Informe Memoria Sudunt 2007-2008 -Prof. Rojas

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INFORME MEMORIA JUNTA DIRECTIVA 2007-2008 TRUJILLO, JUNIO DEL 2008 SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO SUDUNT

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INFORME MEMORIA JUNTA DIRECTIVA 2007-2008

TRUJILLO, JUNIO DEL 2008

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

SUDUNT

ÍNDICE

I. PRESENTACIÓN

II. ESTRUCTURA 1. INTEGRANTES JUNTA DIRECTIVA

2. INTEGRANTES COMITÉ DE LUCHA

3. PERSONAL ADMINISTRATIVO

III. SÍNTESIS DE ACCIONES DE LUCHA Y ACTIVIDADES

IV. BALANCE ECONÓMICO

V. LOGROS

VI. AUTOCRÍTICA

VII. RETOS Y PERSPECTIVAS

VIII. ANEXOS

I. PRESENTACIÓN

En cumplimiento del Art. 30 inc. e

del Estatutos del SUDUNT y, en

nombre de la Junta Directiva,

presento ante la docencia

universitaria agremiada a nuestro

sindicato el Informe Memoria de

Gestión correspondiente al

período JUNIO 2007 - JUNIO 2008

II. ESTRUCTURA

2.1. JUNTA DIRECTIVA

Ing. Jorge Villanueva Sánchez

(Fac. CC. Agropecuarias.)

Secretario de Organización

Ms. Fátima Zavala De La Cruz

(Fac. CC. Biológicas)

Secretaria del Interior

Ms. Gustavo Roberto Rojas Alegría

(Fac. CC.FF. y MM.)

SECRETARIO GENERAL

(2007-2008)Ms. Waymer Barreto Vega

(Fac. CC.FF. y MM.)

Sub-Secretario General

Ms. Wilson Canchachí Sánchez

(Fac. Ciencias Biológicas)

Secretario de Defensa

Ms. Belinda Villanueva Valeriano

(Fac. Enfermería)

Secretaria Prensa y Progaganda

Mg. César VIllarroel Ávalos

(Fac. Ingeniería Química)

Secretario de Economía

Dra. Carmen Ayala Jara

(Fac. Farmacia y Bioquímica)

Secretaria de Asuntos

Culturales, Promoción

Científica y Académica

Ms. Emérito Zavala Benites

(Fac. CC. Económicas)

Secretario de Cooperativa y

Asuntos Mutuales

Ing. César Arellano Salazar

(Fac. Ingienería.)

Secretario de Asistencia,

Recreación y Bienestar Social

Dr. Tito Pajares Márquez

(Fac. Medicina)

Secretario de Relaciones

Exteriores

Ms. Rosa Antífona Sandoval

(Fac. Educación y CC.CC.)

Secretaria de Disciplina

2.1. JUNTA DIRECTIVA

2.2. COMITÉ DE LUCHA

1. PABLO MORACHIMO BORREGO PRESIDENTE

2. TOMAS FELIPE OBANDO

3. CARLOS HONORES IGLESIAS

4. MANUEL MIRANDA LEYVA

5. RAÙL PASTOR GALVEZ

6. ELMIS GARCIA PÈREZ

7. MILTON CORTÈZ GUTIERREZ

8. LIDIA SANCHEZ ARCE

9. ELMER ALVITEZ IZQUIERDO

10.ROOSVELT GUARDIA JARA

11.ROBERTO ROJAS ALEGRÌA

12.WAYMER BARRETO VEGA

13.BELINDA VILLANUEVA VALERIANO

Prof. Pablo Morachimo Borrego

Presidente Comité de Lucha

Prof. Roberto

Rojas Alegría

Prof. Carlos

Honores Iglesias

Prof. Tomás Felipe

Obando

Prof. Belinda

Villanueva Valeriano

Prof. Manuel

Miranda Leyva

Prof. Lidia

Sánchez Arce

Prof. Waymer

Barreto Vega

Prof. Raúl Pastor

Gálvez

Prof. Elmis García

Pérez

Prof. Elmer Alvitez

Izquierdo

2.2. COMITÉ DE LUCHA

2.3. Personal Administrativo

Sra. Marianela Padilla Vertiz

Secretaría Administrativa

Turno Mañana

Sra. Lucía López Vera

Secretaría Administrativa

Turno Tarde

Sra. Nelly Burga Sánchez

Área Contable

Sr. Carlos Franco García

Conserjería y Limpieza

III. SÍNTESIS DE

ACCIONES DE LUCHA Y

ACTIVIDADES

III. SINTESIS DE ACCIONES

DE LUCHA Y ACTIVIDADES

3.1 EN EL PLANO NACIONAL

3.2. EN EL PLANO LOCAL

3.3. EN EL PLANO INTERNO

III. SINTESIS DE ACCIONES DE LUCHA Y ACTIVIDADES

3.1.1. Activa participación en la huelga nacional, iniciada el

12 de junio del 2007.

3.1.2. Participación en todas las Movilizaciones Nacionales

convocadas por la FENDUP, casi siempre con la

mayor delegación de provincias.

3.1.3. Participación en todas las Asambleas Nacionales de

Delegados de la FENDUP, excepto una que no nos

fue oportunamente comunicada.

3.1.4. Participación en todos los eventos nacionales

convocados por la FENDUP.

3.1.5. Participación en todos los eventos realizados por

FERDUNORTE.

3.1. EN EL PLANO NACIONAL

3.1.6. Publicación de comunicados y pronunciamientos

a nivel nacional y local en los diarios La

República y Nuevo Norte.

3.1.7. Aportes a la FENDUP.

3.1.8 Aportes a la FERDUNORTE.

3.1.9. Reuniones con autoridades civiles, militares y

eclesiásticas de Trujillo, en apoyo a la Huelga

universitaria.

3.1.10. Huelga de hambre en la Plaza Mayor de Trujillo.

3.1.11.Chocotatada Navideña en la Plaza Mayor de

Trujillo.

3.1.12. Campaña de Donación de sangre.

3.1. EN EL PLANO NACIONAL

3.1.13. Campaña de Apoyo de los Damnificados del

Sur del país.

3.2.14. Amplia difusión en los medios de

comunicación de la justeza de la Huelga

Universitaria.

3.2.15. Se apoyo con la cuota de la FERDUNORTE, la

presencia permanente de la representante al

Comité de Lucha Nacional, prof. Vilma Méndez

Gil.

3.2.16. Toma de locales, demandando solución a la

Huelga Universitaria.

3.2.17. Demanda de Acción de Cumplimiento contra el

MEF por pago de 35% homologación junio-

noviembre 2007.

3.1. EN EL PLANO NACIONAL

3.2.1. Se elaboró el Pliego Interno del SUDUNT

3.2.2. Se han llevado a cabo reuniones con las autoridades

universitarias.

3.2.3. Se ha participado en la mayoría de reuniones del

Consejo Universitario, defendiendo los intereses de la

docencia universitaria.

3.2.4. Se ha participado de las Comisiones Académica y

Administrativa.

3.2.5. Se gestionó la inclusión de los docentes en el

Programa “Maestro Siglo XXI”.

3.2.6. Apoyo a la CGTP.

III. SINTESIS DE ACCIONES DE LUCHA Y ACTIVIDADES

3.2. EN EL PLANO LOCAL

3.3.1. Atención oportuna de los Servicios del SUDUNT.

3.3.2. Mejoramiento del Local Institucional.

3.3.3. Equipamiento del SUDUNT.

3.3.4. Mejoramiento de las condiciones de trabajo del personal administrativo.

3.3.5. RacionalizaciÓn de los gastos del SUDUNT.

3.3.6. Saneamiento de las obligaciones con la SUNAT.

3.3.7. Continuación de las acciones legales: Regnë Cortez, Caso Revilla, Caso RPP.

3.3.8. Recuperación del Local de Miraflores.

3.3.9. Firma de Convenio con los Vecinos de Miraflores.

3.3.10. Firma de Convenio con Caja NorPerú

3.3. EN EL PLANO INTERNO

IV. BALANCE ECONÓMICO

INFORME ECONÓMICO

FONDO DE

FINANCIAMIENTO

AYUDAS POR SALUD

FONDO MORTUORIO

V. LOGROS

V. LOGROS5.1 PLANO NACIONAL (Contribución del SUDUNT)

5.1.1. LEY N° 29035 Ley que autoriza crédito suplementario. ( 10 DE JUN. DE 2007)

5.1.2. D.S. N° 087-2007-EF (06 jul. 2007)Fijan porcentaje para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.

5.1.3. LEY Nº 29070 ( 22 jul. 2007). Ley que fija el porcentaje complementario para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.

5.1.4. D.S. N° 112-2007-EF (03, agos. 2007)Autorizan transferencia de partidas a favor de las Universidades Públicas.

5.1.5. LEY N° 29137 ( 27 DE NOV. 2007). Ley que aprueba los términos de continuación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas.

5.1.6. PROYECTO DE LEY Nº 19175 (Aprobado por Comisión Permanente del Congreso de la República miércoles 19 de diciembre de 2007).

5.1.7. LEY N° 29223. Ley que precisa la aplicación de la ley N° 29137, ley que aprueba los términos de continuación del programa de homologación de los docentes de la universidades públicas.

5.1.8. Campaña de Apoyo de los Damnificados del Sur del país se donaron 90 sacos de azúcar y 89 sacos de arroz a los comedores populares de Ica.

5.1.9. La huelga de hambre contó con la participación de los colegas:

Vilma Mendez Gil

Pablo Morachimo Borrego

Roberto Rojas Alegría

Raul Pastor Galvez

Jesus Gallardo

Manuel Vidal Tassara

Manuel Miranda Leyva

LINKS DE NOTICIAS SOBRE

HUELGA NACIONAL INDEFINIDA http://www.cnr.org.pe/noticia.php?id=20016

http://www.perupolitico.com/?p=93

http://enlacenacional.com/2007/10/04/docentes-universitarios-exigen-homologacion-de-sueldos-en-trujillo/

http://www.latindevelopers.com/ivancp/2005/08/respuestas-sobre-huelga/

http://universidadcalidadyservicio.blogspot.com/

http://www.correoperu.com.pe/correonorte/trujillo/nota.php?id=16422

http://www.correoperu.com.pe/correonorte/trujillo/nota.php?id=16902

http://www.laindustria.com/wfrmIndex.aspx?gnWebDiarioCod=1

HIMNO A LA PERSISTENCIA UNIVERSITARIAHomenaje por los 90 años del Grito de la Reforma Universitaria en Córdova

Homenaje a los 25 años de Lucha por la Homologación Docente Universitaria

Por: Raúl Pastor Gálvez

Si tú que me escuchas… ¡Dejas de Dudar!

Unido al Sindicato… ¡Vamos avanzar!

Unidos en la lucha… ¡Vamos a triunfar!

Si tú no sólo escuchas… y ¡Dejas de Mirar!

Y el que no quiera / ser blanco de olvido /… ¡Véngase a

Luchar! (bis)

Por Gratuidad irrestricta… ¡Para Estudiar!

Por Gobierno Tripartito… ¡Ven a Coordinar!

Por Presupuestos Mayores… ¡Para Calidad!

Para homologarnos pronto… ¡Vamos a Luchar!

Y el que no quiera / ser blanco de olvido /… ¡Véngase a

Luchar! (bis)

Porque la Razón te Asiste… ¡Luchando Seguirás!

Porque Nada es Imposible… ¡Luchando Seguirás!

Porque la Victoria Aguarda… ¡Luchando Seguirás!

Porque en la Historia Naciste… ¡Luchando Seguirás!

Y el que no quiera / ser blanco de olvido / … ¡Véngase a

Luchar! (bis)

Aunque Amenacen obviarnos… ¡No nos moverán!

Aunque Amenacen multarnos… ¡No nos moverán!

Aunque Amenacen botarnos… ¡No nos moverán!

Aunque Amenacen matarnos… ¡No nos moverán!

Y el que no quiera / ser blanco de olvido /… ¡Véngase a

Luchar! (bis)

No, No… ¡No nos vencerán!

No, No… ¡No nos vencerán!

No, no, no, no, no, ¡No nos vencerán!

No, no, no, no, no, ¡No nos vencerán!

Y el que no quiera / ser blanco de olvido /… ¡Véngase a

Luchar! (bis)

¡HOMOLOGACIÓN, AHORA! (3 veces)

ACTIVIDADES DE LUCHA - SUDUNT

MIERCOLES 24 DE OCTUBRE

9.00 a.m.

ACTIVIDAD : Jornada de Sensibilización y de Salud Comunitaria

LUGAR : Frontis Ciudad Universitaria.

10.00 a.m.

ACTIVIDAD : Asamblea de Bases por cada Facultad

ASUNTO : Designación de Delegado de Base, por Facultad, al

Comité de Lucha

LUGAR : En cada Facultad

JUEVES 25 DE OCTUBRE

10.00 a.m.

ACTIVIDAD : Movilización

CONCENTRACIÓN : Ciudad Universitaria

VIERNES 26 DE OCTUBRE

10.00 a.m.

ACTIVIDAD : Asamblea General

LUGAR : Teatrín de Humanidades

COMITÉ DE LUCHA

ACTIVIDADES EN HUELGA NACIONAL INDEFINIDA

FECHA: 19/12/07

ACIONES DE LUCHA - SUDUNT

JUEVES 03 DE ENERO 2008

10:00 A.M. : Conferencia de Prensa

10:30 a.m. : perifoneo y volanteo

LUGAR : SUDUNT

VIERNES 04 DE ENERO 2008

10:30 A.M. : Perifoneo y volanteo

7:00 p.m. : Volanteo de la Declaración de Trujillo, en las puertas de las iglesias.

LUGAR : SUDUNT

LUNES 07 DE ENERO 2008

9:00 a.m. : Asamblea con el Pleno de Delegados de Base, de todas las Facultades

7:00 P.M. : Chocolatada Navideña

LUGAR : SUDUNT

MARTES 08 DE ENERO 2008

9:30 a.m. : Perifoneo y Volanteo

7:00 p.m. : Volanteo de la Declaración de Trujillo en los atrios de las iglesias del centro urbano por

los comités de base.

CONCENTRACIÒN : SUDUNT

MIÉRCOLES 09 DE ENERO 2008

10:00 a.m. : Asamblea General Extraordinaria

LUGAR : Teatrín Copérnico UNT.

VIERNES 11 DE ENERO 2008

9:00 a.m. : Campaña de Atención Médica: Odontológica, Microbiológica y Enfermeril.

Lugar : Plaza de Armas (carpas UNT)

10:00 a.m. : Movilización de la Gratitud

COMITÉ DE LUCHA

AYUDA A LOS HERMANOS DE ICA

DAMNIFICADOS DEL TERREMOTO EN ICA

DAMNIFICADOS DEL TERREMOTO EN ICA

DESASTRE EN ICA

HUELGUISTAS DE HAMBRE, Y COLEGAS

MOSTRANDO SU APOYO

MEDIOS DIFUNDEN AMPLIAMENTE LA

HUELGA DE HAMBRE

DOCENTES EN HUELGA DE HAMBRE EN

PLENA PLAZA MAYOR DE TRUJILLO

DOCENTES EN HUELGA DE HAMBRE EN

PLENA PLAZA MAYOR DE TRUJILLO

5.1.10. La Chocolotada navideña alcanzó a másde 1000 niños, junto con sus padres.

5.1.11. La Campaña de Donación de Sangreparticiparon los colegas:

Julio Idrogo Córdova

Roberto Rojas Alegría

Julio León Llanos

Jorge Vera Alvarado

Belinda Villanueva Valeriano

Jenny Príncipe León

Milagritos Novoa Salcedo

5.1.11. La Campaña de Donación de Sangreparticiparon los colegas:

Edmundo Vergara Moreno

Dominga Salcedo Briceño

Leslei Arana Celdas

Carmen Ayala Jara

Julio Peralta Castañeda

Juan Muro Morey

Amado Mendez Cruz

Segundo Guibar Obeso (EN LA FOTO)

Juan Guardia Jara

Wilian Sagastegui Guarniz

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

¡PODEMOS SALVAR UNA VIDA, SIN AFECTAR NUESTRA SALUD!

¡HAY UN SER HUMANO QUE NOS NECESITA!

¡¡¡ HERMANO TRUJILLANO,

VEN Y SUMATE A LA CAMPAÑA DE DONACIÓN DE SANGRE DE LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS AL MINISTERIO DE

SALUD!!!

DEL 26 AL 29 DE DICIEMBRE, EN LA PLAZA DE ARMAS DE TRUJILLO

HORA: 8.00 AM Á 12.00 M

VOLANTE UTILIZADO PARA LA CAMPAÑA DE DONACION DE SANGRE

PARTICIPACIÓN DE NUESTROS COLEGAS EN LA

CAMPAÑA DE DONACIÓN DE SANGRE

5.1.12. En las Reuniones con autoridades civiles,militares y eclesiásticas de Trujillo, en apoyo a laHuelga universitaria se logro la firma de laDECLARACION DE TRUJILLO

5.1.13. El pronunciamiento del Colegio de Decanos de LaLibertad. (Ver Anexo C)

5.2.14. Demanda de Acción de Cumplimiento contra elMEF por pago de 35% homologación junio-noviembre 2007, que esta para sentencia en laSala de Lima.

5.1.15 Se logró que el SUDUNT siga siendo reconocidocomo una de las base más fuertes y sólidas de laFENDUP, EN BASE A SU UNIDAD Y CAPACIDADDE LUCHA.

5.1.16 Se logró llevar a cabo un proceso electoralnormal, sin objeciones de ninguna clase, con elque se ha renovado la Junta Directiva de nuestrosindicato.

CONFERENCIA DE PRENSA DIFUNDIENDO LAS

DEMANDAS DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA

REUNIÓN

CON

AUTORIDADES

DE TRUJILLO

EXPOSICION ANTE AUTORIDADES CIVILIES, ECLESIÁSTICAS Y

MILITARES SOBRE LA HUELGA UNIVERSITARIA

MONSEÑOR MIGUEL CABREJOS EXPRESANDO SU

SOLIDARIDAD A LA DOCENCIA UNIVERSITARIA

PRESIDENTE REGIONAL ING. JOSÉ MURGIA Y COLEGAS

REUNIÓN CON EL PRESIDENTE REGIONAL

CARICATURA

Ley

Universitaria

23733

¿Y LA PRENSA?

NO SE

ESCUCHA

PADRE

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

ESTAS SON LAS TRIQUIÑUELAS DEL GOBIERNO

Ley Nº 29035; D. S. Nº 087-2007- EF;

Ley Nº 29070; D.S. Nº 112-2007-EF

Proyecto de Ley 1810 = Ley Nº 1747

LEY TRAS LEY PARA QUE SE CUMPLA LA LEYESTE BANDIDO NO FIRMA NI PROMULGA NADASI NO HAY SOLUCIÓN…¡LA HUELGA CONTINÚA!

¡¡¡VIVA LA FENDUP!!! ¡¡¡VIVA EL SUDUNT!!!

En el año 1983…

Luis Alberto Sánchez

Artículo 53

Las remuneraciones de los Catedráticos de las Universidades Públicas se deben HOMOLOGAR a las remuneraciones de los Magistrados del Poder Judicial.

CARICATURA

¡¡¡MENTIRA!!!

QUE LOCO

Se aprueba el 30% de la HOMOLOGACIÓN para el 2006 y dejo una Reserva de Contingencia de 52 millones de nuevos soles para el 2007.

Para homologar tengo que evaluar a los Catedráticos.

Prometo…

Homologar y

pagar a los

Catedráticos

de las

Universidade

s Públicas!!!

AUTOR: MSC. LUIS POLLACK VELÁSQUEZ

SUELDOSCATEDRÁTICOS VS MAGISTRADOS

Modalidad Grado

Académico

S/. Grado

“Doctorcito”

por

costumbre

S/.

Auxiliar Bachiller o

Magister

800 Juez de 1ra.

Instancia

2,008

Asociado Magister 1,400 Vocal

Superior

3,008

Principal Doctor 2,000 Vocal

Supremo

6,750

En el año 2006, después de…¡¡MOVILIZACIÓN!! ¡¡PARO NACIONAL!!¡¡¡HUELGA DE HAMBRE!!!¡¡¡HUELGA NACIONAL INDEFINIDA!!!

…24 AÑOS DE LUCHA INCESANTE!!!

Alejandro Toledo

En el año 2007…

Alan García

DESDE EL MES DE ENERO NO SE HACE EFECTIVO EL PAGO

MIENTRAS YO… COMO, DUERMO Y ENGORDO.

5.2 LOGROS EN EL PLANO LOCAL

5.2.1. Pago por cuidado de 10 exámenes de admisión,S/. 192,00 cada uno.

5.2.2. Inclusión de los docentes a TP en el beneficiodel uniforme institucional.

5.2.3. Convocatoria a los Concursos de promocióndocente años 2003, 2004 y 2005.

5.2.4 Convocatoria a Concurso de Ingreso a laCarrera Regular.

5.2.5. Ampliación del plazo hasta el 31 de dic. Del 2008,para los que no lograron obtener su grado porexceder el tiempo programado por la Escuela dePostgrado.

5.2.6. Ampliación del terreno asignado al SUDUNT enla Ciudad Universitaria, hasta 5700 m2,considerando salida independiente a la calle.RCU Nº 0795-2007/UNT. (Ver Anexo J)

5.3. LOGROS EN EL PLANO INTERNO

5.3.1. Saneamiento de nuestras obligaciones con laSUNAT.

5.3.2. Racionalización de los gastos del SUDUNT.

5.3.3. Mejoramiento de la Infraestructura y equipamiento del SUDUNT:

Colocación de 187,5 m2 de piso y 59 m linealesde zócalo.

Renovación de Cortinas para todas lasventanas.

Renovación de fundas para los tres juegos demuebles.

Adquisición de Televisor LCD.

Adquisición de Fotocopiadora.

Adquisición de amplificador y bocinas.

Adquisición de nueva banderola, entre otros.

Colocación de 187,5 m2 de piso y 59 m

lineales de zócalo

Adquisición de Fotocopiadora

Adquisición de Televisor LCD

Renovación de Cortinas para todas las

ventanas y de fundas para los tres juegos de

muebles

5.3. LOGROS EN EL PLANO INTERNO

5.3.4. Atención oportuna en los Servicios del SUDUNT:

Fondo Mortuorio

Fondo de Salud

Fondo de Financiamiento

Ayudas extraordinarias por salud.

5.3.5. Se elaboraron los Planos Arquitectónicos del Local delSUDUNT en la Ciudad Universitaria. (Ver Anexo H)

5.3.6. Convenio con TELEFÓNICA mediante la Red PrivadaMovistar (RPM). A la fecha contamos con 120 líneastelefónicas.

5.3.7. Convenio con la CAJA NORPERÚ, con tasa de interéspreferencial.

5.3.8. Donocación, por parte de la CAJA NOR PERÚ, de 02computadoras

5.3.9. Incremento de los ingresos del personal Administrativo.

Atención oportuna en los servicios del

SUDUNT

PUBLICIDAD DE CONVENIO CON TELEFÓNICA

MEDIANTE LA RED PRIVADA MOVISTAR (RPM)

AUTOCRITICA

VI. AUTOCRITICA

Falta consolidar nuestros lazos con otros gremios hermanos.

No logramos concretar la realización de eventos académicos y sindicales.

Los Comités de Base tienen poca participación en el funcionamiento del gremio.

No se ha logrado que toda la docencia universitaria de agremie al SUDUNT.

No se logró la participación integral de la Facultad de Medicina en la Huelga Nacional, a excepción de algunos

docentes y de la Escuela de Estomatología. Aun esta pendiente la canasta de víveres, el uniforme

2008, el incremento y efectivización del bono bibliográfico.

VII. RETOS Y

PERSPECTIVAS

VII. RETOS Y PERSPECTIVAS Reforma del Estatuto del SUDUNT, para eliminar el trato

discriminatorio en los derechos de los profesores contratados, cesantes y jubilados; ampliar el periodo de gestión, entre otros puntos.

Lograr la continuidad del Programa de Homologación, en estricto respeto al espíritu del Art. 53° de la ley N° 23733, Ley Universitaria.

Realizar las Demandas Contencioso Administrativa, los docentes que no están siendo homologados integralmente.

Lograr la derogatoria del DU 033-2005, en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 11; así como del DU 002-2006, en sus artículos observados por la FENDUP.

Lograr la derogatoria del DL N° 882.

Lograr la dación de una Nueva Ley Universitaria que incorpore las demandas principales planteadas por la FENDUP en su Proyecto de Ley Universitaria.

Lograr la restitución del Fondo Especial de Desarrollo Universitario (FEDU).

Lograr la derogatoria del Art. 1º de la ley N° 28047 que confisca el sueldo de los servidores públicos sujetos a la ley N° 20530.

VII. RETOS Y PERSPECTIVAS

Construcción del Local sindical en la Ciudad Universitaria.

Lograr agremiar a la totalidad de la docencia universitaria

bolivariana.

Posicionar al SUDUNT, en el liderazgo del movimiento sindical y

social de nuestra región.

Lograr la edición periódica de la Revista del SUDUNT como eficaz

mecanismos de divulgación, adquiriendo para ello una duplicadora.

Desarrollar la pagina WEB del SUDUNT.

Realizar actividades de formación y educación de cuadros, en lo

gremial, en lo político, en la defensa y preservación del medio

ambiente; así mismo, las actividades de recreación, cultura y

deporte; los juegos florales de ensayo sobre la lucha sindicales.

Mantener la solidez de nuestro gremio es estricto respeto al

principio de el frente único, manteniendo una autentica

independencia del poder en las políticas gremiales.

...Nuestra lucha se inscribe … “CONSTRUIR

UNA NUEVA UNIVERSIDAD, PARA FORMAR

UN NUEVO HOMBRE Y FORJAR UNA NUEVA

SOCIEDAD”, estamos empeñados en una

universidad más democrática, más

participativa, sin mercenarismos, sin

cacicazgos, capaz de liderar los cambios

sociales, científicos y tecnológicos que la

sociedad actual del conocimiento exige; una

universidad comprometida con su pueblo;

transparente en sus acciones; justa en sus

decisiones.

GRACIAS...

ANEXOSANEXO A: AYUDA MEMORIA DE DISPOSITIVOS LEGALES

ANEXO B: DECLARACION DE TRUJILLO

ANEXO C: PRONUNCIAMIENTO DE COLEGIO DE DECANOS

ANEXO D: PRONUCIAMIENTO FERDUNORTE

ANEXO E: PRONUNCIAMIENTOS SUDUNT

ANEXO F: CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE DR. ALAN GARCIA

ANEXO G: CARTA A LA OPINION PUBLICA

ANEXO H: PLANOS ARQUITECTONICOS DEL LOCAL SUDUNT

ANEXO I: RECORTES PERIODISTICOS

ANEXO J: RESOLUCIONES

ANEXO AAYUDA MEMORIA DE DISPOSITIVOS LEGALES1. LEY Nº 23733, LEY UNIVERSITARIA. (DIC 1983)

ARTÍCULO 53°. - Las remuneraciones de los Profesores de las Universidades Públicas se homologan con las correspondientes a las de los Magistrados Judiciales.

Los Profesores tienen derecho a percibir, además de sus sueldos básicos, las remuneraciones complementarias establecidas por ley cualquiera sea su denominación. La del Profesor Regular no puede ser inferior a la del Juez de Primera Instancia.

ARTICULO 44°- Los profesores universitarios son.

Ordinarios, Extraordinarios y Contratados.

Los profesores Ordinarios son de las categorías siguientes: Principales, Asociados y auxiliares.

Los Profesores Extraordinarios son. Eméritos, Honorarios, Investigadores y Visitantes.

Los Profesores Contratados son los que prestan servicios a plazos determinados y en las condiciones que fija el respectivo contrato.

Los Jefes de Práctica, Ayudantes de Cátedra o de Laboratorio y demás formas análogas de cooperación a la labor del profesor, realizan una actividad preliminar a la carrera docente. El tiempo en que se ejerce la función del Jefe de Práctica se computa, para el que obtenga la categoría de Profesor auxiliar, como tiempo de servicio de la docencia.

Dispositivos legales2. LEY N° 28427, LEY DE PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2005

(DIC. 2004)

DÉCIMA DISPOSICIÓN FINAL.- En el marco de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público y en tanto se implemente la Ley del Sistema de Remuneraciones del Empleo Público, suspéndase lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Nº 23733.

3. DS Nº 106-EF (27 de agosto del 2005)

Incrementan monto de la Asignación Especial dispuesta en el Decreto Supremo Nº 020 -2004-EF, al personal docente de las Universidades Publicas.

4. LEY Nº 28603 (10 de setiembre del 2005)

LEY QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DEL ARTICULO 53º DE LA LEY 23733 – LEY UNIVERSITARIA Y DEROGA LA DÉCIMA DISPOSICION FINAL DE LA LEY Nº 28427 – LEY DE PRSESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2005 y dispone la elaboración de un Programa de Homologación progresiva para los docentes universitarios de las universidades públicas.

5.- D.S. Nº 121-2006-EF (15 de setiembre del 2005)

Disponen formulación de un programa de Homologación de los Docentes Universitarios de Universidades Públicas y crean comisión para su elaboración (Comisión presidida por el Ministerio de Economía y Finanzas, y conformada por la ANR y, el Ministerio de Educación actuando como Secretaria Técnica).

Dispositivos legales6. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 501 – 2005-EF (06 de octubre

del 2005)

Designan representante del Ministerio en la Comisión que formulen programa de Homologación para docentes Universitarios de Universidades Públicas.

7. DS N° 133-2005-EF (08 de octubre del 2005).

Autorizan Transferencia de partidas para las universidades publicas y del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita-CEP PAITA. Transfiere la partida del Fondo de Contingencia para pagar lo dispuesto en el DS N° 106-EF

8. LEY N° 28637.

Ley que deroga las Leyes N° 26302 y 26554 y restituye los Art. 35°, 36° Y 37° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria. NO REELECCIÓN DE AUTORIDADES UNIVERSITARIAS.

9. DU 033-2005. (22 de diciembre del 2005)

Aprobación del Marco del Programa de Homologación de los Docentes de la Universidades Públicas.

10. DU N° 002-2006.

Autoriza partida para financiar el Programa de Homologación, y establece disposiciones para la aplicación del DU 033-2005. (21 de enero del 2006)

Dispositivos legales11. DS N° 019-2006-EF.

Aprueban Reglamento del DU N° 033-2005 y las disposiciones contenidas en el Art. 11° del DU 002-2006. (17 de febrero del 2006)

12. LEY N° 28750. (03 DE JUNIO DEL 2006)

Ley que autoriza crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año 2006 y dicta otras medidas. Art. 7°Segundo Incremento para los docentes universitarios.

13. DS N° 089-2006-EF.

Dictan medidas complementarias para la aplicación del Programa de Homologación de los Docentes de la Universidades Públicas. (20 de junio del 2006).

14.LEY N° 28927.

Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año Fiscal 2007. Considera en al Reserva de Contingencia 52 millones para continuar con un 20% el Programa de Homologación de los Docentes Universitarios de las Universidades Públicas, en el año 2007.

15. LEY N° 28929.

Ley, que en su Décima Disposición Final, Faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a completar el 35% de la Homologación de Docentes Universitario de las Universidades Públicas, en el año 2007.

Dispositivos legales16. DU N° 038-2006 (Dic 30 del 2006)

En su articulo 3° suspende los programas de homologación e indexación de las remuneraciones de los altos funcionarios del Estado.

17. INFORME N° 077-2007-EF/76.14 (marzo, 21 del 2007, enviado a la FENDUP el 19 de abril del 2007)

En su articulo 6° considera que los docentes universitarios están incluidos dentro de los alcances del DU N° 038-2006, en consecuencia queda en suspenso el Programa de Homologación para los Docentes de las Universidades Públicas.

18. LEY N° 29035 (DOMINGO 10 DE JUNIO DEL 2007)

Ley que autoriza crédito suplementario. En su DÉCIMA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL autoriza el uso de los 52 millones de la Reserva de Contingencia para continuar el pago de la Homologación, desde junio del 2007.

19. D.S. N° 087-2007-EF (VIERNES 06 DE JULIO 2007)

Fijan porcentaje para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.

20. LEY Nº 29070 (DOMINGO 22 DE JULIO 2007)

Ley que fija el porcentaje complementario para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.

Dispositivos legales20. LEY Nº 29070 (DOMINGO 22 DE JULIO 2007)

Ley que fija el porcentaje complementario para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.

21. D.S. N° 112-2007-EF (DOMINGO 3 DE AGOSTO 2007)

Autorizan transferencia de partidas a favor de las Universidades Públicas.

22. LEY N° 29137 (MARTES 27 DE NOVIEMBRE DEL 2007)

Ley que aprueba los términos de continuación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas.

23. PROYECTO DE LEY Nº 1975 (Aprobado por Comisión Permanente del Congreso de la República miércoles 19 de diciembre de 2007)

Ley que precisa la aplicación de la Ley Nº 29137 que aprueba los términos de continuación del programa de homologación de los Docentes de las Universidades Públicas.

24. LEY N° 29223. Ley que precisa la aplicación de la ley N° 29137, ley que aprueba los términos de continuación del programa de homologación de los docentes de la universidades públicas. (6 de mayo del 2008)

ANEXO B: DECLARACIÓN DE TRUJILLLO

ANEXO C: PRONUNCIAMIENTO COLEGIO DE DECANOS

ANEXO D: PRONUNCIAMIENTO FERDUNORTE

ANEXO E: PRONUNCIAMIENTOS SUDUNT

PRONUNCIAMIENTO 12 JUNIO 2007

MENSAJE A LOS COLEGAS HOMOLOGACIÓN PODRÍA PERDERSE... 110907

PRONUNCIAMIENTO 16 SETIEMBRE 2007

CARTA A NUESTROS COLEGAS 270907

PRONUNCIAMIENTO ELECCIONES 261107

HOMOLOGACIÓN TAN DESFIGURADA 081207

PRONUNCIAMIENTO 24 ANIV LEY 23733 091207

PRONUNCIAMIENTO

A la comunidad Universitaria, a los Poderes del Estado y a la Opinión Pública:

Los docentes de las universidades publicas del país nos hemos visto en la difícil decisión de reiniciar la Huelga Nacional Indefinida

suspendida en diciembre del 2005, como extrema medida de lucha, ante la actitud autoritaria y prepotente del gobierno del Dr. Alan

García Pérez de no respetar el Estado de Derecho al incumplir con los dispositivos legales que establecen el Programa de

Homologación de los Docentes Universitarios de la Universidades Publicas del país.

Como es de dominio público, la docencia universitaria nacional llevó a cabo el año 2005 gloriosas jornadas de lucha, como fueron las

multitudinarias movilizaciones en la ciudad de Lima y en las demás sedes de las universidades públicas, dos huelgas de hambre,

plantones, huelga nacional indefinida, entre otras acciones. Producto de estas luchas, el gobierno del Dr. Alejandro Toledo, mediante

la ley Nº 20603 reconoce la plena vigencia del Art. 53º la ley Nº 23733, Ley Universitaria que homologa las remuneraciones de los

docentes universitarios con la de los Magistrados del Poder Judicial. Asimismo, mediante el DS Nº 121-EF se dispone la elaboración

de un Programa de Homologación para los Docentes Universitarios de la Universidades Publicas del Perú, y mediante el DU Nº 033-

2005 se aprueba el mencionado Programa de Homologación, el cual es duramente cuestionado por la docencia universitaria por su

carácter inconstitucional y discriminatorio al marginar a los profesores contratados, cesantes y jubilados y jefes de practica

contrariamente a lo que establece el art. 44º de la Ley 23733, ley universitaria, aplicándose sólo a los profesores nombrados. Por lo

que, ¡demandamos la inmediata inclusión en el Programa de Homologación de los profesores contratados, jefes de practica,

cesantes y jubilados; asimismo, a los profesores nombrados y ascendidos durante el año 2006 y el presente año 2007!

La suspensión de la huelga nacional implicó la firma de un Acta de compromiso por parte del MEF y la ANR, en la que se acuerda que

el Programa de Homologación se cumpliría en tres ejercicios presupuestales consecutivos con un 20% durante el año 2006,

correspondiendo un 35% para el año 2007 y otro 35% para el año 2008. A pesar de los serios cuestionamientos de la FENDUP al DU

Nº 033-2005, durante el año 2006 se ha avanzado con el 20% del Programa de Homologación. Por otro lado, se realizaron gestiones

ante el MEF para que se incorpore la partida necesaria para continuar con el 35% de Programa de Homologación en el año 2007. El

gobierno de Toledo sólo considero 52 millones de soles en la Reserva de Contingencia para cumplir con un 20%. Por ello, la FENDUP

llevó a cabo un paro nacional el día 15 de noviembre y otro de 48 horas los días 21 y 22 de noviembre del 2006, logrando que se

incorpore en el Proyecto de Ley de Equilibrio Financiero 2007 una Décima Disposición final por la cual se autoriza al MEF a completar

el 35% del Programa de Homologación, tal como corresponde.

Sin embargo, el gobierno en una muestra de autoritarismo y desprecio por los derechos de la clase trabajadora, el 30 de diciembre del

2006 emite el DU 038-2006 modificando la Ley Nº 28212, ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios del Estado y con el

cual suspende los programas de indexación y homologación de estos funcionarios. Debemos aclarar que tal Decreto de Urgencia se

dio, no para disminuir los ingresos de la alta burocracia, sino todo lo contrario, para aumentárselos. Con este dispositivo el gobierno

pretende evadir la Ley Nº 28603 al considerar arbitrariamente a los docentes universitarios como “Altos Funcionarios del Estado”.

Fecha:

12/06/07

¡Denunciamos la actitud del gobierno del Dr. Alan García Pérez, convertida en política del ejecutivo, de tergiversar

inconstitucionalmente las leyes vía Decretos de Urgencia para desconocer los derechos de los trabajadores.! Con este

mecanismo tergiversa la ley universitaria, suspende el programa de homologación de los docentes, se entromete en la designación de

los directores de los organismos reguladores, como son OSINERG, OSIPTEL, etc. Debemos mencionar que el Tribunal Constitucional

ha precisado que los decretos de urgencia “…solo norman en materia de carácter económico y financiero y cuando así lo requiera el

interés nacional..”. Ahora García lo usa indiscriminadamente. ¿Por qué no lo usa para aplicar impuestos a las sobreganancias de las

transnacionales, renegociar los contratos de estabilidad tributaria a las empresas mineras en vez de estar vergonzosamente pasando

el sombrero?. Porque dentro de la lógica del neoliberalismo, hay que acabar con los derechos de los trabajadores, eliminar todo

aquello que sea “gasto” para el Estado, como son salud y educación.

No se puede entender de otra manera la actitud del gobierno de negar los justos derechos de los docentes universitarios, aduciendo

que no hay recursos o que falta cumplir algunos trámites burocráticos, con la forma como celebra el “crecimiento” de la economía y la

decisión de pagar por adelantado mas de 2600 millones de dólares de deuda externa al Club de París, sino es por el complejo de

mostrarse ante los poderes mundiales como los mas firmes escuderos de sus intereses. Por ello se muestran mas derechistas que

Rafael Rey Rey y mas autoritarios que el propio corrupto de Fujimori. ¿y la deuda interna, cuando la paga, señor Presidente Dr. Alan

García Pérez?. ¿es que ha cambiado de ideólogo, de héroe? Por lo visto, se ha olvidado de Haya de la Torre y ahora su héroe es el

inefable George Bush. ¡El pueblo ya le esta pasando la factura, Dr. García!

Ante los constantes atropellos del actual gobierno contra los sectores sociales, son cada vez más los movimientos populares,

sindicatos, federaciones, frentes de defensa que levantan su voz de protesta y salen a las calles a exigir respeto y atención a sus

justas demandas.

La docencia universitaria nacional, caracterizada por su tolerancia y firmeza en la defensa de sus derechos, ha realizado innumerables

gestiones ante los poderes del estado, como constan en los múltiples oficios y cartas notariales remitidos al Ministro de Economía y

Finanzas, Primer Ministro, Presidenta del Congreso, Congresistas, Defensora del Pueblo, así como al propio Presidente de la

República, demandando el cumplimiento de la ley. La respuesta del Ejecutivo ha sido de indiferencia y hasta desprecio por los

reclamos de los docentes universitarios y de la universidad pública. (Reconocemos y agradecemos a los numerosos Congresistas y a

la propia Presidenta del Congreso de la Republica que se solidarizaron con nuestras demandas y mediante cartas firmadas individual

y colectivamente han exigido al Ministro de Economía cumpla con la Ley.).

El día domingo 10 de junio del presente año, se ha publicado la Ley Nº 29035, Ley que autoriza crédito en el Presupuesto del Sector

Publico para el año Fiscal 2007 que en su Décima Tercera Disposición Final autoriza el uso de los 52 millones de soles de la Reserva

de Contingencia para pagar la homologación a partir del mes de junio, con el que se pretende confundir y desarticular nuestra lucha.

La ley de Presupuesto entró en vigencia desde el primer día de enero del 2007, por lo tanto se debe pagar desde ese día. Por otro

lado, ante la experiencia actual exigimos al gobierno incorporar en el Proyecto de Presupuesto para el año 2008 la partida para

el 35% del programa de homologación correspondiente al mencionado año, y no tener los conflictos que actualmente se están

suscitando por la terquedad del gobierno.

Hoy reiniciamos la Huelga Nacional Indefinida con el propósito de decirle la gobierno ¡BASTA DE BURLAS! ¡BASTA DE

INDIFERENCIA! ¡BASTA DE AUTORITARISMO! ¡RESPETO AL ESTADO DE DERECHO! ¡CUMPLA SUS PROMESAS, SEÑOR

PRESIDENTE! ¡USTED PERSONIFICA A LA NACIÓN, USTED ES EL PRIMER SERVIDOR DEL ESTADO, USTED TIENE QUE

DAR EL EJEMPLO: CUMPLA CON LA LEY!

Trujillo, 12 de junio del 2007

LA JUNTA DIRECTIVA

Estimados colegas, adjunto al presente les envío el Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2008.

Como apreciarán, ya no se trata solamente de que el gobierno quiera poner ilegalmente en vigencia el cuadro de equiparación establecido en el art. 4° del DU N° 033-2005, con un Decreto

Supremo (DS N° 112-2007-EF), cosa que de por si es una aberración jurídica por no respetar la jerarquía de las normas, sino que está en camino de aplicar su plan máximo: estrangular

económicamente Universidad Publica, desprestigiarla para dejar el camino libre a las universidades privadas que pululan en nuestra patria sin el mas mínimo control de la calidad del

servicio educativo que ofertan a los estudiantes de todos los niveles, desatendiéndose de esta manera de su responsabilidad de dar educación de calidad a todos lo peruanos. Ello en

concordancia con la Carta de Intención firmada el 03 de enero del presente año en la que se comprometen a reducir el gasto corriente. Dentro de esta lógica esta, pues, la maniobra de no

pagar la Homologación de acuerdo al art. 53° de la ley universitaria, la ley N° 29035, ley N° 29070, DS N° 087-2007-EF y otros dispositivos legales que ordenan el pago de la Homologación

en las categorías de Auxiliar, Asociado y Principal, únicamente…sin subniveles que no existen en la ley universitaria y menos en el Poder Judicial.

Pero ahora, el gobierno se alista para dar el puntillazo final a través de la Ley de Presupuesto 2008, si se lo permitimos. Así,

En la pagina 6, dice Artículo 8°.- De la austeridad

8.1 En acciones de personal

Queda prohibido el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento…

Lo que constituye un atentado contra el derecho de nuestros colegas docentes contratados a la Carrera Regular, tal como lo establece la ley Universitaria en su articulo 47°…Los

Profesores Contratados los son por el plazo máximo de tres años. Al término de este plazo tienen derecho de concursar, para los efectos de su admisión a la carrera docente, en condición

de Profesores Ordinarios…

En la pagina 16, aparece la disposición final, TERCERA.- Los recursos que las Universidades reciban por concepto de los

Canon, Canon y Sobrecanon y Regalía Minera…no podrán utilizarse, en ningún caso, para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole.

Con que quiere que se investigue? El investigador no tiene necesidades económicas? Quien le va a proporcionar los recursos para que viva en esta economía de mercado donde todo

cuesta?. Esto constituye un retroceso respecto de la ley de presupuesto anterior que permitia el pago a los investigadores.

En la pag 18, la disposición final OCTAVA.- Suspéndase todas las disposiciones legales o administrativas que establezcan sistemas de homologación, sistemas de remuneraciones de

carácter vinculante entre Entidades o por cargos públicos y mecanismos de referencia, o sistemas de indexación.

Es decir, una lucha histórica de 24 años que nos ha costado grandes sacrificios y hasta la desaparición y muerte de varios denuestros dirigentes y colegas, ahora pretenden, una vez más,

desconocerla como Toledo en el 2004.

Por ello, debemos estar preparados y listos para dar la lucha en defensa de nuestro legitimo derecho, con la mas amplia unidad, convicción, optimismo y fé. Así como nos enfrentamos al

gobierno Toledista, ahora nos toca enfrentar al gobierno de García. Tenemos la razón y la ley de nuestro lado.

Seamos dignos herederos de aquellos que mantuvieron vivo la bandera de la reivindicación histórica de la docencia universitaria; hoy tenemos la responsabilidad y el deber de mantener y

conquistar totalmente es espíritu del art. 53° de la ley universitaria, y legarlo a las generaciones futuras de colegas docentes, como un ejemplo de la lucha permanece de los pueblos por su

dignidad, contra la opresión, contra la tiranía de un modelo económico excluyente, inhumano, creador de inmensas desigualdades sociales al que tarde o temprano, los pueblos le pasaran

la factura.

Con el respeto de siempre, un abrazo.

Roberto Rojas Alegría.

Secretario General SUDUNT.

NOTA: a MODO DE INFORME

La Asamblea General Extraordinaria de Docentes, realizada el día 10 de setiembre acordó:

1.- Proponer a la FENDUP la realización de un PARO NACIONAL DE 48 HORAS, para los días 19 y 20 del mes en curso.

2.- Solicitar al señor Rector, convocar al Honorable Consejo Universitario para el día viernes 14 del presente mes, a horas 11:00 am, en el Paraninfo de nuestra universidad para tratar

La problemática del Programa de Homologación (aplicación del Control Difuso Administrativo).

El Pliego de Reclamos 2007.

Asimismo, les informo que el C.U. en sus sesión del martes acordó las bases para seleccionar un proyecto de investigación, que tendrá una subvención económica de 200,000 (doscientos

mil nuevos soles). La convocatoria estaría desde el lunes 10 de setiembre.

MENSAJE A LOS COLEGAS: [email protected] 11 setiembre 2007

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

PRONUNCIAMIENTONos dirigimos al Gobierno Central, al Congreso de la Republica, Comunidad Universitaria y a la Opinión Pública, para expresarle lo siguiente:

1. Que, habiendo transcurrido casi dos meses de haberse suspendido la huelga nacional indefinida, con la promulgación de la Ley Nº 29035 (10 de Junio) y Ley Nº 29070

(22 de Julio), que disponen el pago del 35% de la Homologación correspondiente al año 2007, considerando las máximas categor ías docentes: Principal, Asociado y

Auxiliar, establecido en el artículo 53º de la Ley Universitaria, el Gobierno Central no cumple con hacer efectivo el referido pago y por contrario, pretende violentar el

Programa de Homologación a través del ilegal DS. Nº 112-2007-EF.

2. En esta orientación de su política antiuniversitaria, el gobierno pretende ir más lejos en su burla, al no respetar el Programa de homologación de los docentes

universitarios, tratando de imponer en la octava disposición final del Proyecto de Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2008 “la suspensión de todas las

disposiciones legales o administrativas que establezcan sistemas de homologación, sistemas de remuneraciones de carácter vinculante entre Entidades o

por cargos públicos y mecanismos de referencia, o sistemas de indexación.”

3. El Gobierno del Dr. Alan García Pérez, haciendo gala de un gran cinismo, pretende encubrir su responsabilidad del cumplimiento de la ley y la desatención grosera de

los graves problemas sociales que aquejan al país, utilizando el dolor de nuestros hermanos damnificados del sur, con quienes estamos plenamente solidarizados,

El mundo es testigo de que el pueblo peruano, no sólo sufre las inclemencias de la naturaleza, sino fundamentalmente del modelo de exclusión económica, política y

social que por décadas vienen implementando los diferentes gobiernos de turno, modelo que prosigue y profundiza el actual gob ierno.

Hoy, queda al descubierto este cinismo, cuando el Ministro de Economía y Finanzas Econ. Luis Carranza Ugarte afirma que por culpa del terremoto sucedido en el sur de

nuestro país no podrán cumplir los compromisos pactados con el Magisterio Nacional y la Homologación de la docencia Universitaria, cuando el verdadero propósito es

no apostar por la Educación como factor de desarrollo nacional.

Por lo expuesto,

1. Exigimos al Gobierno Central la aplicación inmediata de la Ley Nº 29035 y Ley Nº 29070 disponiendo el pago inmediato del 35% de la Homologación para el año 2007.

Asimismo, responsabilizamos a la Asamblea Nacional de Rectores, al Consejo Universitario y al Rector de la Universidad Nacional de Trujillo para que den cumplimiento

al Programa de Homologación, en concordancia con los dispositivos legales establecidos.

2. Demandamos al Primer Poder del Estado, el Congreso de la República, rechazar el proyecto de Presupuesto en aquellas disposiciones que atentan contra la

Universidad Publica: nombramiento de profesores contratados, utilización de recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalías, suspensión del programa de

homologación y recortes sistemáticos al presupuesto universitario.

3. Exigimos el cumplimiento de sus responsabilidades para la cual fue constituida la Mesa de Dialogo acordada mediante Acta, firmada por el Primer Ministro Dr. Jorge del

Castillo, y que a la fecha se ha revelado como inoperante.

4. Hacemos un llamado a todas las bases de la FENDUP a emprender contundentes acciones de lucha, en unidad con los demás estamentos universitarios, en defensa

de nuestros legítimos derechos y de la Universidad, dentro de la más amplia unidad y acción.

Seamos dignos herederos de aquellos que mantuvieron viva la bandera de la reivindicación histórica de la docencia universitar ia.

FINALMENTE, ante la inminente nueva convulsión social en nuestras universidades, RESPONSABILIZAMOS al gobierno de las graves consecuencias que estas puedan

derivar por no respetar sus compromisos y el Estado de Derecho.

¡HOMOLOGACION, AHORA! ¡RESPETO A LA LEY UNIVERSITARIA!

¡PRESUPUESTO DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DEL DESARROLLO UNIVERSITARIO!

¡EL CINISMO Y LA BURLA NO PASARÁN!Trujillo, 16 de setiembre del 2007 LA JUNTA DIRECTIVA

Fecha:

16/09/07

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

POR PRINCIPIO Y POR LEALTAD A NUESTROS MÁRTIRES QUE LUCHARON. POR EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 53 DE LA LEY N° 23733, LEY UNIVERSITARIA,

NO RENUNCIAMOS A SEGUIR LUCHANDO POR UNA VERDADERA HOMOLOGACIÓN.

La docencia universitaria ha luchado persistentemente por la efectivización del art. 53° de la ley N° 23733, ley universitaria casi desde el

mismo día en que se promulgó en el ya lejano año de 1983. Este artículo constituye una gran conquista laboral, pues indexa nuestras

remuneraciones a las de un Poder del Estado, como es el Poder Judicial. Sin embargo, la implantación progresiva de las políticas

neoliberales y los compromisos de los gobiernos de turno con el poder mundial como son el FMI, el Banco Mundial, el Consenso de

Washington, a través de las Cartas de Intención (reducción del gasto corriente, privatización, reducción de derechos laborales, entre

otros compromisos) han obrado para que los diferentes gobiernos de turno se hayan negado sistemáticamente a reconocer la

Homologación y destinar los recursos para ejecutarla

Belaúnde, García y Fujimori nos lo han negado abiertamente. Recién con Toledo, en uno de sus arranques de “irresponsabilidad”, como

dirían los funcionarios del MEF, logramos que se reconozca la legitimidad de homologar nuestras remuneraciones cuado el Congreso de la Republica restituye el art 53° de la ley N° 23733 mediante la ley N° 28603.

Sin embargo, a pesar del compromiso público del Presidente, la maquinaria neoliberal dependiente y guardianes del poder mundial,enquistada hasta hoy en el MEF, maquinaron para mezquinar nuestros derechos y complotaron para elaborar el DU N° 033-2005, que

es la mas grande infamia que pueda haber producido la cabeza de estos funcionarios contra la universidad publica y sus docentes; esta maquinaria no se ha detenido y su última patraña es el DS N°112-2007-EF con la que pretenden poner en práctica subniveles en las

categorías docentes.Como recordarán, el gobierno de Toledo promulgó el 22 de diciembre del 2005 el DU N° 033-2005, inmediatamente fue rechazado por

la docencia universitaria en la mayoría de sus artículos, por las razones que ahora se hacen mas que evidentes. Por ejemplo,

El inciso 19 del artículo 118º de la Constitución establece que corresponde al Presidente de la República:

Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo

requiere el interés nacional con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de

urgencia.

Asimismo, el Tribunal Constitucional ha determinado que la expedición de Decretos de Urgencia deben responder a ciertas exigencias

previstas por el inciso 19 del artículo 118.º de la Constitución y por el inciso c) del artículo 91.º del Reglamento del Congreso:

a)Excepcionalidad: La norma debe estar orientada a revertir situaciones extraordinarias e imprevisibles.

b)Necesidad: Las circunstancias, además, deberán ser de naturaleza tal que el tiempo que demande la aplicación del procedimiento

parlamentario para la expedición de leyes (iniciativa, debate, aprobación y sanción), pudiera impedir la prevención de daños o, en su

caso, que los mismos devengan en irreparables.

c)Transitoriedad: Las medidas extraordinarias aplicadas no deben mantener vigencia por un tiempo mayor al estrictamente necesario

para revertir la coyuntura adversa.

d)Generalidad: El principio de generalidad de las leyes puede admitir excepciones, alcanza especial relevancia en el caso de los decretos de urgencia, pues tal como lo prescribe el inciso 19 del artículo 118° de la Constitución, debe ser el “interés nacional” el que

justifique la aplicación de la medida concreta. Ello quiere decir que los beneficios que depare la aplicación de la medida no pueden

circunscribir sus efectos en intereses determinados, sino por el contrario, deben alcanzar a toda la comunidad.

Fecha:

27/09/07

Como puede verse, los Decretos de Urgencia se deben dar para resolver situaciones excepcionales y no para crear problemas, como los que ha creado el DU N° 033-2005 al atentar contra toda la docencia. Los cuestionamientos a este monumento a la

violación del Estado de Derecho son múltiples, desde el incumplimiento a los requisitos formales hasta su falta de legitimidad por

rebasar el principio de la jerarquía de las normas. Veamos algunos:

1. A la fecha, el ejecutivo no ha dado cuenta al Congreso de la República de los alcances del DU 033-2005.

2. No cumple con las exigencias determinadas por el Tribunal Constitucional, además que rompe con el principio de la Jerarquía de las normas. En efecto, el art. 2° al establecer que el programa de homologación es sólo para los docentes

nombrados, viola al art. 44° de la ley universitaria que establece que “Los profesores universitarios son Ordinarios,

Extraordinarios y Contratados. Los Profesores Ordinarios son de las categorías siguientes: Principales, Asociados y

Auxiliares. Los Profesores Extraordinario son: Eméritos, Honorarios, Investigadores y Visitantes.”. De esta manera ha creado

una ilegal, injusta y perniciosa discriminación, violando la ley universitaria y la propia constitución Política del Estado. La

homologación no se paga a profesores contratados, profesores eneritos y demás colegas comprendidos en la ley. ¿Acaso a

los jueces provisionales no se les paga igual que a los titulares?

3. Con el mismo art. 2° y art. 3° establece el cuadro de equiparación creando subiveles en las categorías docentes, con el

falso e hipócrita argumento de la meritocracia, cuando el fondo es reducir los montos que nos corresponden por derecho.

Estamos de acuerdo con la meritocracia, pero como un plus sobre la remuneración plana que corresponde a todos los docentes en

su respectiva categoría: auxiliar, asociado, principal. ¿Porqué no se considera una mejora en la remuneración a los docentes

auxiliares y/o asociados que tienen grado de maestro o doctor?. ¿Por qué se obliga a los profesores auxiliares con grado de maestro

o doctor que se promocionan a la categoría de asociado a permanecer en el nivel asociado I durante tres años antes de pasar al

nivel asociado II, igualmente a los profesores que se promocionan a la categoría de principal? ¿Eso es premiar la meritocracia?

¿Quienes son los homólogos de un profesor asociado nivel I ó principal nivel I, en el Poder Judicial?. ¿Han pensado en eso lo

mezquinos burócratas del MEF? ¿Por qué la remuneración de un profesor principal TC con doctorado equivale a un 75% de un

vocal supremo? ¿Por qué un profesor principal DE con doctorado equivale a un 82% del de un vocal supremo? ¿Por qué un profesor

principal tiene que esperar 5 años para ser homologado? Estas y otras preguntas que podemos seguir haciéndonos tiene como

única respuesta que quienes nos gobiernan no apuestan por el desarrollo de una universidad pública como mecanismo eficaz de

cultivo de las humanidades, la ciencia y la tecnología como instrumentos eficaces que aseguren un desarrollo sostenible para

cuando nuestros recursos naturales se extingan o los fabulosos precios internacionales de la actual coyuntura mundial, decaigan.

La aplicación del DU 033-2005 es frustrante para las expectativas de la mayoría de la docencia universitaria nacional por las

barreras que impone. Así,

Los profesores que se nombren posteriormente al 10 de junio del 2007 no tendrán derecho a la homologación.

A los profesores que se promuevan de categoría posteriormente al 10 de junio del 2007, se les seguirá pagando la homologación

con la categoría anterior.

Los profesores principales TC que no tengan el grado de Doctor y los que siendo doctores tengan menos de 5 años en la categoría,

estarán ubicados en el nivel I; su máximo alcanzable sería S/. 3300 soles.

Los profesores principales DE que no tengan el grado de Doctor y los que siendo doctores tengan menos de 5 años en la categoría,

estarán ubicados en el nivel I; su máximo alcanzable sería S/. 3430 nuevos soles.

Además, podemos fijarnos que la diferencia entre un profesor TC y un DE es aproximadamente 100 nuevos soles. Sólo un pequeño

grupo será relativamente beneficiado, eso si estamos pensando en renunciar a la lucha por alcanzar el 100% de lo que ganan los

magistrados del Poder Judicial.

CATEGORIA/

MODALIDAD

CRITERIO DE EQUIPARACIÓN AL PJNIVEL

MAGISTRADO

INGRESO

MENSUAL (s/.)GRADO

ACADÉMICOTIEMPO DE SERVICIO

AUXILIAR TCTítulo

profesional

100% Juez de

primera instancia2008

AUXILIAR DETítulo

profesional

105% Juez de

primera instancia2108

ASOCIADO TC

ASOCIADO TC I

Título

profesionalAl menos 3 años como auxiliar. 2200

ASOCIADO TC II Master

5 o más años como Auxiliar, o 7

años en la carrera de los cuales 3

años deben ser como Asociado.

100% vocal superior 3008

ASOCIADO DE

ASOCIADO DE I

Título

profesionalAl menos 3 años como Auxiliar 2300

ASOCIADO DE II Master

5 o más años como Auxiliar, o 7

años en la carrera de los cuales 3

años deben ser como Asociado.

106% vocal superior 3200

PRINCIPAL TC

PRINCIPAL TC IMaster Al menos 5 años como Asociado. 3300

PRINCIPAL TC II Doctorado

10 o más años como Asociado, o

20 años en la carrera de los cuales

5 años deben ser como Principal.

75% vocal supremo 5000

PRINCIPAL DE

PRINCIPAL DE IMaster Al menos 5 años como Asociado. 3430

PRINCIPAL DE II Doctorado

10 o más años como Asociado, o

20 años en la carrera de los cuales

5 años deben ser como Principal.

82% vocal supremo 5500

Además, podemos fijarnos que la diferencia entre un profesor TC y un DE es aproximadamente 100 nuevos soles. Sólo un pequeño grupo

será relativamente beneficiado, eso si estamos pensando en renunciar a la lucha por alcanzar el 100% de lo que ganan los magistrados

del Poder Judicial.

4. Los Art. 4 ; Art. 9 Art. 11 violan la Autonomía Universitaria al (a) reglamentar una función propia de los de Gobiernos de las

Universidades y cuyas indicadores ya están previstos en nuestros procesos evaluativos que incluye el tiempo de servicios y la carga lectiva

que insólitamente son excluidos; (b) pretender limitar el número de docentes nombrados y a la población estudiantil.(c) derogar

explícitamente artículos de la Ley 23733, y artículo 1 de la Ley 28602, en perjuicio de una auténtica homologación.

Y Como para coronar su agresión, el ejecutivo ha remitido al Congreso de la Republica el Proyecto de Ley de Presupuesto para el año

Fiscal 2008, en el que prohíbe el nombramiento de los colegas contratados; restringe el uso de los recursos provenientes del canon,

sobrecanon y regalías; y establece en la disposición final OCTAVA.- Suspéndase todas las disposiciones legales o administrativas

que establezcan sistemas de homologación, sistemas de remuneraciones de carácter vinculante entre Entidades o por cargos

públicos y mecanismos de referencia, o sistemas de indexación

Esta situación perversa en la que nos ha metido el gobierno implica, ahora más que nunca, la práctica de los principios fundamentales de

nuestro gremio: el carácter de frente único y a solidaridad más allá de las discrepancias y de los intereses particulares de cada uno de

nosotros.

Sin embargo, frente a esta grave situación hay una corriente de opinión de colegas que quisieran que el Sindicato impulse el pago de la

planilla por subniveles bajo el argumento temeroso de que sino se toma esa decisión podría revertir al tesoro publico el dinero destinado a

la homologación. El la Asamblea General de Docentes hemos expuesto nuestra posición diferenciando claramente las responsabilidades

del gremio frente al de la autoridad universitaria o del gobierno central. Si finalmente la autoridad impone la planilla por subniveles será su

responsabilidad, pero nosotros como Sindicato nos reservamos el derecho de continuar con las acciones legales, acciones de masas y

demás acciones que consideremos conveniente para exigir el cumplimiento de la homologación, que por derecho nos corresponde. NO

RETROCEDEMOS Y MENOS RENUNCIAMOS.

En ese sentido, la Asamblea Nacional de Delegados de la FENDUP ha acordado llevar a cabo una Movilización Institucional en cada una

de sus bases el día miércoles 03 de octubre, como preámbulo al Congreso Nacional Extraordinario a realizarse en la ciudad de

Lambayeque del 06 al 09 de octubre, desde donde se deben estar lanzando contundentes acciones de lucha.

Trujillo, 27 de setiembre del 2007

¡HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO AL ART. 53°, AHORA!

¡BASTA DE MENTIRAS, BASTA DE ABUSOS, BASTA DE PREPOTENCIA, BASTA DE POSTRGACION!

¡RESPETO A LA JERARQUÍA DE LAS NORMAS!

¡TENEMOS LA RAZON, TENEMOS EL DERECHO; NI UN PASO ATRÁS!

¡¡¡ 03 DE OCTUBRE, MOVILIZACION!!!

LUGAR DE CONCENTRACIÓN:

TEATRIN DE HUMANIDADES

HORA: 10:00 AM

Mg. Roberto Rojas Alegría

Secretario General

SUDUNT.

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

PRONUNCIAMIENTO

Los integrantes de la Junta Directiva del SUDUNT, nos dirigimos a toda la comunidad

universitaria y la opinión pública para manifestar que:

1. Nuestra universidad haciendo pleno ejercicio de su Autonomía se encuentra inmersa en un

proceso electoral para elegir delegados a los diferentes órganos de gobierno, como son

Asamblea Universitaria y Consejos de Facultad. Por lo que, expresamos nuestro cordial

saludo a todos los colegas que vienen participando democráticamente, en calidad de

candidatos y/o electores.

2. El Comité Electoral Universitario Autónomo tiene la gran responsabilidad de conducir con

sabiduría y justeza los comicios electorales, de tal manera que sus resultados reflejen la

genuina expresión del sentir y la decisión de la docencia bolivariana.

3. El trabajo del Comité Electoral requiere que se les dote del equipamiento e infraestructura

necesaria a fin de que puedan desarrollar en óptimas condiciones su delicada misión. Por ello

necesitan del decidido apoyo y permanente colaboración de nuestras autoridades

universitarias.

4. A fin de hacer llegar sus propuestas a la comunidad universitaria, las agrupaciones políticas

deberían difundirlas en un clima de tolerancia, respeto mutuo, y con la altura y lucidez que

debe caracterizar el debate universitario.

Finalmente, como Junta Directiva expresamos nuestra posición de neutralidad en estas

justas electorales considerando que el gremio es el Frente Único donde participamos todos

los docentes por la defensa y conquista de los derechos que por justicia nos corresponden.

Trujillo, 26 de noviembre de 2007.

LA JUNTA DIRECTIVA

Fecha:

26/11/07

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

HOMOLOGACION: TAN DESFIGURADA E INCUMPLIDA COMO LAS PROMESAS DEL PRESIDENTE ALAN GARCIAEl 09 diciembre se cumplen 24 años de promulgada la Ley N° 23733, Ley Universitaria por el Presidente Arq. Fernando Belaúnde Terry, curiosamente

impulsada por la bancada aprista liderada por Luis Alberto Sánchez. La ley universitaria en su artículo 53° establece de manera meridiana que “Las remuneraciones

de los Profesores de las Universidades Públicas se homologan con las correspondientes a las de los Magistrados Judiciales”. En el Poder Judicial existen el juez

especializado mixto, el vocal superior y el vocal supremo, cuyos homólogos en las universidades son el profesor auxiliar, asociado y principal, respectivamente. Los

ingresos de los señores magistrados provienen de tres conceptos: bono jurisdiccional, gastos operativos e ingreso remunerativo y pensionable, que en el caso de un

vocal supremo hace la suma total de 15 600 soles. Lo que los docentes universitarios venimos exigiendo es que se nos homologue con el ingreso remunerativo y

pensionable de nuestros respectivos homólogos: profesor auxiliar 2008 soles, profesor asociado 3008 soles y profesor principal 6700 soles.

Sin embargo, a pesar de la claridad de este precepto jurídico nuestros gobernantes de turno nunca lo han podido “entender”, probablemente por eso

ocupamos el ultimo lugar en comprensión de lectura, y a la fecha, sólo desde el 2005, se han dado más de una veintena de dispositivos legales entre leyes, decretosde urgencia, decretos supremos, reglamentos, etc. con la perversa intención de no cumplir con el claro mandato del articulo 53° de la ley universitaria. En efecto, el

mencionado programa de homologación autorizado mediante el DU N° 033-2005 por Presidente Dr. Alejandro Toledo, establece que es sólo para profesores

nombrados, violando la Constitución Política del Estado, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la propia ley universitaria, al dejar fuera a los

profesores contratados, cesantes y jubilados de una manera absolutamente discriminatoria. Además, no reconoce el 100% de la remuneración pensionable del

vocal supremo a los profesores principales, no reconoce la homologación a los profesores nombrados y/o promovidos de categoría posteriormente al 22 de diciembre

del 2005, es como si un magistrado que ha ascendido hasta vocal supremo se le siga pagando con el haber con el que ingreso a la carrera judicial. Realmente

Absurdo.

A pesar de ello, el 2006 Toledo cumplió con pagar el 30%, faltando los tramos del 35% para el 2007 y 35% para el 2008. El congreso de la Republicaautorizó mediante la Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 28929 “…aprobar durante el año 2007 los recursos necesarios para completar el 35% de la

homologación para la docencia universitaria establecido por la Ley N° 28603…”. Como el ejecutivo no cumplía, a pesar de nuestras exigencias, El Congreso volvió a

dar dos leyes: la Ley N° 29035(10 de junio) y Ley N° 29070(22 de julio) con las cuales se transfirieron a las universidades 71 millones para pagar el 35% de la

homologación desde junio. Tampoco el ejecutivo cumplió. El 15 de noviembre el Congreso da otra ley, la Ley N° 29137 disponiendo el pago de la homologación de

los docentes universitarios desde junio. Una ley dada para que se cumpla le ley, pero increíblemente el Ministro de Economía Luis Carranza, avalado evidentemente

por el Presidente García, no le da la gana de cumplir y pretenden que de doce meses del año 2007 pagar sólo diciembre; mientras tanto la huelga nacional indefinida,

que ya lleva 95 días en este año continua ante la indolencia de estos señores. Pensar que el lema de campaña era ¡cambio responsable! y que Jorge del castillo dice

“ la ley es la ley y hay que cumplirla” ¿ a quienes se referirá?Así, los docentes universitarios celebramos un aniversario más de un articulo 53° totalmente, tergiversado, manoseado, tan desfigurado que ya casi ni lo

reconocemos; pero una vez más, aún cuando la estrategia del gobierno es meternos en el agujero negro de la desesperanza, renovamos nuestra convicción, y por

principio y lealtad a nuestros mártires que nos legaron su ejemplo de lucha, seguiremos bregando sin renunciar por una universidad pública de calidad, más ante losmayores retos que enfrentará el país con la firma del TLC, y por una verdadera homologación, en estricto cumplimiento del art. 53° de la ley N° 23733, ley

universitaria.

Trujillo, 08 de diciembre de 2007

Mg. Roberto Rojas Alegría

Secretario General SUDUNT.

Fecha:

08/12/07

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

PRONUNCIAMIENTOLos docentes de la Universidad Nacional de Trujillo, nos dirigimos:

Al Presidente Constitucional de la Republica Dr. Alan García Pérez.

Al Primer Ministro Dr. Jorge del Castillo Gálvez.

Al Ministro de Economía y Finanzas Econ. Luis Carranza Ugarte.

A la Comunidad Universitaria y Opinión Pública:

Para manifestar lo siguiente:1. Que el 09 diciembre se cumplen 24 años de promulgada la Ley N° 23733, Ley Universitaria por el Presidente Arq. Fernando Belaúnde Terry, curiosamente

impulsada por la bancada aprista liderada por Luis Alberto Sánchez. La ley universitaria en su artículo 53° establece de manera meridiana que “Las

remuneraciones de los Profesores de las Universidades Públicas se homologan con las correspondientes a las de los Magistrados Judiciales”. Sin embargo, a

pesar de la claridad de este precepto jurídico nuestros gobernantes de turno nunca lo han podido “entender”, probablemente po r eso ocupamos el último lugar en

comprensión de lectura

2. Que el 2006 el Presidente Dr. Alejandro Toledo cumplió con pagar el 30%, faltando los tramos del 35% para el 2007 y 35% para el 2008.3. Que el Congreso de la Republica ha dado la Ley N° 29035(10 de junio) y Ley N° 29070(22 de julio) y con sendos Decretos Supremos se transfirieron a las

universidades 71 millones para pagar el 35% de la homologación desde junio del 2007. 4. Que al no cumplir con las mencionadas leyes, el 15 de noviembre el Congreso nuevamente da otra ley, la Ley N° 29137 disponiendo el pago de la homologación

de los docentes universitarios desde junio. Absurdo: el Congreso de la República acuerda por unanimidad dar una ley para que se cumpla con la ley.

Por lo que demandamos, 1. Señor Presidente, ponerse a la altura de un ciudadano verdaderamente democrático y cumplir con la Constitución, que establece en su articulo 118° Cumplir y

hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales; ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas.

2. Señor Primer Ministro, cumpla con su palabra de caballero y de hombre de Estado y gánese el respeto de la ciudadanía solucionando este conflicto social, al que

múltiples veces usted se ha comprometido. Recuerde sus palabras “ . La ley es la ley y hay que cumplirla”.

3. Señor Ministro de Economía y Finanzas, basta de maniobras y de absurdas interpretaciones; no más dilaciones y ordene de inmediato el pago de la homologación

desde junio del presente año. El retrazo y/o desnaturalización constituyen ilícitos previstos en los artículos 376 y 377 de l Código Penal.

4. El financiamiento del 35% de la Homologación para el año 2008; la incorporación de los profesores contratados, cesantes y jubilados, absurda e ilegalmente

discriminados; reconocer el 100% de la remuneración pensionable del vocal supremo a los profesores principales; programar mediante crédito suplementario el

faltando del 35% de la homologación de los meses enero a mayo del 2007; reconocer la homologación a todos los profesores nombrados y/o promovidos de

categoría a la fecha. Finalmente, los docentes universitarios celebramos un aniversario más de un articulo 53° totalmente, tergiversado, manoseado, tan desfigurado que ya casi ni lo

reconocemos; pero una vez más, aún cuando la estrategia del gobierno es meternos en el agujero negro de la desesperanza, renovamos nuestra convicción, y por

principio y lealtad a nuestros mártires que nos legaron su ejemplo de lucha, seguiremos bregando sin renunciar por una universidad pública de calidad, más ante los

mayores retos que enfrentará el país con la firma del TLC(sin inversión en educación, que fututo nos espera? el mas puro co lonialismo), y por una verdadera homologación, en estricto cumplimiento del art. 53° de la ley N° 23733, ley universitaria.

Trujillo, 08 de diciembre de 2007.

EL COMITÉ DE LUCHA

Fecha:

09/12/07/07

ANEXO F: CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE DR.

ALAN GARCIA

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

CARTA ABIERTA

DR. ALAN GARCIA PÉREZ: RESPETE LA UNIVERSIDADExcelentísimo señor Presidente Constitucional de la Republica del Perú, Dr. Alan García Pérez, ¿hasta cuándo tendremos que soportar sus actitudes

dictatoriales, su falta de respeto a las personas, a las instituciones y a los derechos de los trabajadores? ¿Le parece a usted justo que los docentes

universitarios tengamos que paralizar nuestras actividades académicas para salir a las calles a reclamar el cumplimiento de la ley?

Señor Presidente, como usted conoce, la Universidad Peruana es un Organismo Autónomo, regida por la vigente Ley N° 23733, Ley Universitaria. La

Constitución Política reconoce en el Articulo 18° Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las

universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

La ley universitaria establece en su Artículo 53. - Las remuneraciones de los Profesores de las Universidades Públicas se homologan con las correspondientes a las

de los Magistrados Judiciales, y, como lo ha señalado el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Exp. N° 1951-2003 AC/TC “…el articulo 53° de la ley N°

23733 dispone de manera clara, expresa e inobjetable, la homologación de con las correspondientes a las de los Magistrados Judiciales, por lo que,

siendo evidente que la norma legal esta siendo incumplida y que tal hecho además, afecta los derechos fundamentales del demandante, en su calidad de

trabajador, reconocidos en el articulo 24° de la Constitución cuyo ejercicio es irrenunciable, tal como lo prescribe en su articulo 26° inc)2, el pago de los

haberes homologados es inexcusable, mas aun cuando el articulo 109° precisa que la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación.” Es más, señor

Presidente, la Homologación de los docentes universitarios que se inició durante el gobierno del Dr. Alejandro Toledo, ha avanzado en un 30%, hasta el año 2006,

dejando en la Reserva de Contingencia 52 millones de soles para su continuación durante el 2007. En vista de que el tramo correspondiente al año 2007 es 35%, el

congreso de la Republica autorizó mediante la Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 28929 “…aprobar durante el año 2007 los recursos necesarios para

completar el 35% de la homologaciónpara la docencia universitaria establecido por la Ley N° 28603…”.

El Congreso da la Ley N° 29035, promulgada por usted el día 10 de junio que autorizando el pago del 26% de la homologación; y mediante D.S. N° 087-

2007-EF refrendado por usted, el ministro de educación y el ministro de economía y publicado en El Peruano el 06 de julio, se trasfieren 52,753,000 soles

a las universidades, de los cuales a mi universidad corresponden 2,909,00 soles; posteriormente, mediante la Ley N° 29070, promulgada nuevamente por

usted, se establece en 9% el porcentaje para completar el total fijado para el Programa de Homologación, de conformidad con lo establecido en la Décima

Disposición Final de la Ley N° 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para año Fiscal 2007. La partida de 18,230,000, de

los cuales 1,007,000 son para mi Universidad, se transfiere mediante el D.S. N° 112-2007-EF, refrendado por usted y el Ministro de Economía Econ. Luis

Carranza Ugarte, el día 03 de agosto.

Fíjese usted, señor Presidente, la cantidad de normas que avalan nuestros derechos y no se cumplen, a pesar de que la Constitución en su articulo 109°

precisa que la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación, y que los propios Decretos Supremos refrendados por usted dan 5 días hábiles

para su ejecución. Y eso pasa porque usted no se respeta a si mismo al no respetar la majestad de su cargo incumpliendo algunas de sus funciones,

establecidas en la Constitución en su articulo 118° Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales; Ejercer la

potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones. Pero en honor a la

verdad, y a fin de no ser mezquinos, debemos reconocer que usted si defendió con toda su energía, la renta básica que cobra Telefónica, los contratos de

estabilidad tributaria con las mineras, la no desafiliación de las AFP, la rebaja indiscriminada de aranceles, entre otras de sus hazañas; y ahora, lo vemos

luchando contra los “majaderos” pobladores de Majaz que se atreven a oponerse al “desarrollo”, a la “modernidad”. ¡Que valiente se le ve a usted, señor

Presidente, cuando defiende a los poderosos, a los que se pudren en su riqueza, muchas veces mal habida!

Sabe usted, señor Presidente, el 16 de octubre los docentes universitarios tomado dolorosamente la decisión de reiniciar la huelga nacional exigiendo

que se cumplan las leyes que arriba le mencionamos. Ahora usted dice que somos intolerantes, que “exigimos aumento de sueldo sin condiciones,

valiéndonos de huelgas y medidas de presión…” que no comprendemos que usted esta muy ocupado en atender y defender a esa gente “importante”

que produce la riqueza con la que usted se enorgullece al citar las cifras del crecimiento económico, por lo que no ha tenido tiempo para nosotros que sólo

“generamos gasto”, dinero que le hace mucha falta para pagar por adelantado la deuda externa; sabemos de los esfuerzos que usted hace para ser el

“niño bien” de la banca mundial, y de las molestias que le causamos los docentes universitarios, los médicos, los trabajadores mineros, los docentes del

magisterio nacional, los campesinos, los trabajadores del poder judicial, los trabajadores administrativos de las universidades. Ya nos pondremos de

acuerdo para pedirle disculpas por las molestias causadas a su majestad.

Fecha:

31/10/07

Pero, antes permítame contarle que los Rectores de la Universidades Publicas preocupados por la huelga de sus docentes, conjuntamente con 30

parlamentarios de diversas bancadas, trabajaron el Proyecto de Ley N° 1747 que deroga el DU 033-2005 y aprueba los términos de continuación del

Programa de Homologación de los Docentes de la Universidades Públicas. El carácter multipartidario permitió que sea dispensado del trámite de

comisiones por la Junta de Portavoces y parar a orden del día. El jueves 25 de octubre, cuando estaba listo para su debate en el Pleno del Congreso, sin

el menor respeto al trabajo del los señores Rectores, del los dirigentes de nuestra Federación Nacional, de los señores congresistas de las diferentes

bancadas, de los miles de docentes universitarios, del los miles y miles de estudiantes, de los padres de familia, de los pequeños empresarios que

mueven sus negocios alrededor de la universidad, usted ordenó que se retirara el proyecto de la agenda del Congreso. ¿Dónde quedo el pensamiento de

Víctor Raúl de que el Congreso de la República es el Primer Poder del Estado?. ¡Qué lejos se le ve cada día de sus principios y de sus promesas!

El sábado 27 de octubre sus ministros Ing. José Chang Escobedo y Econ. Luis Carranza Ugarte, de Educación y Economía, respectivamente, en una

actitud que consideramos un insulto y provocación, durante una conferencia de Prensa en el salón Túpac Amaru de Palacio de Gobierno, anuncian con el

cinismo que les caracteriza, que están enviando al Legislativo “…una iniciativa legal para concretar también el segundo incremento del proceso de

homologación, basado en la meritocracia”.

Que farsa mas grande, si realmente creyeran en la meritocracia hace rato el Ministro del interior Luis Alva Castro(cuando comprara los patrulleros?), el

Ministro de Salud Carlos Vallejos Sologuren( comprará las ambulancias?, y la sangre infectada con VIH?, y el SIS?, la Ministra de Transportes Verónica

Zavala(cuando sancionará a las empresas de telefonía por la caída de las comunicaciones durante el sismo?, y el plan de Tolerancia Cero? Cuántos

muertos más en las carreteras?), entre otros muchos funcionarios ya no estarían en sus puestos. De Modo que este Proyecto no es otra cosa que un

nuevo intento de no cumplir con el pago de la homologación, pero esta vez con la infame patraña de tratar de enfrentarnos a la ciudadanía y a nuestros

estudiantes con el cuento de la evaluación. ¿Ustedes si pueden seguir ejerciendo la función pública con encuestas de menos de un digito?. ¿No les da

vergüenza?

Nosotros si estamos de acuerdo con la meritocracia, pero la homologación es una política de sueldos planos para todos los docentes en sus respectivas

categorías. La “asigación especial por mérito” que pretende, en cualquier lugar, en un pago adicional en reconocimiento a una labor excepcional por

servicios destacados adicionalmente. Por ello que el art. 53 dice que “Los Profesores tienen derecho a percibir, además de sus sueldos básicos, las

remuneraciones complementarias establecidas por ley cualquiera sea su denominación.” De modo que las asignaciones especiales no son parte de la

homologación. Ahora lo que estamos exigiendo es HOMOLOGACIÖN de acuerdo la art. 53 de la ley universitaria.

Que quede claro: no nos resistimos ni tenemos miedo a ninguna evaluación, sencillamente porque esto es una práctica cotidiana en la Universidad al

estar considerada en los respectivos Estatutos y en la propia Ley N 23733, ley universitaria en sus artículos 43 , 45 , 46 , 47 y 48 , además de las

permanentes evaluaciones en la obtención de los grados de maestría y/o doctorado, diplomados, etc.

Por estas consideraciones, señor Presidente, le invocamos, le solicitamos, le exigimos respetuosamente, basta ya de maniobras; Cumpla con la docencia

universitaria, pues como lo ha señalado el Tribunal Constitucional en su sentencia recaída en el Expediente N 256-2002-AA/TC “…el incumplimiento

obstaculiza la consecución de los objetivos previstos para la educación universitaria por la Constitución debido a que inhibe a los mejores profesionales

de incorporarse a la tarea docente y desalienta a los que ejercen en sus áreas de enseñanza,, la investigación y proyección social. Asimismo, afecta el

orden social y jurídico alcanzando implicancias a nuestra Republica democrática, al Estado de Derecho, a nuestro sistema jurídico, cuyo fundamento y

principios subyacen en la Constitución y constituyen principal garantía de convivencia humana.” Como usted mismo puede observar, la profusa

normatividad dada respecto a la homologación docente y su incumplimiento son una afrenta y una vergüenza para nuestro Estado de Derecho de nuestra

patria.

Finalmente, señor Presidente, es probable que al terminar su mandato nuevamente se autoexilie en su comodísimo y millonario departamento parisino a

escribir sus memorias; pero cuando se refiera a la universidad, no podrá dedicarle más de una línea como hizo en su discurso presidencial del 28 de

julio, y eso le recordará que usted no gobierna para los peruanos del presente y que dejo hipotecados a los peruanos del futuro. Por nuestra parte, tenga

la seguridad de que seguiremos bregando por un Perú mejor, por una universidad pública de calidad al servicio del desarrollo nacional, y por nuestros

derechos.

Atentamente,

Trujillo, 31 de octubre de 2007

Mg. Roberto Rojas Alegría

Secretario General SUDUNT.

ANEXO G: CARTA A LA OPINION PUBLICA

SINDICATO UNIFICADO DE DOCENTES DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

A LA OPINIÓN PÚBLICA

Al Señor Presidente Constitucional de la de la República

A los Señores Congresistas de la República

A los Señores de la Asamblea Nacional de Rectores

1. El Decreto de Urgencia Nº 033-2005, que ha sido materia de una acción de inconstitucionalidad, por ante el Tribunal Constitucional, se halla en giro

para dicho pronunciamiento, por las subcategorías que normaba. Sin embargo cabe destacar que, en los criterios de equiparación con el Poder

Judicial y otro, contenía como parte positiva que a los docentes auxiliares y asociados se les consideraba con un haber mensual igual, en cuanto

al 100% del Juez de Primera Instancia y Vocal Superior, respectivamente; empero, como parte negativa, a los docentes principales, en el mejor de

los casos, se les asignaba el 82% del haber pensionable del Vocal Supremo, sin justificación alguna. Cabe también destacar, que hace una

aplicación correcta del Art.53 de la Ley 23733, en su Art. 7º, al establecer, como característica del incremento, que en el marco del Programa de

Homologación “tendrá carácter pensionable.”

2. El Proyecto de Ley Nº 1747/2007-CR, elaborado por Congresistas a iniciativa Multipartidaria, por la misma razón que deroga el D.U. Nº 033-2005,

con un criterio lógico- jurídico, en ninguno de sus numerales se ampara en el acotado Decreto de Urgencia. Merece destacarse también que al

hacer una aplicación exacta del Art. 53 de la Ley Universitaria, en su Art. 4º prescribe que los incrementos dentro del proceso de homologación

“tiene carácter pensionable.”. Sin embargo, en el Anexo Nº 1, Cuadro de Equiparación y Escala de Ingresos repite lo que corresponde al ingreso

mensual, contenido en el D.U. Nº 033-2005, para los docentes auxiliares y asociados, a quienes en ningún momento se les perjudica en dichos

montos correspondientes al haber pensionable del Juez de Primera Instancia y Vocal Superior, respectivamente; y en relación con los docentes

principales se les mantiene asimismo injustamente con el 75% y 82% del haber pensionable del Vocal Supremo, violando el articulo 53º de la Ley

Nº 23733.

3. De acuerdo con este análisis, se aprecia sin discusión alguna que inobservando el articulo 53º de la Ley Universitaria, restablecido por la Ley Nº

28603, se ha vuelto a incurrir en lo que atañe a los docentes principales, en una irrefragable DISCRIMINACIÒN, porque se ha atentado

flagrantemente contra: la igualdad ante la ley, principio inviolable contenido en el articulo 7º de la Declaración Universal de Derechos Humanos;

articulo 2º, inc. 2, de la Constitución Política; articulo 3º, inc. c, de la Ley Universitaria, que tuviera como principal mentor al ilustre tribuno Luis

Alberto Sánchez; numeral que rechaza toda forma de intolerancia, discriminación; articulo 7º, inc. e, del Estatuto de la Universidad Nacional de

Trujillo, que igualmente rechaza toda forma de intolerancia, discriminación. A todo lo expuesto, debe añadirse el principio universal del Derecho

Laboral: a igual trabajo, igual remuneración, consagrado en el articulo 23º, inc. 2, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos,

debidamente aprobado por la O.I.T. Por consiguiente, ningún Poder del Estado debe ni puede desconocer este derecho de los pro fesores

principales de la universidades publicas del país, porque incurrirían en el ilícito de violar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la

Constitución Política, que aparte de lo anteriormente indicado, establece que los derechos laborales son irrenunciables (articulo 26º, inc 2).

Fecha:

14/11/07

4. En lo que respecta al Proyecto de Ley Nº 1810 presentado por el Poder Ejecutivo tiene de relevante el haber dispuesto, en el articulo 2º la

homologación de remuneraciones de los docentes sin el cumplimiento de los ratio, pero hasta la fecha no se ha hecho efectivo dicho pago sin

explicación alguna, no obstante los reiterados ofrecimientos públicos ante las justas exigencias de la docencia universitaria, pues dicho

cumplimiento traería consigo la inmediata suspensión de la huelga nacional indefinida.

En el aspecto negativo: 1) debe rectificarse lo referente al haber de los profesores principales, disponiéndose un ingreso mensual equivalente al

100% de los Vocales Supremos, o sea 6 700 nuevos soles, para lo cual ha de asignarse los recursos necesarios con tal fin; 2) en lo concerniente a

los artículos 3º, 4º y 5º, devienen jurídicamente improcedentes porque el articulo 53º de la Ley Universitaria no establece evaluación alguna para

dar cumplimiento a la homologación, en vista de que a los Magistrados no se les exige tal evaluación para el pago de sus remuneraciones

pensionables; si se quisiera imponer dicho criterio se tendría primero que normarse en tal sentido la evaluación de los Magistrados y luego recién

se podría aplicar a los docentes universitarios, ya que la homologación significa: “equiparar, poner en igualdad dos cosas”, según el diccionario

de la Real Academia Española; pretender hacer lo contrario es destruir ilegalmente el articulo 53º, por lo que debe eliminarse este extremo del

proyecto; 3) en armonía con lo anteriormente expuesto no ha de considerarse a la homologación de los docentes universitarios con una “asignación

especial”, sino tal y conforme lo establecen con justicia las normas en supra 1º y 2º, por su carácter pensionable, e impedir que se elimine la

obligatoria igualdad con los Magistrados, de lo contrario una vez mas se atentaría contra la homologación del articulo 53º, concebida por el genio

del patriarca de la política nacional Luis Alberto Sánchez, que el actual gobierno por razones obvias está en el ineludible deber de respetar a

cabalidad, sin discusión alguna. Más bien la evaluación docente universitaria debe circunscribirse única y exclusivamente a lo dispuesto por la Ley

Nº 23733.

5. Por todas estas imperiosas razones, el Proyecto de Ley consensuado por la FENDUP-ANR, prescribe que el Programa de Homologación se

efectivizará con la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año 2008 y: “Tendrá naturaleza remunerativa y pensionable.”

CONCLUSIONES:

1. La Homologación de las remuneraciones de los docentes auxiliares, asociados y principales debe ser con el 100% de las remuneraciones

pensionables del Juez de Primera Instancia, Vocal Superior y Vocal Supremo, respectivamente.

2. La naturaleza jurídica de la homologación de las remuneraciones de los docentes universitarios debe ser pensionable.

3. La remuneración antedicha correspondiente al año 2007 de los docentes universitarios del país debe pagarse en este mes de noviembre,

sin exigir ratios ni evaluaciones previas.

Trujillo, 14 de noviembre de 2007

Ms. Roberto Rojas Alegría. Dr. Roberto Meza Finochetti

Secretario General SUDUNT Delegado SUDUNT a FENDUP

PRIMERA PLANTA ANEXO H: PLANOS SUDUNT

PLANOS SUDUNTSEGUNDA PLANTA

TERCERA PLANTA

PLANOS SUDUNT

CORTE TRANSVERSAL

ANEXO I: RECORTES PERIODISTICOS

LA INDUSTRIA

DE TRUJILLO

04/01/08

LA INDUSTRIA

DE TRUJILLO

04/01/08

LA REPUBLICA

REGIONAL

04/01/08

ANEXO J:

RESOLUCIONES