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*2020100000801* Al responder por favor cite este número Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020 1 INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR MUNICIPIO DE TURBO-ANTIOQUIA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL VIGENCIA 2018 CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA Medellín, enero de 2020

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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA

REGULAR

MUNICIPIO DE TURBO-ANTIOQUIA

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

VIGENCIA 2018

CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA

Medellín, enero de 2020

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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE TURBO

Contralor General de Antioquia (E) Diana Carolina Torres García Contralor Auxiliar Delegado (E) Patricia Dolores Olano Azuad Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada Luz Agueda Cuervo Martínez Equipo Auditor Contralor Auxiliar – Coordinador Wilson Humberto Alzate Sánchez Contralor Auxiliar John Jairo Villegas Osorio Profesional Universitario Luis Alberto Orrego Calderón Profesional Universitario Diego Enrique Parra López Profesional Universitario Henry Javier Cárdenas Ochoa Profesional Universitario Gilberto de Jesús Giraldo Ochoa

Comité Operativo Contralora Auxiliar - Contador Yeissin Cáceres Pradilla

Contralora Auxiliar Andrea Velásquez Hincapié

Profesional Universitaria Ángela Paola Ríos Rosas

Profesional Universitaria Martha Lillyam Palacios M.

Profesional Universitaria (P) Nacyra Raquel Máttar Acuña

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TABLA DE CONTENIDO

1. DICTAMEN INTEGRAL ........................................................................................................... 7

1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO ............................................................................ 7

1.1.1 Control de Gestión............................................................................................................ 7

1.1.2 Control Financiero ............................................................................................................ 8

1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables ............................................................................. 9

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ........................................................................................ 11

2.1. CONTROL DE GESTIÓN ...................................................................................................... 11

2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación ........................................................................... 11

2.1.1.1. Gestión Contractual. ........................................................................................................ 12

2.1.1.2. Legalidad ........................................................................................................................... 45

2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual ............................................. 46

2.1.2 Control Fiscal Interno ........................................................................................................... 49

2.1.3. Gestión Ambiental ............................................................................................................... 50

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual. .......................................................................................... 50

2.2 CONTROL FINANCIERO ....................................................................................................... 50

2.2.1. Factor Estados Contables .................................................................................................. 50

2.2.2 Sistema de Control Interno Contable .......................................................................... 86

2.2.3. Gestión Presupuestal ......................................................................................................... 87

3. OTRAS ACTUACIONES ........................................................................................................... 97

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3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS ............................................................................................... 97

3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR .......................................................................... 97

3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS ........................................................................ 100

3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS ............................................................................................. 109

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS .................................................................... 110

4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................. 114

5. ANEXOS ................................................................................................................................ 115

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Medellín, enero de 2020 Doctor ALEJANDRO ABUCHAR GONZALEZ Alcalde Municipio de Turbo TURBO- ANTIOQUIA Calle 104 # 21-33 KM1, Salida a Apartadó Edificio Pinoroa [email protected], [email protected] Teléfonos 8272957, 3103825654 Asunto: Dictamen de Auditoría vigencia 2018 La Contraloría General de Antioquia con fundamento en las facultades otorgadas por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Modalidad Regular al ente que usted representa, a través de la evaluación de los principios de eficiencia, eficacia y equidad con que se administraron los recursos puestos a disposición y los resultados de la gestión, el examen del Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social a 31 de diciembre de 2018, la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas se realizaron conforme a las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables. Es responsabilidad del Gerente el contenido de la información suministrada por la Entidad y analizada por la Contraloría General de Antioquia, que a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe integral que contenga el concepto sobre la gestión adelantada por la Administración del municipio de Turbo que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a las disposiciones legales, y la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Contables. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría General de Antioquia, compatibles con las de general aceptación; por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y

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ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el informe integral. El control incluyó examen sobre la base de pruebas selectivas, evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las cifras y presentación de los Estados Contables y el cumplimiento de las disposiciones legales.

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1. DICTAMEN INTEGRAL 1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO

Con base en la calificación total de 69.1, sobre la Evaluación de la Gestión Fiscal, componentes control de gestión y control financiero, la Contraloría General de Antioquia No Fenece la cuenta de la Entidad por la vigencia fiscal correspondiente al año 2018.

1 MATRIZ EVALUACION DE GESTION FISCAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Gladys Enith Arroyave Brand- Contralora Auxiliar-

Los fundamentos de este pronunciamiento se presentan a continuación: 1.1.1 Control de Gestión La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control de Gestión, es Favorable, como consecuencia de la calificación de 92.16 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

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2 CONTROL DE GESTION

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA

VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez-Contralor Auxiliar-

1.1.2 Control Financiero La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control Financiero, es Desfavorable, como consecuencia de la calificación de 11.61 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

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3 CONTROL FINANCIERO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Gladys Enith Arroyave Brand- Contralora Auxiliar-

1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables En nuestra opinión, los estados financieros presentan, adversa o negativa, la situación financiera de la Administración municipal del Municipio de Turbo, a 31 de diciembre de 2018, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios, normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia o prescritos por el Contador General. Es responsabilidad del representante legal dar a conocer el informe de auditoría a la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, para que continúe con el trámite de los hallazgos Administrativos de acuerdo a su competencia.

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Atentamente,

WILSON HUMBERTO ALZATE SÁNCHEZ Contralor Auxiliar

PATRICIA DOLORES OLANO AZUAD Contralor Auxiliar - Auditoria Integrada (E)

P/ E/ Wilson Humberto Alzate Sánchez Visto Bueno, John Jairo Villegas Osorio, Contador de la Comisión R/ Nacyra Raquel Mattar Acuña

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2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

2.1. CONTROL DE GESTIÓN Como resultado de la auditoría adelantada, en el componente Control de Gestión se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría: 2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación En la ejecución de la presente Auditoría y de acuerdo con la información suministrada por la Administración Municipal de Turbo, en cumplimiento de lo establecido en la resolución interna de rendición de cuentas en línea de la Contraloría General de Antioquia, se determinó que la Entidad celebró la siguiente contratación: En total celebró 280 contratos por valor de $49.174.302.868, distribuidos así:

4. CONTRATACIÓN ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

TIPOLOGIA CANTIDAD

CONTRATADA VALOR $

MUESTRA CANTIDAD

VALOR $

Obra Pública 27 18.485.848.942 14 17.825.016.399

Prestación de Servicios

172 19.337.196.304 43 13.679.463.544

Suministros 73 7.698.320.483 49 6.617.057.986

Consultoría y otros 7 3.352.938.946 7 3.352.938.946

Interventoría 1 299.998.193 0 0

Régimen Especial 0 0 0 0

TOTAL 280 49.174.302.868 113 41.474.476.875

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

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De acuerdo a lo anterior el siguiente es el resultado de la ejecución de la auditoría regular a la Administración Municipal de Turbo. . 2.1.1.1. Gestión Contractual. Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Contractual obtuvo un puntaje de 96.83 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

5. GESTIÓN CONTRACTUAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

2.1.1.1.1. Obra Pública De un universo de 27 contratos de obra pública se auditaron 13; por valor de $17.295.018.206, equivalente al 94.7% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

1. El contrato de obra No. 273-2018, suscrito el 10 de diciembre de 2018 para la

“Construcción y adecuación de infraestructura educativa en las I.E. San Vicente

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del Congo, I.E. Río Grande, I.E. Alto de Mulatos, I.E. Monte Verde, I.E. Pueblo Bello, I.E. Coldesa Asmtercol, I.E. El Dos, I.E. Puerto Esar, I.E. Veinticuatro de Diciembre, I.E. Villa María, I.E. El Tres, I.E. Galleta, I.E. Santafe, I.E. Normal Superior de Urabá. I.E. Piedrecitas del Municipio de Turbo.” por $5.520.968.968, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal, se observó que en la propuesta económica del oferente no se presentó el cálculo y la relación detallada del A.U., a pesar de que en el Numeral 3.19 de los Pliegos de Condiciones exige que el oferente debería presentar el análisis del AU, el cual debería contener todos los costos de administración en los que incurre la organización del constructor para poder ofertar y desarrollar la obra. Esta condición no fue exigida por la entidad, ni presentada en los estudios previos, la cual limita la estimación del presupuesto oficial y la justificación del mismo, inobservando el numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1. y el Artículo 2.2.1.1.1.6.1. del Decreto 1082 de 2015. (A)

2. El contrato de obra No. 118-2018, celebrado el 21 de marzo de 2018 para la

“Construcción de pavimento rígido en el barrio Gonzalo Mejía y mejoramiento de afirmado en el barrio Jesús Mora del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $729.991.236, este contrato se encuentra liquidado. Luego de la evaluación fiscal, se observó lo siguiente: (F) (D) (P)

a) Se evidenció que la Entidad no exigió al contratista la constitución de una

fiducia o patrimonio autónomo para el manejo de los recursos recibidos como anticipo, a pesar de que en el Parágrafo Primero de la Cláusula Sexta de la minuta del Contrato de Obra lo menciona. Contraviniendo el Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011.

b) En el recorrido realizado el 20 de septiembre de 2018 al sitio de las obras, se

apreciaron obras que no han sido terminadas, a pesar de que este contrato está liquidado, recibido a satisfacción y pagado completamente desde el pasado mes de diciembre de 2018, tales como: Los andenes y cordones que conforman las ochavas de las esquinas; el Realce de las tapas de las cámaras de inspección del alcantarillado (MHs) y la instalación de las rejas de los sumideros, según norma de EPM, a la cual estos sumideros no cumplen con las dimensiones de ninguno de los tipos que recomienda la esta norma. Lo anterior evidencia deficiencias en las labores de interventoría y supervisión, por la inobservancia al deber de adelantar revisiones periódicas

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a las obras, tal como lo establece el Numeral 4 del Artículo 4 de la Ley 80 de 1993 y lo reglado en los Artículos 83 y 84 de la ley 1474 de 2011.

Es importante anotar que en la Ley 599 de 2000, en el Artículo 410 que contempla los contratos sin cumplimiento de requisitos legales, expresa: “El servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos”.

Fotos: Andenes sin terminar, especialmente en las esquinas donde no se han conformado las ochavas. Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

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Fotos: Sumideros que no cumplen con dimensiones que establece las normas de EPM y falta instalar las rejas metálicas. Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

Fotos: No se han realizado los realces de las tapas de los MH. Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

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c) Luego de la evaluación fiscal, se observaron mayores cantidades de obra medidas para el acta de pago con relación a las ejecutadas por valor de $80.854.072, según se describe a continuación:

Item Actividad Und Cant.

Pagada Cant.

Medida Diferencia

Valor Unitario

Valor Total

4.1. Losa de concreto MR:41 (Suministro, formaleteado, colocación y acabado)

M3 322.00 288.00 34.00 $677.000 $23.018.000

Suministro e instalación señal vial reglamentaria, diámetro 60 cm. Según norma INVIAS

Un 9 3 6 $358.000 $2.148.000

6.1. Suministro y siembra de especias arbóreas

Un 30 0 30 $370.000 $11.100.000

7.1. Sumidero tipo EPM en concreto reforzado y rejilla metálica según diseño

Un 9 2 7 $450.000 $3.150.000

7.2. Anden en concreto de 3000 psi con tableta guía según diseño anexo

M2 420.00 408.00 12.00 $95.000 $1.140.000

TOTAL COSTO DIRECTO

$40.556.000

AU (30%) $12.166.800 TOTAL $52.722.800

Fuente: Acta de Obra Final y Visita de Obra. Elaboró: Diego Enrique Parra López (PU-CAAI).

Por lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por valor de $52.722.800, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000 y se presume falta de seguimiento y control por parte de la supervisión del contrato, Acorde lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el Artículo 118 de la Ley 1474 de 2011.

3. El contrato de obra No. 274-2018, suscrito el 10 de diciembre de 2018 para la

“Mejoramiento de vías urbanas en la calle 107 – 7, calle 107 – 6, calle 113 – 10 y calle 15 de Santa Fe de la Playa del Municipio de Turbo.” por $940.999.991, este contrato se encuentra terminado y liquidado. Luego de la evaluación fiscal, se observó que, en la discriminación de la Administración (A) dentro del AU en la propuesta económica, el Contratista incluyó en los costos de “Personal Profesional y Técnico” un salario mensual más prestaciones de $6.912.500

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para el Representante Legal de la empresa, costo que no debe ser incluido en la Administración, ya que éste no hace parte del personal de la obra sino del personal administrativo de la firma, cuyos honorarios deben ser cubiertos por la utilidad operacional de la empresa y no por la obra en mención. Ese valor representa un 0.01097% sobre el costo inicial del contrato, lo que, según el valor final de la obra, el salario pagado al representante legal fue de $10.322.796.

Así mismo, en la Administración, dentro del Item 7. Impuestos, se incluyeron el 2% de la retención en la fuente (denominado Servicios Generales) y 0.8 % del Rete ICA, de lo que se deduce que, se cobró un 2.8 % de más del valor total de la obra en impuestos que son impuestos deducibles para el contratista según lo establece el Artículo 4 de la Ley 1111 de 2006 y los Artículos 373 y 374 del estatuto tributario. Si tenemos en cuenta que el valor total de los costos directos de la obra fue de $723.846.147, lo pagado de más por este concepto fue de $20.267.692. Por todo lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por $30.590.488, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000; acorde con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el Artículo 118 de la Ley 1474 de 2011. (F) (D)

4. El contrato de obra 241-2018, celebrado el 29 de octubre de 2018 para la “Construcción de la cancha sintética auxiliar de la Unidad Deportiva, sendero y biosaludable del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $3.051.520.997, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal, se observó:

a) En la discriminación de la Administración (A) dentro del AU de la propuesta

económica, el Contratista incluyó en la Administración, dentro del Item A. Impuestos y Estampillas, el 2% por concepto de la retención en la fuente, que es un impuesto deducible para el contratista según lo establece el Artículo 4 de la Ley 1111 de 2006 y los Artículos 373 y 374 del estatuto tributario. Si tenemos en cuenta que el valor total de los costos directos de la obra fue de $2.347.323.844, lo reconocido de más por este concepto fue de $46.946.477.

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b) Se sobreestimó el costo de la póliza de cumplimiento y la de responsabilidad civil extracontractual en el A.U, las cuales ascienden a $42.251.829, equivalente al 1.80% del valor total del contrato, pero el costo real de las mismas fue de $12.065.906, generando un sobrecosto de $30.185.923.

Por encontrarse el contrato en ejecución, este quedará como insumo para próximas actuaciones de la Contraloría General de Antioquia. (A)

5. El contrato 296-2017, suscrito con el Consorcio Desarrollo Urbano de Turbo,

cuyo objeto fue “Construcción de vías urbanas en concreto hidráulico en los barrios centro, Brisas del Mar y centro del municipio de Turbo”, por un valor de $1.067.737.348, contrato sin liquidar, se encontró lo siguiente: (A)

Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente Consorcio Desarrollo Urbano de Turbo, con relación al Cálculo de la Administración y la Utilidad, se evidenció que el comité asesor y evaluador no hizo las respectivas correcciones al AU presentado por el contratista y que afecta el valor total del contrato, inobservando lo establecido en el Articulo 2.2.1.1.2.2.3. Del Decreto 1082 de 2015.

Se hace necesario precisar lo siguiente:

Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 "ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL" Artículo 115. Deducción de impuestos pagados.

* -Modificado- Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial,

que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

** -Modificado- A partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos

financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor. (Corresponde al 50% del Impuesto 4 por mil)

La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo anticipado; de conformidad con el Artículo 365 del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 del 30 de marzo de 1989); al momento de declarar renta se imputan los valores retenidos, es decir, deduce del total del impuesto sobre la renta y complementarios el valor del impuesto retenido, con base en

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el certificado expedido por el Agente Retenedor y por tal motivo no es considerado dentro del presupuesto presentado.

En consecuencia, el ente territorial debió haber descontado del Cálculo de la Administración y la Utilidad, los porcentajes correspondientes a estas deducciones estimadas en el 2% para la Retefuente y 0,80% para Retención de Industria y Comercio ICA. De este modo la Administración contemplada en los costos indirectos, es de 660.205.884 y no de $706.474.502; como se detalla en el siguiente cuadro:

TABLA COMPARATIVA DEL CÁLCULO DEL AU PRESENTADO POR EL

CONTRATISTA VS AU CORREGIDO DE ACUERDO A LO EXPUESTO

COSTOS DIRECTOS DEL PROYECTO

PROPUESTA AU CORRECCI

ON

DESCRIPCION VALOR MES PRESTACION % VALOR TTAL MES TOTAL VALOR TOTAL

Ingeniería ambiental

3.000.000

56 4.680.000 5

23.400.000

Profesional SISO

2.000.000 56 3.120.000 5

15.600.000

Trabajadora social

2.000.000 56 3.120.000 5

15.600.000

COSTO PGIO 54.600.000 54.600.000

Implementos de comunicación

300.000

5 1.500.000

Implementos de seguridad y cerramiento

2.300.000

5 11.500.000

Permisos y tramites, pagos de botaderos y depósitos

3.453.960

1 3.453.960

Capacitación

2.000.000 1

2.000.000

VALOR TOTAL GASTOS PGIO

18.453.960 18.453.960

ADMINISTRACION

Vigilante 1.200.000

56 1.872.000 5 9.360.000

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COSTOS DIRECTOS DEL PROYECTO

PROPUESTA AU CORRECCI

ON

DESCRIPCION VALOR MES PRESTACION % VALOR TTAL MES TOTAL VALOR TOTAL

Almacenista 800.000

56 1.248.000 5 6.240.000

Topógrafo 2.000.000

56 3.120.000 5 15.600.000

Ingeniero residente

3.000.000 56 4.680.000 5

23.400.000

Director de obra

4.500.000 56 7.020.000 5

35.100.000

VALOR TOTAL ADMINISTRACION

89.700.000 89.700.000

COSTOS ADMINISTRATIVO

S

Oficina

700.000 5

3.500.000

3.500.000

Bodega

700.000 5

3.500.000

3.500.000

Implementos oficina

1.000.000 5

5.000.000

5.000.000

Ensayo laboratorio control

1.200.000

5

6.000.000 6.000.000

Transportes y viáticos

2.000.000

5

10.000.000 10.000.000

Pólizas y seguros

3.559.124.493

0,005

17.443.113 17.443.113

Gastos municipales y estampillas

3.559.124.4

93 0,14

498.277.429

VALOR TOTAL COSTOS

ADMINISTRACION

543.720.542

50% Impuesto del 4/1000

3.559.124.4

93 0,002

7.118.249

7.118.249

Impuesto de seguridad nacional 5%

3.559.124.4

93 0,050

177.956.225

177.956.225

Estampilla pro anciano 4%

3.559.124.4

93 0,040

142.364.980

142.364.980

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COSTOS DIRECTOS DEL PROYECTO

PROPUESTA AU CORRECCI

ON

DESCRIPCION VALOR MES PRESTACION % VALOR TTAL MES TOTAL VALOR TOTAL

Impuesto estampilla pro - hospital 1,5%

3.559.124.4

93 0,015

53.386.867

53.386.867

Estampilla pro cultura 2%

3.559.124.4

93 0,020

71.182.490

71.182.490

TOTAL

ADMINISTRACION

706.474.502 660.205.884

Fuente: Archivo Municipio de Turbo, Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil. (PU).

6. En el contrato 105-2017, suscrito con Wilmar Lozano Mosquera, cuyo objeto fue “Construcción de alcantarillado sanitario del corregimiento de Punta de Piedra y la vereda El Porvenir municipio de Turbo Antioquia” por un valor de $1.096.414.600, el cual se encuentra liquidado, se observaron diferencias de cantidades de obra de acuerdo con el cuadro siguiente, lo cual se constituye en un presunto detrimento patrimonial por $42.695.250 de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 610 de 2000, en concordancia con el Articulo 118 de la Ley 1474 de 2011. (F) (D)

Dado que la Interventoría o supervisión certifica obras no ejecutadas, se observan deficiencias en las labores del interventor acorde con los artículos 82, 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.

ÌTEM DESCRIPCIÒN UN VALOR

UNITARIO

CANTIDAD

PAGADA

CANTIDAD

MEDIDA DIFERENCIA

VALOR

DIFERENCIA

ALCANTARILLADO PUNTA DE PIEDRA

4.1 Transporte y colocación de tubería

Novafort de 8” M 19.500 2200 1800 400 $7.800.000

5.2 Conos, cuellos, tapas

y cañuelas UN 915.000 33 30 3 $2.745.000

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ÌTEM DESCRIPCIÒN UN VALOR

UNITARIO

CANTIDAD

PAGADA

CANTIDAD

MEDIDA DIFERENCIA

VALOR

DIFERENCIA

10.2 Suministro de tubería

Novafort de 8” M 35.500 2200 1800 400 $14.200.000

ALCANTARILLADO VEREDA EL PORVENIR

4.1 Transporte y colocación de tubería Novafort de 8”

M 19.500 300 689 -389 -$7.585.500

5.2 Conos, cuellos, tapas y cañuelas

UN 915.000 9 12 -3 -$2.745.000

10.2 Suministro de tubería Novafort de 8”

M 35.500 425 689 -264 -$9.372.000

9.3

Sistema de tratamiento tipo séptico + fafa + campo de infiltración

sistema principal

GL 18.000.000 1 0 1 $18.000.000

12.4 Pozo de entrada y

bombeo UN 1.800.000 2 1 1 $1.800.000

12.5

Bomba hidráulica para aguas residuales

UN 8.000.000 2 1 1 $8.000.000

Subtotal $32.842.500

AU (30%) $9.852.750

TOTAL $42.695.250

Fuente: Actas de pago de contratación y visita de obra, contratos liquidados. Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil, (P.U.)

7. En los Contratos de Obra Pública que se relacionan a continuación, se evidenció que la Administración Municipal NO exigió en el pliego de condiciones definitivo, la experiencia especifica de un mínimo de 5 años,

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exigidos para los Directores de Obra, en obras de acueducto y saneamiento básico, condición que limita la seguridad, durabilidad, eficiencia, sostenibilidad y el funcionamiento adecuado de la infraestructura requerida para la prestación de los servicios públicos domiciliarios; inobservando el Articulo 28 de la Resolución 0330 – RAS 2017 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. (D)

CÓDIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

NOMBRE

CONTRATISTA

OBJETO

CONTRATO

123-2018 $369.976.320 Luis Daniel Lozano

Bustillo

Construcción de alcantarillado

sanitario de la calle central del Barrio

29 de noviembre del Corregimiento de

Nueva Colonia del Municipio de Turbo

119-2018 $979.674.105 Wilmar Lozano

Mosquera

Construcción de alcantarillado

sanitario en la calle 98 entre cra 8 y

13 Barrio Obrero del Municipio de

Turbo

135-2018 $1.089.881.859

FAGUS

CONSTRUCCIONES

Y SERVICIOS S.A.S

Construcción del primer tramo de

alcantarillado Vía La Playa del

Municipio de Turbo

Fuente: Carpetas contratos Municipio de Turbo

Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil (PU)

Se anexa textualmente el numeral 4.7 del pliego de condiciones definitivo de

los procesos enunciados, donde se muestra la falencia en cuanto a la

exigencia de la experiencia específica de los directores de obra:

“4.7. PERSONAL PROFESIONAL, TÉCNICO EN LA OBRA. El Contratista se obliga a mantener al frente de los trabajos, durante el tiempo de ejecución del contrato, al personal profesional cuyas hojas de vida deberá someter a la aprobación de Supervisión de la Secretaría de Obras en forma previa a la iniciación de las obras. Director de Obra: (1) Para la ejecución de la obra el contratista se obliga a mantener un profesional en el cargo de director de obra con la dedicación del 50%, con suficiente autonomía para representarlo en todos los asuntos relacionados con el desarrollo y cumplimiento del contrato, y cuya hoja de vida deberá someter a la aprobación de la Secretaría de Obras en forma previa a la iniciación de los trabajos, para el perfeccionamiento del contrato. Adicionalmente, deberá estar presente en las reuniones y/o comités de seguimientos y en la toma de decisiones y cuando La Secretaría de Obras lo requiera.

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Deberá cumplir los siguientes requisitos: Que acredite título académico de Ingeniero Civil o Arquitecto y deberá tener mínimo quince

(15) años como profesional a partir de la fecha de expedición de la tarjeta o matrícula

profesional”

8. En los Contratos de Obra Pública que se relacionan a continuación, se evidenció que NO se solicitó el permiso de vertimientos a la respectiva autoridad ambiental, condición que limita la protección de los recursos naturales y la salud de los seres humanos; inobservando el Artículo 2.2.3.3.5.1. del Decreto 1076 de 2015 de Minambiente. (D)

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CÓDIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

NOMBRE

CONTRATISTA

OBJETO

CONTRATO

123-2018 $369.976.320 Luis Daniel Lozano

Bustillo

Construcción de alcantarillado

sanitario de la calle central del Barrio

29 de noviembre del Corregimiento de

Nueva Colonia del Municipio de Turbo

119-2018 $979.674.105 Wilmar Lozano

Mosquera

Construcción de alcantarillado

sanitario en la calle 98 entre cra 8 y

13 Barrio Obrero del Municipio de

Turbo

135-2018 $1.089.881.859

FAGUS

CONSTRUCCIONES

Y SERVICIOS S.A.S

Construcción del primer tramo de

alcantarillado Vía La Playa del

Municipio de Turbo

Fuente: Carpetas contratos Municipio de Turbo

Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil (PU)

2.1.1.1.2. Prestación de Servicios De un universo de 172 contratos de prestación de servicios se auditaron 43; por valor de $13.679.463.544, equivalente al 70% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal.; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

9. El contrato 126 de 2018, Por $552.000.240 cuyo objeto es Prestar los Servicios

de Vigilancia Privada, con inicio el 05 de abril de 2018, por una duración de 68 días, al 24 de septiembre de 2019 más de un año después aún no se visualiza el primer pago, como tampoco los informes de interventoría para el pago especifico en Gestión Transparente, lo que incumple cabalmente, las cláusulas Cuarta y Décima de dicho contrato, también inobserva, Numerales 13 y 14, Artículo 25, Ley 80 de 1993, Numerales 1,2,4, Artículo 26, Ley 80 de 1993, Artículo 27, Ley 80 de 1993. (A)

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CONTRATOS :

TIPOLOGÍA EVALUADOR CÓDIGO

CONTRATO NOMBRE

VALOR CONTRATO

Estado de cuenta a 31 de diciembre de 2108

Estado de cuenta a 24 de septiembre de 2018

Admón Turbo Prestación De Servicios

WILSON HUMBERTO ALZATE SANCHEZ

126-2018 SEGURIDAD DIGITAL LTDA

$552.000.240

$552.000.240 $552.000.240

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

10. El convenio 193 de 2018, Por $382.600.000 cuyo objeto es Ejecución del programa de Prevención del plan Integral de Seguridad, por una duración de 120 días, con inicio el 15 de agosto de 2018, no cumplió el Programa Don Honrado y su ejecución se realizó sin que el contratista recibiera pago alguno, poniendo en duda el cumplimiento del objeto. Incumple cabalmente, las cláusulas Tercer y Quinta de Dicho Contrato, también inobserva, Numerales 13 y 14, Artículo 25, Ley 80 de 1993, Numerales 1,2,4, Artículo 26, Ley 80 de 1993, Artículo 27, Ley 80 de 1993. (A)

2.1.1.1.3. Suministros De un universo de 60 contratos de suministros se auditaron 38; por valor de $5.751.517.989, equivalente al 84.9% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS

(Cifras en pesos) 2.1.1.1.4. Consultoría u otros Contratos De un universo de 21 contratos de consultoría u otros se auditaron 19; por valor de $4518477136, equivalente al 98.8% del valor total contratado en esta tipología, de

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los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

11. El contrato 116-2018, suscrito con el GRUPO EMPRESARIAL SILVAPAL

S.A.S., cuyo objeto fue “Interventoria técnica, administrativa y financiera para la construcción de alcantarillado sanitario en la calle 98 entre cra 8 y 13 del Barrio Obrero y Sector La Lucila del Municipio de Turbo”, por un valor de $29.957.540, contrato liquidado, se encontró lo siguiente: (F) (D)

Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente GRUPO EMPRESARIAL SILVAPAL S.A.S., con relación a los impuestos del 18% que incorpora a su cotización, se evidenció que el comité asesor y evaluador no hizo las respectivas correcciones de los impuestos cotizados del 18% presentado por el contratista y que afecta el valor total del contrato, inobservando lo establecido en el Articulo 2.2.1.1.2.2.3. Del Decreto 1082 de 2015.

Se hace necesario precisar lo siguiente:

Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 "ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL" Art. 115. Deducción de impuestos pagados.

* -Modificado- Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

** -Modificado- A partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del

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contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor. (Corresponde al 50% del Impuesto 4 por mil)

La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo anticipado; de conformidad con el Artículo 365 del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 del 30 de marzo de 1989); al momento de declarar renta se imputan los valores retenidos, es decir, deduce del total del impuesto sobre la renta y complementarios el valor del impuesto retenido, con base en el certificado expedido por el Agente Retenedor y por tal motivo no es considerado dentro del presupuesto presentado.

En consecuencia, el ente territorial debió haber descontado del Cálculo de los impuestos cotizados, los porcentajes correspondientes a estas deducciones estimadas en el 6% para la Retefuente y 0,80% para Retención de Industria y Comercio ICA. De este modo la Suma del Valor Básico (C) + los Costos Directos No Reembolsables ( D ) contemplada en los costos indirectos, es de $22.976.977 y no de $25.174.403; como se detalla en el siguiente cuadro:

TABLA COMPARATIVA DEL CÁLCULO DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL CONTRATISTA VS PROPUESTA CORREGIDA DE ACUERDO A LO

EXPUESTO

PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

Personal Profesional

ingeniero Civil 1

2.270.000 1 4

9.080.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL

9.080.000

Factor Multiplicador (FM=2,028)

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM

18.414.240 18.414.240

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

OTROS COSTOS DIRECTOS

Unidad Costos Dedicación Tiempo

total Valor total

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotografías)

Mes 480.000 1 4

1.920.000

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

Mes 250.000 1 4

1.000.000

TOTAL COSTOS DIRECTOS

2.920.000 2.920.000

VALOR BASICO A + B ( C )

21.334.240 21.334.240

GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES

Impuestos (18%)

3.840.163

TOTAL GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES (D)

50% Impuesto del 4/1000

21.334.240

0,002

42.668 42.668

Estampilla pro anciano 4%

21.334.240

0,040

853.370 853.370

Impuesto estampilla pro - hospital 1.5%

21.334.240

0,015

320.014 320.014

Estampilla pro cultura 2%

21.334.240

0,020

426.685 426.685

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

TOTAL C+D

25.174.403 22.976.977

Fuente: Archivo Municipio de Turbo, Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil. (PU).

Este hecho que genera un presunto detrimento patrimonial, violando el Articulo 6 de la Ley 610 de 2000, por un valor de $2.197.426, en concordancia con el Articulo 118 de la Ley 1474 de 2011.

12. El contrato 141-2018, suscrito con la FUNDACION PARA LA INVESTIGACION Y LA PARTICIPACION SOCIAL FUNIPAS, cuyo objeto fue “Interventoría técnica, administrativa y financiera para el mejoramiento y optimización de los sistemas de alcantarillado de agua pluviales a cielo abierto en los sectores urbanos y rurales del Municipio de Turbo”, por un valor de $29.998.936, contrato liquidado, se encontró lo siguiente: (F) (D)

Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente FUNDACION PARA LA INVESTIGACION Y LA PARTICIPACION SOCIAL FUNIPAS, con relación a los impuestos del 18% que incorpora a su cotización, se evidenció que el comité asesor y evaluador no hizo las respectivas correcciones de los impuestos cotizados del 18% presentado por el contratista y que afecta el valor total del contrato, inobservando lo establecido en el Articulo 2.2.1.1.2.2.3. del Decreto 1082 de 2015.

Se hace necesario precisar lo siguiente:

Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 "ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL" Art. 115. Deducción de impuestos pagados.

* -Modificado- Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de

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causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

** -Modificado- A partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor. (Corresponde al 50% del Impuesto 4 por mil)

La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo anticipado; de conformidad con el Artículo 365 del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 del 30 de marzo de 1989); al momento de declarar renta se imputan los valores retenidos, es decir, deduce del total del impuesto sobre la renta y complementarios el valor del impuesto retenido, con base en el certificado expedido por el Agente Retenedor y por tal motivo no es considerado dentro del presupuesto presentado.

En consecuencia, el ente territorial debió haber descontado del Cálculo de los impuestos cotizados, los porcentajes correspondientes a estas deducciones estimadas en el 6% para la Retefuente y 0,80% para Retención de Industria y Comercio ICA. De este modo la Suma del Valor Básico ( C ) + los Costos Directos No Reembolsables ( D ) contemplada en los costos indirectos, es de $23.008.726 y no de $25.209.190; como se detalla en el siguiente cuadro:

TABLA COMPARATIVA DEL CÁLCULO DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL CONTRATISTA VS PROPUESTA CORREGIDA DE ACUERDO A LO

EXPUESTO

PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

Personal Profesional

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

32

PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

Auxiliar de ingeniería o arquitectura

1

1.320.000

1 7

9.240.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL

9.240.000

Factor Multiplicador (FM=2,028)

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM

18.738.720 18.738.720

OTROS COSTOS DIRECTOS

Unidad Costos Dedicación Tiempo total Valor total

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotografías)

Mes

235.000 1 7

1.645.000

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

Mes

140.000 1 7

980.000

TOTAL COSTOS DIRECTOS

2.625.000 2.625.000

VALOR BASICO A + B ( C )

21.363.720 21.363.720

GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES

Impuestos (18%)

3.845.470

TOTAL GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES (D)

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

50% Impuesto del 4/1000

21.363.720

0,002

42.727 42.727

Estampilla pro anciano 4%

21.363.720

0,040

854.549 854.549

Impuesto estampilla pro - hospital 1.5%

21.363.720

0,015

320.456 320.456

Estampilla pro cultura 2%

21.363.720

0,020

427.274 427.274

TOTAL

C+D

25.209.190 23.008.726

Fuente: Archivo Municipio de Turbo, Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil. (PU).

Este hecho que genera un presunto detrimento patrimonial, violando el Articulo 6 de la Ley 610 de 2000, por un valor de $2.200.464, en concordancia con el Articulo 118 de la Ley 1474 de 2011.

13. El contrato 142-2018, suscrito con la FUNDACION PARA LA INVESTIGACION Y LA PARTICIPACION SOCIAL FUNIPAS, cuyo objeto fue “Interventoría técnica, administrativa y financiera para mejoramiento y optimización de las redes de alcantarillado pluviales urbanas y rurales del Municipio de Turbo”, por un valor de $29.998.936, contrato liquidado, se encontró lo siguiente: (F) (D)

Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente FUNDACION PARA LA INVESTIGACION Y LA PARTICIPACION SOCIAL FUNIPAS, con relación a los impuestos del 18% que incorpora a su cotización, se evidenció que el comité asesor y evaluador no hizo las respectivas correcciones de los impuestos cotizados del 18% presentado por el contratista y que afecta el valor total del contrato, inobservando lo establecido en el Articulo 2.2.1.1.2.2.3. del Decreto 1082 de 2015.

Se hace necesario precisar lo siguiente:

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Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 "ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL" Art. 115. Deducción de impuestos pagados.

* -Modificado- Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

** -Modificado- A partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor. (Corresponde al 50% del Impuesto 4 por mil)

La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo anticipado; de conformidad con el Artículo 365 del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 del 30 de marzo de 1989); al momento de declarar renta se imputan los valores retenidos, es decir, deduce del total del impuesto sobre la renta y complementarios el valor del impuesto retenido, con base en el certificado expedido por el Agente Retenedor y por tal motivo no es considerado dentro del presupuesto presentado.

En consecuencia, el ente territorial debió haber descontado del Cálculo de los impuestos cotizados, los porcentajes correspondientes a estas deducciones estimadas en el 6% para la Retefuente y 0,80% para Retención de Industria y Comercio ICA. De este modo la Suma del Valor Básico ( C ) + los Costos Directos No Reembolsables ( D ) contemplada en los costos indirectos, es de $23.008.726 y no de $25.209.190; como se detalla en el siguiente cuadro:

TABLA COMPARATIVA DEL CÁLCULO DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL CONTRATISTA VS PROPUESTA CORREGIDA DE ACUERDO A LO

EXPUESTO

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

Personal Profesional

Auxiliar de ingeniería o arquitectura

1

1.320.000

1 7

9.240.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL

9.240.000

Factor Multiplicador (FM=2,028)

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM

18.738.720 18.738.720

OTROS COSTOS DIRECTOS

Unidad Costos Dedicación Tiempo

total Valor total

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotografías)

Mes

235.000 1 7

1.645.000

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

Mes

140.000 1 7

980.000

TOTAL COSTOS DIRECTOS

2.625.000 2.625.000

VALOR BASICO A + B ( C )

21.363.720 21.363.720

GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES

Impuestos (18%)

3.845.470

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

TOTAL GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES (D)

50% Impuesto del 4/1000

21.363.720

0,002

42.727 42.727

Estampilla pro anciano 4%

21.363.720

0,040

854.549 854.549

Impuesto estampilla pro - hospital 1.5%

21.363.720

0,015

320.456 320.456

Estampilla pro cultura 2%

21.363.720

0,020

427.274 427.274

TOTAL

C+D

25.209.190 23.008.726

Fuente: Archivo Municipio de Turbo, Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil. (PU).

Este hecho que genera un presunto detrimento patrimonial, violando el Articulo 6 de la Ley 610 de 2000, por un valor de $2.200.464, en concordancia con el Articulo 118 de la Ley 1474 de 2011.

14. El contrato 134-2018, suscrito con VITUS ANALISTAS AMBIENTALES S.A.S, cuyo objeto fue “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción de la primera etapa de tramo de alcantarillado Vía a Las Playas del Municipio de Turbo”, por un valor de $30.000.000, contrato liquidado, se encontró lo siguiente: (F) (D)

Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente VITUS ANALISTAS AMBIENTALES S.A.S, con relación a los impuestos del 18% que incorpora a su cotización, se evidenció que el comité asesor y evaluador no hizo las respectivas correcciones de los impuestos cotizados del 18% presentado por el contratista y que afecta el valor total del contrato, inobservando lo establecido en el Articulo 2.2.1.1.2.2.3. del Decreto 1082 de 2015.

Se hace necesario precisar lo siguiente:

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Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 "ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL" Art. 115. Deducción de impuestos pagados.

* -Modificado- Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

** -Modificado- A partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor. (Corresponde al 50% del Impuesto 4 por mil)

La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo anticipado; de conformidad con el Artículo 365 del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 del 30 de marzo de 1989); al momento de declarar renta se imputan los valores retenidos, es decir, deduce del total del impuesto sobre la renta y complementarios el valor del impuesto retenido, con base en el certificado expedido por el Agente Retenedor y por tal motivo no es considerado dentro del presupuesto presentado.

En consecuencia, el ente territorial debió haber descontado del Cálculo de los impuestos cotizados, los porcentajes correspondientes a estas deducciones estimadas en el 6% para la Retefuente y 0,80% para Retención de Industria y Comercio ICA. De este modo la Suma del Valor Básico ( C ) + los Costos Directos No Reembolsables ( D ) contemplada en los costos indirectos, es de $23.009.545 y no de $25.210.084; como se detalla en el siguiente cuadro:

TABLA COMPARATIVA DEL CÁLCULO DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL CONTRATISTA VS PROPUESTA CORREGIDA DE ACUERDO A LO

EXPUESTO

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PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

Personal Profesional

ingeniero Civil 1

2.000.000 1 5

10.000.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL

10.000.000

Factor Multiplicador (FM=2,028)

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM

20.280.000 20.280.000

OTROS COSTOS DIRECTOS

Unidad Costos Dedicación Tiempo

total Valor total

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotografías)

Mes 108.448 1 5

542.240

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

Mes 108.448 1 5

542.240

TOTAL COSTOS DIRECTOS

1.084.478 1.084.480

VALOR BASICO A + B ( C )

21.364.478 21.364.480

GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES

Impuestos (18%)

3.845.606

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39

PROPUESTA CORRECCION

CARGO/OFICIO CANTIDAD SUELDO O

TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TTAL

VALOR PARCIAL

VALOR TOTAL

TOTAL GASTOS DIRECTOS NO

REEMBOLSABLES (D)

50% Impuesto del 4/1000

21.364.480

0,002

42.729 42.729

Estampilla pro anciano 4%

21.364.480

0,040

854.579 854.579

Impuesto estampilla pro - hospital 1.5%

21.364.480

0,015

320.467 320.467

Estampilla pro cultura 2%

21.364.480

0,020

427.290 427.290

TOTAL

C+D

25.210.084 23.009.545

Fuente: Archivo Municipio de Turbo, Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil. (PU).

Este hecho que genera un presunto detrimento patrimonial, violando el Articulo 6 de la Ley 610 de 2000, por un valor de $2.200.539, en concordancia con el Articulo 118 de la Ley 1474 de 2011.

15. En los Convenios Interadministrativos que se relacionan a continuación, se evidenció que el Municipio de Turbo realizó contratos de obra pública con una Asociación de Municipios, hecho que transgrede el principio de transparencia en los procesos de contratación de la Entidad, inobservando el Numeral c) del Artículo 92 de la Ley 1474 de 2011. (D)

CÓDIGO

CONTRATO

NOMBRE

CONTRATISTA

OBJETO DEL

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

321-2017 Asomura

Construcción de pavimento y obras

complementarias de 969 metros de

la red vial urbana del municipio de

turbo, conforme lo estableció en el

$1.226.671.225

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40

CÓDIGO

CONTRATO

NOMBRE

CONTRATISTA

OBJETO DEL

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

convenio interadministrativo de

cooperación no. 4600007670,

suscrito con el departamento de

Antioquia.

264-2017 Asomura

Construcción de pavimento placa

huella-vía que conduce a la vereda

siete de agosto del municipio de

turbo. en cumplimiento del convenio

interadministrativo de colaboración

número 460006715 celebrado entre

el departamento de Antioquia y el

municipio de Turbo.

$943.798.887

322-2017 Asomura

Ejecución del proyecto denominado

construcción de cancha sintética en

el Barrio Brisas del Mar del

municipio de Turbo .

$419.220.957,00

320-2017 Asomura

Ejecución del proyecto denominado

construcción de cancha sintética en

el Barrio Ciudadela Industrial del

municipio de Turbo

$382.874.858,00

319-2017 Asomura

Ejecución del proyecto denominado

construcción de cancha sintética en

el barrio Santa Fe la Playa del

municipio de Turbo .

$341.594.400,00

Fuente: Carpetas contratos Municipio de Turbo

Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón. Ingeniero Civil (PU)

16. El contrato de interventoría 278-2018, celebrado el 11 de diciembre de 2018 para “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción y adecuación de infraestructura educativa en las I.E. San Vicente del Congo, I.E. Río Grande, I.E. Alto de Mulatos, I.E. Monte Verde, I.E. Pueblo Bello, I.E.

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41

Coldesa Asmtercol, I.E. El Dos, I.E. Puerto Esar, I.E. Veinticuatro de Diciembre, I.E. Villa María, I.E. El Tres, I.E. Galleta, I.E. Santafe, I.E. Normal Superior de Urabá. I.E. Piedrecitas del Municipio de Turbo.” por $299.998.193, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal, se observó: (A)

a) Se evidenció que la Entidad no exigió al contratista a cumplir con la vigencia

del amparo de la Garantía de Calidad del Servicio, la cual debe ser igual al plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal, o sea el de obra, que en este caso es de 5 años contados a partir del recibo de la obra, inobservando el Artículo 2.2.1.2.3.1.15. del Decreto 1082 de 2015.

b) Al revisar la propuesta económica presentada por el proponente U.T.

Interventoría Escuelaton Turbo 2018, con relación al Factor Multiplicador presentado (FM), se evidenció que incluyo dentro de los gastos Administrativos y Gastos Indirectos el impuesto de renta (que es deducible) y los costos de la presentación de la propuesta (son a costa y riesgo del proponente). En conclusión, los costos indirectos fueron calculados erróneamente, afectando directamente el cálculo del Factor Multiplicador, como se demuestra a continuación.

Factor Multiplicador de la Propuesta Comparado con el Factor

Multiplicador Corregido Según lo Anterior.

Item Conceptos Factor Valores

Corregidos

Diferencia

A Sueldos

100 100 0

B Prestaciones

Cesantías 8.33 8.33 0

Intereses sobre cesantías 1.00 1.00 0

Vacaciones 4.17 4.17 0

Prima anual 8.33 8.33 0

Sistema de seguridad : Salud 8.50 8.50 0

Pensión 12.00 12.00 0

Subsidio familiar 4.00 4.00 0

SENA 2.00 2.00 0

ICBF 3.00 3.00 0

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Item Conceptos Factor Valores

Corregidos

Diferencia

Auxilio de transporte personal sueldo <

$737.7

11.30 11.30 0

ARP personal en obra 2.50 2.50 0

Otros 1.00 1.00 0

SUMA (A+B) 167.13 167.13 0

C ADMIISTRACION Y GASTOS DIRECTOS

Arriendo oficina principal 1.67 1.67 0

Personal no profesional facturado 1.67 1.67 0

Personal no técnico facturado 1.67 1.67 0

Impuesto de renta 6.77 0 6.77

OTROS

Mantenimiento oficina 1.67 1.67 0

Gastos de representación 1.67 1.67 0

Papelería y útiles de oficina 1.67 1.67 0

Documentación técnica 3.34 3.34 0

Software 0.84 0.84 0

Comisiones bancarias 1.67 1.67 0

Asesoría legal y tributaría 3.34 3.34 0

Depreciación de equipos 0.84 0.84 0

Presentación propuesta 0.84 0 0.84

SUMA C 27.66 20.05 7.61

SUBTOTAL (A+B+C) 194.79 187.18

D HONORARIOS 8.00 8.00 0

TOTAL A+B+C+D 202.79 195.18 7.61

FACTOR MULTIPLICADOR PROPUESTO 2.028

FACTOR MULTIPLICADOR CORREGIDO 1.952

Fuente: Carpetas contrato Municipio de Turbo,

Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

El valor del Factor Multiplicador se aplica a los costos directos del personal y en

consecuencia afecta directamente el valor total del contrato. Su incidencia

económica se muestra en la siguiente tabla donde se compara la propuesta

económica con el Factor Multiplicador presentado contra la propuesta con el

Factor Multiplicador corregido, en especial lo que tiene que ver con el costo del

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43

vehículo, el cual debe estar cargado a los Otros Costos Directos y no en los

Costos de Personal y afectado por F.M.:

CARGO/OFICIO CANT. SUELDO

O TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TOTAL

VALOR TOTAL

COSTOS DE PERSONAL

Personal profesional

Director del Proyecto 1.00 $4.000.000 0.50 6.00 $12.000.000

Residente de Obra 2.00 $2.000.000 1.00 6.00 $24.000.000

Asesor Ambiental 1.00 $1.500.000 0.50 6.00 $4.500.000

Asesor en salud ocupacional y seguridad ambiental

1.00 $1.500.000 0.50 6.00 $4.500.000

Asesor Contable 1.00 $1.500.000 0.20 6.00 1.800.000

Asesor Jurídico 1.00 $1.500.000 0.20 6.00 1.800.000

Personal Técnico

Inspector 2.00 $1.400.000 1.00 6.00 $16.800.000

Topógrafo 1.00 $1.500.000 1.00 6.00 $9.000.000

Personal Administrativo

Secretaria 1.00 $781.242 1.00 6.00 $4.687.452

Auxiliar Administrativo 1.00 $781.242 1.00 6.00 $4.687.452

Transporte

Conductor 1.00 $950.000 1.00 6.00 $5.700.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL $89.474.904

Factor Multiplicador (FM=1.952) 1.952

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM (A) $174.655.013

OTROS COSTOS DIRECTOS

Unid. Costos Dedicación Tiempo Total

Vr. Total

Otros Costos Directos

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotográfias)

Mes $858.000 1.00 6.00 $5.148.000

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

mes $858.000 1.00 6.00 $5.148.000

Camioneta Mes $1.800.000 1.00 6.00 $10.800.000

TOTAL COSTOS DIRECTOS (B) $ 21.096.000

VALOR BASICO = A + B (C) $195.751.013

GASTOS DIRECTOS NO REEMBOLSBLES

Impuestos (7.5%)* $14.681.326

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TOTAL GASTOS DIRECTOS NOREEBOLSABLES (D) $14.681.326

TOTAL (C+D) $210.432.339

IVA (19%) $39.982.144

VALOR TOTAL DE LA INTERVENTORIA $250.414.483

*Los impuestos calculados en esta tabla corresponden a las retenciones por estampillas equivalentes al 7.5%, ya que la retención en la fuente del 6% y el Rete ICA del 0.8% son deducibles. VALOR CONTRACTUAL DE LA INTERVENTORIA $299.998.193

VALOR CORREGIDO DE LA INTERVENTORIA $250.414.483

DIFERENCIA $49.583.710

Fuente: Carpetas contrato Municipio de Turbo,

Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

De acuerdo a lo anterior, se evidencia una diferencia de $49.583.710 en el valor

del contrato, lo que configuraría un presunto detrimento patrimonial, según el

artículo 6 de la Ley 610 de 2000. Por encontrarse en proceso en ejecución,

quedará como insumo para próximas actuaciones de la Contraloría General de

Antioquia.

Nota: El Factor Multiplicador corregido se aplicó sobre el valor inicial del

contrato, es necesario que, al momento de liquidación, se ajuste al valor final

del contrato (luego de adiciones).

17. El contrato de interventoría 115-2018, celebrado el 21 de marzo de 2018 para “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción de pavimento rígido en el barrio Gonzalo Mejía y mejoramiento de afirmado en el barrio Jesús Mora del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $24.752.000, este contrato se encuentra liquidado. (D)

Luego de la evaluación fiscal, se evidenció que la Entidad no exigió al contratista a cumplir dentro de la Póliza Única de Cumplimiento, con el amparo de Calidad del Servicio y el Pago de Salarios y Prestaciones Sociales. Inobservando el Artículo 2.2.1.2.3.1.13 y 2.2.1.2.3.1.15. del Decreto 1082 de 2015.

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

45

2.1.1.1.5. Interventoría La Entidad no reportó al sistema de Gestión Transparente en la vigencia 2018 contratos de Interventoría, así como tampoco, el Equipo Auditor evidenció durante la etapa de ejecución en los archivos de la Entidad contratos en esta tipología. 2.1.1.1.6. Régimen Especial. La Entidad no reportó al sistema de Gestión Transparente en la vigencia 2018 contratos de Régimen Especial, así como tampoco, el Equipo Auditor evidenció durante la etapa de ejecución en los archivos de la Entidad contratos en esta tipología.

2.1.1.2. Legalidad Como resultado de la auditoría adelantada, la legalidad obtuvo un puntaje de 99.50 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

6. LEGALIDAD ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual Como resultado de la auditoría adelantada, la Rendición y Revisión de la Cuenta obtuvo un puntaje de 98 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

7 RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

HALLAZGOS

(Cifras en pesos)

Como resultado de la auditoría adelantada, la Rendición y Revisión de la Cuenta obtuvo un puntaje de 98 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

18. De los contratos suscritos durante la vigencia 2018, rindió 66

extemporáneamente, esto es, diez (10) días después de la suscripción de los mismos, inobservando lo establecido en el numeral 43.1 del Artículo 43 de la Resolución 079 del 12 de enero de 2018. Que dice: (A) (PAS)

ARTÍCULO 43. Los siguientes documentos deberán ser rendidos en el sitio web http://www.gestiontransparente.com/rendicion cada vez que se presenten:

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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CONTRATOS: La Entidad deberá rendir todos los contratos de gastos, independiente de su cuantía, con sus anexos digitalizados en forma permanente en sus diferentes etapas, durante los 10 días calendario, a la fecha de suscripción del contrato y teniendo en cuenta la normatividad establecida para la Contratación Pública.

CÓDIGO CONTRATO

FECHA ACTA

INICIO

FECHA SUSCRIPCIÓN

FECHA RENDICIÓN

DÍAS EXTEMPORÁNEOS

VALOR CONTRATO

049-2018 25/01/2018 24/01/2018 14/02/2018 11 $18.700.000,00

063-2018 25/01/2018 25/01/2018 15/02/2018 11 $20.400.000,00

064-2018 25/01/2018 25/01/2018 16/02/2018 12 $20.400.000,00

058-2018 25/01/2018 25/01/2018 16/02/2018 12 $20.400.000,00

031-2018 24/01/2018 24/01/2018 15/02/2018 12 $22.495.000,00

032-2018 24/01/2018 24/01/2018 15/02/2018 12 $9.000.000,00

051-2018 25/01/2018 25/01/2018 16/02/2018 12 $20.399.995,00

111-2018 16/03/2018 15/03/2018 06/04/2018 12 $226.995.032,00

004-2018 17/01/2018 17/01/2018 09/02/2018 13 $60.000.000,00

034-2018 24/01/2018 24/01/2018 16/02/2018 13 $13.596.000,00

035-2018 24/01/2018 24/01/2018 16/02/2018 13 $9.000.000,00

074-2018 26/01/2018 26/01/2018 19/02/2018 14 $24.200.000,00

054-2018 25/01/2018 25/01/2018 19/02/2018 15 $20.900.000,00

120-2018 04/04/2018 22/03/2018 16/04/2018 15 $275.000.000,00

249-2018 16/11/2018 16/11/2018 11/12/2018 15 $19.421.000,00

112-2018 15/03/2018 15/03/2018 10/04/2018 16 $187.914.056,00

050-2018 25/01/2018 25/01/2018 20/02/2018 16 $44.000.000,00

043-2018 25/01/2018 25/01/2018 20/02/2018 16 $60.000.000,00

044-2018 25/01/2018 25/01/2018 20/02/2018 16 $210.000.000,00

028-2018 25/01/2018 24/01/2018 19/02/2018 16 $42.000.000,00

065-2018 25/01/2018 25/01/2018 20/02/2018 16 $26.400.000,00

079-2018 26/01/2018 26/01/2018 22/02/2018 17 $10.200.000,00

119-2018 22/03/2018 21/03/2018 17/04/2018 17 $979.674.105,00

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CÓDIGO CONTRATO

FECHA ACTA

INICIO

FECHA SUSCRIPCIÓN

FECHA RENDICIÓN

DÍAS EXTEMPORÁNEOS

VALOR CONTRATO

128-2018 26/04/2018 25/04/2018 22/05/2018 17 $34.997.100,00

194-2018 10/08/2018 10/08/2018 06/09/2018 17 $199.481.908,00

207-2018 05/10/2018 28/08/2018 25/09/2018 18 $3.311.290.027,00

109-2018 13/03/2018 13/03/2018 10/04/2018 18 $59.995.000,00

110-2018 12/03/2018 12/03/2018 10/04/2018 19 $199.968.660,00

108-2018 13/03/2018 13/03/2018 11/04/2018 19 $169.985.194,00

033-2018 24/01/2018 24/01/2018 23/02/2018 20 $55.000.000,00

227-2018 09/10/2018 09/10/2018 09/11/2018 21 $34.999.996,00

045-2018 25/01/2018 25/01/2018 26/02/2018 22 $12.000.000,00

083-2018 26/01/2018 26/01/2018 27/02/2018 22 $10.200.000,00

062-2018 25/01/2018 25/01/2018 26/02/2018 22 $41.999.994,00

060-2018 26/01/2018 26/01/2018 28/02/2018 23 $18.000.000,00

067-2018 25/01/2018 25/01/2018 27/02/2018 23 $16.500.000,00

070-2018 25/01/2018 25/01/2018 27/02/2018 23 $18.700.000,00

055-2018 25/01/2018 25/01/2018 27/02/2018 23 $18.000.000,00

057-2018 25/01/2018 24/01/2018 27/02/2018 24 $40.000.000,00

059-2018 25/01/2018 25/01/2018 28/02/2018 24 $22.799.995,00

066-2018 25/01/2018 25/01/2018 28/02/2018 24 $16.500.000,00

AC-001-2018

03/05/2018 03/05/2018 06/06/2018 24 $843.009.930,00

075-2018 26/01/2018 26/01/2018 02/03/2018 25 $19.199.994,00

241-2018 29/10/2018 29/10/2018 04/12/2018 26 $2.801.520.997,00

170-2018 29/06/2018 29/06/2018 06/08/2018 28 $10.000.000,00

077-2018 26/01/2018 26/01/2018 05/03/2018 28 $41.800.000,00

006-2018 23/01/2018 17/01/2018 27/02/2018 31 $66.000.000,00

168-2018 22/06/2018 21/06/2018 06/08/2018 36 $25.000.000,00

212-2018 06/09/2018 06/09/2018 23/10/2018 37 $595.661.412,00

244-2018 01/11/2018 01/11/2018 19/12/2018 38 $90.000.000,00

165-2018 22/06/2018 20/06/2018 08/08/2018 39 $25.000.000,00

A002-2018 25/01/2018 25/01/2018 15/03/2018 39 $167.999.997,00

A006-2018 25/01/2018 25/01/2018 15/03/2018 39 $30.000.000,00

052-2018 01/02/2018 25/01/2018 22/03/2018 46 $176.000.000,00

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CÓDIGO CONTRATO

FECHA ACTA

INICIO

FECHA SUSCRIPCIÓN

FECHA RENDICIÓN

DÍAS EXTEMPORÁNEOS

VALOR CONTRATO

A009-2018 25/01/2018 25/01/2018 23/03/2018 47 $112.140.000,00

230-2018 12/10/2018 12/10/2018 10/12/2018 49 $64.998.921,00

082-2018 26/01/2018 26/01/2018 04/04/2018 58 $8.000.000,00

A001-2018 02/01/2018 02/01/2018 15/03/2018 62 $360.000.000,00

A012-2018 26/01/2018 26/01/2018 17/04/2018 71 $45.000.000,00

A010-2018 25/01/2018 25/01/2018 17/04/2018 72 $50.000.000,00

A011-2018 25/01/2018 25/01/2018 17/04/2018 72 $9.000.000,00

A007-2018 25/01/2018 25/01/2018 17/04/2018 72 $10.177.640,00

A008-2017 25/01/2018 25/01/2018 17/04/2018 72 $24.000.000,00

A004-2018 25/01/2018 25/01/2018 18/04/2018 73 $14.400.000,00

003-2018 25/01/2018 25/01/2018 18/04/2018 73 $36.000.000,00

A005-2018 25/01/2018 25/01/2018 24/04/2018 79 $47.000.000,00

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

2.1.2 Control Fiscal Interno

Como resultado de la auditoría adelantada, el Control Fiscal Interno obtuvo un puntaje de 56.96 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

8 CONTROL FISCAL INTERNO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Wilson Humberto Alzate Sánchez

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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2.1.3. Gestión Ambiental

Este componente no fue objeto de evaluación en la presente Auditoría.

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual.

Como resultado de la Auditoría adelantada, la Rendición de Cuentas Anual de la Administración municipal de turbo con plazo al 28 de febrero del 2019 de acuerdo con lo establecido en la Resolución Interna Nº2019500000389 de enero 30 de 2019, de la Contraloría General de Antioquia, se encontró: que la Entidad cumplió con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Resolución en mención.

2.2 CONTROL FINANCIERO Como resultado de la auditoría adelantada al componente de Control Financiero, se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría: 2.2.1. Factor Estados Contables Como resultado de la auditoría adelantada a los estados contables se obtuvo un puntaje de 0 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación, arrojando como concepto de Opinión: adversa o negativa.

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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10 ESTADOS CONTABLES ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: John Jairo Villegas Osorio- Contralor auxiliar

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

GENERALES

19. La administración municipal de turbo, Antioquia tiene implementado el software contable ARIES, Como resultado de la evaluación realizada se tuvo conocimiento que:

el módulo de inventario, propiedad planta y equipo, nomina no se encuentra funcionando; además carece de normas de seguridad y el servidor no tiene la suficiente capacidad de procesamiento para todos los módulos, los informes se presentan manualmente en hojas de Excel. ocasionando ineficiencia administrativa. la situación descrita afecta la eficiencia en el procesamiento y consolidación de los datos entre las áreas de la Entidad que generan información Contable y financiera, motivo por el cual se incumple lo preceptuado en los numerales 3. Gestión del Riesgo contable y 3.2.8 Eficiencia de los sistemas de información de la resolución 193 de 2016, expedida por la Contaduría General de La Nación. (A)

20. Como lo muestra el siguiente cuadro; Comparado el CGN 2005- 001 Saldos y Movimientos y el Libro Mayor, a diciembre 31 de 2018, se encontró que no son coherentes en sus saldos, arrojando deficiencias de conciliación en la información contable, lo anterior desacata el Instructivo 01 del 18 de diciembre de 2018 y el Numeral 3.2. Elementos y actividades de control interno para

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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gestionar el riesgo contable de la Resolución 193 de 2016, de la Contaduría General de la Nación. (A)

CUADRO COMPARATIVO INFORMACIÓN CONTABLE (Saldo en pesos)

Código Descripción Saldo Balance

Libro Mayor Saldo CGN2005-

001 CHIP

Diferencia

Efectivo Efectivo

45.975.987.298

46.075.460.107 -99.472.809

Rentas por Cobrar Rentas por Cobrar

70.318.374.767

70.310.066.002 8.308.765

Propiedades, Planta y Equipo Propiedades, Planta y Equipo

123.372.405.686

123.372.501.589 -95.903

Bienes de Beneficio y Uso Público e Históricos y Culturales

Bienes de Beneficio y Uso Público e Históricos y Culturales

43.094.969.622

43.092.404.994

2.564.628

Otros Activos Otros Activos

70.390.171.619

70.358.330.272 31.841.347

Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados

Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados

17.133.823.913

17.224.566.307

-90.742.394

Otros Pasivos Otros Pasivos

5.421.228.422

5.419.989.071 1.239.351

Fuente; estados financieros 2018 Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

21. Durante el proceso de evaluación en el área de tesorería, luego de examinar

las partidas financieras se pudo determinar que el movimiento de boletín, fondos, caja y bancos presenta diferencias con contabilidad por valor $21.564.363.326, lo anterior desacata el Instructivo 01 del 18 de diciembre de 2018 y el Numeral 3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable de la Resolución 193 de 2016, de la Contaduría General de la Nación. (A)

Código Descripción Saldo Contable (Libro Mayor) Saldo Boletín Diferencia

1110 Bancos 45.975.987.298 24.411.623.972 21.564.363.326

Fuente; estados financieros y boletín de caja y bancos 2018 Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

GRUPO 11 EFECTIVO

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22. Durante el proceso de evaluación en el área de tesorería a diciembre de 2018,

se pudo determinar que las cuentas bancarias que a continuación se detallan. presentan partidas conciliatorias, Traslados entre cuentas por valor de $ 34.580.850 y pagos por mayor valor por la suma de $39.997.631, lo anterior inobserva lo establecido en el Numeral 4 Articulo 55 de la ley 734 de 2002 y el artículo 6 de la ley 610 de 2000. (A)

NUMERO DE CUENTA FECHA DETALLE VALOR

920241684 20 de nov de 2018 pago sin soporte $3.811.840

920241684 28 de nov de 2018 pago sin soporte $3.611.840

920241676 13 de diciembre de 2018 pago sin soporte $566.804

920245925 17 de julio de 2018 pago sin soporte $ 24.117.591

92001617 26 de noviembre de 2018 pago doble $ 2.472.775

470100614101 30 de mayo de 2018 pago de mas $2.999.999

92006798 06 de febrero de 2018 pago doble $ 36.997.632

TOTAL $74.578.481 Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

la entidad rembolsa los dineros la cuenta bancaria del BBVA número a las

cuentas 0013-0920-14-020028053 del 17 de diciembre de 2019 y recibo o

comprobante de ingresos número 14383 del 17 de diciembre de 2019 por valor

de $36.997.632.

la entidad rembolsa en la cuenta bancaria del BBVA número a las cuentas 0013-

0920-14-020028053 del 17 de diciembre de 2019 y recibo o comprobante de

ingresos número 14391 del 17 de diciembre de 2019 por valor de $2.999.999.

lo que se considera un beneficio de auditoria por valor total de $39.997.631

23. Durante el proceso de evaluación en el área de tesorería a diciembre 31 de 2018 se determinó lo siguiente:

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

54

A. cheque emitido con antigüedad mayor a seis meses por valor de

$84.695.238, los cuales se encuentran prescriptos 31 de diciembre de 2018;

lo anterior va en contravía del manual de políticas contables que textualmente

dice

EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO TRATAMIENTO CONTABLE DE PARTIDAS CONCILIATORIAS. Todas las partidas conciliatorias entre el valor en libros en contabilidad y

extractos bancarios, se procede a tratar de la siguiente forma, al cierre

contable mensual.

Los cheques girados que quedaron pendientes de cobro y los cheques no

entregados efectivamente al tercero, se registraran en el pasivo después de

30 días de girado el cheque.

Se debe dar de baja los cheques entregados a terceros después de seis

meses que no hayan sido cobrados, ya que luego de este tiempo el cheque

no tiene exigibilidad de pago. Adicionalmente se subestimo la cuenta 249032,

inobservando lo regulado en la Resolución 533 de 2015 e instructivo 01 de

diciembre de 2018, ambos de la contaduría General de la Nación.

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

55

BANCO NUMERO DE

CUENTA

BANCARIA

FECHA DE EMISION DE LOS

CHEQUES

VALOR

Bogotá 5635 31 de enero de 2018 $ 3.850.000

Bogotá 9453 28 de diciembre de 2,017 $ 80.000.000

Bogotá 9453 28 de diciembre de 2,017 $ 429.541

Bogotá 9453 23 de mayo de 2017 $ 230.259

Bogotá 8273 17 de julio de 2017 30.000

Bogotá 9644 28 de abril de 2017 120.116

Bogotá 9644 28 de abril de 2017 35.322

TOTAL 84.695.238

Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

B. De acuerdo al siguiente cuadro, la entidad realizo retiros por valor de

$2.616.506.314 de las cuentas bancarias y que al 31 de diciembre de 2018

no se habían elaborado los respectivos comprobantes de egresos como

tampoco se habían contabilizados; la situación anterior se debe a que el

señor tesorero realiza pagos antes de realizar el respectivo egreso, lo anterior

en contrario a las normas de Control Interno contable, resolución 193 de 2016

de la Contaduría General de la Nación.

BANCO NUMERO DE CUENTA BANCARIA GASTOS SIN LEGALIZAR

Bogotá 5635 $345.137.601

Bogotá 1164

Bogotá 9453 8.353.131

Bogotá 5627 35.572.525

Bogotá 46383 22.730.000

Bogotá 1348 5.010.756

Bogotá 2856-19 1.143.423.432

Bancolombia 9883 106.167

BBVA 5156 402.533.308

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

56

BBVA 8401 428.866.185

BBVA 728 210.234.491

BBVA 366-2 14.538.718

TOTAL 2.616.506.314 Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

C. Al verificar el saldo de la cuenta 1132 Efectivo de Uso restringido, se

evidencia Subestimación en $737.573.792, en atención a que no se tienen

reconocidos los embargos efectuados a las cuentas Bancarias como se

detalla a continuación. Lo anterior afecta los Num 2.2. Etapas del proceso

contable, Num. 3.2.14. Análisis, verificación y conciliación de Información,

Num. 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible de la Res. 193

de 2016, Numeral 1.2. Actividades Operativas y Contables con ocasión del

cierre del periodo contable del instructivo No. 001 del 18 de diciembre de

2018, normas expedidas por la Contaduría General de la Nación y la política

contable Efectivo de uso restringido: bajo el Marco Normativo para Entidades

del Sector Gobierno, el efectivo de uso restringido es aquel efectivo que tiene

ciertas limitaciones para su disponibilidad, ya sea por causas de tipo legal o

económico o porque tiene una destinación específica.

Para LA ALCALDIA DISTRITAL DE TURBO constituye Efectivo de uso restringido las siguientes categorías:

Cuentas bancarias embargadas, cuando se presenten casos de embargos por disposiciones judiciales de la resolución No 6277 del 25 de abril de 2018,

Efectivo y Equivalentes De Efectivo Manual de Políticas contables bajo NICSP de la entidad.

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA VALORES DEBITADOS POR ENBARGOS

Bogotá 1164

$9.900.000

Bogotá 5627

49.640.000

Bogotá 46383

77.373.973

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

57

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA VALORES DEBITADOS POR ENBARGOS

Bogotá 6043

185.690.000

Bancolombia 5789-66

10.194.298

Bancolombia 5770

136.384.596

BBVA 8839

55.591.155

Bancolombia 7460

58.594.519

Bancolombia 5528

49.376.235

Bancolombia 699

16.847.890

Bancolombia 6245

69.794.878

Bancolombia 557

2.004.579

Bancolombia 2052

1.893.224

Bancolombia 1439

736.156

Bancolombia 9887

13.552.289

TOTAL

737.573.792 Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

D. se evidencio durante la vigencia 2018 la existencia de partidas conciliatorias,

Traslados entre cuentas, Notas débito y crédito, sin registrar en contabilidad, consignaciones por identificar situación que Subestima el saldo de la cuenta 1110 Bancos y Corporaciones en la suma de $5.115.850.707.

BANCO

NUMERO DE

CUENTA BANCARIA

CONSIGNACIONES NO REGISTRADAS EN

LIBROS Gastos

bancarios Intereses

financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bogotá 5635

730.614.264

45.762

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

58

BANCO

NUMERO DE

CUENTA BANCARIA

CONSIGNACIONES NO REGISTRADAS EN

LIBROS Gastos

bancarios Intereses

financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bogotá 1164

910.009 101.394.462

Bogotá 9453

464.739.739

825.279.332

Bogotá 5627

1.958.433

Bogotá 960

100.968.448

Bogotá 9058

110.393.155

Bogotá 46383

13.879.791 1.981.249

834.000

Bogotá 1348

5.741.418

Bogotá 9644

96.166

Bogotá 582

14.539

Bogotá 6043

Bogotá 2893

224.036.614

257.661

Bogotá 2856-19

3.312.407.966

2.168.788.412

Bogotá 6095

695.191

460.279

BBVA 628

500.639

BBVA 8014

342.775

BBVA 4706

3.302

BBVA 384 6.612.756

BBVA 4473

26.752.768

BBVA 2153

26.845.560

BBVA 8087

838.222

BANCOOMEVA 5901

42.178

BANCOLOMBIA 9883

10.004

BANCOOMEVA 9301

35.373

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

59

BANCO

NUMERO DE

CUENTA BANCARIA

CONSIGNACIONES NO REGISTRADAS EN

LIBROS Gastos

bancarios Intereses

financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

BANCOOMEVA 4201

26.356.735

99.383

BBVA 3839

245.190

BBVA 3813

65.364

230.200

BBVA 3854

243.297

BANCOOMEVA 14401

16.474.449 27.370

BANCOOMEVA 8901

632.800

BANCOLOMBIA 5770

10.000

BBVA 8804 303.450

BBVA 5156

BBVA 8839

813.191

BBVA 6949 30.345

17.339

BBVA 3862

376.848

BBVA 6956 222.530

31.099

BBVA 9183

9.120

BBVA 9554

2.963

BBVA 2947

160

BBVA 3508

13.620

BBVA 610 3603782

BBVA 44201

43.809.586 215.144

BBVA 8821

2.712.249 1.156.510

7.397.900

BBVA 728 26.136

15.130

BBVA 710

1.987.474

BBVA 200-68 238.646

49.030

3.707.770

BBVA 8854

1.253.141 94.426

475.360

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

60

BANCO

NUMERO DE

CUENTA BANCARIA

CONSIGNACIONES NO REGISTRADAS EN

LIBROS Gastos

bancarios Intereses

financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bancolombia 5528

8.930

Bancolombia 6245

774

Bancolombia 9887

3.681

TOTAL

5.110.659.423 10.908.562

16.099.846

2.994.067.744

7.311.552

Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

E. se evidencia cuentas bancarias de convenios terminados y liquidados y a la

fecha de la auditoria no se habían reintegrados dichos dineros,

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

61

banco NUMERO DE CUENTA BANCARIA saldos

idea 74 $ 4.668.320

idea 1011 2.348.755

idea 1014 8.769.222

idea 1385 4.650.381

Todo Lo anterior genera retrocesos en el proceso de información conciliatoria, inobservando lo establecido en el numeral 3 y 21 del artículo 34 de la 734 de 2.002 y en el Numeral 3.2.15 Depuración contable permanente y sostenible de la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación. y la resolución No 6277 del 25 de abril de 2018, Manual de Políticas del Municipio de Turbo contables bajo NICSP de la entidad.

F. De acuerdo al siguiente cuadro, la entidad realizo retiros por valor de

$2.616.506.314 de las cuentas bancarias y que al 31 de diciembre de 2018

no se habían elaborado los respectivos comprobantes de egresos como

tampoco se habían contabilizados; la situación anterior se debe a que el

señor tesorero realiza pagos antes de realizar el respectivo egreso, lo anterior

en contrario a las normas de Control Interno contable, resolución 193 de 2016

de la Contaduría General de la Nación.

BANCO NUMERO DE CUENTA BANCARIA GASTOS SIN LEGALIZAR

Bogotá 5635 $345.137.601

Bogotá 1164

Bogotá 9453 8.353.131

Bogotá 5627 35.572.525

Bogotá 46383 22.730.000

Bogotá 1348 5.010.756

Bogotá 2856-19 1.143.423.432

Bancolombia 9883 106.167

BBVA 5156 402.533.308

BBVA 8401 428.866.185

BBVA 728 210.234.491

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

62

BANCO NUMERO DE CUENTA BANCARIA GASTOS SIN LEGALIZAR

BBVA 366-2 14.538.718

TOTAL 2.616.506.314 Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

G. Al verificar el saldo de la cuenta 1132 Efectivo de Uso restringido, se

evidencia Subestimación en $737.573.792, en atención a que no se tienen

reconocidos los embargos efectuados a las cuentas Bancarias como se

detalla a continuación. Lo anterior afecta los Num 2.2. Etapas del proceso

contable, Num. 3.2.14. Análisis, verificación y conciliación de Información,

Num. 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible de la Res. 193

de 2016, Numeral 1.2. Actividades Operativas y Contables con ocasión del

cierre del periodo contable del instructivo No. 001 del 18 de diciembre de

2018, normas expedidas por la Contaduría General de la Nación y la política

contable Efectivo de uso restringido: bajo el Marco Normativo para Entidades

del Sector Gobierno, el efectivo de uso restringido es aquel efectivo que tiene

ciertas limitaciones para su disponibilidad, ya sea por causas de tipo legal o

económico o porque tiene una destinación específica.

Para LA ALCALDIA DISTRITAL DE TURBO constituye Efectivo de uso restringido las siguientes categorías:

Cuentas bancarias embargadas, cuando se presenten casos de embargos por disposiciones judiciales de la resolución No 6277 del 25 de abril de 2018,

Efectivo y Equivalentes De Efectivo Manual de Políticas contables bajo NICSP de la entidad.

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA VALORES DEBITADOS POR ENBARGOS

Bogotá 1164

$9.900.000

Bogotá 5627

49.640.000

Bogotá 46383

77.373.973

Page 63: INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR MUNICIPIO DE … · Contralora Auxiliar Andrea Velásquez Hincapié ... evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las

*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

63

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA VALORES DEBITADOS POR ENBARGOS

Bogotá 6043

185.690.000

Bancolombia 5789-66

10.194.298

Bancolombia 5770

136.384.596

BBVA 8839

55.591.155

Bancolombia 7460

58.594.519

Bancolombia 5528

49.376.235

Bancolombia 699

16.847.890

Bancolombia 6245

69.794.878

Bancolombia 557

2.004.579

Bancolombia 2052

1.893.224

Bancolombia 1439

736.156

Bancolombia 9887

13.552.289

TOTAL

737.573.792 Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

H. se evidencio durante la vigencia 2018 la existencia de partidas conciliatorias,

Traslados entre cuentas, Notas débito y crédito, sin registrar en contabilidad, consignaciones por identificar situación que Subestima el saldo de la cuenta 1110 Bancos y Corporaciones en la suma de $5.115.850.707.

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA

CONSIGNACIONES NO

REGISTRADAS EN LIBROS

Gastos bancarios

Intereses financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bogotá 5635

730.614.264

45.762

Bogotá 1164

910.009 101.394.462

Page 64: INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR MUNICIPIO DE … · Contralora Auxiliar Andrea Velásquez Hincapié ... evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las

*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

64

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA

CONSIGNACIONES NO

REGISTRADAS EN LIBROS

Gastos bancarios

Intereses financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bogotá 9453

464.739.739

825.279.332

Bogotá 5627

1.958.433

Bogotá 960

100.968.448

Bogotá 9058

110.393.155

Bogotá 46383

13.879.791 1.981.249

834.000

Bogotá 1348

5.741.418

Bogotá 9644

96.166

Bogotá 582

14.539

Bogotá 6043

Bogotá 2893

224.036.614

257.661

Bogotá 2856-19

3.312.407.966

2.168.788.412

Bogotá 6095

695.191

460.279

BBVA 628

500.639

BBVA 8014

342.775

BBVA 4706

3.302

BBVA 384 6.612.756

BBVA 4473

26.752.768

BBVA 2153

26.845.560

BBVA 8087

838.222

BANCOOMEVA 5901

42.178

BANCOLOMBIA 9883

10.004

BANCOOMEVA 9301

35.373

BANCOOMEVA 4201

26.356.735

99.383

Page 65: INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR MUNICIPIO DE … · Contralora Auxiliar Andrea Velásquez Hincapié ... evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las

*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

65

BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA

CONSIGNACIONES NO

REGISTRADAS EN LIBROS

Gastos bancarios

Intereses financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

BBVA 3839

245.190

BBVA 3813

65.364

230.200

BBVA 3854

243.297

BANCOOMEVA 14401

16.474.449 27.370

BANCOOMEVA 8901

632.800

BANCOLOMBIA 5770

10.000

BBVA 8804 303.450

BBVA 5156

BBVA 8839

813.191

BBVA 6949 30.345

17.339

BBVA 3862

376.848

BBVA 6956 222.530

31.099

BBVA 9183

9.120

BBVA 9554

2.963

BBVA 2947

160

BBVA 3508

13.620

BBVA 610 3603782

BBVA 44201

43.809.586 215.144

BBVA 8821

2.712.249 1.156.510

7.397.900

BBVA 728 26.136

15.130

BBVA 710

1.987.474

BBVA 200-68 238.646

49.030

3.707.770

BBVA 8854

1.253.141 94.426

475.360

Bancolombia 5528

8.930

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BANCO

NUMERO DE CUENTA

BANCARIA

CONSIGNACIONES NO

REGISTRADAS EN LIBROS

Gastos bancarios

Intereses financieros

COSIGNACIONES

POR IDENTIFICAR

TRASLAD

OS

Bancolombia 6245

774

Bancolombia 9887

3.681

TOTAL

5.110.659.423 10.908.562

16.099.846

2.994.067.744

7.311.552

Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

I. se evidencia cuentas bancarias de convenios terminados y liquidados y a la

fecha de la auditoria no se habían reintegrados dichos dineros,

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banco NUMERO DE CUENTA BANCARIA saldos

idea 74 $ 4.668.320

idea 1011 2.348.755

idea 1014 8.769.222

idea 1385 4.650.381

Todo Lo anterior genera retrocesos en el proceso de información conciliatoria, inobservando lo establecido en el numeral 3 y 21 del artículo 34 de la 734 de 2.002 y en el Numeral 3.2.15 Depuración contable permanente y sostenible de la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación. y la resolución No 6277 del 25 de abril de 2018, Manual de Políticas del Municipio de Turbo contables bajo NICSP de la entidad.

Cabe anotar que este hallazgo se viene presentando desde el 2016 con tipificación administrativa. (D)

GRUPO 13 CUENTAS POR COBRAR

24. La subcuenta 131102 Multas presenta un saldo por multas de tránsito de $16.735.030.535 que viene de vigencias anteriores al 2018; dicho valor genera incertidumbre toda vez que es una cifra incierta debido a que no hay una relación, archivo o soporte para verificar dicha cifra, además la entidad no causo el valor de los comparendos y/o multas de tránsito de las vigencias 2017 y 2018 en la contabilidad, generando así información incierta en los Estados Financieros, lo anterior va en contravía de la Ley 1066 de 2006 y numeral 21, articulo 34 la ley 734 de 2002 y el numeral 2,2 Etapas del proceso contable de la resolución 193 de 2016, expedidas por la Contaduría General de la Nación. (A)

Además de lo anterior

- No se cuenta con un módulo o software apropiado - Los agentes de tránsito reportan dichos comparendos días después (30 días)

de haber ocurrido los hechos. - No hay un control adecuado de los talonarios de comparendos

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- No se tiene un archivo - Los pagos de los comparendos no son conciliados con la cartera - No todos los comparendos se suben al SIMIT

25. El cuerpo de bomberos voluntarios de turbo, Antioquia por concepto de tasa bomberil a diciembre 31 de 2018 recibió la suma de $322.585.797, de los cuales $194.532.028 fueron gastados en administración. lo anterior va en contravía del estatuto de rentas municipales del municipio de turbo, artículo 227. Que dice “destinación. los dineros recaudados por concepto de la sobretasa bomberil serán destinados a la prevención y control de gestión del riesgo como incendios y demás calamidades a cargo de las instituciones bomberiles del distrito debidamente acreditadas” y los artículos del 1 al 4 de la ley 322 de 1996 y el Numeral 21, articulo 34 la ley 734 de 2002 y el Artículo 101 de la ley 42 de 1993

Además de lo anterior la administración de turbo transfiere los dineros al cuerpo de bomberos sin un proyecto o convenio vigente

No hay un control o supervisión a estos recursos por parte de la administración El representante legal del cuerpo de bomberos no presento a la auditoria la información necesaria y requerida por el equipo auditor. (faltaron los comprobantes de egreso e ingresos). (D)

26. Revisada la cuenta 131113 estampillas, a diciembre 31 de 2018. la ESE

Hospital Francisco Valderrama Del Municipio de Turbo, le adeuda al Municipio de Turbo la suma de $5.073.890.503, por concepto de estampilla pro anciano y de $1.481.208.603 por estampillas de pro Hospital, ambas estampillas de vigencias anteriores, Además no se ha realizado gestión administrativa de cobro persuasivo que permita recaudar los ingresos de la entidad tendientes a mejorar el bienestar y prosperidad del mismo, lo anterior va en contravía del numeral 21 Articulo 34 de la 734 de 2002 y el parágrafo A del articulo 2 y 12 de la ley 87 de 1993.y el artículo 6 de la ley 610 de 2000. (A)

GRUPO 16 PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

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27. A diciembre 31 de 2018, el grupo 16 propiedad, planta y equipo por valor de $123,372.495.686; se determinó que la entidad no había concluido las labores relacionadas con el procedimiento a aplicar, para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo marco normativo, literal i, ii, iii del numeral 1.1.9 propiedad planta y equipo del instructivo 002 de 2015, expedidas por la Contaduría General de la Nación, propiedad planta y equipo del manual de políticas contables de la entidad y el Artículo 355 Saneamiento Contable de la ley 1819 de 2016. (A)

28. A diciembre 31 de 2018, la cuenta 1685 depreciación acumulada por valor de $4.395.335.195,36, se constató que la depreciación de los activos que integran cada una de estas cuentas, se realizan en forma global y no de manera individual por cada bien, contraviniendo lo establecido en el capítulo I Activos Numeral 10 propiedad planta y equipos Marco Normativo para Entidades del gobierno, de la Contaduría General de la Nación y la resolución No 6277 del 25 de abril de 2018, propiedad planta y equipo del manual de políticas contables del Municipio de Turbo (A)

GRUPO BIENES DE BENEFICIO Y USO PUBLICO

29. A diciembre 31 de 2018, el grupo totalizo $43.094.969.621, se pudo determinar que no existe un inventario individualizado y actualizado, con el fin de determinar la razonabilidad de los saldos contables, lo anterior genera incertidumbre en el valor relacionado e inobserva lo regulado en la Resolución 533 de 2015, instructivo 01 de 2018, ambos de la Contaduría General de la Nación. (A)

GRUPO 24 CUENTAS POR PAGAR

30. Como muestra el siguiente cuadro, la entidad en la vigencia 2018, por concepto

de retención en la fuente del mes de enero de 2018, realizo pagos de manera extemporánea, incurriendo en sanciones e intereses de mora las cuales fueron declarados en los formularios presentados, por valor de $27.371.000, inobservando lo establecido en Artículos 641 y 642 del Estatuto tributario y el artículo 6 de la ley 610 de 2000. (A)

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MES VALOR INTERESES DE MORA

Junio 19.003.000

Julio 5.400.000

Agosto 2.553.000

Septiembre 418.000

TOTAL 27.371.000 Fuente: Estados Financieros 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

La entidad anexa consignación en la cuenta corriente a nombre del municipio de turbo, ANTIOQUIA No 0013-0920-14-0200228053 del Banco BBVA por Valor de VEINTI SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS M/L $27.371.000 el 09 de octubre de 2019 y comprobante de ingresos número 12232 del 30 de oct de 2019. lo que genera un beneficio de auditoría por dicho valor, detallado en el numeral 3.2. del presente informe.

31. De acuerdo a la ejecución presupuestal de ingresos y egresos en la cuenta de estampilla de Adulto Mayor, la entidad a diciembre 31 de 2018, tuvo el siguiente movimiento:

estampilla pro anciano

RECAUDO PAGOS SALDO DE PRESUPUESTO SALDO EXTRACTO diferencia

1.829.715.640 1.269.155.193 560.560.447 7.930.877 552.629.570 Fuente: ejecución presupuestal 2018 y cuenta bancaria Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

La entidad recauda los dineros de esta estampilla en la cuenta número 620289058 del banco Bogotá con saldo de $7.930.877, significa que la entidad no conserva en bancos la totalidad de los dineros restantes por dicha estampilla los cuales lo que indica que son gastados en destinaciones diferentes a lo estipulado en la ordenanza. Lo anterior viola la ordenanza 46 del 10 de diciembre de 2014 y el Artículo 425. Del estatuto tributario municipal Destinación. El producido de la estampilla será aplicado en su totalidad a la dotación y

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funcionamiento de los centros de bienestar del anciano, instituciones y centros de vida para la tercera edad en su respectiva jurisdicción. (D)

32. Durante la vigencia 2018 la entidad tuvo recaudos por la estampilla Pro -Hospital el valor de $54.476.949 según presupuesto. Los dineros se encuentran en la cuenta bancaria número 200238839 del banco BBVA con saldo de $ 30.326.955

estampilla pro hospital

RECAUDO TRANSFERENCIAS AL DEPARTAMENTO SALDO EXTRACTO DIFERENCIA

54.476.949 0 30.326.955 24.149.994

De acuerdo a lo anterior se constató lo siguiente: a. la entidad no ha realizado las transferencias de dichos recursos al

Departamento. b. Los dineros no se encuentran en su totalidad en la cuenta bancaria, toda vez

que fueron gastados.

c. A 31 de diciembre de 2018 la entidad adeuda de vigencias anteriores al departamento de Antioquia el valor de $1.759.034.85

d. De acuerdo a certificación dada por la por el contador del municipio de turbo, al momento de auditoria se desconoce cuándo fue el último pago realizado; toda vez que no se encontraron los comprobantes de egreso y/o transferencias realizadas al departamento.

Por lo anterior la entidad viola la Ley 655 de 2001 y el Artículo 428. Del estatuto tributario municipal Destinación. El producto de la estampilla, de que se trata el presente capítulo, será aplicado en su totalidad en programas y proyectos que de inversión de la Empresa Social. (D)

33. De acuerdo a la ejecución presupuestal de ingresos y egresos en la cuenta de estampilla de pro cultura, la entidad a diciembre 31 de 2018, tuvo el siguiente movimiento:

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ESTAMPILLA PRO CULTURA

RECAUDO PAGOS SALDO DE PRESUPUESTO SALDO EXTRACTO diferencia

1.561.901.878 874.849.054 687.052.824 8.404.274 678.648.550

Fuente: ejecución presupuestal ingresos y egresos diciembre 31 de 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio. CA.

La entidad recauda los dineros de esta estampilla en la cuenta número 92006798 del banco BBVA con saldo de $8.404.274 lo que significa que la entidad no conserva en bancos la totalidad de los dineros recaudados por dicha estampilla, por lo anterior la entidad viola el Artículo 422. Del estatuto tributario municipal Destinación Del Recaudo. El producido de la estampilla a que se refiere el presente Estatuto, se destinará para: 1. Acciones dirigidas a estimular y promocionar la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales de que trata el artículo 18 de la Ley 397 de 1997. 2. Estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales, participar en la dotación de los diferentes centros y casas culturales y, en general propiciar la infraestructura que las expresiones culturales requieran. 3. Fomentar la formación y capacitación técnica y cultural del creador y del gestor cultural. 4. Un diez por ciento (10%) para seguridad social del creador y del gestor cultural. 5. Apoyar los diferentes programas de expresión cultural y artística, así como fomentar y difundir las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas de que trata el artículo 17 de la Ley 397 de 1997. (D)

34. Revisada la cuenta subcuenta 240719 Recaudos por sobretasa a diciembre 31 de 2018. la administración de Turbo adeuda a CORANTIOQUIA la suma de $2.495.108.545

De acuerdo a certificación dada por la por el contador del municipio de turbo, al momento de auditoria se desconoce cuándo fue el último pago realizado; toda vez que no se encontraron los comprobantes de egreso y/o transferencias realizadas corpouraba.

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Los dineros Recaudos por sobretasa no se encuentran en la cuenta bancaria específica, toda vez que fueron gastados en su totalidad en funcionamiento. Por lo anterior, la entidad viola el artículo 44 de la ley 99 de 1993.y el Artículo 77. del estatuto tributario municipal Sobretasa Ambiental. (D)

GRUPO 51 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN

35. Revisada la cuenta de 510810 viáticos, Se observó lo siguiente:

a la entidad reconoció y pago el 100% del valor de los viáticos sin tener en cuenta

el día sin pernota en el lugar de la comisión donde solo se reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado. los cuales ascendieron durante la vigencia 2018 a $21.891.612 constituyéndose en un presunto detrimento por dicho valor. Incumpliendo el numeral 21 de la ley 734 de 2002 y articulo 6 de la ley 610 de 2000

b la auditoria no evidencio acto administrativo que regule los viáticos en la

administración municipal. Lo anterior incumple el decreto 333 de 2.018 del departamento administrativo de la función pública por el cual se fijan las escalas de viáticos (F) (D)

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

3775

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 3,4,5,6 DIC

4

655.628

81.954

3773

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 3,4,5,6 DIC

4

655.628

81.954

3772

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAS GONZALEZ

300.257 3,4,5,6 DIC

4

1.201.028

150.129

3886

10 DE DICIEMBRE DE 2018

DIOBER SILVESTRE BLANCO

247.196 10,11,12 DIC

3

741.588

123.598

3976

15 DE DICIEMBRE DE 2018 YACIRA CORDOBA

208.402 17,18,19 DIC

3

625.206

104.201

3774

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

DIOBER SILVESTRE BLANCO

247.196 4.5.6 DIC

3

741.588

123.598

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VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

4107

20 DE DICIEMBRE DE 2018

JOHN WALTER ARANGO PALACIO

247.196 1,2,3 OCT

3

741.588

123.598

3771

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

EDIEN DE JESUS HENAO

247.196 10,11,12,,13,14 DIC

5

1.235.980

123.598

3760

27 DE NOV DE 2018

ESNEYDER LOPEZ CUESTA

219.010 4, 5 DIC

2

438.020

109.505

1210

30 DE ABRIL DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA

204.402 16, 17 DE MAYO

2

408.804

102.201

1375

16 DE MAYO DE 2018

JAIRO ALFREDO ALVAREZ

247.196 16, 17,18 DE MAYO

3

741.588

123.598

1379

16 DE MAYO DE 2018

YAMIT QUEJADA MOYA

235.223 17,18,19 MAYO

3

705.669

117.612

1452

22 DE MAYO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA

247.196 23,24,25 DE MAYO

3

741.588

123.598

1403

21 DE MAYO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 16,17,18 MAYO

3

900.771

150.129

1404

21 DE MAYO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 16,17,18 mayo

3

491.721

81.954

1408

21 DE MAYO DE 2018

marlon alexander baron

163.907 16,17,18 mayo

3

491.721

81.954

1425

22 DE MAYO DE 2018

DIOBER SILVESTRE

235.233

29,30,31 DE MAY Y 1 DE JUNIO

4

940.932

117.617

1436

23 DE MAYO DE 2018

ANA MARIA BARRIOS

208.402 19 , 19 MAYO

2

416.804

104.201

1509

31 DE MAYO DE 2019

ALEJANDRO ABUCHAR GONZALEZ

300.257

30, 31 DE MAYO Y 1 , 2 DE JUNIO

4

1.201.028

150.129

1510

31 DE MAYO DE 2019

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

30, 31 DE MAYO Y 1 , 2 DE JUNIO

4

655.628

81.954

1514

31 DE MAYO DE 2019

MARLON ALEXANDER BARON

163.907

30, 31 DE MAYO Y 1 , 2 DE JUNIO

4

655.628

81.954

1557

31 DE MAYO DE 2019

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 22,23,24 DE MAYO

3

491.721

81.954

1558

31 DE MAYO DE 2019

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 22,23,24 DE MAYO

3

491.721

81.954

1559

31 DE MAYO DE 2019

ALEJANDRO ABUCHAR GONZALEZ

300.257 22,23,24 DE MAYO

3

900.771

150.129

840 4 DE ABRIL DE 2018

JAIRO ALFREDO ALVAREZ

235.223 3.4.5 DE ABRIL

3

705.669

117.612

1023

11 DE ABRIL DE 2018

LUZ AMPARO DAVILA

235.223 10, 11 12 DE ABRIL

3

705.669

117.612

1084

18 DE ABRIL DE 2018

HERNAN ROVIRA MORENO

235.223 16,17,18,19,20 ABRIL

5

1.176.115

117.612

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75

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

1085

18 DE ABRIL DE 2018

EDIEN DE JESUS HENAO

235.223 16,17,18,19,20 ABRIL

5

1.176.115

117.612

1087

18 DE ABRIL DE 2018

YOLENIS MOYA VALENCIA

155.968 18,19,20 ABRIL

3

467.904

77.984

1089

18 ABRIL DE 2018

ALEX JUNIOR CORDOBA

219.010 18,19,20 ABRIL

3

657.030

109.505

1090

18 ABRIL DE 2018

JUAN CARLOS DIAZ VIERA

247.196 18,19,20 ABRIL

3

741.588

123.598

1091

16 DE ABRIL DE 2018

DIDIER ALONSO MOSQUERA

208.402 17.18.19.20

4

833.608

104.201

1092

18 ABRIL DE 2018

LUZ AMPARO DAVILA

235.221 17.18.19

3

705.663

117.611

1145

24 DE ABRIL DE 2018

ROSA ESTRADA CASTRO

195.311 25,26,27 DE ABRIL

3

585.933

97.656

1143

24 DE ABRIL DE 2018

DEIMER VERGARA YEPEZ

195.311 25,26,27 DE ABRIL

3

585.933

97.656

1148

24 DE ABRIL DE 2018

KAREN LORENA BELLO

204.462 25,26,27 DE ABRIL

3

613.386

102.231

1163

26 DE ABRIL DE 2018 YOLANDA CASTRO

235.223 24, 25

2

470.446

117.612

1166

26 DE ABRIL 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 25,26,27 DE ABRIL

3

857.142

142.857

1167

26 DE ABRIL 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

155.968 26,27,28 DE ABRIL

3

467.904

77.984

1168

26 DE ABRIL 2018

MARLON ALEXANDER BARON

155.968 26,27,28 DE ABRIL

3

467.904

77.984

1196

30 DE ABRIL DE 2018

FANNY GUEVARA R

219.010 1, 2 DE MAYO

2

438.020

109.505

1197

30 DE ABRIL DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

235.223 1, 2 DE MAYO

2

470.446

117.612

3079

10 DE OCTUBRE DE 2018 HERNAN ROVIRA

247.196 8,9,10,11,12,

5

1.235.980

123.598

3083

10 DE OCTUBRE DE 2018 YOLANDA CASTRO

235.223 10,11,12

3

705.669

117.612

3148

11 DE OCTUBRE DE 2018

SOMERIS LEANDRA BARRIOS

247.196 11, 12

2

494.392

123.598

3256

18 DE OCTUBRE DE 2018

GEILER YAIY MILLER

247.196 23,24,25,26,27

5

1.235.980

123.598

3259

19 DE OCTUBRE DE 2018 YOLANDA CASTRO

235.223

22,23,24 DE OCTUBRE

3

705.669

117.612

3285

24 DE OCTUBRE DE 2018

JOSE FRANCISCO ESCOBAR

78.124 27,28,29

3

234.372

39.062

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

76

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

3288

24 DE OCTUBRE DE 2018

JOSE FRANCISCO ESCOBAR

78.124 25.26.27

3

234.372

39.062

3293

24 DE OCTUBRE DE 2018

YAMITH QUEJADA MOYA

247.196 23,24 DE OCTUBRE

2

494.392

123.598

3303

25 DE OCTUBRE DE 2018

DAMARIS XEDENIA MOSQUERA

247.196

29,30,31 OCTUBRE Y 1,2 DE NOVIEMBRE

5

1.235.980

123.598

3304

26 DE OCTUBRE DE 2018

HERNAN ROVIRA MORENO

247.196

29,30,31 OCTUBRE Y 1,2 DE NOVIEMBRE

5

1.235.980

123.598

3316

26 DE OCTUBRE DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196

28.29,30,31 OCTUBRE

4

988.784

123.598

3359

31 DE OCTUBRE DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257

23,24,25,26 DE OCTUBRE

4

1.201.028

150.129

3360

31 DE OCTUBRE DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

23,24,25,26 DE OCTUBRE

4

655.628

81.954

3363

31 DE OCTUBRE DE 2018 RAMIRO CAICEDO

247.196

31 DE OCTUBRE Y 1, 2 ,3 DE NOVIEMBRE

4

988.784

123.598

3364

31 DE OCTUBRE DE 2018 LEISY VALDES

247.196

31 DE OCTUBRE Y 1, 2 ,3 DE NOVIEMBRE

4

988.784

123.598

3383

02 DENOVIEMBRE DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR GONZALEZ

300.257

31 DE OCTUBRE Y 1,2 DE NOVIEMBRE

3

900.771

150.129

3384

02 DENOVIEMBRE DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907

31 DE OCTUBRE Y 1,2 DE NOVIEMBRE

3

491.721

81.954

3385

02 DENOVIEMBRE DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

31 DE OCTUBRE Y 1,2 DE NOVIEMBRE

3

491.721

81.954

3400

06 DENOVIEMBRE DE 2018

EDEN DE JESUS HENAO

247.196 6.7.8.9

4

988.784

123.598

3402

06 DENOVIEMBRE DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196 6, 7 DE NOVIEMBRE

2

494.392

123.598

3461

06 DENOVIEMBRE DE 2018

DARLIN ZUNILDA ROMAÑA

219.010 5,6 DE NOVIEMBRE

2

438.020

109.505

3470

08 DE NOVIEMBRE DE 2018

EMILIA DEL CARMEN CUESTA

163.907 5,6 DE NOVIEMBRE

2

327.814

81.954

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

77

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

3489

16 DENOVIEMBRE DE 2018

KAREN JANETH GAMBOA

300.257

7,8,9 DE NOVIEMBRE

3

900.771

150.129

3498

16 DE NOVIEMBRE DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 14,15,16 de noviembre

3

491.721

81.954

3499

16 DE NOVIEMBRE DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 14,15,16 de noviembre

3

491.721

81.954

3500

16 DE NOVIEMBRE DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 14,15,16 de noviembre

3

900.771

150.129

3506

19 DE NOVIEMBRE DE 2018

DIOBER SILVESTRE BLANCO

247.196 20,21 NOVIEMBRE

2

494.392

123.598

3507

19 DE NOVIEMBRE DE 2018

JONATHAN MACHUCA

163.907 22,23 NOVIEMBRE

2

327.814

166.578

3508

19 DE NOVIEMBRE DE 2018 ALEX JUNIOR

190.723 17. 17 NOVIEMBRE

2

381.446

95.362

3670

22 DE NOVIEMBRE DE 2018

EDIEN DE JESUS HENAO

247.934

19,20,21,22,23 DE NOVIEMBRE

5

1.239.670

123.967

3671

22 DE NOVIEMBRE DE 2018

DAMARIS XEDENIA MOSQUERA

247.934

19,20,21,22,23 DE NOVIEMBRE

5

1.239.670

123.967

3683

26 DE NOVIEMBRE DE 2018

GEILER YAIR MILLER PEREA

247.196 26,27,28

3

741.588

123.598

3694

26 DE NOVIEMBRE DE 2018

ARIOSTO MILAN MOSQUERA

247.196 27,28,29

3

741.588

247.196

3704

27 DE NOVIEMBRE DE 2018 EMELIDES MUÑOZ

247.196 3,4,5 DE DICIEMBRE

3

741.588

123.598

3705

27 DE NOVIEMBRE DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

26,27,28,29 DE NOVIEMBRE

4

655.628

81.954

3706

27 DE NOVIEMBRE DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907

26,27,28,29 DE NOVIEMBRE

4

655.628

81.954

3707

27 DE NOVIEMBRE DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257

26,27,28,29 DE NOVIEMBRE

4

1.201.028

150.129

3708

27 DE NOVIEMBRE DE 2018 AIZURY GONZALEZ

163.000 NO DICE

3

489.000

81.500

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

78

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

3741

29 DE NOVIEMBRE DE 2018

LUIS RAMIREZ QUEJADA

247.196

27, 28 DE SEPTIEMBRE

2

494.392

123.598

3744

29 DE NOVIEMBRE DE 2018

JONATHAN MACHUCA

163.000 NO DICE

3

489.000

81.500

3770

30 DE NOVIEMBRE DE 2018

GEILER YAIR MILLER PEREA

247.934 3,4,5,6,7

4

991.736

123.967

1933

05 DE JULIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 28,29,30 DE JUNIO

3

900.771

150.129

1934

05 DE JULIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 28,29,30 DE JUNIO

3

491.721

81.954

1935

05 DE JULIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 28,29,30 DE JUNIO

3

491.721

81.954

1938

05 DE JULIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 4,5,6 DE JULIO

3

900.771

150.129

1939

05 DE JULIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 4,5,6 DE JULIO

3

491.721

81.954

1942

05 DE JULIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 4,5,6 DE JULIO

3

491.721

81.954

2023

10 DE JULIO DE 2018

EDIEN DE JESUS HENAO BARRIOS

247.196 9,10,11,12,13

5

1.235.980

123.598

2056

11 DE JULIO DE 2018

YOLANDA CASTRO BERRIO

235.223 12 DE JULIO

2

470.446

117.612

2106

16 DE JULIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 12,13,14 DE JULIO

3

900.771

150.129

2107

16 DE JULIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 12,13,14 DE JULIO

3

491.721

81.954

2108

16 DE JULIO DE 2018

JOSE FRANCISCO ESCOBAR

156.248 12 DE JULIO

1

156.248

78.124

2110

16 DE JULIO DE 2018

JOSE FRANCISCO ESCOBAR

117.186 13 DE JULIO

1

117.186

58.593

2111

16 DE JULIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 12,13,14,DE JULIO

3

491.721

81.954

2154

23 DE JULIO DE 2018

CARLOS ANDRES OSPINA

163.907 19,23,24 DE JULIO

3

491.721

81.954

2155

23 DE JULIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 19,23,24 DE JULIO

3

491.721

81.954

2158

23 DE JULIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 19,23,24 DE JULIO

3

491.721

81.954

2159

23 DE JULIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 19,23,24 DE JULIO

3

900.771

150.129

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

79

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

2168

25 DE JULIO DE 2018

DIOBER SILVESTRE BLANCO

235.233

30,31 DE JULIO Y 1 DE AGOSTO

3

705.699

117.617

2182

26 DE JULIO DE 2018

MONICA IRIS BLANDON

156.968 26,27,28 DE JULIO

3

470.904

78.484

2184

26 DE JULIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 26,27,28 DE JULIO

3

900.771

150.129

2185

26 DE JULIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 25,26,27 DE JULIO

3

491.721

81.954

2187

26 DE JULIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 25,26,27 DE JULIO

3

491.721

81.954

2192

27 DE JULIO DE 2018

SOMERIS LEANDRA BARRIOS

247.196 26,27 ,28 DE JULIO

3

741.588

123.598

2202

30 DE JULIO DE 2018 EMELIDES MUÑOZ

247.196

30,31 DE JULIO Y 1 DE AGOSTO

3

741.588

123.598

2203

30 DE JULIO DE 2018

CARLOS GUILLERMO MILAN

204.462

30,31 DE JULIO Y 1 DE AGOSTO

3

613.386

102.231

2592

6 de septiembre de 2018 pedro muñoz atencio

219.010 22, 23 24 de agosto

3

657.030

109.505

2594

6 de septiembre de 2018

DIMER ENRIQUE TRELLEZ

163.907 6,7,8 de SEPTIEMBRE

4

655.628

81.954

2597

6 de septiembre de 2018

PATRICIA ELENA IBARGUEN

163.907 6,7,8 de SEPTIEMBRE

4

655.628

81.954

2603

6 de septiembre de 2018

ARIA GUILLERMINA ZUÑIGA

247.010 6,7,8 de SEPTIEMBRE

3

741.030

123.505

2612

7 de septiembre de 2018

DAMARIS XEDENIA MOSQUERA

247.196

4,5,6 DE SEPTIEMBRE

5

1.235.980

123.598

2614

7 de septiembre de 2018

EDIEN DE JESUS HENAO

247.196

4,5,6 DE SEPTIEMBRE

5

1.235.980

123.598

2632

10 de septiembre de 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 29,30,31 DE AGOSTO

3

900.771

150.129

2633

10 de septiembre de 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 29,30,31 DE AGOSTO

3

491.721

81.954

2640

10 de septiembre de 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 29,30,31 DE AGOSTO

3

491.721

81.954

2842

20 de septiembre de 2018

MARCOS VALENCIA CUESTA

510.000

6 AL 12 DE NOVIEMBRE

9

4.590.000

255.000

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

80

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

1945

27 de septiembre de 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257

19,20,21 DE SEPTIEMBRE

3

900.771

150.129

2946

27 de septiembre de 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

19,20,21 DE SEPTIEMBRE

3

491.721

81.954

2947

27 de septiembre de 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907

19,20,21 DE SEPTIEMBRE

3

491.721

81.954

2948

27 de septiembre de 2018

YUBER MORENO MESA

195.311

19,20,21 DE SEPTIEMBRE

3

585.933

97.656

2949

27 de septiembre de 2018

LEIDY DOREYDY WALDO

195.311

19,20,21 DE SEPTIEMBRE

3

585.933

97.656

2966

28 de septiembre de 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257

30 DE SEPTIEMBRE 1.2 DE OCTUBRE

3

900.771

150.129

2967

28 de septiembre de 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907

30 DE SEPTIEMBRE 1.2 DE OCTUBRE

3

491.721

81.954

2968

28 de septiembre de 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907

30 DE SEPTIEMBRE 1.2 DE OCTUBRE

3

491.721

81.954

1459

25 DE MAYO DE 2018

ESTEBAN ALBERTO MILANES

135.571 25 DE MAYO

1

135.571

67.786

1382

18 DE MAYO DE 2018

KARINA CECILIA GANDO HERNANDEZ

219.010 17 Y 18 DE MAYO

2

438.020

109.505

1256

08 DE MAYO DE 2018

YAMITH FERNANDO ESTARITA

155.968 3, 4 DE MAYO

2

311.936

77.984

1260

9 DE MAYO DE 2018

YOLANDA CASTRO BERRIO

235.223 8, 9 DE MAYO

2

470.446

117.612

1266

9 DE MAYO DE 2018

GLORIA AMPARO PALACIO

163.907 2, 3 DE MAYO

3

491.721

81.954

1272

9 DE MAYO DE 2018

ZULAY MESA VALDERRAMA

163.907 2, 3 DE MAYO

3

491.721

81.954

1164

26 DE ABRIL DE 2018

1RIS DEL CARMEN CORDOBA

181.485 25 ,26 DE ABRIL

2

362.970

90.743

1373

16 DE MAYO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

204.402

15,16 DE MAYO DE 2018

2

408.804

102.201

12 31 DE ENERO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714

31 DE ENERO 1,2,3 DE FEBRERO DE 2018

4

1.142.856

142.857

13 31 DE ENERO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

155.968

31 DE ENERO 1,2,3 DE FEBRERO DE 2018

4

623.872

77.984

14 31 DE ENERO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

155.958

31 DE ENERO 1,2,3 DE FEBRERO DE 2018

4

623.832

77.979

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

81

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

153

2 DE FEBRERO DE 2018

HERNAN ROVIRA MORENO

235.223

30,31 DE ENERO 1,2 DE FEBRERO DE 2018

4

940.892

117.612

157

5 DE FEBRERO DE 2018

JAIRO ALFREDO ALVAREZ

235.223

7, 8 DE FEBRERO DE 2018

2

470.446

117.612

158

5 DE FEBRERO DE 2018

CARLOS GUILLERMO MILAN

204.462

6,7 DE FEBRERO DE 2018

2

408.924

102.231

305

15 DE FEBRERO DE 2018

YOLANDA CASTRO BERRIO

235.223

13,14,15 DE FEBRERO

4

940.892

117.612

365

20 DE FEBRERO DE 2018

YACIRA CORDOBA MENA

208.000 21, 22 DE FEBRERO

2

416.000

104.000

369

20 DE FEBRERO DE 2018

EMELIDES MUÑOZ MESA

235.223

20,21,22 DE FEBRFERO

3

705.669

117.612

372

21 DE FEBRERO DE 2018

JULIO FERNANDO GOMEZ

235.223 9 ,10 NOVIEMBRE

2

470.446

117.612

408

28 DE FEBRERO DE 2018

ELCY ESPERANZA CORDOBA

235.223

10,11,12,13 DE SEPTIEMBRE DE 2017

4

940.892

117.612

482 1 DE MARZO DE 2018

CARLOS GUILLERMO MILAN

204.462 28 , 29 DE FEBRERO

2

408.924

102.231

485 1 DE MARZO DE 2018

JAIRO ALFREDO ALVAREZ

235.223

28 DE FEBRERO Y 1,2,3 DE MARZO

4

940.892

117.612

487 1 DE MARZO DE 2018

DIOBER SILVESTRE BLANCO

235.223 1,2,3 DE MARZO

3

705.669

117.612

603 13 DE MARZO DE 2018

EMELIDES MUÑOZ MESA

247.196 20,21 DE MARZO

2

494.392

123.598

604 13 DE MARZO DE 2018

EMELIDES MUÑOZ MESA

248.350 13, 14 DE MARZO

2

496.700

124.175

759 22 DE MARZO DE 2018

JUAN CARLOS DIAZ

247.196 22 23 DE MARZO

3

741.588

123.598

790 23 DE MARZO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

155.968 22,23,24 DE MARZO

3

467.904

77.984

791 23 DE MARZO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

155.968 22,23,24 DE MARZO

3

467.904

77.984

792 23 DE MARZO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 22,23,24 DE MARZO

3

857.142

142.857

1561

1 DE JUNIO DE 2018

YEISON ENRIQUE MURILLO

181.485 7.8.9 DE JUNIO

4

725.940

90.743

1564

1 DE JUNIO DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

235.223 6, 7 DE JUNIO

3

705.669

117.612

1628

5 DE JUNIO DE 2018

YUBER MORMESAENO

208.402 7,8,9 DE JUNIO

4

833.608

104.201

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

82

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

1630

5 DE JUNIO DE 2018

EMELIDES MUÑOZ MESA

247.196 7 DE JUNIO

2

494.392

123.598

1746

15 DE JUNIO DE 2018

IRIS DEL CARMEN CORDOBA

181.485 19, 21 DE JUNIO

3

544.455

90.743

1748

15 DE JUNIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 12,13,14,15 DE JUNIO

4

1.201.028

150.129

1749

15 DE JUNIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 12,13,14,15 DE JUNIO

4

655.628

81.954

1750

15 DE JUNIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 12,13,14,15 DE JUNIO

4

655.628

81.954

1820

21 DE JUNIO DE 2018

HAROLD ENRIQUE SALAS

78.124 20, 21 DE JUNIO

2

156.248

39.062

1832

25 DE JUNIO DE 2018

KARINA CECILIA GANDO HERNANDEZ

247.196 27,28,29 DE JUNIO

4

988.784

123.598

1837

25 DE JUNIO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 18,19,20 DE JUNIO

3

900.771

150.129

1838

25 DE JUNIO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 18,19,20 DE JUNIO

3

491.721

81.954

1839

25 DE JUNIO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 18,19,20 DE JUNIO

3

491.721

81.954

1864

26 DE JUNIO DE 2018

SOMERIS LEANDRA BARRIOS

247.196 27,28 DE JUNIO

2

494.392

123.598

1868

26 DE JUNIO DE 2018

LUZ AMPARO DAVILA

235.223 27,28 DE JUNIO

2

470.446

117.612

2232

01 DE AGOSTO DE 2018

FANNY GUEVARA RODRIGUEZ

219.010 02, 03 DE AGOSTO

2

438.020

109.505

2392

15 DE AGOSTO DE 2018

YOLANDA CASTRO BERRIO

235.223 16,17 DE AGOSTO

3

705.669

117.612

2471

27 DE AGOSTO DE 2018

MARYURIS OTALVORA MOYA

219.010

26,27,28,29 DE AGOSTO

4

876.040

109.505

2508

30 DE AGOSTO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257 22,23, DE AGOSTO

2

600.514

150.129

2509

30 DE AGOSTO DE 2018

ANGEL MAURICIO JARAMILLO

163.907 22,23 DE AGOSTO

2

327.814

81.954

2510

28 DE AGOSTO DE 2018

JOSE FRANCISCO ESCOBAR

78.124 30, 31 DE AGOSTO

3

234.372

39.062

2511

30 DE AGOSTO DE 2018

MARLON ALEXANDER BARON

163.907 22,23 AGOSTO

2

327.814

81.954

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

83

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

2585

25 DE AGOSTO DE 2018

ELLEN CARDOBA SANCHEZ

181.485

16,17,18,19,22 DE AGOSTO

5

907.425

90.743

1358

11 DE MAYO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 7,8,9 10 DE MAYO

4

1.142.856

142.857

1041

12 DE A BRIL DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 11,12,13 ABRIL

3

857.142

142.857

367

20 DE FEBRERO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714

19,20,21,22 DE FEBRERO

4

1.142.856

142.857

169

06 DE FEBRERO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 6,7,8,9 DE FEBRERO

4

1.142.856

142.857

3038

09 DE OCTUBRE DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

247.196

10,11,12 DE OCTUBRE

3

741.588

123.598

2365

09 DE AGOSTO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

247.196 8,9 DE AGOSTO

2

494.392

123.598

2102

16 DE JULIO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

247.196 11,12,13 DE JULIO

3

741.588

123.598

3658

21 DE NOVIEMBRE DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196

22,23 DE NOVIEMBRE

2

494.392

123.598

3710

27 DE NOVIEMBRE DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196

27,28,29 DE NOVIEMBRE

3

741.588

123.598

2057

11 DE JULIO DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196 11,12,13 DE JULIO

3

741.588

123.598

1867

26 DE JUNIO DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196 27 ,28 DE JUNIO

2

494.392

123.598

1734

12 DE JUNIO DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

248.000 12, 13 DE JUNIO

2

496.000

124.000

1150

24 DE ABRIL DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

235.223 25,26 DE ABRIL

2

470.446

117.612

2132

18 DE JULIO DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196 18,19 DE JULIO

2

494.392

123.598

3235

17 de octubre de 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

300.257

11,12 13 DE OCTUBRE

3

900.771

150.129

837 4 DE ABRIL DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 2,3,4,5 DE ABRIL

4

1.142.856

142.857

483 01 DE MARZO DE 2018

ALEJANDRO ABUCHAR

285.714 1,2,3 DE MARZO

3

857.142

142.857

10 31 DE ENERO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

204.402

31 DE ENERO 1,2 DE FEBRERO

3

613.206

102.201

490 1 DE MARZO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

204.402 8 DE MARZO

3

613.206

102.201

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

84

VIATICOS DE 2018

EGRESO FECHA NOMBRE

VALOR VIATICO POR DIA DIAS DE VIATICOS

No DE

DIAS

VALOR PAGAD

O

VALOR PAGO DE

MAS

2959

28 DESEPTIEMBRE DE 2018

TULIO ALBERTO SALGADO

247.196 1,2,3,4, DE OCTUBRE

5

1.235.980

123.598

1206

3 DE MAYO DE 2018

MARCO ANTONIO CAIROZA DIAZ

204.402 3,4 DE MAYO DE 2018

2

408.804

102.201

TOTAL 21.891.612

Fuente; Estados Financieros 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

Como lo muestra el siguiente cuadro la entidad anexa las consignaciones en la cuenta corriente a nombre del municipio de turbo, No 0013-0920-14-0200228053 del Banco BBVA y los diferentes comprobantes por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS MLC $4.882.185. lo que genera un beneficio de auditoría por dicho valor, detallado en el numeral 3.2. del presente informe.

nombre fecha del comprobante

No de comprobante de ingersos

banco

numero de cuenta bancaria

fecha de consignacion valor

NILSON ELADIO MORENO MOYA

16 de octubre de 2019 11802

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

117.612

JURGEN ANDRES OLIVO HERRERA

18 de octubre de 2019 11828

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

221.254

BYRON ANDRES VELEZ VALDES

16 de octubre de 2019 11803

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

476.433

WILLINTON SANTOS PALACIOS

16 de octubre de 2019 11806

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

58.593

ADALY VIVAS OLIER 16 de octubre de 2019 11804

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

219.080

MARIA LUCIA CHAVERRA DE MURILLO

16 de octubre de 2019 11805

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

247.196

EDGAR ENRIQUE MORALES ROMAÑA

16 de octubre de 2019 11801

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

735.602

EDGAR DAVID LEIVA PAEZ

16 de octubre de 2019 11811

BBVA 1309200228053

10 de octubre de 2019

124.000

PAOLA LICETH ORTIZ ABUCCHAR

16 de octubre de 2019 11825

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

95.005

NAIRAVI MOSQUERA MOSQUERA

16 de octubre de 2019 11817

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

81.954

SAMUEL ALBERTO JARAMILLO PINO

16 de octubre de 2019 11813

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

104.201

LUIS HERNANDO CORTES QUEZADA

16 de octubre de 2019 11812

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

109.540

LUIS ALBERTO WELSH VALOYES

16 de octubre de 2019 11824

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

78.124

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

85

nombre fecha del comprobante

No de comprobante de ingersos

banco

numero de cuenta bancaria

fecha de consignacion valor

EDWIN CORDOBA CAMPO

16 de octubre de 2019 11798

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

78.124

CESAR ALEXIS LOPEZ CORDOBA

16 de octubre de 2019 11823

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

97.656

JORGE ENRIQUE ARIAS CASTRO

16 de octubre de 2019 11820

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

97.656

MILDREYS CROSS CASTILLO

16 de octubre de 2019 11815

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

90.743

LUZ YANED MACIAS VALENCIA

18 de octubre de 2019 11829

BBVA 1309200228053

18 de 0ctubre de 2019

279.846

JANIER ALBERTO LLOREDA VALENCIA

18 de octubre de 2019 11827

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

584.831

ANDRIE JULITH GOMEZ JARAMILLO

16 de octubre de 2019 11832

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

104.201

SINDY MARCELA FANDIÑO DENIS

16 de octubre de 2019 11830

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

104.167

CLEVER JOHAN SALAS IBARGUEN

16 de octubre de 2019 11822

BBVA 1309200228053

21 de octubre de 2019

109.505

LEONCIA TOVAR MERCADO

16 de octubre de 2019 11941

BBVA 1309200228053

22 de octubre de 2019

109.505

FRANCISCO JAVIER MOYA SANCHEZ

31 de octubre de 2019 12854

BBVA 1309200228053

23 de octubre de 2019

310.158

ROCIO LEONOR AGUDELO JARAMILLO

16 de octubre de 2019 11809

BBVA 1309200228053

30 de octubre de 2019

123.600

ADALBERTO SALAZAR TORRES

16 de octubre de 2019 12221

BBVA 1309200228053

30 de octubre de 2019

123.599

TOTAL 4.882.185

Fuente; Comprobantes de Ingresos Y Consignaciones Bancarias

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

GRUPO 8 Y 9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

36. El señor Marco Antonio Cairoza, sub secretario de defensa jurídica de la entidad, no dio respuesta a la solicitud de información oportuna de la relación de las demandas y litigios a favor y en contra de la entidad, como tampoco entrego información de los procesos de embargos donde los bancos han venido descontando dineros de las cuentas bancarias y a la fecha de la auditoria no se conocen los procesos y cuantías de la demandas por la cual se están acreditando dichos dineros, lo anterior viola el Artículo 101 de la ley 42 de 1993 y la ley 734 de 2002. (D)

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

86

2.2.2 Sistema de Control Interno Contable Mediante Resolución 193 de 2.016, la Contaduría General de la Nación adoptó el procedimiento de Control Interno Contable y de reporte del informe anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación. Revisada la rendición de la cuenta y analizada la autoevaluación por parte del funcionario responsable de la Administración Municipal de Turbo, Antioquia, obtuvo una calificación de 4,70, que la ubica en el rango Eficiente. El equipo auditor conceptúa que, de acuerdo con su evaluación, la Entidad obtuvo una calificación de 2,22 que corresponde a un nivel Deficiente, el cual se soporta en las HALLAZGOS a los estados contables, las cuales afectan la calidad de la información de los estados financieros y registros contables.

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*2020100000801* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

87

Resultados de la Evaluación

11. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO CONTABLE RANGO CALIFICACIÓN

TOTAL

Resultado Final 2,22

MÁXIMO A OBTENER 5 5,0

TOTAL PREGUNTAS 32 32,00

PUNTAJE OBTENIDO 14,18

Porcentaje obtenido 0,44%

Calificación Adecuado Fuente: Matriz de Control Interno Contable Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

Debilidades del sistema de control interno contable

- Los hechos económicos registrados no están respaldados en documentos soporte idóneos

- Para el registro de algunos hechos económicos, no se elaboran los respectivos comprobantes de contabilidad

- Las cifras contenidas en el libro mayor no coinciden con los reportados en el Consolidador de hacienda saldos y movimientos

- No hay políticas contables, como tampoco procedimientos debidamente documentadas

- No se ha implementado y ejecuta una política de depuración contable permanente y de sostenibilidad de la calidad de la información

- no se tiene un software actualizado para la aplicación del nuevo marco normativo.

2.2.3. Gestión Presupuestal Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Presupuestal obtuvo un puntaje de 92.86 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

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11. GESTIÓN PRESUPUESTAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TURBO ANTIOQUIA VIGENCIA 2018

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: John Jairo Villegas Osorio- Contralor auxiliar

PRESUPUESTO VIGENCIA 2018

El Presupuesto General del DISTRITO DE TURBO fue aprobado mediante acto administrativo ACUERDO 019 del 30 de noviembre de 2017, por la suma de CIENTO OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL PESOS M.L.C. ($180.486.912.000) El Presupuesto General del DISTRITO DE TURBO, fue liquidado mediante acto administrativo DECRETO 1388 del 07 de diciembre de 2017, discriminado así:

CONFORMACIÓN PRESUPUESTAL

ADMINISTRACION MUNICIPIO DE TURBO DE TURBO

VIGENCIA 2018

INGRESOS $180.486.912.000.oo

Ingresos Corrientes $25.765.526.000

Transferencias $154.721.241.000.oo Recursos de Capital $145.000

GASTOS $180.486.912.oo

Funcionamiento $21.129.977.171 Servicio de la Deuda $1.990.328.000 Inversión $157.366.606.829

Fuente: Ejecución Presupuestal 2018 Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

CIERRE PRESUPUESTAL VIGENCIA 2018

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ADMINISTRACION MUNICIPIO DE TURBO DE TURBO

VIGENCIA 2018

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS VALOR $

PRESUPUESTO INICIAL $180.236.835.000

ADICIONES $99.849.348.102

REDUCCIONES $25.553.268.227

PRESUPUESTO DEFINITIVO(1) $254.532.214.875

TOTAL RECAUDOS(2) (A) $239.471.079.872

SALDO POR RECAUDAR $15.061.135.003

% EJECUCION DEL RECAUDO (2/1) 94.08% Fuente: Ejecución Presupuestal de Ingresos 2018 Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

ADMINISTRACION MUNICIPIO DE TURBO DE TURBO VIGENCIA 2018

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE EGRESOS VALOR $

PRESUPUESTO INICIAL $180.236.835.000

ADICIONES $99.849.348.102

REDUCCIONES $25.553.268.227

CRÉDITOS $8.146.806.983

CONTRACRÉDITOS $8.146.806.983

PRESUPUESTO DEFINITIVO(1) $254.532.214.875

RESERVAS (Compromisos-Obligaciones) (2) $14.427.116.249

CUENTAS X PAGAR (Obligaciones-Pagos) (3) $13.252.145.031

PAGOS(4) $215.569.876.679

TOTAL EJECUTADO (2+3+4) (5) (B) $243.249.126.959

% EJECUCION DEL GASTO (5/1) 95,57%

CIERRE PRESUPUESTAL DE LA VIGENCIA 2018 CON SUPERAVIT (A-B)

$3.778.047.087

Fuente: Ejecución Presupuestal de Egresos 2018 Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

OTRA INFORMACIÓN PRESUPUESTAL

CONCEPTO VALOR / OTROS

Nit Entidad 890981138-5

Valor Presupuesto Transferido Recaudado SGP $175.137.231.547

Valor Presupuesto Transferido Recaudado SGR $

Valor Presupuesto Recursos Propios Recaudado $26.192.539.768

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Valor Ejecutado Presupuesto de Funcionamiento y/o de Operación Comercial

$20.522.382.516

Valor Ejecutado Presupuesto de Inversión $221.614.420.574

Valor Ejecutado Servicio de la Deuda $1.112.323.869

Estado Entidad VIGENTE

Código CHIP / CGN 213705837 Fuente: Ejecución Presupuestal 2018 Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

HALLAZGOS

(Cifras en pesos)

37. Como lo muestra el siguiente cuadro; Comparado los reportes presentados a la plataforma CHIP- CGR Presupuestal con lo presentado por la Administración de Turbo a diciembre 31 de 2018, se encontró que no son coherentes en sus saldos, arrojando deficiencias de conciliación en la información contable, lo anterior desacata el Instructivo 01 del 18 de diciembre de 2018 y el Numeral 3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable de la Resolución 193 de 2016, de la Contaduría General de la Nación. (A)

ADMINISTRACION MUNICIPIO DE TURBO DE TURBO

VIGENCIA 2018

CIFRAS DE LA

ADMON CIFRAS DEL SISTEMA CHIP

INGRESOS $180.486.912.000.oo 180.236.135.000

Ingresos Corrientes $180.486.912.000.oo 180.235.990.000

Transferencias $154.721.241.000.oo 154.470.464.000

Recursos de Capital $0.oo 145.000

GASTOS $ 180.486.912.000 180.236.135.000

Funcionamiento $ 17.755.913.982 21.129.977.171

Servicio de la Deuda $ 1.990.328.000 1.990.328.000

Inversión $ 90.089.440.012 157.115.829.829

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Fuente: CGR Ejecución Presupuestal 2018-CHIP Elaboró: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

LEY 99 DE 1993 El artículo 111 de la ley 99 de 1993 declaró como de interés público, las áreas de importancia estratégica para la conservación del agua que surte los acueductos municipales y distritales y ordenó hacer inversiones obligatorias para adquirir estas áreas. En sus orígenes, la Ley había definido que los entes territoriales debían dedicar durante quince años un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos, de tal forma que antes de concluido tal período, se adquirieran dichas zonas, y establece que los proyectos de construcción de distritos de riego deberán dedicar un porcentaje no inferior al 3% del valor de la obra a la adquisición de áreas estratégicas para la conservación de los recursos hídricos que los surten de agua. El artículo 210 de la Ley 1450 de 2011, mediante la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014, modificó el artículo 111 de la ley 99 de 1993 estableciendo que los departamentos y municipios, así como los proyectos de construcción y operación de distritos de riego, deben dedicar un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de las zonas de provisión de agua o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales y define que los recursos se destinarán prioritariamente a la adquisición y mantenimiento de dichas zonas. Los municipios, distritos y departamentos garantizarán la inclusión de los recursos dentro de sus planes de desarrollo y presupuestos anuales respectivos, individualizándose la partida destinada para tal fin, y estarán a cargo de su administración. Asimismo, las autoridades ambientales deberán definir las áreas prioritarias a ser adquiridas con estos recursos. El Decreto 953 de 2013: Reglamentó el artículo 111 de la Ley 99 de 1993. Establece las directrices para la adquisición y mantenimiento de las áreas antes mencionadas, y, para la financiación de los esquemas de pago por servicios ambientales. Busca garantizar la inversión oportuna y efectiva de los recursos y una adecuada articulación entre las entidades territoriales y autoridades ambientales con ese mismo fin.

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Con el fin de evaluar cumplimiento a lo regulado en la normatividad anterior, los resultados en el municipio fueron los siguientes:

- Revisada la ejecución presupuestal a diciembre 31 de 2018 de la Administración Municipal, se presentó lo siguiente:

Presupuesto Definitivo Ingresos.

Corrientes Libre destinación

1% Ley. 99 Apropiación rubro

presupuestal

Diferencia Compromisos

$21,249.338.521 $212.493.385 $129.000.000 $83.493.385 $117.000.000 Fuente: Ejecución presupuestal diciembre 31 de 2018 Elaboro: John Jairo Villegas. CA CGA

De acuerdo a lo regulado en el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011, se observa un menor apropiado para dar cumplimiento a la norma, en cuantía de $83.493.385.

- No se pudo determinar la cuenta en la cual se están manejando los recursos. -

FONDO DE SEGURIDAD Con el fin de determinar la adecuada ejecución y recaudo del Fondo de seguridad en la Administración Municipal de Turbo, no se evidenciaron HALLAZGOS en cuanto a su manejo. ESTADO SITUACION FINANCIERA Y DE APERTURA Efectuada evaluación al ESFA, reportado a la Contaduría General de la Nación y sus correspondientes soportes, se pudo determinar que, en la implementación del nuevo marco normativo, resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación, este fue presentado en forma oportuna, sin HALLAZGOS. PROCESO DE SANEAMIENTO CONTABLE

38. La Carta circular 003 de noviembre 19 de 2018 de la Contaduría General de la Nación, estableció entre otros. “Realizar todas las gestiones administrativas

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necesarias para la depuración contable de las cifras y demás datos contenidos en los estados, informes y reportes contables, y realizar los ajustes correspondientes a que haya lugar según la norma aplicable a cada caso en particular, de tal manera que los saldos de las cuentas cumplan con las características cualitativas de la información financiera definidas en el marco conceptual del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.

“Las entidades territoriales que actualmente están llevando a cabo el proceso de saneamiento contable en desarrollo de lo determinado en el artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, cuyo tratamiento contable se reguló mediante la Resolución 107 de 2017, vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, deberán ejecutar y adelantar todas las acciones necesarias en lo que resta del presente año en virtud de este ordenamiento de la Ley, con el fin de que los estados financieros a esa fecha revelen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de la entidad; de igual manera se deberá garantizar los soportes necesarios, la trazabilidad y el control de los ajustes producto del saneamiento contable.” Evaluado este componente en los estados financieros de la Administración municipal, el resultado fue el siguiente:

Id Entidad Nit Municipio Departamen

to

% de avance

según la Entidad

% según su verificaci

ón

Actividades de

seguimiento realizadas

por la Contraloría

213705837 890.981.138-5

Turbo Antioquia 60% 60.00% Ver Detalle.

Fuente: Seguimiento proceso auditor Sabanalarga- Antioquia. Elaboró: John Jairo Villegas Osorio. CA. CGA

Se concluye que el proceso de saneamiento contable tuvo un avance del 60%, resultado de:

- Quedo pendiente por sanear parte del grupo de Propiedad, Planta y Equipo,

y Bienes de Beneficio y Uso Público, incidiendo en la razonabilidad de los Estados Contables de la Administración Municipal a diciembre 31 de 2018.

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- El instructivo 01 de diciembre 18 de 2018, Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2018-2019, el reporte de información a la Contaduría General de la Nación y otros asuntos del proceso contable, estableció entre otros: “ De igual manera, en aplicación de lo establecido en el artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, las entidades territoriales verificarán que el saneamiento contable quede registrado en los estados financieros a 31 de diciembre de 2018 y debidamente revelado en cuentas de orden de control, de acuerdo con la Resolución 107 de 2017 (modificada por la Resolución 238 de 2017, "Por la cual se regula el tratamiento contable que las entidades territoriales deben aplicar para dar cumplimiento al saneamiento contable establecido en el artículo 355 de la Ley 1819 de 2016 y se modifican los Catálogos Generales de Cuentas vigentes para los años 2017 y 2018. Se pudo determinar que la Administración municipal no revelo el avance en el proceso en la cuenta 8371 – Saneamiento contable, artículo 355 – ley 1819 de 2016, inobservando lo ciado en el numeral 1.2.4. Existencia real de bienes, derechos, obligaciones y documentos soporte idóneos, del ciado instructivo.

Tal como lo manifestó la Procuraduría General de la Nación en circular conjunta de marzo 8 de 2017 “La responsabilidad de este proceso estará a cargo del representante legal quien deberá coordinar todas las acciones administrativas necesarias para garantizar que en los estados financieros se revele en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de la entidad contable pública: por lo tanto, se deberá establecer la existencia real de bienes, derechos y obligaciones, que afectan su patrimonio, depurando los valores a que haya lugar como lo establece la técnica contable. Es importante señalar que los servidores públicos responsables del proceso de saneamiento cantable en las entidades territoriales, que no den cumplimiento a lo establecido en la Ley 1819 de 2016 y a los términos de lo previsto en los numerales 3.1 "Depuración Contable permanente y sostenibilidad, de la Resolución 357 de 2008, y 3.2.15 "Depuración Contable permanente y sostenible", de la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación - CGN, conllevará a las sanciones que el Código Disciplinario único califica como falta gravísima al tenor de los dispuesto en el numeral 52, del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

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Por lo anterior no hubo un total cumplimiento al artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, lo que incide en la razonabilidad de los Estados contables al cierre de la vigencia fiscal 2018. (D) NUEVO MARCO NORMATIVO Con fecha octubre 8 de 2015, la Contaduría General de la Nación expidió la Resolución 533 de 2015 “Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y de citan otras disposiciones”. El artículo 4 de la resolución estableció el cronograma de aplicación y estableció que el periodo de aplicación seria entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017; periodo en el cual la contabilidad se llevara bajo el nuevo marco normativo para todos los efectos, cronograma que fue modificado mediante la resolución de la Contaduría, al respecto observo la auditoria:

- Como lo menciona la resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación, “La entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable, en procura de lograr una información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel establecidas en el Régimen de Contabilidad Pública.

Las políticas contables son los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por la entidad para la elaboración y presentación de los estados financieros. Las políticas contables, en su mayoría, están contenidas en el marco normativo aplicable a la entidad y se busca que sean aplicadas de manera uniforme para transacciones, hechos y operaciones que sean similares. No obstante, en algunos casos, la entidad, considerando lo definido en el marco normativo que le aplique, establecerá políticas contables a partir de juicios profesionales y considerando la naturaleza y actividad de la entidad. Es así que mediante Resolución 6277 de abril 25 de 20187, se aprueba el manual de Políticas, procesos y procedimientos contables bajo el nuevo marco normativo en convergencia con las normas de información financiera NIIF de entidades de

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Gobierno del Municipio de Turbo – Antioquia, observando que está ajustado a la norma.

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3. OTRAS ACTUACIONES

3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS Durante la presente Auditorías No se presentaron denuncias. 3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR

En la etapa de respuesta del informe preliminar se generaron tres beneficios de auditoria. BENEFICIO NUMERO 01

OBSERVACION N°30 (HALLAZGO N° 22) Descripción: Durante el proceso de evaluación en el área de tesorería a diciembre de 2018, se pudo determinar que las cuentas bancarias que a continuación se detallan. Presentan pagos por mayor valor por la suma de $39.997.631.

NUMERO DE CUENTA FECHA DETALLE VALOR

470100614101 30 de mayo de 2018 pago de mas $2.999.999

92006798 06 de febrero de 2018 pago doble $ 39.997.631

TOTAL Fuente; Conciliaciones Bancarias 2018

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

la entidad rembolsa los dineros la cuenta bancaria del BBVA número a las

cuentas 0013-0920-14-020028053 del 17 de diciembre de 2019 y recibo o

comprobante de ingresos número 14383 del 17 de diciembre de 2019 por valor

de $36.997.632.

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la entidad rembolsa en la cuenta bancaria del BBVA número a las cuentas 0013-

0920-14-020028053 del 17 de diciembre de 2019 y recibo o comprobante de

ingresos número 14391 del 17 de diciembre de 2019 por valor de $2.999.999.

lo que se considera un beneficio total de auditoria por valor total de $39.997.631

Valor del beneficio: $39.997.631 BENEFICIO NUMERO 02

OBSERVACION N°38 (HALLAZGO N° 30) Descripción: Como muestra el siguiente cuadro, la entidad en la vigencia 2018, por concepto de retención en la fuente del mes de enero de 2018, realizo pagos de manera extemporánea, incurriendo en sanciones e intereses de mora las cuales fueron declarados en los formularios presentados, incurriendo en un presunto detrimento patrimonial, por valor de $27.374.000 La entidad anexa consignación en la cuenta corriente a nombre del municipio de turbo, ANTIOQUIA No 0013-0920-14-0200228053 del Banco BBVA por Valor de VEINTI SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS M/L $27.371.000 el 09 de octubre de 2019 y comprobante de ingresos número 12232 del 30 de oct de 2019. lo que genera un beneficio de auditoría por dicho valor, detallado en el numeral 3.2. del presente informe. Valor del beneficio: $27.371.000 BENEFICIO NUMERO 03

OBSERVACION N°43 (HALLAZGO N° 35) Descripción: La entidad reconoció y pago el 100% del valor de los viáticos sin tener en cuenta el día sin pernota en el lugar de la comisión donde solo se reconocerá hasta el

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cincuenta por ciento (50%) del valor fijado. los cuales ascendieron durante la vigencia 2018 a $26.773.797 constituyéndose en un presunto detrimento por dicho valor. Como lo muestra el siguiente cuadro la entidad anexa las consignaciones en la cuenta corriente a nombre del municipio de turbo, No 0013-0920-14-0200228053 del Banco BBVA y los diferentes comprobantes por valor de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS MLC $4.882.185. lo que genera un beneficio de auditoría por dicho valor, detallado en el numeral 3.2. del presente informe.

nombre fecha del comprobante

No de comprobante de ingersos

banco

numero de cuenta bancaria

fecha de consignacion valor

NILSON ELADIO MORENO MOYA

16 de octubre de 2019 11802

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

117.612

JURGEN ANDRES OLIVO HERRERA

18 de octubre de 2019 11828

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

221.254

BYRON ANDRES VELEZ VALDES

16 de octubre de 2019 11803

BBVA 1309200228053

08 de octubre de 2019

476.433

WILLINTON SANTOS PALACIOS

16 de octubre de 2019 11806

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

58.593

ADALY VIVAS OLIER 16 de octubre de 2019 11804

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

219.080

MARIA LUCIA CHAVERRA DE MURILLO

16 de octubre de 2019 11805

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

247.196

EDGAR ENRIQUE MORALES ROMAÑA

16 de octubre de 2019 11801

BBVA 1309200228053

09 de octubre de 2019

735.602

EDGAR DAVID LEIVA PAEZ

16 de octubre de 2019 11811

BBVA 1309200228053

10 de octubre de 2019

124.000

PAOLA LICETH ORTIZ ABUCCHAR

16 de octubre de 2019 11825

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

95.005

NAIRAVI MOSQUERA MOSQUERA

16 de octubre de 2019 11817

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

81.954

SAMUEL ALBERTO JARAMILLO PINO

16 de octubre de 2019 11813

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

104.201

LUIS HERNANDO CORTES QUEZADA

16 de octubre de 2019 11812

BBVA 1309200228053

15 de octubre de 2019

109.540

LUIS ALBERTO WELSH VALOYES

16 de octubre de 2019 11824

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

78.124

EDWIN CORDOBA CAMPO

16 de octubre de 2019 11798

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

78.124

CESAR ALEXIS LOPEZ CORDOBA

16 de octubre de 2019 11823

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

97.656

JORGE ENRIQUE ARIAS CASTRO

16 de octubre de 2019 11820

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

97.656

MILDREYS CROSS CASTILLO

16 de octubre de 2019 11815

BBVA 1309200228053

16 de octubre de 2019

90.743

LUZ YANED MACIAS VALENCIA

18 de octubre de 2019 11829

BBVA 1309200228053

18 de 0ctubre de 2019

279.846

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

100

JANIER ALBERTO LLOREDA VALENCIA

18 de octubre de 2019 11827

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

584.831

ANDRIE JULITH GOMEZ JARAMILLO

16 de octubre de 2019 11832

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

104.201

SINDY MARCELA FANDIÑO DENIS

16 de octubre de 2019 11830

BBVA 1309200228053

18 de octubre de 2019

104.167

CLEVER JOHAN SALAS IBARGUEN

16 de octubre de 2019 11822

BBVA 1309200228053

21 de octubre de 2019

109.505

LEONCIA TOVAR MERCADO

16 de octubre de 2019 11941

BBVA 1309200228053

22 de octubre de 2019

109.505

FRANCISCO JAVIER MOYA SANCHEZ

31 de octubre de 2019 12854

BBVA 1309200228053

23 de octubre de 2019

310.158

ROCIO LEONOR AGUDELO JARAMILLO

16 de octubre de 2019 11809

BBVA 1309200228053

30 de octubre de 2019

123.600

ADALBERTO SALAZAR TORRES

16 de octubre de 2019 12221

BBVA 1309200228053

30 de octubre de 2019

123.599

TOTAL 4.882.185

Fuente; Comprobantes de Ingresos Y Consignaciones Bancarias

Elaboro: John Jairo Villegas Osorio, Contralor Auxiliar

Valor del beneficio: $4.882.185 En total se presentaron beneficios de auditoría por valor de SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/LC ($72.250.816) Los anteriores beneficios se reportaron al Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada mediante Radicado No. 2020300000375 del 16/01/2020. 3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS

El Contrato No. 174-2017, cuyo objeto fue “Construcción de andenes peatonales en la vía principal y del parque en el Corregimiento de Currulao del Municipio de Turbo”, realizado con José Miguel Cuellar Bobadilla, por un valor de $999.654.021, había quedado como insumo en la auditoria de la vigencia 2018, por estar en ejecución. Este contrato fue revisado y se constató su correcta ejecución y su liquidación.

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Descripción: Andenes peatonales terminados. Fuente: Visita a obra del día 18 de septiembre de 2019.

Tomó: Luis Alberto Orrego Calderón – Ingeniero Civil - PU.

Así mismo, durante la presente Auditoría se realizó seguimiento a contratos de la vigencia 2017, de los cuales surgieron las siguientes HALLAZGOS.

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

39. Revisado el contrato de obra No. 332-2017, celebrado el 29 de noviembre de 2017 para la “Construcción Centro de Atención a la Primera Infancia barrios Manuela Beltrán y Malvinas, adecuaciones parque Primera Infancia Mundo de los Niños del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $1.494.168.810, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal, se observó lo siguiente: (A)

a) Se evidenció que la Entidad no exigió al contratista la constitución de una

fiducia o patrimonio autónomo para el manejo de los recursos recibidos como anticipo, a pesar de que en el Parágrafo Primero de la Cláusula Sexta de la minuta del Contrato de Obra lo menciona. Contraviniendo el Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011.

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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b) Se observó que, en la discriminación de la Administración (A) dentro del AU en la propuesta económica, el Contratista incluyó en los costos dentro del Ítem 11. Impuestos, se incluyeron el 2% de la retención en la fuente y 0.8 % del Rete ICA (denominados Servicios Generales), de lo que se deduce que, se cobró un 2.8 % de más del valor total de la obra en impuestos que son impuestos deducibles para el contratista según lo establece el Artículo 4 de la Ley 1111 de 2006 y los Artículos 373 y 374 del estatuto tributario. Si tenemos en cuenta que el valor total de los Costos Directos fue de $1.149.360.623, y lo sobrefacturado de más por este concepto fue de $32.182.097. Reconocer esta cifra al contratista configuraría un presunto detrimento

patrimonial por $32.182.097, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000. Por

encontrarse en proceso en ejecución, quedará como insumo para próximas

actuaciones de la Contraloría General de Antioquia.

40. En los contratos interadministrativos que se relacionan a continuación, se evidenció que la entidad reconoció utilidad (U) dentro del valor total de los contratos, a pesar de tratarse de contratos o convenios celebrados con entidades de carácter público y sin ánimo de lucro como son las asociaciones de municipios. (F) (D)

CÓDIGO

DEL CONVENIO

CONTRATIST

A

VALOR FINAL DEL

CONVENIO

% DE UTILID

AD

VALOR DE UTILIDAD

Contrato No. 319 de 2017

Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio Santa Fe La Playa del Municipio de Turbo

ASOMURA $341.594.400 5 % $13.138.246

Contrato No. 320 de 2017

Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio Ciudadela Industrial del Municipio de Turbo

ASOMURA $382.874.858 5% $14.725.956

Contrato No. 322 de 2017

Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio

ASOMURA $419.220.957 5% $16.123.883

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CÓDIGO DEL

CONVENIO

CONTRATISTA

VALOR FINAL DEL

CONVENIO

% DE UTILID

AD

VALOR DE UTILIDAD

Brisas del Mar del Municipio de Turbo

TOTAL $43.988.085 Fuente: Gestión Transparente, Carpetas contratos Municipio de Turbo Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU).

Por lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por valor de $43.988.085, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000 en concordancia con lo establecido en el artículo 118 de la ley 1474 de 2011.

41. Revisado el contrato interadministrativo de obra No. 322-2017, celebrado el 10 de noviembre de 2017 para la “Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio Brisas del Mar del Municipio de Turbo” por $419.220.957, este contrato se encuentra terminado y liquidado. Luego de la evaluación fiscal, se observaron mayores cantidades de obra medidas para el acta de pago con relación a las ejecutadas, por valor de $24.287.747, según se describe a continuación: (F) (D)

Item Actividad Und Cant.

Pagada Cant.

Medida Diferencia

Valor Unitario

Valor Total

6.9. Alimentador eléctrico subterraneo poste 1 y 2 desde TD en …

ml 400.00 76.00 324.00 $33.427 $10.830.348

8.1. Construcción de anden en concreto 24 MPa, espesor 0.10 m.

ml 148.06 121.90 26.16 $88.431 $2.313.355

8.2. Instalación de bordillo 0.15 m. de ancho, 0.50 m. de profundidad

ml 116.00 71.90 44.10 $48.688 $2.147.141

10.3. Instalación de postes de cerramiento en perfilería metálica tipo tubular

Un 16 0 16 $172.613 $2.761.808

N.P 2 Suministro e instalación de bloque espesor 12cm.

M2 98.00 87.30 10.70 $58.900 $630.230

TOTAL COSTO DIRECTO $18.682.882 AU (30%) $5.604.865 TOTAL $24.287.747

Fuente: Acta de Obra Final y Visita de Obra. Elaboró: Diego Enrique Parra López (PU-CAAI).

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Por lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por valor de $24.287.747, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000 y se presume falta de seguimiento y control por parte de la interventoría del contrato, acorde a lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con lo establecido con el artículo 118 de la ley 1474 de 2011.

42. Revisado el contrato interadministrativo de obra No. 320-2017, celebrado el 10 de noviembre de 2017 para la “Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio Ciudadela Industrial del Municipio de Turbo” por $382.874.858, este contrato se encuentra terminado y liquidado. Luego de la evaluación fiscal se observaron mayores cantidades de obra medidas para el acta de pago con relación a las ejecutadas, por valor de $4.704.631, según se describe a continuación: (F) (D)

Item Actividad Und Cant.

Pagada Cant.

Medida Diferencia

Valor Unitario

Valor Total

8.1.

Construcción de anden en concreto 24 MPa, espesor 0.10 m, incluye transporte y suministro de materiales

ml 174.00 141.26 32.74 $88.431 $1.258.231

10.3

Instalación de postes de cerramiento en perfilería metálica tipo tubular, incluye transporte

Un 12 10 2 $172.613 $345.226

11,2

Demarcación del campo juego mediante franjas de grama sintética color blanco de 5 cm. de ancho, incluye transporte y sumiistro

ml 401.45 157.00 244.45 $8.245 $2.015.490

TOTAL COSTO DIRECTO $3.618.947 AU (30%) $1.085.684 TOTAL $4.704.631

Fuente: Acta de Obra Final y Visita de Obra. Elaboró: Diego Enrique Parra López (PU-CAAI).

Por lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por valor de $4.704.631, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000 y se presume falta de seguimiento y control por parte de la interventoría del contrato, inobservando lo

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establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con lo establecido con el artículo 118 de la ley 1474 de 2011.

43. Revisado el contrato interadministrativo de obra No. 319-2017, celebrado el 10 de noviembre de 2017 para la “Ejecución del proyecto denominado construcción de cancha sintética en el barrio Santa Fe La Playa del Municipio de Turbo” por $341.594.400, este contrato se encuentra terminado y liquidado. Luego de la evaluación fiscal se observaron mayores cantidades de obra medidas para el acta de pago con relación a las ejecutadas, por valor de $8.023.626, según se describe a continuación: (D) (F)

Item Actividad Und Cant.

Pagada Cant.

Medida Diferencia

Valor Unitario

Valor Total

6.9.

Alimentador eléctrico subterraneo poste 1 y 2 desde TD en cable de cobre2N° 10+t. awg – thhn – pvc 1”

ml 158.10 81.00 77.10 $33.427 $2.577.222

8.1.

Construcción de anden en concreto 24 MPa, espesor 0.10 m, incluye transporte y suministro de materiales

ml 156.00 130.52 25.48 $88.431 $2.253.222

10.3

Instalación de postes de cerramiento en perfilería metálica tipo tubular, incluye transporte

Un 12 10 2 $172.613 $345.226

11,1

Instalación de grama sintética en fibra artificial en polietileno fibrilado de tercera generación, incluye un riego con arena de sílice y grano de caucho, incluye transporte y suministro

M2 551.00 544.35 6.65 $149.827 $996.350

TOTAL COSTO DIRECTO $6.172.020 AU (30%) $1.851.606 TOTAL $8.023.626

Fuente: Acta de Obra Final y Visita de Obra. Elaboró: Diego Enrique Parra López (PU-CAAI).

Por lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial por valor de $8.023.626, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000 y se presume falta de seguimiento y control por parte de la interventoría del contrato, inobservando lo

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establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 en concordancia con lo establecido con el artículo 118 de la ley 1474 de 2.011.

44. Revisado el contrato de interventoría No. 333-2017, celebrado el 29 de noviembre de 2017 para “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción Centro de Atención a la Primera Infancia barrios Manuela Beltrán y Malvinas, adecuaciones parque Primera Infancia Mundo de los Niños del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $ 55.606.322, este contrato se encuentra en ejecución. (A)

Luego de la evaluación fiscal, se observó que al revisar la propuesta económica presentada por el proponente Construcon S.A.S, con relación al Factor Multiplicador (FM), el oferente incluyó dentro del Item B. Prestaciones, el Auxilio de transporte personal < $737.717, cuando dentro del personal propuesto, ninguno tendría un sueldo inferior a este; En el Item C. Administración y Gastos Indirectos, el impuesto de renta (que es deducible) y los costos de la presentación de la propuesta (son a costa y riesgo del proponente). En conclusión, las prestaciones y los costos indirectos fueron calculados erróneamente, afectando directamente el cálculo del Factor Multiplicador, como se demuestra a continuación.

Factor Multiplicador de la Propuesta Comparado con el Factor

Multiplicador Corregido Según lo Anterior.

Item Conceptos Factor Valores

Corregidos

Diferencia

A Sueldos

100 100 0

B Prestaciones

Cesantías 8.33 8.33 0

Intereses sobre cesantías 1.00 1.00 0

Vacaciones 4.17 4.17 0

Prima anual 8.33 8.33 0

Sistema de seguridad : Salud 8.50 8.50 0

Pensión 12.00 12.00 0

Subsidio familiar 4.00 4.00 0

SENA 2.00 2.00 0

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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ICBF 3.00 3.00 0

Auxilio de transporte personal sueldo <

$737.717 11.30 0

11.30

ARP personal en obra 2.50 2.50 0

Dotación 1.00 1.00 0

Otros 1.00 1.00 0

SUMA (A+B) 167.13 155.83 0

C ADMIISTRACION Y GASTOS DIRECTOS

Arriendo oficina principal 1.67 1.67 0

Personal no profesional facturado 1.67 1.67 0

Personal no técnico facturado 1.67 1.67 0

Impuesto de renta 6.77 0 6.77

OTROS

Mantenimiento oficina 1.67 1.67 0

Gastos de representación 1.67 1.67 0

Papelería y útiles de oficina 1.67 1.67 0

Documentación técnica 3.34 3.34 0

Software 0.84 0.84 0

Comisiones bancarias 1.67 1.67 0

Asesoría legal y tributaría 3.34 3.34 0

Depreciación de equipos 0.84 0.84 0

Presentación propuesta 0.84 0 0.84

SUMA C 27.66 20.05 7.61

SUBTOTAL (A+B+C) 194.79 175.88

D HONORARIOS 8.00 8.00 0

TOTAL A+B+C+D 202.79 183.88 18.91

FACTOR MULTIPLICADOR PROPUESTO 2.028

FACTOR MULTIPLICADOR CORREGIDO 1.839

Fuente: Carpetas contrato Municipio de Turbo,

Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

El valor del Factor Multiplicador se aplica a los costos directos del personal y en

consecuencia afecta directamente el valor total del contrato. Su incidencia

económica se muestra en la siguiente tabla donde se compara la propuesta

económica con el Factor Multiplicador presentado contra la propuesta con el

Factor Multiplicador corregido, en especial lo que tiene que ver con los Costos

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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de Personal, se presentó un error aritmético en el cálculo del sueldo del Director

de Obra al multiplicar el sueldo mensual por la dedicación y que es afectado por

F.M.

CARGO/OFICIO CANT. SUELDO

O TARIFA MENSUAL

DEDICACION MENSUAL

DURACION TOTAL

VALOR TOTAL

COSTOS DE PERSONAL

Personal profesional

Director del Proyecto 1.00 $8.500.000 0.65 1.00 $5.525.000

Tecnólogo en construcciones 1.00 $4.000.000 1.00 1.00 $4.000.000

SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL $9.525.000

Factor Multiplicador (FM=1.839) 1.839

TOTAL COSTOS DE PERSONAL CON FM (A) $17.516.475

OTROS COSTOS DIRECTOS

Un Costos Dedicación Tiempo Total

Vr. Total

Otros Costos Directos

Edición de informes, Reproducción documentos (fotocopias, heliográficas, impresiones, fotográfias)

Mes $9.000.000 1.00 1.00 $9.000.000

Comunicaciones (teléfono, fax, correo, etc)

mes $5.250.000 1.00 1.00 $5.250.000

TOTAL COSTOS DIRECTOS (B) $ 14.250.000

VALOR BASICO = A + B (C) $31.766.475

GASTOS DIRECTOS NO REEMBOLSBLES

Impuestos (7.5%)* $2.382.486

TOTAL GASTOS DIRECTOS NOREEBOLSABLES (D) $2.382.486

TOTAL (C+D) $34.148.961

IVA (19%) $6.488.303

VALOR TOTAL DE LA INTERVENTORIA $40.637.264

*Los impuestos calculados en esta tabla corresponden a las retenciones por estampillas equivalentes al 7.5%, ya que la retención en la fuente del 6% y el Rete ICA del 0.8% son deducibles. VALOR CONTRACTUAL DE LA INTERVENTORIA $55.606.322

VALOR CORREGIDO DELA INTERVENTORIA $40.637.264

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DIFERENCIA $14.969.058 Fuente: Carpetas contrato Municipio de Turbo,

Elaboró: Diego Enrique Parra López. (PU-CAAI).

Por encontrarse en proceso en ejecución, quedará como insumo para próximas

actuaciones de la Contraloría General de Antioquia.

45. Revisado el contrato interadministrativo de consultoría No. 254-2017,

celebrado el 5 de septiembre de 2017 cuyo objeto es “Elaboración de estudios y diseños urbanos, arquitectónicos y paisajísticos para el paseo urbano de Playa Dulce y la Unidad Deportiva del Municipio de Turbo” por $ 560.000.000 y un plazo de 3 meses, este contrato se encuentra terminado y liquidado, luego de la evaluación fiscal se observó lo siguiente: (D)

a) Según la Resolución No. 6803 del 4de septiembre de 2017, justifican la

contratación directa para la consultoría amparados en el Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, El Artículo 96 de la Ley 489 de 1998, el Literal C del Numeral 4 del Artículo 2 de la Ley 1150, modificado por el Artículo 92 de la Ley 1474 de 2011 y el Artículo 2.2.1.2.1.4.4. del Decreto 1082 de 2015. Ninguna de las normas mencionadas aplica para la contratación directa que llevaron a cabo y se presume entonces que la contratación realizada no cumplió con los requisitos legales correspondientes.

b) El Estudio Previo del contrato interadministrativo tiene como fecha de realización el mes de septiembre de 2017, igual que el análisis del Sector Económico, sin embargo, la propuesta presentada por la Asociación de Municipios del Urabá Antioqueño – ASOMURA fue fechada el 25 de agosto de 2017, con exactamente los mismos costos a los presentados en el estudio previo (presupuesto oficial), es decir que la estructuración y planeación del contrato fue basada en la propuesta presentada previamente por ASOMURA. Lo anterior contraviene los principios de la función administrativa y de la contratación pública (selección objetiva, transparencia y publicidad).

3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS

ÌTEM CONCEPTO Fiduciaria Fonpet

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Radicado No 2020100000801 Medellín, 17/01/2020

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Clase de negocio fiduciario o fiducia Pasivos Pensionales Saldo a la fecha de corte 69.375.580.587

Naturaleza de los recursos Nacional Tipo de Gasto Pago deuda Tipo de Activos Fideicomitidos Activos Monetarios Destinación de los Recursos Propósito General

Fuente: estadas financieras 2018 Elaboró: John Jairo Villegas, contralor auxiliar

ÌTEM CONCEPTO

Fiduciaria IDEA

Clase de negocio fiduciario o fiducia Inversión- Administración de inversiones de fondos mutuos de inversión

Saldo a la fecha de corte 46.104.247

Naturaleza de los recursos Municipales Tipo de Gasto inversión Tipo de Activos Fideicomitidos Monetarios Destinación de los Recursos Propósito general

Fuente: estadas financieras 2018 Elaboró: John Jairo Villegas, contralor auxiliar

ÌTEM CONCEPTO Fiduciaria BBVA

Clase de negocio fiduciario o fiducia de Administración- Recaudo, Pagos y Garantía Saldo a la fecha de corte 45.946.855 Naturaleza de los recursos Municipal Tipo de Gasto Pago deuda Tipo de Activos Fideicomitidos Activos Monetarios Destinación de los Recursos Propósito General

Fuente: estadas financieras 2018 Elaboró: John Jairo Villegas, contralor auxiliar

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS Se registran como insumo para próximas auditorías, los siguientes contratos, debido a que se encontraron sin liquidar y/o en ejecución.

• El contrato de obra 241-2018, celebrado el 29 de octubre de 2018 para la “Construcción de la cancha sintética auxiliar de la Unidad Deportiva, sendero y biosaludable del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $3.051.520.997, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal.

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• El contrato de interventoría 278-2018, celebrado el 11 de diciembre de 2018 para “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción y adecuación de infraestructura educativa en las I.E. San Vicente del Congo, I.E. Río Grande, I.E. Alto de Mulatos, I.E. Monte Verde, I.E. Pueblo Bello, I.E. Coldesa Asmtercol, I.E. El Dos, I.E. Puerto Esar, I.E. Veinticuatro de Diciembre, I.E. Villa María, I.E. El Tres, I.E. Galleta, I.E. Santafe, I.E. Normal Superior de Urabá. I.E. Piedrecitas del Municipio de Turbo.” por $299.998.193, este contrato se encuentra en ejecución. Luego de la evaluación fiscal.

• Revisado el contrato de interventoría No. 333-2017, celebrado el 29 de noviembre de 2017 para “Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción Centro de Atención a la Primera Infancia barrios Manuela Beltrán y Malvinas, adecuaciones parque Primera Infancia Mundo de los Niños del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.” por $ 55.606.322, este contrato se encuentra en ejecución.

• Los Contratos y/o Convenios Interadministrativos que se relacionan a continuación, quedaran como insumo para fututas actuaciones, dado que no realizaron las liquidaciones o se encuentran en ejecución.

CÓDIGO

DEL CONTRATO

OBJETO DEL CONTRATO CONTRATISTA VALOR DEL CONTRATO

Contrato No. 264 de 2017

Construcción de pavimento placa huella-vía que conduce a la vereda siete de agosto del municipio de turbo. En cumplimiento del convenio interadministrativo de colaboración número 460006715 celebrado entre el Departamento de Antioquia y el Municipio de Turbo.

ASOMURA $943.798.887

Contrato No. 296 de 2017

Construcción de vías urbanas en concreto hidráulico en los barrios centro, Brisas del Mar y centro del municipio de Turbo

Consorcio Desarrollo

Urbano de Turbo

$1.067.737.348

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CÓDIGO DEL

CONTRATO OBJETO DEL CONTRATO CONTRATISTA

VALOR DEL CONTRATO

Contrato No. 321 de 2017

Construcción de pavimento y obras complementarias de 969 metros de la red vial urbana del municipio de turbo, conforme lo estableció en el convenio interadministrativo de cooperación no. 4600007670, suscrito con el departamento de Antioquia.

ASOMURA $1.226.671.225

Contrato No. 332 de 2017

Construcción Centro de Atención a la Primera Infancia barrios Manuela Beltrán y Malvinas, adecuaciones parque Primera Infancia Mundo de los Niños del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia

José Miguel Cuellar Bobadilla

$1.494.168.810

Contrato No. 333 de 2017

Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción Centro de Atención a la Primera Infancia barrios Manuela Beltrán y Malvinas, adecuaciones parque Primera Infancia Mundo de los Niños del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia

Construcon S.A.S.

$55.606.322

Contrato No. 114 de 2018

Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción de alcantarillado sanitario de la Calle Central del Barrio 29 de noviembre del Corregimiento de Nueva Colonia del Municipio de Turbo

Hugo Manuel Toloza Barrios

$29.845.000

Contrato No. 123 de 2018

Construcción de alcantarillado sanitario de la calle central del Barrio 29 de noviembre del Corregimiento de Nueva Colonia del Municipio de Turbo

Luis Daniel Lozano Bustillo

$369.976.320

Contrato No. 207 de 2018

Construcción de pavimento rígido en el Corregimiento de Currulao del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia

U.T. Pavimentos Currulao 2018

$3.311.290.027

Contrato No. 241 de 2018

Construcción de cancha sintética auxiliar a la unidad deportiva, sendero y biosaludable del Municipio de Turbo

AMUSSIN $3.051.520.997

Contrato No. 273 de 2018

Construcción y adecuación de infraestructura educativa en las I.E. San Vicente del Congo, I.E. Río Grande, I.E. Alto de Mulatos, I.E. Monte Verde, I.E. Pueblo Bello, I.E. Coldesa Asmtercol, I.E.

Delficonstrucciones S.A.S

$5.520.968.968

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CÓDIGO DEL

CONTRATO OBJETO DEL CONTRATO CONTRATISTA

VALOR DEL CONTRATO

El Dos, I.E. Puerto Esar, I.E. Veinticuatro de Diciembre, I.E. Villa María, I.E. El Tres, I.E. Galleta, I.E. Santafe, I.E. Normal Superior de Urabá. I.E. Piedrecitas del Municipio de Turbo

Contrato No. 278 de 2018

Interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción y adecuación de infraestructura educativa en las I.E. San Vicente del Congo, I.E. Río Grande, I.E. Alto de Mulatos, I.E. Monte Verde, I.E. Pueblo Bello, I.E. Coldesa Asmtercol, I.E. El Dos, I.E. Puerto Esar, I.E. Veinticuatro de Diciembre, I.E. Villa María, I.E. El Tres, I.E. Galleta, I.E. Santafe, I.E. Normal Superior de Urabá. I.E. Piedrecitas del Municipio de Turbo

U.T. Interventoría Escuelaton Turbo 2018

$299.998.193

Fuente: Carpetas contratos Municipio de Turbo

Elaboró: Luis Alberto Orrego Calderón (PU), Diego Enrique Parra López (PU)

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4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2018

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR (en pesos)

1. ADMINISTRATIVOS 20 0

2. DISCIPLINARIOS 25 0

3. PENALES 1 0

4. FISCALES 12 237.703.132

• Obra Pública 3 126.008.538

• Prestación de Servicios 0 0

• Suministros 0 0

• Consultoría y Otros 4 8.798.893

• Estados Contables 1 21.891.612

• Otros conceptos (Seguimiento otros Documentos- Obra

Pública)

4 81.004.089

TOTALES (1, 2, 3, y 4) 58 237.703.132

Nota: En total son 45 Hallazgos y 58 tipificaciones, porque los hallazgos 3,6,11,12,13,14,35,40,41,42 y 43, están tipificados como Fiscales (F) y Disciplinarios (D) y el hallazgo N° 2 está tipificado como Fiscal (F), Disciplinario (D) y Penal (P). Del presente informe surge un (1) Proceso Administrativo Sancionatorio “PAS”, en el Hallazgo Nº 18.

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5. ANEXOS

Diligenciar encuesta de satisfacción del cliente y hacerla llegar a la Contraloría General de Antioquia vía correo electrónico.