Informe de Riosconvida a TresMares pola desecacion rio castro

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UN RÍO ASFIXIADO El río Castro: Desecado y bloqueado por la piscifactoría de TRES MARES desde 1969 Septiembre de 2010

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A entidade "AEMS - Ríos con vida"denunciou á empresa Tres Mares por desecar o río Castro por desviar auga á piscifactoría de Lires.

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UN RÍO ASFIXIADO

El río Castro: Desecado y bloqueado por la piscifactoría de TRES MARES desde 1969

Septiembre de 2010

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© AEMS-RÍOS CON VIDAC/ Fuente de los Gallegos, nº 305270 EL TIEMBLO- Valsanmartín-(Ávila)EspañaTfno: 00-34-91- 861 03 95Correo-e: [email protected] Premio Nacional de Medio Ambiente 1998

Texto y fotos:Comité gallego de AEMS-RÍOS CON VIDA

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Introducción

La desecación y bloqueo de nuestros cursos fluviales es una constante en España. A pesar de que normas tan antiguas como la Ley de Pesca Fluvial de 1907 velaban ya entonces por la imposición obligatoria de escalas para peces y de ciertos caudales que hoy llamaríamos “mínimos”, cuestión que se repitió en las sucesivas reformas legislativas del siglo XX que llegan hasta hoy en día, la tozuda realidad nos muestra que la Administración hidráulica ha mirado siempre hacia otro lado década tras década, ignorando su obligación de velar por los recursos públicos frente a los intereses privados de los concesionarios. En este informe trataremos en profundidad uno de los casos más llamativos en Galicia y a escalanacional: la inaceptable situación del río Castro.

El río Castro nace a 200 metros de altura, en la ladera del monte Escaleira, situado en el municipio de Vimianzo, provincia de La Coruña. Atraviesa el valle de esa localidad y, tras 30 km de curso en los que hace de linde entre los municipios de Muxía-Dumbría y Muxía-Cee, desemboca en la ría de Lires. Su cuenca está limitada al norte por la del río Grande y al sur por la del río Xallas, abarcando un área de 140 km². Su caudal absoluto medio en la desembocadura de esta ría es de 5,2 m³/s.

Ubicación de las instalaciones de la Piscifactoría Tres Mares.

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Esta ría, junto al propio río Castro, en la denominada Costa da Morte, se encuentra amparada por el Derecho comunitario europeo al ser Lugar de Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000 (Clave ES1110005). Está situada entre el Cabo de Touriñán y el Cabo de Finisterre, en una costa de gran valor ecológico al ser zona de paso de numerosas aves marinas y donde es frecuente el paso de especies migratorias de gran valor ecológico. Es además Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000176) y Zona de Especial Protección de los Valores Naturales, figura reglada por la Ley gallega 9/2001, de Conservación de la Naturaleza.

La normativa específica de este espacio natural protegido se recoge en:

* Decreto 72/2004, de 2 de abril (DOG n.º 69, de 12 de abril de 2004).

* Resolución de 30 de abril de 2004 (DOG n.º 95, de 19 de mayo de 2004).

* Decisión de la Comisión, de 7 de diciembre de 2004 (Diario Oficial da Unión Europea, L 387, do 29 de diciembre de 2004).

Durante su recorrido, el Castro dibuja paisajes de impresionante belleza que forman parte del patrimonio gallego, destacando los que se pueden contemplar en el lugar de O Castro. Aquí el río forma una serie de rápidos que producen en las rocas de su cauce curiosas formas alveolares conocidas por los vecinos como As Caldeiras do Castro, proporcionando a esta parte del río una especial atractivo natural, con un desnivel de unos ocho metros de altura, que supone el límite natural de acceso para los peces migradores en esta cuenca.

Esta hermosa estampa se ve más acentuada si cabe por la presencia de un área recreativa que forma un todo con la capilla del siglo XVII. Aguas abajo, el Castro empieza a embalsarse en Vaosilveiro para abastecer de agua a la piscifactoría TRES MARES, en la parroquia de Lires, municipio de Cee.

Normalmente el río desembocaría en el mar, pero en este caso la totalidad del caudal del Castro se deriva para abastecer el funcionamiento de dicha piscifactoría. Los meses de invierno, con mayor abundancia de caudal, hacen rebosar el caudal por encima de la presa por lo que al menos discurre parte del agua en el tramo final del río, que no llega a los 1300 m. antes de desembocar en el Atlántico. Pero durante los meses más secos, por la parte baja del río Castro no corre ni una gota de agua.

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Vista aérea de la desembocadura del río, donde se aprecia la gran extensión de la piscifactoría, la presa y el canal de derivación de las aguas del río Castro

La piscifactoría de la empresa “Tres Mares”

La mayor piscifactoría de España de trucha arco-iris (Oncorhyncus mykiss) se abastece de caudales del río Castro a través de una presa que funciona desde 1969 con una autorización de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial, 2ª Comisaría de Pontevedra, de fecha 20 de agosto del mismo año, otorgada a “Piscifactorías del Norte”, la antecesora de Tres Mares.

Según publicita la misma empresa (“La Voz de Galicia”, de 15 de agosto de 2010), las instalaciones cuentan con 350 piscinas destinadas a la cría de trucha arco-iris y que ocupan 95.255 m2 de superficie, donde se produce el 10% del total nacional de este sector de la acuicultura continental. En 2009 su facturación se elevó a 4’5 millones de euros, previéndose que alcance los 8 millones de euros en 2010. La empresa asegura que su compromiso ambiental se ha reforzado desde 2008 con una inversión de 3,1 millones de euros. Sin embargo, de la información obtenida a través de su página web en septiembre de 2010 (www.grupotresmares.com), se desprende que la política ambiental de la empresa se reduce a la gestión de los efluentes contaminantes que emite este centro de producción intensiva de animales, con balsas de decantación “en fase de implantación”; oxigenación del agua de las piscinas y uso eficiente de los piensos de alimentación; tratamiento de los residuos del procesado de las truchas y reciclaje de envases. Nada se dice de

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los principales efectos ambientales de la instalación: la derivación de las aguas del río Castro y la barrera que suponen la presa y el propio tramo segmentado a los movimientos de la ictiofauna, dentro de una zona fluvial protegida.

En todo caso, la actividad cuenta con certificados de calidad de Bureau Veritas, la Internacional Food Standard y el Global Gap. Estas certificaciones evidentemente no han tenido en cuenta el tremendo impacto ambiental de las instalaciones esta empresa sobre el ecosistema del río Castro, de modo que cabe preguntarse qué razones han motivado su otorgamiento.

En cuanto al régimen de uso del río Castro, el 14 de octubre de 1984, por resolución de la Comisaría de Aguas del Norte de España se otorga a D. Román Arregui del Valle la concesión de un aprovechamiento de 1500 l/seg de aguas públicas del río Castro en la parroquia de Lires, destinada a esta piscifactoría.

El 20 de agosto de 1986, por resolución de la antigua Confederación Hidrográfica del Norte, se autoriza la transmisión de la titularidad de dicha concesión a Agrofish S.A., al mismo tiempo que se le concede un aumento del caudal concesional de 2000 l/seg, pasando a 3500 l/seg, para ser empleados en la ampliación del establecimiento de acuicultura. En esta misma resolución se estipulaba que el plazo concesional sería de 75 años, que empezaría a contarse un día después de notificar la resolución al interesado. Dicha notificación tuvo lugar el 2 de septiembre de 1986, por lo que la fecha del fin del plazo otorgado será el 2 de septiembre del año 2061. Por tanto, si no cambia esta situación, el río Castro permanecerá desecado y troceado cerca de un siglo con todo el beneplácito de la Administración.

Si no cambia la situación actual de expolio, el río Castro permanecerá en este estado hasta el año 2061: Casi un siglo.

Actualmente, el titular de la concesión es la empresa Tres Mares S.A., en virtud de la resolución dictada por el presidente de Aguas de Galicia el 28 de Diciembre del 2005.

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Cómo “Tres Mares” bloquea y deseca el río Castro

La derivación de las aguas del río Castro hacia la piscifactoría se realiza gracias a una presa que ronda los 10 metros de altura y los 70 metros de longitud.

En las siguientes imágenes podemos observar la supuesta escala para peces en abril de 2010, cuando el río todavía mantenía un caudal aceptable y discurría agua por la escala.

La presa con la supuesta escala íctica a la izquierda, que cae directamente sobre unas rocas y la maleza

Esta “escala de peces” es en realidad una rampa de unos 3 metros de longitud que discurre -desde una pequeñísima hendidura de aproximadamente 45 centímetros de ancho y 5 centímetros de cota cincelada en el borde superior de la presa- sobre la pared de la misma, lisa, con una pendiente de aproximadamente el 70%, que cae en plano sobre el hormigón y que va seguida de unas minúsculas artesas que llegan a la base de la presa, absolutamente imposible de remontar por la ictiofauna propia del río.

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Este grotesco e inútil dispositivo parece haber servido para justificar a posteriori el impacto ambiental que supone la barrera de hormigón tan próxima a la desembocadura del río, que impide el acceso de las diversas especies de peces al curso fluvial aguas arriba del obstáculo, a la vez que también su retorno al mar, una cuestión que todavía hoy demasiado a menudo no se tiene debidamente en cuenta en este tipo de infraestructuras.

Detalle de la rampa superior de la “escala de peces”, completamente infranqueable para la ictiofauna.

Desde hace más de 40 años, esta presa y la derivación del caudal ha venido alterando gravemente el ecosistema y extinguido la totalidad de especies migradoras en este río. El salmón atlántico (Salmo salar), el reo o trucha migradora (Salmo trutta trutta), la trucha común (Salmo trutta), la anguila (Anguilla anguilla), la lamprea (Petromyzon marinus) y otras especies anádromas han perdido el hábitat necesario para desarrollar su ciclo vital entre el río y el mar, afectando de paso a otras especies protegidas que dependen de ellas como la nutria (Lutra lutra). Por otra parte, como es obvio,

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la desecación del cauce afecta al lecho y la geomorfología fluvial, así como al bosque de ribera, aguas abajo de la presa de derivación.

La presa en el verano de 2010. Obsérvese la inútil rampa seca a la izquierda de la imagen.

Estas son razones más que suficientes para estudiar la apertura de este río al paso de especies migradoras, tal y como se recoge en el “Plan gallego de ordenación de los recursos piscícolas y ecosistemas acuáticos continentales” elaborado por la Xunta de Galicia. El inventario de obstáculos de la propia Xunta reconoce que esta presa es de “imposible remonte” y “difícil descenso” para la ictiofauna.

Por si fuera poco, las instalaciones utilizan una captación de agua del regato de Vilachán, no incluida en el acto concesional, conduciendo sus aguas a la piscifactoría, lo que impide que en el tramo situado entre la desembocadura y este arroyo pueda circular siquiera algo de agua, como se puede apreciar en la fotografía siguiente.

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“Tres Mares” cuenta con un largo historial oficial por el incumplimiento de la normativa vigente. De acuerdo con una solicitud de información remitida a la Xunta de Galicia, nos contestan oficialmente en abril de 2010 que se tiene conocimiento de las siguientes denuncias tramitadas:

- Tuvo abiertos expedientes sancionadores en Medio Ambiente en el año 1994 por denuncia de la Guardería Fluvial por inobservancia de caudal ecológico.

- Tuvo abiertos expedientes sancionadores en la Xunta, por denuncia de la Asociación Gallega de Pesca Fluvial en el año 1997. Por inobservancia de caudal ecológico y ausencia de rejillas (tanto en Medio Ambiente como en Augas de Galicia).

- Tuvo denuncias por los mismos hechos y otros presentadas por la Asociación Ecologista Arco Iris así como por la Asociación de Pesca Fluvial Río Grande de Ponte do Porto.

En la actualidad se está tramitando un proyecto de construcción de escala a través de Augas de Galicia. La Consellería de Medio Rural ha rechazado por dos veces el proyecto por inadecuado.

Nuestra Asociación denunció tras una inspección in situ la desecación del río y los vertidos ante la Guardia Civil el 3 de mayo de 2010.

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Sólo unas charcas entre piedras, producto de filtraciones, es lo que queda del río entre la presa y el mar.

Esta situación contradice abiertamente la política europea en materia de acuicultura, dirigida principalmente a la sostenibilidad de esta actividad, como pone de manifiesto la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de 8 de abril de 2009 - Construir un futuro sostenible para la acuicultura - Nuevo impulso a la Estrategia para el desarrollo sostenible de la acuicultura europea. COM (2009) 162 final. Asimismo, vulnera de plano el principio jurídico del buen estado ecológico de las aguas de la Directiva 200/60/CE, Marco del Agua, pues es obvio que la desecación y compartimentación de un río que además es un espacio natural protegido no puede ser compatible con la principal norma comunitaria en materia de aguas.

Otra cuestión a estudiar son los efectos de los vertidos orgánicos y químicos causados por la mayor granja de truchas arco-iris de España. Recordemos que se trata de una actividad de acuicultura intensiva donde se crían hacinados muchos miles de ejemplares de una especie exótica, que producen grandes cantidades de excrementos, y a los cuales se suministran antibióticos y otros tratamientos veterinarios. En cuanto al carácter invasor de la trucha arco-iris y los posibles escapes accidentales desde esta piscifactoría al medio fluvial, hay que estudiar el cumplimiento de estas instalaciones y su carácter cerrado respecto del Reglamento (CE) nº 708/2007 sobre el uso de las especies exóticas y las especies localmente ausentes en la acuicultura, la normativa nacional recogida en el RD 1082/2009, de 3 de julio, sobre requisitos sanitarios para el movimiento de animales de explotaciones

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cinegéticas y piscícolas, y el RD 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos, reformado por el Real Decreto 1590/2009, de 16 de octubre. A este respecto, remitimos a nuestro reciente informe Truchas invasoras, de marzo de 2010, disponible en nuestra página web.

Hay que apuntar que a finales de 2009 hubo una elevada mortandad de aves acuáticas ictiófagas en el estuario de Lires, entre ellas garzas, cormoranes y gaviotas (“La Voz de Galicia” de 21 de noviembre de 2009).

Consecuencias jurídicas y económicas

Además del estudio de la posible ilegalidad de los vertidos, pueden desprenderse los siguientes tipos de responsabilidades respecto de la desecación del río Castro y el efecto barrera ocasionado por la presa y el propio tramo fluvial derivado:

Penales: Por la presunta comisión de un delito contra los recursos naturales, agravado por afectar a un espacio natural protegido y a especies catalogadas, junto con el de captación abusiva de aguas. A la pena de prisión se sumaría la inhabilitación del ejercicio profesional para las personas responsables de la empresa. Por otra parte, las reiteradas denuncias sin resultado y la persistencia de la situación actual harían posible la condena de los responsables en materia hidráulica de la Xunta en la modalidad de comisión por omisión.

Administrativas: Por el presunto incumplimiento de las cláusulas de la concesión, se podría declarar la caducidad de la misma y, de acuerdo con la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la demolición de las obras. En su caso, la sanción administrativa, incluyendo multas coercitivas, por inobservancia de la Ley de Aguas nacional y la normativa gallega de pesca fluvial y conservación de la Naturaleza, por incumplimiento del régimen de caudales mínimos y de la obligatoriedad de la instalación de una escala íctica eficaz.

Por otro lado, hay que estudiar si la piscifactoría cuenta con las oportunas licencias municipales de apertura, instalación y urbanística y si está al corriente del pago de las mismas. Del mismo, modo, habrá que estar a la legalidad de su afección al dominio público marítimo-terrestre.

Económicas: Por un lado, nos encontraríamos ante la indemnización por daños al dominio público hidráulico y el coste de reponer los terrenos afectados a su situación original, a lo que habría que añadir el pago por daños ambientales de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Medioambiental de

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2007. Por otro lado, tendríamos la posible pérdida y el reembolso de las subvenciones del Fondo Europeo de la Pesca, por incumplimiento de la normativa comunitaria. A todo ello habría que sumar también el reembolso a Aguas de Galicia del canon por el agua captada en exceso al incumplir el caudal mínimo concesional.

Otra vista del río Castro desecado a pie de la presa de Tres Mares.

Las aguas del Castro, derivadas y camino de la piscifactoría.

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Bibliografía

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BRUFAO CURIEL, PEDRO: La revisión ambiental de las concesiones y autorizaciones de aguas. Bakeaz. Bilbao. 2008.

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