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1 1 INFORME DE GESTIÓN DIPUTADO NACIONAL OSCAR ALBRIEU PROVINCIA DE RÍO NEGRO - FPV PERÍODO 2009 - 2013

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Informe de GestIón

DiputaDo NacioNal oscar albrieu proviNcia De río Negro - FpvperíoDo 2009 - 2013

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observacIones

carta De oscar albrieu.iNciDeNcias.

logros.como y porque Fue elegiDo presiDeNte De la comisióN peNal

lo que hice bieN y lo que hice mal

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comIsIón de LeGIsLacIón PenaL

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comPra venta de bebésProyecto de ley Nº 1314 - D-2013 - 22/03/2013

objetivo: incorporar al Código Penal la figura penal de la com-pra venta de bebés que hasta el día de hoy no se encuentra legislada, penalizando a quien entrega, recibe o hace las vec-es de intermediario entre los mismos.

coNtexto: en el año 2012 Argentina fue sancionada por la Cor-te Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso “Fornerón e Hija vs. Argentina”, en el cual se dispuso que nues-tro país “…debe adoptar las medidas que sean necesarias para tipificar la venta de niños y niñas, de manera que el acto de en-tregar un niño o niña a cambio de una retribución o cualquier otra compensación, cualquiera que sea su forma o fin…”.

El proyecto reprime la conducta de quien “…entregare a otro un menor de edad a cambio de precio, promesa remunerato-ria, o cualquier otro tipo de contraprestación”.

Descargar Proyecto de Ley Nº 1314 - D-2013

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DerogacióN leyes blumbergProyecto de ley Nº 1313 - D-2013 - 22/03/2013

opiNióN DiputaDo oscar albrieu: (DesgrabaDo Del viDeo)

objetivo: reformar los artículos del Código Penal que regulan el concurso de delitos y la libertad condicional. Se busca de-volverle al Código en lo referido a estos temas, cierta coheren-cia dado que luego de las reformas penales impulsadas por Blumberg, las penas quedaron descontextualizadas con toda forma posible de vida, es decir que tal así como está vigente no muestra ningún tipo de coherencia dentro de la vida posi-ble del penado.

coNtexto: los artículos que pretendemos reformar y volver a su redacción original, hoy en día representan lisa y llanamente renunciar a cualquier expresión racional de la pena. Con la re-dacción vigente se violan los art. 5 inciso 6 de la Convención

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Americana Derecho Humanos; el art. 10.3 del Pacto Internac-ional de Derechos Civiles y Políticos y el art. XXVI de la De-claración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. Y parece claro que así, nuestro mandato constitucional de reso-cialización no puede realizarse –más allá de sus posibilidades reales–, en situaciones en las que la sanción penal importe la sustracción de la persona de la vida en libertad por un espa-cio tan prolongado de su vida útil.

cuáles soN y qué DiceN las leyes blumberg:

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proyecto De geNociDioProyecto de ley Nº 1313 - D-2013 - 22/03/2013

opiNióN DiputaDo oscar albrieu: (DesgrabaDo Del viDeo)

objetivo: incorporar al Código Penal la figura penal del geno-cidio que hasta el día de hoy no se encuentra legislada, penal-izando con prisión perpetua al que con la finalidad de destruir total o parcialmente a un grupo en razón de su nacionalidad, etnia, raza, religión o pertenencia política, perpetrara alguno de los siguientes hechos:

a) La matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miem-bros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de ex-istencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;

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d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; e) El traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

coNtexto: nuestro país ratificó por decreto ley 6286 del 9 de abril de 1956 la Convención sobre Prevención y Castigo del Crimen de Genocidio , adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1948, la que entró en vigor el 12 de enero de 1951. Con la reforma constitucional del año 1994, esta Convención fue dotada de “jerarquía con-stitucional”, a tenor de lo establecido en el artículo 75 inciso 22 de la misma. A pesar del tiempo transcurrido y del nuevo rango obtenido, se ha omitido hasta la fecha dar cumplim-iento al artículo V de la Convención mencionada, el que dice textualmente: “Las partes contratantes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus Constituciones respectivas, las me-didas legislativas necesarias para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención, y especialmente

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a establecer sanciones penales eficaces para castigar a las personas culpables del genocidio o de cualquier otro de los actos enumerados en el artículo III”.

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proyecto De cóDigo procesal peNal

Proyecto de ley Nº

opiNióN DiputaDo oscar albrieu: (DesgrabaDo Del viDeo)

objetivo: sancionar un nuevo Código Procesal Penal de la Nación, que delimite las funciones de acusar y de juzgar. Que quien tenga el deber y la atribución de acusar sea el fiscal, y que quien deba resolver, equidistante de las partes, sea el juez. De esta manera, se pone en cabeza del acusador público la carga de investigar, de buscar y arrimar la prueba al proceso, y de convencer, en fin, a quien juzga de que el acusado es culpable. A su vez, el juez sea responsable de decidir acerca de esa acusación y de las razones que le acerque la defensa. Además se busca que el proceso penal provea a la ciudadanía respuestas más rápidas, para condenar o absolver con pron-titud. Se proponen soluciones más simples y eficaces que le den celeridad y transparencia a los procesos penales.

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coNtexto: es necesario un nuevo código porque el actual no responde a los lineamientos que establecen nuestra Con-stitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos. La Corte Suprema de Justicia Nacional ha señala-do en varias oportunidades que solamente un proceso penal acusatorio respeta esos principios.Hoy los juicios demoran excesivamente, causando una pesa-da y larga carga para el acusado, pero también provocando el escepticismo del ciudadano a pie.

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creacióN Del FoNDo De reparacióN histórica para la cueNca De alto valle y NeuqueNProyecto de ley 3610-D-2011 - 11/07/2011

OBJETIVO:El objeto principal de la presente ley es el de crear un fondo especial y temporario, destinado a reparar el daño económico padecido por los productores agrícolas del Alto Valle del Río Negro y Neuquén, como consecuencia de los efectos nega-tivos generados en el medio ambiente desde la construcción y puesta en funcionamiento, por parte del Estado nacional, de las centrales hidroeléctricas que componen el complejo El Chocón-Cerros Colorados.

CONTEXTO:La creación del Fondo de Reparación Histórica de la Cuenca del Alto Valle del Río Negro y Neuquén viene a saldar una vieja deuda que el Estado nacional mantiene con los productores fruti hortícolas de la región desde hace más de 25 años.En efecto: la construcción de las centrales hidroeléctricas de la cuenca del río Neuquén, muy especialmente del Complejo Chocón-Cerros Colorados, generó un impacto ambiental neg-ativo que perjudicó de manera directa a decenas de miles de hectáreas productivas del Alto Valle del Río Negro y Neuquén.Si bien es innegable que los embalses ayudaron a controlar crecidas y a generar el 20% de la energía eléctrica nacional,

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también es cierto que la masa de agua retenida determinó la pérdida de sedimentos naturales gracias al fenómeno de la decantación. De este modo, el agua empleada para riego cambió sustancialmente, permitiendo que se escurriese a mayor velocidad retornando a la napa freática hasta práctica-mente saturarla.

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proyectos y homeNajes

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homeNaje carlos soriaProyecto de resolución

objetivo.Rendir sentido homenaje y expresar pesar por el fallecimiento del Gobernador de la Provincia de Río Negro, ex Intendente de la ciudad de General Roca, y ex Diputado Nacional, Dr. Carlos Ernesto Soria, el día 1ro de enero de 2012.

coNtexto.La noticia del fallecimiento del Dr. Carlos Ernesto Soria, el día 1ro de enero de 2012, fue una terrible tragedia que invadió de un profundo dolor a la comunidad de Río Negro y a todo el pueblo argentino. A pocos días de asumir la Gobernación, la noticia del fallec-imiento llenó de una terrible desazón ya que se nos fue uno de los máximos exponentes políticos de la provincia, y sepultó con él, tantos sueños y esperanzas de cambio al pueblo rion-egrino. Los que seguimos viviendo, esperamos trabajar en honor a los postulados de este político de raza, que durante la intend-

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encia de Río Negro cosechó éxitos y desarrolló de gran man-era la ciudad en todos sus aspectos.Nuestras sentidas condolencias a su familia.

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homeNaje cloriNDo testaProyecto de ley Nº 1314 - D-2013 - 22/03/2013

objetivo: Rendir sentido homenaje y expresar pesar por el fallecimiento del Arquitecto y Artista Plástico Clorindo Testa el día 11 de abril de 2013.

coNtexto: El 11 de abril de 2013, falleció el máximo exponente de la Ar-quitectura argentina el arquitecto y pintor CLORINDO TESTA, es reconocido como un gran innovador y modelo de las próxi-mas generaciones por la libertad, creatividad, juego y trabajo incansable con que trabajó toda su vida.Entre sus más destacadas obras recordamos la Biblioteca Na-cional, el Banco de Londres, Centro Cultural Recoleta, Centro Cultural Konex, el Hospital Naval entre otras.Actualmente se encontraba trabajando en el Campus de la Universidad de Tres de Febrero.

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Fiesta NacioNal De los caNales De riego (luis beltráN)

Proyecto de ley Nº 3609 - D-2011 - 11/07/2011

objetivo: Declarar “FIESTA NACIONAL DE LOS CANALES DE RIEGO” al evento que se realiza anualmente en la ciudad de Luis Beltrán de la provincia de Río Negro.

coNtexto:La realización de esta fiesta reafirma el contenido de identi-dad que la comunidad se apropia como su fiesta, partiendo de valores y contenidos que tengan un fuerte arraigo de raíz popular y perfil identitario para ser luego sostenida en la prác-tica. No solo de Beltrán, sino de la totalidad de las ciudades del Valle Medio. Es justamente en Luis Beltrán donde se desarrolló el Sistema de Riego de todo el Valle Medio. En este pueblo, el rasgo más fuerte de su identidad son los Canales de Riego.

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Registra la primera sistematización de la zona (canal de los galeses) y una de las primeras de la provincia. También contó con la mayor concentración administrativa y de mantenimien-to del sistema en la zona (el sistema permitió la instalación, en otra época, de la empresa Agua y Energía Eléctrica que fue motor del crecimiento de la localidad. En la actualidad el sis-tema se encuentra a cargo del DPA (Departamento Provincial de Agua) a través de los consorcios de riego.Se designó por ordenanza el día 24 de septiembre como fe-cha de realización, teniendo en cuenta el dato histórico de ap-ertura de la primera compuerta en lo que conocemos como el “canal de los galeses” y fue refrendada por la Legislatura Provincial como FIESTA PROVINCIAL DE LOS CANALES DE RIEGO.

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homeNaje mario FraNcoProyecto de ley Nº 1314 - D-2013 - 22/03/2013

objetivo:Rendir sentido homenaje y expresar pesar por el fallecimiento del ex Gobernador de la Provincia de Río Negro, Señor Mario Franco, el día 20 de abril de 2013.

coNtexto:Mario Franco es un hombre que hizo de la política, y de la defensa de sus profundas convicciones políticas toda una razón en su vida. Un hombre que provenía del nacionalismo, se sumó al movimiento cuando el General Perón convocó a los Argentinos en 1945, y desde entonces militó con toda su pasión, con todo su convencimiento en el peronismo, y fue un miembro ineludible en el movimiento nacional justicialista, en la segunda parte del siglo XX. .Fue Gobernador de la Provincia de Río Negro en 1973 y dejó una huella indeleble en la provincia. Aún hoy recordamos el Plan de Salud, y lo tenemos como un modelo a seguir, todos

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iban al hospital porque sabían que allí estaba la mejor aten-ción, la más calificada, el mejor lugar para curarse.Mario Franco siguió luchando siempre por sus ideas. Yo creo que ahora, en la hora de dejar esta vida, puede irse en paz, porque hizo de su vida lo que él quería. Formar una familia, defender sus ideales, discutir por todo lo que él creía, luchar por ello y por eso creo que Mario Franco puede dejar esta vida en paz.