Informe de Impacto Ambiental Ciudad Deportiva

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1. ANTECEDENTES Manta es una Ciudad que crece a grandes pasos, en los últimos años se han dado diversos proyectos en la urbe para fomentar su crecimiento entre los cuales encontramos aquellos vinculados a la promoción y desarrollo del deporte y la recreación; así como la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura deportiva. En la actualidad, el GAD de Manta busca proyectar al cantón como una ciudad deportiva, acorde con el desarrollo industrial y universitario, para lo cual se ha generado un proyecto de construcción de un nuevo complejo deportivo debido a que las actuales instalaciones del Complejo Tohallí ubicado en la Avenida Malecón ya cumplieron su vida útil. Es por ello que el GAD de Manta ha realizado un convenio con empresarios quiteños para la construcción de este nuevo equipamiento recreacional para la ciudad a cambio de permitir ejecutar un proyecto de centro comercial en los predios del Complejo Tohallí. La inversión para este complejo deportivo que se construye en la vía Manta- San Mateo es de más de cinco millones de dólares, cuenta con una piscina similar a la que se ubica en la avenida malecón, pero que estará con equipos más sofisticados para su funcionamiento, dentro de este nuevo complejo se han contemplado la construcción de la piscina olímpica, con área de vestidores y administración, un coliseo para 5000 espectadores, con acústica para conciertos y eventos de gran, una cancha reglamentaria de fútbol con césped y con las mismas medidas que posee un estadio para compromisos de carácter nacional, además dos canchas de uso múltiple y dos de vóley; contará con áreas arborizadas, pues en el tema de jardinería y ornamentación. Para tal efecto, se requiere del estudio de impacto ambiental para identificar las afectaciones al medio ambiente que se

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Informe de impacto ambiental

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1. ANTECEDENTES

Manta es una Ciudad que crece a grandes pasos, en los ltimos aos se han dado diversos proyectos en la urbe para fomentar su crecimiento entre los cuales encontramos aquellos vinculados a la promocin y desarrollo del deporte y la recreacin; as como la construccin, dotacin, mantenimiento y proteccin de la infraestructura deportiva.En la actualidad, el GAD de Manta busca proyectar al cantn como una ciudad deportiva, acorde con el desarrollo industrial y universitario, para lo cual se ha generado un proyecto de construccin de un nuevo complejo deportivo debido a que las actuales instalaciones del Complejo Tohall ubicado en la Avenida Malecn ya cumplieron su vida til.Es por ello que el GAD de Manta ha realizado un convenio con empresarios quiteos para la construccin de este nuevo equipamiento recreacional para la ciudad a cambio de permitir ejecutar un proyecto de centro comercial en los predios del Complejo Tohall. La inversin para este complejo deportivo que se construye en la va Manta- San Mateo es de ms de cinco millones de dlares, cuenta con una piscina similar a la que se ubica en la avenida malecn, pero que estar con equipos ms sofisticados para su funcionamiento, dentro de este nuevo complejo se han contemplado la construccin de la piscina olmpica, con rea de vestidores y administracin, un coliseo para 5000 espectadores, conacsticapara conciertos y eventos de gran, una cancha reglamentaria de ftbol con csped y con las mismas medidas que posee un estadio para compromisos de carcter nacional, adems dos canchas de uso mltiple y dos de vley; contar con reas arborizadas, pues en el tema de jardinera y ornamentacin.Para tal efecto, se requiere del estudio de impacto ambiental para identificar las afectaciones al medio ambiente que se produzcan como consecuencia de todo lo que representa la construccin y futura operacin del nuevo Complejo Deportivo para la ciudad de Manta.El presente informe contiene, la descripcin del proyecto, Marco Legal que da apoyo al Proyecto, Estudio del medio Fsico, Bitico y Socioeconmico, Evaluacin de los Impactos Ambientales, El listado de las Medidas de Mitigacin Ambiental y Planes de Contingencia en el caso que ocurra un Desastre.

2. DEFINICIN DEL MARCO LEGALA continuacin se describen las principales legislaciones, leyes y normas ambientales vigentes aplicables al Proyecto de construccin y operacin del nuevo Complejo Deportivo para la ciudad de Manta.

Constitucin Poltica del EcuadorLa Nueva Constitucin Poltica del Ecuador, publicada y puesta en vigencia 22 das despus de su aprobacin del 20 de octubre del 2008, contempla disposiciones del Estado sobre el tema ambiental e inicia el desarrollo del Derecho Constitucional Ambiental Ecuatoriano.

En el Titulo II (Derechos), Capitulo segundo Derechos del buen vivir, seccin segunda, expresa el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano:

Art. 14.- El estado proteger el derecho de la poblacin a vivir en un ambiente sano y ecolgicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de inters pblico la preservacin del ambiente, la conservacin de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genrico del pas, la prevencin del dao ambiental y la recuperacin de los espacios naturales degradados;

Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreacin y al esparcimiento, a la prctica del deporte y al tiempo libre.

En el Titulo VII, Rgimen del buen vivir Capitulo Primero, Seccin sexta, Cultura fsica y tiempo libre, establece:

Art. 381.- El Estado proteger, promover y coordinar la cultura fsica que comprende el deporte, la educacin fsica y la recreacin, como actividades que contribuyen a la salud, formacin y desarrollo integral de las personas; impulsar el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciar la preparacin y participacin de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olmpicos y Paraolmpicos; y fomentar la participacin de las personas con discapacidad.El Estado garantizar los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetarn al control estatal, rendicin de cuentas y debern distribuirse de forma equitativa.

Art. 382.- Se reconoce la autonoma de las organizaciones deportivas y de la administracin de los escenarios deportivos y dems instalaciones destinadas a la prctica del deporte, de acuerdo con la ley. Art. 383.- Se garantiza el derecho de las personas y las colectividades al tiempo libre, la ampliacin de las condiciones fsicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la promocin de actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad.

En el Titulo VII, Rgimen del buen vivir Capitulo Tercero (Biodiversidad y recursos naturales) Art. 395.- La Constitucin, reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizar un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneracin natural de los ecosistemas, y asegure la satisfaccin de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las polticas de gestin ambiental se aplicaran de manera transversal y sern de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos los niveles y por todas las personas naturales o jurdicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizara la participacin activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificacin, ejecucin y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, estas se aplicaran en el sentido ms favorable a la proteccin de la naturaleza;

LEY DE GESTIN AMBIENTALLa Ley de Gestin Ambiental constituye el cuerpo legal especfico ms importante atinente a la proteccin ambiental en el pas. Esta ley est relacionada directamente con la prevencin, control y sancin a las actividades contaminantes a los recursos naturales y establece las directrices de poltica ambiental, as como determina las obligaciones, niveles de participacin de los sectores pblico y privado en la gestin ambiental y seala los lmites permisibles, controles y sanciones dentro de este campo.

TITULO I, AMBITO Y PRINCIPIOS DE LA GESTION AMBIENTALArt. 5.- Se establece el Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental (SNDGA) como un mecanismo de coordinacin transectorial, interaccin y cooperacin entre los distintos mbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental y de gestin de recursos naturales;

CAPITULO IV, DE LA PARTICIPACION DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADOArt. 13.- seala sobre las obligaciones de los consejos provinciales y municipio en la gestin ambiental, en las cuales est de dictar polticas ambientales seccionales con sujecin a la Constitucin de la Repblica y la Ley; CAPITULO II, DE LA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL CONTROL AMBIENTALArt. 19.- Las obras pblicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversin pblicos o privados que puedan causar impactos ambientales, sern calificados previamente a su ejecucin, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema nico de Manejo Ambiental, cuyo principio rector ser precautela torio;

Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirn estudios de lnea base; evaluacin del impacto ambiental; evaluacin de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigacin; auditoras ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificacin de los mismos, el Ministerio del ramo podr otorgar o negar la licencia correspondiente.

CAPITULO III, DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIALArt. 28.- de la Ley de Gestin Ambiental establece que toda persona natural o jurdica tiene derecho a participar en la gestin ambiental, a travs de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirn, consultas, audiencias pblicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociacin entre el sector pblico y privado. Se concede accin popular para denunciar a quienes violen esta garanta, sin perjuicios de la responsabilidad civil y penal por acusaciones maliciosamente formuladas;

Art. 29.- Toda persona natural o jurdica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podr formular peticiones y deducir acciones de carcter individual o colectivo ante las autoridades competentes.

CAPITULO II, DE LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASArt. 46.- Cuando los particulares, por accin u omisin incumplan las normas de proteccin ambiental, la autoridad competente adoptar, sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley, las siguientes medidas administrativas:a) Decomiso de las especies de flora y fauna obtenidas ilegalmente y de los implementos utilizados para cometer la infraccin; y,b) Exigir la regularizacin de las autorizaciones, permisos, estudios y evaluaciones; as como verificar el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daos ambientales, dentro del trmino de treinta das.3. UBICACIN Y CARACTERSTICAS DEL PROYECTO3.1. UBICACINEl Nuevo Complejo Deportivo se encuentra ubicado al sur de la ciudad en la Va San Mateo frente a la urbanizacin Altos de Manta Beach.

3.2. REA DE INFLUENCIA3.2.1. REA DE INFLUENCIA DIRECTA3.2.2. REA DE INFLUENCIA INDIRECTA3.3. DESCRIPCIN DEL PROYECTO3.3.1. DISEO VIAL3.3.2. DISEO DE RED DE AGUA POTABLE3.3.3. ALCANTARILLADO SANITARIO3.3.4. DISEO ELCTRICO3.3.4.1. NORMAS Y CDIGOS3.3.4.2. ESTUDIO DE LA DEMANDA3.3.4.3. OBSERVACIONES A CONSIDERAR POR LA CNEL4. LINEA BASE5. DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL5.1. IDENTIFICACIONES A EFECTUARSE EN EL PROYECTO5.2. FACTORES AMBIENTALES CONSIDERADOS EN A ETAPA DE CONSTRUCCIN5.3. EJECUCIN DE LA MATRIZ PARA LA ETAPA DE CONSTRUCCIN5.4. IDENTIFICACIN DE IMPACTOS Y MEDIDAS PROPUESTAS PARA LA ETAPA DE CONSTRUCCIN5.5. IDENTIFICACIN DE IMPACTOS Y MEDIDAS PROPUESTAS PARA LA ETAPA DE OPERACIN Y MANTENIMIENTO6. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL6.1. MEDIDAS CORRECTIVAS6.1.1. ACCIONES A LLEVARSE A CABO6.2. PLAN DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL6.3. PLAN DE MONITOREO6.4. PLAN DE CONTINGENCIA7. CONCLUSIONES8. ANEXOS

GOBIERNO AUTNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTN MANTA Y SU DIRECCIN DE DEPORTES

INFORMACIN GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA:

ANTECEDENTES:

Durante muchos aos en la ciudad de Manta, el deporte ha sido visto como una actividad fsica, propia de practicar por voluntad de cada individuo; en unos casos el nivel de desaliento a la prctica obedece a un sinnmero de factores, tales como falta de tiempo, sedentarismo, salud, etc.

Actualmente se impulsa el deporte y las actividades recreativas de las personas como un derecho que consagra la constitucin de la Republica y las leyes nacionales. En ese contexto el Ilustre Municipio de Manta crea una ordenanza que tiene como objeto establecer los fundamentos para la intervencin Municipal en la promocin, desarrollo del deporte y la recreacin; as como la construccin, dotacin, mantenimiento y proteccin de la infraestructura deportiva en la juridisccin Municipal.

JUSTIFICACIN:

El Municipio de Manta concibe el deporte como un elemento fundamental en la formacin integral, moral y social del ser humano, por lo cual las autoridades Municipales promovern y desarrollaran polticas dirigidas para que todos los sectores de la poblacin tengan acceso a la practica y el sano empleo del tiempo libre, en un ambiente de confraternidad comunitaria, sustentado en valores de lealtad, comprensin, cooperacin, respeto y compaerismo entre conciudadanos.

Bajo estos antecedentes el Consejo del Municipio de Manta en uso de sus atribuciones legales que le confiere la ley Orgnica de Rgimen Municipal, determina la creacin de la DIRECCIN DE DEPORTES DEL MUNICIPIO DE MANTA, rgano administrativo que tendr como objeto establecer los fundamentos para la intervencin municipal en la promocin y desarrollo del deporte y la recreacin en la ciudad.

VISINLograr el fortalecimiento institucional del GAD, por medio de una gestin responsable y eficiente con el apoyo y estimulo de la actividad recreativa, proyectando a Manta como una ciudad amante del deporte.

MISINMasificar el deporte recreativo en la ciudad de Manta, a travs del fomento, implementacin, y participacin de sus ciudadanos, principalmente de sus nios, adolescentes, jvenes y adultos mayores.

OBJETIVO GENERAL:

Fomentar e impulsar lo relativo a la practica recreativa del deporte en la ciudad, en todos los sectores, a nivel estudiantil, laboral, profesional y comunitario, con especial nfasis en la incorporacin a la practica de actividades recreativas de nios, adolescentes jvenes, adultos, personas de tercera edad y personas con habilidades diferentes o especiales.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

Promocionar el desarrollo del deporte y la recreacin a travs de la prctica de una disciplina. Construir, dotar, mantener y proteger la infraestructura deportiva de propiedad Municipal Integrar el sistema Educativo Municipal a travs de la formacin y competencia deportiva. (Escuelas Municipales en sus diferentes disciplinas) Establecer vnculos con entidades deportivas de la ciudad, en pro de generar planes y convenios de trabajo (Ministerio del Deporte, Universidades, Federaciones, otros) Ejecutar programas especficos para poblaciones mas necesitadas. Fundamentar al deporte y la recreacin para que se vea como habito de salud, calidad de vida y bienestar social. Difundir el conocimiento y la enseanza del deporte y la recreacin. Planificar y programar actividades deportivas, como un aporte al turismo y la cultura de la ciudad. Apoyar a las comunidades rurales en todo lo relacionado al deporte. Contribuir al desarrollo personal, familiar y comunitario en el mbito deportivo.

METAS: Masificar a corto plazo el deporte en Manta Vincular a la comunidad para que sea determinante en el impulso y apoyo al deporte recreativo en la ciudad. Posicionar a Manta en el contexto provincial, nacional e internacional como una ciudad practicante del deporte y la recreacin Crear una cultura deportiva en cada ciudadano Mantense, entendiendo los beneficios que genera la practica de cualquier disciplina.

RECURSOS:

La Municipalidad a travs del POA, tendr el presupuesto para los principales programas y proyectos locales en el rea de deportes; as mismo se presentaran proyectos a los distintos entes nacionales estatales para buscar financiamiento y apoyo para el fomento deportivo en la ciudad.

SERVICIO A LA COMUNIDAD:

La Direccin de Deportes, tiene por facultad de su Ordenanza Municipal, la normativa de controlar el buen uso de las instalaciones deportivas de la ciudad, a fin de que todos los ciudadanos tengan derecho hacer un buen uso de estos espacios. En ese aspecto uno de sus servicios es dar asesora deportiva a las comunidades barriales.

As mismo se establece el ordenamiento de los torneos infanto-juveniles, los cuales para su realizacin deben contar con el aval de la Municipalidad. Para este fin nuestra institucin pone a disposicin de la organizaciones deportivas las canchas y escenarios encespados para que se desarrollen estos torneos, claro esta realizando el tramite administrativo respectivo; tanto las gestiones, como la utilizacin de estos complejos no tienen ningn costo para el usuario.

En poca vacacional se entrega a la comunidad los cursos invernales gratuitos, en msde ocho disciplinas, a gusto y eleccin de nios y padres de nuestra ciudad.

Dentro del POA de la unidad administrativa se tienen planificadas diversas gestiones deportivas, coordinadas con clubes e instituciones a fines, tales como la Universidad, Base Naval, FAE, Federaciones Deportivas Nacionales, etc. En estas que podran considerarse sociedades estratgicas, se impulsan actividades gratuitas como carreras atlticas, seminarios, topes recreativos, etc.

ORGANICO INTERNO DE LA DIRECCIN:

PLANES EN EJECUCION:

Se trabajo en la Planificacin y desarrollo de los futuros Juegos Sudamericanos de Deportes Playa, donde Manta es su sede, en diciembre del 2.011.De otro lado, al ser Manta un Municipio Activado por el Ministerio del Deporte, se prev la renovacin del convenio de cooperacin interinstitucional entre estas dos entidades pblicas, el cual le permite al cabildo tener la dotacin de implementos para el fomento deportivo infantil.Ser presentado un nuevo proyecto a la Cartera de Deportes, que permita masificar la recreacin comunitaria, dotando de implementacin incluso a aquellos barrios que presenten a la Municipalidad programas que incentiven a sus sectores a realizar actividad fsica peridica.

PROGRAMAS EN EJECUCION:

Actualmente se trabajan en varios proyectos deportivos comunitarios, uno de ellos es el programa ACTIVATE MANTA, el cual consiste en fomentar la utilizacin del tiempo libre en los barrios de la urbe, propiciando a travs de la prctica de la bailoterpaia y la gimnasia aerbica, la erradicacin del ocio en nios, adolescentes, jvenes y adultos principalmente. Hoy 42 barrios de nuestra ciudad, son parte de este proceso impulsado por el GAD Municipal del Cantn. Un grupo de conocidos y experimentados instructores recrean a los ciudadanos noche a noche. La actividad tiene una demanda creciente; los sectores que deseen ser atendidos por nuestra institucin con el beneficio de esta prestacin, solo tienen que hacer llegar una solicitud del comit barrial al seor Alcalde con copia a la Direccin de Deportes y sern gustosamente atendidos.

Escuelas Deportivas Permanentes; este es un nuevo concepto de gestin, el cual permite luego de que los nios, adolescentes y jvenes de la ciudad terminen su etapa deportiva en los cursos vacacionales Municipales, no pierdan la continuidad de la recreacin y se incorporen a una nueva etapa, donde los entrenadores de la Escuelas Deportivas de Futbol, Bsquet, Bisbol, Surf, Taekwondo, y Voleibol Playa den fomento a los valores humanos y deportivos en las disciplinas de su preferencia. Cabe resaltar que todas las actividades que promueve la Municipalidad en este mbito, son totalmente gratuitas.

1. ANTECEDENTES2. DEFINICIN DEL MARCO LEGAL3. UBICACIN Y CARACTERSTICAS DEL PROYECTO3.1. UBICACIN3.2. REA DE INFLUENCIA3.2.1. REA DE INFLUENCIA DIRECTA3.2.2. REA DE INFLUENCIA INDIRECTA3.3. DESCRIPCIN DEL PROYECTO3.3.1. DISEO VIAL3.3.2. DISEO DE RED DE AGUA POTABLE3.3.3. ALCANTARILLADO SANITARIO3.3.4. DISEO ELCTRICO3.3.4.1. NORMAS Y CDIGOS3.3.4.2. ESTUDIO DE LA DEMANDA3.3.4.3. OBSERVACIONES A CONSIDERAR POR LA CNEL4. LINEA BASE5. DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL5.1. IDENTIFICACIONES A EFECTUARSE EN EL PROYECTO5.2. FACTORES AMBIENTALES CONSIDERADOS EN A ETAPA DE CONSTRUCCIN5.3. EJECUCIN DE LA MATRIZ PARA LA ETAPA DE CONSTRUCCIN5.4. IDENTIFICACIN DE IMPACTOS Y MEDIDAS PROPUESTAS PARA LA ETAPA DE CONSTRUCCIN5.5. IDENTIFICACIN DE IMPACTOS Y MEDIDAS PROPUESTAS PARA LA ETAPA DE OPERACIN Y MANTENIMIENTO6. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL6.1. MEDIDAS CORRECTIVAS6.1.1. ACCIONES A LLEVARSE A CABO6.2. PLAN DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL6.3. PLAN DE MONITOREO6.4. PLAN DE CONTINGENCIA7. CONCLUSIONES8. ANEXOS