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ACTUACIONES DE POLICÍA JUDICIAL EN LA INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN Código: PJIC-ILH-PT-01 Versión: 02 INSPECCIÓN AL LUGAR DE LOS HECHOS Y/O AL CADÁVER Vigente desde: 02-01-05 Página 1 de 16 Elaboración Delegados Interinstitucionales Firma Fecha: Revisión Comité Operativo Firma Fecha: 2004-11-29 Aprobación Consejo Seccional de Policía Judicial Firma Fecha 1. OBJETIVO Establecer las actividades a seguir para realizar la inspección al Lugar de los Hechos y/o al Cadáver con el fin de encontrar, recolectar, preservar y documentar los elementos materiales probatorios o evidencia física soporte de la investigación. 2. ALCANCE Aplica a las actuaciones de los servidores con funciones de Policía Judicial en el Lugar de los Hechos y/o Cadáver y lugares relacionados o a quienes por vía de excepción hagan sus veces. Se inicia con el procedimiento de “Observación y Análisis del Lugar de los Hechos”. Continua con el registro del “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” y/o “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” finaliza con el diligenciamiento del rotulo y del registro de cadena de custodia conforme a lo establecido en este manual y en el manual de cadena de custodia. 3. FUNDAMENTO TEÓRICO Conocida la noticia criminal los servidores con funciones de policía judicial, deben proceder de inmediato, a inspeccionar y documentar el Lugar de los Hechos y/o al Cadáver y cualquier otra escena primaria y secundaria donde se sospeche presencia de EMP y EF, relacionados con la conducta punible que se investiga. En seguida se procede a la documentación y recolección técnica de los EMP y EF, del cadáver, los fragmentos óseos, partes del cuerpo, los cuales sin alteración, son remitidos bajo cadena de custodia a la entidad encargada de su respectivo estudio o a la bodega de evidencias. Es de resaltar que la actividad del primer respondiente es garantía para iniciar de manera adecuada estos procedimientos y dar mejores resultados en la investigación desde su inicio.

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Elaboración Delegados Interinstitucionales Firma Fecha:

Revisión Comité Operativo Firma Fecha: 2004-11-29

Aprobación Consejo Seccional de Policía Judicial Firma Fecha

1. OBJETIVO Establecer las actividades a seguir para realizar la inspección al Lugar de los Hechos y/o al Cadáver con el fin de encontrar, recolectar, preservar y documentar los elementos materiales probatorios o evidencia física soporte de la investigación. 2. ALCANCE Aplica a las actuaciones de los servidores con funciones de Policía Judicial en el Lugar de los Hechos y/o Cadáver y lugares relacionados o a quienes por vía de excepción hagan sus veces. Se inicia con el procedimiento de “Observación y Análisis del Lugar de los Hechos”. Continua con el registro del “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” y/o “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” finaliza con el diligenciamiento del rotulo y del registro de cadena de custodia conforme a lo establecido en este manual y en el manual de cadena de custodia. 3. FUNDAMENTO TEÓRICO Conocida la noticia criminal los servidores con funciones de policía judicial, deben proceder de inmediato, a inspeccionar y documentar el Lugar de los Hechos y/o al Cadáver y cualquier otra escena primaria y secundaria donde se sospeche presencia de EMP y EF, relacionados con la conducta punible que se investiga. En seguida se procede a la documentación y recolección técnica de los EMP y EF, del cadáver, los fragmentos óseos, partes del cuerpo, los cuales sin alteración, son remitidos bajo cadena de custodia a la entidad encargada de su respectivo estudio o a la bodega de evidencias. Es de resaltar que la actividad del primer respondiente es garantía para iniciar de manera adecuada estos procedimientos y dar mejores resultados en la investigación desde su inicio.

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Página 2 de 16 4. DEFINICIONES CONCEPTUALES Para efectos de este procedimiento se entiende por: • Abducción: Es el movimiento que separa un hueso del eje del cuerpo 1. • Adipocira: Por saponificación de las grasas del tejido celular subcutáneo se

observa un aspecto correoso de la piel y hay conservación de los tejidos blandos. Se produce en ambientes húmedos y bien ventilados2.

• Aducción: Es el movimiento que acerca los huesos al eje del cuerpo3. • Deshidratación: Es la perdida de agua por evaporación4. • Enfriamiento cadavérico: Disminución de la temperatura corporal hasta el

equilibrio con el medio ambiente producida por la muerte5. • Estado enfisematoso: Es el aspecto abotagado de la cara, el abdomen, el

escroto, etc. de un cadáver por la producción de gases originada por las bacterias anaeróbicas intestinales6.

• Extensión: Movimiento por el cual dos segmentos de un miembro se apartan y

se dispone en línea recta7. • Flexión: Movimiento por el cual una sección de un miembro se dobla sobre

otra situada por encima de ella8. • Livideces cadavéricas: Son manchas de color rojo vinoso que presenta un

cadáver en la piel, debidas a la acumulación de sangre en las zonas declives por la acción de la fuerza de gravedad9.

1 Solórzano, R. Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 57. 2 Morales M. Manual para la Practica de Autopsias Médicos Legales. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 1era Ed. Bogotá. 2001. Pág.89 3 Solórzano, R. Medicina legal, Criminalística y toxicología para abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 57. 4 Ibíd. Pág. 58. 5 Ibíd. Pág. 57. 6 Morales M. Manual para la Practica de Autopsias Médicos Legales. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 1era Ed. Bogotá. 2001. Pág.89 7 Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas. 12 Ed. Salvat. 1984.Pág. 435. 8 Ibíd. Pág. 467. 9 Solórzano, R. Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 58.

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Página 3 de 16 • Momificación: Es la conservación de un cadáver mediante la desecación por

evaporación del agua de sus tejidos10. • Muerte: Es el estado biológico en el cual la persona pierde total y

definitivamente las funciones cerebrales, circulatorias y respiratorias11. • Muerte por homicidio: Muerte de una persona causada por otra12. • Muerte por suicidio: Muerte auto inflingida con conocimiento de la letalidad

del método usado para causarla13. • Posición anatómica: Se estima al cuerpo en esta posición cuando está de

pies, mirando al frente, las palmas hacia delante y los pulgares hacia fuera14. • Pronación: Movimiento del antebrazo que tiene por resultado poner el dorso

de la mano hacia delante o arriba15. • Putrefacción: Es la descomposición de la materia orgánica del cadáver,

producida por la acción microbiana al descender las defensas inmunológicas16. • Rigidez cadavérica: También llamada “Rigor Mortis”, es debida a la

acidificación por degradación del ATP y a la deshidratación de los músculos17. Por fenómenos bioquímicas los músculos entran en un estado de rigidez, que aparece inicialmente en los grupos musculares más pequeños y se evidencia progresivamente.

• Supinación: Movimiento de rotación del antebrazo por el que la palma de la

mano se hace superior o anterior18. • Hallazgo: Es la relación existente entre los elementos materia de prueba (EMP

y EF), versiones, aspectos particulares de la escena que permiten establecer el 10 Solórzano, R. Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 62. 11 Ibíd. Pág. 68. 12 Morales M. Manual para la Practica de Autopsias Médicos Legales. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 1era Ed. Bogotá. 2001. Pág. 14. 13 Morales M. Manual para la Practica de Autopsias Médicos Legales. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 1era Ed. Bogotá. 2001. Pág. 14. 14 Solórzano, R. Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 33. 15 Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas. 12 Ed. Salvat. 1984.Pág. 921. 16 Solórzano, R. Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados. 2ª ed. Ed. Nomos. Santa fé de Bogotá. 1993. Pág. 59. 17 Ibíd. Pág. 58. 18 Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas. 12 Ed. Salvat. 1984. Pág. 1084.

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qué, cómo cuándo y dónde ocurrieron los hechos. Los hallazgos permiten confirmar o desvirtuar posibles hipótesis.

• Orientación: Posición del cadáver de acuerdo a la posición geográfica de la

cabeza y los pies determinada con ayuda de la brújula. • Prenda: Material textil o sintético de origen animal, vegetal, o artificial

empleada para cubrir el cuerpo. • Signos post mortem: Marcas características de un cuerpo después de la

muerte. NOTA: El parágrafo del artículo 201 del C.P.P., señala que en los lugares donde no hubiere miembros de Policía Judicial de la Policía Nacional, esta función la realizara la Policía Nacional; por lo anterior cuando en los manuales de Policía Judicial y Cadena de Custodia, se hace referencia “Al servidor de Policía Judicial o quien por vía de excepción haga sus veces” se entiende que se trata de la Policía Nacional.19 5. NORMATIVIDAD Constitución Política de Colombia. Art. 248, 250, 251, 252 y 253 Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal. Artículos 1, 3, 66, 67,

numeral 4º Art. 114, 117, 200 al 207, 210 al 213, 216, 245 AL 251 y 254 al 278. Resolución 0-1890 de noviembre de 2002 Cadena de Custodia Manual de Cadena de Custodia vigente para el Sistema Penal Acusatorio. Resolución 0- 2286 de noviembre de 2003, Manual de Procedimientos Manual Único de Policía Judicial 6 CONDICIONES • El servidor de policía judicial asignado para efectuar la documentación de este

procedimiento, debe contar con los elementos, equipos y materiales indispensables para el cumplimiento de sus funciones en el Lugar de los Hechos y verificar que estos que estos se encuentren en buen estado de funcionamiento.

• En caso que se observen elementos sospechosos como cables, cuerdas o

alambres entre otros, que pongan en riesgo al personal asignado para el desarrollo de la diligencia y a la comunidad, se deberá solicitar de manera

19 Manual de Policía Judicial, página 9

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inmediata la presencia de una patrulla de antiexplosivos la cual debe verificar la presencia de artefactos explosivos en el lugar de los hechos y/o el cadáver.

• Cuando se trate de una inspección de cadáver se deberá diligenciar el formato

de “Acta de Inspección Técnica al cadáver”. • Si se trata de diligencia diferente a inspección de cadáver se debe diligenciar el

formato de “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos”. • Cuando en el lugar de la diligencia se requiera la presencia de peritos expertos

en otras áreas se deberá de manera inmediata coordinar la presencia de los mismos a través de las centrales de información de cada una de las entidades y se dejará constancia de su actuación en las respectivas actas.

• El personal responsable de la inspección y embalaje del cadáver y de los EMP

y EF, en lo posible debe tener competencia con base en la educación, formación, habilidades y experiencia apropiadas según lo definen los manuales de policía judicial.

• En el evento que se trate de delito contra la vida, se realizará la verificación de

la muerte y la documentación general del lugar de los hechos. • Solamente el servidor de policía judicial asignado podrá inspeccionar el

cadáver en el Lugar de los Hechos • La manipulación del cadáver debe ser mínima. La toma de muestras técnicas

al cadáver en lo posible, se hará al momento de la necropsia. • El personal responsable de la aplicación del presente procedimiento debe

conocer las normas de bioseguridad descritas en el instructivo de “Medidas de Bioseguridad”.

• Se debe contar con una adecuada iluminación para la inspección y embalaje

del cadáver. • La comunicación entre los servidores de policía judicial asignados a la

diligencia debe ser oportuna y permanente con el fin de garantizar efectividad en la investigación.

• Ningún EMP y EF será movido sin haberse documentado y fijado debidamente

mediante los procedimientos respectivos.

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Página 6 de 16 • Cuando se trate de diligencia de inspección a cadáver no identificado (NN), se

debe coordinar con la Unidad de Identificación de NN´s de la entidad que conozca el caso, a fin de determinar la plena identidad del occiso previo tramite del Registro correspondiente.

7. DESARROLLO 7.1. Materiales y equipos. En lo posible se contará con los siguientes elementos

• Equipo de fotografía

• Equipo de planimetría

• Equipo de lofoscopia

• Equipo para recolección de EMP y EF

• Equipo para embalaje del cadáver: bolsa plástica preferiblemente blanca para

embalaje de cadáver con mecanismo de cierre longitudinal

• Equipo de bioseguridad

• Equipo de iluminación

• Herramientas

• Termómetro ambiental

• Termómetro de laboratorio

• Máquina de escribir y medios para diligenciamiento de la papelería respectiva 7.2. Descripción 7 .2.1. Planificar El servidor de policía judicial asignado para la coordinación de la diligencia determinara con su equipo de trabajo los procedimientos técnicos a seguir de acuerdo a las circunstancias del hecho investigado, las características del lugar y las técnicas descritas en los procedimientos estandarizados.

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Página 7 de 16 7.2.2. Registrar la identificación del lugar de la diligencia El servidor de policía judicial asignado para la coordinación de la diligencia registra en el “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” o en el “Acta de Inspección Técnica al cadáver” todos los datos solicitados conforme al número único de noticia criminal. 7.2.3. Descripción del Lugar de los Hechos, procedimientos y hallazgos El servidor de policía judicial asignado para la coordinación, con su equipo de trabajo realizarán la descripción narrativa del Lugar de los Hechos, observando la relación de los EMP y EF, describiendo los procedimientos técnicos ejecutados en la misma y determinando los hallazgos encontrados. 7.2.4. Documentar la posición y orientación del cadáver En el caso que en el Lugar de los Hechos haya uno o varios cadáveres, una vez realizada la observación y análisis del lugar, los servidores con funciones de policía judicial, efectuarán la documentación fotográfica o fílmica, la fijación topográfica y la narrativa descriptiva de los cadáveres de acuerdo a los siguientes procedimientos respectivamente: • “Documentación Fotográfica” dejando como registros el “Álbum

Fotográfico” y la “Ficha Técnica” • “Documentación Videográfica” • “Fijación Topográfica ” dejando como registro el bosquejo en el formato de

“Dibujo Topográfico”. El servidor asignado, describe como se encuentra el cadáver tomando como referencia su posición y orientación y dependiendo de la circunstancia, además describe la superficie de soporte o elemento empleado para la suspensión o medio en el cual se encuentra inmerso el cuerpo. A continuación, realiza la descripción de la posición de los miembros superiores e inferiores como se indica:

Parte del miembro Posición

Hombro Abducción o aducción, rotación externa o rotación interna

Codo Flexión o extensión

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Parte del miembro Posición Muñeca Flexión, extensión, supinación o pronación Dedos Flexión o extensión, abducción o aducción

Cadera Abducción o aducción externa, flexión o extensión, rotación externa o interna de la cabeza del fémur.

Rodilla Flexión o extensión Tobillo Dorsiflexión o plantiflexión, eversión o inversión

Cabeza Conservando su eje, rotación a la derecha o la izquierda, adelante o atrás.

Esta información se registra en el “Acta de inspección Técnica al Cadáver”. 7.2.5. Describir las prendas de vestir externas El servidor con funciones de policía judicial asignado, describe las prendas de vestir externas, que porta el cadáver de la cabeza a los pies incluyendo, en lo posible los siguientes aspectos: material, color, talla, marca, estado de la prenda, EMP y EF encontrados sobre las prendas y las observaciones adicionales, registrando esta información en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver”. 7.2.6. Tomar temperatura inicial El servidor con funciones de policía judicial asignado, toma y registra en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” la temperatura corporal inicial, la temperatura ambiente y la hora de la toma de las temperaturas, en los casos en que sea procedente. 7.2.7. Describir pertenencias El servidor con funciones de policía judicial asignado para esta labor, registra y describe en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” todas las pertenencias considerando los siguientes aspectos: • Joyas: localización, material, color, forma, presencia de incrustaciones (color y

forma), aspecto y observaciones adicionales. • Documentos: localización y tipo. • Dinero o títulos valores: localización, denominación, cantidad y su relación

numérica.

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Página 9 de 16 • Es de resaltar, que este procedimiento se debe realizar de manera técnica y

adecuada, evitando contaminar y alterar los posibles EMP y EF que se hallen sobre el cadáver y sus prendas.

7.2.8. Realizar cronotanatología El servidor con funciones de policía judicial asignado, identifica, describe y registra en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” los fenómenos cadavéricos presentes considerando los signos tempranos y tardíos tales como: deshidratación, enfriamiento cadavérico, livideces, rigidez, descomposición, putrefacción, estado enfisematoso, adipocira, momificación, etc. 7.2.9. Documentar morfológicamente el cadáver El servidor con funciones de policía judicial asignado, describe el color de piel del cadáver, estatura aproximada, contextura, aspecto, señales particulares visibles y las observaciones adicionales registrando esta información en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” Para realizar la documentación fotográfica del cadáver, el servidor asignado tendrá en cuenta las siguientes precauciones: • Emplear un lente de 50 mm. • El encuadre del rostro se realiza verticalmente entre el tórax y diez

centímetros sobre la cabeza y horizontalmente incluyendo los hombros sin dejar bordes libres.

• Colocar sobre el tórax el número del “Acta de Inspección Técnica al

Cadáver” • Realizar la toma perpendicularmente sin girar el rostro del occiso. 7.2.10. Describir signos externos de violencia en áreas descubiertas El servidor con funciones de policía judicial, describe la ubicación topográfica de las lesiones o heridas en las áreas descubiertas de acuerdo a la anatomía topográfica del cuerpo y la registra en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver”.

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Página 10 de 16 7.2.11 Realizar búsqueda EMP y EF sobre el cadáver El servidor con funciones de policía judicial, realiza la búsqueda, recolección, embalaje y rotulado de los EMP y EF que se encuentran sobre el cadáver de acuerdo a los procedimientos establecidos para tal fin. La búsqueda debe realizarse de manera sistemática de la cabeza a los pies y registrando la información en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver”. Realiza la fijación topográfica y documentación fotográfica y/o videográfica, de acuerdo a los procedimientos establecidos y relaciona los EMP y EF encontrados sobre el cadáver en la “Inventario de EMP y EF” 7.2.12. Realizar actividades previas al embalaje Si el cuerpo se encuentra en suspensión completa o incompleta y dependiendo de las características del lugar se realizan las siguientes actividades: • Dos personas o mas lo sujetan de los miembros inferiores. • Otra persona accede hacia la parte en donde se halle atada la soga o elemento

utilizado para la suspensión y realiza cortes en un punto de manera que se preserve la integridad de los nudos.

• Marcar cada uno de los extremos con cinta de enmascarar, colocando un

número en cada extremo de la soga. Es decir, al cortar un extremo las dos puntas correspondientes son: 1 - 1 y en el otro extremo son: 2 – 2.

• Retirar la soga del material que la soporta, sujetando el cuerpo hasta colocarlo

en una superficie firme y plana. No desatar el nudo. • Describir y documentar la clase de nudo, material en que esta hecho y

características que presenta, si es visible el surco de presión (forma y dimensión) y demás lesiones que se observen.

• Realizar la documentación fotográfica y/o videográfica del cadáver, incluyendo

la toma de fotografías de filiación y perfiles en caso de NN’s. • Describir y documentar las prendas y pertenencias. • La cuerda no se separa del cadáver y se embala conjuntamente.

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Página 11 de 16 7.2.13 Realizar el embalaje del cadáver El servidor con funciones de policía judicial o servidores asignados embalan las manos del cadáver, en los casos que sea necesario, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: • Observar la mano con el fin de identificar la ubicación del EMP y EF adherido.

Examinar cuidadosamente las uñas. • Tomar la mano desde el antebrazo realizando los movimientos mínimos que

permitan el embalaje. • Embalar en bolsa de papel y luego en bolsa plástica • Colocar la cinta adhesiva de manera que la mitad de las cinta quede sobre la

piel y la otra mitad sobre la bolsa plástica, para el caso en que el antebrazo se encuentre descubierto. Cuando el antebrazo este cubierto con prendas, la cinta se coloca sobre la prenda. Nunca se coloca la cinta sobre heridas o lesiones.

A continuación, se procede al embalaje del cadáver realizando una manipulación mínima y evitando, en lo posible, la transferencia de EMP y EF y la contaminación. El embalaje del cadáver lo realizan por lo menos dos de los miembros del grupo de servidores asignados a la diligencia, quienes tienen en cuenta las siguientes consideraciones: • Colocar la bolsa abierta sobre la bandeja para transportar el cadáver en caso

que sea una bolsa de cremallera. En caso que se cuente con una bolsa sin cremallera se embala de la parte superior del cuerpo hacia la parte inferior, de manera que la boca de la bolsa quede hacia los pies.

• Si el cadáver se encuentra sobre una superficie móvil, se asegura contra una

superficie fija, de manera que se evite cualquier tipo de riesgo de caída, o movimiento inadecuado que pueda alterar la integridad del cadáver.

• Levantar cuidadosamente el cadáver tomándolo, si es posible, de los hombros

y los miembros inferiores. • Cerrar y rotular la bolsa, realizar los procedimientos de rotulado y registro de

cadena de custodia conforme a los procedimientos establecidos en este manual y en el sistema de cadena de custodia.

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Página 12 de 16 Cuando el cadáver está en avanzado estado de descomposición o putrefacción, el embalaje se realiza prestando especial atención a las medidas de bioseguridad y la protección del personal que realiza esta actividad. Si el cadáver se encuentra sobre una superficie fácilmente transportable se embala conjuntamente con dicha superficie. Por otra parte, si el cadáver se encuentra en una superficie que no puede transportarse fácilmente, se transfiere el cadáver cuidadosamente a la bolsa para embalaje evitando alteraciones de su integridad y procurando la preservación máxima del mismo. El servidor asignado, toma y registra la información sobre el embalaje del cadáver en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver”. 7.2.14 Realizar manejo de EMP y EF hallados debajo el cadáver El servidor con funciones de policía judicial asignado, realiza la recolección, embalaje y rotulado de los EMP y EF, que se encuentren debajo del cadáver de acuerdo a los procedimientos establecidos para tal fin, registrando la información en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver”. Se realiza la fijación topográfica y documentación fotográfica y/o videográfica de acuerdo a los procedimientos establecidos y se relacionan los EMP y EF encontrados bajo el cadáver en la “Inventario de EMP y EF” Para el caso de cadáveres que han iniciado procesos de descomposición se toman muestras de fauna cadavérica y flora, dejando constancia de la toma de estas muestras en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” y en el “Inventario de EMP y EF”. 7.2.15 Verificar y registrar la actuación de los servidores con funciones de policía judicial1 De igual forma en las diligencias de inspección al Lugar del Hecho o lugares relacionados con las diferentes conductas punibles investigadas, se realizan los procedimientos de documentación y fijación establecidos en este manual, dejando constancia en las actas respectivas de los siguientes aspectos en los eventos que se hallan realizado: • Las actuaciones de los servidores con funciones de policía judicial

(dactiloscopista, fotógrafo, camarógrafo, topógrafo o servidor asignado) en el Lugar de los Hechos.

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Página 13 de 16 • La actuación de peritos en el lugar de los hechos (Nombre, identificación y

actuación) • La toma de muestras de residuos de disparo, en los casos que lo amerite. • La hoja de registro de elementos materiales probatorios. • La ficha técnica de fotografía y/o videográfica. • El bosquejo. • La ficha de exploración dactiloscópica. El servidor de policía judicial asignado para la coordinación de la diligencia registra todas las observaciones que se den durante la inspección al Lugar de los Hechos y/o al Cadáver y procede al cierre de la diligencia, registrando las firmas de los servidores que intervinieron en la actuación en el “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” y/o en el “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” para que sea anexado al informe de policía judicial respectivo.

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Página 14 de 16 7.3 Diagrama de flujo

SERVIDOR ASIGNADO PARA LA COORDINACIÓN DE LA

DILIGENCIA

SERVIDOR ASIGNADO COMO FOTÓGRAFO Y/O

CAMARÓGRAFO /TOPÓGRAFO/ SERVIDOR ASIGNADO PARA

ESTA ACTIVIDAD

OBSERVAR Y ANÁLIZAR EL LUGAR

DE LOS HECHOS

Planificar

Registrar la identificación del lugar de los hechos

Describir el lugar, procedimientos y hallazgos

Documentar la posición y orientación del cadáver

Describir las prendas de vestir externas

Tomar temperatura inicial

Describir pertenencias

A

Realizar cronotanatología en la escena

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SERVIDOR ASIGNADO COMO COORDINADOR DE LA

INSPECCIÓN

FOTÓGRAFO / CAMARÓGRAFO TOPÓGRAFO/ SERVIDOR

ASIGNADO SERVIDOR ASIGNADO PARA

ESTA ACTIVIDAD

A

Documentar morfológicamente el cadáver

Realizar manejo de los EMP y EF sobre el cadáver

Describir signos de violencia en áreas descubiertas

Realizar actividades previas al embalaje

Realizar el embalaje del cadáver

Realizar manejo de los EMP y EF bajo el cadáver

Verificar y registrar la actuación de los técnicos y peritos

REALIZAR ACTA DE

INSPECCIÓN AL LUGAR DE LOS HECHOS Y/O

ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA AL CADÁVER,

INVENTARIO DE LOS EMP EF, E INFORME DE POLICÍA JUDICIAL

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ACTUACIONES DE POLICÍA JUDICIAL EN LA INDAGACIÓN E

INVESTIGACIÓN

Código: PJIC-ILH-PT-01

Versión: 02

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Página 16 de 16 7.3 Puntos de control 1 El servidor de policía judicial asignado para la coordinación de la inspección realiza el registro de todo lo actuado en el “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” y/o Acta de Inspección Técnica al Cadáver”, para su posterior entrega con el informe de Policía Judicial. 8. RESPONSABLES La aplicación de este procedimiento es responsabilidad del servidor de policía judicial asignado para la coordinación de la diligencia y los demás servidores integrantes del grupo asignados al caso. 9. REGISTROS “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” “Informe de Policía Judicial” “inventario de EMP y EF” “Rotulo” 10. ANEXOS Anexo 1. “Acta de Inspección al Lugar de los Hechos” Anexo 2. “Acta de Inspección Técnica al Cadáver” Anexo 3. “Formato de entrega del lugar de los hechos, primer respondiente”