INFORME ANUAL DE LA RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE ... · i oea/ser.l/v/ii. doc. 51 30 diciembre...

498
i OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51 30 diciembre 2009 Original: Español I I N N F F O O R R M M E E A A N N U U A A L L D D E E L L A A C C O O M M I I S S I I Ó Ó N N I I N N T T E E R R A A M M E E R R I I C C A A N N A A D D E E D D E E R RE C C H H O O S S H H U U M M A A N N O O S S 2 2 0 0 0 0 9 9 INFORME DE LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Dra. Catalina Botero Relatora Especial para la Libertad de Expresión COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Transcript of INFORME ANUAL DE LA RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE ... · i oea/ser.l/v/ii. doc. 51 30 diciembre...

  • i

    OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51 30 diciembre 2009 Original: Espaol

    IINNFFOORRMMEE AANNUUAALL DDEE LLAA CCOOMMIISSIINN IINNTTEERRAAMMEERRIICCAANNAA DDEE DDEERREECCHHOOSS

    HHUUMMAANNOOSS 22000099 INFORME DE LA RELATORA ESPECIAL PARA LA

    LIBERTAD DE EXPRESIN

    Dra. Catalina Botero Relatora Especial para la Libertad de Expresin

    COMISIN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

  • iii

    INFORME ANUAL DE LA RELATORA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIN 2009

    NDICE

    TABLA DE ACRNIMOS Y REFERENCIAS ................................................................................ 1 INTRODUCCIN.................................................................................................................... 1 CAPTULO I INFORMACIN GENERAL ..................................................................................... 5

    A. Creacin de la Relatora Especial y respaldo institucional............................................ 5 B. Mandato de la Relatora Especial ............................................................................. 8 C. Principales actividades de la Relatora Especial.......................................................... 9

    1. Sistema de casos individuales: Litigio estratgico en materia de libertad de expresin dentro del sistema interamericano................................................... 9

    2. Medidas cautelares ........................................................................................ 12 3. Audiencias pblicas ....................................................................................... 13 4. Visitas oficiales ............................................................................................. 13 5. Seminarios y talleres de trabajo con actores estratgicos en la regin .................. 14 6. Informe Anual y produccin de conocimiento experto ........................................ 18 7. Pronunciamientos y declaraciones especiales: El ejercicio de la

    magistratura de opinin.................................................................................. 18 D. Equipo de trabajo de la Relatora Especial............................................................... 20 E. Financiamiento ................................................................................................... 21

    CAPTULO II EVALUACIN SOBRE EL ESTADO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIN EN EL HEMISFERIO ............................................................................................................. 23

    A. Introduccin y metodologa .................................................................................. 23 B. Evaluacin sobre la situacin de la libertad de expresin en los Estados miembros ...... 24

    1. Antigua y Barbuda......................................................................................... 24 2. Argentina ..................................................................................................... 24 3. Barbados ...................................................................................................... 35 4. Bolivia.......................................................................................................... 35 5. Brasil ........................................................................................................... 42 6. Canad ........................................................................................................ 49 7. Chile ............................................................................................................ 52 8. Colombia...................................................................................................... 55 9. Costa Rica.................................................................................................... 69 10. Cuba............................................................................................................ 71 11. Ecuador........................................................................................................ 77 12. El Salvador ................................................................................................... 87 13. Estados Unidos ............................................................................................. 88 14. Granada ....................................................................................................... 91 15. Guatemala .................................................................................................... 92 16. Guyana ........................................................................................................ 97 17. Hait............................................................................................................. 98 18. Honduras...................................................................................................... 99 19. Jamaica ..................................................................................................... 123 20. Mxico....................................................................................................... 125 21. Nicaragua ................................................................................................... 141 22. Panam...................................................................................................... 147 23. Paraguay .................................................................................................... 149 24. Per........................................................................................................... 151

  • iv

    25. Repblica Dominicana .................................................................................. 158 26. Santa Luca................................................................................................. 159 27. Surinam ..................................................................................................... 159 28. Uruguay ..................................................................................................... 160 29. Venezuela................................................................................................... 163

    CAPTULO III MARCO JURDICO INTERAMERICANO DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIN ................................................................................................................. 223

    A. Importancia y funcin del derecho a la libertad de expresin .................................. 223 1. Importancia de la libertad de expresin en el marco jurdico interamericano......... 223 2. Funciones del derecho a la libertad de expresin ............................................. 224

    B. Caractersticas principales del derecho a la libertad de expresin............................. 226 1. Titularidad del derecho a la libertad de expresin............................................. 226 2. Doble dimensinindividual y colectivade la libertad de expresin.................. 227 3. Deberes y responsabilidades que forman parte del contenido de

    la libertad de expresin ................................................................................ 228 C. Tipos de discurso protegidos por la libertad de expresin ....................................... 228

    1. Tipos de discurso protegidos segn su forma.................................................. 228 2. Tipos de discurso protegidos segn su contenido ............................................ 231

    o dignidad personales................................................................................... 240 3. Discursos no protegidos por la libertad de expresin ........................................ 241

    D. Limitaciones a la libertad de expresin................................................................. 242 1. Admisibilidad de limitaciones bajo la Convencin Americana ............................. 242 2. Condiciones que deben cumplir las limitaciones para ser legtimas segn la

    Convencin Americana................................................................................. 244 3. Estndares de control ms estrictos para ciertas limitaciones en atencin

    al tipo de discurso sobre el que recaen........................................................... 254 4. Medios de limitacin de la libertad de expresin para proteger los derechos

    ajenos a la honra y a la reputacin................................................................. 255 E. La prohibicin de la censura y de las restricciones indirectas a la libertad de expresin272

    1. La prohibicin de la censura previa directa...................................................... 272 2. La prohibicin de restricciones indirectas a la libertad de expresin por las

    autoridades................................................................................................. 274 3. La prohibicin de restricciones indirectas a la libertad de expresin por causas

    distintas al abuso de restricciones estatales .................................................... 277 F. Los periodistas y los medios de comunicacin social ............................................. 279

    1. Importancia del periodismo y de los medios para la democracia. Caracterizacin del periodismo bajo la Convencin Americana ................................................. 279

    2. Responsabilidad inherente al ejercicio del periodismo ....................................... 281 3. Derechos de los periodistas y deberes estatales de proteccin de la integridad e

    independencia de los periodistas y medios de comunicacin ............................. 282 4. Periodistas que cubren situaciones de conflicto armado o de emergencia............ 289 5. Condiciones inherentes al funcionamiento de los medios de comunicacin.......... 290

    G. El ejercicio de la libertad de expresin por parte de los funcionarios pblicos ............ 291 1. Deberes generales a los que est sujeto el ejercicio de la libertad de expresin por

    parte de los funcionarios pblicos.................................................................. 292 2. El deber de confidencialidad al que pueden estar sujetos ciertos tipos de

    informacin manejada por el Estado............................................................... 296 3. El derecho y deber de los funcionarios pblicos de efectuar denuncias de

    violaciones a los derechos humanos............................................................... 296 4. La situacin particular de los miembros de las Fuerzas Armadas........................ 297

    H. La libertad de expresin en el mbito de los procesos electorales............................ 298 I. Pluralismo, diversidad y libertad de expresin ....................................................... 299

  • v

    CAPTULO IV EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIN ............................................... 305

    A. Introduccin ..................................................................................................... 305 B. Principios rectores del derecho de acceso a la informacin..................................... 307

    1. Principio de mxima divulgacin .................................................................... 307 2. Principio de buena fe ................................................................................... 309

    C. Contenido y alcance del derecho de acceso a la informacin .................................. 309 1. Toda persona es titular del derecho de acceso a la informacin......................... 309 2. Sujetos obligados por el derecho de acceso a la informacin............................. 309 3. Objeto del derecho ...................................................................................... 310 4. Obligaciones impuestas al Estado por el derecho de acceso a la informacin....... 310 5. Limitaciones del derecho de acceso a la informacin........................................ 315

    D. Aplicaciones especficas del derecho de acceso a la informacin............................. 320 1. Restriccin en el acceso a las fuentes oficiales de informacin en actos o

    eventos pblicos ......................................................................................... 320 2. Acceso a la informacin y el derecho a la consulta de los pueblos indgenas ....... 320 3. Acceso a la informacin y creacin y conservacin de archivos policiales........... 323 4. Acceso a la informacin y a los archivos de memoria histrica sobre graves

    violaciones de derechos humanos.................................................................. 324 E. Jurisprudencia nacional y buenas prcticas de derecho interno en materia de acceso a la informacin.............................................................................................. 327

    1. Jurisprudencia sobre el acceso a la informacin como derecho fundamental autnomo................................................................................................... 328

    2. Jurisprudencia sobre el carcter universal del acceso a la informacin................ 330 3. Jurisprudencia sobre el principio de mxima divulgacin................................... 331 4. Jurisprudencia sobre la obligacin de responder de manera oportuna,

    completa y accesible.................................................................................... 341 5. Jurisprudencia sobre acceso a la informacin de datos personales..................... 346 6. Jurisprudencia sobre las restricciones al acceso a la informacin....................... 353 7. Jurisprudencia sobre la prohibicin de sancionar a los periodistas o medios por la

    publicacin de informacin reservada............................................................. 359 CAPTULO V INCORPORACIN NACIONAL DE LOS ESTNDARES INTERAMERICANOS EN MATERIA DE LIBERTAD DE EXPRESIN DURANTE 2009 ...................................................... 361

    A. La implementacin de los estndares del sistema interamericano en los ordenamientos nacionales .................................................................................. 361 B. Incorporacin de estndares en materia de libertad de expresin a travs de reformas legislativas ....................................................................................................... 368

    1. La despenalizacin de la expresin en materia de inters pblico en Uruguay ...... 368 2. Reformas del Cdigo Penal y de la Ley de Prensa de Argentina con el objetivo de

    despenalizar las expresiones de inters pblico................................................ 369 C. Decisiones de tribunales nacionales que incorporan los estndares interamericanos en materia de libertad de expresin ......................................................................... 370

    1. Sentencia del Supremo Tribunal Federal de Brasil sobre la exigencia de un ttulo profesional para el ejercicio del periodismo ..................................................... 370

    2. Sentencia del Supremo Tribunal Federal de Brasil que declar incompatible con la Constitucin la Ley de Prensa ....................................................................... 373

    3. Sentencia T-298/09 de la Corte Constitucional de Colombia sobre la reserva de la fuente ........................................................................................................ 374

    4. Sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaso en Chile: Protesta social y libertad de expresin.................................................................................... 376

  • vi

    5. Decisin de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin de Mxico sobre la incompatibilidad de las leyes penales vagas que protegen el honor y la intimidad de los funcionarios pblicos con la Constitucin .................................................. 380

    6. Decisin de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin de Mxico sobre la proteccin especial del derecho a la libertad de expresin respecto de asuntos que pueden revestir un inters pblico ............................................... 385

    7. Sentencia C-417/09 de la Corte Constitucional de Colombia sobre la excepcin de verdad (exceptio veritatis) ............................................................................ 388

    D. Conclusiones.................................................................................................... 391 CAPTULO VI LIBERTAD DE EXPRESIN Y RADIODIFUSIN .................................................. 393

    A. Introduccin ..................................................................................................... 393 B. Aspectos generales sobre la finalidad y los lmites de la regulacin estatal en materia de radiodifusin ................................................................................ 395

    1. Naturaleza de la regulacin sobre radiodifusin................................................ 395 2. Requisitos generales para que la regulacin de la radiodifusin resulte compatible

    con lo dispuesto en el artculo 13.2 de la Convencin Americana en materia de limitaciones a la libertad de expresin ............................................................ 396

    3. La regulacin sobre radiodifusin debe estar establecida mediante una ley redactada de manera clara y precisa .............................................................. 397

    4. La regulacin sobre radiodifusin, cuando puede afectar el derecho a la libertad de expresin, slo es legtima si persigue una finalidad amparada por la Convencin Americana .................................................................................................. 399

    5. La regulacin sobre radiodifusin slo puede contemplar aquellas restricciones que sean necesarias, idneas y proporcionales para lograr la finalidad que se persigue ........................................................................................... 404

    C. Sobre la autoridad de aplicacin y fiscalizacin de la actividad de radiodifusin ........ 405 1. La autoridad de aplicacin y fiscalizacin debera ser un rgano independiente

    y autnomo del poder poltico y econmico .................................................... 407 2. La autoridad de aplicacin y fiscalizacin debe proceder de modo transparente

    y respetuoso del debido proceso ................................................................... 408 D. Sobre la asignacin y renovacin de las frecuencias .............................................. 409

    1. Criterios y procedimiento de asignacin.......................................................... 409 2. Reconocimiento de los distintos sectores........................................................ 411 3. Condiciones de uso exigidas ......................................................................... 412 4. Sobre la renovacin de las licencias ............................................................... 412

    E. Sobre la transformacin digital ........................................................................... 413 F. Sobre los medios pblicos de comunicacin ......................................................... 414

    1. Mandato establecido por ley ......................................................................... 415 2. Independencia............................................................................................. 415 3. Acceso universal y financiamiento adecuado................................................... 416 4. Transparencia y rendicin de cuentas............................................................. 417

    G. Sobre los medios comunitarios de radiodifusin .................................................... 417 1. Importancia y caractersticas......................................................................... 418 2. Reconocimiento legal ................................................................................... 420 3. Reservas de espectro y condiciones equitativas de acceso y de uso

    de las licencias............................................................................................ 421 H. Sobre la radiodifusin privada comercial .............................................................. 422 I. Sobre el deber estatal de evitar monopolios u oligopolios en la radiodifusin ............ 423 J. Publicidad oficial y otras formas de financiamiento de la radiodifusin ..................... 425 K. Sobre el rgimen de sanciones............................................................................ 427

    1. Legitimidad de las sanciones......................................................................... 428 2. Debido proceso ........................................................................................... 429

  • vii

    CAPTULO VII CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................ 431

    A. Violencia contra periodistas y medios de comunicacin ......................................... 431 B. Criminalizacin de la expresin e impulso de la proporcionalidad en las sanciones .......... ulteriores ......................................................................................................... 431 C. Manifestaciones de altas autoridades estatales con base en la lnea editorial ............ 432 D. Censura previa ................................................................................................. 433 E. Asignacin discriminatoria de la publicidad oficial.................................................. 433 F. Avances en materia de acceso a la informacin .................................................... 433 G. Asignacin de frecuencias radioelctricas ............................................................ 434

    ANEXOS .......................................................................................................................... 437

  • TABLA DE ACRNIMOS Y REFERENCIAS

    CIDH: Comisin Interamericana de Derechos Humanos Comisin Africana: Comisin Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos Convencin Americana: Convencin Americana sobre Derechos Humanos Convenio Europeo: Convenio Europeo para la Proteccin de los Derechos

    Humanos y de las Libertades Fundamentales Corte Interamericana: Corte Interamericana de Derechos Humanos Declaracin de Principios: Declaracin de Principios sobre Libertad de Expresin Declaracin Americana: Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del

    Hombre OEA: Organizacin de los Estados Americanos OIT: Organizacin Internacional del Trabajo ONU: Organizacin de las Naciones Unidas OSCE: Organizacin para la Seguridad y la Cooperacin en Europa PIDCP: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos Relatora Especial: Relatora Especial para la Libertad de Expresin Tribunal Europeo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos UNESCO: Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la

    Ciencia y la Cultura

  • INTRODUCCIN 1. La Relatora Especial para la Libertad de Expresin (en adelante Relatora Especial)

    fue creada por la CIDH en octubre de 1997, durante su 97 Perodo de Sesiones. Desde su establecimiento, la Relatora Especial cont con el respaldo de los Estados miembros de la Organizacin de Estados Americanos (en adelante OEA), las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicacin, los periodistas y, principalmente, las vctimas de violaciones al derecho a la libertad de expresin. En efecto, quienes han acudido al sistema interamericano de derechos humanos como mecanismo de proteccin y garanta de la libertad de expresin, han visto en la Relatora Especial un apoyo decisivo para restablecer las garantas necesarias al ejercicio de sus derechos y para asegurar que se reparen las consecuencias derivadas de su vulneracin.

    2. Durante sus once aos de funcionamiento, la Relatora Especial ha trabajado en la

    promocin del derecho a la libertad de expresin a travs de la asistencia tcnica en casos individuales ante el sistema interamericano de proteccin de los derechos humanos. Con el mismo propsito, y en el marco de la CIDH, la Relatora Especial ha preparado informes temticos y de pases, ha realizado visitas oficiales y viajes de promocin, y ha participado en decenas de conferencias y seminarios que han logrado sensibilizar y capacitar a cientos de funcionarios pblicos, periodistas y defensores del derecho a la libertad de expresin.

    3. El Informe Anual 2009 obedece a la estructura bsica de informes anuales anteriores

    y cumple con el mandato establecido por la CIDH para la Relatora Especial. El informe se inicia con un captulo introductorio general que explica en detalle el mandato de la oficina, los logros ms relevantes de la Relatora Especial en sus once aos de trabajo y las actividades realizadas durante 2009.

    4. El captulo II presenta la tradicional evaluacin de la situacin de la libertad de

    expresin en el hemisferio. Durante 2009, la Relatora Especial recibi informacin de mltiples fuentes sobre las situaciones que podran afectar el ejercicio de la libertad de expresin y los avances en las garantas de este derecho. Siguiendo la metodologa de los informes anuales anteriores, estos datos fueron evaluados a la luz de la Declaracin de Principios sobre Libertad de Expresin (en adelante Declaracin de Principios), aprobada por la CIDH en 2000. La Declaracin de Principios constituye una interpretacin autorizada del artculo 13 de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (en adelante Convencin Americana), as como un importante instrumento para ayudar a los Estados a abordar problemas y promover, garantizar y respetar el derecho a la libertad de expresin.

    5. A partir del anlisis de las situaciones que se reportan en el hemisferio, la Relatora

    Especial subray algunos desafos que enfrentan los Estados de la regin. En particular, este informe pone nfasis en los asesinatos, agresiones y amenazas contra los periodistas. Los Estados tienen la obligacin de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de estos hechos, no slo para reparar a sus vctimas y familiares, sino tambin para prevenir la ocurrencia de hechos futuros de violencia e intimidacin. Asimismo, la Relatora Especial considera importante llamar la atencin sobre otros aspectos de la libertad de expresin en las Amricas, tales como: el avance y los desafos que presenta el derecho de acceso a la informacin; el uso que se puede hacer del derecho penal para inhibir o sancionar expresiones crticas o disidentes; los avances y retrocesos en el impulso de la diversidad y el pluralismo en el proceso comunicativo; la importancia de reformar algunos mecanismos que pueden ser empleados como formas de censura indirecta, entre otros temas.

    6. El captulo III contina la prctica de la Relatora Especial de presentar un estudio

    sobre la jurisprudencia en materia de libertad de expresin. El objetivo de este captulo es presentar de manera sistemtica y actualizada la jurisprudencia interamericana que define el alcance y contenido de este derecho. Este ao se retoma y actualiza el informe de estndares interamericanos

  • 2

    elaborados para el Informe Anual 2008, el cual sistematiz la jurisprudencia que establece la importancia, funcin, caractersticas y limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de expresin, as como los tipos de discurso protegidos. Cumpliendo con el mandato dado a la Relatora Especial en las resoluciones de la Asamblea General de la OEA1, el captulo tambin desarrolla otros temas relevantes dentro del ejercicio del derecho a la libertad de expresin, tales como: la prohibicin de la censura y las restricciones indirectas; los periodistas y los medios de comunicacin social; la libertad de expresin por parte de funcionarios pblicos; y la libertad de expresin en el mbito de los procesos electorales. La sistematizacin de la jurisprudencia constituye una herramienta importante para que jueces, funcionarios pblicos, organizaciones sociales y periodistas, conozcan y apliquen los estndares del sistema interamericano.

    7. Los captulos IV a VI presentan algunos desarrollos tericos de temas de particular

    relevancia para la Relatora Especial respecto de los cuales ha recibido mandatos especficos de la Asamblea General de la OEA. El captulo IV desarrolla el marco jurdico interamericano del derecho de acceso a la informacin e incluye jurisprudencia de distintos Estados miembros de la OEA sobre la materia. El captulo V trata las diversas formas como los tribunales y rganos legislativos de la regin han incorporado los estndares interamericanos en materia de libertad de expresin a sus ordenamientos internos. El captulo VI expone las implicaciones del derecho a la libertad de expresin sobre los marcos regulatorios de las frecuencias radioelctricas.

    8. Finalmente, el captulo VII formula las recomendaciones que la Relatora Especial considera esenciales para proteger, garantizar y promover adecuadamente el derecho a la libertad de pensamiento y expresin en toda la regin.

    9. La intensa labor desarrollada por la Relatora Especial le ha permitido consolidarse

    como la oficina experta de la OEA a cargo de la promocin y el monitoreo del respeto a la libertad de expresin en el hemisferio. Este posicionamiento ha generado, a su vez, un incremento sustancial en las expectativas de la sociedad regional sobre la labor y desempeo de la Relatora Especial. Para hacer frente a esta demanda, es necesario dar atencin no slo al apoyo institucional y poltico de la Relatora Especial, sino tambin a su respaldo financiero, pues sin ste no sera posible su funcionamiento ni el despliegue de las actividades que exige su mandato. La Relatora Especial no recibe directamente recursos del fondo regular de la OEA, por lo que su sostn depende, en gran medida, de las contribuciones voluntarias que han realizado algunos Estados, y los aportes de fundaciones y organismos de cooperacin para proyectos especficos. Es importante exhortar, una vez ms, a los Estados miembros de la OEA a seguir los pasos de aquellos pases que han respondido al llamado de las cumbres hemisfricas de apoyar a la Relatora Especial. El Plan de Accin aprobado por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Tercera Cumbre de las Amricas, celebrada en Quebec en abril de 2001, establece que, para fortalecer la democracia, crear prosperidad y desarrollar el potencial humano, los Estados apoyarn la labor del sistema interamericano de derechos humanos en el rea de libertad de expresin, a travs del Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresin.

    10. La Relatora Especial agradece las contribuciones financieras recibidas durante 2009

    por parte de Costa Rica, los Estados Unidos de Amrica, el Reino Unido, Irlanda, Sueciaa travs de la Agencia Sueca de Cooperacin Internacional para el Desarrollo (Asdi), Suiza, y la Comisin Europea. Una vez ms, la Relatora Especial invita a otros Estados a que se sumen a este importante apoyo.

    1 En las resoluciones 1932 (XXXIII-O/03) de 2003, 2057 (XXXIV-O/04) de 2004, 2121 (XXXV-O/05) de 2005,

    2252 (XXVI-O/06) de 2006, 2288 (XXXVII-O/07) de 2007, 2434 (XXXVIII-O/08) de 2008, y 2523 (XXXIX-O/09) de 2009, la Asamblea General de la OEA tambin ha instado a la Relatora Especial a continuar adelantando actividades en materia del derecho de acceso a la informacin.

  • 3

    11. La Relatora Especial Catalina Botero Marino agradece la confianza de la CIDH y

    destaca la labor de sus antecesores en la consolidacin de la Relatora Especial. En particular, la Relatora Especial agradece a su equipo de trabajo por la labor comprometida y ejemplar que ha llevado a cabo. Este informe anual es fruto de su esfuerzo, mstica y dedicacin.

    12. El presente informe anual pretende contribuir al establecimiento de un mejor

    ambiente para el ejercicio de la libertad de expresin en toda la regin y, por ese mecanismo, asegurar el fortalecimiento de la democracia, el bienestar y el progreso de los habitantes del hemisferio. Su objetivo es colaborar con los Estados miembros de la OEA en la visibilizacin de los problemas que todos queremos resolver, as como en la formulacin de propuestas y recomendaciones viables asentadas en la doctrina y la jurisprudencia regional. Para lograr ese propsito, es necesario que el trabajo de la Relatora Especial sea entendido como un insumo til para la respuesta de los desafos que afrontamos, que d lugar a un dilogo amplio y fluido, no slo con los Estados miembros de la OEA, sino tambin con los integrantes de la sociedad civil y los comunicadores sociales de toda la regin.

  • CAPTULO I INFORMACIN GENERAL A. Creacin de la Relatora Especial y respaldo institucional 1. La Relatora Especial fue creada por la CIDH en octubre de 1997, durante su 97

    Perodo de Sesiones, por decisin unnime de sus miembros. La Relatora Especial fue establecida como una oficina de carcter permanente, independencia funcional y estructura operativa propia. Con ello, la CIDH busc estimular la defensa hemisfrica del derecho a la libertad de pensamiento y de expresin, considerando su papel fundamental en la consolidacin y desarrollo del sistema democrtico, as como en la proteccin, garanta y promocin de los dems derechos humanos. En su 98 Perodo de Sesiones, celebrado en marzo de 1998, la CIDH defini de manera general las caractersticas y funciones de la Relatora Especial y decidi crear un fondo voluntario para su asistencia econmica.

    2. La iniciativa de la CIDH de crear una Relatora Especial de carcter permanente

    encontr pleno respaldo en los Estados miembros de la OEA. En efecto, durante la Segunda Cumbre de las Amricas, los Jefes de Estado y de Gobierno reconocieron el papel fundamental que tiene el derecho a la libertad de pensamiento y de expresin, y manifestaron su satisfaccin por la creacin de la Relatora Especial. En la Declaracin de Santiago, adoptada en abril de 1998, los Jefes de Estado y de Gobierno sealaron lo siguiente:

    Coincidimos en que una prensa libre desempea un papel fundamental [para la defensa de los derechos humanos] y reafirmamos la importancia de garantizar la libertad de expresin, de informacin y de opinin. Celebramos la reciente constitucin de un Relator Especial para la Libertad de Expresin, en el marco de la Organizacin de los Estados Americanos1. 3. Asimismo, los Jefes de Estado y de Gobierno de las Amricas se comprometieron a

    apoyar a la Relatora Especial. Sobre el particular, en el Plan de Accin de la citada cumbre se recomend lo siguiente:

    Fortalecer el ejercicio y respeto de todos los derechos humanos y la consolidacin de la democracia, incluyendo el derecho fundamental a la libertad de expresin, informacin y de pensamiento, mediante el apoyo a las actividades de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos en este campo, en particular a la recin creada Relatora Especial para la Libertad de Expresin2. 4. Durante la Tercera Cumbre de las Amricas, celebrada en Quebec, Canad, los Jefes

    de Estado y de Gobierno ratificaron el mandato de la Relatora Especial, agregando el siguiente punto a su agenda:

    Apoyarn la labor del [s]istema [i]nteramericano de [d]erechos [h]umanos en materia de libertad de expresin a travs del Relator Especial [para la] Libertad de Expresin de la CIDH, y procedern a la difusin de los trabajos de jurisprudencia comparada, y buscarn, asimismo, asegurar que su legislacin nacional sobre libertad de expresin est conforme a las obligaciones jurdicas internacionales3.

    1 Declaracin de Santiago. Segunda Cumbre de las Amricas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile. En:

    Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago. Volumen I. Oficina de Seguimiento de Cumbres, OEA.

    2 Plan de Accin. Segunda Cumbre de las Amricas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile. En: Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago. Volumen I. Oficina de Seguimiento de Cumbres, OEA.

    3 Plan de Accin. Tercera Cumbre de las Amricas, 20-22 de abril de 2001, Quebec, Canad. Disponible en: http://www.summit-americas.org/iii_summit/iii_summit_poa_sp.pdf.

  • 6

    5. En distintas oportunidades, la Asamblea General de la OEA ha manifestado su

    respaldo a la labor de la Relatora Especial y le ha encomendado el seguimiento o anlisis de algunos de los derechos que integran la libertad de expresin. En 2005, la Asamblea General de la OEA aprob la resolucin 2149 (XXXV-O/05), que reafirm el derecho a la libertad de expresin, reconoci las importantes contribuciones realizadas en el Informe Anual 2004 de la Relatora Especial, y exhort al seguimiento de los temas incluidos en ese informe, tales como: la evaluacin de la situacin de la libertad de expresin en la regin; las violaciones indirectas a la libertad de expresin; el impacto de la concentracin en la propiedad de los medios de comunicacin social; y el tratamiento de las expresiones de odio en la Convencin Americana4. La Relatora Especial ha analizado estos temas en distintos informes anuales, en el marco de la evaluacin de la situacin de la libertad de expresin en la regin, y en el cumplimiento de su tarea de crear conocimiento experto y promover estndares regionales en la materia.

    6. En 2006, la Asamblea General de la OEA reiter su respaldo a la Relatora Especial a

    travs de la resolucin 2237 (XXXVI-O/06). En esta resolucin, la Asamblea General reafirm el derecho a la libertad de expresin, reconoci las importantes contribuciones realizadas en el Informe Anual 2005 de la Relatora Especial, y exhort al seguimiento de los temas que figuran en dicho informe, que incluyeron, entre otros, las manifestaciones pblicas como ejercicio de la libertad de expresin y la libertad de reunin, as como la libertad de expresin y los procesos electorales5. Al igual que en el caso anterior, la Relatora Especial ha hecho un seguimiento de estos temas en su evaluacin anual sobre la situacin de la libertad de expresin en la regin. En la misma resolucin, la Asamblea General solicit convocar a una sesin especial en la Comisin de Asuntos Jurdicos y Polticos para profundizar la jurisprudencia internacional sobre el artculo 13 de la Convencin Americana, y tratar especficamente temas como las manifestaciones pblicas y la libertad de expresin, as como los desarrollos y alcances del artculo 11 de la Convencin Americana. Esta sesin se celebr el 26 y 27 de octubre de 2007.

    7. En 2007, la Asamblea General de la OEA aprob la resolucin 2287 (XXXVII-O/07),

    por medio de la cual invit a los Estados miembros a considerar las recomendaciones de la Relatora Especial en materia de leyes sobre difamacin. En esta resolucin, la Asamblea General reiter su pedido de convocar a una sesin especial en la Comisin de Asuntos Jurdicos y Polticos para profundizar la jurisprudencia internacional existente relativa al artculo 13 de la Convencin Americana. Esta sesin se realiz el 28 y 29 de febrero de 2008.

    8. En materia de acceso a la informacin, la Asamblea General ha realizado varios

    pronunciamientos respaldando la labor de la Relatora Especial, e instado a la adopcin de sus recomendaciones. En 2003, en su resolucin 1932 (XXXIII-O/03), reiterada en 2004 en la resolucin 2057 (XXXIV-O/04), y en 2005 en la resolucin 2121 (XXXV-O/05), la Asamblea General exhort a la Relatora Especial a continuar elaborando un captulo en sus informes anuales sobre la situacin del acceso a la informacin pblica en la regin. En 2006, a travs de la resolucin 2252 (XXVI-O/06), entre otros puntos, se encomend a la Relatora Especial asesorar a los Estados miembros de la OEA que soliciten apoyo para la elaboracin de legislacin y mecanismos sobre acceso a la informacin. Asimismo, se pidi a la CIDH hacer un estudio sobre las distintas formas de garantizar a todas las personas el derecho a buscar, recibir y difundir informacin pblica sobre la base del principio de libertad de expresin. En seguimiento a esta

    4 CIDH. Informe Anual 2004. Volumen III. Captulos II, V y VII. Disponible en:

    http://www.cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=459&lID=2.

    5 CIDH. Informe Anual 2005. Volumen II. Captulos V y VI. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=662&lID=2.

  • 7

    resolucin, en agosto de 2007, la Relatora Especial public el Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Informacin6.

    9. En el mismo sentido, en 2007, la Asamblea General aprob la resolucin 2288

    (XXXVII-O/07), que resalt la importancia del derecho al acceso a la informacin pblica, tom nota de los informes de la Relatora Especial sobre la situacin del derecho de acceso a la informacin en la regin, inst a los Estados a adaptar su legislacin para garantizar este derecho, y encomend a la Relatora Especial dar asesoramiento a los Estados miembros en dicha materia. Tambin solicit a distintos organismos dentro de la OEA, incluida la Relatora Especial, elaborar un documento base sobre las mejores prcticas y el desarrollo de aproximaciones comunes o lineamientos para incrementar el acceso a la informacin pblica. Este documento, preparado en conjunto con el Comit Jurdico Interamericano, el Departamento de Asuntos Jurdicos Internacionales, el Departamento de Modernizacin del Estado y Gobernabilidad, as como con las contribuciones de las delegaciones de los Estados miembros de la OEA, fue aprobado en abril de 2008 por la Comisin de Asuntos Jurdicos y Polticos.

    10. Durante 2008, la Asamblea General aprob la resolucin 2434 (XXXVIII-O/08), que

    reafirm el derecho a la libertad de expresin, reiter a la CIDH la tarea de hacer seguimiento adecuado al cumplimiento de los estndares en esta materia, as como la profundizacin del estudio de los temas contenidos en los informes anuales. En la resolucin tambin se invit a los Estados miembros de la OEA a considerar las recomendaciones de la Relatora Especial en materia de leyes sobre difamacin, en el sentido de derogar o enmendar las normas que tipifican como delito el desacato, la difamacin, la injuria y la calumnia, y en tal sentido, regular estas conductas en el mbito exclusivo del derecho civil. En ese ao, la Asamblea General de la OEA tambin aprob la resolucin 2418 (XXXVIII-O/08), que resalt la importancia del derecho de acceso a la informacin pblica, inst a los Estados a adaptar su legislacin a los estndares en la materia, y encomend a la Relatora Especial a dar asesoramiento, as como a continuar incluyendo un captulo sobre la situacin del acceso a la informacin pblica en la regin como parte de su informe anual.

    11. En 2009, la resolucin 2514 (XXXIX- O/09) de la Asamblea General de la OEA

    reiter nuevamente la importancia del derecho de acceso a la informacin pblica, y reconoci que el pleno respeto a la libertad de expresin, al acceso a la informacin pblica y a la libre difusin de las ideas, fortalece la democracia y contribuye a un ambiente de tolerancia de todas las opiniones, a una cultura de paz y no violencia, y a fortalecer la gobernabilidad democrtica. Asimismo, encomend a la Relatora Especial apoyar a los Estados miembros de la OEA en el diseo, ejecucin y evaluacin de sus normativas y polticas en materia de acceso a la informacin pblica, y a seguir incluyendo en su informe anual un captulo sobre la situacin del acceso a la informacin pblica en la regin.

    12. Tambin durante 2009, la Asamblea General aprob la resolucin 2523 (XXXIX-

    O/09), que resalt la importancia de las recomendaciones de la Relatora Especial contenidas en los informes anuales 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008. Igualmente, reiter a la CIDH realizar el seguimiento de las recomendaciones contenidas en dichos informes y, de manera especial, invit a los Estados miembros de la OEA a considerar las recomendaciones de la Relatora Especial, en el sentido de derogar o enmendar las leyes que tipifican como delito el desacato, la difamacin, la injuria y la calumnia, as como de regular estas conductas en el mbito exclusivo del derecho civil.

    6 CIDH. Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Informacin (2007). Disponible en:

    http://www.cidh.oas.org/relatoria/section/Estudio%20Especial%20sobre%20el%20derecho%20de%20Acceso%20a%20la%20Informacion.pdf.

  • 8

    13. La Relatora Especial, desde su origen, ha contado tambin con el respaldo de las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicacin, los periodistas y, principalmente, las personas que han sido vctimas de violaciones a su derecho a la libertad de pensamiento y de expresin, quienes a su vez han visto en la Relatora Especial un apoyo importante para el restablecimiento de las garantas necesarias para el ejercicio de sus derechos o para asegurar las justas reparaciones que amerite su situacin.

    B. Mandato de la Relatora Especial 14. La Relatora Especial es una oficina de carcter permanente, con estructura operativa

    propia y con independencia funcional, que opera dentro del marco jurdico de la CIDH7. 15. La Relatora Especial tiene como mandato general la realizacin de actividades de

    proteccin y promocin del derecho a la libertad de pensamiento y de expresin, que incluyen las siguientes funciones:

    a. Asesorar a la CIDH en la evaluacin de casos y solicitudes de medidas cautelares, as como en la preparacin de informes;

    b. Realizar actividades de promocin y educacin en materia del derecho a la libertad de pensamiento y expresin;

    c. Asesorar a la CIDH en la realizacin de las visitas in loco a los pases miembros de la OEA para profundizar la observacin general de la situacin y/o para investigar una situacin particular referida al derecho a la libertad de pensamiento y expresin;

    d. Realizar visitas a los distintos Estados miembros de la OEA. e. Realizar informes especficos y temticos; f. Promover la adopcin de medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra

    ndole que sean necesarias para hacer efectivo el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresin;

    g. Coordinar acciones de verificacin y seguimiento de las condiciones del ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresin en los Estados miembros con las defensoras del pueblo o las instituciones nacionales de derechos humanos;

    h. Prestar asesora tcnica a los rganos de la OEA; i. Elaborar un informe anual sobre la situacin del derecho a la libertad de pensamiento

    y expresin en las Amricas, el cual ser considerado por el pleno de la CIDH para la aprobacin de su inclusin en el Informe Anual a la Asamblea General; y

    j. Reunir toda la informacin necesaria para la elaboracin de los informes precedentes.

    16. Durante 1998, la CIDH llam a concurso pblico para ocupar el cargo de Relator Especial. Agotado el proceso, la CIDH decidi designar al abogado argentino Santiago A. Canton como Relator Especial, quien asumi el cargo el 2 de noviembre de 1998. En marzo de 2002, la CIDH design al abogado argentino Eduardo A. Bertoni como Relator Especial. Bertoni se desempe en este cargo entre mayo de 2002 y diciembre de 2005. El 15 de marzo de 2006, la CIDH eligi al abogado venezolano Ignacio J. lvarez como Relator Especial. En abril de 2008, la CIDH convoc a concurso para la eleccin del sucesor de lvarez. Durante el perodo en que este puesto estuvo vacante, la Relatora Especial estuvo a cargo del entonces Presidente de la CIDH, Paolo Carozza. El concurso se cerr el 1 de junio de 2008 y los candidatos preseleccionados a ocupar este cargo fueron entrevistados en julio de 2008, durante el 132 Perodo de Sesiones de la CIDH. Tras la ronda de

    7 Al respecto, ver los artculos 40 y 41 de la Convencin Americana, y el artculo 18 del Estatuto de la CIDH.

  • 9

    entrevistas, el 21 de julio de 2008, la CIDH eligi a la abogada colombiana Catalina Botero Marino como Relatora Especial8. La nueva Relatora Especial asumi el cargo el 6 octubre de 2008.

    C. Principales actividades de la Relatora Especial 17. Durante sus once aos de existencia, la Relatora Especial ha cumplido de manera

    oportuna y dedicada cada una de las tareas que le han sido asignadas por la CIDH y por otros rganos de la OEA como la Asamblea General.

    18. En esta parte del informe se resumen de manera muy general las tareas cumplidas,

    con particular nfasis en las actividades realizadas en 2009. 1. Sistema de casos individuales: Litigio estratgico en materia de libertad de

    expresin dentro del sistema interamericano 19. Una de las ms importantes funciones de la Relatora Especial es asesorar a la CIDH

    en la evaluacin de peticiones individuales, y preparar los informes correspondientes. 20. El impulso adecuado de las peticiones individuales, adems de proveer justicia en el

    caso especfico, permite llamar la atencin sobre situaciones paradigmticas que afectan la libertad de pensamiento y expresin, y crear importante jurisprudencia aplicable tanto por el propio sistema interamericano de derechos humanos como por los tribunales de los pases de la regin. Asimismo, el sistema de casos individuales constituye un factor esencial dentro de la estrategia integral de promocin y defensa de la libertad de pensamiento y de expresin en la regin, estrategia que la Relatora Especial desarrolla a travs de los diferentes mecanismos de trabajo que ofrece el sistema interamericano de derechos humanos.

    21. Desde su creacin, la Relatora Especial ha asesorado a la CIDH en la presentacin

    ante la Corte Interamericana de importantes casos individuales sobre libertad de expresin: - Caso La ltima Tentacin de Cristo (Olmedo Bustos y otros) Vs. Chile. Sentencia

    de 5 de febrero de 2001. Este caso se refiere a la prohibicin de la censura previa. La decisin de la Corte Interamericana llev a una ejemplar reforma constitucional en Chile y a la creacin de un importante estndar hemisfrico en la materia.

    - Caso Ivcher Bronstein Vs. Per. Sentencia de 6 de febrero de 2001. El peticionario

    era un ciudadano peruano por naturalizacin que era accionista mayoritario de un canal de televisin. El medio de comunicacin transmita un programa periodstico que realizaba fuertes crticas al gobierno peruano, incluyendo la emisin de reportajes sobre abusos, torturas y actos de corrupcin cometidos por el Servicio de Inteligencia Nacional. Como consecuencia de estos informes, el Estado revoc la ciudadana peruana al peticionario y le quit el control accionario del canal. La sentencia de la Corte Interamericana encontr que las actuaciones del gobierno restringieron indirectamente el derecho a la libertad de expresin, y orden al Estado restaurar los derechos de la vctima.

    - Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia de 2 de julio de 2004. Este caso se

    refiere a un periodista que haba publicado varios artculos reproduciendo la informacin de algunos peridicos europeos sobre presuntas actuaciones ilcitas de

    8 CIDH. Comunicado de Prensa No. 29/08. Disponible en:

    http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2008/29.08sp.htm.

  • 10

    un diplomtico de Costa Rica. El Estado conden al periodista por cuatro cargos de difamacin. La Corte Interamericana entendi que la condena era desproporcionada y que vulneraba el derecho a la libertad de expresin, y requiri, entre otros puntos, la anulacin de los procedimientos criminales contra el comunicador.

    - Caso Ricardo Canese Vs. Paraguay. Sentencia de 31 de agosto de 2004. Durante la

    campaa presidencial de 1993 en Paraguay, el candidato Ricardo Canese hizo declaraciones a los medios de comunicacin contra el candidato Juan Carlos Wasmosy, a quien acus de estar envuelto en irregularidades relacionadas con la construccin de una planta hidroelctrica. Canese fue procesado y sentenciado a cuatro meses de prisin, entre otras restricciones a sus derechos fundamentales. La Corte Interamericana encontr que la condena era desproporcionada y que vulneraba el derecho a la libertad de expresin. Adems, destac la importancia de la libertad de expresin durante las campaas electorales, en el sentido que las personas deben estar plenamente habilitadas para cuestionar a los candidatos, de manera que los votantes puedan tomar decisiones informadas.

    - Caso Palamara Iribarne Vs. Chile. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Palamara,

    ex oficial militar chileno, haba escrito un libro crtico de la Armada Nacional. El libro dio origen a un proceso penal militar por desobediencia y quiebre de los deberes militares que condujo a que el Estado retirara de circulacin todas sus copias fsicas y electrnicas existentes. La Corte Interamericana orden una reforma legislativa que asegurara la libertad de expresin en Chile, al igual que la publicacin del libro, la restitucin de todas las copias incautadas y la reparacin de los derechos de la vctima.

    - Caso Claude Reyes y otros. Sentencia de 19 de septiembre de 2006. A travs de

    esta sentencia, la Corte Interamericana reconoci el alcance y contenido del acceso a la informacin como un derecho humano contenido en el artculo 13 de la Convencin Americana.

    - Caso Kimel Vs. Argentina. Sentencia de 2 de mayo de 2008. El periodista Eduardo

    Kimel fue condenado por haber criticado en un libro la actuacin de un juez penal encargado de investigar una masacre. El juez inici un proceso penal en defensa de su honor. La Corte Interamericana encontr que la sancin era desproporcionada y que vulneraba el derecho a la libertad de expresin de la vctima. En esta decisin, la Corte Interamericana orden al Estado, entre otras medidas, reformar la legislacin penal sobre proteccin a la honra y a la reputacin por encontrar que vulneraba el principio de tipicidad penal o estricta legalidad.

    - Caso Tristn Donoso Vs. Panam. Sentencia de 27 de enero de 2009. Esta

    sentencia se refiere a la proporcionalidad de las sanciones impuestas a un abogado condenado por los delitos de difamacin e injuria, en razn de haber asegurado, en una conferencia de prensa, que un funcionario del Estado haba grabado sus conversaciones telefnicas privadas y las haba puesto en conocimiento de terceros. La Corte Interamericana concluy que el Estado viol el derecho a la libertad de expresin del abogado, ya que la condena penal impuesta como forma de responsabilidad ulterior fue innecesaria. La Corte Interamericana estableci tambin criterios sobre el carcter intimidante e inhibidor que generan las sanciones civiles desproporcionadas.

    - Caso Ros y otros Vs. Venezuela. Sentencia de 28 de enero de 2009. La sentencia

    se refiere a distintos actos pblicos y privados que limitaron las labores periodsticas

  • 11

    de los trabajadores, directivos y dems personas relacionadas con el canal de televisin RCTV, as como a algunos discursos de agentes estatales en contra del medio. La Corte Interamericana consider que dichos discursos fueron incompatibles con la libertad de buscar, recibir y difundir informacin, al haber podido resultar intimidatorios para las personas relacionadas con dicho medio de comunicacin. La Corte Interamericana no encontr probada la responsabilidad del Estado por los otros hechos alegados, pero reiter su doctrina sobre las restricciones indirectas a la libertad de expresin. Finalmente, la Corte Interamericana orden al Estado conducir eficazmente las investigaciones y procesos penales por hechos de violencia contra los periodistas, as como la adopcin de las medidas necesarias para evitar restricciones indebidas y obstaculizaciones directas o indirectas al ejercicio de su libertad de buscar, recibir y difundir informacin.

    - Caso Perozo y otros Vs. Venezuela. Sentencia de 28 de enero de 2009. Esta

    sentencia vers sobre las declaraciones de funcionarios pblicos, y otras alegadas obstaculizaciones al ejercicio de la libertad de expresin como actos de violencia de actores privados en perjuicio de personas vinculadas al canal de televisin Globovisin. La Corte Interamericana consider que los pronunciamientos de altos funcionarios pblicos y la omisin de las autoridades estatales en su obligacin de actuar con la debida diligencia en las investigaciones por hechos de violencia contra los periodistas, constituyeron faltas a las obligaciones estatales de prevenir e investigar los hechos. La Corte Interamericana no encontr probada la responsabilidad del Estado por los otros hechos alegados, pero reiter su doctrina sobre restricciones indirectas a la libertad de expresin. Finalmente, la Corte Interamericana orden al Estado conducir eficazmente las investigaciones y procesos penales por hechos de violencia contra los periodistas, as como la adopcin de las medidas necesarias para evitar restricciones indebidas y obstaculizaciones directas o indirectas al ejercicio de su libertad de buscar, recibir y difundir informacin.

    - Caso Usn Ramrez Vs. Venezuela. Sentencia de 20 de noviembre de 2009. Usn, militar en retiro, fue condenado por el delito de injuria contra la Fuerza Armada Nacional, luego de emitir opiniones crticas en un programa televisivo acerca de la actuacin de dicha institucin en el caso de un grupo de soldados que haba resultado gravemente herido en una celda de castigo. La Corte Interamericana estim que la norma penal aplicada para sancionar a Usn no cumpla con las exigencias del principio de legalidad por ser ambigua, y entendi que la aplicacin del derecho penal al caso no era idnea, necesaria y proporcional. La Corte Interamericana orden al Estado, entre otras medidas, dejar sin efecto el proceso penal militar contra la vctima y modificar, en un plazo razonable, el tipo penal all utilizado.

    22. La Relatora Especial impuls nuevas peticiones y casos individuales cuyos informes

    de admisibilidad y de fondo se presentaron durante las sesiones de la CIDH llevadas a cabo durante 2009. Un informe detallado de las peticiones y casos se presenta en el captulo III del Informe Anual 2009 de la CIDH.

    23. Con la preparacin e impulso de estos casos, la Relatora Especial contribuye a que

    la CIDH y la Corte Interamericana dicten importante jurisprudencia sobre las garantas necesarias para el pleno ejercicio de la libertad de expresin. Los estndares alcanzados aportan un mayor dinamismo al trabajo de los rganos del sistema interamericano y permiten afrontar nuevos desafos en la tarea de aumentar el nivel de proteccin de la libertad de pensamiento y de expresin en todo el hemisferio.

  • 12

    24. Las sentencias mencionadas contribuyeron a la produccin de jurisprudencia de la Corte Interamericana en materia de libertad de expresin, la cual ha sido resumida, sistematizada e incorporada en el presente informe, en el captulo relativo al marco jurdico interamericano sobre libertad de expresin.

    2. Medidas cautelares 25. La Relatora Especial ha colaborado con el Grupo de Proteccin de la CIDH en

    relacin con las recomendaciones para la adopcin de medidas cautelares en materia de libertad de expresin. En este sentido, la CIDH ha solicitado en mltiples oportunidades a los Estados miembros de la OEA que adopten medidas cautelares para proteger el derecho a la libertad de expresin. As lo hizo, por ejemplo, en los casos (i) Matus Acua Vs. Chile9; (ii) Herrera Ulloa Vs. Costa Rica10; (iii) Lpez Ulacio Vs. Venezuela11; (iv) Pea Vs. Chile12; (v) Globovisin Vs. Venezuela13; (vi) Tristn Donoso Vs. Panam14; (vii) Yez Morel Vs. Chile15; (viii) Pelic Prez Vs. Guatemala16; y (ix) Rodrguez Castaeda Vs. Mxico17. Cabe sealar que el otorgamiento de las medidas cautelares no constituye un prejuzgamiento sobre el fondo de la cuestin. Las medidas cautelares se originan en la necesidad de adoptar mecanismos que eviten un perjuicio grave, inminente e irremediable sobre uno de los derechos consagrados en la Convencin Americana, o para mantener la jurisdiccin sobre el caso, sin que desaparezca el objeto de la causa.

    26. Durante 2009, la Relatora Especial colabor, entre otros, en el estudio de las

    medidas cautelares otorgadas a favor del periodista Flix Waldemar Maaz Bol de Guatemala y de los

    9 Decisin de la CIDH de 18 de junio de 1999 y ampliada el 19 de julio de 1999, solicitando al Estado chileno que adopte medidas cautelares a favor de Bartolo Ortiz, Carlos Orellana y Alejandra Matus, frente a las rdenes de detencin de los dos primeros y la orden de prohibicin de distribucin y venta de un texto, derivadas de la publicacin del Libro Negro de la Justicia Chilena, escrito por Matus.

    10 Decisin de la CIDH del 1 de marzo de 2001, solicitando al Estado de Costa Rica que adopte medidas cautelares a favor del periodista Mauricio Herrera Ulloa y el representante legal del peridico La Nacin, quienes haban sido condenados penal y civilmente en virtud de la publicacin de reportajes contra un funcionario diplomtico costarricense, sin que al momento de adopcin de las medidas se hubiesen materializado plenamente dichas condenas.

    11 Decisin de la CIDH de 7 de febrero de 2001, solicitando al Estado de Venezuela que adopte medidas cautelares a favor del periodista Pablo Lpez Ulacio, quien haba acusado a un empresario de beneficiarse de contratos de seguro estatales en el contexto de una campaa presidencial. El periodista fue objeto de una orden judicial de detencin y prohibido de mencionar pblicamente al empresario en el diario La Razn.

    12 Decisin de la CIDH de marzo de 2003, solicitando al Estado de Chile que adopte medidas cautelares a favor del escritor Juan Cristbal Pea, consistentes en levantar la orden judicial de incautacin y retiro de circulacin de una biografa de una cantante popular, considerada como una injuria grave.

    13 Decisiones de la CIDH de 3 y 24 de octubre de 2003, solicitando al Estado de Venezuela que suspenda las decisiones administrativas de incautar algunos equipos operativos de la estacin de televisin Globovisin, y que se garantice un juicio nacional imparcial e independiente en el caso.

    14 Decisin de la CIDH de 15 de septiembre de 2005, solicitando al Estado de Panam que suspenda la orden de detencin contra Santander Tristn Donoso, derivada del incumplimiento por este ltimo de una condena pecuniaria impuesta por la supuesta comisin del delito de injuria y calumnia. Tristn Donoso haba denunciado que el Fiscal General de la Nacin haba intervenido, grabado y publicado sus conversaciones telefnicas.

    15 Decisin de la CIDH adoptada luego de la presentacin de una peticin individual en 2002, a nombre de Eduardo Yez Morel, quien fue procesado por la comisin del delito de desacato al haber criticado duramente a la Corte Suprema de Justicia en un programa de televisin en 2001.

    16 Decisin de la CIDH de 3 de noviembre de 2008, en la cual se solicit al Estado de Guatemala adoptar las medidas necesarias para asegurar la vida y la integridad de Jos Pelic y su familia, en razn de las graves y constantes amenazas recibidas por el comunicador como consecuencia de las investigaciones y publicaciones que realizaba sobre el trfico de drogas.

    17 Decisin de la CIDH de 3 de julio de 2008, con el objetivo de evitar la destruccin de las boletas electorales de los comicios presidenciales de 2006 en Mxico.

  • 13

    miembros de las comunidades indgenas del pueblo Ngbe y otras en Panam. Asimismo, colabor en el estudio de 35 medidas cautelares a favor de periodistas, camargrafos, reporteros grficos, locutores y personal de los medios de comunicacin, en el contexto del golpe de Estado en Honduras18. La descripcin ms detallada de estas medidas puede ser consultada en el Informe Anual 2009 de la CIDH.

    3. Audiencias pblicas 27. La CIDH ha recibido diversas solicitudes de audiencias en materia de libertad de

    expresin en los ltimos perodos de sesiones. La Relatora Especial participa de manera activa en las audiencias sobre libertad de expresin, preparando informes y haciendo las intervenciones y el seguimiento correspondiente.

    28. En el 134 Perodo de Sesiones de la CIDH, celebrado en marzo de 2009, se

    otorgaron cuatro audiencias temticas sobre libertad de expresin, cuyos temas fueron: la libertad de expresin en Jamaica; el estado de la libertad de prensa en Colombia; la radiodifusin privada; y la situacin de la libertad de expresin en Venezuela.

    29. En el 137 Perodo de Sesiones de la CIDH, celebrado entre el 28 de octubre y el 6

    de noviembre de 2009, fueron realizadas, entre otras, las siguientes audiencias sobre libertad de expresin: la judicializacin de la protesta social en Venezuela; el caso 12.128 (Horacio Verbitsky y otros Vs. Argentina); el derecho a la libertad de expresin, participacin, reunin y manifestacin en Nicaragua; el derecho a la libertad de expresin en Per; y la libertad de expresin y regulacin de la radiodifusin en las Amricas.

    4. Visitas oficiales 30. Las visitas in loco a pases de la regin son una de las principales herramientas que

    la Relatora Especial utiliza para recolectar informacin sobre la situacin de la libertad de expresin en un determinado pas para promover los estndares internacionales sobre el ejercicio de este derecho, as como para promocionar la existencia de la Relatora Especial y el uso del sistema interamericano de derechos humanos para proteger la libertad de expresin.

    31. Las visitas oficiales permiten a la Relatora Especial y a su equipo reunirse con los

    principales actores vinculados a la eventual mejora de la situacin de la libertad de expresin de un pas. Las agendas de trabajo incluyen reuniones con autoridades de los gobiernos, miembros del legislativo y representantes del sistema judicial, as como con organizaciones no gubernamentales y comunicadores sociales, entre otros. Tambin hay encuentros con potenciales usuarios del sistema interamericano de derechos humanos o personas que ya son sus beneficiarias. En estas visitas se impulsa decididamente la mejora de la legislacin sobre temas de libertad de pensamiento y de expresin, y de las correspondientes polticas o prcticas de implementacin de las normas vigentes que consagran y garantizan este derecho.

    32. Del 17 al 21 de agosto de 2009, la Relatora Especial particip en la visita oficial

    realizada a Honduras luego del golpe de Estado en ese pas. Durante su visita, la Relatora Especial se reuni con directores de medios de comunicacin, periodistas, comunicadores sociales, representantes de organizaciones defensoras de la libertad de expresin, representantes del Colegio de Periodistas, defensores de derechos humanos y corresponsales de agencias de noticias internacionales. La Relatora Especial tambin particip en las reuniones de la CIDH con funcionarios

    18 El capitulo III del Informe Anual 2009 de la CIDH describe cada una de estas medidas. Adems, stas pueden ser

    consultadas en: http://www.cidh.oas.org/medidas/2009.sp.htm.

  • 14

    del gobierno de facto, tales como: el Ministro de Defensa, el alto mando militar y policial, y el Directorio de la Comisin Nacional de Telecomunicaciones. Asimismo, particip en una reunin con una delegacin del Congreso, con el Comisionado de Derechos Humanos y con miembros de la Fiscala General de la Nacin y de la Fiscala General de Derechos Humanos. Al final de la visita, la CIDH produjo un comunicado de prensa19. Por mandato de la CIDH, la Relatora Especial prepar un informe relativo al estado del derecho a la libertad de pensamiento y expresin en Honduras. Dicho informe fue incorporado al informe general de la CIDH sobre la situacin de los derechos humanos en Honduras y al captulo II del presente informe.

    5. Seminarios y talleres de trabajo con actores estratgicos en la regin 33. Los seminarios constituyen otra herramienta fundamental dentro de la tarea de

    promocin de la Relatora Especial sobre el sistema interamericano de proteccin de derechos humanos y el derecho a la libertad de expresin. En los ltimos once aos, la Relatora Especial ha organizado en varias oportunidades seminarios en toda la regin con la cooperacin de universidades, instituciones gubernamentales y organizaciones no gubernamentales.

    34. Cientos de periodistas, abogados, profesores universitarios, jueces, estudiantes de

    comunicacin y de derecho, entre otros, han asistido a estos entrenamientos, impartidos por personal de la Relatora Especial, tanto en las capitales de los pases como en las regiones ms apartadas, donde muchas veces no hay acceso a la informacin sobre las garantas a las que se pueden apelar para proteger el derecho a la libertad de pensamiento y de expresin.

    35. Los encuentros con los actores involucrados potencian la posibilidad de que ms

    personas utilicen el sistema interamericano de derechos humanos para plantear sus problemas y presentar sus denuncias. Asimismo, los seminarios logran ampliar la red de contactos de la Relatora Especial. Por otra parte, los talleres y reuniones de trabajo han permitido a la Relatora Especial trabajar de cerca con actores polticos estratgicos para impulsar la aplicacin de los estndares internacionales en los ordenamientos jurdicos internos.

    36. A continuacin, se presenta un resumen de los principales seminarios y talleres de

    trabajo que realiz la Relatora Especial durante 2009. 37. Entre el 25 y 29 de enero de 2009, la Relatora Especial asisti a la Reunin

    Regional de las Organizaciones Latinoamericanas de Libertad de Expresin, que organiz el Intercambio Internacional por la Libertad de Expresin (IFEX) en Guatemala, donde dict varios talleres y conferencias dirigidos tanto a las organizaciones internacionales invitadas como a periodistas, medios y organizaciones locales.

    38. La Relatora Especial tambin particip en la Asamblea de Medio Ao de la Sociedad

    Interamericana de Prensa (SIP), celebrada en Asuncin, Paraguay, entre el 13 y 16 de marzo de 2009.

    39. Entre el 13 y 15 de abril de 2009, la Relatora Especial estuvo en Panam donde

    particip en el Foro Libertad de Expresin y Proteccin al Honor, organizado por la Defensora del Pueblo. El 14 de abril de 2009, la Relatora Especial realiz una conferencia magistral titulada Estndares Interamericanos en Materia de Libertad de Expresin: Logros y Desafos.

    19 CIDH. 21 de agosto de 2009. Comunicado de Prensa No. 60/09. Disponible en:

    http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2009/60-09sp.htm.

  • 15

    40. Entre el 16 y el 22 de abril de 2009, la Relatora Especial realiz una visita acadmica a Mxico, donde adems de mantener reuniones con distintos actores vinculados al ejercicio de la libertad de pensamiento y de expresin, tambin particip en diversos seminarios. El 16 de abril de 2009, la Relatora Especial particip en el Foro sobre Libertad de Expresin, Procesos Democrticos y Derechos Humanos, que organiz Artculo XIX, la Universidad Autnoma de la Ciudad de Mxico, la Asociacin Mundial de Radios Comunitarias, la Asociacin Mexicana del Derecho a la Informacin y la Oficina en Mxico del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El 18 de abril de 2009, la Relatora Especial dict un seminario en la Universidad Iberoamericana dirigido a periodistas, y referido al sistema interamericano y la libertad de expresin, con nfasis en el derecho de acceso a la informacin. El 20 de abril de 2009, la Relatora Especial, en coordinacin con el Instituto Estatal de Acceso a la Informacin Pblica de Oaxaca, organiz un taller para periodistas en Oaxaca, referido a los mismos temas. El 21 de abril de 2009, la abogada Alejandra Negrete Morayta represent a la Relatora Especial en el Foro sobre el Derecho de Acceso a la Informacin: sistema interamericano, estndares internacionales y balance, organizado por el Instituto Estatal de Acceso a la Informacin Pblica de Oaxaca en conjunto con Artculo XIX.

    41. Entre el 23 y 24 de abril de 2009, la Relatora Especial particip en la organizacin

    de una sesin especial sobre la libertad de expresin ante el Comit de Asuntos Jurdicos y Polticos de la OEA. En esta sesin participaron especialistas en temas de libertad de expresin y representantes de algunos Estados miembros de la OEA.

    42. El 29 de abril de 2009, la Relatora Especial particip en un seminario sobre el

    derecho de acceso a la informacin celebrado en Bogot y organizado por la Embajada de Gran Bretaa en Colombia, en el contexto de la campaa Ms informacin, ms derechos.

    43. Entre el 28 y 30 de abril de 2009, se celebr en Lima, Per, la Conferencia Regional

    de las Amricas sobre el Derecho de Acceso a la Informacin, organizada por el Carter Center, con la colaboracin de la OEA y el Knight Center for Journalism in the Americas. Carlos J. Zelada, abogado de la Relatora Especial, asisti a los talleres que se celebraron esos das. La Relatora Especial particip en el panel de cierre de la actividad, junto al ex Presidente de Estados Unidos, Jimmy Carter y el entonces Vicepresidente de la Corte Interamericana, Diego Garca-Sayan.

    44. El 4 de mayo de 2009, la Relatora Especial asisti a la reunin de Medio Ao de la

    Asociacin Internacional de Radiodifusin (AIR) que se celebr en Washington, D.C., y a la que tambin asisti el Secretario General de la OEA, Jos Miguel Insulza.

    45. El 6 de mayo de 2009, la Relatora Especial brind una exposicin ante el Consejo

    Permanente de la OEA, con ocasin de la conmemoracin del Da Mundial de la Libertad de Prensa. 46. El 7 de mayo de 2009, la Relatora Especial particip en la presentacin del Informe

    Anual 2008 de la CIDH, que incluye el Informe Anual de la Relatora Especial, ante el Consejo Permanente de la OEA.

    47. El 27 de mayo de 2009, en Washington, D.C., la Relatora Especial realiz una

    exposicin sobre temas de acceso a la informacin y libertad de expresin en el Inter-American Dialogue, junto a otros especialistas en la materia.

    48. Entre el 1 y el 3 de junio de 2009, la Relatora Especial asisti a la Asamblea General

    de la OEA que se celebr en San Pedro Sula, Honduras. 49. El 8 y el 12 de junio de 2009, la Relatora Especial particip en diferentes actividades

    acadmicas organizadas por American University en el marco del Curso Anual Interdisciplinario de Derechos Humanos. El 8 de junio de 2009, la Relatora Especial realiz una exposicin sobre los

  • 16

    estndares internacionales en materia de libertad de expresin. El 12 de junio de 2009, la Relatora Especial particip en el panel titulado Libertad de Expresin: un tema clave en la agenda de la CIDH. En este panel participaron, entre otros, Herman Schwartz, profesor de la Escuela de Derecho de American University; Leo Zwaak, investigador principal del Instituto Holands de Derechos Humanos de Utrecht University; y Christof Heyns, profesor de la Universidad de Pretoria. En el marco de este evento tambin se realiz la ceremonia de premiacin del ganador del concurso de ensayos sobre libertad de expresin que organiz American University.

    50. El 24 de julio de 2009, la Relatora Especial dict el seminario Proteccin del

    periodismo de investigacin dentro del sistema interamericano de Derechos Humanos, en la Jolla, California, dirigido a periodistas de investigacin de toda la regin. La actividad fue organizada en coordinacin con el Institute of the Americas y financiada por la Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional (ASDI).

    51. El 6 de agosto y el 29 de septiembre de 2009, la Relatora Especial realiz

    capacitaciones sobre el mandato de la Relatora Especial y los estndares interamericanos sobre libertad de expresin a dos grupos de trece y diez periodistas latinoamericanos, respectivamente, que visitaron Washington, D.C. durante dichas fechas, invitados por el International Visitor Leadership Program del Departamento de Estado de los Estados Unidos de Amrica.

    52. El 2 de octubre de 2009, la Relatora Especial realiz una capacitacin sobre el

    mandato de la Relatora Especial y los estndares interamericanos sobre libertad de expresin a un grupo de diez periodistas latinoamericanos y a algunos corresponsales que se encontraban en un curso de capacitacin del peridico The Washington Post.

    53. Del 30 de agosto al 2 de septiembre de 2009, la Relatora Especial realiz una visita

    acadmica a Chile en la que sostuvo reuniones y presentaciones con miembros de organizaciones de la sociedad civil y entidades pblicas como el Consejo de Transparencia. El 1 de septiembre de 2009 asisti a un taller de discusin sobre principios de radiodifusin en la Universidad Diego Portales; el 2 de septiembre de 2009 particip en un seminario sobre proteccin y fortalecimiento de la libertad de expresin en la Universidad de Chile y en un taller sobre el sistema interamericano de derechos humanos en la Universidad Adolfo Ibez. Estos seminarios acadmicos estuvieron dirigidos a estudiantes y profesores de derecho y comunicacin social, as como a comunicadores sociales.

    54. El 3 y 4 de septiembre de 2009, la Relatora Especial acompa a la CIDH en su

    visita a Santiago, Chile. El 5 de septiembre de 2009 particip en los diversos actos de conmemoracin de los 50 aos de la CIDH. Uno de ellos fue el seminario organizado por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, realizado el 4 de septiembre de 2009, en el cual la Relatora Especial imparti una conferencia sobre la CIDH y la proteccin de los derechos fundamentales, con particular nfasis en el derecho a la libertad de pensamiento y de expresin.

    55. La Relatora Especial tambin acompa a la CIDH en su visita a Argentina, donde

    particip en las sesiones de la CIDH realizadas en ese pas. Asimismo, particip en las actividades protocolares con representantes de las autoridades estatales, con miembros de la sociedad civil, as como en las sesiones sustantivas de la CIDH con motivo de la conmemoracin de los 30 aos de su visita a Argentina.

    56. Entre el 13 y el 15 de septiembre de 2009, la Relatora Especial desarroll diversos

    eventos de difusin y educacin, as como varios dilogos con actores estratgicos en la Repblica Argentina. La Relatora Especial se reuni con miembros de organizaciones que trabajan por la defensa de la libertad de expresin, como la Asociacin por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y con el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA). Adems, el 14

  • 17

    de septiembre de 2009 particip en el Encuentro Regional sobre publicidad oficial y censura indirecta: Hacia una definicin de estndares de regulacin, organizado por ADC con apoyo del Open Society Institute.

    57. El 16 y 17 de septiembre de 2009, la Relatora Especial, con la colaboracin de la

    Universidad de Palermo y la Universidad de La Plata, y con el apoyo del gobierno suizo, dict dos seminarios en Argentina referidos al sistema interamericano de derechos humanos con nfasis en la libertad de expresin y el acceso a la informacin pblica. Uno de los seminarios se realiz en Buenos Aires y el segundo en la ciudad de La Plata. Fueron capacitados ms de 50 profesionales de derecho, comunicacin social, periodistas, miembros de organizaciones sociales y funcionarios estatales.

    58. El 18 de septiembre de 2009, la Relatora Especial particip en la XXI Reunin de las

    altas autoridades en derechos humanos y cancilleras del Mercosur y Estados asociados, con una presentacin sobre el sistema interamericano de derechos humanos y el alcance del derecho a la libertad de expresin.

    59. Entre el 23 y 25 de septiembre de 2009, la Relatora Especial, con la colaboracin de

    la Fundacin para la Libertad de Prensa (FLIP), la Asociacin Nacional de Diarios Colombianos y la Universidad ICESI de Colombia, y con el apoyo del gobierno de Suiza, organiz y desarroll dos seminarios en Colombia para capacitar a 80 periodistas, abogados, miembros de organizaciones no gubernamentales y funcionarios estatales sobre los estndares del sistema interamericano sobre libertad de expresin y, particularmente, sobre acceso a la informacin pblica. Los seminarios se dictaron en las ciudades de Bogot y Cali.

    60. Entre el 21 y el 27 de octubre de 2009, la Relatora Especial realiz una visita a

    Mxico para desarrollar las actividades acadmicas y de difusin relacionadas con la Semana Nacional sobre Transparencia, organizada por el Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica. Asimismo, la Relatora Especial particip en el Seminario de Derechos Civiles y Polticos organizado por la Secretara de Relaciones Exteriores, el Tribunal Federal Electoral y el Instituto de Investigaciones Jurdicas de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico. Tambin particip en el desarrollo de un seminario sobre libertad de expresin en la Universidad Autnoma de Guerrero. Adems, por invitacin de la Cancillera de ese pas, sostuvo reuniones con diversas autoridades federales y organizaciones no gubernamentales para tratar diversos asuntos relacionados con transparencia y acceso a la informacin, proteccin a periodistas, reformas legislativas, radios comunitarias, investigaciones judiciales, entre otros.

    61. El 13 de noviembre de 2009, la Relatora Especial realiz una exposicin dirigida a los

    participantes del curso de entrenamiento Sistema Interamericano e Internacional de Proteccin de los Derechos Humanos, organizado por la CIDH en conjunto con el Washington College of Law de American University y el Bernard and Audre Rapoport Center for Human Rights and Justice de la Universidad de Texas. Este curso estuvo dirigido a representantes de diversas organizaciones no gubernamentales interesadas en los sistemas interamericano e internacional de derechos humanos.

    62. El 1 y 2 de diciembre de 2009, la Relatora Especial particip en las discusiones de la

    Ley Interamericana Modelo sobre Acceso a la Informacin que est impulsando la OEA a travs del Departamento de Derecho Internacional y la Secretara de Asuntos Legales.

    63. El 4 de diciembre de 2009, la Relatora Especial dict una conferencia sobre medios

    de informacin en una democracia en el Seminario Internacional de la Serie Houston, celebrado en Cartagena, Colombia. Este seminario fue organizado por varios medios de comunicacin colombianos.

  • 18

    64. El 8 y 9 de diciembre de 2009, la Relatora Especial particip en la consulta regional sobre el Fortalecimiento de la cooperacin entre el mecanismo internacional y los mecanismos regionales de promocin y proteccin de los derechos humanos, en Washington, D.C. Esta consulta tuvo como objetivo identificar reas de cooperacin y dilogo entre los actores nacionales de los derechos humanos y los sistemas universal e interamericano de derechos humanos, mediante el intercambio de informacin, mtodos de trabajo, mejores prcticas y lecciones aprendidas.

    6. Informe Anual y produccin de conocimiento experto 65. Una de las principales tareas de la Relatora Especial es la elaboracin del informe

    sobre el estado de la libertad de expresin en el hemisferio. Cada ao, este informe analiza la situacin de dicho derecho en los Estados miembros de la OEA, lo que incluye sealar las principales amenazas para asegurar su ejercicio y los progresos que se han logrado en esta materia.

    66. Adems de sus informes anuales, la Relatora Especial produce peridicamente

    informes especficos sobre pases determinados. Por ejemplo, la Relatora Especial ha elaborado y publicado informes sobre la situacin del derecho a la libertad de expresin en Paraguay (2001), Panam (2003), Hait (2003), Guatemala (2004), Venezuela (2004) y Colombia (2005). Durante 2009, la Relatora Especial elabor los informes sobre la situacin del derecho de libertad de pensamiento y expresin en Honduras y Venezuela, los cuales fueron incorporados a los informes generales de la CIDH.

    67. Por otra parte, la Relatora Especial elabora informes temticos que han dado lugar a

    importantes procesos de discusin en el continente y a la implementacin de reformas legislativas y administrativas en muchos Estados miembros de la regin. As, por ejemplo, la Relatora Especial ha publicado estudios sobre el derecho de acceso a la informacin; la impunidad de crmenes contra periodistas; las nuevas tecnologas y la libertad de expresin; pobreza y libertad de expresin, entre otros. Durante 2009, la Relatora Especial trabaj en varios informes temticos, tales como la actualizacin de los estndares interamericanos sobre libertad de expresin; el estudio sobre el derecho de acceso a la informacin, que incluye decisiones de los distintos tribunales nacionales; la sistematizacin de buenas prcticas en materia de incorporacin de los estndares interamericanos en el derecho interno; y la formulacin de principios para la regulacin de frecuencias de radiodifusin. Los resultados de estos estudios se presentarn en los captulos III, IV, V y VI de este informe.

    7. Pronunciamientos y declaraciones especiales: El ejercicio de la magistratura de

    opinin 68. Por medio del monitoreo diario del estado de la libertad de expresin en la regin, el

    cual se realiza a travs de una amplia red de contactos y de fuentes, la Relatora Especial emite declaraciones tales como comunicados de prensa, informes y opiniones sobre casos o situaciones especficas que son relevantes para el ejercicio de esta libertad fundamental. Los comunicados de prensa de la Relatora Especial reciben amplia difusin y constituyen uno de sus ms importantes mecanismos de trabajo.

    69. La Relatora Especial recibe un promedio de 2.250 correos electrnicos por mes, de

    los cuales, 75% se refieren a alertas, comunicados de prensa, solicitudes de informacin y consultas sobre libertad de expresin en la regin, las que son respondidas de manera oportuna; 10% se refieren a peticiones formales al sistema de casos individuales de la CIDH; y el otro 15% se refieren a temas que no son de su competencia. La Relatora Especial hace un trabajo de revisin, depuracin y clasificacin de la informacin recibida, para determinar el curso de accin a tomar. Estas acciones pueden incluir desde dirigir cartas a los Estados miembros de la OEA o emitir

  • 19

    comunicados de prensa20, hasta impulsar ante la CIDH el otorgamiento de medidas cautelares en aquellas situaciones graves que las ameriten, entre otros.

    70. Por otra parte, desde su creacin la Relatora Especial ha participado en la

    elaboracin de declaraciones con las otras relatoras regionales y de la ONU para la libertad de expresin. Las declaraciones conjuntas son usualmente firmadas por los relatores de la ONU, la OSCE, la OEA y la Comisin Africana. Cuando se trata de asuntos regionales, las declaraciones son firmadas por los relatores de la ONU y de la OEA.

    71. Las declaraciones conjuntas constituyen una herramienta de trabajo fundamental

    para la Relatora Especial. En aos anteriores, estas declaraciones conjuntas han tratado temas tales como: la importancia de la libertad de expresin (1999); los asesinatos de periodistas y las leyes de difamacin (2000); los desafos para la libertad de expresin en el nuevo siglo, en reas tales como terrorismo, internet y radio (2001); la libertad de expresin y la administracin de justicia, la comercializacin y libertad de expresin, y la difamacin penal (2002); la regulacin de los medios de comunicacin, las restricciones a los periodistas y las investigaciones sobre corrupcin (2003); el acceso a la informacin y la legislacin sobre el secreto (2004); el internet y las medidas contra el terrorismo (2005); la publicacin de informacin confidencial, la apertura de organismos nacionales e internacionales, la libertad de expresin y las tensiones culturales y religiosas, y la impunidad en los casos de ataques contra periodistas (2006); y la diversidad en el acceso, propiedad y contenido de los medios de comunicacin, en particular la radio y la televisin (2007)21.

    72. En diciembre de 2008, los relatores para la libertad de expresin de la ONU, la

    OSCE, la OEA y la Comisin Africana emitieron la Declaracin Conjunta sobre difamacin de religiones y legislacin antiterrorista y antiextremista, luego de mantener un encuentro el 9 de diciembre de 2008 en Atenas, Grecia. Esta Declaracin Conjunta expresa la preocupacin de los cuatro relatores respecto de las resoluciones vinculadas a la difamacin de las religiones adoptadas por la Comisin y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, as como por la Asamblea General de la misma organizacin desde 2005. La Declaracin Conjunta tambin observ la proliferacin de leyes antiterroristas y antiextremistas, en particular desde los ataques del 11 de