INGRESOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES EN COLOMBIA

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INGRESOS DEPARTAMENTALES Y

MUNICIPALES

ALDAIR FERNANDEZ CUETOMARIA JOSE OLIVEROS

DANIELA PARDO SAADEKAREN SILVA GAMARRA

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INGRESOS DEPARTAMENTALES

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Los gobiernos departamentales de Colombia tienen las siguientes fuentes de ingresos: Recursos propios Impuestos departamentales Regalías Recursos del fondo compensatorio

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RECURSOS PROPIOS

Son los recursos recaudados por los gobiernos departamentales por la venta de bienes, servicios, tasas, patentes y otros, como son los ingresos percibidos por cobro de importes por formularios, presos y otros para registro, autorizaciones, etcétera, alquiler de edificios, maquinarias y/o equipos y otros.Otros ingresos propios incluyen: tasas, multas y contribuciones, otros ingresos no tributarios, rentas por derechos de explotación de monopolios, aprovechamientos.

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IMPUESTOS DEPARTAMENTALES

En la órbita departamental existen varios impuestos, los cuales son determinados vía ley y son adoptados por ordenanza departamental. Los principales impuestos de este alcance son:

IMPUESTO AL CONSUMO DE CIGARRILLOS Y TABACO ELABORADO

Son bastante elevados para desestimular el consumo lo que produce grandes problemas de evasión.Normatividad relacionada: Ley 223 de 1995 - Ordenanzas departamentales correspondientes. 

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IMPUESTO AL CONSUMO DE CERVEZAS, SIFONES Y REFAJOS 

Normatividad relacionada: Ley 223 de 1995 - Ordenanzas departamentales correspondientes.

COPARTICIPACIÓN DEL IMPUESTO ESPECIAL A LOS HIDROCARBUROS Y DERIVADOS (IEDH):

Es el impuesto a la importación y comercialización, en el mercado interno, de hidrocarburos y sus derivados. Por ejemplo, el impuesto que se grava a la gasolina. De las recaudaciones del IEDH, 25 por ciento es para los departamentos, y de éstos, 20 por ciento corresponde al gobierno departamental y 5 por ciento se transfiere a las universidades.

IMPUESTO A GASOLINA Y ACPM Normatividad relacionada: Ley 223 de 1995

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IMPUESTO A LOS VEHÍCULOS: Este es un impuesto directo,  que aplica según el municipio en el cual se encuentre matriculado el vehículo.  IMPUESTO DE REGISTRONormatividad relacionada: Ley 223 de 1995

IMPUESTO DE DEGUELLO DE GANADO MAYORNormatividad relacionada: Decreto 1222 de 1986Hecho generador: Sacrificio de ganado mayor, como reses, búfalos y similares 

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IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS (IDH): Es el impuesto de 32 por ciento a la producción de hidrocarburos. Del total recaudado por este concepto, los gobiernos departamentales, en su conjunto, reciben 10 por ciento.

TASA MELLO: El Gobernador del Magdalena, Luis Miguel Cotes, ha creado una tasa contributiva con el fin de recaudar dinero para apoyar los programas de seguridad. Esta es la llamada “Tasa Mello”, nombre asignado en alusión al apelativo del Gobernador “El Mello” Cotes que consiste en el cobro mensual de dinero a la ciudadanía para inversión en seguridad.

OTROS IMPUESTOS INCLUYEN: juegos de apuestas permanentes o chance, derechos de explotación de loterías, rifas, estampillas.

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REGALIAS

Petróleo: Se generan regalías por la extracción de hidrocarburos y gas, de las cuales se benefician 203 entidades territoriales, constituyéndose en la principal fuente de generación de regalías en departamentos como Casanare, Arauca, Meta y Huila.

Carbón: Se generan regalías por la extracción de carbón, de las cuales se benefician 137 entidades territoriales, constituyéndose en la segunda fuente de generación de regalías especialmente en los departamentos de Cesar y La Guajira.

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Níquel: Se generan regalías por la extracción de níquel, de las cuales se benefician 9 entidades territoriales, de las cuales los principales beneficiarios se ubican en el departamento de Córdoba.

Sal: La sal se extrae de tres minas terrestres: Zipaquirá y Nemocón (Cundinamarca) y Upín (Meta), también de dos salinas marítimas: Manaure (La Guajira) y Galerazamba (Santa Catalina - Bolívar).

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Metales Preciosos: La extracción de metales preciosos beneficia a 132 entidades territoriales, de las cuales los principales receptores se ubican en el departamento de Chocó.

Calizas, yesos, arcillas, gravas y otros minerales metálicos y no metálicos

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RECURSOS DEL FONDO COMPENSATORIO

Es una compensación que otorga el Tesoro General de la Nación a los departamentos cuyas regalías por habitante están por debajo del promedio nacional.

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INGRESOS MUNICIPALES

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Los gobiernos municipales de Colombia tienen las siguientes fuentes de ingresos: IMPUESTOS MUNICIPALES TRANSFERENCIA DE LA NACION SISTEMAS GENERALES DE PARTICIPACION

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IMPUESTOS MUNICIPALES

Los municipios también tienen a su alcance un grupo de impuestos, que les permiten resolver recursos. Los principales impuestos son:

Impuesto de Industria y Comercio: grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente, con establecimientos o sin ellos.

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Impuesto Predial unificado: Se grava a la propiedad o posesión de los inmuebles ubicados en el Distrito Capital y que debe ser declarado y pagado por los propietarios y poseedores de los predios. Por predio se entienden: locales, parqueaderos, lotes, apartamentos, casa, etc. El impuesto se causa el 1 de Enero de cada año hasta el 31 de Diciembre del respectivo año.

Impuesto sobre vehículos automotores: Recae sobre los vehículos matriculados en el Distrito Capital y su pago o periodo es anual, del 1 de Enero al 31 de Diciembre de cada año.

Sobretasa a la gasolina

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Impuesto de delineación urbana: Para expedir licencias de construcción, ampliación, modificación, adecuación y reparación de obras y terrenos del Distrito Capital.

Impuesto de azar y espectáculos: El hecho generador de este impuesto está constituido por la realización de uno de los siguientes eventos: espectáculos públicos, apuestas sobre toda clase de juegos permitidos, rifa, concursos y similares y venta por el sistema de clubes.

Otros impuestos incluyen: Circulación y tránsito por transporte público, teléfono, avisos y tableros, publicidad exterior visual, delineación y urbanismo, espectáculos públicos, degüello menor, estampillas por cultura, otras estampillas, alumbrado público.

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TRANFERENCIA DE LA NACION

Transferencias del sector público: son transferencias recibidas del Gobierno Nacional y de otras entidades públicas, conforme a convenios o en cumplimiento a normas legales, para fines específicos en proyectos de inversión (transferencias de capital) y /o gasto corriente (transferencias corrientes). También se contemplan las transferencias por delegación de competencias y transferencias extraordinarias del TGN para calamidades públicas.

Transferencias del Gobierno Nacional para servicios personales de Salud, Educación y Gestión Social: son asignaciones para los gastos delegados por el Gobierno Nacional correspondientes al pago de salarios al personal de salud, educación y asistencia social. Estos recursos, si bien están incluidos en los presupuestos departamentales, no son para la gestión departamental.

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SISTEMAS GENERALES DE PARTICIPACION

El Sistema General de Participaciones (SGP) corresponde a los  recursos  que la Nación debe transferir  a las  entidades  territoriales  (Departamentos, Distritos y Municipios) en cumplimiento de los artículos  356 y  357 de la Constitución Política,  reformados  por  los  Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007, para la financiación de los servicios a su cargo en EDUCACIÓN, salud, agua potable y los definidos en el Artículo 76 de la Ley 715 de 2001.

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