Informe Nro 12 de fecode marzo-4-2011-

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1 DESDE EL EJECUTIVO DE FECODE: SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES Y JURIDICOS INFORME Nro. 12 OVER DORADO CARDONA Secretario de Asuntos Laborales y Jurídicos de FECODE [email protected] [email protected] http://overdorado.blogspot.com PRESENTACION Compañeros-as-, La Federación colombiana de educadores FECODE- , ha venido trabajando para darle un norte y salida a la problemática que hoy tiene la educación pública estatal y los derechos laborales, salariales y prestacionales de nuestro gremio. Partir de una unidad interna en lo grueso y estratégico para poder lograr los propósitos, partir de una organización fuerte, centralizada y con una visión flexible frente a la dinámica existente en lo local, departamental y nacional, teniendo la capacidad de interpretar los intereses gremiales y ser parte de ese torrente de organizaciones que hoy se ponen al frente de la lucha, al frente de ese movimiento de oposición no solo contra el gobierno sino contra el régimen, es una necesidad y condición para los éxitos parciales y generales de FECODE como organización y de cómo esta le apuesta y le aporta al proceso de transformación social en nuestro país. En este informe Nro. 12, se presenta la siguiente temática: 1. Informe FNPSM: Presupuesto 2011. 2. CONPES -Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES-. Presupuesto para educación SGP: CONPES Nro. 137 del 28 de enero de 2011. 3. Glosario y conceptos: frente a la carrera administrativa. 1. INFORME DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO FNPSM- Para la elaboración del proyecto de Presupuesto para la vigencia fiscal del 2011, se tuvo en cuenta lo estipulado en la Ley 91 de 1989; el Decreto 196 de 1995; la Ley 715 de 2001 y la Ley 812 de 2003, complementada con los Decretos 2341 del 19 de agosto de 2003 y 4982 del 27 de diciembre de 2007. Adicionalmente, se tomó en consideración el incremento del índice de precios al consumidor al finalizar el 2010 que fue de un 3.17%, que se aplica para el 2011, que según lo estipulado en la Ley

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DESDE EL EJECUTIVO DE FECODE: SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES Y

JURIDICOS

INFORME Nro. 12

OVER DORADO CARDONA

Secretario de Asuntos Laborales y Jurídicos de FECODE

[email protected]

[email protected]

http://overdorado.blogspot.com

PRESENTACION

Compañeros-as-,

La Federación colombiana de educadores –FECODE- , ha venido trabajando para darle un norte y

salida a la problemática que hoy tiene la educación pública estatal y los derechos laborales,

salariales y prestacionales de nuestro gremio.

Partir de una unidad interna en lo grueso y estratégico para poder lograr los propósitos, partir de

una organización fuerte, centralizada y con una visión flexible frente a la dinámica existente en lo

local, departamental y nacional, teniendo la capacidad de interpretar los intereses gremiales y ser

parte de ese torrente de organizaciones que hoy se ponen al frente de la lucha, al frente de ese

movimiento de oposición no solo contra el gobierno sino contra el régimen, es una necesidad y

condición para los éxitos parciales y generales de FECODE como organización y de cómo esta le

apuesta y le aporta al proceso de transformación social en nuestro país.

En este informe Nro. 12, se presenta la siguiente temática:

1. Informe FNPSM: Presupuesto 2011.

2. CONPES -Consejo Nacional de Política Económica y Social –CONPES-. Presupuesto para educación SGP: CONPES Nro. 137 del 28 de enero de 2011.

3. Glosario y conceptos: frente a la carrera administrativa.

1. INFORME DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DEL

MAGISTERIO –FNPSM-

Para la elaboración del proyecto de Presupuesto para la vigencia fiscal del 2011, se tuvo en cuenta lo

estipulado en la Ley 91 de 1989; el Decreto 196 de 1995; la Ley 715 de 2001 y la Ley 812 de 2003,

complementada con los Decretos 2341 del 19 de agosto de 2003 y 4982 del 27 de diciembre de

2007.

Adicionalmente, se tomó en consideración el incremento del índice de precios al consumidor al

finalizar el 2010 que fue de un 3.17%, que se aplica para el 2011, que según lo estipulado en la Ley

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238 de 1.995 se aplica a todos los pensionados; pero además se debe tener en cuenta algunos

costos adicionales que se pueden presentar, como los ascensos en el escalafón, que inciden en el

cálculo de algunos gastos que debe realizar el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio para

su normal funcionamiento.

FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO

PROYECTO PRESUPUESTO 2.011 (Desagregado)

( PESOS $)

Descripción de Rubros Aporte/Apropiació

n Aporte/Apropiació

n

Inicial TOTAL

PRESUPUESTO DE INGRESOS 4.960.779.099.164 4.960.779.099.164

INGRESOS CORRIENTES 4.960.779.099.164 4.960.779.099.164

No Tributarios 4.960.779.099.164 4.960.779.099.164

De Propiedad del Fondo

- El 12 % de cada mesada pensional, incluídas las adiciones,

como aporte de los pensionados. (Nota 1) 350.546.485.758 350.546.485.758

- Rendimientos de Inversión. (Nota 2) 3.379.997.235 3.379.997.235

SUBTOTAL INGRESOS DE PROPIEDAD DEL FONDO 353.926.482.993 353.926.482.993

Por Transferencias

De la Nación

- El equivalente al 8.5% mensual liquidado sobre el valor de la nómina

de los docentes, descontando los factores salariales (Nota 3) 588.460.214.066 588.460.214.066

- El equivalente a una doceava (8.33%) anual liquidada

sobre los factores salariales que forman parte del rubro de

servicios personales de los docentes. (Nota 3) 648.777.386.008 648.777.386.008

- El 12% de aporte patronal adicional para salud y pensiones de la Ley 812 de 2003. (Nota 4) 765.789.566.378 765.789.566.378

- Recursos aporte Nación, corte de cuentas para Cesantías. (Nota 5) 293.550.000.000 293.550.000.000

- Aporte Revisión corte de cuentas Nación para Pensiones. (Nota 6) 1.266.742.443.708 1.266.742.443.708

- Cuota para Cesantías de Supervisores. (Nota 7) 7.624.970 7.624.970

- Cuota para Previsión Social Supervisores. (Nota 7) 16.679.939 16.679.939

- Otros aportes.

Subtotal Transferencias de la Nación 3.563.343.915.069 3.563.343.915.069

De los Departamentos y Municipios

- El 4% del sueldo mensual del personal afiliado al Fondo. (Nota 8) 265.044.826.954 265.044.826.954

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- Cuotas personales de inscripción equivalente a una tercera

parte del primer sueldo mensual devengado y una tercera

parte de sus posteriores aumentos. (Nota 9) 19.889.947.295 19.889.947.295

- Amortización deuda de los entes territoriales. (Nota 10) 500.000.000.000 500.000.000.000

- El 4% adicional del sueldo mensual del personal afiliado

al Fondo, de la Ley 812 de 2003. (Nota 11) 258.573.926.853 258.573.926.853

- Otros aportes.

Subtotal transferencias de los Departamentos 1.043.508.701.102 1.043.508.701.102

SUBTOTAL INGRESOS POR TRANSFERENCIAS 4.606.852.616.171 4.606.852.616.171

Descripción de Rubros Aporte/Apropiació

n Aporte/Apropiació

n

Inicial TOTAL

PRESUPUESTO DE GASTOS 4.960.779.099.164 4.960.779.099.164

De Gastos 4.960.779.099.164 4.960.779.099.164

Prestac. de Servicios Médico-Asistenciales

- Contratos de Servicios Médicos (Nota 12) 835.276.369.220 835.276.369.220

- Auxilios, Indemnizaciones y Seguros. (Nota 13) 25.211.599.931 25.211.599.931

- Para Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud. (Nota 14) 127.574.614.830 127.574.614.830

Subtotal servicios medico asistenciales 988.062.583.981 988.062.583.981

- Pensiones (Jubilación, Vejez, Invalidez, Sustitución y

Reliquidación). (Nota 15) 3.011.095.813.980 3.011.095.813.980

- Cesantías Definitivas. (Nota 16) 440.559.629.100 437.459.370.600

- Cesantías Parciales. (Nota 17) 363.384.946.926 366.485.205.426

- Cesantías fallos de tutela (Nota 18) 1.031.287.320 1.031.287.320

- Intereses sobre Cesantías. (Nota 19) 137.359.147.632 137.359.147.632

Subtotal prestaciones económicas 3.953.430.824.958 3.953.430.824.958

Otros Gastos : (Nota 20)

- Comisión Contrato de Fiducia 17.726.979.759 17.726.979.759

- Renovación licencias Oracle ( Cláusula 6, literal F del Otrosí al Contrato de Fiducia de 2006) 82.696.500 82.696.500

- Fallos judiciales (Cláusula 6, literal C, numeral 5 del Otrosí al Contrato de Fiducia de 2006) 55.631.250 55.631.250

- Soportes Técnicos (Contratar recaudo cartera, asesoría legal y técnica (calculo actuarial) 950.000.000 950.000.000

- Imprevistos 470.382.716 470.382.716

Subtotal otros gastos 19.285.690.225 19.285.690.225

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AHORRO O DEFICIT CORRIENTE 0 0

(Ingresos corrientes - total gastos)

Reservas Técnicas

- Pensiones - (Pagos Pensiones + Otros gastos) 0 0

- Cesantías Definitivas - (Pagos Cesantías definitivas + Parciales+Intereses a las Cesantías) 0 0

Subtotal reservas técnicas 0 0

1.1. ANOTACIONES AL PRESUPUESTO DEL 2011: COMPARATIVAS Y DE LA

FIDUPREVISORA S.A:

Para recordar, presento algunas cifras del presupuesto del FNPSM año 2010, hacer comparación con el presupuesto aprobado en el año 2011:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

4.602.504.657.188

Contratos de Servicios Médicos 789.013.499.078

Pensiones (Jubilación, Vejez, Invalidez, Sustitución y Reliquidación).

2.755.945.696.779

Cesantías Definitivas 377.709.232.594

Cesantías Parciales 386.915.011.059

Cesantías Parciales fallos de tutela 999.600.000

Intereses sobre Cesantías 132.564.968.819

1.2. PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2011 DEL FNPSM (NOTAS FIDUPREVISORA):

El presupuesto estimado para la vigencia fiscal del año 2011, de acuerdo con la proyección de los

aportes patronales, los aportes del docente, y los ingresos directos por recaudos que efectúa

Fiduprevisora S.A., se está calculando en cuatro billones novecientos sesenta mil setecientos setenta

y nueve millones noventa y nueve mil ciento sesenta y cuatro pesos ($4.960.779.099.164).

1.2.1. El aporte de los pensionados:

Se calculó tomando en consideración el número de pensionados a 31 de diciembre del 2010, que

fue de 123.960, con una mesada promedio de $1.622.427 aplicando un incremento para el 2011 del

3.17%, arroja un cálculo de mesada promedio para el 2011 de $1.673.858. Con este indicador, se

estimaron 14 mesadas al año para los pensionados al 31 de diciembre de 2010, presentando un

costo de $3.027.687.113.996, y para los pensionados nuevos proyectados para 2011, que se estiman

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en 1.200 cada mes, se proyectó su valor de acuerdo al costo mensual y a partir del mes en que

ingresen, presentando un costo en el año de $178.767.997.363. Tomando la sumas proyectadas de

pensionados antiguos y nuevos, se presenta un total para incorporar en el año 2011, de

$3.206.455.111.359.

1.2.2. Como establece el valor de las cesantías definitivas el FNPSM-2011-:

Para establecer el costo de las cesantías Definitivas para el año 2011, se tuvo en cuenta el valor de

las cesantías aprobadas y las canceladas en el año 2010, para lo cual se realizan los siguientes

cálculos:

Valor Cesantías Definitivas canceladas 2010 $345.678 millones

Valor cesantías Definitivas canceladas 2010, del año 2009 $85.837 millones

Valor real Cesantías Definitivas canceladas del año 2010 $259.841 millones

Valor reserva cesantías Definitivas pendiente pago 2010 $82.031 millones

Valor Cesantías Definitivas aprobadas sin apropiación 2010 $85.151 millones

Valor total Cesantías Definitivas aprobadas 2010 $427.023millones

Al valor total resultante de las cesantías Definitivas aprobadas en el año 2010, se le aplica el IPC

autorizado que fue del 3.17%, resultando un valor para esta prestación de $440.554.629.100,

1.2.3. Como establece el valor de las cesantías parciales el FNPSM-2011-:

Para la atención Cesantías Parciales en el año 2011, igualmente, se tiene en cuenta el valor de las

cesantías aprobadas y las canceladas en el año 2010, de acuerdo con los siguientes cálculos:

Valor Cesantías Parciales canceladas 2010 $369.360 millones

Valor Cesantías Parciales canceladas 2010, del año 2009 $103.088 millones

Valor real Cesantías Definitivas canceladas del año 2010 $266.272 millones

Valor reserva cesantías Parciales pendiente pago 2010 $17.555 millones

Valor Cesantías Parciales aprobadas sin apropiación 2010 $210.335 millones

Valor total Cesantías Parciales aprobadas 2010 $494.162 millones

Al valor total resultante de las cesantías Parciales aprobadas en el año 2010, también se le

aplica el IPC autorizado del 3.17%, resultando un valor para esta prestación de

$509.826.935,400, pero por disponibilidad de recursos se están incorporando en el presupuesto

Trescientos sesenta y tres mil trescientos ochenta y cuatro millones novecientos cuarenta y seis

mil novecientos veintiséis pesos ($363.384.946.926), y para los recursos faltantes, se buscará

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de común acuerdo con la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, la forma de

financiarlos, adicionando la apropiación que se está incorporando.

1.2.4. Como establece el valor para la atención de las cesantías de fallo de tutela el FNPSM-

2011-:

Para la atención de Cesantías de Fallos de Tutela, se están incorporando Mil treinta y un millones

doscientos ochenta y siete mil trescientos veinte pesos ($1.031.287.320), que representa un

incremento respecto a lo apropiado en el año 2010 ($999.600.000) del 3.17%. Este aumento

obedece a situaciones que se presentan con cesantías definitivas y parciales, en donde puede

suceder que muchos decentes con el fin de obtener su pago en forma inmediata, interpongan

derechos de petición y tutelas.

1.2.5. Como establece el cálculo de los intereses a las cesantías el FNPSM-2011-:

Para calcular los Intereses a las Cesantías para el año 2011, se considera que al terminar el año

2010 se cuenta con un número de docentes sin retroactividad de cesantías de 236.509, que tienen

derecho al pago de esta prestación, además se tiene en cuenta el valor cancelado en el año anterior,

que fue de $117.055.172.669, lo que representa un pago promedio de $494.929.

Para el año 2011, se toma el número de docentes con derecho al pago de intereses a las cesantías,

que como se dijo antes es de 236.509, pero se debe tener en cuenta los pagos que vienen

pendientes de años anteriores, por lo que se aprovisiona un número adicional de un 5% del total, es

decir 6.925, lo que arroja un total de pagos de 243.434, y se tiene en cuenta lo estipulado en el

artículo 15 Numeral 3 literal B) de la Ley 91 de 1989, que determina que para liquidar los intereses a

las cesantías, se debe aplicar la tasa de interés, que de acuerdo con certificación que expida la

Superintendencia Financiera, haya sido la comercial promedio de captación del sistema financiero

durante el mismo período, y la tasa de captación del sistema financiero del 1° de enero al 31 de

diciembre de 2010, fue de un 3.68% presentando un pago promedio de $513.142, que de acuerdo

con el número de pagos a tener en cuenta (243.434), presenta un valor de $124.918.209.628.

Igualmente es necesario considerar, que se presenta un año más de cesantías de los

docentes con derecho, y de acuerdo a lo indicado antes es de 243.434, y al aplicar un valor promedio

de un docente grado 10 con sueldo para 2011, $1.388.750, presenta un año más de cesantías por el

año 2010, de $338.068.967.500, a este valor aplicamos la tasa del DTF del año anterior 3.68%,

presentando un costo adicional de $12.440.938.004, que al sumarla con los $124.918.209.628 antes

indicado, representa un valor a tener en cuenta para el 2011, de Ciento treinta y siete mil trescientos

cincuenta y nueve millones ciento cuarenta y siete mil seiscientos treinta y dos pesos

($137.359.147.632).

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CONSIDERACIONES:

Compañeros y compañeras, esta es la nota aclaratoria de la Fiduprevisora S.A., que coloca en

alerta a FECODE, reafirmando nuestro pliego de peticiones, la movilización y lucha

como la herramienta fundamental para que el gobierno de respuesta positiva a nuestras

exigencias, pues la crisis del FNPSM se profundiza y la pretensión del estado

colombiano es acabarlo:

NOTA: “Es importante y necesario hacer énfasis, en el sentido que los ingresos que se están incorporando

para la vigencia fiscal de 2011, para los diferentes gastos, pueden resultar insuficientes para la atención de

algunas erogaciones que deben realizarse, como es el caso de las pensiones y las cesantías parciales, por lo

que durante la vigencia, será necesario que se incorporen nuevos recursos que tengan una financiación

diferente a los ingresos que se están presupuestando, con el fin de que se pueda atender en forma normal

las diferentes prestaciones que por ley han sido encomendadas al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales

del Magisterio”.

Esto se suma a las denuncias de FECODE:

La deuda del Estado colombiano con el FNPSM: Cerca de 36 billones de pesos.

La no apropiación de recursos al rubro de reservas técnicas.

El incumplimiento sistemático del gobierno con los aportes patronales mensuales.

La disminución sistemática por parte del gobierno a los rubros: Cesantías definitivas,

parciales y a los contratos médicos asistenciales.

Por eso hay unidad en FECODE, para la presentación y defensa de nuestro pliego nacional de peticiones, que es con la movilización y la lucha que el gobierno entrara a resolver nuestros problemas y los de la educación pública estatal. Apartes de nuestras exigencias. PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO.

Respeto del Régimen Especial Prestacional del Magisterio. Reconocimiento de todos los factores salariales para la liquidación de las prestaciones

sociales. Reconocimiento de la pensión Postmorten y de sobrevivientes aplicando el régimen general

por el principio de favorabilidad y el derecho fundamental a la igualdad. Acatamiento por parte del Gobierno Nacional del Literal b, numeral 2, artículo 15 de la Ley 91

de 1989. Cumplimiento de los artículos 8, 10, 11, 12, 13 y 15 de la Ley 91 de 1989, para hacer efectivo

la deuda prestacional que tiene la Nación y las Entidades Territoriales con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

Coadyuvar al trámite del Proyecto de Ley 60 (Cámara de Representantes), mediante la cual el interés anual sobre saldos a las cesantías del magisterio sea el que corresponda a la tasa del DTF del período correspondiente o mínimo del 12%.

Establecer un solo aporte para salud de los educadores que además de salario, tengan Pensión de Gracia y/o Pensión de Jubilación; de igual manera eliminación de los descuentos que hacen a las primas y mesadas adicionales.

Reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a los docentes del 1278, según el régimen especial de pensiones del magisterio.

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2. CONPES.

2.1. Siglas: Consejo Nacional de Política Económica y Social –CONPES-.

Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

2.2. Antecedente y fecha de creación y sustento jurídico.

Fue creado por la Ley 19 de 1958. El CONPES es un organismo consultivo y coordinador que hace parte de la rama ejecutiva del orden nacional. A la luz del artículo 38 de la Ley 489 de 1998, hace parte integral del sector central de la rama ejecutiva del poder público en el orden nacional, dentro de los denominados consejos superiores de la administración. El Consejo Nacional de Política Económica y Social es el organismo asesor principal del Gobierno Nacional en todos aquellos aspectos que se relacionan con el desarrollo económico y social del país. También es autoridad nacional de planeación, y coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales. Los documentos CONPES se elaboran en coordinación con el Ministerio o entidad pública encargada de ejecutar los programas en el área bajo discusión. El CONPES discute entre otros aspectos, los lineamientos del presupuesto nacional, la racionalización de la economía a través de diferentes instrumentos interventores y la armonización del proceso presupuestal y de planeación en torno a los objetivos fundamentales del Estado. En materia de planeación, la Ley 152 de 1994 (ley orgánica del plan de desarrollo), en su Artículo 8º señala al CONPES como autoridad nacional de planeación. En tal carácter, el Consejo en sus documentos especifica los objetivos, estrategias, políticas, programas, metas y recursos de los diferentes sectores y componentes de la política económica, social y ambiental enunciada de manera general en el plan. En ese orden de ideas, dichos documentos se convierten en el elemento de referencia más concreto para las ejecutorias de las políticas consignadas en el Plan Nacional de Desarrollo para cada una de las entidades del sector público central y descentralizado.

2.3. Como funciona y quien lo dirige. El CONPES actúa bajo la dirección del Presidente de la Republica y lo componen los ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda, Agricultura, Desarrollo, de protección social, Transporte, Comercio Exterior, Medio Ambiente y Cultura, el Director del DNP, los gerentes del Banco de la República y de la Federación Nacional de Cafeteros, así como el Director de Asuntos para las Comunidades Negras del Ministerio del Interior y el Director para la Equidad de la Mujer. El CONPES Social funciona de igual manera que el CONPES, pero varía en su composición: lo dirige el Presidente de la República y lo componen los ministros de Hacienda, Salud, Educación, Trabajo, Agricultura, Transporte, Desarrollo, el Secretario General de la Presidencia y el Director del DNP. El Departamento Nacional de Planeación desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del CONPES y CONPES Social, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los

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documentos para discutir en sesión.

2.4. Funciones del DNP relacionadas con el CONPES En calidad de Secretaría Técnica del CONPES, el DNP tiene las siguientes funciones: 1. Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual. 2. Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan. 3. Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional. 4. Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno Nacional. 5. Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública. 6. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público. 7. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones. 8. Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público. 9. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la Nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes. 10. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la Nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes. 11. Presentar, para su estudio y aprobación, el monto y distribución de las utilidades y los superávit de las entidades descentralizadas. 12. Prestar el apoyo requerido por el CONPES en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.

2.5. CONPES Nro. 137 del 28 de enero de 2011.

Distribución del sistema general de participaciones (Educación, agua potable, propósito general y asignaciones especiales. Vigencia 2011) DNP: DDTS- DDS – DDUPA- OAJ Ministerio de Hacienda y Crédito Público Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. El presente documento CONPES detalla el proceso y los resultados de la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) correspondientes a la vigencia 2011. En él se presenta la composición general del SGP y la distribución territorial de los componentes sectoriales de Educación; Agua Potable y Saneamiento Básico; y Propósito General, y de las asignaciones especiales para Resguardos Indígenas, Municipios Ribereños del Rio Magdalena y Alimentación Escolar.

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2.5.1. Este proceso de distribución se realiza con base en lo dispuesto en los actos legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007 y de las Leyes 715 de 2001 y 1176 de 2007.

Sobre la base de estos montos certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en cumplimiento de las funciones otorgadas en el Artículo 85 de la Ley 715 de 2001, corresponde al Departamento Nacional de Planeación realizar la distribución de los recursos correspondientes a las doce doceavas de la Participación para Educación y a las once doceavas del SGP de las Participaciones de Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico y las asignaciones especiales, para la vigencia 2011, la cual deberá ser aprobada por el CONPES para la Política Social.

LIQUIDACIÓN SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 2010 Y 2011 Millones de Pesos corrientes

CONPES AÑO VALOR Billones

SGP 2010 General 24.035.313

SGP 2011 General 24.443.460

En cumplimiento de las disposiciones del Acto Legislativo 04 de 2007, y de acuerdo con la certificación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el total de las doce doceavas del SGP para el 2011 asciende a $24.4 billones.

2.5.2. El gobierno nacional recorta recursos del SGP, en vez de recortar los recursos para la guerra y el pago de los intereses de la onerosa deuda externa.

Cabe mencionar que, por efecto de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 4580 de 2010, se realizó una modificación transitoria (Decreto 017 de 2011) a los porcentajes de distribución sectorial del SGP para Salud y para Propósito General. Por lo cual, el monto total de la participación de Propósito General corresponderá al 11.1% y la de Salud al 25%, los recursos adicionales para Salud se deben orientar a financiar servicios de Salud Pública por parte de las entidades territoriales afectadas por la ola invernal.

Con preocupación pero con ganas de seguir denunciando para poder continuar la lucha contra el Gobierno de Santos y como Ejecutivo de FECODE , luego de conocer el documento CONPES 137, a través del cual se establece la forma como se distribuirán los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para la vigencia 2011. El anuncio del Gobierno nacional, de 'raspar' de un lado y del otro, en otras palabras…que la crisis la paguen los pobres y los trabajadores del país,…..para conseguir recursos que permitan atender las necesidades económicas planteadas por el invierno, sin tener que solicitar más créditos que aumenten la deuda del Estado, ni tocar la plata para la guerra y poder seguir pagando cumplidamente a la banca internacional la onerosa deuda externa, también se aplicó en este caso. El monto que el CONPES aprobó este año para transferir desde la Nación hacia los entes territoriales, es de 24,4 billones, cifra que, aunque es mayor que la del año pasado (23 billones de pesos) traslada recursos de la variable conocida como 'propósito general', para atender necesidades de salud de los damnificados por la emergencia invernal. La baja en la asignación para el propósito general, cuyos recursos se distribuyen con base en la pobreza relativa y la población urbana y rural, fue de 0,5 por ciento, situación que tiene inconformes a 900 alcaldes de municipios de las categorías más bajas, 5 y 6, es decir, los que dependen totalmente de estas asignaciones. DISTRIBUCIÓN GLOBAL POR COMPONENTE La distribución por componente sectorial y asignaciones especiales del SGP de la vigencia 2011 se realiza con base en las disposiciones de las leyes 715/01, 1122/07, 1176/07 y el Decreto 017/11.

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Para el efecto es importante recordar que el parágrafo 2° del Artículo 2 de la Ley 715 de 2001 establece asignaciones especiales, las cuales en su conjunto suman el 4% y una vez descontadas, sobre el 96% restante, se calculan los porcentajes para cada participación sectorial. Las asignaciones especiales corresponden a:

COMPONENTE % PARTICIPACION

% PARTICIPACION –Decreto 017 de 2011

VALOR EN MILLONES DE PESOS

DISTRIBUCIONN SECTORIAL

23.482.047

Educación 58,5 58,5 13.906.379

Salud++ 24,5 25 5.768.475

Agua Potable y Saneamiento Básico

5,4 5,4 1.245.991

Propósito General++ 11,6 11,1 2.561.203

ASIGNACIONES ESPECIALES

961.413

Resguardos Indígenas 0,52 124.984

Alimentación Escolar 0,50 120.177

Municipios Ribereños del

Río Magdalena 0,08 19.228

Fondo de Pensiones de

las Entidades territoriales

–FONPET-

2,90 697.024

TOTAL 24.443.460

++El Decreto 017 de 2011 por medio del cual se adoptan medidas en materia de salud con el fin de hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 4580 de 2010, modificó de manera transitoria los porcentajes anteriormente señalados, en los componentes de Salud y Propósito General. 3. GLOSARIO Y CONCEPTOS: FRENTE A LA CARRERA

ADMINISTRATIVA. Bibliografía: http://www.cnsc.gov.co/esp/glosario.php Sobre 5 temas y conceptos: 3.1. Acreditación. 3.2. Provisión de empleo. 3.3. Contratación. 3.4. Evaluación del desempeño. 3.5. Registro público de carrera.

3.1, Acreditación.

- Acreditación. Reconocimiento formal a las Universidades e Instituciones de

Educación Superior de su idoneidad para adelantar los concursos para la provisión de empleos públicos, otorgado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, voluntario y periódico soportado en la evaluación de criterios, CONDICIONES y evidencias relacionadas con la competencia técnica en procesos de selección, la experiencia en el área de selección de personal y la capacidad logística para el desarrollo de concursos.

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- Competencia Técnica. Capacidad para desarrollar y aplicar métodos, procedimientos, infraestructura y herramientas para adelantar las diferentes etapas necesarias para la implementación de procesos de selección de personal, soportado en el conocimiento científico especializado y el marco jurídico para el empleo público.

- Experiencia. Práctica prolongada en el área de diseño, validación, aplicación y

calificación de pruebas la selección de personal, que proporciona algún grado de dominio y/o habilidad para desarrollar procesos de selección de personal, aplicando para ello sistemas de información e infraestructuras para el manejo masivo de información. - Capacidad logística. Posibilidad de llevar a cabo la organización de un proceso masivo de selección articulando para ello los medios, recursos y métodos necesarios.

- Criterio. Regla o pauta que permite discernir si la institución cuenta con una condición

necesaria para desarrollar un proceso de selección.

- Evidencia. Información cuya veracidad puede comprobarse de manera objetiva y

demostrable y que soporta el cumplimiento, la existencia o veracidad de un criterio o requisito básico para llevar a cabo un proceso. - Condición. Situación o circunstancia indispensable para dar cumplimiento o evidenciar la existencia de un criterio - Verificación. Comprobación objetiva del cumplimiento de una condición o criterio mediante la verificación de evidencias

3.2. Provisión de empleo. - Audiencia Virtual. Es una reunión de escogencia de empleo realizada por medios electrónicos, en la cual los elegibles que conforman la lista para la provisión de un empleo, podrán decidir en estricto orden de merito, sobre la ubicación geográfica de la vacante en la cual pretenden tomar posesión, de acuerdo a las ciudades ofertadas en la Convocatoria.

- Banco de listas de elegibles. Es el acopio o conjunto de la totalidad de las

listas de elegibles conformadas en un proceso de selección.

- Convocatoria. Es la norma reguladora de todo proceso de selección o concurso y

obliga tanto a la administración, como a las entidades contratantes y a los participantes dentro del mismo, a su cumplimiento expreso.

- Comisión. Es una situación administrativa que se constituye, cuando por disposición

de autoridad competente, el empleado ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular. (Art. 75 Decreto 1950 de 1973) De conformidad con el artículo 76 del mencionado estatuto, existen 4 tipos de comisiones, a saber: a) De servicio, para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, o realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado; b) Para adelantar estudios; c) Para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, cuando el nombramiento recaiga en un funcionario escalafonado en carrera administrativa, y d) Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas.

- Elegible. Se refiere a todo aquel concursante que habiendo superado la totalidad de

las pruebas de un proceso de selección, se encuentra en una lista conformada para la provisión de uno o varios empleos producto de un concurso o proceso de selección.

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- Encargo. Designación temporal de un empleado para asumir, total o parcialmente, las

funciones de otro empleo vacante por falta temporal o definitiva de su titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo. (Art. 34 del Decreto 1950 de 1973) El encargo constituye una de las formas de provisión transitoria de los empleos de carrera y de los de libre nombramiento y remoción.

- Lista de elegibles. Relación de concursantes que aprobaron la totalidad de las

pruebas de un proceso de selección, organizados en estricto orden de mérito, de acuerdo con la puntuación obtenida dentro del mismo. - Listas de elegibles por empleo. Son las listas de elegibles conformadas dentro de un proceso de selección para la provisión de un empleo específico. - Proveer Empleos. Suministrar, a través de un Acto Administrativo de Nombramiento, el recurso humano necesario para el desempeño de las funciones asignadas a un empleo, sea de forma transitoria o definitiva..

- Provisión de Empleos en forma Definitiva. Se refiere específicamente a

empleos de carrera y se entiende como la situación presentada una vez se posesione con derechos de carrera a una persona en cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 7.1, 7.2 y 7.3 del artículo 7 del Decreto 1227 de 2005 o cuando un funcionario apruebe el período de prueba producto de un concurso de meritos o proceso de selección.

- Provisión de Empleos de manera Transitoria. Es la provisión de un

empleo de carrera a través de encargo o nombramiento provisional, mientras se supera la situación que la generó o se surte el concurso o proceso de selección que determine su provisión definitiva.

- Pruebas. Las pruebas o instrumentos de selección tienen como finalidad apreciar la

capacidad, idoneidad y adecuación de los aspirantes a los diferentes empleos que se convoquen, así como establecer una clasificación de los candidatos respecto a las calidades requeridas para desempeñar con efectividad las funciones de un empleo o cuadro funcional de empleos.

- Prueba Psicométrica. Es una medida objetiva y estandarizada de una muestra de

comportamiento. En general, se refiere a capacidades, aptitudes, intereses o características del comportamiento humano e incluye la determinación del “cuanto”, es decir, la cantidad de aquellas capacidades, aptitudes, intereses o características del comportamiento del candidato. Las Pruebas Psicométricas se basan en las diferencias individuales que pueden ser físicas, intelectuales y de personalidad, y analizan cómo y cuanto varía la aptitud del individuo con relación al conjunto de individuos, tomado como patrón de comparación. - Reclutamiento. Es la etapa de los procesos de selección por mérito que tiene como objetivo atraer e inscribir el mayor número de aspirantes que reúnan los requisitos para el desempeño de los empleos objeto del concurso.

- Reserva y confidencialidad de las pruebas. “Las pruebas tendrán carácter

reservado y solo serán de conocimiento de los empleados responsables del proceso de selección” (Inciso 3°, Artículo 92, Decreto 407 de 1.994). “Las pruebas aplicadas o a utilizarse en los procesos de selección tienen carácter reservado, solo serán de conocimiento de las personas que indique la Comisión Nacional del Servicio Civil en desarrollo de los procesos de reclamación”. (Art. 31, numeral 3, Ley 909 de 2004). Las pruebas no podrán utilizarse para efectos de capacitación a los Delegados de la Universidad o Entidad acreditada que resulte adjudicada en la Licitación Pública.

- Vacante temporal. Es la situación definida para aquellos empleos en los cuales

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quienes ostentan derechos de carrera sobre ellos se encuentran en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos (En licencia, En permiso, En comisión, Ejerciendo las funciones de otro empleo por encargo, Prestando servicio militar, En vacaciones, Suspendido en ejercicio de sus funciones).

- Vacante definitiva. Teniendo en cuenta que la CNSC es responsable de la

administración y vigilancia de las carreras, excepción hecha de las especiales y por lo tanto sólo le compete lo pertinente a estas, la definición que se debería incluir es la de Vacante Definitiva en empleo de carrera: Es la situación definida para aquellos empleos en los cuales no hay servidor público con derechos de carrea sobre los mismos .

3.3. Contratación. - Aclaración de propuestas. Cuando la CNSC, en igualdad de condiciones solicite explicaciones que precisen o clarifiquen algún aspecto, que considere necesario para la verificación de documentos y la evaluación de las propuestas. - Adenda(s). Son los documentos que eventualmente se expedirán por parte de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC - con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos del Pliego de Condiciones, que se emitan con posterioridad a su expedición definitiva y que formarán parte del mismo. - Adecuación. Adaptación entre dos cosas. Acomodo, ajuste o adaptación de una cosa a otra. En Selección, la adecuación es un proceso real de comparación entre dos variables: las exigencias del cargo (exigencias que debe cumplir el ocupante del cargo) y el perfil de características de los candidatos que se presentan, con el fin de mantener la objetividad y la precisión. - Adjudicación. Es la decisión que pone fin a la Licitación Pública, emanada de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL– CNSC -, por medio de la cual se selecciona como contratista al Proponente que haya presentado la propuesta más favorable para la Entidad. - Adjudicatario. El Proponente que resulte favorecido con la adjudicación.

- Aptitud. Capacidad de los aspirantes para aprender o actuar eficazmente en

diferentes áreas, entendiendo aptitud como la capacidad para aprender a partir de la enseñanza adecuada y de los estímulos ambientales. - Carta de Presentación. Es el Documento por el cual el Proponente indica expresamente que se halla debidamente acreditado y que no se encuentra bajo ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley, así mismo el nombre de la persona que va a tener a cargo y bajo su responsabilidad el presente proceso de Licitación Pública, indicando además, la dirección, teléfono, fax, y e-mail. - Cartilla Guía de Orientación. Definida como el Documento que debe diseñar y construir el contratista, fundamentado dentro del Marco Referencial de las Pruebas y que guía al aspirante dentro del Proceso de Selección. - Comité Operativo. Órgano compuesto por integrantes designados por la CNSC y por el contratista, para hacer seguimiento al cumplimiento del Contrato o Contratos resultantes del presente Proceso y sus obligaciones.

- Competencia Laboral. Capacidad de una persona para desempeñar en

diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo; capacidad que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público.

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- Competente. Referido a una persona, que es experta en algo o tiene buenos

conocimientos sobre algo. - Contratista. Es el Proponente cuya propuesta ha sido adjudicada por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC - y con quien se celebrará el Contrato resultante del presente Proceso. - Contrato. Es el instrumento legal convenido y aceptado tanto por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC - como por el adjudicatario ganador del presente proceso, para ejecutar el objeto y obligaciones del mismo, el cual será ley para las partes. - Deficiente. Término para denominar el puntaje de calificación que se otorga a un factor a evaluar cuando este resulta insuficiente e imperfecto.

- Idoneidad. Reunión de las condiciones necesarias para desempeñar determinada

función. Sinónimos: aptitud, competencia, capacidad, suficiencia.

- Idóneo. Que tiene buena disposición o aptitud para algo.

- Potencialidad. En situación de que algo pueda realizarse o llegar a ser; capacidad de la potencia, independiente del acto. - Pliego de Condiciones. Documento que contiene los requisitos y documentos necesarios para participar en el proceso de selección, las condiciones de tiempo, modo y lugar para el desarrollo del Proceso de Selección y las condiciones del contrato. Forman parte de él, los Anexos. - Proponente u Oferente. Es la Persona Jurídica acreditada ante la Comisión Nacional del Servicio Civil o el Consorcio o Unión Temporal conformado por aquellas, que presente una propuesta para participar en la presente licitación. - Rechazo de la oferta. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de rechazo establecidas en el Pliego de Condiciones. - Supervisión. Es el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y condiciones del Contrato. Se adelantará por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC - en sus aspectos técnicos, tecnológicos, jurídicos y financieros a través de las personas que para ello se designen.

3.4. Evaluación del desempeño.

: - Comisión Evaluadora. Es un único evaluador que se conforma por el jefe de la entidad cuando el jefe inmediato del evaluado sea un empleado de carrera administrativa o vinculado a través de nombramiento provisional, en la cual participará el jefe inmediato y habrá siempre un empleado de libre nombramiento y remoción. - Compromisos Laborales. Son productos, servicios o resultados susceptibles de ser medidos, cuantificados y verificados, que el evaluado deberá alcanzar en el período a evaluar. - Compromisos Comportamentales. Son los acuerdos relacionados con las conductas o comportamientos que debe poseer y demostrar el servidor público en el ejercicio de su labor encaminada al mejoramiento individual, que se reflejará en la gestión institucional. - Condiciones de Resultado. Son los requisitos o factores previamente acordados que dan cuenta del desempeño del empleado y que deben reunir los compromisos laborales establecidos, haciendo referencia al resultado esperado.

- Evaluación. Es una herramienta de gestión que permite integrar el desempeño del servidor

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público dentro de la misión institucional y su función social con el fin de generar un valor agregado a las entidades a través del desempeño efectivo de los compromisos laborales y comportamentales. Creada con el fin de suministrar información, basada en evidencias que demuestren las competencias del servidor, con el propósito de orientar la toma de decisiones relacionadas con la permanencia en el servicio y las acciones de mejoramiento individual e institucional. - Evaluación de Gestión por Áreas o Dependencias. Se constituye en fuente de información objetiva para la evaluación del desempeño laboral de los empleados, con el fin de que la evaluación sea consistente con la planeación institucional y los resultados de las áreas o dependencias.

- Evidencias o Soportes. Son los fundamentos que permiten establecer objetivamente el

avance o cumplimiento de los resultados frente a los compromisos pactados y constituyen los hechos o elementos que sirven de base para determinar la validez de las evidencias. Estas podrán ser aportadas tanto por el evaluador, como por el evaluado como responsables directos de su recolección o quienes se definan al momento de la fijación de los compromisos laborales.

- Impedimento. Es la imposibilidad del evaluador de emitir una evaluación objetiva dentro del

proceso, enmarcada en las causales definidas por la norma. - Metas Institucionales, por Áreas o Dependencias. Son las establecidas por la entidad o la dependencia en los planes institucionales encaminados al cumplimiento de la planeación estratégica de la entidad para el logro de los fines del estado en cabeza de la respectiva entidad. - Portafolio. Es una herramienta que permite conocer, administrar y relacionar las evidencias generadas por el evaluador, el evaluado y por terceros. - Retroalimentación. Es el proceso por el cual el evaluador manifestará al evaluado las fortalezas y aspectos a mejorar dentro del desempeño laboral. - Reclamación. Es la manifestación de inconformidad con respecto a la aplicación del procedimiento

- Recusación. Es la herramienta de que dispone el evaluado para advertir alguna de las causales

de impedimento por parte del evaluador. - Recurso. Es una herramienta jurídica, que permite al evaluado expresar inconformidad frente a la calificación definitiva obtenida. Estos se interponen conforme al Código Contencioso Administrativo. 3.5. Registro público de carrera. - Actualización en el registro público de carrera administrativa. Es la resultante que se expresa en anotación formal que hace la CNSC una vez inscrito el servidor público, con el propósito de mantener al día la historia laboral relacionada con el proceso de carrera administrativa ordenada por ajustes institucionales o legales. - Inscripción en el registro público de carrera administrativa. Es la anotación formal que hace la CNSC, de las personas que han surtido un proceso de selección y culminado su periodo de prueba satisfactoria. De la misma manera contempla a quienes se hayan acogido en su momento a las asimilaciones extraordinarias y que en la actualidad se encuentren en ejercicio de empleos públicos. - Registro Público de Carrera Administrativa. Entiéndase como Registro Público de Carrera Administrativa la anotación formal, histórica y consecutiva, de aquellos datos relacionados con los servidores públicos que han adquirido derechos de carrera de los sistemas administrados por la CNSC. Hacen parte del Registro Público de Carrera Administrativa: a) las inscripciones vigentes, las cuales serán actualizadas cuando hubiere lugar a ello; b) las no vigentes, por retiro de los empleados de carrera y c) las anotaciones contempladas en al artículo 45 del Decreto 1227 de 2005. ODC.