INSPECTORÍA GENERAL / CONVIVENCIA ESCOLAR Rev. 06 · MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Año 2018...

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Año 2018 INSPECTORÍA GENERAL / CONVIVENCIA ESCOLAR Rev. 06 www.colegiocasteliano.cl 1 INTRODUCCIÓN El Colegio Casteliano, fiel a los Principios y Valores declarados en su Proyecto Educativo Institucional, presenta su Manual de Convivencia Escolar (en adelante MCE), revisado en diciembre 2016 por el Consejo de Profesores, los equipos de Unidad de Convivencia Escolar e Inspectoría General y ratificado por el Consejo Escolar 2017; adecuado a la normativa vigente, respondiendo así a la necesidad de formar, regular y resguardar el convivir de todos los integrantes de la comunidad escolar. ARTÍCULO 1. De las disposiciones generales. a. Revisión anual: El presente MCE es revisado una vez al año, proceso en el que se recoge las sugerencias de los distintos actores de la comunidad transformándolo en un instrumento dinámico y adaptable a los desafíos y exigencias del fluir vivencial de la comunidad. b. Participación: La revisión del presente MCE se realiza con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa a través de sus representantes, en mesas de discusión, debate y consenso de las materias tratadas, entendiéndose éste como un instrumento necesario para la regulación del convivir institucional. c. Adhesión institucional: Quienes forman parte de esta comunidad educativa, en sus distintos roles, han optado libremente por pertenecer a esta institución, adhiriendo a su Proyecto Educativo y aceptando las normas regulatorias establecidas en los distintos documentos normativos del convivir institucional. ARTÍCULO 2. Del marco legal vigente Marco legal vigente: el presente Manual de Convivencia Escolar (MCE) del Colegio Casteliano considera el siguiente marco legal vigente: La Constitución Política de la República de Chile La Declaración Universal de los Derechos Humanos La Convención sobre los Derechos del niño Ley Nº 20.370 General de Educación Ley Nº 20.536, sobre Violencia Escolar Ley Nº 19.638, sobre Libertad de Culto DS Nº 924/1993 Ministerio de Educación, reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales DS Nº 79 / 2004 Ministerio de Educación, sobre estudiantes madres o embarazadas. DFL Nº 2 / 1990 Ministerio de Educación, sobre Subvención Escolar DS Nº 240/99 y 220/98 Ministerio de Educación, sobre OFT Ley Nº 20.084, sobre sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal DS Nº 524 / 1990, sobre reglamento general y funcionamiento de Centros de Alumnos DS Nº 565 / 1990, sobre reglamento general y funcionamiento de Centros de Padres y Apoderados Ley Nº 20.845, de Inclusión Escolar Instructivo Presidencial sobre Participación Ciudadana Política de participación de padres, madres y apoderados en el sistema educativo Marco Curricular vigente, para la Educación Pre-Básica, Básica y Media ARTÍCULO 3. De las definiciones. Conceptos: en nuestro Manual de Convivencia Escolar se definen algunos conceptos que orientan la comprensión de nuestros procedimientos y abordaje de las faltas, así como la aplicación de medidas. Convivencia Escolar: (Ley 20.536) “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

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INTRODUCCIÓN El Colegio Casteliano, fiel a los Principios y Valores declarados en su Proyecto Educativo Institucional, presenta su Manual de Convivencia Escolar (en adelante MCE), revisado en diciembre 2016 por el Consejo de Profesores, los equipos de Unidad de Convivencia Escolar e Inspectoría General y ratificado por el Consejo Escolar 2017; adecuado a la normativa vigente, respondiendo así a la necesidad de formar, regular y resguardar el convivir de todos los integrantes de la comunidad escolar. ARTÍCULO 1. De las disposiciones generales.

a. Revisión anual: El presente MCE es revisado una vez al año, proceso en el que se recoge las sugerencias de los distintos actores de la comunidad transformándolo en un instrumento dinámico y adaptable a los desafíos y exigencias del fluir vivencial de la comunidad.

b. Participación: La revisión del presente MCE se realiza con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa a través de sus representantes, en mesas de discusión, debate y consenso de las materias tratadas, entendiéndose éste como un instrumento necesario para la regulación del convivir institucional.

c. Adhesión institucional: Quienes forman parte de esta comunidad educativa, en sus distintos roles, han optado

libremente por pertenecer a esta institución, adhiriendo a su Proyecto Educativo y aceptando las normas regulatorias establecidas en los distintos documentos normativos del convivir institucional.

ARTÍCULO 2. Del marco legal vigente Marco legal vigente: el presente Manual de Convivencia Escolar (MCE) del Colegio Casteliano considera el siguiente marco legal vigente:

La Constitución Política de la República de Chile

La Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Convención sobre los Derechos del niño

Ley Nº 20.370 General de Educación

Ley Nº 20.536, sobre Violencia Escolar

Ley Nº 19.638, sobre Libertad de Culto

DS Nº 924/1993 Ministerio de Educación, reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales

DS Nº 79 / 2004 Ministerio de Educación, sobre estudiantes madres o embarazadas.

DFL Nº 2 / 1990 Ministerio de Educación, sobre Subvención Escolar

DS Nº 240/99 y 220/98 Ministerio de Educación, sobre OFT

Ley Nº 20.084, sobre sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley Penal

DS Nº 524 / 1990, sobre reglamento general y funcionamiento de Centros de Alumnos

DS Nº 565 / 1990, sobre reglamento general y funcionamiento de Centros de Padres y Apoderados

Ley Nº 20.845, de Inclusión Escolar

Instructivo Presidencial sobre Participación Ciudadana

Política de participación de padres, madres y apoderados en el sistema educativo

Marco Curricular vigente, para la Educación Pre-Básica, Básica y Media

ARTÍCULO 3. De las definiciones. Conceptos: en nuestro Manual de Convivencia Escolar se definen algunos conceptos que orientan la comprensión de nuestros procedimientos y abordaje de las faltas, así como la aplicación de medidas. Convivencia Escolar: (Ley 20.536) “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

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Acoso Escolar: (Ley 20.536) “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (o bullying), realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.” Conflicto: entendemos por conflicto la tensión o quiebre de un vínculo relacional entre dos o más personas manifiesto en la “oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles.” (Orientaciones para la elaboración de MCE, Mineduc). Violencia: “uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica.” La violencia tiene múltiples manifestaciones, de las que destacamos por su implicancia en la vida escolar, las siguientes:

a. Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying.

b. Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.

c. Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.

d. Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos sobre el otro.

e. Violencia a través de medios tecnológicos: implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chats, blogs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en “ciberbullying”.

ARTÍCULO 4. De los deberes y derechos de los distintos miembros de la comunidad La Ley General de Educación, en su artículo 10, establece los derechos y deberes para los distintos actores de la comunidad educativa, sin perjuicio de lo anterior, se ofrece la siguiente tabla que ayuda a mejorar la comprensión:

a. Los estudiantes tienen los siguientes deberes y derechos: (la letra a. del presente artículo se expresa en 1º persona por razones pedagógicas, ya que se busca la cercanía al estudiante en su lectura, comprensión y aceptación de las normas).

Nº Como estudiante tengo derecho a … Como estudiante tengo el deber de …

1 Ser reconocido como miembro de la comunidad educativa del colegio.

Conocer y respetar las normas de la comunidad a la que pertenezco.

2 Sentirme parte de la comunidad Casteliana, gozando de su identidad institucional.

Resguardar la identidad institucional, velando por la adecuada y correcta convivencia, en relación al vocabulario, presentación personal y trato, tanto en su rutina escolar como ámbitos externos al colegio.

3 Ser atendido en mis inquietudes personales y académicas, siendo tratado con respeto, amabilidad y cobijo.

Relacionarme con los integrantes de la comunidad bajo el marco del respeto y la amabilidad.

4 A que mi proceso de enseñanza-aprendizaje se Colaborar en la conformación de un ambiente de bien-estar

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realice en un ambiente de respeto y encuentro. para el aprendizaje

5 A ser tratado sin discriminación en mi aprendizaje, atendiendo la diversidad de necesidades que puedo presentar.

Relacionarme con mis compañeros sin discriminarlos por las necesidades que puedan presentar.

6 Una evaluación objetiva, congruente con los principios del PEI, y correspondiente a los objetivo de cada subsector.

Informarme acerca de los procedimientos e instrumentos evaluativos aplicados por el establecimiento.

7 Asistir a las actividades escolares en espacios limpios, ordenados, con ventilación e iluminación adecuada.

Cuidar y mantener el orden, limpieza y condiciones ambientales, de los espacios educativos; informando cualquier anomalía al respecto.

8 Conocer las observaciones registradas en mi hoja de vida del libro de clases.

Asumir como una oportunidad de superación o estímulo para mi crecimiento personal, los registro de mi hoja de vida.

9 Recibir orientación escolar, vocacional y profesional, según mis capacidades, inquietudes e intereses.

Recibir y acoger las sugerencias e información y propuestas, que las instancias profesionales pertinentes me entregan.

10 Al resguardo de la privacidad de toda información que entregue acerca de circunstancias personales o familiares.

Resguardar la reserva de la información que entregue, para cuidar su validez.

11 Participar en todas las actividades planteadas por mi colegio.

Responsabilizarme de mi participación en las actividades plateadas por mi colegio, respetando asistencia, puntualidad y presentación personal.

12 Organizarme bajo la estructura de un Centro de Alumnos, según los estatutos existentes

Participar como candidato, estimulando mis capacidades como líder emergente.

Elegir a mis representantes ante la dirección del colegio, según los estatutos que rigen el funcionamiento del Centro de Alumnos.

Reconocer al Centro de Alumnos como mis legítimos representantes, asumiendo que son el medio para canalizar mis inquietudes, participando de sus actividades.

Respetar la normativa que rige el Centro de Alumnos.

13 Ser informado de las decisiones pedagógicas institucionales

Estar informado y respetar las decisiones pedagógicas adoptadas por el colegio

14 Al uso de las instalaciones del establecimiento para actividades académicas y/o recreativas, de acuerdo a la disposición en tiempo y espacio.

Responsabilizarme del material, mobiliario y/o espacio solicitado, respondiendo por los daños que pudieran ocasionarse.

15 Conocer mis calificaciones y evaluaciones de acuerdo a los plazos que establece el reglamento de evaluación y promoción en vigencia.

Cumplir con el proceso de evaluación según el reglamento de evaluación y promoción vigente.

16 Disfrutar íntegramente de mi tiempo en los recreos. Respetar las normas establecidas para el uso de mi tiempo libre en el establecimiento

17 Conocer plan de Seguridad del Establecimiento (PISE). Respetar, ensayar y obedecer las normas de seguridad del Establecimiento.

18 Todos los resguardos que la Constitución política y los convenios internacionales determinen para el cuidado de la infancia y los jóvenes. Ej. Derecho de alumnas embarazadas.

Conocer y denunciar a los canales pertinentes, dentro del colegio, cuando me sienta vulnerado en mis derechos.

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b. Los padres y apoderados tienen los siguientes derechos y deberes:

Nº Derechos Deberes

1 Conocer el Proyecto Educativo del establecimiento, principios y valores.

Informarse, reconocer y respetar los principios educativos y valóricos del Proyecto Educativo del establecimiento.

2 Ser informado periódicamente del avance académico y de los procesos de convivencia escolar relacionados con su pupilo.

Asistir y participar de las reuniones, entrevistas e instancias informativas del establecimiento.

Proporcionar los datos de contacto telefónico actualizado en caso de emergencia, cada vez que sea necesario.

3 Ser informado del funcionamiento del establecimiento, sus procedimientos y estrategias pedagógicas.

Reconocer, comprender, respetar y utilizar los conductos oficiales para informarse y manifestarse respecto del funcionamiento, procedimientos y estrategias del establecimiento.

4 Ser escuchado cuando existan dudas e inquietudes respecto del proceso académico y de convivencia de su pupilo y recibir respuesta oportuna.

Expresar con respeto y mediante los conductos oficiales toda duda o inquietud respecto del proceso académico y de convivencia de su pupilo.

5 Participar activamente en los procesos educativos de su pupilo en los ámbitos que corresponda, aportando al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.

Entender y practicar la participación como un aporte constructivo, cooperador y de respeto en el marco del Proyecto Educativo Institucional.

6 Ser atendido cortésmente, en el marco de un trato respetuoso y acogedor.

Solicitar atención cortésmente, en el marco de un trato respetuoso y acogedor.

7 Participar de la organización interna de su curso a nivel de padres y apoderados, como asimismo participar de la organización del CGPA, de acuerdo a los estatutos.

Respetar los estatutos vigentes y organizaciones vigentes, decretos y marco legal; entender la participación como un aporte co-constructor de ambientes de aprendizaje favorables.

8 Conocer y recibir información sobre la Cuenta Pública Anual.

Participar de las instancias informativas de la Cuenta Pública Anual.

9 Conocer y participar del proceso de postulación a Becas, según las pautas y normas que se han establecido para su ejecución.

Respetar las pautas y normas dispuestas en el Reglamento de Becas que rige en el establecimiento.

10 Recibir de parte de la institución el mejor servicio y atención, procurando aplicar todas las estrategias para el logro de los objetivos propuesto y la formación de sus estudiantes.

Responder oportunamente a los compromisos financieros derivados del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

Informar al Colegio de forma oportuna y veraz, respetando los conductos regulares, toda situación que afecte al estudiante: de salud, familiar, emocional; derivaciones externas (psiquiatra, psicólogo, neurólogo, etc.); judiciales, etc.

Responder oportunamente a los compromisos acordados con el establecimiento respecto de derivaciones externas, sugerencias de observación, modificación de rutinas u otros.

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c. Los profesionales de la educación tienen los siguientes derechos y deberes:

d. Los asistentes de la educación tienen los siguientes derechos y deberes:

Derechos Deberes

1 Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

Ejercer su función en forma idónea y con responsabilidad.

2 Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.

Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad escolar.

3 Participar de las instancias colegiadas de la institución y proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento en los términos previstos por la normativa interna. (Comité paritario)

Respetar las normas internas del establecimiento.

4 Recibir trato igualitario y participar en instancias con diversos miembros de la comunidad.

Ningún asistente de la educación podrá mantener contacto en las redes sociales con estudiantes del colegio.

Nº Derechos Deberes

1 Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

2 Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

Ejercer la función docente de forma responsable e idónea.

3 Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

Cuidar y promover el cuidado por parte de los estudiantes de los espacios y materiales de trabajo que provee el establecimiento.

4 Conocer y participar de la elaboración de las normas que regulan la convivencia entre los miembros de la comunidad.

Respetar tanto las normas del establecimiento como los derechos de los estudiantes.

5 Disponer de tiempo y recursos para realizar reflexión compartida acerca de sus prácticas pedagógicas.

Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.

6 Recibir capacitación de actualización y evaluación periódica.

Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.

7 A ser reconocido como un líder, recibiendo el apoyo institucional que su quehacer requiere.

Ser líder, comunicador y orientador de sus alumnos; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.

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e. El Equipo Directivo del Colegio tiene los siguientes deberes y derechos:

Derechos Deberes

1 Conducir la realización del Proyecto Educativo del Colegio.

Propender a elevar la calidad de los resultados del Colegio, teniendo como norte su Proyecto Educativo.

2 Ejercer su cargo con libertad de liderazgo para proponer estrategias, decisiones y acciones pedagógicas que propicien la reflexión pedagógica y la toma de decisiones en concordancia con el análisis de resultados.

Liderar las estrategias, decisiones y acciones pedagógicas, propiciando la reflexión pedagógica y la toma de decisiones en concordancia con el análisis de resultados.

3 Proponer estrategias de desarrollo profesional docente. Promover e incentivar el desarrollo profesional de los docentes a su cargo.

4 Proponer y analizar permanentemente las normas del establecimiento que dirigen.

Promover y respetar todas las normas del establecimiento que dirigen.

5 Acompañar a su equipo docente, brindando apoyo, orientación y retroalimentación sobre su trabajo.

Realizar supervisión pedagógica en aula.

f. La entidad Sostenedora del Colegio tiene los siguientes deberes y derechos:

Derechos Deberes

1 Establecer y ejercer el Proyecto Educativo Institucional. Incorporar a la comunidad educativa en el establecimiento del Proyecto Educativo Institucional.

2 Establecer planes y programas propios en conformidad a la ley.

Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representa.

3 Solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia.

4 Recibir orientación oportuna por parte del Ministerio de educación y entidades educacionales para asegurar la calidad del servicio educacional que brinda.

Entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter al establecimiento a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

5 - Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

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TÍTULO I PRESENTACIÓN PERSONAL

ARTÍCULO 5. Del uniforme escolar Conforme a lo dispuesto en la Ley, DS 215 de 2009, nuestro colegio ha definido en conjunto con el Consejo Escolar el uso obligatorio de uniforme escolar de diseño institucional. Respecto de éste se establece:

DAMAS VARONES

- Blusa blanca - Corbata institucional - Sweater escote V azul - Falda institucional (dos tablas adelante y lisa

atrás) - Calcetas grises - Zapato negro escolar - Chaqueta institucional - Polera piqué blanca institucional (opcional sólo de

martes a viernes)

- Camisa blanca - Corbata institucional - Sweater escote V azul - Pantalón gris, corte tradicional recto (no pitillo). - Calcetas grises - Zapato negro escolar - Chaqueta institucional - Polera piqué blanca institucional (opcional sólo de

martes a viernes)

En período de invierno la Inspectoría General publicará un calendario de autorización a las damas para el uso de pantalón gris en tela, corte y modelo tradicional escolar. En otros períodos, el uso de pantalón en las damas podrá ser autorizado por Inspectoría General sólo con recomendación médica o psicológica. Toda prenda de vestir perteneciente al uniforme, formal o deportivo, debe estar debidamente marcada, con el nombre completo del estudiante; es responsabilidad de cada estudiante el cuidado de sus pertenencias y de su correcta identificación; en caso de pérdida o extravío el colegio apoyará con las medidas de que disponga para ayudar a recuperar las prendas debidamente marcadas, pero no repondrá pertenencias perdidas. ARTÍCULO 6. Del correcto uso del uniforme El uniforme escolar es de uso tradicional y formal, por lo que deberá ser llevado según las siguientes indicaciones:

a. Los días lunes, actos oficiales, representaciones externas del Colegio, salidas a terreno y en las ocasiones que el Colegio lo señale expresamente, deberá usarse camisa o blusa blanca y corbata. La alternativa de polera blanca de piqué institucional es OPCIONAL sólo de martes a viernes.

b. Toda moda o tendencia que intervenga o modifique el corte, diseño y/o forma de llevar las prendas no corresponde al uso del uniforme (modelos pitillos, raperos, ajuste de las prendas, excesivo uso de calcetas, uso de bucaneras y/o polainas, etc.).

c. En el caso de las damas, el largo de la falda no debe superar los 3 dedos sobre la rodilla.

d. Sólo cuando las condiciones climáticas lo ameriten, Inspectoría General autorizará el uso de accesorios azul marino (gorros, bufandas, guantes).

e. Debido a las condiciones climáticas de alta radiación solar, se permitirá el uso del jockey institucional, en los espacios abiertos del establecimiento. Por resguardo del respeto y las buenas costumbres el alumno no podrá permanecer en la sala de clases con el jockey puesto en su cabeza.

f. Pre kínder sólo usa uniforme deportivo durante el año escolar.

g. Los polerones representativos son de uso exclusivo de los estudiantes de Cuarto Año de Enseñanza Media. El diseño será visado por Dirección.

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h. El uso de pantalones por parte de las estudiante fuera del periodo de inviernos será visado por Inspectoría General / Convivencia Escolar, sólo con respaldo médico y/o psicológico.

ARTÍCULO 7. Del uniforme deportivo Tanto para damas, como varones, el uniforme deportivo es el siguiente:

- Polera blanca diseño institucional - Buzo deportivo institucional - Short o calza azul marino institucional - Calcetas blancas - Zapatillas adecuadas para el deporte

a. Según artículo anterior, letra f, sólo los estudiantes de pre kínder están autorizados para asistir durante el año con buzo deportivo.

b. Los estudiantes de Kínder a 6° Básico podrán asistir usando el buzo deportivo del Colegio a la jornada diaria,

sólo aquellos días que por horario corresponde Educación Física.

c. Para los estudiantes de 7° Básico a IV° Medio, el uniforme deportivo será de uso exclusivo de la clase de

Educación Física y actividades deportivas internas o externas. No se permitirá su uso en reemplazo del uniforme para asistir a la jornada diaria, incluso aquellos días que por horario corresponde Educación Física y/o Deporte. Igual situación se contempla para el período de invierno en días fríos o lluviosos.

d. Para resguardar la formación en hábitos higiénicos es obligatorio para la clase de Educación Física y otras similares, prendas de ropa interior de recambio y el uso de accesorios de aseo personal (toalla, jabón, peineta, desodorante, etc.)

e. Se recomienda el uso del jockey institucional, para el cuidado de los efectos de la radiación solar, como así también el uso de protector solar para las clases de Ed. Física al aire libre.

ARTÍCULO 8. Del cuidado corporal

a. Los estudiantes deberán presentarse diariamente a sus actividades escolares debidamente aseados, con su cabello corto (estilo escolar tradicional, arriba del cuello de la polera), natural, sin colorantes capilares ni peinados de fantasía, ni flequillos laterales ni traseros; barba rasurada y sin bigotes, sin maquillaje ni joyas (aretes, y/o piercing, collares, pulseras, etc.)

b. Las estudiantes, deberán presentarse diariamente a sus actividades escolares debidamente aseadas, sin

maquillaje ni joyas (aretes, y/o piercing, collares, pulseras, etc.); cabello limpio y recogido, con trabas , collets o cintillos azul marino, sin extensiones ni trenzas artesanales, que mantenga el rostro despejado, sin colorantes capilares ni peinados de fantasía.

c. En el caso de los varones, el cuidado de las manos incluye la pulcritud de uñas, mantenidas cortas, sin esmalte. d. El cuidado de las uñas de las manos de las damas, podrá ser con productos cosméticos incoloros, cuidados

que deberán ser efectuados en el hogar. e. El uso de joyas y otros accesorios, como aros colgantes, anillos, cadenas, pulseras, piercing y tatuajes en

distintas partes del cuerpo, corresponden a modas y tendencias que quedan fuera del ámbito de la vida escolar, por lo que no podrán ser usados en toda ocasión que se vista el uniforme. Se aceptará, sólo a las

damas, anillos discretos y el uso de un aro pequeño en cada oreja; en ningún caso, este aro podrá ser

colgante.

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TÍTULO II ASISTENCIA REGULAR A CLASES

La asistencia regular a clases es fundamental para el logro de los objetivos académicos y de formación integral. En la actualidad se entiende un deber familiar procurar las condiciones para la regularidad en la asistencia diaria a clases de los alumnos. ARTÍCULO 9. De la asistencia mínima

Dada la importancia de la asistencia regular a las actividades escolares, el colegio exige un 85% mínimo de

asistencia semestral, considerándose falta grave no alcanzar este porcentaje y de incidencia directa en la aprobación del año escolar. ARTÍCULO 10. De los justificativos Toda inasistencia a clases y/o actividades escolares deberá ser justificada por el apoderado personalmente. En caso de ausencias superiores a dos días, el apoderado deberá entregar los documentos médicos o de otra índole que justifiquen la inasistencia al momento que reingrese su alumno en forma regular. ARTÍCULO 11. De la ausencia a evaluaciones En caso de ausencia a cualquier tipo de evaluación, el estudiante debe ponerse a disposición del profesor de la(s) asignatura(s) a las que faltó, para rendir la evaluación. En situaciones de ausencia prolongada del estudiante, la U.T.P reprogramará una nueva calendarización. La ausencia a pruebas escritas, entrega de trabajos o disertaciones fijadas con antelación deben ser justificadas a Inspectoría, por medio de certificado médico, al momento del reingreso del estudiante. Para cualquier otra situación, ésta será revisada exclusivamente por Subdirección y/o UTP. Las acciones específicas respecto al no cumplimiento de evaluaciones y/o trabajos por ausencia a clases están contempladas en el Manual de Procedimientos Evaluativos, Título XI, artículos 28 al 38, los que se reproducen a continuación: XI. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SANCIÓN EN TORNO A LA EVALUACIÓN

Art. 28 Sobre ausencia a una evaluación: a. La ausencia a pruebas escritas, entrega de trabajos, laboratorios, salidas pedagógicas, disertaciones o cualquier otra evaluación

fijada con antelación deben ser justificadas a Inspectoría, por medio de certificado médico al momento del reingreso del estudiante, máximo 48 horas posteriores al reingreso. El no cumplimiento de esta disposición se encuentra tipificado en nuestro MCE, Artículo 34, Falta Grave.

b. Por cualquier otra situación, el apoderado deberá justificar personalmente en Unidad Técnica Pedagógica.

Art. 29 Las ausencias no justificadas tendrán como consecuencia desde 3º Básico a IV Medio, nota mínima (1,5). Art. 30 Los estudiantes de 7° EGB a IV EM que deban una evaluación tendrán que rendirla el día viernes de la semana que se reintegra, si

debe más de una evaluación rendirá una el día viernes y otra según estipule U.T.P. Art. 31 El docente podrá modificar el instrumento evaluativo manteniendo los mismos objetivos de aprendizajes evaluados. Art. 32 En situaciones de ausencia prolongada del estudiante (enfermedad, viajes u otros), U.T.P. reprogramará una nueva calendarización

con los compromisos evaluativos del estudiante. Art. 33 En caso de que un estudiante no cumpla con llevar los materiales solicitados para la clase (Arte, Música Tecnología u otras

Asignaturas que requieran materiales específicos) el docente debe asignarle un trabajo alternativo durante la clase, si esta situación se repite por segunda vez se citará al apoderado. Artículo 33 del MCE, Falta Grave.

Art. 34 Si el estudiante es retirado de forma extraordinaria durante la jornada escolar y debe rendir alguna evaluación, ésta será aplicada

previo al retiro, es el estudiante el responsable de señalar que debe rendir una evaluación al momento de solicitar el retiro. Art. 35 Si el estudiante es sorprendido con información de la prueba escrita en papel o con aparatos electrónicos (celular, smartphones,

Tablet u otros) que puedan contener imágenes de los contenidos de la prueba, será requisada la evidencia y se aplicará la sanción correspondiente al MCE Artículo 33 del MCE, considerado como Falta Gravísima se aplicará el procedimiento y sanción establecido. El docente y la UTP determinarán si es necesario cambiar el instrumento.

Art. 36 Si el estudiante es sorprendido copiando en una evaluación Artículo 33 del MCE, Falta Grave; se retira el instrumento y dentro del

día será evaluado de manera oral con registro en acta o bien, con un 70% de prema hasta donde alcanzó a contestar, (según criterio del docente).

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Art. 37 Entregar una evaluación escrita en blanco se considera una negativa a rendir la misma, Artículo 33 del MCE, considerado como Falta Gravísima, se aplicará el procedimiento y sanción establecido. Sin perjuicio de lo anterior, la U.T.P. citará al estudiante y consignará la nota mínima.

Art. 38 Plagio o reutilización de trabajos en Artes u otras Asignaturas: falta tipificada en nuestro MCE, Artículo 33 como Gravísima, se

aplicará procedimiento y sanción. Sin perjuicio de lo anterior, el docente podrá evaluar de forma oral o con un trabajo dentro de la misma clase.

ARTÍCULO 12. De los retiros en horas escolares El retiro de estudiantes en forma extraordinaria durante la Jornada escolar, deber ser realizado personalmente por el apoderado titular o apoderado suplente con su cédula de identidad, debiendo firmar el Libro de Retiro, previa autorización de Inspectoría General. No se aceptarán solicitudes de retiro vía telefónica o Agenda, se ruega no insistir en esta medida ya que tiene como finalidad el cuidado de la integridad física y exposición a accidentes de los estudiantes. Para facilitar el retiro de los estudiantes, no se realizará retiros durante las horas de colación. Si el estudiante retirado debe rendir alguna evaluación, ésta será aplicada previa al retiro.

TÍTULO III PUNTUALIDAD

ARTÍCULO 13. De la Jornada Escolar

NIVEL HORARIO INGRESO

HORARIO INICIO

CLASES

HORARIO SALIDA

LUNES - JUEVES

HORARIO SALIDA

VIERNES

SEDE

PREKINDER A 8:10 8:15 13:15 13:15 CASA CENTRAL

PREKINDER B 13:25 13.30 18:30 18:30 CASA CENTRAL

KINDER A 8:10 8:15 13:15 13:15 CASA CENTRAL

KINDER B 13:25 13:30 18:30 18:30 CASA CENTRAL

1º BASICOS 8:10 8:15 14:05 13:20 CASA CENTRAL

2º BASICOS 8:10 8:15 14:05 13:20 CASA CENTRAL

3º BASICOS 8:10 8:15 15:40 13:25 CASA CENTRAL

4º BASICOS 8:10 8:15 15:40 13:25 CASA CENTRAL

5º BASICOS 8:10 8:15 15:40 13:25 CASA CENTRAL

6º BASICOS 8:10 8:15 15:40 13:25 CASA CENTRAL

7º BASICOS 8:10 8:15 15:45 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

8º BASICOS 8:10 8:15 15:45 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

Iº MEDIOS 8:10 8:15 16:30 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

IIº MEDIOS 8:10 8:15 16:30 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

IIIº MEDIOS 8:10 8:15 16:30 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

IVº MEDIOS 8:10 8:15 16:30 13:15 CAMPUS FRUTILLAR

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ARTÍCULO 14. De los atrasos Se entiende como atraso la llegada con posterioridad al inicio de la jornada diaria, en cuyo caso el estudiante deberá esperar en el lugar indicado para aplicar procedimiento por Inspectoría. El horario de inicio de las actividades escolares es a las 08:10 horas, siendo el periodo de formación en patio, saludo, oración, etc. parte de las actividades de la jornada diaria. Asimismo, será considerado atraso la llegada al aula u otra actividad escolar, con posterioridad a la llegada del docente y/o paradocente encargado, debiendo el estudiante dirigirse a Inspectoría para procedimiento (solicitud de pase y consignación del atraso en registro de Inspectoría), en el caso de atraso a prueba fijada con anterioridad, el estudiante será derivado a U.T.P. Los estudiantes de la jornada de mañana que ingresen con posterioridad a las 9:00 horas, deberán hacerlo sólo con la presencia del apoderado. No obstante lo anterior, el ingreso al aula u otra actividad de los estudiantes atrasados, no debe provocar la interrupción del normal desarrollo de las actividades escolares, resguardando la continuidad y concentración de quienes han iniciado puntualmente sus actividades.

TÍTULO IV SITUACIONES ESPECIALES

ARTÍCULO 15. De las estudiantes embarazadas En relación a estudiantes embarazadas o madres adolescentes, en conformidad con la Ley, el colegio Casteliano resguarda el derecho de los estudiantes que no pueden cumplir con los horarios y disposiciones generales del funcionamiento del establecimiento. Para ello se ha dispuesto el siguiente procedimiento:

a) Una vez conocida la noticia del embarazo, quien recibe la información debe derivar al Departamento de Convivencia Escolar para que el Encargado de Convivencia Escolar realice entrevista cuyo fin es confirmar la existencia de una situación de riesgo, que implique posible deserción escolar y derive a las instancias pertinentes:

b) Derivación a UTP, donde se evaluará, mediante certificación médica, la posibilidad de asistencia normal a clases,

el período de ausencia y las condiciones ambientales que requiera su permanencia en el establecimiento, para señalar la adaptación curricular y evaluativa que mejor acomode a la situación particular de cada estudiante.

c) Derivación al equipo multidisciplinario quien evaluará la situación emocional y de inserción escolar y

determinará los apoyos y seguimiento internos y/o externos que se requieran. ARTÍCULO 16. De las dificultades de orden emocional o psicosocial En caso de patologías psiquiátricas y desórdenes emocionales que afecten la conducta de los estudiantes provocando problemas disciplinarios, de agresividad o ausencias prolongadas, el colegio actuará resguardando el bien-estar común; el procedimiento en este caso será:

a) Una vez recibida la información acerca de dificultades de orden emocional o psicosocial: quien recepciona la información debe remitirla al Encargado de Convivencia Escolar, quien dispondrá la derivación al Equipo Multidisciplinario para elaborar los informes que permitan determinar las medidas a aplicar.

b) La presentación de Certificados de enfermedades que impliquen apoyo emocional y necesidades especiales de asistencia y ritmo escolar serán analizados por Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con UTP y los profesionales de apoyo, quienes decidirán las medidas de resguardo que mejor ayuden al estudiante, tales

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como: reducir jornada, adaptación curricular, evaluación diferenciada, etc. Asimismo, será el equipo de Convivencia Escolar y UTP los encargados de determinar el tipo y periodicidad del seguimiento del caso.

c) Toda decisión adoptada en torno a una situación especial será informada al apoderado en entrevista formal por el Encargado de Convivencia Escolar y los profesionales de apoyo pertinentes si así fuera necesario.

d) Cuando el Colegio determine derivación a profesional externo para solicitar evaluaciones, diagnósticos u orientaciones, el apoderado tendrá un plazo de cuatro semanas para cumplir con la entrega del documento o en su defecto una semana para entregar evidencia de hora de atención solicitada y/o certificado que indique fecha de término del proceso.

TÍTULO V VIDA ESCOLAR

ARTÍCULO 17. De los valores institucionales El fundamento de la convivencia en el colegio Casteliano se basa en el desarrollo de tres valores esenciales, cada uno de ellos manifiesto en actitudes concretas, desarrolladas y exigidas como mínimo para la construcción de una convivencia armónica.

RESPETO: reconocemos la legitimidad de la existencia en el universo de la diversidad humana, animal y ecológica, como la representación de la inmensidad y amor de Dios. Por lo anterior, el RESPETO se plasma en el cuidado del propio ser y de lo que nos rodea.

RESPONSABILIDAD: conciencia de las consecuencias de nuestros actos es importante asumir y cumplir nuestros compromisos como una forma de respeto a nosotros mismos y a nuestro entorno.

SOLIDARIDAD manifestamos nuestro amor y cuidado hacia los demás, reconociendo sus necesidades y compartiendo con generosidad.

ARTÍCULO 18. De las actitudes de Respeto Son actitudes de respeto formadas y exigidas:

a) el saludo diario b) el uso de un lenguaje sin groserías, ironías y burlas. c) el fomento de conductas sin agresiones físicas, verbales o psicológicas. d) la manifestación de hábitos de aula: levantar la mano, esperar turno para hablar, pedir permiso, etc. e) el cuidado y protección hacia los menores, tanto físico como actitudinal, reconociéndose siempre como modelo

y ejemplo de otros. El trato y vínculo adecuado para sostener una buena convivencia no sólo se debe demostrar al interior del colegio, sino también fuera de él y a través de toda forma de comunicación presencial y/o virtual (ej. Internet y cualquiera de las opciones de comunicación masiva que esta ofrece). Las manifestaciones de pololeo o expresiones de intimidad vinculadas a las relaciones de pareja, pertenecen al ámbito privado, no siendo el Colegio un espacio para tales manifestaciones. Tantos docentes, asistentes de la educación, estudiantes, como cualquier otro miembro de la comunidad escolar, deben buscar las estrategias de encuentro en la paz, guardando siempre el uno con el otro una actitud de respeto y aprendizaje. En ningún caso, persona alguna, ajena al establecimiento, podrá iniciar acciones de sanción o amonestación contra algún miembro de la comunidad escolar, sin mediar la presentación del reclamo correspondiente ante el Inspector General o Directivo del establecimiento. ARTÍCULO 19. De las actitudes de Responsabilidad

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Son actitudes de responsabilidad formadas y exigidas:

a) la integración y participación activa en las actividades propias de la clase. b) la respuesta y cumplimiento oportuno de los deberes, tareas escolares o materiales de trabajo. c) el cuidado de los materiales de trabajo, útiles escolares y textos de estudio, propios o del Colegio. d) el cuidado de espacios y muebles de uso común.

Se entiende como una actitud de responsabilidad mantener los útiles, ropa y textos escolares de uso personal debidamente marcados y en buen estado; el Colegio fomenta la autonomía y autocuidado de las pertenencias y, según su Artículo 5, en caso de pérdida o extravío el colegio apoyará con las medidas de que disponga para ayudar a recuperar las prendas debidamente marcadas, pero no repondrá pertenencias perdidas. Asimismo, el cumplimiento oportuno con el material escolar es una responsabilidad familiar. Inspectoría ni ningún otro estamento está facultado para recibir materiales ni trabajos olvidados por el estudiante en su hogar. No se permitirá a los estudiantes conseguir materiales durante horario de clases. ARTÍCULO 20. De las actitudes de Solidaridad La solidaridad se forma y exige en actitudes como:

a) la integración de quienes lo necesitan, tanto en los espacios de aprendizaje, como en los de juego y convivencia. b) la atención hacia quienes requieren mayor tiempo, silencio o concentración para alcanzar los logros. c) La colaboración en campañas e iniciativas solidarias. d) La participación comprometida en las iniciativas de Pastoral.

El Colegio Casteliano, de inspiración católica, fomenta en todos sus estamentos y organizaciones la manifestación e

iniciativa solidaria, procurando servir a quienes lo necesitan, buscando formar en sus estudiantes, seres humanos

atentos a las necesidades del otro.

ARTÍCULO 21. De la Agenda Escolar El uso de la Agenda Escolar del Colegio Casteliano es obligatorio, por lo tanto debe ser portada a diario por el estudiante; el apoderado deberá completar con toda la información requerida, siendo revisada por Profesor Jefe e Inspectoría en forma periódica, tanto el contenido como presentación de ésta. Es obligación y responsabilidad conservar la agenda en buen estado, para ello debe forrarla con un plástico transparente, no pegar ni dibujar en ella figuras autoadhesivas, logos, etc., en su portada o contratapa y no arrancar las hojas. En caso de extravío, debe informar inmediatamente a Profesor Jefe y/o Inspectoría, de no recuperarla el apoderado deberá adquirir otra agenda en Secretaría. ARTÍCULO 22. Del uso de elementos tecnológicos. La responsabilidad con el trabajo escolar incluye NO traer al establecimiento sumas de dinero, objetos de valor o elementos distractores (sobre todo tecnológicos: notebooks, tablets, cámaras fotográficas, etc.) Si no se cumple con esta responsabilidad, el estudiante y el apoderado asumen que el Colegio no se hace responsable por la pérdida o daño de estos elementos. El uso de celulares será permitido sólo en tiempos de recreo, debiendo permanecer apagados durante las horas de clases y actividades oficiales. Todo aparato electrónico que interrumpa el normal desarrollo de la clase, genere distracción o se utilice de mala forma, será retirado por el profesor a cargo de la clase y entregado a Inspectoría General para el retiro por parte del apoderado.

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TÍTULO VI CONDUCTOS REGULARES

ARTÍCULO 23. De la atención de dudas, reclamos o sugerencias Todo miembro de la comunidad Casteliana tiene derecho a hacer llegar sus inquietudes, quejas o sugerencias respecto del funcionamiento y/o convivir institucional, siempre que esta manifestación se exprese a través de los conductos regulares y en el marco de respeto establecido en el presente reglamento. La recepción de dudas, reclamos o sugerencias deberá quedar debidamente consignada en el Registro de Entrevistas, en el que se debe expresar derivaciones, plazos y la respuesta entregada por el entrevistador. El establecimiento cuenta con un Libro de Sugerencia, Reclamos y Felicitaciones por sede, para uso de personas externas a la institución, el que estará disponible en las Subdirecciones de cada sede. ARTÍCULO 24. De los conductos regulares Para nuestro colegio Casteliano, el rol de liderazgo que cumplen los Docentes, sobre todo los docentes de Jefatura de curso, se manifiesta en la contención y derivación de las inquietudes de los apoderados para que reciban respuesta oportuna, son, por lo tanto, los primeros en recibir las inquietudes, reclamos o sugerencias de los apoderados. El conducto regular comienza siempre con el actor involucrado en la duda, queja o sugerencia; si un Directivo u otro miembro de la comunidad reciben estas inquietudes, derivará o canalizará a entrevista con el actor involucrado como primera instancia de mediación. Para mayor claridad se presenta el siguiente orden: Área Académica: Profesor de asignatura y/o apoyo; profesor jefe, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica. Área Disciplinaria: Profesor de asignatura y/o apoyo; profesor jefe, Orientador-a, Encargado-a de Convivencia Escolar, Inspector-a General. Otras materias: Profesor jefe, directivo de sede. Subdirección y Dirección del establecimiento son instancias de atención posteriores a los pasos indicados en el conducto regular, por cuanto todo apoderado que manifieste una dificultad, duda o consideración respecto de los procesos internos, deberá seguir el conducto regular indicado. Toda atención realizada a un apoderado deberá quedar debidamente registrada por escrito, con firma y Cédula de Identidad del entrevistado.

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TÍTULO VII RECREOS – COLACIÓN

ARTÍCULO 25. De la Colación Los niveles adscritos a la jornada escolar completa, tienen por horario tiempo destinado a la colación, debiendo las familias procurar el cuidado en la elaboración, almacenamiento y transporte de los alimentos, así como de los materiales complementarios para la higiene y hábitos alimenticios. El colegio provee de espacios apropiados e implementados para el correcto desarrollo de hábitos de alimentación, quedando prohibido utilizar otros lugares (salas, patios, jardines, etc.) para realizar la colación diaria. ARTÍCULO 26. De los recreos Los recreos son tiempos destinados al descanso y distracción entre clases, durante este tiempo los estudiantes deben abandonar sus salas de clases y dirigirse al patio o a los espacios destinados para este tiempo. Sólo cuando Inspectoría lo determine se podrá proceder de manera diferente. Durante los recreos los estudiantes podrán realizar actividades de juego, convivencia o estudio en los espacios destinados para ello y en los que se contará con supervisión de los asistentes de la educación. Toda información que desee ser difundida al interior del colegio, deberá ser visada previamente por Subdirecciones de Sede. Ningún estudiante, curso, o miembro de la comunidad escolar podrá realizar ventas y/o comercio al interior del establecimiento, sin el permiso correspondiente de Subdirección.

TÍTULO VIII RECONOCIMIENTOS, FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS

El cuidado de la buena convivencia escolar es deber de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. Son actores o miembros de la comunidad escolar los alumnos, los padres y apoderados, docentes y todo trabajador permanente o temporal de la institución, cada actor o miembro es responsable de informar a las instancias pertinentes cuando observe o viva un caso de trasgresión a las normas, entendiendo que esto beneficia el proceso de acción y superación del conflicto. ARTÍCULO 27. Del reconocimiento o refuerzo positivo El cumplimiento oportuno de las normas en manifiesta actitud de comprensión de su sentido será destacado a través de las siguientes herramientas:

a. En los niveles de PK a 6º EGB la Agenda Escolar de los estudiantes incluye, junto a la Hoja de Registro de Control de Disciplina, una hoja de Registro de Aspectos Destacados, para que en la cotidianeidad del vivir escolar, se registre por parte de docentes y/o inspectores todo tipo de conductas y/o actitudes positivas.

b. El registro en la Hoja de Vida de los estudiantes, destacando conductas y/o actitudes positivas que evidencien la vivencia de los valores institucionales.

c. Premiación anual de reconocimiento al cumplimiento de deberes, logro académico y vivencia de valores institucionales (Respeto, Responsabilidad y Solidaridad).

d. Acciones emergentes como Cartas de Felicitaciones a las familias y/o tarjetas de felicitaciones a los alumnos en períodos trimestrales (mayo – agosto – noviembre).

e. Desayuno de inicio 2º semestre: actividad realizada para los estudiantes destacados en los ámbitos académicos y/o destacados de otros ámbitos como deportivo, cultural, etc.

f. La Licenciatura de 4º año Medio o Actividad de egreso, corresponde a un Ritual que el Colegio realiza como celebración por el egreso de una nueva promoción; esta actividad no constituye obligación por parte del establecimiento, quien año a año evaluará las condiciones de disciplina y respeto de los estudiantes que garanticen su correcto desarrollo.

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ARTÍCULO 28. De las medidas En nuestro Manual de Convivencia toda acción, procedimiento y sanción en torno a una falta estará enmarcada en el concepto general de “medida”, las medidas son acciones destinadas a que todo procedimiento en torno a una falta tenga sentido pedagógico. Las medidas serán de tres tipos y se definen de la siguiente forma: a. Medidas pedagógicas: son acciones de procedimiento que tienen como fin brindar al estudiante que ha cometido una falta la posibilidad de reflexionar sobre su acción, tomar conciencia de su error, asumirlo y aceptar las consecuencias de sus actos. b. Medidas reparatorias: son acciones tendientes a reparar el vínculo dañado entre los involucrados en un conflicto (producto de una falta), ya sea por daño físico, psicológico, a la confianza o a la responsabilidad. Las medidas reparatorias son posteriores y consecuencia de la conversación pedagógica, pues sólo al tomar conciencia de la falta cometida surge la necesidad de reparar el daño causado. c. Medidas disciplinarias: son aquellas acciones que apuntan a lo que conocemos como sanción, la consecuencia de toda falta. ARTÍCULO 29. De las circunstancias atenuantes y agravantes Existen circunstancias contextuales que disminuyen o agravan la responsabilidad en una falta. Según el contexto en el que se enmarca una falta, su gravedad podrá ser atenuada considerando los siguientes criterios:

a. Edad, desarrollo psicoafectivo y circunstancias personales, familiares o sociales del estudiante. b. Reconocer la falta y tomar conciencia del daño provocado. c. Haber sido inducido a cometer la falta bajo amenaza reiterada o apremio (acoso escolar o bullying). d. No haber sido objeto de medidas disciplinarias anteriores por motivos similares o de otro tipo.

Del mismo modo, los siguientes criterios o circunstancias serán considerados para establecer si una determinada falta reviste mayor gravedad o responsabilidad:

a. Reiteración de una conducta. b. En términos generales, haber manifestado falta de adhesión a las normas institucionales, en todo ámbito de la

vida escolar. c. Haber actuado con premeditación. d. Haber aprovechado la confianza puesta en su persona para cometer la falta. e. Cometer la falta para ocultar otra. f. Haber aprovechado condiciones de debilidad de otros para cometer la falta.

ARTÍCULO 30. De los procedimientos y medidas aplicadas en el presente MCE Nuestro Manual de Convivencia contempla procedimientos y sanciones que implican para cada caso las instancias de medidas pedagógicas, reparatorias y disciplinarias entendiendo que la sanción como tal se encuentra contemplada en las medidas disciplinarias aplicadas. Cualquier medida debe permitir que los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación. El presente MCE establece un marco general regulatorio para los vínculos que establecen todos los miembros de la comunidad educativa, por lo que la aplicación de procedimientos y medidas rige para los conflictos y dificultades vinculares que surjan entre cualquier miembro de la comunidad (entre estudiantes, entre trabajadores o entre apoderados; como en los vínculos entre estamentos), se comprende que el grado y tipo de medida variará según sea el estamento involucrado. a. Medidas pedagógicas: utilizamos en todo el procedimiento la instancia del diálogo, el que puede verse fortalecido con la firma de un Compromiso de Mejora o diálogo grupal reflexivo, herramientas que entregan el espacio para la reflexión, la toma de conciencia y el reconocimiento de las consecuencias de los actos cometidos; asistir a procesos de seguimiento con Convivencia Escolar o instancias externas. Se agrega a las acciones anteriores el “trabajo colaborativo y/o escolar en jornada alterna y/o paralela”.

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b. Medidas reparatorias: contemplamos dentro de las medidas reparatorias el pedir disculpas, devolver o reponer objetos dañados, perdidos o robados, realizar acciones de bien a la comunidad según la falta (campañas de aseo, convivencia, ayuda académica, etc.), c. Medidas disciplinarias: contemplamos, según la falta desde la amonestación verbal, escrita, firma de compromisos, precondicionalidad, condicionalidad y la no renovación de matrícula para el año escolar siguiente. La cancelación inmediata de matrícula se aplicará en situaciones de extrema gravedad bajo los procedimientos y protocolos establecidos. En caso de conflictos relacionados con la convivencia y el deterioro del vínculo interpersonal, siempre se tendrá como herramienta principal el diálogo y la resolución pacífica de conflictos en sus formas de:

a. Negociación: forma de abordaje de conflictos en que las personas dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo. b. Arbitraje: procedimiento de resolución de conflictos en que un tercero, con atribuciones para ello, asume la investigación, escucha a las partes y resuelve la disputa o diferencia entre los involucrados. c. Mediación: proceso en el que un tercero neutral, sin poder para imponer una resolución, ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un arreglo mutuamente aceptado. d. Diálogo reflexivo-formativo grupal: instancia de diálogo a todo un grupo curso o parte de él que permite que otros analicen el contexto de una falta y puedan señalar su mirada como terceros espectadores y también responsables de la construcción de un clima de sana convivencia. e. Intervención de cursos: procedimiento dirigido por Orientadora que señala un proyecto de mejora de la convivencia con objetivos, acciones y metas determinadas en un plazo fijo.

ARTÍCULO 31. De la confidencialidad Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas y la consideración de inocencia mientras no se defina lo contrario, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. ARTÍCULO 32. De la apelación Apoderados y estudiantes tienen la posibilidad de apelar ante una medida, debiendo cumplir con el siguiente procedimiento: La apelación a una sanción es una instancia de solicitud de revisión de una medida con la debida presentación de antecedentes que sólo puede ser efectuada por el apoderado del alumno(a) sancionado, ésta deberá ser presentada por escrito dirigida a la Dirección del establecimiento quien convocará al Equipo de Gestión y/o Consejo Escolar para su estudio. El plazo para dicha instancia es dentro de los tres días hábiles siguientes de comunicada la falta y/o sanción, teniendo la Dirección un plazo de diez días hábiles para dar su respuesta, también por escrito. ARTÍCULO 33. De las faltas Las faltas se clasifican en leves, graves y gravísimas de acuerdo a como estas actitudes y comportamientos afecten el proceso de formación de los estudiantes y el convivir de la comunidad en general.

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FALTAS LEVES, son aquellas actitudes o comportamientos que interrumpen o impiden la convivencia en bienestar, afectando el proceso de enseñanza y aprendizaje. Será responsabilidad del profesor o inspector que constate la falta la aplicación del procedimiento y medidas. FALTAS GRAVES, son aquellas actitudes o comportamientos que afectan el buen convivir y el proceso de enseñanza y aprendizaje, implicando riesgo para la seguridad escolar o menoscabo de las personas. Será responsabilidad del profesor o inspector que constate la falta, comunicarla a la instancia superior (UTP, Inspectoría General u Orientación), con quien se establecerá el procedimiento y medidas correspondientes. FALTAS GRAVISIMAS, son aquellas actitudes y/o comportamientos que detienen negativamente el fluir de la convivencia escolar y pedagógica, requiriendo para su atención y derivación la intervención de especialistas. Será de responsabilidad del profesor o inspector, comunicar directamente a Inspectoría General la situación para que esta instancia aplique los procedimientos y medidas correspondientes.

TIPIFICACION FALTA PROCEDIMIENTO TIPIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS

LE

VE

S

Incumplimiento de tareas y lecciones Conversación y compromiso con el alumno, con el fin de que asuma su error y pueda generar instancias para su superación, la cual debe ser informada al apoderado a través de la agenda, previa consignación en la hoja de registro.

Citación escrita al apoderado y firma de compromiso para el acuerdo de estrategias conjuntas.

Medidas pedagógica s

Incumplimiento de la correcta presentación

personal, según Art. 7 al 8 del presente Manual.

Interrumpir el normal desarrollo de las clases sistemáticas.

Atraso al inicio de la jornada diaria o durante el

desarrollo de ella.

Presentarse a la jornada escolar sin agenda, en mal

estado o darle uso inapropiado.

Consignación Registro Agenda

Consignación Registro Hoja de Vida

Amonestación verbal

Medidas

disciplinarias

No cumplir con materiales solicitados.

No presentar justificación, después de una

inasistencia a clases.

Firma Compromiso con monitoreo

Medidas

reparatorias

Y cualquier otra del mismo tenor que no esté

expresamente considerada como falta leve

anteriormente mencionada.

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TIPIFICACION FALTA PROCEDIMIENTO TIPIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS

FALT

AS

GR

AV

ES

Presentarse reiteradamente a clases sin los útiles y materiales solicitados. Queda expresamente prohibida la recepción de materiales o salir a conseguirlos durante la jornada.

Conversación con el alumno, con el fin de que asuma su error y pueda generar instancias para su superación.

Citación escrita al apoderado y firma de Carta Compromiso, para el acuerdo de estrategias conjuntas

Medidas pedagógicas

Reiteración de incorrecta presentación personal (Título I, artículos 5 al 8 del presente manual).

No presentar justificación, ante una inasistencia a clases.

Faltar sin certificado médico a la aplicación de procedimientos evaluativos.

Inasistencia o abandono de clases, consejos de curso o actividades complementarias, estando en el establecimiento.

Traspasar información (soplar), fotografiar copiar o adulterar pruebas o trabajos, o cualquier otro medio de reproducción.

Practicar juegos bruscos, de cualquier modo, dentro o fuera de la sala de clases.

Derivación interna o externa a apoyo

específico, con monitoreo.

Asistencia a trabajo colaborativo en

jornada alterna.

Reparación o reposición del daño

provocado

Medidas reparatorias

Usar vocabulario inapropiado, soez o burlesco que atente o menoscabe la dignidad o autoimagen de las personas, dentro y en los perímetros del establecimiento.

Faltar el respeto a cualquier miembro del Colegio, en forma verbal o escrita, a través de cualquier medio.

Desórdenes promovidos en forma evidente dentro de la clase, durante los recreos, en visitas de estudio, salidas a terreno y ceremonias.

Mostrar dentro y fuera del colegio, manifestaciones físicas, interpersonales que atenten contra el respeto y las buenas costumbres de la comunidad (ej. Manifestaciones de pololeo).

Rayar el mobiliario y/o deteriorar murallas, ventanas, pisos u otros de la sala de clases, baños o de cualquier dependencia del establecimiento.

Rayar y/o deteriorar prendas de vestir propias o de otras personas.

Consignación Registro Hoja de Vida

Firma de PRE – CONDICIONALIDAD

FAMILIA- ALUMNO-COLEGIO,

firmada por apoderado, alumno e

inspector general, como una

instancia De compromiso para la

superación de las actitudes y

comportamientos observados.

Medidas disciplinarias

Destruir árboles, plantas, cercos, juegos infantiles u otras estructuras del establecimiento o del propio entorno del alumno.

Incumplimiento en el uso del uniforme en actividades tales como actos oficiales, salidas en representación del establecimiento y otras similares.

Incumplimiento del estudiante a las instrucciones de los docentes o co-docentes del Colegio en cualquier circunstancia del desarrollo escolar.

Hacer mal uso de elementos que no corresponden al trabajo didáctico como: celulares, juegos electrónicos, videos, juguetes, encendedores, revistas, reproductores personales de audio o imagen y, otros similares.

Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta grave anteriormente mencionada.

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TIPIFICACIO

N FALTA PROCEDIMIENTO

TIPIFICACIÓN DE LAS

MEDIDAS

FA

LTA

S G

RA

VIS

IMA

S

Actos reñidos con la verdad y la honradez, tales como: mentir, entrar a escondidas al establecimiento, tomar el nombre de algún docente u otra persona sin su consentimiento, sustituir o falsificar firmas, presentar como propios trabajos ajenos, apropiarse de cuadernos, libros u objetos sin la debida autorización.

Conversación con el alumno, con el fin de que asuma su error y pueda generar instancias para su superación.

Citación inmediata al apoderado, para el acuerdo de estrategias conjuntas.

Medidas pedagógicas

Acceder ilícitamente a las preguntas de pruebas o exámenes.

Maltratar verbal, físico o psicológico reiterado, a cualquier miembro del Colegio (bullying). Alterar calificaciones y/u observaciones en los libros de clases, en informes personales y otros documentos oficiales del Colegio o presentar al establecimiento documentos o datos alterados o falsos.

Presentar al establecimiento, documentos o datos alterados o falsos como comunicaciones, certificados médicos, autorizaciones y otros similares.

Suplantar o hacerse suplantar por otra persona durante la aplicación de procedimientos evaluativos y/o administrativos.

Suplantar al apoderado titular y/o suplente para la aplicación de procedimientos evaluativos, conductuales y administrativos.

Reparación del daño provocado: asistencia a trabajo colaborativo y/o escolar en jornada alterna.

Derivación interna o externa a apoyo específico, con monitreo.

Reparación o reposición del daño provocado.

Medidas Reparatorias

Destruir, ocultar o apropiarse de bienes ajenos.

Atribuirse la representación del establecimiento o de autoridades estudiantiles sin estar autorizado(a).

Abandonar el recinto escolar sin aviso ni autorización, durante el desarrollo de la jornada.

Faltar a clases sin autorización, engañando a los padres y profesores con la no concurrencia al Colegio (hacer “la cimarra”).

Causar daño intencional a los bienes del establecimiento (salas de clases, baños, camarines, patios biblioteca, sala de video, de computación, casino, talleres, juegos, etc.).

Participar directa o indirectamente en actos violentos, tanto dentro como fuera del establecimiento, vistiendo el uniforme del colegio.

Portar objetos peligrosos, como armas blancas (cadenas, manoplas u otras) de fuego o incendiarios.

Consignación de Registro en Hoja de Vida

Permanencia en el hogar, dictaminada por Inspectoría, como una determinación reflexiva, de carácter formativo e informada al apoderado por el Colegio

Firma de CONDICIONALIDAD DE MATRICULA, como una instancia de superación de las actitudes y comportamientos inadecuados, para ser analizada su situación según plazos establecidos por la Institución. Es firmada por alumno-apoderado-Unidad Directiva correspondiente.

No renovación de Matrícula año escolar siguiente

Cancelación inmediata de Matrícula

DENUNCIA LEGAL En caso que la falta esté tipificada como delito en nuestro Código penal se procede a la presentación de los antecedentes a la Justicia Ordinaria, según los canales legales pertinentes.

Medidas disciplinarias Faltar el respeto a cualquier miembro del Colegio, en forma verbal, gestual o gráfica y por cualquier vía de comunicación (escrita, oral y/o virtual).

Ofender pública o privadamente por cualquier medio, incluso cibernéticos, la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la Unidad Educativa.

Generar, portar, publicar, difundir todo tipo de material grabado a través de medios audiovisuales que atenten contra la honra y/o menoscaben la imagen de cualquier integrante de la Unidad Educativa

Mantener o incitar al interior de la unidad educativa, cualquier conducta de índole sexual en forma pública o privada, incluso aquellas que se realizan a través cualquier medio audiovisual.

Ofender y faltar el respeto de palabra o de hecho hacia símbolos patrios o institucionales.

Consumir, portar y/o comercializar bebidas alcohólicas, cigarrillos o cualquier otro tipo de drogas o material pornográfico, dentro o fuera del establecimiento.

Cometer o participar en un acto delictivo directa o indirectamente que afecte al establecimiento, (interna o externamente) estando o no en representación del mismo (con o sin uniforme).

Negarse a rendir pruebas o controles previamente dispuestos, de acuerdo al Reglamento de Evaluación sustentado por el establecimiento (entregar una evaluación escrita en blanco, se considera una negativa a rendir la misma).

Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta gravísima anteriormente mencionada.

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AREA DESCRIPCION DE LA FALTA PROCEDIMIENTO

PRESENTACIÓN PERSONAL

Incumplimiento de la correcta presentación personal, según art. 5 al 8 del presente Manual.

Ej. Pelo largo, corte de fantasía, usar maquillaje, ropa o accesorios que no corresponden al uniforme, uso inapropiado del buzo deportivo , etc.

a. El seguimiento del cumplimiento de esta área está a cargo no sólo del equipo de Inspectoría General, es labor de todos los docentes y colaboradores educacionales el resguardar el cumplimiento de estas normas, cuyo espíritu está basado en la igualdad, la higiene y cuidado de la salud y el bienestar corporal.

b. Todo docente o colaborador que identifique un estudiante en falta en esta área podrá proceder de inmediato a consignar la falta en la Hoja de Vida del estudiante, dando aviso a su Profesor Jefe y/o Inspector de Ciclo.

c. El seguimiento está a cargo de la Unidad de Inspectoría general, quien procede a realizar las etapas de conversación y compromiso con el estudiante para superar la falta.

d. La reiteración de la falta o no cumplimiento de los acuerdo derivará en la aplicación inmediata del procedimiento establecido en el artículo anterior.

e. Uso de prendas que no correspondan al uniforme: serán retiradas por docentes, colaboradores o inspectores, entregadas a Inspectoría General quien determina la entrega directamente a los apoderados.

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

NO Justificación de Inasistencias a jornada de clases.

a. El apoderado debe justificar personalmente en c a d a s e d e c o n l a s S e c r e t a r i a s d e I n s p e c t o r í a , dejando registro escrito en libro de justificativos.

b. De no recibir justificativo alguno, Inspectoría se contactará con el apoderado telefónicamente con el fin de establecer fecha de asistencia del apoderado.

c. La inasistencia reiterada sin justificativo médico o de otra índole generará la derivación la Unidad de Convivencia Escolar para seguimiento con posible intervención del área social con visita domiciliaria y firma de compromiso familiar.

d. En caso de inasistencia por hospitalización, accidente, viaje u otra condición prolongada, el apoderado debe dar aviso al establecimiento con documentación pertinente.

Atraso al inicio o dentro de la jornada diaria

a. Los procedimientos para atender los atrasos serán diferenciados según los niveles de responsabilidad que les compete a los estudiantes, en los cursos de preescolar a 6° básico, el procedimiento se centra en el trabajo colaborativo con la familia; en cambio, en los cursos de 7° básico a IV° medio, el procedimiento se centra en la responsabilidad más directa del estudiante.

b. Todo atraso, independiente de la justificación debe ser consignado, proceso que realizan los inspectores de patio o las secretarias de Inspectoría en cada sede.

c. Casa Central: la acumulación de atrasos se tratará directamente con el apoderado, quien deberá asistir a entrevista al 3° atraso; firmar compromiso al 6° atraso y pasar a evaluación del riesgo psicosocial al 9° atraso.

d. Campus Frutillar: la acumulación de atrasos se trabajará de forma conjunta entre el estudiante y la familia; con 3 atrasos el estudiante será entrevistado por Inspectoría General y firmará Compromiso de mejora; al 6° atraso el estudiante deberá realizar trabajo colaborativo con posterioridad a la jornada escolar; más de 6 atrasos generará la aplicación de medidas disciplinarias.

e. El ingreso de estudiantes con posterioridad a las 8:45 hrs., deberá realizarse solo con la presencia del apoderado.

ARTÍCULO 34. De los procedimientos frecuentes Se describe a continuación, con mayor detalle, los procedimientos respecto de situaciones cotidianas señaladas en el presente manual.

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TÍTULO IX PADRES Y APODERADOS

Consecuentes con nuestro Proyecto Educativo, la participación de los padres, apoderados y familia en el convivir institucional, constituye la red en la que nuestros alumnos y alumnas aprenden; por lo tanto, la figura del apoderado y su forma de vincularse con la institución también es motivo de regulación en el presente instrumento. Los padres, madres y apoderados que matriculan a sus hijos, hijas y/o pupilos (as) en el Colegio Casteliano lo hacen libremente, aceptando la mirada educativa de la institución la que implica su orientación católica y su visión pedagógica en la convivencia, comprometiéndose a conocer, acatar y promover la forma de convivir que este proyecto establece. Para alcanzar estos propósitos se hace necesario que los Padres y Apoderados velen por el cumplimiento que establecen las normas de nuestro Manual de Convivencia Escolar, para propiciar un clima favorable a los aprendizajes; a la formación integral de sus pupilos(as), de modo que constituyan sus Proyectos de Vida basados en los principios que otorga la Familia y refuerza el Colegio. ARTÍCULO 35. De la condición de “apoderado” Son apoderados por derecho propio los padres, madres o tutores legales del estudiante y, como tales, adquieren los deberes y derechos que corresponden a dicha condición, especificados en el Art. 4, letra b. En el momento de la matrícula, cada familia determina quién será el “apoderado titular”, el cual en el fluir comunicacional del Colegio, será el único interlocutor válido en el tratamiento de las materias académicas y de convivencia de ese estudiante en particular. No obstante lo anterior, el colegio permite señalar un “apoderado suplente”, designado por la familia, para reemplazo del titular en el caso de que el apoderado titular no pueda cumplir con algún requerimiento del colegio. Asimismo, la familia deberá establecer un “apoderado financiero”, pudiendo ser el mismo apoderado titular u otra persona, el cual asumirá las obligaciones financieras derivadas del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

SALIDAS DE SALA

Ser marginado de una actividad pedagógica por el incumplimiento reiterado de normas disciplinarias al interior de ésta.

a. Si el docente margina al alumno de la sala, deberá enviarlo a Inspectoría; consignar la falta en la Hoja de Vida del estudiante, informando vía agenda al apoderado.

b. Se consignará en registro interno de Inspectoría. c. Si el estudiante reincide, se procederá a la citación de apoderado-

alumno, se firmará Compromiso. d. De no superar esta conducta y agotados los procedimientos, se

procederá a firmar Pre-condicionalidad. e. De tratarse de un comportamiento de falta de respeto se aplica

procedimiento de falta gravísima.

RETIRO DE ELEMENTOS

DISTRACTORES

Ej. Celulares, cámaras, etc.

a. Retiro inmediato del aparato y consignación de la situación en la hoja de vida por parte del docente.

b. El docente entrega al inspector de ciclo el aparato con nombre y curso.

c. El inspector general entrega al apoderado el artículo, dejando consignado en el registro de entrega

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Será considerado apoderado titular del alumno o alumna cualquiera de las siguientes personas naturales:

El padre o la madre del alumno. El tutor o curador, legalmente reconocidos. Un familiar consanguíneo, siempre que viva en el mismo domicilio del alumno. En casos justificados, la Dirección podrá aceptar como Apoderado una persona debidamente autorizada por los padres o el tutor legal.

ARTÍCULO 36. Requisito para ser Apoderado Titular y/o Suplente:

- Ser mayor de 21 años. - Mantener un vínculo presencial directo con el alumno. - Reconocer y aceptar los principios y valores institucionales - No poseer antecedentes de daño al establecimiento en sus bienes o prestigio.

- No poseer restricciones legales de ningún tipo. ARTÍCULO 37. Del Rol del apoderado y la familia La formación y educación de los estudiantes es tarea conjunta de los apoderados y el Colegio, ello implica en primer lugar que ambos mantengan una estrecha y fluida comunicación y que se pongan en contacto a tiempo, cuando se trate de prevenir dificultades que tiendan a afectar el desarrollo escolar de los estudiantes. La presencia activa y participativa del apoderado en las actividades de la institución (reuniones de apoderados, actos oficiales, eventos, etc.) es considerada una forma de manifestar responsablemente el amor hacia sus hijos, hijas y/o pupilos. El rol del apoderado y familia que cumple en la formación de los estudiantes, por tanto, es un rol activo (participativo de las actividades propuestas), comprometido (de permanente encuentro e información), coherente (de aceptación y vivencia de los principios y valores del establecimiento) y respetuoso (de uso del diálogo como herramienta para expresar inquietudes o desacuerdos). En resumen, para el Colegio Casteliano, el rol del apoderado en el proceso de formación y aprendizaje de los estudiantes es un rol cooperador y de co-formación, el que estará siempre orientado, iluminado y ejemplificado por la figura de Jesús. ARTÍCULO 38. De las medidas ante incumplimiento por parte de los apoderados Cualquier dificultad de vinculación que presenten dos o más miembros de la comunidad escolar adulta, cualquiera sea su estamento y que afecte directamente el desarrollo de la vida escolar de los estudiantes o el desarrollo de la labor pedagógica de sus docentes, será abordado con las mismas estrategias presentadas en nuestro Protocolo sobre Violencia Escolar. No obstante lo anterior, el colegio no participará de conflictos entre apoderados, si estos no tienen base ni afectan directamente el desarrollo de la vida escolar de los estudiantes o el desarrollo de la labor pedagógica de sus docentes, invitando a ser ejemplo de los Principios y Valores institucionales, utilizando el diálogo como herramienta para la superación de conflictos. El presente MCE en su artículo Nº 30 establece procedimientos y medidas a aplicar en caso de incumplimiento de los compromisos de convivencia establecidos, sin perjuicio de ellos, en este artículo se explicita las medidas que se adoptarán en caso de incumplimiento por parte de un apoderado de las normas aquí señaladas. Con el fin de mantener el sentido formativo de este marco regulatorio, las medidas que se adoptarán con los apoderados que no cumplieren con lo establecido en el Artículo 4, letra b y otras derivadas de la convivencia, son:

- Aplicación del protocolo de actuación ante violencia escolar en lo referido a procedimientos y aplicación de herramientas de resolución de conflictos. - Medidas pedagógicas: entrevistas con los involucrados para establecer responsabilidades y reflexionar sobre cómo estas situaciones afectan la formación de los estudiantes miembros de la comunidad; firma de Carta Compromiso para mejorar los vínculos. - Medidas de reparación: pedir disculpas a los afectados, pedir disculpas públicas aclarando situaciones, otras.

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- Medidas disciplinarias: se aplican en caso de no tener respuesta positiva o cambios en las conductas que afectan el convivir institucional, estas son: solicitud de cambio de apoderado, restricción para ingreso al establecimiento, denuncia a la justicia (cuando el conflicto implique agresión física o denuesto a través de cualquier medio). ARTÍCULO 39. De la organización CGPA y Subcentro de Padres y Apoderados El Centro General de Padres y Apoderados (CGPA) es la organización voluntaria de los padres y apoderados del Colegio Casteliano, cuyo objetivo es participar y contribuir en la comunidad escolar y apoyar su Proyecto Educativo, a través de diferentes actividades y proyectos. Las funciones del CGPA serán:

a. Promover el cumplimiento de las responsabilidades educativas de cada familia en relación a la crianza y formación de los hijos.

b. Fomentar acciones que destaquen los valores y principios institucionales. c. Integrar a los padres y canalizar sus aptitudes e intereses. d. Fomentar los vínculos entre la familia y la escuela. e. Proyectar acciones hacia la comunidad local, creando alianzas que contribuyan con el bienestar de los niños. f. Proponer y proyectar acciones para el desarrollo integral de los niños. g. Sostener un diálogo con las autoridades educativas

La estructura y función del CGPA será la siguiente:

Unidades Funciones a desarrollar

Asamblea: se compone de todos los padres y

apoderados de alumnos del establecimiento

que desean participar en el CGPA.

- Elegir cada año a los miembros del directorio - Aprobar el reglamento interno del CGPA. - Tomar conocimiento de los informes, memorias y

balances que entrega el directorio. - Aprobar el presupuesto y plan anual.

Directorio o Directiva: es la directiva del

CGPA elegida por los padres

democráticamente.

- Dirigir al CGPA acorde a sus fines y funciones. - Representar al CGPA ante la dirección del

establecimiento, la comunidad escolar e instituciones externas.

- Elaborar los planes, programas y proyectos del CGPA y difundirlos.

- Convocar a reuniones de la asamblea y del Consejo de Delegados.

- Estimular la participación de los padres en las actividades del CGPA.

- Someter a la aprobación de la Asamblea General, en marzo, el presupuesto y plan anual.

- Elaborar informes, cuentas y balances para ser presentados a la asamblea o al Consejo de Delegados.

Consejo de delegados o Consejo de

Presidentes: es el grupo de los presidentes o

delegados de cada curso que han sido

elegidos por los padres democráticamente.

- Recoger las opiniones y propuestas de éstos. - Organizar y orientar la participación de los - Vincular a su curso con el Directorio del Centro.

Sub-centros: es el grupo de padres y

apoderados de cada curso del

establecimiento.

- Estimular la participación de los padres del curso en las actividades del CGPA.

- Poner en ejecución proyectos específicos. - Vincular al sub-centro con el profesor jefe y la directiva

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del CGPA.

TÍTULO X PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

ARTÍCULO 40. Protocolo de actuación ante violencia escolar y acoso escolar (bulliyng). El presente protocolo, con las debidas adecuaciones, se aplicará para los conflictos de convivencia que surjan entre cualquiera de los miembros de la comunidad escolar, sean estos alumnos, padres y apoderados o trabajadores del establecimiento.

Etapa Descripción Responsable y Plazos

1. Recibir el reporte o denuncia de Agresión o acoso.

Quien reciba el reporte o denuncia de agresión o acoso debe escuchar con atención, dar la importancia que requiere la situación, no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos.

Todo reporte o denuncia recibida debe quedar por escrito en las fichas de registro de entrevista que el establecimiento utiliza.

Es importante aclarar, a quien reporta, que las situaciones de agresión y acoso escolar o bullying son consideradas como una falta gravísima en nuestro colegio y que deben ser abordadas con un sentido formativo y pedagógico, no sólo punitivo o disciplinario.

Pedir a quien reporta, que informe al colegio de cualquier nueva situación de la que tenga conocimiento.

Quien reciba un reporte de agresión u acoso deberá informar al Encargado de Convivencia Escolar, entregando el registro escrito de la entrevista donde se conoció la situación.

El Encargado de Convivencia Escolar será el responsable de establecer las medidas para que el presente protocolo se lleve a cabo, iniciando el proceso con la debida entrevista a los involucrados.

Quien reciba el reporte o denuncia.

Quien recibe el reporte o denuncia de agresión y/o acoso deberá informar al Encargado de Convivencia Escolar dentro de las 24 horas siguientes de recibida la información, remitiendo los antecedentes y registros escritos en las Fichas de Registro respectivas.

El Encargado de Convivencia Escolar deberá entrevistar a los padres y/o apoderados de los involucrados dentro de los dos días siguientes de recibida la denuncia para informar del procedimiento y los plazos para él.

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2. Investigación y antecedentes del reporte o denuncia.

El Encargado de Convivencia Escolar liderará el equipo multidisciplinario encargado de llevar a cabo las entrevistas cuyo fin es escuchar a todas las partes y entregar los espacios de conversación reflexiva para que se produzca la necesaria conciencia de responsabilidad de los involucrados y se determine cómo se llegó al conflicto. Según corresponda su participación; en esta etapa los entrevistados pueden ser:

- Víctima de agresión o acoso. - Estudiante (s) señalados como agresores o acosadores. - Testigos mencionados como presentes. - Otros estudiantes. - Curso y/o grupos al interior del curso. - Docentes, asistentes de la educación. - Apoderados involucrados Las entrevistas se registrarán en las pautas formales de entrevista de cada Nivel.

Encargado de Convivencia Escolar y Equipo Multidisciplinario

El Encargado de Convivencia Escolar deberá citar a los padres y apoderados de los involucrados dentro de una semana para informar del Estado de Avance del proceso.

El equipo multidisciplinario deberá informar al Encargado de Convivencia Escolar de los resultados de la investigación apoyado en los informes escritos pertinentes dentro del plazo que establezca el Encargado.

3. Toma de decisiones y aplicación de medidas.

Encargado de Convivencia Escolar, recibidos los antecedentes, reunirá al equipo multidisciplinario y colaboradores, si es necesario, para determinar las medidas que se aplicarán.

De acuerdo con la investigación las posibles acciones a seguir son:

- Intervenciones con docentes, profesionales externos o Directivos a nivel de curso alumnos y/o apoderados o grupos específicos. - Seguimiento de contención a la víctima por parte de Orientación. - Seguimiento de contención y control a los agresores por parte de Orientación, Inspectoría u otro miembro del Equipo Multidisciplinario. - Derivación, tanto de la víctima como del agresor, a atención profesional externa. - Todas las herramientas de resolución pacífica de conflictos contempladas en este MCE; Artículo 30.

Encargado de

Convivencia Escolar

La duración y plazos para realizar las intervenciones y/o realizar las acciones que el equipo determine estará dado por el Encargado de Convivencia Escolar y será informado en las entrevistas pertinentes.

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4. Etapa de monitoreo y cierre

Se entenderá por cierre del proceso a la entrevista con los apoderados de los involucrados en la que se informa de las medidas que se adoptarán, los plazos y las condiciones. Estas entrevistas podrán ser realizadas por los distintos miembros del departamento o colaboradores según corresponda a la medida a informar.

Los padres y apoderados deben comprometerse a apoyar a sus hijos o pupilos en el proceso de resolución de conflicto, aceptando las orientaciones que se entreguen para el acceso a ayuda externa (derivación a la red de apoyo que ofrece el establecimiento).

Los padres y apoderados deberán solicitar entrevista en los tiempos señalados para informarse acerca del estado de avance del proceso y proceder al cierre de él si ya estuviese superado.

No se informará a quienes no corresponda de las medidas disciplinarias tomadas, pues estas siempre se ajustarán a Reglamento y a nuestro MCE.

Encargado de

Convivencia Escolar

El plazo máximo para informar en entrevista a los padres y apoderados de los alumnos en conflicto será de tres semanas a contar de la fecha en que se recibió la denuncia.

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ARTÍCULO 41. Protocolo de actuación ante acoso, abuso sexual u otro tipo de vulneración de derechos (violencia intrafamiliar, negligencia u otros). En caso de que el establecimiento tome conocimiento de situaciones de violencia intrafamiliar, negligencia, trabajo infantil u otras situaciones que vulneren los derechos de nuestros estudiantes, de acuerdo a la normativa vigente, el Colegio, a través de su Dirección, informará por los canales establecidos al Tribunal de Familia y/o Fiscalía, entregando todos los antecedentes de que disponga y aquellos que la justicia solicite. Al establecimiento no le compete realizar indagaciones para establecer la veracidad de las denuncias que reciba. Una vez informado a los canales de la justicia, el establecimiento deja en manos de esta instancia el procedimiento, participando como colaboradores de información y contenedores emocionales y pedagógicos de los alumnos involucrados.

Etapa Descripción Responsable

Sospecha de una situación de acoso o abuso sexual.

Todo miembro de la comunidad que sospeche de una situación de acoso o abuso sexual debe informarlo inmediatamente a las

autoridades pertinentes, quienes derivarán al Encargado de

Convivencia Escolar para iniciar el proceso de contención.

Si usted Sospecha que algún estudiante está siendo víctima de abuso

sexual, se sugiere:

a) Conversar con el niño(a):

- Si un niño(a) le entrega señales que desea comunicarle algo delicado y lo hace espontáneamente, invítelo a conversar en un espacio que resguarde su privacidad.

- Manténgase a la altura física del niño(a). Por ejemplo, invítelo a tomar asiento.

- Haga todo lo posible por ser empático y mantenga una actitud tranquila.

- Procure que el niño(a) se sienta escuchado, acogido, creído y respetado a medida que va relatando los hechos. No interrumpa, no lo presione, no haga preguntas innecesarias respecto a detalles.

- Intente trasmitirle al niño/a que lo sucedido no ha sido su responsabilidad.

- No cuestione el relato del niño. No enjuicie. - No induzca el relato del niño(a) con preguntas que le

sugieran quién es el abusador/a. - Si el niño(a) no quiere hablar, no lo presione. Respete su

silencio.

- Registre en forma textual el relato del niño (esto puede

servir como evidencia al momento de denunciar).

b) Pedir apoyo a los profesionales del área del establecimiento

(Orientadores, psicóloga) ya que ellos son personas competentes

para manejar este tipo de situaciones. Es muy importante evitar -

en todo momento- contaminar el discurso del niño(a), por lo cual

este procedimiento requiere de un delicado abordaje.

c) Informar al apoderado(a): se debe citar al apoderado y

comunicarle sobre la información que se maneja en el colegio.

Junto con informarle, se debe acoger al padre/madre y ofrecerle

todo el apoyo educativo al estudiante. En el caso que sea el mismo

apoderado el sospechoso de cometer el abuso, se sugiere no

entrevistarlo con el fin de proteger al menor.

Quien crea tener sospecha de abuso o acoso sexual.

Orientadores / Psicóloga

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d) No exponer al niño(a) a relatar reiteradamente la situación

abusiva. Se debe procurar el cuidado y protección al niño(a) que

ha sido abusado, por lo que no se lo debe exponer a contar

reiteradamente la situación. Si un funcionario ya ha escuchado

el testimonio del niño(a), será él el único que maneje esa

información, siendo responsable de comunicarla a los

conductos regulares ya indicados.

e) En caso de tener dudas y/o de no contar con los

profesionales idóneos para realizar la entrevista Orientadores,

psicóloga, debe contactarse con la OPD, SENAME, entre otros

organismos para solicitar orientación.

f) Informar inmediatamente a la Dirección o Subdirección del establecimiento, quien determina las acciones de denuncia inmediata, constatación de lesiones, contacto inmediato con el apoderado, etc. g) Una vez que el caso esté ante la Justicia, serán ellos (profesionales especializados) quienes se encargarán de indagar y sancionar si corresponde.

Etapa Descripción Responsable

Si el abusador es funcionario del establecimiento.

a. Inmediatamente conocida una denuncia de Abuso

Sexual Infantil o que se tome conocimiento directo de los hechos, deberá ser informada a Dirección del establecimiento.

b. La Dirección deberá adoptar medidas para que se establezcan las eventuales responsabilidades, instruyendo de esa manera los procesos disciplinarios que correspondan.

c. La Dirección deberá remitir la información al Sostenedor.

d. La Dirección del colegio deberá disponer como medida administrativa inmediata de prevención la separación del eventual responsable de su función directa con los alumnos y reasignarle labores que no tengan contacto directo con estudiantes. Esta

medida tiende no sólo a proteger a los alumnos sino también al

denunciado, en tanto no se clarifiquen los hechos.

e. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección y su Equipo Directivo son los responsables de denunciar formalmente ante la Justicia.

Dirección y Equipo de Gestión

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ARTÍCULO 42. Protocolo de actuación ante accidente escolar Frente a cualquier tipo de accidentes, los responsables en ese instante del o los estudiantes, deben:

a. guardar la calma, b. asegurarse que el accidentado no sea movido, c. llamar inmediatamente a los inspectores paradocentes (se recuerda que el personal de inspectoría paradocente

cuenta con los cursos de atención de primeros auxilios para accidentes escolar).

TIPO ACCIDENTE PROCEDIMIENTO RESPONSABLES

Leves: se trata de accidentes que

implican contusiones menores,

erosiones, y heridas superficiales que

sólo requieren curaciones simples,

afrontamiento, aplicación de frío o

tratamientos de enfermería simples.

Información al hogar a través

de agenda o llamado telefónico

Entrega de formulario de

Seguro escolar para ser utilizado

por el apoderado en caso de

evaluar su necesidad.

Inspectores de Patio

Secretaria de Inspectoría

Si el abuso ha ocurrido entre estudiantes.

a) Se informa a Inspectoría General, quien informa al Encargado de Convivencia Escolar para proceso, quien a su vez deberá informar inmediatamente a la Dirección del establecimiento.

b) Dirección, equipo directivo y profesionales competentes del colegio, entrevistan a los estudiantes por separado y simultáneamente, de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de los alumnos, sin estar interferidos por opiniones del grupo. Una vez corroborado el hecho, se procede a realizar la denuncia ante las autoridades correspondientes.

c) Paralelamente, se toma testimonio escrito y firmado de puño y letra por cada estudiante involucrado, ya que estos documentos servirán como antecedentes ante la denuncia en tribunales. Es importante destacar que se debe resguardar la identidad de todos los alumnos/as involucrados, ya sean participantes activos, espectadores, etc.

d) Se cita telefónicamente de forma urgente a todos los apoderados involucrados para entregarles la información obtenida desde el colegio.

e) Como medida de protección mientras se recaban los antecedentes, se suspende a todos los alumnos(as) involucrados mientras se investiga la situación.

f) Dirección del establecimiento cita a los apoderados que corresponda para informar las medidas que se aplicarán.

g) Dirección y Equipo de Gestión definen la estrategia de información a la comunidad, así como las estratégicas pedagógicas y emocionales para contener la conmoción de una noticia de esta naturaleza.

h) Si la situación señalada no es de conocimiento público, se evaluará la pertinencia de comunicarse, con el fin de proteger a los involucrados y evitar la innecesaria conmoción.

Inspectoría General, Subdirección, Dirección

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Menos graves: accidentes que

comprometen planos más profundos

de la piel, cortes que requieren

sutura, contusiones con hematomas,

esguinces, quemaduras, requieren

tratamiento de enfermería o médico.

Información inmediata al

hogar a través de llamado

telefónico

Traslado a centro asistencial

(puede definirse ser realizado por

el apoderado o por el

establecimiento en caso de

mayor urgencia)

Entrega de formulario de

Seguro escolar para ser utilizado

por el apoderado en caso de

evaluar su necesidad.

Inspectores de Patio

Secretaria de Inspectoría

Inspector General

Graves: accidentes con compromiso

de conciencia, TEC complicados,

heridas profundas, fracturas, etc.

Requieren urgente evaluación y

tratamiento médico.

Información inmediata al

hogar a través de llamado

telefónico

Traslado a centro asistencial,

espera del apoderado en el lugar

Entrega de formulario de

Seguro escolar para ser utilizado

por el apoderado en caso de

evaluar su necesidad.

Inspectores de Patio

Secretaria de Inspectoría

Inspector General

a. En caso de golpes o heridas en la cabeza, espalda u otras consideradas graves el accidentado no debe ser movido del lugar. Deberá ser recogido directamente por un servicio de ambulancias, para evitar movimientos inadecuados.

b. Durante la espera debe ser cubierto con una frazada y no debe utilizarse almohada. c. Si el golpe o herida lo permite, el accidentado será trasladado en camilla a la enfermería del colegio y se le

aplicará cuello ortopédico si es necesario. d. El Inspector que toma el control del herido se informará de los datos esenciales del accidente (hora, lugar, causa,

síntomas), aplicará atención primaria y dispondrá del llamado a su apoderado para informarle la situación y le

consultará respecto a la forma de traslado del accidentado. e. Cuando el accidente es grave, el centro médico estatal correspondiente envía ambulancias sin costo para el

usuario, no obstante el apoderado debe tener presente que los tiempos de demora son de exclusiva responsabilidad de ese servicio.

f. El personal del colegio no está autorizado para trasladar enfermos o accidentados en sus vehículos particulares por el riesgo que este hecho encierra, especialmente con la manipulación indebida del accidentado, accidente vial, choque de terceros.

g. Si la situación precisa de movilización y no existe la posibilidad de Ambulancia, el Inspector General, tomará las medidas necesarias para solucionar el problema.

h. Inspector a cargo deberá solicitar a Secretaría el documento de Seguro Escolar, que se entregará al apoderado o en el Centro Asistencial si procediere.

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ARTÍCULO 43. Protocolo de actuación ante consumo de alcohol o drogas Cualquier miembro de la comunidad que sorprenda a otro miembro de la comunidad consumiendo cualquier tipo de drogas, alcohol o tabaco en alguna de las dependencias del establecimiento deberá informar inmediatamente a través de los conductos regulares al establecimiento.

SITUACIÓN PROCEDIMIENTO/MEDIDAS RESPONSABLES

Sospecha de consumo de alcohol o drogas.

Cuando un miembro de la comunidad tenga sospechas sobre el consumo de alcohol o drogas de otro miembro, deberá acercarse a la Unidad de Convivencia Escolar a plantear sus inquietudes.

El establecimiento definirá si compete la intervención, a niveles preventivos o la aplicación de medidas de distinto orden, según los manuales y reglamentos pertinentes.

Unidad de Convivencia Escolar

Sospecha de venta (tráfico) de alcohol o droga al interior del establecimiento, por parte de cualquier miembro de la comunidad.

Ante la sospecha de venta de sustancias prohibidas, el establecimiento realizará las gestiones para definir la realidad de esta situación, aplicando las medidas definidas en el presente Manual.

Se deja constancia que la venta o tráfico de alcohol o dragas constituye un delito, por cuanto el establecimiento tiene la obligación de informar a los estamentos legales.

Dirección

Consumo en el establecimiento por parte de estudiantes

Dar aviso inmediato a Inspectoría General

Estudiante(s) involucrado(s) deberán asistir inmediatamente a Inspectoría General.

De presentar signos evidentes de consumo, el Inspector General debe determinar aislar al estudiante, proporcionar facilidades para atender el estado de consumo, llamar inmediatamente al apoderado, entregar al estudiante al apoderado con recomendaciones para atender el estado de consumo.

EN NINGÚN CASO PERMITIR, POR SU SEGURIDAD, QUE EL ESTUDIANTE SALGA SOLO DEL ESTABLECIMIENTO.

Mientras un estudiante presente signos de encontrarse bajo los efectos de un consumo, NO se debe establecer ningún tipo de conversación reflexiva; se solicita al apoderado regresar en fecha siguiente para abordar la situación formalmente y definir la aplicación de medidas contempladas en el presente Manual.

Inspectoría General/ Convivencia Escolar

Consumo en el establecimiento por parte de trabajadores o colaboradores

Si un trabajador del establecimiento es sorprendido consumiendo alcohol o drogas en el establecimiento se debe dar aviso inmediatamente a Dirección, quien podrá aplicar la normativa para trabajadores del RIOHS.

Dirección

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Consumo en el establecimiento por parte de apoderados u otros colaboradores

El consumo de alcohol o drogas por parte de apoderados al interior del establecimiento será abordado con el los involucrados, aplicando las medidas presentes en el presente Manual.

Dirección

Viña del Mar, marzo 2018