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INFORME DEL PROYECTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO A. TÍTULO.- “CREACIÓN DE SERVICIOS EXEQUIALES PARA EL PERSONAL POLICIAL” B. DURACIÓN.- El presente proyecto entrará en ejecución desde la aprobación del mismo indefinidamente. C. DATOS INFORMATIVOS.- 1. Institución: Escuela de Estado Mayor 2. Director: Dr. Nelson Argüello Rodríguez Coronel de Policía de E. M. 3. Alumnos responsables del Proyecto: Tcnl. Marcelo Tobar Montenegro Tcnl. Carlos Gutiérrez Muñoz 4. Director del Proyecto: General (sp) Gustavo Gallegos Balarezo II. RESUMEN DEL PROYECTO A. FUNDAMENTACION.- La muerte es una experiencia grande, la más incomprensible e inenarrable a la que debe enfrentarse el ser humano. La desaparición de la animación

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INFORME DEL PROYECTO

I. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO

A. TÍTULO.-

“CREACIÓN DE SERVICIOS EXEQUIALES PARA EL PERSONAL

POLICIAL”

B. DURACIÓN.-

El presente proyecto entrará en ejecución desde la aprobación del mismo

indefinidamente.

C. DATOS INFORMATIVOS.-

1. Institución:

Escuela de Estado Mayor

2. Director:

Dr. Nelson Argüello Rodríguez

Coronel de Policía de E. M.

3. Alumnos responsables del Proyecto:

Tcnl. Marcelo Tobar Montenegro

Tcnl. Carlos Gutiérrez Muñoz

4. Director del Proyecto:

General (sp) Gustavo Gallegos Balarezo

II. RESUMEN DEL PROYECTO

A. FUNDAMENTACION.-

La muerte es una experiencia grande, la más incomprensible e inenarrable

a la que debe enfrentarse el ser humano. La desaparición de la animación

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corporal ha sido, y es, una de las vivencias más traumáticas y criticas de su

existencia. La posibilidad del no ser, se plantea como un hecho inaceptable

psicológicamente: pero aún así, acontece.

Todos los seres humanos en un momento determinado tenemos que morir,

es un suceso al que todos tenemos que llegar por ley natural, sin embargo

para los deudos que han perdido un familiar el acto es incomprensible y

crítico, cuanto sentimental como económico.

El Policía Nacional por las características propias de su servicio a la

comunidad, tiene que desarrollar su misión social consciente que al proteger

la seguridad pública está poniendo en peligro su propia vida. Es así que,

muchos miembros de la Institución han ofrendado su vida en el

cumplimiento de su deber.

La sociedad consciente que es ley natural la muerte ha buscado prevenir

económicamente y prepararse emocionalmente para este momento. Las

instituciones han abordado la problemática como uno más de los servicios

que deben brindar a su personal y han establecido en sus agrupaciones o

colectivos sociales un rubro económico para ayudar a los deudos a sufragar

los gastos que demandan los servicios funerarios.

El Estado a través del Seguro Social busca solidarizarse con los familiares

con una ayuda en dinero para que pueda cubrir los gastos funerarios;

montos que en la actualidad no cubren los costos que estos servicios

demandan.

La Policía Nacional por intermedio del Instituto de Seguridad Social de la

Policía Nacional brinda estas prestaciones a los familiares, en este contexto

el reglamento del seguro de mortuoria en su Artículo 4 literal b, señala “al

fallecer causará derecho a: Los Gastos de Funerales, en el equivalente a

cuatro veces (4) el sueldo imponible promedio general, destinados a cubrir

expresamente, los gastos que demanden los funerales del causante”.

Lejos de renegar el monto, es claro deducir que la cantidad recibida no

alcanza a cubrir ni la mitad de los precios que demandan las empresas

funerarias por velación y entierro, situación que genera aprietos a los

familiares en busca de cubrir el costo total. Además debe considerarse que

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las familias no solo deben cubrir los gastos funerarios sino muchas el

traslado del finado a sus lugares de origen.

El no disponer el ISSPOL de la infraestructura necesaria para este tipo de

prestación a sus afiliados, los familiares se ven obligados a recurrir a las

empresas privadas dedicadas al servicio funerario, por tal motivo muchas

familias policiales se han visto en la necesidad de contratar seguros

mortuorios que se ofertan en el mercado.

B. ESTUDIO DE FACTIBILIDAD.-

1. Diagnóstico:

El fallecimiento de un miembro de la Policía Nacional además de causar

dolor social a sus familiares genera desajustes económicos a sus

deudos por los gastos que les toca asumir por los servicios funerarios

que les toca contratar (velatorio, exhumación o cremación), y en muchas

ocasiones el traslado del cadáver al lugar de residencia.

Si bien todos los afiliados en servicio activo, pasivo y de cesantía del

ISSPOL reciben una ayuda económica para gastos funerarios, la misma

que asciende a la cantidad de quinientos ochenta y un dólares que

corresponde a cuatro veces el sueldo imponible promedio general; al

momento esta cantidad no alcanza a cubrir ni el 50% de los costos de

los servicios funerarios de clase económica, que al momento se cobran

en el mercado funerario.

La liquidación de este servicio a los familiares no responde a la

necesidad urgente que el momento demanda, ya que por lo general la

cancelación de este derecho el ISSPOL la ejecuta días después del

suceso.

Frente al inconveniente de no contar ese momento con disponibilidad de

dinero los deudos tienen que muchas veces endeudarse o negociar

crédito con las empresas de servicios funerarios, con el consiguiente

incremento del monto por efecto de intereses; situación que es ratificada

a través de los resultados obtenidos en una encuesta que fue aplicada a

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30 elementos policiales: 15 Oficiales y 15 del Personal de Tropa;

quienes tienen un tiempo de servicios entre 3 y 30 años1.

En lo referente a si los costos funerarios que se recibe por concepto de

fondo mortuorio por parte del ISSPOL son suficientes los encuestados

manifiestan:

Respuesta Porcentaje

SI 3.3

NO 96.7

Total 100

Fuente: Encuestas aplicadas.

Autores: Grupo investigador.

Respuestas que demuestran con claridad y que a criterio del 96,7% este

rubro no les alcanza para satisfacer los gastos en los que incurren por

este concepto; mientras que únicamente para el 3.3% si es suficiente.

Es necesario en este sentido señalar que en el mercado este servicio

tiene un costo promedio de 2500 dólares, lo cual implica que los 851

dólares que el ISSPOL otorga a cada familia del policía fallecido no le

alcanza a cubrir ni el 30% del señalado costo promedio; situación que

genera gran malestar entre la familia policial por cuanto a más del dolor

que les embarga por la pérdida del familiar se les suma el problema

económico.

Al investigar en lo relacionado con posible adquisición de alternativas de

servicio funerario señalando que podrían ser a) adquisición de capillas

ardientes por parte del ISSPOL para el velatorio del personal policial; y,

b) contratación de un seguro mortuorio que cubra las contingencias de

velatorio, traslado, exhumación o crematorio; se obtiene las siguientes

respuestas:

Respuesta Porcentaje

A 3.33

B 83.33

Las dos 13.33

Total 100

Fuente: Encuestas aplicadas.

Autores: Grupo investigador.

1 Se aplicó de manera inicial una prueba piloto que posibilitó la depuración de la encuesta,

tal y como se encontraba estructurada originalmente.

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El 83,3% de los encuestados apoyan la propuesta de contratar un

seguro mortuorio que cubra todas las contingencias funerales; el 3%

apoya la propuesta de adquisición de capillas ardientes para el servicio

de velatorio del personal policial fallecido; el 13% considera que deben

implementarse las dos propuestas.

Por cualquiera de las dos propuestas los afiliados al ISSPOL lo que

pretenden es que los costos de los servicios funerarios se abaraten. El

servicio de capilla ardiente por parte del ISSPOL busca a más del

servicio al afiliado, reducir los costos de este servicio en el mercado, con

la novedad de que solo da el servicio de velatorio.

El contratar un seguro mortuorio con alguna empresa funeraria reduciría

los costos, cubriría todos los servicios, facilitaría el pago y podría dar

mayor cobertura familiar.

Implementar los dos servicios a la vez obstaculizaría la eficiencia,

además de que les pondría a competir.

Al investigar sobre los argumentos para fortalecer las propuestas de la

pregunta anterior, se recaban los siguientes criterios que se sintetizan a

continuación:

Por la opción A (adquisición de capillas)

Permitiría tener salas de velación en todos los Comandos

Provinciales.

Es mejor tener capillas ardientes propias.

No se sabe si los seguros cubrirían el servicio en las otras

provincias.

Por la opción B (contratación de seguros)

Es un seguro que puede favorecer a toda la familia.

Los familiares del asegurado no tienen que preocuparse por los

trámites y servicios que se requiere en estos casos.

Estas empresas dan mejor servicio y cobertura.

Se evita los trámites engorrosos y largos del ISSPOL.

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El personal de trabajo social del ISSPOL es muy lento para tramitar.

las solicitudes de Quito, mayor dificultad se da para los familiares de

otras provincias.

Los seguros colectivos reducen significativamente los costos de los

diferentes servicios.

Cubre todo el servicio mortuorio.

Da tranquilidad y facilidad a las familias en estos momentos de

pesar.

Se evita andar buscando funerarias de acuerdo a la capacidad

económica de los deudos.

Las empresas privadas darían mejor servicio que la Institución.

Los servicios que da el ISSPOL son pésimos.

Concluyendo:

Es manifiesto que el rubro mortuorio que reciben por parte del

ISSPOL es insuficiente para enfrentar los gastos que demanda este

servicio en el mercado, creando un malestar más a los familiares,

incluso todo este rubro no lo reciben enseguida.

Instalar el servicio de capillas funerarias, no resuelve en su

globalidad el problema de todo el proceso funerario, más bien

amplía el problema de gestión, ya que tiene que tramitar en el

ISSPOL el servicio de velación y traslado; y por otro lado buscar el

ataúd, cementerio, etc.

El servicio de capillas ardientes deberían instalarse en todos los

Comandos Provinciales para poder justificar en parte su

implantación.

Ocho de cada diez consultados apoyan la propuesta de contratar un

seguro mortuorio de los que ofrecen las empresas funerarias

instaladas en el país, las mismas que deben que cubrir todas las

contingencias funerales.

Los seguros funerarios tienen una amplia gama de ofertas, desde

servicios parciales hasta la cobertura total de los mismos.

Frente a esta situación el malestar de los afiliados es notorio,

sobremanera, porque en el reglamento de seguro mortuorio existe una

disposición transitoria que señala que el ISSPOL gestionará la

disposición de una infraestructura para brindar el servicio de sepelio a

sus afiliados; propuesta que hasta la presente no se la efectivizado

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Si se considera que al momento el ISSPOL cuenta con 54.991

beneficiarios de este beneficio, los mismos que están distribuidos de la

siguiente manera: 39.509 en servicio activo, 9.278 en servicio pasivo y

6.204 de montepío; número de afiliados que justifica emprender

cualquier proyecto de beneficio social dentro de esta área.

2. Estudio Técnico:

La cobertura del proyecto debe ser a nivel nacional, ello implica que el

ISSPOL implemente el servicio exequial en cada Comando Provincial

con el fin de satisfacer con equidad a todos sus afiliados. En

consideración que un proyecto de esta naturaleza demanda importantes

recursos económicos, humanos y muchos otros rubros; el presente

proyecto pretende realizar un estudio en la ciudad de Quito, con el fin de

investigar la pertinencia de implementar el servicio de mortuorio en esta

ciudad bajo la característica de plan piloto.

Concomitantemente se realizará un estudio de mercado que permita

conocer la factibilidad de contratar un seguro funerario para los afiliados.

Para el efecto se investigará entre las diferentes empresas funerarias

que ofrecen estos servicios en el país.

Por las características del problema de estudio el mismo se sustentará

en una investigación de campo de carácter exploratorio y descriptivo.

3. Estudio Jurídico:

La factibilidad jurídica para la implementación del presente proyecto se

sustenta en los siguientes fundamentos jurídicos:

a. La Constitución Política de la República del Ecuador en la sección

6ª. Art. 55 señala la responsabilidad del Estado para con la

población, respecto a la prestación de la seguridad social al

manifestar: “La seguridad social será deber del Estado y derecho

irrenunciable de todos sus habitantes. Se prestará con la

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participación de los sectores público y privado, de conformidad con

la ley.

El Art. 57 señala: El seguro general obligatorio cubrirá las

contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo,

cesantía, vejez, invalidez, discapacidad y muerte.

El Art. 61 expresa la facultad de acceder a otros seguros con el fin

de cubrir servicios que no son cubiertos por el seguro obligatorio, así

señala: “Los seguros complementarios estarán orientados a proteger

contingencias de seguridad social no cubiertas por el seguro social

obligatorio o mejorar sus prestaciones y serán de carácter opcional.

Se financiarán con el aporte de los asegurados, y los empleadores

podrán efectuar aportes voluntarios. Serán administrados por

entidades públicas, privadas o mixtas, reguladas por la ley.

b. La Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional a través del

reglamento del seguro mortuorio en su capítulo II, Art. 4 literal b;

expresa: … al fallecer causará derecho a: “Los gastos de funerales,

en el equivalente a cuatro (4) veces el sueldo imponible promedio

general, destinados a cubrir expresamente, los gastos que

demanden los funerales del causante”.

En el aspecto de generalidades del citado reglamento se expresan

los siguientes aspectos:

Art. 1.- El Seguro de Mortuoria es la prestación en dinero y en

especie que otorga el Instituto de Seguridad Social de la Policía

Nacional a los derechohabientes del profesional policial en servicio

activo, al pensionista de retiro, discapacidad y retiro y a los

pensionistas del Estado que fallecen.

Art. 2.- El Seguro de Mortuoria se hace efectivo mediante el pago,

por una sola vez, de la Indemnización por Mortuoria y de los Gastos

de Funerales, destinados a cubrir los gastos de funerales y a

compensar, en parte, la pérdida del ingreso del grupo familiar.

Sobre la cobertura del seguro mortuorio manifiesta los siguientes

artículos:

Art. 3.- El Seguro de Mortuoria protege al profesional policial en

servicio activo, al pensionista de retiro, discapacidad e invalidez, al

pensionista del Estado, al aspirante a oficial y aspirante a policía y al

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pensionista de montepío, cualquiera sea la causa de su fallecimiento.

Art. 4.- El profesional policial en servicio activo y el pensionista de

retiro, discapacidad e invalidez, al fallecer causarán derecho a:

a) La indemnización por mortuoria, en el equivalente a ocho (8)

veces el Sueldo Imponible Promedio General; y,

b) Los gastos de funerales, en el equivalente a cuatro (4) veces el

Sueldo Imponible Promedio General, destinados a cubrir,

expresamente, los gastos que demanden los funerales del

causante.

Art. 5.- El Pensionista del Estado, beneficiario de pensión

contributiva, al fallecer, causará derecho al Seguro de Mortuoria en

los mismos términos y cuantía establecidos para el pensionista de

retiro, discapacidad e invalidez.

Art. 6.- El Pensionista del Estado, beneficiario de pensión no

contributiva y el pensionista de montepío, al fallecer, causarán

derecho a los Gastos de Funerales.

Art. 7.- El aspirante a oficial y el aspirante a policía, al fallecer,

causarán derecho a los Gastos de Funerales.

Art. 8.- El valor destinado a sufragar los Gastos de Funerales será

administrado por el ISSPOL, a través de la Dirección de Servicios

Sociales.

Art. 9.- El valor destinado a sufragar los Gastos de Funerales será

entregado al deudo o familiar del causante encargado o responsable

del sepelio, para asegurar la prodigación del servicio funerario al

decesado.

La Dirección de Servicios Sociales iniciará el Estudio Socio-

Económico pertinente orientado a identificar al deudo que asume la

responsabilidad del sepelio, a los supervivientes del causante.

Art. 10.- La Dirección de Servicios Sociales dispondrá la

transferencia de los Gastos de Funerales a la Comandancia General

de la Policía Nacional, cuando la Institución Policial haya asumido la

responsabilidad del sepelio del asegurado en servicio activo, excepto

General, Coronel o Suboficial Mayor, en cuyo caso el valor de los

Gastos de Funerales se entregará a los deudos.

Art. 11.- La Dirección de Servicios Sociales dispondrá el pago directo

de los Gastos de Funerales a los deudos que asumieren la

responsabilidad del sepelio del asegurado fallecido.

Art. 12.- Tienen derecho a la Mortuoria:

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a) La viuda;

b) La mujer que mantuvo con el asegurado unión libre, estable y

monogámica;

c) Los hijos menores de dieciocho (18) años;

d) Los hijos mayores de dieciocho (18) años incapacitados en

forma total y permanente; y,

e) A falta de los anteriores, la madre; y, en ausencia de esta el

padre.

Art. 13.- La viuda o la mujer con quien el asegurado mantuvo unión

libre, estable y monogámica tendrá derecho al doble de la cuota

correspondiente a un hijo.

Art. 14.- No tendrá derecho a Mortuoria el cónyuge que a la fecha de

fallecimiento del causante estuvo legalmente separado o

simplemente separado por más de seis (6) años, o cuando por

sentencia judicial se estableciere que el potencial derechohabiente

ha sido calificado autor o cómplice de la muerte del asegurado.

Art. 15.- Si el fallecido, asegurado en servicio activo, pensionista de

retiro, discapacidad, invalidez y montepío, pensionista del Estado,

aspirante a oficial o aspirante a policía no dejare derechohabientes y

no hubiere deudos que se responsabilicen del sepelio, el ISSPOL, a

través de la Dirección de Servicios Sociales, asumirá esta obligación

e invertirá hasta la suma prevista para los Gastos de Funerales.

Art. 16.- En caso de que otras Instituciones cubran los servicios

funerales, el ISSPOL, a través de la Dirección de Servicios Sociales

entregará el rubro correspondiente al deudo responsable calificado.

4. Estudio Social:

Los beneficiarios del proyecto se los puede ubicar en dos niveles: los

beneficiarios directos, que en caso de la propuesta son todos los

afiliados del ISSPOL sean personal activo, pasivo y de cesantía. El

beneficiario indirecto es el ISSPOL, que puede cumplir con los principios

del aseguramiento para sus afiliados. Complementarios a los afiliados

se benefician los familiares de estos.

5. Estudio de capacidad institucional:

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Siendo el seguro mortuorio y en el caso de estudio los gastos de

funerales, estamentos de las funciones y prestaciones del ISSPOL para

con sus afiliados, la institución está en capacidad legal, administrativa,

económica y social de implementarlo o contratarlo para sus afiliados en

el caso que así amerite.

Para el efecto la institución cuenta con los ingresos respectivos, fruto de

los aportes de los afiliados y las obligaciones económicas que tiene el

Estado Ecuatoriano para con los miembros de la Policía Nacional.

6. Estudio Financiero:

La asignación de los recursos para la ejecución del presente proyecto -

por ser de interés institucional- debe ser responsabilidad del ISSPOL,

organismo que además deberá asumir su financiación y administración;

señalándose que su ejecución y cobertura estarán de acuerdo a sus

disponibilidades presupuestarias.

C. JUSTIFICACIÓN.-

Concordante con los problemas económicos que les toca afrontar a los

familiares de los policías fallecidos, situación que ya se expone en

apartados anteriores y en consideración a la responsabilidad que tiene el

ISSPOL frente al aseguramiento de sus afiliados a los que debe cubrir las

contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo, cesantía,

vejez, invalidez, discapacidad y muerte.

El presente proyecto cobra real importancia en su ejecución, ya que

permitirá satisfacer una necesidad latente y exigida por los afiliados y

anhelada por los familiares, a quienes, a más del dolor que les causa la

pérdida de su ser querido les angustiaba la presión por cubrir los gastos

que demanda la exhumación y demás egresos complementarios; costos

que no les alcanza a cubrir con la cantidad que reciben del ISSPOL por

gastos de funerales.

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El contar el ISSPOL con los servicios de capilla ardiente, permitirá que se

reduzcan significativamente los gastos funerarios, ya que la misión de la

institución es social y no lucrativa.

Por otro lado, el presente estudio investigará la pertinencia, de no ser

factible la propuesta anterior, de contratar un seguro mortuorio para los

afiliados, el mismo que partiendo de una investigación de mercado será

propuesto en este proyecto a consideración de las autoridades del ISSPOL.

Cual sea la alternativa, es de vital importancia que los afiliados cuenten con

una asistencia efectiva que les permita cubrir los gastos que demande el

mismo y libere a los familiares de la angustia económica de ese momento.

III. OBJETIVOS DEL PROYECTO

A. GENERAL

1. Diseñar un proyecto para la prestación de servicios exequiales por parte

del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional para sus

afiliados activos, pasivos y de montepío.

B. ESPECÍFICOS

1. Investigar en el mercado las ofertas de seguro mortuorio y la cobertura

que estos brindan y los costos que implica su adquisición.

2. Exponer las propuestas que ofrecen los seguros mortuorios privados,

para estudio y consideración de las autoridades de la Institución.

IV. META

Instaurar el servicio funerario o el seguro mortuorio para los miembros de la

Policía Nacional durante el año 2007.

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V. MARCO TEÓRICO

A. INTRODUCCIÓN

La muerte es una experiencia grande, la más incomprensible e inenarrable a la

que debe enfrentarse el hombre. La desaparición de la animación corporal ha

sido y es, una de las vivencias más traumáticas y criticas de su existencia. La

posibilidad del no ser, se plantea como un hecho inaceptable psicológicamente:

pero aún así, acontece.

Por ello, todos los mitos sobre el origen y sobre la naturaleza humana

(soteriología), plantean a su modo y con los recursos culturales que le son

propios, su particular explicación de por qué muere el hombre y qué le sucede

después de que ésta le acaece. Luego, en el momento histórico de la doctrina

(etapa tardía), la explicación del fin último del hombre alcanzará su exponente

teórico más pulido, con los diversos presupuestos de fe, que le aseguraran la

esperanza de una existencia continua.

Sería vasto tratar de dar aquí la visión de los pueblos de la antigüedad sobre

este tema. No obstante, podemos definirlo con una simple declaración: todas

las culturas, independientemente del tiempo y el espacio, muestran y han

mostrado creer en la vida después de la vida. Sin embargo, curiosamente

hablar de "la vida después de la vida", para la mentalidad primitiva, era un

contrasentido.

Las creencias de los antiguos, fueron muy diferentes a la de sus

contemporáneos, y aún hoy siguen guardando innumerables secretos para los

investigadores de las religiones comparadas.

1. El Hombre en la Concepción Antigua

Muchas veces, se comete el error de pensar en el hombre del que nos habla

el Antiguo Testamento según el concepto clásico. Sin embargo, se quiere

comprender exactamente qué creían los antiguos en cuanto a la naturaleza

del hombre y lo que a éste le ocurría luego de su muerte, tenemos que

volver a la mentalidad semítica. Esta, de manera asombrosa, se ha

mantenido casi inalterable a través de los siglos; hasta que algunas ideas

ajenas, se infiltraron en el encuentro del pueblo judío con el mundo griego.

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Lo primero que se debe entender, es que la estructura conceptual del

hombre en el Antiguo Testamento no responde a ideas abstractas, sino que

accede a un pensamiento de vida integrado y concreto.

La Biblia, siempre que nos habla del hombre, lo hace en el marco de una

situación de vida, y por lo general, esa situación tiene que ver con su

relación con Dios.

Nuestra cultura sabe hacer una clara diferenciación entre cuerpo, alma y

espíritu, el hebreo también consideraba estos aspectos, pero desde otra

perspectiva. Cuando el antiguo percibe a una persona o a un objeto, lo hace

desde una óptica de totalidad, es decir, que su físico, su voz, el ropaje que

lleva, su nombre, todo ello conforma a la persona completa.

El semita veía al otro como un ser funcional e indivisible. Esto hace que

nociones distintivas para nosotros, como el cuerpo, el alma y el espíritu,

puedan ser concebidas por el israelita como indistintas, y como

consecuencia ser usadas para designar tanto una como otra en función de

las circunstancias. Mientras el pensamiento moderno se preocupa por

analizar, el antiguo se ocupaba por coordinar. Un ejemplo de esto lo

encontramos en el pasaje de Génesis 2: 7, donde dice: "Formó Jehová Dios

al hombre del polvo de la tierra. Le insuflo en la nariz un soplo de vida y el

hombre llegó a ser alma viviente"2.

Para el semita, el hombre no tiene un alma, es un alma. No se concebía al

hombre como si tuviera un hálito vital que se desdoblara de él en el

momento de su muerte, para su visión, el cuerpo compuesto de sangre era

el alma misma, y si ésta moría, se constituía en un alma muerta. Por lo

tanto, para el hebreo “el alma es mortal y no es exclusiva del ser humano,

sino que los animales también poseen alma”3.

B. EL SERVICIO FUNERARIO

A pesar de constituir uno más de entre los diferentes sectores económicos cuyo

ámbito es la prestación de servicios, pocas actividades sociales se asocian a la

2 EDERMAN, Lois. La Biblia Católica Génesis 2: 7. México: IEC, 2000, p. 79 3 Ibid, 1: 27. 28. p. 99

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extraordinaria sensibilidad que caracteriza al suceso luctuoso, por motivos

socioculturales, por su elevada carga emocional, y por recaer sobre un entorno

de la máxima privacidad: las creencias sociales y el entorno familiar.

La connotación negativa del servicio funerario por su marcado componente

psicológico lo sitúa en el extremo opuesto al de la hostelería y la restauración,

ligados al ocio y a los grandes eventos biográficos; y a diferencia de los

servicios sanitarios, se percibe como algo estático, ajeno al progreso social y

cultural, a la innovación tecnológica, al desarrollo de nuevos servicios, a la

especialización curricular, o al diseño de productos financieros para su

accesibilidad al público. Sin olvidar la imagen poco transparente y el lastre de la

percepción de precios abusivos.

Por el contrario, el sector parece encontrarse en plena transformación y

adaptación al entorno social y económico del momento presente, implantando

actitudes y acciones que lo integren en la dinámica del consumidor como un

servicio más al público. El marco regulatorio del sector funerario, viene

caracterizado por dos rasgos definitorios claves:

Las amplias diferencias existentes a lo largo de la geografía dada la

descentralización de competencias hasta el ámbito local, consecuencia de la

ausencia de desarrollo de las leyes básicas.

La liberalización del sector por un lado, frente a la posición dominante de los

municipios que sigue constituyendo un límite a la operatividad del mercado.

De este modo, se pone de manifiesto el difícil equilibrio entre la autonomía

competencial de las administraciones locales y las barreras a la homogeneidad

normativa en materia de formación reglada en nuevas disciplinas, la gestión de

trámites, el transporte, normas de manipulación y transporte de cadáveres, etc.,

que junto con situaciones de oligopolio y monopolio, impactan sobre la

variabilidad en la tipología, la calidad e incluso el costo de los servicios en

función del ámbito territorial.

La liberalización de la prestación de los servicios funerarios ha jugado un papel

determinante, atrayendo la entrada de capital y de su mano, la introducción de

nuevos operadores solventes tanto económica como técnicamente, que están

imprimiendo una imagen del sector renovada.

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De este modo, se observan nuevas dinámicas de mercado, con implantación de

grupos empresariales, y se aprecian claros indicios de su evolución hacia la

profesionalización de los servicios ofertados, mediante nuevas fórmulas en la

prestación. Las diferencias geográficas en cuanto a preferencias por un

determinado tipo de servicio funerario son manifiestas en el país. Por ejemplo,

“en las regiones rurales predomina el enterramiento en tierra con un bajo

porcentaje de cremación, mientras en ciudades como Quito, Guayaquil y

Cuenca triunfan esta modalidad, y las inhumaciones tienen lugar en nichos,

etc.”4.

Estas diferencias se traducen también en la organización, tipología de empresa

funeraria y de los servicios prestados.

Desde el lado de las preferencias sociales, los ritos funerarios han evolucionado

en su forma y contenido, dando lugar a una mayor diversidad relacionada con:

las creencias individuales, apareciendo nuevos servicios ceremoniales de

carácter civil, desplazando el velatorio a instalaciones profesionalizadas: los

cementerios, siendo éste un hecho diferencial de nuestro país por la diversidad

cultural y costumbrista, observándose una creciente tendencia a la cremación,

siguiendo la tendencia de los países europeos de influencia anglosajona, y por

delante del resto de países de predominio católico.

1. Características del mercado funerario

Característica diferencial de la demanda en nuestro país es que, hasta un

60% de su gestión tiene lugar a través de una compañía aseguradora de

decesos, por lo que éstas controlan la calidad del servicio prestado por las

empresas funerarias, especialmente las de los segmentos de menor cifra de

negocio.

La entrada de flujos de capital ha sido, y sigue siendo, de enorme relevancia

para el desarrollo de la infraestructura necesaria para introducir tanto las

instalaciones como los avances técnicos en los que se apoya la oferta de

servicios modernos, y constituyen uno de los principales factores

condicionantes de la estructura de la oferta. El sector, tradicionalmente

definido por la atomización a nivel local y una demanda fundamentalmente

4 Manual de Información de la República del Ecuador. Quito: Científica Editores, 1996, p.

346

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canalizada por intermediarios con alto poder de negociación (seguro de

deceso) se está moviendo en la línea de concentración de la oferta en lo que

respecta a las empresas funerarias.

De hecho, algunas aseguradoras están adoptando estrategias de

integración vertical ante un mercado más competitivo, en el que “el grado de

madurez alcanzado con los seguros de decesos (tendencia a decrecimiento

de pólizas, e incremento de primas vía precio) les han impulsado a

introducirse en el mercado de la prestación vía adquisición de empresas

funerarias”5.

Además, al igual que se observa con otros servicios, la relación de agencia

entre aseguradora y cliente, deberá ser progresivamente más abierta y

transparente, y la información cada vez menos asimétrica. No es novedad:

estamos asistiendo en otros servicios de alta sensibilidad, por ejemplo, los

sanitarios, a un comportamiento más exigente y participativo en la toma de

decisiones de unos usuarios mejor informados, y que solicitarán más valor

por su dinero.

2. Los Servicios funerarios integrales

Los servicios de seguro se están generalizando en el Ecuador, las áreas de

cobertura son muchísimas y en ellas se está integrando en los últimos años

los servicios funerarios integrales. Pese a que siguen creciendo en volumen

de primas por incrementos interanuales, las compañías están desarrollando

estrategias que apuntan a un cambio en esta tendencia:

Desarrollo de pólizas multirriesgo.

Posicionamiento como proveedores a través de la integración vertical.

3. Predominio del aseguramiento frente a la compra directa

Por tipo de servicios, se observa un incremento en la demanda de

cremación frente a la inhumación, aunque es variable entre las diferentes

regiones del país. Se están implantando nuevos servicios condicionados por

los cambios socioculturales:

Ceremonias civiles.

Servicios musicales.

5 Diario el Universo, Sección 1, Editorial 2001, p. 3

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Servicios de apoyo: catering, transporte.

Tanatoestética.

Apoyo psicológico al duelo (ex-post).

4. Perfil de la demanda del servicio funerario

Los requisitos para apertura y funcionamiento de una empresa funeraria

están regulados por normativa, aunque existe variabilidad en las exigencias:

La cobertura ante contingencias debe ser elevada (disponibilidad de

salas, de coches fúnebres).

Cobertura 24 horas x 365 días.

Actualmente muchos municipios no tienen ordenanzas reguladoras. La

ausencia de instalaciones propias (tanatorios y crematorios) para la

prestación de servicios implica la búsqueda de alianzas.

La formación profesional reglada es inexistente en Ecuador.

Las empresas que apuestan por la calidad y la profesionalización están

impulsando planes de formación continuada y titulaciones propias.

5. Alta disponibilidad de recursos

En el proceso de prestación del servicio para terceros (Compañías) es

crítica la accesibilidad al cliente final desde la empresa funeraria para la

valoración del servicio prestado, o incluso en la mejora de los servicios.

6. La empresa funeraria como proveedor indirecto

Relaciones institucionales.

Las empresas funerarias no ejercen control sobre las tasas de

cementerios y crematorios, ni sobre las condiciones de uso.

La empresa funeraria actúa como mero pagador a cuenta del cliente

final en relación al coste de los servicios religiosos.

7. Particularidades de la prestación de los servicios funerarios

a. Crematorios:

Su incremento ha venido de la mano de su aceptación desde el lado de

la demanda. Actualmente existe cobertura en casi todas las provincias.

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b. Cementerios:

Actualmente constituyen un servicio ineludible y son fuente de ventaja

competitiva para las empresas funerarias:

Titularidad privada básicamente, implicando fuertes inversiones.

Expansión en su crecimiento en valor absoluto, aunque no

comparables entre sí en cuanto a capacidad.

Los cementerios en el país mantienen marcadas diferencias en

calidad, equipamiento y costos aunque existen diferencias

tipológicas entre regiones debido a preferencias de la demanda y a

aspectos regulatorios.

8. Condicionantes y visión del servicio

Los cementerios hacia fórmulas de gestión mixtas público-privadas

Servicio mínimo y obligatorio a prestar por las funerarias, quienes

controlan las tasas de inhumación

La tendencia actual identificada en el mercado es el sistema mixto de

propiedad pública y gestión privada mediante empresas mixtas

Los precios y tasas siguen controlados en este caso por el municipio, de

acuerdo con lo establecido por los responsables de su gestión.

9. Variables que inciden en la prestación del servicio funerario integral

La función higiénico-sanitaria de la conservación y embalsamamiento de

cadáveres no se encuentra regulada de forma homogénea en el país.

La figura del tanatopractor como profesional cualificado no existe en el

país, salvo en las instituciones policiales.

La práctica de la tanatopraxia por parte de profesionales médicos es una

fuente de variabilidad en el coste en prácticas de conservación

complejas.

La supervisión médica es necesaria en el país.

Amenaza de invasión del mercado por profesionales formados en otros

países.

La tanatopraxia: hacia el reconocimiento de la profesión como servicio

en auge.

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Se evidencia la preocupación de las empresas por adaptarse a las

nuevas tendencias y por mejorar la profesionalización en sus distintos

campos de actuación.

No existen estudios homologados en este ámbito, siendo las empresas

con vocación de excelencia empresarial las que están introduciendo

planes de formación en el mercado, algunos en colaboración incluso con

universidades.

Se están consolidando patrones formativos, e incorporando prácticas y

contenidos de formación del ámbito internacional.

Elevadas inversiones en equipamientos e infraestructuras.

C. MODERNIZACIÓN Y CONCENTRACIÓN, PRINCIPALES RASGOS Y

TENDENCIAS EN EL MERCADO DE LAS EMPRESAS FUNERARIAS

1. Atomización

La liberalización del sector ha permitido la entrada de inversores en este

sector.

La concentración se configura como una estrategia de futuro y viene de

la mano de las inversiones necesarias para profesionalizar el sector.

El mayor poder de negociación adquirido por volumen es una fuerza

compensadora sobre la posición preeminente de las aseguradoras.

2. Integración vertical

Se observa como los operadores más importantes en seguros de

decesos, están apostando por actuar como proveedores directos

mediante la adquisición de empresas funerarias.

Perspectiva en el número de asegurados (mercado maduro).

Se prevé la aparición de nuevos competidores (seguros generales en la

comercialización de estos productos).

3. Aparición de nuevos productos

Nuevas estrategias de comercialización, llegar a asegurados más

jóvenes y a los poderes adquisitivos más altos, adaptándose a las

necesidades de estos segmento de población.

Nuevas ofertas en cobertura.

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Comercialización como seguro multirriesgo.

4. Mecanismos de desarrollo

Alta implantación en Ecuador (30% de la población).

Posicionamiento dominante en relación a las empresas funerarias,

mayor a menor tamaño de la empresa, forzando políticas de precio y

calidad.

5. Mercado fuertemente concentrado

3 compañías aglutinan el 70% de las primas.

6. Desarrollo de estrategias de integración vertical

El marco normativo aplicable en el ámbito funerario se encuentra definido

por un conjunto de normas que pertenecen a diferentes sectores del

ordenamiento jurídico.

Dentro de estas normas, destaca por su contenido y el alcance de su

regulación la legislación sanitaria mortuoria que establece, entre otras, las

condiciones técnico-sanitarias de las empresas y servicios funerarios y de

toda clase de instalaciones funerarias, incluidos los cementerios, así como

toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos cadavéricos,

convirtiéndose en la normativa clave, al incidir directamente en el ámbito de

actuación de las empresas funerarias, determinando los requisitos y

condiciones sobre los que se deben prestar los servicios funerarios.

7. La legislación sanitaria mortuoria

La legislación aplicable en el ámbito sanitario mortuorio se caracteriza por la

existencia de un conjunto de normas estatales y municipales dictadas en el

ejercicio de la capacidad normativa reconocida en el ámbito funerario

nacional, que regulan toda clase de prácticas sanitarias en relación con los

cadáveres y restos cadavéricos. Condiciones técnico-sanitarias de los

féretros, vehículos y empresas funerarias y de los cementerios y demás

lugares de enterramiento.

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Esta legislación ha permitido que desaparezcan determinadas

enfermedades infectocontagiosas de tipo endémico de otros tiempos. La

mejora de las vías de comunicación y de los medios de transporte disminuye

los riesgos sanitarios. Existe un mayor nivel de salud de la población. La

legislación ha permitido el aparecimiento y consolidación de nuevas

prácticas funerarias como:

Aumento incesante de tanatorios y velatorios.

Incremento de las prácticas sanitarias o estéticas sobre cadáveres

(Tanatopraxia).

La entrada en escena de nuevos productos de conservación.

Aumento de las incineraciones como opción cada vez más arraigada

frente a la inhumación.

A nivel provincial los municipios han dictado normas específicas obre

diferentes materias en el ámbito funerario, siendo la norma de referencia,

por el contenido y alcance de su regulación.

8. Regular las nuevas prácticas mortuorias

Es necesario se vaya regulando las nuevas prácticas, como son la aparición

de figuras como los tanatorios o velatorios de cadáveres, y el incremento de

la práctica de la incineración.

Posibilidad de transporte de cadáveres, antes de transcurridas las 24 horas

desde el fallecimiento, si se realiza sin medios definitivos de recubrimiento y

en vehículo adecuado. Actualización de la clase de féretros, añadiendo los

féretros especiales, féretros para incineración o urnas para cenizas, urnas

cuya utilización se declaran obligatorias.

Exigencia de requisitos técnico-sanitarios para tanatorios, crematorios,

cementerios y empresas funerarias acorde con los cambios producidos en

los modos y costumbres.

Las diferencias normativas tienen impacto sobre la organización y coste de

los servicios funerarios al exigir diferentes medios técnicos, diferentes

trámites y diferentes tiempos de ejecución de cada una de las actividades

que configuran los servicios funerarios.

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D. EL DERECHO DE LA COMPETENCIA: HACIA LA SUPRESIÓN DE

MONOPOLIOS

En la práctica, la liberalización del sector funerario implica una reordenación en

el ámbito local del derecho de la competencia. La plena vigencia de éste, ya sin

ningún tipo de modulación de orden monopolístico o por razones ligadas al

servicio esencial o reservado, es afirmable desde el despoje público del propio

servicio y de la empresa pública monopolística de servicios fúnebres, así como

por imposibilidad de establecer futuros monopolios locales. La despublificación

operada es evidente, por lo que es necesario plantearse la posible incidencia

que puede haber tenido el derecho comunitario, que en otros supuestos sí ha

exigido una adecuación de la iniciativa pública de la economía, en la medida en

que vulnerase las reglas de la competencia6.

1. Evitar el monopolio

Se trata de una actividad económica para la que existe una demanda global

fija y previsible en su cuantía, población, tablas de mortalidad y empresas

dispuestas a satisfacerla. De ahí que las razones esgrimidas de orden

psicológico según las cuales las empresas privadas explotan a quienes

demandan el servicio, los deudos del difunto, aprovechándose de la especial

situación anímica en que se encuentran éstos.

La gran difusión del seguro de decesos (que desplaza a la compañía

aseguradora del pago de los servicios, es decir, el fallecido o sus familiares,

por lo general, tienen cubiertas las contingencias a que da lugar la muerte),

es, por otra parte, síntoma de que no hay una conciencia generalizada de

que esta actividad deba constituir un servicio social, en el sentido que deba

ser subvencionado por los seguros obligatorios lo que quizás justificaría el

monopolio. En definitiva, si los servicios mortuorios se prestan por empresas

en competencia en términos más favorables para los usuarios que los que

ofrece el monopolista y si no hay argumentos de peso para justificar la

constitución o el mantenimiento del mismo, éste debe excluirse.

Nada impide, por tanto, que sigan existiendo ciertos controles municipales

en cuanto a la existencia del servicio y su prestación en condiciones, a fin de

asegurar la “universalidad, accesibilidad, continuidad y respeto a los

6 Prever. Estudios de Mercado, Quito, 2004

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derechos de las personas usuarias” Esto no supone, naturalmente, que los

municipios no puedan seguir controlando el ejercicio de la actividad y que

imponga la protección de otros bienes, como, por ejemplo, la salubridad

pública.

2. Autorización de funcionamiento de empresas funerarias

En principio, la obtención de la autorización faculta a las empresas a operar

en cualquier lugar del país, podrán someter cada prestación que se realice a

una autorización previa. La prestación de los servicios de exhumación y

crematorio se regirán por el principio de libre concurrencia. El hecho de que

los enterramientos y todo lo que les rodea dejen de ser un servicio público

no debe significar, en ningún caso, un abandono por parte de las

autoridades de control de este cometido, ya que la propia ley establece la

tutela de este servicio. Es decir, a cambio de que sigan pudiendo extender

autorizaciones administrativas tendrán la obligación de garantizar, cuando

las condiciones de población y de demanda social lo requieran, la adecuada

dotación y prestación de los servicios de exhumación y crematorio.

a. Falta de regularización:

Es interesante destacar las insuficiencias técnicas que presenta la

regularización fúnebre en general, especialmente apreciables en la

normativa reguladora del transporte ligero o en el establecimiento de

nuevos equipamientos fúnebres y mortuorios. En el régimen jurídico

actual los procesos de inversión por parte de grupos nacionales e

internacionales son libres, pero es necesario que se determine

condiciones mínimas a cumplir por parte de las empresas inversoras con

el fin de proteger la cultura y costumbres del país.

3. Los Servicios funerarios, un mercado atractivo

Normalmente, las medidas de libre mercado pueden tener efectos positivos

en términos del incremento de la dinamicidad empresarial, pudiendo esto

afectar a una serie de elementos, cuya variación, a mejor o a peor, en

función de ciertos parámetros son esperables. Los economistas conocen

bien los argumentos y contra argumentos de los previsibles efectos de la

desregulación, que se han basado principalmente en estudios empíricos de

la nueva regulación sobre sectores estratégicos de la economía nacional

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(como los transportes, telecomunicaciones, sector petrolífero o energético,

etc.) No obstante, se debe ser cauteloso a la hora de trasvasar los

resultados obtenidos en otros campos o sectores de alcance nacional, para

extrapolarlo a uno tan específico como el de los servicios funerarios, cuya

liberalización no está vinculada a exigencia comunitaria alguna, y en donde

se opera a un nivel más reducido como es el de los servicios públicos. Es

razonable afirmar, y parece que existe un consenso mayoritario, si bien no

unánime, acerca de los efectos favorables de la desregulación sobre:

Los precios, mediante un reajuste o variación de los mismos, con

tendencia a la baja.

Una mejora de la calidad del servicio.

La eficiencia.

En general, las inversiones que se realizan en este sector son amplias, lo

que provocó cambios importantes en algunos de los mercados, haciendo

que se produjera un importante aumento de la competencia, y por tanto,

transformando inversiones aparentemente muy rentables, en inversiones

mucho menos interesantes.

En consecuencia, podría decirse que el gran proceso de concentración e

internacionalización del sector funerario, han provocado la aparición de otros

grupos empresariales que han ido adquiriendo estos negocios motivados

por la gran rentabilidad que producen.

No puede olvidarse que existen empresas, en concreto norteamericanas,

que tienen experiencias de concentración de pequeñas y medianas

empresas e igualmente de internacionalización de su actividad, que si bien

es cierto que aún esa presencia internacional no es de gran significado, no

deja de ser un primer paso hacia la concentración, expansión e

internacionalización de las empresas funerarias.

a. Preferencias de la demanda

Desde mediados de la década de los ochenta, se puede observar de

manera más clara la aparición de las nuevas tendencias en la conducta

social de los ecuatorianos en materia funeraria. Estas tendencias son,

entre otras:

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La demanda de salas velatorio.

La incineración o cremación.

La tanatopraxia (estética y conservación de cadáveres).

Se puede determinar que actualmente en el país compiten dos grandes

grupos: en materia funeraria, la tradicional y la moderna que coexisten

libremente.

Además es necesario destacar que hoy en día, casi la totalidad de los

funerales se siguen celebrando a través de ceremonias católicas (95%),

aunque comienza a existir la ceremonia civil con un 2% y un 3% las

realizadas por otras religiones.

Desde mediados de la década de los sesenta, se puede observar de

manera más clara la aparición de las nuevas tendencias en la conducta

social en materia funeraria. Hoy en día, la mayoría de los entierros se

llevan a cabo en nicho (enterramiento vertical) los cuales predominan de

forma indiscutible en los cementerios de las grandes ciudades, las

preferencias a la hora de escoger el tipo de enterramiento en zonas

rurales, difieren de forma significativa, ya que si las disponibilidades de

superficie lo permiten, éstos prefieren el entierro en tumbas bajo la

superficie del terreno.

b. Caracterización de la demanda actual:

El crecimiento que año tras año registran las cremaciones se puede

definir como imparable. La diferencia de precio -es menos costosa una

cremación que una inhumación-, el cambio en las tendencias culturales

así como la aprobación de la Iglesia Católica, son los factores que han

contribuido a que en nuestro país se extienda esta opción.

Esta evolución de la cremación en los últimos años, parece indicar que

su consolidación en Ecuador es una cuestión de pocos años.

E. LA CREMACIÓN: UNA OPCIÓN EN ALZA

A pesar de la inexistencia de una regulación normativa homogénea acerca de

cómo se deben llevar a cabo las cremaciones, la “Federación Internacional de

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Cremación” ha establecido un Código Ético7, basado en principios de ética y

moral, con el objeto de que pueda servir de referencia a la hora de llevar a cabo

prácticas de cremación, independientemente del país en que se realicen:

Cremación respetuosa y digna: el proceso de la cremación será siempre

llevado a cabo de un modo digno y respetuoso.

Protección del cadáver: el cadáver estará siempre correctamente protegido

de acuerdo con la tradición y las prácticas locales.

Cremación independiente/no mezcla de cenizas: Todas las cremaciones se

realizarán por separado para asegurar que no se produzca la mezcla de

cenizas.

Cremación de restos humanos: sólo los restos humanos serán incinerados

en el crematorio de un miembro.

Respeto, si el difunto lo ha determinado entre sus voluntades, de la elección

del método de destrucción de las cenizas: El individuo debe tener derecho a

determinar el método final de deshacerse de sus cenizas.

La cremación es el único término oficial: la palabra "cremación" debería ser

la palabra oficial empleada para describir el método de reducción a cenizas.

Identificación del difunto hasta el final del momento de la cremación:

deberán seguirse los pasos adecuados para asegurar la adecuada

identificación del cuerpo a la llegada en el crematorio, a lo largo del propio

proceso de la cremación y hasta la total reducción del cuerpo.

Prohibición de la comercialización de productos así como del residuo de la

cremación: los productos o el residuo de una cremación no serán utilizados

para ningún propósito comercial.

Todos los materiales usados en la cremación deben ser saludables desde el

punto de vista del medio ambiente.

El personal de la cremación debe estar cualificado, o al menos, debe ser

competente: todo el personal implicado en la cremación deberá ser

competente en las tareas que desarrollen, y si es posible obtener la

calificación conveniente.

El personal que participa en los funerales debe estar de acuerdo con el

contenido de este código: el personal asociado de cualquier forma con la

provisión del servicio de cremación deberá ser partidario en todo momento

de dicho Código dé Ética.

7 Federación Internacional de Cremación. Código de Ética para la cremación de cadáveres.

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1. El derecho de las personas a escoger la cremación

Todo individuo tendrá el derecho a escoger la cremación y se le dará su

debido respeto dondequiera que se encuentre. Esto debe garantizarse no

sólo entre diferentes zonas de un mismo país, sino en cualquier país o

cultura del mundo.

Desde el punto de vista tecnológico y de organización del proceso, existen

suficientes garantías para prestar este servicio en condiciones de seguridad

y respeto.

F. EL SERVICIO FUNERARIO INTEGRAL: PROCESO Y AGENTES

IMPLICADOS

Es importante conocer lo que hay detrás de una empresa funeraria pero que

normalmente no se aprecia: variables que lo componen, factores que influyen,

la labor de gestión y coordinación que han de realizar entre los múltiples

agentes implicados en el proceso de prestación del servicio funerario, etc.

La prestación del servicio funerario integral por una empresa funeraria abarca el

conjunto de actividades y procesos que ésta desarrolla para llevar a cabo la

prestación de productos y servicios que lo integran, desde el momento de la

contratación de los mismos (ya sea por un cliente particular, o por una

compañía de seguros, para aquellos casos en que el difunto disponía de una

póliza de seguro de deceso) hasta la inhumación o cremación del difunto.

1. Proceso

Obtención certificado de defunción.

Inscripción en el Registro Civil.

Licencia de enterramiento, etc. (trámites varios).

Encargar flores.

Velas.

Recordatorios, etc.

No obstante, hay que indicar que este puede ser algo diferente en función

de aspectos tales como: si el cliente que contrata el servicio es un particular

o una compañía de seguros, lugar de la defunción, lugar del velatorio (en

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casa, hospital o tanatorio), si necesita o no la realización de prácticas de

Tanatoestética, lugar de celebración de la ceremonia del funeral, lugar de

inhumación o cremación, etc. Es decir, según el servicio funerario a prestar

y sus condiciones habrá actividades de las que se muestran en el proceso

aquí descrito que no se realicen, y viceversa.

La empresa funeraria, para llevar a cabo todas las actividades que

constituyen la prestación de un servicio funerario integral, requiere disponer

de una gran cantidad de recursos, de diversa naturaleza, aspecto que

normalmente no se tiene en cuenta cuando se entra a valorar el trabajo de

una empresa funeraria.

El examen de los recursos que una empresa funeraria necesita puede ser

un punto de partida útil para entender el esfuerzo para realizar su trabajo

diario, así como para demostrar su capacidad para ello. Éstos, a grandes

rasgos podrían agruparse en los cuatro grupos siguientes:

a. Recursos físicos:

Una valoración de los recursos físicos de una empresa funeraria debe ir

más allá de un mero listado del número de instalaciones, stocks de

material, infraestructuras y medios técnicos de que dispone, sino que

también debe cuestionarse la naturaleza de estos recursos, tales como

la antigüedad, condición, capacidad y ubicación de cada uno.

Desde este punto de vista, hay que considerar lo que a una empresa

funeraria, ya sólo desde el punto de vista normativo, se le requiere para

obtener la autorización que le permite operar como tal (instalaciones

adecuadas para una oficina de atención al público, garajes para los

vehículos funerarios, vehículos fúnebres de diferentes características, en

muchos casos incluso poseer un tanatorio propio de características

específicas, etc.)

b. Recursos humanos:

En este tipo de empresas, no sólo vale con realizar una valoración del

número de empleados disponibles y habilidades diferentes y

especialidades que se dan en la organización.

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Por la naturaleza del servicio que se presta, es muy importante y no

deben pasarse por alto otros factores como la adaptabilidad y flexibilidad

de los recursos humanos.

Hay que tener en cuenta que se trata de la prestación de un servicio,

donde el capital humano y el trato personal es vital, sumado a la

naturaleza de dicho servicio, en el que el personal de la funeraria ha de

estar disponible 24 horas al día los 365 días del año.

c. Recursos financieros:

Entre los que incluyen los orígenes y las aplicaciones de fondos, así

como la obtención de capital, dirección de tesorería, control de deudores

y acreedores, así como las relaciones con proveedores de dinero

(accionistas, etc.)

d. Intangibles

Al analizar los recursos de una empresa funeraria no se debe incurrir en

el error de pasar por alto la importancia de los recursos intangibles. No

cabe duda que los intangibles tienen un valor, puesto que cuando se

vende una empresa funeraria, el “fondo de comercio” forma parte del

mismo. Sobre todo cuando se habla del mercado de los servicios

funerarios, prestados éstos por empresas de servicios, el fondo de

comercio puede suponer una partida muy importante del activo de la

compañía, estando éste constituido por variables tales como la marca

comercial, la imagen de la compañía, las relaciones con compañías

aseguradoras (siendo éstas uno de sus principales clientes) así como

muchas otras fuentes.

En general, el examen de recursos de una empresa funeraria debe

incluir todos los recursos a los que ésta puede acceder para desarrollar

sus actividades diarias y soportar sus estrategias, y no debe ceñirse a

los recursos que posee en sentido legal, puesto que muchos de los

recursos estratégicamente importantes se encuentran fuera del

patrimonio de la propia empresa, como por ejemplo su red de contactos,

sus relaciones con clientes potenciales, acuerdos con tanatorios, en

caso de no poseer uno propio, etc.

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Aunque de cara al cliente es la empresa funeraria la responsable de la

prestación del servicio funerario integral (así como de todos los

productos y servicios que lo componen) y de que todo esté a punto y

correctamente organizado, existen otros agentes sin la participación de

lo cuales sería imposible prestar de una forma eficiente y satisfactoria un

servicio funerario integral. Hay que tener en cuenta que la empresa

funeraria ha de tener la capacidad de manejar todos los recursos

necesarios y tenerlos a punto para incluirlos en el proceso de prestación

del servicio funerario (a veces, en un tiempo de tan sólo unas horas) lo

que implica por su parte una perfecta gestión y coordinación plena entre

agentes para que el servicio integral se preste de forma satisfactoria.

Todo ello supone un gran esfuerzo por parte de la empresa funeraria,

para la cual sería imposible llevarlo a cabo si no dispusiera de una

estructura suficiente para soportarlo.

2. Proveedores

Proveen a la empresa funeraria de los inputs necesarios para la prestación

del servicio integral contratado por el cliente. Algunos de estos inputs son:

Féretros.

Urnas.

Coronas de flores (floristería).

Esquelas (periódico).

Recordatorios (imprenta).

Material cosmético y sanitario para acondicionamiento del cadáver, etc.

3. Compañías aseguradoras

Son los principales clientes de las empresas funerarias. Actúan de

intermediarios entre la empresa funeraria y el cliente final a la hora de

contratar los servicios funerarios.

4. Particulares

Contratan directamente los servicios funerarios con la empresa funeraria, sin

intermediarios. Normalmente, se trata de los familiares del difunto.

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5. Cementerios/crematorios

Tanto la mayor parte de los cementerios como los crematorios son de

propiedad particular, el cual establece sus propias tarifas, sobre las que en

ningún caso la empresa funeraria tiene control alguno.

6. Iglesia

Desde el momento en que la mayor parte de las ceremonias de funerales

siguen siendo religiosas, siendo la mayoría de los lugares de celebración,

propiedad de la Iglesia Católica, ésta interviene en todo lo que se refiere a la

disposición de sus templos (horarios, tarifas, etc.) La figura de la Iglesia

también se convierte en agente involucrado en el proceso de prestación de

los servicios funerarios en aquellos casos en que posea la propiedad del

cementerio en el que, en su caso, se fuera a realizar la inhumación.

G. CARACTERIZACIÓN DE LAS EMPRESAS FUNERARIAS

Las empresas funerarias que operan en el mercado de los servicios funerarios

presentan características propias que las diferencian frente a otras empresas

que actúan en otros sectores de actividad económica:

Son servicios, los cuales son requeridos por una familia.

Son con independencia de su pertenencia o no a un grupo empresarial más

amplio, prestan sus servicios en un ámbito geográfico muy reducido y

localista.

Su ámbito de actuación reducido y localista están sujetas a unos usos y

costumbres muy arraigados en el ámbito que trabajan, y distintos de unos

lugares a otros, aunque la distancia entre esos puntos geográficos sea

pequeña, teniendo además gran importancia en el desarrollo de la actividad

el componente de creencias religiosas, que debe ser en todo caso

respetado.

Realizan unos servicios con un componente sanitario al que hay que prestar

gran atención y sobre el que existe igualmente una regulación distinta según

los ámbitos geográficos.

Hacen servicios irrepetibles. El cliente es único y demanda el servicio una

sola vez. El servicio que no se hace en un determinado momento ya no

podrá realizarse nunca, y además la impresión que quede de la labor

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realizada durante ese servicio puede marcar de forma importante la futura

actividad, ya que se está sujeto a examen de mucha gente al mismo tiempo,

que son todos los asistentes a un sepelio concreto.

1. Principales tendencias detectadas en el mercado de empresas

funerarias

Dentro del sector de los servicios funerarios se están desarrollando una

serie de procesos que están determinando y configurando actualmente al

sector. En este sentido, destacan:

El proceso de modernización del sector, mediante inversiones en

infraestructuras, principalmente tanatorios, y destinando parte del

presupuesto de las empresas a la formación de los recursos humanos.

El proceso de integración vertical realizado por las compañías de

seguros, que ante el grado de madurez alcanzado con los seguros de

decesos se están introduciendo en el mercado de los servicios

funerarios mediante la adquisición de empresas funerarias.

El proceso de concentración empresarial, fenómeno reciente en este

sector caracterizado históricamente por estar fuertemente atomizado.

2. El Proceso de Concentración Empresarial

El sector funerario originalmente estaba compuesto por empresas

generalmente pequeñas, ya fueran familiares o públicas, de ámbito local,

hecho que implicaba que como sector, las empresas privadas del sector

estuvieran limitadas desde el punto de vista organizativo y en recursos

financieros, para entrar en un proceso de concentración y mucho menos aún

de internacionalización.

Ante esta situación, las empresas multinacionales decidieron iniciar un

proceso de desinversión que les permitiera reducir de forma importante su

endeudamiento, y por lo tanto, fortalecer su posición en sus mercados de

origen, que en el fondo constituía la parte principal y fundamental del

negocio.

Es también probable que por la especificidad de la actividad funeraria la

concentración sea menor y permita la existencia de un número mayor de

empresas que en la mayor parte de los sectores económicos.

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Para entender este proceso de concentración empresarial, hay que tener en

cuenta una serie de factores concretos que inciden de forma muy directa

sobre lo que ha sido la transformación del sector funerario. Así, está claro

que hoy en día ha dejado de ser un sector que requería una muy baja

inversión para la implantación de las empresas, transformándose como

consecuencia de la exigencia del mercado de contar con grandes

instalaciones, por ejemplo, los Tanatorios, en un sector que

proporcionalmente a la facturación requiere fuertes inversiones y

posteriormente fuertes gastos de mantenimiento de esas inversiones.

Esto hace que para estar en situación de competir, se requiera contar con

unos medios económicos que hasta hace muy poco tiempo eran

innecesarios.

En el sector funerario se está produciendo un proceso de integración vertical

hacia delante por parte de las compañías de seguros consistentes en la

adquisición de empresas funerarias. En este proceso las compañías de

seguros cuentan con un poder de negociación muy importante que esta

facilitando dicho proceso: los seguros de decesos.

3. Cuota de mercado

El posicionamiento en vertical de las aseguradoras del ramo deceso junto

con la oferta de nuevos productos (pólizas multirriesgo), constituyen dos

tendencias estratégicas como respuesta a una disminución del número de

pólizas. En contrapartida, las empresas funerarias optan por la excelencia

empresarial, el desarrollo de productos innovadores a través del enfoque a

cliente, y la búsqueda de la masa crítica para anticiparse en inversiones en

equipamiento avanzado adecuado a las nuevas prestaciones.

4. Relación Aseguradoras - Empresas Funerarias

Las compañías de deceso aseguran la prestación de una serie de servicios:

fúnebre, cementerio, religioso y tramitación en general, siendo las empresas

funerarias con las que tienen acuerdos o conciertos, las que realizan de

hecho la prestación del servicio.

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Las empresas funerarias se configuran en un eslabón clave e imprescindible

para las compañías aseguradoras, siendo el mejor complemento para que

éstas traduzcan la oferta de la póliza en servicios de calidad. Las compañías

aseguradoras a cambio del desembolso de una prima periódica, aseguran la

prestación del servicio al ocurrir el fallecimiento. No obstante es la empresa

funeraria quien realiza de hecho el servicio.

La empresa funeraria actúa como puerta de entrada al proceso de

prestación del servicio funerario, solicitando a la persona que contrata el

servicio la documentación que la aseguradora le requiere para aceptar el

servicio a su cargo. Generalmente, esto consiste en la presentación de la

póliza y/o el último recibo que justifica estar al corriente de pago y en el caso

de algunas compañías un volante sellado que autoriza la contratación.

El resto de los trámites no difieren entre una persona asegurada de otra que

no lo sea, ya que las empresas funerarias prestan un servicio integral que

cubre todos los trámites en ambos casos, ofreciendo un amplio abanico de

posibilidades.

Por otro lado, el desarrollo de las empresas funerarias ha ampliado el marco

de coberturas de las empresas aseguradoras. Un ejemplo de ello es la

inclusión de las salas de velatorio (con sus servicios complementarios como

el catering) y de nuevos servicios como la incineración o latanatopraxia

(estética y conservación de cadáveres).

5. Alternativas al Seguro de Deceso

El producto “contrato de prenecesidad”, implantado en el país, permite al

contratante definir en vida el servicio funerario mediante el pago de una o

varias primas, constituyendo un capital para financiar de forma completa, o

en parte, los gastos asociados al servicio funerario escogido.

El contrato de prenecesidad permite organizar y financiar en vida el servicio

funerario, caracterizándose por presentar una doble garantía:

Financiera: ya que los fondos pagados están asegurados.

De ejecución: se garantiza que el capital pagado se destine al pago de la

factura de los entierros.

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El suscriptor sabe que se respetará su voluntad y la empresa funeraria tiene

garantizado el recibir la retribución justa de sus servicios sobre la base del

presupuesto que ella misma hizo para su cliente, conociendo de antemano

el sistema de revalorización.

En el contrato de prenecesidad, se elabora un presupuesto con la tipología

del servicio funerario elegido que se revaloriza cada año.

Por el contrario, en los seguros de vida, no se puede sino garantizar el pago

de una capital en caso de muerte en base a un presupuesto orientativo, y en

este caso, nadie garantiza contractualmente que se realizarán las

prestaciones elegidas en el momento oportuno. En consecuencia, todo

contrato de prenecesidad es un contrato de seguro de muerte, lo que implica

una garantía para el tomador.

6. Principales características del contrato de prenecesidad

Garantiza que el capital pagado por el asegurador en el momento de la

muerte se destinará a la financiación del entierro del titular del contrato.

Existe un presupuesto detallado que prevé las prestaciones elegidas por

el contratante.

El capital pagado no podrá utilizarse hasta el pago de los entierros.

El contrato de prenecesidad y las disposiciones del mismo tienen valor

de testamento.

Así, se obtiene una garantía financiera y de respeto de la voluntad del

suscriptor en la elección de las prestaciones elegidas.

Se suele pagar con una única prima o en mensualidades de 1 a 2 años.

El presupuesto se revaloriza cada año, conociendo de antemano el

método de revalorización, sin que el suscriptor pague cantidad alguna

por ese concepto.

Si el capital pagado por el asegurador es superior al coste del entierro se

pagará el saldo a los herederos legales o los beneficiarios designados

por el asegurado.

Se pueden modificar las prestaciones previstas en el presupuesto.

Puede acompañarse de una garantía de asistencia de repatriación válida

en todos los desplazamientos y combinadas con prestaciones a

domicilio. muy completas: disposición de un taxi para el cónyuge,

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servicio de información en diferentes ámbitos: fiscal, estado civil,

bancos, seguros...).

7. Tendencias en el mercado de seguros de decesos

Como tendencias de futuro en este sector se identifican como más

relevantes las siguientes:

Se prevé la aparición de nuevos competidores, consecuencia de la

incorporación de la mayoría de entidades de seguros generales en la

comercialización de estos productos.

Nuevas ofertas de productos, que incluyen más coberturas, prestaciones

de servicios y asesoramientos adicionales: coberturas de tanatorio,

asistencia integral a la familia y la orientación legal y familiar.

Comercialización como seguro multirriesgo, y creación de nuevas

pólizas con garantías complementarias en el que no sólo se ofrecen

coberturas de decesos, sino también de accidentes y de asistencia

nacional e internacional, así como orientación y servicio en materia

jurídica.

Búsqueda de nuevos nichos de mercado y la inclusión de nuevas

coberturas, que hagan más atractivo este producto, en respuesta a las

exigencias de la sociedad actual.

Perspectiva de estancamiento en el número de asegurados. En estos

momentos un número apreciable de la población tiene contratado un

seguro de decesos. Esto quiere decir que se trata de un seguro muy

maduro y que cada vez resulta más complicado incorporar nuevos

asegurados.

Nuevas estrategias de comercialización, llegar a asegurados más

jóvenes y a los poderes adquisitivos más altos, adaptándonos a las

necesidades de estos segmentos de población.

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VI. ETAPAS

La elaboración de la presente propuesta se estructura sobre la base de una

investigación de campo relacionada con la situación actual de las prestaciones

vigentes para los servicios exequiales por parte del ISSPOL, la misma que se

convierte en el punto referencial para la elaboración de una propuesta tendiente

a superar las deficiencias que existen en este ámbito. Se apoyó en el fichaje

electrónico y encuestas.

A. FASES Y ACTIVIDADES

La presente propuesta para ser considerada y aplicada por parte del

Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional requiere de la ejecución

de las siguientes fases y actividades:

FASES ACTIVIDADES

I

Elaboración del proyecto.

· Diseño de la propuesta.

· Elaboración presupuesto.

· Establecimiento de sistema de evaluación.

II Aprobación del Mando.

III Estudio de la factibilidad y pertinencia de las propuestas.

IV Selección de la opción que convenga al ISSPOL.

V Envío del estudio al Mando para su aprobación.

VI Socialización entre los afiliados-

VII Ejecución del proyecto.

VIII Evaluación de Impacto.

IX Consolidación de la propuesta.

Autores: Grupo de Proyectistas del XXXII Curso de E.M.

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VII. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES

En la siguiente matriz se exponen las actividades que se realizarán hasta el

año 2008:

AÑOS 2007 2008

TRIMESTRES I II III IV I II III IV

Elaboración del Proyecto.

Aprobación del Mando

Estudio de las propuestas.

Selección de la opción que convenga al ISSPOL

Envío del estudio al Mando para su aprobación

Socialización entre los afiliados

Ejecución del proyecto

Evaluación

Consolidación propuesta

Autores: Grupo de Proyectistas del XXXII Curso de E.M.

VIII. RECURSOS

La elaboración del presente proyecto requiere la utilización tanto de recursos

humanos, materiales y económicos. Los mismos que se detallan a

continuación:

A. HUMANOS

Mando Institucional.

Director del ISSPOL.

Consejo Administrativo del ISSPOL.

Afiliados al ISSPOL.

Personal administrativo en caso de implementarse las capillas

ardientes.

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Personal para la administración de los compromisos adquiridos con

algún seguro funerario.

B. MATERIALES

Bienes muebles, inmuebles, equipos, etc., que demandará la

implementación de la capillas ardientes.

Propuestas de empresas funerarias si se eligió el seguro mortuorio.

IX. PRESUPUESTO

A. CAPILLA ARDIENTE

Activos

Equipos Valor

Una cafetera para 100 tazas 295 Un juego de 2 teléfonos 110

Total 405

Menaje Valor

Una cocina 420 Cinco juegos de vajilla platos y tazas 75 Un juego de 6 ollas grandes 180 Juego de 100 vasos 78

Total 753

Muebles Valor

Dos capillas ardientes 5000 Cien sillas 1.450,00 Una mesa de mensajes 250 Dos estaciones de trabajo incluido sillones y papelera 1.300,00

Total 8.000,00

Equipos de computación Valor

Un computador 1.035,00 Total 1.035,00

Vehículos Valor

Una carroza 19.000,00 Total 19.000,00

Gastos administrativos

Material de oficina Valor

Perforadora, grapadora, papel bond, esferos, scoth, etc. 150 Total 150

Mantenimiento Valor

Detergente, escobas, trapeadores, jabón, desinfectantes, etc. 100

Total 100

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Sueldos, servicios básicos y arriendo anual.

Arriendo Valor

Arriendo de local mensual 350 Total anual 4.200

Sueldos Valor

Un administrador mensual 500 Una secretaria mensual 300 Un chofer mensual 300 Un auxiliar de servicios mensual 250

Total anual 16.200

Gastos básicos Valor

Agua, luz, teléfono mensual 100 Total anual 1200

B. FINANCIAMIENTO DE UN SEGURO MORTUORIO

De otro lado, los precios que se manejan en el mercado por los seguros

exequiales prepagados promedian un $ 1,00 dólar mensual que podrían

ser financiados con el fondo mortuorio que para los policías que menos

ganan, aportan con un aproximado de $ 0.90 centavos de dólar y para

quien mas gana, aportan con un aproximado de $ 6,30 centavos de dólar.

Esta propuesta del seguro prepagado de servicios exequiales cubre todas

las contingencias: desde los trámites, traslados, cementerio, inhumación o

cremación. Pudiéndose inclusive ampliar dicha cobertura a los familiares,

ya que las empresas mantienen propuestas corporativas para toda la

familia. El pago del seguro mensual se lo podría financiar del aporte

mensual que otorga cada afiliado para el seguro mortuorio institucional.

Este tipo de seguros es beneficioso económica y socialmente para los

deudos; si se considera que los 851,60 dólares que recibe del ISSPOL,

por el fallecimiento de un miembro policial, un deudo, no alcanzan a cubrir

ni el 30% del costo del servicio en el mercado, a lo que se incluye

gestionar los otros aspectos que implica un fallecimiento.

X. EVALUACIÓN

En consideración que este trabajo es simplemente una propuesta, y que la

aplicación es responsabilidad del Alto Mando Institucional y de las Autoridades

del ISSPOL, se procede a realizar los siguientes resultados del estudio y

recomendaciones:

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A. RESULTADOS DEL ESTUDIO

Invertir en la implementación de un local de velatorio con dos capillas

ardientes bajo el presupuesto desarrollado podría ser beneficioso para

el ISSPOL de instalarse en la ciudad de Quito, ya que ayudaría a sus

afiliados al menos con el servicio de velatorio. Pero si se considera

para todos los Comandos Provinciales, económicamente seria un

gasto ya que las estadísticas sobre decesos policiales tiene un

promedio anual de 200 personas, lo que equivaldría a 10 personas por

capilla ardiente en cada provincia –si se supone que ese número se

velara por norma- lo cual es una suposición.

El gasto administrativo de las 22 provincias será totalmente superior a

los ingresos que se pueda obtener por el servicio de velatorio, sin

considerar precios pero por simple lógica el servicio será una perdida

económica para el ISSPOL.

El servicio de salas de velación solo cumplirá esa función, lo que

implica que los deudos tengan que contratar ataúd, exhumación o

cremación, calidad del servicio, etc.

El proyecto no solo debe buscar cubrir este servicio, sino evitar los

problemas de urgencia económica, trámites, movilización a las

provincias de origen del fallecido.

Un estudio de mercado sobre los servicios funerarios que actualmente

existen en la ciudad de Quito se pudo determinar que hay una gama

de ofertas de prestación funeraria para todos los gustos e intereses

económicos de la población.

Se puede contratar el pago diferido de los servicios exequiales, o se

puede contratar el servicio mediante la modalidad prepago o

simplemente contratar un seguro que cubra todas las prestaciones.

La actual estructura administrativa del ISSPOL no permite atender

satisfactoriamente las diferentes prestaciones que tiene, ello

solamente referente a Pichincha y Guayas, el problema se maximiza

en relación a los otros Comandos Provinciales; sumar un servicio

como el funerario complicaría aun mas su función.

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B. RECOMENDACIONES DEL ESTUDIO

El ISSPOL debe descartar la implementación de la creación de

servicios exequiales para sus afiliados por la diferencia económica

entre los costos a invertir y los ingresos a obtener de dicho servicio.

Socialmente la ayuda de salas de velatorio no ayuda totalmente al

problema real de los familiares del fallecido, ya que tiene que contratar

los otros servicios y con los montos de ayuda mortuoria que recibe no

le alcanza para sufragar los mismos. Por lo tanto, el ISSPOL debería

realizar un estudio para incrementar dicho fondo.

Con el fin de dar un verdadero servicio ante la problemática de

fallecimiento de sus afiliados el ISSPOL debe proceder a intermediar la

contratación de seguros funerarios para sus afiliados, los mismos que

cubren todas las prestaciones exequiales.

Como simple aporte de este estudio se pone en consideración

empresas funerarias como: Los Lirios, Funeraria Nacional, Prever,

entre otras que ofrecen los servicios prepago de seguros funerarios

individuales y corporativos familiares con todos los servicios

necesarios que el fallecimiento de un miembro policial conlleva.

Se puede negociar costos desde unos 0,90 centavos de dólar, como

cobertura del servicio, desde luego aquello está en función del gran

número de miembros policiales que se afiliarían a este seguro.

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ESCUELA DE ESTADO MAYOR XXXII Curso de Estado Mayor

Informe de la Propuesta

Creación de un Plan de Servicios Exequiales para el Personal Policial

Quito - 2007

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INFORME DE LA PROPUESTA

1. IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA

A. TÍTULO.-

PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE UN SEGURO MORTUORIO PARA

SERVICIOS EXEQUIALES POR PARTE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD

SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL (ISSPOL) PARA EL PERSONAL

POLICIAL

B. DURACIÓN.-

A partir de junio del 2.007 en adelante.

C. DATOS INFORMATIVOS.-

1. Institución responsable: ISSPOL

2. Director: Dr. Víctor Hugo Jiménez Calvopiña

Coronel de Policía de E.M.

2. OBJETIVO DE LA PROPUESTA

PROPONER LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO MORTUORO PARA

SERVICIOS EXEQUIALES POR PARTE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD

SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL (ISSPOL) PARA EL PERSONAL

POLICIAL

3. ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA

A. SERVICIOS EXEQUIALES REQUERIDOS

La Policía Nacional por las características propias de su responsabilidad

constitucional de proteger la seguridad pública, está sujeta

permanentemente a ver caer abatidos a sus miembros: heridos o en el peor

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de los casos muertos; situación última, que a más del dolor familiar, genera

ingentes gastos económicos que pone en aprietos a los deudos. El ISSPOL

tiene un fondo de ayuda para estos casos, pero como se manifestó en el

diagnóstico dicha prestación no cubre los montos que este suceso genera.

Frente a esta realidad, surge esta propuesta con el propósito de asegurar a

los afiliados del ISSPOL, con un seguro mortuorio, el mismo que podría ser

contratado en el mercado de entre las muchas empresas dedicadas a este

servicio. Con el fin de exponer los beneficios del mismo, ponemos en

consideración las características del servicio, el mismo que converge con

casi todas las empresas de asistencia exequial prepagada.1

a) La contratación de estos servicios bajo la modalidad de servicio

exequial prepagado es libre y voluntaria.

b) El seguro puede ser contratado individualmente o bajo la modalidad

de seguro corporativo.

c) En el caso de la Policía Nacional es recomendable que se elija el

seguro corporativo, ya que por cobertura numérica y geográfica le

beneficia económicamente a los afiliados.

Cobertura de los seguros exequiales

El seguro mortuorio debe cubrir entre otros aspectos:

Traslado del cadáver al lugar de residencia familiar.

Capilla ardiente para la velación.

Provisión de ataúd.

Traslado al campo santo.

Espacio en cementerio o cremación.

Servicio religioso

De acuerdo a los intereses del ISSPOL la negociación podría reducir o

aumentar las asistencias, pero en general esta es la oferta que se ofrece en

el mercado por parte de las empresas de seguros exequiales.

--------------------------------------------------------

1. Análisis de las diferentes empresas que ofrecen seguros exequiales prepagados en la ciudad de

Quito. Marzo/2007

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B. BASE LEGAL

La contratación de seguros de asistencia exequial prepagada esta

garantizada por la Constitución Política de la República del Ecuador,

respecto a las prestaciones que debe brindar la seguridad social, en la que

manifiesta que se prestará con la participación de los sectores público y

privado, de conformidad con la ley. Este derecho para el ISSPOL y sus

afiliados se concreta en el Art. 61 que expresa la facultad de acceder a

otros seguros con el fin de cubrir servicios que no son cubiertos por el

seguro obligatorio, así señala: “Los seguros complementarios estarán

orientados a proteger contingencias de seguridad social no cubiertas por el

seguro social obligatorio o mejorar sus prestaciones y serán de carácter

opcional. Se financiarán con el aporte de los asegurados, y los empleadores

podrán efectuar aportes voluntarios. Serán administrados por entidades

públicas, privadas o mixtas, reguladas por la ley.

Bajo este sustento legal el ISSPOL puede proceder a realizar contratos

para cubrir esta contingencia, previa reforma al reglamento del Seguro

Mortuorio y al estudio financiero y legal que demande cubrir esta prestación.

Considerando que el ISSPOL de acuerdo a la ley tiene autonomía, puede

libre y voluntariamente puede celebrar contratos en beneficio de sus

afiliados, con la consideración, que como es un organismo de la Policía

Nacional debe poner en consideración del alto Mando Policial el proyecto

para su estudio y autorización.

C. PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA LA SELECCIÓN

Previo estudio legal, financiero y social el ISSPOL determinará la pertinencia

del proyecto y, luego de contar con la autorización del Alto Mando policial

podrá llamar a empresas nacionales e internacionales para que presente

ofertas para cubrir este servicio. Para el efecto deberá seguir las normas

dictaminadas por la Ley de Contratación Pública.

D. ALTERNATIVAS

El mercado de servicios exequiales en la ciudad de Quito es amplio,

consecuentemente las alternativas están en función de los intereses de la

Institución. Como ilustración se presenta la propuesta de la Compañía

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Memorial Funer Asesora de Servicios Funerarios S.A. para contratos

corporativos:

Este ejemplo se refiere a un contrato realizado con una institución educativa,

la modalidad es corporativa en la cual el interesado firma el contrato del

servicio exequial prepagado para él y seis dependientes familiares más a

elección del interesado por un valor de 7,99 dólares mensuales total.

Servicios que cubre el seguro para el cliente y todos los dependientes:

Trámites legales para la inhumación o cremación ante las

autoridades competentes.

Traslado a las salas de velación y al camposanto.

Servicio de tanatopraxia.

Proveer al cliente o beneficiario de un cofre de acuerdo a las

características convenidas.

Utilización de las salas de velaciones o servicio a domicilio.

Decoración de las salas de velación con arreglos florales.

Celebración del servicio religioso a cargo de un ministro del culto

indicado por el cliente.

Entrega de un libro recordatorio, con aspectos relacionados con la

asistencia a las honras.

Espacio en camposanto por cuatro años o servicio de cremación

Los traslados a nivel nacional se realizan por vía aérea o por vía

terrestre de acuerdo a las condiciones logísticas.

Condiciones para la asistencia

Edad para el ingreso del titular, desde los 18 años hasta el día que

cumpla 64 años 11 meses y 29 días, sin límite para su permanencia.

Edad para el ingreso de los dependientes desde 1 año hasta el día

que cumpla 64 años 11 meses y 29 días sin límite de edad para su

permanencia.

El contrato cubre al titular y seis dependientes en forma inmediata y

a nivel nacional.

Ventajas

Este seguro cubre a siete personas por un valor de 7,99 dólares

mensuales.

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En caso de fallecimiento del titular o algún dependiente, podrá ser

restituido por otra persona al momento de renovación del contrato.

Desventajas

En caso de atraso al pago mensual superior a 30 días la empresa no

está obligada a prestar el servicio.

Los padres solo pueden incluirse hasta el día que cumplan 69 años

11 meses y 29 días.

Empresas como Funeraria Nacional, Los Lirios y otras tiene ofertas similares

en servicios y precios. Las negociaciones por servicios y costos pueden

negociarse en función del número de afiliados y cobertura de asistencia. Por

referencia de análisis se puede señalar que el seguro con esa cobertura de

servicios podría costar a cada afiliado (individualmente) un dólar o menos si

se considera una población policial beneficiaria de esta prestación superior a

50.000 personas.

E. EJECUCIÓN DE LOS TRÁMITES A OBSERVARSE

Como se manifestó cada persona puede individualmente demandar estos

seguros libre y voluntariamente con la formalización de un contrato escrito

entre las partes. Comprometiéndose al pago de estipulado personalmente.

En el caso de contratarse un seguro corporativo el contrato sigue dos

procesos: contrato con la institución para la retención de los aportes de pago

y contrato con el interesado si es que este desea incluir familiares en la

prestación.

F. PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN

La implementación del servicio es de forma inmediata y a nivel nacional en

cualquiera de las empresas que ofrecen estos seguros una vez suscrito el

contrato.

El pago del seguro mensual se lo podría financiar del aporte mensual que

otorga cada afiliado para el seguro mortuorio institucional. Tomando como

base el ejemplo expuesto cada afiliado destinaría alrededor de 1,00 dólar

mensual, quedando incluso un remanente para que el ISSPOL pueda

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destinar esos fondos a otras prestaciones para el afiliado. Este tipo de

seguros es beneficioso económica y socialmente para los deudos, si se

considera que los 851,60 dólares que recibe no alcanzan a cubrir ni el 30%

del costo del servicio en el mercado, a lo que se incluye gestionar los otros

aspectos que implica un fallecimiento.

G. ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LA PROPUESTA DE TENER UNA

CAPILLA ARDIENTE Y ADQUIRIR UN SEGURO DE SERVICIOS

EXEQUIALES

CAPILLA ARDIENTE POLICIAL SEGURO EXEQUIAL PREPAGADO

Ventajas Ventajas

Servicio de velación propio de la institución.

Trámites legales para la inhumación o cremación.

El costo del servicio se puede ofertar a un precio más bajo del mercado.

Traslado a las salas de velación y al camposanto.

El valor del servicio se puede descontar del fondo mortuorio del afiliado.

Traslado del cadáver al lugar de origen vía aérea.

El servicio se puede extender a familiares del afiliado.

Proveer de un cofre de acuerdo a las características convenidas

Desventajas Utilización de las salas de velaciones o servicio a domicilio.

Solo cubre el servicio de velación. Decoración de las salas de velación con arreglos florales.

Instalar el servicio en los Comandos Provinciales, demoraría mucho tiempo.

Servicio religioso a cargo de un ministro del culto indicado por el cliente.

Los ingresos realmente no cubrirían los egresos que demanda su mantenimiento.

Espacio en camposanto por cuatro años o servicio de cremación.

No se cuenta con infraestructura física para la instalación del servicio.

Edad de ingreso desde los 18 años hasta los 64 años

Demandaría personal policial para su administración, lo que implicaría restar operatividad a la Policía.

El seguro se puede extender a los familiares.

El resto de necesidades exequiales se tendría que contratar en el mercado.

El valor del seguro tiene un costo promedio entre 1,00 y 1,50 dólares.

El fondo mortuorio no alcanza a cubrir ni el 30% de los costos que demanda todo el servicio exequial.

Se puede pagar del valor que asigna cada afiliado para el seguro mortuorio.

Desventajas

En caso de atraso al pago mensual superior a 30 días la empresa no está obligada a prestar el servicio.

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Anexo No. 1

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

ESCUELA DE ESTADO MAYOR

(Encuesta de opinión)

PRESENTACIÓN: Señor Policía: La presente encuesta busca recoger su opinión sobre la pertinencia de implementar los servicios exequiales para el personal de la Policía Nacional. La encuesta es “ANÓNIMA”. La información será tratada confidencialmente y únicamente es válida para este proyecto. INSTRUCCIONES: 1. Favor responda las preguntas con objetividad. 2. Marque con una X en el paréntesis de la respuesta que sea su criterio. PREGUNTAS: 1. Grado que ostenta: …………………………………… 2. Tiempo de permanencia en la Policía: Años ( ) 3. Considera que el rubro para gastos funerales que recibe del ISSPOL, cubre los

costos de este servicio:

SI ( ) NO ( ) 4. Cual de las dos siguientes propuestas estaría usted de acuerdo que el ISSPOL

implemente: b. Capillas ardientes para el velatorio del personal policial en cada uno de los Distritos.

Servicio que abarataría los costos por esta prestación en relación al precio que cobran las funerarias particulares por el mismo. ( )

c. Contratar un seguro mortuorio que cubra todas las contingencias funerales de velatorio,

traslado, exhumación o crematorio para el personal policial e incluso ampliar el servicio para los familiares. Este seguro obligaría a que usted tenga que pagar una pequeña suma de dinero mensual, deducible de su salario. ( )

5. Exponga sus razones por cualquiera de los casos que usted ha elegido:

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Page 53: INFORME DEL PROYECTO I. IDENTIFICACIÓN DEL ......INFORME DEL PROYECTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO A. TÍTULO.- “CREACIÓN DE SERVICIOS EXEQUIALES PARA EL PERSONAL POLICIAL”

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BIBLIOGRAFÍA

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CHAVEZ, Oswaldo (2004) Leyes y Reglamentos Policiales. Quito, Génesis

Ediciones.

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Quito, Científica Editores.

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