una de lasesquinas de una estructura (cuatro para una estructurarectangular). Las estructuras de formato irregular o conmuchos lados deberían utilizar no menos de cuatroconductores bajantes si no fuera posible instalar uno encada una de las esquinas.

(2) Blindaje de los conductores bajantes hasta una altura nomenor de 8 pies (2.4 m) con materiales eléctricamenteaislantes que sean resistentes a las condiciones climáticase impacto. Cuando se utilizan armazones de acero estruc‐tural, el aislamiento eléctrico del acero estructural esmenos crítico debido al tamaño generalmente mayor delarmazón de acero estructural y a su baja reactancia induc‐tiva. El aislamiento del armazón de acero estructuralreducirá aún más la probabilidad de riesgos de descargalateral y potencial de contacto.

(3) Interconexión del acero estructural con el electrodo depuesta a tierra.

G.1.1.3 Puesta a tierra. Las terminaciones de puesta a tierradeberían ser instaladas según se especifica en el Capítulo 4 y enlos siguientes lineamientos adicionales:

(1) Para pisos de concreto existentes, debería instalarse unanillo de tierra. Como precaución adicional, se reco‐mienda la instalación de la puesta a tierra radial enpuntos situados alrededor de la periferia.

(2) La malla de puesta a tierra debería estar construida conconductores de cobre del tamaño principal interconecta‐dos, con un espaciamiento no mayor de 3 pies (0.9 m)entre conductores. La periferia de la malla debería estarinterconectada. La malla debería estar enterrada a unaprofundidad no menor de 6 pulg. (150 m) ni mayor de18 pulg. (460 mm).

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ANEXO I 780-75

(3) El perímetro de la malla debería ser conectado a los elec‐trodos de puesta a tierra con las extensiones radialesrecomendadas.

G.1.2 Mástiles y cables de guarda. Deberían colocarse mástiles(postes) en los lados opuestos de las descargas a tierra y cercade los bordes. Los cables de guarda deberían extenderse entrelos mástiles, a al menos 20 pies (6 m) por encima del nivel delterreno. Los conductores bajantes deberían ser conectados alos cables de guarda con electrodos de puesta a tierra. Losconductores bajantes deberían ser blindados a una altura nomenor de 8 pies (2.4 m) con materiales resistentes a los impac‐tos y a las condiciones climáticas. Los cables deberían ser decobre de no menos de 4 AWG o un material equivalente.Cuando se utilicen mástiles de acero, no serán necesarios loscables bajantes, pero la base del mástil debería ser puesta atierra. Si el área que debe protegerse es amplia, podría sernecesario colocar diversos mástiles alrededor del perímetro, demodo que el área quede cubierta por una red de cables queformen una zona de protección. [Ver Figura 7.3.2.2 para accedera un ejemplo.]

G.2 Estadios y pistas de carreras.

G.2.1 Tribunas con techo. Las tribunas con techo están inclui‐das dentro del alcance de la presente norma.

G.2.2 Tribunas y áreas abiertas para espectadores. Las tribu‐nas de áreas abiertas para espectadores deberían estar provistasde mástiles y cables de guarda, según se describe en lasección G.1.2.

G.3 Playas. Las playas deberían estar provistas de refugios,según se describe en la sección G.1.1.

G.4 Muelles.

G.4.1 Muelles techados. Los muelles techados están incluidosdentro del alcance de la presente norma.

G.4.2 Muelles abiertos. Los muelles abiertos deberían estarprovistos de mástiles y cables de guarda, según se describe en lasección G.1.2.

Anexo H Protección de ganado

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

H.1 Generalidades.

H.1.1 Dada la naturaleza de la exposición del ganado en loscampos, no es posible eliminar el riesgo en su totalidad. Noobstante ello, la aplicación de las recomendaciones incluidasen este anexo puede minimizar el riesgo.

H.1.2 La pérdida de ganado debida a los rayos que se generandurante una tormenta eléctrica es provocada, en gran medida,por la aglomeración de rebaños debajo de árboles aislados enpastizales abiertos o por el amontonamiento contra cercos dealambres sin puesta a tierra y al recibir una descarga como paramatarlos.

H.1.3 En pastizales donde se dispusiera de refugios en las áreascon árboles de dimensiones considerables, deberían eliminarselos árboles aislados.

H.1.4 Los cercos construidos con postes de metal hincados enel terreno brindan una seguridad contra rayos dentro de losmárgenes que son factibles, especialmente si se interrumpe la

continuidad eléctrica. La ruptura de la continuidad eléctrica esmuy útil en cuanto a que reduce la posibilidad de que elimpacto de un rayo afecte toda la longitud de un cerco, lo quees posible si el impacto es directo y el cerco continuo, aunquepodría estar puesto a tierra. Los cercos que generan más incon‐venientes son aquellos construidos con postes de materiales debaja conductividad, como madera.

H.2 Puesta a tierra de cercos de alambre.

H.2.1 Postes no conductores. Cuando sea aconsejable o nece‐sario mitigar el peligro provocado por cercos de alambreconstruidos con postes de materiales no conductores, deberíaaplicarse lo establecido en las secciones H.2.2 y H.2.3.

H.2.2 Postes de fierro. Las conexiones a tierra puedenhacerse mediante la inserción de postes de fierro galvanizado,como los que habitualmente se utilizan para cercos de estable‐cimientos agrícolas, a intervalos y enlazando en contacto eléc‐trico todos los alambres del cerco. La puesta a tierra tambiénpuede hacerse mediante el clavado de un tramo de un diáme‐tro no menor de 1∕2 pulg. (12.7 mm) de una tubería de fierrogalvanizado al lado del cerco y el enlace de los alambres contirantes de alambre de fierro galvanizado. Si la tierra estánormalmente seca, los intervalos entre los postes de metal nodeberían exceder de 150 pies (46 m). Si la tierra está normal‐mente húmeda, los postes de metal pueden ser colocados auna distancia de hasta aproximadamente 300 pies (92 m).

H.2.3 Profundidad de las puestas a tierra. Las tuberías debe‐rían tener una profundidad de por al menos 2 pies (0.6 m),dentro del terreno

H.3 Ruptura de la continuidad del cerco.

H.3.1 Además de poner a tierra el cerco, su continuidad eléc‐trica debería interrumpirse mediante la inserción de materialaislante en las separaciones entre los alambres, a intervalos deaproximadamente 500 pies (150 m). Dichas insercionespueden estar conformadas por paneles de madera para cercoso tramos de materiales aislantes en cuyos extremos puedenenlazarse los alambres. Esos tramos de materiales aislantespueden ser listones de madera de aproximadamente de 2 pulg.x 2 pulg. x 24 pulg. (50 mm x 50 mm x 600 mm), o su equiva‐lente respecto de las propiedades aislantes y la resistenciamecánica.

H.3.2 En áreas en las que puedan amontonarse los rebaños alo largo de los cercos, la continuidad debería interrumpirse aintervalos más frecuentes que los descriptos en lasección H.3.1.

Anexo I Protección de aeronaves estacionadas

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

I.1 Principios generales.

I.1.1 Para los fines de este anexo, se consideran las siguientesaeronaves: aviones, helicópteros y aeronaves Las aeronavespueden ser protegidas de una mejor manera si son ubicadasdentro de un hangar protegido contra rayos. Los hangaresdeberían estar provistos con receptáculos de puesta a tierra quepermitan la interconexión de la aeronave metálica con elsistema de protección contra rayos del hangar. Es importanteque los pisos del hangar, plataformas y áreas de estaciona‐

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-76

miento de las aeronaves se mantengan libres de gasolina uotros líquidos inflamables.

I.1.2 Todos los aviones metálicos estacionados fuera de loshangares deberían ser puestos a tierra. Dicha puesta a tierrapuede hacerse mediante el uso de cables de amarre de metalpuestos a tierra o un método equivalente. Una aeronave conmateriales de recubrimiento de tela o plástico puede ser prote‐gida mediante la conexión de su armazón de metal con elterreno. Para obtener una protección adicional de las aero‐naves estacionadas fuera de los hangares, puede proveerse uncable de guarda o un sistema de protección contra rayos tipomástil. La altura debería coincidir con las zonas de proteccióndescriptas en el Capítulo 4.

I.1.3 Los efectos de los impactos de los rayos en aeronavesmetálicas y de materiales compuestos son un tema continua‐mente en estudio. El uso de circuitos de supresión de sobreten‐sión en equipos esenciales de navegación, radio comunicacióny radares puede contribuir a minimizar dichos efectos. Unadecuado equipamiento y disposición del cableado eléctricotambién pueden contribuir en la reducción de los problemasque provocan los rayos.

I.1.4 El tamaño de las aeronaves de uso comercial ha crecidoconsiderablemente en los últimos años y en muchos casos sonmás altas que los edificios de los terminales de aeropuertos quelas rodean. Una revisión de los datos disponibles sobre lesionesprovocadas por los impactos de rayos, indica que casi la totali‐dad de las lesiones a personas fueron causadas por descargasestáticas inducidas por rayos.

I.1.5 Los métodos de puesta a tierra que se utilizan para aero‐naves que están siendo abastecidas de combustible y en deter‐minadas operaciones de mantenimiento no sonnecesariamente adecuados para brindar una efectiva protec‐ción contra rayos a aeronaves o personas. La instalación detiras de puesta a tierra adicionales, preferentemente en losextremos de la aeronave, durante una tormenta eléctrica,proveerá trayectorias a tierra alternativas para cualquier flujode corriente que derive del rápido ajuste de la carga en lasuperficie de la aeronave. La experiencia ha mostrado que lastiras de puesta a tierra adicionales ofrecen una baja protecciónen el caso de un impacto directo en la aeronave. Las opera‐ciones de abastecimiento de combustible y otras operacionesde mantenimiento que incluyan el uso de líquidos inflamableso la liberación de vapores inflamables deberían suspendersedurante una tormenta eléctrica. Consulte NFPA 407, Normapara el suministro de combustible a aeronaves, y NFPA 410, Normapara el mantenimiento de aeronaves, para obtener mayor informa‐ción.

I.1.6 Las operaciones de manejo del equipaje, mantenimientoen el exterior y maniobras de estacionamiento de aeronavesdeberían suspenderse cuando haya una tormenta eléctrica enlas inmediaciones de un aeropuerto. Pueden utilizarse equiposde alerta de rayos que contribuyan en la determinación delmomento en que deben suspenderse dichas operaciones. Exis‐ten diversos métodos que permiten detectar y rastrear la apro‐ximación de una tormenta. Uno de dichos métodos, dedetección de rayos en la atmósfera, se está utilizando para esta‐blecer redes de detección de rayos que actualmente cubrenaproximadamente la mitad del territorio de los EstadosUnidos. Si bien los equipos de detección de rayos en la atmós‐fera pueden suministrar información sobre la ubicación derayos distantes, no emiten ninguna alerta sobre la electrifica‐ción de una nube situada en forma directa por encima de los

mismos. Los dispositivos que miden alguna propiedad delcampo eléctrico pueden detectar el desarrollo de una condi‐ción peligrosa y emitir un alerta antes de la primera descarga.

I.1.7 Los cables conectados a aeronaves estacionadas no debe‐rían ser manipulados cuando haya una tormenta en las inme‐diaciones. Se recomienda el uso de señales de mano, sin el usode auriculares, para las comunicaciones tierra-cabina duranteeste período.

Anexo J Reservado

Anexo K Reservado

Anexo L Evaluación de riesgo contra rayos

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

L.1 Generalidades. La metodología de la evaluación de riesgode rayos se incluye con el fin de colaborar con el propietario, elprofesional en seguridad o el arquitecto/ingeniero de un edifi‐cio en la determinación del riesgo de daños o lesiones debidosa rayos. El presente anexo incluye tanto una evaluación simpli‐ficada, a simple vista (sección L.5) y una evaluación máspormenorizada para aquellos que requirieran un análisis másdetallado (sección L.6). Una vez determinado el nivel deriesgo, puede comenzarse con la elaboración de medidas deprotección contra rayos apropiadas.

L.1.1 En determinados casos debería detenidamente conside‐rarse la necesidad de protección, independientemente delresultado de la evaluación del riesgo. Son algunos ejemplos deestas aplicaciones en los siguientes factores:

(1) Grandes multitudes(2) Continuidad en los servicios críticos(3) Alta frecuencia de rayos(4) Estructuras altas aisladas(5) Edificios que contengan materiales explosivos o inflama‐

bles(6) Edificios que contengan patrimonios culturales irreem‐

plazables

L.1.1.1 Los requisitos legales, regulatorios y de seguros para lainstalación de un sistema de protección contra rayos deberíantener prioridad sobre los resultados de una evaluación de ries‐gos.

L.1.1.2 Cuando sea requerido, debería instalarse un sistema deprotección contra rayos, de acuerdo con los requisitos descrip‐tos en la presente norma.

L.1.2 La vulnerabilidad de una estructura u objeto a los rayosincluye la evaluación del área de impacto equivalente de laestructura u objeto y la densidad de los rayos en el área en queestá situada la estructura.

L.1.3 El método de evaluación de riesgos es una guía que tomaen cuenta los parámetros de amenaza de rayos y los siguientesfactores:

(1) Entorno del edificio(2) Tipo de construcción(3) Ocupantes de la estructura(4) Contenidos de la estructura

Edición 2014

ANEXO L 780-77

(5) Consecuencias del impacto de los rayos

L.1.4 El riesgo de rayos para una estructura es el producto dela frecuencia de los impactos de rayos, la vulnerabilidad a laexposición y la consecuencia del impacto en la estructura uobjeto.

L.2 Densidad de descargas atmosféricas (Ng). La densidad dedescaras atmosféricas, el número de descargas a tierra por kiló‐metro cuadrado, por año se ilustran en la Figura L.2.

L.3 Amenaza anual de acaecimiento (Nd). La amenaza anualde acaecimiento (frecuencia de impacto de los rayos) (Nd) auna estructura se determina mediante la siguiente ecuación:

N N A Cd g e= ( )( )( )( ) =1

610− eventos potenciales/año

Nd = frecuencia anual de impacto de los rayos en la estructurau objeto

Ng = densidad de los rayos a tierra en rayos/km2/añoAe = área de impacto equivalente de la estructura (m2)C 1 = coeficiente ambiental

L.4 Sección de impacto equivalente (Ae). Ae se refiere al área atierra equivalente con una vulnerabilidad a los rayos equiva‐lente a la de la estructura. Es un área que se agrega a la estruc‐tura, que incluye los efectos de la altura y ubicación de laestructura.

L.4.1 El área de impacto equivalente de una estructura es elárea que se obtiene al extender una línea con una pendientede 1 a 3 desde la parte superior de la estructura hasta elterreno que rodea en su totalidad a la estructura. El área deimpacto equivalente puede elaborarse ya sea numéricamente omediante métodos gráficos.

L.4.1.1 El área de impacto equivalente de una estructurarectangular con una longitud L, un ancho W y una altura H(ver Figura L.4.1.1) es la siguiente:

A LW H L W He

= + +( ) +6 92

π

L.4.1.2 El área de impacto equivalente de estructuras comple‐jas puede elaborarse mediante métodos numéricos o gráficos.[Ver Figura L.4.1.2(a) y Figura L.4.1.2(b) para acceder a ejemplos deestructuras complejas.]

L.4.2 El factor de ubicación representa la topografía del sitiode la estructura y todos los objetos ubicados dentro de ladistancia 3H desde la estructura que puedan afectar el área deimpacto. Los factores de ubicación se especifican en la Tabla L.4.2.

L.4.3 Cuando el área de impacto equivalente de una estruc‐tura u objeto abarque totalmente a otra estructura, la estruc‐tura cubierta no es tenida en cuenta.

L.4.4 Cuando las áreas de impacto de diversas estructuras sesuperponen, el área de impacto común correspondientes esconsiderada como una única área de impacto.

VAISALA

Densidad promedio de los relámpagos

rlmp./km cdr./año

14+

10 a 14

8 a 10

6 a 8

5 a 6

4 a 5

3 a 4

2 a 3

1 a 2

.5 a 1

.1 a .5

0+ a .1

Red Nacional de Detección de Relámpagos de Vaisala(NLDN)

Incidencia nube a tierra de los rayos en Estados Unidos continental (1997–2010)

© Vaisala 2011. Todos los derechos reservados. A los fines de su exhibición únicamente — queda prohibido todo otro uso sin previo consentimiento por escrito de Vaisala.

FIGURA L.2 Mapa de la densidad promedio de rayos en los Estados Unidos para el período 1997-2010 (rayos por kilómetrocuadrado por año). (Cortesía de Vaisala, Inc.)

Edición 2014

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-78

L.5 Evaluación de riesgos simplificada.

L.5.1 Generalidades.

L.5.1.1 Una evaluación de riesgos simplificada calcula lafrecuencia tolerable de los rayos (Nc) y la compara con laamenaza anual de acaecimiento (Nd) calculada de acuerdo conlo establecido en la sección L.3. La frecuencia tolerable de losrayos (Nc) es una medida del riesgo de daños a la estructura,que incluye factores que afectan los riesgos para la estructura,para los contenidos y de pérdidas ambientales. Se calcula divi‐diendo la frecuencia aceptable de pérdidas de propiedades pordiversos coeficientes relacionados con la estructura, los conte‐nidos y la consecuencia de los daños.

H

W.

L

3 H

1:3

FIGURA L.4.1.1 Cálculo del área de impacto equivalentepara una estructura rectangular.

Ae

H

3H

Nota: para una estructura en la que una parte prominente abarque todos

los sectores de la parte inferior, Ae = π9H 2.

FIGURA L.4.1.2(a) Cálculo del área de impacto equivalentepara una estructura de formato complejo, en la que una parteprominente abarca todos los sectores de la parte inferior.

La frecuencia tolerable de los rayos se expresa mediante lasiguiente fórmula:

NC

c=

−1 5 10 3. eventos/año

×

C = (C2) (C3) (C4) (C5)

El valor predeterminado de la frecuencia tolerable de pérdi‐das de propiedades es 1.5 × 10–3.

L.5.1.2 El coeficiente (C) es el producto de los coeficientesestructurales C2 a C5. Los coeficientes estructurales se obtienensegún lo especificado en las Tablas L.5.1.2(a) a L.5.1.2(d).

L.5.2 Cálculo del riesgo.

L.5.2.1 La frecuencia tolerable de los rayos (Nc) se comparacon la amenaza anual de acaecimiento (Nd). El resultado dedicha comparación se aplica para decidir si es necesario unsistema de protección contra rayos. Si Nd ≤ Nc, un sistema deprotección contra rayos puede ser opcional. Si Nd > Nc, se reco‐mienda que se instale un sistema de protección contra rayos.

L.5.2.2 La Tabla L.5.2.2 incluye un método sencillo para elcálculo y aplicación de los métodos de evaluación descriptos enla sección L.5.

3H2

3H2

L

3H2

W

Ae

3H2

3H1

L

W

H1

H2

FIGURA L.4.1.2(b) Solución gráfica del área de impactoequivalente para una estructura en la que una parteprominente abarca parte de la estructura inferior.

Tabla L.4.2 Factor de ubicación, C1

Ubicación relativa de la estructura C1

Estructura rodeada por estructuras más altas o árboles, dentro de una distancia de 3H

0.25

Estructura rodeada por estructuras de una altura igual o menor, dentro de una distancia de 3H

0.5

Estructura aislada, sin otras estructuras ubicadas dentro de una distancia de 3H

1

Estructura aislada sobre la cima de una colina 2

Edición 2014

donde:

ANEXO L 780-79

L.6 Evaluación simplificada del riesgo.

L.6.1 Introducción. La metodología descripta en la presentesección incluye la comparación del riesgo calculado de pérdi‐das debidas a rayos con el nivel tolerable de riesgo. El procedi‐miento incluye la comparación del riesgo estimado con elriesgo tolerable o aceptable para una estructura. Estas evalua‐ciones determinarán el riesgo de descargas de rayos que provo‐quen pérdidas de vidas o lesiones, pérdidas de significadohistórico, pérdidas de servicio/s y probables pérdidas económi‐cas. El contar con estos factores de riesgo le permite al propie‐tario o administrador de las instalaciones tomar una decisióninformada sobre los beneficios de brindar protección contrarayos para la estructura, en función de un grupo más diversode factores.

Tabla L.5.1.2(a) Determinación del coeficiente deconstrucción, C2

Coeficiente de construcción—C2

EstructuraTecho

metálicoTecho nometálico

Techocombustible

Metálica 0.5 1.0 2.0No metálica 1.0 1.0 2.5Combustible 2.0 2.5 3.0

Tabla L.5.1.2(b) Determinación del coeficiente de loscontenidos de la estructura, C3

Contenidos de la estructura C3

De poco valor y no combustibles 0.5De valor estándar y no combustibles 1.0De alto valor, de combustibilidad moderada 2.0De valor excepcional, líquidos inflamables,

computadoras o artículos electrónicos3.0

De valor excepcional, artículos culturales irreemplazables

4.0

Tabla L.5.1.2(c) Determinación del coeficiente de losocupantes de la estructura, C4

Ocupación de la estructura C4

No ocupada 0.5Ocupación normal 1.0Con dificultades para ser evacuada o con

riesgo de pánico3.0

Tabla L.5.1.2(d) Determinación del coeficiente de laconsecuencia de los rayos, C5

Consecuencia de los rayos C5

No se requiere la continuidad de los servicios de las instalaciones, sin impacto ambiental

1.0

Se requiere la continuidad de los servicios de las instalaciones, sin impacto ambiental

5.0

Consecuencias para el medio ambiente 10.0

L.6.2 Valores de riesgo tolerable (RT). Los valores de losniveles tolerables de pérdidas podrían ser seleccionados por elpropietario, por el representante del propietario o la autoridadcompetente. Los valores predeterminados que pueden apli‐carse cuando otras fuentes no informan los niveles de riesgo seespecifican en la Tabla L.6.2.

L.6.3 Tipos de riesgos debidos a rayos. Los tipos de riesgosdebidos a rayos para instalaciones o estructuras en particularpodrían incluir uno o más de los siguientes ítems:

(1) R1 riesgo asociado con pérdidas de vidas o lesiones(2) R2 riesgo asociado con pérdidas de servicios(3) R3 riesgo asociado con pérdidas de significado histórico(4) R4 riesgo asociado con pérdidas de valor económico

Estas categorías de riesgo están conformadas por compo‐nentes del riesgo que se suman para determinar el riesgogeneral de pérdidas en una aplicación determinada. Loscomponentes del riesgo se caracterizan de acuerdo con el tipode pérdida y fuente de la amenaza. Las amenazas que se van aconsiderar en la evaluación están asociadas con:

(1) Impactos en la estructura(2) Impactos en alguno de los servicios entrantes para la

estructura(3) Impactos en las cercanías de un servicio(4) Impactos en las cercanías de una estructura

Tabla L.5.2.2 Cálculo simplificado del riesgo

Ecuaciones con ingreso de datos Cómputo Resultado

Sección de impacto equivalente:Ae = LW + 6H(L + W) + π9H2*

L =

Ae =W =H =H2 =

Amenaza anual de acaecimiento prevista: Nd = (Ng)(Ae)(C1)(10–6)

Ng =Nd =Ae =

C1 =

Frecuencia tolerable de rayos para la estructura: Nc = (1.5 × 10–3)/C, donde C = (C2)(C3)(C4)(C5)Si Nd≤Nc, un sistema de protección contra rayos (SPR) podría ser opcional. Si Nd > Nc, se recomienda la instalación de un SPR.

C2 =

Nc =

C3 =C4 =C5 =C =

*Aplicar cálculo del área de impacto apropiada, según se define enL.4.1.1.

Tabla L.6.2 Valores típicos de un riesgo tolerable de rayos

Tipo de pérdidas RT/año

Pérdidas de vidas o lesiones 10–6

Pérdidas de servicios 10–3

Pérdidas de significado histórico 10–3

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-80

L.6.4 Componentes del riesgo. Los componentes relevantesdel riesgo que se van a considerar en la evaluación del riesgode las pérdidas descriptas en L.6.3 se identifican en lassecciones L.6.4.1 a L.6.4.4. Se categorizan de acuerdo con lacausa de los daños.

L.6.4.1 Impactos directos en una estructura. RA indica laslesiones provocadas por los impactos en una estructura (poten‐ciales de contacto y de paso). RB indica los daños provocadosen una estructura debido a un impacto directo. RC indica lafalla de los sistemas internos debida a un impacto en unaestructura.

L.6.4.2 Impactos en las cercanías de una estructura. RM indicala falla de los sistemas internos debida a un impacto en lascercanías de una estructura.

L.6.4.3 Impacto en un servicio conectado a una estructura. RU

indica la lesión debida a los impactos en un servicio conectadoa la estructura. RV indica los daños provocados en una estruc‐tura debidos a los impactos en un servicio conectado a laestructura. RW indica la falla de los equipos o sistemas internosdebido a un impacto en un servicio conectado a la estructura.

L.6.4.4 Impactos en las cercanías de un servicio conectado auna estructura. RZ indica la falla de los equipos o sistemasinternos debido a los impactos en las cercanías de un servicioconectado a la estructura.

L.6.5 Procedimiento para la evaluación y la gestión del riesgo.El procedimiento para la evaluación del riesgo consiste en defi‐nir primero la extensión de las instalaciones o de la estructuraque están siendo evaluadas. La estructura o las instalacionesserán, en la mayoría de los casos, autónomas. La estructurapodría también incluir a un edificio y a sus dependenciasasociadas o estructuras de soporte de equipos. Se debe enton‐ces determinar todos los factores relevantes físicos, ambientalesy de instalación de servicios aplicables a la estructura.

El segundo paso consiste en identificar todos los tipos depérdidas relevantes para la estructura o las instalaciones. Paracada uno de los tipos de pérdidas relevantes para la estructura,deberían seleccionarse los factores relevantes para las pérdidas.

A continuación, el riesgo para cada tipo relevante de pérdi‐das en la estructura debería ser determinado mediante la iden‐tificación de los componentes (Rx) que componen el riesgo, elcálculo de los componentes identificados del riesgo y el agre‐gado de estos cálculos al riesgo total debido a los rayos (R),mediante la aplicación de las siguientes relaciones:

R = R1 + R2 + R3 + R4

R1 = RA + RB + RC* + RM*, + RU + RV + RW* + RZ*

R2 = RB + RC + RM + RV + RW + RZ

R3 = RB + RV

R4 = RA** + RB + RC + RM + RU** + RV + RW + RZ

*RC, RM, RW y RZ en R1 son aplicables solamente para estruc‐turas con riesgo de explosión, para estructuras con equiposeléctricos esenciales para la vida (tales como hospitales) u otrasestructuras en las que la falla de sistemas internos representaun peligro inminente para la vida humana.

**RA y RU en R4 son aplicables solamente para estructuras enlas que podrían resultar lesionados animales.

Los factores de riesgo se definen en la sección L.6.6.

Comparar el riesgo total (R) con el riesgo máximo tolerable(RT) para cada tipo de pérdida relevante para la estructura. SiR < RT para cada tipo de pérdida relevante para la estructura,podría no ser necesaria la protección contra rayos.

L.6.6 Cálculo del riesgo. Cada uno de los componentes delriesgo, Rx, depende de la amenaza anual promedio de acaeci‐miento, Nx (impactos en el área de interés), la probabilidad dedaños, Px (o tensiones de paso y de contacto para sereshumanos) y la pérdida prevista relacionada con el incidente,Lx. El valor de cada uno de los componentes del riesgo, Rx,puede calcularse aplicando la siguiente fórmula:

R N P Lx x x x

=

Nx = cantidad de impactos de rayos que afectan a la estructurao servicio

Px = probabilidad de dañosLx = factor de pérdidas

Las fórmulas específicas para el cálculo de los componentesdel riesgo identificados en la sección L.6.4 se especifican en laTabla L.6.6.

L.6.6.1 Amenaza anual de acaecimiento.

L.6.6.1.1 El cálculo de la amenaza anual de acaecimientoresultante de un impacto directo en la estructura (Nd) secalcula según lo establecido en la sección L.3.

Tabla L.6.6 Fórmulas de los componentes del riesgo

Componente del riesgo Descripción

RA = NdPALA Riesgo de lesiones debidas a un impacto directo en la estructura

RB = NdPBLB Riesgo de daños físicos en la estructura debidos a un impacto directo en la estructura

RC = NdPCLC Riesgo de falla de los sistemas internos debida a un impacto directo en la estructura

RM = NMPMLM Riesgo de falla de los sistemas internos debida a un impacto en las cercanías de la estructura

RU = (NL+Nda)PULU Riesgo de lesiones debidas al impacto en un servicio entrante

RV = (NL+Nda)PVLV Riesgo de daños físicos debidos a un impacto directo en un servicio entrante

RW = (NL+Nda)PWLW Riesgo de falla de los sistemas internos debida a un impacto directo en un servicio entrante

RZ = (NI–NL)PZLZ Riesgo de falla de los sistemas internos debida a un impacto en las cercanías de un servicio entrante

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donde:

ANEXO L 780-81

L.6.6.1.2 La amenaza anual de acaecimiento debida a losimpactos en las cercanías de una estructura (NM) se obtienemediante la siguiente ecuación:

N N A A CM g m e

= −( )( ) −

1

610 eventos/año

Ng = densidad de los rayos a tierra en rayos/km2/año (versección L.2)

Am = área de impacto de rayos en las cercanías de la estructura(m2)

Ae = área de impacto equivalente de la estructura (m2) (versección L.4)

C 1 = coeficiente ambiental (ver Tabla L.4.2)

El área de impacto (Am) para rayos en las cercanías de laestructura incluye al área que se extiende por una distancia de820 pies (250 m) alrededor del perímetro de la estructura. Enlos casos en los que NM es negativo, se le asigna a NM un valorde 0.

L.6.6.1.3 La amenaza anual de acaecimiento debida a unimpacto en un servicio entrante (NL) se caracteriza por lasiguiente fórmula:

N N AC CL g l t=−

1

610 eventos/año

Ng = densidad de los rayos a tierra en rayos/km2/año (versección L.2)

Al = área de impacto de rayos que impactan en el servicio(m2) (ver Tabla L.6.7.1)

C 1 = coeficiente ambiental del servicio entrante (el mismo quese especifica para estructuras en la Tabla L.4.2)

Ct = factor de corrección por la presencia de un transforma‐dor AV/BV ubicado entre el punto de impacto y la estruc‐tura

Cuando el valor de lc (utilizado en la determinación de Al) esdesconocido, se presume un valor de 1 km para la evaluación.Un valor predeterminado de 500 Ω-m puede usarse para laresistividad del suelo (ρ) cuando este valor no pueda ser deter‐minado.

Si la instalación incorpora cables subterráneos con untendido debajo de un entramado a tierra, Al podría presumirseque es de 0 para ese grupo de cables (NL = 0).

Ct se aplica a las secciones de cables entre el transformador yla estructura. Es aplicable un valor de 0.2 para instalacionescon un transformador ubicado entre el sitio de impacto y laestructura. De otro modo, se le asigna un valor de 1 a esta varia‐ble.

L.6.6.1.4 La amenaza anual de acaecimiento debida a rayos enuna estructura adyacente (Nda) puede ser estimada mediante laaplicación de la siguiente ecuación:

N N A C Cda g e t=−

1 10 6eventos/año

Ng = densidad de los rayos a tierra en rayos/km2/año (versección L.2)

Ae = área de impacto equivalente de la estructura adyacente(ver sección L.4)

C 1 = coeficiente ambiental (ver Tabla L.4.2)

Ct =factor de corrección por la presencia de un transforma‐dor AV/BV ubicado entre el punto de impacto y la estruc‐tura

Ct se aplica a las secciones de cables entre el transformador yla estructura. Es aplicable un valor de 0.2 para instalacionescon un transformador ubicado entre el sitio de impacto y laestructura. De otro modo, se le asigna un valor de 1 a esta varia‐ble.

L.6.6.1.5 La amenaza actual de acaecimiento debido a rayos enlas cercanías de un servicio (NI) puede ser estimada mediantela aplicación de la siguiente ecuación:

N N AC CI g i e t=−10 6eventos/año

Ng = densidad de los rayos a tierra en rayos/km2/año (versección L.2)

Ai = área de impacto equivalente de rayos a tierra en las cerca‐nías del servicio (m2) (ver Tabla L.6.7.1)

Ce = coeficiente ambiental del servicio (ver Tabla L.6.7.2)Ct = factor de corrección por la presencia de un transforma‐

dor AV/BV ubicado entre el punto de impacto y la estruc‐tura

El área de impacto del servicio (Ai) se relaciona con la longi‐tud lc (ver Tabla L.6.7.1) a la que un rayos en las cercanías delservicio puede provocar sobretensiones inducidas no menoresde 1.5 kV.

L.6.6.2 Probabilidades de daños.

L.6.6.2.1 Los factores asociados con la probabilidad delesiones (PA) debidas a un impacto directo en la estructura serelacionan principalmente con los potenciales de contacto y depaso. Los valores predeterminados para (PA) se especifican enla Tabla L.6.7.3.

L.6.6.2.2 Los factores asociados con la probabilidad de dañosfísicos (PB) debidos al impacto directo en la estructura se rela‐cionan principalmente con el tipo de protección brindada. Losvalores predeterminados para (PB) se especifican en la Tabla L.6.7.4.

L.6.6.2.3 Los factores asociados con la probabilidad de falla enlos sistemas internos debida a un impacto directo (PC) se rela‐cionan principalmente con las medidas de protección contrasobretensiones implementadas. Los valores predeterminadospara PC se especifican en la Tabla L.6.7.5. La protección de losSPD es efectiva para reducir PC solamente en estructuras prote‐gidas por un sistema de protección contra rayos o en estructu‐ras con un armazón metálico continuo o de concreto armado.

L.6.6.2.4 La probabilidad de que un impacto en las cercaníasde una estructura cause una falla en los sistemas internos (PM)depende de las medidas de protección contra rayos implemen‐tadas. Estas medidas se caracterizan por un factor, KS, que tomaen consideración medidas protectoras tales como la efectividaddel blindaje de la estructura, todo blindaje interno provisto,características del cableado interno y el tensión no disruptivodel sistema que se va a proteger. Cuando no se instalen SPD enequipos que utilicen energía eléctrica o los SPD colocados enlos equipos que utilicen energía eléctrica no estén apropiada‐mente coordinados con aquellos instalados en las entradas delservicio, el valor de PM que se va a aplicar en la ecuación paraobtener el riesgo de falla de los sistemas internos debida a un

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donde:

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INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-82

impacto en las cercanías de una estructura (PM) puede sertomado de la Tabla L.6.7.6. Cuando se instalen SPD coordina‐dos en equipos que utilicen energía eléctrica, el valor de PM

aplicado en el cómputo de PM es el menor valor entre PC y PM.Para sistemas internos con equipos con niveles de tensión nodisruptivo que sean desconocidos o menores de 1.5 kV, deberíaaplicarse un valor de PM = 1 en la evaluación.

El valor de KS se calcula aplicando la siguiente ecuación:

K K K K KS S S S S

= ( )( )( )( )1 2 3 4

KS 1 = factor relacionado con la efectividad del blindaje de laestructura, el sistema de protección contra rayos u otrosblindajes situados en el límite exterior de la estructura

KS 2 = factor relacionado con la efectividad del blindaje de lasprotecciones internas de la estructura

KS 3 = factor relacionado con las características del cableadointerno

KS 4 = factor relacionado con el tensión no disruptivo delsistema que se va a proteger

Para blindajes de metal continuo de un espesor de 0.1 a 0.5mm, se les debería asignar a KS1 y KS2 el valor de 10−4 a 10−5

(linealidad escalonada). Cuando no se conociera de otramanera, el valor de KS1 y KS2 puede ser evaluado mediante lasiguiente relación, siempre que el equipo esté ubicado a unadistancia, w, del blindaje del límite:

K K wS S1 2

0 12= = .

w = distancia medida en metros y obtenida por un espacia‐miento de la de la malla metálica, el espaciamiento entreconductores bajantes o el espaciamiento entre columnasde acero estructural

En aquellas estructuras en las que se garantice que las barrasde acero de refuerzo estén interconectadas y terminen en elec‐trodos de puesta a tierra aprobados, w es el espaciamientoentre las barras de refuerzo.

Si el equipo está ubicado más cerca del límite aplicable quela distancia, w, los valores de KS1 y KS2 deberían duplicarse. Enaquellos casos en los que existan múltiples límites internos, elvalor resultante de KS2 es el producto de cada valor individualde KS2.

La Tabla L.6.7.7 especifica los valores que pueden ser selec‐cionados para el factor KS3 basándose en la configuración delcableado interno. Para el cableado contenido en ductos metáli‐cos continuos que esté apropiadamente interconectado con elsistema de puesta a tierra de protección contra rayos, el valorseleccionado de KS3, obtenido de la tabla, se multiplica por unfactor de 0.1.

El valor del factor KS4 se calcula mediante la siguientefórmula:

K US W4

1 5= . /

UW = tensión no disruptivo más bajo de la ferretería delsistema que se está considerando

L.6.6.2.5 La probabilidad, PU, de que un rayo provoquelesiones en seres vivos debidas al tensión de contacto causadopor un rayo en un servicio que ingresa en la estructuradepende de las características del blindaje del servicio, deltensión no disruptivo de impulso de los sistemas internosconectados con el servicio, las medidas de protección (restric‐ciones físicas, notificaciones de advertencias) y dispositivos SPDprovistos en la entrada del servicio. Cuando no se provean SPDpara la interconexión equipotencial, PU, se caracteriza por laprobabilidad de falla de los sistemas internos debido a un rayoen el servicio conectado, como se muestra en la Tabla L.6.7.8.Cuando se provean SPD para la interconexión equipotencial,el valor de PU que se va a aplicar en la ecuación para obtener elriesgo de lesiones en seres humanos debidas a los rayos en unservicio es el valor más bajo entre PC y PU. Para servicios sinblindajes, se aplica un valor de PU = 1. Cuando se utilicenrestricciones físicas, notificaciones de advertencias, etc., el valorde PU puede reducirse aún más multiplicándolo por PA.

L.6.6.2.6 La probabilidad de daños físicos debidos a unimpacto en un servicio que ingresa en una estructura (PV)depende de las características del blindaje de la línea del servi‐cio, del tensión no disruptivo de impulso de los sistemas inter‐nos conectados al servicio y de alguno de los SPD provistos.Cuando no se provean SPD, el valor de PV es igual al valor dePU. Cuando se provean SPD, el valor de PV que se va a aplicaren la ecuación para obtener el riesgo de daños físicos debidos aun impacto en un servicio es el valor más bajo entre PC y PU.

L.6.6.2.7 La probabilidad de una falla de los sistemas internosdebidos a un impacto en un servicio que ingresa en una estruc‐tura (PW) depende de las características del blindaje de la líneadel servicio, del tensión no disruptivo de impulso de los siste‐mas internos conectados al servicio y de alguno de los SPDprovistos. Cuando se instalen SPD, el valor de PW es el valor másbajo de PC o PU. Cuando no se instalen SPD, el valor de PW quese va a aplicar en la ecuación para obtener el riesgo de falla delos sistemas internos debida a un impacto en un servicio esequivalente al valor de PU.

L.6.6.2.8 La probabilidad de una falla de los sistemas internosdebido a un impacto en las cercanías de un servicio queingresa en la estructura que se está considerando (PZ) dependede las características del blindaje de la línea del servicio, deltensión no disruptivo de impulso de los sistemas internosconectados al servicio y de las medidas de protección imple‐mentadas. Cuando no se instalen SPD, la probabilidad de fallade los sistemas internos debido a un rayo en las cercanías delservicio conectado (PZ) puede ser tomada de la Tabla L.6.7.9.Cuando se instalen SPD, el valor de PZ puede tomarse comoque es el valor más bajo de PC o PZ.

L.6.6.3 Factores de pérdidas. El valor de Lt, Lf, y Lo puededeterminarse en lo que respecta a la cantidad relativa devíctimas a partir de la siguiente relación aproximada:

L n n tA p t p

= ( ) × ( )/ / 8760

LA = valor por pérdida de vidas humanasnp = cantidad de posibles personas en peligro (víctimas)nt = cantidad total prevista de personas (en la estructura)

Edición 2014

donde:

donde:

donde:

donde:

ANEXO L 780-83

tp = tiempo en horas por año durante el cual las personasestán presentes en lugares peligrosos, afuera de la estruc‐tura (Lt solamente) o dentro de la estructura (Lt, Lf y Lo)

Los valores típicos de Lt, Lf y Lo, para aplicar cuando la deter‐minación de np, nt y tp es incierta o compleja, se especifican enla Tabla L.6.7.10.

L.6.6.3.1 Lesiones en seres humanos. La siguiente ecuacióncalcula el valor de lesiones en seres humanos:

L L r LA U a t

= = ×

LA = valor por pérdida de vidas humanasLU = valor de la pérdida de seres vivosra = factor de reducción por tipo de suelo de superficie o piso

(ver Tabla L.6.7.11)Lt = valor promedio de pérdida de vidas (ver Tabla L.6.7.10)

L.6.6.3.2 Daños físicos. La siguiente ecuación calcula el valorde las pérdidas por daños físicos en la estructura:

L L r r h LB V p f Z f= = × × ×

LB = valor de las pérdidas debido a un impacto directo en laestructura

LV = valor de las pérdidas debido al impacto en un servicioentrante

rp = factor de reducción para disposiciones aplicadas parareducir las consecuencias de un incendio (ver Tabla L.6.7.12)

rf = factor de reducción para el riesgo de incendio de laestructura (ver Tabla L.6.7.13)

hZ = factor para los tipos de riesgos de la estructura (ver TablaL.6.7.14)

Lf = valor promedio de la pérdida por daños físicos (ver TablaL.6.7.10)

L.6.6.3.3 Falla de los sistemas internos. La siguiente ecuacióncalcula el valor de las pérdidas debidas a una falla de los siste‐mas internos:

L L L L LC M W Z O

= = = =

LC = valor de las pérdidas debido a un impacto directo en laestructura

LM = valor de las pérdidas debido a un impacto en las cerca‐nías de la estructura

LW = valor de las pérdidas debido a un impacto en un servicioconectado a la estructura

LZ = valor de las pérdidas debido a un impacto en las cerca‐nías de un servicio conectado a la estructura

L0 = valor promedio de pérdidas en el sistema interno (verTabla L.6.7.10)

L.6.7 Tablas de aplicación.

L.6.7.1 La Tabla L.6.7.1 incluye las fórmulas para la determina‐ción de las áreas de impacto de Al y Ai.

L.6.7.2 La Tabla L.6.7.2 especifica los valores del coeficienteambiental del servicio (Ce).

L.6.7.3 La Tabla L.6.7.3 especifica los valores de la probabili‐dad PA de que un rayo en una estructura provoque descargaseléctricas en seres vivos, debido a los peligrosos tensiones decontacto y de paso.

L.6.7.4 La Tabla L.6.7.4 especifica los valores de la probabili‐dad PB de daños físicos en una estructura debido a los rayosdirectos en la estructura.

Tabla L.6.7.1 Valores de las áreas de impacto, Al y Ai

Sección deimpacto Aérea Enterrada

Al 6 Hc[lc – 3(Ha + Hb)] [lc – 3(Ha + Hb)] √ρAi 1000 lc 25 lc √ρ

Al = área de impacto de rayos que impactan en un servicio entrante(m2)Ai = área de impacto de rayos a tierra en las cercanías de un servicioentrante (m2)Hc = altura de los conductores de un servicio entrante por encima delnivel del terreno (m)lc = longitud de la sección de un servicio entrante desde la estructurahasta el primer punto de transición (m) (debería aplicarse un valormáximo lc de 1 km)Ha = altura de la estructura conectada al extremo “a” del servicioentrante (m)Hb = altura de la estructura conectada al extremo “b” del servicioentrante (m)ρ = resistividad del suelo donde está enterrado el servicio (m) (un valormáximo para ρ de 500 Ω-m).

Tabla L.6.7.2 Coeficiente ambiental del servicio, Ce

Entorno del servicio Ce

Urbano, con edificios de más de 20 m de alto

0.01

Urbano - población mayor de 50,000

0.1

Suburbano - residencial en suburbios de ciudades

0.5

Rural - áreas asentadas afuera de pueblos y ciudades

1

Tabla L.6.7.3 Valores de la probabilidad (PA) de que un rayo enuna estructura provoque descargas eléctricas en seres vivos,debido a los peligrosos tensiones de contacto y de paso

Medida de protección PA

Sin medidas de protección 1Notificaciones de advertencias 0.1Aislamiento eléctrico/aislamiento del

conductor bajante expuesto0.01

Equipotencialización efectiva del suelo

0.01

Armazón de acero estructural utilizado como sistema de conductores bajantes

10-6

Nota: Si se implementa más de una medida de protección, el valorresultante de PA es el producto de los valores PA aplicables.

Edición 2014

donde:

donde:

donde:

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-84

L.6.7.5 La Tabla L.6.7.5 especifica los valores de la probabili‐dad PC de falla de los sistemas internos como una función de laprotección de los dispositivos SPD.

L.6.7.6 La Tabla L.6.7.6 especifica los valores de la probabili‐dad PM de falla de los sistemas internos como una función deKS.

L.6.7.7 La Tabla L.6.7.7 especifica los valores de KS3 como unafunción del tipo de cableado interno.

L.6.7.8 La Tabla L.6.7.8 especifica los valores de la probabili‐dad PU de falla de los sistemas internos debido a un impacto enun servicio conectado a una estructura. PU es una función de laresistencia del blindaje del cable y el tensión no disruptivo deimpulso (Uw) de los equipos.

L.6.7.9 La Tabla L.6.7.9 especifica los valores de la probabili‐dad PZ de falla de los sistemas internos debido a un impacto enlas cercanías de un servicio conectado a una estructura. PZ esuna función de la resistencia del blindaje del cable y el tensiónno disruptivo de impulso (Uw) de los equipos.

L.6.7.10 La Tabla L.6.7.10 especifica los valores promedio típi‐cos por pérdida de vidas, daños físicos en una estructura o lafalla de un sistema interno por un impacto en o en las cerca‐nías de una estructura.

L.6.7.11 La Tabla L.6.7.11 especifica los valores del factor dereducción ra como una función del tipo de suelo de superficieo piso.

L.6.7.12 La Tabla L.6.7.12 especifica los valores del factor dereducción rp como una función de las disposiciones aplicadaspara reducir las consecuencias de un incendio.

L.6.7.13 La Tabla L.6.7.13 especifica los valores del factor dereducción rf como una función del tipo del riesgo de incendiode la estructura.

L.6.7.14 La Tabla L.6.7.14 especifica los valores del factor deriesgo hz de una estructura.

L.6.8 La Figura L.6.8 ilustra una planilla de trabajo de unaevaluación pormenorizada de los riesgos.

Tabla L.6.7.4 Valores de la probabilidad (PB) de daños físicosen una estructura debidos a los rayos en la estructura

Tipo de protección provista PB

No se brinda protección 1SPR basado en una distancia de impacto de

150 pies (46 m)0.1

SPR basado en una distancia de impacto de 100 pies (30 m)

0.05

Estructura con un techo de metal que cumpla con los requisitos establecidos en 4.6.1.4 y armazón de metal continuo o de concreto armado que se utilice como un sistema natural de conductores bajantes con una interconexión y puesta a tierra que cumplan con lo establecido en NFPA 780

0.001

Nota: Pueden aplicarse valores que no sean los especificados en estatabla cuando ello esté justificado por un minucioso análisis de laprotección brindada.

Tabla L.6.7.5 Valores de la probabilidad (PC) como unafunción de la protección brindada por los SPD

Protección brindada por los SPD PC

Sin protección de SPD 1SPD provistos de acuerdo con lo

establecido en la sección 4.200.03

Notas:(1) La protección con SPD es efectiva para reducir la PC solamente enestructuras protegidas por un SPR o en estructuras con un armazón demetal continuo o de concreto armado, en las que se cumpla con losrequisitos de puesta a tierra descriptos en la sección 4.20.(2) Pueden utilizarse sistemas internos con blindaje alimentados porcableado colocado en ductos de cables para protección contra rayos oen ductos metálicos, en lugar de la protección con dispositivos SPD.(3) Pueden aplicarse valores menores de PC cuando haya dispositivosSPD que superen a los requeridos en la sección 4.20 y SPD con mejorescaracterísticas de protección (capacidad de resistir corrientes más altas,nivel de protección más bajo, etc.) que las mínimas especificadas en lasección 4.20. Ver IEC 62305-2, Protección contra rayos, Anexo B, paraobtener información adicional.

Tabla L.6.7.6 Valores de la probabilidad (PM) como unafunción de KS

KS PM

>0.4 10.15 0.90.07 0.50.035 0.10.021 0.010.016 0.0050.015 0.0030.014 0.001

<0.013 0.0001

Tabla L.6.7.7 Valores del factor (KS3) como una función delcableado interno

Tipo de cableado interno KS3

Cable sin blindaje - sin precauciones en el tendido, a fin de evitar lazos

1

Cable sin blindaje - precauciones en el tendido, a fin de evitar lazos

0.2

Cable sin blindaje - precauciones en el tendido, a fin de evitar lazos hasta 10 m2

0.02

Cable con blindaje con una resistencia del blindaje de 20 > RS > 5 Ω/km

0.001

Cable con blindaje con una resistencia del blindaje de 5 > RS > 1 Ω/km

0.0002

Cable con blindaje con una resistencia del blindaje de 1 > RS Ω/km

0.0001

Nota: El cable con blindaje incluye a aquellos conductores instaladosdentro de un canal metálico.

Edición 2014

ANEXO L 780-85

Tabla L.6.7.9 Valores de la probabilidad (PZ) como unafunción de la resistencia del blindaje del cable y el tensión nodisruptivo de impulso (Uw) de los equipos

Tipo de línea

Tensión no disruptivo Uw (kV)

1 1.5 2.5 4 6

Líneas de energía 1 0.6 0.3 0.16 0.1Líneas de

telecomunicaciones1 0.5 0.2 0.08 0.04

Nota: Los valores de Uw pueden obtenerse consultando a los fabricantesy a los proveedores de los equipos. Si los valores reales no estánfácilmente disponibles de otras fuentes, pueden aplicarse los siguientesvalores típicos:Para estructuras que contengan equipos de computación: Uw = 1.5 kVPara una estructura residencial: Uw = 2.5 kVPara un negocio, hotel, hospital, etc., estructura típicos: Uw = 2.5 kVPara una estructura de industria ligera: Uw = 4.0 kVPara una estructura de industria pesada: Uw = 6.0 kVValor predeterminado: Uw = 1.5 kV

Tabla L.6.7.10 Valores promedio típicos de las pérdidas

Tipo de estructura

Pérdidade vidas

(Lt)

Dañosfísicos

(Lf)

Falla delos

sistemas(LO)

Todos los tipos: personas en el interior del edificio

10-5

Todos los tipos: personas en el exterior del edificio

10-3

Hospitales 10-1 10-3

Hoteles, edificios civiles 10-1 10-6

Industrias, comercios, escuelas

5 × 10-2 10-6

De entretenimiento público, iglesias, museos

2 × 10-2 10-6

Otros 10-2 10-6

Con riesgo de explosión 10-1

Tabla L.6.7.8 Valores de la probabilidad (PU) como una función de la resistencia del blindaje del cable y el tensión no disruptivo deimpulso (Uw) de los equipos

Tipo de línea Condiciones de tendido, blindaje e interconexión

Tensión no disruptivo Uw (kV)

1 1.5 2.5 46

Líneas de energía o líneas de telecomunicaciones

Línea aéreo o enterrada, sin blindaje o con blindaje, cuyo blindaje no está interconectado a la misma barra de interconexión que el equipo

1 1 1 11

Línea aéreo o enterrada con blindaje, cuyo blindaje está interconectado a la misma barra de interconexión que el equipo

5 Ω/km < RS < 20 Ω/km 1 1 0.95 0.90.81 Ω/km < RS < 5 Ω/km 0.9 0.8 0.6 0.30.1

RS ≤ 1 Ω/km 0.6 0.4 0.2 0.040.02

Notes:(1) RS es la resistencia del blindaje del cable, que puede ser obtenida consultando al fabricante del cable.(2) En áreas suburbanas/urbanas, una línea de energía de bajo tensión (BV) generalmente utiliza cable enterrado sin blindaje, mientras que unalínea de telecomunicaciones utiliza un cable enterrado con blindaje con una resistencia del blindaje de 5 Ω/km. En áreas rurales, una línea deenergía BV utiliza un cable sin blindaje aéreo, mientras que una línea de telecomunicaciones utiliza un cable aéreo sin blindaje. Una línea de energíade AV enterrada generalmente utiliza un cable con blindaje con una resistencia del blindaje de entre 1 Ω/km y 5 Ω/km.(3) Los valores de Uw pueden obtenerse consultando a los fabricantes y a los proveedores de los equipos. Si los valores reales no están fácilmentedisponibles de otras fuentes, pueden aplicarse los siguientes valores típicos:(a) Para estructuras que contengan equipos de computación: Uw = 1.5 kV(b) Para una estructura residencial: Uw = 2.5 kV(c) Para un negocio, hotel, hospital, etc.,: Uw = 2.5 kV(d) Para una estructura de industria ligera: Uw = 4.0 kV(e) Para una estructura de industria pesada: Uw = 6.0 kV(f) Valor predeterminado: Uw = 1.5 kV

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-86

Tabla L.6.7.11 Valores del factor de reducción como unafunción del tipo de superficie del suelo o piso

Tipo de superficie

Resistenciade contacto

(kΩ*) ra

Suelo de concreto < 1 10-2

De mármol, de cerámica

1–10 10-3

De grava, alfombras 10–100 10-4

De asfalto, de linóleo, de madera

> 100 10-5

*Valores medidos entre un electrodo de 4000 m2 comprimido con unafuerza de 500 N en un punto del infinito.

Tabla L.6.7.12 Valores del factor de reducción (rp) como unafunción de las disposiciones aplicadas para reducir lasconsecuencias de un incendio

Disposiciones rp

Sin disposiciones o la estructura no incluye riesgo de explosión

1

Instalaciones de extinción fijas, manualmente operadas, instalaciones de alarmas manuales, hidrantes, compartimientos a prueba de incendio o rutas de escape protegidas

0.5

Protección contra sobretensiones y otros daños, o posibilidad de los bomberos de arribar en menos de 10 minutos o instalaciones de extinción fijas, automáticamente operadas o alarma automática instalada

0.2

Nota: Si se ha aplicado más de una disposición, el valor de rp es el másbajo de los valores relevantes.

Tabla L.6.7.13 Valores del factor de reducción (rf) como unafunción del riesgo de incendio de la estructura

Riesgo de incendio rf

Explosióna 1Elevadob 0.1Ordinarioc 0.01Leved 0.001Ningunoe 0aEstructuras con riesgo de explosión o estructuras que contenganmezclas explosivas de gases, polvos o materiales.bEstructuras con cantidades significativas de materiales combustiblesy/o de almacenamiento de cantidades significativas de líquidosinflamables y combustibles (como grandes depósitos, depósitos determinales marítimas, grandes tiendas comerciales, instalacionesindustriales en las que se lleven a cabo procesos inflamables ycombustibles, impresiones, aserrado, procesamiento de plásticos,pintado por inmersión y pulverización).cEstructuras con cantidades moderadas de materiales combustibles conáreas de almacenamiento menores que generan cantidadessignificativas de humo, aunque no líquidos inflamables o combustibles(como pequeños depósitos, establecimientos mercantiles, oficinas decorreos, plantas de servicios electrónicos, plantas de productosquímicos ordinarios, áreas de servicios de restaurantes, plantas demontaje de productos de madera).dEstructuras con cantidades limitadas de materiales combustibles yconstrucciones no combustibles generales (como residencias, iglesias,edificios educacionales, instituciones, museos, oficinas, salas deespectáculos).eConstrucciones no combustibles sin contenidos combustiblesexpuestos.

Tabla L.6.7.14 Valores del factor de riesgo (hZ)

Tipo de riesgo hZ

Sin riesgos especiales 1Nivel de pánico bajo (como estructuras

limitadas a dos pisos y con una cantidad de personas no mayor de 100)

2

Nivel de pánico promedio (como estructuras diseñadas para eventos culturales o deportivos, con una cantidad de personas de entre 100 y 1000)

5

Evacuación compleja (por ejemplo, estructuras con personas inmovilizadas, tales como hospitales)

5

Nivel de pánico alto (como estructuras diseñadas para eventos culturales o deportivos, con una cantidad de personas mayor de 1000)

10

Riesgo para el entorno o área circundante

20

Contaminación del entorno o área circundante

50

Edición 2014

ANEXO L 780-87

NFPA 780 (p. 1 de 3)© 2013 National Fire Protection Association

PLANILLA DE TRABAJO DE EVALUACIÓN PORMENORIZADA DE LOS RIESGOS

Área de captación equivalente

Ae = LW+6H(L+W)+9πH2 L = A

e =

(para estructura rectangular) W =

(sustituir fórmula para otras estructuras) H =

Amenaza anual de acaecimiento

Impactos directos en la estructura

Ng =

Nd = (N

g)(A

e)(C

1)(10

_6) A

e = N

d =

Ver tabla L.4.2. C1 =

Impactos en las cercanías de la estructura

NM

= (Ng)(A

m–A

e)(C

1)(10

_6) N

g = N

M =

Am

=

Ae =

Ver tabla L.4.2. C1 =

Impactos en un servicio entrante

NL

= (Ng)(A

1)(C

1)(C

t)(10

_6) N

g = N

L =

Ver tabla L.6.7.1. A1 =

Ver tabla L.4.2. C1 =

Sin transformador = 1.0 Ct =

Con transformador = 0.2

Impactos en una estructura adyacente

Ng =

Nda

= (Ng)(A

e)(C

1)(C

t)(10

_6) A

e = N

da =

Ver tabla L.4.2. C1 =

Sin transformador = 1.0 Ct =

Con transformador = 0.2

Impactos en las cercanías de un servicio entrante

NI =(N

g)(A

i)(C

e)(C

t)(10

_6) N

g = N

I =

Ver tabla L.6.7.1. Ai =

Ver tabla L.6.7.2. Ce =

Sin transformador = 1.0 Ct = Transformador

Con transformador = 0.2 entre impacto y estructura

Probabilidad de daños

Lesiones debidas a un impacto directo – PA

Ver tabla L.6.7.3. PA

=

Daños físicos debidos a un impacto directo – PB

Ver tabla L.6.7.4. PB

=

Falla de los sistemas internos debida a un impacto directo – PC

Ver tabla L.6.7.5. PC

=

Falla de los sistemas internos debida a un impacto directo – PM

PM

= Ver tabla L.6.7.6.

KS

= (KS1

)(KS2

)(KS3

)(KS4

) KS1

= KS

=

KS1

= KS2

= 0.12w KS2

=

Ver tabla L.6.7.7. KS3

=

KS4

= 1.5/UW

KS4

= UW

es el voltaje no disruptivo más bajo de los equipos protegidos.

Sin dispositivos de protección contra sobretensión coordinados – P

M = 1.0

Lesiones debidas al impacto en un servicio entrante – PU

Ver tabla L.6.7.8. PU

=

Con SPD instalados; aplicar valor más bajo de P

C o P

U

Con servicio sin blindaje PU

= 1.00(sin SPD adicionales instalados)

Daños físicos por el impacto en un servicio entrante – PV

Sin SPD instalados – PV

=P

V = P

U

Con SPD instalados; aplicar valor más bajo de P

C o P

U

Falla de los sistemas internos por el impacto en un servicio entrante – P

W

Con SPD instalados; aplicar P

W =valor más bajo de P

C o P

U

Sin SPD instalados – P

W = P

U

FIGURA L.6.8 Planilla de trabajo de evaluación pormenorizada.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-88

NFPA 780 (p. 2 de 3)© 2013 National Fire Protection Association

PLANILLA DE TRABAJO DE EVALUACIÓN PORMENORIZADA DE LOS RIESGOS (continuación)

Probabilidad de daños (continuación)

Falla de sistemas internos por impacto en las cercanías del servicio entrante – P

Z

Con SPD instalados; aplicar valor PZ

=más bajo de P

C o P

Z

Sin SPD instalados – Ver tabla L.6.7.9.

Factores de pérdidas

Lesiones o pérdida de vidas – LA

LA = (n

p/ n

t)(t

p/8760) L

A =

np = cantidad de personas en peligro

nt = cantidad total prevista de

personas en las instalaciones

tp = tiempo en horas, por año tp =cuando las personas están en un lugar peligroso, dentro o fuera de la estructura

Aplicar Lt, L

f , o L

O de la tabla

L.6.7.10 cuando np, n

t, o tp

es incierto o complejo de determinar.

Lesiones en seres humanos – LA o L

U

LA

= LU

= (ra)(L

t) L

t = L

A =

Ver tabla L.6.7.11. ra =

Daños físicos – LB o L

V

LB

= LV

= (rp) (r

f) (h

Z)(L

f) L

B = L

V =

Ver tabla L.6.7.10. Lf =

Ver tabla L.6.7.12. rP=

Ver tabla L.6.7.13. rf =

Ver tabla L.6.7.14. hZ

=

Falla de los sistemas internos – LO

Ver tabla L.6.7.10. LO

=

Componentes de los riesgos

Riesgo de lesiones o pérdida de vidas por un impacto directo en la estructura – R

A

Nd

=

RA

= (Nd)(P

A)(L

A) P

A

= RA=

LA

=

Componentes del riesgo (continuación)

Riesgo de daños físicos debidos a un impacto directo en la estructura – R

B

Nd =

RB

= (Nd)(P

B)(L

B) P

B = R

B =

LB

=

Riesgo de falla de los sistemas internos por un impacto directo en la estructura – R

C

Nd =

RC

= (Nd)(P

C)(L

C) P

C = R

C =

LC

=

Riesgo de falla de los sistemas internos por un impacto en las cercanías de la estructura – R

M

NM

=

RM

= (NM)(P

M)(L

M) P

M = R

M =

LM

=

Riesgo de lesiones en seres vivos, por un impacto directo en un servicio entrante – R

U

NL

=

RU

= (NL+N

da)(P

U)(L

U) N

da = R

U =

PU

=

LU

=

Riesgo de daños físicos debidos a un impacto directo en un servicio entrante– R

V

NL

=

RV

= (NL+N

da)(P

V)(L

V) N

da = R

V =

PV

=

LV

=

Riesgo de falla de los sistemas internos debida a un impacto directo en un servicio entrante – R

W

NL

=

RW

= (NL+N

da)(P

W)(L

W) N

da = R

W =

PW

=

LW

= LW

= LO

LC

= LO

LM

= LO

FIGURA L.6.8 Continuación

Edición 2014

nt =

np =

ANEXO L 780-89

NFPA 780 (p. 3 de 3)© 2013 National Fire Protection Association

PLANILLA DE TRABAJO DE EVALUACIÓN PORMENORIZADA DE LOS RIESGOS

Componentes del riesgo (continuación)

Riesgo de falla de sistemas internos debida a un impacto en las cercanías del servicio interno – R

Z

NI =

RZ

= (NI _N

L)(P

Z)(L

Z) N

L = R

Z =

PZ

=

LZ

=

Cálculos del riesgo

Riesgo de lesiones o pérdida de vidas – R1

RA

=

RB

=

RC

=

R1 = R

A+R

B+R

C*+R

M*+R

U R

M = R

1 =

+RV+R

W*+R

Z*

RU

=

RV

=

RW

=

RZ

=

Riesgo de pérdida de servicios (de energía, de teléfono, de agua, etc.) – R

2

RB

=

RC

=

R2 = R

B+R

C+R

M+R

V+RW+R

Z R

M = R

2 =

RV

=

RW

=

RZ

=

Cálculos del riesgo (continuación)

Riesgo de pérdidas de significado histórico – R3

RB

=

R3 = R

B+R

V R

V = R

3 =

Riesgo de una pérdida económica – R4

RA

=

RB

=

RC

=

R4 = R

A**+R

B+R

C+R

M+R

U**

R

M = R

4 =

+RV+R

W+R

Z

RU

=

RV

=

RW

=

RZ

=

Riesgo general para la estructura

R1 =

R2 =

R = R1+R

2+R

3+R

4 R

3 = R =

R

4 =

*Aplicable solamente a estructuras con equipos fundamen-tales para la vida, riesgo de explosión, o en las que la falla de un sistema interno representa un peligro inminente para la vida

**Aplicable solamente a estructuras en las que podría haber pérdidas de

LZ

= LO

FIGURA L.6.8 Continuación

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-90

Anexo M Guía para la seguridad personal ante la presencia derayos

Este anexo no forma parte de los requisitos del presente documento dela NFPA, pero ha sido incluido para fines informativos solamente.

M.1 Alcance. El propósito de este anexo es servir como guíapara la seguridad personal ante la presencia de rayos. Laspersonas pueden estar en riesgo antes de que se produzcaalguna indicación visual o audible de una tormenta eléctrica.Toda vez que existan condiciones que puedan llevar a lapresencia de rayos, la seguridad de las personas debería serconsiderada. Se dispone de sistemas de advertencia de rayosque emiten una alerta temprana de la actividad atmosférica.

M.2 Comportamiento de las personas durante la presencia derayos.

M.2.1 La mayoría de las víctimas por caída de un rayo sonimpactadas antes o después de la lluvia que generalmenteacompaña a las tormentas eléctricas. Ello indicaría que lamayoría de las personas tienen el sentido común de no expo‐nerse a la lluvia, pero no son tan conscientes de los riesgospotencialmente mortales que representan los rayos. Las condi‐ciones atmosféricas que provocan rayos pueden ser medidas yla probabilidad de un incidente con rayos puede predecirse.No obstante ello, no es posible predecir el lugar exacto en elque impactará un rayo, dado que se sabe que es captado por elterreno más allá del horizonte visible.

Los rayos son extremadamente peligrosos y debería evitarseexponerse a ellos innecesariamente. Se aconseja tener encuenta las siguientes recomendaciones:

(1) Cuando sea posible, planificar las actividades al aire libresegún lo que indique el pronóstico meteorológico. Sibien es difícil saber exactamente si habrá una tormenta,las condiciones que generan una tormenta con rayos,tales como el encuentro de sistemas de alta y bajapresión, se predicen algunos días antes. En los días enque se pronostican dichos patrones meteorológicos,evitar planificar actividades en que no haya un refugiofácilmente disponible, tales como navegar o acampar.

(2) Consultar el pronóstico la noche anterior y en la mañanadel día de las actividades al aire libre planificadas paradeterminar la posibilidad de tormentas con rayos.

(3) Consultar los mapas meteorológicos en algún sitio web deInternet antes de salir. La mayoría de los sitios sobremeteorología muestran imágenes recientes de satélite yradar del área en la que tendrán lugar sus actividades.

(4) Cuando llegue al lugar de sus actividades, elabore unplan sobre a dónde debe dirigirse en el caso de que seaproxime una tormenta eléctrica. Comunicar a laspersonas que lo acompañan, en especial a los niños, haciadónde deben dirigirse, de acuerdo con lo que se describeen M.2.2. Comunicarles también a sus acompañantesdónde se reunirán media hora después de escuchar untrueno por última vez, dado que podría ser que no esténjuntos al momento de la amenaza de tormenta.

(5) Escuchar en una radio el servicio meteorológico queemita las correspondientes alertas sobre condicionesmeteorológicas adversas.

(6) Actuar respondiendo de manera correcta cuando seemitan las alertas.

M.2.2 Al escuchar un trueno, busque refugio inmediatamente.No trate de predecir la cercanía de los rayos contando eltiempo que transcurre entre el relámpago y el sonido del

trueno. Permanecer a cubierto hasta media hora después deescuchar por última vez un trueno. Buscar refugio en estructu‐ras como las siguientes:

(1) Viviendas u otros edificios que estén protegidos contrarayos

(2) Refugios subterráneos, como pasadizos subterráneos,túneles y cuevas

(3) Grandes edificios de armazón de metal(4) Grandes edificios no protegidos(5) Automóviles, ómnibus y otros vehículos cerrados, con

parte superior y carrocería de metal(6) Trenes y tranvías de metal cerrados(7) Embarcaciones o buques de metal cerrados(8) Embarcaciones que estén protegidas contra rayos(9) Calles urbanas resguardadas por los edificios cercanos

M.2.3 Si fuera posible, evitar lugares con protección escasa onula contra rayos, como los siguientes:

(1) Pequeños edificios, graneros, establos, cobertizos noprotegidos, y estructuras similares

(2) Carpas y refugios temporales(3) Automóviles (sin parte superior de metal o abiertos)(4) Tráilers (abiertos o que no sean de metal)

M.2.4 Determinados lugares son extremadamente peligrososdurante una tormenta eléctrica y deberían ser evitados siempreque fuera posible. La aproximación de una tormenta eléctricadebería anticiparse y los siguientes lugares se deberían evitarcuando una tormenta eléctrica se encuentre en las proximi‐dades inmediatas:

(1) Cimas de colinas y crestas(2) Sección s situadas en la parte superior de edificios(3) Campos abiertos, pistas de atletismo, canchas de golf(4) Playas de estacionamiento y canchas de tenis(5) Piscinas de natación (interiores o exteriores), lagos y ori‐

llas(6) En las inmediaciones de cercos de alambre, cuerdas para

colgar ropa, cables de guarda y vías férreas(7) Debajo de árboles aislados(8) Cerca de artefactos eléctricos, teléfonos, accesorios de

plomería y objetos de metal o conductores de electrici‐dad

M.2.5 Es especialmente peligroso estar conduciendo algunode los siguientes vehículos durante una tormenta eléctrica, enlos lugares descriptos en M.2.4:

(1) Tractores abiertos u otras maquinarias agrícolas encampos abiertos

(2) Carros de golf, scooters, bicicletas o motocicletas(3) Embarcaciones abiertas (sin mástiles) y aerodeslizadores(4) Automóviles (sin parte superior de metal o abiertos)

M.2.6 En caso de quedar expuesto a una tormenta eléctrica yno contar con un refugio disponible, debería tener en cuentalas siguientes recomendaciones:

(1) Buscar áreas bajas - evitar cimas de montañas, de colinas yotros lugares altos

(2) Buscar bosques densos – evitar árboles aislados(3) Si es sorprendido en un área expuesta, agacharse hasta la

menor altura posible, arrodillarse sobre el terreno,manteniendo los pies juntos. Colocar las manos sobre lascaderas. No poner las manos sobre el terreno. A fin deminimizar el riesgo de un impacto directo, es necesariomantenerse a la menor altura posible. A fin de minimizar

Edición 2014

ANEXO O 780-91

el riesgo de los peligros del potencial de paso, es nece‐sario minimizar el área del objeto en contacto con elsuelo. No acostarse.

M.3 Protección de personas situadas en naves acuáticas. Dadoque el propósito básico de la protección contra rayos es garan‐tizar la seguridad de las personas, es adecuado enumerar lasprecauciones y sugerencias establecidas en las secciones M.3.1a M.3.3, además de tomar en consideración todas las recomen‐daciones aplicables que se han descripto en las seccionesprevias.

M.3.1 Permanecer en el interior de una embarcación cerrada,en la medida de lo posible, durante una tormenta eléctrica; nocolocar ni los brazos ni las piernas en el agua.

M.3.2 En la medida en que sea compatible con el manejo y lanavegación segura de la embarcación durante una tormentaeléctrica, evitar tomar contacto con cualquiera de los objetosconectados a un sistema de protección contra rayos, especial‐mente de una manera tal que se genere un puente entredichos artículos. Por ejemplo, no es aconsejable que un opera‐dor esté en contacto con las palancas de cambio para direcciónreversa y con la manija de control de los reflectores al mismotiempo.

M.3.3 Ninguna persona debería estar en el agua durante unatormenta eléctrica.

M.4 Seguridad contra rayos para personas que trabajan enespacios al aire libre.

M.4.1 Detección. Las condiciones de los rayos deben se moni‐toreadas de manera continua. En la mayoría de los casos, sesugiere la combinación de un servicio sobre rayos de suscrip‐ción por red, un sistema sobre advertencias de rayos a cargo deprofesionales idóneos y un detector manual de alta calidad. Noobstante ello, al escuchar un trueno, el peligro de rayos está losuficientemente cerca como para suspender las actividades ybuscar refugio.

M.4.2 Notificaciones.

M.4.2.1 La suspensión y reanudación de las actividades labo‐rales deberían planificarse por anticipado, mediante políticas ycapacitación. La información puede transmitirse mediantealguno de los siguientes métodos:

(1) Sirenas(2) Luces estroboscópicas(3) Mensajes de texto(4) Radios de 2 vías(5) Teléfonos

M.4.2.2 Un umbral conservador de advertencia podría ser:

Condición amarilla: Rayos en el rango de 20-40 mi(30-60 km) y posible amenaza.

Condición naranja: Rayos en el rango de 10-20 mi(16-30 km) y amenaza cercana.

Alerta roja: Rayos en el rango de 0-10 mi (0-16 km) y no sepermite que el personal permanezca en lugares al aire libre.Todo el personal que se encuentre al aire libre debe buscarseguridad en un refugio designado que esté equipado con unsistema de protección contra rayos que cumpla con lo estable‐cido en la presente norma. Si no estuviera disponible, buscarrefugio en las estructuras mencionadas en la sección M.2.2.

M.4.3 Reevaluación de la amenaza. Esperar hasta media horadespués de haberse escuchado un trueno por última vez antesde reanudar las actividades al aire libre. Sea extremadamentecauteloso durante esta fase de la tormenta, ya que los rayostodavía podrían ser una amenaza significativa.

M.4.4 Políticas, procedimientos, capacitación y entrenamiento.Las organizaciones deberían elaborar, publicar y entrenar alpersonal en los lineamientos en seguridad contra rayos, deacuerdo con lo expresado en las recomendaciones delAnexo M.

M.5 Víctimas de impactos por rayos.

M.5.1 Las personas que han sido impactadas por un rayo notienen una carga eléctrica y pueden ser asistidas de manerasegura. En caso de estar calificado, efectuar los primeros auxi‐lios y la reanimación cardiopulmonar (RCP) de manera inme‐diata. Procurar la asistencia del servicio de emergenciasinmediatamente.

Anexo N Reservado

Anexo O Referencias informativas

O.1 Publicaciones de referencia. Se hace referencia a losdocumentos o fragmentos de los mismos que se enumeran enel presente anexo en las secciones informativas de la presentenorma y no forman parte de los requisitos de este documento,excepto cuando también estuvieran enumerados en el Capítulo2 por otros motivos.

O.1.1 Publicaciones de la NFPA. National Fire ProtectionAssociation, 1 Batterymarch Park, Quincy, MA 02169-7471.

NFPA 70®, Código Eléctrico Nacional, edición 2014.

NFPA 70B, Práctica recomendada para el mantenimiento de equi‐pos eléctricos, edición 2013.

NFPA 70E®, Norma para la seguridad eléctrica en lugares detrabajo, edición 2012.

NFPA 302, Norma para protección contra incendios en lanchas amotor recreativas y comerciales, edición 2010.

NFPA 407, Norma para el suministro de combustible a aeronaves,edición 2012.

NFPA 410, Norma para el mantenimiento de aeronaves, edición2010.

O.1.2 Otras publicaciones.

O.1.2.1 Otras publicaciones. American Petroleum Institute (Insti‐tuto Estadounidense del Petróleo), 1220 L Street, NW, Wash‐ington, DC 20005-4070.

API RP 545, Práctica recomendada para la protección contra rayosde tanques de almacenamiento ubicados sobre la superficie del terreno,para líquidos inflamables o combustibles, octubre de 2009.

API 650 Tanques de acero soldados para almacenamiento decombustibles, noviembre de 1998; fe de erratas, abril de 2007.

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-92

O.1.2.2 Publicaciones de la Federal Aviation Administration(FAA) (Administración Federal de Aviación). U.S. Departmentof Transportation (Departamento de Transporte de los EstadosUnidos), Subsequent Business Office, Ardmore East BusinessCenter, 3341 Q 75th Avenue, Landover, MD 20785.

Las Circulares de asesoramiento de la FAA también puedenser consultadas en el sitio: http://www.faa.gov/airports/resour‐ces/advisory_circulars/.

FAA Circular de asesoramiento 150/5340-30F, Detalles dediseño e instalación para sistemas instructivos visuales de aeropuertos,29 de septiembre de 2011.

FAA Circular de Asesoramiento 150/5345-42F de la FAA,Especificación para bases de artefactos de luz de aeropuertos, carcasasde transformadores, cajas de conexiones y accesorios, 17 de octubrede 2006.

O.1.2.3 Publicaciones de la IEC. International Electrotechni‐cal Commission (Comisión Electrotécnica Internacional), 3,rue de Varembé, P.O. Box 131, CH-1211 Ginebra 20, Suiza.

IEC 62305-2, Protección contra rayos — Apartado 2: Gestión deriesgos, edición 2, 2010.

IEC 62305-3, Protección contra rayos — Apartado 3: Daños físicosen estructuras y riesgo de vida, edición 2, 2010.

IEC 62305-4, Protección contra rayos — Apartado 4: Sistemas eléc‐tricos y electrónicos dentro de estructuras, edición 2, 2010.

O.1.2.4 Publicaciones de Centros Militares. La siguientenorma militar se encuentra disponible en el Naval Publicationsand Forms Center (Centro de Publicaciones Navales y Formu‐larios), 5801 Tabor Avenue, Filadelfia, PA 19120; Headquarters(Casa Matriz), Army Material Command Code (Código deComando de Materiales del Ejército) DRXAM-ABS, Alejandría,VA; o el Air Force Publications Center (Centro de Publica‐ciones de la Fuerza Aérea), Baltimore, MD.

MIL-STD-464C, Norma de interfaz, Requisitos de los efectos electro‐magnéticos ambientales para sistemas, 2010.

O.1.2.5 Publicaciones de UL. Underwriters Laboratories Inc.,333 Pfingsten Road, Northbrook, IL 60062-2096.

ANSI/UL 96, Norma para componentes de sistemas de proteccióncontra rayos, 2005.

ANSI/UL 467, Equipos de puesta a tierra e interconexión, 2007.

ANSI/UL 1449, Norma para la seguridad de supresores de sobre‐tensión de tensiones transitorias, 2da. Edición, 1996.

ANSI/UL 1449, Norma dispositivos de protección contra sobreten‐sión, 2006, con modificaciones introducidas hasta el 11 de juliode 2012.

O.1.2.6 Otras publicaciones.

López, R. E., y L. R. Holle. “Lightning Casualties andDamages in the United States from 1959 to 1994” (Daños yheridos por causa de rayos en los Estados Unidos, desde 1959hasta 1994) Journal of Climate (publicación sobre el clima), 13Edición 19 (Octubre de 2000): 3448–3464.

Moore, C. B., W. Rison, J. Mathis, y G. Aulich. “LightningRod Improvement Studies" (Estudios para la mejora de lasvarillas pararrayos), Journal of Applied Meteorology (publicaciónsobre meteorología aplicada) 39:593–609.

O.2 Referencias informativas. Los siguientes documentos ofragmentos de documentos se enumeran en este punto solocomo recursos informativos. No forman parte de los requisitosdel presente documento.

O.2.1 Publicaciones de la IEC. International ElectrotechnicalCommission (Comisión Electrotécnica Internacional), 3, ruede Varembé, P.O. Box 131, CH-1211 Ginebra 20, Suiza.

IEC 61400-24, Turbinas de viento — Apartado 24: Proteccióncontra rayos, 2010.

IEC 61643-11, Dispositivos de protección contra sobretensión debajo tensión — Apartado 11: Dispositivos de protección contra sobre‐tensión conectados a sistemas de distribución de energía eléctrica debajo tensión — Requisitos y métodos de prueba, 2011.

IEC 61643-12, Dispositivos de protección contra sobretensión debajo tensión — Apartado 12: Dispositivos de protección contra sobre‐tensión conectados a sistemas de distribución de energía eléctrica debajo tensión — Principios de selección y aplicación, 2008.

IEC 61643-21, Dispositivos de protección contra sobretensión debajo tensión — Apartado 21: Dispositivos de protección contra sobre‐tensión conectados a redes de telecomunicaciones y de señalización -Requisitos de desempeño y métodos de prueba, Edición 1.1, 2009.

IEC 61643-22, Dispositivos de protección contra sobretensión debajo tensión — Apartado 22: Dispositivos de protección contra sobre‐tensión conectados a redes de telecomunicaciones y de señalización -Principios de selección y aplicación, 2004.

IEC 62305-1, Protección contra rayos — Apartado 1:Principiosgenerales, Edición 2, 2010.

O.2.2 Publicaciones de la IEEE. Institute of Electrical andElectronics Engineers (Instituto de Ingenieros Eléctricos yElectrónicos), Three Park Avenue, 17th Floor, Nueva York, NY10016-5997.

ANSI/IEEE C62.41.1, Guía sobre el entorno de sobretensiones encircuitos de energía de corriente alterna de bajo tensión (1000 V ymenos), 2002.

ANSI/IEEE C62.41.2, Práctica recomendada sobre la caracteriza‐ción de sobretensiones en circuitos de energía de corriente alterna debajo tensión (1000 V y menos), 2002.

ANSI/IEEE C62.45, Práctica recomendada por el IEEE sobre prue‐bas de sobretensión para equipos conectados a circuitos de energía decorriente alterna de bajo tensión, 2002.

ANSI/IEEE 1100, Práctica recomendada para la alimentación ypuesta a tierra de equipos electrónicos (Emerald Book), 2005.

IEEE 0093-9994/1100-0465, Zona de protección para edificioscontra los impactos de rayos mediante la aplicación de prácticas deprotección de transmisiones, R. H. Lee, 1978.

IEEE 80, Guía del IEEE para la seguridad en la puesta a tierra desubestaciones de corriente alterna, 2000.

IEEE 141, Práctica recomendada por el IEEE para la distribuciónde energía eléctrica para plantas industriales, 1993.

Edición 2014

ANEXO O 780-93

O.2.3 Publicaciones de Centros Militares. Las siguientesnormas militares y manuales se encuentran disponibles en elNaval Publications and Forms Center, 5801 Tabor Avenue, Fila‐delfia, PA 19120; Headquarters (Casa Matriz), Código deComando de Materiales del Ejército DRXAM-ABS, Alejandría,VA; o el Air Force Publications Center, Baltimore, MD.

AFMAN 91-201, Normas de seguridad para explosivos, Departa‐mento de la Fuerza Aérea, Washington, DC, enero de 2011.

AMCR 385-100, Manual de seguridad, Comando de Materialesdel Ejército, Washington, DC, 1995.

DoDM 6055.09-M, DoD Normas sobre seguridad de municiones yexplosivos: Criterios de construcción para la seguridad de explosivos,Adjunto 4, Departamento de Defensa, Washington DC, 2008.

MIL-HDBK-419A, Puesta a tierra, interconexión y supresión desobretensión, Volúmenes I y II, Departamento de Defensa, Wash‐ington, DC, diciembre de 1987.

NAVSEA OP-5, Municiones y explosivos en tierra, Volumen 1,Revisión 7, Capítulo 6, Naval Sea Systems Command(Comando de Sistemas Navales Marinos), Washington, DC,marzo de 2011.

Tobias, J. M., ed., The Basis of Conventional Lightning ProtectionTechnology (Base de la tecnología convencional de protección contrarayos), Federal Interagency Lightning Protection Group (GrupoFederal Interagencias de Protección contra Rayos), disponibleen www.stinet.dtic.mil, Informe nro. ADA396784, pág. 21, juniode 2001.

O.2.4 Publicaciones de UL. Underwriters Laboratories Inc.,333 Pfingsten Road, Northbrook, IL 60062-2096.

ANSI/UL 497, Norma para protectores de circuitos de comunica‐ción de conductores pareados, 7ma. edición, 2001.

ANSI/UL 497A, Norma para protectores secundarios de circuitosde comunicación, 3ra. edición, 2001.

ANSI/UL 497B, Norma para protectores de circuitos de comunica‐ción de datos y alarmas de incendio, 4ta. edición, 2004.

ANSI/UL 497C, Norma para protectores de circuitos de comunica‐ción coaxial, 2da. edición, 2001.

UL 497E, Descripción de las investigaciones sobre protectores deconductores de acometida, 2011.

O.2.5 Otras publicaciones.

Cotton, I., y N. Jenkins. “Lightning Protection of WindTurbines, Lightning Protection 98, Buildings, Structures andElectronic Equipment” (Protección contra rayos de turbinas deviento, Protección contra rayos 98, Edificios, estructuras y equi‐pos electrónicos”), Conferencia y Exposición Internacional,Artículo 6.1”, Solihull, West Midlands, RU, 6-7 de mayo de1998.

D’Alessandro, y F., M. Havelka, “Electrical Grounding ofWind Turbines” (“Puesta a tierra eléctrica de turbinas deviento”) Conferencia Anual de EEA, Auckland, Nueva Zelanda,17-18 de junio de 2005.

O.3 Referencias de extractos incluidos en las secciones infor‐mativas. (Reservado)

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-94

-A-

Abertura para vapores (Vapor Opening)Definición, 3.3.41

Acero revestido de cobre (Copper-Clad Steel)Definición, 3.3.8

Administración, Cap. 1Alcance, 1.1Componentes listados, etiquetados o aprobados, 1.3Ejecución del trabajo, 1.5Mantenimiento, 1.6, A.1.6Propósito, 1.2Retroactividad, 1.4Unidades de medida, 1.7

Aprobado (Approved)Definición, 3.2.1, A.3.2.1

Autoridad competente (AC) [Authority Having Jurisdiction (AHJ)]Definición, 3.2.2, A.3.2.2

-B-

Bandejas (charolas) (Raceway)Definición, 3.3.31, A.3.3.31

Base de artefacto de luzDefinición, 3.3.22, A.3.3.22

Blindaje magnético (Magnetically Shielded)Definición, 3.3.27

-C-

Cable (Cable)Definición, 3.3.3, A.3.3.3

Chimenea (Chimney)Definición, 3.3.5

Chimenea para uso industrial (Heavy-Duty Stack)Definición, 3.3.20

Conductor (Conductor)Anillo conductor (Loop Conductor)

Definición, 3.3.7.4Conductor bajante (Down Conductor)

Definición, 3.3.7.3Conductor de apantallamiento (Counterpoise Conductor)

Definición, 3.3.7.2Conductor de interconexión (Bonding Conductor)

Definición, 3.3.7.1Conductor de techo (Roof Conductor)

Definición, 3.3.7.6Conductor principal (Main Conductor)

Definición, 3.3.7.5, A.3.3.7.5Definición, 3.3.7

Contenedor ISO (ISO Container)Definición, 3.3.21

Corriente de descarga (Discharge Current)Corriente máxima de descarga (Imax) [Maximum Discharge

Current (Imax)]Definición, 3.3.9.1

Corriente nominal de descarga (In) [Nominal DischargeCurrent (In)]

Definición, 3.3.9.2Definición, 3.3.9

Césped (Turf)Definición, 3.3.40

-D-

Debe (Shall)Definición, 3.2.5

Debería (Should)Definición, 3.2.6

Definiciones, Cap. 3Descarga lateral (Sideflash)

Definición, 3.3.32Dispositivo de protección contra sobretensión (SPD, por sus siglas

en inglés) [Surge Protective Device (SPD)]Definición, 3.3.38

Dispositivo terminal de interceptación de descargas (StrikeTermination Device)

Definición, 3.3.34Distancia de impacto (Striking Distance)

Definición, 3.3.35Distancia disruptiva (Spark Gap)

Definición, 3.3.33División de riesgo 1.4 (Hazard Division 1.4)

Definición, 3.3.18

-E-

Electrodo de puesta a tierra (Grounding Electrode)Definición, 3.3.17

Estaca de montaje (Mounting Stake)Definición, 3.3.29, A.3.3.29

Estructura (Structure)Definición, 3.3.36Estructura de armazón de metal (Metal-Framed Structure)

Definición, 3.3.36.2Estructura revestida de metal (Metal-Clad Structure)

Definición, 3.3.36.1Etiquetado (Labeled)

Definición, 3.2.3Evaluación de riesgo contra rayos, Anexo L

Amenaza anual de acaecimiento (Nd), L.3Densidad de descargas atmosféricas (Ng), L.2Evaluación de riesgos simplificada, L.5

Cálculo del riesgo, L.5.2Generalidades, L.5.1

Índice

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Los derechos de autor del present ndice son independientes y distintos de los derechos del documento para el que se aplica.Las disposiciones sobre licencias establecidas para el documento no son aplicables al presente ndice. Este ndice no puede serreproducido en forma total ni parcial en ning n medio sin el permiso expreso y escrito de la NFPA.

íí

íú

Edición 2014

780-95

Evaluación simplificada del riesgo, L.6Componentes del riesgo, L.6.4

Impacto en un servicio conectado a una estructura, L.6.4.3

Impactos directos en una estructura, L.6.4.1Impactos en las cercanías de un servicio conectado a una

estructura, L.6.4.4Impactos en las cercanías de una estructura, L.6.4.2

Cálculo del riesgo, L.6.6Amenaza anual de acaecimiento, L.6.6.1Factores de pérdidas, L.6.6.3

Daños físicos, L.6.6.3.2Falla de los sistemas internos, L.6.6.3.3Lesiones en seres humanos, L.6.6.3.1

Probabilidades de daños, L.6.6.2Introducción, L.6.1Procedimiento para la evaluación y la gestión del riesgo, L.

6.5Tablas de aplicación, L.6.7Tipos de riesgos debidos a rayos, L.6.3Valores de riesgo tolerable (RT), L.6.2

Generalidades, L.1Sección de impacto equivalente (Ae), L.4

Explicación de los principios de interconexión, Anexo CDiferencias de potencial, C.2

Descarga lateral, C.2.5Servicios de energía eléctrica y comunicaciones, C.2.3

Generalidades, C.1

-G-

Generador de onda (Combination Waveform Generator)Definición, 3.3.6, A.3.3.6

Guía para la seguridad personal ante la presencia de rayos, AnexoM

Alcance, M.1Comportamiento de las personas durante la presencia de

rayos, M.2Protección de personas situadas en naves acuáticas, M.3Seguridad contra rayos para personas que trabajan en espacios

al aire libre, M.4Detección, M.4.1Notificaciones, M.4.2Políticas, procedimientos, capacitación y entrenamiento, M.

4.4Reevaluación de la amenaza, M.4.3

Víctimas de impactos por rayos, M.5

-H-

Hermético al gas (Gastight)Definición, 3.3.15

-I-

Impulso electromagnético de un rayo (LEMP, por sus siglas eninglés) [(Lightning Electromagnetic Impulse (LEMP)]

Definición, 3.3.23Inspección y mantenimiento de los sistemas de protección contra

rayos, Anexo DInspección de los sistemas de protección contra rayos, D.1

Frecuencia de las inspecciones, D.1.1

Inspección visual, D.1.2Lineamientos y registros de las inspecciones, D.1.4Prueba e inspecciones, D.1.3Registros y datos de las pruebas, D.1.5

Mantenimiento de los sistemas de protección contra rayos, D.2Generalidades, D.2.1Procedimientos de mantenimiento, D.2.2Registros de mantenimiento, D.2.3

Interconexión (Bonding)Definición, 3.3.2

-L-

Listado (Listed)Definición, 3.2.4, A.3.2.4

Líquido (Líquido)Definición, 3.3.25Líquido combustible (Combustible Liquid)

Definición, 3.3.25.2Líquido inflamable de Clase I (Class I Flammable Liquid)

Definición, 3.3.25.1

-M-

Material explicativo, Anexo AAprobaciones, A.3.2.1Autoridad competente (AC), A.3.2.2Bandeja (Charola) para cables y conductores, A.3.3.31Base del artefacto de luz, A.3.3.22Cable, A.3.3.3Conductor principal, A.3.3.7.5Estaca de montaje, A.3.3.29Generador combinado de forma de onda, A.3.3.6Listado, A.3.2.4Materiales de Clase I, A.3.3.28.1Materiales de Clase II, A.3.3.28.2Mezclas inflamables de aire-vapor, A.3.3.12Sistema de protección contra rayos, A.3.3.24Terminal aéreo, A.3.3.1

Materiales (Materials)Definición, 3.3.28Materiales de Clase I (Class I Materials)

Definición, 3.3.28.1, A.3.3.28.1Materiales de Clase II (Class II Materials)

Definición, 3.3.28.2, A.3.3.28.2Materiales explosivos (Explosive Materials)

Definición, 3.3.28.3Mezclas inflamables de aire-vapor (Flammable Air-Vapor Mixtures)

Definición, 3.3.12, A.3.3.12Muro de cabeza (Headwall)

Definición, 3.3.19

-N-

Nave acuática (Watercraft)Definición, 3.3.44

Norma (Standard)Definición, 3.2.7

ÍNDICE

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-96

-P-

Pavimento (Pavement)Definición, 3.3.30Pavimento de máxima resistencia (Full Strength Pavement)

Definición, 3.3.30.1Pavimento de reborde (Shoulder Pavement)

Definición, 3.3.30.2Polvorín (Magazine)

Definición, 3.3.26Polvorín cubierto por tierra (ECM, por sus siglas en inglés)

[Earth-Covered Magazine (ECM)]Definición, 3.3.26.1

Polvorín portátil (Portable Magazine)Definición, 3.3.26.2

Principios de la protección contra rayos, Anexo BInspección y mantenimiento de los sistemas de protección

contra rayos, B.5Principios fundamentales de la protección contra rayos, B.1Pérdidas indirectas, B.6Sistemas de protección contra rayos, B.2Ubicación de terminales aéreos, B.3

Descripción general de los métodos, B.3.2Principios físicos de los rayos, B.3.1

Ítems a considerar en la planificación de la protección, B.4Protección contra llamas (Flame Protection)

Definición, 3.3.11Protección de aeronaves estacionadas, Anexo I

Principios generales, I.1Protección de chimeneas para uso industrial, Cap. 6

Cables y alambres tensores metálicos, 6.11Chimeneas de concreto armado, 6.7Chimeneas metálicas, 6.10Conductores, 6.4

Conductores bajantes, 6.4.2Generalidades, 6.4.1

Dispositivos terminales de interceptación de descargas, 6.3Altura de los terminales aéreos, 6.3.3Cubiertas de fierro, 6.3.5Montaje de los terminales aéreos, 6.3.4

Empalmes, 6.6Generalidades, 6.1Interconexión de cuerpos metálicos, 6.8

Cuerpos metálicos prominentes aislados (sin puesta atierra), 6.8.2

Exterior, 6.8.2.1Interior, 6.8.2.2

Ecualización del potencial, 6.8.1Nivel inferior de la chimenea, 6.8.1.1Nivel superior de la chimenea, 6.8.1.2Niveles intermedios de la chimenea, 6.8.1.3

Materiales, 6.2Generalidades, 6.2.1Protección contra la corrosión, 6.2.2

Puesta a tierra, 6.9, A.6.9Sujetadores, 6.5

Protección de estructuras que almacenan materialesexplosivos, Cap. 8

Aplicación, 8.1Cercos metálicos, 8.8

Interconexión, 8.8.2Portones y postes de portones, 8.8.3Puesta a tierra, 8.8.1

Generalidades, 8.2Acoplamiento electromagnético, 8.2.2Distancia de impacto, 8.2.1

Inspección, pruebas y mantenimiento, 8.10Interconexión, 8.5

Barricadas o bolardos metálicos, 8.5.6Distancia de descarga lateral, 8.5.2Generalidades, 8.5.1Masas metálicas aisladas, 8.5.3Puertas de acceso, 8.5.5Técnicas de interconexión directa, 8.5.4Vías férreas, 8.5.7

Mantenimiento e inspección, 8.9, A.8.9Protección contra sobretensión, 8.6Protección para instalaciones específicas, 8.7

Grúas, 8.7.3Muelles y embarcaderos, 8.7.2, A.8.7.2Plataformas de almacenamiento abiertas, 8.7.4Polvorines bajo tierra, 8.7.1Polvorines de metal portátiles, 8.7.5, A.8.7.5

Grupos de polvorines portátiles, 8.7.5.4Polvorines portátiles individuales, 8.7.5.3

Puesta a tierra, 8.4Anillos de puesta a tierra, 8.4.3Electrodos empotrados en concreto, 8.4.2Electrodos radiales, 8.4.4Generalidades, 8.4.1Mejoramiento de la puesta a tierra, 8.4.6Placas de puesta a tierra, 8.4.5

Tipos de protección contra rayos, 8.3Jaula metálica (similar a la de Faraday), 8.3.1, A.8.3.1Mástiles únicos o múltiples, 8.3.2

Puesta a tierra de mástiles, 8.3.2.2Sistema de protección contra rayos tipo mástil, 8.3.2.1, A.

8.3.2.1Sistemas (catenarios) de cables de guarda, 8.3.3Sistemas de protección contra rayos integrales, 8.3.4, A.8.3.4

Protección de estructuras que contengan vapores y gasesinflamables o líquidos que puedan generar vaporesinflamables, Cap. 7

Medidas de protección, 7.3Materiales e instalación, 7.3.1Zona de protección para mástiles y cables de guarda, 7.3.2

Cable de guarda, 7.3.2.6Métodos de puesta a tierra alternativos, 7.3.2.7

Principios fundamentales de protección, 7.2Protección para estructuras especiales, 7.4

Contenedores de tierra, a presión atmosférica enterrados,que contienen vapores inflamables o líquidosque generan vapores inflamables, 7.4.2

Tanques ubicados sobre la superficie del terreno, a presiónatmosférica, que contienen vapores inflamables

Edición 2014

780-97

o líquidos que generan vaporesinflamables, 7.4.1

Aislamiento del indicador o de los postes guía, 7.4.1.5Conductores de derivación, 7.4.1.3, A.7.4.1.3Tanques con techo fijo (metálico) y tanques con techo

flotante interno, 7.4.1.1, A.7.4.1.1Tanques con techo flotante externo, 7.4.1.2, A.7.4.1.2

Colocación de los resistores paralelos, 7.4.1.2.1Descripción de los resistores paralelos, 7.4.1.2.2

Tanques de puesta a tierra, 7.4.1.7Vías de conducción paralelas (conjunto de montaje de

sellos del tanque con techo flotante), 7.4.1.4Reducción de daños, 7.1

Aplicación, 7.1.1, A.7.1.1Protección de ganado, Anexo H

Generalidades, H.1Puesta a tierra de cercos de alambre, H.2

Postes de fierro, H.2.2Postes no conductores, H.2.1Profundidad de las puestas a tierra, H.2.3

Ruptura de la continuidad del cerco, H.3Protección de naves acuáticas, Cap. 10

Conductores, 10.4Accesorios de conexión, 10.4.6Conductor de interconexión, 10.4.2Conductor en lazo, 10.4.3Conductor principal, 10.4.1Conductores del Sistema, 10.4.4Uniones, 10.4.5

Generalidades, 10.1Materiales, 10.2

Corrosión, 10.2.1Materiales permitidos, 10.2.2

Puesta a tierra, 10.5Electrodo de puesta a tierra complementario, 10.5.4Electrodo de puesta a tierra principal, 10.5.3Naves acuáticas con cascos no metálicos, 10.5.2Protección contra la corrosión galvánica, 10.5.5, A.10.5.5

Terminales de Interceptación, 10.3Mástiles no metálicos, 10.3.3Terminales de interceptación de descargas, 10.3.2Zona de protección, 10.3.1, A.10.3.1

Protección de áreas para picnics, áreas de juegos, estadios y otrosespacios abiertos, Anexo G

Estadios y pistas de carreras, G.2Tribunas con techo, G.2.1Tribunas y áreas abiertas para espectadores, G.2.2

Muelles, G.4Muelles techados, G.4.1

Playas, G.3Áreas para picnics y áreas de juegos, G.1

Mástiles y cables de guarda, G.1.2Protección para circuitos de iluminación de aeródromos, Cap. 11

Aplicación, 11.2Generalidades, 11.1Instalación del conductor de apantallamiento de anillo de

puesta a tierra para la iluminación de unaeródromo, 11.4

Cables o bandejas múltiples de instalación común, 11.4.3Conductor de apantallamiento, 11.4.1, A.11.4.1Electrodos de puesta a tierra, 11.4.5Interconexiones de conductores de apantallamiento, 11.4.4Puentes de interconexión, 11.4.6Puesta a tierra de la base metálica de un artefacto de

luz, 11.4.7, A.11.4.7Radio de curvatura, 11.4.9Requisitos de las conexiones, 11.4.8Ubicación del conductor de apantallamiento, 11.4.2

Propósito, 11.3Protección para estructuras varias y ocupaciones especiales, Cap. 5

Estructuras arriostradas con cables tensores, 5.7Estructuras de manipulación y procesamiento de granos, carbón

y coque, 5.3Estructuras inflables, 5.5Generalidades, 5.1Helipuertos de azotea, 5.8Mástiles, chapiteles, astas de banderas, 5.2Tanques y silos de concreto, 5.6Torres y tanques de metal, 5.4

Protección para paneles solares, Cap. 12Generalidades, 12.1Principios fundamentales de protección, 12.2Protección de sistemas eléctricos y mecánicos, 12.4

Protección contra sobretensión, 12.4.2Rango de corriente de cortocircuito, 12.4.2.5Rango de protección contra tensión (VPR, por sus siglas

en inglés), 12.4.2.6Puesta a tierra, 12.5

Sistemas al nivel del terreno, 12.5.1Sistemas montados en techos, 12.5.2

Terminales de interceptación de descargas, 12.3Protección para turbinas de viento, Cap. 9

Generalidades, 9.1, A.9.1Principios fundamentales de protección, 9.2Protección de sistemas de control eléctrico y mecánico, 9.3Puesta a tierra, 9.4

Protección para árboles, Anexo FGeneralidades, F.1Métodos y materiales, F.2

Conductores, F.2.1Electrodos de puesta a tierra, F.2.5Fijación de los conductores, F.2.4Tendido de los conductores, F.2.2Terminales aéreos, F.2.3

Publicaciones de referencia, Cap. 2Generalidades, 2.1Otras publicaciones, 2.3

Otras publicaciones, 2.3.3Publicaciones de la ISO, 2.3.1Publicaciones de UL, 2.3.2

Publicaciones de la NFPA, 2.2Referencias de extractos incluidos en las secciones

obligatorias, 2.4Puesta a Tierra [Grounded (Grounding)]

Definición, 3.3.16

ÍNDICE

Edición 2014

INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA RAYOS780-98

Punto de inflamación momentánea (Flash Point)Definición, 3.3.14

-R-

Rango de tensión de protección (VPR, por sus siglas en inglés)[Voltage Protection Rating (VPR)]

Definición, 3.3.43, A.3.3.43Referencias informativas, Anexo O

Publicaciones de referencia, O.1Otras publicaciones, O.1.2

Otras publicaciones, O.1.2.6Otras publicaciones, O.1.2.1Publicaciones de Centros Militares, O.1.2.4Publicaciones de la Federal Aviation Administration

(FAA) (Administración Federal deAviación), O.1.2.2

Publicaciones de la IEC, O.1.2.3Publicaciones de UL, O.1.2.5

Publicaciones de la NFPA, O.1.1Referencias de extractos incluidos en las secciones informativas.

(Reservado), O.3Referencias informativas, O.2

Otras publicaciones, O.2.5Publicaciones de Centros Militares, O.2.3Publicaciones de la IEC, O.2.1Publicaciones de la IEEE, O.2.2Publicaciones de UL, O.2.4

Requisitos generales, Cap. 4Accesorios de conexión, 4.12Anclajes de la mampostería, 4.11Conductores, 4.9

Cantidad de conductores bajantes, 4.9.10Conductores bajantes, 4.9.9Conductores bajantes en ductos no metálicos, 4.9.14Conductores bajantes que ingresan en suelos

corrosivos, 4.9.12Conductores bajantes y columnas estructurales, 4.9.13Conductores de techos, 4.9.7Conductores de tramo transversal, 4.9.8Dobleces en “U” o en “V”, 4.9.4Protección de los conductores bajantes, 4.9.11Soportes de conductores, 4.9.6Sustitución del conductor principal, 4.9.3Trayectoria unidireccional, 4.9.1

Desplazamiento o daños mecánicos, 4.4Dispositivos de interceptación de descargas, 4.6

Cables de guarda, 4.6.4Cables de guarda y mástiles aislados, 4.6.5, A.4.6.5Generalidades, 4.6.1Mástiles de protección contra rayos, 4.6.3Terminales aéreos, 4.6.2

Ornamentos, 4.6.2.3Soporte de los terminales aéreos, 4.6.2.2

Dispositivos terminales de interceptación de descargas entechos, 4.7

Buhardillas, 4.7.7, A.4.7.7

Chimeneas, ventiladores y otros objetos situados sobretechos, ubicados fuera de la zona deprotección, 4.7.11, A.4.7.11

Dispositivos terminales de interceptación de descargas sobremiembros verticales de techos, 4.7.8

Equipos metálicos de techo, 4.7.12Objetos movibles o giratorios situados sobre techos, 4.7.13,

A.4.7.13Sección de techos inclinados, 4.7.3Sección del techo plano o levemente inclinado, 4.7.5Sección s abiertas en techos planos, 4.7.9Techos abovedados o redondeados, 4.7.10Techos con cumbreras intermedias, 4.7.4Techos planos o levemente inclinados con perímetros

irregulares, 4.7.6Tipos de techos, 4.7.1Ubicación de los terminales de interceptación, 4.7.2, A.4.7.2

Ecualización de potencial, 4.15Ecualización de potencial a nivel del techo, 4.15.2, A.4.15.2Ecualización de potencial a nivel del terreno, 4.15.1Ecualización de potencial a nivel intermedio, 4.15.3

Estructuras con armazón de acero, 4.15.3.1Estructuras de concreto armado en las que el refuerzo

está interconectado y puesto a tierraconforme a lo establecido en la sección4.18.3, 4.15.3.2

Otras estructuras, 4.15.3.3Materiales, 4.15.4

Electrodos de puesta a tierra, 4.13Combinaciones, 4.13.7Criterios de selección de electrodos de puesta a tierra, 4.13.8

Terreno arenoso, 4.13.8.2Electrodo de puesta a tierra de placa, 4.13.6, A.4.13.6Electrodo de puesta a tierra tipo anillo, 4.13.4Electrodos de puesta a tierra en concreto (UFER), 4.13.3Electrodos radiales, 4.13.5, A.4.13.5Generalidades, 4.13.1Varillas de puesta a tierra, 4.13.2, A.4.13.2

Profundidad de las varillas de puesta a tierra, 4.13.2.3Varillas de puesta a tierra múltiples, 4.13.2.4, A.4.13.2.4

Generalidades, 4.1Requisitos de clases de materiales, 4.1.1

Interconexión de los sistemas puestos a tierra, 4.14Generalidades, 4.14.1

Interconexión de objetos metálicos, 4.16, A.4.16Materiales, 4.16.4Objetos metálicos aislados (sin puesta a tierra), 4.16.3, A.

4.16.3Objetos metálicos puestos a tierra, 4.16.2

Estructuras de 40 pies (12 m) y menos de altura, 4.16.2.5Estructuras de más de 40 pies (12 m) de altura, 4.16.2.4

Objetos metálicos verticales, 4.16.1Estructuras con armazón de acero, 4.16.1.1Estructuras de concreto armado en las que el refuerzo

está interconectado y puesto a tierraconforme a lo establecido en la sección4.18.3, 4.16.1.2

Otras estructuras, 4.16.1.3Materiales, 4.2

Edición 2014

780-99

Mástiles y soportes de metal para antenas, 4.17Protección contra la corrosión, 4.3

Conectores y accesorios, 4.3.3Protección contra sobretensiones, 4.20

Características físicas, 4.20.9Electrodo de puesta a tierra, 4.20.8, A.4.20.8Generalidades, 4.20.1, A.4.20.1Instalación, 4.20.7Protección contra sobretensión de corriente alterna en

instalaciones, 4.20.5, A.4.20.5Protección contra sobretensión en sistemas de

comunicaciones, 4.20.6Equipos de comunicación de propiedad de la empresa de

servicios, 4.20.6.5Rango de los dispositivos de protección contra

sobretensiones, 4.20.3Circuitos de energía eléctrica, 4.20.3.1, A.4.20.3.1Protección de señales, datos y comunicaciones, 4.20.3.2

Requisitos para protección contra sobretensiones, 4.20.2, A.4.20.2

Tensión límite de un SPD, 4.20.4, A.4.20.4Sistemas estructurales metálicos, 4.19

Conexiones con el armazón de la estructura, 4.19.3Dispositivos terminales de interceptación de

descargas, 4.19.2Electrodos de puesta a tierra, 4.19.4Generalidades, 4.19.1Interconexiones, 4.19.5

Sistemas ocultos, 4.18Chimeneas de mampostería, 4.18.2Electrodos de puesta a tierra, 4.18.4Generalidades, 4.18.1Sistema oculto en concreto armado, 4.18.3

Sujetadores de ductos, 4.10Utilización del aluminio, 4.5Zonas de protección, 4.8

Método de la esfera rodante, 4.8.3Techos de niveles múltiples, 4.8.2

Reservado, Anexo KReservado, Anexo JReservado, Anexo N

-S-

Sistema catenario de protección contra rayos (Catenary LightningProtection System)

Definición, 3.3.4Sistema de protección contra rayos (Lightning Protection System)

Definición, 3.3.24, A.3.3.24Sobretensión (Surge)

Definición, 3.3.37Sujetador (Fastener)

Definición, 3.3.10

-T-

Tensión (Voltage)Definición, 3.3.42Limite de la medida de tensión (MLV, por sus siglas en inglés)

[Measured Limiting Voltage (MLV)]Definición, 3.3.42.2

Tensión de operación normal (Normal Operating Voltage)Definición, 3.3.42.4

Tensión máximo de operación continua (MCOV, por sus siglasen inglés) [Maximum Continuous OperatingVoltage (MCOV)]

Definición, 3.3.42.1Tensión nominal del sistema (Nominal System Voltage)

Definición, 3.3.42.3Terminal aéreo (Air Terminal)

Definición, 3.3.1, A.3.3.1Transitorios (Transient)

Definición, 3.3.39Técnicas para la medición de descargas a tierra, Anexo E

Generalidades, E.1

-V-

Vapores inflamables (Flammable Vapors)Definición, 3.3.13

-Z-

Zona de protección (Zone of Protection)Definición, 3.3.45

ÍNDICE

Edición 2014

Secuencia de eventos para el proceso de desarrollo de normativa NFPA

En cuanto se publica la edición vigente, la Norma se abre para el Aporte del Público

Paso 1: Etapa de Aportes• Aportesaceptadosdelpúblicouotroscomitésparaser

consideradoseneldesarrollodelPrimerBorrador• ElComitéllevaacabolaReunióndePrimerBorradorpara

revisarlaNorma(23semanas)• Comité(s)conComitédeCorrelación(10semanas)• ElComitévotaelPrimerBorrador(12semanas)• ElComité(s)sereúneconelComitédeCorrelación(11

semanas)• ReunióndelComitédeCorrelaciónporelPrimerBorra-

dor(9semanas)• ComitédeCorrelaciónvotaelprimerBorrador(5semanas)• PublicacióndelInformesobreelPrimerBorrador.

Paso 2: Etapa de Comentarios• ComentariosPúblicosaceptadossobreelPrimerBorrador

(10semanas)• SilanormanorecibeComentariosPúblicosyelComiténo

deseacontinuarrevisándola,laNormaseconvierteenunaNormadeConsensoyseenvíadirectamentealConsejodeNormasparasuemisión

• ElComitéllevaacabolaReunióndeSegundoBorrador(21semanas)

• Comité(s)conComitédeCorrelación(7semanas)• ElComitévotaelSegundoBorrador(11semanas)• ElComité(s)sereúneconelComitédeCorrelación(10

semanas)• ReunióndelComitédeCorrelaciónporelPrimerBorra-

dor(9semanas)• ComitédeCorrelaciónvotaelPrimerBorrador(8semanas)• PublicacióndelInformesobreelSegundoBorrador

Paso 3: Reunión Técnica de la Asociación• AceptacióndeNotificacionesdeIntencióndeFormular

unaMoción(NITMAM)(5semanas)• RevisióndeNITMAMsycertificacióndemocionesválidas

parasupresentaciónenlaReuniónTécnicadelaAsociación• LaNormadeConsensosaltealaReuniónTécnicadela

AsociaciónyprocededirectamentealConsejodeNormasparasuemisión

• LosmiembrosdelaNFPAsereúnencadajunioenlaReuniónTécnicadelaAsociaciónytomanacciónsobrelasNormascon“MocionesdeEnmiendaCertificadas”(NIT-MAMscertificadas)

• El/losComité(s)yPanel(es)votancualquierenmiendaexitosadelosInformesdelComitéTécnicoefectuadaporlosmiembrosdelaNFPAenlaReuniónTécnicadelaAsociación.

Paso 4: Apelaciones ante el Consejo y Emisión de Normas• LasNotificacionesdeintencióndeapelaranteelConsejo

deNormasenaccióndelaAsociacióndebenserpresen-tadasdentrodelos20díasdellevadaacabolaReuniónTécnicadelaAsociación

• ElConsejodeNormasdecide,enbaseatodalaevidencia,siemitironolasNormasositomaralgunaotraacción

Clasificaciones de Miembros de Comités1,2,3,4

LassiguientesclasificacionesseaplicanalosmiembrosdeComitésTécnicosyrepresentansuprincipalinterésenlaactividaddelComité.

1. M Fabricante (Manufacturer):representantedeunfabricanteocomerciantedeunproducto,conjuntoosistema,opartedeéste,queestéafectadoporlanorma.

2. U Usuario:representantedeunaentidadqueestésuje-taalasdisposicionesdelanormaoquevoluntaria-menteutilizalanorma.

3. IM Instalador/Mantenedor:representantedeunaentidadquesededicaainstalarorealizarelmantenimientodeunproducto,conjuntoosistemaqueestéafecta-doporlanorma.

4. L Trabajador (Labor):representantelaboraloem-pleadoqueseocupadelaseguridadeneláreadetrabajo.

5. RT Investigación Aplicada/Laboratorio de Pruebas (Applied Research/Testing Laboratory):representantedeunlaboratoriodepruebasindependienteodeunaor-ganizacióndeinvestigaciónaplicadaindependientequepromulgay/ohacecumplirlasnormas.

6. E Autoridad Administradora (Enforcing Authority):representantedeunaagenciauorganizaciónquepromulgay/ohacecumplirlasnormas.

7. I Seguro (Insurance):representantedeunacompañíadeseguros,corredor,mandatario,oficinaoagenciadeinspección.

8. C Consumidor:personaqueconstituyeorepresentaelcompradorfinaldeunproducto,sistemaoservicioafectadoporlanorma,peroquenoseencuentraincluidaenlaclasificacióndeUsuario.

9. SE Experto Especialista (Special Expert):personaquenorepresentaningunadelasclasificacionesanteriores,peroqueposeepericiaenelcampodelanormaodeunapartedeésta.

NOTA1:“Norma”denotacódigo,norma,prácticarecomen-dadaoguía.NOTA2:Losrepresentantesincluyenalosempleados.NOTA3:ApesardequeelConcejodeNormasutilizaráestasclasificacionesconelfindelograrunbalanceparalosComi-tésTécnicos,puededeterminarqueclasificacionesnuevasdemiembrosointeresesúnicosnecesitanrepresentaciónconelobjetivodefomentarlasmejoresdeliberacionesposiblesenelcomitésobrecualquierproyecto.Relacionadoaesto,elConcejodeNormaspuedehacertalesnombramientossegúnlosconsidereapropiadosparaelinteréspúblico,comolaclasificaciónde“Serviciospúblicos”enelComitédelCódigoEléctricoNacional.NOTA4:Generalmenteseconsideraquelosrepresentantesdelasfilialesdecualquiergrupotienenlamismaclasifica-ciónquelaorganizaciónmatriz.

Presentación de Aportes Públicos/ Comentarios Públicos mediante el Sistema de Presentación Electrónica (e-Submission):

Tanprontocomosepublicalaediciónvigente,laNormaseabrepararecibirAportesPúblicos.

Antesdeaccederalsistemadepresentacióneléctronica,primerodeberegistrarseenwww.NFPA.org.Nota: Se le solicitará que se registre o que cree una cuenta gratuita online de NFPA antes de utilizar este sistema:

a. Hagaclicenlacasillagrisquedice“SignIn”enlapartesuperiorizquierdadelapágina.Unaveziniciadalasesión,apare-ceráunmensajede“Bienvenida”enrojoenlaesquinasuperiorderecha.

b. BajoelencabezamientodeCódigosyNormas(Codes&Standards),hagaclicenlaspáginasdeInformacióndelDocu-mento(ListadeCódigos&Normas),yluegoseleccionesudocumentodelalistaoutiliceunadelasfuncionesdebúsque-daenlacasillagrisubicadaarribaaladerecha.

O

a. Diríjasedirectamentealapáginaespecíficadesudocumentomediantesuenlacecortodewww.nfpa.org/document#,(Ejemplo:NFPA921seríawww.nfpa.org/921)Hagaclicenlacasillagrisquedice“LogIn”enlapartesuperiorizquierdadelapágina.Unavezquehayaaccedido,apareceráunmensajede“Bienvenida”enrojoenlaesquinasuperiorderecha.

ParacomenzarsuAportePúblico,seleccioneelvínculoLapróximaedicióndeestaNormaseencuentraahoraabiertaparaComentariosPúblicos(formalmente“propuestas”)ubicadoenlasolapadeInformacióndelDocumento,lasolapadelaPróximaEdición,oenlabarradelNavegadorsituadaaladerecha.Comoalternativa,lasolapadelapróximaEdiciónincluyeunvínculoaPresentacióndeAportesPúblicosonline

Enestepunto,ElSitiodeDesarrollodeNormasdelaNFPAabriráunamuestradedetallesparaeldocumentoqueustedhaseleccionado.Estapáginade“IniciodelDocumento”incluyeunaintroducciónexplicativa,informaciónsobrelafasevigentedeldocumentoyfechadecierre,unpaneldenavegaciónizquierdoqueincluyevínculosútiles,unaTabladeContenidosdeldocumentoeíconosenlapartesuperiorendondeustedpuedehacerclicparaAyudaalutilizarelsitio.LosíconosdeAyudayelpaneldenavegaciónseránvisiblesexceptocuandoustedseencuentrerealmenteenelprocesodecreacióndeunComentarioPúblico.

UnavezqueelInformedelPrimerBorradorseencuentradisponible,seabreunperíododeComentariosPúblicosduranteelcualcualquierpersonapuedepresentarunComentarioPúblicoenelPrimerBorrador.Cualquierobjeciónomodificaciónpos-teriorrelacionadaconelcontenidodelPrimerBorrador,debeserpresentadaenlaEtapadeComentarios.

ParapresentarunComentarioPúblico,ustedpuedeaccederalsistemadepresentacióneléctronicautilizandolosmismospasosexplicadospreviamenteparalapresentacióndeunAportePúblico.

Paramayorinformaciónsobrelapresentacióndeaportespúblicosycomentariospúblicos,visite:http://www.nfpa.org/publicinput

Otros recursos disponibles sobre Páginas de Información de Documentos

Solapa de Información del Documento: BúsquedadeinformaciónsobrelaediciónvigenteyedicionespreviasdeunaNorma

Solapa de la Próxima Edición: SeguimientodelprogresodelComitéenelprocesamientodeunaNormaensupróximocicloderevisión.

Solapa del Comité Técnico: VistadellistadovigentedelosmiembrosdelComitéosolicituddeingresoaunComité

Solapa de Preguntas Técnicas: EnvíodepreguntassobreCódigosyNormasalpersonaldelaNFPA,porpartedemiembrosyfuncionariosdelSectorPúblico/AutoridadesCompetentes.NuestroServiciodePreguntasTécnicasofreceunamaneraconve-nientederecibirayudatécnicaoportunayconsistentecuandoesnecesariosabermássobrelosCódigosyNormasdelaNFPArelevantesparasutrabajo.LasrespuestaslasbrindaelpersonaldelaNFPAdemanerainformal.

Solapa de Productos/Capacitaciones: ListadepublicacionesdelaNFPAydelascapacitacionesdisponiblesparasucompraoenrolamiento.

Solapa de la Comunidad: InformaciónydebatesobreunaNorma

Nota Importante: Todos los aportes deben ser presentandos en inglés

Información sobre el Proceso de Desarrollo de Normas NFPA

I. Reglamentaciones Aplicables.LasreglasprimariasquereglamentanelprocesamientodeNormasNFPA(Códigos,normas,prácticasrecomendadasyguías)sonlasReglamentacionesdeNFPAqueGobiernanelDesarrollodeNormasNFPA(Regl.).Otrasreglasaplica-blesincluyenlosEstatutosdeNFPA,ReglasdeConvenciónparaReunionesTécnicasdeNFPA,GuíaNFPAsobrelaConductadePartici-pantesenelProcesodeDesarrollodeNormasNFPAylasReglamentacionesdeNFPAqueGobiernanlasPeticionesalaJuntaDirectivasobrelasDecisionesdelConsejodeNormas.LamayoríadeestasreglasyregulacionesestáncontendidasenelDirectoriodeNormasdeNFPA.ParacopiasdelDirectorio,contácteseconlaAdministracióndeCódigosyNormasdeNFPA;todosestosdocumentostambiénestándisponiblesen“www.nfpa.org”.

Laquesigue,esinformacióngeneralsobreelprocesodeNFPA.Noobstante,todoslosparticipantes,debenreferirsealasreglasyregu-lacionesvigentesparalacomprensióntotaldeesteprocesoyparaloscriteriosquereglamentanlaparticipación.

II. Informe del Comité Técnico. ElInformedelComitéTécnicosedefinecomoel“Informedeel/losComité(s)responsables,enconformidadconlasReglamentaciones,delapreparacióndeunanuevaNormaNFPAodelarevisióndeunaNormaNFPAexistente.”ElInformedelComitéTécnicoseefectúaendospartesyconsisteenunInformedelPrimerBorradoryenunInformedelSegundoBorrador.(VerRegl.en1.4)

III. Paso 1: Informe del Primer Borrador. ElInformedelPrimerBorradorsedefinecomola“ParteunodelInformedelComitéTécni-co,quedocumentalaEtapadeAportes.”ElInformedelPrimerBorradorconsisteenunPrimerBorrador,AportesPúblicos,AportesdelComité,DeclaracionesdelosComitésydelosComitésdeCorrelación,AportesdeCorrelación,NotasdeCorrelaciónyDeclaracio-nesdeVotación.(VerRegl.en4.2.5.2ySección4.3)CualquierobjeciónrelacionadaconunaaccióndelInformedelPrimerBorrador,debeefectuarsemediantelapresentacióndelComentariocorrespondienteparasuconsideraciónenelInformedelSegundoBorradoroseconsideraráresueltalaobjeción.[VerRegl.en4.3.1(b)]

IV. Paso 2: Informe sobre el Segundo Borrador. ElInformedelSegundoBorradorsedefinecomola“PartedosdelInformedelComitéTécnico,quedocumentalaEtapadeComentarios.”ElInformedelSegundoBorradorconsisteenelSegundoBorrador,ComentariosPúblicosconlascorrespondientesAccionesdelosComitésylasDeclaracionesdelosComités,NotasdeCorrelaciónysusrespectivasDe-claracionesdelosComités,ComentariosdellosComités,RevisionesdeCorrelación,yDeclaracionesdeVotación.(VerRegl.enSección4.2.5.2yen4.4)ElInformedelPrimerBorradoryelInformedelSegundoBorradorjuntosconstituyenelInformedelComitéTécnico.CualquierobjeciónpendientederesoluciónyposterioralInformedelSegundoBorrador,debeefectuarsemediantelacorrespondienteMocióndeEnmiendaenlaReuniónTécnicadelaAsociación,oseconsideraráresueltalaobjeción.[VerRegl.en4.4.1(b)]

V. Paso 3a: Toma de Acción en la Reunión Técnica de la Asociación.LuegodelapublicacióndelInformedelSegundoBorrador,existeunperíododuranteelcualquienesdeseanpresentarlascorrespondientesMocionesdeEnmiendaenelInformedelComitéTécnico,debenseñalarsuintenciónmediantelapresentacióndeunaNotificacióndeIntenciónparaFormularunaMoción(verRegl.en4.5.2).LasNormasquerecibanlacorrespondientenotificacióndeMocióndeEnmienda(MocionesdeEnmiendaCertificadas)seránpresenta-dasparalatomadeacciónenlaReuniónTécnicadelaAsociaciónanualllevadaacaboenelmesdejunio.Enlareunión,losmiem-brosdelaNFPApuedenponerenconsideraciónytomarmedidassobreestasMocionesdeEnmiendaCertificadas,asícomoefectuarelseguimientodelasMocionesdeEnmienda,osea,mocionesquesetornannecesariascomoresultadodeunaMocióndeEnmiendaexitosaanterior(ver4.5.3.2a4.5.3.6yTabla1,Columnas1-3deRegl.paraverunresumendelasMocionesdeEnmiendadisponiblesyquiénlaspuedeformular.)CualquierobjeciónpendientederesoluciónyposterioralatomadeacciónenlaReuniónTécnicadelaAso-ciación(ycualquierotraconsideracióndelComitéTécnicoposterioralaMocióndeEnmiendaexitosa,verRegl.4.5.3.7a4.6.5.3)debeformularsemedianteunaapelaciónanteelConsejodeNormasoseconsideraráresueltalaobjeción.

VI. Paso 3b: Documentos Enviados Directamente al Consejo.CuandonoserecibenisecertificaningunaNotificacióndeIntencióndeFormularunaMoción(NITMAM)enconformidadconlasReglasdeConvenciónparalasReunionesTécnicas,laNormaseenvíadi-rectamentealConsejodeNormasparaaccionarsobresuemisión.Seconsideraquelasobjecionesparaestedocumentoestánresueltas.(VerRegl.4.5.2.5)

VII. Paso 4a: Apelaciones ante el Consejo. CualquierpersonapuedeapelaranteelConsejodeNormasenrelaciónacuestionesdepro-cedimientoocuestionessustancialesrelativasaldesarrollo,contenido,oemisióndecualquierdocumentodelaAsociaciónorelativasacuestionesqueseencuentranenelámbitodelaautoridaddelConsejo,talcomoloestableceelEstatutoycomolodeterminalaJuntaDirectiva.TalesapelacionesdebenefectuarseporescritoypresentarseenlaSecretaríadelConsejodeNormas(VerRegl.en1.6).Loslímitesaltiempoparapresentarunaapelación,debenprestarconformidada1.6.2delasRegl.Seconsideraquelasobjecionesestánresueltassinoprosiguenaestenivel.

VIII. Paso 4b: Emisión del Documento.ElConsejodeNormaseselemisordetodoslosdocumentos(verelArtículo8delEstatuto).ElConsejoactúaenlaemisióndeundocumentopresentadoparalatomadeacciónenlaReuniónTécnicadelaAsociación,dentrodelos75díasdesdelafechaderecomendaciónenlaReuniónTécnicadelaAsociación,salvoqueseextiendaesteperíodoporelConsejo(VerRegl.en4.7.2).ParalosdocumentosqueseenvíandirectamentealConsejodeNormas,elConsejoactúaenlaemisióndeldocu-mentoensupróximareuniónprogramada,oenalgunaotrareuniónqueelConsejopudieradeterminar(VerRegl.en4.5.2.5y4.7.4).

IX. Peticiones ante la Junta Directiva. SehadelegadoenelConsejodeNormaslaresponsabilidaddelaadministracióndelprocesodedesarrollodelosCódigosyNormasydelaemisióndedocumentos.Noobstante,cuandoexistencircunstanciasextraordinariasquerequierenlaintervencióndelaJuntaDirectiva,laJuntaDirectivapuedetomarcualquieracciónnecesariaparadarcumplimientoasuobligacióndepreservarlaintegridaddelprocesodedesarrollodeCódigosyNormasydeprotegerlosinteresesdelaAsociación.LasreglasparaefectuarpeticionesantelajuntaDirectivapuedenencontrarseenlasReglamentacionesdelaNFPAqueGobiernanlasPeti-cionesalaJuntaDirectivasobrelasDecisionesdelConsejodeNormasyen1.7delasRegl.

X. para más Información.DebeconsultarseelprogramaparalaReuniónTécnicadelaAsociación(asícomoelsitiowebdelaNFPAamedidaquevahabiendoinformacióndisponible)paralafechaenquesepresentarácadainformeprogramadoparasuconsideraciónenlareunión.ParaobtenercopiasdelInformedelPrimerBorradorydelInformedelSegundoBorrador,asícomootrainformaciónsobrelasreglamentacionesdelaNFPAeinformaciónactualizadasobreprogramasyfechaslímiteparaelprocesamientodedocumentosdeNFPA,visitewww.nfpa.org/abouttheCódigosollamealaAdministracióndeCódigos&NormasdeNFPAal+1-617-984-7246.