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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Edita:© Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio AmbienteSecretaría General TécnicaCentro de Publicaciones

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ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN ..........................................................................................4

II. CONSIDERACIONES GENERALES .........................................................5

III. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ........................................................6

IV. CONTROLES ADMINISTRATIVOS ..........................................................8

V. INTERCAMBIOS .......................................................................................10

Sanciones multianuales .............................................................................................. 13

VI. CONTROLES SOBRE EL TERRENO .......................................................14

6.1. Muestra de control ............................................................................................... 14

6.2. Incremento de controles ..................................................................................... 15

6.3. Selección de la muestra de control ................................................................... 16

6.4. Realización de controles para las ayudas por superficie .............................. 18

6.5. Realización de los controles en relación con las primas ganaderas .......... 21

6.6. Calendario de los controles ................................................................................ 23

6.7. Controles de calidad ............................................................................................. 24

6.8. Planes de control de las comunidades autónomas ........................................ 24

6.9. Incumplimientos intencionados ......................................................................... 25

VII. ESTADÍSTICAS ......................................................................................26

7.1. RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO. Título III Capítulos 1 a 4 del Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo ........ 26

7.2. AYUDA ESPECÍFICA AL CULTIVO DEL ALGODÓN. Título IV, Capítulo 1 Sección 6 del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo. ................................ 48

7.3. AYUDAS ESPECÍFICAS (ART. 68) ........................................................................ 55

7.4. PRIMA POR VACA NODRIZA ............................................................................... 85

7.5. DERECHOS DE AYUDA ESPECIALES .................................................................. 91

7.6. AYUDAS ESPECÍFICAS AL GANADO VACUNO ................................................ 94

7.7. AYUDAS ESPECÍFICAS AL OVINO Y CAPRINO .............................................. 107

7.8. DECLARACIÓN DE FIABILIDAD. TASA DE ERROR ......................................... 117

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I. INTRODUCCIÓNEl Reglamento (CE) Nº 73/2009, establece en su artículo 14 que cada Estado Miembro creará y administrará un sistema integrado de gestión y control, que se aplica a las ayudas directas de la PAC.

El sistema integrado comprenderá los siguientes elementos:

1. Una base de datos informática: contendrá los datos de cada explotación agraria obtenidos de las solicitudes de ayuda.

2. Un sistema de identificación de las parcelas agrarias: se establecerá a partir de mapas o documentos catastrales u otras referencias cartográficas (Sistema de Información Geográ-fica de Identificación de Parcelas Agrícolas o SIGPAC).

3. Un sistema de identificación y registro de los derechos de pago: permitirá la verificación de los derechos, así como la realización de controles cruzados con las solicitudes de ayuda y el sistema de identificación de parcelas agrarias.

4. Solicitudes de ayuda.

5. Un sistema de control integrado, a través del cual llevar a cabo la verificación de las con-diciones de admisibilidad a los beneficiarios de la ayuda, que se compone de un sistema de controles administrativos al 100 % de las solicitudes de ayuda, que se complementa con un sistema de controles sobre el terreno.

6. Un único sistema de registro de la identidad de cada agricultor que presente una solicitud de ayuda.

7. Un sistema para la identificación y el registro de animales.

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II. CONSIDERACIONES GENERALES Este informe versará sobre la aplicación del Sistema Integrado de Gestión y Control a las ayudas directas por superficie y por cabeza de ganado, establecidas en los títulos III y IV del Reglamento (CE) Nº 73/2009, tratándose de los siguientes regímenes:

• Régimen de Pago Único.

• Ayuda específica al cultivo de algodón.

• Programa nacional para el fomento de la calidad del tabaco.

• Programa nacional para el fomento de la calidad de la remolacha azucarera.

• Programa nacional para el fomento de la calidad del algodón.

• Programa nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano.

• Programa nacional para la calidad de las legumbres.

• Programa nacional para el fomento de actividades agrícolas específicas que repor-ten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara.

• Prima por vaca nodriza y Prima complementaria

• Ayuda para la mejora de calidad de la carne de vacuno.

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas.

• Ayuda específica para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino.

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector ovino.

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector caprino.

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector vacuno de leche.

• Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca

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III. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEn España, tal como se establece en el apartado 3 del artículo 19 del Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo, está establecida la solicitud única, en la que se incluyen todos los regímenes enumerados en el anexo I del citado Reglamento.

El plazo para presentar la solicitud única para la campaña 2014/2015 fue del 17 de febrero al 15 de mayo, iniciándose con ello la campaña. No obstante, tal como establece el Real Decreto 202/2012, se admitieron solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo establecido, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se redujeron un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepasó dicha fecha. Si el retraso fue superior a 25 días naturales, la solicitud se consideró inadmisible.

Los agricultores que habían presentado la solicitud única pudieron modificarla en lo corres-pondiente a regímenes de ayuda por superficie sin penalización alguna hasta el 31 de mayo, no admitiéndose modificaciones después de esa fecha.

El número inicial de solicitudes presentadas por las comunidades autónomas fue:

CCAA Número desolicitudes presentadas

Andalucía 271.839

Aragón 49.742

Asturias (P. de) 11.166

Illes Balears 7.203

Cantabria 5.062

Castilla-La Mancha 146.553

Castilla y León 88.684

Cataluña 54.711

Extremadura 67.970

Galicia 34.466

Madrid (C. de) 6.848

Murcia (R. de) 15.226

Navarra (C. F. de) 15.864

País Vasco 10.371

La Rioja 7.241

C. Valenciana 86.488

Total Nacional 879.434

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En cuanto a las primas ganaderas, se aplica lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (CE) Nº 1122/2009 de la Comisión, de modo que las autoridades competentes podrán obtener de la base de datos informatizada de identificación y registro los animales, la relación de aquellos animales que a priori cumplen los requisitos para percibir la ayuda, sin que exista por tanto la necesidad de que el ganadero indique en la solicitud de ayuda una relación de los crotales solicitados (“Claimless System”).

Se consideraron animales potencialmente subvencionables (en adelante APS):

• Para la ayuda por calidad a vacuno de carne, animal potencialmente subvenciona-ble se consideró aquel que había sido sacrificado bajo programas de calidad reco-nocidos oficialmente.

• Para la prima por vaca nodriza y la ayuda por vulnerabilidad a la vaca nodriza, ani-mal potencialmente subvencionable se consideró la hembra de la especie bovina mayor de 8 meses de edad, según la información recogida en el sistema integrado de trazabilidad animal (SITRAN), que cumplía las siguientes condiciones:

- Haber estado en las unidades de producción pertenecientes a la explotación del solicitante durante el periodo de retención de 6 meses sucesivos a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud, o, que habiendo iniciado el periodo de retención, éste se hubiera interrumpido por una causa de fuerza mayor.

- Pertenecer a una raza cárnica o proceder de un cruce con una de estas razas y formar parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne.

- Estar notificada a la base de datos su entrada en la explotación el primer día del periodo de retención. Si la entrada del animal a la explotación no esta-ba notificada el primer día del periodo de retención, el animal se consideró potencialmente subvencionable si dicha comunicación se había efectuado dentro del plazo reglamentario.

• Para las ayudas específicas a los ganaderos de ovino o caprino, animal potencial-mente subvencionable se consideró una hembra de la especie ovina o caprina que hubiera parido al menos una vez o que tuviera un año de edad como mínimo a 1 de enero de 2014, y que se hubiera incluido en la declaración censal a uno de enero en la explotación del solicitante. Dicha declaración censal debía haber sido comunica-da al registro general de explotaciones ganaderas (REGA), según lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 685/2013. Además:

- En el caso de ayuda para mejora de calidad al ovino y caprino, al menos un 35 % de la producción de la explotación debía haber sido comercializada bajo denominaciones de calidad reconocidas oficialmente.

- Para la ayuda por vulnerabilidad al sector ovino, el socio solicitante tenía que estar agrupado en una entidad asociativa

- Para la ayuda por vulnerabilidad al sector caprino, eran los animales que se encontraban en explotaciones y unidades de producción ubicadas en zonas desfavorecidas.

• Para las ayudas específicas a los ganaderos del sector vacuno de leche, animal potencialmente subvencionable era la hembra de la especie bovina de edad igual o mayor a 24 meses en el último día del plazo del periodo de presentación de la solicitud y correctamente inscrita en el registro general de identificación individual de los animales (RIIA) a esa fecha. Además:

- En el caso de la ayuda específica por vulnerabilidad al sector lácteo (AVL), debía tratarse de un animal que perteneciera a alguna de las razas de vacuno enumeradas en el anexo IV del Reglamento (CE) nº 1121/2009 o aquellas reconocidas como de aptitud eminentemente láctea por norma de la comu-nidad autónoma donde se encuentran las unidades de producción lácteas.

- En el caso de ayuda específica para fomentar productos lácteos de calidad, al menos un 25 % de la producción de las hembras de la explotación debía ser comercializada bajo denominaciones de calidad reconocidas oficialmente y, eran potencialmente subvencionables, aquellos animales cuya producción era comercializada bajo denominaciones de calidad reconocidas oficialmente.

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IV. CONTROLES ADMINISTRATIVOSEl Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante FEGA), en su calidad de Organismo de Coordinación, elabora cada año una Circular de Coordinación relativa al Plan Nacional de controles administrativos de las superficies declaradas en la solicitud única, a partir de las instrucciones emitidas por la Comisión Europea y una vez consultados los responsables de las comunidades autónomas, cuyo objeto es asegurar que los controles administrativos de las solicitudes de ayuda, se llevan a cabo con el fin de detectar irregularidades de las parcelas y derechos declarados y evitar la repetición o acumulación indebida de ayudas.

Asimismo, atendiendo a las peculiaridades de las ayudas ligadas a los sectores de tabaco y algodón, donde se establecen requisitos específicos en cuanto a la calidad de las produc-ciones, rendimientos y las entregas a efectuar a las industrias, por parte del FEGA se han elaborado sendas Circulares Técnicas de Coordinación de actuaciones relativas a la gestión de las ayudas comunitarias previstas en estos tres sectores. En dichas circulares, se definen los requisitos que deben cumplir los agricultores para la concesión de la ayuda, los controles de admisibilidad específicos de las solicitudes de ayuda, tanto administrativos como terreno, los controles en la industria, los controles del Sistema de Certificación de calidad, así como el intercambio de información entre las comunidades autónomas entre sí y con el FEGA, que aseguren la correcta gestión de estas ayudas.

Las comunidades autónomas inicialmente verificaron que cada solicitud única se hubiera presentado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 84, 85 y 87 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, y comprobaron que la explotación o, en su caso, la mayor parte de la superficie de la misma, o en caso de no disponer de superficie, el mayor número de animales, estuviera ubicada en su ámbito territorial.

Las solicitudes admitidas se sometieron a una depuración para la detección de omisiones o inconsistencias, tanto en la información que debía contener la solicitud como de la documen-tación que debía acompañar a cada uno de los regímenes de ayuda objeto de la solicitud.

En caso de omisión o inconsistencia, una vez comprobaron que no eran debidas a errores de la Administración, se concedió al interesado un plazo de 10 días para su subsanación, que

podía ser ampliado hasta en 5 días más, a petición del interesado o iniciativa del órgano, cuando la aportación de los documentos requeridos presentase dificultades especiales.

No se efectuó pago alguno a ningún beneficiario cuando se pudo demostrar que éste había creado artificialmente las condiciones requeridas para la concesión de tales pagos, con vis-tas a obtener una ventaja contraria a los objetivos del régimen de ayuda.

Además del control realizado por las comunidades autónomas para evitar duplicidades de solicitudes, el FEGA realizó un control cruzado de las solicitudes únicas presentadas en todas las comunidades. En caso de detectarse solicitudes duplicadas, se analizaron las duplicida-des, por si hubiera indicios de sobredeclaración intencionada.

También se realizó informáticamente el cruce universal de los derechos solicitados con el sistema de identificación y registro de los derechos de ayuda.

Los derechos que no superaron los cruces que se llevaron a cabo, no se consideraron valida-dos a efectos de utilización y pago.

Asimismo, se realizaron informáticamente cruces universales con el SIGPAC, o, subsidiaria-mente, con las referencias oficiales identificativas de parcelas en las áreas determinadas por las comunidades autónomas.

El control comprendió el cruce de las referencias reseñadas en todas las parcelas agrícolas declaradas en la solicitud única para evitar duplicidades y, en especial, que sobre una par-cela/recinto se declarara una superficie cultivada o utilizada (por uno o varios productores) superior a la de la parcela/recinto de referencia.

Igualmente, se realizaron cruces entre las bases de datos con el fin de evitar la acumulación indebida de ayudas en la misma campaña. Según establece la normativa comunitaria, una misma superficie no puede ser objeto de pago por más de un régimen de ayuda directa, a excepción del régimen de pago único.

Se realizaron comprobaciones de que la superficie objeto de una solicitud de ayuda era como mínimo de 0,1 ha y para comprobar que en la declaración no se habían omitido parcelas de la explotación.

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Además de estos controles generales, por parte de las comunidades autónomas se llevaron a cabo controles específicos para verificar la admisibilidad para cada uno de los regímenes de ayuda por superficie solicitados, los cuales se describen en el apartado 4 de la Circular FEGA 4/2014, relativa Plan nacional de controles administrativos de las superficies declara-das en la solicitud única 2014-2015.

Igualmente, los controles administrativos relativos a las solicitudes de ayuda para el algo-dón, el tabaco y la remolacha azucarera, además de las verificaciones establecidas en el Plan Nacional de controles administrativos de las ayudas por superficie, deberán contemplar las comprobaciones estipuladas para la gestión de las ayudas comunitarias en los sectores indicados, vigentes para la campaña 2014.

Las superficies no validadas se codificaron con los códigos de incidencias establecidos en la citada Circular. Las incidencias detectadas se pusieron en conocimiento de los interesa-dos, concediéndose el preceptivo plazo de alegaciones, advirtiéndose en todo caso, aquellos códigos que se tienen en cuenta para aplicar las reducciones y exclusiones de la ayuda, previstas en los artículos 58 y 60 del Reglamento (CE) nº 1122/2009.

En el caso de las primas ganaderas, también se llevaron a cabo los controles administrativos adecuados, para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas para cada tipo de ayuda. En este sentido, el FEGA en su calidad de Organismo de Coordinación, elabora cada año una Circular de Coordinación relativa al Plan Nacional de controles de las solicitudes de primas ganaderas, a partir de las instrucciones emitidas por la Comisión Europea y una vez consultados los responsables de las comunidades autónomas, cuyo objeto es establecer los controles mínimos a realizar en el marco del Sistema Integrado de Gestión y Control de de-terminados regímenes de ayuda comunitarios en el sector de la producción animal, y marca las directrices para que tanto los controles administrativos como sobre el terreno aseguren la comprobación eficaz de las condiciones de concesión de las ayudas.

Las comunidades autónomas, respecto a los datos contenidos en la solicitud única tuvieron que comprobar que la solicitud reúne los requisitos mínimos para ser aceptada como tal, así como que incluía la documentación de acompañamiento constitutiva de la admisibilidad de la ayuda de que se trate. Igualmente se verificó que, mediante comprobaciones cruzadas de los animales, no se concede la misma ayuda en más de una ocasión en el mismo año o cam-paña, así como los límites individuales de derechos a la prima por vaca nodriza. También se

ha tenido que verificar todo lo relativo a las sustancias prohibidas en aplicación del artículo 24 del Real Decreto 202/2012.

En el caso de las primas de ganado vacuno, además de que los animales estén correctamen-te identificados y registrados conforme al Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, se ha comprobado que la entrada de los animales susceptibles de percibir la ayuda en las unidades de producción pertenecientes a la explotación del solicitante se encuentran notifi-cados a la Base de Datos y, en el caso de la prima por vaca nodriza y la ayuda específica por vulnerabilidad a la vaca nodriza, ésta notificación sea el primer día del periodo de retención. Se verifica la edad, el sexo, en su caso, la raza, y el cumplimiento del período de retención, para las primas ligadas a la vaca nodriza.

En lo que al ganado ovino y caprino se refiere, específicamente se ha verificado que el soli-citante cumple lo establecido en el Real Decreto 479/2004 en la fecha de presentación de la solicitud, y que ha hecho la comunicación obligatoria del censo de su explotación a uno de enero de 2014. Así como la identificación y registro de los animales conforme a las disposi-ciones del Real Decreto 685/2013.

Además de estos controles generales, por parte de las comunidades autónomas se deben llevar a cabo controles específicos para verificar la admisibilidad para cada uno de los regí-menes de ayuda por cabeza de ganado solicitados, los cuales se describen en el apartado 3 de la Circular FEGA 10/2014, relativa al Plan nacional de controles de las solicitudes de primas ganaderas campaña 2014.

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V. INTERCAMBIOSEl FEGA en su calidad de Organismo de Coordinación, elabora cada año sendas Circulares de Coordinación, una específica para las ayudas por superficie, y otra en el marco de las ayudas a la ganadería, a partir de las instrucciones emitidas por la Comisión Europea y una vez consultados los responsables de las comunidades autónomas, que tienen por objeto, establecer los mecanismos para coordinar el flujo de comunicación, entre las comunidades autónomas gestoras de las solicitudes únicas y las comunidades autónomas en cuyo ámbito territorial se encuentran las superficies o animales declarados, que asegure que las comu-nidades implicadas disponen, en tiempo y forma, de la información necesaria para llevar a cabo correctamente las tareas relativas a gestión de ayudas.

De cara a la gestión de las ayudas por superficie, este intercambio de información entre comunidades, consiste en que la comunidad gestora de expedientes que incluían parcelas situadas en el ámbito territorial de otra comunidad, debía facilitar a la comunidad autónoma en cuyo ámbito estén situadas parcelas declaradas en las solicitudes, la información corres-pondiente a los expedientes afectados y a las parcelas de cualquier utilización, ubicadas en la comunidad autónoma destinataria y comunicar a las comunidades autónomas de ubica-ción de las parcelas, aquéllas para las que se requirieran controles sobre el terreno.

Por su parte, la comunidad en cuyo ámbito territorial se encontraran parcelas agrícolas de-claradas en otra comunidad, debían efectuar las validaciones de las parcelas de su ámbito, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Controles Administrativos, y realizar los controles cruzados con el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Asimismo, debían facilitar, a través de la aplicación BDA del FEGA, a la comunidad autónoma gestora del expediente, lo antes posible y a más tardar en el plazo de un mes, el resultado de las validaciones administrativas de las parcelas de su ámbito.

También debían realizar los controles físicos que le hubieran sido debidamente requeridos por la comunidad autónoma gestora, remitiendo a la comunidad autónoma gestora el resul-tado de los controles sobre el terreno, lo antes posible y a más tardar en el plazo de tres meses.

Las comunidades gestoras no podían incluir en los pagos las superficies de parcelas ubica-das en otra comunidad autónoma, en tanto no recibieran de esta última, el resultado de las validaciones administrativas realizadas y, en su caso, de los controles sobre el terreno.

Las comunidades autónomas enviaron al FEGA del 15 de junio al 15 de julio de ese año, la base de datos de solicitantes, así como la información sobre solicitudes únicas con super-ficies declaradas ubicadas en una comunidad autónoma distinta de aquella en la que son tramitadas y el FEGA remitió a las comunidades autónomas el resultado para todas ellas de la información recibida (Cuadro 17x17).

En la campaña 2014 los datos de solicitudes únicas con superficies ubicadas en otra comu-nidad autónoma fueron:

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CCAA en las que están ubicadas superficies incluidas en expedientes tramitados en otra CAComunidad Autónoma

Gestora01

Andalucía02

Aragón03

Asturias (P. de)

04Illes

Balears06

Cantabria07

C.-La Mancha

08C. y León

09 Cataluña

10 Extrema-

dura11

Galicia12

Madrid (C. de)

13 Murcia (R. de)

14 Navarra (C. F. de)

15País

Vasco16

La Rioja17

C. Valen-ciana

Total

01Andalucía

1 Nº de parcelas SIGPAC 33 24 17 8 45 25 228 230 6102 Nº de recintos 88 33 36 41 88 50 686 392 1.4143 Nº de expedientes 6 17 5 3 25 3 28 34 1214 Total Superfic.(ha) 377,00 185,00 303,00 120,00 1.123,00 434,00 1.611,00 727,00 4.880,00

02Aragón

1 Nº de parcelas SIGPAC 9 46 226 1.086 22 1 573 89 68 2.1202 Nº de recintos 10 61 235 1.487 31 1 652 90 87 2.6543 Nº de expedientes 2 3 28 269 6 1 111 15 24 4594 Total Superfic.(ha) 112,06 327,22 119,59 2.300,75 174,26 14,23 854,65 131,43 381,44 4.415,63

03Asturias (P. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 02 Nº de recintos 03 Nº de expedientes 04 Total Superfic.(ha) 0,00

04Illes Balears

1 Nº de parcelas SIGPAC 26 2 282 Nº de recintos 37 2 393 Nº de expedientes 2 1 34 Total Superfic.(ha) 32,20 0,33 32,53

06Cantabria

1 Nº de parcelas SIGPAC 3 1 42 Nº de recintos 3 1 43 Nº de expedientes 2 1 34 Total Superfic.(ha) 2,10 2,82 4,92

07C.-La Mancha

1 Nº de parcelas SIGPAC 119 83 25 10 354 311 333 1.2352 Nº de recintos 119 83 25 10 370 311 333 1.2513 Nº de expedientes 12 10 5 7 82 44 27 1874 Total Superfic.(ha) 499,04 298,09 53,51 39,10 1.377,03 1.076,00 521,25 3.864,02

08C. y León

1 Nº de parcelas SIGPAC 12 316 67 19 11 60 2 7 14 37 66 106 4 7212 Nº de recintos 25 336 75 21 11 82 2 14 36 45 69 113 5 8343 Nº de expedientes 5 42 8 12 2 22 1 3 1 9 6 26 2 1394 Total Superfic.(ha) 623,26 153,33 64,12 96,25 11,96 467,52 4,29 12,62 89,45 25,74 55,13 60,47 19,47 1.683,61

09 Cataluña

1 Nº de parcelas SIGPAC 5 805 5 7 492 1.3142 Nº de recintos 5 1.257 8 8 686 1.9643 Nº de expedientes 2 241 1 2 153 3994 Total Superfic.(ha) 43,96 2.368,62 0,66 40,36 799,98 3.253,58

10 Extremadura

1 Nº de parcelas SIGPAC 68 20 68 63 13 4 40 2762 Nº de recintos 127 45 84 72 30 6 45 4093 Nº de expedientes 27 4 25 17 3 3 5 844 Total Superfic.(ha) 849,51 56,54 715,60 199,15 227,81 25,05 36,69 2.110,35

11Galicia

1 Nº de parcelas SIGPAC 1 12 Nº de recintos 1 13 Nº de expedientes 1 14 Total Superfic.(ha) 1,07 1,07

12Madrid (C. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 4 2 382 19 1 3 4112 Nº de recintos 4 2 423 19 1 14 4633 Nº de expedientes 4 1 89 3 1 1 994 Total Superfic.(ha) 7,27 5,82 1.035,40 122,51 1,26 29,92 1.202,18

13 Murcia (R. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 110 1 111 2 608 8322 Nº de recintos 224 1 173 4 1.069 1.4713 Nº de expedientes 22 1 35 1 165 2244 Total Superfic.(ha) 609,56 2,14 706,99 2,69 1.211,11 2.532,49

14 Navarra (C. F. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 1 598 1 7 3 18 973 1 1.6022 Nº de recintos 1 762 2 9 14 19 1.061 1 1.8693 Nº de expedientes 1 135 1 2 2 7 238 1 3874 Total Superfic.(ha) 0,71 892,23 24,87 45,33 14,50 8,81 918,05 1,68 1.906,18

15País Vasco

1 Nº de parcelas SIGPAC 7 108 1 1162 Nº de recintos 7 110 3 1203 Nº de expedientes 3 6 1 104 Total Superfic.(ha) 12,62 81,28 320,29 414,19

16 La Rioja

1 Nº de parcelas SIGPAC 22 35 289 7 3532 Nº de recintos 25 44 393 8 4703 Nº de expedientes 9 13 94 3 1194 Total Superfic.(ha) 6,09 57,20 237,32 5,06 305,67

17 C. Valenciana

1 Nº de parcelas SIGPAC 65 23 1 118 2 891 2 409 1.5112 Nº de recintos 90 24 1 137 3 1.134 2 749 2.1403 Nº de expedientes 16 8 1 41 1 286 1 120 4744 Total Superfic.(ha) 271,34 42,68 1,81 633,61 2,51 758,27 0,64 1.406,94 3.117,80

Total1 Nº de parcelas SIGPAC 393 1.929 0 1 67 769 410 2.000 149 2 400 962 1.011 91 1.169 1.781 11.1342 Nº de recintos 605 2.660 0 1 75 934 462 2.679 235 2 465 1.782 1.206 96 1.267 2.634 15.1033 Nº de expedientes 91 459 0 1 8 223 81 563 65 1 92 193 223 16 280 413 2.7094 Total Superfic.(ha) 3.016,71 4.234,74 0,00 1,81 64,12 3.724,94 919,25 3.197,75 1.859,38 4,29 2.065,69 4.183,39 1.224,04 69,00 1.430,24 3.728,87 29.724,22

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Campaña 2014/2015. Regadío

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

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INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Campaña 2014/2015. SecanoCCAA en las que están ubicadas superficies incluidas en expedientes tramitados en otra CA

Comunidad Autónoma Gestora

01Andalucía

02Aragón

03Asturias

(P. de)

04Illes

Balears06

Cantabria07

C.-La Mancha

08C. y León

09 Cataluña

10 Extrema-

dura11

Galicia12

Madrid (C. de)

13 Murcia (R. de)

14 Navarra (C. F. de)

15País

Vasco16

La Rioja17

C. Valen-ciana

Total

01Andalucía

1 Nº de parcelas SIGPAC 33 1 1.002 99 4 1.079 57 75 337 6 1 30 2.7242 Nº de recintos 76 1 1.846 205 4 1.868 84 200 783 12 1 92 5.1723 Nº de expedientes 9 1 184 11 4 322 2 9 75 3 1 14 6354 Total Superfic.(ha) 303,00 47,00 11.515,00 1.607,00 5,00 21.564,00 258,00 576,00 1.280,00 44,00 2,00 299,00 37.500,00

02Aragón

1 Nº de parcelas SIGPAC 26 2.177 1.957 1.152 128 6 70 593 87 599 6.7952 Nº de recintos 28 2.555 2.197 2.095 208 6 101 745 101 1.130 9.1663 Nº de expedientes 24 133 203 261 186 1 12 83 12 74 9894 Total Superfic.(ha) 862,59 3.493,13 4.667,68 2.184,43 3.933,02 1,02 223,43 1.609,90 90,05 1.991,80 19.057,05

03Asturias (P. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 135 1 1.255 49 386 1.8262 Nº de recintos 209 1 1.732 128 481 2.5513 Nº de expedientes 22 1 342 37 59 4614 Total Superfic.(ha) 206,48 5,92 10.154,91 1.396,16 228,80 11.992,27

04Illes Balears

1 Nº de parcelas SIGPAC 1 3 23 2 2 312 Nº de recintos 1 3 40 2 2 483 Nº de expedientes 1 1 2 1 1 64 Total Superfic.(ha) 4,78 0,86 44,94 2,97 2,03 55,58

06Cantabria

1 Nº de parcelas SIGPAC 29 14 6 1.432 1 102 2 6 276 2 1.8702 Nº de recintos 42 15 9 1.956 1 192 39 8 298 9 2.5693 Nº de expedientes 4 5 1 430 1 111 3 4 26 1 5864 Total Superfic.(ha) 140,44 35,69 58,00 7.946,76 2,00 3.186,80 29,44 99,82 220,03 60,61 11.779,59

07C.-La Mancha

1 Nº de parcelas SIGPAC 1.520 2.033 17 2.821 62 1.913 28 7.404 2.459 1 19 2.178 20.4552 Nº de recintos 1.546 2.109 18 2.899 63 1.917 28 7.458 2.506 1 19 2.251 20.8153 Nº de expedientes 243 78 2 92 4 207 2 702 254 1 3 197 1.7854 Total Superfic.(ha) 12.905,76 2.456,05 44,75 6.067,13 72,63 11.006,43 66,29 12.911,21 5.353,46 6,72 25,83 4.529,05 55.445,31

08C. y León

1 Nº de parcelas SIGPAC 46 2.470 193 1.143 2.237 6 930 70 290 77 1.488 1.591 11 10.5522 Nº de recintos 110 2.919 202 1.530 2.879 7 1.705 76 453 114 1.891 1.863 24 13.7733 Nº de expedientes 28 136 9 79 175 2 411 6 47 11 140 186 2 1.2324 Total Superfic.(ha) 613,41 2.581,56 157,83 1.130,55 8.290,04 8,20 21681,.09 42,73 1.912,41 97,05 1.930,72 2.483,03 182,01 19.429,54

09 Cataluña

1 Nº de parcelas SIGPAC 21 4.441 27 20 12 6,00 8 490 5.0252 Nº de recintos 24 7.057 69 26 30 6,00 9 732 7.9533 Nº de expedientes 8 2.338 5 3 3 1,00 2 191 2.5514 Total Superfic.(ha) 84,93 31.001,01 218,00 32,54 21,57 3,77 52,23 980,66 32.394,71

10 Extremadura

1 Nº de parcelas SIGPAC 707 5 6 6 1.205 1.295 8 5 278 39 33 1 3.5882 Nº de recintos 1.424 12 59 21 2.169 1.995 16 7 431 49 40 1 6.2243 Nº de expedientes 200 1 1 3 182 161 1 2 24 4 3 1 5834 Total Superfic.(ha) 15.407,43 14,66 109,59 300,87 10.654,59 10.400,65 7,50 9,53 2.110,13 68,51 28,02 0,38 39.111,86

11Galicia

1 Nº de parcelas SIGPAC 363 5 2 487 1 17 12 8872 Nº de recintos 440 8 3 550 1 34 19 1.0553 Nº de expedientes 68 1 3 132 1 40 14 2594 Total Superfic.(ha) 657,82 3,74 39,35 1.831,69 1,27 708,73 137,10 3.379,70

12Madrid (C. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 20 4 1 3.552 462 5 22 3 7 4.0762 Nº de recintos 25 4 1 4.473 675 6 32 12 12 5.2403 Nº de expedientes 7 2 1 347 50 1 7 2 2 4194 Total Superfic.(ha) 322,14 19,46 1,73 6.795,35 1.702,97 24,84 534,73 4,21 49,44 9.454,87

13 Murcia (R. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 336 653 3 664 1.6562 Nº de recintos 592 1.107 3 1.267 2.9693 Nº de expedientes 91 163 1 191 4464 Total Superfic.(ha) 1.612,33 2.036,79 3,81 915,18 4.568,11

14 Navarra (C. F. de)

1 Nº de parcelas SIGPAC 6 941 2 9 31 13 1 1.012 887 1 2.9032 Nº de recintos 8 1.254 2 19 57 13 1 1.300 1.139 1 3.7943 Nº de expedientes 3 134 1 5 12 12 1 97 94 1 3604 Total Superfic.(ha) 34,61 5.457,81 3,44 268,78 2.124,99 183,58 203,67 1.359,71 1.785,10 80,00 11.501,69

15País Vasco

1 Nº de parcelas SIGPAC 2 425 10 227 4 2.221 11 2 910 538 3 4.3532 Nº de recintos 2 473 10 332 6 2.890 13 2 1.074 623 3 5.4283 Nº de expedientes 2 57 1 43 1 219 5 2 110 42 2 4844 Total Superfic.(ha) 79,13 1.553,40 1,65 253,29 1,73 4.616,87 104,77 57,74 2.023,21 384,80 30,27 9.106,86

16 La Rioja

1 Nº de parcelas SIGPAC 36 4 1.517 2 8 265 342 2.1742 Nº de recintos 39 5 2.622 4 11 342 376 3.3993 Nº de expedientes 11 2 200 3 1 107 39 3634 Total Superfic.(ha) 22,52 207,72 2.092,36 363,57 22,78 403,78 239,41 3.352,14

17 C. Valenciana

1 Nº de parcelas SIGPAC 26 513 1.380 1 391 5 7 652 2.9752 Nº de recintos 34 887 1.787 1 560 9 9 1.534 4.8213 Nº de expedientes 16 66 282 1 141 1 1 198 7064 Total Superfic.(ha) 49,17 1.593,45 2.127,68 0,38 354,15 3,11 3,53 1.239,51 5.370,98

Total1 Nº de parcelas SIGPAC 2.711 10.930 583 7 1.536 12.282 13.601 1.630 4.283 571 8.145 3.448 1.891 3.170 3.116 3.986 71.8902 Nº de recintos 3.794 14.872 670 60 2.121 16.968 17.808 2.753 6.153 750 8.682 4.823 2.337 3.924 3.747 5.515 94.9773 Nº de expedientes 623 2.836 84 2 152 1.486 1.857 416 1.345 79 816 527 319 308 339 676 11.8654 Total Superfic.(ha) 31.976,28 45.143,36 853,85 156,59 1.944,85 45.757,02 53.249,74 2.660,02 43.006,47 666,57 18.235,04 7.872,97 4.253,17 3.803,72 4.860,79 9.059,82 273.500,26

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

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Igualmente, respecto a las solicitudes de ayuda para el algodón, el tabaco y la remolacha azucarera, además de lo establecido a nivel general en la Circular de procedimiento para el intercambio de información necesaria para la validación de las superficies declaradas y para la tramitación de la solicitud única 2014, se llevaron a cabo los intercambios recogidos en las Circulares Técnicas específicas para la gestión de las ayudas comunitarias en los sectores indicados, vigentes para la campaña 2014.

En lo que a las primas ganaderas concierne, la comunidad autónoma gestora extrajo de su base de datos los expedientes afectados con la información relativa a los animales ubicados en otras comunidades autónomas. Esta información se remitió a más tardar el 15 de febrero de 2015 a la comunidad autónoma en cuyo ámbito se encontraran los animales. Además, se facilitó cualquier información complementaria que le fuera requerida.

Por su parte, la comunidad autónoma donde se encontraban ubicados los animales, verificó mediante las bases de datos constituidas de acuerdo con el Real Decreto 728/2007 y el Real Decreto 479/2004, la situación de las explotaciones y los animales comunicados, y cumpli-mentó los campos que para tal efecto dispusieran los ficheros enviados desde la comunidad autónoma gestora de acuerdo con el modelo previsto en los registros informáticos. Reenvió a la comunidad autónoma gestora el fichero indicado anteriormente, a más tardar en el plazo de un mes contado a partir de la recepción del mismo, una vez se cumplimentaron los datos establecidos para la realización de los controles administrativos.

Para la realización de los controles sobre el terreno, la comunidad gestora comunicó a la comunidad autónoma donde estuvieran ubicados los animales o la sede social de la entidad asociativa en el caso de solicitantes de la ayuda específica por vulnerabilidad al ovino, las explotaciones y las entidades asociativas que hubieran sido seleccionadas de acuerdo con el Plan de Controles, sobre las que se debían efectuar controles sobre el terreno, una vez efectuada la selección de la muestra de control.

Si el control hubiera de realizarse durante el período de retención, la remisión de la información necesaria se realizó, al menos, con 30 días de antelación a la fecha de finalización de dicho periodo.

Por su parte, la comunidad donde se encontraban ubicados los animales, realizó los controles sobre el terreno, de acuerdo con el artículo 42 del Reglamento (CE) 1122/2009, que le hubieran sido debidamente requeridos por la comunidad autónoma gestora, remitiendo a ésta el resulta-do de los controles sobre el terreno, de forma inmediata una vez finalizado el control, enviando

original de las actas correspondientes. Asimismo remitió los listados de la base de datos de identificación y registro utilizados en el control, salvo que dichos datos constasen en el acta.

Por su parte, el FEGA llevó a cabo las actuaciones necesarias para detectar duplicidades de animales entre comunidades autónomas y entre campañas.

En el caso de que se detecten irregularidades en el control sobre el terreno de entidades asociativas cuyos socios han solicitado la ayuda específica por vulnerabilidad al ovino, dicha circunstancia fue puesta en conocimiento de todas las comunidades autónomas en las que se tuviera constancia de que se hubieran presentado solicitudes por dicha entidad.

Sanciones multianualesLas comunidades autónomas que en el año no tramitaron solicitudes de agricultores cuyos ex-pedientes habían sido gestionados alguno de los tres años anteriores y tenían recuperaciones pendientes en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento (CE) 1122/2009, enviaron al FEGA las bases de datos de dichos agricultores antes del 15 de septiembre de dicho año, con independencia del régimen de ayuda origen de la reducción, esto es, con independencia de si la penalización se produjo por irregularidades en alguna ayuda por superficie, primas por ganado bovino, prima por ovino y caprino, o por defecto de superficies forrajeras.

La comunidad autónoma que debía enviar los datos era aquella en la que se había originado la sanción multianual, aunque en campañas posteriores la deuda se hubiera compensado parcialmente en otra comunidad autónoma.

El fichero era común para los productores de primas ganaderas y ayudas por superficie y constaba de un único registro por agricultor deudor y campaña origen de la deuda.

El FEGA, integró en un fichero las bases de datos recibidas y dio traslado del mismo a todas las comunidades autónomas para su conocimiento y aplicación de las reducciones económi-cas que correspondieran a las solicitudes tramitadas en la campaña en curso.

Las comunidades que gestionaron solicitudes de ayuda correspondientes a alguno de los agricultores incluidos en el fichero de agricultores con recuperaciones pendientes, una vez efectuada la deducción que procediera, lo notificó a la comunidad de origen para que por ésta se minorara o anulara la deuda pendiente, y se tuviera en cuenta para actualizar en la campaña siguiente, el fichero descrito anteriormente.

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VI. CONTROLES SOBRE EL TERRENOEl FEGA en su calidad de Organismo de Coordinación, elabora cada año sendas Circulares de Coordinación, una específica para las ayudas por superficie, y otra en el marco de las ayudas a la ganadería, a partir de las instrucciones emitidas por la Comisión Europea y una vez consultados los responsables de las comunidades autónomas, cuyo objeto es establecer el Plan Nacional de Controles sobre el Terreno, para la verificación de los criterios de ad-misibilidad, de las superficies/animales por los que se solicitan los distintos regímenes de ayudas directas.

En 2014 se realizaron controles sobre el terreno en todo el territorio nacional en relación con las ayudas por superficie, mediante inspecciones de campo clásicas para verificar las condi-ciones de los cultivos y realizar las mediciones con los sistemas e instrumentos adecuados, o mediante controles asistidos por teledetección - satélite, en zonas seleccionadas por las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cata-luña, Extremadura, Madrid, Región de Murcia, País Vasco, La Rioja y Comunidad Valenciana.

Asimismo, en la Comunidad Autónoma de Cataluña se realizaron controles por teledetección mediante foto aérea.

En el caso de las primas ganaderas, se consideraron los siguientes tipos de control: En ex-plotaciones en base a la presentación de las solicitudes de ayuda, en entidades gestoras de marcas de calidad y en entidades asociativas de ovino.

Cada uno de los controles sobre el terreno efectuados se recogían en un acta de control que contenía los resultados de los controles sobre el terreno. El titular de la explotación o su representante recibían una copia del acta de control.

6.1. Muestra de controlLas comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias y responsabilidades, deter-minaron la muestra de controles a realizar en el año 2014, según lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento 1122/2009.

Respecto a las ayudas por superficie, el número total de controles sobre el terreno, incluidos los controles a realizar mediante teledetección, comprendieron, como mínimo el 5 % de:

• todos los agricultores que solicitaron el régimen de pago único

• todos los agricultores que solicitaron el pago del programa nacional para el fomen-to de rotaciones de cultivo en tierras de secano

• todos los agricultores que solicitaron el pago del programa nacional para la calidad de las legumbres

• todos los agricultores que solicitaron el pago del Programa nacional para el fo-mento de las actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara.

También comprendieron el 10 % de:

• todos los agricultores que solicitaron el pago del programa para el fomento de la calidad del tabaco

• todos los agricultores que solicitaron el pago del Programa nacional para el fomen-to de la calidad del algodón

• todos los agricultores que solicitaron el pago del Programa nacional para el fomen-to de la calidad de la remolacha azucarera.

Para el resto de regímenes de ayuda por superficie, se aseguraron que los controles sobre el terreno tuvieran por objeto al menos el 3 % de los agricultores que solicitaron ayudas al amparo de cada uno de ellos. En caso contrario, se seleccionaron expedientes adicionales hasta completar, al menos, ese 3 %.

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Igualmente, fue preceptivo controlar el 30 % de las superficies declaradas para la produc-ción de cáñamo, destinadas a la producción de fibra.

Respecto a las primas a la ganadería, los controles sobre el terreno se efectuaron sobre una muestra de explotaciones representativa de las solicitudes presentadas en la campaña o año civil en curso. El número total de controles comprendió, al menos:

• El 5 % de los productores que soliciten ayuda con arreglo a los regímenes de gana-do bovino. El porcentaje citado en el párrafo anterior debió aumentarse, en caso de ser necesario, para cubrir al menos el 5 % del número de animales potencialmente subvencionables por cada régimen de ayuda.

• El 10 % de todos los productores que soliciten ayudas específicas a los ganaderos de ovino y caprino. El porcentaje citado en el párrafo anterior debió aumentarse, en caso de ser necesario, para cubrir al menos, el 5 % de los animales potencialmente subvencionables para cada una de estas ayudas específicas.

También se controlaron el 1 % de los solicitantes de pago único que hubieran declarado derechos especiales en su solicitud, y que no hubieran solicitado ninguno de los regímenes de ayuda de primas ganaderas ni tuvieran derechos de pago único normales.

6.2. Incremento de controlesCuando los controles sobre el terreno pusieron de manifiesto la existencia de importantes irregularidades en relación con un régimen de ayuda determinado, o en una región concreta o parte de la misma, se aumentaron el número de controles sobre el terreno durante el año 2014 y se incrementó el porcentaje de productores que debían ser objeto de control durante el año siguiente.

Para el cálculo de los porcentajes de incrementos de controles a aplicar, se tuvo en cuenta lo siguiente:

a) En lo que se refiere a superficies y a los animales potencialmente subvencionables:

El porcentaje global de superficie sobredeclarada/número de animales irregulares se calculó por separado para los controles efectuados en la muestra aleatoria y en la basada en los criterios de riesgo. Posteriormente, se calculó el valor promedio y éste se utilizó para aplicar, en su caso, el incremento de controles.

La tasa de error en la muestra aleatoria es el resultado de dividir la superficie no encontra-da/número de animales irregulares en la muestra aleatoria entre la superficie/APS controla-da en dicha muestra y multiplicado por cien.

La tasa de error en la muestra por criterios de riesgo es el resultado de dividir la superficie no encontrada/número de animales irregulares en la muestra por criterios de riesgo entre la superficie/APS en dicha muestra y multiplicado por cien.

El porcentaje global de sobredeclaración es el resultado de dividir la suma de los dos resul-tados anteriores entre dos.

b) En lo que se refiere a agricultores:

Igual que en el apartado anterior, el porcentaje global de agricultores con exceso de declara-ción de superficie/animales irregulares se calculó por separado para los controles efectua-dos en la muestra aleatoria y en la basada en los criterios de riesgo.

Posteriormente, se calculó el valor promedio y éste se utilizó para aplicar, en su caso, el incremento de controles.

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La tasa de error en la muestra aleatoria es el resultado de dividir el número de solicitudes irregulares en la muestra aleatoria entre el número de agricultores inspeccionados en dicha muestra y multiplicado por cien.

La tasa de error en la muestra por criterios de riesgo es el resultado de dividir el número de solicitudes irregulares en la muestra por criterios de riesgo entre el número de agricultores inspeccionados en dicha muestra y multiplicado por cien.

El porcentaje global de agricultores con exceso de declaración es el resultado de dividir la suma de los dos resultados anteriores entre dos.

6.3. Selección de la muestra de controlLas comunidades autónomas seleccionaron la muestra de control sobre el terreno, teniendo en cuenta un análisis de riesgo y la representatividad de las solicitudes de ayuda presentadas.

Por otra parte, los expedientes del régimen de pago único que se seleccionaron para el con-trol, que además de solicitar derechos normales solicitaron derechos especiales, se comuni-caron a la unidad responsable de los controles de primas ganaderas para que procediera a realizar el control sobre el terreno correspondiente.

Cada campaña, y sobre la base de los resultados de los controles obtenidos en la campaña anterior a partir de la muestra seleccionada mediante análisis de riesgo, se realiza un estu-dio de la incidencia de cada uno de los factores de riesgo implicados, en lo que se refiere a la eficacia de los criterios utilizados, a su peso específico y a la naturaleza de los mismos, procediéndose a una comparación entre los resultados obtenidos respecto a los productores seleccionados aleatoriamente y los resultados obtenidos de la muestra seleccionada con criterios de riesgo. Si el porcentaje de discrepancias es mayor en la muestra aleatoria, se deben revisar, para esa campaña, los criterios de riesgo utilizados en la campaña anterior.

Se presta especial atención en la evaluación de los criterios de riesgo, a los resultados obtenidos en aquellas solicitudes que declaran pastos a efectos del régimen de pago único y aquellas solicitudes con parcelas nuevas declaradas que no habían sido declaradas en los cinco últimos años.

Para asegurar la representatividad, se seleccionaron de forma aleatoria entre un 20 y un 25 % del número mínimo de productores que debían someterse a controles sobre el terreno. No obstante, si el número total de controles sobre el terreno a realizar excedía el número mí-nimo de productores, se podían seleccionar más productores de forma aleatoria, siempre y cuando no se superara el 25 % de la muestra adicional de control.

En el caso particular de las ayudas por cabeza de ganado, la población a considerar para la inspección en las explotaciones la constituye la totalidad de los solicitantes del año en curso, considerando como tales, de forma separada, los solicitantes de ganado bovino de los solicitantes de ganado ovino y caprino.

El principal criterio estadístico para la selección de la muestra aleatoria debía ser que todos los productores tuvieran la misma probabilidad de ser seleccionados, sin dejar en ningún caso grupos de expedientes fuera de la muestra.

Una vez seleccionada la muestra aleatoria, el resto de los productores se seleccionaron utilizando un análisis de riesgo, cuyo porcentaje, en ningún caso podrá ser inferior al 75 % del número mínimo de productores que deban ser sometidos a control sobre el terreno, que podía tener en cuenta los siguientes criterios relevantes:

• Expedientes con una declaración en exceso intencional en 2013 o con incidencias que debían constatarse en varias campañas consecutivas, de acuerdo con los crite-rios establecidos, a este respecto, por las comunidades autónomas.

• El importe de las ayudas solicitadas, teniendo en cuenta los diversos grupos de cultivo.

• Los resultados de los controles sobre el terreno y administrativos de las 3 ó 4 últi-mas campañas.

• El número y superficie de las parcelas agrícolas de la explotación por las que se solicitaba ayuda.

• Las incidencias de los controles administrativos cuando éstas aconsejaban un con-trol sobre el terreno.

• Los cambios respecto al año anterior en los casos de superficies de frutos de cáscara.

• Nuevos agricultores.

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• Regímenes de ayuda específicos.

• Las cantidades de tabaco crudo, por variedad, cubiertas por contratos de cultivo referentes a las superficies de tabaco declaradas.

• Solicitudes en las que se detectaran declaraciones de parcelas, por las que se soli-citaba ayuda, no declaradas en los últimos cinco años, debiéndose seleccionar para el control, al menos, las nuevas parcelas declaradas que no lo hubieran sido en los últimos cinco años.

• Solicitudes que incluyeran recintos en los que la superficie declarada no coincidía con la registrada en SIGPAC.

• Solicitudes cuyas superficies declaradas de pastos suponían un porcentaje elevado y no tenían actividad ganadera.

• Solicitudes con un incremento acusado de las superficies declaradas de pastos en comparación con las declaradas el año anterior.

• Solicitudes en las que un elevado porcentaje de los recintos de pastos declarados se encontraban a gran distancia de la explotación, excepto en los casos de explo-taciones que practicaran tradicionalmente la trashumancia.

• Solicitudes cuyas explotaciones ganaderas tuvieran una carga ganadera igual o inferior a 0,1 UGM/ha.

• Solicitudes con el número de derechos ajustado a la superficie solicitada.

• Otros criterios a definir por las comunidades autónomas.

En el caso de las primas ganaderas, los criterios relevantes que se tuvieron en cuenta in-cluían:

• El importe de la ayuda.

• El número de animales por el que se solicitaba la ayuda.

• Los cambios respecto al año anterior.

• Los resultados de los controles de los años anteriores.

• Los casos de incumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1760/2000 y en el Reglamento (CE) nº 21/2004.

• Los productores cuyo número de animales solicitados fuera próximo, por exceso o por defecto a cualquier nivel máximo o límite pertinente para la concesión de las ayudas.

• La sustitución de animales con arreglo al artículo 64 del Reglamento (CE) nº 1122/2009.

Sin perjuicio de lo anterior, para la obtención de la muestra de riesgo, cada comunidad autó-noma tuvo la facultad de realizar una selección puramente dirigida cuando, por razones fun-dadas, lo considerase oportuno, prestando atención, entre otros, a los siguientes factores:

• Solicitantes que en el control administrativo presentan indicios de irregularidades de cumplimiento de las condiciones de concesión de la prima.

• Solicitantes que en el control administrativo presentan irregularidades de cumpli-miento de las condiciones de concesión de la prima.

• Solicitantes que en los controles de Identificación y Registro efectuados de confor-midad con el Reglamento (CE) nº 1760/2000, presentan irregularidades.

El porcentaje de los controles puramente dirigidos no deberá ser mayor del 10 % del número total de solicitantes que son seleccionados mediante un muestreo de riesgo.

Respecto a las parcelas de tamaño superior a 3.000 m2 por las que se solicitaba ayuda no declaradas en los últimos cinco años, que no entraban en la muestra de control, se realizó una revisión en gabinete a través del SIGPAC.

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6.4. Realización de controles para las ayudas por superficie

6.4.1. Selección de las zonas a controlar por teledetección Los controles por teledetección se consideraron a todos los efectos controles sobre el te-rreno y debían cumplir los mismos criterios que las inspecciones de campo clásicas. Los controles por teledetección fueron realizados por una empresa contratista siguiendo las prescripciones establecidas en las Especificaciones Técnicas de la Comisión Europea según la última versión que había sido publicada en la página Web de WIKICAP.

De acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Europea para la Selección de las Zonas de Control y Análisis de Riesgo, según la última versión que había sido publicada en la página Web de WIKICAP, las zonas a controlar por teledetección podían seleccionarse sobre la base de un análisis de riesgo o de forma aleatoria. Para una selección basada en un análisis de riesgo, adicionalmente a los criterios enunciados anteriormente, las comunidades autóno-mas tuvieron en cuenta otros factores de riesgo adecuados y, en particular:

• Importes de las ayudas solicitadas en los expedientes incluidos en la zona.

• Regímenes de ayuda solicitados.

• Zona no controlada en años anteriores.

• Restricciones técnicas de la teledetección.

• Los que establecieran las comunidades autónomas.

Las solicitudes a controlar por teledetección, dentro de las zonas de control, se consideraron selección aleatoria o por análisis de riesgo según las siguientes directrices:

Selección aleatoria: solicitudes que provenían de la muestra aleatoria, con independencia de que la zona para teledetección hubiera sido elegida sobre la base de un análisis de riesgo o de forma aleatoria. También se consideró selección aleatoria si la zona había sido elegida aleatoriamente y dentro de esta zona se habían elegido las solicitudes a controlar de forma aleatoria.

Selección por análisis de riesgo: si la zona para teledetección había sido elegida sobre la base de un análisis de riesgo y se incluían en la muestra todas las solicitudes que contu-vieran, al menos, el 50 % de las parcelas agrícolas dentro de la zona útil para las que se hubiera presentado solicitud de ayuda de los regímenes establecidos en los Títulos III y IV del Reglamento (CE) nº 73/2009 y del régimen establecido en la Sección 3ª del Título III del Real Decreto 202/2012. También se consideró selección por análisis de riesgo, si dentro de la zona de teledetección, con independencia de que hubiera sido elegida sobre la base de un análisis de riesgo o de forma aleatoria, se aplicó un análisis de riesgo a las solicitudes que se controlaron dentro de dicha zona.

De acuerdo con el artículo 33 del Reglamento (CE) nº 1122/2009, los controles sobre el terre-no, incluidos los correspondientes a los expedientes adicionales, se realizaron sobre todas las parcelas agrícolas por las que se hubiera solicitado una ayuda en virtud de los regímenes enumerados en el punto 2.2. del Plan Nacional de Controles.

En un primer paso se debía realizar una verificación preliminar de todas las parcelas agríco-las declaradas para las que se podía utilizar material cartográfico, utilizando las imágenes disponibles más recientes (SIGPAC, croquis, ortofotos) y otro material (información alfanu-mérica, tal como resultados de controles administrativos, superficie máxima elegible SI-GPAC, etc.). Al respecto, se debían tener en cuenta las parcelas por las que se solicita ayuda y no declaradas en los últimos cinco años. Esto tenía por objeto detectar anomalías eviden-tes que requieran una acción de seguimiento durante los controles sobre el terreno clásico o por teledetección. En un segundo paso se podía limitar el control al 50 % de las parcelas restantes. En este caso el Estado miembro debía establecer una muestra aleatoria para que fuera fiable y representativa. Donde se emplease teledetección se debía asegurar que las parcelas fuera de zona tuvieran igual posibilidad de ser seleccionadas.

Cuando se seleccionaban para el control parcelas agrícolas que estuvieran ubicadas fuera del ámbito territorial de la comunidad autónoma donde se gestionaba la solicitud de ayuda, ésta solicitaba a la Comunidad de ubicación de las parcelas la realización de los controles.

Mediante el uso de la teledetección, se determinaba el uso y la superficie del 100 % de las parcelas situadas dentro de las zonas de control pertenecientes a los expedientes seleccio-nados.

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Una vez recibidos los resultados de la empresa contratista, se verificaba sobre el terreno:

• Las líneas de declaración dudosas de los expedientes incompletos (tanto acepta-dos como rechazados) no controlados por teledetección.

• Las líneas de declaración rechazadas de los grupos rechazados de los expedientes rechazados incompletos y de los rechazados completos. Alternativamente, la co-munidad autónoma podía optar por un procedimiento administrativo apropiado, que incluyera la notificación al productor de las discrepancias encontradas y un plazo para formular reclamaciones, entendiéndose que si el productor así lo solicitaba se verificaban sobre el terreno, si procedía, las líneas de declaración objeto de desacuerdo con el interesado.

A estos efectos, se entendía por línea de declaración la superficie continua de un cultivo declarado por un único productor, en un recinto SIGPAC.

6.4.2. Verificación de las condiciones de admisibilidadEn las parcelas agrícolas de la muestra de control se verificaba, para cada régimen de ayuda solicitado, el cumplimiento de los requisitos reglamentarios para la concesión de la ayuda, y en caso de incumplimiento se aplicaban los correspondientes códigos de incidencia.

De carácter general, aplicable a todos los regímenes de ayuda, se verificó:

• Cuando el productor impedía la realización del control, se denegaba la ayuda soli-citada.

• La parcela agrícola debía poder localizarse, en caso contrario, la superficie determi-nada se consideraba 0.

• El cultivo sembrado o utilización en una parcela agrícola debía coincidir con el del grupo de cultivo declarado y cumplir todas las condiciones específicas exigidas al mismo, en caso contrario la superficie determinada se consideraba 0.

• La superficie declarada de la parcela agrícola debía ser menor o igual a la superficie determinada.

Además de estos controles generales, por parte de las comunidades autónomas se llevaron a cabo controles específicos para verificar la admisibilidad para cada uno de los regímenes

de ayuda por superficie solicitados, los cuales se describen en el apartado 7 de la Circular FEGA 16/2014, relativa al Plan nacional de controles sobre el terreno, para verificar el cum-plimiento de los criterios de admisibilidad, de las superficies de los regímenes de ayuda declarados en la solicitud única 2014.

Las superficies no validadas se codificaron con los códigos de incidencias establecidos en la citada Circular. Las incidencias detectadas se pusieron en conocimiento de los interesa-dos, concediéndose el preceptivo plazo de alegaciones, advirtiéndose en todo caso, aquellos códigos que se tienen en cuenta para aplicar las reducciones y exclusiones de la ayuda, previstas en los artículos 58 y 60 del Reglamento (CE) nº 1122/2009.

Cuando para un régimen de ayuda determinado, una parcela incumplía varias de las condi-ciones o requisitos enumerados, se asignaba el código de incumplimiento más desfavorable.

Una parcela agrícola por la que se solicitaban varios regímenes de ayuda, podía tener varias superficies determinadas, y en su caso, varios códigos de incumplimiento, uno por cada régimen de ayuda.

Asimismo, los controles sobre el terreno relativos a las solicitudes de ayuda para el algodón, tabaco y remolacha azucarera, debían contemplar, además de las verificaciones citadas an-teriormente, las comprobaciones estipuladas para la gestión de las ayudas comunitarias en los sectores indicados, vigentes para la campaña 2014.

6.4.3. Superficie a considerarLa superficie a considerar de cada parcela agrícola era la ocupada por el tipo de cultivo/utilización declarado en la solicitud que cumpliera las condiciones reglamentarias, corres-pondientes a cada cultivo y régimen de ayuda.

El control de cada parcela agrícola se iniciaba con el análisis realizado por el controlador, a la vista de las ortofotos del SIGPAC, de los croquis acotados aportados por el productor, y de la realidad del terreno, de todos los recintos SIGPAC que, en su totalidad o en parte, la integraban.

En cada parcela agrícola seleccionada para la inspección in situ, se determinaba si el cul-tivo/utilización declarados coincidía con el sembrado, se verificaba el cumplimiento de las

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condiciones agronómicas establecidas para el mismo y se medía su superficie. Asimismo, se comprobaba que el cultivo existente en la parcela se correspondía con el uso SIGPAC.

Salvo que se consideraran elementos estructurales, también se localizaban y medían todos aquellos elementos no admisibles, fueran permanentes o temporales, tales como rodadas, edificaciones, caminos, etc. que no se encontraran delimitados en SIGPAC.

Sobre los elementos temporales se consideraban admisibles cuando no hacían que se per-diera la condición agrícola de la superficie afectada.

Una vez identificadas las zonas a excluir de los recintos SIGPAC, se establecía la superficie a considerar de la parcela agrícola:

• Por medición de las superficies a deducir de cada uno de los recintos SIGPAC que, en todo o en parte, constituyesen la parcela agrícola objeto de control.

• Por medición directa de la parcela agrícola: empleando GPS, estaciones totales o aparatos de precisión equivalentes. Los aparatos de medición debían estar certifi-cados.

En las parcelas agrícolas declaradas de superficies forrajeras, para justificar la carga gana-dera, se deducían las superficies correspondientes a cultivos beneficiarios de un régimen de ayuda comunitario, cultivos permanentes u hortofrutícolas.

Si se trata de pastos, se anotaba el uso observado (pastizal, pasto arbustivo o pasto arbo-lado). Se comprobó que la superficie declarada era apta para pasto. Los posibles cambios de uso en el SIGPAC se anotaban a nivel de recinto, delimitando como nuevos recintos las áreas mayores de 100 m2 que resultaran necesarias. Si en el control sobre el terreno se comprobaba que una parte del recinto que se podía delimitar era improductivo o se podía calificar de cultivo abandonado, se delimitaba la misma, dándole un coeficiente de admisibi-lidad del 0 %, o se realizaba un cambio de uso en SIGPAC si procedía, asignando al recinto de superficie admisible de forma manual o automática el coeficiente de admisibilidad que correspondiera.

Cuando se comprobaba que el coeficiente de admisibilidad de pastos que tenía asignado en SIGPAC no se adaptaba a la realidad del terreno, se modificaba dicho coeficiente. El establecimiento del nuevo coeficiente de admisibilidad de pastos manual, o la revisión del

ya establecido, podía hacerse por tramos del 10 % o de forma lineal, reflejando siempre la superficie admisible de pasto.

Respecto a las parcelas utilizadas en común, y en particular las de titularidad pública u objeto de ordenanzas municipales de aprovechamiento común, la determinación de la su-perficie debía referirse a la totalidad de las parcelas SIGPAC que figuraban en el documento de adjudicación presentado por las autoridades locales o municipales o bien a la totalidad de los recintos SIGPAC objeto de control, realizando sobre éstas las deducciones y ajustes necesarios para obtener la superficie a considerar aprovechada en común. En función del porcentaje de asignación que le correspondiera a cada titular de explotación, de acuerdo con el certificado de adjudicación, se calculaba la superficie que correspondiera a cada uno de los titulares. Previamente, en el control administrativo, se había verificado que la suma de las adjudicaciones realizadas no superaba la superficie SIGPAC de las parcelas objeto de adjudicación.

De acuerdo con el artículo 34.1 del Reglamento (CE) nº 1122/2009, las superficies de las par-celas agrícolas se determinaban por cualquier medio que hubiera probado su capacidad de garantizar una calidad equivalente como mínimo a la exigida por la norma técnica aplicable establecida a escala comunitaria.

Es de crucial importancia contar con un método de validación para poder estimar la tole-rancia técnica para cada herramienta (tanto ortoimágenes como receptores GNSS) que se empleaba en la medición de superficies. La validación debía realizarse en condiciones de campo, es decir, en el tipo de parcelas y características del paisaje en las que se iban a utilizar las herramientas en los controles sobre el terreno.

La tolerancia técnica a aplicar era igual al perímetro de la parcela agrícola multiplicado por una anchura máxima o “buffer”. El valor máximo del “buffer” era de 1,5 m y el valor máximo de la tolerancia técnica por parcela agrícola 1 ha.

Si la diferencia entre la superficie declarada y la superficie medida (en valor absoluto) era inferior a la tolerancia técnica correspondiente, se tomaba como superficie determinada la superficie declarada.

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Si la diferencia era superior a la tolerancia (en valor absoluto), se tomaba como superficie determinada la superficie medida en el control, fuera inferior o superior a la declarada por el solicitante.

Cuando se verificaba la existencia de improductivos permanentes o de superficies dedicadas a cultivos no elegibles en una parcela agrícola, la aplicación de la tolerancia no podía absor-ber estas superficies. Debía medirse el improductivo o la superficie no elegible sin aplicar tolerancias, se calculaba la nueva superficie máxima subvencionable por diferencia y se comunicaba esta circunstancia a la unidad del SIGPAC.

La superficie medida de la parcela agrícola no podía superar, en ningún caso, la superficie del recinto SIGPAC que la componía. Esto era aplicable también en aquellas parcelas agrícolas constituidas por varios recintos SIGPAC, en cuyo caso no se podía superar la suma de las superficies de dichos recintos.

Podían compensarse las diferencias de superficie entre parcelas de un mismo grupo de cultivo.

6.4.4. Incorporación de los resultados de los controles al SIGPACTodos los recintos visitados en control sobre el terreno, tanto si aparecían diferencias con respecto a la información del SIGPAC, como si no, debían comunicarse a la Unidad respon-sable del SIGPAC, para que, por parte de la misma en el caso de que no hubiera diferencias, se grabase la fecha de constancia de la visita de campo en el apartado correspondiente de la base de datos SIGPAC. En el caso de que se encontraran diferencias, se adecuara la información SIGPAC a la realidad del terreno, tanto en lo que se refiere a los usos como a la superficie de los distintos usos.

6.5. Realización de los controles en relación con las primas ganaderas

6.5.1. Ayudas específicas a los ganaderos de ovino o caprinoDe acuerdo con el artículo 42 del Reglamento (CE) nº 1122/2009, los controles sobre el terreno tienen por objeto, en el caso del ganado ovino y caprino, todos los animales por los que se hayan presentado solicitudes de ayuda. Es decir, se controlaron todas las hembras potencialmente subvencionables para estas ayudas. De manera general, en los controles sobre el terreno se comprobarán los siguientes aspectos:

• Contabilización del número total de animales presentes en la explotación, y compa-ración con el número de animales anotados en el libro de registro.

• La comprobación de que el número de hembras reproductoras presentes en la explotación, son elegibles para la ayuda y corresponden al número de animales inscritos en el libro de la explotación y, en el caso de animales identificados elec-trónicamente, el número de animales notificados a la base de datos.

• La comprobación sobre el libro de registro de que todos los animales potencial-mente subvencionables se encontraban presentes en la explotación a uno de enero de 2014 y de que la declaración censal a uno de enero que figura en el REGA es correcta y conforme con el libro de registro.

• La comprobación de la exactitud de las entradas del libro de registro y de las notifi-caciones a la base de datos a partir de una muestra de justificantes como facturas de compra y venta, certificados veterinarios etc., de los seis/doce meses anteriores al control sobre el terreno.

Además de estos controles generales, por parte de las comunidades autónomas se llevaron a cabo controles específicos para verificar la admisibilidad para cada uno de los regímenes de ayuda ligada a los sectores ovino y caprino, los cuales se describen en el apartado 4.6.1 de la Circular FEGA 10/2014, relativa al Plan nacional de controles de solicitudes de primas ganaderas, para verificar el cumplimiento de los criterios de admisibilidad, de las superficies de los regímenes de ayuda declarados en la solicitud única 2014.

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6.5.2. Primas por ganado vacunoDe acuerdo con el artículo 42 del Reglamento (CE) nº 1122/2009, en el caso del ganado bovino, fueron objeto de control los APS. En la explotación, se hicieron las siguientes com-probaciones:

• Que el número de animales potencialmente subvencionables (APS) presentes en la explotación, correspondía al número de animales inscritos en el libro de la explota-ción, al número de documentos de identificación y al número de animales notifica-dos a la base de datos.

• La exactitud de las anotaciones en el libro de registro y las notificaciones a la base de datos informatizada, durante los seis/doce meses anteriores al control sobre el terreno, a partir de una muestra de justificantes como facturas de compra y venta, los certificados de sacrificio, los certificados veterinarios, los documentos de iden-tificación bovina (DIB), etc, correspondientes a los APS.

• Que la información mantenida en la base de datos informatizada coincidía con la anotada en el registro, a partir de una muestra relativa a las anotaciones efectua-das en el libro de registro de los APS.

• En el caso de la prima por vaca nodriza y la ayuda específica a las explotaciones que mantenían vacas nodrizas, se comprobó que todos los animales presentes en la explotación y aún sujetos a la obligación de retención estaban en el lugar o los lugares declarados por el productor para mantener a los animales durante el pe-riodo de retención. Para ello se comprobó individualmente la identificación de los crotales de todos los animales sujetos a la obligación de retención.

• Que todos los APS de la especie bovina presentes en la explotación estaban iden-tificados mediante al menos uno de los dos crotales, iban acompañados de docu-mentos de identificación bovina (DIB), estaban inscritos en el registro del productor y habían sido debidamente notificados a la base de datos informatizada con arreglo al Real Decreto 1980/1998 y el Real Decreto 728/2007.

Además de estos controles generales, por parte de las comunidades autónomas se llevaron a cabo controles específicos para verificar la admisibilidad para cada uno de los regímenes de ayuda ligada al sector vacuno, los cuales se describen en el apartado 4.6.2 de la Circular

FEGA 10/2014, relativa Plan nacional de controles de solicitudes de primas ganaderas, para verificar el cumplimiento de los criterios de admisibilidad, de las superficies de los regímenes de ayuda declarados en la solicitud única 2014.

6.5.3. Derechos especialesCuando el solicitante de pago único hubiera declarado derechos especiales, se anotó el nú-mero total de animales presentes en la explotación con identificación correcta, clasificados por grupo de edad en:

• Vacunos de hasta 6 meses de edad.

• Vacunos de 6 a 24 meses de edad.

• Vacuno de más de 24 meses de edad.

• Vacas de leche.

• Ovinos y caprinos (excepto ovejas y cabras menores de 4 meses).

El número de animales presentes en la explotación, clasificados según los grupos de edad mencionados, se comparará con la información contenida en la base de datos y en el libro de registro para ese día.

Para los solicitantes de la prima por vaca nodriza y de la ayuda específica a las explotaciones que mantenían vacas nodrizas, se tuvieron en cuenta los datos del periodo de retención de la vaca nodriza obtenidos de la base de datos actualizada, con la información obtenida en la explotación el día del control.

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6.5.4. Entidades gestoras de las marcas de calidadRespecto a las entidades gestoras de los consejos reguladores de las indicaciones geográfi-cas protegidas, denominaciones de origen protegidas o especialidades tradicionales garan-tizadas, así como los de la producción ganadera ecológica, integrada, pliegos de etiquetado facultativo, esquemas de certificación de calidad y del logotipo “letra Q”, se realizó un con-trol documental del registro de sacrificio de terneros, de corderos y de cabritos o del registro de entregas de leche los doce meses anteriores.

La comprobación descrita en el párrafo anterior se pudo realizar sobre una muestra. El muestreo se realizó en función del número de animales comercializados bajo la marca o del número de ano-taciones de entregas de leche registradas desde el inicio de la campaña hasta la fecha de control.

A posteriori, se comprobó la coherencia de dichos registros con la información enviada al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

6.5.5. Vacas de lecheCuando un productor de vacas nodrizas hubiera declarado vender leche por ser titular de una cantidad de referencia individual de cuota láctea, en el control sobre el terreno se compro-bó también la presencia de las vacas necesarias para producir la cuota láctea que poseía, dejándose constancia en el acta de control, de la presencia o no de las mismas. En el caso de no presencia, el controlador comprobó si estos animales estuvieron en la explotación en la fecha en la que el productor solicitó la prima y cuándo causaron baja en la explotación.

6.5.6. Ventas de leche o productos lácteos en productores de ovino y caprino y de vacas nodrizasTambién se comprobó la veracidad de las declaraciones que realizaba el productor en su solicitud, en especial las relativas a la venta de leche. Se valoró si las instalaciones y medios de producción de la explotación se correspondían con dicha declaración, haciéndolo constar así en el acta de inspección.

Si alguno de estos productores, especialmente los de ovino y caprino, aparecía en las declaracio-nes de “entrega a compradores” presentadas por las industrias y no fue posible confirmar dicho extremo en la explotación, se recurrió a su comprobación fehaciente con la propia industria.

6.6. Calendario de los controlesDe acuerdo con el artículo 26 del Reglamento (CE) nº 1122/2009, los controles sobre el terre-no debían realizarse de forma que garantizasen la comprobación eficaz del cumplimiento de las condiciones de concesión de las ayudas. El control tenía que realizarse de manera ade-cuada para asegurar que era posible una identificación inequívoca de los límites y el cultivo de la parcela agrícola. En la práctica, las inspecciones de cultivo tuvieron que ser llevadas a cabo en el período apropiado, antes o (como muy tarde) poco después de la cosecha, para que fueran efectivas.

A efectos de cumplir el calendario de controles, cuando procediera, se podía efectuar una selección parcial de la muestra de control antes del final del período de selección, basán-dose en la información disponible, que podía ser el conjunto de las solicitudes únicas del año anterior, la base de datos de los derechos disponibles al inicio de la campaña, etc. La muestra provisional se completó cuando estuvieron disponibles todas las solicitudes de la campaña.

En el caso de Prima por vaca nodriza y Ayuda por vulnerabilidad a las explotaciones que mantuvieran vacas nodrizas, los controles a efectuar durante el periodo de retención se realizaron desde el inicio y de forma escalonada a lo largo del mismo.

El porcentaje mínimo de controles sobre el terreno en las explotaciones de ganado bovino, se realizó de forma que, en lo que respecta a prima vaca nodriza y AVN un porcentaje mínimo de 60 % animales fuera inspeccionado a lo largo del periodo de retención. Dicho de otra ma-nera, se controlaron dentro del periodo de retención al menos el 3 % del número de animales declarado en las solicitudes de PVN por los agricultores, ajustados a derechos en su caso, y el 3 % del número de animales potencialmente subvencionables para AVN. El porcentaje restante de controles sobre el terreno se distribuyó a lo largo del año.

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6.7. Controles de calidadLas comunidades autónomas debían establecer un procedimiento de control de las inspec-ciones in situ, que permitiera evaluar el nivel de calidad de las mismas. Este procedimiento consistió en la supervisión de las actas de control y en la repetición, por personas que goza-ran de independencia orgánica o funcional respecto de la unidad que hubiera llevado a cabo el control sobre el terreno, de al menos, el 1 % de controles ya realizados, que se seleccio-naron con criterios representativos a determinar por la autoridad competente, dejando cons-tancia de su realización en las correspondientes actas o informes. También podía consistir en el acompañamiento al controlador, por personas que gozaran de independencia orgánica o funcional respecto de la unidad que llevaba a cabo el control sobre el terreno. Asimismo, los controles que efectuaban los órganos de certificación podían considerarse controles de calidad. Al respecto, tanto los controles de acompañamiento, como los que efectuaron los órganos de certificación computaban para alcanzar el mencionado 1 % mínimo.

Para realizar el control de calidad de los trabajos de control por teledetección realizados por la empresa contratista, se verificaban mediante un control in situ todas las parcelas agrícolas de, al menos, el 1 % de los expedientes en cada una de las zonas de teledetección por satélite. En las zonas de teledetección por fotografía aérea, se inspeccionaban in situ, todas las parcelas, como mínimo del 1 % de los expedientes controlados. Los expedientes se seleccionaron al azar entre los que habían resultado diagnosticados como “aceptados completos” salvo que, cuando se realizara este control, no se dispusiera del resultado defi-nitivo de los mismos.

Las comunidades autónomas enviaron al FEGA los resultados de los controles de calidad de los trabajos de control por teledetección, antes del 15 de diciembre.

6.8. Planes de control de las comunidades autónomasCada comunidad autónoma, teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 91 del Real Decreto 202/2012, elaborará el pertinente Plan de Controles para 2014. En estos Planes se indicaba explícitamente:

• El número de expedientes de la muestra inicial de control.

• La distribución en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de la muestra de control.

• Forma de selección y número de expedientes que comprendían la muestra aleatoria y la muestra dirigida.

• Los criterios de riesgo utilizados.

• El calendario de realización de los controles.

• Los medios materiales y humanos previstos para la realización de los controles.

• El control de calidad de los controles establecido.

• La necesidad de incorporar los resultados de los controles en la base de datos SIGPAC.

• Procedimiento para la realización de los controles administrativos.

• Número adicional de inspecciones como consecuencia de las irregularidades detec-tadas en la campaña actual.

• Número adicional de inspecciones como consecuencia de las irregularidades detec-tadas en campañas anteriores.

• Controles dentro del periodo de retención cuando proceda.

• Modelo de las actas de control utilizadas.

• Instrucciones facilitadas a los controladores.

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6.9. Incumplimientos intencionadosEl artículo 30 del Reglamento (CE) nº 73/2009, en lo que se conoce como cláusula de anti-elusión, determina que no se efectuará pago alguno a ningún beneficiario cuando se de-muestre que éste ha creado artificialmente las condiciones requeridas para la concesión de tales pagos, con vistas a obtener una ventaja contraria a los objetivos del régimen de ayuda.

Por otro lado, en el Reglamento (CE) nº 1122/2009, se establecen las reducciones y exclusio-nes a aplicar en las solicitudes de ayudas por superficie y primas ganaderas atendiendo a los criterios de admisibilidad. En dichos artículos se diferencia entre irregularidades cometidas por negligencia del ganadero e irregularidades intencionadas.

Las comunidades autónomas establecieron, por escrito, un procedimiento adecuado para identificar los casos en los que determinados incumplimientos reglamentarios podían con-siderarse intencionados, y elaboraron la lista de los casos detectados. Asimismo, dieron instrucciones al controlador para que en el acta de control se reflejara esta circunstancia, siempre que se detectara in situ.

A estos efectos, los incumplimientos siguientes podían tenerse en cuenta para su análisis, por si podían considerarse como intencionados:

• Impedimento del titular o su representante a que se realizara un control sobre el terreno.

• Intento de retirar la solicitud por parte del ganadero, una vez que ha sido informado de la intención de efectuar un control sobre el terreno o cuando la autoridad com-petente le ha avisado de la existencia de irregularidades.

• Comprobación que en 2 campañas consecutivas se había detectado en controles so-bre el terreno una diferencia de superficie en el expediente > 30 % y 5 ha. La misma irregularidad aparece reiteradamente en varias campañas, para el mismo ganadero.

• Falseamiento de documentos y/o en la comunicación de datos.

• Comprobación en control sobre el terreno de superficie > 2 ha y al 10 % de la super-ficie determinada, debida a parcelas completas cuyo uso real era:

- superficie improductiva, abandonada, o uso agronómicamente incompatible con el declarado.

- cultivo permanente en el caso de declaración de cultivo anual.

- cultivo declarado inexistente por no siembra o por existencia de otro cultivo sin ayuda, en caso de que se tratara de una ayuda acoplada.

• Comprobación en un control sobre el terreno que había repetición de incidencias en superficie, que en campañas anteriores se habían considerado error manifiesto ba-sándose en el registro que de los mismos existiera en cada comunidad autónoma.

• En el caso de las primas ganaderas, también:

- Ausencia no comunicada de ganado en la explotación durante el periodo de reten-ción, durante tres o más controles consecutivos.

- Comprobación documental de que el ganado nunca ha estado en la explotación.

- No encontrar ningún animal identificado correctamente, ausencia de notificación de movimientos a la base de datos de movimientos de ganado en los 12 meses anteriores al control, falta de actualización del libro de registro en los 12 meses anteriores al control. Ausencia injustificada del Libro de Registro durante dos controles sucesivos.

- Explotaciones abandonadas.

- Intercambio de ganado entre productores con vistas a incrementar el número de animales por los que se solicita prima.

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

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14

VII. ESTADÍSTICASEl Reglamento (CE) nº 1122/2009, de 30 de noviembre, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, en lo referido a la condicionalidad, modulación y el sistema integrado de gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los agricultores, establece en su artículo 84, las notificaciones obligatorias que deben efectuar los Estados miembros a la Comisión. El punto 1 de este artículo, establece que los Estados miembros deberán entregar antes del 15 de julio, un informe sobre los regímenes de ayuda sometidos al sistema integrado referido al año civil anterior.

En el caso de España, el FEGA, en su calidad de Organismo de Coordinación, elabora cada año sendas Circulares de Coordinación, una específica para las ayudas por superficie, y otra en el marco de las ayudas a la ganadería, a partir de las instrucciones emitidas por la Comi-sión Europea y una vez consultados los responsables de las comunidades autónomas, cuyo objeto es establecer los criterios e instrucciones necesarios para cumplimentar correctamen-te los datos de estadísticas de controles del Sistema Integrado Superficies, de la Campaña 2014/2015, que han de enviarse a la Comisión Europea.

7.1. RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO. Título III Capítulos 1 a 4 del Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo

7.1.1. Solicitudes presentadas En el siguiente cuadro se muestra el número de solicitudes presentadas, distribuido por CCAA, para el régimen de pago único, añadiéndose una columna en la que se recoge la información sobre las mismas en las que se han detectado errores manifiestos.

CCAA Número desolicitudes presentadas

Número de solicitudescon errores manifiestos

Andalucía 268.848 391

Aragón 45.852 270

Asturias (P. de) 10.415 323

Illes Balears 6.900 –

Cantabria 4.643 142

Castilla-La Mancha 146.072 61

Castilla y León 85.360 301

Cataluña 51.480 –

Extremadura 64.812 450

Galicia 33.014 386

Madrid (C. de) 6.456 2

Murcia (R. de) 13.910 –

Navarra (C. F. de) 14.577 73

País Vasco 9.570 41

La Rioja 6.676 44

C. Valenciana 84.168 301

Total Nacional 852.753 2.785

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Respecto a la campaña anterior, se da una disminución de 38.677 solicitudes presentadas.

En lo que se refiere a solicitudes en las que se han detectado errores manifiestos en Régimen de Pago Único, suponen el 0,32 % de las solicitudes, se produce también una disminución respecto a 2013, año en el que fue del 0,43 %.

En el análisis por CCAA, respecto al número de solicitudes presentadas, se puede destacar lo siguiente:

En Andalucía se concentra algo más del 31 % de solicitudes de Régimen de Pago Único presentadas, seguida de Castilla-La Mancha con el 17,1 %, Castilla y León y Comunidad Va-lenciana con, alrededor del 10 % cada una. Es decir, con las solicitudes de estas cuatro CCAA se llega al 68 % de las solicitudes de Régimen de Pago Único que se presentan en España.

Las solicitudes de este régimen que se presentan en Extremadura, Cataluña, Aragón y Gali-cia suponen casi el 23 % de las solicitudes presentadas.

En cuanto a los porcentajes indicados, las variaciones son muy ligeras respecto a la campaña anterior.

Comparando con la campaña anterior, 2013/2014, en el siguiente cuadro se muestra que el número de solicitudes ha disminuido en todas las comunidades autónomas. La disminución más significativa se da en Aragón con un 13,02 %, seguida de la Cataluña, con un 10,35 %. En La Rioja, la disminución es de un 8,69 % y en Cantabria llega al 8,26 %. También se comprueba que en Andalucía es donde la disminución de solicitudes respecto al año 2013 es menor ya que es del 1,16 %. En Baleares es del 1,95 % y en Asturias del 2,43 %. En el resto de CCAA no nombradas en este párrafo, la disminución respecto a 2013 está entre el 2,95 % de Castilla-La Mancha y el 7,51 % de Navarra.

84.168

268.848

45.852

10.4156.9004.643

146.072

85.360

51.480

64.812

33.014

6.456 13.910

14.5779.570 6.676

Andalucía (31,53 %)

Aragón (5,38 %)

Asturias (P. de) (1,22 %)

Illes Balears (0,81 %)

Cantabria (0,54 %)

C.-La Mancha (17,13 %)

C. y León (10,01 %)

Cataluña (6,04 %)

Extremadura (7,60 %)

Galicia (3,87 %)

Madrid (C. de) (0,76 %)

Murcia (R. de) (1,63 %)

Navarra (C. F. de) (1,71 %)

País Vasco (1,12 %)

La Rioja (0,78 %)

C. Valenciana (9,87 %)

Solicitudes presentadas en régimen de pago único. Total nacional: 852.753

CCAA

1 2 3 4Nº de

solicitudes RPU en

2013

Nº de solicitudes RPU en 2014

Diferencia (1-2)

% Diferencia sobre 2013

(3/1)

Andalucía 272.012 268.848 -3.164 -1,16

Aragón 52.713 45.852 -6.861 -13,02

Asturias (P. de) 10.674 10.415 -259 -2,43

Illes Balears 7.037 6.900 -137 -1,95

Cantabria 5.061 4.643 -418 -8,26

Castilla-La Mancha 150.510 146.072 -4.438 -2,95

Castilla y León 90.085 85.360 -4.725 -5,25

Cataluña 57.424 51.480 -5.944 -10,35

Extremadura 68.472 64.812 -3.660 -5,35

Galicia 34.879 33.014 -1.865 -5,35

Madrid (C. de) 6.786 6.456 -330 -4,86

Murcia (R. de) 14.413 13.910 -503 -3,49

Navarra (C. F. de) 15.761 14.577 -1.184 -7,51

País Vasco 9.903 9.570 -333 -3,36

La Rioja 7.311 6.676 -635 -8,69

C. Valenciana 88.389 84.168 -4.221 -4,78

Total Nacional 891.430 852.753 -38.677 -4,34

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Anda

lucí

a

Arag

ón

Astu

rias

(P. d

e)

Illes

Bal

ears

Cant

abria

Cast

illa-

La M

anch

a

Cast

illa

y Le

ón

Cata

luña

Extre

mad

ura

Galic

ia

Mad

rid (C

. de)

Mur

cia

(R. d

e)

Nav

arra

(C. f

oral

de)

País

Vas

co

La R

ioja

C. V

alen

cian

a

20132014

7.1.2. Superficie solicitada

En el siguiente cuadro se recogen los datos de superficie solicitada, ajustada a derechos, en el régimen de pago único, distribuidos por comunidades autónomas.

CCAA1

Pago único (1)

Andalucía 3.442.025,12

Aragón 1.383.914,41

Asturias (P. de) 234.982,59

Illes Balears 108.971,25

Cantabria 163.530,90

Castilla-La Mancha 3.164.495,97

Castilla y León 3.984.096,91

Cataluña 753.115,67

Extremadura 1.972.017,88

Galicia 424.015,63

Madrid (C. de) 205.302,32

Murcia (R. de) 148.838,98

Navarra (C. F. de) 342.251,64

País Vasco 130.864,08

La Rioja 138.087,31

C. Valenciana 316.701,82

Total Nacional 16.913.212,48

(1) Superficie ajustada a derechos.

0

50

100

150

200

250

Nº d

e so

licitu

des

(Mile

s)

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

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Como se puede comprobar, la superficie total, ajustada a derechos, incluida en el Régimen de Pago Único, alcanza un total de 16.913.212,48 ha.

En un análisis pormenorizado, por comunidad autónoma, se comprueba lo siguiente:

En Castilla y León es donde más superficie se solicita, representa un 23,5 % sobre el total de superficie solicitada en este régimen. Le sigue en segundo lugar Andalucía, con un 20,3 %. En tercer lugar Castilla-La Mancha con un 18,7 %. A continuación, la superficie solicitada en Extremadura representa el 11,6 % y la solicitada en Aragón supone casi el 8,2 %. Por lo tanto, la superficie solicitada para este régimen en estas cinco comunidades autónomas supone más del 82,4 % de la superficie total solicitada en España.

En relación con la campaña anterior, a nivel nacional, se produce una disminución de superficie solicitada de 4.847 ha. Esta disminución supone un 0,03 %, respecto a 2013. De esta manera, se sigue la tendencia que ya se produjo entre las campañas 2012 y 2013 frente a lo que sucedía de manera constante desde la campaña 2008 hasta la 2012, durante estas campañas la super-ficie solicitada aumentaba de forma gradual en cada campaña respecto a la anterior.

En el siguiente cuadro se muestra la diferencia de superficie solicitada, ajustada a derechos, entre la campaña 2013/2014 y 2014/2015, por comunidades autónomas.

316.701,82

3.442.025,12

1.383.914,41

234.982,59108.971,25

163.530,90

3.164.495,97

3.984.096,91

753.115,67

1.972.017,88

424.015,63205.302,32

148.838,98342.251,64

138.087,31

Andalucía (20,35 %)

Aragón (8,18 %)

Asturias (P. de) (1,39 %)

Illes Balears (0,64 %)

Cantabria (0,97 %)

C.-La Mancha (18,71 %)

C. y León (23,56 %)

Cataluña (4,45 %)

Extremadura (11,66 %)

Galicia (2,51 %)

Madrid (C. de) (1,21 %)

Murcia (R. de) (0,88 %)

Navarra (C. F. de) (2,02 %)

País Vasco (0,77 %)

La Rioja (0,82 %)

C. Valenciana (1,87 %)

CCAA

1 2 3 4Superficie solicitada

RPU en 2013 (ha)

Superficie solicitada

RPUen 2014 (ha)

Diferencia (1-2) (ha)

Porcentaje2013 Sobre

2014

Andalucía 3.438.187,41 3.442.025,12 3.837,71 0,11

Aragón 1.381.406,11 1.383.914,41 2.508,30 0,18

Asturias (P. de) 237.016,10 234.982,59 -2.033,51 -0,86

Illes Balears 108.567,58 108.971,25 403,67 0,37

Cantabria 164.802,74 163.530,90 -1.271,84 -0,77

Castilla-La Mancha 3.161.998,42 3.164.495,97 2.497,55 0,08

Castilla y León 3.965.272,79 3.984.096,91 18.824,12 0,47

Cataluña 754.698,89 753.115,67 -1.583,22 -0,21

Extremadura 1.990.006,18 1.972.017,88 -17.988,30 -0,90

Galicia 428.058,44 424.015,63 -4.042,81 -0,94

Madrid (C. de) 206.694,69 205.302,32 -1.392,37 -0,67

Murcia (R. de) 152.458,00 148.838,98 -3.619,02 -2,37

Navarra (C. F. de) 339.876,95 342.251,64 2.374,69 0,70

País Vasco 131.188,19 130.864,08 -324,11 -0,25

La Rioja 137.639,62 138.087,31 447,69 0,33

C. Valenciana 319.610,64 316.701,82 -2.908,82 -0,91

Total Nacional 16.917.482,75 16.913.212,48 -4.270,27 -0,03

130.864,08

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Anda

lucí

a

Arag

ón

Astu

rias

(P. d

e)

Illes

Bal

ears

Cant

abria

Cast

illa-

La M

anch

a

Cast

illa

y Le

ón

Cata

luña

Extre

mad

ura

Galic

ia

Mad

rid (C

. de)

Mur

cia

(R. d

e)

Nav

arra

(C. f

oral

de)

País

Vas

co

La R

ioja

C. V

alen

cian

a

20132014

0

500.000

1.000.000

1.500.000

2.000.000

2.500.000

3.000.000

3.500.000

4.000.000 Como se puede apreciar en el cuadro anterior y en el gráfico que le sigue, en siete comu-nidades autónomas la superficie solicitada ha aumentado respecto a la campaña anterior, mientras que en nueve se ha producido una disminución.

En lo que se refiere a las comunidades autónomas donde se ha producido un aumento, el más acusado en términos relativos se da en Navarra, con un 0,7 % respecto a 2013.

Por su parte, en lo que se refiere a las comunidades autónomas donde se ha producido una disminución, la más acusada en términos relativos se da en Murcia, con un 2,37 %, respecto a 2013.

7.1.3. Controles administrativos sobre las solicitudes de régimen de pago únicoEn la siguiente tabla se expresan los resultados de los controles administrativos sobre las solicitudes de Régimen de Pago Único. Al respecto, teniendo en cuenta que a efectos de los datos estadísticos, cuando un expediente es objeto de control sobre el terreno, todas las incidencias, incluidas las detectadas sobre un control administrativo, se indicarán exclusi-vamente en controles sobre el terreno. En la columna 1 se indica el número de solicitudes admisibles, en la columna 2 se incluye el número de solicitudes controladas sobre el terreno y en la columna 3 la diferencia entre las solicitudes de régimen de pago único admisibles y las controladas sobre el terreno, es decir, se trata del dato de las solicitudes que no han sido controladas sobre el terreno.

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CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8

Solicitudes admisibles (nº)

Solicitudes controladas

sobre el terreno clasi + Teledet.

(nº)

Diferencia 1-2 (nº)

Solicitudes con exceso de declaración de hasta 3 % ó 2 ha

(nº)

Solicitudes con exceso de

declaración > 3 % ó 2 ha pero

no superior a 20 % (nº)

Solicitudes con exceso de

declaración superior al 20 %

(nº)

Total solicitudes con exceso de

declaración por CCAA (nº)

Porcentaje7/3

Andalucía 268.848 13.841 255.007 1.336 718 307 2.361 0,93

Aragón 45.852 3.088 42.764 414 204 86 704 1,65

Asturias (P. de) 10.415 585 9.830 228 97 39 364 3,70

Illes Balears 6.900 364 6.536 30 14 4 48 0,73

Cantabria 4.643 283 4.360 107 55 4 166 3,81

Castilla-La Mancha 146.072 8.516 137.556 406 289 166 861 0,63

Castilla y León 85.360 4.388 80.972 284 231 116 631 0,78

Cataluña 51.480 2.852 48.628 341 143 62 546 1,12

Extremadura 64.812 4.822 59.990 1.020 380 124 1.524 2,54

Galicia 33.014 2.106 30.908 641 579 112 1.332 4,31

Madrid (C. de) 6.456 452 6.004 17 12 8 37 0,62

Murcia (R. de) 13.910 1.108 12.802 75 52 38 165 1,29

Navarra (C. F. de) 14.577 755 13.822 128 38 11 177 1,28

País Vasco 9.570 845 8.725 7 8 9 24 0,28

La Rioja 6.676 450 6.226 67 27 11 105 1,69

C. Valenciana 84.168 4.718 79.450 120 216 171 507 0,64

Total Nacional 852.753 49.173 803.580 5.221 3.063 1.268 9.552 1,19

Nota: cuando un expediente es objeto de control sobre el terreno, todas las incidencias, incluidas las detectadas en un control administrativo, se indicarán exclusivamente en controles sobre el terreno

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En las columnas 4, 5 y 6 se refleja el número de solicitudes en las que se han detectado excesos de declaración, en los porcentajes señalados en cada columna, que son los que se establecen en el artículo 58 del Reglamento (CE) 1122/2009, a las que se les han aplicado las reducciones previstas en el mencionado artículo 58.

En base a ello, se constata que en 5.221 solicitudes se ha detectado una sobredeclaración de hasta un 3 % o 2 ha (columna 4). En estos casos, la superficie declarada se ajusta a la determinada. Sobre el total nacional, donde se detectan más solicitudes con este exceso de declaración es en Andalucía, concretamente el 25,5 %. Le sigue Extremadura con un 19,5 % y Galicia con un 12,2 %. A continuación se sitúa Aragón, la cifra casi un 8 %, y la cifra de Castilla-La Mancha representa un 7,7 %.

También se comprueba que en 3.063 solicitudes se ha detectado una sobredeclaración supe-rior al 3 % o 2 ha pero no superior al 20 % (columna 5). En estos casos, la ayuda se calcula sobre la superficie determinada, reducida en el doble de la diferencia entre la superficie determinada y la declarada. Sobre el total nacional, es en Andalucía donde se detectan más solicitudes con este exceso de declaración, representa el 23,4 %. Le sigue Galicia, en este caso con un 18,9 %, Extremadura, con el 12 % y Castilla-La Mancha, con el 9,4 %.

Asimismo, se puede ver en la columna 6 que se han detectado 1.268 solicitudes con un exceso de declaración superior al 20 %. Para estas solicitudes no se concede ayuda. Sobre el total nacional, es en Andalucía donde se detectan más solicitudes con este exceso de declaración, representando el 24,2 %. En este tramo de sobredeclaración, encontramos en segundo lugar a la Comunidad Valenciana, con casi un 13,5 %. Castilla-La Mancha ocupa el tercer lugar con un 13 %, seguida por Extremadura y Castilla y León, con el 9,7 % y el 9,1 %, respectivamente.

Teniendo en cuenta los datos anteriores, en la columna 7 se puede comprobar que es en Andalucía donde se dan más solicitudes con sobredeclaración tras los controles administra-tivos, seguida, por orden de mayor a menor, de Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha, Aragón, Castilla y León y Cataluña. Por el contrario, es en País Vasco, Madrid, Baleares, La Rioja, y Murcia, donde el número de solicitudes con exceso de declaración encontradas en estos controles es menor.

En la columna 8, se comprueba cómo, en términos relativos, es en Galicia, Cantabria y Astu-rias, con un 4,3 %, un 3,8 % y un 3,7 %, respectivamente, donde se da un porcentaje mayor de solicitudes encontradas con exceso de declaración en controles administrativos. Por el contrario es en País Vasco, Madrid, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Baleares y Castilla y León, en las que no se llega al 0,8 %, donde este porcentaje es menor.

7.1.4. Controles administrativos en términos de superficie en el régimen de pago únicoEn la siguiente tabla se expresan los resultados de los controles administrativos en términos de superficies en el Régimen de Pago Único.

Partiendo de la superficie solicitada ajustada a derechos para este régimen, que se indica en la columna 1, las columnas 2 a 9 proporcionan la información sobre superficie sobredeclara-da por tramos de sobredeclaración. Es decir, la resultante de la aplicación del artículo 58 del Reglamento (CE) 1122/2009.

Por lo tanto, la superficie total detectada como sobredeclarada en los controles administra-tivos es la que se expresa en la columna 8, y que en el total nacional supone un 0,18 % en relación con la superficie solicitada ajustada a derechos en el Régimen de Pago Único.

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CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8 9

Superficie admisible

Sobredeclaración por tramos según artículo 58 R.(CE) 1122/2009

Sobredeclara-ción de hasta

3 % ó 2 haPorcentaje 2/1

Sobredecla-ración > 3 % ó 2 ha pero

no superior a 20 %

Porcentaje4/1

Sobredeclara-ción superior

al 20 %

Porcentaje6/1

Total sobre-declaración

2+4+6

Porcentaje8/1

Andalucía 3.442.025,12 469,49 0,014 1.734,30 0,050 1.971,47 0,057 4.175,26 0,121

Aragón 1.383.914,41 136,28 0,010 514,53 0,037 420,20 0,030 1.071,01 0,077

Asturias (P. de) 234.982,59 64,84 0,028 180,73 0,077 346,78 0,148 592,35 0,252

Illes Balears 108.971,25 4,94 0,005 35,13 0,032 26,78 0,025 66,85 0,061

Cantabria 163.530,90 61,11 0,037 131,28 0,080 22,73 0,014 215,12 0,132

Castilla-La Mancha 3.164.495,97 126,76 0,004 2.040,25 0,064 4.232,88 0,134 6.399,89 0,202

Castilla y León 3.984.096,91 170,01 0,004 1.429,86 0,036 1.884,32 0,047 3.484,19 0,087

Cataluña 753.115,67 68,24 0,009 209,09 0,028 481,34 0,064 758,67 0,101

Extremadura 1.972.017,88 311,59 0,016 1.900,93 0,096 1.548,30 0,079 3.760,82 0,191

Galicia 424.015,63 241,30 0,057 813,81 0,192 887,62 0,209 1.942,73 0,458

Madrid (C. de) 205.302,32 9,71 0,005 107,11 0,052 111,14 0,054 227,96 0,111

Murcia (R. de) 148.838,98 11,18 0,008 98,25 0,066 72,33 0,049 181,76 0,122

Navarra (C. F. de) 342.251,64 58,98 0,017 113,05 0,033 52,61 0,015 224,64 0,066

País Vasco 130.864,08 4,37 0,003 15,26 0,012 49,35 0,038 68,98 0,053

La Rioja 138.087,31 18,69 0,014 64,62 0,047 34,80 0,025 118,11 0,086

C. Valenciana 316.701,82 19,85 0,006 113,27 0,036 232,77 0,073 365,89 0,116

Total Nacional 16.913.212,48 1.777,34 0,011 9.501,47 0,056 12.375,42 0,073 23.654,23 0,140

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Analizando las columnas por tramos de sobredeclaración, se comprueba que en el primer tra-mo (columnas 2 y 3) en Galicia es donde más sobredeclaración se da, en términos relativos, es decir, respecto a la superficie admisible en esa C.A, en este sentido la sobredeclaración supone un 0,057 %.

Respecto al total nacional, donde más sobredeclaración se produce es en Andalucía, las 469,49 ha suponen un 26,4 %, seguida de Extremadura, con 311,59 ha sobredeclaradas, lo que supone un 17,5 %.

En el segundo tramo de sobredeclaración (columnas 4 y 5) se comprueba que también en Galicia es donde más sobredeclaración se da, en términos relativos. Dicha sobredeclaración supone un 0,192 % respecto a la superficie admisible en esa CA En este sentido, le siguen Extremadura, con 0,096 %, y Cantabria y Asturias, con un 0,08 y un 0,077 % respectiva-mente. En el resto de CCAA este porcentaje oscila entre el 0,012 % y el 0,066 %. Respecto al total nacional, la superficie sobredeclarada en Castilla-La Mancha supone el 21,4 %, la sobredeclarada en Extremadura supone el 20 %, la correspondiente a Andalucía representa el 18,25 % y la de Castilla y León supone el 15 %.

En el tercer tramo de sobredeclaración (columnas 6 y 7) se comprueba que, es nuevamente en Galicia donde más sobredeclaración se da, en términos relativos, concretamente se trata de un 0,209 % sobre la superficie admisible en esa CA En este tramo, también en términos relativos se comprueba que en Asturias el porcentaje de sobredeclaración es el 0,148 %. En el resto de CCAA los porcentajes oscilan entre el 0,014 % de Cantabria y el 0,134 % de Castilla-La Mancha.

Respecto al total nacional recogido en la columna 8 (23.654,23 ha sobredeclaradas), en Cas-tilla-La Mancha la superficie sobredeclarada supone el 27 % y la sobredeclarada en Andalu-cía representa el 17,6 %. La sobredeclarada en Extremadura el 15,9 % y la de Castilla y León representa el 14,7 %. Les siguen en cuanto a volumen de superficie total sobredeclarada las comunidades autónomas de Galicia, Aragón y Cataluña.

Sobre el porcentaje de superficie total sobredeclarada respecto a la superficie admisible (co-lumna 9) destacar el porcentaje que se da en Galicia, con un 0,458 %, respecto a la superficie admisible en la misma, consecuencia de lo comentado en los tramos anteriores, seguida de las regiones de Asturias y Castilla-La Mancha con un 0,252 % y un 0,202 % respectivamente.

Por encima de la décima de punto porcentual están también Extremadura, Cantabria, Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid y Cataluña. En el resto de CCAA este porcentaje oscila entre el 0,087 % de Castilla y León y el 0,061 % de Baleares.

El siguiente gráfico representa los datos sobre el total nacional de superficie sobredeclarada comentados en los dos párrafos anteriores.

7.1.5. Controles sobre el terrenoLos controles sobre el terreno incluyen los controles clásicos y los controles por teledetec-ción.

365,89

4.175,26

1.071,01

592,3566,85

6.399,893.484,19

758,67

3.760,82

1.942,73 227,96181,76224,64

118,11

Andalucía (17,7 %)

Aragón (4,5 %)

Asturias (P. de) (2,5 %)

Illes Balears (0,3 %)

Cantabria (0,9 %)

C.-La Mancha (27,1 %)

C. y León (14,7 %)

Cataluña (3,2 %)

Extremadura (15,9 %)

Galicia (8,2 %)

Madrid (C. de) (1 %)

Murcia (R. de) (0,8 %)

Navarra (C. F. de) (0,9 %)

País Vasco (0,3 %)

La Rioja (0,5 %)

C. Valenciana (1,5 %)

68,98

215,12

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7.1.5.1. Porcentajes de controles

El artículo 30 del Reglamento (CE) 1122/2009, de la Comisión establece que el número total de controles sobre el terreno debe comprender, como mínimo el 5 % de los agricultores que soliciten el régimen de pago único. Además, se asegurará que estos controles incluyan, al menos, el 3 % de los agricultores que soliciten ayudas para los demás regímenes de ayuda por superficie contemplados en los títulos III y IV del Reglamento (CE) 73/2009, del Consejo, debiendo seleccionarse expedientes hasta completar, al menos dicho 3 %.

En la siguiente tabla se muestra el número de controles sobre el terreno realizados en 2014, con respecto a las solicitudes de Régimen de Pago Único.

A nivel nacional, el porcentaje de solicitudes únicas controladas sobre el terreno supone un 5,77 %. En todas las comunidades autónomas se ha superado el 5 % reglamentario.

Destacan los porcentajes de solicitudes controladas en P. Vasco (8,83 %), Murcia (7,97 %), Extremadura (7,44 %) y Madrid (7 %). También destacar que en La Rioja, Aragón, Galicia y Cantabria se está por encima del 6 %. El resto de CCAA se encuentran entre el 5,83 % y el 5,14 %.

En el siguiente gráfico se muestra el porcentaje de controles que se han realizado en las diferentes comunidades autónomas sobre el total nacional que asciende a 49.173.

CCAA

1 2 3

Solicitudes admisibles (nº)

Solicitudes controladas (nº)

Porcentaje solic. control/solic.

admis. 2/1Andalucía 268.848 13.841 5,15Aragón 45.852 3.088 6,73Asturias (P. de) 10.415 585 5,62Illes Balears 6.900 364 5,28Cantabria 4.643 283 6,10Castilla-La Mancha 146.072 8.516 5,83Castilla y León 85.360 4.388 5,14Cataluña 51.480 2.852 5,54Extremadura 64.812 4.822 7,44Galicia 33.014 2.106 6,38Madrid (C. de) 6.456 452 7,00Murcia (R. de) 13.910 1.108 7,97Navarra (C. F. de) 14.577 755 5,18País Vasco 9.570 845 8,83La Rioja 6.676 450 6,74C. Valenciana 84.168 4.718 5,61Total Nacional 852.753 49.173 5,77

4.718

13.841

3.088

585364

8.516

4.388

2.852

4.822

2.106

452

1.108755

450Andalucía (28,1 %)

Aragón (6,3 %)

Asturias (P. de) (1,2 %)

Illes Balears (0,7 %)

Cantabria (0,6 %)

C.-La Mancha (17,3 %)

C. y León (8,9 %)

Cataluña (5,8 %)

Extremadura (9,8 %)

Galicia (4,3 %)

Madrid (C. de) (0,9 %)

Murcia (R. de) (2,3 %)

Navarra (C. F. de) (1,5 %)

País Vasco (1,7 %)

La Rioja (0,9 %)

C. Valenciana (9,6 %)

845

283

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En la tabla siguiente se muestra, respecto al Régimen de Pago Único, el número de controles realizados en control clásico y el número de controles realizados por el sistema de teledetección.

Como se puede comprobar, en las CCAA de Asturias, Baleares, Cantabria, Galicia y Navarra, no se han realizado controles por teledetección. También se puede comprobar que a nivel nacional, sobre el total de solicitudes de Régimen de Pago Único controladas sobre el te-rreno (49.173), el 74,83 % (36.795) lo han sido mediante teledetección y el 25,17 % (12.378) mediante control clásico.

7.1.5.2. Muestra aleatoria

En el artículo 31 del Reglamento (CE) 1122/2009, de la Comisión, se establece que para asegurar la representatividad, se seleccionará de forma aleatoria entre un 20 % y un 25 % del número mínimo de productores que deben someterse a controles sobre el terreno. Dicho número mínimo es el que se indica en el primer párrafo del apartado 3.5.1. Sin embargo, si el número de agricultores que han entrado en la muestra de control es superior a ese mínimo, las solicitudes seleccionadas por muestra aleatoria se podrán aumentar sin superar el 25 % de la muestra adicional de control.

En la siguiente tabla se especifica el número de solicitudes de Régimen de Pago Único que se han incluido en la muestra aleatoria.

CCAA

1 2 3 4

Solicitudes admisibles

(nº)

Solicitudes controladas en control clásico

(nº)

Solicitudes controladas

en teledetec-ción (nº)

Total Solicitudes controladas

Sobre el Terreno

(nº)Andalucía 268.848 1.061 12.780 13.841

Aragón 45.852 827 2.261 3.088

Asturias (P. de) 10.415 585 – 585

Illes Balears 6.900 364 – 364

Cantabria 4.643 283 – 283

Castilla-La Mancha 146.072 824 7.692 8.516

Castilla y León 85.360 891 3.497 4.388

Cataluña 51.480 162 2.690 2.852

Extremadura 64.812 1.748 3.074 4.822

Galicia 33.014 2.106 – 2.106

Madrid (C. de) 6.456 114 338 452

Murcia (R. de) 13.910 553 555 1.108

Navarra (C. F. de) 14.577 755 – 755

País Vasco 9.570 748 97 845

La Rioja 6.676 181 269 450

C. Valenciana 84.168 1.176 3.542 4.718

Total Nacional 852.753 12.378 36.795 49.173

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En este sentido, en los datos de la tabla se comprueba lo siguiente:

Hay seis comunidades autónomas en las que no se llega al mínimo del 20 %. De ellas, en Comunidad Valenciana se está muy cerca de dicho 20 %.

También se comprueba que hay cinco comunidades autónomas, Aragón, Galicia, Madrid, País Vasco y La Rioja, que están bastante por debajo del mínimo del 20 %. Al respecto, hay que señalar que, en los casos de Madrid y P. Vasco, por los datos de la tabla del apartado 7.1.5.1. los porcentajes de solicitudes controladas respecto a las admisibles superan amplia-mente el mínimo del 5 % reglamentariamente establecido. De tal manera que si se hubieran ceñido en la elección para controles sobre el terreno a dicho 5 % mínimo, el porcentaje de muestra aleatoria sí alcanzaría el mínimo del 20 %.

CCAA

1 2 3

Solicitudes controladas (nº)

Solicitudes en muestra

aleatoria (nº)

Porcentaje solic. aleat./solic. control 2/1

Andalucía 13.841 3.094 22,35

Aragón 3.088 526 17,03

Asturias (P. de) 585 123 21,03

Illes Balears 364 83 22,80

Cantabria 283 62 21,91

Castilla-La Mancha 8.516 1.918 22,52

Castilla y León 4.388 965 21,99

Cataluña 2.852 578 20,27

Extremadura 4.822 994 20,61

Galicia 2.106 365 17,33

Madrid (C. de) 452 81 17,92

Murcia (R. de) 1.108 263 23,74

Navarra (C. F. de) 755 174 23,05

País Vasco 845 121 14,32

La Rioja 450 82 18,22

C. Valenciana 4.718 940 19,92

Total Nacional 49.173 10.369 21,09

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7.1.5.3. Resultados de los controles sobre el terreno

7.1.5.3.1. Resultados sobre las solicitudes controladas

Los resultados de los controles sobre el terreno en relación con las solicitudes de régimen de pago único controladas se exponen en la siguiente tabla:

CCAA

1 2 3 4 5 6 7

Solicitudes pago único admisibles

(nº)

Solicitudes controladas sobre

el terreno Clasi + Teledet

(nº)

Solicitudes con exceso de declaración de hasta 3 % ó 2 ha

(nº)

Solicitudes con exceso de

declaración > 3 % ó 2 ha pero no

superior a 20 % (nº)

Solicitudes con exceso de

declaración superior al 20 %

(nº)

Total solicitudes con exceso de

declaración por CCAA

(nº)

Porcentaje6/2

Andalucía 268.848 13.841 352 213 77 642 0,05

Aragón 45.852 3.088 124 83 49 256 0,08

Asturias (P. de) 10.415 585 75 66 37 178 0,30

Illes Balears 6.900 364 35 35 6 76 0,21

Cantabria 4.643 283 30 31 5 66 0,23

Castilla-La Mancha 146.072 8.516 163 125 100 388 0,05

Castilla y León 85.360 4.388 167 59 11 237 0,05

Cataluña 51.480 2.852 87 63 52 202 0,07

Extremadura 64.812 4.822 178 134 70 382 0,08

Galicia 33.014 2.106 146 333 143 622 0,30

Madrid (C. de) 6.456 452 5 4 3 12 0,03

Murcia (R. de) 13.910 1.108 71 50 36 157 0,14

Navarra (C. F. de) 14.577 755 28 13 17 58 0,08

País Vasco 9.570 845 71 45 10 126 0,15

La Rioja 6.676 450 19 17 4 40 0,09

C. Valenciana 84.168 4.718 57 100 137 294 0,06

Total Nacional 852.753 49.173 1.608 1.371 757 3.736 0,08

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En las columnas 1 y 2 se indican las solicitudes de Pago Único admisibles y las controladas sobre el terreno, respectivamente, datos ya conocidos por tablas anteriores, que nos van a servir de base de partida para analizar los datos de las siguientes columnas. También, se considera necesario repetir lo dicho en el primer párrafo del punto 7.1.3., en el sentido de que a efectos de los datos estadísticos, cuando un expediente es objeto de control sobre el terreno, todas las incidencias, incluidas las detectadas sobre un control administrativo, se indicarán exclusivamente en controles sobre el terreno.

Por consiguiente, en las columnas 3, 4 y 5 se pueden comprobar los resultados obtenidos sobre las solicitudes controladas sobre el terreno. En estas columnas se refleja el número de solicitudes en las que se han detectado excesos de declaración, en los porcentajes señala-dos en cada columna, a las que se les han aplicado las reducciones previstas en el artículo 58 del Reglamento (CE) 1122/2009.

En base a ello, se constata que en 1.608 solicitudes se ha detectado una sobredeclaración de hasta un 3 % o 2 ha (columna 3). En estos casos, la superficie declarada se ajusta a la determinada. Sobre el total nacional, es en Andalucía donde se detectan más solicitudes con este exceso de declaración, concretamente el 21,9 %. Le siguen Extremadura, con un 11 %, Castilla y León con un 10,39 %, Castilla-La Mancha con un 10,1 % y Galicia, con un 9,1 %.

En la columna 4 se comprueba que en 1.371 solicitudes se ha detectado una sobredeclara-ción superior al 3 % o 2 ha pero no superior al 20 %. En estos casos, la ayuda se calcula sobre la superficie determinada, reducida en el doble de la diferencia entre la superficie determinada y la declarada. Sobre el total nacional, es en Galicia donde se detectan más so-licitudes con este exceso de declaración, concretamente, se trata del 24,3 %. Seguidamente, en Andalucía se da un 15,5 %, en Extremadura un 9,8 %, y en Castilla-La Mancha un 9,1 %.

En la columna 5 se puede comprobar que se han detectado 757 solicitudes con un exceso de declaración superior al 20 %. Para estas solicitudes no se concede ayuda. Sobre el total nacional, es también Galicia donde se detectan más solicitudes con este exceso de decla-ración, representando el 18,9 %. La Comunidad Valenciana ocupa el segundo lugar, las 137 solicitudes representan el 18,1 %. El tercer lugar lo ocupa Castilla-La Mancha, con el 13,2 %.

En la columna 6 se indica, por comunidades autónomas, la suma de todas las solicitudes con exceso de declaración tras los controles sobre el terreno en Régimen de Pago Único. En

este sentido, sobre el total nacional (3.736 solicitudes), es en Andalucía, seguida de Galicia, Castilla-La Mancha y Extremadura, donde el número de estas solicitudes es más elevado. Por el contrario, es en Madrid, La Rioja, Cantabria y Baleares donde el número de solicitudes con exceso de declaración encontradas es menor.

En la columna 7, se comprueba cómo, en términos relativos, es mayor en Galicia y Asturias (0,30 en ambas), seguido de Cantabria (0,23 %), Baleares (0,21 %) y P. Vasco (0,15 %), donde se da un porcentaje mayor de solicitudes encontradas con exceso de declaración en contro-les sobre el terreno respecto a las solicitudes controladas sobre el terreno en esas comuni-dades autónomas. En Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Andalucía es donde este porcentaje es menor.

7.1.5.3.2. Resultados en lo que se refiere a superficies controladas

En la tabla que se expone a continuación se indica el total de superficie controlada sobre el terreno en Régimen de Pago Único, así como el total de superficie no encontrada, como con-secuencia de dichos controles sobre el terreno, es decir, declarada en exceso. Procedemos a destacar los elementos más relevantes que se observan en la misma.

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CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8 9Superficie controlada

sobre el terreno

clasi + teledet (ha)

Sobredeclara-ción de hasta

3 % ó 2 ha (ha)

Porcentaje 2/1

Sobredecla-ración >3 % ó 2 ha pero no superior al

20 % (ha)

Porcentaje 4/1

Sobredeclara-ción superior

al 20 % (ha)

Porcentaje 6/1

Total superficie

declarada en exceso (ha)

2+4+6

Porcentaje 8/1

Andalucía 134.306,59 94,75 0,07 266,80 0,20 247,18 0,184 608,73 0,45

Aragón 90.934,35 33,60 0,04 110,34 0,12 65,91 0,072 209,85 0,23

Asturias (P. de) 7.883,58 9,60 0,12 53,47 0,68 82,48 1,046 145,55 1,85

Illes Balears 11.837,79 8,17 0,07 75,91 0,64 13,00 0,110 97,08 0,82

Cantabria 16.734,73 17,08 0,10 114,05 0,68 41,82 0,250 172,95 1,03

Castilla-La Mancha 164.356,40 40,38 0,02 533,73 0,32 1.795,05 1,092 2.369,16 1,44

Castilla y León 175.191,03 59,60 0,03 201,51 0,12 864,46 0,493 1.125,57 0,64

Cataluña 16.089,58 13,54 0,08 55,86 0,35 101,56 0,631 170,96 1,06

Extremadura 151.658,61 60,45 0,04 458,01 0,30 722,82 0,477 1.241,28 0,82

Galicia 33.556,65 57,99 0,17 506,28 1,51 617,50 1,840 1.181,77 3,52

Madrid (C. de) 29.193,44 2,59 0,01 21,68 0,07 16,71 0,057 40,98 0,14

Murcia (R. de) 14.575,94 9,37 0,06 29,68 0,20 224,21 1,538 263,26 1,81

Navarra (C. F. de) 24.249,95 16,90 0,07 54,35 0,22 64,04 0,264 135,29 0,56

País Vasco 34.885,04 27,18 0,08 76,44 0,22 39,14 0,112 142,76 0,41

La Rioja 12.306,73 5,89 0,05 43,04 0,35 6,84 0,056 55,77 0,45

C. Valenciana 16.895,64 11,18 0,07 50,21 0,30 152,69 0,904 214,08 1,27

Total Nacional 934.656,05 468,27 0,05 2.651,36 0,28 5.055,41 0,541 8.175,04 0,87

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En las columnas 2, 4 y 6 se indica este exceso de declaración distribuido según los tramos que se indican en el artículo 58 del Reglamento (CE) 1122/2009. En la columna 8 se indica el total de superficie sobredeclarada, suma de las columnas anteriores.

También se han intercalado las columnas 3, 5 y 7 para que se pueda comprobar el porcentaje que representa la superficie sobredeclarada sobre la controlada, en cada tramo de sobrede-claración, y en la columna 9 se ha calculado el porcentaje que representa la superficie total no encontrada sobre la superficie controlada.

Por lo tanto, la superficie total detectada como sobredeclarada en los controles sobre el terreno es la que se expresa en la columna 8, y en el total nacional supone un 0,87 % en relación con la superficie controlada en las solicitudes del Régimen de Pago Único.

Analizando las columnas por tramos de sobredeclaración, se comprueba que en el primer tramo, sobredeclaración de hasta 3 % o 2 ha (columna 2), en Andalucía es donde más so-bredeclaración se da respecto al total nacional, suponiendo el 20,2 %. Las hectáreas de Extremadura suponen el 12,9 %, y las sobredeclaradas en Castilla y León suponen el 12,7 %.

En términos relativos (columna 3) en Galicia es donde más sobredeclaración se da, respecto a la superficie controlada en ella. A continuación, está Asturias seguido de Cantabria.

En el segundo tramo de sobredeclaración, superior al 3 % o 2 ha pero no superior al 20 % (columna 4), se comprueba que es en Castilla-La Mancha donde más sobredeclaración se da respecto al total nacional, suponiendo el 20,1 %, seguida de Galicia, con el 19,1 %, Extrema-dura, con el 17,3 %, y Andalucía, con el 10,1 %.

En términos relativos (columna 5) en Galicia es donde más sobredeclaración se da, ya que sólo en esta CA la superficie sobredeclarada es del 1,51 % respecto a la superficie contro-lada en ella. En las demás CCAA se está bastante por debajo de ese porcentaje, oscilando entre el 0,68 % y el 0,07 %.

En el tercer tramo de sobredeclaración, superior al 20 % (columna 6), se comprueba que es Castilla-La Mancha donde más sobredeclaración se da respecto al total nacional, suponien-do el 35,5 %, seguida de Castilla y León, con el 17,1 %, y Extremadura, con el 14,3 %.

En términos relativos (columna 7) es en Galicia donde más sobredeclaración se da, el 1,84 %, seguida de Murcia (1,53 %), Castilla-La Mancha (1,09 %) y Asturias (1,04 %). En el resto

de CCAA, oscila entre el 0,9 %, que se da en la Comunidad Valenciana y el 0,05 %, que se registra en La Rioja.

Sobre la superficie total sobredeclarada (columna 8), que asciende a 8.175,04 ha, se com-prueba que es en Castilla-La Mancha donde más sobredeclaración se da respecto al total nacional, suponiendo el 29 %, seguida de Extremadura, con el 15,1 %, Galicia, con el 14,5 %, y, Castilla y León con el 13,7 %. En el gráfico siguiente se representan estos datos.

En términos relativos (columna 9), en Galicia, el porcentaje de superficie controlada y sobre-declarada supone el 3,52 %. En Asturias es el 1,85 % y en el resto de CCAA el porcentaje oscila entre el 1,81 % en Murcia y el 0,14 % en Madrid.

214,0855,77

608,73

209,85145,55

97,08

2.369,16

170,96

1.125,57

1.241,28

1.181,77

40,98

263,26

142,76

Andalucía (7,4 %)

Aragón (2,6 %)

Asturias (P. de) (1,8 %)

Illes Balears (1,2 %)

Cantabria (2,1 %)

C.-La Mancha (29 %)

C. y León (13,8 %)

Cataluña (2,1 %)

Extremadura (15,2 %)

Galicia (14,5 %)

Madrid (C. de) (0,5 %)

Murcia (R. de) (3,2 %)

Navarra (C. F. de) (1,7 %)

País Vasco (1,7 %)

La Rioja (0,7 %)

C. Valenciana (2,6 %)

135,29

172,95

42

Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

C 20

14

CCAA

1 2 3 4 5 6 7Selección aleatoria Selección por análisis de riesgos (1) Diferencias

tasas deerror6-3

Superficiecontrolada

(ha)

Superficieno encontrada

(ha)

Porcentajeerror2/1

Superficiecontrolada

(ha)

Superficieno encontrada

(ha)

Porcentajeerror5/4

Andalucía 32.240,46 44,53 0,138 102.066,13 564,20 0,553 0,415

Aragón 18.371,99 26,45 0,144 72.562,36 183,40 0,253 0,109

Asturias (P. de) 2.825,55 41,29 1,461 5.058,03 104,26 2,061 0,600

Illes Balears 2.092,52 13,12 0,627 9.745,27 83,96 0,862 0,235

Cantabria 2.460,60 44,12 1,793 14.274,13 128,83 0,903 -0,891

Castilla-La Mancha 27.019,25 130,45 0,483 137.337,15 2.238,71 1,630 1,147

Castilla y León 34.233,13 56,16 0,164 140.957,90 1.069,41 0,759 0,595

Cataluña 2.307,51 8,35 0,362 13.782,07 162,61 1,180 0,818

Extremadura 38.494,95 146,07 0,379 113.163,66 1.095,21 0,968 0,588

Galicia 4.769,68 141,93 2,976 28.786,97 1.039,84 3,612 0,637

Madrid (C. de) 2.700,60 0,43 0,016 26.492,84 40,55 0,153 0,137

Murcia (R. de) 3.254,28 64,75 1,990 11.321,66 198,51 1,753 -0,236

Navarra (C. F. de) 3.634,83 45,65 1,256 20.615,12 89,64 0,435 -0,821

País Vasco 1.679,17 9,25 0,551 33.205,87 133,51 0,402 -0,149

La Rioja 1.588,83 6,94 0,437 10.717,90 48,83 0,456 0,019

C. Valenciana 3.106,64 49,85 1,605 13.789,00 164,23 1,191 -0,414

Total Nacional 180.779,99 829,34 0,459 753.876,06 7.345,70 0,974 0,516

7.1.5.3.3. Comparación de resultados en términos de superficie entre muestra alea-toria y muestra por análisis de riesgos

En este apartado se trata de analizar el exceso de declaración en las superficies controladas sobre el terreno de los expedientes elegidos aleatoriamente para dichos controles, y en los expedientes elegidos por criterios de riesgo, así como de realizar una comparación entre los resultados obtenidos.

En la siguiente tabla se reflejan estos resultados sobre las superficies declaradas en Régi-men de Pago Único.

(1) En la superficie controlada por análisis de riesgos se incluye la seleccionada manualmente

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CAMPAÑA 2014SIG

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14

A nivel nacional, sobre la superficie de los expedientes elegidos aleatoriamente para el con-trol (180.779,99 ha) se da una tasa de error del 0,459 %, (columna 3) mientras que sobre la superficie de los expedientes elegidos por criterios de riesgo (753.876,06 ha) la tasa de error es del 0,974 % (columna 6). Por lo tanto, a nivel nacional, en la columna 7 se indica que la tasa de error en la muestra seleccionada por criterios de riesgo es un 0,516 % más alta que en la seleccionada de manera aleatoria.

Por comunidades autónomas, en los expedientes elegidos aleatoriamente la tasa de error más elevada (columna 3) se da en Galicia, superior al 2,9 %, seguida de Murcia, en la que se supera el 1,9 %. Le siguen Cantabria (1,7 %) y Comunidad Valenciana con el (1,6 %). También supera el 1 % en Asturias (1,4 %) y Navarra (1,2 %). En el resto no llega al 1 %, oscilando entre el 0,6 % de Baleares y el 0,01 % de Madrid.

En los expedientes elegidos por criterios de riesgo, la tasa de error más elevada (columna 6) se da en Galicia, superando el 3 %, seguida, en este caso por Asturias (2 %), Murcia (1,7 %), Castilla-La Mancha (1,6 %), Comunidad Valenciana y Cataluña en las que se supera el 1 %. En el resto de comunidades la tasa de error está por debajo del 1 %, oscilando entre el 0,968 % de Extremadura y el 0,153 % de Madrid.

En cuanto a la comparación entre la tasa de error de la muestra aleatoria y la elegida por criterios de riesgo (columna 7), en cinco comunidades autónomas, Cantabria, Murcia, Nava-rra, País Vasco y Comunidad Valenciana se da una tasa de error más elevada en la muestra aleatoria. En Cantabria y en Navarra es donde la diferencia de la muestra aleatoria sobre la muestra por criterios de riesgo es más elevada.

Por el contrario, en once comunidades autónomas la tasa de error es más elevada en la muestra elegida por criterios de riesgo. En Castilla-La Mancha es donde la diferencia de la tasa de error de la muestra de riesgo respecto a la de la muestra aleatoria es superior, con-cretamente en un 1,14 %. En el resto de comunidades autónomas es inferior al 1 %. Solo en La Rioja, la diferencia es inferior al 0,1 %.

7.1.5.3.4. Declaraciones en exceso intencionadas

En ocasiones se detecta, como consecuencia de los controles administrativos y sobre el terreno, que la sobredeclaración de superficies se realiza de forma intencionada. En estos casos es de aplicación lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento (CE) 1122/2009.

En la siguiente tabla se indican, para el régimen de pago único, tanto el número de solici-tudes en las que se ha encontrado superficie declarada de forma intencionada, como la su-perficie detectada como sobredeclarada intencionadamente contenida en estas solicitudes.

Respecto a esta incidencia, cabe destacar que en la campaña pasada sólo se detectaron 120 casos con una superficie de 1.985,65 ha, por lo que en esta campaña la disminución ha sido significativa, tanto en número de solicitudes como en superficie.

CC.AA Solicitudes (nº)

Superficie(ha)

Andalucía 1 –

Aragón 1 9,04

Asturias (P. de) – –

Illes Balears 1 1,00

Cantabria – –

Castilla-La Mancha – –

Castilla y León 1 –

Cataluña – –

Extremadura 1 83,04

Galicia 10 101,75

Madrid (C. de) – –

Murcia (R. de) 3 48,02

Navarra (C. F. de) 7 68,92

País Vasco – –

La Rioja – –

C. Valenciana – –

Total Nacional 25 311,77

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CCAA

1 2 3 4 5 6 7Importe

correspondiente a superficie solicitada

Importe no abonado

por superficieno encontrada

Porcentaje2/1

Importeno abonado

por aplicación de sanciones

Porcentaje4/1

Total importeno abonado

tras controles2+4

Porcentaje6/1

Andalucía (31,7 %) 1.389.937.702,73 933.743,69 0,067 1.175.185,56 0,085 2.108.929,25 0,152

Aragón (9,1 %) 399.596.993,44 346.432,81 0,087 464.179,45 0,116 810.612,26 0,203

Asturias (P. de) (0,9 %) 36.699.123,64 81.518,66 0,222 177.708,27 0,484 259.226,93 0,706

Illes Balears (0,5 %) 22.995.563,93 29.183,63 0,127 37.791,84 0,164 66.975,47 0,291

Cantabria (0,6 %) 25.590.191,39 61.794,08 0,241 112.613,89 0,440 174.407,97 0,682

Castilla-La Mancha (14,2 %) 625.311.750,43 977.424,19 0,156 1.701.299,83 0,272 2.678.724,02 0,428

Castilla y León (17,6 %) 776.204.852,95 809.991,47 0,104 1.198.634,34 0,154 2.008.625,81 0,259

Cataluña (5,7 %) 249.423.303,13 195.104,16 0,078 250.102,84 0,100 445.207,00 0,178

Extremadura (9,6 %) 418.503.357,11 636.696,22 0,152 984.462,11 0,235 1.621.158,33 0,387

Galicia (2,4 %) 103.619.091,85 519.836,78 0,502 973.435,73 0,939 1.493.272,51 1,441

Madrid (C. de) (0,7 %) 32.023.246,24 21.005,34 0,066 16.834,13 0,053 37.839,47 0,118

Murcia (R. de) (1,2 %) 50.243.114,14 126.149,73 0,251 146.034,08 0,291 272.183,81 0,542

Navarra (C. F. de) (2 %) 91.063.865,13 80.274,90 0,088 117.380,48 0,129 197.655,38 0,217

País Vasco (0,7 %) 32.688.942,91 51.466,58 0,157 72.047,98 0,220 123.514,56 0,378

La Rioja (0,6 %) 24.313.781,63 24.992,18 0,103 34.557,01 0,142 59.549,19 0,245

C. Valenciana (2,5 %) 108.615.439,95 171.909,52 0,158 368.554,93 0,339 540.464,45 0,498

Total Nacional 4.386.830.320,60 5.067.523,94 0,116 7.830.822,47 0,179 12.898.346,41 0,294

7.1.6. Información financiera7.1.6.1. Importes solicitados e importes no abonados como consecuencia de los controles en régimen de pago único

En la tabla siguiente se recogen los datos acerca de los importes que suponen las ayudas por superficie solicitadas en el régimen de pago único, así como los que se dejan de abonar como consecuencia de los resultados de los controles tanto administrativos como sobre el terreno.

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En la primera columna se puede observar que es en Andalucía donde se da el mayor importe de ayudas solicitadas, suponiendo el 31,6 % del total nacional. El importe de las ayudas que se solicitan en Castilla y León supone el 17,6 %, el que se solicita en Castilla-La Mancha re-presenta el 14,2 %, el correspondiente a Extremadura alcanza el 9,5 %, y el que se solicita en Aragón supone el 9,1 %. Por lo tanto, la suma de los importes solicitados en estas cinco CCAA supone más del 82 % sobre el total nacional. Asimismo, la suma de los importes solicitados en Cataluña, Comunidad Valenciana y Galicia supone el 10,5 % del total nacional. Por lo tanto, en estas ocho CCAA, el importe de las ayudas solicitadas supone casi el 93 % del total nacional.

En el gráfico siguiente se representan estos datos.

En la segunda columna se comprueba que es en Castilla-La Mancha donde es más alto el importe no abonado por superficie no encontrada en los controles, respecto al total nacional representa el 19,2 %, seguida de Andalucía, con el 18,4 %, Castilla y León, con el 15,9 %, Extremadura con el 12,5 %, Galicia con el 10,2 %, y Aragón con el 6,8 %.

El siguiente gráfico recoge estos datos.

108.615.439,95

24.313.781,63

1.389.937.702,73

346.432,81

933.743,69

399.596.993,44

81.518,66

36.699.123,64

29.183,63

22.995.563,93

61.794,08

25.590.191,39

977.424,19

776.204.852,95

636.696,22

625.311.750,43

195.104,16

249.423.303,13

519.836,78418.503.357,11

32.023.246,2450.243.114,14

32.688.942,91

Andalucía (18,4 %)

Aragón (6,8 %)

Asturias (P. de) (1,6 %)

Illes Balears (0,8 %)

Cantabria (1,2 %)

C.-La Mancha (19,2 %)

C. y León (15,9 %)

Cataluña (3,8 %)

Extremadura (12,5 %)

Galicia (10,2 %)

Madrid (C. de) (0,4 %)

Murcia (R. de) (2,4 %)

Navarra (C. F. de) (1,5 %)

País Vasco (1 %)

La Rioja (0,4 %)

C. Valenciana (3,3 %)

Andalucía

Aragón

Asturias (P. de)

Illes Balears

Cantabria

C.-La Mancha

C. y León

Cataluña

Extremadura

Galicia

Madrid (C. de)

Murcia (R. de)

Navarra (C. F. de)

País Vasco

La Rioja

C. Valenciana

91.063.865,13

103.619.091,85

171.909,52

809.991,47

21.005,34

126.149,7380.274,90

51.466,5824.992,18

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En la tercera columna se detalla el porcentaje que supone el importe de la superficie no encon-trada en cada CA respecto al importe solicitado en cada una de ellas, siendo en Galicia don-de dicho porcentaje es más alto, alcanzando el 0,5 %, seguido del correspondiente a Murcia (0,25 %), y Cantabria (0,24 %). Seguidamente nos encontramos con porcentajes de 0,22 % en Asturias y 0,15 % en Extremadura, Castilla-La Mancha, País Vasco y Comunidad Valenciana. Los restantes valores abarcan del 0,12 % correspondiente a Baleares, al 0,06 % de Madrid.

En la cuarta columna se indican los importes no abonados por aplicación de las sanciones pre-vistas en el tercer párrafo del artículo 58 del Reglamento (CE) 1122/2009, siendo en Castilla-La Mancha donde dicho importe es el más alto con diferencia, suponiendo el 21,7 % sobre el total nacional, seguido de Castilla y León (15,3 %) y Andalucía (15 %). En torno al 12 % se sitúan Ex-tremadura y Galicia con un 12,5 % y un 12,4 % respectivamente. Seguidamente, ya con porcen-tajes menores al 6 %, se encuentran: Aragón (5,9 %), Comunidad Valenciana (4,7 %), Cataluña (3,1 %), Asturias (2,2 %). A partir de ahí, el resto de porcentajes no llegan a alcanzar el 2 %.

La representación gráfica de estos datos es la siguiente:

En la quinta columna se detalla el porcentaje que supone el importe no abonado por apli-cación de dichas sanciones en cada CA respecto al importe solicitado en cada una de ellas, siendo en Galicia donde dicho porcentaje es más alto, siendo tan elevado respecto al resto, que dobla los valores de las dos comunidades autónomas que se sitúan a continuación, Asturias y Cantabria. A continuación, se sitúan Murcia, Castilla-La Mancha, Extremadura y País Vasco.

Por último, en las columnas sexta y séptima se indican los importes totales no abonados tras los controles y los porcentajes que estos representan sobre los importes de la superficie solicitada.

En el siguiente gráfico se representan dichos importes totales no abonados y la repercusión de los mismos en cada comunidad autónoma.

15,0 % Andalucía

5,9 % Aragón

2,2 % Asturias (P. de)

0,4 % Illes Balears

1,4 % Cantabria

21,7 % C.-La Mancha

15,3 % C. y León

3,1 % Cataluña

12,5 % Extremadura

12,4 % Galicia

0,2 % Madrid (C. de)

1,8 % Murcia (R. de)

1,5 % Navarra (C. F. de)

0,9 % País Vasco

0,4 % La Rioja

4,7 % C. Valenciana

1.175.185,56

984.462,11

112.613,89

117.380,48

177.708,27

16.834,13

1.198.634,34

34.557,01

464.179,45

973.435,73

1.701.299,83

72.047,98

37.791,84

146.034,08

250.102,84

368.554,932.108.929,25

1.621.158,33

174.407,97

197.655,38

259.226,93

37.839,47

2.008.625,81

59.549,19

810.612,26

1.493.272,51

2.678.724,02

123.514,56

66.975,47

272.183,81

445.207,00

540.464,45

16,3 % Andalucía

6,2 % Aragón

2,0 % Asturias (P. de)

0,5 % Illes Balears

1,3 % Cantabria

20,7 % C.-La Mancha

15,5 % C. y León

3,4 % Cataluña

12,5 % Extremadura

11,5 % Galicia

0,2 % Madrid (C. de)

2,1 % Murcia (R. de)

1,5 % Navarra (C. F. de)

0,9 % País Vasco

0,4 % La Rioja

4,1 % C. Valenciana

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14

7.1.6.2. Comparación de resultados en términos financieros entre muestra aleatoria y muestra por análisis de riesgos en el régimen de pago único

En la siguiente tabla, se lleva a cabo un análisis comparativo de los importes que se han dejado de abonar, en el régimen de pago único, por superficie no encontrada en los expedientes ele-gidos para el control sobre el terreno de forma aleatoria y los elegidos por criterios de riesgo.

CCAA

1 2 3 4 5 6 7Selección aleatoria Selección por análisis de riesgos (1)

Diferenciasde porcentajes

6-3Importe de

la superficie controlada

Importe dela superficie

no encontrada

Porcentaje2/1

Importe de la superficie controlada

Importe dela superficie

no encontrada

Porcentaje5/4

Andalucía 16.133.295,43 17.278,38 0,11 51.396.549,29 152.632,30 0,30 0,19

Aragón 5.278.082,86 7.196,24 0,14 17.001.349,93 48.670,44 0,29 0,15

Asturias (P. de) 518.878,74 5.738,69 1,11 597.968,41 8.666,76 1,45 0,34

Illes Balears 329.483,08 1.930,83 0,59 2.052.739,64 17.932,65 0,87 0,29

Cantabria 358.279,46 5.989,93 1,67 2.007.159,21 20.587,87 1,03 -0,65

Castilla-La Mancha 5.705.802,48 23.479,19 0,41 29.299.600,39 337.848,66 1,15 0,74

Castilla y León 6.972.155,01 9.963,35 0,14 27.524.998,09 270.411,69 0,98 0,84

Cataluña 674.070,56 1.622,94 0,24 4.525.958,72 49.187,37 1,09 0,85

Extremadura 6.982.148,75 22.689,93 0,32 23.346.800,99 109.396,69 0,47 0,14

Galicia 1.149.370,04 19.247,66 1,67 6.869.978,10 162.720,74 2,37 0,69

Madrid (C. de) 420.370,05 78,38 0,02 3.638.681,70 1.405,36 0,04 0,02

Murcia (R. de) 1.003.416,09 24.372,88 2,43 3.915.051,74 48.227,28 1,23 -1,20

Navarra (C. F. de) 867.727,73 17.026,32 1,96 5.995.224,44 17.623,52 0,29 -1,67

País Vasco 443.506,55 1.822,81 0,41 8.960.237,36 41.762,74 0,47 0,06

La Rioja 238.495,78 573,58 0,24 1.930.929,37 5.281,94 0,27 0,03

C. Valenciana 1.108.439,25 15.452,36 1,39 5.598.396,87 47.553,74 0,85 -0,54

Total Nacional 48.183.521,86 174.463,47 0,36 194.661.624,25 1.339.909,75 0,69 0,33

(1) En el importe de la superficie controlada por análisis de riesgos se incluye el importe de la seleccionada manualmente

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CAMPAÑA 2014SIG

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14

De este análisis se deduce que, a nivel nacional, en la muestra aleatoria se ha dejado de abonar un 0,36 % (tasa de error de la muestra aleatoria) del importe solicitado en los ex-pedientes seleccionados por dicho método, mientras que en la muestra seleccionada por criterios de riesgo, el importe no abonado supone un porcentaje más elevado, concretamente el 0,69 %.

En lo que respecta a la muestra aleatoria, en la columna 3 se comprueba que es en Murcia donde el importe no abonado, respecto al de la superficie controlada en dicha CA es más alto, suponiendo un 2,43 %. En Navarra supone un 1,96 %, y en Cantabria y Galicia supone un 1,67 %, en Comunidad Valenciana un 1,39 % y en Asturias un 1,11 %. En el resto de CCAA este porcentaje se sitúa por debajo del 1 %, variando entre el 0,59 % que se registra en Baleares y el 0,02 % que se da en Madrid.

En lo que se refiere a la muestra por criterios de riesgo, en la columna 6 se observa que es en Galicia donde el importe no abonado, respecto al de la superficie controlada en dicha CA, representa un mayor porcentaje, concretamente el 2,37 %, le sigue Asturias con un 1,45 %, Murcia con un 1,23 %, Castilla-La Mancha con un 1,15 %, Cataluña con un 1,09 % y Canta-bria con un 1,03 %. En el resto de CCAA el porcentaje no alcanza el 1 %, variando desde el 0,98 % de Castilla y León hasta el 0,04 % de Madrid.

En cuanto a las diferencias de porcentajes entre muestra aleatoria y por criterios de riesgo, se comprueba, en la columna 7, que en cuatro comunidades autónomas es más alta la tasa de error que se da en la muestra aleatoria respecto a la que se da en la muestra por criterios de riesgo.

7.2. AYUDA ESPECÍFICA AL CULTIVO DEL ALGODÓN. Título IV, Capítulo 1 Sección 6 del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.

7.2.1 Solicitudes y superficie solicitadaEn el cuadro de la página siguiente, se indica el número de solicitudes presentadas para la ayuda específica al cultivo del algodón, así como el número de errores manifiestos detecta-dos en ellas, distribuido por comunidades autónomas.

Respecto a la campaña anterior, en lo que se refiere a las solicitudes presentadas, indicar que las solicitudes se han presentado en las mismas comunidades autónomas. Aumenta en 583 el número de solicitudes presentadas, 582 de las cuales se producen en Andalucía, y hay un aumento de una solicitud en Extremadura. Es similar el número de solicitudes con errores manifiestos (6), en esta campaña con respecto a la anterior en que se produjeron 7. Dándose esta incidencia únicamente en Andalucía en ambas campañas.

En lo que respecta a la superficie solicitada, destaca el dato de que en Andalucía ha aumen-tado 10.232 ha la superficie solicitada respecto a 2013. Esto hace que en total nacional se produzca un ascenso proporcional, en Extremadura se ha producido un aumento de la super-ficie solicitada en 4,73 ha y en Murcia se ha mantenido.

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CCAA

Ayuda específica algodón

Númerode solicitudes

Númerosolicitudescon erroresmanifiestos

Superficiesolicitada

(ha)

Andalucía 6.377 6 73.415,27

Aragón – – –

Asturias (P. de) – – –

Illes Balears – – –

Cantabria – – –

Castilla-La Mancha – – –

Castilla y León – – –

Cataluña – – –

Extremadura 4 – 58,95

Galicia – – –

Madrid (C. de) – – –

Murcia (R. de) 5 – 50,00

Navarra (C. F. de) – – –

País Vasco – – –

La Rioja – – –

C. Valenciana – – –

Total Nacional 6.386 6 73.524,22

7.2.2. Controles administrativos en términos de solicitudesEn la siguiente tabla se indican los resultados de los controles administrativos, que se han dado en cada una de las comunidades autónomas en las que se han presentado solicitudes. Dado que, prácticamente, el 100 % de las solicitudes se presentan en Andalucía, indicar que de acuerdo con la columna 8 en esta comunidad autónoma se da un 0,58 % de solicitudes con exceso de declaración, y que en esta campaña coincide con el porcentaje a nivel nacio-nal al no detectarse solicitudes con exceso de declaración ni en Extremadura ni en Murcia.

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CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8

Solicitudesadmisibles

(nº)

Solicitudescontroladas

sobre el terrenoClasi. + Teledet.

(nº)

Diferencia1-2(nº)

Solicitudes conexceso de

declaración de hasta 3 % ó 2 ha

(nº)

Solicitudes con exceso de declaración >

3 % ó 2 ha pero no superior a

20 %(nº)

Solicitudes conexceso de

declaración superior al 20 %

(nº)

Totalsolicitudes con

exceso declaración

por CCAA(nº)

Porcentaje7/3

Andalucía 6.377 810 5.567 29 19 5 53 0,95

Aragón – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 4 1 3 2 – – 2 66,67

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) 5 5 – – – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – –

Total Nacional 6.386 816 5.570 31 19 5 55 0,99

Nota: cuando un expediente es objeto de control sobre el terreno, todas las incidencias, incluidas las detectadas en un control administrativo, se indicarán exclusivamente en controles sobre el terreno

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7.2.3. Controles administrativos en términos de superficie En la tabla siguiente se observa cómo en controles administrativos se han detectado, a nivel nacional, un total de 87,44 ha sobredeclaradas, que suponen un 0,119 % sobre la superficie admisible solicitada.

CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8 9

Superficieadmisible

Sobredeclaración por tramos según artículo 58 R.(CE) 1122/2009

Sobredeclara-ción

de hasta3 % ó 2 ha

Porcentaje2/1

Sobredeclara-ción > 3 % ó 2

ha pero nosuperior a

20 %

Porcentaje4/1

Sobredeclara-ción superior

al 20 %

Porcentaje6/1

Totalsobrede- claración

2+4+6

Porcentaje8/1

Andalucía 73.415,27 9,41 0,013 13,90 0,019 63,75 0,087 87,06 0,119

Aragón – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – –

Extremadura 58,95 0,38 0,645 – – – – 0,38 0,645

Galicia – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – –

Murcia (R. de) 50,00 – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – –

Total Nacional 73.524,22 9,79 0,013 13,90 0,019 63,75 0,087 87,44 0,119

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7.2.4. Controles sobre el terrenoEn la siguiente tabla, se indican los controles sobre el terreno efectuados, tanto en lo que se refiere a número de solicitudes como a superficie, diferenciando los mismos en función de

que la solicitud haya entrado en la muestra aleatoria o en la efectuada por criterios de ries-go. Al respecto, señalar que por el volumen de solicitudes presentadas sólo en Andalucía se puede considerar como representativa esta diferenciación, teniendo en cuenta lo expuesto sobre el muestreo para controles terreno en puntos anteriores.

AYUDA ESPECÍFICA AL CULTIVO DEL ALGODÓN

CCAA

Solicitudes Superficie (ha)

Admisi-bles

En control terreno

% Soli-citudes

controla-das

Controles terreno

Solicitada

Controles terreno

Aleatoria % Riesgo % Aleatoria % Riesgo %

Andalucía 6.377 810 12,70 180 2,82 630 9,88 73.415,27 1.811,57 2,47 6.414,71 8,74

Aragón – – – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – – – – –

Extremadura 4 1 25 – – 1 25,00 58,95 – – 7,85 13,32

Galicia – – – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) 5 5 100 – – 5 100,00 50,00 – – 50,00 100,00

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – – – –

Total 6.386 816 13 180 2,82 636 9,96 73.524,22 1.811,57 2,46 6.472,56 8,80

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En la tabla siguiente, se aprecian las irregularidades detectadas como consecuencia de los controles sobre el terreno, tanto en lo que se refiere a solicitudes como a superficie, dife-renciándose entre las solicitudes de la muestra aleatoria y las de la muestra efectuada por criterios de riesgo. Al respecto, se comprueba en Andalucía que en aleatoria el porcentaje

de solicitudes con sobredeclaración es del 33,33 %, y en superficie es del 1 %, mientras que en la muestra de riesgo el porcentaje de solicitudes con sobredeclaración es del 31,59 %, y en superficie es del 1,67 %.

CCAA

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12Selección aleatoria Selección por análisis de riesgo

Solicitu-des con-troladas

Solicitu-des con

sobrede-claración

Porcen-taje(2/1)

Superficie controla-

da (ha)

Superficie no encon-trada (ha)

Porcen-taje(5/4)

Solicitu-des con-troladas

Solicitu-des con

sobrede-claración

Porcen-taje(8/7)

Superficie controla-

da (ha)

Superficie no encon-trada (ha)

Porcen-taje

(11/10)

Andalucía 180 60 33,33 1.811,57 18,16 1,00 630 199 31,59 6.414,71 107,15 1,67

Aragón – – – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – – – – –

Extremadura – – – – – – 1 1 100 7,85 0,23 2,93

Galicia – – – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – 5 1 20 50,00 1,29 2,58

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – – – –

Total 180 60 33,33 1.811,57 18,16 1,00 636 201 31,60 6.472,56 108,67 1,68

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7.2.5. Información financieraEn la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe solicitado por esta ayuda, antes de aplicar reducciones y sancio-nes ascendió a 60.673.855,62 EUR.

Como consecuencia de los controles efectuados, tanto administrativos como sobre el te-rreno, se dejó de abonar la cantidad de 176.820,45 EUR, lo que supone el 0,29 % del im-porte solicitado. Asimismo, se dejó de abonar, por aplicación de sanciones, la cantidad de 131.854,11 EUR, que representa el 0,22 % sobre el importe solicitado.

AYUDA ESPECÍFICA AL CULTIVO DEL ALGODÓN

CCAA Importes abonar

Importes no paga-

dos %

Importes sancio-

nes %

Andalucía 60.583.947,62 175.252,52 0,29 129.345,44 0,21

Aragón – – – – –

Asturias (P. de) – – – – –

Illes Balears – – – – –

Cantabria – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – –

Castilla y León – – – – –

Cataluña – – – – –

Extremadura 48.646,88 503,39 1,03 379,60 0,78

Galicia – – – – –

Madrid (C. de) – – – – –

Murcia (R. de) 41.261,12 1.064,54 2,58 2.129,07 5,16

Navarra (C. F. de) – – – – –

País Vasco – – – – –

La Rioja – – – – –

C. Valenciana – – – – –

Total 60.673.855,62 176.820,45 0,29 131.854,11 0,22

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7.3. AYUDAS ESPECÍFICAS (ART. 68)

7.3.1. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD DEL TABACO

Solicitudes

La tabla siguiente muestra el número de solicitudes presentadas para la ayuda específica al tabaco. Para cada comunidad autónoma se diferencia los datos relativos al número de agri-cultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles correspondientes.

TABACO. ART 68

CCAA Solicitudes presentadas

Solicitudes admitidas % Diferencia

decl.-admis.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

decl.-admis.Andalucía 212 212 100,00 – 327,96 327,96 100,00 –

Aragón – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 13 8 61,54 5 20,99 19,93 94,95 1,06

Castilla y León 37 36 97,30 1 70,89 69,89 98,59 1,00

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 1.597 1.594 99,81 3 9.339,24 9.278,71 99,35 60,53

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 3 3 100,00 – 9,04 9,04 100,00 –

País Vasco 3 1 33,33 2 12,36 5,93 47,98 6,43

La Rioja – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – –

Total 1.865 1.854 99,41 11 9.780,48 9.711,46 99,29 69,02

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Para la ayuda específica al tabaco se han presentado 1.865 solicitudes que se correspon-derían con 9.780,48 hectáreas declaradas para este cultivo. De todas éstas, finalmente se consideran admisibles tras los controles administrativos y sobre el terreno, 1.854 solicitudes a las que corresponden 9.711,46 hectáreas.

Como se aprecia en la tabla, en Andalucía, Castilla y León, Extremadura y Navarra, casi el 100 % de agricultores y hectáreas han resultado admisibles tras realizar los controles.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Extremadura, cuyas 1.597 solicitudes presentadas representan el 85,63 % del total nacional.

Controles

En la tabla siguiente aparecen los controles sobre el terreno efectuados, diferenciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, de las 1.865 solicitudes presentadas, se han controlado por análisis de riesgo 183 que representan el 9,81 % y 1.199,52 hectáreas que representan el 12,26 % de las 9.780,48 solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 48 solicitudes que representan el 2,57 % del total y 221,56 hectáreas que representan 2,27 % del total.

A nivel autonómico, el porcentaje de controles realizados por selección de análisis de riesgo fue bastante dispar entre todas las comunidades autónomas. No obstante, para valorar este hecho hay que considerar el diferente número de solicitudes presentadas en cada comunidad autónoma, así, por ejemplo, en la comunidad autónoma de Navarra en que se ha controlado el 66,6 % de las solicitudes por análisis de riesgo, hay que tener en cuenta que únicamente hay tres solicitudes presentadas.

11,37 % Andalucía

0,70 % C.-La Mancha

1,98 % C. y León

85,63 % Extremadura

0,16 % Navarra (C. F. de)

0,16 % País Vasco

212

1.597

3

13

3

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SOLICITUDES PRESENTADAS. TABACO ART.68. Total nacional: 1.865

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FOMENTO A LA CALIDAD TABACO ART. 68 -CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 212 32 15,09 9 4,25 327,96 70,00 21,34 9,55 2,91

Aragón – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 13 1 7,69 1 7,69 20,99 0,10 0,48 0,10 0,48

Castilla y León 37 4 10,81 1 2,70 70,89 12,26 17,29 1,32 1,86

Cataluña – – – – – – – – – –

Extremadura 1.597 143 8,95 35 2,19 9.339,24 1.108,44 11,87 202,86 2,17

Galicia – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 3 2 66,67 1 33,33 9,04 7,24 80,09 1,80 19,91

País Vasco 3 1 33,33 1 33,33 12,36 1,48 11,97 5,93 47,98

La Rioja – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – –

Total 1.865 183 9,81 48 2,57 9.780,48 1.199,52 12,26 221,56 2,27

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En la siguiente tabla se muestran las irregularidades detectadas como resultado de los con-troles administrativos y sobre el terreno.

A nivel nacional, de las 1.865 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las so-licitadas) se han detectado irregularidades en 28 que representan el 1,5 % y en 15,38 hectáreas que representan el 0,16 % de las 9.780,48 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 183 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 48 que representan el 26,23 % y en 43,87 hectáreas que representan el 3,66 % de las 1.199,52 controladas.

De las 48 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 10 que representan el 20,83 % y en 3,34 hectáreas que representan el 1,51 % de las 221,56 controladas.

A nivel autonómico, el porcentaje de irregularidades detectadas en los diferentes controles, administrativos y sobre terreno, fue muy dispar entre las comunidades autónomas, aunque para valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solicitudes presentadas en cada comunidad autónoma y, por otro, las irregularidades en los expedien-tes, que no suponen que esté afectado el expediente completo.

TABACO ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía – – – – – – – – – – – –

Aragón – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 3 23,08 0,86 4,10 1 100,00 0,10 100,00 1 100,00 0,10 100,00

Castilla y León 1 2,70 1,00 1,41 – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – – – – –

Extremadura 24 1,50 13,52 0,14 47 32,87 43,77 3,95 9 25,71 3,24 1,60

Galicia – – – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – – – –

Total 28 1,50 15,38 0,16 48 26,23 43,87 3,66 10 20,83 3,34 1,51

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total a abonar, antes de aplicar reducciones y exclusiones ascen-dió a 5.325.472,90 EUR.

El importe no pagado como consecuencia de los controles efectuados fue de 160.218,33 EUR, lo que representa un 3,01 % del importe total, este año no ha habido sanciones aplicadas como consecuencia de dichos controles.

A nivel autonómico, destaca el porcentaje de importes no pagado por País Vasco que ha sido un 64,62 %, seguido de Castilla-La Mancha con un 10,03 % y de Extremadura con un 3,01 %. Por otra parte, en Andalucía fue sólo del 0,16 % y en Navarra no hubo importes no pagados.

FOMENTO A LA CALIDAD TABACO ART 68. INFORMACIÓN FINANCIERA

CCAA Importes abonar

Importes no pagados % Importes

sanciones %

Andalucía 118.182,34 192,44 0,16 – –

Aragón – – – – –

Asturias (P. de) – – – – –

Illes Balears – – – – –

Castilla-La Mancha 11.480,89 1.151,42 10,03 – –

Castilla y León 34.523,83 611,49 1,77 – –

Cataluña – – – – –

Extremadura 5.154.040,40 155.373,27 3,01 – –

Galicia – – – – –

Madrid (C. de) – – – – –

Murcia (R. de) – – – – –

Navarra (C. F. de) 2.773,39 – – – –

País Vasco 4.472,05 2.889,71 64,62 – –

La Rioja – – – – –

C. Valenciana – – – – –

Total 5.325.472,90 160.218,33 3,01 – –

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7.3.2. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD DE LA REMOLACHA

Solicitudes

La siguiente tabla muestra el número de solicitudes presentadas para el pago adicional a la remolacha. Para cada comunidad autónoma se diferencian los datos relativos al número de agricultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles oportunos.

REMOLACHA. ART 68

CCAA Solicitudes presentadas

Solicitudes admitidas % Diferencia

decl. - admis.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

decl. - admis.Andalucía 896 895 99,89 1 7.733,95 7.711,44 99,71 22,51

Aragón – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – –

Castilla y León 3.993 3.882 97,22 111 24.449,00 24.373,14 99,69 75,86

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 2 2 100,00 – 17,30 17,30 100,00 –

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 26 26 100,00 – 282,03 279,65 99,92 2,38

País Vasco 170 168 98,82 2 2.049,23 2.041,80 99,64 7,43

La Rioja 156 155 99,36 1 1.331,92 1.330,87 99,92 1,05

C. Valenciana – – – – – – – –

Total 5.243 5.128 97,81 115 35.863,43 35.754,20 99,70 109,23

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La ayuda específica a la calidad de la remolacha se ha solicitado en seis comunidades autó-nomas, en total se han presentado 5.243 solicitudes que se corresponderían con 35.863,43 hectáreas declaradas para esta ayuda. De todas éstas, finalmente se consideran admisibles tras los controles administrativos y sobre el terreno, 5.128 solicitudes a las que correspon-den 35.754,2 hectáreas.

Como se aprecia en la tabla, prácticamente en todas las comunidades autónomas, el 100 % de agricultores y hectáreas han resultado admisibles tras controles. A nivel nacional han resultado descartados tras la realización de controles 115 agricultores y 109,23 hectáreas.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Castilla y León con 3.993 solicitudes presentadas que representan en torno al 76 % del total nacional. Le sigue Andalucía con 896 solicitudes que representan en torno al 17 % del total nacional.

En el otro extremo está Extremadura con únicamente dos solicitantes.

Controles

En la tabla siguiente aparecen los controles sobre el terreno efectuados, diferenciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, se han controlado por análisis de riesgo 431 solicitudes, que representan el 8,22 % de las 5.243 solicitudes presentadas, y 2.370,71 hectáreas, que representan el 6,61 % de las 35.863,43 hectáreas solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 121 solicitudes que representan el 2,31 % del total y 700,32 hectáreas que representan el 1,95 % del total.

A nivel autonómico, el porcentaje de controles realizados por selección de análisis de riesgo fue bastante dispar entre todas las comunidades autonómicas. Si bien, para valorar este hecho hay que considerar el diferente número de solicitudes presentadas en cada comuni-dad autónoma, así, por ejemplo, en la comunidad autónoma de Extremadura en que se ha controlado el 50 % de las solicitudes por análisis de riesgo hay que tener en cuenta que únicamente hay dos solicitudes presentadas en esta comunidad autónoma.

El porcentaje de controles realizados por selección aleatoria, en general, fue más uniforme entre las comunidades autónomas. Así mismo, hay que considerar el número de solicitudes presentadas, así como los controles por análisis de riesgo realizados.

17,09 % Andalucía

76,16 % C. y León

0,04 % Extremadura

0,50 % Navarra (C. F. de)

3,24 % País Vasco

2,98 % La Rioja

896226 170

3.993

156

SOLICITUDES PRESENTADAS. REMOLACHA ART. 68 Total nacional: 4.969

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FOMENTO A LA CALIDAD REMOLACHA ART 68.-CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 896 90 10,04 25 2,79 7.733,95 599,30 7,75 200,13 2,59

Aragón – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – – –

Castilla y León 3.993 311 7,79 87 2,18 24.449,00 1.410,42 5,77 433,55 1,77

Cataluña – – – – – – – – – –

Extremadura 2 1 50,00 – – 17,30 13,50 78,03 – –

Galicia – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 26 3 11,54 1 3,85 282,03 23,19 8,22 14,62 5,18

País Vasco 170 13 7,65 4 2,35 2.049,23 199,20 9,72 31,38 1,53

La Rioja 156 13 8,33 4 2,56 1.331,92 125,10 9,39 20,64 1,55

C. Valenciana – – – – – – – – – –

Total 5.243 431 8,22 121 2,31 35.863,43 2.370,71 6,61 700,32 1,95

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En la tabla siguiente se muestran las irregularidades detectadas como resultado de los con-troles administrativos y sobre el terreno.

A nivel nacional, de las 5.243 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las solicitudes) se han detectado irregularidades en 36 que representan el 0,69 % y en 34 hectáreas que representan el 0,09 % de las 35.863,43 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 431 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 127 que representan el 29,47 % y en 41,13 hectáreas que representan el 1,73 % de las 2.370,71 controladas.

De las 121 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 38 que representan el 31,4 % y en 34,1 hectáreas que representan el 4,87 % de las 700,32 controladas.

A nivel autonómico, el porcentaje de irregularidades detectadas en los diferentes controles, administrativos y sobre terreno, fue dispar entre las comunidades autónomas. No obstante, a la hora de valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solici-tudes presentadas en cada comunidad autónoma y, por otro, que las irregularidades en los expedientes no siempre implican que esté afectado el expediente completo.

REMOLACHA ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía 2 0,22 22,51 0,29 – – – – – – – –Aragón – – – – – – – – – – – –Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – –Illes Balears – – – – – – – – – – – –Cantabria – – – – – – – – – – – –Castilla-La Mancha – – – – – – – – – – – –Castilla y León 15 0,38 5,32 0,02 112 36,01 36,84 2,61 34 39,08 33,70 7,77Cataluña – – – – – – – – – – – –Extremadura – – – – – – – – – – – –Galicia – – – – – – – – – – – –Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – –Navarra (C. F. de) 1 3,85 2,09 0,74 1 33,33 0,29 1,25 – – – –País Vasco 13 7,65 3,48 0,17 11 84,62 3,75 1,88 2 50,00 0,20 0,64La Rioja 5 3,21 0,60 0,05 3 23,08 0,25 0,20 2 50,00 0,20 0,97C. Valenciana – – – – – – – – – – – –Total 36 0,69 34,00 0,09 127 29,47 41,13 1,73 38 31,40 34,10 4,87

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total a abonar, antes de aplicar reducciones y exclusiones ascen-dió a 8.922.189,97 EUR.

El importe no pagado como consecuencia de los controles efectuados fue de 26.016,57 EUR, lo que representa un 0,29 % del importe total. El importe de las sanciones aplicadas como consecuencia de dichos controles fue de 10,36 EUR.

A nivel autonómico, cabe destacar que el porcentaje de importes no pagados es muy reduci-do en todas las comunidades autónomas, situándose todas por debajo del 1 %.

FOMENTO A LA CALIDAD REMOLACHA ART 68.-INFORMACIÓN FINANCIERACCAA Importes abonar Importes no pagados % Importes sanciones %

Andalucía 1.667.927,48 12.115,78 0,73 – –

Aragón – – – – –

Asturias (P. de) – – – – –

Illes Balears – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – –

Castilla y León 6.329.511,66 10.843,49 0,17 – –

Cataluña – – – – –

Extremadura 6.146,59 – – – –

Galicia – – – – –

Madrid (C. de) – – – – –

Murcia (R. de) – – – – –

Navarra (C. F. de) 68.411,26 – – – –

País Vasco 492.838,27 1.972,21 0,40 – –

La Rioja 357.354,71 1.085,09 0,30 10,36 –

C. Valenciana – – – – –

Total 8.922.189,97 26.016,57 0,29 10,36 –

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7.3.3. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD DEL ALGODÓN

Solicitudes

La siguiente tabla muestra el número de solicitudes presentadas para el pago adicional al algodón. Para cada comunidad autónoma se diferencian los datos relativos al número de agricultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas potencialmente subven-cionables correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles correspondientes.

ALGODÓN. ART 68

CCAA Solicitudes presentadas

Solicitudes admitidas % Diferencia

decl. - admis.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

decl. - admis.Andalucía 6.387 6.383 99,94 4 73.903,50 73.688,89 99,71 214,61

Aragón – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 4 4 100,00 – 58,95 58,34 98,97 0,61

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) 5 5 100,00 – 50,00 48,71 97,42 1,29

Navarra (C. F. de) – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – –

Total 6.396 6.392 99,94 4 74.012,45 73.795,94 99,71 216,51

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La ayuda específica a la calidad del algodón se ha solicitado únicamente en tres comunida-des autónomas: Andalucía, Extremadura y Murcia. En total se han presentado 6.396 solicitu-des que se corresponderían con 74.012,45 hectáreas solicitadas. De todas éstas, finalmente se consideran admisibles tras los controles administrativos y sobre el terreno, 6.392 solicitu-des a las que corresponden 73.795,94 hectáreas.

Como se aprecia en la tabla, prácticamente en todas las comunidades autónomas, el 100 % de agricultores y hectáreas han resultado admisibles tras controles. A nivel nacional han re-sultado descartados tras la realización de controles 4 agricultores (todos ellos de Andalucía) y 216,51 hectáreas.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Andalucía, cuyas 6.387 solicitudes presentadas representan prácticamente el 100 % del total nacional, concretamente, el 99,86 %. El porcentaje restante lo representan Extremadura y Murcia con 4 y 5 solicitudes respectivamente.

Controles

En la siguiente tabla aparecen los controles sobre el terreno efectuados, diferenciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, de las 6.396 solicitudes presentadas, se han controlado por análisis de riesgo 635 que representan el 9,93 % y 6.487,89 hectáreas que representan el 8,77 % de las 74.012,45 solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 180 solicitudes que representan el 2,81 % del total y 1.848,47 hectáreas que representan el 2,46 % del total.

A nivel autonómico, en la comunidad autónoma de Andalucía es en la única que se han realizado controles sobre el terreno por selección de riesgo y aleatoria. Y en las otras dos comunidades autónomas, Extremadura y Murcia, en las que el número de solicitudes es muy reducido (cuatro y cinco, respectivamente), se han controlado sobre el terreno por selección de riesgo, el 25 % y el 100 % de los expedientes, respectivamente.

99,86 % Andalucía

0,06 % Extremadura

0,08 % Murcia (R. de)

6.387

45

SOLICITUDES PRESENTADAS. ALGODÓN ART. 68 Total nacional: 5.803

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FOMENTO A LA CALIDAD ALGODÓN ART 68.-CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 6.387 629 9,85 180 2,82 73.903,50 6.430,04 8,70 1.818,47 2,46

Aragón – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – – –

Extremadura 4 1 25,00 – – 58,95 7,85 13,32 – –

Galicia – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) 5 5 100,00 – – 50,00 50,00 100,00 – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – –

Total 6.396 635 9,93 180 2,81 74.012,45 6.487,89 8,77 1.818,47 2,46

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En la tabla siguiente se muestran las irregularidades detectadas como resultado de los con-troles administrativos y sobre el terreno.

A nivel nacional, de las 6.396 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las so-licitadas) se han detectado irregularidades en 56 que representan el 0,08 % y en 96,21 hectáreas que representan el 0,13 % de las 74.012,45 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 635 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 200 que representan el 31,50 % y en 102,48 hectáreas que representan el 1,58 % de las 6.487,89 controladas.

De las 180 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 61 que representan el 33,89 % y en 17,82 hectáreas que representan el 0,98 % de las 1.818,47 controladas.

A nivel autonómico, el porcentaje de irregularidades detectadas en los diferentes controles, administrativos y sobre terreno, fue muy dispar entre las comunidades autónomas. Si bien, a la hora de valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solici-tudes presentadas en cada comunidad autónoma y, por otro, que las irregularidades en los expedientes no siempre implican que esté afectado el expediente completo.

ALGODÓN ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía 54 0,85 95,83 0,13 198 31,48 100,96 1,57 61 33,89 17,82 0,98

Aragón – – – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – – – – – –

Castilla y León – – – – – – – – – – – –

Cataluña – – – – – – – – – – – –

Extremadura 2 50,00 0,38 0,64 1 100,00 0,23 2,93 – – – –

Galicia – – – – – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – 1 20,00 1,29 2,58 – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

País Vasco – – – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – – – –

Total 56 0,88 96,21 0,13 200 31,50 102,48 1,58 61 33,89 17,82 0,98

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total a abonar, antes de aplicar reducciones y exclusiones ascen-dió a 13.066.266,15 EUR.

El importe no pagado como consecuencia de los controles efectuados fue de 1.012.726,26 EUR, lo que representa un 7,75 % del importe total, mientras que el importe de las sanciones aplicadas como consecuencia de dichos controles fue de 33.043,31 EUR, que representa un 0,25 % del importe total.

A nivel autonómico, cabe destacar que en esta campaña la mayor parte del importe no pagado corresponde a la comunidad autónoma de Andalucía, si bien, debe tenerse en cuenta que las solicitudes presentadas en esta comunidad autónoma representan prácticamente el 100 % del total nacional, concretamente, el 99,86 %. También ha habido importes no pagados en Murcia.

FOMENTO A LA CALIDAD ALGODÓN ART.68 .-INFORMACIÓN FINANCIERACCAA Importes abonar Importes no pagados % Importes sanciones %

Andalucía 13.046.401,81 1.011.954,06 7,76 32.945,50 0,25

Aragón – – – – –

Asturias (P. de) – – – – –

Illes Balears – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – –

Castilla y León – – – – –

Cataluña – – – – –

Extremadura 9.887,69 – – 97,81 0,99

Galicia – – – – –

Madrid (C. de) – – – – –

Murcia (R. de) 9.976,65 772,20 7,74 – –

Navarra (C. F. de) – – – – –

País Vasco – – – – –

La Rioja – – – – –

C. Valenciana – – – – –

Total 13.066.266,15 1.012.726,26 7,75 33.043,31 0,25

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7.3.4. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE ROTACIONES DE CULTIVO EN TIERRAS DE SECANO

Solicitudes

La tabla siguiente muestra el número de solicitudes presentadas para la ayuda al fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano.

Se diferencian, por comunidad autónoma, los datos relativos al número de agricultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles administrativos y sobre el terreno y que, por tanto, se consideran subvencionables.

FOMENTO DE ROTACIONES DE CULTIVOS.-SOLICITUDESCCAA Solicitudes

presentadasSolicitudes admitidas % Diferencia

pres. - admit.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

pres. - admit.Andalucía 1.002 987 98,50 15 55.088,29 54.763,93 99,41 324,36

Aragón 4.460 4.458 99,96 2 235.005,49 235.005,49 100,00 –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears 117 117 100,00 – 5.014,22 3.608,28 71,96 1.405,94

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 7.103 7.101 99,97 2 373.509,62 370.009,33 99,06 3.500,29

Castilla y León 2.044 2.005 98,09 39 68.867,00 68.461,00 99,41 406,00

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 2.558 2.486 97,19 72 187.162,17 184.463,35 98,56 2.698,82

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) 164 137 83,54 27 5.774,58 5.774,58 100,00 –

Murcia (R. de) 139 134 96,40 5 8.814,53 8.710,53 98,82 104,00

Navarra (C. F. de) 96 96 100,00 – 4.365,25 4.350,74 99,67 14,51

País Vasco – – – – – – – –

La Rioja 4 4 100,00 – 180,79 180,79 100,00 –

C. Valenciana 24 23 95,83 1 713,99 646,29 90,52 67,70

Total 17.711 17.548 99,08 163 944.495,93 935.974,31 99,10 8.521,62

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

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Se han presentado un total de 17.711 solicitudes con 944.495,93 hectáreas declaradas. Tras los controles administrativos y sobre el terreno, han resultado admisibles 17.548 solicitudes y 935.974,31 hectáreas.

Puede apreciarse que en todas las comunidades autónomas el porcentaje de agricultores ad-misibles supera el 95 %, excepto en Madrid, y el porcentaje de hectáreas admisibles tras los controles está cerca del 100 % en todas las comunidades autónomas, excepto en Baleares, donde este porcentaje es muy bajo en comparación con el resto de comunidades, y Valencia (71,96 % y 90,52 %, respectivamente).

A nivel nacional, han resultado descartados tras la realización de los controles 163 agri-cultores, de los que 72 son de Extremadura, y 8.521,62 hectáreas, de las cuales 3.500,29 corresponden a Castilla-La Mancha y 2.698,82 a Extremadura.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Castilla-La Mancha, cuyas 7.103 solicitudes presentadas representan casi el 40 % del total nacional. Aragón, Extremadura, Castilla y León y Andalucía representan, respectivamente, el 25,18 %, el 14,44 %, el 11,54 %, y el 5,66 % de las solicitudes presentadas, mientras que el porcenta-je en cada una del resto de comunidades autónomas no supera el 1 % del total.

5,66 % Andalucía

25,18 % Aragón

0,66 % Illes Balears

40,11 % C.-La Mancha

11,54 % C. y León

14,44 % Extremadura

0,93 % Madrid (C. de)

0,78 % Murcia (R. de)

0,54 % Navarra (C. F. de)

0,02 % La Rioja

0,14 % C. Valenciana

5,66 %0,54 %

11,54 %

0,66 %

0,93 %

25,18 %

0,14 %0,02 %

14,44 %

40,11 %

0,78 %

FOMENTO ROTACIONES DE CULTIVOS. SOLICITUDES PRESENTADAS

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Controles

En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores solicitantes de la ayuda y las hectáreas solicitadas que han sido seleccionados para un control sobre el terreno, diferen-ciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, de las 17.711 solicitudes presentadas, se han controlado por análisis de riesgo 1.342 solicitudes que representan el 7,58 % y 74.501,79 hectáreas que representan el 7,89 % de las 944.495,93 solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 408 solicitudes que representan el 2,30 % del total y 21.167,06 hectáreas que representan el 2,24 % del total.

A nivel autonómico, el porcentaje de controles realizados por selección de análisis de riesgo fue bastante dispar entre todas las comunidades autonómicas. Destacan en cuanto a ex-pedientes La Rioja, Comunidad Valenciana, Extremadura y Madrid, y en cuanto a superficie controlada Madrid seguido de Murcia.

El porcentaje de controles realizados por selección aleatoria fue algo más uniforme entre las comunidades autónomas, destacando en cuanto a expedientes la Comunidad Valenciana con un 4,17 %. Le siguen varias comunidades con un valor cercano al 3 % que son Murcia, Baleares, Extremadura y Navarra. Por superficie controlada, la primera posición la ostenta Baleares.

FOMENTO ROTACIONES DE CULTIVOS.-CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 1.002 74 7,39 21 2,10 55.088,29 2.706,61 4,91 1.098,12 1,99

Aragón 4.460 274 6,14 75 1,68 235.005,49 14.266,24 6,07 3.671,68 1,56

Illes Balears 117 12 10,26 4 3,42 5.014,22 445,30 8,88 575,62 11,48

Castilla-La Mancha 7.103 551 7,76 160 2,25 373.509,62 32.394,54 8,67 6.322,28 1,69

Castilla y León 2.044 82 4,01 50 2,45 68.867,00 2.488,86 3,61 1.807,35 2,62

Extremadura 2.558 302 11,81 84 3,28 187.162,17 19.439,74 10,39 6.886,55 3,68

Madrid (C. de) 164 19 11,59 5 3,05 5.774,58 1.052,61 18,23 267,60 4,63

Murcia (R. de) 139 15 10,79 5 3,60 8.814,53 1.212,82 13,76 414,03 4,70

Navarra (C. F. de) 96 9 9,38 3 3,13 4.365,25 446,22 10,22 107,82 2,47

La Rioja 4 1 25,00 – – 180,79 11,03 6,10 – –

C. Valenciana 24 3 12,50 1 4,17 713,99 37,82 5,30 16,01 2,24

Total 17.711 1.342 7,58 408 2,30 944.495,93 74.501,79 7,89 21.167,06 2,24

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En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores afectados por las reducciones y exclusiones, consecuencia del resultado de los controles administrativos y sobre el terreno (selección aleatoria o basada en el riesgo).

De las 17.711 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las presenta-das), se han detectado irregularidades en 1.357 solicitudes que representan el 7,66 % y en 3.628,60 hectáreas que suponen el 0,38 % de las 944.495,93 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 1.342 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 876 que representan el 65,28 % y en 4.272,94 hectáreas que representan el 5,74 % de las 74.501,79 hectáreas controladas por riesgo.

De las 408 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 214 que representan el 52,45 % y en 612,44 hectáreas que representan el 2,89 % de las 21.167,06 hectáreas controladas por este método.

A nivel autonómico, el porcentaje de irregularidades detectadas en los diferentes controles, administrativos y sobre terreno, fue dispar entre las comunidades autónomas, aunque para valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solicitudes presen-tadas en cada comunidad autónoma y, por otro, las irregularidades en los expedientes, que no suponen que esté afectado el expediente completo.

ROTACIONES ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía 13 1,30 160,72 0,29 48 64,86 150,50 5,56 6 28,57 13,14 1,20

Aragón 396 8,88 480,00 0,20 172 62,77 751,73 5,27 44 58,67 73,33 2,00

Illes Balears 3 2,56 14,37 0,29 8 66,67 6,62 1,49 2 50,00 6,10 1,06

Castilla-La Mancha 234 3,29 1.109,76 0,30 410 74,41 2.167,57 6,69 92 57,50 222,96 3,53

Castilla y León 62 3,03 82,69 0,12 33 40,24 156,74 6,30 28 56,00 166,54 9,21

Extremadura 640 25,02 1643,86 0,88 192 63,58 930,44 4,79 38 45,24 124,52 1,81

Madrid (C. de) 3 1,83 0,91 0,02 9 47,37 59,12 5,62 4 80,00 5,85 2,19

Murcia (R. de) 4 2,88 68,59 0,78 3 20,00 35,92 2,96 – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – 1 11,11 14,30 3,20 – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana 2 8,33 67,70 9,48 – – – – – – – –

Total 1.357 7,66 3.628,60 0,38 876 65,28 4.272,94 5,74 214 52,45 612,44 2,89

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total que hubiese correspondido abonar, antes de aplicar reduc-ciones y exclusiones, ascendió a 57.874.646,77 EUR.

El importe no pagado como consecuencia del resultado de los controles efectuados fue de 419.957,05 EUR, lo que representa un 0,73 % del importe total, mientras que el importe de las sanciones aplicadas como consecuencia de dichos controles fue de 768.152,76 EUR, que representa un 1,33 % del importe total.

A nivel autonómico, cabe destacar que excepto en Comunidad Valenciana que es de un 8,46 % no existe una gran variación en el porcentaje de importes no pagados, moviéndose en el resto de comunidades autónomas dicho porcentaje entre el 1,44 % correspondiente a Extremadura y el 0,32 % de Navarra, sin olvidar el 0,00 % que se da en La Rioja.

En cuanto al porcentaje de sanciones respecto al importe total a abonar destaca la Comunidad Valenciana con el 10,69 % seguido de Madrid y Extremadura con el 2,92 % y 2,33 %, respec-tivamente. El resto de comunidades autónomas están entre el 1,39 % de Castilla-La Mancha y el 0,41 % de Andalucía, sin dejar de lado el 0,00 % que se da en Navarra y La Rioja.

FOMENTO DE ROTACIONES DE CULTIVOS.-INFORMACIÓN FINANCIERACCAA Importes abonar Importes no pagados % Importes sanciones %

Andalucía 3.305.297,40 19.461,60 0,59 13.542,00 0,41

Aragón 14.510.812,40 99.190,70 0,68 106.502,72 0,73

Illes Balears 305.434,18 1.659,31 0,54 2.897,91 0,95

Castilla-La Mancha 23.090.295,10 98.339,08 0,43 321.028,28 1,39

Castilla y León 4.234.968,72 24.358,20 0,58 42.667,20 1,01

Extremadura 11.229.730,20 161.929,20 1,44 261.534,96 2,33

Madrid (C. de) 367.558,25 3.828,36 1,04 10.716,89 2,92

Murcia (R. de) 504.827,74 6.270,60 1,24 4.126,20 0,82

Navarra (C. F. de) 266.296,26 858,00 0,32 – –

La Rioja 11.398,32 – – – –

C. Valenciana 48.028,20 4.062,00 8,46 5.136,60 10,69

Total 57.874.646,77 419.957,05 0,73 768.152,76 1,33

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7.3.5. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD DE LAS LEGUMBRESSolicitudes

La siguiente tabla muestra el número de solicitudes presentadas para la ayuda a la calidad de las legumbres.

Se diferencian, por comunidad autónoma, los datos relativos al número de agricultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles administrativos y sobre el terreno y que, por tanto, se consideran subvencionables.

FOMENTO LA CALIDAD DE LAS LEGUMBRES.-SOLICITUDES

CCAA Solicitudes presentadas

Solicitudes admitidas % Diferencia

pres. - admit.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

pres. - admit.Andalucía 77 69 89,61 8 394,88 393,98 99,77 0,90

Aragón 2 2 100,00 – 12,36 12,36 100,00 –

Asturias (P. de) 20 20 100,00 – 42,85 40,20 93,82 2,65

Illes Balears 4 4 100,00 – 10,45 10,45 100,00 –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 166 165 99,40 1 3.390,02 3.348,90 98,79 41,12

Castilla y León 567 565 99,65 2 6.344,00 6.341,00 99,95 3,00

Cataluña 40 31 77,50 9 155,10 141,79 91,42 13,31

Extremadura – – – – – – – –

Galicia 19 18 94,74 1 28,82 26,62 92,37 2,20

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 6 6 100,00 – 58,88 58,88 100,00 –

País Vasco 32 29 90,63 3 112,38 110,20 98,06 2,18

La Rioja 1 1 100,00 – 11,69 11,60 99,23 0,09

C. Valenciana – – – – – – – –

Total 934 910 97,43 24 10.561,43 10.495,98 99,38 65,45

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Se han presentado 934 solicitudes con 10.561,43 hectáreas declaradas. De ellas, finalmente se han considerado admisibles tras los controles administrativos y sobre el terreno, 910 solicitudes y 10.495,98 hectáreas.

Basándose en el porcentaje de solicitudes admitidas pueden observarse comportamientos distintos: en Cataluña es una excepción, con un porcentaje mucho menor al resto siendo del 77,5 %, mientras que en el resto de comunidades, el porcentaje es superior al 90 % o lo roza (89,61 % de Andalucía). Hay cinco comunidades donde es del 100 % que son Aragón, Asturias, Baleares, Navarra y La Rioja. Por otra parte, el porcentaje de hectáreas admisibles tras los controles supera el 90 % en todas las comunidades autónomas, siendo incluso del 100 % en Aragón, Baleares y Navarra.

A nivel nacional, han resultado descartados tras la realización de controles 24 agricultores y 65,45 hectáreas.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Castilla y León, cuyas 567 solicitudes presentadas superan el 60 % del total nacional. Le sigue Cas-tilla - La Mancha con un 17,77 %, y a continuación Andalucía con 8,24 % mientras que el porcentaje de solicitudes presentadas en el resto de comunidades autónomas no supera, en ningún caso, el 5 % del total.

8,24 % Andalucía

0,21 % Aragón

2,14 % Asturias (P. de)

0,43 % Illes Balears

17,77 % C.-La Mancha

60,71 % C. y León

4,28 % Cataluña

2,03 % Galicia

0,64 % Navarra (C. F. de)

3,43 % País Vasco

0,11 % La Rioja

8,24 %0,64 %

17,77 %

2,14 %

0,11 %

4,28 % 0,21 %

3,43 %

60,71 %

0,43 %

2,03 %

FOMENTO CALIDAD LEGUMBRES SOLICITUDES

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Controles

En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores y de hectáreas, solicitantes de la ayuda, que han sido seleccionados para un control sobre el terreno, diferenciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, de las 934 solicitudes presentadas, se han controlado por análisis de riesgo 84 solicitudes lo que supone el 8,99 % y 784,35 hectáreas que representan el 7,43 % de las 10.561,43 hectáreas solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 34 solicitudes que suponen el 3,64 % del total y 339,29 hectáreas que representan el 3,21 % del total.

A nivel autonómico, el porcentaje de controles realizados por análisis de riesgo fue bastante dispar entre todas las comunidades autonómas. Aragón y La Rioja controlaron el 100 % de solicitudes y Navarra el 50 %. El resto de comunidades oscilan entre el 25 % de Baleares y el 4,94 % de Castilla y León.

Igualmente el porcentaje de controles realizados por selección aleatoria fue dispar entre las comunidades autónomas. Baleares controló el 25 % de solicitudes y el 60,77 % de hectáreas y Navarra el 16,67 % de solicitudes, lo que supone el 9,58 % de sus hectáreas. El País Vasco controló el 6,25 % de sus solicitudes, lo que supone el 8,40 % de sus hectáreas.

FOMENTO CALIDAD LEGUMBRES.-CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 77 13 16,88 4 5,19 394,88 45,84 11,61 7,63 1,93

Aragón 2 2 100,00 – – 12,36 12,36 100,00 – –

Asturias (P. de) 20 2 10,00 1 5,00 42,85 3,13 7,30 2,22 5,18

Illes Balears 4 1 25,00 1 25,00 10,45 0,92 8,80 6,35 60,77

Castilla-La Mancha 166 18 10,84 6 3,61 3.390,02 387,15 11,42 96,85 2,86

Castilla y León 567 28 4,94 16 2,82 6.344,00 235,64 3,71 193,86 3,06

Cataluña 40 6 15,00 2 5,00 155,10 4,25 2,74 11,81 7,61

Galicia 19 4 21,05 1 5,26 28,82 7,13 24,74 5,49 19,05

Navarra (C. F. de) 6 3 50,00 1 16,67 58,88 49,83 84,63 5,64 9,58

País Vasco 32 6 18,75 2 6,25 112,38 26,41 23,50 9,44 8,40

La Rioja 1 1 100,00 – – 11,69 11,69 – – –

Total 934 84 8,99 34 3,64 10.561,43 784,35 7,43 339,29 3,21

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En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores afectados por las reducciones y exclusiones, consecuencia del resultado de los controles administrativos y sobre el terreno (selección aleatoria o basada en el riesgo).

A nivel nacional, de las 934 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las soli-citadas) se han detectado irregularidades en 31 que representan el 3,32 % y en 62,83 hectáreas que suponen el 0,59 % de las 10.561,43 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 84 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 25 que representan el 29,76 % y en 12,57 hectáreas que representan el 1,60 % de las 784,35 controladas.

De las 34 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 8 que representan el 23,53 % y en 3,33 hectáreas que representan el 0,98 % de las 339,29 controladas por este método.

A nivel autonómico, el porcentaje de irregularidades detectadas en los diferentes controles, administrativos y sobre terreno, fue muy dispar entre las comunidades autónomas, aunque para valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solicitudes presentadas en cada comunidad autónoma y, por otro, las irregularidades en los expedien-tes, que no suponen que esté afectado el expediente completo.

LEGUMBRES ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía – – – – 1 7,69 0,44 0,96 2 50,00 0,48 6,29

Aragón 2 100,00 12,36 100,00 2 100,00 0,15 1,21 – – – –

Asturias (P. de) 2 11,11 1,96 4,57 1 50,00 0,41 13,10 1 100,00 0,28 12,61

Illes Balears – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 12 7,23 35,66 1,05 7 38,89 5,21 1,35 1 16,67 0,25 0,26

Castilla y León – – – – 2 7,14 1,65 0,70 2 12,50 1,83 0,94

Cataluña 11 27,50 11,17 7,20 4 66,67 2,14 50,35 – – – –

Galicia – – – – 3 75,00 2,07 29,03 1 100,00 0,40 7,29

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

País Vasco 4 12,50 1,68 1,49 4 66,67 0,41 1,55 1 50,00 0,09 0,95

La Rioja – – – – 1 100,00 0,09 0,77 – – – –

Total 31 3,32 62,83 0,59 25 29,76 12,57 1,60 8 23,53 3,33 0,98

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total a abonar, antes de aplicar reducciones y exclusiones ascen-dió a 825.789,05 EUR.

El importe no pagado como consecuencia de los controles efectuados fue de 6.900,54 EUR, lo que representa un 0,84 % del importe total, mientras que el importe de las sanciones aplicadas como consecuencia de dichos controles fue de 24.132,87 EUR, que representa un 2,92 % del importe total.

A nivel autonómico, hay que prestar especial importancia a Aragón, cuyo porcentaje de im-portes no pagados es del 100 %. Además, son reseñables los porcentajes de Galicia (un 8,57 %) así como el de Cataluña (8,52 %). A continuación, se sitúa Asturias con un 6,17 %. En el resto de comunidades dicho porcentaje no alcanza el 2 %. En cuanto al porcentaje de importe no pagado por aplicación de sanciones respecto al importe total a abonar oscila entre el 11,62 % de Asturias (muy seguido del 10,76 % de Galicia) y el 0,07 % de Castilla y León, teniendo en cuenta que varias comunidades autónomas no tienen sanciones (Aragón, Baleares, Navarra y La Rioja).

FOMENTO A LA CALIDAD DE LAS LEGUMBRES.-INFORMACIÓN FINANCIERACCAA Importes abonar Importes no pagados % Importes sanciones %

Andalucía 36.076,78 83,21 0,23 166,42 0,46

Aragón 1.236,00 1.236,00 100,00 – –

Asturias (P. de) 3.883,01 239,68 6,17 451,32 11,62

Illes Balears 954,71 – – – –

Castilla-La Mancha 262.451,88 3.519,17 1,34 22.810,57 8,69

Castilla y León 486.714,90 165,37 0,03 352,65 0,07

Cataluña 14.153,48 1.205,23 8,52 13,70 0,10

Galicia 2.633,00 225,66 8,57 283,21 10,76

Navarra (C. F. de) 5.379,29 – – – –

País Vasco 11.238,00 218,00 1,94 55,00 0,49

La Rioja 1.068,00 8,22 0,77 – –

Total 825.789,05 6.900,54 0,84 24.132,87 2,92

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7.3.6. PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS ESPECÍFICAS QUE REPORTEN MAYORES BENEFICIOS AGROAMBIENTALES EN DETERMINADAS ESPECIES DEL SECTOR DE LOS FRUTOS DE CÁSCARA.

Solicitudes

La tabla siguiente muestra el número de solicitudes presentadas para la ayuda al fomento de actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara.

Se diferencian, por comunidad autónoma, los datos relativos al número de agricultores que han presentado solicitud y el número de hectáreas correspondientes a dichos agricultores, así como las solicitudes y hectáreas que han resultado admisibles tras efectuar los controles administrativos y sobre el terreno y que, por tanto, se consideran subvencionables.

FRUTOS DE CÁSCARA.-SOLICITUDES

CCAA Solicitudes presentadas

Solicitudes admitidas % Diferencia

pres. - admit.Hectáreas declaradas

Hectáreas admisibles % Diferencia

pres. - admit.Andalucía 1.506 1.465 97,28 41 10.254,62 9.879,83 96,35 374,79

Aragón 410 410 100,00 – 2.063,76 2.063,76 100,00 –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears 162 161 99,38 1 520,53 516,80 99,28 3,73

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 312 280 89,74 32 3.095,86 2.516,76 81,29 579,10

Castilla y León 7 7 100,00 – 60,15 59,40 98,75 0,75

Cataluña 123 123 100,00 – 616,51 573,55 93,03 42,96

Extremadura 100 92 92,00 8 940,57 915,96 97,38 24,61

Galicia – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) 120 119 99,17 1 1.481,52 1.470,35 99,25 11,17

Navarra (C. F. de) 4 4 100,00 – 16,64 16,55 99,46 0,09

País Vasco – – – – – – – –

La Rioja 32 32 100,00 – 58,12 56,75 97,64 1,37

C. Valenciana 497 490 98,59 7 1.446,22 1.404,24 97,10 41,98

Total 3.273 3.183 97,25 90 20.554,50 19.473,95 94,74 1.080,55

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Se han presentado 3.273 solicitudes con 20.554,50 hectáreas declaradas. De ellas, finalmen-te se han considerado admisibles tras los controles administrativos y sobre el terreno, 3.183 solicitudes y 19.473,95 hectáreas.

Puede apreciarse que tanto el porcentaje de solicitudes admisibles como el porcentaje de hectáreas admisibles en todas las comunidades autónomas excepto en Castilla-La Mancha supera el 90 %.

A nivel nacional, han resultado descartados tras la realización de controles 90 agricultores y 1080,55 hectáreas.

Por comunidades autónomas, tal y como se ve en el gráfico siguiente, destaca Andalucía, cuyas 1.506 solicitudes representan el 46 % del total nacional. La Comunidad Valenciana representa el 15,18 % y Aragón, el 12,53 % de las solicitudes presentadas a nivel nacional. Castilla-La Mancha representa un 9,53 % y Baleares un 4,95 %, siendo en el resto de comu-nidades autónomas este porcentaje inferior.

Controles

En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores y de hectáreas, solicitantes de la ayuda, que han sido seleccionados para un control sobre el terreno, diferenciando los seleccionados por análisis de riesgo y los seleccionados de forma aleatoria. Los resultados son los siguientes:

A nivel nacional, de las 3.273 solicitudes presentadas, se han controlado por análisis de riesgo 358 solicitudes lo que supone el 10,94 % y 3.289,79 hectáreas que representan el 16,01 % de las 20.554,50 hectáreas solicitadas.

Por selección aleatoria se han controlado 94 solicitudes que suponen el 2,87 % del total y 498,64 hectáreas que representan el 2,43 % del total.

A nivel autonómico, el porcentaje de controles realizados por análisis de riesgo fue bastante dispar entre todas las comunidades autónomas. Navarra controló el 50 % de solicitudes y 28,61 de superficie, mientras que otras comunidades autónomas no llegaron al 10 % de solicitudes. Por superficie controlada, oscila entre el 35,23 % de Aragón y el 7,83 % de Andalucía.

El porcentaje de controles realizados a las solicitudes por selección aleatoria osciló entre el 50 % de Navarra y el 1,21 % de Comunidad Valenciana, siendo 0 % en el caso de Castilla y León. Si tenemos en cuenta la superficie controlada de forma aleatoria, el porcentaje osciló entre el 71,39 % nuevamente de Navarra y el 0,69 % de Extremadura, siendo como en el caso anterior 0 % en Castilla y León.

46,01 % Andalucía

12,53 % Aragón

4,95 % Illes Balears

9,53 % C.-La Mancha

0,21 % C. y León

3,76 % Cataluña

3,06 % Extremadura

3,67 % Murcia (R. de)

0,12 % Navarra (C. F. de)

0,98 % La Rioja

15,18 % C. Valenciana

1.506

4

7

162

497

100

410

32

123

312

120

FOMENTO CALIDAD F. CÁSCARA SOLICITUDES

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FRUTOS DE CÁSCARA.-CONTROLES

CCAASolicitudes Hectáreas

PresentadasControles terreno

SolicitadasControles terreno

Riesgo % Aleatorio % Riesgo % Aleatorio %Andalucía 1.506 120 7,97 33 2,19 10.254,62 803,15 7,83 206,36 2,01

Aragón 410 66 16,10 22 5,37 2.063,76 727,01 35,23 85,31 4,13

Illes Balears 162 22 13,58 6 3,70 520,53 70,05 13,46 21,73 4,17

Castilla-La Mancha 312 48 15,38 14 4,49 3.095,86 930,21 30,05 89,77 2,90

Castilla y León 7 1 14,29 – – 60,15 16,73 27,81 – –

Cataluña 123 12 9,76 3 2,44 616,51 49,93 8,10 29,45 4,78

Extremadura 100 14 14,00 3 3,00 940,57 94,08 10,00 6,53 0,69

Murcia (R. de) 120 9 7,50 3 2,50 1.481,52 369,08 24,91 29,70 2,00

Navarra (C. F. de) 4 2 50,00 2 50,00 16,64 4,76 28,61 11,88 71,39

La Rioja 32 6 18,75 2 6,25 58,12 14,82 25,50 2,10 3,61

C. Valenciana 497 58 11,67 6 1,21 1.446,22 209,97 14,52 15,81 1,09

Total 3.273 358 10,94 94 2,87 20.554,50 3.289,79 16,01 498,64 2,43

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En la tabla siguiente se muestra el número de agricultores afectados por las reducciones y exclusiones, consecuencia del resultado de los controles administrativos y sobre el terreno (selección aleatoria o basada en el riesgo).

A nivel nacional, de las 3.273 solicitudes sometidas a control administrativo (el 100 % de las solicitadas) se han detectado irregularidades en 153 que representan el 4,67 % y en 447,90 hectáreas que suponen el 2,18 % de las 20.554,50 hectáreas controladas (el 100 % de las solicitadas).

De las 358 solicitudes controladas sobre el terreno por análisis de riesgo se han detectado irregularidades en 193 que representan el 53,91 % y en 720,04 hectáreas que representan el 21,89 % de las 3.289,79 controladas.

De las 94 solicitudes controladas sobre el terreno por selección aleatoria se han detectado irregularidades en 42 que representan el 44,68 % y en 88,07 hectáreas que representan el 17,66 % de las 498,64 controladas por este método.

A nivel autonómico, respecto a las irregularidades detectadas en los controles administrativos de las solicitudes destacan Castilla y León y Extremadura con un 28,57 % y un 19 %, respectivamen-te. El porcentaje de irregularidades en los controles administrativos de la superficie osciló entre el 3,35 % de Andalucía y el 0,01 % de Murcia; no obstante, en Baleares y Navarra fue del 0 %.

El porcentaje de irregularidades en los controles sobre terreno fue muy dispar entre las comu-nidades autónomas, aunque para valorar este dato hay que considerar, por un lado, el diferente número de solicitudes presentadas en cada comunidad autónoma y, por otro, las irregularida-des en los expedientes, que no suponen que esté afectado el expediente completo.

FRUTOS DE CÁSCARA ART 68.-REDUCCIONES Y EXCLUSIONES

CCAAControles administrativos

Controles terrenoRiesgo Aleatorio

Solic. % ha % Solic. % ha % Solic. % ha %Andalucía 75 4,98 343,92 3,35 25 20,83 23,48 2,92 9 27,27 7,39 3,58

Aragón 12 2,93 4,03 0,20 56 84,85 155,25 21,35 16 72,73 16,13 18,91

Illes Balears – – – – 10 45,45 3,61 5,15 1 16,67 0,12 0,55

Castilla-La Mancha 25 8,01 71,40 2,31 40 83,33 454,25 48,83 11 78,57 53,57 59,67

Castilla y León 2 28,57 0,24 0,40 1 100,00 0,51 3,05 – – – –

Cataluña 7 5,69 5,29 0,86 10 83,33 27,51 55,10 2 66,67 10,16 34,50

Extremadura 19 19,00 17,37 1,85 9 64,29 7,10 7,55 1 33,33 0,14 2,14

Murcia (R. de) 3 2,50 0,16 0,01 4 44,44 11,03 2,99 – – – –

Navarra (C. F. de) – – – – – – – – – – – –

La Rioja 2 6,25 0,91 1,57 4 66,67 0,34 2,29 1 50,00 0,12 5,71

C. Valenciana 8 1,61 4,58 0,32 34 58,62 36,96 17,60 1 16,67 0,44 2,78

Total 153 4,67 447,90 2,18 193 53,91 720,04 21,89 42 44,68 88,07 17,66

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Información financiera

En la tabla siguiente se detalla la información financiera.

A nivel nacional, el importe total a abonar, antes de aplicar reducciones y exclusiones ascen-dió a 1.891.700,56 EUR.

El importe no pagado como consecuencia de los controles efectuados fue de 121.693,74 EUR, lo que representa un 6,43 % del importe total, mientras que el importe de las sanciones apli-cadas como consecuencia de dichos controles fue de 113.544,08 EUR, que representa un 6 % del importe total.

A nivel autonómico, cabe destacar que el porcentaje de importes no pagado osciló entre el 18,62 % de Castilla-La Mancha y el 0,71 % de Murcia, siendo en Navarra del 0 %. El por-centaje de sanciones respecto al importe total a abonar oscila entre el 23 % de Castilla-La Mancha y el 0,75 de Cataluña, teniendo en cuenta que algunas comunidades autónomas no tienen sanciones (Castilla y León y Navarra).

FOMENTO SECTOR FRUTOS DE CÁSCARA.-INFORMACIÓN FINANCIERACCAA Importes abonar Importes no pagados % Importes sanciones %

Andalucía 974.587,04 34.476,00 3,54 20.340,29 2,09

Aragón 188.329,55 25.315,57 13,44 20.611,76 10,94

Illes Balears 45.118,74 325,67 0,72 576,24 1,28

Castilla-La Mancha 270.474,94 50.354,98 18,62 62.248,12 23,01

Castilla y León 5.468,70 72,69 1,33 – –

Cataluña 56.690,36 4.306,70 7,60 424,60 0,75

Extremadura 79.007,88 2.067,24 2,62 1.549,80 1,96

Murcia (R. de) 132.563,91 947,02 0,71 3.803,79 2,87

Navarra (C. F. de) 1.407,07 – – – –

La Rioja 5.286,78 132,18 2,50 228,33 4,32

C. Valenciana 132.765,59 3.695,69 2,78 3.761,15 2,83

Total 1.891.700,56 121.693,74 6,43 113.544,08 6,00

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7.4. PRIMA POR VACA NODRIZA

7.4.1. Solicitudes presentadasRespecto al régimen de la prima por vaca nodriza (en adelante PVN), 45.088 agricultores presen-taron solicitudes admisibles (aquellas presentadas dentro de plazo o con un retraso igual o menor de 25 días naturales), que se correspondían con 1.399.851 animales solicitados para la ayuda.

PRIMA POR VACA NODRIZA. SOLICITUDES CAMPAÑA 2014

CCAAPVN

Animales AgricultoresAndalucía 174.733 3.123

Aragón 36.132 777

Asturias (P. de) 75.644 5.453

Illes Balears 808 46

Cantabria 48.893 1.727

Castilla-La Mancha 74.204 1.206

Castilla y León 402.970 8.887

Cataluña 50.271 1.295

Extremadura 320.358 6.306

Galicia 106.630 10.989

Madrid (C. de) 26.446 725

Murcia (R. de) 320 2

Navarra (C. F. de) 24.678 1.133

País Vasco 35.943 2.992

La Rioja 13.550 190

C. Valenciana 8.270 237

TOTALES 1.399.851 45.088

En términos evolutivos, en los últimos años se observa un relativo mantenimiento del tama-ño de la cabaña ganadera de vacas nodrizas en España, con una ligera tendencia a la baja.

1.300

1.320

2008 2009 2010 2011

PVN

2012 2013 2014

1.428 1.4271.423

1.419 1.415

1.411

1.400

1.340

1.360

1.380

1.400

1.440

Evolución animales solicitados PVN

Mile

s An

imal

es

1.420

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El análisis por CCAA en relación al número de vacas nodrizas solicitadas es similar al de campañas anteriores:

Animales:

Destacan muy por encima de las demás, Castilla y León y Extremadura. Entre estas dos co-munidades abarcan más del 50 % de los animales solicitados admisibles. En el otro extremo se encuentran Baleares y Murcia.

Agricultores:

Destacan en número de solicitudes las comunidades de Galicia, Castilla y León, Extremadura y Asturias. En el extremo opuesto se encuentran Murcia, Baleares, La Rioja y C. Valenciana.

Animales Subvencionables PVN

C. y León402.970

29 %

Extremadura320.358

23 %Andalucía174.733

12 %

Galicia106.630

8 %

Asturias (P. de)75.644

5 %

Resto CCAA319.515

23 %

Solicitudes Admisibles PVN

Galicia10.98924 %

C. y León8.88720 %

Asturias (P. de)5.45312 %

Extremadura6.30614 %

Andalucía3.1237 %

Resto CCAA10.33023 %

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7.4.2. Controles sobre el terrenoEl artículo 30 del Reglamento (CE) 1122/2009 establece que el tamaño mínimo de la muestra debe incluir al menos al 5 % de los productores que solicitan alguna ayuda por los regímenes del ganado bovino, y el 5 % de los animales solicitados por cada régimen. En la campaña 2014, dicho requisito ha sido cumplido por parte de todas las CCAA, excepto Cantabria, don-de para el caso de los productores que solicitaron esta ayuda, se situó por debajo (3,88 %).

En este sentido, debe señalarse que los elevados porcentajes de control sobre el terreno obtenidos para la Comunidad Autónoma de Murcia, se deben a que realiza los controles antes de disponer de la primera extracción de animales potencialmente subvencionables, de manera que, con el objetivo de garantizar un porcentaje mínimo de controles, se lleva a cabo sobre todos los animales presentes en la explotación que en algún momento pudieran ser considerados potencialmente subvencionables.

En algunos casos, también podría deducirse que el incremento del porcentaje de control respecto al tamaño mínimo de la muestra se debe a la detección de irregularidades en los controles, ya que tal y como establece el apartado 3 del artículo 30 del Reglamento (CE) 1122/2009, si los controles sobre el terreno ponen de manifiesto la existencia de importan-tes irregularidades en una región concreta, la autoridad competente aumentará el número de controles sobre el terreno durante el año en curso así como el año siguiente.

Asimismo, en el caso de PVN al menos el 60 % de animales deben ser controlados durante el periodo de retención, lo cual se ha cumplido sobradamente en todas las CCAA.

Por otro lado, el artículo 31 del Reglamento (CE) 1122/2009 establece cómo se realizará la selección de la muestra de control. En concreto se seleccionará mediante muestreo aleato-rio un número de solicitantes que en ningún caso podrá superar el 25 % de la muestra de control.

CCAA

Controles dentro del periodo de

retenciónTotal controles

Animales AnimalesAgricultores

PVN PVN

nº % con-troles nº % soli-

citados nº % soli-citudes

Andalucía 6.844 63 % 10.834 6,20 % 227 7,27 %

Aragón 1.273 63 % 2.022 5,60 % 45 5,79 %

Asturias (P. de) 6.447 99 % 6.504 8,60 % 370 6,79 %

Illes Balears 42 100 % 42 5,20 % 3 6,52 %

Cantabria 2.774 97 % 2.846 5,82 % 67 3,88 %

Castilla-La Mancha 4.458 94 % 4.720 6,36 % 63 5,22 %

Castilla y León 37.715 93 % 40.519 10,06 % 548 6,17 %

Cataluña 6.187 81 % 7.625 15,17 % 131 10,12 %

Extremadura 20.591 74 % 27.688 8,64 % 517 8,20 %

Galicia 22.250 98 % 22.662 21,25 % 794 7,23 %

Madrid (C. de) 3.332 100 % 3.332 12,60 % 46 6,34 %

Murcia (R. de) 190 100 % 190 59,38 % 1 50,00 %

Navarra (C. F. de) 1.150 93 % 1.243 5,04 % 54 4,77 %

País Vasco 6.352 94 % 6.757 18,80 % 214 7,15 %

La Rioja 1.268 100 % 1.268 9,36 % 12 6,32 %

C. Valenciana 1.079 97 % 1.118 13,52 % 16 6,75 %

TOTALES 121.952 88 % 139.370 9,96 % 3.108 6,89 %

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7.4.3.- Irregularidades detectadas tras los controles de prima por vaca nodrizaEn este apartado se analizan los animales irregulares y solicitantes correspondientes, tras los diferentes tipos de control, imputables a negligencia del agricultor. Es necesario desta-car en este punto que, a efectos de la cumplimentación de las estadísticas de controles del SIGC, y de acuerdo con las instrucciones de la Comisión, si se encuentran irregularidades por control administrativo y el productor es seleccionado para un control sobre el terreno, las diferencias detectadas en el control administrativo se imputarán al control sobre el terreno correspondiente, incluso si el resultado de éste es correcto. Esta cuestión dificulta en gran medida la optimización de los resultados a efectos de la Declaración de Fiabilidad (Tasa de Error). La misma apreciación debe aplicarse a los controles del resto de primas ganaderas.

El total nacional arroja los siguientes resultados:

• Tras los controles administrativos se detectaron 297 animales no determinados entre los solicitados por PVN (0,02 %), correspondientes a 199 agricultores, el 0,44 % del total de solicitantes. El análisis respecto a campañas anteriores constata un ligero ascenso res-pecto a la campaña inmediatamente anterior, es decir respecto a la campaña 2013-2014, aunque hay que destacar el importante descenso del número de irregularidades producido tras los controles administrativos derivado de la implantación del “sistema sin solicitu-des”, es decir si comparamos respecto a los años en que había un sistema con solicitudes, el descenso es significativo.

CCAA

PVN. Irregularidades tras los controles administrativos. Campaña 2014

Animales Agricultoresnº % solic. nº % solic.

Andalucía – – – –

Aragón – – – –

Asturias (P. de) 6 0,01 % 1 0,02 %

Illes Balears 9 1,11 % 4 8,70 %

Cantabria – – – –

Castilla-La Mancha – – 1 0,08 %

Castilla y León 158 0,04 % 105 1,18 %

Cataluña 2 – 2 0,15 %

Extremadura 40 0,01 % 10 0,16 %

Galicia 81 0,08 % 76 0,69 %

Madrid (C. de) – – – –

Murcia (R. de) – – – –

Navarra (C. F. de) 1 – – –

País Vasco – – – –

La Rioja – – – –

C. Valenciana – – – –

TOTALES 297 0,02 % 199 0,44 %

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• Tras los controles sobre el terreno de solicitantes de PVN seleccionados mediante análisis de riesgos y controles dirigidos, se detectaron 446 animales no determinados, un 0,38 % del total de animales controlados, correspondientes a 41 agricultores, el 1,66 % del total de solicitantes sometidos a estos controles.

• Tras los controles sobre el terreno de solicitantes de PVN seleccionados mediante mues-treo aleatorio, se han detectado 13 animales no determinados, un 0,06 % del total de animales controlados, correspondientes a 5 agricultores, el 0,78 % del total de solicitantes sometidos a estos controles.

PVN. Irregularidades tras los Controles sobre el Terreno. Campaña 2014

CCAASelección basada en el riesgo y dirigida Selección aleatoria

Animales Agricultores Animales Agricultoresnº % control nº % control nº % control nº % control

Andalucía 144 1,60 % 7 3,80 % – – – –

Aragón – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – 1 50,00 % – – – –

Cantabria 4 0,20 % 1 2,27 % – – – –

Castilla-La Mancha – – – – 5 0,45 % 1 6,67 %

Castilla y León 46 0,13 % 5 1,14 % – – 1 0,92 %

Cataluña 96 1,44 % 2 1,87 % – – – –

Extremadura 103 0,49 % 6 1,55 % – – – –

Galicia 11 0,05 % 8 1,20 % 1 0,09 % 1 0,78 %

Madrid (C. de) 5 0,17 % 2 5,71 % 1 0,24 % 1 9,09 %

Murcia (R. de) – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 4 0,46 % 1 2,44 % – – – –

País Vasco 34 0,54 % 8 4,76 % – – – –

La Rioja – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – 6 2,15 % 1 25,00 %

TOTALES 446 0,38 % 41 1,66 % 13 0,06 % 5 0,78 %

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Por tanto, a nivel nacional, el muestreo por análisis de riesgos se ha mostrado efectivo, al ser mayor el porcentaje de irregularidades detectadas en solicitantes tras los controles sobre el terreno mediante selección dirigida. Esto sucede en todas las CCAA excepto Castilla-La Mancha, Madrid y Comunidad Valenciana.

COMPARATIVA MUESTREO ALEATORIO Y POR ANÁLISIS DE RIESGOS Y DIRIGIDO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio

ESPAÑA 1,66 % 0,78 %

Andalucía 3,80 % –

Aragón – –

Asturias (P. de) – –

Illes Balears 50,00 % –

Cantabria 2,27 % –

Castilla-La Mancha – 6,67 %

Castilla y León 1,14 % 0,92 %

Cataluña 1,87 % –

Extremadura 1,55 % –

Galicia 1,20 % 0,78 %

Madrid (C. de) 5,71 % 9,09 %

Murcia (R. de) – –

Navarra (C. F. de) 2,44 % –

País Vasco 4,76 % –

La Rioja – –

C. Valenciana – 25,00 %

Se debe tener en cuenta que estos resultados son aproximados, según lo expuesto en el pri-mer párrafo de este punto, puesto que estamos contabilizando irregularidades detectadas en los controles administrativos como irregularidades detectadas en el control sobre el terreno, en el caso de los agricultores que han sido seleccionados para dicho control sobre el terreno.

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7.5. DERECHOS DE AYUDA ESPECIALES

7.5.1. Solicitudes presentadasCon respecto a las solicitudes de derechos de ayuda especiales, en total se han presentado 11.477 solicitudes por 20.581 derechos de ayuda especiales, que conllevaban una actividad ganadera de 259.238 unidades de ganado mayor (UGM).

De estas solicitudes presentadas, tras los preceptivos controles administrativos y sobre el terreno, fueron consideradas admisibles las solicitudes de 11.226 agricultores, 7.420 de los cuales también presentaron solicitud por derechos de ayuda normales. Estas solicitudes comportaban 20.264 derechos admisibles.

Esto implica una disminución del número de solicitudes presentadas y admisibles de en torno al 9 % respecto a la campaña 2013, cuando se presentaron 12.703 solicitudes, por 22.434 derechos especiales, de las cuales fueron admisibles 12.388 solicitudes por 21.979 derechos.

Se confirma por tanto la tendencia observada en campañas anteriores respecto de la dismi-nución del número derechos especiales, que se explica por la transformación de derechos especiales en derechos normales.

Destacan por encima de las demás Andalucía y Galicia. Entre las dos englobaban cerca del 45 % de las solicitudes presentadas y más del 40 % de los derechos especiales solicitados a nivel nacional.

DERECHOS ESPECIALES. SOLICITUDES CAMPAÑA 2014

CCAA

Solicitudes presentadas Solicitudes admisibles

UGM

Dere-chos espe-ciales

Solici-tantes UGM

Dere-chos espe-ciales

Solici-tantes

De éstos,

con de-rechos norma-

lesAndalucía 54.936 4.550 2.619 54.063 4.462 2.551 1.102

Aragón 11.026 596 183 10.966 592 182 177

Asturias (P. de) 218 171 134 178 141 124 46

Illes Balears 1.590 418 399 1.563 406 387 272

Cantabria 4.747 615 344 4.716 611 340 322

Castilla-La Mancha 25.602 2.633 962 25.537 2.626 954 572

Castilla y León 20.492 1.397 621 20.492 1.397 621 434

Cataluña 11.619 693 230 11.584 686 223 87

Extremadura 19.200 828 546 18.916 801 520 427

Galicia 58.979 4.525 3.590 58.064 4.429 3.509 3.012

Madrid (C. de) 1.349 83 33 1.332 81 31 14

Murcia (R. de) 18.733 1.347 516 18.649 1.338 508 –

Navarra (C. F. de) 5.704 430 119 5.693 428 117 101

País Vasco 7.456 1.101 708 7.413 1.083 690 624

La Rioja 2.499 153 61 2.499 153 61 40

C. Valenciana 15.087 1.041 412 14.973 1.031 408 190

Total 259.238 20.581 11.477 256.639 20.264 11.226 7.420

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7.5.2. Controles sobre el terrenoEl total nacional arroja los siguientes resultados:

• Han sido sometidos a controles sobre el terreno seleccionados mediante análisis de ries-gos y a controles dirigidos, 734 agricultores, lo que supone el 6,40 % de los solicitantes, los cuales aportaban 21.481 UGM, el 8,29 % del total.

• Han sido sometidos a controles sobre el terreno seleccionados mediante muestreo aleato-rio, 205 agricultores, lo que supone el 1,79 % de los solicitantes, los cuales aportan 4.267 UGM, el 1,65 % del total.

En todas las CCAA se han realizado controles sobre el terreno de los solicitantes de derechos de ayuda especiales.

DERECHOS ESPECIALES. CONTROLES SOBRE EL TERRENO. CAMPAÑA 2014

CCAAControles sobre el terreno: análisis de riesgos Controles sobre el terreno: selección aleatoria

UGM Agricultores UGM AgricultoresNº % solicit. Nº % solicit. Nº % solicit. Nº % solicit.

Andalucía 4.367 7,95 % 208 7,94 % 744 1,35 % 41 1,57 %

Aragón 710 6,44 % 17 9,29 % 225 2,04 % 6 3,28 %

Asturias (P. de) 16 7,38 % 4 2,99 % 2 1,03 % 4 2,99 %

Illes Balears 88 5,54 % 11 2,76 % 46 2,92 % 3 0,75 %

Cantabria 710 14,97 % 34 9,88 % 92 1,94 % 6 1,74 %

Castilla-La Mancha 66 0,26 % 2 0,21 % 249 0,97 % 21 2,18 %

Castilla y León 1.828 8,92 % 56 9,02 % 626 3,05 % 19 3,06 %

Cataluña 1.805 15,53 % 21 9,13 % 47 0,41 % 3 1,30 %

Extremadura 1.752 9,12 % 43 7,88 % 353 1,84 % 9 1,65 %

Galicia 4.291 7,27 % 211 5,88 % 882 1,50 % 59 1,64 %

Madrid (C. de) 125 9,23 % 1 3,03 % 10 0,76 % 1 3,03 %

Murcia (R. de) 755 4,03 % 34 6,59 % 598 3,19 % 10 1,94 %

Navarra (C. F. de) 1.221 21,41 % 23 19,33 % 103 1,81 % 4 3,36 %

País Vasco 676 9,07 % 36 5,08 % 129 1,73 % 12 1,69 %

La Rioja 291 11,65 % 7 11,48 % 80 3,18 % 2 3,28 %

C. Valenciana 2.780 18,43 % 26 6,31 % 80 0,53 % 5 1,21 %

Total 21.481 8,29 % 734 6,40 % 4.267 1,65 % 205 1,79 %

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7.5.3. Irregularidades detectadas tras los controles El total nacional de las irregularidades detectadas en los diferentes controles, arroja los siguientes resultados:

• Tras los controles administrativos se han detectado irregularidades en 237 agricultores, el 2,06 % de los solicitantes, con un total de 2.501 UGM irregulares, el 0,96 % de las declaradas.

• Tras los controles sobre el terreno seleccionados por análisis de riesgo y controles dirigi-dos, se detectaron irregularidades en 9 agricultores, el 1,23 % de los solicitantes someti-dos a dichos controles, con un total de 68 UGM irregulares, el 0,32 % de las controladas.

• Tras los controles sobre el terreno seleccionados mediante muestreo aleatorio, se han de-tectado irregularidades en 5 agricultores, el 2,44 % de los solicitantes sometidos a dichos controles, con un total de 31 UGM irregulares, el 0,73 % de las controladas.

En los controles, tanto administrativos como sobre el terreno, no se detectaron irregularida-des en la Comunidad de Castilla y León junto con La Rioja.

En los controles sobre el terreno se detectaron irregularidades en las CCAA de Andalucía, Galicia, Murcia y Navarra.

DERECHOS ESPECIALES. IRREGULARIDADES. CAMPAÑA 2014

CCAATras controles administrativos Tras controles sobre el terreno:

análisis de riesgos y dirigidosTras controles sobre el terreno:

Selección aleatoriaUGM Agricultores UGM Agricultores UGM Agricultores

Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % controlAndalucía 844 1,54 % 62 2,37 % 12,53 0,29 % 3 1,44 % 15,7 2,11 % 3 7,32 %Aragón 59,6 0,54 % 1 0,55 % – – – – – – – –Asturias (P. de) 40,7 18,65 % 10 7,46 % – – – – – – – –Illes Balears 27,75 1,74 % 12 3,01 % – – – – – – – –Cantabria 31,4 0,66 % 4 1,16 % – – – – – – – –Castilla-La Mancha 64,9 0,25 % 8 0,83 % – – – – – – – –Castilla y León – – – – – – – – – – – –Cataluña 35,27 0,30 % 7 3,04 % – – – – – – – –Extremadura 284,29 1,48 % 26 4,76 % – – – – – – – –Galicia 863,11 1,46 % 75 2,09 % 36,27 0,85 % 4 1,90 % 15,37 1,74 % 2 3,39 %Madrid (C. de) 17,43 1,29 % 2 6,06 % – – – – – – – –Murcia (R. de) 74,92 0,40 % 7 1,36 % 8,93 1,18 % 1 2,94 % – – – –Navarra (C. F. de) 0,6 0,01 % 1 0,84 % 10,21 0,84 % 1 4,35 % – – – –País Vasco 42,76 0,57 % 18 2,54 % – – – – – – – –La Rioja – – – – – – – – – – – –C. Valenciana 114 0,75 % 4 0,97 % – – – – – – – –Total 2.501 0,96 % 237 2,06 % 68 0,32 % 9 1,23 % 31 0,73 % 5 2,44 %

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7.6.- AYUDAS ESPECÍFICAS AL GANADO VACUNO

7.6.1. Solicitudes presentadasRespecto a las cuatro ayudas específicas al ganado bovino, dos al ganado vacuno de carne, y dos al sector lácteo,

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas (AVN),

• Ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno (ACV),

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sec-tor vacuno de leche (AVL),

• Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca (LCA),

en el siguiente cuadro se recoge el número de solicitudes admisibles en la campaña 2014:

AYUDAS ESPECÍFICAS VACUNO. SOLICITUDES ADMISIBLES. CAMPAÑA 2014

CCAAAVN ACV AVL LCA

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresAndalucía 168.457 3.213 8.215 326 39.387 545 25.487 354

Aragón 45.147 855 149.473 1.388 5.537 72 – –

Asturias (P. de) 137.033 7.457 19.586 1.672 76.609 2.234 1.311 57

Illes Balears 2.359 170 2.276 41 9.508 174 3.979 108

Cantabria 85.223 2.737 2.154 114 58.655 1.444 20.791 390

Castilla-La Mancha 75.509 1.306 15.329 119 14.757 200 4.336 32

Castilla y León 477.771 9.568 110.649 1.492 75.685 1.471 22.967 208

Cataluña 65.828 1.411 126.000 1.189 37.838 561 11.698 128

Extremadura 335.786 6.295 17.976 321 3.253 73 265 10

Galicia 178.163 15.050 70.202 5.011 317.413 9.743 168.297 4.173

Madrid (C. de) 34.745 878 5.470 138 3.918 55 301 2

Murcia (R. de) 106 3 249 3 2.024 23 2.918 7

Navarra (C. F. de) 29.797 1.089 10.062 321 13.482 206 12.629 95

País Vasco 44.205 3.625 10.715 762 18.032 392 10.797 157

La Rioja 15.543 204 1.561 10 1.038 13 – –

C. Valenciana 10.563 263 5.075 38 2.074 26 – –

Adm. Total 1.706.235 54.124 554.992 12.945 679.210 17.232 285.776 5.721

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En términos evolutivos se observa, al igual que en las solicitudes presentadas para prima por vaca nodriza (PVN), un descenso progresivo y generalizado de solicitudes presentadas para las ayudas específicas, (AVN) y (AVL). En (ACV) y (LCA), aumentó ligeramente el número de solicitantes respecto a la campaña anterior.

0

10.000

AVN ACV

2012

AVL LCA

56.1

52

55.8

22

54.1

24

12.8

01

12.7

61

12.9

45

18.7

33

17.9

70

17.2

32

5.753 5.016 5.721

20.000

30.000

40.000

50.000

SOLICITUDES ADMISIBLES AYUDAS ESPECÍFICAS VACUNO

Solic

itant

es

60.000

2013 2014

Por el contrario, se observa un aumento del número de animales solicitados en la ayuda específica a la vaca nodriza (AVN), y la ayuda por vulnerabilidad al sector lácteo (AVL) y en la ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca (LCA), en contraposición con la disminución del número de animales solicitados en la ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno (ACV).

0

400.000

200.000

AVN ACV

2012

AVL LCA

1.68

4.11

3

1.67

2.66

4

1.70

6.23

5

554.

589

561.

562

554.

992 68

2.15

4

674.

635

679.

210

800.000

1.000.000

600.000

1.200.000

1.400.000

1.600.000

ANIMALES SUBVENCIONABLES AYUDAS ESPECÍFICAS VACUNO

Anim

ales

1.800.000

2013 2014

215.

920

221.

538

285.

776

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Estableciendo un análisis por CCAA, y para cada una de las 4 ayudas específicas al ganado vacuno, observamos cómo:

• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas (AVN)

Destacan a nivel de nº de vacas nodrizas solicitadas, las comunidades de Castilla y León y Extremadura. Entre las dos, suponen casi el 48 % de los animales solicitados para percibir

esta ayuda específica. Por número de solicitantes sobresale Galicia, con un 28 % de las solicitudes de este pago, reflejo del elevado número de pequeñas explotaciones existentes en esta comunidad.

En sentido opuesto, Murcia es la comunidad autónoma con menor número de agricultores solicitantes y animales admisibles.

Animales Subvencionables AVN

C. y León477.771

28 %

Extremadura335.786

20 %Galicia178.163

10 %

Andalucía168.457

10 %

Asturias (P. de)137.033

8 %

Resto CCAA409.025

24 %

Solicitudes Admisibles AVN

Galicia15.05028 %

C. y León9.56818 %

Asturias (P. de)7.45714 %

Extremadura6.29512 %

País Vasco3.6257 %

Resto CCAA12.12922 %

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• Ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno (ACV)

Destacan Aragón, Cataluña y Castilla y León. Entre las tres CCAA agrupan más de dos tercios del número de animales sacrificados bajo esquemas de calidad y admisibles para recibir esta ayuda. Por número de solicitantes vuelve a sobresalir Galicia. Por el contrario, comunidades como Murcia, La Rioja, Comunidad Valenciana y Baleares, destacan por su pequeño número de solicitantes.

Animales Subvencionables ACV

Aragón149.473

27 %

Cataluña126.000

23 %C. y León110.649

20 %

Galicia70.20213 %

Extremadura17.976

3 %

Resto CCAA80.69214 %

Solicitudes Admisibles ACV

Galicia5.01139 %

Asturias (P. de)1.67213 %

C. y León1.49211 %

Aragón1.38811 %

Cataluña1.1899 %

Resto CCAA2.19317 %

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• Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sec-tor vacuno de leche (AVL)

Destaca la Comunidad Autónoma de Galicia, seguida de Asturias y Castilla León. En conso-nancia con las dos campañas inmediatamente anteriores, en 2014 se han registrado solici-tudes y animales subvencionables en todas las CCAA.

Animales Subvencionables AVL

Galicia317.413

47 %

Asturias (P. de)76.60911 %

C. y León75.68511 %

Cantabria58.655

9 %

Andalucía39.387

6 %

Cataluña37.838

5 %

Resto CCAA73.62311 %

Solicitudes Admisibles AVL

Galicia9.74357 %

Andalucía5453 %

Cataluña5613 %

Cantabria1.4448 %

Asturias (P. de)2.23413 %

C. y León1.4719 %

Resto CCAA1.2347 %

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• Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca (LCA)

Al igual que para AVL, destacó Galicia muy por encima del resto de CCAA, tanto a nivel de solicitudes como de animales subvencionables.

En el extremo opuesto, en Aragón, La Rioja y Comunidad Valenciana no se han presentado solicitudes para esta ayuda.

Animales Subvencionables LCA

Galicia168.297

59 %

Navarra (C. F. de)12.629

5 %

C. y León22.967

8 %

Cantabria20.791

7 %

Andalucía25.487

9 %

Cataluña11.698

4 %

Resto CCAA23.907

8 %

Solicitudes Admisibles LCA

Galicia4.17373 %

C. y León2084 %

País Vasco1573 %

Cataluña1282 %

Andalucía3546 %

Cantabria3907 %

Resto CCAA3115 %

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7.6.2. Controles sobre el terrenoEn cuanto a los controles sobre el terreno, se recuerda que conforme al artículo 30 del Re-glamento (CE) nº 1122/2009, el tamaño mínimo de la muestra debe incluir al 5 % de los productores que solicitan alguna ayuda por los regímenes del ganado bovino, y el 5 % de los animales solicitados por cada régimen.

En la campaña 2014, el porcentaje mínimo de controles fue cumplido por parte de todas las CCAA, excepto en Asturias, en el caso de la ayuda específica para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca (LCA) y la ayuda por vulnerabilidad al sector lácteo (AVL).

Los ceros consignados en la columna de “totales” no siempre se corresponden a la ausencia de con-troles sobre el terreno. Se trata de Comunidades que no registraron solicitudes para dichas ayudas. Es el caso de Aragón, La Rioja y Comunidad Valenciana en la ayuda específica al sector lácteo LCA.

AYUDAS ESPECÍFICAS VACUNO. CONTROLES SOBRE EL TERRENO

CCAAAVN ACV

A. Riesgos Aleatorio% Total

A. Riesgos Aleatorio% Total

Nº animales % solicit. Nº animales % solicit. Nº animales % solicit. Nº animales % solicit.Andalucía 10.438 5,87 2.410 1,36 7,23 394 4,45 61 0,69 5,14

Aragón 2.353 5,11 750 1,63 6,74 7.318 4,86 2.721 1,81 6,67

Asturias (P. de) 10.337 7,34 1.820 1,29 8,63 2.738 13,98 194 0,99 14,97

Illes Balears 93 3,44 47 1,74 5,18 125 5,49 200 8,79 14,28

Cantabria 4.687 5,39 1.418 1,63 7,02 102 4,74 53 2,46 7,20

Castilla-La Mancha 3.484 4,42 940 1,19 5,61 1.203 7,76 55 0,35 8,11

Castilla y León 33.760 7,01 6.136 1,27 8,28 4.662 4,15 1.242 1,11 5,26

Cataluña 7.284 10,71 1.246 1,83 12,54 4.506 3,54 1.934 1,52 5,06

Extremadura 21.111 6,2 7.086 2,08 8,28 1.700 9,11 116 0,62 9,73

Galicia 29.160 14,38 2.221 1,1 15,48 9.951 14,17 502 0,72 14,89

Madrid (C. de) 2.928 8,33 502 1,43 9,76 716 13,01 118 2,14 15,15

Murcia (R. de) 103 97,17 – – 97 – – – – –

Navarra (C. F. de) 1.367 4,31 444 1,4 5,71 490 4,87 74 0,74 5,61

País Vasco 7.671 14,26 639 1,19 15,45 1.806 16,83 86 0,8 17,63

La Rioja 825 5,31 386 2,48 7,79 188 10,59 – – 10,59

C. Valenciana 745 6,93 191 1,78 8,71 600 11,82 – – 11,82

ESPAÑA 136.346 7,69 26.236 1,48 9,17 36.499 6,51 7.356 1,31 7,82

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CAMPAÑA 2014SIG

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14

CCAAAVL LCA

A. Riesgos Aleatorio % Total

A. Riesgos Aleatorio % Total

Nº animales % solicit Nº animales % solicit Nº animales % solicit Nº animales % solicitAndalucía 1.385 3,48 1.242 3,12 6,60 810 2,91 830 2,98 5,89

Aragón 334 6,03 37 0,67 6,70 – – – – –

Asturias (P. de) 2.237 2,91 668 0,87 3,78 47 3,59 – – 3,59

Illes Balears 609 6,39 83 0,87 7,26 253 6,36 – – 6,36

Cantabria 4.520 7,59 846 1,42 9,01 2.376 10,98 233 1,08 12,06

Castilla-La Mancha 784 5,19 140 0,93 6,12 654 14,16 21 0,45 14,61

Castilla y León 3.399 4,43 723 0,94 5,37 1.756 7,65 52 0,23 7,88

Cataluña 3.131 8,2 389 1,02 9,22 2.233 18,9 481 4,07 22,97

Extremadura 389 11,46 86 2,53 13,99 19 6,42 – – 6,42

Galicia 28.163 8,82 3.718 1,16 9,98 16.507 9,77 1.768 1,05 10,82

Madrid (C. de) 300 7,63 – – 7,63 297 98,67 – – 99

Murcia (R. de) 141 6,97 – – 6,97 1.248 42,77 – – 42,77

Navarra (C. F. de) 707 5,23 251 1,86 7,09 921 7,28 136 1,08 8,36

País Vasco 1.182 6,53 162 0,89 7,42 979 9,07 33 0,31 9,38

La Rioja – – 66 6,34 6,34 – – – – –

C. Valenciana 300 13,89 – – 13,89 – – – – –

ESPAÑA 47.581 6,95 8.411 1,23 8,18 28.100 9,69 3.554 1,23 10,92

Respecto a los diferentes porcentajes de control aplicados en las distintas CCAA, debe te-nerse en cuenta lo ya expuesto en el apartado 2.2 sobre el incremento de controles en regio-nes con un alto número de irregularidades detectadas.

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7.6.3. Irregularidades detectadas tras los controles En la tabla adjunta, se muestran los animales y solicitantes de ayudas específicas al ganado vacuno, para los cuales se han detectado irregularidades tras los controles administrativos.

Irregularidades Ayudas Específicas Vacuno tras los Controles Administrativos

CCAAAVN ACV AVL LCA

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía 8.855 4,98 % 686 19,45 % 630 7,12 % 12 1,47 % 403 1,01 % 21 3,39 % 2.320 8,34 % 17 3,10 %

Aragón 879 1,91 % 15 1,71 % 1.108 0,74 % 120 6,89 % – – – – – – – –

Asturias (P. de) 3.832 2,72 % 278 3,59 % – – – – 387 0,50 % 97 4,16 % – – 44 77,19 %

Illes Balears 326 12,06 % 75 40,76 % – – – – 19 0,20 % 3 1,69 % – – – –

Cantabria 1.714 1,97 % 89 3,11 % – – – – 894 1,50 % 59 3,91 % 846 3,91 % 29 4,88 %

Castilla-La Mancha 3.324 4,22 % 80 5,45 % 182 1,17 % 20 9,30 % 345 2,28 % 9 4,17 % 282 6,11 % 2 2,13 %

Castilla y León 3.461 0,71 % 75 0,76 % 1.623 1,45 % 117 1,76 % 1.105 1,44 % 91 5,62 % – – – –

Cataluña 1.910 2,81 % 48 3,20 % – – – – 305 0,80 % 13 2,19 % 113 0,96 % 2 0,85 %

Extremadura 4.722 1,39 % 182 2,80 % 635 3,40 % 21 0,82 % 140 4,13 % 11 12,79 % 31 10,47 % 2 3,51 %

Galicia 24.594 12,13 % 1.833 10,51 % 5 0,01 % 3 0,05 % 1.892 0,59 % 538 4,90 % 716 0,42 % 37 0,34 %

Madrid (C. de) 215 0,61 % 12 1,32 % 28 0,51 % 14 5,67 % 14 0,36 % 3 5,08 % – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 1.903 6,00 % 40 3,45 % – – – – 43 0,32 % 10 4,59 % – – – –

País Vasco 9.552 17,75 % 481 11,41 % – – – – 71 0,39 % 14 3,42 % – – – –

La Rioja – – – – 215 12,11 % 5 45,45 % – – – – – – – –

C. Valenciana 185 1,72 % 4 1,47 % – – – – 86 3,98 % 3 10,34 % – – – –

TOTALES 65.472 3,69 % 3.898 6,64 % 4.426 0,79 % 312 1,31 % 5.704 0,83 % 872 4,60 % 4.308 1,48 % 133 0,96 %

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Tras los controles sobre el terreno de solicitantes de ayudas específicas al ganado vacuno, se detectaron las siguientes irregularidades:

Irregularidades Ayudas Específicas Vacuno tras los Controles sobre el Terreno

CCAA

AVN ACVSelección basada en el riesgo y

dirigida Selección aleatoria Selección basada en el riesgo y dirigida Selección aleatoria

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía 351 3,36 % 28 14,74 % 97 4,02 % 5 9,62 % – – – – – – – –

Aragón 12 0,51 % 3 7,32 % – – – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) 4 0,04 % 2 0,54 % – – – – – – – – – – – –

Illes Balears 18 19,35 % 8 88,89 % 1 2,13 % 1 33,33 % – – – – – – – –

Cantabria 31 0,66 % 2 1,38 % – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – 5 0,53 % 1 5,26 % – – – – – – – –

Castilla y León 82 0,24 % 22 4,74 % 6 0,10 % 5 4,20 % 5 0,11 % 3 0,85 % 2 0,16 % 1 1,41 %

Cataluña 261 3,58 % 8 7,14 % 42 3,37 % 2 6,90 % 121 2,69 % 1 1,72 % 168 8,69 % 1 3,13 %

Extremadura 180 0,85 % 36 8,96 % 8 0,11 % 7 5,26 % – – – – – – – –

Galicia 6 0,02 % 13 1,53 % 2 0,09 % 3 1,40 % – – 17 3,00 % – – 6 9,09 %

Madrid (C. de) 205 7,00 % 4 11,43 % 1 0,20 % 1 7,69 % 5 0,70 % 2 14,29 % – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 4 0,29 % 1 2,27 % 1 0,23 % 1 7,69 % – – – – – – – –

País Vasco 51 0,66 % 11 5,76 % 2 0,31 % 2 3,51 % 13 0,72 % 2 2,41 % – – – –

La Rioja – – – – – – – – – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – 9 4,71 % 1 20,00 % – – – – – – – –

TOTALES 1.205 0,88 % 138 4,71 % 174 0,66 % 29 3,51 % 144 0,39 % 25 1,55 % 170 2,31 % 8 2,56 %

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CCAA

AVL LCASelección basada en el riesgo y

dirigida Selección aleatoria Selección basada en el riesgo y dirigida Selección aleatoria

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía – – – – – – – – – – – – 2 0,24 % 2 15,38 %

Aragón – – – – – – – – – – – – – – – –

Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – – – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – – – – 40,00 % – – – – – – – –

Castilla y León 1 0,03 % 1 1,69 % – – – – – – 1 2,38 % – – – –

Cataluña 1 0,03 % 1 2,86 % 31 7,97 % 1 20,00 % 2 0,09 % 2 9,09 % – – – –

Extremadura – – 2 22,22 % – – – – – – – – – – – –

Galicia – – 18 3,14 % – – 8 6,25 % – – – – – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 2 0,28 % 1 10,00 % – – – – 16 1,74 % 1 12,50 % – – – –

País Vasco 1 0,08 % 1 4,17 % – – – – – – – – – – – –

La Rioja – – – – 3 4,55 % 1 100,00 % – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – – – – – – – – –

TOTALES 5 0,01 % 24 2,46 % 34 0,40 % 10 4,39 % 18 0,06 % 4 0,53 % 2 0,06 % 2 1,18 %

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Como conclusión, debe destacarse el gran descenso en cuanto a irregularidades que se ha producido en relación a la campaña anterior en todas las ayudas.

Por otro lado, resulta de gran interés la comparativa del % de solicitantes con irregularidades tras los controles sobre el terreno, para de este modo, poder valorar la eficiencia del mues-treo por análisis de riesgos en todas las CCAA y para cada una de las ayudas específicas:

AVN. COMPARATIVA MUESTREO POR ANÁLISIS DE RIESGOS-DIRIGIDO Y ALEATORIO

ACV. COMPARATIVA MUESTREO POR ANÁLISIS DE RIESGOS-DIRIGIDO Y ALEATORIO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio Análisis de riesgos y

dirigido Aleatorio

ESPAÑA 4,71 % 3,51 % ESPAÑA 1,55 % 2,56 %

Andalucía 14,74 % 9,62 % Andalucía – –

Aragón 7,32 % – Aragón – –

Asturias (P. de) 0,54 % – Asturias (P. de) – –

Illes Balears 88,89 % 33,33 % Illes Balears – –

Cantabria 1,38 % – Cantabria – –

Castilla-La Mancha – 5,26 % Castilla-La Mancha – –

Castilla y León 4,74 % 4,20 % Castilla y León 0,85 % 1,41 %

Cataluña 7,14 % 6,90 % Cataluña 1,72 % 3,13 %

Extremadura 8,96 % 5,26 % Extremadura – –

Galicia 1,53 % 1,40 % Galicia 3,00 % 9,09 %

Madrid (C. de) 11,43 % 7,69 % Madrid (C. de) 14,29 % –

Murcia (R. de) – – Murcia (R. de) – –

Navarra (C. F. de) 2,27 % 7,69 % Navarra (C. F. de) – –

País Vasco 5,76 % 3,51 % País Vasco 2,41 % –

La Rioja – – La Rioja – –

C. Valenciana – 20,00 % C. Valenciana – –

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AVL. COMPARATIVA MUESTREO POR ANÁLISIS DE RIESGOS-DIRIGIDO Y ALEATORIO

LCA. COMPARATIVA MUESTREO POR ANÁLISIS DE RIESGOS-DIRIGIDO Y ALEATORIO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio Análisis de riesgos y

dirigido Aleatorio

ESPAÑA 2,46 % 4,39 % ESPAÑA 0,53 % 1,18 %

Andalucía – – Andalucía – 15,38 %

Aragón – – Aragón – –

Asturias (P. de) – – Asturias (P. de) – –

Illes Balears – – Illes Balears – –

Cantabria – – Cantabria – –

Castilla-La Mancha – – Castilla-La Mancha – –

Castilla y León 1,69 % – Castilla y León 2,38 % –

Cataluña 2,86 % 20,00 % Cataluña 9,09 % –

Extremadura 22,22 % – Extremadura – –

Galicia 3,14 % 6,25 % Galicia – –

Madrid (C. de) – – Madrid (C. de) – –

Murcia (R. de) – – Murcia (R. de) – –

Navarra (C. F. de) 10,00 % – Navarra (C. F. de) 12,50 % –

País Vasco 4,17 % – País Vasco – –

La Rioja – 100,00 % La Rioja – –

C. Valenciana – – C. Valenciana – –

No obstante, debe tenerse en cuenta que de acuerdo con las instrucciones de la Comisión Europea, si se encuentran irregularidades por control administrativo y el productor es selec-cionado para un control sobre el terreno, las deficiencias detectadas en el control adminis-trativo se imputarán al control sobre el terreno correspondiente, incluso si el resultado de éste es correcto.

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7.7. AYUDAS ESPECÍFICAS AL OVINO Y CAPRINO

7.7.1. Solicitudes presentadasRespecto a las tres ayudas específicas a los sectores ovino y caprino,

• Ayuda específica para compensar las desventajas específicas que afectan a los agriculto-res des sector caprino (AVC),

• Ayuda específica para compensar las desventajas específicas que afectan a los agriculto-res des sector ovino (AVO),

• Ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino (OCA),

en el siguiente cuadro se recogen el número de solicitudes y animales admisibles en la campaña 2014:

AYUDAS ESPECÍFICAS OVINO Y CAPRINO. SOLICITUDES ADMISIBLES. CAMPAÑA 2014

CCAAAVC AVO OCA

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresAndalucía 356.695 2.157 767.489 1.859 425.704 978

Aragón 21.491 390 1.218.568 2.141 637.228 1.146

Asturias (P. de) 17.553 322 – – 1.567 20

Illes Balears 2.890 98 52.975 240 7.214 45

Cantabria 9.130 193 511 2 167 1

Castilla-La Mancha 249.229 1.486 1.128.426 1.798 471.798 618

Castilla y León 84.594 628 1.742.831 3.663 664.969 1.344

Cataluña 15.865 271 206.878 391 38.303 80

Extremadura 152.590 1.086 1.453.364 2.599 871.048 1.419

Galicia 13.638 290 27.846 218 798 8

Madrid (C. de) 7.323 45 4.733 10 748 1

Murcia (R. de) 44.644 199 155.884 140 144.544 164

Navarra (C. F. de) 5.030 160 285.444 346 173.069 295

País Vasco 12.964 504 35.972 102 50.943 165

La Rioja 6.718 54 79.064 151 11.000 12

C. Valenciana 39.031 349 108.344 234 34.056 49

Adm. Total 1.039.385 8.232 7.268.329 13.894 3.533.156 6.345

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En relación a la campaña anterior, se observa un aumento tanto en el número de animales subvencionables como de solicitantes en las dos ayudas específicas (AVC y AVO), mientras que se ha producido un descenso tanto en animales como en solicitantes en la ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino (OCA).

Estableciendo un análisis del número de animales subvencionables y solicitudes admisibles por CCAA, y para cada una de las 3 ayudas específicas al ganado ovino y/o caprino, podemos observar el correspondiente reparto de las ayudas a nivel nacional:

• Ayuda específica para compensar las desventajas específicas que afectan a los agriculto-res del sector caprino (AVC)

En el tercer año de aplicación de la ayuda por vulnerabilidad al ganado caprino, de nuevo en todas las CCAA se registraron solicitudes admisibles. No obstante, se asociaron en gran parte con comunidades con una gran tradición en la cría de ganado caprino.

Animales Subvencionables AVC

Andalucía356.695

34 %

C. y León84.594

8 %C.-La Mancha

249.22923 %

Extremadura152.590

15 %

Murcia (R. de)44.644

4%

C. Valenciana39.031

4 %

Resto CCAA112.602

11 %

Solicitudes Admisibles AVC

Andalucía2.15726 %

C.-La Mancha1.48618 %

C. y León6288 %

Extremadura1.08613 %

País Vasco5046 %

Asturias (P. de)3224 %

C. Valenciana3494 %

Aragón3905 %

Resto CCAA1.31016 %

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• Ayuda específica para compensar las desventajas específicas que afectan a los agriculto-res del sector ovino (AVO)

Para esta ayuda, en Asturias no se registraron solicitudes, y en Cantabria y Madrid tan sólo 2 y 10 solicitudes admisibles, respectivamente. De forma análoga a la anterior ayuda para el ganado caprino, con respecto a AVO los animales subvencionables y solicitudes admisibles se concentraron en comunidades con gran tradición en la cría de ganado ovino.

Animales Subvencionables AVO

C. y León1.742.831

24 %

Aragón1.218.568

17 %

Extremadura1.453.364

20 %

C.-La Mancha1.128.426

15 %

Andalucía767.489

11%

Resto CCAA957.651

13 %

Solicitudes Admisibles AVO

C. y León3.66326 %

Extremadura2.59919 %

Aragón2.14116 %

Andalucía1.85913 %

C.-La Mancha1.79813 %

Resto CCAA1.83413 %

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• Ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino (OCA)

En todas las CCAA se registraron solicitudes y animales admisibles. Destacan las Comunida-des de Extremadura, Castilla y León y Aragón, concentrando entre las tres más del 60 % de la producción de calidad de ovino y caprino en España.

Animales Subvencionables OCA

Extremadura871.048

25 %

C.-La Mancha471.798

13 %

Aragón637.228

18 %Andalucía425.704

12 %

C. y León664.969

19%

Resto CCAA462.409

13 %

Solicitudes Admisibles OCA

Extremadura1.41922 %

Aragón1.14618 %

Andalucía978

15 %

C. y León1.34421 %

C.-La Mancha618

10 %

Resto CCAA840

13 %

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7.7.2. Controles sobre el terrenoEn cuanto a los controles sobre el terreno, se recuerda que conforme al artículo 30 del Re-glamento (CE) Nº 1122/2009, el tamaño mínimo de la muestra debe incluir al 10 % de los productores que solicitan alguna de las ayudas específicas al ovino y caprino, y el 5 % de los animales solicitados por cada régimen.

AYUDAS ESPECÍFICAS OVINO Y CAPRINO. CONTROLES SOBRE EL TERRENO

CCAA

AVC AVO OCAA. Riesgos Aleatorio

% TotalA. Riesgos Aleatorio

% TotalA. Riesgos Aleatorio

% TotalNº ani-males

% soli-cit.

Nº ani-males

% soli-cit.

Nº ani-males

% soli-cit.

Nº ani-males

% soli-cit.

Nº ani-males

% soli-cit.

Nº ani-males

% soli-cit.

Andalucía 71.004 19,17 11.998 3,24 22,41 57.364 6,86 25.411 3,04 9,90 27.358 6,29 8.883 2,04 8,34

Aragón 1.193 5,38 728 3,28 8,66 100.158 8,12 38.130 3,09 11,22 54.662 8,57 25.195 3,95 12,52

Asturias (P. de) 2.293 12,94 201 1,13 14,08 – – – – – – – – – –

Illes Balears 116 3,84 264 8,74 12,58 15.811 26,43 1.360 2,27 28,71 910 12,61 130 1,80 14,42

Cantabria 130 1,80 260 2,85 4,65 208 40,70 – – 40,70 167 100,00 – – 100,00

Castilla-La Mancha 15.966 6,39 5.637 2,26 8,65 140.884 12,11 23.305 2,00 14,11 79.373 16,81 5.656 1,20 18,01

Castilla y León 9.563 10,88 3.629 4,13 15,00 178.990 9,66 50.156 2,71 12,37 59.202 8,77 18.960 2,81 11,58

Cataluña 3.633 20,36 226 1,27 21,63 40.838 19,49 7.540 3,60 23,09 6.199 15,94 1.763 4,53 20,47

Extremadura 19.089 12,24 5.389 3,46 15,70 168.044 11,20 47.382 3,16 14,36 77.723 8,88 30.083 3,44 12,31

Galicia 3.688 26,35 191 1,36 27,72 8.177 25,52 788 2,46 27,98 1.662 53,73 60 1,94 55,67

Madrid (C. de) 2.523 34,43 352 4,80 39,24 333 7,04 – – 7,04 748 100,00 – – 100,00

Murcia (R. de) 6.493 13,92 621 1,33 15,25 8.579 5,47 1.252 0,80 6,27 10.496 7,26 1.747 1,21 8,47

Navarra (C. F. de) 1.227 23,87 71 1,38 25,25 29.644 10,36 9.599 3,35 13,71 17.752 10,24 6.266 3,62 13,86

País Vasco 1.313 9,93 449 3,40 13,33 4.317 11,65 285 0,77 12,42 6.648 13,05 897 1,76 14,81

La Rioja 649 9,56 11 0,16 9,72 8.255 10,42 2.005 2,53 12,95 1.251 11,37 – – 11,37

C. Valenciana 4.603 11,52 1.422 3,56 15,08 13.749 12,61 1.161 1,06 13,67 5.946 17,46 359 1,05 18,51

ESPAÑA 143.483 13,49 31.449 2,95 16,44 775.351 10,25 208.374 2,76 13,01 350.097 9,83 99.999 2,81 12,64

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

C 20

14

En la campaña 2014, todas las CCAA cumplieron el porcentaje mínimo de controles, excepto Cantabria en AVC. Los ceros consignados en la columna de “totales” en el caso de Asturias con respecto a AVO y OCA, no se corresponden a la ausencia de controles sobre el terreno, sino que deriva de la ausencia de solicitudes para esta ayuda.

7.7.3. Irregularidades detectadas tras los controles En la tabla adjunta, se muestran los animales y solicitantes de ayudas específicas al ovino y caprino, para los cuales se detectaron irregularidades tras los controles administrativos.

Irregularidades Ayudas Específicas Ovino y Caprino tras los Controles Administrativos

CCAAAVC AVO OCA

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía 3.538 0,96 % 176 6,18 % 61.702 7,38 % 129 5,82 % 5.006 1,15 % 12 0,55 %

Aragón 647 3,01 % 107 21,02 % 13.386 1,09 % 42 1,90 % 108 0,02 % 1 0,07 %

Asturias (P. de) 165 0,93 % 25 7,20 % – – – – – – – –

Illes Balears 99 3,28 % 5 4,81 % 5.232 8,75 % 40 14,04 % – – – –

Cantabria – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha – – – – 30.169 2,59 % 57 3,06 % – – – –

Castilla y León 264 0,30 % 18 2,62 % 92.117 4,97 % 243 6,13 % 5.477 0,81 % 16 0,75 %

Cataluña 1.980 11,10 % 45 14,61 % 2.630 1,26 % 23 5,39 % 598 1,54 % 6 2,62 %

Extremadura 626 0,40 % 100 7,64 % 28.057 1,87 % 235 7,88 % – – – –

Galicia 254 1,81 % 50 14,20 % 3.809 11,89 % 40 15,38 % 1.667 53,90 % 20 60,61 %

Madrid (C. de) – – – – – – – – – – – –

Murcia (R. de) 21 0,05 % 1 0,49 % 986 0,63 % 1 0,71 % – – – –

Navarra (C. F. de) 89 1,73 % 13 7,51 % 572 0,20 % 7 1,99 % 65 0,04 % 7 1,54 %

País Vasco 243 1,84 % 33 6,02 % 1.052 2,84 % 2 1,38 % – – – –

La Rioja 14 0,21 % 2 3,64 % 92 0,12 % 2 1,32 % – – – –

C. Valenciana 920 2,30 % 45 10,87 % 714 0,66 % 5 2,08 % – – – –

TOTALES 8.860 0,83 % 620 6,44 % 240.518 3,18 % 826 5,40 % 12.921 0,36 % 62 0,61 %

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

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Tras los controles sobre el terreno de solicitantes de ayudas específicas al ovino y caprino, se detectaron las siguientes irregularidades:

Irregularidades Ayudas Específicas Ovino y Caprino tras los Controles sobre el Terreno

CCAA

AVC AVOSelección basada en el riesgo y

dirigida Selección aleatoria Selección basada en el riesgo y dirigida Selección aleatoria

Animales Agricultores Animales Agricultores Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía 8.859 12,48 % 121 32,35 % 1.222 10,19 % 25 26,60 % 5.607 9,77 % 45 29,03 % 1.598 6,29 % 15 23,08 %

Aragón – – – – 34 4,67 % 1 7,14 % 515 0,51 % 15 7,81 % 349 0,92 % 6 10,00 %

Asturias (P. de) – – – – – – – – – – – – – – – –

Illes Balears – – – – 32 12,12 % 2 66,67 % 1.592 10,07 % 3 9,09 % – – – –

Cantabria 1 0,77 % 1 5,56 % – – – – – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 552 3,46 % 9 8,26 % 3 0,05 % 1 3,13 % 3.683 2,61 % 7 4,86 % 1.404 6,02 % 6 12,77 %

Castilla y León 1.695 17,72 % 45 46,88 % 1.365 37,61 % 10 58,82 % 15.525 8,67 % 123 33,33 % 2.421 4,83 % 34 29,57 %

Cataluña – – – – – – – – – – – – – – – –

Extremadura 2.373 12,43 % 59 39,07 % 323 5,99 % 13 28,26 % 12.383 7,37 % 123 36,39 % 2.860 6,04 % 34 32,69 %

Galicia 104 2,82 % 11 28,21 % – – 1 11,11 % 383 4,68 % 12 29,27 % 5 0,63 % 2 20,00 %

Madrid (C. de) – – – – 4 1,14 % 1 50,00 % – – – – – – – –

Murcia (R. de) 1.959 30,17 % 15 60,00 % 13 2,09 % 1 33,33 % – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 20 1,63 % 5 20,00 % 2 2,82 % 1 25,00 % 109 0,37 % 12 37,50 % 132 1,38 % 6 50,00 %

País Vasco 10 0,76 % 1 2,17 % – – – – 16 0,37 % 1 4,76 % – – – –

La Rioja 36 5,55 % 2 40,00 % 1 9,09 % 1 100,00 % 87 1,05 % 3 21,43 % – – – –

C. Valenciana – – – – – – – – 5 0,04 % 1 4,00 % – – – –

TOTALES 15.609 10,85 % 269 25,43 % 2.999 9,54 % 57 20,96 % 39.905 5,15 % 345 23,83 % 8.769 4,21 % 103 22,94 %

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

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CCAA

OCASelección basada en el riesgo y dirigida Selección aleatoria

Animales Agricultores Animales AgricultoresNº % control Nº % control Nº % control Nº % control

Andalucía 3.637 13,29 % 26 13,40 % 337 3,79 % 7 10,45 %

Aragón 119 0,22 % 6 4,23 % 346 1,37 % 5 11,90 %

Asturias (P. de) – – – – – – – –

Illes Balears – – – – – – – –

Cantabria – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 232 0,29 % 3 3,61 % 46 0,81 % 2 15,38 %

Castilla y León 3.671 6,20 % 30 15,46 % 805 4,25 % 13 22,03 %

Cataluña – – – – – – – –

Extremadura 3.091 3,98 % 38 13,52 % 1.476 4,91 % 18 21,69 %

Galicia 628 37,79 % 5 50,00 % – – – –

Madrid (C. de) – – – – – – – –

Murcia (R. de) 13 0,12 % 1 16,67 % – – – –

Navarra (C. F. de) 76 0,43 % 6 17,14 % 80 1,28 % 4 26,67 %

País Vasco – – – – – – – –

La Rioja – – – – – – – –

C. Valenciana – – – – – – – –

TOTALES 11.467 3,28 % 115 11,10 % 3.090 3,09 % 49 16,01 %

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

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En relación a los controles de solicitantes de ayudas específicas al ovino y caprino, destaca como primera conclusión el elevado porcentaje de solicitantes con irregularidades tras los controles. En el caso de AVC se consignaron entre otros, los casos de explotaciones de solicitantes que, aun estando ubicadas en una zona desfavorecida, cuentan con menos de diez animales elegibles. Respecto a AVO, seguramente responda al incumplimiento de los requisitos y compromisos exigidos tanto por parte de los solicitantes de la ayuda, como por las entidades asociativas. En el caso de OCA, podría atribuirse a que un elevado número de sistemas de calidad no han sido considerados como elegibles para la ayuda.

Asimismo, estableciendo una comparativa entre los porcentajes de solicitantes con irregu-laridades tras los controles sobre el terreno, podemos valorar la eficiencia del muestreo por análisis de riesgos en todas las CCAA y para cada una de las ayudas específicas al ovino y/o caprino:

AVC. COMPARATIVA MUESTREO ALEATORIO Y POR ANÁLISIS DE RIESGOS Y DIRIGIDO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio

ESPAÑA 25,43 % 20,96 %

Andalucía 32,35 % 26,60 %

Aragón – 7,14 %

Asturias (P. de) – –

Illes Balears – 66,67 %

Cantabria 5,56 % –

Castilla-La Mancha 8,26 % 3,13 %

Castilla y León 46,88 % 58,82 %

Cataluña – –

Extremadura 39,07 % 28,26 %

Galicia 28,21 % 11,11 %

Madrid (C. de) – 50,00 %

Murcia (R. de) 60,00 % 33,33 %

Navarra (C. F. de) 20,00 % 25,00 %

País Vasco 2,17 % –

La Rioja 40,00 % 100,00 %

C. Valenciana – –

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AVO. COMPARATIVA MUESTREO ALEATORIO Y POR ANÁLISIS DE RIESGOS Y DIRIGIDO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio

ESPAÑA 23,83 % 22,94 %

Andalucía 29,03 % 23,08 %

Aragón 7,81 % 10,00 %

Asturias (P. de) – –

Illes Balears 9,09 % –

Cantabria – –

Castilla-La Mancha 4,86 % 12,77 %

Castilla y León 33,33 % 29,57 %

Cataluña – –

Extremadura 36,39 % 32,69 %

Galicia 29,27 % 20,00 %

Madrid (C. de) – –

Murcia (R. de) – –

Navarra (C. F. de) 37,50 % 50,00 %

País Vasco 4,76 % –

La Rioja 21,43 % –

C. Valenciana 4,00 % –

OCA. COMPARATIVA MUESTREO ALEATORIO Y POR ANÁLISIS DE RIESGOS Y DIRIGIDO

Análisis de riesgos y dirigido Aleatorio

ESPAÑA 11,10 % 16,01 %

Andalucía 13,40 % 10,45 %

Aragón 4,23 % 11,90 %

Asturias (P. de) – –

Illes Balears – –

Cantabria – –

Castilla-La Mancha 3,61 % 15,38 %

Castilla y León 15,46 % 22,03 %

Cataluña – –

Extremadura 13,52 % 21,69 %

Galicia 50,00 % –

Madrid (C. de) – –

Murcia (R. de) 16,67 % –

Navarra (C. F. de) 17,14 % 26,67 %

País Vasco – –

La Rioja – –

C. Valenciana – –

Al igual que en las anteriores ayudas, debe tenerse en cuenta que en dicho análisis pueden obtenerse resultados no significativos, dado que de acuerdo con las instrucciones de la Comisión Europea, si se encuentran irregularidades por control administrativo y el productor es seleccio-nado para un control sobre el terreno, las diferencias detectadas en el control administrativo se imputarán al control sobre el terreno correspondiente, incluso si el resultado de éste es correcto.

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CAMPAÑA 2014SIG

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7.8. DECLARACIÓN DE FIABILIDAD. TASA DE ERROREs necesario destacar en este punto que, a efectos de la cumplimentación de las estadísticas de controles del SIGC, y de acuerdo con las instrucciones de la Comisión, si se encuentran irregularidades por control administrativo y el productor es seleccionado para un control so-bre el terreno, las diferencias detectadas en el control administrativo se imputarán al control sobre el terreno correspondiente, incluso si el resultado de éste es correcto. Esta cuestión dificulta en gran medida la optimización de los resultados a efectos de la Declaración de Fiabilidad (Tasa de Error).

Para el cálculo de las tasas de error, se tienen en cuenta los importes no pagados derivados de las irregularidades detectadas en los controles sobre el terreno realizados mediante se-lección aleatoria.

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CAMPAÑA 2014SIG

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Importe No Pagado como resultado C. Terreno selección Aleatoria_____________________________________________________________________Importe a Pagar antes de Reducciones como resultado C. Terreno selección Aleatoria x 100

TASA ERROR CONTROLES TERRENO SELECCIÓN ALEATORIA. PRIMAS GANADERAS. CAMPAÑA 2014

Prima vaca nodriza (PVN) Art.68 Vulnerabilidad vaca nodriza (AVN) Art. 68 Calidad carne vacuno (ACV) Art. 68 Vulnerabilidad lácteo (AVL)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Andalucía 348.725,37 – – 59.122,48 2.599,64 4,40 686,71 – – 60.407,46 – –

Aragón 89.630,84 – – 19.458,02 – – 30.631,38 – – 3.837,41 – –

Asturias (P. de) 184.932,98 – – 50.594,94 – – 2.183,94 – – 55.500,28 – –

Illes Balears 2.602,19 – – 1.388,46 29,54 2,13 2.251,48 – – 7.572,03 – –

Cantabria 174.703,54 – – 36.976,25 – – 596,65 – – 78.371,86 – –

Castilla-La Mancha 210.949,34 952,28 0,45 22.579,60 147,71 0,65 619,16 – – 5.050,08 – –

Castilla y León 1.049.013,92 57,14 0,01 149.716,55 88,60 0,06 13.981,69 22,52 0,16 62.091,08 – –

Cataluña 163.784,61 – – 31.717,77 1.142,27 3,60 21.771,84 1.891,25 8,69 10.956,44 2.174,97 19,85

Extremadura 1.313.557,74 – – 169.066,56 128,01 0,08 1.305,85 – – 7.918,65 – –

Galicia 218.719,88 114,28 0,05 65.208,07 59,10 0,09 5.651,20 – – 284.394,88 – –

Madrid (C. de) 71.738,67 170,07 0,24 12.693,03 9,85 0,08 1.328,37 – – – – –

Murcia (R. de) – – – – – – – – – – – –

Navarra (C. F. de) 63.608,96 – – 10.940,22 19,70 0,18 833,05 – – 20.485,41 – –

País Vasco 73.932,64 – – 18.020,31 59,08 0,33 968,12 – – 11.497,12 – –

La Rioja 62.588,50 – – 9.197,27 – – – – – 1.676,86 66,19 3,95

C. Valenciana 53.061,11 1.714,11 3,23 5.642,37 265,79 4,71 – – – – – –

ESPAÑA 4.081.550,29 3.007,88 0,07 662.321,90 4.549,29 0,69 82.809,44 1.913,77 2,31 609.759,56 2.241,16 0,37

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

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Art. 68 Calidad lácteo (LCA) Art.68 Vulnerabilidad caprino (AVC) Art.68 Vulnerabilidad ovino (AVO) Art. 68 Calidad ovino - caprino

(OCA)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Importe a pagar (€)

Importe no abona-

do (€)

Tasa de error (%)

Andalucía 10.423,20 25,12 0,24 44.604,55 4.543,02 10,19 88.354,82 5.761,27 6,52 14.004,67 516,97 3,69

Aragón – – – 2.706,46 126,40 4,67 137.470,73 1.258,26 0,92 46.202,57 661,03 1,43

Asturias (P. de) – – – 747,25 – – – – – – – –

Illes Balears – – – 981,46 118,96 12,12 4.903,22 – – 248,36 – –

Cantabria 2.926,03 – – 966,59 – – – – – – – –

Castilla-La Mancha 263,72 – – 20.956,48 11,15 0,05 70.523,60 4.359,92 6,18 10.321,23 81,38 0,79

Castilla y León 653,02 – – 13.491,38 5.074,62 37,61 152.431,00 7.157,99 4,70 32.542,17 1.257,10 3,86

Cataluña 6.040,43 – – 840,18 – – 24.713,74 – – 3.159,95 – –

Extremadura – – – 20.034,51 1.249,14 6,23 168.859,70 10.466,22 6,20 50.212,69 2.268,90 4,52

Galicia 22.221,49 – – 710,07 – – 2.841,00 18,03 0,63 114,63 – –

Madrid (C. de) – – – 1.308,62 14,87 1,14 – – – – – –

Murcia (R. de) – – – 2.308,67 48,33 2,09 4.513,85 – – 2.670,10 – –

Navarra (C. F. de) 1.707,90 – – 263,94 7,43 2,82 33.088,87 454,26 1,37 11.971,14 152,84 1,28

País Vasco 414,42 – – 1.669,24 – – 719,26 – – 1.713,71 – –

La Rioja – – – 40,89 3,71 9,07 7.001,53 – – – – –

C. Valenciana – – – 5.286,53 22,31 0,42 4.185,77 – – 548,69 – –

ESPAÑA 44.650,21 25,12 0,06 116.916,82 11.219,94 9,60 699.607,09 29.475,95 4,21 173.709,91 4.938,22 2,84

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Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

C 20

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Estableciendo una comparativa entre la campaña 2014 frente a las campañas 2012 y 2013, se observa la consolidación del descenso de las Tasas de Error de las Primas Ganaderas en general.

Tasa error controles terreno selección aleatoriaCampaña 2012

Régimen de ayuda Importe de la ayuda solicitada

Importe no abonado

Tasa error (%)

Prima por vaca nodriza 4.927.510,98 3.976,29 0,08

Art. 68 Vaca nodriza 752.587,76 37.323,17 4,96

Art. 68 Vacuno carne calidad 113.303,33 3.301,28 2,91

Art. 68 Vulnerabilidad lácteo 868.972,69 13.671,05 1,57

Art. 68 Calidad lácteo 50.265,84 132,07 0,26

Art. 68 Vulnerabilidad ovino 873.123,78 52.014,19 5,96

Art. 68 Calidad ovino caprino 225.841,01 18.102,42 8,02

Art. 68 Vulnerabilidad caprino 108.249,66 9.943,47 9,19

Total 7.919.855,05 138.463,94 1,75

Campaña 2013

Régimen de ayuda Importe de la ayuda solicitada

Importe no abonado

Tasa error (%)

Prima por vaca nodriza 4.341.136,01 3.951,17 0,09

Art. 68 Vaca nodriza 703.096,07 31.102,26 4,42

Art. 68 Vacuno carne calidad 111.551,66 832,47 0,75

Art. 68 Vulnerabilidad lácteo 805.593,60 14.854,82 1,84

Art. 68 Calidad lácteo 62.123,92 – –

Art. 68 Vulnerabilidad ovino 770.162,68 60.260,26 7,82

Art. 68 Calidad ovino caprino 200.632,51 4.120,63 2,05

Art. 68 Vulnerabilidad caprino 156.431,49 15.411,49 9,85

Total 7.150.727,94 130.533,10 1,83

121

Informe sobre el sistema integrado de gestión y control para las ayudas por superficie y las primas ganaderas

CAMPAÑA 2014SIG

C 20

14

Campaña 2014

Régimen de ayuda Importe de la ayuda solicitada

Importe no abonado

Tasa error (%)

Prima por vaca nodriza 4.081.550,29 3.007,88 0,07

Art. 68 Vaca nodriza 662.321,90 4.549,29 0,69

Art. 68 Vacuno carne calidad 82.809,44 1.913,77 2,31

Art. 68 Vulnerabilidad lácteo 44.650,21 25,12 0,06

Art. 68 Calidad lácteo 62.123,92 – –

Art. 68 Vulnerabilidad ovino 699.607,09 29.475,95 4,21

Art. 68 Calidad ovino caprino 173.709,91 4.938,22 2,84

Art. 68 Vulnerabilidad caprino 116.916,82 11.219,94 9,60

Total 7.150.727,85 130.532,93 1,83

Este hecho se debe fundamentalmente a las modificaciones del concepto de “Animales Potencialmente Subvencionables o APS” introducidas en el Plan Nacional de Controles de Primas Ganaderas de la Campaña 2012 y posteriores.