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SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184, OCTUBRE 21 de 2011 DEPARTAMENTO DE ARAUCA INFORME DE INTERVENTORIA ARAUCA INTERVENTORIA CONSORCIO C&M – BDO – 2011, PARA ANALIZAR LAS CONDICIONES EN QUE SE CONTRATÓ LA CONCESION PARA LA OPERACIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, LA ADECUACION DE LA MISMA AL REGIMEN PROPIO DE MONOPOLIO, LA FORMA COMO EL CONCEDENTE MANEJÓ LOS RECURSOS GENERADOS POR LAS EXPLOTACION DEL JUEGO, LA EFICIENCIA Y EFICACIA EN EL GIRO DE LOS MISMOS Y EN GENERAL DE LA EXPLOTACION DEL JUEGO, ASI COMO EL DE FORMULAR RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL DESVIO DE RECURSOS HACIA FINES DISTINTOS DE LA SALUD. Bogotá D.C., 01 de Febrero de 2012

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SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184, OCTUBRE 21 de 2011

DEPARTAMENTO DE ARAUCA

INFORME DE INTERVENTORIA

ARAUCA

INTERVENTORIA CONSORCIO C&M – BDO – 2011, PARA ANALIZAR LAS CONDICIONES EN QUE SE CONTRATÓ LA CONCESION PARA LA OPERACIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, LA ADECUACION DE LA MISMA AL

REGIMEN PROPIO DE MONOPOLIO, LA FORMA COMO EL CONCEDENTE MANEJÓ LOS RECURSOS GENERADOS POR LAS EXPLOTACION DEL JUEGO, LA EFICIENCIA Y EFICACIA EN EL GIRO DE LOS MISMOS Y EN GENERAL DE LA EXPLOTACION DEL JUEGO, ASI COMO EL DE FORMULAR

RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL DESVIO DE RECURSOS HACIA FINES DISTINTOS DE LA SALUD.

Bogotá D.C., 01 de Febrero de 2012

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TABLA DE CONTENIDO

PAGINA

I. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

7

II. MARCO LEGAL

8

III. LIMITACIONES AL ALCANCE

9

IV. DESARROLLO DE LA INTERVENTORIA

10

INFORME CON DESTINO AL CONCEDENTE

10

1. ETAPA PRECONTRACTUAL DE LA CONCESIÓN

10

1.1. Objetivo de la etapa precontractual

10

1.2. Verificación contratación del estudio de mercado en la respectiva jurisdicción

10

1.3. Verificación etapas propias del proceso de selección

11

1.4. Experiencia del contratista seleccionado

12

1.5. Verificación y evaluación del estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente

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PAGINA 1.6. Tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte y azar del juego de apuestas permanentes

o chance

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1.7. Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación

14

1.8. Perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar

14

1.9. Mercado potencial de los juegos de suerte y azar apuestas permanentes o chance de la entidad territorial

15

1.10. Mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar de apuestas permanentes o chance

15

1.11. Proceso de recolección de información

16

1.12. Contratación de la concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance

18

1.13. Verificación de términos generales, cumplimiento de las etapas propias del proceso de selección utilizado

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INFORME CON DESTINO AL CONCESIONARIO

38

2. ESTIPULACIONES PROPIAS DEL CONTRATO DE CONCESIÓN

38

2.1. Objetivo de las estipulaciones propias del contrato de concesión 38

2.2. Constitución garantía única de cumplimiento

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2.3. Verificación de los derechos de explotación ajustados al estudio de mercado

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PAGINA 2.4. Relación de sumas ingresos distintos a derechos de explotación

40

2.5. Supervisión sobre la correcta ejecución del contrato e inclusión de régimen de multas

40

2.6. Revisión de estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las

disposiciones del régimen propio del monopolio

42

2.7. Revisión de estipulaciones relativas al pago de premios

42

3. EJECUCION DEL CONTRATO DE CONCESION

44

3.1. Objetivo sobre la ejecución del contrato de concesión

44

3.2. Constitución y aprobación de la garantía única y de cumplimiento

44

3.3. Verificación de la oportunidad y cumplimiento de la liquidación y pago de los derechos de explotación y

gastos de administración

45

3.4. Verificación del diligenciamiento del registro diario de apuestas permanentes

45

3.5. Verificación de realización de escrutinios

45

3.6. Realización sorteos adicionales e incentivos al juego de apuestas permanentes o chance

46

3.7. Reserva para el pago de premios

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PAGINA

3.8. Distribución geográfica de las agencias y puntos de venta

59

3.9. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance

59

3.10. Pago de premios y atención de quejas y reclamos de los apostadores

69

3.11. Numero de terminales autorizadas y la conexión de las mismas en línea

72

3.12. Políticas y estrategias de comercialización de los juegos de apuestas permanentes o chance

72

3.13. Control interno aplicado por el concesionario

84

3.14. Procedimiento de control aplicados por el concesionario en el suministro de talonarios

85

3.15. Procedimiento aplicados por el concesionario para los talonarios perdidos y/o anulados

85

3.16. Políticas del manejo de inventario de talonarios - rollos

87

3.17. Políticas y procedimiento de vinculación de colocadores a la red de comercialización

88

3.18. Aperturas y/o expansión de agencias y puntos de venta

91

3.19. Verificación de licencias para agencias y/o puntos de venta

94

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PAGINA

3.20. Verificación del flujo de formularios oficiales

94

3.21. Ingresos brutos diarios del concesionario y cantidad de formularios utilizados

96

3.22. Funciones de supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y giro oportuno y efectivo

de los recursos

96

3.23. Costo de la operación y administración del juego

102

4. HALLAZGOS Y PROPUESTAS PARA MEJORAR LA EXPLOTACION DE JUEGO – CONCESIONARIO

104

5. PROPUESTAS PARA MEJORAR LA SUPERVISIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE

106

6. ANEXOS

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I. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

1. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

Analizar las condiciones en que se contrataron las concesiones para la operación del juego de apuestas permanentes o chance la adecuación de las mismas al régimen propio del monopolio; la forma como las entidades concedentes manejan los recursos generados por la explotación del juego, la eficiencia y eficacia en el giro de los mismos al sector salud, los costos de administración de dichos recursos y, en general, de la explotación del juego, así como, formular recomendaciones para evitar el desvío de recursos hacia fines distintos de la salud, en el evento de presentarse tal situación, y evaluar el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios y concedentes en lo relacionado con lo dispuesto por el decreto n° 4867 de 2008 y demás normatividad vigente, respecto de la conectividad en línea y tiempo real de las operaciones de venta de las apuestas permanentes en los departamentos seleccionados. El anterior objetivo será evaluado en relación con las concesiones de apuestas permanentes y juegos de azar de los siguientes departamentos:

− Risaralda − Caldas − Norte de Santander − Sucre − Amazonas − Arauca

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II. MARCO LEGAL

En el marco de lo establecido en el Artículo 5o del Decreto N° 3535 de 2005, la Superintendencia Nacional de Salud, contrato a través de un proceso de licitación pública, la Interventoría que para analicen las condiciones en que se ha contratado la concesión del Juego de Apuestas Permanentes o Chance, si ellas se ajustaron a las exigencias legales, la forma como las entidades concedentes manejan los recursos generados por la explotación del juego, los costos de dicha operación y los giros que realizan a los fondos territoriales de salud. La Interventoría como resultado de sus análisis formulará recomendaciones para prevenir las posibles desviaciones de los recursos hacia fines distintos de la salud.

De otra parte, de conformidad con el Decreto N° 1018 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud adelanta la inspección, vigilancia y control sobre la liquidación, recaudo, transferencia, giro y destinación de los recursos de los monopolios de juegos de suerte y azar.

Adicionalmente la interventoria consulto, la normatividad que a continuación relacionamos con el propósito de verificar la aplicación de las mismas, en relación al juego de apuestas permanentes o chance:

• Ley 80 de 1993 • Ley 643 de 2001 • Decreto 493 de Marzo 22 de 2001 • Decreto 2170 de Septiembre 30 de 2002 • Circular única Superintendencia Nacional de Salud, título III • Convenios y contratos interadministrativos en el Decreto 222 de 1983 • Decreto 3535 de octubre 2005 • Decreto 4643 de Dic. 2005 • Decreto 4867 Dic. 30 de 2008 • Ley 1393 de julio 2010

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III. LIMITACIONES AL ALCANCE

1. LIMITACIÓN AL ALCANCE DE LA AUDITORÍA Se han desarrollado una serie procedimientos bajo el encargo de interventoría; quedando pendiente actividades que no pudieron ser desarrolladas debido a la falta de entrega de información por parte del condecente Gobernación de Arauca. Como resultado de la imposibilidad de efectuar ciertas pruebas de verificación y cruce de información, se presenta una situación que conlleva a limitaciones importantes al alcance del trabajo de los Interventores, como quiera que posibles asuntos importantes podrían ser identificados de haberse completado los procedimientos a aplicar en un 100% por parte de la interventoria a la fecha de este informe. Por lo anterior será necesario dejar estas manifestaciones que afectan el alcance del trabajo incluidas en el informe de la interventoría sobre las tareas asignadas en el contrato número 184 Consorcio C&M BDO. (Ver Sección IV numeral 4 Hallazgos y recomendaciones del presente informe). No nos fue suministrada la siguiente información: ETAPA PRECONTRACTUAL DEL ESTUDIO DE MERCADO ESTUDIO DE MERCADO Procedimiento utilizado en la contratación de la elaboración de talonarios. Documentos informes investigación de mercado. Bases de datos de captura de encuestas. Formulario de la encuesta. Bases de datos fuente de población. Base de datos de la selección de la muestra. Contrato del operador. ETAPA EJECUCION DE LA CONCESION Otro si para validar los valores de rentabilidad mínima presentados en las declaraciones de derechos de explotación. Para efectos de la presentación del informe de interventoría, no nos fue posible verificar la etapa contractual de los estudios de mercado soportados con la documentación antes relacionada, así mismo tampoco fue posible evidenciar el cumplimiento de ciertas obligaciones relacionadas con la formalización a través de otro si de los mínimos establecidos en el contrato de concesión de Arauca presentados en las declaraciones de derechos de explotación.

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IV. DESARROLLO DE LA INTERVENTORIA

INFORME CON DESTINO AL CONCEDENTE

1. ETAPA PRECONTRACTUAL DE LA INTERVENTORIA

1.1. Objetivo de la etapa contractual

Analizar el proceso que tuvo por objeto la selección del contratista encargado de realizar el estudio de mercado previo al proceso licitatorio que culminó con la suscripción del contrato de concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial y, establecer la adecuación del mismo a las disposiciones de la ley 80 de 1993 y del régimen propio del monopolio.

1.2. Verificación contratación del estudio de mercado en la respectiva jurisdicción Verificamos el proceso de selección utilizado por la entidad concedente para contratar el estudio de mercado en la respectiva jurisdicción territorial. Esto requirió verificar si el contrato para la realización del respectivo estudio de mercado se realizó mediante licitación pública, mediante contratación directa o si el estudio de mercado se llevó a cabo directamente por la entidad concedente. Mediante oficio numero 50009 – 01 – 6786 -11 de 18 de Noviembre de 2011 (ver anexo No. 01), se le solicitó a la gobernación de Arauca una serie de información del cual quedó pendiente para la entrega todo lo relacionado con el estudio de mercado, si se realizó directamente, o si se contrato con un tercero. La cual se requirió la siguiente información: - Procedimiento utilizado en la contratación de la elaboración de talonarios - Documentos informes investigación de mercado - Bases de datos de captura de encuestas - Formulario de la encuesta - Bases de datos fuente de población - Base de datos de la selección de la muestra - Contrato del operador - Marco normativo y operativo - Base de datos de ventas por operador, municipios y mensuales.

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Es de anotar que solo realizaron entrega de una presentación en PowerPoint, el cual contiene la información propia del estudio, sin embargo, la relacionada con la etapa previa, precontractual y contractual necesaria para desarrollar la labor de interventoria no se encuentra incluida, ni fue entregada por la entidad territorial, por tal razón mediante oficio número 50009-01-7085-11 del 02 de Diciembre de 2011 (Ver anexo No. 02), se realizó la solicitud de obtener la información del proceso contractual para la elaboración de los estudios de mercado en caso de haber sido contratado mediante terceros, o en su defecto los respectivo actos administrativos que encargasen al personal de planta, el cual debía tener la capacidad y experiencia según lo contemplado en Artículo 2 del decreto 3535 de 2005, y la Circular Única 047 de 2007, y a la fecha se recibe respuesta el día 14 de Diciembre de 2011 donde expone que en la entidad Departamental no reposan documentos que soporten la contratación del estudio de mercado, la Secretaría de Hacienda inicio el proceso licitatorio del juego de apuestas permanentes teniendo en cuenta oficio interno AJ-No. 1401, donde se realiza la delegación a esta Secretaria en mención del proceso contractual para la concesión explotación legal del juego de apuestas permanentes en el Departamento, y en cual informa que el contrato debe elaborarse en base al estudio de mercado presentado por la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca, y aprobado por la Supersalud el 30 de Diciembre de 2008 mediante comunicado NURC-8029-1-0430701. Para lo cual esta interventoría mediante oficio número 50009-01-7449-11 del 16 de Diciembre de 2011, solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, se le informara acerca de la elaboración de los estudios de mercados presentados y aprobado por la Superintendencia Nacional de Salud el 30 de Diciembre de 2008, sin tener respuesta hasta la presente; aunado a la no respuesta, se remite nuevo oficio a la gobernación de Arauca (Radicado No. 20120100000778-1 del 13 de Enero de 2012), para solicitar copia del oficio mediante el cual enviaron el estudio de mercado actualizado, donde la Supersalud mediante oficio NURC-8029-1-0430701 del 07 de Octubre de 2009, informan que respecto a los valores aprobados anteriormente (30 de Diciembre 2008) no se modificaron 2010, 2011, 2012, 2013, sin que a la presente se haya tenido respuesta alguna.

1.3. Verificación etapas propias del proceso de selección Verificamos y evaluamos el cumplimiento de las etapas propias del proceso de selección utilizado. Lo anterior requirió, establecer y evaluar entre otra cosas si se efectuó un estudio previo de viabilidad, conveniencia y favorabilidad, de conformidad con lo previsto en la ley 80 de 1993, si se consultó el mercado para establecer el costo del estudio y, en general si se observaron los principios que rigen la contratación administrativa. En cuanto a la verificación del siguiente punto, el concedente no realizó la entrega de la información relacionada con la contratación del estudio de mercado, argumentando que se desarrolló una actualización en el año 2009, y que la base fue el estudio elaborado y presentado en el año 2008 por la unidad Administrativa y Especial de Salud Arauca y aprobado por la Supersalud mediante oficio NURC-8029-1-0430701. Ver punto III del informe limitaciones al alcance.

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1.4. Experiencia del contratista seleccionado

Verificación y evaluación de la experiencia del contratista seleccionado En cuanto a la verificación del siguiente punto, el concedente no realizó la entrega de la información relacionada con la contratación del estudio de mercado, argumentando que se desarrolló una actualización en el año 2009, y que la base fue el estudio elaborado y presentado en el año 2008 por la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca y aprobado por la Supersalud mediante oficio NURC-8029-1-0430701.

1.5. Verificación y evaluación de estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente Verificación y análisis del estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente a fin de verificar su fundamento y consistencia técnica y su adecuación al respectivo estado del arte – el análisis e investigación de mercados- de tal suerte que se garantice la explotación oportuna y eficiente de esta modalidad de juegos de suerte y azar, de conformidad con lo previsto en el artículo 3ro. De la ley 643 de 2001. Se verifico si el estudio de mercado contiene los respectivos elementos. Se comprobó en el estudio de mercado del departamento de Arauca los componentes de la Circular Única 047 del Supersalud en relación al contenido mínimo de criterios y características del estudio de mercado que deben realizar las entidades concedentes del juego de apuestas permanentes o chance, con el objeto analizar las condiciones relevantes de explotación del juego de apuestas permanentes o chance en el departamento, cuantificar y determinar los principales factores que inciden en la determinación del valor total de los ingresos brutos durante los 5 años del periodo de la concesión. De igual forma, analizar y valorar el perfil de hábitos, comportamientos y expectativas de los usuarios actuales y potenciales, de manera que se puedan identificar y definir las estrategias de mercado que favorezcan la explotación eficiente del juego. De acuerdo a la información contenida en la presentación de resultados del Estudio de Mercado de Arauca se corroboró lo dispuesto en la circular única 047, según lo observado se realizó el análisis descriptivo del perfil de los jugadores, la estimación del tamaño de mercado físico y monetario del los juegos de suerte y azar y en particular del chance, las fortalezas y debilidades del juego de apuestas permanentes o chance mediante la estructuración de su matriz DOFA, el planteamiento de las estrategias de mercadeo. Se detectó inexactitud para establecer claramente cuál es el tamaño monetario del mercado total del chance formal, informal y potencial proyectados para los 5 años de la concesión, en las conclusiones no es claro que incluye cada escenario y el escenario ideal mencionado. No presenta la definición estricta del diseño de tres diferentes escenarios diferentes de ingresos de acuerdo a la inclusión de los mercados anteriores, para la definición de los ingresos brutos proyectados para los 5 años del periodo de concesión.

Faltó el uso de las prácticas de análisis cualitativo.

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El detalle de las observaciones de cada punto se encuentra registradas en la ficha que contiene los factores de verificación y los resultados obtenidos. Referencia

Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Arauca.xls

1.6. Tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte del juego de apuestas permanentes o chance.

Realizar la estimación del tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte y azar, y en particular el mercado físico y monetario del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial. Se obtuvo una valoración económica del mercado de todos los juegos de suerte y azar, se estimó el número de jugadores en la población y la apuesta promedio año persona para cada juego, lo cual permitió calcular el ingreso bruto anual de cada modalidad de juego, en consecuencia arrojo un cálculo global, tanto a nivel físico como económico.

Sin embargo se realizó a nivel general, no hay evidencia de los siguientes resultados:

• Estimación del tamaño de mercado físico (Nº de formularios) mensual y anual teniendo en cuenta el mercado formal informal y potencial

para los 5 años de la concesión. • Estimación el mercado potencial para los 5 años de la concesión, no presenta ningún resultado respecto a las preguntas del Capítulo IV. No

jugadores de Juegos de Azar / o no jugadores de chance, aunque estas si le fueron practicadas al encuestado dado que en la base de datos existe información sobre ellas.

• Estimación del mercado informal proyectado para los 5 años de la concesión. • No establece claramente cuál es el tamaño monetario del mercado total del chance (Formal + Informal + Potencial). • No se realizó análisis de elasticidad.

Los anteriores elementos son requerimiento de la circular y de vital importancia en el desarrollo del estudio. Algunos resultados lograron confirmarse a través de la base de datos a nivel muestral y se encontró coincidencia, pero se concluyeron para el

total de la población, no hay información sobre los factores de expansión calculados.

Referencia Archivo Adjunto: Ficha de verificación estudio de Mercado Arauca.xls CELDA: E31:L34 ANEXO: Anexo.3 Recordación anexo.4 Participación Anexo.5 Sustitutos del Chance

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1.7. Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación Realizar la Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial. Se realizó la determinación mensual y anual del valor de los derechos de explotación, sin embargo no se realizó los 3 tres escenarios de estimación del valor del mercado del chance que solicita la circular en relación a la inclusión del mercado formal, informal y potencial. Según lo dispuesto en la ley 1393 de 2010, se calculo los valores de rentabilidad, a partir de las ventas brutas reales reportadas de los últimos cuatro (4) años, durante el periodo julio de 2006 a junio de 2010, traídos a valor presente julio 2010 y teniendo en cuenta la cifra de IPC 2010 y proyectado para el año 2012

RENTABILIDAD MÍNIMA MENSUAL ANUAL 2010 (IPC 3,17%) 33.069.105 396.829.255 2011 (IPC 3,73%) 34.302.582 411.630.986 2012 (IPC 3,4%) 35.468.870 425.626.439 2013 (IPC 3,4%) 36.674.812 440.097.738 2014 (IPC 3,4%) 37.921.755 455.061.061

TOTAL 177.437.123 2.129.245.479 Ver hallazgo en la sección IV punto 4. El contrato de concesión durante el periodo de Enero 1º. 2010 al 31 de diciembre 2914, se firmo por $4.051.478.989 de acuerdo a las cifras estimadas en base al estudio de mercado. Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E36:L36 Y E109:L109 Cifras calculadas Rentabilidad mínima: ARAUCA _LEY 393,XLS Proyección IPC Según Análisis Locales http://www.banrep.gov.co/documentos/publicaciones/inflacion/2011/septiembre.pdf Página 70

1.8. Perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar

Identificación de los perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar y en particular de los jugadores de chance en la respectiva entidad territorial: edad, género, edad en que comenzó a jugar, estrato social, nivel educativo, ocupación, frecuencia de juego, valor promedio de la apuesta, valor mínimo y máximo apostado etc.

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Se realizó el respectivo análisis descriptivo para todas las variables demográficas de forma completa de acuerdo a las preguntas formuladas en la encuesta oficial de la Supersalud, en cuanto al detalle de los valores, máximo y mínimo apostado no se determinaron. Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls

CELDA: E42:L68

1.9. Mercado potencial de los juegos de suerte y azar, apuestas permanentes o chance de la entidad territorial

Calculo del mercado potencial de los juegos de suerte y azar y en particular del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial. El mercado potencial se calculó aplicando un factor para llevar la respuesta de intención de compra a la cantidad de personas que efectivamente harían la compra, factores establecidos según la experiencia de la compañía de investigación de mercados, se estimó el número de personas y el valor de la apuesta en un año para los que apostarían $100.000 y $50.000 en un año de acuerdo a las preguntas 52 y 53 del formulario de la Supersdalud. En el mercado potencial se calculó el monto de ingresos brutos obtenidos por ventas de chance para el 2008, pero no se presenta proyección para los 5 años. No presenta ningún resultado respecto a las preguntas 49 a 59 del Capítulo IV. No jugadores de Juegos de Azar / o no jugadores de chance. Aunque estas si le fueron practicadas al encuestado dado que en la base de datos existe información sobre ellas. referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E35:L35 CELDAS: E38:L39

1.10. Mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar de apuestas permanentes o chance

Calculo del mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar y en particular del juego de apuestas permanentes o chance en le respectiva entidad territorial. El mercado informal se calculó con base en la diferencia entre el mercado potencial y el mercado estimado con la Investigación de Mercados según la presentación de resultados, se recomienda revisar esta metodología ya que no se encuentra lógica en su planteamiento.

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Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E106:L107

1.11. Proceso de recolección de información Verificar y evaluar la consistencia y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de las fuentes secundarias. En particular se debe revisar los valores de las variables macroeconómicas empleadas, las proyecciones de población y las cifras sobre el comportamiento histórico de las ventas de chance y de los derechos de explotación correspondientes.

1.11.1. Verificación y evaluación de las consistencias y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de fuentes secundarias.

Verificación y evaluación de la consistencia y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de fuentes secundarias. En particular se reviso los valores de las variables macroeconómicas empleadas, las proyecciones de población y las cifras sobre el comportamiento histórico de las ventas de chance y de los derechos de explotación correspondientes. Está documentado el uso de variables macroeconómicas de población, PIB e IPC, de acuerdo con los reportes oficiales, pero no explica en detalle la formulación de la inclusión de estos factores. Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E106:L107

1.11.2. Verificación y evaluación de la consistencias fuentes primarias En relación con la información proveniente del trabajo de campo – fuentes primarias de información , se verifico y evaluó, además de las consistencia, los elementos que se señalan a continuación: 1. Diseño muestral 2. Tamaño de muestra 3. Error muestral máximo absoluto 4. Criterios de distribución de la muestra 5. Expansión de los resultados

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6. Criterios empleados en la selección del informante 7. Pertinencia del diseño del formulario empleado

Se diseño un Muestreo Aleatorio Simple, pero de acuerdo a la descripción de la metodología se aplico un diseño polietápico. No está documentado cuantos sectores cartográficos, manzanas y número de hogares fueron seleccionados en las etapas del diseño muestral, la selección de informante se realizó de forma aleatoria en el hogar seleccionado. Se aplicaron las fórmulas de un Muestro Aleatorio Simple, pero se debieron haber utilizado las de muestreo de conglomerados. El tamaño muestral calculado fueron 826 encuestas sin embargo la base contiene 870 registros, los criterios de distribución de la muestra se realizaron de acuerdo a la participación poblacional, sin embargo existe diferencia al realizar la participación poblacional por municipio con los datos proyectados por el DANE y los datos presentados en el estudio.

No está documentado el cálculo de los factores de expansión ni se encuentran incluidos en la base de datos. De acuerdo a los cálculos obtenidos a partil de la base de datos y que coinciden con la presentación de resultados, al parecer la proporciones a nivel de muestra se aplicaron a la población. En relación al formulario empleado se utilizó estrictamente la encuesta oficial de la Supersalud, y se obtuvieron resultados de la mayoría de las preguntas sin embargo no presenta resultados respecto a las preguntas abiertas del Capítulo IV. No jugadores de Juegos de Azar / o no jugadores de chance. Aunque estas si le fueron practicadas al encuestado puesto que en la base de datos existe información sobre ellas. Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E70:L90

1.11.3. Información consignada en bases de datos En cuanto al procesamiento de información, se verifico la consistencia de la información consignada en la base de datos que contiene la información tabulada del trabajo de campo. Se realizo validación en búsqueda de errores y/o registros duplicados. En el evento de no contar con base de datos, deberá digitarse y procesarse la información consignada en las encuestas aplicadas. Se obtuvo la información tabulada de las encuestas, sin embargo no se encontró el diccionario de datos que precise claramente el contenido de la base de datos, el manejo de la base se realizó por deducción de las preguntas del formulario y asociación a los nombres de las variables del archivo con sus posibles alternativas de respuesta. No se informa sobre los procedimientos de control aplicados, los manuales con las especificaciones de validación y consistencia de la base de datos. Algunos códigos no válidos, vacíos y relaciones inconsistentes entre variables fueron detectados.

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No permitió establecer un identificador del formulario para realizar una revisión de registros duplicados, no estuvo al alcance revisar un documento físico con relación al registro de la base de datos, no existe un identificador de formulario. No se obtuvo documentación de los procesos recolección, crítica y grabación, manuales o mecanismos de capacitación usados para el entrenamiento del personal operativo (Entrevistadores, Supervisores de campo), manuales de diseño, organización y logística de los procesos operativos, formatos de control de calidad y seguimiento en el trabajo de campo, listado de medidas preventivas y correctivas de procesos. Referencia Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E91:L100

1.11.4. Formulas empleadas en el cálculo del valor de las ventas brutas y proyección de las mismas

En cuanto al análisis de la información obtenida se verifico las fórmulas empleadas en el cálculo del valor de las ventas brutas y en la proyección de las mismas. En los casos en los que en el estudio de mercado se hayan empleado modelos econométricos para establecer estos montos, se deberá verificar la significancia individual y conjunta de las variables involucradas y el cumplimiento de los supuestos del modelo.

No está documentado el uso de un modelo econométrico, ni la formulación para la estimación de las ventas, no se identifica en la presentación de resultados, los tres escenarios que la Supersalud solicita respecto a la inclusión del mercado formal, informal y potencial y sus estimaciones mensuales durante los 5 años de la concesión

La formulación de las proyecciones no está documentada, es importante resaltar la importancia de tener un documento metodológico disponible con el detalle de las fórmulas empleadas y procedimientos, pero únicamente se restringe a la presentación de resultados. Referencias Archivo Adjunto: Ficha verificación Estudios de Mercado Arauca.xls CELDAS: E101:L105 CELDAS: E108:L109

1.12. Contratación de la concesión para la operación del juego de apuestas permanente o chance Objetivo

Analizar el proceso de selección utilizado por la entidad concedente para concesionar la operación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial, Esto supone analizar si el contrato o contratos para la operación de dicho juego se realizaron mediante licitación pública, contratación directa o a través de otro mecanismo y establecer la adecuación del mismo a las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y del régimen propio del monopolio de juegos de suerte y azar.

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1.13. Verificación términos generales del cumplimiento de las etapas propias del proceso de selección utilizado.

1.13.1. Verificación estudio general y previo de viabilidad, conveniencia y oportunidad Verificación del estudio general y previo de viabilidad, conveniencia y oportunidad, distinto al estudio de mercado, para efectos de otorgar en concesión la operación del juego de apuestas permanentes y chance y si en él se determinaron las condiciones propias de la contratación y en particular unos porcentajes mínimos de operaciones de colocación de apuestas permanentes o chance en línea y en tiempo real. Revisado el archivo documental del Contrato de Concesión Número 536 del 28 de diciembre de 2009, cuyo objeto es la “Operación del juego de apuestas permanentes (Chance) en el departamento de Arauca” se puede precisar que la entidad territorial en cumplimiento de lo dispuesto en la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 de 2008, la entidad público aviso de convocatoria pública, el proyecto de pliegos de condiciones y los estudios previos fueron publicados en el portal único de contratación, dichos estudios establecieron un mínimo de operación en línea y tiempo real, del juego de apuestas permanentes. Se presentaron observaciones al proyecto de pliego de condiciones las cuales fueron resueltas por la Unidad ejecutora (Secretaría de Hacienda). Por medio de la Resolución 2989 del 11 de noviembre de 2011 apertura el proceso de contratación por Licitación Pública No LP-04-01-2009 y se publicó el pliego de condiciones definitivo, así mismo se programaron las audiencias de revisión de riesgos y aclaración de pliegos.

1.13.2. Observación pliegos de condiciones

Presentación de las observaciones a los pliegos de condiciones de la respectiva licitación en cuanto hace relación a los derechos de explotación que corresponde cancelar al concesionario o respecto del porcentaje de operaciones de colocación de apuestas permanentes en línea y en tiempo real y, si las observaciones se atendieron oportuna y efectivamente por la entidad concedente

Acta de audiencia de Aclaración de Pliegos Definitivos LICITACION PUBLICA No. LP-04-01-2009

Fecha: 17 de Noviembre de 2009 Lugar: Secretaria de Hacienda Departamental

Como asistentes a la audiencia se presentaron las siguientes personas: ENTIDAD CONCEDENTE: Doris Acua Clermont Secretaria de Hacienda Departamental Diego Gutiérrez Gonzales Profesional Universitario S.H.D.

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OFERENTES: Gerardo Guerra Vocero Conapuestas S.A. Jesús Alfredo Martínez Apoderado Conapuestas S.A. Juan José Guevara Pinilla Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. Wilson Reinel López Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. Adalberto Jaimes Ochoa R/L Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. Juan Manuel Ariza Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

El señor Gerardo Guerra, vocero de Conapuestas S.A. presenta las siguientes observaciones:

• Que dentro de la normas aplicables al contrato se incluya el fallo del consejo de estado de fecha 11 de Junio de 2009, que

elimina unos apartes del decreto 3535 de 2005 donde la administración respondió que se dirige por la rentabilidad mínima, lo que se solicita es aplicar la normas citadas en dicha sentencia.

• Que se haga la aclaración al numeral 2.6.1.11 en cuanto a las sociedades abiertas a quienes se les pide los antecedentes judiciales, aclarar a quien se debe solicitar lo antecedentes cuando las sociedades sean diferentes a las abiertas.

• Para los términos de experiencias, permite que las personas jurídicas puedan aportar su experiencia de uno de los oferentes, sugiere que en condiciones de este requisito se tenga en cuenta en proporción a la participación dentro de la empresa.

ADENDA NUMERO 1. Régimen Jurídico Incluyó dentro del régimen jurídico aplicable de los pliegos definitivos el fallo del consejo de estado de fecha 11 de junio de 2009 Certificado de Antecedentes Judiciales: Se les pide a los representantes legales de los oferentes presentar el certificado de antecedentes judiciales vigente a la fecha del cierre del proceso de selección. Certificado para acreditación de experiencia: El proponente deberá relacionar la experiencia en contratos de concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance, mínimo de cinco (5) años. Se tendrá en cuenta la experiencia obtenida por la persona jurídica durante los últimos (10) años, anteriores al cierre de la licitación.

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Para tal efecto anexar las certificaciones de experiencia expedidas por las entidades públicas autorizadas por la ley (concedente).

La experiencia especifica, para el caso de sociedades con fecha de constitución posterior al 31 de diciembre de 2008 podrá acreditarse a través de la sumatoria de experiencia de sus socios u accionistas, sean estas personas naturales o jurídicas, de conformidad con la participación que hayan tenido en el o los contratos que se relacionen. Operaciones en tiempo y línea real: El concesionario deberá efectuar operaciones de colocaciones de apuestas permanentes o chance en el Departamento de Arauca a través del mecanismo de explotación sistematizado en línea y tiempo real como mínimo en el 90% de conformidad con lo regulado en el articulo 1 del decreto 4867 de 2008. Las adendas expedidas por la Gobernación Departamental de Arauca – Secretaria de Hacienda se realizaron en base a la audiencia de aclaración de pliegos, aclarando los puntos observados por los oferentes, y sin favorecer intereses particulares, garantizando el cumplimiento del principio de transparencia. En cuanto a los derechos de explotación y el porcentaje de operaciones de colocación de apuestas permanentes en línea y tiempo real, no se presentaron ningún tipo de observaciones por parte de los oferentes.

1.13.3. Se permitió la participación de personas naturales consorcios o uniones temporales Se Verificó si en los pliegos de condiciones se permitió la participación de personas naturales, consorcios o uniones temporales. Inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de interés:

Para la participación dentro del proceso de selección del concesionario para el juego de apuestas permanentes, la gobernación de Arauca fijo las siguientes causales o motivos de inhabilidad:

Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de algunas de la causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refiere la constitución política, el artículo 8 de la ley 80 de 1993 y normas concordantes. El proponente declarará en la carta de presentación de la propuesta que no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades.

La persona jurídica se encontrara inhabilitada cuando uno o más de sus socios personas naturales hayan sido declarados responsables judicialmente por la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transnacional, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones, con excepción de las sociedades anónimas abiertas. (Articulo 18 ley 1150 de 2007)

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Una vez verificada el Acta de evaluación se pudo constatar que ninguna de las propuestas presentadas dentro del proceso de selección del concesionario para el juego de apuestas permanentes, se encontraban ninguno de sus socios incurso dentro de las inhabilidades anteriormente señaladas.

Contratista Seleccionado:

RAZON SOCIAL: INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A NIT: 900316099-0 DOMICILIO: ARAUCA DURACION: 31 DE DICIEMBRE 2030

Constitución de la sociedad:

De acuerdo a la escritura pública de constitución de la sociedad anónima Inversiones Orinoquia Colombiana S.A., en el artículo sexto Capital Autorizado, suscrito y pagado, se puedo constatar que los socios accionistas son los que se relacionan a continuación:

SOCIOS CANTIDAD VALOR ACCIONES PORCENTAJE DE PARTICIPACION

LEONOR CASTRO ARDILA 320.000 320.000.000 20%

SANDRA IBETH PITA ROJAS 400.000 400.000.000 25%

JUAN JOSE PITA SAYAGO 640.000 640.000.000 40%

JUAN MANUEL ARIZA GARCIA 160.000 160.000.000 10%

WILSON REINEL LOPEZ DAZA 80.000 80.000.000 5%

SUMAS 1.600.000 1.600.000.000 100%

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1.13.4. Condiciones mínimas de experiencia en la operación del juego de apuestas permanentes o chance

Verificación y evaluación si en los pliegos de condiciones se exigió a las personas interesadas, como requisito para participar, unas condiciones mínimas de experiencia en la operación del juego de apuestas permanentes o chance, un valor mínimo de derechos de explotación ofrecidos, así como un nivel de patrimonio técnico mínimo y si éste es coherente y razonable en consideración al valor de la respectiva concesión.

REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA CUMPLE

SI NO DERECHOS DE EXPLOTACION: Durante la ejecución del contrato de concesión del juego de apuestas permanentes o chance, el concesionario, en aplicación de lo previsto en el artículo 23 de la ley 643 de 2001, deberá cancelar mensualmente por derechos de explotación el valor correspondientes al 12% de la ventas brutas por concepto de derechos de explotación pactado en el contrato y establecido por el respectivo estudio de mercado a partir de los ingresos brutos esperados para el periodo correspondiente. En el evento que la liquidación de los derechos de explotación obtenidos del 12% de los ingresos brutos percibidos por el concesionario sea superior al monto de los derechos de explotación establecidos contractualmente, aquel deberá cancelar por este concepto, el valor de la liquidación del 12% sobre los ingresos brutos efectivamente obtenidos. En el evento que la liquidación del 12% de los ingresos brutos percibidos sea inferior a los derechos de explotación establecidos en el estudio de mercado, aquel deberá cancelar los derechos de explotación pactados en el contrato, conforme a los establecido en el artículo 3 del Decreto 3535 de 2005. Los montos deberán ser consignados a la cuenta de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD ARAUCA.

X

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REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA CUMPLE

SI NO

GASTOS DE ADMINISTRACION: Este valor lo deberá cancelar el concesionario, de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 9 de la ley 643 de 2001, en concordancia con el inciso 4° del artículo 14 de la ley 1350 de 2003, y que actualmente corresponde al 1% sobre los derechos de explotación liquidados para el periodo.

X

DOCUMENTOS JURIDICOS: Se debe anexar a la propuesta: Garantía de Seriedad a la propuesta: Se debe expedir a favor del Departamento de Arauca, y debe ser mayor o igual al 10% del valor total estimado para el presente proceso, valido como mínimo por tres meses a partir del cierre de la convocatoria. Certificado de existencia y Representación Legal: Las personas jurídicas oferentes, deberán comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de comercio. Certificado de Antecedente Disciplinarios: Se debe anexar este certificado vigente a la fecha del cierre del proceso. Certificado de Antecedentes Fiscales: Se debe anexar este requisito. Certificado de pagos de seguridad social y aportes parafiscales: Deberá acreditar que se encuentra al día con el sistema general de seguridad en salud, pensión, riesgos profesionales, Cajas de compensación familiar, SENA, ICBF, ESAP. Certificado de Antecedentes Judiciales Registro Único Tributario

X

Copia de los estados financieros de propósito general: Se debe adjuntar: Fotocopia Declaración de Renta

X

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REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA CUMPLE

SI NO

Certificado para acreditación de experiencia: El proponente deberá relacionar la experiencia en contratos de concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance, mínimo de cinco (5) años. Se tendrá en cuenta la experiencia obtenida por la persona jurídica durante los últimos (10) años, anteriores al cierre de la licitación. Para tal efecto anexar las certificaciones de experiencia expedidas por las entidades públicas autorizadas por la ley (concedente). La experiencia especifica, para el caso de sociedades con fecha de constitución posterior al 31 de diciembre de 2008 podrá acreditarse a través de la sumatoria de experiencia de sus socios u accionistas, sean estas personas naturales o jurídicas, de conformidad con la participación que hayan tenido en el o los contratos que se relacionen.

X

Relación de los equipos de cómputo: La relación de los equipos de cómputo o terminales disponibles para la realización de apuestas en línea y tiempo real y las licencias de software, especificando las características de los mismos.

X

Certificación e informe del sistema de información centralizado: Se debe anexar mediante oficio suscrito por el representante legal, donde informen que tiene disponible para operar el chance un sistema de información centralizado, donde procesarán las ventas chance en línea y tiempo real.

X

Certificado e informe de la red de comunicaciones: Los proponentes deberán certificar, mediante oficio suscrito por el representante legal, que tienen disponible una red de comunicaciones para operar el chance en el Departamento de Arauca en línea y tiempo real; y adjunto a la respectiva certificación deberán anexar la descripción técnica de la misma.

X

Documento donde se relacione la red de mercadeo: El proponente deberá allegar el documento donde relacione la red que utilizara para la operación de la concesión, la cual deberá tener los siguientes datos: Nombre, Dirección, Cedula, Especificando Agencias, Puntos fijos, Puntos móviles sistematizados, colocadores de juegos.

X

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REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA CUMPLE

SI NO

Cobertura, cubrimiento y controles al juego: El proponente deberá indicar la forma como garantizará la cobertura de la totalidad de municipios que integran el Departamento de Arauca y los tipos de controles que ejercerán sobre los que colocan y venden el juego de apuestas permanentes

X

Organización: La propuesta deberá incluir la estructura mínima que el proponente se obliga a mantener durante la ejecución del contrato en aras de garantizar la cobertura y el cubrimiento señalado en el numeral anterior.

X

Exigencias mínimas en materia de sistemas: El proponente deberá ofrecer las operaciones EN LINEA Y TIEMPO REAL, como mínimo en un 90% de conformidad con lo regulado por el artículo 1 del decreto 4867 de 2008. El concesionario deberá suministrar a la entidad concedente los equipos de computo, el software licenciado y, la capacitación correspondiente, necesarios para efectuar el control y seguimiento a la colocación de apuestas permanentes por el mecanismo sistematizado en línea y tiempo real, y encargarse del mantenimiento y actualizaciones necesarias.

X

Cumplir con la capacidad financiera: Se deberá tener en cuenta los siguientes indicadores: INDICADORES DE LIQUIDEZ: 1. Razón Corriente: deberá ser igual o mayor que 2.0. 2. Capital neto de trabajo: Capital neto de trabajo = Activo corriente - Pasivo Corriente = Mayor o igual a $ 1.280.974.665. Nivel de endeudamiento: El porcentaje de participación de los acreedores dentro de la empresa deberá ser menor al 50%. PATRIMONIO TÉCNICO: Se considera como patrimonio técnico de un concesionario, la suma de patrimonio básico y adicional de la respectiva empresa. Para efectos el valor del patrimonio adicional no computará por más del cien por ciento (100%) del patrimonio básico y será de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 1.500.000.000).

X

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1.13.5. Verificación del valor de los derechos de explotación se ajustan al valor establecido en el estudio de mercado.

Verificación y evaluación si el valor de los derechos de explotación que, de acuerdo con el pliego de condiciones, corresponde cancelar al concesionario se ajusta al monto establecido en el estudio de mercado realizado por la entidad concedente y avalada por la Superintendencia Nacional de Salud. DECLARACION DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN

Los montos que el concesionario cancela por concepto de los derechos de explotación los realiza directamente a la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca la cual es la encargada de administrar la salud del Departamento, y las consignaciones son hechas en la cuenta bancaria número 137-18471-9 del Banco de Bogotá.

El valor consignado por concepto de anticipo del 75% una vez iniciado el contrato de concesión fue de $40.953.937 y fue realizado el día 18 de febrero de 2010; en comunicación escrita el concesionario explica los motivos por los cuales no se pagaron oportunamente los derechos de explotación los primeros meses argumentado el inicio tardío de la ejecución del contrato, así mismo como la falta de suministro de la papelería, la cual había quedado contemplado en el contrato como una de las obligaciones del concedente, así mismo pide que se liquiden las regalías del primer mes, debido a que se debe descontar los días en que no se conto con la operación del juego. La gobernación de Arauca mediante oficio del 24 de mayo de 2010, informa al concesionario el valor que debe cancelar por concepto de intereses moratorios, por el no pago de los derechos de explotación en las fechas estipuladas, para lo cual el concesionario consigna un valor $3.008.000 a la cuenta de Banco de Bogotá No. 137-18471-9 de la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca.

En el análisis se evidencian que los valores declarados difieren de los valores pactados contractualmente, (antes de entrada en vigencia 1393 de 2010), para lo cual esta interventoría solicitó al Concesionario mediante oficio del 13 de Enero de 2010, explicara los motivos que justificaron este hecho, el concesionario aclara que el parágrafo tercero de la cláusula cuarta ampara dicha situación “en todo caso y aunque el pago de los derechos de explotación sea mensual, su cumplimiento será valorado por anualidades, pudiendo el concesionario pagar mediante ajustes que lo nivelen con el valor mínimo comprometido para cada año”, El concedente no ha expedido hasta la presente un acto administrativo u OTRO SI AL CONTRATO, en el cual se modifiquen los valores pactados contractualmente, dicha solicitud fue realizada al concesionario a partir del 08 de Octubre de 2010, en reiteradas ocasiones, obteniendo como respuesta por parte del concedente, que se encuentran realizando los ajustes respectivos y el cálculo de la rentabilidad mínima, que se espera aclaración por parte de la Supersalud en cuanto a cómo aplicar el artículo 23 de la ley 1393 de 2010. Para proceder con el otro sí, ver hallazgo en sección III numeral 4.

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Mediante oficio del 13 de Enero de 2012 (ver anexos 03 y 04), esta interventora, solicito al concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. la información del cálculo de la rentabilidad mínima. A continuación relacionamos la información suministrada por el concesionario como base para realizar el ejercicio del cálculo de la rentabilidad mínima acorde con lo estipulado en el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, la cual fue verificada:

2006

INGRESOS PARA CALCULAR RENTABILIDAD MINIMA LEY 1393

CON IVA SIN IVA

JULIO $ 272.773.963,00 $ 259.784.726,67

AGOSTO $ 290.981.569,00 $ 277.125.303,81

SEPTIEMBRE $ 293.402.825,00 $ 279.431.261,90

OCTUBRE $ 295.248.856,00 $ 281.189.386,67

NOVIEMBRE $ 297.535.582,00 $ 283.367.220,95

DICIEMBRE $ 306.702.570,00 $ 292.097.685,71

$ 1.756.645.365,00 $ 1.672.995.585,71

2007

ENERO $ 287.901.426,00 $ 274.191.834,29

FEBRERO $ 263.676.732,00 $ 251.120.697,14

MARZO $ 284.723.364,00 $ 271.165.108,57

ABRIL $ 263.933.147,00 $ 251.364.901,90

MAYO $ 295.918.640,00 $ 281.827.276,19

JUNIO $ 298.025.811,00 $ 283.834.105,71

JULIO $ 311.808.089,00 $ 296.960.084,76

AGOSTO $ 308.337.345,00 $ 293.654.614,29

SEPTIEMBRE $ 291.266.792,00 $ 277.396.944,76

OCTUBRE $ 309.079.979,00 $ 294.361.884,76

NOVIEMBRE $ 298.610.314,00 $ 284.390.775,24

DICIEMBRE $ 311.014.297,00 $ 296.204.092,38

$ 3.524.295.936,00 $ 3.356.472.320,00

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2008

INGRESOS PARA CALCULAR RENTABILIDAD MINIMA LEY 1393 CON IVA SIN IVA

ENERO $ 300.075.824,00 $ 285.786.499,05

FEBRERO $ 293.883.186,00 $ 279.888.748,57

MARZO $ 266.727.698,00 $ 254.026.379,05

ABRIL $ 298.438.907,00 $ 284.227.530,48

MAYO $ 306.253.573,00 $ 291.670.069,52

JUNIO $ 292.554.908,00 $ 278.623.721,90

JULIO $ 315.025.820,00 $ 300.024.590,48

AGOSTO $ 318.003.405,00 $ 302.860.385,71

SEPTIEMBRE $ 314.449.810,00 $ 299.476.009,52

OCTUBRE $ 315.025.820,00 $ 300.024.590,48

NOVIEMBRE $ 302.705.957,00 $ 288.291.387,62

DICIEMBRE $ 315.493.154,00 $ 300.469.670,48 $ 3.638.638.062,00 $ 3.465.369.582,86

2009

ENERO $ 307.838.436,00 $ 293.179.462,86

FEBRERO $ 293.324.805,00 $ 279.356.957,14

MARZO $ 302.372.168,00 $ 287.973.493,33

ABRIL $ 285.656.036,00 $ 272.053.367,62

MAYO $ 288.950.666,00 $ 275.191.110,48

JUNIO $ 285.631.206,00 $ 272.029.720,00

JULIO $ 316.122.096,00 $ 301.068.662,86

AGOSTO $ 300.770.685,00 $ 286.448.271,43

SEPTIEMBRE $ 301.512.928,00 $ 287.155.169,52

OCTUBRE $ 304.875.455,00 $ 290.357.576,19

NOVIEMBRE $ 305.575.794,00 $ 291.024.565,71

DICIEMBRE $ 348.495.141,00 $ 331.900.134,29 $ 3.641.125.416,00 $ 3.467.738.491,43

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MES / AÑO 2.006 2.007 2.008 2.009 2.010

ENERO 274.191.834 285.786.499 293.179.463 96.903.614 FEBRERO 251.120.697 279.888.749 279.356.957 148.671.772 MARZO 271.165.109 254.026.379 287.973.493 156.683.512 ABRIL 251.364.902 284.227.530 272.053.368 146.048.786 MAYO 281.827.276 291.670.070 275.191.110 157.120.512 JUNIO 283.834.106 278.623.722 272.029.720 153.195.301 JULIO 259.784.727 296.960.085 300.024.590 301.068.663 AGOSTO 277.125.304 293.654.614 302.860.386 286.448.271 SEPTIEMBRE 279.431.262 277.396.945 299.476.010 287.155.170 OCTUBRE 281.189.387 294.361.885 300.024.590 290.357.576 NOVIEMBRE 283.367.221 284.390.775 288.291.388 291.024.566 DICIEMBRE 292.097.686 296.204.092 300.469.670 331.900.134 Total x año 1.672.995.586 3.356.474.327 3.465.371.591 3.467.740.500 858.625.507

PROMEDIO INGRESOS AÑO 3.205.301.878 PROMEDIO INGRESOS MES 267.108.490 REGALIAS MES 32.053.019 IPC 2% 641.060 RENTABILIDAD MINIMA 32.694.079

Esta interventoría mediante oficio No. 50009-01-0001-12 solicitó a la gobernación de Arauca, informe que actos administrativos o documentos, ha expedido para modificar los valores pactados contractualmente, con el fin de ajustarlos a lo contemplado en el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, al respecto el concesionario manifesté que con el para lo cual se tiene como respuesta mediante oficio rad. 2012040001532-2 del 20 de Enero de 2012, oficio radicado No. 2012040000239-2, de fecha 5 de enero de 2012 se enviaron los valores calculados para el contrato de concesión numero 536 de 2009 a la Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, con el fin de que se le realice la respectiva revisión. Se espera respuesta de esta entidad para la elaboración del modificatorio en cual se fijen los nuevos valores de la rentabilidad mínima.

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INTERESES MORATORIOS El día 24 de Mayo de 2010 el concedente envía al concesionario el valor que este último debe cancelar por el pago extemporáneo de los derechos de explotación por la operación del juego de apuestas permanentes, los cuales se relacionan a continuación:

FECHA DE PAGO SEGÚN LEY

FECHA DE PAGO

VALOR PAGADO DÍAS MORA INTERESES CAUSADOS

18/01/2010 17/02/2010 $ 40.953.937,00 31 $ 761.000,00

05/02/2010 12/02/2010 $ 46.173.644,00 28 $ 774.000,00

05/03/2010 09/04/2010 $ 43.441.871,00 28 $ 718.000,00

16/04/2010 27/04/2010 $ 46.058.422,00 11 $ 288.000,00

TOTAL $ 2.541.000,00

El cual fue consignado a la respectiva cuenta de la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, el día 11 de Junio de 2010.

Luego se evidenció el pago de los intereses causados por el pago extemporáneo de los derechos de explotación del mes de mayo.

FECHA DE PAGO SEGÚN LEY

FECHA DE PAGO

VALOR PAGADO DÍAS

MORA INTERESES CAUSADOS

14/05/2010 31/05/2010 $ 48.279.204,00 17 $ 467.000,00

El cual fue consignado el día 23 de Junio de 2010 a la respectiva cuenta de la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, el día 11 de Junio de 2010.

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1.13.6. Previsiones relativas al pago de los derechos de explotación

Análisis a las previsiones relativas al pago de los derechos de explotación que debe generar la operación del juego a favor de la respectiva entidad concedente Los pagos correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2010 se pagaron de manera extemporánea para lo cual la entidad concedente remitió la liquidación de los valores correspondientes a cancelar por concepto de intereses moratorios, lo cuales fueron cancelados por el Concesionario. A la fecha el Concesionario realiza sus pagos y declaración de los derechos de explotación de manera oportuna, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 16 de la ley 1393 de 2010. (ver información en el punto anterior).

Por otra parte revisamos el pago oportuno durante la vigencia del convenio sin encontrar inconsistencias por pagos no oportunos.

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1.13.7. Requisitos previos en los pliegos de condiciones

Verificación y evaluación del cumplimiento de los requisitos previstos en los pliegos de condiciones por parte del contratista que resultó favorecido en él respectivo proceso de selección. Revisado el archivo documental del Contrato de Concesión Número 536 del 28 de diciembre de 2009, cuyo objeto es la “Operación del juego de apuestas permanentes (Chance) en el departamento de Arauca” se puede precisar que la entidad territorial en cumplimiento de lo dispuesto en la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 de 2008, la entidad publicó aviso de convocatoria pública, el proyecto de pliegos de condiciones y los estudios previos fueron publicados en el portal único de contratación, se presentaron observaciones al proyecto de pliego de condiciones las cuales fueron resueltos por la Unidad ejecutora. Por medio de la Resolución 2989 del 11 de noviembre de 2011 se aperturó el proceso de contratación por Licitación Pública No LP-04-01-2009, se publicó el pliego de condiciones definitivo, así mismo se programaron las audiencias de revisión de riesgos y aclaración de pliegos. En la fecha y hora establecida se presentaron dos proponentes; Comercializadora Nacional de Apuestas Conapuestas S.A. e Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. El primero de diciembre de 2009 se llevó a cabo la evaluación dando como ganadora a la firma Inversiones Orinoquia Colombiana S.A, dicha evaluación fue publicada conforme lo establece numeral 8 del artículo 30 de la ley 80 de 1993, los oferentes presentan las observaciones que estimaron pertinentes. Las observaciones realizadas a la evaluación fueron resueltas por la Unidad ejecutora, finalmente el 17 de diciembre de 2009 mediante la resolución 3669 se llevó a cabo la audiencia de adjudicación conforme lo señalado en el artículo 15 del Decreto 2474 de 2008.

1.13.8. Verificación de la naturaleza jurídica del contratista seleccionado Análisis de la naturaleza jurídica del contratista seleccionado, esto en su condición de persona natural, persona Jurídica, Consorcio o unión temporal y describir su composición patrimonial Indicando los titulares de los aportes correspondientes Contratista Seleccionado:

RAZON SOCIAL: INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A NIT: 900316099-0 DOMICILIO: ARAUCA DURACION: 31 DE DICIEMBRE 2030 Constitución de la sociedad:

De acuerdo a la escritura pública de constitución de la sociedad anónima Inversiones Orinoquia Colombiana S.A., en el artículo sexto Capital Autorizado, suscrito y pagado, se puedo constatar que los socios accionistas son los que se relacionan a continuación:

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SOCIOS CANTIDAD VALOR ACCIONES PORCENTAJE DE PARTICIPACION

LEONOR CASTRO ARDILA 320.000 320.000.000 20%

SANDRA IBETH PITA ROJAS 400.000 400.000.000 25%

JUAN JOSE PITA SAYAGO 640.000 640.000.000 40%

JUAN MANUEL ARIZA GARCIA 160.000 160.000.000 10%

WILSON REINEL LOPEZ DAZA 80.000 80.000.000 5%

SUMAS 1.600.000 1.600.000.000 100%

Concluyendo la manera en que se maneja la participación de la sociedad anónima Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

INFORME CON DESTINO AL CONCESIONARIO

2. ESTIPULACIONES PROPIAS DEL CONTRATO DE CONCESION

2.1. Objetivo de las estipulaciones propias del contrato de concesión

Analizar las estipulaciones contractuales que regulan la operación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial y establecer la adecuación de las mismas al ordenamiento jurídico vigente y aplicable y, en particular a las disposiciones del régimen propio del monopolio.

2.2. Constitución garantía única de cumplimiento.

Evaluación las estipulaciones relativas a la constitución de la garantía única de cumplimiento y analizar su adecuación a la normatividad vigente y aplicable. En el contrato de concesión No. 536 de 2009 el concedente exige la constitución a favor de éste, de la garantía única de cumplimiento con una vigencia de 1 año y 6 meses, la cual se renovará cada anualidad manteniendo el mismo lapso de tiempo, y por un valor del 10%.

También se exige la garantía que cubra los Salarios y prestaciones sociales, la cual debe tener una vigencia de un año, renovable por tres años más, a continuación se relacionan cada una de las pólizas expedidas por la compañía Seguros del Estado S.A.

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No. POLIZA FECHA COBERTURA VALOR PORCENTAJE FECHA INICIO FECHA FINAL

96-44-101037774 31/12/2009 Cumplimiento 67.153.774,90 10% 01/01/2010 30/06/2011

96-44-101037774 31/12/2009 Salarios 67.153.774,90 10% 01/01/2010 31/12/2013

96-44-101040325 08/02/2010 Cumplimiento 405.147.892,90 10% 01/01/2010 30/06/2011

96-44-101040325 08/02/2010 Salarios 405.147.892,90 10% 01/01/2010 31/12/2013

96-44-101040325 10/02/2010 Cumplimiento 405.147.892,90 10% 01/01/2010 30/06/2011

96-44-101040325 10/02/2010 Salarios 405.147.892,90 10% 01/01/2010 31/12/2013

96-44-101040325 10/02/2010 Cumplimiento 337.994.118,00 10% 01/01/2010 30/06/2012

96-44-101040325 10/02/2010 Salarios 405.147.892,90 10% 01/01/2010 31/12/2014

Las garantías relacionadas anteriormente fueron expedidas por la compañía aseguradora SEGUROS DEL ESTADO S.A. y se encuentran debidamente aprobadas por la oficina jurídica de la gobernación de Arauca.

VERIFICACIÓN DE LOS VALORES ASEGURADOS DE ACUERDO AL CONTRATO DE CONCESION PARA EL AMPARO AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

AÑO VALOR DE CONTRATO PORCENTAJE (10%) VALOR ASEGURAR POR AÑO VALOR ASEGURADO POR EL

CONCESIONARIO

2010 671.537.749,00 67.153.774,90 405.147.892,90 405.147.892,90

2011 734.692.785,00 73.469.278,50 337.994.118,00 337.994.118,00

2012 803.787.262,00 80.378.726,20 264.524.839,50

2013 879.379.756,00 87.937.975,60 184.146.113,30

2014 962.081.377,00 96.208.137,70 96.208.137,70

TOTALES 4.051.478.929,00 405.147.892,90

Las garantías se encuentran cumpliendo con las vigencias y valores acordados contractualmente.

2.3. Verificación de los derechos de explotación ajustados al estudio de mercado.

Verificación y evaluación si el valor de los derechos de explotación que de acuerdo con el pliego de condiciones, corresponde cancelar al concesionario se ajusta en el monto establecido en el estudio de mercado realizado por la entidad concedente y avalado por la Superintendencia Nacional de Salud.

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Ver desarrollo de este numeral en el 1.13.5

Esta interventoría mediante oficio No. 50009-01-0001-12 solicitó a la gobernación de Arauca, informen que actos o documentos ha expedido para modificar los valores pactados contractualmente, y ajustarlos a lo contemplado en el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, para lo cual se tiene como respuesta mediante oficio rad. 2012040001532-2 del 20 de Enero de 2012, informando que el día 05 de enero de 2012 y mediante oficio rad. 2012040000239-2 se enviaron lo valores calculados para el contrato de concesión numero 536 de 2009 a la Superintendente Delegada para la generación y gestión de los recursos económicos para la salud, con el fin de que se le realice la respectiva revisión, se espera respuesta de esta entidad para la elaboración del modificatorio en cual se fijen los nuevos valores de la rentabilidad mínima.

2.4. Relación de sumas ingresos distintos a derechos de explotación. Verificación y análisis de manera precisa y detallada todas las sumas que por concepto distinto a derechos de explotación, tiene derecho a percibir la entidad concedente como consecuencia del contrato de concesión, tales como gastos de administración, costo de talonarios, costo de carnetización de colocadores y expedición de licencias para agencias y puntos de venta fijos.

DERECHOS DE ADMINISTRACION:

El pago realizado por los derechos de administración se consigna en la cuenta de ahorros del Banco de Bogotá No. 137-18471-9 a la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca.

2.5. Supervisión sobre la correcta ejecución del contrato e inclusión de un régimen de multas.

Análisis de las estipulaciones contractuales relativas al ejercicio de la supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y la eventual inclusión de un régimen de multas. Mediante oficio de fecha 14 de Diciembre de 2011, la doctora DORIS ZULEIMA ACUA CLERMONT, Supervisora del contrato de concesión, solicita a esta interventoría, plazo para la entrega de los informes sobre el control y seguimiento que se han realizado por parte de la Secretaria de Hacienda Departamental al concesionario, para el día 22 de Diciembre de 2011. Mediante oficio del 22 de diciembre de 2011 la gobernación de Arauca realiza la entrega de los informes de supervisión correspondientes a los años 2010 y 2011, donde se evidencia que se ha venido realizando la supervisión al contrato de concesión, mediante visitas al proceso de cierre de ventas, al proceso de escrutinio y al correcto funcionamiento de software Sistema Integrado de Apuestas de Arauca – Ventas en línea (S.A.D.A.R), también relacionan los montos que se han girado por concepto de pago de los derechos de explotación y explica que se le solicitó al concesionario el pago de intereses moratorios por los meses de enero 2010 hasta abril 2011, el cual fue cancelado por el concesionario.

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Respecto al monto de los derechos de explotación se explica que a partir de la promulgación de algunas normas al inicio del año 2010, al amparo de la emergencia social y económica, como fueron los decretos 127 de 2010 y 130 de 2010 y que posteriormente fueron declarados inexequibles pero se ratifican mediante la ley 1393 de 2010, como es el caso del IVA que aumenta la tarifa del juego de apuestas del 5% a la tarifa general del 16%, por lo que el concesionario disminuyó el valor de los giros descontando de los valores que debían cancelar por conceptos de derechos de explotación el 16% del IVA, lo que conllevó que los giros que se realizaron a la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, entidad que recibe los recursos generados por el juegos de apuestas permanentes o chance, presentaran una disminución en los ingresos y por consiguiente en los gastos. Así mismo con la expedición de la ley 1393 de 2010, la cual empezó a regir a partir del 12 de Julio de 2010, los pagos de los derechos de explotación difieren de los valores establecidos en contrato de concesión 536 de 2009, toda vez que el concesionario dio aplicación al artículo 23 de la ley anteriormente mencionada que modifico la ley 643 de 2001, se encuentra pendiente la emisión del otro sí modificatorio por este concepto.

Para la entrega de rollos térmicos, papel bond y formularios la gobernación autoriza al concesionario para que este mande a elaborar los mismo con cargo a su costo, pero con la cantidad que se le autorice, toda vez que la gobernación no cuenta con una bodega o un lugar seguro donde se puedan almacenar estos, se dejan a disposición y resguardo del concesionario, para la verificación y control de la entrega de los rollos térmicos y papel bond cada vez que se realiza entrega de la papelería por parte del proveedor al concesionario, un funcionario del concedente se desplaza hasta el sitio de entrega para verificar que la cantidades que se están recibiendo correspondan a las solicitadas y autorizadas por parte de la Gobernación Departamental de Arauca.

El concedente cuenta con un usuario para verificar el sistema S.A.D.A.R, por medio del cual verifica la ventas diarias, la ventas al cierre del día, los tickets donde se pueden observar el número de la máquina de la cual se realizó la venta, el nombre del colocador, la cantidad apostada y el número de tickets utilizados, todo lo anterior le permite tener un mayor control sobre la operación del juego de apuestas permanentes, y realizar la inspección en cualquier momento desde la misma gobernación.

Para el año 2010 la gobernación expide la resolución número 4269 de 2010 mediante la cual autoriza al concesionario para que opere o establezca unos incentivos con el fin de estimular las ventas en el Departamento. Ver mayor detalle en el numeral 3.6.

El 13 de Julio de 2011 el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. realizó un pago por concepto de compensación de la rentabilidad mínima, por valor de ochenta y cuatro millones novecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y siete pesos ($84.954.657,00) m/cte discriminado de la siguiente manera treinta y un millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y cinco pesos ($31.652.895) M/CTE de la vigencia fiscal 2010 y cincuenta y tres millones trescientos un mil seiscientos cincuenta y siete pesos ($53.301.657) M/CTE que corresponde a los primeros seis (6) meses del 2011.

La administración Departamental explica en el informe, que a través de la secretaría de Hacienda quien es la encargada de ejercer la supervisión del contrato de concesión de conformidad con la cláusula séptima del contrato, se encuentra realizando los cálculos de la rentabilidad mínima de acuerdo a lo normado por el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, para posteriormente solicitar la revisión y aprobación por parte de la Supersalud, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la norma anteriormente mencionada que modifica la rentabilidad mínima a partir del 13 de julio de 2010 para todos los contratos de concesión, y posteriormente proceder a la modificación del contrato de concesión 536 de 2009, para dar cumplimiento al artículo 23 de la ley 1393 y posteriormente entrar a solicitar los pagos a que haya lugar por concepto de compensación.

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2.6. Revisión estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las disposiciones del régimen propio del

monopolio

Análisis de las estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las disposiciones del régimen propio del monopolio.

Los pagos correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2010 se pagaron de manera extemporánea para lo cual la entidad concedente remitió la liquidación de los valores correspondientes a cancelar por concepto de intereses moratorios, lo cuales fueron cancelados por el Concesionario, a la fecha el Concesionario realiza sus pagos y declaración de los derechos de explotación de manera oportuna, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 16 de la ley 1393 de 2010. (ver información punto 1.13.5)

2.7. Estipulaciones relativas al pago de premios

Análisis de las estipulaciones relativas al pago de premios. PAGO DE PREMIOS:

Para el reclamo y el pago de los premios por partes de los apostadores el concesionario maneja el siguiente procedimiento:

1. El escrutinio es realizado en el software Sistema Integrado de Apuestas de Arauca – Ventas en línea donde se actualizan diariamente los números ganadores

Responsable: Digitador de Escrutinio

2. En caso de existir ganadores, estos se pueden acercar en los diferentes centros de acopio principales de cada municipio, presentando el ticket ganador y la cedula de ciudadanía, a continuación se procede a verificar en el SADAR consultado si el número presentado es el ganador, si así lo es, se descarga en el sistema y se realiza el respectivo desembolso.

3. Al momento de entregar el dinero del premio se le pide al ganador el ticket y dejando en este, los siguientes datos: Nombre, Cedula,

Dirección, y teléfono, así como la firma del recibido, de esta manera se deja constancia del reclamo del premio. En los procesos anteriores intervienen el apostador, asesor comercial, y los cajeros.

4. Para todos los premios aplica el bloqueo al quinto día, el cajero debe solicitar autorización por parte del jefe de contabilidad o el gerente, esto con el fin de establecer un mayor control.

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5. Premios superiores a $5.000.000 requieren para el pago autorización del jefe de contabilidad o del gerente sin importar el tiempo transcurrido del día del sorteo.

6. El ticket se debe encontrar en buen estado, y es el ganador se procede a realizar el pago, se realizan los descuentos de ley

Intervienen jefe de contabilidad, Gerente.

En todos los casos el responsable de la entrega y pago de premios está en el gerente del concesionario.

El concesionario como tal no maneja actas de entregas de premios sino que esto se encuentran definido en una serie de políticas y procedimientos descritos anteriormente, la constancia de la entrega del premio son los respectivos soporte contables, comprobantes de egreso, así como el ticket ganador en el cual se deja también los datos de la persona que reclamo el premio.

Flujo grama del procedimiento descrito anteriormente:

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3. EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE CONCESION

3.1. Objetivo sobre la ejecución del contrato de concesión Analizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y legales contraídas por el concesionario del juego de apuestas permanentes o chance hasta la fecha de realización de la interventoria, de conformidad con lo previsto en el respectivo contrato de concesión y en el régimen propio del monopolio.

3.1. Constitución y aprobación de la garantía única y de cumplimiento.

Constatamos y analizamos la efectiva y oportuna constitución y aprobación de la garantía única de cumplimiento y su estado actual. En el contrato de concesión No. 536 de 2009 el concedente exige la constitución a favor de éste, de la garantía única de cumplimiento con una vigencia de 1 año 6 meses, la cual se renovará cada anualidad manteniendo el mismo lapso de tiempo, y por un valor del 10% en cual varía de acuerdo al saldo de ejecución del contrato:

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Ver desarrollo de este punto en el numeral 2.2.

3.2. Oportunidad y cumplimiento, liquidación y pago de los derechos de explotación y gastos de administración.

Verificamos y evaluamos la oportunidad y el cumplimiento en la declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación y gasto de administración desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión.

Los pagos correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2010 se pagaron de manera extemporánea para lo cual la entidad concedente remitió la liquidación de los valores correspondientes a cancelar por concepto de intereses moratorios, lo cuales fueron cancelados por el Concesionario, a la fecha el Concesionario realiza sus pagos y declaración de los derechos de explotación de manera oportuna, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 16 de la ley 1393 de 2010. Ver documentación en el numeral 1.1.3.5.

3.3. Verificación del diligenciamiento del registro diario de apuestas permanentes

Validamos y analizamos el proceso de diligenciamiento del registro diario (manual y magnético) de apuestas permanentes por parte de los concesionarios, desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión, verificando si dicho registro se lleva en todas las agencias y puntos de venta de los respectivos concesionarios y la forma como aquél se diligencia tratándose de operación manual o sistematizada del juego.

Conforme a lo estipulado en el artículo 23 de la ley 643 de 2001 y Articulo 11 de la decreto 1350 de 2003, el concesionario lleva un registro diario de las ventas y operaciones realizadas, este se realiza en cada acopio del departamento, y su desarrollo es de manera sistematizada en el software Sistema Integrado de Apuestas de Arauca – Ventas en línea (S.A.D.A.R), en el cual también se desarrolla el proceso de escrutinio, la operaciones de ventas, recaudo y pago de premios.

3.4. Realización de escrutinios.

Validamos y analizamos los procedimientos empleados para la realización del escrutinio, determinando el o los sitios para su realización, los mecanismos utilizados para ello y las personas o funcionarios responsables de las etapas o actividades que lo componen.

El proceso de escrutinio se realiza a través del software Sistema Integrado de Apuestas de Arauca – Ventas en línea (S.A.D.A.R), se efectúa de manera remota por el proveedor del sistema en la ciudad de Cúcuta, el concesionario verifica que el sistema realice el cierre del proceso de ventas antes del juego de las loterías, verifica que la colillas premiadas correspondan a las que se asignaron a los colocadores. En visita efectuada al concesionario se observó el desarrollo de este proceso, se comprobó el cierre del juego antes de la horas estipuladas, se corroboró mediante la prueba practica de realizar una apuesta permanente en una de la maquinas de los vendedores después de la horas en la cuales se realiza el escrutinio cuyo resultado fue que el sistema no permitió realizar la operación debido a que ya se habían cerrado las apuesta, igualmente se realizó en uno de los equipos de puntos fijos obteniendo igual resultado.

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Se relaciona a continuación el flujograma del proceso de escrutinio:

El concedente ha realizado las visitas de inspección al concesionario, donde se verifica el cierre del proceso de ventas, el correcto funcionamiento del programa S.A.D.A.R, y que los números apostados correspondieran a las ventas reportadas en libro diario de ventas.

3.5. Realización de sorteos adicionales e incentivos al juego de apuestas permanentes o chance Establecer si durante la ejecución del respectivo contrato de concesión la entidad concedente autorizó al concesionario correspondiente para realizar sorteos adicionales, así como para otorgar incentivos al juego de apuestas permanentes o chance y, analizar las condiciones en que se autorizó al concesionario para realizar dichos sorteos y para otorgar incentivos.

INCENTIVOS

El concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana, mediante oficio con radicado numero 9121 de 09 de Julio de 2010, presentó al concedente la solicitud para que se aprobaran una serie de incentivos los cuales fueron admitidos mediante Resolución No. 4269 del 22 de Diciembre de 2010 por el termino de 1 año, y para lo cual exigió mantener una reserva de Treinta y dos millones de pesos ($ 32.000.000) en la cuenta de ahorro numero 137-272829 del Banco de Bogotá, que el concesionario mantuvo desde la fecha de la expedición de la resolución hasta el mes de noviembre del año en curso, el cual se realizó el día 04 de Noviembre de 2011, el traslado de ciento cuatro

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millones quinientos sesenta y siete mil trescientos treinta y ocho pesos m-cte ($104.567.338) a la cuenta de ahorro numero 064-17820-5 del BBVA, la cual pasó a ser la nueva cuenta bancaria donde se mantendrían los fondos para el pago de incentivos, este suceso fue informado a la Gobernación de Arauca el día 09 de Diciembre de 2011. A continuación esta auditoría (interventoría), relaciona los datos anteriormente mencionados así como los movimientos registrados en las cuentas bancarias.

FECHA DE INCENTIVO

NOMBRE DEL INCENTIVO

VALOR DE LA RESERVA PARA EL INCENTIVO

No. DE LA RESOLUCIÓN

FECHA DURACIÓN ENTIDAD QUE

EMITE

Diciembre MEGA

CHANCE 32.000.000,00 4269 22/12/2010 1 AÑO

GOBERNACIÓN DE ARAUCA

Movimientos de la cuenta bancaria, para el pago de incentivos.

CUENTA BANCARIA INCENTIVO

MES CUENTA BANCO SALDO INICIAL SALDO FINAL

dic-10 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 32.850.308,00 $ 40.000.307,00

ene-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 40.000.307,00 $ 46.847.949,00

feb-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 46.847.949,00 $ 43.318.439,00

mar-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 43.318.439,00 $45.596.954,00

abr-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 45.596.954,00 $66.770.499,00

may-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 66.770.499,00 $43.932.452,00

jun-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 43.932.452,00 $71.875.551,00

jul-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 71.875.551,00 $83.223.709,00

ago-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 83.223.709,00 $98.325.110,00

sep-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 98.325.110,00 $102.915.529,00

oct-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 102.915.529,00 $104.299.057,00

nov-11 137-272829 BANCO DE BOGOTA $ 104.299.057,00 $374.800,00

nov-11 130064430200178-205 BBVA $ - $104.588.165,00

3.6. Reserva para el pago de premios

Verificación y análisis del cumplimiento, por parte de cada concesionario, de la reserva para el pago de premios, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente y aplicable.

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RESERVA PARA PAGO DE PREMIOS

El Concesionario maneja en una sola cuenta la reserva del pago de premios y la de pago de incentivos aclarando que no existe una norma vigente y reglamentaria que especifique que la cuenta donde se maneja el pago de premios debe ser diferente a la del pago de los incentivos. Como se menciona, es de anotar que el concedente le obliga al concesionario mantener un monto para el incentivo de juego de $32.000.000,oo y el resto lo asume como reserva para el pago de premios. En extracto a la fecha de corte noviembre del 2011 es de 104.588.165,oo, es decir que estaría superando el monto exigido. Sería necesario que se identificara por separado la cuenta de la RESERVA PARA PAGO DE PREMIOS CON LA DE RESERVA PARA PAGO INCENTIVO y DE RESERVA PARA PREMIOS CADUCOS. Ver recomendación en el informe dirigido a Supersalud. En cuanto a la metodología para la constitución de la reserva técnica para el pago de premios, con la expedición de la resolución No.5430 de Diciembre de 2009 que deroga la resolución numero 1270 de 2003 en la cual el numeral 3 del artículo 4 establecía dicha reserva se dejo sin un método establecido reglamentariamente; por lo cual el concesionario calcula el monto de acuerdo a los ingresos brutos de ventas de chance de cuatro (4) días de protección, lo cual da un valor de 7.187.976 diarios y un valor total de $28.751.905, que corresponde al valor de la reserva con que se cuenta para el pago de premios.

3.7. Distribución geográfica de las agencias y puntos de venta. Verificación y análisis de la distribución geográfica de las agencias y puntos de venta que integran la red de comercialización de cada uno de los concesionarios en la respectiva entidad territorial, para lo cual se debe obtener un listado completo y actualizado de la ubicación de las agencias en él que se discriminen los puntos de venta, tanto fijos como móviles, el mecanismo de explotación del juego utilizado en cada uno de ellos (manual o sistematizado, y si es sistematizado si opera en línea y en tiempo real) y el número, nombre e identificación de los colocadores que integran la red de comercialización del concesionario.

A este informe se adjunta anexo donde se relacionan cada uno de las agencias y puntos de venta que integran la red de comercialización del concesionario INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A., por municipio.

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CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES

MUNICIPIO DE ARAUCA

No. NUMERO DE SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

1 2S0009730000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.298.888 GLADYS STELLA BLANCO RUIZ

2 2S0010500000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.795.283 JENNY YOLIMA MONSALVE GARCIA

3 2S1056220000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.240.999 FLOR ESMINDA CUEVAS DE SOGAMOSO

4 2S1058270000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL SISTEMATIZADA 4.300.249 ISIDRO PEÑARANDA

5 2S1058390000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.287.569 LEDY YOLANDA TOVAR ZAPATA

6 2S1089400000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 37.242.686 CECILIA LANDINEZ LANDINEZ

7 2S1089870000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 31.376.429 MARIA MELIDA CASTAÑEDA

8 2S1090190000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.288.854 JUANA AREVALO SUAREZ

9 2S1090200000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.290.426 MYRIAN MARIN

10 2S1090210000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 9.651.635 LUIS ARTURO BARCO

11 2S1090220000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.291.376 LINEY ARDILA JAIMES

12 2S1090240000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 13.228.115 FELIPE RAMON JAIMES SANCHEZ

13 2S1090250000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.294.613 CLAUDIA CONSTANZA RODRIGUEZ CUBILLOS

14 2S1090260000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.792.020 INGRIS ANDREA LOZADA ARAUJO

15 2S1100250000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 13.749.059 SAMUEL SANCHEZ

16 2S1100270000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.287.299 FANNY OLIVEROS

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No. NUMERO DE SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

17 2S1100350000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 9.264.254 TEOFILO TESILLO PEREZ

18 2S1100430000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 30.046.388 PRISCILA BOBADILLA

19 2S1100500000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 4.120.558 MISAEL RINCON GONZALEZ

20 2S1100520000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.172.135 NESTOR PLATA

21 2S1100630000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.293.541 ERIKA MARIA RODRIGUEZ

22 2S1100780000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 52.644.728 NOHEMA RINCON FERRUCHO

23 2S1101010000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.291.352 OLGA LUCIA URREGO P

24 2S1101030000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 60.313.428 NELLY MORENO

25 2S1101040000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.289.396 GLORIA GALEA

26 2S1101050000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 47.436.568 ANA CRISTINA CASTILLO

27 2S1101100000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.288.827 MARTHA ISABEL MOLINA FERNANDEZ

28 2S1101130000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 37.218.877 JULIA CARVAJAL

29 2S1101180000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.776.206 FREDY ALBERTO BELLO GARCIA

30 2S1101210000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.089.654 NIDIA DEL CARMEN ARISMENDI

31 2S1101240000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 91.461.468 JUAN CASTILLO

32 2S1101310000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.773.065 CONSUELO GALIVIS VARGAS

33 2S1101330000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 63.478.635 MARIA DEL CARMEN SANCHEZ

34 2S1101340000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 47.395.099 MILENA YOJAIRA FERNANDEZ

35 2S1101350000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 13.475.277 GUSTAVO ADOLFO VEGA

36 2S1101450000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 3.637.689 DELIMIRO JACINTO BELLO MORENO

37 2S1101460000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 94.102.914.737 SOLFANI BALLESTEROS AREVALO

38 2S1101490000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 47.436.568 ANA CRISTINA CASTILLO

39 2S1101580000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.242.352 MARIA DE JESUS MORENO

40 2S1101600000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.792.020 INGRIS ANDREA LOZADA ARAUJO

41 2S1101620000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.294.182 ALIX HORTENCIA ALDANA

42 2S1101630000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 37.514.408 DARQUIS SULEMA ORTIZ CABALLERO

43 810072330000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.292.873 EUNICE MARIN

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No. NUMERO DE SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

44 810072590000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.323.934 MARIA ELENA ARIAS OSORIO

45 810072700000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.581.422 RAIMUNDO DUARTE PEREZ

46 810072710000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL SISTEMATIZADA 6.211.580 RODRIGO IZQUIERDO MELENDEZ

47 810072820000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.581.074 ELIGIO ARTURO MANTILLA

48 810073020000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 19.398.639 LUIS EDUARDO CALLEJAS

49 810073030000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.584.532 JOAQUIN AVILA CAMPUZANO

50 810073080000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.154.298 ORLANDO HERMIDEZ GUASCA VARGAS

51 810073100000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.588.620 FELIX ERNESTO RINCON GONZALES

52 810073110000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.299.017 ANA VIRGINIA YEGUEZ QUIJANO

53 810073230000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.292.180 GILMA ESPERANZA YUSTRE TINEO

54 810073260000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 4.300.754 JULIO ERNESTO TOVAR

55 810073280000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 17.582.058 CIRO RAMON HERNADEZ L

56 810098970000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.779.814 NORFALIA LAICA PEROZA

57 810098990000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.295.542 SANDRA PATRICIA PANQUEVA CELY

58 810099000000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.291.856 IRMA MENDIVELSO

59 810099020000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.243.479 MARIA DEL CARMEN PARADA

60 810099040000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.285.480 LUZ MARINA EREGUA

61 810099070000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 60.371.768 SANDRA CENTENO DE LEON

62 810099090000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 24.240.091 IRENE RUIZ MORA

63 810099130000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 13.838.226 FELIPE HUMBERTO ARIAS MONTOYA

64 810099160000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.741.163 MILTON BOLAÑO TAPIA

65 810099180000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 23.546.999 GLORIA LUISA SALAMANCA GUIO

66 810099210000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 30.020.049 PRICILA SARMIENTO SARMIENTO

67 810099220000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.790.867 MARTHA SUSAN CAVIEDES MONTOYA

68 810099230000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 27.705.021 ANA MORA

69 810099280000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 12.712.686 DIMAS MIGUEL GUTIERREZ MADERA

70 810099350000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 4.299.270 ROMULO LOYOLA

71 810099360000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 96.167.404 OVIDIO VALDERRAMA

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No. NUMERO DE SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

72 810099530000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 37.292.615 ELEIVIDENA MARIN BURGOS

73 810099560000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 1.116.855.846 NOLAIDA CASTILLO GUTIERREZ

74 810422130000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 52.644.728 NOHEMA RINCON FERRUCHO

75 810422180000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.295.590 ROCIO RIVEROS DELGADO

76 810422220000 PTA A PTA ARAUCA MOVIL ENLINEA 68.291.376 LINEY ARDILA JAIMES

77 2S1101000000 AEROMENSAJERIA MOVIL ENLINEA 1.116.785.276 DIANA PAOLA PEREZ CRUZ

78 2S1101370000 CENT. CIAL STA BARBARA MOVIL ENLINEA 39.017.023 ENELGILDA BALETA CALLEJA

79 810422160000 CENT CIAL STA BARBARA MOVIL ENLINEA 1.030.526.460 JESUS GONZALO FERNANDEZ GARICA

80 2S1101380000 FLOR DE MI LLANO FIJO ENLINEA 1.116.789.257 ANA MILENA CAMPOS CEIJA

81 810099710000 FUNDADORES FIJO ENLINEA 23.709.294 MARIA LIVIDIA PARRA

82 810073290000 MERIDIANO 70 MOVIL ENLINEA 1.116.791.048 BRENDA MARCEL SALGADO BALETA

83 2S1057730000 FEMAR FIJO ENLINEA 1.116.794.095 MARLY YULIBED GARAVITO

84 2S1101280000 PEDRONEL FIJO ENLINEA 27.614.022 BLANCA ASCANIO

85 2S1089910000 PIZZA EXPRESS FIJO ENLINEA 1.116.495.439 SORANGELA PINTO

86 2S1089930000 RECORRIDO MOVIL MOVIL ENLINEA 16.823.235 LUIS ARNOLDO CAICEDO

87 2S1101530000 RECORRIDO MOVIL MOVIL ENLINEA 37.658.987 JAQUELINE GALINDO PEÑA

88 810072810000 RECORRIDO MOVIL MOVIL ENLINEA 1.116.782.638 CLAUDIA PATRICIA GUIETERREZ ALBARRACIN

89 810422200000 RECORRIDO MOVIL MOVIL ENLINEA 16.823.235 LUIS ARNOLDO CAICEDO

90 810422210000 RECORRIDO MOVIL MOVIL ENLINEA 1.116.795.283 JENNY YOLIMA MONSALVE GARCIA

91 810073160000 ROMPELLANOS MOVIL ENLINEA 68.295.590 ROCIO RIVEROS DELGADO

92 2S1101090000 SAN CARLOS FIJO ENLINEA 17.558.114 GERARDO ALFONSO GOMEZ CUEVAS

93 810072580000 SANANDRESITO FIJO ENLINEA 68.285.880 LUZ MARLENY ARDILA BELLO

94 2S1101070000 SUPERMERCADO EL SOL MOVIL ENLINEA 33.481.070 DEICCY TAMARA VILLAMIZAR

95 810099080000 SUPERMERCADO EL SOL MOVIL ENLINEA 68.293.744 ERIKA ALEJANDRA SABINO CARREÑO

96 810073120000 TIENDA LOS NEGROS FIJO ENLINEA 68.296.570 EDITH SEGURA PINEDA

97 PC0000000001 ARAUCA PRINCIPAL FIJO ENLINEA 37.721.147 LIDA KARINA HIDALGO RIOS

98 PC0000000002 CALLE REAL FIJO ENLINEA 68.291.352 OLGA LUCIA URREGO P

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53

No. NUMERO DE SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

99 PC0000000003 CENTRO CIAL STA BARBARA FIJO ENLINEA 39.017.023 ENELGILDA BALETA CALLEJA

100 PC0000000006 CHITARERO FIJO ENLINEA 1.116.779.814 NORFALIA LAICA PEROZA

101 PC0000000004 OLAYA HERRERA CON 26 FIJO ENLINEA 37.514.408 DARQUIS SULEMA ORTIZ CABALLERO

102 PC0000000005 PAPELERIA ARAUCA FIJO ENLINEA 37.292.615 ELEIVIDENA MARIN BURGOS

CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES

MUNICIPIO DE TAME

No. NUMERO DE

SERIE PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA

NUMERO DE CEDULA

NOMBRE DEL VENDEDOR

1 2S1056210000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 17.546.888 JOSE RAFAEL PANQUEVA

2 2S1057740000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 40.514.911 MARIA JOVITA MONTERREY PEÑALOZA

3 2S1089890000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 52.057.182 JENNY VASQUES

4 2S1089920000 PTA A PTA TAME MOVIL SISTEMATIZADA 1.037.360 MARIO RINCON

5 2S1090230000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 68.245.843 DUFANY VASQUEZ

6 2S1100070000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 24.248.788 MARIA ISNEDA PEREZ REYES

7 2S1100180000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 68.246.008 YINIVA VELASQUEZ SANCHEZ

8 2S1100440000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 91.464.273 WILFREDO VARGAS H

9 2S1101430000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 68.307.270 KELLY YOJANA SARMIENTO GARCIA

10 2S1101510000 20 DE JULIO FIJO ENLINEA 17.546.888 JOSE RAFAEL PANQUEVA

11 810072360000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 4.261.946 ROSENDO FONSECA

12 810072410000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 8.741.498 HENRY CEDIEL ROJAS

13 810073060000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 96.194.589 JOSE NEFTALI FERNANDEZ

14 810073130000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 1.116.863.164 LIDIA QUIROGA AGUILAR

15 810083700000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 68.307.055 SINDY ENID HERNANDEZ VARGAS

16 810099660000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 32.821.752 MARIELA RAMIREZ

17 810099670000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 1.116.854.527 JENNY LILIANA ARIZA BALLESTEROS

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54

No.

NUMERO DE SERIE

PUNTOS MODO DE VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

18 810099720000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 1.116.863.478 DIANA MARLENY AYALA HERRERA

19 810099810000 PTA A PTA TAME MOVIL ENLINEA 68.300.675 MARIA ROSARIO TOCARIA SARMIENTO

20 810072380000 TAME PRINCIPAL FIJO ENLINEA 24.248.788 MARIA ISNEDA PEREZ REYES

21 PC0000000014 TAME PRINCIPAL MOVIL ENLINEA 53.140.072 VIVIANA ALEXANDRA DELAGADO

22 810072340000 SAN ANTONIO FIJO ENLINEA 1.116.860.650 JESSICA ALEJANDRA CEDIEL TRIANA

23 810099500000 PRINCIPAL Cll. 14 MOVIL ENLINEA 1.116.865.044 VILMA ESPERANZA ALFONZO

24 810099510000 PARQUE CALLE 14 FIJO ENLINEA 1.116.865.044 VILMA ESPERANZA ALFONZO

25 810072420000 PUERTO JORDAN FIJO ENLINEA 17.580.152 RAFAEL REINA VILLANUEVA

26 810099460000 PUERTO JORDAN MOVIL ENLINEA 40.200.011 MARIA OFELIA LOPEZ

27 810099380000 PANAMA MOVIL ENLINEA 68.287.259 ROSA CASTELLANOS

CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES

MUNICIPIO DE FORTUL

No. MAQUINA PUNTO DE VENTA MODO VENTA TIPO VENTA VENDEDOR NOMBRES Y APELLIDOS

1 2S1100340000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 60.333.540 DILIA ROSA ROPERO PINO

2 2S1100560000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 17.570.799 GRACILIANO BUENO QUINTERO

3 2S1100730000 PTA A PTA FORTUL MOVIL SISTEMATIZADA 6.207.418 ALVARO RIVERA RUBIANO

4 2S1100760000 FORTUL PRINCIPAL FIJO ENLINEA 1.098.655.770 JENYFER T CAMPOS BARRRETO

5 810072990000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 63.369.239 EMERITA MENDEZ

6 810099490000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 18.921.196 MILCIADES GUARIN TELLEZ

7 810099690000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 68.245.243 MARIA DEL CARMEN SOLANO

8 810099730000 PTA A PTA FORTUL MOVIL ENLINEA 60.250.991 YOLANDA REBECA CARVAJAL MEJIA

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CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES

MUNICIPIO DE SARAVENA

No. NUMERO DE

SERIE PUNTOS

MODO DE VENTA

TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

1 2S0010800000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 60.339.565 ELENA ESTUPIÑAN SANCHEZ

2 2S0390770000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.476 ZULAY PEÑALOZA SANCHEZ

3 2S0414720000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.330 BRISEIDA BONILLA VILLAMIZAR

4 2S0419870000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.115.730.183 YULY JHOANA MONCADA GONZALEZ

5 2S0423510000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.116.854.152 MARIA ALEJANDRA BLANCO

6 2S0934980000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.095.915.346 MORELIA JURADO ANGARITA

7 2S0935260000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.513.147 UBALDINA PEÑALOZA

8 2S1056200000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 68.247.809 MARY LUZ ALMEIDA GELVEZ

9 2S1100300000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 36.490.560 ROSALBA PEREZ YARURO

10 2S1100410000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 5.689.967 EDGAR BURGOS ACUÑA

11 2S1100870000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.018.438.155 ASTRID KATHERINE MADERO

12 2S1101190000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.512.125 FLOR DE MARIA GOMEZ

13 2S1101300000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 27.984.055 YUDI CAROLINA ARDILA MARIN

14 2S1101480000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.769 GLADYS KARINA ALBARRACIN MORA

15 2S1101680000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 4.237.563 HECTOR URIEL ARIAS

16 2S1101690000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 17.529.253 GILBERTO VILLAMIZAR PARRA

17 810072630000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 13.348.251 CIRO ALFONSO FLOREZ

18 810072830000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.465 OMAIRA MENDOZA MORA

19 810072840000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.115.727.093 ANA LILIANA PEREZ GIRALDO

20 810072860000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 36.621.715 CELIA CARMEN ACEVEDO MARTINEZ

21 810072870000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 60.339.565 ELENA ESTUPIÑAN SANCHEZ

22 810072880000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 4.983.931 LIBARDO MUÑOZ RAMIREZ

23 810072900000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 30.187.306 ELICENIA VEGA ORTEGA

24 810072910000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 28.330.747 STELLA LIZCANO DE ACEVEDO

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56

No.

NUMERO DE SERIE

PUNTOS MODO DE VENTA

TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

25 810073000000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL SISTEMATIZADA 28.355.764 TEODOLINDA VERA ORDUZ

26 810098940000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.103 MARILY REINA LEON

27 810099010000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 68.248.228 MARISELLA SUAREZ CARRASCAL

28 810099170000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 5.527.038 JUAN TORRES

29 810099250000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 17.527.892 PEDRO JAIME MORA FRANCO

30 810099270000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 5.421.080 LUIS ARTURO DIAZ

31 810099300000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 27.696.849 CECILIA LEAL DIAZ

32 810099330000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.098.693.831 ANA BEATRIZ MONTERO OÑATE

33 810099400000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 60.257.789 TERESA CONTRERAS CONTRERAS

34 810099420000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 60.339.565 ELENA ESTUPIÑAN SANCHEZ

35 810099430000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 28.038.045 MARINA VARGAS

36 810099520000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 482.721 FABIO SIACHICA

37 810099550000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 68.245.158 RUBIELA ALONSO

38 810099580000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 17.528.744 EDGAR SAMUEL GELVEZ

39 810099610000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 68.291.390 YOLAIDA GARCIA

40 810099630000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.007.272.312 MIRYELI MORENO VERA

41 810099650000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 17.526.459 CELESTINO CACERES

42 810099740000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 96.187.620 ELISEO BARRERA RODRIGUEZ

43 810099780000 PTA A PTA SARAVENA MOVIL ENLINEA 1.241.649 JORGE JULIO CARDONA SAAVEDRA

44 810072790000 BARRIO MODELO FIJO ENLINEA 68.248.866 DIOMARY MORENO HOSORIO

45 810099260000 CENTRO FIJO ENLINEA 33.516.261 SONIA REYES LOPEZ

46 810099310000 PLAZA DE MERCADO FIJO ENLINEA 37.274.693 NEYLA LISSETTE RIVERO CONTRERAS

47 810099570000 ZONA ROSA FIJO ENLINEA 1.049.394.139 RUTH STELLA ROBAYO GELVES

48 810099590000 SARAVENA PRINCIPAL MOVIL ENLINEA 1.090.364.249 JORLY GABRIELA PARADA JIMENEZ

49 PC0000000009 OFICINA PRINCIPAL FIJO ENLINEA 1.090.364.249 JORLY GABRIELA PARADA JIMENEZ

50 2S0263830000 VEREDAS SARAVENA MOVIL ENLINEA 49.662.645 JUDITH RIOS PEREZ

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No.

NUMERO DE SERIE

PUNTOS MODO DE VENTA

TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

51 2S0423470000 VEREDAS SARAVENA MOVIL ENLINEA 68.248.820 BLANCA LUCENA VELANDIA BATECA

52 2S0423480000 VEREDAS SARAVENA MOVIL ENLINEA 27.592.677 DANUVIES GAMA DIAZ

53 810098950000 VEREDAS SARAVENA MOVIL ENLINEA 40.505.476 ZULAY PEÑALOZA SANCHEZ

CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES

MUNICIPIO DE ARAUQUITA

No. NUMERO DE

SERIE PUNTOS

MODO DE

VENTA TIPO DE VENTA NUMERO DE CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

1 2S0020190000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 52.716.283 ADRIANA YILESSY ANGULO BUITRAGO

2 2S1055430000 CALLE 4 No. 3-11 FIJO ENLINEA 1.019.025.517 KELLIN JANITH MARTINEZ MEJIA

3 2S1100210000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 68.249.868 MARISOL SILVA BAUTISTA

4 2S1101140000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 63.370.323 MARIA EDILIA RUIZ MORENO

5 2S1101160000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 13.837.547 JORGE VILLAMIZAR TOLOZA

6 2S1101170000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL SISTEMATIZADA 2.090.443 JUAN DE JESUS RUEDA RUEDA

7 2S1101200000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 68.250.657 MARILYN PAOLA AGUABLANCA

8 2S1101250000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 77.100.665 EDILIO SANCHEZ ROMERO

9 810099190000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 68.251.326 MELVA ESPERANZA DIAZ PACHECO

10 810099390000 ARAUQUITA PRINCIPAL FIJO ENLINEA 68.295.225 ISMELDA MORANTES AGUILERA

11 810099410000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 37.197.254 ANA ISABEL QUINTERO JACOME

12 810099770000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 85.161.187 MIGUEL ANGEL QUINTERO OLIVEROS

13 810099820000 PTA A PTA ARAUQUITA MOVIL ENLINEA 25.914.836 MARTHA ELENA HERAZO VERGARA

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CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES MUNICIPIO DE CRAVO NORTE

No. NUMERO DE

SERIE PUNTOS

MODO DE VENTA

TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

1 2S1100240000 OFICINA PRINCIPAL FIJO ENLINEA 24.242.806 MARIA YOLANDA VARGAS

2 810072350000 PTA A PTA CRAVO MOVIL ENLINEA 13.216.059 OLIVERIO PEDRAZA PEDRAZA

CONCESIONARIO INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A.

DISTRIBUCION GEOGRAFICA PUNTOS DE VENTAS FIJOS Y MOVILES MUNICIPIO DE PUERTO RONDON

No. NUMERO DE

SERIE PUNTOS

MODO DE VENTA

TIPO DE VENTA NUMERO DE

CEDULA NOMBRE DEL VENDEDOR

1 810072390000 OFICINA PRINCIPAL FIJO SISTEMATIZADA 30.056.588 CATALINA MONCADA

2 810072650000 RONDON MOVIL ENLINEA 37.340.670 LUCY ELVIRA REINA

3 810073150000 RONDON MOVIL ENLINEA 1.055.272.621 DORIS YUSBANI PEDRAZA CRISTANCHO

4 810099470000 RONDON MOVIL ENLINEA 1.116.040.335 MARIA ANTONIA VASQUES YUSTRE

5 810099640000 RONDON MOVIL ENLINEA 1.116.775.078 MAHLIS ADRIANA RUIZ TOVAR

RELACION DE PUNTOS DE VENTAS

MUNICIPIO FIJOS MOVILES TOTAL

ARAUCA 14 88 102

ARAUQUITA 2 11 13

CRAVO NORTE 1 1 2

FORTUL 1 7 8

PUERTO RONDON 1 4 5

SARAVENA 5 48 53

TAME 5 22 27

SUMAS 29 181 210

FIJOS 14% MOVILES 86%

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Los puntos fijos relacionados anteriormente se encuentra autorizados para la operación del juego de apuestas permanentes mediante licencia de funcionamiento expedida por la Gobernación de Arauca según la resolución numero 4466 de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012.

Para el control de funcionamiento de los equipos de venta móviles (datáfonos) la gobernación cuenta con un equipo con el software oracle SADAR, desde donde se puede verificar cada una de la ventas que se realiza, observando además el número de la máquina desde donde se realizó la venta, la cantidad apostada y el número de tickets utilizados. Según oficio de radicado 2012040001532-2 de fecha 20 de Enero de 2012, la gobernación manifiesta que en el momento se encuentran ultimando detalles técnicos necesarios y la capacitación respectiva a los nuevos funcionarios para efectuar el control y seguimiento sobre los dispositivos móviles utilizados para la operación del juego de apuestas permanentes en el departamento de Arauca.

3.8. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance.

El porcentaje de operación en línea y tiempo real presentado actualmente por el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A, se ajusta al requerimiento mínimo según lo estipulado en el artículo 1º. Del decreto 4867 de 2008. A continuación se detalla el informe de auditoría de sistemas practicado:

Objetivo General de la Auditoria

Llevar a cabo mediante la utilización de técnicas de auditoría una revisión a los niveles de seguridad del proceso de reporte y custodia de las transacciones producto de la venta de chance en el concesionario APUESTAS ARAUCA de la Ciudad de Arauca.

Se resalta que el estudio y evaluación del Proceso Transaccional auditado, no descubre todas sus debilidades. Sin embargo, se estima que el mismo fortalecido por las recomendaciones expuestas en el presente informe, podrán brindar salvaguarda razonable al proceso transaccional evaluado. La apreciación de la Auditoria, se basa en la revisión selectiva de los componentes del proceso evaluado y de sus controles existentes en el momento de la evaluación; por lo anterior, se considera la realización de las labores de auditoría desde dos puntos de vista; el primero, un análisis y verificación del proceso transaccional y los procedimientos existentes y el segundo, una evaluación al componente tecnológico que soporta dicho proceso.

Objetivos Específicos

a) Levantamiento de información en sitio, con el objeto de conocer el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones; en especial, los controles relacionados con la plataforma informática que soporta dichas transacciones.

b) Análisis de los niveles de seguridad presentes en el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones. c) Conocer los controles implementados en los dispositivos electrónicos que generan las transacciones y de procedimiento, con el

objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

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d) Conocer los controles implementados en el equipo central o de almacenamiento de las transacciones y de procedimiento, con

el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

e) Establecer a nivel general y desde el punto de vista de tecnología, el nivel de seguridad que brinda el proceso utilizado para el reporte y custodia de las transacciones.

Metodología

Para el levantamiento de información, análisis del proceso transaccional se generó un cuestionario de control interno (C.C.I.) con cuarenta y cinco preguntas (45) que en nuestro concepto, permitieron el cumplimiento de los objetivos específicos de la auditoría y en general, la evaluación de los aspectos relacionados con las normativas de carácter general, utilización de los equipos, las claves de acceso, las copias de respaldo (backups), el plan de contingencia y el proceso en general. Las respuestas a dichas preguntas se enmarcan en: � Si. Significa que lo sugerido por la pregunta, es aplicado en el proyecto y se cuenta con evidencias de este hecho. � No. Significa que lo sugerido por la pregunta es aplicable, pero que en el momento de realizar la auditoría no se tenía su

implementación. � Observaciones. En este campo se muestran, si las hay, las observaciones realizadas por el entrevistado frente a las preguntas

formuladas. Para la verificación del componente tecnológico, nos hemos basado en el estándar internacional COBIT versión 4.0, que es un marco de referencia o modelo para auditar la gestión y control de los sistemas de información y tecnología relacionadas, generalmente aceptado, de amplio reconocimiento mundial en estándares de auditoría y gobierno de TI y aplicable a todos los sectores de una organización con apoyo de la tecnología. De otro lado, y teniendo en cuenta los niveles de seguridad y confidencialidad establecidos por el Concesionario se llevaron a cabo pruebas selectivas al proceso transaccional las cuales se indican en el Cuestionario de Control Interno indicado y cuyos resultados se documentaron por medio de registro fotográfico o por medios impresos.

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Programa de Auditoria

OBJETIVO ACTIVIDAD

2 a)

Levantamiento de información en sitio, con el objeto de conocer el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones; en especial, los controles relacionados con la plataforma informática que soporta dichas transacciones.

2 b) Análisis de los niveles de seguridad presentes en el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones.

2 c)

Conocer los controles implementados en los dispositivos electrónicos que generan las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

2 d)

Conocer los controles implementados en el equipo central o de almacenamiento de las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

2 e) Establecer a nivel general y desde el punto de vista de tecnología, el nivel de seguridad que brinda el proceso utilizado para el reporte y custodia de las transacciones.

Hallazgos de Auditoría

NUMERAL HALLAZGO DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO

1 Si bien se cuenta con la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, durante la visita realizada no se evidenció un procedimiento que permita detallar cada una de las actividades y responsables de la administración del proceso transaccional.

2 Las pruebas realizadas permitieron observar que se cuenta con elementos de seguridad en el almacenamiento de las transacciones (juegos) generadas desde la máquina electrónica de venta (terminal inalámbrica) y el punto de venta (PC), dichos elementos de seguridad son los brindados por la infraestructura de TI que se tiene con el Concesionario J.J. Pita de la ciudad de Cúcuta; sin embargo, no cuenta con políticas, procedimientos, roles y responsabilidades, así como el plan de continuidad de los servicios o del negocio, este hecho sugiere una debilidad que puede facilitar la materialización de amenazas que este tipo de transacciones acarrea.

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NUMERAL HALLAZGO

DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO

3 En cuanto a la transmisión de los datos únicamente se pudo observar su origen debido a que las transacciones se registran en la ciudad de Cúcuta en los servidores del Concesionario J.J. Pita.

4 La infraestructura de TI del Concesionario cuenta con protocolos de seguridad brindados por la infraestructura de TI del Concesionario J.J. Pita que son en utilizados en la industria y buscan ofrecer un grado aceptable de seguridad a las transacciones; sin embargo, dicha seguridad se puede ver afectada por los procesos que se siguen una vez finaliza la transacción y se lleva a cabo su posterior envío o reporte.

5 Las políticas generales sobre el proceso transaccional se siguen de acuerdo a las leyes vigentes, sin embargo, al interior del Concesionario no se evidencian políticas debidamente documentadas y socializadas que delimiten el actuar de cada uno de los participantes en el proceso transaccional y por ende, den a conocer los lineamientos y controles que este tipo de procesos amerita.

6 Como se está llevando a cabo la implementación del Sistema de Gestión de Calidad no se observan los procedimientos que integren las actividades asignadas al proceso transaccional, este hecho limitó la identificación de controles en las tareas y la asignación de responsabilidades.

7 No se cuenta con políticas, procesos y procedimientos claramente definidos y documentados para el desarrollo de las actividades clave del proceso transaccional y para la información manejada en el área.

8 No se cuenta con políticas que establezcan lineamiento de actuar frente a las actividades de las áreas responsables del proceso transaccional, seguridad informática, uso de la infraestructura tecnológica, entre otras. Lo anterior, facilita que los funcionarios tomen la propiedad de los problemas con base en su propia iniciativa y de manera reactiva y no basándose en políticas establecidas y documentadas.

9 No se tiene contemplado la ejecución de un proyecto que permita contar con un plan de contingencia y/o de continuidad del negocio, debido a que se tienen gran dependencia del Concesionario J.J. Pita de la ciudad de Cúcuta.

10 El Concesionario y sus empleados, especialmente el área de Tecnología, reconoce la necesidad de la seguridad para TI, se está llevando a cabo de forma reactiva debido en gran parte a la dependencia del Concesionario J.J. Pita de la ciudad de Cúcuta.

11 No se cuenta con Políticas de uso del software legal claramente establecidas y aunque se han dictado algunas directrices al respecto en las capacitaciones, no se ha difundido la responsabilidad civil y penal que tiene los funcionarios frente a la utilización de software no licenciado.

A continuación se puede observar la verificación de la venta en línea y tiempo real.

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3.10 Pago de premios y atención de quejas y reclamos de los apostadores. Análisis de las políticas y procedimientos para el pago de premios y para la atención de, quejas y reclamos de los apostadores. El análisis requerido comprendió el volumen de reclamaciones atendidas, discriminando aquellas que fueron negadas o rechazadas y aquellas que se resolvieron de manera favorable al apostador, así como describir el monto de las mismas y las razones que con mayor frecuencia soportaron uno y otro proceder, agrupando las explicaciones ofrecidas de manera temática.

ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMOS

De acuerdo a la verificación que realizó esta interventoría al buzón de quejas y reclamos dispuesto en la oficina principal del concesionario y en cada unos de los puntos de ventas, y según lo manifestado por el Gerente del Concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. no se han presentado ninguna queja o reclamación por parte de algún usuario, esto se debe principalmente a factores culturales y de educación ciudadana, y a que el concesionario ha realizado una labor satisfactoria con sus clientes, sin embargo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. cuenta con las políticas y procedimientos para la atención de las posibles quejas y reclamos que se presenten, el cual se describirá a continuación:

1. Cada acopio tendrá instalado un buzón de sugerencias de fácil acceso a los clientes y además tendrá a disposición el formato de quejas y

reclamos, para que se registre su inconformidad cuando los desee.

2. El jefe comercial de municipios periódicamente realizara un recorrido por los acopios para entregar formatos de quejas y reclamos y recoger las que están diligenciadas. En el acopio de Arauca lo gestionara el jefe comercial.

3. Consulta el motivo y la posible solución de la queja o reclamo con el personal que puede y tiene para la autoridad para resolverla de

manera inmediata.

4. Se define con el responsable el tratamiento que se le dará a la queja o reclamo y/o los compromisos a asumir con el cliente y registrando la acciones a tomar en el formato Tratamiento de Quejas y reclamos.

Además registra el nombre de la persona que propone la acción y el responsable de ejecutar el tratamiento de la queja o reclamo y el tiempo necesario para resolverla.

5. Realizar el seguimiento verificando que se cumple el tratamiento previsto de la queja o reclamo y los compromisos adquiridos con el cliente en la fecha limite planificada para su ejecución.

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Registrar en el formato la siguiente información:

• Nombre de la persona que verificó el tratamiento previsto • Fecha de verificación • Los resultados alcanzados • La acción definitiva tomada

6. En el caso de que persista la misma inconformidad se tendrá que volver a expedir otra solicitud en donde se aclare la inconformidad.

7. El jefe comercial de cada acopio deberá informar periódicamente a la gerencia las quejas, reclamos y sugerencias de los clientes.

Nota: Realice el respectivo seguimiento a las quejas y reclamos mediante el formato balance de quejas y/o reclamos.

Flujo grama procedimiento Atención quejas y reclamos

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Formato para presentar quejas o reclamos por parte de los usuarios:

El formato de registro de quejas y reclamos para los usuarios se encuentra dispuesto en cada uno de los buzones de sugerencias de cada centro y acopio, el formato de tratamiento de quejas y reclamos es manejado por la Asesora del Servicio al cliente quien es una de la responsables de que este proceso se cumpla a cabalidad.

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Formato de tratamiento de quejas y reclamos

3.11. Numero de terminales autorizados y la conexión de las mismas en línea.

Se verificó el número de terminales autorizadas por cada punto de venta de los respectivos concesionarios y la conexión de las mismas en línea y en tiempo real con la entidad concedente. Este punto se encuentra documentado en el ordinal 3.8. Distribución geográfica de las agencias y puntos de venta.

3.12. Políticas y estrategias de comercialización del juego de apuestas permanentes o chance. Se evaluaron las políticas y estrategias de comercialización del juego de apuestas permanentes o chance para cada concesionario y analizar su eficacia en términos de penetración en el mercado e incremento en las transferencias al sector salud. Para ello se discriminó entre comercialización directa, esto es, a través de personal vinculado con el concesionario mediante una relación de trabajo o, a través de terceros, esto es, mediante contratos mercantiles de agencia, distribución y/o comercialización.

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Para el análisis que se realizó a las políticas de comercialización que maneja el Concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. se solicitó las ventas realizadas por el concesionario en los meses de septiembre y octubre de 2011, con el fin de determinar el volumen de la ventas por municipios, verificar la efectividad de la estrategias comerciales que maneja el concesionario en cada municipio, a continuación relacionaremos la información.

El siguiente cuadro describe las ventas del concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. en el municipio de Arauca, durante el mes de septiembre: Dentro de la políticas de comercialización y mercadeo que maneja el concesionario podemos encontrar estrategias de publicidad que buscan difundir la imagen de la empresa y captar más apostadores, una de estas son las mangas protectoras del sol que el concesionario suministra a transportadores de servicio público con el logo publicitario de la empresa “Apuestas Arauca” “Jugar es ganar”, también ubican avisos o vallas publicitarias haciendo alusión a la empresa, y mensajes en medios radiales de alta difusión en el Departamento de Arauca.

Los colocadores de apuestas utilizan los uniformes que el concesionario le suministra y en el cual lleva el logo de la empresa, al igual algunos de ellos portan elementos adicionales como gorras y chalecos en los cuales lleven el distintivo del concesionario, permitiendo así a los usuarios identificarlos, y al igual difundiendo la imagen de la empresa.

El recorrido móvil que realiza el concesionario, mediante el suministro del transporte a algunos colocadores permite llegar a puntos o lugares en los cuales por fechas, o eventos existe flujo comercial, y así se busca captar nuevos clientes.

La utilización de incentivos como el mega chance navideño también busca generar un crecimiento en el juego de las apuestas permanentes en el Departamento de Arauca.

En algunos municipios de Arauca, la ventas son relativamente bajas respecto a la ciudades principales, Arauca, Saravena y Tame, esto es debido al desarrollo de las regiones, y que presenta bajos índices de población respectos a los anteriores municipios, sin embargo el Concesionario mantiene sus ventas en todo el Departamento como una manera de generar empleos y crear una imagen corporativa fuerte, que busque allegar adeptos a la apuestas permanentes.

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VENTAS POR MUNICIPIOS

Los municipios de Tame, Saravena y Arauca, presentan las mayores ventas del Departamentos, dado el caso que estos son los tres principales ejes del Departamento.

En general las mayores ventas que obtuvo el concesionario en todo el Departamento las generaron los colocadores móviles.

Como políticas de ventas el concesionario maneja los siguientes puntos:

1. Lograr la mayor cobertura geográfica con diferentes puntos de venta 2. Adecuar físicamente los puntos de ventas más representativos a los vendedores independientes para mantener e incrementar su venta

(manteniendo la misma modalidad del contrato) 3. Utilizar diferentes herramientas publicitarias para dar a conocer nuestro producto y posicionar la marca en el mercado. 4. Realizar seguimiento de ventas a todos y cada uno de nuestros vendedores. 5. Realizar recorridos programados con vendedores puerta a puerta en los lugares más alejados.

Proporcionar todo material P.O.P par que nuestros puntos de venta ofrezca todos nuestros servicios.

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MUNICIPIO DE ARAUCA:

Septiembre de 2011

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA (INCLUYE IVA) VENTA NETA

SIN IVA

ARAUCA PRINCIPAL FIJO 9.394.565 8.098.763

PIZZA EXPRESS FIJO 2.806.345 2.419.263

CENTRO CIAL STA BARBARA FIJO 2.902.850 2.502.457

TIENDA LOS NEGROS FIJO 2.215.350 1.909.784

OLAYA HERRERA CON 26 FIJO 2.002.053 1.725.908

SAN CARLOS FIJO 1.586.300 1.367.500

FUNDADORES FIJO 3.681.338 3.173.567

PEDRONEL FIJO 1.367.180 1.178.603

SANANDRESITO FIJO 1.711.395 1.475.341

FLOR DE MI LLANO FIJO 706.900 609.397

CHITARERO FIJO 2.855.024 2.461.228

PAPELERIA ARAUCA FIJO 3.222.904 2.778.366

PTA A PTA ARAUCA MOVILES 103.275.623 89.030.709

RECORRIDO MOVIL MOVILES 329.700 284.224

SUPERMERCADO EL SOL SECTOR 4.470.002 3.853.450

ROMPELLANOS SECTOR 615.550 530.647

MERIDIANO 70 SECTOR 281.800 242.931

AEROMENSAJERIA SECTOR 5.385.351 4.642.544

TOTALES 148.810.230 128.284.681

Análisis:

Las ventas netas correspondientes a los puntos fijos en el mes de septiembre representaron un 23,15% de las ventas netas totales, dado que estos puntos de ventas en el municipio de Arauca representan el 14% de la cantidad total de puntos que existen en el municipio, por otra parte los puntos de ventas fijos que se encuentran ubicado en la zona centro comercial fueron los que presentaron mayores ventas, dado el flujo comercial de la zona, de la zonas que se ubican en puntos residenciales cabe destacar el punto Fundadores que el cual represento el 11% de la ventas netas totales de los puntos fijos ubicados en el municipio de Arauca, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 69,4% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A., demostrando la cantidad representativa la cual es del 86% ubicada en el municipio.

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En la tabla anterior se señalan recorridos móviles que corresponden a colocadores independientes que venden por recorrido en transporte, cuyo servicio suministra el concesionario y que maneja como política de mercadeo y venta, recorriendo determinados sectores comerciales en los cuales dependiendo de los días o eventos, el flujo de personas aumenta, convirtiéndose en una oportunidad para incrementar la ventas.

Para las ventas tipo sector que igualmente corresponden a colocadores independientes, los cuales realizan el recorrido solo en un determinado zona de fluido comercial, y se clasifican de esta manera para mantener una referencia de la zona en las cuales operan.

Octubre de 2011

Para el mes de octubre las ventas fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

ARAUCA PRINCIPAL FIJO 9.184.691 7.917.837

PIZZA EXPRESS FIJO 2.543.600 2.192.759

CENTRO CIAL STA BARBARA FIJO 3.273.800 2.822.241

TIENDA LOS NEGROS FIJO 2.333.550 2.011.681

OLAYA HERRERA CON 26 FIJO 436.030 375.888

SAN CARLOS FIJO 1.709.200 1.473.448

FUNDADORES FIJO 4.000.350 3.448.578

PEDRONEL FIJO 1.319.300 1.137.328

SANANDRESITO FIJO 1.700.410 1.465.871

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PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

CALLE REAL FIJO 685.200 590.690

FLOR DE MI LLANO FIJO 578.300 498.534

CHITARERO FIJO 2.848.677 2.455.756

PAPELERIA ARAUCA FIJO 3.716.547 3.203.920

PTA A PTA ARAUCA MOVILES 121.016.411 104.324.492

RECORRIDO MOVIL MOVILES 474.700 409.224

SUPERMERCADO EL SOL SECTOR 5.891.459 5.078.844

ROMPELLANOS SECTOR 1.220.200 1.051.897

MERIDIANO 70 SECTOR 441.300 380.431

AEROMENSAJERIA SECTOR 5.513.700 4.753.190

TOTALES 145.592.608

Análisis:

Las ventas netas correspondientes a los puntos fijos en el mes de octubre representaron un 20,3% de las ventas netas totales, dado que estos puntos de ventas en el municipio de Arauca representan el 14% de la cantidad total de puntos que existen en el municipio, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 71,7% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. demostrando la cantidad representativa la cual es del 86% ubicada en el municipio.

Las ventas de los colocadores que realizan sus ventas por sectores representaron el 7,7% de las ventas netas totales, demostrando que algunas de estas zonas comerciales son lugares estratégicos para el incremento de las ventas.

Las ventas de los vendedores de los recorridos móviles representaron un 0,3% de la ventas netas totales, esta modalidad es un estrategia comercial que utiliza el concesionario, en cual a los colocadores que realizan sus venta puerta a puerta, puede contar con el servicio de transporte el cual suministra el concesionario, sin que el vendedor tenga que pagar algún costo por este servicio, si no que a cambio se cubran ciertas zonas en las que por días comerciales o eventos se presentan un mayor flujo de personas, por tal razón aunque no es tan significativa la representación que tiene en las ventas totales (0,3%), si representa un mayor cubrimiento de mercado en el municipio de Arauca, captando muchas veces nuevos clientes, y procurando el crecimiento rentístico de los recursos del juego de apuestas permanentes para la salud del Departamento de Arauca.

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MUNICIPIO DE SARAVENA:

Para el municipio de Saravena las ventas que se obtuvieron en el mes de septiembre de 2011 fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

SARAVENA PRINCIPAL FIJO 5.143.200 4.433.793

PLAZA DE MERCADO FIJO 2.734.900 2.357.672

CENTRO FIJO 1.953.950 1.684.440

BARRIO MODELO FIJO 894.350 770.991

ZONA ROSA FIJO 1.638.750 1.412.716

PTA A PTA SARAVENA MOVILES 26.395.311 22.754.578

VEREDAS SARAVENA MOVILES 355.000 306.034

TOTALES 39.115.461 33.720.225

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Saravena representa un 9% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 31,6% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 67,5% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

La ventas que se realizaron en las zona rural del municipio de Saravena representaron 0,9% de las ventas totales que obtuvo el municipio para el mes de septiembre, estas ventas son realizadas por colocadores de recorrido móvil.

Octubre de 2011

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

SARAVENA PRINCIPAL FIJO 5.029.800 4.336.034

ZONA ROSA FIJO 1.732.150 1.493.233

BARRIO MODELO FIJO 901.800 777.414

CENTRO FIJO 1.610.500 1.388.362

PLAZA DE MERCADO FIJO 1.689.850 1.456.767

PTA A PTA SARAVENA MOVILES 34.261.767 29.536.006

VEREDAS SARAVENA MOVILES 579.900 499.914

TOTALES 45.805.767 39.487.730

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Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Saravena representa un 9% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de octubre representaron un 24% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 74,8% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

La ventas que se realizaron en las zona rural del municipio de Saravena representaron 1,3% de las ventas totales que obtuvo el municipio para el mes de octubre, estas ventas son realizadas por colocadores de recorrido móvil.

MUNICIPIO DE TAME Para el municipio de Tame las ventas para el mes de septiembre fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

TAME PRINCIPAL FIJO 3.500.550 3.017.716

PTA A PTA TAME MOVILES 15.606.022 13.453.467

20 DE JULIO FIJO 1.415.250 1.220.043

PUERTO JORDAN FIJO 3.413.300 2.942.500

PARQUE PRINCIPAL CALLE 14 FIJO 3.987.354 3.437.374

SAN ANTONIO FIJO 1.143.750 985.991

TOTALES 29.066.226 25.057.091

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Tame representa un 19% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 46,3% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 53,7% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

Cabe aclarar que el punto fijo de Puerto Jordán, se encuentra ubicado en la zona rural del municipio de Tame.

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Octubre de 2011:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

TAME PRINCIPAL FIJO 4.263.548 3.675.472

PTA A PTA TAME MOVILES 23.393.487 20.166.799

PANAMA MOVILES 920.550 793.578

PUERTO JORDAN FIJO 3.567.800 3.075.690

PARQUE PRINCIPAL CALLE 14 FIJO 4.094.800 3.530.000

SAN ANTONIO FIJO 1.088.250 938.147

20 DE JULIO FIJO 1.309.497 1.128.877

TOTALES 38.637.932 33.308.562

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Tame representa un 19% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de octubre representaron un 37,1% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 62,9% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

Cabe aclarar que el punto fijo de Puerto Jordán, se encuentra ubicado en la zona rural del municipio de Tame, al igual que el punto de panamá el cual realiza su venta con vendedores móviles.

MUNICIPIO DE ARAUQUITA Para el municipio de Arauquita las ventas para el mes de septiembre fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

ARAUQUITA PRINCIPAL FIJO 2.084.700 1.797.155

CALLE 4 No. 3-11 FIJO 1.012.789 873.094

PTA A PTA ARAUQUITA MOVILES 11.140.351 9.603.751

TOTALES 14.237.840 12.274.000

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Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Arauquita representa un 15% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 21,8% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 78,2% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

Octubre de 2011

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

ARAUQUITA PRINCIPAL FIJO 2.292.200 1.976.034

CALLE 4 No. 3-11 FIJO 992.188 855.334

PTA A PTA ARAUQUITA MOVILES 10.914.108 9.408.714

TOTALES 14.198.496 12.240.083

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Arauquita representa un 15% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de octubre representaron un 23,1% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 76,9% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

MUNICIPIO DE FORTUL Para el municipio de Fortul las ventas para el mes de septiembre fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

FORTUL PRINCIPAL FIJO 1.625.900 1.401.638

PTA A PTA FORTUL MOVIL 7.892.416 6.803.807

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Fortul representa un 13% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 17,1% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 82,9% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

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Octubre 2011:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

FORTUL PRINCIPAL FIJO 1.680.950 1.449.095

PTA A PTA FORTUL MOVIL 9.359.392 8.068.441

TOTALES 11.040.342 9.517.536

Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Fortul representa un 13% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de octubre representaron un 15,2% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 84,8% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

MUNICIPIO DE CRAVO NORTE

Para el municipio de Cravo Norte las ventas para el mes de septiembre fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

PUERTA A PUERTA MOVIL 871.514 751.305

PRINCIPAL CRAVO NORTE FIJO 1.363.130 1.175.112

TOTALES 2.234.644 1.926.417

Análisis: Los puntos fijos del municipio de Cravo Norte representa un 50% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 61% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 39% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

Octubre de 2011:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

PTA A PTA CRAVO MOVIL 881.262 759.709

PRINCIPAL CRAVO NORTE FIJO 1.168.185 1.007.056

TOTALES 2.049.447 1.766.765

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Análisis:

Los puntos fijos del municipio de Cravo Norte representa un 50% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 57% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 43% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

MUNICIPIO DE PUERTO RONDON

Para el municipio de Puerto Rondón las ventas para el mes de septiembre fueron las siguientes:

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

PUERTA A PUERTA MOVIL 1.566.942 1.350.812

PRINCIPAL PUERTO RONDON FIJO 1.367.407 1.178.799

TOTAL 2.934.349 2.529.611

Los puntos fijos del municipio de Puerto Rondón representa un 20% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 53,4% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 46,6% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

Octubre 2011

PUNTO O REFERENCIA TIPO VENTA VENTA NETA

PUERTA A PUERTA 1.862.575 1.605.668

RONDON PRINCIPAL 1.127.112 971.648

TOTALES 2.989.687 2.577.316

Los puntos fijos del municipio de Puerto Rondón representa un 20% de los puntos totales que hay en el municipio, y sus ventas netas en el mes de septiembre representaron un 37,7% de las ventas totales, para el caso de los colocadores puerta a puerta, o de recorridos móviles representaron el 62,3% de las ventas netas totales que obtuvo el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

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3.13. Control interno aplicado por el concesionario.

Constatar, analizar y evaluar los mecanismos de control interno aplicados por el concesionario.

CONTROL INTERNO

El concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana incluye en cada una de sus políticas y procedimientos con los que cuenta, mecanismos y estrategias de control interno, a continuación se describe la intervención del control interno en cada uno de los procedimientos:

Proceso de escrutinio: � En este proceso se verifica que se ingresen al sistema efectivamente los números apostados

� Se verifica que el proceso de cierre de ventas se realice a las horas estipuladas y antes del proceso de escrutinio, esto con el fin de evitar fraude por parte de los colocadores.

Tratamiento de tickets premiados: � Se entregan los tickets premiados en una tula cerrada al departamento de contabilidad para que verifique contra la tirilla de premios

pagados y se realice el cruce de la información, en los municipios este envió se realiza semanal o quincenalmente

Tratamiento tickets anulados: � Los tickets anulados de cada uno de los acopios se entregan al departamento de contabilidad, allí se verifica mediante el cruce de

información contra lo que se encuentre registrado en el sistema.

Suministro y entrega de rollos: � En la entrega de los rollos se selecciona 4 cajas del lote que se está recibiendo, y allí se verifica que estos se encuentran en buen estado,

y correspondan a lo solicitado. Se realizan pruebas de seguridad

� Se verifica en el sistema el saldo de rollos, con el fin de garantizar la operación mediante nuevos pedidos.

� Los colocadores de apuesta firman el comprobante de entrega de rollo para realizar las respectivas ventas.

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� El administrador de cada acopio es el encargado y responsable del control para el manejo de los rollos por parte de sus asesores

comerciales

Entrega de premios: � Para la entrega de premios se verifica que el ticket se encuentre en buen estado, además que el número corresponda al indicado en el

sistema; si el premio supera los $ 5.000.000 debe ser autorizados por el jefe de contabilidad o el gerente.

3.14. Procedimiento aplicados por el concesionario en el suministro de talonarios

Evaluación de los procedimientos de control aplicados, por cada concesionario, a los colocadores en relación con las políticas empleadas para la administración y suministro de talonarios.

Dentro de las políticas del suministro de los formularios se encuentra los siguientes puntos en los cuales se refiere al tema de la entrega al colocador respectivo:

1. Los colocadores deben acercarse al centro de acopio respectivo para realizar la solicitud de rollos.

2. Mediante el módulo CAJERO se verifica el saldo actual del colocador y si lo requiere se le entregará la cantidad necesaria para satisfacer sus ventas, en caso de que tenga los suficientes rollos se posterga la entrega.

3. Se realiza la entrega de los rollos respectivos al colocador.

4. En caso de existir una inconsistencia en la cantidad de rollos asignados, el administrador del acopio debe realizar la corrección y volver a asignar las cantidades correctas al colocador.

En caso de pérdida el colocador debe realizar el denuncio respectivo, informar al administrador de la zona o al gerente.

3.15. Procedimientos aplicados por el concesionario para los talonarios-rollos perdidos y/o anulados.

Políticas y procedimiento de Administración y suministro de rollos A continuación se describe el proceso que maneja el concesionario para la administración de la papelería que se utiliza para operar el juego de apuestas permanentes en el Departamento de Arauca:

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Solicitud y almacenamiento de rollos

1. Reciben y almacenan los rollos de bodegas, luego de ingresar al sistema la cantidad de cajas de cada tipo (bond y térmico) que quedan a

disposición de la Empresa en el inventario de rollos.

2. Se realiza la verificación de los rollos de la siguiente manera:

- Por cada pedido se deben revisar cuatro cajas aleatoriamente, es decir dos cajas de rollos de material térmico y dos cajas de rollos de material bond.

- De cada caja seleccionada se deben revisar 4 rollos, seleccionando dos rollos aleatoriamente de cada nivel de la caja. - A los rollos seleccionados para revisar su estado se les aplican las pruebas de seguridad que el proveedor recomienda.

3. Mediante el SADAR se cargan a los centros de acopio las cajas de rollos que fueron entregadas.

4. Mediante el SADAR se revisa diariamente el saldo de formularios de cada acopio a la fecha, si el saldo es bajo se suministran formularios.

Entregas de rollos al Asesor comercial

5. Los asesores comerciales deben acercarse al centro de acopio respectivo para realizar la solicitud de rollos.

6. Mediante el módulo CAJERO se verifica el saldo actual del asesor y si lo requiere se le entregará la cantidad necesaria para satisfacer sus ventas, en caso de que tenga los suficientes rollos se posterga la entrega.

7. Se realiza la entrega de los rollos respectivos al asesor.

8. En caso de existir una inconsistencia en la cantidad de rollos asignados, el administrador del acopio debe realizar la corrección y volver a

asignar las cantidades correctas al asesor. Perdida de rollos:

1. Cuando los rollos son robados o perdidos, los asesores comerciales deben realizar el denuncio y entregarlo al administrador del acopio, quien luego los entregará al gerente.

2. Los rollos robados o perdidos de asesores comerciales deben ser descargados del saldo del vendedor.

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3. Los rollos perdidos o robados de administrador del acopio son descargados del saldo del administrador el cual se realiza mediante la

asignación de los rollos faltantes a su cuenta como asesor y a ésta se le aplica el ajuste.

4. La cantidad de formularios perdidos es reportada en el libro diario de ventas. Flujo grama procedimiento administración y suministro de formularios:

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3.16. Políticas manejo de inventarios de talonarios-rollos.

Evaluación de las políticas empleadas por cada concesionario para el manejo de inventarios sobre formularios. Ver desarrollado en punto anterior.

3.17. Políticas y procedimientos para la vinculación de colocadores a la red de comercialización. Políticas y procedimientos para la vinculación del personal:

Colocadores dependientes:

1. Se recibe las hojas de vida en cada una de los acopios del concesionario, donde se requiera el servicio, se remiten al auxiliar de recursos humanos.

2. El auxiliar de recursos humanos solicita la documentación faltante de las hojas de vida del personal a vincular la cual deberá contener:

• Fotos • Información Personal • Reseña del DAS • Estudios realizados • Experiencia Laboral • Referencias personales

a. Elabora la orden para el examen médico de acuerdo al procedimiento de reclutamiento y selección del personal.

3. Se analiza Historia laboral, si ha estado afiliado a alguna EPS, si ha estado vinculado ó si ha sido beneficiario. De igual manera la

información se corrobora cuando se realiza la afiliación a la EPS seleccionada por medio de la cédula.

Seguimiento reclamaciones EPS: Cuando se presente reclamaciones por parte del personal referente a las EPS en las cuales se encuentran afiliadas se debe realizar un seguimiento a dichas inconsistencias.

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Registrando la siguiente información: Fecha Nombre del afiliado Documento del afiliado Motivo de la reclamación Seguimiento Fecha del seguimiento.

Realice el seguimiento dos días hábiles después de la reclamación. En caso de no darse una solución comunique la situación al Jefe inmediato.

4. Se procede a la elaboración del contrato ya sea a termino definido e indefinido.

5. Se comunica a comercial la cantidad de personas a ingresar para aprovisionar la dotación.

6. Se Realiza la entrega de la dotación respectiva de uniformes dependiendo del cargo y se asigna el puesto de trabajo con los elementos necesarios para el desarrollo de la labor.

7. Al vincular al personal este debe someterse a un período de prueba (2 meses) al cual se le debe realizar la evaluación de personal para definir si cumple con el perfil de cargo para continuar en la organización dependiendo si el cargo es asesor comercial o administrativo, además realice la visita domiciliaria con el fin de confirmar los datos de la hoja de vida y verificar las condiciones actuales del empleado nuevo.

8. En caso de ascenso, transferencia o reintegro se obvia todo este proceso y se registra la inducción especial al personal.

El reintegro de personal debe tener el aval de la Gerencia General.

9. En caso de vacaciones de un empleado se debe realizar la entrega de puesto a quien su Jefe Inmediato establezca.

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Colocadores independientes:

El personal interesado en ser asesores comerciales independientes debe ir a la oficina principal y entrevistarse con el Jefe comercial o Gerente de zona, en caso de ser aprobado se registra en el formato hoja de vida de independientes. 1. Se procede a la elaboración del contrato para independientes. La firma y cancelación de los contratos de independientes es comunicado

por escrito a la lotería. 2. El supervisor realiza la inducción en sistemas. 3. Por medio del sistema se registra el nuevo vendedor independiente en el sistema SADAR 4. Se realiza la entrega de la dotación respectiva de uniformes y maquina. 5. Se hace la respectiva orden de elaboración del carnet, para lo cual se solicita foto digital del colocador. 6. Se hace entrega del respectivo carnet de identificación

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La interventoría realizó la prueba de solicitar tres hojas de vidas de los colocadores para comprobar si cumplían con la documentación requerida en cada uno de los procedimientos, y se verifico el cumplimiento de cada uno de los requisitos, así mismo se realizó una inspección para verificar la carnetización de los colocadores identificando que cada uno de estas personas portan su carnet, lo que transmite al apostador confianza en el juego legal, y evita así la operación de juegos ilegales en el Departamento de Arauca, al igual el concesionario también suministró a cada uno de los colocadores camisetas, y prendas para la protección contra (caso colocadores móviles) con el debido logo de identificación de la empresa. El resultado fue satisfactorio.

3.18. Aperturas y/o expansión de agencias y puntos de venta.

Políticas y procedimiento para la apertura de nuevos puntos fijos: El procedimiento que aplica el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. para la apertura de nuevos puntos de ventas se aplica siguiendo los siguientes lineamientos:

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1. Se realiza el estudio de mercado de la localidad correspondiente que se desea cubrir.

Mediante la asignación de un vendedor puerta a puerta (móvil), realizando seguimiento de ventas; de acuerdo a la información se toma la decisión de la ubicación de un punto de venta, modulo o cajón. Nota: Existen casos donde se realiza la apertura del punto de venta analizando el crecimiento o el desarrollo comercial de la zona.

2. Una vez tomada la decisión realice una inspección al local y se defina posibles adecuaciones del mismo, además solicite los elementos de la

imagen corporativa como display, aviso, mesón, etc.) al personal encargado de la publicidad necesaria para ubicarlas en el nuevo punto.

NOTA: Evalué la necesidad de realizarle el seguimiento al punto de venta

3. El jefe comercial de municipios o Arauca es el encargado de asignar el personal (asesor comercial) en el punto de venta realizar la respectiva entrega.

4. Realice un inventario de los equipos existentes en el nuevo punto de venta y regístrelos en el formato “Hoja de vida de puntos de venta”. Además se deberán registrar los mantenimientos que se realicen de infraestructura y a los equipos.

5. La definición del presupuesto de ventas se asigna dos meses después de la apertura del nuevo punto con base al seguimiento en ventas realizado.

6. Realice seguimiento al punto de venta en lo que respecta a ventas y gastos de manera mensual, durante los tres primeros meses de funcionamiento del punto.

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Flujo grama

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3.19. Licencias para agencias y/o puntos de ventas.

S e confirmó el número de licencias para agencias y/o puntos de venta con que cuenta el concesionario. En la información suministrada por el concedente no se evidencia para la vigencia 2010, la expedición de acto administrativo que autorizara el funcionamiento de los puntos de ventas para la operación de juegos de apuesta permanentes. Sin embargo en los pliegos de condiciones definitivos textualmente hace referencia “Las agencias que presente el proponente en la licitación se entienden previamente autorizadas para el concesionario adjudicatario” por lo que se entiende que cada unos de los puntos con que el concesionario opero durante la vigencia 2010 y parte del 2011 se encontraban autorizados para su funcionamiento. En la vigencia 2011 se evidenció la respectiva licencia de funcionamiento mediante resolución número 3300 de 2011, sin embargo esta tiene fecha de expedición del 12 de Octubre de 2011, siendo posterior al inicio de la vigencia; esta interventoría recomendó al concesionario adelantar los tramites respectivo para la aprobación de la licencia de funcionamiento para la siguiente vigencia con el fin de que cumplan con todos los requisitos para la operación de los juegos de apuestas permanentes, para lo cual el concesionario realizó la debida gestión y mediante Resolución número 4466 del 29 de Diciembre de 2011 la gobernación expide la licencia de funcionamiento para los puntos de ventas del juego de apuestas permanentes por el termino de un (1) año contados a partir del 01 de Enero de 2012, con lo cual se garantiza el cumplimiento de este requisito. Los puntos de ventas se encuentra autorizados para la operación del juego de apuestas permanentes mediante licencia de funcionamiento expedida por la Gobernación de Arauca según la resolución numero 4466 de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012.

3.20. Flujo de formularios oficiales A continuación se presenta un detalle del número de formularios utilizados.

Relación de los Formularios Utilizados

MES AÑO 2010 AÑO 2011

VALOR INGRESO MENSUAL FORMULARIOS VALOR INGRESO MENSUAL FORMULARIOS

ENERO 101.748.794,00 112.470 156.785.557,00 80.104

FEBRERO 172.459.255,00 156.780 171.389.237,00 86.827

MARZO 181.752.874,00 165.230 207.952.282,00 108.918

ABRIL 169.416.592,00 134.790 203.001.221,00 111.616

MAYO 182.259.794,00 134.405 205.457.553,00 113.781

JUNIO 177.706.549,00 138.749 206.499.878,00 127.801

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MES AÑO 2010 AÑO 2011

VALOR INGRESO MENSUAL FORMULARIOS VALOR INGRESO MENSUAL FORMULARIOS

JULIO 187.026.972,00 164.955 217.165.583,00 130.286

AGOSTO 183.114.212,00 129.483 249.189.966,00 150.223

SEPTIEMBRE 179.107.267,00 105.635 211.997.442,00 123.770

OCTUBRE 180.089.749,00 106.149 244.490.606,00 142.481

NOVIEMBRE 189.219.131,00 110.125

DICIEMBRE 200.771.988,00 112.673

2.104.673.177,00 1.571.444 2.073.929.325,00 1.175.807

Flujo de formularios:

MES FORMULARIOS 2010 FORMULARIOS 2011

MANUAL SISTEMATIZADO TIEMPO REAL MANUAL SISTEMATIZADO TIEMPO REAL

INVENTARIO INICIAL 150.000 - 300.000

ENERO - - -

FEBRERO 100.000 - 150.000 - - -

MARZO 80.000 - 150.000 - - 372.500

ABRIL - - - 30.000 - -

MAYO - - - - - -

JUNIO - - - - - 325.000

JULIO - - 450.000 - - -

AGOSTO - - - - - 187.500

SEPTIEMBRE - - - - - -

OCTUBRE - - 150.000 - - -

NOVIEMBRE - - 150.000 - - -

DICIEMBRE - - 175.000

330.000,00 1.525.000,00 30.000,00

-

885.000,00

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3.21. Ingresos brutos del concesionario y la cantidad de formularios utilizados

Ver desarrollo del punto en el numeral 3.20.

3.22. Funciones de supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y giro oportuno y efectivo de los recursos. Ver desarrollo en el numeral anterior. Validamos y analizamos el comportamiento de los ingresos brutos obtenidos por cada concesionario y su equivalente en términos de derechos de explotación y, compararlo con la administración y el flujo de formularios oficiales - tanto manuales como sistematizados - adquiridos a la respectiva entidad concedente y aquellos efectivamente utilizados.

3.22.1 Pago oportuno de las transferencias

Verificamos el cumplimiento efectivo y oportuno en el pago de las Transferencias por concepto de derechos de explotación a los fondos seccionales de salud, por parte de la entidad concedente correspondiente.

De acuerdo lo estipulado por la Gobernación en el estatuto tributario y de rentas del Departamento de Arauca, lo recursos provenientes de los derechos de explotación del juego de apuestas permanentes deben ser girados directamente a la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca, entidad encargada en la administración de la salud en el departamento. Por tal razón el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. realiza el giro de los recursos directamente a la cuenta del banco de Bogotá número 137-18471-9 de la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca y envía copia del respectivo comprobante de consignación al concedente. Se verificó la oportunidad en el pago en el caso de la incapacidad de incumplimiento se constató el pago de intereses de mora aplicables y decretados por el concedente.

3.22.2 Carnetización de los colocadores de apuestas permanentes o chance

Analizamos las políticas, procedimientos y mecanismos utilizados para carnetizar a los colocadores de apuestas permanentes o chance, así como para ejercer control sobre su ingreso y retiro de la red de comercialización. Este proceso es realizado dentro de la de vinculación del colocador y es requisito indispensable para poder operar el juego de apuesta permanente por parte del colocador. Se constató que los colocadores móviles y aquellos que venden en zonas fijas porten su debido carnet que permite identificarlos y así prevenir el juego ilegal.

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3.22.3 Procedimiento para la administración y suministro de formularios

Evaluamos el procedimiento interno utilizado por cada entidad concedente para la administración y suministro de formularios, así como para el control sobre la correcta utilización de los mismos por parte de los concesionarios. La Gobernación Departamental de Arauca no realiza el suministro de los formularios, rollos térmicos y papel bond; toda vez que no cuenta con un lugar dentro de la administración donde se puedan almacenar de manera segura estos elementos por tal razón autoriza al concesionario para que a su costo mande a elaborar dichos formularios, sin embargo dentro de la autorización que se expide, se relaciona la cantidad permitida la cual es verificada en cada momento que se realiza la entrega de los mismos por parte del supervisor del contrato.

3.22.4 Autorización de agencias y puntos de venta fijos o móviles

Verificamos y analizamos las políticas y procedimientos aplicados para autorizar la operación de agencias y puntos de venta fijos o móviles. Políticas y procedimiento para la apertura de nuevos puntos fijos: El procedimiento que aplica el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. para la apertura de nuevos puntos de ventas se aplica siguiendo los siguientes lineamientos:

1. Se realiza el estudio de mercado de la localidad correspondiente que se desea cubrir.

Mediante la asignación de un vendedor puerta a puerta (móvil), realizando seguimiento de ventas; de acuerdo a la información se toma la decisión de la ubicación de un punto de venta, módulo o cajón. Nota: Existen casos donde se realiza la apertura del punto de venta analizando el crecimiento o el desarrollo comercial de la zona.

2. Una vez tomada la decisión realice una inspección al local y se defina posibles adecuaciones del mismo, además solicite los elementos de la imagen corporativa como display, aviso, mesón, etc.) al personal encargado de la publicidad necesaria para ubicarlas en el nuevo punto.

NOTA: Evalué la necesidad de realizarle el seguimiento al punto de venta

3. El jefe comercial de municipios o Arauca es el encargado de asignar el personal (asesor comercial) en el punto de venta y realizar la respectiva entrega.

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4. Realice un inventario de los equipos existentes en el nuevo punto de venta y regístrelos en el formato “Hoja de vida de puntos de venta”.

Además se deberán registrar los mantenimientos que se realicen de infraestructura y a los equipos.

5. La definición del presupuesto de ventas se asigna dos meses después de la apertura del nuevo punto con base al seguimiento en ventas realizado.

6. Realice seguimiento al punto de venta en lo que respecta a ventas y gastos de manera mensual, durante los tres primeros meses de funcionamiento del punto.

7. Flujograma del procedimiento para apertura de puntos y agencias de ventas.

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3.22.5. Mecanismos de supervisión utilizados por el concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato Verificamos y analizamos los procesos y mecanismos de supervisión que utiliza la Entidad concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato de concesión. El análisis requerido incluyó el número de acciones de supervisión adelantadas por la entidad concedente, su objeto y metodología, así como sus resultados.

Acciones de Supervisión Gobernación – Secretaria de Hacienda

Inspección Entrega de Formularios

Objeto: Revisar las cantidades suministradas al concesionario, correspondan a la cantidades autorizadas y verificar las condiciones de entrega. Metodología: Realizada por un funcionario de la gobernación – Secretaria de hacienda, consiste en la asistencia a la entrega de la papelería (rollos térmicos) por parte del proveedor del concesionario, y la verificación de las cantidades entregadas, se seleccionan 4 cajas al azar y se verifica la condiciones en las que son entregados los rollos, y el serial que se maneja. Asistencia Proceso de Escrutinio:

Objeto: Verificar el desarrollo del proceso de escrutinio Metodología: Un funcionario de la Gobernación del Departamento – Secretaria de Hacienda asiste periódicamente al cierre de ventas, verificando que este sea realizado antes del juego de los respectivos sorteos, también se verifica el buen funcionamiento del sistema. Cierre de Ventas:

Objeto: Verificar el cierre de venta se realice a la horas estipuladas, así mismo que la ventas reportadas correspondan a la indicadas en el libro diario de ventas Metodología: Asistir periódicamente al cierre de ventas en donde se verifica que los números apostados correspondan a la ventas reportadas en el libro diario de ventas, así mismo que el proceso cumpla con su cierre antes de los respectivos sorteos, aquí mismo se realiza el correcto funcionamiento del programa S.A.D.A.R.

Inspección de operaciones diarias: Objeto: Verificar constantemente cada una de las operaciones que realiza el concesionario.

Metodología: La gobernación de Arauca – Secretaria de Hacienda cuenta con un equipo y el software oracle S.A.D.A.R de donde se puede realizar de manera remota una verificación a cada una de las operaciones que realiza el concesionario, desde el momento que se realiza la apuesta hasta el mismo proceso de escrutinio, esta verificación se realiza de manera constante con el fin de tener un control adecuado sobre el contrato de concesión.

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Verificación ingreso a la UAESA de los recursos derechos de explotación Objeto: verificar el giro oportuno de los derechos de explotación

Metodología: El concesionario envía mensualmente copia de la consignaciones y declaraciones de los derechos de explotación, la gobernación de Arauca – Secretaria de hacienda verifica si las fechas corresponden a las estipuladas por la normatividad, en caso que no sea así, se informa al concesionario de la situación y se liquidan los intereses moratorios a que haya lugar, también se verifica que los montos liquidados correspondan a lo estipulado contractualmente, cabe aclarar que al momento no se han definido los nuevos montos en lo relacionado con el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, para la cual una vez se tengan establecidos se procederá a realizar los respectivos ajustes correspondientes. Se solicita el comprobante de ingreso a la unidad administrativa especial de salud Arauca, entidad que está a cargo de la administración de la salud del departamento de Arauca, y que recibe los recursos provenientes de los derechos de explotación del juego de apuestas permanentes en el Departamento de Arauca Visitas a puntos de ventas: Objeto: Verificar que los puntos o agencias de ventas que maneja el concesionario cuenten con lo equipos autorizados, así como la papelería. Metodología: Un funcionario de la gobernación – secretaria de Hacienda se desplaza a un punto de venta que tenga el concesionario, allí se verifica el terminal del equipo, el número de serie que tenga el rollo térmico y que corresponda con el último autorizado, se verifica la identificación del colocador.

3.22.6. Establecimiento de estrategias y procedimientos para garantizar la plena vigilancia del principio de transparencia en los escrutinios.

Verificamos y analizamos si a partir del comienzo de la ejecución del contrato, se han establecido estrategias y procedimientos, por parte de las entidades concedentes, para garantizar la plena vigencia del principio de transparencia en la realización de los escrutinios del juego, en el pago de premios y en la realización de sorteos adicionales, de conformidad con lo previsto en la Ley 643 de 2001 y en la Circular Única y demás Circulares que adicionen o modifiquen ésta última, en lo aplicable a ello, de esta Superintendencia.

Asistencia Proceso de Escrutinio:

Objeto: Verificar el desarrollo del proceso de escrutinio

Metodología: Un funcionario de la Gobernación del Departamento – Secretaria de Hacienda asiste periódicamente al cierre de ventas, verificando que este sea realizado antes del juego de los respectivos sorteos, también se verifica el buen funcionamiento del sistema.

Pago de premios:

Objeto: Verificar que los premios pagados estén debidamente soportados.

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Metodología: Un funcionario de la Gobernación – Secretaria de Hacienda asiste al concesionario y verifica el numero de premios que han sido pagados, correspondan a los reportados en el informe diario de ventas, además se verifican los documentos que soportan el pago de algún premio. Incentivos:

Para la realización de juegos adicionales, la gobernación departamental de Arauca, verifica la solicitudes realizadas por el concesionario en cuanto a la realización de algún juego adicional, y expide el respectivo acto administrativo en el cual autoriza al concesionario los incentivos siempre y cuando cumplan con lo estipulado en la normativamente.

3.22.7. Estrategias y procedimientos para garantizar el cumplimiento del pago de premios. Verificamos y analizamos las estrategias y procedimientos utilizados por la respectiva entidad concedente para garantizar el cumplimiento de las reglas del juego en relación con el pago de premios a los apostadores, así como para la atención de quejas y reclamos de los apostadores. En relación a la atención de quejas por parte de los apostadores cabe aclarar que según lo manifestado por funcionario de la entidad concedente, no se han presentado alguna queja o solicitud de reclamo por parte de los apostadores.

3.22.8. Verificación y análisis de la cláusula penal pecuniaria prevista en el contrato.

Hasta la presente el contrato de concesión se ha venido ejecutando de manera correcta, para lo cual no se ha utilizado ninguna multa o sanción prevista contractualmente.

3.22.9. Funciones de fiscalización y control por parte de la entidad concedente.

Confirmamos y analizamos si a partir del comienzo de la ejecución del Respectivo contrato de concesión, se han ejercido funciones de fiscalización y control, de las que tratan los artículos 4o, 43 y 44 de la Ley 643 de 2001, por parte de la respectiva entidad concedente, en relación con la explotación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial. El análisis requerido, entre otras cosas, debe incluir el número de liquidaciones de aforo, revisión y/o corrección que expidió la entidad concedente, el número de las sanciones correlativas, el valor de unas y otras, así como la descripción breve de su objeto y el periodo de liquidación que comprenden.

Dentro de las revisiones que se han realizado al pago y declaración de los derechos de explotación, se pudo constatar que al inicio del contrato se realizaron por fuera de las fechas límites los meses de enero a mayo 2010, razón por la cual el concesionario canceló los valores correspondientes a los intereses moratorios, cabe aclarar que los meses restantes y actualmente se realizan los pagos oportunamente de acuerdo a los estipulado en la ley 643 de 2001 y el artículo 16 de le ley 1393 de 2010.

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El día 24 de Mayo de 2010 el concedente envía al concesionario el valor que este último debe pagar por el pago extemporáneo de los derechos de explotación por la operación del juego de apuestas permanentes, los cuales se relacionan a continuación:

FECHA DE PAGO

SEGÚN LEY

FECHA DE PAGO

VALOR PAGADO DÍAS MORA INTERESES CAUSADOS

18/01/2010 17/02/2010 40.953.937,00 31 $ 761.000,00

05/02/2010 12/02/2010 46.173.644,00 28 $ 774.000,00

05/03/2010 09/04/2010 43.441.871,00 28 $ 718.000,00

16/04/2010 27/04/2010 46.058.422,00 11 $ 288.000,00

TOTAL $ 2.541.000,00

El cual fue consignado a la respectiva cuenta de la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, el día 11 de Junio de 2010.

Posteriormente se evidenció el pago de los intereses causados por el pago extemporáneo de los derechos de explotación del mes de mayo.

FECHA DE PAGO SEGÚN LEY

FECHA DE PAGO

VALOR PAGADO DÍAS MORA INTERESES CAUSADOS

14/05/2010 31/05/2010 $ 48.279.204,00 17 $ 467.000,00

El cual fue consignado el día 23 de Junio de 2010 a la respectiva cuenta de la Unidad Administrativa Especial de Salud Arauca, el día 11 de Junio de 2010.

3.23. Costo de la operación y administración del juego

A continuación relacionamos la información en la cual se detalla los ingresos, costos y gastos que tiene el concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A.

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INVERSIONES ORINOQUIA COLOMBIANA S.A

2010 A 30 JUNIO 2011

Valor ingresos brutos 2.154.384.692,00 1.211.548.661,00

Venta de chance 2.104.673.182,00 1.151.085.722,00

Recargas 49.711.510,00 60.462.939,00

Costo de ventas

Premios 686.783.200,00 254.306.730,00

Derechos de Explotación 495.128.654,00 148.249.643,99

Formularios 15.585.000,00 20.265.000,00

Total costo de venta 1.197.496.854,00 422.821.373,99

Utilidad Bruta 956.887.838,00 788.727.287,01

Gastos de Administración 766.559.753,00 413.909.324,00

Nomina 456.135.000,00 263.398.360,00

Honorarios 10.000.000,00 10.000.002,00

Arrendamientos 59.726.000,00 47.111.850,00

Servicios 116.973.000,00 67.484.947,00

Legales 2.520.000,00 2.498.200,00

Impuestos 5.745.961,00 823.500,00

Aseo y cafetería 11.812.292,00 4.944.464,00

Papelería y útiles 15.509.519,00 3.803.808,00

Mantenimiento General 6.550.000,00 1.199.700,00

Adecuación e instalación 27.155.000,00 7.375.168,00

Gastos de Viaje 24.469.188,00 2.130.282,00

Diversos 29.963.793,00 3.139.043,00

Gastos de ventas 452.611.000,00 292.864.803,62

Publicidad 26.035.000,00 35.510.103,00

Diversos - Colocación Apuestas 426.576.000,00 257.354.700,62

Utilidad o perdida operacional (262.282.915,00) 81.953.159,39

Otros ingresos no operacionales 1.956.278,00 44.486.892,01

Diversos 1.956.278,00 44.486.892,01

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Gastos financieros 74.787.556,00 36.177.608,00

Impuestos GMF 7.001.955,00 3.706.038,00

Gastos Bancarios 7.785.601,00 2.471.570,00

Impuesto de Renta 60.000.000,00 30.000.000,00

Utilidad o pérdida neta del ejercicio (335.114.193,00) 90.262.443,40

Relacionado a la vigencia 2010 se puede evidenciar que existe una pérdida del ejercicio, esto debido a los costos que tuvo que asumir el Concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. con el inicio de las operaciones en el año 2010.

En relación a los gastos que asume la entidad concedente por la administración y supervisión del juego de apuestas permanentes, cabe aclarar que estas actividades son realizadas con personal interno de la secretaría de hacienda – gobernación de Arauca.

4. HALLAZGOS Y PROPUESTAS PARA MEJORAR LA EXPLOTACION DE JUEGO – CONCESIONARIO

Para continuar con el buen desempeño de la operaciones del juego de apuestas permanentes, el Concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A. deberá realizar las siguientes actividades:

HALLAZGOS

4.1. Información soporte del estudio de mercado

La interventoría solicitó según oficio radicado el 16 de diciembre de 2011 y dirigido al Dr. HUGO RAMON VASQUEZ NIÑO, agente interventor de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SAUD del departamento de Amazonas (ANEXOS 5 y 5-1), la información relacionada con el estudio de mercado, base para la determinación de los mínimos establecidos por la ley 643 de 2001, y soporte del valor establecido en el contrato de Concesión 536 del 28 de diciembre de 2011. La información fue requerida, para que el grupo de estadísticos del Consorcio C&M BDO 2011, revisaran el procedimiento, además de validar el procedimiento y ratificar los valores establecidos en el estudio, el cual fue la base del valor del contrato en mención. Se sugiere dar aplicación a la ley 594 de 2000 – LEY GENERAL DE ARCHIVO, en cuanto a la debida forma de archivo y tendencia del mismo.

4.2. Establecimiento oficial de los mínimos legales, a la luz de la ley 1393 de 2010.

Teniendo en cuenta que la ley en mención, modificó los mínimos que había establecido contractualmente de acuerdo a lo establecido en la ley 643, la interventoría solicitó mediante oficio el 11 de enero de 2012, los documentos que soportan el cálculo del nuevo valor, como del aval o aprobación por parte de Supersalud.

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De acuerdo con comunicaciones recibidas del concesionario la gobernación de Arauca como ente cedente no ha establecido los nuevos mínimos amparado en la ley 1393 de 2010. Al respecto el concesionario en la presentación para de derechos de explotación incluye un párrafo, donde manifiesta que se encuentra a la espera que la gobernación determine el valor mínimo. El 16 de Diciembre de 2010, la secretaria de hacienda de la Gobernación de Arauca, responde un oficio enviado por Inversiones Orinoquia Colombiana S.A., donde responde que en relación a la rentabilidad minina según lo establecido en el articulo 23 de la ley 1393 de 2010, está a la espera de que el consejo Nacional de Juegos de suerte y azar, emita concepto frente al tema. Adicionalmente en oficio del 05 de enero de 2012, enviado por el doctor MANUEL CALDERON SANCHEZ, secretario de hacienda de la gobernación de Arauca, radicado ante la superintendencia nacional de salud con el número 212040000239-2, dirigido a la Dra. Claudia Constanza Rivero Betancourt, solicita la revisión del cálculo de la rentabilidad mínima, bajo la ley 1393 de 2010, al a fecha de emisión del informe no se ha obtenido respuesta. La entidad concedente debe realizar el otrosí o acto administrativo en el cual se fija los valores de la rentabilidad mínima acorde a lo estipulado en el artículo 23 de la ley 1393 de 2010, ya que a la fecha de emisión de este informe no se evidencia el documento mencionado.

2010 2011 Valor establecido por esta interventoría 35.997.207 37.339.903 Valor declarado y pagado pro el concesionario -0- 33.347.966

El concesionario Inversiones Orinoquia Colombiana S.A, declaro en cero (0) la rentabilidad minina en las declaraciones de los meses Septiembre a Diciembre de 2010, y de Enero a Junio de 2011, incumpliendo claramente lo establecido contractualmente, se amparan en que se encontraban a la espera que la gobernación se los determinara e informara. 4.3. DETERMINACIÓN VALORES MINIMOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN

De acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la ley 1393 “La rentabilidad mínima será igual a la mayor cifra entre el promedio anual de los ingresos brutos obtenidos por la venta del juego de apuestas permanentes o chance durante los cuatro (4) años anteriores a la apertura del proceso licitatorio y la sumatoria de esos ingresos brutos en el año inmediatamente anterior a la apertura del proceso licitatorio, más un porcentaje de crecimiento año a año que será igual al índice de precios al consumidor. Para determinar el promedio o la sumatoria a que se refiere el presente inciso, se acudirá a los datos que arroje la conectividad en línea y tiempo real o, hasta tanto se detenga esos datos, a los que tengan las distintas entidades territoriales y la Superintendencia Nacional de Salud”., le debe solicitar al concedente para que el funcionario consiga la diferencia de los valores mínimos establecidos de acuerdo a la ley mencionada así como los intereses a que halla a lugar, observamos que los mínimos declarados y pagados por el concesionario difieren del calculo realizado por esta interventoría ya que el IPC utilizado no corresponde al que se debió aplicar.

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4.4. LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

Las licencias autorizadas por parte del cocedente para la vigencia 2011, mediante resolución 3300 de 2011, tiene fecha octubre 12 del mismo año, se observa que las licencias de los establecimientos comerciales operaron el año 2011, hasta el mes de octubre en la resolución respectiva. Esta interventoría recomendó al concesionario adelantar los trámites para solicitar aprobación de las licencias para la vigencia 2012, para lo cual el concesionario hizo la respectiva gestión y mediante resolución 4466 del 29 de diciembre de 2011 la gobernación expide la licencia de funcionamiento respectiva.

5. PROPUESTAS PARA MEJORAR LA SUPERVISION DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE.

Se emitirán por separado a la Superintendencia de Salud 6. ANEXOS

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Valores Corrientes

s/n Concesionario

Valro corriente s/n

cálculo Interventoria

Valores Contantes

2010

Promedio Ingresos

Anual 3.205.302.370 3.205.302.370 3.489.115.711

Promedio Ingresos

Mes 267.108.531 267.108.531 290.759.643

Regalìas mes 32.053.024 32.053.024 34.891.157

IPC 641.060 1.016.081 1.106.050

Rentabilidad

mínima mes 32.694.084 33.069.105 35.997.207

Rentabilidad

mínima mensual

Valores Corrientes

s/n Concesionario

Valro corriente s/n

cálculo Interventoria

Valores Contantes

2010

2010 (IPC 3,17%) 32.694.084 33.069.105 35.997.207

2011 (IPC 3,73%) 33.347.966 34.302.582 37.339.903

2012 (IPC 3,4%) 34.014.925 35.468.870 38.609.459

2013 (IPC 3,4%) 34.695.224 36.674.812 39.922.181

2014 (IPC 3,4%) 35.389.128 37.921.755 41.279.535

Total 170.141.327 177.437.123 193.148.285

Rentabilidad

mínima Mensual Anual

2010 (IPC 3,17%) 33.069.105 396.829.255

2011 (IPC 3,73%) 34.302.582 411.630.986

2012 (IPC 3,4%) 35.468.870 425.626.439

2013 (IPC 3,4%) 36.674.812 440.097.738

2014 (IPC 3,4%) 37.921.755 455.061.061

Total 177.437.123 2.129.245.479

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