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AYUNTAMIENTO DEL VERGER 1. DATOS DEL SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL: D.N.I, NIE O CIF: DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: C.P: MUNICIPIO: PROVÍNCIA: TELF.: FAX: 2.- DATOS DEL REPRESENTANTE NOMBRE Y APELLIDOS: DNI, CIF, NIF DIRECCIÓN LOCALIDAD: CODIGO POSTAL: TELEFONO: 3.- DATOS DE LA VIVIENDA: DIRECCIÓN SUPERFICIE (m 2 ): REF. CATASTRAL AUTOLIQUIDACIÓN: Tasa: 70 € + (superficie * 0,48) = El importe de la presente tasa deberá hacerse efectivo en cualquiera de las dos cuentas de titularidad del Ayuntamiento de El Verger y que a continuación se indican: o núm. ES11 3058 2553 61 2732000032 (CAJA MAR) SWIFT/CODIGO BIC: CCRIES2AXXX o núm. ES90 2100 4609 64 2200003567 (LA CAIXA) SWIFT/CODIGO BIC: CAIXESBBXXX En El Verger, a de de 201 FIRMA El que suscribe manifiesta que la edificación para la que solicita Licencia de segunda o posterior ocupación reúne todos los requisitos exigibles por la normativa vigente, y la misma continua ajustándose a las condiciones que supusieron la anterior Licencia de ocupación. DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA SOLICITUD DE LICENCIA DE 2ª O POSTERIOR OCUPACIÓN

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AYUNTAMIENTO DEL VERGERC/ Cervantes, 10 – 03770 El Verger (Alicante)

Tfno.: 96 575 05 86

1. DATOS DEL SOLICITANTE

NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL: D.N.I, NIE O CIF:

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: C.P:

MUNICIPIO: PROVÍNCIA: TELF.: FAX:

2.- DATOS DEL REPRESENTANTE

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI, CIF, NIF DIRECCIÓN

LOCALIDAD: CODIGO POSTAL: TELEFONO:

3.- DATOS DE LA VIVIENDA:

DIRECCIÓN

SUPERFICIE (m2): REF. CATASTRAL

AUTOLIQUIDACIÓN:

Tasa: 70 € + (superficie * 0,48) = €

El importe de la presente tasa deberá hacerse efectivo en cualquiera de las dos cuentas de titularidad del Ayuntamiento de El Verger y que a continuación se indican:

o núm. ES11 3058 2553 61 2732000032 (CAJA MAR) SWIFT/CODIGO BIC: CCRIES2AXXXo núm. ES90 2100 4609 64 2200003567 (LA CAIXA) SWIFT/CODIGO BIC: CAIXESBBXXX

En El Verger, a de de 201

FIRMA

El que suscribe manifiesta que la edificación para la que solicita Licencia de segunda o posterior ocupación reúne todos los requisitos exigibles por la normativa vigente, y la misma continua ajustándose a las condiciones que supusieron la anterior Licencia de ocupación.

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA SOLICITUD DE LICENCIA DE 2ª O POSTERIOR OCUPACIÓN

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AYUNTAMIENTO DEL VERGERC/ Cervantes, 10 – 03770 El Verger (Alicante)

Tfno.: 96 575 05 86

Documentación esencial cuya falta de aportación impide la tramitación, entendiéndose como no iniciado el trámite de Declaración Responsable (art. 9 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre y demás normativa vigente):

Declaración de responsable Fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante (en caso de persona

física DNI, permiso de residencia de extranjeros, en su caso y documento acreditativo de la representación por cualquier medio admitido en derecho en caso de que actúe en nombre de otra persona) o en caso de persona jurídica (CIF y fotocopia de la escritura de constitución).

Justificante de ingreso de los tributos aplicables, según las ordenanzas fiscales en vigor.

Certificado expedido por técnico competente, visada por el respectivo colegio profesional, o en su caso certificación expedida por técnico municipal competente, que acredite el cumplimiento de la normativa de habitabilidad y diseño vigente, y que no se trata de vivienda de nueva planta, especificando la clase de suelo en donde se ubica la vivienda.

Documentación acreditativa de la propiedad u ocupación de la vivienda, que será la escritura o el contrato correspondiente (arrendamiento, compraventa, comodato, derecho real de usufructo, etc..)

Recibo del abono de los servicios de agua v luz del periodo inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, o en su defecto, certificación original de las compañías suministradoras sobra la contratación anterior de los servicios.

Recibo del impuesto sobre bienes inmuebles del periodo impositivo inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la cédula.

En caso de no haberse presentado la totalidad de la documentación indicada previamente, el procedimiento de apertura mediante Declaración Responsable no se entenderá iniciado

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Tfno.: 96 575 05 86

INFORMACIÓN AL INTERESADO

A los efectos del cumplimiento de lo establecido por el artículo 42.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, pongo en su conocimiento lo siguiente:

- Que su declaración responsable para la renovación de la licencia municipal de ocupación por la segunda o posterior ocupación del edificio emplazado en , de este municipio, ha tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento con el número , en fecha

- Que el expediente incoado a su instancia ha quedado registrado con el número .

- Que la presentación completa de la declaración responsable, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación, surtirá todos los efectos que la normativa aplicable atribuye a la licencia municipal de ocupación, y se podrá hacer valer tanto ante la administración como ante cualquier otra persona, natural o jurídica, pública o privada desde el día de su presentación, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación, control e inspección del cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Que la inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato, manifestación o documento de carácter esencial presentado o que no se ajuste a la normativa en vigor, en relación con la propia declaración responsable o la documentación anexa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectados, desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que procedieran.

Que, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de la incorporación de los datos personales que resulten de este expediente, a los ficheros de los que es responsable este Ayuntamiento, para su utilización en el ejercicio de sus funciones propias dentro de su ámbito de competencias. Los afectados podrán ejercer su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación, por medio de solicitud dirigida a este Ayuntamiento.

Todo lo cual pongo en su conocimiento a los efectos oportunos.

El funcionario

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AYUNTAMIENTO DEL VERGERC/ Cervantes, 10 – 03770 El Verger (Alicante)

Tfno.: 96 575 05 86

CONDICIONES:1.- La declaración no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones contrarias a la legislación urbanística y el planeamiento vigente no podrá sustituir a la licencia de ocupación cuando fuera necesaria.

2.- Corresponde a la administración municipal la comprobación de la documentación presentada, para constatar su adaptación al régimen de declaración regulado en la presente ordenanza mediante diligencia de comprobación, todo ello sin perjuicio de las facultades de Inspección urbanística. Dicha comprobación se efectuará con carácter general, en el momento de presentar la declaración en el Registro auxiliar del Área de Urbanismo o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la declaración responsable con la documentación completa a través de otros medios de presentación de solicitudes legal y reglamentariamente establecidos.

3.- La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al Inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.