INIMPUTABILIDAD

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 1 m bi ³ ³Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo´ PSICOLOGIA FORENSE TEMA: INIMPUTABILIDAD POR: 1. Carbonell Sánchez M iguel Eduardo 2. Camacho Laura Juana Natalia

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INIMPUTABILIDAD DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA CIENCIA Y EL DERECHO PERUANO

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m bi

³ ³Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo´ 

PSICOLOGIA FORENSE

TEMA:

INIMPUTABILIDAD

POR:

1. Carbonell Sánchez Miguel Eduardo2. Camacho Laura Juana Natalia

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DEDICATORIA:

³El presente trabajo estadirigido a todas aquellas  personas, quienes nosdemuestran el valor de laamistad, en quienesconfiamos, y tenemos uncariño y aprecio especial´.

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1.-INTRODUCCION:

Hay que tener presentes que el legislador ha considerado los aspectossubjetivos del autor de un hecho ilícito en el momento de juzgarlo.

 Así mismo hay que hacer unas diferenciaciones, en tanto, la imputabilidad es elconjunto de circunstancias previstas por la ley, las cuales permiten establecer una relación de causa y efecto entre un acontecimiento delictivo y el sujeto alcual se lo considera responsable del mismo, por tanto, la ausencia de lasmencionadas circunstancias determinará un escenario de inimputabilidad, aúny a pesar de haberse comprobado el hecho criminal y la autoría por parte delinimputable, no se lo considerará penalmente responsable del mismo. Por loque se llamara inimputable a aquel individuo que se encuentre eximido deresponsabilidad penal por no poder comprender la ilicitud de un hecho puni ble.Normalmente se considerarán inimputables a aquellas personas que padezcanalguna enfermedad mental, un retraso mental, sean menores de edad, entre

otras alternativas. Es decir que cuando una persona que padece algún tipo deenfermedad psíquica comete algún crimen, como ser un asesinato, una vezque la justicia compruebe fehacientemente su situación, lo más probable esque en la sentencia jurídica se la declare inimputable por no poder comprender que lo que ha cometido es un asesinato y por tanto será d estinada a unhospital o clínica psiquiátrica para su internación, porque si bien no puede ser enviada a una cárcel, tampoco puede permanecer en libertad, ya que se tratade una persona peligrosa para sí misma y también para el entorno que larodea. Por otro lado, otra de las cuestiones que atenúan o disminuyen lainimputabilidad de una determinada persona es su edad, así por ejemplo si

tenemos a un niño de tan solo 7 años que asesinó a una persona,seguramente, se tendrá en cuenta en la valoración del caso esta circunstancia,que se trata de un menor edad, que puede no tener un conocimiento pleno deaquello que ha hecho. Y en otro orden de cosas, cuando una persona obraespecialmente movida por la necesidad de salvar su propia vida, es decir,asesina a su agresor, también, tal cuestión será atendida como un atenuante ala hora de evaluar su imputabilidad o no en el hecho delictivo.

El presente trabajo esta dividido en dos Capítulos:El primer Capitulo abarca Una Visión De La Inimputabilidad Desde La Ciencia,

en donde tratamos los trastornos mentales mas importantes que padece unapersona. Ya en el segundo Capitulo tratamos ³La Inimputabilidad en el DerechoPenal´ desde un punto de del Código Penal.

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2.-PROBLEMÁTICA:

Las alteraciones o perturbaciones psíquicas constituyen las causas deinimputabilidad por excelencia, ya que en la moderna ciencia penal ypsiquiátrica se considera que la persona que padece de algún trastorno

mental sea éste permanente o transitorio, no tiene capacidad de comprender la advertencia preventiva de la norma, pues carece de capacidad deculpabilidad.

La fórmula mixta (biológico- normativa), consiste en que para apreciar laexención de responsabilidad penal, el sujeto ha de sufrir en el mom ento deactuar- una alteración psíquica que le impida comprender la ilicitud del hecho oactuar conforme a dicha comprensión (efecto normativo).

2.1.-FINALIDAD:

Comprender los tipos de inimputabilidad que establece nuestro Codigo Penal.

2.2.-OBJETIVOS: 

Conocer los tipos de alteraciones mentales.

3.-PLANTEAMIENTO DEL TEMA:

Las alteraciones o perturbaciones psíquicas constituyen las causas deinimputabilidad por excelencia, ya que pese a que históricamente las

legislaciones hacían responder penalmente al enfermo mental; conposterioridad se estableció un sistema en el que éstos sólo podían ser sujetosde medidas especiales, como por ejemplo, el internamiento asegurativo.

Hoy en día, la ciencia jurídico penal admite con unanimidad que las personasque delinquen bajo los efectos de una enfermedad mental carecen decapacidad de motivación, esto es, no poseen la capacidad de determinarseconforme a las normas penales, razón por la cual no pueden responder conuna pena principal consecuencia jurídica del delito -, aunque sí con una medidade seguridad.

Las principales alteraciones mentales que se han planteado en el DerechoPenal como supuestos de inimputabilidad son:

1. las psicosis1,

1La psicosis es un estado mental descrito como una pérdida de contacto con la realidad. A las personas

que lo padecen se les llama psicóticas. Las personas que experimentan psicosis pueden presentar

alucinaciones o delirios y pueden exhibir cambios en su personalidad y pensamiento desorganizado.

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2. Oligofrenias, 2 3. Psicopatías 3 4. Neurosis.4 

Existe una discusión con relación a las mismas, ya que por un lado, seconsidera que tanto la psicosis en sus distintas manifestaciones- como lasoligofrenias severas son causas de inimputabilidad que excluyen laresponsabilidad.

 Asi mismo realiza un 5análisis de las características de la psicopatía, llegando asostener que ésta no es una enfermedad, sino una manifestación de lapersonalidad del sujeto que no altera su inteligencia ni voluntad, sino suafectividad, razón por la cual es comprensible que sea la anomalía quepresenta los problemas jurídico penales tal vez más graves.

Estos síntomas pueden ser acompañados por un comportamiento inusual o extraño, así como por

dificultad para interactuar socialmente e incapacidad para llevar a cabo actividades de la vida diaria.2

Discapacidad mental grave de carácter congénito, que padece una persona y que se caracteriza por

una deficiencia en el desarrollo intelectual y alteraciones del sistema nervioso.3

Enfermedad mental que consiste en una alteración de la personalidad y un comportamiento violento.4

enfermedad caracterizada por trastornos nerviosos y alteraciones emocionales5

INTRODUCCION A LAS BASES DEL DERECHO PENAL - SANTIAGO MIR PUIG (Derecho Penal, 593, 2002) 

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Capitulo I ³Una Visión De La Inimputabilidad Desde La Ciencia´

4.-HISTORIA6:

En los tiempos del Derecho Romano el legislador comenzó a tratar sobre elestado mental del sindicado al momento de la comisión del hecho, loslegisladores romanos partieron de sus conocimientos médicos consagraronnormas sobre su tratamiento criminal a los sujetos victimas del trastornomental, constituyéndose así, en los primeros a analizar el aspecto objetivo delhecho y el problema de la imputabilidad y de la inimputabilidad.

Las leyes del emperador Justiniano consideraron al enajenado exento deresponsabilidad penal, los estados pasionales intensos como situaciones delocura momentánea y admitieron la existencia de intervalos lucidos durante los

cuales se reconocía la validez de los actos ejecutados. Posteriormente lainfluencia del cristianismo en todas las esferas de la vida social se paralizo encierta medida los estudios sobre el elemento subjetivo del delito. Además conla adaptación del Santo Oficio de la inquisición originando un decreto d el papalucio III (del año 1184) se inicio una persecución a todos los enfermos mentalestildados de brujos y hechiceros, a pesar de existir legislaciones que trataban eltema de los enfermos mentales como ocurría con el Fuero Juzgo.Posteriormente los filósofos de los siglos XVI y XVII se levantaron contra losescolásticos estudiando el estado íntimo del culpable y los factores subjetivosde la imputación.

"la jurisprudencia del siglo XVI muestra un gran conocimiento de lascondiciones subjetivas de la imputación y de la naturaleza de las enfermedadesmentales. El infante no debe ser castigado como: "infantiae proximus et nondoli capax" (farinacio). En el caso de existir duda respecto a si un crimen sehabía cometido en el curso de una perturbación mental o de un intervalo lucido,se seguía el principio de proceder a favor del acusado: "in dubio pro reo". Losestados pasionales se consideraban igualmente desde esta época comocircunstancias atenuantes".

Con la caída del feudalismo y el surgimiento de la ilustración y la siquiatríaclásica se logra poner fin a la crueldad en los procedimientos y das a las penasun carácter más humano, así, el tormento en España es abolido por el reyFernando en 1817. La cárcel nace en 1840. Las ideas liberales del siglo XVIII yparte del siglo XIX en lo relacionado con el delito y la pena se desarrollangracias a la formación de corrientes doctrinales que terminamos formandoescuelas jurídico penales.

6http://www.monografias.com/trabajos1 6/inimputabilidad/inimputabilidad.shtml#NOCION

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5.-CONCEPTO Y NATURALEZA DE LA INIMPUTABILIDAD7:

Proviene del latín ³imputo´, ³imputare´ que significa atribuir, asignar. Es larelación de causalidad entre el autor y el delito y que supone el ejercicio dellibre albedrío.

La imputabilidad se concibe como el conjunto de facultades mínimas que elsujeto requiere para comprender el significado de las normas y ser capaz dedirigir su comportamiento conforme a dicho entendimiento es decir que, esta sfacultades le permiten al sujeto desarrollar la capacidad de motivarse por lasnormas que regulan la esfera social y evitar infracciones a las mismas es decir que, estas facultades le permiten al sujeto desarrollar la capacidad demotivarse por las normas que regulan la esfera social y evitar infracciones a lamisma se ha establecido que los enfermos mentales no pueden tener untratamiento penal similar al de las personas sanas mentalmente, por lo que, seha optado por aplicarles medidas alternativas que si bien al igual que las

penas- suponen un mecanismo de control social, no reflejaban distinto deéstas - un sentimiento de castigo.

6.-REQUISITOS DE LA IMPUTABILIDAD:

  Actualmente, la doctrina dominante sostiene que la imputabilidad requiere dedos elementos esenciales, a saber:

a) capacidad de comprender la anti juridicidad del hecho,

b) capacidad de dirigir su conducta su conducta conforme a dichacomprensión.

7.-CONCEPTO DE INIMPUTABILIDAD:

La doctrina dominante asume el criterio de la capacidad de motivaciónnormativa. Y supone la incapacidad que tiene determinado sujeto paracomprender lo injusto del hecho o actuar conforme a dicha comprensión.

Los inimputables son inmotivables por las normas penales, pero como afirmaGOMEZ BENITEZ no se trata de determinar la intensidad de la motivación, sinola anormalidad de la misma.

Supuestos de inimputabilidad por alteraciones psíquicas

a) La anomalía o alteración mental no transitoria.

7http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1757/9.pdf INIMPUTABILIDAD

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Fórmulas biol ógicas, psicol ógicas y mixtas.

Las fórmulas biológicas señalan el carácter patológico del trastorno queexcluye la responsabilidad, pero no hace referencia a los efectos del mismo esrealmente difícil incluir un completo catálogo de enfermedades mentales, por lo

que será la jurisprudencia y los peritos (psiquiatras) quienes deben determinar qué alteraciones o anomalías mentales causan la inimputabilidad del sujeto .

La determinación de las causas patológicas corresponde al perito legista y elefecto psicológico se reserva al juez, quien realizará el juici o de inimputabilidadtomando como base el dictamen médico la eximente Actualmente, se hadesechado el término enajenado para referirse a los trastornos psíquicos, yaque dicha expresión es muy restringida porque hace alusión únicamente a lasenfermedades mentales propiamente dichas y no a otra clase de anomalías,como por ejemplo las oligofrenias.

8.-ELEMENTOS DE LA INIMPUTABILIDAD8:

La inimputabilidad tiene dos elementos:

1. El elemento intelectivo: consiste en la incapacidad de comprensión, quese sustenta en la incapacidad de juzgar y valorar. La conciencia del actono implica necesariamente inimputabilidad, puede ocurrir que unapersona se que mata pero comprenda su significación, tal es el caso delparanoico que mata a cualquiera que pasa por su lado identificándolo

como su perseguidor. Por eso es capital diferenciar entre conocer ycomprender. El primero es "darse cuenta" mientras que el segundo estáimpregnado de contenido axiológico. La inimputabilidad como capacidadde comprender la ilicitud del acto y de obrar de acuerdo a esacomprensión. No es suficiente conocer y comprender la ilicitud del actopara poder predicar la inimputabilidad.

2. El elemento es el volitivo. Es probable que se presente una deficienciaen la voluntad que hace que el sujeto para conocer y comprender lailicitud del acto y no logre regular su conducta.

8http://psicologiajuridicayforense-alejandro.blogspot.com

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9.-PRINCIPALES MANIFESTACIONES PATOLÓGICAS9:

1. Psicosis2. Oligofrenias3. Psicopatías

4. Neurosis.

10.-LAS PSICOSIS:

Son las propias enfermedades mentales, que suponen una condición mentalgrave´, caracterizada por la pérdida de contacto con la realidad (delirio ,alucinaciones, manifestación anormal de emociones, autismo, miedo osospechas infundadas, depresión, etc). En definitiva, las psicosis constituyenuna perturbación cualitativa de la normalidad psíquica que se reputa de basesomática.

Manifestaciones de psicosis -debidas a causas endógenas- podemos citar 

1. La esquizofrenia: es concebida como un trastorno mental serio, queprovoca dificultades para que la persona pueda diferenciar entresituaciones reales e irreales, produce graves trastornos de la asociaciónde pensamiento

2. La psicosis maníaco- depresiva: es una enfermedad mental que afectael estado de ánimo del sujeto, pero no su capacidad intelectual. Semanifiesta por intervalos de profunda tristeza o depresión, generalmentesin motivo externo alguno.

3. La epilepsia: se caracteriza por la producción de ataques convulsivoscon pérdida del conocimiento, o ataques en menor escala, lapsusmentales en los que el sujeto puede realizar actos inconscientemente,sin que luego pueda recordar nada.

11.-LAS OLIGOFRENIAS:

Las oligofrenias constituyen una insuficiencia cuantitativa del grado deinteligencia, es decir, suponen la existencia de un déficit intelectual inferior a lonormal. Según, MIR PUIG esta característica las diferencia de las psicosis que

se deben a una alteración cualitativa de la vida psíquica.

El juzgador ha de realizar el correspondiente juicio de inimputabilidad cuandoesté frente a un caso específico de oligofrenia, pues una anomalía de estanaturaleza requiere una valoración específica según su intensidad.

9Trastorno mental transitorio como causal de inimputabilidad penal María Margarita Tirado Alvarez.

http://psicologiajuridica.org/psj153.html

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12.-LAS PSICOPATÍAS:

La anormalidad de la psicopatía, se caracteriza por un desequilibrio cuantitativode los distintos componentes de la personalidad (instintos, sentimientos,

voluntad, etc). Así, el psicópata es aquél que sufre un trastorno de lapersonalidad, cuyas características generales son:

1. Presentan una personalidad claramente antisocial,2. Delinquen con mucha normalidad para satisfacer su déficit de

estimulación,3. Manifiestan un profundo egocentrismo y conductas egoístas,4. Se comportan de forma agresiva,5. Son grandes manipuladores.6. Presentan un sentido de auto evaluación, que les hace pensar que son

superiores a los demás,7. No sienten remordimientos por los hechos que realizan, ya que carecen

de sentimientos afectivos,8. El psicópata realiza sus actos de forma consciente,9. Presentan un coeficiente intelectual superior a lo normal (casos de los

llamados asesinos en serie organizados

Es necesario destacar que entre las distintas psicopatías los llamadospsicópatas desalmados constituyen uno de los casos de mayor peligrosidad,ya que pueden ser capaces de realizar los crímenes más atroces, sin que por ello experimenten remordimientos.

14.-LAS NEUROSIS10:

Constituyen reacciones psíquicas anómalas ante determinadas situaciones,que se manifiestan principalmente en forma de angustia, depresión omecanismos de defensa contra ambos, pero que pueden llegar a generar impulsos irresistibles. Tradicionalmente, se ha entendido que estas reaccionesno tiene una base somática, es decir, que tales manifestaciones anormales notienen fundamentalmente carácter orgánico sino funcional. Los términos deanomalías o alteraciones psíquicas utilizados modernamente, son realmente

acertados, ya que pueden incluirse supuestos que no necesariamente implicanuna enfermedad mental propiamente dicha, sino que también caben anomalíaso alteraciones psíquicas tales como: las oligofrenias, neurosis, trastornos de lapersonalidad, TMT, intoxicaciones por bebidas alcohólicas o drogas y lasalteraciones de la percepción.

10http://www.juntadeandalucia.es/averroes/~ 29701428/salud/neurosi.htm

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CAPITULO II ³La Inimputabilidad en el Derecho Penal´

15.-LEGISLACIÓN PERUANA

Nuestra Legislación Peruana ah acogido un artículo especial sobre el temapresentado, recogido en el artículo 20 de Código Penal Peruano .

Causas de Inimputabilidad: Código Penal Artículo 20. 11 

Está exento de responsabilidad penal:

1. El que por anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia o por sufrir alteraciones en la percepción, que afectan gravemente su concepto de larealidad, no posea la facultad de comprender el carácter delictuoso de su actoo para determinarse según esta comprensión;

2. El menor de 18 años.

3. El que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, siempreque concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;b) Necesidad racional del medio empleado para imped irla o repelerla; y,c) Falta de provocación suficiente de quien hace la defensa;

4. El que, ante un peligro actual e insuperable de otro modo, que amenace lavida, la integridad corporal, la libertad u otro bien jurídico, realiza un hecho

destinado a conjurar dicho peligro de sí o de otro, siempre que concurran lossiguientes requisitos:

a) Cuando de la apreciación de los bienes jurídicos en conflictoafectados y de la intensidad del peligro que amenaza, el bien protegidoresulta predominante sobre el interés dañado; yb) Cuando se emplee un medio adecuado para vencer el peligro;

5. El que, ante un peligro actual y no evitable de otro modo, que signifique unaamenaza para la vida, la integridad corporal o la libertad, realiza un hecho

antijurídico para alejar el peligro de sí mismo o de una persona con quien tieneestrecha vinculación.

No procede esta exención si al agente pudo exigírsele que aceptase osoportase el peligro en atención a las circunstancias; especialmente, si causóel peligro o estuviese obligado por una particular relación jurídica;

11Código Penal DL. Nº 957Art. 20 

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6. El que obra por una fuerza física irresistible pr oveniente de un tercero o de lanaturaleza;

7. El que obra compelido por miedo insuperable de un mal igual o mayor;

8. El que obra por disposición de la ley, en cumplimiento de un deber o en elejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo;

9. El que obra por orden obligatoria de autoridad competente, expedida enejercicio de sus funciones.

10. El que actúa con el consentimiento válido del titular de un bien jurídico delibre disposición.

Resumiendo lo que nos interesa:

1) Enajenación mental, o anomalía psíquica.2) Menor de edad (menor de 18 años).3) Embriaguez o intoxicación (grave alteración de la concienci a).4) Sordomudez y ceguera (Alteraciones de la percepción).5) Miedo Insuperable.6) Trastorno mental transitorio.7) Emoción violenta (arrebato y obcecación).8) Otros.

16.-CAUSAS DE INIMPUTABILIDAD

De acuerdo con el artículo 20 inciso 1 de Código Penal, las causas deinimputabilidad serían:

a) Anomalía Psíquica:

Comprendido como el trastorno general y persistente de las alteracionespsíquicas que impiden la adaptación lógica ya activa de las normas delmedio ambiente. Lo que debe hace el legislador es exigirle al juez quevalore el grado de afectación que esa pato logía ha provocado en el autor al momento de cometer el hecho y solo le permite conocer la impunidad

cuando compruebe que el acusado fue incapaz de comprender tal ilicituddel hecho o de obrar en consecuencia; cuando pruebe que esinimputable.

Entre las anomalías psíquicas podemos mencionar: la oligofrenia, lademencia senil, la demencia arteriosclerótica y todas aquellas queimpliquen alteración ostensible de la personalidad y ej erzan influenciasobre la conducta realizada, como son los estados psicopáticos y

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psiconeuróticos. La anomalía psíquica debe de impedir al individuoconocer o comprender la ilicitud de su comportamiento (facultadesintelectuales) o determinar su actividad conforme a dicho conocimiento(facultades volitivas).

No interesa al derecho cualquier anomalía psíquica, sino la perturbacióntiene que ser de tal índole y grado que impida la comprensión normal delcarácter delictuoso de hecho, es decir, la incapacidad del autor paracomprender la anomalía del acto y orientar las adicciones.

1. Trastornos mentales mayores.- Conocidos como enajenación o enajenado(al que esta fuera de si o al que esta perturbado en el uso de la razón). Laenfermedad mental es causa de inimputabilidad por cuanto es capaz de afectar la inteligencia y la voluntad.

a. Psicosis.- Alteración grave del juicio de la realidad y creación de unarealidad. evalúa incorrectamente su realidad externa.

b. Esquizofrenia.- Ruptura total de la realidad, alteración múltiple de losprocesos psicológicos. voluntad, contenido, y curso del pensamiento.percepción, afectividad, conducta psicomotora etc.

2. Embriaguez.- La embriaguez no habitual, siempre que no se haya producidocon el propósito de delinquir.

a. Embriaguez aguda.- (embriaguez fortuita, embriaguez voluntaria, yembriaguez intencional

b. Embriaguez cr ónica.- (consumo frecuente y compulsivo de alcohol

3. Trastorno mental transitorio. -  comprende los estados de perturbaciónpasajera y curable de las enfermedades mentales debido a causas ostensiblessobre una base patológica probada y cuya intensidad llega a producir laanulación del libre albedrio (voluntad). Para que una perturbación mental puedaser considerada como trastorno mental transitorio, debe reunir los siguientesrequisitos:

a. Que haya sido desencadenado por una causa inmediata y fácilmenteevidenciable

b. Que su aparición haya sido brusca o, al menos rápida

c. Que su duración haya sido breved. Que se cure de forma igualmente rápida, completa sin secuelas y si

probabilidadades de repeticióne. Que haya surgido sobre una base patológica probada en el sujeto que

se manifestóf. Que la intensidad del trastorno sea de origen de una anulación completa

de la voluntad, no bastando la mera ofuscación

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4. Retardo mental.- Caracterizado básicamente por una Capacidad intelectualgeneral muy por debajo del promedio, que Se acompaña de un deficit odeterioro de la capacidad Adaptativa. Existen cuatro niveles de gravedad quereflejan El grado de deterioro intelectual:

1. rm leve (de 50-55 a 70 ci)2. rm moderado (de 35-40 a 50-54 ci)3. rm grave (de 20-25 a 35-39 ci)4. rm profundo (por debajo de 20-25 ci)

³Se ha acreditado fehacientemente la autoría del evento delictivoimputado al procesado apreciándose así mismo el cuadro clínico que el citado padece de esquizofrenia, paranoide, enfermedad mental que loincapacita para distinguir entre el mal del bien, lo cual se desprende del carácter de sus actos , como aparece en los informes psiquiátricos, y  psicol ógicos y la historia clínica, así como las copias certificadas del 

expediente, así como el certificado de sus antecedentes penales,mediante el cual se aprecia que el procesado fue sentenciadoanteriormente por el delito de corrupci ón de menores y contra el pudor, loque demuestra la habitualidad del acusado en este tipo de delitos,llegándose a la conclusi ón de que el procesado es inimputable, por lo quese hace apacible de una medida de seguridad curativa adecuada, hastasu total recuperaci ón´ 12 

b) Grave alteración de la conciencia

Se caracteriza y se diferencia de la anomalía psíquica en la brevedad desu duración temporal. Es una perturbación profunda de la conciencia de sí

mismo o del mundo exterior que afecta la inteligencia o la voluntad,impidiendo la comprensión delictuosa del acto que se realiza, o ladirección de las propias acciones al efectuarlo. Las casusas que provocaneste estado pueden ser fisiológicas, no morbosas (mandato posthipnótico,estados afectivos, en su grado más agudo) o patológicas, morbosas(estados crepusculares con base, histérica epiléptica o esquizofrénica);estas últimas se diferencian de las anomalías psíquicas porque no afectanla normalidad de las facultades, capacidades o potencial intelectuales queestructuran el mecanismo psicológico, sino que solo interrumpen, por máso menos tiempo, la actuación o facultad propia comprensión interna y

ubicación con relación a lo externo.

La grave alteración de la conciencia debe de haber existido en elmomento del hecho en grado suficiente para haberle impedidocomprender el injusto del hecho (falta de capacidad de comprensión) o deactuar según esta comprensión (falta de encausamiento). Lo q ue excluye

12Sala Penal Transitoria R.N. Nº 437-2004. Moquegua. Modernas tendencias dogmaticas en la

 jurisprudencia penal de la corte suprema. Gaceta juridica, lima 2005p 118.

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a la imputabilidad no es el hecho, por ejemplo, de haber actuado ebrio,sino el hecho que el alcohol condujo al agente a un estado grave dealteración de la conciencia en una situación de incapacidad psíquica paracomprender lo injusto del hecho o de actuar según la comprensión.

No basta con analizar el grado de conciencia, se exige también que seatienda a su origen: la grave alteración de la conciencia no debe de se r imputable al autor. Desde este punto de vista, la grave alteración de laconciencia puede ser preordenada, voluntaria, culpable e inculpable -actioliberae in causa.

La existencia débase patológica en los sujetos a los que aplica estadisposición legal influye naturalmente en la en la posibilidad de recurrir ala imposición de medidas de seguridad en estos casos .

 A la alteración de las facultades intelectivas, como sustitutivas, ya de la

eximente completa, ya de la incompleta, se refiere entre otras much as, lasresoluciones siguientes: "conciencia para comprender la ilicitud del actoque se realizo", "no puede discernir« ", la intensidad del mal que realiza,la transcendencia de sus actos y la ilicitud de los mismos«","conocimiento del alcance y trascendencia de sus actos... Estasalteraciones de la conciencia pueden darse tanto por causa patológica ofisiológica. Entre las fisiológicas tenemos por ejemplo el sueño, elalcoholismo, las intoxicaciones con drogas. En todas estas se requiere unmínimo de participación anímica, ya que de afectar el propiocomportamiento del agente nos llevaría al terreno de la atipicidad, no de

la inimputabilidad.

³Los protocolos psicquiatricos y psicol ógicos ratificados respetivamenteconcluyen en precisa que el procesado tiene un personalidad disocial,defendiendo esta característica como aquella del que el sujeto se muestra pasivo y suspicaz, con el agregado de que es una persona que razonanormalmente.´ 13 

³Al producirse la secuela del evento el encausado se encontrabaembriagado, hecho que le produjo una alteraci ón de la conciencia, que noera grave, debido a que el sujeto se daba cuenta de sus actos y de lo que

sucedía en sus inmediaciones, como era el caso de protegerse de un  posible robo de su arma de fuego lo que permite rebajar la pena por debajo del mínimo legal´  14 

13Ejecutoria Suprema del 15/5/2003 R.N. Nº 429-2003.

14(Sentencia del 20/09/94. Sétima Sala Penal. Corte Superior de Lima).

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c) La alteración de la percepción15 

Surge cuando el sujeto tiene alterada gravemente su concepto con larealidad y no se encuentra, precisamente por esa causa, en condicionesde autorregular su comportamiento de acuerdo con el mensaje normativo.

Esta eximente tiene un carácter mixto pues atiende a causas biológicas ya efectos psicológicos. El término "realidad" hace referencia a unarealidad normativa, en concreto a la definición antijurídica de un hecho. Esdecir no es suficiente aplicar el eximente biológico como por ejemplo: laceguera, sordomudez, etc. Sino que este debe haber producido unaspecto psicológico. Como lo señala el profesor Berdugo "en un caso lainimputabilidad proviene de la ausencia de socialización derivara de unaminusvalía física, ni psíquica. Esa falta de integración del entorno puedeprovocar una inadaptación de tal calibre que el sujeto no hayainteriorizado las calves que limitan las acciones socialmente aceptadasque no las son".

 Ahora veamos detenidamente el caso de la embriaguez, ya que esta puede ser de diversos grados y de ello va a depender las diferentes causas deinimputabilidad.

1. Letárgica: Constituye el grado máximo y da lugar a un estado deinconsciencia o sueño que se excluye la presencia de uncomportamiento humano voluntario. La persona puede ser utilizadacomo si fuera un objeto inanimado. Es decir no hay acción para elderecho penal.

2. Plena: Se perturba totalmente la conciencia, es decir la persona no seda cuenta de lo que hace. Se da pues un trastorno mental transitoriocapaz de eximir de responsabilidad. Pero no toda embriaguez plenapuede eximir, sino la que no se haya buscado con el solo propósito dedelinquir ni se haya producido en circunstancias tales que se hubierapodido prever que daría lugar a cometer el delito.

3. Semiplena: Supone una perturbación parcial, es decir, la personamantiene cierto control el cual le disminuye la inimputabilidad (atenúa laresponsabilidad).

4. Simple excitación: El sujeto todavía mantiene el control de sus actos. Es

irrelevante a los efectos penales.

  ALE FLORES, Richard y GOMEZ ZAGARRA, Yolanda la definen como "laalteraci ón de la percepci ón debe de ser de tal magnitud que imposibilite al 

15este rubro ha originado cierta controversia, ya que una persona con limitación o deficiencia sensorial

(mas no alteración de la percepción) para algunos autores deben ser considerados como inimputables

tal es el caso de la deficiencia sensorial auditiva o visual (se asume que esto afecta gravemente su

concepto de la realidad) 

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agente conocer la antijuricidad o que pueda orientar a su comp ortamiento enfunci ón de dicho conocimiento. Esto nos lleva a afirmar que la grave alteraci ónde la percepci ón no es plena, sino parcial  

Lo relevante es que al momento de producido los hechos el agente presenta

esta causal de inimputabilidad. Esta alteración debe de afectar hondamente alas facultades psíquicas.

d) Minoría de edad

En virtud del inciso 2 del artículo 20 de Código Penal, la minoría de 18años es causal de excepción de pena. A pesar de que todas laspersonas no logran el mismo grado de desarrollo jurídico ni mental ellegislador solo ha tomado criterios cronológicos.

Hasta el cumplimiento de los 18 años nadie puede ser sancionado con

una pena. El desarrollo mental del sujeto es irrelevante. Para lograr verificar la cronología del sujeto es irrelevante. Para lograr verificar laedad cronológica del sujeto deberá acudirse a la partida del nacimiento.

Poe ello es que las características que contiene la noción legal deminoría de edad, de plano excluye la culpabilidad, ofrece un carácter uniforme, apriorístico e inflexible, que lleva a dispensar un trato uniformepara todos los sujetos comprendidos con la realización de toda conductadescrita en un tipo legal del delito, con absol uto desprecio y plenadiferencia del grado de desarrollo psíquico y del índice intelectual

propios de la personalidad individual.

³La minoría de edad constituye una causa de inimputabilidad criminal,cuya importancia normativa supone una presunci ón legal jure et de jureque incide en una dimensi ón biol ógica de la persona, por lo que bastarala sola constataci ón de que el sujeto no ha alcanzado la mayoría deedad para fundar la exclusi ón de s responsabilidad penal´.16  

16R.N Nº 2920-99 Lima, Sala Penal. Revista Peruana de Jurisprudencia, Normas Legales Año II Nº 4 P.

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17.-CONCLUSIONES:

1. La inimputabilidad Es la relación de causalidad entre el autor y el delito yque supone el ejercicio del libre albedrío. Se necesita de doscondiciones mínimas para que el sujeto pueda responder por sus actos:

a) Inteligencia y discernimiento de sus actosb) Libertad de su voluntad y libre albedrío.

2. La inimputabilidad es la ausencia de imputabilidad o la falta decondiciones para ser imputado es la inimputabilidad del acto.

3. Así mismo El vigente código penal peruano establece que está exentode responsabilidad penal:

a) el que por anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia opor sufrir alteraciones en la percepción que afecta gravemente suconcepto de realidad.

b) el menor de 18 años.

4. Por otro la inimputabilidad por anomalía psíquica la legislación peruanaasume como el trastorno mental pero restringido a los cuadros y/oanomalías que afectan gravemente el concepto de la realidad y que nopermiten comprender el carácter ilícito del acto o de determinarse segúndicha apreciación.

5. Vale mencionar que la alteración de la percepción, este rubro ha

originado cierta controversia, ya que una persona con limitación odeficiencia sensorial (más no alteración de la percepción). Para algunosautores deben ser considerados como inimputables tal es el caso de ladeficiencia sensorial auditiva o visual (se asume que esto afectagravemente su concepto de la realidad) .

6. Como último punto la inimputabilidad por minoría de edad se consideraque un menor de 18 años Es inimputable, por que su capacidad decomprensión no le permite dilucidar entre lo bueno y lo malo de suconducta o que carece de discernimiento y que su desarrollo mental es

todavía inmaduro para ser responsable penalmente. En consecuencia, elniño y el adolescente no pueden comprender la significación moral ysocial de sus hechos y. Por tanto, no poseen capacidad para responder por ellos.

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18.-BIBLIOGRAFIA

1. La imputabilidad penal. Concepto, fundamento, naturaleza jurídica yelementos Autor: Martínez Garay, Lucía Editorial: Tirant lo BlanchEdición: 1 del Año: 2005

2. PSICOLOGIA CRIMINAL Licda. Miriam Cóbar Aguilera Docente psicólogaUNICAP Guatemala, septiembre de 2006.

3. INTRODUCCION A LAS BASES DEL DERECHO PENAL - SANTIAGOMIR PUIG (Derecho Penal, 593, 2002).

4. http://psicologiajuridicayforense-alejandro.blogspot.com.

5. Trastorno mental transitorio como causal de inimputabilidad penal MaríaMargarita Tirado Álvarez. http://psicologiajuridica.org/psj153.html

6. http://www.panoramacajamarquino.com/noticia/inimputabilidad -grave-alteracion-de-la-conciencia/.

7. http://psicologiajuridicayforense-alejandro.blogspot.com

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19.-INDICE

CARATULA 1DEDICATORIA 2

INTRODUCCION 32.-PROBLEMÁTICA 42.1.-F INALIDAD 42.2.-OBJETIVOS 43.-PLANTEAMIENTO DEL TEMA 4

Capitulo I ³Una Visi ón De La Inimputabilidad Desde La Ciencia´ 

4.-HISTORIA: 6 5.-CONCEPTO Y NATURALEZA DE LA INIMPUTABILIDAD 7 6.-REQUISITOS DE LA IMPUTABILIDAD 7 7.-CONCEPTO DE INIMPUTABILIDAD 7 8.-ELEMENTOS DE LA INIMPUTABILIDAD  8 9.-PRINCIPALES MANI F ESTACIONES PATOLÓGICAS 910.-LAS PSICOSIS 911.-LAS OLIGOF RENIAS 912.-LAS PSICOPATÍAS 10 14.-LAS NEUROSIS 10 

Capitulo II ³La Inimputabilidad En El Derecho Penal´ 

15.-LEGISLACIÓN PERUANA 1116.-CAUSAS DE INIMPUTABILIDAD 1217.-CONCLUSIONES 18 18.-BIBLIOGRAF IA 1919.-INDICE 20